Reforma Agrariacapitulo i

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    CAPITULO I

    ASPECTOS GENERALES SOBRE COOPERATIVAS

    AGROPECUARIAS DE LA REFORMA AGRARIA

    A. CONCEPTOS.

    1. REFORMA AGRARIA

    “Se entiende por Reforma Agraria la transformación de la estructura agraria del país

    y la incorporación rural al desarrollo económico, político y social de la nación,

    mediante la sustitución del sistema latifundista por un sistema justo de

    propiedad, tenencia y explotación de la tierra basada en la equitativa distribución de

    la misma.〉1,

     

    2. COOPERATIVA AGROPECUARIA.

    “Es la empresa base del sistema asociativo”〉2 

    Las Sociedades Agrícolas de Reforma Agraria (SARA). Es el nombre jurídico que

    recibió el asentamiento campesino, el cual emana de una sociedad entre los

    campesinos beneficiarios y el Estado, a fin de no perder la continuidad en la unidad

    de producción. Esta forma de asignación es de tipo transitorio y está destinada a

    constituirse, en un plazo de 3 a 5 años en una empresa asociativa en propiedad

    según la formula cooperativa.

    La Reforma Agraria en El Salvador se inició en 1980 con la promulgación y

    ejecución de la ley No. 154, sobre afectaciones y expropiaciones; en No. 842, sobre

    el destino y utilización de las propiedades del Instituto Salvadoreño de

    Transformación Agraria (ISTA), que estaban en su poder antes de la promulgación

    de la ley; y por último el No. 207, que elimina el trabajo precario.

    〉1, Reforma Agraria y Empresas AsociativasDivisión Conjunta CEAL – FAO, Santiago de Chile, 1998

    〉2, IDEM

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    La cooperativa: la cooperativa agropecuaria es la empresa base del sistema

    asociativo. En cuanto a su gestión, en una primera etapa se propuso la cogestión

    entre los campesinos beneficiarios y el ISTA, a fin de mantener la continuidad

    productiva y permitir un período de entrenamiento y adecuación de la organización

    campesina en la conducción de estas empresas, para que en una segunda etapa

    se pudiera pasar a la autogestión propiamente tal.

    Los asentamiento: el asentamiento campesino se creó jurídicamente por Decreto

    Ley No.8, de 1972, como una empresa comunitaria transitoria, la que luego de un

    período debería convertirse en cooperativa o bien en empresa asociativa

    campesina.

    Las cooperativas: la cooperativa de producción se creó en 1967 como forma

    definitiva de asignación de la tierra a un grupo de campesinos. La propiedad radica

    en los campesinos, quienes son dueños en común de la tierra y de los principales

    medios de producción. Los socios trabajan principalmente en forma colectiva y se

    distribuyen los frutos de la producción según el trabajo aportado por cada uno de

    ellos; sin embargo, no excluye la contratación de trabajadores asalariados.

    Las empresas asociativas: la empresa asociativa campesina se creó en 1975. sepresentaba como alternativa a la cooperativa para superar los vicios y

    contradicciones que se fueron desarrollando internamente en ella, y en la que uno

    de los puntos más controvertidos era la utilización de fuerza de trabajo asalariada

    permanente. Por lo tanto, en lo relativo a propiedad, gestión y distribución del

    excedente es similar a la cooperativa.〉3 

    B. BASE LEGAL

    1. ASPECTOS POLITICOS Y JURIDICOS DE LA REFORMA AGRARIA.

    1.1 Empresa Agraria

    La importancia que este concepto tiene en el derecho agrario resulta de considerar

    〉3 Reforma Agraria y Empresas AsociativasDivisión Conjunta CEAL – FAO, Santiago de Chile, 1998

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    que como hemos visto anteriormente gran parte de la doctrina ha asimilado el

    derecho agrario a la empresa agraria, si bien esta afirmación ha sido refutada por

    otra parte o menos importante. Dejamos visto que Galloni ha expresado que a

    quién se pregunta porqué el problema de la autonomía del derecho agrario se ha

    planteado sólo recientemente, mientras el ejercicio de la agricultura representa una

    de las actividades productivas más antiguas del hombre, es posible responderles

    que el derecho agrario ha nacido en el momento mismo en que comenzó a adquirir

    relevancia autónoma sobre el terreno jurídico la empresa agraria. El concepto de

    empresa agraria ha nacido para el derecho cuando comenzó a asumir relieve como

    un instituto separado y distinto de la propiedad del fundo rústico. Antes la

    agricultura interesaba al derecho únicamente como disciplina de un particular tipo

    de propiedad, la propiedad fundiaria y, en consecuencia, el proceso productivo

    quedaba fuera de la disciplina jurídica. Debe de admitirse que la importancia de la

    noción en análisis ha sido destacada inicialmente por la doctrina comercialista por

    ser la rama del derecho que tenía en consideración la actividad económica, y sólo

    más tarde este problema ha ocupado el centro del derecho agrario. En

    consecuencia debemos partir de un concepto unitario de empresa, que como se ha

    señalado, tiene el valor de una categoría general, en principio aplicable a la

    empresa agraria y también a las demás partes del derecho económico. Podemosdecir que en principio se ha señalado que existe un concepto económico y otro de

    la empresa; sin embargo, esto último ha sido rechazado por parte de la doctrina que

    ha negado la posibilidad de dar una noción jurídica. Otra posición sostiene la

    coincidencia sustancial entre el concepto económico y el jurídico de la empresa.

    El problema más grave es la determinación de su naturaleza jurídica, que ha dado

    lugar a distintas opiniones que podemos resumir de este modo: Algunas teorías

    consideran a la empresa como un Sujeto de Derecho y estiman que la entidad que

    forman los diversos bienes integrados en ésta no es la suma de ellos, sino por el

    contrario una realidad totalmente nueva y distinta, y de este modo la empresa en

    sentido técnico es sujeto de derecho. Esta teoría tiene su asiento en los Arts. 2082,

    2135 y 2555 del Código italiano y distintos autores han dado sus bases, aunque

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    desde ángulos distintos, puesto que se confunde a veces actividad del empresario

    con la actividad de la empresa, y otras veces actividad con organización.

    Debe tenerse en cuenta que la actividad no es el acto individualizado, sino la serie

    de actos coordinados y tendientes a una finalidad común; por otra parte la actividad

    ha de ser económica, es decir dirigida a la producción de bienes y servicios

    desarrollada profesionalmente.〉4 

    1.2 Requisitos de la Empresa agraria.

    Cualquiera que sea la actividad o el sector económico en que el empresario la

    desarrolle, la empresa ha de reunir los requisitos necesarios para calificarla como

    tal y distinguirla de otras posibles situaciones jurídicas. En este sentido la doctrina,

    con base en la legislación italiana, ha enumerado los siguientes: 

    a) Economicidad: Ello significa que la actividad del empresario ha de ser

    económica, es decir que debe desarrollarse en un proceso económico

    que consiste en la producción o en el intercambio de bienes o de

    servicios. Cabe destacar la diferencia conceptual que resulta de la

    caracterización tradicional del comerciante y del empresario, ya que éste,

    más que un sujeto que actúa en la circulación de los bienes, es aquel querealiza una actividad productiva.

    b) Organicidad:  La noción de empresa requiere organización de elementos

    materiales e inmateriales, objetivos y subjetivos que componen la

    hacienda (o explotación). Esta organización es de cosas o personas, es

    decir una organización heterogénea de elementos.

    c) Profesionalidad:  Se vincula con la habitualidad en el ejercicio de la

    actividad económica por parte del empresario e implica una forma

    habitual, estable y duradera, lo que significa que ella no es ocasional, y no

    impide la existencia de empresas de tipo estacional ni la falta de

    exclusividad. Para algunos la profesionalidad se encuentra implícita en la

    〉4 Manuel de Derecho Agrario Capitulo II La Empresa AgrariaEl Salvador, Centroamérica.

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    economicidad. La discusión versa acerca de si la profesionalidad importa

    una finalidad de lucro, y si ella no existe en el supuesto de autoconsumo.

    d) Imputabilidad:  Alguna doctrina, fundamentalmente española, agrega a

    los requisitos antes mencionados, entre los que asume un papel

    preponderante el de la economicidad, la imputabilidad (Ballarín Marcial,

    Vattier Fuenzalida, Soldevilla), ya que para que una actividad sea

    económica el titular de la empresa debe ser responsable de su actuación;

    ella implica la existencia de un sujeto al que se le puedan imputar los

    resultados, y éste no puede ser otro que el empresario. La imputabilidad

    significa que la actividad se realice en nombre propio del empresario.

    En consecuencia, y a modo de síntesis, podría decirse que la empresa en general

    es un concepto unitario que no importa que sea un sujeto de derecho (el sujeto es

    el empresario) ni un simple objeto (el objeto es la hacienda), es en consecuencia la

    actividad que realiza el empresario mediante una organización instrumental en

    orden a la producción o al intercambio de bienes o de servicios.

    1.3 Características de la empresa agraria

    El primer criterio que aparece para determinar la particularidad de la empresaagraria es el de su vinculación con la tierra que indefectiblemente requiere criterio

    tradicional, según el cual en la empresa agraria la producción debe apoyarse

    necesariamente en una finca rústica, en el “fundo”.

    Debe tenerse presente que el fenómeno de la producción en la agricultura no se

    presenta en forma distinta de lo que ocurre en las empresas industriales, sujetas al

    derecho mercantil. La actividad productiva agrícola se diferencia de la industrial,

    regulada por el derecho de la empresa mercantil, en cuanto utiliza un específico

    medio de producción, la tierra, falta también el presupuesto de aplicación de aquel

    especial trato jurídico que se reserva al empresario agrícola, esta respuesta está

    anclada en una concepción antigua de la agricultura, hecha sobre la tierra y por

    medio de la tierra, no se presta a proporcionar un concepto de lo agrario en

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    presencia de empresas que operan con modernos procedimiento productivos y

    tecnología avanzada, y en tal caso, estas nuevas expresiones no encontrarían el

    marco de las actividades agrícolas y concluirían inevitablemente entre las

    mercantiles. La actividad agrícola productiva consiste en el desarrollo de un ciclo

    biológico, vegetal o animal, ligado directa o indirectamente a la explotación de la

    fuerzas y de los recursos naturales, y que resulta económicamente en la obtención

    de frutos, vegetales o animales destinados al consumo. Mencionando las siguientes

    características:

    a) La actividad agraria.  La empresa agraria debe reunir los requisitos que

    componen la noción genérica de empresa por una parte, y la noción de lo que en

    determinado ordenamiento se entiende por agricultura, de lo que resulta que ofrece

    una problemática dual; de lo específico de la actividad agraria típica que se

    distingue de las demás actividades económicas, cuestión que se sitúa en el límite

    entre el derecho agrario y el derecho mercantil, la concurrencia necesaria de las

    condiciones generales de la empresa que está en la línea entre el derecho agrario

    y el derecho civil.

    La calificación de la empresa está fundada en la diversidad de su objeto, de lo queresulta que debe determinarse cuál es ese objeto, cuestión que resuelve el art.

    2135 del mismo Código al definir al empresario agrícola como aquel que “ejercita

    una actividad dirigida al cultivo del fundo, a la silvicultura, a la crianza del ganado y

    a las actividades conexas”, agregando, que se consideran conexas “las actividades

    dirigidas a la transformación de productos agrícolas, cuando estén comprendidas en

    el ejercicio normal de la agricultura. La definición legal resultarían dos tipos o

    clases de actividad agraria: una llamada actividad típica, directa o esencialmente

    agraria y que comprende aquella específicamente considerada en la ley, es decir

    taxativamente enumerada en ella en esta categoría, y a tenor de la norma en

    análisis se consideran esencialmente agrarias las actividades relativas al cultivo del

    fundo, la silvicultura y la crianza del ganado. Corresponde agregar que no toda

    industria primaria entra dentro de la regulación de la empresa agraria, pues no se

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    comprende en ella la actividad minera ni a toda otra actividad económica extractiva,

    ya de superficie, ya de profundidad, por cuanto no hay una actividad de cultivo, y

    porque existe un simple disfrute pasivo de los recursos, y sobre todo porque en

    ellas no existe un ciclo biológico.

    Por el contrario se considera agrícola la actividad mejorada dirigida a la introducción

    de mejoras en el proceso de cultivo, así como las mejoras de tipo fundiario, siempre

    que se realicen como labores de preparación inherentes a la organización y

    funcionamiento de una explotación ya constituida.

    Es frecuente que el agricultor no se limite a la simple obtención de frutos y es

    tradicional que transforme la aceituna en aceite, la uva en vino, la madera en

    carbón, la leche en manteca o en queso, y que ponga luego en circulación estos

    productos mediante una actividad de enajenación pudiendo, incluso, utilizar en ello

    técnicas más o menos complicadas.

    b) El empresario agrícola.  De esta normas resultan tres elementos que

    constituyen el núcleo del derecho agrario moderno, a saber: la actividad (empresa),

    el sujeto (empresario) y el objeto (hacienda).

    El empresario agrario que organiza los elementos que se combinan en la empresa

    agraria, puede ser una persona física o jurídica. Entre los empresarios agrarios

    colectivos se pueden mencionar a las sociedades (civiles o mercantiles) cuyo objeto

    social es la explotación agraria, las cooperativas de producción, o explotación de la

    tierra común.

    c) La hacienda agraria.  Correspondería previamente aclarar algunos conceptos

    pues acabamos de decir hacienda o explotación cuando en realidad son términos

    sinónimos, si bien”hacienda” se emplea preferentemente en Italia, y “explotación”

    unidad orgánica formada por un derecho de disfrute de un bien productivo de

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    carácter agrario-fundo o ganado- y de todos los derechos que se pongan en

    relación con el mismo y sean necesarios para su aprovechamiento o explotación

    económica.

    El Problema sin duda más trascendente que plantea la hacienda bajo el punto de

    vista jurídico consiste en el alcance de la conexión entre las distintas cosas que la

    integran, para lo cual corresponde examinar cómo el derecho ha pretendido

    resolverlo a través del tiempo.〉5 

    2. EL ESTADO Y LA REFORMA AGRARIA EN SU DIMENSION JURIDICA.

    La Reforma Agraria formaba parte de una propuesta de desarrollo con cambio

    estructural y en esa posición, era parte integral de la estrategia de desarrollo que

    tenía el propósito de modificar los elementos básicos de la convivencia del

    campesinado con los demás sectores de la sociedad, y de la agricultura con la

    industria. La industrialización se veía obstaculizada por las estructuras agrarias

    cerradas.

    La ideología reformadora criticaba esta opción, por considerar que si la

    modernización tecnológica no iba acompañada o precedida de una transformación

    social, podía convertirse en un factor negativo para el desarrollo, considerado comoun proceso de promoción humana de toda la población. “El progreso técnico sin

    reforma estructural conduce a un tipo de crecimiento sin justicia social, lo que

    implica la represión de los grupos no privilegiados cuando estos pretenden ejercer

    un poder social”.

    La Reforma Agraria fue ejecutada desde el gobierno, con la dictación de

    instrumentos jurídicos y en respuesta a proyectos de desarrollo económico y social

    y a convenios internacionales suscritos por los Estados nacionales. La presión

    campesina y de otros grupos sociales fue importante en grado variable. La

    Reforma Agraria en México, Guatemala y Bolivia se inició por la acción directa de

    〉5 Manuel de Derecho Agrario Capitulo II La Empresa AgrariaEl Salvador, Centroamérica.

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    movimientos campesinos de tipo revolucionario o como respuesta a ellos. Sin

    embargo, posteriormente la Reforma ha sido, en lo esencial, principalmente

    iniciativa, decisión y acción emprendidas por los poderes públicos. La presión

    campesina, si bien ha estado presente, no ha sido un factor esencial. La Reforma

     Agraria en los años sesenta y setenta fue precedida de cambios políticos que

    contribuyeron a su viabilidad. La Reforma constituyó una intervención pública

    tendiente a modificar las estructuras agrarias, por lo cual la característica de esa

    intervención, su duración, contenido y alcance condicionaron decisivamente el

    proceso de cambios en el agro.

    3. LOS CAMBIOS POLÍTICOS Y LA REFORMA AGRARIA

    Los procesos de Reforma Agraria se dieron por iniciativa del aparato del Estado.

    Sabido es que la representación campesina en el contexto político de América

    Latina, ha sido débil en términos relativos, salvo excepciones. De aquí que sea

    necesario examinar los cambios políticos que posibilitaron la promulgación de leyes

    y su aplicación.

    En El Salvador las Fuerzas Armadas asumen el gobierno el 15 de Octubre de 1979,

    instaurando la Junta Revolucionaria de Gobierno, la cual “se compromete con elpaís a adoptar medidas que conduzcan a una distribución más equitativa de la

    riqueza nacional”. En términos oficiales una de esas grandes tareas es la Reforma

     Agraria, que constituye la determinación política para traspasar la tierra, de las

    pocas manos en que se encuentra ahora a las de los campesinos que forman la

    mayoría.

    La proposición del nuevo gobierno se materializó legalmente en la dictación de los

    siguientes decretos:

    - Decreto 153 Ley básica de la Reforma Agraria, del 5 de marzo de 1980.

    - Decreto 222 Reformas adicionales a la Ley Básica de la Reforma Agraria, del

    12 de mayo de 1980.

    - Decreto 154 Toma de Posesión e Intervención de Tierras Previas a la

    Vigencia de la Ley Básica de Reforma Agraria, del 5 de marzo de 1980.

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    - Decreto 207 Ley para la Afectación y Traspasos de Tierras a Favor de sus

    Cultivadores Directos, del 5 de mayo de 1980; y Decreto 221 Ley Especial de

     Asociaciones Agropecuarias, del 5 de mayo de 1980.

    El marco interno de esta reforma fueron las insurrecciones de los campesinos, que

    reclamaban tierra e integración al desarrollo del país; y, por otro lado, la convicción

    de los grupos de poder urbanos que sólo transformando la estructura de tenencia

    de la tierra se podría acceder a la industrialización y modernización del aparato

    productivo.

    Del examen histórico-político de los procesos de Reforma Agraria que han operado

    en la región, se desprenden dos elementos centrales comunes a todos los países.

    Primero, un marco externo y una coyuntura interna proclives a la modificación de

    las estructuras agrarias, que se consideraban económicamente ineficientes y

    socialmente injustas. En segundo lugar, en la casi totalidad de los países se

    produjo un cambio político que posibilitó la promulgación de leyes que contenían el

    instrumental necesario para provocar el cambio estructural.

    Los cambios políticos que condujeron a la promulgación de las leyes de reformaagraria fueron bastante heterogéneos en cuanto a su orientación ideológica. En

    algunos países, estos procesos se iniciaron con gobiernos de facto, conducidos por

    militares, en tanto que en otros fueron las reformas iniciadas por gobiernos

    democráticos, como ocurrió, por ejemplo, en Colombia y Chile.

    El campesino y los partidos políticos progresistas abonaron la tesis del cambio

    estructural, como asimismo es evidente que los partidos conservadores y los grupos

    terratenientes se opusieron a la promulgación de la ley, o bien a su aplicación,

    como de hecho sucedió en varios casos o en algunos períodos. La posición

    sustentada por la burguesía urbana (industrial, comercial y financiera) fue, en

    general más ambigua. Los grupos militares, en general, “en aras del nacionalismo”,

    percibieron la necesidad de cambios. El hecho que la burguesía urbana y los

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    militares, más bien coincidiera en la apreciación de los hechos y no siempre

    verificaran concertaciones explícitas, confirió a estos períodos un alto grado de

    inestabilidad, lo que se constató en el fracaso prematuro de muchos proyectos.

    4. LA REFORMA AGRARIA EN SU DIMENSION JURIDICA 

    Por haber sido la Reforma Agraria un mecanismo jurídico de cambio social que se

    institucionalizó desde el Estado, su orientación en cuanto a qué se reformaba,

    dependió, en cada caso, principalmente del proyecto político del gobierno de que se

    tratara, de las negociaciones o concertaciones entre los diversos grupos de interés

    y de la sucesión de éstos en el aparato público a través del tiempo.

    La presencia e intervención del Estado en el ordenamiento socioeconómico ha sido

    históricamente relevante. En cada país la sociedad, las clases sociales y, en

    particular, la oligarquía y la burguesía, han confiado al Estado el alivio de sus

    restricciones económicas. Al surgir la ideología del desarrollo y los propósitos de

    industrialización y tecnificación de la economía, el Estado ha asumido un papel

    cada vez más activo como agente económico.

    La crónica inestabilidad política ha redundado en cambios frecuentes de los

    proyectos políticos y en discontinuidad frecuente de los proyectos políticos y en

    discontinuidad de las políticas públicas. Según la historia de cada país ha sidofrecuente también la interrupción y cambio de gobierno por vías no democráticas.

    Debido a esta característica, las estrategias, programas o políticas y los procesos

    socioeconómicos que dependen de los poderes públicos para su aplicación, han

    sido muy inestables y han estado sujetos a interrupción o cambio de sus

    orientaciones.

    Los regímenes democráticos, además de ser discontinuos en el tiempo, no han

    alcanzado a crear la institucionalidad adecuada a la participación real de los

    pobladores, trabajadores y campesinos. A su vez, en el conjunto social, los grupos

    organizados, con alguna capacidad de presión y negociación, se encuentran en

    situación ventajosa respecto a los sectores marginados de estas posibilidades.

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    El contenido y alcance de los propósitos reformadores se concretaron, en una

    primera etapa, en la discusión, aprobación y promulgación de leyes de reforma

    agraria. Mediante el análisis de las disposiciones legales, leyes, estatutos o

    decretos de reforma agraria se pueden identificar los criterios y normas relativas a

    los aspectos más decisivos de ese proceso, entendido como la intervención

    regulada y ejecutada por instituciones del Estado. Dichos aspectos son la

    afectación de tierras; la compensación por las tierras expropiadas; los beneficiarios

    de la Reforma o los asignatarios de las tierras; el sistema de pago de las tierras

    otorgadas en propiedad; las formas de asignación de la tierra y el papel del Estado

    en la gestión de las formas asociativas.〉6 

    4.1 LA AFECTACION DE TIERRA

    Las tierras potencialmente disponibles para la Reforma Agraria (es decir, que se

    puede reformar y cuanto), se encuentran expresamente establecidas en las leyes y

    decretos correspondientes. Este es uno de los puntos neurálgicos y, por lo mismo,

    más controvertidos políticamente entre los sectores involucrados. En definitiva, han

    sido los Poderes del Estado con la participación de diferentes partidos políticos y

    organizaciones sociales los que han definido este tema en las normas jurídicas

    respectivas.

    Las leyes de Reforma Agraria han coincidido en afectar y destinar para este

    propósito las tierras de propiedad pública. Las demás tierras sujetas a expropiación

    fueron las tierras abandonadas, las tierras mal explotadas, las tierras de extensión

    excesiva (la ley dispuso también la prohibición de enajenar los predios inferiores a

    cierto tamaño), las tierras pertenecientes a personas jurídicas o aquellas que fueran

    explotadas indirectamente y, por último, las áreas sujetas a situaciones especiales.

    Finalmente, la ley de Reforma Agraria (Estatuto a Tierra, artículo 150), estipula que

    “la implantación de la Reforma Agraria en tierras particulares será hecha con

    carácter prioritario cuando se trata de zonas críticas o de tensión social”. La ley

    〉6 Reforma Agraria y Empresas AsociativasDivisión Conjunta CEAL – FAO, Santiago de Chile, 1998

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    define además otras áreas prioritarias para la expropiación (artículo 20): áreas de

    minifundio y latifundio; áreas ya beneficiadas pro obras públicas o que lo serán en el

    futuro; áreas en que los propietarios realizasen actividades depredadoras y

    rechazasen poner en práctica normas de conservación de los recursos; áreas

    destinadas a programas de colonización cuando estos no hubieran logrado alcanzar

    sus objetivos; áreas de elevada incidencia de arrendamiento, aparcería, y

    posseiros, es decir, explotación indirecta; y tierras cuyo uso en el momento de la

    Reforma no fuese adecuado a su índole económica.

    En El Salvador, en lo referente al tamaño excesivo, la Reforma Agraria en su

    primera fase expropió las explotaciones de más de 500 hectáreas afectando el 15%

    del suelo más productivo del país. Los propietarios podían conservar entre 100 y

    150 hectáreas, según la calidad del suelo. En la segunda fase, la Reforma

    afectaría las explotaciones de 150 a 500 hectáreas, pero esa etapa no se ha

    ejecutado (Ley Básica de Reforma Agraria, Decreto 153 del 6 de marzo de 1980).

    Mediante el Decreto 207 del 28 de abril de 1980 (Ley para la Afectación y Traspaso

    de Tierras Agrícolas a Favor de sus Cultivadores Directos), quedaron sujetas a

    expropiación las tierras que no estuviesen directamente cultivadas por sus dueños,

    beneficiando a todos los que en ese momento se encontraban cultivándolas.

    4.2 INDEMNIZACION POR TIERRAS EXPROPIADAS

    En relación con la compensación o forma de pago por las tierras expropiadas, es

    frecuente que se adopte como valor de referencia el vigente para los afectados del

    impuesto territorial. Con respecto al pago por las mejoras se establecen diversos

    criterios en los distintos países y en general se tiende a cancelarlas al contado o a

    mediano plazo y teniendo en cuenta su valor comercial.

    En El Salvador, de conformidad con la Ley Básica de Reforma Agraria (Decreto 153

    del 6 de marzo de 1980), a los propietarios expropiados se les compensa de

    acuerdo con el valor medio declarado para fines de impuesto a la propiedad en los

    años 1976 y 1977. el pago se hace en bonos de la Reforma Agraria a 20, 25 y 30

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    años de vencimiento. El valor calculado se pagará en títulos de deuda pública,

    incluida la corrección monetaria según índices fijados por el Consejo Nacional de

    Economía, rescatables en el plazo máximo de 20 años, en parcialidades anuales

    sucesivas, asegurada su aceptación, en cualquier tiempo, como medio de pago de

    hasta 50% del Impuesto Territorial Rural y como pago del precio de tierras públicas.

    En el artículo 4º de la Constitución Federal se establece que “la indemnización de

    latifundios, de acuerdo al concepto de la ley, exceptuándose las mejoras necesarias

    y útiles que serán siempre pagadas en dinero”.

    4.3 FORMAS DE ASIGNACION DE LA TIERRA

    En los procesos de reforma agraria, el diseño de los modelos de asignación de

    tierras, por la naturaleza institucional y legal de la intervención pública destinada a

    transformar el polo latifundiario, correspondió a las esferas técnico-administrativas y

    políticas. Los tecnológicos diseñaron y propusieron las nuevas formas de

    organización agraria, es decir, las nuevas estructuras sociales agrarias, que fueron

    sometidas al poder político correspondiente para su aprobación. Antes de iniciar el

    proceso de reforma, durante la preparación y creación de los instrumentos jurídicos

    se procedió a definir las nuevas formas optativas de organizar la agricultura

    reformada. Estas eran de tres tipos:* Unidades agrícolas de tipo familiar para ser asignadas a jefes de hogares y

    que permitieran el trabajo y progreso familiar.

    * Unidades comunitarias, cooperativas o colectivas para ser asignadas en

    propiedad o usufructo a asociaciones de campesinos.

    * Unidades mixtas con asignación a cada jefe de hogar de una superficie más

    o menos reducida que permitiera el trabajo familiar; la obtención del sustento

    y / o producción para el mercado a base de la superficie de tierra de mayores

    dimensiones asignada a la asociación de campesinos para el trabajo y

    producción comunitaria o cooperativa.

    En El Salvador la tierra expropiada en virtud del Decreto 153 del 5 de marzo de

    1980, se asignó a las asociaciones cooperativas agropecuarias, asociaciones

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    comunitarias campesinas u otras organizaciones de trabajadores agropecuarios.

    En casos especiales, la tierra podrá ser asignada a grupos familiares o solidarios de

    campesinos. En cuanto a la administración de la tierra y los bienes, ésta se

    efectuará según el principio de congestión entre el Estado y dichas organizaciones

    por el plazo que demande la capacitación de los nuevos asignatarios (artículo 18).

    C. CLASIFICACIÓN DE LAS COOPERATIVAS AGROPECUARIAS DE LA

    REFORMA AGRARIA DE EL SALVADOR.

    La Reforma Agraria en El Salvador se inició en 1980, con la promulgación y

    ejecución de la Ley Nº 153 ( Ley Básica de la Reforma Agraria). La cual

    contemplaba al sistema asociativo del Agro para la transformación hacia empresas

    cooperativas en virtud de unidades familiares.

    De las Diferentes clases de Asociaciones Cooperativas.

     Art. 7.- Podrán constituirse cooperativas de diferentes clases, tales como:

    a) Cooperativas de Producción.

    b) Cooperativas de servicios. 〉7 

     Art. 75.- Son Cooperativas de Producción, las integradas con productores que seasocian para producir, transformar o vender en común sus productos.

    Las Cooperativas de Producción podrán ser entre otras de los siguientes tipos:

    a) Producción Agrícola;

    b) Producción Pecuaria;

    c) Producción Pesquera;

    d) Producción Agropecuaria;

    e) Producción Artesanal;

    f) Producción Industrial o Agro-Industrial.〉8 

    〉7 Asamblea legislativa de la República de El SalvadorLey General de Asociaciones Cooperativas, Decreto 339, capitulo II

    〉8 República de El Salvador, PresidenciaReglamento de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, Decreto 62, Titulo IV, Capitulo I

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    AGRÍCOLA

     Art. 76.- Son Cooperativas de Producción Agrícola, aquellas cuya actividad principal

    es lograr la producción de la tierra por medio de la siembra y cultivos permanentes

    o estacionarios.

    PECUARIA

     Art. 77.- Son Cooperativas de Producción Pecuaria, aquellas cuyas actividades

    principales son la crianza, conservación y desarrollo pecuario, pudiendo ser éstas

    de ganado mayor y de ganado menor.

    Son actividades de ganado mayor, las de carne y lecheras; y de ganado menor, las

    de avicultura, apicultura, cañicultura y otras similares.

    PESQUERA.

     Art. 78.- Son Cooperativas de Producción Pesquera, aquellas que para la

    realización de sus objetivos y fines principales, sus actividades se encuentran

    dedicadas a la captura, procesamiento y comercialización relativas a la pesca y a la

    acuicultura.

     Art. 79.- Cuando la Cooperativa realice la comercialización de los productos

    capturados, la liquidación se hará inmediatamente después de la venta del productoo cuando se haga la liquidación del ejercicio económico. Las cooperativas cuya

    actividad principal son de acuicultura, podrán acogerse a las normas establecidas

    anteriormente.

    AGROPECUARIAS

     Art. 80.- Son Cooperativas de Producción Agropecuaria, aquellas cuyas actividades

    principales son la agrícola y la pecuaria, entendiéndose por estas las indicadas en

    los artículos 76 y 77 de este reglamento.

    ARTESANAL

     Art. 81.- Son Cooperativas de Producción Artesanal, aquellas cuyas

    actividades

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    principales son la producción, reparación, y transformación de bienes; realizadas

    mediante un proceso en que la intervención manual constituye el factor

    predominante, obteniéndose un resultado final individualizado.

    INDUSTRIAL

     Art. 82.- Son cooperativas de Producción Industrial, aquellas que tienen por

    finalidad la transformación de materias primas, fundamentalmente mediante

    procesos mecanizados.

    AGRO- INDUSTRIAL

     Art. 83.- Son Cooperativas Agro- industriales, aquellas cuya actividad agraria es la

    de producir materias primas y procesarlas.

    La producción de las Cooperativas Agro-Industriales podrá ser:

    a) Agro-Industrial de primera Categoría o integrada, es aquella que produce

    materia prima de origen agropecuario, forestal, pesquero o proveniente de la

    explotación de cualquier recurso natural renovable, de modo que el proceso de

    producción hasta la elaboración de productos agroindustriales finales, forman

    una cadena de métodos y sistemas destinados a tales fines.

     Agro- industria de segunda categoría o no integrada, es aquella en dónde las

    actividades de fomento, financiación, procesamiento y comercialización los realizan

    diferentes personas, por lo cual no existe un proceso en cadena, efectuado por la

    misma cooperativa.〉9 

    D. ANTECEDENTES DEL SECTOR AGROPECUARIO

    El Salvador es un país reconocido como un pueblo dedicado a la explotación de la

    tierra, actividad que ha desarrollado desde la conquista Española, situación que ha

    generado un sentimiento de propiedad sobre la actividad, provocando un ambiente

    〉9 República de El Salvador, PresidenciaReglamento de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, Decreto 62, Titulo IV, Capitulo I

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    de tranquilidad por los conocimientos transmitidos generación por generación del

    individuo salvadoreño, ubicándolos actualmente en una sociedad agrícola de tipo

    artesanal debido al desinterés de conocer nuevos métodos, mecanismos que

    ofrece la tecnología. En síntesis se puede decir que el agricultor Salvadoreño

    ejecuta su producción a través de los conocimientos trasladados de padres e hijos,

    es decir una producción agrícola de tipo artesanal.〉10 

    1 LAS FORMAS ASOCIATIVAS AGRICOLAS ESTABLECIDAS EN LA

    REFORMA AGRARIA.

    Las Cooperativas Agropecuarias son la base del Sistema Asociativo en El Salvador.

    Durante su creación hubieron dos etapas: En la primera se definió al ISTA como

    ente Estatal encargada de mantener la continuidad productiva, brindando un

    período de entrenamiento y de ambientación de la organización campesina en la

    conducción de sus empresas. La segunda etapa, los campesinos fueron los únicos

    responsables de la gestión de su empresa cooperativa.

    Hasta 1977, año en que aproximadamente se cerró el proceso expropiador, se

    habían constituido 1,088 unidades asociativas, en una superficie total de 174, 689

    hectáreas, con la que se benefició a 31,168 familias a nivel mundial (FAO, 1978).

    Para detectar y establecer similitudes o comportamientos comunes entre las formas

    asociativas descritas, se seleccionaron tres parámetros que representan, entre

    otros, las características más importantes de una concepción asociativa de

    producción de las empresas son:

    a) La propiedad legal de la tierra. Pueden presentarse tres casos. Uno, el Estado

    es el propietario y entrega derechos de usufructo sobre el bien a terceros, que

    es el caso típico de las formas transitorias; segundo, la propiedad es privada y

    radica en la entidad asociativa, representada por la empresa, cooperativa, grupo

    u otra persona jurídica, etc., o por el colectivo de socios; en este caso, la

    〉10 Ministerio de Agricultura y GanaderíaInforme Coyuntural Junio 2000, Oficina de Dirección Estratégica (ODE), El Salvador, Centroamérica

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    cambios. Aunque se acepta, en general, que existe un “problema agrario”, más o

    menos grave, no siempre se piensa en él como un problema de tenencia de la

    tierra, lo que explica que las medidas propuestas para resolverlo hayan sido

    múltiples.

    En esta primera fase frecuentemente se promulgaron leyes y políticas de loteo o

    parcelación de algunos latifundios y de colonización de tierras públicas.

    La segunda fase se inicia con un cambio político que permite impulsar reformas

    estructurales en el agro. Estas se caracterizan por la dictación de leyes de reforma

    agraria, que permiten la explotación de tierras privadas y la utilización de tierras

    públicas, con el propósito de dotar de recursos a los campesinos.

    Existe la convicción de que la promoción del campesinado y su integración al

    desarrollo nacional, permitirán modernizar la agricultura, requisito indispensable

    para sentar las bases de un desarrollo sostenido fundado en la industrialización.

    En La tercera fase, queda delimitada un área reformada en la agricultura que puede

    experimentar diversas tensiones que influirán en su trayectoria. Las tensiones másdecisivas se relacionan con el poder público y sus instituciones y con la inserción

    del área reformada en el mercado.

    Políticas de parcelación y colonización. Ya se señaló que en la primera fase, de

    crítica progresiva al orden agrario latifundio, se ejecutaron algunas políticas agrarias

    de alcance muy limitado: se dividieron algunas explotaciones de gran tamaño

    adquiridas a terratenientes o se aplicaron políticas de colonización de tierras

    públicas. En respuesta a situaciones conflictivas, varios gobiernos dictaron

    legislaciones especiales para reducir la presión campesina. Estas leyes no estaban

    destinadas fundamentalmente a enfrentar el problema de fondo, sino a crear

    instrumentos legales para detener las acciones antes que se convirtieran en un

    proceso peligroso para el ordenamiento agrario existente.

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    Políticas para la constitución de reformas asociativas. Las formas asociativas

    surgieron como una fórmula estratégica para alcanzar el doble objetivo de superar

    las dificultades que planteaba la unidad productiva familiar, y a la vez, aprovechar

    los recursos e infraestructura de las unidades expropiadas. Esta fórmula adquirió

    real importancia en los casos de unidades de explotación de gran tamaño, que por

    motivos de escala de producción y de costos se estimaba inconveniente proceder a

    la división territorial tendiente a la asignación individual de la tierra.

    En la aplicación de la Reforma mediante la expropiación de latifundios, a los

    conflictos que suscitaron los grupos de terratenientes afectados, acompañaron

    duras críticas a las organizaciones campesinas que se hicieron cargo del manejo y

    explotación de las tierras expropiadas. Estas críticas apuntaban a la relación

    campesino-estado, en el sentido de que consideraban a este último como un nuevo

    patrón y a los campesinos como sus dependientes. Otra crítica frecuente era

    acusar a los organismos públicos y a los institutos de reforma agraria, de

    paternalismo estatal y de intervención desmedida en la gestión de las empresas en

    formación.

    En términos generales, tanto el proceso de reforma agraria como las nuevasestructuras sustitutivas de los sistemas tradicionales han sido objeto en la totalidad

    de los casos estudiados, de fuerte oposición y crítica por parte de los sectores

    conservadores de la sociedad, lo que ha limitado el alcance de la Reforma y

    condicionado la dinámica de dichas estructuras. Resulta indispensable tener

    presente este hecho para comprender la evolución de las formas asociativas de

    producción en la agricultura.

    La organización de las empresas asociativas tuvo dos momentos claramente

    definidos. Primero, una etapa transitoria, orientada a no perder la continuidad de la

    producción en la unidad expropiada y a permitir a los campesinos beneficiarios un

    período de adaptación, entre la expropiación y la adjudicación definitiva en

    propiedad. Esta forma empresarial, en la casi totalidad de los países, recibió el

    nombre de “asentamiento campesino”, siendo éste una figura jurídica que emana de

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    un convenio entre el instituto encargado de aplicar el proceso y los campesinos

    beneficiarios.

    La segunda etapa se refiere a la forma definitiva de propiedad, es decir, a la

    adjudicación real de la unidad productiva. En los casos en que los campesinos eran

    los únicos dueños, normalmente se tendía a organizar formas cooperativas, en

    tanto que cuando el Estado seguía teniendo injerencia directa en la gestión.

    La comprensión de las formas asociativas en el marco de la Reforma Agraria es

    relativamente compleja debido a la falta de normalización de los términos

    empleados. Algunas veces, el término “colectivo” se utiliza para señalar el trabajo

    en común de los campesinos dentro de la empresa; otras veces, marca el nivel de

    estatización de la producción y uso de la tierra, lo que puede convertir al campesino

    en simple jornalero estatal.

    Para establecer este punto es necesario tener presente que las empresas

    asociativas se definen y difieren entre sí básicamente por las siguientes variables:

    propiedad de la tierra y de los medios de producción

    Existen distintas alternativas a esta variable que no rebasan el marco conceptual de

    la empresa asociativa. En primer lugar, la propiedad puede ser mixta, es

    decir, parte individual y parte comunitaria.

    En el trabajo se presentan tres aspectos. Primero, en la forma como se realiza el

    trabajo en la unidad de producción. Este puede ser totalmente comunitario, es

    decir, la tierra se explota en común; o parcialmente comunitario, esto es, se

    combina la explotación en común con la explotación individual. Segundo, en la

    forma como se remunera el trabajo. Esta puede ser igualitaria o a base de un

    sistema que discrimina según aporte productivo, participación, calificación, etc. Por

    último, en la contratación o no de trabajo asalariado en forma esporádica.

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    La distribución del excedente. El excedente (o las pérdidas) pueden distribuirse

    exclusivamente entre los asociados o bien entre éstos y el Estado, el cual

    canaliza parte del excedente hacia otros sectores sociales.

    La gestión. El modelo de empresa asociativa presupone la participación de los

    socios en la toma de decisiones, en la cual puede o no participar el Estado.

    El capital. Si bien desde un punto de vista teórico la empresa asociativa,

    en su concepción, supera el conflicto entre capital y trabajo al no contemplar una

    redistribución al capital, en la práctica le asigna un pago limitado cuando éste es

    aportado por los socios. Por lo tanto, éste es un elemento diferenciados. Otro

    aspecto relacionado es la definición del tamaño de las empresas, según el monto

    del capital involucrado en cada una de ellas.

    De esta manera, el término “asociativo” es considerado como el más general para

    referirse a toda empresa en la cual la posesión, uso, gestión y apropiación de los

    beneficios son de carácter social, en oposición a la empresa en que desde la

    propiedad hasta la apropiación de las utilidades es individual, y a la colectivista o

    estatal, en que la nota distintiva es el papel protagónico del Estado.

    Ciertamente, dentro de cada término pueden hacerse varias distinciones, como

    las que reconocen el carácter comunitario de una forma específica de empresa

    asociativa, o los diferentes niveles en que puede manifestarse el carácter asociativo

    de la empresa: Otro tanto puede decirse de la participación estatal, de los niveles

    de propiedad, del uso individual de la tierra, de los servicios y beneficios

    empresariales.

    E. REFORMA AGRARIA PROCESO DE DETERIORO DEL SECTOR

    AGROPECUARIO EN EL SALVADOR

    En las décadas de los años sesenta y setenta, El Salvador se convirtió en un

    verdadero modelo agropecuario para la región. En su reducido territorio se

    contaban las fincas más productivas de Centro América, donde se ponía de

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    pendiente crítica que nunca se ha podido revertir.

    El agro necesita de una entidad financiera propia, pues sus actividades están

    sujetas a factores imponderables, por la tanto, no pueden ser atendidas por la

    banca comercial, que opera –o debiera operar- bajo otros criterios con relación a los

    riesgos. Además, el apoyo financiero que requiere el agro debe basarse en líneas

    de financiamiento blandas, donde plazos e intereses se compaginen con los índices

    de rentabilidad del sector, que nunca son tan amplios ni de retorno inmediato como

    ocurre en otros sectores de la economía.

    La comercialización de los productos agropecuarios no debe estar sujeta a la

    competencia de similares extranjeros que cuentan con subsidios en origen. Los

    países desarrollados protegen a sus productores agropecuarios; siendo tan

    propensa a la imitación, resulta hasta sospechoso que nuestra actual clase dirigente

    ignore sistemáticamente este aspecto tan sensitivo.

    2. LA CUESTION AGRARIA 

    El agro cumple la función esencial de producir alimentos para toda la sociedad, por

    lo tanto se puede decir que su cometido tiene un valor estratégico para la población.

     A lo largo de la historia se han utilizado diversas formas para hacer producir al agro,

    pero a todas se les puede clasificar en dos modalidades diametralmente opuestas;

    unas, basadas en la propiedad individual, las otras, en la propiedad estatal o

    colectiva. La misma historia se ha encargado de demostrar cual de ellas, ha

    resultado la más apta para cumplir con la función del agro.

     A pesar de ello, no faltan quienes se organizan para diseñar y ejecutar un plan

    destinado a reimplantar la modalidad equivocada, es decir, la del tipo colectivo,

    cuyo fracaso ha sido rotundo en todo el mundo, particularmente en nuestro país.

    Los propulsores de la conveniencia en hacer producir la tierra con base en un

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    régimen colectivo de propiedad, continúan extraviados por este camino en razón de

    que la anteojera ideológica les impide ver la realidad.

    Nada más evidente para apreciar el fracaso de la modalidad colectivista que los

    resultados obtenidos por las “cooperativas del sector reformado”: les era imposible

    operar sin la subvención del erario público, porque sus índices de productividad no

    alcanzaban ni siquiera para la subsistencia mínima.

    Los ideólogos del colectivismo nos traerán múltiples argumentos para justificar el

    fracaso de tales experiencias. Dirán, para el caso, que los campesinos cooperados

    no tenían suficiente asistencia técnica, ni asesoramiento para llegar con su

    productos al mercado.

    F. EVOLUCIÓN EN EL CONTEXTO ECONOMICO DE EL PAIS

    El sistema latifundio-minifundio fue progresivamente percibido por los

    campesinos como impedimento para sus aspiraciones de acceder a la propiedad de

    la tierra. La Reforma Agraria como el instrumento ad-hoc para impulsar un cambio

    estructural en el agro. Dos fueron, por consiguiente, los propósitos iniciales de la

    Reforma: justicia distributiva y mayor productividad.

    Mientras esto ocurría en el área urbana, en el campo se hacia cada vez más difícil

    alcanzar los ajustes técnicos, productivos y sociales adecuados al cambio

    ideológico y socioeconómico general a las demandas campesinas en particular. Se

    explica así que la Reforma Agraria adquiriese toda su significación como

    instrumento de desarrollo socioeconómico en los procesos que se realizaron a partir

    del decenio de 1960. en Venezuela, por ejemplo, se dictó la primera Ley de

    Reforma Agraria el 19 de marzo de 1960, es decir, antes de la aprobación de la

    carta de Punta del Este, firmada en el marco de la Alianza para el Progreso. El

    criterio de la función social de la propiedad es otro concepto que se ha impuesto

    definitivamente, así como el derecho del Estado a expropiar cuando lo requiera el

    interés social. Finalmente, a pesar de las resistencias que originalmente hubo y hay

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    todavía, casi todas estas legislaciones consagran el sistema de pago diferido y

    pago en bonos para las expropiaciones.

    En el orden administrativo, estas leyes han conducido a la creación de ministerios,

    secretarías de estado, agencias u organismos para la ejecución de la Reforma

     Agraria. 

    1. LA IDEOLOGIA REFORMADORA Y EL AMBITO INTERNACIONAL

    La influencia del Sistema de las Naciones Unidas en la formación de un

    pensamiento favorable al cambio agrario fue decisivo en el ámbito regional. En

    septiembre de 1951, en su 13ª sesión, el Consejo Económico y Social de las

    Naciones Unidas conoció el informe “Reforma Agraria, defectos en la estructura

    agraria como obstáculo al desarrollo económico”; ambiente propicio a la Reforma

     Agraria. En 1953, conjuntamente con el Gobierno del Brasil, y Estado de Sao

    Paulo, problemas de la tenencia de la tierra en América Latina, en el marco del

    primer seminario sobre estos problemas en la región. El segundo seminario

    latinoamericano sobre problemas de la tierra se realizó en Montevideo entre el 23

    de noviembre y el 9 de diciembre de1959.

    El 17 de agosto de 1961 se reunieron en Punta del Este, Uruguay, losrepresentantes de las repúblicas americanas y acordaron constituir la Alianza para

    el progreso. En esta expresa el compromiso de los países signatarios de “impulsar

    dentro de las particularidades de cada país, programas de reforma agraria integral

    orientada a la efectiva transformación, donde así se requiere, de las estructuras e

    injustos sistemas de tenencia y explotación de la tierra”.

    La Alianza para el Progreso desempeñó uno de los papeles más importantes en el

    impulso de la Reforma Agraria en la región, donde se consigue vislumbrar con

    mayor claridad los dos elementos esenciales del proceso justicia distributiva y

    productividad.

    La carta de Punta del Este reconoce la necesidad de impulsar programas integrales

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    de reforma agraria que sustituyan el régimen latifundista por un sistema de

    propiedad justo, pero mediante un proceso que tenga en cuenta todos los requisitos

    crédito, asistencia técnica, sistema de producción y comercialización, de modo que

    se traduzca en un mejoramiento efectivo de la calidad de vida del que trabaja la

    tierra.

    Entre el 14 y 17 de agosto de 1961, se suscribió el Acta Constitutiva del Comité

    Interamericano de Desarrollo Agrícola (CIDA).

    En enero de 1962, el BID pasó a formar parte del CIDA por invitación de las cuatro

    organizaciones integrantes.

    Los estudios realizados por el CIDA contribuyeron decisivamente a establecer

    categorías comunes para evaluar la situación de la tenencia y distribución de la

    tierra y para comprender las relaciones sociales predominantes en el agro.

    En 1974, en la 13ª. Conferencia Regional de la FAO, celebrada en Panamá, los

    Gobiernos de la región adoptaron el principio de que la reforma agraria debería ser

    un requisito previo de los programas de colonización de tierras.

    Los conceptos de reforma agraria y desarrollo rural para que incluyera los aspectos

    económicos, sociales y culturales, institucionales, ambientales y humanos, e

    introdujo los principios fundamentales de crecimiento con equidad, redistribución del

    poder económico y político, y la participación popular. La Iglesia Católica, de amplia

    significación moral y social en la región, propiciaron resueltamente, en numerosos

    países, transformaciones agrarias que significaron una mayor participación

    campesina

    2. LA MOVILIZACION CAMPESINA

    La inequidad, consustancial a la estructura agraria tradicional, impulsó a los

    campesinos a reaccionar para salir de esa situación de explotación, lo que se

    tradujo en luchas y movilizaciones cuya consigna central era el acceso al dominio

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    de la tierra que trabajaban. Las formas de movilización fueron varias, desde la

    ocupación pacífica de tierras hasta manifestaciones campesinas que

    desembocaron, en pocos casos, en situaciones de violencia.

    Las movilizaciones introdujeron el tema del “problema campesino” y obligaron

    muchas veces a dar respuestas a situaciones , que cuestionaban la legalidad

    vigente asignación de títulos de propiedad sobre las tierras ocupadas, expropiación

    de tierras de particulares, iniciación de procesos de colonización. Sin duda que

    estos hechos la conciencia creciente del “problema campesino” y las respuestas a

    los problemas generados por la movilización campesina contribuyeron también a

    echar las bases de los procesos de reforma agraria de los años sesenta.

    En Honduras, por ejemplo, la presión campesina se intensificó en la década de

    1950. en 1950 se crearon Comités de Defensa en el sur del país, para enfrentar las

    medidas de expulsión. Unos de los pocos éxitos conseguidos fueron la ocupación

    de las tierras fértiles en Mojaras (Departamento de Choluteca), pues “se permitió a

    los campesinos retener la tierra ocupada” (Ponce, 1986), constituyendo este hecho

    el momento de inicio de la formación de empresas asociativas.

    3. LA JUSTICIA DISTRIBUTIVA Y LA PRODUCION

     A la baja productividad se añadían la desigual distribución del ingreso y las

    precarias condiciones de vida de la enorme masa de población ligada a la

    agricultura, que en 1950 representaba el 54% de la población regional. Por esta

    razón, la CEPAL vinculó el desarrollo industrial con la tecnificación agrícola, como

    un todo: “La industrialización es una imposición ineludible del desarrollo económico

    y constituye el necesario completo de la tecnificación de la agricultura” (Ortega,

    1986) decía Prebisch en 1954.

    La tecnificación del agro conduce al mejoramiento de los niveles de vida rural y

    nacional, siempre que exista un sector industrializado que absorba la mano de obra

    campesina desplazada por la tecnificación agrícola; en caso contrario, “la

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    desocupación provocada por el progreso técnico no permitiría el alza de salarios y

    hasta los disminuiría, y el fruto del progreso se perdería...” (Prebisch, 1954).

    Una agricultura estancada es la negación misma de las posibilidades de progreso,

    en el que según lo concibe la CEPAL, la industrialización y la tecnificación agrícola

    constituyen una sola unidad de crecimiento.

    El estancamiento del agro no podía ser superado mientras se mantuviera la

    estructura del latifundio-minifundio. La reforma de la estructura agraria es de

    primordial importancia para el desarrollo agrícola y económico de la mayoría de los

    países de la región, y luego de señalar la tenencia de la tierra como punto esencial

    del problema, indica “... que las dos normas básicas para determinar la relación

    entre hombre y tierra son la productividad creciente y la justicia distributiva”.

    Los objetivos generales de mejorar la productividad y la distribución del ingreso,

    estos propósitos por si mismos no nos ayudan a definir los sistemas prácticos

    necesarios para alcanzarlos. Lo que se sabe sobre la productividad verdadera y

    principalmente sobre la productividad agrícola potencial en relación con los

    sistemas de tenencia y el tamaño de la explotaciones es muy vago. Además,independientemente de que se pueda demostrar que un régimen de tenencia deja o

    no deja el problema de una distribución equitativa de la producción.

    En América Latina, la discusión en torno a la Reforma Agraria prestaba atención

    especial a la relación entre los propósitos redistributivos y de elevación de la

    productividad. La importancia de la productividad de fundaba en que su aumento

    facilitaba la redistribución ya que al menos parte de ella podría provenir del margen

    anteriormente inexplotado en el sistema de la hacienda.

    G. IMPACTO DEL SECTOR AGROPECUARIO EN LA PRODUCCION INTERNA

    BRUTA DEL PAIS.

    El rápido crecimiento económico de El Salvador desde 1992 no ha

    reducido

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    significativamente la pobreza rural. Sin embargo, la pobreza sigue siendo un

    fenómeno fundamentalmente rural. De los 3.1 millones de salvadoreños pobres, el

    61% viven en el sector rural. Los pobres rurales:

    •Muestran los menores índices de educación y las mayores tasas deanalfabetismo

    • Tienen familias más numerosas y exhiben una mayor dependencia económica

    • Habitan viviendas más precarias con menos acceso a servicios básicos como

    electricidad y agua potable.

    • Se ubican a mayor distancia de las carreteras

    • Tienen acceso a una menor cantidad de tierra para actividades agrícolas

    • No han sido los principales beneficiarios del flujo de remesas

    • Muestran una mayor dependencia de ingresos de la producción agropecuaria,

    ya sea a través de la producción de granos básicos o de la remuneración al

    trabajo agropecuario.

    • Son quienes han tenido menor acceso a oportunidades de empleo no

    agropecuario.

    El sector agropecuario perdió dinamismo en el tercer trimestre del año dos mil

    pasando de 9.28 % en 1999 a 1.58% en el 2000 lo que refleja la franca

    desaceleración sectorial, influenciada sobre todo por la reducción en el precio

    internacional del café. El pobre desempeño de la producción agropecuaria se debe:

    • El terremoto de enero de 2001 reporta pérdidas económicas de US $140

    millones para el sector agropecuario en su conjunto.

    • El atraso tecnológico de gran parte de la agricultura nacional.

    • El pobre estado de la red de carreteras y puentes del campo salvadoreño

    • Los pobres resultados del proceso de reforma agraria llevado a cabo entre 1980

    y 1992

    • Imperfecciones en las cadenas de comercialización

    • La situación de mayor violencia e inseguridad.

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    El crecimiento modesto de la agricultura (PIB Ag.), oculta grandes variaciones. La

    tasa de crecimiento de algunos subsectores importantes se está estancando

    (algodón, café, ganado, silvicultura), mientras otros (granos básicos, azúcar y aves

    de corral), han experimentado un crecimiento mucho más alto desde 1990 (cerca

    del 5% por año). Las exportaciones de productos agrícolas tradicionales han

    disminuido en valor y como proporción de las exportaciones, de un promedio de

    70%, durante 1981.85, a 28%, en 1990-95. Este comportamiento se ha visto

    afectado grandemente por la disminución en las exportaciones de café y la virtual

    desaparición de la producción de algodón. Las importaciones agrícolas, de las que

    más de tres-cuartos son granos básicos (77%), representan una parte pequeña y

    declinante del total de importaciones, de un promedio de 6.5% durante 1981-85 a

    3.3% de 1991-94.

    En 1995, 70% de la tierra agrícola estaba dedicada a los granos básicos. Este

    subsector responde por 68% de los productores involucrados en la agricultura, y de

    éstos el 63,7% operan propiedades de menos de 2 hectáreas, muchos de ellos

    cultivado en tierras de bajo potencial. La producción comercial, por otra parte, está

    más orientada a la exportación, vendiendo productos de exportación tradicionales

    (café, azúcar, arroz y camarones), y productos no tradiciones (piña, melón, forraje y

    otros productos. Aun cuando la producción de cultivos básicos en El Salvador se compara

    favorablemente con los países vecinos, los incrementos en la productividad han

    sido muy bajos en la mayoría de los cultivos durante los últimos 15 años. Para

    muchos cultivos, y especialmente para los básicos como el maíz y los frijoles,

    muchos de los

    aumentos en producción se derivan de un aumento en la extensión.

    Desde 1989, El Salvador se ha movido con rapidez para abrir su economía,

    bajando el nivel y la dispersión de tarifas, eliminando los controles de precios,

    eliminando los controles sobre el mercadeo de productos de exportación, y

    eliminando la agencia de mercadeo del estado (Instituto Regulado de

     Abastecimientos, IRA). Actualmente, las tasas arancelarias para importaciones

    agrícolas (tasa promedio de 39%), no son tan diferentes de los aranceles en otros

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    sectores. La abolición de los impuestos de exportación benefició a exportaciones

    tradicionales tales como el café. Igual que en varias economías latinoamericanas,

    en El Salvador las reformas en el comercio y precios agrícolas se están llevando a

    cabo dentro de un escenario de declinaciones en los precios reales agrícolas de

    productos comerciables en los mercados internos, lo cual baja la rentabilidad en la

    agricultura. Los dos determinantes más importantes que explican la declinación en

    los precios internos al productor son el tipo de cambio-influenciado por un aumento

    substancial en las remesas del extranjero y las condiciones no competitivas del

    mercando interno y del sector financiero.

    El Salvador ha experimentado transformaciones importantes en la tenencia de

    tierras, como resultado de la reforma agraria (que redistribuyó aproximadamente

    300,000 hectáreas) y la implementación de los Acuerdos de Paz. Reconociendo la

    necesidad de ajustar su estrategia para el sector rural, el Gobierno preparó una

    nueva política agraria en 1994. recientes reformas legales (contenidas en el

    paquete legislativo aprobado en mayo de 1996) deberán contribuir al desarrollo de

    un mercado de tierras más flexible en la agricultura. Sin embargo, este reporte

    identifica áreas importantes que requieren más atención. El reto principal es facilitar

    el desarrollo de un mercado de tierras flexible y eficiente sin los efectos adversos dereconcentración o atomización masiva de tierras, y a la vez, diversificar las fuentes

    de ingreso de los pobres rurales, tengan o no tengan tierras. Existe hoy en El

    Salvador el potencial para una respuesta significativa del sector. Esta respuesta

    dependerá de lo dispuestos que estén los representantes privados para invertir

    significativamente más en el sector, y en la capacidad del gobierno para

    proporcionar los bienes públicos esenciales para el desarrollo agrícola. La

    seguridad en los derechos de propiedad, mejor infraestructura, y mayores niveles

    de capital humano parecen ser los ingredientes esenciales para estimular más la

    inversión privada.

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    Gráfico I-1

    0 . 0 0 %1 . 0 0 %2 . 0 0 %3 . 0 0 %4 . 0 0 %5 . 0 0 %6 . 0 0 %7 . 0 0 %

       C   R   E   C   I   M   I   E   N   T   O 

       D   E   L   P   I   B

    1 9 9 5 1 9 9 6 1 9 9 7 1 9 9 8 1 9 9 9 2 0 0 0

    A Ñ O S

    P R O D U C T O IN T E R N O B R U T O

    P o r c e n t a j e

     

    Fuente: Elaboración propia basándose en cifras del BCR 

    2. MOVIMIENTO DEL SECTOR AGROPECUARIO EN EL CONTEXTO

    ECONOMICO.

    El desempeño general del sector mostró una recuperación durante los primeros

    nueve meses de 1998 después de las pérdidas en 1997 relacionadas con el

    fenómeno climatológico “El Niño.” El índice de volumen de la actividad económica

    del sector indica aumentos en la producción agropecuaria en todos los meses de

    1998 comparado con el mismo mes en 1997, con promedios trimestrales de 3.62%

    y 4.40% en el segundo y tercer trimestre de 1998. Sin embargo, estos aumentos en

    general no han sido superiores a las reducciones de 1997, mostrando una

    recuperación del sector pero no una superación de los niveles de producción de

    1996.

    En el período de abril a septiembre de 1998, ocurrieron varios eventos con impactogeneral en el sector agropecuario. Primero, en agosto, se extendió hasta el 31 de

    diciembre de 1998 el período para el pronto pago del 15% para recibir la

    condonación de 85% de la deuda agraria y agropecuaria según los Decretos 698 y

    699. Recientemente, el plazo fue extendido hasta el 30 de abril de 1999 para

    aprovechar esta medida. Un segundo factor está relacionado con la utilización de

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    las tierras y los efectos derivados de la reforma agraria. Entre 1980 y 1992, se llevó

    a cabo una profunda reforma agraria en El Salvador que redistribuyó 373,000

    hectáreas (incluyendo los Acuerdos de Paz área equivalente al 53% de las tierras

    aptas para la agricultura). Si bien se beneficiaron 104,000 nuevos propietarios, los

    logros del proceso de reforma agraria no colmaron las expectativas. De una parte,

    la redistribución de tierras a favor de muchos antiguos trabajadores sin tierra no ha

    repercutido en descensos en los índices de pobreza rural. De otra parte, el riesgo

    de pérdida de las tierras por reforma agraria paralizó buena parte de las inversiones

    en el sector hasta el fin del proceso de reforma agraria en 1992.

    Las cooperativas y beneficiarios del proceso de reforma agraria han enfrentado un

    período poco favorable para las actividades agropecuarias en los años noventa. La

    situación ha sido más crítica para quienes iniciaron labores con grandes deudas en

    un ambiente de tasas reales de interés altas. El resultado de esta situación es que

    la mayoría de los beneficiarios de la reforma agraria han enfrentado graves

    dificultades para mantenerse al día con sus obligaciones financieras, así como para

    realizar las inversiones requeridas para superar los atrasos tecnológicos. Esta

    situación condujo a la aprobación de legislación especial para aliviar la situación

    financiera de los beneficiarios de la reforma agraria. de una parte, la LeyReestructuración de Deuda Agraria (Decreto 699 de 1996) condonó las deudas

    individuales inferiores a ¢16,665 de cooperativas y beneficiarios de las fases I y III

    de la reforma agraria y del Programa de Transferencia de Tierras de los Acuerdos

    de Paz (excombatientes). Además, otorgó un descuento de 70% a quienes

    pagaran prontamente sus saldos, el cual se amplió a 85% con el Decreto 263 de

    1997. De otra parte, la Ley de Régimen Especial de las Tierras en Propiedad de las

     Asociaciones Cooperativas Comunales y Comunitarias Campesinas y Beneficiarias

    de la Reforma Agraria (Decreto 719 de 1996) permitió a las cooperativas vender

    parte de su terrenos para pagar el saldo de sus deudas, así como individualizar las

    tierras y deudas. Una vez individualizada, si la deuda era menor que ¢16,665,

    estaba sujeta a condonación. Aunque las condonaciones han servido para liberar a

    los beneficiarios de la reforma agraria de su estrangulamiento financiero, también

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    han tenido un efecto negativo sobre el conjunto del sector. De una parte, es muy

    posible que el proceso haya ejercido un efecto negativo sobre la distribución del

    ingreso, pues la mayor parte de los recursos condonados beneficiaron a un grupo

    relativamente pequeño de cooperativas y agricultores. De otra parte, este proceso

    ha reducido el flujo de crédito a los agricultores, pues ha inducido a los

    intermediarios financieros a disminuir drásticamente su exposición al sector

    agropecuario.

    El tercer factor se refiere a las imperfecciones en la cadena de comercialización que

    redundan en precios más bajos a los agricultores, especialmente en los mercados

    de granos básicos, hortalizas y frutas. Dichas imperfecciones explican la alta

    volatilidad de los precios, los cuales tienden a descender marcadamente en los

    meses de cosecha y a aumentar más de lo esperado durante las épocas de

    escasez. Aunque se requieren diagnósticos más preciso de las fuentes de

    imperfección, en los mercados de granos básicos parecen existir limitaciones

    físicas, empresariales y financieras para almacenar inventarios y realizar las labores

    normales de arbitraje intertemporal. Además, esta situación se ha agravado por las

    altas tasas de interés de los últimos años. Tanto en los mercados de granos como

    en los de fruta y hortalizas parecen existir concentraciones indeseables en varios

    eslabones de la cadena de comercialización que otorgan poder de mercado a unospocos agentes. Cabe anotar que en El Salvador no existen instituciones ni un

    marco regulatorio que promuevan la libre competencia.

    El cuarto factor es la situación de mayor violencia e inseguridad que ha creado un

    ambiente de incertidumbre poco atractivo para las nuevas inversiones. La

    inseguridad rural ha aumentado en momentos en que se hacen más necesarias

    nuevas inversiones en el sector. El Gobierno anunció la concesión y privatización

    del Puerto Cutuco en la Unión, incluyendo planes para renovación completa con

    capital japonés. Para el año 2015, se espera contar con tres muelles o terminales,

    uno para contenedores y dos para carga a granel y carga general. Este proyecto se

    enlazará con el Canal Seco con Honduras y puede contribuir a la reactivación de

    actividades de agroexportación, especialmente en el oriente del país. También se

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    anunció la operación de una Bolsa de Tierras, que opera a través de la Bolsa de

    Productos Agropecuarios de El Salvador (BOLPROES), con el objetivo de facilitar

    transacciones de tierra en el país y proporcionar mayor transparencia.

    En mayo, hubo un aumento de los salarios mínimos agropecuarios de 9% para los

    trabajadores agropecuarios, llegando a ¢21.60 por día, ¢31.20 en beneficios del

    café, y ¢22.80 en ingenios de algodón, sin incluir el séptimo día y la cuota

    alimenticia.

    2.1 COMPORTAMIENTO DE LOS PRODUCTOS TRADICIONALES DENTRO

    DEL MERCADO NACIONAL E INTERNACIONAL

    2.1.1 CAFÉ

    a) Comportamiento del mercado internacional

    La organización Internacional del café (OIC) estima que durante la cosecha

    2000/01, la producción mundial será de 111 millones de sacos de café de 60kgs,

    frente a la demanda de apenas 103 millones de sacos. Esto significa una sobre

    oferta de 8 millones de sacos. Los niveles de sobreproducción mundial y la

    acumulación de inventarios en los principales países importadores, son la causa de

    la caída sostenida en el precio mundial del grano desde diciembre de 1999

    b) Comportamiento del mercado interno

    Las proyecciones del BCR indican que el café contribuirá con 2.54% del PIB y con

    19.75% del producto interno bruto agropecuario (PIBA), en el año 2000.

    La economía cafetalera salvadoreña esta enfrentando uno de los peores momentos

    en su historia, como consecuencia de la caída sostenida del precio mundial del

    café, que ha alcanzado niveles similares a los de octubre de 1992. Esta situación se

    ha visto agravada con el terremoto del 13 de enero de 2001. Las estimaciones

    iniciales reportan pérdidas económicas en tres regiones del país ( occidental,

    central y oriental). De acuerdo con el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG),

    el terremoto afecto alrededor de 55 beneficios de café que colapsaron y 837 mz, de

    café que resultaron sepultadas por deslaves, lo que estaría afectando al 15% de la

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    Producción total del grano, calculada en más de tres millones de qq/ promedio

    anual.

    2.1.2 AZÚCAR

    a) Comportamiento del mercado internacional

    a diferencia del precio mundial del café, el del azúcar se mantuvo casi inalterado

    durante el ultimo trimestre de 2000 y con tendencia alcista reflejada por el promedio

    móvil de 12 meses. Las variaciones positivas en el precio dan cuenta de su

    recuperación, en comparación con el último trimestre del año anterior.

    Según FAO (2000), al final de febrero de 2000, el precio diario del Convenio

    Internacional del Azúcar (CIA) descendió al nivel mas bajo en 14 años (4.70

    centavos de dólar por libra)

    b) Comportamiento del mercado interno

    La racha de precios bajos del azúcar en el mercado internacional ha tenido sus

    repercusiones en le mercado local. La Comisión para el Desarrollo Azucarero (CDA)

    estima para el ciclo 2000/01 una reducción del área sembrada de caña en 9%, lo

    cual se traduce en una disminución de casi 6.4% de caña y 13.7% del azúcarproducida. La caída sostenida en la producción y en el área sembrada es un

    fenómeno observable en los últimos cuatro ciclos. La tasa de disminución promedio

    anual de la producción de caña es de casi el 5%, con una variación negativa de casi

    el 14% en 2000/01 con respecto a 1997/1998, mientras que el área cosechada

    disminuyó.

    2.1.3 GRANOS BÁSICOS 

    a) Comportamiento del mercado regional

    Según la FAO, los pronósticos iniciales de la cosecha de granos en Centro América

    en 1998/99 señalaron niveles de producción iguales o superiores a los normales en

    todos los países de la región, especialmente en el caso del maíz. Seguramente,

    estos pronósticos cambiaron dramáticamente con los efectos del huracán Mitch.

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    En otra ocurrencia de interés regional, en septiembre, el gobierno de Honduras

    elevó los aranceles para el maíz amarillo y el sorgo al 45% y del maíz blanco a

    50%, como medida de protección temporal, mientras la producción nacional pudiera

    suplir la demanda nacional, con la previsión de bajarlos cuando la producción

    nacional se agote.

    En abril, también hubo discordia entre los países de la región por la importación de

    13 mil toneladas de arroz de Vietnam por parte de Nicaragua, para cubrir su déficit

    alimentario. Señalando peligros sanitarios, pese a los exámenes técnicos que

    aprobaron su traslado, El Salvador, Honduras y Guatemala suspendieron

    las importaciones de arroz desde Nicaragua debido al riesgo sanitario.

    b) Comportamiento del mercado interno 

    El BCR estimo que la producción de granos básicos representa el 2.7% del PIB y

    20.6% del PIBA en el año 2000.

    Según los resultados preliminares de la Segunda Encuesta de Propósitos Múltiples

    de la Dirección General de Economía Agropecuaria (DGEA) del MAG, administrada

    en diciembre de 2000, con la excepción del frijol no se esperan mayores variacionesen lo que respecta a superficie sembrada y producción de granos básicos para el

    ciclo 2000/2001.

    2.1.3.1 MAIZ

    Según los datos de la DGEA, no se esperan alteraciones significativas en las cifras

    de producción y área sembrada de maíz en la presente coyuntura. Esto es porque

    durante la Primera Encuesta de Propósitos Múltiples de septiembre 2000. El cual

    reflejo que las siembras por sequías sufrieron daños en un 11% de la producción

    de granos, experimentándose alzas en los precios al consumidor.

    2.1.3.2 FRIJOL

    En el caso del frijol, la situación en cuanto a la producción es diferente a la del maíz,

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    ya que entre el 85 y el 90% proviene de siembras de verano . De acuerdo con los

    datos de la segunda encuesta de propósitos múltiples, la superficie cultivada se

    redujo en un 4% lo que significa pasar de 199 mil mz. A 114 mil mz.

    2.1.3.3 SORGO

    Entre el 85 y 90% de la producción de sorgo se cosecha entre septiembre y octubre

    manteniéndose las mismas cantidades de producción durante la última década,

    actualmente experimentado en el precio una caída 36% en el precio. Obedeciendo

    a especulaciones, en el sentido de que en diciembre se corrió el rumor que el MAG,

    había dado autorización limitada para la exportación de maíz amarillo, lo cual

    deprimió el precio del producto del sorgo. Esto es por que el primero compite en el

    segundo en la fabricación de concentrado para consumo animal.

    2.1.4 OTROS SUBSECTORES

    Para los otros subsectores agropecuarios, los eventos de coyuntura más

    importantes incluyen el renacimiento del cultivo del algodón en El Salvador en

    aproximadamente tres mil manzanas. En esta oportunidad, se enfatiza el manejo

    integral de plagas para minimizar los efectos al medio ambiente por los esfuerzos

    de combatir el picudo del algodón. La semilla es canalizada por CENTA, y tambiénestá proporcionando asistencia técnica a los productores. La Cooperativa

     Algodonera (COPAL) ha rehabilitado una de sus desmotadoras y estará encargada

    de la venta de la cosecha, estimada en seis mil pacas oro. Las oportunidades para

    el crecimiento de la actividad algodonera son interesantes, ya que la demanda

    interna se estima en 100 mil pacas.

    En otro acontecimiento, las actividades asociadas con el estudio de “clusters”, o

    racimos, coordinadas por el Programa Nacional de Competitividad del Ministerio de

    Economía, avanzaron, especialmente en los racimos de plantas ornamentales,

    flores y follajes, y de la apicultura. En 1997, las exportaciones de plantas

    ornamentales alcanzaron un valor de ¢22,155 mil, y de la miel de abeja, ¢33,101

    mil. En el racimo apícola, la meta principal es incrementar el consumo interno y

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    encuesta de estudios múltiples de MIPLAN determinándose en este estudio que el

    45% de la población se dedica directamente a la producción agrícola y resto de

    forma indirecta.

    Efectuándose un análisis sobre la demanda total de mano de obra del sector

    agropecuario se concluye que genera alrededor de 109 millones de jornales y que

    el salario devengado es inferior al estimado como necesario para satisfacer las

    necesidades alimenticias básicas de cada persona.

    En vista de los factores antes mencionado el rezago productivo del agro no había

    generado mayores problemas en épocas anteriores, cuando agricultores

    salvadoreños contaban con una gran abundancia de mano de obra barata. Hoy en

    día muchos agricultores se quejan de la escasez de mano de obra especialmente

    durante los periodos de cosecha en las Zona de Occidente y Oriente del país. Los

    trabajadores rurales expresan poco interés en trabajar por los niveles salariales del

    agro, los cuales se han mantenido deprimidos por la baja productividad de los

    cultivos y por el descenso en la rentabilidad en los últimos años. Esta situación

    indica que el sector esta compitiendo por el recurso humano con otros sectores, lo

    cual debería conducir a mejores niveles de vida y trabajos menos precarios y

    estacionales para los grupos mas pobres de la población.

    1.1 CARACTERÍSTICA SOCIO-DEMOGRÁFICAS DE LAS ÁREAS RURALES.

    El tamaño de la familia tiene un efecto fuerte en el ingreso per cápita en la zona

    rural

    de El Salvador. Se observa una relación inversa entre el ingreso per cápita por un

    lado el tamaño de la familia y la proporción de dependencia (tasa de dependientes

    en relación con trabajadores). La encuesta del sector rural muestra que, en

    promedio, el jefe de familia en la zona rural de El Salvador tiene aproximadamente

    46 años, y mantiene, con ayuda de otros miembros de la familia, un hogar promedio

    de 6 personas, 4 de las cuales son dependientes, típicamente niños. Esta alta tasa

    de dependencia es una característica destacada de la demografía del hogar que se

    encuentra en los dos quintiles de ingresos más bajos (a los que se refieren como

    los más pobres). En contraste, vemos que en los dos quintiles de ingresos más

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    altos, tres miembros trabajadores mantienen a un dependiente. Esto sugiere que si

    las familias pobres pudiesen reducir la proporción de dependencia y reducir el

    tamaño de la familia a los de las familias que no son pobres, su ingreso per capital

    podría aumentar en casi 35%. Esto sería suficiente para elevar una proporción

    significativa de hogares pobres sobre la línea de pobreza.

    El retorno a la educación aumenta en forma significativa los ingresos por sueldo

    (particularmente en actividades no agrícolas fuera de la finca) pero ha mostrado en

    el pasado un efecto insignificante sobre la productividad agrícola. Esto es

    consecuente con resultados en Colombia, Honduras Paraguay. El principal valor de

    la educación ha sido proporcionar las habilidades que permiten a la población rural

    salirse de la agricultura y emigrar a los pueblos y ciudades.

    1.2 INGRESOS Y FUENTES DE INGRESO.

    El ingreso per cápita promedio en el sector rural es de ¢460, ligeramente menos

    que el 50% del promedio nacional. Los más pobres obtienen aproximadamente

    50% de su ingreso del hogar de los salarios por labores agrícolas, mientras que la

    población de ingresos más altos obtiene sólo cerca del 18% de esta fuente. Este

    hecho subraya la importancia de un mercado laboral rural activo, que funcione bien.

    Remesas del extranjero son recibidas más que todo por los hogares con ingresos

    medios y altos, no por los extremadamente pobres. Sólo 7% de los hogares más

    pobres reciben remesas, mientras que más del 20% de la población de ingresos

    más altos sí reciben. En promedio, los trabajadores rurales sin tierra empleados

    principales en agricultura son el segmento más pobre de la población rural, mientras

    que los agricultores y aun los sin tierra empleados en alguna ocupación no agrícola,

    ganan más del doble del ingreso per cápita de los trabajadores agrícolas sin tierra.

    En general, los agricultores están mejor que los trabajadores sin tierra.

    Sin embargo, el porcentaje de agricultores en extrema pobreza es bastante similar

    al de los trabajadores agrícolas sin tierra, 27% y 30% respectivamente. De hecho,

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    ajustada a equivalencia adulta, la incidencia de extrema pobreza entre los

    trabajadores agrícolas sin tierra es menor que entre los agricultores. Por tanto,

    entre los hogares más pobres, tanto los agricultores como los trabajadores

    agrícolas sin tierra son