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CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA EN SENTIDO NEGATIVO: Ordinario Laboral 108-2014 of. 2do. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO, PREVISIÓN SOCIAL Y DE FAMILIA DE EL DEPARTAMENTO DE EL QUICHÉ------------------------------- Mario Mejía Solís de Treinta y dos años de edad, casado, guatemalteco, Bachiller en Ciencias y Letras, domicilio en el departamento de Quetzaltenango, Departamento y actuó como representante legal de la empresa de seguridad denominada “HERCULES”, señalo lugar para recibir notificaciones en la tercera calle tres guión veinte de la zona dos del departamento de Quetzaltenango, actuó bajo la asesoría de los abogados RAMIRO ALEXANDER QUISQUE LAJUJ quien puede ser notificado en su bufete popular ubicada en la tercera avenida dos guion catorce de la zona dos de este departamento e IRMA NINETH IRUNGARAY REYES , quien puede ser notificada en su bufete popular ubicado en la quinta calle tres guion veinte de la zona cinco de este departamento de

Contestación de La Demanda en Sentido Negativo

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CONTESTACIN DE LA DEMANDA EN SENTIDO NEGATIVO:Ordinario Laboral108-2014 of. 2do.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO, PREVISIN SOCIAL Y DE FAMILIA DE EL DEPARTAMENTO DE EL QUICH------------------------------- Mario Meja Sols de Treinta y dos aos de edad, casado, guatemalteco, Bachiller en Ciencias y Letras, domicilio en el departamento de Quetzaltenango, Departamento y actu como representante legal de la empresa de seguridad denominada HERCULES, sealo lugar para recibir notificaciones en la tercera calle tres guin veinte de la zona dos del departamento de Quetzaltenango, actu bajo la asesora de los abogados RAMIRO ALEXANDER QUISQUE LAJUJ quien puede ser notificado en su bufete popular ubicada en la tercera avenida dos guion catorce de la zona dos de este departamento e IRMA NINETH IRUNGARAY REYES , quien puede ser notificada en su bufete popular ubicado en la quinta calle tres guion veinte de la zona cinco de este departamento de el Quetzaltenango, referidos a la demanda que el procedimiento ordinario laboral ha identificado en este juzgado con el numero ciento ocho guion dos mil catorce a cargo del oficial segundo, que promueve en contra el seor: Abner Jonathan Gmez De Len. Demanda que contesto en sentido negativo e Interponer Excepcin Perentoria de Falsedad de los Hechos y para el efecto expongo los siguientes:--------------------------------------------HECHOSa) El actor manifiesta que con fecha trece de agosto del presente ao lo desped del trabajo en forma indirecta e injustificada, lo anterior no es cierto en virtud que la relacin laboral se dio por terminada con justa causa porque se presento a sus labores frecuentemente en estado da doce de agosto a eso de las diez de la maana cuando se dispona a recibir turno compaeros de trabajo donde prestaba su servicio informaron que en ese momento se encontraba bajo efectos de licor, por lo que me presente al lugar de trabajo y constate su estado de ebriedad, en consecuencia se suscribi el acta correspondiente en la sede de Quetzaltenango el mismo da y se le reitero que terminaba su relacin laboral con la empresa el da trece de agosto del ao dos mil catorce.-------------------------------------------b) Manifiesta el actor que yo le pagaba el salario mensual dos mil trescientos quetzales exactos lo que es falso porque yo le pagaba a l la cantidad de dos mil quinientos exactos divididos en dos pagos al mes, lo cual probare con la planillas y cheques de pago correspondientes.----------------------------------------------------------------------------------------c) Indica tambin el actor que le adeudo la bonificacin incentivo a razn de doscientos cincuenta quetzales mensuales, pero esta prestacin tambin se la pague y en cuanto a la bonificacin anual se la hice efectiva el catorce de julio del dos mil catorce, por lo que si reconozco que le adeudo la proporcional al ltimo da de su despido ---------------------d) En cuanto a las vacaciones las gozo al cumplir el ao de servicio, y lo pendiente es lo proporcional del ltimo periodo. ---------------------------------------------------------------------e) La indemnizacin se le fue cancelada el mismo da de su despido.--------------------------f) Asimismo comparezco a INTERPONER EXCEPCIN PERENTORIA DE FALSEDAD DE LOS HECHOS por la parte Actora debido a la siguiente argumentacin:I): Las pretensiones de la parte actora son totalmente fuera de lugar, ya que en la respectiva demanda, omite indicar las razones de su retiro de la compaa de seguridad denominada HRCULES, siendo entre otros que previo al despido se dio la oportunidad de enmendar las faltas cometidas y no se realizaron, pues no era la primera ocasin, siempre se ausentaba de sus labores y obligaciones, aduciendo excusas que no comprob, sin embargo se le sorprendi que ingera licor frecuentemente cerca de sus lugares de trabajo. --------------------------------------------------------------------------------------II) Respecto a la solicitud del pago de vacaciones atrasadas, aguinaldo, bonificacin anual, adjunta al presente memorial, fotocopia de los cheques respectivos de pago y planilla.FUNDAMENTO DE DERECHO: Artculo 77 inciso f y h del Cdigo de Trabajo. Art. 101 Constitucin Poltica de la Repblica de Guatemala 358,354 Cdigo de Trabajo (CT). DECLARACIN DE TESTIGOS 350, 348 CT. EXHIBICIN DE DOCUMENTOS 353 CT y 332 CT.PRUEBASA) CONFESIN JUDICIAL: la que debe prestar el seor: Abner Jonatn Gmez De Len, conforme al pliego de posiciones que ser presentada en su momento procesal oportuno durante la primera audiencia, la cual versa sobre los hechos de la demanda y su contestacin, y con esto pruebo cuanto duro la relacin laboral, el salario efectivamente pagado, el pago de la Bonificacin incentivo, el goce de vacaciones por parte del actor y el tiempo que duro la relacin laboral, su adiccin al alcohol, frecuentes faltas laborales y dems que ser presentada y leda en su momento procesal.-------------------------------------B) TESTIGOS: propongo la declaracin testimonial de los seores PEDRO DAVID IXCOY quien labora como agente de seguridad de la empresa de seguridad denominada HERCULES, y , persona que labora como secretaria Nancy Aurora Velsquez Girn y quien lleva los controles de asistencia de ingreso a sus labores despus de gozar sus descansos los agentes de seguridad privada, sern presentados a declarar en la audiencia que para el efecto se seale, ruego con esta declaracin la causa del despido y las vacaciones gozadas por el actor, los testigos declararan al tenor del interrogatorio:1. Diga el testigo si conoce al Seor: Abner Jonatn Gmez De Len.2. Diga el testigo, si ha faltado a su trabajo el seor en el transcurso de este ao: Abner Jonatn Gmez De Len.3. Diga el testigo si ha gozado de sus vacaciones el seor: Abner Jonatn Gmez De Len 4. Diga el testigo si ha visto llegar en estado de ebriedad al Sr. Abner Jonatn Gmez De Len alguna vez o con qu frecuencia a su lagar de trabajoC) DOCUMENTOS: a) Copia simple de la demanda presentada por el seor: Abner Jonatn Gmez De Len con la que se acredita lo indicado, respecto a la forma del supuesto despido, la cual obra en el proceso. b) Los recibos de pago de salario firmados por el actor con la que acredito que el reciba el salario mensual de dos mil quinientos quetzales exactos divididos en dos partes al mes. c) Acta numero uno con causal de despido justificado. d) Recibos de pago de la bonificacin incentiva por valor de doscientos cincuenta quetzales cada uno firmadas por el actor, con los que acredito que no le adeudo esta prestacin. e) copia planilla de pagos quincenales.PETICINTRAMITE: A) Que se admita para su trmite la presente contestacin de demanda en sentido negativo del procedimiento ordinario laboral, arriba identificado. B) Tener por sealado el lugar antes indicado para recibir mis notificaciones, con mis abogados defensores auxiliantes propuestos, por ofrecidos los medios de prueba propuestos e individualizados. C) Que se seale segunda audiencia para la recepcin de los medios de prueba ofrecidos, en cuya oportunidad que se reciba la confesin judicial del actor conforme al pliego de posiciones que en plica adjunto y para el efecto debe citrsele bajo apercibimiento de ser declarado confeso si dejare de asistir sin justa causa; en esa misma audiencia que se reciba la declaracin testimonial de los testigos propuestos quienes declararan conforme al interrogatorio pre incierto.----------------------------------------------DE FONDO:D) Que oportunamente se dicte sentencia declarando sin lugar la demanda por despido indirecto e injustificado promovida en contra por el seor: Abner Jonathan Gmez De Len , como consecuencia que no le adeudo indemnizacin, que as mismo por haberse acreditado documentalmente y confirmado con los testigos y la confesin judicial se delibere de la obligacin del pago de bonificacin incentivo, bonificacin anual, vacaciones, y que si quedo obligado al pago de vacaciones proporcionales, bonificacin incentivo proporcional y aguinaldo proporcional a la fecha de su despido justificado--------COPIAS: Adjunto duplicado y dos copias del presente memorial adjunto adems una plica con el pliego de posiciones.---------------------------------------------------------------------------Fundamento legal: Art. 101 Constitucin Poltica de la Repblica de Guatemala 358,354 Cdigo de Trabajo (CT). DECLARACIN DE TESTIGOS 350, 348 CT. EXHIBICIN DE DOCUMENTOS 353 CT y 332 CT.SANTA CRUZ DEL QUICHE, TREINTA DE AGOSTO DEL DOS MIL CATORCE.

Mario Meja Sols (Demandado) Lic. Ramiro Alexander Quisque Lajuj Abogado asesor

Irma Nineth Irungaray Reyes Abogado asesor

PLIEGO DE POSICIONES QUE MEDIANTE CONFESION JUDICIAL, EN FORMA PERSONAL Y NO POR MEDIO DE APODERADO DEBERA DE ABSOLVER EL ACTORRPEDRO IXCOY RAYNOSO, A SOLICITUD DEL SEORMARIO MEJIA SOLIS, PREVIA CALIFICACION POR EL JUEZ EN LA AUDIENCIA QUE SE SEALE PARA EL EFECTO DENTRO DEL JUICIO ORDINARIO LABORAL No. 1.- Diga el absolvente, ERIK ABEL SAPUT, si es cierto, que usted celebro contrato de trabajo con fecha xxxxxxxx con la compaa de seguridad privada denominada HERCULES teniendo como representante legal al seor MARIO MEJIA SOLIS.1.- Diga el absolvente, ERIK ABEL SAPUT, si es cierto, que usted fue despedido por el seor MARIO MEJIA SOLIS, para desempear el cargo de agente de seguridad de la compaa denominada HERCULES.2.- Diga EL absolvente, ERIK ABEL SAPUT, si es cierto, que se ausentaba frecuente de sus labores como agente de seguridad3.- Diga EL absolvente, ERIK ABEL SAPUT, si es cierto, que constantemente beba sustancias embriagantes.-3.- Diga EL absolvente, ERIK ABEL SAPUT, si es cierto, que cuando don MARIO MEJIA SOLIS le daba una instruccin de trabajo usted las incumpla. 3.- Diga EL absolvente, ERIK ABEL SAPUT, si es cierto, que cuando don MARIO MEJIA SOLIS le daba una instruccin de trabajo usted las cumpla fuera de fecha. 4.- Diga el absolvente ERIK ABEL SAPUT, si es cierto, que el seor MARIO MEJIA SOLIS, era la persona de quien usted reciba su sueldo mensual.-5.- Diga la absolvente, ERIK ABEL SAPUT si es cierto, que al recibir el monto del salario que usted y el seor MARIO MEJIA SOLIS, acordaron, usted le extenda un recibo.-6.- Diga la absolvente, ERIK ABEL SAPUT, si reconoce el contenido y como suya la firma que calza el recibo de fecha catorce de agosto de dos mil catorce, que adjunte al memorial por medio del cual INTERPUSE EXCEPCIONES DILATORIAS DE FALTA DE VERACIDAD EN MI CONTRA PARA SER DEMANDADO(favor de ponerlo a la vista).7.- Diga el absolvente, ERIK ABEL SAPUT, si es cierto, que usted nica y exclusivamente se desempeaba como agente de seguridad privada de la compaa DENOMINADA HRCULES representante legal el seor MARIO MEJIA SOLIS.13.- Diga el absolvente, ERIK ABEL SAPUT, si es cierto, que su relacin laboral con el seor MARIO MEJIA SOLIS, concluy cuando el mismo se encontraba bajo efectos de licor estando uniformado y de turno.14.- Diga la absolvente, ERIK ABEL SAPUT, si es cierto, que usted carece de los atributos legalmente necesarios para dirigir en mi contra su pretensin, porque la relacin laboral culmino por su mala conducta y de tener un habito de ingerir bebidas embriagantes.

SANTA CRUZ DEL QUICHE, ocho de septiembre de dos mil catorce.

INTERPOSICIN DE EXCEPCION DILATORIA:JUICIO ORDINARIO LABORAL No. 108-2014. Of. 2.SEOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJAO Y PREVISION SOCIAL Y DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE EL QUICHE. - - - - - - - - - - - - - - - - - - MARIO MEJIA SOLIS, de treinta aos de edad, casado, representante legal de la compaa de seguridad denominada HERCULES ubicada en la tercera calle tres guin veinte de la zona dos del departamento de Quetzaltenango, guatemalteco, vecino del municipio de Santa Cruz del Quich, departamento de El Quiche, acto bajo la asesora del abogado RAMIRO ALEXANDER QUISQUELAJUJ; y el abogado SAMUEL TIAN MEJIA sealo como lugar para recibir notificaciones en sus bufetes populares de ambos en la direccin escritos en los expedientes anteriores , con todo respeto comparezco ante usted a contestar la demanda y plantear EXCEPCIONES DILATORIAS DE PESCRIPCION DE DERECHO DE PARTE ACTORA PARA RECLAMAR PRESTACIONES LABORALES, en virtud de lo siguiente:HECHOS:I. Consta en el proceso de la parte demandante fue despedido directamente en el del quince de julio de dos mil catorce.II. La parte actora compareci ante la Inspeccin Departamental de trabajo, el da diecisiete de julio de ese mismo ao, conforme a la adjudicacin C ciento once guion dos mil catorce, cuya copia presento el mismo actor y en el punto tercero dicha adjudicacin hace constar que el trabajador compareciente manifiesta que con ella se d por agotada la va conciliatoria y administrativa hacindole saber el seor inspector JORGE MARIO OGALDEZ, que a partir de esa fecha el trabajador tenia treinta das para hacer su reclamo, ante el juzgado de trabajo correspondiente, a efecto que no le prescribe derecho. - III. Habiendo firmado el trabajador, ahora actor de conformidad, pues la misma fue presentada dieciocho del ao dos mil catorce, ya su derecho haba prescrito, por lo que con base en .- - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - FUNDAMENTO DE DERECHOMe fundamento en lo que para el efecto establecen los artculos: 324 Cdigo de Trabajo, en el cual establece que previamente a contestar la demanda o la reconvencin, y en la audiencia sealada para tal efecto, se opondrn y se probaran las excepciones dilatorias, salvo las nacidas posterioridad, que se podr imponer hasta ante de que se dicte sentencia en segunda instancia. Artculo 343 del mismo cuerpo legal: establece que el juez debe resolver en la primera comparecencia la excepciones dilatorias a menos que la que corresponde oponerse. Artculo 260 Cdigo de Trabajo. Los derechos de los trabajadores para reclamar contra su patrono en los casos de despido o contra las correcciones disciplinarias que se le aplique, prescriben en el plazo de treinta das hbiles contados a partir de la terminacin del contratado o desde que se le impusieron dichas condiciones, respectivamente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PETICION1. Se tenga por presentado este memorial y documento adjunto y se agregue a sus antecedentes.1. Que se tome nota del lugar para recibir notificaciones el antes sealado.1. Que se tenga presente que actu bajo la asesora legal del licenciado Ramiro Alexander QuisqueLajuj. .1. Que se tenga por planteada la EXCEPCION DILATORIA ya relacionada, dndole audiencia a la contraparte de la misma como corresponde. 1. Que se tenga por ofrecidos y aportados los medios de prueba relacionados.1. Que una vez agorado los procedimientos anteriores, se resuelva en definitiva declarando con LUGAR la EXCEPCION PLANTEADA. CITA DE LEYES: Artculo citado: 1, 2, 3, 58, 260, 327, 328, 329, 330, 332, 337, 343, 335, 336, 337 del Cdigo de Trabajo.En la ciudad de Santa Cruz del Quiche, veinticinco de agosto del ao dos mil catorce.

PLIEGO DE POSICIONES QUE MEDIANTE CONFESION JUDICIAL, EN FORMA PERSONAL Y NO POR MEDIO DE APODERADO DEBERA DE ABSOLVER EL ACTORRPEDRO IXCOY RAYNOSO, A SOLICITUD DEL SEORMARIO MEJIA SOLIS, PREVIA CALIFICACION POR EL JUEZ EN LA AUDIENCIA QUE SE SEALE PARA EL EFECTO DENTRO DEL JUICIO ORDINARIO LABORAL No. XXXXX1.- Diga el absolvente, PEDRO IXCOY RAYNOSO, si es cierto, que usted celebro contrato de trabajo con fecha xxxxxxxx con la compaa de seguridad privada denominada HERCULES teniendo como representante legal al seor MARIO MEJIA SOLIS.1.- Diga el absolvente, PEDRO IXCOY RAYNOSO, si es cierto, que usted fue despedido por el seor MARIO MEJIA SOLIS, para desempear el cargo de agente de seguridad de la compaa denominada HERCULES.2.- Diga EL absolvente, PEDRO DAVID IXCOY RAYNOSO, si es cierto, que se ausentaba frecuente de sus labores como agente de seguridad3.- Diga EL absolvente, PEDRO DAVID IXCOY RAYNOSO, si es cierto, que constantemente beba sustancias embriagantes.-3.- Diga EL absolvente, PEDRO DAVID IXCOY RAYNOSO, si es cierto, que cuando don MARIO MEJIA SOLIS le daba una instruccin de trabajo usted las incumpla. 3.- Diga EL absolvente, PEDRO DAVID IXCOY RAYNOSO, si es cierto, que cuando don MARIO MEJIA SOLIS le daba una instruccin de trabajo usted las cumpla fuera de fecha. 4.- Diga el absolvente PEDRO DAVID IXCOY RAYNOSO, si es cierto, que el seor MARIO MEJIA SOLIS, era la persona de quien usted reciba su sueldo mensual.-5.- Diga la absolvente,PEDRO DAVID IXCOY RAYNOSO si es cierto, que al recibir el monto del salario que usted y el seor MARIO MEJIA SOLIS, acordaron, usted le extenda un recibo.-6.- Diga la absolvente, PEDRO DAVID IXCOY RAYNOSO, si reconoce el contenido y como suya la firma que calza el recibo de fecha catorce de agosto de dos mil catorce, que adjunte al memorial por medio del cual INTERPUSE EXCEPCIONES DILATORIAS DE FALTA DE VERACIDAD EN MI CONTRA PARA SER DEMANDADO(favor de ponerlo a la vista).7.- Diga el absolvente, PEDRO DAVID IXCOY RAYNOSO, si es cierto, que usted nica y exclusivamente se desempeaba como agente de seguridad privada de la compaa DENOMINADA HRCULESrepresentante legal el seor MARIO MEJIA SOLIS.13.- Diga el absolvente, PEDRO DAVID IXCOY RAYNOSO, si es cierto, que su relacin laboral con el seor MARIO MEJIA SOLIS, concluy cuando el mismo se encontraba bajo efectos de licor estando uniformado y de turno.14.- Diga la absolvente, PEDRO DAVID IXCOY RAYOSO, si es cierto, que usted carece de los atributos legalmente necesarios para dirigir en mi contra su pretensin, porque la relacin laboral culmino por su mala conducta y de tener un habito de ingerir bebidas embriagantes.

SANTA CRUZ DEL QUICHE, ocho de septiembre de dos mil catorce.

RESOLUCION DE TREMITE DE INTERPOSICION DE EXCEPCION DILATORIA:JUICIO ORDINARIO LABORAL No. 108-2014.Of. 2.JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE EL QUICHE, VEINTISEIS DE AGOSTO DEL AO DOS MIL DIEZ. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -I. Por recibido el memorial que antecede, presentado por MARIO SOLIS MEJIA; II) Se tiene como lugar para recibir notificaciones, por parte del presentado, el sealado; II) Se toma nota de la Asesora con la cual acta; II) Se admite para su trmite el memorial de interposicin de EXCEPCIONES DILATORIAS DE PESCRIPCION DE DERECHO DE PARTE ACTORA PARA RECLAMAR PRESTACIONES LABORALES presentado, debindose resolverse en el momento procesal oportuno, segn lo establece la ley. III) Por aceptados los medios de prueba propuestos e individualizados por el presentado. IV) NOTIFQUESE. Artculos: 321, 327 al 329, 335 al 358 del Cdigo de Trabajo; 120, 121, 196 y 198, del Cdigo Procesal Civil y Mercantil; 141, 142, 143 de la Ley del Organismo Judicial.-

Licda. Nancy Aurora Velsquez Girn Juez de Primera Instancia

Irma NinethIrungaray Reyes Secretaria

NOTIFICACIN DE LA RESULCION DE INTERPOSICION DE EXCEPCION DILATORIAJUICIO ORDINARIO LABORAL No. 108-2014.Of. 2.NOTIFICACIONES en la ciudad de Santa Cruz del Quich, departamento del Quich, ________________________________ de ________________________________ del ao dos mil catorce, siendo las ___________________ horas con __________________minutos, en el lugar sealado en esta ciudad, NOTIFIQUE: a MARIO MEJIA SOLIS, el contenido ntegro de la resolucin de fecha veintisis de agosto del aos dos mil catorce, dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsin Social y de Familia del departamento del Quich, dentro Juicio identificado en el acpite, a cargo del Oficial Primero; por medio de cdula y copia que hice entrega a_______________________________________________________________________Quien quedo debidamente enterado (a) de la obligacin de la entrega, recibe la copia respectiva y copia de la presente notificacin y en constancia _______firma. DOY FE.

NOTIFICACION: En la ciudad de Santa Cruz del Quich, departamento del Quich, _______________________ de _____________________ del ao dos mil catorce, siendo las ___________________ horas con __________________minutos, en el lugar sealado en esta ciudad, NOTIFIQUE: a PEDRO DAVID IXCOY RAYNOSO, el contenido ntegro de la resolucin de fecha veintisis de agosto del aos dos mil catorce, dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsin Social y de Familia del departamento del Quich, dentro del Juicio identificado en el acpite, a cargo del Oficial Primero; por medio de cdula y copia que hice entrega a:__________________________________________Quien quedo debidamente enterado (a) de la obligacin de la entrega, recibe la copia respectiva y copia d

CEDULA DE NOTIFICACIN DEMANDA ORAL:

Notificacin: en el Municipio de Santa Cruz del Quich, departamento del Quich a los XXXXXX das del mes de XXXXXX ao dos mil catorce, siendo las XXXX horas con XXXXX minutos constituidos en la once calle diez guin cero cinco de la zona cuatro de este Municipio y Departamento, notifica a Mario Meja Sols el contenido ntegro de la resolucin de fecha veintiocho de julio del ao dos mil catorce, emitidas por el juzgado de primera instancia de trabajo y previsin social y de familia de santa cruz del Quich, quien si firma la presente Notificacin.

F:_____________________________ Notificado F:___________________________________ Notificador