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8/19/2019 2522 8. Raz. Juridico en El Ejer. de La Funcion Fiscal Ulises Requejo Armas
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ESCUELA DEL MINISTERIO PÚBLICO
RAZONAMIENTOJURÍDICO
en elEJERCICIO
DE LA FUNCIÓN FISCALExpositor: Abogado-sociólogo Ulises Requejo Armas
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TEMAS
I.- Aspectos generales delRazonamiento Jurídico.
II.-La Concepción formal.Justificación interna (lógica –coherencia).
Principios lógicos.
III.- Justificación externa.
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TEMAS
IV.- Teoría de Toulmin.(Pretensión, Justificación, Respaldo yObjeciones).
V.- Características de la ARGUMENTACIÓN(COHERENCIA, SUFICIENCIA,
RAZONABILIDAD, CLARIDAD)
VI.- Recomendaciones finales.
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CELESTINO MANCHEGOMUÑOZ
Sostuvo la conveniencia:Para que el conocido “Tren Macho”
(“Sale cuando quiere, llega cuando
puede”) pase por la ruta deHuancavelica y uno de sus
argumentos más contundentes fue:
“de Huancavelica se iba a
t ranspo rtar o ro, plata y
m inerales, m ientras que deAyacucho que se traería
¿acaso tunas?”
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ABOGADO QUE NOARGUMENTA
NO EJERCERCE EL
DERECHO, PUES
EL DERECHO ES
ARGUMENTACIÓN.
(Manuel Atienza R.)Ulises Requejo Armas
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(http://www.rae.es)
Razonamiento. Acción yefecto de razonar.
Razonar.Alegar, decir en derecho, abogar.
Jurídico, ca.(Del lat. iuridĭcus).Que atañe al derecho o se ajusta a él.
Ulises Requejo Armas
CONCEPTO de RAZONAMIENTO JURÍDICO
http://www.rae.es/http://www.rae.es/
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(http://www.rae.es)
PRINCIPIO de la
INTERDICCIÓNde la ARBITRARIEDADExp. N.º 0090-2004-AA/TC, CASO JUANCARLOS CALLEGARI HERAZO,
Fundamento 12 Sentencia dictada en Arequipa 5 de julio de 2004
Ulises Requejo Armas
CONCEPTO
http://www.rae.es/http://www.rae.es/
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El Razonamiento Jurídico: Ricardo León Pastor
(en su libro “Introducción al Razonamiento Jurídico” AMAG Lima, 2004 Pág. 7):
“Es la capacidad de calificar
ju rídicamente hechos que
generan contro versias legales
con la f inal idad de reso lver las
sobre bases ju ríd ico-ob jet ivas
con validez legal , lógica yracional ”
(www.leonpastor.com)
CONCEPTO
http://www.leonpastor.com/http://www.leonpastor.com/
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Argumentos :
LIGAZÓN de JUICIOS,PREMISAS yCONCLUSIONES
RAZONAMIENTO JURÍDICO
Ulises Requejo Armas
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“Argumentos
de hechoy derecho”
RAZONAMIENTO JURÍDICO
Ulises Requejo Armas
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Recopi lar y ordenar los hechos,darles sentido, organizarlos ytrabajar heurísticamente
(manera de solucionar un problemamediante técnicas de tanteo, reglasempíricas, etc).(Marcial Rubio Correa Manual deRazonamiento Jurídico Fondo Editorial PUCPPág. 23)
LOS HECHOS
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Intuición: conocimiento experto
Información y lógicaNos ayudan a ordenar los hechossobre la base del conocimiento
adquirido a través de la experiencia.Ejemplos:1) El autor del delito regresa siempre
a la escena del crimen2) El delincuente que huye con unvehículo generalmente vira haciala derecha.
REGLAS EMPÍRICAS
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Los fiscales debemos ser tanconocedores del derecho
aplicable a cada caso comode los hechos que han
ocurrido en relación al delitoque se investiga.
LOS HECHOS
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Los hechos de la realidaddeben tener un orden y
deben ser consistentes entre sí (Duración, estabilidad, solidez)(Recomendable: orden
cronológico).
LOS HECHOS
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HECHOS
RELEVANTES
LOS HECHOS
(Sobresaliente,destacado, importante,
significativo)
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En la mayoría de “lascircunstancias son las
normas aplicables las quenos indican cuáles hechosson los más importantes enel caso” . (Marcial Rubio CorreaOb. Cit. Pág. 31)
LOS HECHOS
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Ulises Requejo Armas
DECISIÓN - PRETENSIÓN – OPINIÓNRes. de no ha lugar a formalizar denunciapenal. (D)Formalización de denuncia penal (P)(Continuación de la investigaciónPreparatoria)
Disposiciones y requerimientos (D)Dictámenes acusatorio (P-O)
FUNCIÓN FISCAL
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DECISIÓN FISCAL según del NCPP
LAS DISPOSICIONES Y LAS RESOLUCIONES
Artí culo 122 Actos del Ministerio Público.- (partepertinente)
2. Las Disposiciones se dictan para decidir :
a) el inicio, la continuación o el archivo de lasactuaciones;
b) la conducción compulsiva de un imputado,testigo o perito, cuando pese a ser emplazado
debidamente durante la investigación no cumplecon asistir a las diligencias de investigación;
c) la aplicación del principio de oportunidad.
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DECISIÓN según del NCPP
LAS DISPOSICIONES Y LAS RESOLUCIONES
Artí culo 122 Actos del Ministerio Público.-
4. Los Requerimientos se formulan paradirigirse a la autoridad judicial solicitando la
realización de un acto procesal.
5. Las Disposiciones y los Requerimientosdeben estar motivados. En el caso de losrequerimientos, de ser el caso, estar ánacompañados de los elementos de convicci ónque lo justifiquen.
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DECISIÓN - PRETENSIÓN – OPINIÓN
FUNDAMENTO FÁCTICO(HECHOS RELEVANTES)FUNDAMENTO JURÍDICO
(AMPARO LEGAL)Ulises Requejo Armas
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DEDUCTIVOINDUCTIVO
ANALÓGICO
TIPOS de RAZONAMIENTO
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•Se caracteriza por efectuar inferencias deductivamente.•Parte de lo universal yconcluye en lo particular.• Aplicación de las leyesgenerales a casosparticulares
GENERAL
RAZONAMIENTO DEDUCTIVO
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Ulises Requejo Armas
En sentido amplio: razonamiento nodeductivo pero que pretende que laspremisas hagan razonable la conclusión.
Procedimiento racional, consiste en partir de un caso, de ahí a la conclusión de laobservación y de ahí a la norma.
La inducción procede de lo particular a logeneral (caso-regla).
GENERAL
RAZONAMIENTO INDUCTIVO
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Ulises Requejo Armas
Ejm.
Los fiscales y la PNP(investigadores forenses) partende razonamientos inductivos
para llegar a sus conclusiones:
Buscan indicios, huellas, rastros,
a partir de las cuales puedensostener una conclusión.
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Ejemplo de R.I.
Sent. Sala PenalR.N. N° 4781-98Lima, 19-04-1999
Acuerdo Plenario N° 1-2006/ESV-22, 13-10-2006,que la Ejecutoria Suprema evacuada en elRecurso de Nulidad N° 1912 – 2005 de 6-09-2005
Indicio de capacidad comisivaIndicio de OportunidadIndicio de mala justificación
RAZONAMIENTO INDUCTIVO: INDICIOS
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DRAE.(Del lat. indicĭum).“Fenómeno que permite conocer o inferir
la existencia de otro no percibido”.
DJ ESPASA“Hecho que permite deducir o inferir laexistencia de otro no percibido oconocido que es jurídicamente relevante”
CONCEPTO: INDICIO
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Ulises Requejo Armas
La Corte Suprema ha utilizadoslas siguientes clases de indiciosen los últimos años de manera
recurrente:
INDICIOS ANTECEDENTES
INDICIOS CONCOMITANTES INDICIOS CONSECUENTES
CLASES de INDICIOS
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INDICIOS: RAZONAMIENTO INDUCTIVO
Los fiscales
¿realizamosargumentación por
indicios?
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INDICIOS: RAZONAMIENTO INDUCTIVO
Actos iniciales de la investigación
Artículo 329 Formas de iniciar lainvestigación.-
1. El Fiscal inicia los actos deinvestigación cuando tenga conocimientode la sospecha de la comisión de un
hecho que reviste los caracteres dedelito. Promueve la investigación deoficio o a petición de los denunciantes.
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LA SOSPECHA
“Constituye un criterio de
justificación de la decisión delFiscal de la investigación
Preparatoria…se construye a partirde conjeturas, se forma por juicios,sustentados en indicios y
observaciones…” Carlos Ramos Heredia. El razonamientoFiscal. De la sospecha al indicio. Magnaediciones 2009 Pág. 95-96
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LA SOSPECHA: MOMENTOS
a) La sospecha no sustenta con indiciosb) La sospecha sustentada con indiciosno reveladores de la existencia deldelito. (a y b: criterios de justificación delinicio e la Inv. Preliminar)
c) La sospecha sustentada con indiciosreveladores de la existencia de un
delito. (criterio de decisión fiscal)Carlos Ramos Heredia. El razonamiento Fiscal. De lasospecha al indicio. Magna ediciones 2009. Pág. 98
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CASO:SERENOS
QUIENESDETUVIERON AUN JOVEN…
LA SOSPECHA: EJEMPLO
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DISCRECIONALIDAD (prudencia, cautela,moderación, sensatez, buen juicio)
EXPERIENCIA (conocimiento de la vida)Para el inicio de la
investigación no se requiereconvicción de la comisión deldelito imputados; es suficienteun resultado probabilístico
razonable (hipótesis delictiva).(TC Exp. 6167-2005-PHC/TC.Fernando CanturiasSalaverry).
LA DECISIÓN FISCAL
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LA DECISIÓN FISCAL
Artículo 158 Valoración.-
…3. La prueba por indicios requiere:
a) Que el indicio esté probado;
b) Que la inferencia esté basada en las reglas dela lógica, la ciencia o la experiencia;
c) Que cuando se trate de indicios contingentes,éstos sean plurales, concordantes yconvergentes, así como que no se presentencontraindicios consistentes.
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Ulises Requejo Armas
Griego ana = conforme alogos = razón
•Relación de semejanza entre cosasdistintas.
• Comparación de casos semejantes
“ A igual razón igual derecho” .
(argumento a pari, se funda en la equidad e igualdad ante la ley)
Razonamiento Analógico.
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Ulises Requejo Armas
RECORDEMOS: (MATERIA PENAL)Código Penal. Art. III.- INAPLICACIÓN DE LA ANALOGÍA:• CALIFICAR EL HECHO COMO DELITO
O FALTA.• DEFINIR UN ESTADO DE
PELIGROSIDAD
• DETERMINAR LA PENA O MEDIDA DESEGURIDAD.
Razonamiento Analógico.
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Ulises Requejo Armas
ANALOGIA IN BONAM PARTEM
“ La analogía favorab le alreo
es tá perm it ida
En el derecho penal”.
Razonamiento Analógico.
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CONCEPCIÓN FORMAL
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Estudia las leyes que aseguran laverdad (verdad formal) o correcciónformal de nuestras operacionesintelectuales.
LÓGICA: Es la ciencia que estudia lasformas de los pensamientos comomedio, para el logro de la
corrección y verdad de losmismos.
Lógica formal
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Ulises Requejo Armas
La lógica formal = lógica deductiva.
Desde esta perspectiva se afirma que
tenemos una argumentación válida(deductivamente) cuando laconclusión necesariamente es
verdadera si las premisas sonverdaderas
Lógica formal
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La lógica nos proporciona reglasy métodos para saber cuando escorrecto un argumento.
Los argumentos correctos (desdela lógica) son argumentosformalmente válidos (aceptables)
Lógica formal
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Los razonamientos puedenser correctos o incorrectos
(válidos o inválidos)
Las proposiciones puedes ser
verdaderos o falsos
Lógica formal
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La inferencia en la actuaciónfiscal, se aplica cuando
Se formaliza o archiva unadenuncia penal, es siempreresultado de una operación
inferencial.
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Premisa normativa (PN):El fiscal que emite dictamen apoyándoseen una ley derogada comete prevaricato.
Premisa fáctica (PF):Juan es fiscal y emitió un dictamenamparándose en una ley derogada.
Conclusión (C):Juan cometió delito de prevaricato.
Silogismo Jurídico
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PRINCIPIOS LÓGICOSque los FISCALES
deben tener presenteal MOMENTO
de ARGUMENTAR
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1. P. de IDENTIDAD
2. P. de NO CONTRADICCIÓN3. P. de RAZÓN SUFICIENTE
4. P. de TERCIO EXCLUIDO
PRINCIPIOS LÓGICOS
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1. P. de IDENTIDAD.- A casossemejantes, consecuenciassimilares.
Ejm. Si a un abogado de una delas partes se le concedió uso de lapalabra antes de resolver lasinvestigaciones y también lo solicita
el abogado de la parte contrariadebe concedérsele en aplicaciónde este principio.
PRINCIPIOS LÓGICOS
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2. P. DE NO CONTRADICCIÓN
•No se debe afirmar y negar a la vez.
•Ser o no ser •Si concluimos que Juan es autor deldelito de homicidio no debemos
sostener al mismo tiempo que no seha acreditado su responsabilidad.
PRINCIPIOS LÓGICOS
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3.- P. DE RAZÓN SUFICIENTE
• Son verdaderos aquellos conocimientosque podamos probar suficientemente
• Si las premisas son verdaderas y aptas,la conclusión es válida.
• Si tenemos dos testigos presenciales, un
video, huella dactilar que vincula a Juanes el autor del homicidio. (VERDAD)
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4. P. DE TERCIO EXCLUIDO
•No hay tercera posibilidad.
•No quepa término medio•El ser, es o no es, no ha otraposibilidad
•Es verdadero o falso, no hayotra posibilidad
PRINCIPIOS LÓGICOS
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La lógica no produce ladecisión, sino que da
lugar a un tipo derazones para juzgar esa
decisión.
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JUSTIFICAR
J. INTERNA J. EXTERNA
RAZ. JURÍDICO
LÓGICO-JURÍDICO
Validez lógicaCoherenciaCongruenciaNO-CONTRADICCIÓN
TEORÍA DE PREMISASArg. Fáctica
Arg. NormativaDogmáticaJurisprudenciaPrincipiosInterpretaciónArgumentación
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ARGUMENTAR(JUSTIFICAR)
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JUSTIFICAR(argumentos
deficientes)
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JUSTIFICACIÓN EXTERNA
Consiste en la fundamentación delas premisas del silogismoplanteado en la justificación interna.
Dependiendo del campo del derechopenal se establecerá losfundamentos relevantes, por ejemplo
en el campo penal es importante: ladogmática-jurídico penal (teoríadel delito).
Ó
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JUSTIFICACIÓN EXTERNA
ASPECTO EXTERNO:
(Dogmática, jurisprudencia,
interpretación,argumentación, etc.).
Una resolución que cumpla con estos requisitosde justificación, se entenderá adecuada almandato constitucional de motivación.
Ulises Requejo Armas
Í
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PRECURSORES del RAZONAMIENTO JURÍDICO
PLATON, ARISTÓTELES Y CICERON (FILÓSOFOS CLÁSICOS)
Í
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PRECURSORES del RAZONAMIENTO JURÍDICO
Theodor ViehwegChaim PerelmanStephen Toulmin
Manuel Atienza
Teoría Estandar:
MacCormick y Robert Alexy
Ulises Requejo Armas
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(Varsovia, (Polonia) 20-05-1912 –Brucelas-, (Bélgica) 22-01-
1984), retórico y filósofo delDerecho belga de origenpolaco.
Chaim Perelman
Ch i P l
http://2.bp.blogspot.com/_G_giZyutkLo/TN8M8-J5QpI/AAAAAAAAAB0/Go5AWVoOeGU/s1600/C-Perelman-4%255B1%255D.jpg
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Chaim Perelman
Argumentación o justificación
de las decisiones jurídicas:
No se trata de demostrar algo sino de persuadir aun auditorio, conceptocentral de la teoría dePerelman.
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Chaim Perelman
Elementos de la ARGUMENTACIÓN:
• El discurso• El orador
• El auditorio: conjunto de todosaquellos en quienes el oradorquiere influir con su
argumentación.• Acuerdo previo.
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Chaim Perelman
Argumentar es un acto comunicativo,una actividad discursiva, pensante,crítica y cognitiva
PROPÓSITOS DE LAARGUMENTACIÓN
Convencer, Justificar ,
Refutar, Persuadir ,Defender
S
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Stephen Toulmin (inglés)
(Londres, 1922 - 2009)
Estudió en la Univ. deCambridge, donde obtuvo eldoctorado.
Ha sido profesor en diferentesuniversidades de EstadosUnidos y Prof. invitado en laColumbia University.Libros que destacan:•The Philosophy of Science:
An Introducction (1953),•Human Undestanding (1972).
Stephen Toulmin
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Stephen Toulmin
Toulmin parte de la constatación:
La argumentación forma parte de nuestravida cotidiana, uno de nuestroscomportamientos habituales lo constituye la
práctica de dar razones de lo que hacemos,pensamos o decimos.
Las situaciones y problemas con respecto a los
cuales se argumenta pueden ser variadas:PORTANTO: El razonamiento también será distinto.
Teoría de Toulmin
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Teoría de Toulmin
• CLAIM (Proposición, aseveración). Pretensión.
PUNTO de INICIO y PUNTO de DESTINO• DATA (Evidencia) Razones (JUSTIFICACIÓN-PRUEBAS)
• WARRANT (Garantía) Reglas
• BACKING (Apoyo) Respaldo. (Jurisprudencia..)EXP. N.° 2725-2008-PHC/TC LIMA ROBERTO
BORIS CHAUCA TEMOCHE Y OTROS (COSADECIDIDA)
• MODAL QUALIFIERS (Cualificadores modales)
•PROBABLE, PRESUMIBLE
• REBUTTALS (objeciones)
Toulmin
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Toulmin
PREPARACION DE UN ARGUMENTO:
1. ¿Qué QUIERO PROBAR?
1. ¿EN QUÉ ME BASO?¿TENGO ESTOS DATOS Y SON SUFICIENTES?
¿TENGO ESTA JUSTIFICACIÓN Y ES PERTINENTE.¿TENGO ESTE RESPALDO Y ME AUTORIZA A UTILIZARESTA JUSTIFICACIÓN?
3.- ¿SE HA CONSIDERADO EL TIPO DE EVIDENCIA QUE
DEBILITA O ANULARÍA EL ARGUMENTO?
4.- ¿QUÉ PESO ASIGNO A LOS DATOS Y JUSTIFICACIONESEN APOYO A MI PRETENSIÓN?
El l j t l
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Ulises Requejo Armas
El Derecho se expresa en lenguaje común.Las normas se escriben en el lenguaje quehabla y entiende la gente, de una manerasencilla que facilite su lectura y comprensión,
y con contenidos técnicos solamente cuandoresulten imprescindibles.
Ello implica que el redactor tenga que
conocer el lenguaje natural, manejar lasreglas de ortografía, de semántica y sintaxis.
El lenguaje natural
REDACCIÓN DEL FISCAL
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Ulises Requejo Armas
En él se pueden diferenciar dos aspectos:
1.Contenido, y2. Forma.
El contenido es el conjunto de ideas opensamientos que se quiere expresar y
que sólo comprendemos a través de laforma, es decir con cierta organización.
REDACCIÓN DEL FISCAL
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En la forma del texto distinguimosestructura y estilo. La estructuraes la organización que adquiere elconjunto de ideas que constituye elcontenido, el modo peculiar de
expresión se denomina estilo.
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RECOMENDACIONES EN LA REDACCIÓN FISCAL
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La concisión
La precisiónLa claridad
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RECOMENDACIONES EN LA REDACCIÓN FISCAL
RECOMENDACIONES PARA LA REDACCION DE LAS
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La concisión:Economía de palabras. Evitar
las palabras innecesarias ( soloRELEVANTES), formular lanorma evitando incluirreiteraciones, explicaciones ofundamentos.
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RECOMENDACIONES PARA LA REDACCION DE LASRESOLUCIONES y DICTAMENES FISCALES
RECOMENDACIONES PARA LA REDACCION DE LAS
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La precisiónEstá vinculada al significado delos términos, usar la palabraexacta para referirnos a cadaobjeto, evitando las
ambigüedades y vaguedades dellenguaje.Ulises Requejo Armas
RECOMENDACIONES PARA LA REDACCION DE LASRESOLUCIONES y DICTAMENES FISCALES
RECOMENDACIONES PARA LA REDACCION DE LAS
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La claridad
Depende de la sintaxis, la puntuacióny el uso correcto de las formas
gramaticales. Un texto constituido pororaciones simples resultará más claroque otro constituido por oraciones
compuestas. Sencilla, Atractiva yConvincente (S.A.C.).
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RECOMENDACIONES PARA LA REDACCION DE LASRESOLUCIONES y DICTAMENES FISCALES
RECOMENDACIONES PARA LA REDACCION DE LAS
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SistemaSencillo AtractivoC omprensibleUlises Requejo Armas
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LA
INTERPRETACIÓN
LA INTERPRETACIÓN JURÍDICA
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LA INTERPRETACIÓN JURÍDICA
Definición de Interpretación Jurídica.
Es la acción de interpretar.Etimológicamente, el verbo “Interpretar”proviene de la voz latina interpretare o
interpretari , palabra que, según Eduardo J.Couture deriva de interpres que significamediador, cor redor, in termediar io .
Es una actividad que consiste en establecer elsignificado o alcance de las NsJs.
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INTRODUCCIÓN A LA INTERPRETACIÓNJURIDICA
El DRAE, define la voz “interpretar”como: “explicar” o “declarar el sentidode algo”, y principalmente el de textos
poco claros.
Explicar, acertadamente o no, acciones,palabras o sucesos que pueden ser entendidos de varias formas.
INTERPRETACIÓN JURIDICA
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INTERPRETACIÓN JURIDICA
“La teoría de la interpretación jurídica, es la parte de la TeoríaGeneral del Derecho destinadaa desen trañar el s ig nif ic ado
últ imo del con ten ido de las no rmas ju ríd icas cuando susentido normativo no quedaclaro a partir del análisis
lógico-jurídico interno de lanorma.”
Marcial Rubio Correa
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PROBLEMAS:VAGUEDAD y AMBIGUEDAD.
VAGUEDAD: Carece de claridad, cuando nose puede determinar con precisión susignificado, NO OFRECE SIGNIFICADOSDEFINIDOS, DEMASIADO ABIERTO, C.J.INDETERMINADOS.
AMBIGUEDAD Susceptible de adquirir dos o
más significados (MENÚ DE SIGNIFICADOS)es decir cuando es aplicable a más de unhecho.
INTERPRETACIÓN JURIDICA
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INTERPRETACIÓN JURIDICA
CLASES DE INTERPRETACIÓN.
I. Doctrinal. (estudiosos ydoctrinarios del D°, Tratadistas. Noes obligatoria pero carácter
científico y autoridad de quienes lapractican, es predilecta.I. Judicial. (jueces= activ.
Jurisdiccional)I. Auténtica. (El legislador, I. jurídica = con otra norma)
PRINCIPIOS
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PRINCIPIOS
PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL
P. DE LEGALIDADP. DE PROHIBICIÓN DE ANALOGIA
P. DE RESPONSABILIDAD PENAL.P. DE PROTECCIÓN DE BIENES
JURÍDICOS O DE LESIVIDAD.P. DE PROPORCIONALIDAD DE LA PENA.
P. DE IGUALDADP. DE HUMANIDAD DE LAS PENAS
PRINCIPIOS
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P. DE INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL
P. U. DE LA CONSTITUCIÓN (todo armónico)P.DE CONCORDANCIA PRÁCTICA ( armonizar sinsacrificar valores, derechos o principios)P. DE CORRECCIÓN FUNCIONAL ( Poderes y funciones).P. DE LA FUNCIÓN (EFICACIA) INTEGRADORA (Integración social y unidad de la C.).P. DE PROPORCIONALIDAD ( Derechos y libertades: útil,
necesaria y proporcionada).
P. DE PONDERACIÓN. (Ejm. Exp. N° 1699-2007
PRINCIPIOS
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P. GENERAL DEL DERECHOP. DE JERARQUÍAS DE NORMAS
P. DE ESPECIALIDADP. DE LEY FAVORABLEP. DE INDUBIO PRO REO (PRO-
OPERARIO/PRO-SOCIETATI)
LA ARGUMENTACIÓN
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LA ARGUMENTACIÓN
¿Qué significa argumentar?
Es dar razones sustentativas que apoyen unaPETICIÓN (PRETENSIÓN).
Es un proceso argumentativo en dondeintervienen premisas organizadas lógicamenteque preceden a la conclusión lógica.
Es de naturaleza lingüística y se plasma en unconjunto de enunciados, como procesolingüístico es un acto de comunicación.
CARACTERÍSTICAS DE LA ARGUMENTACIÓN
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C C S C S GU C Ó
• LA COHERENCIA• LA RAZONABILIDAD• SUFICIENCIA• CLARIDAD
CARACTERÍSTICAS DE LA ARGUMENTACIÓN
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CARACTERÍSTICAS DE LA ARGUMENTACIÓN
LA COHERENCIA (No contradicción,
CONGRUENCIA). EXP. N.° 00728-2008-PHC/TCLIMA GIULIANA FLOR DE MARIALLAMOJA HILARES
LA RAZONABILIDAD. (aceptabilidad)
SUFICIENCIA (plenitud, satisfacción paralograr la conclusión) EXP. N.° 1230-2002-HC/TCLIMA César Humberto Tineo Cabrera.
•CLARIDAD. (comprensible,entendible)
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LAMOTIVACION
LA MOTIVACIÓN
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Garantía ConstitucionalNumeral 5 del Art. 139º de la Const. P. del Perú:
Son pr inc ip ios y derecho s de la función jurisdiccional):
(…) 5.- La mo tivación escr i ta en lasresoluc iones jud ic iales en todas las ins tancias,
excepto los decretos de mero t rám ite, con
mención exp resa de la ley apl icable y de los
fundamentos de derecho en que se sus tentan .
De otro lado, en el Num. 20 del mismo artículo de la CPPprecisa es (…) pr inc ip io d e derecho de toda persona defo rm ular anális is y crític as de las r eso luciones y
sentencias judic iales, con las l im itacion es de ley .
LA MOTIVACIÓN
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El análisis y las críticas estarán referidos a los
argumentos y motivaciones de la sentencia judicial,tanto respecto a los hechos (fáctico) como a losfundamentos de derecho (normativo).
En suma, no solamente es una exigenciaconstitucional (deber ) sino al mismo tiempoconstituye un derecho que tiene toda personapara formular críticas, situación que exige a los
operadores jurídicos, progresar en laredacción fiscal y judicial. (si se puede lo mas sepuede lo menos)
LA MOTIVACIÓN
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Con una buena argumentación y
motivación no solamente sepodrá lograr que la parteperdedora quede convencido delo resuelto, sino al mismo tiempouna resolución motivada es
satisfacción para quien lo produjo(suscribe).
LA MOTIVACIÓN
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Literal k) art. 23 del R.C.I. FSCI.Artículo 54. Ley Orgánica del Ministerio Público.-
Amonestación y multa.
ARTÍCULO 23.- INFRACCIONESSe consideran infracciones sujetas a sancióndisciplinaria las siguientes:
k. Emitir dictámenes y resoluciones con falta
de adecuado estudio, motivación yfundamentación.
LA MOTIVACIÓN CNM
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C
Precedente vinculanteDEJAR sin efecto el precedentevinculante establecido en la STC
3361-2007-AA/TC, y conforme a loestipulado en el artículo VII del TítuloPreliminar del Código Procesal
Constitucional, SENTAR como nuevo precedente lo siguiente:
LA MOTIVACIÓN CNM
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Primero .- Todas las resoluciones
evacuadas por el C.N.M., en materia dedestitución y ratificación de jueces yfiscales deben ser motivadas, sin importar
el tiempo en que se hayan emitido; estecriterio deberá ser tenido comofundamento a tener obligatoriamente encuenta por los jueces de toda la Repúblicacomo criterios de interpretación para lasolución de casos análogos.ttp://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2009/01412-2007-AA.html
LA MOTIVACIÓN
http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2009/01412-2007-AA.htmlhttp://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2009/01412-2007-AA.htmlhttp://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2009/01412-2007-AA.htmlhttp://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2009/01412-2007-AA.htmlhttp://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2009/01412-2007-AA.htmlhttp://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2009/01412-2007-AA.htmlhttp://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2009/01412-2007-AA.htmlhttp://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2009/01412-2007-AA.htmlhttp://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2009/01412-2007-AA.htmlhttp://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2009/01412-2007-AA.html
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“DIME COMO MOTIVAS
Y TE DIRÉQUIEN ERES”(IDL)
PROBLEMAS DE LA MOTIVACIÓN
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•MOTIVACIÓN APARENTE.- (No elementos fácticos ninormativos)
•MOTIVACIÓN INSUFICIENTE.- Falta o deficiencia deargumentos
•FALTA DE MOTIVACIÓN INTERNA (LÓGICA JURÍDICA)
•DEFICIENCIAS DE LA JUSTIFICACIÓN EXTERNA
•MOTIVACIÓN INCONGRUENTE (EXTRA PETITUM)INFRA PETITIA)
Se recomienda leer STC N° 0728-2008 (CasoLlamoja)
RECOMENDACIONES
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• QUIEN NO ARGUMENTA: NO EJERCE EL
DERECHO• LA BUENA ARGUMENTACIÓN EXIGE
MINIMAMENTE LÓGICA JURÍDICA .
• NO GRITE, ARGUMENTE.
• SEA RAZONABLE, NO ARBITRARIO.
• SE RECOMIENDA AL ARGUMENTAR:
PRECISIÓN, CONCISIÓN Y CLARIDAD
. LA BUENA ARGUMENTACIÓN HACE HUIR A LACORRUPCIÓN
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GRACIASUlises Requejo Armas
iliada2001@hotmail.com
RAZON y DERECHO:www.ulisesrequejoderecho.blogspot.com
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