Marco Legal n

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  • 8/15/2019 Marco Legal n

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    Ley de la Propiedad Industrial

    Ésta crea al Instituto Mexicano de la Propiedad

    Industrial, y regula lo relativo a patentes, modelosde utilidad, diseños industriales, circuitosintegrados, secretos industriales, marcas, nombrescomerciales, avisos comerciales, denominaciones deorigen, actividades que constituyen infracciones y

    delitos, así como las reglas especiales deprocedimiento para hacer efectivos los derechosestablecidos en esta ley.

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    Ley Federal del Derecho de Autor

    Regula los derechos personales y patrimoniales de los autores de

    obras literarias o artísticas, y establece excepciones a estosderechos de uso exclusivo. Regula derechos y obligaciones de lostitulares de los derechos conexos y crea las Reservas deDerechos, institución jurídica única en el mundo que sirve para

     proteger los nombres artísticos, la denominación de las publicaciones periódicas, entre otros rubros. Establece sanciones para las actividades que constituyan inracciones.

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    Los derechos relacionados con el derecho de autor son los

    derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes sobre

    sus interpretaciones y ejecuciones, los derechos de losproductores de fonogramas sobre sus grabaciones y los

    derechos de los organismos de radiodifusión sobre sus

    programas de radio y de televisión

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    Ley Federal de Procedimiento Administrativo

    sta ley tiene relaci!n con el sistema de propiedad

    intelectual. n cualquier procedimiento constitutivo odeclarativo de derechos, o en los de car"ctercontencioso, establece medios de defensa en contrade las resoluciones de las autoridades queadministran el sistema de propiedad intelectual.

    Código Penal Federal

    #egula lo referente a delitos en materia de derechosde autor y derechos conexos.

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    • En el ámbito internacional existen una serie dedocumentos y organismos que regulan la propiedad

    intelectual, comenando por la !rganiación "undial de

    la #ropiedad intelectual $!"#%&, la cual es un organismo

    especialiado del sistema de organiaciones de las

    'aciones (nidas)

    • La !"#%, se estableció en *+-, tiene como objetivo

    desarrollar un sistema de propiedad intelectual

    internacional que sea equilibrado y accesible y

    recompense la creatividad, estimule la innovación y

    contribuya al desarrollo económico, salvaguardando a la

    ve el interés p.blico)

    MARCO IN!RNACIONAL

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    • La OMPI $organi%aci!n mundial de la propiedad

    intelectual& est" dedicada a fomentar el uso yla protección de las obras del intelectohumano.

    • 'on sede en (inebra $)ui%a&, la *MPI es uno delos + organismos especiali%ados del sistema delas -aciones nidas. /iene a su cargo laadministraci!n de 0 tratados internacionales queabordan diversos aspectos de la regulaci!n de la

    propiedad intelectual. 1a *rgani%aci!n tiene +23stados miembros. )u actual 4irector (eneral esel 4r. 5rancis (urry, un abogado oriundo de6ustralia.

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    o"#etivo• 1a *MPI administra hoy 0 tratados $dos de ellos

    con otras organi%aciones internacionales& y, porconducto de sus stados miembros y de su)ecretaría, lleva a cabo un exhaustivo y variadoprograma de traba7o con las siguientes

    8nalidades9

    • 6rmoni%ar legislaciones y procedimientosnacionales en materia de propiedad intelectual:

    • Prestar servicios de tramitaci!n para solicitudesinternacionales de derechos de propiedadindustrial:

    • Promover el intercambio de informaci!n en

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    • Prestar asistencia t;cnico

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    !l marco regulatorio internacional en materia de propiedadindustriales$

    convenio en parís9 establece los principios yacuerdos de protecci!n de la propiedad industrialarreglo en strasburgo9 relativo a la clasi8caci!ninternacional de patentes

    arreglo de locarno9regula lo referente en materia dedibu7os industriales y modelos industriales

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    •  /ratado sobre el derecho de marcas y sureglamento9

    • 6rreglo de Madrid9 y su protocolo relativo aregistro internacional de marcas.• 6rreglo de -i%a9 relativo a la clasi8caci!n

    internacional de productos y servicios para elregistro de marcas

    • l marco regulatorio internacional en materia dederechos de autor es 9

    • 'onvenio de =erna9 establece los principios yacuerdos de protecci!n de los derechos de autor

    •  /ratado de la ompi sobre derechos de autor9contiene las declaraciones concertadas relativas altratado adoptadas por la conferencia diplom"ticaorgani%acional mundial de la propiedad intelectual

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    • 'onvenio de roma9 relativo a la protecci!n de losartistas interpretes o e7ecutantes , losproductores de fonogramas y los organismos deradiodifusi!n.

    • 'onvenci!n interamericana 9sobre derechos deautor en obras literarias , cientí8cas y artísticas

    • 'onvenio para la protecci!n de los productoresde fonogramas9 contra la reproducci!n noautori%ada de sus fonogramas

    • 'onvenci!n sobre la distribuci!n de señalesportadoras9 de  programas transmitidos por

    sat;lite•  /ratado de la ompi9 sobre interpretaci!n o

    e7ecuci!n y fonogramas•  /ratado sobre el registro de obras audiovisuales

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    %&'&' IMPACOD! MARCA( )

    DI(!*O( D! LAPROPI!DAD

    IN!L!C+AL

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    ¿Por qué deben protegerse las marcas? )i bien la mayoría de las empresas comprende elinter;s que reviste el uso de las marcas paradiferenciar sus productos de los de sus competidores,no todas son conscientes de lo importante que esprotegerlas a trav;s del registro.

    l registro de una marca otorga

    a la empresa el9

    derecho exclusio aimpedir que terceros

    comercialicen productosidénticos o similares con lamisma marca o utili"andouna marca tan similar quepueda crear confusión#

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    ,-u. pasa si la empresa NO Registra su Marca/

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     ! " # $ R  %& ' % E

    (((

     na marca que goce de buena reputaci!nentre los consumidores tambi;n puede

    emplearse para obtener 8nanciaci!n deinstituciones 8nancieras, que cada ve% sonm"s conscientes de que el ;xito comercialde las empresas depende en gran medidade las marcas.

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    0ene1icios de las marcas$(aranti%an que los consumidores distingan los productos.

    Permiten a las empresas diferenciar sus productos.

    )on un instrumento de comerciali%aci!n y permiten

    proyectar la imagen y la reputaci!n de una empresa.

    Pueden ser ob7eto de concesi!n de licencias y proporcionaruna fuente directa de ingresos a trav;s de regalías#epresentan un factor determinante en los acuerdos de

    franquicia.

    Pueden ser importantes activos comerciales.

    Incitan a las empresas a invertir en el mantenimiento o la

    me7ora de la calidad.

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    Por lo tanto, la protecci!n de los diseños valiosos suele ser una partefundamental de la estrategia comercial de cualquier diseñador ofabricante. 6l proteger un diseño industrial mediante su registro enuna o8cina de propiedad industrial $PI& de "mbito nacional o regional,

    el titular obtiene los derechos exclusios de impedir sureproducción o imitación no autori"ada por parte de terceros• )e trata de una pr"ctica que responde a la

    l!gica empresarial, pues me7ora lacompetitividad de una empresa y sueleaportar ganancias adicionales mediante una o

    varias de las formas que se indican acontinuaci!n.

    • 6l registrar un diseño se adquiere elderecho de impedir su reproducci!n oimitaci!n por parte de la competencia, con lo

    que se fortalece la posici!n competitiva.

    • l registro de un diseño valioso contribuye aobtener un me$or rendimiento del capitalinertido en crear y comerciali%ar elproducto y, por lo tanto, supone una me7ora

    de los bene8cios. 

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    1os diseños industriales son actiosempresariales  que pueden incrementar el valorcomercial de una empresa y sus productos.

    'uanto m"s ;xito tiene un diseño, mayor es suvalor comercial para la empresa.

    n diseño protegido puede tambi;n cederse $ovenderse& a otros mediante la concesi!n de una

    licencia  y el pago de un cantidad determinada,modo que permite acceder a mercadosinabordables de otra manera.

    l registro de los diseños industriales fomenta lacompetencia leal  y las pr"cticas comerciales

    honradas, lo que, a su ve%, promueve la producci!nde una amplia diversidad de productos atractivospor su forma.

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    RA2ON!( PARA PA!NARIN3!NCION!(

    na s!lida posici!n en el mercadoy una venta7a competitiva. napatente concede a su titular elderecho exclusivo de impedir a

    otros que utilicen comercialmente

    la invenci!n patentada, reduciendode este modo la incertidumbre, elriesgo y la competencia de

    imitadores

    #educci!n de los riesgos deinfracci!n. 6l obtener la protecci!n

    por patente, podr" impedir queotros patenten la misma invenci!n,y reducir" tambi;n los riesgos deinfringir los derechos de otros al

    comerciali%ar sus productos.

    4ar una imagen positiva a suempresa. 6lgunas empresasmencionan o enumeran sus

    patentes en los anuncios a 8n

    de proyectar hacia el p?blicouna imagen innovadora.

    6cceso a nuevos mercados.1a cesi!n de patentes ba7olicencia a otros puedeproporcionar acceso a

    nuevos mercados, que deotro modo seríaninaccesibles. Para hacerlo, lainvenci!n debe estarprotegida tambi;n en losmercados extran7eroscorrespondientes

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    %ompetencias il&citas#  /oda

    pr"ctica comercial que no respetalas reglas de 7uego del mercado87adas por las leyes o establecidaspor los usos y costumbrescomerciales.

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    • 1a libre competencia es la esencia de la economía demercado.

    • -o existe probablemente acci!n humana m"s desleal,

    desde el punto de vista de los intereses de las empresasque luchan por su supervivencia, ni tampoco m"sprovechosa socialmente, desde el punto de vista delinter;s general.

    • Porque la competencia lleva a que, en ?ltimo t;rmino,s!lo supervivan los productos que son capaces deproducir los bienes y servicios que necesitan losconsumidores en las me7ores condiciones $de la me7orcalidad y al m"s ba7o precio&.

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    Para que una pr"ctica comercial pueda ser cali8cadade desleal hay que estar muy seguro de ello. /iene

    que tratarse de casos evidentes de abuso de unaposici!n dominante, de engaño o fraude a losconsumidores, de atentado a la dignidad o losderechos fundamentales de la persona, etc;tera

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