Upload
others
View
2
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
Prof. Patricia Alonso Documentos ComercialesDOCUMENTOS COMERCIALES
Los documentos comerciales son las constancias escritas de cada una de las operaciones realizadas por la empresa.
Los documentos se presentan generalmente en talonarios numerados con duplicados (o más ejemplares), en textos ya impresos (se denominan “preimpresos”) con determinados datos y espacios en blanco para completar de acuerdo con cada circunstancia.Se confeccionan por duplicado o triplicado para que cada una de las personas que intervienen en la operación tenga un ejemplar.Están numerados para evitar la desaparición de alguno de ellos. De la misma forma en que se nota que faltan hojas de un libro cuando la numeración no es correlativa.Los documentos comerciales son comprobantes de transacciones comerciales y/o financieras, emitidos por los comerciantes o las empresas.
Utilidad:
Son una constancia de las operaciones realizadas. Constituyen la base del registro contable de las operaciones realizadas. Sirven de control de la empresa (por ejemplo, salida de mercaderías)Pueden ser utlizados como medio de prueba en juicios.
Clasificación:
Externos
Internos De uso interno
De uso externo
Los comprobantes externos son aquellos emitidos fuera de la empresa y luego recibidos y conservados en la empresa. Ej.: facturas de compras, recibos de pagos efectuados, etc.Los comprobantes internos son los documentos emitidos en la empresa que pueden entregarse a terceros o circular en la misma empresa. Ej.: facturas de ventas, recibos por cobranzas, presupuestos, vales.Por otra parte, no solamente se registran los documentos comerciales: los instrumentos públicos (escrituras, hipotecas) y privados (contratos de alquiler, depósito) y cualquier comprobante que sea respaldo de una registración contable, es fuente de información (planillas de sueldos, informes).Los documentos se confeccionan con copias, por lo tanto en una empresa pueden encontrarse originales de ciertos documentos y duplicados de otros.En cada caso, el original y el duplicado de un mismo documento tienen un significado distinto para la empresa. Es decir, la empresa emite documentos y recibe documentos emitidos por otras empresas.
En resumen:
1
ORIGINAL: para el
- Comprador- Pagador
DUPLICADO: para el
- Vendedor- Cobrador
Prof. Patricia Alonso Documentos Comerciales
Sujetos obligados a emitir documentos comerciales:
Quienes comercializan cosas muebles. Quienes comercializan o prestan servicios. Quienes se dedican a la locación de bienes.
Conservación:
Los documentos comerciales deben ser conservados por diez años contados desde la fecha de emisión del documento.
Tipos de contribuyentes
TIPO DE CONTRIBUYENTES
CARACTERÍSTICAS
RESPONSABLESINSCRIPTOS
Son los sujetos que efectúan ventas, locaciones y/o prestaciones de servicios, alcanzados por el IVA en tanto y en cuanto el monto anual de sus operaciones supere un determinado tope fijado por la AFIP.
MONOTRIBUTISTASSon aquellos que pertenecen a un régimen integrado y simplificado que abarca: IVA, Ganancias y Sistema previsional.El volumen de sus operaciones no supera el monto fijado por la AFIP. Pueden optar por ser RI.
CONSUMIDOR FINALSon aquellas que destinarán el bien o servicio adquirido al consumo particular.
EXENTOSSon actividades que por su naturaleza se encuentran dentro del ámbito del IVA, pero en virtud de la propia ley se dispone que no generen IVA en la venta, pero sí que se pague en las compras.
2
CLAVE ÚNICA DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA
La clave única de identificación tributaria (C.U.I.T.) es un número único e intransferible por el que cada persona puede ser identificada a los efectos de su situación impositiva y
previsional, y es otorgado por la AFIP. Está compuesta por 3 grupos de números
Indica el tipo de persona:30: sociedad XX – XXXXXXXX – X dígito verificador 27: mujer (calculado por AFIP)20: hombre
En el caso de personas físicas, coincide con el D.N.I.
Prof. Patricia Alonso Documentos Comerciales
3
Prof. Patricia Alonso Documentos Comerciales
4
Prof. Patricia Alonso Documentos Comerciales
ORDEN DE COMPRA / NOTA DE PEDIO Es el comprobante que emite el comprador para pedir mercaderías al proveedor indicando condiciones de pago y forma de entrega. También es llamado nota de pedido. En la Orden de Compra intervienen el comprador y el vendedor.Deberán extenderse como mínimo dos ejemplares: uno que queda en poder del que lo suscribió (comprador) llamado duplicado y otro, que es el que se entrega o envía al vendedor: el original.
Requisitos: Lugar y fecha de emisión. Nombre y número de orden del comprobante. Nombre y domicilio del comprador y del vendedor. Número de C.U.I.T.; ingresos brutos; fecha de inicio de actividades y
condición frente al I.V.A. del emisor. Número de C.U.I.T. y condición frente al I.V.A. del destinatario. Detalle de las mercaderías solicitadas. Condición de pago y entrega. Firma del comprador o encargado de compras. Datos de la empresa que imprime el documento, habilitación municipal,
fecha de impresión y numeración de los documentos impresos. Debe aclararse que es un documento no válido como factura y colocar la
letra "X".
Modelo
1. ORDEN DE COMPRA
5
Orden de CompraNº 0000-
……….…de…………………de…………..C.U.I.T. Nº……………………………ING. BRUTOSInicio de actividades………../……../…………
XNo valido como
factura
SEÑOR (ES):……………………………………………..……………………………………………...DOMICILIO:…………………………………………………LOCALIDAD:…………………………..I.V.A:…………………………………………………………...C.U.I.T. Nº:…..……………………….
CONDICIONES DE VENTA:…………………………………..………………………………….……
CANTIDAD DETALLE PREC.UNIT IMPORTE
Despachar por ……………………………………………………………………………………………..Domicilio de entrega:……………………………………………………………………………………...Entregar hasta……………………….……………………………………………………………………..
Imprenta: ARIAS LARROZA CUIT Nº……………………….. Fecha de impresión: 07/05/Habilitación Munic. Nº39823
Desde Nº000000000000001 Hasta Nº000000000100000
ORIGINAL DUPLICADO TRIPLICADO
OBSERVACIONES………………………………………………………
Prof. Patricia Alonso Documentos Comerciales
NOTA DE VENTA
Es el documento por el cual el vendedor da respuesta al comprador luego de haber recibido su Orden de Compra, o que confecciona el vendedor o su viajante cuando se pacta una venta.Para el caso de que el comprador haya realizado su pedido verbal o telefónicamente, la Nota de Venta permite "cerrar trato", es decir, asegurar la operación.Además, permite programar la producción y entrega de los productos para el caso de bienes que deben ser fabricados a medida.Es emitida por duplicado.Este documento no origina registros contables.
6
Prof. Patricia Alonso Documentos Comerciales
REMITO Es un documento que emite el vendedor, está destinado al comprador y acompaña a las mercaderías vendidas o a un servicio como comprobante de su entrega o realización respectiva.
En él, la persona que recibe esos bienes deja constancia de su conformidad, y con ello queda concretado el derecho del vendedor a cobrar y la obligación del comprador a pagar. Sirve de base para la preparación de la factura. Las partes intervinientes son el comprador y el vendedor.
El remito se extiende por triplicado:
el original firmado por el vendedor se entrega al adquirente o comprador;
el duplicado, con la conformidad del comprador por los efectos que los ha recibido, queda en poder del vendedor y se destina a la sección facturación para que proceda a la emisión de la factura;
el triplicado es para el transportista y, en este sentido, es un documento de control de su entrega.
En lo que respecta a la letra que identifica a este documento y los requisitos que debe tener en cuenta la imprenta, varían según el responsable:
1) En el caso de los Responsables Inscriptos, los remitos deberán contener los siguientes datos:
La letra “R” como identificación La fecha de inicio de las actividades Una leyenda indicando que es un documento no válido como
factura En el pie del documento, en los datos de la imprenta se indicará
el número de CAI y la fecha de vencimiento.
7
Prof. Patricia Alonso Documentos Comerciales2) Cuando se trata de No Responsables, Exentos y Monotributistas
emiten Remitos con los siguientes datos:
La letra “X” como identificación Con respecto a la fecha de inicio de las actividades es indistinto
colocarla o no. Una leyenda indicando que es un documento no válido como
factura.
Nota de débito:
Es el comprobante que envía el proveedor o vendedor al comprador, comunicándole que aumento su deuda por motivos que en él se especifica.
Varios son los casos en que se utiliza este documento, siendo algunos los siguientes:
Por cobro de fletes; Recargo de intereses Cobro de sellados u
comisiones sobre documentos
Por error de facturación en menos
El original es para el comprador y representa que su deuda ha aumentado. El duplicado es para el vendedor y significa que le deben más.
Requisitos: Lugar y fecha en que se
extiende Nombre, Apellido y
domicilio del que la envía y de aquel a quien se remite Detalle del cargo Importe Número de individualización
8
Prof. Patricia Alonso Documentos Comerciales Letra correspondiente (A, B o C según la factura que le dio
origen)
Nota de crédito:
Es el documento en el cual el comerciante o vendedor envía a su cliente, con el objeto de comunicar la disminución en su cuenta de una determinada cantidad, por el motivo expresado en la misma.
Motivos por los que suele confeccionarse:
Por error de facturación en más.
Por devolución de mercaderías.
Por descuentos o bonificaciones realizadas.
El original es para el comprador y representa que su deuda ha disminuido. El duplicado es para el vendedor y representa que le deben menos.
Requisitos:
9
Prof. Patricia Alonso Documentos Comerciales Lugar y fecha en que se extiende Nombre y domicilio del que envía la nota y de aquel a quien va
remitida Detalle del motivo que origina el descargo o crédito Importe que se acredita Número de individualización Letra identificatoria (A, B o C, según corresponda)
FACTURA Es un comprobante de compra escrita que el vendedor entrega al comprador detallando las mercancías que le ha vendido, indicando cantidades, naturaleza, precio y demás condiciones de la venta. La factura es el documento principal de la operación de compraventa con ella queda concretada y concluida la operación y es un documento de contabilidad
y medio de prueba legal.Como mínimo la factura debe extenderse por duplicado. El original queda en poder del comprador y representa la constancia de una compra realizada a
plazo o al contado. El duplicado queda para el vendedor y representa la constancia de una venta realizada a plazo o al contado.
Requisitos de la Factura: Numeración progresiva, consecutiva
Nombre y apellido o Razón Social Domicilio Comercial
Número de CUIT Deberán estar identificadas por las letras A, B, C, ubicadas en el centro
del espacio superior según corresponda en su relación al IVA Nombre y CUIT de imprenta
Tipos de facturas
La AFIP-DGI clasifica a los contribuyentes para el pago del IVA en las siguientes categorías:
Las facturas pueden ser de tres tipos: A, B o C. Esto depende de las categorías que tengan quienes intervengan en dicha operación.
10
TIPO DE FACTURA
Emiten los Responsables Inscriptos (RI) en el IVA a otro (RI) Responsables Inscriptos. Deben detallar el importe Factura “A” del IVA en la Factura. Esta Factura se puede remplazar por el Ticket que emite las Impresoras Fiscales.
Emiten los Responsables Inscriptos (RI) en el IVA
Prof. Patricia Alonso Documentos Comerciales
11
TIPO DE FACTURA
Emiten los Responsables Inscriptos (RI) en el IVA a otro (RI) Responsables Inscriptos. Deben detallar el importe Factura “A” del IVA en la Factura. Esta Factura se puede remplazar por el Ticket que emite las Impresoras Fiscales.
Emiten los Responsables Inscriptos (RI) en el IVA
Prof. Patricia Alonso Documentos Comerciales
RECIBO Cuando una persona física o jurídica (empresa) cobra una cierta cantidad de dinero de otra, el primero deberá extender al segundo un documento que acredite o justifique que ha cobrado una cierta cantidad de dinero de otra por un determinado concepto. A ese documento se le denomina recibo.
Los recibos deben contener la información necesaria para que tengan validez, éstos deberán disponer de un número que identifica al recibo (de las misma manera que los pedidos, abonos y facturas), del nombre de la persona física o jurídica que paga, y del importe del mismo expresado en letras y número; del concepto por el que se paga dicho importe, del lugar y la fecha en la que se expide el recibo, del nombre y de la firma de la persona que recibe el dinero.
El original es para el pagador y significa que pagó; el duplicado es para el cobrador y significa que ha recibido dinero por un motivo determinado.
12
Prof. Patricia Alonso Documentos ComercialesEl recibo también puede ser modelo A, B o C, pero en el caso de que se haya enviado una factura anteriormente, llevará una X para Monotributista y R para Inscriptos.
« Anterior | Siguiente »
PagaréConcepto
Es el documento por el cual una persona se compromete a pagar a otra una suma de dinero a una fecha cierta o determinada. Es una promesa de pago.
PAGARÉ, está en primera persona del singular y en futuro, está diciendo "yo pagaré", es decir que el firma y es el deudor o pagador.
Requisitos
Lugar y fecha de emisión.
Lugar y fecha de pago, es decir el vencimiento del pagaré.
Nombre del beneficiario.
Importe en letras y número.
La cláusula "o a su orden".
La palabra "Pagaré".
La cláusula "Sin protesto".
Motivo por el cual se emite.
Nombre y firma del librador, deudor o firmante.
Sellado correspondiente.
Personas que intervienen13
Prof. Patricia Alonso Documentos ComercialesLibrador, Pagador, Deudor o Firmante: es la persona que emite el pagaré, lo firma y promete pagarlo.
Beneficiario: es la persona cuyo nombre figura en el pagaré para que a ella o a su orden se realice el pago.
Tenedor o portador: es la persona que tiene el documento por habérselo transferido el beneficiario por medio del endoso, para que cobre el importe o para que lo endose nuevamente.
Endosante: es la persona que transfiere el pagaré.
Importancia
Permite realizar operaciones sin entregar dinero en forma inmediata.
Permite obtener préstamos de dinero o comprar a crédito.
Ofrece al beneficiario seguridad de cobro.
Permite su negociación antes del vencimiento, ya que el beneficiario puede transmitir el derecho de cobro a otra persona mediante el endoso.
Vencimientos
A la vista: se paga cuando el documento es presentado para su cobro. Es una forma poco usual, ya que el beneficiario puede presentarlo para el cobro en cualquier momento. Ejemplo: "A la vista Pagaré ..."
A los tantos días o meses de la fecha: la fecha de vencimiento se cuenta a partir de la fecha de emisión. Por Ejemplo: "A los treinta y dos días de la fecha Pagaré ..."
A día fijo, cierto o determinado: se expresa directamente el día de vencimiento. Ejemplo: " el 4 de setiembre Pagaré ..."
Partes de un pagaré
Talón: queda en poder del librador o firmante y representa una deuda documentada.
14
Prof. Patricia Alonso Documentos ComercialesCuerpo: se entrega al beneficiario y representa el documento a cobrar.
Endoso:
Es el acto por el cual una persona transfiere a otra los derechos de cobro del pagaré, firmando al dorso del mismo.
Esto se puede hacer por la cláusula "o a su orden", que convierte al pagaré en un "instrumento cambiario". Existen dos formas de endoso:
En Blanco o Simple: el beneficiario firma al dorso del documento con aclaración de firma y Nª de D.N.I.
Completo: el beneficiario además de la firma, aclaración, Nª de DNI, tiene que colocar la fecha, nombre y DNI del nuevo beneficiario.
Protesto:
Es el acto por el cual el beneficiario o tenedor de un documento deja constancia ante un escribano público que el pagaré no ha sido pagado o abonado a su vencimiento.
Sin Protesto
Los pagaré que traen impreso la cláusula "sin protesto", permiten al beneficiario o tenedor iniciar juicio por cobro sin realizar previamente el trámite de protesto. Es decir, no necesitan que el escribano certifique que el pagaré ha vencido y el librador no lo canceló.
Recuerda que el pagaré firmado queda en poder del beneficiario, cuando el librador lo paga, éste recibe el dinero y devuelve el documento, por lo tanto si el pagaré está vencido y en poder del beneficiario significa que el deudor no pagó, eso es lo que certifica el escribano cuando es emitido sin la clausula "sin protesto".
15
Prof. Patricia Alonso Documentos Comerciales
¿Cómo trabaja un Banco?
Depósito Créditos
Particular Interés Pasivo
Banco Interés Activo
Particular
Los bancos son instituciones que reciben el dinero que depositan las personas y lo prestan a quienes lo soliciten. Éstos a cambio pagan un interés activo, que es mayor al interés pasivo, que el banco paga a los particulares por sus depósitos. La diferencia es la ganancia que obtiene el banco. Servicios que prestan:
Guardan dinero u otros valores en cajas de seguridad. Operan a través de cajeros automáticos.
16
Prof. Patricia Alonso Documentos Comerciales Cobran impuestos, personalmente o por débito automático. Informan a través del teléfono o Internet los movimientos de las cuentas
bancarias.
Depósitos BancariosTIPOS DE
DEPOSITOS CUENTA CORRIENTE CAJA DE AHORRO PLAZO FIJO
Finalidad
Es una forma de depositar dinero en un banco, lo cual indica que el titular dispone
de sus fondos en forma inmediata
Es una forma de guardar dinero en el banco para ahorrar
Es una manera de guardar dinero para
invertir
Intereses Ninguno Bajo AltoCantidad de Extracciones Ilimitada Limitada Ninguna
Formas de Extracción Cheque o Cajero Tarjeta de Débito o
CajeroNinguna, solo al
vencimiento del plazo
Modos de Depósito A la Orden Individual : a nombre y a la orden de una persona (solo ella puede
retirar dinero) A la Orden Conjunta : a nombre de dos o más personas (para retirar fondos, se
requiere la firma de todas ellas) A la Orden Recíproca o Indistinta: a nombre de dos o más personas (para
extraer dinero, basta con la firma de una de ellas) A la Orden de una Persona y a Nombre de Otra : para personas menores de
edad.
Cheque
Un cheque es una orden de pago1 pura y simple librada2 contra el banco en el cual el librador3 tiene fondos depositados a su orden en cuenta corriente bancaria, o está autorizado para girar en descubierto4.
1. Orden de pago: es la orden que le da el titular de una cuenta corriente al banco, para que le pague el monto estipulado a la persona que se presente con el cheque.2. Librada: emitida3. Librador: titular de una cuenta corriente, emisor del cheque, firmante
17
Prof. Patricia Alonso Documentos Comerciales4. Giro en descubierto: Es una autorización que el banco le otorga al cliente, para poder emitir cheques por un importe superior a los fondos existentes. El cliente debe pagar intereses por este acuerdo
Clasificación de Cheques
Al Portador Común A la Orden No a la Orden
Cruzado
De Pago Diferido
Certificado
A- COMÚN: Se utiliza como medio de pago. El que lo recibe podrá cobrarlo en ventanilla o depositarlo en su cuenta bancaria, dentro los 30 días corridos a partir de su fecha de emisión
AL PORTADOR
Banco Macro.SOCIEDAD ANÓNIMA.
Serie A Sucursal Riobamba $ 1200 .- Domicilio de pago: Riobamba 1001. Rosario. Santa Fe
Nº 15937040 265 - 01 Rosario, 20 de Noviembre de 2009 400 - 2000
PAGUE ESTE CHEQUE A: al portador -------------------------------------------------------------LA CANTIDAD DE PESOS: un mil doscientos pesos. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Pérez, Juan Cuenta Nº 400 - 169225902/1CUIT Nº 20-18456987-2 Laprida 2569 – 2000 Rosario
Lo cobra quien lo porta, se transfiere con la simple entrega. Puede dejarse el renglón en blanco, en lugar de escribir “Al portador”
A LA ORDEN
Banco Macro.SOCIEDAD ANÓNIMA.
18
Cheques
Prof. Patricia Alonso Documentos Comerciales
Serie A Sucursal Riobamba $ 1200 .- Domicilio de pago: Riobamba 1001. Rosario. Santa Fe
Nº 15937040 265 - 01 Rosario, 20 de Noviembre de 2009 400 - 2000
PAGUE ESTE CHEQUE A: Luis González a la orden ---------------------------------------------LA CANTIDAD DE PESOS: un mil doscientos pesos. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Pérez, Juan Cuenta Nº 400 - 169225902/1CUIT Nº 20-18456987-2 Laprida 2569 – 2000 Rosario
Lo cobra el beneficiario, no es necesario que figure la expresión “A la orden”
NO A LA ORDEN
Banco Macro.SOCIEDAD ANÓNIMA.
Serie A Sucursal Riobamba $ 1200 .- Domicilio de pago: Riobamba 1001. Rosario. Santa Fe
Nº 15937040 265 - 01 Rosario, 20 de Noviembre de 2009 400 - 2000
PAGUE ESTE CHEQUE A: Luis González no a la orden ------------------------------------------LA CANTIDAD DE PESOS: un mil doscientos pesos. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Pérez, Juan Cuenta Nº 400 - 169225902/1CUIT Nº 20-18456987-2 Laprida 2569 – 2000 Rosario
Lo cobra el beneficiario, pero no puede transferirse vía endoso.
4. CRUZADO
19
Prof. Patricia Alonso Documentos ComercialesBanco Macro
SOCIEDAD ANÓNIMA.
Serie A Sucursal Riobamba $ 1200 .- Domicilio de pago: Riobamba 1001. Rosario. Santa Fe
Nº 15937040 265 - 01 Rosario, 20 de Noviembre de 2009 400 - 2000
PAGUE ESTE CHEQUE A: Luis González ---------------------------------------------------------LA CANTIDAD DE PESOS: un mil doscientos pesos. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Pérez, Juan Cuenta Nº 400 - 169225902/1CUIT Nº 20-18456987-2 Laprida 2569 – 2000 Rosario
Quien lo recibe, debe depositarlo en su cuenta bancaria para poder cobrarlo
DIFERIDO: Es utilizado como instrumento de crédito. Se puede endosar indefinidamente y podrá ser emitido en plazos de 30 a 360 días.
Banco Macro.SOCIEDAD ANÓNIMA.
Serie A Sucursal Riobamba $ 1200 .- Domicilio de pago: Riobamba 1001. Rosario. Santa Fe
Nº 15937040 265 - 01 Rosario, 30 de Septiembre de 2009 400 - 2000
El 20 de Noviembre de 2009 PAGUESE A: Luis González ----------------------- LA CANTIDAD DE PESOS: un mil doscientos pesos. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Pérez, Juan Cuenta Nº 400 - 169225902/1CUIT Nº 20-18456987-2 Laprida 2569 – 2000 Rosario
C- CERTIFICADO: Es aquel cuyo importe ya ha sido reservado en el banco para su pago (por 5 días aproximadamente). La certificación la hace el banco al dorso. En general, se utiliza para operaciones de montos elevados, como por ejemplo la venta de inmuebles.
20
Certificase que el presente cheque tiene fondos suficientes acreditados en cuenta corriente por el término de 5 días
Rosario 15 / 11 / 09
Banco Bisel
Si el cheque es:
Prof. Patricia Alonso Documentos Comerciales
¿Cuánto tarda en acreditarse un cheque al ser depositado?
Del mismo Banco y sucursal acreditación inmediata
Del mismo Banco pero de otra sucursal 48 horas
De otros Bancos 48 horas
Del interior del país 72 horas
Quienes intervienen
Librador o Beneficiario Tenedor Librado o Banco Firmante
Librador: es quien emite el cheque y ordena su pagoBeneficiario: es la persona que recibe el cheque y puede cobrarlo o endosarlo.Tenedor: persona que recibe el cheque y lo canjea por vía del endoso . Librado: (Banco) es la institución contra la cual se ha girado o librado el cheque y que debe pagarlo.
Endoso: es la transmisión de todos los derechos sobre un documento a favor de otra persona.Tipos de Endoso: COMPLETO : es el que figura la fecha, nombre y firma del tenedor, y nombre y
numero de documento del beneficiario BLANCO : es el que figura solamente la firma y documento del beneficiario
21
Prof. Patricia Alonso Documentos Comerciales
¿Cuándo puede ser rechazado un cheque?
22
Por vencimiento del plazo de cobro
Cuando está mal emitido o mal endosado
Cuando tiene prohibido su pago por parte del librador (pérdida de chequera)
Cuando la firma es falsa o diferente a la registrada
Cuando no tiene fondos
Cuando el librador ha quebrado