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    REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DE LA EMPRESA COMARTH.

    CAPÍTULO IDe la empresa COMARTH.

    ART. 1º—El presente reglamento interno de trabajo prescrito por laempresa COMERCIALIZADORA DE ARTESANIAS HUGO (COMARTH)domiciliada en Francic! I. Ma"#r! N!r$# %1&' "# a ci"a" "#T!ca E$a"! "# M*+ic! #n # Mnici,i! "# San An$!ni! a Ia , ya sus disposiciones quedan sometidas tanto la empresa como todos sustrabajadores. Este reglamento hace parte de los contratos individualesde trabajo, celebrados o que se celebren con todos los trabajadores,salvo estipulaciones en contrario, que sin embargo sólo pueden serfavorables al trabajador.

    CAPÍTULO II

    Condiciones de admisiónART. -º—Quien aspire a desempeñar un cargo en la empresaComercialiadora de !rtesan"as #ugo (COMARTH)  debe hacer lasolicitud por escrito en solicitud de empleo a puño y letra, debidamentellenada para su registro como aspirante y acompañar los siguientesdocumentos$

    a% Credencia de elector vigente.b% Comprobante domiciliario.c% Certi&cado del 'ltimo empleador con quien haya trabajado en que

    conste el tiempo de servicio, la "ndole de la labor ejecutada y el salariodevengado.d% Certi&cado de personas honorables sobre su conducta y capacidad(Cartas de )ecomendación *aboral.%e% Curpf% Certi&cado +dico.g% !cta de -acimientoh% ltimo grado de estudios (comprobante boleta o certi&cado%i% Carta antecedentes no penales. j% dos fotograf"as tamaño infantil/% solicitud elaborada y llenada respectivamente puño y letra.

    l% 0ara puestos !dministrativos curriculum vitae.

    El empleador podr1 establecer en el reglamento, adem1s de losdocumentos mencionados, todos aquellos que considere necesarios paraadmitir o no admitir al aspirante despus de una previa entrevista inicialy todos los procesos requeridos por parte del 2epartamento de)eclutamiento y 3elección de personal de COMARTH.

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    *as capacitaciones para departamento !dministrativo no tendr1n unperiodo mayor a 45 d"as, tomando a consideración que el departamentode )ecurso humano decidir1 cómo se efectuar1 el pago cuando seingrese a despus del inicio de semana, estableciendo que las mismasse pagaran al trmino del periodo a prueba.

    0ara empleados de mostrador y au6iliares generales las capacitacionesno tendr1n un periodo mayor a 45 d"as y el pago de capacitaciones seemitir1 desde la primera semana laboral.

    0ara operativos de carga y transporte el periodo de capacitación ser1 deun mes, y la capacitación se pagara desde el momento en que inicie alaboral.

    0or pol"ticas de C7+!)8#, nos reservamos el derecho de contratar afamiliares consangu"neos.

    Capitulo lll Período de pruea

    ART. 'º—*a empresa una ve admitido el aspirante podr1 estipular conl un per"odo inicial de prueba que tendr1 por objeto apreciar por partede la empresa, las aptitudes del trabajador y por parte de este, lasconveniencias de las condiciones de trabajo para darle legalidad alcontrato individual. (C38, art. 9:%.

    ART. º—El per"odo de prueba debe ser estipulado por escrito y en casocontrario los servicios se entienden regulados por las normas generales

    del contrato de trabajo (C38, art. 99, n'm. 4;%.

    ART. /º—El per"odo de prueba no puede e6ceder de dos (?=, art. 9;%.

    ART. 0º—2urante el per"odo de prueba, el contrato puede darse porterminado unilateralmente en cualquier momento y sin previo aviso,pero si e6pirado el per"odo de prueba y el trabajador continuare alservicio del empleador, con consentimiento e6preso o t1cito, por esesolo hecho, los servicios prestados por aquel a este, se considerar1nregulados por las normas del contrato de trabajo desde la iniciación de

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    dicho per"odo de prueba. *os trabajadores en per"odo de prueba goande todas las prestaciones (C38, art. @=%.

    CAPÍTULO I! Traa"adores accidentales o transitorios

    ART. º—3on meros trabajadores accidentales o transitorios, los que seocupen en labores de corta duración no mayor de un mes y de "ndoledistinta a las actividades normales de la empresa. Estos trabajadorestienen derecho, adem1s del salario, al descanso remunerado endominicales y festivos (C38, art. :;%.

    CAPÍTULO ! 

    Horario de traa"o

    ART. 2º—*as horas de entrada y salida de los trabajadores son las que acontinuación se e6presan as"$

    D3a a4!ra4#.P#r!na a"5ini$ra$i6!Lunes a #iernes#ora de entrada?$== a.m.H!ra "# ai"a74?$== pm.

    H!ra "# c!5i"a7

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    P#r!na 6#n$a ! 5!$ra"!7 ,!r $rn! r!$a$i6!

    Ln# a S84a"!.

    Pri5#r $rn!$@$== a.m. a 4@$== p.m.Con una hora de comida rotativa.3egundo turno$

    ?$== a.m. a 4?$== p.m.C!n na 9!ra "# c!5i"a r!$a$i6a

    D3a "# "#can!7 r!$a$i6!

    D!5in:!

    0ersonal 7perativo y +ostrador que labore.=?$== a.m. a 45$== p.m.

    — 0ara las empresas que laboran el d"a domingo. 0or cada domingo ofestivo trabajado se reconocer1 un d"a compensatorio remunerado a lasemana siguiente (0rima dominical%.

    ART.;2.10ara los horarios establecidos$ 8olerancia hora entrada trabajadores$ 5 minutos a la hora establecida.#orario de comida no hay tolerancia.

    PAR. 1. SANCIONES

    a% 8res retardos consecutivos acreditan sanción, descanso sin gocede sueldo.

    b% )etardo en horario de comida acreditan sanción establecida por)ecurso humano.

    ART.;2.- 0ara las ausencias laborales$El trabajador tiene la obligación de reportarse dentro de la primeramedia hora laboral departamento de )ecurso #umano, para avisar quese ausentara de labores y el motivo.

    El trabajador tiene derecho a A permisos de ausencias laborales decausa e6trema o dolosa, as" como personal o familiar al año, a e6cepciónde motivos de salud que perjudiquen su persona, pongan en riesgo suintegridad personal, rendimiento y>o producción de la empresa.

    PART. 1. SANCIOANES.

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    !usencia laboral sin justi&cación acredita sanción que determine eldepartamento de )ecurso #umano.a% !usencia laboral injusti&cada m1s de dos veces al mes amerita

    descanso, sin pago laboral.b% !usencia de trabajado sin justi&cación m1s de tres veces al mes,

    amerita recisión laboral.

    CAP?. —8rabajo suplementario o de horas e6tras es el que se e6cedede la jornada ordinaria y en todo caso el que e6cede la m16ima legal(C38, art. 45?%.

    ART. 1&?.@El trabajo suplementario o de horas e6tras, a e6cepción delos casos señalados en el art"culo 4:A del Código 3ustantivo del 8rabajo,sólo podr1 efectuarse en dos (:9, art. 4;%. (2epartamento )ecurso #umano%

    ART. 11?. —*a empresa no reconocer1 trabajo suplementario o de horase6tras sino cuando e6presamente lo autorice a sus trabajadores deacuerdo por escrito.

    PART.; 1. DEL PAGO DE HORAS ETRAS LABORAL.El pago de horas e6tras se efectuara a m1s tardar @ d"as h1bilesdespus de haber laborado, o en su defecto el 0atrón determinara elpago.

    CAP

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    +aro por conmemoración del

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    ART. 1/?. —3i se presenta interrupción justi&cada en el disfrute de lasvacaciones, el trabajador no pierde el derecho a reanudarlas (C38, art.4@@%.

    ART. 10?.  —3e proh"be compensar las vacaciones en dinero, salvoacuerdo interno entre trabajadorGpatrón, se deber1 autoriar que sepague en dinero hasta la mitad de ellas en casos especiales de perjuiciopara la econom"a nacional o la industriaH cuando el contrato termina sinque el trabajador hubiere disfrutado de vacaciones, la compensación deestas en dinero proceder1 por un año cumplido de servicios yproporcionalmente por fracción de año. En todo caso para lacompensación de vacaciones, se tendr1 como base el 'ltimo salariodevengado por el trabajador (C38, art. 4@?%.

    ART. 1. —En todo caso, el trabajador goar1 anualmente, por lo

    menos de seis (:% d"as h1biles continuos de vacaciones, los que no sonacumulables.*as partes pueden convenir en acumular los d"as restantes devacaciones hasta por < años.

    *a acumulación puede ser hasta por F años, cuando se trate detrabajadores tcnicos, especialiados, y de con&ana (C38, art. 4?=%.

    ART. 12?. —2urante el per"odo de vacaciones el trabajador recibir1 elsalario ordinario que est devengando el d"a que comience a disfrutar deellas. En consecuencia, sólo se e6cluir1n para la liquidación de las

    vacaciones el valor del trabajo en d"as de descanso obligatorio y el valordel trabajo suplementario o de horas e6tras. Cuando el salario seavariable, las vacaciones se liquidar1n con el promedio de lo devengadopor el trabajador en el año inmediatamente anterior a la fecha en que seconcedan.

    ART. 1>.—8odo empleador llevar1 un registro de vacaciones en el que seanotar1 la fecha de ingreso de cada trabajador, fecha en que toma susvacaciones, en que las termina y la remuneración de las mismas..(2.4A>:9, art. 5;%.

    0!) 4. . —En los contratos a trmino &jo inferior a un (4% año, lostrabajadores tendr1n derecho al pago de vacaciones en proporción altiempo laborado cualquiera que este sea (*. 5=>?=, art. A;, par.%.

    Ca,i$! IP#r5i!

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    ART. -&.@*a empresa conceder1 a sus trabajadores los permisosnecesarios para el ejercicio del derecho al sufragio y para el desempeñode cargos o&ciales transitorios de forosa aceptación, en caso de gravecalamidad domstica debidamente comprobada, para concurrir en sucaso al servicio mdico correspondiente, para desempeñar comisiones

    sindicales inherentes a la organiación y para asistir al entierro de suscompañeros, siempre que avisen con la debida oportunidad a laempresa y a sus representantes y que en los dos 'ltimos casos, eln'mero de los que se ausenten no sea tal, que perjudiquen elfuncionamiento del establecimiento. *a concesión de los permisos antesdichos estar1 sujeta a las siguientes condiciones$

    • En caso de grave calamidad domstica, la oportunidad del avisopuede ser anterior o posterior al hecho que lo constituye o al tiempode ocurrir este, seg'n lo permitan las circunstancias.

    • En caso de entierro de compañeros de trabajo, el aviso puede serhasta con un d"a de anticipación y el permiso se conceder1 hasta el4=D de los trabajadores.

    • En los dem1s casos (sufragio, desempeño de cargos transitoriosde forosa aceptación y concurrencia al servicio mdicocorrespondiente% el aviso se har1 con la anticipación que lascircunstancias lo permitan. 3alvo convención en contrario y ae6cepción del caso de concurrencia al servicio mdico correspondiente,el tiempo empleado en estos permisos puede descontarse altrabajador o compensarse con tiempo igual de trabajo efectivo en

    horas distintas a su jornada ordinaria, a opción de la empresa (C38,art. 59, n'm. :;%.

    CAP

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    ART. -'.@3alvo convenio por escrito, el pago de los salarios seefectuar1 en el lugar en donde el trabajador presta sus servicios duranteel trabajo, o inmediatamente despus del cese (C38, art. 4A@, n'm. 4;%.0er"odos de pago$3E+!-!*E3.

    ART. -.—El salario se pagar1 al trabajador directamente o a la personaque l autorice por escrito as"$

    4. El salario en dinero debe pagarse por per"odos iguales y vencidos. Elper"odo de pago para los jornales no puede ser mayor de una semana, ypara sueldos no mayor de un mes.

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    ocupacional, y con el objeto de velar por la protección integral deltrabajador.

    ART. -0?.  —*os servicios mdicos que requieran los trabajadores seprestar1n por el Instituto de 3eguros 3ociales a la cual se encuentren

    asignados. En caso de no a&liación estar1 a cargo del empleador la saluddel empleado.

    ART. -?. —8odo trabajador dentro del mismo d"a en que se sientaenfermo deber1 comunicarlo al empleador, su representante o a quienhaga sus veces el cual har1 lo conducente para que sea e6aminado porel mdico correspondiente a &n de que certi&que si puede continuar o noen el trabajo y en su caso determine la incapacidad y el tratamiento aque el trabajador debe someterse. 3i este no diere aviso dentro deltrmino indicado o no se sometiere al e6amen mdico que se hayaordenado, su inasistencia al trabajo se tendr1 como injusti&cada para los

    efectos a que haya lugar, a menos que demuestre que estuvo enabsoluta imposibilidad para dar el aviso y someterse al e6amen en laoportunidad debida.

    ART. -2?. —*os trabajadores deben someterse a las instrucciones ytratamiento que ordena el mdico que los haya e6aminado, as" como alos e61menes y tratamientos preventivos que para todos o algunos deellos ordena la empresa en determinados casos. El trabajador que sin justa causa se negare a someterse a los e61menes, instrucciones otratamientos antes indicados, perder1 el derecho a la prestación endinero por la incapacidad que sobrevenga a consecuencia de esa

    negativa.

    ART. ->.—*os trabajadores deber1n someterse a todas las medidas dehigiene y seguridad que prescriban las autoridades del ramo en general,y en particular a las que ordene la empresa para prevención de lasenfermedades y de los riesgos en el manejo de las m1quinas y dem1selementos de trabajo especialmente para evitar los accidentes detrabajo.

    0!).4—El grave incumplimiento por parte del trabajador de lasinstrucciones, reglamentos y determinaciones de prevención de riesgos,

    adoptados en forma general o espec"&ca, y que se encuentren dentro delprograma de salud ocupacional de la respectiva empresa, que la hayancomunicado por escrito, facultan al empleador para la terminación delv"nculo o relación laboral por justa causa, tanto para los trabajadoresprivados como los servidores p'blicos, previa autoriación del +inisteriode la 0rotección 3ocial, respetando el derecho de defensa (2. 4

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    ART. '&. —En caso de accidente de trabajo, el jefe de la respectivadependencia, o su representante, ordenar1 inmediatamente laprestación de los primeros au6ilios, la remisión al mdico y tomar1 todaslas medidas que se consideren necesarias y su&cientes para reducir alm"nimo, las consecuencias del accidente.

    ART. '1.@En caso de accidente no mortal, aun el m1s leve o deapariencia insigni&cante, el trabajador lo comunicar1 inmediatamente alempleador, a su representante o a quien haga sus veces, para que seprovea la asistencia mdica y tratamiento oportuno seg'n lasdisposiciones legales vigentes, indicar1, las consecuencias del accidentey la fecha en que cese la incapacidad.

    ART. '-.  —8odas las empresas y las entidades administradoras deriesgos profesionales deber1n llevar estad"sticas de los accidentes detrabajo y de las enfermedades profesionales para lo cual deber1n en

    cada caso determinar la gravedad y la frecuencia de los accidentes detrabajo o de las enfermedades profesionales de conformidad con elreglamento que se e6pida.

     8odo accidente de trabajo o enfermedad profesional que ocurra en unaempresa, deber1 ser informado por el empleador a la entidadadministradora de dicha empresa, en forma simult1nea, dentro de losdos d"as h1biles siguientes de ocurrido el accidente o diagnosticada laenfermedad.

    CAP

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    h% 7bservar rigurosamente las medidas y precauciones que le indique surespectivo jefe para el manejo de las m1quinas o instrumentos detrabajo.i% 0ermanecer durante la jornada de trabajo en el sitio o lugar en dondedebe desempeñar las labores siendo prohibido salvo orden superior,

    pasar al puesto de trabajo de otros compañeros. j% )eportar cualquier acontecimiento que perjudique directamente sucargo o labor asignado (falta administrativa por parte de un compañero,maltrato de materiales de trabajo, maltrato de mercanc"a, desacato,robo, omisión de información de suma relevancia que afectedirectamente a la empresa o a alg'n miembro, tergiversar información%./% Cuidar y utiliar adecuada y debidamente los materiales de trabajoque se le brinden para el desempeño de cada una de las laboresconforme a su requisición de puesto.

    CAP

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    O4i:aci!n# #,#cia# ,ara a #5,r#a ! $ra4aa"!r#.

    ART. '/?. —3on obligaciones especiales del empleador$4. 0oner a disposición de los trabajadores, salvo estipulaciones encontrario, los instrumentos adecuados y las materias primas necesarias

    para la realiación de las labores.

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    a% )especto de salarios pueden hacerse deducciones, retenciones ocompensaciones en los casos autoriados por los art"culos 44A, 45=,454, 45< y F== del Código 3ustantivo de 8rabajo.b% *as cooperativas pueden ordenar retenciones hasta del cincuenta porciento (5=D% de salarios y prestaciones, para cubrir sus crditos, en la

    forma y en los casos en que la ley los autorice.c% El Kanco 0opular, de acuerdo con lo dispuesto por la *ey

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    44. Ejecutar o autoriar cualquier acto que vulnere o restrinja losderechos de los trabajadores o que ofenda su dignidad (C38, art. 5?%.

    ART. '2.@3e proh"be a los trabajadores$4. 3ustraer de la f1brica, taller o establecimiento los 'tiles de trabajo, las

    materias primas o productos elaborados sin permiso de la empresa..—*a empresa no puede imponer a sus trabajadores sancionesno previstas en este reglamento, en pactos, convenciones colectivas,fallos arbitrales o en el contrato de trabajo (C38, art. 44F%.

    ART. &—3e establecen las siguientes clases de faltas leves, y sussanciones disciplinarias, as"$

    a% El retardo hasta de quince (4=% minutos en la hora de entrada sine6cusa su&ciente, cuando no cause perjuicio de consideración a laempresa, implica por primera ve, multa de la dcima parte del salariode un d"aH por la segunda ve, multa de la quinta parte del salario de un

    d"aH por tercera ve suspensión en el trabajo en la mañana o en la tardeseg'n el turno en que ocurra, y por cuarta ve suspensión en el trabajopor tres d"as.b% *a falta en el trabajo en la mañana, en la tarde o en el turnocorrespondiente, sin e6cusa su&ciente cuando no causa perjuicio deconsideración a la empresa, implica por primera ve suspensión en eltrabajo hasta por tres d"as y por segunda ve suspensión en el trabajohasta por ocho d"as.

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    c% *a falta total al trabajo durante el d"a sin e6cusa su&ciente, cuando nocause perjuicio de consideración a la empresa, implica, por primera ve,suspensión en el trabajo hasta por ocho d"as y por segunda ve,suspensión en el trabajo hasta por dos meses.d% *a violación leve por parte del trabajador de las obligaciones

    contractuales o reglamentarias implica por primera ve, suspensión enel trabajo hasta por ocho d"as y por segunda ve suspensión en eltrabajo hasta por < meses.

    *a imposición de multas no impide que la empresa prescinda del pagodel salario correspondiente al tiempo dejado de trabajar. El valor de lasmultas se consignar1 en cuenta especial para dedicarse e6clusivamentea premios o regalos para los trabajadores del establecimiento que m1spuntual y e&cientemente, cumplan sus obligaciones.

    ART. 1.—Constituyen faltas graves$

    a% El retardo hasta de 4= minutos en la hora de entrada al trabajo sine6cusa su&ciente, por quinta ve.b% *a falta total del trabajador en la mañana o en el turnocorrespondiente, sin e6cusa su&ciente, por tercera ve.c% *a falta total del trabajador a sus labores durante el d"a sin e6cusasu&ciente, por tercera ve.d% Piolación grave por parte del trabajador de las obligacionescontractuales o reglamentarias.0rocedimientos para comprobación de faltas y formas de aplicación delas sanciones disciplinarias

    ART. -.@!ntes de aplicarse una sanción disciplinaria, el empleadordeber1 o"r al trabajador inculpado directamente .

    ART. '.@-o producir1 efecto alguno la sanción disciplinaria impuestacon violación del tr1mite señalado en el anterior art"culo (C38, art. 445%.

    CAP

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    !u6iliar Jral. 2e almacn$ encargado de almacnPentas$ Jerente de piso.Jerente de piso y almacn$ !dministración.!dministración$ 2irección.

    ART. /. @En la empresa C7+!)8#, las prestaciones son las m"nimasestablecidas por la ley como son vacaciones, aguinaldos y gasto mdicoque cubre el patrón en caso de accidente no e6isten prestacionesadicionales a las legalmente obligatorias.

    CAP

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    clientes.#% 0or trmino de contrato.I% 0or carecer de per&l y aptitud para desempeñar el empleo. % 0or tergiversar información de la empresa a gente o empresas

    e6terna de ella.

    R% 0or mal uso de información de la empresa.*% 0or presentar conductas anti ticas dentro de la empresa.+% 0or mal trato a proveedores o clientes que pertenecan a la

    cartera de clientes C7+!)8#.-% 0or abuso de con&ana.7% 0or incurrir en mal trato a proveedores y clientes C7+!)8#.0% 0or daños o prdidas de herramientas de trabajo indispensables

    (o&cina, información, bases de datos, producción etc.%Q% 0or malas acciones que conlleven a robo o violar la con&ana

    que la empresa se les ha brindado.)% 0or faltantes monetarios sin justi&cación.

    3% 0or prdidas de mercanc"a en cantidad considerable (descuidos,maltratos y merma e6cesiva e mercanc"a%. 8% 0or utiliación de materiales de trabajo fuera del horario

    establecido a laborar.O% )elaciones sentimentales entre compañeros.P% 0arentesco consangu"neo entre trabajadores sin haber sido

    reportado en el momento, se someter1 a evaluación quien sequeda a laborar en la empresa.

    S%0or cuestiones de vandalismo, agresión, violencia f"sica y>overbal, as" como violencia 0sicológica a compañeros, patrón oclientes, as" como proceso legal sin noti&cación o enfermedad

    donde el puesto deteriore parcial o totalmente salud delempleado.T% -o presentar documentación requerida o presentar

    documentación alterada o falsa. % 0or no desempeñar tareas asignadas y tener conductas

    desa&antes a compañeros y empleados generales.U% 0or violar algunas de las condiciones estipuladas en este

    reglamento.

    =IIIP4icaci!n#

    ART. ..G2entro de los quince (45% d"as siguientes al de la noti&caciónde la resolución aprobatoria del presente reglamento, el empleador debepublicarlo en el lugar de trabajo, mediante la &jación de dos (

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    ellos. Con el reglamento debe &jarse la resolución aprobatoria (C38, art.4

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