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UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA CONSEJO UNIVERSITARIO ____________________________________________________________ 22 de junio, 2017 ACTA No. 2601-2017 PRESENTES: Luis Guillermo Carpio Malavasi, quien preside Guiselle Bolaños Mora Carolina Amerling Quesada Alvaro García Otárola Mario Molina Valverde Saylen Auslin Chinchilla INVITADOS PERMANENTES: Ana Myriam Shing Sáenz, coordinadora general Secretaría Consejo Universitario Celín Arce Gómez, Jefe Oficina Jurídica Karino Lizano Arias, auditor interno AUSENTE: Alfonso Salazar Matarrita, con justificación Marlene Víquez Salazar, con justificación Nora González Chacón, con justificación INVITADOS: Katya Calderón, vicerrectora académica Edgar Castro, vicerrector de Planificación Eduardo Castillo, director Esc. Ciencias de la Administración Fernando Zúñiga, coordinador del Programa de Doctorado en Ciencias de la Administración Se inicia la sesión al ser las nueve horas y dieciséis minutos en la sala de sesiones del Consejo Universitario. I. APROBACIÓN DE LA AGENDA LUIS GUILLERMO CARPIO: Buenos días. Damos inicio a la sesión 2601-2017 de hoy 22 de junio del 2017, en razón de que tenemos un quórum muy limitado, hemos acordado por consenso hacer una sola sesión, por lo que someto a consideración una posible agenda.

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIAPlan Operativo Anual del Consejo Universitario, que comprende el período del 01 de enero al 30 de junio del 2017. REF. CU-366-2017 10. Nota de la Secretaría

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Page 1: UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIAPlan Operativo Anual del Consejo Universitario, que comprende el período del 01 de enero al 30 de junio del 2017. REF. CU-366-2017 10. Nota de la Secretaría

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA CONSEJO UNIVERSITARIO

____________________________________________________________

22 de junio, 2017

ACTA No. 2601-2017

PRESENTES: Luis Guillermo Carpio Malavasi, quien preside Guiselle Bolaños Mora Carolina Amerling Quesada Alvaro García Otárola Mario Molina Valverde Saylen Auslin Chinchilla

INVITADOS PERMANENTES: Ana Myriam Shing Sáenz, coordinadora general

Secretaría Consejo Universitario Celín Arce Gómez, Jefe Oficina Jurídica Karino Lizano Arias, auditor interno

AUSENTE: Alfonso Salazar Matarrita, con justificación

Marlene Víquez Salazar, con justificación Nora González Chacón, con justificación

INVITADOS: Katya Calderón, vicerrectora académica Edgar Castro, vicerrector de Planificación Eduardo Castillo, director Esc. Ciencias de la Administración

Fernando Zúñiga, coordinador del Programa de Doctorado en Ciencias de la Administración

Se inicia la sesión al ser las nueve horas y dieciséis minutos en la sala de sesiones del Consejo Universitario. I. APROBACIÓN DE LA AGENDA

LUIS GUILLERMO CARPIO: Buenos días. Damos inicio a la sesión 2601-2017 de hoy 22 de junio del 2017, en razón de que tenemos un quórum muy limitado, hemos acordado por consenso hacer una sola sesión, por lo que someto a consideración una posible agenda.

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Primero tenemos que conocer el acta y la correspondencia, luego el Informe del señor auditor ACE-2017-01, después la solicitud de doña Carolina para conocer el dictamen de la Comisión de Políticas de Desarrollo Académico sobre la situación de los estudiantes del Doctorado de Administración y, posteriormente, dependiendo de los tiempos como se nos vaya acomodando, vamos incluyendo otros temas de interés. Tenemos una nota de don Alfonso Salazar que dice lo siguiente:

“Estimados compañeros y compañeras del Consejo Universitario Por este medio les comunico que estaré ausente para las sesiones del Plenario y de las comisiones de Jurídicos y de Presupuesto, por esta semana y la próxima, con el fin de cumplir con los compromisos de la campaña, que no ha terminado para mí. Gracias por su paciencia y consideración. Reciban un abrazo. Alfonso Salazar M. Consejal Externo”

***

Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO II CONSIDERANDO: El correo electrónico del 19 de junio del 2017 (REF. CU-370-2017), suscrito por el señor Alfonso Salazar Matarrita, miembro externo del Consejo Universitario, en el que informa que se estará ausentando de las sesiones del plenario y de las comisiones de Asuntos Jurídicos y Plan Presupuesto, que se realicen esta semana y la próxima, con el fin de cumplir con los compromisos de la campaña. SE ACUERDA: Conceder permiso al señor Alfonso Salazar Matarrita para ausentarse de las sesiones del plenario del Consejo Universitario y las comisiones de Asuntos Jurídicos y Plan Presupuesto, que se celebren del 19 al 30 de junio del 2017. ACUERDO FIRME

*** De igual manera, doña Marlene Víquez nos envía una nota que dice:

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“Estimada Ana Myriam, espero se encuentre bien. Por este medio, de la manera más respetuosa, le solicito informar al Plenario del Consejo Universitario, que debido a que mi hija Natalia fue operada ayer con carácter de urgencia, me es imposible asistir hoy a las sesiones de este órgano colegiado, dado que debo estar con ella hoy cerca de las 9 am. Aprovecho este correo para informar al Sr. Rector, que fue la suscrita la que hizo la propuesta del dictamen de la CPDA, relativo a los estudiantes del Doctorado en Administración que laboran en la Universidad de San Carlos. Lo hice con base en lo discutido en la CPDA y lo expresado por don Fernando Zúñiga, Coordinador del citado Doctorado, tanto en su Informe, como en la visita que realizó a la Comisión junto con don Eduardo Castillo y doña Jenny Seas. Desde mi perspectiva, es necesario brindar la oportunidad a que los 8 estudiantes que indica don Fernando en el Informe, puedan concluir con su tesis Doctoral, a pesar de que la Carta de Entendimiento entre la UNED y la USAC ya venció. Pero, no es bueno para la UNED, que dicha oferta solo haya logrado una promoción de un 25%. Para mí, es necesario que esta promoción mejore. Además, se realizaron acciones académicas por parte de la UNED, que de alguna manera quiérase o no aceptar, activaron la Carta de Entendimiento entre la UNED y la USAC, y por ende, compromisos de la UNED con esos estudiantes. Se trata de una propuesta construida de manera conjunta con los involucrados en esta situación, y que participaron en la sesión 604-2017, celebrada el 30 de mayo del 2017.”

Doña Nora González está con permiso también, está asistiendo en un evento en Honduras creo. Como les decía anteriormente, esta es la propuesta de agenda que les estaría haciendo, además incluyo en correspondencia una propuesta de acuerdo de doña Carolina, tenemos un convenio marco y una nota de doña Ana Myriam solicitando una prórroga. ¿Alguna observación a la agenda? No hay, entonces la aprobamos.

*** Se modifica la agenda quedando de la siguiente manera:

I. APROBACION DE LA AGENDA

II. APROBACION DE ACTA No. 2600-2017

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III. CORRESPONDENCIA, REF. CU. 371-2017 1. Nota de la jefa a.i. de la Oficina de Presupuesto, en el que remite el Informe

de las modificaciones presupuestarias del I Trimestre del 2017. REF. CU-356-2017

2. Nota de la jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en el que remite la nota

ORH-ED-2017-075 de la Unidad de Evaluación del Desempeño, con la recomendación de que se actualice el Manual de Evaluación del Desempeño. REF. CU-357-2017

3. Nota de la jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en el que acusa recibo

del acuerdo CU-2017-265, e indica que en el momento en que la propuesta de la Caja Costarricense del Seguro Social sea definitiva se procedería de conformidad. REF. CU-358-2017

4. Nota de la jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en el que informa que

las acciones de personal de todos los casos de jefes y directores nombrados por el inciso ch2), procederá a tramitarlas por principio de obediencia. REF. CU-359-2017

5. Nota de la jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en el que indica que no

entiende el acuerdo tomado por el Consejo Universitario en sesión 2598-2017, Art. IV, inciso 2), referente al CINED. REF. CU-360-2017

6. Nota de la jefa de la Oficina Institucional de Mercadeo y Comunicación, en el

que solicita que se le informe sobre la condición actual de su puesto, dado que en la Oficina de Recursos Humanos le comunicaron que ella no fue elegida por concurso. REF. CU-361-2017

7. Nota de un grupo de administradores de Centros Universitarios, en la que

presentan dos propuestas, referentes a: 1) Modificación del Reglamento del Consejo de Centros Universitarios y 2) nombramiento del director de Centros Universitarios de la Vicerrectoría Académica. REF. CU-362-2017

8. Nota de la jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en el que acusa recibo

del acuerdo tomado en sesión 2598-2017, Art. IV, inciso 3), y procede con base en el artículo 109 de la Ley General de Administración Pública, aplicarlo por principio de obediencia. REF. CU-365-2017

9. Nota del jefe del Centro de Planificación y Programación Institucional, en el

que solicita la información correspondiente para la primera Evaluación del Plan Operativo Anual del Consejo Universitario, que comprende el período del 01 de enero al 30 de junio del 2017. REF. CU-366-2017

10. Nota de la Secretaría Ejecutiva del COBI, en el que solicita al Consejo Universitario la revisión de las orientaciones sobre el límite de cinco días

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para apoyo económico que pueden recibir las personas funcionarias que optan por cursos, pasantías, congresos y otras actividades de capacitación, en el marco de nuevas políticas institucionales y la realidad internacional actual, en lo que se refiere a la formación y la capacitación. REF. CU-367-2017

11. Nota de la Secretaría Ejecutiva del COBI, en relación con el acuerdo del

Consejo de Rectoría, referente al becario Paulo Barrios Gómez, del Proyecto AMI. REF. CU-368-2017

12. Nota de la jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en el que plantea

algunas dudas en relación con el acuerdo tomado por el Consejo Universitario referente a la autorización al Consejo de Rectoría, para realizar recargo y subrogación de jefaturas, direcciones y vicerrectorías, hasta por 90 días naturales. REF. CU-369-2017

13. Nota del jefe a.i. de la Oficina Jurídica, en el que emite criterio sobre el

proyecto de LEY DE CREACIÓN DE LA ACADEMIA NACIONAL DE POLICÍA, Expediente No. 20.303. REF. CU-286-2017

14. Propuesta de la señora Carolina Amerling para solicitar a la directora del SEP, presente un informe al Consejo Universitario sobre la situación académica y administrativa en que se encuentran los programas de doctorado, maestría académica y profesional de la instancia en cuestión. REF.CU. 372-2017

15. Nota del señor rector en el que remite el Convenio Marco: UNED-BRIGHT

SMART MEDIA PLUS. REF. CU.377-2017

16. Nota de la coordinadora general de la secretaria del Consejo Universitario en el que solicita prórroga hasta el 31 de octubre del 2017, para concluir con la elaboración de los procedimientos indicados en los puntos 1c y 1d del Informe final sobre Cumplimiento de Acuerdos tomados por el Consejo Universitario de la UNED, AOP-2016-01, elaborado por la Auditoría Interna. REF.CU. 379-2017

IV. NOTA DEL AUDITOR INTERNO, EN EL QUE REMITE EL INFORME PRELIMINAR ACE-2017-01 REFERENTE AL “ESTUDIO SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE CARRERA ADMINISTRATIVA DE LA UNED”. REF. CU-332-2017

V. DICTAMENES DE COMISIONES PERMANENTES Y COMISIONES ESPECIALES

1. COMISION DE POLITICAS DE DESARROLLO ACADEMICO

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a. Situación de los estudiantes del programa de Doctorado en Administración. CU.CPDA-2017-028 Además, la visita de los señores Fernando Zúñiga, coordinador del Programa de Doctorado en Ciencias de la Administración, Eduardo Castillo, Director Escuela Ciencias de la Administración, Edgar Castro, Vicerrector de Planificación y señoras Katya Calderón, Vicerrectora Académica y Jenny Seas, Directora del Sistema de Estudios de Posgrado. (Hora: 10:30 am)

b. Declaratorias de catedrático y catedrático honorífico en la UNED. CU.CPDA-2017-029

c. Solicitud de la Comisión de Carrera Profesional para establecer puntuación para valorar las consultorías para ascenso en carrera universitaria profesional. CU.CPDA-2017-007

d. Solicitud de interpretación del Art. 25, inciso b) del Estatuto

Orgánico de la UNED. CU.CPDA-2017-018

2. COMISION DE POLITICAS DE DESARROLLO ESTUDIANTIL Y CENTROS UNIVERSITARIOS

a. Informe sobre la figura que respalda el quehacer de los centros

universitarios a favor del desarrollo comunal y regional. CU.CPDEyCU-2017-007

b. Propuesta de modificación de algunos artículos del Reglamento

General de Becas para Estudiantes de Pregrado y Grado de la UNED”. Además, nota de la Oficina de Presupuesto en la que solicitan aclarar dudas con respecto a la aplicación del Art. 5. También nota de la directora a.i. de Asuntos Estudiantiles, referente al oficio DAES-OAS-2016-402 de la Oficina de Atención Socioeconómica, en el que presenta una propuesta de modificación a dicho reglamento. CU.CPDEyCU-2016-019, REF. CU. 206-2016 y REF. CU-090-2017

c. Aclaración sobre algunas dudas de la Jefa a.i. de la Oficina de

Presupuesto en relación con el artículo 5 del Reglamento General de Becas para Estudiantes de Pregrado y Grado de la UNED. CU.CPDEyCU-2016-018

d. Informe del Centro de Investigación y Evaluación Institucional

denominado: “Elementos contextuales de los centros universitarios para la asignación de becas en los cursos de inglés del centro de idiomas de la UNED.” CU.CPDEyCU-2016-002

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e. Informe de investigación elaborado por el CIEI, titulado “Inclusión social y el Centro Universitario de Ciudad Neily: experiencias y nuevas oportunidades”. CU.CPDEyCU-2016-023

f. Solicitud para realizar sesiones extraordinarias, cuatrimestrales y

regionales con un tema de apertura que promueva el dialogo con la región y la comunidad. CU.CPDEyCU-2017-008

3. COMISION DE ASUNTOS JURÍDICOS

a. Propuesta del “Reglamento de Autorización de Viajes al Exterior

para los Funcionarios de la Universidad Estatal a Distancia”, y “Reglamento de Ayuda Económica para Viajes al Exterior para los Estudiantes de la Universidad Estatal a Distancia”. CU.CAJ-2017-003

b. Modificaciones Reglamento Fondo FEUNED. CU-CAJ-2014-034 c. Modificación del artículo 9 del Reglamento del Consejo Asesor

Interno de la Dirección de Asuntos Estudiantiles. CU.CAJ-2015-002

d. Propuesta de modificación del Art. VII del Reglamento de la

Defensoría de los Estudiantes. CU.CAJ-2017-024

4. COMISION DE POLITICAS DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL Y ADMINISTRATIVO a. Solicitud de la Escuela de Ciencias Sociales y Humanidades,

referente a nombramientos de encargados de cátedra y programa. Además, nota del Consejo de Rectoría en relación con el oficio ORH.888.2016 de la Oficina de Recursos Humanos, referente a la ampliación del transitorio 1 del acuerdo tomado por el Consejo Universitario en sesión 2251-2013, Art. II, inciso 1-a), sobre los requisitos para la designación de encargados de cátedra y programa. CU.CPDOyA-2017-002 y REF. CU-027-2017

b. Política de la Universidad Estatal a Distancia contra el

Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia 2016-2021. CU.CPDOyA-2016-041

c. Derogación del punto 6) del acuerdo del Consejo Universitario

tomado en la sesión 1889-2007, Art. V, inciso 2) con el fin de que todos los funcionarios que deseen realizar estudios en una segunda lengua, reciban un trato equitativo. CU.CPDOyA-2016-043

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d. Propuesta de modificación del artículo 43 del Estatuto de Personal, referente a la reforma parcial del inciso d) y la inclusión de dos incisos nuevos, h) e i) en el mismo artículo. CU.CPDOyA-2016-048

e. Propuesta de modificación al artículo 43 del Estatuto de Personal

y eliminación del inciso h) del Artículo 33 del mismo Estatuto. Además, nota de la Oficina Jurídica en el que plantea una propuesta de reforma de dicho artículo. CU.CPDOyA-2016-049 y REF. CU. 222-2017

f. Propuesta de cartel de publicación para el concurso del puesto de

Director (a) del Instituto de Gestión de la Calidad. CU.CPDOyA-2017-005

g. Solicitud de la Oficina de Recursos Humanos, para que se reforme al artículo 7 inciso i) del Reglamento al Art. 32 BIS del Estatuto de Personal. CU.CPDOyA-2017-011

h. Propuesta de modificación de los artículos 123 y 130 del Estatuto de Personal y artículos 3, 4 y 5 del Reglamento Interno de la Junta de Relaciones Laborales. CU.CPDOyA-2017-013

i. Informe de Valoración del Riesgo en la UNED, mayo 2015 a julio

2016. CU.CPDOyA-2017-018

5. COMISION PLAN PRESUPUESTO

a. Propuesta sobre la subpartida de Servicios Especiales (Modificación Presupuestaria No. 12-2016). CU.CPP-2016-054 (Continuación) Propuesta del acuerdo con observaciones. REF. CU. 614-2016

6. COMISION ESPECIAL PARA LA TRANSFORMACION DE LA

VICERRECTORIA DE PLANIFICACION Propuesta de acuerdo para la transformación de la Vicerrectoría de Planificación en una Vicerrectoría de Planificación y Desarrollo. REF. CU. 108-2013 (Invitado: Sr. Edgar Castro, Vicerrector de Planificación)

VI. ASUNTOS DE TRAMITE URGENTE

1. Nota de la jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en el que indica que no

entiende el acuerdo tomado por el Consejo Universitario en sesión 2598-2017, Art. IV, inciso 2), referente al CINED. REF. CU-360-2017

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2. Nota de la Secretaría Ejecutiva del COBI, en relación con el acuerdo del Consejo de Rectoría, referente al becario Paulo Barrios Gómez, del Proyecto AMI. REF. CU-368-2017

3. Nota de la Directora de Asuntos Estudiantiles en la que solicita

nombramiento en la jefatura de la Oficina de Atención Socioeconómica. REF.CU. 355-2017

4. Nota del director a.i. del Instituto de Formación y Capacitación Municipal y Desarrollo Local, referente al proyecto de “LEY DE FORTALECIMIENTO DEL RÉGIMEN MUNICIPAL”, Expediente No. 19.731. REF. CU-183-2017

5. Nota de la Directora del Instituto de Estudios de Género, sobre el proyecto de Ley “ADICIÓN DEL ARTÍCULO 5 BIS A LA LEY DE LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD SOCIAL DE LA MUJER, N. 7142 DE 26 DE MARZO DE 1990”, Expediente No. 20.001. Además, nota del jefe a.i. de la Oficina Jurídica, en el que emite el dictamen jurídico sobre este proyecto de ley. REF. CU-645-2016 y REF. CU-605-2016

6. Nota de la coordinadora general de la Secretaría General del Consejo Universitario en la que remite la información de la funcionaria interesada en ocupar la plaza vacante en el Consejo de Becas Institucional. REF. CU. 390-2016

7. Nota de la señora Marlene Víquez en la que solicita al Consejo Universitario, se le excluya como miembro de la Comisión de Políticas de Desarrollo Estudiantil y Centros Universitarios para no afectar el quorum. REF.CU. 339-2017

8. Propuesta de acuerdo presentada por la señora Carolina Amerling, referente al Informe de Labores del rector. REF.CU. 344-2017

9. Nota de la jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en el que realiza

observaciones en relación con el acuerdo tomado por el Consejo Universitario referente al nombramiento interino del señor Francisco Durán Montoya como director de Tecnología de la Información y Comunicaciones. REF. CU-277-2017

10. Nota del director a.i. del Instituto de Formación y Capacitación Municipal y

Desarrollo Local, referente al proyecto de “LEY DE FORTALECIMIENTO DEL RÉGIMEN MUNICIPAL”, Expediente No. 19.731. REF. CU-183-2017

11. Nota de la Directora del Instituto de Estudios de Género, sobre el proyecto

de Ley “ADICIÓN DEL ARTÍCULO 5 BIS A LA LEY DE LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD SOCIAL DE LA MUJER, N. 7142 DE 26 DE MARZO DE 1990”, Expediente No. 20.001. Además, nota del jefe a.i. de la Oficina

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Jurídica, en el que emite el dictamen jurídico sobre este proyecto de ley. REF. CU-645-2016 y REF. CU-605-2016

12. Nota del señor Rector, referente a los informes de Auditoría Interna, de la

Contraloría General de la República y de los informes de auditoría externa del Despacho Carvajal & Colegiados, mencionados en el Informe X.19-2016-01 (oficio AI-055-2016 de Auditoría Interna). REF. CU-591-2016

13. Nota de la coordinadora general de la Secretaría General del Consejo

Universitario en la que remite la información de la funcionaria interesada en ocupar la plaza vacante en el Consejo de Becas Institucional. REF. CU. 390-2016

14. Nota del Director a.i. del Instituto de Gestión de la Calidad Académica, sobre

las ventajas que se han materializado en la sociedad costarricense, ante esfuerzos que está haciendo la UNED para acreditar sus carreras. REF. CU-313-2016

15. Nota de la Directora de Extensión Universitaria, sobre la conformación de

una comisión, con el fin de elaborar las funciones del Programa de Gestión Local y su vinculación con el Instituto de Formación y Capacitación Municipal (PGL) y Desarrollo Local (IFCMDL). REF. CU-307-2016

16. Nota de la jefe a.i. de la Oficina de Presupuesto, referente al análisis

histórico y las referencias relativas de los últimos cinco años de lo presupuestado a becas a funcionarios y lo ejecutado, con respecto al FEES institucional. REF. CU-475-2016

17. Nota de la señora Rosa María Vindas, en la que solicita al Consejo

Universitario que le indique si la interpretación dada por el señor Rector en el oficio R-357-2015, en su último párrafo, es correcta. Correo electrónico de la señora Marlene Víquez sobre la situación laboral de la señora Rosa Vindas. Además correo electrónico del Tribunal Electoral Universitario en el que comunica acuerdo tomado por el Tribunal en la sesión ordinaria 1084-2015, Art. II, referente a correo enviado por la señora Rosa Vindas. REF. CU-442-2015, REF. CU. 447-2015 y REF. CU.448-2015

18. Nota de la señora Rosa María Vindas, Jefa a.i. de la Oficina de Recursos

Humanos, sobre posibles incumplimientos por parte de las autoridades superiores en referencia a la normativa interna y nacional. REF. CU-644-2014

19. Nota de la señora Rosa María Vindas, Jefa de la Oficina de Recursos

Humanos, en el que manifiesta su preocupación, por cuanto considera que en el acuerdo tomado por el Consejo Universitario en sesión 2322-2014, Art. III, inciso 8), celebrada el 6 de marzo del 2014, no se da respuesta a lo indicado en el último párrafo de su nota. REF. CU-161-2014

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20. Solicitud de la señora Rosa María Vindas para que le expliquen qué debe de entender como “mantener sus derechos laborales”, según acuerdo del Consejo Universitario aprobado en firme en la sesión No. 2328-2014, del 27 de marzo del 2014. REF. CU. 242-2014

21. Nota de la Vicerrectora Ejecutiva, referente al oficio de la Sra. Rosa María

Vindas, Jefa a.i. de la Oficina de Recursos Humanos, referente a su preocupación por la falta de aplicación de la normativa interna y el estado de la esa oficina en el momento de su reincorporación. REF. CU-466-2014

22. Nota de la Jefa de la Oficina de Recursos Humanos sobre el Reglamento de

Becas con los permisos del AMI. REF. CU. 481-2014 23. Dudas que existen por parte de algunos miembros del Consejo Universitario,

en relación con algunos aspectos indicados en la nota enviada por la Sra. Rosa María Vindas Chaves. REF. CU. 080-2015

24. Análisis sobre medidas de Valoración del Riesgo del Consejo Universitario.

VII. NOTA DEL CONSEJO DE BECAS INSTITUCIONAL EN EL QUE REMITEN

LOS CAMBIOS PROPUESTOS POR EL COBI AL REGLAMENTO PARA LA FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DEL PERSONAL DE LA UNED. ADEMÁS, OBSERVACIONES DEL SEÑOR ALFONSO SALAZAR A DICHO REGLAMENTO. TAMBIÉN NOTA DE LA OFICINA JURÍDICA EN LA QUE PROPONE REDACCIÓN AL INCISO L) DEL ARTÍCULO 3 DE LA PROPUESTA DE DICHO REGLAMENTO. REF.CU. 005-2017 y REF. CU. 040-2017

***

II. APROBACION DE ACTA No. 2600-2017

LUIS GUILLERMO CARPIO: Tenemos el acta No. 2600-2017 para aprobación. ¿Observaciones? No hay, entonces la damos por aprobada.

***

Se aprueba el acta No. 2600-2017 con modificaciones de forma.

***

III. CORRESPONDENCIA Se conoce la propuesta de acuerdo (REF. CU-371-2017) presentada por la coordinación de la Secretaría del Consejo Universitario, en relación con la correspondencia recibida, que se detalla a continuación:

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1. Nota de la jefa a.i. de la Oficina de Presupuesto, en el que remite el Informe de las modificaciones presupuestarias del I Trimestre del 2017.

Se conoce el oficio OPRE-497-2017 del 13 de junio del 2017 (REF. CU-356-2017), suscrito por la señora Grace Alfaro Alpízar, jefa a.i. de la Oficina de Presupuesto, en el que remite el Informe de las modificaciones presupuestarias del I Trimestre del 2017. LUIS GUILLERMO CARPIO: Para esta nota la propuesta de acuerdo que nos hace la coordinadora es:

“Remitir a la Comisión Plan Presupuesto el Informe de las modificaciones presupuestarias del I Trimestre del 2017, para su conocimiento.”

***

Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO III, inciso 1) CONSIDERANDO: El oficio OPRE-497-2017 del 13 de junio del 2017 (REF. CU-356-2017), suscrito por la señora Grace Alfaro Alpízar, jefa a.i. de la Oficina de Presupuesto, en el que remite el Informe de las modificaciones presupuestarias del I Trimestre del 2017. SE ACUERDA: Remitir a la Comisión Plan Presupuesto el Informe de las modificaciones presupuestarias del I Trimestre del 2017, para su conocimiento. ACUERDO FIRME

2. Nota de la jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en la que remite la

nota ORH-ED-2017-075 de la Unidad de Evaluación del Desempeño, con la recomendación de que se actualice el Manual de Evaluación del Desempeño.

Se conoce el oficio ORH-2017-256 del 13 de junio del 2017 (REF. CU-357-2017), suscrito por la señora Rosa María Vindas Chaves, jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en el que remite la nota ORH-ED-2017-075 de la Unidad de Evaluación del Desempeño, con la recomendación de que se actualice el Manual de Evaluación del Desempeño.

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LUIS GUILLERMO CARPIO: La propuesta de acuerdo para este tema es:

“Remitir a la Comisión de Políticas de Desarrollo Organizacional y Administrativo la recomendación del señor Sócrates Salas de la Unidad de Evaluación del Desempeño, para que se actualice el Manual de Gestión del Desempeño para el personal de la UNED, con el fin de que se analice y brinde un dictamen al plenario, a más tardar el 31 de agosto del 2017.”

Ya que se va a ver eso, quisiera aprovechar de una vez y solicitarle a la comisión de Comisión de Políticas de Desarrollo Organizacional y Administrativo que vieran este tema de forma integral, no solo la propuesta, sino que si realmente se ajusta al modelo que tenemos en la UNED porque de verdad que la evaluación del desempeño está tomando una condición de poco efecto y creo que un esfuerzo tan grande como esos, deberíamos de buscar la forma para colaborar con la Unidad de Evaluación para ver si podemos darle una mayor aplicación sustantiva del resultado que podríamos obtener de eso, aparte de que la evaluación del desempeño no solo es un instrumento interno, sino que ya los pares evaluadores están usando ese instrumento, entonces tenemos que darle una forma más amplia al tema. GUISELLE BOLAÑOS: Don Luis, lo que se está proponiendo es que nada más se analice la solicitud de don Sócrates, no es que se haga dentro de la comisión los cambios que se consideren, sino que se analice y a partir de ahí tendría que empezar entonces el proceso de cambio. LUIS GUILLERMO CARPIO: Aquí lo que dice es para que se actualice el Manual de Gestión del Desempeño. La idea es buscar que un esfuerzo tan grande como eso tenga mayor aplicabilidad en todo. Entonces sería: “con el fin de que se actualice y se revise integralmente el Manual de Gestión del Desempeño y su aplicabilidad en la UNED.” Y ampliamos el plazo hasta el 30 de setiembre.

*** Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO III, inciso 2) CONSIDERANDO: El oficio ORH-2017-256 del 13 de junio del 2017 (REF. CU-357-2017), suscrito por la señora Rosa María Vindas Chaves, jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en el que remite la nota ORH-ED-2017-075 de la Unidad de Evaluación del Desempeño, con la recomendación de que se actualice el Manual de Evaluación del Desempeño.

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SE ACUERDA: Remitir a la Comisión de Políticas de Desarrollo Organizacional y Administrativo la recomendación del señor Sócrates Salas de la Unidad de Evaluación del Desempeño, con el fin de que se actualice y revise en forma integral el Manual de Gestión del Desempeño para el personal de la UNED y brinde un dictamen al plenario, a más tardar el 30 de setiembre del 2017. ACUERDO FIRME

3. Nota de la jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en la que acusa

recibo del acuerdo CU-2017-265, e indica que en el momento en que la propuesta de la Caja Costarricense de Seguro Social sea definitiva se procedería de conformidad.

Se conoce el oficio ORH-2017-251 del 13 de junio del 2017 (REF. CU-358-2017), suscrito por la señora Rosa María Vindas Chaves, jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en el que acusa recibo del acuerdo CU-2017-265, e indica que en el momento en que la propuesta de la Caja Costarricense del Seguro Social sea definitiva y una vez que se publique en La Gaceta, se procedería de conformidad. LUIS GUILLERMO CARPIO: La propuesta de acuerdo para este punto es: “Dar

por recibido el oficio ORH.2017.251 de la Oficina de Recursos Humanos.”

***

Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO III, inciso 3) CONSIDERANDO: El oficio ORH-2017-251 del 13 de junio del 2017 (REF. CU-358-2017), suscrito por la señora Rosa María Vindas Chaves, jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en el que acusa recibo del acuerdo CU-2017-265, e indica que en el momento en que la propuesta de la Caja Costarricense del Seguro Social sea definitiva y una vez que se publique en La Gaceta, se procedería de conformidad. SE ACUERDA: Dar por recibido el oficio ORH.2017.251 de la Oficina de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME

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4. Nota de la jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en la que informa que las acciones de personal de todos los casos de jefes y directores nombrados por el inciso ch2), procederá a tramitarlas por principio de obediencia.

Se conoce el oficio ORH-2017-257 del 13 de junio del 2017 (REF. CU-359-2017), suscrito por la señora Rosa María Vindas Chaves, jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en el que informa que tomando en consideración el artículo 109 de la Ley General de la República, procede a comunicar que las acciones de personal de todos los casos de jefes y directores nombrados por el inciso ch2), procederá a tramitarlas por principio de obediencia, por lo que traslada la responsabilidad a quien toma y ejecuta la decisión. LUIS GUILLERMO CARPIO: La propuesta de acuerdo para este punto es: “Tomar

nota del oficio ORH-2017-257 de la Oficina de Recursos Humanos.”

***

Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO III, inciso 4) CONSIDERANDO: El oficio ORH-2017-257 del 13 de junio del 2017 (REF. CU-359-2017), suscrito por la señora Rosa María Vindas Chaves, jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en el que informa que tomando en consideración el artículo 109 de la Ley General de la República, procede a comunicar que las acciones de personal de todos los casos de jefes y directores nombrados por el inciso ch2), procederá a tramitarlas por principio de obediencia, por lo que traslada la responsabilidad a quien toma y ejecuta la decisión. SE ACUERDA: Tomar nota del oficio ORH-2017-257 de la Oficina de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME

5. Nota de la jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en la que indica que no entiende el acuerdo tomado por el Consejo Universitario en sesión 2598-2017, Art. IV, inciso 2), referente al CINED.

Se conoce el oficio ORH-2017-255 del 13 de junio del 2017 (REF. CU-360-2017), suscrito por la señora Rosa María Vindas Chaves, jefa de la Oficina de Recursos

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Humanos, en el que indica que no entiende el acuerdo tomado por el Consejo Universitario en sesión 2598-2017, Art. IV, inciso 2), e indica que lo que preguntó fue sobre la interpretación auténtica del acuerdo de creación del Instituto de Investigaciones en Educación (CINED), y por lo tanto, traslada la responsabilidad de lo que se ejecute a este respecto, a quien tomó la decisión, sin aplicar los procedimientos pertinentes para restructuración organizacional y traslado de personal, en el momento que se ejecutó de hecho el traslado. LUIS GUILLERMO CARPIO: La propuesta de acuerdo que tenemos para este tema es: “Analizar este oficio en el apartado de Asuntos de Trámite Urgente.”

*** Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO III, inciso 5) CONSIDERANDO: El oficio ORH-2017-255 del 13 de junio del 2017 (REF. CU-360-2017), suscrito por la señora Rosa María Vindas Chaves, jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en el que indica que no entiende el acuerdo tomado por el Consejo Universitario en sesión 2598-2017, Art. IV, inciso 2), e indica que lo que preguntó fue sobre la interpretación auténtica del acuerdo de creación del Instituto de Investigaciones en Educación (CINED) y, por lo tanto, traslada la responsabilidad de lo que se ejecute a este respecto, a quien tomó la decisión, sin aplicar los procedimientos pertinentes para restructuración organizacional y traslado de personal, en el momento en que se ejecutó de hecho el traslado. SE ACUERDA: Analizar este oficio en el apartado de Asuntos de Trámite Urgente. ACUERDO FIRME

6. Nota de la jefa de la Oficina Institucional de Mercadeo y Comunicación,

en la que solicita que se le informe sobre la condición actual de su puesto, dado que en la Oficina de Recursos Humanos le comunicaron que ella no fue elegida por concurso.

Se conoce el oficio OI-MERCOM-033-2017 del 14 de junio del 2017 (REF. CU-361-2017), suscrito por la señora María Gabriela Ortega Morgan, jefa de la Oficina Institucional de Mercadeo y Comunicación, en el que solicita que se le informe

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sobre la condición actual de su puesto, dado que en la Oficina de Recursos Humanos le comunicaron que ella no fue elegida por concurso. LUIS GUILLERMO CARPIO: La propuesta de acuerdo que tenemos para este punto es la siguiente:

“Solicitar a la Oficina Jurídica que, a más tardar el 15 de julio del 2017, brinde su dictamen en relación con la inquietud planteada por la señora María Gabriela Ortega Morgan, sobre su nombramiento como jefe de la Oficina Institucional de Mercadeo y Comunicación.”

***

Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO III, inciso 6) CONSIDERANDO: El oficio OI-MERCOM-033-2017 del 14 de junio del 2017 (REF. CU-361-2017), suscrito por la señora María Gabriela Ortega Morgan, jefa de la Oficina Institucional de Mercadeo y Comunicación, en el que solicita que se le informe sobre la condición actual de su puesto, dado que en la Oficina de Recursos Humanos le comunicaron que ella no fue elegida por concurso. SE ACUERDA: Solicitar a la Oficina Jurídica que, a más tardar el 15 de julio del 2017, brinde su dictamen en relación con la inquietud planteada por la señora María Gabriela Ortega Morgan, sobre su nombramiento como jefe de la Oficina Institucional de Mercadeo y Comunicación. ACUERDO FIRME

7. Nota de un grupo de administradores de Centros Universitarios, en la

que presentan dos propuestas, referentes a: 1) Modificación del Reglamento del Consejo de Centros Universitarios y 2) nombramiento del director de Centros Universitarios de la Vicerrectoría Académica.

Se conoce la nota del 14 de junio del 2017 (REF. CU-362-2017), suscrito por un grupo de administradores de Centros Universitarios, en la que presentan dos propuestas, referentes a: 1) Modificación del Reglamento del Consejo de Centros Universitarios (CU.CPDEyCU-2015-014), y 2) nombramiento del director de Centros Universitarios de la Vicerrectoría Académica.

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LUIS GUILLERMO CARPIO: La propuesta de acuerdo que tenemos para este tema es la siguiente: “Analizar este tema en el apartado de Asuntos de Trámite

Urgente.”

***

Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO III, inciso 7) CONSIDERANDO: La nota del 14 de junio del 2017 (REF. CU-362-2017), suscrito por un grupo de administradores de Centros Universitarios, en la que presentan dos propuestas: 1) Modificación del Reglamento del Consejo de Centros Universitarios (CU.CPDEyCU-2015-014), y 2) nombramiento del director de Centros Universitarios de la Vicerrectoría Académica. SE ACUERDA: Analizar este asunto en el apartado de Asuntos de Trámite Urgente. ACUERDO FIRME

8. Nota de la jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en la que acusa

recibo del acuerdo tomado en sesión 2598-2017, Art. IV, inciso 3), y procede con base en el artículo 109 de la Ley General de Administración Pública, a aplicarlo por principio de obediencia.

Se conoce el oficio ORH-2017-247 del 14 de junio del 2017 (REF. CU-365-2017), suscrito por la señora Rosa María Vindas Chaves, jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en el que acusa recibo del acuerdo tomado en sesión 2598-2017, Art. IV, inciso 3), celebrada el 01 de junio del 2017, y dado que ha argumentado que el recargo o subrogación, técnicamente en materia laboral es un nombramiento que corresponde hacer al Consejo Universitario, procede con base en el artículo 109 de la Ley General de Administración Pública, aplicarlo por principio de obediencia y traslada la responsabilidad de la ejecución, lo que así se acuerde a quien toma la decisión y proceda de conformidad. LUIS GUILLERMO CARPIO: La propuesta de acuerdo para este tema es: “Tomar

nota del oficio ORH-2017-247 de la Oficina de Recursos Humanos.”

***

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Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO III, inciso 8) CONSIDERANDO: El oficio ORH-2017-247 del 14 de junio del 2017 (REF. CU-365-2017), suscrito por la señora Rosa María Vindas Chaves, jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en el que acusa recibo del acuerdo tomado en sesión 2598-2017, Art. IV, inciso 3), celebrada el 01 de junio del 2017, y dado que ha argumentado que el recargo o subrogación, técnicamente en materia laboral es un nombramiento que corresponde hacer al Consejo Universitario, procede con base en el artículo 109 de la Ley General de Administración Pública, aplicarlo por principio de obediencia y traslada la responsabilidad de la ejecución, lo que así se acuerde a quien toma la decisión y proceda de conformidad. SE ACUERDA: Tomar nota del oficio ORH-2017-247 de la Oficina de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME

9. Nota del jefe del Centro de Planificación y Programación Institucional,

en la que solicita la información correspondiente para la primera Evaluación del Plan Operativo Anual del Consejo Universitario, que comprende el período del 01 de enero al 30 de junio del 2017.

Se conoce el oficio CPPI-040-2017 del 07 de junio del 2017 (REF. CU-366-2017), suscrito por el señor Juan Carlos Parreaguirre, jefe del Centro de Planificación y Programación Institucional, en el que solicita la información correspondiente para la primera Evaluación del Plan Operativo Anual del Consejo Universitario, que comprende el período del 01 de enero al 30 de junio del 2017. LUIS GUILLERMO CARPIO: La propuesta para este punto es:

“Solicitar a la Comisión Plan Presupuesto que para la próxima sesión ordinaria, presente al plenario la propuesta de Evaluación del Plan Operativo Anual del Consejo Universitario, correspondiente al primer semestre del 2017.”

CAROLINA AMERLING: ¿No entiendo por qué la Comisión Plan Presupuesto va a analizar el POA? Tal vez el POA tiene un componente presupuestario, pero no tiene que ver nada con el POA, me parece que más bien es organizacional o es

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para todos porque todos los consejales tenemos que dar nuestro aporte en lo que se ha trabajado en la elaboración del POA y el avance del cumplimiento. No es propiamente para la Comisión Plan Presupuesto. LUIS GUILLERMO CARPIO: Esto lo pasamos a Asuntos de Trámite Urgente.

*** Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO III, inciso 9) CONSIDERANDO El oficio CPPI-040-2017 del 07 de junio del 2017 (REF. CU-366-2017), suscrito por el señor Juan Carlos Parreaguirre, jefe del Centro de Planificación y Programación Institucional, en el que solicita la información correspondiente para la primera Evaluación del Plan Operativo Anual del Consejo Universitario, que comprende el período del 01 de enero al 30 de junio del 2017. SE ACUERDA: Analizar en el apartado de Asuntos de Trámite Urgente la primera Evaluación del Plan Operativo Anual del Consejo Universitario, correspondiente al primer semestre del 2017. ACUERDO FIRME

10. Nota de la secretaría ejecutiva del COBI, en la que solicita al Consejo Universitario la revisión de las orientaciones sobre el límite de cinco días para apoyo económico que pueden recibir las personas funcionarias que optan por cursos, pasantías, congresos y otras actividades de capacitación, en el marco de nuevas políticas institucionales y la realidad internacional actual, en lo que se refiere a la formación y la capacitación.

Se conoce el oficio Becas COBI 7212 del 12 de junio del 2017 (REF. CU-367-2017), suscrito por la señora Patricia López Flores, funcionaria de la Secretaría Ejecutiva del Consejo de Becas Institucional, en el que transcribe el acuerdo tomado en sesión ordinaria No. 1117-2017, Artículo XXXIII, celebrada el 25 de mayo y ratificado el 02 de junio del 2017, en el que solicita al Consejo Universitario la revisión de las orientaciones sobre el límite de cinco días para apoyo económico que pueden recibir las personas funcionarias que optan por cursos, pasantías, congresos y otras actividades de capacitación, en el marco de

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nuevas políticas institucionales y la realidad internacional actual, en lo que se refiere a la formación y la capacitación. LUIS GUILLERMO CARPIO: Están interpretando algo que no es correcto, las pasantías del AMI por reglamento están autorizadas para un mes y están aplicándole lo de los cinco días a todos y eso no es procedente. Lo que pasa es que hay un acuerdo del Consejo Universitario que lo había propuesto don Rodrigo Carazo, por cierto, para que las actividades académicas fuera un máximo de cinco días, sin embargo ya eso no se ajusta en muchos casos. Entonces la propuesta de acuerdo para este punto es:

“Remitir a la Comisión Plan Presupuesto el oficio COBI 7212, con el fin de que analice la pertinencia de mantener el tope de cinco días máximo de viáticos para cada persona que asista a un evento fuera del país y presente un dictamen al plenario, a más tardar el 31 de julio del 2017.”

***

Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTICULO III, inciso 10) CONSIDERANDO: El oficio Becas COBI 7212 del 12 de junio del 2017 (REF. CU-367-2017), suscrito por la señora Patricia López Flores, funcionaria de la secretaría ejecutiva del Consejo de Becas Institucional, en el que transcribe el acuerdo tomado en sesión ordinaria No. 1117-2017, Artículo XXXIII, celebrada el 25 de mayo y ratificado el 02 de junio del 2017, en el que solicita al Consejo Universitario la revisión de las orientaciones sobre el límite de cinco días para apoyo económico que pueden recibir las personas funcionarias que optan por cursos, pasantías, congresos y otras actividades de capacitación, en el marco de nuevas políticas institucionales y la realidad internacional actual, en lo que se refiere a la formación y la capacitación. SE ACUERDA: Remitir a la Comisión Plan Presupuesto el oficio COBI 7212, con el fin de que analice la pertinencia de mantener el tope de cinco días máximo de viáticos para cada persona que asista a un evento fuera del país y presente un dictamen al plenario, a más tardar el 31 de julio del 2017. ACUERDO FIRME

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11. Nota de la Secretaría Ejecutiva del COBI, en relación con el acuerdo del Consejo de Rectoría, referente al becario Paulo Barrios Gómez, del Proyecto AMI.

Se conoce el oficio Becas COBI 7278 del 15 de junio del 2017 (REF. CU-368-2017), suscrito por la señora Patricia López Flores, funcionaria de la Secretaría Ejecutiva del Consejo de Becas Institucional, en el que transcribe el acuerdo tomado en sesión ordinaria No. 1120-2017, Artículo XL, celebrada el 15 de junio del 2017, en relación con el acuerdo del Consejo de Rectoría (CONRE), en sesión 1948-2017, Artículo II, inciso 21), del 12 de junio del 2017, referente al becario Paulo Barrios Gómez, del Proyecto AMI. LUIS GUILLERMO CARPIO: Este caso de Paulo Barrios, es que le dan una pasantía de 12 días, el COBI se la aprueba, pero le dan cinco días de viáticos, entonces es mejor no aprobársela sinceramente y él apela al Consejo de Rectoría. El Consejo de Rectoría ve que es una beca AMI de un mes, le da la razón a él y se la manda al COBI y el COBI dice que actúa bajo el principio de obediencia, así que no entendemos por qué, sinceramente. La propuesta de acuerdo que tenemos es: “Analizar este tema en el apartado de

Asuntos de Trámite Urgente.”

***

Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO III, inciso 11) CONSIDERANDO: El oficio Becas COBI 7278 del 15 de junio del 2017 (REF. CU-368-2017), suscrito por la señora Patricia López Flores, funcionaria de la secretaría ejecutiva del Consejo de Becas Institucional, en el que transcribe el acuerdo tomado en sesión ordinaria No. 1120-2017, Artículo XL, celebrada el 15 de junio del 2017, en relación con el acuerdo del Consejo de Rectoría (CONRE), en sesión 1948-2017, Artículo II, inciso 21), del 12 de junio del 2017, referente al becario Paulo Barrios Gómez, del Proyecto AMI. SE ACUERDA: Analizar este asunto en el apartado de Asuntos de Trámite Urgente. ACUERDO FIRME

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12. Nota de la jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en la que plantea algunas dudas en relación con el acuerdo tomado por el Consejo Universitario referente a la autorización al Consejo de Rectoría, para realizar recargo y subrogación de jefaturas, direcciones y vicerrectorías, hasta por 90 días naturales.

Se conoce el oficio ORH-2017-258 del 15 de junio del 2017 (REF. CU-369-2017), suscrito por la señora Rosa María Vindas Chaves, jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en el que plantea algunas dudas en relación con el acuerdo tomado por el Consejo Universitario en sesión 2598-2017, Art. IV, inciso 3), celebrada el 01 de junio del 2017, referente a la autorización al Consejo de Rectoría (CONRE), para realizar recargo y subrogación de jefaturas, direcciones y vicerrectorías, hasta por 90 días naturales. LUIS GUILLERMO CARPIO: La propuesta de acuerdo para este tema es:

“Analizar en el apartado de Asuntos de Trámite Urgente las inquietudes planteadas por la jefatura de la Oficina de Recursos Humanos, referente a las subrogaciones y recargos de funciones.”

GUISELLE BOLAÑOS: Creo que cada vez que hemos visto eso en el plenario del Consejo Universitario le hemos solicitado a don Celín que nos diga aquí en el plenario si se procede adecuadamente o no. Creo que antes de que lo veamos en plenario, deberíamos solicitar un dictamen a la Oficina Jurídica y después hacer el análisis con base en dicho dictamen, porque es lo que hemos estado haciendo en relación con esta nota. LUIS GUILLERMO CARPIO: Para mí el dictamen de la Oficina Jurídica donde se presenta esto, es claro, no tiene grises y, sin embargo, lo podemos hacer de esa manera y le solicitamos dictamen a la Oficina Jurídica y le ponemos un plazo.

*** Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO III, inciso 12) CONSIDERANDO: El oficio ORH-2017-258 del 15 de junio del 2017 (REF. CU-369-2017), suscrito por la señora Rosa María Vindas Chaves, jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en el que plantea algunas dudas en relación con el acuerdo tomado por el Consejo Universitario en sesión 2598-2017, Art. IV, inciso 3), celebrada el 01 de junio del 2017, referente a la autorización al Consejo de Rectoría (CONRE),

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para realizar recargo y subrogación de jefaturas, direcciones y vicerrectorías, hasta por 90 días naturales. SE ACUERDA: Solicitar a la Oficina Jurídica que, en un plazo de quince días (10 de julio del 2017) brinde su criterio en relación con las inquietudes planteadas por la jefatura de la Oficina de Recursos Humanos, referente a las subrogaciones y recargos de funciones. ACUERDO FIRME

13. Nota del jefe a.i. de la Oficina Jurídica, en el que emite criterio sobre el

proyecto de LEY DE CREACIÓN DE LA ACADEMIA NACIONAL DE POLICÍA, Expediente No. 20.303.

Se conoce el oficio O.J.2017-215 del 17 de mayo del 2017 (REF. CU-286-2017), suscrito por el señor Celín Arce Gómez, jefe a.i. de la Oficina Jurídica, en el que emite criterio sobre el proyecto de LEY DE CREACIÓN DE LA ACADEMIA NACIONAL DE POLICÍA, Expediente No. 20.303. LUIS GUILLERMO CARPIO: Esto lo podemos ver de una vez, don Celín por favor si nos explica en qué consiste. CELÍN ARCE: Este es un proyecto de ley donde se pretende replantear la creación del funcionamiento de la Academia Nacional de Policía o Instituto Policial Parauniversitario, etc., tiene que ver con el fondo del asunto de cuál es el procedimiento, institución o modalidad de formación y capacitación de la policía en nuestro medio, que eso no ha estado claro, nunca ha habido una política muy clara en ese sentido. A pesar de que en el año 98 se creó el Instituto Policial Parauniversitario, como Institución de Educación Superior Parauniversitaria que tuviera capacidad jurídica para adquirir sus obligaciones, e iba a otorgar el título de diplomado en política, ese Instituto Policial Parauniversitario, a pesar de que fue creado por ley nunca se implementó en la práctica. A ningún gobierno ni a ministro le ha interesado implementarlo. El Gobierno actual presenta un nuevo proyecto de ley: “Ley de Creación de la Academia Nacional de Policía”, eso se activa, se motiva a raíz de la donación que tienen con el Gobierno de China y de la Escuela de Policía que se está construyendo en Pococí, que es una súper estructura muy moderna, etc., pero desde el punto de vista académico eso sigue en el aire y sigue una gran confusión. Entonces, en este proyecto de ley destaco el artículo 3 que dice:

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“ARTÍCULO 3.- Son atribuciones de La Academia: Impartir y otorgar los grados académicos de diplomado, bachiller, licenciatura y postgrado una vez que estos sean autorizados por las instancias competentes y cumpliendo con los requisitos establecidos para ese fin, o cuando estos sean respaldados por convenios de cooperación con instituciones de enseñanza superior nacionales o internacionales, públicas o privadas.”

De tal suerte que no existe una posición clara de lo que es esta academia, cuál es el nivel de formación que se requiere y de qué tipo, pero si otorga diplomado, bachiller, licenciatura y posgrado, probablemente es una nueva universidad lo que se estaría creando, especializada en formación de policías, lo cual evidentemente es absurdo. Eso para mí responde indudablemente a un proyecto muy precipitado y al no tener una posición clara de qué es lo que se persigue con la formación del policía y que debe ser la Academia Nacional de Policía, concluimos que se debe pronunciar en contra de este, ante esa barbaridad y al no responder a una concesión clara de qué realmente se presenta sobre eso, hay que hacer un replanteamiento total. Esto ligaba también al proyecto que vimos la semana pasada, donde no estuvo don Luis Guillermo, que se estaría tratando de convertir el Colegio Universitario de Cartago en otra universidad. LUIS GUILLERMO CARPIO: Además de acoger el dictamen de don Celín, deberíamos indicarle a la Asamblea Legislativa que la UNED tiene toda una plataforma de formación para policías con el programa de formación policial y ciencias criminológicas, que tiene el propósito de mejorar la calidad en la formación del personal policiaco del país, garantizando así una formación civilista y humanitaria. Agregamos eso ¿de acuerdo?

*** Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO III, inciso 13) CONSIDERANDO: El oficio O.J.2017-215 del 17 de mayo del 2017 (REF. CU-286-2017), suscrito por el señor Celín Arce Gómez, jefe a.i. de la Oficina Jurídica, en el que emite criterio sobre el proyecto de LEY DE CREACIÓN DE LA ACADEMIA NACIONAL DE POLICÍA, Expediente No. 20.303, que se transcribe a continuación:

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“Procedo a emitir criterio sobre el proyecto de “LEY DE CREACIÓN DE LA ACADEMIA NACIONAL DE POLICÍA” Expediente N. 20.303.

EXPOSICION DE MOTIVOS En Costa Rica, la Ley N. 7410, Ley General de Policía, de 26 de mayo de 1994 y sus reformas, establece en su artículo 93 que el adiestramiento y la capacitación policiales estarán a cargo de la Escuela Nacional de Policía Francisco J. Orlich y de cualquier entidad pública autorizada para este fin por el Ministerio de Educación Pública (MEP) y el Consejo de Seguridad Nacional. Con esta norma se concreta el gran interés manifestado por los poderes del Estado y diversos grupos profesionales con respecto a la revisión del sistema policial del país. Agrega Hoy, a más de cincuenta años de la creación de la Escuela Nacional de Policía, se hace necesaria la creación de un marco normativo que la regule, siendo importante -en primer término- establecer el concepto que mejor la defina acorde al ámbito de sus competencias. De acuerdo al Diccionario Manual de Sinónimos y Antónimos de la Lengua Española Vox (Larousse Editorial, S.L., 2007), los términos “academia” y “seminario” definen a centros de enseñanza específicos; mientras que los términos “escuela” y “colegio” responde a centros de enseñanza en términos generales. Así las cosas, el concepto de “Academia” es el que mejor se ajusta a lo pretendido en el presente proyecto, pues la Academia Nacional de Policía devendría a ser el ente rector y de enseñanza especializada en el área técnica policial. De conformidad con el artículo 65 inciso f) de la Ley General de Policía, para ingresar al servicio de las fuerzas de policía, en lo que se refiere a la Academia, se requiere someterse a las pruebas y los exámenes establecidos en la Ley General de Policía y sus reglamentos, por lo que se hace indispensable contar con una norma de rango legal que exija la capacitación por ese centro de formación. Concluye en lo que interesa: Actualmente, el desarrollo educativo policial de la Escuela Nacional de Policía está caracterizado por cuatro procesos: formación, capacitación, especialización e investigación. En el proyecto se contempla el reconocimiento como el acto oficial mediante el cual, el MEP, otorga validez a los estudios de formación policial cursados en la Academia Nacional de Policía.

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CONSIDERACIONES GENERALES: LA LEY GENERAL DE POLICIA

Y LA ESCUELA NACIONAL DE POLICIA Como se puede apreciar actualmente funciona la Escuela Nacional de Policía que deriva del artículo 93 de la Ley General de Policía que regula la materia del ADIESTRAMIENTO Y CAPACITACIÓN de la policía al indicar:

CAPITULO X Adiestramiento y capacitación “Artículo 93°-Entes encargados de brindarlos. Las labores de adiestramiento y capacitación policial estarán a cargo de la Escuela Nacional de Policía Francisco J. Orlich y de cualquier entidad pública, autorizada para ese fin por el Ministerio de Educación Pública y por el Consejo de Seguridad Nacional. Artículo 94°—Criterios. El adiestramiento y la capacitación policial se fundamentarán en los siguientes criterios: a) Tendrán carácter profesional y permanente. b) Serán convalidados por el Ministerio de Educación Pública. c) No tendrán carácter militar y, en consecuencia, su orientación será civilista, democrática y defensora de los derechos humanos.” (La negrita no es del original)

Sobre los alcances de tales normas la Procuraduría General de la República ha señalado las siguientes conclusiones que compartimos:

a) A partir de lo dispuesto en los numerales 93 y 94 inciso b) de la Ley General de Policía, corresponde al Ministerio de Educación Pública autorizar a las entidades públicas para realizar adiestramiento y capacitación policial, y además debe convalidar los criterios de adiestramiento y capacitación en esta materia; b) En caso de que el Ministerio de Educación Pública considere inoportuno o improcedente la aplicación de dichas obligaciones contenidas en la Ley General de Policía, deberá gestionar la respectiva reforma o derogatoria legal, y mientras ello no suceda deberá acatar el mandato que el legislador le ha impuesto en esta materia, sin que se observe vicio alguno de constitucionalidad, toda vez que sus atribuciones no tienen rango constitucional sino legal; c) La autorización que debe otorgar el Ministerio de Educación Pública a la luz de lo dispuesto en el numeral 93 de la Ley General de Policía, constituye un aval previo a favor de cualquier institución pública que desee realizar labores de adiestramiento y capacitación policial, y sin el cual, no se encontraría habilitada para realizar dichas funciones; d) Ni legalmente ni reglamentariamente se establece al Ministerio de Educación Pública un procedimiento específico para otorgar estas autorizaciones y convalidaciones, por lo que corresponde a éste, a través de sus órganos competentes y dentro del margen de sus competencias legales, establecer sus procedimientos internos para cumplir con las funciones encomendadas por el legislador;

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e) Las normas legales y reglamentarias que imponen obligaciones al Ministerio de Educación Pública en materia policial, resultan de aplicación obligatoria mientras se mantenga su vigencia; f) Todas las instituciones involucradas en materia policial se encuentran sometidas al mandato del legislador, motivo por el cual no podrían las escuelas de policías o entidades públicas autorizadas para realizar adiestramiento y capacitación policial, obviar los criterios de convalidación que emita el Ministerio de Educación Pública en esta materia, mientras la normativa no sea reformada o derogada.1

LEY DE CREACIÓN DEL INSTITUTO POLICIAL PARAUNIVERSITARIO

Mediante la Ley N. 7752 del 23/02/1998 se creó el Instituto Policial Parauniversitario como una “… INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARAUNIVERSITARIA CON PLENA CAPACIDAD JURÍDICA PARA ADQUIRIR DERECHOS Y CONTRAER OBLIGACIONES. SU OBJETIVO SERÁ FORMAR POLICÍAS CON UN NIVEL DE EDUCACIÓN SUPERIOR”. (Art. 1). Por lo que “…OFRECERÁ A PERSONAS EGRESADAS DE LA EDUCACIÓN DIVERSIFICADA, LA CARRERA EN DIPLOMADO EN POLICÍA, QUE TENDRÁ UNA DURACIÓN DE DOS AÑOS” (ART. 2). Congruentemente el Instituto Policial Parauniversitario tendrá los siguientes fines:

a) Ofrecer programas de formación, capacitación y

perfeccionamiento a quienes deseen ser profesionales en

policía. (Art. 3 inciso a).

Finalmente el artículo 7 estipula que:

“Artículo 7°- Planes de estudio. El Ministerio de Seguridad Pública hará planteamientos al Consejo Directivo acerca de los planes de estudio y le remitirá investigaciones de mercado para que estas sean tomadas en cuenta por el Consejo Superior de Educación, al estructurar, supervisar y suprimir las carreras.

En suma, este instituto sería un instituto parauniversitario reglamentado por la Ley que regula instituciones de enseñanza superior parauniversitaria, N. 6541, de 19 de noviembre de 1980, por lo que tendría el mismo nivel y rango jurídico y académico, por ejemplo, del actual Colegio Universitario de Cartago y el Colegio Universitario de Limón; de los desparecidos Colegio Universitario de Alajuela (CUNA), Colegio Universitario de Puntarenas; Colegio del Riego del Trópico Seco de Guanacaste y de la Escuela

1 Dictamen 113 del 31/03/2014

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Centroamericana de Ganadería de Atenas que fueron absorbidos por la Universidad Técnica Nacional UTN. No obstante ningún gobierno tuvo la visión ni la voluntad política de crear este instituto, por lo que dicha ley nunca produjo efecto alguno.

SOBRE EL PROYECTO DE CREACIÓN DE LA ACADEMIA NACIONAL DE POLICÍA” Expediente No. 20.303.

Como se sabe el Gobierno de China donó la suma de cincuenta millones de dólares para la construcción de las nuevas instalaciones de la Escuela Nacional de Policía en el Cantón de Pococí, en un terreno de 11 hectáreas, que contará con 29 edificaciones para área académica, biblioteca y auditorio, las que podrán albergar 800 estudiantes y 100 formadores2 lo que evidentemente está provocando la necesidad de replantear el marco jurídico de dicha Escuela. Empero, el proyecto de ley objeto de consulta no es la solución dado que es precipitado, contradictorio y antitécnico ya que no está acorde a los niveles del sistema educativo. Se indica que será una academia pero no se define o concreta dicho término del punto de vista académico. El artículo 3 indica que:

ARTÍCULO 3.- Son atribuciones de La Academia: a) Impartir y otorgar los grados académicos de diplomado,

bachiller, licenciatura y postgrado una vez que estos sean autorizados por las instancias competentes y cumpliendo con los requisitos establecidos para ese fin, o cuando estos sean respaldados por convenios de cooperación con instituciones de enseñanza superior nacionales o internacionales, públicas o privadas.

Es decir, se denomina ACADEMIA pero le da el rango de Universidad al poder impartir los grados académicos de diplomado, bachiller, licenciatura y postgrado títulos que sólo pueden otorgar las universidades.

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 1. El Instituto Policial Parauniversitario a pesar de que fue creado

por ley, en la práctica nunca fue creado por lo que siguió

funcionado la tradicional y vetusta Escuela Nacional de Policía

adscrita al Ministerio de Seguridad.

2 http://www.nacion.com/sucesos/seguridad/chinos-apuran-Escuela-Nacional-Policia_0_1581841837.html

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2. El proyecto objeto de consulta pretende replantear dicha

Escuela en una Academia cuya naturaleza jurídica no queda

clara del punto de vista jurídico y técnico.

3. De manera poco técnica se indica que la Academia podrá

impartir los grados académicos de bachiller, licenciatura y

postgrado títulos que sólo pueden otorgar las universidades.

4. Consecuentemente el proyecto es inconstitucional al otorgarle

una competencia propia de las universidades.

5. El proyecto debe ser replanteado de manera integral

consecuentemente.

Esta Oficina recomienda al Consejo pronunciarse en el sentido de que se opone rotundamente al mismo.”

SE ACUERDA: 1. Acoger el dictamen O.J.286-2017 de la Oficina Jurídica.

2. Indicar a la Comisión Permanente Especial de Seguridad y

Narcotráfico de la Asamblea Legislativa que el Consejo Universitario de la Universidad Estatal a Distancia (UNED), se opone rotundamente al proyecto de LEY DE CREACIÓN DE LA ACADEMIA NACIONAL DE POLICÍA, Expediente No. 20.303, por las siguientes razones:

a) La UNED cuenta con una plataforma para la formación de policías, con las carreras de Ciencias Policiales y Ciencias Criminológicas.

b) El Instituto Policial Parauniversitario a pesar de que fue

creado por ley, en la práctica nunca fue creado por lo que siguió funcionado la tradicional y vetusta Escuela Nacional de Policía adscrita al Ministerio de Seguridad.

c) El proyecto objeto de consulta pretende replantear dicha

Escuela en una Academia cuya naturaleza jurídica no queda clara del punto de vista jurídico y técnico.

d) De manera poco técnica se indica que la Academia podrá

impartir los grados académicos de bachiller, licenciatura y postgrado títulos que sólo pueden otorgar las universidades.

e) Consecuentemente el proyecto es inconstitucional al otorgarle una competencia propia de las universidades.

f) El proyecto debe ser replanteado de manera integral

consecuentemente.

ACUERDO FIRME

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*** Someto a votación la propuesta de acuerdo para la correspondencia presentada por la coordinación, la cual se aprueban en firme con las modificaciones realizadas en esta sesión.

*** 14. Propuesta de la señora Carolina Amerling para solicitar a la directora

del SEP que presente un informe al Consejo Universitario sobre la situación académica y administrativa en que se encuentran los programas de doctorado, maestría académica y profesional de la instancia en cuestión.

Se conoce la nota del 20 de junio del 2017 (REF. CU-372-2017), suscrita por la señora Carolina Amerling Quesada, miembro interna del Consejo Universitario, en la que plantea propuesta de acuerdo, referente a la situación académica y administrativa de los programas de doctorado, maestría académica y profesional del Sistema de Estudios de Posgrado. LUIS GUILLERMO CARPIO: Procedo a leer la propuesta de la señora Carolina Amerling, la cual indica:

“Estimados compañeros del Consejo Universitario reciban un cordial saludo. Por este medio y considerando las diferentes problemáticas tanto administrativas como académicas que han sido comunicadas al CU tanto desde la dirección del SEP como por solicitudes de intervención de estudiantes u otras autoridades, considero oportuno que este Consejo Universitario analice la propuesta de acuerdo que a continuación les expongo:

CONSIDERANDO

1. Lo establecido en el artículo 36, inciso g) del Reglamento del Consejo

Universitario y sus Comisiones, sobre los deberes y derechos de los miembros del Consejo Universitario, que indica:

“Solicitar a cualquier dependencia de la Universidad la información que consideren necesaria para el mejor conocimiento y resolución de los asuntos institucionales”.

2. Lo indicado en los Lineamientos de Política Institucional 2015- 2019

relacionados con la gestión y calidad académica, que establecen:

LPI 80: Debe fortalecerse la evaluación de los programas de postgrado, con base en criterios de calidad que contemplen las directrices establecidas en estos Lineamientos y con la finalidad de facilitar su rediseño, mejoramiento o –en último caso eliminación, siguiendo el debido proceso.

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LPI 83: Debe revisarse y uniformarse la normativa del Sistema de Estudios de Postgrado en cuanto a los requisitos y procedimientos de admisión y de graduación, siempre con el debido respeto por la diversidad epistemológica de los programas.

LPI 84: Los programas de postgrado deberán aprovechar de manera óptima los medios digitales para enriquecer sus estrategias didácticas, así como las posibilidades de internacionalización, de acuerdo con las condiciones que son propias de este nivel universitario.

Propuesta de ACUERDO:

1. Solicitar a la señora directora del SEP, Dra. Jenny Seas Tencio, presente un informe al Consejo Universitario sobre la situación académica y administrativa en que se encuentran los programas de doctorado, maestría académica y profesional de la instancia en cuestión. Dicho informe debe incluir todo lo relacionado con matrícula por programa, cohortes, estado de los estudiantes que han finalizado el plan de estudios y no han logrado graduarse, programación de oferta de nuevas cohortes, procesos de autoevaluación realizados o propuestos por programa ya sea para efectos de mejora o de acreditación, entre otros, que se consideren necesarios para una oportuna toma de decisiones en beneficio de los programas. (Plazo 30 Julio 2017).

2. Incluir en los apartados que lo ameriten, propuestas a corto y mediano plazo que contribuyan a cumplir con los lineamientos de política institucional anotados en los considerandos de este acuerdo.”

La propuesta de acuerdo que se hace es la siguiente:

“CONSIDERANDO: La nota del 20 de junio del 2017 (REF. CU-372-2017), suscrita por la señora Carolina Amerling Quesada, miembro interna del Consejo Universitario, en la que plantea propuesta de acuerdo, referente a la situación académica y administrativa de los programas de doctorado, maestría académica y profesional del Sistema de Estudios de Posgrado. SE ACUERDA: Analizar en el apartado de Asuntos de Trámite Urgente la propuesta de acuerdo planteada por la consejal Carolina Amerling Quesada. ACUERDO FIRME”

Los que estén a favor manifiéstense, queda en firme.

*** Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

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ARTÍCULO III, inciso 14) CONSIDERANDO: La nota del 20 de junio del 2017 (REF. CU-372-2017), suscrita por la señora Carolina Amerling Quesada, miembro interna del Consejo Universitario, en la que plantea propuesta de acuerdo, referente a la situación académica y administrativa de los programas de doctorado, maestría académica y profesional del Sistema de Estudios de Posgrado. SE ACUERDA: Analizar en el apartado de Asuntos de Trámite Urgente la propuesta de acuerdo planteada por la consejal Carolina Amerling Quesada. ACUERDO FIRME

15. Nota del señor rector en el que remite el Convenio Marco: UNED-BRIGHT SMART MEDIA PLUS.

Se conoce el oficio R-596-2017 del 20 de junio del 2017 (REF. CU-377-2017), suscrito por el señor rector, Luis Guillermo Carpio Malavasi, en el que remite el CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA Y LA EMPRESA BRIGHT SMART MEDIA PLUS SOCIEDAD ANÓNIMA (SUBITE), PARA EL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN DE IMPACTO DE LA CAMPAÑA PUBLICITARIA PARA LA CELEBRACIÓN DEL 40 ANIVERSARIO DE LA UNED. LUIS GUILLERMO CARPIO: Este es un convenio específico entre la Universidad Estatal a Distancia y esa empresa. Es para un proyecto de investigación de impacto de la campaña publicitaria para la celebración del 40 aniversario de la UNED. La propuesta de acuerdo sería:

“CONSIDERANDO: El oficio R-596-2017 del 20 de junio del 2017 (REF. CU-377-2017), suscrito por el señor rector, Luis Guillermo Carpio Malavasi, en el que remite el CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA Y LA EMPRESA BRIGHT SMART MEDIA PLUS SOCIEDAD ANÓNIMA (SUBITE), PARA EL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN DE IMPACTO DE LA CAMPAÑA PUBLICITARIA PARA LA CELEBRACIÓN DEL 40 ANIVERSARIO DE LA UNED.

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SE ACUERDA: Remitir a la Comisión de Asuntos Jurídicos el borrador de CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA Y LA EMPRESA BRIGHT SMART MEDIA PLUS SOCIEDAD ANÓNIMA (SUBITE), PARA EL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN DE IMPACTO DE LA CAMPAÑA PUBLICITARIA PARA LA CELEBRACIÓN DEL 40 ANIVERSARIO DE LA UNED, con el fin de que lo analice y brinde un dictamen al plenario, a más tardar el 30 de setiembre del 2017. ACUERDO FIRME”

Los que estén a favor manifiéstense, queda en firme.

*** Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO III, inciso 15) CONSIDERANDO: El oficio R-596-2017 del 20 de junio del 2017 (REF. CU-377-2017), suscrito por el señor rector, Luis Guillermo Carpio Malavasi, en el que remite el CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA Y LA EMPRESA BRIGHT SMART MEDIA PLUS SOCIEDAD ANÓNIMA (SUBITE), PARA EL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN DE IMPACTO DE LA CAMPAÑA PUBLICITARIA PARA LA CELEBRACIÓN DEL 40 ANIVERSARIO DE LA UNED. SE ACUERDA: Remitir a la Comisión de Asuntos Jurídicos el borrador de CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA Y LA EMPRESA BRIGHT SMART MEDIA PLUS SOCIEDAD ANÓNIMA (SUBITE), PARA EL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN DE IMPACTO DE LA CAMPAÑA PUBLICITARIA PARA LA CELEBRACIÓN DEL 40 ANIVERSARIO DE LA UNED, con el fin de que lo analice y brinde un dictamen al plenario, a más tardar el 30 de setiembre del 2017. ACUERDO FIRME

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16. Nota de la coordinadora general de la Secretaría del Consejo Universitario en la que solicita prórroga hasta el 31 de octubre del 2017, para concluir con la elaboración de los procedimientos indicados en los puntos 1c y 1d del Informe final sobre Cumplimiento de Acuerdos tomados por el Consejo Universitario de la UNED, AOP-2016-01, elaborado por la Auditoría Interna.

Se conoce el oficio SCU-2017-164 del 22 de junio del 2017 (REF. CU-379-2017), suscrito por Ana Myriam Shing Sáenz, coordinadora general de la Secretaria del Consejo Universitario, en el que solicita prórroga para dar cumplimiento al acuerdo de la sesión 2557-2016, Art. IV, inciso 2), celebrada el 27 de octubre del 2016, referente al Informe final sobre Cumplimiento de Acuerdos tomados por el Consejo Universitario de la UNED, AOP-2016-01, elaborado por la Auditoría Interna, en relación con la elaboración de los procedimientos indicados en las recomendaciones 1c y 1d de dicho informe. LUIS GUILLERMO CARPIO: Sería la nota de la coordinadora general de la Secretaría del Consejo Universitario, en la que solicita prórroga hasta el 31 de octubre del 2017, para concluir con la elaboración de los procedimientos indicados en los puntos 1c y 1d del Informe final sobre Cumplimiento de Acuerdos tomados por el Consejo Universitario de la UNED. La nota indica:

“Con el fin de dar cumplimiento al acuerdo tomado por el Consejo Universitario en sesión 2557-2016, Art. IV, inciso 2), celebrada el 27 de octubre del 2016, en el que se aprueban las recomendaciones del Informe final sobre Cumplimiento de Acuerdos tomados por el Consejo Universitario de la UNED, AOP-2016-01, elaborado por la Auditoría Interna, solicito prórroga hasta el 31 de octubre del 2017, para concluir con la elaboración de los procedimientos indicados en los puntos 1c y 1d de las citadas recomendaciones.

Aprovecho para informar que se están elaboración los procedimientos de todas las actividades que se realizan en la Secretaría del Consejo Universitario, y no solamente los de trámite de comunicaciones de acuerdos y seguimiento al cumplimiento de acuerdos, incluidos en la recomendación de la Auditoría Interna. En las próximas semanas me estaré reuniendo con las compañeras de la Secretaría del C.U. para depurarlos, posteriormente se enviará a revisión por parte del Centro de Planificación y Programación Institucional (CPPI), y finalmente se estaría presentando ante el Consejo de Rectoría, para su aprobación.”

La propuesta de acuerdo sería la siguiente:

“CONSIDERANDO:

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El oficio SCU-2017-164 del 22 de junio del 2017 (REF. CU-379-2017), suscrito por Ana Myriam Shing Sáenz, coordinadora general de la Secretaria del Consejo Universitario, en el que solicita prórroga para dar cumplimiento al acuerdo de la sesión 2557-2016, Art. IV, inciso 2), celebrada el 27 de octubre del 2016, referente al Informe final sobre Cumplimiento de Acuerdos tomados por el Consejo Universitario de la UNED, AOP-2016-01, elaborado por la Auditoría Interna, en relación con la elaboración de procedimientos indicados en las recomendaciones 1c y 1d de dicho informe. SE ACUERDA: Conceder prórroga hasta el 31 de octubre del 2017, para que la coordinación general de la Secretaría del Consejo Universitario cumpla con lo solicitado por este Consejo en sesión 2557-2016, Art. IV, inciso 2), celebrada el 27 de octubre del 2016, referente a las recomendaciones 1c y 1d del Informe AOP-2016-01 de la Auditoría Interna, en relación con los procedimientos de la Secretaría del Consejo Universitario para el trámite de comunicaciones de acuerdos y seguimiento al cumplimiento de acuerdos. ACUERDO FIRME”

Los que estén a favor manifiéstense, queda en firme.

***

Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO III, inciso 16) CONSIDERANDO: El oficio SCU-2017-164 del 22 de junio del 2017 (REF. CU-379-2017), suscrito por Ana Myriam Shing Sáenz, coordinadora general de la Secretaria del Consejo Universitario, en el que solicita prórroga para dar cumplimiento al acuerdo de la sesión 2557-2016, Art. IV, inciso 2), celebrada el 27 de octubre del 2016, referente al Informe final sobre Cumplimiento de Acuerdos tomados por el Consejo Universitario de la UNED, AOP-2016-01, elaborado por la Auditoría Interna, en relación con la elaboración de los procedimientos indicados en las recomendaciones 1c y 1d de dicho informe. SE ACUERDA: Conceder prórroga hasta el 31 de octubre del 2017, para que la coordinación general de la Secretaría del Consejo Universitario cumpla con lo solicitado por este Consejo en sesión 2557-2016, Art. IV, inciso 2), celebrada el 27 de octubre del 2016, referente a las recomendaciones 1c y 1d del Informe AOP-2016-01 de la

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Auditoría Interna, en relación con los procedimientos de la Secretaría del Consejo Universitario para el trámite de comunicaciones de acuerdos y seguimiento al cumplimiento de acuerdos. ACUERDO FIRME

IV. NOTA DEL AUDITOR INTERNO, EN LA QUE REMITE EL INFORME

PRELIMINAR ACE-2017-01 REFERENTE AL “ESTUDIO SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE CARRERA ADMINISTRATIVA DE LA UNED”.

Se retoma el oficio AI-090-2017 del 01 de junio del 2017 (REF. CU-332-2017), suscrito por el señor Karino Alberto Lizano Arias, Auditor Interno, en el que remite el Informe Preliminar ACE-2017-01 referente al “Estudio sobre la organización y funcionamiento de la Comisión de Carrera Administrativa de la UNED”. LUIS GUILLERMO CARPIO: Procedemos a conocer la nota del auditor interno en la que remite el Informe Preliminar ACE-2017-01 referente al “Estudio sobre la organización y funcionamiento de la Comisión de Carrera Administrativa de la UNED”. KARINO LIZANO: Recordarán que en la sesión anterior se realizó la presentación de este informe y para esta sesión quedó pendiente atender todas las dudas que ustedes tuvieran y algunas ampliaciones que consideraron necesarias, así que en este momento recibo todas las inquietudes que tengan. LUIS GUILLERMO CARPIO: En realidad usted hizo la presentación, pero lo que nos falta es el acuerdo definitivo a esto. Tenemos que abrir la discusión sobre este informe. CAROLINA AMERLING: En la Comisión de Políticas de Desarrollo Académico vamos a iniciar la revisión del Reglamento para Carrera Profesional Administrativa, y le comenté a don Karino que hasta qué punto él consideraba que si después de este análisis, este reglamento estaba muy permisible a que se haya dado esta situación. Le agradezco a don Karino porque él me explicó muy extensamente cómo está la situación y me gustaría Karino que les explicara esto a los compañeros. KARINO LIZANO: En efecto, como lo reseña doña Carolina, conversamos antes de inicio de la sesión sobre mi criterio de cuál fue la problemática o los diferentes motivos que ocasionaron esta situación. Entonces yo le externaba que hay una serie de factores, por ejemplo, el primero es la falta de acatamiento del artículo 26 del Reglamento de Carrera Universitaria

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que ahí se habla de años completos de estudios, posteriormente otra situación que incidió en esto fue el operador de la norma, ya que miembros de la Comisión de Carrera Administrativa al tener dudas sobre cómo resolver ciertas situaciones y desconocer la norma que regulaba los ascensos, se dieron a la tarea de realizar diferentes consultas tanto a la Oficina de Recursos Humanos como al Consejo de Rectoría y recibieron respuestas para casos concretos y ellos tomaron esas respuestas como un criterio de aplicación generalizado para todos los casos, haciendo a un lado la normativa institucional. En adición, también se dejaron de tomar en cuenta otros requisitos importantes como la calificación que debe obtener un funcionario para ascender en carrera administrativa en la parte de evaluación del desempeño, que se otorgaron algunos ascensos sin cumplir con este requisito y la situación que imperó, casi que generalizada, es que se ha dado una especie de costumbre a través del tiempo en donde esta Comisión de Carrera Administrativa ha heredado una especie de documento que tiene un conjunto de criterios que están establecidos en el documento, por ejemplo lo que ellos llaman el famoso “documento”, la “tabla” y otros requisitos que están recogidos de la norma, pero no fueron transcritos en forma completa. Además, al darse la transición cuando terminan los nombramientos de los funcionarios en la Comisión de Carrera Administrativa no hay un proceso de inducción y la gente sigue haciendo las cosas como se están haciendo en el pasado. De tal suerte que no hubo quien llegara y sentara un precedente para cambiar la situación, advirtiendo que había un reglamento que era la norma superior que tenía que cumplirse. La gente ingresa a la carrera administrativa, en mi criterio no tienen una buena inducción y continúa haciendo las cosas como le indican los compañeros que deben hacerse. Aunado a lo anterior, hay situaciones que también son de considerar, por ejemplo, el Reglamento de Carrera Universitaria es del año 1984, hay que entender que los entornos son dinámicos y en determinadas oportunidades es necesario realizar actualizaciones y el reglamento nunca ha recibido por parte de la comisión una revisión integral en aras de traer una propuesta al Consejo Universitario para realizar esa actualización o armonizarlo. Esto porque en el informe se evidencia que a través del tiempo han realizado una serie de consultas tanto al Consejo de Rectoría como a la Oficina de Recursos Humanos sobre aspectos que son de mera aplicación de la norma, hay un desconocimiento. Todos esos factores suman la condición que tenemos ahora, la realización de una serie de ascensos al margen de la normativa con el agravante de que en mi

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criterio al hacerse acciones de personal para documentar todos estos ascensos, se le ha otorgado a los funcionarios derechos subjetivos, entonces aquí no es quitar por quitar el derecho, hay que hacer un trámite de mayor cuidado, por lo tanto para realizar de la mejor forma este análisis nosotros en la última recomendación le damos la sugerencia al Consejo Universitario de que se asesore con la Oficina Jurídica para tomar alguna decisión al respecto. Si es bueno que ya conociendo cuál es la situación actualmente, se tome la decisión para que a futuro se corrija. Hay un reglamento que en este momento está en plena vigencia y debe aplicarse como corresponde. LUIS GUILLERMO CARPIO: Es una discusión que hay que abrirla y ojalá estuvieran todos los consejales, lo que pasa es que tenemos que definir cuándo, porque el tiempo corre y si no me equivoco el tiempo estaría venciendo la próxima semana, lo que pasa es que tenemos que definir cuándo. Sé que existe la posibilidad de ampliarlo, pero para analizarlos en términos y condiciones creo que lo más apropiado es que lo veamos antes de que pase el mes. Me gustaría que presentáramos cuáles son las recomendaciones que nos hace la Auditoria para retomar el tema y con eso podríamos tener una idea de la profundidad de la discusión que pudiéramos tener ese día, e inclusive tal vez, algunas de ellas que el mismo don Celín lo fuera analizando, para que nos ayude con una decisión más rápida la próxima semana. Hay algunos aspectos subjetivos que son los que me preocupan, por ejemplo, qué pasa con las personas que se les pagó de más o que ascendieron y no les correspondía. Las recomendaciones que nos hace la Auditoria son las siguientes: “4.1 Girar instrucciones por escrito a la Comisión de Carrera Administrativa, para que, a

partir de la fecha de aceptación del presente informe proceda a:

a) Acatar en todos sus extremos los requisitos establecidos en los artículos 97 y 139 del Estatuto de Personal y en los artículos 26 y 30 del Reglamento de Carrera Universitaria, al evaluar las solicitudes de ascenso de los funcionarios de Carrera Administrativa; y desistir de utilizar los criterios consignados en el “Documento”, acuerdos del CONRE emitidos en las sesiones 206-84 artículo VIII, 230-84 artículo V, 268-85 artículo VII y 1939-2017 artículo I, inciso 1), u otros que no estén reglamentados. (Resultado 2.1 )

b) Cumplir con lo establecido en el artículo 5 del Reglamento de Comisiones y en los artículos 6, 8 y 9 del Reglamento de Carrera Universitaria, en cuanto a los aspectos que deben incluir, tanto las actas

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como los acuerdos de las sesiones de la Comisión de Carrera Administrativa. (Resultado 2.3)

c) Realizar una revisión integral de las normas relativas a su competencia y presentar al Consejo Universitario en un plazo de tres meses calendario, la propuesta actualizada e integrada del Reglamento de Carrera Universitaria, en lo que corresponda a Carrera Administrativa. (Resultados 2.1, 2.2, 2.3)

4.2 Valorar con la asesoría de la Oficina Jurídica de la UNED, la posibilidad de recuperar dinero pagado de más, por concepto de ascensos en Carrera Administrativa realizados al margen del Estatuto de Personal y del Reglamento de Carrera Universitaria.”

Me permito hacer una respetuosa sugerencia, que las recomendaciones a) y b) deberíamos de tomarlas lo más rápido posible, porque la comisión está en funcia y estaríamos ampliando los posibles errores que se estarían dando, que es acatar en todos los extremos los requisitos establecidos en el Estatuto de Personal y cumplir con lo establecido en el artículo 5 del Reglamento de Carrera Universitaria. Qué les parece si de una vez aceptamos esas dos recomendaciones y lo mandamos a la Comisión de Carrera Administrativa para su aplicabilidad. Lo someto a discusión. GUISELLE BOLAÑOS: Buenos días compañeros y compañeras. Tengo una serie de inquietudes en relación con este informe. Es cierto que están usando un documento que han fundamentado en una serie de aspectos que han sido normados tanto por el Consejo de Rectoría como por la Oficina de Recursos Humanos, si bien es cierto, el Reglamento de Carrera Universitaria es el que establece que es un año completo de estudios, también es cierto que cuando se giraron las indicaciones tanto del Consejo de Rectoría y algunas de la Oficina de Recursos Humanos las entidades trabajaban por semestres y no por cuatrimestres, por esa razón se habla de 24 créditos como año completo, don Karino dice que no, que tiene que ser el año completo, pero ahora un estudiante puede hacer 24 créditos en dos cuatrimestres, entonces, cambió esa situación en esos términos. ¿Qué es un año completo de estudios?, ¿cuándo se disminuye la carga académica en términos de tiempo aumenta entonces el creditaje? Creo que los primeros acuerdos del Consejo de Rectoría no contravinieron nunca el Reglamento de Carrera Universitaria, pero sí el cambio que se dio. Ahora resulta en detrimento del personal administrativo, la consulta de doña Carolina es

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al personal, este es el administrativo puro no es el profesional administrativo, entonces, es otra cosa y no pueden entrar en contravención. En segundo lugar, don Karino, hubo un acuerdo del Consejo Universitario de que usted realizara un estudio sobre lo que dijeron los miembros de la Comisión de Carrera Administrativa, todas las observaciones en ese informe se basan en una denuncia y no en lo que envió la Comisión de Carrera Administrativa, entonces, ¿hasta dónde atendemos con este informe las inquietudes de la Comisión de Carrera Administrativa? Siendo que estamos respondiendo a una denuncia que obviamente no entró al Consejo Universitario sino que entró a la Auditoria, pero el acuerdo del Consejo Universitario era analizar el documento que mandó la Comisión de Carrera Administrativa. Luego tenemos una serie de contradicciones porque la Universidad de Costa Rica y el Tecnológico de Costa Rica trabajan por semestre, entones, cuántos cursos constituyen un semestre, eventualmente cuatro o cinco, por lo tanto, si nos vamos por créditos o por un año completo serían esos cursos y la UNED, por ejemplo, está trabajando por cuatrimestres, al hacerlo así cuatro cursos son 48 créditos, entonces tendríamos una disconformidad entre eso. Las observaciones que dice don Luis que acatemos, directamente están fundamentadas en esas conclusiones que se obtienen de esa documentación, que tiene sus pro, sus contra y que creo que no podríamos tomar un acuerdo tan rápidamente. LUIS GUILLERMO CARPIO: Ante esta advertencia y las dudas que presenta doña Guiselle son totalmente válidas, si no deberíamos girar por lo menos una instrucción a la Comisión de que se abstenga de aprobar nuevos ascensos hasta que la reglamentación esté clara, por lo menos sería un mes, eso es la preocupación que tendría. KARINO LIZANO: En relación con lo que apunta doña Guiselle y tal vez me ayudan ustedes, especialmente don Luis que tiene la memoria institucional. Primero, señalar que los acuerdos del Consejo de Rectoría que se mencionan en el informe son de1984, recordemos que la cuatrimestralización se acordó en 1994 y entró a regir a partir de 1996, entonces, no aplica lo que usted dice, estamos hablando de acuerdos de 1984 versus una cuatrimestralización que entró a regir en 1996, hay un desfase que no aplica. En relación a lo que señala doña Guiselle de que el estudio de Auditoria no atiende todas las notas de la Comisión de Carrera Administrativa, en ese sentido lo que debo manifestar es que lo que existe en esa Comisión es un problema de clima organizacional, donde las personas no se soportan y no querían trabajar unas con las otras, nosotros como Auditoria no vemos ese tipo de estudios de clima organizacional, nos vemos avocados a hacer una revisión de la aplicación

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en forma contundente de la normativa, lo otro podría ser resorte de la Oficina de Recursos Humanos, por eso nosotros no nos pronunciamos en ese sentido. ÁLVARO GARCÍA: Lo que no veo es cuál es el conflicto con lo de la cuatrimestralización, porque si en la UCR hay semestres y en la UNED hay cuatrimestres eso no tiene nada que ver con lo que dice el Reglamento de Carrera Universitaria y el mismo don Karino lo pone en el estudio, en el artículo 26 del Reglamento de Carrera Universitaria se indica:

“Se entiende por año completo de estudios, la aprobación de la totalidad de las materias que correspondan a un año lectivo, certificado por la autoridad competente de la institución respectiva.”

Entonces, lo que se debió hacer desde el principio era pedirle a la gente los planes de estudios y constatar con la certificación que da la universidad si cumple o no con los años, por qué, porque para eso no se pueden poner parámetros genéricos como los que sí se establecen en el mencionado documento que dice don Karino, donde se indica que un año de estudios son 24 o 36 créditos cuando eso no está en correspondencia y así lo arroja también el estudio con lo que dice el artículo 26, para mi es bastante claro. Pienso que una de las recomendaciones es que se atienda en todos los extremos el reglamento y si aplica creo que lo harían bien. Quería hacer ver eso, de que como está el reglamento, lo que habría que hacer es aplicar el reglamento por encima del documento, que es lo que ha hecho una distorsión. KARINO LIZANO: Si me permiten ejemplificar lo que don Álvaro acaba de señalar. Estoy completamente de acuerdo, don Álvaro, pongo un ejemplo de la UNED, el Diplomado en Administración de Empresas de acuerdo con el plan de estudios para el primer año tiene un total de 41 créditos, no obstante, por medio del Consejo de Rectoría, el acuerdo que hemos mencionado ya con 24 créditos se ascendía a la persona, en la parte del plan de estudios en el nivel de bachillerato de carreras como la de Administración de Empresas con énfasis en Banca y Finanzas un año completo de estudios son 45 créditos y no 24, en la parte de Licenciatura en la carrera de Administración de Empresas con énfasis en Banca y Finanzas son un total de 36 créditos y no 24. Para el caso de las universidades privadas, que recordemos que de todos modos el acuerdo del Consejo de Rectoría hizo referencia únicamente para el caso específico de la Universidad Autónoma de Centro América y la Comisión lo hizo extensivo para todas las universidades privadas. Si aplicáramos el artículo 26 de conformidad con lo que está literalmente consignado, un año completo de estudios son tres cuatrimestres que equivalen a 12 materias por cuatro créditos que es lo

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que equivale en la universidad privada, son 48 créditos que es diferente a 36 créditos, de ahí es donde vienen todas las diferencias. GUISELLE BOLAÑOS: El Reglamento de Carrera Universitaria fue aprobado por el Consejo Universitario en la sesión 480 del 28 de febrero de 1984. El comportamiento tanto de las universidades estatales como de las privadas era de semestre no de cuatrimestre, entonces, no estoy diciendo que tengan que aplicar el documento, solo estoy diciendo que ese documento se generó con base en una realidad. En el mismo Reglamento de Carrera Universitaria está el artículo 26 que habla de un año completo, pero eso eran dos semestres y equivalían a 24 créditos en ese momento y en todas las universidades y no tratemos de obviarlo, porque todas tenían semestres con cuatro materias de cuatro créditos, pero desde el 28 de febrero de 1984, ese reglamento no se ha actualizado y cuando cambió la situación aumenta el número de materias por año, porque se reducen los plazos de impartir un bloque. Ese documento y lo que el Consejo de Rectoría hizo en ese momento, no fue contra el artículo 26, por eso se habló de créditos y del caso específico de la UACA, nada más, pero creo que son cosas que tenemos que tomar en cuenta a la hora de analizar el informe completo de cuándo es cada documento y de cuándo se dan los cambios, usted mismo lo acaba de decir cuando se hizo la cuatrimestralización y en ese momento no se tocó el reglamento. El problema es de la reglamentación y de cómo no se ha actualizado, pero lo que venía aplicándose era eso porque correspondía. Hay algo raro, don Karino, siento que usted en un momento dado como que dice que el Consejo de Rectoría tuvo razón y al final dice que no se puede interpretar sino es bajo el artículo 26, entonces, en un momento dado se dice: -esto estaba bien para la UACA, pero después ya no-, ese tipo de cosas sí quería que las aclaráramos, pero no hoy, como dice don Luis que veamos eso sino cuando estemos todos, pero sí hay cosas que creo que no todos tenemos que tener una realidad concreta en 1984 se hizo el reglamento, cuál es el fallo, no se ha revisado la reglamentación y no se ha hecho porque la Comisión, como dice don Karino, no tiene la inducción necesaria, aplica lo que se ha venido aplicando por norma de acuerdo con lo establecido. Hay cosas que no tienen que darse como que revisan órdenes de otras instancias técnicas, esos son otros 100 colones, pero en la práctica lo que sucede es que desde 1984 se aprobó este reglamento y no se ha cambiado, entonces, desde el artículo 26 para abajo todo está diferente. LUIS GUILLERMO CARPIO: Vamos a cerrar la discusión aquí, porque la idea no era entrar en el fondo del tema.

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ÁLVARO GARCÍA: Lo que digo es que el artículo 26 pudiera haber venido con Cristóbal Colon que no dice en ningún momento si es cuatrimestres o semestres, lo que dice es que tienen que verse el año de estudios, en todo caso, hay casos de casos, me pongo como ejemplo, llevé asignaturas en la UNED por semestres en 1994 y después llevé asignaturas por cuatrimestre, entonces, la Comisión si presentara un estudio tendría que ver el plan de estudios de cuando era por semestres y ver si corresponde a un año o no y después, lo de cuatrimestres con el plan de estudios nuevo, entonces, no tiene nada que ver porque en ningún momento, en eso sí quiero ser enfático, el reglamento habla de si son asignaturas semestrales o cuatrimestrales, es lo suficientemente genérico como para que uno lo pueda aplicar, incluso hasta si fueran materias o asignaturas anuales eso no tiene nada que ver, tiene que constatar que correspondan a un año de estudio de acuerdo con el plan de estudios. LUIS GUILLERMO CARPIO: La propuesta concreta es con un considerando que hemos recibido el informe de la Auditoria Interna con todas las características que están ahí. Que el Consejo manifiesta su preocupación e interés de llegar de la mejor forma a resolver esa situación. Se acordaría solicitarle a la Comisión Carrera Administrativa que a partir de este momento suspenda el análisis en ascenso en carrera hasta por un mes o que reciban un comunicado contrario por parte del Consejo Universitario. ¿Les parece? Los que estén a favor manifiéstense, queda en firme.

*** Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO IV CONSIDERANDO: 1. El oficio AI-090-2017 del 01 de junio del 2017 (REF. CU-332-

2017), suscrito por el señor Karino Alberto Lizano Arias, auditor interno, en el que remite el Informe Preliminar ACE-2017-01 referente al “Estudio sobre la organización y funcionamiento de la Comisión de Carrera Administrativa de la UNED”.

2. El Consejo Universitario manifiesta su preocupación e interés por resolver lo detectado en el Informe Preliminar ACE-2017-01, elaborado por la Auditoría Interna, referente a los ascensos en Carrera Administrativa.

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SE ACUERDA: Como medida cautelar, mientras el Consejo Universitario analiza el Informe Preliminar ACE-2017-01 de Auditoría Interna, se solicita a la Comisión de Carrera Administrativa que a partir de este momento suspenda el análisis de ascensos en Carrera Administrativa, por un mes o hasta que reciban un comunicado contrario del Consejo Universitario. ACUERDO FIRME

V. DICTAMENES DE COMISIONES PERMANENTES Y COMISIONES

ESPECIALES

1. COMISION DE POLITICAS DE DESARROLLO ACADEMICO

a. Situación de los estudiantes del programa de Doctorado en Administración. CU.CPDA-2017-028 Además, la visita de los señores Fernando Zúñiga, coordinador del Programa de Doctorado en Ciencias de la Administración, Eduardo Castillo, director de la Escuela de Ciencias de la Administración, Edgar Castro, vicerrector de Planificación y señoras Katya Calderón, vicerrectora Académica y Jenny Seas, directora del Sistema de Estudios de Posgrado.

Se conoce el dictamen de la Comisión de Políticas de Desarrollo Académico, sesión 604-2017, Art. V, inciso 2), celebrada el 30 de mayo del 2017 y aprobado en firme en sesión 605-2017, del 06 de junio del 2017 (CU.CPDA-2017-028), referente al acuerdo del Consejo Universitario, sesión 2530-2016, Art. III, inciso 1), del 21 de julio del 2016, (CU-2016-289), en relación con la situación de los estudiantes del programa de Doctorado en Administración, a la luz del informe del señor Edgar Castro Monge, Vicerrector de Planificación, (REF. CU-330-2016), como resultado de su visita a la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC) para brindar un taller de investigación y un curso para redacción de artículos científicos. LUIS GUILLERMO CARPIO: Vamos a analizar la situación de los estudiantes del programa de Doctorado en Administración. Antes de dar ingreso a los invitados, tal vez doña Carolina nos hiciera un marco completo de la situación por favor. Para efectos de poder tener mejor criterio a la hora de escuchar a los invitados. CAROLINA AMERLING: Esta situación se inició en relación con el informe de don Edgar sobre una visita que él realizó al grupo de estudiantes del doctorado de la Universidad de San Carlos en Guatemala (USAC), porque él fue invitado por doña

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Alba Guerreo como director de la revista para ver el caso de cada uno de los muchachos. Según nos explicaba don Edgar, él les dio en una semana los cursos de Elaboración de Artículos Científicos y Metodología de la Investigación, para conocer cómo estaba la situación porque en un principio eran veinticinco estudiantes, pero habían unos que estaban rezagados, entonces él quería analizar el por qué. A raíz de lo anterior, empezamos a analizar en el seno de la Comisión toda la situación que se estaba dando, nos preocupamos sobre todo porque ya la carta de entendimiento había vencido, porque también son estudiantes de la UNED, por lo que se le alargó el tiempo al convenio, en ese momento habían graduados únicamente cuatro entonces, era un doctorado que se da en el extranjero y que se estaba graduando 25%, es una evidencia muy preocupante. Se invitó a don Edgar Castro, a don Fernando Zúñiga que es el coordinador del Doctorado en Administración, don Eduardo Castillo, director de la Escuela Ciencias de la Administración y a doña Margarita Trejos que es la asistente administrativa y que ha estado en contacto con esos estudiantes. Don Eduardo Castillo nos comentó que en el 2017 se inicia el doctorado con 25 estudiantes. A algunos se les aplicó el artículo 47 porque perdieron cuatro materias, se hicieron gestiones para que este grupo concluyera y la última acción fue la participación que tuvo don Edgar en la visita a Guatemala, esto buscando todo tipo de estrategias que sirvieran como apoyo por parte de la UNED. Don Fernando Zúñiga nos explicó que esos estudiantes fueron seleccionados propiamente por la USAC, no eran estudiantes de tiempo completo de la universidad, ni de la administración, ellos tenían jornada parcial, en su totalidad no pertenecían a la universidad, pero los que pertenecían y eran administrativos lograron graduarse que eran los cuatro que les dije al principio, los otros eran parte de algunos convenios que estaban en jornadas parciales. En este momento hay cuatro o cinco estudiantes que ya casi están en contacto con sus tutores, en una nota que nos envió don Fernando venían esos estudiantes en color verde, venían otros estudiantes en color amarillo y venían otros en color rojo que desertaron completamente. En esta situación se tiene ocho años, está programado que los cuatro que están en condición verde finalizaran su Trabajos Finales de Graduación. Don Fernando nos ha dicho que algunos tutores dicen que ellos pueden viajar allá, pero la modalidad es a distancia, ellos vienen a hacer el examen de candidatura a Costa Rica y vienen a defender su tesis. En este momento la USAC les está cobrando la inversión que han hecho en ellos, porque es la universidad la que ha invertido, en un principio la universidad dijo que no quería tutores guatemaltecos, los tutores tenían que ser costarricenses.

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El convenio ya venció, algunos estudiantes insinuaron que se les había abandonado, por lo que doña Margarita nos explicó que no se han abandonado, incluso, ella los tiene en un grupo de WhatsApp y han estado en constante comunicación, a ella le extraña a veces la falta de seriedad de ellos, que incluso se dan bromas y ella a algunas veces les dice: -no, mire, este grupo de WhatsApp es para que ustedes estén al tanto de cómo van los avances del Trabajos Finales de Graduación-, y sigue insistiendo en que hay cuatro interesados. Don Fernando indica que la administración de la USAC ha tenido muchos cambios, las autoridades han entrado en conflicto y las nuevas autoridades son las que quieren cobrarles a los estudiantes que no han finalizado. Así está la situación, ya después cuando la analizamos en la Comisión era realmente hacer un adendum al convenio y eso no era ningún problema, el grupo de estudiantes que se podía rescatar eran los cuatro que estaban en verde que ya estaban con candidaturas y los otros cuatro que estaban en condición naranja que son rescatables ya que ellos están interesados en terminar su doctorado, entonces, eso es lo que nosotros estamos solicitando que la cohorte de ocho estudiantes se finalice, no abrir nuevas cohortes, porque la universidad está interesada en otra cohorte.

* * * Al ser las 10:40 a.m., ingresan a la sala de sesiones la señora Katya Calderón Herrera, vicerrectora Académica y los señores Eduardo Castillo Arguedas, director de la Escuela de Ciencias de la Administración y el señor Fernando Zúñiga, coordinador del Programa de Doctorado en Ciencias de la Administración.

* * * LUIS GUILLERMO CARPIO: Le damos la cordial bienvenida a la señora Katya Calderón Herrera, vicerrectora Académica y a los señores Eduardo Castillo Arguedas, director de la Escuela de Ciencias de la Administración y el señor Fernando Zúñiga, coordinador del Programa de Doctorado en Ciencias de la Administración. En agenda del Consejo Universitario está el tema, por un acuerdo de la Comisión de Políticas de Desarrollo Académico, en razón de un informe que había presentado el señor Edgar Castro Monge, donde esa comisión recomendó lo siguiente:

“SE ACUERDA: 1) Solicitar a la Comisión de Estudios del Doctorado en Ciencias de la

Administración de la UNED, una propuesta para que en un plazo razonable, los ocho estudiantes de la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), mencionados en el informe del Sr. Fernando Zuñiga

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Umaña, coordinador del Programa de Doctorado en Ciencias de la Administración, según se indica en el considerando 5 anterior, se les permita concluir su tesis doctoral. Esta propuesta debe ser avalada por el Consejo del SEP, por las autoridades respectivas de la USAC, con base en una adenda a la Carta de Entendimiento entre la UNED y la USAC, suscrita por las autoridades competentes.

2) Indicar que mientras no se concluya con la cohorte de estudiantes de la USAC, que ingresó al Doctorado en Ciencias de la Administración de la UNED, con fundamento en la Carta de Entendimiento entre la Universidad Estatal a Distancia de Costa Rica (UNED) y la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC) firmado en el año 2007, no se ofertará en la USAC una nueva apertura del citado Doctorado”.

Este asunto fue analizado por la Comisión de Políticas de Desarrollo Académico, y de este dictamen se deriva esta invitación para la discusión. Gracias a los invitados por acompañarnos en la sesión. CAROLINA AMERLING: Buenos días a los invitados. Le informé al plenario del Consejo Universitario, sobre la situación de dónde se derivó esta consulta y el acuerdo de la Comisión de Políticas de Desarrollo Académico. Se le explicó al plenario que ustedes estuvieron de visita en la Comisión y explicaron todo el panorama con doña Margarita Trejos, quién es la asistente y brindaron información de cómo se encuentra este asunto. El informe de don Fernando Zúñiga señala en colores la situación de cada estudiante y los marcados en color rojo son estudiantes que no era posible que retomaran el TFG, pero los de color verde y amarillo son estudiantes que tienen muchas posibilidades y en total son ocho. Con base en esa información es que la comisión remite el dictamen al plenario que está en discusión. Luego, se nos informó que la Carta de Entendimiento está vencida y se tenía que actualizar y luego terminar esta cohorte para iniciar otra. En el plenario se vio la importancia de extenderles invitaciones para aclarar un poco más la situación de los estudiantes. FERNANDO ZUÑIGA: Quiero indicar que esa clasificación la hice con base en los avances que han presentado, la relación que tienen con el respectivo tutor, y que no han cambiado de tema, como otros estudiantes que manifestaron que querían partir de cero y que uno sabe que han sido poco disciplinados. Incluso, hoy venimos de una presentación de uno de estos estudiantes, hay estudiantes que están trabajando y consideré que si se quería dar un tiempo a ellos para que se gradúen, son los estudiantes que están en color verde y amarillo, sin dejar de considerar que algunos de los otros estudiantes presentan un avance.

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Creo que no es la finalización de un convenio lo que determina que los estudiantes que no se han graduado sigan, porque no se les puede decir que no se pueden graduar, igual pasa con los estudiantes que tenemos a nivel nacional desde las primeras cohortes que desaparecieron y en cualquier momento podrían solicitar y se les puede dar una actualización y podrían graduarse. La relación directa con el estudiante no termina lo que termina es el convenio como tal y las obligaciones nuestras dentro de ese convenio. Pero sí fueron justificadas con el trabajo que hizo don Edgar Castro en Guatemala, que conversó con cada uno de ellos y trajo la información de lo que quieren hacer y varias veces hemos ido y nos dicen lo mismo, y cuando uno sale lo hace muy motivado porque van a trabajar y nuevamente desaparece. Quiero indicar que el grupo marcado de color verde en el informe, se mantiene y en poco o menos medida los que están marcados en color amarillo, que sí tienen posibilidades porque tienen un tema definido y tienen relación con el tutor. EDUARDO CASTILLO: Buenos días señores y señoras. Desde que ingresé como director de la Escuela de Ciencias de la Administración, ha sido interés de esta dirección que los estudiantes de este grupo de doctorandos concluyan su programa exitosamente. Cuando ingresé ya tenía rato de estar ofreciéndose este programa, incluso creo que ya se habían concluido las asignaturas, estaban en proceso de tesis. A raíz de eso sea ha tratado de hacer una serie de estrategias con tal de avanzar. Una de ellas y que la hice directamente fue aprovechar una visita que hice al CSUCA a principios del año 2012 y me reuní con la mayor parte de los estudiantes para que concluyeran su programa. Algunos respondieron positivamente, pero de ahí no pasaron. Lo que se hizo en forma estratégica, fue aprovechar una visita de don Edgar Castro de una invitación que le hizo la Universidad de San Carlos, la Dirección de Desarrollo Académico para que les impartiera un seminario de investigación, elaboración de artículos y sobre normas APA. Aprovechando esa invitación que le estaban haciendo de la Universidad de San Carlos, le solicité a don Edgar que contactara a este grupo nuevamente para que continuaran. Ahora, producto de ello es la presentación que se tuvo hoy que fue un examen de candidatura que fue del estudiante Percy Aguilar y hablando con ese estudiante indicó que decidió continuar o cerrar este capítulo producto de la visita de don Edgar Castro, lo cual me agradó saber que se sintió motivado. En estos niveles a

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veces lo que se requiere es un poco de motivación para que puedan concluir lo que han iniciado. Según el informe de don Fernando Zúñiga y que resalta con color verde son los estudiantes que tienen una posibilidad de terminar, que son alrededor de cuatro a ocho estudiantes y dentro de ese grupo está el estudiante que acaba de indicar. Le pregunté cuándo se puede cerrar su presentación de tesis, me indicó que alrededor de seis meses. Hay que ver cómo está la situación de los otros estudiantes. Esto es una estrategia que se ha hecho y así se planteó en la Comisión de Políticas de Desarrollo Académico, máxime que hay interés en algunas autoridades de la Universidad de San Carlos en abrir un nuevo grupo, pero aquí lo que se está previendo es que ese nuevo grupo sea gente con grandes posibilidades de concluir, ya que el primer grupo hubo gente que no era del área de administración, habían abogados y uno de ese grupo hoy es un alto magistrado de Guatemala y todos terminaron el programa, pero se quedaron en la tesis. Nos han dicho que no se inicia otra cohorte hasta que no se cierre el tema del primer grupo, porque son algunas autoridades de la Universidad de San Carlos que están interesados en que estos estudiantes terminen y a la vez abrir un nuevo grupo. Pero el tiempo de movimiento que se ha dado de autoridades en la universidad, es lo que ha variado en que algunos logren terminar y otros no. De nuestra parte, siempre hemos estado anuentes a colaborar en lo que se pueda a este grupo de estudiantes. Esta es la situación desde el punto de vista de la Escuela de Ciencias de la Educación. EDGAR CASTRO: Quiero agradecer la invitación y aclarar el por qué estoy presente en esta sesión. Agradecer a la Escuela de Ciencias de la Administración que siempre me ha considerado como profesor colaborador, dirigiendo tesis, director de la revista e impartiendo algunos cursos de investigación. Tuve el honor de ser el director de tesis de la Dra. Alba Guerrero, que es de este grupo de la Universidad de San Carlos y ella es la directora de la División de Desarrollo Académico de la Universidad de San Carlos. A raíz de eso es que nació la invitación para que les impartiera un seminario de investigación de normas APA y cómo redactar artículos científicos, y cómo ha dicho don Eduardo y don Fernando, se aprovechó la coyuntura para que en una semana de trabajo, además de los seminarios y talleres, trabajar con cada estudiante lo cual fue muy positivo. Fueron dos días de taller trabajando con cada uno de los doctorandos.

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Eso fue positivo como estrategia para que se motivaran y pudieran seguir adelante, es un porcentaje alto, e indicar que se han graduado 5. LUIS GUILLERMO CARPIO: Se abre la discusión de este tema, aclarando que el hecho de que el convenio no esté vigente, nuestros deberes y obligaciones para con los estudiantes siguen abiertos, es un proceso que se debe concluir y de hecho no se podría abrir otra cohorte si previo no se reactiva ese convenio ya que sería un requisito. Sin embargo los deberes y obligaciones con estos estudiantes es claro que están. Interpreto que la propuesta es aceptar que estos estudiantes que están de color verde en el informe del señor Fernando Zúñiga, puedan terminar y graduarse. No me queda claro qué pasa con los otros estudiantes los que están en condición roja y amarilla. Hasta dónde vamos a poder llevar esto si no se tiene un panorama claro, ya que esto debe ser parte del acuerdo. FERNANDO ZUÑIGA: En ese caso, nosotros estamos considerando a esos estudiantes, eso es una opinión es que lo que señalé en color verde es un análisis. Pero cuando don Edgar Castro fue a Guatemala, hablaron de nuevos temas y son temas muy generales, por ejemplo uno fue el sector turístico en Petén, eso es un título muy global como para aprobar el tema. A estos estudiantes se les dio un plazo para que enviara el documento justificando el nuevo tema, y no lo enviaron, y si acaso han llegado tres estudiantes y son de la lista de estudiantes que están resaltados con el color amarillo y que se les va a seguir dando ese aporte. Es interesante, el equivalente al Vicerrector de Docencia de Guatemala, en esa ocasión y que promovió este convenio, me dijo que ellos se habían equivocado en la selección de las personas porque eran profesores de la universidad y a tiempo completo trabajaban en empresas. Algunos sí eran profesores, incluso los que trabajan en la USAC como profesores a tiempo completo y muchos de ellos han terminado la relación con la USAC y están más dedicados a la empresa privada o a otras instituciones. En esa ocasión me dijo el director algo que no olvido que si se gradúan cinco estudiantes será un éxito, claro eso no se va a tener como meta graduar a cinco ya que la idea es graduar a todos. Esos cinco son los que se han graduado. En este momento hay dos anteproyectos aprobados, una muchacha que se le aprobó y el señor que vino ahora a presentarlo. Pero seguimos trabajando con todos.

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LUIS GUILLERMO CARPIO: ¿Hasta los estudiantes que están en color rojo? FERNANDO ZUÑIGA: Sí, señor, con todos. LUIS GUILLERMO CARPIO: No se está descartando a ningún estudiante, serían todos candidatos potenciales a concluir. EDGAR CASTRO: Lo que creo es el tema de los plazos porque han pasado muchos años desde que se firmó el convenio y como ha dicho don Fernando, con la percepción que se tuvo en Guatemala es que los estudiantes se motivaron mucho, pero cuando se les pide que definan el tema ahí los estudiantes no han respondido. Me parece que la Universidad debe definir un plazo a esos doctorandos porque no pueden pasar hasta 10 años y seguimos en lo mismo. Como ha indicado don Fernando hay muchos que están respondiendo, pero hay siete estudiantes que no arrancan y si no se les define un plazo se podría llevar muchos años. Me parece que debería ser un mecanismo de la Universidad, porque cuando estuvimos en Guatemala, el señor rector y el señor vicerrector Académico, estaban muy preocupados porque hay un compromiso de muchos millones de quetzales, y si ellos no se gradúan les va a cobrar. Hay un compromiso de cobro a esos estudiantes si no responden. Me parece importante que la UNED les defina un plazo para sentirse presionados. KATYA CALDERON: Los plazos existen, ellos son estudiantes de la UNED y los plazos están contemplados en el Reglamento General Estudiantil o en el Reglamento del Sistema de Estudios de Posgrado, los plazos existen y no fueron cumplidos. No pueden estar ahí 10 años más. Son seis periodos académicos para tesis y una vez que terminan las asignaturas tienen tiempo seis periodos académicos, eso lo dice el reglamento actual y si eso se quiere cambiar es el Consejo Universitario el que puede cambiarlo. La realidad es que son estudiantes de la UNED. En República Dominicana conversé con el vicerrector académico sobre esos plazos que ya estaban vencidos. No entendía bien este asunto, porque don Eduardo Castillo estuvo como vicerrector académico a.i., pero ahora ya lo comprendo. Está contemplado que pueden ser seis periodos académicos y que pueden ser prorrogables hasta tres más, por razones de convenio u otra razón, que sea posible para la coordinación del doctorado. Eso dice el reglamento, no es porque

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sea un convenio que se tiene un reglamento distinto para los convenios, son estudiantes UNED y se le aplica el reglamento. Evidentemente, hay una excepcionalidad al reglamento y quiero pensar que por eso está en el plenario, porque esto es una excepción al reglamento. El tema es administrativo en el sentido de que a partir de ahora cuánto tiempo van a tener. Según el convenio hay responsabilidad de la Vicerrectoría Académica, es un tema que tendría que analizarlo y si en este momento sí el plenario me pregunta no sabría qué indicar, tendría que hacer una consulta jurídica, qué pasa con estos estudiantes que se está haciendo un adendum al convenio y que no tiene injerencia el plenario y con la Dirección de Cooperación e Internacionalización, con base en la información que tiene don Fernando, con los nombres de los estudiantes que están en color verde y darles un plazo que corresponda al reglamento. Este punto hay que analizarlo, por eso es que a mi juicio lo único que correspondería es hacer un adendum, pero en buena teoría habría que analizar caso por caso si ya el reglamento había contemplado ese tiempo, me parece que sí, pero no lo sé. Efectivamente, estamos ante una excepcionalidad y esa excepción debería ser claramente definida y creo que sería competencia de la dirección y coordinación del programa, el planteamiento para la Vicerrectoría Académica para su aplicación y conocer en qué términos se debería hacer ese adendum, incluso con el nombre de las personas y con los plazos. EDUARDO CASTILLO: En este momento hay un estudio que está haciendo el SEP en cuanto a estudiantes rezagados y, obviamente, está incorporado este grupo, pero es asunto que se está analizando en forma general, tanto de las maestrías como doctorados, de tal manera que se defina de una vez con todos estos estudiantes que se han quedado fuera de reglamento y si tienen interés o no en concluir y algunos ya manifestaron el interés en concluir. Tal vez eventualmente no hay que tomar una decisión final con todos estos casos. FERNANDO ZUÑIGA: Ellos son egresados de la UNED, pueden pasar 20 años y siguen siendo egresados, y en el reglamento no indica qué hacer con un estudiante que le exija a la Universidad concluir su proceso, sí habría una actualización o refrescamiento, qué cursos tendrían que llevar principalmente de investigación, etc., o si se desechan completamente con esa condición. Hay muchos estudiantes nacionales que todavía les escribo para ver si se reactivan un poco, porque cuando llegué al programa habían cerca de 40 estudiantes que no se han graduado, y qué hacer en esos casos.

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KATYA CALDERON: Hace cinco años se hizo un estudio de rezago en el posgrado, y se definió la condición de rezago y no existe condición de egresado, o sea o son graduados o no, pero la condición de egresado no existe. Ahora, estamos ante un nuevo estudio de rezago y como resultado de ese estudio se reorientaron cinco posgrados y el Consejo Universitario hace cinco años está claro en eso. Efectivamente, ahora hacen un nuevo estudio de rezago que se tiene pendiente de analizar por parte de los directores de Escuela, doña Jenny Seas y mi persona, para ver cada caso particular del posgrado y el comunicado específico para sacarlos de la lista y además esto altera mucho las estadísticas de Posgrado. Hay estudiantes que ya no les interesa por razones propias y no porque la UNED no les haya dado los servicios y eso sucede, pero afecta las estadísticas de la Universidad, y por eso se hacen los estudios de rezago. Por otro lado, ya casi se está finalizando el análisis de la propuesta de modificación del Reglamento General Estudiantil, si quieren agregar al artículo de doctorado académico alguna particularidad que vaya orientada hacia temas en casos de rezago mayores a ciertos años y previa actualización elaborada por la coordinación del posgrado, habría que agregarlo al reglamento. De momento se está haciendo de orden académico y siempre con el respaldo de la Oficina Jurídica, para aquellos que, efectivamente, se puedan graduar y están dispuestos a tener una cierta nivelación, que fue lo que se hizo hace cinco años. Esto ya se hecho, pero si el plenario considera que eso debería estar en el reglamento ya sería un tema del Consejo Universitario. CAROLINA AMERLING: En el único punto donde veo que dice que si no concluyen la defensa de tesis, es el punto IV de la cláusula del convenio que dice: “Si el estudiante no concluye su defensa de tesis en el lapso de tres años deberá

volver a matricular la asignatura correspondiente y pagar el arancel del curso”. Ellos todavía tienen un único tema desde el inicio, no se les ha aplicado lo que indica el convenio. FERNANDO ZUÑIGA: Algunos están solicitando cambio de tema, pero no lo han justificado con un documento. LUIS GUILLERMO CARPIO: Eso se tiene que definir y es una discusión que se tendría que dar ahora. GUISELLE BOLAÑOS: Gracias a doña Katya, a don Edgar, a don Eduardo y a don Fernando, por brindarnos esta oportunidad de tener un panorama más claro de una situación que nos preocupó mucho en relación con los estudiantes del doctorado.

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En la nota elaborada por don Fernando Zúñiga, hay una serie de afirmaciones que me preocupan mucho por el prestigio tanto del doctorado como de la Universidad. Don Fernando indica que no se coordinó la visita de don Edgar Castro a Guatemala, si eso fue así por qué surgieron, eventualmente porque don Edgar no tenía la información y no sé si la tendría, porque don Fernando indica que fue una invitación que se hizo. Lo que dice el informe es: “La visita que hizo el Sr. Edgar Castro a Guatemala no fue

coordinada por el programa”, y eso para mí automáticamente tenía que llegar a despertar las inquietudes que surgen cuando se lee el informe de cada estudiante y cada estudiante que cambió de tesis, pero esto no es un tema de tesis doctoral, usted que es el conoce el programa y es el que tiene un panorama general. En el informe se indica: “Se propusieron temas que este programa tampoco ha

aprobado, como se puede ver en el informe del Dr. Castro son temas generales que no se fundamentan, y que en algunos casos aparentemente son ocurrencias para salir del paso”.

Cuando leí esto, dije: -qué preocupante para el prestigio académico del programa y para la UNED en general, ¿cómo una universidad está haciendo tesis doctorales o debería aceptar basadas en ocurrencias?- Luego se indica en el informe: “Don Edgar dijo que había una cuota de

responsabilidad, y que no se brindó el apoyo y acompañamiento de los estudiantes”,

usted dice que no acepta eso e indica el por qué no se lo acepta. Aparentemente hubo seguimientos, pero no se fijaron en que el convenio venció en el 2011, en este momento no hay convenio y creo que los estudiantes no pueden acogerse a un Reglamento General Estudiantil, porque el convenio venció en el 2011 y ahí se indica que se podría reactivar en caso de acuerdo. En el informe de don Fernando se indica: “Por otra parte, no pueden aceptarse

cambios en los temas sin la presentación adecuada y la respectiva justificación científica

y sin conocer cada uno de los casos” y luego se indica que don Edgar solicita cambiar el tema en el informe de él. Esta documentación a mí lo que me deja es un sin sabor en términos de cómo un programa que se está impartiendo mediante un convenio, con una universidad externa puede llegar a generar estos desencuentros de tipo académico. Ahora doña Katya señala, y es totalmente cierto, que hay un Reglamento General Estudiantil y que sí establece un plazo igual que en todas las universidades del mundo.

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Nosotros tuvimos una vez un convenio con la Universidad de España, y a partir de cierto momento a pesar de que se tenía una investigadora ya las reglas del juego cambiaron, entonces esos plazos quedan definidos en un reglamento. Cuando doña Katya nos propone que se está haciendo un estudio de rezago, que se pueden retomar estos casos, cómo se retoman estos casos sin cambiar un reglamento, porque no existe carta de entendimiento no hay convenio, no hay nada, cómo se pueden retomar y cómo se han retomado en ocasiones anteriores. La inquietud es por qué no se coordinan acciones de manera que cuando se traten asuntos de un programa específico no de este sino de cualquiera, la información que se maneje en todos los ámbitos, sea exactamente la misma, pero que por un lado habló con don Eduardo, luego don Álvaro habla con don Eduardo y los dos le estamos dando información diferente y eventualmente creo expectativas con mi posición y don Álvaro viene le dice que no tiene esas expectativas. Pienso que en asuntos académicos es muy delicado hacer eso. Solo quiero hacer una consulta en relación con el cuadro que está con los colores verde, amarillo y rojo. Se indica en color verde a un señor que se llama José Luis Cano Castellanos e indica que desde el 2009 dice el director que no tiene contacto con él, o sea ocho años sin contacto, mi pregunta es si puede presentar tesis. Este caso me causó duda. Entonces dije: -si los de color verde son los que pueden presentar tesis y tiene ocho años de no tener contacto con la Universidad, ¿cómo se hace? La otra inquietud que tengo es que doña Katya cuando presentó el informe del CSUCA, indicó que este asunto se trató con el señor vicerrector académico de esta universidad y el convenio establece que entre los coordinadores que son el encargado de Programa y el sub coordinador es el vicerrector académico. Del informe que brinda don Fernando Zúñiga, hay plazos que me llaman la atención, por ejemplo una visita hecha en el año 2001 y otra en el año 2013, qué tipo de atención se le brindó a los estudiantes en ese lapso, porque ya pasaron 12 años y cuáles son las acciones que se han implementado en convenio entre SEP y Vicerrectoría Académica o simplemente hasta ahora se mantiene esto. Se solicita que se dé tiempo a los estudiantes, pero primero habría que existir una carta de entendimiento porque venció desde el año 2011. LUIS GUILLERMO CARPIO: Entiendo que para concluir esta cohorte no se necesita el adendum ni la carta de entendimiento nueva, hay obligaciones que debemos cerrar.

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Esa sería una discusión, sería el acuerdo del Consejo Universitario que venga a definir cuáles son las reglas del juego para estos estudiantes y que el convenio que no esté vigente aplica en deberes y derechos, principalmente que hay acciones que están pendientes por resolver por parte de la institución, no solo de parte de los estudiantes. En ese sentido es que se debería tomar un acuerdo lo suficiente claro y extenso para poder realizarlo. Lo que no se podría abrir es otra cohorte sino no existe una nueva carta de entendimiento, de acuerdo con lo que le comprendí a don Celín Arce y así lo afirma don Celín. Se podría trabajar en una propuesta de acuerdo para resolver la situación de estos estudiantes. La dinámica y los asuntos de la atención o cualquier otro cuestionamiento que se quiera hacer a la acción, tendría que verse en otro plano porque en este momento tenemos que definir la situación particular. EDGAR CASTRO: Quiero aclarar algo de lo que está diciendo doña Guiselle, y supongo que el informe que hizo don Fernando Zuñiga no tengo copia, porque don Fernando hace algunas aseveraciones que quiero aclarar. Mi viaje a Guatemala obedeció a una invitación porque le dirigí la tesis a la Dra. Alba para dar investigación y temas relacionados con la revista. Don Fernando estuvo informado de mi viaje y no puede decir que no se coordinó con él, y fue autorizado por don Eduardo Castillo y el doctorado tiene conocimiento y doña Margarita Trejos tiene conocimiento y no se puede decir que el doctorado no estaba informado porque don Fernando y mi persona lo conversamos. Esto me extraña sobre manera que lo haya puesto en el papel y menos sin una copia a mí persona para hacer referencia a ese texto.

Con respecto al tema de ocurrencias, tengo que decir que muchos estudiantes me indicaron allá que tenía confusión con el tema, que no estaban claros, entonces en los talleres individuales lo que se hizo fue analizar temas generales, pero eso no significa que el tema se cambió hubo confusión con el tema, no estaban claros. En los talleres individuales lo que se hizo fue analizar temas generales, pero ojo eso no significa que el tema se cambió, sino se hizo una discusión de temas generales que parece que don Fernando dice que son ocurrencias de temas generales que ellos podrían plantear. Pero que ellos tenían que cumplir con un tema, definir, aterrizar, analizar en la Universidad el tema y mandarle al doctorado, después don Fernando les solicitó que por favor le informarán al doctorado cuál era el tema. No fue que Edgar Castro cambió los temas, jamás, muchos estudiantes no tenían un tema claro.

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Aunque se dice que en el doctorado tenían inscrito un tema y plantearon cambios se analizaron unos temas, pero tenían que cumplir y algunos no han cumplido con la inscripción en un oficio que tenían que mandarle al doctorado para cambiar el tema, para establecer al director, para establecer al lector y que el doctorado les volviera a aprobar el nuevo tema. Don Fernando puede tener la percepción de que fueron ocurrencias, lógicamente los estudiantes no estaban claros con el tema, ellos “tiraban” temas, podemos ir por aquí o por allá. Pero el compromiso fue que tenían que volver a escribir al doctorado, inscribir el tema, poner su lector, su director y que fuera el tema aprobado por don Fernando. Algunos lo hicieron otros no lo hicieron, pero que quede muy claro y que quede en actas, que don Edgar Castro no fue a cambiar temas, en lo más mínimo ni tenía la potestad de hacerlo. Los estudiantes empezaron a tirar ideas, querían reformular temas, querían analizar y como dice don Luis Fernando ahí sí comparto con él, se analizaron temas generales de ideas para tesis que tenían que aterrizarlos analizando muchos de ellos con las autoridades de la Universidad de San Carlos, inscribirlo de nuevo ante el doctorado, para que el doctorado les aprobará de nuevo el tema, el director y el lector, quiero que quede claro, porque se puede distorsionar. No he leído el informe de don Fernando, pero no comparto cosas que él dice ahí, pero que quede claro que Edgar Castro no cambió temas en lo más mínimo porque eso es una potestad del Doctorado en Ciencias de la Administración. Muchas gracias. EDUARDO CASTILLO: Incluso, luego de la visita de don Edgar hubo una reunión de don Edgar y don Fernando en la cual se discutieron cada uno de los casos para determinar cuál era la situación con esos estudiantes. Se ha ido avanzando, pero un poco lento, pero si se dio una información más precisa en cuanto al estado de los temas y las tesis que estaban desarrollando los estudiantes en ese momento. FERNANDO ZÚÑIGA: Quiero defenderme un poco, porque en realidad nosotros no coordinamos. Pude haber estado informado, pero nunca nos reunimos, usted no me solicitó un informe de cada estudiante, sino le hubiera hecho un cuadro donde usted tuviera un panorama de los incumplimientos que ellos han tenido. Además, ellos estaban presionados por que la Universidad los estaba amenazando con cobrarles y ahí es donde surgen ocurrencias de temas. Incluso se habló de que los tutores fueran compañeros de ellos mismos, ese tema ya lo había discutido con la Universidad y ellos no quieren tutores guatemaltecos porque dice que ellos buscan gente conocida y no terminan la tesis.

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Querían que todos los tutores fueran nacionales, esos temas los hubiéramos discutido antes, tal vez usted hubiera tenido más claridad en relación con cambios de temas o gente que decía que no tenía relación con el tutor y ni siquiera sabía el nombre de los lectores cuando se les había comunicado por escrito, por ejemplo uno dice la señora Coronado y es Harold Coronado ni siquiera se tomó el tiempo para saber quién era para mandarle por correo a su tutor, etc. Creo que esa es la gente que tuvo ocurrencias ese día, temas tan generales, qué sé yo, temas como ese que les digo sector turístico o la planificación en la Universidad, ¿Qué es la planificación en la Universidad? Si hay una unidad de planificación, no son temas concretos. Y la reunión la organizó una de las compañeras de ella, era muy parcializada la forma en que empezaban, bueno esta la dirige “tal compañera” y empezaron a cambiar tutores. Eso es lo que digo en el informe, porque lo digo a partir de que en el informe suyo dice que nosotros descuidamos y abandonamos a los estudiantes y eso no se dio. Además, creí que usted había leído el informe hace tiempo, porque lo envié como un documento que me solicitó el Consejo. En ese momento me sentí mal con la situación porque alguien va a organizar a la Universidad el asunto de las tesis y no me entero de qué están haciendo, ni diciendo, ni las decisiones que se están tomando, en ese sentido hablamos después no antes de la reunión. Yo había ido a dos sesiones con ellos, fui con un profesor experto en cuantitativos, otro en cualitativos, otro en talleres, en esas ocasiones igual sale uno con la ilusión de que ahora sí van a trabajar y no mandan nada, pasan los días y no mandan nada. El guatemalteco es muy diferente al costarricense en términos de disciplina, no es que sean académicamente malos, pero son muy indisciplinados, igual que el dominicano, uno sabe que lo toman todo en otra forma. Uno tenía que manejar ese asunto porque uno los conoce. LUIS GUILLERMO CARPIO: Vamos a dejar esta discusión aquí, creo que tenemos los elementos necesarios como para hacer un análisis en el Consejo. Agradecerles por la visita, nosotros vamos a analizar este asunto.

* * * Al ser las 11:23 a.m. se retira de la sala de sesiones la señora Katya Calderón, vicerrectora Académica y los señores Edgar Castro, vicerrector de Planificación; Eduardo Castillo, director de la Escuela de Ciencias de la Administración y

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Fernando Zúñiga, coordinador del Programa de Doctorado en Ciencias de la Administración.

* * * LUIS GUILLERMO CARPIO: Al dictamen de la Comisión de Políticas de Desarrollo Académico le agregaría un considerando de acuerdo a lo que nos hablaba ahorita don Mario. Es un considerando que establezca el interés de la Universidad de buscar una salida adecuada para estos estudiantes, considerando los atenuantes que se han presentado. La propuesta de acuerdo sería tal y como la presenta la Comisión nada más que diría:

“Solicitar a la comisión de estudios del doctorado en Ciencias de la Administración de la UNED una propuesta para que en un plazo razonable los ocho estudiantes de la Universidad de Guatemala mencionado en el informe de don Francisco Fernández Umaña, coordinador del programa de Doctorado en Ciencias de la Administración según se indica en el considerando cinco anterior se les permita hacer su propuesta de candidatura y concluir su tesis doctoral.”

Esta propuesta debe ser avalada por el Consejo del SEP, por las autoridades respectivas de la USAC y quitaríamos: “con base a una Adenda”, no pongamos ocho estudiantes, sino para los estudiantes porque podría ser que aparezca una sorpresa. Solicitar a la Comisión y hacer el adicional a esa propuesta de que el Consejo toma este acuerdo como una vía de excepción por los atenuantes que están anteriormente, eso habría que agregarlo en este mismo acuerdo. Y el dos sería indicar que mientras no se concluya con la cohorte de estudiantes de la USAC que ingresó al doctorado de Ciencias de la Administración de la UNED con fundamentó en la carta de entendimiento entre la UNED y la Universidad de San Carlos, firmada en 2007 no se ofertará en la USAC una nueva apertura de este doctorado, ese sería el punto 2. ¿Estamos de acuerdo? Sería en esos términos, agregando que es vía excepción, agregando un considerando también: “el interés institucional por resolver la situación particular de

estos estudiantes”, como lo habíamos comentado. Someto a votación la propuesta de acuerdo en estos términos, tenemos 5 votos a favor y 1 voto en contra de la señora Guiselle Bolaños.

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Al respecto se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO V, inciso 1-a)

CONSIDERANDO: 1. El dictamen de la Comisión de Políticas de Desarrollo

Académico, sesión 604-2017, Art. V, inciso 2), celebrada el 30 de mayo del 2017 y aprobado en firme en sesión 605-2017, del 06 de junio del 2017 (CU.CPDA-2017-028), referente al acuerdo del Consejo Universitario, sesión 2530-2016, Art. III, inciso 1), del 21 de julio del 2016, (CU-2016-289), en relación con la situación de los estudiantes del programa de Doctorado en Administración, a la luz del informe del señor Edgar Castro Monge, vicerrector de Planificación, (REF. CU-330-2016), como resultado de su visita a la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC) para brindar un taller de investigación y un curso para redacción de artículos científicos.

2. Lo indicado en el informe del señor Edgar Castro Monge,

vicerrector de Planificación (REF. CU-330-2016), como resultado de la visita a la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), en relación con los estudiantes de la USAC que ingresaron al Programa de Doctorado en Ciencias de la Administración de la UNED, con base en la Carta de la Entendimiento entre la Universidad Estatal a Distancia de Costa Rica (UNED) y la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC) firmado en el 2007.

3. El acuerdo de la Comisión de Políticas de Desarrollo

Académico, aprobado en la sesión 599-2017, Art. IV, inciso 1) celebrada el 25 de abril del 2017 (CU.CPDA-2017-019), el cual indica:

“Solicitar a la Sra. Jenny Seas Tencio, directora del Sistema de Estudios Posgrado, remitir a la Comisión de Políticas de Desarrollo Académico, el estado de avance del acuerdo tomado por el Consejo Universitario, sesión 2530-2016, Art. III, inciso 1), celebrada el 21 de julio del 2016, (CU-2016-289), en un plazo no mayor al 05 de mayo del 2017, con el fin de que dicha comisión brinde dictamen al Consejo Universitario.”

4. La nota SEP-048-2017 de fecha 05 de mayo del 2017, suscrita por la señora Jenny Seas Tencio, directora del Sistema de Estudios de Posgrado (REF. CU-259-2017), en la cual adjunta informe del señor Fernando Zuñiga Umaña, coordinador del

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Programa de Doctorado en Ciencias de la Administración, en respuesta al acuerdo tomado por la Comisión de Políticas de Desarrollo Académico, sesión 599-2017, Art. IV, inciso 1) celebrada el 25 de abril del 2017 (CU-CPDA-2017-019), en relación con estado de avance del acuerdo del Consejo Universitario, sesión 2530-2017, Art. III, inciso 1), celebrada el 21 de julio del 2016 (REF.CU-330-2016), relativo a la situación de los estudiantes del Programa de Doctorado en Administración de la UNED, que se ofrece en la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), según se indicó en el considerando 2 anterior.

5. Del informe del señor Fernando Zuñiga Umaña, coordinador

del Programa de Doctorado en Ciencias de la Administración de la UNED (REF. CU-259-2017), se concluye que solo ocho (8) estudiantes de la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), citados en el Informe del señor Edgar Castro Monge, Vicerrector de Planificación (REF. CU-330-2016), tienen posibilidades reales de concluir con la tesis doctoral.

6. El acuerdo de la Comisión de Políticas de Desarrollo

Académico, aprobado en la sesión 601-2017, Art. III, inciso 5), celebrada el 09 de mayo del 2017 (CU-CPDA-2017-024), el cual en lo que interesa indica:

“Solicitar al Dirección de la Escuela Ciencias de la Administración, a la Dirección de Internacionalización y Cooperación, y al Sistema de Estudios de Posgrado, que a más tardar el 16 de mayo del 2017, remitan a la Comisión de Politicas de Desarrollo Académico, copia del convenio o carta de entendimiento firmado entre la Universidad Estatal a Distancia y la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), con el fin de conocer los compromisos que adquirió la UNED con dicha universidad en el momento de ofertar el programa de Doctorado en Ciencias de la Administración.”

7. Los oficios ECA-150-2017 de fecha 15 de mayo del 2017, suscrito por el señor Eduardo Castillo Arguedas, director de la Escuela Ciencias de la Administración, (REF. CU-276-2017) y DIC-130-2017 de fecha 17 de mayo del 2017, suscrito por la señora Cecilia Barrantes Ramírez, directora de la Dirección de Internacionalización y Cooperación, (REF. CU-280-2017), donde remite copia de la Carta de la Entendimiento entre la Universidad Estatal a Distancia de Costa Rica (UNED) y la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), en respuesta al acuerdo tomado por la Comisión de Políticas de Desarrollo Académico, sesión 601-2017, Art. III, inciso 5), celebrada el 09 de mayo del 2017 (CU.CPDA-2017-024).

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8. El acuerdo de la Comisión de Políticas de Desarrollo

Académico, aprobado en la sesión 603-2017, celebrada el 23 de mayo del 2017, comunicado mediante oficio CU-CPDA-2017-027, el cual indica:

“1. Invitar a las Sras. Jenny Seas Tencio, directora del Sistema

de Estudios de Posgrado, Margarita Trejos Monge, funcionaria de la Escuela Ciencias de la Administración, y a los Sres. Fernando Zuñiga Umaña, coordinador del Programa de Doctorado en Ciencias de la Administración, Edgar Castro Monge, vicerrector de Planificación y Eduardo Castillo Arguedas, director de la Escuela Ciencias de la Administración, a la Comisión de Políticas de Desarrollo Académico, que se celebrará el martes 30 de mayo del 2017, a las 9 a.m., con el fin de analizar en forma conjunta el ingreso de estudiantes al Programa de Doctorado en Ciencias de la Administración de la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), el cual se ofreció de acuerdo con lo estipulado en la Carta de Entendimiento entre la Universidad Estatal a Distancia de Costa Rica y la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), firmado en el año 2007.

Para lo cual se tiene como documentos base los informes presentados por los Sres. Edgar Castro Monge (REF. CU-330-2016) y Fernando Zuñiga Umaña (REF. CU-259-2017), así como la Carta de Entendimiento entre la Universidad Estatal a Distancia de Costa Rica y la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC).

2. Solicitar a la Sra. Jenny Seas Tencio, directora del Sistema

de Estudios de Posgrado y al Sr. Fernando Zuñiga Umaña, coordinador del Programa de Doctorado en Ciencias de la Administración, remitir a la Comisión de Políticas de Desarrollo Académico, información reglamentaria de la normativa institucional y nacional, que respalde la oferta académica del Doctorado en Ciencias de la Administración de la UNED, con la finalidad de analizar similitudes y diferencias, en que se ofertó este programa a los estudiantes de Guatemala en relación con los estudiantes costarricenses.”

9. La visita de la señora Jenny Seas Tencio, directora del Sistema de Estudios de Posgrado, y de los señores Fernando Zúñiga Umaña, coordinador del Programa de Doctorado en Ciencias de la Administración, Edgar Castro Monge, Vicerrector de Planificación y Eduardo Castillo Arguedas, director de la Escuela Ciencias de la Administración, a la Comisión de la Políticas de Desarrollo Académico, sesión

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604-2017, celebrada el 30 de mayo del 2017, con la finalidad de analizar en forma conjunta el ingreso de los estudiantes de la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC) al Programa de Doctorado en Ciencias de la Administración de la UNED, el cual se ofreció de acuerdo con lo estipulado en la Carta de Entendimiento entre la Universidad Estatal a Distancia de Costa Rica (UNED) y la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), firmado en el año 2007.

10. El Reglamento General Estudiantil, en su artículo 86, inciso c),

numeral a.3 establece los plazos máximos para concluir los estudios y graduarse.

11. El interés de la Universidad de buscar una salida adecuada

para los estudiantes del Programa de Doctorado en Administración de la UNED, que se ofrece en la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), que esté acorde con el respeto de los deberes y derechos del estudiantado.

SE ACUERDA:

1. Solicitar a la Comisión de Estudios del Doctorado en Ciencias

de la Administración de la UNED, una propuesta para que en un plazo razonable, los estudiantes de la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), mencionados en el informe del señor Fernando Zúñiga Umaña, coordinador del Programa de Doctorado en Ciencias de la Administración, según se indica en el considerando 5 anterior, se les permita hacer su propuesta de candidatura y concluir su tesis doctoral. Esta propuesta debe ser avalada por el Consejo del SEP y por las autoridades respectivas de la USAC.

2. Indicar que el Consejo Universitario toma esta resolución como una vía de excepción, por los atenuantes indicados en los considerandos de este acuerdo.

3. Indicar que mientras no se concluya con la cohorte de estudiantes de la USAC, que ingresó al Doctorado en Ciencias de la Administración de la UNED, con fundamento en la Carta de Entendimiento entre la Universidad Estatal a Distancia de Costa Rica (UNED) y la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), firmada en el año 2007, no se ofertará en la USAC una nueva apertura del citado Doctorado.

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GUISELLE BOLAÑOS: Quiero dejar constando en actas que no apruebo esto y la justificación que doy es que considero que va en contra del Reglamento, incluso revisando el Reglamento del SEP el artículo 25 y el 31 queda claramente establecido, cuál es el plazo para presentar candidaturas, aunque no lo diga el Reglamento General Estudiantil. El artículo 25 dice:

“…hay tres etapas en los programas, la primera etapa es la nivelación, la segunda los cursos de posgrado y la tercera el proceso de investigación…”

Y el artículo 31 dice:

“…que los estudiantes de los programas de doctorado deben presentar exámenes de candidatura al terminar la segunda etapa…”

Sí está establecido cuándo se presenta el examen de candidatura, por lo tanto, por esa razón no aprobé este acuerdo. LUIS GUILLERMO CARPIO: Quiero manifestar mi posición ante esto, creo que hay atenuantes suficientes como para hacer una situación particular en una vía de excepción. Don Celín Arce ha manifestado que en esas condiciones no estamos transgrediendo ninguna norma y creo que como universidad tenemos la obligación de resolver una situación de estudiantes que han tenido situaciones especiales durante el proceso y no han tenido todo a su favor, ese sería mi punto de vista.

* * * Vamos a ver la documentación que trasladamos a trámite urgente. Tenemos la nota de la directora de Asuntos Estudiantiles en la que solicita nombramiento en la jefatura de la Oficina de Atención Socioeconómica. REF.CU. 355-2017; si hubiera consenso podríamos votar eso. La nota de la señora Marlene Víquez en la que solicita al Consejo Universitario, se le excluya como miembro de la Comisión de Políticas de Desarrollo Estudiantil y Centros Universitarios para no afectar el quórum. REF.CU. 339-2017, eso no se ha discutido tampoco, no está Nora ni Marlene, este tema queda pendiente. Está la propuesta de acuerdo presentada por la señora Carolina Amerling, referente al Informe de Labores del rector. REF.CU. 344-2017 Nosotros hemos tenido un defecto, que incluimos en Trámite Urgente y debería ir todo al final y no al principio, porque lo que está al final nunca lo vamos a ver, eso lo hemos visto por defecto. Hay temas que están ahí y debemos considerarlos a la hora de tomar la decisión.

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De lo que aprobamos hoy a Trámite Urgente son las notas de doña Rosa Vindas. La nota de un grupo de administradores de centros Universitarios, en la que presentan dos propuestas: 1) Modificación del Reglamento del Consejo de Centros Universitarios y 2) nombramiento del director de Centros Universitarios de la Vicerrectoría Académica. REF. CU-362-2017. Abrir esta discusión es larga. Eso deberíamos prepararlo para una sesión larga. Que es la información que se necesita que dice Guiselle. En relación con la solicitud de los administradores de centros lo que informa la Comisión de Políticas de Desarrollo Estudiantil y Centros Universitarios CU.CPDEyCU-2017-007 es lo siguiente:

“SE ACUERDA: Informar al Consejo Universitario que la Comisión de Políticas de Desarrollo Estudiantil y Centros Universitarios está en el análisis de la propuesta sobre la figura del quehacer de los centros universitarios “Propuesta de Modificación Reglamento Consejo de Centros Universitarios”, los mismos serán integrados al análisis de la propuesta “Estructura funcional de Centros Académicos Universitarios como agentes de cambio y promotores de desarrollo local y regional para una efectiva vinculación universidad comunidad”, con el fin de hacer la vinculación correspondiente a los documentos. ACUERDO FIRME”

SAYLEN AUSLIN: En esa agenda de la Comisión de Políticas de Desarrollo Estudiantil y Centros Universitarios la mayoría de los documentos solo hablan de ese tema. LUIS GUILLERMO CARPIO: Para poder llegar a un feliz término con ese tema deberíamos separar los temas, aquí están revolviendo todo propuesta de

modificación al Reglamento del Consejo de Centros y además la estructura funcional de

los Centros Universitarios como agentes de cambios y promotores del de desarrollo local

y regional para una efectiva vinculación universidad comunidad, hay que separar las discusiones. No podemos analizar todo. Si queremos llegar a un feliz puerto analicemos el Reglamento y después analizamos la estructura funcional o al revés primero la estructura funcional y después el Reglamento. Lo que está en comisión está en comisión, esto está en plenario, eso es lo que hay que empezar a discutir es lo que está aquí, si alguien quiere remitir a otro documento hasta que se pronuncie la comisión tiene que sacar un acuerdo. Primero la estructura funcional de los centros, en la próxima sesión me gustaría abrir el debate para separar esos temas, primero la estructura funcional y hecha la estructura funcional vemos la propuesta de modificación al reglamento, para no

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revolver, esa sería mi propuesta para la próxima sesión. Esa es la respuesta que les damos, porque pasó a Trámite Urgente. Pero para llegar a feliz término tenemos que separar los temas, tratar de ver esos dos temas juntos es una locura. Los que están en la comisión tienen que considerar eso. Vamos a tomar este punto porque está en agenda donde nos informan al Consejo sobre esta situación, le vamos a dar la instrucción a la Comisión de Políticas de Desarrollo Estudiantil y Centros Universitarios que realice un análisis de estos dos temas de manera separada. Que primero presente un dictamen sobre la estructura funcional de los Centros universitarios como agentes de cambio y promotores de desarrollo local y regional para una efectiva vinculación universidad comunidad. Que posteriormente a eso se dediquen a hacer una propuesta de modificación al Reglamento del Consejo de Centros, esa sería la instrucción a la comisión.

* * *

2. COMISION DE POLITICAS DE DESARROLLO ESTUDIANTIL Y CENTROS

UNIVERSITARIOS a. Informe sobre la figura que respalda el quehacer de los centros

universitarios a favor del desarrollo comunal y regional. Se conoce el dictamen de la Comisión de Políticas de Desarrollo Estudiantil y Centros Universitarios, sesión 479-2017, Art. V, inciso 1), celebrada el 02 de mayo del 2017 (CU.CPDEyCU-2017-007), en el que informa al Consejo Universitario que esa Comisión se encuentra analizando la propuesta sobre la figura del quehacer de los centros universitarios y la “Propuesta de Modificación Reglamento Consejo de Centros Universitarios”, y los mismos serán integrados al análisis de la propuesta “Estructura funcional de Centros Académicos Universitarios como agentes de cambio y promotores de desarrollo local y regional para una efectiva vinculación universidad comunidad”, con el fin de hacer la vinculación correspondiente a los documentos. LUIS GUILLERMO CARPIO: Se recibe el Informe CU.CPDEyCU-2017-007 sobre la figura que respalda el quehacer de los centros universitarios a favor del desarrollo comunal y regional. Hoy estaríamos separando estos dos temas, cuando entremos a analizar la estructura funcional, vemos todo lo asociado a eso y luego cuando estemos en lo del reglamento, vemos lo que está ahí, la modificación al reglamento también entraría lo que nos están pidiendo de los de centros, el documento que llegó hoy, ¿estamos de acuerdo?

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Estamos dando una instrucción que para mí es muy clara, que se analice primero la estructura, se vea todo lo asociado a eso y luego se analice el reglamento, porque ya estamos dividiendo la discusión, tratar de mezclar las dos cosas juntas en una sola discusión, no llega a ningún lado. Lo primero que se debe analizar es la política y esa política tiene que venir aquí para ser aprobada, después de ser aprobada, vemos la estructura, luego vendría el reglamento y de último, la política que respalda el quehacer de los centros. Ese es el orden lógico. El Consejo Universitario no puede hacer una mezcla de todos estos temas, tienen que analizarse, primero la Comisión tiene que dedicarse a que se apruebe una política de estructura y funciones, después se ve la estructura de los centros. No podemos hacerlo antes, la política del quehacer y los centros tienen que estar primero definidos, reglamentados con una estructura adecuada. Esa sería para mí el orden lógico del quehacer y aprovechando que esto está en el plenario, se le debería decir a la Comisión que analice esos temas, en ese orden y que en ese orden tiene que venir una política de centros y abrir la discusión ahí. Vamos a retomar la sesión con lo que nos indica la Comisión de Políticas de Desarrollo Estudiantil y Centros Universitarios, a saber:

“Informar al Consejo Universitario que la Comisión de Políticas de Desarrollo Estudiantil y Centros Universitarios está en el análisis de la propuesta sobre la figura del quehacer de los centros universitarios “Propuesta de Modificación Reglamento Consejo de Centros Universitarios”, los mismos serán integrados al análisis de la propuesta “Estructura funcional de Centros Académicos Universitarios como agentes de cambio y promotores de desarrollo local y regional para una efectiva vinculación universidad comunidad”, con el fin de hacer la vinculación correspondiente a los documentos.”

De eso el Consejo Universitario conoce la propuesta que nos hace la comisión y le solicitamos que para un mejor propósito defina prioritariamente los asuntos en este orden: Políticas, Estructuras, Reglamentos y Política del quehacer. Los temas son dependientes unos de otros, al decir dependientes quiero decir que para poder ver estructuras, primero tenemos que haber analizado la política, ¿de acuerdo? y así sucesivamente, esa sería la propuesta de acuerdo. Para comprender mejor, los documentos deben ser tratados independientemente en este orden. Esa sería mi propuesta, ¿les parece? por favor, ¿estamos de acuerdo? y en firme, gracias.

* * *

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Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO V, inciso 2-a) CONSIDERANDO: 1. El dictamen de la Comisión de Políticas de Desarrollo

Estudiantil y Centros Universitarios, sesión 479-2017, Art. V, inciso 1), celebrada el 02 de mayo del 2017 (CU.CPDEyCU-2017-007), en el que informa al Consejo Universitario que esa Comisión se encuentra analizando la propuesta sobre la figura del quehacer de los centros universitarios y la “Propuesta de Modificación Reglamento Consejo de Centros Universitarios”, y los mismos serán integrados al análisis de la propuesta “Estructura funcional de Centros Académicos Universitarios como agentes de cambio y promotores de desarrollo local y regional para una efectiva vinculación universidad comunidad”, con el fin de hacer la vinculación correspondiente a los documentos.

2. El acuerdo del Consejo Universitario tomado en sesión 2256-2013, Art. V, inciso 5), del 30 de mayo del 2013 (CU-2013-300), referente al oficio CCEU:005-2013 del 23 de mayo del 2013 (REF. CU-314-2013), suscrito por la señora Guadalupe Jiménez Rodríguez, coordinadora del Consejo de Centros Universitarios, en el que brinda respuesta al acuerdo tomado por el Consejo Universitario en sesión 2206-2012, Art. IV, inciso 1-a), celebrada el 18 de octubre del 2012, sobre la figura que respalda el quehacer de los Centros Universitarios, a favor del desarrollo comunal y regional. (REF.CU:393-2015).

3. El acuerdo del Consejo Universitario tomado en sesión 2520-

2016, Art. II, inciso 4-a), celebrada el 09 de junio del 2016 (CU-2016-241), referente al dictamen de la Comisión de Políticas de Desarrollo Organizacional y Administrativo, sesión 562-2015, Art. V, inciso 2), celebrada el 28 de octubre del 2015 (CU.CPDOyA-2015-033), referente al acuerdo del Consejo Universitario tomado en sesión 2256-2013, Art. V, inciso 5), con fecha 7 de junio del 2013, (CU-2013-300), en el que remite oficio CCEU:005-2013 del 23 de mayo del 2013 (REF. CU-314-2013), suscrito por la señora Guadalupe Jiménez Rodríguez, coordinadora del Consejo de Centros Universitarios, en el que brinda respuesta al acuerdo tomado por el Consejo Universitario, en sesión 2206-2012, Art. IV, inciso 1-a), celebrada el 18 de octubre del 2012, sobre la figura que

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respalda el quehacer de los centros universitarios, a favor del desarrollo comunal y regional.

4. El acuerdo del Consejo Universitario tomado en sesión 2533-

2016, Art. III, inciso 1-a.i), celebrada el 04 de agosto del 2016 (CU-2016-318), referente a la solicitud verbal de la señora Guiselle Bolaños Mora, consejal externa, para que se tome en consideración lo acordado por el Consejo Universitario en sesión 2517-2016, Art. IV, inciso 4), del 26 de mayo del 2016.

5. El acuerdo del Consejo Universitario en sesión 2554-2016, Art.

II, inciso 1-a), celebrada el 20 de octubre del 2016 (CU-2016-445), referente al acuerdo tomado por la Comisión de Políticas de Desarrollo Estudiantil y Centros Universitarios, sesión 463-2016, Art. V, inciso 1), celebrada el 18 de octubre del 2016 (CU.CPDEyCU-2016-028), en relación con el acuerdo del Consejo Universitario de la sesión 2256-2013, Art. V, inciso 5), del 30 de mayo del 2013 (CU-2013-300), referente al oficio CCEU:005-2013 del 23 de mayo del 2013 (REF. CU-314-2013), suscrito por la señora Guadalupe Jiménez Rodríguez, coordinadora del Consejo de Centros Universitarios, en el que brinda respuesta al acuerdo tomado por el Consejo Universitario, en sesión 2206-2012, Art. IV, inciso 1-a), celebrada el 18 de octubre del 2012, sobre la figura que respalda el quehacer de los Centros Universitarios, a favor del desarrollo comunal y regional.

6. El acuerdo del Consejo Universitario en sesión 2560-2016, Art.

IV, inciso 4-a), celebrada el 10 de noviembre del 2016 (CU-2016-491), en el que se indica que se concede la prórroga a la Comisión de Políticas de Desarrollo Estudiantil y Centros Universitarios para el cumplimiento de los acuerdos CU-2016-047, CU-2016-274 y CU-2016-317.

7. La nota SCU-2015-223, de fecha 26 de agosto del 2015,

suscrito por la señora Ana Myriam Shing, coordinadora general Secretaría del Consejo Universitario, en el que remite las observaciones de la comunidad universitaria en relación con la propuesta de actualización Reglamento de Consejo de Centros Universitarios.

8. La Comisión de Políticas de Desarrollo Estudiantil y Centros

Universitarios autorizó a la señora Nora González Chacón, coordinadora de la Comisión de Políticas de Desarrollo Estudiantil y Centros Universitarios a enviar la propuesta “Estructura funcional de Centros Académicos Universitarios como agentes de cambio y promotores de desarrollo local y

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regional para una efectiva vinculación universidad comunidad”, a los funcionarios de los centros universitarios y a las instancias de la UNED pertinentes, para que estos realicen las observaciones correspondientes y las presenten a más tardar 45 días naturales posterior a su envío.

SE ACUERDA: Indicar a la Comisión de Políticas de Desarrollo Estudiantil y Centros Universitarios que debe realizar un análisis de los siguientes temas, en forma independiente y en el orden que se presentan, dado que no es conveniente hacerlo en forma vinculada, tal y como lo informa: 1. Política de estructura y funciones de los centros universitario,

la cual debe ser aprobada por el plenario del Consejo Universitario, antes de continuar con el siguiente tema.

2. Estructura de los centros universitarios.

3. Reglamento del funcionamiento de los centros universitarios, que debe tomar en consideración la propuesta de modificación del Reglamento de Consejo de Centros Universitarios.

4. Política que respalda el quehacer de los centros universitarios.

ACUERDO FIRME

VI. ASUNTOS DE TRAMITE URGENTE

1. Nota de la jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en la que indica que no entiende el acuerdo tomado por el Consejo Universitario en sesión 2598-2017, Art. IV, inciso 2), referente al CINED.

Se conoce el oficio ORH-2017-255 del 13 de junio del 2017 (REF. CU-360-2017), suscrito por la señora Rosa María Vindas Chaves, jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en el que indica que no entiende el acuerdo tomado por el Consejo Universitario en sesión 2598-2017, Art. IV, inciso 2), e indica que lo que preguntó fue sobre la interpretación auténtica del acuerdo de creación del Instituto de Investigaciones en Educación (CINED), y por lo tanto, traslada la responsabilidad de lo que se ejecute a este respecto, a quien tomó la decisión, sin aplicar los procedimientos pertinentes para restructuración organizacional y traslado de personal, en el momento que se ejecutó de hecho el traslado.

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LUIS GUILLERMO CARPIO: Se recibe nota ORH-2017-255, suscrita por la señora Rosa Vindas Chaves, jefe de la Oficina de Recursos Humanos, en la cual indica que no entiende el acuerdo tomado por el Consejo Universitario en sesión 2598-2017, Art. IV, inciso 2), referente al CINED. REF. CU-360-2017 Este tema ya lo habíamos aclarado, ella indica que preguntó sobre la autenticación del acuerdo de la creación del Instituto de Investigaciones en educación-CINED, por lo tanto, traslada la responsabilidad de lo que se ejecuta a ese respecto a quién tomó la decisión, sin aplicar los procedimientos pertinentes para restructuración organizacional y traslado de personal, en el momento en que se ejecutó el hecho del traslado. ¿Lo pasamos a jurídicos, para que analicen a ver si ha existido algún problema?, porque vean que están trasladando responsabilidades a quién tomó la decisión sin aplicar procedimientos pertinentes, yo creo que se siguieron los procedimientos. La propuesta de acuerdo es trasladarlo a la Oficina Jurídica, ¿les parece?, lo trasladamos a la Oficina Jurídica para que analice el tema, sobre todo que están hablando de responsabilidades, procedimientos y reestructuración organizacional, por favor quienes estén de acuerdo y en firme, gracias.

* * * Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO VI, inciso 1) CONSIDERANDO: El oficio ORH-2017-255 del 13 de junio del 2017 (REF. CU-360-2017), suscrito por la señora Rosa María Vindas Chaves, jefa de la Oficina de Recursos Humanos, en el que indica que no entiende el acuerdo tomado por el Consejo Universitario en sesión 2598-2017, Art. IV, inciso 2), e indica que lo que preguntó fue sobre la interpretación auténtica del acuerdo de creación del Instituto de Investigaciones en Educación (CINED) y, por lo tanto, traslada la responsabilidad de lo que se ejecute a este respecto, a quien tomó la decisión, sin aplicar los procedimientos pertinentes para restructuración organizacional y traslado de personal, en el momento que se ejecutó de hecho el traslado. SE ACUERDA: Remitir a la Oficina Jurídica el oficio ORH-2017-255 de la Oficina de Recursos Humanos, con el fin de que analice la situación

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planteada y brinde un dictamen al plenario, a más tardar el 17 de julio del 2017. ACUERDO FIRME

2. Nota de la secretaría ejecutiva del COBI, en relación con el acuerdo del

Consejo de Rectoría, referente al becario Paulo Barrios Gómez, del Proyecto AMI.

Se conoce el oficio Becas COBI 7278 del 15 de junio del 2017 (REF. CU-368-2017), suscrito por la señora Patricia López Flores, funcionaria de la secretaría ejecutiva del Consejo de Becas Institucional, en el que transcribe el acuerdo tomado en sesión ordinaria No. 1120-2017, Artículo XL, celebrada el 15 de junio del 2017, en relación con el acuerdo del Consejo de Rectoría (CONRE), en sesión 1948-2017, Artículo II, inciso 21), del 12 de junio del 2017, referente al becario Paulo Barrios Gómez, del Proyecto AMI. LUIS GUILLERMO CARPIO: Se conoce la nota de la secretaría ejecutiva del COBI, en relación con el acuerdo del Consejo de Rectoría, referente al becario Paulo Barrios Gómez, del Proyecto AMI. REF. CU-368-2017 No entiendo por qué se están haciendo bolas, es una pasantía del AMI y el reglamento establece un mes de pasantía, ya de hecho el Consejo de Rectoría tomó una decisión y está autorizado para un mes, yo nunca entendí por qué pusieron esa restricción de cinco días. Sugiero que esto se lo trasladen al rector y brinde un informe para la próxima semana, yo traigo todos los antecedentes, ¿les parece?, y así entonces le doy al Consejo Universitario todos los fundamentos para la beca del señor Paulo Barrios.

* * *

Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO VI, inciso 2) CONSIDERANDO: El oficio Becas COBI 7278 del 15 de junio del 2017 (REF. CU-368-2017), suscrito por la señora Patricia López Flores, funcionaria de la secretaría ejecutiva del Consejo de Becas Institucional, en el que transcribe el acuerdo tomado en sesión ordinaria No. 1120-2017, Artículo XL, celebrada el 15 de junio del 2017, en relación con el acuerdo del Consejo de Rectoría (CONRE), en sesión 1948-2017, Artículo II, inciso 21), del 12 de junio del 2017, referente al becario Paulo Barrios Gómez, del Proyecto AMI.

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SE ACUERDA: Trasladar a la Rectoría el oficio Becas COBI 7278 del Consejo de Becas Institucional, para que brinde un informe al Consejo Universitario en la próxima sesión ordinaria. ACUERDO FIRME

3. Nota de la directora de Asuntos Estudiantiles en la que solicita

nombramiento en la jefatura de la Oficina de Atención Socioeconómica. Se conoce el oficio DAES-075-2017 del 12 de junio del 2017 (REF. CU-355-2017), suscrito por la señora Raquel Zeledón Sánchez, directora a.i. de Asuntos Estudiantiles (DAES), en el que solicita el nombramiento interino de la señora Silvia Barrenechea Azofeifa en la jefatura de la Oficina de Atención Socioeconómica. LUIS GUILLERMO CARPIO: Se recibe la nota DAES-075-2017, suscrita por la señora Raquel Zeledón Sánchez, directora de Asuntos Estudiantiles, donde solicita el nombramiento de la Licda. Silvia Barrenechea Azofeifa, en la jefatura de la Oficina de Atención Socioeconómica. Ref.CU-355-2017, según indica:

“Señores Consejo Universitario: Como es de su conocimiento, según acuerdo del Consejo Universitario, en sesión 2400-2014, Art. III, Inciso 17) de fecha 29 de enero 2015. Se me nombra como Directora interina de la Dirección de Asuntos Estudiantiles, hasta tanto se resuelva lo referente a los nombramientos amparados al artículo 25, inciso ch2). Asimismo se recarga la Oficina de Atención Socioeconómica sobre mi persona. El trabajo realizado desde la Dirección y la Oficina de Atención Socioeconómica lo he realizado con gran compromiso, entusiasmo y responsabilidad, así como los recargos respectivos. Para este año 2017, corresponde la Coordinación de COMVIVE-CONARE, lo cual demanda más asistencia y atención para el desarrollo y trabajo en conjunto de cada una de sus Comisiones. Además de lo anterior me encuentro liderando el proceso para la propuesta de creación de la Vicerrectoría de Vida Estudiantil junto con otras instancias de la Universidad, lo que requiere de mayor tiempo y dedicación. Por tanto, solicito su colaboración para que se realice el nombramiento de la Licda. Silvia Barrenechea Azofeifa, de manera interina en la Jefatura de la Oficina de Atención Socioeconómica.

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No omito manifestar que la Licda. Barrenechea, por su trayectoria y amplia experiencia en el Programa de Becas, sería la persona indicada para ejecutar responsablemente la Jefatura interina de la Oficina de Atención Socioeconómica de DAES, además de cumplir con los requisitos establecidos para el puesto. Se adjunta correo de la señora Liliana Picado, mediante el cual indica que la Licda. Barrenechea cuenta con los requisitos del puesto.

Con atentos saludos.”

LUIS GUILLERMO CARPIO: Esta nota viene con el visto bueno de la Vicerrectoría Ejecutiva.

* * * Procedemos con la votación para el nombramiento de la Licda. Silvia Barrenechea Azofeifa, en la jefatura de la Oficina de Atención Socioeconómica: Tenemos seis consejales presentes, seis boletas, seis votos a favor, por lo tanto, queda nombrada la señora Silvia Barrenechea, en los términos que hacemos siempre los nombramientos y lo aprobamos en firme, gracias.

* * *

Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO VI, inciso 3) CONSIDERANDO: El oficio DAES-075-2017 del 12 de junio del 2017 (REF. CU-355-2017), suscrito por la señora Raquel Zeledón Sánchez, directora a.i. de Asuntos Estudiantiles (DAES), en el que solicita el nombramiento interino de la señora Silvia Barrenechea Azofeifa en la jefatura de la Oficina de Atención Socioeconómica. SE ACUERDA: Nombrar en forma interina a la señora Silvia Barrenechea Azofeifa como jefa a.i. de la Oficina de Atención Socioeconómica, por un período de seis meses (del 26 de junio 25 de diciembre del 2017), prorrogable por períodos iguales, hasta que se nombre a la persona titular el puesto. ACUERDO FIRME

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KARINO LIZANO: En atención a la consulta que me hizo doña Giselle la semana anterior, el tema prácticamente se dio en cuanto a la cantidad miembros que se ocupaban para que los acuerdos quedaran tomados en firme, votaciones y después vienen votaciones secretas y se fue ampliando. Básicamente quiero indicar que el artículo 27 establece que:

“Los acuerdos se tomarán por el voto afirmativo de al menos la mitad, más cualquiera fracción de sus miembros presentes”

Ese fue uno de los puntos importantes a dilucidar, se refiere a miembros presentes, generalmente el Consejo Universitario está nombrado por nueve consejales, pero no siempre esas nueve personas están presentes, en algunos casos hay seis personas como en este momento y entonces los acuerdos para ser tomados requieren el voto afirmativo de al menos la mitad más cualquier fracción de esos miembros presentes, seis, la mitad tres, más uno cuatro.

Ahora, salvo casos en que el Estatuto Orgánico o el reglamento exija una votación no menor a dos terceras partes de los miembros, eso se refiere a acuerdos sin firmeza, se requieren cinco votos positivos de consejales y ese es el número necesario para formar quórum, ¿verdad? Tenemos que ir ligando todo, quórum, número necesario para realizar acuerdos y para que el acuerdo quede en firme, ahora los acuerdos se consideran firmes con la aprobación del acta correspondiente en la misma sesión si así lo deciden dos terceras partes del total de los miembros, aquí se requieren seis votos positivos de consejales. En el caso de las votaciones secretas, la votación secreta es aquella que se efectúa haciendo uso de boletas, solo procede ese tipo de votación en el caso de nombramientos, remociones de vicerrectores, de directores, jefes y para los casos que establece el Estatuto de Personal, eso hay que ligarlo con el artículo 86 y 87 del Estatuto de Personal que se refiere a las comisiones de carrera profesional y carrera administrativa, nombradas por el Consejo Universitario. Ahí principalmente lo que se indica es que las comisiones mencionadas en el artículo anterior, el artículo 86 administrativa y profesional, estarán integradas por seis miembros, cuatro de nombramiento del Consejo Universitario, escogidos entre la comunidad universitaria, uno de la organización sindical mayoritaria y otro representante UNED-PRO o AFAUNED, respectivamente. Esas votaciones se hacen de la forma que se ha hecho comúnmente, mediante boletas y el uso de votación secreta.

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La votación secreta se usará en caso de nombramientos, remociones de vicerrectores, directores, jefes como en este caso y los otros tipos de nombramiento que establece el Estatuto de Personal, que generalmente nos va a llevar al nombramiento de miembros de comisión de carrera administrativa y profesional. LUIS GUILLERMO CARPIO: Inclusive estuvimos en algún momento, doña Giselle, haciendo los nombramientos interinos por nombramiento directo, sin votación, pero don Alfonso pidió que también se aplicara la condición de votar secreto aunque fuera interino, entonces en aquel momento se aceptó.

***

4. Nota del director a.i. del Instituto de Formación y Capacitación

Municipal y Desarrollo Local, referente al proyecto de “LEY DE FORTALECIMIENTO DEL RÉGIMEN MUNICIPAL”, Expediente No. 19.731.

Se retoma el oficio DEU-IFCMDL-086-2017 del 24 de marzo del 2017 (REF. CU-183-2017), suscrito por el señor Javier Ureña Picado, director a.i. del Instituto de Formación y Capacitación Municipal y Desarrollo Local, en el que remite criterio solicitado mediante oficio SCU-2016-077 del 27 de abril del 2016, referente al proyecto de “LEY DE FORTALECIMIENTO DEL RÉGIMEN MUNICIPAL”, Expediente No. 19.731. LUIS GUILLERMO CARPIO: Se recibe nota DEU-IFCMDL-086-2017, suscrita por el señor Javier Ureña Picado, director a.i. del Instituto de Formación y Capacitación Municipal y Desarrollo Local, referente al proyecto de “LEY DE FORTALECIMIENTO DEL RÉGIMEN MUNICIPAL”, Expediente No. 19.731. REF. CU-183-2017. Si les parece remitimos el dictamen del Instituto de Formación y Capacitación Municipal y Desarrollo Local a la Asamblea Legislativa para que lo incorporen en el estudio de la Ley de Fortalecimiento del Régimen Municipal, ¿les parece?, por favor y en firme.

* * * Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO VI, inciso 4) CONSIDERANDO: 1. El oficio DEU-IFCMDL-086-2017 del 24 de marzo del 2017

(REF. CU-183-2017), suscrito por el señor Javier Ureña Picado, director a.i. del Instituto de Formación y Capacitación Municipal y Desarrollo Local, en el que remite criterio

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solicitado mediante oficio SCU-2016-077 del 27 de abril del 2016, referente al proyecto de “LEY DE FORTALECIMIENTO DEL RÉGIMEN MUNICIPAL”, Expediente No. 19.731.

2. El Consejo Universitario, en sesión 2542-2016, Art. III, inciso 1), celebrada el 01 de setiembre del 2016, remitió a la Comisión Permanente de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa, su criterio sobre el citado proyecto de Ley.

SE ACUERDA: Remitir a la Comisión Permanente de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa, el siguiente criterio del Instituto de Formación y Capacitación Municipal y Desarrollo Local, referente al proyecto de “LEY DE FORTALECIMIENTO DEL RÉGIMEN MUNICIPAL”, Expediente No. 19.731, para su consideración.

“CRITERIO PROYECTO DE LEY Nº 19731

”LEY DE FORTALECIMIENTO DEL REGIMEN MUNICIPAL”

Criterio relacionado con el artículo 1, reforma al artículo 40 de la Ley de LICORES En su oportunidad, con la ocasión de la consulta respecto de los Proyectos de Ley # 19 961 y # 19 823, tuvimos oportunidad de verter criterio en relación con la eventual reforma al artículo 40 de la Ley de Licores. De acuerdo con lo manifestado en aquél momento, reiteramos nuestro criterio al respecto: El IFCDML es una instancia creada desde una visión país, como parte de las medidas del Estado Costarricense para establecer condiciones para la descentralización a través del fortalecimiento de los Gobiernos Locales en los ámbitos nacional, regional y local. La asignación al IFCMDL de la UNED de un porcentaje de lo recaudado según el artículo 40 de Ley de Licores, es resultado del interés de los y las legisladoras de contribuir con la sostenibilidad financiera de una instancia pública que había demostrado entre los años 2008 y 2011, a través de diversos informes, un uso eficiente de recursos, así como efectos nacionales, regionales y locales en el sector municipal. El Instituto requiere, para su consolidación y mayor cobertura, continuar con el modelo de sostenibilidad económica que como proyecto con la Unión

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Europea se gestionó con aportes de dicha comunidad de Estados, de la UNED y del Gobierno Nacional de Costa Rica. Consideramos improcedente de parte nuestra brindar algún criterio en relación a una posible disyuntiva de orientar los recursos hacia las Federaciones de Municipalidades o al IFCMDL. Sin duda alguna, reconocemos en las Federaciones una herramienta de alta potencialidad para la vinculación de los Gobiernos Locales a escala regional. Coincidimos con lo expuesto en el proyecto en cuestión en relación con los principios que deben orientar los procesos de descentralización costarricense, determinados principalmente por “acercar la prestación de los servicios públicos a los ciudadanos mediante una gestión eficiente, eficaz y transparente, así como para mejora la gobernabilidad democrática y la fiscalización social de la gestión pública.” (pág. 1). Es criterio del IFCMDL que el análisis de posibles cambios en el alcance de este tipo de proyectos de ley, deben estar orientados por las condiciones y prácticas de las instancias a las cuales se les asignen recursos para el cumplimiento de los principios anteriores. Según lo establecido en la ley de licores vigente, se le otorgan dichos recursos al IFCMDL para utilizarlos en capacitación. Consideramos oportuno y pertinente que la asignación de recursos conserve el principio de la valoración previa de efectos de las instancias solicitantes, en aquellas áreas para las cuales se solicitan los fondos. Por lo tanto, es nuestro criterio que no se elimine ni disminuya el porcentaje de los recursos de la ley en cuestión que se le asignan al IFCMDL de la UNED. Somos del criterio que una decisión de modificación de la distribución de los recursos de la ley de licores, en cuanto a su artículo 40, debería de contar como insumo principal con la evaluación de resultados y efectos al sector municipal, tanto de las instancias que podrían ser perjudicadas financieramente como aquellas que podrían ser beneficiadas. Eliminar los recursos asignados al IFCMDL o disminuirlos, Implicarían condiciones de inseguridad financiera para sus labores, lo cual conlleva a diversos escenarios que pondrían en riesgo la cobertura lograda, el no cobro de los servicios a las Municipalidades, la calidad de los servicios, la disminución del personal con las consecuentes afectaciones laborales, entre otros.

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Consideramos que un factor de riesgo importante es el posible costo de oportunidad para el sector municipal, pues se limitarían de manera altamente significativa la continuidad de los procesos educativos, así como la implementación del plan de inversión al 2021 orientado hacia procesos claves para la formación y preparación de las instancias y personas que gobiernan localmente. Algunos de los programas educativos que se han iniciado como procesos de formación continua desde el 2015 al 2020 incluyen el módulo para pre y candidaturas; la planificación del desarrollo municipal; el fortalecimiento de los Concejos de Distrito y de liderazgos democráticos; la gestión tributaria para la inversión y presupuestación municipal en coordinación interinstitucional y con participación vecinal; la identificación y socialización de buenas prácticas municipales; la formulación de planes de capacitación municipal; entre otros. Dichos procesos se diseñan con módulos específicos o participación de autoridades y funcionarios municipales, organizaciones de base comunitaria, funcionarios de la administración pública nacional y, de manera paralela, con campañas para la ciudadanía. Como se concluye, corresponden a procesos que revisten de una trascendencia particular si son diseñados, ejecutados y evaluados desde una instancia especializada en la mediación Criterio relacionado con el artículo 2, reforma al artículo 143 del Código Municipal En relación con la propuesta de reforma al artículo 143 del Código Municipal, propiamente en cuanto a la nueva conformación propuesta para el Consejo Nacional de Capacitación Municipal (CONACAM), manifestamos nuestra oposición a dicha iniciativa; toda vez que su implementación vaciaría de contenido los objetivos centrales encomendados al Sistema Nacional de Capacitación (SINACAM), paradójicamente conducido por el CONACAM. La supresión del espacio asignado a las Universidades Estatales en el seno del CONACAM, desvirtuaría los “propósitos generales” que dicta el artículo 142 del Código Municipal al SINACAM: “b) Integrar y coordinar los recursos y experiencias existentes en el campo de la capacitación municipal. c) Contribuir al fortalecimiento de la democracia costarricense, propiciando la capacitación para una adecuada y mayor participación ciudadana.

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d) Propiciar la congruencia entre la oferta y demanda de la capacitación “(el destacado no corresponde al original) Contrario a lo expuesto en lo exposición de motivos del Proyecto, la participación de las Universidades dentro del CONACAM, no supone un “conflicto de intereses”, antes bien responde a la intencionalidad del legislador por integrar las experiencias e iniciativas de las Universidades en aras de hacer efectivo el propósito general establecido en el artículo 142 incido d) “Propiciar la congruencia entre la oferta y demanda de la capacitación”, supra indicado. El CONACAM sin representación del sector universitario, no atendería las propuestas en materia de capacitación desde oferta, asimismo se privaría a los esfuerzos en materia de capacitación de eventuales acciones complementarias en el área de formación y acción social que se promueven desde la Universidades. La reconfiguración planteada en el Proyecto de Ley, convierte al CONACAM en un espacio endogámico, constituido únicamente por entidades adscritas al sector municipal. A este respecto conviene rememorar lo expresado por los miembros del CONACAM en la audiencia bridada por la propia a Comisión Legislativa del Asuntos Municipales, ante la consulta del Proyecto de Ley 16 723, que en su oportunidad pretendió modificar la estructura y fuentes de financiación del CONACAM:

“Aparte de esto, la propia estructura interna la construcción del Conacam, involucra la participación de los actores que son considerados como idóneos. Es así como en la integración de este Consejo de cinco miembros, vamos a encontrar representación del régimen municipal, a cargo de la Unión Nacional de Gobiernos Locales, de hecho el legislador le da la posibilidad de presidir a la demanda. En ese sentido la Unión Nacional de Gobiernos Locales que debería de representar al régimen municipal, le da la potestad de presidir ese Consejo. También se incluye dentro de este Consejo de capacitación municipal a la Academia, el rol técnico de la Academia en este proceso de construcción, un poco en la parte de la oferta, la Universidad de Costa Rica y la Universidad Estatal a Distancia, son las representantes de la Academia en este Consejo y

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por último, se le da una representación al Poder Ejecutivo. En esta oportunidad la ostenta el señor Presidente del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal. De esta integración podemos deducir con meridiana claridad, que el espíritu del legislador también al darle representación al Poder Ejecutivo, era buscar un poco la coordinación de las demás instancias del andamiaje institucional con el Consejo Nacional de Capacitación Municipal, es decir, la estructura del Conacam, por una parte nos refleja una intencionalidad en donde hay representación de la demanda, de la oferta y del resto de la institucionalidad pública, del resto de instituciones de Gobierno Central por la figura o el representante del Poder Ejecutivo.” (Acta Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales, de Sesión Ordinaria Nº7, 16 de septiembre de 2008, Exp. 16 723 pág. # 7)3

Respecto de la supresión del régimen de Contratación administrativa a efecto de garantizar “mayor efectividad” al accionar del CONACAM, nos parece riesgosa en la medida, no sólo porque genera un régimen de “excepción” a estos recursos de eminente naturaleza pública, sino que también, la propuesta obvia algunos de los pronunciamientos que la Procuraduría General de la República ha vertido en relación con la fuente de recursos, organización interna y procesos de contratación del CONACAM, a saber: C-233-2004. Sobre organización interna, capacidades

del órgano colegiado y sus representantes. C-371-2004 Ampliación de criterio Sobre organización

interna y capacidades de los miembros del CONACAM. C-143-2007 Sobre custodia y ejecución de los recursos

asignados al CONACAM.

Los pronunciamientos de la PGR aludidos, han puesto de manifiesto que la principal problemática en la gestión del CONACAM no ha tenido que ver con el régimen de contratación administrativa, antes bien, ha sido obra de la ambigüedad normativa y carencia de personalidad jurídica por parte de dicho órgano.

3 Expresado por Erick Badilla Monge, Presidente y representante de la UNGL ante el CONACAM (2007-

2009)

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Criterio relacionado con el artículo 3, reforma a la Ley del Deporte y la Recreación La posibilidad de impedir normativamente el expendio de bebidas alcohólicas en instalaciones deportivas, es una temática cuya naturaleza escapa a la razón de ser y fines del IFCMDL, por tanto esta instancia carece de criterio técnico específico en la materia.

No obstante, en concordancia con nuestro enfoque de fortalecimiento de las capacidades y autonomía local, consideramos que la figura de los Comités Cantonales de Deporte y Recreación, establecidos en el Título VII del Código Municipal (artículos 164 al 172), ofrecen un espacio idóneo para la definición de dichas disposiciones desde el nivel local. Los Comités Cantonales de Deportes y Recreación, dadas sus competencias (artículo 164), integración multisectorial (artículo 165), además de su estructura y presencia territorial a través de los Comités Comunales (artículo 166), constituye el marco ideal para que el Concejo Municipal legisle (vía reglamento) sobre la materia.”

ACUERDO FIRME

5. Nota de la directora del Instituto de Estudios de Género, sobre el proyecto de Ley “ADICIÓN DEL ARTÍCULO 5 BIS A LA LEY DE LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD SOCIAL DE LA MUJER, N. 7142 DE 26 DE MARZO DE 1990”, Expediente No. 20.001. Además, nota del jefe a.i. de la Oficina Jurídica, en la que emite el dictamen jurídico sobre este proyecto de ley.

Se retoma el oficio O.J.2016-299 del 13 de octubre del 2016 (REF. CU-605-2016), suscrito por el señor Celín Arce Gómez, jefe a.i. de la Oficina Jurídica, en el que emite el dictamen jurídico sobre el proyecto de Ley “ADICIÓN DEL ARTÍCULO 5 BIS A LA LEY DE LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD SOCIAL DE LA MUJER, N. 7142 DE 26 DE MARZO DE 1990”, Expediente No. 20.001. Además, se retoma también el oficio I.E.G-047-2016 del 09 de noviembre del 2016 (REF. CU-645-2016), suscrito por la señora Rocío Chaves Jiménez, directora del Instituto de Estudios de Género, en el que, en atención al acuerdo tomado por el Consejo Universitario en sesión 2557-2016, Art. III, inciso 10), del 27 de octubre del 2016, brinda criterio sobre el citado proyecto de Ley.

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LUIS GUILLERMO CARPIO: Se recibe la nota I.E.G.-047-2016, suscrita por la señora Rocío Chaves Jiménez, directora del Instituto de Estudios de Género, sobre el proyecto de Ley “ADICIÓN DEL ARTÍCULO 5 BIS A LA LEY DE LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD SOCIAL DE LA MUJER, N. 7142 DE 26 DE MARZO DE 1990”, Expediente No. 20.001. Además, se conoce la nota O.J.2016-318, suscrita por el jefe a.i. de la Oficina Jurídica, en la que emite el dictamen jurídico sobre este proyecto de ley. REF. CU-645-2016 y REF. CU-605-2016 Les propongo acoger el dictamen de la Oficina Jurídica, no obstante, siendo esto una universidad pública, se respetan los diferentes criterios; adicionamos también el criterio que ha manifestado el Instituto de Estudios de Género de la institución. Lo que estamos es adicionándolo, no tienen que ser coincidentes, ¿les parece de esa manera? El pronunciamiento institucional es que lo diga el Consejo Universitario, puede ser el siguiente:

“Acogemos el dictamen de la Oficina Jurídica, sin embargo por la… etc. etc., presentamos el criterio que hace el Instituto de Estudios de Genero de esta institución…”

Yo entiendo la posición y la preocupación, sin embargo, como universidad estamos respetando el criterio que emite el Instituto de Estudios de Género, pero la posición oficial es la que emite la Oficina Jurídica y es la que este Consejo Universitario está dando. La posición del Instituto del Género puede ser usada de referencia para muchas otras cosas, en este caso no. Es totalmente válido, ¿les parece en esos términos?, los que estén de acuerdo, por favor y en firme, gracias.

* * * Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO VI, inciso 5) CONSIDERANDO: 1. El oficio O.J.2016-299 del 13 de octubre del 2016 (REF. CU-

605-2016), suscrito por el señor Celín Arce Gómez, jefe a.i. de la Oficina Jurídica, en el que emite el dictamen jurídico sobre el proyecto de Ley “ADICIÓN DEL ARTÍCULO 5 BIS A LA LEY DE LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD SOCIAL DE LA MUJER, N. 7142 DE 26 DE MARZO DE 1990”, Expediente No. 20.001, que se transcribe a continuación:

“Procedo a emitir criterio sobre el proyecto de ley ADICIÓN DEL ARTÍCULO 5 BIS A LA LEY DE LA

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PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD SOCIAL DE LA MUJER, N. 7142 DE 26 DE MARZO DE 1990 , Expediente N. 20.001. La iniciativa propone literalmente que: ARTÍCULO 1.- Adicionase el artículo 5 bis a la Ley de Promoción de la Igualdad Social de la Mujer, N. 7142, de 28 de marzo de 1990, para que se lea de la siguiente manera:

“Artículo 5 bis.- La persona que ejerza la Presidencia de la República, en ejercicio de sus deberes y atribuciones y, en aplicación del principio de paridad, nombrará un cincuenta por ciento de mujeres en los cargos de Ministra de gobierno. La diferencia entre el total de hombres y mujeres no podrá ser superior a uno. De igual manera se hará el nombramiento de las mujeres y hombres que ocupen los cargos de viceministras o viceministros. El Consejo de Gobierno aplicará el principio de paridad de mujeres y hombres en todos los nombramientos que correspondan al Poder Ejecutivo y en la designación de las juntas directivas, presidencias y gerencias de las instituciones descentralizadas. Esta proporción paritaria en los nombramientos deberá mantenerse durante todo el período de duración constitucional del Gobierno.”

En la exposición de motivos leemos la siguiente justificación:

“Si bien se muestra una tendencia hacia el nombramiento de mayor cantidad de mujeres en cargos ministeriales, no se contempla aquí lo referente a las designaciones en otras instancias como viceministerios, presidencias ejecutivas, juntas directivas, gerencias y otros puestos jerárquicos en instituciones públicas. Parece existir también la tendencia que en los casos en que las ministras dejan sus cargos, estas son sustituidas por hombres, situación que no ocurre a la inversa, por lo que al final de cada período hay menos representación femenina que al inicio”.

Como se puede apreciar, en esencia, dicha iniciativa pretende establecer la obligación de la persona que ejerza la Presidencia de la República, de designar un cincuenta por ciento de mujeres en los cargos de Ministra de gobierno, disposición que resultaría además extensiva al Consejo de Gobierno, órgano que deberá observar el principio de paridad en todos los nombramientos que corresponda hacer al Poder Ejecutivo y en la designación

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de las juntas directivas, presidencias y gerencias de las instituciones descentralizadas. El artículo 5 de la ley actual estipula que:

“Artículo 5.- Los partidos políticos incluirán en sus estatutos, mecanismos eficaces que promuevan y aseguren la participación efectiva de la mujer en los procesos eleccionarios internos, en los órganos directores del partido y en las papeletas electorales. Asimismo, los estatutos a que se refiere el párrafo anterior, deberán contener mecanismos eficaces que aseguren el nombramiento de un porcentaje significativo de mujeres en los viceministerios, oficialías mayores, direcciones generales de órganos estatales, así como en juntas directivas, presidencias ejecutivas, gerencias o subgerencias de instituciones descentralizadas.”

En cuanto al principio de igualdad y la postulación y nombramiento de un número representativo de mujeres en las juntas directivas la Sala Constitucional mediante sentencia 0716-98 de las once horas cincuenta y un minutos del seis de febrero de mil novecientos noventa y ocho, por ejemplo, señaló:

“En cuanto al caso concreto, esta Sala estima que el Consejo de Gobierno estaba obligado, en cumplimiento del principio de igualdad, a postular y nombrar un número representativo de mujeres en la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, pues si bien tiene total discrecionalidad para determinar a quien nombra, en el entendido de que el postulante o postulado para el cargo cumpla los requisitos de ley, esa discrecionalidad debe ser ejercida con apego al principio democrático y al principio de igualdad establecido en el artículo 33 constitucional y desarrollado, específicamente para el caso de la mujer, en la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer y en la Ley de Promoción de la Igualdad Social de la Mujer. Dado que el contenido de la ley de última referencia es desarrollo del principio de igualdad, sólo que referido específicamente al caso de la mujer, su violación no es un asunto de mera legalidad, ya que, si importa una actuación discriminatoria por acción u omisión, sería un asunto de constitucionalidad, como en este caso. La igualdad de acceso a los cargos públicos implica que la Administración debe promover el nombramiento de mujeres en equilibrio con el de hombres, con excepción de los casos en que se presente inopia comprobada, ya sea de hombres o de mujeres, situación en la cual lógicamente se produce un desequilibrio entre los nombramientos. Pero en condiciones normales, las oportunidades de hombres y mujeres deben ser iguales y a eso tiende el Ordenamiento Jurídico al imponer a la Administración la obligación de

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nombrar un número significativo de mujeres en los cargos de decisión política. Así las cosas, el Consejo de Gobierno debió postular a un número significativo de mujeres para el cargo de miembro de la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, tomando en cuento que eran cuatro los puestos disponibles. Por el contrario, dicho Consejo procedió a designar solamente a hombres en los cargos, situación que implica una discriminación contra la mujer por un acto omisivo -la no postulación y designación de mujeres en el puesto- contrario al principio democrático al de igualdad establecido en el artículo 33 de la Constitución Política. Independientemente de la idoneidad de los actuales miembros de la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos -lo que no se cuestiona en este recurso- lo cierto es que en ese órgano colegiado no se le dio participación a la mujer, como lo manda el Ordenamiento Constitucional e Internacional -e incluso la ley-, con lo cual se violó el principio de igualdad y prohibición de toda forma de discriminación en perjuicio de la mujer considerada como género y colectividad, no como sujeto en concreto. Por otra parte, no puede estimarse que haya habido un acto consentido, pues se trata de derechos en cuya violación no se puede válidamente consentir, violación que no ha cesado, pues la Administración no ha corregido la situación. Sin embargo esta Sala considera prudente en vista de que el primero de mayo vencerán dichos nombramientos, y del desequilibrio social que su destitución podría llevar, mantener a los actuales miembros en sus cargos, para que sea en la nueva elección en que se tomen en cuenta las anteriores consideraciones. En consecuencia, el recurso, en lo que al Consejo de Gobierno atañe, resulta procedente y así debe declararse…”.

El artículo 139.1 de la Constitución preceptúa que es deber y atribución exclusiva de quien ejerce la Presidencia de la República:

“Nombrar y remover libremente a los Ministros de Gobierno”

Como se puede apreciar es una atribución exclusiva de quien ejerce la Presidencia de la República nombrar libremente y remover libremente a los Ministros de Gobierno potestad que no la sujeta la Constitución a ningún requisito, salvo el de velar que los Ministros cumplan con los requisitos que establece el artículo 142 de la misma Constitución.4 Por ende imponerle por una ley a quien ejerza la presidencia de la República que el 50% de sus Ministros

4 ARTICULO 142.- Para ser Ministro se requiere: 1)Ser ciudadano en ejercicio; 2) Ser costarricense por

nacimiento, o por naturalización con diez años de residencia en el país, después de haber obtenido la

nacionalidad; 3) Ser del estado seglar; 4) Haber cumplido veinticinco años de edad.

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sean mujeres podría ser inconstitucional al imponerle una limitación que no contempla la Constitución al momento de ejercer una competencia discrecional en la cual la idoneidad que debe tener ese Ministro o no es un juicio exclusivo y libre de dicha persona tomando en consideración el grado de confianza que debe trasmitirle al Presidente.

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES Es criterio de ésta Oficina que la reforma propuesta podría ser inconstitucional al imponerle a quien ejerza la Presidencia de la República una restricción en su libre arbitrio y determinación al momento de escoger a sus colaboradores más inmediatos quienes deben ser de su absoluta confianza, por cuanto es una discreción política. Debe aclararse dicha duda de constitucionalidad y/o al menos debe incorporarse un párrafo final al artículo 5 bis propuesto para que diga que:

“Se exceptúa de lo anterior los casos en que se presente inopia comprobada, ya sea de hombres o de mujeres a juicio de quien ejerza la Presidencia de la República”.

2. El oficio I.E.G-047-2016 del 09 de noviembre del 2016 (REF.

CU-645-2016), suscrito por la señora Rocío Chaves Jiménez, directora del Instituto de Estudios de Género, en el que, en atención al acuerdo tomado por el Consejo Universitario en sesión 2557-2016, Art. III, inciso 10), del 27 de octubre del 2016, brinda criterio sobre el citado proyecto de Ley, el cual se transcribe a continuación:

“Por solicitud expresa del Consejo Universitario REF CU-2016-465, se establece el siguiente criterio en torno al proyecto de ley: “Adición del artículo 5 bis a la Ley de la Promoción de la Igualdad Social de la Mujer, N° 7142 de 26 de marzo de 1990” Expediente N° 20.001. Para poder establecer el criterio, es fundamental conocer el concepto de paridad establecido por Naciones Unidas en su oficina ONU Mujeres, la que cuenta con un glosario especializado en Igualdad de Género.

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Tal y como se señala en la definición, la paridad es una de las dos estrategias fundamentales para alcanzar la igualdad, la cual no se va a lograr si no se establecen medidas de acción positiva –como las reformas legales que nos ocupan- que permitan acelerar el cumplimiento de ese logro, pues es sabido que en una sociedad patriarcal, ni la paridad ni la igualdad se van a dar de forma natural debido a los estereotipos de género existentes en la cultura y que se expresan en desigualdades y brechas de género en el uso del tiempo, en la distribución de las responsabilidades domésticas, en las diferencias salariales y en desempleo, por citar algunos ejemplos. De tal forma, resulta necesario establecer prácticas obligatorias que permitan ir transformando la sociedad al abrirles espacios a las mujeres en el mundo público para que, por un lado, promuevan los intereses y necesidades específicas de las mujeres y, por otro, para que también sirvan de modelo a las nuevas generaciones de niñas y jóvenes de que es posible aspirar con éxito a un servicio público del más alto nivel. En fin, es mandar las señales correctas de que la política sí es un asunto y un deber de todos y todas. Antecedentes de reformas legales hacia la paridad de género: 1. La ley N° 8322 de 21 de octubre del 2002 llamada Ley de

Democratización de las Instancias de Decisión del Banco Popular y de Desarrollo Comunal indica que “Las delegaciones a la Asamblea de cada uno de los sectores y movimientos de trabajadores, deberán estar integradas por un cincuenta por ciento (50%) de mujeres, como mínimo.” Y también señala “La Asamblea de Trabajadores y

Paridad de género

La paridad de género es otro término para la igualdad de representación de

mujeres y hombres en un ámbito determinado. Por ejemplo, paridad de género

en el liderazgo institucional o en la educación superior. Trabajar para lograr la

paridad de género (igual representación) es un componente clave para lograr la

igualdad de género y, junto con la incorporación de una perspectiva de género,

conforman estrategias gemelas.

https://trainingcentre.unwomen.org/mod/glossary/view.php?id=150&mode=letter&hook=P&sortkey=&sortorder=asc

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Trabajadoras para su funcionamiento nombrará de su seno un Directorio Nacional, que estará integrado por un presidente o una presidenta, un secretario o una secretaria y dos vocales; todos ellos permanecerán en sus cargos un año. La Asamblea deberá integrar el Directorio Nacional al menos con un cincuenta por ciento (50%) de mujeres. Todos los cargos del Directorio se desempeñarán ad honórem”. (https://www.bancopopular.fi.cr/BPOP/Nosotros/Asamblea-de-Trabajadores-y-Trabajadoras/Quienes-Somos/Organos-que-la-integran)

2. Recurso de Amparo interpuesto por la conformación de la

Junta Directiva del Instituto Nacional de Acueductos y Alcantarillados, expediente 14-17393-0007-CO, el cual fue declarado con lugar por la Sala Constitucional ordenando al Consejo de Gobierno sustituir a uno de los integrantes va-rones de la junta directiva por una mujer. El recurso respondía al incumplimiento de dicha instancia en cuanto a la paridad de género de la siguiente manera: "Actualmente la Junta Directiva recurrida está constituida por cinco hombres y dos mujeres, lo que lesiona el principio de paridad y alternativa de género derivados del artículo 33 de la Constitución Política, así como la normativa internacional que existe al efecto". Se puede encontrar la noticia en el link: http://www.crhoy.com/junta-directiva-del-aya-debera-sustituir-a-uno-de-sus-integrantes-para-cumplir-paridad/

3. Recurso de Amparo declarado con lugar por la Sala

Constitucional contra la Junta Directiva del Banco Hipotecario de la Vivienda (BAHNVI), expediente 14-010670-0007-CO, debido al incumplimiento de la paridad de género en la constitución de dicho órgano. Se establece que “a juicio de la Sala, convierte la actuación cuestionada en arbitraria y por ende, lesiva de la garantía de la participación igualitaria de la mujer.” Se puede encontrar la resolución completa de la Sala en el siguiente link: file:///C:/Users/acuenca/AppData/Local/Microsoft/Windows/Temporary%20Internet%20Files/Content.Outlook/AVKSAJ20/14-014522.htm

4. Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones N°. 3603-

E8-2016, referida al tema de paridad y alternancia en asuntos electorales, en la cual se establece entre otras cosas lo siguiente: “…se modifica parcialmente la jurisprudencia de este Tribunal en torno a la paridad y la alternancia y se interpretan oficiosamente los artículos 2, 52 incisos ñ) y o) y 148 del Código Electoral, en el sentido de que la paridad de las nóminas a candidatos a diputados no solo obliga a los partidos a integrar cada lista provincial con un 50% de cada

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sexo (colocados en forma alterna), sino también a que esa proporción se respete en los encabezamientos de las listas provinciales que cada agrupación postule. Los partidos políticos deberán definir, en su normativa interna, los mecanismos que den cumplimiento a este régimen paritario. No obstante, en caso de que se presenten nóminas de candidatos que incumplan este requerimiento, por la razón que sea, el Registro Electoral, previo sorteo de rigor, realizará los reordenamientos que resulten necesarios en esas nóminas. Notifíquese al Registro Electoral, a los partidos políticos y publíquese en el Diario Oficial en los términos establecidos en el artículo 12 inciso c) del Código Electoral.” (www.tse.go.cr/juris/electorales/3603-E8-2016.html)

Por todo lo anterior: Siendo que existen numerosos instrumentos jurídicos internacionales firmados por Costa Rica, los cuales se mencionan en el Proyecto de Ley que nos ocupa y que, por otra parte, en nuestro país se cuenta con experiencias concretas de respeto al principio de paridad de género en procesos electorales, en la conformación de juntas directivas y en otra instancia tan compleja como la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras del Banco Popular, la Universidad Estatal a Distancia comprometida con la igualdad de género debe apoyar positivamente el proyecto del ley: “Adición del artículo 5 bis a la Ley de la Promoción de la Igualdad Social de la Mujer, N° 7142 de 26 de marzo de 1990” Expediente N° 20.001.”

SE ACUERDA: 1. Acoger el dictamen O.J.2016-318 de la Oficina Jurídica.

2. Indicar a la Comisión Especial de la Mujer de la Asamblea

Legislativa que el Consejo Universitario de la Universidad Estatal a Distancia (UNED) considera que la reforma propuesta mediante el proyecto de Ley “ADICIÓN DEL ARTÍCULO 5 BIS A LA LEY DE LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD SOCIAL DE LA MUJER, N. 7142 DE 26 DE MARZO DE 1990”, Expediente No. 20.001, podría ser inconstitucional al imponerle a quien ejerza la presidencia de la República una restricción en su libre arbitrio y determinación al momento de escoger a sus colaboradores más inmediatos, quienes deben ser de su absoluta confianza, por cuando es una discreción política.

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Por lo tanto, debe aclararse dicha duda de constitucionalidad y/o al menos debe incorporarse un párrafo final al artículo 5 bis propuesto para que diga que:

“Se exceptúa de lo anterior los casos en que se presente inopia comprobada, ya sea de hombres o de mujeres a juicio de quien ejerza la Presidencia de la República”.

3. Siendo la UNED una universidad pública donde se respetan

los diferentes criterios, se remite a la Comisión Especial de la Mujer de la Asamblea Legislativa, el criterio que ha manifestado el Instituto de Estudios de Género de la institución, transcrito en el considerando No. 2 de este acuerdo.

ACUERDO FIRME

6. Nota de la coordinadora general de la Secretaría General del Consejo Universitario en la que remite la información de la funcionaria interesada en ocupar la plaza vacante en el Consejo de Becas Institucional.

Se retoma el oficio SCU-2016-172 del 4 de agosto del 2016 (REF. CU-390-2016), suscrito por Ana Myriam Shing Sáenz, coordinadora general de la Secretaría del Consejo Universitario, en el que informa sobre la funcionaria interesada en ocupar la plaza vacante de un miembro del Consejo de Becas Institucional, de la categoría profesional con funciones académicas. LUIS GUILLERMO CARPIO: Se recibe la nota SCU-2016-172, suscrita por la señora Ana Myriam Shing, coordinadora general de la Secretaría General del Consejo Universitario en la que remite la información de la funcionaria interesada en ocupar la plaza vacante en el Consejo de Becas Institucional. REF. CU. 390-2016. Esto perdió interés actual, por la reforma que se hizo, entonces es archivarlo o declararlo de que perdió interés actual, en razón de que hay un nuevo reglamento de becas. ¿Estamos de acuerdo?, por favor y en firme.

* * *

Por unanimidad se toma el siguiente acuerdo:

ARTÍCULO VI, inciso 6) CONSIDERANDO:

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1. El oficio SCU-2016-172 del 4 de agosto del 2016 (REF. CU-390-2016), suscrito por Ana Myriam Shing Sáenz, coordinadora general de la Secretaría del Consejo Universitario, en el que informa sobre los funcionarios interesados en ocupar la plaza vacante de un miembro del Consejo de Becas Institucional, de la categoría profesional con funciones académicas.

2. El Consejo Universitario, en sesión 2587-2017, Art. III, inciso 1-a), celebrada el 20 de abril del 2017, aprobó la reforma del artículo 72 del Estatuto de Personal, en relación con la nueva integración del Consejo de Becas Institucional (COBI).

SE ACUERDA: Archivar el oficio SCU-2016-172 de la coordinación general de la Secretaría del Consejo Universitario, dado que perdió interés actual, en razón de que existe una nueva integración del COBI aprobada por el Consejo Universitario. ACUERDO FIRME

*** Se levanta la sesión al ser las trece horas con dos minutos

LUIS GUILLERMO CARPIO MALAVASI PRESIDENTE CONSEJO UNIVERSITARIO

IA / KM / EF / AS / LP **