14
TALLER SOBRE DESOBEDIENCIA CIVIL Compilación de intervenciones COMISIÓN ANÁLISIS 15-M Diciembre, 2011 Copyleft

TALLER DESOBEDIENCIA CIVIL - … · En efecto, es como indica Fernández Buey ( Desobediencia civil , 2005) “el incumplimiento del mandato del soberano por parte del agente”,

Embed Size (px)

Citation preview

TALLER SOBRE

DESOBEDIENCIA CIVIL

Compilación de intervenciones

COMISIÓN ANÁLISIS 15-M

Diciembre, 2011

Copyleft

1

INTRODUCCIÓN

De acuerdo con el trabajo de reflexión colectiva acerca de algunos conceptos importantes que aparecen en el discurso del 15M que asumió la Comisión de Análisis, se planteó el segundo taller de debate, cuyo centro de atención fue el concepto de desobediencia civil. La compilación de textos que prosigue constituye parte del resultado de dicho taller, sólo parte puesto que se trata de las aportaciones de algunos de los participantes. Tales aportaciones en modo alguno resumen o agotan el taller ni las ideas que en torno a la desobediencia civil se han trabajado en Análisis, simplemente son parte del proceso de reflexión, que se ofrece al resto del 15M para dinamizar la discusión. Por eso, además de estos textos, se puede escuchar el desarrollo del taller en la dirección http://soundcloud.com/carloslcarrasco/an-lisis-15m-taller-sobre. Sirva todo ello para fomentar la reflexión y la discusión colectivas, para seguir generando conciencia política y, en definitiva, para seguir haciendo política en el ágora.

Aunque dispares en su contenido y en su forma, los textos que conforman esta compilación están colocados con un sentido, a saber, en orden decreciente según su grado de abstracción teórica. Así pues, se empieza con un análisis y una problematización del concepto de desobediencia civil que desentraña algunos de sus supuestos básicos, se sigue con una reflexión sobre la desobediencia civil alejada del arte de la guerra y se culmina con una crítica a la política de la Delegada del Gobierno en Madrid en clave de desobediencia civil.

2

1 DESOBEDIENCIA CIVIL

1. Las cuestiones básicas que vincula la desobediencia civil, al menos por lo que respecta a la literatura clásica, plantean cuestiones como las siguientes: ¿está obligado el ciudadano a una obediencia acrítica a un gobierno elegido democráticamente?; ¿en qué circunstancias puede negarse obediencia a un gobierno tal o a una ley elaborada mediante procedimientos igualmente democráticos?; ¿puede uno embarcarse como ciudadano o como miembro de un grupo minoritario, en actos de desobediencia civil con objeto de cambiar las leyes a las que uno, teóricamente, ha consentido?; ¿o debe uno esperar a los siguientes comicios electorales para expresar su desacuerdo, puesto que teóricamente esas leyes constituyen la voluntad expresa de la mayoría?; ¿una sociedad democrática tiene que ser tolerante con respecto a las formas ilegales de protesta? En definitiva, una desobediencia inerme que no traspasa las fronteras de la legitimidad de la forma Estado sino que tan sólo se cuestiona los mecanismos legales parciales que se consideran vulneran aspectos que el mismo Estado protege, pero ¿qué pasa cuando hemos de tratar la desobediencia civil en aquellos casos en los cuales se presenta como parte de un programa cuyo objetivo es la creación de una forma propia de gobernarse, incluyendo incluso la negación de todo Estado?

3

2. Los dos términos de la expresión tienen connotaciones problemáticas:

2.1. El primer término, desobediencia, introduce un vector de normalización previo: es el antónimo de lo que se da por supuesto y por tanto privilegia el principio de realidad. De esta forma la “desobediencia” aparece como la frontera de lo obvio y que por ello mismo, generando una cierta violencia simbólica, debe ser señalada como alteridad. En efecto, es como indica Fernández Buey (Desobediencia civil, 2005) “el incumplimiento del mandato del soberano por parte del agente”, el sobreseimiento de la existencia de un soberano y su mandato.

• Así la desobediencia sólo ocurre en una segunda etapa, cuando en nombre de un orden mundial injusto transferido directamente a la conciencia del agente, no se soportan los efectos claros del mandato. Pero no ocurre en una primera instancia, allí donde la construcción de un camino de dignidad, de solidaridad incluso de lucha están ligados a la vida.

• Esto también nos plantea el carácter dependiente de la desobediencia: el carácter de la desobediencia es un derecho secundario, del mismo modo que son normas secundarias las que procuran la protección de las normas primarias. Es un derecho secundario que interviene en un segundo momento, cuando se conculcan los derechos de libertad, de propiedad y de seguridad que se consideran derechos primarios. Distinto también porque el derecho de desobediencia interviene tutelando los otros derechos pero no puede a su vez ser tutelado y, por tanto, debe ejercerse por cuenta y riesgo propios.

2.2. El carácter ambiguo y polisémico del término “civil”, no obstante lo cual supone la aceptación de las consecuencias de dicho acto y por tanto predispone la existencia de reglas, incluso un marco jurídico, que constituyen un apriori de normas vinculantes para todos los sujetos políticos y para todos los poderes estatales.

◦ La desobediencia civil actualiza el clásico problema de la obediencia al derecho, pues su ejercicio replantea la actitud que deben guardar los ciudadanos con respecto a las normas estatales, poniendo en cuestión la opinión de que el principio de representación democrática conciliaba la obediencia a la ley heterónoma, concebida como expresión de la voluntad general, con la autonomía individual. Al mismo tiempo problematiza la diferenciación entre deber moral y obligación jurídica.

◦ Civil equivale, tal y como indica Fernández Buey, a espíritu cívico, lo cual excluye todo comportamiento movido por el egoísmo personal o corporativo. Más bien busca el deseo de universalizar propuestas que objetivamente mejorarán la vida en sociedad, sólo que planteadas desde los lineamientos que constituyen nuestra identidad (de género, de clase, de ideología...) y que en un gesto de arrogancia ética hipostasiamos como omniabarcantes. Ello obliga además a que el ejercicio de la desobediencia

4

civil habrá de ser público por la necesidad convencer al resto de los ciudadanos de la justicia de sus demandas.

◦ El ejercicio de la desobediencia no vulnerará aquellos derechos que pertenecen al mismo bloque legal sobre los que se sostiene aquello que se demanda; de donde se deduce que la desobediencia habrá de ejercerse pacíficamente. Ésta es la segunda acepción de civil: pacífico, no violento, de último recurso y respetuoso con las reglas del juego democrático.

◦ [La desobediencia civil no es el único instrumento político no institucionalizado de defensa de los derechos individuales. Existe una forma más radical de oposición al derecho que cuenta con una larga tradición: el derecho de resistencia; máxime si la noción de resistencia al poder constituido se deshace de su lastre feudal y puede ser ya caracterizado como desobediencia revolucionaria, en cuanto que pretendía la subversión radical del estado de cosas reinante en una sociedad política, cambiando el ordenamiento jurídico y la dirección del gobierno.]

3. La mera invocación abstracta de la soberanía ciudadana no explica suficientemente la génesis y la transformación del derecho, ni la creación estatal de normas jurídicas. La democracia vive de presupuestos que ni las instituciones ni las normas jurídicas crean, sino que sólo canalizan. La participación ciudadana que no pase necesariamente por el adoctrinamiento de los partidos, la configuración de la antes denominada opinión pública en auténtica opinión “publicada” y por ello mismo manipulada, la movilización social dirigida de manera obvia hacia terrenos inermes que no pueden cuestionar el estado de cosas existente... todo ello confluye en que el criterio de la mayoría no constituya siempre un criterio de rectitud normativa. Y no obstante en la desobediencia civil suele alegarse razones de índole moral precisamente contra un sistema que puede hacer valer su superioridad frente a cualquier otra forma real de gobierno en virtud de la incorporación en su seno de importantes elementos propios del discurso moral: el proceso democrático sólo es reconocible si se posibilita tanto el

5

ejercicio de la soberanía popular —mediante la aplicación de la regla de la mayoría— y el disfrute de los derechos humanos.

4. Vinculación necesaria de la desobediencia civil con una posición ética como fondo de decisión política y por ende de toda participación.

• Se trata de reivindicar que la desobediencia civil en sentido estricto es sobre todo un fenómeno social —la realización de actos ejecutados públicamente por un grupo organizado de individuos— con una marcada finalidad política, y sólo después cabe considerarla como un «acto antijurídico» merecedor o no de una respuesta judicial o como un «acto moralmente justificado».

Bibliografía

Adams Bedau, H. (1969): Civil Disobedience. Theory and Practice, Nueva York, Fegasus.

Adams Bedau, H. (1991): Civil Disobedience in focus, Londres / Nueva York, Routledge.

Arendt, H. (1973): “Desobediencia civil”, en ídem, Crisis de la República, Madrid, Taums, pp. 59-108.

Dworkin, R. (1984): Los derechos en serio, Barcelona, Ariel, cap. VIII.

Estévez Araujo, J. A. (1984): “El sentido de la desobediencia civil”, Arbor, n.° 503-504, pp. 133-134.

Estévez Araujo, J. A. (1994): La Constitución como proceso y la desobediencia civil, Madrid Trotta.

Etxeberria, X. (2001), Enfoques de la desobediencia civil, Bilbao, Deusto Ediciones, Bilbao.

Fernández Buey, F. (2005): Desobediencia Civil. Barcelona, Ediciones Bajo Cero.

Garzón Valdés, E. (1981): “Acerca de la desobediencia civil”. Sistema, n.° 42, pp. 79-92.

González Vicen, F. (1979): “La ‘obediencia’ al Derecho”, en Estudios de Filosofía del Derecho, Universidad de La Laguna, Tenerife.

Habermas, J. (1988): Ensayos políticos, Barcelona, Península, pp. 49-90.

6

Malem Seña, J. F. (1988): Concepto y justificación de la desobediencia civil, Barcelona, Ariel.

Muguerza, J. (1986): “La obediencia al derecho y el imperativo de la disidencia”, en Sistema nº 70.

Pérez, J. A. (1994): Manual práctico para la desobediencia civil, Pamplona, Pamiela.

Singer, P. (1985): Democracia y desobediencia, Barcelona, Ariel.

Velasco Arroyo, J. C. (1996): “Tomarse en serio la desobediencia civil. Un criterio de legitimidad democrática”, en Revista Internacional de Filosofía Política, nº 7, pp. 159-184.

Weber, M. (1988): El político y el científico, Madrid, Alianza.

7

2 REFLEXIÓN SOBRE LA DESOBEDIENCIA CIVIL.

UNA VISIÓN ORIENTAL

Desde los albores de la historia ha ido quedando en frecuentes registros, tanto en el Oeste, así ya en la antigua Roma, como en el Este, en la antigua China (sin comunicación entre ellos), y así en cada civilización, que los líderes no debían compartir la información de estado con el pueblo. En este aspecto podemos referirnos a libros paradigmáticos en este sentido; por ejemplo El Príncipe, de Maquiavelo en el Oeste, pero la idea está más y mejor expuesta que ningún otro registro en El Arte de la Guerra, de Sunzi, 500 años A. C., con enorme influencia en las culturas orientales, tanto en su gobierno, filosofías, pensamiento…

El líder no puede compartir la información con el pueblo y la causa más simple es que debe cuidarse de la existencia de espías. Pensemos simplemente en los líderes de los estados modernos hablando en televisión sobre su pensamiento e intenciones en relación a otros estados (recientemente su ataque a Libia, o todo lo que puede estar sucediendo en relación con Irán, etc. etc.)

Pero la reflexión de El arte de la guerra va mucho más allá de este simple pensamiento; en los asuntos internacionales, el pueblo no solo debe quedar ignorante, sino que realmente es necesario engañarle, porque ésta es la única manera de que no pueda dudar, ofrecer resistencia, en tanto no puede confrontar las intenciones u objetivos del líder. De modo que ésta es la manera correcta de

8

hacer obedecer. El Arte de la Guerra, cuya primera línea asegura que la guerra es la tarea propia del estado, es el arte del engaño, pero, a diferencia de lo que se tiende a entender y pensar, no tanto de engañar al enemigo, al que se le puede influir solo ocasionalmente, sino al propio pueblo –la guerra es total- pues el líder ha de conseguir que las personas ¡le entreguen sus vidas! Y esto se puede lograr por medio de una ideología (me gustaría que analizásemos un día con que fuerza creen los niños en los Reyes Magos por la virtud de que se lo dicen los padres, y con qué objeto se lo dicen), o haciéndoles pensar que van al cielo si mueren luchando, o, en general, poniendo a la gente en una situación precaria para que no tengan más remedio que obedecer para sobrevivir (Sunzi concretamente dice que la mejor manera de lograr que el ejército luche fieramente, es ponerle a la espalda un río que no pueda cruzar).

Con esto no estoy acusando al estado, ni a los políticos, ellos son igual de inocentes que cualquier otro, se trata de la tragedia humana, creo simplemente que, ante todo, nuestro movimiento ha de ser maduro y saber y encarar la verdad de la realidad. En este aspecto, podemos ver a nuestros líderes que hacen la política hablando de economía, hablando de las reacciones de los mercados, sobre todo porque son fuerzas que no se pueden reducir a la racionalidad objetiva de los fines humanos, de modo que ellos puedan tomar las medidas que necesitan; básicamente llevar a la gente a la precariedad.

Ante esta realidad de la política, la izquierda ha reaccionado coherentemente oponiendo la fuerza, sin plantearse tampoco la racionalidad, racionalidad como aquello que da razón para la vida, si queremos utilizar la expresión de Ortega (porque hay otras racionalidades que intentan asumir la guerra –que ese era otro tema).

Es en este sentido, en mi opinión, donde el movimiento, especialmente debido a su internacionalización y a la libre difusión de la información por Internet, debe buscar alternativas en su manera de ejercer la política. En general, la desobediencia civil tal como la hemos conocido, es disuelta por el estado oponiendo otras partes que “no desobedecen” en su seno, en lugar de involucrarse directamente en una dialéctica contra aquellos que le retan a él.

Como digo, la universalización y los medios de comunicación propios del movimiento nos tienen que abrir la posibilidad de ser capaces, por primera vez, de exponer nuestros objetivos en lugar de contrarrestar la irracionalidad, opacidad, manipulación del estado, con el mismo arte.

9

3 SEIS RAZONES PARA DESOBEDECER

(CIVILMENTE) LA POSHPOLÍTICA DE CRISTINA CIFUENTES

¿Sexo en Nueva York? No, poshpolítica. “Ya es Primavera en el Corte Inglés”. La Delegada de Gobierno de Madrid nos enseña el nuevo “must” de

esta temporada. ¿La nueva tendencia? Se llevan las líneas cargadas, las marcas y los pendientes de perla.

10

Señora Delegada:

Sé que Usted, pese a que sus compañeros de partido la llamen “progre-laicista”, es persona de orden y nada dogmática, simpatizante de las reivindicaciones homosexuales (seguro que tiene amigos gays y se lleva súperbien con ellos), amante de la tauromaquia y la antropología (uno de los momentos “más especiales” de su vida fue “su visita a Atapuerca”); que destaca como mujer “dialogante” y huye a la menor oportunidad de la caspa de su partido. Se declara Usted republicana (“juancarlista por el contexto”), pero también liberal… liberal, liberal.

Aunque su padre fue general de artillería y su madre una ama de casa devota que crió una extensa familia con ocho hijos, Usted es, antes que nada, una mujer de hoy, competitiva, moderna, emprendedora; nada que ver con esas “señoronas de derecha” de peinados que desafían la gravedad y collares de perla. Usted es cool, posh… Es poshpolítica.

Es evidente que, con su designación, se advierten significativos cambios de tendencia, como los dos simpáticos cuadros de Tintín pintados por su marido que ha colgado en sendas paredes de su despacho de gobierno. ¡Viva la línea clara y fuera esos grimosos paisajes de caza que adornaban la estancia institucional! Además, se declara cinéfila y, esto lo decimos nosotros, un pelín posmoderna. Según dicen sus familiares, está contando los días para que estrenen El hobbit; su filme favorito de todos los tiempos es Blade Runner, y sus directores predilectos Woody Allen y Sofía Coppola (¿Maria Antonieta, quizá?) Como es mujer de natural “alegre” y “moderada”, e incluso ha mostrado su deseo de abrir la Delegación “a la calle” y a los ciudadanos, me permito escribirle lo siguiente:

1. Me declaro desobediente civil porque me niego a que la sociedad civil en la que vivo, lenta y radicalmente erosionada y desertizada en lo que respecta al marco político de lo común, ese marco que nos permite ser libres en el espacio público, se convierta cada vez más en el reino de la necesidad y el sometimiento al monopolio de los negocios privados.

Teniendo en cuenta la imperfección y los déficits de las democracias representativas realmente existentes, algo que ni Usted ni su Lideresa admitirán, la desobediencia civil puede considerarse hoy en día no como un síntoma de traición de los “enemigos” de la democracia, sino como una forma excepcional de participación política en la construcción de la democracia. No es casual en absoluto, como destaca Fernández Buey, “el que la afirmación de la desobediencia civil vaya generalmente acompañada no sólo de la defensa de la universalización de los derechos humanos que la democracia proclama, sino también de la afirmación de la necesidad de una ampliación de la democracia representativa en democracia participativa”.

11

Abogo por la desobediencia civil no por albergar un conflicto de conciencia, sino porque quiero visibilizar de forma simbólica, como hace, por ejemplo el movimiento Yo no pago, un conflicto político en el espacio de lo público. Entre los griegos, la separación de lo privado y lo público, como destacó, entre otros, Hannah Arendt, separa también dos momentos en la vida del hombre: el de necesidad biológica –ámbito privado–, referido a la autoconservación personal; y el de lo probable o contingente, que constituía el espacio genuinamente “político”; por eso la polis surge indisolublemente unida a la idea de libertad. Esto explica que sólo los que hubieran superado la “necesidad” pudieran participar en los asuntos de la polis como verdaderos ciudadanos –libres-, mientras otros se dedicaban a los asuntos domésticos –como entonces las mujeres o los esclavos–.

Frente al concepto positivo que lo público poseía en Grecia, para Cifuentes, sin embargo, parece primar la idea de que el derecho es la salvaguardia de “lo mío”, entendido como capacidad, como derecho subjetivo. Así se entiende la exaltación que, en las doctrinas liberales, se hace del concepto de libertad negativa como ausencia de coacción. Los derechos de manifestación en lo público tienen como límite infranqueable la propiedad, que constituye el derecho fundamental.

2. Me declaro desobediente civil porque me niego a aceptar que el único horizonte político de lo posible sea el de su poshpolítica, a saber la mera gestión técnica y aséptica de las demandas de individuos privados o simples clientes. Su defensa a ultranza de la poshpolítica actual (la “administración de los asuntos sociales”)

¡Juramos por Snoopy que no habrá recortes! Lo importante para un buen popular: sobre todo, buen humor y campechanía.

12

imposibilita la posibilidad de toda acción política genuina, un socavamiento que se niega directamente toda posible discusión política de la economía, y que lleva a la aceptación de los mecanismos del mercado como únicas herramientas ilusoriamente neutras.

3. Se lee que “[…] a Cristina Cifuentes le gusta el ruido”. Tal vez recordando con melancolía esas inolvidables tardes de juventud en el Archy, el Jácara o Pachá, ella evoca “el bullicio, las calles estrechas, las multitudes y los escaparates de Madrid”. Sin embargo, sé que, por si Usted fuera, la única imagen del manifestante sería la de quien vuelve a su trabajo o sus obligaciones de consumidor o se retira a su casa a toda velocidad tras la primera invitación cortés de la policía. Aunque, tal vez, para quien tiene tan pobre imagen del espacio público como Usted, sería mejor construir “Protestódromos” en las afueras de las ciudades para no distraer el tránsito comercial y la contemplación de esos “escaparates” con los que tanto se deleita.

Sostiene Cifuentes, sin embargo, que el derecho de manifestación no es “[…] un derecho ilimitado, requiriendo su ejercicio de un imprescindible equilibrio entre los ciudadanos que desean manifestarse ocupando el espacio público de manera temporal, y los también ciudadanos que pretenden disfrutar de ese mismo espacio para pasear, acceder a un comercio, trasladarse a su trabajo o circular en vehículo público o privado”. Me declaro desobediente civil porque me niego a reducir el uso de mi libertad a convicciones privadas sobre el mundo y a negar toda posible discusión crítica de aspectos fundamentales para una comunidad en aras de mantener los supuestos derechos de movilidad de los únicos individuos que Cifuente conoce: los consumidores.

4. Me declaro desobediente civil porque no estoy dispuesto a que mi legítima discrepancia política en el espacio público se identifique desde su concepción jurídica autoritaria con un delito y que, por tanto, mi actitud reflexiva, cualificada y crítica, sea reducida a un comportamiento de súbdito en minoría de edad. Ni se puede ser ciudadano sin desobedecer normas injustas y degradantes para la práctica concreta de las libertades, ni todo Estado de Derecho que esté seguro de sí mismo puede rechazar la desobediencia civil como un componente esencial de su cultura política. No hace falta leer a rojos radicales como Marx o Lenin. Como, al parecer, Usted no los leyó mientras realizaba sus estudios de Derecho, podría a empezar a leer simplemente a Rawls, Hannah Arendt o Habermas. John Rawls, por ejemplo, en su obra Teoría de la justicia sostiene que la desobediencia civil es: “un acto público, no violento, consciente y político, contrario a la ley, cometido con el propósito de ocasionar un cambio en la ley o en los programas de gobierno. Actuando de este modo apelamos al sentido de justicia de la mayoría de la comunidad, y declaramos que, según nuestra opinión, los principios de la cooperación social entre personas libres e iguales, no están siendo respetados”.

5. Me declaro desobediente civil porque rechazo cualquier tentación autoritaria de identificar decisión mayoritaria y legitimación de la represión; porque la formación democrática de la voluntad popular siempre supera todo legalismo autoritario. No soy

13

religioso ni pretendo ser Gandhi: me declaro desobediente civil no porque sea objetor de conciencia ni quiera salvar mi alma –únicas razones por las que, al parecer, la derecha en este país considera legítima la protesta pública y la recusación de la norma-, sino porque considero necesario exponerme públicamente y visibilizar la humillaciones y exclusiones que sentimos cotidianamente en una sociedad injusta.

Esto es lo que le ha llevado, por ejemplo a sancionar, entre otras muchas personas dignas, a Julián Rebollo, un jubilado madrileño, contra el que Usted dirige sus reclamaciones económicas por la participación en las concentraciones llevadas a cabo en los alrededores del Tribunal Supremo los pasados 31 de enero y 7 de febrero.

Me considero desobediente civil no porque reivindique mi libertad privada a no ser molestado o interferido en mi espacio doméstico y el perímetro de mis propiedades, puro espejismo de libertad neoliberal, sino porque considero urgente participar en el ejercicio del poder y a sostener con mis conciudadanos un debate político. Solo pudiendo ser ciudadanos y rebeldes podemos ser seres críticos.

6. Me considero desobediente civil porque considero, frente a la miope consideración de que “la ley es la ley”, mera actitud fetichista ante la norma, que la desobediencia civil es la piedra de toque de una comprensión adecuada de los fundamentos de toda democracia genuina.

Me considero desobediente civil porque estoy harto de que, en sintonía con una interpretación autoritaria del Estado de Derecho, se criminalice todo umbral, siempre incierto y falible, entre legalidad y legitimidad. Señora Delegada: cuando su legalismo autoritario nivela desobediencia civil y criminalidad no solo socava el Derecho; pone de manifiesto un no disimulado autoritarismo que no quiere comprender cómo la desobediencia civil es el genuino reto de una sociedad políticamente madura. El magnífico lapsus del Jefe superior de la Policía Valenciano, nombrando al “enemigo” al que presuntamente sirve, muestra el verdadero rostro de su poshpolítica.

El nuevo radical chic