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Universidttd de Colima Facultad de Economía “ESTUDIO FINANCIERO Y FISCAL DEL ARRENDAMIENTO FINANCIERO EN EL AÑO 2002” TESIS Que para obtener el grado de: Maestro en Ciencias Area Finanzas Presenta: C.P. Pedro Flores García Director de Tesis: Mtro. Juan Flores Preciado Villa de Álvarez, Colima. Junio de 2002.

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  • Universidttd de ColimaFacultad de Economa

    ESTUDIO FINANCIERO Y FISCAL DELARRENDAMIENTO FINANCIERO

    EN EL AO 2002

    TESIS

    Que para obtener el grado de:

    Maestro en Ciencias Area Finanzas

    Presenta:

    C.P. Pedro Flores Garca

    Director de Tesis:

    Mtro. Juan Flores Preciado

    Villa de lvarez, Colima. Junio de 2002.

  • 1

    UNIVERSIDAD DE COLIMA

    FACULTAD DE ECONOMIA

    ESTUDIO FINANCIERO Y FISCAL DEL ARRENDAMIENTO FINANCIERO EN

    EL AO 2002.

    TESIS

    QUE PARA OBTENER EL GRADO DE

    MAESTRO EN CIENCIAS AREA FINANZAS

    PRESENTA:

    C.P. PEDRO FLORES GARCIA

    ASESOR:

    MTRO. JUAN FLORES PRECIADO

    VILLA DE ALVAREZ, COL. ENERO de 2002

  • 2

    UNIVERSIDAD DE COLIMA

    FACULTAD DE ECONOMIA

    ESTUDIO FINANCIERO Y FISCAL DEL ARRENDAMIENTO FINANCIERO EN

    EL AO 2002.

    TESIS

    QUE PARA OBTENER EL GRADO DE

    MAESTRO EN CIENCIAS AREA FINANZAS

    PRESENTA:

    C.P. PEDRO FLORES GARCIA

    ASESOR:

    MTRO. JUAN FLORES PRECIADO

    VILLA DE ALVAREZ, COL. ENERO de 2002

  • 3

    INDICE

    RESUMEN 5

    INTRODUCCIN 6

    OBJETIVOS 7

    JUSTIFICACIN 8

    METODOLOGA 10

    CAPITULO I.

    ANTECEDENTES

    Antecedentes, 14. Arrendamiento en el mbito internacional, 14. Arrendamiento en el mbito

    nacional, 15. Situacin actual, 17.

    CAPITULO II

    CONCEPTO, ELEMENTOS Y MODALIDADES

    Definicin, 19. Elementos del contrato, 21. Modalidades, 21. Arrendamiento neto, 22.

    Arrendamiento global, 22. Arrendamiento ficticio, 24.

    CAPITULO III

    MARCO FINANCIERO Y FISCAL

    Antecedentes, 26. Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crdito, 27.

    Cdigo Fiscal de la Federacin, 28. Ley del Impuesto Sobre la Renta, 28. Ley del Impuesto al

    Activo, 29.

    CAPITULO IV

    GENERALIDADES

    Requisitos a cumplir por el arrendatario, 32. Plazo, monto, tasa de inters y otros parmetros,

    33. Caractersticas generales, 34. Crditos Puros, 35. Aumento de Capital, 35. Arrendamiento

    Financiero, 36. Arrendamiento Puro, 37. Diferencias y similitudes, 38.

    CAPITULO V

    ESTUDIO FINANCIERO

  • 4

    Consideraciones financieras, 42. Capital de trabajo, 43. Rendimiento sobre la inversin, 44.

    Capacidad de crdito, 47. Registro en los estados financieros, 49. Disminucin en el costo de

    financiamiento, 52.

    CAPITULO VI

    ESTUDIO FISCAL

    Introduccin, 54. Rgimen fiscal especial que provoca el diferimiento de impuestos, 55.

    Deduccin de intereses y la reforma fiscal, 60. Herramienta de planeacin en prestaciones a

    empleados, 63.

    CAPITULO VIII

    INCONGRUENCIA DE LAS DISPOSICIONES FISCALES

    Renta o inversin?, 68.

    CAPITULO IX

    METODOLOGA PARA LA EVALUACIN CUANTITATIVA

    Mtodos de evaluacin de proyectos de inversin, 69. Metodologa propuesta, 70

    CONCLUSIONES

    SUGERENCIAS

    ANEXOS

    BIBLIOGRAFIA

  • 5

    RESUMEN

    Estudio Financiero y Fiscal del Arrendamiento Financiero en el ao 2002.

    Este trabajo de investigacin est orientado a realizar un estudio financiero y fiscal del

    arrendamiento financiero, desde el enfoque del arrendatario, que nos permita realizar un

    anlisis y evaluacin de esta alternativa financiera.

    Como alternativa de financiamiento, el arrendamiento financiero ampla la capacidad

    crediticia de la empresa, al tener sta la posibilidad de vender sus propios activos a una

    arrendadora financiera para posteriormente rentarlos (lease back), obteniendo as recursos

    monetarios nuevos. Por otro lado, al constituirse el propio bien como garanta del contrato, se

    deja libre y sin afectacin otros activos, que pueden ser utilizados como garanta para otros

    crditos.

    El cambio en las disposiciones fiscales ha quitado beneficios a esta alternativa de

    financiamiento. Alguna literatura consultada atribuye al arrendamiento financiero beneficios

    fiscales que actualmente ya no es posible aplicar en las empresas, por ejemplo el de utilizarlo

    como herramienta de planeacin para prestaciones a empleados. Se maneja tambin, que el

    arrendamiento financiero tiene un rgimen fiscal que provoca el diferimiento de impuestos, se

    comprob que no existe tal rgimen especial, pues el tratamiento fiscal que se aplica en

    materia de los montos en deduccin de inversiones e intereses es el mismo que con otros tipos

    de financiamiento.

    Por otro lado existen incongruencias en las propias disposiciones fiscales, al sealar

    por un lado que el arrendamiento financiero es un contrato de uso o goce de un bien y por el

    otro una enajenacin.

  • 6

    SUMMARY

    Financial and fiscal study of the financial lease in the year 2002.

    This investigation work is guided to accomplish a financial and fiscal study of the

    financial lease, from the approach of the lessee, that permit us to accomplish an analysis and

    evaluation of this financial alternative.

    As an alternative of financing, the financial lease widens the credit capacity of the

    company, upon having this the possibility of selling their fixed assets to a lessor, for

    thereinafter lease them, obtaining thus new monetary resorces. On the other hand, as its assets

    are constituted as guarantee of the contract, it frees other assets whitout affectation, that they

    can be used as guarantee for other credits.

    The change in the fiscal arrangements has removed benefits to this financing

    alternative. Some consulted literature attributes to the financial lease fiscal benefits that no

    longer has, for example that of using it as a tool for planning benefits to its personnel. It is also

    said that the financial lease has a fiscal regimen that provokes to put off some taxes, but as this

    paper explains, not such special regimen exists.

    On the other side, there is incongruence in the fiscal regulations, upon indicating on

    the one hand that the financial lease is a contract to use or posses a good and by the other just

    a sale.

  • 7

    INTRODUCCIN

    Mediante el presente trabajo de investigacin el objetivo es realizar un estudio

    financiero y fiscal desde el enfoque del arrendatario, que permita conocer el contrato, sus

    caractersticas, sus efectos financieros, la realidad actual de esta alternativa de financiamiento

    y en s, todas las variables que permitan al interesado en este tema evaluar la alternativa de

    financiamiento. Se pretende responder preguntas como Qu efectos produce en la

    informacin financiera?, Cules son las diferencias y similitudes de esta alternativa financiera

    con respecto al crdito refaccionario, aumento de capital, o arrendamiento puro?, Cules son

    los beneficios fiscales asociados a esta alternativa financiera?, En que medida el cambio de

    las disposiciones fiscales ha afectado a los contratos de arrendamiento financiero?.

    El impacto financiero neto de las erogaciones ser distinto segn la alternativa de

    financiamiento elegida. En todo proyecto de inversin debe evaluarse el impacto que tienen

    los impuestos derivados de la alternativa seleccionada, ya que estos inciden en el costo

    integral de financiamiento. Las disposiciones fiscales son continuamente modificadas, por ello

    los anlisis financieros deben incluir esos cambios para evitar distorsiones en la evaluacin del

    proyecto.

    Esta investigacin es conveniente ya que servir de gua a los interesados en el tema.

    Tiene trascendencia social, porque los aspectos han sido tratados de manera objetiva y sin

    tendencias sensacionalistas. Tiene implicaciones trascendentes para una amplia gama de

    problemas prcticos. La informacin aqu expuesta puede servir de gua, se puede comentar,

    desarrollar o cuestionar.

    El presente trabajo incluir los orgenes del arrendamiento financiero, el concepto, las

    modalidades, el marco legal, un estudio financiero y fiscal, la propuesta de una metodologa

    cuantitativa, y se proponen cambios al marco fiscal que regula al arrendamiento financiero.

  • 8

    OBJETIVOS

    El establecimiento de los objetivos es parte fundamental en cualquier estudio, ya que

    son los puntos de referencia o sealamientos que guan el desarrollo de una investigacin y a

    cuyo logro se dirigen los esfuerzos. 1

    Considero muy trascendente que en todo trabajo de investigacin se expresen los

    objetivos que se pretenden lograr, con la finalidad de lograr un eficaz y eficiente trabajo de

    investigacin, as tambin, para que los usuarios e interesados sobre la investigacin conozcan

    a detalle que se pretende lograr a travs de la misma.

    Es importante que los objetivos se expresen con claridad para que orienten el estudio y

    eviten desviaciones en el proceso de investigacin.

    De acuerdo a lo expuesto en las lneas anteriores, el objetivo que se pretenden con el

    presente trabajo de investigacin es realizar un estudio financiero y fiscal desde el enfoque

    del arrendatario, que permita conocer el contrato, sus caractersticas, sus efectos financieros,

    su impacto fiscal, la realidad actual de esta alternativa de financiamiento, y en s, las variables

    que le permitan al interesado en el tema evaluar esta alternativa financiera.

    1 Rojas Ral, Gua para realizar investigaciones sociales. Plaza y Valds Editores. 1996. Pg. 57

  • 9

    JUSTIFICACION

    Por justificacin se entiende sustentar, con argumentos convincentes, la realizacin

    de un estudio; en otras palabras, sealar porqu y para qu se va a llevar a cabo2

    El arrendamiento financiero en los ltimos aos ha adquirido una importancia

    relevante como fuente de financiamiento externo para las empresas, debido a sus ventajas

    comparativas, tanto fiscales como financieras sobre otras clases de crditos tales como: rpida

    resolucin del financiamiento, crdito del 100% del valor del bien, tasas de inters

    competitivas, liberacin de otras lneas de crdito, proteccin al capital de trabajo, etc.3

    El arrendamiento financiero como fuente adicional de financiamiento mantiene o

    incrementa el capital de trabajo de la empresa, mejorando su liquidez, aumenta el rendimiento

    sobre la inversin de los accionistas; mantiene o ampla la capacidad crediticia de la empresa

    por ser una fuente de financiamiento adicional a las fuentes bancarias tradicionales;

    disminuye el costo integral del financiamiento por el diferimiento de impuestos provocados

    por el rgimen fiscal especial del contrato, libera otras fuentes de fondos tradicionales al

    gravar exclusivamente los bienes arrendados. 4

    Se tornara muy repetitivo seguir sealando las caractersticas en primera instancia que

    posee el Arrendamiento financiero. Se puede agregar, que toda empresa mexicana o de

    cualquier parte del mundo est en busca de la mejor alternativa de financiamiento, ya sea para

    disminuir o eliminar sus problemas de liquidez, para planes de expansin, u otro motivo.

    En pocas de recursos financieros limitados, y donde prevalecen tasas hasta del 35%

    en Impuesto Sobre la Renta para los contribuyentes, es indispensable la implementacin de

    mecanismos jurdicamente viables que no slo permitan proteger los fondos empresariales,

    sino que tambin, tiendan a la minimizacin de cargas tributarias como consecuencia de sus

    erogaciones. De manera tentativa y como se analizar en el cuerpo capitular, el arrendamiento

    2 Rojas Ral. Op. Cit. Pg 45 3 Siu Carlos, Huerta Ernestina, Marquet Luis. Arrendamiento financiero, estudio contable, fiscal y financiero, .IMPC.1999,. Pg 11. 4 Haime Luis. El Arrendamiento financiero, sus repercusiones fiscales y financieras. Ediciones Fiscales ISEF. 1998. Pg 15

  • 10

    financiero pudiera ser la alternativa de financiamiento que protege el capital de trabajo y

    tiende a la reduccin de las cargas tributarias.

    Por todo lo anterior, llevar a cabo ste estudio financiero y fiscal del arrendamiento

    financiero desde el enfoque del arrendatario, permite a los administradores, asesores

    financieros, consultores de reas afines, contadores e interesados en el tema; obtener

    elementos para conocer esta alternativa financiera, sus caractersticas, efectos financiero y la

    realidad actual de esta alternativa de financiamiento.

  • 11

    METODOLOGIA

    El mtodo cientfico es la lgica general, tcita o explcitamente empleada para dar

    valor a los mritos de una investigacin.5

    Como toda actividad en la vida, es bien importante guiarse bajo un procedimiento,

    entendiendo ste: como una secuencia cronolgica para lograr un objetivo.

    Tomando la metodologa de varios autores en la materia, tales como Ral Rojas

    Soriano, Fernando Arias Galicia, Roberto Hernandez Sampieri y otros, los cuales tienen ms

    puntos en comn que de discordancia, el mtodo est formulado en las siguientes etapas:

    Clasificacin de la investigacin:

    Con base a la fuente de donde se va a obtener la informacin a investigacin se

    considera documental. En lo que respecta al objetivo que se pretende en la investigacin con

    el manejo de resultados queda clasificada como transversal. De la misma manera este estudio

    se encuentra ubicado en el nivel descriptivo ya que lo que se pretende es: realizar un estudio

    financiero y fiscal del arrendamiento financiero desde el enfoque de las arrendatarias.

    Eleccin del tema:

    Para la eleccin del tema de investigacin se sigui el procedimiento deductivo; es

    decir, de lo general a lo particular; esto es, se elabor un listado de materias contenidas en el

    plan de estudios de la Maestra, seleccionando finalmente el arrendamiento financiero,

    teniendo como motivacin:

    Desempear actualmente el cargo de Director de Finanzas y Contabilidad para una

    empresa particular y por consecuencia trabajar en el rea.

    Existe informacin documental.

    Aunque el tema ya se trat, algunos anlisis resultan contrarios a las disposiciones de

    las leyes respectivas.

    5 Cerro, A.L. y Bervia, P.A. Metodologa cientfica. Bogot, Colombia. Edit. Mc. Graw-Hill, 1980. Pg. 3

  • 12

    Es de inters personal

    Es de inters para administradores, empresarios, asesores financieros, contadores,

    economistas y dems interesados.

    Es de relevancia para la Facultad, la Universidad y la Sociedad Mexicana.

    Posteriormente se definieron los marcos jurdicos, geogrficos, histricos y

    conceptuales, as como el tipo de investigacin.

    Planteamiento del problema

    De toda la gama de problemas planteados sobre el tema de este trabajo de

    investigacin se eligi el que se consider ms viable, importante y relevante; sin embargo,

    durante la investigacin pueden enunciarse algunos ms que se requieran en el mismo.

    Revisin

    Antes de la formulacin de las hiptesis se realiz una revisin de material

    documental acerca del problema planteado, confirmando a su vez, que existe suficiente

    informacin documental. Se encontr que existe bastante informacin en direcciones de

    Internet.

    Formulacin de Hiptesis.

    Hiptesis conceptual:

    Respecto lo que opina Luis Haime Levy6

    El arrendamiento financiero como fuente adicional de financiamiento mantiene o

    incrementa el capital de trabajo de la empresa, mejorando su liquidez; aumenta el rendimiento

    sobre la inversin de los accionistas; mantiene o amplia la capacidad crediticia de la empresa,

    por ser una fuente adicional a las fuentes bancarias tradicionales; disminuye el costo integral de

    financiamiento por el diferimiento de impuestos provocados por el rgimen fiscal especial del

    contrato; libera otras fuentes de fondos al gravar exclusivamente los bienes arrendados.

    6 Haime Luis. Op Cit. Contraportada

  • 13

    A la vez que es una fuente adicional de recursos se utiliza como herramienta de

    planeacin en el otorgamiento de beneficios y prestaciones a los ejecutivos de las empresas, as

    como generador de recursos adicionales para la empresa, al poder vender y arrendar sus

    propios activos fijos.

    Hiptesis general

    El arrendamiento financiero es una alternativa de financiamiento que permite a la

    arrendataria obtener los beneficios de otras alternativas de financiamiento y adems trae

    beneficios fiscales asociados.

    Hiptesis especficas

    El arrendamiento financiero como fuente alterna de financiamiento:

    a. Mantiene o incrementa el capital de trabajo

    b. Aumenta el rendimiento sobre la inversin

    c. Ampla la capacidad crediticia de la empresa

    d. Tiene un rgimen fiscal especial que provoca el diferimiento de impuesto

    logrando con ello la disminucin del costo integral de financiamiento

    e. Es una herramienta de planeacin en el otorgamiento de beneficios y

    prestaciones a los empleados de las empresas.

  • 14

    1.ANTECEDENTES

  • 15

    1.1 ANTECEDENTES

    Resulta bastante impreciso sealar la fecha en la cual nace la actividad que hoy se

    conoce como arrendamiento, lo que s podemos resaltar que esta actividad se realizaba antes de

    la era cristiana, existen antecedentes de que en Mesopotamia, con el surgimiento de las

    primeras ciudades hacia el ao 4000 A.C. y en Babilonia en 1690 A.C., se arrendaban las

    tierras y herramental agrcolas, el pago consista en parte de la cosecha. Tambin se tiene el

    antecedente con los Fenicios, pues estos que vivan ordinariamente del comercio, basaron parte

    de su desarrollo en el arrendamiento de embarcaciones dedicadas a dicha tarea7

    1.2 ARRENDAMIENTO EN EL AMBITO INTERNACIONAL

    Seala Carlos Siu8 que el arrendamiento financiero en el mbito internacional, surge a

    principios de la dcada de los aos cincuenta en los Estados Unidos de Amrica e Inglaterra.

    Este nace como una alternativa de solucin a las necesidades de las empresas de contar con

    nuevos mecanismos que les permitieran adquirir activos fijos para su crecimiento y desarrollo

    sin que se viera afectada su liquidez y solvencia, y de paso eliminaban otras restricciones que

    se tendran al contratar otra clase de crditos.

    En la actualidad una de las principales fuentes de financiamiento de tipo externo en los

    Estados Unidos es el arrendamiento financiero. Segn el autor referido, ms del 30% de las

    inversiones en bienes de capital se han financiado a travs de sta figura jurdica. La

    Asociacin Americana de Arrendamiento de Equipo indica que cerca del 80% de las empresas

    de los Estados Unidos utilizan en la actualidad el arrendamiento, lo cual expresado en cifras,

    indica que dicha actividad est por encima de los 100,000 millones de dlares anuales.

    En otros pases como el Canad y Japn los activos se financian a travs del

    arrendamiento en un 9% y 8% respectivamente. En el Japn existen cerca de 600 compaas

    que conforman la industria arrendadora. En otros pases europeos existen importantes

    empresas de arrendamiento que cuentan con sucursales alrededor del mundo.

    7 Siu Carlos, et al, op cit, pg 19 8 Ibid, pg 20

  • 16

    1.3 ARRENDAMIENTO EN EL AMBITO NACIONAL

    En la dcada de los sesenta, cuando el arrendamiento financiero se da por primera

    vez en los pases latinoamericanos, son considerados pioneros en este ramo Brasil, Venezuela

    y Mxico; entre otros pases del rea se emplea poco dicha alternativa.9

    Como se comenta en el prrafo anterior, es en los aos sesentas cuando se empieza a

    utilizar en nuestro pas la figura del arrendamiento financiero, de acuerdo con Carlos Siu10 las

    primeras arrendadoras tuvieron una importante aceptacin por parte del pblico al que

    otorgaban sus servicios, esto se debi a las ventajas que en ese entonces ofrecan; una de stas

    consista en que cada arrendadora tena el respaldo de una institucin financiera extranjera a

    empresas pequeas, medianas o grandes, en otras circunstancias ser acreditado de este tipo de

    financiamiento hubiese sido difcil sobre todo para las dos primeras, aunado a esto, bajo un

    punto de vista fiscal, las rentas que cubran las empresas a las arrendadoras eran deducibles

    en su totalidad..

    Es en el ao de 1982 cuando la Comisin Nacional Bancaria, expidi una serie de

    normas y reglamentos tendientes a regular y controlar la actividad de las arrendadoras, es

    decir, antes de este ao no exista una legislacin especfica que regulara el arrendamiento

    financiero, por tanto puede establecerse que se aplicaban las disposiciones del derecho federal

    comn u otros mtodos de interpretacin jurdica. Esto ltimo lo confirma en su obra el Dr.

    Haime Levy estableciendo: En los principios de la operacin, el contrato de arrendamiento

    financiero fue un contrato especial, agrupado dentro de los innominados, por ser, dadas sus

    caractersticas, la yuxtaposicin de dos contratos de carcter civil: uno, el arrendamiento, y el

    otro, la compra-venta. 11

    Actualmente, este contrato est contemplado en la legislacin, pues est

    reglamentado, expresamente, dentro del Cdigo Fiscal de la Federacin. Existen normas

    especficas en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, y las personas morales que pueden

    constituirse para ese fin, tienen que cumplir con las reglas y supervisin de la Secretara de

    Hacienda y Crdito Pblico, a travs de las comisiones correspondientes.

    9 Ibid, pg 20. 10 Ibid pg 21.

  • 17

    Continuando con los antecedentes, Carlos Herrera establece que el arrendamiento

    apareci en Mxico en el ao de 1961, en ese entonces se ofreci la operacin del

    arrendamiento financiero como una nueva herramienta de financiamiento, con la ventaja

    fiscal de que la Ley del Impuesto Sobre la Renta permita al arrendatario deducir el monto

    total de las rentas pagadas. El arrendamiento financiero se canaliz primordialmente al

    financiamiento de vehculos y algunos bienes industriales. 12

    Seala Carlos Herrera13 que el crecimiento importante de la industria del

    arrendamiento financiero se dio en los aos de 1976 y 1981, en ste periodo las arrendadoras

    financieras pertenecientes a grupos bancarios rebasaron de financiar un monto anual de 46

    millones de dlares a ms de 500 millones. El campo de actividad de las arrendadoras se abre

    y se dirige en forma primordial sectores de dinmico crecimiento, no atendidos en su totalidad

    por la banca, principalmente construccin y transporte. Sin embargo, se participa tambin en

    el financiamiento de multitud de equipos industriales, equipos de cmputo, aeronaves

    pequeas y otros bienes.

    Es precisamente en los aos sealados en el prrafo anterior (1976 a 1981) cuando las

    arrendadoras financieras comenzaron a manejar cifras de gran importancia a nivel nacional.

    Sus operaciones adems de arrendamiento financiero se ampliaron en algunos casos a crditos

    refaccionarios, hipotecarios y directos. Al observar esto, las autoridades monetarias del pas, y

    tomando en cuenta que sirven de mediadoras entre las ins tituciones de crdito y el cliente, es

    decir, son un intermediario entre la banca y la empresa, decidieron en las reformas a la Ley

    General de Instituciones de Crdito y Organizaciones Auxiliares publicadas el 30 de

    diciembre de 1981 que las sociedades dedicadas a esta actividad se incorporaran al sistema

    financiero mexicano como organizaciones auxiliares de crdito, sujetas por tanto a concesin

    del gobierno federal.

    11 Haime Luis. Op cit. Pg 37 12 Herrera Carlos. Op Cit. Pg 36 13 Ibid, pg 37.

  • 18

    1.4 SITUACION ACTUAL

    Dado el crecimiento y desarrollo que present el sector arrendador durante los

    ochentas, les fue autorizado el acceso al Mercado de Valores, va pagars financieros y la

    emisin de obligaciones. (*)

    En 1995 y 1996, aos sumamente crticos para el pas y por consiguiente para el

    sector financiero y en especfico para el arrendador, las instituciones que lo integran se

    abocaron a solucionar los problemas ms urgentes tales como: la escasez de fuentes de

    fondeo, el deterioro en la calidad de cartera, la reestructuracin y recuperacin de sus crditos

    vencidos, as como la erosin de su base de capital.14

    En el ao 2000, segn artculo(a) de la revista Mundo Ejecutivo,15 las utilidades reales

    crecieron un 8% y para el ao 2001 se espera se eleven un 18%. No obstante este repunte, se

    est lejos de los niveles de 30% que llegaron a tener hace cinco aos, antes de la crisis

    econmica que se suscit en Mxico y que contrajo al mercado del arrendamiento financiero.

    De ser acertados los pronsticos referidos, significa que el impacto en utilidades netas sera

    superior a los 500 millones de pesos.

    A fines de 2001 son 33 las instituciones que ofrecen bienes en arrendamiento

    financiero en Mxico, dentro de estas encontramos que nueve son bancarias, 10 las ligadas a

    una empresa del extranjero y 14 son independientes.

    A decir de las arrendadoras, sin hacer mencin alguna de las tasas de inters, las

    expectativas a futuro son buenas, ya que el Presidente Vicente Fox y el secretario de

    Economa Luis Ernesto Derbez, establecieron el compromiso de impulsar durante su

    administracin a las medianas, pequeas y microempresas, adems que an cuando los

    funcionarios bancarios han dicho que ya estn listos para dar crdito, lo cierto es que an se

    encuentra restringido y el arrendamiento financiero puede ser una alternativa para hacerse de

    los bienes de capital que requieren las empresas.

    (*) Las obligaciones representan un crdito en dinero a cargo de la sociedad emisora. 14 Siu Ca rlos, et al. Op cit.- Pg. 24. (a) Se utiliza como referencia, no tiene ningn valor cientfico. 15 Arrendadoras Financieras, Herramienta para elevar la productividad, Mundo Ejecutivo, 2001, Marzo, Pg 102 a 115.

  • 19

    2. CONCEPTO, ELEMENTOS Y MODALIDADES

  • 20

    2.1 DEFINICION

    Existen variadas definiciones del arrendamiento financiero, podemos darnos cuenta

    que algunas coinciden entre s, y que ninguna definicin va en contra de lo establecido en la

    Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crdito, que es la disposicin

    legal que regula este tipo de contratos

    Carlos Siu16 en su obra menciona que el arrendamiento financiero es una operacin

    por medio de la cual una persona denominada arrendador, otorga el uso o goce de un bien

    tangible a otra persona denominada arrendatario y sta se compromete mediante la firma de

    un contrato a realizar pagos peridicos que se integran por los intereses y la amortizacin del

    capital. En otras palabras, establece que el arrendatario adquiere el derecho de utilizar el

    inmueble, maquinaria o equipo, en su beneficio y la renta que cubre sirve para pagar el costo

    del activo fijo, el costo del capital, los gastos de operacin y el margen de utilidad que deber

    obtener el arrendador.

    Haime Levy 17se expresa de una manera muy similar al texto de Ley, seala que el

    arrendamiento financiero es un contrato por medio del cual se obliga a una de las partes

    (arrendador) a financiar la adquisicin de un bien, mueble o inmueble, durante un plazo

    previamente pactado e irrevocable para ambas partes, que formar parte del activo fijo de otra

    persona, fsica o moral. Seala adems (al igual que la disposicin legal) que al final de dicho

    plazo, el arrendatario deber ejercer alguna de las tres opciones siguientes:

    a. Transferir la propiedad del bien objeto del contrato mediante el pago de una cantidad

    determinada, que deber ser inferior al valor de mercado del bien al momento de

    ejercer la opcin.

    b. Prorrogar el contrato por un plazo cierto durante el cual los pagos sern por un monto

    inferior al que se fij durante el plazo inicial del contrato.

    c. Obtener parte del precio por la enajenacin a un tercero del bien objeto del contrato.

    16 Siu Carlos, et al, op cit, pg 29 17 Levy Haime, op cit, pg 37

  • 21

    En su obra James C. Van Horne seala: Un arrendamiento es un contrato por el cual

    el propietario de un activo (el arrendador) concede a otra parte (el arrendatario) el derecho

    exclusivo para utilizar el activo a cambio del pago de renta.18

    El Banco Nacional de Mxico (BANAMEX) refiere que se trata de un contrato a plazo

    forzoso entre dos partes: arrendador, el cul se obliga a adquirir determinados activos, y a

    conceder su uso y goce temporal a una persona fsica o moral llamada arrendatario (o

    clientes); y este ltimo se obliga a pagar una renta que cubra el valor de adquisicin de los

    bienes, ms la carga financiera y sus accesorios.

    No obstante que las citas anteriores son bastante claras, es importante apegarnos a las

    normas que revisten y le dan nacimiento jurdicamente hablando, a este tipo de contrato. La

    ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crdito19 y el Cdigo Fiscal

    de la Federacin20, son las disposiciones que regulan en materia financiera y fiscal

    respectivamente sta actividad, sin olvidar desde luego las disposiciones especficas en

    materia de causacin y pago de impuestos, como son la ley del Impuesto Sobre la Renta, el

    Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto al Activo.

    El contrato referido, est regulado por los artculos 24 a 38 de la Ley General de

    Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crdito. El artculo 25 del mencionado

    ordenamiento establece: por virtud del contrato de arrendamiento financiero, la arrendadora

    se obliga a adquirir determinados bienes y a conceder su uso o goce temporal , a plazo

    forzoso, a una persona fsica o moral, obligndose esta a pagar como contraprestacin, que se

    liquidar en pagos parciales, una cantidad en dinero determinada o determinable, que cubra el

    valor de los bienes, las cargas financieras, y los dems accesorios y a adoptar al vencimiento

    del contrato alguna de las opciones terminales a que se refiere el artculo 27 de la citada ley.

    Dentro del captulo siguiente, dada su importancia, hablaremos ms sobre el marco legal

    (fiscal y financiero) y en especfico se tratarn las opciones terminales.

    18 Van James, Administracin Financiera, Prentice Hall 1997, Pg 52 19 Publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 14 de Enero de 1985 20 Publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 30 de Diciembre de 1981.

  • 22

    2.2 ELEMENTOS DEL CONTRATO

    Como toda operacin financiera o contrato de otra ndole, la operacin de

    arrendamiento financiero cuenta con tres elementos: los personales, los reales y los formales.

    Personales

    a. El arrendador. Quien es el que se obliga a conceder el uso o goce temporal de

    un bien que legalmente es de su propiedad.

    b. El arrendatario. Es la persona, ya sea fsica o moral que adquiere el derecho del

    uso o goce temporal del bien referido mediante el pago de una renta.

    Reales

    a. Todos los bienes muebles o inmuebles que pueden ser susceptibles de

    arrendarse

    b. El monto total de la operacin, que es la suma de dinero que el arrendatario se

    obliga a pagar al arrendador a cambio del uso o goce temporal del bien objeto

    del contrato.

    Formales

    a. El contrato que ampara la operacin, apegado a las disposiciones relativas

    b. La ratificacin del contrato ante la fe de un notario o corredor pblico. Adems

    puede ser inscrito en el Registro Pblico de la Propiedad.

    2.3 MODALIDADES

    Al igual que cualquier mercanca o servicio que se ofrece, este contrato tiene distintas

    y variadas formas de establecer obligaciones y derechos, seala Haime Levy 21 que se puede

    considerar que el contrato de arrendamiento financiero es una modalidad del contrato de

    21 Levy Haime, op cit, pg 42

  • 23

    arrendamiento puro, o que el primero se inspir en el segundo para poder surgir, dadas las

    necesidades de adquirir equipo por medio de un financiamiento pero con un pago inicial

    reducido que no afectar la liquidez de la empresa. Seala adems, que los pagos parciales de

    este tipo de contratos se asemejan a las rentas de un arrendamiento puro y el hecho de no

    tener que hacer un pago anticipado o enganche lo acerca ms an a sta operacin. Sin

    embargo, con el transcurso del tiempo, las diferencias entre ambos contratos ha crecido y las

    variedades de arrendamiento financiero han surgido.

    Despus de haber documentado diversos autores, podemos establecer para efectos de

    ste estudio, que el arrendamiento financiero lo podemos clasificar en: neto, global y ficticio.

    2.3.1 Arrendamiento neto

    En este tipo de contratacin, el arrendatario cubre todos los gastos en la adquisicin y

    utilizacin del bien arrendado. Las erogaciones que puede tener el arrendatario son entre

    otras: los de instalacin, impuestos de importacin, as como los desembolsos por concepto de

    derechos, fletes, trasportes, acarreos, seguros contra riesgos en la transportacin, manejo,

    comisiones sobre compras y honorarios a agentes aduanales, etc. Para clarificar lo anterior, el

    arrendador slo financia el costo de adquisicin del bien, por ejemplo en el arrendamiento de

    un bien industrial, el cual recupera a travs del cobro de las rentas peridicas pactadas durante

    el plazo inicial forzoso y de la opcin que se ejerzan al trmino del contrato.

    Seala Haime Levy 22 (sin mostrar estadstica alguna) que esta es la modalidad ms

    aceptada en Mxico y que a pesar de existir otras, es el ms difundido en el medio mexicano.

    2.3.2 Arrendamiento global

    Se puede establecer que es la contrapartida del arrendamiento neto, esto es, el

    arrendador cubre las erogaciones distintas al costo de adquisicin y las incorpora al costo del

    contrato, para que, a travs de las rentas peridicas y de alguna de las opciones que se elijan al

    trmino del contrato, dicho costo sea finalmente pagado por el arrendatario y recuperado por

    la arrendadora. En otras palabras, la arrendadora financia la adquisicin del bien, ms todos

    22 Ibid, pg 47

  • 24

    los gastos necesarios para tener el activo en lugar y condiciones que permitan su

    funcionamiento.

    2.3.3 Arrendamiento ficticio

    Tambin se le conoce con el nombre de Venta y Arrendamiento Ficticio (sale and

    lease back, en ingls).

    No obstante que la palabra ficticio pudiera generar cierta confusin en el sentido de

    presuntamente implicar una simulacin de actos en perjuicio de un tercero o cualquier otra

    persona o institucin, lo cierto es que est figura est perfectamente prevista en la Ley

    General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crdito, en su artculo 24 fraccin

    III, y establece que las arrendadoras podrn adquirir bienes del futuro arrendatario, con el

    nico compromiso de darlos a este en arrendamiento financiero.

    As las cosas, el arrendamiento financiero en su modalidad de lease back parece una

    operacin inversa al arrendamiento financiero normal: A travs del arrendamiento ficticio,

    una empresa industrial o comercial, sin garantas que ofrecer, y con lneas de crdito

    cerradas, puede vender sus activos fijos* o parte de ellos a una arrendadora financiera,

    la cual celebra un contrato de arrendamiento financiero por los mismos, de esta manera,

    el arrendatario, quien no requiere de nuevos activos fijos, sino nicamente

    financiamiento, obtiene recursos monetarios frescos adicionales para operar, ya que al

    vender a la arrendadora sus activos, obtiene de sta el valor de mercado en efectivo y de

    forma inmediata. Bajo este escenario, nunca pierde la posesin de sus activos fijos, as como

    tampoco la propiedad, simplemente cambia el esquema legal de propiedad de dichos bienes.

    No debemos olvidar el efecto fiscal que implica la enajenacin de los bienes bajo el

    escenario del prrafo anterior, ya que se puede generar una utilidad o una prdida por la

    realizacin de los activos, dependiendo de los valores pactados, del tipo de activo y del plazo

    transcurrido entre la adquisicin de los activos y su enajenacin a la arrendadora.

    * Siempre y cuando sea posible, y no se encuentre garantizando deudas de la empresa

  • 25

    Como seala Haime Levy23, el arrendamiento ficticio es otra fuente de fondos con la

    que cuentan las empresas para financiar sus operaciones, pero en todos los casos existe la

    necesidad de analizar profundamente las posibilidades; evaluarlas cuantitativa y

    cualitativamente y ver si son apropiadas para el tipo de empresa que hace el anlisis. No se

    deben tomar decisiones apresuradas, sino, por el contrario, analizar profundamente todos los

    caminos con los que se cuenta con el objeto de reducir el riesgo de tomar una decisin

    equivocada.

    23 Op cit pg 126

  • 26

    3. MARCO FINANCIERO Y FISCAL

  • 27

    3.1 ANTECEDENTES

    Como se haba comentado, el arrendamiento financiero en Mxico surgi a principios

    de la dcada de los aos sesenta. En aquella poca no estaba contemplado en ningn

    ordenamiento jurdico, al respecto las autoridades fiscales con la finalidad de orientar la

    actividad promulgaron diversos criterios, reglas, miscelneas, etc. Adems se utilizaba el

    Cdigo Civil y disposiciones del derecho federal comn o cualquier otro mtodo de

    interpretacin jurdica.

    Como un primer intento de legislar en materia fiscal lo que hoy se conoce como

    arrendamiento financiero, la Secretara de Hacienda, a travs de la Direccin General del

    Impuesto Sobre la Renta, dio a conocer en Abril de 1966 el criterio 13 (ver anexo uno), el

    cual equiparaba el arrendamiento financiero con la operacin mercantil denominada ventas en

    abonos. Este criterio fue revocado en Septiembre de 1969, porque no se daba la simetra

    fiscal, esto es, el fisco resultaba perjudicado al tener los contratantes (arrendador y

    arrendatario) fuertes deducciones resultantes de la operacin

    Al conocer de la citada revocacin, las arrendadoras solicitaron se otorgara un

    tratamiento diferente al estipulado en la revocacin, sin embargo las autoridades no slo

    confirmaron la revocacin, sino sealaron que era obligacin del arrendador calcular la

    depreciacin del bien en tanto no se transfera la propiedad y que al vender un bien a un costo

    inferior al de mercado iba en contra de la ley, la diferencia era un ingreso acumulable.

    Con la finalidad de cubrir el vaco jurdico que origin la revocacin del criterio 13,

    las autoridades fiscales emitieron el oficio nmero 537-6194. A grandes rasgos, en este se

    estableci que los arrendadores de equipo slo podran considerar como costo la depreciacin

    del equipo arrendado, conforme los porcentajes mximos que se fijaron en el artculo 21 de la

    propia ley.

    Finalmente es en el ao de 1974, cuando se incorpora la figura del arrendamiento a la

    Ley del Impuesto Sobre la Renta. De esta manera se inicia la legislacin especfica en materia

  • 28

    fiscal, ya que como comenta Luis Haime Levy, 24 los causantes se regan por oficios circulares

    emitidos por la autoridad fiscal, y no por el articulado mismo de las leyes.

    3.2 LEY GENERAL DE ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES

    AUXILIARES DEL CREDITO.

    Las reformas a la Ley General de Instituciones de Crdito y Organizaciones Auxiliares

    publicadas el 30 de Diciembre de 1981, seala que las sociedades dedicadas a esta actividad

    se deben incorporar al sistema financiero mexicano como organizaciones auxiliares de

    crdito, sujetas por tal hecho a concesin del gobierno federal.

    Retomando lo que ya habamos sealado, el contrato de arrendamiento financiero est

    regulado en los artculos 24 a 38 de la Ley general de Organizaciones y Actividades

    Auxiliares del Crdito. El artculo 25 del ordenamiento que estamos citando seala las

    obligaciones y derechos tanto del arrendador como del arrendatario. Un punto que no

    habamos tocado es el referente al trmino del arrendamiento. La referida ley, en su artculo

    25, establece que al trmino del contrato se deben tomar alguna de las opciones terminales

    que seala el artculo 27 de la citada disposicin legal. Dichas opciones terminales son:

    Comprar los bienes a un precio inferior a su valor de adquisicin, que quedar

    expresamente sealado en el contrato,

    Prorrogar el plazo para continuar con el uso o goce temporal, pagando una

    renta menor a la que ordinariamente se haba pactado,

    Participar con la arrendadora financiera en el precio de venta de los

    bienes a un tercero, en las proporciones que se fijen en el contrato.

    Es importante sealar, que de acuerdo con los que dispone la Ley General

    de Organizaciones y Actividades auxiliares del Crdito, artculo 27, las opciones

    terminales estn orientadas a que las ejerza el arrendatario y nunca un tercero. El

    comentario viene en razn de que algunas arrendadoras o algn autor25, han

    sealado como ventaja el que un tercero ejerza la opcin de comprar el bien a

    24 Haime Luis, op cit, pg 55.

  • 29

    precio inferior al de mercado. Ya veremos en el capitulo del estudio fiscal, que esta

    situacin an cuando expresamente no est permitida ni prohibida, en materia de

    Impuesto Sobre la Renta se puede establecer la presuncin de la utilidad por parte

    de las autoridades fiscales en los trminos del artculo 91 fraccin I del sealado

    ordenamiento.

    3.3 CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

    El artculo 15 del Cdigo Fiscal de la Federacin seala, que para efectos fiscales el

    arrendamiento financiero: es el contrato por el cual una persona se obliga a otorgar a otra el

    uso o goce temporal de los bienes tangibles a plazo forzoso, obligndose esta ltima a

    liquidar, en pagos parciales como contraprestacin, una cantidad en dinero determinada o

    determinable que cubra el valor de adquisicin de los bienes, las cargas financieras y los

    dems accesorios y a adoptar al vencimiento del contrato alguna de las opciones terminales

    que se establece en la ley de la materia.

    Tambin, el artculo 14, fraccin IV del citado ordenamiento asimila a la enajenacin

    de bienes las operaciones que se efecten a travs de esta figura jurdica. Estas operaciones

    obviamente deben celebrarse por escrito, expresamente consignar el valor del bien objeto de

    la operacin y la tasa de inters que se pacte, o la mecnica para su determinacin.

    3.4 LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

    Mediante la celebracin de un contrato de arrendamiento financiero, el arrendatario se

    obliga a realizar pagos peridicos a la arrendadora, los cuales incluyen tanto una parte del

    valor del bien, como los intereses generados por el financiamiento. Para los efectos fiscales

    del arrendatario, no se deduce bajo la misma regla la erogacin de la mensualidad, sino de la

    forma siguiente:

    25 Haime Luis, op cit, pg 131

  • 30

    Costo del bien, debido a que en este tipo de contratos se adquieren activos

    fijos, la deduccin se realiza va depreciacin26,

    Intereses, hasta el 2001 se dedujeron a travs de la aplicacin directa del

    componente inflacionario, a partir del 2002 cambi la forma, mas no el fondo,

    ya no existe tal aplicacin de componente inflacionario,27 pero se debe

    determinar el ajuste anual por inflacin acumulable, esto significa que directa o

    indirectamente slo se logra la deduccin de lo intereses que exceden la

    inflacin ( intereses reales, en el captulo del estudio fiscal se analizar el

    tema).

    Esto permite establecer en principio, que ya sea con reglas que estuvieron vigentes

    al 2001 o las de 2002, en el arrendamiento financiero o en cualquier otro financiamiento

    donde exista una obligacin en numerario pendiente de cumplimiento, no todos los

    intereses que se paguen al arrendador tienen un impacto en impuestos como gasto al

    100%, y que en el peor de los casos, la deuda pueden significar un ingreso en lugar de

    una deduccin, lo que finalmente influir en el costo total de la operacin.

    3.5 LEY DEL IMPUESTO AL ACTIVO

    En materia de Impuesto al Activo, debemos observar lo siguiente:

    De acuerdo con el artculo 5-A del Reglamento del Impuesto al Activo, los

    bienes que sean objeto de contratos de arrendamiento financiero, forman parte

    del valor del activo del arrendatario en el ejercicio de que se trate, por tanto s

    objeto de este impuesto.

    26 La depreciacin es la cantidad que se obtiene de multiplicar el mo to original de la inversin por la tasa de depreciacin fiscal en los trminos del artculo 37 de LISR. (Por ejemplo la tasa de un vehculo es 25% por ao) 27 En el captulo 6.1.1 se aborda este tema.

  • 31

    En los trminos del artculo 5 de la Ley del Impuesto al Activo no son

    deducibles las deudas contratadas con el sistema financiero* o su

    intermediacin.

    * El sistema financiero de acuerdo al art. 8 de Ley Impuestos Sobre la Renta comprende entre otros: instituciones de crdito, de seguros y fianzas, almacenes generales de depsito, arrendadoras financieras, uniones de crdito, sociedades de inversin de renta variable, factoraje financiero, casas de bolsa, casas de cambio, etc.

  • 32

    4. GENERALIDADES

  • 33

    4.1 REQUISITOS A CUMPLIR POR EL ARRENDATARIO

    Cada arrendadora de acuerdo con sus polticas, exige un mnimo de requisitos a

    cumplir para la celebracin de los contratos de arrendamiento financiero. Los requisitos que

    solicita la arrendadora son similares a los que piden las instituciones bancarias para otorgar sus

    prstamos, pero al igual que es esos casos, depende de las circunstancias y caractersticas

    inherentes a cada empresa, a sus necesidades y posibilidades. Por tanto los requisitos

    sealados son enunciativos mas no limitativos, pues la arrendadora podr solicitar ms

    informacin o no requerir la que se seala. Dentro de la informacin solicitada normalmente

    se pide, ya sea en fotocopia simple o certificada ante notario pblico:

    a. Escritura constitutiva

    b. Modificaciones a la escritura constitutiva, en su caso

    c. Ratificacin de poderes, ltima escritura de otorgamiento de poderes o

    cancelacin de poderes.

    d. Acta de la ltima asamblea de accionistas

    e. Estados financiero dictaminados en su caso de los tres ltimos ejercicios,

    incluyendo relaciones analticas y notas a los estados financieros.

    f. Estados financieros con una antigedad no mayor a tres meses.

    g. Si la compaa se dedica a la construccin deber entregar copia de los

    contratos, as como una relacin de las obras en proceso: avance, estimaciones

    por cobrar, finiquitos, fecha de terminacin, etc.

    h. Carta donde se explique su historia, experiencias, productos que maneja,

    principales clientes, principales competidores, proyectos a realizar, etc.

    i. Estados financieros proyectados, durante el horizonte econmico.

    j. Descripcin detallada del bien que ser objeto de contrato, y en caso de ser

    sale and lease back, se debe indicar el destino pretendido para los recursos.

  • 34

    k. Aval y datos de este. Si es persona fsica se pide relacin patrimonial.

    4.2 PLAZO, TASA, MONTO Y OTROS PARAMETROS

    Cualitativamente es importante conocer los conceptos que conforman la estructura del

    arrendamiento, de acuerdo con BANAMEX, la estructura se conforma as:

    Modalidad Caractersticas

    Monto a financiar En funcin del activo arrendado y la calificacin del emisor

    Plazo De acuerdo a la calidad del activo y del emisor

    Tasa de inters En funcin del fondeo y riesgo de crdito.

    Amortizacin de capital Creciente, igual, periodos de gracia

    IVA Costo de adquisicin: se cobra por anticipado. Financiamiento:

    sobre inters real segn se vayan devengando las rentas.

    Liquidacin de intereses Mensual, trimestral, semestral (de acuerdo al fondeo)

    Pago de rentas Anticipadas o vencidas

    Prepagos Existen penas administrativas y financieras.

    Anticipos De acuerdo a las caracterstica del contrato de compra-venta

    Tipo de moneda Moneda nacional o extranjera (dependiendo del activo)

    Seguros Contratados por el banco por cuenta del cliente

    Comisiones por apertura Cobrada a la firma del contrato o proporcionalmente en cada

    disposicin

    Opcin de compra Por lo general el 1% sobre el precio valor factura, sin iva

    Gastos de ratificacin Es menor que los gastos de inscripcin por el gravamen

  • 35

    Las polticas crediticias de Banco Santander Mexicano establecen para el ao 2002

    en materia de arrendamiento financiero, un parmetro entre 3% a 8% de sobretasa *a de

    inters, adicional a la tasa TIIE.

    Normalmente, de acuerdo con informacin proporcionada por el Grupo Financiero

    Caterpillar,* al momento de la firma del contrato se pagan los siguientes conceptos:

    a. Enganche

    b. Comisin de apertura

    c. Depsito en garanta

    d. Los seguros

    Segn la compaa referida, el enganche corresponde al 10% del valor factura del bien,

    sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, la comisin de apertura es del 2% sobre la misma

    base y el depsito en garanta corresponde a la ltima renta.

    4.3 CARACTERISTICAS GENERALES

    Para poder elegir una alternativa financiera habr primero que conocer sus

    caractersticas, despus sus diferencias y similitudes con otras, ya que si no conocemos la

    alternativa fcilmente se puede caer en graves errores, basta citar por ejemplo que Carlos

    Herrera seala errneamente en su obra, al referirse a las ventajas del arrendamiento

    financiero, que para efectos contables el arrendamiento no se contabiliza como pasivo

    exigible y, en consecuencia, no limita la capacidad de endeudamiento del arrendamiento28.

    Existen muchas fuentes de financiamiento, como por ejemplo el crdito bancario, el

    arrendamiento financiero, el arrendamiento puro, las uniones de crdito, los fondos de

    fomento, el factoraje, los instrumentos de mercado de dinero y capitales, etc. Dada la facilidad

    de comparacin del arrendamiento financiero, el crdito refaccionario y el aumento de capital ,

    *a No debemos olvidar que la tasa est en funcin de las condiciones de riesgo de crdito, de fondeo entre otros. * Caterpillar Arrendadora Financiera, S.A. de C.V. Organizacin Auxiliar de Crdito 28 Herrera Carlos, Fuentes de financiamiento, SICCO, 1998, pg 47

  • 36

    veremos primeramente sus caractersticas generales, posteriormente las diferencias y

    similitudes. Las caractersticas que se relacionan son enunciativas, mas no limitativas.

    4.3.1 Crditos Puros

    a. Se otorgan nicamente por el sistema financiero o por lo proveedores de

    equipo.

    b. Prcticamente es indispensable tener una situacin financiera razonablemente

    sana para ser sujeto de crdito.

    c. Por lo general se bloquean las lneas de crdito o parte de ellas. Adems se

    gravan activos

    d. El costo de financiamiento rara vez tiene un efecto en los impuestos del

    100%, ya que indirectamente la deuda contratada puede generar al cierre de

    cada ejercicio el ingreso anual por inflacin acumulables (art. 46 LISR).

    e. En virtud de la adquisicin del activo, se obtiene el beneficio de la

    depreciacin fiscal actualizada, conforme los artculos 37 y correlacionados

    de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

    f. De acuerdo con Luis Haime Levy, 29 la tasa de inters nominal es ms bajo

    que en cualquier otra fuente de recursos.

    4.3.2 Aumento de capital

    a. En materia de impuestos, si los socios cobran intereses, estos seran

    deducibles sin olvidar el efecto que puede generar el ajuste anual por

    inflacin. Si los socios, bajo la figura de dividendos reciben rendimiento

    sobre ese aumento de capital, estos no son deducibles. A diferencia de los

    intereses que s disminuyen la base de impuestos, los dividendos que se pagan

    a los accionistas no son una partida que permita un ahorro de impuestos

    (artculo 29 Ley del Impuesto Sobre la Renta)

    29 Haime Luis, op cit, pg 96

  • 37

    b. En virtud de no ser deducibles los dividendos, el costo fiscal y laboral es de

    un 45% sobre las deducciones no permitidas

    c. Los dividendos no provenientes de la CUFIN* estn gravados a una tasa

    efectiva del 47.06% (artculo 88 Ley del Impuesto Sobre la Renta)

    d. Por la razn de disminuir el endeudamiento, la empresa mostrar una

    situacin financiera y una estructura de capital ms sana.

    e. No bloquea otras fuentes de financiamiento bancario, por el contrario

    aumenta las expectativas de ser sujeto de crdito.

    f. Sin embargo, comparativamente, el rendimiento del capital de los accionistas

    disminuye al tener una menor palanca financiera.

    4.3.3 Arrendamiento Financiero

    a. Para el manejo adecuado del contrato, se requiere un conocimiento de las

    disposiciones fiscales.

    b. No necesariamente se bloquean otras fuentes de financiamiento.

    c. Al igual que la contratacin de cualquier otro pasivo, altera la palanca

    financiera.

    d. Es sujeto del impuesto al activo.

    e. Dependiendo la negociacin y el monto solicitado, no necesariamente se

    exigen garantas, dado que el bien constituye tal.

    f. Dependiendo del equipo adquirido y de su tasa de depreciacin fiscal, el

    diferimiento de impuestos es ms elevado que en cualquier otra alternativa

    de financiamiento, lo que hace que su costo disminuya.30*

    g. Opcin para recuperar liquidez a travs de Sale and Lease Back.

    * Cuenta de Utilidad Fiscal Neta, artculo 124 Ley del Impuesto Sobre la Renta 30 Haime Luis, op cit, pg 99 * Su veracidad es cuestionada en el captulo de estudio fiscal.

  • 38

    h. El gasto de ratificacin del contrato es menor que los gastos de inscripcin

    por el gravamen.

    4.3.4 Arrendamiento puro

    a. Los bienes objeto de este contrato no se gravan con el Impuesto al Activo

    b. En virtud de que el tratamiento fiscal es como gasto operativo, las rentas

    peridicas son 100% deducibles y no participan en el ajuste anual por

    inflacin (art. 46 LISR)

    c. En apariencia la tasa nominal de esta operacin es ms elevada que las

    alternativas de financiamiento anteriores.

    d. No se pacta opcin de compra.

    4.4 DIFERENCIAS Y SIMILITUDES

    Seala Luis Haime Levy31 que en la vida prctica existe confusin entre el contrato

    de arrendamiento financiero y el arrendamiento puro, pues al llevar ambos la palabra

    arrendamiento se asimila uno con el otro, con lo que se cae fcilmente en errores de

    interpretacin y aplicacin fiscal. Las diferencias estn perfectamente marcadas, pues uno es

    un financiamiento de un activo, y el otro se trata de un simple otorgamiento de uso o goce

    temporal de bienes, ya sea muebles o inmuebles En uno de ellos existe la posibilidad de una

    opcin de compra, en el otro no existe tal posibilidad, pues si en un arrendamiento puro se

    llegara a pactar alguna de las opciones terminales a que se refiere el artculo 27 de la Ley

    General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crdito se considerar como un

    contrato de arrendamiento financiero, as lo establece la Regla Decimatercera de las Reglas

    Bsicas para la operacin de arrendadoras financieras dadas a conocer el 29 de Agosto de

    1990.

    31 Haime Luis, op cit, pg 48

  • 39

    Arrendamiento Financiero y Puro, diferencias y similitudes

    Arrendamiento Financiero Arrendamiento Puro

    Se entregan bienes para uso de un tercero Se entregan bienes para uso de un tercero

    Las rentas pactadas incluyen capital e inters Las rentas pactadas son el pago del uso del

    bien

    Tratamiento fiscal como inversin e

    intereses por financiamiento, existiendo un

    pasivo

    Tratamiento fiscal como gasto operativo

    Se convierte en una operacin sustitutiva de

    otras fuentes de financiamiento,

    comnmente utilizadas en el capital de

    trabajo

    Evita la desviacin de fondos del arrendatario

    en la adquisicin de bienes, asignando recursos

    a otras necesidades.

    Implica ser sujeto de crdito, por lo cual se

    requiere recursos para respaldar su solicitud.

    No necesariamente se requiere contar con

    recursos que respalden el financiamiento

    Se pacta alguna opcin: compra, enajenacin

    a un tercero o continuacin del

    arrendamiento

    No se pacta opcin alguna para el arrendatario.

  • 40

    Arrendamiento Financiero y crdito bancario, diferencias y similitudes

    Arrendamiento Financiero Crdito bancario

    Se obtienen bienes del activo fijo para ser

    utilizados durante la vigencia del contrato, y

    adquirir su propiedad al ejercer la opcin de

    compra al trmino del mismo

    Se obtienen recursos para adquirir bienes del

    activo fijo

    Se pactan rentas peridicas en las que se

    contempla el monto financiado, costos

    operativos de la arrendadora, as como la

    utilidad requerida

    Se pagan y pactan peridicamente capital e

    intereses para amortizar durante la vigencia

    del contrato unos y otros, hasta su liquidacin

    total

    Es un contrato irrevocable, que al llegar a su

    trmino acaba la relacin de los contratantes

    Es un contrato que puede darse por terminado

    anticipadamente, si la suerte principal, as

    como los intereses devengados hasta ese

    momento, son pagados anticipadamente

    Existen tres opciones al final del plazo del

    contrato

    No existe opcin alguna al trmino del plazo

    del crdito recibido

    Con la suscripcin de ste contrato, es

    probable no se cancelen otras fuentes de

    financiamiento, ya que los bienes arrendados

    son los nicos que quedan en garanta del

    contrato.

    Con este tipo de financiamiento se grava toda

    la empresa, quedando sta imposibilitada para

    negociar otras fuentes de financiamiento a

    largo plazo.32

    32 Ibid, pg 46

  • 41

    5. ESTUDIO FINANCIERO

  • 42

    5.1 CONSIDERACIONES FINANCIERAS

    Seala Carlos Siu33 que una de las premisas fundamentales que deben prevalecer en

    toda empresa cuyo objetivo es crecer y desarrollarse, as como alcanzar la productividad y

    calidad en los bienes y/o servicios que ofrece a sus clientes, es la de aprovechar sus recursos

    internos y externos, de una manera tal que la aplicacin de los mismos genere un beneficio

    que sea suficiente para cubrir el costo de capital y obtener una utilidad razonable. En otro

    sentido, debemos ser sumamente cautelosos al elegir una alternativa de financiamiento

    considerando los pormenores del caso, para as alcanzar la productividad requerida. Por ello al

    llevar a cabo la evaluacin de un proyecto de inversin, as como la forma de financiarlo, es

    necesario hacer una serie de estudios previos tendientes a determinar el mejor equipo a

    adquirir, para inmediatamente analizar cual es la mejor herramienta de financiamiento.

    Dada la complejidad e importancia que tiene el arrendamiento financiero como

    herramienta de financiamiento, consecuencia del tratamiento fiscal y contable tan particular

    para este tipo de operaciones, los prospectos a utilizarlos deben analizar todas las

    implicaciones, ventajas y desventajas, tanto desde el punto de vista financiero como fiscal, con

    el objeto de poder considerar todos los pormenores del contrato y no tomar una decisin

    equivocada al elegir sta o cualquier otra fuente de financiamiento34

    El anlisis que hace referencia el prrafo anterior es el relacionado con el costo del

    financiamiento y el impacto fiscal de la alternativa elegida, ambos deben realizarse

    conjuntamente en un estudio financiero, ya que el efecto que tengan los impuestos en el

    proyecto, incidir sin lugar a dudas, en el resultado financiero de la operacin, por lo que

    todo anlisis sobre cualquier proyecto de inversin deber incluir el ahorro o aumento de los

    impuestos corporativos generados por la operacin que se est analizando en lo particular.35

    Al adquirir equipo, muchas son los parmetros que tenemos que considerar, por

    ejemplo: plazo, tasa, comisiones, garantas, riesgo, rendimiento, etc, y debemos tener muy en

    33 Siu Carlos, et al, op cit, pg 97 34 Haime Luis, op cit, pg 75 35 Ibid, pg 75

  • 43

    cuenta que efectos tienen esas variables en nuestro proyecto financiero. El capital de trabajo,

    el rendimiento sobre la inversin, la capacidad crediticia, el registro en los estados

    financieros, y la disminucin del costo del financiamiento, son consideraciones financieras

    que por lo menos debe analizar el arrendatario al elegir una alternativa de financiamiento.

    5.1.1 Capital de trabajo

    Antes de ilustrar la manera en que incide este en las empresas, es importante sealar

    qu se entiende por capital de trabajo. Se concepta como tal, a los activos circulantes con que

    cuenta la empresa para hacer frente a las deudas inmediatas. El efectivo en caja y bancos,

    cuentas por cobrar, inventarios, etc, son ejemplo de activos circulantes. En otras palabras el

    capital de trabajo viene siendo la suma de los recursos con que cuenta la empresa para sus

    operaciones normales y diarias. Ahora bien, tambin se maneja el concepto de capital de

    trabajo neto, que no es otra cosa que la diferencia que existe entre los recursos con que cuenta

    la empresa (activo circulante) menos las obligaciones (pasivo) a corto plazo.

    Seala Luis Haime Levy 36 que cuando las empresas se financian con alternativas

    como el arrendamiento financiero para adquirir bienes de activo fijo, esta conserva casi intacto

    su capital de trabajo, adems seala que en este tipo de operaciones no se contempla la

    obligacin de efectuar pagos fuertes (enganche ) al inicio de la operacin. As mismo, resalta la

    importancia que tiene esta alternativa en los proyectos de inversin.

    En algunas ocasiones cuando se evala un proyecto de inversin, toda la atencin y

    financiamiento se centra en los equipos productivos, dejando de lado las inversiones

    necesarias adicionales en otros activos circulantes que van a coadyuvar en el proyecto, que

    van a permitir ponerlo en marcha, mantenerlo y desarrollarlo. Inversiones tales como

    publicidad, capacitacin, adiestramiento, inventarios adicionales, y en s toda aquella partida

    relacionadas pero a la vez independiente al costo del equipo del proyecto.

    Por otro lado, Carlos Siu37 comenta que cuando las instituciones bancarias otorgan un

    crdito en numerario, lo hacen generalmente en un monto menor al 100% del valor del bien,

    mientras que las arrendadoras financieras que ofrecen el llamado crdito de bienes produce un

    36 Haime Levy, op cit, pg 76 37 Siu Carlos, et al, pg 97

  • 44

    financiamiento del 100%. No obstante la afirmacin de Carlos Siu, es necesario sealar que

    las arrendadoras en ningn caso financian el Impuesto al Valor Agregado que por la

    enajenacin del bien se causa, en los trminos de la ley en la materia.

    Es innegable la importancia que tiene el capital de trabajo en las finanzas de los entes

    econmicos, pues los recursos que esta pudiera erogar para el pago inicial de bienes

    pueden ser cubiertos con una alternativa como el arrendamiento financiero, y destinar el

    capital de trabajo a cubrir otras necesidades, como materiales de produccin, pago de

    deudas, gasto corriente, etc. Es importante resaltar que el arrendamiento financiero no es la

    nica alternativa que permite no distraer el capital de trabajo existente hasta antes del

    financiamiento, pues esto tambin se logra con cualquier fuente de financiamiento que provea

    de fondos suficientes para no distraer los recursos, como por ejemplo los fondos de fomento

    federales, estatales, los crditos bancarios, etc. Cada uno de ellos tendr sus particularidades

    que lo harn en mayor o menor medida interesante con respecto a los otros, y que desde luego

    debemos evaluar para as elegir la mejor alternativa financiera de acuerdo a las condiciones

    imperantes en su momento.

    5.1.2 Rendimiento sobre la inversin

    Seala Gerardo Guajardo Cant38 que el rendimiento sobre el capital contable es la

    medida fundamental que determina en qu medida ha obtenido rendimientos sobre los fondos

    que los accionistas han confiado a la administracin.

    Si al elegir una alternativa de financiamiento se guardan lmites de seguridad con

    respecto al nivel de endeudamiento de la empresa, se evitan los riesgos excesivos e intiles y

    las altas tasas de inters, luego entonces, el trabajar con capital ajeno es una buena medida

    financiera que incrementa el rendimiento sobre la inversin de los accionistas. Al recurrir a

    cualquier fuente de financiamiento externa(ajena al capital propio)_desde luego se

    incluye al arrendamiento financiero_, la palanca financiera se ve incrementada.

    Para ilustrar lo anterior, supongamos el caso de una empresa que tiene tres alternativas

    de financiamiento, dos externas como el arrendamiento financiero y el crdito bancario, y una

    interna como el aumento de capital social. Las utilidades que se presentan son las que genera

  • 45

    la empresa despus de un ao de haber ejercido la inversin, que para efectos de este caso es

    de 300,000.00. Primeramente recordaremos que para obtener el rendimiento sobre la inversin

    la mecnica para la obtencin es:

    Utilidad distribuible neta/ Capital Contable= Rendimiento Sobre la inversin

    Las cifras de la seccin de pasivo y capital en el estado financiero son las siguientes:

    Con financiamiento externo Con financiamiento interno

    Pasivo

    Corto plazo

    Cuentas por pagar 100,000 100,000

    Otras cuentas 100,000 100,000

    Financiamiento externo 100,000 0

    Total a corto plazo 300,000 200,000

    Largo plazo

    Financiamiento externo 300,000 0

    Pasivo total 600,000 200,000

    Capital Contable

    Capital social 1,000,000 1,400,000

    38 Guajardo Gerardo, Contabilidad Financiera, Mc Graw Hill, 1996, segunda edicin, pg 333

  • 46

    Reservas de capital 150,000 150,000

    Utilidad del ejercicio 300,000 300,000

    Capital Contable 1,450,000 1,850,000

    Pasivo y Capital 2,050,000 2,050,000

    Para efectos de este ejemplo, en razn de facilitar su ilustracin, consideramos que en

    las diferentes alternativas :

    a. El equipo financiado tiene un costo de contado de 300,000

    b. No se le dio efecto al costo del financiamiento ni al beneficio fiscal

    c. Tienen el mismo impacto de costo financiero en las utilidades del ejercicio.

    d. El aumento de capital los han suscrito y exhibido los mismos accionistas de

    la empresa y todos pagaron su aportacin en la misma proporcin.

    e. Las utilidades son un ao despus de ejercida la inversin.

    f. Los plazos para el pago del crdito, son los mismos para el financiamiento

    externo(arrendamiento financiero y crdito bancario)

    Razn financiera Financiamiento

    externo

    Financiamiento

    interno

    Rendimiento sobre la inversin

    (utilidad/capital social)

    20.69% 16.21%

    Endeudamiento (pasivo total/activo total) 29.26% 9.76%

  • 47

    Como podemos observar en estos dos cuadros, la utilizacin de una fuente externa

    como lo puede ser el arrendamiento financiero, comparada con una fuente interna de

    financiamiento, produce los siguientes efectos:

    a. Con la utilizacin de fuente interna de financiamiento el rendimiento

    porcentual sobre la inversin de los accionistas se ve disminuido, debido a

    que a cada accin le corresponde un porcentaje inferior al obtenido con

    financiamiento externo.

    b. Con la utilizacin de fuente interna de financiamiento el rendimiento sobre la

    inversin en pesos y centavos no se ve afectado, pues cada accionista recibe

    el mismo rendimiento.

    c. Si el capital hubiera sido suscrito y exhibido por otros accionistas, los

    intereses de los accionistas iniciales se vera afectados de una manera mas

    pronunciada, pues no solo bajara el rendimiento porcentual, sino tambin el

    rendimiento en pesos.

    Respecto al anlisis del rendimiento sobre la inversin, Luis Haime Levy 39opina que

    el financiamiento a travs de instituciones de crdito y de proveedores del equipo es similar al

    arrendamiento financiero (guardando las particularidades de cada alternativa) pues la

    estructura de capital , en cuanto a capital propio, no se ve modificada, ya que las partidas

    afectadas estn relacionadas con cuentas de pasivo y no modifican en ningn momento la

    relacin entre utilidades y capital, a excepcin hecha del impacto de los intereses propios de

    cada fuente en las utilidades de la empresa.

    5.1.3 Capacidad de crdito

    Recordemos que en el arrendamiento financiero, el propietario hasta antes del

    ejercicio de las opciones terminales es el arrendador. Basado en esta premisa las arrendadoras

    en primera instancia garantizan sus financiamiento con los bienes dados en arrendamiento.

    Situacin diferente prevalece en un crdito refaccionario, donde generalmente, siempre y

    cuando lo considere la institucin bancaria, se establecen gravmenes sobre la planta industrial

    39 Haime Luis, op cit, pg 80

  • 48

    del solicitante, impidindole con este hecho, la contratacin de otros crditos preferentes.

    Carlos Siu40 establece que por lo general la arrendadora no solicita garantas adicionales

    ni grava los activos, esto se debe a que el activo fijo arrendado responde por el

    compromiso adquirido, el bien es propiedad de la primera hasta que finaliza el contrato y

    slo al ejercer la opcin de compra, el inmueble, maquinaria y/o equipo, pasa a ser propiedad

    de la segunda, por tanto, la empresa arrendadora se encuentra bien protegida y no requiere otra

    clase de garanta, excepto en casos especiales como podra ser el de empresas con menos de

    dos ejercicios de actividades.

    Dadas las condiciones anteriormente expuestas, siempre y cuando la capacidad de

    endeudamiento lo permita, podemos sealar que el arrendamiento financiero ampla la

    capacidad crediticia. Al respecto Luis Haime Levy41 opina que con el arrendamiento

    financiero como fuente alterna de financiamiento se logran dos ventajas fundamentales:

    a. Si la planta se encuentra gravada por una institucin de crdito y se requiere

    de un mayor financiamiento para nuevos activos fijos, existen las

    arrendadoras profesionales, las cuales en su caso, previos estudios de

    factibilidad, autorizan el financiamiento gravando exclusivamente los

    bienes materia del contrato de arrendamiento. Este gravamen se da de

    manera tcita y en sentido figurado, por las razones expuestas en cuanto a la

    propiedad legal.

    b. El arrendamiento financiero puede ser utilizado como la primera opcin de

    financiamiento, ya que por las misma razones del inciso anterior,

    generalmente quedaran intactas las garanta para otro tipo de crdito, es

    decir, con esta herramienta de financiamiento es posible dejar libre alguna

    lnea de crdito con instituciones bancarias.

    Por otro lado, tal como fue sealado en el captulo segundo, el arrendamiento

    financiero, en la modalidad de ficticio (lease back), permite a las arrendatarias obtener

    recursos monetarios frescos adicionales para operar, esto es, una empresa sin garantas que

    ofrecer, y con lneas de crdito cerradas, puede vender sus activos a una arrendadora

    40 Siu Carlos, op cit, pg 107

  • 49

    financiera, para a su vez celebrar con esta ltima un contrato de arrendamiento financiero, y al

    final del plazo ejercer la opcin de compra. De esta manera, obtiene el valor de mercado de los

    bienes, nunca pierde la posesin, puede recuperar su propiedad y obtiene un crdito.

    No debemos olvidar que el nivel de apalancamiento de la empresa s se ve afectado

    tanto por el crdito bancario, como por el arrendamiento financiero, hecho que desde luego

    puede resultar inconveniente para el mantenimiento de las lneas de crdito.

    5.1.4 Registro en los estados financieros

    El Instituto Mexicano de Contadores Pblicos, A.C.42 en su boletn D-5

    Arrendamientos, establece la normatividad para el registro del arrendamiento financiero, esto

    viene a comentario ya que, an cuando el arrendador es el propietario de los bienes hasta el

    trmino del contrato se establece:

    a. El arrendamiento financiero deber registrarse como un activo y una

    obligacin correlativa.

    b. El arrendatario deber depreciar el activo registrado de la misma manera que

    sus otros activos en propiedad.

    En resumen, podemos establecer que para efectos de registro contable el arrendataria

    debe hacer como si fuera de su propiedad. Veamos con un ejemplo el efecto en la informacin

    financiera de este boletn.

    Concepto Sin arr. Fin. % Con arr. Fin %

    ACTIVO

    Circulante 4,500,000 23.81 4,500,000 18.82

    41 Haime Luis, op cit, pg 80 42 Instituto Mexicano de Contadores Pblicos, A.C., Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados, IMPC, 1998, dcima tercera edicin, pg D-5, 2

  • 50

    Concepto Sin arr. Fin. % Con arr. Fin %

    Fijo

    Equipo arrendado 0 0.00 3,000,000 12.56

    Otros activos 13,400,000 70.90 13,400,000 56.07

    Activo fijo 13,400,000 70.90 16,400,000 68.63

    Diferido

    Otros 1,000,000 5.29 1,000,000 4.19

    Intereses por amortizar a.f 0 2,000,000 8.36

    Activo diferido 1,000,000 5.29 3,000,000 12.55

    Activo total 18,900,000 100.00 23,900,000 100.00

    PASIVO

    Corto Plazo

    Cuentas por pagar 2,500,000 13.23 2,500,000 10.46

    Arrendamiento financiero 0 0 1,500,000 6.27

    Pasivo a corto plazo 2,500,000 13.23 4,000,000 16.73

    Largo plazo

    Hipotecas 3,000,000 15.87 3,000,000 12.57

    Arrendamiento financiero 0 0 3,500,000 14.64

    Pasivo largo plazo 3,000,000 15.87 6,500,000 27.19

  • 51

    Concepto Sin arr. Fin. % Con arr. Fin %

    Pasivo total 5,500,000 29.10 10,500,000 43.94

    Capital contable

    Capital social 9,000,000 47.62 9,000,000 37.65

    Reservas de capital 900,000 4.76 900,000 3.77

    Utilidades acumuladas 2,500,000 13.23 2,500,000 10.46

    Utilidades del ejercicio 1,000,000 5.29 1,000,000 4.18

    Capital 13,400,000 70.90 13,400,000 56.06

    Pasivo y Capital 18,900,000 100 23,900,000 100

    Razones financieras Sin arrend. financiero Con arrend. financiero

    Razn de circulante 1.80 1.125

    Razn de endeudamiento 29.10% 43.93%

    As las cosas y siguiendo el modelo de Luis Haime Levy43 podemos observar los

    efectos ms importantes que produce el registro de un contrato de arrendamiento financiero en

    el estado de posicin financiera:

    a. Se incrementa la inversin en activos fijos, lo que le da una mayor solidez a

    las empresas.

    43 Haime Luis, op cit, pg 85

  • 52

    b. Se incrementa la inversin en otros activos, esto es por la parte an no

    devengada del arrendamiento.

    c. La razn del circulante de la empresa se ve disminuida

    d. De acuerdo a los datos del caso, la razn de endeudamiento se ve

    incrementada considerablemente.

    5.1.5 Disminucin en costo del financiamiento

    Se puede aseverar que una alternativa de financiamiento te genera distinto costo del

    financiamiento, esto si se toma en cuenta el impacto que puedan tener estas erogaciones en

    las utilidades fiscales de las empresas, esto es, a mayor deducibilidad de las erogaciones

    derivadas del cumplimiento del contrato, menor costo financiero global de la alternativa

    de financiamiento. De acuerdo con las ley del Impuesto Sobre la Renta, de manera similar al

    crdito bancario, se tiene la opcin de cargar a resultados fiscales la depreciacin de los

    bienes, as como la amortizacin del inters devengado a cargo. En virtud de ser un tema muy

    amplio, se retomar este artculo en el captulo referido al estudio fiscal.

  • 53

    6. ESTUDIO FISCAL

  • 54

    Algunas fuentes de financiamiento pueden tener una tasa nominal de inters ms alta

    que otras, con distintos flujos de efectivo anuales, pero, al darle el efecto de diferimiento de

    impuestos y traer a valor presente los flujos anuales del proyecto bajo las distintas alternativas

    de financiamiento, el costo de cada fuente de recursos se ver afectado al grado de que la

    opcin ms cara de forma aparente, pueda convertirse en la ms recomendable. 44

    El diferimiento de impuestos se puede entender como realizar un pago de impuestos

    del presente en el futuro; esto es como consecuencia de las deducciones fiscales que permite el

    arrendamiento, o el crdito bancario por ejemplo: depreciacin del bien, inters devengado,

    comisiones, otros gastos, etc., la empresa pagar los primeros aos de la operacin unos

    impuestos menores. Es importante destacar que otras fuentes de financiamiento generan

    deducciones, sin embargo, los valores y porcentajes de deduccin pueden variar con motivo de

    la fuente elegida.

    Pudiera parecer que lo expresado en el prrafo anterior no tiene mayor importancia,

    pero si consideramos que el dinero tiene un costo, y consideramos el valor del dinero a travs

    del tiempo, el diferimiento de impuestos puede ser una importante estrategia para disminuir el

    costo de financiamiento y generar una nueva fuente de recursos monetarios.

    Un aspecto que marc la motivacin para hacer este trabajo fue definitivamente el

    fiscal. Del arrendamiento financiero se dicen tantas cosas como escudo contra impuestos,

    planeacin de prestaciones a ejecutivos, es deducible totalmente de impuestos y ms

    expresiones de autores de libros, as como de los vendedores de agencias de automotoras, que

    desconociendo del tema hacen afirmaciones tan alejadas de la realidad como el iva con el

    arrendamiento financiero si es deducible*, como si el acreditamiento del iva fuera exclusivo

    del arrendamiento financiero.

    De acuerdo a lo que refiere Luis Haime Levy, 45 el arrendamiento financiero es una

    opcin poco aplicada pero de gran utilidad y que se utiliza como herramienta de

    planeacin en el otorgamiento de beneficios y prestaciones a los ejecutivos de las

    empresas y disminuye entre muchas otras cualidades el costo integral de financiamiento

    44 Haime Luis, op cit, pg 87 * Frase dicha por Jaime Hernndez, agente de ventas de Impulsora Camionera Tapata, S.A. de C.V.

  • 55

    por el diferimiento de impuestos provocado por el rgimen fiscal especial del contrato.

    Afirmaciones como las sealadas, es importante cuestionar su veracidad y lo es ms an

    verificar si estn dentro de los margenes de la ley.

    6.1 REGIMEN FISCAL ESPECIAL

    Una hiptesis que planteada al iniciar este trabajo de investigacin, fue que el

    arrendamiento financiero tiene un rgimen fiscal especial que provoca el diferimiento de

    impuestos logrando con ello la disminucin del costo integral de financiamiento. Esta

    hiptesis result de las lecturas de material existente (ver cita 39, pginas anteriores). Es

    precisamente con esta hiptesis con la que vamos a iniciar el anlisis fiscal.

    El arrendamiento financiero no tiene un rgimen fiscal especial, quiz la mecnica de

    registro de la inversin sea algo fuera de lo ordinario, pues el arrendatario conforme al boletn

    D-5, de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados y el artculo 14 del Cdigo

    Fiscal de la Federacin, lo registra para efectos contables y fiscales como si fuera de su

    propiedad .

    Parmetro Arrendamiento Financiero Crdito refaccionario

    Registro como inversin S S

    Depreciacin fiscal S S

    Deduccin de intereses S S

    Registro de pasivo S S

    Causa IVA e Imp. Al Activo S S

    Deduccin por erogacin No No

    Ajuste anual por inflacin S S

    Tasa de depreciacin fiscal La misma en ambos casos La misma en ambos casos

    45 Haime Luis, op cit, contraportada

  • 56

    Significa entonces, que con circunstancias iguales para ambos casos, se tiene el

    mismo impacto fiscal, por tanto no se puede hablar de beneficios fiscales como una

    ventaja comparativa.

    En su obra Felipe Len Gmez comenta al respecto que el arrendatario adquiere el

    bien objeto del contrato, por lo que seran aplicables todas las reglas fiscales relacionadas con

    la adquisicin de un bien en lo relativo a la parte del precio atribuible al mismo. Por otra parte,

    tomando en cuenta que se trata de una operacin con financiamiento, la parte del precio

    relativa a los intereses deber considerarse para fines fiscales como tal, aplicando el

    tratamiento relativo para dichos intereses que establezcan las diversas leyes fiscales46.

    El nico antecedente fiscal que quiz se pueda llamar especial es el referente a los

    pagos, pero partiendo de un supuesto general de arrendamiento, pues si los pagos son de

    arrendamiento financiero se les da el tratamiento de inversin (artculo 37 LISR ) y si son de

    arrendamiento puro, el tratamiento de gasto (artculo 29 fraccin III, LISR), al respecto Felipe

    Len Gmez comenta que las diversas leyes fiscales establecen reglas especiales para el

    manejo de los pagos que realizan con motivo de contratos de arrendamiento financiero, de

    donde resulta muy importante para los mismos, el identificar, en funcin a la definicin

    incluida en el cdigo fiscal, si el contrato que estn celebrando es de arrendamiento financiero

    o puro, ya que como se ha mencionado, el tratamiento de los pagos por uno u otro concepto es

    totalmente diferente47.

    Por ejemplo, conforme a las disposiciones legales vigentes, en el cuadro de la

    siguiente pgina podemos observar que el impacto en un ejercicio fiscal es el mismo en las

    alternativas que se muestran:

    46 Len Gmez Felipe, Anlisis Fiscal del Arrendamiento Financiero, IMPC, 1994, pg 45 47 Ibid, pg 43

  • 57

    Concepto Arrendamiento Financiero Crdito Bancario o directo

    de proveedor

    Valor del activo fijo 100,000 100,000

    Tasa depreciacin fiscal 6% 6%

    Depreciacin fiscal 6,000 6,000

    Inters devengado a cargo 10,000 10,000

    Ajuste inflacionario

    acumulable

    5,000 5,000

    Total deduccin fiscal 11,000 11,000

    Ahorro de impuestos 3,850 3,850

    Ahora bien, si de proteccin contra impuestos se trata, con el arrendamiento puro se

    tiene por lo menos al corto plazo un mayor ahorro de estos, pues en este tipo de

    arrendamiento, el 100% del importe pagado al arrendador se considera como un gasto

    deducible, en consecuencia se tiene una recuperacin por su impacto en resultados.

    Comparativamente si se renta un bien, bajo el esquema de arrendamiento financiero, la

    deduccin no est en funcin de las erogaciones, sino en la tasa de depreciacin mxima del

    activo, con las disposiciones fiscales de 2002 el inters en apariencia es deducible al 100%,

    pero por otro lado se tiene un ingreso por la disminucin real de la deuda (ajuste por inflacin)

    En el arrendamiento puro por ejemplo, por cada 1000 pesos de erogacin se tiene un

    efecto por la recuperacin fiscal de la siguiente manera:

  • 58

    Efectos financieros por la recuperacin fiscal en el arrendamiento puro

    Importe de la erogacin 1,000

    Ahorro en Impuesto Sobre la Renta (35%) (350)

    Ahorro en participacin de utilidades a los trabajadores (10%) (100)

    Desembolso neto por cada 1000 pesos 550

    Debe quedar bien claro, en el arrendamiento financiero a diferencia del puro no se

    deducen las rentas, se deducen las inversiones a travs del procedimiento de depreciacin

    fiscal que seala el artculo 37 de la ley del Impuesto Sobre la Renta, l