Julio Fierro Morales - Foro RECLAME

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Presentación del geólogo Julio Fierro Morales en el Foro "Minería en Colombia: locomotora fuera de control", realizado en la Universidad Nacional de Colombia el 8 de abril de 2011, en el marco del II Encuentro Nacional de la Red Frente a la Gran Minería, RECLAME.

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Tomado de Mining Large Slopes. Tony MeyersInternational Society for Rock Mechanics, 2010.

La megaminería

El Código de Minas (Ley 685 de 2001)

El Artículo 13 declara de utilidad pública e interés social la industria minera en todas sus ramas y fases. Por tanto pueden decretarse expropiaciones de bienes “que sean necesarios para su ejercicio y eficiente desarrollo”. Esta misma declaratoria permite que para la actividad minera se pueda solicitar el cambio de uso de suelo (Sustracción) de las Reservas Forestales de Ley 2ª de 1959 (que ocupan cerca del 50% del país).

En lo ambiental, en el Artículo 34 prohíbe la minería, mediante la figura de “zonas excluibles”, en los Parques Nacionales Naturales y en los de carácter Regional. También declara excluibles las Reservas Forestales, pero permite en ellas el proceso de sustracción, en un cantinflesco prohíbo pero puedo permitir. MODIFICADO POR EL ARTÍCULO 3º DE LA LEY 1382 DE 2010: Adiciona páramos, reservas forestales protectoras y humedales Ramsar a las zonas excluibles.

El Código de Minas (Ley 685 de 2001)

El artículo 37 le quita a las autoridades municipales la posibilidad de prohibir la minería en los territorios de su jurisdicción.

No fue explícito en prohibir minería en páramos, pero si en en permitir la explotación en cauces y riberas de corrientes de agua, pero solamente “hasta cinco mil (5.000) hectáreas” (Artículo 64)

También dejó la posibilidad (vía “zonas restringidas” establecidas en el artículo 35, de explotar en: • Cascos urbanos, • Construcciones rurales (incluyendo huertas, jardines y solares), • Zonas definidas como de especial interés arqueológico, histórico o cultural, • Playas, zonas de bajamar y en los trayectos fluviales servidos por empresas públicas ,• Áreas ocupadas por una obra pública o adscritas a un servicio público• Zonas constituidas como zonas mineras indígenas o de comunidades negrasSiempre y cuando se cuente con autorizaciones de autoridades competentes,

El Código de Minas (Ley 685 de 2001)

Artículo 124. Derecho de prelación de grupos indígenas. Las comunidades y grupos indígenas tendrán prelación para que la autoridad minera les otorgue concesión sobre los yacimientos y depósitos mineros ubicados en una zona minera indígena... EXEQUIBLE (Corte Constitucional mediante Sentencia C-891-02)

Artículo 127. Áreas indígenas restringidas. La autoridad indígena señalará, dentro de la zona minera indígena, los lugares que no pueden ser objeto de exploraciones o explotaciones mineras por tener especial significado cultural, social y económico para la comunidad … de acuerdo con sus creencias, usos y costumbres.EXEQUIBLE (Corte Constitucional mediante Sentencia C-891-02 en el entendido de que el señalamiento de que trata este artículo deberá hacerse a más tardar dentro del proceso de consulta establecido en el artículo 122 de esta ley, en términos de la sentencia C-418-02 de 2002")

Artículo 4º (Modifica Artículo 38. Ordenamiento Territorial)

Decreto 2201 de 2003

ARTÍCULO 1o. Los proyectos, obras o actividades … de utilidad pública e interés social … podrán ser adelantados por esta en todo el territorio nacional, de manera directa o indirecta a través de cualquier modalidad contractual, previa la expedición de la respectiva licencia o del correspondiente instrumento administrativo de manejo y control ambiental por parte de la autoridad ambiental correspondiente.

ARTÍCULO 2o. Los planes, planes básicos o esquemas de ordenamiento territorial de los municipios y distritos en ningún caso serán oponibles a la ejecución de proyectos, obras o actividades a los que se refiere el artículo primero del presente decreto.

Firmado por Ministros de Interior, Ambiente y Minas.

 Sentencia del Consejo de Estado, Sección Primera en Sentencia del 12 de agosto de 1999. Reitera que frente a derechos colectivos, como el derecho a un ambiente sano, no proceden los derechos adquiridos.

Sentencia C-293/02 de la Corte Constitucional. Declaró exequible el principio de precaución consagrado en el numeral 6 del artículo 1 de la Ley 99 de 1993. Hace clara alusión a la prevalencia del derecho colectivo al ambiente sano, frente a derechos de carácter particular y concreto como el derecho al trabajo, la libre empresa, la iniciativa privada y a los denominados derechos adquiridos.

Sentencia C-339/02

Artículo 35. Zonas restringidas de la minería.

… la restricción de la minería en el perímetro urbano de las ciudades y poblados se encuentra sujeta a las normas ambientales y de ordenamiento territorial vigentes, agregando una exclusión de la explotación y exploración minera en aquellas áreas donde las normas territoriales lo prohíban expresamente.  Para la Corte es obligatorio advertir que dentro del perímetro urbano de las ciudades o poblados, donde no estén prohibidas las actividades mineras, estas actividades sólo podrán efectuarse previo cumplimiento de las normas ambientales.

Conviene recabar que los proyectos, obras o actividades considerados por el legislador de utilidad pública (…) no pueden ser más que (…) las cuatro determinantes del reglamentado artículo 10, lo que significa que no gozan de la preeminencia prevista en este artículo 10 de la Ley 388, los proyectos, obras o actividades que no guarden relación o no se enmarquen en esas cuatro determinantes que en resumen son:

• (…) conservación y protección del ambiente, los recursos naturales y la prevención de amenazas y riesgos naturales, • (…) conservación, preservación y uso de las áreas e inmuebles consideradas como patrimonio cultural .... • El señalamiento y localización de las infraestructuras básicas relativas a la red vial nacional y regional, puertos y aeropuertos, sistemas de abastecimiento de agua, saneamiento y suministro de energía… y• Los componentes de ordenamiento territorial de los planes integrales de desarrollo metropolitano…

Fallo Consejo Estado (dieciocho (18) de marzo de dos mil diez (2010)DEMANDA DECRETO 2201 DE 2003

Esta corporación aclara que cuando se trate de planes de desarrollo o de inversión a gran escala, que tengan mayor impacto dentro del territorio de afrodescendientes e indígenas, es deber del Estado no sólo consultar a dichas comunidades, sino también obtener su consentimiento libre, informado y previo, según sus costumbres y tradiciones, dado que esas poblaciones, al ejecutarse planes e inversiones de exploración y explotación en su hábitat, pueden llegar a atravesar cambios sociales y económicos profundos, como la pérdida de sus tierras tradicionales, el desalojo, la migración, el agotamiento de recursos necesarios para la subsistencia física y cultural, la destrucción y contaminación del ambiente tradicional, entre otras consecuencias; por lo que en estos casos las decisiones de las comunidades pueden llegar a considerarse vinculantes, debido al grave nivel de afectación que les acarrea.

Sentencia T-769/09

Recomendaciones

a.No reducir más la tasa de impuesto corporativo y considerar la posible implementación de un sobrecargo en intercambio por nuevos acuerdos de estabilidad tributaria.

b.Negociar más acuerdos de doble tributación, especialmente con fuentes importantes de inversión minera.

c.Reducir los aportes obligatorios del empleador

d.Considerar incentivos tributarios adicionales para la industria, que consideren el alto nivel de inversión inicial y de gastos de capital para la industria minera.

e.Explorar la posibilidad de cambiar hacia regalías mineras basadas en las utilidades o reducir las tasas actuales de dichas regalías.

f.Continuar simplificando el pago de impuestos y las prácticas contables

g.Mercadear agresivamente el régimen tributario minero

Solicitudes en Zonas de Protección (Octubre 2008)

Fuentes de información:• Parques: UAESPNN• Reservas forestales: MAVDT• Páramos: Instituto Humboldt• Ramsar: MAVDT

Fuentes de información:• Parques: UAESPNN• Reservas forestales: MAVDT• Páramos: Instituto Humboldt• Ramsar: MAVDT• Títulos: Ingeominas (dic/10)

Fuentes de información:• Parques: UAESPNN• Reservas forestales: MAVDT• Páramos: Instituto Humboldt• Ramsar: MAVDT• Títulos y solicitudes: Ingeominas (dic/10)

Fuentes de información:• Parques: UAESPNN• Reservas forestales: MAVDT• Páramos: Instituto Humboldt• Ramsar: MAVDT• Títulos y solicitudes: Ingeominas (dic/10)• Mapa de tierras: ANH (nov/10)

CONFLICTO TÍTULOS CON ZONAS DE PROTECCIÓN (Oct. 2008)ZONA PROTEGIDA ÁREA (Ha) % de ZP afectado por títulos

Parque Nacional Natural (PNN) 10.421.513 Área de títulos en PNN 45.175 0,4 Número de títulos 44 Parque Nacional Regional (PNR) 51.497 Área de títulos en PNR 251 0,5 Número de títulos 5 Zona de reserva forestal protectora (ZRFp) 468.593 Área de títulos en ZRFp 22.103 4,7 Número de títulos 57 Zona de reserva forestal Ley 2 (ZRF2) 43.801.089 Área de títulos en ZRF2 1.017.790 2,3 Número de títulos 198 Páramos fuera de parques (PAR) 1.187.343 Área de títulos en PAR 108.972 9,5 Número de títulos 391 Humedales RAMSAR 711.334 Área de títulos en RAMSAR 26.320 3,7 Número de títulos en RAMSAR 79

Fuentes de información: MAVDT, 2008

Solicitudes en Zonas de Protección (Octubre 2008)

CONFLICTO SOLICITUDES CON ZONAS DE PROTECCIÓN (Oct. 2008)

ZONA DE PROTECCIÓN ÁREA (Ha) % AFECTADO POR SOLICIT.

PARQUE NACIONAL NATURAL (PNN) 10.421.513 ÁREA DE SOLICITUDES EN PNN 348.291 3,3 NÚMERO DE SOLICITUDES 490 PARQUE NACIONAL REGIONAL (PNR) 51.497 ÁREA DE SOLICITUDES EN PNR 17.359 33,7 NÚMERO DE SOLICITUDES 46 ZONA DE RESERVA FORESTAL PROTECTORA (ZRFP) 468.593 ÁREA DE SOLICITUDES EN ZRFP 264.140 56,4 NÚMERO DE SOLICITUDES 327 ZONA DE RESERVA FORESTAL LEY 2 (ZRF2) 43.801.089 ÁREA DE SOLICITUDES EN ZRF2 6.685.556 15,3 NÚMERO DE SOLICITUDES 4.225 PÁRAMOS FUERA DE ZONAS EXCLUIDAS (PAR) 1.187.343 ÁREA DE SOLICITUDES EN PAR 555.398 46,8 NÚMERO DE SOLICITUDES 1.181 HUMEDALES RAMSAR 711.334 ÁREA DE SOLICITUDES EN RAMSAR 326.549 45,9 NÚMERO DE SOLICITUDES EN RAMSAR 203

Fuentes de información: MAVDT, 2008

Minería ilegal: Río Pure (Amazonia colombiana)Fotografía UAESPNN, 2009

Minería ilegal: Río Pure (Amazonia colombiana)Fotografía UAESPNN, 2009

Minería ilegal: Río Pure (Amazonia colombiana)Fotografía UAESPNN, 2009

Minería ilegal: Cuenca del río San Juán (Chocó)Fotografía MAVDT, 2009

Minería ilegal: Cuenca del río San Juán (Chocó)Fotografía MAVDT, 2009

Minería ilegal: Cuenca del río San Juán (Chocó)Fotografía MAVDT, 2009

Minería ilegal: Río Dagua (Valle)Fotografía MAVDT, 2009

Minería ilegal: Río Dagua (Valle)Fotografía MAVDT, 2009

Ciénaga de Ayapel (Escobillas). Nov. 2007.Fotografía MAVDT, 2010

Paramo Boyacense

Ciénaga de Ayapel (Escobillas). Jun. 2010.Impactos ambientales por minería ilegal de oro: sedimentación, vertido de mercurio,

daño de ecosistemas terrestres y acuáticos, daño al paisaje.Además, vínculos de mineros con grupos armados al margen de la ley.

Fotografía MAVDT, 2010

Los países que más contaminan con mercurio en la minería de oro• China: 240 a 650 ton/año• Indonesia: 130 a 160 ton/año• Colombia: 50 a 100 ton/año• Brasil: 30 a 60 ton/año• Peru: 20 a 40 ton/año

Los niveles de Hg en minería de oro de Colombia son los más altos del mundo

En 3 años, 15 casos de transplantes de riñones en Remedios

Nivel normal de mercurio en el aire a nivel mundial: 2 a 10 ng/m³

Limite máximo de Hg permitido por la OMS para exposición humana = 1000 ng/m³

Monitoreo en Segovia– Calle 48 (en la calle): 1.000 – 1.500– Entable Guamo ( cerca a “cocos”): mayor a 80.000– Dentro de otro entable: 943.000– Calle Castillos cerca a colegio: mayor a 40.000– Calle frente a fundición: 3.000 – 5.000– En puerta de fundición: 20.000 – 30.000– Dentro de la fundición: 40.000– En la nariz del operador de la fundición: 60.000

Fuente: Onudi, Presentación Mercurio en la Mineria de Colombia, Marcello Veiga UNIDO/University of British Columbia. Medellin Diciembre de 2009

Minería en páramosMinería LEGAL: Paramo Boyacense (Pisba)

Autoridad ambiental: CorpoboyacáFotografía MAVDT, 2008

Minería LEGAL: Cerrejón (Guajira) – Empresas: BHP Billiton, Xstrata Coal y Anglo American – Autoridad ambiental: MAVDT

Fotografía MAVDT, 2006

Condiciones leoninas para el Estado (documentado por la Silla Vacía)

Desterritorialización de comunidades indígenas (poblados Wayuu y afrocolombianos)

Exenciones en impuesto de renta, en valores de combustibles, etc.)

Realidades de pobreza y condiciones de economía de enclave

Impactos ambientales irreversibles (documentada por el MAVDT)

Minería LEGAL: La Loma (Cesar) – Empresa Drummond - Autoridad ambiental: MAVDTFotografía MAVDT, 2007

Acusaciones de paramilitarismo y desplazamiento forzado

Realidades de pobreza (documentada por PNUD )

Evasión de pago de regalías (documentada por la Contraloría General de la Nación)

Impactos ambientales irreversibles (documentada por el MAVDT)

Impactos sobre la salud pública (documentada por la Secretaría de Salud de La Jagua)

Minería LEGAL: Cerromatoso (Córdoba) – Empresa BHP Billiton – Autoridad ambiental: MAVDT

Condiciones leoninas para el Estado (documentado por Contraloría General de la Republica)

Evasión de pagos (CM&)

Contaminación ambiental (CM&)

Exenciones en impuesto de renta, en valores de combustibles (por ¡POLÍTICA DE FRONTERAS!, etc.)

Realidades de pobreza y condiciones de economía de enclave

Taludes de Canteras

Minería LEGAL Inundaciones del río Tunjuelo en zona minera – Empresas: HOLCIM, CEMEX Y FUNDACIÓN

SAN ANTONIO (ARZOBISPADO DE BOGOTÁ) – Autoridad ambiental: MAVDT

Minería ILEGAL ESCUELA DE ARTILLERÍA

Impactos ambientales irreversibles (documentada por la SDA)

Riesgo sobre la infraestructura funcional de la ciudad

Regalías irrisorias (¿evasión, debilidad institucional en recaudo o política errada?)

Acusaciones de violencia (Corte Internacional de los Pueblos)

Deslizamientos de la zona minera del río Tunjuelo (CEMEX)(20 de mayo de 2009)

Barthlott et al. 1997Biodiversidad global: número de especies de plantas vasculares

Zona Área total Área titulada Oct 2010 %

Resguardos (MAVDT) 28.410.812 242.317 0,85

Negritudes (Acción Social) 5.231.883 277.865 2,22

MAPA DE TERRITORIOS DE COMUNIDADES ÉTNICAS

Y TÍTULOS MINEROS

MAPA DE TERRITORIOS DE COMUNIDADES ÉTNICAS

Y TÍTULOS Y SOLICITUDES MINERAS

TITULOS Y SOLICITUDES MINERAS EMPRESA MINERA

POLIGONOS MINEROS DE ANGLOGOLD ASHANTI

NUMERO AREA (Ha) PORCENTAJE DEL TERITORIO

COLOMBIANO

TITULOS 206 531.138,48 0,5%

SOLICITUDES 1774 4.516.297,32 4%

Minería y cambio climático

El posible clima sobre Colombia en el siglo XXI (2070-2100)

El calentamiento en el escenario A2 (pesimista) podría estar entre 2 y 4°C (color anaranjado) con relación a las temperaturas del período 1961-1990 en la mayor parte del territorio nacional, pero hay regiones en las que podría sobrepasar los 4°C.

B2 A2

Fuentes de información: IDEAM (2009)

Minería y cambio climático

Fuentes de información: IDEAM (2009)

Cambios de la precipitación en Colombia hacia el 2070-2100

Según los dos escenarios en las regiones interandina y Caribe se presentará reducción de la cantidad anual de lluvias; en el piedemonte oriental de la Cordillera Oriental y en la región Pacífica habría aumentos.

B2 A2

Emisiones de material particulado por encima de la norma anual de calidad del aire en zonas aledañas a la explotación minera y en cercanía de las vías utilizadas para

transportar el carbón (MAVDT, 2008)

Fuente: Secretaría de Salud de La Jagua (2007)

AGUA PARA LA POBLACIÓN: INDICE DE ESCASEZ EN CUENCAS ABASTECEDORASÍndice de escasez de agua para un año de humedad

normal (Modal)Índice de escasez de agua para un año de humedad

seco

(IDEAM 2000 -2001)

Captaciones acueducto con nacimiento en páramos con títulos mineros de oro.

Captaciones acueducto con nacimiento en páramos sin títulos mineros de oro.

Captaciones acueducto

Descenso de hasta 140 metros en los niveles de agua que abastecen pozos y acueductos municipales y rurales (Fuente: EIA Drummond).

Pérdida de recursos pesqueros.

Pérdida de la capacidad de uso de las tierras (Aridez).

Impactos – Recurso Agua – Caso Cesar

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2000 2010 2020 2030 2040 2050 2060

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Chiriguaná

El Hatillo

La Aurora

La Loma

El Paso

Potrerillo

Rincón Hondo

La Loma Boquerón

La Palmita

Rincón Hondo

La Aurora

ChiriguanáTipo de acueductoCaptación: SubterráneaFuente: Tres pozosCobertura urbana: 80%

La Jagua de IbiricoTipo de acueductoCaptación: SuperficialFuente: Río SororiaCobertura urbana: 84%Observaciones: Planta insuficiente – Mala Calidad

BecerrilTipo de acueductoCaptación: SuperficialFuente: Ríos Maracas y

Socomba Cobertura urbana: 95%

Agustín CodazziTipo de acueductoCaptación: SuperficialFuente: Río MagiriaimoCobertura urbana: 74%Observaciones: Déficit

BosconiaTipo de acueductoCaptación: SubterráneaFuente: Dos pozosCobertura urbana: 87%Observaciones: Déficit

El PasoTipo de acueductoCaptación: SubterráneaFuente: Dos pozosCobertura urbana: 73%Observaciones: Déficit

ChimichaguaTipo de acueductoCaptación: SubterráneaFuente: Dos pozosCobertura urbana: 72%Observaciones: Déficit

TamalamequeTipo de acueductoCaptación: SubterráneaFuente: Tres pozosCobertura urbana: 90%Observaciones: No hay tratamiento

Plan Bonito

15

Tiene como ejes estructurantes:

•Generación de empleo•Disminución de pobreza•Mejoramiento de la seguridad

Estos objetivos presuntamente se lograrán con el jalonamiento de cinco “locomotoras”, la principal de las cuales es la minería.

Se presume que la actividad minera generará empleo y disminuirá la pobreza alrededor de encadenamientos productivos…

Paradigma tradicional

Percepción negativa de la minería

Paradigma alternativo

El impacto de la minería en el crecimiento económico de un país

depende de:

• Calidad instituciones• Entornos macroeconómicos estables• Grandes eslabonamientos hacia otras actividades productivas• Formación de capital humano

Fedesarrollo – Andi, 2008. Impacto socioeconómico y fiscal de la minería en Colombia

¿Qué minería necesitamos?¿Cuáles son los impactos ambientales y sociales?

¿Cómo cuantificar económicamente los costos ambientales de la actividad?¿Sabemos cuánto perdemos?¿Sabemos cuánto ganamos?

En términos gruesos, la empresa ha invertido US$2.000 millones a lo largo de los años de su operación en el país, lo cual significa que la valorización de sus activos es del orden de los US$6.000 millones. Bajo la ley tributaria colombiana, una venta por fuera de bolsa y que dé lugar a una ganancia ocasional debe pagar una tarifa del 35% sobre ésta: cerca de US$2.100 millones, es decir, casi un punto del PIB nacional.

Pero, ¿adivinen qué? La transacción se hace por fuera de las fronteras del país entre la casa matriz de la Drummond en Alabama, que es “independiente” de su filial colombiana, y Xstrata, de tal modo que la soberanía tributaria del país es inexistente en este caso y en otros…

http://www.elespectador.com/impreso/columna-249309-venta-de-drummond

7 de febrero de 2011

La prioridad de la minería y de la inversión extranjera proviene de la administración anterior que introdujo toda clase de estímulos para propiciar la entrada de capitales hacia las actividades mineras. En consecuencia la producción de petróleo, carbón y ferroníquel ha aumentado considerablemente en los últimos ocho años... En la balanza de pagos se encuentra que en los últimos ocho años los ingresos anuales de capitales pasaron de US $ 1.500 millones a US $ 12.000 millones, y al mismo tiempo la repatriación de capitales lo hizo de US $ 2.500 millones a US $ 12.500 millones. Lo que entra por ingreso de capitales es menos de lo que sale.

La revaluación ha provocado una fuerte sustitución de producción nacional y empleo por importaciones. Los últimos diez años el empleo industrial disminuyó y las importaciones se cuadruplicaron.

http://www.elespectador.com/impreso/columna-254465-el-vagon-de-industria

7 de febrero de 2011

In memoriam

Thomas van der Hammen