3
'. ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 SEGUNDO JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA OESTE RESOLUCiÓN 0001-2014-2JEE-LlMAOESTE/JNE e JNE Sumi/la: Se resuelve ADMITIR EN PARTE Y PUBLICAR la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Miraflores, provincia y departamento de Lima, presentada por el Personero Legal Alterno de la organización política "Alianza Para el Progreso" EXPEDIENTE N° 0063-2014-064 Surquillo, siete de julio del Dos mil catorce VISTO: El expediente que contiene la solicitud de admisión de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Miraflores, provincia y departamento de Lima, presentado 6 de julio del 2014, por Rubén Gustavo Grillo Vela, personero legal alterno de la organización política · Alianza Para el Progreso" con el objeto de participar en el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014. CONSIDERANDO 1. Mediante Decreto Supremo N.o 009-2014-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 24 de enero de 2014, el Presidente de la República convocó a l elecciones regionales de presidentes, vicepresidentes y consejeros regi onales de los departamentos de toda la República y de la provincia constitucional del Callao, así ; / como a elecciones municipales de alcaldes y regídores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 5 de octubre de 2014. Los artículos 31 ° Y 35° de la Constitución Política del Perú el derecho de ser elegido y de elegir libremente a sus representantes a través de organizaciones políticas como partidos, movimientos o alianzas conforme a ley, conceptos concordantes con el artículo 10° de la Ley 26864, Ley de EleCciones Municipales - en adelante la Ley-, que establece los requisitos mínimos,que debe contener una lista de candidatos para que pueda procederse a su inscripción. De conformidad a lo dispuesto en la Resolución Nro. 082-2014-JNE, de fecha 05 de febrero de 2014, el Segunda Jurado Electoral Especial de Lima Oeste, tiene competencia territorial en los distritos de Surquillo, San Luís, San Borja, Miraflores y La Victoria, de la provincia '1 departamento de Uma por lo que, . es competente para recibir, calificar, publicar e inscribir las listas de candidatos que presenten las organizaciones políticas que participen en el proceso de Elecciones Regionales Municipales 2014. Del mismo modo, el artículo de la Ley en concordancia con los artículos 22°, 23°, 24°, Y 25° del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Municipales, aprobado mediante Resolución W 271-2014-JNE, -en adelante el Reglamento- establecen los requisitos para ser candidato y los que debe observar toda organización política en la presentación de la solicitud de inscripción de lista de candidatos. 5. Que conforme al artículo numeral 27.2 del artículo 27" del Reglamento, la solicitud que sea declarada inadmisible, puede ser subsanada en el plazo de dos días naturales, bajo aperCibimiento de declararse su improcedencia, conforme a lo dispuesto en el numeral 28.1 del artículo 28° del citado Reglamento. 6. Realizada la verificación del cumplimiento de los requisitos señalados en las normas electorales, se aprecia que el candidato a Alcalde, Ronny Palomino Cruz y los candidatos Víctor Olarte Sánchez, Miguel Ángel Morales Morales, María Cecilia Moscoso Delgado, Marge Keshea Luque Ortiz, Jesús Del Carmen Gil Flores y Andrea Segundo Jurado Electoral Especial de lima Oeste Calle Andrés Luna 262 (Lote 5 Mz. B) - Urb. Aurora Este - Surquillo - Telf. 2715118 Portal web: www.ine.aob.oe

SEGUNDO JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA OESTE JNE€¦ · del 2014, por Rubén Gustavo Grillo Vela, personero legal alterno de la organización política · Alianza Para el Progreso"

  • Upload
    others

  • View
    0

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: SEGUNDO JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA OESTE JNE€¦ · del 2014, por Rubén Gustavo Grillo Vela, personero legal alterno de la organización política · Alianza Para el Progreso"

'.

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014

SEGUNDO JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA OESTE

RESOLUCiÓN N° 0001-2014-2JEE-LlMAOESTE/JNE

e ~ JNE

Sumi/la: Se resuelve ADMITIR EN PARTE Y PUBLICAR la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Miraflores, provincia y departamento de Lima, presentada por el Personero Legal Alterno de la organización política "Alianza Para el Progreso"

EXPEDIENTE N° 0063-2014-064 Surquillo, siete de julio del Dos mil catorce

VISTO: El expediente que contiene la solicitud de admisión de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Miraflores, provincia y departamento de Lima, presentado 6 de julio del 2014, por Rubén Gustavo Grillo Vela, personero legal alterno de la organización política · Alianza Para el Progreso" con el objeto de participar en el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014.

CONSIDERANDO

1. Mediante Decreto Supremo N.o 009-2014-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 24 de enero de 2014, el Presidente de la República convocó a

l elecciones regionales de presidentes, vicepresidentes y consejeros regionales de los departamentos de toda la República y de la provincia constitucional del Callao, así

;/ como a elecciones municipales de alcaldes y regídores de los concejos provinciales y

distritales de todo el país, para el domingo 5 de octubre de 2014.

Los artículos 31 ° Y 35° de la Constitución Política del Perú establ~cen el derecho de ser elegido y de elegir libremente a sus representantes a través de organizaciones políticas como partidos, movimientos o alianzas conforme a ley, conceptos concordantes con el artículo 10° de la Ley N° 26864, Ley de EleCciones Municipales -en adelante la Ley-, que establece los requisitos mínimos,que debe contener una lista de candidatos para que pueda procederse a su inscripción.

De conformidad a lo dispuesto en la Resolución Nro. 082-2014-JNE, de fecha 05 de febrero de 2014, el Segunda Jurado Electoral Especial de Lima Oeste, tiene competencia territorial en los distritos de Surquillo, San Luís, San Borja, Miraflores y La Victoria, de la provincia '1 departamento de Uma por lo que, .es competente para recibir, calificar, publicar e inscribir las listas de candidatos que presenten las organizaciones políticas que participen en el proceso de Elecciones Regionales Municipales 2014.

Del mismo modo, el artículo 6° de la Ley en concordancia con los artículos 22°, 23°, 24°, Y 25° del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Municipales, aprobado mediante Resolución W 271-2014-JNE, -en adelante el Reglamento- establecen los requisitos para ser candidato y los que debe observar toda organización política en la presentación de la solicitud de inscripción de lista de candidatos.

5. Que conforme al artículo numeral 27.2 del artículo 27" del Reglamento, la solicitud que sea declarada inadmisible, puede ser subsanada en el plazo de dos días naturales, bajo aperCibimiento de declararse su improcedencia, conforme a lo dispuesto en el numeral 28.1 del artículo 28° del citado Reglamento.

6. Realizada la verificación del cumplimiento de los requisitos señalados en las normas electorales, se aprecia que el candidato a Alcalde, Ronny Palomino Cruz y los candidatos Víctor Olarte Sánchez, Miguel Ángel Morales Morales, María Cecilia Moscoso Delgado, Marge Keshea Luque Ortiz, Jesús Del Carmen Gil Flores y Andrea

Segundo Jurado Electoral Especial de lima Oeste

Calle Andrés Luna 262 (Lote 5 Mz. B) - Urb. Aurora Este - Surquillo - Telf. 2715118 Portal web: www.ine.aob.oe

Page 2: SEGUNDO JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA OESTE JNE€¦ · del 2014, por Rubén Gustavo Grillo Vela, personero legal alterno de la organización política · Alianza Para el Progreso"

~ \ j

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014

SEGUNDO JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA OESTE

RESOLUCiÓN N° 0001-2014-2JEE-LlMAOESTE/JNE

Daniela Urrunaga Cáceres, quienes postulan al cargo de regidores 2), 3), 6), 7), 8) Y 9), respectivamente, cumplen con todos los requisitos establecidos en el reglamento.

7. Sin embargo, los candidatos: Carlos Luis Vela Barba, Enrique Manuel Mora Maravi y Gabriela Inés Saravia Torres, quienes postulan al cargo de regidores 1), 4), Y 5) respectivamente, no acreditan domicilio, ni tiempo mínimo de residencia de dos (02) años continuos conforme a lo señalado en el el artículo 6, numeral 2, de la Ley de Elecciones Municipales, por ende, los citados candidatos deberán presentar cualquiera de los documentos señalados en el numeral 10 del artículo 25 del Reglamento, bajo apercibimiento de declararse improcedente su inscripción en la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Miraflores.

Por tanto, el Pleno del Segundo Jurado Electoral Especial de Lima Oeste, en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 44° y 47" la Ley Orgánica de Elecciones, en concordancia con los artículos 35° y 36° de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones.

RESUELVE:

• Artículo Primero.- ADMITIR A TRAMITE a los siguientes candidatos para el Concejo Distrital de Miraflore's, provincia y departamento de Lima, presentada por Rubén Gustavo Grillo Vela, personero legal alterno de la organización política ' "Alianza Para el Progreso", con el objeto de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2014, integrada de la siguiente manera: .

Pos Cargo DNI Apellidos y Nombre(s)

ALCALDE 09385568 RONNY PALOMINO CRUZ

02 REGIDOR 07625457 VICTOR OLARTE SANCHEZ

03 REGIDOR 07871493 MIGUEL ANGEL MORALES MORALES

06 REGIDOR 46721319 MARIA CECILIA MOSCOSO DELGADO

07 REGIDOR 46759949 MARGE KESHEA LUQUE ORTIZ

08 REGIDOR 45036363 ANDREA DANIELA URRUNAGA CÁCERES

09 REGIDOR 09957501 JESUS DEL CARMEN GIL FLORES

Artículo Segundo.- DECLARAR INADMISIBLE la solicitud de admisión respecto a los candidatos a regidor: Carlos Luis Vela Barba (1), Enrique Manuel Mora Maravi (4) y Gabriela Inés Saravia Torres (5), concediéndoles el plazo perentorio de dos (2) días naturales a efectos de que subsanen las observaciones advertidas, bajo apercibimiento de declarar la improcedencia de sus candidaturas.

Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente resolución en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones- JNE, así como en el panel del Segundo Jurado Electoral Especial de Lima Oeste y en la sede de la Municipalidad Distrital de Miraflores, con el objeto que los ciudadanos puedan formular sus tachas dentro del plazo de ley.

Artículo Cuarto.- REMITIR la presente resolución a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Lima Oeste.

Segundo Jurado Electoral Especial de lima Oeste Calle Andrés Luna 262 (Lote 5 Mz. B) - Urb. Aurora Este - Surquillo - Telf. 2715118

Portal web: www.ine.aob.De

Page 3: SEGUNDO JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA OESTE JNE€¦ · del 2014, por Rubén Gustavo Grillo Vela, personero legal alterno de la organización política · Alianza Para el Progreso"

'. ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014

SEGUNDO JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA OESTE

RESOLUCiÓN N° 0001-2014-2JEE-LlMAOESTE/JNE

e ~ JNE

Artículo Quinto.- OFICIAR al ~ecretario General de la Municipalidad Distrital de Miraflores a fin de que bajo respdnsabilidad funcional cumpla con publicar en el día la presente resolución que en copias e ificadas se remi

Regístrese, comuníquese, notifí SS

rsm Secretaria Jurisdiccional

Segundo Jurado Electoral Especial de lima Oeste Calle Andrés Luna 262 (Lote 5 Mz. B) - Urb. Aurora Este - Surquillo - Telf. 2715118

Portal web: www.íne.aob.oe