Resolucion_17_2012 Pago de Leche

Embed Size (px)

Citation preview

  • 5/17/2018 Resolucion_17_2012 Pago de Leche

    1/18

    MINISTERIO DE AGRICUL TURA Y DESARROLLO RURALRESOLUCION NOMERO

    ( DE 2012abaOI7 )

    "Pot fa cuel se establece e/ sistema de pago de /a Leche Cruda al Proveedor"

    EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL AD ~HOC

    En ejercicic de sus facultades !egales, en especial de las conferidas por losArticulos 49 de laLey 101 de 1993, 5 de! Decreto Ley 1675 de 1997, eJArticulo3" del Decreto 2478 de 1999 F Y el Decreta 288 de 2011 y

    CONSIDERANDO

    Que el Numeral 13 del Articulo 3 del Decreta 2478 de 1999, ac!arado par elArticulo 10 del Decreta 967 de 2001, faculta al Min isterio de Agricu Itura yDesarrollo Rural para "Regular los mercados internos de productos agropecuariosy pesqueros, determinar la politica de precios de dichos productos y sus insumos,cuando se considere que existan fallas en e! funcionamiento de los mercados yproponer a los organismos competentes la adopcion de medidas 0 acetonescorrectivas de distorsiones en las condiciones de competencia interna de losmercados de dichos productos".Que debido a las distorsiones que persisten en et mercado lacteo colombiano,derivadas de las caracteristicas de los sistemas de produccion, asimetrias en lacomercia!izaci6n de la leche cruda y la presencia de agentes econornicoscompradores y /a cornerciahzadores de leche cruda a nivel regional y nacional concaracteristicas heteroqeneas, se hace necesaria ta intervenci6n del gobierna en lafijacion del precio a! proveedor.Que durante los ultirnos anos, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural demanera conjunta can los diferentes actores que hacen parte del Consejo NacionalLacteo, ha trabajado en la conformaci6n de un sistema de requlacion de preciosque permita entre otras casas, formular politicas de mediano y largo plazo para elsector lacteo en term inos de competitividad y articulacion de la cadena en susdiferentes eslabanes.Que el Minlsterio de Agricultura y Desarrollo Rural, atendiendo lasrecomendaciones de la Politica Nacional para mejorar la competitividad del sectortacteo colombiano - Conpes 3675 del 19 de julio de 2010, en trabajo conjunto conlos diferentes actores que hacen parte del Consejo Naclona! Lacteo, durante elultimo ana ha revisado e! sistema de pago de la !eche cruda al proveedor,

  • 5/17/2018 Resolucion_17_2012 Pago de Leche

    2/18

    RESOLUCION NUMERO Hoja N, 2

    C ontinuaoon de la R esoluciorr "P or 111 val se stablece el sistem a de paqo de la Leche C ruda al P rov eedor"propendiendo par un mayor reconocimientc de la ca!idad higiEmica-sanitaria ycornposicional.Que la creaci6n del sistema de paga de leche cruda y los procesos deconforrnacion, habilitacion y acredltacion de una red de laboratorios que hacenparte inherente al sistema de pago por calidad de la leche cruda, son necesariospara fortalecer el abastecimiento a! mercado con productos lacteos de calidad aprecios competitivos, asegurando adernas un sistema que genere transparenciaen el pago al proveedor.Que es de interes del Gobierno Nacional y de los sectores integrados en Jacadena productiva Iactea fortalecer un sistema de pago de la leche cruda alproveedor a traves de una metodologia periodica de calculo imparcial can base enfuentes confiables de informaci6n, que genere las condiciones necesarias para latoma de decisianes de los diferentes actores del sector lacteo, sabre lasinversicnes requeridas en el mediano y largo plazo.Que sequn e! Articulo 1 del Decreta 2478 de 1999, que mccifica la estructura de!Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, CORPOICA forma parte de! sistemaadministrativo del sector agropecuario, pesquero y de desarrollo rural.Que CORP01CA es una corporaci6n de participaci6n mixta, y de conformidad can1 0 establecido en eJArticulo 1 de los Estatutos, CORPOICA "es una entidad departicipaeion mixta, de carecter cientltico y tecnico sin fines de lucre, cuyo objetoes el desarrollo y ejecucicn de fa invesfigaci6n y la transferencia de tecnotoqieagropecuaria" .Que en sesion del Consejo de Ministros del 20 de enero de 2011 fue aceptado e!impedimenta manifestado por el senor Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,doctor JUAN CAMILO RESTREPO SALAZAR, para decidir aspectos relacionadoscon la fijaclon de los precios de la leche en eJ territorio nacional y en virtud delmismo, el Presidente de la Republica, mediante el Decreta 288 del 4 de Febrerode 2011, determin6 nombrar como Mjnist:o de Agricultura y Desarrollo Rural Ad -Hoc at doctor MAURICIO SANTAMARIA SALAMANCA, Ministro de Salud yProteccion Social, para que decida todos !os asuntos relacionados can la fijaci6nde los precios de la leche en et territono nacionaLQue en rnerito de 1 0 expuesto,

    RESUELVE

    TiTULO IOEFINICIONES Y/O CONCEPTOS

    Articulo 1. Para los efectos de la adecuada interpretacion de ta presenteResoluci6n S8 establecen las siguientes definiciones:

  • 5/17/2018 Resolucion_17_2012 Pago de Leche

    3/18

    RESOLUCI0N NUMERO Hoja N.3C on tin ua clo n d e la R es olu cion : "P or la cu al se esta blece el s is tem a d e p aq o d e la lech e C ru da a l P rove ed or"

    Sistema de pago de la leche cruda al proveedor. Es la rnetodolcqia utilizadapara determinar la liquidacion del pago de Ia leche cruda a! proveedor por partedel agente economico comprador, dentro de! territorio nacional.Productor de Ieche cruda. Es toda persona natural 0 jurldica que se dedica a laproducci6n de leche cruda en el territorio nacionaLOrqanizacion de productores. Se conforma per dos 0 mas productores de lecheque acopian su leche de forma canjunta, pueden estar constituidos como personajuridica 0 conformar una asociacion de heche.Proveedor de leche cruda. Es toda persona natura! 0 juridica productor,intermediaria u orqanizacion de productores iegalmente constituida 0 de hechoque esta en capacidad de proveer leche cruda a un agente comprador.Intermediario. Es toda persona natural 0 juridica que se dedica a comprar ieche alos productores U organizaciones de productores con el fin comercializarla.Agente comprador de leche cruda. Es toda persona natural 0 juridica quecompra leche cruda y ta utiliza con fines industriales y /o comerciales, un agenteecon6mico comprador de !eche cruda puede ser un intermediario 0 un procesadorde leche.Procesador de leche. Es toda persona natural a jurfdica que compra y procesa laleche cruda generando producto lacteo can valor agregado bien sea de caracterindustrial 0 artesanal.Calidad cornposiclonal. Es la condici6n que hace referenda a las caracteristicasflsico - qulmicas de la leche, su valoracion se realiza de acuerdo al contenido enterrninos de cantidad de gramos para Solidos Tatales, Protefna y Grasa.Valor del gramo de Solidos Totales, Proteina y Grasa. Corresponde al precioestablecido en pesos ($) de un gramo de Proteina, Grasa y S61idos Totales.lndice Compuesto del Sector Lacteo (ICSL). Es el indice que determina lavariaci6n anua! de! precia del grarno de Proteina, Grasa y S61idos Totales; estaconformado par IPC l.acteo, Precio Mix, Canasta de lnsurnos, Inventarios yMercado Externo, el detatle de la cenformaci6n de este inoice se encuentra en e!anexo metodol6gico que hace parte integral de esta Resoluci6n.IPC l.acteo. Es el indicador que rnide la variacion de precios de una canasta debienes del sector lacteo representatives en el consuma de los hogares del pais.Precio Mix. Corresponde al indicador mensual derivado del promedio ponderadodel precio de los cuatro productos lacteos de mayor participacion en el mercado,Para efectos de la presente Resolucicn, estas participaciones seran actualizadasanualmente can base en la informacion de la Unidad de Seguimiento de Preciosde la Leche del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, en adelante USP-MADR .Canasta de lnsumos Ganaderos. Es el indicador que mlde 1 2 variacl6n mensualde los precios de insurnas y servicios de una canasta definida para el sector

  • 5/17/2018 Resolucion_17_2012 Pago de Leche

    4/18

    RESOLUCION NUMERO - ~ 0 'at nl-'. , . _ , . . . . . .~r;)jHoja N. 4-ContinuaCion de la Resoludon: "Par la cual se establece el sistema de pago de la Leche Cruda al Proveedor"

    ganadero, para efectos de esta resolucion S8 focaliza fundamentalmente enlecheria especializada y de dob!e prop6sito.lnventarios. Este indicador corresponde a la variacion mensual del stock queregistran las empresas en terminos de toneladas de Queso:Maduro (t), Leche enPolva (t) y Leche UHT (It). .Mercado Externo. Para efectos de esta Reso!uci6n, es el lndicador que rnide lavariaci6n mensual del precio internacional dellitro de leche.:Calidad higilmica estandar. Corresponde al nivel de caudad rnlnimo, relacionadodirectamente con el precio de paga par calidad, que desde el punto de vistahigienico debe tener la leche cruda en cada regi6n lechera y.sequr: el cual et valordel gramo no recibe bonificaciones nl descuentos por este concepto.Region lechera. Corresponde a! conjunto de departamentos que de acuerdo asus caracterlsticas desde el punta de vista productive, se 'han agrupado en lasregiones 1 y 2 sequn corresponda. Para efectos de !a liquidaci6n del precio devalor par gramo de protelna, grasa y solidos totales de t a leche cruda, 5e tendranen cuenta las siguientes:

    Region 1: Esta conformada par los departamentds de Cundinarnarca,Bovaca, Antioquia, Quindfo, Risaralda, Caldas, Naririo. Cauca y Valle delCauca. .Region 2: Esta conformada par los departamentos de Cesar, Guajira,Atlantica, Bolivar, Sucre, Cordoba, Chaco, Maqdalena, Norte de Santander,Santander, Caqueta, Tolima, Huila, Meta, Orinoquia y Amazonia.

    Bonificaciones obligatorias. Son los pagos de caracter tcbtiqatorio que deberecanocer el agente econornico a su proveedor de leche' cruda y que afectapasitiva 0 negativamente el precio. Para efectos de esta Reso!uci6n lasbonificaciones obligatorias se reconacen y otorgan par concepto de la ca!idadniqienica. calidad sanitaria y buenas practicas ganaderas (BP[G).Calidad hiqienica. Es la condicion que hace referencia al nivel de higienemediante el cual se obtiene y manipula la leche, SU valoraci6n 5e realiza por elrecuento total de bacterias y se expresa en unidades formadoras de colonia parmililitro.Calldad sanitaria. Es la condicion que hace re'ferencia ala vacunaci6n de losanimates (fiebre aftosa y brucella) y al hato certificada par ;el leA como libre debrucelosis, tuberculosis 0 de ambas enfermedades. El agente comprador puedeexigir la certificacion para hacer efectiva la bonificaci6n correspondiente.Cartificacion por BPG. Es la condici6n que hace referenda 8.1hato certificado parel leA en buenas practices ganaderas. E! agente comprador puede exigir laceriificaci6n para hacer efectiva la bonificaci6n correspcndiente.Casto por transporte. Equivale al descuento que realiza el\agente cornprador alproveedor de leche par cada litro transado, tiene en cuenta el tipo de vehiculo y el

  • 5/17/2018 Resolucion_17_2012 Pago de Leche

    5/18

    RESOLUCION NUMERO 2 (){~'/.,.Hoja NC S' rt o 0 " 0 1 1 .,.:. ~:.C on tin ua do n d e I,~ R es olu cio n: "P ar la cu ai s e e sta ble ce 1 21rs te rn a d e p ag o d e la leche C ru da a l PrQveedOr"

    rango de distancia (planta-finca-planta) y se liquida can base en la tabla que paratal efecto hace parte de esta Resoluci6n.Bonificaciones voluntarlas. Son los pagas voluntaries adicionaJes que demanera autonorna otorga el agente comprador al proveedor por cada litre de lechetransado.Laboratorio habilitado. Carresponde al laboratorio que una vez participe en eiensayo interlaborataria, resulta canforme de acuerdo a 1 0 establecido en el manualde calidad ernitido par CORPOICA y por tanto esta autorizado para realizar elanalisis de la leche desde el punta de vista de calidad hiqienica y composicionalpara Ia liquidaci6n del pago aJproveedor de leche y que se encuentra avalado pareJente coordinador del subsistema.Laboratorio no habilitado, Corresponde al laboratorio que no participa en e!ensayo lntertaboratorio 0 que posterior a la evaluaci6n reaJizada par el entecoordinador del subsistema, resulta no conforme de acuerdo a 10 establecido en elmanual de calidad emitido por CORPOICA y por tanto no esta autorizado pararealizar e! analisis de la leche desde el punta de vista de calidad hiqienica ycomposicional para la Iiquidaci6n del pago al proveedor de leche.Ensayo interlaboratorio. Es el procedimiento a traves de! cual CORPOICA comoel ente coordmador que habilita a la red de laboratorios, determina mediante el usode comparaciones interlaboratorios, el desempeFio individual de los laboratoriospara realizar ensayos especfficos 0 mediciones de analisis, para el sistema depago de la leehe cruda.Laboratorio acreditado. Corresponde al laboratorio que alcance Is acreditaci6nen la Norma NTC/ISO 17025 para la competenda tecnica en los analisis decalidad para el pago de leche cruda, ante e! Organismo Nacional de Acreditaci6nde Colombia - ONAC_NTC/ISO 17025. Es la norma a traves de la cua! se definen los requisitosgenerales en la gestJ6n de pruebas espeC!ficas para la competencia tecnica de loslaboratorios de ensayo y calibracion. La entidad encargada de acreditar elcumphmiento de esta norma es el Organismo Nacional de Acreditaci6n deColombia ~ONACOrganismo Nacional de Acreditacion de Colombia - ONAC. Es una corporacionde caracter privado, de naturaleza rnixta, sin animo de lucre, constituida mediantedocumento privado del 20 de noviembre de 2007, dentro de! marco de la Ley 489de 1998 y las normas sobre clencia y tecnoloqia; designado por el gobiernonacional a traves del Decreta 4738 de 2008 como el Organismo Nacional deAcreditaci6n de Colombia.Red nacional de Iaboratorios. Corresponde al conjunto de laboratorios a nivelnacional, facultados para prestar el servicio de analisis de calidad de leche.Registro general de laboratories. Constituye la base de datos de todos loslaboratorios independientes y propios de los agentes compradores de leche cruda,que estan inseritos, habilitados 0 inhabilitados

  • 5/17/2018 Resolucion_17_2012 Pago de Leche

    6/18

    RESOLUCION NUMERO S00017C ont inu acio n de la R es olu(io n: "P ar la cua l s e es tsb le ce e l sistem a de pa oo d e la L eche C ru da al P rov ee do r"

    TiTULO IISISTEMA DE PAGO DE LECHE CRUDA

    CAPITULO IMETODOLOGIA PARA EL PAGO DE LA LECHE CRUDA Al PROVEEDORArticulo 2. Metodologia para el pago por calidad. Para efectos del pago de laleche cruda al proveedor, se tendra en cuenta entre otros la valoraci6n que realieeellaboratorio de analisis en terminos de calidad composiclonal e higienica, A partirdel 1 de marzo de 2012, la calidad cornposicional se determina cuantifieando laeantidad de gramos de Solidos Totales, Proteina y Grasa eontenidos en un litro deleche cruda, estos seran liquidados de acuerdo a! valor de! gramo vigente, e! eua!S8 multiplica por la cantidad de gramos hallada. La calidad hiqienica, se rnedira enterminos de! nivel de unidades formadoras de colonia contenidos en un litre deleche. Las bonificaciones 0 descuentos S8 realizaran de acuerdo a los rangosestablecidos en la tabla de UFC que se encuentra en el anexo metodoloqico deesta Resoluci6n.Para realizar el pago de la !eche cruda al proveedor, se tendran en cuenta lasbonificaciones par calidad sanitaria que el agente comprador debe otorgar alproveedor de leche cuando los hatos se encuentren certificados como libres debrucelosis y /o tuberculosis, as! como par buenas practicas ganaderas. Una vezllquidadas las bonificaciones obliqatorias 0 descuentos sl da lugar, el agentecomprador puede sumar bonificaciones voluntarias de manera aut6noma sequn suenteric y finalmente si el agente comprador considera efectuar algun descuentopor transporte, debe aplicar la tabla que para tal efecto se encuentra en e! anexornetcdoloqico de esta Resoluci6n.La f6rmula para el pago de! litro de leche al proveedor, se detalla en el anexometodol6gico que hace parte integral de esta Resoluci6n.Articulo 3. Valor base del gra.mo (Solidcs Totales, Proteina y Grasa). EIsistema para la liquidacion del litre de leche al proveedor, toma como base unvalor en pesos ($) para el gramo de Proteina, Grasa y Solidos Totales, este valorfue calculado con base en los reglstros de la calidad composicional registradamensualmente desde enero de 2008 hasta noviembre de 2011 por parte de losagentes compradores de leche cruda, a la USP-MADR.Los valores de que trata el presente articulo seran actualizados anualme,nte apartir de marzo de 2013, de acuerdo a la variacion acumulada que arroje e! lndiceCompuesto del Sector l.acteo (lCSL). Los valores definidos del valor del gramocon los que empieza a operar el sistema a partir deli 0 de marzo de 2012 son lossiqulentes:

  • 5/17/2018 Resolucion_17_2012 Pago de Leche

    7/18

    RESOLUCJON NUMERO .. . : . : ; :.:/ " 1 0 ' 0 10 ' 1 1 7 '" .C ontinu aoo n d e la Resoluoon: "P er 1 3cu al s e estabtece el sistem a de pago de ta L ec he C ru ds a l P ro ve ed or "

    " '."\I~IQf{$}delgratn()., ""',.,.'.'"lten1 " ' , , -R~GI6N1 > " " . " " " , " , . < 2Proteina 18,27 16,48Grasa 6,09 5,49S6Jidos Totales 6,46 6,14----~---~--~--~~

    La rnetodoloqia utilizada para realizar el calculo del valor de! gramo de Proteina,Grasa y Solidos Totales se encuentra detallada en e! anexo rnetodoloqico de lapresente Resolucion.Articulo 4. Actualizaci6n del precio base del gramo ~ S6lidos Totales,Proteina y Grasa. Para la actualizacicn del precio base del gramo de S61idosTotaies, Proteina y Grasa, se aplicara la variacion anua: del lCSL (lndicecompuesto del Sector l.acteo).Este lndice es el resultado de cornbinar la evolucion del IPe l.acteo el indiee decanasta de insumos, el indice de evoluci6n de inventarios (Ieche en polvo, UHT yQuesos), e! indice de mercado externo y el Indice del precio mix que seencuentran definidos en el articulo primero de la presente Resoluclon.Para !a primera actua!izaci6n del valor del gramo de Proteina, Grasa y S61idosTotales, efectiva en el mes de marzo de 2013, se tamara como periodo dereferencia, la variacion acumulada de enero a dlciembre de 2012. Para los anossiguientes se realizara el misrno procedimiento tornando la variaci6n del anoinmediatamente anterior. EI detalle tecnico referente a la conceptualizacion yconstrucci6n del lndice Compuesto de) Sector l.acteo S8 encuentra en e) anexornetodol6gico de esta Resolucion.

    CAPiTULO IIDE LAS BONlFICAC10NES Y/O DESCUENTOS paR CONCEPTO DE LACAUDAD Y OTRAS DISPOSICIONES

    Articulo 5. Calidad Hiqienica. Los estandares de recuento total de bacterias 0Unidades Formadoras de Colonia (UFCfml) para cada una de las regiones son lossigulentes:

    Region 1 175.000 - 200.000Region 2 201.000 - 300.000L_ ~ ~ __ -~- -------~

    AI proveedor de !eche Ie seran reconocidas boniticaciones obliqatorias y /odescuentos derivados de los rang os de calidad hiqienica y uso de frio establecidospara cada una de las regienes, estes valores se liquidaran en pesos ($) deacuerdo con las tab!as y rangos definidos que se encuentran en el anexometodoloqico de la presente Resoluci6n.

  • 5/17/2018 Resolucion_17_2012 Pago de Leche

    8/18

    RESOLUCION NUMERO Hoja N, 8

    Cont.inu2cion de la Re so lu c io n : " P ar 1 2 cu al s e e st ab ie ce el sis tem a de pag o d e 12 Le the C ru da a l Proveedor"

    Los valores de bonificaci6n y/o descuento de las tablas de calidad high~nica seranajustados de acuerdo a! porcentaje de variaci6n del valor del gramo. Labonificacion obliqatoria par frio, se manrendra constante hasta que el Ministerio deAgricultura y Desarrollo Rural considere necesaric ajustarla.La bonificaci6n obl!gatoria par frio sera reconocida siernpre y cuando 58 utilicensistemas de enfriamiento que garanticen que 1 8 temperatura de ta leche crud a semantenga entre 0 y 6 grados centlgrados.los resultados de la calidad higienica (UFC), seran reportados a la USP-MADR,en el formato disenado para tal efecto y de acuerdo a los valores arrojados par etlector que utiliza e! laboratorio.Cada agente comprador de leche actualizara los resultados del analisls de caudadhiqieriica con el que !iquida el precio de la leche a! proveedor, 10anterior con baseen el promedio m6vil del resultado del analisis de la quincena objeto del pago y delas dos quincenas anteriores, para tal efecto debera realizer anaiisis quincenales.Articulo 6. Calidad Sanitaria EI estandar de calidad sanitaria exige lapresentacion del registro unico de vacunacion contra Fiebre Aftosa y Brucelosis.A! proveedor de leche Ie seran reconocidas bonificaciones obligatorias por ealidadsanitaria, para 10 cual se exige la presentacion del certificado expedido por e! leAcomo hato libre de Brucelosis y /o Tuberculosis 0 de ambas enfermedades, labonificaci6n par hato libre de una enfermedad correspande a $10 por litro y por lasdos enfermedades a $20 por litre. A partir del 10 de marzo de 2012, se estabteceuna bonificaci6n de $10 par litre de leche para hatos que presenten al agentecomprador el certificado en Buenas Practicas Ganaderas - BPG, expedido par e!ICA.Paraqrafo. Con la finalidad de promover la calidad sanitaria que trata el presentearticulo, los laboratorios que hagan parte de la red, deben encaminar sus accionespara lograr ampliar el espectro de sus anausis incorporando la medlci6n de celulassornaticas. El lv1inisterio de Agricultura y Desarrollo Rural establecera la fecha apartir de la cual este aspecto entra a formar parte del esquema de pago, para 1 0cual el ente Coordinador del Subsistema de laboratorios establecera los rangosestandar de medicion.Articulo 7. CaUdad composicional. Los resultados de la calidad composicional(Proteina, Grasa y S6lidas Totales), seran reportados a la USP-MADR, enterminos de fracciones de decima y a partir del 1 de marzo de 2012, de cantidadde gramos contenidos en un litro de leche, en el formato disenado para tal fin.Cada agente comprador de leche actualizara los resultados del analisis de caudadcon el que liquida el precio de la leche al proveedor, 1 0 anterior con base en e!promedio m6vil del resultado del anatisls de la quincena objeto del pago y de lasdos qulncenas anteriores; para tal efeeto debera realizar analisis quincenales.Todo agente aconomico comprador de leche cruda debora entregar a susproveedores copia de! formate unico de liquidacion de ieche.

  • 5/17/2018 Resolucion_17_2012 Pago de Leche

    9/18

    RESOLUCION NUMERO Hoja N, 9 , > : 0 / : : " "r-----------------------__.;._..t,:)C on tm ua cio n d e 1 3R es olu oo n: "P or la c :u al se e sta b~ ec :e el sis te ma d e p aq o d e la leche C ruda a l P r ov ee dor "

    Articulo 8. Bonificacionas voluntarias. E! agente econ6mico cornprador deleche cruda podra pagar al proveedor bonificaciones voluntarias de maneraaut6noma sequr SLl enteric.Articulo 9. Costos de transporte. Equivale a! descuento que reaJiza el agenteecan6mico comprador al proveedor de leche par cada litre, teniendo en cuenta eltlpo de vehiculo y e! rango de distancia planta - tinea - planta, de aeuerdo con Jatabla que se encuentra establecida en e! anexo metodol6gico de la presenteResolucion.EI incremento a los valores de la tabla de transporte se reatizaran con periodicidadanuaJ de acuerdo al IPe proyectado par e! Banco de la Republica, no obstanteesta puede ser modificada cuando e! Ministerio de Agricu!tura y Desarrollo Rural 1 0estime necesario.Articulo 10. Evolucion anual de la calidad estandar, La calidad hiqienicaestandar S8 ajustara anualmente 0 5e mantendra igual en cada una de lasregiones, de acuerdo al analisis que en tal sentido realice el Ministerio deAgricultura y Desarrollo Rural con el Concejo Nacional l.acteo.Articulo 11. Actualizaci6n de las variables del sistema de pago de lechecruda al proveedor. La actua!izaci6n se realizara de la siguiente manera:

    Anual

    [I. .- - - ', ~ F = C " " " " H - : - A - : : - D = . E = " - , , ' - , " ' " " ' " , ' , ~ " . , . . . . - ~ . ' " . . . , P - E ~ R ~ I O - D . . . . . . , O ~ . O -..B S " . . . , : ~ E ~ R - V - : - A " , , , . . . ,. , 9 - ' , O , . . . . .. , , ' , . . - . . . . - , . ' , , ~ . . r .' , ,. -- : , ,- , - ,. ,. ,~ . . } ~ t -M c -S - . " -" -' " , - ~.....ActUAL/ZAG/ON. . ..... ...

    Enero a diciembre del ana Valor ($) gramoI 1Ma~o anfuriocL~ ~.___'-- ~_"'_-........,_T_ra_n_sp_~~_te_"'_Paraqrafo. La actualizaci6n y publicaci6n de las variables del sistema de paga dela leche cruda al proveedor, conforme con los periodos observados, la realizara laUSP~MADR.

    TiTULO 111SUBS1STEMA DE EVALUACION, VERIFICACION Y ORDENAMIENTO DE LOSLABORATORIOS PARA EL ANAUS!S Y PAGO POR CAUDAD DE LECHE

    CAPITULO ICONSIDERACIONES GENERALESArticulo 12. Entidad Coordinadora del Subsistema. Para los efectos delpresente titulo, considerese a CORPOICA como entidad coardinadora de estesubsisterna.

  • 5/17/2018 Resolucion_17_2012 Pago de Leche

    10/18

    RESOLUCION NUMERO ~OOCl l , ~-'..: ..

    Con tin ua ti on d e la R e so lu tio n: "Par l a eU il l se es tab ieCe e l s is te ma d e p ag o d e la t.e ch e C ru da a l P ro ve ed or"

    Articulo 13. Obllqaclon de evaluar la calldad hiqienica y composicionaL Todoagente econ6mico comprador de leche cruda estara obligado a evaluar la calidadhigienica y composiclonal de !a leche de sus proveedores.Tal eva!uaci6n debera ser efectuada por un laboratorio cebloarnente habllitado parCORPOICA, como entidad coordinadora de este subsistema; este laboratoriopodra ser de propiedad de! agente economico cornprador 0 un laboratorioindependiente.Todo intennecliarlo esta obligado a realizar el anansis par calldad de leche cruda atraves de un iaboratonc habilitado.

    CAPITULO UEVALUACION DE LA COMPETENCIA TECNICA DE LOS LABORATORIOSArticulo 14. Evaluacion y habllltacicn para los anatisis de la calidadcompoalclonal e higienica de la leche cruda, Durante los primeros tres anos devigencia de esta Hesolucion, CORPOICA otorqara la condicion de laboratoriohabilitado, a aque!los laboratorios que obtengan un resultado conforme a 1 0establecido por e! manual de calidad de los ensayos inter!aboratorio que para talefecto adopte CORPO!CA.A partir del cuarto afic, adicional a la aprobacion de los ensayos interlaboratorio,CORPOICA requerira la presentacion de la acreditaci6n NTC/ISO 17025 enfocadaal proceso de analisis de la calidad de la !eche cruda, expedida par e! OrganismoNaclona! de Acreditacion para otorgar la conolclon de laboratorio habilitaoo.Articulo 15. Perdlda de la condlcion de lab oratorio habilitado. La peroida de lacondicicn de laboratorlo habilitado ocurrtra si el laboratorio no aprueba losoarametros establecidos en el manual de calidad del ensayo interiaboratorio. Estacondicion 5e mamenora hasta que e! laboratorio particips en el siguiente ensayointerlaboratorio programado y apruebe los parametros que para tal fin establezcael manual de canoad del ensayo lnterlaboratorio. A partir de febrero de 2015 taacreditaci6n en NTC/ISO 17025 sera un requisito para participar en los ensayosmtenaooratorio.La perdida de la condicion de !aboratorio habilltado en los terrninos anterioresirnpilca que el agente sconcmico, cuya evaluaci6n venia siendo efectua?a .par ellaboratorlo que haya perdido tal calidad, debe escoger una de (as sigulentesalternativas:

    1> Pagar al proveedor de leche cruda 81 precio pramedio nacional del ultimoreporte publicado par USP-MADR.2. D em ostra r la eva luacion de la cali d ad hig ien ica y o omp os icio na l d e la ieche, atraves de otro laboratorio habllitado.Paragrafo. El a ge nte e co n6m ic o debe in torrnar a COR~O!CA y a I? USP-MAD~,la alternativa escogida en un plazo no mayor a qumce (15) dla~. calendanocontados a partir de ta publicaci6n del ustado de laboratonos habilltad?s. y nohabilitados. A sus proveedores les debora informar a travos del formato uruco deuqurdac.on en un plazo no mayor a quince (15) dias calendario.

  • 5/17/2018 Resolucion_17_2012 Pago de Leche

    11/18

    2 ( j ; . . ." ,RESOLUCION NUMERO HojaNC.11

    .... , .. : :::.~, .~.

    r-- ....... ....__M ru~n _ I "_"~b _Con tin ua ci on d e ! i3R eso!ucion: "POt I ii ( 1 ,131e est;.,Uece el sistema de p0g0 d e la L ec he C ru ds 2 1 P ro ve ed or "

    Articulo 16. Sistema de Informacion. CORPOICA creara un sistema deinformacion para reauzar seguimiento a la condicion de habilltaci6n de lostaboratorlos que realizan 0 1 anahsls para 01paqo par calidad de !eche cruda.Paraqrato. Para efecto de curnplir con este articulo, CORPOICA llevara etRegistro general de taboratonos, el cual 8sM constltuido par la base de datos detodos los taboratorios independientes y propios de los agentes compradoros deleche cruda, que estan lnscritos. habilitados c no habilitados.Articulo 17. Ensayos lntertaboratorio. CORPOICA efectuara peri6dicamenteensayos interlaboratorio par media de las cuales otoroara, ratitlcara 0 nsqara lacondici6n de habilltado a los laboratorios de acuerdo a! manual de cali dad quediseFie para este fin.Articulo 18. Reallzacion Ensayos Interlaboratorio. CORPOICA estab'ecera enel manual de calidad el catendario para la raalizacion de los ensayosmterlabcratorio. as! como las condiciones y requisnos para partlcipar.E! valor de la partlcipacion para cada ensayo interlaboratorio correspondera a 1SMLMV y debera ser cancelado par el iaboratorio que requiera ta condici6n dehabititacion a CORPOICA. E! no pago de esta obl1gac16n lrnpncara la nopartlcipaci6n on el ensayo y por tanto ta obtenci6n de la condici6n de laboratoriono habiutado.Articulo 19.- Participaclon Laboratorios Nuevos Los taboratonos que S8 creenpara el anansts de calidad para el pago de leche cruda, con posteriorldad a laentrada en vigencia de la presente Resoluci6n, podran ingresar en las rondassubsiguientes, para 10 cua! deberan cuorlr los costos definidos en el articuloanterior.Articulo 20.- Medida transitoria para la reatizaclon del anatls!s de calidadpara el pago de leehe cruda, Para ta realizaci6n del analisis de calidad para elpago de leche cruda de que trata la presente Resolucion, los Iaboratorlos quedeseen lngresar al subsistema dsberan inscribirse ante CORPOICA, a partir del 1Qde febrero del 2012 y hasta el 15 de febrero de 2012, fecha de cierre demscripcion.CORPOICA publicara el 29 de febrero de 2012 la lista de los laboratories mscritos,los cuales qusdaran habilitados para la realizacion del analisis de caudad. Lahabltitacion de que trata el presente articulo, unicamente se aplicara hasta elmomento en que CORPOICA de a conocer los resultados de ta primers ronda deensayos interlaboratorio ypubhque la lista de !aboratorios nabititados.

    CAPITULO HIDE LA COORDINACION DE LOS LABORATORIOS PARA EL PAGO PORCA UDAD DE LA LECHE CRUDAArticulo 21, Objeto. La red de laboratorios tendra como objeto asegurar unaoferta de taboratorios que permlta a tooo agente comprador de leche cruda a nive!nacionat, reatizar los anausis de caudad para la uquidacion del pago de lechecruda al proveedor, en cumplimiento de los parametres establecidos en el nuevosistema de pago que establece ta presente Resolucion.

  • 5/17/2018 Resolucion_17_2012 Pago de Leche

    12/18

    RESOLUCION NUMERO. ;. . ."

    . ~. ' ";_ : ,". _ . ".

  • 5/17/2018 Resolucion_17_2012 Pago de Leche

    13/18

    RESOLUCtON NUMERO C Q O C : l - 1C on tin ua cio n d e la R es oiu cio n: "P er la c ua i s e e sta ble ;e e l s is te ma d e p ag o ell' la Ledle Cru rJa a l P roveedo, "

    Paraqrafo. Los agentes econorrucos compradores de leche cruda que, sequn losrequisites establecidos en esta Resotucion, no esUm cumpJiendo con el sistema depago de la leche cruda al proveedor, seran reportados par la USP-MADR, a laSuperintendencia de Industria y Comercia; y a CORPOICA en caso deincumplimiento de 1 0 dispuesto para [a evaluaci6n de la calidad hiqieruca ycomposiciona! de ia leche.Articulo 26. Sanciones al agente econ6mico comprador. La Superintendenciade Industria y Comercio dentro de sus funciones y competencias, adelantara lasinvestigaciones a los agentes econornicos compradores de leche cruda que nocumplan con !o dispuesto en la presente Resolucion, e irnpondra las sanciones aque haya lugar, de conformidad can 1 0 dispuesto en el Decreto 2876 de 1984 yenel Articu 1 0 16 del Decreto 863 de 1988.Articulo 27. Aplicacion. Para efectos de la liquidacion y pago per concepto decalidad cornposicional de la leche de 1 8 especie Bubalus bubalis (butalos), seradiscreciona! de los particulates y en tal sentido el valor par grarno de solidos,debera ser concertada entre los proveedores e industriales.Articulo 28. Vigencia, La presente Resoluci6n rige a partir de la fecha de supubhcacion y deroga todas las dlsposiciones que Ie sean contrarias,especialrnente la Reso!uci6n 012 de 2,007. Las disposiciones contenidas en losArticulos 3 y 4 de la presente Resolucion produciran efectos a partir de! 1" demarzo de 2012.

    PUBL1QUESE Y CUMPLASEDada en Bogota, D.C,

    \ \ M N v v w vMAURICIO\SANTAMARiA ~ALAMANCAMinistro de Agricultura y Desarro 1 0 Rural Ad - Hoc'j-, ____...-----...

    -~\...'~_))1-' ~lElabor6: GRodr'lguez y HTorres (/.Revise: Humberto Guzman Vergara,Revision Oficina Asesora Juridica 1(,,). . . ./ ,

  • 5/17/2018 Resolucion_17_2012 Pago de Leche

    14/18

    RESOLUCION NUMERO .. :., :, . :~~... .~.;

    C on lin ua cio n d e la R es olu cio n: "P ar la c ua l s e e st ab le ce e l s is te ma d e p aq o (le la L ec he C r ud a a l P ro ve ed or "

    ANEXO METODOLOGICO DEL iNDICE COMPUESTO DEL SECTORLAcTEO

    1. Calculo de! Precio del Gramo de Proteina, Grasa y Solidos TotalesPara cada una de las regiones definidas y con base en la informacion mensualreportada par los agentes economicos a la Unidad de Seguimiento de Precios deLeche del Minlsterio de Agricultura y Desarrollo Rural, en adelante USP - MADR,se toma e! periodo enero 2008 a noviembre 2011) se hal!an los promedios enterrninos de fracciones de decima para Proteina. Grasa y S61ldos Totales, estos S8ponderan utilizando como variable el volumen de leche mensual acopiado esteresultado S8 multiplica par 10 para Ilevario de fracciones de decirna a unidades y .luego se multiplica por la densidad de la leche que opera como constante en elejercicio. Para hallar la cantidad de gramos de cada item; finalmente S8 toma elprecio competitivo vlgente a diciernbre 2011 ($797) Y se divide par la cantidad degramos hallada. Para el item Proteina se toma el valor calculado de! grama degrasa y S8 multiplica par 3 dada la relacion 3 a 1 que esta estab!ecida al interiordel CNL para estes variables.La ilustracion del ejercicio es la siguiente:

    Dens/dad de la leche::: 1,032 glcm3Gramos de Grasa :::Promedio de Grasa * 10 * Densidad de la LecheGramos de Proteina :::Promedio de Proteins ..10" Densidad de la LecheGramos de Sotitios Totafes :::Promedio de Solidos TotaJes * 10 ..Densidad de ls Lecbe

    < PreociQ Competitivo VigenteVal or Gramo de Solidos Totales "'" G' d '-"1 1" '1'-.ramoll' ,~So ldog ot:! ~sPredo CompetitivQ Vigente-Valor Grarno cit> Grasa "" ----.,------=--------~--~---,,.--(Grames daGrasa - + - (Grames de Proteins * 3))

    Velar Grumo de Proteins =Valor Gramo de Grss *3Los valores finales calculados para determinar el precio ($) del gramo per regionson los siguientes:

    Cualquier consulta adicional referente a las calidades reportadas mensualmentepor los agentes compradores y los volurnenes de leche reportados, pueden serconsultadas en la paqina www.agronetgov.co

    http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/
  • 5/17/2018 Resolucion_17_2012 Pago de Leche

    15/18

    RESOLUCION NUMERO < - 0 0 0 0 1 . 7CQ r1 t~ ::lIa ci6 nd e 1 2 R es olu rio n: " Po r la c ua l s e e st ab le ce e l s is tema de paga de 1

  • 5/17/2018 Resolucion_17_2012 Pago de Leche

    16/18

    RESOLUCION NUMERO ..f'.. 0 " ' " 0 : ' : r .. ''.' '- ,~ l7..,~....~. , - i" ,G 'l :i UI O. .n o - ? rf Y. :: io (1':'?::~",d~'ojltimD a rk I,. f't" e cio m ix d t} a crw,umidiJ f f r (i~ l J i r imo M JOii: 1 ' ' " . . _ - - . , - _F'"rec ijJ mi.x(Jt):..;ccunuu\dorfmaL 01c imu i li !. J - he-cjo. :mi; ;_tki lndiusrd" , u ltirn n.an c ;Ire ~ECh~~ ;;._;,'~HJ~-A.,:)O~.-~--~ / .::--- ...............'~ . ~--:I Fresin rub: 'Jt)~con.'uluidc!t nnilulhm,,;Wo \I ii Ii .. ?c~e,-"Ur)", ~ad~n} ubmo a n " , i!L vD rC ".tJ .. . ... ..'1 ~s :r,~ ~ '.!"J XS U _) "!O ;;:::: . < -, v~~.,_.~,_ I1. ?reco mix 1 < . . 1 1 : ) : 1 cowru:minDr n n . ! i i l ultittto YJC jIiII LVi ' ! ' ."Y7Anc '"~E~;~E'~~~ :,;"';:-l",t:i6,, i\lU"'~ (it)0b-r:u' 03

    F~IC~'d~..:j.6n T o t a l D r ; ) Ulti . .~_3 Wi!1 i~~~.;:,~ ::'~~I::s!t:~~ :;c,~..;f .... ~_~: ..~ )~:~i-_~~, ~~..;.. ~ ; > : : : c . iO:;~;'"~'t:~'I;",~~1 ?~~.ff::-:::.~'t;:I :.~~Iv=;::,j F"L"':~ -"""""~-'/~-;_':.';-:;;;~~~:T;;~/(~"1 0 ="" _,-"., ,.,~~:'">"'.~-,_""L~__~~~ .r: f ' = ~ : : ' : ) ~ = ~ . ~ ' : : _ _ _ ~.~ ~~ ~~~~ ~~~ ~ ~ J'Ultimo aiia lli1ce reterencie 81 pericoo de eneto - r/ic'embre del ello inmediatamen/e ntenor eli do11 ctuel i: oci6n ,

    Las primeras variables que en terminos de participacion se deben calcular parae! lCSL corresponden a Inventario y Mercado externo, el resultado de la suma deestos dos porcentajes se Ie restara al 100% del ICSL, el porcentaje restante sedistribuira proporcionalmente en las variables Precio mix, !PC lacteo e lndice dela canasta de insumos ganadera de aeuerdo a los resultados de las formulasexpuestas en el cuadro anterior.El !CSL presentara variaci6n de forma mensual y anual, la variacion finalacumulada de! ana inmediatamente anterior, sera e! porcentaje a aplicar alprecio del grarno de proteina y grasa y /a s6!idos totales. La actualizacion de losvalores de las series de! sistema S8 realizara mensualmente teniendo en cuentalas fuentes nombradas en la definicion de variables en este anexo.Para hacer el seguimiento de manera independiente a cada una de las variablesy controlar variaciones atipicas de los indices que cornponen el ICSL, la USPdlseno una banda can limites superior e inferior (techo - piso), dicha banda tieneuna amplitud de dos desviaciones estandar, dejando una desviaci6n para ellimite superior y otra para el limite inferior, cada una de estas desviaclones secalculara para los doce meses anteriores al mes en que se aplicara la banda.De la misma forma se tendra una banda con lirnites superior e inferior para elindiee compuesto (ICSL), pero esta tendra una amplitud de cuatro desviacionesostandar, dos hacia el limite superior y dos hacia el limite inferior como 58muestra en la slguiente qrafica:

    http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/
  • 5/17/2018 Resolucion_17_2012 Pago de Leche

    17/18

    RESOLUCION NUMERO

    C on tin ua tion d e la R e,,o lu cion : "P ar la c ual s e es ta blece el s is te ma d e p ag o d e ta le ch e C ru da a l P ro ve ed or"

    l2~' ":...

    '.~ .:.

    ' to : .

    Si en alqun mes diferente al mes en e1que se define la variaci6n en este casodiciernbre, e! ICSt sobrepasa la banda en cualquier sentido (positive 0 neqativo)este se monitoreara esperando que se corrija de manera aut6noma de acuerdoal comportamiento del ICSL, Si este efecto ocurre en diciembre se tamara comovariaci6n para ese mes ellimite que fija la banda.3. Formula para liquidar el precio al proveedor

    Si 8 1 pago S8 realiza par concepto de Solidos Totales, se establece asl:

    Ppp = {eVgst x Qgst) + Eo + Bv ~ T)Donee:V : g s t : : : :Valor Gramo S6/idos ToteiesQ .9 : : : :Cantidad de Gramos contenidos en un litra de lecheBo ::::Bonifieae/ones Obligator/asBv ::::Bonificaciones VoluntariasT ::::TrensconePpp :::;:Precio Pagado a l Produetor por litro de lecheSi el pago S8 realiza por concepto de Proteina y Grasa, se estab!ece asi:

    Ppp = (Fgp x Qgp) + (V [j[J x Q1)9) + BD +8t'_ TOonde ..Vgp '" Valor Gramo ProteinsQ , g p : : : :Cantidad de Gramos de Prateina contenidos en un / i tro de lecheVgg =: Valor Gramo GrasaQgg ;;;::Cantidad de Gramos de Grasa contenidos en un litro de lecheEo :::;:Bonfficaeiones ObligatoriasBv :::;:Bonfficaeiones VoluntariasT ::::TransportePpp ;;;::Precio Pagado al Productor par titre de leche

    http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/
  • 5/17/2018 Resolucion_17_2012 Pago de Leche

    18/18

    RESOLUCfON NUMERO1."1;

    Hoja N. 18 > 1 , ' ( ) / : " : - ( i

    Co nt in ua cio n d e la Resoluci6n:"Por la cual se estabtece e ! s is te m a d e pago de la L ec he C ru d a al Proveedor"

    4. Tabla UFC 2012 regiones 1 y 2'-~--~a de bonifiC~6castigo parapagoporcaiidad----

    Region 1 "Calidad Higie-nicar-~--'------~'--l-ESCAL;\E PAGO ..RANGO RECUENTO TOTAL DE ESCAU\ DE PAGO FRIO_. +-__= - B A c . . : . . : : : . _ C T E R I A S

    - UFGlm: I 'Sil..itfO $fLitror - : O ~ s : o c ~ o - - - - r - - - 7 4 1 - '5 - _ - _: 25,001 - 50,000 63 15i 50,001 -100,OGO 50 15r~1OO})il1=15c)iOo--I-----~3$"- "---10----~-i 150,001 - 17S,()OO I ---24- 10--, .,--'__,--------- -" .------~~--l~,:~-2--"!---:~-:,O~J--"_.~ __ ---~,--- ..-O~----,-~t - - - - 200.001 - 300,000 I : : . :2__. ,~ o '" ~" 300,001 - 40:],000 _, :3.4_ -___ _ _

    400,001 . 500,000-38 0.,----500.001 - 6ll0,000 -50 o600,O()1 a mas II

    Tabla de bonlftcacton 6 casttqo para pago par catldad

    5. Tabla de TransporteI _ " Tabla de Descuento por Transport~, , "r COSTQiUTRO RUTAL___ PESOS ($ ) / LlTRO/RANGO _QI~:_ I~!-IS . _ "-;--I RANGO f : : - : : - : : : : : : : - l CAMIONI CAM ION I CAMION 1 CAMION\

    RUTA l ~~~:I~GRANDE 1GRANDE I PEQUENO PEQUENOKMS. ! CAMION TANQUE i CANTINAS l TANQUE CANTINAS

    ~--------"--------.-Nota 2 ; Esta to hla apnea para las. reglones 1 y 2

    http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/http://www.agronetgov.co/