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En Madrid a, 1 de Julio de 2008 Este documento constituye un principio de Acuerdo sometido a ratificación en el seno de cada una de las Organizaciones firmantes. Previa convocatoria efectuada al efecto, por la Dirección de la Empresa, se reúnen las personas que suscriben el presente Documento, con la condición de representación que expresan. MANIFIE8TAN: Las partes reconocen y ratifican la existencia del "Acuerdo de Plan de mpleo del Grupo Ahold". La denominación de Ahold Supermercados, S.L. ha ido modificada por la denominación "Dinosol Supermercados, S.L" en virtud de scritura pública de fecha 4 de febrero de 2005 11. Asimismo las partes reconocen y ratifican el acuerdo de prórroga y ratificación de contenidos del acuerdo a que se he hace referencia en el párrafo 1 anterior, asi como las modificaciones, sustituciones y nuevas regulaciones contenidas en el acta de fecha 14 de Marzo de 2006. IlI. En aplicación de la cláusula 8 del acuerdo de prórroga y acta de acuerdo de fecha 14 de marzo de 2006, la representación del Grupo Dinosol procedió, con fecha 4 de marzo de 2008 a la denuncia de los acuerdos a los que se hace referencia en los párrafos 1, 11 y III anteriores. IV. Con fecha 14 de abril de 2008, previa convocatoria al efecto, se ha iniciado un proceso de negociación, entre la Dirección del Grupo y las / representaciones de los trabajadores, legitimadas en base a lo establecido en el articulo 87 del E.T. y la doctrina jurisprudencial que extiende, el contenido de recepto, a los supuestos de afec ción d Grupo de Empresa.

Supersol Plan Empleo 300608

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Page 1: Supersol Plan Empleo 300608

En Madrid a, 1 de Julio de 2008

Este documento constituye un principio de Acuerdo sometido a ratificación en el

seno de cada una de las Organizaciones firmantes.

Previa convocatoria efectuada al efecto, por la Dirección de la Empresa, se

reúnen las personas que suscriben el presente Documento, con la condición de

representación que expresan.

MANIFIE8TAN:

Las partes reconocen y ratifican la existencia del "Acuerdo de Plan de

mpleo del Grupo Ahold". La denominación de Ahold Supermercados, S.L. ha

ido modificada por la denominación "Dinosol Supermercados, S.L" en virtud de

scritura pública de fecha 4 de febrero de 2005

11. Asimismo las partes reconocen y ratifican el acuerdo de prórroga y

ratificación de contenidos del acuerdo a que se he hace referencia en el párrafo 1

anterior, asi como las modificaciones, sustituciones y nuevas regulaciones

contenidas en el acta de fecha 14 de Marzo de 2006.

IlI. En aplicación de la cláusula 8 del acuerdo de prórroga y acta de acuerdo

de fecha 14 de marzo de 2006, la representación del Grupo Dinosol procedió, con

fecha 4 de marzo de 2008 a la denuncia de los acuerdos a los que se hace

referencia en los párrafos 1, 11 y III anteriores.

IV. Con fecha 14 de abril de 2008, previa convocatoria al efecto, se ha

iniciado un proceso de negociación, entre la Dirección del Grupo y las /

representaciones de los trabajadores, legitimadas en base a lo establecido en el ~

articulo 87 del E.T. y la doctrina jurisprudencial que extiende, el contenido de

recepto, a los supuestos de afec ción d Grupo de Empresa.

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V. Las partes, reconociéndose mutua y recíprocamente legitimación,

capacidad legal y la condición de interlocutores válidos

ACUERDAN:

1. Ratificar, novar, prorrogar y extender el acuerdo de fecha 10 de Marzo de

2005, asi como el de su prórroga de fecha 14 de Marzo de 2006 en todos sus

contenidos, con excepción de aquellas materias, condiciones de trabajo,

regímenes juridicos y regulaciones que el presente acuerdo deroga, modifica,

ova o regula "ex novo", así como las que expresamente se declara su sustitución

cuantas se opongan al contenido del presente acuerdo.

En virtud de lo establecido en el párrafo anterior, se declaran

expresamente vigentes y prorrogados los siguientes contenidos:

a. Acuerdo de fecha 10 de Marzo de 2005: ~ 1. Acta de elevación por las partes a acuerdo definitivo y

(10.03.05).

ll. Acta anexa de la misma fecha de compromisos de

aplicación.

b. Documento de fecha 23 de febrero de 2005 de denominación:

"PREACUERDO DE PLAN DE EMPLEO DEL GRUPO AHOLD

2005/2006".

c. Acta de acuerdo prórroga de fecha 14 de marzo de 2006,

exclusivamente en sus apartados 1,2,3,4,6 Y8.

IlI. Se declara expresamente derogado el aparatado 5 del acta de acuerdo de

prórroga de fecha 14 de Marzo de 2006 referente a la prima de asistencia.

IV. El apartado 7 del acta de acuerdo de prórroga de fecha 14 de marzo de

2006 se mantiene en sus propios términos elevándose a 18 el número de días

naturales de permiso por lactancia objeto de la opción por la acumulación. En

2

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caso de parto múltiple, la trabajadora disfrutará del permiso aumentado

proporcionalmente. Asimismo se establece una revisión del IPe previsto por el

Gobierno para cada ejercicio respecto del importe de 300 € previsto para el caso

de no acumulación del permiso por lactancia. La citada revisión tendrá efectos de

1 de enero de 2008.

Las partes acuerdan fijar en el 8% el porcentaje establecido para el

descuento a empleados para la compra por estos de productos objeto de venta en

as tiendas del Grupo.

Las partes acuerdan unificar a 12 € brutos por hora la compensación

económica por realización de "inventarios de tienda" en domingos y días festivos

en todas aquellas provincias en las que, actualmente, está establecida esta

modalidad económica compensatoria por un importe inferior. Para el resto de

inventarios se aplicará el régimen actual.

VII. La Empresa se compromete a estudiar un horario flexible en las oficinas

que posibilite la conciliación de la vida profesional y familiar

VIII. Las partes acuerdan que la derogación expresada en el número 111 anterior,

se extiende a las condiciones y derechos que hubieran podido adquirirse al

amparo del precepto derogado, estableciendo que las estipulaciones, derechos y

especialmente, la nueva regulación del "Sistema de Incentivos" (anexo 1) que a

continuación se acuerdan, tienen efectos novatorios, compensatorios y de

sustitución de cualquier otro existente con anterioridad a la firma del presente

acuerdo desde el momento en que el nuevo sistema de incentivos entre en vigor

en el centro de trabajo.

IX. Dada la naturaleza estable del presente Acuerdo su vigencia tendrá

carácter indefinido. No obstante lo anterior, las partes acuerdan la posibilidad de

denuncia del mismo durante el último trimestre de cada periodo bianual de

3

mediante comunicación escrita a la otra pa

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generará derecho al mismo.

-

Anexo l. Regulación del sistema de incentivos

l. Criterios generales para los incentivos de Tiendas y Almacenes

Se introducirá un nuevo sistema de incentivos para todos los empleados de

tiendas y almacenes salvo Gerentes, personal administrativo y Jefes de Almacén,

consistente el una oportunidad de 41,6 € brutos mensuales, para empleados a

jornada completa y de importe proporcional a la jornada para empleados a

tiempo parcial, con los siguientes criterios generales:

a) El importe total abonado en concepto de incentivo no podrá ser en ningún

caso, y en computo anual, inferior al realmente percibido por la plantilla

total de tiendas y almacenes durante el año 2007 en concepto de prima de

asistencia.

A este importe minimo garantizado se le aplicará un coeficiente

corrector en función de incrementos o decrementos de plantilla considerada a

tiempo completo respecto al número medio de empleados en alta en la Empresa

durante el año 2007.

b) En función del absentismo (enfermedad, accidente no laboral, o accidente

laboral siempre que no se hayan observado las medidas de prevención) de

cada empleado durante el trimestre se aplicarán los siguiente coeficientes

reductores sobre el importe de oportunidad máxima:

De 1 a 3 dias 25%

De 4 a 6 días 50%

Más de 6 dias 100%

c) Sin perjuicio de que durante el periodo de vacaciones se percibirá el

incentivo devengado en el trimestre anterior durante dicho periodo no se

4

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d) Para tener derecho al cobro del incentivo será necesario permanecer enl~~~2

alta en la Empresa durante todo el trimestre y no tener incurrido en

ninguna ausencia injustificada, no siendo posible la aplicación de pagos

parciales.

e) Los cálculos se realizan en números enteros sin redondeo de decimales

11. Incentivos de sala

a) Unidad de Gestión

1equipo de Sala es la Unidad de Gestión sobre la que se calcula el incentivo y

-_/ el empleado será evaluado por el resultado conjunto que alcance la unidad de

Gestión.

En el caso de empleados que hayan prestado sus servicios en más de una Tienda

durante el trimestre, el cálculo del incentivo se realizará según el resultado

obtenido por la Tienda en el que el empleado haya prestado sus servicios un

mayor número de días.

b) Áreas de resultado

Se establecen dos áreas de resultado:

1.- Procesos de Tienda. El Departamento de Auditoría Interna realizará una

evaluación trímestral por cada Tienda sobre aspectos relacionados con los

proeedímientos de reposición, recepción y caja, señalando la adecuación o

inadecuación de cada uno de ellos.

A cada aspecto en el que se ha obtenido un resultado "adecuado" se le asigna una

puntuación y con el total de puntos obtenidos se determina la calificación de la

Tien 'a.

2.- Atención al cliente.- Una Empresa externa realizara trimestralmente medi

-evaluación de la atención al cliente prestada por lo empleados.

I~'

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El evaluador puntuará los aspectos determinados para cada una de las áreas

objeto de la evaluación (atención al cliente, vestuario si estuviera a disposición

del trabajador, procedimientos, etc.) resultando una puntuación global para cada

Tienda.

c) Porcentajes de pago de cada objetivo

porcentaje de pago para cada una de las áreas de resultado es el 50%

da una de las dos áreas se valora de forma individual, por lo que el resultado

canzado en cada una de ellas da derecho al pago del porcentaje de incentivo

correspondiente, independientemente del resultado de las demás.

Para la valoración del porcentaje obtenido en cada área de resultado, se realizará

un escalado de la posición que ocupe la Tienda con respecto al conjunto de

Tiendas del ámbito de comparación (Región o Línea). En función de esta

posición se obtendrá una calificación que dará derecho a un porcentaje de pago

sobre el total para el área de resultado según la siguiente tabla:

Posición <40%

Calificación AóB

Pago 0%

40-60% e 50%

60-88% D 75%

>80% E 100%

&k. v

d) Devengo

El resultado de cada una de las áreas de resultado obtenido en cada trimestre .-r--,:¡~

natural junto al absentismo individual durante el mismo trimestre, determinará el

pago que se realizará durante los tres meses sigui tes.

111. Incentivo de secciones de frescos

a) Unidad de Gestión

6

Page 7: Supersol Plan Empleo 300608

r

u

El equipo de cada sección es la Unidad de Gestión sobre la que se calcula el

i I centivo y el empleado será evaluado por el resultado conjunto que alcance la

idad de Gestión.

el caso de empleados que hayan prestado sus servicios en más de una \

ción durante el trimestre, el cálculo del incentivo se realizará según el \

ultado obtenido por la Sección en el que el empleado haya prestado sus

icios un mayor número de días.

b) Áreas de resultado

Se establecen cuatro áreas de resultado:

1.- Ventas de la sección: Expresado en porcentaje de consecución de la venta del

mes sobre la presupuestada.

2.- Margen de la sección: Expresado en porcentaje de consecución del margen

de la sección sobre el presupuestado (en porcentaje)

3.- Procesos de Sección.

a) El Departamento de Auditoría Interna realizará una evaluación trimestral

por cada Sección de un listado que contendrá entre 10 Y 15 aspectos

relacionados con los procedimientos de gestión de la sección, señalando la

adecuación o inadecuación de cada uno de ellos.

A cada aspecto en el que se ha obtenido un resultado "adecuado" se le

asigna una puntuación y con el total de puntos obtenidos se determina la

calificación de la Sección. \

b) El monitor de la sección realizará un informe sobre el cumplimiento de la

implantación del modelo comercial.

La media del resultado alcanzado en los puntos a y b anteriores constituirá la

ión d,&f'''' d, "'Ul"'~B --I---ftII"-~ " k> ~

Page 8: Supersol Plan Empleo 300608

4.- Atención al cliente. Una Empresa externa realizará trimestralmente

evaluación de la atención al cliente prestada por los empleados.

El evaluador puntuará los items determinados para cada una de las áreas objeto

de la evaluación (atención al cliente, vestuario si estuviera a disposición del

empleado, procedimientos, etc.) resultando una puntuación global para cada

sección de la Tienda.

a media ponderada de estos aspectos constituirá la puntuación total para la

ección en de este parámetro.

on carácter previo a la aplicación del sistema la Empresa facilitará información

e los items que serán sujetos a evaluación

c) Porcentajes de pago de cada objetivo

El porcentaje de pago para cada una de las áreas de resultado es el 25%

Cada una de las cuatro áreas se valora de forma individual, por lo que el

resultado alcanzado en cada una de ellas da derecho al pago del porcentaje de

incentivo correspondiente, independientemente del resultado de las demás.

La valoración del porcentaje obtenido en ventas y margen, se realizará según la

siguiente tabla:

Desempeño Pago

<98 0%

98 25%

99 50%

100 100%

101 105%

102 110%

103 115%

104 120%

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105 125%

106 130%

107 135%

108 140%

109 145%

110 150%

Para la valoración del porcentaje obtenido en Procesos de Sección y atención al

Cliente, se realizará un escalado de la posición que ocupe la sección con respecto

al conjunto de secciones equivalentes en el ámbito de comparación (Región o

Línea). En función de esta posición se obtendrá una calificación que dará derecho

a un porcentaje de pago sobre el total para el área de resultado según la siguiente

tabla:

L

Posición

<40%

Calificación

AóB Pago

0%

40-60% e 50%

60-88% D 75%

>80% E 100%

d) Devengo

El resultado de las áreas de resultado 1 y 2 obtenido cada mes, determinará el

porcentaje de pago de estos parámetros en el mes siguiente.

El resultado de las áreas de resultado 3 y 4 obtenido en cada trimestre natural,

determinará el pago que se realizará durante los tres meses siguientes para estos

parámetros.

El absentismo individual durante el trimestre natural, determinará el coeficiente

IV.

a) Unidad de Gestión

Incentivo de personal de almacenes

reductor por este concepto durante los tres meses siguientes.

Page 10: Supersol Plan Empleo 300608

correctores:

incorrecta paletización

correctores:

Sobre el importe

El resultado individual de cada empleado será el elemento para valorar el

incentivo. No obstante lo anterior, alguno de los parámetros del incentivo er

evaluado tomando al conjunto del almacén como unidad de gestión.

b) Áreas de resultado y porcentajes de pago

Se establece un único área de resultado:

/ Productividad: Existirá una escala de productividad para cada almacén en

nción de la cual se obtendrá el incentivo.

La Empresa fijará la escala de productividad que será específica para cada

almacén y dará participación en cada caso, a la Comisión de Seguimiento,

garantizando que el nuevo sistema no será inferior en cómputo global al actual.

Ilustrativo

Productividad media

Importe incentivo

150 a 175 50 € 176 a 225 75 €

Más de 225 125 €

alcanzado según la que se aplicarán cuatro coeficientes

1.- Paletización y trazabilidad de mercancías: El Jefe de Equipo registrará la

de soportes realizada por cada empleado y se

comprobarán las incidencias de Tienda, aplicando los siguientes coeficientes

25%

50% 75%

100%

O/o Pago

>6

o

4-6

1-3

Palets incorrectos

10

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25%

50%

75%

100%

O/o Pago

>6

o

4-6

1-3

Usos indebidos

::

etc. Si se produjese algún uso indebido se aplicarán los siguíentes coeficientes

correctores

2.- Pérdida (conocida y desconocida): Expresado en porcentaje de consecució

de la pérdida real del almacén sobre la presupuestada. Para la evaluación de este """~~1

factor se tendrá en cuenta el almacén como unida de gestión. La desviación del

porcentaje presupuestado aplicará los siguientes coeficientes correctores:

Perdida vs oresuouesto

O/o Pago

<=0 100% 0-10% 75% 10-20% 50%

>20% 25%

3.- Uso incorrecto de las teclas de función, elementos del almacén y maquinaria:

Cada empleado debe usar correctamente los sistemas informáticos, no utilizando

ninguna de las teclas de función salvo autorización expresa del Jefe de Equipo.

En este epígrafe se computará también cualquier uso incorrecto de la maquinaria

y demás elementos del almacén, entre los cuales y a titulo meramente

enunciativo se encuentran, no cargar la batería de las máquínas, no llevar el

escáner manual en el portaescaner siempre que este exista, golpear los RACs,

11

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5.- Orden y limpieza. Cuatro veces al mes el departamento de auditoría realizará~--"-~

un examen del estado del almacén comprobando que no existen plásticos, palets,

o cartonaje fuera de las zonas habilitadas para ello. Para la evaluación de este

factor se tendrá en cuenta el almacén como unidad de gestión. De la revisión se

obtendrá un resultado "adecuado" si no existe ninguna incidencia o "no

adecuado" si se detecta alguna incidencia

N° de "No adecuados"

% Pago

O 100% 1 75% 2 50%

>2 25%

c) Devengo

El resultado de cada una de las cuatro áreas de resultado obtenido cada mes

determinará el porcentaje de pago de estos parámetros en el mes siguiente.

El absentismo individual durante el mes natural, determinará el coeficiente

reductor por este concepto durante el mes siguiente.

V. Implantación de los nuevos sistemas de incentivos

La Empresa procederá a la implantación de los nuevos sistemas en todos los

centros en un periodo máximo de 9 meses desde la firma del presente acuerdo.

Para la implantación del sistema de incentivos se considerarán las siguientes

situaciones actuales (relación enunciativa contenida al término del presente

documento):

1. Empleados sujetos a un sistema de incentivos variable en cuya valoración , se incluya como parámetro las ventas

Mantendrán la oportunidad de incentivo actual a la que se añadirán 41,6

€. El pago se valorará con el nuevo sistema. En aquellos sistemas en los "'--Ir>""

12

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que haya establecido un porcentaje de pago sobre la venta, se considerará

como oportunidad de incentivo el importe medio percibido en el ejercicio

anterior.

Empleados sujetos a un sistema de incentivos variable en cuya valoración

no se incluya como parámetro las ventas. Cada empleado tendrá durante

los siguientes 6 meses a la implantación del sistema de incentivos en su

centro de trabajo la opción de elegir entre las siguientes dos opciones:

a. Continuar con el importe y sistema de incentivo actual

b. Consolidar el 60% del importe abonado durante los últimos 12

meses en el concepto de "incentivos" en un complemento fijo de

especial dedicación no compensable ni absorbible y mantener el

40% de la oportunidad de incentivo actual a la que se añadirán 41,6

€. Para la determinación del 40% que se mantiene como

retribución variable, se considerará el importe medio percibido en

el último año desde la entrada en vigor el sistema en el centro al

que esté adscrito el trabajador. El pago del incentivo se valorará

con el nuevo sistema.

La Comisión de Seguimiento elaborará el documento de opción individual y

compromisos que comporta.

VI. Revisión

Sin perjuicio de las facultades de la revisión del sistema que la Ley atribuye a las ~--¡....:C'lI

partes, la Comisión de Seguimiento podrá acordar modificaciones al sistema.

VII. Revalorización

El importe variable acordado en el presente documento no será compensable ni

absorbible y se revalorizará un 2% anua

13

VIII. Bonus de oficinas

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~\f ~

~

b) Porcent 'es de pago de cada objetivo

Todos los empleados de oficinas que hasta ahora percibían la prima de asistencía,

pasarán a tener derecho a un bonus anual de 400 € pagadero en función de las

siguientes:

a) Áreas de resultado

establecen dos áreas de resultado:

.- Ventas: Expresado en porcentaje de consecución de la venta del año sobre la

resupuestada.

2.- EBITDA: Expresado en porcentaje de consecución del EBITDA del año

sobre el presupuestado.

En función de la zona de influencia en la que el empleado desempeñe su puesto,

se valorará el resultado de las dos áreas de resultado de las siguientes zonas:

• Total Compañía (Empleados con responsabilidad Nacional)

• Península (Empleados con responsabilidad en Península)

• Canarias (Empleados con responsabilidad en Canarias)

• Cash Península

• Zona Centro

~ • Zona Sur

• Cash Canarias

• Netto

• Hiperdino GC y FV

• Hiperdino TELEPA

14

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e) Devengo

n función

ningún importe de bonus.

El porcentaje de pago para cada una de las áreas de resultado es el 50%

Cada una de las dos áreas se valora de fonna individual, por lo que el resultado

alcanzado en cada una de ellas da derecho al pago del porcentaje de incentivo

correspondiente, independientemente del resultado de la otra.

oració del porcentaje obtenido, se realizará según la siguiente tabla:

Desempeño Pago

<98 0%

98 25%

99 SO%

100 100%

101 10S%

102 110%

103 IIS%

104 120%

lOS 12S%

106 130%

107 135%

108 140%

109 14S%

110 ISO%

Si el empleado causa baja a lo largo del año 2008, no tendrá derecho a devengar

del absentismo (enfermedad, accidente no laboral, , o accidente

laboral siempre que no se hayan observado las medidas de prevención) de cada ""'--4Jj

empleado durante el trimestre se aplicarán los siguiente coeficientes reductores

~. importe de oportunidad máxim:;;a'7:_'

IS

Page 16: Supersol Plan Empleo 300608

Imeria Nuevo sistema

vila Consolidación

Nuevo sistema! Consolidación en los I Cádiz casos en que no depende de objetivo

de ventas

Ceuta Consolidación

Granada Nuevo sistema

Guadalajara Consolidación! Nuevo sistema

as Palmas Nuevo sistema

Consolidación

Málaga, Melilla Consolidación

Motril Nuevo sistema

Murcia Nuevo sistema

Salobreña Consolidación

Segovia Consolidación

Sevilla Nuevo sistema

Huelva Nuevo sistema

V Badajoz Nuevo sistema

,~:~ enerife Nuevo sistema

Toledo Consolidación

a 1 de julio de 2008

p

De 3 a 12 días 25%

De 13 a 24 días 50%

Más de 24 días 100%

Cualquier falta injustificada durante el ejercicio dará lugar a la pérdida del bonus.

Relación enunciativa de consolidación / nuevo sistema de incentivos

I

Provincia Opciones

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