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La revolución de los derechos ambientales: Constituciones, derechos humanos y medio ambiente
Dr. David R. Boyd
CNDH y CCA
Ciudad de México
26 de septiembre de 2012
¿Qué es el derecho a unmedio ambiente sano?
• Componentes sustantivos y de procedimiento.
• Los elementos sustantivos incluyen aire limpio, agua potable, un medio ambiente libre de contaminantes y ecosistemas saludables.
• Los elementos de procedimiento incluyen acceso a la información, participación en la toma de decisiones sobre el medio ambiente y acceso a la justicia (mecanismos judiciales y extrajudiciales).
Declaración de Estocolmo (1972)
Principio 1
El hombre tiene derecho fundamental a la libertad, la igualdad y el disfrute de condiciones de vida adecuadas en un medio ambiente de calidad tal que le permita llevar una vida digna y gozar de bienestar, y tiene la solemne obligación de proteger y mejorar el medio ambiente para las generaciones presentes y futuras.
Convenios internacionales
• Protocolo de San Salvador a la Convención Americana sobre Derechos Humanos
• Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos
• Convenio de Aarhus sobre el acceso a la información, la participación del público en el proceso de toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente
• Carta Árabe de Derechos Humanos
Países que reconocen el derecho a un medio ambiente sano en su
constitución, legislación o en convenios internacionales, a 2012.
Países que no reconocen el derecho a un medio ambiente sano, en el
ámbito nacional o internacional, a 2012.
Constituciones de paísesde todo el mundo
Alcance de la protección constitucional del medio ambiente
FIGURA 4.3
Prevalencia de disposiciones sobre protección al medio ambiente en constituciones nacionales
Tip
o d
e d
isp
osic
ión
co
nstitu
cio
na
l
Deber del gobierno
de proteger el medio
ambiente
Derecho individual a
un ambiente sano
Deber individual de
proteger el medio
ambiente
Derechos
ambientales
procesales
Número de países
Países con disposiciones en materia de protección
ambiental en su constitución, a 2012.
Países sin disposiciones en materia de protección
ambiental en su constitución, a 2012.
Países que reconocen el derecho constitucional a un
medio ambiente sano, a 2012.
Países que no reconocen el derecho constitucional a un
medio ambiente sano, a 2012.
Rezagados: Canadá y EU
CANADÁ
Petición sobre el derecho a un medio ambiente sano al Comisionado canadiense para el Medio Ambiente y el Desarrollo Sustentable en 2006.
La respuesta del gobierno negó implícitamente la existencia del derecho a un medio ambiente sano.
ESTADOS UNIDOS
Caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Comunidad altamente contaminada en Luisiana.
EU negó la existencia del derecho a un medio ambiente sano.
EU discutió incluso la aplicabilidad en su territorio del derecho internacional consuetudinario.
Líderes: Ecuador y Bolivia reconocen los derechos de la naturaleza
Constitución del Ecuador (2009)
Capítulo séptimo. Derechos de la naturalezaArtículo 71. La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.
Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observarán los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda.
El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema.
Beneficios de los derechos constitucionales sobre el medio ambiente
• Incentivar leyes y políticas en materia ambiental.
• Fortalecer la implementación y aplicación de la legislación.
• Dar prioridad a recursos para el manejo ambiental.
• Lograr que ciudadanos y comunidades participen en la tomade decisiones.
• Prevenir la discriminación en contra de comunidades vulnerables.
• Brindar recursos en caso de violación a los derechos.
• Aumentar la rendición de cuentas de gobiernos y sector privado.
• Mejorar el desempeño ambiental.
Posibles desventajas
Demasiada imprecisión para ser de utilidad.
Se interpretará como absoluto, imponiéndose sobre otros derechos.
Puede desencadenar un aluvión de litigios.
Transfiere facultades de legisladores elegidos a jueces no elegidos.
Redundante por la existencia de derechos humanos y legislación ambiental.
Sus disposiciones no pueden ejecutarse directamente.
Puede ser ineficaz.
Antropocéntrico: no reconoce los derechos de la naturaleza.
Investigación sobre resultados tangibles
• 92 países con derechos explícitos a un medio ambiente sano en su constitución
• Atención centrada en:
– Fortalecimiento de la legislación ambiental
– Ejecución judicial del derecho a un medio ambiente sano
– Desempeño ambiental
– Factores que afectan la repercusión de tal derecho
De la constitución al resultado ambiental: una secuencia causal simplificada
Constitution
| Legislation
|
Regulations |
Administrative agencies
| Policies/Prac tices/Procedures/Programs/Decisions
|
Implementation |
Changes in societal behaviors (individuals, businesses, NGOs, governments, etc.) |
Environmental outcomes
Constitución
Legislación
Reglamentos
Dependencias administrativas
Políticas, prácticas, procedimientos, programas y decisiones
Aplicación
Cambios en conductas de la sociedad(individuos, empresas, ONG y gobiernos)
Resultados ambientales
Ejemplo sudafricano I
• La Constitución de 1996 reconoce el “derecho a un medio ambiente que no sea nocivo para la salud o el bienestar”.
• Numerosas leyes aprobadas para satisfacer este derecho:
– Ley Nacional de Gestión Ambiental (National Environment Management Act) (1998)
– Ley de Calidad del Aire (Air Quality Act) (2004)
– Ley de Biodiversidad (Biodiversity Act) (2004)
– Ley Nacional del Agua (National Water Act) (1998)
– Gobierno local: Ley de Estructuras Municipales (Local Government: Municipal Structures Act) (1998)
– Gobierno local: Ley de Sistemas Municipales (Local Government Municipal Systems Act) (2000)
– Ley de Fomento del Acceso a la Información (Promotion of Access to Information Act) (2000)
– Ley de Fomento de la Administración de Justicia (Promotion of Administration of Justice Act) (2000)
Ejemplo sudafricano II
• La Constitución de 1996 reconoce el derecho al agua
• Ley de Servicios de Aguas (Water Services Act) de 1997
– 3(1) Toda persona tiene derecho de acceso al abasto de agua y a servicios de saneamiento básicos.
– (2) Toda institución que preste servicios de agua debe adoptar las medidas razonables para que se ejerzan tales derechos.
– (3) Toda autoridad responsable en materia de suministro de agua debe sentar, en su plan de desarrollo de servicios de agua, las bases para la adopción de medidas que coadyuven al ejercicio de esos derechos.
• Ley Nacional de Aguas (National Water Act) (1998)
• Cuantiosas inversiones en infraestructura de agua potable.
Resumen mundial
Influencia general de constituciones en legislaciones y litigios sobre medio ambiente
Le
gis
lacio
ne
sL
itig
ios
Sí
No
Incierto
Sí
No
Incierto
Número de países
De la constitución al resultado ambiental: una secuencia causal simplificada II
Acción legal por presunta violación al derecho a un medio ambiente sano
Fallo de un tribunal
Aplicación de la orden judicial
Cambios en conductas de la sociedad(individuos, empresas, ONG y gobiernos)
Resultados ambientales
Resumen mundial
Sí
No
Incierto
Sí
No
Incierto
Le
gis
lacio
ne
sL
itig
ios
Influencia general de constituciones en legislaciones y litigios sobre medio ambiente
Número de países
Beatriz Mendoza (Argentina)
Caso Beatriz Mendoza
• Acción legal interpuesta en 2004 en contra de gobiernos federal, estatales y municipales en la que se asevera que la contaminación industrial en la cuenca Matanza-Riachuelo violaba el derecho a un medio ambiente sano.
• La Corte Suprema de Justicia de Argentina ordenó al gobierno y a la industria presentar amplia información ambiental en 2006.
• En 2007 ordenó al gobierno trazar un plan de limpieza y restauración.
• Se emitió una resolución final en 2008.
Resolución del caso Beatriz Mendoza
• Inspecciones a todas las empresas contaminadoras; creación y puesta en marcha de planes de tratamiento de aguas residuales, con un cronograma estricto.
• Cierre de todos los rellenos sanitarios ilegales, y rediseño de confinamientos y limpieza de riberas.
• Optimización de sistemas de agua potable y tratamiento de aguas negras, así como de sistemas de alcantarillado y de descarga de aguas de lluvia a lo largo de la cuenca fluvial.
• Formulación de un plan de salud ambiental regional, que incluye contingencias en caso de emergencias.
• Supervisión a manos del Auditor General de la Nación de la asignación presupuestaria para la implementación del plan de restauración.
Ejecución de la resolución del caso Beatriz Mendoza
• Creación de un nuevo ente interjurisdiccional para el manejo de la cuenca (Autoridad de Cuenca Matanza-Riachuelo, Acumar)
• Asignación de fondos por 2 mil millones de dólares del Banco Mundial para desarrollar infraestructura y dar cumplimiento a la orden judicial.
• El número de funcionarios responsables de aplicar la legislación aumentó de tres a 250.
• A mediados de 2011, como parte de los avances, se suministró agua potable limpia a un millón de personas; se creó un nuevo sistema de tratamiento de aguas residuales para dar servicio a medio millón de personas; se clausuraron 167 empresas contaminadoras y 134 confinamientos de basura, y se establecieron 139 puntos de muestreo para el monitoreo de la calidad del agua, el aire y el suelo.
• Se impusieron multas a políticos responsables de supervisar la implementación por los avances tan lentos.
Pruebas empíricas sobre resultados ambientales
• Huella ecológica per cápita
• Clasificación con base en el desempeño ambiental
– Países de la OCDE
– Países grandes, ricos e industrializados
• Avances en la reducción de la contaminación atmosférica
• Avances en la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero
Constituciones y huella ecológica: comparación mundial
Figura 6.1 Constituciones y huella ecológica
Huella ecológica
(hectáreas)
Disposiciones
no ambientalesDisposiciones
ambientales
Hectá
reas p
or
habitante
Constituciones y huella ecológica: comparación regional
CUADRO 12.1
Disposiciones constitucionales y huella ecológica
Países
sin DAEC
Países con
obligaciones
Países con
derechos y
obligaciones
Promedio
regional
África
Asia-Pacífico
Continente americano
Medio Oriente y Asia
Central
Europa
Promedio global
Nota: Todas las medidas de la huella ecológica media están dadas en hectáreas por habitante.
DAEC: Disposiciones ambientales en constituciones.
Obligaciones: El gobierno tiene el deber de proteger el medio ambiente.
Derechos: Los ciudadanos tienen derecho a vivir en un medio ambiente sano.
Comparación de la OCDE
Average Ranking of OECD Nations
12.2
21.8
0
5
10
15
20
25
With Envt in Con Without Envt in Con
Clasificación promedio de países de la OCDE
Medio ambiente considerado en la constitución Medio ambiente no considerado en la constitución
Comparación del Consejo de Deliberaciones de Canadá (Conference Board of Canada)
Average Environmental Ranking of Nations
6.5
12.6
0
2
4
6
8
10
12
14
With Envt in Con Without Envt in ConMedio ambiente considerado en la constitución Medio ambiente no considerado en la constitución
Clasificación ambiental promedio de países
Tendencias en contaminación atmosféricay emisiones de gases de efecto invernadero
Los países cuyas constituciones incluyen disposiciones para la protección ambiental experimentaron:
Reducciones más rápidas en emisiones de NOX (1980-2010)
Reducciones 10 veces mayores en países con disposiciones ambientales contempladas en su constitución.
Mayores reducciones en emisiones de SO2 (1980-2010)
Disminución promedio de 85% en países cuyas constituciones prevén disposiciones ambientales respecto de 53% en países sin ellas.
Mayores reducciones en emisiones de gases de efecto invernadero (1990-2010)
Reducción promedio de 7.8% en países con disposiciones ambientales en su constitución respecto de 2.4% en aquellos donde no las hay.
Factores que afectan la influencia del derecho a un medio ambiente sano
• Condiciones sociales, económicas y políticas
– Compromiso por aplicar la legislación
– Disponibilidad de recursos para su ejercicio
• Estado de derecho
• Claridad de las disposiciones constitucionales específicas
• Ímpetu de la sociedad civil
• Acceso a la justicia
• Capacidad judicial de respuesta
Conclusiones
Rápida difusión de la protección constitucional del medio ambiente.
Influencia significativa en la legislación ambiental y las resoluciones judiciales.
Las disposiciones constitucionales sobre medio ambiente se vinculan con un desempeño ambiental superior.
Constitucion Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 4.
rminos de lo dispuesto por la ley.
n de dichos fines.
Constituciones estatales en México
Constitución Política del Estado de Yucatán
• ARTÍCULO 86. El Estado, en su función ordenadora de la convivencia humana, ejercerá la acción que le compete, en la medida necesaria para asegurar la solidaridad de los elementos asociados y garantizar a éstos una equitativa participación en el bienestar que nace de la convivencia misma.
El Estado, por medio de sus Poderes Públicos, garantizará el respeto al derecho de todo individuo de gozar de un ambiente ecológicamente equilibrado y la protección de los ecosistemas que conforman el patrimonio natural de Yucatán, basado en los siguientes principios:
– I. Los habitantes del Estado tienen derecho a vivir en un ambiente saludable que les permita una vida digna, y a hacer uso racional de los recursos naturales con que cuenta la Entidad, para alcanzar el desarrollo sostenido, en los términos que señale la ley de la materia.
Derecho ambiental
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
•
s social y tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable y establecer las bases para:
– I. Garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar.
• ART. 15(12).
n las medidas para garantizar ese derecho.
Acceso a la justicia
• Respecto de otros países latinoamericanos,México va a la zaga en términos de brindar acceso a procedimientos jurídicos cuando se viola el derecho a un medio ambiente sano (OCDE, 2005).
– Irónico dado que México es la cuna delrecurso de amparo.
• Países como Argentina, Brasil, Colombia y Costa Rica han introducido procedimientos que permiten el acceso expedito, económico y eficaz a los tribunales.
Reformas constitucionales de 2011
• Las reformas habrán de traducirse en mejoras sustanciales en el acceso a la justicia cuando existan violaciones al derecho a un medio ambiente sano o al agua.
• Las enmiendas expanden y refuerzan la protección de los derechos humanos.
• A partir de las reformas, el juicio de amparo se vuelve más accesible y flexible.
Avances enmateria ambiental en México
• Desde 1990 se han logrado avances considerables en el acceso al agua potable limpia y a saneamiento adecuado
• Mejoras sustanciales en la calidad del aire(SO2, NOX y partículas suspendidas)
• Mayor protección a los ecosistemas
– La Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) informó haber sumado 8 millones de hectáreas más entre 2001 y 2010
Retos ambientales permanentes
• La Organización Mundial de la Salud estima que cada año 85,700 fallecimientos en México y 16% de la carga global de enfermedades pueden atribuirse a riesgos ambientales.
• Millones de personas siguen sin tener acceso a agua potable limpia y servicios de saneamiento.
• La niñez en la Ciudad de México, sobre todo de estratos socioeconómicos bajos, sufre afecciones neurológicas y respiratorias debido a la contaminación del aire.
• México ocupó el lugar 84 de 132 países en el Índice de Desempeño Ambiental del Foro Económico Mundial (2012)
- Costa Rica 5º, Colombia 27º, Brasil 30º
- Canadá 37º, Estados Unidos 49º
Violencia en contra de defensores del derecho a un medio ambiente sano
• Fabiola Osorio Bernáldez, miembro de la organización civil Guerreros Verdes, fue asesinada el 31 de mayo de 2012.
• Javier Torres Cruz, defensor de los bosques en la sierra de Petatlán, fue asesinado el 19 de abril de 2011.
• nez, miembro de Haciendo Camino, que trabajaba a favor de las comunidades de la sierra Tarahumara, fue presuntamente asesinado en la ciudad de Chihuahua el 2 de marzo de 2010.
• Mariano Abarca Roblero, miembro de la Red Mexicana de Afectados por la a (Rema), fue asesinado —según se informó— afuera de su casa en Chicomuselo, el 27 de noviembre de 2009.
Conclusiones II
• La reforma a la Constitución mexicana la fortalece y hace valer—con fuerza ejecutoria—el derecho al agua y a un medio ambiente sano
• El ejercicio es la clave
• Colaboración con otros países de Latinoamérica para desarrollar prácticas óptimas
• ¿Capacidad judicial de respuesta?
– Programas educativos
• Defensa de los defensores