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DOSIER ESPECIAL CONSEJO INTERTERRITORIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO EN TOLEDO ACTA DE LA COMISIÓN DELEGADA DEL CI QUE SE CELEBRÓ EL 12 DE DICIEMBRE EN EL MINISTERIO LUNES DÍA 09 DE JUNIO DE 2014

Punto 1-Borrador ACTA 42 Comision Delegada dic 2014 13comunicacion.fenin.es/prensa/a1889_09-06dosACTA.pdf · 2014-06-09 · CONSEJO INTERTERRITORIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO EN TOLEDO

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DOSIER ESPECIAL

CONSEJO INTERTERRITORIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO EN TOLEDO

ACTA DE LA COMISIÓN DELEGADA DEL CI QUE SE CELEBRÓ EL 12 DE DICIEMBRE EN EL MINISTERIO

LUNES DÍA 09 DE JUNIO DE 2014

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BORRADOR

COMISIÓN DELEGADA DEL CISNS

ACTA Nº 42 ASISTENTES: Por la Administración General del Estado: - Dª Pilar Farjas Abadía, Secretaria General

de Sanidad y Consumo. Presidenta.

- Dª María Mercedes Vinuesa Sebastián,

Directora General de Salud Pública, Calidad e Innovación. Secretaria.

Por las Comunidades Autónomas: - Ilma. Sra. Dª Patricia Navarro Jiménez-

Asenjo. Secretaria General. Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Vicepresidenta.

- Ilmo. Sr. D. Guillermo Viñegra García, Viceconsejero de Sanidad. Consejería de Salud. Comunidad Autónoma del País Vasco.

- Sr. D. Miquel Argenter Giralt, Director

del Area de Recursos Económicos. Servicio Catalán de la Salud. Comunidad Autónoma de Cataluña.

- Ilmo. Sr. D. Antonio Fernández-Campa García-Bernardo, Secretario General Técnico. Consejería de Sanidad. Comunidad Autónoma de Galicia.

- Ilmo. Sr. D. Aquilino Alonso Miranda,

Viceconsejero de Igualdad y Políticas Sociales. Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales. Comunidad Autónoma de Andalucía.

En Madrid, siendo las 16:10 horas del día

12 de diciembre de 2013, se reúnen en la Sala Internacional, 1ª planta del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo la presidencia de la Secretaria General de Sanidad y Consumo, Señora doña Pilar Farjas Abadía, los miembros que integran la Comisión Delegada del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) que al margen se relacionan, previamente convocados al efecto, para tratar el Orden del Día que luego se dirá.

Asimismo, asisten a la reunión, D. Agustín

Rivero Cuadrado, Director General de Cartera Básica de Servicios del SNS y Farmacia, D. José Javier Castrodeza Sanz, Director General de Ordenación Profesional, D. Francisco Javier Muñoz Aizpuru, Secretario General de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y D. César Hernández García, Jefe del Departamento de Medicamentos de Uso Humano de la misma Agencia, Dª Sonia García de San José, Subdirectora General de Calidad y Cohesión y D. José Melquiades Ruiz Olano, Consejero Técnico de la Subdirección General de Calidad y Cohesión, Dª Concepción Grau Olivé, Vocal Asesora del Gabinete de la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y Dª Isabel Sánchez García, Jefa del Gabinete Técnico de la Secretaría General de Sanidad. Por la Secretaría del CISNS, Dª Ana Quiralte Paredes, Jefa de Servicio.

Tras dar la bienvenida a todos, y en

especial a los representantes que asisten por primera vez a esta Comisión, la Presidenta da paso a tratar el Orden del Día con el que se ha convocado la reunión.

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Borrador Acta 42. Comisión Delegada 12-12-2013

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- Sr. D. Tácito Virgilio Suárez González. Responsable del Gabinete del Consejero de Sanidad. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

- Ilmo. Sr. D. Carlos León Rodríguez,

Director Gerente del Servicio Cántabro de Salud. Consejería de Sanidad y Servicios Sociales. Comunidad Autónoma de Cantabria.

- Ilmo. Sr. D. José Mª Corcuera Briones, Secretario general Técnico. Consejería de Salud y Servicios Sociales. Comunidad Autónoma de La Rioja.

- Ilmo. Sr. D. Martín Quiñonero Sánchez,

Secretario General. Consejería de Sanidad y Política Social. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

- Ilmo. Sr. D. Manuel Escolano Puig,

Secretario Autonómico de la Agencia Valenciana de la Salud. Consejería de Sanidad. Comunidad Valenciana.

- Ilmo. Sr. D. Antonio Villacampa Duque,

Director General de Planificación y Aseguramiento. Consejería de Sanidad, Bienestar Social y Familia. Comunidad Autónoma de Aragón.

- Ilma. Sra. Dª Juana Mª Reyes Melián,

Directora del Servicio Canario de Salud. Comunidad Autónoma de Canarias.

- Ilma. Sra. Dª Cristina Ibarrola Guillén,

Directora General de Salud. Consejería de Salud. Comunidad Foral de Navarra.

- Ilmo. Sr. D. José Manuel Granado

García, Director General de Planificación, Calidad y Consumo. Consejería de Salud y Política Social. Comunidad Autónoma de Extremadura.

1. APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA NÚMERO 41, CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 16 DE JULIO DE 2013.

La Presidenta somete a la aprobación de la

Comisión Delegada el Acta número 41, correspondiente a la reunión celebrada en Madrid, el día 16 de Julio de 2013, enviada previamente a todos sus miembros.

No existiendo observaciones, queda

aprobada el Acta número 41 de la Comisión Delegada del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, correspondiente a la reunión celebrada el día 16 de Julio de 2013.

2. DESIGNACIÓN DE DOS VOCALES, EN

REPRESENTACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS EN LA COMISIÓN INTERMINISTERIAL DE PRECIOS DE LOS MEDICAMENTOS.

La Presidenta presenta la propuesta de

designación, agradeciendo el excelente trabajo desarrollado por esta Comisión Interministerial (CIPM). De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Primera del RD 200/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, que establece la nueva composición de la CIPM, se propone designar como miembros de la misma, por un periodo de seis meses, a D. Antonio Peinado Álvarez, en representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía y a D. José Luis Sánchez Chorro, en representación de la Comunidad Autónoma de las Extremadura. Asimismo, se designan como observadores en dicha Comisión, a Dª Ana Lozano Blázquez, en representación del Principado de Asturias y a Dª. Isabel Ansa Erice, en representación de la Comunidad Foral de Navarra.

Sin otras intervenciones, la Comisión

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- Sr. D. Miguel Tomás Gelabert, Director General del Servicio de Salud de las Illes Balears. Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

- Ilma. Sra. Dª Mª Belén Prado Sanjurjo,

Viceconsejera de Ordenación Sanitaria e Infraestructuras. Consejería de Sanidad. Comunidad de Madrid.

- Ilmo. Sr. D. Eduardo Enrique García

Prieto, Director Gerente de la Gerencia Regional de Salud. Consejería de Sanidad. Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Delegada del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, acuerda proponer al Pleno del Consejo el nombramiento, por un periodo de seis meses, como miembros de la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos, de D. Antonio Peinado Álvarez, en representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía y de D. José Luis Sánchez Chorro en representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como la designación, como observadores en dicha Comisión Interministerial, de Dª Ana Lozano Blázquez, en representación de la Comunidad Autónoma de Principado de Asturias y de Dª. Isabel Ansa Erice, en representación de la Comunidad Foral de Navarra.

3. PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL RE GISTRO ESTATAL DE PROFESIONALES SANITARIOS. Presenta el proyecto el Director General de Ordenación Profesional refiriéndose a la

creación del registro estatal de profesionales sanitarios por la disposición adicional décima de la ley 16/2003 de 28 de mayo de Cohesión y Calidad del SNS (introducida por el RD- Ley 16/2012 de 20 de abril), cuyas dos finalidades fundamentales son la de facilitar la adecuada planificación de profesionales sanitarios del Estado, y coordinar la política de recursos humanos en el ámbito del SNS. Añade que para la puesta en marcha de este registro es necesario regular de forma más concreta su organización y funcionamiento, páralo que se ha elaborado el proyecto de Real Decreto que se presenta hoy, y que ha sido sometido al trámite de audiencia habiéndose recibido diversos informes de alegaciones de distintos organismos, organizaciones, y Comunidades Autónomas, que han sido incorporadas parcialmente al texto.

Concluye informando que el proyecto fue tratado en la Comisión Técnica Delegada de

Recursos Humanos y en el Pleno de la Comisión de Recursos Humanos del SNS, donde fue informado favorablemente, estando prevista su próxima aprobación en el Consejo de Ministros.

El representante de la Comunidad Autónoma de Cataluña sugiere una modificación en el

artículo 9 del proyecto para facilitar que sea la Comunidad Autónoma la que traslade esta información al registro del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, para no duplicar la petición de información a colegios profesionales y otras entidades.

La Presidenta considera que siempre que se salve la responsabilidad que determina el

proyecto, cada Comunidad tiene la libertad de adaptarlo a su sistema operativo interno.

Sin otras intervenciones, la Comisión Delegada del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud se da por informada del Proyecto de Real Decreto por el que se regula el registro estatal de profesionales sanitarios y acuerda elevarlo, para su informe, al Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

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4. PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL SI STEMA DE PRECIOS DE REFERENCIA Y AGRUPACIONES HOMOGÉNEAS DE MEDICAMENTOS EN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD.

El Director General de Cartera de Básica de Servicios del SNS y Farmacia expone el

objeto y finalidad del proyecto de Real de Decreto por el que se regula el sistema de precios de referencia de los medicamentos, que abarca también el sistema de agrupaciones de medicamentos, sus precios menores y los sistemas de información en materia de financiación y precio de los medicamentos y productos sanitarios del SNS.

Informa que el proyecto inició su tramitación en septiembre de 2003, y que ya ha finalizado

el período de alegaciones, por lo que se remitirá en breve al Consejo de Estado. Una vez sea aprobado el texto se iniciará la tramitación de la orden ministerial que permitirá su aplicación.

La representante de la Comunidad autónoma de Canarias, muestra su preocupación por los

plazos de aplicación de esta norma y los riesgos de desabastecimiento de fármacos en territorio insular.

El representante de la Comunidad Autónoma de Asturias comenta que su Comunidad

presentó alegaciones en los artículos 6, 7 y 14 del proyecto que al parecer no han sido contempladas y solicita que sean revisadas para su toma en consideración.

La representante de la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha, que también

presentó alegaciones al texto, expresa su inquietud por conocer el impacto económico que tiene el establecimiento del sistema de precios de referencia que prevé este Real Decreto, puesto que tiene una incidencia directa sobre el gasto farmacéutico presupuestado y en la memoria económica no aparece cual es, ni siquiera aproximado.

El representante de la Comunidad Autónoma de Castilla León destaca alguna de las

alegaciones presentadas por su Comunidad, que se refieren, posiblemente a la Orden de desarrollo del Real Decreto, y la representante de la Comunidad de Madrid hacer constar que de entre las alegaciones enviadas por su Comunidad, son esenciales las que se refieren a los artículos 4, 6, 7 y 8del texto del proyecto.

La Presidenta toma nota de todas las observaciones efectuadas, y quiere dejar constancia

de que todas las alegaciones presentadas han sido estudiadas, y en gran medida, han sido tomadas en consideración, como expresamente lo ha sido el establecimiento de unos plazos de aplicación para la garantía de abastecimiento en el mercado. A este respecto le interesa aclarar que el texto actualmente en marcha y pendiente del dictamen del Consejo de Estado, recoge ya muchas de las cuestiones planteadas, y una redacción más pulida que evitará cualquier mala interpretación sobre cuestiones como el suelo de mínimos de precios, el tema de los plazos al que ya se ha referido, y el establecer una automatismo en la bajada, así como definir en qué casos el automatismo no se aplica directamente sino que la revisión se efectúa a través de la Comisión I. de Precios de los medicamentos.

Finalmente se refiere a la cuestión planteada sobre el impacto económico de esta medida,

que se recogerá en la Orden de desarrollo de este proyecto de Real Decreto, en la que ya se está

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trabajando, y que se prevé publicar en el plazo de un mes desde la publicación del Real Decreto.

Seguidamente, la Comisión Delegada del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional

de Salud se da por informada del Proyecto de Real Decreto por el que se regula el sistema de precios de referencia y agrupaciones homogéneas de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud, y Acuerda elevarlo, para su informe, al Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

5. PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LOS PRODUCTOS COSMÉTICOS.

La Presidenta aclara el contexto en el que se desarrolla el presente proyecto de Real

Decreto sobre productos cosméticos, que ya fue presentado al Consejo Interterritorial el pasado año, y que debido a algunos condicionantes de legalidad, parte de su contenido fue incorporado en la ley 10/2013 por la que se adecuaba toda la normativa de fármaco vigilancia. Paralelamente han surgido algunos aspectos, como la búsqueda de reducción de cargas administrativas, sustituyendo el proceso de autorización por el de comunicación previa, y por ello se presenta ahora este nuevo proyecto de regulación de los productos cosméticos.

El Secretario General. Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

expone con más detalle el contenido del proyecto, cuyo objetivo fundamental es adaptar la reglamentación de cosméticos al nuevo Reglamento de la UE. En cuanto a su calendario de tramitación, tras su sometimiento a los distintos trámites de audiencia e información, se prevé su implantación efectiva en el primer trimestre del año 2014.

El representante de la Comunidad Autónoma de Extremadura pregunta si esta nueva

regulación tendrá algún impacto en el tema presupuestario autonómico, en las políticas de control de mercado.

La representante de la Comunidad Autónoma de Canarias cree que deberían quedar bien

definidas en el texto del proyecto de Real Decreto los ámbitos de actuación y competencias del propio Ministerio a través de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y las Comunidades Autónomas, independientemente de que efectivamente haya que aunar esfuerzos y coordinarse.

El Secretario General de la Agencia Española de Medicamentos y Productos

Sanitarios informa que de los estudios realizados se desprende que la nueva regulación producirá un ahorro, si bien se establece un sistema con participación, por una parte autonómica, de los sectores implicados y de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, en un sistema español de cosmeto- vigilancia, aunque cree que con la propia capacidad inspectora de las Comunidades Autónomas se podrá asumir esta actividad.

La Presidenta añade que las redes de alertan ya existen, tanto de salud pública como de

farmacia y de consumo, y que la cosmeto-vigilancia viene impuesta por la normativa europea. También puntualiza que el proyecto de Real Decreto no define competencias, sino

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responsabilidades, y que confía en que, con las aportaciones de todos, se establecerá la fórmula que mejor resuelva el mecanismo desde la eficacia y la coordinación.

Sin otras intervenciones, la Comisión Delegada del Consejo Interterritorial del Sistema

Nacional de Salud se da por informada del proyecto de Real Decreto por el que se regulan los productos cosméticos, y acuerda elevarlo, para su informe, al Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

6. PROYECTO DE REAL DECRETO DE ESTRUCTURA Y CONTENIDOS BÁSICOS DEL REGISTRO DE ACTIVIDAD DE ATENCIÓN ESPEC IALIZADA.

La Presidenta explica que este proyecto de Real Decreto no ha iniciado la fase de

exposición pública y por tanto será remitido en su momento a todas las Comunidades autónomas para la formulación de alegaciones.

La Directora General de Salud Pública, Calidad e Innovación toma la palabra para

presentar el proyecto de Real Decreto, cuyo único antecedente normativo respecto a información sobre recursos, actividad y gasto de los hospitales, es el RD 1360/1976, de creación del libro de registro de enfermos de establecimientos con régimen de internado. Continua informando que, a su vez, la demanda y morbilidad atendida en los hospitales y los costes por GDR datan del CMBD, aprobado en 1987 por el Consejo Interterritorial, esquemas ambos, que hoy en día se muestran insuficientes para cubrir las necesidades actuales de información. Por ello, el objetivo del proyecto es el de actualizar el ámbito, contenidos y alcance de la estadísticas de actividad en Atención Especializada, en función de las características actuales de este nivel asistencial, y permitir explotaciones de datos que se ajusten a las necesidades de evaluar las políticas sanitarias. Su contenido regula y define los contenidos del registro: hospitalización, hospital de día, cirugía ambulatoria, hospitalización a domicilio, urgencias y consultas, y establece el modelo de datos y normativa básica de codificación de los conjuntos mínimos básicos de datos – CMBD – para dichas modalidades.

El representante de la Comunidad Autónoma de Cataluña, que se muestra de acuerdo con

el proyecto y con la actualización del sistema, considera necesario establecer un plazo suficiente de adaptación para cambiar la clasificación y adaptarse al nuevo sistema, no solo para la administración sino para los centros, y para asumir el impacto económico que esta medida supone.

El representante de la Comunidad Autónoma de Cantabria pregunta sobre el plazo de

implantación efectiva de este nuevo sistema, que se había fijado en enero del año 2016, y que ahora se prevé en 18 meses desde la publicación de la norma.

La Directora General de Salud Pública, Calidad e Innovación comenta que será

establecido a la vista de lo que determine el órgano de trabajo que lo está desarrollando, en este caso, la Subcomisión de Sistemas de Información del CISNS.

Sin que se produzcan más intervenciones, la Comisión Delegada del Consejo

Interterritorial del Sistema Nacional de Salud se da por informada del Proyecto de Real decreto de estructura y contenidos básicos del registro de actividad de atención

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especializada, y acuerda elevarlo al Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

7. PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE CONCRETA Y ACTUALIZ A LA CARTERA COMÚN BÁSICA DE SERVICIOS ASISTENCIALES DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD.

El Director General de Cartera de Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud

y Farmacia presenta este proyecto de Orden, cuyo antecedente se fija en febrero de 2012, fecha en que el Consejo Interterritorial creó un Grupo de trabajo de desarrollo de la cartera básica de servicios del SNS, cuyo objetivo era revisar la cartera de servicios comunes para identificar y priorizar las prestaciones y clarificar o concretar su contenido. Este Grupo de trabajo detectó una serie de temas que consideraban necesario estudiar con dicho fin y priorizó, entre otros, las actividades para detectar las enfermedades en fase presintomática mediante cribado, la genética y la reproducción humana asistida (RHA). El grupo está integrado por personal del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de las Comunidades Autónomas, de las sociedades científicas y de la Red Española de Agencias de la Tecnología, y sus propuestas fueron elevadas por la Comisión de Prestaciones, Aseguramiento y Financiación al Consejo Interterritorial del 20 de diciembre del 2012 y 23 de julio de 2013. Todas estas propuestas se han incorporado a este proyecto de Orden que hoy se presenta, en genética, reproducción humana asistida, y el cribado neonatal, el cribado de cáncer de mama, colorrectal y el de cérvix.

Finaliza informando que en este momento el proyecto de Orden está en trámite de

audiencia y también se sigue trabajando en otros ámbitos del desarrollo de la cartera, sobre todo en el tema de los implantes, prótesis, marcapasos, etc.

Abierto el turno de intervenciones, el representante de la Comunidad Autónoma de

Asturias quiere confirmar la posición de esa Comunidad en el abordaje de la RHA, tema sobre el que no comparte el contenido del texto, y solicita dos aclaraciones, una en esa materia, sobre el término empleado de personas -que ha sustituido al de parejas-, y en el ámbito de los cribados, solicita aclarar la situación respecto a lo que habían entendido como acuerdo al respecto , y es que este tipo de cribados se harían en función de coste/eficiencia.

El represéntame de la Comunidad Autónoma de Cataluña manifiesta una opinión muy

similar a la de Asturias sobre el tema de las mujeres y su derecho a la RHA en el SNS, y plantea una prestación de RHA para todas las mujeres sin distinción, y como hecho puntual, cuando se refiere al inicio del estudio, propone que se haga referencia en el texto de la Orden a los 40 años como edad de inicio del estudio, para que no se traslade a las mujeres el tiempo de demora que puedan tener los servicios de salud.

El represéntame de la Comunidad Valenciana apunta la posibilidad de que, dentro de la

capacidad de designación que tiene el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, se tenga en consideración la participación de las Comunidades Autónomas en el comité asesor de genética, y muestra su especial interés en todo el desarrollo que va a tener en los próximos años la aportación de la genética a la asistencia sanitaria.

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El representante de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares felicita al Ministerio por esta Orden de actualización de la cartera de servicios, y solicita un periodo más amplio de adaptación de los programas poblacionales de cribado neonatal- que se fija en 9 meses,- por la especial circunstancia de insularidad de su Comunidad.

La represéntame de la Comunidad Autónoma de Canarias solicita al igual que Baleares, la

ampliación del tiempo de organización y adaptación de los programas poblacionales de cribado neonatal.

El representante de la Comunidad Autónoma de Castilla León se suma a esta petición de

ampliación del periodo de adaptación para poner en marcha el cribado neonatal, y al igual que Asturias solicita una aclaración sobre la implementación de este programa de cribados.

El representante de la Comunidad Autónoma de Extremadura felicita igualmente al

Ministerio por estos trabajos de redefinición de la cartera de servicios, que van poco a poco diseñándola, en una tarea difícil de homogeneizar y ordenar pero que tiene claras ventajas. Respecto al tema del cribado neonatal, informa que al contario de algunas de las opiniones expresadas, en Extremadura en este momento ya disponen de 32 patologías que están perfectamente definidas con sus respectivos test.

El representante de la Comunidad Autónoma de Cantabria se suma a la petición de

Castilla y León y de Asturias en relación a la aclaración de la puesta en marcha de los programas de cribado, pues entendían que teniendo tres cribados ahora mismo en marcha, para llegar hasta los 7, se haría, bien a través del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, o bien estableciendo contactos con otras Comunidades Autónomas.

La Presidenta aclara respecto al cribado neonatal, que la Orden plantea la aprobación de

siete patologías, que son las que cuentan con evidencia científica de beneficio para los niños y hay tres en evaluación. Respecto a la RHA afirma que se ha matizado el texto de la orden, para clarificar que los servicios van dirigidos a personas individualizadas, y garantiza esa prestación a todas las mujeres, sin exclusión, que tengan un problema de infertilidad.

El Director General de Cartera de Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud

y Farmacia añade a lo anterior que el texto de la Orden es el resultado del informe que han hacho los técnicos, que establecen con claridad el fin terapéutico o preventivo de esa prestación. En relación al tema de los cribados, si hay varias Comunidades Autónomas que lo solicitan podría alargarse algo el tiempo, pero el acuerdo al que los técnicos llegaron fue sobre las siete patologías que se han incluido y que serían comunes para todas.

Sin más intervenciones, la Comisión Delegada del Consejo Interterritorial del Sistema

Nacional de Salud se da por informada del proyecto de Orden por la que se concreta y actualiza la cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud, y acuerda elevarla al Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

8. PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO V II DEL REAL DECRETO 1030/2006, DE 15 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE LA CARTERA DE SERVICIOS COMUNES DEL SISTE MA

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NACIONAL DE SALUD Y LOS ANEXOS I, II Y III DEL REAL DECRETO 1205/2010, DE 24 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE FIJAN LAS BASES PARA LA INCLUSIÓN DE LOS ALIMENTOS DIETÉTICOS PARA USOS MÉDICOS ESPECIALES EN LA PRESTACIÓN CON PRODUCTOS DIETÉTICO S DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y SUS IMPORTES MÁXIMOS DE FINANCIACIÓN.

Continúa con la exposición de este punto el Director General de Cartera de Básica de

Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, que explica que este proyecto plantea una modificación del Anexo VII del RD 1030/2006, que incorpora a la cartera las dietas cetogénicas para personas adultas con epilepsia grave, que antes ya estaba en niños, y se introduce contra el trastorno metabólico de la lisina, el uso de módulos de L- citrulina , y también a un nuevo subtipo de productos como los módulos de almidón para el tratamiento de algunas formas graves de glucogenosis. Asimismo modifica alguna descripción de algunos tipos de producto, como es el caso de algunas personas que requieren nutrición enteral domiciliaria, permitiendo la introducción de bases multisabores que pueden favorecer un mayor cumplimiento del tratamiento por parte de los pacientes.

Sin que se produzcan otras aportaciones, la Comisión Delegada del Consejo

Interterritorial del Sistema Nacional de Salud se da por informada del Proyecto de Orden por la que se modifica el anexo VII del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del SNS y los anexos I, II Y III del Real Decreto 1205/2010, de 24 de septiembre, por el que se fijan las bases para la inclusión de los alimentos dietéticos para usos médicos especiales en la prestación con productos dietéticos del SNS y sus importes máximos de financiación, y acuerda elevarla al Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

9. PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE DETERMINAN LOS CRIT ERIOS MÍNIMOS Y EL PROCEDIMIENTO PARA LA COMUNICACIÓN DE LA INTENCIÓN DE ADECUAR LOS MEDICAMENTOS HOMEOPÁTICOS COMERCIALIZADOS AL AMPARO DE LA DISPOSICIÓN TRANSIT ORIA SEGUNDA DEL REAL DECRETO 2208/1994, DE 16 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS MEDICAMENTOS HOMEOPÁTICOS DE USO HUMANO DE FABRICACIÓN INDUSTRIAL, AL REAL DECRETO 1 345/2007, DE 11 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN, REGISTRO Y CONDICIONES DE DISPENSACIÓ N DE LOS MEDICAMENTOS DE USO HUMANO FABRICADOS INDUSTRIALMEN TE.

La Presidenta introduce el tema que ocupa este punto, los medicamentos homeopáticos,

que a través de este proyecto de Orden se propone ahora un proceso de ordenación del mercado, para lo que cede la palabra al representante de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.(AEMPS)

El Jefe del Departamento de Medicamentos de Uso Humano de la AEMPS explica

brevemente el contenido y finalidad del proyecto de Orden, que pretende aumentar las garantías de calidad e información para profesionales, pacientes y usuarios, y la actualización de los medicamentos homeopáticos de uso humano, mejorando su control y poniendo fin a un

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situación transitoria de comercialización en la que se encontraban desde la entrada en vigor del RD 1345/2007, y la derogación del RD 2208/1994. Asimismo, se persigue aplicar la directiva 2001/83 del Parlamento y del Consejo, que rige el ámbito de los medicamentos.

El mecanismo que se propone en la Orden es el de que los titulares de estos medicamentos

homeopáticos tienen que comunicar sus solicitudes, según unos criterios que se establecen, abriéndose una base de datos, que se mantendrá abierta durante 3 meses. Después, habrá medicamentos que no se notifiquen, y quedarán fuera automáticamente, y aquellos que sí se notifiquen que entrarán en el procedimiento de evaluación. Si la evaluación es negativa, quedarán igualmente fuera del mercado. Añade que se espera que sean muy pocos los medicamentos que se presenten con indicación terapéutica, - menos del 10%- y éstos tendrán que demostrar eficacia en los mismos términos que el resto de los medicamentos. Por el contrario, la inmensa mayoría de ellos entiende que se van a presentar sin indicación terapéutica, y en cualquier caso, los dos llevarán la información detallada sobre que son medicamentos de naturaleza homeopática, de forma que el usuario no pueda llamarse a engaño.

La Presidenta comenta que esta norma es sintética y fija muy exactamente cuál es el

proceso que hace años debía haberse abordado para adecuar estos medicamentos a la normativa europea, y anima a todos a presentar sus alegaciones y observaciones al texto.

Sin otras intervenciones, la Comisión Delegada del Consejo Interterritorial del

Sistema Nacional de Salud se da por informada del proyecto de Orden por la que se determinan los criterios mínimos y el procedimiento para la comunicación de la intención de adecuar los medicamentos homeopáticos comercializados al amparo de la disposición transitoria segunda del RD 2208/1994, de 16 de noviembre, por el que se regulan los medicamentos homeopáticos de uso humano de fabricación industrial, al RD 1345/2007, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente“ y acuerda elevarla al Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

10. PROYECTOS DE RESOLUCIÓN POR LAS QUE SE ESTABLECE LA CLASIFICACIÓN DE ÓRTESIS Y DE ORTOPRÓTESIS ESPECIAL ES PARA EL REGISTRO INFORMATIZADO DE COMUNICACIONES DE PRODUCT OS ORTOPROTÉSICOS AL SISTEMA NACIONAL DE SALUD

El Director General de Cartera de Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud

y Farmacia recuerda que, ya fue presentada la Orden de registros de informatización para que las empresas pudieran introducir sus datos, y conocer el catálogo de productos sanitarios reales, y a partir de ahí, poder desarrollar la cartera de servicios que financiaría el sistema. En este momento se presentan las Resoluciones correspondientes a las órtesis y prótesis especiales.

La Presidenta añade que el campo de los productos sanitarios es otro de los sectores que

se está ordenando, para su registro, clasificación y fijación de los precios máximos de financiación, tras lo que agradece el esfuerzo técnico que se está realizando, cuyos resultados se verán en los próximos meses.

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Seguidamente la Comisión Delegada del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud toma conocimiento de los proyectos de Resolución por las que se establece la clasificación de órtesis y de ortoprótesis especiales para el registro informatizado de comunicaciones de productos ortoprotésicos al SNS y acuerda elevarlos al Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

11. PRESENTACIÓN DEL LIBRO BLANCO DE LAS PROFESIONES SA NITARIAS.

La Presidenta explica que no se ha aportado documentación en este punto, ya que ese está a la espera de que, en los próximos días, se haga entrega a la Ministra del documento final del Libro blanco de las profesionales sanitarias por parte de la Universidad Juan Carlos I y el Consejo Asesor de Sanidad, que presentará al Pleno del Consejo Interterritorial.

Sin otras intervenciones, la Comisión Delegada del Consejo Interterritorial del Sistema

Nacional de Salud toma conocimiento del Libro blanco de las profesiones sanitarias y acuerda elevarlo al Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

12. INFORME DE SITUACIÓN DEL DESARROLLO NORMATIVO DE CA RTERA

DE SERVICIOS DEL SISITEMA NACIONAL DE SALUD.

El Director General de Cartera de Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia expone un resumen de la actividad normativa desarrollada por el Ministerio de Sanidad Servicios Sociales se Igualdad desde la publicación del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, que diferenció la cartera común básica de servicios asistenciales del SNS, la cartera común suplementaria, y la cartera común de servicios accesorios, lo que ha supuesto un nuevo marco para la regulación de las prestaciones sanitarias.

En la cartera común básica, se refiere al proyecto de Orden Ministerial por la que se

concreta y actualiza la cartera común básica de servicios asistenciales del SNS, y en la cartera común suplementaria, como se ha analizado en esta Comisión delegada, a la regulación de la

prestación ortoprotésica, con la publicación del Real Decreto 1506/2012, de 2 de noviembre. También se ha abordado la prestación de productos dietéticos, con la Orden SSI/2366/2012, de 30 de octubre, por la que se establece el factor común de facturación. Para regular la aportación se ha elaborado un proyecto de Real Decreto por el que se establece la aportación del usuario en la cartera común suplementaria de prestación con productos dietéticos. Por otra parte, se ha elaborado un proyecto de Orden por la que se modifica la cartera común suplementaria de prestación con productos dietéticos, y el procedimiento para la inclusión de los alimentos dietéticos para usos médicos especiales en la oferta de productos dietéticos del SNS. En cuanto al Transporte sanitario no urgente, cita el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, que lo recoge dentro de la cartera común suplementaria, y al proyecto de Real Decreto por el que se regula esta prestación, definiendo dicho transporte y los criterios de utilización.

El representante de la Comunidad Autónoma de Asturias pregunta sobre la situación en

que se encuentra el informe del Consejo de Estado sobre el proyecto de la norma de transporte sanitario no urgente, a lo que responde la Presidenta afirmando que éste es positivo, y puede consultarse como todos los dictámenes del Consejo de Estado.

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Continúa la Presidenta destacando el enorme esfuerzo normativo desarrollado en estos dos últimos años, y añadiendo otra información sobre la situación en que se encuentra la actividad normativa para la actualización de las aportaciones de los usuarios en función de la renta, y también se expone con detalle la situación de la norma de transposición de la directiva de derechos de los pacientes en la asistencia sanitaria transfronteriza, con alguna observación respecto a su aplicación. Por último se refiere también a otros proyectos normativos en marcha, como el del registro de profesionales sanitarios, y otros dos que aún están en fase técnica, como son el de tarifas y el de indicadores de calidad y seguridad de pacientes.

Sin otras intervenciones, la Comisión Delegada del Consejo Interterritorial del Sistema

Nacional de Salud toma conocimiento del informe de situación del desarrollo normativo de cartera de servicios del SNS y acuerda elevarlo al Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

13. INFORMACIÓN SOBRE DESIGNACION Y REDESIGNACIÓN DE LO S SERVICIOS Y UNIDADES DE REFERENCIA DEL SISTEMA NACI ONAL DE SALUD.

El Director General de Cartera de Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud

y Farmacia informa de las últimas reuniones del Comité de designación de CSUR, de 9 de julio y 3 de diciembre del 2013, en las que se aprobó la designación de 10 nuevos servicios y unidades de referencia del SNS para la realización de algunas patologías, como son transplante renal infantil, cardiaco infantil, páncreas, cardiopatías familiares, epilepsia refractaria, epilepsia múltiple, y 10 centros de referencia, entre ellos, los hospitales de Puerta de Hierro, Hospital de Basurto, Ramón y Cajal, Hospital San Joan de Deu, Vall d´Ebron, o el Clínico entre otros, y si se acuerdan estas propuestas por el CISNS, existirán en total 187 servicios o unidades de referencia designados para la atención o realización de 42 patologías o procedimientos.

Asimismo informa que, para el próximo año, se llevará a cabo una reevaluación y una

reacreditación de los centros, para lo que se ha constituido un grupo de trabajo que se encargará de elaborar unos criterios de acreditación algo más exigentes que los actuales, con el objetivo de adaptar nuestros hospitales a la normativa europea, con la vista puesta en la red europea de centros de referencia, y principalmente, para garantizar la suficiente experiencia de los centros y la seguridad de los pacientes.

La Comisión Delegada del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud se

da por informada de la propuesta de designación y redesignación de los servicios y unidades de referencia del Sistema Nacional de Salud y Acuerda elevarla al Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud para su aprobación.

14. PROPUESTA DE ACUERDO PARA LA APROBACIÓN DE LA RELAC IÓN O CATÁLOGO DE BUENAS PRÁCTICAS EN RELACIÓN A LA ASIST ENCIA SANITARIA A ENFERMEDADES RARAS.

La Directora General de Salud Pública, Calidad e Innovación explica que en el marco

de la Ley de Cohesión y Calidad, con las recomendaciones de la OMS y siguiendo el rumbo

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establecido con la declaración del año español de las enfermedades raras, una de las propuestas era la elaboración de un catálogo de buenas prácticas, que pudieran servir a los Servicios de Salud como referente para establecer sinergias, ser más eficientes con el trabajo y mejorar la calidad de nuestro Sistema y del abordaje en estas enfermedades . Añade que se han recibido 69 iniciativas de buenas prácticas procedentes de 11 Comunidades Autónomas, y de todas ellas han sido 8 las buenas prácticas seleccionadas procedentes de 6 Comunidades Autónomas, que son Asturias, Cantabria, dos de Cataluña, dos de Galicia, Navarra y País Vasco, y concluye con su reconocimiento por el excelente trabajo desarrollado por todas las Comunidades Autónomas.

La Presidenta expresa también su reconocimiento a esta labor, que quedará recogida en la

página web del Ministerio para facilitar su difusión, y solicita la colaboración de todas las Comunidades Autónomas para que se pueda aprovechar la experiencia en las iniciativas desarrolladas por otras Comunidades.

Sin otras intervenciones, la Comisión Delegada del Consejo Interterritorial del Sistema

Nacional de Salud se da por informada de la propuesta de acuerdo para la aprobación de la relación o catálogo de buenas prácticas en relación a la asistencia sanitaria a enfermedades raras y acuerda elevarla al Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

15. PROPUESTA DE ACUERDO PARA LA APROBACIÓN DE INFORME ANUAL SOBRE VIOLENCIA DE GÉNERO DEL AÑO 2012.

Continúa en el uso de la palabra la Directora General de Salud Pública, Calidad e

Innovación para exponer la propuesta de acuerdo para la aprobación del Informe anual sobre Violencia de Género 2012. Comenta que el objetivo del Informe, que presenta la estructura general de años anteriores, es el de obtener información sobre los de casos de violencia de género y el impacto que han tenido dentro del ámbito de la salud, habiéndose efectuado a través de dos sistemas, tanto en historia clínica como en parte de lesiones, y todo ello con el compromiso de la Comunidades Autónomas. Otro punto era la formación de los profesionales, sobre el que se sigue haciendo un esfuerzo dentro de los Servicios de Salud, así como en la sensibilización de los profesionales para la atención y la detección de casos de violencia de género. Por último se refiere al resultado del pilotaje, a la actuación de buenas prácticas de violencia de género, y al análisis de la actividad formativa.

La Presidenta agradece el esfuerzo de todos y destaca la mejora de los sistemas de

información, que van aproximando las actividades y los criterios, y resalta la excelente acogida y valoración de este Informe en el seno del Comité Consultivo del SNS, que demuestra la capacidad de identificación temprana y de respuesta que tiene el SNS ante este problema.

Seguidamente la Comisión Delegada del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional

de Salud toma conocimiento del Informe Anual sobre Violencia de Género del Año 2012 y acuerda elevarlo al Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

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16. PROPUESTA DE ACUERDO PARA LA APROBACIÓN DE LA RELAC IÓN O CATÁLOGO DE BUENAS PRÁCTICAS EN ACTUACIÓN SANITARIA ANTE LA VIOLENCIA DE GÉNERO. EDICIÓN 2013.

La Directora General de Salud Pública, Calidad e Innovación comenta que se han

recibido 14 candidaturas de buenas prácticas frente a violencia de género procedentes de 8 Comunidades Autónomas, y que tras valorar el trabajo con la metodología adaptada que antes se ha comentado, han sido 10 experiencias las que se han baremado y las que se ofrecen al resto de la Comunidades Autónomas como ejemplo para poder implantar y desarrollar. Las Comunidades Autónomas seleccionadas son Andalucía, Cataluña, Extremadura, Madrid, y Murcia, lo que permitirá al resto de los Servicios compartir esta información y adoptar al menos parte de estas buenas prácticas en su ámbito.

La Presidenta agradece también el trabajo desarrollado por todas las Comunidades

Autónomas y anima a continuar con nuevos proyectos que se puedan incorporar a esta base de buenas prácticas del SNS.

Sin más intervenciones, la Comisión Delegada del Consejo Interterritorial del Sistema

nacional de salud se da por informada de la propuesta de “acuerdo para la aprobación de la relación o catálogo de buenas prácticas en actuación sanitaria ante la violencia de género. Edición 2013”, y acuerda elevarla al Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

17. ACUERDO PARA LA APROBACIÓN DE LA ESTRATEGIA DE PROM OCIÓN DE LA SALUD Y PREVENCIÓN EN EL SNS.

La Directora General de Salud Pública, Calidad e Innovación explica que la Estrategia

de Promoción de la Salud y Prevención en el SNS se desarrolla en el marco del plan de implementación de la Estrategia para el Abordaje de la Cronicidad en el SNS, y propone el desarrollo progresivo de intervenciones dirigidas a ganar salud y a prevenir las enfermedades, las lesiones no intencionales y la discapacidad. Esta Estrategia es una oportunidad de integrar y coordinar los esfuerzos de promoción de la salud y prevención entre todos los niveles, y un nuevo impulso en la reorientación del Sistema. Se caracteriza principalmente por su enfoque integral, referido a la consideración conjunta de los factores determinantes de la salud. Otras características fundamentales son el enfoque positivo de la ganancia en salud, centrada en los “activos en salud”, así como su abordaje por entornos y enfoque poblacional. Además, el enfoque de la Estrategia se diseña con una perspectiva de ciclo vital, reconociendo la importancia de la suma de los diferentes acontecimientos vitales en el estado de salud y la necesidad de actuar en todas las etapas del desarrollo, si bien en un primer paso, se ha dado prioridad para la acción a dos poblaciones: la infancia (menores de 15 años) y los mayores de 50 años.

Concluye informando que para la elaboración de esta Estrategia se ha empleado una

metodología participativa y se ha partido de la identificación de buenas prácticas en promoción de la salud y prevención primaria implantadas en las Comunidades Autónomas, y en ella se avanzará, por tanto, en la intervención integral en salud, se afianzarán las intervenciones en prevención primaria y promoción de la salud, se reforzarán estas intervenciones en atención

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primaria con carácter universal y se promoverán las intervenciones comunitarias y su coordinación en los diferentes entornos (sanitario, social, educativo y comunitario).

La representante de la Comunidad de Madrid quiere hacer constar el agradecimiento de

esa Comunidad al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y en especial a la Directora General de Salud Pública, y a su equipo, por el desarrollo de esta Estrategia.

El representante de la Comunidad Valenciana se suma a esta felicitación y destaca la

importancia del documento, y precisamente por ello demanda que se establezca una sistemática de trabajo entre distintas Comunidades Autónomas.

El representante de la Comunidad Autónoma de Andalucía también valora el documento

muy positivamente, y sugiere que la posibilidad de contar con el Ministerio de Educación de una forma más reglada.

El representante de la Comunidad Autónoma de Asturias pregunta sobre la posibilidad de

emitir alegaciones para pulir alguna cuestión terminológica y de concepto del texto aspectos muy concretos relacionados con la infancia, adolescencia y las mujeres adultas, que ya se plantearon el grupo de trabajo.

La Directora General de Salud Pública, Calidad e Innovación entiende que el

documento está cerrado y que están recogidas todas las alegaciones que se consideraron en el grupo de trabajo.

La Presidenta considera que el consenso es general sobre la valoración del texto de la

Estrategia y las acciones en el mismo contenidas, y que ello no es óbice para que cada Comunidad autónoma lo adapte terminológicamente en la forme que considere más apropiada.

Sin que se produzcan otras intervenciones, la Comisión Delegada del Consejo

Interterritorial del Sistema Nacional de Salud se da por informada de la Estrategia de promoción de la salud y prevención en el SNS, y acuerda elevarla al Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

18. PROPUESTA DE ACUERDO PARA LA APROBACIÓN DE CRITERIO S DE CALIDAD PARA EL CRIBADO NEONATAL.

La Directora General de Salud Pública, Calidad e Innovación efectúa un resumen del

documento que se presenta en este punto, sobre objetivos y requisitos de calidad del Programa de Cribado Neonatal de enfermedades endocrino-metabólicas del SNS. Se refiere a la aprobación en el Pleno del Consejo Interterritorial del SNS de las siete enfermedades que formarán parte de este Programa , incluido en la cartera común básica de servicios del SNS, así como su incorporación, que se acompañaría del desarrollo de un Sistema de Información de cribado neonatal que permita, a nivel autonómico y estatal, realizar un correcto seguimiento y evaluación de este programa poblacional y un Sistema de gestión de la calidad que permita abordar de manera homogénea en todas las CCAA el programa.

Añade que lo que se presenta hoy es el resultado del grupo de trabajo, como propuesta de

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objetivos y requisitos de calidad para las etapas clave del Programa, que ha sido aprobado por la Comisión de Salud Pública. El Programa persigue la detección precoz de las enfermedades endocrino-metabólicas incluidas, al objeto de tener el diagnóstico confirmatorio e instaurar el tratamiento de los casos detectados lo más rápido posible (antes de los 15 días de vida para 5 de las 7 enfermedades incluidas), antes de que se manifiesten los síntomas de la enfermedad, para evitar o minimizar los daños en el recién nacido, y se desarrolla en tres unidades bien diferenciadas (lugar de toma de muestra única, laboratorio de cribado neonatal, unidad clínica de seguimiento) y en cada una de ellas existen etapas clave para el programa. Se proponen objetivos de calidad y requisitos necesarios o recomendables para su cumplimiento con el fin de garantizar la eficiencia y la consecución del mismo. El análisis y evaluación de la situación del programa, respecto al cumplimiento de estos objetivos, permitirá el establecimiento de planes de mejora para alcanzar el nivel óptimo de eficiencia.

Sin otras intervenciones, la Comisión Delegada del Consejo Interterritorial del Sistema

Nacional de Salud toma conocimiento de la propuesta de acuerdo para la aprobación de criterios de calidad para el cribado neonatal y acuerda elevarlo al Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

19. ACUERDO PARA LA APROBACIÓN DE INTERVENCIÓN SANITARI A EN

SITUACIONES DE RIESGO PARA LA SALUD PÚBLICA.

La Presidenta comenta la entrega, en esta sesión, a todos los miembros de la Comisión, de la última versión del documento del acuerdo para la aprobación de intervención sanitaria en situaciones de riesgo de salud pública, que se imbrica en el escenario de la aplicación del reglamento sanitario internacional y la ley de medidas especiales en materia de salud pública, que obligan a definir en qué ámbitos han de garantizarse para todos los ciudadanos la unidad de criterios respecto a la actuación desde la perspectiva poblacional, dentro de la cartera de servicios de salud pública. Con ello, se terminarían de completar las actividades vinculadas con la asistencia sanitaria de la cartera de salud pública, y por ello se ha considerado oportuno presentar este documento.

El representante de la Comunidad Autónoma de Andalucía plantea dos observaciones al

texto, la primera que ve contradictorio que existan ciudadanos que queden fuera del Real Decreto 16/2012, y que al tiempo se plantee un problema de salud pública, cuando entiende que la salud pública tiene que tener un carácter poblacional de atención global. Y la otra duda que les plantea el texto es la consideración de las patologías mentales como problema de salud pública. Más adelante añade que no le parece oportuno recoger que el ciudadano sea el que recabe una atención en la intervención, cuando en materia de salud pública aun cuando exista un riesgo para la salud pública el ciudadano puede o no solicitar la atención.

El representante de la Comunidad Autónoma de Cataluña se manifiesta en el mismo

sentido, y recuerda que ya ha expresado en otra ocasión que la restricción al acceso a la cobertura impuesta por el RD- Ley 16/2012 genera problemas y ahora parece que se intentan poner parches. Respecto de la salud mental opina lo mismo que el representante de Andalucía.

El representante de la Comunidad Autónoma de Extremadura quiere dar la enhorabuena al

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Ministerio por este documento que considera muy importante. Al tiempo solicita aclarar algunas dudas del texto, como el documento de identificación y la tarjeta sanitaria individual, la situación de las personas sin recursos, el alta médica en determinados casos, y el tema de la facturación a los convenios bilaterales de asistencia sanitaria.

El representante de la Comunidad Autónoma de Castilla y León felicita al Ministerio por el

texto que se acaba de entregar, que mejora sustancialmente la versión anterior y evita muchas de las dudas planteadas. Únicamente solicita aclarar el alcance del código de identificación que se cita en el texto.

La Presidenta contesta a todas estas cuestiones planteadas invitando a la lectura de esta

última versión del texto, de la que se ha hecho entrega en esta sesión, ya que clarifica muchas de las cuestiones planteadas.

Por un lado explica que el documento no habla de derechos a la cobertura sanitaria pública,

sino que define aquellas circunstancias en las que, desde una perspectiva poblacional se entiende que debe haber una garantía, del diagnóstico y el tratamiento de pacientes, no por el interés en cuanto al riesgo individual, sino por la perspectiva poblacional, y así se ha establecido siempre en los en los programas de salud pública. Sin embargo, sí que se aborda, para clarificar, que en el marco normativo regulatorio de la Unión Europea, en este momento, toda persona que recaba una asistencia tiene que tener un titular responsable de la cobertura, y el servicio de salud tiene la obligación de recabar esa información, y por último existe la obligación de cobertura, como ha ocurrido siempre en todos los programas poblacionales en salud pública. También es importante determinar que la responsabilidad a la hora de identificar que haya un tercero obligado al pago es independiente de la prestación que se realiza. Otro punto que se establece es el de aquellas personas que no tienen un código de identificación en el SNS, que es necesario dárselo porque hay que garantizar el seguimiento clínico, y ello no se debe confundir con la tarjeta sanitaria. Añade que sí existe un código de identificación, y está regulado en un RD de agosto del 2012, siendo el mismo código para otros colectivos en los que se establece la necesidad de identificación, en la atención a extranjeros, en casos de urgencias y demás, y la estructura es la misma que después se refleja en la tarjeta sanitaria, pero son dos hechos distintos.

Por otro lado se felicita de que haya un pronunciamiento claro y consensuado entre todos

los Servicios de Salud de todas las enfermedades, incluyendo precisamente las enfermedades mentales, puntualizando que han sido precisamente los coordinadores de la estrategia de salud mental los que han revisado esta incorporación de la salud mental, dando por primera vez esta visión poblacional que trasciende al hecho individual, y cree que con ello no se estigmatiza esta enfermedad, como se ha comentado, sino al contrario. Finaliza agradeciendo a todos su trabajo y felicitando a los que han participado en el mismo.

Sin que se produzcan otras intervenciones, la Comisión Delegada del Consejo

Interterritorial del Sistema Nacional de Salud toma conocimiento de la propuesta de acuerdo para la aprobación de intervención sanitaria en situaciones de riesgo para la salud pública y acuerda elevarlo al Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

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20. ACUERDO PARA LA ADQUISICIÓN DE TALONARIOS Y RECETAS OFICIALES DE ESTUPEFACIENTES DE USO HUMANO Y VETERI NARIO Y DE TALONARIOS DE VALES DE ESTUPEFACIENTES, A LA AGE NCIA ESTATAL DEL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO.

Presenta este punto el Secretario General de la Agencia Española de Medicamentos y

Productos Sanitarios que se refiere a la aprobación, hace ahora un año, del RD 1675/2012 de regulación de las recetas oficiales y de los requisitos especiales de prescripción y dispensación de estupefacientes para uso humano y veterinario, cuyo objetivo era el de simplificar la dispensación de los medicamentos estupefacientes e intentar evitar el riesgo de uso indebido y desvío al tráfico de dichos medicamentos. Este RD, recogía un aserie de Anexos, referidos a los vales de estupefacientes, a las recetas de estupefacientes de uso humano, a las recetas de estupefacientes de uso veterinario y a los modelos de declaración de medicamentos y sustancias estupefacientes, que al ponerlos en práctica se vio que eran mejorables.

Para ello, con el fin de mejorar los documentos de control y también para abaratar los costes

de edición, se ha elaborado una proyecto de Orden, para adaptar estos anexos, que ya está pendiente de Informe del Consejo de Estado, y se elaborado un proyecto de acuerdo discutido con todas las Comunidades Autónomas, que es el que se presenta en este punto, para editar las recetas de estupefacientes de uso humano y de uso veterinario, a través de la institución Boletín Oficial del Estado.

Sin otras intervenciones, la Comisión Delegada del Consejo Interterritorial del Sistema

Nacional de Salud se da por informada de la propuesta de Acuerdo para la adquisición de talonarios y recetas oficiales de estupefacientes de uso humano y veterinario y de talonarios de vales de estupefacientes, a la agencia estatal del boletín oficial del estado.” y acuerda elevarla al Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

21. PROPUESTA DE ACUERDO DEL PLENO DEL CONSEJO INTERTERRITORIAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD RELA TIVO A LA EXTENSIÓN DEL CRITERIO INTERPRETATIVO DEL ARTÍCU LO 10 DEL REAL DECRETO-LEY 16/2012, DE 20 DE ABRIL, DE MEDIDA S URGENTES PARA GARANTIZAR LA SOSTENIBILIDAD DEL SISTEMA NACIO NAL DE SALUD Y MEJORAR LA CALIDAD Y SEGURIDAD DE SUS PREST ACIONES.

El Director General de Ordenación Profesional del SNS se refiere al RD-Ley 16/2012,

que modificó la ley 55/2003 de 23 de diciembre del Estatuto Marco del personal estatutario, y con posterioridad a esta publicación, la Comisión bilateral de cooperación, Administración del Estado - País Vasco, llegó a un acuerdo interpretativo en relación con el artículo 10 del citado Real Decreto. Este acuerdo fue publicado por Resolución de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, de 19 de febrero de 2013. Desde entonces, diez comunidades autónomas han solicitado aclaración al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad sobre la extensión de este criterio interpretativo a su ámbito de actuación, y han recibido contestación favorable a esta extensión. El artículo 10 del Real Decreto-ley 16/2012 tiene el carácter de legislación básica, y es aplicable en todo el territorio del Estado, por lo que no existe obstáculo para que esta interpretación pueda extenderse, con el carácter de flexibilidad, al resto de las Comunidades Autónomas y por tanto, este criterio interpretativo

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puede extenderse mediante acuerdo del Pleno del CISNS.

El representante de la Comunidad Autónoma de Asturias pregunta si la interpretación de ese artículo ocupa solo a los a los APD o también a los médicos de cupo.

La Presidenta informa que dado que en al artículo 10 no se especifica distinción de

colectivos y que la situación de los médicos de cupo y zona es muy distinta en cada Comunidad Autónoma, cada Comunidad tiene libertad de aplicarlo según su criterio.

El representante de la Comunidad autónoma de Galicia plantea incluir en el texto del

acuerdo que se ha presentado el contenido del acuerdo de la Comisión Bilateral de cooperación en vez de hacer una remisión al mismo, y el Director General de Ordenación Profesional comenta que no hay inconveniente, siempre que no exista algún impedimento formal o jurídico, para lo que se hará la oportuna consulta.

El representante de la Comunidad Autónoma de Cantabria abunda en este tema de la

aplicación del acuerdo a los médicos de cupo y zona, dado que la normativa que regulaba estos colectivos también ha sido derogada, y pregunta que es lo harán las demás Comunidades Autónomas ante este problema.

El representante de la Comunidad autónoma del País Vasco comenta que en su Comunidad

el problema de los médicos de cupo está prácticamente extinguido por lo que se aplicará solo a los APD.

La representante de la Comunidad autónoma Canarias plantea la duda de poder aplicar este

acuerdo precisamente con los médicos de APD, en cuestiones, por ejemplo como el sistema retributivo.

El Director General de Ordenación Profesional del SNS aclara que la figura del cupo y

zona se deroga como tal, pero dada la diversidad de situaciones que hay en cada una de las Comunidades Autónomas, las condiciones que se pacten con ellos manteniendo los derechos adquiridos, son competencia de cada Comunidad, de acuerdo con su normativa propia de desarrollo.

La Presidenta cierra el debate puntualizando que los acuerdos interpretativos tienen el

mismo rango legal que el texto que interpretan, y por tanto, en este caso al ser un artículo de un RD-Ley tiene ese rango, y puede aplicarse por todas las Comunidades Autónomas.

Sin otras intervenciones, la Comisión Delegada del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud toma conocimiento de la propuesta de acuerdo relativo a la extensión del criterio interpretativo del artículo 10 del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones y acuerda elevarlo al Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

22. INFORME DE DESARROLLO DE LA IMPLANTACIÓN DE LOS PRO YECTOS DE HISTORIA CLÍNICA ELECTRÓNICA INTEROPERABLE, RECE TA

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ELECTRÓNICA INTEROPERABLE, INDICADORES CLAVE DEL SN S Y EL PROYECTO BASE DE DATOS CLÍNICOS DE ATENCIÓN PRIMARI A (BDCAP).

La Presidenta explica el contenido del Informe de actualización que se centra en el

desarrollo de la implantación de diversos proyectos, de los que hoy se presentan el de Historia Clínica Electrónica y Receta Electrónica interoperable, el de indicadores clave del SNS y el proyecto base de datos clínicos de Atención Primaria.

El Informe será presentado a los Consejeros para su debate en el Pleno del CISNS, de modo

que cada Consejero pueda explicitar e informar cual es la situación de estos proyectos, y está recogido dentro de los proyectos estratégicos de reforma del gobierno, como una de las líneas estratégicas prioritarias, la reforma de la e-salud.

La Presidenta destaca el enorme esfuerzo conjunto que se está llevando a cabo en el aspecto

de la financiación de estos proyectos por parte de la Secretaría General, que se encuentra en proceso de formalización de los nuevos convenios de cofinanciación con redes del Ministerio de Industria , con las Comunidades Autónomas y el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para los años 2014 y 2015 , para acelerar el proceso de interoperabilidad, de manera que las plataformas de interoperabilidad sean un instrumento potente facilitador en la atención sanitaria entre Comunidades Autónomas. A la vez, invita a avanzar en este proceso entre Comunidades autónomas, para identificar aquellos otros proyectos desarrollados por algunas Comunidades Autónomas que pueden implantarse en el resto.

Sin que se produzcan otras intervenciones, la Comisión Delegada del Consejo

Interterritorial del Sistema Nacional de Salud toma conocimiento del “Informe de desarrollo de la implantación de los proyectos de historia clínica electrónica interoperable, receta electrónica interoperable, indicadores clave del SNS y el proyecto base de datos clínicos de atención primaria (BDCAP)”, y acuerda elevarlo al Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

23. INFORME SOBRE EL PROYECTO DE UNIDAD DE MERCADO. CONSTITUCIÓN DE UN GRUPO DE TRABAJO.

La Presidenta explica que este punto, que tiene relación directa con el anterior, presenta el

informe sobre el proyecto de unidad de mercado, que recoge otro de los compromisos del Gobierno, de hacer una revisión de todo el mapa normativo que afecta al mercado del territorio nacional, para identificar tanto por parte de la administración general como de otras administraciones, duplicidades o solapamientos normativos. En el ámbito de sanidad el acuerdo adoptado en el Consejo de Ministros fue el trasladar a las comisiones sectoriales correspondientes el informe sectorial donde se identifican posibles duplicidades o solapamientos de manera que se propongan iniciativas de trabajo para solventarlo.

De ese modo, en el sector salud en su conjunto, se abarca medicamentos, consumo,

seguridad alimentaria y sanidad. Añade otros dos temas aunque ya se han resuelto, el de ensayos clínicos, que ya se está abordando por otra vía normativa, y la definición de criterios para la identificación de servicios de prevención de riesgos laborales, que se traslada al Ministerio de Empleo como proponente de abordar esa regulación.

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En concreto, el tema que afecta directamente al ámbito de regulación sanitaria es el de la policía sanitaria mortuoria, y en ese sentido se ha elaborado una propuesta, que se presenta hoy, para elevar al Pleno del Consejo Interterritorial, sobre la creación de un grupo de trabajo, dentro de la Comisión de Salud Pública, que aborde la regulación y un acuerdo de criterios de desarrollo.

Finalmente cree que se pueden felicitar todos, porque siendo tan complejo y tan amplio el sector salud, en realidad se dispone de un marco normativo bien definido, pues realmente se han detectado pocas duplicidades o normas que se interfieran en este campo.

No se producen otras intervenciones, tras lo que la Comisión Delegada del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud toma conocimiento del “Informe sobre el proyecto de unidad de mercado “y acuerda elevarlo al Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

24. INFORME DE LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LA DIREC TIVA 2001/37/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVA A LA APROXIMACIÓN DE LAS DISPOSICIONES LEGALES, REGLAMEN TARIAS Y ADMINISTRATIVAS DE LOS ESTADOS MIEMBROS EN MATERIA DE FABRICACIÓN, PRESENTACIÓN Y VENTA DE LOS PRODUCTOS DE TABACO.

La Presidenta expone este último tema, que, por su trascendencia, se plantea para su debate en el Pleno del Consejo Interterritorial, primero para informar cual es la situación en el proceso de negociación de la modificación de la directiva 2001/37/CE de productos del tabaco y además, para poder analizar conjuntamente las propuestas que se han recibido sobre el uso del cigarrillo electrónico.

Comenta que se ha hecho entrega en esta sesión de un pequeño resumen actualizado del último texto de la Directiva, aún en proceso de negociación entre el Parlamento, el Consejo y la Comisión europeos. En la misma se aborda la regulación del cigarrillo electrónico, tema éste que está en discusión y debate desde el punto de vista de su tratamiento y condiciones de fabricación, presentación, etc., pero no regula donde se pueden utilizar esos cigarrillos que sí es competencia nacional. Añade que en la legislación española está claramente establecido que la venta a menores está prohibida, con lo cual ese tema quedaría aclarado, y sería el uso y utilización de esos cigarrillos lo que habría de regularse a nivel nacional.

Informa que se han recibido varias propuestas de Comunidades Autónomas, y también de

la Organización de Consumidores y Usuarios, Sociedades Científicas y de Asociaciones profesionales, y además se ha pedido informe a la Sociedad Española de Oncología y al Comité Nacional de Prevención del Tabaquismo. Por otro lado, como consta en el resumen entregado, la posición de la OMS es clara respecto de que los cigarrillos electrónicos, hoy por hoy, no se han demostrado como un instrumento en la deshabituación tabáquica y en todo caso empiezan a plantearse interrogantes sobre si son inductores del mantenimiento de la adicción.

Por lo anterior, ruega que trasladen a los Consejeros la documentación entregada y espera

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que en el próximo Pleno del CISNS pueda adoptarse una solución de consenso sobre la utilización de estos cigarrillos.

Sin que se produzcan otras intervenciones, la Comisión Delegada del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud toma conocimiento del informe sobre la propuesta de modificación de la Directiva 2001/37/CE del Parlamento europeo y del Consejo relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los estados miembros en materia de fabricación, presentación y venta de los productos de tabaco.

25. RUEGOS Y PREGUNTAS

No se plantean.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, siendo las 19, 15 horas. Vº Bº LA PRESIDENTA LA SECRETARIA