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Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura Consejo Ejecutivo ex 172 a reunión 172 EX/36 PARÍS, 19 de agosto de 2005 Original: Inglés Punto 38 del orden del día provisional INFORME DEL DIRECTOR GENERAL SOBRE UN PLAN DE ACCIÓN GLOBAL PARA LA CAJA DE SEGUROS MÉDICOS DE LA UNESCO, JUNTO CON UN CALENDARIO DE EJECUCIÓN DE LAS RECOMENDACIONES DE LA AUDITORA EXTERNA RESUMEN De conformidad con la Resolución 32 C/73, en su 171ª reunión el Consejo Ejecutivo examinó el Informe del Director General sobre la situación de la Caja de Seguros Médicos de la UNESCO (documento 171 EX/30) y el informe de la Auditora Externa sobre las auditorías de resultados realizadas durante el bienio 2004-2005 y el seguimiento de las recomendaciones de informes relativos a años anteriores (documento 171 EX/32). Al término de su examen de esos dos informes sobre la Caja de Seguros Médicos, el Consejo Ejecutivo adoptó las Decisiones 171 EX/38 y 40 en las que invitó al Director General a presentarle, “en su 172ª reunión, para su ulterior examen, un plan de acción global que [comprendiera] las consecuencias financieras, así como un calendario de ejecución de las recomendaciones de la Auditora Externa”. Proyecto de decisión: párrafo 32.

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Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura Consejo Ejecutivo ex

172a reunión

172 EX/36 PARÍS, 19 de agosto de 2005 Original: Inglés

Punto 38 del orden del día provisional

INFORME DEL DIRECTOR GENERAL SOBRE UN PLAN DE ACCIÓN GLOBAL

PARA LA CAJA DE SEGUROS MÉDICOS DE LA UNESCO, JUNTO CON UN CALENDARIO DE EJECUCIÓN DE LAS RECOMENDACIONES

DE LA AUDITORA EXTERNA

RESUMEN

De conformidad con la Resolución 32 C/73, en su 171ª reunión el Consejo Ejecutivo examinó el Informe del Director General sobre la situación de la Caja de Seguros Médicos de la UNESCO (documento 171 EX/30) y el informe de la Auditora Externa sobre las auditorías de resultados realizadas durante el bienio 2004-2005 y el seguimiento de las recomendaciones de informes relativos a años anteriores (documento 171 EX/32).

Al término de su examen de esos dos informes sobre la Caja de Seguros Médicos, el Consejo Ejecutivo adoptó las Decisiones 171 EX/38 y 40 en las que invitó al Director General a presentarle, “en su 172ª reunión, para su ulterior examen, un plan de acción global que [comprendiera] las consecuencias financieras, así como un calendario de ejecución de las recomendaciones de la Auditora Externa”.

Proyecto de decisión: párrafo 32.

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Introducción

1. La Conferencia General, en su 32ª reunión, aprobó la Resolución 73 en la que tomó nota de que durante el bienio 2004-2005 se efectuaría un estudio de la Caja de Seguros Médicos encaminado a determinar las medidas complementarias que debían preverse para garantizar su estabilidad y equilibrio financieros a largo plazo. Se invitaba igualmente a la Auditora Externa a llevar a cabo una auditoría financiera y operativa de la Caja. En este contexto el Consejo Ejecutivo examinó en su 171ª reunión el informe del Director General acerca de las conclusiones del estudio sobre la Caja (documento 171 EX/30) y el informe de la Auditora Externa sobre la auditoría financiera y operativa de la Caja (documento 171 EX/32).

2. El Consejo Ejecutivo tomó nota de las medidas propuestas por el Director General en el marco del estudio antes mencionado para garantizar el equilibrio financiero a largo plazo de la Caja y las recomendaciones contenidas en el informe de la Auditora Externa y adoptó las Decisiones 171 EX/38 y 171 EX/40 en las que pidió al Director General que transmitiera esos informes a la 33ª reunión de la Conferencia General. Esos dos informes, objeto de los documentos 171 EX/30 y 171 EX/32, se transmiten pues a la Conferencia General como documento informativo 33 C/INF.10 que podrá ponerse a disposición de los miembros del Consejo.

3. El presente informe sobre la Caja de Seguros Médicos se somete por ende en cumplimiento de las Decisiones 38 y 40 antes mencionadas en las que, por otra parte, se invitaba al Director General a presentar a la 172ª reunión del Consejo Ejecutivo “un plan de acción global que [comprendiera] las consecuencias financieras, así como un calendario de ejecución de las recomendaciones de la Auditora Externa”. De ahí que el presente informe conste de dos partes: la primera versa sobre las recomendaciones de la Auditora Externa, el calendario y su aplicación (Anexo III) y en la segunda se presentan el proyecto de plan de acción global para aplicar dichas recomendaciones y sus consecuencias financieras (Anexo IV).

Recordatorio de las características principales de la Caja de Seguros Médicos

4. La Caja de Seguros Médicos (CSM) de la UNESCO, instituida por la Conferencia General en su tercera reunión, celebrada en 1948, es parte integrante de un plan de seguridad social que el Director General tiene la obligación de asegurar en beneficio de los funcionarios conforme a lo dispuesto en la cláusula 6.2 del Estatuto y Reglamento del Personal. La función esencial de la Caja de Seguros Médicos consiste en proporcionar a sus afiliados y afiliados asociados las prestaciones del seguro de enfermedad, dándoles de ese modo los medios necesarios para conservar o recobrar una buena salud. A diferencia de lo que sucede con las demás condiciones de empleo vigentes en la administración pública internacional (sueldos, subsidios, prestaciones y pensiones), no existe en las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas un régimen común en materia de seguro de enfermedad, motivo por el cual la Caja de Seguros Médicos creada cuando se fundó la Organización para atender las necesidades de los funcionarios de la UNESCO es un régimen autónomo y autofinanciado cuyos activos se nutren enteramente de las cotizaciones abonadas a partes iguales por los afiliados y la organización que los emplea.

5. Administra la Caja de Seguros Médicos un Consejo de Administración formado por un Presidente designado por el Director General, dos representantes elegidos por tres años por los afiliados, el Director de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos o su representante y el Contralor o su representante. Desde 1994, dos Estados Miembros elegidos por la Conferencia General participan como observadores en la labor del Consejo de Administración; durante el ejercicio de 2004-2005, esos dos Estados Miembros son Arabia Saudita y Finlandia. En cuanto a la Secretaría del Consejo de Administración de la Caja, se encarga de ella la Sección de Pensiones y Seguros de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, la cual desempeña asimismo las funciones

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de Secretaría del Comité de Pensiones del Personal de la UNESCO y de la Junta Consultiva sobre Reclamaciones de Indemnización.

6. Por lo que se refiere a las prestaciones, la Caja de Seguros Médicos reembolsa a sus afiliados y afiliados asociados los gastos por concepto de atención médica y hospitalización que figuran en el cuadro de gastos reembolsables adjunto a su Reglamento, que especifica las modalidades y el baremo de reembolso según las distintas categorías de gastos médicos. El Reglamento prevé además prestaciones en caso de enfermedad de larga duración y/o de incapacidad laboral temporal.

7. Al 30 de mayo de 2005, la Caja de Seguros Médicos tenía aproximadamente 2.417 afiliados (miembros del personal) y 2.162 afiliados asociados (jubilados), es decir, unas 4.579 personas afiliadas, más 3.254 familiares a cargo, lo cual hace un total de aproximadamente 7.833 personas. La situación financiera de la Caja al 31 de diciembre de 2004 registraba un excedente de los ingresos respecto de los gastos de 2.435.247 dólares a esa fecha. El nivel de las reservas de la Caja que se elevaban a 27 millones de dólares estadounidenses al 31 de diciembre de 2004 (lo cual significa que las reservas financieras representaban aproximadamente 20 meses de reembolsos) corresponde al objetivo fijado por el Consejo de Administración sobre la recomendación de los Auditores Externos de que se definiera un nivel apropiado de reservas financieras.

8. Hasta 1990 los gastos administrativos que entrañan la gestión y el funcionamiento de la Caja de Seguros Médicos se imputaban al presupuesto de la Caja. En su 25ª reunión, la Conferencia General decidió transferir gradualmente, a lo largo de tres ejercicios bienales (de 1990 a 1995), los gastos administrativos de la Caja al Presupuesto Ordinario de la Organización. Se estima que actualmente esos gastos administrativos corresponden aproximadamente al 7,33% de las cotizaciones.

9. La cuestión de la contabilización de los gastos de salud después del cese en el servicio fue examinada por el Consejo Ejecutivo en sus reuniones 170ª y 171ª. En el Anexo I se presenta la situación en cuanto a esta cuestión y a la práctica que siguen en la materia las Naciones Unidas y otros organismos del sistema. En el Anexo II se actualiza la información disponible, en particular sobre el importe de las obligaciones sin financiación prevista en los diversos organismos. En la UNESCO, en los estados de cuentas verificados al 31 de diciembre de 2003, se señalaba en una nota (Anexo I) que al 31 de diciembre de 2003, el importe total de las obligaciones relativas al seguro médico después del cese en el servicio sin financiación prevista se elevaba a aproximadamente 323 millones de dólares. En su 171ª reunión el Consejo Ejecutivo pidió al Director General que lo informara una vez que las Naciones Unidas concluyeran su estudio sobre el tema. Como ese estudio sigue en curso, este punto no podrá examinarse en la 33ª reunión de la Conferencia General.

I. La aplicación de las recomendaciones de la Auditora Externa (véase el documento 171 EX/32)

10. En el documento 171 EX/32 se presentan los resultados de la auditoría financiera y operativa de la Caja de Seguros Médicos (CSM) que efectuó la Auditora Externa centrándose principalmente en la administración de la Caja, el proceso de planificación y presupuestación, la financiación y el modo de funcionamiento de la Caja, así como en la tramitación de las solicitudes de reembolso.

11. La Auditora Externa señaló un cierto número de puntos sobre los cuales habría que actuar rápidamente: son las cuestiones de fondo relativas al porcentaje de cotización y su distribución, las reglas de funcionamiento de los órganos de la Caja (el Consejo de Administración y la Asamblea General) para mejorar su dirección y control y, por último, los procesos de planificación y de presupuestación para fortalecer la viabilidad financiera a largo plazo.

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12. También se mencionan otras preocupaciones y dificultades como, por ejemplo, el aumento constante del número de afiliados asociados con respecto a los funcionarios en activo. En efecto, el impacto conjugado de la evolución desfavorable de la proporción entre jubilados y activos y la rápida inflación de los costos de los servicios de salud incide en la situación financiera de la Caja y es preciso prever las consecuencias que ello tendrá a largo plazo. Se subrayan asimismo los atrasos y dificultades que plantea a la Caja ocuparse ella misma de la gestión de las solicitudes de reembolso, debido en particular al aumento del número y la complejidad de las solicitudes procedentes de todos los países del mundo y a un sistema informático de gestión de las prestaciones de la Caja que ha quedado anticuado.

13. En cuanto a la tramitación de las solicitudes de reembolso de los gastos de salud, la Auditora Externa subraya las dificultades con que ha tropezado la Secretaría de la Caja así como los atrasos y errores en el pago de las prestaciones a los afiliados, que resultan perjudicados. La tramitación de las solicitudes de reembolso y del pago de las prestaciones de un plan de seguros médicos es, en efecto, una actividad muy especializada y en incesante evolución que requiere competencias técnicas y sistemas informáticos modernos y constantemente actualizados.

14. En esas condiciones, la Auditora Externa recomendó que la Secretaría examinara la posibilidad de subcontratar la tramitación de las solicitudes de reembolso recurriendo a un operador externo especializado que pudiera prestar mejores servicios a los afiliados. El estudio sobre la Caja mostró que, en comparación con los regímenes obligatorios o complementarios, ésta se encontraba rezagada en cuanto a los plazos de la tramitación y a la facilidad de utilización. Como no dispone de las competencias ni de las herramientas informáticas de gestión necesarias para tramitar de manera moderna las solicitudes de reembolso y abonar las prestaciones del seguro médico, se decidió recurrir a un operador externo y experimentar, en el marco de un proyecto piloto, la subcontratación de la tramitación de los reembolsos de los afiliados asociados (jubilados). Esta experiencia que se puso en marcha en noviembre de 2004 para tramitar las solicitudes de los jubilados dio muy buenos resultados, de modo que se ha considerado que el principio de la subcontratación de esta actividad podría adoptarse como solución a más largo plazo.

15. En el Anexo III del presente documento figura un cuadro en el que se recuerdan las recomendaciones de la Auditora Externa tal como están formuladas en el documento 171 EX/32 (con indicación del párrafo correspondiente del documento) y las observaciones del Director General al respecto. Se señala asimismo el calendario de aplicación de esas recomendaciones.

II. Plan de acción global

16. El proyecto de plan de acción que se resume en el Anexo IV del presente documento debe considerarse en una perspectiva a mediano y largo plazo, teniendo en cuenta la lista de todas las medidas previstas por el Director General o sugeridas por la Auditora Externa (véanse los documentos 171 EX/30 y 171 EX/32) con el fin de preservar los principios de independencia y de solidaridad de la Caja y de modernizar su funcionamiento, velando al mismo tiempo por su viabilidad financiera. El conjunto de medidas que constituyen el plan de acción global se agrupan en tomo a los cinco temas siguientes i) principios en que se funda la Caja y afiliados, ii) órganos de la Caja, iii) gestión del régimen, iv) prestaciones y servicios a los afiliados, y v) cotizaciones y gestión financiera.

1. Medidas relativas a los principios en que se funda la Caja

17. Se trata, por una parte, de integrar en los Estatutos de la Caja de Seguros Médicos los principios de independencia y de solidaridad a los que afiliados y afiliados asociados están apegados y, por otra, de hacer más precisas la terminología empleada y la definición de las distintas

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personas que cuentan con la garantía de la Caja (afiliado, afiliado asociado, derechohabiente). Cuando se revise el Reglamento de la Caja, se redactarán las disposiciones pertinentes en consonancia con ello.

2. Medidas relativas a los órganos de la Caja

18. Algunas de las medidas propuestas para mejorar el funcionamiento de los dos órganos de la Caja (el Consejo de Administración y la Asamblea General de los afiliados) son objeto de un amplio consenso. Se ha previsto definir con mayor precisión las competencias respectivas de ambos órganos y redactar un reglamento del Consejo de Administración, asociar a su labor expertos calificados en seguros (con arreglo a modalidades que aún no se han fijado), autorizar a los afiliados asociados a votar en la Asamblea General y permitir que un afiliado asociado pueda formar parte del Consejo de Administración. En la actualidad parece efectivamente lógico y oportuno que estos afiliados participen en su labor puesto que representan aproximadamente la mitad de las personas aseguradas por la Caja.

19. En cambio, las propuestas relativas a la Asamblea General no fueron bien recibidas por los afiliados. Se trataba, en aras de la armonización y de la coherencia, de modificar la periodicidad de las Asambleas Generales ordinarias para celebrarlas una vez cada dos años, en lugar de una vez al año. En cuanto a las reuniones extraordinarias, se proponía que se pudieran celebrar a petición de una parte igual al 15% del número de afiliados y afiliados asociados (en lugar de 100 como actualmente). En su última Asamblea General ordinaria celebrada el 16 de mayo de 2005, los afiliados estimaron que de aplicarse estas propuestas, la función y las competencias de la Asamblea General podrían verse debilitadas y pidieron en consecuencia al Director General que no modificara la redacción actual de los artículos pertinentes del Reglamento de la Caja (Artículos 23.1 y 23.2).

20. El Director General tomará debidamente en cuenta esta petición cuando se le presente el proyecto de reglamento revisado de la Caja. Cabe señalar en este contexto que la Asamblea General de los afiliados había creado un grupo de trabajo encargado de revisar el Reglamento de la CSM y de proponer una nueva versión modificada que se adaptara a las prácticas actuales. El grupo de trabajo concluyó su labor y sus recomendaciones están siendo analizadas por el Consejo de Administración. Una vez finalizado el examen de ese proyecto, el texto del nuevo Reglamento de la CSM será ultimado por el Consejo de Administración durante el primer semestre de 2006 y se presentará a la Asamblea General de los afiliados del año 2006 para ser sometido a continuación a la decisión del Director General.

3. Medidas relativas a la gestión del régimen (tramitación de las solicitudes de reembolso)

21. Habida cuenta de las recomendaciones de la Auditora Externa sobre la tramitación de las solicitudes de reembolso y de los resultados positivos del proyecto piloto puesto en marcha en noviembre de 2004 con los afiliados asociados, se decidió, por una parte, prorrogarlo hasta el 31 de diciembre de 2005 y, por otra, considerar que la subcontratación era una solución a largo plazo cuya aplicación se haría extensiva a todos los afiliados. En efecto, la Secretaría de la Caja, con su conformación actual, no dispone de los recursos humanos ni de las competencias técnicas necesarias para ocuparse en condiciones aceptables de la tramitación de las solicitudes de reembolso, máxime cuando el desarrollo y el mantenimiento de un programa informático especializado en estos trámites requieren medios humanos y financieros de que no se dispone en la Secretaría. Por otra parte, esta solución permitirá un control más riguroso de los reembolsos con un sistema perfeccionado de detección de los errores y fraudes eventuales. Por esta razón, en julio de 2005 se hizo un llamado a licitación internacional, para seleccionar la mejor oferta de subcontratación; ésta se pondría en marcha en enero de 2006. Cabe señalar además que esta

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solución de subcontratación ha sido adoptada por varias otras organizaciones internacionales del sistema de Naciones Unidas como el PNUD, la FAO, el PMA y el OIEA.

22. Desde el punto de vista financiero, los costos de la subcontratación de las solicitudes de reembolso se estiman en la actualidad en aproximadamente un millón de dólares estadounidenses por año. Con el tiempo estos costos resultarán absolutamente comparables con los demás planes de seguro de salud en vigor en otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, que son del orden del 6 al 8% del monto de las cotizaciones. Ahora bien, la factura global correspondiente a esta subcontratación en 2006 y 2007 ascenderá aproximadamente a 2 millones de dólares estadounidenses, suma que no se ha previsto en el Proyecto de Programa y Presupuesto para 2006-2007 (33 C/5). De ahí que el Director General tenga la intención, previa aprobación del Consejo Ejecutivo y de la Conferencia General, de utilizar a título excepcional para el bienio 2006-2007 el saldo de las obligaciones pendientes del bienio 2002-2003, en la inteligencia de que a partir del 34 C/5 (2008-2009), los gastos administrativos necesarios para su funcionamiento se integrarán en las previsiones presupuestarias relativas a la CSM.

4. Medidas relacionadas con las prestaciones y con los servicios que se prestan a las personas aseguradas

23. Las propuestas que se agrupan en esta sección son las siguientes: i) mantener el nivel actual de las prestaciones de la Caja y los porcentajes actuales de reembolso, ii) estudiar la conveniencia de recurrir a una red preferencial de profesionales de la salud a los que se podrían dirigir los afiliados de la Caja, manteniendo al mismo tiempo la libertad que tienen actualmente de elegir a sus médicos y técnicos y/o establecimientos hospitalarios, iii) redactar de forma más precisa los textos relativos a las prestaciones reembolsables, especificando las garantías que están amparadas por la Caja y las contingencias que quedan excluidas, iv) reexaminar los topes máximos de los actos reembolsables, aumentando los que se aplican a la asistencia dispensada en Francia y fijando topes máximos para la que se dispensa fuera de Francia, v) reducir el plazo de prescripción a dos años, en lugar de tres, vi) posibilitar el acceso a las informaciones disponibles sobre las solicitudes de reembolso por medio de Internet, vii) estudiar la posibilidad de beneficiarse de los servicios que ofrece la tarjeta de asistencia sanitaria “carte vitale” y viii) concebir una política de comunicación de la CSM con sus afiliados.

24. Las propuestas arriba mencionadas serán examinadas por el Consejo de Administración en el primer trimestre de 2006 y por la Asamblea General de los afiliados a la luz de las consecuencias financieras correspondientes. Este examen se realizará tomando cuenta las propuestas que a su vez formule un grupo de trabajo sobre las prestaciones que el Consejo de Administración de la Caja constituyó a estos efectos, compuesto por el Director de la División Médica y de Servicios Sociales, un experto externo en cuestiones actuariales y el consultor de la Caja.

25. En cuanto a la propuesta mencionada en el párrafo 23 vii) supra sobre los servicios que ofrece la tarjeta “vitale”, están en curso negociaciones con el Ministerio de Salud Pública y diferentes organismos oficiales del país huésped, a fin de que la Caja pueda beneficiarse de los servicios que ofrecen las disposiciones previstas en el marco de la tarjeta de asistencia sanitaria utilizada por los afiliados al régimen de la seguridad social de Francia. Esta tarjeta supone la siguientes ventajas: i) posibilita la transmisión electrónica de las constancias (feuilles de soins) de asistencia sanitaria y paramédica dispensada en Francia directamente a quien las tramita, de modo que el afiliado recibe el reembolso más rápidamente, ii) habilita al titular a percibir las prestaciones y, por ende, a ser atendido en las clínicas y hospitales de Francia sin tener que desembolsar el dinero puesto que existe un compromiso de reembolso de los gastos correspondientes (prise en charge) y iii) permitirá reducir los gastos de tramitación de quien los administre y, por consiguiente, el costo para la UNESCO.

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5. Medidas sobre las cotizaciones y gestión financiera

26. Las medidas relativas a las cotizaciones deben considerarse teniendo presente el objetivo de que la Caja cuente con reservas financieras equivalentes a 18 meses de prestaciones, con una variación posible de más o menos 3 meses, vale decir, reservas comprendidas entre 15 y 21 meses. Las propuestas que figuran en el documento 171 EX/30 se ajustaron como sigue en el marco del plan de acción global:

i) La instauración, a partir del 1º de enero de 2007, de un nivel mínimo de cotización de los afiliados asociados basado en una jubilación teórica correspondiente a una carrera de 20 años en la Organización.

ii) El aumento en tres etapas, a partir del 1º de enero de 2008, de las cotizaciones empleado/empleador para llevar progresivamente al 60% la parte de la cotización que corresponde al empleador, comprendidos los gastos administrativos.

iii) La adopción de un mecanismo automático de aumento de las cotizaciones basado en el consumo registrado que funcionará después de 2012-2013.

iv) La institucionalización de un seguimiento prospectivo bianual de la resultados proyectados a diez años vista (2008).

27. Habida cuenta de la mejora de las prestaciones y del aumento de la base de las cotizaciones de los jubilados a partir del 1º de enero de 2007, por una parte, y, por otra, del aumento de las cotizaciones en tres etapas, a partir del 1º de enero de 2008, el actuario consejero de la Caja estimó como sigue los costos suplementarios para la Organización:

- 0,5 % en 2007

- 12,5 % en 2008 (y el 4,5 % para el funcionario)

- 10,5 % en 2010 (y el 5,5 % para el funcionario)

- 10,5 % en 2012 (y el 4,1 % para el funcionario)

Estas propuestas que traerían aparejados costos suplementarios tanto para la Organización como para los afiliados y los afiliados asociados están siendo examinadas por el Consejo de Administración de la Caja que deberá formular recomendaciones al Director General que han de ser presentadas previamente a la Asamblea General de los afiliados en el primer semestre de 2006.

28. El mecanismo automático de ajuste de las cotizaciones mencionado en el párrafo 26 iii) supra podría funcionar de la manera siguiente: si las proyecciones a diez años vista de los resultados técnicos de la CSM, establecidos por el actuario consejero, muestran que las reservas de la Caja ya no corresponden al objetivo fijado de 18 meses (más o menos tres meses) de prestaciones en un plazo de cinco años, se aplicaría a la cotización contractual una sobreprima especialmente destinada a mantener el equilibrio financiero de la Caja cuyo porcentaje (taux d’appel) se determinaría en función de la evolución media del consumo registrado en los últimos cinco años.

29. El objetivo último del conjunto de medidas que constituyen el plan de acción global es lograr que el equilibrio financiero de la Caja sea permanente. El Consejo de Administración de la Caja debe proseguir y concluir sus trabajos, no sólo sobre el tema de las prestaciones sino también sobre el de las cotizaciones y la conducción financiera de la CSM para poder someter en primer lugar a la

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próxima Asamblea General de los afiliados y luego a la decisión del Director General el conjunto de medidas que consolidará a largo plazo la situación financiera de la Caja.

Conclusión

30. La Conferencia General y el Consejo Ejecutivo siempre reconocieron que la Caja de Seguros Médicos de la UNESCO era un elemento esencial del sistema de seguridad social que la Organización pone a disposición de sus funcionarios en activo y jubilados. Este elemento es imprescindible para los funcionarios internacionales que, las más de las veces, no pueden contar con ninguna otra garantía médica en el momento de su cese en el servicio. Es, en consecuencia, esencial preservar la viabilidad financiera de la Caja que, al igual que otros planes de protección médica, debe adaptarse permanentemente a las nuevas necesidades de sus afiliados teniendo cuenta, al mismo tiempo, el contexto internacional en que actúa y los factores exteriores que no puede modificar. Esto es particularmente cierto en el caso del país huésped donde se emprendió una profunda reforma del sistema de seguridad social, que comprende, entre otras cosas, la revisión del nomenclátor de los actos médicos.

31. Los estudios realizados en los años 2004 y 2005 por la Secretaría y por los auditores externos definieron las orientaciones generales que la Caja debería seguir en el futuro. Las medidas propuestas en el plan global de acción se inscriben perfectamente en el marco de las recomendaciones formuladas por la Auditora Externa y responden a las preocupaciones por ella expresadas. Al término de la 172ª reunión del Consejo Ejecutivo y de la 33ª reunión de la Conferencia General, y habida cuenta de las decisiones y resoluciones correspondientes, el Director General tiene la intención de adoptar decisiones sobre las medidas y propuestas contenidas en el presente informe, en función de las recomendaciones técnicas que le formule el Consejo de Administración de la Caja, después que hayan sido presentadas a la Asamblea General de Afiliados.

Proyecto de decisión

32. Dado que en la Decisión 171 EX/38 se invitaba el Director General a presentar este informe “junto con los comentarios del Consejo Ejecutivo en su 172ª reunión, a la Conferencia General en su 33ª reunión”, el Consejo Ejecutivo podría adoptar una decisión del siguiente tenor:

El Consejo Ejecutivo,

1. Recordando la Resolución 32 C/73 y las Decisiones 171 EX/38 y 40,

2. Habiendo examinado el documento 172 EX/36,

3. Reconoce que la Caja de Seguros Médicos es un elemento eficaz e indispensable del sistema de protección médica de los funcionarios en activo y jubilados;

4. Toma nota de las recomendaciones de la Auditora Externa sobre la Caja de Seguros Médicos y del calendario de aplicación contenidos en el anexo del documento 172 EX/36;

5. Toma nota asimismo del Plan de Acción Global y de las medidas propuestas en ese marco para lograr la estabilidad y el equilibrio financieros de la Caja a largo plazo;

6. Acoge con beneplácito la publicación del llamado a licitación internacional con el fin de seleccionar la mejor oferta para subcontratar la tramitación de las solicitudes de reembolsos que la Caja efectúa en el mundo entero para todos sus afiliados;

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7. Recomienda a la Conferencia General en su 33ª reunión que suspenda la aplicación de la cláusula 4.4 del Reglamento Financiero y que autorice al Director General a utilizar el saldo de las obligaciones pendientes del ejercicio 2002-2003 (2.478.170 dólares) para financiar los costos de la subcontratación de la tramitación de las solicitudes de reembolsos de la Caja;

8. Invita al Director General a que en su 177ª reunión lo informe sobre las medidas de aumento de las cotizaciones a la Caja de Seguros Médicos que se presentarán en el marco del Proyecto de Programa y Presupuesto para el bienio 2008-2009 (34 C/5).

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172 EX/36 Anexo I

ANEXO I

ATENCIÓN MÉDICA Y SEGURO MÉDICO DESPUÉS DEL CESE EN EL SERVICIO

1. Las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) exigen que las empresas, durante el periodo de servicio de sus empleados, acumulen reservas correspondientes a los gastos que tendrían la obligación de abonar cuando éstos cesen en el servicio, ya sea por cambio de empleo o dimisión, jubilación, etc. En la mayor parte de los casos, esos gastos están relacionados con las pensiones de jubilación y los seguros médicos. Las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas cotizan mensualmente a la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas y, salvo en el caso en que se produzca un déficit actuarial que pueda obligarles a efectuar contribuciones suplementarias, no tienen más obligaciones con respecto a las pensiones de jubilación. Además, el régimen de seguros médicos después del cese de servicio no se aplica de la misma manera en todas las organizaciones y la mayoría de éstas no cumplen con las exigencias de las NIC.

2. En las normas de contabilidad del sistema de las Naciones Unidas se admite esa diversidad de regímenes. En su párrafo 57 se autorizan las siguientes opciones:

“Las obligaciones relativas a las vacaciones anuales y las prestaciones por cese en el servicio y después de éste -comprendidas las relativas a los seguros médicos- deben figurar en los estados de cuentas en la medida en que lo exija la política financiera de la organización interesada. Cuando esas obligaciones no estén plenamente cubiertas por las correspondientes reservas, se deben consignar adecuadamente en las notas relativas a los estados financieros y, en la medida de lo posible, cuantificarlas, explicando los criterios de su evaluación. Por lo que respecta a las prestaciones relativas a los seguros médicos después del cese en el servicio, la cuantía de esta obligación debe determinarse normalmente mediante una evaluación actuarial.”

3. En aplicación de esta regla, la UNESCO adjuntó la siguiente nota a sus estados financieros correspondientes al bienio que finalizó el 31 de diciembre de 2003:

“a) Compensaciones por vacaciones anuales, indemnizaciones por rescisión de contrato y primas de repatriación

Tal como se indica en el párrafo c) de la nota 2 relativa a los gastos, la UNESCO no toma en cuenta por regla general en sus estados financieros las obligaciones relativas a las compensaciones de las vacaciones anuales acumuladas, las indemnizaciones por rescisión de contrato y las primas de repatriación, salvo cuando se trata de indemnizaciones para el personal financiadas con determinadas cuentas que no forman parte del Fondo General. Cuando no están consignados, los pagos adeudados se contabilizan en el ejercicio financiero en el que se han abonado.

Al 31 de diciembre de 2003, el importe total de las obligaciones de la UNESCO por este concepto se estimaba aproximadamente en 37 millones de dólares (35 millones en 2001), de los cuales 5.215.000 dólares (4.314.000 dólares en 2001) figuran en los estados financieros.

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172 EX/36 Anexo I – pág. 2 b) Atención médica después del cese en el servicio

Todo miembro del personal de la UNESCO que haya cumplido cincuenta y cinco años y haya cotizado durante 10 años como mínimo a la Caja de Seguros Médicos en el momento de su cese en el servicio, puede optar por seguir afiliado (indefinidamente) a esta Caja, y en ese caso la UNESCO seguirá participando en la financiación de sus cotizaciones.

Al 31 de diciembre de 2003, el importe neto actual de las obligaciones de la UNESCO -que no se ha consignado en los presentes estados financieros- ascendía a 323 millones de dólares (252 millones de dólares en 2001). Este importe se ha determinado mediante una evaluación actuarial.”

4. Las políticas de otras organizaciones en materia de atención médica y seguros médicos después del cese en el servicio se pueden resumir de la siguiente manera:

Naciones Unidas (NU)

Las Naciones Unidas están preparando un informe -que se va a presentar a la Asamblea General- sobre las obligaciones y planes relativos a la atención médica y los seguros médicos después del cese en el servicio, con vistas a establecer un mecanismo de financiación conforme a la decisión que adopte la Asamblea General.

Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF)

Una evaluación actuarial estimó que al 31 de diciembre de 2001 la cifra neta de las obligaciones por pagar (previa deducción de las contribuciones de los jubilados) ascendía a 196,4 millones de dólares. El UNICEF no cuenta con una reserva específica para esas obligaciones pendientes de pago. Las prestaciones a los jubilados actuales se imputan como gastos en las consignaciones presupuestarias del ejercicio financiero en que se realizan efectivamente los pagos.

Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)

Según un estudio actuarial, las obligaciones netas que el PNUD debe abonar por concepto del seguro médico después del cese en el servicio ascendían a 188,9 millones de dólares al 31 de diciembre de 2001. El PNUD contabilizó obligaciones por valor de 54 millones de dólares para el bienio que finalizó el 31 de diciembre de 2001. El PNUD también contabiliza los gastos que en el futuro supondrá la cobertura de las prestaciones a los actuales empleados, añadiendo al pasivo sobre una base anual los gastos ocasionados actualmente por esa cobertura.

Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO)

A partir del 1º de enero de 1998 y con un periodo de amortización de 30 años, la FAO empezó a constituir una reserva para las obligaciones relativas a la atención médica y el seguro médico después del cese en el servicio -en función de los servicios anteriores de los miembros del personal- por una suma equivalente en ese entonces a 201 millones de dólares. Además, todos los gastos actuales de prestaciones a los miembros del personal en activo se contabilizan en el presupuesto ordinario y se financian con éste.

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172 EX/36 Anexo I – pág. 3

Aunque en un principio se fijó un periodo de 30 años para contabilizar esas obligaciones, los órganos rectores de la FAO decidieron traspasar a la reserva el excedente de ingresos de los demás fondos relativos al personal, lo cual ha tenido como consecuencia acortar el periodo de amortización y lograr la contabilización del 48% de las obligaciones en los dos primeros bienios.

Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA)

Según un estudio actuarial efectuado en marzo de 2001, se estimó que el total de las obligaciones acumuladas ascendía a 19,7 millones de dólares, de los cuales 11,5 millones correspondían a los funcionarios jubilados y 8,2 millones a los funcionarios en activo. A finales del año 2001, el FIDA había financiado 13,8 millones de dólares de esas obligaciones y tenía prevista su financiación total para finales de 2003. Además, el FIDA consigna en su presupuesto medio millón de dólares anuales para los gastos ocasionados actualmente por la cobertura de las obligaciones.

Programa Mundial de Alimentos (PMA)

Según un estudio actuarial, se estimó que el total de las obligaciones ascendía a 70,4 millones de dólares. Desde ese estudio inicial, el PMA ha financiado un total de 47 millones de dólares. Esa suma comprende el importe de las obligaciones a finales de 1997 y los ingresos por concepto de intereses de los fondos invertidos, de los que se han deducido los pagos efectivos con cargo a esa financiación durante el bienio 2000-2001. Teniendo en cuenta el importante incremento estimado de las obligaciones con respecto al estudio precedente, el PMA ha encargado un nuevo estudio y no prevé, por el momento, consignar ni contabilizar una suma correspondiente a ese importe más elevado en sus estados financieros. El PMA tiene la intención de hacer pública esta información en una nota adjunta a los estados financieros.

Organización Internacional del Trabajo (OIT)

Las obligaciones de la OIT se estimaban en 214,4 millones de dólares al 31 de diciembre de 2001. La OIT contabiliza los gastos de las prestaciones al personal jubilado cuando éstas se abonan, es decir en el momento de su jubilación. Las contribuciones al fondo del seguro de enfermedad del personal se imputan al presupuesto del ejercicio financiero en que se pagan y no se efectúan consignaciones para la cobertura de los funcionarios en activo. La OIT no ha previsto por ahora financiar las obligaciones.

Organización Mundial de la Salud (OMS)

La OMS fue la primera organización que admitió la necesidad de crear reservas para las prestaciones al personal jubilado y, en este contexto, financió una parte del déficit actuarial mediante una contribución anual especial que empezó a abonarse a partir de 1989. Al 31 de diciembre de 2001, el saldo de esa reserva ascendía a 224 millones de dólares, de los cuales 196 estaban destinados a cubrir los futuros gastos ocasionados por el personal jubilado.

Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA)

Como el OIEA cuenta con un número relativamente escaso de funcionarios con 10 o más años de servicio, no considera necesario efectuar una evaluación actuarial ni tampoco consignar en sus estados financieros las obligaciones por concepto de atención médica y seguro médico después del cese en el servicio.

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172 EX/36 Anexo II

ANEXO II

OBLIGACIONES POR CONCEPTO DE SEGUROS MÉDICOS DESPUÉS DE LA SEPARACIÓN DEL SERVICIO: INFORMACIÓN ACTUALIZADA

EXTRAÍDA DE LOS INFORMES DE LA JUNTA DE AUDITORES SOBRE LAS NACIONES UNIDAS Y ALGUNOS DE SUS FONDOS Y PROGRAMAS

Estos documentos contienen información importante sobre la práctica seguida en relación con las obligaciones por seguros médicos después de la separación del servicio, lo que ha opinado la Junta de Auditores al respecto y las medidas que se han adoptado. Con las citas que figuran a continuación se procura facilitar las deliberaciones del Consejo Ejecutivo sobre el documento 171 EX/26, y más particularmente sobre la parte relativa a las obligaciones sin financiación prevista correspondientes a los seguros médicos después de la separación del servicio y otras prestaciones.

a) Naciones Unidas - Informe financiero y estados financieros comprobados correspondientes al bienio terminado el 31 de diciembre de 2003 e Informe de la Junta de Auditores, Volumen I (A/59/5 (vol. 1))

“4. Obligaciones correspondientes a prestaciones por vacaciones anuales, por terminación del servicio y posteriores a la jubilación

46. Las estimaciones de las obligaciones por seguros médicos después de la separación del servicio, días acumulados de vacaciones anuales y prestaciones por terminación del servicio se indican en la nota 12 a los estados financieros y, al 31 de diciembre de 2003, ascienden a 1.700 millones de dólares. Como se explica en la nota 12 a), las Naciones Unidas no han reconocido expresamente las obligaciones por gastos de seguros médicos después de la separación del servicio o las obligaciones por otros tipos de pagos por terminación del servicio.

47. La Junta recomienda que las Naciones Unidas examinen el mecanismo de financiación de las obligaciones correspondientes a prestaciones por terminación del servicio y posteriores a la jubilación.

b) Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) – Informe financiero y estados financieros comprobados correspondientes al bienio terminado el 31 de diciembre de 2003 e Informe de la Junta de Auditores, (A/59/5/Add.6)

“n) Reserva financiera. De conformidad con la regla 209.2 de la Reglamentación Financiera Detallada del Fondo para el Medio Ambiente, la reserva financiera tiene por objeto garantizar la liquidez e integridad financieras del Fondo, compensar la desigualdad de las corrientes de efectivo y satisfacer cualesquiera otros requisitos de esa índole que decida el Consejo de Administración. El Consejo de Administración establece periódicamente el nivel de la reserva financiera, y el Consejo, en el párrafo 14 de su decisión 20/31, autorizó al Director Ejecutivo a aumentar el nivel de la reserva financiera hasta 20 millones de dólares cuando se disponga de un remanente cuyo monto sea superior a los recursos necesarios para ejecutar el programa aprobado; (cursiva añadida).

o) Reserva operacional. Con respecto a la cuenta especial para los gastos de apoyo al programa, se necesita disponer de una reserva operacional para hacer frente a deficiencias imprevistas de ejecución, la inflación y ajustes cambiarios o para liquidar obligaciones jurídicas en caso de interrupción repentina de actividades financiadas con cargo a los recursos extrapresupuestarios;

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172 EX/36 Anexo II – pág. 2 r) Imprevistos. Se ha hecho una provisión para hacer frente al pasivo eventual en concepto de pago de las indemnizaciones previstas en el apéndice D del Reglamento del Personal de las Naciones Unidas, en relación con el personal cuyos emolumentos se financian con cargo a fondos fiduciarios del PNUMA y al Fondo para el Medio Ambiente, que se calculan sobre la base del 1% de la remuneración básica neta. Además, a partir de julio de 2002, se hace una provisión en el Fondo para el Medio Ambiente y en los fondos fiduciarios para prestaciones por terminación del servicio, que se calcula en un 8% de la remuneración básica neta; (cursiva añadida).

c) Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD): Informe financiero y estados financieros comprobados correspondientes al bienio terminado el 31 de diciembre de 2003 e Informe de la Junta de Auditores (A/59/5/Add.1)

“Capítulo II Informe de la Junta de Auditores – Resumen

b) No había fondos suficientes para atender a las obligaciones del PNUD correspondientes a prestaciones por terminación del servicio y posteriores a la jubilación, que ascendían a 307,4 millones de dólares, aunque el PNUD había constituido una reserva de 108 millones de dólares al respecto;

Obligaciones correspondientes a licencias anuales y prestaciones por terminación del servicio y posteriores a la jubilación

75. La Junta observó que, en la resolución 58/249, de 23 de diciembre de 2003, la Asamblea General había solicitado al Secretario General que le informase de la totalidad de las obligaciones sin financiación prevista por concepto de prestaciones por rescisión del nombramiento y prestaciones posteriores al cese en el servicio en las Naciones Unidas y en sus fondos y programas y que propusiese medidas para asegurar que se avanzase hacia el objetivo de financiar totalmente esas obligaciones. La Junta observó que el PNUD previó 54 millones de dólares para el bienio terminado el 31 de diciembre de 2003 (54 millones de dólares en el bienio 2000- 2001) en relación con el seguro de enfermedad después de la jubilación. Este era el segundo bienio en que el PNUD devengaba esta obligación. El devengo acumulado al final del bienio ascendía, por tanto, a 108 millones de dólares, que representaban el 41% de las obligaciones devengadas por concepto de prestaciones del seguro de enfermedad después de la jubilación. En la nota 17 c), “Prestaciones posteriores a la jubilación”, el PNUD indicó el valor de la obligación, calculado sobre la base de una valoración actuarial al 31 de diciembre de 2003. El PNUD calculaba que la obligación correspondiente al seguro de enfermedad después de la jubilación, que ascendía a 26,17 millones de dólares, estaría plenamente financiada en el plazo de 10 a 18 años (cursiva añadida).

76. Además de las prestaciones del seguro de enfermedad después de la jubilación, en la nota 17 d) el PNUD también indicó el devengo de licencias anuales por importe de 21,53 millones de dólares y de otras prestaciones por rescisión del nombramiento por un total de 22,84 millones de dólares. Con el total de las reservas y el saldo de los fondos del PNUD procedentes de los recursos ordinarios (297,4 millones de dólares) se podría hacer frente al total de las obligaciones no financiadas que se muestran en el cuadro 2 infra (199,5 millones de dólares) (cursiva añadida).

77. El PNUD estuvo de acuerdo con la recomendación reiterada de la Junta de, juntamente con las administraciones de las Naciones Unidas y otros fondos y programas, revisar el mecanismo de financiación y los objetivos por lo que respecta a las obligaciones correspondientes a las prestaciones por terminación del servicio y posteriores a la jubilación.

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172 EX/36 Anexo II – pág. 3

d) Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). Informe financiero y

estados financieros comprobados correspondientes al bienio terminado el 31 de diciembre de 2003 e Informe de la Junta de Auditores (A/59/5/Add.2)

“Capítulo II Informe de la Junta de Auditores

4. Licencia anual y prestaciones por terminación del servicio y posteriores a la jubilación.

54. Al 31 de diciembre de 2003, el pasivo acumulado por el UNICEF en relación con el seguro médico posterior a la terminación del servicio ascendía a 182,5 millones de dólares. Tal como recomendaba la Junta en el párrafo 23 de su informe anterior, el UNICEF estableció en 2003 una reserva para el seguro médico después de la terminación del servicio, con una contribución inicial de 30 millones de dólares. El pasivo eventual neto correspondiente a otras prestaciones al personal figura en la nota 21 y se estima en 66,9 millones de dólares en concepto de licencia anual acumulada y primas de repatriación (cursiva añadida).

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172 EX

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nexo III ANEXO III

CAJA DE SEGUROS MÉDICOS (CSM)

Recomendaciones de la Auditora Externa

(véase el doc. 171 EX/32)

Comentarios del Director General (véase el doc. 171 EX/32) Calendario

Párrafo 24: que el Consejo de Administración - prepare y someta a la aprobación del Director

General una carta en la que se definan con precisión su mandato, funciones y responsabilidades, adopte reglas de funcionamiento para sus reuniones y ejerza con eficacia su función de supervisión;

- examine su composición e incorpore entre sus miembros a expertos calificados en seguros.

De acuerdo. Esta recomendación se presentó al Consejo de Administración de la CSM en enero de 2005 para que le diese el curso correspondiente y preparase esa carta, que debe comprender un reglamento específico. Al mismo tiempo, en sus próximas reuniones el Consejo examinará la composición del Consejo de Administración, así como la incorporación de un experto en seguros. Las propuestas de modificación de la composición del Consejo se someterán luego a la Asamblea General de Afiliados, antes de remitirlas al Director General para su aprobación.

La aplicación de esta recomendación requiere la revisión de los Estatutos de la Caja y la redacción de un reglamento que organice la labor del Consejo de Administración. Los proyectos de textos se elaborarán en el primer semestre de 2006 para presentarlos a la Asamblea General ordinaria de los afiliados de 2006.

Párrafo 30. - Recomendación favorable al estudio iniciado

por el Consejo de Administración sobre un nuevo método para determinar el nivel de ingresos de la Caja. Es una necesidad apremiante controlar mejor los costos y las cotizaciones y establecer un sistema de elaboración del presupuesto más estricto para evitar aumentos periódicos bruscos de los índices de cotización. Además, es necesario elaborar estadísticas más precisas para que se puedan prever mejor los costos futuros.

De acuerdo. En el último trimestre de 2004, un experto externo realizó un estudio minucioso de la CSM de la UNESCO que abarca tanto los aspectos financieros como los de gestión y funcionamiento. En el estudio se indican métodos para equilibrar los ingresos y gastos a medio y largo plazo. Ese estudio ya está ultimado y sus resultados se presentaron al Consejo de Administración en enero de 2005 a fin de que éste examinara las medidas que se podrían adoptar para garantizar la viabilidad financiera de la CSM y ofrecer al mismo tiempo una cobertura médica apropiada a los funcionarios en activo y los jubilados. Asimismo, se ha creado un puesto de contable de la Caja para garantizar un mejor control de su funcionamiento. El procedimiento de contratación se halla en curso.

Párrafos 30, 63 y 78. Actualmente el Consejo de Administración lleva a cabo un examen pormenorizado del estudio sobre la Caja y de las propuestas formuladas en ese marco (véase el documento 170 EX/30). Al término de ese examen, el Consejo de Administración someterá a la decisión del Director General un conjunto de medidas que permitan una gestión más rigurosa de los ingresos y gastos de la Caja, al tiempo que se garantizarán su estabilidad y equilibrio financieros a largo plazo. Se considerarán las siguientes medidas: i) La implantación, a partir del 1º de enero de

2007 de un nivel mínimo de cotización para los afiliados asociados, basado en una jubilación teórica correspondiente a una carrera de 20 años.

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nexo III – pág. 2 Recomendaciones

de la Auditora Externa (véase el doc. 171 EX/32)

Comentarios del Director General (véase el doc. 171 EX/32)

Calendario

Párrafo 63. - La UNESCO debería considerar el examen de

la escala de cotizaciones de la CSM a luz de la evolución de la sociedad, así como el análisis de su situación financiera, para determinar si es necesario revisar el sistema y los índices de cotizaciones.

De acuerdo. En el marco del estudio de la CSM emprendido en el último trimestre de 2004 se examinó la estructura de los índices de cotizaciones de la Caja con vistas a lograr una estabilidad financiera a largo plazo ajustando al mismo tiempo las prácticas de la CSM a las de las otras organizaciones de las Naciones Unidas. En este contexto, y en lo que respecta a las cotizaciones que percibe la CSM, la fórmula de reparto de los gastos entre los afiliados y la Organización debería modificarse de modo que la Organización contribuyera con una porción de cotizaciones más elevada.

ii) El aumento en tres etapas, a partir del 1º de

enero de 2008, de las cotizaciones empleado/empleado, llevando progresivamente a 60 % la parte de la cotización a cargo del empleador, comprendidos los gastos administrativos.

iii) Seguidamente la adopción de un mecanismo automático de aumento de las cotizaciones basado en el consumo registrado, que funcionará a partir del bienio 2012-2013.

iv) Institucionalización de un seguimiento prospectivo bianual de los resultados proyectados a 10 años vista (2008).

Párrafo 78: que la Organización - lleve a cabo una comparación con el conjunto

de prestaciones y seguros de que se benefician los empleados de las otras organizaciones de las Naciones Unidas; y en particular las prestaciones y cotizaciones de seguros médicos;

- tome en cuenta los gastos administrativos de la CSM ya absorbidos por la Organización, como se explica en la próxima sección del presente informe, antes de contemplar la modificación de las disposiciones en materia de reparto del gasto.

De acuerdo. Un estudio comparado de ese tipo fue realizado por un consultor externo a finales de 2004, en el marco del examen exhaustivo de la CSM, teniendo en cuenta todos los factores y particularidades pertinentes de cada plan de seguros médicos. En lo que atañe a los gastos administrativos de la CSM, se estudiará atentamente su incorporación a la fórmula de reparto del gasto. En enero de 2005, las recomendaciones se sometieron al examen del Consejo de Administración de la CSM.

Las recomendaciones formuladas por el Consejo de Administración se presentarán a la Asamblea General de los afiliados durante el primer semestre de 2006 (antes de someterlas a la decisión del Director General ).

Ha concluido el procedimiento de contratación para el puesto de contable

Párrafo 81. - Que la Contraloría realice cada año un cálculo

de la totalidad de los gastos de gestión y que la contribución adicional de la UNESCO a la CSM en forma de gastos de gestión se dé a conocer en una nota de los estados de cuentas de la Caja a título informativo.

De acuerdo. La Contraloría adjuntará una nota a los estados de cuentas de la CSM a título informativo.

La Contraloría adjuntará una nota a los estados de cuentas de la CSM a título informativo.

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nexo III – pág. 2

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172 EX

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nexo III – pág. 3 Recomendaciones

de la Auditora Externa (véase el doc. 171 EX/32)

Comentarios del Director General (véase el doc. 171 EX/32) Calendario

Párrafo 117. - Que la Organización estudie minuciosamente

la posibilidad de subcontratar la gestión de la tramitación de las solicitudes de reembolso. Debería contemplarse la adopción de esa modalidad si se estima que, además de ser útil, mejora el nivel de servicio de los afiliados y garantiza la confidencialidad.

De acuerdo. Se estudió detenidamente la posibilidad de subcontratar la tramitación de las solicitudes de reembolso y se decidió subcontratar, de modo experimental, la tramitación de las solicitudes de los afiliados asociados (jubilados) a partir del 24 de noviembre de 2004. Al 17 de diciembre de 2004, todas las solicitudes presentadas por los afiliados asociados fueron tramitadas y autorizadas para su pago entre los tres y seis días laborables siguientes a la fecha de recepción, lo que supone una reducción significativa del plazo de tramitación de las solicitudes.

Habida cuenta de la evaluación positiva de los resultados del proyecto piloto de tramitación de las solicitudes de reembolso de los afiliados (jubilados), se decidió prorrogarlo hasta el 31 de diciembre de 2005 y se considerará que la subcontratación es una solución a largo plazo, haciendo extensiva su aplicación a todos los afiliados. En julio de 2005 se publicó un llamado a licitación internacional para seleccionar la mejor oferta de subcontratación; la aplicación dará comienzo el 1º de enero de 2006.

Párrafo 121. - Que el Consejo de Administración formule

normas sobre la creación de una reserva para la Caja y contemple la posibilidad de establecer los topes mínimo y máximo de la reserva;

- Que la Organización considere la posibilidad de suscribir algún tipo de contrato de reaseguro por exceso de pérdidas. Esto proporcionaría una protección contra las solicitudes de reembolso individuales que superen un tope determinado y/o un conjunto de solicitudes de reembolso que superen un determinado porcentaje superior a los niveles medios anuales.

Basándose en el examen exhaustivo de la CSM realizado en el último trimestre de 2004 por un experto externo, se sometió al Consejo de Administración una propuesta concreta según la cual la reserva óptima de la CSM debe ascender a 18 meses de reembolsos, con un mínimo de 15 meses y un máximo de 21 meses. Se prevé realizar un análisis de costos y beneficios en 2005 para evaluar si es necesario suscribir un reaseguro por exceso de pérdidas.

A raíz de esta recomendación, el Consejo de Administración considera que la Caja debe disponer de 18 meses de prestaciones de reservas con un margen de más o menos 3 meses; el monto de las reservas debería situarse por consiguiente entre 15 y 21 meses de reembolsos. En cuanto al eventual reaseguro, se adoptará una decisión en el curso del primer semestre de 2006 habida cuenta de los resultados del análisis en curso de los costos y beneficios.

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nexo III – pág. 4

Recomendaciones de la Auditora Externa

(véase el doc. 171 EX/32)

Comentarios del Director General (véase el doc. 171 EX/32) Calendario

Párrafo 124. - Que la UNESCO considere la posibilidad de

modificar las normas de contabilidad relativas al reconocimiento de gastos de la CSM y que, cuando cierre las cuentas al final del año, agregue créditos destinados a los gastos de salud efectuados y cuya solicitud de reembolso no ha sido presentada. Esto significa reconocer los gastos de un año determinado basándose en los gastos efectuados durante el año, en vez de basarse en los pedidos de reembolso recibidos. Esto puede suponer cambios en el sistema de contabilidad para obtener la información necesaria y permitir que la Contraloría elabore estimaciones fiables. Si se formulan normas para la creación de una reserva de la Caja, al final del año deben tenerse en cuenta las solicitudes de reembolso no registradas.

De acuerdo. Los gastos efectuados pero cuyas solicitudes de reembolso no han sido presentadas figurarán en el informe anual de solicitudes de reembolso.

El nuevo sistema de tramitación de los reembolsos que se implantará en enero de 2006 debería posibilitar la aplicación de esta recomendación una vez que se disponga de suficientes datos estadísticos. Por el momento. se consigna en las cuentas una reserva para solicitudes de pago recibidas pero no abonadas.

Párrafo 126. - Que la gestión de los depósitos de la Caja sea

oficialmente examinada por el Comité de Inversiones de la CSM de la UNESCO para velar por la optimización de la estrategia de inversión utilizada.

La estrategia de inversión que abarca los fondos de la CSM fue sometida al Comité de Inversión en septiembre de 2004. Las actividades de inversión también fueron comunicadas al Comité en 2004.

Esta recomendación se ha cumplido.

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nexo III – pág. 5

Recomendaciones de la Auditora Externa

(véase el doc. 171 EX/32)

Comentarios del Director General (véase el doc. 171 EX/32) Calendario

Párrafo 133. - La UNESCO debería participar plenamente en

ese estudio, en particular en lo tocante a la cuestión de las obligaciones relacionadas con la atención médica después del cese en el servicio, con miras a formular recomendaciones al Director General.

De acuerdo. La UNESCO participa en ese estudio y las recomendaciones que se formulen en el mismo serán comunicadas al Director General.

La aplicación de esta recomendación dependerá del resultado del estudio que sigue estando en curso de elaboración.

Párrafo 141. - Que la Contraloría modifique la presentación

de los estados de cuentas con objeto de agregar notas e información que faciliten la comprensión y la interpretación de los resultados;

- Que la Contraloría dé a conocer los estados de cuentas cada trimestre para facilitar la supervisión de la Caja que efectúa el Consejo de Administración;

- Que el Consejo de Administración examine el tipo de información que suministra a los interesados, así como la presentación de esa información y determine si sigue satisfaciendo sus necesidades.

De acuerdo. Las mejoras en la presentación de los estados de cuentas, comprendida una mayor cantidad de notas, se efectuarán tal como se recomienda. Los estados de cuentas se han elaborado a su debido tiempo (por trimestre y por mes), según son solicitados para ser presentados al Consejo de Administración, y posteriormente a los afiliados durante la reunión de la Asamblea General anual.

Esta recomendación se ha cumplido. Se adjuntaron notas a los estados de cuentas al 31 de diciembre de 2004. También se dispone de estados de cuentas trimestrales.

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nexo IV

ANEXO IV

CAJA DE SEGUROS MÉDICOS (CSM)

Plan de Acción Global

Medidas propuestas Aplicación que ha de darse Plazo Eventuales consecuencias financieras

I. Principios de la CSM y afiliados

1. Integrar en los Estatutos de la Caja de Seguros Médicos los principios de independencia y de solidaridad.

2. Hacer más precisas la terminología y la definición de las distintas personas aseguradas.

II. Órganos de la Caja

3. Definir con más precisión las competencias del Consejo de Administración y de la Asamblea General de Afiliados.

4. Redactar el reglamento del Consejo de Administración.

El Reglamento de la Caja y el Reglamento del Consejo de Administración se redactarán tomándolo en cuenta. Los textos revisados deben presentarse al Consejo de Administración y a la Asamblea General de afiliados a la CSM antes de someterlos a la decisión del Director General.

Primer semestre de 2006

Primer semestre de 2006

Ninguna

Ninguna

5. Asociar a expertos calificados en seguros a los trabajos del Consejo de Administración.

6. Permitir que un afiliado asociado pueda ser elegido para formar parte del Consejo de Administración.

7. Autorizar a los afiliados asociados a votar en la Asamblea General.

El Consejo de Administración examinará las modalidades de participación de expertos calificados en seguros en sus trabajos. Esta medida se aplicará en las próximas elecciones de los miembros que representen a los afiliados en el Consejo de Administración. Medida ya adoptada: el Director General ya dio esta autorización el 16 de junio de 2005.

Primer semestre de 2006

septiembre de 2007

junio de 2005

15-20.000 dólares estadounidenses por año

Ninguna

Ninguna

Page 22: UNESCO. Executive Board; 172nd; Informe del Director …unesdoc.unesco.org/images/0014/001403/140394s.pdf · RESUMEN De conformidad con la Resolución 32 C/73, en su 171ª reunión

172 E

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Anexo IV

– pág. 2 Medidas propuestas Aplicación que ha de darse Plazos Consecuencias financieras eventuales

III. Gestión del régimen: tramitación de los reembolsos

8. Encomendar los reembolsos de las prestaciones a una empresa especializada que disponga de un programa informático que permita una gestión rigurosa y la integración de nuevos servicios.

Llamado a licitación internacional en julio de 2005 para seleccionar la mejor oferta de subcontratación.

1º de enero de 2006

Costo estimado: un millón de dólares estadounidenses por año

IV. Prestaciones y servicios a las personas aseguradas

9. Mantener el nivel de las prestaciones y los índices actuales de reembolso.

10. Estudiar la conveniencia de recurrir a una red preferencial de profesionales de la salud, al tiempo que se mantendría la libre elección de los proveedores, profesionales y técnicos y establecimientos.

Mantenimiento de las disposiciones reglamentarias pertinentes. Esta propuesta está incluida en el pliego de condiciones del llamado a licitación internacional antes mencionado.

__________

1º de enero de 2006

Ninguna

Ninguna

11. Hacer más precisa la definición de las contingencias y las exclusiones adoptando una nueva redacción para especificar cuáles son las prestaciones reembolsables.

12. Revisar los topes máximos de los actos reembolsables:

- Actualizar los topes máximos aplicables a la asistencia dispensada en Francia.

- Fijar topes máximos para la asistencia dispensada fuera de Francia.

Las medidas 11y 12 apuntan a mejorar las prestaciones y a limitar algunos excesos o abusos posibles.

En efecto, el Consejo de Administración revisará las garantías y contingencias excluidas para modificarlas en este sentido, así como los montos de los topes máximos aplicables a algunas categorías.

Primer semestre de 2006

1º de enero de 2007

Ninguna

La revisión de los montos de los topes máximos que no han variado desde hace muchos años traería aparejado un costo de un 4,66% de prestaciones suplementarias.

Page 23: UNESCO. Executive Board; 172nd; Informe del Director …unesdoc.unesco.org/images/0014/001403/140394s.pdf · RESUMEN De conformidad con la Resolución 32 C/73, en su 171ª reunión

172 EX

/36 A

nexo IV – pág. 3

Medidas propuestas Aplicación que ha de darse Plazos Consecuencias financieras eventuales

13. Reducir el plazo de prescripción a dos años, en lugar de tres.

14. Organizar nuevos servicios gracias a un conjunto de aplicaciones de Internet.

15. Estudiar la posibilidad de beneficiarse de los servicios que se ofrecen con la tarjeta sanitaria “carte vitale”.

16. Concebir una política de comunicación

de la CSM con sus afiliados.

Modificar el artículo 18.2 del Reglamento de la CSM.

Propuesta incluida en el llamado a licitación internacional.

Están en curso negociaciones con organismos oficiales del país huésped para que la CSM pueda integrar el grupo “Sésame vitale” y beneficiarse de los servicios de la tarjeta sanitaria “carte vitale”.

Diciembre de 2005

2006

2007-2008

Primer semestre de 2006

Ninguna

Costo aproximado: 15.000 dólares estadounidenses

Ninguna

V. Cotizaciones y gestión financiera

17. Aumentar, en tres etapas, las cotizaciones empleado/empleador llevando progresivamente a 60 % la cotización a cargo del empleador, comprendidos los gastos administrativos.

18. Adoptar seguidamente un mecanismo automático de aumento de las cotizaciones basado en el consumo registrado.

19. Instaurar un nivel mínimo de ingreso

sujeto a cotización para los afiliados asociados sobre la base de una jubilación teórica correspondiente a una carrera de 20 años.

20. Institucionalizar un seguimiento prospectivo bianual de los resultados proyectados a diez años vista.

Medidas 17 y 18 Las recomendaciones formuladas por el Consejo de sobre este punto se presentarán a la Asamblea General de Afiliados en 2006 y se someterán a continuación a la decisión del Director General. La parte de la cotización a cargo del empleador aumentaría como sigue: - enero de 2008: de 53,4 a 56% - enero de 2010: de 56 a 58% - enero de 2012: de 58 a 60%

Evaluación actuarial que se efectuará cada dos años

2008-2012

1º de enero de 2007

1º de enero de 2007

Costo aproximado

Organización Afiliados

2008-2009 12,5 % 4,5 % 2010-2011 10,5 % 5,5 % 2012-2013 10,5% 4,1 %

Costo 0,5% en 2007 (parte de la cotización a cargo del

empleador)

Costo aproximado de los servicios actuariales: 50.000 dólares

estadounidenses