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1 ASISTENTES ALCALDE-PRESIDENTE D. Jesús Fernández Clemente CONCEJALES PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL D. Jesús Fernández Clemente Dña. María del Mar Muñoz Cereceda. D. Alfredo Saavedra García. Dña. Luisa Vega García. D. Francisco Javier Mota Plaza. D. Jesús Santiago Díaz-Carralero. PARTIDO POPULAR D. Miguel Ángel López Fernández D. José Manuel Chozas Bueno. Dña. Alicia Valero de la Peña. D. Antonio Revuelta Fernández Dña. Consuelo Maqueda Tello. SECRETARIO D. Juan José de la Mata Posadilla ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN, EL 21 DE JUNIO DE 2011. En Tembleque a 21 de Junio de 2011. Siendo las 20:00 horas del día señalado, se reúnen en la Salón de Plenos bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, los miembros de la Corporación que figuran al margen, asistidos por el Secretario D. Juan José de la Mata Posadilla. Constituida válidamente la sesión, de conformidad con lo dispuesto en el art.46 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local y art. 90 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales. El Sr. Alcalde - Presidente, abrió la sesión, procediéndose según el Orden del Día.

PLENO EXTRAORDINARIO 21 DE JUNIO. TEMBLEQUE

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Primer pleno tras la investidura del Alcalde tras las elecciones del 22-M

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ASISTENTES

ALCALDE-PRESIDENTE D. Jesús Fernández Clemente

CONCEJALES

PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL

D. Jesús Fernández Clemente Dña. María del Mar Muñoz Cereceda. D. Alfredo Saavedra García. Dña. Luisa Vega García. D. Francisco Javier Mota Plaza. D. Jesús Santiago Díaz-Carralero. PARTIDO POPULAR

D. Miguel Ángel López Fernández D. José Manuel Chozas Bueno. Dña. Alicia Valero de la Peña. D. Antonio Revuelta Fernández Dña. Consuelo Maqueda Tello.

SECRETARIO D. Juan José de la Mata Posadilla

ACTA DE LA SESION

EXTRAORDINARIA CELEBRADA

POR EL PLENO DE LA

CORPORACIÓN, EL 21 DE JUNIO

DE 2011. En Tembleque a 21 de Junio de 2011. Siendo las 20:00 horas del día señalado, se reúnen en la Salón de Plenos bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, los miembros de la Corporación que figuran al margen, asistidos por el Secretario D. Juan José de la Mata Posadilla. Constituida válidamente la sesión, de conformidad con lo dispuesto en el art.46 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local y art. 90 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales.

El Sr. Alcalde - Presidente, abrió la sesión, procediéndose según el Orden del Día.

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PRIMERO.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.

Se acuerda por unanimidad de los miembros del Pleno de la Corporación, aprobar

el acta de la sesión anterior de 11 de junio de 2011.

SEGUNDO.- TOMA DE POSESIÓN DE CONCEJAL.

Jesús Santiago Díaz – Carralero, quien excusó su asistencia a la sesión constitutiva, procede a tomar posesión de su cargo de Concejal, siendo necesario dar cumplimiento al Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, presta promesa de cumplir fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al Rey y de guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado, haciéndolo ante todos los presentes, tomando asiento seguidamente como miembro de la Corporación.

TERCERO.- CREACIÓN JUNTA GOBIERNO LOCAL, COMPOSICIÓN,

PERIODICIDAD Y COMPETENCIAS

Se propone la creación de la Junta de Gobierno Local , que se reunirá con

una periodicidad de una sesión al mes, decidiendo éste órgano la fecha concreta dentro de cada mes, compuesta por el Alcalde, que la Preside, y los Tenientes de Alcalde siguientes:

Primer Teniente de Alcalde: Dña. María del Mar Muñoz Cereceda. Segunda Teniente de Alcalde: D. Alfredo Saavedra García. Tercera Teniente de Alcalde: Dña. Luisa Vega García. Competencias.- Las propias de Aasistencia al Alcalde en el ejercicio de sus

atribuciones@ y, además, las siguientes por delegación:

11 Las delegadas por la Alcaldía de las que se da cuenta en el último punto del orden del día.(letras d, g, j, n, ñ, o, p, q, r, s, del art. 21 LRBRL y disposición adicional 2ª de la Ley de Contratos del Sector Público 30/2007 (*))

21.- Delegación del Pleno: letras j, k, m, n, ñ, o, q, del art. 22

LRBRL:

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- El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Corporación en competencia plenaria.

- La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento. - La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada,

dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto -salvo las de tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por 100 de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior- todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

- Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto, así como los contratos y concesiones plurianuales cuando su duración sea superior a cuatro años y los plurianuales de menor duración cuando el importe acumulado de todas sus anualidades supere el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del Presupuesto del primer ejercicio.

- La aprobación de los proyectos de obra y servicios cuando sea competente para su contratación y concesión, y cuando aún no estén previstos en los Presupuestos. - La adquisición de bienes y derechos cuando su valor supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto, así como las enajenaciones patrimoniales en los siguientes supuestos:

Cuando se trate de bienes inmuebles o de bienes muebles que estén declarados de valor histórico o artístico, y no estén previstos en el Presupuesto.

Cuando estando previstas en el Presupuesto, superen los mismos porcentajes indicados para las adquisiciones de bienes.

- Las demás competencias que expresamente confieran las Leyes al Pleno.

Todo ello de conformidad con los artículos 21, 22 y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL).

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El Alcalde explica que la propuesta es similar a la del mandato anterior, con la particuliadad de que se reduce la periodicidad porque últimamente se veía que no había asuntos para una Junta de Gobierno cada 15 días y que no obstante se va a probar con esta periodicidad y que si se ve necesario en un futuro se cambiaría.

Miguel Ángel López Fernández, comenta que las últimas Juntas de Gobierno estaban vacías de contenido y pide que se acabe la alusión al 113 del ROF máxima cuando se pretende ahorrar gastos.

El Alcalde se compromete a no convocar a nadie más por la vía del 113 del ROF.

Sometido a votación se acuerda por unanimidad de los miembros de la

Corporación. CUARTO.- DETERMINACIÓN DE LA PERIODICIDAD DE LAS SESIONES

ORDINARIAS.-

Por el Sr. Alcalde se propone que las sesiones ordinarias que deba celebrar el

Pleno de esta Corporación se lleven a cabo cada tres meses. Dicha propuesta es aprobada por unanimidad de los presentes.- Posteriormente se fijará el día y horas concretas.

El Alcalde explica la reducción de la periodicidad indicando que últimamente no tenían contenido y por eso se pasa de dos a tres meses, período máximo que marca la Ley comentando de común acuerdo con el grupo municipal popular que sea la segunda quincena del último mes del trimestre.

Miguel Ángel López Fernández comenta que en el pleno ordinario se hace control al gobierno por lo que nunca estará vacío de contenido, de modo que al poner cada tres meses los plenos de control, el gobierno tendrá menos control que antes. Añade que en la legislatura 2003-2007 se criticaba al Alcalde del Partido Popular por poner los plenos cada tres meses, y ahora con este cambio lo que se hace es dar la razón al gobierno popular. Añade que en el mandato de 2007 el

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grupo popular votó a favor de que los plenos fueran cada dos meses, pero en cualquier caso se trata de controlar al gobierno, no de traer asuntos al Pleno, por lo que en el presente mandato los plenos serán más extensos e intensos.

El Alcalde ve que está abierto a cambiarlo si fuera necesario porque afirma que el grupo socialista no tiene problema en debatir los problemas del pueblo.

Se somete a votación y se acuerda con seis votos a favor y cinco en contra la propuesta. QUINTO.- CREACIÓN Y COMPOSICIÓN DE LAS COMISIONES

INFORMATIVAS PERMANENTES.-

El Sr. Alcalde manifiesta que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 38

y 134 del R.O.F. y habiéndose celebrado la sesión constitutiva de este Ayuntamiento el día 16 de Junio de 2007, procede en esta primera sesión extraordinaria la creación y determinación de las Comisiones Informativas Permanentes que procedan. De acuerdo con ello, propone la creación y composición de las siguientes Comisiones:

1) COMISIÓN INFORMATIVA MIXTA (QUE ACTUARÁ COMO COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS).

Comisión que será igualmente la Especial de Cuentas y cuyas competencias se extienden a todos los asuntos que deba conocer el Pleno de la Corporación, actuando como Comisión Especial de Cuentas cuando sea preciso.

Composición: - Presidente El Alcalde. D. Jesús Fernández Clemente. - Vocales (PSOE)

Dña. María del Mar Muñoz Cereceda. Suplente: Alfredo Saavedra García

D./Dña. Jesús Santiago Díaz - Carralero Suplente: Luisa Vega García.

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D. Francisco Javier Mota Plaza. Suplente: Alfredo Saavedra García. (PP) D. Miguel Ángel López Fernández Suplente. Alicia Valero de la Peña.

D. Antonio Revuelta Fernández. Suplente. José Manuel Chozas Bueno. El Alcalde explica la propuesta indicando que se trata de tener una sola Comisión que lo abarque todo frente a la organización anterior en que había una Comisión para cada materia, no llegándose a convocar en algunos casos o convocando hasta 4 comisiones para un Pleno. Deja abierta la posibilidad de cambio en el futuro, pero ve más práctico aglutinar todas las Comisiones en una sola. Miguel Ángel López Fernández indica que está de acuerdo porque en el mandato anterior sólo se trabajó con una Comisión y cree que no habrá problemas. Sometido a votación se acuerda por unanimidad de los miembros de la Corporación.

SEXTO.- NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES DE LA CORPORACIÓN

EN ÓRGANOS COLEGIADOS QUE SEAN DE LA COMPETENCIA DEL PLENO.

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 38 apartado c, del R.O.F., por medio de la presente se procede a realizar el nombramiento de los representantes de esta Corporación en los órganos colegiados que sean de la competencia del Pleno. El Sr. Alcalde realiza la siguiente propuesta, que es aprobada por la mayoría absoluta del número legal de Concejales: 1) MANCOMUNIDAD DE AGUAS DEL RÍO ALGODOR.- TITULAR: Jesús Fernández Clemente SUPLENTE: Jesús Santiago Díaz - Carralero 2) GRUPO DE ACCION LOCAL DULCINEA.-

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TITULAR: Jesús Santiago Díaz – Carralero SUPLENTE: Jesús Fernández Clemente 3) EN EL COLEGIO PÚBLICO (CONSEJO ESCOLAR).- TITULAR: Luisa Vega García SUPLENTE: Alfredo Saavedra García 4) EN LA F.E.M.P.- TITULAR: Francisco Javier Mota Plaza SUPLENTE: Jesús Fernández Clemente 5) CONSEJO LOCAL DE BIENESTAR SOCIAL.- TITULAR: Luisa Vega García SUPLENTE: María del Mar Muñoz Cereceda 6) CONSEJO LOCAL DE SALUD.- TITULAR: Luisa Vega García SUPLENTE: María del Mar Muñoz Cereceda 7) CONSORCIO DE SERVICIOS PÚBLICOS MEDIOAMBIENTALES.- TITULAR: Jesús Fernández Clemente SUPLENTE: Jesús Santiago Díaz - Carralero 8) PROGRAMA REGIONAL DE ACCIÓN SOCIAL (P.R.A.S.).- TITULAR: Luisa Vega García SUPLENTE: María del Mar Muñoz Cereceda Miguel Ángel López Fernández indica que está de acuerdo pero que se van a abstener. Sometido a votación se aprueba la propuesta con 6 votos a favor y cinco abstenciones. SÉPTIMO.- NOMBRAMIENTO DE TESORERA.

Por la Sra. Alcalde-Presidente se manifiesta que para la adecuada prestación de las funciones inherentes a la Tesorería Municipal, se hace necesario el nombramiento de una persona que lleve a cabo las tareas propias de la misma. De

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acuerdo con ello, propone sea efectuado el nombramiento de Tesorero Municipal a favor del miembro de esta Corporación, Dña. María del Mar Muñoz Cereceda.

Miguel Ángel López Fernández pregunta si la responsabilidad solidaria es de

los miembros del equipo de gobierno o de toda la Corporación. El Secretario contesta que se refiere a toda la Corporación. Se somete a votación y se aprueba con seis votos a favor y cinco

abstenciones.

OCTAVO.- DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE ALCALDÍA EN

MATERIA DE DELEGACIONES Y CUESTIONES ORGANIZATIVAS.

Se da cuenta de la Resolución de Alcaldía nº 165 de fecha 21 de Junio de

2011 con el siguiente contenido literal: Concejalí as y distribución de actividades entre las mismas del Ayuntamiento

de Tembleque Jesús Fernández Clemente, Alcalde: será el encargado de supervisar y

coordinar las actividades de todas las concejalías y también será el responsable del área de urbanismo.

Mª Mar Muñoz Cereceda, Concejala de Hacienda, Educación Y Cultura:

será la encargada del área económica del Ayuntamiento, así como de los temas culturales del mismo.

Alfredo Saavedra Garcí a, Concejal de Agricultura, Juventud Y Deportes: se

encargará de los temas de agricultura, las actividades y el desarrollo deportivo, los asuntos de los jóvenes y los movimientos asociativos de los mismos y colaborará con la concejala de hacienda y cultura en el desarrollo de festejos.

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Luisa Vega Garcí a, Concejala de Bienestar Social: se encargará de los

temas sociales del Ayuntamiento, relacionados con la infancia, las familias y los mayores y mujer, gestionando los temas de Ayuda a domicilio, Residencia, Dipucamina etc.

Francisco Javier Mota Plaza, Concejal de Obras y Servicios: supervisará y

controlará las obras menores, todas las que se desarrollen sin proyectos, así como del servicio de obras y limpieza del Ayuntamiento.

Jesús Santiago Dí az-Carralero, Concejal de Personal y Medio Ambiente:

será el encargado de la gestión y la administración de los recursos humanos del Ayuntamiento y de todos los temas relacionados con medio ambiente y el desarrollo rural de Tembleque.

Organización municipal. Dependencia de las diferentes áreas del Ayuntamiento y del personal de las

mismas Area administrativa (oficinas) incluida la AEDL: dependerán funcionalmente

del Secretario del Ayuntamiento y jerárquicamente de la concejalía de personal y medio ambiente.

Policí a local: dependerá funcional mente de cualquier concejalía y

jerárquicamente de la concejalía de personal y medio ambiente. Area de obras y limpieza del Ayuntamiento: dependerán jerárquica y

funcionalmente de la concejalía de obras y servicios. Subalternos: dependerán funcionalmente de cualquier concejalía y

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jerárquicamente del la concejalía de personal y medio ambiente. Ayuda a domicilio: dependerá jerárquica y funcionalmente de la concejalía de

bienestar social. C.A.I.: dependerá jerárquica y funcionalmente de la concejalía de bienestar

social. Oficina de turismo: dependerá jerárquica y funcionalmente de la concejalía de

hacienda y cultura. Biblioteca: dependerá jerárquica y funcionalmente de la concejalía de hacienda

y cultura. Monitor deportivo: dependerá jerárquica y funcionalmente de la concejalía de

agricultura y deportes. Todas las actividades, la coordinación entre ellas y las diferentes concejalías,

serán supervisadas por el Alcalde. Tenientes de Alcalde: - Primer Teniente de Alcalde: Dña. María del Mar Muñoz Cereceda. - Segunda Teniente de Alcalde: D. Alfredo Saavedra García. - Tercera Teniente de Alcalde: Dña. Luisa Vega García.

Miembros de la Junta de Gobierno Local:

El Presidnete, D. Jesús Fernández Clemente. Primer Teniente de Alcalde: Dña. María del Mar Muñoz Cereceda. Segunda Teniente de Alcalde: D. Alfredo Saavedra García.

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Tercera Teniente de Alcalde: Dña. Luisa Vega García. Delegaciones del Sr. Alcalde en la Junta de Gobierno Local:

11.- Delegación del Alcalde: letras d, g, j, n, ñ, o, p, q, r, s, del art. 21 LRBRL y disposición adicional 2ª de la Ley de Contratos del Sector Público 30/2007 (*): d) Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales. g) Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas. j) Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización. n) Sancionar las faltas de desobediencia a su autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales, salvo en los casos en que tal facultad esté atribuida a otros órganos. (*)ñ) Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto ni, en cualquier caso, los seis millones de euros incluidas las de carácter plurianual, cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada. o) La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto. (*)p) La adquisición de bienes y derechos cuando su valor no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni los tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio que no supere el porcentaje ni la cuantía indicados en los siguientes supuestos: 1º La de bienes inmuebles, siempre que esté prevista en el presupuesto. 2º La de bienes muebles, salvo los declarados de valor histórico o artístico cuya enajenación no se encuentre prevista en el presupuesto. q) El otorgamiento de las licencias, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno o a la Junta de Gobierno Local. r) Ordenar la publicación, ejecución y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento. s) Las demás que expresamente le atribuyan las leyes y aquellas que la legislación del Estado o de las Comunidades Autónomas asignen al municipio y no atribuyan a otros órganos municipales.

Los Concejales se dan por enterados.

NOVENO.- PROPUESTA DE DETERMINACIÓN DE CARGOS CON

DEDICACIÓN EXCLUSIVA O PARCIAL Y RÉGIMEN DE DEDICACIÓN DE LOS

MISMOS.

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Se propone en el presente pleno la procedencia de aprobar la dedicación exclusiva al Sr. Alcalde, tal y como es la voluntad del equipo de gobierno surgido de las últimas Elecciones Locales.

En concreto la propuesta consiste en la aprobación de unas retribuciones netas iguales a las del anterior mandato y el correspondiente alta en el Régimen General de la Seguridad Social, con unas retribuciones mensuales netas de 1.798,23 euros.

Miguel Ángel López Fernández indica que cuando gobernó el Partido Popular

en el mandato 2003-2007 a Antonio Revuelta Fernández, el entonces Alcalde “se le atacó hasta la extenuación” porque cobraba un sueldo. Con relación al mandato 2007-2011, el grupo popular consideró que era un sueldo excesivo, por eso van a votar en contra.

El Alcalde contesta que criticaban a Antonio porque cuando en el mandato 1999-2003 él se liberó fue también criticado por Antonio Revuelta. Continua el Alcalde indicando que todos los Concejales deben tener una mínima retribución por el ejercicio de sus funciones.

Se somete a votación y se aprueba la propuesta con seis votos a favor y cinco en contra.

DÉCIMO.- DACIÓN DE CUENTA DE CONSTITUCIÓN DE GRUPOS POLÍTICOS.

Vistos los escritos presentados por los miembros de las diferentes listas, se constituyen los Grupos Políticos y nombran Portavoces a los siguientes: GRUPO SOCIALISTA Jesús Fernández Clemente María del Mar Muñoz Cereceda (Portavoz) Alfredo Saavedra García

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Luisa Vega García Francisco Javier Mota Plaza Jesús Santiago Díaz – Carralero (Portavoz suplente) -GRUPO POPULAR.- Miguel Ángel López Fernández (Portavoz) Alicia Valero de la Peña (Portavoz suplente) Jose Manuel Chozas Bueno Antonio Revuelta Fernández Consuelo Maqueda Tello

DECIMOPRIMERO.- ADJUDICACIÓN DE CONCESIÓN GESTIÓN CICLO

INTEGRAL DEL AGUA.

A la vista del acta de la Mesa de Contratación celebrada el día 17 de Junio de 2011, en cuya reunión se propuso la adjudicación del contrato de gestión del servicio público de Gestión del suministro de agua potable, alcantarillado y depuración de aguas residuales, denominado “Gestión del Ciclo Integral del Agua”, a la vista de dicha propuesta, se acuerda por unanimidad, 1º.- Adjudicar a la mercantil GESTAGUA, Gestión y Técnicas del Agua S.A. con CIF A78139755, con domicilio en Calle Rosario del Pino 14-16, CP 28020 de Madrid, el contrato de gestión indicado con las siguientes condiciones: Canon inicial: 601.000 euros. Canon variable: 6% del importe sin IVA de la facturación. Duración del contrato: 25 años. CPV (Referencia de Nomenclatura): 65111000-4, distribución de agua potable; 90400000-1, servicios de alcantarillado; 90400000-7, servicios de tratamiento de aguas residuales Al mismo tiempo se le cita para la firma del contrato en documento administrativo en Tembleque, el día 11 de Julio de 2011, en horario a convenir. No obstante podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo a su cargo los correspondientes gastos. De conformidad con la cláusula 22, deberá procederse al ingreso de la primera parte del canon inicial por importe de 300.000 euros con anterioridad a la firma del contrato. La documentación a aportar de la cláusula 16ª se aportará en el plazo máximo de quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación en el

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perfil del contratante. Garantía definitiva: 30.050 € por cualquier medio de los previstos en el 84 de la Ley de Contratos del Sector Público. A su presentación le será devuelto el aval de la garantía provisional. 2º.- Notificar la presente al adjudicatario para su conocimiento y efectos oportunos. 3º.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo y en el Perfil del contratante.

DECIMOSEGUNDO.- MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 4/2011.

Se propone la aprobación, en su caso, de la siguiente modificación presupuestaria del tipo Crédito Extraordinario por importe de 7.778,48 €, para los fines siguientes: - Implantación suministro eléctrico en nuevo Sondeo de agua. Y que se pretende financiar con Anulaciones o bajas de otras partidas cuyos importes se estimen reducibles sin perturbar el funcionamiento del servicio, con el siguiente desglose de partidas presupuestarias:

ESTADO DE GASTOS/ PARTIDAS DEFICITARIAS

Partida Denominación Importe

2011/161/623 Implantación suministro eléctrico en nuevo Sondeo de agua

7.778,48 €

Total modificación Estado de Gastos 7.778,48 €

ESTADO DE INGRESOS/ PARTIDA DE GASTOS EXCENDENTARIA

Concepto/

Partida Denominación Importe

2011/161/22710 Mantenimiento Depuradora Aguas Residuales

7.778,48 €

Total modificación Estado de Ingresos/ o reducción

del Estado de Gastos 7.778,48 €

TOTAL MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 7.778,48 €

Sometida a votación, se aprueba la propuesta por unanimidad de los miembros de la Corporación.

DECIMOTERCERO.- ADJUDICACIÓN CONCESIÓN DEMANIAL

POLIDEPORTIVO DE TEMBLEQUE.

Se acuerda por unanimidad de los miembros de la Corporación

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1º.-Aprobar la propuesta de adjudicación de la Mesa de Contratación relativa a Concesión demonial del uso privativo en el Polideportivo de Tembleque para obtención de Energía fotovoltaica a la mercantil Cadmos Energías Renovables S.L., con domicilio en Calle Velázquez nº 19 2º Dcha. CP 28001 Madrid, y CIF B85427953, con las siguientes condiciones: A.- Objeto de la concesión: Uso privativo consistente en la colocación de cubiertas en las Pistas Polideportivas de Tembleque según documentación técnica presentada en las áreas 1, 2 y 3 del “Plano de implantación de paneles FV” incluido en la oferta presentada, así como sobre la cubierta ya existente en el área 4 del mismo Plano ya citado. B.- Duración del contrato: 25 años. C.- Plazo de ejecución de las cubiertas: 16 meses, desde el momento de la preasignación de la tarifa. D.- Canon del 1% del producto de la venta de la energía producida en las instalaciones, excluido el IVA. 2º.- Requerir al adjudicatario la presentación de la documentación indicada en la cláusula 11ª del pliego de cláusulas administrativas particulares en el plazo de diez días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación. 3º.- Notificar al adjudicatario el presente acuerdo y en el Perfil de contratante.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión por el Sr. Alcalde, siendo las diecinueve horas y veinte minutos del día de la fecha, con la salvedad del artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre. Vº Bº EL ALCALDE PRESIDENTE EL SECRETARIO INTERVENTOR Fdo. Jesús Fernández Clemente Fdo. D. Juan José de la Mata Posadilla