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LABORATORIO DE ENSAYOS DE MATERIALES, SUELOS Y CONCRETO 1 FACULTAD DE INGENIERÍA E.A.P. INGENIERÍA CIVIL REGLAMENTO INTERNO DEL LABORATORIO DE ENSAYOS DE MATERIALES, SUELOS Y CONCRETO

Reglamento Interno Laboratorio Concreto[1]

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LABORATORIO DE ENSAYOS DE MATERIALES, SUELOS Y CONCRETO 1

FACULTAD DE INGENIERÍA

E.A.P. INGENIERÍA CIVIL

REGLAMENTO INTERNO DEL

LABORATORIO DE

ENSAYOS DE MATERIALES, SUELOS Y CONCRETO

LABORATORIO DE ENSAYOS DE MATERIALES, SUELOS Y CONCRETO 2

LABORATORIO DE ENSAYOS DE MATERIALES, SUELOS Y CONCRETO de la

Facultad de Ingeniería de la Universidad Continental; es un espacio debidamente

implementado con equipos e instrumentos que permiten impartir conocimientos

prácticos de ensayos de materiales tales como: concreto, agregados, cemento,

asfalto, unidades de albañilería entre otros; así mismo la realización de ensayos

de mecánica de suelos.

Además se realizan investigaciones técnicas o científicas que contribuyen con el

crecimiento académico de la universidad, la región y el país.

El Laboratorio de Ensayo de Materiales Suelos y Concreto está implementado con

instrumentos para la determinación y evolución de las propiedades físicas y

mecánicas de los materiales vinculados a la labor profesiones del ingeniero civil.

Todos los bienes del Laboratorio de Ensayo de Materiales Suelos y Concreto son

de propiedad de la Universidad Continental.

Este reglamento establece y norma el funcionamiento del Laboratorio de Ensayo

de Materiales Suelos y Concreto, con la finalidad última de brindar al alumno un

apoyo didáctico que complemente de manera eficiente los conocimientos teóricos

adquiridos en las aulas.

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DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I. OBJETIVOS Y ALCANCES

Articulo 1°. El presente reglamento tiene como objetivo normar y regular las

actividades en el buen uso y funcionamiento en el Laboratorio de Ensayos de

Materiales, Suelos y Concreto.

Los estudiantes, docentes, empleados, de la Universidad Continental se

encuentran en la obligación de cumplir y acatar lo dispuesto en este documento.

Articulo 2°. El alcance de este reglamento es de aplicación a toda persona

natural, docente, estudiante de nuestra Institución que realice en Laboratorio de

Ensayo de Materiales Suelos y Concreto; las que están obligadas a dar

cumplimiento a todas sus disposiciones.

Artículo 3°. Los objetivos de presente reglamento son:

1. Proporcionar los lineamientos generales para un trabajo armonioso y

ordenado, durante el desarrollo de las prácticas de laboratorio.

2. Mejorar la gestión de instalación, equipos, materiales, insumos y

herramientas empleados en las diferentes prácticas de los cursos de

ingeniería civil.

3. Proporcionando los materiales, e quipos y herramientas con que cuenta el

almacén del laboratorio para los trabajos de investigación autorizados por

los órganos pertinentes de la universidad, que los docentes y estudiantes

desarrollen.

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CAPÍTULO II. DISPOSICIONES GENERALES

DEL RESPONSABLE DE LABORATORIO

Artículo 4º Son funciones y responsabilidades del encargado del laboratorio:

a) Proponer la implementación del laboratorio en forma periódica, con la

sustentación pertinente.

b) Elaborar el programa de mantenimiento preventivo de los instrumentos

del laboratorio.

c) Velar por el buen mantenimiento de los equipos e instrumentos del

laboratorio, gestionar la reparación y mantenimiento de los mismos.

d) Informar al Coordinador de la E.A.P. Ingeniería Civil bajo

responsabilidad, de todas las infracciones cometidas en el cumplimiento

del presente reglamento y proponer las medidas correctivas y/o

sanciones a los infractores.

e) Proponer la baja de los instrumentos y/o herramientas que cumplieron

su vida útil o por su estado de inoperatividad.

f) Elaborar el horario de atención del laboratorio para cada semestre

académico.

g) Promover la realización de cursos, cursillos, charlas técnicas,

exposiciones de instrumentos y otras actividades de extensión

universitaria.

h) Realizar un inventario mensual y semestral de instrumentos, materiales

o equipos del laboratorio.

i) Realizar un anteproyecto con presupuesto anual de las necesidades del

Laboratorio de Suelos, Concreto y Ensayo de Materiales para cumplir

con los fines académicos.

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DEL ASISTENTE DE LABORATORIO

Artículo 5º Son funciones y responsabilidades del Asistente de laboratorio:

a) Apoyar al responsable de laboratorio, en la administración de uso de

equipos, materiales y reactivos.

b) Preparar insumos, materiales y otros que soliciten los docentes para

sus prácticas.

c) Proporcionar equipos, materiales, insumos y otros al docente según el

formato correspondiente.

d) Verificar el buen estado de los equipos, materiales y herramientas en la

entrega y recepción de los mismos.

e) Velar por el orden como limpieza de los equipos, mesa, gavetas,

materiales didácticos y cualquier otro material a cargo (inherentes al

laboratorio)

f) Llevar el record de servicio y mantenimiento de los equipos e insumos.

g) Llevar un registro de control de faltas y sanciones incurridas por el

usuario.

h) Informar al Coordinador de la E.A.P. Ingeniería Civil bajo

responsabilidad, de todas las infracciones cometidas en el cumplimiento

del presente reglamento y proponer las medidas correctivas y/o

sanciones a los infractores.

i) Proponer la baja de los instrumentos y/o herramientas que cumplieron

su vida útil o por su estado de inoperatividad.

j) Colaborar en la elaboración del horario de atención del laboratorio para

cada semestre académico.

k) Promover la realización de cursos, cursillos, charlas técnicas,

exposiciones de instrumentos y otras actividades de extensión

universitaria.

l) Realizar un inventario mensual y semestral de instrumentos, materiales

o equipos del laboratorio.

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m) Presentar un informe mensual al responsable del laboratorio con

énfasis en incidentes y recomendaciones de mejora.

DEL PRACTICANTE DE LABORATORIO

Artículo 6º Son funciones y responsabilidades del Practicante De Laboratorio son:

a) Firmar cuaderno de registro de asistencia al inicio y final de horario

respectivo.

b) Apoyar al responsable de laboratorio, en la administración de uso de

equipos, materiales y reactivos.

c) Preparar insumos, materiales y otros que soliciten los docentes para

sus prácticas.

d) Proporcionar equipos, materiales, insumos y otros al docente según el

formato correspondiente.

e) Verificar el buen estado de los materiales en la entrega y recepción de

los mismos.

f) Velar por el orden como limpieza de los equipos, mesa, gavetas,

materiales didácticos y cualquier otro material a cargo (inherentes al

laboratorio)

g) Llevar el record de servicio y mantenimiento de los equipos e insumos.

h) Llevar un registro de control de faltas y sanciones incurridas por el

usuario.

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DE LOS DOCENTES

Artículo 7º Son funciones y responsabilidades de los Docentes son:

a) Debe ingresar con la indumentaria adecuada a la práctica programada (

Zapato de seguridad, protector de cabeza casco)

b) Debe enviar su requerimiento de equipos, materiales y herramientas

con una anticipación mínima 48 horas caso contrario no se atenderá.

c) Los docentes que realicen trabajos de investigación deberán solicitar su

requerimiento con una anticipación de una semana, previo coordinación

de horarios disponibles.

d) Verificar el uso correcto de los equipos, materiales, herramientas

utilizadas en las prácticas de la asignatura.

e) En caso de los equipos, materiales y herramientas utilizados en las

practicas programadas, sufrieran daño; se procederá a :

i. Se identificaran los daños causados al material, equipo u

herramienta.

ii. Se establecerá el grado de responsabilidad entre las

personas que hubiesen manipulado el equipo, material o

herramienta.

iii. Informar a los asistentes del laboratorio sobre el percance

y o incidente.

iv. De acuerdo al grado de responsabilidad repondrá el

material o equipo de las mismas características o superior,

caso contrario, firmara la autorización de cargo a su

cuenta personal por el monto del material, equipo o

herramienta.

f) Utilizar los ambientes del laboratorio adecuadamente según el horario

asignado, respetando las normas de seguridad.

g) En caso de requerimiento de horas adicionales del uso del laboratorio,

coordinar con el responsable del laboratorio.

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h) Dar los alcances sobre las normas de seguridad a los estudiantes de su

asignatura el primer día de clases en el Laboratorio.

i) Presentar un informe al final del de semestre con énfasis con incidentes

de mejora de la atención del laboratorio.

DE LOS ALUMNOS

Artículo 8º Para acceder al laboratorio se requiere, estar matriculado en el

semestre académico y o estar desarrollando un trabajo de investigación.

Artículo 9º Para el ingreso y permanencia en el laboratorio el alumno deberá usar

de forma obligatoria los siguientes equipos de protección personal (EPP):

a) Pantalón jean

b) Protector de cabeza

c) Chaleco de seguridad con cinta reflectora de color naranja

d) Zapatos de seguridad punta de acero

e) Lentes de seguridad

f) Guantes de seguridad

g) Tapones de oído y respiradores de filtro, la obligación de uso en función al

ensayo a realizar.

Articulo 10º Para la prestación de equipos e instrumentos del laboratorio y otras

herramientas, se deberá:

a) Inscribir de forma grupal o personal, y haber elegido un horario de trabajo

dentro del laboratorio, autorizado por el responsable, para alumnos que

desean realizar trabajos o proyectos de investigación deberán anticipar 48

horas antes, previa autorización del coordinador de la EAP Ingeniería Civil.

b) Adjuntar como mínimo 5 documentos de identificación (DNI) de los

integrantes del grupo de trabajo

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c) Rellenar la ficha de registro respectiva por triplicado con los siguientes

datos:

Apellidos y nombres, código de los integrantes y firma del jefe de

grupo;

Listado detallado de instrumentos, equipos, materiales e insumos a

usarse,

Apellidos y nombres del docente y el curso a cargo,

Hora y fecha de ingreso, para lo cual el alumno deberá revisar los

instrumentos, equipos, materiales e insumos.

d) El solicitante(es) de la prestación de los equipos, estarán en la obligación

de verificar la calidad de los equipos e instrumentos del laboratorio y otras

herramientas, una vez haya salido del almacén al lugar de trabajo no hay

lugar a reclamo. Si hubiera algún deterioro hacer de conocimiento al

encargado del laboratorio, debiendo éste colocar las observaciones en la

ficha de registro de prestación de equipos, de lo contrario, se les

responsabilizará de los deterioros.

e) La ficha de salida cuenta con tres hojas de los cuales el primero es para el

laboratorio, la segunda para los alumnos y tercero para el docente.

Artículo 11º Para la prestación de equipos e instrumentos del laboratorio y otras

herramientas, fuera de la Universidad Continental deberá presentar:

a) Requerir una autorización por el coordinador académico de la EAP

Ingeniera Civil

b) Presentar una solicitud al Laboratorio una semana antes de la salida del

equipo detallando: listado de instrumentos, equipos, materiales e insumos

a usarse, motivo de salida, destino del equipo, hora de salida y devolución

del equipo, listado de integrantes y delegado responsable.

c) Adjuntar como mínimo 5 documentos de identificación (DNI) de los

integrantes del grupo de trabajo.

d) Firmar el documento de compromiso por el jefe de grupo e integrantes.

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e) Rellenar la ficha de registro respectiva por triplicado con los siguientes

datos: apellidos y nombres, código y firma del jefe de grupo e integrantes,

se deberá hacer el listado detallado de instrumentos, equipos, materiales e

insumos a usarse, apellidos y nombres del docente y el curso a cargo,

detallando la hora y fecha de ingreso.

f) El solicitante(es) de la prestación de los equipos, estarán en la obligación

de verificar la calidad de los equipos e instrumentos del laboratorio y otras

herramientas, una vez haya salido del almacén al lugar de trabajo no hay

lugar a reclamo. Si hubiera algún deterioro hacer de conocimiento al

encargado del laboratorio, debiendo éste colocar las observaciones en la

ficha de registro de prestación de equipos, de lo contrario, se les

responsabilizará de los deterioros.

g) La ficha de salida cuenta con tres hojas de los cuales el primero es para el

laboratorio, la segunda para los alumnos y tercero para el docente.

Artículo 12º Para la recepción de equipos e instrumentos del laboratorio y otras

herramientas se deberá:

a) Hacer la devolución de los equipos en su totalidad en horario de atención y

en buen estado con la respectiva revisión por el responsable en turno.

b) Una vez revisado el responsable deberá hacer la devolución de los

documentos de identidad (DNI) de la misma forma brindara una copia de

conformidad de la hoja de registro sellada en las tres copias

correspondientes.

c) Los equipos deberán ser devueltos el mismo día, cumpliendo su horario de

prácticas establecidas (en caso interno), en caso de excepcionales

mencionara el horario y fecha de devolución en el registro.

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CAPÍTULO III. FALTAS Y SANCIONES

Artículo 13°. En caso de deterioro de los equipos, los estudiantes del grupo

comprometido se harán responsables por la reparación y/o compra de dichos

equipos.

Artículo 14°. En el caso de deterioro y/o pérdida de algún equipo o instrumento,

se les retendrá los documentos de identidad (DNI), hasta que dichos instrumentos

sean reparados o reemplazados, así mismo deberán firmar el compromiso de

reposición o el compromiso de autorización de recarga para reposición de

materiales y/o equipos del laboratorio según sea el caso.

Artículo 15°. En caso de que los alumnos entreguen los equipos fuera del horario

establecido en sus labores de práctica, se someterá a las siguientes sanciones

según corresponda:

a) Devolución de los equipos pasado de sus horarios de prácticas por primera

vez, una amonestación a los integrantes del grupo.

b) Devolución de los equipos pasado de sus horarios de prácticas en dos o

mas veces, el grupo será suspendido de toda labor de practica durante

una semana, autorizado por el coordinador académico EAP de Ingeniería

Civil.

e) En caso de la devolución de cualquier equipo fuera del horario establecido

en días sucesivos, el grupo será suspendido de toda labor de práctica

durante una semana, autorizado por el coordinador académico EAP de

Ingeniería Civil.

Artículo 16°. En caso de que los alumnos no entreguen el área de trabajo limpio y

ordenado, bajo la supervisión y aprobación del responsable en turno, el grupo de

alumnos serán sanciones con una semana se suspensión, autorizado por el

coordinador académico EAP de Ingeniería Civil.

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Artículo 17°. En caso de que los alumnos no entreguen equipos e instrumentos

del laboratorio y otras herramientas limpias y ordenadas, bajo la supervisión y

aprobación del responsable en turno, el grupo de alumnos serán sanciones con

una semana se suspensión, autorizado por el coordinador académico EAP de

Ingeniería Civil.

Artículo 18°.En caso de que los alumnos no usen sus equipos de protección

personal (EPP) obligatorios y equipos de seguridad para ensayos especiales

serán sancionados con una semana de suspensión, autorizado por el coordinador

académico EAP de Ingeniería Civil.

Artículo 19°.En caso de que los alumnos no retiren sus muestras del horno o

estufa de esterilización del laboratorio fuera del horario registrado por el mismo

alumno en el cuaderno del Horno, se procederá a eliminar la muestra y el o los

alumnos serán sancionados por una semana, autorizado por el coordinador

académico de la EAP de Ingeniería Civil.

Huancayo 16 de diciembre de 2013