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,; , 1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE P ,1UR;~" ~' , , Resolución de Alcaldía w 1611 -2012-A1MPP San Miguel de Piura, 14 de oicie:mbre de 2012. Visto, el Informe N°2576-2012-DO-Ol/MPP de fecha 28 de Noviembre de 2012, emitido por la División de Obras; y, . . , CONSIDERANDO: Que, mediante Informe del visto, la División de Obras señala qu:~mediante Carta N° 01-10- 2012 ING.FCHO/CMTR, el consorcio MTR mediante el Ing', Residente Franklin Ricardo Chero Olivos solicitó opinión a consulta por existir mayores metrados en la Calle Simón Bolivar desde la Calle Libertad hasta la Calle Cuzco que se indica en el plano del proyectista un pavimento existente sin embargo en campo existe una superficie, de rodadura natural, así mismo en las Calles Simón Bolivar, Cuzco, Cementerio y Trujillo no existen redes de acometidas de agua y alcantarillado que pennitan el bucn funcionamiento del sistema; ,.,' " , . '." .r: :" , . Que, asimismo, la División de Obras indica que mediante Informe N°092-2012- ING.PLAL/MPP el Inspector de Obra Ing. Pedro Luis Ancajima Laureano solicitó opinión técnica del Proyectista por problemas encontrados in situ; con carta N° 331-2012.DEyP-OIfMPP la División de Estudios y Proyectos solicita al Proyectista Cesar Augusto Fernández Arévalo Opinión Técnica por o existir compatibilidad entre el Expediente Técnico y el campo; con Carti '-'l( N° 005-2012-CAFA-IP el Jng. César Augusto Fernández Arévalo concluyó que es necesario ,la ()•• realización de redes de agua y alcantarillado en las calles qu'e faltase y sugiere aprobación de la i unicipalidad para la realización de dichos trabajos con la fmaliClad de poner operativo el, tf royecto con la salvedad que este no fue considerado en el Expedien~e Técnico del proyecto del' mbro, por no ser parte de las metas del perfil y que el planeamiento de calles adicionales al expediente técnico que no fueron considerados sera sugerido por la inspección de la Municipalidad. Con Informe N° 096-2012-TNG.P~ALIMPP, el Ing.' Pedro Luis Ancajima Laureano inspector de la Obra alcanzó el Expediente correspondiente al ~dicional de Obra N° 01 por mayores metrados y partidas nuevas que ascienden a la suma de SI. 394,754.01 nuevos soles, equivalente al 14.39% del monto contractual; posteriormente la División de Obras devolvió el expediente del presupuesto adicional de Obra N° 01 al inspector de la Obra Jng. Pedro Luis Ancajima Laureano para que levante la observación sobre la Incompatibilidad en los planos presentados con los corroborados en campo; con Infonne N° 099~2012-ING,PLALIMPP el Jng. Pedro Luis Ancajima Laureano alcanzó el levantamiento de Observac.lones en relación a los planos del expediente técnico correspondiente al adicional de Obra N°'Ol por mayore's metrados y partidas nuevas por el monto de SI. 394,754.01 nu'evos soles; mediante" Informe N°2576-2012- DO-OJIMPP, la División de Obras concluyó que corresponde: Aprobar ~ediante Resolución de Alcaldía el Presupuesto Adicional de Obra N° 01 por mayores metradas y partidas nuevas cuyo monto asciende a SI, 394,754,01 nuevos soles, incluido los gastos 'generales (7,00%), utilidad .. '~ ' (8.00%) e IGV (18.00%) representando el 14.39% respecto del monto contractual (2'742,908.35) nuevos soles el cual cuenta con la confonnidad del Ing. Pedro Luis Ancajima Laureano Inspec'~or de la Obra y la opinión favorable del Proyectista Ing. Cesar Augusto Fernandez Arévalo, quedando de la siguiente manera:

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1MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE P ,1UR;~"

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Resolución de Alcaldíaw 1611 -2012-A1MPP

San Miguel de Piura, 14 de oicie:mbre de 2012.

Visto, el Informe N°2576-2012-DO-Ol/MPP de fecha 28 de Noviembre de 2012, emitidopor la División de Obras; y, . . ,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Informe del visto, la División de Obras señala qu:~mediante Carta N° 01-10-2012 ING.FCHO/CMTR, el consorcio MTR mediante el Ing', Residente Franklin Ricardo CheroOlivos solicitó opinión a consulta por existir mayores metrados en la Calle Simón Bolivar desde laCalle Libertad hasta la Calle Cuzco que se indica en el plano del proyectista un pavimentoexistente sin embargo en campo existe una superficie, de rodadura natural, así mismo en las CallesSimón Bolivar, Cuzco, Cementerio y Trujillo no existen redes de acometidas de agua yalcantarillado que pennitan el bucn funcionamiento del sistema;

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Que, asimismo, la División de Obras indica que mediante Informe N°092-2012-ING.PLAL/MPP el Inspector de Obra Ing. Pedro Luis Ancajima Laureano solicitó opinión técnicadel Proyectista por problemas encontrados in situ; con carta N° 331-2012.DEyP-OIfMPP laDivisión de Estudios y Proyectos solicita al Proyectista Cesar Augusto Fernández ArévaloOpinión Técnica por o existir compatibilidad entre el Expediente Técnico y el campo; con Carti

'-'l( N° 005-2012-CAFA-IP el Jng. César Augusto Fernández Arévalo concluyó que es necesario ,la()•• realización de redes de agua y alcantarillado en las calles qu'e faltase y sugiere aprobación de lai unicipalidad para la realización de dichos trabajos con la fmaliClad de poner operativo el,tf royecto con la salvedad que este no fue considerado en el Expedien~e Técnico del proyecto del'

mbro, por no ser parte de las metas del perfil y que el planeamiento de calles adicionales alexpediente técnico que no fueron considerados sera sugerido por la inspección de laMunicipalidad. Con Informe N° 096-2012-TNG.P~ALIMPP, el Ing.' Pedro Luis AncajimaLaureano inspector de la Obra alcanzó el Expediente correspondiente al ~dicional de Obra N° 01por mayores metrados y partidas nuevas que ascienden a la suma de SI. 394,754.01 nuevos soles,equivalente al 14.39% del monto contractual; posteriormente la División de Obras devolvió elexpediente del presupuesto adicional de Obra N° 01 al inspector de la Obra Jng. Pedro LuisAncajima Laureano para que levante la observación sobre la Incompatibilidad en los planospresentados con los corroborados en campo; con Infonne N° 099~2012-ING,PLALIMPP el Jng.Pedro Luis Ancajima Laureano alcanzó el levantamiento de Observac.lones en relación a losplanos del expediente técnico correspondiente al adicional de Obra N°'Ol por mayore's metrados ypartidas nuevas por el monto de SI. 394,754.01 nu'evos soles; mediante" Informe N°2576-2012-DO-OJIMPP, la División de Obras concluyó que corresponde: Aprobar ~ediante Resolución deAlcaldía el Presupuesto Adicional de Obra N° 01 por mayores metradas y partidas nuevas cuyomonto asciende a SI, 394,754,01 nuevos soles, incluido los gastos 'generales (7,00%), utilidad ..'~ '(8.00%) e IGV (18.00%) representando el 14.39% respecto del monto contractual (2'742,908.35)nuevos soles el cual cuenta con la confonnidad del Ing. Pedro Luis Ancajima Laureano Inspec'~orde la Obra y la opinión favorable del Proyectista Ing. Cesar Augusto Fernandez Arévalo,quedando de la siguiente manera:

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Resumen del Presupuesto Adicional de Obra N° 01

Costo Directo de Adicional Por PartidasNuevasCosto Directo de Adicional por MayoresMetradosCosto DirectoGastos Generales (7.00%)Utilidad (8.00%)Sub TotalImpuesto General a las ventas (18.00%)TOTAL ADICIONAL N" 01 fNC. I.G.V.MONTO DEL CONTRATO ORIGfNALPORCENTAJE DE INCIDENCIAMONTO TOTAL DE INVERSIÓN

S/.250,051.92

SI. 40,850.08

SI. 290,902.00SI. 20,363.14SI. 23,272.16SI. 334,537.30SI. 60,216.71SI. 394,754.01S/.2,742,908.35

14.39%S/.3, 137,662.36

Que, en tal razón la División de Obras OPINA aprobar mediante Resolución de Alcaldía: 1)El Presupuesto Adicional de Obra N°01 Por mayores metrados y partidas nuevas medianteResolución de Alcaldía. Cuyo monto asciende a SI. 394,754.01 (Trescientos noventa y cuatro milsetecientos cincuenta y cuatro con 0l/100 Nuevos Soles) incluido Gastos Generales (7.00%),Utilidad (8.00%) e l.G.V (18.00%), respresentando el 14.39 %, respecto al monto contractual(5/.2,742,908.35) nuevos soles, el cual cuenta con la conformidad dellngo. Pedro Luis AncajimaLaureano Inspector de Obra y la opinión favorable del Proyectista Jngo. César Augusto FernándezArévalo; 2) El monto total de inversión es de SI. 3'137,662.36 (Tres millones ciento treinta y sietemil seicientos sesenta y dos con 361100 nuevos soles), incluido I.G.Y (18%), Y del PresupuestoAdicional de Obra N°Ol (Por mayores metradas y partidas nuevas) se obtiene un porcentaje deincidencia acumulada de 14.39% que es menor al 15% del monto contractual (SI. 2'742,908.35)nuevos soles, y de conformidad a la aplicación del Artículo 207° ..Obras adicionales menores al.quince por ciento (15%) del Reglamento de la Ley de Contrataciones del estado y el Artículo 41°,de la Ley de Contrataciones del Estado es atendible su aprobación de modo autónomo por./estaEntidad; 3) El término del plazo de la obra es el 16 de Marzo del 2013; por lo que recomienqa noincurrir en demoras de trámite en cada oficina, a fin de no perjudicar la culminación de la Obra'enlos plazos establecidos; 4) El plazo de ejecución del presente Adicional de Obra N°Ol por'Mayores Metradas y Partidas Nuevas es de 45 días calendarios;

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Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe N0:2305-20l2-GAJIMPP defecha 03 de Diciembr.e 2012, señala que el AI1ículo 41° de la Ley de Contrataciones del Estado.,referido a prestaciones adici.onales, reducciones y ampliaciones, establece:

(...) .Tratándose de OBRAS, las prestaciones adicionales pueden ser hasta por el quince por cientó(15%) deli:monto total del contrato original, restándole los presupuestos deductivosvincu1ados~(enterdidos ccim~ aquellos derivados de las sustituciones de obra directamenterelacionada$ COIl las prestaci9nes adicionales de obra, siempre que ambas respondan a lafinalidad d~l contrato original. Para tal efecto, los pagos correspondientes serán aprobadospor el Titul~f de ,la Entidad.: ,':{("').1 'i'La decisión:' de la Entida~o tde la Contraloría General de la República de aprobar o no laejecución de prestaciones adicionales, no puede ser sometida a arbitraje. Tampoco pueden sersometidas ji arbitraje las controversias referidas a la ejecución de las prestaciones adicionalesde obra y:~mayorcs prestaciones de supervisión que requieran aprobación previa de laContraloríá:General de la República.() 'j: . f"... " .Rt,..c\ 2 .'

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Que, asimismo el Artículo 2070 del Regl~mento de lalLey 'de t~~tr~taciones del Estado,, ,aprobado por D.S. N° 184-2008.EF; referido a Obras Adicionales menores al quince por ciento(15%). Sólo procederá la ejecución de prestaciones adiciona,les de obra cuando previamente secuente con la certificación de crédito presupuestario y la reso(ución del Titular de la Entidad y enlos casos en que sus montos, restándole los presupuestos deductivos vinculados, sean iguales o nosuperen el quince por ciento (15%) del monto del contrato original. 1. ,

( .. ) !En los contratos de obra a precios unitarios, los presup~léstos adicionales de obra seránfannulados con los precios del contrato y/o precios pllctados y lbs gastos generales fijos yvariables propios de la prestación adicional para loeual deberá realizarse el análisiscorrespondiente teniendo como base o referencia los a~álisis de los gastos generales delpresupuesto original contratado. Así mismo debe incluirse la utilidad del presupuestoofertado y el impuesto general a las ventas correspo'ndiente,(...) ,La necesidad de tramitar la autorización de la ejecución de prestaciones adicionales de obradebe ser anotada en el cuaderno de obra, ya sea por el inspector o supervisor o por elcontratista. El inspector o supervisor debe comunicar a la entidad sobre la necesidad deelaborar el expediente técnico de la prestación adicional de obra,La entidad debe definir si la elaboración del expediente técnico de la prestación adicional deobra estará a su cargo, a cargo de un consultor externo o a cargo del contratista ejecutor de laobra principal, en calidad de prestación adicional de obra, aprobada conforme alprocedimiento previsto en el Artículo 1740 del Reglamento. Para dicha definición, la entidaddebe tener en consideración la naturaleza, magnitud, complejidad, entre otros aspectosrelevantes de la obra principal, así como la capacidad técnica y/o especialización delcontratista que la ejecuta, cuando considere encargarle a este la elaboración del expedientetécnico.(...);

...

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Que, aSImIsmo, la Gerencia de Asesoría Jurídica a'demás señala .que la ,Directiva LaDirectiva N°002-2010~CG/OEA referida al "Control' Previo ,Externo de las PrestacionesAdicionales de Obra", en su Capítulo VI referido a:Disposiciones Específicas, en su numeral 22referido a las Responsabilidades establece: El inc¡qnplimiento de, lo' establecido en la presentenormativa dará lugar a las responsabilidades que corresponda en los casos siguientes:

22, J Responsabilidadfuncional por deficiencias en el expediente técnico de obra.:a) Las deficiencias en el expediente técnico de la obra, que originen mayores costos a las obras

derivan en responsabilidad administrativa, civil y/o penal, según el caso, para aquellos que hayanformulado y/o aprobado el. 'ente lécnico contractual en tales coridiciones. '

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Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica indica además que, de acuerdo a lo informado porlas respectivas áreas técnicas, el presupuesto adicional de Obr'a N° O 1 por mayores metrados en elcaso de análisis se ha ocasionado porque existen mayores metrados en la calle Simón Bolivardesde la Calle Libertad hasta la Calle Cuzco, siendo que en el plano del proyectista se indicaba un.,pavimento existente; sin embargo, en campo existe una rodadura natural, en ese sentido portratarse de una contratación a Precios Unitarios, donde se paga por metrados ejecutados y al haberdado fe el inspector de los 434 m2 de construcción de pista con adoquines, se justifica dichoadicional por ser necesario para dar cumplimiento a las metas pre\iistas en la Obra principal. Asimismo, el presupuesto adicional de Obra N° 01 por partidas nlJevas se ha ocasionado debido a queen las Calles Simón Bolivar, Cuzco, Cementerio y Trujillo no ,existen redes de acometidas de aguay alcantarillado que permitan un buen funcionamiento del sistema, siendo que ~anto en el perfiltécnico como en el expediente técnico no se consideraron partidas necesarias para darcumplimiento a las metas previstas en la Obra Principal, por tanto resulta procedente dichoadicional,

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b) En el caw de identificarse supuestos que conlleven reJponsabilidad administrativa, civil y/openal, la entidad iniciará las acciones administrativas o judiciales correspondientes contra loscausantes del perjuicio económico y/o delito generado como consecuencia del presupuestoadicional aprobado por la elllidad.En ese sentido corresponde determinar la responsabilidad funcional por deficiencias en elexpediente técnico; por lo' que debe derivarse copia del presente expediente a la Oficina deControl Institucional para los fines consiguientes;

4

SE RESUELVE,j ~:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la moditicación del Expediente Técnico de laObra "CONSTRUCCIÓN DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS PRINCIPALES CALLESDEL CERCADO DE LA ARENA DISTRITO DE LA ARENA. PROVINCIA DE PIURAMETA 2, CALLE SIMON ROLIVAR, CUZCO, CEMENTERIO Y TRUJILLO".

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Que, en atención a ello, la Gerencia de Asesoría Jurídica OPINA: a) Aprobar lamodificación del Expediente Técnico de la Obra "CONSTRUCCIÓN DE PISTAS YVEREDAS EN LAS PRINCIPALES CALLES DEL CERCADO DE LA ARENADISTRITO DE LA ARENA. PROVINCIA DE PIURA META 2, CALLE SIMONBOLIV AR, CUZCO, CEMENTERIO Y TRUJILLO"j b) Aprobar y autorizar la ejecución delPresupuesto Adicional de Obra N° 01.- Por Mayores Metrados y Partidas Nuevas ascendente almonto de SI. 394,754.01 nuevos soles, incluido los gastos generales (7.00%), Utilidad (8.00%), eI.O.V. (18.00%), representando un porcentaje de incidencia acumulada de 14.39% del MontoContractual, con un plazo de ejecución de 45 días calendario, solicitada por el contratistaConsorcio MTR mediante Carta SIN de fecha 16 de Noviembre de 2012, para la ejecución de laObm "CONSTRUCCIÓN DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS PRINCIPALES CALLESDEL CERCADO DE LA ARENA DISTRITO DE LA ARENA. PROVINCIA DE PIURAMETA 2: CALLE SIl\ION BOLIVAR, CUZCO, CEMENTERIO Y TRUJILLO", resultandoun monto total de Inversión de S/3' 137,662.36 nuevos soles, debiéndose previamente' contar conla certificación presupucstal correspondiente; c) Así mismo, el Contratista CONSORCIO MTRdebe cumplir con la obligación de modificar el monto de la Garantía de Fiel cumplimiento convigencia hasta el consentimiento de la liquidación Final de la Obra: "CONSTRUCCIÓN DEPISTAS y VEREDAS EN LAS PRINCIPALES CALLES DEL CERCADO DE LA ARENADISTRITO DE LA ARENA. PROVINCIA DE PIURA META 2, CALLE SIMONBOLIV AR, CUZCO, CEMENTERIO Y TRUJILLO"; d) Que se remitan copias del presenteexpediente a la Oficina de Control Institucional con la finalidad que la misma realice lasinvestigaciones correspondientes y determine la responsabilidad administrativa a que hubierelugar de los funcionarios y/o servidores que resulten responsables ya que las deficiencias delexpediente técnico de la obra, que originen mayores costos a la obra derivan en responsabilidadadministrativa, civil y/o penal, según el caso, para aquellos que hayan formulado y/o aprobado elexpediente técnico; •

Que, la Gerencia Territorial y Transportes a través dellnfonne NClO78-2012-GTyT/MPP,de fecha 04 de Diciembre de 2012, solicita aprobación de adicoonal de Obra N°O! (MayoresMetrados y Partidas Nuevas) de la obra: Meta 2 : ..CALLE SlJVlON SOLIVAR, CUZCO,CEMENTERIO y TRUJILLO , el mismo que ha sido evaluado y aprobado por la parte técnicalegal a través de los informes: N'1581-2012-0JlMPP de la Oficina de Infraestructura e InformeN°2576-DO-OUMPP de la División de Obras; Informe N02305-2012-GAJIMPP de la Gerencia deAsesoría Jurídica; por loo que s~giere la aprobación mediante Resolución de Alcaldía;

iQue, en mérito a las consideraciones expuestas, de conformidad con el proveído de

Gerencia Municipal de fecha 05 de Diciembre de 2012, yen uso de las atribuciones conferidaspor el artículo 20° inciso 6) de l~ Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972;

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Q"r~ ~E.so~'f'~'\'::¡<t 'aQ<1';'3 ~l'i1~~d- .yti~F~' .,¡, k"11 I -4..•.

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ARTICULO SEGUNDO.- APROBAR y .'autorÍzarla ejecución del PresupuestoAdicional de Obra N° 01.- Por Mayores Metrados y Partid~ Nuevas asce!?dente al monto de SI.394,754.01 nuevos soles, incluido los gastos gener"ales (7.00%), Utilidad (8.00%); e l.G.V.(18.00%), representando un porcentaje de incidencia acumulada de 14.39% del MontoContractual, con un plazo de ejecución de 45 días calendario, solicitada por el contratistaConsorcio MTR mediante Carta SIN de fecha 16 de Noviel~bre de 2012,' pára la ejecución de laObm "CONSTRUCCIÓN DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS PRINCIPALES CALLESDEL CERCADO DE LA ARENA DISTRITO DE LA ARENA-' PROVINCIA DE PIURAl\1ETA 2: CALLE SIMON BOLIVAR, CUZCO, CEMEN:rERIOY TRIÜILLO", resultandoun monto total de Inversión de S/3' 137,662.36 nuevos soles, previa certificación presupuesta!.,

"ARTÍCULO TERCERO.- El Contratista CONSORCIO MTR :!debe cumplir con laobligación de modificar el monto de la Garantía de Fiel cumplimiento con vigencia hasta elconsentimiento de la liquidación Final de la Obra: "CONSTRUCCIÓN DE PISTAS YVEREDAS EN LAS PRINCIPALES CALLES DEL CERCADO DE LA ARENADISTRITO DE LA ARENA- PROVINCIA DE PIURA META 2, CALLE SIMONROLlV AR, CUZCO, CEMENTERIO Y TRUJILLO". '

, ARTÍCULO CUARTO.- REMITIR copias del presente expediente a la Oficina deControl Institucional con la finalidad que la misma realice las investigaciones correspondientes ydetermine la responsabilidad administrativa a que hubiere lugar de los funcionarios y/o servidoresque resulten responsables de las deficiencias del ~xpe'dientc técnico de la 'obra, que originaronmayores costos de la misma que derivan en responsabilidad administrativa, civil y/o penal, segúnel caso, para aquellos que hayan formulado y/o aprobado el expediente técnico.

ARTÍCULO QUINTO.- Notifíquese a la .Constructora Consorcio MTR y comuníquesea la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Ger~ncia de Administración, Gerencia deTecnologías y Sistemas de Infonnación, Gerencia Territorial y de Transporte, Oficina deInfraestructura, División de Licencias y Control Urbano, Oficina General de Control Interno,para su conocimiento y fines.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUE , CÚMPLASE Y ARCHÍVESE.

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