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KINROSS GOLD CORPORATION CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA EMPRESARIAL Aprobada por: Junta Directiva, 10 de febrero de 2021

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KINROSS GOLD CORPORATION

CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA EMPRESARIAL

Aprobada por:

Junta Directiva, 10 de febrero de 2021

Código de ética y conducta empresarial 10 de febrero de 2021 KINROSS GOLD CORPORATION

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KINROSS GOLD CORPORATION

CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA EMPRESARIAL

I. OBJETO DE ESTE CÓDIGO

Este Código de Ética y Conducta Empresarial (el “Código”) tiene el propósito de documentar los principios y altos estándares de conducta y ética de negocios y personales que deben seguir todos los Representantes de Kinross (según se define en el Anexo “A”). Su objeto es:

Promover la conducta honesta y ética; Promover el cumplimiento de las leyes, reglas y normas aplicables; Fomentar un ambiente de trabajo en el que todas las personas sean tratadas con dignidad,

sin discriminación, acoso ni violencia; Promover que se eviten y se manejen de manera ética los conflictos de intereses entre las

relaciones personales y profesionales en el curso de los negocios de Kinross, incluida la divulgación oportuna a una persona adecuada sobre los conflictos de intereses potenciales o reales de cualquier transacción o relación importante;

Promover una divulgación pública, completa, justa, precisa, oportuna y comprensible en los informes y documentos que Kinross presenta o entrega a las entidades reguladoras de títulos valores y en otras comunicaciones públicas por parte de Kinross;

Promover la divulgación interna e inmediata a la persona adecuada, de las violaciones de este Código;

Promover la responsabilidad por el cumplimiento de este Código; Proporcionar una guía a los Representantes de Kinross para ayudarles a reconocer y manejar

los problemas éticos; Proporcionar mecanismos para reportar conductas poco éticas u otras conductas

inadecuadas; y Ayudar a fomentar la cultura de honestidad y responsabilidad que ha caracterizado a Kinross

por mucho tiempo.

Kinross espera que todos los Representantes de Kinross cumplan y actúen, en todo momento, de acuerdo con los principios descritos anteriormente y las disposiciones detalladas a continuación del Código y de las demás políticas , declaraciones de políticas, procedimientos, protocolos, programas, estándares y lineamientos implementados en Kinross periódicamente (cada uno una ”Política de Kinross”). Las infracciones a este Código por parte de un Representante de Kinross fundamentan una medida disciplinaria que puede incluir, entre otras cosas, el despido inmediato, la pérdida del cargo de director o del contrato. Si las leyes de una jurisdicción específica donde opera Kinross entran en conflicto con y son más estrictas que las disposiciones de este Código, las leyes prevalecerán.

Las referencias a “Kinross” o la “Empresa” en este documento se refieren colectivamente a Kinross Gold Corporation y a todas sus Subsidiarias. Todos los demás términos en mayúsculas que se usan, pero no se definen en el cuerpo de este Código, se definen como se establece en el Anexo “A”.

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II. LUGAR DE TRABAJO

a. Discriminación ilegal, acoso y violencia en el lugar de trabajo

La discriminación ilegal, el acoso y la violencia en el lugar de trabajo son ilegales y no serán tolerados por Kinross. Kinross se compromete a proporcionar un ambiente de trabajo en el que las personas estén libres de discriminación ilegal, acoso y violencia de cualquier fuente. Las prohibiciones contra la discriminación ilegal, el acoso y la violencia en el lugar de trabajo incluyen la conducta en las oficinas de la Empresa, las minas y los emplazamientos de proyectos, así como cualquier otro lugar o evento relacionado con la Empresa. También están prohibidos la discriminación ilegal, el acoso y la violencia en el lugar de trabajo a través de métodos indirectos de comunicación, como llamadas telefónicas o correo electrónico.

Discriminación y acoso

Kinross fomenta un ambiente de trabajo en el que todas las personas sean tratadas con dignidad. Kinross es un empleador que ofrece igualdad de oportunidades y no permite que sus representantes discriminen en forma ilegal a Representantes de Kinross, Representantes de Kinross potenciales o aquellas personas con quienes los Representantes de Kinross se relacionen en el curso de sus negocios para Kinross. La discriminación consiste en el trato diferencial con base en las características personales que tiene un efecto negativo en una persona o un grupo de personas. Kinross prohíbe la discriminación ilegal con base en la raza, color, religión, sexo, nacionalidad, edad, orientación sexual o discapacidad o cualquier otra categoría protegida por las leyes federales y provinciales de Canadá, la legislación en derechos humanos aplicable y todas las demás leyes y normas aplicables en la jurisdicción en que se ubiquen los Representantes de Kinross. Kinross hará ajustes razonables para los Representantes de Kinross en cumplimiento con las leyes y normas aplicables. Kinross se compromete a actuar y mantener políticas para asegurar un empleo justo, incluido un trato igualitario en las contrataciones, los ascensos, la capacitación, la remuneración, el despido y las acciones correctivas y tomará las medidas disciplinarias que considere necesarias contra cualquier Representante de Kinross que se descubra que infringió la prohibición de la Empresa contra la discriminación ilegal.

Kinross no tolerará el acoso de los Representantes de Kinross o de cualquier otra persona con quien se relacionen los Representantes de Kinross en el curso de los negocios y tomará medidas disciplinarias contra cualquier Representante de Kinross que descubra que infringió la prohibición de la Empresa contra el acoso. El acoso incluye cualquier conducta o comentario vejatorio que se sepa o debería saberse razonablemente que no es bienvenido o que es ofensivo, o bien que crea un ambiente de trabajo intimidante u hostil. El acoso puede ocurrir una sola vez o puede ser reiterado. La definición de acoso incluye, de manera enunciativa:

• acoso sexual, que significa: (a) Emitir comentarios vejatorios o manifestar una cierta conducta contra un empleado

en el lugar de trabajo debido a su sexo, orientación sexual, identidad de género o expresión de género que se sabe o debiera saberse razonablemente que no son bienvenidos, o

(b) Realizar solicitudes o insinuaciones de naturaleza sexual cuando el emisor de tales solicitudes o insinuaciones se encuentra en una posición que lo faculta para conceder, otorgar o denegar un beneficio o ascenso al receptor y la persona sabe o debiera

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saber razonablemente que la solicitud o insinuación no son bienvenidos

• acoso con base en cualquier otra categoría protegida por las leyes de derechos humanos y leyes locales similares aplicables en la jurisdicción en la que se encuentren los Representantes de Kinross, que incluye, de manera enunciativa, raza, color, religión, sexo, nacionalidad, edad, orientación sexual o discapacidad, y el acoso que amenaza la salud o la seguridad de una persona.

Los ejemplos de conductas que se pueden considerar como discriminación ilegal o acoso incluyen, de manera enunciativa:

(a) comentarios indeseados, abuso o bromas que degradan, ridiculizan, intimidan u ofenden, incluidas, entre otras, las provocaciones, sugerencias, insinuaciones o especulaciones sobre la cultura, la orientación sexual, el origen étnico, la ascendencia, la edad de una persona u otro tema que fundamente la discriminación, o sobre el cuerpo, la vestimenta o la vida sexual de una persona, que afecte de manera adversa el bienestar físico o psicológico de la persona.

(b) mostrar o hacer circular carteles, grafiti, dibujos o caricaturas ofensivas o degradantes. (c) insinuaciones, solicitudes, comentarios o ruidos sexuales desagradables u ofensivos; (d) solicitudes de favores sexuales a cambio de ventajas en el trabajo, promesas de ventajas

en el trabajo, o la amenaza de retirar dichas ventajas; (e) conducta física o gestos indeseados de naturaleza sexual incluidas las miradas sugerentes

o persistentes y el contacto innecesario como tocar, pellizcar o empujar a la persona, y (f) la atención o el contacto persistentes y no deseados después de que termina una relación

consensual.

La definición de acoso en el lugar de trabajo no incluye medidas razonables que toma la Empresa y/o un supervisor en relación con la gestión y la dirección de los trabajadores y/o el lugar de trabajo.

Violencia en el Lugar de Trabajo

La violencia en el lugar de trabajo es ilegal y se define como el ejercicio real, la amenaza o el intento de ejercer cualquier fuerza física que cause o pueda causar una lesión física a una persona, e incluye cualquier amenaza que le dé a la persona razón suficiente para creer que está en riesgo de sufrir una lesión física.

Ejemplos de comportamientos que se pueden considerar como violencia en el lugar de trabajo acoso incluyen, entre otros:

(a) ataques físicos como golpes, empujones, empellones o patadas; (b) amenazas verbales o escritas, incluida cualquier expresión de una intención de causar

daño; (c) intimidar, molestar o manifestar otro tipo de conducta abusiva y agresiva que pueda llevar

a amenazas o agresiones físicas; y

(d) violencia doméstica que implica la probabilidad de exposición de un trabajador a sufrir

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lesiones físicas en el lugar de trabajo.

En caso de emergencia, los empleados deben, según corresponda, notificar de inmediato a su supervisor, gerente y/o a Recursos Humanos, o bien comunicarse con el personal de seguridad y/o la policía.

Responsabilidades

Kinross se compromete a evitar la discriminación ilegal, el acoso y la violencia en el lugar de trabajo antes de que se manifieste la conducta indebida y a atender cualquier queja relacionada con estos temas en forma oportuna. En consecuencia, los Representantes de Kinross que sean supervisores y gerentes tienen la responsabilidad de:

• Seguir este Código y la Política de Kinross que lo respalda.

• Proporcionar un lugar de trabajo seguro, libre de discriminación ilegal, acoso y violencia.

• Proporcionar información, según sea pertinente, para proteger a los empleados de la violencia en el lugar de trabajo.

• Denunciar de inmediato cualquier acusación de discriminación ilegal, acoso y violencia en el lugar de trabajo de acuerdo con los procedimientos que se encuentran en la Sección VIII, “Cómo usar este Código y denunciar infracciones” e investigar cualquier acusación de conformidad con este Código.

• Identificar cualquier factor de riesgo en el lugar de trabajo asociado con la discriminación ilegal, el acoso o la violencia en el lugar de trabajo.

• Implementar medidas adecuadas para evitar y proteger contra la discriminación ilegal, el acoso y la violencia en el lugar de trabajo.

• Proporcionar a los Representantes de Kinross capacitación en los temas de discriminación ilegal, acoso y violencia en el lugar de trabajo.

Todos los Representantes de Kinross tienen la responsabilidad de garantizar que su propia conducta no refleje discriminación ilegal, acoso ni violencia en el lugar de trabajo. Los Representantes de Kinross además tienen la responsabilidad de denunciar cualquier incidente de discriminación ilegal, acoso y violencia en el lugar de trabajo del que se enteren, sin importar si la persona es la víctima de esa conducta de acuerdo con los procedimientos que se encuentran en la Sección VIII “Cómo usar este Código y denunciar infracciones”. Cualquier denuncia de violencia en el lugar de trabajo, acoso o discriminación ilegal se investigará y atenderá de acuerdo con la Sección VIII a continuación. Además de los procedimientos de denuncia formales que se describen en la Sección VIII, animamos a los Representantes de Kinross a que respondan al acoso expresando sus objeciones a la persona responsable de los comentarios o la conducta inadecuada u ofensiva, si se sienten cómodos para hacerlo.

b. Armas

No se tolerarán armas de ningún tipo en las instalaciones de Kinross, a menos que sean necesarias para la seguridad de la propiedad de Kinross o de los Representantes de Kinross, y esto únicamente con la autorización del Director Técnico y sujeto al cumplimiento continuo de las leyes

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aplicables y otras Políticas de Kinross aplicables.

c. Abuso de sustancias

Kinross se compromete a mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable sin consumo de alcohol ni otras sustancias. Los Representantes de Kinross no deben (i) consumir alcohol ni drogas (legales ni ilegales) de una manera que afecte su desempeño laboral u obnubile su juicio durante las horas de trabajo, (ii) consumir, proporcionar o servir bebidas alcohólicas en las instalaciones de Kinross, excepto cuando lo apruebe el Director Ejecutivo, el Director Técnico, el Director de Departamento Jurídico, el Vicepresidente de Recursos Humanos o el Vicepresidente Sénior de Operaciones correspondiente ni (iii) consumir, poseer, vender ni distribuir sustancias ilegales o productos de cannabis en las instalaciones de Kinross ni en ningún vehículo motorizado de Kinross, mientras realicen cualquier función para Kinross o en cualquier otro momento en que se les pueda identificar como Representantes de Kinross.

d. Empleo u otro tipo de interacción con parientes

La Empresa permite el empleo u otro acuerdo contractual con más de un miembro de la familia en una mina o emplazamiento de proyecto de Kinross, pero se deben evitar los conflictos de intereses. No se permite la supervisión directa de un pariente por parte de otro a menos que lo autorice el Director Técnico y el Vicepresidente de Recursos Humanos, o sus delegados. Con la excepción de estudiantes que trabajan en verano y en práctica laboral, se debe evitar la supervisión indirecta de un pariente por parte de otro y, de ocurrir, se requiere la aprobación previa del Director Técnico y del Vicepresidente de Recursos Humanos o sus delegados. Si se permite, cualquier medida relacionada con el personal (que incluye, por ejemplo, ascensos o cambios en las responsabilidades) que afecte al Representante de Kinross también debe someterse a evaluación y contar con el respaldo de los ejecutivos antes mencionados.

Todas las aprobaciones antes descritas se deben presentar por escrito y se deben conservar por al menos tres años desde su fecha de emisión.

e. Privacidad e información personal

Kinross toma medidas para proteger la privacidad de los Representantes de Kinross y otras personas con quienes Kinross tiene una relación de negocios.

Tipos de información personal

Kinross recopila información personal según sea razonablemente necesario o apropiado con fines comerciales, legales, de seguridad o contractuales o con fines relacionados con el establecimiento, mantenimiento, gestión y conclusión de un empleo u otra relación de negocios. Kinross recopila, usa o divulga información personal como se describe en y de acuerdo con este Código y cualquier otra Política de Kinross aplicable, o de otro modo con su consentimiento en los casos en que se requiera consentimiento de conformidad con las leyes de privacidad aplicables. Algunos ejemplos de tipos de información personal que recopilamos de Representantes de Kinross incluyen el nombre, fotografía, información de contacto personal, información de contacto de emergencia, fecha de nacimiento, información necesaria para la nómina, información suministrada por el Representante de Kinross u obtenida a través de verificaciones de antecedentes de los Representantes de Kinross; información recopilada del uso de computadoras, Internet, sistemas electrónicos y dispositivos móviles de Kinross que tienen acceso a sistemas de Kinross;

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información recopilada a través de sistemas de control de seguridad y del lugar de trabajo; información obtenida mediante investigaciones de acusaciones de actividad ilícita o indebida. Cuando la ley así lo exija, los Representantes de Kinross firmarán un formulario de consentimiento que autoriza a Kinross a recopilar información personal con el fin de procesar datos personales y se le proporcionará información sobre cómo los datos personales se procesarán y/o transferirán, así como los derechos de los interesados.

Propósitos para la recopilación y uso de información personal:

La información personal de los Representantes de Kinross puede ser utilizada por Kinross para los siguientes fines:

• determinar la idoneidad para un empleo o ascenso; • revisar y evaluar el desempeño; • controlar la asistencia; • determinar la elegibilidad para aumentos de sueldo, bonificaciones y otros tipos de

compensación basada en incentivos; • administrar los servicios de nómina; • administrar los programas de salud, dentales, jubilación y otros beneficios; • investigar presuntas conductas indebidas o incumplimiento de las obligaciones; • determinar la idoneidad física y/o mental para el trabajo; • garantizar el cumplimiento de las políticas y procedimientos internos; • controlar el uso de los recursos de la empresa; • operar y administrar los sistemas de TI y comunicación, incluidos los sistemas de

recuperación ante desastres; • cumplir con los requisitos legales (por ejemplo, la Ley de Impuesto sobre la Renta, las

normas de compensación, empleo y contratación de trabajadores) y los requisitos de las agencias y organismos gubernamentales que administran el cumplimiento de tales estatutos; y

• según lo permita o exija la legislación aplicable.

Derecho de acceso:

Kinross mantiene un archivo de cierta información personal de cada Representante de Kinross al que puede tener acceso contactando a su Representante de Recursos Humanos. Los Representantes de Kinross pueden tener el derecho de acceder a, revisar, corregir, solicitar y destruir su información personal, acciones que están sujetas a las leyes de privacidad aplicables y a la Política de Retención y Destrucción de Registros.

Retención de la información personal:

La información personal se retendrá solo mientras sea necesaria para la satisfacción de los propósitos para los cuales se recopiló o según lo exijan los requisitos legales o comerciales. La retención de la información personal se debe efectuar de una manera acorde con la Política de Retención y Destrucción de Registros.

Exactitud de la información personal:

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Es importante mantener la exactitud, integridad y actualización de la información, particularmente la información necesaria para procesar la nómina y las prestaciones y para asegurar la entrega oportuna de documentos, como planillas de información de impuesto sobre la renta. Los Representantes de Kinross deben informar de inmediato sobre cualquier cambio en su información personal a su representante de Recursos Humanos.

Medidas de protección:

Kinross ha implementado medidas de seguridad físicas, técnicas y organizacionales razonables apropiadas para tratar los riesgos presentes con el fin de proteger la información personal contra el acceso, uso, copia, retención, modificación, divulgación, destrucción y alteración no autorizados. Kinross y los Representantes de Kinross tienen la obligación de mantener la confidencialidad y la seguridad de la información personal. Kinross ha implementado medidas de protección para ayudar a garantizar que solo accedan a la información personal personas autorizadas que necesitan conocerla para un propósito comercial legítimo.

Divulgación de la información personal:

Kinross divulgará la información personal de Representantes de Kinross a terceros cuando los Representantes de Kinross expresen su consentimiento para ello, la ley aplicable así lo exija o lo permita 7o según lo establece este Código u otra política de Kinross, que incluye, de manera enunciativa: (i) a terceros relacionados con el financiamiento, seguro, venta, fusión, transferencia o cesión reales o previstos de la totalidad o parte de nuestro negocio o activos; (ii) a nuestros auditores financieros; y (iii) a autoridades normativas o gubernamentales con el fin de satisfacer requisitos legales que incluyen, de manera enunciativa, la divulgación de nombres, información de contacto personal y/o comercial e información relacionada sobre la participación del Representante de Kinross en comisiones u organismos de valores canadienses, estadounidenses, con regulación extranjera o autorregulados, por ejemplo, con el fin de investigar o detectar transacciones con información privilegiada.

Transferencia de información personal para procesamiento:

Kinross puede transferir información personal a agentes externos o a proveedores de servicios (lo que incluye a nuestras Subsidiarias que actúan en tal capacidad) que presten servicios en representación nuestra, como procesamiento de datos, almacenamiento de datos, servicios administrativos, servicios de gestión de desastres y continuidad del negocio, ejecución de programas y servicios y otro tipo de recopilación, uso, divulgación, almacenamiento o procesamiento de información personal en representación de Kinross. Algunos de estos prestadores de servicios pueden estar ubicados fuera de Canadá, como en Estados Unidos y la Unión Europea. Cuando la información personal se transfiera o divulgue a prestadores de servicios fuera de Canadá, estará sujeta a las leyes de la jurisdicción en la que se retiene y puede estar sujeta a divulgación a tribunales extranjeros, organismos de cumplimiento de la ley y autoridades de gobierno en virtud de una solicitud legítima conforme con las leyes de la jurisdicción extranjera. Si algún Representante de Kinross desea tener acceso a información sobre nuestras políticas y prácticas con respecto a los proveedores de servicios fuera de Canadá, puede comunicarse con su representante de Recursos Humanos.

Obligaciones de privacidad de los Representantes de Kinross:

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Durante el curso de su relación con Kinross, los Representantes de Kinross pueden adquirir cierta información relacionada con o acerca de, entre otras cosas, información personal de Representantes de Kinross, clientes y otros terceros. Todos los Representantes de Kinross reconocen y aceptan que, como condición para trabajar o desempeñar otra función en Kinross, no deben usar ni divulgar la información personal a otras personas, excepto en el desempeño de sus deberes para con Kinross de acuerdo con las leyes aplicables. Cada representante de Kinross se compromete a tomar todas las medidas de precaución razonables para salvaguardar la información personal, cumplir las leyes de privacidad aplicables y ayudar a Kinross a cumplir tales leyes.

Si, durante el curso de su relación con Kinross, un Representante de Kinross no entiende las obligaciones antes descritas, debe hablar con un miembro del Departamento Jurídico de Kinross. Cualquier incumplimiento de los compromisos o las obligaciones de los Representantes de Kinross descritas anteriormente puede tener como resultado la imposición de medidas disciplinarias, incluso la terminación de su empleo, cargo de director o contrato.

La política de Kinross, que se espera que todos los Representantes de Kinross cumplan, es cumplir con todas las leyes aplicables que rigen la recopilación, el uso y la divulgación de información personal.

III. MEDIO AMBIENTE, SALUD Y SEGURIDAD

a. Medio ambiente

Kinross se compromete a mantener una gestión ambiental sólida. Kinross tiene la intención de conducirse de manera respetuosa con el medio ambiente y la comunidad en general, como un ciudadano corporativo responsable y cuidadoso. Kinross se compromete a dirigir todas las fases de su negocio de manera de minimizar razonablemente cualquier efecto adverso de sus operaciones sobre el medio ambiente. Kinross y los Representantes de Kinross deben conservar los recursos energéticos en la mayor medida que sea razonablemente posible y en congruencia con el mantenimiento de operaciones sólidas del negocio. Kinross se compromete a cumplir todas las leyes y normas ambientales aplicables en las regiones donde operamos. Los Representantes de Kinross deben denunciar de inmediato cualquier incumplimiento real o presunto de cualquier ley o norma ambiental aplicable de acuerdo con los procedimientos que se encuentran en la Sección VIII “Cómo usar este Código y denunciar infracciones”.

b. Salud y seguridad

Kinross se compromete a proporcionar un lugar de trabajo saludable y seguro en cumplimiento con las leyes, reglas y normas aplicables. Los Representantes de Kinross deben tener en cuenta los problemas y las políticas de seguridad que afectan su trabajo, a otros Representantes de Kinross y a la comunidad en general. Los gerentes, al enterarse de cualquier circunstancia que afecte la salud y seguridad del lugar de trabajo o de la comunidad, deben actuar de inmediato para resolver la situación. Los Representantes de Kinross deben avisar de inmediato a un gerente y/o al representante de Salud y Seguridad correspondientes sobre cualquier lesión que se produzca en el lugar de trabajo o cualquier circunstancia que represente una situación peligrosa para ellos, otros compañeros de trabajo o la comunidad en general, de manera que se puedan tomar medidas correctivas en forma oportuna.

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IV. RELACIONES CON TERCEROS

a. Conflicto de intereses

Los Representantes de Kinross deben actuar con honestidad e integridad, así como evitar cualquier relación o actividad que pueda crear o dé la impresión de crear un conflicto entre sus intereses personales comerciales o de otra naturaleza y los intereses de Kinross. Los conflictos de intereses surgen cuando el cargo de una persona o sus responsabilidades en Kinross plantean una oportunidad de obtener ganancias personales, lo que incluye ganancias por parte de un pariente u otra persona que tenga una relación personal o profesional con la persona, aparte de las recompensas normales por el trabajo, las funciones, el cargo de director u otra relación. Los Representantes de Kinross deben desempeñar las responsabilidades de su cargo en función de lo que más le conviene a Kinross y sin tomar en cuenta consideraciones y relaciones personales.

Los Representantes de Kinross no adquirirán intereses en propiedades, valores ni negocios que sepan que Kinross está interesada en adquirir. Además, con base en la información preliminar, los Representantes de Kinross no deben adquirir intereses en propiedades, valores ni negocios con fines de especulación o inversión.

Los Representantes de Kinross deben notificar de inmediato y por escrito acerca de conflictos de intereses reales o potenciales al gerente de más alto rango en su área funcional en el sitio o la oficina aplicable o, si el gerente no está seguro o pudiera estar involucrado en el conflicto de intereses, al Vicepresidente de Cumplimiento o a su delegado. El Vicepresidente de Cumplimiento o su delegado pueden plantear más preguntas al o a los Representantes de Kinross que divulgan tal conflicto y pueden tomar todas las medidas necesarias para mitigar cualquier riesgo asociado al o a los conflictos de intereses divulgados. Los Funcionarios y Directores deben divulgar, por escrito, cualquier conflicto de intereses (real o potencial) al Director del Departamento Jurídico, o a su delegado, y al Presidente de Comité de Control Corporativo.

b. Regalos y atenciones sociales

Los Representantes de Kinross no deben usar su cargo en Kinross, así como tampoco sus parientes deben usar el cargo de los Representantes de Kinross, para solicitar dinero en efectivo, regalos o servicios gratuitos a cualquier cliente o Proveedor de Kinross para beneficio personal del Representante de Kinross, su familia o sus amigos. Los regalos o las atenciones sociales de otras personas no se deben aceptar si se pudiera considerar de manera razonable que son extravagantes para el Representante de Kinross que los recibe o que de otro modo pueden influir en la relación comercial de Kinross con un cliente o Proveedor, o crear una obligación con estos. Nunca debe aceptar ni dar regalos en efectivo.

Los regalos de valor nominal, como artículos, bolígrafos, calendarios, gorras, camisetas y tazas con logotipo, normalmente son aceptables. Sin embargo, si existe cualquier duda en cuanto a si un regalo es aceptable o no, los Representantes de Kinross deben seguir los procedimientos de aprobación que se describen a continuación. Las invitaciones a ciertos eventos y atenciones sociales también pueden ser aceptables siempre que cumplan con los procedimientos de aprobación que se describen a continuación. Dichos eventos y atenciones sociales incluyen:

• convenciones, conferencias o seminarios de capacitación sobre productos o reuniones relacionadas con negocios fuera del curso habitual;

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• eventos sociales, culturales o deportivos, si el costo es razonable y su asistencia sirve a un propósito de negocios habitual como el establecimiento de redes de contactos (por ejemplo, comidas, celebraciones de días festivos y entradas), y

• eventos de golf, pesca o deportivos o viajes similares que son usuales y habituales para su cargo en Kinross y la industria y que promueven las buenas relaciones de negocios con clientes o Proveedores.

Para todas esas invitaciones, y cuando haya duda en cuanto a si un regalo o una atención social son aceptables o no, es necesario recibir una autorización por escrito, como se describe a continuación.

(i) en el caso de Empleados o Contratistas de una mina o del emplazamiento de un proyecto, su Gerente General o Vicepresidente Regional y un miembro del Departamento Jurídico de Kinross, y

(ii) en el caso de Empleados o Contratistas Corporativos o de las Oficinas Regionales, el Vicepresidente o un Funcionario ejecutivo de mayor jerarquía responsable de su área funcional y un miembro del Departamento Jurídico de Kinross.

Los Departamentos Jurídicos regionales serán responsables de mantener un registro de todas las aprobaciones escritas anteriores de esa naturaleza. Además, ningún Representante de Kinross debe ofrecer, en forma directa o indirecta, ningún pago, regalo u otro beneficio a ninguna persona que represente directa o indirectamente a un Proveedor con el fin de obtener una ventaja o como recompensa por un trato comercial favorable. Ningún regalo ni otro beneficio se debe ofrecer a Persona alguna si la naturaleza o el monto del regalo o beneficio, o bien las circunstancias en que se ofrecen, perjudicarían la reputación de Kinross o del destinatario.

En las transacciones con Proveedores, los Representantes de Kinross deben cumplir estas disposiciones del Código y todas las demás Políticas de Kinross relacionadas con los regalos y atenciones sociales, que incluyen, de manera enunciativa, cualquiera que haya implementado el grupo de Cadena de Suministro de Kinross. En la medida en que los requisitos de este Código sean más estrictos que cualquier otra Política de Kinross, o viceversa, los Representantes de Kinross deben cumplir los requisitos más estrictos.

c. Prácticas de competencia

Kinross cree firmemente que la competencia justa es fundamental para promover el sistema de libre empresa. Kinross cumple y respalda las leyes que prohíben las restricciones de mercado, las prácticas injustas o el abuso del poder económico. Kinross no celebrará acuerdos que restrinjan de manera ilegal su capacidad de competir con otras empresas ni la capacidad de cualquier otra organización comercial de competir libremente con Kinross. Los Representantes de Kinross tienen prohibido celebrar o discutir cualquier acuerdo o entendimiento ilegal que pueda tener como resultado prácticas comerciales injustas o un comportamiento anticompetitivo. Kinross recopila información sobre competidores de manera legal y no recurre a espionaje, tergiversación ni regalos para solicitar información privada de los competidores.

d. Interacciones con competidores

Los Representantes de Kinross no deben participar en ninguna comunicación directa o indirecta con un competidor o representante de un competidor de Kinross, en relación con los negocios o

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las oportunidades de negocios de Kinross, sin la aprobación previa del Director Ejecutivo, el Vicepresidente Ejecutivo de Desarrollo Corporativo o sus delegados.

e. Relaciones con proveedores y contratistas

La política de la Empresa es tratar a todos los Proveedores que compitan con base en sus méritos. Kinross seleccionará a sus Proveedores de manera no discriminatoria con base en su calidad, precio, servicio, entrega y suministro de bienes y servicios, y en concordancia con los procedimientos señalados en la Política de Cadena de Suministro de Kinross. La selección de Proveedores nunca se debe basar en los intereses personales de un Representante de Kinross o los intereses de sus parientes o amigos.

Al momento de enterarse de cualquier relación con un Proveedor que cree o pueda crear un conflicto de intereses (i) los Empleados y Contratistas regionales y de los sitios deben informar a su Gerente General o Vicepresidente Regional, según corresponda, quien debe informar del asunto al Asesor Jurídico Regional correspondiente o a su delegado (ii) los Contratistas y Empleados Corporativos deben informar al Vicepresidente o a un Funcionario de mayor jerarquía responsable de su área funcional, quien debe informar del asunto al Vicepresidente de Cumplimiento o a su delegado, y (iii) los Funcionarios y Directores deben informar al Vicepresidente de Cumplimiento o a su delegado, quien, si lo considera adecuado, debe informar del asunto al Presidente del Comité de Control Corporativo. Ningún Representante de Kinross procederá con dicha relación sin la autorización previa y por escrito de la persona especificada antes, después de consultarlo con el miembro correspondiente del Departamento Jurídico de Kinross.

Cuando se identifica un conflicto de intereses real o potencial durante cualquier actividad de Cadena de Suministro (como se define en la Política de Cadena de Suministro de la Empresa), los empleados también deben seguir los procedimientos asociados a los conflictos que se detallan en la Política de Cadena de Suministro.

Kinross tratará únicamente con Proveedores que cumplan los requisitos legales aplicables y cualquier Política de Kinross aplicable que incluyen, de manera enunciativa, las Normas de conducta de proveedores de Kinross y cualquier otra política relacionada laboral, medioambiental, de salud y seguridad, derechos de propiedad intelectual, pagos indebidos o influencia sobre funcionarios públicos o del gobierno, así como prohibiciones de emplear mano de obra infantil o forzada.

Kinross hará negocios solo con personas de buena reputación que participan en actividades comerciales legítimas y cuyos fondos tienen un origen legítimo. Todos los Representantes de Kinross deben tomar medidas razonables para garantizar que Kinross no ayude ni participe en actividad ilegal alguna, así como tampoco acepte pagos que hayan sido identificados como una herramienta de lavado de dinero. Además, los Representantes de Kinross deben asegurarse de que Kinross cumpla con todas las sanciones económicas y leyes antiterroristas aplicables que prohíben hacer negocios con ciertos países o personas.

Las transacciones de Kinross con sus Proveedores se deben llevar a cabo de una manera que no comprometa la integridad ni tenga un impacto negativo en la reputación del Proveedor o de Kinross. Kinross trabajará únicamente con Proveedores que no participen en ningún tipo de actividad poco ética o corrupta, y que hayan adoptado políticas y procedimientos que exijan una conducta ética y el cumplimiento de las Leyes Anticorrupción aplicables (como se define en la

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Sección IV.i. “Antisoborno y anticorrupción”). Las restricciones de esta sección se aplicarán a las operaciones de Kinross en todo el mundo, incluso en los lugares donde dichas prácticas se consideren localmente como una manera de “hacer negocios” o necesarias en un país específico.

La información confidencial recibida de un Proveedor se debe tratar de la misma manera que la Información confidencial de Kinross (consulte la Sección VI.a. – “Información confidencial y protegida y secretos comerciales”). La Información Confidencial no se debe divulgar a un Proveedor hasta que el Proveedor haya firmado un acuerdo de confidencialidad adecuado.

El uso del nombre o la propiedad intelectual de Kinross por parte de un Proveedor requiere la autorización del Director del Departamento Jurídico o del Vicepresidente y Asesor Jurídico (Corporativo), o sus delegados respectivos. Kinross no usará el nombre ni la propiedad intelectual de un Proveedor sin el consentimiento por escrito del Proveedor. En todas las transacciones con Proveedores, los Representantes de Kinross deben cumplir estas disposiciones del Código y cualquier otra Política de Kinross relacionada con los Proveedores, que incluye, de manera enunciativa, cualquiera que haya implementado el grupo de Cadena de Suministro de Kinross, incluida la Política de Cadena de Suministro de Kinross. En la medida en que los requisitos de este Código sean más estrictos que cualquier otra Política de Kinross, o viceversa, los Representantes de Kinross deben cumplir los requisitos más estrictos.

f. Relaciones públicas La responsabilidad de todas las relaciones públicas por o en representación de Kinross, incluso cualquier contacto con los medios de comunicación, se rige por la Política de divulgación, confidencialidad y transacciones con información privilegiada de Kinross (la “Política de divulgación”) y las Políticas aplicables de Kinross. A menos que tenga una autorización específica conforme con la Política de divulgación para representar a Kinross ante los medios de comunicación, no puede responder preguntas ni solicitudes de información en representación de Kinross. Esto incluye a periódicos, revistas, publicaciones de la industria, radio y la televisión, así como cualquier otra fuente externa que solicite información acerca de Kinross. Si los medios de comunicación lo contactan con respecto a cualquier tema, remita la llamada inmediatamente a una de las personas autorizadas para responder de acuerdo con la Política de divulgación. Los Representantes de Kinross deben tener cuidado de no divulgar “Información confidencial”1 a través de discusiones públicas o informales con los medios de comunicación u otros, o a través de las redes sociales u otros medios. Excepto según lo permite la Política de divulgación de Kinross, los Representantes de Kinross no deben divulgar dicha información a accionistas ni inversionistas (o posibles accionistas o inversionistas), asesores de inversión o analistas del mercado de capitales sin la aprobación expresa previa del Director del Departamento Jurídico o del Vicepresidente y Asesor Jurídico (Corporativo) y el Vicepresidente Ejecutivo de Asuntos Externos o el Vicepresidente Sénior de Relaciones con Inversionistas, o bien sus delegados respectivos. g. Medios sociales Todas las actividades en las redes sociales que incluyen, entre otras, Twitter y Facebook, de los Representantes de Kinross se deben llevar a cabo de acuerdo con la Política de divulgación y cualquier otra Política de Kinross acerca de las redes sociales que se implemente de vez en

1 Como se define a continuación en la Sección VI.a. – “Información confidencial y protegida y secretos comerciales”.

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cuando. h. Participación en los Procesos Políticos Los Representantes de Kinross pueden participar en los procesos políticos como ciudadanos privados. Es importante separar la actividad política personal y las actividades políticas de Kinross, de haberlas, para cumplir las reglas y normas correspondientes en relación con el cabildeo o los intentos de influir en funcionarios del gobierno. Kinross no reembolsará a los Representantes de Kinross el dinero o tiempo personal con que contribuyan a campañas políticas. Además, los Empleados y Funcionarios de Kinross no deben trabajar como representantes de la campaña de un candidato durante su jornada laboral ni utilizar nunca las instalaciones u otros activos de Kinross que incluyen, de manera enunciativa, el correo electrónico u otra Tecnología de la información de Kinross (como se define abajo en la Sección VII.e. – “Tecnología de la información”), para ese fin, a menos que reciban aprobación del Vicepresidente Ejecutivo de Asuntos Corporativos y del Director del Departamento Jurídico, o de sus delegados respectivos.

i. Antisoborno y anticorrupción

Con el fin de fomentar el cumplimiento de las leyes anticorrupción en Canadá, en Estados Unidos y en otras jurisdicciones aplicables, las interacciones de Kinross o de cualquier Representante de Kinross se deben conducir de tal manera de no poner en riesgo la integridad ni impugnar la reputación de cualquier gobierno, “funcionario de gobierno” (como se define a continuación)2, nuestro socios comerciales o Kinross.

El soborno constituye una de las principales herramientas de corrupción. Prohibimos expresamente la participación, directa o indirecta, en cualquier tipo de soborno, coima, acuerdo indebido para compartir utilidades, gratificación indebida o incentivo o pago indebidos a cualquier funcionario de gobierno o a agentes o empleados de socios comerciales actuales o previstos de Kinross, sin importar si esas acciones pueden favorecer los intereses comerciales de Kinross. Las restricciones de esta sección se aplicarán a las actividades comerciales y operaciones de Kinross en todo el mundo, incluso en los lugares en que dichas prácticas se consideran localmente como una manera de “hacer negocios” o necesarias en un país específico.

Además, Kinross y los Representantes de Kinross deben cumplir con la Ley de Corrupción de Funcionarios Públicos en el Extranjero (Canadá) (la “CFPOA”) y la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (EE.UU.) (la “FCPA” [Foreign Corrupt Practices Act]) así como con las leyes anticorrupción locales en los países en que opera Kinross (en forma colectiva, las “Leyes Anticorrupción”). Conforme a estas leyes, es ilegal ofrecer o dar un “pago” (como se define más adelante)3 u otro beneficio, ya sea directa o indirectamente a través de un tercero que actúe en nombre de Kinross, a un funcionario del gobierno con el fin de inducir un tratamiento favorable en los negocios, como obtener o conservar negocios o cualquier otra ventaja en el curso de los negocios. Tenga en cuenta que, como se indica en su definición, el término “funcionario del gobierno” es muy amplio e incluye a empleados de baja jerarquía de un gobierno o a una entidad

2 Un "funcionario del gobierno" incluye cualquier funcionario legislativo, judicial o administrativo (sin importar su nivel), empleado u otro representante de cualquier gobierno, o cualquiera de sus ministerios, departamentos u otras entidades gubernamentales (inclusive cualquier empresa u otra entidad que sea de propiedad de o esté bajo el control del gobierno), y cualquier otra entidad cuasi gubernamental u organización pública internacional (por ejemplo, las Naciones Unidas), partido político, o candidato para un cargo político. 3 Un “pago” consiste en cualquier pago de dinero (incluidos los reembolsos), asignaciones, préstamos, regalos, gratificaciones, donaciones o el ofrecimiento de cualquier otro beneficio de cualquier clase. No existe un límite mínimo y es la percepción del receptor el factor clave para determinar si se ha efectuado un “pago” indebido.

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que es propiedad del estado, partidos políticos y candidatos a cargos políticos. La definición de “beneficio”, que para los fines de este Código se trata como un “pago”, es igual de amplia e incluye pagos que involucran viajes y atenciones sociales, regalos, comidas, ciertas contribuciones a beneficencia o donaciones políticas, patrocinios, coimas, contrataciones preferenciales, adjudicación de contratos o cualquier otro tipo de suministro de bienes y prestación de servicios.

Además, según numerosas Leyes Anticorrupción que incluyen, entre otras, la FCPA y la CFPOA, es un delito el no mantener libros y registros financieros exactos o los controles internos necesarios para evitar sobornos o entradas inexactas en los libros y registros. De acuerdo con lo anterior, todos los pagos u otras transacciones financieras que involucren a Kinross o a cualquier Subsidiaria de Kinross se deben registrar de manera exacta en las cuentas de Kinross y/o de cualquier Subsidiaria correspondiente de Kinross.

Los reembolsos relacionados con gastos razonables en que se incurra de buena fe por o en representación del funcionario del gobierno también pueden estar permitidos si están relacionados directamente con (i) la ejecución o celebración del contrato entre Kinross y el país extranjero para el que el funcionario del gobierno desempeña sus deberes o funciones o (ii) la promoción, demostración o explicación de los negocios de Kinross. Además, en cualquier instancia, los pagos correspondientes se deben describir de manera exacta e informar en todos los libros y registros de Kinross asociados.

No es usual que se permita este tipo de reembolso. Determinar si esos pagos están permitidos depende en gran medida de los hechos y normalmente involucra decisiones legales complejas que debe tomar una persona con amplio conocimiento de la materia. Entender la diferencia entre un pago permitido y un pago ilegal es importante y normalmente requiere un análisis cuidadoso por parte de un asesor jurídico. Conforme con lo anterior, no se debe ofrecer ni efectuar este tipo de pagos sin la revisión y autorización previa expresa y por escrito de acuerdo con la Política de Kinross, que incluye, de manera enunciativa, el Protocolo de cumplimiento de las leyes anticorrupción y cualquier otra política o pauta aplicable a pagos a funcionarios extranjeros, cuyas copias están disponibles para los Representantes de Kinross en la página Legal de KinrossConnected o bien las pueden solicitar a un miembro del Departamento Jurídico de Kinross. Si tiene alguna duda sobre la legitimidad de un pago que va a realizar directa o indirectamente a través de un tercero a funcionarios o empleados de un gobierno, o a sus agencias o entidades (incluidos los monopolios del gobierno y otras empresas de propiedad del gobierno), el asunto se debe referir a su Asesor Jurídico Regional, al Director del Departamento Jurídico o al Vicepresidente y Asesor Jurídico (Corporativo), o a sus delegados respectivos. Además, todos los acuerdos aprobados deben quedar documentados de acuerdo con los requisitos legales y contables y sus prácticas comerciales de Kinross. Excepto como se describe en el presente documento o en el Protocolo de cumplimiento de las leyes anticorrupción, no existe una dispensa de esta política.

Todos los Representantes de Kinross deben denunciar cualquier infracción potencial, supuesta o real a las Leyes Anticorrupción, de acuerdo con la Política de denuncias de Kinross (consulte la Sección VIII – “Cómo Usar este Código y denunciar infracciones”).

Las infracciones a las Leyes Anticorrupción pueden tener como resultado que Kinross y los Representantes de Kinross deban acatar multas y sanciones penales, las que pueden incluir sentencias de prisión. Kinross no pagará ninguna multa ni sanción que se imponga a un Representante de Kinross que se verifique que es culpable de infringir las Leyes Anticorrupción.

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j. Testimonio y pruebas en un procedimiento

Se prohíbe estrictamente que Kinross y los Representantes de Kinross intenten influir en el testimonio de cualquier persona u otra presentación de evidencia de cualquier manera en tribunales de justicia, procedimientos normativos, cualquier tribunal administrativo u otro proceso legal o gubernamental.

k. Derechos humanos

La política de la Empresa es que todos los Representantes de Kinross, Proveedores y agentes respeten los derechos humanos de todas las partes interesadas y de las comunidades locales en que Kinross hace negocios. No se tolerará ninguna infracción a los derechos humanos por parte de cualquier entidad de Kinross, Representante de Kinross o Proveedor. Además, en la mayoría de los países en que Kinross hace negocios, existen leyes locales correspondientes que se superponen a nuestros requisitos internacionales en cuanto a derechos humanos, incluidas leyes penales y leyes relacionadas con el trabajo infantil, la libertad de asociación, la igualdad de oportunidades económicas, accesibilidad y adaptación y compensaciones. Todos los Representantes de Kinross deben adherir a dichos requisitos internacionales y leyes locales aplicables.

Todos los Representantes de Kinross deben denunciar cualquier infracción potencial, supuesta o real a los derechos humanos, de acuerdo con la Política de denuncias de Kinross (consulte la Sección VIII – “Cómo Usar este Código y denunciar infracciones”).

l. Actividades y cargos de dirección externos

Además de su trabajo para Kinross, los Representantes de Kinross pueden participar en otras actividades comerciales y los animamos a participar también en trabajo y actividades comunitarios y voluntarios. No obstante, los empleados deben evitar oportunidades de empleo, negocios y de otra índole que puedan perjudicar el desempeño de sus obligaciones para con Kinross (incluidos aquellos que afecten negativamente la productividad personal debido al estrés o el cansancio). Los Representantes de Kinross deben evitar actividades externas que puedan tener un impacto adverso en el negocio o la reputación de Kinross, así como actividades que pueden crear o dar la impresión de crear un conflicto de intereses con Kinross.

Los empleados y Funcionarios de Kinross no deben desempeñarse como directores o funcionarios de ninguna otra entidad u organización corporativa ajena a Kinross, pública o privada, sin el previo consentimiento por escrito del Director Ejecutivo y del Director del Departamento Jurídico, o sus delegados. Los cargos de dirección o los cargos de funcionario en dichas entidades no se aprobarán a menos que se considere que es lo que más le conviene a Kinross. El Director Ejecutivo y el Director del Departamento Jurídico, o sus delegados, pueden otorgar autorizaciones para el desempeño de cargos de dirección que sean necesarios para fines de negocios o para los cargos de dirección en organizaciones de beneficencia u otras entidades que ampliarán la presencia de Kinross en la comunidad.

En los casos en que el Director Ejecutivo sea el Funcionario correspondiente que considera un cargo de dirección o de Funcionario ajeno a Kinross, la aceptación de dicho cargo requiere la aprobación previa y por escrito del Presidente de la Junta directiva y del Presidente del Comité de Control Corporativo de dicha Junta directiva, en consulta con el Director del Departamento Jurídico.

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Los Representantes de Kinross deben limitar su participación en actividades políticas a sus horas libres y no utilizar fondos de la Empresa, así como tampoco hablar ni actuar en representación de la Empresa. Las solicitudes de donaciones o patrocinio de organismos de beneficencia u otras organizaciones sin fines de lucro se deben presentar solo de conformidad con las políticas de Kinross. Excepto por las campañas de beneficencia patrocinadas por Kinross y para otras organizaciones de beneficencia, si así lo aprueba el Vicepresidente Ejecutivo de Relaciones Externas y el Director del Departamento Jurídico, o sus delegados respectivos, usted no puede solicitar a otros empleados, contratistas, proveedores o clientes de Kinross donaciones para ninguna organización o de beneficencia, sin fines de lucro o política mientras trabaja o permanece en las instalaciones de Kinross (o en las instalaciones de un proveedor o de un cliente).

V. CUMPLIMIENTO

A. Cumplimiento de las leyes y las políticas de Kinross

Leyes y políticas aplicables

Los Representantes de Kinross deben esforzarse en todo momento por cumplir con este Código en su totalidad así como con las demás Políticas de Kinross aplicables y con todas las leyes, reglas y normas aplicables, cuyo incumplimiento por parte de un Representante de Kinross justifica la aplicación de medidas disciplinarias que incluyen, entre otras cosas, la terminación de la relación laboral, el cargo de director o el contrato.

Exigimos que los Representantes de Kinross cumplan la Política de divulgación, confidencialidad y transacciones con información privilegiada, lo que requiere la divulgación oportuna de información importante y obliga a una divulgación completa, justa, precisa, comprensible y oportuna en informes y documentos que se presenten o se entreguen a las autoridades normativas y otros materiales que se pongan a disposición del público inversionista y todas las demás Políticas de Kinross aplicables que se implementen de vez en cuando. Una copia de la Política de divulgación está disponible para los Representantes de Kinross en la página Legal de KinrossConnected y se puede solicitar al Secretario Corporativo, y cualquier pregunta en relación con sus disposiciones se debe dirigir al Director del Departamento Jurídico o al Vicepresidente Sénior y Asesor Jurídico (Corporativo), o a sus delegados respectivos.

Informes públicos

Los Representantes de Kinross deben cooperar de manera irrestricta con las personas (incluidos el Director de Finanzas, el Director del Departamento Jurídico y el Secretario Corporativo) responsables de elaborar los informes que se presentan ante las autoridades normativas y todos los demás materiales que se ponen a disposición del público inversionista para asegurar que esas personas conozcan de manera oportuna toda la información que se debe divulgar. Los Representantes de Kinross también deben cooperar totalmente con los auditores independientes en sus auditorías y ayudarles a preparar las divulgaciones de información financiera.

b. Investigaciones externas

La política de Kinross es cooperar totalmente con cualquier investigación por parte de las autoridades gubernamentales, legales o normativas. Sin embargo, una condición para esta cooperación es que Kinross cuente con representación adecuada en dichas investigaciones por parte de su propio asesor jurídico. De acuerdo con lo anterior, en cualquier momento en que los Representantes de Kinross reciban información acerca de una nueva investigación o indagación

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gubernamental, esta información se debe comunicar inmediatamente al Asesor Jurídico Regional correspondiente, al Director del Departamento Jurídico o al Vicepresidente y Asesor Jurídico (Corporativo). Algunos tratos con el gobierno o con las autoridades normativas (por ejemplo, auditorías fiscales, auditorías o investigaciones por parte del Ministerio de Trabajo) pueden manejarse a través del Representante de Kinross responsable de dichos asuntos, siempre que este Representante cuente con la autorización del miembro de mayor jerarquía correspondiente del Departamento Jurídico de Kinross, la aprobación del líder de su grupo funcional y que lo haga en consulta con el Departamento Jurídico de Kinross y el líder de su grupo funcional.

Las respuestas a investigaciones más formales se manejarán a través del Director del Departamento Jurídico o el Vicepresidente y Asesor Jurídico (Corporativo). Los Representantes de Kinross deben notificar y consultar al Director del Departamento Jurídico o al Vicepresidente y Asesor Jurídico (Corporativo) con respecto a cualquier consulta o investigación del gobierno.

Los Representantes de Kinross no deben, en ninguna circunstancia:

(a) destruir o alterar cualquier documento o registro de Kinross en anticipación de que cualquier tribunal o agencia del gobierno, de conformidad con ley o normativa, solicite dichos documentos;

(b) mentir o hacer declaraciones engañosas a ningún investigador gubernamental, de policía o regulador (incluidas las investigaciones de rutina y las que no son de rutina), o

(c) intentar o instar a cualquier Representante de Kinross, o a cualquier otra persona a no proporcionar información a un investigador del gobierno, de policía o normativo o proporcionar información falsa o engañosa.

Cualquier interrogatorio o solicitud de información o documentos por parte del gobierno, de la policía o de las autoridades normativas, por escrito o verbalmente, que se presente a Kinross o a cualquier Representante de Kinross se debe entregar de inmediato, y antes de que se realice o prometa cualquier medida, al Asesor Jurídico Regional correspondiente y al Director del Departamento Jurídico o al Vicepresidente y Asesor Jurídico (Corporativo), o a sus delegados respectivos.

Además, (i) todas la solicitudes de información o documentos de ese tipo, (ii) cualquier entrega o servicio de orden judicial o normativa, queja, aviso o documento similar, y (iii) cualquier visita de un investigador gubernamental, policial o normativo a las instalaciones de Kinross se debe gestionar en estricto cumplimiento de esta disposición del Código y de cualquier otra Política de Kinross aplicable implementada por el Asesor Jurídico Regional correspondiente y/o el Director del Departamento Jurídico o el Vicepresidente y Asesor Jurídico (Corporativo), de vez en cuando.

No se puede referir ningún asunto a ninguna autoridad del gobierno, de policía o normativa para su investigación sin la autorización previa y por escrito de (i) en el caso de asuntos de un sitio o regionales, el Vicepresidente Regional y el Asesor Jurídico Regional, y (ii) en el caso de los asuntos de las oficinas corporativas, el Director Ejecutivo y el Director del Departamento Jurídico.

c. Cumplimiento de leyes y normativas

No se puede referir ningún asunto a ninguna autoridad del gobierno, de policía o normativa para una medida de cumplimiento en representación de Kinross y no se puede iniciar una acción ni

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demanda legal por parte de la Empresa sin la autorización previa y por escrito de (i) en el caso de asuntos de un sitio o regionales, el Vicepresidente Regional y el Asesor Jurídico Regional, y (ii) en el caso de los asuntos de las oficinas corporativas, el Director Ejecutivo o el Director del Departamento Jurídico.

VI. INFORMACIÓN Y REGISTROS

a. Información confidencial y protegida y secretos comerciales

Los Representantes de Kinross pueden estar expuestos a cierta información que se considera confidencial por parte de Kinross, o probablemente participen en el diseño o desarrollo de nuevos procedimientos relacionados con los negocios de Kinross. Toda esa información y procedimientos, ya sea que estén sujetos o no a derechos de autor o patentes, son propiedad únicamente de Kinross y se deben mantener en estricta confidencialidad.

Los Representantes de Kinross deben salvaguardar la Información confidencial de Kinross. La “Información confidencial” incluye, de manera enunciativa, información y datos relacionados con Kinross y sus activos, operaciones, negocios, asuntos financieros, secretos comerciales, conocimientos, registros, datos, planes, estrategias, procesos, oportunidades de negocios e ideas relacionadas con las operaciones y los proyectos presentes y previstos, sus clientes y Proveedores y/u otros Representantes de Kinross. La Información confidencial también incluye información que generalmente el público no conoce y es útil o ayuda a la Empresa y/o sería útil o ayudaría a los competidores de la Empresa. Ejemplos comunes de ella incluyen, de manera enunciativa, planes de financiamiento y de negocios, ideas de nuevos negocios o proyectos, datos financieros, listas de Proveedores, una lista e información relacionada con los Representantes de Kinross, planes de inversión de capital, proyecciones de producción, ventas o ganancias y métodos de minería o de procesamiento de mineral. La Información confidencial también incluye cualquier documento que contenga cualquiera de los tipos de información antes mencionados, ya sea que esté marcado o no como “confidencial” o “privado”. Además, las leyes de privacidad de varias jurisdicciones pueden limitar, imponer normas o prohibir la recopilación, el uso y la divulgación de cierta información personal o privada de los Representantes de Kinross o de otras personas.

Los Representantes de Kinross no pueden divulgar a ninguna persona (incluidos sus parientes) o entidad información alguna que pueda mermar la eficacia competitiva de Kinross o que pueda infringir los derechos privados de personas, empresas o instituciones y tienen prohibido discutir o divulgar cualquier Información confidencial a cualquier tercero sin autorización. Sin embargo, la divulgación de Información confidencial se puede efectuar para fines legítimos, como cuando la legislación federal o estatal/provincial lo exigen (por ejemplo, cuando es obligación legal divulgarla a una entidad gubernamental, normativa o de cumplimiento de la ley, o cuando se divulga con el fin de presentar un informe o investigar una presunta infracción a la ley). Las divulgaciones de este tipo únicamente se pueden efectuar de acuerdo con este Código, cualquier otra Política de Kinross (que incluye a aquellas relacionadas con las prácticas de divulgación) y la aprobación del Asesor Jurídico Regional y del Director del Departamento Jurídico o el Vicepresidente y Asesor Jurídico (Corporativo) o de sus delegados respectivos.

Si tiene alguna duda en cuanto a si la información es Información confidencial o si la debe recopilar, usar o divulgar, debe dar por sentado que la información es confidencial, a menos que le informe otra cosa un miembro correspondiente del Departamento Jurídico de Kinross. La Información confidencial no se debe compartir con otros Representantes de Kinross a menos que necesiten conocerla.

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Estas reglas también se aplican a la información que la Empresa ha obtenido de un cliente o Proveedor (real o potencial), un Representante de Kinross o un consultor o cualquier tercero que trate con la Empresa en términos de confidencialidad. Estas obligaciones de mantener la confidencialidad y la privacidad de la Información confidencial de terceros se aplican mientras la persona es Representante de Kinross y después de que termina esa relación.

Además, todos los Representantes de Kinross deben cumplir con los procedimientos y la prácticas de Kinross en cuanto a la divulgación oportuna, como se describe en las Políticas de Kinross (que incluyen, entre otras, las relacionadas con las prácticas de divulgación); los Representantes de Kinross pueden obtener copias de dichas políticas en la página Legal de KinrossConnected y a través del Secretario Corporativo. Cualquier pregunta relacionada con la Política de Kinross en cuanto a las divulgaciones al público se debe dirigir al Director del Departamento Jurídico o al Vicepresidente y Asesor Jurídico (Corporativo), o a sus delegados respectivos.

Si toma la decisión de divulgar Información confidencial a cualquier persona o entidad ajena a la Empresa (como un vendedor o socio comercial potencial), debe hacerlo únicamente después de haber firmado los acuerdos de confidencialidad correspondientes. Debe obtener acuerdos de confidencialidad y, si es necesario, estos deben ser revisados únicamente como lo indica el Departamento Jurídico de Kinross.

Todos los Representantes de Kinross tienen la responsabilidad de proteger la Información confidencial (como por ejemplo, correos electrónicos, mensajes de texto e instantáneo y correo de voz) y deben tomar las medidas necesarias para proteger dicha información. Los Representantes de Kinross siempre deben estar alertas y procurar evitar las divulgaciones no intencionales que puedan surgir en conversaciones sociales o en las relaciones comerciales normales.

El uso generalizado de las terminales de computadoras, la Internet y los teléfonos celulares ha hecho que la Información confidencial esté potencialmente accesible para muchas personas que no tienen autorización. Se deben tomar medidas de precaución adicionales, como transmitir la Información confidencial únicamente a través de las redes de Kinross y asegurar que no se incluya a receptores no intencionales en las transmisiones, como protección contra el acceso no deseado a la Información confidencial al transmitirla por Internet, por correo electrónico y a través de dispositivos móviles. La Información confidencial no se debe intercambiar con partes externas autorizadas a través de correo electrónico, a menos que se utilicen herramientas de transferencia segura de archivos de Kinross. Los Representantes de Kinross deben regirse por todas las políticas y procedimientos de seguridad de la información vigentes de vez en cuando. Los Representantes de Kinross no deben usar ningún servidor ni software de transmisión de datos de un tercero para enviar, recibir o almacenar cualquier Información confidencial, como cuentas de correo externas o el servicio o sitio ftp o en la nube de cualquier tercero a menos que obtengan autorización expresa de conformidad con las Políticas de Kinross aplicables en cuanto a la Tecnología de la información. Si un Representante de Kinross considera que se deben tomar medidas de seguridad más potentes (como el cifrado de datos o su protección mediante una contraseña) debido a la naturaleza de la Información confidencial que se transmite o por otra razón, deben consultarlo a un miembro del grupo de Tecnología de la información de Kinross. Solo se permiten excepciones a estos requisitos con la aprobación del Director del Departamento Jurídico y del Vicepresidente Sénior de Recursos Humanos y Servicios Corporativos o sus delegados respectivos.

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Los documentos que contengan información delicada se deben manejar con cuidado en todo momento y, cuando no se usen, se deben asegurar de manera adecuada. Debe prestar especial atención a la seguridad de los datos almacenados en el sistema de informático. Todos los Representantes de Kinross deben mantener en secreto sus contraseñas y bloquear los equipos delicados o valiosos cuando no los usen. Las contraseñas y otras credenciales electrónicas que se emiten a Representantes de Kinross no se deben compartir en ninguna circunstancia, ni siquiera con el personal de soporte de tecnología de la información interno o externo. Además, los Representantes de Kinross deben informar de inmediato a un miembro de su departamento de Tecnología de la información sobre la pérdida o el robo de un dispositivo a través del que se ha accedido a Tecnología de la información de Kinross o a Información confidencial.

b. Registros e informes financieros

Kinross exige que sus registros financieros sean exactos y completos. Estos registros sirven como base para administrar nuestros negocios y son cruciales para cumplir con nuestras obligaciones para con los clientes de Representantes de Kinross, los inversionistas y otras personas, así como para cumplir con los requisitos reglamentarios, fiscales, de informes financieros y otros. Los Representantes de Kinross que ingresen información en los registros de negocios o que emitan informes reglamentarios o financieros tienen la responsabilidad de presentar toda la información de manera veraz, exacta y oportuna. Ningún Representante de Kinross debe ejercer influencia o coerción alguna ni debe manipular o intentar manipular a los auditores independientes de Kinross.

c. Retención de registros

Kinross exige que sus registros se mantengan de acuerdo con las Políticas de Kinross (que incluyen, de manera enunciativa, las relacionadas con la retención de registros de negocios) y las leyes y normas relacionadas con la retención de registros comerciales. El término “registros comerciales” contempla gran variedad de archivos, informes, planes de negocios, facturas, recibos, órdenes de compra, acuerdos, comunicaciones y Políticas de Kinross, en formato impreso, electrónico, grabaciones de audio, microfichas y microfilm, ya sea que se mantengan en la oficina o en casa. Kinross prohíbe la destrucción de todo registro, salvo que lo autorice la Política de Retención y Destrucción de Registros de Kinross. En ocasiones, el Departamento Jurídico de Kinross puede imponer requisitos y restricciones adicionales que exijan a Kinross mantener dichos registros, por ley o por norma gubernamental, o debido a que existe un litigio o una investigación del gobierno pendiente o prevista en relación con tales registros.

La alteración o falsificación indebidas de cualquier registro comercial, ya sea en formato impreso o electrónico, queda estrictamente prohibida.

VII. ACTIVOS DE KINROSS

a. Uso de la propiedad de Kinross

Queda prohibido el uso de la propiedad de Kinross para beneficio personal (o para beneficio de cualquier pariente) o para cualquier objetivo ilícito o personal no autorizado o no ético. La información, tecnología, propiedad intelectual, edificios, terrenos, equipos, máquinas, software y dinero en efectivo se deben usar únicamente para fines comerciales excepto según lo establezcan las Políticas de Kinross o la legislación aplicable.

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b. Destrucción de propiedad y robo

Ningún Representante de Kinross debe dañar o destruir intencionalmente la propiedad valiosa de Kinross ni de ninguna otra persona, así como tampoco cometer robo de dicha propiedad.

c. Fraude

Ningún Representante de Kinross debe cometer fraude alguno en contra de Kinross ni que involucre a Kinross o a cualquier tercero en una relación de negocios con Kinross. El fraude incluye, de manera enunciativa, la malversación de fondos, valores, suministros u otros activos, el informe o manejo inadecuados de transacciones monetarias o financieras, especular como resultado de conocer información privilegiada sobre las actividades de la Empresa, divulgar a terceros no autorizados cualquier Información confidencial de Kinross o información confidencial y privada contraviniendo las restricciones de divulgación aplicables, divulgar actividades de valores u operativas corporativas de la Empresa reales o contempladas; aceptar de o solicitar a Proveedores o a otras personas en una relación comercial con Kinross cualquier bien de valor importante, excepto como lo establece este Código; la destrucción, la eliminación o el uso inadecuado de registros, mobiliario, elementos instalados y equipos de Kinross o cualquier actividad relacionada con lo anterior.

d. Propiedad intelectual

Toda la información, tecnología y propiedad intelectual, que incluyen todos los materiales creativos, programas, diseños, inventos, desarrollos, procesos, estrategias (colectivamente, incluido cualquier material relacionado o de incorporación, la “Propiedad Intelectual”) desarrollados por un Representante de Kinross mientras tenga una relación con Kinross pertenecen a la Empresa y todos los Representantes de Kinross ceden a la Empresa todos los derechos que puedan tener en cuanto a la Propiedad intelectual. Toda dicha Propiedad intelectual quedará como propiedad de Kinross después de que termine la relación con el Representante de Kinross. Los Representantes de Kinross tomarán las medidas razonables que les solicite la Empresa para confirmar la titularidad de la Propiedad intelectual por parte de Kinross y para permitir a Kinross perfeccionar y mantener su titularidad de dicha Propiedad intelectual. Todos los Representantes de Kinross ceden toda autoría y derechos morales que puedan tener sobre dicha Propiedad intelectual.

Los Representantes de Kinross no pueden reproducir, distribuir ni alterar los materiales protegidos por derechos de autor sin el permiso del propietario de los derechos de autor o sus representantes autorizados. El software usado en relación con los negocios de Kinross debe contar con las licencias necesarias y se debe usar únicamente de acuerdo con esa licencia.

e. Tecnología de la información

Los sistemas de tecnología de la información de Kinross, incluidos, entre otros, las computadoras, los servidores, las aplicaciones, las tabletas, los dispositivos portátiles (incluidos todos los mensajes de texto e instantáneos enviados o recibidos con dichos dispositivos), las direcciones de correo electrónico y el correo electrónico enviado o recibido en esas cuentas), el acceso a la intranet y a la Internet, los teléfonos y el correo de voz (colectivamente, la “Tecnología de la Información”) son propiedad de Kinross y se deben usar principalmente para fines comerciales. Los Representantes de Kinross deben usar la Tecnología de la información cuando hacen negocios para Kinross. Los Representantes de Kinross pueden usar los sistemas de Tecnología de la

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información de Kinross para su uso personal, menor o incidental, lo que se permite con la condición de que dicho uso cumpla con el Código y otras Políticas de Kinross aplicables.

Los Representantes de Kinross no pueden usar los Sistemas de Tecnología de la información de Kinross para:

• Permitir que otras personas tengan acceso a los Sistemas de Tecnología de la Información de Kinross a través del uso de sus contraseñas u otros códigos de seguridad;

• Enviar mensajes de acoso, discriminatorios, amenazantes u obscenos; • Acceder a Internet o al correo electrónico para usarlos de manera indebida; • Enviar o descargar documentos u otros medios protegidos por derechos de autor que no

tengan autorización de reproducir; • Descargar software, programas y otros datos, a menos que tengan la autorización expresa

para hacerlo del departamento de Tecnología de la información de Kinross. • Presentar solicitudes personales o grupales a menos que tengan autorización del

Vicepresidente de Comunicaciones Corporativas o su delegado o funcionario equivalente; • Gestionar negocios comerciales personales;

• Llevar a cabo actividades ilegales.

Aunque Kinross tomará las medidas razonables para proteger la confidencialidad del uso de la Tecnología de la información por parte de los Representantes de Kinross, Kinross se reserva el derecho de monitorear el uso de su Tecnología de la información como lo estime necesario para fines legítimos del negocio que incluyen, entre otros, el mantenimiento de los sistemas, mejoras, monitoreo del cumplimiento con las Políticas de Kinross, realizar investigaciones o responder a investigaciones o procedimientos legales o normativos. Kinross también se reserva el derecho de monitorear e inspeccionar las computadoras, los dispositivos móviles y de almacenamiento para dichos fines comerciales legítimos. Dicho monitoreo y/o inspecciones dirigido y regular se llevará a cabo de acuerdo con este Código y otras Políticas de Kinross aplicables aprobadas por el Director Ejecutivo y el Director del Departamento Jurídico, o sus delegados respectivos. Por consiguiente, los Representantes de Kinross no deben tener ninguna expectativa de privacidad cuando usan la Tecnología de la información de Kinross y deben entender que las comunicaciones a través de la Tecnología de la información de Kinross no son privadas incluso si no tienen relación con los negocios.

La información recopilada a través de dichos monitoreos e inspecciones sólo se recopilará, usará o divulgará para objetivos comerciales legítimos, y se puede divulgar a los Representantes de Kinross o asesores y funcionarios del gobierno, entidades reguladoras o de policía que necesiten conocerla para ayudar o responder en investigaciones o procedimientos legales o normativos, sujeto solo a los requisitos expresos de la ley aplicable.

Si cualquier Representante de Kinross usa su dispositivo electrónico personal en lugar de un dispositivo electrónico emitido por Kinross para acceder a los Sistemas de Tecnología de la Información de Kinross o a la Información Confidencial de Kinross, dicho acceso quedará sujeto a este Código (incluidos, entre otros, los derechos de monitoreo e inspección a los que se hizo referencia anteriormente) y otras Políticas de Kinross aplicables. Específicamente, cualquier mensaje de correo electrónico, de texto o instantáneo que envíen o reciban los Representantes

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de Kinross a través de su correo electrónico de Kinross y de sus cuentas inalámbricas puede ser monitoreado por Kinross, sujeto a este Código y a otras Políticas de Kinross aplicables. Cualquier copia de la Información confidencial de Kinross u otros documentos o datos en dichos dispositivos electrónicos serán y seguirán siendo propiedad de Kinross.

La seguridad de la Tecnología de la información de Kinross, que incluye la ciberseguridad, es responsabilidad de cada Representante de Kinross. En caso de cualquier amenaza para o incidente de ciberseguridad de los que sospeche, debe informar del asunto en forma directa al departamento de Tecnología de la información de Kinross o, a través de correo electrónico, a [email protected]. Los Representantes de Kinross deben asegurarse de proteger en forma adecuada la información de Kinross cuando usen redes inalámbricas domésticas o públicas. Los Representantes de Kinross deben proteger toda la Información confidencial de Kinross almacenada en dispositivos portátiles y restringir el acceso a cualquier dispositivo que pueda acceder a los sistemas de Kinross o contener Información confidencial de Kinross; si se usan dispositivos personales para negocios de Kinross, estos se deben respaldar correctamente y, antes de eliminarlos, es necesario borrar su memoria.

VIII. CÓMO USAR ESTE CÓDIGO Y DENUNCIAR INFRACCIONES

a. Responsabilidades de los Representantes de Kinross

Es responsabilidad de todos los Representantes de Kinross entender y cumplir este Código de ética y conducta empresarial y, al inicio de su contrato con Kinross, todos los Representantes de Kinross deben firmar un acuse de recibo en el formulario adjunto como Anexo “A” a este Código. Anualmente, después de eso, todos los Empleados en el nivel de dirección y superior deben proporcionar un acuse de recibo en el formulario adjunto como Anexo “B” a este Código.

La firma de estos acuses de recibo por parte de un Representante de Kinross es una declaración de que (i) ha leído, entiende a cabalidad y cumplirá todas las disposiciones de este Código, (ii) ha solicitado y obtenido cualquier aclaración de cualquier disposición del Código y (ii) en cualquier renovación anual no está enterado, después de una debida investigación, de ninguna infracción al Código por parte de otras personas dentro de su área de responsabilidad. Kinross tomará las medidas disciplinarias que considere adecuadas, incluido el despido, la terminación del cargo de director o el contrato, ante cualquier incumplimiento de dicha declaración.

Los requisitos anteriores conforme a esta sección del Código, que incluyen el requisito de que dicho acuse de recibo, su forma y contenido y el proceso de firma, quedan sujetos a enmienda como lo indique el Comité de Control Corporativo del Directorio y el Director del Departamento Jurídico (o su delegado), de vez en cuando.

b. Cómo denunciar e investigar infracciones de cumplimiento y conducta inadecuada

Este Código y la Política de denuncias de Kinross están diseñados para proporcionar un ambiente de comunicación abierta para los asuntos de cumplimiento y para garantizar que el Representante de Kinross que actúe de buena fe tenga los medios para denunciar infracciones reales o presuntas a las Políticas de Kinross o a las leyes aplicables u otra conducta inadecuada cometida por un Representante de Kinross o por otras personas asociadas con Kinross (cada uno un “Asunto denunciable”), sin temor a represalias. Si un Representante de Kinross observa, se entera de o, actuando de manera honesta y de buena fe, tiene fundamentos razonables para sospechar

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que ocurrió un Asunto denunciable, debe informar sobre las circunstancias de dicho asunto (una “ “Denuncia”) de acuerdo con la Política de denuncias de Kinross. Si un Representante de Kinross denuncia infracciones reales o presuntas a su gerente conforme con la Política de Denuncias de Kinross, el Representante debe dejar en claro que está realizando una Denuncia y que esta debe tratarse de manera acorde con la Política de Denuncias.

Varios asuntos que se tratan en este Código, incluidos los que se relacionan con la discriminación, el acoso, la violencia en el lugar de trabajo, las condiciones de trabajo u otro trato inadecuado pueden ser delicados, y los Representantes Kinross y otras personas probablemente se rehúsen a denunciar esos asuntos a una persona que no sea un representante de alta jerarquía del departamento de Recursos Humanos de Kinross. Conforme con ello, como se establece en la Política de denuncias de la Empresa, animamos a los Representantes de Kinross a presentar cualquier denuncia sobre esos asuntos en forma directa, verbal o por escrito, al Vicepresidente de Recursos Humanos (o, como alternativa, directamente al Director del Departamento Jurídico o al Vicepresidente y Asesor Jurídico (Corporativo) o, si el asunto involucra a estas personas, deben presentar la denuncia a otro miembro del equipo de gerencia sénior de la Empresa).

Recordamos a los Representantes de Kinross que tienen derecho a usar otras vías para denunciar cualquier incidente de discriminación, acoso o violencia en el lugar de trabajo. En caso de discriminación ilegal o acoso, ciertas personas pueden presentar una queja ante el organismo de derechos humanos correspondiente. En caso de abuso físico o sexual, se debe contactar a la policía.

Después de recibir una Denuncia, de conformidad con la Política de denuncias, el Asunto denunciable será evaluado y, según corresponda, investigado. La evaluación tomará en cuenta, entre otros factores, la identidad del presunto infractor, la naturaleza de la presunta infracción (específicamente, si la presunta infracción, en caso de que haya ocurrido, constituye un incumplimiento de la ley o de este Código), la gravedad de la presunta infracción y la credibilidad del reclamo. Cualquier investigación se llevará a cabo de acuerdo con la Política de denuncias y, al terminar la misma, Kinross podrá tomar medidas disciplinarias de corrección, si corresponde. Las medidas disciplinarias correctivas variarán en envergadura tomando en cuenta, entre otras cosas, la naturaleza y gravedad de la infracción y, si se comprueba que el infractor ha cometido infracciones a las Políticas de Kinross o las leyes aplicables anteriormente o si ha manifestado algún otro tipo de conducta inadecuada. Las medidas disciplinarias correctivas pueden incluir, de manera enunciativa, una disculpa por escrito, orientación, reasignación de tareas, suspensión, terminación de la relación con Kinross o recuperación de compensaciones anteriores. La antigüedad o la jerarquía en la Empresa no serán factores relevantes para determinar la medida disciplinaria adecuada.

No habrá represalias contra ninguna persona por denunciar de buena fe inquietudes o infracciones de cumplimiento. Cualquier Representante de Kinross que crea que él/ella (o cualquier otra persona) está siendo víctima de represalias por haber presentado una Denuncia debe denunciar dichas represalias de acuerdo con la Política de denuncias de Kinross.

En la medida de lo posible, trataremos todas las Denuncias de manera confidencial. La Empresa no divulgará, sin consentimiento, el nombre de ninguna persona que presente una Denuncia ni las circunstancias del Asunto denunciable relacionadas con cualquier otra persona, excepto en los casos en que la divulgación sea necesaria para los fines de una investigación completa y justa de las acusaciones de acuerdo con la Política de denuncias, con el fin de tomar medidas para

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corregir el asunto y/o según lo exija la legislación aplicable.

Investigaremos todas las Denuncias de acoso en el lugar de trabajo. Antes de investigar un incidente de acoso en el lugar de trabajo, se le puede pedir a la persona que denuncia el incidente que redacte un informe del incidente. La Empresa llevará a cabo o coordinará una investigación adecuada considerando las circunstancias.

Al término de una investigación de acoso en el lugar de trabajo, la Empresa determinará la aplicación de medidas correctivas (si son necesarias) y/o de medidas disciplinarias. Los resultados de dicha investigación de acoso (incluidas las medidas disciplinarias y/o correctivas que tome la Empresa con respecto al asunto) se divulgarán a (a) el o los Representantes de Kinross que fueron víctimas de la conducta de acoso real o presunta y (b) el o los Representantes de Kinross que incurrieron en la conducta de acoso real o presunta.

Las acusaciones falsas o frívolas pueden tener un efecto perjudicial grave y se consideran una forma de conducta indebida según este Código. Si la Empresa está convencida de que se ha hecho una acusación falsa o frívola, la persona que la realice puede ser sometida a medidas disciplinarias correctivas que incluyen la terminación de su relación con Kinross.

Los Representantes de Kinross deben consultar la Política de denuncias de Kinross para obtener una descripción más detallada de lo que constituye un Asunto denunciable, el proceso para realizar, recibir, evaluar e investigar una Denuncia y para tomar cualquier medida correctiva, la protección de los “denunciantes” y los registros que se guardan con respecto a una Denuncia. Existe una copia de la Política de denuncias disponible para los Representantes de Kinross en la página Legal de KinrossConnected o bien pueden pedirla a un miembro del Departamento Jurídico de Kinross.

Las personas que no sean Representantes de Kinross deben consultar los procedimientos de denuncia disponibles para ellas en la página “Denuncias” de la sección “Control corporativo” del sitio web de la Empresa (www.kinross.com).

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Anexo “A”

Acuse de recibo y comprensión para NUEVOS Representantes de Kinross

Por medio del presente, yo, (inserte el nombre) reconozco haber leído el Código de ética y conducta empresarial de Kinross (el “Código”), entiendo a cabalidad sus disposiciones y cumpliré con el Código en todo momento y en todos los aspectos por él contemplados.

Firma Fecha

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Anexo “B”

Acuse de Recibo y Entendimiento para los Representantes de Kinross EXISTENTES

Por medio del presente, yo, (inserte el nombre) reconozco haber leído el Código de ética y conducta empresarial de Kinross (el “Código”) y entiendo a cabalidad sus disposiciones. No he infringido las disposiciones del Código y, luego de una investigación debida, no estoy enterado de ninguna infracción al Código por parte de otras personas dentro de mi área de responsabilidad. Cumpliré con el Código en todo momento y en todos los aspectos.

Firma Fecha

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ANEXO “A”

TÉRMINOS DEFINIDOS

“Junta Directiva” significa la junta de directores de Kinross Gold Corporation.

La “Empresa” (o “Kinross”) significa, colectivamente, Kinross Gold Corporation y todas sus Subsidiarias.

“Contratistas" se refiere a los contratistas independientes de la Empresa, que son personas contratadas por un período determinado o para un proyecto o servicio específicos.

“Directores" se refiere los miembros de la Junta directiva o de la junta directiva de cualquier Subsidiaria.

“Empleados” se refiere a los empleados a tiempo completo, a tiempo parcial, con un contrato por un período fijo o interinos, estudiantes o becarios de la Empresa o cualquiera de sus empresas conjuntas en que la Empresa sea el operador.

“Representante de Kinross” se refiere a cualquier Director, Funcionario, Empleado y Contratista, según se define en el Anexo “A”, agentes y otros representantes de la Empresa.

"Funcionario" se refiere un funcionario de la Empresa o cualquiera de sus divisiones operativas respectivas, que incluye, de manera enunciativa, el Presidente o el Vicepresidente de cualquier junta directiva de la Empresa, o el Presidente, el Director Ejecutivo, el Director de Operaciones, el Director de Finanzas, el Director del Departamento Jurídico, un Vicepresidente Ejecutivo o de alto rango, un Vicepresidente, el Secretario Corporativo, el Secretario Corporativo Adjunto, el Contralor, el Tesorero, el Tesorero Asistente o el Gerente General de la Empresa o cualquiera de sus divisiones operativas, o cualquier otra persona que desempeñe funciones para la Empresa similares a las que normalmente realiza una persona que ostenta cualquiera de los cargos antes mencionados.

"Subsidiaria" se refiere a una entidad que es controlada por (1) Kinross Gold Corporation, (2) Kinross Gold Corporation y una o más entidades, cada una de las cuales es controlada por Kinross Gold Corporation, o (3) dos o más entidades, cada una de las cuales es controlada por Kinross Gold Corporation, o (4) es subsidiaria de cualquier entidad que sea controlada por Kinross Gold Corporation. En general, una entidad “controla” a otra entidad cuando la primera posee más del 50% de los valores con derecho a voto en circulación de la otra entidad.

“Proveedor” se refiere a cualquier proveedor, actual o previsto, de bienes o servicios a Kinross, excepto los siguientes:

• servicios de agua potable;

• bancos;

• compañías aseguradoras;

• asesores financieros;

• asesores legales;

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• organismos de gobierno;

• prestadores de servicios de relaciones gubernamentales;

• vendedores o arrendadores de bienes raíces;

• asesores inmobiliarios;

• titulares de derechos; y

• cualquier compañía Kinross que suministra bienes o servicios a otra compañía Kinross.