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DEFENSA NACIONAL, DESASTRES NATURALES Y EDUCACIÓN AMBIENTAL UNIVERSIDAD PARTICULAR “ALAS PERUANAS” ESCUELA DE FORMACION PROFESIONAL INGENIERIA CIVIL DOCENTE : GAMANIEL INTEGRANTES: ARAUJO GUTIERREZ, MARYORI BAUTISTA ANCCO, LUCERO CUMPA BAUTISTA, SHEYLA TERRONES VALDIVIA, THOMAS DOCENTE : GAMANIEL ORTIZ

Constitucion y Defensa Nacional

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DEFENSA NACIONAL, DESASTRES NATURALES Y EDUCACIÓN AMBIENTAL

UNIVERSIDAD PARTICULAR “ALAS PERUANAS”ESCUELA DE FORMACION PROFESIONAL

INGENIERIA CIVIL

DOCENTE : GAMANIEL INTEGRANTES:ARAUJO GUTIERREZ, MARYORIBAUTISTA ANCCO, LUCERO CUMPA BAUTISTA, SHEYLATERRONES VALDIVIA, THOMAS

DOCENTE : GAMANIEL ORTIZ

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CONSTITUCIÓN

La Constitución es el conjunto de normas jurídicas que determinan el ordenamiento jurídico de un Estado, especialmente, la organización de los poderes públicos y sus competencias, los fundamentos de la vida económica y social, los deberes y derechos de los ciudadanos.

La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado (legislativo, ejecutivo y judicial) y de éstos con sus ciudadanos, estableciendo así las bases para su gobierno y para la organización de las instituciones en que tales poderes se asientan.

Este documento busca garantizar al pueblo sus derechos y libertades.

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LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ

La Constitución Política del Perú es la Carta Magna sobre la cual reposan los pilares del Derecho, la justicia y las normas del país. Esta controla, regula y defiende los derechos y libertades de los peruanos; organiza los poderes e instituciones políticas.

Fue redactada por el Congreso Constituyente Democrático. Fue aprobada mediante el referéndum de 1993, durante el gobierno de Alberto Fujimori.

Desde su establecimiento como República, el Perú ha tenido 12 Constituciones. La Constitución prima sobre toda ley sus normas son inviolables y de cumplimiento obligatorio para todos los peruanos.

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JERARQUÍA DE LEYES

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LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES

Las Garantías Constitucionales son acciones que tienen por objeto reponer las cosas al Estado anterior a la violación o amenaza de violación de un derecho constitucional.

Las acciones garantías proceden en los casos en que se violen o amenacen los derechos constitucionales. Las garantías constitucionales que hace referencia nuestra Carta Magna (Art. Nº 200), son:

1. Hábeas Corpus2. Acción de Amparo3. Acción de Hábeas Data4. Acción de Inconstitucionalidad5. Acción Popular6. Acción de Cumplimiento.

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1. HABEAS CORPUS

Procede ante un hecho u omisión por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona que vulnera o amenaza la libertad individual o los derechos constitucionales conexos.

Procede la garantía constitucional cuando se vulnera o amenaza los siguientes derechos:

Guardar reserva sobre sus convicciones políticas, religiosas, filosóficas o de cualquier otra índole.

De la libertad de conciencia y de creencia. El de no ser violentado para obtener

declaraciones.

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2. ACCIÓN DE AMPARO

Procede contra el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza los demás derechos reconocidos por la Constitución, con excepción de los señalados en el inciso siguiente. No procede contra normas legales ni contra Resoluciones Judiciales emanadas de procedimiento regular.

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3. ACCIÓN DE HÁBEAS DATA

La Acción de Hábeas Data, que procede contra el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza los derechos a que se refiere el Artículo 2º, incisos 5 y 6 de la Constitución.

Inciso 5: "A solicitar sin expresión de causa la información que refiere y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional".

Inciso 6: "A que los servicios informáticos, computarizados o no, públicos y privados no suministren informaciones que afectan la intimidad personal y familiar".

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4. LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD Mediante el procedimiento de Declaración de Inconstitucionalidad, el Tribunal

garantiza la primacía de la Constitución; declara son constitucionales o no, por la forma o por el fondo las siguientes normas que sean impugnadas:

Las leyes Los Decretos Legislativos Los Decretos de Urgencia Los Tratados Internacionales que hayan requerido o no la aprobación del

Congreso conforme a los Artículos 56 y 57 de la Constitución. Los Reglamentos del Congreso. Las normas regionales de carácter general. Las ordenanzas municipales. Están facultados para interponer acción de inconstitucionalidad: El Presidente de la República El Fiscal de la Nación El Defensor del Pueblo El 25% del número legal de Congresistas. Cinco mil ciudadanos con firmas comprobadas por el JNE. Los Presidentes de Región con acuerdo del Consejo de Coordinación regional o

alcaldes provinciales con acuerdo de su Consejo, en materias de su competencia.

Los Colegios Profesionales en materia de su especialidad.

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5. LA ACCIÓN POPULAR:

Procede ante el Poder Judicial por infracción de la Constitución o la Ley, contra los reglamentos y normas administrativas y contra las resoluciones y decretos de carácter general que expide el Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales y locales y demás personas de derecho público.

El proceso de acción popular tiene por finalidad el control jurisdiccional de la constitucionalidad.

Pueden interponer demanda de acción popular: Los Ciudadanos peruanos en ejercicio pleno de sus

derechos. Los ciudadanos extranjeros residentes en el Perú. Las personas jurídicas constituidas o establecidas

en el Perú a través de sus representantes legales. El Ministerio Público.

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6. LA ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO

Procede contra el funcionario renuente a acatar una norma legal o un acto administrativo.

Esta garantía se deberá entender directamente con el funcionario o entidad encargada del cumplimiento que se solicita. Si ella no fuera conocida o no hubiere certeza de la misma, se deberá entender con su superior jerárquico.

Una ley orgánica regula el ejercicio de estas garantías y los efectos de la declaración de inconstitucionalidad o ilegalidad de las normas.

El ejercicio de las acciones de hábeas corpus y de amparo no se suspende durante la vigencia de los regímenes de excepción a que se refiere el artículo 137º de la Constitución.

Cuando se interponen acciones de esta naturaleza en relación con derechos restringidos o suspendidos, el órgano jurisdiccional competente examina la razonabilidad y la proporcionalidad del acto restrictivo. No corresponde al juez cuestionar la declaración del estado de emergencia ni de sitio.

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EL SISTEMA DE DEFENSA CIVIL

El Sistema de Defensa Civil fue creado por D.L. 19338 del 28 de Marzo de 1972 y reglamentado por D.S. 017-72/IN, del 25 de julio de 1972, como parte integrante de la Defensa Nacional y con la finalidad de proteger a la población, previniendo daños, proporcionando ayuda oportuna y adecuada y asegurando la rehabilitación.

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SISTEMA DE DEFENSA NACIONAL

Es el conjunto interrelacionado de Órganos del Estado, con la finalidad de garantizar la Seguridad Integral de la Nación. Se sustenta en una Doctrina, y su estructura, composición y funciones es regulada por la Ley.

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OBJETIVOS DE LA DEFENSA NACIONAL.

 Los objetivos de la Defensa nacional son resultados por alcanzar en plazos determinados de acuerdo a la naturaleza de las amenazas, conflictos y catástrofes, a fin de garantizar la Seguridad de la Nación y contribuir al logro de los Objetivos Nacionales.

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FINALIDAD DE LA DEFENSA NACIONAL

La Defensa Nacional tiene por finalidad garantizar a la Seguridad Nacional que comprende :

Mantener la inviolabilidad de la soberanía e independencia del país con el ejercicio absoluto de su libertad de acción, así como la integridad de su patrimonio material y espiritual, en los ámbitos internos y externos.

Vencer las resistencias que otros Estados opongan a la consecución de sus objetivos Nacionales, e impedir que dichos Estados logren objetivos que resulten perjudiciales para nuestro país.

Hacer frente a los desastres o siniestros causados por fenómenos de la naturaleza, así como los efectos de la conflagración bélica interna o externa, y a cualquier otra causa que afecte significativamente a la población nacional.

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CAMPOS DE LA DEFENSA NACIONAL

  Los Campos de la Defensa Nacional son áreas

conceptualmente diferenciadas y delimitadas en forma convencional, de naturaleza política, económica, psicosocial y militar, en las que se adoptan decisiones y desarrollan acciones en forma permanente en los ámbitos interno y externo.

En el ámbito de cada Campo se agrupan aquellos elementos operativos encargados de ejecutar acciones específicas y afines, sujetos a normas y técnicas particulares. La acción de éstos elementos se relacionan completamente e integran entre sí para reflejar el accionar particular de cada Campo.

 

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CAMPOS DE LA DEFENSA NACIONAL Campo Político de la Defensa Nacional : Se adoptan decisiones y desarrollan

acciones de carácter político, administrativo y legales para satisfacer los requerimientos de la Defensa Nacional.

  Campo Económico de la Defensa Nacional : Comprende las decisiones,

previsiones y acciones de naturaleza económica, financiera y productiva del país que sustentan el Poder y el Potencial Nacional en beneficio del Desarrollo y de la Seguridad de la Nación.

Campo Psicosocial de la Defensa Nacional : Está conformado por la colectividad nacional en sus diferentes estratos; y por la influencia en el bienestar, el espíritu y la voluntad nacional, de acuerdo a grado de satisfacción de las necesidades, así como por los medios de comunicación social.

Campo Militar de la Defensa Nacional : Comprendido por las Fuerzas Armadas del país, las que mediante el Planeamiento Estratégico, Operativo y Administrativo satisfacen los requerimientos de la Guerra derivados de las Hipótesis de Guerra y Subversión. Forma parte de este Campo la Policía Nacional, para los efectos del mantenimiento del Orden Público y tareas relacionadas contra la Subversión, a órdenes del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.

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COMPONENTES DEL SISTEMA DE DEFENSA NACIONAL

 El Sistema de Defensa Nacional es presidido por el Presidente de la República y está integrado compuesto por :

1. El Comando Unificado de Pacificación. es el órgano encargado de asegurar la participación de todos los sectores de la ciudadanía en las actividades de Pacificación Nacional en el Frente Interno, ante el accionar de la subversión terrorista y trafico ilícito de drogas. 

2. El Consejo de Defensa Nacional. es el más alto órgano de decisión del Sistema de Defensa Nacional, que bajo la jefatura del Presidente de la República, establece la política que orienta la conducción de la Defensa Nacional. Mantiene relaciones permanentes con los Organismos integrantes del Sistema de Defensa a través de la Secretaría de Defensa Nacional.

3. El Consejo Nacional de Inteligencia. proporciona al Presidente de la República y a los principales Organismos del Sistema de Defensa Nacional la Inteligencia requerida para el planeamiento y ejecución de la Defensa Nacional. Se rige por su Ley y Reglamentos respectivos.

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DEFENSA

SEGURIDAD

INTERNA EXTERNA

INTERNA EXTERNA

POLÍTICA

INTERESES NACIONALES

OBJETIVOS NACIONALES

· ORDEN INTERNO· DEFENSA INTERIOR DEL TERRITORIO· DEFENSA CIVIL· DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA POBLACION

CONTROVERSIAS AGRESIONES

CONFLICTO

- INTEGRIDAD TERRITORIAL

- SOBERANIA

- INDEPENDENCIA

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COMPONENTES DEL SISTEMA DE DEFENSA NACIONAL

1. El jefe del Consejo Nacional de Inteligencia es su máxima autoridad encargado de dirigirlo y representarlo. Es designado por el Presidente de la República mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

2. El Ministerio de Defensa. es el organismo representativo de las Fuerzas Armadas donde se ejerce principalmente la política de Estado para la defensa integral del país.

3. El Sistema Nacional de Defensa Civil. le corresponde proteger a la población, previendo daños, proporcionando ayuda oportuna y adecuada y asegurando su rehabilitación en caso de desastre o calamidad de toda índole, cualquiera sea su origen de acuerdo con la política y planes de Defensa Nacional. El jefe del Sistema de Defensa Civil depende directamente del Presidente del Consejo de Defensa Nacional.

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COMPONENTES DEL SISTEMA DE DEFENSA NACIONAL

1. La Secretaría de Defensa Nacional . Es el Organismo encargado de la cooperación, adopción y planeamiento integral de la Defensa Nacional, y de la coordinación, supervisión y orientación en la ejecución de acciones en los Campos de Acción No Militares, así como la en la formulación y difusión de la Doctrina de Seguridad y Defensa Nacional. Constituye un Pliego Presupuestal autónomo dentro del Sector de la Presidencia del Consejo de Ministros.

2. Ministerios, Organismos Públicos y sus correspondientes Oficinas de Defensa Nacional. Los Ministerios y Organismo Públicos planean, programan y ejecutan acciones de Defensa Nacional en sus específicas responsabilidades. Para el cumplimiento de sus funciones cuentan con Oficinas de Defensa Nacional que dependen de las más alta autoridad de su entidad.

3. Las Oficinas de Defensa Nacional constituyen órganos desconcentrados de la Secretaría de Defensa Nacional.

4. El Ministerio de Interior pondrá a órdenes del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas los elementos orgánicos de la Policía Nacional de Perú, necesarios para la erradicación de la subversión terrorista y el tráfico ilícito de drogas de conformidad del artículo 275 de la Constitución Política y la Ley Nro. 25327, así como para las tareas de Pacificación Nacional y Defensa de los Derechos Humano

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PLAN ESTRATEGICO DE DESARROLLO NACIONAL

• El Plan Estratégico de Desarrollo Nacional es un instrumento de gestión que contiene la Visión concertada de desarrollo, los lineamientos de política, las prioridades, los objetivos, las metas y la definición de las acciones de orden estratégico para el desarrollo armónico y sostenido del país (DL 1088 inc. 6 Art 10)

• El PEDN propone de manera concertada los objetivos generales y específicos, indicadores para avanzar hacia las metas fijadas ý plantea programas estratégicos. Una vez actualizado, se avanzará decisivamente en la implementación del Sistema Nacional de planeamiento Estratégico. Promueve la excelencia en gobernabilidad y transparencia en la ejecución de políticas gubernamentales.

• Así se articularán los instrumentos financieros y programas al Plan para que los programas presupuestales y estratégicos empiecen a ser provistos en el presupuesto presupuesto general de la República. Luego las entidades entidades diseñarán diseñarán sus planes de acuerdo a los objetivos nacionales.

• La planificación contemporánea está pensada como la articulación en redes de propósitos y metas que vayan recogiendo y concertando iniciativas públicas y privadas. El Plan se concibe como un instrumento orientador, flexible, abierto,permanente, que se enriquece en la dinámica social y económica del país.

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MEGA TENDENCIAS(DESCRIPCIÓN , ANÁLISIS E IMPACTOS) CONSIDERADAS EL PEDN

La globalización y la crisis económica internacional

La democracia global Formación de bloques regionales Las telecomunicaciones y la

masificación del uso del internet El surgimiento de nuevas

potencias económicas La cuenca del pacífico, nuevo eje

del comercio mundial El envejecimiento demográfico y

la migración internacional El envejecimiento demográfico y la migración internacional

Cambios en la demografía, la familia y en el empleo

Crecimiento de mega ciudades Cambio climático(agua, energía y

salud) La preocupación por el ambiente Preferencia por los productos

naturales Preferencia por los productos naturales

Sociedad del conocimiento (El desarrollo biotecnológico y la ingeniería genética, el

desarrollo de la nanotecnología y la robótica, competencia por talentos, entre otros)

Narcotráfico delincuencia Narcotráfico, delincuencia organizada

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NUEVOS EJES ESTRATÉGICOS 1. Dignidad de las personas y pleno ejercicio de los derechos humanos 2. Inclusión efectiva y reducción de las desigualdades 3. Estado, gobernabilidad, seguridad y paz social 4. Economía, competitividad y empleo 5. Desarrollo regional e infraestructura 6. Recursos naturales y medio ambiente 7. Ciencia, Tecnología e Innovación 8. Integración andina y Latinoamericana e inserción soberana al mundo