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El nuevo escenario europeo de pesticidas en el olivar Problemática del viñedo ante la nueva normativa sobre fitosanitarios Situación fitosanitaria de los cítricos y la problemática de su control Repercusiones de la nueva normativa fitosanitaria en cereales y tubérculos La propuesta sobre nuevas restricciones supondría un gran impacto sobre la fruticultura Consideraciones sobre la regulación europea de fitosanitarios aplicada a la remolacha azucarera La nueva normativa sobre fitosanitarios vista desde el sector hortofrutícola dirigía& DOSSIER FITOSANITARIOS Dos años decisivos para la agricultura europea Carlos Palomar. Director de la Asociación Empresarial para la Protección de las Plantas (AEPLA). Fue en julio de 2006, cuando la Comisión Europea presentó un paquete de propuestas legisla- tivas en materia fitosanitaria que pretendían responder a la preocupación de los consumi- dores europeos reforzando la protección de la salud humana y del medio ambiente. En con- creto, se trataba, por una parte, de un Reglamento de directa aplicación que sustituyera la Directiva 91/414 que durante las últimas dos décadas ha re- gulado la autorización y comer- cialización de productos fitosa- nitarios, y por otra, la aproba- ción de una Directiva de uso sostenible de los mismos.Vere- mos a continuación las conse- cuencias que tendrá la aplica- ción real de estos dos textos consensuados el pasado mes de diciembre. (15/Febrero/20091 Vida RURAL Eil

Revista Vida Rural, ISSN: 1133-8938 - mapama.gob.es · de un Reglamento de directa aplicación que sustituyera la ... mantenimiento de algunas de ellas, durante plazos de cinco años,

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El nuevo escenario europeode pesticidas en el olivar

Problemática del viñedoante la nueva normativa

sobre fitosanitarios

Situación fitosanitaria de loscítricos y la problemática

de su control

Repercusiones de la nuevanormativa fitosanitaria en

cereales y tubérculos

La propuesta sobre nuevasrestricciones supondría un

gran impacto sobre lafruticultura

Consideraciones sobre laregulación europea de

fitosanitarios aplicada a laremolacha azucarera

La nueva normativa sobrefitosanitarios vista desde el

sector hortofrutícoladirigía&

DOSSIER FITOSANITARIOS

Dos años decisivos para la

agricultura europeaCarlos Palomar.Director de la Asociación Empresarial para la Protección de lasPlantas (AEPLA).

Fue en julio de 2006, cuando laComisión Europea presentó unpaquete de propuestas legisla-tivas en materia fitosanitariaque pretendían responder a lapreocupación de los consumi-

dores europeos reforzando laprotección de la salud humanay del medio ambiente. En con-creto, se trataba, por una parte,de un Reglamento de directaaplicación que sustituyera laDirectiva 91/414 que durantelas últimas dos décadas ha re-gulado la autorización y comer-

cialización de productos fitosa-nitarios, y por otra, la aproba-ción de una Directiva de usosostenible de los mismos.Vere-mos a continuación las conse-cuencias que tendrá la aplica-ción real de estos dos textosconsensuados el pasado mesde diciembre.

(15/Febrero/20091 Vida RURAL Eil

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DOSSIER FITOSANITARIOS

L

a importancia de estas iniciativasno era menor, pues el sector agrariovenía haciendo frente, desde el año1993, a una fuerte reducción de

productos disponibles debida a la aplica-ción de la citada Directiva 91/414, a laque ahora se unía la propuesta de nuevoscriterios de autorización de sustancias ac-tivas. Los nuevos criterios, basados en lapeligrosidad intrínseca de las sustanciasquímicas, sin tener en cuenta las condicio-nes reales de uso, significaría la desapari-ción de muchos productos que hasta aho-ra, aplicados correctamente, se habían de-mostrado eficaces en la lucha de plagas yenfermedades, seguros para nuestros agri-cultores e inocuos para la salud de consu-midores.

Igualmente, se plantearon una serie demedidas que restringían drásticamente eluso de los fitosanitarios (con áreas de nopulverización, y prohibición de la aplica-ción aérea, por ejemplo) e incluso llegó aplantear la reducción a la mitad del núme-ro de aplicaciones por cultivo.

La situación se agravó cuando el texto,siguiendo el proceso legislativo de codeci-sión, pasó al Parlamento Europeo, que en-dureció considerablemente estos criteriosde aprobación. Industria fitosanitaria y or-ganizaciones agrarias temieron entonceslas graves consecuencias que una norma-tiva como esta generaría en el sector agro-alimentario europeo: la prohibición de has-ta un 65% de sustancias activas dejaría

pocas alternativas para continuar producien-do alimentos, de una manera sostenible, conla calidad actual y siendo asequibles para losconsumidores. Lamentablemente estas pro-puestas legislativas se desarrollaron sin quese llevara a cabo estudio de impacto algunode las posibles consecuencias.

Estudios independientes

Ante esta situación, diferentes institutosde investigación y otros organismos indepen-dientes, desarrollaron diversos estudios queanalizaban las consecuencias que esta legis-lación podría desencadenar.

A principios de año 2008, el Instituto ita-liano de investigación Nomisma, advirtióigualmente que el proyecto legislativo de laUE podría llevar a un dramática reducción delas producciones de trigo, patatas, cereales yvid, en un 29, 33, 20 y 10% respectivamentepara el año 2020.

Un informe elaborado por los consultoresmedioambientales británicos ADAS afirmóque, sólo en Reino Unido, se tendría que ha-cer frente a una reducción del 25% de la pro-ducción de trigo, patatas y verduras. En lamisma línea se pronunció el Pesticide SafetyDirectorate (PSD), que afirmó que esta nor-mativa supondría el final de la agriculturaconvencional de Gran Bretaña.

Y más recientemente el estudio "Restric-ciones adicionales para la protección deplantas: Impactos de los precios sobre losmercados agrícolas europeos" llevado a cabo

por el Centro Europeo de Investigación sobrePolítica Agrícola, Regional y Medioambiental(EuroCare) evalúa los efectos en base a losdiferentes escenarios posibles: el de las pro-puestas de la Comisión Europea, y el pro-puesto por el Parlamento Europeo (criteriosde exclusión y los candidatos a la sustitución)alertando del fuerte incremento en el preciode los alimentos al que tendrían que hacerfrente los consumidores europeos. Esta legis-lación reduciría drásticamente las opcionesde los agricultores para proteger sus cultivos,generando cosechas menos abundantes yalimentos más caros. En el peor de los esce-narios posibles, supondría que los cereales yverduras podrían subir entre un 73 y un 104%respectivamente, y en el mejor de los casos,los precios de productos básicos, como el tri-go y las patatas se incrementaran un 20%.Estas subidas estarían muy relacionadas conla situación que hemos vivimos recientemen-te. En el año 2007, la oferta mundial de trigofue aproximadamente 20 millones de tonela-das menos que la relativa a 2005 y los pre-cios sufrieron un incremento de más del100%.Además, a la reducción de produccióny subida de precios, los investigadores preve-ían que la mayor parte de la producción de laUE se trasladará a otros países, poniendo enpeligro la posición de la Unión Europea comoexportador neto.

Por su parte en España, el Foro Agrario,reunido en el mes de mayo, alertó de quecatálogo de productos fitosanitarios está ya afecha de hoy en una situación límite y peligra

La nueva normativa contempla el mantenimiento de ciertas sustancias cuando exista un riesgo serio para el cultivo al que protegen.

Vid8RURAL (15/Febrero/2009)

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de forma clara la diversidad química mínimanecesaria para un manejo adecuado de re-sistencias a los productos fitosanitarios enlos ambientes de producción agrícola».

En este mismo Foro se puso de manifies-to que »la nueva normativa no defiende ne-cesariamente la competitividad de la agricul-tura europea y en particular la mediterránea,ni protege al consumidor del eventual acce-so de productos fitosanitarios no autorizadosa los mercados, ya que las sustancias activasque no se puedan utilizar en los países de laUnión Europea, se podrán utilizar en muchoscasos en el resto de países terceros que ex-portan a la UE. Es evidente que si se aprue-ban normativas restrictivas para el agricultoreuropeo, se deberá exigir el cumplimiento delas mismas normas a aquellos productoresque quieran exportar alimentos a países dela UE».

Por su parte, la Fundación Española de laNutrición, presentó recientemente un estudioque alertaba de las negativas consecuenciasque esta restricción tendría en los hábitos ali-menticios de la población española, pues su-pondría un alejamiento de la tan recomenda-da Dieta Mediterránea.

Ante todas estas previsiones, la industriafitosanitaria y el sector agrario europeo reac-cionaron de manera enérgica, el mensaje fueclaro y así se lo hicieron llegar a los europar-lamentarios y a los representantes en el Con-sejo Europeo. Para defender la calidad denuestros productos y la seguridad de los con-sumidores, protegiendo el medio ambiente,no es necesario eliminar herramientas indis-pensables y a día de hoy insustituibles, sinodesarrollar, fomentar y apoyar medidas quegaranticen el uso seguro de los productos fi-tosanitarios. Las Buenas Prácticas de losagricultores durante la aplicación, el almace-namiento y la eliminación de envases, garan-tizan esa seguridad.

El acuerdo final dediciembre de 2008

Fue finalmente en diciembre de 2008,cuando el diálogo a tres bandas entre las ins-tituciones comunitarias, Parlamento, Comi-sión y Consejo, dio como resultado la adop-ción de un acuerdo sobre la futura normativafitosanitaria, votada por mayoría en sesiónplenaria por el Parlamento Europeo el pasa-do 13 de enero, y que será oficialmente ratifi-cada por el Consejo antes de su publicaciónen el Diario Oficial de la Unión Europea. Se

Tener en cuenta la opiniónde la EFSA puede resultaresencial para evitar lapérdida injustificada desustancias que haga inviableel desarrollo de unaagricultura europeasostenible

prevé su definitiva aplicación para el segundosemestre de 2010.

Este acuerdo establece criterios de auto-rización de sustancias activas. Aquellas quelos sobrepasen serán prohibidas, cuando ex-pire el periodo de diez años iniciado con la in-clusión en el Anejo I de la Directiva actual. En-tre estas sustancias se consideran las persis-tentes, bioacumulativas, y tóxicas (PBT), car-cinogénicas-mutagénicas o que afecten alsistémica reproductivo (en sus categorías 1 y2) y finalmente los disruptores endocrinos.También se establecen estándares más ele-vados de seguridad para las sustancias neu-rotóxicas o inmunotóxicas.

Es difícil prever el impacto de estos crite-rios, pues hasta que se realice una evaluacióncompleta será imposible identificar qué sus-tancias (y por tanto, qué cultivos, se veránafectados).Además, la definición de loqueesun disruptor endocrino es provisional y seráestablecida en los próximos cuatro años. Laslistas de sustancias, aparentemente afecta-das, no tienen más validez que la exploratoriay es misión de la industria de fitosanitarios mi-nimizar el uso de una definición provisional ycolaborar en la definición de criterios definiti-vos científicamente desarrollados.

La retirada de sustancias será progresivaa lo largo de los próximos veinte años y secontemplan mecanismos que permitan elmantenimiento de algunas de ellas, duranteplazos de cinco años, renovables, cuandoexista un riesgo serio para el cultivo al queprotegen.

El acuerdo contempla el mecanismo deautorización zonal y reconocimiento mutuo,dividiendo el territorio europeo en tres áreas:norte, centro y sur. Este mecanismo permitiráuna mejor distribución del trabajo, reducien-do la carga burocrática y agilizando la tomade decisiones para el registro de nuevas sus-tancias.

Las autorizaciones nacionales provisio-nales, ahora en vigor, serán posibles sólopara nuevas sustancias activas cuando el

proceso europeo de aceptación haya ocu-pado más de 2,5 años y por un máximo detres años.

Por tanto, la elaboración de criterioscientíficos para la toma de decisiones serevela determinante en la fase de ejecu-ción de esta normativa, pues establecerálos criterios definitivos de autorización. Eneste sentido, tener en cuenta la opinión dela Agencia Europea de Seguridad Alimenta-ria (EFSA) como autoridad competente eindependiente, puede resultar esencialpara evitar la pérdida injustificada de sus-tancias que haga inviable el desarrollo deuna agricultura europea sostenible bajocriterios de producción integrada, obligato-rio a partir de 2014,tal y como establece lareciente Directiva de Uso Sostenible.

Respecto a la citada Directiva, se haoptado finalmente por un concepto de re-ducción de impacto de los fitosanitarios yno de la reducción de estos. Es bienvenidaesta postura racional y compatible con eldesarrollo de la agricultura. Habrá restric-ciones importantes en la aplicación aéreay cerca de áreas "sensibles" y, finalmente,será obligado, y no opcional, la utilizaciónde técnicas de gestión integrada de culti-vos. Cada país elaborará un Plan de AcciónNacional para disminuir el impacto del usode fitosanitarios y será tremendamente im-portante la elaboración de este plan, selec-cionando adecuados parámetros de medi-da y estableciendo criterios realistas ycompatibles con una agricultura producti-va.

Es por ello por lo que la clave, a partirde ahora, es el desarrollo de la normativa ysu implementación a nivel nacional y porcultivo, considerando las "situaciones deemergencia" de cada uno de ellos. La in-dustria fitosanitaha continuará su labor dedesarrollo de nuevas soluciones, pero, con-siderando el tiempo necesario para poneren el mercado una nueva solución (nueveaños), es fundamental el análisis sectorialde la protección vegetal, cultivo por cultivo,zona por zona, para modular el abanico desoluciones disponibles y en el que espera-mos que el Ministerio de Medio AmbienteRural y Marino lidere este ejercicio, con lacolaboración de las comunidades autóno-mas, las organizaciones agrarias y secto-riales, y por supuesto, de la Asociación Em-presarial para la Protección de las Plantas(AEPLA). •

(15/Febrero/2009) MORRAL Ea