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MANUAL deetiquetado - cdi.gob.mx · 6 Etiqueta Una etiqueta es una pieza gráfica que se utiliza para identificar un objeto. La etiqueta es fundamental para distinguir pro-ductos

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MANUALetiquetadode

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índiceINTRODUCCIÓN

MANOS INDÍGENAS

ETIQUETA

IMPORTANCIA DE LA ETIQUETA

FUNCIÓN DE LA ETIQUETA

CARACTERíSTICAS

ETIQUETADO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS

ETIQUETADO FRONTAL NUTRIMENTAL • Exentos del Etiquetado Frontal Nutrimental

REQUISITOS OBLIGATORIOS• Nombre o denominación del producto• Contenido neto y/o masa drenada.• Nombre, denominación o razón social y

domicilio fiscal. • País de origen.• Identificación del lote.• Fecha de caducidad o de consumo preferente.• Lista de ingredientes.• Etiquetado cuantitativo de los ingredientes (QUID).• Información nutrimental o Datos de nutrición.• Forma de presentar los requisitos.

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REQUISITOS OPCIONALES• Información nutrimental complementaria. • Instrucciones de uso.INFORMACIÓN ADICIONAL• Forma de presentar los requisitos.• Productos orgánicos.• Distintivo Nutrimental.• Hecho en México.• Designaciones de calidad.DECLARACIÓN DE PROPIEDADES

BEBIDAS ALCOHÓLICAS• Tequila• Mezcal ETIQUETADO PRODUCTOS TEXTILESEspecificaciones de información.• Textiles.• Prendas de vestir y accesorios.

JOYERÍA / ORFEBRERÍA

ABONO• Características Generales de Etiquetado

MANOS INDíGENAS• Tipos de Etiquetas

DEFINICIONES Y MARCO REGULATORIO• Normas de Referencia

CRITERIOS DE DISEÑO

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introducciónEl presente manual pretende ser una guía en el uso y aplicación de la etiqueta a los diferentes productos, va dirigido a los grupos de trabajo indígenas y tiene por objeto dar a conocer a los usuarios elementos escenciales del tema.En su contenido podremos observar los aspec-tos esenciales para el uso de la etiqueta de una manera muy fácil; las características, formas y materiales con el fin de orientar a los empren-dedores al momento de elegir el que mejor se ajusta a las necesidades de sus productos.

Los usuarios podrán seleccionar las alternativas que más se adecuen a las necesidades de su producto.

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MANOS INDÍGENAScalidad mexicanaComo parte de la estrategía de comercialización de la CDI, en el 2015 se creó y registró ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), la marca “MANOS INDÍGENAS CALI-DAD MEXICANA.”, como símbolo distintivo de la población indígena que se dedica a la elabo-ración de artesanías y a la producción y transfor-mación de bienes en beneficio del núcleo fami-liar indígena.

Con esta marca, se fortalece la organización e in-tegración de artesanos y productores indígenas, con el fin de conservar y aprovechar su patrimo-nio cultural en su propio beneficio, al imprimir-le valor agregado en la comercialización de sus productos y artesanías, en el mercado nacional e internacional. En una etapa piloto se están apoyando productos indígenas elaborados en 17 estados de la república mexicana para que cuenten con este sello distintivo.

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EtiquetaUna etiqueta es una pieza gráfica que se utiliza para identificar un objeto.

La etiqueta es fundamental para distinguir pro-ductos en la vida cotidiana. Actualmente existe una gran variedad de formatos y materiales para las etiquetas, en ella se establece las diferencias entre el producto promocionado y otros simila-res, da información de interés para el consumi-dor, y, junto con el envase, “viste” al producto y determina en gran medida la compra del mismo.

La etiqueta debe resumir en sus pequeñas di-mensiones la información necesaria para pre-sentar un producto, pero también debe ser con-cisa informativa y gráficamente para producir un alto impacto visual que la haga fácilmente reco-nocible y recordable.

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Importancia de la etiquetaLa imagen de una compañía en el mercado de-pende en gran medida de la manera en que sus productos son vistos por los consumidores. Por ello, para que una empresa goce de prestigio y tenga buenos niveles de venta no basta sólo con ofrecer productos de la mejor calidad, sino que es absolutamente necesario desarrollar en ellos una gráfica que exprese la profesionalidad de la empresa. En este sentido, las etiquetas son pie-zas fundamentales de la identidad corporativa de una compañía. El aspecto de la etiqueta es lo que impactará al cliente en primer lugar y es lo que lo llevará a decidir si un producto vale la pena o no, ya que en estos casos la primera im-presión es la que cuenta.

La etiqueta de un producto es la tarjeta de pre-sentación de una empresa ante los consumido-res, los posibles inversionistas, e inclusive, ante los competidores.

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Funcion de la etiquetaLas funciones principales de las etiquetas son:

1. Identificación del producto.2. Descripción e información acerca de este. 3. Proporcionar información al consumidor res-

pecto a la información legal. 4. Promoción, mediante diseños y frases pro-

mocionales que la distinguen del resto.5. Cumplimiento de las leyes, regulaciones y

normativas vigentes para su industria o sec-tor.

6. Graduación en función a su calidad juzgada.7. Identificar al fabricante8. Atraer la atención del consumidor hacia el

envase.9. Hacer el envase más atractivo que el de la

competencia.

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características• Debe ser adaptable al envase en tamaño, co-

lor, forma. • El material debe ser resistente que garantice

su calidad durante todo el proceso de pro-ducción, de distribución y hasta llegar a las manos del consumidor final.

• Debe estar perfectamente adherida al pro-ducto o al empaque para evitar que se des-prenda y genere confusión al pegarse acci-dentalmente en otro artículo.

• Contener la información en el formato exigi-do por las leyes, normativas o regulaciones del sector.

• Su diseño debe diferenciarse de otros pro-ductos y captar la atención.

• Debe contener información exacta, completa y correcta.

• Incluir datos de contacto, como: teléfonos, fax, dirección, sitio web, etcétera; proporcio-nar al usuario la información suficiente para cómo comunicarse con el fabricante o distri-buidor para expresar sus quejas, dudas o su-gerencias.

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Las etiquetas de los alimentos aportan a los consumidores información sumamente útil para conocer las principales características de los productos que va a consumir, y además ofrece una idea aproximada acerca de la calidad del alimento en cuestión. Es un compromiso del fabricante ante el consu-midor, mediante el que se informa de que un determinado artículo o producto reúne las con-diciones y características que exige la normativa. Para ello, el etiquetado del producto o alimento debe ser claro, conciso y no debe en absoluto llevar a error al consumidor.

Etiquetado DE productos alimenticios

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Etiquetado frontal nutrimentalEs aquella declaración nutrimental cuyo objeti-vo es informar al consumidor el contenido nutri-mental y aporte energético (calorías) de los ali-mentos y bebidas no alcohólicas preenvasados. Esta información se presentará de manera grá-fica en el área frontal de exhibición de los pro-ductos, siguiendo las mejores prácticas interna-cionales en materia de etiquetado.La declaración nutrimental frontal consiste en la obligación de señalar:

• Grasa saturada• Otras grasas• Azúcares totales • Sodio• Energía

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• Vinagres fermentados y sucedáneos.• Alimentos y bebidas no alcohólicas donde

cada uno de los nutrimentos por porción repre-senten un aporte energético igual o menor a 1% de los nutrimentos diarios.

• Envases que además de contener el alimento o bebida no alcohólica tengan como propósito de servir de regalo o artículo decorativo en sí mismo

• Extractos de café puros, granos enteros, moli-dos, descafeinados o no, solubles o no.

• Envases en los que se encuentren contenidos dos o más unidades de productos no preenva-sados de manera individual, diferentes y desti-nados para su venta conjunta al consumidor.

• Productos cuya presentación individual indique la leyenda de “No etiquetado para su venta in-dividual”, o similar, y que se encuentren en un empaque múltiple o colectivo.

• Aquellos envases cuyo contenido corresponda a más de un tipo de producto etiquetado de manera individual, podrán no etiquetarse siem-pre que por lo menos el 70% de los productos contenidos en el mismo se encuentren etique-tados conforme lo dispuesto para el Etiquetado Frontal Nutrimental.

• Los productos de venta a granel.

Exentos del Etiquetado Frontal Nutrimental

• Agua para consumo humano.• Alimentos para lactantes y niños de corta edad. • Goma de mascar sin azúcar.• Pastillas para el aliento sin azúcar.• Harinas con excepción de las preparadas• Envases múltiples y colectivos cuyos productos

que los conforman se encuentran etiquetados de manera individual conforme a la regulación en materia de Etiquetado Frontal Nutrimental.

• Hierbas, especias, condimentos o mezcla de ellas

• Productos y materias primas destinados ex-clusivamente para uso y consumo interno de instituciones, y materias primas de uso in-dustrial.

• Infusiones de hierbas, té descafeinado o no,instantáneo y/o soluble que no conten-gan ingredientes añadidos.

• Productos y materias primas contenidos en envases destinados exclusivamente para su uso y consumo por instituciones, los cuales debe-rán ostentar en el área frontal de exhibición la leyenda “presentación institucional”.

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Requisitos obligatoriosNombre o denominación del producto

• Corresponder a lo establecido en los ordena-mientos jurídicos específicos,

• Puede indicarse nombre de uso común, o bien, emplearse una descripción de las carac-terísticas básicas de la composición o natura-leza del producto.

Es el nombre que se le da a un alimento o bebi-da no alcohólica preenvasado de acuerdo a los usos y costumbres. El nombre o denominación debe...

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Contenido neto y/o masa drenada

Contenido neto Es la cantidad de producto preenvasado que permanece después de que se han hecho todas las deducciones de tara cuando sea el caso.

Masa drenadaCantidad de producto sólido o semisólido que representa el contenido de un envase, después de que el líquido ha sido removido por un mé-todo previamente establecido.

Debe declararse el contenido neto y cuando aplique, la masa drenada. En unidades del Sis-tema General de Unidades de Medida de con-formidad a lo que establece la NOM- 030-SCFI-2006, independientemente de que también pueda expresarse en otras unidades.

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Nombre, denominación o razón social y domicilio fiscalSe trata de un nombre oficial y legal que apare-ce en la documentación que permitió constituir a la persona jurídica en cuestión.La razón social es la denominación por la cual se conoce colectivamente a una empresa. El domicilio fiscal es el lugar que legalmente se considera establecido a alguien para el cumpli-miento de sus obligaciones y el ejercicio de sus derechos.

Para alimentos y bebidas no alcohólicas preen-vasados:

• Debe indicarse en la etiqueta el nombre, denominación o razón social y domicilio fis-cal del responsable del producto de manera enunciativa mas no limitativa: calle, número, código postal y entidad federativa en que se encuentre.

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país de origen

Incorporar la leyenda que identifique el país de origen de los productos.Por ejemplo:“Hecho en...”; “Producto de ...”; “Fabricado en ...“; u otras análogas.

Seguida del país de origen del producto, sujeto a lo dispuesto en los tratados internacionales de que los Estados Unidos Mexicanos sean parte.

Se permite el uso de gentilicios y otros términos análogos, siempre y cuando sean precisos y no introduzcan a error en cuanto al origen del pro-ducto.Por ejemplo: “Producto mexicano”, “Producto hidalguense”

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Identificación de lote

• Debe llevar grabada o marcada de cualquier modo la identificación del lote al que perte-nece, con una indicación en clave que permi-ta su rastreabilidad.

• Debe marcarse en forma indeleble y perma-nente

• No debe ser alterada u ocultar de forma al-guna.

La clave del lote debe ser precedida por cual-quiera de las siguientes acciones “LOTE”, “Lot”, “L”, “Lote”, “lote”, “lot”, “l”, “lt”, “LT”, “LOT”, o bien incluir una referencia al lugar donde aparece.

El lote es la cantidad de un producto elaborado en un mismo ciclo, integrado por unidades ho-mogéneas e identificado con un código especí-fico.La identificación del lote que incorpore el fa-bricante en el producto preenvasado:

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fecha de caducidad o consumo preferenteFecha de caducidadFecha límite en que se considera que las carac-terísticas sanitarias y de calidad que debe reunir para su consumo un producto preenvasado, al-macenado en las condiciones sugeridas por el responsable del producto, se reducen o elimi-nan de tal manera que después de esta fecha no debe comercializarse ni consumirse.

Fecha de consumo preferenteFecha en que, bajo determinadas condiciones de almacenamiento, expira el periodo durante el cual el producto preenvasado es comerciali-zable y mantiene las cualidades específicas que se le atribuyen tácita o explícitamente, pero des-pués de la cual el producto preenvasado puede ser consumido.

Al declarar la fecha de caducidad o de consumo preferente se debe:Indicar en la etiqueta cualquiera de las condi-ciones especiales que se requieran para la con-servación del alimento o bebida no alcohólica preenvasado, si de su cumplimiento depende la validez de la fecha.Ejemplo:

La fecha de caducidad o de consumo preferente que incorpore el fabricante en el producto pre-envasado no puede ser alterada en ningún caso y bajo ninguna circunstancia.

• Manténgase en refrigeración• Consérvese en congelación• Una vez descongelado no deberá volverse a

congelar• Una vez abierto, consérvese en refrigeración

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El fabricante debe declarar la fecha de caduci-dad o la fecha de consumo preferente en el en-vase o etiqueta, consistiendo por lo menos de:

• El día y el mes para los productos de duración máxima de tres meses.

• El mes y el año para productos de duración superior a tres meses.

• La fecha debe estar precedida por una leyen-da que especifique que dicha fecha se refiere a la fecha de caducidad o al consumo prefe-rente.

• Consumir preferentemente antes del___• Cons. Pref. antes del ___• Cons Pref

Para el consumo preferente, anteponer algu-nas de las siguientes leyendas, sus abreviaturas o leyendas análogas:

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Las palabras, sus abreviaturas o leyendas análo-gas referentes a la fecha de caducidad o al con-sumo preferente deben ir acompañadas de:

Para la fecha de caducidad , anteponer algunas de las siguientes leyendas, sus abreviaturas o le-yendas análogas:

• Fecha de caducidad ___, • Caducidad ____, Fech Cad ____, • CAD,Cad, cad,• Fecha de expiración, Expira,• Exp, EXP, exp,• Fecha de vencimiento, Vencimiento.

• La fecha misma; o• Una referencia al lugar donde aparece la fe-

cha.

Fecha de caducidad y consumo preferente pueden colocarse en cualquier parte del envase.

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Lista de ingredientes

En la etiqueta de los productos preenvasados cuya comercialización se haga en forma indivi-dual, debe figurar una lista de ingredientes, la cual puede omitirse cuando se trate de produc-tos de un ingrediente. La lista de ingredientes debe:

• Ir encabezada o precedida por el término “In-gredientes”.

• Enumerarse por orden cuantitativo decre-ciente (m/m).

• Declararse un ingrediente compuesto si: Constituye más del 5 por ciento del alimento o bebida no alcohólica.

• Debe ir acompañado de una lista entre pa-réntesis de sus ingredientes constitutivos por orden cuantitativo decreciente (m/m), inclui-dos los aditivos que desempeñen una función tecnológica en el producto acabado o que se asocien a reacciones alérgicas.

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Se deben declarar todos aquellos ingredien-tes o aditivos que causen hipersensibilidad, intolerancia o alergia, de conformidad con los ordenamientos jurídicos correspondientes.

• Cereales que contienen gluten:• Trigo, centeno, cebada, avena, espelta o sus

cepas híbridas, y productos de éstos.• Crustáceos y sus productos,• Huevo y productos de los huevos.• Pescado y productos pesqueros.• Cacahuate y sus productos• Soya y sus productos (excepto el aceite de

soya). • Leche y productos lácteos (incluida la lacto-

sa),• Nueces de árboles y sus derivados,• Sulfito en concentraciones de 10 mg/kg o

más.• La manteca de cerdo, la grasa de bovino o

sebo, se deben declarar siempre por sus de-nominaciones especificas.

• Indicar el agua añadida por orden de predo-minio, excepto cuando ésta forme parte de un ingrediente compuesto

• Indicar, cuando se trate de alimentos deshi-dratados o condensados, destinados a ser reconstituidos.

• Emplear una denominación específica para los ingredientes, con excepción de los seña-lados en la tabla 1 de la NOM.

• Incluir todo aditivo que haya sido empleado en los ingredientes de un alimento o bebida no alcohólica preenvasado y que se transfie-ra a otro producto preenvasado en cantidad notable o suficiente para desempeñar en él una función tecnológica.

• No es necesario declarar el agua u otros in-gredientes vólatiles que se evaporan durante la fabricación.

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Etiquetado cuantitativo de los ingredientes (QUID)

• El ingrediente se enfatiza en la etiqueta como presente, por medio de palabras o imágenes o gráficos

¿Qué es el QUID?Corresponde al etiquetado cuantitativo de los ingredientes por sus siglas en inglés (Quantitati-ve Ingredient Declaration).

El QUID corresponde a la declaración del por-centaje del ingrediente de todo alimento y be-bida no alcohólica preeenvasado que se venda como mezcla o combinación, con respecto al peso o al volumen que corresponda del ingre-diente, al momento de la elaboración del ali-mento (incluyendo los ingredientes compues-tos o categorías de ingredientes), por lo que no aplica a los nutrimentos contenidos en los ingre-dientes.

Declaración en la etiqueta como porcentaje nú-merico. El porcentaje del ingrediente, por peso o volumen, según corresponda, se declarará en la etiqueta:

• Muy cerca de las palabras o imágenes o grá-ficos que enfaticen el ingrediente particular, o

• Al lado del nombre común o denominación del alimento o bebida no alcohólica preenva-sado, o

• Adyacente al ingrediente que corresponda en la lista de ingredientes.

• Porcentaje mínimo cuando el énfasis sea so-bre la presencia del ingrediente, y

• Porcentaje máximo cuando el énfasis sea so-bre el bajo nivel del ingrediente.

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Para alimentos que han perdido humedad luego de un tratamiento térmico u otro tratamiento, el porcentaje (con respecto al peso o al volumen) corresponderá a la cantidad del ingrediente o ingredientes usados, en relación con el produc-to terminado.

• El ingrediente no figura en el nombre o deno-minación del alimento o bebida no alcohólica preenvasados y es esencial para caracterizar al mismo, ya que los consumidores asumen su presencia en el producto preenvasado y la omisión de la declaración cuantitativa de ingredientes engaña o lleva a error al consu-midor.

• El ingrediente es utilizado en pequeñas canti-dades con el propósito de impartir sabor y/o aroma.

La declaración cuantitativa del ingrediente NO se requiere cuando:

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Información nutrimental o Datos de nutrición

Es toda descripción destinada a informar al consumidor sobre las propiedades nutrimenta-les de un alimento o bebida no alcohólica preenvasado. Es obligatoria y se deben declarar los siguientes nutrimentos:

• Contenido energético.• Cantidad de proteínas.• Cantidad de carbohidratos disponibles, indi-

cando la cantidad correspondiente a azúcares.• Cantidad de grasas o lípidos, especificando la

cantidad que corresponda a grasa saturada.• Cantidad de fibra dietética.• Cantidad de sodio.• Cantidad de cualquier otro nutrimento acerca

del cual se haga una declaración de propieda-des.

• Cantidad de cualquier otro nutrimento que se considere importante, regulado por los orde-namientos jurídicos aplicables.

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La información nutrimental puede presentarse de la siguiente manera o en cualquier otro for-mato que contenga la información requerida:

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NOTA: La NOM-051 permite la declaración de “Carbohidratos totales” en lugar de “Carbohi-dratos (Hidratos de carbono); cuando se opte por declarar este último, el valor expresado deberá corresponder al resultado de restar a los “Carbo-hidratos totales” el valor de la fibra dietética.

Otro ejemplo:

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Se acepta la utilización de los siguientes pará-metros de redondeo para la expresión de la in-formación nutrimental. Su uso es opcional:

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forma de presentar los requisitos

ColocaciónAdherida, sobre-puesta o fijada al envase del producto.

1

3

idioma español

caracteres• Claros• Visibles• Indelebles• Fáciles de leer

2

Cuando la información se ex-prese en otros idiomas debe

aparecer también en español, cuando menos con el mismo

tamaño y de manera igualmente visible.

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Requisitos opcionalesInformación nutrimental complementariaDebe aplicarse cualquiera de los siguientes criterios:

• Todos o ninguno de los siguientes:• Grasa poliinsaturada ___ g; • Grasa monoinsaturada _ g; • Ácidos grasos trans ___ g; • Colesterol _________ mg.• La inclusión de uno de los siguientes no • obliga a incluir a los otros:• Almidones ___ g; • Polialcoholes ___ g; • Polidextrosas ___ g.• Número de porciones por presentación.

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Instrucciones para el uso

La etiqueta debe contener las instrucciones de uso:

• Sobre el modo de empleo, incluida la recons-titución.

• Y si es el caso, para asegurar una correcta uti-lización del alimento o bebida no alcohólica preenvasado.

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información adicionalForma de presentar la información

Puede presentar cualquier información o representación

gráfica, escrita, impresa, siempre que no esté en contradicción con los requisitos obligatorios.

1

3Cuando se empleen expresiones de calidad

estas deben ser: fácilmente comprensibles, evitando ser

equivocas o engañosas.

2

Puede presentar cualquier información o representación

gráfica, que indique que el envase no afecta el ambiente,

evitando que sea falsa o equivoca para el

consumidor.

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productos orgánicosLos alimentos orgánicos son obtenidos de ani-males, vegetales, sus productos y subproductos, elaborados y procesados de manera amigable con el ambiente, de manera ecológica, cum-pliendo con la regulación nacional, evitando el uso de productos sintéticos, como pesticidas, herbicidas y fertilizantes artificiales, brindándo la confianza de que han sido certificados para ser denominados y comercializados como “orgáni-cos” en su etiquetado.Estos productos ostentan el Distintivo Nacional “ORGÁNICO SAGARPA MEXICO”, el cual es regulado por la Secretaria de Agricultura, Ga-nadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), a través del SENASICA, quien tiene a su cargo el Sistema de Control para asegurar la integridad de los productos orgánicos de Mé-xico.

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DISTINTIVO NUTRIMENTALEl uso del logotipo del distintivo nutrimental en alimentos y bebidas no alcohólicas, busca la eficiencia en la administración de su imagen y se ha desarrollado para mantener su unidad a través de múltiples aplicaciones.

Tiene el propósito de manejar adecuadamente los elementos visuales distintivos del logotipo del distintivo nutrimental, como: composición, proporción y aplicaciones de color.

En el uso del distintivo nutrimental se podrán seleccionar las alternativas más adecuadas a sus necesidades gráficas, de modo que el logotipo de dicho distintivo se respete en los términos que se indican.

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• La relación y proporción entre los elementos del logotipo del distintivo nutrimental, se han definido a distancias específicas en la retícu-la y no pueden ser modificadas o alteradas de ninguna forma. En ningún caso deberán alterarse o modificarse las proporciones, la composición y la distribución de los elemen-tos que conforman la identidad gráfica del distintivo nutrimental.

• La Figura 1 representa la retícula donde se muestra la correcta construcción así como las proporciones del logotipo. El valor de “x” co-rresponde al valor del radio del primer circui-to central. Esto tal y como se muestra en la Figura 3.

• Está prohibido el uso de cualquiera de los ele-mentos del logotipo del distintivo nutrimen-tal, de manera aislada o de forma separada.

Elementos del Distintivo Nutrimental

Figura 1

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El valor de “x” corresponde al valor del radio del círculo central.• El área libre no se contabilizará en el valor de

la medida mínima prevista para el logotipo del distintivo nutrimental.

• El tamaño mínimo del logotipo es de 0.75 cm, esto con la intención de que no pierda nitidez en sus aplicaciones impresas.

• El logotipo puede manejarse en diversos ta-maños, procurando que sea legible, depen-diendo de la pieza impresa de que se trate.

Áreas de restricción

Figura 3

Figura 2

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Uso incorrecto del distintivo nutrimentalEl logotipo correspondiente al distintivo nutri-mental deberá colocarse en cualquier parte del envase, de forma tal que no interfiera con lo se-ñalado en las disposiciones jurídicas en materia de etiquetado e información comercial que le resulten aplicables a los alimentos y bebidas no alcohólicas.

Colores y Fondo• En la aplicación del logotipo se utilizarán

colores contrastantes con el fondo del área donde se ubique, de manera que su lectura sea clara.

• La Figura 4 muestra la forma del logotipo del distintivo nutrimental, cuando éste tenga una aplicación de fondo contrastante.

• El uso de efectos especiales como volúme-nes, sombras o sobre imágenes que dificul-ten la lectura o identificación del distintivo nutrimental no está permitido.

Figura 4

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Es un distintivo establecido por el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Economía, para identificar los productos hechos en nuestro país.El logotipo “Hecho en México” sirve para dis-tinguir los productos fabricados o producidos en nuestro país, frente a productos provenientes del extranjero.Con el uso y promoción del logotipo “Hecho en México” se busca fortalecer el mercado interno, favorecer la competitividad de los productos na-cionales y fomentar su consumo.

El logotipo podrá usarse en productos:• Elaborados en México a partir de partes o in-

sumos mexicanos, y/o• Producidos en México y comercializados en

su estado natural.

Se obtiene mediante una autorización de uso del logotipo “Hecho en México” que emite la Secretaría de Economía sobre determinados

productos, ya sea a través del Portal Hecho en México, o bien mediante la Dirección General de Normas, las Delegaciones o Subdelegacio-nes Federales de la Secretaría de Economía.

Las personas físicas con actividad empresarial y las personas morales (empresas).

1. Personas físicas: Llenar formato de solicitud de autorización (vía electrónica de manera es-caneada o a través de las oficinas correspon-dientes), acompañado de una copia simple del Registro Federal de Contribuyentes y, en su caso, del poder notarial que acredite las facultades de su representante legal.

2. Personas morales: Llenar formato de solicitud de autorización (vía electrónica de manera es-caneada o a través de las oficinas correspon-dientes), acompañado de una copia simple del Registro Federal de Contribuyentes, del acta constitutiva y, en su caso, del poder no-tarial que acredite las facultades de su repre-sentante legal.

• No tiene ningún costo

hecho en México

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Designacionesde Calidad

La marca México Calidad Suprema se crea para: • Garantizar que los productos mexicanos son

de calidad y aptos para el consumo humano. • Dar confianza a los clientes en el mercado in-

terno y extranjero. • Proteger al consumidor.• Comercializar nuestros productos con un

margen de certeza sobre su procedencia y calidad sanitaria.

• Accesar exitosamente a mercados cada vez más competitivos y exigentes.

México Calidad Suprema apoya el desarrollo y fortalecimiento de la competitividad de los pro-ductos agroalimentarios a través del uso de su sello que certifica únicamente alimentos mexi-canos, cuidando que desde su cultivo, hasta su empacado, cumplan con los más altos estánda-res internacionales de inocuidad, calidad y sani-dad.

Los sellos de certificación promueven el consu-mo de alimentos sanos, de la más alta calidad y que contribuyen a una buena alimentación. Además constituyen un sistema reconocido mundialmente como sinónimo de calidad, ino-cuidad, higiene y buenas prácticas en el sector agroalimentario mexicano.

MÉXICO CALIDAD SUPREMASe ha implementado la marca México Calidad Suprema, un sistema de certificación donde los alimentos pasan por un proceso de evaluación de sus sistemas productivos para garantizar el cumplimiento de los requisitos de calidad, ino-cuidad y sanidad agroalimentaria.

México Calidad Suprema apoya el desarrollo y fortalecimiento de la competitividad de los pro-ductos agroalimentarios a través del uso de su sello que certifica únicamente alimentos mexi-canos.

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Certificación TipoInspección FederalLa certificación TIF (Tipo de Inspección Federal) es un reconocimiento que la SAGARPA otorga a las que cumplen con todas las normas y exi-gencias del Gobierno Mexicano, en cuanto a su tratamiento y manejo de sanidad se refiere.

Esta certificación trae consigo una serie de be-neficios a la industria cárnica, permitiendo la movilización dentro del país de una manera más fácil, al contar con la garantía de la calidad sani-taria con la que fue elaborado el producto.

Del mismo modo, abre la posibilidad del comer-cio internacional, ya que los establecimientos TIF son los únicos elegibles para exportar.

Los Establecimientos TIF se apegan a normas nacionales e internacionales de sanidad e higie-ne.

El ostentar esta certificación, es el resultado de un trabajo minucioso por parte de los especialis-tas del SENASICA, quienes se encargan de que los productos cuenten con el más alto nivel de confianza, mediante el cumplimiento de la nor-matividad aplicable.

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Esta certificación se creó con el objetivo de in-crementar la competitividad de losproductos del agro mexicano en los mercados nacionales e internacionales.El sistema México-GAP es homologo al Eure-pGAP y es operado por México Calidad Supre-ma. Fue diseñado y desarrollado técnicamente en coordinación con SAGARPA a través de SE-NASICA, y con el apoyo de ASERCA.El objetivo de desarrollar el esquema México GAP es ofrecer una herramienta de aplicación en materia de Buenas Prácticas de Producción, con base nuestra legislación, reconocida en los diversos mercados internacionales para facilitar sucomercialización.

México-GAP (Good Agricultural Practice)

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DECLARACIÓN DE PROPIEDADESNingún alimento y bebida no alcohólica preen-vasada deberá describirse o presentarse en for-ma falsa, equivoca o engañosa, o de ninguna manera que se puede crear al consumidor una impresión errónea en cuanto a su naturaleza.

• Se prohíbe el uso de declaraciones que ha-gan suponer que una alimentación equilibra-da a base de alimentos ordinarios no puede suministrar cantidades suficientes de todos los elementos nutritivos.

• Se prohíbe el uso de declaraciones que no puedan comprobarse.

• Se prohíbe el uso de declaraciones sobre la utilidad de un alimento o bebida no alcohó-lica, para prevenir, aliviar, tratar o curar una enfermedad, trastorno o estado fisiológico.

• Se prohíbe el uso de declaraciones que pue-den suscitar dudas sobre; la inocuidad de alimentos o bebidas alcohólicas análogos, o puedan suscitar o provocar miedo al consu-midor.

• Se prohíbe el uso de declaraciones que afir-men que un determinado alimento constitu-ye una fuente adecuada de todos los nutri-mentos esenciales.

• Se prohíbe el uso de declaraciones que care-cen de sentido, incluidos los comparativos y superlativos incompletos.

• Se prohíbe el uso de declaraciones respecto a prácticas correctas de higiene o comercio, tales como “Genuinidad”, ”Salubridad”, ”Sanidad”, “Sano”, “Saludable”,

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BEBIDAS ALCOHOLICAS

Cada envase debe ostentar una etiqueta legible que contenga la siguiente información en idio-ma español, la cual debe ser veraz y no inducir al error al consumidor con respecto a la naturaleza y características del Tequila:

1. La palabra“Tequila”.2. Categoría y clase a las que pertenece.

CATEGORIA: De acuerdo al porcentaje de los azúcares provenientes del Agave que se utilice en la elaboración del Tequila, éste se puede cla-sificar en una de las siguientes categorías:

• “100% de agave”. Debe ser denominado únicamente a través de alguna de las siguien-tes leyendas: “100% de agave”, “100% puro de agave”, “100% agave”, o “100% puro agave”, al final de las cuales se puede añadir la palabra “azul”.

TEQUILA

• “Tequila”. Es el producto, en el que los mos-tos son susceptibles de ser enriquecidos y mezclados conjuntamente en la formulación con otros azúcares hasta en una proporción no mayor de 49% de azúcares reductores to-tales expresados en unidades de masa.

CLASES: De acuerdo a las características adqui-ridas en procesos posteriores a la destilación, el Tequila se clasifica en una de las siguientes cla-ses:• Blanco o Plata.• Joven u Oro.• Reposado.• Añejo.• Extra añejo.

Para el mercado internacional se puede sustituir la clasificación mencionada en el párrafo ante-rior por la traducción al idioma correspondiente, o bien, por las siguientes:• “Silver” en lugar de Blanco.• “Gold” en lugar de Joven u Oro.• “Aged” en lugar de Reposado.• “Extra aged” en lugar de Añejo.• “Ultra aged” en lugar de Extra añejo.

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Contenido neto expresado en litros o mili-litros, conforme a la NOM-030- SCFI. La le-yenda CONTENIDO o CONTENIDO NETO podrá ir en abreviaturas CONT.,CONT. NET. y CONT. NETO.El contenido alcohólico expresado en por ciento de alcohol en volumen a 20 Co, que debe abreviarse “% Alc. Vol.”;Nombre o razón social del Productor Autori-zado o de la fábrica donde el Tequila es pro-ducido y, en su caso, del envasador aprobado.Domicilio del Productor Autorizado o de la fábrica donde el Tequila es producido.Nombre de la Marca registrada o cualquier otro signo distintivo conforme a la legislación, normatividad o reglamentación aplicables en el lugar de comercialización, conforme al convenio de corresponsabilidad inscrito en el IMPI.La leyenda “Hecho en México”; “Producto de México”; Elaborado en México”, u otras análogasIdentificación del lote al que pertenece debe ir grabada o marcada en cada envase, con una indicación en clave. La identificación del lote que incorpore el Productor Autoriza-do o envasador aprobado no debe ser altera-do u oculto de forma.

Contraseña oficial, conforme a la NOM-106-SCFI; acompañado del número de re-gistro del Productor Autorizado. La contra-seña oficial es un distintivo que le permite al consumidor constatar que los productos o servicios que adquiere o recibe, han cumpli-do con las normas oficiales mexicanas apli-cables a los mismos.La exhibición de la contraseña oficial debe hacerse en el envase, embalaje, etiqueta, en-voltura o en cada unidad del producto, con-forme a la NOM aplicable y exhibirse me-diante un marcado o etiqueta que la haga ostensible, clara, legible e indeleble, de ma-nera tal que permanezca visible cuando me-nos hasta que el producto sea adquirido por el consumidor final.

3.

4.

5.

6.

7.

8.

9.

10.

45

Los requisitos específicos sobre el proceso de elaboración, envasado y comercialización, están previstos en la Norma Oficial Mexicana del Te-quila en vigor NOM-006-SCFI-2012, Bebidas Alcohólicas- Tequila- Especificaciones.Se consideran bebidas alcohólicas aquellas que contengan alcohol etílico en una proporción de 2% y hasta 55% en volumen. Cualquiera otra que contenga una proporción mayor no podrá comercializarse como bebida.La naturaleza del producto, la fórmula, la compo-sición, calidad, denominación distintiva o marca, denominación genérica y específica, etiquetas y contra etiquetas, deberán corresponder a las especificaciones establecidas por la Secretaría de Salud, de conformidad con las disposiciones aplicables, y responderán exacta mente a la na-turaleza del producto que se consume.

Las leyendas precautorias establecidas en la legislación sanitaria, y cualquier otra informa-ción exigida por otras disposiciones legales aplicables a bebidas alcohólicas.

11.

46

MEzcalBebida alcoholica regional obtenida por destila-ción y rectificación de mostos preparados direc-ta y originalmente con los azúcares extraidos de las cabezas maduras de los agaves. El mezcal es un liquido de olor y sabor suigeneris de acuerdo a su tipo. es incoloro o ligeramente amarrillento cuando es reposado o añejado en recipientes de madera.

Tipos de mezcal:De acuerdo al porcentaje de los carbohidratos provenientes del agave que se utilicen en la ela-boración del mezcal, éste se clasifica en los tipos siguientes:

Tipo I.- Mezcal 100% agave. Es aquel producto que se obtiene de la destilación y rectificación de mostos preparados directa y originalmente con los azúcares de las cabezas maduras de los agaves, previamente hidrolizadas o cocidas y sometidas a fermentación alcohólica con leva-duras, cultivadas o no. Este tipo de mezcal pue-de ser joven, reposado o añejo y susceptible de ser abocado.

Tipo II.- Mezcal Es aquel producto que se ob-tiene de la destilación y rectificación de mostos en cuya formulación se han adicionado hasta un 20% de otros carbohidratos permitidos por las disposiciones legales correspondientes. Este tipo de mezcal es joven, reposado o añejo y susceptible de ser abocado.

COMERCIALIZACIÓNNo se puede comercializar mezcal alguno que no cuente con un certificado vigente expedido por el organismo de certificación acreditado, de tal suerte, que cualquier autoridad competente puede requerir en todo momento la exhibición de dicho certificado o copia de él en el comer-cio. La vigencia del certificado no puede ser ma-yor de 6 meses.El producto embotellado que se exporte o se comercialice en mercado nacional debe osten-tar visiblemente sin raspadura alguna el sello del organismo de certificación de producto acredi-tado o, en su caso, de la unidad de verificación acreditada.

47

ETIQUETADO DEL ENVASECada envase debe ostentar una etiqueta o im-presión permanente, en forma destacada, legi-ble e indeleble con la siguiente información en idioma español.

Otra información sanitaria o comercial exigi-da por otras disposiciones legales aplicables a las bebidas alcohólicas.

1.2.

3.4.

5.

6.

7.

8.

9.10.

La palabra “Mezcal”.Tipo y categoría al que pertenece conforme a la NOM- 030-SCFI-1993.Marca comercial registrada en México.Contenido neto de acuerdo a lo establecido en la NOM- 030-SCFI-1993.Porcentaje de alcohol en volumen a 20°C, debiendo aparecer en el ángulo superior iz-quierdo, que podrá abreviarse “% Alc. Vol”.Sólo para el caso del tipo I, el por ciento de contenido de agave.Nombre o razón social, domicilio y Regis-tro Federal de Contribuyentes del estable-cimiento fabricante del mezcal; o bien del titular del registro que ostente la marca co-mercial.En su caso, nombre o razón social, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes del en-vasador.La leyenda “HECHO EN MÉXICO”.En su caso, las leyendas “ENVASADO DE ORIGEN” o, en su defecto, “ENVASADO EN MÉXICO”.

MARCADO Y ETIQUETADO DEL EMBALAJEDeben anotarse los datos necesarios para iden-tificar el producto y todos aquellos que se juz-guen convenientes tales como, las precauciones que deben tenerse en el manejo y uso del em-balaje.

11.

48

ETIQUETA DE PRODUCTOS TEXTILESLas etiquetas de los productos textiles deben mostrar una información obligatoria para todos ellos.La Norma 050 - SCFI_2004 establece la infor-mación comercial, que los fabricantes y confec-cionistas nacionales, así como los importadores, deben incorporar en los textiles, ropa de casa y en las prendas de vestir y sus accesorios, elabo-rada con materiales textiles aun cuando conten-gan plásticos u otros materiales, que se comer-cialicen dentro del territorio nacional.

La información acerca de los productos debe presentarse en idioma español, ser veraz, des-cribirse y presentarse de forma tal que no induz-ca a error con respecto a la naturaleza y caracte-rísticas del producto.

49

Especificaciones de información

Los textiles y demás productos no incluidos en prendas de vestir deben tener la siguiente infor-mación en forma legible:

• Marca comercial• Descripción de insumos.• País de origen.• Para personas físicas: Nombre y domicilio fis-

cal del fabricante e importador, pudiéndose incorporar de manera voluntaria el RFC.

• Para personas morales: Razón social y domici-lio fiscal del fabricante e importador, pudién-dose incorporar de manera voluntaria el RFC.

textiles

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Prendas de vestir y sus accesorios elaborados con productos textiles aun cuando contengan plásticos deben tener la siguiente información en forma legible, en una o más etiquetas perma-nentes colocadas en la parte inferior del cuello o cintura, o en cualquier otro lugar visible, de acuerdo a las características de la prenda o ac-cesorio.

• Marca comercial.• Descripción de insumos• Talla para prendas de vestir, o medidas para

ropa de casa y textiles.• Instrucciones de cuidado (en este caso se per-

miten leyendas breves y claras o los símbolos).• País de origen.• Para personas físicas: Nombre y domicilio fiscal

del fabricante o importador.• Para personas morales: Razón social y domici-

lio fiscal del fabricante o importador.

Prendas de vestir y accesorios

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La información acerca de los productos debe presentarse en idioma español.

Marca comercial Debe señalarse la marca comercial del produc-to. Cuando el producto ostente el nombre, de-nominación o razón social del fabricante o importador y dicha persona utilice una marca comercial que es igual a su nombre, denomina-ción o razón social, no es obligatorio señalar la marca comercial aludida.

Descripción de insumos Porcentaje en masa de los productos utilizados para la elaboración de la prenda en orden de predominio.

La denominación de las fibras, donde proceda, debe señalarse conforme a los establecido en los capítulos 3 y 4 de la Norma Mexicana NMX-A-099-INNTEX-2007.

Es obligatorio el uso de nombres genéricos (no solo de los símbolos) de las fibras por lo que

no es aceptable el uso de abreviaturas o nom-bres diferentes a los ahí indicados.

• Toda fibra que se encuentre presente en un porcentaje igual o mayor al 5% del total, debe expresar por su nombre genérico. Pue-de usarse el nombre comercial o la marca re-gistrada de alguna fibra si tiene la autoriza-ción del titular.

• Las fibras presentes en un porcentaje menor al 5% del total, puede designarse como otras. Ejemplo: 60% Algodón, 30% poliéster, 4% poliamida, 4% elastano y 2% acrílico. 60% Algodón, 30% poliéster, 10% otras.

• En los textiles integrados por dos o más fi-bras, debe mencionarse cada una de aquellas fibras que se presenten cuando menos 5% hasta completar 100%.

• Cuando los textiles, prendas de vestir o ac-cesorios, hayan sido elaborados o confec-cionados con desperdicios, sobrantes, lotes diferentes, subproductos textiles, que sean desconocidos o cuyo origen no se puede de-mostrar, debe indicarse el porcentaje de fi-bras que se encuadren en este supuesto, o en su defecto con la leyenda…(porcentaje) de fibras regeneradas.

INFORMACIón comercial

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• Cuando se usen fibras regeneradas o mezclas de estas o con otras fibras vírgenes o regene-radas, deben señalarse los porcentajes y los nombres genéricos de cada una de las fibras que integren los productos, anotando las pa-labras “regenerado o regenerada” después del nombre de la fibra.

• Solo pueden utilizarse “virgen o nuevo” cuando la totalidad de las fibras integrantes de textil sean nuevas o vírgenes.

• No se puede utilizar el nombre del animal al-guno al referirse a las fibras que integren al textil, al menos que la fibra o textil estén ela-borados con el pelo desprendido de la piel del animal de que se trate.

• Se permite una tolerancia de 3% para los insumos de textiles, ropa de casa y prendas de vestir y sus accesorios cuando hay presen-cia de dos o más fibras o insumos presentes. Dicha tolerancia debe considerarse sobre la masa de cada una de las fibras o insumos y no sobre la masa total del producto.

Ejemplo: Cuando se declara 40% algodón, la cantidad de fibra puede variar de 37% de al-godón como mínimo hasta 43% de algodón como máximo.

• Se permite una tolerancia de 3% considera sobra la masa total del producto y no sobre la masa de cada una de las fibras o insumos, en los siguientes casos: Cintas elásticas, medias y pantimedias en cuya manufactura intervie-nen insumos elaborados con fibras elastomé-ricas de origen natural o sintético y entorcha-dos, hilos, hilados, e hilazas de fantasía.

• Deben indicarse en la etiqueta aquellos in-sumos de prendas de vestir que hayan sido incorporados a las mismas exclusivamente para efectos ornamentales, de protección o armado, cuando su masa exceda de 5% sobre la masa total del producto o su superficie ex-ceda de 15% de la superficie total del mismo.

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País de origen.• Cuando el producto terminado, así como to-

dos sus insumos se hayan elaborado o pro-ducido en el mismo país, se debe utilizar pre-ferentemente la expresión “Hecho en... (País de origen)”, “Elaborado en... (País de origen) u otra análoga y será expresado en idioma es-pañol o conforme a las claves de países que las reglas de carácter general en materia de comercio exterior vigentes.

AcabadosCuando se utilice información sobre acabado del producto, esta debe acompañarse del nom-bre del proceso, por ejemplo: “impermeabiliza-do, preencogido, mercerizado, etc., mencionan-do de manera enunciativa mas no limitada.

La leyenda “Hecha a mano” puede utilizarse únicamente cuando el producto haya sido con-feccionado, elaborado o producto totalmente a mano.La indicación “a mano” debe de ir acompañada de la descripción de aquella parte del proceso que se haya realizado a mano, por ejemplo, “co-sida a mano”.

Las tallas de las prendas o medidas en la ropa de casa y textiles.• Las tallas de las prendas de vestir deben ex-

presarse en idioma español.• Las medidas de la ropa de casa deben expre-

sarse de acuerdo a los símbolos que corres-pondan al Sistema General de Unidades de Medida.

• Las medidas de textiles deben expresarse de acuerdo a los símbolos que correspondan al Sistema General de Unidades de Medida.

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Instrucciones de cuidado.Lavado• A mano, en lavadora, en seco o proceso es-

pecial o recomendación en contrario de algu-no de estos tipos de lavado.

• Temperatura del agua.• Con jabón o detergente o el recomendado

por el fabricante o importador.Planchado• Con plancha tibia, caliente o vapor, o reco-

mendación de no planchar.• Condiciones especiales, si las hubiere.

Secado• Exprimir o no exprimir.• Al sol o a la sombra.• Colgado o tendido horizontal.• Uso o recomendación en contrario de equipo

especial, secadora doméstica o industrial.• Recomendaciones específicas de temperatu-

ra o ciclo de secado.

Las instrucciones de cuidado y conservación del producto deben indicarse por medio de leyen-das breves y claras o los símbolos, conforme a lo dispuesto en la Norma Mexicana NMX-A-240-INNTEX-2009, sin que sea indispensable que éstos se acompañen de leyendas.

Pueden utilizarse símbolos distintos a los previs-tos en dicha norma, sólo cuando además apa-rezca en idioma español, la leyenda relativa al tratamiento adecuado e instrucciones de cuida-do y conservación.

Blanqueo• Utilización o no de compuestos clorados u

otros blanqueadores.

55

JOYERIA / ORFEBRERÍASólo podrán anunciarse como artículos de jo-yería u orfebrería de metales preciosos, los que contengan como mínimo la ley siguiente:

ORO 10 QUILATESPLATA 925 MILESIMASPLATINO 900 MILESIMASPALADIO 350 MILESIMAS

Para las artesanías alfarería vidriada, cerámica vi-driada, porcelana y artículos de vidrio• Identificación del producto (descripción).• Origen: en productos nacionales incluir el

número de lote; en productos importados, el país de origen, la fecha de ingreso, el número de lote, y el permiso de importación.

• Materia prima o producto terminado (na-cional o de importación). Como materia pri-ma: Informe de resultados del contenido de Pb y Cd en pinturas y esmaltes por un labora-torio. Como producto terminado: informe de resultados del contenido de Pb y Cd por un laboratorio.

Símbolos y abreviaturas se entiende por:

Cd Cadmiol, L Litromg/l, mg/L miligramos por litroml, mL mililitromm milímetroPb plomo> mayor que> mayor o igual< menor que< menor o igual% por ciento

El plomo y cadmio liberados por cualquier ar-tículo de alfarería, cerámica vidriada, porcelana o vidrio, de producción nacional o importación, destinado a contener o procesar alimentos y/o bebidas debe cumplir con los límites máximos permisibles.

56

etiqueta paraArtesaníasSe clasifica las artesanías de la siguiente manera: “Cerámica, fibra vegetal, madera, metalistería y vidrio”, que a su vez tienen distintos métodos de elaboración:

Alfarería y Cerámica PlumaríaMadera CereríaMetalistería OrfebreríaJoyería Fibras vegetalesCartonería y papel Talaberia y peleteríaMaque y laca Lapidaria y cantería Arte Huichol Hueso y cueroConcha y caracol Vidrio

El etiquetado de los productos debe contener la siguiente información:

1. Nombre del producto2. Nombre de la organización, empresa o grupo

que lo fabrica.3. Componentes y porcentaje de cada uno.4. La leyenda “Hecho en México”5. Cuidados que debe tener6. Número de lote7. Unidad de medida (piezas de ser requerido).8. El distintivo de “Manos indígenas”

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Las leyendas, representaciones gráficas o dise-ños incluidos en el etiquetado deben aparecer claramente visibles y fácilmente legibles, evitan-do el uso de dibujos o alegorías que confundan o induzcan al mal uso del producto.

• El lenguaje empleado debe ser claro y sen-cillo, no deben usarse ideas y/o frases, que tiendan a la posible ampliación o exagera-ción de las cualidades o capacidades reales o que induzcan al mal uso del producto tales como: “etc., otros, amplia gama, los más di-versos, casi todos, la mayoría, no tóxico o análogas”. Las palabras deben ser de uso común, evite tecnicismos que confundan al usuario. Deben evitarse frases de publicidad.

ABONO• Pueden incluirse logotipos y/o mensajes para

apoyar las recomendaciones de uso hechas en la etiqueta y orientar al usuario sobre el uso del producto.

• La tinta y en su caso el papel, el pegamen-to y materiales empleados deben resistir la acción de los agentes ambientales y las ma-nipulaciones usuales de almacenamiento y transporte.

• Las unidades deben expresarse de acuerdo con el Sistema General de Unidades de Me-dida.

• Los textos y leyendas del etiquetado de los envases destinados al mercado nacional de-ben redactarse en idioma español.

• La información que debe contener la etique-ta es organizada en tres secciones: informa-ción sobre el producto, seguridad durante el manejo y recomendaciones de uso.

Características generales del etiquetado.

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Cuando la forma y las dimensiones del envase lo permitan, la información puede ser organiza-da en tres columnas, una central y dos laterales.

Para envases de productos cuyo tamaño reduci-do impida adherir una etiqueta con toda la infor-mación requerida en los numerales, se permite que en la cara principal del envase del producto se incluya la siguiente información mínima:

• En la parte superior la leyenda “LEA EL INS-TRUCTIVO ANEXO” o “ETIQUETA DE DO-BLE VUELTA”.

• Logotipo de la empresa.• Nombre comercial del producto.• Nombre del titular del registro.• Presentación y función del producto.• Composición garantizada.• Número de lote y fecha de caducidad.• En su caso símbolo, palabra de advertencia y

frase de peligro.

FORMATO DE ETIQUETALa etiqueta debe contener la siguiente informa-ción, dispuesta de arriba hacia abajo:

Sección: Información del producto.Con un tamaño que no exceda del 50% del área central debe imprimirse el nombre comercial del producto y el logotipo del producto.Abajo del nombre comercial debe indicarse la función del nutriente vegetal (fertilizante orgáni-co, fertilizante inorgánico, fertilizante órgano-mi-neral, mejorador de suelo orgánico, mejorador de suelo inorgánico, inoculante, reguladores de crecimiento tipo 1 y 2 o humectante) y señalar el tipo de formulación del mismo (por ejemplo, granulado, polvo, gel y suspensión, entre otros).

Bajo el texto: Composición Garantizada.Incluir la siguiente información:En caso de fertilizantes inorgánicos, el porcen-taje garantizado nominal de cada elemento nutriente (nutrientes primarios, secundarios o micronutrientes) en cualquiera de sus formas reconocidas y determinables.

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En caso de fertilizantes orgánicos y órgano-mi-nerales, el porcentaje garantizado nominal de cada elemento nutriente en cualquiera de sus formas reconocidas y determinables.En el caso de mejoradores de suelo: inorgánico, orgánico y humectantes, el porcentaje garanti-zado nominal de cada componente activo en cualquiera de sus formas reconocidas y deter-minables.En el caso de inoculantes, debe indicar el mi-croorganismo o los microorganismos presentes, especificando el género, especie y contenido.En el caso de Reguladores de crecimiento tipo 1, el porcentaje garantizado nominal de cada componente activo, incluyendo el nombre co-mún y nombre químico de acuerdo con la no-menclatura de la IUPAC, cuando esté estable-cido.Para reguladores de crecimiento tipo 2, conteni-do mínimo del ingrediente activo, expresado en porcentaje masa a masa y/o equivalente en g/l o g/kg, nombre común y nombre químico con-forme a la nomenclatura de la IUPAC, en caso de no existir podrá incluir la nomenclatura CAS.

• Número de registro sanitario emitido por la autoridad competente.

• Lote, fecha de fabricación, contenido neto del producto y fecha de caducidad.

• Nombre, dirección, teléfono y logotipo del titular del registro.

Si el producto es de origen nacional debe im-primirse la leyenda “HECHO EN MEXICO”. En el caso de productos de otro origen: “HECHO EN (País de origen)” de conformidad con la re-gulación vigente y aplicable.En el caso de productos de importación a gra-nel que sean envasados en México, debe im-primirse además la leyenda “ENVASADO EN MEXICO”.

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• NO SE TRANSPORTE NI ALMACENE JUNTO A PRODUCTOS ALIMENTICIOS O ROPA”

• “MANTENGASE FUERA DEL ALCANCE DE LOS NIÑOS”

• “LAVESE LAS MANOS DESPUES DE UTILI-ZAR EL PRODUCTO Y

• ANTES DE CONSUMIR ALIMENTOS”• “NO SE INGIERA Y EVITE EL CONTACTO

DEL PRODUCTO CON LOS OJOS Y LA PIEL”

Incluir la leyenda “EN CASO DE PRESENTAR MOLESTIAS POR EL CONTACTO CON EL PRODUCTO, LLEVE A LA PERSONA CON EL MEDICO”.

Bajo el título “Primeros Auxilios”.Señalar las medidas inmediatas que deben to-marse en caso de ingestión accidental, contacto cutáneo y/o contacto ocular con el producto.

Seguridad durante el manejo.Debe imprimirse la leyenda “ALTO, LEA LA ETI-QUETA ANTES DE USAR EL PRODUCTO” con letras del tamaño siguiente y remarcado en ne-grita.• Para envases con capacidad hasta 250 ml o

250 g, tamaño de letra no menor de 2 mm.• Para envases con capacidad de 251 ml o 251

g hasta 500 ml o 500 g, tamaño de letra no menor de 3 mm.

• Para envases con capacidad de 501 ml o 501 g en adelante, tamaño de letra no menor de 5 mm.

Bajo el título “PRECAUCIONES Y ADVER-TENCIAS DE USO”.Debe señalarse, en su caso, el equipo de pro-tección adecuado para manipular el producto durante la preparación de mezclas, su aplicación y/o si se requieren equipos de seguridad espe-ciales.Así como incluir las siguientes leyendas en for-ma de lista:• “NO COMA, BEBA O FUME CUANDO ESTE

UTILIZANDO ESTE PRODUCTO”

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Bajo el título “MEDIDAS PARA PROTEC-CION AL AMBIENTE”.Incluir las leyendas siguientes en forma de lista:• “RESPETE LAS RECOMENDACIONES DE

USO DEL PRODUCTO”• “MANEJE EL ENVASE VACIO Y LOS RESI-

DUOS DEL PRODUCTO CONFORME A LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN SU

• LOCALIDAD”.• Se puede omitir la referencia a “EL ENVASE

VACIO” cuando el producto no se venda en-vasado.

• “RESPETE LAS BUENAS PRACTICAS AGRI-COLAS”.

Sección: Recomendaciones de uso.

Bajo la leyenda “INSTRUCCIONES DE USO”. Incluir lo señalado en los siguientes numerales:• Información general del producto. Debe con-

tener la forma de actuar del producto y los beneficios que se obtienen con su aplicación.

• Señalar la aplicación en cultivos, dosis y épo-ca de aplicación, a excepción de los fertilizan-tes y mejoradores de suelo inorgánicos.

• Métodos para preparar y aplicar el producto, señalando las formas de abrir el envase; me-dir, diluir, mezclar o agitar el contenido, se-gún sea el caso.

Información complementaria opcional.La etiqueta podrá contener la información con-tenida en el presente apartado, en tanto no se contraponga o interfiera con las especificacio-nes e información establecidas en esta norma. La información contenida en el presente aparta-do podrá ser colocada en la etiqueta y sólo ten-drá un valor informativo y será responsabilidad únicamente del titular del registro. Dicha infor-mación no será sujeta de vigilancia sanitaria.

El producto puede ir acompañado de un inserto o folleto en algún dialecto o lengua nativa de México, éste contendrá la información estable-cida en el numeral• Información del producto..• Seguridad durante el manejo• Recomendaciones de uso.• Puede señalarse la garantía del producto que

se otorga de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal de Protección al Consumidor.

62

MANos InDIGENAS

“Sello distintivo de calidad que acompaña el esfuerzo, dedicación e

identidad que cada uno de los productores y artesanos Indígenas de México imprime a

sus productos.”

Como se mencionó anteriormente al uso del se-llo distintivo de MANOS INDIGENAS le impri-mirle valor agregado en la comercialización de sus productos y artesanías, en el mercado na-cional e internacional. Por ello es de vital impor-tancia incluir en el sello distintivo junto con el slogan en todos los productos respaldados por la marca.

En el caso de los productos alimenticios, bebi-das alcoholicas y abono; el sello distintivo con el slogan debe de ir incluido dentro de la etiqueta comercial de manera obligatoria. Para los productos textiles, prendas de vestir y accesorios es utilizaran etiquetas textiles con el logo de la marca y finalmente para las artesa-nias, muebles, cerámica, canastos, etc., se reco-mienda el uso etiquetas adheribles o colgantes, se elegirá la que se adapte más a las necesida-des del producto y sin que su aplicación dañe el producto.

MANOS INDÍGENAS CALIDAD MEXICANA

Sello distintivo

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tipos de etiquetasEtiquetas adheribles

USO RECOMENDABLES• Productos empacados en bolsas de plástico

o celofán• Productos embalados en aluminio (Tablillas

de chocolate)• Botellas pequeñas (125 a 600 ml)• Frascos de vidrio ( Mermeladas, Conservas,

Pimienta, etc.)• Piezas peuqeñas de cerámica (saleros, figuras

de animales).

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Etiquetas COLGANTES• Artesanias talladas en madera• Figurines• Muebles• Estatuillas• Alebrijes• Canastos• Cerámica• Botellas grandes ( 700 ml. o más)

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Etiquetas textilesLas etiquetas textiles deben de ir cosidas en alguna de las costuras en la parte inte-rior de la prenda.

• Blusas• Guayaberas• Rebozos• Muñecas• Tenangos• Huipiles

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DEFINICIONESEnvaseSe denomina envase al contenedor que está en contac-to directo con el producto mismo.Su función es guardar, proteger, conservar e identificar el producto; también facilita su manejo y comercializa-ción.

Envase FamiliarAquél cuyo contenido sea igual o superior a la porción mínima de referencia parapresentaciones familiares señalada en el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos de Etiquetado.

Envase IndividualAquél cuyo contenido de producto sea menor al tama-ño de la porción mínima de referencia para presenta-ciones familiares señalada en el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos de Etiquetado.

EmbalajeEs la cobertura que da mayor protección y poder de manipulación a las mercancías envasadas. Su función es perfeccionar las condiciones para el almacenamiento, transporte y llegada a destino de los productos en óp-timo estado. Habitualmente se dice que el embalaje es “el envase del envase”. En este caso, la caja que con-tiene a todos los frascos de perfume para ser transpor-tados a los comercios es el embalaje.

MarcaEs todo signo o medio que distinga o sirva para discri-minar en el mercado productos de una empresa de pro-ductos idénticos o similares de otra empresa. La marca es lo que se utiliza para identificar un producto.La mar-ca suele estar formada por dos elementos, un nombre y un logotipo o anagrama.El nombre debe resultar una palabra de sonido agrada-ble, fácil de pronunciar y recordar.El logotipo lo formarán símbolos y grafismos de colores y diseño distintivos.

LogotipoSímbolo formado por imágenes o letras que sirve para identificar una empresa, marca, institución o sociedad y las cosas que tienen relación con ellas.

Slogan Es la expresión repetitiva de una idea o de un propó-sito publicitario resumido y representado en un dicho. También es el complemento de un producto, persona, institución, entre otras. Es esa frase que acompaña a una marca y que intenta trasladarle al posible cliente el valor que tiene tu producto, el beneficio que le ofrece y formar confianza.

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NutrimentoCualquier sustancia incluyendo a las proteínas, aminoá-cidos, grasas o lípidos, carbohidratos o hidratos decar-bono, agua, vitaminas y nutrimentos inorgánicos (mine-rales) consumida normalmente como componente de un alimento o bebida no alcohólica que:a) Proporciona energía; ob) Es necesaria para el crecimiento, el desarrollo y el mantenimiento de la vida; oc) Cuya carencia haga que se produzcan cambios quími-cos o fisiológicos característicos.

Producto a granelProducto que debe pesarse, medirse o contarse en pre-sencia del consumidor por no encontrarse preenvasado al momento de su venta.

Producto preenvasadoLos alimentos y bebidas no alcohólicas, que son coloca-dos en un envase de cualquier naturaleza, en ausencia del consumidor, y la cantidad de producto contenido en él no puede ser alterada, a menos que el envase sea abierto o modificado perceptiblemente.

Bebida no alcohólicaCualquier líquido natural o transformado, que propor-ciona al organismo elementos para su nutrición y que contiene menos de 2,0 por ciento en volumen de alco-hol etílico.

PorciónCantidad de producto que se sugiere consumir o gene-ralmente se consume en una ingestión, expresada en unidades del Sistema General de Unidades de Medida.AditivoCualquier substancia permitida que, sin tener propieda-des nutritivas, se incluya en la formulación de losproductos y que actúe como estabilizante, conserva-dor o modificador de sus características organolépticas, para favorecer ya sea su estabilidad, conservación, apa-riencia o aceptabilidad.

Lugar visibleCualquier punto en el anverso o reverso de la prenda de vestir o accesorio, salvo el interior de las mangas o piernas de los pantalones, siempre que la etiqueta re-sulte visible.

ConsumidorEs una persona u organización que desea adquirir bie-nes o servicios a cambio de dinero proporcionados por el productor o el proveedor de bienes o servicios

Impacto visualEl impacto visual es un tipo de alteración que hace que parte de todo aquello afecte o cambie la visualización o el aspecto de un lugar o cosa.

68

InsumoEs la materia prima susceptible de ser utilizada en la fa-bricación o confección de textiles, ropa de casa y pren-das de vestir y sus accesorios, excluyendo aquellas que se incorporen al producto y que no sean elaboradas a base de textiles para efectos funcionales, tales como botones, cierres, broches, etcétera.

Prenda de vestirEs aquel artículo confeccionado con textiles, que tiene como finalidad cubrir parte del cuerpo, excepto calzan-do.

Ropa de casaSon los artículos elaborados con fibras naturales, sintéti-cas y/o artificiales, que tienen un uso distinto a las pren-das de vestir y que estén diseñadas para cualquiera de las siguientes funciones: protección, adorno o limpieza del hogar y establecimientos comerciales o de servicio.

TextilEs aquel producto elaborado en base a la utilización de fibras de origen natural, artificial o sintético incluyéndo-se entre ellos, en forma enunciativa mas no limitativa, hilados, hilos de coser, estambres, telas y similares.

AccesorioArtículo que se utiliza como ornamento en las prendas de vestir o complemento de las mismas.

Símbolo de la unidad de medidaSigno convencional con que se designa la unidad de medida, de conformidad con la NOM-008-SCFI-2002, mencionada en el apartado de referencias.

Superficie de informaciónCualquier área del envase o embalaje distinta de la su-perficie principal de exhibición.

Superficie principal de exhibiciónEs aquella área donde se encuentra la denominación y la marca comercial del producto, y sus dimensiones se calculan conforme a la NOM-030-SCFI-2006, menciona-da en el apartado de referencias.

Unidad de medidaValor de una magnitud para la cual se admite por con-vención que su valor numérico es igual a 1.

Símbolos y Abreviaturas Símbolo Significado IDR Ingestión Diaria Recomendada IDS Ingestión Diaria Sugerida kJ Kilojoule kcal Kilocaloría L, l Litro m/m masa/masa mg Miligramos ml, mL Mililitros g Gramos μg Microgramo % Porciento VNR Valor Nutrimental de Referencia Cal Caloría (Equivalente a una kilocaloría)

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MARCO REGULATORIONormas Oficiales Mexicanas NOMEstablecen, las reglas, especificaciones, atribu-tos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de pro-ducción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumpli-miento o aplicación en materia de control y fo-mento sanitario.

NORMAS DE REFERENCIAEste manual se complementa con las siguientes normas vigentes o las que las sustituyan:•NOM-002-SCFI-2011, Productos preenvasa-dos - Contenido neto- Tolerancias y métodos de verificación. (DOF: 10 agosto de 2012)• NOM-008-SCFI-2002, Sistema General de Unidades de Medida. (DOF: 27 noviembre de 2002)

• NOM-030-SCFI-2006, Información comer-cial-Declaración de cantidad en la etique-ta-especificaciones. (DOF: 6 noviembre de 2006)

• NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificacio-nes generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Infor-mación comercial y sanitaria.

• NOM-086-SSA1-1994, Bienes y servicios - Alimentos y bebidas no alcohólicas con mo-dificaciones en su composición. Especifica-ciones nutrimentales. (DOF: 26 junio de 1996)

• NMX-A-099-INNTEX-2007 Industria Tex-til-Fibras-Terminología y Clasificación de fi-bras y filamentos textiles

• NMX-A-240-INNTEX-2009 Industria del Ves-tido-Símbolos en las instrucciones de cuida-do de los artículos textiles-Especificaciones.

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• Posibilidades realistas Es importante tener en cuenta que hay que di-señar a partir de las opciones reales disponi-bles. El diseño debe pensarse en base a una tecnología, un presupuesto y una aplicación re-alistas, de lo contrario, el trabajo de diseño será en vano y se habrán creado falsas expectativas. Para diseñar es necesario ser creativos y tam-bién racionales. • El mensaje En el momento de diseñar una etiqueta hay una serie de elementos y datos a distribuir en el pla-no, de acuerdo con el mensaje que se quiere expresar. Es necesario corroborar que los re-ceptores comprenderán el mensaje deseado. Para ello, una forma de comprobarlo es mostrar el boceto de la etiqueta a alguien que no parti-cipa del proceso creativo y que no ha visto an-tes el diseño. Es importante, además, tener en cuenta las sugerencias del colaborador, ya que tendrá una mirada más objetiva.

críterios de diseñoEstos son algunos de los criterios que hay que considerar en el proceso de diseño de una eti-queta:

• Empatía comunicacional Un diseño efectivo es aquel que logra la em-patía comunicacional, es decir, aquel que capta las necesidades del público al que se dirige. El diseñador, mediador entre productor y público, debe ser absolutamente conciente de qué tipo de personas van a recibir el diseño y cómo es el diálogo entre consumidores y producto. Para esto hay que conocer los códigos que maneja el sector social de los receptores a los que se apunta. La correcta resolución de un diseño se logra gracias a un exhaustivo análisis del pro-ducto y del mercado.

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• El color Los colores en una etiqueta tienen una gran importancia, ya que permiten apuntar a un de-terminado público, colaboran con la decora-ción del producto, llaman la atención si están bien combinados y producen efectos visuales que pueden generar la sensación de cambios morfológicos en el envase. También se debe analizar el número de colores en relación con el presupuesto disponible, dado que cuantas más sean las tintas a emplear, mayor será el costo. • El envase El diseño de una etiqueta está relacionado con el envase de un producto. Por este motivo, para diseñar una etiqueta efectiva es fundamental tener en cuenta la forma, material y color del envase. Según estas características se deberá decidir cuántas etiquetas son necesarias -una sola, envolvente, o dos, una para el frente y otra para el dorso-, cuál es el mejor formato para que se luzca la marca, qué colores son acordes al envase, qué papel se utilizará para imprimir.

• La tipografía Es necesario hacer un análisis exhaustivo de la información a distribuir en el espacio de la eti-queta, ya que éste es reducido y la información es mucha. Se deberán tener en cuenta distintas tipografías para diferentes funciones, como así también distintos cuerpos tipográficos a utilizar. Además, hay que hacer pruebas impresas para verificar la legibilidad de la etiqueta.

• Morfología y presupuesto A la hora de pensar en la morfología de una etiqueta es necesario tener en cuenta el pre-supuesto disponible, ya que los costos varían según el corte, ya que algunos se realiza con guillotina, mientras que los cortes irregulares requieren de una máquina cortadora especial. Este tipo de cortes tienen un precio más alto. Por otra parte, no importa el tipo de corte, en el momento de diseñar no hay que olvidar las marcas de registro y las demasías. Las marcas de registro son aquellas que indican por dónde debe hacerse el corte. Y las demasías son la ex-tensión de la imagen algunos centímetros hacia fuera para evitar que los cortes en grandes can-tidades hagan perder parte de la imagen.