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CASUISTICA LABORAL INTEGRANTES : TAYPE HUARCAYA Marilú TUPAC YUPANQUI ESPINOZA Jessica VARGAS PACHECO Nataly VILCAPOMA TAIPE Doris

CASUISTICA LABORAL

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Page 2: CASUISTICA LABORAL

Revisión Preliminar del Expediente:Con fecha 05.08.2009 la servidora Zoila Genoveva Vallejos Lagos, interpone demanda contra la Sociedad de Beneficencia de Huancayo sobre Contencioso Administrativo, solicitando el pago de Bonificación Diferencial Permanente que dispone el D. Leg 276; asimismo mediante Resolución N° 17 de fecha 29 de setiembre de 2011, se DECLARA FUNDADA la demanda interpuesta por Zoila Genoveva Vallejos Lagos contra la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, en consecuencia ORDENA que la demandada cumpla en otorgarle el pago de Bonificación Especial Permanente, que le asiste, más el pago de devengados a partir del 01 de enero 2000, asimismo Fondo de Asistencia y Estimulo e intereses legales correspondiente.

PLANIFICACIÓN PRELIMINAR

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Nro. de días

trabajados

Remuneración promedio mensual del profesional

experto en la materia

Sub total de Remuneración

15 S/. 3,000.00 S/. 1,500.00

PLAZO SEÑALADO (PROPUESTA DE HONORARIOS

PROFESIONALES)

Cuadro de pago de Honorarios Profesionales:

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CUESTIONARIO¿Qué vamos a calcular?¿Cómo vamos a calcular?¿Cuál es el importe?¿Qué intereses vamos a calcular? PROGRAMAEn el presente informe pericial lo que se tiene establecido calcular será el pago de la deuda de la bonificación diferencial ascendiente a S/ 72,989.70 y así mismo interés legales.El cálculo se realizará desde enero del 2000 al 21 de Julio del 2013El monto a pagarse por la bonificación mas intereses es de S/. 89,899.18Se va calcular los intereses legales.

CUESTIONARIO

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DESCRIPCIÓN DE LA SITUACIÓN (ANTECEDENTES):

Zoila Genoveva Vallejos Lagos es una servidora pública de la Sociedad Beneficencia de Huancayo.

Con fecha 05/08/2009 la servidora Zoila Genoveva Vallejos Lagos, interpone demanda contra la Sociedad de Beneficencia de Huancayo sobre Contencioso Administrativo.

A fojas 01 al 05 del Expediente N° 02380-2009-0-1501-JR-CI-06 Primer Juzgado Laboral Huancayo; a fin de cumplir con el pago de diferencial de remuneración y incentivo económico fondo de asistencia y estimulo (FAE) y además de costos y costas procesales.

 

Page 6: CASUISTICA LABORAL

La demandante en cumplimiento de los requisitos de admisibilidad para el trámite de la presente ejecución, presenta las boletas de pago donde se aprecia el cargo y remuneración percibida.

Según resolución N° 26 El 30 de abril del 2013 emitida por el Juzgado Transitorio Laboral correspondiente, actuando como Especialista Roy Roger Dueñas Hinojosa resuelve habiéndose admitido la demanda interpuesta en contra de la Beneficencia ORDENANDOSE nombrar al Contador Público Rolando Poma Camarena.

Habiéndose realizado el calculado incorrecto en el monto remunerativo ya que se ha omitido importes considerables para el cálculo.

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MOTIVACIÓN O FUNDAMENTO DEL EXAMEN (OBJETO DE LA PERICIA):

Calcular los intereses laborales de la BONIFICACION DIFERENCIAL PERMANENTE y REMUNERACIÓN RECONOCIDA de Enero 2000 hasta el 21/07/2013 y 22 de Agosto

del 2014.

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BASE LEGAL: (UTILIZADO EN EL DESARROLLO PERICIAL

Lectura del Expediente.

Banco Central de Reserva emisión de tasa de interés del factor acumulado publicado por SBS

Decreto Legislativo 276 la ley de bases de la carrera administrativa.

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PERITO DE OFICIO

ELABORADO POR EL PODER

JUDICIAL

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DETERMINAR LOS INTERESES LEGALES - LABORAL QUE

CORRESPONDE A LOS DEVENGADOSPROCEDIMIENTO:

DATOS:PERIODO DEVENGADO: ENERO 2000FECHA DE LIQUIDACION: 22/08/2014

CONCEPTO DIFERENCIAL INTERES TOTALDIFERENCIAL REMUNERACION 45,819.60 12,047.62 57,867.22INCENTIVO ECONOMICO 27,770.13 6,889.19 34,659.32

S/. 73,589.73 18,936.81 92,526.54

EL DETALLE DEL INTERES LEGAL – LABORAL SE ENCUENTRA EN LOS

ANEXOS.

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REMUNERACION DIFERENCIAL E INCENTIVO ECONOMICO 73,589.73INTERESES 18,936.81

S/. 92,526.54

ESTRUCTURA DE LA DEUDA AL 22/08/2014

IV. CRITERIOS CIENTIFICOS O TECNICOS (METODOLOGÍA):

ANALITICO - DEDUCTIVO

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FÓRMULA

INTERES LEGAL LABORAL=(FACTOR

ACUMULADO FINAL - FACTOR ACUMULADO

INICIAL INICIAL) *LA DEUDA

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V. CONCLLUSIONESSe ha determinado la deuda principal que

corresponde a la Remuneración Diferencial en la suma de S/. 45,819.60 e Incentivo Económico en la suma de S/. 27,770.13 que sumados ambos hacen un total de S/. 73,589.73 (SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 73/100 NUEVOS SOLES) al 31 de diciembre de 2009.

Se ha efectuado el cálculo de los intereses legales que corresponde a los devengados, que asciende a la suma total de S/.18,936.81 (DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS CON 81/100 NUEVOS SOLES) a la fecha de liquidación.

Page 14: CASUISTICA LABORAL

GRACIASPOR SU

ATENCIÓN