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ÍNDICE
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INTRODUCCIÓN
Minerva E. Martínez Garza, Presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, con fundamento en el artículo 15 fracciones I, II, III y X de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, así como los artículos 3 y 41 de su Reglamento Interno tengo a bien expedir el presente:
CONTENIDO
I. INTRODUCCIÓN
II. ANTECEDENTES
III. MARCO JURÍDICO
IV. ATRIBUCIONES
V. MISIÓN, VISIÓN Y VALORES
VI. ESTRUCTURA ORGÁNICA
VII. ORGANIGRAMA GENERAL
VIII. OBJETIVOS Y FUNCIONES DE SUS ÓRGANOS
i. PRESIDENCIA
ii. CONSEJO CONSULTIVO
iii. VISITADURÍAS GENERALES
iv. SECRETARÍA EJECUTIVA
v. DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS Y FORMACIÓN EN DERECHOS
HUMANOS
vi. DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN Y PARTICIPACIÓN SOCIAL
vii. DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y EVALUACIÓN EN DERECHOS HUMANOS
viii. DIRECCIÓN DE ORIENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE QUEJAS
ix. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
x. DIRECCIÓN DE SEGUIMIENTO Y CONCLUSIÓN
xi. DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y RELACIONES PÚBLICAS
xii. DIRECCIÓN DEL CENTRO INTEGRAL DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS
xiii DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA
xiv. DIRECCIÓN JURÍDICA
xv. DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN
xvi. DIRECCION DE SERVICIOS PERICIALES
xvii. PERFIL Y DESCRIPCIÓN DE PUESTO
MANUALDE ORGANIZACIÓN
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I. INTRODUCCIÓN
El presente Manual de Organización de la Comisión Estatal de Derechos Humanos es un instrumento que permite tanto al personal de la Comisión como a la ciudadanía en general, identificar las funciones de cada una de las áreas que integran este Organismo público, autónomo, el cual tiene por objeto la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos consagrados en el orden jurídico vigente.
Este documento presenta la estructura orgánica actualizada y autorizada de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, el marco jurídico en el que se sustenta su funcionamiento, los objetivos que tienen encomendadas cada una de sus áreas y la descripción de las funciones que debe realizar para alcanzar los fines para los que fue creada.
El presente Manual se divide en seis partes, dónde en la primera parte del documento, se describen los antecedentes al surgimiento de la Comisión; para continuar con la segunda parte correspondiente al marco normativo tanto estatal, como nacional e internacional; en la tercera parte se establecerán las atribuciones que este Organismo ha recibido por mandato de ley; en la cuarta atribuciones y en la quinta, sexta y séptima parte se presenta la Misión, Visión y Valores, así como la estructura orgánica y el organigrama de la Comisión; para concluir con la octava parte con la descripción de los Objetivos y Funciones de las áreas que conforman la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.
El presente Manual es revisado y actualizado conforme a los requerimientos y demandas que se han presentado ante la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, el cual debe ser aprobado por la Presidencia conforme a la legislación vigente.
II. ANTECEDENTES
La protección y la promoción de una cultura de respeto de los Derechos Humanos que ampara el orden jurídico en el Estado de Nuevo León, constituye desde hace tiempo una política de Estado, y el colaborar con su desarrollo en el ámbito estatal y municipal es competencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
El antecedente más directo de los organismos públicos defensores de Derechos Humanos en el Estado data del 3 de enero de 1979, cuando se instituyó la Dirección para la Defensa de los Derechos Humanos en Nuevo León, por Instrucciones del C. Gobernador del estado Libre y Soberano de Nuevo León, el Doctor Pedro G. Zorrilla; diez años después en el ámbito federal, el 13 de febrero de 1989, nació la Dirección General de Derechos Humanos subordinada a la
y el 6 de junio de 1990 nació por decreto presidencial la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
Poco tiempo más tarde, el 28 de enero de 1992, mediante reforma publicada en el Diario
Secretaría de Gobernación
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Oficial de la Federación, se elevó a la Comisión Nacional de Derechos Humanos a rango constitucional, bajo la naturaleza jurídica de un Organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, dándose de esta forma el surgimiento del llamado Sistema Nacional No Jurisdiccional de Protección de los Derechos Humanos.
En el Estado de Nuevo León, el día 19 de diciembre de ese mismo año, durante el gobierno del C. Lic. Sócrates Rizzo García, mediante Decreto Número 120 de fecha 19 de Diciembre de 1992, se expidió la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, dicho decreto fue publicado en el Periódico Oficial del Estado, en fecha 28 de Diciembre de 1992.
La Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León por mandato de ley, es un organismo público, descentralizado, autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Tiene por objeto la protección, observancia, promoción estudio y divulgación de los derechos humanos consagrados en el orden jurídico vigente.
A la fecha, la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, ha sido reformada en tres ocasiones mediante Decretos 114 del 11 de enero de 2002, el Decreto 143 del 26 de septiembre de 2007 y Decreto 151 del 10 de octubre de 2007 y estamos a la espera de la Reforma prevista en el artículo segundo transitorio del Decreto 357, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 17 de septiembre de 2012, en el cual señala: “El Congreso del Estado, adecuará la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos
Humanos, en un plazo máximo de 260-doscientos sesenta días contados a partir del inicio de la vigencia de este Decreto”.
III. MARCO JURÍDICO
A. FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL· Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F. 5-II-1917 y
sus reformas. · Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León. P.O.E.
16-XII-1917 y sus reformas.
B. LEGISLACIÓN ESTATAL· Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos. P.O.E 28-XII-
1992 y sus reformas.· Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de
Nuevo León. P.O.E 25-II-1994 y sus reformas.· Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y
Municipios de Nuevo León P.O.E. 29-I-1997 y sus reformas.· Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. P.O.E. 20-IX-
2007 y sus reformas.
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· Ley que Crea el Consejo Estatal de Adopciones. P.O.E. 09-II-1996 y sus reformas.
· Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León y sus reformas. 19-VII-2008.
· Pactos, convenios y Tratados Internacionales suscritos y ratificados por México, incluyendo la declaración de los Derechos Humanos.
· Acuerdos mediante el cual se establece el costo por la expedición de copias, certificaciones y reproducciones diversas que lleve a cabo la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Nuevo León.
· Entre otras legislaciones.
C. INSTRUMENTOS INTERNACIONALES
DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS· Primer protocolo facultativo del pacto internacional de derechos civiles y
políticos. Adoptado el 16 diciembre de 1966.· Segundo protocolo facultativo del pacto internacional de derechos civiles
y políticos destinado a abolir la pena de muerte. Aprobado el 15 de diciembre de 1989.
· Convención americana sobre derechos humanos "Pacto San José de Costa Rica". Aprobada el 22 de noviembre de 1969.
· Protocolo a la convención americana sobre derechos humanos relativos a la abolición de la pena de muerte. Aprobado el 6 de agosto de 1990.
DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES· Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales.
Aprobado el 18 de diciembre de 1980.· Protocolo adicional a la convención americana sobre derechos humanos
en materia de derechos económicos, sociales y culturales "Protocolo de San Salvador". Aprobado el 12 de diciembre de 1995.
TORTURA· Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o
degradantes. Aprobada el 9 de diciembre de 1985.· Convención interamericana para prevenir y sancionar la tortura.
Aprobada el 9 de diciembre de 1985.· Protocolo de Estambul (Manual para la investigación y documentación
eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes. Presentado a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos el 9 de agosto de 1999.
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ERRADICACIÓN DE LA ESCLAVITUD, SERVIDUMBRE Y TRABAJO FORZOSO· Convención internacional para la supresión de la trata de mujeres y
menores. Fecha de adopción: 30 de septiembre de 1921.· Protocolo que modifica el convenio para la represión de la trata de
mujeres y menores del 30 de septiembre de 1921 y el Convenio para la represión de la trata de mujeres mayores de edad, del 11 de octubre de 1933. Aprobado por el Senado el 30 de diciembre de 1948.
· Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena. Fecha de adopción: 2 de diciembre de 1949.
DERECHO DE ASILO· Convención sobre asilo político. Adoptada el 26 de diciembre de 1933.· Convención sobre asilo diplomático. Adoptada el 28 de marzo de 1954.· Convención sobre asilo territorial. Aprobada el 28 de marzo de 1954.
DERECHOS DE LA MUJER· Convención interamericana sobre concesión de los derechos civiles a la
mujer. Aprobada el 30 de abril de 1948.· Convención interamericana sobre concesión de los derechos políticos a
la mujer. Aprobada el 2 de mayo de 1948. · Convención sobre los derechos políticos de la mujer. Aprobada el 20 de
diciembre de 1952.· Convención sobre la nacionalidad de la mujer casada. Abierta el 29 de
enero de 1957.· Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación
contra la mujer. Adoptada el 18 de diciembre de 1979.
MATRIMONIO Y FAMILIA· Convención sobre el consentimiento para el matrimonio, la edad mínima
para contraer matrimonio y el registro de los matrimonios. Abierta el 7 de noviembre de 1962.
DISCRIMINACIÓN· Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de
discriminación racial. Fecha de adopción: 21 de diciembre de 1965.
DERECHOS LABORALES· Convenio (núm. 100) relativo a la igualdad de remuneración entre la
mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor. Adoptado el 29 de junio de 1951 CONVENIO (NÚM. 111).
· Relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación. Adoptado el 25 de junio de 1958.
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DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO· Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio.
Adoptada el 9 de diciembre de 1948.
CONVENIOS, PROTOCOLOS Y DECLARACIONES INTERNACIONALES· Convención Internacional para la Supresión de la Trata de Mujeres y
Menores. (Ginebra, 30 de septiembre de 1921) D.O.F. 25-I-36 · Convención sobre Asilo Político. (Montevideo, 26 de diciembre de 1933)
D.O.F. 10-IV-36 · Convención sobre Extradición. D.O.F. 25-IV-36 · Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad.
(Ginebra 11 de octubre de 1933) D.O.F. 21-VI-38 · Protocolo que Modifica el Convenio para la Represión de la Trata de
Mujeres y Menores del 30 de septiembre de 1921 y el Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad, del 11 de octubre de 1933. (Nueva York 12 de noviembre de 1947) D.O.F. 19-X-49
· Convenio Núm. 100 relativo a la Igualdad de Remuneración entre la Mano de Obra Masculina y la Mano de Obra Femenina por un trabajo de igual Valor. (Ginebra, 29 de junio de 1951) D.O.F. 9-X-52
· Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio. (Nueva York, 9 de diciembre de 1948) D.O.F. 11-X-52
· Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena. (Nueva York, 2 de diciembre de 1949) D.O.F. 19-VI-56
· Convención Interamericana sobre la Concesión de los Derechos Civiles a la Mujer. (Bogotá, 30 de abril de 1948) D.O.F. 16-XI-54
· Convención sobre Asilo Diplomático. (Caracas, 28 de marzo de 1954) D.O.F. 5-IV-57
· Convenio Núm. 111 Relativo a la Discriminación en Materia de Empleo y Ocupación. (Ginebra, 25 de junio de 1958) D.O.F. 11-VIII-62
· Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial. (Nueva York, 21 de diciembre de 1965) D.O.F. 13-VI-75
· Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada. (Nueva York, 29 de enero de 1957) D.O.F. 25-X-79
· Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen del Apartheid. (Nueva York 30 de noviembre de 1973) D.O.F. 3-IV-80
· Convención de Viena sobre Relaciones Consulares. D.O.F. 9 -I-81 · Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer. (Nueva York, 20 de
diciembre de 1952) D.O.F. 28-IV-81 · Convención Interamericana sobre la Concesión de los Derechos Políticos
a la Mujer. (Bogotá, 2 de mayo de 1948) D.O.F. 29-IV-81
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· Convención sobre Asilo Territorial. (Caracas, 28 de marzo de 1954) D.O.F. 4-V-81
· Convención Americana sobre Derechos Humanos. (San José de Costa Rica, 22 de noviembre de 1969) D.O.F. 7-V-81
· Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. (Nueva York, 16 de diciembre de 1966) D.O.F. 12-V-81
· Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. (Nueva York, 18 de diciembre de 1979) D.O.F. 12-V-81
· Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. (Nueva York, 16 de diciembre de 1966) D.O.F. 20-V-81
· Convención sobre el Consentimiento para el Matrimonio, la Edad Mínima para Contraer Matrimonio y el Registro de los Matrimonios. (Nueva York, 10 de diciembre de 1962) D.O.F. 19-IV-83
· Convenio contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. (Nueva York, 10 de diciembre de 1984) D.O.F. 6-III-86
· Convención Internacional Contra la Toma de Rehenes. (Nueva York, el 18 de diciembre de 1979) D.O.F. 8-I-82
· Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura. (Cartagena de Indias, 9 de diciembre de 1985) D.O.F. 26-XI-88
· Convención Internacional para Prevenir y Sancionar la Tortura. D.O.F. 11-XI-87
· Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos Relativos a la Abolición de la Pena de Muerte. (Asunción, 6 de agosto de 1990)
· Convenio Núm. 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países Independientes. (Ginebra, 27 de junio de 1989) D.O.F. 24-I-91
· Convención sobre los Derechos del Niño. (Nueva York, 20 de noviembre de 1989) D.O.F. 25-I-91
· Convención Interamericana sobre Tráfico Internacional de Menores. (Ciudad de México, 18 de marzo de 1990) D.O.F. 14-V-96
· Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. (San Salvador, 17 de noviembre de 1988) D.O.F. 1-IX-98
· Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer. (Convención de Belem Do Pará.- Belem Do Pará, Brasil, 9 de junio de 1994) D.O.F. 19-I-99
· Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares. (Nueva York, 18 de diciembre de 1990) D.O.F. 10-II-99
· Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. (Bogotá, 2 de mayo de 1948)
· Declaración Universal de los Derechos Humanos. (Nueva York, 10 de diciembre de 1948)
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· Declaración de los Derechos del Niño. (Nueva York, 20 de noviembre de 1959)
· Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales. (Nueva York, 14 de diciembre de 1960)
· Declaración de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial. (Nueva York, 20 de noviembre de 1963)
· Declaración sobre el Fomento entre la Juventud de los Ideales de Paz, Respeto Mutuo y Comprensión entre los Pueblos. (Nueva York, 7 de diciembre de 1965)
· Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. (Nueva York, 7 de noviembre de 1967)
· Declaración sobre el Asilo Territorial. (Nueva York, 14 de diciembre de 1967)
· Declaración sobre el Progreso y el Desarrollo en lo Social. (Nueva York, 11 de diciembre de 1969)
· Declaración de los Derechos del Retrasado Mental. (Nueva York, 20 de diciembre de 1971)
· Declaración de Estocolmo sobre el Medio Ambiente Humano. (Estocolmo, 16 de junio de 1972)
· Declaración Universal sobre la Erradicación del Hambre y la Malnutrición. (Nueva York, 16 de noviembre de 1974)
· Declaración sobre la Protección de la Mujer y el Niño en Estados de Emergencia o Conflicto Armado. (Nueva York, 14 de diciembre de 1974)
· Declaración sobre la Utilización del Progreso Científico y Tecnológico en Interés de la Paz y en Beneficio de la Humanidad. (Nueva York, 10 de diciembre de 1975)
· Declaración sobre la Protección de Todas la Personas Contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. (Nueva York, 9 de diciembre de 1975)
· Declaración de los Derechos de los Impedidos. (Nueva York, 9 de diciembre de 1975)
· Declaración sobre la Raza y los Prejuicios Raciales. (París, 27 de noviembre de 1978)
· Declaración sobre los Principios Fundamentales Relativos a la Contribución de los Medios de Comunicación de Masas al Fortalecimiento de la Paz y la Comprensión Internacional, a la Promoción de los Derechos Humanos y a la Lucha Contra el Racismo, el Apartheid y la Incitación a la Guerra. (Nueva York, 28 de noviembre de 1978)
· Declaración sobre la Eliminación de Todas las Formas de Intolerancia y Discriminación Fundadas en la Religión o las Convicciones. (Nueva York, 25 de noviembre de 1981)
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· Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. D.O.F. 20-V-1981. · Declaración sobre el Derecho de los Pueblos a la Paz. (Nueva York, 12 de
noviembre de 1984)· Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las
Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder. (Nueva York, 29 de noviembre de 1985)
· Declaración sobre los Derechos Humanos de los Individuos que no son Nacionales del País en que Viven. (Adoptada por la Asamblea General de la ONU, 13 de diciembre de 1985)
· Declaración sobre los Principios Sociales y Jurídicos Relativos a la Protección y Bienestar de los Niños con Particular Referencia a la Adopción y a la Colocación en Hogares de Guarda, en los Planos Nacional e Internacional. (Adoptada por la Asamblea General de la ONU, 3 de diciembre de 1986)
· Declaración sobre el Derecho al Desarrollo. (Nueva York, 4 de diciembre de 1986)
· Declaración Mundial sobre la Supervivencia, la Protección y el Desarrollo del Niño. (Nueva York, 30 de septiembre de 1990) Declaración sobre la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas. (Ginebra, 18 de diciembre de 1992)
· Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos. (París, 11 de noviembre de 1997)
· Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidas. (París, 9 de diciembre de 1998).
IV. ATRIBUCIONES
A. Conferidas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
De acuerdo con la Artículo 102. B. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la Comisión Estatal de Derechos Humanos conocerán de quejas en contra de actos u omisiones de naturaleza administrativa provenientes de cualquier autoridad o servidor público Estatal o Municipal, con excepción de los del Poder Judicial de la Federación, que violen estos derechos.
Los organismos Públicos Defensores de Derechos Humanos, formularán recomendaciones públicas, no vinculatorias, denuncias y quejas ante las autoridades respectivas. Cuando las recomendaciones emitidas no sean aceptadas o cumplidas por las autoridades o servidores públicos, éstos deberán fundar, motivar y hacer pública su negativa; además, las legislaturas de las entidades federativas, podrán llamar a solicitud de estos organismos, a las autoridades
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MANUALDE ORGANIZACIÓN
o servidores públicos responsables, para que comparezcan ante dichos órganos legislativos, a efecto de que expliquen el motivo de su negativa.
Estos organismos no serán competentes, tratándose de asuntos electorales y jurisdiccionales.Las Constituciones de los Estados establecerán y garantizarán la autonomía de los organismos de protección de los derechos humanos.
La elección de titulares de los organismos de protección de los derechos humanos de las entidades federativas, se ajustarán a un procedimiento de consulta pública, que deberá ser transparente, en los términos y condiciones que determine la ley.
B. Conferidas por la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León
De acuerdo a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, reformada el 17 de septiembre de 2012, establece que una ley determinará la organización, funcionamiento, competencia y procedimientos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, que será un organismo autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, el cual contará con un Consejo Consultivo que se ajustará a un procedimiento de convocatoria pública, en los términos y condiciones que determine la ley.
La Comisión Estatal de Derechos Humanos conocerá de quejas en contra de actos u omisiones de naturaleza administrativa, provenientes de cualquier autoridad o servidor público que violen estos derechos, con excepción de los del Poder Judicial del Estado. Este organismo formulará recomendaciones públicas autónomas, no vinculativas, denuncias y quejas ante las autoridades respectivas.
Todo servidor público está obligado a responder las recomendaciones que les presente la Comisión Estatal de Derechos Humanos. Cuando las recomendaciones no sean aceptadas o cumplidas por las autoridades o servidores públicos, estos deberán fundar, motivar y publicar su negativa. El Congreso del Estado a petición de este organismo, podrá solicitar a las autoridades o servidores públicos responsables, un informe por escrito, a efecto de que explique el motivo de su negativa.
Este organismo no será competente tratándose de asuntos electorales, y jurisdiccionales.
C. Conferidas por la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos
Las atribuciones de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León de acuerdo al artículo sexto de su Ley, son las siguientes:
I. Recibir quejas y denuncias de presuntas violaciones a los derechos humanos;
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II. Conocer e investigar, a petición de parte o de oficio, de las presuntas violaciones de derechos humanos que lleguen a su conocimiento, en los siguientes casos:A. Por actos u omisiones de autoridades administrativas o servidores públicos Estatales o
Municipales;B. Cuando los particulares cometan ilícitos con la tolerancia o anuencia de algún servidor
público o autoridad Estatal o Municipal, o cuando dicho servidor público o autoridad se niegue infundadamente a ejercer las atribuciones que legalmente le correspondan en relación a esos ilícitos.
III. Procurar la solución inmediata del conflicto mediante el diálogo y la conciliación entre las partes, cuando la naturaleza del caso lo permita;
IV. Formular y dirigir a las autoridades estatales y municipales, las recomendaciones para lograr la reparación de las violaciones a los derechos humanos y presentar denuncias y quejas ante las autoridades que corresponda, en los términos de los párrafos séptimo y octavo del artículo 87 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León;
V. Fomentar la cultura del respeto a los derechos humanos en el Estado.VI. Proponer a las autoridades Estatales y Municipales que, en el ámbito de su competencia,
realicen los cambios y modificaciones de disposiciones legislativas y reglamentarias, así como de prácticas administrativas, que a juicio de la Comisión redunden en una mejor protección de los derechos humanos;
VII. Promover el estudio, la enseñanza y divulgación de los derechos humanos en el ámbito Estatal;
VIII. Expedir su Reglamento interior;IX. Elaborar y ejecutar programas preventivos en materia de derechos humanos;X. Supervisar el respeto a los derechos humanos en el sistema penitenciario del Estado y en
su caso dirigir recomendaciones a la Dirección de Prevención y Readaptación Social;XI. La observancia del seguimiento, evaluación y monitoreo, en materia de igualdad de
derechos entre mujeres y hombres, conforme a la ley de la materia; yXII. Las demás que le otorguen la presente Ley y otros ordenamientos legales.
V. MISIÓN, VISIÓN Y VALORES DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN
Nuestra Misión, Visión y Valores, han sido definidos con el propósito de ejercérselos y comunicarlos al personal, unificando así nuestro desempeño diario.
Misión
Contribuir a crear la cultura de respeto a los Derechos Humanos a través de la formación y capacitación de las personas sobre sus derechos; de la defensa y protección por violaciones a los mismos y de la promoción del cumplimiento de las obligaciones de las autoridades estatales y municipales, conforme a los principios y estándares que integran el derecho internacional de los derechos humanos.
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MANUALDE ORGANIZACIÓN
Visión
Ser un Organismo Público, Autónomo líder en presencia y atención a la ciudadanía generador de políticas públicas a favor de los derechos humanos, que se caracterice por su alto desempeño y sus servidores públicos profesionales, con una alta calidad moral, eficientes, y comprometidos con el respeto y protección a los derechos fundamentales de las personas y los principios rectores de la Institución.
Valores
Respeto por las personas
Reconocer y tolerar las diferencias de cada persona, considerando su dignidad, brindando un trato amable y cortes; aceptando la autonomía y libertad propia del ser humano.
Imparcialidad
Es actuar con justicia y honestidad, a fin de preservar la objetividad a la que estamos comprometidos.
Respeto a las Leyes
Apegarse al marco jurídico vigente en el desempeño de nuestras funciones y responsabilidades asignadas por la CEDHNL.
Responsabilidad
Valor moral que permite a una persona administrar, reflexionar, orientar, y valorar las consecuencias de sus actos.
Trabajo en equipo
Lograr conjunta y coordinadamente los programas de trabajo, con una actitud positiva y útil generando situaciones que favorecen la integración para lograr los objetivos.
Confidencialidad
Mantener extrema reserva de los hechos, datos y circunstancias de que se tiene conocimiento en el desempeño de nuestra función.
Integridad
Expresamos respeto por los demás y uno mismo, nos comportamos de forma responsable y respetuosa en todas nuestras interacciones.
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El objetivo institucional de la Comisión es la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los Derechos Humanos consagrados en el orden jurídico vigente.
VI. ESTRUCTURA ORGÁNICA
A. PRESIDENCIA B. CONSEJO CONSULTIVO C. PRIMERA VISITADURÍA GENERAL D. SEGUNDA VISITADURÍA GENERAL E. TERCERA VISITADURÍA GENERAL F. SECRETARÍA EJECUTIVA G. DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS Y FORMACIÓN EN DERECHOS
HUMANOSH. DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN Y PARTICIPACIÓN SOCIALI. DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y EVALUACIÓN EN DERECHOS HUMANOSJ. DIRECCIÓN DE ORIENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE QUEJASK. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓNL. DIRECCIÓN DE SEGUIMIENTO Y CONCLUSIÓNM. DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y RELACIONES PÚBLICASN. DIRECCIÓN DEL CENTRO INTEGRAL DE ATENCIÓN A VÍCTIMASO. DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA P. DIRECCIÓN JURÍDICA Q. DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓNR. DIRECCIÓN DE SERVICIOS PERICIALES
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VII. ORGANIGRAMA GENERAL
VIII. OBJETIVOS, FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE SUS ÓRGANOS
I. PRESIDENCIA
OBJETIVOS
Dirigir los trabajos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, del Instituto de Estudios y Formación y Derechos Humanos y de su Consejo Consultivo, con la finalidad de promover una cultura de observancia, difusión y respeto a los Derechos Humanos en nuestro Estado, tal como está previsto en el orden jurídico vigente.
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FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
· Representar legalmente a la Comisión;· Formular los lineamientos generales a los que se sujetarán las actividades
administrativas de la Comisión, así como nombrar, dirigir y coordinar a los funcionarios y al personal bajo su autoridad;
· Dictar las medidas específicas que juzgue convenientes para el mejor desempeño de las funciones de la Comisión;
· Distribuir y delegar funciones a los Visitadores;· Enviar un informe anual al Congreso del Estado al Titular del Poder Ejecutivo sobre las
actividades de la Comisión;· Celebrar convenios de colaboración con autoridades y organismos de defensa de los
derechos humanos, así como con instituciones académicas y asociaciones culturales, para el mejor cumplimiento de sus fines;
· Aprobar y emitir las recomendaciones y acuerdos que resulten de las investigaciones realizadas por los Visitadores;
· Formular las propuestas generales conducentes a una mejor protección de los derechos humanos en el Estado;
· Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de egresos de la Comisión y el informe sobre su ejercicio para presentarse al Consejo;
· Conceder licencia voluntaria hasta por seis meses sin goce de sueldo a empleados y funcionarios que hayan prestado sus servicios en la Comisión por lo menos durante ese mismo tiempo;
· Aprobar el Manual de Organización de la Comisión;· Elegir las políticas y prioridades en materia de prevención y promoción de derechos
humanos del Instituto y de la Comisión;· Las demás que señale la Ley que Crea la Comisión, su Reglamento Interno y el
ordenamiento jurídico vigente en el Estado.
II. CONSEJO CONSULTIVO
OBJETIVOS
Ser un órgano de asesoría y consulta que proponga, opine y emita los lineamientos generales de actuación de la Comisión, a fin de proporcionar las instancias y mecanismos necesarios para la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos en el Estado.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
· Establecer los lineamientos generales de actuación de la Comisión;· Aprobar, en su caso, el Reglamento Interior de la Comisión;
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MANUALDE ORGANIZACIÓN
· Opinar sobre el proyecto de informe anual que el Presidente de la Comisión presente al Congreso del Estado y al Titular del Poder Ejecutivo;
· Pedir información adicional sobre los asuntos que se encuentren en trámite o haya resuelto la Comisión;
· Transmitir a la Comisión el sentir de la sociedad respecto al trabajo de la misma;· Conocer el informe del Presidente de la Comisión respecto al ejercicio presupuestal;· Interpretar las disposiciones del Reglamento Interno de la Comisión o de aspectos que
éste no prevea; · Hacer acuerdos o declaraciones de los aspectos no previstos en el Reglamento Interno;· Analizar los programas y ser informados de las actividades realizadas por el Instituto de
Estudios y Formación en Derechos Humanos al ser Consejeros Consultivos Académicos del mismo.
III. VISITADURÍAS GENERALES
OBJETIVOS
Ser un medio de defensa jurídica de los derechos humanos, que permita tramitar y resolver los expedientes de queja, dándoles seguimiento, valorando y elaborando proyectos de recomendación o acuerdos de no responsabilidad, que someterá a consideración del Presidente.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
· Admitir o rechazar las quejas presentadas por los afectados, sus representantes o los denunciantes ante la Comisión;
· Iniciar discrecionalmente, de oficio, la investigación de las denuncias que aparezcan en los medios de comunicación;
· Realizar las actividades necesarias para lograr, por medio de la conciliación, la solución inmediata de las violaciones de derechos humanos;
· Realizar las investigaciones y estudios necesarios para formular los proyectos de recomendaciones o acuerdos, que se someterán al Presidente para su consideración;
· Determinar la reducción del plazo máximo de 15 días concedido a la autoridad señalada como responsable para que rinda su informe, por ser considerado el asunto como urgente;
· Las demás que le señale la Ley que Crea la Comisión, el Reglamento Interno, las encomendadas por la Presidencia y las que sean necesarias para el mejor cumplimiento de sus funciones.
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IV. SECRETARÍA EJECUTIVA
OBJETIVOS
Promover y fortalecer las relaciones de la Comisión Estatal con organismos públicos, sociales o privados, nacionales e internacionales, así como proponer políticas en materia de Derechos Humanos, mediante el análisis y estudio de instrumentos jurídicos nacionales e internacionales, a fin de fortalecer la cultura de los Derechos Humanos en el Estado y llevar un registro de las actuaciones del Consejo Consultivo de la Comisión.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
· Proponer al Consejo y al Presidente de la Comisión, las políticas generales que en materia de derechos humanos habrá de seguir la Comisión ante los organismos gubernamentales y no gubernamentales;
· Promover y fortalecer las relaciones de la Comisión con organismos públicos, sociales y privados, Municipales, Estatales y Nacionales;
· Preparar los proyectos e iniciativas de leyes y reglamentos que la Comisión haya de entregar a los órganos competentes, así como los estudios que los sustenten;
· Colaborar con la Presidencia de la Comisión en la elaboración de los informes anuales, así como de los especiales;
· Enriquecer y mantener la biblioteca y el acervo documental de la Comisión;· Fungir como Secretario del Consejo, ejerciendo las funciones que le corresponden en
este cuerpo colegiado;· Preparar, de acuerdo con el Presidente, el orden del día a que se sujetarán las sesiones
ordinarias y extraordinarias del Consejo, levantando las actas respectivas y autorizándolas con su firma;
· Ejecutar y dar seguimiento a los Acuerdos que dicte el Presidente de la Comisión , así como los que emanen del Consejo;
· Proponer al Presidente de la Comisión y coordinar las publicaciones y programas de divulgación en los medios masivos de comunicación, a través de los cuales se difunda lo relativa a la naturaleza, prevención y defensa de los derechos humanos;
· Formular y ejecutar los programas de capacitación que en materia de derechos humanos que se hubieren aprobado;
· Fungir como Secretario del Consejo Consultivo Académico del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos;
· Supervisar la actuación del personal del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos, la Dirección de Informática y la Dirección de Comunicación;
· Fomentar la cultura del respeto a los derechos humanos en el Estado;· Promover el estudio, la enseñanza y divulgación de los derechos humanos en el ámbito
Estatal;
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MANUALDE ORGANIZACIÓN
· Elaborar y ejecutar programas preventivos en materia de derechos humanos;· Las demás que le señale la Ley que Crea la Comisión, el Reglamento Interno y las que
marque el derecho positivo vigente.
V. DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS Y FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOS
OBJETIVOS
Promover el estudio, investigación y capacitación de los Derechos Humanos; y proponer políticas públicas en materia de prevención y promoción de los mismos, así como la investigación correspondiente a nivel académico.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
· Forjar investigadores, que estudien la problemática actual que vive nuestro Estado y el entorno internacional en materia de Derechos Humanos, para que propongan, con base en investigaciones documentales, carácter teórico, metodológico o empírico, programas operativos para su aplicación ó tratamiento.
· Impulsar en el ámbito local la Cultura de los derechos humanos.· Proponer para su revisión a la Secretaría Ejecutiva, las políticas y prioridades en materia
de prevención y promoción de derechos humanos del Instituto.· Investigar las condiciones que propicien la vulnerabilidad de las personas o grupos,
proponiendo proyectos de investigación y dar seguimiento a los mismos;· Diseñar los planes, estrategias y programas de capacitación en torno a los derechos
humanos, dirigidos a la comunidad en general y a los servidores públicos;· Participar en la promoción, difusión y organización de los Diplomados en Derechos
Humanos y eventos especiales;· Diseñar las estrategias de atención preventiva;· Elaborar el sistema de atención a los grupos vulnerables y a la comunidad en general;· Diseñar el proyecto de atención técnica a cada programa ejecutado por el Instituto;· Elaborar proyectos de estrategias de difusión y presentarlas a la Secretaría Ejecutiva;· Elaborar contenidos y diseños de material gráfico de difusión, como trípticos, logotipos,
carteles, manuales, posters, panorámicos, leyendas, folletos, programas audiovisuales, así como las campañas de promoción sobre derechos humanos;
· Planear las estrategias de participación social, coordinando y dando seguimiento a convenios y programas de trabajo interinstitucionales en especial con los sectores prioritarios;
· Coordinar el servicio social, prácticas profesionales y el voluntariado;· Elaborar la planeación anual de actividades del Instituto, presentándolo a la Secretaría
Ejecutiva, para su revisión;
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· Presentar mensualmente a la Secretaría Ejecutiva, el informe de actividades de cada área del Instituto y ponerlo a su consideración;
· Vincularse con todas las áreas de trabajo de la institución para ofrecer respuestas a las necesidades de la población;
· Las demás que le señale la Ley que Crea la Comisión, el Reglamento Interno y las que marque el derecho positivo vigente.
VI. DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN Y PARTICIPACIÓN SOCIAL
OBJETIVOS
Dirigir, coordinar, administrar y ejecutar los diferentes programas de educación, promoción y difusión de los Derechos Humanos con la ciudadanía; así como promover la participación de la sociedad por medio de relaciones interinstitucionales en aras del respeto a los derechos humanos.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
· Proponer para su revisión a la Dirección General del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos, las políticas y prioridades en materia de prevención y promoción de derechos humanos del Instituto;
· Coadyuvar en el diseño de los planes, estrategias y programas de capacitación en torno a los derechos humanos y temáticas relacionadas con los mismos, dirigidos a la comunidad en general y a los servidores públicos en particular, adecuándolos al contexto de su función;
· Participar en conjunto con la Dirección General del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos en la promoción, difusión y organización de los Diplomados en Derechos Humanos y eventos especiales;
· Elaborar el sistema de atención a los grupos vulnerables y a la comunidad en general, supervisando y dando seguimiento a los resultados de los programas en torno a la Educación en Derechos Humanos y la atención a las situaciones de riesgo de violación a los mismos;
· Coadyuvar en el diseño del proyecto de atención técnica a cada programa y presentarlo a la Dirección General del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos para su aprobación;
· Elaborar el proyecto de estrategias de difusión de los Derechos Humanos y presentarlas a la Dirección General del Instituto;
· Coadyuvar con la Dirección General del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos, en el diseño, planeación y organización de eventos dirigidos a la promoción de la cultura de Derechos Humanos, así como a los apoyos comunitarios para su realización;
· Colaborar en la planeación anual de actividades del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos;
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MANUALDE ORGANIZACIÓN
· Presentar mensualmente a la Dirección General del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos, el informe de actividades de cada área de la Dirección de Educación y Participación Social;
· Vincularse con todas las áreas de trabajo de la institución para ofrecer respuestas a las necesidades de la población, objetivo del Instituto;
· Las demás que le señale la Ley que Crea la Comisión, el Reglamento Interno, las encomendadas por la Presidencia y las que marque el derecho positivo vigente.
VII. DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y EVALUACIÓN EN DERECHOS HUMANOS
OBJETIVOS
Proponer mecanismos de promoción y protección de los derechos humanos, para que generen competencias técnicas que posibiliten la aprehensión y aplicación del contenido de la reforma en derechos humanos, en concordancia con el derecho internacional humanitario, y con ello fijar líneas de acción que redunde en la formulación de políticas públicas y el establecimiento de indicadores que permitan evaluar los avances en la materia.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
· Coadyuvar con la Dirección General del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos, en la producción de contenidos y diseños de material gráfico de difusión, como trípticos, logotipos, carteles, manuales, posters, panorámicos, leyendas, folletos, programas audiovisuales, así como las campañas de promoción sobre derechos humanos;
· Elaborar las estrategias, planes, programas y acciones de estudio y profesionalización al interior de la Comisión Estatal de Derechos Humanos;
· Concentrar la Información estadística generada al interior del Organismo y sobre la situación de los derechos humanos en el ámbito local, nacional e internacional;
· Promover la formulación e implementación de indicadores en materia de derechos humanos;
· Compilar las propuestas que desde la investigación académica y la sociedad civil surjan para la protección y promoción de los derechos humanos;
· Coordinar la elaboración de publicaciones que realice la Comisión Estatal de Derechos Humanos;
· Proponer programas académicos de especialización en derechos humanos;· Impulsar vínculos académicos de especialización en derechos humanos;· Coordinar la investigación académica e interdisciplinar en materia de derechos
humanos;· Las demás inherentes a la implementación de la reforma constitucional en materia de
derechos humanos y que señale la Presidencia.
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VIII. DIRECCIÓN DE ORIENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE QUEJAS
OBJETIVOS
Atender y responder de manera efectiva a todos los usuarios que concurran a las oficinas de la Comisión Estatal de Derechos Humanos o que requieran de orientación e intervención por cualquier otro medio.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
· Recibir y registrar las quejas por presuntas violaciones a los derechos humanos que se presenten directamente por los quejosos, agraviados, por sus representantes o por cualquier otro medio, en las oficinas de la Comisión Estatal;
· Realizar las labores de orientación al público cuando de la queja que directamente se presente se desprenda fehacientemente que no se trata de violaciones a derechos humanos;
· Asignar número de expediente a las quejas por presuntas violaciones a derechos humanos, elaborar la calificación previa y turnarlas después a las Visitadurías Generales;
· Admitir o rechazar las denuncias o quejas presentadas por los quejosos, agraviados, por sus representantes o por cualquier otro medio ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos;
· Presentar los informes periódicos y anuales sobre la recepción de quejas y orientaciones dadas;
· Coordinar sus labores con los responsables de las Visitadurías Generales, otorgando los informes que le requieran estos;
· Turnar la correspondencia recibida en las oficinas de la Comisión Estatal a los órganos internos a quienes va dirigida;
· Desahogar las primeras diligencias tendientes a esclarecer los hechos motivo de queja, turnándose de inmediato a la Visitaduría correspondiente;
· Las demás que le señale la Ley que Crea la Comisión, el Reglamento Interno y las que marque el derecho positivo vigente.
XI. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
OBJETIVOS
Dirigir y controlar la aplicación de la normatividad y política de administración de recursos humanos, financieros y materiales que regulan el funcionamiento de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, con apego a las leyes, decretos, acuerdos, reglamentos y manuales vigentes.
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MANUALDE ORGANIZACIÓN
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
· Someter a la consideración del Presidente el presupuesto anual;· Supervisar la aplicación óptima de los recursos financieros;· Rendir mensualmente un informe de los recursos financieros;· Desarrollar el proceso de contratación del personal;· Controlar y actualizar los expedientes de cada empleado;· Proponer a la Presidencia el Manual de Organización;· Adquirir, controlar y conservar los recursos materiales necesarios para el buen
desempeño de las distintas áreas de la Comisión;· Controlar y dar mantenimiento preventivo y correctivo al inventario del mobiliario, equipo
de oficina y de transporte;· Las demás que le señale la Ley que Crea la Comisión, el Reglamento Interno y las que
marque el derecho positivo vigente.
X. DIRECCIÓN DE SEGUIMIENTO Y CONCLUSIÓN
OBJETIVOS
Supervisar y promover la aceptación y cumplimiento de las Recomendaciones o Medidas Cautelares emitidas por la Comisión Estatal de Derechos Humanos y dar seguimiento a los recursos interpuestos ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos por las Recomendaciones o Medidas Cautelares pronunciadas por este Organismo Defensor con base en la normatividad vigente.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
· Dar seguimiento de las recomendaciones emitidas por la Comisión para su debido cumplimiento, ante las autoridades señaladas como responsables y los promoventes de la queja motivo de la recomendación;
· Establecer canales de comunicación permanente con las autoridades estatales y/o municipales encargadas del cumplimiento de las Recomendaciones, o con los superiores jerárquicos de éstas;
· Proporcionar a los quejosos la orientación correspondiente para la interposición del recurso de impugnación ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos;
· Realizar el trámite correspondiente conforme a la ley (una vez interpuesto el recurso de impugnación), remitiéndolo a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y, en su caso, dar el seguimiento a la resolución de dicho Organismo;
· Reportar mensualmente a la Presidencia de la Comisión el estado que guarden las Recomendaciones y los Recursos interpuestos ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos;
· Realizar y presentar a la Presidencia proyectos de “Propuestas Generales”, derivadas de
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prácticas reiteradas de violaciones a derechos humanos que se observen con motivo del seguimiento de las Recomendaciones, o a solicitud de la Presidencia, a efecto de proponer a las autoridades que, en el ámbito de su competencia, realicen cambios y modificaciones de disposiciones legislativas y/o reglamentaras, así como de prácticas administrativas, que a juicio de la Comisión redunden en una mejor protección de los derechos humanos en el Estado;
· Las demás funciones inherentes al seguimiento y cumplimiento de Medidas Cautelares, Recomendaciones y recursos interpuestos ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos;
· Las demás que le señale la Ley que Crea la Comisión, el Reglamento Interno y las que marque el derecho positivo vigente.
XI. DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y RELACIONES PÚBLICAS
OBJETIVOS
Promover el desarrollo y fortalecimiento de la Comisión a través de procesos de mejora continua, gestión de la calidad y un modelo de gestión basado en resultados, para contribuir en forma eficaz el logro de objetivos procurando el mantenimiento de buenas relaciones entre los trabajadores de la Comisión y con la ciudadanía en general.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
· Coordinar el Plan de Desarrollo Institucional; · Ser la responsable de la planeación y organización de los eventos institucionales; · Ser la responsable de la administración de las relaciones públicas; y asegurar el trabajo
en equipo y la calidad en el servicio;· Llevar las relaciones públicas, establecer y cuidar el protocolo para las actividades
públicas del personal de la Comisión;· Proporcionar a la Dirección de Comunicación Social información debidamente
relacionada, con el fin de que existan canales de comunicación permanente con la ciudadanía en general;
· Atender a invitados oficiales y especiales que indique el Titular de la Presidencia;· Las demás que le señale la Ley que Crea la Comisión, el Reglamento Interno y las que
marque el derecho positivo vigente.
XII. DIRECCIÓN DEL CENTRO INTEGRAL DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS
OBJETIVOS
Brindar atención integral a las víctimas potenciales de violencia social, familiar, de género, institucional / escolar, abuso infantil, mediante apoyo impartido por profesionistas
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MANUALDE ORGANIZACIÓN
capacitados en las distintas áreas, física, psicológica, social, además de proporcionar asesoría jurídica en aquellos casos que así lo requieran.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
· Dirigir y coordinar la atención de manera integral a las víctimas potenciales de violencia social, violencia familiar, violencia de género, violencia institucional / escolar, abuso infantil, es decir en sus esferas física, psicológica, social y asesoría jurídica en aquellos casos que así lo requieran;
· Dirigir y coordinar el trabajo multidisciplinario en materia de intervención en crisis, primeros auxilios psicológicos, acompañamiento, técnicas de relajación y desactivación psico-neuro-endocrina, atención psicoterapéutica a niveles individual, grupal y familiar;
· Dirigir los programas de salud y salud mental de este Organismo, con apoyo de la Dirección y la Subdirección Administrativa del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos;
· Participar con la Dirección y la Subdirección Administrativa del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos de esta Comisión, en el diseño y ejecución de las acciones para la difusión y promoción del derecho humano a la salud;
· Realizar las evaluaciones médicas tanto de la salud física como de la salud mental de las personas usuarias de los servicios de la Comisión, que se requieran;
· Participar en la investigación y documentación de las presuntas violaciones a los derechos humanos, que así lo necesiten;
· Expedir el dictamen médico correspondiente, en el que se incluya el diagnóstico, pronóstico y en su caso, el tratamiento aplicable;
· Apoyar y facilitar los enlaces entre esta Comisión y las instituciones educativas y de salud del Estado de Nuevo León, en lo referente a servicios de salud;
· Gestionar y coordinar los enlaces con Organizaciones de la Sociedad Civil y la Iniciativa Privada en lo referente a Servicios de Salud;
· Dirigir y coordinar la implementación, aplicación y evaluación del Protocolo de Estambul “Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”, para la detección de casos de tortura física y/o psicológica, en colaboración con la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas y las Visitadurías Generales;
· Dirigir, implementar y coordinar el Sub Programa a la Inclusión Social, que promueva la inclusión social de las personas con problemas de salud mental, buscando un enfoque integral de atención y la obtención de un empleo digno como una de las metas de atención;
· Formar y coordinar el Comité Ciudadano para el Acceso y Observancia del Derecho a la Salud de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León;
· Fungir como Secretario Técnico del Comité Ciudadano para el Acceso y Observancia del Derecho a la Salud de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León;
· Implementar y Coordinar el Comité de Observadores y Relatores Ciudadanos de esta Comisión;
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· Fungir como Secretario Técnico del Comité de Observadores y Relatores Ciudadanos de este Organismo;
· Las demás que le señale la Ley que Crea la Comisión, el Reglamento Interno y las que marque el derecho positivo vigente.
XIII. DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA
OBJETIVOS
Proporcionar un servicio de información sistematizada que agilice el trabajo diario de las diferentes áreas de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, proveer de elementos de control y toma de decisiones para el mejor funcionamiento de la Comisión y poder brindar en tiempo y forma las respuestas a las solicitudes de información.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
· Realizar el mantenimiento y reparaciones pertinentes a los equipos de cómputo, así como el sistema de redes y telefonía;
· Llevar una actualización constante de herramienta de control de equipos, componentes de los mismos, así como los de servicios brindados;
· Elaboración de documentos educativos y capacitación presencial al personal de la Comisión en ramas derivadas de la informática, diseño y editorial;
· Administración de equipo de cómputo para áreas comunes y eventos especiales;· Estructuración, supervisión y control del sistema interno de información denominado
SaqServer;· Diseño, mantenimiento y control de estructura, así como actualizaciones pertinentes
dentro del portal de internet de la Comisión;· Diseño de imagen y formato de las publicaciones emitidas, así como contacto directo con
proveedores externos de diseño e impresión;· Las demás que le señale la Ley que Crea la Comisión, el Reglamento Interno y las que
marque el derecho positivo vigente.
XIV. DIRECCION DE SERVICIOS PERICIALES
OBJETIVOS
Asistir técnica y científicamente en la comprobación de los hechos presuntamente violatorios de
derechos humanos que se investiguen, proveyendo elementos de prueba útiles, eficaces y
confiables, para la determinación de los mismos.
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MANUALDE ORGANIZACIÓN
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
· Se recibe el planteamiento del problema acompañado del expediente de queja, se registra y asigna número de control interno para su identificación y relación.
· Se estudia el expediente de queja, con la finalidad de analizar y valorar los elementos técnicos para dar contestación al planteamiento.
· De ser necesario se realiza traslado al lugar de los hechos, lugar del hallazgo o en el que se encuentren indicios que requieran ser analizados técnicamente, lo anterior, previo acuerdo con la Visitaduría y/o Presidencia.
· De contar con elementos técnicos suficientes, se emite opinión pericial.· Si no se cuenta con elementos técnicos suficientes para emitir una opinión pericial, se
elabora un informe detallado.· Se realiza registro del documento que se emitió y es entregado a la Visitaduría o
Presidencia, según sea el caso.
XV. DIRECCIÓN JURÍDICA
OBJETIVOS
Representar a la Comisión en procedimientos judiciales, administrativos y demás materias, así como brindar la asesoría y consultoría necesarias para la aplicación de disposiciones legales en los distintos actos que se presenten en el ejercicio de labores jurídicas de los Órganos y Unidades Administrativas de la Comisión, a fin de que su actuación se apegue a derecho.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
· Elaboración de Contratos, Convenios y otros instrumentos Jurídicos;· Elaboración de Tarjetas Informativas en seguimiento al Diario Oficial de la Federación y al
Periódico Oficial del Estado;· Elaboración de propuestas de contestación a solicitudes planteadas a la C. Presidenta
por parte de los ciudadanos o autoridades;· Elaboración de informe previo y justificado de las demandas de amparo que se
promuevan en contra de la CEDH, y darles seguimiento;· Recepción y seguimiento de las solicitudes en materia de transparencia;· Concentrado de reportes de comparecencias e incomparecencias de servidores públicos
para su consecuente verificación y posterior acción;· Elaboración de Proyectos de Iniciativas de Ley por instrucciones de Presidencia y/o
Secretaría Ejecutiva;· Elaboración de Informes Especiales solicitados por Presidencia y/o Secretaría Ejecutiva;· Las demás que le señale la Ley que Crea la Comisión, el Reglamento Interno y las que
marque el derecho positivo vigente.
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MANUAL DE ORGANIZACIÓN
XV. DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN
OBJETIVOS
Difundir el propósito de la Comisión Estatal de Derechos Humanos a través de los medios de comunicación internos y externos para dar a conocer la labor de la Comisión por medio de Boletines, Comunicados, Revista, Periódico, Página de Internet, Radio, Televisión, etcétera; así como atender las solicitudes de los representantes de los medios de comunicación.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
· Establecer, aplicar, ejecutar y dar seguimiento a las políticas de comunicación internas y externas del Organismo;
· Generar a partir de los objetivos y proyectos del Organismo, las estrategias de comunicación efectivas;
· Establecer un vínculo respetuoso y permanente con los representantes de los medios de comunicación;
· Contribuir a la difusión de los programas institucionales del Organismo;· Estrategias para consolidar la comunicación efectiva al interior del Organismo;· Fortalecer el conocimiento y aplicación de los derechos humanos, a partir de la
generación de materiales de difusión;· Gestionar la presencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en medios de
comunicación para la difusión de acciones diversas;· Generar una comunicación efectiva entre los medios de comunicación y la Comisión
Estatal de Derechos Humanos en situaciones eventuales;· Las demás que le señale la Ley que Crea la Comisión, el Reglamento Interno y las que
marque el derecho positivo vigente.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA.- El presente Manual de Organización General de la Comisión Estatal de Derechos Humanos entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Tabla de Avisos con que cuenta este organismo público autónomo y en el portal de Transparencia.
SEGUNDA.- Quedan sin efecto todos aquellos acuerdos y disposiciones que en materia de organización interna contrarios a lo establecido en el presente Manual de Organización Interna.
Monterrey, Nuevo León, a los 31-treinta y un días del mes de julio de 2015-dos mil quince.- Presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, Minerva E. Martínez Garza.- Rúbrica.
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MANUALDE ORGANIZACIÓN
PRESENTACIÓN
La Comisión Estatal de Derechos de Nuevo León es una institución encargada de promover y proteger los derechos humanos de las personas, y ser un enlace entre la población y sus gobernantes.
Por lo anterior, se requiere de personal con vocación de servicio, comprometido con su función y especialista en la materia, que además tenga un sentido humanista, capaz de dar respuesta a las necesidades de las y los usuarios que acuden a sus instalaciones a solicitar algún servicio.
Para fomentar, propiciar y mantener una adecuada actuación en el servicio público se ha elaborado el Código de Ética y Conducta del Personal de la Comisión Estatal de Derechos de Nuevo León, con la finalidad de mantener y aumentar la confianza de la sociedad nuevoleonesa en la capacidad profesional y técnica del personal, así como en su imparcialidad y sensibilidad para atender, orientar y resolver los asuntos que llegan a su conocimiento.
La elaboración y publicación de este Código tiene por objeto guiar la actuación cotidiana de las mujeres y hombres que laboramos en este organismo, quienes debemos aplicar los principios éticos y promover los más altos estándares de conducta y calidad; a efecto de fortalecer la cultura de servicio a la comunidad y refrendar nuestro compromiso con la transparencia y la rendición de cuentas, lo que en suma abona a la consolidación del Estado de Derecho.
Estoy convencida de que la construcción de una cultura basada en valores como compañerismo, compromiso, lealtad y unidad, contribuye a incrementar el valor de este organismo público de derechos humanos.
}
Dra. Minerva E. Martínez Garza.Presidenta de la Comisión Estatal de
Derechos Humanos de Nuevo León
CÓDIGODE ÉTICA Y CONDUCTA
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INTRODUCCIÓN
El presente Código de Ética y Conducta del Personal de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (en adelante CEDHNL o Comisión) se ha elaborado para fomentar, propiciar y mantener una adecuada actuación en el servicio público, con base en conceptos éticos vinculados con la observancia de los derechos humanos.
Con este instrumento se pretende fortalecer la cultura del servicio a la comunidad y la convivencia en el recinto laboral, buscando generar confianza por parte de la sociedad en la capacidad profesional y técnica del personal.
Asimismo el Código de Ética y Conducta contiene, para su correcta aplicación, la misión y visión de la CEDHNL, que el personal debemos conocer, vivir y practicar para su consecución.
El Código de Ética y Conducta está compuesto por nueve apartados que disponen los lineamientos para el buen funcionamiento de este organismo:
El primer apartado define las consideraciones generales, las cuales disponen que nuestro servicio, deberá ejercerse con estricto apego al marco normativo y al derecho internacional de los derechos humanos, para brindar un servicio profesional, responsable, respetuoso y sensible.
El segundo apartado establece los lineamientos del servicio público hacia la ciudadanía, el cual deberá ser independiente, imparcial, objetivo, profesional y excelente; comprometiéndonos a respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales, en observancia del derecho a la igualdad y el principio de no discriminación.
El tercer apartado relata la relación que se establece entre la institución y su personal. Es necesario resaltar que la Comisión reconoce que las y los servidores públicos del organismo son sujetos de derechos y que la confianza de la sociedad depositada en nosotros también se deriva de la certidumbre y conocimiento del personal que presta sus servicios.
El cuarto apartado señala el vínculo entre el personal de esta institución, que en conjunto debe trabajar en alianza y solidaridad, siguiendo los valores que se establecen en este documento.
El quinto apartado establece la relación del personal con autoridades, dependencias, instituciones, personas prestadoras de servicios y medios de comunicación, ello con el fin de garantizar nuestra autonomía e independencia, a fin de llevar a cabo las funciones que la legislación nos confiere en beneficio de la sociedad.
El sexto apartado refiere las modalidades y formas que deberemos seguir en el manejo de la información confidencial, reservada y privilegiada, y de datos personales y sensibles.
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CODIGO DE ETICA Y CONDUCTA
El séptimo apartado señala que el buen aprovechamiento de recursos materiales redunda en un servicio de excelente calidad en beneficio de la comunidad.
El octavo apartado es respecto a los conflictos de intereses. Es importante destacar que el debemos desempeñar nuestras funciones con actitud de servicio y sin anteponer nuestros intereses personales o de cualquier índole sobre los intereses legítimos de este organismo público de derechos humanos.
El noveno y último apartado reseña el compromiso del personal dentro de esta Comisión, quienes estamos obligados jurídica y éticamente a acatar y constreñirnos al marco normativo que da soporte y vida a este organismo, debiendo para ello conducirnos con respeto y rectitud, observando una buena conducta, propia de la institución que representamos.
El contenido y aplicación de los lineamientos que recoge este Código de Ética y Conducta, harán de quienes ejercemos el servicio público en la CEDHNL, mejores personas, mirando por el bien de la sociedad y por el nuestro, ya que se gestará un ambiente de calidad y confianza.
Dra. Minerva E. Martínez Garza.Presidenta de la Comisión Estatal de
Derechos Humanos de Nuevo León
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CÓDIGODE ÉTICA Y CONDUCTA
OBJETIVO
El Código de Ética tiene por objeto fortalecer la cultura de servicio a la comunidad, al trabajo y convivencia en el recinto laboral, siendo una guía de actuación que promueve altos estándares de conducta y principios éticos, a fin de preservar la integridad de la CEDHNL, su naturaleza y fines, que son la protección y promoción de los derechos humanos.
Asimismo, el presente documento busca mantener y acrecentar la confianza de la sociedad nuevoleonesa en la capacidad profesional y técnica del personal que labora en la Comisión, así como en su imparcialidad y sensibilidad para atender y resolver los asuntos de su competencia. Es responsabilidad de todo el personal de esta Comisión velar por su cumplimiento.
ALCANCE
Este Código es de observancia y cumplimiento obligatorio, está dirigido a todo el personal de la CEDHNL.
El Código de Ética y Conducta requiere del compromiso de cada integrante de la Comisión para asegurar el correcto desempeño de sus actividades. Una cultura basada en valores contribuye a incrementar la confianza en la Comisión para todos los grupos de interés, personal, comunidad, autoridades, personas colaboradoras o proveedoras, además de permitir la generación de identidad y orgullo por el servicio público.
MISIÓN
Consolidar la cultura de respeto a los derechos humanos a través de la formación y capacitación de las personas sobre sus derechos; de la defensa y protección por violaciones a los mismos y de la promoción del cumplimiento de las obligaciones de las autoridades estatales y municipales, conforme a los principios y estándares que integran el derecho internacional de los derechos humanos.
VISIÓN
Ser un organismo público, autónomo, líder en presencia y atención a la ciudadanía, generador de políticas públicas en favor de los derechos humanos, que se caracterice por el alto desempeño de sus servidoras y servidores públicos en el estudio, investigación, difusión, respeto y protección de los derechos humanos y de los principios rectores para fortalecer la vida institucional de la CEDHNL.
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CODIGO DE ETICA Y CONDUCTA
I. Consideraciones generales
1. El servicio público en la Comisión deberá ejercerse con apego al marco normativo y al derecho internacional de los derechos humanos.
2. La Declaración Universal de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas deberá ser asumida como propia por todo el personal de la Comisión, con el fin de compartir y dar vigencia a los valores humanistas que contiene dicho instrumento internacional.
3. La labor de la CEDHNL es proteger y promover la dignificación de la condición humana en la sociedad, por tal razón es menester que todo el personal que en ella ejerce el servicio público desempeñe sus funciones con legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, así como con objetividad, profesionalismo, compromiso, transparencia, diligencia y responsabilidad, respetando las leyes y absteniéndose de participar en actividades que vayan en detrimento de los derechos humanos y de la propia Comisión.
4. Asimismo, el servicio público en la Comisión se ejercerá en observancia de las obligaciones de respetar, promover, proteger y garantizar los derechos humanos, así como de los deberes de prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los mismos.
5. El personal de la CEDHNL debe conocer y entender la misión, visión y valores de la misma, viviéndolos y practicándolos para contribuir con el logro integral de la institución.
II. Del Servicio Público de la Comisión a la Ciudadanía.
prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Por lo tanto, el personal de la CEDHNL debe:
La defensa de la diversidad cultural es un imperativo ético, inseparable del respeto de la dignidad de la persona humana, supone el compromiso de respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales, por lo que está
En este sentido la vocación humanista del servicio público de la CEDHNL, implica estar por encima de cualquier prejuicio o interés político, cultural, étnico, religioso, gremial, económico o de otra naturaleza y tener empatía con las necesidades de la sociedad.
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CÓDIGODE ÉTICA Y CONDUCTA
1. Conducirse con diligencia y sensibilidad, de manera informada y profesional, con estricto apego a los principios de honestidad y responsabilidad, evitando toda forma de discriminación, humillación, distanciamiento o rechazo a las personas basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, talla pequeña, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas, teniendo presente, en todo momento, que cada ser humano es digno del más absoluto respeto.
2. Guardar confidencialidad sobre la naturaleza y circunstancias de los asuntos que se conozcan en el ámbito de su relación con la ciudadanía, ateniéndose estrictamente, en lo que se refiere a flujos de información, a lo dispuesto por la Ley y su Reglamento Interno, manuales, así como a las disposiciones de las personas titulares de las áreas responsables.
3. Permanecer actualizado, en el ámbito de su actuación profesional, para convertirse en factor de formación e información y brindar un mejor servicio a las personas que requieren los servicios del organismo.
4. Ser ejemplo de rectitud moral, tanto en lo que se refiere a su actividad profesional, como en su conducta frente a la sociedad en congruencia elemental con la delicada misión que se le ha encomendado.
5. Cumplir sus funciones con el mayor nivel de ética garantizando una labor profesional, accesible, completa, diligente, basada en los siguientes principios:
A. INDEPENDENCIA para dirimir e investigar desde la perspectiva de protección a los derechos humanos y no a partir de presiones, intereses extraños e incluso recomendaciones que tiendan a influir en la tramitación o en las propias resoluciones de los asuntos que se sometan a su potestad.
B. IMPARCIALIDAD para evitar dirimir e investigar con designio anticipado o de prevención a favor o en contra de alguna de las partes en los procesos en los que tenga conocimiento.
C. OBJETIVIDAD para indagar las razones que le suministra la perspectiva de protección a los derechos humanos y no desde las que se deriven de su modo personal de pensar o de sentir.
D. PROFESIONALISMO para ejercer de manera responsable y seria la función que le fue
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encomendada con relevante capacidad y aplicación.
E. EXCELENCIA o la búsqueda de la perfección, como tarea constante en la labor diaria, la cual permite desarrollar las siguientes virtudes: respeto a la dignidad de la persona, a la vida, a la libertad de los demás, a las leyes, humanismo, justicia, prudencia, responsabilidad, fortaleza, honestidad, equidad, igualdad, compromiso social, lealtad, orden, decoro, laboriosidad, perseverancia, humildad, sencillez y sobriedad.
III. De la relación entre el personal de la CEDHNL con el organismo.
Es derecho del personal de la Comisión exigir y reivindicar el respeto de las condiciones básicas de orden económico y legal, así como las necesarias para el buen desempeño de sus funciones.
La CEDHNL reconoce que las y los servidores públicos son sujetos de derechos, y se han declarado resueltos a promover el respeto y la observancia de los derechos humanos y elevar la calidad de su actuación.
Para el buen funcionamiento de la Comisión, la confianza es el bien más preciado para la relación institucional. Además, la confianza de la sociedad depositada en la institución es producto de una labor humanista, pero también de la certidumbre y conocimiento del personal de la Comisión con respeto al ser humano, a la diversidad cultural y al medio ambiente, siempre llevada a cabo con responsabilidad, profesionalismo, orden y disciplina.
Por lo tanto, el personal del organismo debe de acuerdo a los principios del servicio público:
1. Respetar y cumplir con sus horarios de entrada y salida del centro en el que ejerza el servicio público.
2. Respetar y cumplir con sus horarios de comida.
3. Respetar y cumplir con su permanencia en sus respectivos lugares de actuación o en donde se le encomienden las tareas propias de sus funciones evitando el abandono de dichas tareas intempestivamente e injustificadamente.
4. Respetar y cumplir con el uso del uniforme autorizado en el ejercicio del servicio público.
5. Respetar y cumplir con los programas operativos, tareas encomendadas e instrucciones que reciba de sus superiores.
6. Desenvolverse dentro y en cualquier diligencia o encomienda con respeto, con actitud
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CÓDIGODE ÉTICA Y CONDUCTA
de servicio, con un lenguaje profesional y una comunicación accesible sin utilizar un lenguaje soez.
7. Respetar y cumplir con el desarrollo continuo de su quehacer diario evitando cualquier distractor en horas de oficina e inclusive el uso de audífonos, equipo personal de comunicación, celulares, computadoras y tabletas con el objeto de estar utilizando juegos electrónicos, navegando en internet, haciendo uso de redes sociales o revisando correos con propósitos personales y que no atañen a su función en la Comisión.
8. Respetar los espacios abiertos y a quienes laboran en estas áreas, evitando ser distractores visuales o elevar el tono de voz con cualquier conversación en dichas zonas.
9. Utilizar de manera óptima y responsable los recursos materiales de oficina e insumos, haciendo uso del reciclaje, o si fuese viable de la reutilización, así como del buen aprovechamiento de la energía eléctrica y del agua evitando cualquier tipo de derroche.
10. Respetar y mantener la limpieza y el orden en espacios propios y áreas de uso común, cocinas, salas de juntas, baños, pasillos, estacionamientos.
11. Desempeñar sus funciones con esmero y cuidado, con perspectiva de derechos humanos, apego a la legalidad y a la dirección de sus superiores.
12. Respetar y cumplir los programas institucionales de seguridad y de protección al medio ambiente.
IV. De la relación entre el personal de la CEDHNL.
El espíritu de solidaridad deberá constituir un valor permanente entre el personal de la Comisión, atendiendo en todo momento a los fines superiores y trascendentes de la institución, como referentes obligados para afianzar los lazos de unidad, lealtad, amistad y compromiso.
Por lo tanto, el personal de la Comisión debe:
1. Reconocer en sus compañeras y compañeros en el servicio público la igualdad con dignidad tanto en el ámbito profesional y laboral como en el orden social; asimismo fomentar y hacer prevalecer el respeto mutuo, la cordialidad y tolerancia frente a las diferencias de carácter o de opinión de cualquier índole.
2. Ejercer el servicio público proactivamente bajo un clima organizacional de colaboración y equipo con calidad humana, que permita el desarrollo permanente de su capacidad profesional y su realización personal, procurando establecer para ello, condiciones de capacitación, colaboración y participación.
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3. Alcanzar un conocimiento teórico y práctico de excelencia, mediante la autoformación en los temas y materias que son de su competencia.
4. Abstenerse, en todo momento, de dar cabida a insidias, ataques personales o a cualquier otra expresión que pretenda quebrantar o vulnerar la unidad y el clima organizacional. Cualquier conducta de esta naturaleza, será calificada como falta a la ética.
5. Resolver mediante el diálogo, la comprensión y el buen entendimiento cualquier tipo de conflicto y las diferencias que surjan entre sus compañeras y compañeros en el servicio público.
V. De las relaciones del personal de la CEDHNL con autoridades, dependencias, instituciones, personas prestadoras de servicios y medios de comunicación.
La Comisión es un organismo público autónomo cuya naturaleza le permite llevar a cabo las funciones que la Ley, el Reglamento Interno y los estándares internacionales le confieren en beneficio de la sociedad.
Por lo tanto, el personal de la CEDHNL debe:
1. Velar siempre por la plena autonomía e independencia de la institución, estableciendo una comunicación franca, directa y respetuosa, sobre la base de una clara delimitación en el ámbito de sus atribuciones y competencias, con las autoridades, dependencias, instituciones, personas prestadoras de servicios y medios de comunicación.
2. Promover en todo momento la construcción de relaciones de respeto recíproco y de cooperación con las autoridades, dependencias, instituciones, personas prestadoras de servicios y medios de comunicación a fin de garantizar el debido equilibrio entre su autonomía y su responsabilidad institucional.
3. Conducirse en todo momento con propiedad, respeto y cordialidad frente a las y los representantes de las autoridades, dependencias, instituciones, personas prestadoras de servicios y medios de comunicación independientemente del asunto de que se trate, o del trato que se reciba. El diálogo respetuoso deberá ser la divisa del servicio público en la Comisión.
4. Respetar en cualquier escenario y sin distinciones el legítimo derecho de las personas y de las instituciones a ejercer la crítica, a expresar sus diferencias o a manifestar la pluralidad de sus doctrinas y opiniones sin recriminaciones de ninguna especie; haciendo un ejercicio de escucha abierta, reflexión, comprensión y construcción de un diálogo que retroalimente ideas y propuestas.
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CÓDIGODE ÉTICA Y CONDUCTA
6. Observar y adoptar un grado de tolerancia, prudencia y razonamiento superior frente a las críticas, las agresiones o descalificaciones de las autoridades, dependencias, instituciones, personas prestadoras de servicios y medios de comunicación.
VI. Del manejo de la información confidencial, reservada, privilegiada, datos personales y sensibles por parte del personal de la CEDHNL.
La CEDHNL como sujeto obligado ante la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León tiene la obligación y compromiso de salvaguardar íntegramente la información recibida y generada en la institución.
Por lo tanto, el personal de la CEDHNL debe:
1. Ser responsable de asegurar toda información recibida y generada en cada una de las áreas que integran la Comisión; asimismo debe resguardar el soporte material y digital, evitando el uso indebido o su reproducción total o parcial.
2. Conservar y mantener íntegramente toda información recibida y generada en la CEDHNL, por lo cual se tiene prohibido modificar o falsificar documentos, informes, registros, así como ocultar información que pueda alterar reportes, dictámenes, resoluciones y Recomendaciones.
3. Guardar completa discreción evitando en todo momento divulgar información a personal no autorizado, así como fuera de la institución sin autorización de su superior jerárquico.
4. Seguir las medidas de seguridad físicas, técnicas y administrativas adoptadas por la Comisión para cada sistema de datos personales que posea, a fin de garantizar un nivel de seguridad adecuado, de conformidad al tipo de datos contenidos en dichos sistemas y con base en los estándares internacionales de seguridad y previstos en Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León.
VII. Aprovechamiento de recursos materiales.
Los activos y recursos materiales de que dispone el personal de la CEDHNL son para uso exclusivo de sus funciones en la Comisión, lo que repercute en un servicio de excelente calidad en beneficio de la comunidad. De ningún modo pueden ser utilizados con propósitos diferentes o inadecuados.
Por lo tanto, el personal de la CEDHNL debe:
1. Conservar y proteger los bienes de la Comisión y utilizar los que le sean asignados para el desempeño de sus funciones de manera racional, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento.
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2. Las personas titulares de área estarán a cargo de la custodia y resguardo de los activos fijos tangibles e intangibles de su área y son responsables de contar con la evidencia de la entrega a las y los funcionarios que lo requieran. La Dirección de Administración llevará el control de activos fijos de la Comisión.
VIII. Conflicto de Intereses
La labor que desarrolla la CEDHNL es de servicio exclusivo a la comunidad en general y con riguroso apego a Derecho. Por lo tanto, el personal de la Comisión debe:
1. Desempeñar sus funciones con actitud de servicio y sin anteponer sus intereses personales, profesionales, de género, ideológicos, económicos o de cualquier otra índole que afecte los legítimos intereses de la Comisión.
2. Las personas titulares correspondientes de cada área levantarán un acta administrativa que contemple los hechos y circunstancias en dado caso de que surja algún conflicto de intereses en la resolución de algún caso. Una copia se entregará al Responsable de Recursos Humanos de la Comisión para que sea anexada en el expediente respectivo.
3. Abstenerse de aceptar un empleo o actividad dentro de alguna empresa u organización, salvo que se trate de terceros que no tengan injerencia en las actividades propias de la Comisión, aunado a que el tiempo invertido no afecte la capacidad para cumplir las actividades conferidas en la Comisión.
4. Abstenerse de recibir o solicitar remuneración económica o en especie o cualquier otra consideración especial por el servicio u orientación prestados a la comunidad.
5. Comunicar por escrito y de inmediato a su superior jerárquico cuando detecte que tiene un posible conflicto de interés, al contar con poder de decisión o influencia respecto de un asunto determinado.
IX.Del Compromiso del personal de la CEDHNL.
1. En atención al principio de legalidad, el personal de la CEDHNL está obligado moralmente a obedecer las leyes, normas y reglamentos, así como los acuerdos y resoluciones dictadas por la Comisión.
2. La unidad de propósitos comunes y la congruencia en la aplicación de los principios y valores éticos, hacen la fortaleza moral de la institución. El personal de la Comisión debe conocer a profundidad y practicar las disposiciones contenidas en el presente Código.
3. El personal de la CEDHNL participa en la consecución de los objetivos del modelo de
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CÓDIGODE ÉTICA Y CONDUCTA
gestión institucional, a fin de que la Comisión represente una opción ágil, sencilla y flexible para la población, por lo que:
a) Se conduce, en todo momento, con respeto y rectitud, observando siempre una conducta digna de la institución que representa y de su responsabilidad ética y social.
b) Brinda servicios integrales de atención procurando una respuesta inmediata a toda persona que la necesite.
c) Busca el diálogo y la conciliación, así como la cooperación de las autoridades para la resolución de los asuntos.
d) Utiliza los estándares y criterios internacionales para asegurar en todo momento la protección más amplia a las personas peticionarias.
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I. OBJETIVO
El presente Manual tiene por objeto integrar y unificar, en un solo documento, los principales lineamientos en materia de sueldos y prestaciones de los servidores públicos de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Nuevo León, en el cual se presenta, de manera simplificada, el tabulador de sueldos, así como la forma y los términos para el otorgamiento de prestaciones.
II. DESTINATARIOS
Las disposiciones contenidas en el presente Manual de Percepciones de las y los Servidores Públicos son aplicables a los servidores públicos de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Nuevo León.
III. RESPONSABLE DE SU APLICACIÓN
La aplicación de lo dispuesto en este Manual será responsabilidad de la Dirección de Administración de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, en el ámbito de sus facultades y atribuciones, de los titulares de las Visitadurias, del titular de la Secretaría Ejecutiva, así como de los Directores de área.
IV. DEFINICIONES
Para los efectos del presente Manual, se entenderá por:
Comisión Estatal: A la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Nuevo León.
Grado: A la posición jerárquica relativa a un puesto de acuerdo con las habilidades, la capacidad de solución de problemas y las responsabilidades requeridas para desarrollar las funciones.
Grupo: Al conjunto de puestos de una misma jerarquía.
ISSSTELEÓN: Al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Nuevo León.
Manual: Manual de Percepciones de las y los Servidores Públicos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.
Nivel: A la escala de sueldo relativo a los puestos ordenados en un mismo grado.
Plaza: A la posición individual de trabajo que no puede ser ocupada por más de un servidor
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MANUALDE PERCEPCIONES
público a la vez, que tiene una adscripción determinada y que se encuentra respaldada presupuestalmente.
Puesto: A la unidad impersonal de trabajo que describe tareas, implica deberes específicos, delimita jerarquías y autoridad y está definido en el Perfil del Puesto.
Servidores Públicos: A los servidores públicos de mando y demás servidores públicos de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Nuevo León.
Servidores Públicos de Mando: A los servidores públicos que ocupan los puestos de los grupos jerárquicos Ejecutivo, Coordinación, Supervisor y/o Responsable, Gerencia, Alta Gerencia, Dirección Ejecutiva, Dirección y Alta Dirección, así como los de Apoyo de Alta Dirección y Dirección.
Servidores Públicos de Apoyo: A los servidores públicos que ocupan los puestos de auxiliares, notificadores, secretarias, vigilantes e intendentes.
Tabulador de compensación: A la gratificación adicional al salario que percibe el servidor público por su destacada labor en el servicio público.
Tabulador de sueldos: Al instrumento técnico en que se fijan y ordenan las remuneraciones para los distintos puestos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.
Para efectos del presente Manual y la aplicación del Tabulador de Sueldos para los Servidores Públicos de Mando de la Comisión Estatal, se establecen grupos jerárquicos que corresponden a los puestos de la estructura de mando, como a continuación se señala los siguientes grupos:
Alta DirecciónDirecciónDirección EjecutivaAlta GerenciaGerenciaCoordinaciónSupervisión o ResponsablesApoyo
Los puestos de los grupos de Alta Dirección y Dirección podrán contar con puestos de apoyo, entre los que se considerarán los auxiliares, secretarias, notificadores y demás personal.
Cada uno de los grupos jerárquicos antes señalados, contenidos en el Tabulador de Sueldos para los Servidores Públicos de Mando, se divide en grados de responsabilidad, en los cuales se ubican los puestos, con base en las habilidades, la capacidad de solución de problemas y las
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responsabilidades requeridas para desarrollar las funciones, de acuerdo con el sistema de valuación de puestos.
Los puestos sustantivos se identifican con los siguientes grados:
Cada uno de los grados que corresponden a los grupos que integran el tabulador de sueldos, cuenta a su vez, con niveles salariales o escalas de sueldos como lo establece el artículo 36 del Estatuto del Servicio Civil de Carrera de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.
PRESTACIONES
Para los efectos de este Manual, las prestaciones son los beneficios adicionales que reciben los Servidores Públicos en razón de su sueldo, puesto y del grupo jerárquico al que pertenezcan. Dichas prestaciones podrán ser modificadas de conformidad con el marco jurídico aplicable y se sujetarán en todo momento al presupuesto autorizado.
Las prestaciones se clasifican en:
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GRUPO
GRADO
PUESTO
ALTA DIRECCIÓN
GAD
PRESIDENTE (A) DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS
DIRECCIÓN
GD
VISITADORES GENERALES SECRETARIO (A) EJECUTIVO (A)
DIRECCIÓN EJECUTIVA
GDE
DIRECTORES (RAS)
GERENCIAL
GG
SUBDIRECTORES (RAS)
SUPERVISIÓN
GS
SECRETARIO (A)
TÉCNICO (A)
SECRETARIO (A) OPERATIVO (A)
COORDINACIÓN
GC
VISITADORES ADJUNTOS
RESPONSABLES
EJECUTIVO
GE
DEFENSORES(AS)
RESPONSABLES
INVESTIGADORES (AS)
CAPACITADORES (AS)
PERITOS (AS)
APOYO DE DIRECCIÓN
GAD
AUXILIARES
APOYO OPERATIVO
GAO
SECRETARIAS
NOTIFICADORES (AS)
APOYO ADMINISTRATIVO
GAA
VIGILANTES
INTENDENTE
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Seguridad social.Económicas (Aguinaldo y prima vacacional)Capacitación.Vacaciones.Traslados.
V. PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
Las prestaciones de seguridad social son los beneficios que reciben los Servidores Públicos, de conformidad con la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Nuevo León.
Servicio Médico
Todos los Servidores Públicos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, tendrán derecho a disfrutar de los servicios que el ISSSTELEÓN brinda, mismos que consisten en:
Seguro de Enfermedades y MaternidadSeguro de Riesgos de TrabajoSistema Certificado para JubilaciónPensión por InvalidezPensión por Causa de MuerteSeguro de VidaPréstamos a Corto y Largo Plazo
Servicio Médico Interno de Consulta
La Comisión Estatal cuenta, dentro de sus instalaciones, con personal médico y psicológico para atender en forma preventiva al personal, así como las emergencias que pudieran presentarse durante el horario de labores.
5.1 Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
La Comisión Estatal participa en este mecanismo que permite generar recursos de los que pueden disponer los Servidores Públicos al momento de su retiro.
Este sistema opera a través del establecimiento de cuentas bancarias individuales divididas por las subcuentas: de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, del Fondo de la Vivienda y ahorro solidario.
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5.2 Préstamos a Corto y Mediano Plazos
Los préstamos a corto plazo se otorgan para apoyar la economía de los Servidores Públicos con solvencia para la atención de necesidades inmediatas, lo cual se hace de conformidad con los recursos que para tal efecto destina el ISSSTELEON al personal de la Comisión Estatal.
VI. PRESTACIONES ECONÓMICAS
Las prestaciones económicas son las que reciben los Servidores Públicos de manera similar a las que se otorgan a los trabajadores al servicio del Estado, que consisten en la prima vacacional, aguinaldo.
Prima Vacacional
La prima vacacional es el importe que reciben los Servidores Públicos, a fin de contar con mayor disponibilidad de recursos durante los periodos vacacionales.
Esta prima vacacional es del 75% que equivale al 7.5 días correspondiente a la primera quincena del mes que se paga, y se otorga por cada uno de los periodos vacacionales a los servidores públicos que hayan cumplido más de seis meses de servicios consecutivos en la Comisión Estatal.
La prima se cubre por el periodo de diciembre y por el de marzo.
Aguinaldo
El aguinaldo será equivalente a 30 días de sueldo de los Servidores Públicos y se pagará dos veces en el año y dentro de los primeros 10 días de los meses de diciembre y de marzo, previa autorización de él ò (la) Presidente (a) de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.
El impuesto del agüinado, se maneja como compensación y no se grava, se regresa al trabajador.
Vales de Despensa
Los Vales de despensa es un beneficio que tiene como propósito apoyar la economía de los Servidores Públicos y corresponde al 10% de su sueldo mensual nominal.
De este importe el 10% del Salario Mínimo, esta exento. El resto se grava (ISR) y se acumula a los ingresos conforme a la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
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Día del Servidor Publico
El día 17 de Noviembre de cada año, se celebra el día del SERVIDOR PUBLICO ESTATAL, y se otorga a los Servidores Públicos una GRATIFICACION equivalente a 12 doce días de su salario, NO se suspenden labores.
Día de las Madres y día del Padre
Beneficio de un día de vacaciones a gozar en el mes correspondiente junio o mayo que se otorga a las y los Servidoras Públicas que son padres (Junio) y madres (Mayo) de familia en su día, en los términos que mediante Acuerdo establezca el Presidente de la Comisión Estatal Nacional y previa autorización de sus Directores de área.
Únicamente en el mes correspondiente de mayo y junio.
Días de Descanso
Quedan instituidos como días de asueto para los Servidores Públicos Estatales, los siguientes:
· 1º de Enero· El primer lunes de Febrero en conmemoración del 5 de Febrero· El Tercer lunes de Marzo en conmemoración del 21 de Marzo· 1º y 5 de mayo· 16 de Septiembre· 12 de Octubre · El tercer lunes de Noviembre en conmemoración del 20 de Noviembre· El 1º de Diciembre de cada 6 años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo
Federal.· Y el 25 de Diciembre.
Defunción
En caso de fallecimiento de un familiar directo: padres hermanos cónyuge o hijos, se le otorgara tres días de asueto con goce de sueldo.
VII. CAPACITACION
La capacitación y formación de los Servidores Públicos de la Comisión Estatal considera acciones prioritarias para mejorar el desempeño institucional. Su aplicación se realizará de conformidad con el Programa Institucional de Capacitación de la Comisión Estatal.
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VIII. VACACIONES
Los Servidores Públicos de la Comisión Estatal gozarán de 20 días de vacaciones por año divididos en dos periodos. Dichos periodos vacacionales consisten en 10 días hábiles cada uno de ellos, sujetos a los calendarios previamente establecidos y de acuerdo con las necesidades del servicio.
IX. TRASLADOS
Cuando por necesidades del servicio se requiera el traslado del personal a otro domicilio dentro o fuera del Estado, la Comisión Estatal cubrirá los gastos de transporte.
X. COMPETENCIA ADMINISTRATIVA
La Dirección de Administración, será el área competente para interpretar las presentes disposiciones para efectos administrativos, previa opinión del Órgano Interno de Control.
XI. VIGILANCIA
Corresponde al Órgano Interno de Control de la Comisión Estatal, de conformidad con sus atribuciones, vigilar el cumplimiento y apego de las disposiciones contenidas en el presente Manual de Percepciones de las y los Servidores Públicos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.
XII. VIGENCIA
De conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Comisión (CEDHNL) para el Ejercicio Fiscal 2016, las disposiciones contenidas en el presente Manual surtirán sus efectos a partir del 1º de enero de 2016.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos para el año 2016 en el Periódico Oficial del Estado, de conformidad con lo que establece el artículo 23 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016.
SEGUNDO.- En tanto no se publique el presente Manual en el Periódico Oficial del Estado, no procederá el pago de estímulos a que se refiere el numeral
Así lo acordó y firma, a los 31 días del mes de julio 2015 de dos mil quince.- La Presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.-
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CARGO PUESTO
CATEGORÍA
SUELDO
A B C D
1 PRESIDENTE (A)*
PRESIDENTE (A) DE LA
COMISIÓN ESTATAL DE
DERECHOS HUMANOS
ÚNICA
$131,920.00
2VISITADOR (A)
GENERAL *
VISITADOR (A)
GENERAL
$60,000.00
$ 65,600.00
$ 75,750.00
$ 80,000.00
CARGO
PUESTO
CATEGORÍA
3SECRETARIO (A)
EJECUTIVO*
SECRETARIO (A)
EJECUTIVO (A)
ÚNICA
$ 63,100.00
4DIRECTOR (A) DE
ÁREA*
DIRECTOR (A) DE ÁREA
$40,500.00
$45,000.00
$ 55,000.00
$ 75,150.00
5SUB-DIRECTOR(A)
DE ÁREA
SUB-DIRECTOR(A) DE
ÁREA
$36,500.00
40,000.00
45,000.00
50,000.00
6SECRETARIO (A)
TÉCNICO
SECRETARIO (A)
TÉCNICO/ASUNTOS
INTERNOS
$ 18,000.00
$ 25,500.00
$ 30,000.00
$40,000.00
7SECRETARIA (O)
PARTICULAR
SECRETARIA (O)
PARTICULAR
ÚNICA
$ 36,500.00
8 RESPONSABLE RESPONSABLE
$ 14,600.00 $ 17,000.00 $ 26,500.00 $ 36,500.00
9 PERITO PERITO EN
EVALUACIONES
$ 15,000.00 $ 19,000.00 $ 24,000.00 $ 28,000.00
10
VISITADOR (A)
ADJUNTO (A)
VISITADOR(A)
ADJUNTO(A)
ÚNICA
21,400
11
CAPACITADOR (A)
CAPACITADOR(A) EN
DERECHOS HUMANOS
$ 14,500.00
$16,530.00
$ 18,700.00
$ 21,500.00
CARGO PUESTO
CATEGORÍA
SUELDO
A B C D
DEFENSOR (A) DE
DERECHOS
HUMANOS
DEFENSOR(A) DE
DERECHOS HUMANOS
$13,800.00 $ 21,400.00
INVESTIGADOR (A) INVESTIGADOR (A) EN DERECHOS HUMANOS
$ 10,800.00 $ 22,000.00
ADMINISTRADOR(A)
DE PRGRAMAS
ADMINISTRADOR (A) DE PROGRAMAS DE
DERECHOS HUMANOS
$ 10,500.00 $ 21,000.00
SECRETARIA SECRETARIA
$ 10,500.00 $ 11,440.00 $12,880.00 $ 14,700.00
AUXILIAR AUXILIAR
4,200.00 7,300.00 14,500.00 16,800.00
NOTIFICADOR (A) NOTIFICADOR(A)
$ 10,800.00 $ 12,000.00 $ 13,000.00 $ 15,000.00
INTENDENTE INTENDENTE
$ 9,200.00
VIGILANTE VIGILANTE
$ 7,000.00 $ 9,500.00
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LOS ENCARGADOS QUE SE ENCUENTREN CUBRIENDO UNA TITULARIDAD CONSERVARÁN EL MISMO SUELDO QUE TENÍAN, CON LA POSIBILIDAD DE UNA COMPENSACIÓN DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE SUS FUNCIONES Y LA TEMPORALIDAD DEL ENCARGO. EN EL CASO DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA COMISIÓN QUE TENGAN UN SALARIO DIFERENTE PREVIO A LO ESTABLECIDO EN EL PRESENTE ACUERDO CONSERVARÁN EL MISMO SUELDO, CON LA POSIBILIDAD DE PODER ACCEDER A LA SIGUIENTE CATEGORÍA INMEDIATA SIGUIENTE DE ACUERDO AL SERVICIO PROFESIONAL EN DERECHOS HUMANOS.
CARGO PUESTO
CATEGORÍA
SUELDO
A B C D
DEFENSOR (A) DE
DERECHOS
HUMANOS
DEFENSOR(A) DE
DERECHOS HUMANOS
$13,800.00 $ 21,400.00
INVESTIGADOR (A) INVESTIGADOR (A) EN DERECHOS HUMANOS
$ 10,800.00 $ 22,000.00
ADMINISTRADOR(A)
DE PRGRAMAS
ADMINISTRADOR (A) DE PROGRAMAS DE
DERECHOS HUMANOS
$ 10,500.00 $ 21,000.00
SECRETARIA SECRETARIA
$ 10,500.00 $ 11,440.00 $12,880.00 $ 14,700.00
AUXILIAR AUXILIAR
4,200.00 7,300.00 14,500.00 16,800.00
NOTIFICADOR (A) NOTIFICADOR(A)
$ 10,800.00 $ 12,000.00 $ 13,000.00 $ 15,000.00
INTENDENTE INTENDENTE
$ 9,200.00
VIGILANTE VIGILANTE
$ 7,000.00 $ 9,500.00
CARGO
PUESTO
CATEGORÍA
SUELDO
A B C D
12
DEFENSOR (A) DE
DERECHOS
HUMANOS
DEFENSOR(A) DE
DERECHOS HUMANOS
$13,800.00
$ 21,400.00
13
INVESTIGADOR (A)
INVESTIGADOR (A) EN
DERECHOS HUMANOS
$ 10,800.00
$ 22,000.00
14
ADMINISTRADOR(A)
DE PRGRAMAS
ADMINISTRADOR (A)
DE PROGRAMAS DE
DERECHOS HUMANOS
$ 10,500.00
$ 21,000.00
15
SECRETARIA
SECRETARIA
$ 10,500.00
$ 11,440.00
$12,880.00
$ 14,700.00
16
AUXILIAR
AUXILIAR
4,200.00
7,300.00
14,500.00
16,800.00
17
NOTIFICADOR (A)
NOTIFICADOR(A)
$ 10,800.00
$ 12,000.00
$ 13,000.00 $ 15,000.00
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INTENDENTE
INTENDENTE
$ 9,200.00
19 VIGILANTE VIGILANTE
$ 7,000.00 $ 9,500.00
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MANUALDE PERCEPCIONES
VIII. VACACIONES
Los Servidores Públicos de la Comisión Estatal gozarán de 20 días de vacaciones por año divididos en dos periodos. Dichos periodos vacacionales consisten en 10 días hábiles cada uno de ellos, sujetos a los calendarios previamente establecidos y de acuerdo con las necesidades del servicio.
IX. TRASLADOS
Cuando por necesidades del servicio se requiera el traslado del personal a otro domicilio dentro o fuera del Estado, la Comisión Estatal cubrirá los gastos de transporte.
X. COMPETENCIA ADMINISTRATIVA
La Dirección de Administración, será el área competente para interpretar las presentes disposiciones para efectos administrativos, previa opinión del Órgano Interno de Control.
XI. VIGILANCIA
Corresponde al Órgano Interno de Control de la Comisión Estatal, de conformidad con sus atribuciones, vigilar el cumplimiento y apego de las disposiciones contenidas en el presente Manual de Percepciones de las y los Servidores Públicos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.
XII. VIGENCIA
De conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Comisión (CEDHNL) para el Ejercicio Fiscal 2016, las disposiciones contenidas en el presente Manual surtirán sus efectos a partir del 1º de enero de 2016.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos para el año 2016 en el Periódico Oficial del Estado, de conformidad con lo que establece el artículo 23 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016.
SEGUNDO.- En tanto no se publique el presente Manual en el Periódico Oficial del Estado, no procederá el pago de estímulos a que se refiere el numeral
Así lo acordó y firma, a los 31 días del mes de julio 2015 de dos mil quince.- La Presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.-
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MANUAL DE PERCEPCIONES
CONSIDERANDO
Que el Servicio Profesional de Carrera de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, es un sistema que tiene como finalidad garantizar el ingreso a la función pública de este Organismo por méritos de capacidad y preparación, así como la permanencia y promoción de los servidores públicos de la Comisión con base en el desempeño y desarrollo de sus labores.
Que el Estatuto del Servicio Profesional de Carrera de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, cuenta con instrumentos adicionales para su operación como lo son los Manuales de Organización, Manuales de Percepciones de las y los Servidores Públicos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, los cuales se revisan periódicamente para su retroalimentación y actualización a la luz de las experiencias.
Que la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Nuevo León, es un organismo público autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, en virtud del cual no recibe instrucciones o indicaciones de autoridad o servidor(a) público(a) alguno en el desempeño de sus funciones, en el ejercicio de su autonomía y del presupuesto anual que se le asigne por ley, cuyo objeto es la protección, defensa, vigilancia, promoción, estudio, educación y difusión de los derechos humanos.
Que la Comisión se integra con él o la Titular de la Presidencia, el Consejo, las y los Visitadores Generales, el o la Titular de la Secretaría Ejecutiva y demás Direcciones que determine conforme a su Ley y Reglamento Interno, con el personal profesional, técnico y administrativo necesario para el desarrollo de sus actividades.
Que dentro de las facultades del Consejo se encuentran las de establecer los lineamientos generales para las actividades de la Comisión; así como aprobar, mediante acuerdos los aspectos no señalados en la Ley o el Reglamento Interno.
Que corresponde al Titular de la Presidencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, formular los lineamientos generales a los que se sujetarán las actividades administrativas de la Comisión, así como nombrar, dirigir y coordinar a los funcionarios y al personal bajo su autoridad; además de dictar las medidas específicas que juzgue convenientes para el mejor desempeño de las funciones de la Comisión.
Que para el desarrollo de las funciones y despacho de los asuntos que corresponden a la o el Presidente, contará con diversos órganos y áreas de apoyo, dentro de las que se encuentran, las Visitadurías Generales, la Secretaría Ejecutiva y demás Direcciones, de la Presidencia y todas aquellas que sean necesarias para el desarrollo de su objeto institucional.
Es por ello que se emite el siguiente:
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SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA
ACUERDO
PRIMERO.- Se aprueba el presente Acuerdo, por el que se crea él;
En los términos del documento anexo que forma parte integral del mismo.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el siguiente día hábil de su publicación en la Revista de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
TERCERO.- Se instruye al Encargado de la Secretaría Ejecutiva, para que en un plazo no mayor a 30 días naturales consecutivos a la aprobación del presente acuerdo, realice las gestiones necesarias para la publicación del presente Acuerdo y sus Anexos en la Revista de la Comisión.
CUARTO.- Se ordena a la Titular de la Dirección de Administración, para que en un plazo no mayor a noventa días hábiles, siguientes a la publicación de este Acuerdo en el Revista de la Comisión, opere el contenido del presente Acuerdo y los instrumentos administrativos y legales de organización interna de este Organismo.
QUINTO.- Se instruye a la Titular de la Dirección de Administración, para que en un plazo de 10 días hábiles consecutivos a la publicación del presente acuerdo, lleve a cabo las acciones necesarias a fin de que las y los servidores públicos de la Comisión candidatos a ser miembros del servicio profesional en derechos humanos conozcan el Estatuto del Servicio Profesional en Derechos Humanos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, a través del correo institucional y mediante publicación del mismo por Tabla de Avisos.
SEXTO.- Se instruye a la Titular de la Dirección de Administración para que haga los estudios presupuestales para la operatividad del presente Estatuto y que entregue los informes en un plazo máximo de 30 días posterior a su Publicación en la Revista de la Comisión.
SÉPTIMO.- Se ordena al Enlace de Transparencia de esta dependencia llevar a cabo las acciones necesarias para difundir el presente Estatuto del Servicio Profesional en Derechos Humanos de esta Comisión y sus Manuales en un plazo no mayor a 30 días naturales posterior a la Publicación en la Revista de la Comisión.
Firmando al calce para constancia el Presidente.Lic. Minerva E. Martínez GarzaPresidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León
ü Estatuto del Servicio Profesional de Carrera de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León y el
ü Manual de Percepciones de las y los Servidores Públicos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León,
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SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA
ESTATUTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LACOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE NUEVO LEÓN
TÍTULO PRIMEROCAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- El presente ordenamiento integra el conjunto de disposiciones que tienen por objeto establecer las bases para la planeación, organización, operación, desarrollo y control del Servicio Profesional de Carrera en la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.
Artículo 2.- Para efectos del presente Estatuto se entiende por:
I. CATÁLOGO: Catálogo de Puestos del Servicio. II. COMISIÓN: Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León. III. COMITE DIRECTIVO: Comité Directivo del Servicio Profesional de Carrera de la Comisión. IV. COORDINACIÓN: Dirección General de Administración y Finanzas de la Comisión. V. ESTATUTO: Estatuto del Servicio Profesional de Carrera de la Comisión Estatal de
Derechos Humanos de Nuevo León.VI. GRADO: Subdivisión en la que se ordenan conforme a la responsabilidad y complejidad
los puestos de un mismo grupo. VII. GRUPO: Conjunto de puestos con la misma jerarquía. VIII. NIVEL: Escala de sueldos relativa a los puestos ordenados en un mismo grado.IX. PERSONAL DE CARRERA: A las y los miembros del Servicio Profesional de Carrera que
ocupen un puesto al cual sólo puede accederse a través del procedimiento de reclutamiento, selección, ingreso y nombramiento previsto en el presente Estatuto, o bien como resultado del procedimiento de promoción.
X. PUESTO: Unidad impersonal de trabajo compuesta por funciones, responsabilidades y actividades, con determinado grado de responsabilidad, cuya ocupación requiere de ciertas habilidades y conocimientos.
XI. PUESTOS DE LIBRE DESIGNACION: Puestos cuya ocupación no se encuentra sujeta a las disposiciones del Estatuto.
XII. PLAZA: Unidad presupuestal de cada posición de trabajo. XIII. RAMAS: Ramas del Servicio Profesional de Carrera. XIV. SERVICIO: Servicio Profesional de Carrera de la Comisión Estatal de Derechos Humanos
de Nuevo León. XV. TABULADOR DE SUELDOS: Instrumento técnico en el que se ordenan y fijan por grupo,
grado y nivel, los sueldos para los puestos que se encuentran contenidos en el catálogo. XVI. UNIDADES RESPONSABLES: Áreas consideradas en el Reglamento Interno y/o en la
Estructura Orgánica de la Comisión. XVII.CONTRALORÍA: Órgano Interno de Control de la Comisión.
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SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA
Artículo 3.- El Servicio es el instrumento administrativo, de carácter permanente y obligatorio, que se integra por los procesos de ingreso, evaluación, promoción, derechos, obligaciones, sanciones y capacitación de las servidoras y los servidores públicos.
Artículo 4.- El Servicio tiene por objetivos:
I. Asegurar que el personal de carrera se apegue a los principios de legalidad, imparcialidad, honradez, lealtad, responsabilidad y transparencia;
II. Contribuir al desarrollo profesional del personal de carrera para incrementar la eficacia y eficiencia de los servicios que presta la Comisión, y
III. Establecer mecanismos administrativos que propicien una mayor identidad del personal de carrera con la misión y visión de la Comisión.
Artículo 5.- Para alcanzar estos objetivos la Comisión, a través de la Coordinación, deberá:
I. Aplicar las políticas, normas y procedimientos del Servicio que apruebe el Comité Directivo;
II. Calificar el ingreso y las promociones del personal de carrera; III. Realizar la inducción del personal de carrera a la Comisión; IV. Promover la profesionalización y la especialización del personal de carrera; V. Fomentar en el personal de carrera la lealtad e identificación con la Comisión y sus
fines; VI. Emitir las convocatorias para cubrir las plazas vacantes, tal y como lo marca el
procedimiento de Reclutamiento, Selección y Contratación de Personal, con base en el presupuesto;
VII. Publicar en la página web de la Comisión los resultados de los concursos de las convocatorias;
VIII. Proporcionar a las y los aspirantes la información concerniente al Servicio; IX. Aplicar los exámenes teóricos, prácticos y psicométricos a las y los aspirantes
inscritas/os en los concursos de oposición; X. Presentar reporte de evaluación confidencial de los exámenes a la Dirección de
Administración para que se resguarde en expediente de la plaza concursada; XI. Proponer al Comité Directivo el procedimiento para la evaluación del personal de
carrera; XII. Operar el procedimiento de evaluación del personal de carrera; XIII. Notificar al personal de carrera, en forma individual y por escrito, los resultados de los
concursos de oposición en que participe; XIV. Llevar el registro del personal de carrera; XV. Presentar al Comité Directivo los informes que requiera sobre la operación del
Servicio; XVI. Sugerir y hacer observaciones al Comité Directivo acerca de la operación del servicio y,
en su caso, proponer las medidas correctivas necesarias, y XVII.Las demás que le confiera el Comité Directivo u otros ordenamientos normativos
aplicables.
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TITULO SEGUNDOCAPÍTULO PRIMERO
DE LOS ÓRGANOS DEL SERVICIO Y SUS ATRIBUCIONES
Artículo 6.- La Coordinación del Servicio estará a cargo del Comité Directivo, que estará integrado de la siguiente manera:
I. Una Presidencia del Comité Directivo, a cargo de la Presidenta o el Presidente de la Comisión;
II. Vocales, que serán las y los Titulares de las Unidades Administrativas de la Comisión; III. Una Secretaría Técnica, a cargo de la o el titular de la Dirección de Administración, que lo
será también de los subcomités que se establecen en el Artículo 8 del presente Estatuto.
Las y los integrantes del Comité Directivo designarán suplentes, quienes asistirán a sus sesiones con facultades para tomar decisiones y deberán ser del nivel jerárquico inmediato inferior al de la o del titular, para garantizar la debida ejecución de los acuerdos adoptados.
En el caso de ausencias de la o del titular de la Presidencia, éstas serán cubiertas por la o el titular de la Primera Visitaduría General, a falta de este de la Segunda Visitaduría.
Artículo 7.- Corresponde al Comité Directivo:
I. Establecer las políticas, las normas y los procedimientos en materia del Servicio; II. Aprobar las promociones de nivel del personal de carrera, de conformidad con lo
establecido en el Artículo 37 del presente Estatuto; III. Aprobar el Catálogo de Puestos del Servicio; IV. Conocer y pronunciarse respecto de la compatibilidad de empleos del personal de
carrera; V. Aprobar el procedimiento para la evaluación del personal de carrera; VI. Aprobar la designación directa a puestos de urgente ocupación, con base en la
justificación que presente la o el Titular de la Unidad Responsable solicitante; VII. Dictaminar sobre la separación del servicio del personal de carrera; VIII.Promover la intervención de la Contraloría cuando el personal de carrera incumpla lo
dispuesto en el presente Estatuto; IX. Aprobar el procedimiento para evaluar los méritos;X. Aprobar las licencias del personal de carrera; XI. Aprobar las modificaciones y/o adecuaciones, que proponga la Coordinación, al
presente estatuto, y XIII.Resolver en definitiva sobre las resoluciones emitidas por el Subcomité de
Inconformidades.
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SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA
Artículo 8.- El Comité Directivo funcionará en sesiones ordinarias y extraordinarias, y tomará sus decisiones por mayoría de votos con la asistencia mínima de la mitad más uno/a de sus miembros.
En caso de empate, la o el que funja como Presidente (a) del Comité Directivo contará con voto de calidad. Las sesiones ordinarias se llevarán a cabo cada cuatro meses y las extraordinarias las veces que se requieran.
Artículo 9.- El Comité Directivo contará con dos Subcomités: I. De la elaboración y actualización de exámenes, y II. De las inconformidades.
Artículo 10.- El Subcomité de Elaboración y Actualización de Exámenes estará integrado por una o un representante de cada una de las Unidades Responsables de la Comisión, y será presidido por quien tenga la titularidad de la Secretaría Técnica del Comité Directivo. Corresponde a este Subcomité:
I. Elaborar y actualizar los exámenes teóricos y prácticos aplicables a los puestos del Servicio para los concursos de oposición, y
II. Elaborar las guías temáticas para los concursos de oposición.
Artículo 11.- El Subcomité de Inconformidades estará integrado por las o los titulares de la Primera Visitaduría General; de la Dirección de Administración quien será el Secretario Técnico del Subcomité; de la Dirección Jurídica; de la Secretaría Ejecutiva y de la Dirección de Investigación y Evaluación en Derechos Humanos, quienes tendrán derecho de voz y voto. Este Subcomité contará con una asesoría a cargo de la o el titular de la Contraloría Interna, quien tendrá derecho sólo a voz.
Corresponde a este Subcomité:
I. Conocer de las inconformidades que se presenten con motivo de la aplicación del presente Estatuto;
II. Presentar ante el Comité Directivo el proyecto de resolución de las inconformidades que se presenten;
III. Emitir las resoluciones que correspondan respecto de las inconformidades presentadas, y
IV. Las demás que le confiera el Comité Directivo.
Este Subcomité funcionará en sesiones que se verificarán las veces que se requieran y tomará sus decisiones por mayoría de votos de sus miembros. En caso de empate la o el titular de la Primera Visitaduría General contará con voto de calidad.
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SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA
Artículo 12.- Corresponde a la Secretaría Técnica del Comité Directivo:
I. Coordinar las sesiones del Comité Directivo y de los Subcomités y citar a sesión a cada uno de sus miembros;
II. Levantar las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité Directivo y de los Subcomités;
III. Remitir oportunamente a las y los miembros del Comité Directivo y subcomités los citatorios, órdenes del día y demás material indispensable para realizar las sesiones, y
IV. Brindar el apoyo y la información que requieran las y los miembros del Comité Directivo y subcomités para el mejor cumplimiento de sus funciones.
CAPÍTULO SEGUNDODE LA ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO
Artículo 13.- El Servicio comprende cuatro ramas de especialización:
I. Defensa de los Derechos Humanos. Se integra por los puestos de carrera en Derechos Humanos clasificados en el catálogo, que realicen funciones cuyo objetivo esencial sea la protección y observancia de los derechos humanos y cuya adscripción se encuentre en las Visitadurías Generales, Dirección de Seguimiento y Conclusión, Dirección de Orientación y Recepción de Quejas, Dirección Jurídica, Dirección del Centro Integral de Atención a Víctimas o en alguno de los programas especiales de esta Comisión;
II. Promoción de los Derechos Humanos. Se integra por los puestos de carrera en Derechos Humanos clasificados en el catálogo, que realicen funciones cuyo objetivo esencial sea la promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos y cuya adscripción se encuentre en la Secretaría Ejecutiva, en la Dirección de Educación y Participación Social o en la Dirección General del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos o en alguno de los programas especiales de esta Comisión;
III. Investigación en Derechos Humanos. Se integra por los puestos de carrera en Derechos Humanos clasificados en el catálogo, que realicen funciones cuyo objetivo esencial sea la investigación e intercambio académico sobre los derechos humanos y cuya adscripción se encuentre en la Dirección de Investigación y Evaluación en Derechos Humanos, o en alguno de los programas especiales de esta Comisión; y
IV. Administración. Se integra por los puestos de carrera clasificados en el catálogo, que realicen funciones de naturaleza administrativa y de apoyo a las funciones sustantivas de la Comisión, cuya adscripción se encuentre en la Dirección General, Dirección de Administración, Dirección de Informática, la Dirección de Comunicación o en la Dirección de Desarrollo Institucional y Relaciones Públicas.
Artículo 14.- El Servicio se integrará por personal calificado y se organizará conforme a las ramas definidas en el Artículo 13 del presente Estatuto. Las ramas darán acceso a los puestos que determine el Catálogo, entre los que podrán estar:
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SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA
I. De la función sustantiva a) Visitadoras/es Adjuntas/os. b) Defensores de Derechos Humanosc) Peritos
II. De la estructura ocupacional a) Responsables, ; b) Administradores(as) de Programas; c) Investigadores(as); d) Capacitadores(as);e) Auxiliares; f) Secretarias;g) Vigilantes; eh) Intendentes.
Excepcionalmente se podrán incorporar al Servicio puestos distintos a éstos, cuando a juicio del Comité Directivo, su carácter técnico y perfil lo permitan.
Artículo 15.- La Coordinación publicará, en las convocatorias de concurso, las líneas de ascenso de cada rama de especialización y las líneas de conexión entre ramas.
Artículo 16.- La persona que aspire a ingresar a la Comisión y con ello al Servicio Profesional de Carrera deberá declarar, bajo protesta de decir verdad, si se encuentra o no desempeñando otro empleo o comisión dentro de cualquier entidad que ejerza recursos públicos y, en caso afirmativo la Comisión se abstendrá de contratarla hasta que se dictamine la compatibilidad de empleos por parte del Comité Directivo.
Artículo 17.- El personal de carrera quedará sujeto a las disposiciones de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Nuevo León, las disposiciones reglamentarias que deriven de las mismas, las internas y demás aplicables.
Artículo 18.- Queda excluido del Servicio, el personal contratado por el régimen de honorarios asimilados y honorarios.
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TITULO TERCEROCAPÍTULO ÚNICO
DEL INGRESO Y DE LOS NOMBRAMIENTOS
Artículo 19.- El ingreso al Servicio se realizará por concurso de oposición y comprenderá el reclutamiento, la selección de aspirantes, la ocupación de las plazas vacantes, la inducción, así como la expedición de nombramientos.
Artículo 20.- El reclutamiento se inicia con la emisión de la convocatoria interna entre las y los servidores públicos de la Comisión. Si no existieran candidatas o candidatos idóneos/as para la ocupación del puesto, se emitirá una convocatoria externa; si a pesar de ello persiste esta situación, la o el titular de la Unidad Responsable podrá realizar de manera directa la designación correspondiente.
Artículo 21.- La selección se realizará mediante la aplicación de exámenes psicométricos, teóricos y prácticos, así como una entrevista con la o el Titular del área de adscripción de la plaza vacante. Para ingresar al Servicio será indispensable cumplir con los requisitos de la selección
Artículo 22.- Las y los aspirantes no seleccionadas/os que obtengan calificación aprobatoria en los exámenes de selección, conformarán el registro de aspirantes a ingresar a la Comisión; dicha calificación tendrá vigencia de un año.
Artículo 23.- Toda contratación con base en el Servicio Profesional de Carrera, deberá realizarse al grado y nivel salarial mínimos del grupo al que pertenezca la plaza y el puesto al que se ingresa. Tratándose de los grupos de Defensor de Derechos Humanos, Capacitador e Investigador se realizará en el nivel salarial de la plaza y puesto convocado.
Artículo 24.- Con la aprobación del Comité Directivo, excepcionalmente se podrán ocupar plazas por designación directa, siempre y cuando se trate de casos de urgente ocupación y se encuentren debidamente motivadas y fundadas por la o el titular de la Unidad Administrativa.
Las vacantes de urgente ocupación serán aquellas que correspondan a los puestos que por su naturaleza se consideren indispensables para el correcto y continuo funcionamiento de la Comisión, dado que su vacancia implicaría problemas graves al servicio.
Artículo 25.- La Presidencia de la Comisión, expedirá los nombramientos al personal de carrera. Los nombramientos pueden ser:
I. Provisional: a) Para las y los ganadoras/es de concurso de oposición de nuevo ingreso al Servicio, por
un periodo de seis meses.
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SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA
b) Para la persona de nuevo ingreso designada en una plaza de urgente ocupación, por un periodo de seis meses. Durante este plazo deberá acreditar el proceso de ingreso.
II. Titular: a) Para el personal de carrera que ostente nombramiento provisional, que tenga una
antigüedad de seis meses y que haya acreditado de manera satisfactoria la evaluación. b) Para el personal de carrera que ingrese a una plaza de urgente ocupación.
Artículo 26.- El nombramiento de titular se otorgará en el grupo, nivel y grado en el que se encuentre el/la servidor/a público/a con nombramiento provisional, una vez cubiertos los requisitos correspondientes.
Artículo 27.- Los nombramientos contendrán como mínimo lo siguiente:
I. Nombre completo y Clave Única de Registro de Población (CURP); II. Carácter del nombramiento; III. Puesto para el que se expide el nombramiento; IV. Nivel, y V. La rama de servicio a que corresponda.
Artículo 28.- La inducción es el proceso de introducción para el personal de nuevo ingreso al Servicio y se divide en:
I. Inducción a la Comisión, que estará a cargo de la Dirección de las Direcciones de Investigación y Evaluación en Derechos Humanos y la Dirección de Educación y Participación Social del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos, e
II. Inducción al puesto, que estará a cargo del enlace de la unidad administrativa de adscripción.
TITULO CUARTOCAPÍTULO PRIMERO
DE LA EVALUACIÓN DEL PERSONAL DE CARRERA
Artículo 29.- La evaluación es el método por el cual se califican, bajo principios de imparcialidad y objetividad, los distintos aspectos del ejercicio laboral del personal de carrera, y tiene como propósito:
I. Determinar la titularidad del personal de carrera; II. Servir de base para la aplicación de promociones de nivel, y III. Determinar la permanencia del personal de carrera en el Servicio.
Artículo 30.- Para efectos de promociones, la evaluación de la competencia, será anual y se realizará en el mes de septiembre.
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SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA
Artículo 31.- Para efectos de obtener nombramiento de titular, la evaluación que se realice al personal de nuevo ingreso será después de los tres meses y antes de los seis meses, contados a partir de la fecha de su ingreso.
Artículo 32.- La Coordinación deberá notificar al personal de carrera, en forma individual y por escrito, el resultado obtenido en la evaluación durante el mes inmediato posterior al término de la misma.
Artículo 33.- La evaluación comprenderá, al menos, los siguientes aspectos:
I. El cumplimiento de la normatividad establecida; II. El cumplimiento de las actividades encomendadas; III. Los méritos laborales; IV. La capacitación adquirida durante el periodo, y V. La capacidad, habilidad, disciplina y conocimiento.
Artículo 34.- Son méritos laborales del personal de carrera:
I. El desempeño sobresaliente en las actividades encomendadas; II. Las aportaciones destacadas en las actividades de los programas de trabajo;III. La elaboración de estudios e investigaciones que aporten notorios beneficios para el
mejoramiento institucional, y IV. Las propuestas útiles en materia de derechos humanos, así como los proyectos de
desarrollo y de administración.V. La actualización permanente en materia relacionada a cada función o actividades de
las áreas.
Artículo 35.- El personal de carrera podrá ser separado del Servicio en caso de no obtener calificaciones aprobatorias en dos evaluaciones semestrales consecutivas, sin perjuicio de sus derechos laborales. En casos excepcionales, el Comité Directivo podrá otorgar un periodo adicional de seis meses para que el personal de carrera acredite la evaluación inmediata siguiente, en cuyo caso se podrá reincorporar al servicio.
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SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA
CAPÍTULO SEGUNDODE LAS PROMOCIONES
Artículo 36.- El Tabulador de Sueldos será diferenciado y contemplará los niveles de puestos establecidos en el Catálogo. Cada nivel contará con grados en los que se ubicarán los puestos según su evaluación, de acuerdo con la complejidad y responsabilidad inherentes. A su vez, cada nivel contará con subniveles salariales que permitan el desarrollo del personal de carrera.
Artículo 37.- Las promociones son los movimientos que obtiene el personal de carrera con nombramiento de Titular en el Tabulador de Sueldos y éstas podrán ser:
I. De subnivel: movimiento vertical dentro del mismo a un puesto de mayor subnivel y misma responsabilidad, por concurso de oposición, y
II. De nivel: movimiento vertical a un nivel de mayor jerarquía y a un puesto de mayor responsabilidad, por concurso de oposición.
Al personal de carrera que obtenga una promoción de subnivel o de nivel, le corresponderá el nivel salarial inmediato superior al que ostentaba previo a la misma.
Artículo 38.- Las promociones se otorgarán siempre y cuando la Comisión cuente con los recursos presupuestarios para tal efecto.
Artículo 39.- El personal de carrera podrá solicitar licencia sin goce de sueldo en la plaza y el puesto del servicio para ocupar un puesto de libre designación en la Comisión. La licencia será de un plazo máximo de un año y se refrendará cada seis meses. La plaza y el puesto podrá ocuparse de manera interina denominándosele encargado a la persona que la ocupe.
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CAPÍTULO TERCERODE LA CAPACITACIÓN Y DESARROLLO
Artículo 40.- La capacitación es la etapa del Servicio que permite al personal de carrera adquirir, desarrollar y actualizar su capacidad, habilidad y conocimientos para el desempeño de sus funciones y se implementará a través del Programa de Capacitación y/o Profesionalización, conforme a las necesidades de las Unidades Responsables, los programas y proyectos específicos de trabajo, así como las ramas de especialización.
Artículo 41.- El Programa de Capacitación y/o Profesionalización, respecto del personal de carrera, deberá contemplar los siguientes aspectos:
I. Básico. Será de carácter inductivo y buscará dar homogeneidad a los conocimientos del personal de carrera en materias relacionadas con los derechos humanos, la organización de la Comisión, sus funciones y su puesto;
II. Profesional. Ofrecerá al personal de carrera en Derechos Humanos de los conocimientos especializados de acuerdo con los perfiles de los puestos y las necesidades de las áreas, para el desarrollo de sus funciones, y para su proyección dentro del servicio, y
III. Especialización. Buscará fortalecer las habilidades y aptitudes del personal de carrera en Derechos Humanos, a fin de complementar sus conocimientos y capacidades para el desempeño de sus funciones y de otros puestos.
Artículo 42.- El personal de carrera está obligado a participar y acreditar la capacitación, de conformidad con las normas y políticas que establezca el Comité Directivo.
Artículo 43.- La capacitación podrá apoyarse con instituciones educativas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, en materia de intercambio académico, organización de seminarios, conferencias, visitas y prácticas, propuestas de planes y programas de estudio, posesión de lenguas, manejo de técnicas o tecnología, u otro tipo de conocimientos, de conformidad con las necesidades de la Comisión y quedará sujeta a la disponibilidad presupuestaria.
Artículo 44.- La Comisión podrá otorgar el apoyo institucional necesario para que el personal de carrera complemente su capacitación o educación a nivel licenciatura, posgrado, de conformidad con las normas y políticas que defina el Comité Directivo.
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SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA
TÍTULO QUINTOCAPÍTULO ÚNICO
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES.
Artículo 45.- Son derechos del personal de carrera:
I. Contar con nombramiento de personal de carrera en Derechos Humanos; II. Estabilidad en el servicio, una vez que cumpla con los requisitos establecidos en el
presente Estatuto;III. Recibir sus remuneraciones en tiempo y forma de acuerdo con el tabulador de sueldos,
según el grupo, grado y nivel;IV. Recibir las prestaciones y beneficios que otorga la Comisión y las que deriven de la
normatividad aplicable;V. Gozar de vacaciones en dos periodos anuales de 10 días hábiles cada uno, conforme al
calendario establecido en la Comisión;VI. Participar en los eventos de capacitación que promueva la Comisión;VII. Participar en los concursos de oposición para obtener promociones de grado o grupo
cuando se generen plazas vacantes de Servicio;VIII.Ser sujeto de evaluaciones imparciales; IX. Conocer los resultados que obtenga en las evaluaciones que formen parte del Servicio;X. Ascender en la estructura del Servicio Profesional de Carrera acorde al presente
Estatuto;XI. Solicitar licencia a la plaza y puesto que ocupe del Servicio para ocupar un puesto de
libre designación en la Comisión;XII. Presentar inconformidades ante el Subcomité correspondiente, respecto de la
aplicación del presente Estatuto, y XIII.Los demás que se deriven del presente Estatuto y de la normatividad aplicable.
Artículo 46.- El personal de carrera tiene las siguientes obligaciones:
I. Cumplir con lo dispuesto por el presente Estatuto y demás normatividad aplicable relacionada con el servicio público;
II. Desempeñar sus labores con el cuidado y esmero apropiados, observando las instrucciones que reciba de sus superiores jerárquicos;
III. Guardar reserva de la información, documentación y en general, de los asuntos que conozca o le sean encomendados por sus superiores, con motivo de las funciones que desempeñe en la Comisión;
IV. Cumplir las disposiciones que se dicten para comprobar su puntualidad y asistencia, en su caso, dar aviso a su jefe inmediato de las causas que le impidan asistir a su trabajo;
V. Conservar en buen estado los instrumentos, mobiliario y equipo de trabajo; VI. Cumplir con sus funciones y alcanzar los objetivos establecidos en los programas de
trabajo;
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SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA
VII. Participar y acreditar los eventos de capacitación que promueva la Comisión;VIII.Actuar con sujeción a los principios de imparcialidad y confidencialidad, guardando
reserva de los asuntos que tenga conocimiento con motivo de su trabajo;IX. Refrendar cada seis meses la licencia que le haya sido autorizada para ocupar un
puesto de libre designación en su caso;X. Aprobar la evaluación prevista en el presente Estatuto, y XI. Observar el Código de Ética de la Comisión; XII. Abstenerse de emitir opinión pública o efectuar proselitismo de cualquier naturaleza a
favor o en contra de partidos, asociaciones u organizaciones políticas, así como de sus dirigentes, candidatos o militantes;
XIII.Presentar excusa de conocer asuntos que puedan implicar conflicto de intereses con las funciones que desempeña. Se presumirá que existe conflicto de interés, en los siguientes casos: a) Cuando su cónyuge, o sus parientes consanguíneos en línea recta sin limitación de
grado, o los colaterales dentro del cuarto grado y los afines hasta el segundo grado, hubieren solicitado los servicios de la Comisión;
b) Cuando las personas señaladas en el inciso a) de esta fracción, desempeñen un empleo, cargo o comisión para el sujeto o superior jerárquico al que se le imputen presuntas violaciones a los Derechos Humanos;
c) Cuando se conozca el sujeto al que se le impute una presunta violación a los Derechos Humanos y haya desempeñado un empleo, cargo o comisión a favor de él.
d) Cuando se conozca el sujeto al que se le impute una presunta violación a los Derechos Humanos y guarde o haya guardado una relación de subordinación directa con él;
e) Cuando haya mantenido relaciones laborales, o en general, guarde relaciones profesionales o de negocios, con el servidor público al que se le impute una presunta violación a Derechos Humanos;
f) Cuando tenga interés personal o familiar en la investigación o integración de presuntas violaciones a Derechos Humanos; o
g) En cualquier otro por el cual se vea comprometida la objetividad, imparcialidad y profesionalismo con el que deben realizarse las funciones de la Comisión.
Los Servidores Públicos de Carrera que se encuentren en alguno de los supuestos enunciados en esta fracción, deberán formular la excusa correspondiente, y comunicarla por escrito a su superior jerárquico para que resuelva en su caso, sobre la sustitución del servidor público impedido en el caso particular.
Incurrirán en responsabilidad grave, sancionable conforme lo dispuesto en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Nuevo León, los servidores públicos a que se refiere la fracción III del artículo 46°, se encuentren en alguno de los supuestos enunciados, y omita formular la excusa correspondiente. También incurrirá en Responsabilidad Administrativa el superior jerárquico que conociendo la actualización de dichos supuestos, omita la sustitución del servidor público impedido.
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SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA
XIV.No utilizar las instalaciones, el equipo y servicios del personal de la Comisión en asuntos particulares o ajenos a la misma; y
XV. Las demás que les impongan las leyes y los programas de trabajo.
TÍTULO SEXTOCAPÍTULO ÚNICO
DEL RECURSO DE INCONFORMIDAD
Artículo 47.- El personal de carrera podrá interponer recurso de inconformidad ante el Subcomité de Inconformidades, en contra de los resultados de los concursos de oposición o de las evaluaciones previstas en el presente Estatuto.
Artículo 48.- El recurso de inconformidad se tramitará en los siguientes términos: I. Ser promovido por el personal de carrera que considere haber sufrido un agravio
personal y directo; II. Presentarse por escrito dentro del término de cinco días hábiles contados a partir del
día siguiente de la fecha de notificación de los resultados, y III. Precisar el acto que se impugna, expresar agravios y aportar las pruebas que estime
pertinentes.
Artículo 49.- El Subcomité podrá requerir la información y documentación que estime pertinentes para emitir la resolución que presentará ante el Comité Directivo, el que resolverá en definitiva en un plazo máximo de 10 días hábiles contados a partir de la fecha de presentación del recurso.
Artículo 50.- El recurso de inconformidad podrá tener efectos suspensivos con relación a los resultados de los concursos de oposición o de las evaluaciones.
Artículo 51.- Las resoluciones que emita el Comité Directivo podrán anular, modificar o confirmar los resultados de los concursos de oposición o de las evaluaciones, y serán definitivas.
TÍTULO SÉPTIMOCAPÍTULO ÚNICO
DE LOS REGISTROS DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA
Artículo 52.- Los registros administrativos del personal de carrera se clasifican en dos apartados:
I. Manejo y control físico de los expedientes individuales conformados por documentación básica y de carrera; y
II. Sistema de información del Servicio.
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SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA
Artículo 53.- La documentación básica se integra por:
I. Acta de nacimiento; II. Clave Única de Registro de Población; III. Credencial de elector; IV. Cartilla del Servicio Militar Nacional, en su caso; V. Currículo y la respectiva documentación comprobatoria; VI. Formulario de alta; VII. Los demás que determine la Coordinación;VIII.Constancia de no inhabilitación, y IX. Carta bajo protesta de decir verdad de no haber recibido recomendación
personalmente o su jefe inmediato, por violaciones a los derechos humanos por parte de alguna Comisión de Derechos Humanos u otro organismo público similar.
La Coordinación actualizará anualmente la documentación contenida en los expedientes y será obligación del personal de carrera notificar, a través del responsable administrativo de su área de adscripción, cualquier cambio en su situación personal, dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de modificación.
Artículo 54.- La documentación de carrera se integrará con los documentos que acrediten la estadía y desarrollo del personal de carrera, y consiste en:
I. Nombramientos; II. Cédulas de evaluación; III. Notas de mérito; IV. Comprobantes de capacitación; V. Dictámenes de promoción; VI. Sanciones emitidas por la Comisión o el Comité, y VII. Los demás que determine el Comité Directivo.
Artículo 55.- El sistema de información del Servicio se integrará con: I. Registros administrativos del personal de carrera; II. Registro de plantillas de personal; III. Catálogos; IV. Registro de convocatorias y ocupación de plazas; V. Registro de dictámenes de concursos, y VI. Estadística del sistema e inventario, que contendrá:
a) Alta de Ingreso; b) Promociones c) Escolaridad; d) Capacitación, y e) Evaluaciones.
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SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA
TRANSITORIOS
UNICO.- El presente Estatuto tendrá aplicación para todo el personal que al inicio de su vigencia se encuentre laborando para la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, independientemente del procedimiento de su contratación.
Dado en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, a los 31 días del mes de julio del dos mil trece.
TRANSITORIOS
Artículo 1.- El presente Estatuto entrará en vigor treinta días después de su publicación en el Periódico Oficial del Estado y se publicará en la Revista de la Comisión.
Artículo 2.- Los servidores públicos que al momento de la entrada en vigor del presente Estatuto se encuentren ocupando un puesto que se clasifique como de Servicio recibirán nombramiento de Titular.
Artículo 3.-El Comité deberá emitir la Normatividad que derive del presente Estatuto en un plazo que no exceda de tres meses, a partir de su entrada en vigor.
Artículo 4.- El Comité Directivo determinará el Tabulador de Sueldos conforme a lo previsto en el Artículo 36 del presente Estatuto a más tardar a los 60 días posteriores a su entrada en vigor.
Artículo 5.- Los Titulares de las Unidades Responsables propondrán a la Coordinación los puestos que deberán considerarse de carrera en Derechos Humanos, a más tardar en los 30 días naturales posteriores a la entrada en vigor del presente Estatuto.
Monterrey, Nuevo León, a los 28-veinte y ocho días del mes de Julio de dos mil quince.- El Consejo de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.- Rúbrica.
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DIRECCIÓN ADMINISTRCIÓN
INTRODUCCIÓN
La Dirección de Administración, como instancia encargada de Administrar los recursos Humanos, Materiales y Financieros de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, así como llevar a cabo las adquisiciones de bienes y servicios, debe promover una administración pública de calidad, orientada al servicio y a los resultados. En este sentido y para mantener un funcionamiento eficaz de su estructura organizacional, debe apoyarse en otros elementos, en instrumentos de organización del trabajo que faciliten el desarrollo de las tareas encomendadas.
El Manual de Procedimientos es un instrumento administrativo que permite conocer el funcionamiento interno de los órganos administrativos de la Dirección a través de la descripción de las actividades secuenciales, además de ser un auxiliar en la inducción del personal de nuevo ingreso, ya que el documento expone, qué deben hacer, cómo deben hacerlo y con quién coordinarse para realizar sus rutinas de trabajo.
Asimismo el Manual de Procedimientos permite uniformar y controlar el desempeño de las actividades laborales, además de construir una base para el análisis posterior del trabajo y el mejoramiento de los sistemas, procedimientos y métodos.
El presente Manual contiene información de algunos procedimientos más importantes, como también un glosario de términos para facilitar su comprensión. Este documento no es una herramienta estática y cerrada, sino que es un instrumento en permanente actualización, dispuesto a incorporar las adecuaciones que se realicen en los procesos, así como agregar los nuevos procedimientos derivados de la dinámica organizacional propia.
PROCEDIMIENTO COMPRAS MENORES
I. OBJETIVO
Adquirir de manera directa, los bienes y / o servicios solicitados por las distintas áreas de la Institución de acuerdo a sus necesidades. Asegurando las mejores condiciones de precio y oportunidad.
II. ALCANCE
Desde que se recibe la requisición de compra, y / o servicio del solicitante, hasta la entrega del mismo.
III. DEFINICIONES
ŸAdecuación Presupuestal: Documento que genera la Secretaria de Finanzas, al realizar una modificación en el presupuesto.ŸAnteproyecto de presupuesto: Documento en que se incluyen las previsiones de gastos, así como los objetivos, indicadores, metas y resultados que se han de alcanzar a través de los
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
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FOLIO ADMON 001 PR. COMPRAS MENORES
Ÿ programas Institucionales.ŸAsiento Contable: Es el registro de las operaciones mercantiles en los auxiliares y libros de contabilidad.ŸBien Inmueble: Aquel que por su naturaleza no se puede trasladar de un lugar a otro.ŸBien Mueble: Aquel que por su naturaleza puede trasladarse de un lugar a otro.ŸCompetencia Laboral: Capacidad productiva de un individuo que se define y mide en términos de desempeño, en un determinado contexto laboral, y no solamente de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes.ŸEstado Presupuestal: Documento que muestra la situación presupuestal de la dependencia en una fecha o período determinado.ŸEstado Financiero: Documento que muestra la situación financiera de la Dependencia en una fecha o período determinado.ŸInventario: Relación ordenada de los bienes muebles e inmuebles de la Dependencia, plasmando sus características, ubicación y el responsable de su custodia.ŸLiberación de Recursos: Es la solicitud de recursos que realiza la Dependencia y que tiene previsto en una o varias claves presupuestarias sujeta a los términos normativos y calendarización respectiva.ŸManual de Procedimientos: Es un documento que permite conocer el funcionamiento interno de los órganos administrativos de una dependencia a través de la descripción de las actividades.ŸMemoria de cálculo: Documento que justifica y determina el costo el costo de los bienes o servicios que los órganos administrativos de la Dependencia requiere para el cumplimiento de sus actividades.ŸOrden de administración: Documento mediante el cual se radican recursos presupuestarios con base a la calendarización autorizada para su ejercicio.ŸPadrón de recursos humanos: Es el registro administrativo de cada uno de los funcionarios adscritos a la dependencia, donde figuran datos personales.ŸPatrimonio: Es el total de bienes que pertenecen a la dependencia.ŸPeriódico Oficial del Estado: Medio de difusión del Gobierno del Estado, de carácter permanente, en el que se publican los actos y resoluciones que las leyes o acuerdos ordenen.ŸPrograma operativo anual: Instrumento que transforma los lineamientos generales de la planeación en objetivos y metas concretas a desarrollar en el corto plazo, definiendo responsabilidad, temporalidad, y acciones.ŸProyecto de gasto corriente: Erogaciones en recursos humanos, materiales, bienes y servicios destinados a la realización de actividades administrativas requeridas para el funcionamiento normal de la dependencia.ŸRequisición de compra: Formato oficial mediante el cual se solicita la adquisición de un bien mueble.ŸTecho financiero: Límite máximo del presupuesto que se asigna a una Dependencia en un período determinado, el cual puede incluir gasto corriente y gasto de inversión.
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FOLIO ADMON 001 PR. COMPRAS MENORES
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Inventario de Almacén.Plan de Adquisiciones.
VI.DIAGRAMA DE FLUJO
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Cliente(s)
Comercio, Institituciones de Servicio.
Almacén, Bienes muebles, e inmueble.
Documentos a la Dirección.
Interno
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Áreas de la CEDHNL. Dirección de
Administración. Servicios Generales.
Envía formato de requisición de
compra.
Recibe formato original de solicitud
de compra.
Verifica en almacén la existencia del
producto solicitado.
Realiza solicitud para la aprobación de recursos
financieros
Se cotiza producto con
3 proveedores.
Se elabora cuadro comparativo de las
cotizaciones
Se elige proveedor.
Se recibe material del proveedor.
Se elabora orden de compra.
Se entrega material al área.
Se firma de recibido.
Entrega producto solicitado.
Se le informa al
solicitante la falta de recurso
SI
NO
SI
NO
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
FOLIO ADMON 001 PR. COMPRAS MENORES
VI.DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTO
1- Recibe formato original de compra, y / o servicio. Con la firma de autorización del titular del área, y autorización de la Dirección de Administración.
2- Revisa y verifica en almacén la inexistencia del material solicitado.
3- Solicita la autorización y los recursos financieros a la Dirección de Administración.
4- Se procede a la cotización con proveedores.
5- Se comparan las cotizaciones, y se verifica que reúnan las características técnicas de lo solicitado, y se determina el proveedor.
6- Se recibe el material del proveedor y se procede a su revisión, se sella factura original del proveedor, se elabora contra recibo.
7- Se anexa a la factura la orden de compra autorizada por Presidencia, y Dirección de Administración, cotizaciones, cuadro comparativo, y copia de contra recibo.
8- Se entrega el material solicitado, previa firma de recibido.
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FOLIO ADMON 001 PR. COMPRAS MENORES
PROCEDIMIENTO PAGO DE NÓMINA
I. OBJETIVO
Preparar oportunamente la integración, y la emisión de las percepciones que le corresponden a los funcionarios de la Institución.
II. ALCANCE
Desde el cálculo de la nómina, a el archivo de los recibos de cada funcionario debidamente firmados.
III. DEFINICIONES
Se anexan en el Manual de Compras menores.
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Altas y Bajas de PersonalDescuentosLicenciasPrestamos ISSSTELEON
FOLIO ADMON 002 PR PAGO DE NOMINA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Cliente(s) Secretaria Finanzas Recursos Recursos Interno
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VI. DIAGRAMA DE FLUJO
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Empleado. Recursos Humanos. Dirección de Admón. Despacho Externo.
Revisa altas y bajas de personal
Revisa documentos de incapacidades y
permisos
Revisa sistema de asistencia de reloj
chequeador.
Envía datos a D. Admón para aprobación.
Revisa archivo ISSSTELEON y descuento de
préstamos
Realiza el cálculo de nómina.
Recibe información de nómina.
Se accesa al programa de nómina
electrónica del Banco.
Se entregan los recibos de nómina al
personal.
Firma recibo de nómina.
Se archiva recibo de nómina firmado.
SI
NO
FOLIO ADMON 002 PR PAGO DE NOMINA
VII. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
1-Revisa en el archivo de personal, si en el transcurso de la quincena se produjeron altas o bajas de personal.
2-En este mismo archivo de Personal, procede a revisar los descuentos por motivos de atrasos o inasistencias.
3-Se revisa el archivo de incapacidades médicas para considerar el no descuento por estas inasistencias. De igual manera aquellas personas en comisión de servicio.
4-Se revisa el archivo de préstamos de Isssteleón, para proceder al descuento a aquellas personas que han solicitado prestamos.
5-Con esta información se emite un documento, que primero es autorizado por la Dirección de Administración, para posteriormente enviar al despacho contable externo donde se calcula , y posteriormente se elabora la nómina
6-Este despacho envía el listado de nómina, que se procede a revisar. Si no hay errores se pasa a la Dirección de Administración para su visto bueno, y firma de aprobación.Si existen errores u omisiones, se notifica al despacho para su corrección.
7-Una vez aprobado el documento, se procede a notificar al Banco para que se acredite la quincena en la cuenta electrónica de cada funcionario.
8-Se elaboran los recibos de pago de nómina, los cuales deben ser firmados por cada funcionario el día establecido de pago.
9-Se procede a archivar los comprobantes de pago, para posteriormente anexarlos a la comprobación de gastos.
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
FOLIO ADMON 002 PR PAGO DE NOMINA
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PROCEDIMIENTO ALTA DE PERSONAL
I. OBJETIVO
Establecer una relación laboral formal, entre la Comisión, y el personal seleccionado, o propuesto por los Titulares.Satisfacer los requerimientos de personal de las distintas áreas de la Institución.
II. ALCANCE
Desde que se recibe la propuesta del candidato a ocupar el puesto vacante, hasta la recepción del oficio de nombramiento.
III. DEFINICIONES
Se anexan en el manual de Compras menores.
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Tramites ISSSTELEON, Contraloría, Gobierno del Estado.
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Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Cliente(s) Candidatos al puesto
Documentación Nombramiento CEDH
FOLIO ADMON 003 PR ALTA DE PERSONAL
VI. DIAGRAMA DE FLUJO
Candidato. Presidencia. Dirección de Administración.
Coordinación de Recursos Humanos.
Recibe curriculum vitae del candidato.
Entrevista al candidato.
Se entrevista al candidato para buscar
su perfil.
Se le informa al interesado.
Envía curriculum vitae.
Se informa a Dirección de Admón.
Se reúnen los documentos del
interesado
Se solicitan los documentos para su
alta.
Se informa a Presidencia.
Emite su aprobación.
Integra los documentos requeridos.
Se reciben documentos
Se realiza alta en ISSSTELEON y
Banco.
NO
SI
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
FOLIO ADMON 003 PR ALTA DE PERSONAL
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VII. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
1- Recibe candidato del área que tiene la plaza vacante, de la Presidencia, o de la Dirección de Administración
2- Se le informa al candidato la documentación necesaria para iniciar el proceso de contratación
3- Entrevista del candidato, se toma en cuenta su currículo, disponibilidad de tiempo, experiencia, conocimientos teórico-prácticos, en función del puesto a ocupar, actitudes, competencias.
4- Se analiza los resultados de las entrevistas del candidato, con el perfil del puesto.
5- Se envía la información a la Dirección de Administración, quien informa a Presidencia.
6- Se integran todos los requisitos del punto 2
7- Se informa al candidato el resultado.
8- Si es afirmativo, se procede a su alta, y afiliación en el ISSSTELEÓN, como los tramites en el Banco, para su pago electrónico.
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COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO ADMON 003 PR ALTA DE PERSONAL
CONTROL Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS.
I. OBJETIVO
Mantener en óptimas condiciones los vehículos propiedad de la comisión. Proveer con oportunidad el combustible necesario a los vehículos asignados a las distintas áreas de la dependencia.
II. ALCANCE
Desde la solicitud de servicio del vehículo, al pago del mismo.Desde la detección de falta de combustible, al suministro del mismo.
III. DEFINICIONES
Se anexan en el manual de compras menores.
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Plan anual de mantenimiento.Pago a proveedores.
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Cliente(s) Taller automotriz. Gasolinera.
Solicitud dereparación.
Cheque con póliza. Interno.
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
FOLIO ADMON 004 PR. CONTROL Y MANTENIMIENTO DE VEHICULOS
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Área de la CEDHNL.
Dirección de Administración.
Coordinación de Servicios
Generales.
Taller Externo.
Envía solicitud de servicio o
mantenimiento.
Canaliza solicitud al área
correspondiente. Recibe Solicitud.
Revisa información con
la bitácora.
Solicita vehículo al área
correspondiente.
Entrega Vehículo a la Coordinación
de Servicios Generales.
Solicita autorización de la
Dirección de Admón.
Envía Vehículo al prestador de
servicios.
Realiza diagnostico del
vehículo.
Recibe cotización del servicio.
Se procede a la reparación o
mantenimiento.
Realiza reparación o
mantenimiento.
Recibe vehículo y entrega al
departamento.
Entrega vehículo al departamento.
SI
NO
VI.DIAGRAMA DE FLUJO
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO ADMON 004 PR. CONTROL Y MANTENIMIENTO DE VEHICULOS
VII. PROCEDIMIENTO
1- Se recibe el formato de solicitud de servicio del vehículo para que se efectúen las reparaciones necesarias y / o el mantenimiento programado.
2- Revisa información con la bitácora, y verifica físicamente el vehículo.
3- Solicita el vehículo al área correspondiente, e informa y pide autorización a la Dirección Administrativa.
4- Se envía el vehículo al taller asignado, solicitando un diagnostico preliminar, y conocer el servicio a realizar, y su costo aproximado.
5- Se recibe el diagnostico y la cotización del servicio.
6- Se solicita la autorización de la Dirección Administrativa.
7- Si no se autoriza la reparación se procede a devolver el vehículo al área correspondiente.
8- Si se autoriza, se procede a la reparación y / o mantenimiento.
9- Se recibe el vehículo, se comprueba la reparación, y se entrega la factura para su trámite a la Dirección de administración.
10- Se entrega el vehículo al área correspondiente.
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
FOLIO ADMON 004 PR. CONTROL Y MANTENIMIENTO DE VEHICULOS
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INDUCCIÓN AL PERSONAL DE NUEVO INGRESO.
I. OBJETIVO
Proporcionar al personal de nuevo ingreso la información general de los Objetivos, Funciones, y Programas Institucionales, así como las políticas y lineamientos internos de Recursos Humanos.
II. ALCANCE
Desde el ingreso del nuevo funcionario, hasta haber recibido los cursos introductorios.
III. DEFINICIONES
Se anexan en el Manual de Compras menores.
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Programa de Profesionalización.
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Cliente(s) CEDH información evaluación Funcionario n uevo
ingreso
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO ADMON 005 PR. INDUCCIÓN AL PERSONAL DE NUEVO DE INGRESO
VI.DIAGRAMA DE FLUJO
Recursos Humanos.
Instituto de Estudios y
Formación de Derechos Humanos
Dirección de Administración. Presidencia.
Revisa personal de Nuevo Ingreso.
Programa Taller de Inducción.
Integra material del Taller.
Convoca a inicio del Taller.
Desarrolla Taller.
Entrega registro de Asistencia.
Elabora constancias de reconocimiento
Recibe constancias para
firmas.
Firma Constancias para su entrega.
Entrega constancias a los
participantes.
SI
NO
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
FOLIO ADMON 005 PR. INDUCCIÓN AL PERSONAL DE NUEVO DE INGRESO
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VII. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
1- Revisión en el sistema de las Altas de Personal.
2- Programa en coordinación con el Personal de Profesionalización, el taller de inducción, definiendo fechas, hora y lugar.
3- Integra el material que se entregará al personal de nuevo ingreso. Deberá incluir aspectos como Misión, Visión, Objetivos de la Institución, así como los lineamientos y políticas internas de Recursos Humanos.
4- Se convoca mediante oficio al personal de nuevo ingreso
5- Se desarrolla el taller, se lleva un registro de asistencia.
6- Al finalizar, se procede a evaluar, y se entrega el material mencionado a cada participante.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO ADMON 005 PR. INDUCCIÓN AL PERSONAL DE NUEVO DE INGRESO
PROCEDIMIENTO INVENTARIO FÍSICO DE BIENES MUEBLES
I. OBJETIVO
Mantener actualizado el inventario físico y los resguardos de los usuarios a fin de controlar el uso de los bienes muebles asignados a las distintas áreas de la comisión.Verificar la existencia y el estado físico de los bienes muebles.
II. ALCANCE
Desde la verificación física de los bienes muebles hasta la actualización de la base de datos del inventario de los bienes muebles y los resguardos de los usuarios.
III. DEFINICIONES
Se anexan en el Manual de Compras menores.
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Altas y Bajas de bienes muebles.
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Cliente(s) Administración altas bajas interno
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
FOLIO ADMON 006 PR. INVENTARIO FÍSICO DE BIENES INMUEBLES
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VI. DIAGRAMA DE FLUJOS
Área de la CEDHNL
Recursos Humanos.
Dirección Administrativa.
Dirección Jurídica
Elabora circular de notificación de inventario.
Obtiene datos de la relación de bienes.
Verifica que los muebles y/o equipos se encuentren en el lugar asignando
Notifica sobre el mueble y/o equipo faltante.
Solicita investigación del hecho.
Realiza las investigaciones correspondientes.
Se emiten las medidas correspondientes.
Verifica el estado de los bienes materiales.
Se firma de aprobada la revisión.
Firma de visto bueno.
Solicita reparación o baja del bien material.
NO
SI
NO
SI
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO ADMON 006 PR. INVENTARIO FÍSICO DE BIENES INMUEBLES
VII. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
1- Elaborar circular para notificar a las distintas áreas de la Dependencia, la realización del inventario físico de bienes muebles.
2- Se obtiene de la base de datos la relación de los bienes muebles (mobiliario, equipo de oficina, vehículos) de las áreas en las que se llevará a cabo el inventario físico.
3- Verifica que los bienes muebles resguardados por el usuario se encuentran físicamente en el área de trabajo y determina: Si, continúa con actividad 4 No, continua con actividad 5 *
4- Solicita al usuario responsable informe si existe algún bien mueble en mal estado ¿Existe algún mueble en mal estado? No, continúa con actividad 6 Si, evalúa su reparación, y si no es posible, procede a la baja. 5- Valida información, y captura en base de datos.
6- Genera nuevo resguardo de bienes muebles.
7- Recaba firmas del resguardatario, y del área Administrativa, y cancela el resguardo anterior.
8- Turna fotocopia del nuevo resguardo al usuario de los bienes muebles, y archiva original
* Al faltar un bien mueble se procede a notificar a la Dirección Administrativa, y a la Dirección Jurídica
VIII. DOCUMENTOS ASOCIADOS
Facturas y notas de compra.
IX. CONTROL E REGISTRO
Etiqueta numerada con logo de la Comisión.
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
FOLIO ADMON 006 PR. INVENTARIO FÍSICO DE BIENES INMUEBLES
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PROCEDIMIENTO ANTEPROYECTO DEL PRESUPUESTO ANUAL.
I. OBJETIVO
Planear y Organizar los recursos presupuestales a asignar a la CEDH, para el desarrollo de los proyectos a cargo de los diferentes órganos operativos que integran ésta Dependencia, en congruencia con objetivos, indicadores, y actividades correspondientes. Teniendo en todo momento un criterio de racionalidad, disciplina y austeridad, en apego a la normatividad emitida por la Secretaria de Finanzas del Gobierno del Estado
II. ALCANCE
Desde la elaboración del anteproyecto anual de la Comisión, hasta la presentación a la Secretaria de Finanzas y Tesorería General del Estado.
III. DEFINICIONES
Se anexan en el Manual de Compras menores.
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Adecuaciones Presupuestales.Modificaciones Presupuestarias.
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Cliente(s) Gobierno del Estado Recursos
financieros Anteproyecto CEDH.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO ADMON 007 PR. ANTEPROYECTO DEL PRESUPUESTO ANUAL
VI. DIAGRAMA DE FLUJO
Gobierno Estatal. Presidencia. Dirección de Administración.
Áreas de la CEDHNL.
Envía oficio
convocando a junta de Trabajo.
Recibe oficio y emite invitación.
Formula Programa de Trabajo.
Envía Oficio solicitando enlaces
a las distintas áreas.
Se realiza una junta en donde se entrega material
normativo.
Asesora a enlaces para llenado de
formato.
Revisa la información de los
enlaces.
Presentan la información requerida.
Se captura proyecto de presupuesto
Se envía a Presidencia.
Envía oficio a Secretaría de
Finanzas
Se Promulga presupuesto anual
en el Periódico Oficial
SI
SI
NO
NO
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
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VII. DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
1- Recibe oficio de la Secretaría de Finanzas, convocando a “reunión de trabajo”, para recibir los instrumentos normativos para la formulación del anteproyecto de presupuesto.
2- Formula programa de trabajo para la elaboración e integración del anteproyecto de presupuesto.
3- Envía oficio a cada área de la Comisión, solicitando los “enlaces” que participarán en el proceso de integración del anteproyecto de presupuesto, así como el cronograma de actividades.
4- Entrega a los “enlaces” los instrumentos normativos para la formulación del anteproyecto de presupuesto.
5- Imparte a los “enlaces” asesoría para el llenado de los formatos de la información cualitativa y cuantitativa.
6- Recibe la información de los “enlaces” y procede a su revisión. Si está correcta procede a integrar
7- Elabora memorias de cálculo por partida y proyecto, describiendo los conceptos requeridos. Se integra el anteproyecto con el comportamiento de gastos, memorias, memorias de cálculo, cotizaciones y documentación comprobatoria.
8- Se procede a capturar la información. Se elabora oficio para el envio, previa revisión, autorización y firma de Presidencia de la Comisión.
9- Se archiva oficio del documento recibido.
10- Se espera la promulgación en el Periódico Oficial del Estado, y la cantidad aprobada para el ejercicio del año próximo.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO ADMON 007 PR. ANTEPROYECTO DEL PRESUPUESTO ANUAL
DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN
COMUNICADO DE PRENSA
I. OBJETIVO
Realizar boletines de prensa con información de interés público originada en la CEDH, para ser distribuidos a los medios de comunicación de masas, y publicados en el portal de internet del organismo.
II. ALCANCE
Derivado de la responsabilidad de divulgación de los derechos humanos establecida en el mandato legal que da origen a la CEDH, es necesaria la presencia en medios de comunicación ofreciendo información oportuna sobre las acciones del organismo en beneficio de la sociedad, así como las valoraciones necesarias de los asuntos públicos desde la perspectiva de los derechos humanos. III. DEFINICIONES
No aplica
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V.PROCESOS INTERRELACIONADOS
Monitoreo de Medios.Cobertura de EventosRuedas de Prensa
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) Todo personal responsable de distribuir la información de las distintas áreas de la CEDH
Información a difundir Comunicado Reporteros y reporteras, conductoras y conductores de medios de comunicación. Público en general
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VI.DIAGRAMA DE FLUJO
Comunicación Social Áreas de la CEDHNL
Sugieren a Comunicación temas o actividades de interés
Recaba la información básica o hace la cobertura del evento
Elabora el comunicado de prensa
Hace las correcciones y lo envía a Informática para que se suba a la página Web; así como lo envía a los medios de comunicación
Se registra la elaboración del comunicado en la bitácora que se reporta mensualmente
Realiza un análisis sobre temas de interés; así como a través de la reunión de programación de agenda considera los eventos más relevantes de la CEDHNL
Lo envía al área de Investigación para su revisión final. Investigación lo devuelve a Comunicación
Se da seguimiento a la publicación del comunicado y se reporta en la bitácora mensual
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO COM 001 PR. COMUNICADO DE PRENSA
VII.DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Análisis previo. El área de Comunicación realiza un análisis sobre temas locales, nacionales e internacionales de interés. De igual forma, a través de la reunión semanal de programación de agenda, considera las actividades más importantes para su difusión.
Sugerencia de temas. Diversas áreas de la CEDHNL sugieren al área de Comunicación sobre actividades que pudieran considerarse para su difusión a través de comunicados de prensa.
Recopilación de información. De acuerdo a los temas aprobados, se recopila la información y se elabora el borrador del comunicado.
Cobertura de eventos. De acuerdo a actividad cubierta, se analiza la información y se elabora el borrador del comunicado.
Envío para revisión. Los borradores se envían al área de Investigación para revisión o complemento de información de los comunicados. Una vez efectuada, se vuelve a mandar a Comunicación
Difusión de la información. El área de Comunicación la envía a Informática y a los medios de comunicación para su publicación.
Monitoreo. Se da seguimiento a las publicaciones de los comunicados, tanto en la página web de la CEDHNL, así como en los medios de comunicación interesados en difundir la información.
Registro en bitácora. Tanto la elaboración del comunicado como su publicación se contemplan dentro de la bitácora de medios de comunicación para la elaboración del informe mensual.
VIII.DOCUMENTOS ASOCIADOS
No aplica
IX.CONTROL DE REGISTRO
Bitácora de informe mensual.
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
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GESTIÓN DE ENTREVISTA
I. OBJETIVO
Coordinar las acciones para responder de la manera más efectiva a las solicitudes de entrevistas que realizan medios de comunicación impresos y electrónicos, interesados en conocer temas diversos que maneja el Organismo de manera cotidiana o eventual.
II. ALCANCE
Presentar la información precisa y en su caso las posturas del organismo más adecuadas para que la población conozca de una manera certera y efectiva sobre diversos temas. III. DEFINICIONES
No aplica
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V.PROCESOS INTERRELACIONADOS
Monitoreo de medios.Comunicados de PrensaCobertura de Eventos
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) Todo personal responsable de distribuir la información de las distintas áreas de la CEDH
Información a difundir Entrevista del funcionario
Reporteros y reporteras, conductoras y conductores de medios de comunicación
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO COM 002 PR. GESTIÓN DE ENTREVISTA
VI.DIAGRAMA DE FLUJO
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Solicitante Comunicación Social Áreas de la CEDHNL
Representante del medio de comunicación solicita la entrevista
Presenta la ficha a Presidencia y sugiere el funcionario de acuerdo al tema
Se informa al funcionario designado
Se confirma al medio de comunicación el funcionario designado, el lugar y fecha de la entrevista
Presidencia confirma la entrevista y el funcionario
Se elabora la ficha de información de apoyo
Se acompaña al funcionario a la entrevista
Se registra la entrevista en la bitácora que se reporta mensualmente
Se confirma con el medio de comunicación que no haya asuntos pendientes o datos complementarios
Revisa la solicitud, elabora la ficha de entrevista
Se envía la ficha al funcionario para su análisis
El funcionario asiste a la entrevista
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VII. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Solicitud de entrevista. El (La) Director (a) de Comunicación a través de su representante del medio, habla para gestionar la entrevista. En este momento se conoce el tema y fechas probables. Queda el proceso en reserva de confirmación.
Se elabora la ficha que contiene generalmente: medio que solicita la entrevista, en caso de ser medio electrónico se añade el nombre del programa. Nombre de la persona que realizará la entrevista. Tema requerido. Fecha y hora estimada. Lugar en que se realizará la entrevista. Datos del contacto directo de la entrevista. En caso de ser entrevista con radio o televisión, vía telefónica, se añade el número telefónico en cabina.
Se presenta la ficha a Presidencia, se sugiere el funcionario.
Presidencia confirma la aceptación de la entrevista y del funcionario que la otorgará.
El (La) Director (a) de Comunicación le confirma al funcionario sobre la entrevista y los detalles del tema.
Además de confirmar a el representante del medio de comunicación sobre el f un c ion a r io asignado y los detalles de fechas y lugares.
Elaboración de la ficha informativa. Si el funcionario lo requiere, se elabora una ficha de apoyo informativo que establezca las posturas del organismo con respecto a ciertos temas.
Se envía la ficha informativa al medio de comunicación para su análisis.
Acompañamiento. Personal del área de Comunicación acompaña al funcionario a la entrevista para la grabación.
Complemento de entrevista. Se revisa con el representante del medio de comunicación que no haya datos dispersos, de haberlos, se estima tiempo y canales para robustecer la información.
La entrevista se contempla dentro de la bitácora de medios de comunicación para la elaboración del informe mensual.
VIII. DOCUMENTOS ASOCIADOS
No aplica
IX. CONTROL DE REGISTRO
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO COM 002 PR. GESTIÓN DE ENTREVISTA
MONITOREO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN
I. OBJETIVO
Visualizar los temas que tratan los medios de comunicación impresos y electrónicos que pudieran ser de interés para la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y así darles seguimiento para la atención de usuarios que en algún momento pudieran manifestar alguna queja sobre la actuación de funcionarios públicos.
II. ALCANCE
Servir de enlace para que las distintas áreas de la Comisión Estatal de Derechos Humanos estén enteradas sobre temas que sean relevantes para el organismo, ya sea para análisis o seguimiento.
III. DEFINICIONES
No aplica
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V.PROCESOS INTERRELACIONADOS
Comunicados de PrensaGestión de entrevista.Rueda de PrensaPeriódico, radioBoletín InternoCobertura de medios Redes sociales
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) Servicio de monitoreo externo. Monitoreo interno realizado por la Dirección de Comunicación
Notas escaneadas e insert de radio y televisión, además de resúmenes de noticias
Alerta al funcionario o funcionarios interesados
Funcionarios de la CEDHNL
FOLIO COM 003 PR. MONITOREO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN
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VI.DIAGRAMA DE FLUJO
Solicitante Comunicación Social Áreas de la CEDHNL
La empresa externa y el área de Comunicación analizan la información de los medios de comunicación, la procesan y la envían
En caso de requerirlo, se comunica con el medio de información para conocer detalles sobre la información transmitida
El área de la CEDHNL considera darle seguimiento a la nota.
De acuerdo al tema de la información, es posible que el medio de comunicación solicite detalles a la CEDHNL sobre el seguimiento que inicia de la nota informativa
El área informa a Comunicación cuál fue el seguimiento y estatus en que se encuentra el caso
Se considera la elaboración de un comunicado para referir el seguimiento
En caso de que el medio de comunicación lo requiera, se establece una entrevista para dar a conocer el detalle del seguimiento
Recibe la información, analiza alcances y potenciales temas de interés
Se contacta con el usuario
Envía notas específicas a las áreas de la CEDHNL Se contacta con las áreas con las cuales comentar temas de interés o de urgente atención
Se gestiona la entrevista con el funcionario
El funcionario otorga la entrevista
Se registra en la bitácora para reportarlo en el informe mensual
Se acompaña al funcionario a la entrevista
Se envía la información de contacto al área que lo requirió
Se informa a Presidencia sobre el inicio del seguimiento
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO COM 003 PR. MONITOREO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN
VII. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Análisis de información. La empresa externa y el área de Comunicación analizan la información de los medios de comunicación principalmente locales, la procesan y la envían a diferentes áreas de la CEDHNL
Recepción y análisis de información. La Dirección de Comunicación recibe la información, la analiza y considera cuáles notas informativas son susceptibles de ser consideradas por el tema para las áreas de seguimiento operativo.
Envío a áreas específicas. Comunicación las envía de nuevo a las áreas con una nota para tomarla en consideración; esta acción se complementa con una comunicación vía telefónica para alertar sobre el envío.
Revisión de información e inicio de seguimiento. El área considera la información y ve si procede su seguimiento.
Complemento de información para contactos. La Dirección de Comunicación se contacta con el medio de comunicación que difundió la información para recabar los datos de contacto de las víctimas o familiares de ellas. La información otorgada se envía al área de interés de la CEDHNL.
Gestión de entrevista. En algunos casos, el medio de comunicación puede solicitar una entrevista para informar sobre el seguimiento de la noticia que generó. En este sentido, se acuerda con el medio de comunicación la hora, día y sitio para la entrevista.
Acompañamiento. Se acompaña al funcionario durante la entrevista y la graba.
Aviso a Presidencia. El área de Comunicación informa a Presidencia que se ha iniciado el seguimiento por la publicación de la nota y la mantiene informada de los procesos que se vayan realizando.
Reporte de seguimiento. El área de la CEDHNL informa a Comunicación sobre el seguimiento que dio y el estatus en que se encuentra. Se analiza la información para su proceso.
Elaboración de comunicado. Una vez analizada la información se considera la oportunidad de emitir un comunicado de prensa.
Registro en bitácora. La entrevista se contempla dentro de la bitácora de medios de comunicación para la elaboración del informe mensual.
VII.IDOCUMENTOS ASOCIADOS No aplicaIII. CONTROL DE REGISTROBitácora de informe mensual.
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
FOLIO COM 003 PR. MONITOREO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN
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PROCEDIMIENTO RUEDA DE PRENSA
I. OBJETIVO
Coordinar la asistencia de los representantes de los medios de comunicación y coadyuvar a que la participación de las y los servidores públicos del organismo en actos oficiales se difunda debidamente, además mantener un registro de la información correspondiente.
II. ALCANCE
Presentar la información precisa y en su caso las posturas del organismo más adecuadas para que la población conozca de una manera certera y efectiva sobre diversos temas. III. DEFINICIONES
No aplica
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V.PROCESOS INTERRELACIONADOS
Comunicados de PrensaGestión de EntrevistasRueda de PrensaPeriódicoRadioBoletín InternoCobertura de MediosRedes Sociales
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) Todo personal responsable de distribuir la información de las distintas áreas de la CEDH
Información a difundir Rueda de Prensa o Reunión de Trabajo
Reporteros y reporteras, conductoras y conductores de medios de comunicación
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO COM 004 PR. RUEDA DE PRENSA
VI. DIAGRAMA DE FLUJO
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Solicitante Dirección de Comunicación
Áreas de la CEDHNL
PRESIDENCIA, convoca a una rueda
de prensa
Revisa con el (la) funcionario (a), Lugar,
fecha, hora, y temas a tratar
Cubre el evento mediante el equipo de
prensa interno
INICIA La rueda de prensa y al
final establece una sesión de preguntas y
respuestas
Invita a los medios de
comunicación
Revisa y Envía El Boletín de Prensa e imágenes a los medios
de comunicación.
Define si es dentro de las instalaciones de la
CEDH ò bien en otro lugar
Redactan el Boletín de Prensa
FIN DE LA ENTREVISTA
FOLIO COM 004 PR. RUEDA DE PRENSA
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VII. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO a) El Director (a) de Comunicación recibe la solicitud expresa de Presidencia para convocar a una rueda de prensab) Mediante oficios se solicita a la Dirección de Comunicación convocar a una rueda de prensa especificando:ŸEl objetivo, ŸLos puntos a tratar, así como toda la información que se considere relevante.ŸEl lugar, hora y fecha. Revisa y acuerda con él o la funcionario (a) invitado los puntos anteriores.d) Gestiona espacio previamente autorizados por la PRESIDENCIA dentro de las instalaciones de la CEDHNL o bien fuera de las mismas y todas las herramientas necesarias para realizar la rueda de prensa.e) Selecciona e invita formal y puntualmente a rueda de prensa a los medios de comunicación.f) Explica el motivo ò propósito de la rueda de prensa y los puntos a tratar de forma puntual.
FUNCIONARIO/A - Solicitante de la rueda de prensa
1. Inicia y desarrolla el programa.2. Establece una sesión de preguntas y respuestas.
DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN
3. Cubre evento mediante el equipo de prensa interno.4. Atiende durante el evento a los medios de comunicación.5. Concluye la rueda de prensa.6.Prensa Interna de la CEDHNL redacta boletín de prensa oficial. Es autorizado por el Director de Área y Aprobado por la Presidencia posteriormente se envía el BOLETIN DE PRENSA e IMÁGENES a los medios de Comunicación.7.El Director (a) verifica las notas emitidas por los medios de comunicación a través de los distintos medios solicitados.8.Realiza un resumen de noticias y lo envía a la Presidencia de la CEDHNL.
VIII. DOCUMENTOS ASOCIADOS
No aplica
IX. CONTROL DE REGISTRO
Bitácora de informe mensual.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO COM 004 PR. RUEDA DE PRENSA
COBERTURA DE EVENTOS
I. OBJETIVO
Mejorar los servicios de información hacia los representantes de los medios de comunicación, escritos y electrónicos, mediante la cobertura de las giras y eventos institucionales desarrollados en el organismo. Así como coadyuvar en la labor de las y los funcionarios de la CEDHNL.
II. ALCANCE
Aplica a los servidores públicos de la CEDHNL y encargados de dar cobertura a las giras y eventos institucionales.
III. ENFOQUE DE PROCESO
IV.PROCESOS INTERRELACIONADOS
Comunicados de PrensaGestión de EntrevistasRueda de Prensa, Cobertura de Medios.Periódico, Radio.Boletín InternoRedes Sociales
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) Todo personal responsable de distribuir la información de las distintas áreas de la CEDH
Información a difundir Cobertura de eventos Personal de la CEDHNL. Reporteros y reporteras, conductoras y conductores de medios de comunicación
FOLIO COM 005 PR. COBERTURA DE EVENTOS
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V. DIAGRAMA DE FLUJO
Solicitante Dirección de Comunicación Social
Áreas de la CEDHNL
NO
SI
De los funcionarios de la CEDHNL o bien de la Comunidad en
general
Selecciona Pool de Prensa y verifica disponibilidad de
correspóndales de los medios e comunicación.
Recibe y revisa la notificación de evento
Decide Se notifica y explica los motivos, se pide
reprogramar el evento.
Convoca y confirma asistencia de los
medios
Cubre el evento con el equipo de prensa
interno
Redacta el Boletín de Prensa
Revisa y envía el Boletín de Prensa e
imágenes a los medios de comunicación
Revisa el resumen de noticias
Fin Entregado a
PRESIDENCIA
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO COM 005 PR. COBERTURA DE EVENTOS
VII. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO a) Recibe formato de notificación de eventos y conforme a la agenda se determina si se puede contar con la cobertura de los medios de comunicación en el evento, en caso de ser posible se selecciona el pool de prensa y a los medios de comunicación. En caso contrario de NO poder cubrir el evento se notifica al área, recomendando reprogramar el mismo. b) El personal de la Dirección de Comunicación deberá estar en estrecha comunicación con los enlaces de las dependencias coordinadoras de eventos para invitar ò no a los medios.c) Verifica disponibilidad de corresponsales y de medios de comunicación, El directorio de los corresponsales y de los medios de comunicación deberá ser revisado por esta área de Comunicación constantemente para asegurar su actualización. d) Convoca y confirma asistencia de los medios de comunicación. Para asegurar el envió oportuno de la invitación al corresponsal y a los medios seleccionados, esta deberá realizarse utilizando simultáneamente los sistemas electrónicos disponibles como por ejemplo la agenda electrónica, el mensajes por celular, y llamadas telefónicas.
Especificando en la invitación la fecha, el lugar, la hora, tema y el objetivo así como también al responsable directo del evento y de los medios.
PRENSA INTERNA (COMUNICACIÓN SOCIAL CEDHNL)
e) Llega a los eventos programados 30 min antes del arribo de funcionarios (as).
f) Revisa el Boletín de actividades y redacta el Boletín de Prensa Oficial, lo envía a autorización a Presidencia de la CEDHNL, posteriormente se envía con las imágenes a los medios de comunicación, y al Área de Informática para su publicación digital.
MONITOREO
g) Verifica las notas de los medios de comunicación convocados al evento, y realiza un resumen y lo envía a Presidencia con copia de la nota.
VIII. DOCUMENTOS ASOCIADOS
No aplica
IX. CONTROL DE REGISTRO
Bitácora de informe mensual.
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
FOLIO COM 005 PR. COBERTURA DE EVENTOS
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PROCEDIMIENTO DE REDES SOCIALES
I. OBJETIVO
Difundir información institucional al personal de la CEDHNL y/o al público en general, mediante las redes sociales (Facebook, Twitter, Youtube, LinkedIn).
Dar respuesta oportuna a las menciones, quejas, preguntas y/o mensajes del público en general que se publican en redes sociales.
II. ALCANCE
Aplica a los servidores públicos adscritos a CEDHNL responsables de atender a los ciudadanos referente a las menciones, quejas, preguntas y/o mensajes vía redes sociales.
III. DEFINICIONES
Redes Sociales: Son comunidades virtuales donde interactúan los usuarios, funcionan como una plataforma de sociales: comunicación e intercambio.
Facebook: Red Social que permite la fácil interacción entre personas, empresas e instituciones, a través de medios digitales.
Twitter: Red social que permite de manera directa la comunicación entre usuarios al estilo del Sistema de Mensaje Instantáneo en 140 caracteres.
Mensaje: Información que el emisor envía al receptor, a través de un canal de comunicación determinado.
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Cobertura de Eventos.Comunicados de Prensa. Monitoreo de Medios.
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) Todo personal responsable de distribuir la información de las distintas áreas de la CEDH
Información a difundir Mensaje en redes sociales
Público en general
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO COM 006 PR. REDES SOCIALES
VI.DIAGRAMA DE FLUJO
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Comunicación Social Responsable de Redes
Áreas de la CEDHNL CIUDADANO
as de la CEDHNL Áreas de la CEDHNL
Da respuesta vía correo electrónico al
Responsable de Redes
Monitorea diariamente las redes sociales,
clasifica y canaliza los mensajes a la
Dirección correspondiente
Recibe la respuesta y la hace extensiva
al solicitante
Recibe respuesta así y de ser
necesario le invitan a pasar a la oficina
de la CEDHNL
Proporciona información
sobre servicios y trámites
institucionales
FOLIO COM 006 PR. REDES SOCIALES
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VII. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
RESPONSABLE DE REDES SOCIALES
1. Monitorea diariamente en las redes sociales las menciones, quejas, preguntas y/o mensajes emitidos por el público en general referente a las quejas y servicios que proporciona la CEDHNL. Clasifica los mensajes de acuerdo a su tipo y urgencia, procede según sea el caso:
2. Vía correo electrónico interno (CEDHNL) canaliza la atención del mensaje por su tipo o por urgencia, al enlace de la Dirección correspondiente (Quejas, Visitadurías, Secretaría Ejecutiva, Jurídico, Investigación, IEFDH, etc.) para su atención.
Se recibe la respuesta se emite por la misma vía (correo electrónico) al solicitante a través de la red social por el Responsable de la Sección de Redes
3. Cuando se recibe en las redes sociales mensaje de agradecimiento, felicitación se hace extensiva al destinatario, vía correo electrónico.
Cuando se solicita un servicio o trámite, se proporciona la información de los servicios y tramites institucionales. 4. El mensaje expuesto en redes es de queja, o requiere de información general, se invita al solicitante efectué el contacto directo con la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas, o bien se le pide su información para establecer contacto directo vía telefónica o de manera presencial. 5. Recibe vía correo electrónico información y fotografías sobre las actividades de las diferentes áreas de la CEDHNL se revisa el contenido de los mensajes se corrige en caso de ser necesario y se le da el formato adecuado para su publicación y difusión en las redes sociales de la CEDHNL, En caso de ser necesario se procede acompañar los mensajes con diseño y fotografías.
6. El Responsable de Comunicación en conjunto con el Responsable de Redes Sociales realizan un análisis de temas locales, nacionales e internacionales de interés a la CEDHNL y los comunican al interior de la misma.
VIII. DOCUMENTOS ASOCIADOS
·No aplica
IX. CONTROL DE REGISTRO
Bitácora de informe mensual.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO COM 006 PR. REDES SOCIALES
PROCEDIMIENTO PERIÓDICO LADO HUMANO
I. OBJETIVO
Elevar el nivel de información entre la población acerca de los programas, proyectos, acciones y campañas que se desarrollan en la CEDHNL, mediante la producción editorial y distribución del periódico “Lado Humano”.
II. ALCANCE
Aplica al personal de la CEDHNL que colabora con información y datos estadísticas, así como quienes tienen a su cargo la integración, elaboración y producción editorial del periódico “Lado Humano”
III. DEFINICIONES
Bitácora electrónica: Archivo electrónico con textos y fotografías para integrar al periódico.Contenido: Información textual vertida en los medios impresos internos o externos.Corrección: Revisión y modificación de los textos que serán incluidos en las publicaciones del Instituto, para eliminar elementos reiterativos, errores gramaticales, errores de sintaxis o deformación de la información.Depurar: Obtener lo más destacado de un suceso o texto para su publicación.Dummy: Diseño tridimensional hecho a mano de un folleto o de otro material publicitario, de una o varias páginas; se arma, página por página, para que de la misma sensación de producto terminado, lo más aproximado a lo real.Edición: Conjunto de ejemplares de una publicación, impresos a la vez. Estilo: Forma particular de adaptar un texto para su publicación en los medios editoriales.Impresión: Publicación de un texto Periodicidad: Frecuencia con la que aparece cada número de las publicaciones institucionales.Publicaciones: Se refiere a cada una de las revistas editadas e impresas en la Unidad de Comunicación Social destinadas a la difusión de las actividades institucionales.Redacción: Ejercicio que consiste en relatar por escrito un acontecimiento determinado.Periódico: Publicación periódica de contenido variado, de carácter formativo e informativo.Tiraje: Número de ejemplares con que cuenta una edición.
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
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IV.ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOSCobertura de Eventos Institucionales.Boletines de PrensaMonitoreo de Medios
VI. FICHA TÉCNICA DEL PERIÓDICO:Ficha GeneralNombre: Periódico Lado HumanoFormato: Tabloide inglés 29 x 42 cmTintas: Color (CMYK)Número de páginas: 16 páginasColores de logotipo: Amarillo oro, Verde, Azul y BlancoTipografía de texto: Times New Roman Número de columnas: Máx. 3Ancho de columna: 7.4 cmIntercolumnado: 0.5 cm
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) Todo personal responsable de distribuir la información de las distintas áreas de
la CEDH
Información a difundir
Periódico Lado Humano
Población en general.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO COM 007 PR. PERIÓDICO LADO HUMANO
VII. DIAGRAMA DE FLUJO
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Dirección de Comunicación Áreas e la CEDHNL IMPRESOR
El Editor
Director de Comunicación autoriza el DUMMY
La DOYRQ y SYC envían los datos estadísticos del mes de número de casos
Prepara el Programa Anual de publicación
del Periódico El Lado Humano
Autorización de la información a publicar y Bitácora correspondiente
El Servidor Público de CEDHNL, desarrolla temas solicitados y los envía para autorización y publicación
Mensualmente selecciona los temas
de publicación y estadísticas
NO Tiene temas
SI
Recibe la prueba autorizada y efectúa la
impresión y tiraje
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VIII. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
DIRECTOR (A) DE COMUNICACIÓN SOCIAL
a. Elabora el Programa Anual de Trabajo de la Unidad de Comunicación Social, en el que determina las fechas de elaboración del periódico “Lado Humano”
b. Mensualmente revisa contar con la información suficiente para seleccionar los temas a tratar para la publicación del periódico “Lado Humano” incluyendo textos, noticias de interés, autores y responsables de la información, previa consulta con Presidencia y determinan la publicación.
c. En caso contrario cuando NO se cuente con información suficiente del tema previamente establecido en la programación anual, se solicitara la colaboración editorial a las y los servidores públicos dentro o fuera de la CEDHNL.
d. El Servidor Público de la CEDHNL, desarrolla tema solicitado y lo entrega vía correo electrónico al Editor (a), el cual revisa y previa autorización de la Dirección de Comunicación y Presidencia se procede a editar para posteriormente previa autorización de Dirección de Comunicación y Presidencia publicar.
e. En cuanto a datos estadísticos se solicita vía correo electrónico a la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas, y Seguimiento a Recomendaciones, las estadísticas mensuales referentes a número de casos de:Atención de casos en general. Desglose de los expedientes formados. DesgloseRecomendaciones emitidas durante el mes y año.
f. El Editor, recaba y selecciona las colaboraciones editoriales, el material fotográfico que serán publicados, revisa el estilo de la redacción de la información, los incluye en la Bitácora para la Edición del periódico “Lado Humano” y lo envía vía electrónica e impresa al titular de la Dirección de Comunicación.
El Director (a) de Comunicación Social, recibe el oficio de solicitud de autorización junto con la Bitácora, revisa la información y/o realiza observaciones para su modificación, corrección o cambio de tema e instruye al Editor(a) atenderlas y la autoriza con su firma en la Bitácora y los devuelve al Editor(a)
g. Director (a) de Comunicación solicita al encargado(a) de Diseño Gráfico la elaboración de la portada y contraportada del periódico “Lado Humano”, la anexa a la Bitácora.
h. El Editor, Recibe instrucción junto con Bitácora impresa con observaciones, realiza las modificaciones pertinentes, y lo envía al Impresor.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO COM 007 PR. PERIÓDICO LADO HUMANO
h. El Impresor analiza la información, planifica el diseño, elabora el Dummy del periódico “Lado Humano”, una vez realizado, envía el Dummy al Editor(a) vía correo electrónico para su revisión.
El Editor recibe el Dummy del periódico “Lado Humano”, lo revisa y verifica que cumpla con las especificaciones solicitadas en la Bitácora.
En caso de que NO cumpla con las especificaciones previamente autorizadas y solicitadas, realiza observaciones al mismo (Dummy), lo entrega al Impresor y le solicita realizar las modificaciones.
j. IMPRESOR
Recibe el Dummy con observaciones, realiza las modificaciones pertinentes, elabora nuevo Dummy y envía al Editor SI cumple con las especificaciones solicitadas, este (El Editor) emite Visto Bueno y lo entrega al Titular de la Dirección de Comunicación para su autorización.
k. El Director (a) de Comunicación autoriza el Dummy y se envía al Impresor, este recibe la prueba autorizada y realiza la impresión del tiraje contratado, una vez concluida la producción del periódico, se comunica vía telefónica con el o la Titular de la Dirección de Comunicación y acuerdan la fecha de entrega del tiraje del mismo.
l.La Dirección de Comunicación recibe en la fecha programada el tiraje del periódico previa firma de recibido e instruye se informe a las áreas involucradas para la distribución del mismo dentro de sus actividades.
Solicita al Impresor el archivo electrónico del periódico “Lado Humano” para enviarlo al área de Informática y sea subido a la sección de publicaciones en el portal de la CEDHNL. VIII. DOCUMENTOS ASOCIADOS
Programas de la CEDHNLEventos CEDHNL
IX. CONTROL DE REGISTRO
Bitácora de informe mensual.
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
FOLIO COM 007 PR. PERIÓDICO LADO HUMANO
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PROCEDIMIENTO PROGRAMA DE RADIO “CONTACTO HUMANO”
I.OBJETIVO
Ampliar la difusión de la cultura, la información, las acciones de gobierno para orientar a la población en la defensa de sus derechos y obligaciones ciudadanas, mediante la producción de un programa de radio a transmitir en la frecuencia radiofónica de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
II.ALCANCE
Aplica al personal de la CEDHNL que colabora con información, así como quienes tienen a su cargo la integración, elaboración y producción del programa “Contacto Humano”.
III.DEFINICIONESContenido general de programa: Se refiere a los lineamientos generales sobre los que se desarrollará un programa, ya sea hablado o musical.
Guión: Documento escrito, resultado de un proceso de investigación que organiza en lenguaje radiofónico todos los contenidos y elementos que conforman un programa.
Guionista: Persona encargada de realizar la investigación y de estructurar y escribir el guión.
Operador de cabina: Es la persona encargada de realizar la operación técnica de todos los equipos de transmisión, tales como consola, reproductoras de discos compactos, de datos, de minidiscos, de carrete abierto, de tornamesas, computadora al aire, entre otros.
Pauta: Es el elemento básico para ordenar la programación que se transmitirá. Formato en el que se precisa cada una de las indicaciones que deberán seguir los operadores a lo largo de la transmisión diaria
Productor: Persona encargada de conjuntar todos los elementos necesarios, técnicos y humanos, para la realización de un programa.
Programa: Espacio temporal predeterminado en el cual, se abordan distintos temas que constituyen una emisión.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO COM 008 PR. PROGRAMA DE RADIO
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V.PROCESOS INTERRELACIONADOS
Cobertura de Eventos Institucionales.Boletines de Prensa.Monitoreo de Medios.
I. DIAGRAMA DE FLUJO
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Dirección
de Comunicación
Social
PRODUCTOR
PROGRAMA
CEDHNL
Áreas e la CEDHNL
Establece la programación mensual de los contenidos de los
programas
de radio
Informática, graba el programa para integrarlo
en la Bitácora de Informes y subirlo al
portal de
CEDHNL
Se procede a la grabación, edición,
pauta y selección musical
Elabora el guión y la pauta del programa de radio,
música y temas
Las áreas de la CEDHNL invitan a
organizaciones vinculadas con
los temas a
participar
Redacta los textos y
selecciona al personal que
participara
SI
Autoriza
PROGRAMADOR DE
RADIO DE UANL, para su
transmisión
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) Todo personal responsable de distribuir la información de las distintas áreas de la CEDH
Información a difundir Programa de radio “Contacto Humano”
Población en general.
FOLIO COM 008 PR. PROGRAMA DE RADIO
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VII. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
1) El Directos (a) de Comunicación establece la programación mensual de los contenidos generales del programa a producir y solicita al Productor del Programa de la CEDHNL, la elaboración de la pauta.
El Productor (a) elabora el guion del programa de radio efectúa una recopilación de información sobre eventos, actividades y convocatorias de la CEDH, así como noticias de derechos humanos en el ámbito local, nacional e internacional.
Una vez realizados los guiones, se procede a realizar la pauta del programa de radio, la selección musical del mismo con temas acordes a la temática y spots ò capsulas informativas del mismo.
2) Se invita vía correo electrónico a participar a los titulares de las áreas especializadas de la CEDH para establecer contacto con invitados externos pertenecientes a organizaciones vinculadas a la temática del programa
3) Se redactan los textos y se selecciona al personal que colaborará con la parte de locución y grabación de las cápsulas informativas y/o spots.
Se procede a la grabación en Radio UANL, se edita el material y una vez terminados las cápsulas y/o spots, se pasan al Titular de la Dirección de Comunicación, junto con la pauta, guión y selección musical, para su autorización.
4) Se envía el material al Titular de la Dirección de Comunicación, para la autorización, del programa e instruye verbalmente al Productor(a) para su transmisión en la emisora y horario que le correspondan.
Se realiza la transmisión del programa con Locutores e Invitados, los miércoles de las 10:00 a.m. a las 11:00 a.m., realizando los segmentos elaborados en la pauta.
Una vez autorizados, se envían a Programador de Radio UANL para su posterior transmisión.
5) Una vez terminado el programa, se realiza una reunión con el o la Titular de la Dirección de Comunicación para revisar y retroalimentar incidentes de y durante la transmisión.
6) Se solicita al área de Informática la grabación digital del programa de radio para integrarlo a la Bitácora de Informes mensuales y/o subirlo al portal de CEDHNL.
DOCUMENTOS ASOCIADOSNoticias, programas, sustentos jurídicos, reglamentos, y acuerdos de Derechos Humanos en el ámbito local, nacional e internacional. VIII. CONTROL DE REGISTROBitácora de informe mensual.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO COM 008 PR. PROGRAMA DE RADIO
COMUNICACIÓN INTERNA- BOLETÍN ELECTRÓNICO “NOSOTROS”
I. OBJETIVO
Informar de manera quincenal, las actividades en las que participa la Presidencia de la CEDHNL, en acciones y eventos realizados por las diversas áreas que conforman el organismo y los grupos de promotoras y promotores de derechos humanos que conforman la red estatal, así como también la comunicación e información entre las y los empleados.
II. ALCANCE
Aplica al personal de la CEDHNL.
III. ENFOQUE DE PROCESO
III. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Cobertura de Eventos Institucionales.Boletines de Prensa.Monitoreo de Medios.
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) Todo personal responsable de distribuir la información de las distintas áreas de la CEDH
Información a difundir Boletín Interno “Nosotros”
(Electrónico)
Personal de la CEDHNL
FOLIO COM 009 PR. BOLETÍN INTERNO
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IV. DIAGRAMA DE FLUJO
Dirección de Comunicación Social
Responsable Comunicación Interna
Áreas de la CEDHNL
En base a la agenda de la Presidencia se recopila actividades efectuadas,
eventos, acciones
y fotografías
que avalan los
mismos
Diseña el Boletín Interno
Reciben dos veces por mes el Boletín Interno de
la CEDHNL
(Correo electrónico)
SI Autoriza
Convierte los archivos a PDF y procede a su envió
a todo el personal de la CEDHNL
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO COM 009 PR. BOLETÍN INTERNO
VII. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
1) El Boletín se distribuye (vía electrónica) entre el personal de CEDHNL cada 15 días.
2) El Responsable de Comunicación Interna de la CEDHNL, en base a la Agenda de la Presidencia recopila las actividades efectuadas, así como los eventos y acciones del personal del organismo autónomo realizadas durante la quincena.
3) Así mismo se recopila todo el material fotográfico de dichos eventos y acciones, para proceder a realizar el diseño del Boletín Interno “Nosotros”.
4) Se elaboran los textos informativos y se solicita a la Presidencia de la CEDHNL, el mensaje editorial para el Boletín Interno “Nosotros”.
5) De igual forma se cuenta con la participación de las áreas de la CEDHNL que envían artículos para publicar en secciones especiales del Boletín Interno de interés para el personal de la comisión. (Administración, Informática, IEFDH).
6) Se incluye en la publicación la calendarización de actividades futuras, avisos importantes para el personal, entre otros.
7) Se envía el material al Titular de la Dirección de Comunicación, para su autorización.
8) Una vez autorizados, el Responsable de Comunicación Interna, convierte los archivos a formato PDF y procede a su envío electrónico a todo el personal de la CEDHNL
VIII. DOCUMENTOS ASOCIADOS
Agenda de Presidencia Eventos e información generados en las áreas de la CEDHNL
IX. CONTROL DE REGISTRO
Bitácora de informe mensual.
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
FOLIO COM 009 PR. BOLETÍN INTERNO
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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y RELACIONES PUBLICAS
INTRODUCCIÓN.
El Manual de Procedimientos es un instrumento administrativo que permite conocer el funcionamiento interno de las diferentes Direcciones que integran la Comisión Estatal de Derechos Humanos, a través de la descripción de las actividades secuenciales.
Asimismo el Manual de Procedimientos permite uniformar y controlar el desempeño de las actividades laborales, además de construir una base para el análisis posterior del trabajo y el mejoramiento de los sistemas, procedimientos y métodos.
Este documento no es una herramienta estática y cerrada, sino que es un instrumento en permanente actualización, dispuesto a incorporar las adecuaciones que se realicen en los procesos, así como agregar los nuevos procedimientos derivados de la dinámica organizacional propia.
PR DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
I. OBJETIVO
Promover y divulgar los Derechos Humanos internamente y entre las instituciones públicas y privadas y con sectores educativos.
II. ALCANCE
Aplica a todo el personal de la Comisión Estatal de Derechos Humanos que tengan a su cargo funciones y responsabilidades amparadas en el Manual de Organización, y tengan comunicación con instituciones educativas, públicas, privadas y medios de comunicación estatal, nacional e internacional.
III. DEFINICIONES
Tarjeta informativa.- Formato oficial que contiene la reseña de las actividades a realizar ó realizadas.
IV. ENFOQUE DE PROCESO
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario (s) Medios internos, todo personal responsable
de distribuir la información de las
distintas áreas de la CEDH y medios
externos.
Información a difundir. Comunicados a los distintos niveles del
sector público y privado así como al educativo medio y
superior.
Reporteros y reporteras,
conductoras y conductores de
medios de comunicación.
Público en general.
FOLIO DIYRP 001 PR. DESARROLLO INSTITUCIONAL
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V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Programas de capacitación sobre los Derechos HumanosPrensa y Diseño
VI. DIAGRAMA DE FLUJO
Participar en juntas de monitoreo para la definición de acciones institucionales.
VII.DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTO
Crear, desarrollar y trasmitir oportunamente las acciones y programas de la CEDH tanto en su ámbito preventivo como correctivoDiseñar y administrar la política de comunicación institucional tanto interna como externamente, donde se protagonice la CEDH.Coordinar el Plan de Desarrollo InstitucionalResponsable de los eventos y publicaciones institucionales y tarjetas informativas. Administrar las relaciones públicasAsegurar la calidad del servicio y el trabajo en equipo.Emitir boletines de prensa referente a los eventos de las distintas direcciones de la CEDH.
VIII. DOCUMENTOS ASOCIADOS
Revista interna de la CEDHTarjetas Informativas
IX.CONROL DE REGISTRO
NO APLICA
Participar en juntas de monitoreo para la definición de
acciones institucionales.
Coordinar el Plan de Desarrollo Institucional:
Manual de Organización Boletines de Prensa Recibe solicitudes de entrevistas, prepara
documento final de la misma.
Elaborar diariamente a la Presidencia tarjetas
informativas, en torno al tema de los Derechos Humanos, con
sus respectivas recomendaciones y acciones. .
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DIYRP 001 PR. DESARROLLO INSTITUCIONAL
PR RELACIONES PÚBLICAS
I. OBJETIVO
Administrar y operar las relaciones Institucionales con sectores públicos, privados y educacionales con incidencia en los Derechos Humanos.
II. ALCANCE
Relaciones con medios externos públicos y privados de medios impresos, radio y televisión.
III. DEFINICIONES
Tarjeta informativa.- Formato oficial que contiene la reseña de las actividades a realizar ó realizadas.
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Programas de capacitación sobre los Derechos Humanos.Editorialistas y reporteros de los diferentes medios de comunicación.
VI. DIAGRAMA DE FLUJO
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario (s) Medios externos Información a difundir. Comunicados a los
distintos niveles del sector público y
privado así como al educativo medio y
superior.
Reporteros y reporteras,
conductoras y conductores de
medios de comunicación y
público en general.
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario (s) Medios externos Información a difundir. Comunicados a los
distintos niveles del sector público y
privado así como al educativo medio y
superior.
Reporteros y reporteras,
conductoras y conductores de
medios de comunicación y
público en general.
Elaboración de mensajes políticos y de relaciones
públicas de la CEDH.
Analizar los eventos importantes y de trascendencia para su
comunicación
Comunicación efectiva, con prensa, televisión y radio
FOLIO DIYRP 002 PR. RELACIONES PÚBLICAS
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VII. DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTOŸ
ŸDesarrolla, estrategias de relaciones públicas.ŸElaboración de mensajes políticos y de relaciones públicas institucionales de la CEDHŸElaboración de los mensajes para eventos y páginas de internetŸAnalizar los eventos de la CEDH y definir tácticas y estrategias de difusión ante los medios de comunicación social.ŸEvaluar los indicadores acción y reacción oportuna de la Dirección de Relaciones PúblicasŸComunicación efectiva con medios de prensa, televisión y radioŸDefinir el significado político de las diferentes notas periodísticas y audiovisuales que refieren a los derechos humanos ó temas afines con incidencia CEDH.
VII.DOCUMENTOS ASOCIADOS
Revista interna de la CEDHTarjetas InformativasNotas y artículos periodísticos.
VII.CONROL DE REGISTRO
NO APLICA
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DIYRP 002 PR. RELACIONES PÚBLICAS
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN Y PARTICIPACIÓN SOCIAL
PROCEDIMIENTO PARA IMPLEMENTAR PROGRAMAS EN LA ESTRATEGIA DE PROMOCIÓN Y EDUCACIÓN
I. OBJETIVO
Describir los pasos para implementar programas educativos y de promoción de los derechos humanos, en los diferentes sectores de la sociedad: Gobierno, Instituciones Educativas, Sociedad Civil y Sector Empresarial.
II. ALCANCE
Este documento aplica para el Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, así como las instancias involucradas.
III. DEFINICIONES
· Programa.- se refiere al documento explicativo donde se incluye la descripción de los cursos y/o talleres a impartir según el área de interés.
· Convenio de Colaboración.- se refiere al documento que se establece a través de la Dirección Jurídica de la CEDH donde se hace constar las responsabilidades de la CEDHNL y de la instancia involucrada.
· Evento Especial.- se refiere al acontecimiento oficial donde se lleva a cabo la firma de convenio.
· Evaluación.- se refiere al instrumento para medir los resultados y satisfacción del curso y/o taller proporcionado.
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V.PROCESOS INTERRELACIONADOS
Este documento no cuenta con interrelación de procesos
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) CEDHNL Coordinaciones Institucionales
Solicitud de Servicio
Servicio Proporcionado
· Organismos Públicos
· Organismos Privados
· Organismos Gubernamentales
· Organismos de la Sociedad Civil
· Instituciones Educativas
FOLIO DEYPS 001 PR. PARA IMPLEMENTAR PROGRAMAS EN LA ESTRATEGIA DE PROMOCIÓN Y EDUCACIÓN
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VI. DIAGRAMA DE FLUJO
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DEYPS 001 PR. PARA IMPLEMENTAR PROGRAMAS EN LA ESTRATEGIA DE PROMOCIÓN Y EDUCACIÓN
I.DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
·Presentación del programa Se presenta el programa completo y todo el procedimiento a las instituciones con las que se firmará convenio de colaboración. ·Firma de convenio de colaboraciónSe firma convenio de colaboración entre los titulares de las instituciones en un evento especial.·Oficios a expositores de otras institucionesSe giran oficios a los titulares de las otras instituciones que colaboran con expositores para diferentes temas. ·Elaboración de Material Didáctico Se actualiza material didáctico, revisión de marco teórico y se realizan presentaciones en power point, se organizan los trípticos etc. ·Organización del curso Se coordina actividades con el personal de otras instituciones que son encargadas del curso para hacer acuerdos respecto al curso, sobre horarios, itinerarios, material necesario y transporte. ·Impartición del curso Se imparte por parte de personal de la C.E.D.H. diferentes temas en cursos y talleres en sesiones de 2 a 4 horas por tema, de ser necesario se complementa con la participación de expositores de otras instituciones. ·Evaluación del curso Al final de cada curso se aplican evaluaciones de cada expositor, así como una evaluación de todo el curso. ·Reporte Mensual Se realiza un reporte mensual cuantitativo con las actividades realizadas durante el mes.·Fase de seguimientoSe visita 6 meses después la institución con la que se impartió el curso previamente para recabar información cualitativa y cuantitativa sobre las actividades multiplicadas en sus grupos de influencia. ·Reporte anual Se realiza un reporte anual cuantitativo y cualitativo con las actividades realizadas durante el año.
II.DOCUMENTOS ASOCIADOS
· Oficios
· Convenios de Colaboración
III. CONTROL DE REGISTRO
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
FOLIO DEYPS 001 PR. PARA IMPLEMENTAR PROGRAMAS EN LA ESTRATEGIA DE PROMOCIÓN Y EDUCACIÓN
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PROMOTORES VOLUNTARIOS
I. OBJETIVO
Describir los pasos a trabajar en las comunidades de Nuevo León, en la formación de promotores voluntarios de derechos humanos que promuevan en sus comunidades el valor ciudadano y el respeto a los derechos humanos.
II. ALCANCE
Este documento aplica para el Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, así como las comunidades involucradas.
III. DEFINICIONES
· Colonia.- se refiere a la comunidad del Área Metropolitana de Monterrey donde se realizan las acciones.
· Líderes.- se refiere a las personas habitantes de una comunidad en particular, que tienen una influencia positiva o que tienen algún cargo reconocido por la población como por ejemplo: juez auxiliar, promotores de salud, miembros de comités de vecinos, etc.
· Toma de Protesta.- se refiere al evento protocolario donde se designan a los miembros de una comunidad como promotores voluntarios.
· Promotores Voluntarios.- se refiere a los miembros de una comunidad que recibieron nombramiento honorífico como promotor y cuyo compromiso es la promoción, difusión y defensa de los derechos humanos de sus vecinos.
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Este documento no cuenta con interrelación de procesos
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) CEDHNL
Promoción del
Programa Promotores Voluntarios
Comunidades de Nuevo León
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DEYPS 002 PR. PROMOTORES VOLUNTARIOS
I. DIAGRAMA DE FLUJO
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
FOLIO DEYPS 002 PR. PROMOTORES VOLUNTARIOS
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VII. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMINTO
·Selección de Colonia.Considerando la cobertura de los municipios del área metropolitana, se seleccionará la colonia que corresponda e esta área. La colonia debe ser urbana, con instituciones dentro de la misma y con servicios básicos. Cabe señalar que las comunidades fuera del área metropolitana también pueden aplicar en este programa, utilizando como el principal factor de selección la accesibilidad a la misma.
Delimitación de Área Geográfica.- Se identificará la dimensión de la colonia, calles y/o manzanas a través de un plano o croquis, para determinar el número mínimo de promotores.
Recorrido de la Colonia.- Con croquis en mano se recorrerá la colonia para identificar la extensión y ubicar instituciones dentro de la colonia para establecer red de apoyo en caso necesario.
Identificación de Líderes.- Identificar si en la colonia existe juez auxiliar y/o otros líderes como promotores de salud, personal de red móvil urbana, etc.
Invitación de Líderes.- Una vez identificado los líderes comunitarios, se evaluará las características de su liderazgo (proactivo, con iniciativa, positivo y sin pretensiones políticas), para seleccionar e invitar a aquellos que mejor coadyuven en la implementación del programa en la colonia.
Programación de Reuniones.- Calendarizar juntas con líderes de la comunidad para explicarles ampliamente el objetivo del programa y su función como voluntario promotor, posteriormente se establece con ellos la estrategia para invitar al resto de la comunidad y formar el grupo de promotores.
Implementación de Estrategia de Promoción.- Seleccionada la estrategia de promoción se procederá a realizara, ésta tiene como objetivo invitar a los habitantes de la comunidad a formar parte del grupo de promotores.
Formación de Grupo de Promotores.- Luego de visitas domiciliarias, invitaciones directas, se procede a seleccionar a los habitantes a ser promotores voluntarios (consultar Reglamento del Programa de Promotor Voluntario).
Elaboración de Expedientes.- Cada promotor deberá tener su expediente, se aprovechará para toma de foto para realizar gafete de identificación.
Reunión con los Candidatos a Promotores Voluntarios.- Se planea con el grupo la ceremonia de toma de protesta del cargo honorífico de promotor voluntario en Derechos Humanos.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DEYPS 002 PR. PROMOTORES VOLUNTARIOS
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN Y PARTICIPACIÓN SOCIAL
PR. PROMOTORES VOLUNTARIOSCeremonia de Toma de Protesta.- Se organizará la ceremonia en común acuerdo con los futuros promotores. En esta toma cada candidato a promotor recibirá su nombramiento honorífico como PROMOTOR DE DERECHOS HUMANOS. Entrega de placa de promotor voluntario que estará a la vista en la casa del promotor, el acto lo realiza la Presidenta de la CEDH.
Capacitación al Grupo de Promotores Voluntarios.- Una vez por semana el grupo de promotores recibirá la capacitación que le permita desempeñar su función como promotor de derechos humanos. La capacitación se compone de tres módulos, el primero es el relacionado a persona y comunidad, el segundo teoría de derechos humanos y funcionamiento de la CEDH y el último, derechos humanos de grupos específicos.
Promoción y Difusión de Programas Educativos por los Promotores Voluntarios.- Los promotores voluntarios deben de contar con material impreso que les permita difundir los derechos humanos en su comunidad, asimismo se calendarizará con ellos los programas que se podrán implementar en la comunidad que beneficien sobre todo a los grupos vulnerables. (cursos, talleres, cine debate infantil y juvenil etc..)
Seguimiento al Grupo de Promotores Voluntarios.- Esta acción se realizará a lo largo del tiempo y consistirá en visitas mensuales para conocer y evaluar el impacto de la función de los promotores en la colonia. Este seguimiento se realizará posterior a la capacitación y durante la implementación de los programas de la CEDH en la comunidad.
Reporte Mensual.- Se realiza un reporte mensual cuantitativo con las actividades realizadas durante el mes, así como las coordinaciones que se establecieron.
Reporte Anual.- Se realiza un reporte cuantitativo y cualitativo con las actividades realizadas durante los meses donde se incluye la dinámica grupal observada en el transcurso del programa.
XIII. DOCUMENTOS ASOCIADOS
Reglamento del Programa de Promotor Voluntario
IX. CONTROL DE REGISTRO
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
FOLIO DEYPS 002 PR. PROMOTORES VOLUNTARIOS
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DIRECCIÓN DE INFORMATICA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
PR.ACTUALIZACION DE INFORMACIÓN EN EL PORTAL DE INTERNET
I. OBJETIVO
Ser una herramienta de difusión de las actividades realizadas dentro de la CEDH.Proporcionar información actualizada de las distintas áreas que integran la CEDH. Dar cumplimiento a las obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información.
II. ALCANCE
Es importante tener una imagen institucional accesible e innovadora ante el público en general que consulta la página electrónica de la CEDH, ya que ésta se constituye en una herramienta para la adecuada transparencia de las actividades de la institución y la rendición de cuentas.
III. DEFINICIONES
Poner el Glosario de palabras o lenguaje técnico de los procedimientos de la dirección para mayor entendimiento del lector.
Comisión estatal de Derechos Humanos.Dirección de Informática.Coordinaciones del área.PÁGINA (ó Sistema que se utiliza.)
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V.PROCESOS INTERRELACIONADOS
En caso de tener procedimientos interrelacionados con el propio de la dirección, favor de especificarlos, de no contar con relación alguna solo se pone no aplica.
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) Todo personal responsable de distribuir la información de las distintas áreas de la
CEDH
Información a actualizar Información actualizada y
publicada
Público en general
FOLIO DI 001 PR. ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN EN EL PORTAL DE INTERNET
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VI. DIAGRAMA DE FLUJO
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DI 001 PR. ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN EN EL PORTAL DE INTERNET
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
VII. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Envío de solicitud de actualización por correo electrónico. El proceso de actualización de información en el portal de internet, inicia con el envío de la solicitud de actualización mediante correo electrónico, por el responsable del área de dicha información, la cual debe estar previamente autorizada para su publicación (por quién debe de ser autorizada y ponerla dentro del procedimiento).
Descargar Archivos. Cuando se recibe la solicitud en informática, se identifica el tipo de actualización para realizar las ediciones correspondientes a la misa, las cuales van desde simplemente convertir un archivo WORD o EXCEL a PDF y subirlo al servidor donde está alojada la página, o bien, realizar un banner para difusión de eventos, o insertar información en la base de datos para mostrar resoluciones.
Editar Archivos. Describir procedimiento o lineamiento de solicitud.
Actualizar la Información. Dependiendo del tipo de actualización, es el tiempo en que se termina, pudiendo ser de 5 minutos (boletines de prensa, monitoreo de medios…), hasta un par de días (como en el caso de la actualización de resultados de programas). También dependiendo de la conexión que se tenga al servidor por el proveedor de servicio de alojamiento e internet.
Envío de correo electrónico de confirmación de actualización terminada. Al terminar la actualización, se informa mediante correo electrónico a la persona quien envió la solicitud que su petición ya fue terminada.
VIII. DOCUMENTOS ASOCIADOS
Hacer referencia de manuales que sustentan el procedimiento.
IX. CONTROL DE REGISTRO
Se puede utilizar el propio correo electrónico como registro de control de trabajo.
FOLIO DI 001 PR. ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN EN EL PORTAL DE INTERNET
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PROCEDIMIENTO DE SOPORTE TÉCNICO
I. OBJETIVOMantener un control detallado de cada uno de los equipos (de cómputo, sistema de redes e internet y telefonía) asignados dentro de la CEDHNL mediante un mantenimiento periódico y la realización de actualizaciones necesarias.
II. ALCANCE
Dada la importancia de la adecuada conservación de la información que se genera en la CEDH a través de los equipos electrónicos, necesaria para el cumplimiento oportuno de las obligaciones institucionales de transparencia, acceso a la información y rendición de cuentas, este Programa se realiza con la finalidad de tener una óptima administración de los equipos de la CEDH, ya que éstos requieren un constante mantenimiento que ayudará a que tengan un mejor funcionamiento.
III. DEFINICIONES
IV. ENFOQUE DE PROCESO
CEDH Siglas Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.
Áreas Distintos departamentos o divisiones que están en relación directa con las funciones que realiza la institución a fin de lograr sus objetivos.
Información Conjunto de datos que se da a conocer en base a su contenido.
Actualizar / Actualización / Mantenimiento
Poner al día, adaptar al momento presente o modernizar lo que ha quedado obsoleto.
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) · Todo personal
con equipo de cómputo dentro de la CEDH.
· Equipos electrónicos (sistema de redes, internet y telefonía) proporcionados por proveedores.
Equipos (de cómputo, sistema de redes e internet y telefonía)
Mantenimiento y actualización
Personal de la CEDH
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DI 002 PR. SOPORTE TECNICO
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
No aplica.
VI. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Enviar solicitud de petición de servicio. La persona envía una solicitud de petición de servicio (vía correo electrónico o por teléfono), describiendo la falla.
Asignación de solicitud. Dependiendo del asunto de la solicitud, el personal del área de Informática identifica el tipo de servicio a realizar y se asigna a la persona responsable de realizarlo, determinando el tiempo que le va a llevar realizarlo y se notifica al emisor.
Confirmación de actualización terminada. Al terminar la actualización, se informa (por correo electrónico o teléfono) a la persona quien envió la solicitud que su petición ya fue terminada.
Registro de servicio. Se registra servicio en documento de control interno del área de informática para llevar registro de mantenimientos a equipos.
VII. DIAGRAMA DE FLUJO
FOLIO DI 002 PR. SOPORTE TECNICO
INICIO
Petición de solicitud de servicio
Evaluación de la solicitud de servicio
Asignación de recurso de informática que dará seguimiento
Comunicar al emisor el tiempo de entrega
Fin del proceso
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VIII.DOCUMENTOS ASOCIADOS
Facultades y Responsabilidades establecidas para la Dirección de Informática, contenidas en el Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León.
Plan Estratégico Institucional. Programa Operativo Anual.
II.CONTROL DE REGISTRO
El control de trabajo es por correo electrónico, personal y bitácora de mantenimiento a equipos.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DI 002 PR. SOPORTE TECNICO
DIRECCIÓN DE ORIENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE QUEJAS
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
PROCEDIMIENTO DE RECEPCIÓN DE USUARIO
I. OBJETIVO
El objetivo del presente procedimiento, es el de facilitar al usuario el acceso a los servicios que brinda la Comisión Estatal de Derechos Humanos, siempre tomando en cuenta las necesidades que presenta.
II. ALCANCE
El presente procedimiento se aplica a todo aquel usuario que acude a solicitar atención de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
III. DEFINICIONES
Comisión Estatal de Derechos Humanos: Organismo público descentralizado, autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos consagrados en el orden jurídico vigente.
Dirección de Orientación y Recepción de Quejas: Dirección de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la cual tiene como funciones; la recepción, el registro, la orientación y la atención de las personas que acuden a la Institución.
Usuario: Persona que acude a solicitar los servicios o atención por parte de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Servidor Público: Persona que desempeña funciones en un organismo público de los diferentes niveles de gobierno, que acude, comparece o bien solicita la atención por parte de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Autoridad: Órgano de Gobierno que dirige, controla y administra las Instituciones por las que se ejerce el poder del Estado.
SAQ: Es una herramienta informática que integra de forma eficaz y amigable el seguimiento de las quejas que se gestionan en el Organismo, desde su recepción, hasta la resolución de las mismas. Proporciona al personal de la CEDH información histórica almacenada dentro del sistema, necesaria para la presentación de resultados.
CEDHNL: Abreviatura de Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Nuevo León.
Gafete: Tarjeta de identificación que se entrega al usuario después de su registro en el SAQ y que procede al ingreso de las instalaciones como usuario visitante.
FOLIO DOYRQ 001 PR. RECEPCIÓN DE USUARIO
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NMOO
SC
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IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
No aplica.
Usuario.
Dirección de Orientación
y Recepción de Quejas.
Área de la CEDHNL correspondiente.
Registro en el SAQ.
Entrega de gafete de visitante.
Canalización al área que
corresponde.
Arribo a CEDHNL.
Identificación de la persona o
servidor público.
Fin.
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s)
Dirección de Orientación y Recepción de
Quejas.
Arribo del usuario a la Institución.
Orientación de la persona al área correspondiente.
Todos los usuarios que arriban a la CEDHNL.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DOYRQ 001 PR. RECEPCIÓN DE USUARIO
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
VI. DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTO
Arribo de Usuario: Entra el usuario al área de recepción y establece contacto con la persona del módulo de recepción y externa brevemente el motivo de su visita.
Identificación de la persona o servidor público: Se solicita a la persona la información necesaria para el llenado del registro respectivo, el cual tiene el objetivo llevar un control de acceso a los servicios que brinda la CEDHNL.
Registro en el SAQ: La persona del módulo captura el motivo de la visita para determinar el área apropiada para la adecuada atención del usuario.
Entrega de gafete de visitante: Ya identificada la persona, se le entrega el gafete de visitante, el cual se le pide que lo porte para su identificación dentro del edificio.
Canalización al área que corresponde: Se remite a la persona al área a visitar y se le pone en contacto con el funcionario que lo atenderá.
II. DOCUMENTOS ASOCIADOS
Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos.Reglamento interno de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Nuevo León.Manual del Sistema del usuario SAQ (electrónico).
III. CONTROL DE REGISTRO
Registro en el SAQ (electrónico).
FOLIO DOYRQ 001 PR. RECEPCIÓN DE USUARIO
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PROCEDIMIENTO DE RECEPCIÓN DE QUEJAS
I. OBJETIVO
Conocer de quejas relacionadas con presuntas violaciones a los Derechos Humanos, cuando estas fueran imputadas únicamente a autoridades y servidores públicos de carácter Municipal y Estatal, con excepción de los del Poder Judicial.
II. ALCANCE
Toda persona que solicite los servicios de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.
III. DEFINICIONES
Comisión Estatal de Derechos Humanos: Organismo público descentralizado, autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos consagrados en el orden jurídico vigente.
Dirección de Orientación y Recepción de Quejas: Dirección de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la cual tiene como responsabilidad; la recepción, el registro, la orientación y la atención de las personas que acuden a la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.
Usuario: Persona que acude a solicitar los servicios o atención por parte de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Servidor Público: Persona que labora en un organismo público y solicita la atención por parte de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Autoridad: Órgano de Gobierno que dirige, controla y administra las Instituciones por las que se ejerce el poder del Estado.
SAQ: Es una herramienta informática que integra de forma eficaz y amigable el seguimiento de las quejas que se gestionan en el organismo, desde su recepción, hasta la resolución de las mismas. Proporciona al personal de la CEDH información histórica almacenada dentro del sistema, necesaria para la presentación de resultados.
Queja o Denuncia: Planteamiento formal a través del cual se oficializa la solicitud de atención del caso ante una presunta violación a Derechos Humanos.
CEDHNL: Abreviatura de Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Nuevo León.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DOYRQ 002 PR. RECEPCIÓN DE QUEJAS
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Gafete: Tarjeta de identificación que se entrega al usuario después de su registro en el SAQ y que procede al ingreso de las instalaciones como usuario visitante.
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Procedimiento de Recepción del Usuario.Procedimiento de las Visitadurías.
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s)
Dirección de Orientación y Recepción de
Quejas.
Solicitud de planteamiento de queja o denuncia
por presuntas violaciones a los
derechos humanos.
Remisión a las Visitadurías
Generales de este organismo o al
competente en su caso.
Toda persona que solicita los servicios de la
CEDHNL.
FOLIO DOYRQ 002 PR. RECEPCIÓN DE QUEJAS
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VI. DIAGRAMA DE FLUJO
Usuario.
Dirección de Orientación
y Recepción de Quejas.
Personal de la Dirección.
Director del Área.
Visitadurías.
Recepción de usuario.
Registro en el
SAQ.
Entrega de gafete.
Asignación de abogado de la
Dirección en
el SAQ.
Levantamiento de
la queja o denuncia.
Revisión de
la queja o
denuncia.
Calificación previa de la
queja o denuncia.
Remisión de
la
queja
o denuncia.
Firma de la queja o
denuncia por parte de los
involucrados
FIN
Práctica
de las
primeras diligencias
(Inspecciones, dictamen médico,
entrevistas con afectados, etc.)
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DOYRQ 002 PR. RECEPCIÓN DE QUEJAS
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Recepción de usuario: Entra el usuario al área de recepción y establece contacto con la persona del módulo de recepción y externa la solicitud de planteamiento de queja o denuncia por presuntas violaciones a los Derechos Humanos.Registro en el SAQ: Se solicita a la persona la información necesaria para el llenado del registro respectivo, el cual tiene el objetivo llevar un control de acceso a los servicios que brinda la CEDHNL.Entrega de gafete: Ya identificada la persona, se le entrega el gafete de visitante, el cual se le pide que lo porte para su identificación dentro del edificio.Asignación de abogado de la Dirección en el SAQ: La Dirección asigna el abogado para su atención y se captura en el sistema. Levantamiento de la queja o denuncia: Se realiza comparecencia a través de la cual el usuario determina la situación que guarda el caso, detallando el objeto por el cual considera que sus derechos humanos presuntamente fueron violentados.Revisión de la queja o denuncia: El director del área revisa el escrito o la comparecencia levantada por el abogado que atiende.Firma de la queja o denuncia por parte de los involucrados: Se firma la queja o denuncia por parte del usuario y del abogado que la levantó, después de realizar la lectura respectiva del documento.Práctica de las primeras diligencias: Acciones preliminares que permiten dar soporte y robustecer los presuntos actos de violaciones a derechos humanos (Inspecciones, dictamen médico, entrevistas con afectados, etc.).Calificación previa de la queja o denuncia: El Director de Orientación y Recepción de Quejas emite una calificación previa de la misma.Remisión de la queja o denuncia: Se envía el expediente a las Visitadurías o bien al Organismo que corresponda la competencia (Comisión Nacional de los Derechos Humanos u organismos defensores de los derechos humanos de otras entidades federativas); así mismo se registra la información en el SAQ.
VIII DOCUMENTOS ASOCIADOS
Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.Normatividad Jurídica Vigente
IX CONTROL DE REGISTRO
SAQ.Diarios de registro de expedientes.
FOLIO DOYRQ 002 PR. RECEPCIÓN DE QUEJAS
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PROCEDIMIENTO DE ORIENTACIÓN PRESENCIAL
I. OBJETIVO
Brindar el servicio de orientación al usuario a través del diálogo directo, ofreciendo atención personalizada en base a la situación que presenta y las alternativas de solución al caso.
II. ALCANCE
Todos los usuarios que acuden a solicitar el servicio de orientación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
III. DEFINICIONES
Comisión Estatal de Derechos Humanos: Organismo público descentralizado, autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos consagrados en el orden jurídico vigente.
Dirección de Orientación y Recepción de Quejas: Dirección de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la cual tiene como responsabilidad; la recepción, el registro, la orientación y la atención de las personas que acuden a la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.
Usuario: Persona que acude a solicitar los servicios o atención por parte de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Orientación Presencial: Servicio que se brinda en la CEDHNL para atender la problemática que manifiestan los usuarios, a través del contacto personal aportando opciones de solución y acciones encaminadas a dar respuesta a las necesidades que presentan.
SAQ: Es una herramienta informática que integra de forma eficaz y amigable el seguimiento de las quejas que se gestionan en el Organismo, desde su recepción, hasta la resolución de las mismas. Proporciona al personal de la CEDH información histórica almacenada dentro del sistema, necesaria para la presentación de resultados.
CEDHNL: Abreviatura de Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Nuevo León.
Gafete: Tarjeta de identificación que se entrega al usuario después de su registro en el SAQ y que procede al ingreso de las instalaciones como usuario visitante.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DOYRQ 003 PR. ORIENTACIÓN PRESENCIAL
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
No aplica.
Usuario. Dirección de Orientación
y Quejas.
Personal de la Dirección.
Director del Área.
Recepción de usuario.
Registro
en el SAQ.
Entrega de gafete.
Designación de
funcionario de la Dirección en
el SAQ.
Atención
de la problemática de la persona.
Consulta con el Director.
Orientación correspondiente.
FIN
Captura
de la
información en
el SAQ.
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) Dirección de Orientación y Recepción de
Quejas.
Solicitud de orientación a
través del módulo de recepción.
Emitiendo acciones y soluciones
encaminadas a la resolución de problemas.
Toda persona que acude a
solicitar orientación a las instalaciones de
la CEDHNL.
FOLIO DOYRQ 003 PR. ORIENTACIÓN PRESENCIAL
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VI. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Recepción de usuario: Entra el usuario al área de recepción y establece contacto con la persona del módulo de recepción y externa la solicitud de orientación.
Registro en el SAQ: Se solicita a la persona la información necesaria para el llenado del registro respectivo, el cual tiene el objetivo llevar un control de acceso a los servicios que brinda la CEDHNL.
Entrega de gafete: Ya identificada la persona, se le entrega el gafete de visitante, el cual se le pide que lo porte para su identificación dentro del edificio.
Designación de funcionario de la Dirección en el SAQ: Basándose en la naturaleza de la problemática presentada por el usuario, se asigna a un funcionario para su atención y se captura en el sistema.
Atención de la problemática de la persona: Al encontrarse la persona con el funcionario le relata el motivo de su visita, detallando la problemática que presenta; en el diálogo a través del cual se analizan las situaciones y posibles opciones de solución que requiere asumir el usuario para resolver su caso.
Consulta con el Director: Se presenta la situación del caso que manifiesta el usuario y se recibe la asesoría correspondiente por parte del responsable del área.
Orientación correspondiente: Se explica de forma clara y precisa los aspectos generales de la problemática y sus posibles soluciones, después de haber analizado detenidamente el caso, lo cual da una respuesta integral a la orientación solicitada por el usuario.
Captura de la información en el SAQ: Terminada la atención brindada al usuario, se captura en el sistema la información generada durante el proceso de orientación presencial, para tener antecedentes que permitan conocer los asuntos que atiende el organismo y en base a ello mejorar la calidad del servicio.
VIII DOCUMENTOS ASOCIADOS
· Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.· Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.· Directorio Institucional.
IX CONTROL DE REGISTRO
· SAQ.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DOYRQ 003 PR. ORIENTACIÓN PRESENCIAL
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE GESTIÓN
I. OBJETIVO
Ser el vínculo entre los usuarios y las instancias que pueden brindar los apoyos requeridos que den respuesta a las necesidades que presentan las personas que solicitan el servicio.
II. ALCANCE
Todas las personas que presenten solicitud de gestión.
III. DEFINICIONES
Comisión Estatal de Derechos Humanos: Organismo público descentralizado, autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos consagrados en el orden jurídico vigente.
Dirección de Orientación y Recepción de Quejas: Dirección de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la cual tiene como responsabilidad; la recepción, el registro, la orientación y la atención de las personas que acuden a la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.
Usuario: Persona que acude a solicitar los servicios o atención por parte de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Solicitud de Gestión: Servicio que se brinda por parte de la CEDHNL para atender la problemática respectiva, a través de la vinculación con las instancias correspondientes que den repuesta a las necesidades que presentan los usuarios.
SAQ: Es una herramienta informática que integra de forma eficaz y amigable el seguimiento de las quejas que se gestionan en el Organismo, desde su recepción, hasta la resolución de las mismas. Proporciona al personal de la CEDH información histórica almacenada dentro del sistema, necesaria para la presentación de resultados.
CEDHNL: Abreviatura de Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Nuevo León.
FOLIO DOYRQ 004 PR. SOLICITUD DE GESTIÓN
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IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Procedimiento de Orientación.
Usuario.
Dirección de Orientación
y Recepción
de
Quejas.
Personal de la Dirección.
Director del Área.
Instancia
Indicada.
El usuario se pone en contacto con la
CEDHNL.
Escucha
de
la problemática del usuario.
Levantamiento de
comparecencia al usuario.
Asignación del
funcionario que atiende el asunto.
La CEDHNL solicita el
cumplimiento de la solicitud.
Envío
a la instancia
correspondiente.
Recibe notificación de
solución prestada por la
instancia.
Emisión del acuerdo.
Elaboración y anexo del
oficio de solicitud de
gestión.
CEDHNL constata el
cumplimiento de la
solicitud.
Elaboración del
acuerdo de conclusión y alta
en el SAQ.
SI
NO
SI
NO
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s)
Dirección de Orientación
y Recepción
de Quejas
Persona que presenta solicitud
de gestión por parte
de la CEDHNL.
Diligencias a las instancias
correspondientes.
Toda persona que acuda a la
CEDHNL.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DOYRQ 004 PR. SOLICITUD DE GESTIÓN
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
VI. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
El usuario se pone en contacto con la CEDHNL.- El usuario solicita la intervención por parte de la CEDHNL y presenta la problemática a atender.Escucha de la problemática del usuario.- Se establece un diálogo abierto con el usuario con la finalidad de establecer la problemática por la cual solicita la intervención de la CEDHNL.Asignación del funcionario que atiende el asunto.- Se informa al director sobre la problemática planteada por el usuario con el fin de que determine el funcionario asignado para atender el caso.Levantamiento de comparecencia al usuario.- Se elabora el documento donde se da por asentada la comparecencia del usuario así como la solicitud de intervención que específicamente solicita de acuerdo a la problemática que presenta.Emisión del acuerdo.- Se elabora el documento donde se acuerda la solicitud de intervención planteada por el usuario, registrándose el asunto con un número de expediente en el diario respectivo. Elaboración y anexo de oficio de solicitud de gestión.- Se elabora oficio mediante el cual se solicita a la instancia correspondiente la atención a la problemática del usuario.Envío a la instancia correspondiente.- Se envía a la instancia correspondiente el oficio que contiene la solicitud de gestión.La CEDHNL recibe notificación de solución prestada por la instancia.- Si la instancia da solución a la gestión solicitada emite la notificación respectiva para informar el seguimiento de la misma a la CEDHNL.La CEDHNL solicita el cumplimiento de la solicitud.- En caso de que la instancia no informe sobre el seguimiento dado a la solicitud de gestión la CEDHNL deberá dar seguimiento para que se cumpla la misma, enviando para tal efecto el oficio recordatorio correspondiente.Elaboración del acuerdo de conclusión y se da de alta en el SAQ.- Se elabora el acuerdo de conclusión del caso después de conocer el resultado de la gestión realizada, así mismo, se captura en el SAQ la información generada durante el proceso de Solicitud de Gestión para tener antecedentes que permitan conocer los asuntos que atiende el organismo y en base a ello mejorar la calidad del servicio.
VIII. DOCUMENTOS ASOCIADOS
Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.Normatividad Jurídica VigenteComparecenciaAcuerdoOficio de solicitud de gestiónAcuerdo de conclusión
IX. CONTROL DE REGISTRO
SAQ.Diario de Registro.
FOLIO DOYRQ 004 PR. SOLICITUD DE GESTIÓN
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PROCEDIMIENTO DE CANALIZACIÓN
I. OBJETIVO
Dirigir al usuario para que acuda a las instancias que favorezcan la solución esperada de acuerdo al caso que manifestó, a través del contacto previo que se establece para presentar el asunto en cuestión.
II. ALCANCE
Todos los usuarios que acuden a solicitar el servicio de orientación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
III. DEFINICIONES
Comisión Estatal de Derechos Humanos: Organismo público descentralizado, autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos consagrados en el orden jurídico vigente.
Dirección de Orientación y Recepción de Quejas: Dirección de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la cual tiene como responsabilidad; la recepción, el registro, la orientación y la atención de las personas que acuden a la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.
Usuario: Persona que acude a solicitar los servicios o atención por parte de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Canalización: Servicio que se brinda en la CEDHNL para atender la problemática que manifiestan los usuarios, a través del contacto previo con la instancia correspondiente a la cual se le da a conocer de manera formal la situación que guarda el caso por medio del oficio indicado.
SAQ: Es una herramienta informática que integra de forma eficaz y amigable el seguimiento de las quejas que se gestionan en el Organismo, desde su recepción, hasta la resolución de las mismas. Proporciona al personal de la CEDH información histórica almacenada dentro del sistema, necesaria para la presentación de resultados.
CEDHNL: Abreviatura de Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Nuevo León.
Oficio: Escrito oficial mediante el cual la CEDHNL solicita el apoyo de otras instancias para favorecer que el usuario encuentre solución a su problemática, la cual puede proporcionar la instancia a la cual se le dirige.
Gafete: Tarjeta de identificación que se entrega al usuario después de su registro en el SAQ y que procede al ingreso de las instalaciones como usuario visitante.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DOYRQ 005 PR. DE CANALIZACIÓN
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Procedimiento de Recepción de Usuario y Orientación.
Usuario.
Dirección de Orientación y Recepción de Quejas.
Personal de la Dirección.
Director del Área.
Recepción de usuario.
Registro en el
SAQ.
Entrega de gafete.
Designación de funcionario
en
el SAQ.
Atención de
la problemática de la persona.
Consulta con el Director.
Emisión del
oficio al organismo o
institución que corresponda.
Entrega
de
oficio al usuario.
FIN
Solución del asunto.
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) Dirección de Orientación y Recepción de
Quejas
Requerimiento de solicitud de
canalización por parte del usuario
Oficio de canalización al
usuario.
Todas las personas que solicitan ser canalizadas.
FOLIO DOYRQ 005 PR. DE CANALIZACIÓN
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VI.DESCRIPCION DE PROCEDIMIENTO
Recepción de Usuario: Entra el usuario al área de recepción y establece contacto con la persona del módulo de recepción y externa su solicitud.
Registro en el SAQ: Se solicita a la persona la información necesaria para el llenado del registro respectivo, el cual tiene el objetivo llevar un control de acceso a los servicios que brinda la CEDHNL.
Entrega de gafete: Ya identificada la persona, se le entrega el gafete de visitante, el cual se le pide que lo porte para su identificación dentro del edificio.
Designación de funcionario de la Dirección en el SAQ: Basándose en la índole de la problemática presentada por el usuario, se asigna al funcionario para su atención y se captura en el sistema.
Atención de la problemática de la persona: Al encontrarse la persona con el funcionario le relata el motivo de su visita, detallando la problemática que presenta y se inicia el diálogo a través del cual se analizan las situaciones y posibles opciones de solución que requiere asumir el usuario para resolver su caso.
Consulta con el Director: Se presenta la situación del caso que manifiesta el usuario y se recibe la asesoría correspondiente por parte del responsable del área.
Solución del asunto: Se le plantea al usuario la posibilidad de ser canalizado con el fin de dar respuesta a su problemática.
Emisión del oficio al organismo o institución que corresponda. Se redacta el documento que da forma al oficio mediante el cual se formaliza la canalización indicada.
Entrega de oficio al usuario: Una vez redactado el oficio este se entrega al usuario para su recepción formal, con el fin de que pueda tener la referencia con el responsable de la instancia correspondiente; de esta forma se registra en el SAQ la información generada durante la atención al asunto.
VII DOCUMENTOS ASOCIADOS
Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.Directorio Institucional.
VII CONTROL DE REGISTRO
· SAQ.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DOYRQ 005 PR. DE CANALIZACIÓN
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
PROCEDIMIENTO ORIENTACIÓN TELEFÓNICA
I. OBJETIVOBrindar el servicio de orientación a través del contacto telefónico con el usuario, ofreciendo atención oportuna en base a la situación que presenta, así como las alternativas de solución.
II. ALCANCETodos los usuarios que soliciten el servicio de orientación vía telefónica.
III. DEFINICIONES
Comisión Estatal de Derechos Humanos: Organismo público descentralizado, autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos consagrados en el orden jurídico vigente.
Dirección de Orientación y Recepción de Quejas: Dirección de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la cual tiene como responsabilidad; la recepción, el registro, la orientación y la atención de las personas que acuden a la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.
Usuario: Persona que se contacta por teléfono para solicitar los servicios o atención por parte de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Orientación Telefónica: Servicio que se brinda en la CEDHNL para atender la problemática que manifiestan los usuarios, aportando opciones de solución y acciones encaminadas a dar respuesta a las necesidades que presentan.
SAQ: Es una herramienta informática que integra de forma eficaz y amigable el seguimiento de las quejas que se gestionan en el Organismo, desde su recepción, hasta la resolución de las mismas. Proporciona al personal de la CEDH información histórica almacenada dentro del sistema, necesaria para la presentación de resultados.
CEDHNL: Abreviatura de Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Nuevo León.
IV. ENFOQUE DE PROCESO
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) Dirección de Orientación y Recepción de
Quejas.
Llamadas telefónicas por
parte de usuarios.
Emitiendo acciones y soluciones
encaminadas a la resolución de problemas.
Todo usuario que solicite
orientación vía telefónica.
FOLIO DOYRQ 006 PR. ORIENTACIÓN TELEFONICA
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No aplica.
VI. DIAGRAMA DE FLUJO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Usuario. Dirección de Orientación y Recepción de Quejas.
Llamada telefónica por parte del usuario.
Escucha de la problemática de la
persona.
¿Procede?
Orientación o canalización a la
persona al organismo o institución
correspondiente.
Valoración del caso y se brinda la orientación respectiva.
Conclusión de la
intervención
Acude el usuario a la CEDHNL para
brindar apoyo personalizado.
Fin.
Si
Si
No No
No
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DOYRQ 006 PR. ORIENTACIÓN TELEFONICA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
VII.DESCRIPCION DE PROCEDIMIENTOS
Llamada telefónica por parte del usuario: El usuario se contacta vía telefónica y es atendido por personal de la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas.
Escucha de la problemática de la persona: Atiende la llamada un funcionario de la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas, la persona detalla la situación que presenta.
Orientación o canalización a la persona al organismo o institución correspondiente: Una vez analizada la problemática y detectando que la persona puede recibir apoyo en otros organismos e instituciones, se le informa los datos de identificación respectivos.
Valoración del caso y se brinda la orientación respectiva: A través de la intervención profesional, se plantean las perspectivas que presenta el caso, analizando en conjunto con el usuario la ubicación de las problemáticas se brindan las opciones de solución.
Acude el usuario a la CEDHNL para brindar apoyo personalizado: Una vez que se atendió a la persona vía telefónica y se consideró necesaria su visita a las instalaciones de esta institución, se le invita para que acuda a recibir el apoyo y el seguimiento necesario en su caso; toda la información generada se registra en el SAQ.
VIII. DOCUMENTOS ASOCIADOS
Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.Directorio Institucional.
IX. CONTROL DE REGISTRO
SAQ.
FOLIO DOYRQ 006 PR. ORIENTACIÓN TELEFONICA
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PROCEDIMIENTO DE GESTORÍA
I. OBJETIVOProveer a las personas que demanden el servicio institucional, acompañamiento a través de la intervención psicológica/terapéutica con el fin de favorecer el ejercicio de sus Derechos Humanos, complementada con la función de escucha, información, consejería, orientación legal, psicológica y social.
II. ALCANCETodas las personas que soliciten el servicio de gestoría.
III. DEFINICIONES
Comisión Estatal de Derechos Humanos: Organismo público descentralizado, autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos consagrados en el orden jurídico vigente.
Dirección de Orientación y Recepción de Quejas: Dirección de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la cual tiene como responsabilidad; la recepción, el registro, la orientación y la atención de las personas que acuden a la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.
Usuario: Persona que acude a solicitar los servicios o atención por parte de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Gestoría: Servicio que se brinda por parte de la CEDHNL para atender la problemática respectiva, a través de las diligencias que se realizan en conjunto con el usuario, con el fin de lograr los beneficios de manera directa que permitan atender las necesidades presentes en el caso.
·SAQ: Es una herramienta informática que integra de forma eficaz y amigable el seguimiento de las quejas que se gestionan en el Organismo, desde su recepción, hasta la resolución de las mismas. Proporciona al personal de la CEDH información histórica almacenada dentro del sistema, necesaria para la presentación de resultados.
·CEDHNL: Abreviatura de Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Nuevo León.
IV. ENFOQUE DE PROCESO
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) Dirección
de Orientación
y Recepción
de Quejas
Persona que solicita el servicio de gestoría por
parte
de la CEDHNL.
Diligencias a las instancias
correspondientes.
Toda persona que acuda a la
CEDHNL.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DOYRQ 007 PR. GESTORÍA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Procedimiento de Orientación.
VI. DIAGRAMA DE FLUJO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Usuario.
Dirección de Orientación y Recepción de Quejas.
Personal de la Dirección.
Director del Área.
Instancia Indicada.
El usuario se contacta con la CEDHNL.
Escucha de la problemática del usuario.
Gestión de apoyo para el
usuario.
Asignación de funcionario que
atiende el asunto.
Captura de la información en el SAQ.
FIN Apoyo
NO
Interno
Canalización del usuario para recibir
apoyo.
Atiende funcionario CEDHNL.
Externo
FOLIO DOYRQ 007 PR. GESTORÍA
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E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
NMOO
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VII. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
El usuario se pone en contacto con la CEDHNL.- El usuario solicita la intervención por parte de la CEDHNL y presenta la problemática a atender.
Escucha de la problemática del usuario.- Se establece un diálogo abierto con el usuario con el fin de que existan las condiciones para que presente de manera clara el objetivo por el cual solicita los servicios a la CEDHNL.
Asignación de funcionario que atiende el asunto.- Se informa al director sobre el servicio solicitado por el usuario con el fin de que determine el funcionario del área que atenderá el caso.
Gestión de apoyo para el ciudadano.- Se atiende al usuario proporcionando los servicios de escucha, información, consejería, orientación legal, psicológica y social o en su defecto se realizan las diligencias correspondientes para poner en contacto al ciudadano con la instancia correspondiente dialogando con la persona indicada para dar respuesta al caso presentado.
Atención de funcionario de la CEDHNL.- Se otorga el apoyo al usuario de forma oportuna brindando el servicio solicitado en la CEDHNL.
Canalización del usuario para recibir apoyo.- Teniendo conocimiento de la problemática presentada por el usuario y estando fuera del alcance de esta institución se realizan los enlaces y vía oficio se canaliza al usuario con el fin de encontrar respuesta a sus necesidades.
Captura de la información en el SAQ: Terminada la atención brindada al usuario, se captura en el sistema la información generada durante el proceso de Gestoría para tener antecedentes que permitan conocer los asuntos que atiende el organismo y en base a ello mejorar calidad del servicio.
VIII. DOCUMENTOS ASOCIADOS
Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.Directorio Institucional.Oficio de canalización
IX. DOCUMENTOS ASOCIADOS
SAQ.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DOYRQ 007 PR. GESTORÍA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN INTEGRAL A VÍCTIMAS
I. OBJETIVO
En este contexto la CEDHNL, a través de este programa tiene como objetivo ofrecer a las víctimas de los delitos y del abuso del poder, en especial a las víctimas inocentes del combate al crimen organizado, un sistema integral de apoyo, con el fin de favorecer el pleno ejercicio de sus derechos humanos, para que la víctima u ofendido pueda encontrar soluciones a corto y mediano plazo, y así lograr que la cultura de respeto a los derechos humanos de manera efectiva forme parte del diario vivir de nuestra sociedad.
II. ALCANCE
Toda persona que requiera de los servicios que brinda la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León y presenta condiciones que favorecen su situación de víctima.
III. DEFINCIONES
Comisión Estatal de Derechos Humanos: Organismo público descentralizado, autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos consagrados en el orden jurídico vigente.
Dirección de Orientación y Recepción de Quejas: Dirección de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la cual tiene como responsabilidad; la recepción, el registro, la orientación y la atención de las personas que acuden a la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.
Usuario: Persona que requiere los servicios o atención por parte de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
SAQ: Es una herramienta informática que integra de forma eficaz y amigable el seguimiento de las quejas que se gestionan en el Organismo, desde su recepción, hasta la resolución de las mismas. Proporciona al personal de la CEDH información histórica almacenada dentro del sistema, necesaria para la presentación de resultados.
·CEDHNL: Abreviatura de Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Nuevo León.
·Víctima: Persona que individual o colectivamente, haya sufrido daños, inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo sustancial de los derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que violen la legislación penal vigente, incluida la que proscribe el abuso de poder.
Gafete: Tarjeta de identificación que se entrega al usuario después de su registro en el SAQ y que procede al ingreso de las instalaciones como usuario visitante.
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IV. ENFOQUE DE PROCESOS
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Procedimiento de Recepción del Usuario.
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) Dirección de Orientación y Recepción de
Quejas.
Solicitud de planteamiento de queja o denuncia
por presuntas violaciones a los
derechos humanos.
Remisión a las Visitadurías
Generales de este organismo o al
competente en su caso.
Toda persona que solicita los servicios de la
CEDHNL.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DOYRQ 008 PR. ATENCIÓN INTEGRAL A VICTÍMAS
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
VI. DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTO
Recepción de usuario: Entra el usuario al área de recepción y establece contacto con la persona del módulo de recepción y externa la solicitud de planteamiento de queja o denuncia por presuntas violaciones a los Derechos Humanos.Captura de información en el SAQ: Se solicita a la persona la información necesaria para el llenado del registro respectivo, el cual tiene el objetivo llevar un control de acceso a los servicios que brinda la CEDHNL.Entrega del gafete: Ya identificada la persona, se le entrega el gafete de visitante, el cual se le pide que lo porte para su identificación dentro del edificio.Asignación de funcionario de la Dirección en el SAQ: Se asigna el funcionario para su atención y se captura en el sistema. Atención del usuario por parte del personal: Se realiza entrevista en la cual se determina la situación del usuario con el fin de detectar las acciones que se requiere atender de forma inmediata.Valoración del caso: En relación a la información proporcionada por el usuario se evalúa el caso y se sugieren las acciones prioritarias por atender.Aprueba evaluación del caso y decide el seguimiento: Se le informa al director sobre las acciones que se consideran pertinentes en el caso, este a su vez aprueba o decide la solución del caso.Exposición al usuario de las acciones a seguir: Se le comenta al usuario las posibilidades de solución a su problemática exponiéndole de forma detallada las acciones que favorecen la solución del caso.Canalización al usuario a otra instancia: En caso de estar de acuerdo con las recomendaciones emitidas se canaliza al usuario a la instancia correspondiente para la búsqueda de las soluciones en su caso.Atención de manera progresiva al usuario: Se brindan los servicios del Programa de Atención Integral a Victimas: Orientación, Acompañamiento y Gestiones de índole legal, médica, social, psicológica y/o emocional; registrando a su vez la información en el SAQ.
VIII. DOCUMENTOS ASOCIADOS
Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.Normatividad Jurídica VigenteDirectorio Institucional
IX. CONTROL DE REGISTRO
SAQ.Diario de Registro.
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PROCEDIMIENTO RECEPCIÓN Y ENTREGA DE CORRESPONDENCIA
I. OBJETIVO
Turnar la correspondencia recibida en las oficinas de la Comisión Estatal a los órganos correspondientes.
II. ALCANCE
Entrega de correspondencia a los diferentes órganos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
III. DEFINICIONES
Comisión Estatal de Derechos Humanos: Organismo público descentralizado, autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos consagrados en el orden jurídico vigente. ·Dirección de Orientación y Recepción de Quejas: Dirección de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la cual tiene como responsabilidad; la recepción, el registro, la orientación y la atención de las personas que acuden a la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.
Entrega de correspondencia: Es el acto mediante el cual se recibe el documento, oficio, mensajería, paquete u objeto, haciéndolo llegar al área correspondiente dentro del organismo.
Correspondencia: Todo aquel documento, oficio, mensajería, paquete u objeto que se hace llegar a un órgano de la Comisión Estatal de Derechos Humanos a través del módulo de recepción.
Diario de registro: medio por el cual se lleva el control de recepción y entrega de correspondencia.
CEDHNL: Abreviatura de Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Nuevo León.
SAQ: Es una herramienta informática que integra de forma eficaz y amigable el seguimiento de las quejas que se gestionan en el Organismo, desde su recepción, hasta la resolución de las mismas. Proporciona al personal de la CEDH información histórica almacenada dentro del sistema, necesaria para la presentación de resultados.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DOYRQ 009 PR. RECEPCIÓN Y ENTREGA DE CORRESPONDENCIA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
IV. ENFOQUE DE PROCESO
II. PROCESOS INTERRELACIONADOS
No aplica.
Usuario. Dirección de Orientación
y Recepción de Quejas.
Área de la CEDHNL Correspondiente.
Entrega de correspondencia a la CEDHNL.
Revisión de correspondencia.
¿Procede?
Recomendación de organismo
correspondiente.
Registro
en el diario.
Entrega
de correspondencia
al área.
Captura dentro del sistema de
recepción de correspondencia.
Fin.
Si
No
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) Dirección de Orientación y Recepción de
Quejas.
Entrega de correspondencia en el módulo de
recepción.
Entrega de correspondencia a los órganos de la
CEDHNL.
Todo el personal de la
CEDHNL.
FOLIO DOYRQ 009 PR. RECEPCIÓN Y ENTREGA DE CORRESPONDENCIA
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VII. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Entrega de correspondencia a la CEDHNL: Llega la persona a las instalaciones de la CEDHNL y hace entrega de correspondencia a la persona encargada del módulo de recepción.
Revisión de correspondencia: Se revisa visualmente la correspondencia recibida para verificar que este dirigida a la CEDHNL o sus áreas.
Recomendación de organismo correspondiente. Después de evidenciar que la correspondencia no corresponde al organismo, se orienta para ser entregada a donde se indica.
Registro en el Diario: El control de la correspondencia que se admite en el módulo de recepción, se ordena bajo los siguientes rubros:
Fecha y hora de entrega al modulo de recepción.Identificación de la correspondencia.Datos de quien remitenteDestinatario finalFirma de entrega a la persona de este organismo.
Entrega de correspondencia al área: Después de ser registrada la correspondencia, se acude a cada uno de los órganos a realizar la entrega respectiva registrando los datos de la persona quien recibe.
Captura dentro de sistema de recepción de correspondencia: Se registra por parte de las tres Visitadurías la correspondencia recibida, tanto en diarios como en el sistema SAQ.
VIII. DOCUMENTOS ASOCIADOS
Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.
Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.
IX. CONTROL DE REGISTRO
Diario de registro de correspondencia.
SAQ.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DOYRQ 009 PR. RECEPCIÓN Y ENTREGA DE CORRESPONDENCIA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
PROCEDIMIENTO DE SOLICITUDES DE BÚSQUEDA Y LOCALIZACIÓN DE DESAPARECIDOS
I. OBJETIVO
El objetivo es conocer y dar trámite a las solicitudes planteadas por familiares de personas desaparecidas, para propiciar que las diversas autoridades estatales y municipales relacionadas con la seguridad y la procuración de justicia, lleven a cabo acciones en el ámbito de su competencia, para la búsqueda y localización de personas desaparecidas, y que sus familias puedan conocer su paradero. Con el apoyo y la colaboración de los diversos Organismos de Defensa de los Derechos Humanos del país, lograr que dicha búsqueda y localización se realice a nivel nacional.
II. ALCANCE
Toda persona que tenga conocimiento del hecho, en especial los familiares de la persona desaparecida, que soliciten los servicios de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.
III. DEFINICIONES
·Comisión Estatal de Derechos Humanos: Organismo público descentralizado, autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos Humanos consagrados en el orden jurídico vigente.
·Dirección de Orientación y Recepción de Quejas: Dirección de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la cual tiene como responsabilidad; la recepción, el registro, la orientación y la atención de las personas que acuden a la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.
·Usuario: Persona que hace uso de los servicios que brinda la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
·Persona desaparecida: Persona cuya localización se desconoce por alguna razón.
·SAQ: Sistema de información interno, dentro del cual se captura toda la información de las personas que solicitan de los servicios de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
·Solicitudes de Búsqueda y Localización de Desaparecidos: Planteamiento formal a través del cual se oficializa la solicitud de gestiones para la búsqueda y localización de persona en condición de desaparecida.
·CEDHNL: Abreviatura de Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Nuevo León.
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IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS· Procedimiento de Recepción del Usuario.· Procedimiento de las Visitadurías Generales.
Usuario. Dirección de Orientación y
quejas.
Abogado de la Dirección. Director del Área.
Visitadurías
Recepción de usuario.
Se asigna abogado de la dirección bajo
el sistema.
Entrega de Gafete.
Captura de información
en el sistema.
Se levanta la Solicitud de gestión para
la búsqueda y localización de persona
desaparecida.
Emite acuerdo de apertura y
remisión a Visitadurias Generales.
Revisa la Solicitud de
gestión para la búsqueda y
localización de persona
desaparecida.
Se firma la Solicitud por parte de los involucrados
Se recibe expediente de solicitud de gestión
FIN
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) Dirección de Orientación y Recepción de
Quejas.
Solicitud de Búsqueda y
Localización de Desaparecidos por parte del usuario de la CEDHNL.
Admisión y apertura del
expediente de gestión, y su
remisión a las Visitadurias
Generales de la CEDHNL.
Toda persona que solicite los servicios de la
CEDHNL.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DOYRQ 010 PR. SOLICITUDES DE BÚSQUEDA Y LOCALIZACIÓN DE DESAPARECIDOS
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
VI. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
7.1. Recepción de Usuario: Entra el usuario al área de recepción y establece contacto con la persona del módulo de recepción y externa la solicitud de búsqueda y localización de persona desaparecida.
7.2 Se registra dentro del SAQ (Sistema de administración de quejas): Se solicita a la persona la información necesaria para el llenado del registro respectivo, el cual tiene el objetivo llevar un control de acceso a los servicios que brinda la CEDHNL.
7.3 Entrega de Gafete: Ya identificada la persona, se le entrega el gafete de visitante, el cual se le pide que lo porte para su identificación dentro del edificio.
7.4 Se asigna abogado de la Dirección bajo el SAQ: Se captura en el sistema el nombre del abogado asignado para la atención del usuario.
7.5 Se levanta la Solicitud de gestión para la búsqueda y localización de persona desaparecida: Se levanta el acta de la diligencia formal, a través de la cual el usuario solicita a la CEDHNL realice las acciones necesarias para la búsqueda y localización de persona desaparecida.
7.6 Revisión de Solicitud de gestión: El Director del área revisa la diligencia levantada por el abogado adscrito a la Dirección.
7.7 Se firma la solicitud por parte de los involucrados: Se firma la solicitud de gestión por parte del usuario y abogado que la levanto después de realizar la lectura respectiva del documento.
7.8 Se emite acuerdo de trámite: Se acuerda su admisión y apertura del expediente de gestión, y su remisión a las Visitadurias Generales de la CEDHNL, para la substanciación del procedimiento respectivo.
VII. DOCUMENTOS ASOCIADOS
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León.Tratados internacionales de los que sea parte el Estado Mexicano.Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.Directorio Institucional.
VIII. CONTROL DE REGISTRO
·Sistema SAQ.
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PROCEDIMIENTO VISITA A HOSPITALES
I. OBJETIVO
Con el objetivo de propiciar el acercamiento de los usuarios del Sector Salud con la CEDHNL, y favorecer las condiciones de intervención que incidan en la obtención de una atención médica oportuna y de calidad, necesarias para el pleno goce del derecho al nivel más alto posible a la salud, el Organismo en colaboración con la Secretaría de Salud, realiza visitas de manera rutinaria al Hospital Metropolitano “Dr. Bernardo Sepúlveda” y al Hospital Materno Infantil de Alta Especialidad.
II. ALCANCE
Toda persona que directamente o su familia sean usuarios del Sector Salud, y que soliciten los servicios de la CEDHNL.
III. DEFINICIONES
Comisión Estatal de Derechos Humanos: Organismo público descentralizado, autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos Humanos consagrados en el orden jurídico vigente.
Dirección de Orientación y Recepción de Quejas: Dirección de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la cual tiene como responsabilidad; la recepción, el registro, la orientación y la atención de las personas que acuden a la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.
Usuario: Persona que hace uso de los servicios que brinda la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Usuarios de los servicios del Sector Salud: Persona que usa los servicios que presta el Sector Salud.
Sector Salud: Conjunto de bienes y servicios encaminados a preservar y proteger la salud de las personas
·SAQ: Sistema de información interno, dentro del cual se captura toda la información de las personas que solicitan de los servicios de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
·CEDHNL: Abreviatura de Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Nuevo León.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DOYRQ 011 PR. VISITA A HOSPITALES
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
IV. ENFOQUE DE PROCESOS
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Procedimiento de las Visitadurías Generales.Procedimiento de Orientación Presencial.Procedimiento de Canalización.Procedimiento de Queja.
Usuario.
Dirección de Orientación y
quejas.
Abogado de la Dirección.
Director del Área.
Visitadurías
Recepción de usuario
en hospital.
Tratándose de solicitudes que
den origen a
expedientes de gestión o de queja, se asigna abogado para seguimiento,
y en el caso de quejas, se procede
a su análisis.
Captura de información
en el sistema.
Se
escucha y conoce las
necesidades específicas de
los
usuarios de los
servicios de salud
(se documenta la
solicitud especifica).
Emite acuerdo de apertura y
remisión a Visitadurias Generales.
Revisa la atención
brindada y los resultados obtenidos.
Se remite
expediente de queja a
Visitaduría.
FIN
Podrá generar: 1. una gestión
inmediata; 2. un expediente de gestión;
o bien 3. una
queja.
Tratándose de una gestión inmediata se procede a tener comunicación con el personal responsable del hospital
para propiciar una solución .
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) Dirección de Orientación y
Recepción de Quejas.
Contacto del personal de la CEDHNL, con usuarios del Sector Salud, durante las
visitas a hospitales. Podrá generar: 1. una gestión inmediata; 2.
un expediente de gestión; o bien 3. una
queja.
1. Agotamiento de la materia en caso de gestión inmediata.
2. Admisión y apertura del
expediente de gestión.
3. Calificación de Queja por parte de las
Visitadurías
Toda persona que solicite los servicios
de la CEDHNL.
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VI. DESCRIPCION DE PROCEDIMIENTO
7.1 Recepción de Usuario: Se realiza un recorrido en el área de recepción de pacientes y de espera, efectuándose un abordaje con los usuarios de los servicios de salud. Se escucha y conoce las necesidades específicas (se documenta la solicitud especifica). Podrá generar:
1. una gestión inmediata; 2. un expediente de gestión; o bien 3. una queja.
7.2 Atención de necesidades especificas en el momento de la visita: Tratándose de una gestión inmediata se procede a tener comunicación con el personal responsable del hospital para propiciar una solución.
7.3 Reporte de casos: Se revisa la atención brindada y los resultados obtenidos, para determinar los trámites a seguir, tomando en cuenta que cabe la posibilidad del levantamiento de quejas que ameriten su calificación y turno a Visitadurias Generales.
7.4 Se registra la atención del caso dentro del SAQ (Sistema de administración de quejas): El abogado llena la información del caso para consulta y en su caso seguimiento.
7.5 Tratándose de expediente de solicitud de gestión: Se realiza el acuerdo respectivo, se asigna abogado para su seguimiento y se comunica vía oficio a la autoridad correspondiente la gestión peticionada.
7.6 Revisión de Solicitud de gestión: El Director del área revisa las diligencias que se realicen durante el seguimiento del expediente de gestión. 7.7 En el caso de que se trate de una queja: El caso seguirá el procedimiento ya establecido para las quejas.
VII. DOCUMENTOS ASOCIADOS
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León.Tratados internacionales de los que sea parte el Estado Mexicano.Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.Directorio Institucional.
VIII. CONTROL DE REGISTRO
Sistema SAQ.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DOYRQ 011 PR. VISITA A HOSPITALES
DIRECCIÓN DE SEGUIMIENTO Y C O N C L U S I Ó N
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
INTRODUCCIÓN
En fecha 28 de diciembre del año 1992 se publica en el Periódico Oficial del Estado la Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, dándole así vida a dicho organismo, el cual tiene por objeto la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos consagrados en el orden jurídico vigente.
Se le dotó de competencia en el Estado para conocer de quejas relacionadas con presuntas violaciones a los derechos humanos, cuando éstas fueren imputadas únicamente a autoridades y servidores públicos de carácter municipal y estatal, con excepción de los del Poder Judicial. Por acuerdo emitido por la Presidencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, en fecha 6 de julio de 2012, se crea la DIRECCION DE SEGUIMIENTO Y CONCLUSION determinando las atribuciones y facultades del área.
En fecha 10 de septiembre de 2014, emitió la Presidencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, el acuerdo mediante el cual se instruye al Titular de la Dirección de Seguimiento y Conclusión cumpla con los compromisos legales en materia de victimas establecidos en la Ley de Victimas del Estado de Nuevo León.
Así como la designación como Representante de la Presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, para efectos de acudir a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Sistema Estatal de Atención a Victimas y del Comité de Atención, Asistencia y Protección a las Victimas.
PROCEDIMIENTO SECUENCIAL
I.OBJETIVO
El objetivo del presente documento es establecer el procedimiento secuencial a seguir posterior a que se emite una Recomendación, un Acuerdo de No Responsabilidad, un Informe Especial o un recurso de impugnación dentro de un expediente de queja, a fin de dar cumplimiento a la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como a su Reglamento Interno, con el fin de Impulsar, en su caso, el cumplimiento total y satisfactorio de las resoluciones emitidas; Así como las obligaciones legales en materia de victimas.
II.ALCANCE
Establecer el contacto directo con la parte quejosa, en cuanto al seguimiento y efectos de la Recomendación y la orientación de otras formas de conclusión de la queja; así como con las autoridades, a fin de impulsar la aceptación y cumplimiento de las Recomendaciones por parte de estas.
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III. MARCO JURÍDICO· Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.· Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León.· Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.· Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León.· Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León.· Acuerdo de fecha 6 de Julio de 2011, emitido por la Presidencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, mediante el cual se establecen las atribuciones de la Dirección de Seguimiento y Conclusión.· Instrumentos Internacionales de Protección a los Derechos Humanos.· Ley General de Victimas· Ley de Victimas del Estado de Nuevo León IV. DEFINICIONES
Las definiciones que a continuación se describen son con el fin de conocer los conceptos técnicos que se manejan en el presente manual, por lo que la aplicación de estos se debe circunscribir al mismo.
Derechos Humanos. Son los inherentes a la naturaleza humana, sin los cuales no se puede vivir como persona. En su aspecto positivo, son los que reconoce la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Nuevo León y los que se recogen en los pactos, convenios y tratados internacionales suscritos y ratificados por México.
Queja. Es el documento en el cual se solicita la intervención de este organismo, al considerarse que se han violentado los derechos humanos de una persona por parte de un servidor público, ya sea federal, estatal y/o municipal, o también por un particular con anuencia de alguna autoridad.
Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos. Es el ordenamiento legal de orden público y de aplicación en el estado de Nuevo León, en materia de derechos humanos, respecto de toda persona, ya sea nacional o extranjera; y en la cual se establece la competencia de la Comisión para conocer de quejas relacionadas con presuntas violaciones a los derechos humanos, cuando estas fueren imputadas a servidores públicos de carácter Municipal o Estatal; o también en aquellos casos en los que un particular actué con anuencia de la autoridad.
Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León. Es el ordenamiento legal que reglamenta la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y regula su estructura, facultades y funcionamiento como organismo autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios.
Dirección de Seguimiento y Conclusión. Área de la Comisión Estatal de Derechos Humanos
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DSYC 001 PR. SECUENCIAL
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
de Nuevo León, encargada del seguimiento en el cumplimiento de las resoluciones, así como de los recursos planteados ante este organismo.
Recomendación. Es la resolución que emite la Comisión Estatal de Derechos Humanos, cuando del resultado de la investigación realizada se acredita que se cometieron violaciones a los derechos humanos de la, el, las o los quejosos, por parte de una autoridad o servidor público, ya sea estatal o municipal.Referencia Art 4 Frac. XXX De la Ley de Victimas del Estado de Nuevo León; También se considera violación de Derechos Humanos cuando la acción ù omisión referida sea realizada por un particular instigado, explicita ò implícitamente por un Servidor Publico, ò cuando actué con anuencia o colaboración de este
V. DESCRPICION DEL PROCEDIMIENTO
1. Área responsable
El Director de Seguimiento y Conclusión será el responsable directo de dirigir a las y los profesionistas a su cargo, respecto al seguimiento que se dé a las resoluciones que se emitan, así como en el caso de los recursos planteados.
2. Áreas que participan
Presidencia.Dirección de Seguimiento y Conclusión.Visitadurias Generales.Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos.
3. Recepción del expediente con la resolución firmada
La Presidencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, una vez firmado el proyecto de recomendación o acuerdo de no responsabilidad que le envían las Visitadurías Generales, remite el expediente que contiene la resolución a la Dirección de Seguimiento y Conclusión, para el seguimiento correspondiente.
Asimismo, las Visitadurías Generales remiten los Informes Especiales y los recursos presentados por la parte quejosa y las autoridades.
4.Registro del expediente
El expediente se registra en el libro de control que se lleva en el área, se le da número de recomendación o de acuerdo de no responsabilidad que corresponda.
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También en este mismo documento se realizan anotaciones sobre los avances que se van dando dentro de cada expediente.
1. Trámite de notificación de las resoluciones
Una vez registrado el expediente y asignado el número consecutivo de resolución, se realiza la certificación de las copias que se remitirán a las autoridades y a la parte quejosa, se elaboran los oficios correspondientes y se remiten para su notificación. En caso de desconocerse el domicilio se realiza la notificación por medio de la Tabla de Avisos.
VI. CONSIDERACIONES FINALES
Para todo lo no previsto en el presente Manual, se observara lo establecido en la Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, en su Reglamento Interno; así como las determinaciones de la Presidencia y del Director de Seguimiento y Conclusión.
Obligaciones de la Ley de VictimasAl acreditarse violaciones a los derechos humanos, se deberá inscribir a la Victima ò victimas en el Registro Estatal de Victimas, cuyo funcionamiento corre a cargo de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Victimas.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DSYC 001 PR. SECUENCIAL
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
PROCEDIMIENTO SEGUIMIENTO EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES
INTRODUCCION
Del resultado de las investigaciones que se realizan, y reunidos los elementos de convicción necesarios para acreditar la existencia de violaciones a los derechos humanos, se formula, por parte del Visitador General, un proyecto de Recomendación que es presentado a la Presidencia de la Comisión para su consideración final. En caso que del resultado de la investigación realizada no se comprueba o no se acredita de manera fehaciente que la autoridad o el servidor público hayan cometido las violaciones de derechos humanos que se les imputaron, se emite un Acuerdo de No Responsabilidad.
I. OBJETIVOEl cumplimiento de las Recomendaciones no solamente en cuanto a la recepción de pruebas que envía la autoridad para dar cumplimiento a las mismas, sino además la verificación bajo los estándares más altos de protección a los Derechos Humanos
II. OBJETIVO ESPECIFICÓ·Atender y orientar al quejoso en cuanto al seguimiento de las Recomendaciones, los recursos de impugnación y queja, así como de los Acuerdos de No Responsabilidad. ·Instrumentar un banco de datos y estadísticas respecto de las recomendaciones y los acuerdos de no responsabilidad que se emiten, así como de los servidores públicos en contra de los cuales se emitió una Recomendación y aquellos que hubieren sido sancionados.
III. ALCANCE
Impulsar con las autoridades efectivamente la aceptación y cumplimiento de las Recomendaciones, y se tomen las medidas necesarias para evitar la repetición de la violación a los derechos humanos consignados en la Legislación local, nacional y documentos internacionales.
IV. DEFINICIONES
Acuerdo de No Responsabilidad. Es la resolución que emite la Comisión Estatal de Derechos Humanos, cuando del resultado de la investigación realizada no se comprueba o no se acredita de manera fehaciente que la autoridad o el servidor público hayan cometido las violaciones de derechos humanos que se les imputaron.
Recurso de Impugnación. Es el documento mediante el cual la quejosa, el quejoso, las quejosas o los quejosos, y en algunas ocasiones la o las autoridades señaladas como responsables, se inconforman con la determinación tomada por la Comisión Estatal de Derechos Humanos respecto del cumplimiento de la Recomendación por parte de la o las autoridades a quien fue dirigida la misma.
FOLIO DSYC 002 PR. SEGUIMIENTO EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES
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Recurso de Queja. Es el recurso interpuesto por la parte quejosa con motivo de inacción por más de seis meses dentro de un expediente que se substancia en este organismo, siempre que no exista recomendación sobre el asunto.
Informe Especial. Es el expediente que se inicia con motivo de la falta de colaboración de las autoridades con la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
V. RESPONSABILIDADES GENERALES
Conforme a la Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, es facultad de la Presidencia signar las recomendaciones y los acuerdos de no responsabilidad, así como los oficios mediante los cuales se notifican a las autoridades y a la parte quejosa, dichas resoluciones; así como los acuerdos mediante los cuales se ordena la publicación de las recomendaciones no aceptadas.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DSYC 002 PR. SEGUIMIENTO EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
VI. DIAGRAMA DE FLUJO
Usuario Visitadurías. Presidencia. Dirección de
Seguimiento y Conclusión.
Secretaría Ejecutiva.
Autoridad Externa.
Emite Resolución
Revisa Documento
Firma el documento
Elabora oficios y copias
certificadas
Revisa Documento
Firma el documento
Se registra documento
Se envía a la
Secretaría Ejecutiva
Notifica a las
Autoridades
Emite respuesta.
Se le avisa al
ciudadano de la no
aceptación
Revisa Documento
Se realiza publicación.
Elabora impugnación
Se elabora informe
Se envía a la
CNDH
SI
NO
SI
NO
SI
NO
SI
NO
Revisar
sig. Diagrama
Analiza y resuelve el recurso de
impugnación.
Se remite a la CEDHNL
Elabora acuerdo y ordena envío de expediente al archivo.
FOLIO DSYC 002 PR. SEGUIMIENTO EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES
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VI. DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
1.Área responsableDirección de Seguimiento y Conclusión.2.Áreas que participanPresidencia.Dirección de Seguimiento y Conclusión.Visitadurías Generales.Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos.
3. Recepción del expediente con la resolución firmadaLa Presidencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, una vez firmado el proyecto de recomendación o acuerdo de no responsabilidad que le envían las Visitadurías Generales, remite el expediente que contiene la resolución a la Dirección de Seguimiento y Conclusión, para el seguimiento correspondiente.
Asimismo, las Visitadurías Generales remiten los Informes Especiales y los recursos presentados por la parte quejosa y las autoridades.
4. Registro del expediente
El expediente se registra en el libro de control que se lleva en el área, se le da número de recomendación o de acuerdo de no responsabilidad que corresponda. También en este mismo documento se realizan anotaciones sobre los avances que se van dando dentro de cada expediente.
5. Trámite de notificación de las resoluciones
Una vez registrado el expediente y asignado el número consecutivo de resolución, se realiza la certificación de las copias que se remitirán a las autoridades y a la parte quejosa, se elaboran los oficios correspondientes y se remiten para su notificación. En caso de desconocerse el domicilio se realiza la notificación por medio de la Tabla de Avisos.
PROCEDIMIENTO SEGUIMIENTO EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES
Criterios Generales.- Una vez que se envían los oficios de notificación de la recomendación, se espera se agote el término de 10 días hábiles que, conforme al artículo 46 de la Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, tiene la autoridad para que manifieste si acepta o no la Recomendación enviada.
a) En caso de no recibir respuesta de la autoridad dentro del término establecido por la ley, se gestiona la misma por medio de llamada telefónica.
b) En caso de no recibir respuesta, posterior a la gestión telefónica, se envía un oficio recordatorio.
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MANUALDE PROCEDIMIENTOS
a) Si la autoridad informa que acepta la Recomendación, se emite el acuerdo correspondiente y se le solicita que dentro del término de 10 días hábiles, siguientes a aquel de la notificación correspondiente, remita las pruebas con las cuales acredite el cumplimiento de lo recomendado.
b) En caso de no recibir respuesta de la autoridad encargada del cumplimiento de la recomendación, se envía un oficio recordatorio, con copia para el superior jerárquico. De persistir la actitud omisiva, se establece comunicación telefónica, se acude personalmente ante la autoridad o se dirige comunicación al superior jerárquico para solicitar el cumplimiento de lo recomendado.
c) En caso de recibir las pruebas de cumplimiento, se valoran y se determina lo que conforme a derecho corresponda. La valoración puede apoyarse en cuatro métodos distintos:
Verificación documental. Consiste en revisar el contenido esencial de las pruebas de cumplimiento a fin de que estén en concordancia con las normas y los procedimientos en la materia. También el verificar la integración de los expedientes en los procedimientos administrativos de responsabilidad, las averiguaciones previas penales, así como cualquier otro procedimiento administrativo que se inicia derivado de una recomendación; en concreto, esta verificación versa sobre los avances de los expedientes, a fin de realizar las gestiones correspondientes para agilizar los mismos.
Los expedientes que pueden ser sujetos a verificación son aquellos que se iniciaron con motivo de la Recomendación, o bien, cualquier otro que por su naturaleza y contenido tenga relación con los hechos materia de la misma.
Lo anterior representa un mecanismo mediante el cual la Comisión dará seguridad jurídica a los solicitantes, respecto de la garantía del debido proceso y sin llegar a confundirse con una intervención en asuntos jurisdiccionales, pues concierne únicamente en dar seguimiento a las fases del procedimiento administrativo o penal que se hubiere recomendado, a fin de resarcir los derechos humanos violentados. El resultado de una verificación documental se hace del conocimiento de la autoridad responsable, en caso de encontrarse deficiencias en la misma y con el fin de que se atiendan.
Verificación en colaboración con especialistas. Tomando en cuenta las dificultades que implica el contar con un área especializada en todas y cada una de las materias que se abordan en las recomendaciones, se puede acudir a expertos cuando la verificación de la información aportada por la autoridad requiera un conocimiento especializado. Cuando se realice una consulta a uno o varios expertos, la Comisión debe atender al principio de agilidad que rige los procedimientos de este organismo, y del profesionalismo para requerir opiniones informadas, pues ello permitirá formular una valoración más precisa de las pruebas de cumplimiento. Primero, se buscará dentro de la misma Comisión el apoyo y asesoría especializada y, en su caso, se buscará hacia el exterior con organismos académicos, Colegios de Profesionistas, expertos independientes o Peritos.
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Verificación en campo. Para la verificación de este tipo de pruebas, el personal de la Dirección de Seguimiento y Conclusión podrá presentarse a cualquier oficina administrativa o Centro de Reclusión para comprobar los datos que sean necesarios, hacer las entrevistas personales pertinentes, o proceder al estudio de los expedientes o documentación necesaria. Las autoridades están obligadas a dar las facilidades que se requieran para el buen desempeño de estas labores. Las visitas en campo revisten particular importancia dentro del seguimiento en el cumplimiento de las recomendaciones, ya que a través de éstas se constata personalmente el estado de avance de un asunto.
Verificación en relación con las quejas recibidas. Cuando la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas reciba una queja, relacionada con anteriores violaciones a los derechos humanos, de la misma naturaleza por la cual se emitió una recomendación, deberá de hacerlo del conocimiento de la Dirección de Seguimiento y Conclusión. Con esta información se valora si existe un retroceso en el cumplimiento de las mismas, a fin de que mediante una Recomendación General solicitar se realicen los cambios y modificaciones de disposiciones legislativas y reglamentarias, así como de prácticas administrativas que redunden en una mejor protección de los derechos humanos.
a) Después de analizar las pruebas remitidas por la autoridad, se determina sobre el cumplimiento de lo recomendado en los siguientes supuestos: Recomendación aceptada con prueba de cumplimiento total; recomendación aceptada con prueba de cumplimiento parcial; recomendación aceptada sin prueba de cumplimiento; recomendación aceptada con cumplimiento insatisfactorio; recomendación aceptada cuyo cumplimiento reviste características peculiares.
b) La determinación se hace del conocimiento de la parte quejosa para que manifieste lo que a su derecho convenga, es decir, a fin de que determine su conformidad con el cumplimiento dado por la autoridad a lo recomendado, o en su caso, interponga el recurso de impugnación, por no encontrarse de acuerdo con la determinación de este organismo.
c) En el supuesto de que se impugne la determinación de la Comisión, respecto al cumplimiento de lo recomendado, por parte de la autoridad, se elabora un informe que es remitido junto con el original del expediente, previo testimonio que se obtenga del mismo, para la substanciación del recurso.
d) En caso de que cualquiera de las partes interponga el recurso de manera extemporánea, la obligación de la Dirección de Seguimiento y Conclusión es remitir el expediente a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos con el informe respectivo.
e) Después de analizar las pruebas remitidas por la autoridad, se determina sobre el cumplimiento de lo recomendado en los siguientes supuestos:
Recomendación aceptada con prueba de cumplimiento total; Recomendación aceptada con prueba de cumplimiento parcial; Recomendación aceptada sin prueba de cumplimiento;
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PROCEDIMIENTO:
Las áreas que participan:PresidenciaDirección de Seguimiento y ConclusiónVisitadurias GeneralesInstituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos.
a) Emite resolución. Las Visitadurías Generales elaboran el proyecto de resolución, en este caso, el de recomendación.
b) Revisión de documento. Una vez elaborado el proyecto es remitido a la Presidencia de la CEDHNL para su consideración final y en caso de hacer observaciones se devuelve a la Visitaduría para los cambios correspondientes.
Firma documento. Si el proyecto de resolución es aprobado por la Presidencia, el mismo es firmado y remitido a la Dirección de Seguimiento y Conclusión para el trámite correspondiente.
Registro de Documentos. Una vez remitido el documento a la DSC, el mismo es registrado bajo un número consecutivo, información que es asentada en un diario, así como en los archivos electrónicos.
c) Elaboración de oficios y copias certificadas. La DSC elabora de los oficios y la certificación de las copias que contienen la resolución que va a ser notificada a las partes.
d) Revisión de documento. Una vez elaborados los oficios mediante los cuales se va a notificar la resolución, se remiten a la Presidencia para su consideración final, y en caso de requerirse algunas modificaciones, se devuelve a la Dirección de Seguimiento y Conclusión para los ajustes correspondientes.
Firma del documento. Aprobados los documentos por parte de Presidencia, los mismos son firmados y remitidos de nuevo a la DSC.
e) Se envía a la Secretaría Ejecutiva. Los oficios que contienen las resoluciones que van a ser notificadas se registran en un diario y son remitidos a la Secretaría Ejecutiva para que sean entregados.
f) Se Notifica a las autoridades. La Secretaría Ejecutiva, por medio de los notificadores oficiales, entrega los oficios que contienen la resolución emitida por este organismo.
g) Emite respuesta. Dentro del plazo de 10 días hábiles, siguientes a aquel de la fecha de notificación, la autoridad tiene que informar sobre la aceptación o no de la recomendación.
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
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h) Se informa sobre la aceptación o no de la recomendación. La autoridad informa sobre la aceptación o no de la recomendación, y en caso de no ser aceptada se notifica mediante oficio a la parte quejosa a fin de que manifieste lo que a su derecho convenga.
i) Revisa documento. La parte quejosa revisa el oficio que se le notifica y determina si presenta o no el recurso de impugnación en contra de la no aceptación de la recomendación por parte de la autoridad.
j) No presenta recurso de impugnación. En caso de no presentar la parte quejosa el recurso de impugnación, se procede a elaborar el acuerdo mediante el cual se ordena la publicación de una síntesis de la recomendación, el acuerdo se remite a Presidencia junto con el proyecto de la publicación. Una vez aprobado y firmado el acuerdo, se remite para su publicación al área de informática y una vez que se agrega copia de la publicación al expediente, se ordena su remisión al archivo para su guarda y custodia.
SEGUIMIENTO EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES
a) Presenta recurso de impugnación. En caso de que la parte quejosa presente recurso de impugnación, se remite un informe junto con una copia certificada de todas y cada una de las constancias que obran dentro del expediente, a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para la substanciación correspondiente.
Una vez resuelto el recurso de impugnación, la CNDH lo hace del conocimiento de la CEDHNL, y a través de la DSC se emite acuerdo donde se ordena la remisión de Expediente al archivo como asunto totalmente concluido.
VII. SEGUIMIENTO EN CASO DE NO ACEPTACION DE LA RECOMENDACIÓN
a) En caso de no aceptarse la recomendación, se hace del conocimiento del quejoso dicha situación, para otorgarle el derecho de impugnar la determinación de la autoridad, y en caso de ser planteado el recurso se remite el expediente a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para la substanciación del mismo, conforme lo dispone la ley de este organismo.
b) Una vez remitido el expediente, o la certificación correspondiente (la cual es enviada en el supuesto caso que se tenga que dar seguimiento a recomendaciones dirigidas a autoridades distintas a la que no acepto lo recomendado), se está a la expectativa de lo que resuelva el organismo nacional, y a que el expediente sea devuelto, para ordenar su remisión al archivo como asunto totalmente concluido.
c) En caso de no impugnarse la no aceptación de la recomendación por parte del quejoso, se elabora un acuerdo mediante el cual se da vista a la Presidencia de esta Comisión, para que a su vez ordene la publicación de la resolución por la negativa de aceptar la misma por parte de la
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MANUALDE PROCEDIMIENTOS
autoridad, y ya firmado el acuerdo correspondiente, se remite el expediente a la Dirección Jurídica para que se proceda a la publicación; área que una vez realizada la publicación, remite el expediente al archivo como asunto totalmente concluido, a través de la Dirección de Orientación y Quejas, notificando dicha situación a la Dirección de Seguimiento de Recomendaciones para que se realice la anotación correspondiente en el Libro de Registro.
VIII. DOCUMENTOS ASOSIADOS
Expedientes
IX. CONTROL DE REGISTRO
Control Alterno al SAC (de forma manual).El expediente se registra en el Libro de Control que se lleva en el área
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PROCEDIMIENTO SEGUIMIENTO
DE LOS ACUERDOS DE NO RESPONSABILIDAD,
DE LA PUBLICACION DE LAS RESOLUCIONES,
EN CASO DE ACEPTACION Y DE INFORMES ESPECIALES.
INTRODUCCION
Al implicar el seguimiento en el cumplimiento de las Recomendaciones no solamente la recepción de pruebas que envía la autoridad para dar cumplimiento a las mismas, sino además la verificación bajo los estándares más altos de protección de los derechos humanos, consignados en la legislación local y nacional, así como en los documentos internacionales de derechos humanos, de que efectivamente se cumplió con lo recomendado y se tomaron las medidas necesarias para evitar la repetición de los hechos que propiciaron la violación a los derechos humanos, que se aplicó sanción a los responsables y se resarció el daño causado al afectado o a las víctimas, se determinó la creación de la Dirección de Seguimiento y Conclusión, dependiente de la Presidencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, para que se verificara el efectivo y total cumplimiento de las Recomendaciones emitidas por este organismo Protector de los Derechos Humanos, así como el seguimiento de los Acuerdos de No Responsabilidad, los Informes Especiales y los recursos que se emitan.
I. OBJETIVO Atender y orientar al quejoso en cuanto a los Recursos de Impugnación y queja, así como los Acuerdos de No Responsabilidad, instaurar procedimientos de agilización en el seguimiento del cumplimiento de las Recomendaciones y los Informes Especiales.
II. OBJETIVO ESPECIFICO
Instaurar procedimientos de agilización en el seguimiento del cumplimiento de las Recomendaciones y los Informes Especiales.
Dar el seguimiento a los recursos de impugnación y queja y a los Acuerdos de No Responsabilidad.
Dar a conocer la información de los avances o resultados del proceso de seguimiento a través de los medios con los que cuenta la Comisión, conforme a los lineamientos legales establecidos.
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MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Así mismo dar a conocer la información de los avances o resultados del proceso de seguimiento a través de los medios con los que cuenta la Comisión, conforme a los lineamientos legales establecidos.
III. RESPONSABILIDADES GENERALES
La Dirección de Seguimiento y Conclusión será la responsable de llevar a cabo el puntual seguimiento en el total y satisfactorio cumplimiento de las recomendaciones, los Informes Especiales; así como dar también el seguimiento a los Recursos de Queja e Impugnación, y a los Acuerdos de no Responsabilidad.
El Director de Seguimiento y Conclusión será el responsable directo de dirigir a las y los profesionistas a su cargo, respecto al seguimiento que se dé a las resoluciones que se emitan, así como en el caso de los recursos planteados.
IV. ALCANCE
Es establecer un procedimiento base para el seguimiento en el cumplimiento de las recomendaciones, de los informes especiales y los recursos planteados y de los Acuerdos de no Responsabilidad; fijar los pasos a seguir posterior a la recepción del expediente que contiene la resolución o el recurso, y los tiempos en los cuales se puede agotar dicho trámite.
V. DEFINICIÓN
Recomendación. Es la resolución que emite la Comisión Estatal de Derechos Humanos, cuando del resultado de la investigación realizada no se comprueba o no se acreditan de manera fehaciente que la autoridad o el servidor público hayan cometido las violaciones de derechos humanos que se les imputaron.
Acuerdo de No Responsabilidad. Es la resolución que emite la Comisión Estatal de Derechos Humanos, cuando del resultado de la investigación realizada no se comprueba o no se acredita de manera fehaciente que la autoridad o el servidor público hayan cometido las violaciones de derechos humanos que se les imputaron.
Recurso de Impugnación. Es el documento mediante el cual la quejosa, el quejoso, las quejosas o los quejosos, y en algunas ocasiones la o las autoridades señaladas como responsables, se inconforman con la determinación tomada por la Comisión Estatal de
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Derechos Humanos respecto del cumplimiento de la Recomendación por parte de la o las autoridades a quien fue dirigida la misma.
Recurso de Queja. Es el recurso interpuesto por la parte quejosa con motivo de inacción por más de seis meses dentro de un expediente que se substancia en este organismo, siempre que no exista recomendación sobre el asunto.
Informe Especial. Es el expediente que se inicia con motivo de la falta de colaboración de las autoridades con la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
VII. SEGUIMIENTO DE LOS ACUERDOS DE NO RESPONSABILIDAD
a) Una vez notificado a las partes el Acuerdo de No Responsabilidad, estas cuentan con el término de 30 días naturales, siguientes a aquel en que estén notificados, conforme lo dispone la Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, para interponer el recurso de impugnación en contra de la resolución.
b) En caso de que se impugne la determinación de la Comisión, se elabora un informe que es remitido junto con el original del expediente, previo testimonio que se obtenga del mismo, para la substanciación del recurso a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
c) Si no es presentado el recurso de impugnación dentro del término establecido por la Ley, se procede a elaborar el acuerdo mediante el cual se ordena la remisión al archivo como asunto totalmente concluido, para su guarda y custodia, realizándose las anotaciones correspondientes en el Libro de Registro de los Acuerdos de No Responsabilidad, y se remite a la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas, para que sea dado de baja del sistema.
d) En caso de que cualquiera de las partes interponga el recurso de manera extemporánea, la obligación de la Dirección de Seguimiento y Conclusión es remitir el expediente a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con el informe documentado respectivo que establece la Ley, en el que se asentará dicha situación.
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MANUALDE PROCEDIMIENTOS
VII. DIAGRAMA DE FLUJO
Usuario
Visitadurías.
Presidencia.
Dirección de Seguimiento
y Conclusión.
Secretaría Ejecutiva.
Autoridad Externa.
Emite Resolución
Revisa Documento
Firma el documento
Elabora oficios y copias
certificadas
Revisa Documento
Firma el documento
Se registra documento
Se envía a la
Secretaría Ejecutiva
Notifica a
las Autoridades
Recibe información
.
Se le notifica al ciudadano
Revisa Documento
Se realiza publicación.
Elabora impugnación
Se elabora informe
Se envía a la CNDH
SI
NO
SI
NO
SI
NO
Integra y resuelve el recurso de
impugnación
Emite acuerdo y ordena envío de expediente al archivo.
Remite expediente a la CEDHNL
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IX. DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTO
a) Emite resolución. Las Visitadurías Generales elaboran el proyecto de resolución, en este caso, el de Acuerdo de No Responsabilidad.
b) Revisión de documento. Una vez elaborado el proyecto es remitido a la Presidencia de la CEDHNL para su consideración final y en caso de hacer observaciones se devuelve a la Visitaduría para los cambios correspondientes.
Firma documento. Si el proyecto de resolución es aprobado por la Presidencia, el mismo es firmado y remitido a la Dirección de Seguimiento y Conclusión para el trámite correspondiente.
Registro de Documentos. Una vez remitido el documento a la DSC, el mismo es registrado bajo un número consecutivo, información que es asentada en un diario, así como en los archivos electrónicos.
c) Elaboración de oficios y copias certificadas. La DSC elabora de los oficios y la certificación de las copias que contienen la resolución que va a ser notificada a las partes.
d) Revisión de documento. Una vez elaborados los oficios mediante los cuales se va a notificar la resolución, se remiten a la Presidencia para su consideración final, y en caso de requerirse algunas modificaciones, se devuelve a la Dirección de Seguimiento y Conclusión para los ajustes correspondientes.
Firma del documento. Aprobados los documentos por parte de Presidencia, los mismos son firmados y remitidos de nuevo a la DSC.
e) Se envía a la Secretaría Ejecutiva. Los oficios que contienen las resoluciones que van a ser notificadas se registran en un diario y son remitidos a la Secretaría Ejecutiva para que sean entregados.
f) Se Notifica a las autoridades. La Secretaría Ejecutiva, por medio de los notificadores oficiales, entrega los oficios que contienen la resolución emitida por este organismo.
g) Emite respuesta. En algunos casos las autoridades remiten oficio mediante el cual informan sobre su conformidad con la resolución emitida, documento que es glosado al expediente.
h) Presenta recurso de impugnación. La parte quejosa goza del término de 30 días naturales a fin de interponer el recurso de impugnación en el caso en que no se encuentre de acuerdo con la resolución. En caso de que la parte quejosa presente recurso de impugnación, se remite un informe junto con una copia certificada de todas y cada una de las constancias que obran dentro del expediente, a la CNDH para la substanciación correspondiente.
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MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Una vez resuelto el recurso de impugnación, la CNDH lo hace del conocimiento de la CEDHNL, y a través de la DSC se emite acuerdo donde se ordena la remisión de expediente al archivo como asunto totalmente concluido.
X. DE LA PUBLICACION DE LAS RESOLUCIONES
Las resoluciones que emite la Comisión, en este caso las recomendaciones y los acuerdos de no responsabilidad, son publicados en la revista trimestral, el periódico mensual, así como en el portal de internet, todos de este organismo.
1. De la publicación en el portal de internet
De las recomendaciones y los acuerdos de no responsabilidad
a) Una vez remitido el expediente a la Dirección de Seguimiento y Conclusión, con la resolución firmada, el personal administrativo de dicha área deberá solicitar a las Visitadurías remitan el archivo electrónico que contenga ya sea la recomendación o el acuerdo de no responsabilidad.
b) Los archivos que remiten las Visitadurías se asignan con un auxiliar profesionista de la Dirección de Seguimiento, quien tendrá la labor de convertir los archivos del formato Word al formato PDF, a fin de que puedan ser publicados en el portal de internet del organismo; quien deberá tomar en cuenta los siguientes aspectos:
1) Si el archivo electrónico cuenta con los requisitos de forma establecidos en los Lineamientos Generales para la elaboración de recomendaciones (el cual también se utiliza en la elaboración de los acuerdos de no responsabilidad); para en su caso, adecuarlos a los mismos.
2) Verificar, previa revisión del expediente, si la quejosa o el quejoso solicitó la reserva de su nombre, conforme lo dispone el Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos, a fin de tomar las medidas correspondientes (abreviar el nombre con las iniciales).
3) Revisar si dentro de la resolución se señalan nombres de menores, para conforme lo establece la Ley de Transparencia, reservarlos.
4) Una vez revisada la resolución, y previa conversión de los archivos, se remite la información, vía el Director del área, al Departamento de Informática, a fin de que la misma se suba al portal de internet, en el apartado de resoluciones.
2. De la publicación de las resoluciones en la revista trimestral
Para la publicación de las recomendaciones y los acuerdos de no responsabilidad en la revista trimestral de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, se realiza el siguiente procedimiento:
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Para la publicación de las recomendaciones y los acuerdos de no responsabilidad en la revista trimestral de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, se realiza el siguiente procedimiento:
a) De los archivos electrónicos de las resoluciones, en particular de las recomendaciones y de los acuerdos de no responsabilidad, se realiza un extracto de los mismos por parte del personal administrativo, respecto al número consecutivo de resolución, el nombre de la parte quejosa, la autoridad o autoridades a quienes se envía la resolución, las voces violatorias comprobadas y de los puntos resolutivos.
b) El mismo procedimiento señalado en el inciso anterior se realiza en el caso de las recomendaciones que no fueron aceptadas, y de aquellas que no se encuentren en el supuesto del cumplimiento total.
c) La información se concentra en un archivo y se remite al área de informática para el trámite correspondiente.
3. De la publicación en el periódico mensual
La Dirección de Seguimiento y Conclusión cuenta con un espacio en el periódico mensual que emite la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y a través del titular de dicha área se dan a conocer las resoluciones que se emiten, así como temas relacionados con lo recomendado dentro de las mismas, como la reparación del daño, la responsabilidad administrativa de los servidores públicos, la educación en derechos humanos encaminada a la no repetición de los hechos que generaron la resolución, los avances en el cumplimiento de algunas recomendaciones relevantes, solo por mencionar algunas.
4. De la publicación del seguimiento de las recomendaciones en el portal de internet
De igual forma, mensualmente se sube al portal de internet los avances en el cumplimiento de las recomendaciones, conforme lo dispone la Ley de Transparencia. Los auxiliares adscritos a la Dirección, encargados del seguimiento de las resoluciones, concentran la información y la remiten al Director, quien a su vez la envía al departamento de Informática, para que sea subida al portal de internet.
De la baja de los expedientes
Una vez que se notifica la resolución a la parte quejosa y a la o las autoridades señaladas como responsables, y previa constancia que obre dentro del expediente de queja, se deberá rendir un informe a la Dirección Jurídica, para que conforme a la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y a la Ley de Transparencia del Estado, se reporte en el portal de internet el total de expedientes concluidos por mes, para los efectos legales correspondientes.
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DIAGRAMA DE FLUJO
Usuario
Visitadurías.
Presidencia.
Dirección de Seguimiento
y Conclusión.
Secretaría Ejecutiva.
Autoridad Externa.
Emite Resolución
Revisa Documento
Firma el documento
Elabora oficios y copias
certificadas
Revisa Documento
Firma el documento
Se registra documento
Se envía a la
Secretaría Ejecutiva
Notifica a las
Autoridades
Emite respuesta.
Solicita pruebas de
cumplimiento
Se evalúa su cumplimiento
.
Se emite acuerdo.
SI
NO
SI
NO
SI
NO
Notifica por escrito a
DSC
Revisar diagrama anterior
Se notifica a ambas
partes
Se notifica a ambas partes
Revisa Documento
Elabora impugnación
NO
Se realiza publicación.
Se elabora informe
Se envía a la CNDH
SI
Integra y resuelve el
recurso
Remite a la CEDHNL
Emite acuerdo y ordena envío del expediente al archivo.
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DESCRIPCION DE PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACEPTACIÓN
a) Emite resolución. Las Visitadurías Generales elaboran el proyecto de resolución, en este caso, el de recomendación.
b) Revisión de documento. Una vez elaborado el proyecto es remitido a la Presidencia de la CEDHNL para su consideración final y en caso de hacer observaciones se devuelve a la Visitaduría para los cambios correspondientes.
Firma documento. Si el proyecto de resolución es aprobado por la Presidencia, el mismo es firmado y remitido a la Dirección de Seguimiento y Conclusión para el trámite correspondiente.
Registro de Documentos. Una vez remitido el documento a la DSC, el mismo es registrado bajo un número consecutivo, información que es asentada en un diario, así como en los archivos electrónicos.
c) Elaboración de oficios y copias certificadas. La DSC elabora de los oficios y la certificación de las copias que contienen la resolución que va a ser notificada a las partes.
d) Revisión de documento. Una vez elaborados los oficios mediante los cuales se va a notificar la resolución, se remiten a la Presidencia para su consideración final, y en caso de requerirse algunas modificaciones, se devuelve a la Dirección de Seguimiento y Conclusión para los ajustes correspondientes.
Firma del documento. Aprobados los documentos por parte de Presidencia, los mismos son firmados y remitidos de nuevo a la DSC.
e) Se envía a la Secretaría Ejecutiva. Los oficios que contienen las resoluciones que van a ser notificadas se registran en un diario y son remitidos a la Secretaría Ejecutiva para que sean entregados.
f) Se Notifica a las autoridades. La Secretaría Ejecutiva, por medio de los notificadores oficiales, entrega los oficios que contienen la resolución emitida por este organismo.
g) Emite respuesta. Dentro del plazo de 10 días hábiles, siguientes a aquel de la fecha de notificación, la autoridad tiene que informar sobre la aceptación o no de la recomendación.
h) Se informa sobre la aceptación. La autoridad informa sobre la aceptación de la recomendación.
i) Revisa documento. La DSC recibe el documento mediante el cual se informa sobre la aceptación de la recomendación, emite el acuerdo correspondiente, solicita a la autoridad o autoridades las pruebas de cumplimiento y notifica a la parte quejosa la aceptación de la recomendación.
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MANUALDE PROCEDIMIENTOS
j) Se remiten las pruebas de cumplimiento. La autoridad o las autoridades remiten las pruebas con las cuales acreditan el cumplimiento de la recomendación, mismas que son valoradas en su conjunto por la DSC y en caso de ser requeridas más pruebas lo hace del conocimiento de la autoridad. Una vez remitidas las pruebas correspondientes, las mismas son valoradas en su conjunto y, en su caso, se emite el acuerdo mediante el cual se tiene por cumplida en su totalidad la recomendación, lo cual se hace del conocimiento de la parte quejosa para que manifieste lo que a su derecho convenga.
k) Presenta recurso de impugnación. La parte quejosa goza del término de 30 días naturales a fin de interponer el recurso de impugnación en el caso en que no se encuentre de acuerdo con el cumplimiento que la autoridad dio a la recomendación. En caso de que la parte quejosa presente recurso de impugnación, se remite un informe junto con una copia certificada de todas y cada una de las constancias que obran dentro del expediente, a la CNDH para la substanciación correspondiente.
Una vez resuelto el recurso de impugnación, la CNDH lo hace del conocimiento de la CEDHNL, y a través de la DSC se emite acuerdo donde se ordena la remisión de expediente al archivo como asunto totalmente concluido.
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II. DIAGRAMA DE FLUJO
Usuario Visitadurías Presidencia. Dirección de
Seguimiento y Conclusión.
Secretaría Ejecutiva.
Autoridad Externa.
Emite Resolución
Revisa Documento
Firma el documento
Elabora oficios y copias
certificadas
Revisa Documento
Firma el documento
Se registra documento
Se envía a la
Secretaría Ejecutiva
Notifica a las
Autoridades
Recibe informe.
Emite respuesta.
Remite pruebas de respuesta
Se evalúan pruebas
Se emite acuerdo.
Se envía al archivo.
SI
NO
SI
NO
Notifica a las
Autoridades
Recibe informe.
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MANUALDE PROCEDIMIENTOS
SEGUIMIENTO DE LOS ACUERDOS DE NO RESPONSABILIDAD, DE LA PUBLICACIONDE LAS RESOLUCIONES, EN CASO DE ACEPTACION Y DE INFORMES ESPECIALES.
DESCRIPCIÒN DE PROCEDIMIENTO
a) Emite resolución. Las Visitadurías Generales elaboran el acuerdo mediante el cual se determina dar vista a Presidencia para el inicio de un Informe Especial.
b) Revisión de documento. Una vez revisado y aprobado el acuerdo, la Presidencia a su vez emite un acuerdo donde se ordena el inicio la apertura de un cuadernillo de Informe Especial
Remisión de documento. El acuerdo mediante el cual se ordena el inicio de un Informe Especial es remitido a la DSC para el trámite correspondiente.
Registro de Documentos. Una vez remitido el documento a la DSC, se forma un cuadernillo, y el mismo es registrado bajo un número consecutivo, información que es asentada en un diario, así como en los archivos electrónicos.
c) Elaboración de oficios y copias certificadas. La DSC elabora de los oficios y la certificación de las copias que contienen la resolución que va a ser notificada a la autoridad correspondiente.
d) Firma del documento. El titular de la DSC firma los oficios mediante los cuales se notifica a la autoridad el inicio del Informe Especial y adjunta copia del oficio firmado por la Presidencia.
e) Se envía a la Secretaría Ejecutiva. Los oficios que van a ser notificados se registran en un diario y son remitidos a la Secretaría Ejecutiva para que sean entregados.
f) Se Notifica a las autoridades. La Secretaría Ejecutiva, por medio de los notificadores oficiales, entrega los oficios que contienen la resolución emitida por este organismo.
g) Emite respuesta. Dentro del plazo de 10 días hábiles, siguientes a aquel de la fecha de notificación, la autoridad tiene que informar sobre la aceptación o no del Informe Especial.
h) Se informa sobre la aceptación. La autoridad informa sobre la aceptación del Informe Especial. En caso de no ser aceptado el mismo, se elabora acuerdo mediante el cual se ordena notificar la determinación al superior jerárquico del servidor público que se negó a aceptar el Informe Especial.
i) Revisa documento. La DSC recibe el documento mediante el cual se informa sobre la aceptación del Informe Especial, emite el acuerdo correspondiente, solicita a la autoridad o autoridades las pruebas de cumplimiento.
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i) Revisa documento. La DSC recibe el documento mediante el cual se informa sobre la aceptación del Informe Especial, emite el acuerdo correspondiente, solicita a la autoridad o autoridades las pruebas de cumplimiento.
j) Se remiten las pruebas de cumplimiento. La autoridad o las autoridades remiten las pruebas con las cuales acreditan el cumplimiento del Informe Especial, mismas que son valoradas en su conjunto por la DSC y, en su caso, se emite el acuerdo mediante el cual se tiene por cumplido en su totalidad el Informe Especial, ordenando que el cuadernillo de Informe Especial sea agregado al expediente principal.
IX.CONSIDERACIONES FINALES
Para todo lo no previsto en el presente procedimiento, se observara lo establecido en la Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, en su Reglamento Interno; así como las determinaciones de la Presidencia y del Director de Seguimiento y Conclusión
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DSYC 003 PR. SEGUIMIENTO
DIRECCIÓN DE SERVICIOS P E R I C I A L E S
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
PROCEDIMIENTO DE INTERVENCIÓN PERICIAL
I. OBJETIVO.
Emitir opiniones periciales que soporten técnicamente las determinaciones de esta Comisión Estatal, a fin de contar con una intervención independiente que busque, descubra y demuestre hechos relacionados con presuntas violaciones a Derechos Humanos.
II. ALCANCE.
Se atenderá a solicitud de los titulares de las Visitadurías y de la Presidencia.
III. DEFINICIONES.
Solicitud de opinión pericial: Petición de intervención para investigaciones técnicas.Planteamiento de problema: Cuestionamiento, objetivo y justificación de las investigaciones periciales.
Opinión Pericial: Dictamen técnico que se emite en respuesta a uno o varios planteamientos.
IV. ENFOQUE DEL PROCESO
Planteamiento de problema. Opinión pericial. Visitadurías y/o Presidencia.
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS. No aplica.
Proveedor (es) Entrada (s) Salida (s) Usuario (s) Visitadurías y/o Presidencia.
Planteamiento de problema.
Opinión pericial.
Visitadurías y/o
Presidencia.
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VI. DIAGRAMA DE FLUJO
Visitaduría/Presidencia Dirección de Servicios Periciales
Resoluciones Visitaduría/Presidencia
ó
PLANTEAMIENTO
DE PROBLEMA
Recepción/Registro
Análisis e
interpretación de
documentos periciales
en materia de
criminalística,
balística, fotografía
forense y todos
aquellos en el ámbito
de sus conocimientos.
Examen de
cadáveres, lugares y
vehículos
Estudio de armas
blancas, disuasivas, y
de fuego.
Informes de
elementos balísticos:
cartuchos, casquillos
y proyectiles.
Inspección de indicios
relacionados con
investigaciones de
probables violaciones
a Derechos Humanos,
en las que se requiera
intervención pericial.
Determinación de
mecánicas de hechos.
Intervenciones para
establecer posición
victima-victimario.
Instituir trayectorias
de proyectiles
disparados por armas
de fuego.
Estudios e
interpretaciones de
archivos digitales de
audio y video.
OPINIÓN
PERICIAL
INFORME
Entrega/Registro
Fotografía Forense
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DSP 001 PR INTERVENCIÓN PERICIAL.
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
VII. DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTO
Se recibe el planteamiento del problema acompañado del expediente de queja, se registra y asigna número de control interno para su identificación y relación.Se estudia el expediente de queja, con la finalidad de analizar y valorar los elementos técnicos para dar contestación al planteamiento.De ser necesario se realiza traslado al lugar de los hechos, lugar del hallazgo o en el que se encuentren indicios que requieran ser analizados técnicamente, lo anterior, previo acuerdo con la Visitaduría y/o Presidencia.De contar con elementos técnicos suficientes, se emite opinión pericial.Si no se cuenta con elementos técnicos suficientes para emitir una opinión pericial, se elabora un informe detallado.Se realiza registro del documento que se emitió y es entregado a la Visitaduría o Presidencia, según sea el caso.
VIII. DOCUMENTOS ASOCIADOS
Ley que crea la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Nuevo León.
Reglamento Interno de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Nuevo León.
Protocolos y acuerdos aplicables en la entidad.
IX. CONTROL DE REGISTRO
Libros de registroInformes mensuales
FOLIO DSP 001 PR INTERVENCIÓN PERICIAL.
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VISITADURÍAS GENERALES
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
PROCEDIMIENTO DE QUEJA EN VISITADURIAS
I. OBJETIVO
El objetivo de este documento es dar a conocer el procedimiento que se sigue en el área de Visitadurias Generales, para llevar a cabo la integración de los expedientes de queja.
II. ALCANCE
La integración de un expediente de queja en el área de Visitadurías Generales inicia desde el momento en que son turnados por la Dirección de Orientación de Quejas de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, hasta que se preparan, o sus proyectos de conclusión o la conclusión de los mismos, por las siguientes causas:
a) Por proyecto de Recomendación.b) Por proyecto de Acuerdo de No Responsabilidad.c) Porque no corresponda a la Comisión conocer de la queja planteada.d) Porque los hechos delatados no constituyan violación a los derechos humanos y se oriente jurídicamente al quejoso. e) Por haberse dictado previamente una Recomendación, y la presentación de la nueva queja sea por hechos derivados del cumplimiento de la Recomendación. f) Por desistimiento del quejoso. g)Por falta de interés del quejoso. h) Por haberse dictado anteriormente un acuerdo de acumulación de expediente. i) Por haberse solucionado la queja mediante los procedimientos de conciliación. j) Por haber quedado sin materia. k) Cuando así lo considere el visitador general sustentado legalmente.
III. GLOSARIO
Nota: Los conceptos que se proporcionan en este glosario tienen como única finalidad clarificar aquellos de carácter técnico o propio del lenguaje jurídico de uso constante en este manual, por lo que su aplicación debe circunscribirse al mismo.
Queja: Todo aquél planteamiento en contra de una autoridad o servidor público, cuando presuntamente haya violado el derecho humano de una persona física o moral.
Comisión Estatal de Derechos Humanos: Organismo autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo objeto esencial es la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos consagrados en el orden jurídico mexicano y en los Tratados Internacionales que el Estado Mexicano ha ratificado.
Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León: Ordenamiento legal de índole orgánico y adjetivo.
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Reglamento Interior de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León: Conjunto de preceptos jurídicos a través de los cuales se reglamenta la Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, regulando la estructura, facultades y funcionamiento de este organismo autónomo.
Visitadurías Generales: Órgano de la Comisión Estatal de Derechos Humanos cuyas funciones principales son:
a) Admitir o rechazar las quejas presentadas.b) Iniciar discrecionalmente, de oficio, la investigación de las denuncias que considere necesarias. c) Realizar las actividades necesarias para lograr, por medio de la conciliación, la solución inmediata de las violaciones de derechos humanos.a) Realizar las investigaciones y estudios necesarios para formular los proyectos de recomendaciones o acuerdos, que se someterán a la consideración del Presidente.b) Solicitar a las autoridades competentes, que se tomen todas las medidas precautorias o cautelares necesarias, de conservación o restitutorias según lo requiera la naturaleza del asunto, para evitar la consumación irreparable de las violaciones denunciadas o reclamadas, o la producción de daños de difícil reparación a los afectados.
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Turnar quejas a la Comisión Nacional de Derechos Humanos o a otra Comisión Estatal cuando sean competentes.
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario (s) Personas físicas o
morales. Quejas o denuncias
respectivas. Conclusión en
Visitadurías Generales o turno a la
Presidencia con el proyecto de
conclusión respectivo.
Gobernados.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO VG 001 PR QUEJA EN VISITADURÍA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
VI. DIAGRAMA DE FLUJO
Orientación y recepción de
quejas. Visitadurias.
Recomendaciones y
seguimiento. Presidencia. Dependencias
externas.
NO
SI
NO
Levanta queja. Recibe y analiza
expediente.
Busca conciliación.
Se materializa
conciliación.
Califica Queja.
Inicia investigación.
Solicita información.
Recaba pruebas.
Elabora proyecto recomendación o acuerdo de no responsabilidad Firma
recomendación o acuerdo
Se concluye expediente.
Presunción de certeza acto
Se cierra expediente por contradicción, falta interés, o no
violación y se manda a
seguimiento.
SI
NO
SI
Se emite informe especial.
Se abre queja de oficio.
Emite medidas cautelares.
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VII. DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTO
Recibe y analiza el expediente.Se recibe el expediente de la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas, se analiza la estrategia de integración del expediente, conforme a cada uno de los puntos que posteriormente se enlistan.
El Visitador General y el Visitador Adjunto hacen el análisis.
La secretaria realiza los registros correspondientes
Calificación de la queja o denuncia. (Procedimiento necesario)
El Visitador General determina la calificación de la queja como presuntas violaciones de derechos humanos, e inicia la instancia, o rechaza la misma si es notoriamente improcedente o infundada, cuando no se es competente o cuando son extemporáneas.
Puede dejarse pendiente la calificación, si no es precisa, y pedirse aclaraciones. La secretaria realiza los registros correspondientes.
Tanto el Visitador General como el Visitador Adjunto mantendrán contacto telefónico constante con las autoridades y el quejoso, durante todo el trámite del expediente.
Emite medidas cautelares.
El Visitador General tiene la facultad de solicitar en cualquier momento a las autoridades competentes, que se tomen todas las medidas precautorias o cautelares necesarias, de conservación o restitutorias, cuando advierta, aun presuntivamente, que pueden producirse daños de difícil reparación, o para evitar la consumación irreparable de las violaciones denunciadas o reclamadas.
Dichas medidas son las indispensables y necesarias para hacer frente a los daños que puedan producirse.
Se comunican a la autoridad para su cumplimiento, verificándose su materialización.
La secretaria lleva los registros sobre su aceptación o no, y sobre su cumplimiento.
Plantea conciliación.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO VG 001 PR QUEJA EN VISITADURÍA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
derechos a la vida, a la integridad física, psíquica o a otras que se consideren especialmente graves por el número de afectados o sus posibles consecuencias, el Visitador General, escuchando la pretensión del quejoso, propondrá a la autoridad como conciliación, la solución inmediata de las presuntas violaciones de derechos humanos, planteando los términos de la probable reparación de las mismas.
El contenido de la reparación de probables violaciones se plantea por el Visitador Adjunto, siendo el Visitador General quien determina la forma en que se llevara a cabo.
El Visitador Adjunto da seguimiento para lograr la aceptación de la propuesta de conciliación.
La secretaria lleva los registros sobre su aceptación o no.
Se materializa conciliación.
Una vez que se acepta la conciliación, se le da vista al quejoso, se verifica su cumplimiento y se concluye el expediente.
El Visitador Adjunto da seguimiento para que se materialice la conciliación.
La secretaria lleva los registros sobre su cumplimiento.
Inicia investigación.
Al no aceptarse o materializarse la conciliación, admitida la instancia por el Visitador General, la turna al Visitador Adjunto para que, bajo su supervisión, realice la investigación de los hechos considerados violatorios de derechos humanos.
El Visitador Adjunto tiene la responsabilidad de programar el desahogo de las evidencias que sean necesarias para integrar la investigación, planteándoselas al Visitador General, ya sea en las instalaciones de la CEDH como fuera de ella.
Solicita información y evidencias.
Se solicitan los informes sobre los actos, omisiones o resoluciones que se le atribuyen a la autoridad que ha cometido las presuntas violaciones, y a terceros los necesarios para integrar la investigación.
La secretaria realiza los oficios respectivos, bajo la supervisión del Visitador Adjunto.
Si no es otorgada la información o las evidencias.
En el proyecto de recomendación se presumen ciertas las violaciones de las autoridades de las que se reclaman, salvo prueba en contrario, haciéndose el pronunciamiento respectivo.
Si la calificación de las presuntas violaciones a
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Se emite informe especial.
Si a la tercera solicitud de colaboración de cualquier autoridad, aunque sean ajenas al expediente, no remiten información o evidencias, o entorpecen la investigación, se emite un informe especial.
El informe especial se turna a la Dirección de Seguimiento y Conclusión para su integración.
Se recaban pruebas.
Para la recaudación de pruebas se tienen facultades para: Pedir a las autoridades o servidores públicos que se imputen las violaciones de derechos humanos, los informes y documentación necesarios.Solicitar de otras autoridades, servidores públicos o particulares, todo género de documentos e informes.Practicar las visitas e inspecciones que estime pertinentes.Citar a las personas que deban comparecer como peritos o testigos, o cualquier otra que pueda aportar información sobre el asunto.Todas las demás acciones que estime convenientes.
El Visitador Adjunto tiene la responsabilidad de programar el desahogo de las evidencias que sean necesarias para integrar la investigación.
Se cierra expediente si no se cuenta con las pruebas necesarias.
El Visitador General cuenta con la facultad de dar por concluido el expediente de queja cuando no se cuenta con las pruebas necesarias para acreditar las violaciones de derechos humanos, por las siguientes causas:
a) Porque los hechos delatados no constituyan violación a los derechos humanos y se oriente jurídicamente al quejoso. b) Por falta de interés al no acudir ni presentarse más pruebasc) Por contradicción entre los hechos de la queja y la información proporcionada por la autoridad.d) Por Acuerdo de No Responsabilidad
Elabora recomendación o acuerdo de no responsabilidad.
Proyecto de Recomendación.
Concluida la investigación y reunidos los elementos de convicción necesarios para probar la existencia de violaciones a los derechos humanos, el Visitador Adjunto, bajo la dirección del Visitador General, formulará el proyecto de
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO VG 001 PR QUEJA EN VISITADURÍA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Recomendación acorde a los criterios aplicables del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
Los proyectos serán fundamentados exclusivamente en la documentación y pruebas que obren en el expediente y se someten a la consideración de la Presidencia de la Comisión para su aprobación y en su caso firma.
Se turna a Presidencia para su aprobación y firma.
Proyecto de Acuerdo de No Responsabilidad.
Concluida la investigación y en caso de existir los elementos de convicción necesarios para demostrar la no existencia de violaciones a los Derechos Humanos, o de no haberse acreditado estos de manera fehaciente, el Visitador Adjunto, bajo la dirección del Visitador General, formulará el proyecto de Acuerdo de No Responsabilidad acorde a los criterios aplicables del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
Los proyectos serán fundamentados exclusivamente en la documentación y pruebas que obren en el expediente y se someten a la consideración de la Presidencia de la Comisión para su aprobación y en su caso firma.
Se turna a Presidencia para su aprobación.
Otras causas de conclusión de expedientes
a) Porque no corresponda a la Comisión conocer de la queja planteada.b) Por desistimiento del quejoso. c) Por falta de interés del quejoso.d) Por haberse dictado anteriormente un acuerdo de acumulación de expediente. e) Por haberse solucionado la queja mediante los procedimientos de conciliación. f) Por haber quedado sin materia. g) Cuando así lo considere el Visitador General sustentado legalmente.h) Por haberse dictado la Recomendación correspondiente.i) Por haberse enviado a la autoridad o servidor público señalado como responsable, un Acuerdo de No Responsabilidad.
DOCUMENTOS ASOCIADOS
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Tratados internacionales en materia de derechos humanos, suscritos por el Estado Mexicano.
Normatividad de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Derecho Interno.
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Criterios jurisprudenciales internacionales, regionales y estatales, en materia de derechos humanos.
IX.CONTROL DE REGISTRO
Sistema SAQ.Libros de registro de expedientes y oficios.Agenda de comparecencias.Informes semanales y mensuales.Registro de actividades diarias.Registros de administración jurídica de los expedientes.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO VG 001 PR QUEJA EN VISITADURÍA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
PROCEDIMIENTO EXPEDIENTE DE QUEJA
I. OBJETIVO
Proporcionar una guía sistemática y objetiva que permita adquirir las herramientas conceptuales y prácticas que faciliten un desempeño profesional y eficaz del personal adscrito, en la atención que se brinda a las personas víctimas de presuntas violaciones a sus derechos humanos, durante la integración y conclusión de los expedientes de queja, en la Visitaduría General de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
II. ALCANCE
Este manual de procedimientos es aplicable en el trámite, integración y conclusión de expedientes de queja, remitidos por la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas de la Comisión Estatal de Derechos Humanos a la Visitaduria General a las/los Visitadores Adjuntos, las/los Defensores de Derechos Humanos y el personal secretarial.
El trámite y la integración de un expediente de queja, en la Visitaduría General inicia desde el momento en que el expediente es turnado por la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas (DORQ) de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, hasta que se prepara el correspondiente proyecto de recomendación o de acuerdo de no responsabilidad, o el acuerdo de conclusión, por las siguientes causas:
a) Porque no corresponda a la Comisión conocer de la queja planteada.b) Porque los hechos delatados no constituyan violación a los derechos humanos y se oriente jurídicamente al quejoso. c) Por haberse dictado previamente una Recomendación, y la presentación de la nueva queja sea por hechos derivados del cumplimiento de la Recomendación. d) Por desistimiento del quejoso. e) Por falta de interés del quejoso. f) Por haberse dictado anteriormente un acuerdo de acumulación de expediente. g) Por haberse solucionado la queja mediante los procedimientos de conciliación. h) Por haber quedado sin materia. i) Cuando así lo considere el Visitador General, sustentado legalmente.j) Por contradicciones entre el dicho del quejoso y la información aportada por la autoridad.
III. GLOSARIO
Nota: Los conceptos que se proporcionan en este glosario tienen como única finalidad clarificar aquellos de carácter técnico o propio del lenguaje jurídico de uso constante en este manual, por lo que su aplicación debe circunscribirse al mismo.
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Queja: Todo planteamiento en contra de una autoridad o servidor público estatal o municipal, cuando presuntamente haya violado los derechos humanos de una persona física o moral.
Comisión Estatal de Derechos Humanos: Organismo público autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios, cuyo objeto esencial es la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos consagrados en el orden jurídico mexicano y en los Tratados Internacionales que el Estado Mexicano ha ratificado.
Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos: Ordenamiento legal de índole orgánico y adjetivo. Reglamento Interior de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León: Ordenamiento legal que reglamenta la Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, regulando la estructura, facultades y funcionamiento de este organismo autónomo.
Visitaduría General: Unidad organizacional de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, cuyas funciones principales son:a) Admitir o rechazar las quejas que le sean turnadas por la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas, realizando la calificación definitiva de las violaciones a derechos humanos denunciadas.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO VG 002 PR EXPEDIENTE DE QUEJA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
a) Iniciar discrecionalmente, de oficio, la investigación de las denuncias que considere necesarias. b) Dar trámite a los expedientes de solicitud de gestión y de medida cautelar que le sean turnados por la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas, a través de la Coordinación Penitenciaria.c) Realizar las actividades necesarias para lograr, por medio de la conciliación, la solución inmediata de las violaciones de derechos humanos.d) Realizar las investigaciones, trámites y estudios necesarios para integrar los expedientes de queja y formular los proyectos de recomendación o de acuerdo de no responsabilidad que se someterán a la consideración de el/la Presidente.e) Realizar las investigaciones, trámites y estudios necesarios para integrar los expedientes de queja, de medida cautelar o de solicitud de gestión y emitir, en los que corresponda, los acuerdos de conclusión. f) Solicitar a las autoridades competentes que se tomen todas las medidas precautorias o cautelares necesarias, de conservación o restitutorias, según lo requiera la naturaleza del asunto, para evitar la consumación irreparable de las violaciones a derechos humanos denunciadas o reclamadas, o la producción de daños de difícil reparación a los afectados.
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Remitir oficios a la Secretaría Ejecutiva de la CEDH, para que se realice la notificación de los mismos a sus destinatarios, autoridades o particulares.
Proveedor Entrada(s) Salida(s) Usuario (s) Dirección de Orientación y
Recepción de Quejas
- Expediente de queja
- Expediente de medida cautelar
- Expediente de solicitud de
gestión
- Acuerdo de conclusión de expediente de
queja - Acuerdo de
conclusión de medida cautelar
- Acuerdo de conclusión de solicitud de
gestión - Proyecto de
recomendación o de acuerdo
de no responsabilidad de expediente
de queja, turnado a la Presidencia.
Personas víctimas de presuntas violaciones a derechos humanos
FOLIO VG 002 PR EXPEDIENTE DE QUEJA
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VI. PROCEDIMIENTO DEL EXPEDIENTE DE QUEJA
1. Recepción del expedienteRecibir el expediente remitido por la DORQ1.1 Firmar de recibido en el libro de registro de la DORQ, asentando en forma manuscrita la fecha y hora de recepción y la antefirma o firma correspondiente.1.2 Asentar, en forma manuscrita, los datos del expediente recibido, en el libro de registro de expedientes recibidos; especificando los anexos que, en su caso, se hayan allegado.1.3 Incorporar al sistema SAQ los datos del expediente recibido, especificando sus anexos.1.4 Hacer entrega del expediente recibido, a la Visitaduría General
2. Lectura, análisis y turno del expediente Leer y analizar el expediente recibido Responsable Visitador General 2.1 Leer y analizar minuciosamente la queja plasmada en el expediente recibido y las diligencias previas desahogadas en la DORQ, en caso de que se hayan realizado.2.2 Leer y analizar minuciosamente la calificación previa de los hechos denunciados.2.3 Hacer del conocimiento de el/la titular de la DORQ la necesidad del desahogo de otra u otras diligencias previas y regresar el expediente para ese efecto, en caso de estimarlo necesario.2.4 Hacer del conocimiento de el/la titular de la DORQ la necesidad de modificar la calificación previa de los hechos motivo de la queja y regresar el expediente para ese efecto, en caso de estimarlo necesario. 2.5 Asignar el expediente a alguno/a de los/las Visitadores Adjuntos, con las instrucciones que estime pertinentes para realizar el proyecto de acuerdo de calificación, admisión de la instancia e inicio de investigación.2.6 Entregar el expediente a la secretaria-mecanógrafa, con el nombre de el/la Visitador/a Adjunto/a al que se le asigna y las instrucciones correspondientes.2.7 Recibir el expediente, asentar en el libro correspondiente (Responsable secretaria mecanógrafa) el nombre de el/ la Visitador/a Adjunto/a al que se le asigna y hacer entrega del mismo a éste/a, contra firma de recibido en dicho libro.
3. Emisión de acuerdo de calificación y notificación a las partes Emitir el acuerdo inicial Responsable Visitador/a Adjunto/a y Visitador/a General3.1 Redactar el acuerdo de calificación, admisión de la instancia e inicio de investigación, en el que se determinará solicitar a la autoridad presuntamente responsable de violaciones a derechos humanos la remisión de un informe documentado sobre los hechos denunciados, se plantearán los cuestionamientos pertinentes para indagar sobre éstos y se pedirán los documentos comprobatorios de la respuesta de la autoridad.3.2 Remitir el acuerdo de calificación a el/la Visitador/a General, vía electrónica, para su aprobación u observaciones.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO VG 002 PR EXPEDIENTE DE QUEJA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
instruir a el/la Visitador/a Adjunto/a para que las realice.3.4 Realizar la impresión del acuerdo, plasmar antefirma en cada una de las páginas que lo componen y firma completa y sello al calce; al aprobar el contenido del acuerdo. 3.5 Remitir a el/la Visitador/a Adjunto/a, vía electrónica, el acuerdo de mérito, para que proceda a redactar los correspondientes oficios dirigidos a la autoridad y al o los peticionarios, para notificarles dicho acuerdo.El oficio dirigido a la autoridad denunciada contendrá en su epígrafe la solicitud de informe documentado, en tanto que el dirigido al o los peticionarios, señalará la admisión de la instancia e inicio de investigación.Notificación del acuerdo inicial3.6 Remitir vía electrónica a el/la Visitador/a General, los oficios de notificación del acuerdo de calificación definitiva, para su revisión y aprobación u observaciones.Revisar el contenido de los oficios antes referidos; realizar las modificaciones necesarias o instruir a el/la Visitador/a Adjunto/a para que las realice.3.8 Realizar la impresión de los oficios, en tantos ejemplares como sean necesarios según el caso, plasmar antefirma en cada una de las páginas que los componen y firma completa y sello al calce de cada uno de ellos, al aprobar el contenido de los mencionados oficios. 3.9 Entregar los oficios a la secretaria-mecanógrafa o a alguno/a de los /las Visitadores Adjuntos, para que redacten las correspondientes cédulas de notificación.3.10 Entregar los oficios y sus cédulas de notificación a la secretaria mecanógrafa, en su caso.3.11 Incorporar los datos de los oficios a la lista de documentos por notificar y entregarlos junto con sus cédulas al personal de la Secretaría Ejecutiva de la CEDH, previa firma de recibido, a fin de que alguno de los Notificadores Oficiales realice la notificación de los mismos a sus respectivos destinatarios. 3.12 Anexar al expediente la cédula de notificación debidamente sellada y/o firmada de recibido, una vez que sea remitida por el personal de la Secretaría Ejecutiva.
4. Medida CautelarEmisión de Medida Cautelar4.1 Solicitar en cualquier momento a las autoridades competentes que se tomen todas las medidas precautorias o cautelares necesarias, de conservación o restitutorias, si se advierte, aún presuntivamente, al realizar el análisis y estudio del expediente de queja remitido por la DORQ, que pueden producirse daños de difícil reparación, o para evitar la consumación irreparable de las violaciones denunciadas o reclamadas.4.2 Instruir a alguno/a de los/las Visitadores/as Adjuntos/as para realizar la redacción del acuerdo en el que se emita la medida respectiva y para solicitar al personal de la DORQ el número consecutivo que corresponda a la medida cautelar y al expediente de la misma.
3.3 Revisar el contenido del acuerdo antes referido; realizar las modificaciones necesarias o
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Remitir vía electrónica a el/la Visitador/a General el acuerdo mediante el cual se emite la medida cautelar, para su revisión y aprobación u observaciones.El acuerdo deberá precisar las acciones que se requieren a la autoridad para la salvaguarda de los derechos humanos que se consideran en riesgo y solicitar la remisión en breve término (72-24 horas) del correspondiente informe y documentación que acredite el cumplimiento de la medida. 4.4 Revisar el contenido del acuerdo antes referido, realizar las modificaciones necesarias o instruir a el/la Visitador/a Adjunto/a para que las realice.4.5 Realizar la impresión del acuerdo, plasmar la antefirma en cada una de las páginas que lo componen y la firma completa y sello al calce; al aprobarlo. 4.6 Remitir a el/la Visitador/a Adjunto/a, vía electrónica, el acuerdo de medida cautelar, para que proceda a redactar el correspondiente oficio dirigido a la autoridad, para notificar dicho acuerdo.El oficio dirigido a la autoridad requerida contendrá en su epígrafe la mención de que notifica medida cautelar y el número de ésta, subrayando también el carácter de confidencial y urgente. Notificación de Medida Cautelar4.7 Remitir vía electrónica a el/la Visitador/a General, el oficio de notificación del acuerdo que emite la medida cautelar, para su revisión y aprobación u observaciones.4.8 Revisar el contenido del oficio antes referido; realizar las modificaciones necesarias o instruir a el/la Visitador/a Adjunto/a para que las realice.4.9 Realizar la impresión del oficio, en tantos ejemplares como sean necesarios según el caso, plasmar la antefirma en cada una de las páginas que los componen y la firma completa y sello al calce de cada uno de ellos. 4.10 Entregar los oficios a la secretaria-mecanógrafa o a alguno/a de los /las Visitadores Adjuntos, para que redacten las correspondientes cédulas de notificación.En su caso, entregar los oficios y sus cédulas de notificación a la secretaria mecanógrafa.4.12 Incorporar los datos de los oficios a la lista de documentos por notificar y entregarlos al personal de la Secretaría Ejecutiva de la CEDH, previa firma de recibido, a fin de que alguno de los Notificadores Oficiales realice la notificación de los mismos a sus respectivos destinatarios.De ser necesario, por la urgencia o el horario de atención del caso, la medida cautelar podrá ser notificada por cualquier integrante del personal de la CEDH.4.13 Anexar al expediente la cédula de notificación debidamente sellada y/o firmada de recibido, una vez que sea remitida por el personal de la Secretaría Ejecutiva.4.14 Remitir el acuerdo que emite la medida cautelar, un ejemplar del oficio de notificación de dicha medida a la autoridad y los demás anexos con que se cuente, a la DORQ, para que se elabore el expediente correspondiente
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO VG 002 PR EXPEDIENTE DE QUEJA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Recibir el expediente de medida cautelar remitido por la DORQ4.15 Firmar de recibido en el libro de registro de la DORQ, asentando en forma manuscrita la fecha y hora de recepción y la antefirma o firma correspondiente.4.16 Asentar, en forma manuscrita, los datos del expediente recibido, en el libro de registro de expedientes recibidos; especificando los anexos que, en su caso, se hayan allegado.4.17 Incorporar al sistema SAQ los datos del expediente recibido, especificando sus anexos.4.18 Hacer entrega del expediente recibido, al Visitador/a Adjunto/a correspondienteSeguimiento a la medida cautelar4.19 En su caso, registrar en el libro correspondiente la respuesta de la autoridad a la medida cautelar emitida, dándole conocimiento de la misma a el/la Visitador/a General. 4.20 Glosar al expediente la respuesta de la autoridad.4.21 Realizar las entrevistas necesarias con el/la beneficiario/a de la medida cautelar, para corroborar la aplicación de la misma por parte de la autoridad y/o la pertinencia de su vigencia.4.22 Girar los oficios que sean necesarios, a la autoridad, para requerir el cumplimiento de la medida cautelar, dando cumplimiento a las actividades descritas en el apartado 4.24.23 Realizar las demás gestiones que se estimen pertinentes para requerir el cumplimiento de la medida cautelar y asegurar la plena vigencia de los derechos humanos de la persona beneficiaria de la misma.Conclusión de la Medida Cautelar4.24 Redactar el acuerdo de conclusión de la medida cautelar, una vez que haya sido debidamente cumplida por la autoridad, se estime innecesario que continúe vigente, o hayan transcurrido treinta días desde su emisión.4.25 Remitir vía electrónica a el/la Visitador/a General, el acuerdo de conclusión de la medida cautelar, para su revisión y aprobación u observaciones. 4.26 Revisar el contenido del acuerdo antes mencionado; realizar las modificaciones necesarias o instruir a el/la Visitador/a Adjunto/a para que las realice. 4.27 Realizar la impresión del acuerdo de conclusión de la MC, plasmar ante firma en cada una de las páginas que lo componen y firma completa y sello al calce. 4.28 Remitir a el/la Visitador/a Adjunto/a, vía electrónica, el acuerdo mencionado.4.29 Redactar el oficio para notificar dicho acuerdo de conclusión, dirigido al beneficiario de la medida, con copia para las autoridades correspondientes.Notificación de la conclusión de la Medida Cautelar4.30 Remitir vía electrónica a el/la Visitador/a General, el oficio de notificación del acuerdo de conclusión de la medida cautelar, para su revisión y aprobación u observaciones. 4.31 Revisar el contenido del oficio antes referido; realizar las modificaciones necesarias o instruir a el/la Visitador/a Adjunto/a para que las realice.4.32 Realizar la impresión del oficio, en tantos ejemplares como sean necesarios según el caso, plasmar antefirma en cada una de las páginas que los componen y firma completa y sello al calce de cada uno de ellos.
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Entregar los oficios a la secretaria-mecanógrafa o a alguno/a de los /las Visitadores Adjuntos/as, para que redacten las correspondientes cédulas de notificación.4.34 Entregar los oficios y sus cédulas de notificación a la secretaria mecanógrafa, en su caso.4.35 Incorporar los datos de los oficios a la lista de documentos por notificar y entregarlos al personal de la Secretaría Ejecutiva de la CEDH, previa firma de recibido, a fin de que alguno de los Notificadores Oficiales realice la notificación de los mismos a sus respectivos destinatarios.4.36 Anexar al expediente la cédula de notificación debidamente sellada y/o firmada de recibido, una vez que sea remitida por el personal de la Secretaría Ejecutiva. Cierre del expediente de MC4.37 Dar de baja el expediente en el sistema SAQ; realizar las anotaciones manuscritas correspondientes para ese efecto en la carátula del expediente y en el libro de registro.4.38 Remitir el expediente a la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas, contra firma de recibido, para su envío al archivo general.
5 Propuesta de ConciliaciónPlantear propuesta de conciliación5.1. Presentar una propuesta de conciliación a las autoridades presuntamente responsables, en caso de que al realizar la calificación definitiva de los hechos denunciados en el expediente de queja, se observe que no se refieren a presuntas violaciones a los derechos a la vida, a la integridad física, psíquica u otras especialmente graves por el número de afectados o sus posibles consecuencias.5.2 Instruir a alguno/a de los/las Visitadores/as Adjuntos/as para realizar la redacción del acuerdo en el que se emita la propuesta de conciliación respectiva, misma que podrá ser incluida en el acuerdo de calificación, admisión de la instancia e inicio de investigación.5.3 Remitir vía electrónica a el/la Visitador/a General el acuerdo mediante el cual se emite la propuesta de conciliación, para su revisión y aprobación u observaciones.El acuerdo deberá precisar las acciones que se proponen a la autoridad para la solución inmediata de las presuntas violaciones de derechos humanos, así como los términos de la probable reparación de las mismas, y solicitar la remisión de la respuesta en un término no mayor de siete días naturales y el envío de las pruebas correspondientes.5.4 Revisar el contenido del acuerdo antes referido, realizar las modificaciones necesarias o instruir a el/la Visitador/a Adjunto/a para que las realice.5.5 Realizar la impresión del acuerdo de propuesta de conciliación, plasmar la antefirma en cada una de las páginas que lo componen y la firma completa y sello al calce. 5.6 Remitir a el/la Visitador/a Adjunto/a, vía electrónica, el acuerdo antes mencionado, para que proceda a redactar el correspondiente oficio dirigido a la autoridad, para notificarlo.El oficio dirigido a la autoridad requerida contendrá en su epígrafe la mención de que notifica propuesta de conciliación, subrayando también el carácter de confidencial y urgente.
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MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Notificación de la Propuesta de Conciliación5.7 Remitir vía electrónica a el/la Visitador/a General, el oficio de notificación del acuerdo que emite la propuesta de conciliación, para su revisión y aprobación u observaciones.5.8 Revisar el contenido del oficio antes referido; realizar las modificaciones necesarias o instruir a el/la Visitador/a Adjunto/a para que las realice.5.9 Realizar la impresión del oficio, en tantos ejemplares como sean necesarios según el caso, plasmar la antefirma en cada una de las páginas que los componen y la firma completa y sello al calce de cada uno de ellos, al aprobar el contenido del mismo. 5.10 Entregar los oficios a la secretaria-mecanógrafa o a alguno/a de los /las Visitadores Adjuntos, para que redacten las correspondientes cédulas de notificación.5.11 Entregar los oficios y sus cédulas de notificación a la secretaria mecanógrafa, en su caso.5.12 Incorporar los datos de los oficios a la lista de documentos por notificar y entregarlos al personal de la Secretaría Ejecutiva de la CEDH, previa firma de recibido, a fin de que alguno de los Notificadores Oficiales realice la notificación de los mismos a sus respectivos destinatarios.5.13 Anexar al expediente la cédula de notificación debidamente sellada y/o firmada de recibido, una vez que sea remitida por el personal de la Secretaría Ejecutiva.Seguimiento a la propuesta de conciliación5.14 Realizar las acciones necesarias (diálogo personal o telefónico, visitas, envío de oficios, etc.) para lograr la aceptación de la conciliación.5.15 En su caso, registrar en el libro correspondiente la respuesta de la autoridad a la propuesta de conciliación emitida, dándole conocimiento de la misma a el/la Visitador/a General. 5.16 Glosar al expediente la respuesta de la autoridad.5.17 Determinar la reapertura del expediente, en caso de que, dentro de los treinta días siguientes a la aceptación de la propuesta de conciliación, la autoridad no dé cumplimiento total a la misma, y determinar las acciones que correspondan. 5.18 Redactar el proyecto de recomendación correspondiente, en caso de que la autoridad no acepte la propuesta de conciliación planteada.Conclusión del expediente por conciliación cumplida5.19 Determinar la emisión del acuerdo de conclusión correspondiente, en caso de que la autoridad dé debido cumplimiento a la propuesta de conciliación planteada. 5.20 Redactar el acuerdo de conclusión del expediente.5.21 Remitir vía electrónica a el/la Visitador/a General, el acuerdo de conclusión del expediente por conciliación, para su revisión y aprobación u observaciones. 5.22 Revisar el contenido del acuerdo antes mencionado; realizar las modificaciones necesarias o instruir a el/la Visitador/a Adjunto/a para que las realice. 5.23 Realizar la impresión del acuerdo de conclusión, plasmar antefirma en cada una de las páginas que lo componen y firma completa y sello al calce; en caso de aprobación. 5.24 Remitir a el/la Visitador/a Adjunto/a, vía electrónica, el acuerdo mencionado.
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5.25 Redactar los oficios para notificar dicho acuerdo de conclusión, dirigidos al quejoso y a las autoridades correspondientes.Notificación de la conclusión del expediente por conciliación cumplida5.26 Remitir vía electrónica a el/la Tercer Visitador/a General, los oficios de notificación del acuerdo de conclusión del expediente por conciliación cumplida, para su revisión y aprobación u observaciones. Los oficios serán dirigidos al quejoso y a la autoridad.5.27 Revisar el contenido de los oficios antes referidos; realizar las modificaciones necesarias o instruir a el/la Visitador/a Adjunto/a para que las realice.5.28 Realizar la impresión de los oficios en tantos ejemplares como sean necesarios según el caso, plasmar antefirma en cada una de las páginas que los componen y firma completa y sello al calce de cada uno de ellos, si se aprueba el contenido de los mismos. 5.29 Entregar los oficios a la secretaria-mecanógrafa o a alguno/a de los /las Visitadores Adjuntos/as, para que redacten las correspondientes cédulas de notificación.5.30 Entregar los oficios y sus cédulas de notificación a la secretaria mecanógrafa, en su caso.5.31 Incorporar los datos de los oficios a la lista de documentos por notificar y entregarlos al personal de la Secretaría Ejecutiva de la CEDH, previa firma de recibido, a fin de que alguno de los Notificadores Oficiales realice la notificación de los mismos a sus respectivos destinatarios.5.32 Anexar al expediente la cédula de notificación debidamente sellada y/o firmada de recibido, una vez que sea remitida por el personal de la Secretaría EjecutivaCierre del expediente de queja concluido por conciliación5.33 Dar de baja el expediente en el sistema SAQ; realizar las anotaciones manuscritas correspondientes para ese efecto en la carátula del expediente y en el libro de registro.5.34 Remitir el expediente a la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas, contra firma de recibido, para su envío al archivo general.
6. Investigación de las violaciones a derechos humanos denunciadasDeterminar se requiera por segunda ocasión la remisión del informe documentado a la autoridad denunciada, en caso de que no lo envíe en el término concedido inicialmente.6.1 Redactar el oficio correspondiente y enviarlo, vía electrónica al Tercer Visitador/a General, para su revisión u observaciones. 6.2 Revisar el contenido del oficio antes referido; realizar las modificaciones necesarias o instruir a el/la Visitador/a Adjunto/a para que las realice.6.3 Realizar la impresión en tantos ejemplares como sean necesarios según el caso, plasmar antefirma en cada una de las páginas que los componen y firma completa y sello al calce de cada uno de ellos, si se aprueba el contenido del oficio. Entregar los oficios a la secretaria-mecanógrafa o a alguno/a de los /las Visitadores Adjuntos/as, para que redacten las correspondientes cédulas de notificación.6.5 Entregar los oficios y sus cédulas de notificación a la secretaria mecanógrafa, en su caso.
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MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Incorporar los datos de los oficios a la lista de documentos por notificar y entregarlos al personal de la Secretaría Ejecutiva de la CEDH, previa firma de recibido, a fin de que alguno de los Notificadores Oficiales realice la notificación de los mismos a sus respectivos destinatarios.6.7 Anexar al expediente la cédula de notificación debidamente sellada y/o firmada de recibido, una vez que sea remitida por el personal de la Secretaría Ejecutiva. Determinar se requiera por tercera ocasión la remisión del informe documentado a la autoridad denunciada, en caso de que no de respuesta al segundo requerimiento.6.8 Realizar las acciones descritas en los anteriores puntos 6.1 al 6.7. Determinar se requiera la complementación del informe documentado a la autoridad denunciada, en caso de que sea necesario.6.9 Realizar las acciones descritas en los anteriores puntos 6.1 al 6.7.Determinar se realice visita de inspección en el recinto oficial de la autoridad denunciada.6.10 Desahogar la visita de inspección y al efecto hacer las entrevistas personales pertinentes con autoridades o testigos, realizar el estudio de los expedientes o documentación necesaria, solicitar y recabar las copias que se estimen pertinentes de la documentación que se requiera, levantar las actas circunstanciadas necesarias, tomar las fotografías que se estimen pertinentes. Determinar se soliciten informes o documentación, vía oficio, a diversas autoridades o a particulares, para recabar evidencias sobre los hechos denunciados. 6.11 Realizar las acciones descritas en los anteriores puntos 6.1 al 6.7. Determinar se cite a comparecer a las instalaciones de la CEDH a los servidores públicos o particulares que se estime pueden aportar información sobre los hechos denunciados.6.12 Realizar las acciones descritas en los anteriores puntos 6.1 al 6.7. Determinar se realice visita de inspección al lugar donde hayan tenido verificativo los hechos denunciados.6.13 Desahogar la visita de inspección y al efecto hacer las entrevistas personales pertinentes, realizar el estudio de la documentación necesaria, solicitar y recabar las copias que se estimen pertinentes de la documentación que se requiera, levantar las actas circunstanciadas necesarias, tomar las fotografías que se estimen pertinentes. Determinar se realice visita al domicilio de testigos, para obtener sus dichos.6.14 Desahogar la visita al domicilio de testigos, realizar las entrevistas necesarias y levantar las actas circunstanciadas correspondientes.Determinar se solicite al Centro de Atención a Víctimas de la CEDH, la práctica de las evaluaciones médicas o psicológicas que se consideren necesarias, o la emisión de opinión médica en los casos que se requiera.
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Redactar el oficio de solicitud correspondiente y enviarlo, vía electrónica al Visitador/a General, para su revisión u observaciones. 6.16 Revisar el contenido del oficio antes referido; realizar las modificaciones necesarias o instruir a el/la Visitador/a Adjunto/a para que las realice.6.17 Realizar la impresión del oficio en dos ejemplares, plasmar antefirma en cada una de las páginas que los componen y firma completa y sello al calce de cada uno de ellos, si se aprueba el contenido del oficio. 6.18 Entregar los oficios a la secretaria-mecanógrafa o a alguno/a de los /las Visitadores Adjuntos/as, para que los presenten en el Centro de Atención a Víctimas. 6.19 Anexar al expediente la copia del oficio, debidamente sellada y/o firmada de recibido.
7. Informe especialDeterminar se emita informe especial, si a la tercera solicitud de colaboración a cualquier autoridad, aunque sean ajenas al expediente, no remiten información o evidencias, o entorpecen la investigación y, al efecto, instruir al Visitador/a Adjunto/a para que redacte el oficio correspondiente, dirigido a la Dirección de Seguimiento y Conclusión, para que le dé curso. Adjuntar a dicho oficio copia certificada de las tres solicitudes escritas enviadas a la autoridad y de los respectivos acuses de recibo.7.1 Redactar el oficio correspondiente y enviarlo, vía electrónica al Visitador/a General, para su revisión u observaciones. 7.2 Revisar el contenido del oficio antes referido; realizar las modificaciones necesarias o instruir a el/la Visitador/a Adjunto/a para que las realice.7.3 Realizar la impresión del oficio en dos ejemplares, plasmar antefirma en cada una de las páginas que los componen y firma completa y sello al calce de cada uno de ellos, si se aprueba el contenido del oficio. 7.4 Entregar los oficios a la secretaria-mecanógrafa o a alguno/a de los /las Visitadores Adjuntos/as, para que los presenten en la Dirección de Seguimiento y Conclusión. 7.5 Anexar al expediente la copia del oficio, debidamente sellada y/o firmada de recibido.
8. Conclusión del expediente Determinar la forma de conclusión del expediente. En caso de que se haya acreditado la existencia de violaciones a los derechos humanos, determinar la formulación de proyecto de Recomendación. En caso contrario, determinar la emisión de proyecto de Acuerdo De No Responsabilidad.8.1 Redactar proyecto de Recomendación, o de Acuerdo de No Responsabilidad, fundamentado exclusivamente en la documentación y pruebas que obren en el expediente, acorde a las disposiciones legales aplicables, nacionales o locales, y a los criterios aplicables del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. 8.2 Remitir, vía electrónica, al Tercer Visitador/a General, el proyecto de recomendación o proyecto de Acuerdo de No Responsabilidad, para su revisión y aprobación u observaciones.8.3 Revisar el contenido del proyecto correspondiente; realizar las modificaciones necesarias o instruir a el/la Visitador/a Adjunto/a para que las realice.
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MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Remitir el proyecto y el expediente a la Dirección de Seguimiento y Conclusión, para su revisión y aprobación u observaciones.8.5 Realizar las modificaciones pertinentes al proyecto de recomendación o al proyecto de acuerdo de no responsabilidad, de acuerdo a las observaciones de la Dirección de Seguimiento y Conclusión, en su caso.8.6 Ante firmar el proyecto de recomendación o proyecto de acuerdo de no responsabilidad, al quedar aprobado.Determinar otra forma de conclusión del expediente:en caso de que la investigación de los hechos denunciados permita inferir que existen contradicciones entre los hechos planteados por el quejoso y el informe de la autoridad; si la CEDH no es competente para conocer de la queja planteada; o porque los hechos delatados no constituyen violación a los derechos humanos y se oriente jurídicamente al quejoso; por desistimiento del quejoso; por falta de interés del quejoso; por acumulación del expediente; por conciliación; por haber quedado sin materia; o por todas las causas que cuenten con fundamento legal, a juicio del Visitador General.8.7 Redactar el proyecto de acuerdo de conclusión correspondiente.8.8 Remitir, vía electrónica, al Tercer Visitador/a General, el proyecto de acuerdo de conclusión por alguna de las causas descritas en el encabezado de este procedimiento, para su revisión y aprobación u observaciones.8.9 Revisar el contenido del proyecto de acuerdo de conclusión correspondiente; realizar las modificaciones necesarias o instruir a el/la Visitador/a Adjunto/a para que las realice.Notificación de la conclusión del expediente8.10 Remitir a el/la Visitador/a Adjunto/a, vía electrónica, el acuerdo de conclusión del expediente.8.11 Redactar los oficios para notificar dicho acuerdo de conclusión, dirigidos al quejoso y a las autoridades correspondientes.8.12 Remitir vía electrónica a el/la Tercer Visitador/a General, los oficios de notificación del acuerdo de conclusión del expediente, para su revisión y aprobación u observaciones. 8.13 Revisar el contenido de los oficios antes referidos; realizar las modificaciones necesarias o instruir a el/la Visitador/a Adjunto/a para que las realice.Realizar la impresión en tantos ejemplares como sean necesarios según el caso, plasmar antefirma en cada una de las páginas que los componen y firma completa y sello al calce de cada uno de ellos, en caso de que se apruebe el contenido de los oficios de notificación del acuerdo de conclusión del expediente. 8.15 Entregar los oficios a la secretaria-mecanógrafa o a alguno/a de los /las Visitadores Adjuntos/as, para que redacten las correspondientes cédulas de notificación.8.16 En su caso, entregar los oficios y sus cédulas de notificación a la secretaria mecanógrafa.8.17 Incorporar los datos de los oficios a la lista de documentos por notificar y entregarlos al personal de la Secretaría Ejecutiva de la CEDH, previa firma de recibido, a fin de que alguno de los Notificadores Oficiales realice la notificación de los mismos a sus respectivos destinatarios.8.18 Anexar al expediente la cédula de notificación debidamente sellada y/o firmada de recibido, una vez que sea remitida por el personal de la Secretaría Ejecutiva.
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Cierre del expediente de queja concluido 8.19 Dar de baja el expediente en el sistema SAQ; realizar las anotaciones manuscritas correspondientes para ese efecto en la carátula del expediente y en el libro de registro.8.20 Remitir el expediente a la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas, contra firma de recibido, para su envío al archivo general.
DIAGRAMA DE FLUJO
DORQ VISITADURIA GENERAL OTRAS ÁREAS DE LA VISITADURIA GRAL Y DE LA
CEDH
YA DEBIDAMENTE INTEGRADO
NO
SI
VISITADOR ADJUNTO Y VISITADOR GRAL
ENVIA EXPEDIENTE
FIRMA DE RECIBIDO EN EL LIBRO DE REGISTRO
DE DORQ
INCORPORA DATOS DEL EXPEDIENTE
RECIBIDO AL SISTEMA SAQ
LEE Y ANALIZA EL EXPEDIENTE RECIBIDO
SOLICITA OTRA DILIGENCIA Y REGRESA EL EXPEDIENTE
ASIGNA EXPEDIENTE A LOS
VISITADORES ADJUNTOS
EMITEN Y NOTIFICAN EL
ACUERDO INICIAL
REMITEN ELECTRONICAMENTE OFICIOS DIRIGIDOS A LAS AUTORIDADES Ó LOS PENITENCIARIOS
EMITE, NOTIFICA, DA SEGUIMIENTO, CONCLUYE Y NOTIFICA DE LA MEDIDA
CUATELAR
NOTIFICA LA CONCLUSIÓN DEL EXPEDIENTE
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO VG 002 PR EXPEDIENTE DE QUEJA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
VI. DOCUMENTOS ASOCIADOS
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Tratados internacionales en materia de derechos humanos, suscritos por el Estado Mexicano.
Normatividad de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Derecho Interno.
Criterios jurisprudenciales internacionales, regionales y estatales, en materia de derechos humanos.
VII.CONTROL DE REGISTRO
Sistema SAQ.Libros de registro de expedientes y oficios.Agenda de comparecencias.Informes semanales y mensuales.Registro de actividades diarias.Registros de administración jurídica de los expedientes.
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PROCEDIMIENTO EXPEDIENTE DE MEDIDA CAUTELAR EN LA COORD. PENITENCIARIA
I. OBJETIVO
Proporcionar una guía sistemática y objetiva que permita adquirir las herramientas conceptuales y prácticas que faciliten un desempeño profesional y eficaz del personal adscrito, en la atención que se brinda a las personas víctimas de presuntas violaciones a sus derechos humanos, durante la medida cautelar, en la Visitaduría General de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
II. ALCANCE
Este manual de procedimientos es aplicable en el trámite, integración y conclusión de medida cautelar en la Coordinación Penitenciaria, remitidos por la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas de la Comisión Estatal de Derechos Humanos a la Visitaduría General a las/los Visitadores Adjuntos, las/los Defensores de Derechos Humanos y el personal secretarial. El trámite y la integración de un expediente de queja, de medida cautelar o de solicitud de gestión en la Visitaduría General inicia desde el momento en que el expediente es turnado por la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas (DORQ) de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, hasta que se prepara el correspondiente proyecto de recomendación o de acuerdo de no responsabilidad, o el acuerdo de conclusión, por las siguientes causas:
a) Porque no corresponda a la Comisión conocer de la queja planteada.b) Porque los hechos delatados no constituyan violación a los derechos humanos y se oriente jurídicamente al quejoso. c) Por haberse dictado previamente una Recomendación, y la presentación de la nueva queja sea por hechos derivados del cumplimiento de la Recomendación. d) Por desistimiento del quejoso. e) Por falta de interés del quejoso. f) Por haberse dictado anteriormente un acuerdo de acumulación de expediente. g) Por haberse solucionado la queja mediante los procedimientos de conciliación. h)Por haber quedado sin materia. i) Cuando así lo considere el Visitador General, sustentado legalmente.j) Por contradicciones entre el dicho del quejoso y la información aportada por la autoridad.
III. GLOSARIO
Nota: Los conceptos que se proporcionan en este glosario tienen como única finalidad clarificar aquellos de carácter técnico o propio del lenguaje jurídico de uso constante en este manual, por lo que su aplicación debe circunscribirse al mismo.Queja: Todo planteamiento en contra de una autoridad o servidor público estatal o municipal, cuando presuntamente haya violado los derechos humanos de una persona física o moral.Comisión Estatal de Derechos Humanos: Organismo público autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios, cuyo objeto esencial es la protección, observancia, promoción,
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO VG 003 PR EXPEDIENTE DE MEDIDA CAUTELAR EN LA COORD. PENITENCIARIA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
estudio y divulgación de los derechos humanos consagrados en el orden jurídico mexicano y en los Tratados Internacionales que el Estado Mexicano ha ratificado.Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos: Ordenamiento legal de índole orgánico y adjetivo. Reglamento Interior de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León: Ordenamiento legal que reglamenta la Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, regulando la estructura, facultades y funcionamiento de este organismo autónomo.Visitaduría General: Unidad organizacional de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, cuyas funciones principales son:a) Admitir o rechazar las quejas que le sean turnadas por la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas, realizando la calificación definitiva de las violaciones a derechos humanos denunciadas.b) Iniciar discrecionalmente, de oficio, la investigación de las denuncias que considere necesarias. c) Dar trámite a los expedientes de solicitud de gestión y de medida cautelar que le sean turnados por la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas, a través de la Coordinación Penitenciaria.d) Realizar las actividades necesarias para lograr, por medio de la conciliación, la solución inmediata de las violaciones de derechos humanos.e) Realizar las investigaciones, trámites y estudios necesarios para integrar los expedientes de queja y formular los proyectos de recomendación o de acuerdo de no responsabilidad que se someterán a la consideración de el/la Presidente.f) Realizar las investigaciones, trámites y estudios necesarios para integrar los expedientes de queja, de medida cautelar o de solicitud de gestión y emitir, en los que corresponda, los acuerdos de conclusión. g) Solicitar a las autoridades competentes que se tomen todas las medidas precautorias o cautelares necesarias, de conservación o restitutorias, según lo requiera la naturaleza del asunto, para evitar la consumación irreparable de las violaciones a derechos humanos denunciadas o reclamadas, o la producción de daños de difícil reparación a los afectados.
IV. ENFOQUE DE PROCESOProveedor Entrada(s) Salida(s) Usuario (s) Dirección de Orientación y
Recepción de Quejas
-
Expediente de queja
-
Expediente
de
medida cautelar
-
Expediente de solicitud de
gestión
-
Acuerdo de conclusión
de
expediente
de
queja
-
Acuerdo de conclusión de
medida cautelar
-
Acuerdo de conclusión de
solicitud de gestión
-
Proyecto de recomendación o de acuerdo
de no responsabilidad de expediente
de queja,
turnado
a la Presidencia.
Personas víctimas de presuntas violaciones a derechos humanos
FOLIO VG 003 PR EXPEDIENTE DE MEDIDA CAUTELAR EN LA COORD. PENITENCIARIA
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V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Remitir oficios a la Secretaría Ejecutiva de la CEDH, para que se realice la notificación de los mismos a sus destinatarios, autoridades o particulares. Solicitar al Centro de Atención a Víctimas de la CEDH la emisión de opinión médica en los expedientes que corresponda.Turnar expedientes de queja a la Segunda Visitaduría General cuando sea asunto de su competencia. Remitir a la Dirección de Seguimiento y Conclusión los expedientes de queja cuyo proyecto de recomendación o de acuerdo de no responsabilidad se haya enviado a Presidencia.Remitir a la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas de la CEDH los expedientes concluidos, para su incorporación al archivo general.
VI. PROCEDIMIENTO DEL EXPEDIENTE DE MEDIDA CAUTELAR EN LA COORDINACION PENITENCIARIA
1. Medida CautelarEmisión de Medida Cautelar penitenciaria1.1 Solicitar en cualquier momento a las autoridades penitenciarias que se tomen todas las medidas precautorias o cautelares necesarias, de conservación o restitutorias, si se advierte, aún presuntivamente, al realizar el análisis y estudio de las declaraciones vertidas por personas privadas de libertad ante personal de la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas o de la Tercera Visitaduría, que pueden producirse daños de difícil reparación, o para evitar la consumación irreparable de las violaciones denunciadas o reclamadas.1.2 Instruir a alguno/a de los/las integrantes de la Coordinación Penitenciaria para realizar la redacción del acuerdo en el que se emita la medida respectiva y para solicitar al personal de la DORQ el número consecutivo que corresponda a la medida cautelar y al expediente de la misma.Remitir vía electrónica a el/la Visitador/a General el acuerdo mediante el cual se emite la medida cautelar, para su revisión y aprobación u observaciones.El acuerdo deberá precisar las acciones que se requieren a la autoridad penitenciaria para la salvaguarda de los derechos humanos del interno que se consideran en riesgo y solicitar la remisión en breve término (72-24 horas) del correspondiente informe y documentación que acredite el cumplimiento de la medida. 1.4 Revisar el contenido del acuerdo antes referido, realizar las modificaciones necesarias o instruir al personal de la Coordinación Penitenciaria para que las realice.1.5 Realizar la impresión del acuerdo, plasmar la antefirma en cada una de las páginas que lo componen y la firma completa y sello al calce; al aprobarlo. 1.6 Remitir al personal de la Coordinación Penitenciaria, vía electrónica, el acuerdo de medida cautelar, para que proceda a redactar el correspondiente oficio dirigido a la autoridad, para notificar dicho acuerdo.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO VG 003 PR EXPEDIENTE DE MEDIDA CAUTELAR EN LA COORD. PENITENCIARIA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
El oficio dirigido a la autoridad requerida contendrá en su epígrafe la mención de que notifica medida cautelar y el número de ésta, subrayando también el carácter de confidencial y urgente.El oficio deberá ser dirigido al C. Secretario de Seguridad Pública del Estado, marcando copia para el C. Director de Asuntos Jurídicos de dicha dependencia y para los C, Alcaides de los centros penitenciarios del Estado, en caso de que la persona beneficiaria de la medida cautelar se encuentre internado en alguno de ellos.copia para el C. Encargado del Despacho de la Visitaduría General de la misma Procuraduría y para el C. Director General de la Agencia Estatal de Investigaciones, en caso de de que la persona beneficiaria de la medida cautelar se encuentre privada de la libertad en las celdas de la Policía Ministerial o en alguna Casa del Arraigo. El oficio deberá ser dirigido al C. Secretario de Seguridad Pública Municipal o, en su caso, Director de Policía, cuando la persona beneficiaria de la medida cautelar se encuentre privada de la libertad en las celdas de alguna cárcel municipal o distrital.Notificación de la Medida Cautelar penitenciaria1.7 Remitir vía electrónica a el/la Visitador/a General, el oficio de notificación del acuerdo que emite la medida cautelar, para su revisión y aprobación u observaciones.1.8 Revisar el contenido del oficio antes referido; realizar las modificaciones necesarias o instruir al personal de la Coordinación Penitenciaria para que las realice.1.9 Realizar la impresión del oficio, en tantos ejemplares como sean necesarios según el caso, plasmar la antefirma en cada una de las páginas que los componen y la firma completa y sello al calce de cada uno de ellos. Entregar los oficios a la secretaria-mecanógrafa o a alguno/a de los /las integrantes de la Coordinación Penitenciaria, para que redacten las correspondientes cédulas de notificación.1.11 En su caso, entregar los oficios y sus cédulas de notificación a la secretaria mecanógrafa.1.12 Incorporar los datos de los oficios a la lista de documentos por notificar y entregarlos al personal de la Secretaría Ejecutiva de la CEDH, previa firma de recibido, a fin de que alguno de los Notificadores Oficiales realice la notificación de los mismos a sus respectivos destinatarios.De ser necesario, por la urgencia o el horario de atención del caso, la medida cautelar podrá ser notificada por cualquier integrante del personal de la CEDH.1.13 Anexar al expediente la cédula de notificación debidamente sellada y/o firmada de recibido, una vez que sea remitida por el personal de la Secretaría Ejecutiva.1.14 Remitir el acuerdo que emite la medida cautelar, un ejemplar del oficio de notificación de dicha medida a la autoridad y los demás anexos con que se cuente, a la DORQ, para que se elabore el expediente correspondiente.Recibir el expediente de medida cautelar penitenciaria remitido por la DORQ1.15 Firmar de recibido en el libro de registro de la DORQ, asentando en forma manuscrita la fecha y hora de recepción y la antefirma o firma correspondiente.1.16 Asentar, en forma manuscrita, los datos del expediente recibido, en el libro de registro de expedientes recibidos; especificando los anexos que, en su caso, se hayan allegado.1.17 Incorporar al sistema SAQ los datos del expediente recibido, especificando sus anexos.1.18 Hacer entrega del expediente recibido, al personal de la Coordinación Penitenciaria.
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Seguimiento a la medida cautelar penitenciaria1.19 Registrar en el libro correspondiente la respuesta de la autoridad a la medida cautelar emitida, dándole conocimiento de la misma a el/la Visitador/a General, en su caso. 1.20 Glosar al expediente la respuesta de la autoridad.1.21 Realizar las entrevistas necesarias con el/la beneficiario/a de la medida cautelar, para corroborar la aplicación de la misma por parte de la autoridad y/o la pertinencia de su vigencia.1.22 Girar los oficios que sean necesarios a la autoridad, para requerir el cumplimiento de la medida cautelar, dando cumplimiento a las actividades descritas en el apartado 1.2.1.23 Realizar las demás gestiones que se estimen pertinentes para requerir el cumplimiento de la medida cautelar y asegurar la plena vigencia de los derechos humanos de la persona beneficiaria de la misma. Conclusión de la Medida Cautelar penitenciaria1.24 Redactar el acuerdo de conclusión de la medida cautelar, una vez que haya sido debidamente cumplida por la autoridad, se estime innecesario que continúe vigente, o hayan transcurrido treinta días desde su emisión.1.25 Remitir vía electrónica a el/la Visitador/a General, el acuerdo de conclusión de la medida cautelar, para su revisión y aprobación u observaciones. 1.26 Revisar el contenido del acuerdo antes mencionado; realizar las modificaciones necesarias o instruir al personal de la Coordinación Penitenciaria para que las realice. 1.27 Realizar la impresión del acuerdo de conclusión de la MC, plasmar ante firma en cada una de las páginas que lo componen y firma completa y sello al calce. 1.28 Remitir al personal de la Coordinación Penitenciaria, vía electrónica, el acuerdo mencionado.1.29 Redactar el oficio para notificar dicho acuerdo de conclusión, dirigido al beneficiario de la medida, con copia para las autoridades correspondientes.Notificación de la conclusión de la Medida Cautelar penitenciaria1.30 Remitir vía electrónica a el/la Visitador/a General, el oficio de notificación del acuerdo de conclusión de la medida cautelar, para su revisión y aprobación u observaciones. 1.31 Revisar el contenido del oficio antes referido; realizar las modificaciones necesarias o instruir al personal de la Coordinación Penitenciaria para que las realice.Realizar la impresión del oficio, en tantos ejemplares como sean necesarios según el caso, plasmar antefirma en cada una de las páginas que los componen y firma completa y sello al calce de cada uno de ellos. 1.33 Entregar los oficios a la secretaria-mecanógrafa o a alguno/a de los integrantes de la Coordinación Penitenciaria, para que redacten las correspondientes cédulas de notificación.1.34 Entregar los oficios y sus cédulas de notificación a la secretaria mecanógrafa, en su caso.1.35 Incorporar los datos de los oficios a la lista de documentos por notificar y entregarlos al personal de la Secretaría Ejecutiva de la CEDH, previa firma de recibido, a fin de que alguno de los Notificadores Oficiales realice la notificación de los mismos a sus respectivos destinatarios.1.36 Anexar al expediente la cédula de notificación debidamente sellada y/o firmada de recibido, una vez que sea remitida por el personal de la Secretaría Ejecutiva.
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MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Cierre del expediente de Medida Cautelar penitenciaria1.37 Dar de baja el expediente en el sistema SAQ; realizar las anotaciones manuscritas correspondientes para ese efecto en la carátula del expediente y en el libro de registro.1.38 Remitir el expediente a la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas, contra firma de recibido, para su envío al archivo general.
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VII. DIAGRAMA DE FLUJO
3er VISITADURIA GENERAL
RESP. DE LA COORD.
PENITENCIARIA
OTRAS ÁREAS
Remite electrónicamente
DORQ
ENVIA EXPEDIENTE
SECRETARIA MECANÓGRAFA
Solicita a las autoridades
penitenciarias que se tomen las medidas
cautelar necesarias.
REDACTA EL ACUERDO EN QUE SE
EMITE LA MEDIDA RESPECTIVA Y
SOLICITA DORQ EL FOLIO ó
#·
CONSECUTIVO DE DICHA
MEDIDA
Revisa, y realiza las modificaciones necesarias o instruye al personal e la
Coordinación Penitenciaria para que las realice
Redacta el correspondiente oficio dirigido a la autoridad para notificar dicho acuerdo
(medida cautelar)
Notifica a la autoridad el acuerdo de la medida cautelar
Remite un ejemplar del oficio de dicha Medida y los
demás anexos para que DORQ elabore el
correspondiente expediente.
Incorpora al Sistema SAQ los datos del expediente recibido con sus anexos
Registra manualmente
la respuesta de la autoridad a la medida
cautelar emitida
Hace de su conocimiento al
Visitador General
Redacta y Notifica el acuerdo de conclusión de la medida cautelar, una vez que haya sido
cumplida por la autoridad y se estime innecesario continué
vigente
Cierra el expediente de la Medida Cuartelar
penitenciaria, da la
baja del expediente en el Sistema SAQ
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MANUALDE PROCEDIMIENTOS
VIII. DOCUMENTOS ASOCIADOS
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Tratados internacionales en materia de derechos humanos, suscritos por el Estado Mexicano.
Normatividad de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Derecho Interno.
Criterios jurisprudenciales internacionales, regionales y estatales, en materia de derechos humanos.
IX. CONTROL DE REGISTRO
Sistema SAQ.Libros de registro de expedientes y oficios.Agenda de comparecencias.Informes semanales y mensuales.Registro de actividades diarias.Registros de administración jurídica de los expedientes.
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PROCEDIMIENTO EXPEDIENTE DE SOLICITUD DE GESTION EN LA COORDINACION PENITENCIARIA
I. OBJETIVO
Proporcionar una guía sistemática y objetiva que permita adquirir las herramientas conceptuales y prácticas que faciliten un desempeño profesional y eficaz del personal adscrito, en la atención que se brinda a las personas víctimas de presuntas violaciones a sus derechos humanos, durante la solicitud de gestión, en la Visitaduría General de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
II. ALCANCE
Este procedimientos es aplicable en la solicitud de gestión remitidos por la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas de la Comisión Estatal de Derechos Humanos a la Visitaduría General a las/los Visitadores Adjuntos, las/los Defensores de Derechos Humanos y el personal secretarial.
El trámite y la integración de un expediente de solicitud de gestión en la Visitaduría General inicia desde el momento en que el expediente es turnado por la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas (DORQ) de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, hasta que se prepara el correspondiente proyecto de recomendación o de acuerdo de no responsabilidad, o el acuerdo de conclusión, por las siguientes causas: a) Porque no corresponda a la Comisión conocer de la queja planteada.b) Porque los hechos delatados no constituyan violación a los derechos humanos y se oriente jurídicamente al quejoso. c) Por haberse dictado previamente una Recomendación, y la presentación de la nueva queja sea por hechos derivados del cumplimiento de la Recomendación. d) Por desistimiento del quejoso. e) Por falta de interés del quejoso. f) Por haberse dictado anteriormente un acuerdo de acumulación de expediente. g) Por haberse solucionado la queja mediante los procedimientos de conciliación. h) Por haber quedado sin materia. i) Cuando así lo considere el Visitador General, sustentado legalmente.j) Por contradicciones entre el dicho del quejoso y la información aportada por la autoridad.
III. GLOSARIO
Nota: Los conceptos que se proporcionan en este glosario tienen como única finalidad clarificar aquellos de carácter técnico o propio del lenguaje jurídico de uso constante en este manual, por lo que su aplicación debe circunscribirse al mismo.
Queja: Todo planteamiento en contra de una autoridad o servidor público estatal o municipal, cuando presuntamente haya violado los derechos humanos de una persona física o moral.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO VG 004 PR EXPEDIENTE DE SOLICITUD DE GESTIÓN EN LA CORD. PENITENCIARIA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
jurídica y patrimonio propios, cuyo objeto esencial es la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos consagrados en el orden jurídico mexicano y en los Tratados Internacionales que el Estado Mexicano ha ratificado.Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos: Ordenamiento legal de índole orgánico y adjetivo. Reglamento Interior de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León: Ordenamiento legal que reglamenta la Ley que crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, regulando la estructura, facultades y funcionamiento de este organismo autónomo.Visitaduría General: Unidad organizacional de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, cuyas funciones principales son:a) Admitir o rechazar las quejas que le sean turnadas por la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas, realizando la calificación definitiva de las violaciones a derechos humanos denunciadas.b) Iniciar discrecionalmente, de oficio, la investigación de las denuncias que considere necesarias. c) Dar trámite a los expedientes de solicitud de gestión y de medida cautelar que le sean turnados por la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas, a través de la Coordinación Penitenciaria.d) Realizar las actividades necesarias para lograr, por medio de la conciliación, la solución inmediata de las violaciones de derechos humanos.e) Realizar las investigaciones, trámites y estudios necesarios para integrar los expedientes de queja y formular los proyectos de recomendación o de acuerdo de no responsabilidad que se someterán a la consideración de el/la Presidente.
Comisión Estatal de Derechos Humanos: Organismo público autónomo, con personalidad
Proveedor Entrada(s) Salida(s) Usuario (s)Dirección de Orientación y
Recepción de Quejas
- Expediente de
queja
-
Expediente
de medida cautelar
-
Expediente de solicitud de
gestión
- Acuerdo de conclusión
de expediente
de queja
-
Acuerdo de conclusión de
medida cautelar
-
Acuerdo de conclusión de
solicitud de gestión
-
Proyecto de recomendación o de acuerdo
de no responsabilidad de expediente
de queja, turnado a la Presidencia.
Personas víctimas de presuntas violaciones a derechos humanos
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f) Realizar las investigaciones, trámites y estudios necesarios para integrar los expedientes de queja, de medida cautelar o de solicitud de gestión y emitir, en los que corresponda, los acuerdos de conclusión. g) Solicitar a las autoridades competentes que se tomen todas las medidas precautorias o cautelares necesarias, de conservación o restitutorias, según lo requiera la naturaleza del asunto, para evitar la consumación irreparable de las violaciones a derechos humanos denunciadas o reclamadas, o la producción de daños de difícil reparación a los afectados.
IV. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Remitir oficios a la Secretaría Ejecutiva de la CEDH, para que se realice la notificación de los mismos a sus destinatarios, autoridades o particulares. Solicitar al Centro de Atención a Víctimas de la CEDH la emisión de opinión médica en los expedientes que corresponda.Turnar expedientes de queja a la Segunda Visitaduría General cuando sea asunto de su competencia. Remitir a la Dirección de Seguimiento y Conclusión los expedientes de queja cuyo proyecto de recomendación o de acuerdo de no responsabilidad se haya enviado a Presidencia.Remitir a la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas de la CEDH los expedientes concluidos, para su incorporación al archivo general.
PROCEDIMIENTO DEL EXPEDIENTE DE SOLICITUD DE GESTIÓN EN LA COORDINACIÓN PENITENCIARIA.
1. Recepción del expedienteRecibir el expediente remitido por la DORQ1.1 Firmar de recibido en el libro de registro de la DORQ, asentando en forma manuscrita la fecha y hora de recepción y la antefirma o firma correspondiente.1.2 Asentar, en forma manuscrita, los datos del expediente recibido, en el libro de registro de expedientes recibidos; especificando los anexos que, en su caso, se hayan allegado.1.3 Incorporar al sistema SAQ los datos del expediente recibido, especificando sus anexos.1.4 Hacer entrega del expediente recibido, al personal de la Coordinación Penitenciaria.2. Lectura, análisis y trámite del expedienteLeer y analizar el expediente recibido1.5 Leer y analizar minuciosamente la solicitud plasmada en el expediente recibido y las diligencias previas desahogadas por el personal adscrito a la DORQ, en caso de que se hayan realizado.Emisión de la solicitud de gestión penitenciaria1.6 Redactar el oficio de solicitud de gestión de la petición planteada por la persona privada de la libertad.El oficio dirigido a la autoridad requerida contendrá en su epígrafe como asunto, en forma concreta, la petición que se realiza, subrayando también el carácter de confidencial y urgente.El oficio deberá ser dirigido al C. Alcaide del centro penitenciario en el que se encuentre el interno, con copia para el C. Director de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO VG 004 PR EXPEDIENTE DE SOLICITUD DE GESTIÓN EN LA CORD. PENITENCIARIA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
El oficio deberá ser dirigido al C. Procurador General de Justicia del Estado, marcando copia para el C. Encargado del Despacho de la Visitaduría General de la misma Procuraduría y para el C. Director General de la Agencia Estatal de Investigaciones, en caso de de que la persona peticionaria de la solicitud de gestión se encuentre privada de la libertad en las celdas de la Policía Ministerial o en alguna Casa del Arraigo. El oficio deberá ser dirigido al C. Secretario de Seguridad Pública Municipal o, en su caso, Director de Policía, cuando la persona peticionaria de la solicitud de gestión se encuentre privada de la libertad en las celdas de alguna cárcel municipal o distrital.1.7 Remitir vía electrónica a el/la Visitador/a General, el oficio de solicitud de gestión, para su revisión y aprobación u observaciones.1.8 Revisar el contenido del oficio antes referido; realizar las modificaciones necesarias o instruir al personal de la Coordinación Penitenciaria para que las realice.1.9 Realizar la impresión del oficio, en tantos ejemplares como sean necesarios según el caso, plasmar la antefirma en cada una de las páginas que los componen y la firma completa y sello al calce de cada uno de ellos. Notificación de la Solicitud de Gestión penitenciaria1.10 Entregar los oficios a la secretaria-mecanógrafa o a alguno/a de los /las integrantes de la Coordinación Penitenciaria, para que redacten las correspondientes cédulas de notificación.1.11 En su caso, entregar los oficios y sus cédulas de notificación a la secretaria mecanógrafa.1.12 Incorporar los datos de los oficios a la lista de documentos por notificar y entregarlos al personal de la Secretaría Ejecutiva de la CEDH, previa firma de recibido, a fin de que alguno de los Notificadores Oficiales realice la notificación de los mismos a sus respectivos destinatarios.1.13 Anexar al expediente las cédulas de notificación debidamente selladas y/o firmadas de recibido, una vez que sean remitidas por el personal de la Secretaría Ejecutiva.Seguimiento a la solicitud de gestión penitenciaria1.14 Registrar en el libro correspondiente la respuesta de la autoridad a la solicitud de gestión remitida, dándole conocimiento de la misma a el/la Visitador/a General, en su caso. 1.15 Glosar al expediente la respuesta de la autoridad.1.16 Realizar las entrevistas necesarias con el/la peticionario/a de la gestión, para corroborar la atención dada a la misma por parte de la autoridad o la pertinencia de modificar la solicitud.1.17 Girar los oficios que sean necesarios a la autoridad, para reiterar o modificar la solicitud planteada, dando cumplimiento a las actividades descritas en los apartados del inciso 2 Emisión de la Solicitud de gestión penitenciaria, y en el de Notificación de la Solicitud de Gestión penitenciaria. 1.18 Realizar las demás gestiones que se estimen pertinentes para asegurar la plena vigencia de los derechos humanos de la persona peticionaria de la gestión.
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Conclusión de la Solicitud de gestión penitenciaria1.19 Redactar el acuerdo de conclusión de la solicitud de gestión, por conciliación, por desistimiento del peticionario, por haber quedado sin materia o a juicio del Visitador/a.1.20 Remitir vía electrónica a el/la Visitador/a General, el acuerdo de conclusión de la solicitud de gestión, para su revisión y aprobación u observaciones. 1.21 Revisar el contenido del acuerdo antes mencionado; realizar las modificaciones necesarias o instruir al personal de la Coordinación Penitenciaria para que las realice. 1.22 Realizar la impresión del acuerdo de conclusión de la solicitud de gestión, plasmar ante firma en cada una de las páginas que lo componen y firma completa y sello al calce. 1.23 Remitir al personal de la Coordinación Penitenciaria, vía electrónica, el acuerdo mencionado.1.24 Redactar el oficio para notificar dicho acuerdo de conclusión, dirigido al beneficiario de la gestión, con copia para las autoridades correspondientes.
Notificación de la conclusión de la Solicitud de Gestión penitenciaria1.25 Remitir vía electrónica a el/la Visitador/a General, el oficio de notificación del acuerdo de conclusión de la solicitud de gestión, para su revisión y aprobación u observaciones. 1.26 Revisar el contenido del oficio antes referido; realizar las modificaciones necesarias o instruir al personal de la Coordinación Penitenciaria para que las realice.1.27 Realizar la impresión del oficio, en tantos ejemplares como sean necesarios según el caso, plasmar antefirma en cada una de las páginas que los componen y firma completa y sello al calce de cada uno de ellos. 1.28 Entregar los oficios a la secretaria-mecanógrafa o a alguno/a de los integrantes de la Coordinación Penitenciaria, para que redacten las correspondientes cédulas de notificación.1.29 Entregar los oficios y sus cédulas de notificación a la secretaria mecanógrafa, en su caso.1.30 Incorporar los datos de los oficios a la lista de documentos por notificar y entregarlos al personal de la Secretaría Ejecutiva de la CEDH, previa firma de recibido, a fin de que alguno de los Notificadores Oficiales realice la notificación de los mismos a sus respectivos destinatarios.1.31 Anexar al expediente la cédula de notificación debidamente sellada y/o firmada de recibido, una vez que sea remitida por el personal de la Secretaría Ejecutiva. Cierre del expediente de Solicitud de Gestión penitenciaria1.32 Dar de baja el expediente en el sistema SAQ; realizar las anotaciones manuscritas correspondientes para ese efecto en la carátula del expediente y en el libro de registro.1.33 Remitir el expediente a la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas, contra firma de recibido, para su envío al archivo general.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO VG 004 PR EXPEDIENTE DE SOLICITUD DE GESTIÓN EN LA CORD. PENITENCIARIA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
DIAGRAMA DE FLUJO
TERCERA VISITADURIA
GENERAL
RESPONSABLE DE LA COORDINACIÓN PENITENCIARIA
OTRAS ÁREAS
Secretaria mecanógrafa
Remite vía electrónica
Secretaria mecanógrafa
Secretaría Ejecutiva CEDH
Firma de recibido en el libro de registro DORQ e
incorpora al Sistema SAQ
Recibe expediente lo analiza, redacta el oficio de solicitud de gestión por la persona privada de su libertad
Recibe oficio de solicitud de gestión para
aprobación, revisión ú observación, autorizar
Notifica de la solicitud de gestión penitenciaria y
redactan las correspondientes cédulas
de notificación.
Recibe los oficios y sus Notificadores oficiales
realizan la misma, a sus respectivos destinatarios
Anexa al expediente las cédulas de notificación debidamente selladas y
firmadas de recibido
Redacta el acuerdo de conclusión de solicitud de
gestión, por conciliación, por desistimiento del
peticionario, por haber quedado sin materia a juicio
del Visitador
Remite vía electrónica el acuerdo mencionado
Revisa el contenido y realiza las impresiones del oficio con firma y sello al
calce Entrega los oficios y sus cedulas a Secretaria
Ejecutiva para notificación
Cierra el expediente de solicitud de gestión y lo remite
a DORQ para su archivo
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DOCUMENTOS ASOCIADOS
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Tratados internacionales en materia de derechos humanos, suscritos por el Estado Mexicano.
Normatividad de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Derecho Interno.
Criterios jurisprudenciales internacionales, regionales y estatales, en materia de derechos humanos.
CONTROL DE REGISTRO
Sistema SAQ.Libros de registro de expedientes y oficios.Agenda de comparecencias.Informes semanales y mensuales.Registro de actividades diarias.Registros de administración jurídica de los expedientes.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO VG 004 PR EXPEDIENTE DE SOLICITUD DE GESTIÓN EN LA CORD. PENITENCIARIA
DIRECCIÓN DEL CENTROINTEGRAL Y ATENCIÓN AVICTIMAS
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
PROCEDIMIENTO ACOMPAÑAMIENTO EMOCIONAL.
I. OBJETIVO
Brindar una atención Integral, especializada y de vanguardia a víctimas de violencia, incluyendo asesoría legal, con observación plena de los derechos humanos, apegada a los estándares internacionales de calidad y siguiendo las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, para la detección psicológica oportuna, para evitar secuelas de índole emocional.
II. ALCANCE
Desde la intervención en crisis e intervención de primeros auxilios psicológicos; acompañamiento para dar seguimiento a las necesidades de la víctima por el evento relatado hasta la conclusión de la Crisis.
III. DEFINICIONES
La intervención en crisis consiste en un acompañamiento que requiere la habilidad para la creación de un clima óptimo de comunicación que facilite: la libertad de expresión por parte de la persona en crisis, la aceptación de la persona y de su situación, la expresión de la capacidad para escuchar de manera empática, la búsqueda de soluciones realistas, y la expresión natural de afecto y cercanía. Se trata de propiciar una situación de seguridad psicológica que permita la exploración de los eventos críticos en un contexto de realidad.
IV. ENFOQUE DE PROCESO
Centro Integral de Atención a Víctimas
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
PresidenciaMedios De ComunicaciónDORQ.Primera Visitaduria
Víctima
DORQ, Primera Visitaduría,
Presidencia y Medios de
Comunicación
Centro Integral de Atención a Víctimas
Víctima
Usuarios con vivencias de eventos críticos, de emergencia y/o de desastre.
Solicitud de Intervención
Intervención de Primeros Auxilios Psicológicos.
Recibe la Intervención Interna y/o externa, individual y/o grupal. .
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DIAGRAMA DE FLUJO
Área de la CEDHNL DORQ. Centro Integral a Víctimas.
DORQ registra solicitud de
intervención en SAQ. Canaliza solicitud
y /o queja al área correspondiente.
Recibe Solicitud.
Recibe en la CEDH y/o Se
dirige al lugar en donde está la
víctima
Llenado de formato de
Primeros Auxilios
Se acerca y/o recibe a la
víctima.
Realización de la Intervención de
Primeros Auxilios Psicológicos.
Firma del Consentimiento Informado de los Primeros Auxilios
Psicológicos.
Llenado de solicitudes SAQ.
Entrega de Informe por
escrito
Primera Visitaduria
solicita Intervenciones
de primeros Auxilios
Psicológicos y/o Investigaciones
Bio-psico-sociales de la
víctima.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO CIAV 001 PR ACOMPAÑAMIENTO EMOCIONAL
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
I. DESCRIPCION DE PROCEDIMIENTO
Recibe las solicitudes de DORQ y/o Primera Visitaduría y/o Presidencia y Medios de Comunicación.
Establece contacto con el usuario: Estableciendo la Empatía entre el Asesor Victimológico y el usuario y/o víctima. Ya sea en el Interior de la CEDH o Dirigiéndose al domicilio, Plantel Educativo, o Dependencias de Gobierno.Se hace un llenado de Formato de Intervención de Primeros Auxilios Psicológicos. Evaluación de la situación: Se establecen los diferentes síntomas a mejorar o modificar. (Creación de expectativas). Se le da a firmar al usuario un Consentimiento Informado para la Intervención de Primeros Auxilios Psicológicos.El Consentimiento informado implica un compromiso ético entre el Asesor Victimológico y usuario y/o víctima y tiene como objetivo reflejar el acuerdo entre ambas partes sobre la Intervención de Primeros Auxilios Psicológicos.Aplicación de la Técnica de Primeros Auxilios Psicológicos. Detectar las necesidades urgentes del usuario y/o víctima. Las Intervenciones son tanto Individuales como grupales.Colaboración del usuario: Que el usuario realice los ejercicios prácticos o tareas tanto en las sesiones como para en la casa.Se realiza el llenado de solicitud en el SAQ.Se realiza un Informe por escrito de dicha Intervención.Se lleva un acompañamiento de seguimiento hasta que el usuario y/o víctima ha cubierto las necesidades del evento que desató dicha Intervención.
II. DOCUMENTOS ASOCIADOS
El Derecho Humano a la Salud El Derecho Humano a la Salud Mental
III. CONTROL DE REGISTRO
Sistema del SAQSERVER Informes mensuales entregados a Presidencia.
FOLIO CIAV 001 PR ACOMPAÑAMIENTO EMOCIONAL
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PROCEDIMIENTO APLICACIÓN DEL PROTOCOLO DE ESTAMBUL
I. OBJETIVO
Documentar posibles violaciones en los derechos humanos en lo referente a tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes a aquellos casos que así lo requieran con la aplicación del Protocolo de Estambul (Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes).
II. ALCANCE
El alcance es hacia aquella persona o personas que manifiestan ante ésta CEDH, directamente o a partir de un tercero, haber recibido algún maltrato, tortura, u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, por parte de servidores públicos.
A partir de esto se emite una solicitud por las diferentes áreas de ésta CEDH, y se procede a la realización del dictamen correspondiente. Que pudiera llevarse a cabo en diferentes escenarios, como los son las instalaciones de la institución, domicilios particulares, Centros Penitenciarios, Casas de Arraigo, Agencias de investigación, Centros tutelares para menores, Cárceles municipales, instituciones del DIF, y de otras dependencias gubernamentales del estado de Nuevo León.Una vez realizado el dictamen se entrega al área que lo solicitó.
III. DEFINICIONES
Un dictamen psicológico o físico, con base en el Protocolo de Estambul, es un procedimiento en el cual un perito en el tema evalúa estructuradamente a una persona con el fin de recabar información pertinente de su estado psicológico o médico para emitir un diagnóstico clínico y sugerencias sobre el manejo que se le debe dar al afectado. Todo esto sustentado en la literatura y conocimientos de su área profesional.
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
Dirección de Orientación y Recepción de Quejas.Primera Visitaduria Segunda Visitaduria Tercera Visitaduria
Área solicitante Solicitud de Médico asignado Estatus de la solicitud
DORQ, Primera, Segunda, y Tercera visitadurías.
Dictamen físico con base en el Protocolo de Estambul. Dictamen psicológico con base en el Protocolo deEstambul.
Dr. Francisco Aguilar Delgado. Dr. Rubén Neave Ureña.
Dr. Angel Mario Chapa Martínez.
Entrevistado.
En redacción. Entregado.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO CIAV 002 PR APLICACIÓN DEL PROTOCOLO DE ESTAMBUL
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
VI. DIAGRAMA DE PROCEDIMIENTO
1. Se recibe la solicitud en el CIAV, por parte de las áreas de esta CEDH, para la realización de un dictamen físico y/o psicológico, de acuerdo a los lineamientos del Protocolo de Estambul.
2. En el caso de que se trate de una persona que se encuentra detenida, arraigada, o recluida, se procede a realizar el oficio dirigido a la autoridad correspondiente, con el fin de llevar a cabo el dictamen en las instalaciones donde se encuentre. Cuando se trate de una persona que no pueda acudir a la CEDH, es el área solicitante quien se encarga de notificar sobre la visita del médico. También es el área solicitante quien se encarga, en coordinación con el CIAV, de programar la cita en personas que si pueden acudir a estas instalaciones.
3. Se le explica a la persona el objetivo y las características de la evaluación y si está de acuerdo se le pide que firme el formato de consentimiento bajo información, con el cual nos autoriza que se efectúe el dictamen físico y/o psicológico. En caso de que se niegue a firmar no se realiza.
4. Se hace la evaluación clínica, utilizando en el caso del dictamen físico, una grabadora de voz y cámara fotográfica; en el dictamen psicológico se videograba y se aplican instrumentos clinimétricos.
5. Se integra la información recabada, analizando los datos de acuerdo al Protocolo de Estambul y apoyado en literatura médica y/o psicológica.
6. Se emite un diagnóstico y las recomendaciones médicas y/o psicológicas del caso.
7. Se entrega el dictamen al área que lo solicitó.
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VII. DIAGRAMA DE FLUJO
VIII. DOCUMENTOS ASOCIADOS Manual de investigación y documentación efectiva sobre tortura, castigos y tratamientos crueles, inhumanos o degradantes. (Físico y Psicológico).
IX. CONTROL DE REGISTRO
Informes mensuales entregados a Presidencia.
Área de la CEDH. CIAV Evaluación Entrega de dictamen
Envía solicitud. Manda solicitud a la autoridad para
poder llevar a cabo el dictamen; y en otros casos.
Explicación del objetivo y
características de la evaluación.
Realización de la evaluación clínica.
Integración de la información Recabada.
Emisión del diagnóstico y
recomendaciones médicas y/o psicológicas.
Entrega del dictamen al área que lo solicitó.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO CIAV 002 PR APLICACIÓN DEL PROTOCOLO DE ESTAMBUL
SECRETARIA EJECUTIVA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
SESIONES DEL CONSEJO CONSULTIVO
I. OBJETIVO
Rendir informes periódicos a los miembros del Consejo Consultivo de las acciones de la Presidencia, Visitadurías Generales, Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos y demás Áreas de la Comisión, así como dar seguimiento a los acuerdos que tuvieron lugar durante las sesiones del Consejo.
II. ALCANCE
El Consejo Consultivo, que forma parte integrante de la Comisión, tiene como rol activo informar sobre las inquietudes ciudadanas y ser una instancia de consulta de las decisiones operativas de la institución, esto conforme a lo establecido en la ley y reglamento que la rigen.
III. DEFINICIONES
Actas: es el documento escrito que registra los temas tratados en las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo, dónde se asentará una síntesis de las intervenciones de cada Consejero y de los Funcionarios que a ella asistan. Igualmente, se transcribirán los acuerdos o declaraciones que se hayan aprobado.
Consejo Consultivo: es un órgano de consulta permanente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Sesiones: Son las Reuniones del Consejo de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, en dónde la Titular de la Presidencia funge como Presidente (a) del Consejo Consultivo y el Secretario (a) Ejecutivo (a), actúa como Secretario (a) del Consejo y dará lectura al informe que rendirán los Visitadores Generales en el que se asentará –numéricamente- ;El total de quejas recibidas en el mes, Los expedientes que fueron concluidos y sus causas, Las Recomendaciones y los Acuerdos de No Responsabilidad expedidos, Las personas que fueron atendidas para efectos de orientación y/o canalización, Así como cualquier aspecto que resulte importante para los Consejeros.
IV. ENFOQUE DE PROCESOProveedor(es)Entrada(s)Salida(s)Usuario(s)Presidencia, Visitadurías y Direcciones de la CEDHNLInformación al Consejo de las Distintas Actividades de la Presidencia, Visitadurías, Direcciones y actividades del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos.Acta de ConsejoAcuerdo del ConsejoMiembros del Consejo Consultivo de la Comisión Estatal de Derechos Humanos
V. PROCESOS INTERRELACIONADOSNo aplica
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VI. DIAGRAMA DE FLUJO
Titulares de Área de la CEDHNL
Secretaría Ejecutiva Presidencia / Consejo Consultivo CEDHNL
Envío de Informes de Actividades de las Áreas de
la CEDHNL, Visitadurías, Direcciones e Instituto de Estudios y Formación en
Derechos Humanos. Elaboración del Resumen
de Actividades de la CEDHNL y Recopilación de Información para Sesión de
Consejo.
Observaciones y/o Aprobación del Acta y de los
Acuerdos tomados en la Sesión Anterior.
Envío de Proyecto de
Agenda de Actividades del Instituto de Estudios y
Formación en Derechos Humanos.
Envío de Citatorios a Consejeros para celebrar Sesiones Ordinarias y/o
Extraordinarias.
Celebración de la Sesión Ordinaria y/o Extraordinaria.
Observaciones y/o comentarios a las Actividades Realizadas por la CEDHNL.
Programación de la Siguiente Sesión del Consejo y Seguimiento al Cumplimiento de los Acuerdos tomados por el Consejo.
Elaboración del Acta de la Sesión Anterior, del
Proyecto de Orden del Día y de los Asuntos Generales.
Revisión de los Asuntos Generales, Acuerdos del
Consejo y de la Agenda de Actividades del Instituto de Estudios y Formación en
Derechos Humanos
Visto Bueno y/o Modificación del Orden del Día y/o los
Asuntos Generales por parte de la Presidencia.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO SE 001 PR SESIONES DEL CONSEJO CONSULTIVO
I. DESCRIPCION DE PROCEDIMIENTO
Elaboración de Acta del Consejo. El Titular de la Secretaría Ejecutiva será el encargado preparar, de acuerdo con el/la Titular de la Presidencia, el orden del día a que se sujetarán las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo, levantando las actas respectivas y autorizándolas con su firma.
Envío de Informes. Envío al Titular de la Secretaría Ejecutiva del Informe que rinda el Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos, las Direcciones y las Visitadurías Generales
Elaboración del Resumen Informativo. El Titular de la Secretaría Ejecutiva elaborará en dónde se asentará –numéricamente- el total de quejas recibidas en el mes, los expedientes que fueron concluidos y sus causas, las Recomendaciones y los Acuerdos de No Responsabilidad expedidos, las personas que fueron atendidas para efectos de orientación y/o canalización, así como cualquier aspecto que resulte importante para los Consejeros, así como las acciones que informe las Direcciones y el Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos.
Proyecto de Agenda de Actividades del IEFDH. El Director General del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos enviará a la Titular de la Presidencia y Secretario del Consejo Consultivo el proyecto de Agenda de Actividades Mensuales del Instituto.
Citatorio a Consejeros. El Titular de la Secretaría Ejecutiva enviará a los miembros del Consejo el citatorio para las Sesiones Ordinarias y Extraordinaria del Consejo Consultivo de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Celebración de las Sesiones del Consejo. En la fecha programada se celebrarán las Sesiones del Consejo Consultivo, en la cual se hará la aprobación o en su caso las observaciones al Acta del Consejo de la Sesión anterior y de los Acuerdos; se revisará el Informe de Actividades emitido por las Visitadurías Generales, la Direcciones y el Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos, así como de la Agenda de Actividades del Instituto; se programará la próxima sesión del Consejo y se dará el informe del seguimiento a los Acuerdos del Consejo Consultivo.
II. DOCUMENTOS ASOCIADOS
Informes de Actividades emitidos por los Titulares de ÁreaActas de ConsejoAcuerdos de ConsejoCitatoriosRegistro de Asistencia
III. CONTROL DE REGISTRO
Actas de RegistroExpediente de Sesiones de Consejo
MANUALDE PROCEDIMIENTOSFOLIO SE 001 PR SESIONES DEL CONSEJO CONSULTIVO
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DIRECCIÓN GENERAL DELINSTITUTO DE ESTUDIOS YFORMACION EN DERECHOS HUMANOS
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
PROCEDIMIENTO PARA SOLICITUD DE SERVICIOS AL IEFDH
I. OBJETIVODescribir los pasos a seguir para dar atención y respuesta rápida y eficiente a las solicitudes realizadas por organizaciones de la sociedad civil, instituciones educativas, funcionarios públicos, empresas y población en general para asistir como expositores de temas en materia de formación en derechos humanos.
II. ALCANCEESTE DOCUMENTO APLICA PARA EL Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, así como las instancias involucradas.
III. DEFINICIONES·Servicio.- se refiere a la plática, conferencia o taller que soliciten diversas instancias a la CEDHNL.·Oficio.- se refiere al documento formal en hoja membretada de la instancia solicitante.
IV.ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOSEste documento no cuenta con interrelación de procesos.
Proveedor (es) Entrada (s) Salida (s) Usuario (s) CEDHNL Solicitud de Servicio Servicio
Proporcionado Organismos Públicos Organismos Privados Organismos Gubernamentales Organismos de la Sociedad Civil Instituciones Educativas
FOLIO DGIEFDH 001 PR SOLICITUD DE SERVICIOS AL IEFDH
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VI. DIAGRAMA DE FLUJO
Solicitud de Servicio
Petición formal de Conferencia
Asignación de Conferencista
Respuesta de Solicitud
Elaboración de Material
Impartición de la Conferencia
Reporte Mensual
Reporte Anual
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DGIEFDH 001 PR SOLICITUD DE SERVICIOS AL IEFDH
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
VII. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Solicitud de ServicioEsta puede ser por teléfono, personalmente, por fax o correo electrónico.
Petición Formal de ConferenciaSe gira oficio de solicitud, dirigido a la Presidenta(o) e la CEDHNL; con atención al Director del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos de la CEDHNL, especificando el tipo de población, tema, lugar, fecha, hora y número de personas que recibirán la conferencia así como el apoyo del transporte para el conferencista.
Asignación de ConferencistaSe asigna de acuerdo a la temática y área especifica que maneja el expositor.
Respuesta de SolicitudLa Comisión enviará un oficio de aceptada su solicitud para dicha conferencia con el nombre del expositor quien impartirá la conferencia y requerimientos que necesite el expositor para su presentación.
Preparación del Material DidácticoSe actualiza material didáctico para realizar presentación en power point y se prepara material de folletería para los asistentes a dicha conferencia.
Impartición de la ConferenciaSe imparte por el personal de C. E. D. H y estas tienen una duración de 1-una hora y media por tema.
Reporte MensualSe realiza un reporte mensual cuantitativo con las actividades realizadas durante el mes, así como las coordinaciones que se establecieron.
Reporte AnualSe realiza un reporte cuantitativo y cualitativo con las actividades realizadas durante los meses donde se incluye la dinámica grupal observada en el transcurso de la conferencia.
VIII. DOCUMENTOS ASOCIADOS
OficiosDocumentos sobre temario de conferencias, platicas y talleres del IEFDH
IX. CONTROL DE REGISTROInformes mensuales
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DESARROLLO DE PROGRAMAS ESPECÍFICOS Y GENERALES CON RESPECTO AL ESTUDIO Y FORMACION EN DERECHOS HUMANOS.
I. OBJETIVO
Fomentar la cultura del respeto a los Derechos Humanos, en el ámbito estatal así como elaborar y llevar a cabo programas preventivos en la materia.
II. ALCANCE
Abarcar al personal de base de la CEDH, así como a la comunidad en general, educativa y de organizaciones civiles, del sector privado y servidores públicos.
III. ENFOQUE DE PROCESO
IV. PROCESOS INTERRELACIONADOSDORQVISITADURIA GENERALSEGUIMIENTO Y CONCLUSION INVESTIGACION Y EVALUACION EN DERECHOS HUMANOSEDUCACION Y PARTICIPACION SOCIAL
V. DIAGRAMA DE FLUJO
VI. DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
Presentar a la Secretaria Ejecutiva y ésta a su vez a la Presidencia y al Consejo Consultivo. Las políticas y prioridades en materia de promoción y prevención de los Derechos Humanos.
Investigar la vulnerabilidad. De personas ó grupos proponiendo a la Secretaria Ejecutiva y ésta a su vez a la Presidencia y al Consejo Consultivo, proyectos de investigación social, legislativo ó documental y dar seguimiento a los mismos.
Oficios a expositores de otras instituciones Se giran oficios a los titulares de las otras instituciones que colaboran con expositores para diferentes temas.
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuarios(s) · Dirección
Educación yParticipación Social
·
Dirección deInvestigación y Evaluación en DH
o Programas de capacitación y promoción
Resultados de los programas decapacitación soportados conmateriales gráficos, y audiovisuales
para
la
promoción de los Derechos Humanos.
- Sector Educativo - Servidores Públicos. - Organizaciones de la Sociedad Civil. -
Sector Privado
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DGIEFDH 002 PR DESAROLLO DE PROGRAMAS ESPECÍFICOS Y GENERALES EN D.H.
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
V. DIAGRAMA DE FLUJO
VI. DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
·Presentar a la Secretaria Ejecutiva y ésta a su vez a la Presidencia y al Consejo Consultivo. Las políticas y prioridades en materia de promoción y prevención de los Derechos Humanos.
Investigar la vulnerabilidad. De personas ó grupos proponiendo a la Secretaria Ejecutiva y ésta a su vez a la Presidencia y al Consejo Consultivo, proyectos de investigación social, legislativo ó documental y dar seguimiento a los mismos.
Oficios a expositores de otras instituciones Se giran oficios a los titulares de las otras instituciones que colaboran con expositores para diferentes temas.
FOLIO DGIEFDH 002 PR DESAROLLO DE PROGRAMAS ESPECÍFICOS Y GENERALES EN D.H.
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Producción de Material Didáctico Se produce material grafico como trípticos, logotipos, carteles, manuales posters folletos etc. Así como programas audiovisuales de promoción de los Derechos Humanos.
Supervisión y Seguimiento a programas implementados. Seguimiento a los resultados de los programas referentes a la Educación en Derechos Humanos y a la atención de situaciones de riesgo de violación a los mismos.
Informe de actividades. Presentar mensualmente a la Secretaria Ejecutiva, el informe de actividades de cada área del Instituto y ponerlo a su consideración.
Planeación anual Elaborar la planeación anual de actividades del Instituto y presentarla a la Secretaria Ejecutiva para su revisión y posterior autorización de la Presidencia y del Consejo Consultivo.
DOCUMENTOS ASOCIADOS
Desarrollo de programas y su metodologíaManuales de capacitación para promotores de los Derechos Humanos
CONTROL DE REGISTRO
Informe Cuantitativo MensualListas de asistencia a los programas y capacitacionesRegistro de constancias entregadas
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DGIEFDH 002 PR DESAROLLO DE PROGRAMAS ESPECÍFICOS Y GENERALES EN D.H.
DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y EVALUACIÓN EN DERECHOS HUMANOS
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
PROCEDIMIENTO REVISTA EL LADO HUMANO
I. OBJETIVO
Publicar trimestralmente una revista propia que contenga la información necesaria para la identificación de las resoluciones emitidas por la CEDH y actividades de promoción de los derechos humanos, acompañadas de artículos de interés y de divulgación académica de los derechos humanos.
II. ALCANCE
Desde la recopilación de información que se incluirá en la revista hasta la entrega al proveedor para su impresión.
III. DEFINICIONES
IV. ENFOQUE DE PROCESO
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) Presidencia,
Secretaría Ejecutiva
Planeación, utilidad e impacto
Trabajo final Público en general, sectores
específicos.
CEDHNL/CEDH Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León. Imagen
institucional Es la imagen e identidad que la Comisión Estatal de Derechos Humanos debe dar a conocer a la comunidad en general.
Revista Publicación periódica por cuadernos, con escritos sobre varias materias, o sobre una sola especialmente.
Publicación
Escrito impreso , como un libro, una revista, un periódico, etc., que ha sido publicado.
Información
Comunicación o adquisición de conocimientos que permiten ampliar o precisar los que se poseen sobre una materia determinada.
FOLIO DIEDH 001 PR REVISTA EL LADO HUMANO
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V. DIAGRAMA DE FLUJO
PRESIDENCIA
DIRECCIÓN DE ORIENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE
QUEJAS
VISITADURIAS
DIRECCIÓN DE
SEGUIMIENTO Y CONCLUSIÓN
DIRECCIÓN DE
COMUNICACIÓN
DIRECCIÓN DE
INVESTIGACIÓN Y EVALUACIÓN
Invitación articulistas
Envía artículos
Envía información
Envía información
Envía información Envía
fotografías
Recibe para revisión
Envía a diseño
Revisa diseño Vo.Bo.
Se envía a imprimir y
publicar
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DIEDH 001 PR REVISTA EL LADO HUMANO
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
VI. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
1. Invitar investigadores para que realicen artículos con método científico. Se solicitará por medio de correo electrónico u oficio emitido por Presidencia, la elaboración de una investigación a manera de artículo y que contenga los elementos esenciales del método científico, debiendo confirmar la fecha límite para entregarlo.
1.1 Remisión de los artículos a la Dirección de Investigación y Evaluación. Los artículos se remitirán a la Dirección de Investigación y Evaluación en Derechos Humanos para que se revisen conforme a los estándares de publicación.
2 Recabar información. Se recibe la información a publicar y es editada por la Dirección de Investigación y Evaluación en Derechos Humanos.
2.1 Recabar notas de los eventos promocionales desarrollados por la CEDH. Se solicitará al Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos brinde las notas de los eventos más destacados que se hayan llevado a cabo dentro del trimestre señalado.
2.2 Recabar material fotográfico. Se solicitará a la Dirección de Comunicación que proporcione material fotográfico de calidad para que sea insertado estratégicamente en la publicación.
2.3 Recabar información para la sección Diálogo y Conciliación. Se solicita a la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas y a las Visitadurías Generales, datos estadísticos sobre el número de conciliaciones, solicitudes de gestión y casos resueltos por la vía del diálogo.
2.4 Recabar información para la sección El Lado de la Protección. Se solicita a la Dirección de Seguimiento y Conclusión que proporcione los datos estadísticos del número y síntesis de las recomendaciones emitidas en el que trimestre correspondiente.
3 Diseño. Se envía la información a publicar al área de diseño, quien iniciará el proceso de elaboración de gráficos, montaje de texto y fotografías, así como corrección fotográfica y de estilo.
4 Vo. Bo. Se dará el Vo.Bo., por Presidencia, sobre si se realizan o no, cambios en la publicación.
5. Impresión y publicación. Una vez autorizado por Presidencia se envía el documento en formado PDF para que se imprima digitalmente en imprenta y se publique.
FOLIO DIEDH 001 PR REVISTA EL LADO HUMANO
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FORMACIÓN PERMANENTE
I. OBJETIVO
Desarrollar e implementar mecanismos de capacitación para profesionalizar al personal que labora en la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
II. ALCANCE
Desde la convocatoria a la capacitación constante, permanente y profesional al personal de esta Comisión Estatal de Derechos Humanos hasta la certificación de asistencia.
III. DEFINICIONES
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
No aplica.
CEDHNL/CEDH Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León. Investigación Proceso por el cual se tiene como finalidad ampliar el
conocimiento científico. Análisis Examen que se hace a determinados documentos que
son susceptibles de estudio intelectual. Comparación Proceso consistente en ubicar diferencias y semejanzas
entre uno y otro elemento. Capacitación Habilitar a alguien para dese mpeñar una determinada
función. Retroalimentación Proceso por el cual intervienen dos actores o más con la
finalidad de llegar a una decisión en común después de una lluvia de ideas.
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) Presidencia Planeación,
utilidad e impacto Trabajo final Personal de la
CEDH.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DIEDH 002 PR FORMACIÓN PERMANENTE
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
VI. DIAGRAMA DE FLUJO
PRESIDENCIA DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y EVALUACIÓN EN DERECHOS HUMANOS
SOLICITUD DESIGNACIÓN DE PERSONA EXPERTA
EL CAPACITADOR ELEGIRÁ SU DINÁMICA Y MATERIAL
REVISIÓN DEL MATERIAL Y
RETROALIMENTACIÓN
SE ELIGE EL DÍA DE LA CAPACITACIÓN
Vo. Bo.
SE IMPARTE CAPACITACIÓN
FIN
FOLIO DIEDH 002 PR FORMACIÓN PERMANENTE
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VII. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Solicitud por correo electrónico y de manera personal. Se solicitará por medio de correo electrónico, la elaboración y posterior impartición de un determinado tema para capacitación, a fin de formar al personal de la CEDHNL.
Se designará a una persona experta en la materia. A través de la Dirección de Investigación y Evaluación en Derechos Humanos, se designará a una persona conocedora del tema y que tenga las habilidades requeridas para brindar la capacitación respectiva.
Identificar tipo de capacitación, dinámica y presentación a elaborar. Con base en la temática se realizará el proceso de selección de material a presentar, así como las dinámicas y presentaciones que se impartirán para capacitar al personal de la CEDHNL.
Revisión del material y retroalimentación. El personal encomendado para la impartición de las capacitaciones le hará llegar al Director de Investigación y Evaluación en Derechos Humanos, el material a exponer y habrá un periodo de retroalimentación en caso de ser necesario.
Elección del día a capacitar y periodicidad. Se elige, con anuencia de Presidencia, el día para iniciar las capacitaciones así como la periodicidad y duración de las mismas.
Vo. Bo. El programa de capacitación de remite a Presidencia para su posterior aceptación.Se imparte capacitación. Se realiza la capacitación dirigido al personal elegido en el lugar indicado por Presidencia para tales efectos.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DIEDH 002 PR FORMACIÓN PERMANENTE
PROCEDIMIENTO INVESTIGACIÓN PERMANENTE
I. OBJETIVO
Elaborar, desarrollar e implementar estrategias, planes, programas, publicaciones y acciones de análisis, estudio e investigación, a fin de elaborar insumos de carácter científico para la promoción y protección de los derechos humanos.
II. ALCANCE
Desde la definición del proceso de investigación, hasta la entrega del producto final.
III. DEFINICIONES
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
No aplica.
VI. DIAGRAMA DE FLUJO
Se anexa al final del documento.
VII. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Solicitud por correo electrónico y de manera personal. Se solicitará por medio de correo electrónico, la elaboración de un elemento (publicación, programa, estrategia, actividad o investigación).
CEDHNL/CEDH Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León. Investigación Proceso por el cual se tiene como finalidad ampliar el
conocimiento científico. Análisis Examen que se hace a determinados documentos que son
susceptibles de estudio intelectual. Comparación Proceso consistente en ubicar diferencias y semejanzas
entre uno y otro elemento.
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) Presidencia Planeación,
utilidad e impacto Trabajo final Público en general,
sectores específicos.
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
FOLIO DIEDH 003 PR INVESTIGACIÓN PERMANENTE
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Identificar tipo de documento a elaborar. Al recibir la solicitud, se deberá de preparar una planeación para su elaboración, el nivel de utilidad y de impacto.
Aportación de solicitante. La persona solicitante podrá adherir cualquier tipo de comentario, documento u otra aportación que ayude a perfeccionar la planeación.
Asignación de la tarea. De acuerdo a las aptitudes del personal adscrito a la Dirección de Investigación y Evaluación de Derechos Humanos, se le asignara la solicitud.
Inicio. Etapa en la cual se pondrá en marcha la elaboración.
Proceso de Investigación.
Recabar información, (antecedentes).
Marco legal de referencia, (identificarlo).
Derecho comparado, (en su caso).
Consideraciones, (argumentar la posición sobre el tema central)
Periodo de análisis. Etapa en la cual podrán intervenir las dos partes y en su caso reorientar la solicitud inicial, o seguir el mismo curso.
Entrega para revisión. Fecha de entrega del documento para su revisión.
Vo.Bo. Se deberá dar el Vo.Bo. del Director de Investigación y Evaluación de Derechos Humanos, sobre el documento elaborado.
Periodo de modificación. Etapa en la cual en caso de determinarse sí se realizarán modificaciones.
Entrega final. Fecha de entrega del documento final.
Edición. Etapa para ultimar detalles del documento final.
Diseño, impresión y publicación. Diseño, impresión y publicación del documento final.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DIEDH 003 PR INVESTIGACIÓN PERMANENTE
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
VIII. DIAGRAMA DE FLUJO
Presidencia Investigación
Identificar tipo de documento
Asignación de la tarea
Proceso de investigación
Solicitud
Recabar información (antecedentes)
Marco legal de referencia (identificarlo)
Entrega para revisión
Periodo de análisis
Consideraciones
Revisión Dirección
Aportaciones
Periodo de modificación
¿Es necesario modificar? SI
NO
Entrega final
Edición
Vo. Bo. Impresión y publicación FIN DE PROCESO
FOLIO DIEDH 003 PR INVESTIGACIÓN PERMANENTE
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PROCEDIMIENTO DISEÑO
I. OBJETIVO
Mantener una imagen institucional mediante el diseño de publicaciones de la CEDHNL, tales como: informes de actividades, invitaciones, avisos, banners, calendarios, cartillas, desplegados, libros, lonas, manuales, posters, revistas, tarjetas de presentación, trípticos, etcétera.
II. ALCANCE
Desde la solicitud de diseño hasta el envío del producto.
III. DEFINICIONES
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
No aplica.
VI. DIAGRAMA DE FLUJO
CEDHNL/CEDH Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León. Imagen institucional
Es aquella que propone dotar a la CEDHNL de una imagen gráfica sólida, coherente, homogénea y diferenciadora.
Diseño/Formato Proceso de creación y desarrollo para producir un nuevo objeto para uso humano.
Publicaciones Difusión de una información para que sea conocida, mediante obra impresa o virtual, como Internet.
Información Conjunto de datos que se da a conocer con base en su contenido.
Difundir/Difusión Proceso de divulgación de noticias. Dar a conocer información.
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Usuario(s) Todo personal responsable de
distribuir la información de las distintas áreas de
la CEDH
Información a difundir
Diseño de la publicación
Público en general y
autoridades
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DIEDH 004 PR DISEÑO
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
VII. DIAGRAMA DE FLUJO
INICIO
Solicitud de diseño de
publicación
Identificar tipo de
publicación
Definir tiempo de entrega de
diseño Diseño de la publicación
Entrega impresa de prueba(s) de diseño de la publicación
¿Autorizado?
Actualizar la información
NO SI
Enviar diseño de publicación
final al solicitante
FIN DE PROCESO
FOLIO DIEDH 004 PR DISEÑO
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VIII. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Solicitud de diseño de publicación por correo electrónico. Cada área de la CEDH recopila la información que se va a difundir mediante publicación impresa y/o sitio web, como resultado de los programas o actividades que le competen. Y envía solicitud de diseño de publicación mediante correo electrónico, describiendo el tipo de diseño de publicación que necesita, así como la información y el tiempo máximo de entrega.
Identificar tipo de publicación. Al recibir en Dirección de Investigación y Evaluación el correo electrónico de solicitud, identifica el tipo de diseño de publicación a hacer.
Definir tiempo de entrega de diseño. El responsable de realizar el diseño, según el tipo de diseño, establece los tiempos de entrega con base en el contenido, lo cual hace del conocimiento al solicitante.
Diseño de la publicación. El diseño involucra la selección de imágenes, colores, acomodo de información, etc.
Envío de pruebas de diseño de la publicación al solicitante para autorización. Se envía al solicitante una prueba del diseño para ser autorizado.
¿Autorizado? Respuesta por parte de Presidencia con base en el diseño presentado.
Actualizar la información. Si el diseño no es autorizado, se hacen las correcciones solicitadas y se vuelve al paso 4.
Enviar diseño de publicación final al solicitante por correo electrónico. El diseño autorizado y final se envía al solicitante por correo electrónico, generalmente en formato PDF (Archivo de sólo lectura), en JPG (Imagen) y en Ilustrator, InDesign, Lightroom y Photoshop (programas de diseño). Nota: sólo de ser necesario el tipo de archivo.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DIEDH 004 PR DISEÑO
DIRECCIÓN JURÍDICA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
INTRODUCCIÓN
La Dirección Jurídica, mediante una adecuada coordinación, debe satisfacer las necesidades requeridas por los diferentes órganos y las distintas direcciones que integran la CEDH, poniendo especial cuidado en la justificación, motivación y fundamentación legal de los documentos que en ella se revisen o sean elaborados; ofreciendo un trabajo de calidad y oportuno, y una actitud orientada al servicio y a los resultados. En este sentido, y para mantener un funcionamiento eficaz de su estructura organizacional, debe apoyarse en otros elementos, como en instrumentos de organización del trabajo que faciliten el desarrollo de las actividades encomendadas.
El Manual de Procedimientos es un instrumento administrativo que permite conocer el funcionamiento interno de la Dirección, a través de la descripción de las actividades secuenciales, además de ser un auxiliar en la inducción del personal de nuevo ingreso, ya que en él se exponen: Las actividades que se realizan, como inician éstas, qué acciones deben ejecutarse, cómo deben realizarse y con quién coordinarse para ello.
El Manual de Procedimientos permite uniformar y controlar el desempeño de las actividades laborales, además de construir una base para el análisis posterior del trabajo y el mejoramiento de los sistemas, procedimientos y métodos.
El presente Manual contiene información de los procedimientos de las acciones más relevantes de la Dirección Jurídica, así como un glosario de términos para facilitar su comprensión. Este documento no es una herramienta estática e inmodificable, sino que es un instrumento en permanente actualización, dispuesto a incorporar las adecuaciones que se realicen en los procesos, así como agregar los nuevos procedimientos derivados de la dinámica organizacional propia.
PROCEDIMIENTO ELABORACIÓN DE CONTRATOS, CONVENIOS Y OTROS INSTRUMENTOS JURÍDICOS
I. OBJETIVO
Brindar apoyo al área que lo requiera, y en lo específico, a la Presidencia, a la Dirección General de Administración y a la Dirección del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos, en la elaboración de contratos, convenios e instrumentos jurídicos, para agilizar el desahogo de actividades.
II. ALCANCESatisfacción de la solicitud de la Presidencia o el área que lo requirió, así como de la(s) persona(s) a quien(es) se dirigen los documentos mencionados.III. DEFINICIONESConvenio: Es el acuerdo de dos o más personas destinado a crear, transferir, modificar o extinguir una obligación.
FOLIO DJ 001 PR ELABORACIÓN DE CONTRATOS, CONVENIOS Y OTROS INSTRUMENTOS JURÍDICOS
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El concierto de voluntades expresado en convención, pacto, contrato, tratado o ajuste // Acuerdo // También puede referirse al pacto con acuerdos entre el ejército a nivel internacional y con estados extranjeros. Instrumento jurídico para la cooperación económica, técnica y administrativa entre la Administración local y la Administración del Estado y de las Comunidades Autónomas, tanto en servicios locales como en asuntos de interés común, de carácter voluntario y que no implica la creación de una nueva persona jurídica.Contrato: Una convención por la cual una o más personas se obligan para con otra u otras a dar, hacer o dejar de hacer alguna cosa. Cuando varias personas se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntad común, destinada a reglar sus derechos.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 001 PR ELABORACIÓN DE CONTRATOS, CONVENIOS Y OTROS INSTRUMENTOS JURÍDICOS
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
IV. ENFOQUE DE PROCESOProveedor(es)Entrada(s)Salida(s)Cliente(s)Presidencia, Dirección General de Administración y Dirección del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos.Solicitud de elaboración.Contrato, Convenio y/o Instrumento Jurídico.Presidencia, Dirección General de Administración, Dirección del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos, u otros entes con quien se celebra el documento y las personas a quienes van dirigidos.
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
En el caso de los convenios, se remiten a la institución con la que se firmarán, para su debida revisión y observaciones.
Dirección Jurídica
Presidencia,
Dirección General de Administración y Dirección del Instituto de
Estudios y Formación en Derechos Humanos
Se fija fecha para firma.
Se notifica a cada una de las partes.
Se firma el documento.
INICIO
Acuerdo del contenido del documento.
Revisión y aprobación.
No
Sí
Se elabora documento.
Se transfiere documento al área designada para su
resguardo y seguimiento
FIN
FOLIO DJ 001 PR ELABORACIÓN DE CONTRATOS, CONVENIOS Y OTROS INSTRUMENTOS JURÍDICOS
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VII. DESCRIPCION DE PROCEDIMIENTO
·Se reciben instrucciones de la Presidencia para llevar a cabo la elaboración del documento o bien la solicitud de la Dirección que lo requiera.Se acuerda el contenido del documento.Se elabora el documento.Se remite a la Presidencia para su revisión y posterior aprobación.Se envía a las partes que intervienen en el mismo para consideración y comentarios.Una vez que se consensan las observaciones y se incorporan las mismas al documento, se fija fecha para su firma.Una vez firmado se notifica o se otorga un ejemplar del mismo a cada una de las partes.Internamente se transfiere el documento a la Dirección Jurídica para su resguardo y una copia del mismo al área designada para su seguimiento.Se archiva el documento.
VII. DOCUMENTOS ASOCIADOSIX. CONTROL DE REGISTTRO
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 001 PR ELABORACIÓN DE CONTRATOS, CONVENIOS Y OTROS INSTRUMENTOS JURÍDICOS
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
RECEPCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LAS SOLICITUDES EN MATERIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
I. OBJETIVO
Brindar atención y pronta respuesta a las solicitudes de información pública.
II. ALCANCE
Respuesta al solicitante, por la misma vía en la que se recibió la solicitud de información o en su caso por la vía que el peticionario designe.
III. DEFINICIONES
Los términos utilizados en este proceso son los que para tal efecto establece la Ley de Trasparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León.
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
1. Se consulta la información con las áreas de atingencia.2. De requerirlo el asunto, se revisa la propuesta de respuesta con la Dirección Jurídica de Transparencia Gubernamental de la Contraloría y Transparencia Gubernamental del Estado.3. La propuesta de respuesta se somete a la consideración y firma de la Presidenta de este Organismo.
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Cliente(s) Solicitante Solicitud de
información. Respuesta aSolicitud deinformación.
Solicitante.
FOLIO DJ 002 PR A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
RECEPCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LAS SOLICITUDES EN MATERIA DE ACCESO
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VI. DIAGRAMA DE FLUJO
Solicitante Dirección Jurídica Áreas de la CEDHNL
Solicita información vía oficio o por correo electrónico.
Revisa la solicitud y ve si es conducente a CEDHNL.
Solicita información al área correspondiente.
Es Conducente
?
Informa al usuario sobre la solicitud emitida.
Se redacta el acuerdo de respuesta al interesado.
Se comunica a la Presidencia la información a enviar.
Se envía información al solicitante.
De ignorar el domicilio del solicitante: Notifica a través de la tabla de avisos del Organismo.
Recibe información de la Comisión.
FIN
SI NO
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 002 PR
A LA INFORMACIÓN PÚBLICA RECEPCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LAS SOLICITUDES EN MATERIA DE ACCESO
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MANUALDE PROCEDIMIENTOS
Se recibe la solicitud de transparencia.Se revisa la solicitud.Se consulta con las áreas de atingencia sobre la existencia de la información solicitada y se le solicita la misma.Se elabora la contestación conducente en los términos que al efecto establezca la Ley de Transparencia y Acceso a la Información.De requerirlo el asunto, se revisa la propuesta de respuesta con la Dirección Jurídica de Transparencia Gubernamental de la Contraloría y Transparencia Gubernamental del Estado.Se envía a Presidencia de la CEDH para su consideración y firma.Se notifica respuesta en la vía solicitada y en los términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información.Se archiva copia del documento debidamente notificado.
VII. DOCUMENTOS ASOCIADOSVIII. CONTROL DE REGISTRO
FOLIO DJ 002 PR A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
RECEPCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LAS SOLICITUDES EN MATERIA DE ACCESO
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REVISIÓN DE PROYECTOS DE ACUERDOS DE NO VIOLACIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS
I. OBJETIVO
Brindar apoyo a las Visitadurías Generales en lo que corresponde a la revisión del contenido de los proyectos de los acuerdos de no violación a los derechos humanos, que propongan.
II. ALCANCE
Visitadores Generales
III. DEFINICIONES
El artículo 84, fracción II, del Reglamento Interno de esta Comisión establece: “Artículo 84.- Los expedientes de queja que hubieren sido abiertos podrán ser concluidos por las siguientes causas: I.- (...). II.- Porque los hechos delatados no constituyan violación a los derechos humanos y se oriente jurídicamente al quejoso. (...).”
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
1. Se recibe por la Dirección Jurídica el expediente del que se trate el proyecto del acuerdo de no violación a los derechos humanos, junto con éste.
2. Si el asunto lo requiere, se realiza coordinación con la persona que elaboró el proyecto del acuerdo para el esclarecimiento del sentido o contenido del mismo.
3. De existir correcciones que realizar al proyecto, se devuelve éste a la Visitaduría que corresponda, y realizadas las correcciones nuevamente se presenta a la Dirección Jurídica para su visto bueno.
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Cliente(s) Visitadurías Generales
Entrega delexpediente c on el proyecto del acuerdo de no violación a los derechos humanos.
Visto bueno u observaciones realizadas por la Dirección Jurídica
Visitadores Generales
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 003 PR REVISIÓN DE PROYECTOS DE ACUERDOS DE NO VIOLACIÓN A LOS D.H.
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
VI. DIAGRAMA DE FLUJO
Visitadurías Dirección Jurídica
Presenta proyecto de acuerdos.
Se envía expediente y proyecto de resolución.
Analiza expediente y proyecto de acuerdo.
¿Se aprueba?
Se regresa para re trabajo.
Se entrega con Visto Bueno.
Se realizan observaciones.
FIN.
SI
NO
FOLIO DJ 003 PR REVISIÓN DE PROYECTOS DE ACUERDOS DE NO VIOLACIÓN A LOS D.H.
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VII. DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTOS
Se recibe el expediente de queja y el proyecto de acuerdo de no violación a los derechos humanos.Se realiza lectura y análisis jurídico del expediente de queja y el proyecto de acuerdo.De estar el acuerdo ajustado a derecho y redacta correctamente, se expresa visto bueno.Con el visto bueno de la Dirección Jurídica, se devuelve el expediente de queja con el proyecto de acuerdo de no violación a los derechos humanos, a la Visitaduría General que corresponda.De realizarse observaciones por la Dirección Jurídica, la Visitaduría General correspondiente realiza las correcciones señaladas, y nuevamente entrega el expediente y su proyecto de acuerdo a la Dirección Jurídica para su visto bueno.
VIII. DOCUMENTOS ASOCIADOSIX. CONTROL DE REGISTRO
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 003 PR REVISIÓN DE PROYECTOS DE ACUERDOS DE NO VIOLACIÓN A LOS D.H.
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
PROCEDIMIENTO ATENCIÓN A REQUERIMIENTOS DE ORGANISMOS EXTERNOS
I. OBJETO
Atender y cumplir en tiempo y forma las solicitudes y requerimientos que realicen las autoridades federales, estatales o municipales, ya sean administrativas o judiciales.
II. ALCANCE
Autoridades solicitantes y usuarios relacionados.
III. DEFINICIONES
Autoridad: Potestad legalmente conferida y recibida para ejercer una función pública, para dictar al efecto resoluciones cuya obediencia es indeclinable bajo la amenaza de una sanción y la posibilidad legal de su ejecución forzosa en caso necesario.Se denomina también autoridad a la persona u organismo que ejerce dicha potestad.
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
1. La Dirección de Orientación y Recepción de Quejas, una vez que recibe el oficio que contiene la solicitud o requerimiento, lo turna a la Dirección Jurídica.2. Se revisa la información con las áreas de atingencia.3. Se presenta a Presidencia la propuesta de respuesta, para su aprobación y firma.
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Cliente(s) Organismos externos. Recepción del oficio
de solicitud. Presentación del
oficio derespuesta.
Organismos externos.
FOLIO DJ 004 PR ATENCIÓN A REQUERIMIENTOS DE ORGANISMOS EXTERNOS
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VI. DIAGRAMA DE FLUJO
Organismo Externo
Dirección de Quejas
Presidencia Dirección Jurídica
Área de la CEDHNL
Elabora oficio de solicitud.
Recibe oficio y canaliza.
Analiza petición y si compete a la
comisión.
Firma respuesta del
oficio.
Recibe contestación
de oficio.
Solicita información
al área de atingencia.
Entrega información a la Dirección Jurídica.
Elabora respuesta al organismo externo.
Firma el oficio de respuesta.
Recibe oficio de
contestación.
FIN
SI
NO
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 004 PR ATENCIÓN A REQUERIMIENTOS DE ORGANISMOS EXTERNOS
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
VII. DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTO
La Dirección de Orientación y Recepción de Quejas recibe el oficio con el que se realiza la solicitud, y lo turna a la Dirección Jurídica.Se realiza lectura y análisis jurídico de la solicitud del Organismo externo.Se obtiene la información del área atingente.Se redacta el oficio con el que se da respuesta a la solicitud.Se presenta a Presidencia la propuesta de respuesta, para su aprobación y firma.Se entrega al Organismo externo el oficio de respuesta a la solicitud.
VIII. DOCUMENTOS ASOCIADOSIX. CONTROL DE REGISTRO
FOLIO DJ 004 PR ATENCIÓN A REQUERIMIENTOS DE ORGANISMOS EXTERNOS
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PROCEDIMIENTO ARMONIZACIÓN NORMATIVA
I. OBJETIVO
Crear un espacio plural de discusión y creación de propuestas de modificación, reforma o iniciativa de ley, para avanzar en un proceso integral de armonización del marco jurídico local con los tratados internacionales de derechos humanos y con la legislación nacional respecto a la misma materia.
II. ALCANCE
La población del Estado de Nuevo León, particularmente los justiciables y los operadores del Derecho.
III. DEFINICIONES
Los términos utilizados en este proceso son de fácil asimilación.
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
·Recepción de instrucción verbal o escrita de la Presidencia para la creación de propuestas de modificación, reforma o iniciativa de ley.
Reuniones de trabajo del personal jurídico adscrito a la CEDHNL, con Presidentes de Colegios de Abogados.
Comunicación con las demás áreas de la CEDHNL a efecto del envío de borradores de observaciones y opiniones.
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Cliente(s) Presidencia,
Visitadurías y demás personal jurídico adscrito a la CEDH NL e integrantes de los Colegios deAbogados
Comunicado, oficio o correo electrónico mediante el cual se plantee la creación de una propuesta de modificación, reforma oiniciativa de ley.
Reuniones de trabajo del personaljurídico adscrito a la CEDH y con Colegios deAbogados.
Iniciativa de ley suscrita por la C. Presidenta de la CEDH y l os representantes de Colegios de Abogados
Población del Estado de Nuevo León.
Justiciables.
Operadores delDerecho.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 005 PR ARMONIZACIÓN NORMATIVA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
VI. DIAGRAMA DE FLUJO
Áreas de la CEDHNL.
Dirección Jurídica.
Presidencia. Colegios de abogados.
H. Congreso del Estado.
Realiza propuesta de
reforma de Ley.
Analiza contenido y emite Visto Bueno.
Calendariza fecha para
reunión con residentes de los
Colegios de Abogados.
Se realiza cesión exponiendo el tema y el material
Se consensan opiniones
Elabora propuesta de reforma.
Agenda reunión para firma del proyecto de propuesta reforma.
Recibe documento firmado.
Entrega documento en la
oficialía de partes.
SI
NO
SI
NO
Sugiere propuesta
Se realiza sesión.
FOLIO DJ 005 PR ARMONIZACIÓN NORMATIVA
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VII. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Se recibe o se realiza propuesta de modificación, reforma o iniciativa de ley.Se analiza la propuesta recibida. Análisis comparativo de la propuesta con el contenido de los tratados internacionales, y la legislación nacional, local, y con el derecho comparado, que tengan relación con el tema.De ameritarse, deberán efectuarse reuniones con el personal de la CEDHNL a fin de reunir opiniones sobre la propuesta.Se elabora la propuesta incluyendo las opiniones del personal de la CEDHNL.Se presenta la propuesta a Presidencia para su aprobación.Se agenda la reunión o las reuniones necesarias, con los Presidentes de Colegios de Abogados.Vía correo electrónico se envía invitación a los Presidentes de Colegios de Abogados para que asistan a las reuniones de trabajo.
Consensadas las opiniones, se elabora el proyecto de propuesta de modificación, reforma o iniciativa de ley.Se presenta a Presidencia el proyecto de propuesta de modificación, reforma o iniciativa de ley, en formato de iniciativa, para su aprobación.Se agenda reunión con Presidentes de Colegios de Abogados para la firma de la propuesta de modificación, reforma o iniciativa de ley, en formato de iniciativa.Se presenta la propuesta de modificación, reforma o iniciativa de ley, ante la Oficialía de Partes del H. Congreso del Estado.
VIII. DOCUMENTOS ASOCIADOSIX. CONTROL DE REGISTRO
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 005 PR ARMONIZACIÓN NORMATIVA
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
PROCEDIMIENTO ATENCIÓN A SOLICITUDES DE COPIAS CERTIFICADAS
I. OBJETIVO
Dar respuesta oportuna a la petición de expedición de copias certificadas de lo actuado ante esta Comisión, realizada por las personas solicitantes de la intervención de la CEDHNL y por las autoridades federales, estatales o municipales, para garantizar el ejercicio de acciones dentro de los plazos legales; cuando se trate de expedientes que al momento de la solicitud de copias no sean competencia de la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas o de alguna de las Visitadurías, y cuando así lo encomiende la Presidencia.
II. ALCANCE
Solicitantes, quejosos y autoridades solicitantes.
III. DEFINICIONES
Acuerdo: Resolución adoptada por un tribunal u órgano administrativo.
Petición: Derecho reconocido por la Constitución Política Federal a los ciudadanos, en virtud del cual éstos pueden dirigirse a las autoridades en demanda de algo que estimen justo y conveniente.
Certificación: Acto jurídico por medio del cual un funcionario público, en el ejercicio de su cargo, da fe de la existencia de un hecho, acto o calidad, para que surta los efectos jurídicos en cada caso correspondiente.
IV. ENFOQUE DE PROCESO
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
1. La Dirección de Orientación y Recepción de Quejas, una vez que recibe el escrito o el oficio que contiene la solicitud de copias, lo turna a la Dirección Jurídica.2. Se revisa la información con el área de atingencia.
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Cliente(s) Peticionarios y
autoridades. Escrito del
peticionario y oficio de la autoridad.
Acuerdo u oficio de contestación.
Peticionarios, autoridades y quejoso(s).
FOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A SOLICITUDES DE COPIAS CERTIFICADAS
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VI. DIAGRAMA DE FLUJO
Solicitante. Dirección de Recepción y quejas.
Dirección Jurídica.
Realiza petición de copias certificadas.
Recibe documento y lo canaliza a la
Dirección Jurídica.
Recibe documento.
Elabora Acuerdo.
Firma Documento.
Entrega a solicitante.
FIN
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A SOLICITUDES DE COPIAS CERTIFICADAS
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
VII. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
La Dirección de Orientación y Recepción de Quejas recibe el escrito del particular o el oficio de la autoridad, que contiene la solicitud de copias certificadas, y lo turna a la Dirección Jurídica.
Se realiza lectura y análisis jurídico de la solicitud.
Se obtiene la información del área atingente.
Se redacta el oficio o el acuerdo con el que se da respuesta a la solicitud, y se firman.
De ser procedente, se certifican las copias solicitadas.
Se entrega a la autoridad el oficio de respuesta, o se notifica al solicitante el acuerdo recaído a la petición, en ambos casos se acompañan las copias peticionadas.
VIII. DOCUMENTOS ASOCIADOS
IX. CONTROL DE REGISTRO
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PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS
I. OBJETIVO
Atender y cumplir en tiempo y forma los requerimientos de informes previos, justificados, y de suspensiones de plano de los diferentes Juzgados de Distrito en el estado.
II. ALCANCE
Jueces de Distrito, promoventes de los juicios de amparo y quejoso ante la CEDHNL.
III. DEFINICIONES
Juez: Se aplica esta denominación al funcionario público que participa en la administración de la justicia con la potestad de aplicar el derecho por la vía del proceso.La función del juez es la de aplicar el derecho.
Juicio de amparo: Artículo 1 de la Ley de Amparo: El juicio de amparo tiene por objeto resolver toda controversia que se suscite: I.- Por leyes o actos de la autoridad que violen las garantías individuales; (...).
Informe previo: Artículo 132 de la Ley de Amparo: El informe previo se concretará a expresar si son o no ciertos los hechos que se atribuyen a la autoridad que lo rinde, y que determinen la existencia del acto que de ella se reclama, y, en su caso, la cuantía del asunto que lo haya motivado; pudiendo agregarse las razones que estimen pertinentes sobre la procedencia e improcedencia de la suspensión. (...).
Informe justificado: Artículo 149 de la Ley de Amparo: (...) Las autoridades responsables deberán rendir su informe con justificación exponiendo las razones y fundamentos legales que estimen pertinentes para sostener la constitucionalidad del acto reclamado o de la improcedencia del juicio y acompañarán, en su caso, copia certificada de las constancias que sean necesarias para apoyar dicho informe. (...).
IV. ENFOQUE DE PROCESO
Proveedor(es) Entrada(s) Salida(s) Cliente(s) Jueces de Distrito. Oficio de
notificación del juicio de amparo.
Oficio denotificación y oficio mediante el que se rinde el informe.
Jueces de Distrito, promoventes de los juicios de amparo y quejosos ante la CEDHNL.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDH
MANUALDE PROCEDIMIENTOS
V. PROCESOS INTERRELACIONADOS
1. La Dirección de Orientación y Recepción de Quejas, una vez que recibe el oficio de notificación del juicio de amparo, lo turna a la Dirección Jurídica.2. Se revisa la información con el área de atingencia.3. Se presenta a Presidencia a la propuesta de respuesta, para su aprobación.
Usuario. Juzgados Federales.
Dirección de Recepción y
quejas.
Dirección Jurídica. Presidencia. Áreas
CEDHNL.
Notifica Amparo.
Recibe documento y
canaliza a jurídico.
Recibe documento.
Analiza contenido.
Elabora escrito de
Informe y/o acuerdo que se
requiera.
Firma el documento.
Remite a jurídico.
Se entrega al Juzgado.
Se notifica al Usuario.
Informe.
Acuerdo.
Solicita Información.
FOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDH
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VI. DESCRIPCIÒN DEL PROCEDIMIENTO
La Dirección de Orientación y Recepción de Quejas recibe el oficio que contiene la notificación del juicio de amparo y la solicitud del informe, y lo turna a la Dirección Jurídica.
Se realiza lectura y análisis jurídico de lo solicitado o requerido por el Juez de Distrito.
Se obtiene la información del área atingente.
Se redacta el oficio con el que se da respuesta a la solicitud.
Se presenta a Presidencia la propuesta de respuesta, para su aprobación y firma.
Se entrega, en tiempo y forma, al Juzgado de Distrito que corresponda, el oficio de respuesta a su solicitud o requerimiento.
II. DOCUMENTOS ASOCIADOSIII. CONTROL DE REGISTRO
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDH
PERFILESDE PUESTO
AD 001 PRESIDENTE (A) DE LA CEDHNL
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Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTO:PRESIDENTE(A) DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS
PUESTO SUPERIOR INMEDIATONO APLICAPUESTO INFERIOR INMEDIATOVISITADORES(AS) GENERALES/ SECRETARIO(A) EJECUTIVO(A) / DIRECTORES(AS) / SECRETARIO(A) PARTICULAR / SECRETARIO(A)
MISIÓN DEL PUESTO Dirigir los trabajos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, del Instituto de Estudios y Formación y Derechos Humanos y de su Consejo, con la finalidad de promover una cultura de respeto a los Derechos Humanos en nuestro Estado, tal como está previsto en el orden jurídico vigente.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
I. Representar legalmente a la Comisión
II. Formular los lineamientos generales a los que se sujetarán las actividades administrativas de la Comisión, así como nombrar, dirigir y coordinar a los funcionarios y al personal bajo su autoridad;
III. Dictar las medidas específicas que juzgue convenientes para el mejor desempeño de las funciones de la Comisión;
IV. Distribuir y delegar funciones a los Visitadores;
V. Enviar un informe anual al Congreso del Estado al Titular del Poder Ejecutivo sobre las actividades de la Comisión;
VI. Presidir el Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos, y el Consejo de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Nuevo León;
VII. Celebrar convenios de colaboración con autoridades y organismos de defensa de los derechos humanos, así como con instituciones académicas y asociaciones culturales, para el mejor cumplimiento de sus fines;
VIII. Aprobar y emitir las recomendaciones y acuerdos que resulten de las investigaciones realizadas por los Visitadores;
IX. Formular las propuestas generales conducentes a una mejor protección de los derechos humanos en el Estado;
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X. Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de egresos de la Comisión y el informe sobre su ejercicio para presentarse al Consejo;
XI. Las demás que señale la Ley y el Reglamento de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León , así como las demás disposiciones jurídicas que sean necesarias para el mejor cumplimiento de su encargo.
XII. Ejercer las funciones directivas de la Comisión.
XIII. Conceder licencia voluntaria hasta por seis meses sin goce de sueldo a empleados y funcionarios que hayan prestado sus servicios en la Comisión por lo menos durante ese mismo tiempo.
XV. Nombrar y remover libremente a los titulares de las Direcciones de la Comisión.
XV. Aprobar el Manual de Organización de la Comisión, así como también las políticas y prioridades en materia de prevención y promoción de derechos humanos del Instituto y de la Comisión.
XVI. Determinar vía acuerdo discrecionalmente si acceden a entregar las constancias que obran en los expedientes de queja, sea a solicitud del quejoso o de la autoridad.
XVII. Designar mediante acuerdo interno, al personal que tendrán fe pública en el desempeño de sus funciones.
XVIII. Determinar la reducción del plazo máximo de 15 días concedido a la autoridad señalada como responsable para que rinda su informe, por ser considerado el asunto como urgente.
PERFILESDE PUESTO
AD 001 PRESIDENTE (A) DE LA CEDHNL
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
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AD 001 PRESIDENTE (A) DE LA CEDHNL
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Derecho o Ciencias Jurídicas con más de 10 años de experiencia pertinente, Licenciatura en Derecho o Ciencias Jurídicas con grado universitario de Especialidad, Maestría en uno de los campos antes indicados con más de 7 años de experiencia pertinente, licenciatura en Derecho o Ciencias Jurídicas con Doctorado con más 5 años de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos y el Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Nuevo León, así como al Marco Normativo de Actuación y los demás ordenamientos jurídicos aplicables a las facultades de la Presidencia.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
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PERFILESDE PUESTO
AD 001 PRESIDENTE (A) DE LA CEDHNL
PERFILESDE PUESTO
ADOP 002 SECRETARIA PARTICULAR
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Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTO:SECRETARIA (O) PARTICULAR
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOPRESIDENTE(A) DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSPUESTO INFERIOR INMEDIATOAUXILIARES
MISIÓN DEL PUESTO
Colaborar con las funciones del Presidente (a), organizar, coordinar y agilizar los asuntos que demande la Comisión; llevar la agenda requerida para facilitar los contactos con las distintas dependencias de gobierno, ciudadanos, así como integrantes de la Comisión.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Ÿ Distribuir y coordinar la calendarización de las actividades y eventos de la Presidencia en su interrelación con la ciudadanía, autoridades, organismos, empleados, entre otros, a fin de que su agenda diaria se administre de manera óptima y se lleve a cabo eficientemente en tiempo y en forma.
Ÿ Administrar el directorio del Presidente (a) con los siguientes datos; nombre, domicilio y teléfonos y cualquier otro dato que requiera de fechas representativas e importantes tanto del Personal de la Comisión, como de los Servidores Públicos Estatales, Municipales y Nacionales.
Ÿ Asegurar y actualizar el archivo general de oficios, peticiones y proyectos de la Presidencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Ÿ Dirigir las gestiones o peticiones que soliciten directamente al la Presidencia.
Ÿ Escuchar amablemente a servidores públicos y ciudadanía en general que requieran los servicios de la Comisión, dar seguimiento previa autorización del Presidente (a) de la Comisión Estatal de Derechos Humanos a las gestiones o peticiones que soliciten a la misma.
Ÿ Capacitación referente a programas que permitan el manejo de la información y el mejor desempeño de sus funciones.
Ÿ Distribuir y verificar en conjunto con la Presidencia, la correspondencia recibida para en su caso turnarla a las áreas respectivas.
Ÿ Preparar oficios, memorándums y demás documentos que le solicite el ó la Presidente
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Ÿ Apoyar en la elaboración de trabajos especiales que se le asigne, además de funciones inherentes a su puesto, atender y recibir llamadas telefónicas ó bien en su caso lo que asigne la Presidencia.
Ÿ Coordinar las conferencias de prensa de la Presidencia en conjunto con el Director (a) de Comunicación.
Ÿ Comunicar al personal de la Comisión las instrucciones de la Presidencia, cuando así lo determine.
Ÿ Solicitar a las áreas de la Comisión toda la información que requiera y determine la Presidencia.
Ÿ Mantener discreción con todo lo que respecta a la Presidencia.Ÿ Preparar según la agenda del presidente (a) la información necesaria para sus eventos.Ÿ Elaboración de minuta de reunión de trabajo.Ÿ Todas aquellas que le encomiende la Presidencia.
PERFILESDE PUESTO
ADOP 002 SECRETARIA PARTICULAR
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
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ADOP 002 SECRETARIA PARTICULAR
EDUCACIÓNEstudios de licenciatura en Derecho, Ciencias Políticas, Administración, Relaciones Internacionales, Relaciones Públicas, Contabilidad, Gestión, o campos afines de una institución con más de 3 años de experiencia pertinente, ó grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría con más de 2 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Nuevo León, y al Marco Normativo de Actuación
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para trabajar y cooperar con otros, asignar tareas al personal, planificación estratégica, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
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PERFILESDE PUESTO
ADOP 002 SECRETARIA PARTICULAR
PERFILESDE PUESTO
ADOP 003 SECRETARIA (O)
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Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTO:SECRETARIA (O)
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOPRESIDENTE(A) DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS /SECRETARIA PARTICULARPUESTO INFERIOR INMEDIATOSERVICIO SOCIAL/ BECARIOS/PRACTICANTES/ AUXILIARES
MISIÓN DEL PUESTO
Apoyar en las funciones de la Presidencia, así como organizar, coordinar y agilizar los asuntos que demande la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
ŸMantener actualizado el archivo general de oficios, peticiones y proyectos.
ŸMantener actualizada la agenda de reuniones del Titular de la Presidencia.
ŸDar seguimiento a las gestiones o peticiones que soliciten al Titular de la Presidencia.
ŸAtender amablemente al personal de la Comisión, funcionarios o empleados de otras dependencias y ciudadanía en general que requieran los servicios de la Presidencia.
ŸAsistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
ŸApoyar en la elaboración de trabajos especiales que se le asigne.
ŸRealizar las demás funciones inherentes a su puesto.
ŸSer cuidados y discreta de los asuntos de la Presidencia.
ŸEncargarse del llenado formatos para requisiciones de papelería.
ŸMantener y conservar en buen estado el funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles asignados por la/el Titular de la Presidencia.
ŸCoordinarse con Administración en la toma física de inventario.
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PERFILESDE PUESTO
ADOP 003 SECRETARIA (O)
EDUCACIÓNEstudios Secretariales o Bachillerato con 2 años de experiencia o Estudios de Licenciatura con 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio básico de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León y el correspondiente Marco Normativo de Actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel), Internet, Scanner, Fax y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones, capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
PERFILESDE PUESTO
337
ADOP 003 SECRETARIA (O)
PERFILESDE PUESTO
ADOP 004 AUXILIAR
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTO:AUXILIAR
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOSECRETARIA (O) PARTICULAR
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTO
Apoyar y coadyuvar con la Secretaria Particular en la elaboración de notas, tarjetas informativas, registro de correspondencia y archivo. Asistir en el suministro de documentación interna y externa requerida por la Secretaria Particular.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
ŸRealizar actividades administrativas generales, abastecer oportunamente necesidades básicas de la Presidencia, como suministros de papelería y otorgar el servicio de fotocopiado a los/las funcionarios/as del área.
ŸIntegrar los documentos conforme a la normatividad en materia de archivos públicos.
ŸEnvío de correos electrónicos.
ŸLas demás funciones que le atribuyan las disposiciones legales y reglamentarias, así como aquellas que le delegue el/la Secretaria Particular o el/la Titular de la Presidencia dentro de su respectivo ámbito de competencia.
ŸEntregar la correspondencia en todas las áreas de la Comisión a diversos destinatarios.
ŸRealizar trabajos de investigación encomendados por la Secretaria Particular o la/el Titular de la Presidencia.
ŸEntregar los acuses de recibido a las áreas con respecto a la correspondencia enviada a los/las distintos/as destinatarios/as.
ŸApoyar en la logística de los distintos eventos realizados por la Presidencia y la Comisión.
ŸMantener y conservar en buen estado el funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles asignados por la Secretaria Particular y el/la Titular de la Presidencia.
ŸAsistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
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PERFILESDE PUESTO
339
ADOP 004 AUXILIAR
EDUCACIÓNEstudios Secretariales o Bachillerato con 2 años de experiencia o Estudios de Licenciatura con 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio básico de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León y el correspondiente Marco Normativo de Actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel), Internet, Scanner, Fax y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones, capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
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PERFILESDE PUESTO
ADOP 004 AUXILIAR
PERFILESDE PUESTOVG 001 VISITADOR (A) GENERAL
341
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTO:VISITADOR(A) GENERAL
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOPRESIDENTE(A) DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS
PUESTO INFERIOR INMEDIATOVISITADOR(A) ADJUNTO(A) / SECRETARIA
MISIÓN DEL PUESTO
Conocer, investigar y concluir expedientes de queja por presuntas violaciones a derechos humanos, a fin de garantizar la defensa, protección, observancia y respeto de los mismos.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Ÿ Admitir o rechazar las quejas presentadas por los afectados, sus representantes o los denunciantes ante la Comisión;
ŸIniciar discrecionalmente, de oficio, la investigación de las denuncias que aparezcan en los medios de comunicación;
ŸRealizar las actividades necesarias para lograr, por medio de la conciliación, la solución inmediata de las violaciones de derechos humanos;
Ÿ Emitir las medidas precautorias o cautelares, de conservación o restitutorias, que estime necesarias cuando advierta, aún presuntivamente, que pueden producirse daños de de difícil reparación o para evitar la consumación irreparable de las violaciones de derechos humanos denunciadas o reclamadas.
Ÿ Sustituir interinamente al Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en sus ausencias, de acuerdo con la Ley y el Reglamento Interno de la Comisión;
Ÿ Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Ÿ Realizar las investigaciones y estudios necesarios para formular los proyectos de recomendaciones o acuerdos que se someterán al Presidente para su consideración;
ŸLas demás que le señalen la Ley y el Reglamento Interno de la Comisión y las demás leyes aplicables.
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
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VG 001 VISITADOR (A) GENERAL
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Derecho o Ciencias Jurídicas con más de 7 años de experiencia pertinente, o licenciatura en Derecho o Ciencias Jurídicas con grado universitario de Especialidad o Maestría en uno de los campos antes indicados, con más de 4 años de experiencia pertinente, o licenciatura en Derecho o Ciencias Jurídicas con Doctorado con más de 2 años de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos y el Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como del marco normativo de actuación aplicable.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al usuario, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
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PERFILESDE PUESTO
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VG 001 VISITADOR (A) GENERAL
PERFILESDE PUESTOVG 002 VISITADOR ADJUNTO (A)
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTO:VISITADOR(A) ADJUNTO(A)
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOVISITADOR(A) GENERAL
PUESTO INFERIOR INMEDIATODEFENSOR(A) DE DERECHOS HUMANOS
MISIÓN DEL PUESTO
Colaborar con el/la Visitador/a General y realizar investigaciones tendientes a la integración de los expedientes, proponer conciliaciones o contribuir al proyecto de recomendación, acuerdo de no responsabilidad o conclusión.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Ÿ Auxiliar a los Visitadores Generales y realizar investigaciones tendientes a apoyar la integración de los expedientes, proponer conciliaciones o contribuir al proyecto de recomendación, acuerdo de no responsabilidad o conclusión.
Ÿ Realizar trabajos de investigación, preparar estudios y elaborar documentos de carácter jurídico que le asigne el/la Visitador/a General, con relación a la tramitación de los expedientes de queja y de medidas cautelares que le sean asignados.
ŸPreparar estudios de jurisprudencia y doctrina sobre puntos relacionados con las resoluciones y sentencias que dicte la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como ayudar a la elaboración de estudios generales sobre derechos humanos que se le asignen.
Ÿ Integrar los expedientes de queja y elaborar los proyectos de calificación, admisión de la instancia e inicio de investigación.
Ÿ Llevar un control técnico procesal sobre los expedientes a su cargo.
Ÿ Elaborar resúmenes de los casos, medidas cautelares y opiniones consultivas a su cargo, para ser empleados como documentos de trabajo de la Visitaduría y la Comisión.
Ÿ Recibir, revisar, analizar y clasificar las pruebas documentales e integrarlas a los expedientes. ŸRevisar, controlar y dar seguimiento a los expedientes de queja concluidos por conciliación y, en su caso, realizar visitas de seguimiento.
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Ÿ Revisar los acuerdos de cumplimiento total, parcial, pendiente o de incumplimiento de conciliaciones y llevar el registro correspondiente para efectos de control.
Ÿ Elaborar reportes e informes de los trámites de los expedientes de queja y de medidas cautelares.
Ÿ Prestar los servicios técnico jurídicos necesarios que le sean requeridos por los ciudadanos o por las autoridades, y orientar sobre los procedimientos de la Comisión.
Ÿ Apoyar en la elaboración de proyectos de solicitud de colaboración, así como participar en las diligencias de trabajo y llevar el control de las mismas.
Ÿ Llevar el control de las diligencias de trabajo celebradas con las autoridades destinatarias de las propuestas de conciliación.
Ÿ Generar los reportes mensuales de seguimiento dirigidos al Visitador General respecto de los avances en el seguimiento y cumplimiento de las conciliaciones por parte de las autoridades respectivas.
Ÿ Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Ÿ Administrar y capturar la información relativa al seguimiento de expedientes de queja y de medidas cautelares, conciliaciones y proyectos de recomendación, acuerdo de no responsabilidad o conclusión en el saqservice, para consulta en Intranet hasta su conclusión.
PERFILESDE PUESTO
345
VG 002 VISITADOR ADJUNTO (A)
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
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VG 002 VISITADOR ADJUNTO (A)
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Derecho, Ciencias Jurídicas o Criminología, debidamente acreditado, con más de 2 años de experiencia pertinente, o grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría, con más de 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos y el Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como del marco normativo de actuación aplicable.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al usuario, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para el cumplimiento de consignas, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
PERFILESDE PUESTO
347
VG 002 VISITADOR ADJUNTO (A)
PERFILESDE PUESTO
VG 003 DEFENSAOR (A) DE DERECHOS HUMANOS
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTO:DEFENSOR(A) DE DERECHOS HUMANOS
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOVISITADOR(A) ADJUNTO(A)
PUESTO INFERIOR INMEDIATOAUXILIAR
MISIÓN DEL PUESTO
Auxiliar al Visitador Adjunto en las tareas de investigación y calificación de las quejas; y ejecutar las tareas de integración de expedientes de quejas, solicitudes de gestión y medidas cautelares.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Auxiliar al Visitador(a) Adjunto(a) y al Visitador General en las investigaciones tendentes a apoyar la integración de los expedientes.
Colaborar en la integración de los expedientes de queja y en la investigación para la elaboración de los proyectos de calificación.
Recibir, revisar y proponer al Visitador la calificación de las pruebas documentales.
Revisar, controlar y dar seguimiento a los expedientes de queja en trámite y concluidos por conciliación y, en su caso, realizar diligencias.
Llevar el registro correspondiente para efectos de control de los acuerdos de cumplimiento total, parcial, pendiente o de incumplimiento de conciliaciones y de las medidas cautelares.
Colaborar con la elaboración de reportes e informes de los trámites de los expedientes de queja y medidas cautelares.
Apoyar en la elaboración de proyectos de solicitud de colaboración, así como participar en las diligencias de trabajo y llevar el control de las mismas.
Llevar el control de las diligencias de trabajo celebradas con las autoridades destinatarias de las propuestas de conciliación.
Generar los reportes mensuales de seguimiento de los expedientes asignados, respecto de los avances en el seguimiento y cumplimiento de las conciliaciones y medidas cautelares por parte de las autoridades respectivas.
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LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
349
VG 003 DEFENSAOR (A) DE DERECHOS HUMANOS
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Derecho, Ciencias Jurídicas o Criminología debidamente acreditada con más de 1 año de experiencia pertinente, O grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría en las áreas afines.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, y al Marco Normativo de Actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo..
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
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PERFILESDE PUESTO
VG 003 DEFENSAOR (A) DE DERECHOS HUMANOS
PERFILESDE PUESTO
VG 004 SECRETARIA (O)
351
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTO:SECRETARIA (O)
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOVISITADOR(A) GENERAL
PUESTO INFERIOR INMEDIATOSERVICIO SOCIAL/ BECARIOS/ PRACTICANTES/ AUXILIAR
MISIÓN DEL PUESTOApoyar en las funciones de la Visitaduría General, así como organizar, coordinar y agilizar los asuntos que demande la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Ÿ Planear y coordinar la calendarización de las actividades del Personal de la Visitaduría General en su interrelación con la ciudadanía, autoridades, organismos, empleados, entre otros, a fin de que su agenda diaria se administre de manera óptima y se lleve a cabo eficientemente en tiempo y en forma.
ŸMantener actualizado el archivo general de oficios, peticiones y proyectos.
ŸMantener actualizada la agenda de reuniones de la/el Titular de la Visitaduría General.
ŸDar seguimiento a las gestiones o peticiones que soliciten a el/la Titular de la Visitaduría General.
ŸAtender amablemente al personal de la Comisión, funcionarios o empleados de otras dependencias y ciudadanía en general que requieran los servicios de la Visitaduría General
ŸAsistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
ŸApoyar en la elaboración de trabajos especiales que se le asigne.
ŸRealizar las demás funciones inherentes a su puesto.
ŸEncargarse del llenado formatos para requisiciones de papelería.
ŸMantener y conservar en buen estado el funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles asignados por la Visitaduría General y la Comisión.
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
NMOO
SC
NU NE ÓV EO L
VG 004 SECRETARIA (O)
EDUCACIÓNEstudios Secretariales o Bachillerato con 2 años de experiencia o Estudios de Licenciatura con 1 año de experiencia pertinente
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio básico de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y a su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos así como también al Marco Normativo de Actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel), Internet, Scanner, Fax y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para trabajar en equipo, habilidades interpersonales, buen juicio en la toma de decisiones, capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
PERFILESDE PUESTO
353
VG 004 SECRETARIA (O)
PERFILESDE PUESTO
VG 005 AUXILIAR
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTO:AUXILIAR
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODEFENSOR(A) DE DERECHOS HUMANOS
PUESTO INFERIOR INMEDIATOBECARIO/SERVICIO SOCIAL/VOLUNTARIADO
MISIÓN DEL PUESTOApoyar y coadyuvar operativamente en las actividades de recopilación, procesamiento y sistematización de la información de la Visitaduría General.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
ŸRealizar actividades administrativas generales, abastecer oportunamente necesidades básicas de solicitudes de suministros de papelería y facilitar el servicio de fotocopiado a los/las funcionarios/as de la Visitaduría.
ŸIntegrar los documentos conforme a la normatividad en materia de archivos públicos, a solicitud de la Visitaduría.
ŸLas demás funciones que le atribuyan las disposiciones legales y reglamentarias, así como aquellas que le delegue el/la Titular de la Visitaduría.
ŸEntregar la correspondencia de todas las áreas de la Comisión y a diversos destinatarios.Entregar los acuses de recibido a las áreas con respecto a la correspondencia enviada a los/las distintos/as destinatarios/as.
ŸHacer las requisiciones para el suministro de materiales de la Visitaduría General.
ŸApoyar en la logística de los distintos eventos realizados por la Comisión.
ŸAsistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
ŸMantener y conservar en buen estado el funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles que se le asignen.
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LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
355
VG 005 AUXILIAR
EDUCACIÓNEstudios de licenciatura en Derecho, Ciencias Jurídicas, Criminología, Ciencias Políticas, Relaciones Públicas o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 1 año de experiencia pertinente, O grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría en áreas relativas al área.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio básico de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, así como al Marco Normativo de Actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
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PERFILESDE PUESTO
VG 005 AUXILIAR
PERFILESDE PUESTO
VG 006 RESPONSABLE DE LA COORDINACION PENITENCIARIA
357
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTO:RESPONSABLE COORDINACIÓN PENITENCIARIA
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOVISITADOR(A) GENERAL
PUESTO INFERIOR INMEDIATODEFENSOR(A) DE DERECHOS HUMANOS
MISIÓN DEL PUESTOColaborar con el/la Visitador/a General en la integración y resolución de expedientes de queja en materia penitenciaria, así como en el trámite, seguimiento y conclusión de expedientes de medida cautelar y de solicitud de gestión de índole penitenciaria.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
ŸAuxiliar a el/la Visitador/a General y realizar investigaciones tendientes a apoyar la integración de los expedientes de queja en materia penitenciaria y contribuir al respectivo proyecto de recomendación, acuerdo de no responsabilidad o de conclusión.
ŸAuxiliar a el/la Visitador/a General y realizar los trámites necesarios para la integración y conclusión de expedientes de medida cautelar y de solicitud de gestión en materia penitenciaria.
ŸRealizar trabajos de investigación, preparar estudios y elaborar documentos de carácter jurídico que le asigne el/la Visitador/a General, con relación a la tramitación de los expedientes de queja, de medida cautelar y de solicitud de gestión que le sean asignados.
ŸAuxiliar a el/la Visitador/a General y realizar las acciones necesarias para llevar a cabo la supervisión penitenciaria de los centros de privación de la libertad del estado y municipios.
ŸPreparar estudios de jurisprudencia y doctrina sobre puntos relacionados con las resoluciones y sentencias que dicte la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como ayudar a la elaboración de estudios generales sobre derechos humanos que se le asignen.
ŸLlevar un control técnico procesal sobre los expedientes a su cargo.
ŸElaborar resúmenes de los casos, medidas cautelares y opiniones consultivas a su cargo, para ser empleados como documentos de trabajo de la Visitaduría y la Comisión.
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
NMOO
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Ÿ Recibir, revisar, analizar y clasificar las pruebas documentales e integrarlas a los expedientes a su cargo.
Ÿ Revisar, controlar y dar seguimiento a los expedientes de queja concluidos por conciliación y,
en su caso, realizar visitas de seguimiento.
Ÿ Revisar los acuerdos de cumplimiento total, parcial, pendiente o de incumplimiento de conciliaciones y llevar el registro correspondiente para efectos de control.
Ÿ Elaborar reportes e informes de los trámites de los expedientes de queja, de medida cautelar y de solicitud de gestión.
Ÿ Prestar los servicios técnico jurídicos necesarios que le sean requeridos por los ciudadanos o por las autoridades, y orientar sobre los procedimientos de la Comisión.
Ÿ Apoyar en la elaboración de proyectos de solicitud de colaboración, así como participar en las diligencias de trabajo y llevar el control de las mismas.
Ÿ Llevar el control de las diligencias de trabajo celebradas con las autoridades destinatarias de las propuestas de conciliación.
Ÿ Generar los reportes mensuales de seguimiento dirigidos al Visitador General respecto de los avances en el seguimiento y cumplimiento de las conciliaciones por parte de las autoridades respectivas.
Ÿ Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Ÿ Administrar y capturar la información relativa al seguimiento de expedientes de queja, de medida cautelar, de solicitud de gestión, conciliaciones y proyectos de recomendación, acuerdo de no responsabilidad o conclusión en el saq server, para consulta en Intranet hasta su conclusión.
PERFILESDE PUESTO
VG 006 RESPONSABLE DE LA COORDINACION PENITENCIARIA
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
359
VG 006 RESPONSABLE DE LA COORDINACION PENITENCIARIA
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Derecho, Ciencias Jurídicas o Criminología, debidamente acreditado, con más de 2 años de experiencia pertinente, o grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría, con más de 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos y el Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como del marco normativo de actuación aplicable.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al usuario, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para el cumplimiento de consignas, capacidad para asesorar a los/las integrantes del equipo de trabajo, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI M
SI ANM
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PERFILESDE PUESTO
VG 006 RESPONSABLE DE LA COORDINACION PENITENCIARIA
PERFILESDE PUESTOSE 001 SECRETARIA EJECUTIVA
361
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTO:SECRETARIA EJECUTIVA
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOPRESIDENTE(A) DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS
PUESTO INFERIOR INMEDIATOSECRETARIO(A)/DIRECTOR(A) GENERAL DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS Y FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOS/ DIRECTOR(A) DE INFORMÁTICA
MISIÓN DEL PUESTOPromover y fortalecer las relaciones de la Comisión Estatal con organismos públicos, sociales o privados, nacionales e internacionales, así como proponer políticas en materia de Derechos Humanos, mediante el análisis y estudio de instrumentos jurídicos, a fin de fortalecer la cultura del respeto a los Derechos Humanos en el Estado.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Asistir a las sesiones del Consejo de la CEDHNL, con voz pero sin voto;
Proponer al Consejo y al Presidente de la Comisión, las políticas generales que en materia de derechos humanos habrá de seguir la Comisión ante los organismos gubernamentales y no gubernamentales;
Promover y fortalecer las relaciones de la Comisión con organismos públicos, sociales y privados, Municipales, Estatales y Nacionales;
Preparar los proyectos e iniciativas de leyes y reglamentos que la Comisión haya de entregar a los órganos competentes, así como los estudios que los sustenten;
Colaborar con la Presidencia de la Comisión en la elaboración de los informes anuales, así como de los especiales;
Enriquecer y mantener la biblioteca y el acervo documental de la Comisión;
Fungir como Secretario del Consejo, ejerciendo las funciones que le corresponden en este cuerpo colegiado;
Preparar, de acuerdo con el Presidente, el orden del día a que se sujetarán las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo, levantando las actas respectivas y autorizándolas con su firma;
Ejecutar y dar seguimiento a los Acuerdos que dicte el Presidente de la Comisión , así como los que emanen del Consejo;
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Proponer al Presidente de la Comisión y coordinar las publicaciones y programas de divulgación en los medios masivos de comunicación, a través de los cuales se difunda lo relativa a la naturaleza, prevención y defensa de los derechos humanos;
Formular y ejecutar los programas de capacitación que en materia de derechos humanos se hubieren aprobado;
Apoyar a la comisión en el cumplimiento de su mandato de promoción y protección de los derechos humanos en el Estado.
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.Las demás que le sean conferidas por la Presidencia y demás disposiciones legales.
PERFILESDE PUESTOSE 001 SECRETARIA EJECUTIVA
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
363
SE 001 SECRETARIA EJECUTIVA
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Derecho o Ciencias Jurídicas con más de 7 años de experiencia pertinente, o licenciatura en Derecho o Ciencias Jurídicas con grado universitario de Especialidad o Maestría en uno de los campos antes indicados con más de 3 años de experiencia pertinente, o licenciatura en Derecho o Ciencias Jurídicas con Doctorado con más 2 años de experiencia.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo león, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, buen juicio en la toma de decisiones, capacidad para comunicarse con claridad. CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI M
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PERFILESDE PUESTOSE 001 SECRETARIA EJECUTIVA
PERFILESDE PUESTO
SE 002 SECRETARIO (A) DE ASUNTOS INTERNOS
365
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTO:SECRETARIO(A) DE ASUNTOS INTERNOS
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOSECRETARIO(A) EJECUTIVO(A)
PUESTO INFERIOR INMEDIATODEFENSOR(A) DE DERECHOS HUMANOS
MISIÓN DEL PUESTOColaborar con él o la Titular de la Secretaría Ejecutiva en el seguimiento, supervisión y apoyo al cumplimiento de los Programas de la Comisión.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
ŸInstrumentar y actualizar procedimientos de inspección e investigación para detectar deficiencias, irregularidades o faltas en la aplicación de procesos en las distintas áreas de la
ŸComisión y en el cumplimiento de las obligaciones de sus Integrantes.
ŸColaborar en la planeación y supervisión de las actividades de la Secretaría Ejecutiva y de la Comisión
ŸSolicitar información y documentación a las áreas de la Comisión para el llenado de los informes mensuales y anuales.
ŸContribuir con la ejecución de los acuerdos tomados por Presidencia y Secretaría Ejecutiva;
ŸSupervisar la ejecución de los Programas Operativos Anuales de la Comisión;
ŸColaborar con el seguimiento y supervisión de Voluntariado, Prácticas Profesionales y Servicio Social en la Comisión;
ŸAsistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
ŸLas demás que asigne la Secretaría Ejecutiva y la Presidencia.
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PERFILESDE PUESTO
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SE 002 SECRETARIO (A) DE ASUNTOS INTERNOS
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Derecho, Ciencias Jurídicas, Ciencias Políticas, Administración, Relaciones Internacionales, Relaciones Públicas, o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 2 años de experiencia pertinente, o grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría con más de 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como también el marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
PERFILESDE PUESTO
367
SE 002 SECRETARIO (A) DE ASUNTOS INTERNOS
PERFILESDE PUESTO
SE 003 DEFENSOR DE DERECHOS HUMANOS
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTO:DEFENSOR (A) DE DERECHOS HUMANOS
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOSECRETARIO(A) DE ASUNTOS INTERNOS
PUESTO INFERIOR INMEDIATOAUXILIAR
MISIÓN DEL PUESTOSeguimiento de los procedimientos de vigilancia que lleva a cabo la Secretaría Ejecutiva y proporcionar asesoría sobre el cumplimiento y evaluación de los Programas de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
ŸApoyar en la revisión y seguimiento de los programas de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
ŸApoyar en el análisis y elaboración de reportes derivados de las evaluaciones de los programas de la Comisión; ŸDar seguimiento a los acuerdos que emita la Secretaría Ejecutiva y la Presidencia;
ŸColaborar en la investigación de asuntos encomendados por la Secretaría Ejecutiva.
ŸApoyar en la elaboración de informes en el ámbito de su competencia, cuando así lo solicite su superior jerárquico.
ŸRevisar el status de expedientes que se sigan en las distintas áreas de la Comisión y elaborar la ficha informativa para el superior jerárquico.
ŸAsistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
ŸApoyar en la ejecución de los acuerdos tomados por la Secretaría Ejecutiva y Presidencia.
ŸLas demás que determine el o la Titular de la Secretaría Ejecutiva para el mejor funcionamiento del área.
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LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
369
SE 003 DEFENSOR DE DERECHOS HUMANOS
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Derecho, Ciencias Jurídicas, Ciencias Políticas, Relaciones Públicas, Relaciones Internacionales o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 1 año de experiencia pertinente, o grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría en áreas relativas al área.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como del marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
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PERFILESDE PUESTO
SE 003 DEFENSOR DE DERECHOS HUMANOS
PERFILESDE PUESTO
SE 004 SECRETARIO (A) TECNICO (A)
371
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTO:SECRETARIO (A) TÉCNICO (A)
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOSECRETARIO(A) EJECUTIVO(A)
PUESTO INFERIOR INMEDIATOAUXILIAR
MISIÓN DEL PUESTOCoadyuvar en la operación y funcionamiento de la Comisión para su óptima planeación, programación, desarrollo, registro y seguimiento; así como, en su caso, contribuir en la revisión y elaboración de la normatividad interna, presentar propuestas de mecanismos para el aseguramiento de calidad y en materia de capacitación; y revisar el cumplimiento de los convenios interinstitucionales.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Ÿ Solicitar información y documentación a las áreas de la Comisión para el cumplimiento de los Acuerdos del Consejo.
Ÿ Contribuir con la ejecución de los acuerdos tomados por Presidencia, Secretaría Ejecutiva y el Consejo de la CEDHNL;
Ÿ Supervisar la ejecución de los Programas Operativos Anuales de la Comisión;
Ÿ Proponer temas prioritarios de la agenda de la CEDHNL.
Ÿ Propiciar la comunicación y coordinación oportuna, objetiva y directa entre las Direcciones del Organismo, para el debido cumplimiento de las atribuciones que a cada una le corresponde.
Ÿ Colaborar en la elaboración de la Agenda para las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo;
Ÿ Facilitar al Secretario Ejecutivo los documentos que se trataran en el Consejo;
Ÿ Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
ŸRepresentar a la Comisión en eventos que encomiende la Presidencia;
ŸColaborar en la integración del proyecto de informe anual de actividades de la Comisión Estatal, con base en los programas, objetivos y acciones proyectadas por cada una de las áreas; Las demás que asigne la Secretaría Ejecutiva y la Presidencia.
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
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SE 004 SECRETARIO (A) TECNICO (A)
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Derecho, Ciencias Políticas, Administración, Relaciones Públicas, Relaciones Internacionales, o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 2 años de experiencia pertinente, o grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría con más de 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, y al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
PERFILESDE PUESTO
373
SE 004 SECRETARIO (A) TECNICO (A)
PERFILESDE PUESTO
SE 005 AUXILIAR
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTO:AUXILIAR
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOSECRETARIO(A) DE ASUNTOS INTERNOS / SECRETARIO(A) TÉCNICO(A) / DEFENSOR DE DERECHOS HUMANOS
PUESTO INFERIOR INMEDIATOBECARIO/SERVICIO SOCIAL/VOLUNTARIADO
MISIÓN DEL PUESTOApoyar administrativamente y operativamente en las actividades de recopilación, procesamiento y sistematización de la información de la Secretaría Ejecutiva.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
ŸIntegrar los documentos conforme a la normatividad en materia de archivos públicos.
ŸEntregar la correspondencia en todas las áreas de la Comisión a diversos destinatarios.
ŸEntregar los acuses de recibido a las áreas con respecto a la correspondencia enviada a los/las distintos/as destinatarios/as.
ŸRealizar actividades administrativas generales, abastecer oportunamente necesidades básicas de la Secretaría Ejecutiva, como suministros de papelería y otorgar el servicio de fotocopiado a los/las funcionarios/as del área.
ŸApoyar en la logística de los distintos eventos realizados por la Secretaría Ejecutiva y la Comisión.
ŸMantener y conservar en buen estado el funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles asignados por la Secretaría Ejecutiva y la Comisión.
ŸAsistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
ŸLas demás funciones que le atribuyan las disposiciones legales y reglamentarias, así como aquellas que le delegue el/la Titular de la Secretaría Ejecutiva dentro de su respectivo ámbito de competencia.
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LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
375
SE 005 AUXILIAR
EDUCACIÓNBachillerato con más de 3 años de experiencia en áreas afines, estudios universitarios de licenciatura en Derecho, Relaciones Públicas, Ciencias Políticas, Relaciones Internacionales o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 1 año de experiencia pertinente, y conocimientos en el área a juicio del Titular de la Secretaría Ejecutiva.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio bajo de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, y al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para trabajar en equipo, habilidades interpersonales, buen juicio en la toma de decisiones, y capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
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PERFILESDE PUESTO
SE 005 AUXILIAR
PERFILESDE PUESTO
SE 006 RESPONSABLE DE LA UNIDAD DE GENERO
377
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTO:RESPONSABLE DE LA UNIDAD DE GENERO
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOSECRETARIA EJECUTIVA
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTOSer la instancia rectora que crea, fomenta y ejecuta políticas públicas de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, que propicia la no discriminación y equidad de género, la toma de decisiones, así como acciones afirmativas que garantizan el pleno ejercicio de los derechos entre mujeres y hombres.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
ŸCoordinar la elaboración del Programa Institucional para la igualdad entre mujeres y hombres de la Comisión Estatal de Derecho Humanos de Nuevo León.
ŸImpulsar la incorporación de la Perspectiva de Género en la planeación, programación y presupuestación anual de la Comisión Estatal de Derecho Humanos de Nuevo León.
ŸIncluir la Perspectiva de Género en las Políticas Públicas y en la elaboración del programa sectorial e institucional.
ŸEstablecer y concertar acuerdos con las Áreas responsables de la Comisión para ejecutar las políticas, acciones y programas establecidos en el Programa Especial de Equidad de Género.
ŸCoordinar acciones con las redes de género de la Comisión, con base en los temas tratados por la Comisión.
ŸCoordinar con el Instituto Estatal de las Mujeres acciones que realice la dependencia en materia de política pública y en cumplimiento al Programa Especial de Equidad de Género Estatal.
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ŸActuar como Órgano de consulta y asesoría de la Comisión, en materia de Equidad de Género y de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres, cuando así lo requieran.
ŸParticipar en los Comités Internos de las Institución, en su ámbito de competencia.
ŸPromover, difundir y publicar información en materia de Derechos Humanos de las mujeres y no discriminación, de acuerdo a su ámbito de competencia.
ŸEmitir informa de evaluación periódica para dar cuenta de resultados en el cumplimiento de los objetivos, estrategias y políticas ejecutadas por la Dependencia en cumplimiento al Programa Especial de Equidad de Género Estatal.
ŸPromover estudios e investigación para instrumentar un sistema de información, registro, seguimiento y evaluación de la situación de mujeres y hombres en su ámbito de competencia.
ŸApoyar en la elaboración de informes en el ámbito de su competencia, cuando así lo solicite su superior jerárquico.
ŸAsistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
ŸApoyar en la ejecución de los acuerdos tomados por la Secretaría Ejecutiva y Presidencia.
ŸLas demás que determine el o la Titular de la Secretaría Ejecutiva para el mejor funcionamiento del área.
PERFILESDE PUESTO
SE 006 RESPONSABLE DE LA UNIDAD DE GENERO
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
379
SE 006 RESPONSABLE DE LA UNIDAD DE GENERO
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Derecho, Ciencias Jurídicas, Ciencias Políticas, Relaciones Públicas, Relaciones Internacionales o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 1 año de experiencia pertinente, o grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría en áreas relativas al área.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como del marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
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PERFILESDE PUESTO
SE 006 RESPONSABLE DE LA UNIDAD DE GENERO
PERFILESDE PUESTO
SE 007 NOTIFICADOR
381
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTONOTIFICADOR
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOSECRETARIO(A) DE ASUNTOS INTERNOS
PUESTO INFERIOR INMEDIATOSERVICIO SOCIAL/BECARIOS/PRACTICANTES
MISIÓN DEL PUESTOApoyar en la entrega de invitaciones, oficios, y cédulas de citatorio y demás documentos solicitados por la Secretaría Ejecutiva, elaborando su respectiva acta circunstanciada de sus actuaciones.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Notificar los asuntos que le sean encomendados en los domicilios que se les señalen;
Debe cerciorarse de que el domicilio y la persona a que se tenga que notificar sea la correcta;
Realizar actas circunstanciadas que contengan detalladamente la información de los hechos acontecidos, persona o personas intervinientes, lugar día y hora en que se practica la diligencia o en caso de no poder cumplir con su cometido señalar el motivo.
Recibir diariamente las cédulas de notificación y anexos, de parte del encargado del área, ordenándolas según la ruta que deban seguir en la zona que les fue asignada, debiendo firmar de recibido para efectos del respectivo control.
Asentar en las actas ya sea el caso, de manera clara y veraz las circunstancias por la que la notificación no puedo llevarse a cabo;
Entregar al encargado del área la documentación relativa a las notificaciones, el mismo día que las realizó.
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Realizar una lista de las cédulas pendientes de notificar diariamente.Mantener y conservar en buen estado el funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles asignados por la Secretaría Ejecutiva y la Comisión.
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
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SE 007 NOTIFICADOR
EDUCACIÓNBachillerato con experiencia de 3 años en el área, en áreas afines al puesto con más de 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como del marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, buen juicio en la toma de decisiones así como capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
PERFILESDE PUESTO
383
SE 007 NOTIFICADOR
PERFILESDE PUESTO
SE 008 SECRETARIA (O)
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOSECRETARIA (O)
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOSECRETARIO(A) EJECUTIVO(A)
PUESTO INFERIOR INMEDIATOSERVICIO SOCIAL/BECARIOS/PRACTICANTES
MISIÓN DEL PUESTOApoyar en las funciones de la Secretaría Ejecutiva, así como organizar, coordinar y agilizar los asuntos que demande la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
ŸPlanear y coordinar la calendarización de las actividades del Personal de la Secretaría Ejecutiva en su interrelación con la ciudadanía, autoridades, organismos, empleados, entre otros, a fin de que su agenda diaria se administre de manera óptima y se lleve a cabo eficientemente en tiempo y en forma.
ŸMantener actualizado el archivo general de oficios, peticiones y proyectos.
ŸMantener actualizada la agenda de reuniones del Titular de la Secretaría Ejecutiva.
ŸDar seguimiento a las gestiones o peticiones que soliciten al Titular de la Secretaría Ejecutiva.
ŸAtender amablemente al personal de la Comisión, funcionarios o empleados de otras dependencias y ciudadanía en general que requieran los servicios de la Secretaría Ejecutiva.
ŸAsistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
ŸApoyar en la elaboración de trabajos especiales que se le asigne.
ŸRealizar las demás funciones inherentes a su puesto.
ŸEncargarse del llenado formatos para requisiciones de papelería.
ŸMantener y conservar en buen estado el funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles asignados por la Secretaría Ejecutiva y la Comisión.
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LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
385
SE 008 SECRETARIA (O)
EDUCACIÓNEstudios Secretariales o Bachillerato con 2 años de experiencia o Estudios de Licenciatura con 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio básico de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, y al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
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PERFILESDE PUESTO
SE 008 SECRETARIA (O)
PERFILESDE PUESTO
SE/INF/001 DIRECTOR (A) DE INFORMATICA
387
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTODIRECTOR (A) DE INFORMÁTICA
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOPRESIDENTE(A) DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS
PUESTO INFERIOR INMEDIATOSERVICIO SOCIAL/BECARIOS/PRACTICANTES
MISIÓN DEL PUESTOSECRETARIA(O) / RESPONSABLE PÁG.WEB, DE SISTEMAS, TECNICO (A) EN SISTEMAS / AUXILIARES.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
.Estructuración, supervisión y control del sistema interno de información denominado SaqServer.
.Diseño, mantenimiento, y control de estructura, así como actualizaciones pertinentes dentro portal de internet de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
.Diseño de imagen y formato de las publicaciones emitidas, así como contacto directo con proveedores externos de diseño e impresión.
.Dirigir el diseño ó adquisición de los sistemas de información que requiera la Comisión;
.Coordinar el apoyo técnico a las y los usuarios del equipo informático;
.Coordinar el desarrollo de nuevos sistemas de cómputo, solicitados por las diferentes Áreas de la Comisión para optimizar sus funciones;
.Diseñar un plan de actualización para las aplicaciones ya existentes acorde a las necesidades y el personal disponible;
.Diseñar y coordinar un plan de mantenimiento preventivo para los equipos de cómputo de la Comisión;
.Coordinar las acciones de contingencia derivadas del mantenimiento correctivo a los equipos de cómputo de la Comisión.
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Actualizar permanentemente el inventario de bienes informáticos de las distintas áreas de la Comisión;
Asistir a la adquisición, instalación y capacitación para el uso de nuevos equipo de cómputo;
Dirigir y administrar el desarrollo de la página web para mostrar los servicios que presta la Comisión, y
Las demás que le confieran otras disposiciones legales o le encomiende el o la Titular de la Comisión.
PERFILESDE PUESTO
SE/INF/001 DIRECTOR (A) DE INFORMATICA
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
389
SE/INF/001 DIRECTOR (A) DE INFORMATICA
EDUCACIÓNTécnico en Informática, Técnico en Sistemas o Grado universitario de Licenciatura o Ingeniería en Informática, Sistemas, Derecho, Administración, Comunicación, Gestión o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 3 años de experiencia pertinente, o grado universitario avanzado de Especialidad en uno de los campos antes indicados.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, y al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI M
SI ANM
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PERFILESDE PUESTO
SE/INF/001 DIRECTOR (A) DE INFORMATICA
PERFILESDE PUESTO
SE/INF/002 RESPONSABLE PAGINA WEB
391
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTORESPONSABLE PÁGINA WEB
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECTOR(A) DE INFORMÁTICA
PUESTO INFERIOR INMEDIATOAUXILIAR / SERVICIO SOCIAL
MISIÓN DEL PUESTODiseñar, editar, administrar y dar el mantenimiento de la Página Web de la Comisión Estatal de Derechos Humanos para uso de usuarios internos y externos.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Diseño y edición de las imágenes para el portal de internet de la Comisión, previa solicitud de los superiores jerárquicos.
Diseño y edición de las imágenes para la revista electrónica de la Comisión.
Coordinar y realizar la carga y actualización de contenidos proporcionados por las diferentes áreas.
Diseño, mantenimiento, y control de estructura, así como actualizaciones pertinentes dentro portal de internet de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Diseñar y administrar el desarrollo de la página web para mostrar los servicios que presta la Comisión, y
Cualquier otra responsabilidad que le sea encomendada por el/la Titular de la Dirección o la Comisión.
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
NMOO
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NU NE ÓV EO L
SE/INF/002 RESPONSABLE PAGINA WEB
EDUCACIÓNTécnico en Informática, Técnico en Sistemas o Grado universitario de Licenciatura o Ingeniería en Informática, Sistemas con más de 2 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, y al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
PERFILESDE PUESTO
393
SE/INF/002 RESPONSABLE PAGINA WEB
PERFILESDE PUESTO
SE/INF/003 RESPONSABLE DE SISTEMAS
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTORESPONSABLE DE SISTEMAS
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECTOR(A) DE INFORMÁTICA
PUESTO INFERIOR INMEDIATOAUXILIAR
MISIÓN DEL PUESTOSupervisar todas las actividades relacionadas con la gestión de datos, satisfacer las necesidades de todas las áreas, definir la selección de hardware y software, como así mismo su programación y operaciones.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
·Realizar investigaciones que ayuden a estar al día en materia de seguridad informática, así como prevenir la infección de virus.
·El adecuado flujo de información en las redes de Voz y Datos.
·Mantener en perfecto funcionamiento todos los equipos de cómputo, de impresión y de copiado de la Comisión.
·Planearla actualización del equipo informático, de cómputo y comunicación; así como efectuar el mantenimiento preventivo y correctivo a equipos.
·Vigilar el funcionamiento de los servidores, a fin de prevenir eventuales fallas que pudieran generar pérdidas de información.
·Procurar el perfecto estado físico de los equipos de cómputo, así como recomendar a los usuarios evitar prácticas que pudieran alterar su estado físico.
·Realizarlos cableados de voz y datos y las configuraciones necesarias para agregar o actualizar los servicios de dicho tipo.
·Cualquier otra responsabilidad que le sea encomendada por el/la Titular de la Dirección o la Comisión.
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LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
395
SE/INF/003 RESPONSABLE DE SISTEMAS
EDUCACIÓNTécnico en Informática, Técnico en Sistemas o Grado universitario de Licenciatura o Ingeniería en Informática, Sistemas con más de 2 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, y al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI M
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PERFILESDE PUESTO
SE/INF/003 RESPONSABLE DE SISTEMAS
PERFILESDE PUESTO
SE/INF/004 RESPONSABLE TECNICO
397
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTORESPONSABLE TÉCNICO
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECTOR(A) DE INFORMÁTICA
PUESTO INFERIOR INMEDIATOAUXILIAR
MISIÓN DEL PUESTODefinir y hacer cumplir normas y procedimientos para mantener la disponibilidad delsistema informático (mantenimiento preventivo y correctivo). Supervisión de lainstalación de nuevo hardware y software asociado.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
ŸAtender las peticiones de soporte técnico de los usuarios de la Comisión, así como realizar los mantenimientos que se encuentren previamente calendarizados.
ŸRealizar plan de trabajo de aquellas implantaciones y actividades que le sean designadas; así mismo, presentar mensualmente informes de estas labores al Titular de la Dirección.
ŸDiligenciar los formatos de requerimientos cuando se brinde soporte a los usuarios.
ŸPresentar mensualmente un informe de las actividades realizadas, soportando los servicios con los formatos definidos para tal fin.
ŸBrindar soporte a los aplicativos existentes en la administración, que le sean delegados por su superior Inmediato, el cual incluye: Capacitación a usuarios finales, seguimiento a los procesos e inconsistencias presentadas, escalabilidad de los requerimientos a los proveedores de los aplicativos, realizar cambios y ajustes a las aplicaciones y extracción de información en archivos planos para su manipulación final.
ŸParticipar en la definición e implementación de mecanismos que permitan un funcionamiento eficiente de las instalaciones de cómputo.
ŸParticipar en las reuniones y comités que le correspondan en razón de su cargo.
ŸEstar permanentemente actualizado de los avances y desarrollos en tecnología informática, con el fin de tener los conocimientos adecuados y poder tomar las decisiones más acertadas cuando se trate de adquirir hardware o software.
ŸRealizar investigación, estudio y lectura de documentos técnicos, igualmente asistir a eventos que divulguen el desarrollo de nuevas tecnologías informáticas.
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
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ŸMantener documentados y actualizados los procesos y procedimientos concernientes con su área.
ŸCrear, mantener y analizar indicadores de gestión con respecto al nivel de satisfacción de los usuarios finales a los cuales se les haya prestado un servicio de soporte con respecto a los aplicativos corporativos y otros elementos de software y hardware; elaborando un informe mensual del estado de estos indicadores.
ŸAdministrar los modelos de datos de aquellas aplicaciones que le sean encomendadas, manteniéndolos permanentemente actualizados y completos.
ŸPresentar diferentes metodologías para que todos los procesos al interior del Departamento de Sistemas queden documentados (implantación de tecnología, desarrollo de sistemas y mantenimiento de aplicaciones, entre otros).
ŸEvaluar las tendencias de las tecnologías informáticas y realizar el estudio pertinente de costo beneficio para su incorporación a la Comisión.
ŸRealizar el análisis, diseño y desarrollo de sistemas de información que le sean asignados.
PERFILESDE PUESTO
SE/INF/004 RESPONSABLE TECNICO
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
399
SE/INF/004 RESPONSABLE TECNICO
EDUCACIÓNTécnico en Informática, Técnico en Sistemas o Grado universitario de Licenciatura o Ingeniería en Informática, Sistemas con más de 2 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, y al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
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PERFILESDE PUESTO
SE/INF/004 RESPONSABLE TECNICO
PERFILESDE PUESTO
SE/INF/005 AUXILIAR
401
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOAUXILIAR
PUESTO SUPERIOR INMEDIATORESPONSABLES
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTOApoyar operativamente en las actividades de recopilación, procesamiento y sistematización de la información de la Dirección.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Realizar actividades administrativas generales, abastecer oportunamente necesidades básicas de la Dirección, como suministros de papelería y otorgar el servicio de fotocopiado a los/las funcionarios/as del área.
Integrar los documentos conforme a la normatividad en materia de archivos públicos.
Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones legales y reglamentarias, así como aquellas que le delegue el/la Titular de la Dirección, dentro de su respectivo ámbito de competencia.
Entregar la correspondencia en todas las áreas de la Comisión a diversos destinatarios.
Entregar los acuses de recibido a las áreas con respecto a la correspondencia enviada a los/las distintos/as destinatarios/as.
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Apoyar en la logística de los distintos eventos realizados por la Dirección y la Comisión.
Mantener y conservar en buen estado el funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles asignados por la Dirección y por la Comisión.
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
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SE/INF/005 AUXILIAR
EDUCACIÓNBachillerato con experiencia de 3 años en el área, o estudios de Licenciatura en áreas afines al puesto con más de 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, y al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
PERFILESDE PUESTO
403
SE/INF/005 AUXILIAR
PERFILESDE PUESTO
SE/INF/006 SECRETARIA (O)
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOSECRETARIA (O)
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECCIÓN DE INFORMÁTICA
PUESTO INFERIOR INMEDIATOAUXILIAR
MISIÓN DEL PUESTOApoyar operativamente en las actividades de recopilación, procesamiento y sistematización de la información de la Dirección.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
ŸPlanear y coordinar la calendarización de las actividades del Personal de la Dirección en su interrelación con la ciudadanía, autoridades, organismos, empleados, entre otros, a fin de que su agenda diaria se administre de manera óptima y se lleve a cabo eficientemente en tiempo y en forma.
ŸMantener actualizado el archivo general de oficios, peticiones y proyectos.
ŸMantener actualizada la agenda de reuniones del Titular de la Dirección.
ŸDar seguimiento a las gestiones o peticiones que soliciten al Titular de la Dirección.
ŸAtender amablemente al personal de la Comisión, funcionarios o empleados de otras dependencias y ciudadanía en general que requieran los servicios de la Dirección.
ŸAsistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
ŸApoyar en la elaboración de trabajos especiales que se le asigne.
ŸRealizar las demás funciones inherentes a su puesto.
ŸEncargarse del llenado formatos para requisiciones de papelería.
ŸMantener y conservar en buen estado el funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles asignados por la Dirección y por la Comisión.
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LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
405
SE/INF/006 SECRETARIA (O)
EDUCACIÓNEstudios Secretariales o Bachillerato con 2 años de experiencia o estudios de Licenciatura con 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, y al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
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PERFILESDE PUESTO
SE/INF/006 SECRETARIA (O)
PERFILESDE PUESTO
SE/IEFDH/001 DIRECTOR (A) GENERAL DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS Y FORMACION EN DERECHOS HUMANOS (IEFDH)
407
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTODIRECTOR(A) GENERAL DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS Y FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOS)
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOPRESIDENTE(A) DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS
PUESTO INFERIOR INMEDIATODIRECTOR DE EDUCACIÓN Y PARTICIPACIÓN SOCIAL/ DIRECTOR DE INVESTIGACIÓN Y EVALUACIÓN EN DERECHOS HUMANOS/SECRETARIA
MISIÓN DEL PUESTODirigir los estudios sobre los Derechos Humanos y la investigación correspondiente a nivel académico; el intercambio con instituciones especializadas en la materia y la formación de investigadores, en donde se estudie la problemática actual que vive nuestro Estado y el entorno internacional en materia de Derechos Humanos, para proponer, con base en investigaciones documentales, carácter teórico, metodológico o empíricas, programas operativos para su tratamiento.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Impulsar en el ámbito local la Cultura de los derechos humanos, fomentando el conocimiento, respeto y ejercicio de los mismos, promoviendo el desarrollo cognitivo, valorativo y de habilidades en la construcción de estilos de convivencia respetuosos de los derechos humanos.
Proponer para su revisión a la Secretaría Ejecutiva y a la Presidencia y al Consejo Consultivo Académico, las políticas y prioridades en materia de prevención y promoción de derechos humanos del Instituto.
Investigar las condiciones que propicien la vulnerabilidad de personas o grupos, proponiendo a la Secretaría Ejecutiva, Presidencia y Consejo Consultivo Académico proyectos de investigación social, legislativa o documental y dar seguimiento a los mismos.
Diseñar los planes, estrategias y programas de capacitación en torno a los derechos humanos y temáticas relacionadas con los mismos, dirigidos a la comunidad en general y a los servidores públicos en particular, adecuándolos al contexto de su función; lo mismo opera para el personal de base y voluntario de la Dirección.
Participar en la promoción, difusión y organización de los Diplomados en Derechos Humanos y eventos especiales.
Diseñar las estrategias de atención preventiva.
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Diseñar el proyecto de atención técnica a cada programa, presentarlo a la Secretaría Ejecutiva y a su vez ésta a la Presidencia y al Consejo Consultivo Académico para su revisión y autorización.
Elaborar las estrategias de difusión y presentarlas a la Secretaría Ejecutiva y a su vez ésta a la Presidencia y al Consejo Consultivo Académico para su revisión y autorización.
Organizar y promover el servicio social y el voluntariado.
Establecer un sistema de estímulos internos para motivar al personal y mantener e incrementar la productividad.
Elaborar el sistema de atención a los grupos vulnerables y a la comunidad en general, supervisando y dando seguimiento a los resultados de los programas en torno a la Educación en Derechos Humanos y la atención a las situaciones de riesgo de violación a los mismos.
Producir contenidos y diseños de material gráfico de difusión, como trípticos, logotipos, carteles, manuales, posters, panorámicos, leyendas, folletos, programas audiovisuales, así como las campañas de promoción sobre derechos humanos.
Planear las estrategias de participación social, coordinando y dando seguimiento a convenios y programas de trabajo interinstitucionales en especial con los sectores prioritarios.
Diseñar, planear, organizar y operar eventos dirigidos a la promoción de la cultura de Derechos Humanos, así como a los apoyos comunitarios para su realización.
Recibir las propuestas o sugerencias de la Presidencia, Consejo Consultivo Académico, Secretaría Ejecutiva, Visitadores Generales o del personal profesional de la institución relativas a modificación, derogación, supresión de artículos o propuestas de Ley; a la Constitución local, Códigos, Códigos de Procedimientos o Reglamentos, para investigar, analizar, sustentar, proyectar y/o proponer nuevas leyes o reglamentos que favorezcan el estricto cumplimiento y respeto a los derechos humanos y garantías individuales.
Elaborar la planeación anual de actividades del Instituto, presentándolo a la Secretaría Ejecutiva, para su revisión y posterior autorización por la Presidencia y el Consejo Consultivo Académico.
Presentar mensualmente a la Secretaría Ejecutiva, el informe de actividades de cada área del Instituto y ponerlo a su consideración.
Vincularse con todas las áreas de trabajo de la institución para ofrecer respuestas más inteligentes a las necesidades de la población, objetivo del Instituto.
Delegar funciones al Titular de la Dirección de Educación y Participación Social y al Titular de la Dirección de Investigación y Evaluación en Derechos Humanos.
PERFILESDE PUESTO
SE/IEFDH/001 DIRECTOR (A) GENERAL DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS Y FORMACION EN DERECHOS HUMANOS (IEFDH)
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
409
SE/IEFDH/001 DIRECTOR (A) GENERAL DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS Y FORMACION EN DERECHOS HUMANOS (IEFDH)
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Derecho, Administración, Trabajo Social, Contabilidad, Recursos Humanos, Economía, Gestión, Desarrollo Económico o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 5 años de experiencia pertinente, o grado universitario avanzado de Especialidad en uno de los campos antes indicados con más de 4 años de experiencia pertinente, o Maestría en uno de los campos antes indicados con más de 3 años de experiencia pertinente, o doctorado con más 2 años de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
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PERFILESDE PUESTO
SE/IEFDH/001 DIRECTOR (A) GENERAL DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS Y FORMACION EN DERECHOS HUMANOS (IEFDH)
PERFILESDE PUESTOSE/IEFDH/002 SECRETARIA (O)
411
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOSECRETARIA (O)
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECTOR(A) GENERAL DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS Y FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOS
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTOApoyar en las funciones de la Dirección de General de Instituto de Formación en Derechos Humanos, así como organizar, coordinar y agilizar los asuntos que demande la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Planear la calendarización de las actividades del Personal de la Dirección en su interrelación con la ciudadanía, autoridades, organismos, empleados, entre otros, a fin de que su agenda diaria se administre de manera óptima y se lleve a cabo eficientemente en tiempo y en forma.
Mantener actualizado el archivo general de oficios, peticiones y proyectos.
Mantener actualizada la agenda de reuniones del Titular de la Dirección.
Dar seguimiento a las gestiones o peticiones que soliciten al Titular de la Dirección.
Atender amablemente al personal de la Comisión, funcionarios o empleados de otras dependencias y ciudadanía en general que requieran los servicios de la Dirección.
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Apoyar en la elaboración de trabajos especiales que se le asigne.
Realizar las demás funciones inherentes a su puesto.
Encargarse del llenado formatos para requisiciones de papelería.
Mantener y conservar en buen estado el funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles asignados por la Dirección y la Comisión.
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
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SE/IEFDH/002 SECRETARIA (O)
EDUCACIÓNEstudios Secretariales o Bachillerato con 2 años de experiencia o Estudios de Licenciatura con 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
PERFILESDE PUESTO
413
SE/IEFDH/002 SECRETARIA (O)
PERFILESDE PUESTO
SE/EPS/001 DIRECTOR (A) DE EDUCACION Y PARTICIPACION SOCIAL
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTODIRECTOR(A) DE EDUCACIÓN Y PARTICIPACIÓN SOCIAL
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECTOR(A) GENERAL DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS Y FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOS
PUESTO INFERIOR INMEDIATORESPONSABLES
MISIÓN DEL PUESTODirigir, coordinar y administrar los diferentes programas de educación, promoción y difusión de los Derechos Humanos con la ciudadanía; así como promover la participación de la sociedad por medio de relaciones interinstitucionales en aras del respeto a los derechos humanos.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
ŸProponer para su revisión a la Dirección General del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos, las políticas y prioridades en materia de prevención y promoción de derechos humanos del Instituto;
ŸInvestigar las condiciones que propicien la vulnerabilidad de personas o grupos, proponiendo a la Dirección General del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos, proyectos de investigación social, legislativo o documental y dar seguimiento a los mismos;
ŸCoadyuvar en el diseño de los planes, estrategias y programas de capacitación en torno a los derechos humanos y temáticas relacionadas con los mismos, dirigidos a la comunidad en general y a los servidores públicos en particular, adecuándolos al contexto de su función;
ŸParticipar en conjunto con la Dirección General del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos en la promoción, difusión y organización de los Diplomados en Derechos Humanos y eventos especiales;
ŸElaborar el sistema de atención a los grupos vulnerables y a la comunidad en general, supervisando y dando seguimiento a los resultados de los programas en torno a la Educación en Derechos Humanos y la atención a las situaciones de riesgo de violación a los mismos;
ŸCoadyuvar en el diseño del proyecto de atención técnica a cada programa y presentarlo a la Dirección General del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos para su aprobación;
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ŸElaborar las estrategias de difusión y presentarlas a la Dirección General del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos para su aprobación;
ŸCoadyuvar con la Dirección General del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos, en la producción de contenidos y diseños de material gráfico de difusión, como trípticos, logotipos, carteles, manuales, posters, panorámicos, leyendas, folletos, programas audiovisuales, así como las campañas de promoción sobre derechos humanos;
ŸCoadyuvar con la Dirección General del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos, en el diseño, planeación y organización de eventos dirigidos a la promoción de la cultura de Derechos Humanos, así como a los apoyos comunitarios para su realización;
ŸCoadyuvar con la planeación anual de actividades del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos de la Comisión Estatal de Derechos Humanos;
ŸPresentar mensualmente a la Dirección General del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos, el informe de actividades de cada área de la Dirección de Educación y Participación Social y ponerlo a su consideración;
ŸVincularse con todas las áreas de trabajo de la institución para ofrecer respuestas más inteligentes a las necesidades de la población, objetivo del Instituto;
ŸAsistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
ŸLas demás que sean encomendadas por el superior jerárquico.
PERFILESDE PUESTO
415
SE/EPS/001 DIRECTOR (A) DE EDUCACION Y PARTICIPACION SOCIAL
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
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SE/EPS/001 DIRECTOR (A) DE EDUCACION Y PARTICIPACION SOCIAL
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Derecho, Psicología, Criminología, Administración, Trabajo Social, Recursos Humanos, Desarrollo Humano o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 3 años de experiencia pertinente, o grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría en uno de los campos antes indicados con más de 3 años de experiencia pertinente, o doctorado con más 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones, capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
PERFILESDE PUESTO
417
SE/EPS/001 DIRECTOR (A) DE EDUCACION Y PARTICIPACION SOCIAL
PERFILESDE PUESTO
SE/EPS/002 RESPONSABLE (DE SISTEMAS FOCALIZADOS DE ATENCION)
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTORESPONSABLE (DE SISTEMAS FOCALIZADOS DE ATENCIÓN)
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECTOR(A) DE EDUCACIÓN Y PARTICIPACIÓN SOCIAL
PUESTO INFERIOR INMEDIATOADMINISTRADORES / AUXILIARES
MISIÓN DEL PUESTOParticipar en el desarrollo de procedimientos y dar seguimiento de programas específicos, que con llevan al logro de los objetivos dl IEFDH.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Coordinar la ejecución los programas relativos a la Educación en Derechos Humanos;
Coordinar los trabajos de los administradores de programas enfocados a incentivar la participación social en materia de promoción a los Derechos Humanos;
Colaborar en la elaboración de un sistema de atención a los grupos vulnerables;
Coordinar la ejecución de los programas en Derechos Humanos;
Presentar mensualmente informes a la Dirección de Educación y Participación Social el Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos, el informe de actividades de cada uno de los Administradores de Programas;
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Las demás que sean encomendadas por el superior jerárquico.
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LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
419
SE/EPS/002 RESPONSABLE (DE SISTEMAS FOCALIZADOS DE ATENCION)
EDUCACIÓNLicenciatura en Derecho, Psicología, Criminología, Administración, Trabajo Social, Recursos Humanos, Desarrollo Humano o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 3 años de experiencia pertinente, o grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría en uno de los campos antes indicados con más de 2 años de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones, capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
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PERFILESDE PUESTO
SE/EPS/002 RESPONSABLE (DE SISTEMAS FOCALIZADOS DE ATENCION)
PERFILESDE PUESTO
SE/EPS/003 RESPONSABLE (DE LA UNIDAD DE PARTICIPACION SOCIAL Y CAPACITACION)
421
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTORESPONSABLE (DE LA UNIDAD DE PARTICIPACIÓN SOCIAL Y CAPACITACIÓN)
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECTOR(A) DE EDUCACIÓN Y PARTICIPACIÓN SOCIAL
PUESTO INFERIOR INMEDIATOADMINISTRADORES / AUXILIARES
MISIÓN DEL PUESTOCoordinar los diferentes programas de participación social y capacitación en materia de Derechos Humanos.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Coordinar la ejecución de los programas de participación social que involucren la difusión, promoción y respeto a los Derechos Humanos y dar seguimiento a los mismos;
Coadyuvar en el diseño de los planes, estrategias y programas de capacitación en torno a los derechos humanos;
Presentar mensualmente informes a la Dirección de Educación y Participación Social el Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos, el informe de actividades de cada uno de los Administradores de Programas y los Capacitadores;
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Las demás que sean encomendadas por el superior jerárquico.
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
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SE/EPS/003 RESPONSABLE (DE LA UNIDAD DE PARTICIPACION SOCIAL Y CAPACITACION)
EDUCACIÓNLicenciatura en Derecho, Psicología, Criminología, Administración, Trabajo Social, Recursos Humanos, Desarrollo Humano o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 3 años de experiencia pertinente, o grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría en uno de los campos antes indicados con más de 2 años de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones, capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDHPERFILES
DE PUESTO
423
SE/EPS/003 RESPONSABLE (DE LA UNIDAD DE PARTICIPACION SOCIAL Y CAPACITACION)
PERFILESDE PUESTO
SE/EPS/004 ADMINISTRADOR (A) DE PROGRAMAS
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOADMINISTRADOR (A) DE PROGRAMAS
PUESTO SUPERIOR INMEDIATORESPONSABLE
PUESTO INFERIOR INMEDIATOBECARIOS / SERVICIO SOCIAL / VOLUNTARIADO
MISIÓN DEL PUESTOEjecutar los diferentes programas de participación social y capacitación en materia de Derechos Humanos.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Elaboración y ejecución de cursos, cursos-talleres y pláticas de educación y formación en Derechos Humanos.
Diseño e impartición de cursos de educación y formación en materia de Derechos Humanos.
Recibe solicitud o cédula de control de gestión, para atender y dar trámite al curso, curso – taller o plática.
Selecciona y/o elabora el material de apoyo para el curso, curso - taller o plática programada.
Selecciona y recopila el material impreso de Derechos Humanos con el que cuenta la Comisión de acuerdo a: tema, destinatarios y número de participantes.
Confirma vía telefónica y/o vía correo electrónico con el/la usuario/a antes la realización de la actividad conforme a lo programado.
Recaba evidencia de la impartición del curso, taller, diplomado, etc por medio de pase de salida sellado o firmado por el/la usuario/a; fotografías y/o video; hoja de registro.
Presentar semanalmente informes al superior jerárquico de las actividades y avances del programa a su cargo;
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Las demás que sean encomendadas por el superior jerárquico.
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LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
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SE/EPS/004 ADMINISTRADOR (A) DE PROGRAMAS
EDUCACIÓNEstudios de licenciatura en Derecho, Psicología, Criminología, Administración, Trabajo Social, Recursos Humanos, Desarrollo Humano o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 2 años de experiencia pertinente, o grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI M
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PERFILESDE PUESTO
SE/EPS/004 ADMINISTRADOR (A) DE PROGRAMAS
PERFILESDE PUESTO
SE/EPS 005 CAPACITADOR (A) EN DERECHOS HUMANOS
427
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOCAPACITADOR (A) EN DERECHOS HUMANOS
PUESTO SUPERIOR INMEDIATORESPONSABLE DE LA UNIDAD DE PARTICIPACION SOCIAL Y CAPACITACION
PUESTO INFERIOR INMEDIATOBECARIOS / SERVICIO SOCIAL / VOLUNTARIADO
MISIÓN DEL PUESTOProporcionar y transmitir , habilidades y para la defensa, promoción, difusión y respeto de los derechos humanos.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Elaboración y ejecución de cursos, cursos-talleres y pláticas de educación y formación en Derechos Humanos.
Diseño e impartición de cursos de educación y formación en materia de Derechos Humanos.
Recibe solicitud o cédula de control de gestión, para atender y dar trámite al curso, curso – taller o plática.
Selecciona y/o elabora el material de apoyo para el curso, curso - taller o plática programada.
Selecciona y recopila el material impreso de Derechos Humanos con el que cuenta la Comisión de acuerdo a: tema, destinatarios y número de participantes.
Confirma vía telefónica y/o vía correo electrónico con el/la usuario/a antes la realización de la actividad conforme a lo programado.
Recaba evidencia de la impartición del curso, taller, diplomado, etc. por medio de pase de salida sellado o firmado por el/la usuario/a; fotografías y/o video; hoja de registro.
Presentar semanalmente informes al superior jerárquico de las actividades y avances del programa a su cargo;
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Las demás que sean encomendadas por el superior jerárquico.
conocimiento actitudes
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
NMOO
SC
NU NE ÓV EO L
SE/EPS 005 CAPACITADOR (A) EN DERECHOS HUMANOS
EDUCACIÓNLicenciatura en Derecho, Psicología, Criminología, Administración, Trabajo Social, Recursos Humanos, Desarrollo Humano o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 3 años de experiencia pertinente, o grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría en uno de los campos antes indicados con más de 2 años de experiencia pertinente, o doctorado con más 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
PERFILESDE PUESTO
429
SE/EPS 005 CAPACITADOR (A) EN DERECHOS HUMANOS
PERFILESDE PUESTO
SE/EPS/006 AUXILIAR
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOAUXILIAR
PUESTO SUPERIOR INMEDIATORESPONSABLES
PUESTO INFERIOR INMEDIATONO APLICA
MISIÓN DEL PUESTOApoyar administrativamente y operativamente en las actividades de recopilación, procesamiento y sistematización de la información de la Dirección.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Realizar actividades administrativas generales, abastecer oportunamente necesidades básicas de solicitudes de suministros de papelería y facilitar el servicio de fotocopiado a los/las funcionarios/as de la Dirección.
Integrar los documentos conforme a la normatividad en materia de archivos públicos, a solicitud de la Dirección.
Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones legales y reglamentarias, así como aquellas que le delegue el/la Titular de la Dirección.
Entregar la correspondencia de todas las áreas de la Comisión y a diversos destinatarios.
Realizar investigaciones o consultas solicitadas por los superiores jerárquicos.
Entregar los acuses de recibido a las áreas con respecto a la correspondencia enviada a los/las distintos/as destinatarios/as.
Hacer las requisiciones para el suministro de materiales de la Dirección.
Apoyar en la logística de los distintos eventos realizados por la Comisión.
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Mantener y conservar en buen estado el funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles que se le asignen.
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PERFILESDE PUESTO
431
SE/EPS/006 AUXILIAR
EDUCACIÓNBachillerato con más de 3 años de experiencia en áreas afines, estudios universitarios truncos de licenciatura en Derecho, Relaciones Públicas, Trabajo Social, Psicología, Ciencias Políticas, Relaciones Internacionales o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
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PERFILESDE PUESTO
SE/EPS/006 AUXILIAR
PERFILESDE PUESTO
SE/EPS/007 AUXILIAR (DE DIFUSION)
433
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOAUXILIAR (DE DIFUSIÓN)
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECTOR / ADMINISTRADOR (A) DE PROGRAMA /CAPACITADOR (A) EN DERECHOS HUMANOS
PUESTO INFERIOR INMEDIATONO APLICA
MISIÓN DEL PUESTOApoyar operativamente en la cobertura y difusión de los eventos y actividades de promoción de los Derechos Humanos.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Dar seguimiento y promoción a las actividades de la Dirección
Realizar inserciones de imágenes y textos en redes sociales
Saber manejar páginas (internet) específicas.
Comunicar electrónicamente invitaciones, búsqueda de personas y cualquier solicitud de difusión que requiera la Dirección.
Detectar oportunamente los puntos críticos
Crear enlaces internos y externos
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
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SE/EPS/007 AUXILIAR (DE DIFUSION)
EDUCACIÓNBachillerato con más de 3 años de experiencia en áreas afines, estudios universitarios truncos de licenciatura en Derecho, Relaciones Públicas, Trabajo Social, Psicología, Ciencias Políticas, Relaciones Internacionales o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
PERFILESDE PUESTO
435
SE/EPS/007 AUXILIAR (DE DIFUSION)
PERFILESDE PUESTO
SE/IEDH/001 DIRECTOR (A) DE INVESTIGACION Y EVALUACION EN DH
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTODIRECTOR (A) DE INVESTIGACIÓN Y EVALUACIÓN EN DERECHOS HUMANOS
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECTOR(A) GENERAL DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS Y FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOS
PUESTO INFERIOR INMEDIATOINVESTIGADOR / RESPONSABLES / AUXILIAR
MISIÓN DEL PUESTODirigir los trabajos con el fin de contribuir a la producción de mecanismos de promoción y protección de los derechos humanos, para que generen competencias técnicas que posibiliten la aprehensión y aplicación del contenido de la reforma en derechos humanos, en concordancia con el derecho internacional humanitario, y con ello fijar líneas de acción en la investigación académica, que redunden en la formulación de políticas públicas y el establecimiento de indicadores que permitan evaluar los avances en la materia.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Elaborar las estrategias, planes, programas y acciones de estudio y profesionalización al interior de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Concentrar la Información estadística generada al interior del Organismo y sobre la situación de los derechos humanos en el ámbito local, nacional e internacional.
Promover la formulación e implementación de indicadores en materia de derechos humanos.
Compilar las propuestas que desde la investigación académica y la sociedad civil surjan para la protección y promoción de los derechos humanos.
Coordinar la edición de publicaciones que realice la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Proponer programas académicos de especialización en derechos humanos.
Impulsar vínculos académicos de especialización en derechos humanos.
Coordinar la investigación académica e interdisciplinar en materia de derechos humanos.
Las demás inherentes a la implementación y surgimiento de la reforma constitucional en materia de derechos humanos.
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PERFILESDE PUESTO
437
SE/IEDH/001 DIRECTOR (A) DE INVESTIGACION Y EVALUACION EN DH
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Derecho, Criminología, Administración, Trabajo Social, Contabilidad, Recursos Humanos, Economía, gestión, Desarrollo Económico o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 3 años de experiencia pertinente, o grado universitario avanzado de Especialidad en uno de los campos antes indicados con más de 2 años de experiencia pertinente, o Maestría en uno de los campos antes indicados con más de 3 años de experiencia pertinente, o doctorado con más 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
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PERFILESDE PUESTO
SE/IEDH/001 DIRECTOR (A) DE INVESTIGACION Y EVALUACION EN DH
PERFILESDE PUESTOSE/IEDH/002 INVESTIGADOR (A)
439
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOINVESTIGADOR (A)
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECTOR(A) DE INVESTIGACIÓN Y EVALUACIÓN EN DERECHOS HUMANOS
PUESTO INFERIOR INMEDIATOBECARIO / SERVICIO SOCIAL / VOLUNTARIADO
MISIÓN DEL PUESTOContribuir con el fortalecimiento de los mecanismos de promoción y protección de los derechos humanos, generando competencias técnicas que posibiliten la aprehensión y aplicación del contenido de la reforma en derechos humanos, en concordancia con el derecho internacional humanitario, y con ello fijar líneas de acción en la investigación académica, que redunden en la formulación de políticas públicas y el establecimiento de indicadores que permitan evaluar los avances en la materia.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Proponer estrategias, planes, programas y acciones de estudio y profesionalización al Director de Investigación y Evaluación en Derechos Humanos
Analizar e Interpretar la Información estadística generada al interior del Organismo y sobre la situación de los derechos humanos en el ámbito local, nacional e internacional.
Colaborar con la formulación e implementación de indicadores en materia de derechos humanos.
Investigar y Analizar las propuestas que desde la investigación académica y la sociedad civil surjan para la protección y promoción de los derechos humanos.
Contribuir en la redacción de publicaciones que realice la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Proponer programas académicos de especialización en derechos humanos.
Impulsar vínculos académicos de especialización en derechos humanos.
Realizar investigación académica e interdisciplinar en materia de derechos humanos.
Asistir a cursos de Capacitación y Actualización.
Las demás inherentes a la implementación y surgimiento de la reforma constitucional en materia de derechos humanos.
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PERFILESDE PUESTO
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SE/IEDH/002 INVESTIGADOR (A)
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Derecho, Criminología, Trabajo Social o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 2 años de experiencia pertinente, O grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría con más de 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
PERFILESDE PUESTO
441
SE/IEDH/002 INVESTIGADOR (A)
PERFILESDE PUESTO
SE/IEDH/003 RESPONSABLE (DE DISEÑO)
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTORESPONSABLES (DE DISEÑO)
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECTOR(A) DE INVESTIGACIÓN Y EVALUACIÓN EN DERECHOS HUMANOS
PUESTO INFERIOR INMEDIATOBECARIO / SERVICIO SOCIAL / VOLUNTARIADO
MISIÓN DEL PUESTORealizar, estructurar e implementar la creatividad e innovación en los diseños e imagen requerida por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, con motivo del reconocimiento de la imagen de la institución.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Trabajar en la interpretación, ordenamiento y presentación de los mensajes visuales, que forma parte de la planificación y estructuración del material de difusión de la Comisión.
Elaboración de materiales que permitan contribuir al establecimiento de una identidad institucional a través del diseño.
Coordinar la confección y producción de afiches, volantes, catálogos, CD, DVD, etc.
Diseñar estrategias de comunicación visual que den respuestas a las demandas planteadas.
Elaboración de las publicaciones impresas y electrónicas de la Comisión.
Intervenir en el diseño de campañas de difusión y de promoción de la Comisión.
Participar en la planificación y producción de mensajes visuales en la Comisión.
Coordinar la edición de publicaciones que realice la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Las demás inherentes a su área del conocimiento.
Asistir a cursos de capacitación y actualización.
Las demás que le confieran la Ley, el Reglamento y las disposiciones legales y administrativas que le sean aplicables, así como las que le asigne su superior jerárquico.
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PERFILESDE PUESTO
443
SE/IEDH/003 RESPONSABLE (DE DISEÑO)
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Diseño Industrial, Comunicación o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 2 años de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
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PERFILESDE PUESTO
SE/IEDH/003 RESPONSABLE (DE DISEÑO)
PERFILESDE PUESTO
SE/IEDH/004 AUXILIAR
445
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOAUXILIAR
PUESTO SUPERIOR INMEDIATORESPONSABLES
PUESTO INFERIOR INMEDIATONO APLICA
MISIÓN DEL PUESTOApoyar operativamente en las actividades de recopilación, procesamiento y sistematización de la información de la Dirección.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Realizar actividades administrativas generales, abastecer oportunamente necesidades básicas de solicitudes de suministros de papelería y facilitar el servicio de fotocopiado a los/las funcionarios/as de la Dirección.
Integrar los documentos conforme a la normatividad en materia de archivos públicos, a solicitud de la Dirección.
Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones legales y reglamentarias, así como aquellas que le delegue el/la Titular de la Dirección.
Entregar la correspondencia de todas las áreas de la Comisión y a diversos destinatarios.
Realizar investigaciones o consultas solicitadas por los superiores jerárquicos.
Entregar los acuses de recibido a las áreas con respecto a la correspondencia enviada a los/las distintos/as destinatarios/as.
Hacer las requisiciones para el suministro de materiales de la Dirección.
Apoyar en la logística de los distintos eventos realizados por la Comisión.
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Mantener y conservar en buen estado el funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles que se le asignen.
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PERFILESDE PUESTO
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SE/IEDH/004 AUXILIAR
EDUCACIÓNBachillerato con más de 3 años de experiencia en áreas afines, estudios universitarios truncos de licenciatura en Derecho, Relaciones Públicas, Trabajo Social, Psicología, Ciencias Políticas, Relaciones Internacionales o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales. Capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
PERFILESDE PUESTO
447
SE/IEDH/004 AUXILIAR
PERFILESDE PUESTO
DA 001 DIRECTOR (A)
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTODIRECTOR (A) DE ADMINISTRACIÓN
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOPRESIDENTE(A)
PUESTO INFERIOR INMEDIATOSUB-DIRECTOR(A) DE ADMINISTRACIÓN/RESPONSABLES DE ÁREA/ AUXILIAR/ SECRETARIA (O)
MISIÓN DEL PUESTODirigir y controlar la aplicación de la Normatividad y política de administración de Recursos Humanos, financieros y materiales que regulan el funcionamiento de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, con apego a las Leyes, Decretos, Presupuestos Autorizados, Acuerdos, Reglamentos y Manuales vigentes.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Someter a la consideración de la (el) Presidenta (e) el presupuesto anual.
Gestión en la Tesorería del Estado de los recursos financieros según presupuesto asignado.
Supervisar la aplicación óptima y transparente de los recursos financieros, según presupuesto autorizado por la (el) Presidenta (e) de la Comisión.
Dirigir el proceso de contratación del personal y supervisar que se brinde el servicio administrativo para que se integre a la Comisión.
Supervisar el control y actualización de los expedientes de cada empleado(a).
Mantener actualizada la base de empleados y empleadas en el sistema bancario para el pago de nómina.
Proponer a la (el) Presidenta (e) el Manual de Organización.
Coordinar ó apoyar el desarrollo de diversos eventos internos realizados en la Comisión.
Supervisar la adquisición, control y conservación de los recursos materiales necesarios para el buen desempeño de las distintas áreas de la Comisión.
Dirigir el control y mantenimiento preventivo y correctivo al inventario del mobiliario, equipo de oficina y de transporte.
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Ser enlace en la Contraloría y Transparencia Gubernamental en relación al sistema de Entrega-Recepción.
Presentar la información requerida por distintas Instituciones de Gobierno del Estado de Nuevo león, de información de Recursos Humanos y/o financieros, relacionados a esta Dirección.·Las demás que le sean conferidas por los distintos ordenamientos legales o encomendadas por la (el) Presidenta (e) de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
PERFILESDE PUESTO
449
DA 001 DIRECTOR (A)
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
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DA 001 DIRECTOR (A)
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Administración, Contabilidad, Recursos Humanos, Economía, Gestión, Desarrollo Económico o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 5 años de experiencia pertinente, ó grado universitario avanzado de Especialidad en uno de los campos antes indicados con más de 4 años de experiencia pertinente, ó Maestría en uno de los campos antes indicados con más de 3 años de experiencia pertinente, ó doctorado con más 2 años de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones, capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
PERFILESDE PUESTO
451
DA 001 DIRECTOR (A)
PERFILESDE PUESTO
DA 002 SUB-DIRECTOR (A) DE ADMON
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOSUB-DIRECTOR(A) DE ADMINISTRACIÓN
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECTOR(A) DE ADMINISTRACIÓN
PUESTO INFERIOR INMEDIATORESPONSABLES
MISIÓN DEL PUESTOColaborar con la Dirección de Administración en la dirección y supervisión de la aplicación de la Normatividad y política de administración de Recursos Humanos, financieros y servicios generales que regulan el funcionamiento de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, con apego a las Leyes, Decretos, Acuerdos, Reglamentos y Manuales vigentes.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Colaborar en la elaboración del proyecto de presupuesto anual.
Supervisar los registros contables y elaborar los estados financieros mensuales y trimestrales.
Elaboración de la Cuenta Pública en sistema de la Tesorería General del Estado.
Reportar a la Dirección de Administración los movimientos de los recursos financieros presupuestados.
Preparar la información requerida por distintas Instituciones de Gobierno del Estado de Nuevo león, de información de Recursos Humanos y/o financieros, relacionados a esta Dirección.
Elaborar los cálculos de impuestos.
Supervisar información solicitada y atención a personal de la Auditoría Superior del Estado y Despacho Externo.
Colaborar con el proceso de contratación del personal.
Preparación de la nómina de los empleados y empleadas de la Comisión.
Colaborar en la elaboración y actualización del Manual de Organización de la Comisión.
Supervisar y solicitar el mantenimiento preventivo y correctivo al inventario del mobiliario, equipo de oficina y de transporte.·
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Asistir a cursos de capacitación y actualización de lineamientos que emita la Comisión Nacional de Armonización Contable.
Las demás propias del área o encomendadas por la (el) Titular de la Dirección de Administración de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
PERFILESDE PUESTO
453
DA 002 SUB-DIRECTOR (A) DE ADMON
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
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DA 002 SUB-DIRECTOR (A) DE ADMON
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Administración, Contabilidad, Recursos Humanos, Economía, gestión, Desarrollo Económico o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 2 años de experiencia pertinente, ó grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría con más de 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
PERFILESDE PUESTO
455
DA 002 SUB-DIRECTOR (A) DE ADMON
PERFILESDE PUESTO
DA 003 RESPONSABLE (DE CONTABILIDAD)
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTORESPONSABLE (DE CONTABILIDAD)
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOSUB-DIRECTOR(A) DE ADMINISTRACIÓN
PUESTO INFERIOR INMEDIATOAUXILIARES
MISIÓN DEL PUESTOAsistir a la Dirección y Sub Dirección en el control del ejercicio del presupuesto asignado conforme a la normatividad vigente.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Participar en la elaboración del proyecto de presupuesto anual.
Registro y control de las operaciones contables del Organismo, según los lineamientos de la Comisión Nacional de Armonización Contable.
Resguardo y custodia del soporte documental comprobatorio del ejercicio del gasto, de acuerdo a la legislación y normatividad aplicable.
Colaborar con la Sub-Dirección de Administración en la preparación de los estados financieros mensuales, trimestrales y Cuenta Pública.
Proporcionar y en su caso elaborar los papeles de trabajo necesarios para la atención de las auditorías internas y externas.
Atender las observaciones derivadas de las auditorías practicadas por los órganos fiscalizadores.
Auxiliar en la preparación de los cálculos de impuestos mensuales.
Ser responsable del control y salvaguarda del fondo de Caja Chica.
Asistir a la Dirección y Sub-Dirección de Administración, en todo lo relacionado con asuntos contables-fiscales.
Asistir a cursos de capacitación y actualización.
Las demás que le confieran la Ley, el Reglamento y las disposiciones legales y administrativas que le sean aplicables, así como las que le asignen sus superiores jerárquicos.
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LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
457
DA 003 RESPONSABLE (DE CONTABILIDAD)
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Administración, Contabilidad, Recursos Humanos, Economía, gestión, Desarrollo Económico o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 2 años de experiencia pertinente, ó grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría con más de 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
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PERFILESDE PUESTO
DA 003 RESPONSABLE (DE CONTABILIDAD)
PERFILESDE PUESTO
DA 004 RESPONSABLE DE RECURSOS HUMANOS
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTORESPONSABLE (DE RECURSOS HUMANOS)
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOSUB-DIRECTOR(A) DE ADMINISTRACIÓN
PUESTO INFERIOR INMEDIATOAUXILIARES
MISIÓN DEL PUESTOCoordinar la Administración y la Gestión de Recursos Humanos y sus respectivas prácticas.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Coadyuvar en el proceso de reclutamiento, selección y contratación del personal que se requiera en las áreas que conforman la Comisión, dando la inducción necesaria para el personal de nuevo ingreso.
Cotejar la documentación original contra copias entregadas por el personal de nuevo ingreso y de honorarios asimilables, para la integración del expediente respectivo.
Llevar el control y salvaguardar los expedientes de cada empleado, manteniéndolo actualizado.
Elaborar, actualizar y registrar los movimientos de alta, baja y modificación de salario en la plantilla de personal.
Elaborar el soporte documental y efectuar la gestión administrativa para los movimientos de altas, bajas, modificaciones salariales, préstamos, entre otros, ante el ISSSTELEÓN.
Gestionar la apertura de cuentas bancarias de personal de nuevo ingreso, así como efectuar el seguimiento respectivo en la entrega de tarjetas de nómina.
Verificar y elaborar reportes del control de asistencia, licencias, permisos, justificaciones, incapacidades, vacaciones, etcétera, del personal.
Proporcionar a la Sub-Dirección de Administración, la información necesaria para elaborar la nómina de los empleados.
Pago de nóminas, entregando los recibos de nómina y resguardando la copia institucional, verificando que cada uno esté debidamente firmado.Proponer estímulos e incentivos que apoyen la calidad de vida personal y familiar de los empleados de la Comisión.
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Mantener el control de vencimientos de contratos de personal.
Colaborar con la Dirección y Sub-Dirección en la actualización del Manual de Organización.
Las demás que le confieran la Ley, el Reglamento y las disposiciones legales y administrativas que le sean aplicables, así como las que le asignen sus superiores jerárquicos.
PERFILESDE PUESTO
DA 004 RESPONSABLE DE RECURSOS HUMANOS
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
461
DA 004 RESPONSABLE DE RECURSOS HUMANOS
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Administración, Contabilidad, Recursos Humanos, Economía, gestión, Desarrollo Económico o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 2 años de experiencia pertinente, ó grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría con más de 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI M
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PERFILESDE PUESTO
DA 004 RESPONSABLE DE RECURSOS HUMANOS
PERFILESDE PUESTO
DA 005 RESPONSABLE (DE SERVICIOS GENERALES)
463
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTORESPONSABLE (DE SERVICIOS GENERALES)
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOSUB-DIRECTOR(A) DE ADMINISTRACIÓN
PUESTO INFERIOR INMEDIATOAUXILIARES/ VIGILANTES / INTENDENTES
MISIÓN DEL PUESTOCoordinar las actividades de mantenimiento y reparación de bienes muebles e inmuebles, proveeduría de materiales y equipos, comunicaciones; planificando y controlando las áreas componentes del servicio, a fin de satisfacer los requerimientos de la Comisión y garantizar las óptimas condiciones de las instalaciones.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Planifica y asigna las actividades del personal a su cargo.
Promover en el personal el correcto y óptimo uso de materiales, mobiliario y equipo de oficina y transporte, como parte de una cultura de calidad.
Recibir las requisiciones de compra que presentan las unidades administrativas de la Comisión, a fin de solicitar la autorización a la (el) Titular de la Dirección (a) de Administración ó en necesidades urgentes no presupuestadas por la (el) Presidenta (e).
Solicitar cotizaciones a proveedores y su seguimiento, haciendo los comparativos correspondientes.
Elaborar órdenes de compra y suministrar papelería y útiles, para mantener el almacén con los niveles necesarios.
Planifica, coordina y controla el mantenimiento preventivo y correctivo de mobiliario y equipo de oficina y transporte, así como de las instalaciones.
Atiende las solicitudes y reclamos por servicio, mantenimiento y reparaciones, e imparte las correspondientes órdenes para la solución de éstos problemas.
Detecta fallas, dificultades y/o problemas que se presenten durante la ejecución del trabajo y decide la mejor solución.
Rinde información al Titular, del mantenimiento y las reparaciones realizadas en el área de su responsabilidad.
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Propone procedimientos en materia de seguridad integral, establecidos por las normas.
Actualizar los resguardos del inventario de mobiliario y equipo de la Comisión.
Supervisar el desarrollo de las actividades de la Comisión, dentro de un ambiente de seguridad, higiene y buena imagen.Realizar cualquier otra tarea afín que le sea asignada y las encomendadas por sus superiores jerárquicos.
PERFILESDE PUESTO
DA 005 RESPONSABLE (DE SERVICIOS GENERALES)
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
465
DA 005 RESPONSABLE (DE SERVICIOS GENERALES)
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Administración, Contabilidad, Recursos Humanos, Economía, gestión, Desarrollo Económico o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 2 años de experiencia pertinente, ó grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría con más de 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
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PERFILESDE PUESTO
DA 005 RESPONSABLE (DE SERVICIOS GENERALES)
PERFILESDE PUESTO
DA 006 SECRETARIA (O)
467
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOSECRETARIA (O)
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECTOR(A) DE ADMINISTRACIÓN
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTOApoyar en las funciones de la Dirección de Administración, así como organizar, coordinar y agilizar los asuntos que demande la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
·Planear y coordinar la calendarización de las actividades del Personal de la Dirección de
Administración en su interrelación con la ciudadanía, autoridades, organismos, empleados, entre otros, a fin de que su agenda diaria se administre de manera óptima y se lleve a cabo eficientemente en tiempo y en forma.
Mantener actualizado el archivo general de oficios, peticiones y proyectos, así como el directorio de empleados,Mantener actualizada la agenda de reuniones de la (el) Titular de la Dirección de Administración.
Dar seguimiento a las gestiones o peticiones que soliciten a la (el) Titular de la Dirección de Administración.
Atender amablemente al personal de la Comisión, funcionarios o empleados de otras dependencias y ciudadanía en general que requieran los servicios de la Dirección de Administración.
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Entregar la correspondencia enviada por fax a esta Comisión, a todas las áreas de la Comisión.
Encargarse del llenado de formatos para requisiciones de papelería.
Mantener y conservar en buen estado el funcionamiento de los bienes muebles asignados a la Dirección de Administración,Realizar las demás funciones inherentes a su puesto.
Asistir a los compañeros de su área y las demás que le señale la Dirección y Sub-Dirección de Administración.
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
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DA 006 SECRETARIA (O)
EDUCACIÓNEstudios Secretariales con 2 años de experiencia
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel), Internet, Scanner, Fax y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTEI
PERFILESDE PUESTO
469
DA 006 SECRETARIA (O)
PERFILESDE PUESTO
DA 007 AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOAUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES
PUESTO SUPERIOR INMEDIATORESPONSABLE DE SERVICIOS GENERALES
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTOApoyar operativamente en las actividades de mantenimiento, toma de inventario físico, archivo, control y custodia de los expedientes de las Visitadurias y de las áreas adscritas a la misma.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Mantenimiento eléctrico de las instalaciones de la Comisión
Responsable del mantenimiento de trabajos de plomería.
Responsable de fumigar las instalaciones de la Comisión
Vigilar la custodia de vehículos oficiales que funcionario trae que vehículo y con qué propósito
Realizar las compras del material electico plomería y fumigación que se necesite previa autorización del Responsable de Servicios Generales.
Tiene la custodia de los expedientes de las Visitadurias, es responsable de su archivo y Directorio que facilite su localización en el mismo.
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LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
471
DA 007 AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES
EDUCACIÓNEstudios de secundaria ó carrera técnica terminada con 2 años de experiencia
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSNO APLICA
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel).
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio, disposición para aceptar órdenes y diligente en sus actividades de rutina dentro de la Comisión.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
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PERFILESDE PUESTO
DA 007 AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES
PERFILESDE PUESTO
DA 008 AUXILIAR
473
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOAUXILIARES
PUESTO SUPERIOR INMEDIATORESPONSABLES
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTOApoyar administrativamente y operativamente en las actividades de recopilación, procesamiento y sistematización de la información de la Dirección.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Realizar actividades administrativas generales, abastecer oportunamente necesidades básicas de la Dirección, como suministros de papelería y otorgar el servicio de fotocopiado a los/las funcionarios/as del área.
Integrar los documentos conforme a la normatividad en materia de archivos públicos.
Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones legales y reglamentarias, así como aquellas que le delegue el/la Titular de la Dirección, dentro de su respectivo ámbito de competencia.
Entregar la correspondencia en todas las áreas de la Comisión a diversos destinatarios.
Entregar los acuses de recibido a las áreas con respecto a la correspondencia enviada a los/las distintos/as destinatarios/as.
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Participar en la toma de inventarios físicos, y llevar el control de folios y movimientos de altas y bajas
Apoyar en cuentas por pagar.
Mantener y conservar en buen estado el funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles asignados por la Dirección y por la Comisión.
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
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DA 008 AUXILIAR
EDUCACIÓNEstudios de secundaria ó carrera técnica terminada con 2 años de experiencia
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo león, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel), Internet, Scanner, Fax y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
PERFILESDE PUESTO
475
DA 008 AUXILIAR
PERFILESDE PUESTO
DA 009 GUARDIAS DE SEGURIDAD
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOGUARDIAS DE SEGURIDAD
PUESTO SUPERIOR INMEDIATORESPONSABLE DE SERVICIOS GENERALES
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTOApoyar en las funciones de vigilancia, resguardo de las instalaciones y sus activos.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Vigilar y cuidar el acceso a las instalaciones de la Comisión.
Responsable de cerrar con llave en la noche los accesos a la Comisión del primer y segundo piso.
En hora fuera de horario de oficina, canaliza al ciudadano que requiera algún servicio de la Comisión, con el funcionario que este de Guardia.
Diariamente habilita las salidas de emergencia de Visitadurias y del Instituto.
Llenar la Bitácora diaria de movimientos de vehículos oficiales
Revisar en la noche que los vehículos oficiales que duerman en la Comisión estén con las luces apagadas, vidrios cerrados así como con seguros las puertas.
Registrar en la Bitácora de Movimientos, cualquier incidente fuera de horas de oficina.
Registrar en la Bitácora de Movimientos la salida con ó sin autorización de equipos de computo ò de cualquier Activo (Escritorios, computadoras, sillas etc.) de la Comisión.
Reportar telefónicamente al Responsable e Servicios Generales cualquier contingencia en las instalaciones de la Comisión.
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LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
477
DA 009 GUARDIAS DE SEGURIDAD
EDUCACIÓNEstudios terminados de Secundaria con 2 años de experiencia
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSNo Aplica
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESNo necesario
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para aceptar órdenes superiores diligente en sus actividades de rutina dentro de la Comisión.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: NO
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PERFILESDE PUESTO
DA 009 GUARDIAS DE SEGURIDAD
PERFILESDE PUESTO
DA 010 INTENDENTE (PERSONAL DE LIMPIEZA)
479
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOINTENDENTE (PERSONAL DE LIMPIEZA)
PUESTO SUPERIOR INMEDIATORESPONSABLE DE SERVICIOS GENERALES
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTOMantener las oficinas y el exterior de la Comisión Estatal de Derechos Humanos limpias y ordenadas.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Realizar diariamente las rutinas de limpieza de las oficinas de la Comisión.
Limpieza de ventanas y exteriores
Preparación de los servicios de café para juntas ò reuniones.
Cambio y traslado de mobiliario de un área a otra.
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
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DA 010 INTENDENTE (PERSONAL DE LIMPIEZA)
EDUCACIÓNEstudios de primaria terminada con 2 años de experiencia
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSNo Aplica
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESNo necesario
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para aceptar órdenes superiores diligente en sus actividades de rutina dentro de la Comisión.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
PERFILESDE PUESTO
481
DA 010 INTENDENTE (PERSONAL DE LIMPIEZA)
PERFILESDE PUESTO
DORQ 001 DIRECTOR (A) DE ORIENTACION Y RECEPCION DE QUEJAS
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTO
PUESTO SUPERIOR INMEDIATO
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTO
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
DIRECTOR(A) DE ORIENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE QUEJAS
PRESIDENTE(A) DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS
DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS / SECRETARIA
Atender y responder de manera efectiva a todos los usuarios que concurran a las oficinas del Organismo, para plantear presuntas Violaciones a Derechos Humanos, que requieran de alguna orientación o canalización hacia alguna otra dependencia.
Supervisar la recepción y el registro de quejas por presuntas violaciones a los derechos humanos que se presenten directamente por los quejosos, agraviados, por sus representantes o por cualquier otro medio, en las oficinas de la Comisión Estatal, conforme a la Ley y el Reglamento de la Comisión.
Dirigir las labores de orientación al público cuando de la queja que directamente se presente se desprenda fehacientemente que no se trata de violaciones a derechos humanos.
Supervisar las primeras investigaciones por presuntas violaciones a los Derechos Humanos de las quejas que se presenten ante la Comisión y de aquellas aperturadas de oficio por la Presidencia.
Llevar el control de los números de expedientes por presuntamente violatorias a derechos humanos.
Turnar a las Visitadurías Generales las quejas presentadas ante la Comisión, previa calificación, en el orden que les corresponda
Admitir o rechazar las denuncias o quejas presentadas por los quejosos, agraviados, por sus representantes o por cualquier otro medio ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Presentar a el/la Presidente(a) y a el/la Titular de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Estatal los informes periódicos y anuales sobre las actividades realizadas en la Dirección.
Coordinar sus labores con los responsables de las Visitadurías Generales, otorgando los informes que le requieran estos.
Turnar la correspondencia recibida en las oficinas de la Comisión Estatal a los órganos a quienes va dirigida.
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PERFILESDE PUESTO
483
Supervisar el desahogo de las primeras diligencias tendientes a esclarecer los hechos motivo de queja.
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Las demás que encomiende el/la Presidente(a) de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
DORQ 001 DIRECTOR (A) DE ORIENTACION Y RECEPCION DE QUEJAS
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
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DORQ 001 DIRECTOR (A) DE ORIENTACION Y RECEPCION DE QUEJAS
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Derecho o Ciencias Jurídicas con más de 5 años de experiencia pertinente, o licenciatura en Derecho o Ciencias Jurídicas con grado universitario de Especialidad o Maestría en uno de los campos antes indicados con más de 3 años de experiencia pertinente, o licenciatura en Derecho o Ciencias Jurídicas con Doctorado con más 2 años de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo león, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
PERFILESDE PUESTO
485
DORQ 001 DIRECTOR (A) DE ORIENTACION Y RECEPCION DE QUEJAS
PERFILESDE PUESTO
DORQ 002 DEFENSOR (A) DE DERECHOS HUMANOS
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTODEFENSOR (A) DE DERECHOS HUMANOS
PUESTO SUPERIOR INMEDIATO
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTO
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
DIRECTOR(A) DE ORIENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE QUEJAS
BECARIO/SERVICIO SOCIAL/VOLUNTARIADO
Apoyar a la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas en la atención a las personas o autoridades que se presenten ante este organismo, relatando presuntas violaciones a derechos humanos o requieran de alguna orientación o canalización a alguna otra dependencia o área dentro de la Comisión.
Realizar la recepción y el registro de quejas por presuntas violaciones a los derechos humanos que se presenten directamente por los quejosos, agraviados, por sus representantes o por cualquier otro medio, en las oficinas de la Comisión Estatal, conforme a la Ley y el Reglamento de la Comisión.
Orientar al público cuando de la queja que directamente se presente se desprenda fehacientemente que no se trata de violaciones a derechos humanos.
Prestar los servicios de asesoría necesarios que le sean requeridos por los ciudadanos o por las autoridades, informar y orientar a personas, grupos y público en general que solicitan información a la Comisión sobre una presunta violación de derechos humanos.
Registrar en el diario los números de expedientes por presuntamente violatorias a derechos humanos.
Proponer la Calificación Previa de las Quejas planteadas ante la Comisión;
Proponer al Director de Orientación y Recepción de Quejas el turnar a las Visitadurias Generales las quejas presentadas ante la Comisión, previa calificación, en el orden que les corresponda
Proponer la admisión o el rechazo de las denuncias o quejas presentadas por los quejosos, agraviados, por sus representantes o por cualquier otro medio ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Reportar diariamente en el saqserver las acciones realizadas en el cumplimiento de sus funciones.
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PERFILESDE PUESTO
487
Colaborar con la elaboración de los informes periódicos y anuales sobre las actividades de la Dirección.
Colaborar en la realización de informes solicitados por las distintas Direcciones y Visitadurias, relativos a las acciones realizadas en el cumplimiento de sus funciones cuando les sean requeridas.Turnar por instrucciones del Director la correspondencia recibida en las oficinas de la Comisión Estatal a los órganos a quienes va dirigida.
Desahogar de las primeras diligencias tendientes a esclarecer los hechos motivo de queja.
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Las demás que encomiende su Superior Jerárquico de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
DORQ 002 DEFENSOR (A) DE DERECHOS HUMANOS
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
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DORQ 002 DEFENSOR (A) DE DERECHOS HUMANOS
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Derecho, Ciencias Jurídicas, Criminología, Trabajo Social, Psicología, Desarrollo Humano debidamente acreditada, con más de 2 años de experiencia pertinente, o grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría en las áreas afines.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo león, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones, capacidad para comunicarse con claridad
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
PERFILESDE PUESTO
489
DORQ 002 DEFENSOR (A) DE DERECHOS HUMANOS
PERFILESDE PUESTO
DORQ 003 AUXILIAR
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOAUXILIAR
PUESTO SUPERIOR INMEDIATO
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTO
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
DEFENSOR(A) DE DERECHOS HUMANOS
BECARIO/SERVICIO SOCIAL/VOLUNTARIADO
Apoyar operativamente en las actividades de recopilación, procesamiento y sistematización de la información de la Dirección.
Realizar actividades administrativas generales, abastecer oportunamente necesidades básicas de solicitudes de suministros de papelería y facilitar el servicio de fotocopiado a los/las funcionarios/as de la Dirección.
Integrar los documentos conforme a la normatividad en materia de archivos públicos, a solicitud de la Dirección.
Entregar la correspondencia de todas las áreas de la Comisión y a diversos destinatarios.
Entregar los acuses de recibido a las áreas con respecto a la correspondencia enviada a los/las distintos/as destinatarios/as.
Hacer las requisiciones para el suministro de materiales de la Dirección
Apoyar en la logística de los distintos eventos realizados por la Comisión.
Mantener y conservar en buen estado el funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles que se le asignen.
Llevar el archivo de los documentos que le sean asignados para su custodia.
Apoyar en la elaboración de trabajos especiales que se le asigne.
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones legales y reglamentarias, así como aquellas que le delegue el/la Titular de la Dirección.
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LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
491
DORQ 003 AUXILIAR
EDUCACIÓNEstudios de licenciatura en Derecho, Ciencias Jurídicas, Criminología, Trabajo Social, Psicología, Desarrollo Humano o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 1 año de experiencia pertinente, o grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría en áreas relativas al área.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio basico de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo león, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones, capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI M
SI ANM
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PERFILESDE PUESTO
DORQ 003 AUXILIAR
PERFILESDE PUESTO
DORQ 004 SECRETARIA (O)
493
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOSECRETARIA (O)
PUESTO SUPERIOR INMEDIATO
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTO
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
DIRECTOR(A) DE ORIENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE QUEJAS
SERVICIO SOCIAL/BECARIOS/PRACTICANTES
Apoyar en las funciones de la Dirección, así como organizar, coordinar y agilizar los asuntos que demande la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Atender amablemente al personal de la Comisión, funcionarios o empleados de otras dependencias y ciudadanía en general que requieran los servicios de la Dirección.
Colaborar en la planeación y coordinación de la calendarización de las actividades del Personal de la Dirección en su interrelación con la ciudadanía, autoridades, organismos, empleados, entre otros, a fin de que su agenda diaria se administre de manera óptima y se lleve a cabo eficientemente en tiempo y en forma.
Mantener actualizado el archivo general de oficios, peticiones y proyectos.
Mantener actualizada la agenda de reuniones de la/el Titular de la Dirección.
Dar seguimiento a las gestiones o peticiones que soliciten a el/la Titular de la Dirección.
Apoyar en la elaboración de trabajos especiales que se le asigne.
Realizar las demás funciones inherentes a su puesto.
Encargarse del llenado formatos para requisiciones de papelería.
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Mantener y conservar en buen estado el funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles asignados por el/la Titular de la Dirección y la Comisión.
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
NMOO
SC
NU NE ÓV EO L
DORQ 004 SECRETARIA (O)
EDUCACIÓNEstudios Secretariales o Bachillerato con 2 años de experiencia o Estudios de Licenciatura con 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio basico de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo león, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones, capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
PERFILESDE PUESTO
495
DORQ 004 SECRETARIA (O)
PERFILESDE PUESTO
DIRP 001 DIECTOR (A) DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y RELACIONES PÚBLICAS
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTODIRECTOR(A) DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y RELACIONES PÚBLICAS
PUESTO SUPERIOR INMEDIATO
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTO
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
PRESIDENTE(A) DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS
RESPONSABLE / SECRETARIO(A)
Dirigir el análisis, planeación, diseño e implementación de políticas públicas mediante la vinculación, coordinación y creación de programas y acciones que incrementen el grado de utilidad, cualidad y alcance de los trabajadores de la Comisión, coadyuvando con organismos públicos, privados y sociales para fomentar el desarrollo integral del personal de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Proponer a el/la Titular de la Comisión y Coordinar la ejecución del Plan de Desarrollo Institucional;
Ser el responsable de la planeación y organización de los eventos institucionales;
Promover el Trabajo en equipo y la calidad en el servicio;
Proporcionar a la Secretaría Ejecutiva y a la Presidencia información solicitada, con el fin de que existan canales de comunicación permanente con la ciudadanía en general;
Ser el responsable de la administración de las relaciones públicas;
Dirigir la planeación de acciones de la Comisión en coordinación con las Direcciones que la integran, con la finalidad de establecer las estrategias y líneas de acción;
Elaborar, controlar y vigilar las acciones para la evaluación técnica de los proyectos y el desarrollo de los programas;
Validar y valorizar técnicamente la estructura y diseño de los proyectos, para su aprobación en coordinación con la Dirección Administrativa;
Coordinar y administrar los indicadores de desempeño de los programas y proyectos de la Comisión;
Dirigir y supervisar la aplicación de encuestas de campo y estudios a fin de identificar el impacto de las políticas públicas en materia de Derechos Humanos;
Coordinar el desarrollo de investigación documental sobre la situación que guardan los Derechos Humanos en el Estado;
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
NMOO
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NU NE ÓV EO L
PERFILESDE PUESTO
497
Coordinar la relación de la Comisión con otras entidades de gobierno que tengan por objetivo desarrollar políticas públicas para la protección, promoción y difusión del respeto a los Derechos Humanos
Representar al Director ante las diversas dependencias públicas y privadas en los eventos y reuniones, cuando así lo disponga el mismo Director o el/la Titular de la Comisión;
Supervisar la aplicación y actualización de los manuales de organización y de servicios, así como de procedimientos;
Brindar asesoría al Organismo, cuidando que se observen los principios de legalidad y seguridad jurídica en sus actos;
Promover e impulsar la mejora continua de los procesos y servicios generados por la Comisión;
Cualquier otra responsabilidad que le sea encomendada por el/la Titular de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
DIRP 001 DIECTOR (A) DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y RELACIONES PÚBLICAS
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
NMOO
SC
NU NE ÓV EO L
DIRP 001 DIECTOR (A) DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y RELACIONES PÚBLICAS
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Administración, Comunicación, Relaciones Públicas, Desarrollo Humano, Recursos Humanos, Gestión o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 5 años de experiencia pertinente, o grado universitario avanzado de Especialidad en uno de los campos antes indicados con más de 4 años de experiencia pertinente, o Maestría en uno de los campos antes indicados con más de 3 años de experiencia pertinente, o doctorado con más 2 años de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo león, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
PERFILESDE PUESTO
499
DIRP 001 DIECTOR (A) DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y RELACIONES PÚBLICAS
PERFILESDE PUESTO
DIRP 002 RESPONSABLE DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTO
PUESTO SUPERIOR INMEDIATO
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTO
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
RESPONSABLE DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
DIRECTOR(A) DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y RELACIONES PÚBLICAS
AUXILIAR
Coordinar la planeación de acciones de la Comisión en coordinación con las Direcciones que la integran, con la finalidad de establecer las estrategias y líneas de acción;
Elaborar, controlar y vigilar las acciones para la evaluación técnica de los proyectos y el desarrollo de los programas
Validar y valorizar técnicamente la estructura y diseño de los proyectos, para su aprobación en coordinación con la Dirección Administrativa;
Coordinar y administrar los indicadores de desempeño de los programas y proyectos de la Comisión;
Dirigir y supervisar la aplicación de encuestas de campo y estudios a fin de identificar el impacto de las políticas públicas en materia de Derechos Humanos;
Coordinar el desarrollo de investigación documental sobre la situación que guardan los Derechos Humanos en el Estado;
Coordinar la relación de la Comisión con otras entidades de gobierno que tengan por objetivo desarrollar políticas públicas para la protección, promoción y difusión del respeto a los Derechos Humanos;
Representar al Director ante las diversas dependencias públicas y privadas en los eventos y reuniones, cuando así lo disponga el mismo Director o el/la Titular de la Comisión;
Supervisar la aplicación y actualización de los manuales de organización y de servicios, así como de procedimientos
Colaborar en el análisis, planeación, diseño e implementación de políticas públicas mediante la vinculación, coordinación y creación de programas y acciones que incrementen el grado de utilidad, cualidad y alcance de los trabajadores de la Comisión, coadyuvando con organismos públicos, privados y sociales para fomentar el desarrollo integral del personal de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
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PERFILESDE PUESTO
501
Brindar asesoría al Organismo, cuidando que se observen los principios de legalidad y seguridad jurídica en sus actos;
Promover e impulsar la mejora continua de los procesos y servicios generados por la Comisión;
Cualquier otra responsabilidad que le sea encomendada por el/la Titular de la Dirección o la Comisión.
DIRP 002 RESPONSABLE DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
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NMOO
SC
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DIRP 002 RESPONSABLE DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Administración, Comunicación, Relaciones Públicas, Desarrollo Humano, Recursos Humanos, Gestión o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 2 años de experiencia pertinente, o grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría con más de 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo león, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
PERFILESDE PUESTO
503
DIRP 002 RESPONSABLE DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
PERFILESDE PUESTO
DIRP 003 RESPONSABLE DE RELACIONES PÚBLICAS
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTO
PUESTO SUPERIOR INMEDIATO
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTO
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
RESPONSABLE DE RELACIONES PÚBLICAS
DIRECTOR(A) DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y RELACIONES PÚBLICAS
AUXILIAR
Colaborar con la implementación de una estrategia de vinculación con los organismos públicos y privados estatales, nacionales e internacionales, a efecto de establecer lazos de colaboración y coordinación.
Establecer contacto con organizaciones civiles, e instituciones locales, nacionales e internacionales, públicas o privadas, con el fin de promover la labor de la Comisión y el respeto a los Derechos Humanos
Proponerla elaboración de convenios, contratos o bases de colaboración con organizaciones civiles e instituciones que participaran en apoyo a los proyectos aprobados por la Comisión.
Llevar las relaciones públicas, establecer y cuidar el protocolo para las actividades públicas del personal de la Comisión
Coordinar las relaciones públicas a desarrollarse por la Comisión.
Organizar actos académicos, culturales y sociales.
Atender y acompañar a visitantes especiales, en la Comisión.
Realizar diligencias ante instituciones públicas y privadas.
Divulga mediante programas permanentes o especiales, las diversas actividades de la Comisión, en colaboración con la Dirección de Comunicación y de Informática.
Apoyar en las ruedas de prensa y entrevistas
Evalúa el personal a su cargo.
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PERFILESDE PUESTO
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Asesora en materia de su competencia.
Establece políticas comunicacionales acordes con las actividades de la Comisión.
Brindar apoyo logístico en la realización de eventos.
Representar a la Institución en actos y/o eventos públicos y privados.
Brinda apoyo a las diversas áreas de la Comisión en el desarrollo de talleres, seminarios, conferencias, cursos y otros.
Atender, informar y orientar a visitantes dentro de la Comisión.
Mantiene en orden equipo y sitio de trabajo, reportando cualquier anomalía.
Elabora informes periódicos de las actividades realizadas.
Realiza cualquier otra tarea afín que le sea asignada, por el/la Titular de la Dirección y de la Comisión.
Las demás que determinen expresamente las Leyes y Reglamentos.
DIRP 003 RESPONSABLE DE RELACIONES PÚBLICAS
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
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SC
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DIRP 003 RESPONSABLE DE RELACIONES PÚBLICAS
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura en Administración, Comunicación, Relaciones Públicas, Desarrollo Humano, Recursos Humanos, Gestión o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 2 años de experiencia pertinente, o grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría con más de 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo león, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDHPERFILES
DE PUESTO
507
DIRP 003 RESPONSABLE DE RELACIONES PÚBLICAS
PERFILESDE PUESTO
DIRP 004 AUXILIAR
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOAUXILIAR
PUESTO SUPERIOR INMEDIATO
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTO
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
RESPONSABLES
Apoyar y coadyuvar administrativamente y operativamente en las actividades de recopilación, procesamiento y sistematización de la información de la Dirección.
Realizar actividades administrativas generales, abastecer oportunamente necesidades básicas de la Dirección, como suministros de papelería y otorgar el servicio de fotocopiado a los/las funcionarios/as del área.
Integrar los documentos conforme a la normatividad en materia de archivos públicos.
Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones legales y reglamentarias, así como aquellas que le delegue el/la Titular de la Dirección, dentro de su respectivo ámbito de competencia.
Entregar la correspondencia en todas las áreas de la Comisión a diversos destinatarios.
Entregar los acuses de recibido a las áreas con respecto a la correspondencia enviada a los/las distintos/as destinatarios/as.·Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Apoyar en la logística de los distintos eventos realizados por la Dirección y la Comisión.
Mantener y conservar en buen estado el funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles asignados por la Dirección y por la Comisión.
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PERFILESDE PUESTO
509
DIRP 004 AUXILIAR
EDUCACIÓN
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo león, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel), Internet, Scanner, Fax y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
Bachillerato con experiencia de 3 años en el área, o estudios de Licenciatura en áreas afines al puesto con más de 1 año de experiencia pertinente.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDH
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PERFILESDE PUESTO
DIRP 004 AUXILIAR
PERFILESDE PUESTO
DIRP 005 SECRETARIA (O)
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Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOSECRETARIA (O)
PUESTO SUPERIOR INMEDIATO
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTO
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
DIRECTOR DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y RELACIONES PÚBLICAS
Apoyar y coadyuvar administrativamente y operativamente en las actividades de recopilación, procesamiento y sistematización de la información de la Dirección.
Planear y coordinar la calendarización de las actividades del Personal de la Dirección en su interrelación con la ciudadanía, autoridades, organismos, empleados, entre otros, a fin de que su agenda diaria se administre de manera óptima y se lleve a cabo eficientemente en tiempo y en forma.
Mantener actualizado el archivo general de oficios, peticiones y proyectos.
Mantener actualizada la agenda de reuniones del Titular de la Dirección.
Dar seguimiento a las gestiones o peticiones que soliciten al Titular de la Dirección.
Atender amablemente al personal de la Comisión, funcionarios o empleados de otras dependencias y ciudadanía en general que requieran los servicios de la Dirección.
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Apoyar en la elaboración de trabajos especiales que se le asigne.
Realizar las demás funciones inherentes a su puesto.
Encargarse del llenado formatos para requisiciones de papelería.
Mantener y conservar en buen estado el funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles asignados por la Dirección y por la Comisión.
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
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DIRP 005 SECRETARIA (O)
EDUCACIÓN
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio basico de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo león, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel), Internet, Scanner, Fax y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
Estudios Secretariales o Bachillerato con 2 años de experiencia o Estudios de Licenciatura con 1 año de experiencia pertinente.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDHPERFILES
DE PUESTO
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DIRP 005 SECRETARIA (O)
PERFILESDE PUESTO
DSC 001 DIRECTOR DE SEGUIMIENO Y CONCLUSION
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTODIRECTOR (A) DE SEGUIMIENTO Y CONCLUSIÓN
PUESTO SUPERIOR INMEDIATO
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTO
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
PRESIDENTE(A) DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS
DEFENSOR (A) DE DERECHOS HUMANOS/ SECRETARIA (O) / AUXILIAR
Dirigir las acciones enfocadas a garantizar el cumplimiento de las Recomendaciones o Medidas Cautelares emitidas por la Comisión y dar seguimiento a los recursos interpuestos ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos por las Recomendaciones o Medidas Cautelares emitidas por la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Registrar en una base de datos cada una de las recomendaciones emitidas por la Comisión Estatal de Derechos Humanos, así como el seguimiento en el cumplimiento de las mismas.
Dirigir el seguimiento y llevar el control de las recomendaciones, acuerdos de no responsabilidad, informes especiales y recursos de queja e impugnación hasta su total conclusión, dictando acuerdos, enviando oficios, corroborando la información enviada por las autoridades a través de la verificación documental, de campo, y con las demás acciones que se consideren necesarias para verificar el grado de cumplimiento de las recomendaciones e informes especiales, debiendo proponer acciones que faciliten la atención de las resoluciones antes señaladas.
Gestionar ante las autoridades el cumplimiento de los requerimientos que se les hagan por parte de las Vistadurías Generales de este Organismo, previo a la emisión de Informe Especial.
Autorizar que se turne la correspondencia que se reciba con motivo del seguimiento de las recomendaciones, acuerdo de no responsabilidad, informes especiales, recursos de queja e impugnación, así como recabar los acuses de recibo correspondientes con motivo del seguimiento de los supuestos antes señalados.
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PERFILESDE PUESTO
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Solicitar informes y constancias a las autoridades estatales y/o municipales que acrediten el cumplimiento de las recomendaciones y de los informes especiales.
Solicitar la notificación a los quejosos o afectados la aceptación y cumplimiento de las Recomendaciones por parte de las autoridades a quienes fueron dirigidas, y en su caso, la no aceptación o incumplimiento de las mismas, a efecto de que interpongan el correspondiente recurso de impugnación, en caso de así convenir a sus intereses.
Dar el trámite correspondiente, conforme a la ley de este Organismo y de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a los recursos que sean interpuestos por el incumplimiento o no aceptación de las recomendaciones, la emisión de los Acuerdo de no Responsabilidad, y de las resoluciones que concluyan un expediente.
Llevar un Libro de Registro con el nombre de los servidores públicos contra los cuales se emitió una recomendación o informe especial, así como aquellos que hubieren sido sancionados con motivo de las resoluciones antes señaladas.
Reportar a las Visitadurías Generales y a la Presidencia la resolución de los informes especiales y los recursos de impugnación o queja interpuestos por los quejosos o afectados.
Reportar mensualmente al Presidente (a) de la Comisión el estado que guarden las recomendaciones y los informes especiales, así como el de los recursos de impugnación y queja que hubieren sido interpuestos.
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Las demás funciones inherentes al seguimiento y trámite en el cumplimiento de las recomendaciones, acuerdos de no responsabilidad, informes especiales y recursos de impugnación o queja, así como aquellas que le instruya la Presidencia.
DSC 001 DIRECTOR DE SEGUIMIENO Y CONCLUSION
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
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DSC 001 DIRECTOR DE SEGUIMIENO Y CONCLUSION
EDUCACIÓN
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo león, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel), Internet, Scanner, Fax y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
Grado universitario de Licenciatura en Derecho, Ciencias Jurídicas o campos afines de una institución debidamente acreditada, con más de 5 años de experiencia pertinente, ó grado universitario avanzado de Especialidad en uno de los campos antes indicados.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDHPERFILES
DE PUESTO
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DSC 001 DIRECTOR DE SEGUIMIENO Y CONCLUSION
PERFILESDE PUESTO
DSC 002 SECRETARIA /(O)
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOSECRETARIA (O)
PUESTO SUPERIOR INMEDIATO
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTO
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
DIRECTOR(A) DE SEGUIMIENTO Y CONCLUSIÓN
DEFENSOR DE DERECHOS HUMANOS / AUXILIAR
Apoyar en las funciones secretariales de la Dirección de Seguimiento y Conclusión, así como organizar, coordinar y agilizar los asuntos que demande el área correspondiente.
Llevar la calendarización de las actividades del Personal de la Dirección en su interrelación con la ciudadanía, autoridades, organismos, empleados, entre otros, a fin de que su agenda diaria se administre de manera óptima y se lleve a cabo eficientemente en tiempo y en forma.
Mantener actualizado el archivo general de oficios, peticiones y proyectos.
Mantener actualizada la agenda de reuniones del Titular de la Dirección.
Dar seguimiento a las gestiones o peticiones que soliciten al Titular de la Dirección.
Atender amablemente al personal de la Comisión, funcionarios o empleados de otras dependencias y ciudadanía en general que requieran los servicios de la Dirección.
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Apoyar en la elaboración de trabajos especiales que se le asigne.
Realizar las demás funciones inherentes a su puesto.
Encargarse del llenado formatos para requisiciones de papelería.
Mantener y conservar en buen estado el funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles asignados por la Dirección y por la Comisión.
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LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
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DSC 002 SECRETARIA /(O)
EDUCACIÓN
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSConocimiento básico de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, así como el apego al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel), Internet, Scanner, Fax y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio, trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
Estudios Secretariales o Bachillerato con 2 años de experiencia o Estudios de Licenciatura con 1 año de experiencia pertinente.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDH
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PERFILESDE PUESTO
DSC 002 SECRETARIA /(O)
PERFILESDE PUESTO
DSC 003 DEFENSOR (A) DE DERECHOS HUMANOS)
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Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTODEFENSOR(A)DE DERECHOS HUMANOS
PUESTO SUPERIOR INMEDIATO
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTO
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
DIRECTOR(A) DE SEGUIMIENTO Y CONCLUSIÓN
AUXILIAR
Dar seguimiento a las acciones enfocadas a garantizar el cumplimiento de las Recomendaciones o Medidas Cautelares emitidas por la Comisión, tanto con las Autoridades como con las Víctimas.
Registrar la correspondencia que se reciba con motivo del seguimiento de las recomendaciones, acuerdo de no responsabilidad, informes especiales, recursos de queja e impugnación y dar cuenta de la misma al Director de Área.
Ejecutar las acciones conducentes al seguimiento de los asuntos en tramite del Área.
Realizar los proyectos de acuerdo, oficios y cédulas de notificación, correspondientes al seguimiento de las recomendaciones, acuerdos de no responsabilidad, informes especiales, recursos de queja e impugnación, dando cuenta al Director del Área para su aprobación y expedición
Hacer constar en actas circunstanciales, las gestiones de trámite realizadas en seguimiento de los asuntos del Área.
Recabar los acuses de recibido, correspondientes al seguimiento y demás gestiones ejecutadas, en atención a las peticiones de particulares y autoridades. Agregando las constancias en sus respectivos expedientes.
Llevar a cabo las gestiones necesarias, ante las autoridades y usuarios, para el seguimiento, cumplimiento y conclusión de las recomendaciones, acuerdos de no responsabilidad, informes especiales, recursos de queja e impugnación.
Practicar las diligencias de campo necesarias en cumplimiento de los objetivos del Área, haciéndolo constar en el acta circunstanciada correspondiente.
Atender con la debida diligencia a los usuarios y autoridades que, comparezcan ante este organismo.
PERFILESDE PUESTO
Presentar ante el superior jerárquico, los informes del estado actual de los asuntos en trámite del Área, de manera mensual ó cuando así se requiera.
Realizar mensualmente, el informe de transparencia y dar cuenta del mismo al Director del Área.
Presentar de manera puntual, los datos estadísticos correspondientes a la elaboración de los informes mensual y anual.
Llevar a cabo las notificaciones que le sean asignadas dentro de los asuntos correspondientes al Área.
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Las demás funciones inherentes al seguimiento y trámite en el cumplimiento de las recomendaciones, acuerdos de no responsabilidad, informes especiales y recursos de impugnación ó queja, así como aquellos que le instruya la Presidencia.
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DSC 003 DEFENSOR (A) DE DERECHOS HUMANOS)
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
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DSC 003 DEFENSOR (A) DE DERECHOS HUMANOS)
EDUCACIÓN
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos,y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, y con apego al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel), Internet, Scanner, Fax y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
Grado universitario de Licenciatura en Derecho, Ciencias Jurídicas o campos afines de una institución debidamente acreditada, con más de 2 año de experiencia pertinente.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDH
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PERFILESDE PUESTO
DSC 003 DEFENSOR (A) DE DERECHOS HUMANOS)
PERFILESDE PUESTO
DSC 004 AUXILIAR
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Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOAUXILIAR
PUESTO SUPERIOR INMEDIATO
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTO
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
INVESTIGADOR (A) / RESPONSABLE (DE DISEÑO)
Apoyar en la operación diaria a los Investigadores y Responsable (de Diseño) con actividades de revisión, archivo, integración de expedientes y cualquier otra actividad referente al puesto.
Realizar actividades administrativas generales, abastecer oportunamente necesidades básicas de solicitudes de información y expedientes.
Integrar los documentos conforme a la normatividad en materia de archivos públicos, a solicitud de los Defensores de Derechos Humanos se lo indiquen.
Entregar la correspondencia de todas las áreas de la Comisión y a diversos destinatarios.
Entregar los acuses de recibido a las áreas con respecto a la correspondencia enviada a los/las distintos/as destinatarios/as.
Mantener y conservar en buen estado el funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles que se le asignen.
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
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DSC 004 AUXILIAR
EDUCACIÓN
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSNo aplica
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel)
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio, trabajar en equipo, habilidades interpersonales.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: NO
Estudiante de Licenciatura en Derecho, Ciencias Jurídicas o campos afines de una institución debidamente acreditada.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDHPERFILES
DE PUESTO
527
DSC 004 AUXILIAR
PERFILESDE PUESTO
DC 001 DIRECTOR (A) DE COMUNICACIÓN
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTODIRECTOR(A) DE COMUNICACIÓN
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOPRESIDENTE(A) DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTO
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
RESPONSABLE / SECRETARIA(O)
Dirigir la difusión y promoción del quehacer de la Comisión Estatal de Derechos Humanos a través de los medios de comunicación internos y externos para dar a conocer la labor de la Comisión por medio de Boletines, Comunicados, Revista, Periódico, Página de Internet, Radio, Televisión, etc; así como atender las solicitudes de los representantes de los medios de comunicación.
Establecer, aplicar y dar seguimiento a las políticas de comunicación internas y externas del Organismo.
Establecer un vínculo respetuoso y permanente con los representantes de los medios de comunicación.
Contribuir a la difusión efectiva de los programas institucionales del Organismo.
Fortalecer el conocimiento y aplicación de los derechos humanos, a partir de la generación de materiales de difusión.
Gestionar la presencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en medios de comunicación para la difusión de acciones diversas.·Elaborar, proponer y aplicar la política y los programas de comunicación de la Comisión.
Coordinar y atender las solicitudes de información de los medios impresos y electrónicos.
Proponer y ejecutar instrumentos que permitan conocer la percepción de las actividades de la Comisión Estatal de Derechos Humanos entre el público en general.
Mantener una estrecha relación con los medios de comunicación, para procurar espacios para la difusión de los objetivos, programas y actividades de la Comisión.
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PERFILESDE PUESTO
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Dirigir el seguimiento a la información que difunden los medios de comunicación acerca de la Comisión y su reflejo en la calidad de su imagen.
Coordinar las ruedas de prensa, conferencias, foros y entrevistas necesarias para la difusión de las actividades de la Comisión.
Planear, dirigir y supervisarlos mecanismos que permitan un permanente flujo de información institucional y atención a los representantes de los medios de comunicación.
Elaboración de boletines que difundan las actividades que realiza la Comisión y promover su divulgación entre los medios de comunicación.
Supervisar la elaboración de los boletines de prensa sobre asuntos de importancia o relevancia llevados a cabo por la Comisión o que participe en ellos.
Las demás que sean encomendadas por la Presidencia.
DC 001 DIRECTOR (A) DE COMUNICACIÓN
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
NMOO
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NU NE ÓV EO L
DC 001 DIRECTOR (A) DE COMUNICACIÓN
EDUCACIÓN
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo león, así como al marco normativo de actuación
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
Grado universitario de Licenciatura en Periodismo, Derecho, Comunicación, Relaciones Públicas o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 3 años de experiencia pertinente, o grado universitario avanzado de Especialidad en uno de los campos antes indicados.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDHPERFILES
DE PUESTO
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DC 001 DIRECTOR (A) DE COMUNICACIÓN
PERFILESDE PUESTO
DC 002 RESPONSABLE DE COMUNICACIÓN EXTERNA
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTORESPONSABLE DE COMUNICACIÓN EXTERNA
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECTOR(A) DE COMUNICACIÓN
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTO
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
SERVICIO SOCIAL / VOLUNTARIADO
Ofrecer al público información precisa y oportuna sobre asuntos que tienen interés y valor para la sociedad relativa a la promoción y difusión del respeto a los Derechos Humanos.
Establecer, aplicar y dar seguimiento a las políticas de comunicación externas del Organismo.
Generar a partir de los objetivos y proyectos del Organismo, las estrategias de comunicación efectivas.
Establecer un vínculo respetuoso y permanente con los representantes de los medios de comunicación.
Contribuir a la difusión efectiva de los programas institucionales del Organismo.
Fortalecer el conocimiento y aplicación de los derechos humanos, a partir de la generación de materiales de difusión.
Gestionar la presencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en medios de comunicación para la difusión de acciones diversas.
Generar una comunicación efectiva entre los medios de comunicación y la Comisión Estatal de Derechos Humanos en situaciones eventuales.
Elaborar, proponer y aplicar la política y los programas de comunicación de la Comisión.
Colaborar y atender las solicitudes de información de los medios impresos y electrónicos.
Coordinar y ejecutar instrumentos que permitan conocer la percepción de las actividades de la Comisión Estatal de Derechos Humanos entre el público en general.
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NMOO
SC
NU NE ÓV EO L
PERFILESDE PUESTO
533
Mantener una estrecha relación con los medios de comunicación, para procurar espacios para la difusión de los objetivos, programas y actividades de la Comisión.
Dar seguimiento a la información que difunden los medios de comunicación acerca de la Comisión y su reflejo en la calidad de su imagen.
Planear, dirigir y supervisarlos mecanismos que permitan captar la atención a los representantes de los medios de comunicación.
Elaboración de boletines que difundan las actividades que realiza la Comisión y promover su divulgación entre los medios de comunicación.
Elaborar los boletines de prensa sobre asuntos de importancia o relevancia llevados a cabo por la Comisión o que participe en ellos.
Las demás que sean encomendadas por la Presidencia.
DC 002 RESPONSABLE DE COMUNICACIÓN EXTERNA
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
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SC
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DC 002 RESPONSABLE DE COMUNICACIÓN EXTERNA
EDUCACIÓN
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo león, así como al marco normativo de actuación
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
Grado universitario de Licenciatura en Periodismo, Derecho, Comunicación, Relaciones Públicas o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 3 años de experiencia pertinente, o grado universitario avanzado de Especialidad en uno de los campos antes indicados.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDHPERFILES
DE PUESTO
535
DC 002 RESPONSABLE DE COMUNICACIÓN EXTERNA
PERFILESDE PUESTO
DC 003 RESPONSABLE DE COMUNICACIÓN INTERNA
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTORESPONSABLE DE COMUNICACIÓN INTERNA
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECTOR(A) DE COMUNICACIÓN
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTO
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
SERVICIO SOCIAL / VOLUNTARIADO
Mantener la comunicación entre el personal de la Comisión y difundir las actividades que realizan las diversas áreas de la institución.
Ejecutar y dar seguimiento a las políticas de comunicación internas del Organismo.
Generar a partir de los objetivos y proyectos del Organismo, las estrategias de comunicación efectivas.
Establecer un vínculo respetuoso y permanente con el personal de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Contribuir a la difusión efectiva de los programas institucionales al interior del Organismo.
Establecer estrategias para consolidar la comunicación efectiva al interior del Organismo.
Dar seguimiento a la información que difunden los medios de comunicación acerca de la Comisión y su reflejo en la calidad de su imagen.
Apoyar en las ruedas de prensa, conferencias, foros y entrevistas necesarias para la difusión de las actividades de la Comisión.
Planear, dirigir y supervisarlos mecanismos que permitan un permanente flujo de información institucional y atención a los representantes de los medios de comunicación.
Elaboración de boletines que difundan las actividades que realiza la Comisión y promover su divulgación entre el personal de la Comisión.
Elaborar los boletines de prensa sobre asuntos de importancia o relevancia llevados a cabo por la Comisión o que participe en ellos.
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
NMOO
SC
NU NE ÓV EO L
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
537
DC 003 RESPONSABLE DE COMUNICACIÓN INTERNA
EDUCACIÓN
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo león, así como al marco normativo de actuación
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
Estudios de Licenciatura en Periodismo, Derecho, Comunicación, Relaciones Públicas o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 2 año de experiencia pertinente.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDH
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PERFILESDE PUESTO
DC 003 RESPONSABLE DE COMUNICACIÓN INTERNA
PERFILESDE PUESTO
DC 004 RESPONSABLE DE PRENSA
539
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTORESPONSABLE DE PRENSA
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECTOR(A) DE COMUNICACIÓN
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTO
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
SERVICIO SOCIAL / VOLUNTARIADO
Difundir y procesar la información que la Comisión genera ante los Medios de Comunicación Impresos, e impulsar las actividades que se realizan en la institución para fortalecer su imagen institucional.
Establecer un vínculo respetuoso y permanente con los representantes de los medios de comunicación.
Contribuir a la difusión efectiva de los programas institucionales del Organismo.
Fortalecer el conocimiento y aplicación de los derechos humanos, a partir de la generación de materiales de difusión.
Gestionar la presencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en medios de comunicación para la difusión de acciones diversas.
Generar una comunicación efectiva entre los medios de comunicación y la Comisión Estatal de Derechos Humanos en situaciones eventuales.
Atender las solicitudes de información de los medios impresos y electrónicos.
Mantener una estrecha relación con los medios de comunicación, para procurar espacios para la difusión de los objetivos, programas y actividades de la Comisión.
Dar seguimiento a la información que difunden los medios de comunicación acerca de la Comisión y su reflejo en la calidad de su imagen.
Coordinar las ruedas de prensa, conferencias, foros y entrevistas necesarias para la difusión de las actividades de la Comisión.
Planear, dirigir y supervisarlos mecanismos que permitan un permanente flujo de información institucional y atención a los representantes de los medios de comunicación.
PERFILESDE PUESTO
Elaboración de boletines que difundan las actividades que realiza la Comisión y promover su divulgación entre los medios de comunicación.
Realizar el monitoreo diario de los medios de comunicación.
Elaborar los boletines de prensa sobre asuntos de importancia o relevancia llevados a cabo por la Comisión o que participe en ellos.
Las demás que sean encomendadas por la Presidencia.
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DC 004 RESPONSABLE DE PRENSA
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
541
DC 004 RESPONSABLE DE PRENSA
EDUCACIÓN
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo león, así como al marco normativo de actuación
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
Estudios de Licenciatura en Periodismo, Derecho, Comunicación, Relaciones Públicas o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 2 año de experiencia pertinente.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDH
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PERFILESDE PUESTO
DC 004 RESPONSABLE DE PRENSA
PERFILESDE PUESTO
DC 005 SECRETARIA
543
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOSECRETARIA
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECTOR(A) DE COMUNICACIÓN
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTO
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
SERVICIO SOCIAL / VOLUNTARIADO
Apoyar en las funciones de la Dirección de Comunicación, así como organizar, coordinar y agilizar los asuntos que demande la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Planear y coordinar la calendarización de las actividades del Personal de la Dirección en su interrelación con la ciudadanía, autoridades, organismos, empleados, entre otros, a fin de que su agenda diaria se administre de manera óptima y se lleve a cabo eficientemente en tiempo y en forma.
Mantener actualizado el archivo general de oficios, peticiones y proyectos.
Mantener actualizada la agenda de reuniones del Titular de la Dirección.
Dar seguimiento a las gestiones o peticiones que soliciten al Titular de la Dirección.
Atender amablemente al personal de la Comisión, funcionarios o empleados de otras dependencias y ciudadanía en general que requieran los servicios de la Dirección.
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Apoyar en la elaboración de trabajos especiales que se le asigne.
Realizar las demás funciones inherentes a su puesto.
Encargarse del llenado formatos para requisiciones de papelería.
Mantener y conservar en buen estado el funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles asignados por la Dirección y por la Comisión.
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
NMOO
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DC 005 SECRETARIA
EDUCACIÓN
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio básico de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo león, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
Estudios Secretariales o Bachillerato con 2 años de experiencia o Estudios de Licenciatura con 1 año de experiencia pertinente.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDHPERFILES
DE PUESTO
545
DC 005 SECRETARIA
PERFILESDE PUESTO
DJ 001 DIRECTOR JURIDICO
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTODIRECTOR (A) DE JURÍDICO
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOPRESIDENTE(A) DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTO
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
SUB-DIRECTOR (A) JURÍDICO
Asegurar que la documentación generada por la Comisión Estatal de Derechos Humanos, contenga una debida fundamentación, apego y justificación legal, contribuyendo así a la protección jurídica del Organismo.
Elaboración de contratos, Convenios y otros instrumentos jurídicos.
Recabar y reportar asuntos de Quejas
Salidas en representación a eventos y actividades del Consejo Estatal de Adopciones
Participación en eventos y Asuntos Relevantes
Resolver las consultas planteadas a la Presidencia por parte de los ciudadanos ò autoridades.
Elaboración del Informe previo y justificado de las demandas en contra de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y darles seguimiento
Ser el enlace de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en materia de transparencia y Acceso a la Información
Recepción y seguimiento de las solicitudes en materia de transparencia
Relación y listado de expedientes revisados en las reuniones de Visitadores para firma de la Presidencia.
Concentrado de reportes de comparecencias e incomparecencias de servidores públicos para su consecuente verificación y posterior acción.
Realización de estadísticas, en general, que ordene la Presidencia
Asuntos a publicar
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PERFILESDE PUESTO
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Elaboración de graficas y/ó estadísticas de las Recomendaciones que se publicarán en la página web de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y revisión del apartado de Recomendaciones No Aceptadas y/ó Aceptadas pero No Cumplidas por las diversas autoridades que deban publicarse en la revista trimestral de este Organismo.
Informes Especiales
Ser el encargado del Programa “La CEDH más Cerca de Ti” de visitas itinerantes en los municipios del Estado de Nuevo León
Determinar la procedencia ó improcedencia de cambio de asignación de expedientes a Visitaduría diversa del turno de origen.
DJ 001 DIRECTOR JURIDICO
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
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DJ 001 DIRECTOR JURIDICO
EDUCACIÓN
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo león, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
Grado universitario de licenciatura en Derecho o Ciencias Jurídicas con más de 7 años de experiencia pertinente, o licenciatura en Derecho o Ciencias Jurídicas con grado universitario de Especialidad o Maestría en uno de los campos antes indicados con más de 3 años de experiencia pertinente, o licenciatura en Derecho o Ciencias Jurídicas con Doctorado con más 2 años de experiencia.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDHPERFILES
DE PUESTO
549
DJ 001 DIRECTOR JURIDICO
PERFILESDE PUESTO
DJ 002 SUB DIRECTOR JURIDICO
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOSUB DIRECTOR (A) DE JURÍDICO
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECTOR (A) DE JURÍDICO
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTO
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
DEFENSOR(A) DE DERECHOS HUMANOS
Colaborar con el o la Titular de la Dirección Jurídica en el seguimiento, supervisión y apoyo al cumplimiento de los Programas de la Comisión
Colaborar en la planeación y supervisión de las actividades del Director(a) Jurídico y de la Comisión.
Elaboración de contratos, Convenios y otros instrumentos jurídicos.
Recabar y reportar asuntos de Quejas.
Representación a eventos y actividades del Consejo Estatal de Adopciones.
Participación en eventos y Asuntos Relevantes.
Resolver las consultas planteadas a la C. Presidencia por parte de los ciudadanos o autoridades.
Elaboración del Informes previos y justificados de las demandas en contra de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y darles seguimiento.
Ser el enlace de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en materia de transparencia y Acceso a la Información.
Recepción y seguimiento de las solicitudes en materia de transparencia.
Relación y listado de expedientes revisados en las reuniones de Visitadores para firma de la Presidencia.
Concentrado de reportes de comparecencias e incomparecencias de servidores públicos para su consecuente verificación y posterior acción.
Realización de estadísticas, en general, que ordene la Presidencia.Asuntos a publicar.
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NMOO
SC
NU NE ÓV EO L
PERFILESDE PUESTO
551
Elaboración de gráficas y/ó estadísticas de las Recomendaciones que se publicarán en la página web de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y revisión del apartado de Recomendaciones
No Aceptadas y/ó Aceptadas pero No Cumplidas por las diversas autoridades que deban publicarse en la revista trimestral de este Organismo.Informes Especiales.
Ser el encargado del Programa “La CEDH más Cerca de Ti” de visitas itinerantes en los municipios del Estado de Nuevo León.
Determinar la procedencia ó improcedencia de cambio de asignación de expedientes a Visitadurias diversas del turno de origen.
Atención y seguimiento a los procesos jurisdiccionales y no jurisdiccionales en los que es parte la Comisión;
Seguimiento y supervisión de Voluntariado, Prácticas Profesionales y Servicio Social en la Dirección Jurídica;
Las demás que asigne la Dirección Jurídica y la Presidencia.
DJ 002 SUB DIRECTOR JURIDICO
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
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DJ 002 SUB DIRECTOR JURIDICO
EDUCACIÓN
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo león, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
Grado universitario de licenciatura en Derecho o Ciencias Jurídicas con más de 7 años de experiencia pertinente, o licenciatura en Derecho o Ciencias Jurídicas con grado universitario de Especialidad o Maestría en uno de los campos antes indicados con más de 3 años de experiencia pertinente, o licenciatura en Derecho o Ciencias Jurídicas con Doctorado con más 2 años de experiencia.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDHPERFILES
DE PUESTO
553
DJ 002 SUB DIRECTOR JURIDICO
PERFILESDE PUESTO
DJ 003 DEFENSOR (A) DE DERECHOS HUMANOS
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTODEFENSOR (A) DE DERECHOS HUMANOS
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOSUB-DIRECTOR (A) DE JURÍDICO
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTO
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
AUXILIAR
Seguimiento de los procedimientos de vigilancia que lleva a cabo la Secretaría Ejecutiva y proporcionar asesoría sobre el cumplimiento y evaluación de los Programas de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Dar seguimiento a los acuerdos que emita la Dirección Jurídica;
Colaborar en la investigación de asuntos encomendados por la Dirección Jurídica.
Apoyar en la elaboración de informes en el ámbito de su competencia, cuando así lo solicite su superior jerárquico.
Revisar el status de expedientes que se sigan en la Dirección Jurídica, elaborar la ficha informativa para el superior jerárquico.
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Las demás que determine el Titular de la Dirección Jurídica para el mejor funcionamiento del área..
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LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
555
DJ 003 DEFENSOR (A) DE DERECHOS HUMANOS
EDUCACIÓN
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo león, así como al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
Grado universitario de licenciatura en Derecho o Ciencias Jurídicas con más de 7 años de experiencia pertinente, o licenciatura en Derecho o Ciencias Jurídicas con grado universitario de Especialidad o Maestría en uno de los campos antes indicados con más de 3 años de experiencia pertinente, o licenciatura en Derecho o Ciencias Jurídicas con Doctorado con más 2 años de experiencia.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDH
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI M
SI ANM
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PERFILESDE PUESTO
DJ 003 DEFENSOR (A) DE DERECHOS HUMANOS
PERFILESDE PUESTO
DJ 004 SECRETARIA (O)
557
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOSECRETARIA (O)
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECTOR (A) DE JURÍDICO
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTO
Solicitar información y documentación a las áreas de la Comisión para el cumplimiento de los Acuerdos del Consejo.
Contribuir con la ejecución de los acuerdos tomados por Presidencia, Secretaría Ejecutiva y el Consejo de la CEDHNL;
Supervisar la ejecución de los Programas Operativos Anuales de la Comisión;
Proponer temas prioritarios de la agenda de la CEDHNL.
Propiciar la comunicación y coordinación oportuna, objetiva y directa entre las Direcciones del Organismo, para el debido cumplimiento de las atribuciones que a cada una le corresponde.
Colaborar en la elaboración de la Agenda para las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo;
Facilitar al Secretario Ejecutivo los documentos que se trataran en el Consejo;
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Representar a la Comisión en eventos que encomiende la Presidencia;
Colaborar en la integración del proyecto de informe anual de actividades de la Comisión Estatal, con base en los programas, objetivos y acciones proyectadas por cada una de las áreas;
Las demás que asigne la Secretaría Ejecutiva y la Presidencia.
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
NMOO
SC
NU NE ÓV EO L
DJ 004 SECRETARIA (O)
EDUCACIÓN
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio básico de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, y al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar, buen juicio en la toma de decisiones, capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: PREFERENTEMENTE
Estudios Secretariales o Bachillerato con 2 años de experiencia o Estudios de Licenciatura con 1 año de experiencia pertinente.
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDHPERFILES
DE PUESTO
559
DJ 004 SECRETARIA (O)
PERFILESDE PUESTO
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTODIRECTOR(A) DEL CENTRO INTEGRAL DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOPRESIDENTE(A) DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTODirigir los servicios de salud física y mental proporcionados por la Comisión, en los niveles de difusión, prevención, atención y resolución.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Dirigir y coordinar la atención de manera integral a las víctimas potenciales de violencia social, violencia familiar, violencia de género, violencia institucional/escolar, abuso infantil, es decir en sus esferas física, psicológica, social y asesoría jurídica en aquellos casos que así lo requieran.
Dirigir y coordinar el trabajo multidisciplinario en materia de intervención en crisis, primeros auxilios psicológicos, acompañamiento, técnicas de relajación y desactivación psico-neuro-endocrina, atención psicoterapéutica a niveles individual, grupal y familiar.
Dirigir los programas de salud y salud mental de este Organismo, con apoyo de la Dirección y la Subdirección Administrativa del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos;
Participar con la Dirección y la Subdirección Administrativa del Instituto de Estudios y Formación en Derechos Humanos de esta Comisión, en el diseño y ejecución de las acciones para la difusión y promoción del derecho humano a la salud;
Realizar las evaluaciones médicas tanto de la salud física como de la salud mental de las personas usuarias de los servicios de la Comisión, que se requieran;
Participar en la investigación y documentación de las presuntas violaciones a los derechos humanos, que así lo necesiten;
Expedir el dictamen médico correspondiente, en el que se incluya el diagnóstico, pronóstico y en su caso, el tratamiento aplicable;
Apoyar y facilitar los enlaces entre esta Comisión y las instituciones educativas y de salud del Estado de Nuevo León, en lo referente a servicios de salud;
RESPONSABLES / PERITOS / SECRETARIA
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CIV 001 DIRECTOR (A) DEL CENTRO INTEGRAL DE ATENCION A VICTIMAS
PERFILESDE PUESTO
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Gestionar y coordinar los enlaces con Organizaciones de la Sociedad Civil y la Iniciativa Privada en lo referente a Servicios de Salud;
Dirigir y coordinar la implementación, aplicación y evaluación del Protocolo de Estambul “Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”, para la detección de casos de tortura física y/o psicológica, en colaboración con la Dirección de Orientación y Recepción de Quejas y las Visitadurías Generales;
Dirigir, implementar y coordinar el Sub Programa a la Inclusión Social, que promueve la inclusión social de las personas con problemas de salud mental, buscando un enfoque integral de atención y la obtención de un empleo digno como una de las metas de atención;
Formar y coordinar el Comité Ciudadano para el Acceso y Observancia del Derecho a la Salud de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León;
Fungir como Secretario Técnico del Comité Ciudadano para el Acceso y Observancia del Derecho a la Salud de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León;
Implementar y Coordinar el Comité de Observadores y Relatores Ciudadanos de esta Comisión;
Fungir como Secretario Técnico del Comité de Observadores y Relatores Ciudadanos de este Organismo;
Las demás que sean encomendadas por esta Presidencia
CIV 001 DIRECTOR (A) DEL CENTRO INTEGRAL DE ATENCION A VICTIMAS
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
NMOO
SC
NU NE ÓV EO L
CIV 001 DIRECTOR (A) DEL CENTRO INTEGRAL DE ATENCION A VICTIMAS
EDUCACIÓNTítulo o Cédula profesional en el área de la Medicina, Psicología, Psiquiatría, Desarrollo Humano y/o demás carreras afines al área, con más de 5 años de experiencia pertinente, O grado universitario avanzado de Especialidad en uno de los campos antes indicados, con 3 años de experiencia en litigio.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, y al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SIDISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDHPERFILES
DE PUESTO
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CIV 001 DIRECTOR (A) DEL CENTRO INTEGRAL DE ATENCION A VICTIMAS
PERFILESDE PUESTO
CIV 002 RESPONSABLE DE ATENCION VICTIMOLOGICA
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTORESPONSABLE DE ATENCIÓN VICTIMOLÓGICA
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECTOR(A) DEL CENTRO INTEGRAL DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTOProporcionar atención terapéutica a las personas, con el fin de disminuir y erradicar la violencia (Sico emocional, física y sexual).
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Apoyar a las víctimas escuchándolas para conocer sobre su problemática y canalizarlas al área de atención pertinente.
Informar sobre los servicios de prevención y atención a la violencia.
Ayudar a tomar y a ejercer la conciencia y que la fuerza de la propia conciencia impulse el cambio en su percepción y/o conducta.
Brindar atención a las personas víctimas de presuntas violaciones a Derechos Humanos.
Ofrecer servicios integrales con equidad, calidad y calidez a las víctimas de presuntas violaciones a Derechos Humanos.
Entrevistar a personas víctimas de violaciones a derechos humanos;
Indagar con las presuntas víctimas el motivo de la consulta;
Canalizar a las presuntas víctimas ya sea el caso según las necesidades de atención psicológica, con la finalidad de definir las estrategias del tratamiento.
Las demás que determinen sus superiores jerárquicos conforme a la ley y el reglamento.
BECARIO / SERVICIO SOCIAL/ VOLUNTARIADO
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LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
565
CIV 002 RESPONSABLE DE ATENCION VICTIMOLOGICA
EDUCACIÓNTítulo o Cédula profesional en el área de la Medicina, Psicología, Psiquiatría, Desarrollo Humano y/o demás carreras afines al área, con más de 3 años de experiencia.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, y al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDH
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PERFILESDE PUESTO
CIV 002 RESPONSABLE DE ATENCION VICTIMOLOGICA
PERFILESDE PUESTO
CIV 003 PERITO EN EVALUACIONES PSICOLOGICAS
567
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOPERITO EN EVALUACIONES PSICOLÓGICAS
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECTOR(A) DEL CENTRO INTEGRAL DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTOProporcionar los servicios de salud psicológica de la Comisión, en los niveles de difusión, prevención, observancia, atención y resolución.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADESBrindar atención psicológica a las víctimas potenciales de violencia social, violencia familiar, violencia de género, violencia institucional/escolar, abuso infantil.
Ofrecer los primeros auxilios psicológicos, acompañamiento, técnicas de relajación y desactivación psico-neuro-endocrina, atención psicoterapéutica a niveles individual, grupal y familiar, a las víctimas.
Ejecutar el programa de salud mental de este Organismo.
Colaborar en el diseño y ejecución de las acciones para la difusión y promoción del derecho humano a la salud;
Realizar las evaluaciones médicas de la salud mental de las personas usuarias de los servicios de la Comisión, que se requieran;
Participar en la investigación y documentación de las presuntas violaciones a los derechos humanos, que así lo necesiten;
Expedir el dictamen médico correspondiente, en el que se incluya el diagnóstico, pronóstico y en su caso, el tratamiento aplicable;
Apoyar y facilitar los enlaces entre esta Comisión y las instituciones educativas y de salud del Estado de Nuevo León, en lo referente a servicios de salud;
Gestionar y coordinar los enlaces con Organizaciones de la Sociedad Civil y la Iniciativa Privada en lo referente a Servicios de Salud;
AUXILIAR
PERFILESDE PUESTO
Colaborar con la implementación, aplicación y evaluación del Protocolo de Estambul “Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”, para la detección de casos de tortura física y/o psicológica.
Ejecutar el Sub Programa a la Inclusión Social, que promueve la inclusión social de las personas con problemas de salud mental, buscando un enfoque integral de atención y la obtención de un empleo digno como una de las metas de atención;
Apoyar las labores del Comité de Observadores y Relatores Ciudadanos de esta Comisión; Las demás que sean encomendadas por sus superiores jerárquicos.
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CIV 003 PERITO EN EVALUACIONES PSICOLOGICAS
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
569
CIV 003 PERITO EN EVALUACIONES PSICOLOGICAS
EDUCACIÓNTítulo o Cédula profesional en el área de la Psicología, Psiquiatría y/o demás carreras afines al área, con más de 2 años de experiencia pertinente, o grado universitario avanzado de Especialidad en uno de los campos antes indicados.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, y al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDH
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PERFILESDE PUESTO
CIV 003 PERITO EN EVALUACIONES PSICOLOGICAS
PERFILESDE PUESTO
CIV 004 PERITO EN EVALUACIONES MÉDICAS
571
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOPERITO EN EVALUACIONES MÉDICAS
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECTOR(A) DEL CENTRO INTEGRAL DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTOProporcionar los servicios de salud de la Comisión, en los niveles de difusión, prevención, observancia, atención y resolución.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Brindar la atención de manera integral a las víctimas potenciales de violencia social, violencia familiar, violencia de género, violencia institucional/escolar, abuso infantil, es decir en sus esferas física, psicológica, social y asesoría jurídica en aquellos casos que así lo requieran.
Colaborar en los programas de salud de este Organismo.
Colaborar en el diseño y ejecución de las acciones para la difusión y promoción del derecho humano a la salud.
Realizar las evaluaciones médicas de la salud física de las personas usuarias de los servicios de la Comisión, que se requieran;
Participar en la investigación y documentación de las presuntas violaciones a los derechos humanos, que así lo necesiten;
Expedir el dictamen médico correspondiente, en el que se incluya el diagnóstico, pronóstico y en su caso, el tratamiento aplicable;
Realizar la implementación, aplicación y evaluación del Protocolo de Estambul “Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”, para la detección de casos de tortura física y/o psicológica.
Colaborar en la ejecución del Sub Programa a la Inclusión Social, que promueve la inclusión social de las personas con problemas de salud mental, buscando un enfoque integral de atención y la obtención de un empleo digno como una de las metas de atención;
Contribuir a le formación del Comité Ciudadano para el Acceso y Observancia del Derecho a la Salud de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León;
BECARIO(A) / SERVICIO SOCIAL / VOLUNTARIADO
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
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SC
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CIV 004 PERITO EN EVALUACIONES MÉDICAS
EDUCACIÓNTítulo o Cédula profesional en el área de la Medicina y/o demás carreras afines al área, con al menos 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio medio de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, y al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDHPERFILES
DE PUESTO
573
CIV 004 PERITO EN EVALUACIONES MÉDICAS
PERFILESDE PUESTO
CIV 005 SECRETARIA (O)
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOSECRETARIA (O)
PUESTO SUPERIOR INMEDIATODIRECTOR(A) DEL CENTRO INTEGRAL DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTOApoyar en las funciones de la Dirección de Comunicación, así como organizar, coordinar y agilizar los asuntos que demande la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Planear y coordinar la calendarización de las actividades del Personal de la Dirección en su interrelación con la ciudadanía, autoridades, organismos, empleados, entre otros, a fin de que su agenda diaria se administre de manera óptima y se lleve a cabo eficientemente en tiempo y en forma.
Mantener actualizado el archivo general de oficios, peticiones y proyectos.
Mantener actualizada la agenda de reuniones del Titular de la Dirección.
Dar seguimiento a las gestiones o peticiones que soliciten al Titular de la Dirección.
Atender amablemente al personal de la Comisión, funcionarios o empleados de otras dependencias y ciudadanía en general que requieran los servicios de la Dirección.
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Apoyar en la elaboración de trabajos especiales que se le asigne.
Realizar las demás funciones inherentes a su puesto.
Encargarse del llenado formatos para requisiciones de papelería.
Mantener y conservar en buen estado el funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles asignados por la Dirección y por la Comisión.
AUXILIAR
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LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
575
CIV 005 SECRETARIA (O)
EDUCACIÓNEstudios Secretariales o Bachillerato con 2 años de experiencia o Estudios de Licenciatura con 1 año de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio básico de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, y al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones. Capacidad para comunicarse con claridad en los idiomas necesarios para el puesto.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDH
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
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PERFILESDE PUESTO
CIV 005 SECRETARIA (O)
PERFILESDE PUESTO
CIV 006 AUXILIAR
577
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTOAUXILIAR
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOPERITOS / SECRETARIA
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTOApoyar operativamente en las actividades de recopilación, procesamiento de la información de la Dirección.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Realizar actividades administrativas generales, abastecer oportunamente necesidades básicas de solicitudes de suministros de papelería y facilitar el servicio de fotocopiado a los/las funcionarios/as de la Dirección.
Integrar los documentos conforme a la normatividad en materia de archivos públicos, a solicitud de la Dirección.
Entregar la correspondencia de todas las áreas de la Comisión y a diversos destinatarios.Entregar los acuses de recibido a las áreas con respecto a la correspondencia enviada a los/las distintos/as destinatarios/as.
Hacer las requisiciones para el suministro de materiales de la Dirección Mantener y conservar en buen estado el funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles que se le asignen.
Llevar el archivo de los documentos que le sean asignados para su custodia.Apoyar en la elaboración de trabajos especiales que se le asigne.
Asistir a cursos de capacitación que le permitan mejorar el desempeño de sus funciones.
Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones legales y reglamentarias, así como aquellas que le delegue el/la Titular de la Dirección.
NO APLICA
LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
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CIV 006 AUXILIAR
EDUCACIÓNEstudios de licenciatura en Derecho, Ciencias Jurídicas, Criminología, Trabajo Social, Psicología, Desarrollo Humano o campos afines de una institución debidamente acreditada con más de 1 año de experiencia pertinente, o grado universitario avanzado de Especialidad o Maestría en áreas relativas al área..
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio básico de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, y al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al cliente, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones, capacidad para comunicarse con claridad.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDHPERFILES
DE PUESTO
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CIV 006 AUXILIAR
PERFILESDE PUESTO
DSP 001 DIRECTOR (A) DE SERVICIOS PERICIALES
Fecha de elaboración: Mayo de 2015 Modificado: Febrero de 2014
NOMBRE DEL PUESTODIRECTOR (A) DE SERVICIOS PERICIALES
PUESTO SUPERIOR INMEDIATOPRESIDENCIA
PUESTO INFERIOR INMEDIATO
MISIÓN DEL PUESTOAsistir técnica y científicamente en la comprobación de los hechos presuntamente violatorios de derechos humanos que se investiguen, proveyendo elementos de prueba útiles, eficaces y confiables, para la determinación de los mismos.
FACULTADES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES
RESPONSABLE DE ANÁLISIS Y CONCLUSIÓN Y RESPONSABLE DE FOTOGRAFÍA FORENSE.
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LINEA DE MANDO
PERFILESDE PUESTO
581
DSP 001 DIRECTOR (A) DE SERVICIOS PERICIALES
EDUCACIÓNGrado universitario de licenciatura o equivalente en Derecho, Ciencias Forenses, Medicina Forense, Criminalística y/o Criminología, con Especialidad, Maestría o acreditación oficial en uno de los campos antes indicados con más de 4 años de experiencia pertinente.
FORMACIÓN EN DERECHOS HUMANOSDominio Alto de la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y su Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, y al marco normativo de actuación.
CONOCIMIENTOS COMPUTACIONALESHabilidad para trabajar usando efectivamente Microsoft Office (por ejemplo Outlook, Word y Excel) y otros programas aplicables al área de trabajo.
COMPETENCIAS PERSONALESActitud de servicio al usuario, disposición para compartir conocimientos y trabajar en equipo, habilidades interpersonales, capacidad para administrar y asesorar al personal, planificación estratégica, fomento de la innovación, buen juicio en la toma de decisiones.
CONDICIONES DE TRABAJO
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: NODISPONIBILIDAD DE HORARIO: SILICENCIA DE MANEJO: SI
COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSCOMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOSFOLIO DJ 006 PR ATENCIÓN A JUICIOS DE AMPARO QUE SE PROMUEVEN EN CONTRA DE LA CEDH
E D D EL RA ET CA HT OS SE HN UÓI MSI A
NMOO
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NU NE ÓV EO L
PERFILESDE PUESTO
DSP 001 DIRECTOR (A) DE SERVICIOS PERICIALES