Upload
willy-flores
View
221
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
I.E. Nº 20955-17 “SAN FRANCISCO”
JICAMARCA
INICIAL
PRIMARIA
SECUNDARIA
REGLAMENTO INTERNO
2016
ESQUEMA DEL REGLAMENTO INTERNO
PRESENTACIÓNCAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES.- Concepto.- Línea axiológica y pedagógica.- Alcances.- Base legal.- Fines.CAPÍTULO II: DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.- Del funcionamiento.- Creación, Ubicación y Ámbito geográfico.- Objetivos de organización: a) Generales. b) Específicos.CAPÍTULO III: DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA.- Diseño organizacional.- Funciones, prohibiciones y sanciones. CAPÍTULO IV: DE LA ORGANIZACIÓN ACADÉMICA.- Planificación.- Programación.- Calendarización.- Monitoreo y asesoramiento.- Programa de Recuperación Pedagógica.- De la coordinación por nivel.- De la comisión de R.I.- Régimen económico.CAPÍTULO V: DEL PROCESO DE MATRÍCULA, PROMOCIÓN, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN.- Matrícula (Proceso).- Evaluación (Etapas).- Certificación (Especificar en qué casos).CAPÍTULO VI: DEL REGISTRO ESCALAFONARIO.- Organización del escalafón docente, administrativo.- Su uso y obligatoriedad de registro de los trabajadores que laboran en la I.E.CAPÍTULO VII: DEL PERSONAL DOCENTE.- De los derechos, deberes, prohibiciones, faltas, sanciones, estímulos de todo el personal
docenteCAPÍTULO VIII: DE LOS EDUCANDOS.- Derechos, obligaciones, faltas y sanciones de los educandos
CAPÍTULO IX: RELACIONES Y COORDINACIONES.
CAPÍTULO X: SERVICO DE BIENESTAR SOCIAL Y RECREACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE Y EDUCANDO.
CAPÍTULO XI: ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS.
CAPÍTULO XII: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS.
CAPÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES.
Art. 1.- EL REGLAMENTO INTERNO.- Es un instrumento técnico de gestión de naturaleza
normativa que regula el funcionamiento organizativo, administrativo y pedagógico de la
Institución Educativa Nº 20955 – 17 “SAN FRANCISCO” y de los distintos actores, en el marco
del PEI y de las normas oficiales vigentes. Se aprueba mediante Resolución Directoral; en las
Instituciones Educativas Públicas y deberá tener en consideración la opinión favorable de la
comunidad educativa.
LÍNEA AXIOLÓGICA Y PEDAGÓGICA.
Art. 2.- La I.E Nº 20955 – 17 “SAN FRANCISCO” Tiene los siguientes principios:
PRINCIPIOS AXIOLÓGICOS
a) La Filosofía educativa de la I.E Nº 20955 – 17 “SAN FRANCISCO” se sustenta en la
práctica de valores y la realidad nacional.
b) El valor fundamental, es la dignidad de la persona humana.
c) Educación para la vida y el trabajo, basado en el desarrollo tecnológico y científico.
d) La educación de la I.E. Nº 20955 – 17 “SAN FRANCISCO” asume los valores de
identidad nacional.
PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS
a) La Educación debe ser ética. Es decir, debe rescatar los valores que permitan la
construcción de una sociedad participativa, justa y solidaria.
b) La Educación debe orientarse al desarrollo humano. Esto implica un proceso
interactivo, recíproco en sociedad.
c) La Educación debe preparar para el trabajo. Debe otorgar oportunidades para que los
educandos desarrollen capacidades y competencias vinculadas al mundo laboral.
d) La Educación debe ser universal. Esto implica poner a disposición de cada peruano la
mayor y mejor educación posible.
e) La Educación debe ser multicultural. Debe concordar con nuestra realidad de país
multicultural y multiétnico.
ALCANCES.
Art. 3.- Están sujetos al cumplimiento del presente Reglamento Interno, todos los estamentos de
la Comunidad Educativa de la Institución Educativa Nº 20955 – 17 “SAN FRANCISCO”
BASE LEGAL:
Art. 4.- El Reglamento Interno se sustenta en los siguientes dispositivos vigentes:
Constitución Política del Perú. Nueva Ley General de Educación N° 28044. DL. 25762 Ley orgánica del Ministerio de Educación modificado por la ley 26510 y los
decretos supremos 051-95-ED y 002-96-ED. D.S. Nº 013-2004-ED Reglamento de Educación Básica Regular. D.S. Nº015-2004-ED Reglamento de Educación Básica Alternativa
Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley Nº 27815 Código de ética de la función pública. D.S. N° 015-2004-ED Reglamento de Organización y Funciones de DireccionesDepartamentales y UGEL.
* D.S. N° 69-63 Responsabilidades de Empleados y Funcionarios del Sector Educación.* R.M. N° 574-94-ED Reglamento de Control y permanencia del Personal del Ministerio de Educación.* D.S. Nº 18-2004-ED- Aprueba reglamento de APAFAS de las II.EE Públicas* R.S. N° 189-82-ED Normas sobre el funcionamiento de kioscos escolares.* Proyecto Huascarán resolución de Secretaría General Nº 503-2003-ED* Informe Ejecutivo de Gestión Anual – RM-596-2004-ED.* R.M. N° 1225-85-ED Normas sobre la Determinación de Alumnos que han obtenido los más altos puntajes de Educación.* R.M. N° 814-85-ED Funciones de los Auxiliares de Educación.* R.D. N° 0711 Funciones para el personal Administrativo del Plantel, trabajadores de Servicio y Guardianía. R.M. N° 353-89-ED.* R.M. N° 1241-84-ED Normas para Bibliotecas Escolares.* R.M. N° 1173-91-ED Normas para la Selección de Personal y Provisión de Cargos Directivos, Jerárquicos de Centros de Programas Educativos Estatales y Particulares.* R.M. N° 291-95-ED Autorización de Excursiones y Visitas Escolares.* D. L. N° 276-84 Ley de Bases de la Carrera Administrativa.* R.M. N° 002-98-ED Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación.* R.D.N° 010-98-ED Normas para el desarrollo de Programas de Recuperación Académica en Centros y Programas Educativos de Educación Secundaria de Menores.* R.M. Nº 0019-2004-ED* R.M. Nº0048-2005-ED* R.M. 0068-2005-ED* D.S. 020-2001-ED y su modificatoria D.S. 033-2001 proceso de contrato de personal.* Ley Nº 28198 Colegio de Profesores del Perú* D.S. 17-2004 – ED del Colegio de Profesores del Perú.* Reglamento General de APAFAS de las instituciones públicas* D.S. Nº018-2004-ED* R.M 009-2005 Normas para el desarrollo de la gestión pública* R.M. No 0712-2006-ED* Ley de Procedimientos administrativos 27444 y Directiva 11-2007 -AGA- DUGEL 01-* DIRECTIVA Nº 050 - 2007–ME/SG Normas de transparencia en la conducta y desempeño de funcionarios y servidores públicos.* El Nuevo Código de los Niños y Adolescentes - Ley N° 27337* R.M. Nº 234-2005-ED – Aprueba Directiva Nº 004-VMGP-2005- evaluación de Aprendizajes en la EBR * R.M. Nº 048-2004-ED Orientaciones para las Actividades Educativas * R.M. Nº 0622-2013-ED Normas y Orientaciones para el desarrollo del año escolar 2014 en la Educación Básica. * R.M. Nº 572 – 2015 - ED Normas y Orientaciones para el desarrollo del año escolar 2016 en la Educación Básica.* Régimen Disciplinario de la Carrera Pública Magisterial regulado por la ley de Reforma Magisterial, Ley Nº 29944 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004 – 2013 – ED Reforma Magisterial.* Decreto Supremo Nº 001-2012-MMP que aprueba el “Plan Nacional de acción por la Infancia y Adolescencia – PNAIA 2012-2021” y constituye Comisión multisectorial encargada de su implantación.
FINES DEL PRESENTE REGLAMENTO.
Art. 5.- Son fines del presente Reglamento:a) Optimizar el normal funcionamiento de la Institución y orientar sus acciones hacia el logro
de los objetivos y metas educacionales.b) Propiciar una mayor participación de la Comunidad educativa en las diferentes actividades
escolares.c) Normar la responsabilidad profesional del personal directivo, docente y auxiliar d) Fomentar la integración entre los docentes, padres de familia, educandos y la comunidad.e) Promover el cumplimiento de las acciones educativas planificadas.
CAPITULO IIDE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
DEL FUNCIONAMIENTO
Art. 6.- La jornada del personal Directivo, Docente y de servicio estará supeditado a lo que
resuelve su Resolución de Nombramiento. La jornada de trabajo de los directivos es de 40 horas
cronológicas, de los docentes de Inicial de 30 horas pedagógicas, de Primaria de 30 horas
pedagógicas, de Secundaria 28 horas pedagógicas, docentes contratados de acuerdo a su
Resolución de Contrato, Auxiliar de Educación de 30 horas cronológicas a la semana.
Art. 7.- La I.E Nº 20955 – 17 “SAN FRANCISCO” brinda a la comunidad sus servicios
educativos en los niveles de Inicial, Primaria y Secundaria, en la Modalidad de menores, en el
turno mañana.
Art. 8.- La hora de ingreso de los docentes es hasta 8.00 a.m.
Los lunes y viernes es de 7:45 a 8:00 para la formación en las aulas a las 8:00 a.m.
Art. 9.- El docente deberá ingresar y salir a la hora exacta a las aulas en hora de clase, así como
en el cambio de hora así tenga la encargatura de la dirección.
Art. 10.- Atención al público en general y padres de familia es:
a) Dirección:
LUNES A VIERNES
Mañana: De 08.30 a.m. A 10.00 a.m.
Tarde : De 2.00 p.m. A 3.00 p.m.
Atención a los padres de familia:b) Profesoras de inicial:
Lunes, Miércoles y Viernes de 12.30 p.m. a 1.00 p.m.c) Profesores de primaria:
Martes y Jueves de 1.00 pm a 1.30p.m d) Profesores de secundaria:
De acuerdo a su horario Excepcionalmente cualquier otra fecha, a solicitud del padre y/o apoderado.
Art. 11.- Las asambleas del Comité de aula, se realizará de lunes a Viernes después de la hora de
clases, sábados y domingos, previa autorización de la Dirección, con la presencia obligatoria del
profesor de aula o tutor, al menos una vez por trimestre.
Art. 12.- El control de asistencia y permanencia del personal docente y de servicio, está reservado
estrictamente al personal Directivo o al profesor de turno.
Art. 13.- El personal Directivo, los profesores al ingresar a la Institución Educativa Nº 20955 – 17
“SAN FRANCISCO”, están obligados a firmar su asistencia en el cuaderno con puntualidad y
honestidad, de igual forma lo harán a la hora de salida, el no firmar se considera falta o abandono.
Art. 14.- La Dirección debe publicar en lugar visible mínimo dos días, el resumen acumulativo de
faltas y tardanzas cada mes, fundamentalmente para evitar descuentos indebidos, del personal
directivo, docentes, y auxiliar de educación.
Art. 15.- El registro de tardanzas y faltas, así como el resumen acumulativo mensual y anual, le
corresponde a la Dirección. El informe será presentado a la UGEL Nº 15, previo Vº Bº del
CONEI de cada nivel; a más tardar dentro de los cinco primeros días del siguiente mes.
Art. 16.- Toda inasistencia debe justificarse por escrito, mediante un FUT en su debida
oportunidad, acompañando los documentos probatorios, en un lapso de 48 horas, en días hábiles.
Art. 17.- El personal Directivo puede otorgar permisos al personal que requiere en casos de
necesidad urgente y comprobada con CITA o formato de atención medica otorgado por el médico
presentado dentro de 24 horas.
Art. 18.- El horario para los profesores y alumnos es el siguiente:
DE LUNES A VIERNES
HORARIO DE PROFESORES HORARIO DE LOS ALUMNOS
INICIAL Y PRIMARIA INGRESO 7.30 a.m hasta 8.00 a.mSALIDA 1.00 p.m
SECUNDARIAINGRESO 7.30 a.m HASTA 8.00 a.mSALIDA 1.30 p.m
DIRECCIÓN INGRESO 7.00 a 7.30 a.m SALIDA 3.30 p.m
INGRESOINICIAL 8.00 a.m hasta las 8.30PRIMARIA 7.30 a 8.00 a.mSECUNDARIA 7.30 a 8.00 a.m
RECREOINICIAL : 11.00 a 11.30 a.mPRIMARIA : 10.15 a 10.45 a.mSECUNDARIA :11.00 a 11.15 a.m
SALIDAINICIAL 12.30 p.m
PRIMARIA 1.00 p.m SECUNDARIA 1.30 p.m
Art. 19.- El horario de trabajo del:
PERSONAL DIRECTIVO: 40 horas semanales
PERSONAL DOCENTE
Docentes de Inicial de 30 horas pedagógicas.
Docentes de Primaria de 30 horas pedagógicas
Docentes de Secundaria de 28 horas pedagógicas
Auxiliar de Educación de 30 horas cronológicas a la semana.
Según Resolución de nombramiento y/o contrato, previa publicación de sus horarios.
CREACIÓN, UBICACIÓN Y ÁMBITO GEOGRÁFICO:
Art. 20.- La Institución Educativa Nº 20955-17 – “SAN FRANCISCO” JICAMARCA, pertenece
a la UGEL N° 15 de Huarochirí fue creado por obra y esfuerzo de la Comunidad de San
Francisco, comenzó a funcionar con dos aulas en el nivel primario. es reconocido legalmente en
mérito a la Resolución Directoral Nº 0117 del 25 de mayo de 1999, con el Nº 20955-17 y desde el
mismo año lleva el nombre de “San Francisco” siendo su primer director el profesor Pedro Ricci
Velasco quien conjuntamente con otro docente atendieron el primer año de labor educativa a 45
alumnos del nivel primario.
Posteriormente se crea el nivel inicial mediante resolución directoral N°0168 de fecha 19
de mayo del 2001 donde se atendió a los niños del nivel inicial con una docente.
El nivel secundario se crea mediante RDR Nº 0631 de fecha 27 de abril del 2012 siendo la
primera profesora la Lic. Maribel Ordoñez.
La I.E. Nº 20955-17 “SAN FRANCISCO” está ubicado en el Distrito de San Antonio de
Chaclla - Asentamiento Humano San Francisco s/n. de la provincia de Huarochirí, región Lima-
Provincias
Art. 21.- SERVICIOS QUE BRINDAN.
La Institución Educativa Nº 20955-17 “SAN FRANCISCO”, brinda a la comunidad los
servicios educativos en los niveles: Inicial, Primaria y Secundaria, Modalidad de menores, en
educación básica regular, en el turno: Mañana y en todos los grados.
OBJETIVOS DE ORGANIZACIÓN:
Art. 22.- Los objetivos son los siguientes:
GENERALES:
1. Formar a los estudiantes como personas y ciudadanos capaces de construir la democracia,
el bienestar y el desarrollo nacional, armonizando este proyecto colectivo con su propio
proyecto personal de vida.
2. Lograr una educación básica de calidad en los estudiantes.
3. Fortalecer la escuela pública, asegurándole autonomía, democracia y calidad de
aprendizajes.
4. Mejorar activamente la calidad del desempeño pedagógico y la condición profesional de
los docentes.
5. Alcanzar los más altos niveles de desarrollo académico y formativo del educando con la
participación comprometida de los diversos estamentos del plantel según el PEI de la I.E.
Nº 20955-17 – “SAN FRANCISCO” – 2012 – 2016.
6. Lograr un adecuado desarrollo bio-psísocial del educando, y proporcionarles las bases de
conocimiento académico, científico, humanista y técnico de calidad.
ESPECÍFICOS:
OBJETIVOS DEL AREA PEDAGÓGICA
Al 2016 los estudiantes están formados integralmente, han desarrollado sus capacidades,
actitudes, habilidades y valores.
Los docentes al 2016 aplican un currículo diversificado en los niveles de Inicial, primaria y
secundaria con un enfoque humanista, científico y tecnológico que permite a los estudiantes
insertarse al mundo globalizado.
OBJETIVOS DEL ÁREA INSTITUCIONAL
* Al 2016 las relaciones interpersonales y el clima institucional, entre los miembros de la
comunidad educativa es favorable para el desarrollo de los procesos educativos
* Al 2016 la I. E. Cuenta con una sólida cultura organizacional, ágil y dinámica que brinda un
servicio eficiente y de calidad.
* Al 2016 la I. E. Cuenta con un programa permanente de actualización docente.
* Al 2016 la infraestructura de la I. E. es adecuada en cada uno de sus niveles.
OBJETIVOS DEL AREA ADMINISTRATIVA
Al 2016 la I. E. Cuenta con la capacidad de manejo y generación de recursos para afrontar
sus propias necesidades.
CAPÍTULO IIIESTRUCTURA ORGÁNICA
Art. 23.- DISEÑO ORGANIZACIONAL:
a) Órgano de Dirección:
- Director
b) Órgano de consultoría:
- Consejo Educativo Institucional (CONEI).
- Comisión de Evaluación.
- Comisión de Racionalización.
- Comisión de R.I
c) Órgano Técnico Pedagógico:
- Consejo Académico (CONA)
- Comisión de Defensoría
- Comité de Tutoría.
- Comité de Disciplina.
- Auxiliar de Educación.
- Coordinadores por nivel.
d) Órgano de participación y apoyo
- APAFA – Comité de aula.
e) Órgano de control:
- Asamblea general de docentes.
ÓRGANO DE LA DIRECCIÓN:
Art. 24.- El Director es la primera autoridad del plantel, representa legalmente a la Institución,
cumple y hace cumplir las normas y dispositivos legales vigentes. Siendo sus funciones las
siguientes:
1.- Es el responsable de planificar, organizar, conducir, desarrollar, monitorear, evaluar y
controlar todas las acciones de gestión pedagógica, administrativa y de los diferentes servicios
que brinda la I.E.
2. –Formular, coordinar, ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual, con participación del
personal docente y la asociación de padres de familia.
3.- Exponer y publicar su plan anual de trabajo, al inicio del año escolar.
4.- Coordinar con el personal docentes, las acciones educativas y/o técnicas pedagógicas a fin de
mejorar el servicio educativo. Además promueve la elección del CONEI, CONA. Comité De
Disciplina.
5.-Presidir las reuniones técnico pedagógicas, administrativas, del CONEI y otras relacionadas
con la I.E.
6.- Dar a conocer oportunamente a los estamentos correspondientes los documentos de interés
general que han sido remitidos a su despacho.
7.-Coordinar con el CONEI la suscripción de acuerdos y convenios con entidades públicas o
particulares en bien de la I.E.
8.- Velar por el cumplimiento de los objetivos educacionales y por un buen trato a los alumnos y
demás miembros de la comunidad educativa.
9.-. Organizar y dirigir el servicio de monitoreo educativo.
10.-Presidir las reuniones técnico-pedagógicas y administrativas y otras relacionadas con los fines
de la I.E.
11.-. Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión,
experimentación e investigación educativa.
12.-Aprobar por resolución directoral los instrumentos de gestión de la institución educativa.
13.- Delegar funciones a los coordinadores y a otros miembros de su comunidad educativa.
14.-Estimular el buen desempeño docente en la institución educativa a través de reconocimiento
público, sobre las innovaciones educativas y experiencias exitosas.
15.- Desarrollar acciones de capacitación del personal.
16.-.Autorizar visitas de estudio y excursiones de acuerdo a las normas específicas.
17.-Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados, exoneración de asignaturas, así como
la aplicación de las pruebas de ubicación.
18.- Matricular de oficio al menor abandonado o en peligro moral, y poner el caso en
conocimiento de las autoridades e instituciones pertinentes.
19-.Autorizar la rectificación de nombres y apellidos de los educandos en los documentos
Pedagógicos oficiales de acuerdo con las Normas específicas.
20.-. Expedir Certificados de Estudios.
21-. Estimular o sancionar, según el caso a los alumnos de la Institución educativa, según el
informe del comité de disciplina.
22.- Dirigir, coordinar, asesorar, monitorear y evaluar la labor del personal a su cargo.
23.- Solicitar a la Dirección de la UGEL la cobertura de plazas docentes o administrativas
vacantes y el reemplazo del personal en licencia o plaza vacante.
24.- Estimular al personal a su cargo por acciones extraordinarias tanto en el cumplimiento de sus
funciones como en otras que redunden en beneficio del educando, o a la Comunidad. En los casos
sobresalientes propone a la UGEL su reconocimiento por resolución.
25.- Llamar la atención verbalmente o por escrito al personal de la institución educativa, por
incumplimiento de funciones. En caso de reincidencia o gravedad de la falta informa por escrito
al escalafón superior.
26.- Fiscalizar a la Asociación de Padres de Familia y cautelar su movimiento económico.
27.- Presentar mensual y anualmente el movimiento económico de la institución.
28.- Velar por la buena administración de los fondos provenientes de actividades e ingresos
propios, de acuerdo a normas específicas.
29.- Formular el cuadro de necesidades de bienes y servicios.
30.- Velar por el buen funcionamiento de la biblioteca, los equipos y materiales educativos.
31.-Presidir la comisión encargada de otorgar la administración de kioscos y/o cafeterías,
fotocopias de acuerdo con las disposiciones vigentes.
32.-.Autorizar el uso eventual de los ambientes y/o equipos.
33.- Cronograma e informa a los interesados lo siguiente:
* Inscripción para el primer grado de primaria
* Clausura del año escolar
* Evaluación de aplazados y programa de recuperación pedagógica.
* Matrícula para el primer grado y ratificación de matrícula para los demás grados.
34.-.Otorgar vacante en coordinación con los docentes.
35.-.Publicar el horario de atención a los padres de familia.
36.-Visar el libro de actas de las asambleas de profesores después de las observaciones del caso,
luego de su lectura para la aprobación de los asistentes.
37.-.Encargar la Dirección en caso de ausencia al docente de turno o de mayor nivel o antigüedad
y/o coordinadores.
38.-Asistir obligatoriamente a todas las ceremonias que se realicen en la I.E. Monitorea el trabajo
de los estamentos que conforman la comunidad educativa.
39.- Promueve y propicia la cooperación, la integración, respeto y las buenas relaciones humanas
de la comunidad educativa.
40.-Coordinar con la comisión de racionalización los casos de destaque, reasignaciones,
excedencias del personal que labora o llega a la I.E.
41. Hacer cumplir las disposiciones legales vigentes sobre rotación de grado del personal docente.
(Nivel Primaria).
42.- Propone al CONEI los mecanismos para el control de asistencia, ingreso y salida del
personal docente.
43.- Elabora el PAT
44.- Elabora el presupuesto de requerimientos de la I.E. en coordinación con APAFA.
45.- Elabora el CAP de la I.E. en coordinación con los docentes de los diferentes niveles.
46.- Revisar, visar, Evaluar y aprobar los planes de trabajo y carpetas pedagógicas de los
docentes.
47.- Publicar el consolidado de faltas y tardanzas del personal docente, con tres días de
anticipación.
48.- Informar periódicamente al CONEI el desarrollo de su gestión así como los logros,
dificultades, alternativas y recomendaciones.
49.- Formar el comité de tutoría, convivencia y disciplina escolar. Haciendo su reconocimiento
mediante R.D.
50.-Denunciar ante la autoridad administrativa competente, hechos irregulares, desacato a la
autoridad, actos de corrupción, venta de vacantes, venta de notas o abuso a menores entre otros
detectados en la institución.
51.- Elaborar el informe anual de gestión pedagógica y administrativa señalando los logros,
dificultades, alternativas y recomendaciones.
52.- Informar permanentemente a los agentes educativos, que está prohibido pegar avisos en las
paredes de la I.E. El objetivo es presentar una buena imagen a las personas que nos visitan.
DE LOS COORDINADORES DE INICIAL, PRIMARIA, Y SECUNDARIA.
Art. 25.- La coordinación constituye el órgano de apoyo en la administración de la I.E siendo
inherentes a su cargo la función técnico-pedagógica. Tienen la obligación de brindar calidad en
cada una de las funciones a su cargo, con oportunidad y eficiencia, procurando obtener una
capacitación sólida y permanente, actuando con lealtad y respeto hacia la institución y sus
miembros, cumpliendo las órdenes que le imparta el superior jerárquico competente, en que
tengan por objeto la realización de actos de servicio que se vinculen con sus funciones. Debe ser
un modelo de identidad de los profesores, sus actitudes, ideales y práctica de valores éticos deben
constituir un paradigma en la comunidad educativa. Siendo sus funciones las siguientes:
1.-Tener permanente disposición para el cumplimiento de sus funciones actuando con equidad en
sus relaciones con sus superiores, con el personal docente, comunidad educativa, cumpliendo y
haciendo cumplir las funciones generales dispuestas por la ley General de Educación, la
normatividad vigente, y el presente Reglamento Interno de la I.E.
2.- Participar en la formulación de los documentos técnico pedagógicos; PEI, PCI, RI, Plan anual
y Administrativos; CAP correspondientes a su nivel.
3. Asumir la responsabilidad de la organización, desarrollo, de todas las acciones de gestión
pedagógica, administrativas y de los diferentes servicios que brinda la I.E.
4.- Presentar y exponer anualmente el plan de trabajo correspondiente a su nivel.
5. Firmar el parte de asistencia a la hora de ingreso y salida.
6 .Cumplir con su horario de trabajo y permanecer en la institución a solicitud del director por
necesidad de servicio.
7. Asistir obligatoriamente a todas las reuniones convocadas por la Dirección, actividades
programadas u otras que sean delegadas por la Dirección dentro o fuera de la I.E.
8. Presentar al inicio del año escolar su carpeta técnico Pedagógica y la mantiene al día con los
documentos inherentes a su cargo:
Ficha de Datos informativos.
Plan de trabajo anual correspondiente a su nivel.
CAP de su nivel.
Organigramas.
Plano de distribución de secciones.
R.I
Misión, visión, matriz axiológica de la I.E.
Perfil y manual de funciones.
Calendario cívico escolar y docentes responsables.
Proyectos que ha elaborado para su nivel.
Horario.
Distribución del cuadro de horas.
Distribución de alumnos por turnos, grados y secciones.
Nómina de tutores.
Nóminas de alumnos.
Horario personal de trabajo.
Horarios de clase de los profesores.
Informe y estadística por trimestre del rendimiento académico por grado y sección.
Cronograma de jornadas y reuniones técnico pedagógicas, entrega de libretas y
reuniones con los padres de familia.
Resoluciones, normas, directivas emanadas del MED.
9.- Orientar el trabajo de los docentes de grado o sección, brindándoles el asesoramiento
correspondiente y haciéndoles conocer las disposiciones oficiales.
10- Programar y realizan jornadas de actualización e innovación pedagógica.
11.- Establecer los horarios de trabajo del personal.
12.- Llevar el Control del parte de asistencia del personal a su cargo y presentar su informe
mensual a la Dirección.
13.- Remplazar al personal docente, en caso de enfermedad, licencia, permiso. En inicial dispone
el reemplazo de los profesores ausentes por los auxiliares.
14.-Informar periódicamente al Director, a los profesores, alumnos y padres de familia sobre el
desarrollo del proceso de aprendizaje.
15.-Presentar el análisis de la estadística trimestral y anual del rendimiento académico por grado y
sección en las diversas áreas con la finalidad de realizar las acciones correspondientes para
mejorar el servicio educativo.
16.-Informar oportunamente y por escrito a la Dirección del plantel, sobre la situación del nivel a
su cargo:
Estado de matrícula por grados
Vacantes disponibles por grados
Posibles plazas de contrato
Requerimientos o necesidades de su nivel, por orden de prioridad.
17.-Promover y propiciar la cooperación, la unión y las buenas relaciones humanas entre el
personal del nivel a su cargo.
18.- Participar en las actuaciones y formación de los alumnos.
19.-Gestionar y desarrollar oportunamente las acciones necesarias para captar alumnado en caso
de evidenciarse deserción escolar.
20.-Coordinar con los profesores el proceso de matrícula.
21.-Coordinar con el CONEI las acciones de mejoramiento e infraestructura de su nivel.
22.-Informar a la Dirección oportunamente y por escrito sobre los problemas y dificultades que se
presentan en su nivel, dando propuestas y alternativas viables para la solución de los mismos.
23.-Coordinar los docentes los horarios de su nivel.
24.-Comunicar oportunamente a todos los profesores de su nivel, la calendarización del Año
escolar, fechas cívicas y otras actividades a realizarse durante el año lectivo así como las
responsabilidades que asumirán los docentes en dichas actividades.
25-Coordinar con la Dirección y las comisiones la elaboración del cuadro de horas, en función al
alumno (en secundaria).
26.-Coordinar con la Dirección y los docentes de su nivel, la rotación de grado (en primaria)
27.-Publicar las fechas de entrega de la documentación técnico pedagógica, entrega de notas y de
libretas.
28.-Coordinar con los profesores responsables del aula de Innovación (DIGETE) y con los
docentes de su nivel los horarios de ingreso de los alumnos según sus necesidades.
29.-actualizar a los profesores de su nivel de acuerdo a las últimas innovaciones pedagógicas.
30-Programar, asesorar, la elaboración de las unidades de aprendizaje y otros documentos
técnico-pedagógicos los que deberá devolver debidamente visados y firmados dentro de las 48
horas siguientes.
31.-Recepcionar y distribuir oportunamente los textos, módulos , material educativo y didáctico
emanados por el MED y la UGEL 15 y los existentes en la I.E, de acuerdo a la directiva vigente,
respecto a la entrega y distribución de los mismos a los alumnos y/o padres de familia, sobre su
uso, conservación y devolución.
32.-Coordinar con el encargado del banco de libros las acciones de organización distribución y
control, conservación y devolución de los libros entregados a los alumnos.
33.-Coordinar con la Dirección, la publicación oportuna del consolidado mensual de asistencia
del personal de la I.E. con anticipación de tres días.
34-Participar en la organización del desfile escolar, feria de ciencias u otra actividad que
promueva el Ministerio de Educación o UGEL 15.
35.- Organizar las actividades de recuperación del educando a lo largo del año lectivo.
36- Conversar en forma personal y privada con los profesores que incumplen con sus funciones.
En caso de reincidencia lo hace por escrito dando las recomendaciones del caso e informando a la
dirección de la I.E.
37- Comunicar con anticipación y con la formalidad del caso, a los profesores responsables de
evaluar los cursos de subsanación y aplazados.
38.-Llevar el control de los alumnos repitentes, aplazados y de los que llevan cursos a cargo
correspondientes.
39.- Demostrar capacidad administrativa y pedagógica asesorando permanentemente a los
docentes de su nivel en la elaboración de documentos técnico pedagógicos, innovaciones,
elaboración de material didáctico, que permitan implementar y mejorar la calidad de servicio de
su nivel. Presentando el informe a la Dirección de las acciones realizadas por trimestre.
40.- Promover, planificar, organizar y coordinar con los docentes de su nivel jornadas y talleres
de orientación para alumnos en procura de un mejor rendimiento académico, difusión de sus
derechos y desarrollo de su personalidad.
41.- Informar periódicamente al Director sobre la situación del nivel a su cargo.
42.-Apoyar al Director en todas las acciones pedagógicas y gestiones administrativas que se
efectúan dentro y fuera del plantel, para el bienestar de la institución.
43.-Solicitar y hacer entrega oportuna de la papeleta de salida, cada vez que se ausenta de la I.E,
especificando en la misma, el motivo de salida, lugar de destino, justificación, hora de retorno
firma y sello correspondiente, debiendo tener conocimiento de la dirección de la I.E.
44.- Organizar y publicar el periódico mural de su nivel.
45.- Representar por delegación al Director.
46.- Estimular y fomentar el sentido de responsabilidad de los docentes, teniendo como base la
puntualidad, participación, identificación con la Institución, esmero, espíritu de trabajo, lealtad,
práctica de principios éticos y morales y colaboración en la acción educativa.
47.- Tener al día la documentación de matrícula y documentos de los alumnos.
48.- Actualizar el inventario de su nivel, velar por su mantenimiento, mejoramiento y
conservación.
49.- Presentar oportunamente antes de la finalización del año escolar a la Dirección, los
requerimientos y necesidades de su nivel para ser incluidos en el presupuesto.
50.- Participar en las reuniones convocadas por la Dirección asumiendo el rol que le corresponde
y apoyando al Director con el desarrollo de la misma dando los alcances que le compete a su
nivel.
PROHIBICIONES Y SANCIONES DEL DIRECTOR Y COORDINADORES
Art. 26. -El personal Directivo está prohibidos de:
1.- Iniciar el año académico sin la debida presentación de los documentos técnico pedagógico a su
cargo.
2.- .Abandonar su puesto sin motivo justificado.
3.-. Registrar o firmar el parte de asistencia fuera de fecha y hora.
4.- Justificar su inasistencia en el parte.
5.- Incumplir con sus funciones de acuerdo al presente reglamento.
6.- Incumplir con los deberes señalados en la ley de la reforma magisterial.
7.- Faltar a las actividades cívicas patrióticas u otras programadas por la institución.
8.- Usar los ambientes de la I.E. para desarrollar o participar en reuniones particulares ajenas a su
función.
9.- Participar en actividades ajenas a su función u otras actividades en horario de trabajo.
10.- Faltar a reuniones de carácter institucional convocados por alguno de los estamentos de la I.E
u otra institución que convoque y sean delegados.
11- Retirarse antes del término de las asambleas convocadas por la Dirección sin la autorización
del Director.
12.- Otorgar vacantes sin la debida autorización de la Dirección.
13.-Faltar el respeto al Director desacatando sus ordenes siempre que tengan por objeto la
realización de actos de servicio que se vinculen con sus funciones.
14.- Faltar de palabra o fomentar con actos, gestos o actitudes, palabras u obras el rompimiento de
relaciones humanas entre el personal que labora en la I.E. y la comunidad educativa.
15.-Negarse a firmar arbitrariamente documentos de carácter pedagógico o administrativo.
16.- No mantener al día los documentos inherentes a su cargo.
17.- No mantener informado a los docentes sobre los resultados de la evaluación y monitoreo
docente.
18- Disponer más de 30 minutos para su refrigerio distrayendo el tiempo en otras actividades
ajenas a su cargo o en conversaciones privadas con los profesores o amistades.
19.- Aprovechar el cargo para formar grupos dando consignas y manipulando actitudes y
decisiones del personal a su cargo.
20.- Evaluar a los alumnos, cobrar por vacante, traficar con notas.
21.- Disponer de los recursos de la Institución Educativa sin conocimiento ni autorización de la
Dirección o aprobación de los miembros del CONEI.
22- Solicitar permisos, en periodos de matrícula, evaluación o finalización del año escolar.
23.- Negarse a asumir funciones o delegaturas cuando hay necesidad de servicio.
24.- Hacer comentarios negativos de los docentes, personal directivo, miembros de la
comunidad educativa con la intención de dañar su dignidad y reputación.
25- Realizar convenios con personas o instituciones particulares sin la autorización del estamento
respectivo.
Art. 27.- Las sanciones a las que se hacen acreedores los miembros del personal directivo y
jerárquico son:
a) Ser amonestado Verbalmente o por escrito por parte del jefe inmediato superior según el caso
lo amerite.
b) Ser informado por escrito al CONEI para estudiar el caso y tomar las medidas correctivas
correspondientes.
c) Ser denunciado a la autoridad administrativa competente por los casos indicados en el presente
Reglamento.
d) Las faltas de carácter disciplinario son las que se contemplan en los Arts. 28 del D.L. No 276
Ley de bases de la carrera administrativa. Ley Nº 27815 Código de ética de la función pública y
su reglamentación.
DE LOS ÓRGANOS DE CONSULTORÍA
CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL
Art.28.-El Consejo Educativo Institucional (CONEI) Es el organismo de participación,
concertación y vigilancia ciudadana de la Institución Educativa pública que colabora con la
promoción y ejercicio de una gestión eficaz, transparente, ética y democrática que promueve el
respeto a los principios de equidad, inclusión e interculturalidad en las Instituciones educativas
Públicas. Es presidido por el Director de la Institución Educativa, y está conformado por la
dirección, representantes del personal docente uno por nivel, 1 representante del personal
administrativo, 1 representante de los estudiantes, 1 representante de los ex alumnos y 1 padres de
familia, pudiendo ser integrado también por otros representantes de instituciones de la comunidad
local, por acuerdo del Consejo, pudiendo participar otros miembros o estamentos de la I.E. por
invitación del Director.
Art.29.- La Elección de representantes del CONEI es la siguiente:
El periodo de representación en los Consejos Educativos Institucionales de las Instituciones
Educativas Públicas es de dos años. El representante de los estudiantes, si está en el penúltimo
año de estudios, es elegido por un año. El proceso electoral se realiza en los tres últimos meses
del año lectivo. Cada estamento elige un representante por voto universal, secreto y directo
teniendo en cuenta:
1.-El representante de los padres de familia que tienen la patria potestad del menor que estudia en
la Institución Educativa, y no preside la Asociación de Padres de Familia.
2.-El representante de los estudiantes, quienes no pueden tener conducta desaprobatoria o ser
repitentes del año lectivo inmediato anterior.
3.-El representante de los ex alumnos donde existiera asociación.
4.-El o los representantes del personal docente, quienes no deben estar sometidos a
procedimientos administrativos en curso.
5.-El o los representantes del personal administrativo, quienes no deben estar sometidos a
procesos administrativos en curso.
6.-La representación de los padres de familia y la de los estudiantes cesa al dejar la Institución
Educativa por retiro del hijo, o por concluir los estudios.
7.-En todos los casos, para ser representante ante el Consejo Educativo Institucional se requiere
no estar cumpliendo sanción disciplinaria ni penal.
8.-La ausencia de los representantes de los ex alumnos no impide su instalación y
funcionamiento, cuando las características de la institución lo justifiquen.
Art.30.- La Institución Educativa en coordinación con la Unidad de Gestión Educativa Local y
los gobiernos locales, promoverá la capacitación de los integrantes del Consejo Educativo
Institucional para el mejor ejercicio de sus funciones.
Art.31.- Son funciones del Consejo Educativo Institucional.
1.- Capacitarse para asumir con idoneidad su función.
2.- Actuar con lealtad, respeto a las leyes, a la Autoridad y a las leyes practicando los principios
éticos fundamentales.
3.- Llevar la voz de sus representados y no participar en decisiones de la Institución de manera
personal y arbitraria.
4. Convocar a sus representados a reuniones informativas cuando sea necesario tomar acuerdos o
tomar decisiones; teniendo en cuenta sus mociones .Levantando el acta correspondiente y
llevando de manera ordenada el registro de las asambleas.
5. -Convocar a sus representados de manera extraordinaria cuando el caso lo amerite.
6.- Participar en la formulación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional.
7.- Participar en el Comité de Evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal
docente y administrativo de la institución, de acuerdo con la normatividad específica que emita el
Ministerio de Educación.
8.- Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes en la Institución
Educativa.
9.- Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad y
calidad.
10.-Vigilar el adecuado destino de los recursos de la Institución Educativa y aquellos que, de
acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de la Asociación de Padres de Familia,
estén comprometidos con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo.
11.- Colaborar con el Director para garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de
aprendizaje, el número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo
para alcanzar el tiempo de aprendizaje requerido en los diferentes niveles y modalidades.
12.- Cooperar con el Consejo Participativo Local de Educación de su circunscripción.
13.-Propiciar la solución de conflictos que se susciten en esta, priorizando soluciones concertadas
frente a quejas o denuncias que no impliquen delito.
14.- Opinar sobre los criterios de autoevaluación de la Institución Educativa y los indicadores de
desempeño laboral.
15.- Publicar los acuerdos de las asambleas realizadas.
Art. 32.- El Consejo Educativo Institucional se reúne ordinariamente por lo menos cuatro veces al
año; extraordinariamente, las veces que sea convocado por el Director, en función de las
necesidades de la Institución Educativa o a pedido de la mitad más uno de sus miembros. El
quórum para iniciar la sesión es de la mitad más uno de sus miembros. Los acuerdos que se tomen
constan en Acta firmada por todos los asistentes, la que debe ser de público conocimiento en la
Institución Educativa o Programa.
PROHIBICIONES
Art. 33.- Están prohibidos el CONEI:
1.- Está prohibido faltar a la autoridad o a uno de sus miembros de hecho o palabra.
2.- Faltar a las Reuniones o retirarse antes de su culminación.
3.- Está prohibido negarse a firmar documentos de manera arbitraria, o tomarse atribuciones que
no le corresponden.
4.- Toda decisión tomada de manera personal sin la consulta y aprobación de sus representados es
nula
5.- No se pueden aprobar los acuerdos que no han sido primero aprobados por sus representados
mediante acta, en caso contrario carece de validez.
6.- Cualquier acto que altere el desenvolvimiento de la reunión podrá ser sancionado por los
representantes, pudiendo ser suspendido de participar en la sesión siguiente, según el caso lo
amerite.
COMITE DE EVALUACIÓN
Art.34.- Comité de evaluación es presidida por el Director y cumple la función de evaluar el
ingreso, ascenso, permanencia del personal docente y administrativo, normado por la Directiva
185-2006-ME/SG-OGA-UPER de conformidad con el Art.9 de la Ley No 28175, Ley marco del
empleo público.
Art.35.- La comisión de evaluación está integrada de la siguiente manera:
a) Director de la institución educativa quién lo presidirá y tendrá voto dirimente.
b) Un docente de acuerdo a su nivel, quién actuará como secretario, previa elección
democrática en asamblea de profesores.
c) Un representante de los servidores administrativos a través del gremio sindical de
Instituciones educativas acreditado por la respectiva organización (sólo para el caso de
plazas administrativas)
d) Un docente elegido por la mitad más uno, de los docentes de los profesores nombrados de
cada nivel, en asamblea convocada por el Director (sólo para el caso de plazas docentes).
e) Un representante de los padres de familia integrante del CONEI con voz, pero sin voto.
f) En el caso de no haber servidores administrativos titulares, la comisión de evaluación será
la encargada de realizar dicho proceso.
g) El CONEI es responsable de verificar y certificar el proceso.
COMISIÓN DE RACIONALIZACIÓN
Art.36.- El proceso de racionalización del gasto en plazas de personal docente y administrativo
implica determinar la excedencia o déficit de plazas, por reducción de la carga docente en sección
o por crecimiento de la demanda educativa, por crecimiento vegetativo, lo que conlleva a la
necesidad de equilibrar la oferta y demanda educativa. La comisión de racionalización está
integrado por:
Un Presidente (Director de la I.E.)
Un secretario técnico (representante del personal docente)
Un vocal ( administrativo)
Art.37.-La comisión de Racionalización de la I.E. cumple las siguientes funciones:
1.- Comunicar a la UGEL 01 la relación nominal del personal excedente, indicando el apellidos y
nombres, cargo, nivel o grupo Ocupacional, especialidad, jornada laboral, lugar de residencia,
centro de trabajo, código modular, título, tiempo de servicios oficiales y tiempo de permanencia
en la I.E., dentro de las 72 horas de haber recibido el documento pertinente del órgano
intermedio..
2.-Adjuntar una copia fotostática del acta de excedencia.
3.- Comunicar con memorándum a cada uno de los Docentes o Personal Administrativo que
resultó excedente, indicando que deberá de acercarse a la UGEL para ver su caso.
4.- Con Oficio poner a disposición de la UGEL 15, para su conocimiento y posterior reubicación
y/o reasignación por racionalización al personal declarado excedente en el proceso.
Art.38.- La comisión de racionalización emplea el procedimiento normado en la R.M. Nº 026-
2004-ED, y R.M. Nº 0043-2004-ED,
DE LA COMISIÓN DE REGLAMENTO INTERNO:Art. 39.- Sus funciones son:
- Revisar anualmente el Reglamento Interno de la institución educativa.
- Presentar el Reglamento Interno con sus modificaciones a la Asamblea para su discusión y
aprobación.
- Presentar la propuesta aprobada a la dirección para su respectiva oficialización en la
institución educativa y su elevación a la UGEL.
- Hacer seguimiento y emite opinión respecto al cumplimiento del Reglamento Interno por
parte de las comisiones.
- Solicitará a la comisión de Gestión de Recursos Financieros el financiamiento para la
impresión de copias del Reglamento Interno y su distribución a cada comisión por nivel.
DE LOS ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO Y TÉCNICO PEDAGÓGICO
DEL CONSEJO ACADÉMICO
Art. 40.- El consejo académico (CONA) es un órgano de asesoramiento de la gestión educativa,
coordina y da coherencia al proceso pedagógico. Es presidido por el Director e integrado por los
coordinadores, y tres representantes de los docentes por cada nivel, debiendo cumplir como
requisito haber sido capacitado en programas de actualización pedagógica docente, no menor de
dos años o acreditar estudios de maestría o post-grado o estar desarrollando proyectos
innovadores.
Art.41. -Son propuestos anualmente por los profesores y la Dirección reconocerá mediante R.D,
al inicio del año escolar. El Consejo Académico tiene las siguientes funciones:
1.-Elaborar, desarrollar y evaluar la propuesta pedagógica (Proyecto Curricular Institucional).
2.- Analizar el trabajo de los docentes y proponer recomendaciones para mejorar los aprendizajes
de los alumnos.
3.- Diseñar estrategias para optimizar los servicios de tutoría y orientación educacional.
4.- Formular los criterios de evaluación y recuperación académica de los estudiantes.
5.-Promover y desarrollar innovaciones e investigaciones.
6.- Promover la capacitación con proyección a la comunidad y estímulos al personal docente y
administrativo.
7.-Elaborar los criterios e indicadores de auto evaluación institucional.
8.-Participar, en el marco del Proyecto Educativo Institucional y Plan Anual de Trabajo, en la
organización de actividades y programas de la Institución Educativa.
9.- EL Consejo Académico se reunirá el día 30 de cada mes, para el monitoreo del cumplimiento
del PCI en los diferentes niveles, previa coordinación con el personal Jerárquico de la I.E.
COMISIÓN DE DEFENSORIA DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE.
Art.42.- las Defensorías del Niño y el Adolescente (DESNA) funciona en la I.E a cargo de 4
promotores 2 de secundaria y 2 de primaria distribuidos en ambos niveles y turnos , contribuyen
al gran objetivo de sensibilizar y comprometer a la comunidad, influyendo en la construcción de
una cultura de respeto y buen trato de nuestra niñez y adolescencia. Se crea en 1992 al
promulgarse el Código de los Niños y Adolescentes (Ley N° 26102).
Art.43.- Su finalidad es Promover, Defender y Vigilar los derechos que la legislación reconoce
a los niños y adolescentes. Siendo las funciones de los promotores:
1.- Conocer la situación de las niñas, niños y adolescentes de la I.E que se encuentran en estado
de riesgo, abandono, o situación vulnerable. Intervenir cuando se encuentren amenazados o
vulnerados sus derechos para hacer prevalecer el principio del interés superior;
2.- Promover el fortalecimiento de los lazos familiares. Para ello puede efectuar conciliaciones
entre cónyuges, padres con apoyo de otras instituciones.
3.-Coordinar programas de atención en beneficio de los niños y adolescentes que trabajan;
4.- Brindar orientación multidisciplinaria a la familia para prevenir situaciones críticas.
5.- Denunciar ante las autoridades competentes las faltas y delitos cometidos en agravio de los
niños y adolescentes.
6.-Conformar y/o formar parte de las Redes de Servicio o Comités de Vigilancia Local, a fin de
complementar y articular el trabajo que realizan.
7.- Propician acciones de movilización y campañas de sensibilización comunitaria a nivel local,
involucrando tanto a las familias como a las autoridades y miembros de instituciones y dirigidas a
cumplir un determinado objetivo en torno a un tema o problemática específica.
8. Organizan charlas, talleres, elaboración de materiales y Trabajo con medios de comunicación
masivos y comunitarios que tengan un objetivo específico en beneficio de la defensoría del niño y
del adolescente.
9.- Inaugurar la D.N.A en acto público para que la comunidad conozca de su existencia.
Art. 44.- La Defensoría está conformada por:
Un responsable quien asume la función de “defensor“,
4 docentes “ defensores-promotores”
Padres de familia voluntarios que constituyen un apoyo.
Además de profesionales o personas de la comunidad debidamente capacitadas.
Art.45.- La Defensoría deriva los casos a una instancia, autoridad o profesional según su
competencia. Esta derivación se realiza a través de una comunicación por escrito y otras acciones
complementarias y no debe tardar más de 7 días desde que se tomo el conocimiento del caso.
Art. 46.- El Código de los Niños y Adolescentes, señala que las Defensorías forman parte del
Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y el Adolescente, (DESNA) por lo que se deberá
definir y asegurar los recursos financieros, humanos y un ambiente de funcionamiento, horario, y
capacitación de sus miembros así como la planificación y el registro en la oficina de defensorías
de la Dirección General de Niños y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social
(MIMDES),asegurando la permanencia del personal necesario para el servicio, y estableciendo
redes con aquellas instituciones con las cuales se puedan realizar acciones conjuntas en bien de la
niñez .
DEL COMITÉ DE TUTORIA, CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR.
Art.47.- Mediante R.D. de la I.E. se reconoce el comité de tutoría, convivencia y disciplina
escolar:
Está conformado por: un coordinador inicial, un coordinador de primaria, un coordinador de
secundaria, un representante del Consejo Directivo de la APAFA, un representante de los
alumnos.
El coordinador de tutoría, es responsable de:
1.- Planificar, organizar, supervisar y evaluar las acciones de tutoría para los educandos, así como
las actividades que de ella emanan. Jerárquicamente depende del Director.
2.-.Elaborar y ejecutar el plan de área de tutoría.
3.- Elaborar el Plan de tutoría, convivencia y disciplina escolar democrática de la I.E.
4.- Propiciar y fomentar la disciplina y el respeto mutuo entre los educandos por medio de la
práctica de valores.
5.- Detectar los problemas que presenten los educandos y contribuir a su solución o tratamiento a
través de tutoría grupal o individual o derivándolo al servicio psicológico.
6.- Orientar a los docentes tutores en la aplicación de métodos y técnicas relacionados con el área
de tutoría.
7.- Orientar el trabajo de los Auxiliares de Educación brindando el apoyo y asesoramiento
correspondiente en forma oportuna.
8.- Propiciar y coordinar la conformación de los comités de aula, brindando el apoyo necesario.
9.- Promover y organizar la escuela de padres en coordinación con el personal jerárquico y la
psicóloga.
10.- Realizar talleres para padres de familia (comités de aula), auxiliares y docentes por niveles.
11.- Implementar adecuadamente el botiquín escolar para casos de emergencia.
12.-Informar a la Dirección y los profesores tutores en asamblea, sobre el plan de trabajo y las
acciones a tomar para atender los casos que por su naturaleza requieran la atención frente a casos
de maltrato, violencia infantil, hostigamiento sexual y abuso. Coordinando con las instituciones
locales: municipio, comisaría, juzgado y otros.
13.- El Comité de disciplina y tutoría tendrá como apoyo a los auxiliares de educación
14.-.- Velar por el cumplimiento del Reglamento Interno.
15.- Ejercer el control permanente de la disciplina, orden, puntualidad y correcta presentación de
los alumnos en coordinación con los auxiliares de educación, profesores de turno, profesores de
aula, tutores de sección (secundaria) y la policía escolar.
16.- Coordinar con los auxiliares para el mantenimiento del orden durante las formaciones de
ingreso, actuaciones u otras actividades que se realicen.
17.- Recomendar a los alumnos el cuidado de la infraestructura y la capacidad instalada
(mobiliario) de la I.E. y materiales de enseñanza.
18.- El Presidente del Consejo de Disciplina. Luego de conocer la falta convoca inmediatamente a
reunión para analizar y tomar las medidas necesarias sobre el problema, todo lo actuado debe
figurar en el cuaderno o libro de actas correspondientes.
19-. Sostener una permanente coordinación con el auxiliar de educación y coordinadores
20.- Es responsabilidad de cada integrante del Consejo de Disciplina investigar el caso a fin de
dar su opinión con conocimiento de causa.
21- Citar a los padres del alumno para informarle la falta cometida por el alumno(a), y
recomendarles que tomen las medidas más adecuadas para corregir la indisciplina de su hijo(a).
22.- Una vez que evalúa el Consejo de Disciplina citará a los padres del alumno(a) para conocer
el hecho.
23.- De persistir el acto de indisciplina, se le invita a los padres de familia que lo retire de la I.E.
informando a la dirección para el decreto correspondiente.
24.- En caso de gravedad se investiga minuciosamente luego se invita a los padres del alumno
para hacerle conocer el caso y sugerirles el retiro de su hijo (a) de la I.E. conforme a los
dispositivos legales vigentes.
25.- En diciembre cita a los padres de familia de los alumnos que tuvieron problemas de conducta
(según el caso), durante el año escolar para darles a conocer la situación final de su hijo en forma
verbal o escrita haciéndole firmar el cuaderno o libro de acta correspondiente al caso.
26.- Elevar su informe a la dirección antes de la clausura del año escolar adjuntando la relación de
los alumnos con matrícula condicional y aquellos que no deben retornar a la I.E. debe figurar las
firmas de todos los integrantes del Consejo de Disciplina.
Art.48.- Son funciones del presidente del comité de tutoría, convivencia y disciplina escolar:
1.- Convocar y presidir las reuniones cuando sea necesario.
2. –Recibir los casos de indisciplina.
3.- Coordinar con los auxiliares de educación, profesor de turno (Primaria).
4.- Dar por iniciada la reunión siempre y cuando exista el quórum reglamentario (la mitad más
uno).
5.- Informar a la dirección sobre la labor del consejo de disciplina al final del año.
Art.49.- Son funciones del Secretario:
1.- Llevar el libro de actas.
2.-Recibir y confeccionar los documentos del Comité de tutoría, convivencia y disciplina escolar.
Art.50.- Son funciones de los vocales:
1.-Participar activamente en las reuniones convocadas por el Comité teniendo voz y voto.
Art.51.- Se consideran los siguientes tipos de sanciones:
1.-Amonestación verbal.- Cuando la falta es leve y por primera vez se dicta las medidas
correctivas por el profesor o coordinador de grado / sección, en coordinación con el auxiliar de
educación correspondiente.
2.-Amonestación escrita.- En caso de reincidencia y/o falta grave el auxiliar de educación y el
coordinador de grado / sección, informa por escrito al Consejo de Disciplina para que tome las
medidas correspondientes:
Exhaustivamente investiga el problema, al término de 48 horas se reúne para tratar el caso,
citan a los padres de familia para hacerle conocer la indisciplina de su hijo(a) y entregan la
amonestación o sanción por escrito, previa firma del cargo.
Se suspenderá al alumno(a) temporalmente de (1 a 8 días), según sea el caso (peleas,
estado etílico o falta de respeto, agresión verbal, etc.)
3.-Matrícula condicionada.- Esta medida se aplica cuando el alumno no supera su conducta
inadecuada pese a las recomendaciones y orientaciones que le da el Consejo de Disciplina o
cuando el padre de familia que no asiste a las citaciones.
4.-Separación de la IE.- Se aplica en caso de falta grave o reincidencia que daña la moral y las
buenas costumbres, daños a la infraestructura y capacidad instalada y falta de palabra a su
compañero, profesor y demás trabajadores de la I.E. o padres de familia. Además cuando comete
los siguientes actos:
Portar o ingerir sustancias tóxicas.
Portar o ingerir bebidas alcohólicas.
Portar armas (punzo cortantes o de fuego).
DEL AUXILIAR DE EDUCACION
Art.52.-El Auxiliar de Educación por ser considerado docente sin título pedagógico cuya labor es
esencialmente de apoyo técnico – pedagógico al profesorado; su colaboración en actividades
formativas – disciplinarias del alumnado y administrativas conforme a las normas y
procedimientos. Los auxiliares de educación deben ser modelos de identidad de los alumnos, con
sus actitudes, comportamiento, valores morales, tener la convicción plena de su vocación y de ser
un gran apoyo para la I.E.
Sus funciones son las siguientes:
1.-Contribuir al desarrollo de acciones y actividades pendientes a la formación integral del
educando.
2.- El auxiliar de educación tienen la obligación de acreditar anualmente cursos de capacitación
en primeros auxilios y cursos relacionados con su función.
3.-.El auxiliar de educación debe tener al día su carpeta Pedagógica, y presentarla a la Dirección
para su revisión y Vº Bº correspondiente. Esta carpeta debe contener:
a. Plan de Trabajo
b. Normas y dispositivos relacionados con su función.
c. Relación de profesores según especialidad.
d. Distribución de horas.
e. Relación de alumnos por grados y secciones.
f. Ficha de seguimiento de las conductas de los alumnos.
g. Relación de alumnos con problemas de conducta.
h. Informe trimestral de los alumnos observados al Consejo de Disciplina.
i. Ficha de criterios de evaluación de la conducta de los alumnos.
j. Otros de acuerdo al nivel inicial.
k. Presentar informe anual (Logros, dificultades sugerencias).
4.- La jornada laboral del auxiliar de educación es de 30 horas semanales distribuidos en 6 horas
diarias.
5.- El auxiliar de educación ingresará por lo menos 30 minutos de anticipación a la hora normal
del ingreso al plantel. En dicho lapso cuidará de los educandos para su ingreso y salida de la I.E.
6.- El auxiliar de educación permanecerá en las aulas a su cargo.
7.- El auxiliar de educación prestará apoyo en la realización de actividades de carácter
institucional o cívico patriótico que se realicen sábados, domingos o feriado, donde se les delegue
una responsabilidad por necesidad de servicio.
8.- Es el responsable de las actividades permanentes. En caso de ausencia del profesor de turno
Da la señal de inicio a la formación a las 7.45 a.m. que debe terminar a las 8.00a.m, da
orientaciones y recomendaciones que el caso amerite para lo cuál pide el apoyo a los profesores.
A l término de las actividades dispone el ingreso de los alumnos a las aulas.
9.-El auxiliar de educación tiene la obligación de contribuir en el desarrollo de acciones y
actividades tendientes a la formación del educando.
10.- Recepcionar a los alumnos a la hora de ingreso del nivel inicial.
11.- Atender en primera instancia a los padres de familia, sobre asuntos relacionados con la
disciplina, conducta y asistencia de los alumnos-
12.- Propiciar el mantenimiento de un clima de cooperación amistad y respeto entre alumnos,
docentes, padres de familia, ex alumnos y comunidad.
13.-Promover el fortalecimiento de la disciplina y el buen comportamiento de los educandos en
coordinación con el personal directivo.
14.-.Orientar y apoyar a los alumnos en todas las actividades educativas y de servicio comunal
que desarrolla la I.E.
15.-Fomentar hábitos de disciplina, buenas costumbres, puntualidad, higiene y estudio entre los
educandos así como el correcto y adecuado uso del uniforme escolar.
16.- Fomentar en coordinación con los profesores especializados del área, la práctica del deporte,
cultura, artes y danzas nacionales.
17.-Visar en la entrada diariamente el cuaderno de control de los niños de nivel inicial.
18.- Exigir y velar porque los alumnos tengan una adecuada presentación personal de sus prendas
de vestir y deportivas, corte de cabello sin adornos ni otros que no indique el reglamento.
19.- Fomentar en el alumnado el amor y respeto a los símbolos patrios.
20.- Mantener actualizado el registro de asistencia de las aulas a su cargo.
21.- Lleva y transporta a los alumnos que requieran atención médica, en situaciones de
enfermedad o cuando se suscita accidentes en la I.E. o fuera de él, siempre y cuando se trate de
actividades programadas y aprobadas por la Dirección, luego comunica al tutor o padre de
familia.
22.- Velar por el mantenimiento y provisión del botiquín de la I.E y de las aulas a su cargo
procurando que tengan las medicinas necesarias.
23.- Promover el cultivo de valores y respeto y fraterna consideración para los profesores y
autoridades escolares, así como para sus compañeros y comunidad educativa.
24.- Reemplazar a un profesor con autorización de la dirección. En caso de inasistencias de algún
docente de nivel inicial.
25.- Colaborar en las actividades que se realizan en la I.E. así como fechas cívicas.
26.- Acompaña en las representaciones en los diferentes eventos que participa el colegio.
PROHIBICIONES Y FALTAS:
Art.53.- El auxiliar están prohibido de:
1. - Parcializarse en el control de asistencia de los alumnos.
2.- Permanecer fuera del área de trabajo.
3.- Falta de respeto y apoyo a los docentes que se lo solicitan.
4.- Recibir obsequios, recompensas u otros presentes de los alumnos o padres de familia a
cambio de algún beneficio.
5.- No realizar tocamientos indebidos a las alumnas (os).
6.- Castigar físicamente a los alumnos.
7.- Sancionar por faltas graves en forma personal sin el conocimiento del Consejo de
disciplina y no dar cuenta a sus superiores.
8.-. Recibir a familiares o amigos en horas de trabajo.
9.- Encubrir faltas de algunos alumnos por amistad u otros motivos.
10.- Dedicarse a tareas ajenas a su trabajo en horas de labor.
11.-.Distribuir propaganda político-partidaria o de grupo, cartas, panfletos o cualquier otro
documento que dañe la buena marcha de la I.E. o conduzca la ruptura de las relaciones
humanas de la I.E.
12.- Presentarse en la I.E. con indicios de ebriedad.
13.- Evadirse de la I.E. en horas de labor.
14.-.Permanecer en los quioscos o cafetería en horario de trabajo o recreo.
15.- No respetar el horario que se les asigne, en caso de necesidad del servicio se les
comunicará oportunamente el cambio de horario.
16.-.Escuchar música en horario de trabajo y en el ambiente asignado para la atención a
los alumnos y padres de familia.
SALA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA (DIGETE)
Art.54.- El programa Dirección General de tecnologías es un órgano de asesoramiento de los
docentes en el uso y aplicación de las TIC por lo que deberán demostrar idoneidad en el cargo y
reunir los requisitos necesarios llámese acreditaciones y capacitaciones en el área que compete a
la función que van a desempeñar .Son elegidos en asamblea general de profesores. Siendo sus
funciones:
1.- Asesorar a los docentes en el uso y aplicación de TIC en el trabajo educativo y en la solución
de los problemas que se presenten.
2.- Asesorar a los docentes en el uso de recursos informáticos (uso de la computadora, Intranet,)
3.-.Identificar y atender las necesidades de capacitación docente en el aprovechamiento educativo
de las TIC.
4.- Ejecutar la instalación de software y velar por el mantenimiento de los equipos
informáticos (hardware básico).
5.- Reportar el estado de los recursos TIC a la dirección de la institución educativa., lleva el
inventario de los equipos y materiales de la sala de innovación así como el estado minucioso de
cada uno de ellos en una hoja clínica.
6.- Llevar el inventario, organizando el catálogo de los recursos TIC del aula de innovaciones
pedagógicas a su cargo.
7.- Proyectar en coordinación con la dirección y los docentes, el horario de uso del aula de
innovaciones pedagógicas, garantizando la oportunidad de acceso a todos los estudiantes.
8.- Incentivar en los docentes de la institución educativa la formulación de propuestas y el
desarrollo de actividades para el aprovechamiento educativo de la TIC.
9.- Propiciar la integración de los recursos TIC que ofrece el Proyecto Huascarán en la práctica
docente.
10.- Permitir la comunicación permanente de docentes y alumnos a través de los recursos TIC que
facilita el Proyecto Huascarán.
11.- Convocar a reuniones mensuales para analizar el desarrollo del proceso de integración de las
TIC en su institución educativa y adoptar las medidas pertinentes.
12.- Mantener el aula de innovaciones como un ambiente favorable y agradable para el
aprendizaje, facilitando el trabajo individual y en grupo de los estudiantes, brindándoles apoyo
permanente durante el desarrollo de la clase.
13.- Promover la participación de la comunidad educativa en el aprovechamiento educativo de las
TIC.
14.- Realizar exposiciones semestrales o anuales de la Sala de innovación (Programa Huascarán)
a fin de difundir el uso de TIC
15.- Colabora con la Dirección y comisiones de trabajo en la elaboración de documentos de la I.E.
16- Elabora el informe anual señalando los logros, dificultades, alternativas de solución y
recomendaciones.
17. –Genera recursos para fines de mantenimiento de los equipos y/o aula.
18.- Establecer horario en la sala de innovación, para el uso de los docentes y alumnos en su
tiempo libre.
PROHIBICIONES Y SANCIONES:
Art.56.- Los docentes responsables del aula de innovación pedagógica están prohibidos:
1.-. Usar la sala de innovación con fines personales.
2.- Usufructuar con los materiales, bienes o equipos.
3.- Utilizar los equipos para Cursos particulares.
4.- Cobrar a los alumnos por el uso de los equipos.
5.- Emplear los equipos y materiales para realizar trabajos particulares o ajenos a la Institución.
6.- Dejar de brindar el servicio, debiendo prever la atención permanente.
7. - Cobrar a los docentes por los cursos de capacitación que dicten.
8.- Vender programas educativos a los docentes o alumnos.
9.- Abandonar el aula de innovación pedagógica para realizar otras actividades.
10.- Ser indiferente y no brindar apoyo al docente que desarrolla su clase en el aula de
innovación.
Art. 57.- Las sanciones se regirán de acuerdo a las normas legales vigentes.
COMISIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS
Art.58.- Los recursos propios de la Instituciones Educativa son gestionados por el Comité de
Gestión de Recursos Propios, de acuerdo a las normas legales y está conformado por:
- El Director de la Institución Educativa quien lo preside y tiene voto dirimente.
- El tesorero o quien haga sus veces en la Institución Educativa.
- Un docente, representante de los profesores.
- Un trabajador administrativo, representante del personal administrativo, si lo hubiera.
Art.59.- El representante del personal docente y el representante del personal administrativo, son
elegidos democráticamente, mediante voto directo y secreto, por el periodo de un año.
El Comité de Gestión de recursos propios informa trimestralmente al Consejo Educativo
Institucional del manejo de los recursos propios de la Institución Educativa.
El Tesorero del Comité de Gestión de Recursos Propios deposita estos recursos en la cuenta
abierta en coordinación con la respectiva unidad ejecutora.
Art.60.- Son funciones del administrador de recursos financieros:
1.- Recaudar el dinero que ha ingresado a la I.E por concepto de recursos propios, alquileres.
2.- Participar en la elaboración del balance mensual
3.- Llevar debidamente archivados los talonarios de recibos y otros
4.- Apoyar en forma efectiva a la Dirección.
5.- Realizar los pagos por gastos de la institución entre otros.
ORGANO DE APOYO
PADRES DE FAMILIA (APAFA)
Art.61.- La Asociación de Padres de Familia (APAFA) es una organización estable de personas
naturales, sin fines de lucro, de personería jurídica de derecho privado y puede inscribirse en los
Registros Públicos. Es regulada por el Código Civil, en lo que sea pertinente, la Ley General de
Educación, es derecho de los padres de familia de participar en el proceso educativo de sus hijos.
Art.62.- En la Asociación de Padres de Familia participan los padres de familia, tutores y
curadores de los estudiantes de la institución educativa pública, de acuerdo a los requisitos
señalados en la Ley. La Asociación de Padres de Familia ejerce las siguientes atribuciones:
1.- Participar en el proceso educativo de sus hijos.
2.- Colaborar en las actividades educativas que ejecuta la institución educativa, promoviendo un
clima armonioso favorable para el aprendizaje y la inclusión de las personas con discapacidad en
igualdad de oportunidades.
3.- Vigilar la distribución oportuna y el uso adecuado del material educativo que utilizan los
estudiantes.
4.- Velar por la mejora de los servicios, infraestructura, equipamiento, mobiliario escolar y
materiales, tanto educativos como lúdicos.
5.- Gestionar la implementación de programas de apoyo alimentario; de salud física y mental; de
deportes, orientación vocacional y de otros servicios que contribuyan al bienestar de los
estudiantes.
6.-Recibir información sobre el manejo administrativo, financiero y económico de la institución
educativa.
7.-Denunciar, ante los órganos competentes las irregularidades que se produzcan en las
instituciones educativas.
8.-Participar, a través de veedores, en los procesos de adquisición de bienes y servicios que se
realicen en las instituciones educativas.
9.-Proponer estímulos para los estudiantes, personal docente y administrativo que logren un
desempeño destacado en las instituciones educativas.
10.-Brindar información y rendir cuenta documentada a los asociados.
11.-Participar, a través de sus representantes, en el Consejo Educativo Institucional.
12.-Organizarse en instituciones de grado superior para formar parte de los órganos de
participación, concertación y vigilancia ciudadana previstos en la Ley General de Educación.
Art.63.-Los padres de familia participan través de su representante en el CONEI:
1.-Participar en la formulación y ejecución del Proyecto Educativo Institucional (PEI) y en el Plan
Anual de Trabajo (PAT), con excepción de los aspectos técnico-pedagógicos.
2.-Participar en el comité de evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal
docente y administrativo de la institución educativa, de conformidad con las normas que emite el
Ministerio de Educación y las instancias intermedias de gestión, en concordancia con los criterios
y procedimientos que establezca el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación
de la Calidad Educativa.
3.-Propiciar la solución de conflictos que se susciten en el CONEI, priorizando soluciones
concertadas, frente a quejas o denuncias que no impliquen delito.
4.-Participar en el proceso de autoevaluación de la institución educativa.
5.-Vigilar el acceso, la matrícula oportuna y la asistencia de los estudiantes, en la institución
educativa.
6.-Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad y
calidad en las instituciones educativas públicas.
7.-Vigilar el adecuado destino de los recursos de la institución educativa y de aquellos que, de
acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de la Asociación de Padres de Familia,
estén comprometidos con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo.
8.-Colaborar con el Director para garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de clase, del
número de semanas lectivas y de la jornada del personal docente y administrativo.
Art.64.- Las APAFA deben contar, cuando menos, con la siguiente estructura orgánica básica:
1.-Órganos de Gobierno:
2.-La Asamblea General.
3.-El Consejo Directivo.
4.-Órganos de Participación:
El Pleno de los Presidentes de los Comités de Aula y de los Comités de Talleres.
Los Comités de Aula. y,
Los Comités de Talleres.
5.-Órgano de Control:
El Consejo de Vigilancia.
Art.65.- Asamblea General
La Asamblea General es el máximo órgano de la APAFA. Está constituida, cuando corresponda,
por la reunión de los padres de familia, tutores y curadores de los estudiantes de las instituciones
educativas públicas.
Art.66.-Atribuciones de la Asamblea General
Son atribuciones de la Asamblea General de la APAFA:
1.-Aprobar y modificar su estatuto.
2-Debatir y aprobar los informes económicos mensuales y los balances semestrales.
3.-Debatir y aprobar el Plan Operativo Anual (POA).
4.-Fijar el monto de las cuotas ordinarias, extraordinarias y multas de los asociados.
5.-Remover, por causa justificada, a los integrantes del Consejo Directivo.
Elegir, mediante sorteo, a los integrantes del Comité Electoral.
elegir al veedor ante los comités especiales.
Elegir a su representante ante el CONEI.
Art.67.- CONSEJO DIRECTIVO
El Consejo Directivo es el órgano ejecutivo de la APAFA. Sus integrantes son elegidos sólo por
voto directo, universal y secreto. Su mandato es de dos años. No hay reelección inmediata.
No pueden integrar el Consejo Directivo, el Consejo de Vigilancia ni el Comité Electoral de la
APAFA:
1.-El personal directivo y jerárquico, o los docentes y trabajadores administrativos de la
institución educativa correspondiente;
2.-Los miembros de la APAFA, cuyos hijos, tutelados o curados cursen el último grado de
estudios que brinda la institución;
3.-Los miembros de la APAFA que registren antecedentes penales.
DE LOS DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA.
Art. 68.- Son deberes de los padres de familia, tutores son los siguientes:
1.-Educar a sus hijos, tutelados.
2.-Contribuir a que en la institución educativa exista un ambiente adecuado que beneficie el
aprendizaje y permita la formación integral de los estudiantes.
3.-Estar informados sobre el rendimiento académico y la conducta de sus hijos.
4.-Apoyar la labor educativa de los profesores.
5.-Colaborar y participar en las actividades educativas programadas por el Director y los
docentes.
6.-Cuidar y preservar los bienes de la institución educativa.
7.-Cumplir con las obligaciones previstas en el estatuto de la APAFA.
8.-Denunciar, ante los órganos o autoridades competentes, a los integrantes de los órganos de la
APAFA que incurran en irregularidades.
9.-Colaborar con las actividades que realicen las instituciones educativas en función del PEI.
10.-Velar por que las instituciones educativas brinden las facilidades indispensables que requieran
los estudiantes con discapacidad.
11.-Velar por la probidad y transparencia de la gestión institucional.
12.-Velar por el cumplimiento del derecho a la educación de calidad de los estudiantes.
13.- Enviar a sus hijos puntualmente, correctamente uniformados, con la insignia, limpios en su
vestimenta y cuerpo y con los útiles escolares correspondientes de acuerdo al horario de clases.
14.-Justificar obligatoriamente la inasistencia de sus hijos dentro de las 24 horas siguientes.
15.-Matricular personalmente a sus hijos en las fechas programadas y el turno correspondiente,
presentando la documentación pertinente.
16.-Asistir puntualmente a las reuniones programadas por los profesores, comités de aula o
APAFA
17.-Recibir personalmente la libreta de calificaciones de sus hijos.
18..-Es responsable de la conducta de sus hijos dentro y fuera de la I.E.
19.-Abonar con 24 horas de anticipación los derechos por evaluación de aplazados, rezagados,
curso de cargo o repitencia.
20.-Velar por la buena conservación del aula de su hijo.
21.-Asistir puntualmente al llamado de los profesores, auxiliar o Consejo de Disciplina, portando
la citación o papeleta enviada.
22.-Comunicar inmediatamente al personal responsable sobre alguna agresión o abuso cometido
contra su hijo en el interior de la I.E.
23.-Solicitar, por lo menos con 5 días de anticipación, los certificados de estudios y otros
documentos.
24.-Pagará o repondrá por los daños a los bienes de la I.E., ocasionados por sus hijos.
25.-Tiene que identificarse obligatoriamente al momento de ingresar a la I.E.
26.-Asistir, colaborar y participar en las actividades culturales, educativas y deportivas que
organice la I.E. o el aula.
27.-Comunica a la Dirección sobre cualquier atentado que observen en contra de la I.E.
Informa cualquier actitud sospechosa en contra de los alumnos y personal que labora en la IE.
28.-Ingresará al IE. Decentemente vestido.
29.-No deben permitir que sus hijos lleven a casa objetos que no le pertenecen.
30.-Asistir obligatoriamente a la Clausura del Año Escolar.
31.-Entrevistarse con el profesor en el horario establecido o cualquier otra fecha cuando el padre
lo solicite siempre y cuando lo pida por escrito y no interrumpiendo la labor docente.
32.-Enviar a sus hijos luego de haber ingerido sus alimentos, desayuno o almuerzo, según el
turno.
33.-Cumplir estrictamente con las recomendaciones de los profesores para un mejor logro de las
actividades educativas.
34.-Los padres de familia que esperan a sus hijos en horas de salida deben hacerlo en la puerta
lateral y no ingresar al local, únicamente lo podrán hacer por un caso de urgencia.
Art.69.- Los padres de familia participan en el proceso electoral y el destino de sus recursos
según la ley de APAFAS y su reglamento.
PROHIBICIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA
Art.70.- Está prohibido a los padres de familia lo siguiente:
1. Calumniar, difamar y ofender de palabra al personal que labora en la I.E. o a los alumnos.
2. Interrumpir en las horas de clase a los profesores.
3. Ingresar a la I.E. y al aula, sin identificación y permiso del personal respectivo.
4. Amenazar, insultar o agredir a cualquier alumno cualquiera fuera el caso.
5. Expresarse con palabras soeces dentro o en los alrededores del local de la I.E.
6. Protagonizar peleas o riñas con otros padres de familia, por conflictos entre sus hijos o por
asuntos personales.
7. Permanecer en la puerta de la I.E. luego del ingreso o salida de los alumnos, sobre todo
formando grupos.
8. Deambular al interior de la I.E. en horas de formación o de clase distrayendo la atención de los
alumnos.
9. No ingresar a la I.E, sorprendiendo a la Dirección con mentiras.
10. Ingresar a la I.E. para realizar ventas de artículos para provecho personal.
11. Ocupar dos o más cargos en la institución, contraviniendo las normas de la APAFA.
12. Desconocer las funciones del Director.
SANCIONES:
Art.71.- Entre las sanciones a las que se hacen acreedoras los padres se encuentran:
1. Los padres de familia que lleguen fuera de la hora a sus citaciones no ingresarán a la I.E.
2. Los padres de familia que no ratifica la matrícula de sus hijos dentro del tiempo determinado
perderán su derecho a vacante, beneficiando así a nuevos alumnos.
3. El padre de familia que no asista a recoger la libreta de calificaciones, reuniones y talleres de
su hijo se hará acreedor a una multa impuesta por el Comité de Aula.
4. El padre de familia que agreda verbal o físicamente al personal que labora en la I.E. o a algún
alumno, dejará de representar a su hijo como padre, designando notarialmente a otra persona
para que lo represente.
ESTÍMULOS
Art.72.- Los padres de familia que dan ejemplo de trabajo, colaboración, honradez y otras
acciones positivas por el bien de la I.E. y del alumnado en su conjunto, se hará acreedor a un
diploma, mención honrosa o felicitación escrita
3.-DEL COMITÉ DE AULA
Art. 73.- El Comité de Aula es el órgano a través del cual los padres de familia colaboran en el
proceso educativo de sus hijos.
Art. 74.- El Comité de Aula está constituido por la reunión de los padres de familia o apoderados
que tienen un hijo o pupilo en el aula, quienes serán representados por una Junta Directiva, que
tiene una vigencia de un año, integrada por:
1. Un Presidente
2. Un Secretario
3. Un Tesorero
Art. 75.-Los miembros que conforman la Junta Directiva del Comité de Aula, serán elegidos en
una reunión convocada por el profesor o tutor del aula, inmediatamente después de culminado el
proceso regular de matrícula, la que contará con la asistencia de la mayoría padres de familia del
aula o apoderados. Un padre de familia no podrá presidir más de un Comité de Aula.
Los miembros de la Junta Directiva del Comité de Aula cumplirán con las siguientes funciones:
1.- Funciones del Presidente del Comité de Aula:
Representar al aula en la Junta de Presidentes de Comités de Aula.
Coordinar permanentemente con el profesor o tutor para solucionar los problemas del
aula.
Dar ejemplo de puntualidad y de cumplimiento de las tareas encomendadas.
Asistir a todas las reuniones que se convoquen.
Incentivar las buenas relaciones humanas entre los miembros.
2.- Funciones del Secretario:
Llevar el libro de actas en todas las reuniones y lo tiene al día
Asistir puntualmente a todas las reuniones convocadas.
Antes de dar inicio a la reunión lee el acta de la reunión anterior para el firmado
posterior.
3.- Funciones del Tesorero:
Hacer el cobro de las cuotas acordadas para el mantenimiento del Comité del Aula.
Solicitar al profesor o tutor sobre los requerimientos o necesidades del aula.
Realizar las compras de las necesidades del aula.
Entregar un balance económico al final del año.
Si se produce durante el año la renuncia o abandono de uno de los miembros de la Junta Directiva
se elegirá a su reemplazante en una asamblea con la presencia del profesor.
Art. 76.- Los Comités de Aula tienen las siguientes funciones específicas:
1.- Apoyar al profesor en la mejor presentación del aula.
2.- Propiciar las buenas relaciones humanas entre sus miembros y otros comités.
3.- Participar en forma permanente y activa en el arreglo del mobiliario así como en el pintado de
puertas, paredes, ventanas, carpetas y ambientación del aula.
4.- Los comités de aula coordinan los trabajos que deben realizar para una mejor presentación del
aula.
5.- Integrar comisiones de trabajo en bien del aula y de la I.E.
6.- Aportar una cuota o aporte económico para la realización de trabajos en el aula.
7.- Antes de la Clausura del Año Escolar tienen la obligación de dejar el aula limpia y el
mobiliario en perfecto estado con la finalidad de facilitar la apertura del año académico siguiente.
Art. 77.- El Comité de Aula puede reunirse a pedido del profesor tutor, el Presidente de la misma
o por un pedido firmado por el 50% más uno de los miembros del Comité de Aula con la
exclusiva finalidad de tratar asuntos del aula. La no asistencia o el llegar tarde a las reuniones, así
como el incumplimiento en las tareas o faenas programadas serán causales para la aplicación de
una sanción o multa que será determinado por la Asamblea del Comité de Aula.
Art.78.- Los fondos recaudados por el Comité de Aula deben ser empleados exclusivamente en
beneficio de los alumnos del mismo. Al finalizar el año escolar no debe de quedar dinero
sobrante.
ÓRGANO DE CONTROL
ASAMBLEA GENERAL DE DOCENTES.
Art. 79.- La asamblea general de la I.E Nº 20955-17 – “San Francisco” es un órgano institucional
político - educativo, representado por los docentes de inicial, primaria y secundaria con voz y
voto, en las asambleas ordinarias y extraordinarias.
Art. 80.- La asamblea convocada por la dirección sea ordinaria o extraordinaria, debe contar con
el quórum reglamentario de participación de los docentes, previa citación anticipada, caso
contrario los acuerdos tomados con la minoría carece de valor y fundamento legal.
Art. 81.- La asamblea general de docentes, debe iniciarse después de comprobar el quórum
reglamentario, dando lectura del acta anterior para su observación y aprobación final. Asimismo
el acuerdo tomado en la asamblea debe registrarse en el libro de actas, a cargo del secretario de
actas evitando los borrones y uso de correctores para evitar observaciones.
Art.82.- La agenda tratada está sujeta a la aprobación o desaprobación de la asamblea general de
docentes, y con las recomendaciones a seguir.
Art.83.- Como máximo órgano institucional hace las denuncias correspondientes en caso de
encontrar irregularidad en el cumplimiento de funciones y deberes de los agentes educativos de la
I.E Nº 20955-17 – “San Francisco”.
CAPÍTULO IVDE LA ORGANIZACIÓN
ÁREA ACADÉMICA:
a) PLANIFICACIÓN
Art. 84.- El plan anual de trabajo de la Institución Educativa será elaborado por el órgano
Directivo y su aprobación debe ser en la asamblea general de docentes.
Art. 85.- El órgano Directivo debe ser responsable de la ejecución del Plan Anual de trabajo de la
Institución.
Art. 86.- El anteproyecto del Plan de Trabajo Anual se formulará en el mes de octubre para su
presentación y aprobación en la asamblea de docentes en la primera semana del mes de
diciembre.
Art. 87.- El órgano Directivo informará el avance del Plan Anual de Trabajo al órgano de control
para su evaluación, así mismo a las autoridades superiores.
b) PROGRAMACIÓN
Art. 88.- La programación curricular deberá realizarse en equipos de docentes por Niveles,
grados y especialidades, con el fin de propiciar el intercambio de experiencias y opiniones que
favorecen el enriquecimiento mutuo.
Art. 89.- Los docentes entregarán en equipos a las coordinaciones respectivas su programación
curricular contextualizado y diversificado, a más tardar la tercera semana de marzo y en forma
individual al inicio de cada período, su unidad de aprendizaje debidamente reajustado.
c) CALENDARIZACIÓN
Art. 90.- La calendarización del año lectivo se elaborará de acuerdo a la Directiva emitida por el
Ministerio de Educación, por una comisión, considerando las horas efectivas de clase en los
niveles de inicial, primaria y secundaria., antes de iniciar las clases.
d) MONITOREO Y ASESORAMIENTO
Art. 91.- El órgano Directivo es responsable de la orientación, asesoramiento y monitoreo del
trabajo educativo del personal a su cargo, según cronograma establecido previa publicación por
anticipado.
Art. 92.- El monitoreo interno será democrático en lo directo como en lo indirecto, según los
resultados los encargados del monitoreo orientarán al docente que tenga dificultad en el desarrollo
del proceso de enseñanza – aprendizaje.
Art. 93.- el monitoreo interno se ejecutará de la siguiente forma:
a) Documentos administrativos según cronograma establecido previa publicación oportuna.
b) Carpeta técnico – pedagógica.
c) Monitoreo especializada permanente e integral.
e) PROGRAMA DE RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA Y VACACIONES ÚTILES
Art. 94.-El programa de Recuperación Pedagógica y vacaciones útiles son programas de servicio
a la comunidad educativa que funcionan en el periodo vacacional de enero y febrero. El primero
está dirigido a los estudiantes que desaprobaron hasta tres asignaturas y/o talleres. También estará
dirigido para aquellos que tengan pendiente una asignatura de subsanación de años anteriores.
La I.E. está facultada para desarrollar el programa de recuperación pedagógica como lo establece
la R.M. No 0712-2006 ED, para estudiantes que pasaron a este programa como resultado de la
evaluación al término del año escolar.
El programa de vacaciones útiles se desarrolla con la finalidad de promover el uso adecuado del
tiempo libre y práctica de deporte así como para aquellos alumnos que deseen seguir afianzando o
desarrollando sus capacidades en las diversas áreas de estudio.
Art. 95.- El Director de la Institución Educativa donde se realiza el programa de recuperación y
vacaciones útiles conformará una comisión de supervisión del programa de recuperación y otra
del Programa de vacaciones útiles, ambas comisiones se formarán por separado y estarán
integradas por:
El Director quien la preside.
Un representante de los padres de familia.
Un docente por nivel, seleccionado y evaluado por la Dirección que participará en el
programa.
Art. 96.- El programa de recuperación Pedagógica será gratuito siempre y cuando el estado
asuma la subvención de su funcionamiento y otorgue a los docentes una bonificación adicional
por los servicios prestados en periodo de vacaciones en dicho programa. .En caso contrario ambos
programas serán subvencionados por los Padres de familia.
Las Comisiones supervisarán el cumplimiento de los fines y calidad del P.R.P. y vacaciones útiles
nombrando entre sus miembros un tesorero, quién administrará los fondos específicos
provenientes de los pagos efectuados por los padres de familia. Debiendo presentar su balance y
el informe correspondiente al término del mismo.
Art. 97.- El Director de la Institución Educativa elevará a la autoridad inmediata superior el plan
de trabajo del Programa de Recuperación Pedagógica y vacaciones útiles por separado, para
conocimiento, fines y/o adopción de medidas de desestimación de su ejecución, el plan del
programa de recuperación pedagógica debe contener un anexo relacionado con las capacidades y
contenidos de las Áreas curriculares objeto de recuperación.
El Plan de vacaciones útiles debe contener las áreas con las capacidades y contenidos de las áreas
curriculares a desarrollar y los talleres, deportes u otros a desarrollar.
Art. 98.- Los educandos podrán participar en el P.R.P , organizado por su institución educativa o
en otra siempre y cuando tenga la autorización del Director del colegio de origen. En este último
caso, al término del programa, el Director remitirá las actas de evaluación por triplicado,
correctamente llenadas y acompañadas de un oficio de atención.
Art. 99.- Las características del Programa de Recuperación Pedagógica (RP) son:
1.-Está Dirigido a los alumnos que al finalizar el año escolar (diciembre) que no lograron las
capacidades y competencias básicas de grado. Puede incluirse a los educandos del primer grado
previa coordinación con los padres de familia.
2.- Permite la promoción de grado de los educandos.
3.- El Programa de Recuperación Pedagógica y vacaciones útiles tiene una duración de seis
semanas.
f) DE LOS RECURSOS DIDÁCTICOS.
Art. 100.- El órgano Directivo debe ser el encargado de organizar, actualizar e incrementar el
material didáctico en coordinación con la plana docente y Auxiliar.
g) DE LA DURACIÓN DEL AÑO ESCOLAR.
Art. 101.- La duración del año escolar debe ser de acuerdo a las normas y directivas emanadas
por el ministerio de Educación cuya aplicación se hará según la realidad educativa.
b) RÉGIMEN ECONÓMICO:
Art. 102.- Los recursos propios de la Institución son administrados por la Comisión conformada
por la directora y un profesor(a), los ingresos serán usados en las necesidades del plantel en base a
un plan de prioridades de gastos. Rindiendo de cuentas en la asamblea general de profesores.
Art. 103.- El servicio de kioscos y cafetín son sometidos a licitación por la comisión de
adjudicación y licitación que es conformada por: Dirección, APAFA y el representante del
docente. Los ingresos serán destinados a mejoras del plantel, debiéndose rendir cuentas en la
asamblea general de profesores.
Art. 104.- La recepción, control y distribución de todo el abastecimiento de donaciones recibidas
por parte del Ministerio de Educación y/o otras instituciones estará a cargo del personal
administrativo con responsabilidad del órgano directivo.
CAPÍTULO VDEL PROCESO DE MATRÍCULA, EVALUACIÓN, Y CERTIFICACIÓN
DE LA MATRICULA:
Art.105.- El proceso de matrícula se desarrollará de acuerdo a los dispositivos legales vigentes
emanados por el Ministerio de Educación y las normas internas.
Art.106.- La matrícula es única al iniciar el primer grado de educación Primaria y Secundaria.
Art.107.- La ratificación de matrícula es un formulismo para conocer el número de alumnos que
continuarán sus estudios, el número de vacantes por grado y el nivel en la I.E. Esta se cumple con
la siguiente formalidad:
1. En Diciembre la Dirección y el Personal docente, elaboran un cronograma de matrícula y
evaluación. Se imprime y publica para conocimiento de los padres de familia.
2. El día de la clausura del año escolar, cada profesor o coordinador hace entrega a los padres de
familia, en la reunión final de entrega de libretas, del cronograma para su conocimiento
oportuno y cumplimiento.
3. El docente coordina con la dirección la matrícula y ratificación de la misma, está en el deber de
exigir la presencia del padre o apoderado del alumno.
4. El profesor designado para la matrícula es el encargado de recibir los documentos con previa
verificación de los mismos, según los requisitos del proceso de matrícula.
5. A los alumnos que tengan nota desaprobatoria en conducta (después del seguimiento
respectivo) se le condicionará la matrícula. En caso de reincidencia se le invitará para que se
traslade a otra I.E.
Art.108.- Los alumnos que deseen trasladarse a otra I.E., solicitarán sus documentos, adjuntando
la constancia de vacante otorgado por la I.E. a donde va, por lo menos con cinco (5) días de
anticipación.
Art.109.- Las Evaluaciones se realizan permanentemente teniendo en cuenta lo siguiente:
1. Los profesores están en el deber de informar a los alumnos y padres de familia sobre los
resultados de las evaluaciones de cada trimestre y dar las recomendaciones del caso para
superar algunas deficiencias en el aprendizaje.
2. Toda evaluación escrita, luego de su corrección, debe ser remitida al padre de familia para su
conocimiento..
3. Los profesores que han llevado las áreas son los únicos responsables de evaluar a los alumnos
(recuperación, subsanación), salvo ausencia del docente titular del área por lo tanto la
Dirección podrá designar a otro profesor.
Art.110.- La certificación se obtiene de las actas de evaluación final. La confección de cada
certificado de estudios está a cargo de la dirección de la I.E.
La certificación de educación se otorga de acuerdo a las disposiciones legales vigentes señaladas
por el Ministerio de Educación.
CAPÍTULO VIDEL REGISTRO ESCALAFONARIO
Art. 111.- ORGANIZACIÓN DEL ESCALAFÓN DOCENTE, ADMINISTRATIVO:
a) La Dirección en coordinación con los profesores de los Niveles de Inicial, Primaria y
Secundaria, organizarán el archivo de la carpeta personal de cada docente, que debe contener:
* Resolución de Nombramiento.
* Resolución de ubicación de Nivel y especialidad.
* Informe escalafonario detallado.
* Código Modular
* Código de plaza
* Resoluciones de cambio de niveles
b) Los documentos mencionados arriba deberán ser archivados cada año bajo responsabilidad de
la Dirección, con la finalidad de alcanzar los datos correspondientes a la comisión de Cuadro de
horas y otros documentos de la Institución.
CAPÍTULO VIIDE LOS DOCENTES
DE LOS DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES, FALTAS, SANCIONES,
ESTÍMULOS DE TODO EL PERSONAL DOCENTE
Art. 112.- El personal docente debe ser dinámico, proactivo, innovador, actualizado, responsable,
veraz, respetuoso de los principios éticos y morales, identificado con su vocación y con su
institución siendo digno ejemplo de sus alumnos. Cumple con las siguientes funciones:
1.- Participar en la elaboración de los documentos de planificación y gestión educativa,
2.- Promover el cultivo de valores nacionales, espirituales y sociales acorde con los objetivos
educacionales.
3.- Integrar las diferentes comisiones de trabajo cumpliendo con eficiencia y responsabilidad el
trabajo que se le asigne, dando informe oportuno y por escrito del mismo.
4-. Organizar el comité de aula que le fue asignado.
5.- Representar a la I.E. participando de las diferentes actividades y eventos académicos y cívicos
patrióticos
6-. Asumir una coordinación, organizar y ambientar su aula mensualmente y preparar material
educativo con la colaboración de los alumnos y padres de familia.
7.- Evaluar el proceso enseñanza-Aprendizaje y elaborar oportunamente la documentación
correspondiente que sea requerida por la Dirección o el órgano correspondiente.
8.- Mantener actualizada la documentación pedagógica y Administrativa de su responsabilidad.
Art.113.- De los profesores de aula y por hora:
Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del plan de trabajo anual de la I.E.
Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares, así como las actividades de
orientación y bienestar del educando.
Organizar y ambientar el aula y preparar material educativo con la colaboración de los
educandos y padres de familia.
Evaluar el proceso de aprendizaje de acuerdo a las normas vigentes.
Mantener actualizado los documentos pedagógicos y administrativos de su responsabilidad.
Participar en eventos de actualización profesional, organizados por la I.E. o por las instancias
superiores.
Integrar y participar activamente en las comisiones de trabajo y colaborar con la dirección de
la I.E. en las acciones que permitan el logro de los objetivos de la educación inicial, primaria
y de secundaria, así como los objetivos específicos del sector educación.
Cumplir responsablemente la disertación de las fechas cívicas designadas .
Coordinar las acciones con el responsable de la sección cuando se es profesor de área
Hacer uso adecuado del cuaderno de control en cuanto a las asistencias y otras acciones de la
institución educativa.
Elige a los brigadieres, sub-brigadieres y policías escolares.
Orientar y atender a los educandos y velar por la seguridad durante el tiempo que permanecen
en la institución educativa.
Detectar problemas que afecten en el desarrollo del educando y su aprendizaje, tratando
y/o derivando a especialistas según sea el caso.
Velar por el buen estado de conservación de los bienes de la Institución Educativa.
Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos
relacionados con el rendimiento académico y del comportamiento de los alumnos.
El docente respetará estrictamente su hora pedagógica, para no perjudicar la clase siguiente.
Durante el cambio de hora el docente no autorizara salida al baño, patio, etc., salvo casos de
emergencia.
El docente permanecerá frente a sus alumnos en la hora de formación tanto de Inicial,
Primaria y secundaria.
La permanencia en las asambleas que convoca la Dirección es obligatoria.
Art.114.- Del profesor de turno:
Se realizará los turnos en el nivel inicial, primario y secundario a cargo de los profesores.
Ser responsable en el apoyo de la disciplina de los alumnos durante su turno correspondiente.
Llegar al centro educativo 15 minutos antes de la hora de ingreso.
La formación se realizara los días lunes y viernes desarrollara actividades como la marcha de bandera, entonación del himno nacional, la oración del día y las recomendaciones convenientes.
Los días lunes y viernes las actividades no excederán de 15 minutos.
En caso de ausencia del profesor de turno, su función lo asumirá el coordinador del nivel.
Solicitar apoyo cuando el caso lo requiera de los profesores y del personal directivo, quienes están obligados a colaborar, lo mismo que la policía escolar.
El turno lo hará de acuerdo a lo establecido, comenzando por el nivel inicial.
El turno se realizara en forma semanal y estará a cargo del profesor de turno.
Controlar el ingreso de los alumnos a la Institución Educativa.
Velar por el cuidado de la infraestructura durante el desempeño de su turno.
Estará a cargo del cuaderno de asistencia de docentes
Art. 115.- Del Tutor – Asesor en Secundaria:
- Organizar los comités de aula y consejo escolar.
- Presentar su plan de trabajo a realizar durante el año, en los primeros días.
- Hacer conocer a los alumnos, tanto en forma oral como escrita sobre lo que norma el presente manual.
- Cooperar en las acciones de mantenimiento y conservación de los bienes de la I.E.
- Coordina y mantiene comunicación permanente con los profesores y padres de familia, sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y el comportamiento de los alumnos.
- Detecta y soluciona en la medida de su posibilidad los problemas que aquejan a los alumnos en los aspectos pedagógicos, comportamiento, moral, cultural y otros.
- Ofrece una atención personalizada al educando en el proceso de desarrollo biopsicosocial.- Organiza la participación de su aula, en las diversas actividades de carácter cívico o
cultural organizada por la I.E.
- Maneja un consolidado de notas y cuadro de méritos.
- Elige policías escolares y brigadieres.
- En el nivel secundario los Asesores serán elegidos por los alumnos.
Art.116.- Otras funciones que asume los docentes:
1.- Colaborar en forma activa en el control de la disciplina, el orden, la puntualidad y la
presentación de los alumnos que tiene a su cargo. Llevar el control de asistencia diaria de sus
alumnos.
2.- Promueve campañas de prevención contra las enfermedades (pediculosis, dengue, etc.)
3.- Participar en eventos de actualización profesional que propicien la UGEL o la I.E. sobre
acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos y técnicas de
trabajo educativo así como proponer proyectos de innovación Técnico Pedagógicas con el
propósito de mejorar la calidad educativa
4.- Atender a los educandos y velar por su seguridad durante el tiempo que permanezcan en la I.E.
5.-Atender los problemas que afecten el desarrollo de los alumnos y su aprendizaje tratando o
derivando los que requieran atención especializada, informando previamente al padre o apoderado
atendiéndolo previa cita o en sus horas libres.
6.- Velar por el buen estado de conservación de los bienes de la I.E.
7.- Coordinar y mantener una comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos
relacionados con el rendimiento académico y del comportamiento de los alumnos, asimismo debe
remitirle las pruebas de las evaluaciones luego de ser calificadas.
8.- Entrega las libretas de calificaciones a los padres de familia previo informe académico y
conductual de la sección o aula a su cargo.
9.- Confecciona un inventario del mobiliario del aula a su cargo. El mobiliario deberá encontrarse
debidamente enumerado.
10.- Solicita a la Dirección, reunión de profesores, mediante un documento escrito donde
sustentará el pedido así como su sugerencia respectiva, sobre asuntos de interés general.
11.-Tener su carpeta pedagógica al día donde deberá figurar entre otros:
Plan de aula.
Organigramas (estructura nominal y funcional).
Reglamento de Aula.
Nómina de alumnos (incluido el código de cada educando).
Nómina de los padres de familia y/o apoderados.
Integrantes de la Junta Directiva del Comité de Aula.
Relación de alumnos por número y carpeta.
Programación Curricular.
Cartel de competencias y capacidades.
Unidades de Aprendizaje.
Plan de Tutoría.
Sesiones de aprendizaje.
12.- Entrega oportunamente los registros de evaluación para la revisión de los mismos y
confección de las Boletas de Información y actas de fin de año.
13.- Permanecer junto a su sección o aula a su cargo en las formaciones con la finalidad de ayudar
a mantener el orden.
14.-Conduce a sus alumnos (los profesores de primaria) en las horas de salida hasta la puerta.
15.-.Abandonar el aula (profesores de secundaria) luego de comprobar que ya no se encuentre
ningún alumno en la misma después de la séptima hora.
16.- Recepcionar los documentos que la Dirección le remite, firmando el cargo correspondiente.
De acuerdo al contenido dará respuesta por escrito.
17.- Coordinar con los profesores que utilizan la misma aula, quedando bajo su responsabilidad
cualquier incidente que ocurra en la misma.
18.- Solicitar a la Dirección la autorización para ingresar a la I.E. los días no laborables para
realizar actividades concernientes a su labor educativa.
19.- Hacer conocer previamente a la Dirección de toda actividad o iniciativa a favor de la I.E.
20.- Tener en su archivo la relación de los alumnos desaprobados y promovidos tanto en primaria
como en secundaria.
21.-Las visitas de estudio se realizan dando atención al programa anual del área o grado, dando
prioridad al área de mayor necesidad, siendo rotativas las áreas cada año. Las visitas se realizan
hasta el 15 de Octubre a nivel local y hasta el 15 de noviembre fuera de Lima y no exceden más
de 3 días, útiles.
22.-Las visitas de estudio se realizan siempre que formen parte de la programación curricular, con
acuerdo y consenso de los docentes de grado o especialidad y con la aprobación del comité de
aula y la Dirección. Todo procedimiento contrario constituye una falta.
23.- Las visitas de estudio se realizan de acuerdo al plan anual de trabajo, debiendo solicitar a la
Dirección la autorización correspondiente para realizar las acciones del caso. Debiendo presentar
a la Dirección el plan de visita de estudio por lo menos con 48 horas de anticipación conteniendo
los siguientes documentos:
Objetivos y finalidad de la visita.
Docentes del grado que participan.
Padres de familia o docentes que irán a la visita.
Lista de alumnos que participan.
Copia de la reunión en la que se aprueba la visita.
Autorización visada por la Dirección y firmada por los padres de familia, indicando costo,
fecha. hora de partida, hora de retorno.
Copia de la licencia de conducir del Chofer
Placa y constancia de revisión técnica de la movilidad
Copia de DNI del chofer
Copia de SOAT
Para viajes de promoción certificado médico de los alumnos.
24.- Presentar el informe económico y pedagógico a los padres de familia y a la Dirección.
25.-Las visitas realizadas sin los requisitos anteriores constituyen falta grave ya que su
incumplimiento pone en riesgo la integridad de los alumnos.
26.-Cumplir a cabalidad su horario de clase respetando el cambio de hora.
27.- Los días de formación y actividades, cívico patrióticos y otros indicados por la Dirección
asiste con el uniforme oficial.
28.- Asiste a la I.E. con ropa presentable.
29.-.-Solicitar por escrito a la Dirección el permiso correspondiente para retirarse de la I.E. sólo
en caso de necesidad urgente, debidamente justificada.
30.-.Comunica a los padres de familia, en la reunión de fin de año, la Directiva respectiva. Hace
entrega de las libretas de calificaciones, materiales y útiles escolares que no hubieran sido
utilizados por los alumnos en el año escolar que culmina.
31.- Aplica las evaluaciones de recuperación y aplazados los alumnos en fecha programada. En
ausencia del docente responsable lo realiza otro profesor de área, previa orden escrita por la
Dirección. Presentando en un plazo de 24 horas el informe y registrando las notas en el acta
correspondiente.
32.- Promueve y propicia la unión, confraternidad, cooperación y las buenas relaciones humanas.
33-Participa de manera comprometida y responsable de las reuniones técnico pedagógicas
programadas por la I.E.
34.- Presenta el informe técnico pedagógico correspondiente al término de cada trimestre y al
finalizar el año escolar.
35.- En el mes de noviembre en coordinación con los coordinadores de su nivel elaboran la
documentación pedagógica para el siguiente año escolar así como la lista de requerimientos para
ser incluidos en el presupuesto del año siguiente.
36.-. Presenta el informe correspondiente después de cada actividad o comisión de la que fue
responsable
37.-. Otros asignados por la Dirección de acuerdo a las normas.
PROHIBICIONES DEL PERSONAL DOCENTE
Art.117.- El docente debe ser digno ejemplo de los alumnos, por lo tanto se encuentra prohibido
de:
1.-. Abandonar o evadirse del local de la I.E. en horas de labor docente y dejar el dictado de sus
clases o tareas educativas para atender asuntos particulares en horas de trabajo en tareas ajenas a
la actividad docente.
2.- Utilizar a los alumnos (as) en comisiones particulares o mandados.
3.- Comer en el aula durante las horas del dictado de clases.
4.-.Retrasar la labor pedagógica no entregando a tiempo los documentos técnico pedagógico,
notas y otros solicitados por la Dirección y que son inherentes a su cargo.
5.- Negarse a participar en las diversas comisiones o actividades delegadas por la Dirección sin
motivo justificado.
6.- No asistir a las reuniones técnico pedagógicas programadas por la Dirección.
7.- Entregar a los padres de familia a solicitud de éstos, documentos contenidos en la ficha de
matrícula de los alumnos sin la autorización de la Dirección.
8.- Asistir a la I.E en estado etílico o con síntomas de haber bebido licor.
9.- Aplicar castigos físicos o psicológicos a los alumnos.
10.-Permanecer en los ambientes administrativos o kioscos en las horas de formación, actividades
cívicas y después del recreo cuando se tiene clase.
11.-Hacer borrones o enmendaduras sobre las observaciones hechas en los partes de asistencia.
12.-Firmar el parte de asistencia por otro profesor.
13.-Recibir regalos, obsequios y donaciones a cambio de algún beneficio.
14.- Crear y fomentar enfrentamientos entre colegas, o con los padres de familia.
15.-Programar o ejecutar paseos o visitas de estudio sin cumplir con los requisitos para estos
casos.
16.-Realizar clases particulares o pagadas con alumnos o grupos de alumnos que comprometan o
que tengan relación con la programación de su área y las evaluaciones.
17.-Vender libros, golosinas o cualquier producto comercial sin la autorización de la Dirección.
PROHIBICIONES Y FALTAS
Art. 118.- Se consideran faltas:
1- El incumplimiento al cargo asignado y al presente reglamento.
2.-.Los dispuestos por la normatividad vigente.
3-.Dar mal ejemplo con actitudes impropias del educador.
4- Hacer comentarios negativos de los compañeros de trabajo dañando la dignidad y la reputación
de los mismos con panfletos, volantes, cartas u otros medios.
5.-Insinuar o instigar a los padres de familia, profesores y otras personas en contra de algún
integrante de la comunidad educativa.
6. Retirarse de las reuniones sin la autorización de la dirección antes de que estas culminen.
7.-.Faltar de palabra obra, o mostrar actitudes violentas a cualquier integrante de la Comunidad
educativa.
8.-.No participar en las actividades cívico-patrióticos donde interviene la I.E. como desfiles y
otras.
9.-Justificarse a sí mismo o anotar observaciones en el parte de asistencia
10.-.No entregar la documentación respectiva, ello es considerado como negligencia funcional lo
que conlleva a una amonestación verbal y/o escrita si persiste en dicha falta se hará acreedor a
descuento por cada día que demore su entrega.
11.- El incumplimiento de las normas establecidas en el reglamento Interno.
12.-Incumplimiento de las órdenes de sus superiores, y así como el mandato de la asamblea de
profesores.
14.-El incurrir en actos de violencia.
15. La negligencia en el desempeño de sus funciones.
16. La utilización y disposición de los bienes de la institución, en beneficio propio o de terceros.
17.-.La concurrencia reiterada al trabajo en estado de embriaguez.
ESTIMULOS
Art.119.- Los estímulos se otorgan al personal que destaca en su labor docente, en los casos
siguientes:
1. Cumplimiento de sus funciones, conducta solidaridad, puntualidad y práctica de valores. Estos
pueden ser en forma escrita y en acto publico los cuales pueden ser otorgados por la Dirección de
la I.E., CONEI, APAFA.
2. Resolución Directoral de felicitación otorgada por la Dirección; por labor sobresaliente en
beneficio de los alumnos o la I.E. y según los requisitos contemplados en la ley o normatividad
vigente para ser reconocidos en el escalafón correspondiente previo trámite de la Dirección. Serán
entregados con ocasión del día del maestro.
3.-Estímulos materiales y económicos de acuerdo a la disponibilidad de la institución educativa.
CAPÍTULO VIIIDE LOS EDUCANDOS
DERECHOS, DEBERES, DEBERES, FALTAS Y SANCIONES DE LOS EDUCANDOS
Art 120.- Los alumnos participan en la I.E. a través de sus representantes que integran el CONEI
y el Municipio Escolar .El Municipio Escolar, es una organización de niños y adolescentes, que
desarrollan actividades que contribuyen a su formación integral, promoviendo valores, ciudadanía
y democracia. Los Municipios Escolares constituyen un espacio para opinar, participar y
organizar con sus compañeros, frente a los problemas y planteando posibles soluciones.
Art. 121.-La estructura básica de los Municipios Escolares son:
Municipio Escolar
Concejos de Aula
Comisiones de Trabajo
Art.122.- Los Municipios Escolares cumplen sus funciones a través de 4 líneas de acción:
Educación, cultura y deportes: En la que puedes desarrollar actividades de prensa escolar
(periódico mural, radio escolar), competencias deportivas, eventos artísticos y culturales,
etc.
Salud y ambiente: En la que se encuentra el botiquín escolar, actividades de prevención y
control con centros de salud, campañas de limpieza, drogas, defensa del medio ambiente,
etc.
Producción y Servicios: Proyectos productivos (huertos, granjas, reciclaje, etc), kiosco
escolar, capacitación técnica, actividades pro fondos (rifas, concursos, ferias, etc.),
mantenimiento (pintado de paredes, mobiliario, pizarras, servicios higiénicos, áreas
verdes, etc.), Defensa Civil.
Derechos del Niño: capacitación en liderazgo, defensoría escolar, campañas sobre
maltrato, abuso sexual, derechos del niño. brigadas de seguridad.
DERECHOS:
Art.123.- Los estudiantes de Educación inicial, Primaria y Secundaria tienen derecho a:
1. Recibir una formación integral en cada grado de estudios dentro de un ambiente que le brinde
la seguridad moral y física, así como los servicios de orientación y bienestar.
2. - Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminación, y ser informado de las disposiciones
que le conciernen como alumno.
3. - Recibir estímulos en mérito al cumplimiento destacados de sus deberes.
4. - Ser evaluado con justicia, conocer por lo menos con 48 horas de anticipación la fecha y hora
de sus evaluaciones y ser informado oportunamente de sus resultados.
5. - Elegir y ser elegido miembro de cualquier organización estudiantil, deportiva y cultural en
representación de la I.E.
6. -Ser atendido en algún reclamo oportuno, sea en forma verbal o escrita, siempre que lo realice
con corrección y fundamentando su pedido.
7. - Solicitar ser evaluado con posterioridad en caso de enfermedad o viaje previa presentación del
documento justificatorio (certificado médico o boleto de viaje) dentro de las 48 horas.
8. -Ser evaluado en otra fecha en caso que estuviera representando al colegio en eventos
culturales o deportivos.
9. -Recibir oportunamente su libreta de calificaciones.
10. Consultar a sus profesores sobre alguna duda en las tareas o temas.
11. Los alumnos que trabajan tienen una tolerancia de quince (15) minutos para ingresar a la I.E.
para lo cual deben de presentar una constancia de trabajo expedida por su empleador
12. Recibir prontamente los primeros auxilios en caso de accidente dentro de la I.E., gozando los
beneficios del Seguro Escolar.
DEBERES:
Art. 124.- Los alumnos de la I.E. tienen los siguientes deberes:
1. Respetar al personal Directivo, Jerárquico, Profesores, Auxiliar, compañeros y otras personas
que laboren en la I.E.
2. Participar en forma responsable en las actividades educativas y permanentes de la I.E.,
absteniéndose de intervenir en actividades político partidarias dentro de la I.E. y en actos
reñidos contra la moral y las buenas costumbres.
3. Llegar puntualmente a la I.E. teniendo en cuenta los horarios de ingreso.
Ningún alumno(a) se quedará fuera de la I.E, los que llegan después de la hora, es
considerado como tardanza, y desarrollarán sus actividades de plan lector en la
biblioteca y otros relacionados sobre tutoría (asesoramiento)
A la tercera tardanza se le mandara a llamar a su padre.
El ingreso y salida se anunciará mediante el timbre o silbato.
4. Ingresar a la I.E. limpio en su persona y vestimenta, su uniforme único completo debidamente
presentable y luciendo de insignia de la I.E. en su pecho, zapatos lustrados, cabellos limpios y
sin parásitos. Los hombres con corte de tipo escolar, las mujeres con trenzas recogidas hacia
atrás sujetadas con una cinta blanca y la falda debajo de la rodilla.
5. - Cuidar y conservar limpios los diferentes ambientes, mobiliario y demás instalaciones así
como los equipos y materiales de enseñanza.
6. - Cumplir con las tareas escolares y aprender sus lecciones, asimismo mantener sus útiles
escolares en buen estado.
7. - Responsabilizarse de la recepción, conservación y devolución del buen estado de los libros o
materiales entregados por el Ministerio de Educación.
8. -Demostrar en todo momento respeto con las personas dentro y fuera de la I.E.
9. -Justificar su inasistencia en compañía de sus padres o apoderado al día siguiente de la falta.
10. Asistir a las clases de educación física con el uniforme deportivo o buzo de la I.E.
11. Presentarse con puntualidad a sus evaluaciones portando lo necesario para este caso.
12. Pagar con 24 horas de anticipación los derechos de examen por curso aplazado, subsanación y
repitencia del grado.
13. Respetar los Símbolos Patrios y Héroes Nacionales, entonar con entusiasmo y patriotismo el
Himno Nacional. Participar en los desfiles cívico – patriótico.
14. Comunicar a la Dirección, profesores, auxiliar o personal de la I.E. acciones que dañen o
deterioren las instalaciones o bienes de la I.E.
15. Implementar y mantener en buen estado las áreas verdes de la I.E.
16. Presentar diariamente su cuaderno de control debidamente firmado por sus padres y en
perfecto estado de conservación.
PROHIBICIONES Y FALTAS
Art. 125.- En lo referente a las prohibiciones y faltas se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
relaciones humanas, Disciplina y Civismo. Se consideran faltas las siguientes:
1. Tener modales y vocabulario inadecuado y soez.
2. Portar celulares, objetos punzo cortantes, correctores, revistas y/o periódicos
pornográficos y otros objetos impropios del quehacer educativo.
3. Molestar, golpear, insultar, poner sobrenombres o apodos a sus compañeros de clase o de la
I.E.
4. Faltar el respeto a los profesores, auxiliares y padres de familia.
5. Participar, promover y alentar discordias, riñas o protagonizar actos reñidos contra la moral
dentro y en las inmediaciones del local de la I.E, afectando la dignidad de la persona y el
prestigio de la I.E.
6. Asistir a la I.E. sin el uniforme único, adornos, maquillaje, aretes, pulseras, así como tatuajes
en la piel que desvirtúen la calidad del educando.
7. Comer o masticar chicles en la formación y horas de clase.
8. Fumar, beber licor o ingresar en estado etílico a la I.E.
9. No ingresar a las aulas o permanecer en los kioscos y servicios higiénicos en horas de clase.
10. Falsificar firmas en documentos o alterar sus calificaciones en su libreta de notas o
certificados.
11. Salir de la I.E sin la autorización correspondiente del director, profesor de aula, tutor, o
Auxiliar
12. Utilizar el nombre de la I.E. para actividades no autorizadas por la Dirección.
13. Hacer inscripciones en el mobiliario, ambientes e instalaciones de la I.E.
14. Traer los cabellos sueltos en las mujeres y tener otro corte que no sea el de tipo escolar en los
varones.
15. Vender productos comerciales o de otra índole sin la autorización respectiva de la Dirección.
16. Intentar sobornar a los profesores.
17. Realizar escenas de tipo amorosa dentro de la I.E.
Art. 126.- Se consideran faltas a las que a continuación se mencionan:
1. Desprestigiar a la I.E. o a los miembros que la integran observando una conducta inadecuada o
haciendo comentarios negativos sobre ellos.
2. Deteriorar, destruir o romper los bienes de la I.E., los cuales posteriormente deben ser
repuestos o arreglados por los infractores.
3. Hacer tareas diferentes a las áreas que se estén dictando en el momento.
4. Conversar, hacer desorden en las formaciones, actuaciones y durante el dictado de clases.
5. Ingresar al aula sin pedir permiso estando presente el profesor o cualquier personal que labora
en la I.E.
6. No informar de las pruebas, papeletas y comunicaciones a sus padres de familia.
7. Plagiar o hacer uso de otras formas similares en el momento de sus evaluaciones.
8. Negarse a participar o representar a la I.E. en actividades Cívico – Patrióticos, Culturales,
Deportivas.
9. Permanecer en los servicios higiénicos, kioscos o en otros ambientes y perder tiempo en horas
de clase.
10. Botar desperdicios o papeles (ensuciar) en los patios y demás ambientes.
11. Deteriorar, atorar los servicios higiénicos en forma deliberada, ocasionando perjuicios en su
uso.
12. Abandonar el aula de clase sin el permiso respectivo del profesor o autoridad escolar, salvo en
casos de emergencia.
13. Escalar las paredes para ingresar o evadirse de la I.E.
14. Deteriorar las áreas verdes.
Art.127.- Los estudiantes que sobresalen en sus estudios, comportamiento y actividades
deportivas o representando a la I.E. ocupando puestos de privilegio, se harán merecedores a
estímulos o premios consistentes en:
1. Felicitación escrita.
2. Publicación en cuadro de méritos.
3. Diploma al Mérito.
Art. 128.- Las sanciones a las que se hacen acreedores los alumnos se aplicarán de acuerdo a la
falta o reincidencia de la misma, previa investigación; se cita a los padres del alumno para hacerle
conocer la falta de su hijo procediendo de la siguiente manera:
1.- Si la falta es leve, se reunirá el tutor y el auxiliar de educación (en inicial) encargado de la
sección para solucionar el caso. En primaria se responsabiliza al profesor de aula. En secundaria
el tutor del grado.
2.- En caso que la falta sea grave el personal responsable informará al Comité de Disciplina para
que tome las medidas correspondientes del caso y aplique la sanción correspondiente, sea en el
nivel inicial primaria y secundaria.
3.- En caso de agresión física el alumno será separado de la I.E previa investigación y
esclarecimiento de los hechos.
Art. 129.- LAS SANCIONES QUE SE APLIQUE A LOS ALUMNOS (AS) SON:
1. Amonestación verbal.
2. Amonestación escrita.
3. Asignación de tareas de mejoramiento del aula y del colegio, si la falta fuera de carácter contra
la infraestructura.
4. Matrícula condicional en caso de reincidencia.
5. Suspensión de asistir a la I.E. (de 5 a 10 días), según sea el caso de la falta.
6. Separación de la I.E. cuando la falta reviste gravedad y comprometa la integridad física y moral
de los educandos.
En la aplicación de sanciones a los alumnos se evita la humillación y se brinda la orientación
correspondiente para la recuperación del alumno.
CAPÍTULO IX RELACIÓNES Y COORDINACIONES
Art. 130.- Solicitar la participación activa y colaboración efectiva en la vida institucional de los
padres de familia en coordinación directa con la APAFA buscando el progreso de la institución.
Art. 131.- Estrechar los lazos de amistad y apoyo con instituciones de la localidad en beneficio
del plantel y la comunidad.
Art. 132.- Establecer convenios con instituciones Educativas, políticas, industriales, militares,
policiales, religiosas, musicales, ONGS, etc. Para lograr recursos en beneficio del plantel.
Art. 133.- Son deberes y obligaciones de los padres de familia:
a) Tener presente el reglamento del colegio y colaborar con el estricto cumplimiento.
b) Informarse del rendimiento escolar y del comportamiento de sus hijos en el colegio,
visitando al profesor por lo menos una vez cada trimestre.
c) Inculcar a sus hijos el cumplimiento de sus tareas escolares y el respeto a los componentes
de la comunidad educativa.
d) Asistir a las asambleas, reuniones y acciones que convoque la autoridad educativa y/o
profesores que tengan relación con la tarea educativa o bienestar del colegio.
e) Apoyar a las actividades culturales o materiales del centro educativo.
f) Enviar a sus hijos correctamente uniformados y con los útiles indispensables.
g) Pagar o reponer la reparación de cualquier daño o desperfecto causado a la infraestructura,
mobiliario, bienes del colegio, cuando sea ocasionado por su hijo(a) o tutelado.
h) Justificar personalmente en caso que sea necesario y cuando se remita la citación de las
faltas que tenga su hijo.
i) No enviar al alumno(a) al colegio cuando adolece de alguna enfermedad infecto –
contagiosa, bajo su responsabilidad.
j) Exigir la puntualidad de su hijo, tanto en el ingreso como la salida del colegio.
k) Recabar la libreta de notas de su hijo en la fecha señalada y devolverla oportunamente,
debidamente firmada.
l) Colaborar con el mantenimiento, conservación, presentación y mejoramiento de la
infraestructura del colegio.
Art. 134.- DE LA PARTICIPACIÓN Y COLABORACIÓN DE LOS PROFESORES:
a) El profesor participa y colabora en las actividades programadas por el plantel y APAFA.
b) Participa en el mejoramiento de la infraestructura y equipamiento educativo del plantel.
c) Participa en las diferentes comisiones pro fondos económicos.
Art. 135.- DE LA RELACIÓN Y COORDINACIÓN CON LA MUNICIPALIDAD:
a) El Gobierno local como institución tutelar, tiene el deber de apoyar y cooperar con el
plantel.
b) La I.E. Nº 20955-17 “SAN FRANCISCO”, participa en las actividades cívicas de la
municipalidad de San Antonio.
CAPÍTULO XSERVICIOS DE BIENESTAR SOCIAL Y RECREACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE,
ADMINISTRATIVO Y EDUCANDOS
Art. 136.- Fomentar la solidaridad entre los miembros de la comunidad educativa, propiciar e
incentivar las relaciones humanas que estarán a cargo de la comisión de relaciones sociales y
Directivo del plantel.
Art. 137.- Las visitas de estudios y excursiones, se sujetan a una planificación determinada de
acuerdo a las normas y directivas vigentes, requiere autorización mediante decreto de la Dirección
del colegio.
Art.138.- Las visitas y excursiones que se realicen sin autorización o fuera del calendario
establecido será responsabilidad de las personas que lo ejecuten.
Art. 139.- Los planes de visita y excursiones se presentarán con la debida anticipación para su
autorización y se realizarán hasta el último día útil del mes de octubre.
Art. 140.- El comité de sociales, deportes, culturales, etc., se encargará de programar actividades
para profesores y alumnos que procuren el sano esparcimiento.
Art. 141.- Todas las actividades recreativas deben ser coordinadas con la Dirección para que
brinde las facilidades necesarias y el apoyo respectivo.
Art. 1142.- La responsabilidad de la solidaridad entre los miembros de la Comunidad Educativa
recaerá sobre El Comité de Sociales, será la solidaridad moral y económica.
Art. 143.- El Comité de Sociales tiene como función:
a) Publicar los nombres de los profesores que cumplen años, informando también a los
alumnos(as).
b) Programar reuniones de camaradería entre todo el personal del plantel.
CAPÍTULO XIADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS
Art. 144.- Se considera recurso estatal para el colegio los que provienen del Ministerio de
Educación, otras dependencias y/o sectores.
Art. 145.- Los recursos económicos estatales se solicitarán a través de las dependencias
educativas, los que ingresarán al colegio como materiales que responden a las exigencias del
colegio.
Art. 146.- La I.E debe tener recursos propios y para ello debe contar con el apoyo total de las
dependencias educativas e instituciones privadas.
Art. 147.- Son recursos propios los que se recaban por la realización de actividades económicas
(rifas, bingos, proyección de películas, etc.), organizada por la comunidad educativa, con balance
informado y publicado oportunamente.
Art. 148.- El movimiento económico será cauteloso, estricto y garantizado por la Dirección, los
balances deben ser publicados e informados mensualmente a la Asamblea general de profesores y
la economía obtenida será depositada en la cuenta corriente bancaria.
Art. 149.- También son consideradas recursos propios del colegio, los obtenidos por la concesión
del cafetín y kioscos, fiscalizados por la comisión establecida de acuerdo a las normas legales
vigentes, los cuales se destinarán a la adquisición de recursos educativos en su integridad, con
informe mensual a todos los profesores.
Art. 150.- DE LOS BIENES E INMUEBLES.
Son administrados cautelosamente por el personal directivo, llevando el inventario
correspondiente.
Art. 151.- DE LOS RECURSOS PROPIOS.
Los recursos propios del plantel provienen del pago de derechos de enseñanza
(repitentes), certificado de estudios, constancias de estudios y/o vacantes, examen de recuperación
y subsanación, libretas, ficha de matrícula, de los cuales serán responsables la Comisión de
recursos propios.
Art. 189.- DE LA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS.
Se ejecutarán a través del Director del plantel, con las instituciones educativas,
políticas, industriales, militares, policiales, religiosas, culturales, musicales, ONGs, etc.
CAPÍTULO XIIDISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Art. 190.- El presente Reglamento Interno tiene vigencia desde el día de su aprobación hasta el
día de su renovación, teniendo plena validez durante el presente año escolar.
Art. 191.- Todos los componentes de la comunidad educativa deben contribuir al respeto y
cumplimiento del presente Reglamento Interno y hacer uso de sus derechos y obligaciones, así
como hacer las observaciones necesarias.
Art. 192.- Las disposiciones del presente Reglamento pueden ser modificadas, ampliadas o
derogadas por acuerdo mayoritario de profesores reunidos en asamblea general con el fin de
optimizar la labor educativa en beneficio de los educandos en general.
Art. 193.- El presente Reglamento Interno después de haber sido revisado y corregido, fue
aprobado en asamblea general de docentes, el 04 de marzo del año 2014.
Art. 194.- Además el presente reglamento tiene como anexo la Ley Nº 27815 código de ética para
la función pública.
LA COMISIÓN