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UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR SEDE ECUADOR ESPECIALIZACIÓN SUPERIOR EN DERECHO CONSTITUCIONAL “PETICIÓN ANTE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, CASO FUNDAMEDIOS” DR. RAMIRO ÁVILA NIDIA CAROLINA ÁLVAREZ LEÓN 2015

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UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR SEDE ECUADOR

ESPECIALIZACIÓN SUPERIOR EN DERECHO

CONSTITUCIONAL

“PETICIÓN ANTE LA COMISIÓN

INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,

CASO FUNDAMEDIOS”

DR. RAMIRO ÁVILA

NIDIA CAROLINA ÁLVAREZ LEÓN

2015

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PETICIÓN ANTE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, CASO FUNDAMEDIOS

Señores COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOSORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS, OEA1889 F Street, N.W.Washington, D.C 20006Estados Unidos

Fax: 001-202-458-3992.Correo electrónico: [email protected]

30 de Octubre de 2015.

Estimados Señores:

La Fundación Andina para la Observación y Estudio de Medios, FUNDAMEDIOS, en calidad de víctima directa representada por su Director César Ricaurte, presento la siguiente denuncia por violación de derechos humanos reconocidos en la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos (en adelante la CADH o la Convención), basados en las siguientes consideraciones:

1. Hechos:

1.1 La Fundación Andina para la Observación y Estudio de Medios (FUNDAMEDIOS)

La Fundación Andina para la Observación y Estudio de Medios en adelante (Fundamedios) es una organización no gubernamental de la sociedad civil, que surge a finales del año 2006 y que tiene existencia legal desde el año 2007. Tiene por objeto el apoyo a los medios de comunicación y a periodistas a través de su red de monitoreo de amenazas a la libertad de expresión y asociación, junto con proyectos, capacitaciones, talleres destinados a la reflexión en torno al oficio periodístico1. Basa su trabajo en la defensa de la libertad de expresión y la observación e investigación del contenido de los medios. La institución ha buscado generar un debate sobre la relación entre el periodismo y la sociedad, conociendo los retos principales que enfrentan los periodistas en sus trabajos y actividades diarias de informar y frente a los cambios que la sociedad ha propuesto.

El desarrollo de esta Institución ha ido consolidándose y surgió por la necesidad, por el contacto y reflexión alrededor de la profesión periodística, pues fueron necesarios los esfuerzos por fijar cuestionamientos de las acciones del periodismo desde sus entrañas, abriendo y promoviendo espacios de análisis. Fundamedios adquiere sentido a partir de

1 www.fundamedios.org

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los años 2004 y 2005, a través de la iniciativa de varios periodistas de unirse y que formaron lo que en un principio se llamó “La Redacción”, que buscaba junto con sus integrantes el ejercicio de reflexión práctica, así como principalmente generar un espacio de reflexión y experiencia.

Como bien lo manifestamos en nuestro espacio que se encuentra abierto a la sociedad en general, por medio de la Redacción que abrió el arranque a nuestra Institución, comprendimos que “los ideales no disminuyen, simplemente cambian, mutan y adquieren otros matices”2. A través del tiempo fue que se pudieron definir las acciones a emprenderse, de entre aquellas la conformación legal, trazar líneas de trabajo, y permitir investigaciones.

En el año 2006, junto con la ayuda de expertos del extranjero, que nos dieron ideas de cómo armar la organización, cómo acceder a la cooperación internacional y cómo abrirse a otros espacios fue que Fundamedios nace como un grupo multidisciplinario, integrado no solo de periodistas, sino además de arquitectos, antropólogos, economistas y gente de mercadeo, entre otros; para de esta manera establecer un diálogo claro y directo entre el periodismo y la ciudadanía, así como para abrir las discusiones y líneas de acción en un ámbito regional, no solo en Ecuador.

1.2 Hechos que generan la violación de derechos humanos

El periodismo es y ha sido una actividad que tiene como base la noticia, la crónica, la entrevista, la opinión y el reportaje. Tiene un perfil informativo, ser de tipo interpretativo o explotar el ámbito de la opinión. En el Ecuador el periodismo ha recorrido un largo camino, es así que la historia mediática del país se remonta al siglo XVIII, y a través del tiempo y las circunstancias son pocos los medios que han ejercido un rol independiente del poder económico y su existencia. Actualmente existen alrededor de 35 diarios a nivel nacional, local y regional, a su vez que como se reconoce en nuestros días, no solo los periodistas, sino todos los ciudadanos pueden opinar y expresar sus manifestaciones libremente.

En la Constitución Política del Ecuador del año 1998, ya se reconocía el derecho a la libertad de expresión en todas sus formas, pero en el año 2008 en el proceso de construcción de la nueva Constitución, específicamente se reconoce este derecho en el artículo 66, numeral 6 que reconoce y garantiza a las personas el derecho a pensar y expresar su pensamiento libremente y en todas sus formas y manifestaciones; en este sentido todos somos libres de expresar nuestras ideas, pensamientos, de la manera que más nos convenga sin que por esto existan o hayan arbitrariedades que nos lo impidan.

En el Ecuador no había existido ninguna otra organización que haga monitoreo, investigue y luche por la defensa de la libertad de expresión, pero desde el momento en que Fundamedios adquiere vida legal se promueve un espacio para la transformación, incluso al interior del periodismo. Se abrió un espacio para que los medios ejerzan una autocrítica y establezcan mecanismos de autoregulación, pero como forma de

2 www.fundamedios.org

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contrarrestar aquello aparecieron las amenazas y el discurso hostil al trabajo de los medios.

En los primeros años de trabajo se consiguió ubicar el tema de los derechos y libertades fundamentales en la agenda de discusión pública, pero a su vez se enfrentaron problemas entre Medios y el Gobierno, convirtiendo al Ecuador en el país donde más rápido se está deteriorando la libertad de expresión en América Latina. El problema al cual se enfrenta Fundamedios tuvo su origen a partir del 25 de octubre del 2011, después de una audiencia en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en adelante CIDH, sobre la situación de la libertad de expresión en Ecuador, en la ciudad de Washington y a la que Fundamedios acudió como parte de los defensores de derechos humanos, junto a víctimas y periodistas luego de la cual el Gobierno ecuatoriano inició una violenta campaña contra Fundamedios que tuvo como fin presentar a la organización como un nuevo enemigo público, un ente que se opone a los cambios revolucionarios, regido por poderes oscuros.

De acuerdo a lo sucedido en esta Audiencia, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos reconoció la importancia de la misma al haberse llevado a cabo con funcionarios del Estado Ecuatoriano y consideró positivo la exposición de visiones sobre la problemática objeto de discusión, además reconoció la importancia de que esta auidiencia posteriormente robusteció la discusión a nivel nacional acerca del ejercicio de la libertad de expresión. Posteriormente a esta audiencia, la Secretaría Nacional de Comunicación en adelante SECOM emitió cadenas de radio y televisión, junto con descalificaciones a la labor de Fundamedios y acusaciones de autoridades de Gobierno de que nuestra organización es un brazo desestabilizador, de que rinde cuentas a empresarios y frentes políticos, de responder a los intereses de la prensa mercantilista, de tener negocios ocultos con la relatora especial para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos; amenazas de partidarios del Gobierno, entre otros. Fue por tanto preocupante que después de esta audiencia, el Estado haya empleado cadenas nacionales no oficiales, para desacreditar y vincular con personas que el Gobierno acusa de complicidad en graves violaciones a los derechos humanos.

Como lo ha establecido la Corte Interamericana de Derechos Humanos, es legítimo para las autoridades estatales el pronunciarse sobre asuntos de interés público, ya que esto es de relevancia para la sociedad y en este contexto pueden presentarse posiciones contrarias que pueden ser expresadas abiertamente por cualquiera, incluyendo en ello a los funcionarios públicos, lo que implica además que están sometidos a ciertas limitaciones para evitar el uso arbitrario del poder y garantizar y repostera los derechos humanos, por lo que los funcionarios deben constatar en forma efectiva los hechos en los que fundamentan sus opiniones.

En este sentido la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha podido verificar que las situaciones de riesgo pueden aumentar si una persona es “objeto de discursos oficiales que pueden provocar, sugerir acciones o ser interpretadas por funcionarios

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públicos o por sectores de la sociedad como instrucciones, instigaciones o de cualquier forma autorizaciones o apoyos, para la comisión de actos que pongan en riesgo, vulneren la vida, seguridad personal u otros derechos de personas que ejercen la libertad de expresión3.

En una cadena de radio emitida el 28 de octubre de 2011, se deslegitimó la actuación de los peticionarios ante la CIDH y se afirmó que en el Ecuador sí existe libertad de expresión. En esta cadena se decía que la delegación de periodistas de medios llamados independientes alzó su voz de protesta porque los intereses a los que representan este gobierno es una amenaza a la libertad de expresión. El 01 de noviembre de 2011, la Secom ordenó la emisión de una cadena de televisión dónde se hicieron falsas imputaciones en contra del Director Ejecutivo de Fundamedios César Ricaurte y contra la organización, vinculándolos con personajes a quienes el gobierno acusó de estar relacionados con crímenes de Estado cometidos en el pasado y con tramas conspirativas en contra de este.

Los medios de comunicación del gobierno como: Ecuador TV, El Ciudadano, El Telégrafo, Agencia Andes y los incautados; Gama Tv y Tc Televisión también hicieron eco de estas acusaciones, con la publicación de al menos 107 notas periodísticas, entre octubre de 2011 y enero de 2014, algunas de las cuales fueron paralelas a las cadenas que ordenaba la Secom, por lo que era evidente el hostigamiento constante y de descalificación en nuestra contra, a esto se sumaron publicaciones y notas en los canales y periódicos del Estado que atacaron a Fundamedios, hechos que formaron parte de la campaña de descalificación emprendida por el gobierno en contra de la organización. En otra cadena emitida el 16 de noviembre de 2011, se acusó al director de Fundamedios, César Ricaurte, de no acatar los estatutos de la organización que preside, al supuestamente hacer política.

Paralelamente, las redes sociales también se activaron en noviembre de ese año como parte del hostigamiento en contra de la Organización. Simpatizantes del presidente Rafael Correa e incluso en el Twitter oficial del movimiento oficialista, Alianza País, publicaron frases, epítetos e insultos como: sinvergüenzas, lacras lastimeras, prostitutas travestis de la mafia gringa, doble discurso, defensores de sus intereses, asalariados farsantes y muchos otros.

Estas acciones continuaron incesantemente, en el 2012 además de cadenas y descalificaciones verbales, Fundamedios fue víctima de la promoción de una campaña en su contra a través de los medios estatales, e incluso por medio de los ministerios. El 10 de enero de ese año, el portal de noticias del gobierno El Ciudadano hizo eco de una campaña para desprestigiarnos, emprendida por grupos afines al Gobierno y promocionada a través de ministerios y otros organismos estatales.Dicha campaña fue promovida por la Secom; el Ministerio de Defensa Nacional y el Ministerio de Recursos Naturales no Renovables, los cuales, a través de las portadas de sus respectivas páginas web promovieron la iniciativa, como rechazo a la organización.

3 Corte Interamericana de Derechos Humanos. Ríos y Otros Vs. Venezuela. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia del 28 de enero de 2009. Serie C No. 194, párr. 143.

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Luego de un pronunciamiento por parte del Presidente de Estados Unidos por el Día Mundial de la Libertad de Prensa, la Cancillería emitió un comunicado en el cual se dijo que Fundamedios era parte de una campaña de descrédito con el Estado y sus instituciones. César Ricaurte, Director de Fundamedios, tampoco se vio exento de los ataques por parte de la Secom, que se ha referido a él como un político opositor, y de ser un informante de la embajada norteamericana, así como otras acusaciones y descalificaciones hacia su persona que han derivado en inmerecidos ataques, insultos y amenazas por parte de simpatizantes gobiernistas, a través de correos electrónicos y mensajes en las redes sociales.

El 15 de octubre de 2012, una cadena de radio ordenada por la Secom intentó desprestigiar la labor que cumple Fundamedios y afirmar que ciertos medios de comunicación incumplen con la ley laboral.  Esta cadena fue similar a otra de televisión difundida el 10 de octubre de ese año, justamente 24 horas después de que Fundamedios asistió a la audiencia en la Primera Sala de lo Civil de la Corte Provincial de Pichincha, para apelar la política pública dictada por el Presidente de prohibir a sus ministros dar entrevistas en ciertos medios de comunicación privados. En la cadena se sostuvo que Fundamedios tenía algún grado de responsabilidad en supuestos incumplimientos laborales de algunos medios de comunicación.

Entre mayo y junio de 2013, el diario El Telégrafo y la agencia Andes publicaron notas referentes al presupuesto que destinaba la agencia de cooperación estadounidense USAID para proyectos de fortalecimiento de la democracia en Ecuador, en donde se mencionó que Fundamedios como una de las organizaciones que recibía millones. Asimismo, el Presidente de la República Economista Rafael Correa Delgado, ha mencionado a Fundamedios en sus enlaces sabatinos, acusándola de ser “una Organización de mala fe, que miente, que hace política, que tiene gente de mentalidad enferma por defender la libertad de expresión de los ciudadanos por sobre la dignidad de los funcionarios”4; o que “Fundamedios no está para defender la libertad de expresión, sino para defender al gremio y todos sus abusos”5.

En el año 2014 Fundamedios, pasó al control administrativo de su principal agresor la Secom, la institución del Estado que ha diseñado, producido y ordenado la emisión de una gran operación propagandística en contra de muchos periodistas ecuatorianos y de las instituciones que la defienden. El 16 de enero de ese año se recibió un oficio firmado por el Coordinador General de Asesoría Jurídica de la Secretaría de Comunicación (Secom) notificando que nuestra organización, junto con tres gremios de empresas de comunicación, habían sido transferidas a su control, esa transferencia marcó un paso más en una política de hostigamiento, estigmatización y acoso, pues luego de aquello la Secom procedió a solicitar informes financieros y de auditoría desde la creación de la organización.

Cabe señalar que la Secom sustenta su pedido de entrega de informes financieros y auditorías en el Decreto 16, norma infraconstitucional que viola disposiciones 4 Enlace Ciudadano N. 2935 Enlace Ciudadano N. 317

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constitucionales y principios establecidos en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos. Este Decreto otorga amplias potestades al Presidente y sus funcionarios para intervenir, incluso físicamente, en una organización, o disolverla por causales tan subjetivas como la alteración de la paz pública. Al respecto, cabe recordar que hay por lo menos tres demandas de inconstitucionalidad en contra del Decreto 16 sin que la Corte Constitucional siquiera las haya admitido a trámite.

Posterior a todo lo manifestado, mediante oficio remitido el 24 de junio de 2015, la Secretaría Nacional de Comunicación (Secom) conminó a Fundamedios a cumplir con la normativa jurídica vigente y con las normas de su propio estatuto por considerar que la difusión de alertas, mensajes y ensayos evidencia posiciones de carácter netamente político y atentatorias al desarrollo social que consta como objetivo general de esta organización social. Por lo tanto, la Secom acusó a Fundamedios de que se ha desviado claramente de sus fines estatutarios. En dicho oficio se citan las causales de disolución establecidas en el Decreto Ejecutivo No. 16, y se amenaza a Fundamedios por erigirse como un actor político que busca generar suspicacias en la opinión pública sobre temas que no son de su competencia, se les ordenó cumplir con la prohibición de ejercer asuntos de carácter político, como expresamente lo dispone su estatuto vigente.

En el Decreto Ejecutivo No. 16, cuya constitucionalidad ha sido cuestionada por varias organizaciones de la sociedad civil, en su artículo 26 se señala como causales de disolución de una organización el desviarse de los fines y objetivos para los cuales fue constituida, el contravenir reiteradamente disposiciones emanadas por las autoridades competentes, dedicarse a actividades de política partidista, de injerencia en políticas públicas que atenten contra la seguridad interna o externa del Estado o, que afecten a la paz pública e incumplir las obligaciones previstas en la Constitución, la ley y el Reglamento, o por incurrir en las prohibiciones aquí establecidas.

El 8 de septiembre de 2015 la Secretaría de Comunicación (Secom) notificó a Fundamedios con la decisión de iniciar el proceso de disolución de la organización por divulgar y promover contenidos de los blogs de opinión independientes Estadodepropaganda.com y SentidoComunEcuador.com. Para la Secom, Fundamedios ha difundido mensajes, alertas y ensayos con indiscutibles tintes políticos que dejan clara la posición de esta organización social. A través de la Resolución No. 2015-SECOM-007 del 7 de septiembre, además de iniciar el proceso de disolución, la Secom le dio a la Organización un plazo de 10 días para que ejerza su defensa y presente las pruebas de cargo y descargo dentro del proceso administrativo iniciado.

En contra del proceso de disolución se pronunciaron relatores de Derechos Humanos, de la Organización de las Naciones Unidas y de la Organización de Estados Americanos, organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos, destacados académicos y periodistas de diferentes países y personas de diversas nacionalidades que firmaron la petición en defensa de la organización.

En vista de aquello, y ante el masivo respaldo internacional y nacional a Fundamedios, el 25 de septiembre de 2015 la Secom resolvió archivar el proceso de disolución bajo la última advertencia de que la organización respete su estatuto con la prohibición de

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ejercer asuntos de índole político y levantar alertas infundadas con la única finalidad de afectar el prestigio del Ecuador. Además, la Secom amenaza con iniciar acciones legales por el escrito de pedido de pruebas presentado por Fundamedios, a su juicio el escrito fue ofensivo e injurioso contra la autoridad pública y la institucionalidad del Estado y contiene frases y expresiones que denotan la animadversión hacia las instituciones estatales y sus servidores públicos.

Con la resolución 2015-SECOM-008 con la cual se archiva el proceso en contra de Fundamedios se ha ganado la causa de la democracia y los DDHH, queda de manifiesto que esta reversión de una decisión ya tomada para disolver Fundamedios es consecuencia de la enorme corriente de solidaridad y apoyo que se levantó a escala tanto local como internacional. Pese a que se desactivó la disolución de Fundamedios, la intimidación de la Secom en forma de última advertencia es lo suficientemente grave como para motivar un llamado a la comunidad internacional y a todos los ciudadanos comprometidos con la defensa de los Derechos Humanos y los valores democráticos para que estén alertas sobre las amenazas que subsisten sobre las organizaciones de la sociedad civil ecuatorianas, incluyendo Fundamedios, a través de la vigencia de los decretos ejecutivos 16 y 739 que son contrarios a los estándares internacionales de garantía de la libertad de asociación.

En el presente caso además, queremos advertir que existe un estado de constante acoso a través de la treintena de medios que maneja el Secretario de Comunicación, quien ha reconocido de forma pública su animadversión en contra de la organización. La acción del Gobierno ecuatoriano es solo una más de los hechos con los cuales se obstaculiza el trabajo de monitoreo, denuncia y defensa de la libertad de prensa y de expresión en el Ecuador que realiza la organización. El Ministerio de Inclusión Económica y Social se ha negado a registrar la directiva y los ingresos de nuevos socios a la organización, violando claramente la Constitución, que garantiza el derecho humano fundamental a la libre asociación entre ciudadanos. Fundamedios rechaza las acusaciones sin fundamento y la clara amenaza del Gobierno, el fin que persigue es reivindicar su trabajo de monitoreo, defensa y promoción de la libertad de expresión, que sea legítimo, legal y necesario para el país.

2. Autoridades responsables de la violación de derechos Las Autoridades responsables de la violación de derechos en el presente caso son:

El Presidente Constitucional del Ecuador, Economista Rafael Correa Delgado.

La Secretaría Nacional de Comunicación (Secom), representada por su Secretario Dr. Fernando Alvarado Espinel.

3. Análisis Jurídico

3.1 Competencia

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El Estado de Ecuador ratificó la Convención Americana sobre Derechos Humanos en adelante la CADH, el 28 de diciembre de 1977, siendo los hechos posteriores a la ratificación, que ocurrieron en territorio de Ecuador y constituyen violaciones a sus derechos humanos reconocidos en la CADH.

Es importante mencionar que si bien César Ricaurte comparece representando a la Fundación Andina para la Observación y Estudio de Medios (FUNDAMEDIOS), es importante resaltar que la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido que, pese a que las personas jurídicas no son protegidas bajo la CADH, no significa que no exista la posibilidad de que los individuos puedan acudir ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos para exigir sus derechos fundamentales, aun cuando estén cubiertos por una ficción jurídica, ya que los derechos y las obligaciones atribuidos a las personas morales se resuelven en derechos y obligaciones de las personas físicas que las constituyen o que actúan en su nombre o representación. Por tanto, la CIDH es competente en razón del tiempo, del lugar, de la persona y de la materia para conocer la presente petición.

3.2 Admisibilidad

3.2.1 Agotamiento de recursos internos

Fundamedios, junto con otras organizaciones de la sociedad civil, que trabajan en la protección de los derechos fundamentales de libertad y prensa, han presentado varias denuncias sobre el deterioro de estos derechos en el Ecuador, pues se generó una situación de gravedad que necesita atención inmediata, evidencia de aquello son las estadísticas de la Red de Monitoreo de Amenazas a la Libertad de Expresión y de Prensa de Fundamedios, en donde los funcionarios públicos son los mayores agresores y donde el Presidente de la República es quien más ha incurrido en esos ataques, lo que ha dado como resultado un abusivo poder del Estado, decisiones fiscales y judiciales arbitrarias.

Ecuador vive un clima de hostilidad en donde la autocensura ya no es exclusiva de periodistas y comunicadores, pues ha pasado al ámbito ciudadano, por lo que muchos ecuatorianos ante aquellos han preferido abstenerse de emitir sus opiniones. Las acciones judiciales por desacato, injurias y calumnias, las agresiones verbales y los impedimentos de cobertura a periodistas, se reportaron como los ataques más frecuentes.

Estas acciones son producto del continuo hostigamiento del Presidente de la República en sus sabatinas, en las que insta a los ciudadanos a iniciar acciones legales contra los medios, además de que estos hechos evidencian la aparente injerencia del poder ejecutivo sobre el poder judicial, que ha resuelto con rapidez las denuncias promovidas por miembros del poder del Estado.

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Fundamedios junto con la Clínica Jurídica de la Universidad San Francisco de Quito, presentaron el 25 de mayo de 2011una acción de inconstitucionalidad de las normas que tipifican penalmente al desacato y otros delitos, por contrariar normas expresas de la Constitución vigente y de los Tratados Internacionales de los que el país es signatario. Sin embargo, la Corte Constitucional violando disposiciones de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional que concede 15 días para iniciar un proceso, admitiendo a trámite la acción, hasta el momento no se ha pronunciado sobre la acción presentada.

Esto ha provocado que la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos emita un comunicado en el que manifiesta su preocupación por la existencia de normas penales de desacato contra quienes expresan críticas contra dignatarios públicos en Ecuador. Estas normas resultan contrarias a los estándares interamericanos referentes a la libertad de expresión.

Fundamedios se ha manifestado en varias ocasiones manifestando el riesgo del texto normativo contra la libertad de expresión en el Ecuador al establecer censura previa y discrecionalidad a un consejo de mayor gubernamental, que bien podría prohibir contenidos y sancionar a quienes los emitan a través de los medios de comunicación.

Por lo expuesto, la CADH establece en su artículo 46(1.a.) que: “Para que una petición o comunicación presentada conforme a los artículos 44 o 45 sea admitida por la Comisión, se requerirá: que se hayan interpuesto y agotado los recursos de jurisdicción interna, conforme a los principios del Derecho Internacional generalmente reconocidos”. Al respecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en adelante la Corte IDH o la Corte ha señalado que los recursos que se deben agotar son aquellos disponibles, idóneos y efectivos, como resultado de las excepciones contempladas en el art. 46.2 de la CADH.2.

Un recurso es disponible, cuando existe dentro de la normativa del Estado y además, esa normativa no establece limitaciones excesivas al acceso a ese recurso, como limitaciones físicas, económicas o jurídicas.

Un recurso adecuado, según lo ha definido la jurisprudencia de la Corte, es aquel que, dentro del sistema de derecho interno, es idóneo para proteger la situación jurídica infringida; mientras que, para ser eficaz, el recurso tiene que ser capaz de producir el resultado para el que ha sido concebido.

En el presente caso, el principal organismo del Estado que genera la violación de los derechos humanos es la Secretaría Nacional de Comunicación (Secom), junto con el Representante del Poder Ejecutivo, el Presidente de la República del Ecuador, Economista Rafael Correa Delgado. Por lo que, del análisis de la normativa ecuatoriana, no existe un recurso ordinario o extraordinario que pueda tutelar los derechos alegados como violados en el contexto de este caso concreto.

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Por lo dicho anteriormente, y al no existir un recurso disponible en el Estado para tratar la situación jurídica infringida, el presente caso se encuentra dentro de las causales de excepción al previo agotamiento de recursos internos y debe ser admitido por la CIDH.

3.2.2 Plazos de presentación

Según lo dispone el artículo 46 numeral 2, literales b y c de la CADH, y pese a las múltiples denuncias que han sido presentadas ante los diferentes organismos gubernamentales, no se ha permitido a Fundamedios hacer uso de los recursos que existen en la jurisdicción interna del Ecuador para hacer cumplir y respetar sus derechos, por tanto a pesar de que los requerimientos se encuentran presentados y a la lucha por obtener resultados favorables con las denuncias y peticiones realizadas, existe un retardo injustificado para adoptar las decisiones correspondientes, por lo que no se puede cumplir con el tiempo estipulado en el numeral 1, literal b de la CADH.

3.2.3 Otros requisitos de forma

Según lo que establece el artículo 46.1.c de la CADH, la presente petición no se encuentra pendiente de otro procedimiento de arreglo internacional y, de acuerdo al artículo 46.1.d de la CADH, contiene todos los datos de identificación necesarios de los peticionarios.

4. Derechos violados

4.1 Violación del derecho a la Libertad de Pensamiento y Expresión (Artículo 13)

La Constitución ecuatoriana vigente establece en su artículo 66, numeral 6, el derecho a opinar y expresar su pensamiento libremente y en todas sus formas y manifestaciones.

Así mismo, el artículo 17 de la Ley Orgánica de Comunicación establece que todas las personas tienen derecho a expresarse y opinar libremente de cualquier forma y por cualquier medio, y serán responsables por sus expresiones de acuerdo a la ley.

Por lo que se concluye que en el Ecuador este derecho se encuentra reconocido plenamente para todas las personas sin distinción, de conformidad con el artículo 11 numeral 2 de la Constitución.

El contexto actual para el ejercicio de la libertad de expresión es complejo, pues, además del clima hostil que se vive desde hace varios años -en donde se agrede e insulta a periodistas, producto de una estigmatización al trabajo de los comunicadores desde las más altas esferas del poder- hay que sumar el hecho de que cada vez se limita más el contenido noticioso y de opinión en los medios independientes y hasta en internet, en donde los blogs y las redes sociales se han convertido en el nuevo blanco favorito para la censura.

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4.2 Violación del derecho a la Libertad de Asociación (Artículo 16)

De la misma manera, la Constitución del Ecuador en su artículo 66, numeral 13 reconoce a todas las personas el derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria, de lo que se concluye que todos podemos asociarnos libremente y de cualquier manera, siempre que se persiga un fin lícito que no afecte derechos de terceros ni que genere violación a los derechos de otras personas u organizaciones, como lo ha hecho Fundamedios.

Los derechos enunciados se encuentran reconocidos a su vez en varios artículos de la Constitución Ecuatoriana, así tenemos que en su artículo 39, inciso 2 que el Estado reconocerá a las jóvenes y los jóvenes como actores estratégicos del desarrollo del país, y les garantizará la educación, salud, vivienda, recreación, deporte, tiempo libre, libertad de expresión y asociación.

De la misma manera que el artículo 45, inciso 3 manifiesta que se garantizará a los niños, niñas y adolescentes su libertad de expresión y asociación, el funcionamiento libre de los consejos estudiantiles y demás formas asociativas.

Dentro de lo que tiene que ver con la comunicación social, la Constitución señala en su artículo 384 que el Estado asegurará el ejercicio de los derechos de la comunicación, la información y la libertad de expresión, y fortalecerá la participación ciudadana.

Como se puede observar el derecho a la libertad de expresión y de asociación se encuentra ampliamente reconocido en la jurisdicción interna, lo que quiere decir que todos pueden emitir con libertad su pensamiento, expresarse sin restricciones y en el caso que nos ocupa asociarse libremente, pues como bien lo hemos dicho desde nuestros inicios el trabajo de Fundamedios se centra en apoyar a los medios de comunicación cuando hayan amenazas a la libertad de expresión y asociación pero a través de un trabajo reflexivo que no implica violación a los derechos de las personas, si no que más bien busca un impulso para que la voz de las mayorías sea escuchada, y que los mismo puedan libremente manifestar sus ideas y pensamientos que comprometan al país a actuar con diligencia en beneficio de los ciudadanos.

4.3 La Fundación Andina para la Observación y Estudio de Medios (FUNDAMEDIOS)

La Constitución Ecuatoriana en su artículo 384 abre las puertas a la conformación del Sistema Nacional de Comunicación Social, el mismo que se halla conformado por las instituciones y actores de carácter público, las políticas y la normativa; y los actores privados, ciudadanos y comunitarios que se integren voluntariamente a él.

De acuerdo a este contexto es que Fundamedios se ha organizado como una entidad que se acoge a la política pública de comunicación, con respeto irrestricto de la libertad de expresión y de los derechos de la comunicación que como lo dice el mencionado artículo consagra la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos.

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El 9 de septiembre de 2015, la Secretaría de Comunicación Secom ratificó su decisión de disolver a Fundamedios después a través de un oficio y un comunicado, negara, en el primer caso, un pedido de reformas el estatuto de la Organización planteado el pasado 19 de agosto y, en el segundo, afirmara que está legalmente imposibilitada de pronunciarse sobre el proceso administrativo, pero pese a ello, insistiera en que Fundamedios violó sus propios estatutos.

Las autoridades han decidido la disolución de la organización, sin base alguna, violando de manera directa la libertad de asociación consagrada en el artículo 16 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que dice que “todas las personas tienen derecho a asociarse libremente con fines ideológicos, religiosos, políticos, económicos, laborales, sociales, culturales, deportivos o de cualquiera otra índole.

El 20 de octubre de 2015, la Secretaría de Comunicación (SECOM) negó a Fundamedios el derecho constitucional de asociarse para defender la libertad de expresión al no dar paso al registro de una reforma de estatuto, cuyo objetivo central es la defensa de este derecho humano fundamental. El argumento dado por la Secom, fue el de que no es procedente que una organización sin fines de lucro pretenda atribuirse facultades jurídicamente atribuidas a la administración pública.

El oficio remitido por la Secom dice lo siguiente: “Conforme el artículo 11 número 9 de la Carta Fundamental, el más alto poder del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitución, en consecuencia, resulta inadecuado e incongruente que una  persona jurídica de derecho privado pretenda a través de reformas estatutarias internas atribuirse la calidad de defensora o protectora de los derechos fundamentales cuando la norma suprema claramente establece que tal obligación le corresponde al Estado ecuatoriano. Asimismo, la Constitución de la República, en el artículo 99, determina categóricamente que la acción ciudadana será presentada ante autoridad competente de acuerdo con la ley y se ejercerá en forma individual o en representación de la colectividad, cuando se produzca la violación de un derecho o la amenaza de su afectación. Es decir, existen mecanismos establecidos constitucionalmente para la defensa de derechos fundamentales como la libertad de expresión y asociación. Por tanto, no es procedente que una organización sin fines de lucro pretenda atribuirse facultades jurídicamente atribuidas a la administración pública”.

El oficio, firmado por el director de asesoría legal, Christian Hernández, culmina con el pedido a Fundamedios de que adecúe su objetivo general a las normas señaladas y da 20 días para responder. Esta acción ocurre después de que la Secom resolviera el 25 de septiembre de este año archivar el proceso de disolución de Fundamedios por supuestamente incumplir con sus propios estatutos, una vez más un claro ejemplo de que a Fundamedios se le está violando los derechos a la libertad de expresión y asociación.

Cabe recalcar que no solo esta organización se ha visto afectada por la violación a los derechos enunciados, pues a su vez Fundamedios ha contabilizado en lo que va del año

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2015, 279 agresiones contra la libertad de expresión, de un total de 1310 desde nuestros registros en 2008. Con ello, 2015 se convierte en el año más violento para el ejercicio del periodismo y la protesta social, pues, solo en estos meses se han superado con creces las agresiones registradas en 2014, que cerró con 254 casos.

Hay hechos graves que evidencian el deterioro de las libertades en el Ecuador que muestran el temor y la auto censura que existe dentro de las redacciones, pero además, el hecho de que medios de comunicación escrita hayan tenido que ceder portadas y páginas enteras para publicar réplicas, pero a la par, se hayan en resistencia para denunciar los abusos de la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom) cuya más reciente sanción se dio por no replicar un anuncio pagado a pedido de esa misma entidad, poniendo en duda la verdadera utilidad de la Ley de Comunicación y de manifiesto la cuestionada independencia de esa entidad reguladora, al estar actuando como juez y parte.

De acuerdo a esto se prevé que las agresiones se dupliquen, que las cadenas e insultos descalificatorios continúen y que el Estado, el principal responsable de garantizar el cumplimiento de los derechos humanos fundamentales se haga el de oídos sordos y siga siendo el principal agresor, como lo ha venido siendo en los últimos ocho años.

5. Petición

Por todo lo expuesto, solicitamos que la Honorable Comisión Interamericana:

1. Declare que el Estado de la República del Ecuador violó los derechos de FUNDAMEDIOS, reconocidos en los artículos 13 y 16 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

2. Recomendar la reparación en forma integral a las víctimas.

6. Representación y Notificaciones

Autorizamos al Dr. José Endara y a los abogados de la Fundación Andina para la Observación y Estudio de Medios, para que, de forma individual o en conjunto presenten cualquier escrito o realicen cualquier acción tendiente a la protección y tutela de nuestros derechos.

Notificaciones que nos correspondan las recibiremos en las en la ciudad de Quito, en las Calles de la República 476 y Martín Carrión y al correo electrónico: fundamedios@asociación.org.

Atentamente:

César Ricaurte

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Director de la Fundación Andina para la Observación y Estudio de MediosFUNDAMEDIOS