15
INTEGRANTES : José Avelino Arizola del Rosario. CICLO ACADÉMICO: 2!" # I ASIGNAT$RA: DOC$MENTACI%N CONTA&LE. TEMA: 'ASOS 'ARA CONSTIT$IR $NA EM'RESA . CENTRO $LADEC( CAT%LICA: T$M&ES CARRERA 'RO)ESIONAL: ADMINISTRACION III DOCENTE: C.'.C *s+ar vilela Rodr,- ez.

Constitucion de Una Empresa

Embed Size (px)

DESCRIPTION

constitución de una empresa

Citation preview

UNIVERSIDAD CATOLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, ADMINISTRATIVAS Y FINANCIERAS

UNIVERSIDAD CATOLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, ADMINISTRATIVAS Y FINANCIERAS

INTEGRANTES :

Jos Avelino Arizola del Rosario.

CICLO ACADMICO:2015 I

ASIGNATURA:DOCUMENTACIN CONTABLE.TEMA:PASOS PARA CONSTITUIR UNA EMPRESA.

CENTRO ULADECH CATLICA:TUMBES

CARRERA PROFESIONAL: ADMINISTRACION III

DOCENTE:C.P.C scar vilela Rodrguez.

pasos para constituir la empresa

CMO SE CONSTITUYE UNA EMPRESA? Para constituir una empresa en el Per, hay que seguir una serie de pasos, cruzando por diversas entidades y realizando diversos procesos para la formalizacin de la misma dependiendo de si se quiere formar una empresa de la forma natural o jurdica.Persona natural.- No existe separacin entre patrimonio personal y el patrimonio del negocio, adems presenta un solo dueo.Persona jurdica.- Existe separacin entre patrimonio personal y el patrimonio del negocio, adems puede tener uno o ms dueos.

PASOS PARA CONSTITUIR UNA EMPRESA COMO PERSONA JURDICA.1. Tener la idea de lo que se quiere hacer.2. Bsqueda y reserva del nombre de la empresa en los Registros Pblicos.3. Elaboracin de la Minuta(Notaria)4. Elevar la minuta a escritura pblica.5. Elevar la escritura pblica en Registros Pblicos.6. Obtencin del nmero de RUC (SUNAT)7. Elegir Rgimen Tributario.8. Legalizar el Libro de Planillas en el Ministerio de Trabajo.9. Inscribir a los trabajadores en ESSALUD.10. Solicitar y tramitar la licencia municipal.11. Comprar y legalizar libros contarios.

PASO 1:TENER LA IDEA DE LO QUE SE QUIERE HACER.Para constituir nuestra empresa lo primero que realizamos fue formular la idea de lo que queramos hacer, y con qu finalidad, realizando as el primer paso para constituir una empresa de persona jurdica. PASO 2:BUSCAR Y RESERVAR EL NOMBRE DE LA EMPRESA EN LA SUNARP.Para comenzar a darle vida legal a nuestra empresa ya teniendo la idea clara de lo que queremos hacer es empezar por darle un nombre comercial, decidiendo otorgarle el nombre o razn social. Una vez que elegimos la razn social, nos apresuramos a acercarnos a la SUNARP Superintendencia Nacional de Registros Pblicos, para verificar que el nombre que hemos elegido no exista o existan otros nombres similares. BUSQUEDA DEL NOMBRE DE LA EMPRESA. S/. 5.00 RESERVA DEL NOMBRE DE LA EMPRESA. S/. 18.00 CONSTITUCIN DE LA EMPRESA EN REGISTROS PBLICOS. Derecho de Filiacin. S/. 39.00 Por cada (S/. 10000) del capital de la empresa se paga (S/. 3.00). Por cada Gerente. S/. 22.00

PASO 3:ELABORACIN DE LA MINUTAEs el documento privado, elaborado y firmado por un abogado, que contiene el acto o contrato ,constitucin de la empresa , y todas las caractersticas que va a tener: nombre, numero de accionistas o socios, actividades econmicas y lo que se conoce como estatutos que van a ser las normas que van a regir a tu empresa, que se debe presentar ante un notario para su elevacin a escritura pblica.Los elementos fundamentales de una minuta son: Los datos generales de ley de cada socio: sus datos personales, documentos de identidad, etc. Giro de la sociedad. Tipo de sociedad. Tiempo de duracin de la sociedad: si es plazo fijo o indeterminado. Cundo se van a empezar las actividades comerciales. Donde va a funcionar la sociedad. Cul es la denominacin o razn social. Quin va a administrar o representar a la sociedad. Los aportes de cada socio. Los cuales pueden ser: Bienes dinerarios. Bienes no dinerarios. Por lo general los documentos que debemos llevar junto a la minuta son: Minuta de constitucin. Constancia o comprobante de depsito del capital aportado en una cuenta bancaria a nombre de la empresa. Certificado de Bsqueda Mercantil emitido por la oficina de Registros Pblicos de la inexistencia de una misma razn social.El costo de la minuta depende de la notara de nuestro sector y el capital social de nuestra empresa.La notaria de nuestro sector cobra S/250.00 por cada S/10,000.00 del capital.

PASO 4:ELEVAR LA MINUTA A ESCRITURA PUBLICA.La escritura pblica es todo documento matriz incorporado al protocolo notarial. Sirve para darle formalidad a la minuta.Una vez que tengas lista la minuta de constitucin esta ser transcrita dentro de una escritura pblica la cual t tendrs que firmar y luego esta escritura pblica tendr que ser llevada a registros pblicos para su inscripcin.Una vez elevada la minuta, no se puede cambiar. PASO 5:ELEVAR LA ESCRITURA PUBLICA A REGISTROS PUBLICOS(SUNARP)Una vez que esta lista la minuta, pasamos a obtener nuestra escritura pblica de constitucin, el notario la lleva a la SUNARP (Superintendencia Nacional de Registros Pblicos) para que sea elevada en el registro de personas jurdicas.

PASO 6:OBTENCION DEL NUMERO DE RUC:Qu es el RUC?El RUC (Registro nico de Contribuyentes), es el registro informtico a cargo de la SUNAT que contiene los datos de identificacin de los contribuyentes de los tributos administrativos y/o recaudados por la SUNAT, de la informacin vinculada a sus actividades econmicas as como la formacin de sus responsables.Contiene datos tales como el Nombre o razn social, Domicilio fiscal, Actividad econmica, Telfonos, Tributos afectos, Fecha de inicio de las actividades, responsables del cumplimiento de obligaciones tributarias, entre otros.Cada contribuyente se identifica con un nmero de 11 dgitos al cual se le denomina RUC. Este nmero es de carcter permanente y debe utilizarse en todo trmite que se realiza ante la SUNAT.Teniendo conocimiento de lo que es RUC podemos decir:Que ya sea que queramos crear una empresa bajo la forma de persona jurdica o persona natural tenemos que acercarnos a cualquiera de las oficinas de la SUNAT en lima o provincias como es en nuestro caso e inscribirnos en el Registro nico de Contribuyentes con el cual obtendremos un numero RUC, con este nmero podremos recin iniciar operaciones o actividades econmicas.El trmite de inscripcin en el RUC de Personas Jurdicas u otros tipos de Contribuyentes se puede hacer a travs de internet o de forma presencial.CMO TRAMITO MI CDIGO RUC?REQUISITOS:1. Llevar tu DNI2. Uno de los siguientes documentos del local donde realizar sus actividades: recibo de luz, agua, telfono, televisin por cable cuya fecha de vencimiento de pago se encuentre comprendida en los 2 ltimos meses.Tambin se puede llevar el recibo del autoevalo, etc.3. Ficha registral o partida electrnica con la fecha de inscripcin en los Registros Pblicos.El trmite es gratuito y obtienes tu nmero de R.U.C el mismo da que realizas el trmite.

PASO 7:ELEGIR EL REGIMEN TRIBUTARIOEn la misma SUNAT, a la vez que tramitamos la obtencin de nuestro RUC, debemos determinar a cul rgimen tributario nos vamos a acoger para el pago de los impuestos, ya sea al Rgimen nico Simplificado (RUS), al Rgimen Especial de Impuesto a la Renta (RER), o al Rgimen General.Una vez que contamos con nuestro nmero de RUC, y elegido el rgimen tributario al cual acogernos, podemos imprimir los comprobantes de pago (boleta y/o factura) que vamos a utilizar. Cmo me acojo al rgimen especial del impuesto a la renta - RER?

Para acogerme al Rgimen Especial del Impuesto a la Renta - RER, que se detallan a continuacin:1. Los montos de mis ingresos netos no deben superar los S/. 360,000.00 (trescientos sesenta mil y 00/100 nuevos soles) en el transcurso de cada ejercicio gravable.2. El valor de mis activos fijos afectados a la actividad, con excepcin de los predios y vehculos, no debe superar los S/. 87,500.00 (ochenta y siete mil quinientos y 00/100 nuevos soles).3. El monto acumulado de mis adquisiciones afectadas a mi actividad no debe superar los S/. 360,000.00 (trescientos sesenta mil y 00/100 nuevos soles) en el transcurso de cada ejercicio gravable. No incluye adquisicin de activos fijos.Qu obligaciones tributarias debo cumplir por estar comprendido en el Rgimen Especial del Impuesto a la Renta?

Tipo de comprobantes de pago que puedo emitir:

Facturas. Boletas de venta. Liquidaciones de compra. Tickets o cintas emitidas por mquinas registradoras.

Otros documentos:

Notas de crdito y notas de dbito. Guas de remisin (para sustentar el traslado de bienes).

Cmo me acojo al Rgimen General?

Al momento de la inscripcin en el RUC, debo mencionar que elijo el Rgimen General.Los contribuyentes que ya tuvieran RUC y queprovienen (1) del Nuevo RUS y (2) del RER pueden acogerse en cualquier momento del ao de la forma siguiente:

1. Si provengo del N uevo RUS (Nuevo Rgimen nico Simplificado), podr acogerme en cualquier mes del ao con la presentacin de la declaracin de pago correspondiente al mes en que me incorpore. Para ese fin utilizo el PDT N 621 o el Formulario N 119, segncorresponda.2. Si provengo del Rgimen Especial del Impuesto a la Renta (RER), podr acogerme con la presentacin de la declaracin de pagocorrespondiente al mes en que me incorpore.Para ese fin utilizo el PDT N 621 o el Formulario N 119, segn corresponda.

Qu obligaciones tributarias debo cumplir por estar comprendido en el Rgimen General? Qu comprobantes de pago puedo usar?

Facturas. Boletas de venta. Liquidaciones de compra. Tickets o cintas emitidas por mquinas registradoras. Tickets emitidos por sistemas informticos.

Otros documentos:

Notas de crdito y notas de dbito. Guas de remisin.

PASO 8:LEGALIZAR EL LIBRO DE PLANILLAS EN EL MINISTERIO DE TRABAJOSegn la ley, todos los trabajadores de una empresa no importa las horas que trabajen, deben estar en planilla (lo que implica recibir beneficios tales como gratificaciones, compensacin por tiempo de servicio, etc.)

PASO 9:INSCRIBIR A LOS TRABAJADORES EN ESSALUD.El registro de la persona empleadora se realiza mediante el programa de Declaracin Telemtica PDT a travs de la pgina Web de la SUNAT o del Formulario N 402, el cual puede adquirirse en la SUNAT o en las entidades bancarias.

QUIENES SON LOS DERECHO HABIENTES DEL TRABAJADOR?

Cnyuge (esposo o esposa) o concubino(a). Hijos menores de edad. Hijo mayor de edad incapacitado total y permanentemente para el trabajo. Madre gestante de hijo extramatrimonial, cuyo derecho caduca al nacimiento del nio.

PASO 10:SOLICITAR Y TRAMITAR LA LICENCIA MUNICIPAL.Consiste en acudir a la municipalidad del distrito en donde va a estar ubicado el negocio, y tramitar la obtencin de la licencia de funcionamiento.

Por lo general, los documentos a presentar son:1. Fotocopia del RUC.2. Certificado de defensa civil 3. Fotocopia de la escritura pblica.4. Recibos de pago por derecho por licencia s/.90.005. Formulario de solicitud.

Cunto tiempo demora el trmite?El proceso de tramitacin demora aproximadamente 15 das, transcurrido este tiempo se nos entrega el permiso con el cual ya tenemos la autorizacin para que nuestra empresa pueda funcionar.Licencia tiene que renovarse?La licencia tiene permiso indefinido, pero si la empresa decide cambiar de establecimiento es necesario renovar obligatoriamente sta.Cunto cuesta el trmite?El pago por derecho de trmite es de acuerdo al rea dimensional que posee el local. De 1 a 500 se paga S/. 74.00 a S/. 233.10.

UNA VEZ OBTENIDA LA LICENCIA SE PROCEDE A TRAMITAR EL PERMISO DE DEFENSA CIVILREQUISITOS: De acuerdo a la medida del local que puede ser: 0-100m2 su costo es de s/.71.00 101-150m2 su costo es de s/.150.50 151-200m2 su costo es de s/.200.55 201-250m2 su costo es de s/.250.25 251-300m2 su costo es de s/.300.65 301-500m2 su costo es de s/.535.50 El tiempo de vigencia es de 2 aos.Los encargados de DEFENSA CIVIL deben realizar una serie de actividades como: inspeccionar, medir, ver la seguridad con la que cuenta el local, si cuenta con los extintores necesarios, etc.Existen dos tipos de inspeccin:a) ITSDC Bsica Ex Ante: Los encargados de Defensa Civil realizan la inspeccin antes de dar el permiso.b) ITSD Bsica Ex Post: Aqu primero te dan el permiso sin ningn trmite excepto la declaracin jurada que acredita que el local cumple con los requisitos establecidos, despus de 10 das se realiza la inspeccin por parte de Defensa Civil, si el local no cumple con los requisitos establecidos pues se anula el permiso antes dado, pero tambin se debe pagar una suma adicional y empezar otra vez el trmite.

PASO 11:COMPRAR Y LEGALIZAR LIBROS CONTABLES.La SUNAT, mediante la Resolucin de Superintendencia deN.234-2006 y modificatorias, como la Resolucin de Superentenda N. 196-2010, establece las disposiciones relacionadas con los libros y registros vinculados a sus asuntos tributarios.Estas normas regulan los aspectos formales de los Libros y Registros vinculados a asuntos tributarios, tales como: las definiciones, legalizacin, llevado, plazos mximos de atraso y perdida o destruccin de los mismos. Asimismo, otros aspectos como la contabilidad completa y la informacin mnima.Es obligatorio que los libros y registros vinculados a asuntos tributarios sean legalizados ante su uso. La legalizacin debe ser efectuada por un notario o, y a falta de este, por el juez de paz letrado, cuando corresponda, de la provincia en la que se encuentre ubicada el domicilio fiscal del deudor tributario.

LEGALIZACIN.Los notarios o jueces, segn corresponda, colocarn una constancia en la primera hoja de los mismos y procedern a sellar todas las hojas del libro o registro, las mismas que debern estar debidamente foliadas por cada libro o registro, incluso cuando se lleven utilizando hojas sueltas o continuas.Tanto los notarios como los jueces llevarn un registro cronolgico de las legalizaciones que otorguen.CONTENIDO DE LA CONSTANCIALa constancia a ser colocada en la primera hoja de los libros y registros vinculados a asuntos tributarios contaran con la siguiente informacin:a) Nmero de legalizacin asignado por el notario o juez, segn sea el caso.b) Apellidos y Nombres, Denominacin o Razn Social del deudor tributario, segn sea el caso.c) Nmero de RUC.d) Denominacin del libro o registro.e) Fecha de la incautacin del libro o registro anterior de la misma denominacin y la autoridad que ordeno la diligencia de ser el caso.f) Nmero de folios de que consta.g) Fecha y lugar en que se otorga. h) Sello y firma del notario o juez, segn sea el caso.En ningn caso el nmero de legalizacin, folios o de registros podr contener adicionalmente caracteres distintos, tales como letras.

Documentacin contable Pgina 16