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DIRECCION DE TRANSITO DE BUCARAMANGA www.transitobucaramanga.gov.co https://www.facebook.com/TransitoBucaramanga/videos/2262207764046802/ https://www.facebook.com/TransitoBucaramanga/videos/283314749182045/ https://www.youtube.com/watch?v=htW94rCfjiE

Presentación de PowerPoint · ARTÍCULO 3o. EDUCACIÓN VIAL. Acciones educativas, iniciales y permanentes, cuyo objetivo es favorecer y garantizar el desarrollo integral de los actores

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DIRECCION DE TRANSITO DE

BUCARAMANGAwww.transitobucaramanga.gov.cohttps://www.facebook.com/TransitoBucaramanga/videos/2262207764046802/https://www.facebook.com/TransitoBucaramanga/videos/283314749182045/https://www.youtube.com/watch?v=htW94rCfjiE

Los accidentes de tránsito han sido declarados por la Organización Mundial de laSalud como un problema de salud pública. Según estimaciones hechas por estaentidad, a nivel mundial más de 1,2 millones de personas fallecen por esta causay alrededor de 50 millones quedan lesionadas.

Cada día alrededor de 3.500 personas fallecen en las carreteras. Decenas demillones de personas sufren heridas o discapacidades cada año. Los niños, lospeatones, los ciclistas y los ancianos son los usuarios más vulnerables de la víapública.

Las lesiones causadas por el tránsito son la causa principal de muerte en el grupo de 15 a 29 años de edad.

A pesar de que los países de ingresos bajos y medianos tienen aproximadamente la mitad de los vehículos del mundo, se producen en ellos más del 90% de las muertes relacionadas con accidentes de tránsito.

En Colombia, el Plan de Desarrollo Nacional

La Resolución No. 002273 del 2014, del Ministerio deTransporte adoptó el Plan Nacional de Seguridad Vial –PNSV-2011-2016.

El Ministerio Salud y Protección Social (MSPS) como actorfundamental en la gestión de esta política pública deseguridad vial, incluyo en el Plan Decenal de SaludPública 2012-2021, la meta reducir en el 25% la mortalidada causa de accidentes de tránsito a 2021

Plan de Desarrollo Municipal el gobierno delas ciudadanas y ciudadanos (2016-2019).

Plan Local de Seguridad Vial – PLSV deBucaramanga 2017-2020 denominado:“Bucaramanga por una MOVILIDADSOSTENIBLE, LEGAL Y SEGURA”.

PLAN LOCAL DE SEGURIDAD

VIAL

La Constitución Política de 1991 En los Artículos 11,

82, 88 entre otros, se establece que el estado es quien tiene el poder y la

jurisdicción para definir los lineamientos políticos que

la Constitución le obliga como directo responsable

del mejoramiento permanente de la calidad de vida y de la seguridad

de los ciudadanos.

La Ley 100 de 1993, determina la destinación de un 3% del valor de las primas recaudadas por el

Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), programas de

educación vial.

Ley 1702 de 2013 con la que se crea la Agencia

Nacional de Seguridad Vial

Ley 105 de 1993, LEY 336 DE 1996, DECRETO 1079

DE 2015, Establece dentro de otros aspectos los

principios del transporte público que éste debe

garantizar la movilización de personas o cosas en buenas condiciones de

seguridad.

la Ley 769 de agosto 6 de 2002, Código Nacional de Tránsito Terrestre, se faculta al Ministerio de Transporte para elaborar un Plan Nacional de

Seguridad Vial para disminuir la accidentalidad en el país que sirva además como base para los planes

departamentales, metropolitanos, distritales y municipales.

LEY 1503 de diciembre 29 de 2011 "Por la cual se

promueve la formación de hábitos, comportamientos y

conductas seguros en la vía…»

Decreto 2851 de diciembre 6 de 2013.

Decreto 1906 del 2015 Aplica sanciones.

Resolución 1565 de junio 6 de 2014, Guía Metodológica para la elaboración del Plan estratégico de seguridad Via

Resolución 1231 del 2016 seguimiento y evaluación

PESV

Normatividad

La Dirección de Tránsito de Bucaramanga VIGILA Y CONTROLAlo establecido en el artículo 12 de la Ley 1503 de 2011:• TODA entidad, organización o empresa del sector público o

privado que para cumplir sus fines misionales o en eldesarrollo de sus actividades posea, fabrique, ensamble,comercialice, contrate o administre flotas de vehículosautomotores o no automotores superiores a diez (10)unidades, o contrate o administre personal de conductoresdebe diseñar un Plan Estratégico de Seguridad Vial.

¿CUAL ES LA NORMATIVIDAD QUE LE APLICA?

Que el Decreto 0348 del 25 de febrero de 2015, en su artículo 60, 62establece que todas las Instituciones educativas deberán desarrollar entreotros, el Plan Estratégico de Seguridad Vial - PESV, siguiendo los protocolosy exigencias legalmente establecidas por el Ministerio de Transporte.

El Decreto 1079 de 2015 establece en su artículo 2.2.1.6.10.7. TODOS losestablecimientos educativos incluyendo los que cuentan con servicio detransporte escolar privado deberán desarrollar cursos de educación enseguridad vial, Planes Estratégicos de Seguridad Vial - PESV y formación enel adecuado uso de los vehículos escolares dirigidos a los estudiantes yconductores, siguiendo los protocolos y exigencias emitidos por elMinisterio de Transporte, la Agencia Nacional de Seguridad Vial y laDirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional.

¿LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS LE APLICA?

¿Qué tipo de responsabilidad puedo asumir como empresa NO adoptar el Plan Estratégico, o por NO CONTROLAR O VIGILAR que se cumpla?

La Ley ha asignado al responsable de cada entidadla función de adoptar el PESV, y disponer lonecesario para su aplicación. Esa asignación

constituye un DEBER LEGAL que puede ser

exigido DISCIPLINARIAMENTE (por no atender

el mandato legal) y FISCALMENTE (si la falta de

adopción o de mecanismos de aplicación resulta endaños a personas o cosas).

¿Qué tipo de responsabilidad puedo asumir?

• Además de las responsabilidades inherentes atoda organización en la formulación del PlanEstratégico, los organismos y autoridades debenejercer la VIGILANCIA Y CONTROL sobre loscontenidos de los Planes Estratégicos que se lespresenten, revisándolos, avalándolos si estáncorrectamente formulados y proponiendoajustes a los mismos.

Es un deber legal

Responsabilidad Disciplinaria.

Responsabilidad fiscal

Responsabilidad por daños a

terceros

Deben formular, implementar y

realizar seguimiento.

CONSIDERACIONES

Resolución 0312 del 13 de febrero de 2019Por la cual se definen los estándares mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el TrabajoArtículo 32. Plan Estratégico de Seguridad Vial. Todo empleador y contratante que se encuentre obligado a implementar un Plan Estratégico de Seguridad Vial, deberá articularlo con el Sistema de Gestión SST

ENFOQUE ORGANIZACIONAL

ENFOQUE ORGANIZA-

CIONAL

LIDERAZGO DESDE EL MÁS ALTO NIVEL

INDICADORES DE DIAGNÓSTICO,

GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE

IMPACTOS

CONTINUIDAD Y SOSTENIBILIDAD

FINANCIERA

GENERACIÓN DE MANUALES,

DOCUMENTACIÓN, DIFUSIÓN DE RESULTADOS

¿CUAL ES EL OBJETIVO?

Disminuir la accidentalidad de tránsito,para lo cual el gobierno diseñó una seriede normas dirigidas a las empresas, yaque estas son componentesfundamentales en la promoción yconsolidación de una cultura de laprevención.

El PESV es una herramienta técnica que plantea:

¿QUE ES UN Plan Estratégico de Seguridad Vial – PESV?

Obliga TODA EMPRESA

Instrumento Planificación

Acciones, mecanismos, estrategias y medidas.

Reducir la accidentalidad vial

Seguridad de los usuarios

Calidad

Oportunidad

Educación

Responsabilidad Empresarial

Los responsables de elaborar el PESV son los

EMPRESARIOS

https://www.youtube.com/watch?v=k0Kvt2HXKp0

http://www.transitobucaramanga.gov.co/psv.php

El PESV es una herramienta técnica que plantea:

¿QUE ES UN Plan Estratégico de Seguridad Vial – PESV?

Es el instrumento de planificación que consignado en un documentocontiene las acciones, mecanismos, estrategias y medidas que deberánadoptar las diferentes entidades, organizaciones o las empresas del sectorpúblico y privado existentes en Colombia. Dichas acciones estánencaminadas a alcanzar la seguridad vial como algo inherente al serhumano y así reducir la accidentalidad vial de los integrantes de lasorganizaciones mencionadas y de no ser posible evitar, o disminuir losefectos que puedan generar los accidentes de tránsito.

¿CUALES SON LAS ETAPAS DEL PESV?

Formulación

Implementación

Seguimiento

Evaluación

Es como un sistema de calidad Norma Técnica

ISO 39001

La vigencia es de dos años y se

actualiza cuantas veces sea necesario.

¿Cuál es el papel como entidad de control o vigilancia?

La autoridad ante quien se efectúe el registro, revisarátécnicamente los contenidos del Plan Estratégico deSeguridad Vial, emitirá las observaciones de ajuste a quehaya lugar y avalará dicho plan emitiendo un concepto deaprobación, verificando la ejecución del mencionado plan através de visitas de control, las cuales serán consignadas enun acta de constancia.

PILARES DE LOS PLANES MUNDIAL, NACIONAL Y LOCAL DE SEGURIDAD VIAL PILARES DEL PLAN ESTRATEGICO DE SEGURIDAD VIAL.

¿CUAL ES LA NORMATIVIDAD QUE LE APLICA?

• Resolución 315 de 2013 Por la cual se

adoptan unas medidas para

garantizar la seguridad en el

transporte público terrestre

automotor y se dictan otras

disposiciones.

Proponiendo ajustes

Debe ejercer la vigilancia y control sobre los PESV

Revisándolos

Avalarlos si están correctamente

formulados

Revisión Documental VISITAS TECNICAS

Medir el impacto en la seguridad

vialHacer

inspección Hacer seguimiento verificando que las

acciones a las que se compromete

efectivamente se realice

¿Cuales son las etapas de vigilancia y control que debe cumplir?

Revisión documental

Emitir las observaciones

Visitas Técnicas a la Empresa

Reportes de Información

SI CUMPLE SE OTORGA EL AVAL

LEY 1503 DE 2011

ARTÍCULO 1o. OBJETO. Objeto definir lineamientos generales en educación, responsabilidad social

empresarial y acciones estatales y comunitarias para promover en las personas la formación de hábitos,

comportamientos y conductas seguros en la vía

Para:

Converjamos en

Relación conocimiento Vs Comportamiento

Capacitaciones

Campañas formativas e informativas

Socialización

Educación vial de actores viales

Movilidad segura

¿Qué define la Ley 1503 en las instituciones educativas?

ARTÍCULO 3o. EDUCACIÓN VIAL.Acciones educativas, iniciales y permanentes, cuyo objetivo es favorecer y garantizar el desarrollointegral de los actores de la vía, tanto a nivel de conocimientos sobre la normativa,reglamentación y señalización vial, como a nivel de hábitos, comportamientos, conductas, yvalores individuales y colectivos, de tal manera que permita desenvolverse en el ámbito de lamovilización y el tránsito en perfecta armonía entre las personas y su relación con el medioambiente, mediante actuaciones legales y pedagógicas, implementadas de forma global ysistémica, sobre todos los ámbitos implicados y utilizando los recursos tecnológicos másapropiados.

Ley 115 de 1994. Artículo 14. Enseñanza obligatoria. En todos los establecimientos oficiales oprivados que ofrezcan educación formal es obligatoria en los niveles de la educación preescolar,básica y media cumplir con: Numeral f) El desarrollo de conductas y hábitos seguros en materiade seguridad vial y la formación de criterios para avaluar las distintas consecuencias que para suseguridad integral tienen las situaciones riesgosas a las que se exponen como peatones,pasajeros y conductores

¿La educación vial esta por norma?

ARTÍCULO 10. CONTENIDOS DE LOS PROGRAMAS DE EDUCACIÓN VIAL. en los niveles de educación preescolar, básica

primaria y básica secundaria

PARÁGRAFO 2o. FORMACIÓN DE DOCENTES.

ARTÍCULO 11. SERVICIO SOCIAL EN SEGURIDAD VIAL.

¿Qué define la Ley 1503 en las instituciones educativas?

GESTIÓN INSTITUCIONAL

COMPORTAMIENTO HUMANO

PES

V

5 PILARES

PILARES DEL PESV

GESTIÓN INSTITUCIONAL

Actividad Misional

Conexa 1

Conexa 2

Conexa 3

Conexa …

Padres?

Actividades extracurriculares?

Almuerzos/ alimentación?

Transporte? Administrativas?

Mensajero?

Celaduría?

Servicios Generales?

Estudiantes, padres, transportadores

Docentes

Administrativos

Actores viales:

Peatones?Ciclistas?Conductores?Pasajeros?Motociclistas?

GESTIÓN INSTITUCIONAL

hábitos, comportamientos, conductas y valores individuales y colectivos

GESTIÓN INSTITUCIONAL

GestiónAcciones (dirigir/

administrar)

Consecución de objetivo

SEGURIDAD VIAL DE LA FAMILIA EDUCATIVA Y SU CONTEXTO

GESTIÓN INSTITUCIONAL

COMPORTAMIENTO HUMANO

• Plan de mantenimiento preventivo

• Documentación del plan de mantenimiento

• Idoneidad

• Procedimientos de inspección diaria de los

vehículos

• Control de documentación y registro de

vehículos y su mantenimiento

VEHICULOS SEGUROS

INFRAESTRUCTURA

• Rutas internas.

• Política de señalización y demarcación

• Rutas externas

• Apoyo tecnológico

• Política de socialización y actualización de

información.

ATENCION A VICTIMAS

PROTOCOLO DE ATENCION DE ACCIDENTES

La Aseguradora de Riesgos Laborales (ARL)

deberá encargarse de asesorar a las entidades,

organizaciones o empresas sobre el protocolo de

atención de accidentes, con el propósito de que

los empleados conozcan el procedimiento a

seguir en los casos en que ocurra un accidente

de tránsito producto de su actividad laboral, así

como sus derechos y alternativas de acción.

RESOLUCIÓN NÚMERO 1231 DE 2016En el desarrollo del proceso de emisión de observaciones y aval, las autoridades a cargo de tales actividades observarán para

TIPO DE OBLIGADO ALCANCE DEL PLAN ESTRATÉGICO

Operadores de vehículos

(Plan completo):

A. Fortalecimiento de la gestión institucional:• Equipo de trabajo• Intervención de órganos de dirección• Asignación de responsable en la organización

B. Eje Comportamiento Humano• Selección de conductores, perfiles• Pruebas individuales de ingreso• Registros históricos, documentación• Capacitación específica en seguridad vial

RESOLUCIÓN NÚMERO 1231 DE 2016En el desarrollo del proceso de emisión de observaciones y aval, las autoridades a cargo de tales actividades observarán para

TIPO DE OBLIGADO ALCANCE DEL PLAN ESTRATÉGICO

Operadores de vehículos

C. Eje Vehículos seguros• Tipo de equipo• Mantenimiento preventivo y correctivo (seguimiento a labores y talleres, idoneidad)• Inspección preoperacional diaria• Seguimiento a documentación

F. Investigación sobre incidentes y accidentes de tránsito para concluir sobre.– Forma en que se presentó– Interacción de los ejes (institucional, comportamiento, …)– Grado de responsabilidad de los actores o de la organización.

G. Lecciones aprendidas.

RESOLUCIÓN NÚMERO 1231 DE 2016En el desarrollo del proceso de emisión de observaciones y aval, las autoridades a cargo de tales actividades observarán para

TIPO DE OBLIGADO ALCANCE DEL PLAN ESTRATÉGICO

Contratantes de flotas de vehículos (con o sin conductor,

propios, en leasing, de los empleados).

(Plan propio resumido – verificación, documentación y recolección de evidenciasde plan completo):

•Plan propio (políticas y protocolos de transporte de personas y bienes de laOrganización)•Verificación de Plan Completo (del Transportador)•Asignación de verificador – supervisor – interventor•Armonización: intercambio de estrategias comunes para enfrentar el riesgo deaccidente – hecho de tránsito•Documentación y recolección de evidencias de los procesos• Frente al evento: Investigación conjunta o compromiso de conocer el resultado yatender como usuarios, la que haga su aquel.

MAS INFORMACION PUEDE ENCONTRAR EN

1. Nuestra página web.2. Redes sociales de nuestra entidad.3. http://transitobucaramanga.gov.co/4. https://youtu.be/GXaO-KqCoyI5. http://transitobucaramanga.gov.co/psv.php6. http://www.transitobucaramanga.gov.co/movilidad.php7. http://www.transitobucaramanga.gov.co/normas_de_convivencia.php8. http://transitobucaramanga.gov.co/estadisticas.php9. http://transitobucaramanga.gov.co/cepos.php10.https://www.facebook.com/emisoratransitodtb/11.https://www.facebook.com/TransitoBucaramanga/12.https://www.facebook.com/OFIBICIDTB/13.https://www.facebook.com/TransitoBucaramanga/videos/272489823671271/

MUCHAS GRACIAS …

Equipo de trabajo:Ing. Amelia Farfán Martínez, Subdirectora Técnica.Ec. Claudia Celmira Mejía Muñoz, Profesional Universitario.Ing. Iván Rodríguez Durán, CPS Subtécnica.Lc. Esperanza Valbuena López, CPS Subtécnica.Dr. Pedro Nuncira Guerra, CPS Subtécnia.

www.transitobucaramanga.gov.coseguridadvial@transitobucaramanga.gov.co

Kilometro 4 vía a Girón - Teléfono 6809966 Ext. 240