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GESTIÓN INTEGRAL DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REQUISITOS E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA, LUIS MIGUEL, PUCUHUARANGA ESPINOZA

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GESTIÓN INTEGRAL DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

REQUISITOS E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA,

LUIS MIGUEL, PUCUHUARANGA ESPINOZA

NORMATIVAS LEGALES EN SST VIGENTES

. LEY 29783, LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. 2011

. D.S 005-2012-TR, REGLAMENTO DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO. 2012

. R.M. 148-2012-TR, GUÍA Y FORMATOS REFERENCIALES PARA EL PROCESO DE

ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. 2012

. R.M. 050-2013-TR, FORMATOS REFERENCIALES QUE CONTEMPLAN LA

INFORMACIÓN MÍNIMA QUE DEBEN CONTENER LOS REGISTROS OBLIGATORIOS

DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. 2013

. R.M. 085-2013-TR, SISTEMA SIMPLIFICADO DE REGISTROS DEL SISTEMA DE

GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA MYPES. 2013

PROMOVER UNA CULTURA DE PREVENCIÓN

DE RIESGOS LABORALES EN EL PAÍSRol fiscalizador y control del Estado

Deber de prevención de los Empleadores

Participación de los Trabajadores y sus representantes

OBJETIVOS

Quienes a través del dialogo social, velan por la promoción, difusión y cumplimiento de la

normativa sobre la materia

ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY DE SST

Actividad PrivadaSector PúblicoTrabajadores por

cuanta propia

Todos los

Sectores

económicos y de servicio

s Empleadores y Trabajadores

PRINCIPALES OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

1.- Implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

2.- Cumplir las normas vigentes de SST

3.- Fomentar una cultura de prevención de riegos laborales

4.- Compromiso visible de la salud y seguridad de los trabajadores.

5.- Mecanismos adecuados de participación activa de los trabajadores y organizaciones sindicales

6.- Eliminación de peligros y riesgos, tratamiento y control, mitigar, sustitución progresiva, facilita EPP y colectivos.7.- Adjunta al contrato de trabajo las recomendaciones de SST a los Trabajadores. 8. Realiza Cuatro capacitaciones mínimo por año9.- Organiza un servicio de SST, propio o común.10.

PRINCIPALES DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

A. Uso adecuado de instrumentos, materiales, EPP previa capacitación

B. No operar o manipular maquinaria, equipos, instrumentos no autorizados a usarC. Cumplir con las normas, reglamentos, programas de SST

D. Coopera y participa en la investigación de accidentes y enfermedades ocupacionalesE. Someterse a los exámenes médicos a que están obligados por norma, es confidencial F. Participa en programas de capacitación y actividad para prevenir riesgos laborales.

G. Reporta inmediato a representantes o delegados de seguridad los accidentes, incidentes, enfermedades ocupacionales

H. En el reglamento interno de trabajo, se establecerán las sanciones por incumplimiento del trabajador de alguna de las obligaciones del art. 79 de la ley. En base a criterios de objetividad y proporcionalidad a la falta cometida

PROMUEVE LA IMPLEMENTACIÓN DEL SGSST

Sistema de

Gestión de la SST

Define Política y objetivos, conforma

un Superviso

r o comité de

SST

Mapa de Riesgos, Plan de

prevención de

riesgos laborales

Programa anual SST,

Reglamento Interno

de SST

Documentos y

registros, revisión SGSST y

Auditoria

s del SGSST

Estudio de línea

base,

IPER,

Avances sobre la LSST y RSST

Política nacional de seguridad y salud en el trabajoD.S. N° 002-2013-TR

I. OBJETO DE LA POLÍTICA NACIONAL

Prevenir los accidentes de trabajo, enfermedades profesionalesy reducir los daños que se pudieran ocasionar a la salud de lastrabajadoras y trabajadores, que sean consecuencia del trabajo,En relación con la actividad laboral o sobrevengan durante eltrabajo que éstos realizan.

Avances sobre la LSST y RSST

Política nacional de seguridad y salud en el trabajo

II.- EJES DE ACCIÓN

EJE DE ACCIÓN N° 1: MARCO NORMATIVOOBJETIVO GENERAL1.1. Promover un marco normativo armónico, coherente e integral sobre SST adaptado a las necesidades de protección de los trabajadores

EJE DE ACCIÓN N° 2: INFORMACIÓNOBJETIVO GENERAL2.1. Fomentar una red integrada de información en SST y que promueva elaborar, implementar y evaluar acciones de promoción y prevención.

Avances sobre la LSST y RSST

Política nacional de seguridad y salud en el trabajo

II.- EJES DE ACCIÓN

EJE DE ACCIÓN N° 3: CUMPLIMIENTOOBJETIVO GENERAL3. Promover el cumplimiento de la normativa sobre SST, mediante el Fortalecimiento de la fiscalización y la promoción de mecanismos deautoevaluación de los sistemas de gestión.

EJE DE ACCIÓN N° 4: FORTALECIMIENTO DECAPACIDADESOBJETIVO GENERAL4. Fortalecer las capacidades de los actores del sistema de SST para el desarrollo de acciones eficaces de promoción y prevención.

Avances sobre la LSST y RSST

Política nacional de seguridad y salud en el trabajo

II.- EJES DE ACCIÓN

EJE DE ACCIÓN N° 5: PROTECCIÓN SOCIALOBJETIVO GENERAL5. Promover la universalización del aseguramiento frente a los riesgos laborales.EJE DE ACCIÓN N° 6: FOMENTO DEL DIÁLOGO SOCIALOBJETIVO GENERAL6. Fomentar el diálogo y la participación efectiva de los actores sociales enel sistema de SST.

Avances sobre la LSST y RSST

Consejo Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo de Lima Metropolitana

Instalado el 04 octubre del 2012, en la municipalidad metropolitana de limaComo Instancia de concertación regional en materia de SST. Conformación tripartita (Estado, trabajadores y empleadores) adscrita al sector trabajo y promoción del empleo.

Conformación tripartita

- 3 Representantes regionales del Estado: MTPE, MINSA, ESSALUD, - 3 Representantes regionales de los gremios de empleadores: CONFIEP, Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas- 4 Representantes regionales de las centrales sindicales: CGTP, CUT, CATP, CTP

2. Reglamentos Sectoriales de SST.PRIMERA DISPOSICION (RSST).Los ministerios, instituciones públicas y organismos públicos Descentralizados adecuan sus reglamentos sectoriales de seguridad y salud en el trabajo a la presente Ley en un plazo no mayor de 180 días a partir de su entrada en vigencia.

De fecha noviembre de 2012 el sector Energía y Minas Tiene Publicado como proyecto: el nuevo Reglamento de Seguridad y Salud en el trabajo en Minería

En marzo 2013, el sector eléctrico

Publicado: R.M. N° 111-2013-MEM/DM, Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo con Electricidad – 2013

IMPLEMENTACIÓN

3. Incorporación del Art. 168-ACuarta Disposición complementaria LSST.- Artículo 168-A. Atentado contra las condiciones de seguridad e higiene industriales

El MTPE, con fecha 24 de abril 2013, llevo a cabo un programa de Difusión, sensibilización y capacitación para los Fiscales del MinisterioPúblico en sus instalaciones y a Nivel Nacional por video conferenciasobre las Aplicaciones, responsabilidades civiles y penales del Art. 168-A.

La finalidad de dar cumplimiento del mismo, toda vez que se determine la responsabilidad por accidentes de trabajo enfermedades ocupacional de los trabajadores.

IMPLEMENTACIÓN

4. Reglamento del Servicio de SST.En concordancia con el Art. 36 Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo, el empleador, implementa el Servicio de SST propio o común a otros empleadores

En concordancia a la Decimo Primera Disposición complementaria del RSSTDécimo Primera.- La regulación de los servicios de seguridad y salud en el trabajo está a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en coordinación Con el Ministerio de Salud. El Ministerio de Salud debe crear el registro de los servicios de seguridad y salud en el trabajo y aprobar las guías de práctica clínicapara el diagnóstico de las enfermedades ocupacionales. La publicación de los documentos referidos se realiza dentro de los 180 días calendarios publicado RSST

Publicado como:Proyecto de Reglamento del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo segunda revisión con DIGESA de MINSA.

IMPLEMENTACIÓN

5. Implementación del SGSST en Entidades Públicas.En concordancia a la segunda disposición complementaria transitoria RSST,El MTPE y SERVIR, determinan los mecanismos para la aplicación progresiva de Lo establecido en la LEY y el RSST a las entidades públicas, atendiendo a su Disponibilidad presupuestal, a las leyes especiales aplicables, así como a las Consideraciones técnicas que corresponden.

El MTPE, viene desarrollando programas de capacitación en las mismas entidades públicas como Ministerios, gobiernos locales, y otras entidades públicasInstitutos, colegios públicos, profesionales, etc. Difusión y capacitación «In house»

SERVIR, viene difundiendo y capacitando sobre la implementación del sistema de Gestión de SST de manera análoga.

IMPLEMENTACIÓN

6. Auditorias del SGSST

El Art. 43° de LSST, El empleador realiza auditorias con la finalidad Comprobar si el SGSST, es adecuado, eficiente y eficaz. En la consulta Del auditor y en todas las fases de las auditorias incluido los resultadosse requiere la participan de los trabajadores y sus representantes.

Cuarta disposición complementaria transitoria del RSST, establece Que desde el 1° día de enero del 2013 las auditorias son obligatorias.El MTPE regulará el registro y acreditación de los auditores autorizados,así como la periodicidad de éstas.

El MTPE, viene trabajando y coordinando el Reglamento de Auditorias y registro de auditores, que a la fecha esta muy avanzado

IMPLEMENTACIÓN

7. Política del Sistema de Gestión de SST

En el Art. 25° del RSST, establece para la micro y pequeña empresaLa autoridad administrativa de trabajo establece medidas especiales deAsesoría para la implementación de SGSST.

En el Art. 27° del RSST, establece para la micro y pequeña empresaLa autoridad administrativa de trabajo brinda servicios gratuitos de Formación en seguridad y salud en el trabajo

El MTPE, cuenta con programa de asesoría para la implementacióndel SGSST, de Micro y pequeña empresa, consistente de un programa de 05 módulos para las empresas registradas como REMYPE.

Todos los años, se brinda capacitaciones gratuitas sobre temasDe SST. A empresas privadas y entidades públicas denominadas in House y en el auditorio del MTPE, ferias, pasacalles, etc.

IMPLEMENTACIÓN

8. Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL

Publicado enero 2013: SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscritoal MTPE, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del Ordenamiento jurídico Sociolaboral y el de seguridad y Salud en el trabajo, así Como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de Normas sobre dichas materias.

A la fecha respecto a la implementación total de la SUNAFIL, el MTPE tiene 05 Comisiones trabajando para el tema de aprobarse su Reglamento de Organizacióny Funciones. Se estima funcionamiento de la SUNAFIL para fines de año.

IMPLEMENTACIÓN

9. Propuesta de Registro único de información sobre Accidentes de trabajo, incidentes peligrosos y enfermedades ocupacionales La decima disposición complementaria del RSST, establece que el MTPE, Gestionara la conformación de una comisión técnica multisectorial para elaborar la propuesta que constituya el Registro Único de Información sobre accidentes de Trabajo, incidentes peligrosos y enfermedades ocupacionales.

El MTPE, tiene elaborado el sistema de notificación de los accidentes de trabajo,Que tiene una connotación distinta al del año 2005, y esta en una plataforma web Con acceso por internet.

IMPLEMENTACIÓN

10. Universalización del Seguro de Trabajo de Riesgo

En el inciso i) del Art.11° LSST, establece como una de las funciones del CNSSTFomentar ampliación y universalización del seguro de trabajo de riesgo para todoslos trabajadores.

En el inciso h) del Art.14° LSST, establece como una de las funciones del CRSSTFomentar ampliación y universalización del seguro de trabajo de riesgo para todoslos trabajadores de la región.

El CNSST como el CRSST, presentan el mismo objetivo.Acciones a tomar desde los CRSST, cada región habla el mismo idioma que CNSST

IMPLEMENTACIÓN

11. Formatos referenciales que contemplan la información mínima quedeben contener los Registros obligatorios del sistema de gestión de SST

R.M. 050-2013-TR, Aprueba los formatos referenciales que contemplan información Mínima que deben contener los registros obligatorios del sistema de gestión de SST

Formatos referenciales con la información mínima que deben contener los Registros obligatorios del sistema de gestión de SST, 08 en total. (Anexo 1)

Modelo de Reglamento Interno de seguridad y salud en el trabajo. (Anexo 2)

Guía básica sobre el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo.(Anexo 3)

IMPLEMENTACIÓN

El día miércoles 25 de abril, fue publicado elDecreto Supremo 005-2012-TR, que contiene el Reglamento de la ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo estableciendo las normas necesariaspara su aplicación

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