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    UGEDEPUnidaddeGestiony Ejecucion deDcrechoPublico1I ~ fhl'l"'';'t;'-I''I,ho aun . i!n~ Nu t.H~ Iwvu;";I:.I;:.U

    Oficio Nro, DSG-2012-0F-0092Quito, D.M., 11 de ahril de 2012

    Asunto: Resolucion No 0020-UGEDEP-20l2 Notificaciones

    DoctorSandra Vinicio Vallejo AristizabalRcgistrador de In PropiedadREGISTRO DE LAPROPIEDAD DEL DISTRITO METROPOLIT ANO DEQUITODoctorruben Enrique Aguirre LopezReglstrador MercantilREGISTRO MERCANTIL QUITOSenora AbogadaSuad Raquel Manssur VillagranSuperintendentaSUPERINTEND ENCIA DE COMPANiASDoctorPedra Salines ChaconSuperintendenteSUPERINTEND ENCIA DE BANCOS Y SEGUROSAbogadoRodolfo Krantle AkelPresidente del DirectorioBOLSA DE VALORES DE GUAYAQUILSenor DoctorPatricio Peiia RomeroPresidente Del DirectorioBOLSA DE VALORESSenor DoctorPatricio Moncayo ParejaGerenteINMOBILIARIA DOCE DE OCTUBRE S.A.Seiior EconomistaCarlos Marx CarrascoDirector GeneralSERVICIO DE RENTAS INTERNAS

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    UNmAD DE GESTION Y EJECUCION DE DERECHO PUBLICODEL FIDEICOMISO AGD-CFN NOMAS IMPUNIDAD

    RESOLUCION No. 020-UGEDEP-2012

    PEDRO DELGADO CAMPANAREPRESENTANTE LEGAL DE LA UNIDAD DE GESTION Y

    EJECUCION DE DERECHO PUBLICO DEL ..FIDEICOMISO AGD-CFN NO'M A s IM P U NID AD , UGEDEP

    CONSIDERAND0:

    Que, el incise final del Articulo 29 de la Ley de Reordenamiento en MateriaEconomica, en el Area Tributario-Financiera, establece que: "En aquelloscasas en que los administradores .hayan declarado patrimonies. tecnicos'irreales, hayan alterado las cifras de sus balances a cobrado tasas de interessabre interes, garantizaran con su patrimonio personal los depositos de lainstitucion financiera, y Ia Agencia de Garantia de Depositos podra incautar.aquellos bienes que son de publico conocimiento de propiedad de estosaccionistas y transferirlos a uri fideicomiso en garantia mientras se prueba sureal propiedad, en cuyo caso pasaran a ser recursos de la Agencia de Garantiade Depositos y durante este periodo se dispondra su prohibicion de enajeriar."Que, el segundo inciso de Ia disposicion transitoria quinta de la Ley deCreacion de la Red de Seguridad Financiera dispone que: "La Agenda deGarantia de Depositos mantendra su vigencia juridica a partir de lapublicacion de la presente Ley en el Registro O:6cial,par el plazo de un afio...Una vez extinguida la Agenda de Garantia de Depositos, sus activos,derechos, asi como las competencias establecidas en los Arts. 27 y 29, incisefinal de laLey de Reordenamiento en Materia Economica, en el AreaTributario-Financiera, seran ejercidos par el Ministerio de Finanzas".Que, el Articulo 1 del Decreta Ejecutivo 202 del 31 de diciembre del 2.009,dispuso: "Asuma el Ministerio de Finanzas, a partir dell de enero del 2.010,las COMPETENCIAS,activos y derechos que, en virtud de la extincion de laAGD,debe ejercer dicha cartera de Estado",Que, el primer inciso de la Decima Disposicion Transitoria del CodigoOrganico de Planificacion y Finanzas Publicas, publicado en e1 SegundoSuplemento del Registro Oficial No. 306 del 22 de octubre del 2.010, disponeque los activos, derechas y competencias que se transfirie ron al Ministerio deFinanzas de conformidad can la Disposici6n Transitoria Quinta de la Ley deCreaci6n de Red de Seguridad Financiera, pasaran a partir de la presente Leya la Unidad de Gesti6n y Ejecucion de Derecho PUblico del Fideicomiso AGD-

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    CFN NO MAS IMPUNIDAD Y que para dicho efecto se emitira elcorrespondiente acto administrative.Que, de acuerdo a 10 establecido en el numeral 8 del Articulo 6 del DecretoEjecutivo N 553 dictado el 18 de noviembre del 2.010, la Unidad de GestionyEjecuci6n de Derecho PUblico del Fideicomiso AGD-CFN- No Mas Impunidad,es competente para realizar y resolver en instancia administrativa lasincautaciones, de conformidad con 10 dispuesto par el Articulo 3 del MandatoConstituyente N 13 Y el inciso final del Articulo 29 de la Ley deReordenamiento en Materia Econ6mica en el Area Tributario Financiera.Que, mediante Resoluci6n Nrc, 001-UGEDEP-2010, de fecha 18 de noviembredel 2.010, el Presidente de la Junta del Fideicomiso resolvi6 asumir a partir detal fecha la Direcci6n de la Unidad de Gesti6n y Ejecuci6n de Derecho PUblicodel Fideicomiso AGD-CFN NO MAS IMPUNIDAD, cuyas siglas en 10 sucesivoseran UGEDEP, asi como tambien se establecieron reform as al Instructive deprocedimientos para la determinaci6n del origen licito y real propiedad de losbienes incautados por la AGD.Que, mediante Resolucdcn No. AGD-GG-2008-043 del 27 de Agosto del 2008,el Gerente General de la Agenciade Garantia de Depositos Dr. Carlos BravoMacias, resolvio la incautacion de varias compaiiias, asi como todos los bienesmuebles 0 inmuebles, acciones, participadones, derechos fiduciaries, titulosvalores de cualquier especie, derechos de credito y/0 litigiosos, cuentas,inversiones y depositos de toda clase que sean de publico. conocimiento depropiedad de los ex accionistas st ex administradores del Banco dePrestamos S.A., Banco de Prestamos Ltd., Cayman y BANAPREST Panama,entre las cuales se encuentra inmersa Ia compaiiia BERTELI S.A..Que, la Compaiiia BERTELI S.A., es propietaria del bien inmueble compuestopar la Bodega W 5, que forma parte del Edificio Miserino, Torre Sol Dos,situado en la Av. Gonzalez Suarez, de la parroquia La.Floresta, de la ciudad ycanton Quito, Provincia de Pichincha, adquirido en su oportunidad mediantecompra ala Compaiiia Parcola S.A., segun escritura celebrada el 7 de octubrede 2004, ante elNotario TO" del canton Quito, rnscrita en el Registro de laPropiedad del Canton Quito e123 de diciembre de 2004.Que, esta Autoridad ha podido determinar que la Compariia BERTELI S.A.,propietaria del bien inmue ble antes senalado, adquirido en la forma descritaen el considerando anterior, forma parte directa a indirectamente delpatrimonio de los ex accionistas st ex administradores del Banco dePrestamos S.A., Banco de Prestamos Ltd., Cayman y BANAPRESTPanama.Que, en virtud de que no han cambiado los fundamentos que motivaron laResolucfon No. AGD-GG-2008-043 del 27 de Agosto del 2008, y por asiordenarlo el inciso final del Articulo 29 de la Ley de Reordenamiento enMateria Economica, en el Area Tributario-Financiera cabe proceder a declararla Real Propiedad del bien inmueble compuesto por la Bodega N 5, que formaparte del Edificio Miserino, Torre Sol Dos, situado en la Av. Gonzalez Suarez,de la parroquia La Floresta, de la ciudad y canton Quito, Provincia de

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    UGEDEPUnidad de Gestiony Ejecuci6n deDerecho Publico

    Pldelctarnlso AGD CFN No Mas Impunldatl

    Pichincha , de propiedad de la Compaiiia BERTELI S.A., incautada mediante lamencionada Resolucion, y que par tanto, pasara a ser recurso de la UGEDEPpar haberse comprobado Ia presuncion iuris tantum, que el mencionado bienes de real propiedad y forma parte directa 0 indirectamente de los exaccionistas ylo ex administradores del Banco de Prestamos S.A., Banco dePrestamos Ltd., Cayman y BANAPRESTPanama.Par la facultad antes enunciada y en virtud de las atribuciones conferidas,esta Autoridad,

    RESUELVE:Art. 1.- Dec1arar que por haberse comprobado la presuncion iuris tantum queel bien inmueble compuesto por la Bodega N" 5, que forma parte del EdificioMiserino, Torre Sol Dos, situado en la Av. Gonzalez Suarez, de la parroquia LaFloresta, de la ciudad y canton Quito, Provincia de Pichincha, es de realpropiedad y forma parte directa 0 indirectamente de los ex accionistas y / 0 exadministradores del Banco de Prestamos S.A., Banco de Prestamos Ltd.,Cayman y BANAPREST Panama, PASAA SER RECURSO de la Unidad deGestion y Ejecucion de Derecho PUblico del Fideicomiso AGD-CFN NO MASIMPUNIDADUGEDEP, consecuentemente del Estado Ecuatoriano. Lapresentedec1aratoria de propiedad a favor del Estado Ecuatoriano y transferencia dedominio a favor de la UGEDEP, incluye a todo 10 que se repute inmueble paraccesion, adhesion 0 destinacion al mencionado inmueble.Art. 2.- Se ORDENA el levantamiento de todas y cada una de las medidascautelares, prohibiciones de enajenar, embargos y demas gravamenes 0inscripciones que limiten el dominio del bien inmueble compuesto par laBodega W 5, que forma parte del Edificio Miserino, Torre Sol Dos, situado enla Av. Gonzalez Suarez, de la parroquia La Floresta, de la ciudad y cantonQuito, Provincia de Pichincba, ampliamente detallado y singularizado en laparte considerativa de la presente Resolucion.Art. 3.- Se nombra como Administrador del inmueble materia de la presenteResolucion a la compafiia Inmobiliaria "DOCE DE OCTUBRE S.A.":Art. 4.- Se Ordena la OCUPACION INMEDIATAdel inmueble materia de lapresente Resolucion, compuesto por la Bodega NQ5, que forma parte delEdificio Miserino, Torre Sol Dos, situ ado en la Av. Gonzalez Suarez, de laparra quia La Floresta, de la ciudad y canton Quito, Provincia de Pichincba.Para la practica de esta diligencia ~~)~imT;ii,'~el.tiempodeficiente y de sernecesario se procedera can la aYJXda"de-la-fuerza publica a fracturar las/ ..< , - ~ . , ~ . - _ , , " '- '_ . - , ~seguridades, .en el caso que se encuentre cerradoyj'o 'no se permita su accesoal inmueble. j > > . -: \t ; ': ;~ '.C', ; ." .~ li .~..:--~~o Art. 5.- Se dispone que se ~eniitp. -~opia~: certificadas de la presenteResolucicn, al senor Registrador deja Propiedad dekD'istrito Metropolitano deQuito, para que inscriba en I d ~ r ! l i p r 9 ~ : : Pr~j'p~opiedad a su cargo laTRANSFERENCIADE DOMINIOorderradji en~1apr:esente Resolucion, asi como

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    e1levantamiento de todas y cada una de las medidas cautelares, prohibicionesde enajenar, embargos y dernas gravamenes 0 inscripciones que limiten eldominic del mencionado inmueble; al senor Presidente del Consejo de laJudicatura de Transicion, a efectos de esta Autoridad notifique a los senoresJueces que pudieren canacer causas en que se encuentre involucrada elinmueble que par este acto administrativo ha pasado a ser recurso de 1 aUnidad de Gestion y Ejecucion de Derecho PUblico del Fideicomiso AGD -CFNNO MAS IMPUNIDAD,UGEDEP, consecuentemente del Estado Ecuatoriano, afin de que procedan a cancelarlas; a1 Ilustre Municipio del Canton Quito, aefectos de que se actualice e1correspondiente catastro municipal; y, ademas, atadas las instituciones publicae y privadas que sean menester para elcumplimiento cabal de 10ardenado en la presente Resolucion.Dado en San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a 16 de febrero del2.012.

    Pedro Del do CampanaREPRESENTANTE LEGAL DE LA UNIDAD DE STION Y EJECUCION DEDERECHO PUBLICO DEL FIDEICOMISO A -CFN NO MAs IMPUNIDAD,

    UGEDEP

    Certifieo que la presente Resolucion fue emitida en la ciudad de Quito, el dia16 de febrero del 2.012, por el Representante Legal de la Unidad de Gesti6n yEjecuci6n de Derecho PUblico del Fideieoroisa AGD-CFN No Mas Impunidad,UGW~ .

    abrera Herrera. . SECRET GENERAL (E)UNIDAD DE GESTION Y EJECUCION DE DERECHO PUBLICO

    DEL FIDEICOMISO AGD-CFN NO MAs IMPUNIDAD, UGEDEP

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    UGEDEPUnidaddeGestiony Ejecucion deDerecho PublicoiI.li~irjd~l;l.,,j"'11 null . cn~ ,..:..!itt.~ ht\t'1J~~~::uJ

    Oficio Nro. DSG-2012-0F-0092Quito, D.M., 11 de abril de 2012

    Senor DoctorAugusto Barrera GuarderasAlcaldeMUNICIPIO DEL DISTRITO METROPOLIT ANO DE QUITODoctorEfren Arturo Roea AlvarezReglstrador Mercantil EncargadoREGISTRO MERCANTlL DEL CANTON GUAYAQUILEn su Despacho

    De mi consideraci6n:Para los fines legales consiguientes mediante la copia certificada que adjunto al presentey confonne a 1 0 dispuesto en su articulo 5 cumpleme notificar el contenido de laResolucion No. 0020-UGEDEP-20 12, ernitida el 16 de febrero del 20 12, por elEconomista Pedro Delgado Campana, en su ealidad de Representante Legal de laUNIDAD DE GESnON Y EJECUCION DE DERECHO PlJBLlCO DELFTDEICOMISO AGD CFN NO MAS TMPUNIDAD, UGEDEP.Con sentimientos de distinguida consideraci6n.

    Atentamente,

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