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Conforme al Artículo Transitorio del Reglamento para la tramitación de acusaciones o denunciasrelacionadas con la conducta profesional de los asociados, de 14 de mayo de 1984, el Colegiode Abogados de Chile A.G., asociación gremial sucesora legal del Colegio de Abogados, adoptólas normas del Código de Ética Profesional, aprobado por el Consejo General del Colegio deAbogados de Chile en sesión del 28 de octubre de 1948, hasta la dictación de un nuevo Códigode Ética aplicable a los abogados.
El 18 de abril de 2011, el Consejo General (2007-2011) aprobó un nuevo Código de ÉticaProfesional.
A contar del 1º de Agosto de 2011 el presente Código sustituirá el Código de Ética Profesionaldel Abogado de 28 de octubre de 1948 y todos los acuerdos modificatorios e interpretativos delmismo en su calidad de regulación interna del Código de Ética del Colegio de Abogados deChile.
(Colegio de Abogados, 2011)
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