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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF) Página 1 UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE PAITA (MOF) 2017 MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES · 2019-02-04 · b) Ley Nº 28044, Ley General de Educación y su modificatoria Leyes Nº 28123, Nº 28302 y Nº 28329. c) Ley Nº 29944, Ley

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UNIDAD DE GESTION

EDUCATIVA

LOCAL DE PAITA

(MOF)

2017

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Y FUNCIONES

MANUAL DE

ORGANIZACIÓN

Y FUNCIONES

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INDICE Pág.

PRESENTACIÓN……………………………………………………………………………2

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES…………………………………………………………..3 CAPITULO I DE LA FINALIDAD, OBJETIVOS Y BASE LEGAL……………………………………3-5 CAPITULO II DE LA NATURALEZA JURÍDICA, FINALIDADES, DEPENDENCIA Y JURISDICCIÓN……………………………………………………………………………5-6

TITULO II DE LAS FUNCIONES DE LA UGEL Y ESTRUCTURA ORGÁNICA INTERNA……...6 CAPÍTULO I DE LAS FUNCIONES DE LA UNIDAD EJECUTORA N° 305………………………..6-9

CAPÍTULO II ESTRUCTURA ORGANICA INTERNA………………………………………………..9-10

TITULO III DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA Y SUS FUNCIONES ESPECÍFICAS…………..11 CAPITULO I DEL ORGANO DE DIRECCION……………………………………………………...11-21

CAPITULO II DEL ÓRGANO DE LÍNEA……………………………………………………………..22-38 CAPITULO III DEL ORGANO DE APOYO……………………………………………………………38-59 CAPITULO IV

DEL ORGANO DE ASESORAMIENTO……………………………………………...60-72 CAPITULO V DEL ORGANO DE CONTROL………………………………………………………..73-76 CAPITULO VI ORGANOS DE PARTICIPACION Y CONSULTIVOS……………………………...77-80 CAPITULO VII DE LOS ORGANOS EJECUTIVOS…………………………………………………..80-83 CAPITULO VIII DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES……………………………………83

TITULO IV DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y LABORAL………………………………………….....83

TÍTULO V DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES…………………………84

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PRESENTACIÓN

El presente documento denominado “MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y

FUNCIONES DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE PAITA,

es un documento de Gestión Institucional que norma en forma descriptiva las

funciones específicas a nivel de cargos o puestos de trabajo que constituyen la

Unidad de Gestión Educativa Local.

Este manual se ha formulado, teniendo en cuenta la estructura orgánica y

funciones generales establecidos en el Reglamento de Organización y

Funciones de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de

Gestión Educativa Local, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 355-

2016/GRP-CR, asimismo se consideró como base los requerimientos de

cargos contenidos en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) aprobado

mediante Ordenanza Regional N° 370-2016/GRP-CR y la aplicación de lo

dispuesto en la Resolución Jefatural N° 095-95-INAP/DNR. “Normas para la

Formulación del Manual de Organización y Funciones”.

El presente manual tiene una importancia fundamental para la administración

de la Unidad de Gestión Educativa Local de Paita, ya que permite conocer la

amplitud, complejidad y responsabilidad de cada cargo, brindando la

información necesaria para el desempeño laboral, institucionalizando la

simplificación administrativa, facilitando el programa de captación e inducción

del personal y la concesión de un mejor servicio al público usuario.

UNIDAD DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO INSTITUCIONAL OFICINA DE PLANIFICACIÓN

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MANUAL DE ORGANIZACIONES Y FUNCIONES - MOF

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I DE LA FINALIDAD, OBJETIVOS Y BASE LEGAL

1.- Finalidad

1.1.- El Manual de Organización y Funciones, es un documento normativo de gestión que tiene por finalidad garantizar la eficiencia y la calidad de prestación de servicios administrativos de los servidores hacia los usuarios y delimitar, precisar y orientar las funciones generales y específicas de los Funcionarios y Servidores de la Unidad Ejecutora N° 305 Educación UGEL Paita.

2.- Objetivos

2.1.- Indicar las funciones específicas de cada cargo o puesto de trabajo, precisando las interrelaciones jerárquicas, funcionales, de autoridad, responsabilidad y coordinación.

2.2.- Servir como instrumento de base para las supervisiones y auditorias

3.- Base legal

a) Constitución Política del Perú.

b) Ley Nº 28044, Ley General de Educación y su modificatoria Leyes Nº

28123, Nº 28302 y Nº 28329.

c) Ley Nº 29944, Ley de la Reforma Magisterial.

d) Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

e) Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Base de las Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público.

f) Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por

Ley Nº 27902.

g) Ley Nº 28926, Ley que Regula el Régimen Transitorio de las Direcciones Regionales Sectoriales de los Gobiernos Regionales.

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h) Ley 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su modificatoria Ley Nº 27927.

i) Resolución Suprema N° 205-2002-ED - Aprueba El Ámbito Jurisdiccional,

La Organización Interna y El Cuadro Para Asignación De Personal De Las Direcciones Regionales y Sus Respectivas Unidades De Gestión Educativa Local.

j) Resolución Jefatural Nº 095-95-INAP/DNR, “Normas para la Formulación

del Manual de Organización y Funciones.

k) Decreto Supremo N° 043 – 2004 – PCM, Aprueban lineamiento para la elaboración y aprobación del Cuadro de Asignación de Personal – CAP entidades de la administración pública.

l) Resolución Ministerial Nº 574-94-ED Reglamento De Control Y

Permanencia Del Personal Del Ministerio De Educación.

m) Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

n) Ley Nº 29626 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 en la Vigésima Novena Disposición Complementaria Final, que dispone la creación de la nuevas unidades ejecutoras.

o) Decreto Legislativo N°1057, que regula el régimen especial de

contratación administrativa de servicios (CAS).

p) Decreto Supremo N° 011-2012-ED, que aprueba el reglamento de la Ley General de Educación.

q) Decreto Supremo N°043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para

la Elaboración y Aprobación del ROF.

r) Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil.

s) Resolución Directoral Regional Nª 4925-2014 Mapa y Matriz de Procesos de las UGEL de la Región Piura.

t) Resolución Ministerial N° 091-2012-ED Clasificador de Cargos del Ministerio de Educación.

u) Ordenanza Regional N° 355-2016/GRP-CR aprueba el Reglamento de

Organización y Funciones de las Unidades de Gestión educativas Locales del ámbito jurisdiccional de la Dirección Regional de Educación Piura, el mismo que se encuentra estructurado en el modelo “B”.

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v) Ordenanza Regional N° 370-2016/GRP-CR aprueba el Cuadro para Asignación Provisional de la Dirección Regional de Educación y sus Unidades de Gestión Educativa Local.

CAPITULO II DE LA NATURALEZA JURÍDICA, FINALIDADES, DEPENDENCIA Y

JURISDICCIÓN

De la Naturaleza Jurídica.

La Unidad Ejecutora N° 305 Educación UGEL Paita, es una instancia de ejecución descentralizada del Gobierno Regional, con personería Jurídica de derecho público, con autonomía propia dentro del ámbito de su competencia. Proporciona apoyo Pedagógico, Institucional y Administrativo a las Instituciones Educativas de su jurisdicción, para garantizar un servicio de calidad con equidad e inclusión, en cooperación con los gobiernos locales, supervisa, monitorea y evalúa el cumplimiento de las acciones desarrolladas por la Instituciones educativas.

Son finalidades de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita

a) Fortalecer las capacidades de gestión pedagógica, Institucional y administrativa de las instituciones educativas para lograr su autonomía, promueve y asegura estrategias que permita a las Instituciones y Programas educativos formar niños, adolescentes y jóvenes en el contexto de una educación integral sustentada en valores, en concordancia de las exigencias del desarrollo económico y social de país.

b) Impulsar la cohesión social; articular acciones entre las instituciones públicas y las privadas alrededor del Proyecto Educativo Local; contribuir a generar un ambiente favorable para la formación integral de las personas, el desarrollo de capacidades locales y propiciar la organización de comunidades educadoras.

c) Sensibilizar la prestación de los servicios educativos en el manejo y cumplimiento de los instrumentos de gestión, orientándolos en la planificación, organización, coordinación, dirección y evaluación hacia el logro de la calidad educativa.

d) Canalizar el aporte de los gobiernos municipales, las Instituciones de Educación Superior, las universidades públicas y privadas, así como otras entidades especializadas de la sociedad civil.

e) Asumir y adecuar a su realidad las políticas educativas y pedagógicas establecidas por el Ministerio de Educación y Dirección Regional de Educación Piura.

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Domicilio Legal.

La Unidad Ejecutora N° 305 Educación UGEL Paita, tiene como domicilio legal en Urb. Isabel Barreto Mz. Q Lote 13 - Fonavi II Etapa Parte alta del Distrito y Provincia de Paita, Región Piura.

De la Dependencia.

La Unidad Ejecutora 305 Educación UGEL Paita depende funcional, técnica y normativamente del Ministerio de Educación y Dirección Regional de Educación Piura; administrativa y presupuestalmente del Gobierno Regional Piura.

De la Jurisdicción.

La jurisdicción de la Unidad Ejecutora N° 305 Educación UGEL Paita, comprende los distritos de: Paita, Colán, Amotape, El Arenal, La Huaca, Tamarindo, Vichayal y sus caletas: La islilla, la Tortuga y Yacila.

TITULO II DE LAS FUNCIONES DE LA UGEL Y ESTRUCTURA ORGÁNICA INTERNA

CAPÍTULO I

DE LAS FUNCIONES

De las Funciones Generales

Las funciones de la Unidad Ejecutora N° 305 Educación Unidad de Gestión Educativa Local de Paita son las siguientes:

1.- Políticas Y Normatividad

a) Difundir, orientar y supervisar la aplicación de las políticas y normativa

educativa local, regional y nacional así como evaluar sus resultados. b) Contribuir a la formulación de la política educativa local, regional y

nacional, en cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación. c) Diseñar, ejecutar y evaluar los Proyectos Educativos Locales de su

jurisdicción en concordancia con el Proyecto Educativo Regional Piura, Nacional y con el aporte, en lo que corresponda, de los Gobiernos Locales e instituciones de la sociedad civil.

d) Formular proyectos para el desarrollo educativo local y gestionarlos ante las instituciones de cooperación nacional e internacional.

e) Firmar convenios con instituciones públicas, privadas y de la sociedad civil, a fin de concertar acuerdos y compromisos recíprocos en torno a los objetivos planteados que conlleven a una mejora en la calidad educativa.

f) Desarrollar estrategias en la implementación de Modelo de Gestión Educativa de la Región Piura.

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2.- Provisión De Servicios

a) Asegurar y supervisar las actividades y servicios que brindan las Instituciones Educativas, preservando su autonomía institucional.

b) Prestar apoyo administrativo y logístico a las instituciones educativas públicas de su jurisdicción.

c) Apoyar el desarrollo y la adaptación de nuevas tecnologías de la comunicación y de la información para conseguir el mejoramiento del sistema educativo con una orientación intersectorial.

d) Promover y ejecutar estrategias y programas efectivos de alfabetización, en el marco de las políticas y programas nacionales, regionales, de acuerdo con las características socio-culturales de su ámbito jurisdiccional.

e) Determinar las necesidades de infraestructura y equipamiento, así como participar en la gestión para su construcción, remodelación, rehabilitación, mejoramiento, ampliación y mantenimiento, en coordinación y con el apoyo del gobierno local, regional, nacional e internacional.

f) Promover y apoyar centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte así como el deporte y recreación, y brindar apoyo sobre la materia a los Gobiernos Locales que lo requieran.

g) Coordinar con los gobiernos locales y otras instituciones especializadas, públicas y privadas, el establecimiento de programas de prevención y atención integral; así como programas de bienestar social dirigidos especialmente a la población escolar en situación de pobreza y extrema pobreza.

3.- Desarrollo Pedagógico

a) Promover y apoyar la diversificación de los currículos de las

Instituciones Educativas de educación básica y técnico productiva en su jurisdicción.

b) Asesorar la gestión pedagógica y administrativa de las instituciones educativas bajo su jurisdicción, fortaleciendo su autonomía institucional.

c) Participar en las acciones de evaluación y medición de la calidad educativa que ejecuta la Dirección Regional de Educación Piura y el Ministerio de Educación, garantizando el cumplimiento de las horas efectivas de clase.

d) Identificar las necesidades de capacitación del personal docente y administrativo y desarrollar programas de capacitación, así como brindar facilidades para la superación profesional.

e) Participar en la formulación, ejecución y evaluación de proyectos de investigación, experimentación e innovación pedagógica que aporte al mejoramiento de la calidad del servicio educativo.

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f) Incentivar la creación de centros de recursos educativos y tecnológicos que contribuyan a mejorar los aprendizajes en las Instituciones educativas.

4.- Desarrollo Institucional

a) Promover la formación y funcionamiento de redes educativas como forma de cooperación, intercambio de experiencias exitosas entre centros y programas educativos de su jurisdicción, las cuales establecen alianzas estratégicas con instituciones especializadas de la comunidad.

b) Fortalecer a las instituciones educativas promoviendo su autonomía, capacidad de innovación y funcionamiento democrático y la pertenencia a redes con la participación de la sociedad.

c) Apoyar en modernizar el desarrollo y la adaptación de nuevas tecnologías de comunicación y de la información para conseguir el mejoramiento del sistema educativo con una orientación intersectorial.

d) Suscribir convenios y contratos para lograr el apoyo y cooperación de la comunidad nacional e internacional que sirvan al mejoramiento de la calidad educativa en su jurisdicción de acuerdo a las normas establecidas sobre la materia.

e) Impulsar e implementar la actividad del Consejo Participativo Local de Educación (COPALE), a fin de generar acuerdos y promover la vigilancia ciudadana.

f) Formular, ejecutar y evaluar su presupuesto de la Unidad de Gestión Educativa Local, en atención a las necesidades de los centros y programas educativos y gestionar su financiamiento local, regional y nacional.

g) Informar a las entidades oficiales correspondientes y a la opinión pública, de los resultados de su gestión.

h) Promover, monitorear y asesorar el cumplimiento al más alto nivel los compromisos de Gestión y compromisos FED.

5.- Administración De Personal Y Recursos

a) Brindar apoyo administrativo y logístico a las instituciones educativas públicas de su jurisdicción.

b) Ejecutar el presupuesto de la Unidad Ejecutora N° 305 Educación UGEL Paita con participación de las instituciones educativas.

c) Administrar los recursos humanos, materiales, financieros y patrimoniales a su cargo, en concordancia con la normatividad establecida por los respectivos sistemas administrativos.

d) Conducir el proceso de evaluación, ingreso y permanencia del personal docente, administrativo y desarrollar acciones de personal, atendiendo los requerimientos de las Instituciones Educativas, en coordinación con la Dirección Regional de Educación Piura.

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e) Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia.

f) Determinar las necesidades de infraestructura y equipamiento, así como participar en su construcción y mantenimiento, en coordinación con el Gobierno Local, Regional, Nacional e Instituciones especializadas.

CAPÍTULO II

ESTRUCTURA ORGANICA INTERNA Y ORGANIGRAMA

II.1.-Estructura Orgánica

La Unidad Ejecutora N° 305 Educación UGEL Paita, tiene su Estructura Orgánica de acuerdo al Modelo “B” del Reglamento de Organización y Funciones el cual fue aprobado mediante Ordenanza Regional N° 355-2016 con fecha 12 de Junio del 2016:

01. ÓRGANO DE DIRECCIÓN

01.1 Dirección de UGEL.

02. ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN Y CONSULTIVOS

02.1 Consejo Participativo Local de Educación - COPALE

02.2 Consejo Educativo Distrital – COED

02.3 Consejo Consultivo y de Coordinación Educativa Local

03. ORGANO DE LINEA

03.1 Área de Educación Básica, Técnico Productiva y Educación No

Universitaria.

04. ÓRGANO DE APOYO

04.1 Unidad de Administración

05. ORGANO DE ASESORAMIENTO

05.1 Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional

06. ÓRGANO DE CONTROL

06.1 Área de Control Institucional

06. ÓRGANOS EJECUTIVOS

06.1 Núcleo Distrital de Gestión Educativa

06.2 Instituciones Educativas

06.3 Instituciones de Educación Técnica Productiva y Educación No

Universitaria.

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ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

MODELO B

II.2.- ORGANIGRAMA DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE PAITA

ORGANO DE CONTROL ORGANO DE DIRECCION

ORGANO DE LINEA

ORGANO DE ASESORAMIENTO

ORGANO DE APOYO

ORGANOS EJECUTIVOS

Consejo Participativo Local

de Educación

Consejo Consultivo y de

Coordinación Educativa Local

Consejo Educativo Distrital

DIRECCIÓN Área de Control

Institucional

Unidad de

Administración

Unidad de

Planeamiento y

Desarrollo

Institucional

Área de Educación Básica y

Técnica Productiva y Superior

No Universitaria

Centros de

Educación Técnico

Productiva y

Educación Superior

No Universitaria

Núcleo Distrital de

Gestión Educativa

Instituciones

Educativas y

Programas de

Educación Básica

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TITULO III DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA Y SUS FUNCIONES ESPECÍFICAS

CAPITULO I

DEL ORGANO DE DIRECCION

El titular de la Unidad Ejecutora N° 305 Educación UGEL Paita es el Director de la Unidad de Gestión Educativa Local, siendo el funcionario con mayor nivel jerárquico, con autoridad y facultad para adoptar decisiones resolutivas y gerenciales de acuerdo a ley; depende jerárquicamente de la Dirección Regional de Piura. I.1- De La Estructura Orgánica

** Cargo de Confianza de acuerdo a los Art. N° 32,33 y 35 de la Ley N° 29944 Ley de la Reforma Magisterial

I.2- De Las Funciones Específicas I.2.1- Director de la Unidad de Gestión Educativa Local de Paita. (01)

Nº DE CARGO: 001

CODIGO: 457-01-01-7 CARGO: Director de la Unidad de Gestión Educativa Local

a) Dirigir y evaluar la aplicación y adecuación de las políticas y normatividad educativa en su ámbito y liderar el proceso de mejoramiento continuo de la calidad, equidad y eficiencia del servicio educativo.

N° Orden Cargo Estructural Código Clasificación Total

Cargo de Confianza

001 Director de la Unidad de Gestión Educativa Local

457-01-01-7

RE 1 **

002 Especialista Administrativo I Imagen Institucional

457-01-01-5 SP –ES 1

003 Especialista Administrativo I Tramite Documentario

457-01-01-5 SP –ES 1

004 Abogado I

457-01-01-2 EC 1

005 Técnico Administrativo I Tramite Documentario

457-01-01-6 SP- AP 1

006 Técnico Administrativo I Actas Certificados y Archivos

457-01-01-6 SP- AP 1

007 Secretaria II

457-01-01-6 SP -AP 1

TOTAL 7

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b) Conducir y Orientar la formulación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Local en coordinación con el Proyecto Educativo Regional y Nacional.

c) Conducir la formulación, aprobación, ejecución y evaluación de los planes operativos Institucionales de la sede de la Unidad Ejecutora 305 Educación UGEL Paita.

d) Convocar y presidir las reuniones y/o comisiones que por Ley se dispongan y hacer cumplir sus acuerdos.

e) Impulsar la actividad del Consejo Participativo Local de Educación a fin de generar acuerdos y promover la vigilancia ciudadana y Presidir el Consejo Participativo Local como institución de Participación de Concertación y Vigilancia de las acciones educativas.

f) Promover la formación y formulación de los Núcleos de Gestión Educativos Locales como forma de cooperación entre centros y programas educativos de la jurisdicción de la Unidad Ejecutora 305 Educación UGEL Paita, los cuales establecen alianzas estratégicas con instituciones especializadas de la comunidad.

g) Gerenciar la entidad a su cargo y evaluar permanentemente las unidades orgánicas y las Instituciones Educativas de su ámbito, adoptando oportunamente las acciones preventivas y correctivas pertinentes; presentando los informes de su gestión a las instancias correspondientes.

h) Conducir e incrementar la productividad y eficiencia de los procesos de gestión pedagógica, institucional y administrativa de la sede e instituciones educativas a su cargo.

i) Regular y supervisar las actividades y servicios que brindan las instituciones educativas preservando su autonomía institucional.

j) Orientar, la formulación, ejecución y evaluación del presupuesto de la Unidad Ejecutora 305 Educación UGEL Paita y de las instituciones educativas de su jurisdicción, en coordinación con el Área de Gestión Institucional.

k) Programar y coordinar con el área de Educación Básica, Técnico Productiva y Educación No universitaria para las acciones de capacitación al personal docente e investigación educativa.

l) Apoyar el desarrollo y adaptación de las nuevas tecnológicas de la comunicación y de la información para conseguir el mejoramiento del sistema educativo con una orientación intersectorial.

m) Suscribir convenios de cooperación con entidades públicas y /o privadas, nacionales e internacionales para promover el desarrollo de las acciones educativas encaminadas a la mejora de la calidad educativa y de los servicios

brindados por la Unidad Ejecutora 305 Educación UGEL Paita. n) Refrendar los títulos, diplomas, visación de certificados, expedidos por las

Instituciones Educativas de la jurisdicción de UGEL - Paita; así como distinciones autorizadas por Ley.

o) Expedir Resoluciones de nombramiento, contrato, cesantía, y jubilación del personal docente y administrativo de UGEL- Paita; y otras que la Ley faculte.

p) Autorizar el receso, reapertura, traslado, cambio de director, de promotor y/o nombre de las Instituciones Educativas privadas.

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q) Resolver problemas educativos y administrativos de su ámbito jurisdiccional, en concordancia a las normas vigentes.

r) Presidir las juntas del SUB-CAFAE. s) Presentar Declaraciones Juradas de Ingresos, de Bienes y Rentas; al inicio

del ejercicio del cargo, periódicamente y al cese del cargo.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad:

Dependencia : Como Órgano Superior Inmediato Administrativo del

Director Regional de Educación Piura, Presupuestalmente del Gobierno Regional Piura y Normativamente del Ministro de Educación.

Autoridad : Es el Representante legal de la Institución, es el funcionario del más alto nivel jerárquico y tiene autoridad sobre todos los órganos de la Estructura Orgánica de la sede administrativa, de las Instituciones Educativas Públicas y Programas Educativos de la Unidad de Gestión Educativa Local de la Paita.

Responsabilidad

: De las funciones, programas, subprogramas, actividades y proyectos a su cargo, que conllevan al logro de los objetivos institucionales y, en lo específico, al cumplimiento de las metas establecidas en el presupuesto institucional.

Es convocado previo Concurso Público por el Ministerio de Educación, elegido y designado como cargo de confianza por el Director Regional de Educación Piura. Es designado por tres años, su permanencia o remoción está sujeta a evaluación por parte de la Dirección Regional de Educación de Piura con participación del Gobierno Regional Piura de acuerdo a normas específicas sobre la materia expedida por el Ministerio de Educación.

Requisitos mínimos

Título profesional de Lic. en Educación con estudios de postgrado relacionados con la especialidad.

Estar ubicado entre la V y VIII escala Magisterial. Colegiado y habilitado. Capacitación en Gestión Pública. No registrar antecedentes penales ni judiciales al momento de

postular. No tener en curso una sanción administrativa de suspensión o cese

temporal en el cargo.

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I.2.2- Responsable de Imagen Institucional (01)

Nº DE CARGO: 002

CODIGO: 457-01-01-5 CARGO: Especialista Administrativo I

a) Elaborar el Plan de Trabajo de Imagen Institucional de acuerdo a los objetivos

de la Gestión Educativa. b) Conducir y proyectar la imagen institucional de la Unidad Ejecutora Educación

UGEL - Paita hacia la comunidad local, regional, nacional e internacional y mantener la información actualizada sobre la política educativa, acciones y servicios educativos.

c) Informar y difundir las principales actividades de la institución a través de los diferentes medios de comunicación.

d) Coordinar con el equipo de informática, la creación y administración de la Página Web y Portal de Transparencia de la institución.

e) Diseñar y preparar el material a ser difundido a través de la página web de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita.

f) Atender requerimientos de información provenientes de la superioridad y de los medios de comunicación.

g) Preparar medios de comunicación tales como ediciones radiofónicas, periódico mural, boletines internos, otros.

h) Conducir ceremonias oficiales de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita.

i) Organizar la agenda de actividades, cívicas, culturales de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita.

j) Dirigir y coordinar el izamiento del pabellón nacional de los días lunes y la participación en el acto cívico de los días domingos en la plaza de armas.

k) Participar y coordinar con las diferentes áreas la óptima realización de cursos, foros, seminarios, aniversarios, celebraciones y eventos diversos.

l) Realizar sondeos de opinión entre los usuarios y los trabajadores de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita para la tabulación, Interpretación y realización de las campañas de difusión.

m) Mantener en coordinación entre la sede con el Ministerio de Educación y la Dirección Regional de Educación de Piura.

n) Realizar reuniones con los jefes para priorizar los temas y programas a difundir en los medios de comunicación.

o) Recepcionar y atender comisiones o delegaciones que visiten a la entidad sobre asuntos relacionados a la misma.

p) Mantener informada a la dirección de las noticias generadas y difundidas en torno a las actividades desarrolladas por la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita.

q) Conducir la comunicación interna y externa de la Sede. r) Elaborar la memoria anual. s) Velar por la integridad física de los bienes patrimoniales a su cargo. t) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo

documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término

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del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

u) Desempeñar otras funciones a fines al cargo que le asigne el Director de la Unidad Ejecutora Educación - UGEL - Paita.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad:

Dependencia : Depende del Director de la Unidad Ejecutora

Educación UGEL - Paita

Autoridad : No ejerce autoridad directa sobre el personal de la

Institución.

Responsabilidad

: De la ejecución de sus funciones y de los trabajos

asignados por su jefe inmediato.

Requisitos mínimos

Título Profesional Universitario en ciencias de la comunicación, Periodista, o de un programa académico que incluya estudios relacionados con la especialidad.

Experiencia: Tres (02) años en relaciones públicas o imagen institucional.

Capacitación: Especializada en relaciones públicas. Manejo de computadora a nivel de usuario y de aplicativos

informáticos relacionados con la actividad.

I.2.3- Del Responsable De Tramite Documentario (1)

Nº DE CARGO: 003

CODIGO: 457-01-01-5 DENOMINACION DEL CARGO: Especialista Administrativo I

a) Planificar, dirigir, coordinar y controlar los procesos de trámite documentario y archivo.

b) Publicar en lugar visible para el usuario, los requisitos exigidos para cada tipo de trámite que ingresan a la Unidad Ejecutora Educación - UGEL - Paita, en constante coordinación con las áreas que atienden estas solicitudes.

c) Orientar a los administrados en la presentación de sus expedientes, informar al público usuario sobre el proceso de gestión y estado de sus documentos en trámite.

d) Recepcionar y Registrar expedientes del usuario en el libro o en el sistema de trámite documentario, previa verificación de los requisitos establecidos para cada tipo de trámite y debidamente foliado.

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e) Clasificar y distribuir los documentos, expedientes y correspondencias que ingresan por mesa de partes a las unidades estructuradas, según corresponda en un plazo máximo de 24 horas para su atención y trámite dando cumplimiento Ley N° 27444, en los Art. N° 124, 125,126.

f) Realizar el seguimiento y mantener actualizado el estado de los documento y elaborar estadística de los documentos recepcionados mensualmente por las áreas y equipos.

g) Participar en la elaboración de documentos técnicos para la simplificación de procedimientos administrativos.

h) Mantener registrados cronológicamente los expedientes materia de devolución.

i) Archivar, conservar, organizar, custodiar y depurar la documentación destinada al archivo de acuerdo a la normatividad legal vigente.

j) Informar a los usuarios sobre el trámite y ubicación del expediente, para su seguimiento oportuno.

k) Informar al usuario sobre sus derechos y deberes. l) Registrar, clasificar y distribuir a las diversas instituciones educativas e

interesadas los diversos documentos administrativos de su competencia. m) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario de la

oficina y de los bienes patrimoniales a su cargo. n) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y

acervo documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

o) Desempeñar otras funciones a fines al cargo que le asigne el Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad Dependencia : Depende del Director de la Unidad de Gestión Educativa Local de Paita. Autoridad : Ejerce autoridad directa sobre el personal a su cargo. Responsabilidad : De la ejecución de sus funciones y de los trabajos asignados por su jefe inmediato

Requisitos mínimos

Título Profesional Universitario en Educación, Administración

relacionado con la especialidad Trámite Documentario.

Experiencia en labores técnicas de la especialidad. (01) año cargos en administración.

Capacitación: Especialización en Computación e informática

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I.2.4- Asesoría Legal (01)

Nº DE CARGO: 004

CODIGO: 457-01-01-2 DENOMINACION DEL CARGO: Abogado I

a) Asesorar al Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita, jefes de

área, especialista, responsables de comisiones de trabajo; en la interpretación y aplicación de los dispositivos legales.

b) Asesorar a la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita en asuntos de carácter jurídico legal.

c) Absolver consultas de carácter jurídico legal formuladas por las dependencias de la institución y los usuarios.

d) Asumir la defensa de la Institución y del Estado por delegación del Procurador Público del Sector.

e) Diseñar, organizar, ejecutar y evaluar el plan anual de trabajo del área para elevarlo para su aprobación con el director del Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita y remitirlo al Área de Gestión Institucional para su consolidación.

f) Planificar y ejecutar las actividades del Área de Asesoría Jurídica. g) Emitir dictamen u opinión legal sobre los recursos de impugnación, como

instancia administrativa. h) Emitir dictamen u opinión cuando se lo soliciten y cuando estos estén

relacionados al servicio del sector en el ámbito de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

i) Participar en la formulación y visado de proyectos de resolución, disposiciones, contratos, convenios, licitaciones, concursos y otros actos jurídicos de competencia de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

j) Participar en actividades de sensibilización y capacitación sobre la correcta aplicación de los dispositivos legales de reciente promulgación.

k) Visar o recomendar la reformulación de proyectos de resolución, convenios, contratos y otros documentos formulados en las distintas unidades estructuradas.

l) Asesorar y proponer mecanismos concernientes al saneamiento legal de las propiedades de Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita, Instituciones y Programas Educativos; así como, lo correspondiente a la inscripción en el Margesí de Bienes del Sector; en coordinación con Infraestructura.

m) Participar e integrar Comisiones, Comité de Participación Local (COPALE) y otras por norma expresa.

n) Realizar otras funciones afines al cargo, por delegación del Jefe inmediato superior

o) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

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Líneas de Autoridad y Responsabilidad:

Responsabilidad : De la ejecución de sus funciones y de los trabajos asignados por el Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita. Autoridad : Ejerce autoridad directa sobre el personal a su cargo.

Dependencia : Depende jerárquicamente del Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

Requisitos mínimos:

Título Profesional de Abogado, colegiado y habilitado

Capacitación especializada en el Área y legislación educativa

Experiencia en actividades técnico–legales del sector y la administración pública.

Buenas relaciones humanas I.2.5- Tramite Documentario (Mesa de Partes) (1)

Nº DE CARGO: 005

CODIGO: 457-01-01-6 DENOMINACION DEL CARGO: Técnico Administrativo I

a) Recepcionar, registrar, clasificar y distribuir la documentación recibida.

b) Atender y orientar al público usuario en la presentación de los documentos y/o expedientes.

c) Brindar orientación e información a los usuarios, sobre los diferentes servicios que brinda la UGEL - Paita.

d) Prestar información a los administrados que vienen a realizar el seguimiento de sus expedientes.

e) Participar en la elaboración de documentos técnicos para la simplificación de procedimientos administrativos.

f) Elaborar información estadística de los expedientes y documentos que ingresan en forma mensual y efectuar las acciones correctivas.

g) Preparar anualmente el inventario de los documentos archivados y elaborar la relación de documentos para su depuración.

h) Adecuar y elaborar estrategias para el funcionamiento eficaz del sistema de trámite documentario.

i) Orientar al público usuario, sobre el trámite de procedimientos administrativos que brinda el Área, en relación al MAPRO y los flujogramas.

j) Mantener relaciones amables y cordiales con los administrados.

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k) Realizar otras funciones de su competencia por encargo del Jefe inmediato o el Director de la UGEL - Paita.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad Dependencia : Depende del Responsable de Tramite Documentario de Educativa Local de Paita. Autoridad : No ejerce autoridad directa sobre el personal de la

Institución. Responsabilidad : De la ejecución de sus funciones y de los trabajos asignados por su jefe inmediato

Requisitos mínimos

Título Profesional superior Técnico Educación, Administración relacionado con la especialidad Trámite Documentario.

Experiencia en labores técnicas de la especialidad respectiva. Capacitación Especialización en Computación e informática.

Buenas relaciones humanas.

I.2.6- Del Responsable (Actas Certificados y Archivos) (1)

Nº DE CARGO: 006 CODIGO: 457-01-01-6 DENOMINACION DEL CARGO: Técnico Administrativo I

a) Planificar, dirigir, coordinar y controlar los procesos de trámite

documentario y archivo. b) Visar los certificados de estudios de acuerdo a las actas qué obran en el

archivo de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita. c) Supervisar la expedición de certificados de estudios de acuerdo a las

actas qué obran en el archivo de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita.

d) Orientar y controlar la certificación y autenticación de copias de documentos originales que obran en el archivo de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita.

e) Expedir copias certificadas de resoluciones directorales y otros documentos que obran como antecedente en el archivo.

f) Ofrecer el servicio de búsqueda de resoluciones a usuarios que carecen de datos.

g) Rectificar nombres y apellidos en certificados de estudios de ex – alumnos, por errores consignados en las actas promocionales de los niveles y modalidades educativas.

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h) Clasificar, archivar y custodiar las actas. Certificados y otros documentos que se tramiten en la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita, realizando la depuración de acuerdo a la normatividad vigente.

i) Expedir y visar los certificados de estudios de todos los niveles y modalidades educativas de su ámbito.

j) Verificar las actas de evaluación para su visación y autenticación de certificados

k) Organizar, clasificar y codificar manteniendo en condiciones de seguridad las actas de evaluación y nóminas de matrícula del ámbito de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita.

l) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario de la oficina y de los bienes patrimoniales a su cargo.

m) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

n) Desempeñar otras funciones a fines al cargo que le asigne el Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad:

Dependencia : Depende del Especialista Administrativo de Tramite Documentario de la UGEL - Paita. Autoridad : No ejerce autoridad directa sobre el personal de la

Institución. Responsabilidad : De la ejecución de sus funciones y de los trabajos asignados por su jefe inmediato

Requisitos mínimos

Título Técnico: Título de Profesional Técnico en Educación, Administración relacionado con la especialidad Trámite Documentario.

Experiencia Un (01) año cargos en labores de Secretaria. Capacitación Especialización en Computación e informática.

I.2.7- Secretaria de Dirección (01)

Nº DE CARGO: 007

CODIGO: 457-01-01-6 DENOMINACION DEL CARGO: Secretaria II

a) Recepciona, clasifica, registra, distribuye, controla, da seguimiento y archiva

los documentos que ingresan o que se generan en la Dirección.

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b) Redactar e imprimir documentos según las indicaciones del director y presentarlas para la firma del mismo.

c) Organizar y mantener actualizado el archivo de la dirección, de acuerdo a las normas vigentes, cuidando su seguridad, conservación y confidencialidad.

d) Redactar el libro de acta del órgano de dirección, en las reuniones de trabajo y/o reuniones generales de trabajadores.

e) Llevar la agenda de reuniones del director. f) Orientar e informar al usuario sobre la gestiones a realizar y la situación de la

documentación que ingresa a dirección. g) Orientar al público sobre la situación de los documentos tramitados. h) Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento del mobiliario, equipo y

acervo documental de la dirección, así como mantener actualizado el inventario correspondiente.

i) Atender y efectuar llamadas telefónicas, estrictamente necesarias y oficiales para hacer alguna coordinación o concertar citas y reuniones de trabajo del director.

j) Poner en alerta al Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita, sobre documentos recepcionados y tengan estos carácter muy urgente.

k) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

l) Realizar otras funciones que le asigne el Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad:

Dependencia : Depende del Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita. Autoridad : No ejerce autoridad directa sobre el personal de la

Institución. Responsabilidad : De la ejecución de sus funciones y de los trabajos asignados por el director de la UGEL – Paita.

Requisitos mínimos

Título Técnico: Título de Profesional Técnico en Secretariado Ejecutivo. Experiencia (02) años cargos en labores de Secretaria. Capacitación Especialización en Computación e informática. Experiencia en labores administrativas de oficina.

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CAPITULO II

DEL ÓRGANO DE LÍNEA

Los Órganos de Línea son responsables del cumplimiento de las funciones sustantivas de la Unidad Ejecutora Educación UGEL - Paita. Están conformados por:

Área de Educación Básica, Técnico Productiva y Educación Superior No

Universitaria

El Área de Educación Básica, Técnico Productiva y Educación Superior No

Universitaria, está a cargo del Jefe de Gestión Pedagógica, conformada por

Especialista en Educación Básica Regular (Educación Inicial, Educación Primaria y

Educación Secundaria), Educación Básica Alternativa (Ciclo Inicial, Intermedio y

Avanzado), Educación Básica Especial, Educación Técnico Productiva y Educación

Superior No Universitaria.

II.1.- Estructura Orgánica.

N° Orden Cargo Estructural Código Clasificación Total

008 Jefe de Gestión Pedagógica 457-03-01-7 RE 1

009 Especialista de Educación (inicial)

457-03-01-7 RE 1

010 Especialista de Educación (inicial)

457-03-01-7 RE 1

011 Especialista de Educación (Primaria)

457-03-01-7 RE 1

012 Especialista de Educación (Primaria)

457-03-01-7 RE 1

013 Especialista de Educación (Primaria)

457-03-01-7 RE 1

014 Especialista de Educación (Secundaria)

457-03-01-7 RE 1

015 Especialista de Educación (Secundaria)

457-03-01-7 RE 1

016 Especialista de Educación (Secundaria)

457-03-01-7 RE 1

017 Especialista de Educación Especial

457-03-01-7 RE 1

018 Psicólogo II P1-25-073-1 SP-ES 1

019 Secretaria I T1-05-675-1 SP -AP 1

Total 12

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II.2.- Funciones Específicas

II.2.1 Jefe de Gestión Pedagógica 01

Nº DE CARGO: 007

CODIGO: 457-03-01-7 DENOMINACION DEL CARGO: Jefe de Gestión Pedagógica.

a) Asesorar al Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita, en

asuntos de su competencia. b) Proponer lineamientos de política y normativa pedagógica en los niveles

educativos, proyectos especiales y modalidades educativas que están bajo la administración de la Unidad Ejecutora UGEL Paita.

c) Diseñar, organizar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo local, el plan de supervisión y monitoreo, plan anual de capacitación al personal directivo y docentes de las instituciones y programas educativas y otros documentos correspondientes a las funciones del área para elevarlo para su aprobación con el director del Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

d) Diseñar, organizar, ejecutar y evaluar el plan anual de trabajo del área para elevarlo para su aprobación con el director del Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita y remitirlo al Área de Gestión Institucional para su consolidación.

e) Dirigir, coordinar, asesorar, monitorear, supervisar y evaluar la gestión pedagógica de las instituciones y programas educativos de su jurisdicción, fortaleciendo su autonomía institucional.

f) Realizar control previo sobre las acciones y funciones del personal de su área, adoptando oportunamente las acciones preventivas y correctivas pertinentes para su cumplimiento y presentar los informes de su gestión al director de la Unidad Ejecutora UGEL Paita.

g) Aplicar estrategias alternativas orientadas a mejorar la calidad de los servicios educativos que brindan las instituciones y programas educativos promoviendo los valores culturales y sociales.

h) Asesorar, monitorear y supervisar la diversificación y el desarrollo curricular en las instituciones y programas educativos en concordancia con la Dirección Regional De Educación y El Ministerio De Educación.

i) Diseñar y proponer sistemas de evaluación curricular, orientados al mejoramiento del servicio educativo.

j) Asesorar y apoyar la implantación e implementación de centros de recursos educativos y tecnológicos que apoyen el proceso de aprendizaje.

k) Coordinar la ejecución y desarrollo de los programas especiales escolarizados y no escolarizados.

l) Emitir opinión para otorgar autorización de funcionamiento y ampliación de servicios de los CETPROs, de acuerdo al catálogo nacional de títulos y certificaciones aprobado por el ministerio de educación.

m) Monitorear y supervisar a los CETPROs en la gestión pedagógica, administrativa e institucional y en la provisión de los servicios de formación técnica e inserción laboral

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n) Formular y visar los Documentos y Resoluciones vinculados con el Área a su cargo.

o) Implementar la formación y funcionamiento de los Núcleos Distritales de Gestión Educativa como forma de cooperación entre instituciones y programas educativos de su jurisdicción, en el marco del modelo de Gestión del Sistema Educativo de la Región Piura.

p) Formular, dirigir, orientar y participar en la realización de proyectos de investigaciones e innovación destinadas al desarrollo de la educación, la ciencia y tecnología, la cultura y el deporte gestionándolos ante las instituciones de cooperación nacional e internacional.

q) Fomentar y coordinar con otros sectores, la ejecución de programas y proyectos de investigación educativa.

r) Planificar, coordinar, organizar, dirigir, ejecutar y controlar el desarrollo de las actividades educativas, culturales, deportivas, recreacionales y de prevención, supervisando su aplicación en las instituciones y programas educativas.

s) Organizar, coordinar y evaluar la ejecución de los convenios educativos. t) Monitorear la organización y funcionamiento de los Consejos Educativos

Institucionales y las Asociaciones de Padres de Familia de las instituciones y programas educativos.

u) Promover centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte así como el deporte y la recreación, y brindar apoyo sobre la materia a los Gobiernos Locales que lo requieran.

v) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario del Área y de los bienes patrimoniales a su cargo.

w) Realizar otras funciones que le asigne el Director de la Unidad Ejecutora UGEL Paita.

x) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

y) Presentar Declaraciones Juradas de Ingresos, de Bienes y Rentas; al inicio del ejercicio del cargo, periódicamente y al cese del cargo.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Depende del Director de la Unidad Ejecutora

Educación UGEL – Paita.

Autoridad : Ejerce autoridad sobre el personal del área de Gestión

Pedagógica y los directores de las instituciones y

programas educativos.

Responsabilidad : De orientar, monitorear, supervisar y evaluar las

acciones educativas del ámbito jurisdiccional de la

Unidad Ejecutora Educación UGEL – Paita.

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Requisitos mínimos

Título Universitario de Licenciado en Educación, contar con IV Escala

magisterial (D.S.N°004-2013-ED y RSG Nº 2076-2014 MINEDU).

Capacidad de liderazgo para el logro de las políticas y objetivos

locales, regionales y nacionales.

Capacitación especializada en el área.

Amplia experiencia en conducción de personal y en la dirección de

programas del área

Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos relacionados con la actividad.

II.2.2.- Especialistas de Educación Básica Regular

II.2.2.1.- Especialista en Educación del Nivel Inicial (02)

CARGOS : 009, 010

CODIGO : 457-03-01-7 DENOMINACION DEL CARGO: Especialista En Educación Inicial

a) Asesorar al jefe del área de gestión pedagógica de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita., a los directores de las instituciones y programas educativos en asuntos correspondientes al nivel educativo inicial.

b) Adecuar las normas técnico – pedagógicas a las necesidades y características de la realidad de su ámbito jurisdiccional.

c) Informar al jefe del área de gestión pedagógica, sobre el cumplimiento de la política educativa en el nivel inicial en el ámbito jurisdiccional de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

d) Coordinar con el jefe de gestión pedagógica y demás especialistas en la elaboración, implementación y evaluación el plan anual de trabajo, plan de supervisión y monitoreo, plan de capacitación a especialistas, docentes y directivos de las instituciones y programas educativas y otros documentos correspondientes a las funciones del área para elevarlo para su aprobación.

e) Supervisar y monitorear a las instituciones educativas públicas y privadas en el desarrollo de las actividades académicos – escolares y comunicar por escrito a la dirección de las instituciones y programas educativos del nivel inicial las observaciones que hubiera para realizar las correcciones respectivas.

f) Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar la ejecución de las actividades académico-escolares en las instituciones y programas educativas del nivel inicial de la jurisdicción de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

g) Comunicar al jefe del área de gestión pedagógica mediante informe, cuando una institución educativa amerita una evaluación o investigación especializada.

h) Orientar la organización y funcionamiento de las asociaciones de padres de familias y CONEI del nivel inicial.

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i) Asesorar y supervisar el cumplimiento de las normas emanadas de la superioridad que permiten un mejor funcionamiento de las acciones técnico-pedagógicas, en los programas de educación inicial.

j) Asesorar, orientar y capacitar e implementar las nuevas orientaciones pedagógicas del año escolar, convocando a los directores y/o docentes del nivel inicial.

k) Promover la atención de los niños y niñas de tres (03) y cinco (05) que no estén en sistema educativo, organizando y/o difundiendo campañas pertinentes.

l) Coordinar y promover la participación de los sectores, instituciones y organismos nacionales e internacionales para apoyar las acciones de atención integral de niños y del mejoramiento de la calidad de vida familiar y comunal.

m) Organizar, participar y ejecutar jornadas técnicos pedagógicas de actualización y capacitación dirigidas a directores y docentes; evaluando su aplicación y resultados en el aprendizaje de los educandos de las instituciones y programas educativos del nivel inicial.

n) Promover y dirigir la organización de las redes pedagógicas de educación inicial; así como la ejecución de proyectos y programas educativos escolarizados y no escolarizados.

o) Proponer directivas de carácter técnico pedagógico que orienten la conducción gerencial de las instituciones y programas educativos del nivel inicial.

p) Supervisar y realizar acciones de seguimiento a los docentes coordinadores en situación del desempeño de sus funciones.

q) Representar al jefe del área de gestión pedagógica de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita., en eventos del nivel inicial, por delegación del Jefe de gestión Pedagógica.

r) Elaborar, procesar y analizar las estadísticas del nivel de educación Inicial y determinar índices estadísticos de rendimiento académico de los educandos, para elaborar estrategias que permita mejorar el aprendizaje a fin de tomar decisiones oportunas para mejorar la calidad de la Educación en el nivel a su cargo.

s) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario y de los bienes patrimoniales a su cargo.

t) Realizar las demás funciones a fines al cargo que le asigne el Jefe del Área de Gestión Pedagógica.

u) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Depende del Jefe de Gestión Pedagógica de la

Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

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Autoridad : Ejerce autoridad sobre los directores de las Instituciones

y programas educativos UGEL Paita.

Responsabilidad : De la ejecución de sus funciones y de los trabajos asignados por el Jefe de Gestión Pedagógica de la

UGEL – Paita.

Requisitos mínimos

Título de profesor o licenciado en educación de acuerdo a la

especialidad y estar ubicado en la III escala magisterial (D.S.N°004-

2013-ED y RSG Nº 2076-2014-MINEDU).

Experiencia en la conducción o supervisión de programas educativos. Formación especializada relacionada con la gestión institucional,

pedagógica y/o administrativa de las II.EE Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos

relacionados con la actividad II.2.2.2.- Especialista En Educación Nivel Primaria (03)

CARGOS : 011, 012, 013 CODIGO : 457-03-01-7 DENOMINACION DEL CARGO: Especialista en Educación Primaria

a) Asesorar al jefe del área de gestión pedagógica de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita, a los directores de las instituciones y programas educativos en asuntos correspondientes al nivel educativo primario.

b) Adecuar las normas técnico – pedagógicas a las necesidades y características de la realidad de su ámbito jurisdiccional.

c) Informar al jefe del área de gestión pedagógica, sobre el cumplimiento de la política educativa en el nivel primario en el ámbito jurisdiccional de la Unidad Ejecutora Educación UGEL – Paita

d) Asesorar, orientar, capacitar e implementar las nuevas orientaciones pedagógicas del año escolar, convocando a los directores y/o docentes del nivel educativo primario.

e) Coordinar con el jefe de gestión pedagógica y demás especialistas en la elaboración, implementación y evaluación del plan anual de trabajo, plan de supervisión, monitoreo, plan de capacitación a especialistas, docentes y directivos de las instituciones y programas educativas para su aprobación.

f) Dirigir, coordinar Supervisar, monitorear y evaluar la ejecución de las actividades a las instituciones educativas públicas y privadas en el desarrollo de las actividades académicas y comunicar por escrito a la dirección de las instituciones y programas educativos del nivel primario las observaciones que hubiera para realizar las correcciones respectivas.

g) Comunicar al jefe del área de gestión pedagógica mediante informe, cuando una institución educativa amerita una evaluación o investigación especializada.

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h) Orientar la organización y funcionamiento de las asociaciones de padres de familias y CONEI del nivel primario.

i) Asesorar y supervisar el cumplimiento de las normas emanadas de la superioridad que permiten un mejor funcionamiento de las acciones técnico-pedagógicas, administrativas en los programas de educación primario.

j) Coordinar y promover la participación de los sectores, instituciones y organismos nacionales e internacionales para apoyar las acciones de atención integral de niños y del mejoramiento de la calidad de vida familiar y comunal.

k) Organizar, participar y ejecutar jornadas técnicos pedagógicas de actualización y capacitación dirigidas a directores y docentes; evaluando su aplicación y resultados en el aprendizaje de los educandos de las instituciones y programas educativos del nivel primario.

l) Promover y dirigir la organización de las redes pedagógicas del nivel primario; así como la ejecución de proyectos y programas educativos escolarizados y no escolarizados.

m) Promover y orientar la ejecución de programas de estudio y/o investigaciones que contribuyan a la obtención de la calidad total del servicio educativo del nivel primario.

n) Proponer directivas de carácter técnico pedagógico que orienten la conducción gerencial de las instituciones y programas educativos del nivel primario.

o) Supervisar y realizar acciones de seguimiento a los docentes coordinadores en situación del desempeño de sus funciones.

p) Representar al jefe del área de gestión pedagógica de la Unidad Ejecutora Educación UGEL – Paita, en eventos del nivel primario, por delegación del Jefe de Gestión Pedagógico.

q) Presentar al Jefe de Gestión Pedagógica de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita, la memoria anual del nivel primario para su aprobación, en el primer mes de cada año siguiente al año próximo pasado.

r) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario y de los bienes patrimoniales a su cargo.

s) Realizar las demás funciones a fines al cargo que le asigne el Jefe de Área. t) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo

documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Depende del Jefe de Gestión Pedagógica de la

Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

Autoridad : Ejerce autoridad sobre los directores de las Instituciones y programas educativos UGEL Paita.

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Responsabilidad : De la ejecución de sus funciones y de los trabajos asignados por el Jefe de Gestión Pedagógica de la UGEL – Paita

Requisitos mínimos

Título de profesor o licenciado en educación en nivel primario y estar

ubicado en la III escala magisterial (D.S.N°004-2013-ED y RSG Nº

2076-2014-MINEDU).

Experiencia en la conducción o supervisión de programas educativos. Formación especializada relacionada con la gestión institucional,

pedagógica y/o administrativa de las II.EE. Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos

relacionados con la actividad

II.2.2.3.- Especialista en Educación Nivel Secundario (02)

CARGOS : 014, 015,

CODIGO : 457-03-01-7

DENOMINACION DEL CARGO: Especialista en Educación

a) Asesorar al jefe del área de gestión pedagógica de la UGEL Paita, a los

directores de las instituciones y programas educativos en asuntos correspondientes al nivel educativo secundario.

b) Adecuar las normas técnico – pedagógicas a las necesidades y características de la realidad de su ámbito jurisdiccional.

c) Informar al jefe del área de gestión pedagógica, sobre el cumplimiento de la política educativa en el nivel secundario en el ámbito jurisdiccional de la UGEL Paita.

d) Asesorar, orientar y capacitar e implementar las nuevas orientaciones pedagógicas del año escolar, convocando a los directores y/o docentes del nivel educativo secundario.

e) Coordinar con el jefe de gestión pedagógica y demás especialistas en la elaboración, implementación y evaluación del plan anual de trabajo, plan de supervisión, monitoreo, plan de capacitación a especialistas, docentes y directivos de las instituciones y programas educativas para su aprobación.

f) Dirigir, coordinar, Supervisar, monitorear y evaluar la ejecución de las actividades a las instituciones educativas del nivel secundario público y privado en el desarrollo de las actividades académicas y comunicar por escrito a la dirección de las instituciones y programas educativos del nivel secundario las observaciones que hubiera para realizar las correcciones respectivas.

g) Comunicar al jefe del área de gestión pedagógica mediante informe, cuando una institución educativa amerita una evaluación o investigación especializada.

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h) Dar a conocer mediante informes al jefe inmediato superior, sobre las acciones de verificación y supervisión de las instituciones educativas públicas y privadas de nivel secundario de la jurisdicción, sugiriendo y recomendando acciones correctivas si hubiera lugar.

i) Orientar la organización y funcionamiento de las asociaciones de padres de familias y CONEI del nivel secundario.

j) Asesorar y supervisar el cumplimiento de las normas emanadas de la superioridad que permiten un mejor funcionamiento de las acciones técnico-pedagógicas, administrativas en los programas de educación secundario.

k) Coordinar y promover la participación de los sectores, instituciones y organismos nacionales e internacionales para apoyar las acciones de atención integral de niños y del mejoramiento de la calidad de vida familiar y comunal.

l) Organizar, participar y ejecutar jornadas técnicos pedagógicas de actualización y capacitación dirigidas a directores y docentes; evaluando su aplicación y resultados en el aprendizaje de los educandos de las instituciones y programas educativos del nivel secundario.

m) Promover y dirigir la organización de las redes pedagógicas de nivel secundario; así como la ejecución de proyectos y programas educativos escolarizados y no escolarizados.

n) Promover y orientar la ejecución de programas de estudio y/o investigaciones que contribuyan a la obtención de la calidad total del servicio educativo del nivel secundario.

o) Proponer directivas de carácter técnico pedagógico que orienten la conducción gerencial de las instituciones y programas educativos del nivel secundario.

p) Diseñar, coordinar y proponer, sistemas de evaluación curricular orientados al mejoramiento del servicio educativo en el nivel de Educación Secundaria.

q) Supervisar y realizar acciones de seguimiento a los docentes coordinadores en situación del desempeño de sus funciones.

r) Presentar al Jefe de AGP de la UGEL Paita, la memoria anual del nivel secundario para su aprobación, en el primer mes de cada año siguiente al año próximo pasado.

s) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario y de los bienes patrimoniales a su cargo.

t) Realizar las demás funciones a fines al cargo que le asigne el Jefe de Área. u) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo

documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Depende del Jefe de Gestión Pedagógica de la

Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

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Autoridad : Ejerce autoridad sobre los directores de las Instituciones y programas educativos UGEL Paita.

Responsabilidad : De la ejecución de sus funciones y de los

trabajos asignados por el Jefe de Gestión

Pedagógica de la UGEL – Paita

Requisitos mínimos

Título de profesor o licenciado en educación en nivel secundario y estar

ubicado en la III escala magisterial (D.S.N°004-2013-ED y RSG Nº

2076-2014-MINEDU).

Estudios de post-grado y/o segunda especialización en Educación a

fines al Área.

Experiencia en la conducción o supervisión de programas educativos. Formación especializada relacionada con la gestión institucional,

pedagógica y/o administrativa de las II.EE. Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos

relacionados con la actividad.

II.2.2.4.- Especialista en Educación Nivel Secundario (CETPROs) (01)

CARGOS : 016

CODIGO : 457-03-01-7

DENOMINACION DEL CARGO: Especialista en Educación

a) Asesorar al jefe del área de gestión pedagógica de la UGEL Paita, a los

directores de los Centros de Educación Técnico Productiva en asuntos correspondientes al nivel educativo.

b) Adecuar las normas técnico – pedagógicas a las necesidades y características de la realidad de su ámbito jurisdiccional.

c) Informar al jefe del área de gestión pedagógica, sobre el cumplimiento de la política educativa en los CETPROs en el ámbito jurisdiccional de la UGEL Paita.

d) Asesorar, orientar, capacitar e implementar las nuevas orientaciones pedagógicas del año escolar, convocando a los directores y/o docentes de los CETPROs.

e) Coordinar con el jefe de gestión pedagógica y demás especialistas en la elaboración, implementación y evaluación del plan anual de trabajo, plan de supervisión, monitoreo, plan de capacitación a especialistas, docentes y directivos de las instituciones, programas educativos y CETPROS para su aprobación.

f) Dirigir, coordinar, Supervisar, monitorear y evaluar la ejecución de las actividades a las instituciones educativas del nivel secundario y CETPROs,

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públicos y privados en el desarrollo de las actividades académicas y comunicar por escrito a los las observaciones que hubiera para realizar las correcciones respectivas.

g) Comunicar al jefe del área de gestión pedagógica mediante informe, cuando una institución educativa amerita una evaluación o investigación especializada.

h) Orientar la organización y funcionamiento de las asociaciones de padres de familias y CONEI del nivel secundario.

i) Asesorar y supervisar el cumplimiento de las normas emanadas de la superioridad que permiten un mejor funcionamiento de las acciones técnico-pedagógicas, administrativas en los programas de educación secundario y CETPROs.

j) Coordinar y promover la participación de los sectores, instituciones y organismos nacionales e internacionales para apoyar las acciones de atención integral de niños y del mejoramiento de la calidad de vida familiar y comunal.

k) Organizar, participar y ejecutar jornadas técnicos pedagógicas de actualización y capacitación dirigidas a directores y docentes; evaluando su aplicación y resultados en el aprendizaje de los educandos de las instituciones y programas educativos del nivel secundario y CETPROs.

l) Promover y dirigir la organización de las redes pedagógicas de nivel secundario; así como la ejecución de proyectos y programas educativos escolarizados y no escolarizados.

m)Promover y orientar la ejecución de programas de estudio y/o investigaciones que contribuyan a la obtención de la calidad total del servicio educativo del nivel secundario y CETPROs.

n) Proponer directivas de carácter técnico pedagógico que orienten la conducción gerencial de las instituciones y programas educativos del nivel secundario y CETPROs.

o) Diseñar, coordinar y proponer, sistemas de evaluación curricular orientados al mejoramiento del servicio educativo en el nivel de Educación Secundaria y CETPROs.

p) Supervisar y realizar acciones de seguimiento a los docentes coordinadores en situación del desempeño de sus funciones.

q) Presentar al Jefe de Gestión Pedagógica de la UGEL Paita, la memoria anual del nivel secundario y CETPROs para su aprobación, en el primer mes de cada año siguiente al año próximo pasado.

r) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario y de los bienes patrimoniales a su cargo.

s) Realizar las demás funciones a fines al cargo que le asigne el Jefe de Área. t) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo

documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

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Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Depende del Jefe de Gestión Pedagógica de la

Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

Autoridad : Ejerce autoridad sobre los directores de las Instituciones y programas educativos UGEL Paita.

Responsabilidad : De la ejecución de sus funciones y de los

trabajos asignados por el Jefe de Gestión

Pedagógica de la UGEL – Paita

Requisitos mínimos

Título de profesor o licenciado en educación en nivel secundario y estar

ubicado en la III escala magisterial (D.S.N°004-2013-ED y RSG Nº

2076-2014-MINEDU).

Estudios de post-grado y/o segunda especialización en Educación a

fines al Área.

Experiencia en la conducción o supervisión de programas educativos. Formación especializada relacionada con la gestión institucional,

pedagógica y/o administrativa de las II.EE. Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos

relacionados con la actividad.

II.2.3.- Especialista en Educación Básica Especial (01)

CARGOS : 017

CODIGO : 457-03-01-7 DENOMINACION DEL CARGO: Especialista en Educación.

a) Asesorar al jefe del área de gestión pedagógica de la UGEL Paita, a los

directores de los Centros de Educación Técnico Productiva en asuntos correspondientes al nivel educativo.

b) Adecuar las normas técnico – pedagógicas a las necesidades y características de la realidad de su ámbito jurisdiccional.

c) Informar al jefe del área de gestión pedagógica, sobre el cumplimiento de la política educativa en el nivel de educación especial en el ámbito jurisdiccional de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

d) Coordinar con el jefe de gestión pedagógica y demás especialistas en la elaboración, implementación y evaluación el plan anual de trabajo, plan de supervisión y monitoreo, plan de capacitación a especialistas, docentes y directivos de las instituciones y programas educativas y otros documentos correspondientes a las funciones del área para elevarlo para su aprobación.

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e) Supervisar y monitorear a las instituciones educativas públicas y privadas en el desarrollo de las actividades académicos – escolares y comunicar por escrito a la dirección de las instituciones y programas educativos del nivel de educación especial las observaciones que hubiera para realizar las correcciones respectivas.

f) Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar la ejecución de las actividades académico-escolares en las instituciones y programas educativas del nivel de educación especial de la jurisdicción de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

g) Comunicar al jefe del área de gestión pedagógica mediante informe, cuando una institución educativa amerita una evaluación o investigación especializada.

h) Gestionar la evaluación de los aprendizajes, con criterios de equidad territorial, igualdad de género, inclusión e igual de oportunidades.

i) Orientar la organización y funcionamiento de las asociaciones de padres de familias y CONEI del nivel de educación especial.

j) Asesorar y supervisar el cumplimiento de las normas emanadas de la superioridad que permiten un mejor funcionamiento de las acciones técnico-pedagógicas, en los programas de educación especial.

k) Asesorar, orientar y capacitar e implementar las nuevas orientaciones pedagógicas del año escolar, convocando a los directores y/o docentes del nivel de educación especial.

l) Promover la atención de los niños, niñas y Jóvenes que no estén en sistema educativo especial, organizando y/o difundiendo campañas pertinentes.

m)Coordinar y promover la participación de los sectores, instituciones y organismos nacionales e internacionales para apoyar las acciones de atención integral de niños y del mejoramiento de la calidad de vida familiar y comunal.

n) Organizar, participar y ejecutar jornadas técnicos pedagógicas de actualización y capacitación dirigidas a directores y docentes; evaluando su aplicación y resultados en el aprendizaje de los educandos de las instituciones y programas educativos del nivel de educación especial.

o) Promover y dirigir la organización de las redes pedagógicas de educación especial; así como la ejecución de proyectos y programas educativos.

p) Proponer directivas de carácter técnico pedagógico que orienten la conducción gerencial de las instituciones y programas educativos del nivel de educación especial.

q) Promover la participación de diversos actores de la comunidad en los procesos de desarrollo educativo para mejorar el acceso a los servicios educativos de calidad de las y los estudiantes, criterios de equidad, igualdad de género, inclusión e igualdad de oportunidades.

r) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario y de los bienes patrimoniales a su cargo.

s) Realizar las demás funciones a fines al cargo que le asigne el Jefe del Área de Gestión Pedagógica.

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t) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Depende del Jefe de Gestión Pedagógica de la

Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

Autoridad : Ejerce autoridad sobre los directores de las Instituciones y programas educativos UGEL

Paita.

Responsabilidad : De la ejecución de sus funciones y de los

trabajos asignados por el Jefe de Gestión

Pedagógica de la UGEL Paita

Requisitos mínimos

Título de profesor o licenciado en educación en nivel inicial y estar

ubicado en la III escala magisterial (D.S.N°004-2013-ED y RSG Nº 2076-2014-MINEDU).

Estudios de post-grado y/o segunda especialización en Educación a

fines al Área.

Capacitación especializada en el área, especialidad o nivel educativo.

Experiencia en la conducción o supervisión de programas educativos. Formación especializada relacionada con la gestión institucional,

pedagógica y/o administrativa de las II.EE. Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos

relacionados con la actividad.

II.2.4.- Psicólogo(a) (01)

CARGOS : 019

CODIGO : 457-02-01-5 DENOMINACION DEL CARGO: Psicólogo II

a) Programa, dirige y coordina la ejecución y evaluación psicológica, con la finalidad de orientar la visión y misión de los estudiantes en el desarrollo de actividades y proyectos de la UGEL Paita.

b) Participa y programa actividades relacionadas con la problemática psicosocial de grupos estudiantiles o grupos humanos en general, con la finalidad de orientar y consolidar un mejor nivel educacional y por ende una mayor realización personal y social

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c) Elabora informes y emite opinión profesional en casos de violencia física, psicología y/o sexual, hostigamiento y trato humillante a la comisión permanente de procesos administrativos disciplinarios, en los acaso que lo amerite.

d) Propone lineamientos de política educativa y estrategias para el desarrollo de óptimo del servicio educativo acorde con los lineamientos de la política educativa nacional.

e) Programa, dirige y coordina las acciones y actividades de tutoría y orientación educativa, en los diferentes niveles y modalidades, incluyendo la promoción de la no violencia y cultura de paz, educación familiar y sexual, y un estilo de vida saludable sin drogas.

f) Atiende y evalúa a estudiantes con problemas de aprendizaje de las instituciones y programas educativos en los diferentes niveles.

g) Programa, desarrolla y ejecuta talleres de capacitación dirigidos al personal de sede UGEL Paita, en bien del clima laboral.

h) Desarrolla y dirige “escuela de padres” en diferentes temas de prevención y sensibilización, en las instituciones educativas del ámbito UGEL Paita.

i) Planifica, organiza y ejecuta actividades sobre promoción de los valores y prevención en el consumo de drogas y/o alcoholismo en las instituciones y programas educativos en sus diferentes modalidades y niveles.

j) Atención, evaluación y diagnostico a los estudiantes inclusivos de las diferentes Instituciones educativas del ámbito de la UGEL Paita.

k) Integra la comisión de seguridad y autoprotección escolar local de la UGEL Paita.

l) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario y de los bienes patrimoniales a su cargo.

Realizar las demás funciones a fines al cargo que le asigne el Jefe del Área de Gestión Pedagógica.

m)Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Depende del Jefe de Gestión Pedagógica de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

Autoridad : Ejerce autoridad directa sobre el personal a su cargo.

Responsabilidad : De la ejecución de sus funciones y de los trabajos

asignados por el Jefe de Gestión Pedagógica de la

UGEL Paita.

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Requisitos mínimos

Título Profesional Psicólogo colegiado y habilitado. Experiencia en labores de Investigación Psicológica Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos

relacionados con la actividad II.2.5.- Secretaria de Gestión Pedagógica (01)

CARGOS : 019

CODIGO : 457-02-01-6 DENOMINACION DEL CARGO: Secretaria I

a) Recepcionar, clasificar, registrar, distribuir, controlar y archivar la documentación que ingresa o se genera en la dirección del área de gestión pedagógica, utilizando el sistema de trámite documentario o libro.

b) Efectuar el seguimiento y control de la documentación tramitada por el área. c) Redactar y revisar la documentación que le asigne el director del área. d) Coordinar actividades de apoyo administrativo y secretarial a los Especialistas

de Educación dependientes del Área de Gestión Pedagógica. e) Atender la comunicación telefónica y Recepcionar a las personas que solicitan

entrevistas con el director y/o con los especialistas del área de gestión pedagógica.

f) Coordinar la agenda de actividades, entrevistas y reuniones del director del área de gestión pedagógica.

g) Informar y orientar al usuario referente al trámite de su expediente. h) Coordinar con trámite documentario, la distribución de los documentos. i) Preparar y ordenar documentación para reuniones de trabajo y/o

capacitación. j) Tomar dictado y digitación de comunicaciones y documentos de acuerdo a

instrucciones. k) Poner en alerta al director del área de gestión pedagógica, sobre documentos

recepcionados y tengan estos carácter urgente. l) Mantener un registro del control y distribución de útiles de oficina, cautelando

su custodia y la existencia suficiente para el desarrollo de las actividades del área de gestión pedagógica.

m)Evaluar y seleccionar documentos proponiendo su eliminación o transferencia al archivo pasivo.

n) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario y de los bienes patrimoniales del área.

o) Realizar otras funciones afines al cargo, por delegación del jefe inmediato superior.

p) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al jefe inmediato superior o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

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Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Depende del Jefe de Gestión Pedagógica de la

Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

Autoridad : No ejerce autoridad directa sobre el personal de la Institución.

Responsabilidad : De la ejecución de sus funciones y de los

trabajos asignados por el Jefe de Gestión

Pedagógica de la UGEL Paita.

Requisitos mínimos

Título Profesional Técnico en secretariado ejecutivo certificado. Dos (02) años en experiencia de labores de secretaria. Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos

relacionados con la actividad

CAPITULO III DEL ORGANO DE APOYO

De la Unidad de Administración

La Unidad de Administración, está a cargo del Director de Sistema Administrativo II,

depende jerárquicamente del Director de La Unidad Ejecutora Educación UGEL

Paita. Encargado de ejecutar acciones inherentes a Contabilidad, Tesorería,

Abastecimiento, Recursos Humanos, y Bienes Patrimoniales, e Informática.

III.1. Estructura Orgánica

N° Orden

Cargo Estructural Código Clasificación Total

20 Director de Sistema Administrativo II 457-04-01-3 SP-DS** 1

21 Contador I 457-04-01-5 SR-ES 1

22 Tesorero I 457-04-01-5 SR-ES 1

23 Especialista Administrativo I Recursos Humanos

457-04-01-5 SR-ES 1

24 Especialista Administrativo I Abastecimiento

457-04-01-5 SR-ES 1

25 Especialista Administrativo I Remuneraciones

457-04-01-5 SR-ES 1

26 Técnico Administrativo I - Planillas 457-04-01-6 SP-AP 1

27 Técnico Administrativo I - Escalafón 457-04-01-6 SP-AP 1

28 Técnico Administrativo I - Almacén 457-04-01-6 SP-AP 1

29 Técnico Administrativo I – Nexus-AIRHSP

457-04-01-6 SP-AP 1

30 Secretaria I 457-04-01-6 SP-AP 1

31 Trabajador de Servicio II 457-04-01-6 SP-AP 1

TOTAL 12

** Cargo de Confianza por la Ley Marco del Empleo Público N° 28175 y RM N° 298-2007-ED

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III.2.- Jefe de la Unidad de Administración (01)

CARGO : 020

CODIGO : 457-04-01-3 DENOMINACION DEL CARGO: Director del Sistema Administrativo II

a) Asesorar al director de la UGEL Paita, a los directores de las instituciones y programas educativos en temas de su competencia.

b) Proponer al Director de la Unidad de Gestión Educativa Local Paita, los lineamientos de políticas internas para el adecuado funcionamiento de los sistemas administrativos de Recursos Humanos, Abastecimiento, Infraestructura*, Contabilidad, Tesorería, Escalafón y Remuneraciones.

c) Formular directivas para la administración de recursos y supervisar su cumplimiento.

d) Diseñar, organizar, ejecutar y evaluar el plan anual de trabajo de la Unidad para elevarlo para su aprobación con el director del Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita y remitirlo a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional para su consolidación.

e) Planificar, organizar, dirigir, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar todas las actividades que realiza la Unidad a su cargo.

f) Proporcionar oportunamente los recursos económicos, bienes y servicios que demande la prestación del servicio en un marco de equidad de las áreas e instituciones educativas, en concordancia.

g) Ejecutar el presupuesto asignado a la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita a través de los responsables del Equipo que conforman.

h) Administrar el Personal, los recursos materiales, financieros y bienes patrimoniales de la Sede de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita y de las Instituciones Educativas.

i) Disponer la actualización del inventario de bienes patrimoniales de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita al 31 de diciembre de cada año.

j) Revisar y firmar los informes de ejecución presupuestaria y propuestas de modificación de los calendarios de pagos y los cheques por todo egreso, los comprobantes de pago, ordenes de servicio, órdenes de compra y la constancia de pago de remuneraciones.

k) Organizar e implementar las acciones de seguridad, mantenimiento y conservación de las instalaciones, equipos y materiales de la Sede de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

l) Disponer la formulación y visación y/o la firma de proyectos de resolución sobre aspectos financieros y contables.

m) Participar en las Comisiones de licitación pública, concurso público, adquisiciones directas.

n) Participar en el comité de Administración del Sub CAFAE. o) Participar en la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios,

selección de personal, capacitación, reasignaciones y otros en calidad de Secretario Técnico y/o según norma expresa.

p) Coordinar con los Directores de las Instituciones Educativas, la distribución de recursos, bienes, servicios y el pago de remuneraciones.

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q) Adecuar, orientar, coordinar y supervisar el cumplimiento de las normas y procedimientos de los sistemas a su cargo.

r) Adecuar, orientar, coordinar y supervisar el cumplimiento de las normas y procedimientos de los sistemas a su cargo.

s) Programar, coordinar, ejecutar y evaluar las acciones de capacitación y actualización del personal directivo y administrativo de la sede y de las Instituciones Educativas de la jurisdicción de la UGEL Paita.

t) Revisa y visa los proyectos de resolución provenientes de otras áreas, en señal de su conformidad legal y procedimental.

u) Autorizar la salida del personal y vehículos de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita, para viajes en comisión de servicio, fuera de la ciudad.

v) Firmar cheque de remuneración, retenciones, bienes y servicios, w) Presentar al Director de la UGEL Paita, la memoria anual para su aprobación,

en el primer mes de cada año siguiente al año próximo pasado. x) Realizar otras funciones afines al cargo; por delegación expresa del Director

de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita. y) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo

documentario, al Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

z) Presentar Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas; al inicio del ejercicio del cargo, periódicamente y al cese del cargo y Exigir la presentación de la declaración jurada de rentas y bienes a los funcionarios de la Unidad de Gestión Educativa Local Paita.

*Cabe indicar que de acuerdo al nuevo Reglamento de Organización y Funciones la Oficina de Infraestructura pasa a formar parte de la Unidad de Administración, sin embargo en el Cuadro de Asignación de Personal aún permanece en la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional, por lo que se mantendrá de acuerdo al CAP provisional hasta su actualización.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Del Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

Autoridad : Ejerce autoridad sobre el personal de la unidad de administración.

Responsabilidad

: De las funciones Asignadas.

Requisitos mínimos

Título Profesional Universitario en Administración, Contabilidad, Economía, Educación y/o afín.

Colegiado y habilitado. Capacitación especializada en Gestión y Administración Pública. Tres (03) años en experiencia en labores de Gestión y Administración

Pública.

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Manejo de computación e informática y manejo de aplicativos informáticos relacionados con la actividad de programas administrativos y conducción de personal.

Buenas relaciones humanas.

III.3.- Contabilidad (01)

CARGO : 021

CODIGO : 457-04-01-5 DENOMINACION DEL CARGO: Contador I

a) Asesorar al jefe del Área de Administración en asuntos relacionados con la contabilidad y la ejecución presupuestal.

b) Planificar, programar, organizar, dirigir y coordinar actividades referidas al sistema administrativo de contabilidad.

c) Elabora el plan anual de trabajo y lo presenta a la dirección de la Unidad de Administración.

d) Coordinar, ejecutar, controlar y evaluar el desarrollo de programas contables a su cargo.

e) Procesar los documentos contables en el SIAF y emite informes o reportes a las Unidades respectivas.

f) Programar, preparar y presentar la información contable dentro de los plazos establecidos por la normatividad vigente.

g) Elabora los asientos contables con las PECOSAS y otros documentos fuente. h) Revisar y liquidar documentos contables como notas de almacén, préstamos

administrativos, recibos, asientos de ajuste, saldos, bienes patrimoniales y otros.

i) Asesorar y monitorear a los Directores de las Instituciones Educativas en lo concerniente:

Formulación de su Presupuesto Institucional. Manejo de cuentas y sub cuentas, libros contables (diario, mayor y

auxiliares) de los Recursos Directamente Recaudados (RDR). Arqueos de Caja o Sub Cuentas. elaboración de los Balances, giro de

cheques. Trámite del Registro Único de Contribuyente – RUC. Elaborar y formular las notas de contabilidad.

j) Coordinar con la Unidad de Planeamiento y desarrollo Institucional el avance de la ejecución presupuestal, transferencias, ampliaciones y otros por Asignaciones Genéricas, Programas y Actividades.

k) Revisar y firmar los anexos y formatos presupuestarios. l) Revisa y firma la conciliación bancaria y el informe mensual de gastos. m) Visa los comprobantes de pago, previa revisión de la documentación

sustentatoria. n) Revisar e integrar contablemente los libros de caja, pólizas de entrada y

salida y las notas presupuestarias. o) Revisa y visa la afectación presupuestal de las órdenes de compra y de

servicio.

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p) Elabora el avance de la ejecución de gastos por asignaciones genéricas, específicas y por Sub Programa registrándolos en el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF).

q) Revisa y firma las operaciones contables de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita y la información contable provenientes de los Centros Educativos que realizan actividades productivas.

r) Elabora y firma los estados financieros y el balance de comprobación registrándolo en el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF).

s) Mantener actualizado los registros contables auxiliares y principales, así como la información contable resultante del movimiento económico y financiero de la UGEL Paita.

t) Realiza el control y conciliación de los fondos recibidos del tesoro público. u) Preparar y coordinar con el tesoro la rendición documentada de la cuenta

encargo. v) Revisar y controlar las acciones y documentos que ingresan a la tesorería. w) Planificar y ejecutar en forma semanal, mensual y anual el registro de todas

las operaciones patrimoniales y de presupuesto. x) Contabilizar todas las operaciones patrimoniales, presupuestales, notas de

contabilidad y cuentas de orden del pliego que se ejecuten diariamente en el Sistema Integrado de Administración.

y) Realiza fiscalización previa de las órdenes de compra y/o servicios, planillas de viáticos, y las rendiciones de fondo para pagos en efectivo.

z) Provisionar las Deudas, previa coordinación con Personal, Abastecimiento y Tesorería.

aa) Registrar Administrativamente los devengados: facturas, boletas de ventas, recibos por honorarios y otros.

bb) Realizar otras funciones afines al cargo; por delegación expresa del Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

cc) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Del Jefe de unidad de Administración de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

Autoridad : Ejerce autoridad sobre el personal a su cargo.

Responsabilidad

: De las funciones Asignadas.

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Requisitos mínimos

Título Profesional Universitario en Contabilidad, colegiado y Habilitado.

Capacitación en Contabilidad Pública, manejo del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF).

Dos (02) años en experiencia en Gestión Pública. Manejo de computación e informática relacionados con la actividad de

programas del sistema de Contabilidad.

III.4.- Tesorería (01)

CARGO : 022

CODIGO : 457-04-01-5 DENOMINACION DEL CARGO: Tesorero I

a) Asesorar al jefe del Área de Administración en asuntos relacionados con su competencia.

b) Elabora el plan anual de trabajo y lo presenta a la dirección de la Unidad de Administración.

c) Ejecutar la fase de girado y pago mediante el SIAF. de las órdenes de servicio, órdenes de compra, planilla de remuneraciones, viáticos, compensación por tiempo de servicios (CTS), sepelio, luto y otros.

d) Dirigir y coordinar el movimiento económico de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

e) Dirigir la liquidación de remuneraciones, transferencias corrientes y pensiones a nivel de programas.

f) Revisar y firmar relación de retenciones, relación de cheques anulados, comprobantes de pago, recibo de ingreso, liquidación de la planilla de haberes.

g) Realizar el pago oportuno de las AFP de acuerdo al cronograma establecido, pago de las leyes sociales y declaración del (PDT)

h) Revisar y firmar el libro de caja en forma mensual con la documentación sustentada.

i) Girar cheques manuales de bienes y servicios, encargos, bienes de capital, devoluciones y otras obligaciones.

j) Coordinar y supervisar el control de préstamos administrativos, préstamos escolares y otros.

k) Verificar y firmar todos los documentos elaborados en el SIAF. l) Recepcionar las planillas de remuneraciones, transferencias corrientes,

pensiones y descuentos judiciales previa visación del Especialista de Recursos Humanos.

m) Controlar el movimiento de la cuenta de fondo para pagos en efectivo y llevar el auxiliar estándar para el control de fondos mensuales.

n) Visar la conciliación de las cuentas.

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o) Emitir previa coordinación con el Área de Administración, el reporte y/o liquidación de planillas con relación a las retenciones y/o descuentos girados en el mes.

p) Controlar los giros a fin que no excedan los límites de las autorizaciones de giros aprobadas.

q) Depositar en la cuenta corriente aperturada, el dinero recaudado diario dentro de las 24 horas siguientes.

r) Otorgar el comprobante correspondiente al usuario, por el dinero recaudado. s) Procesar el pago de las órdenes de compra y/o servicios, planillas de viáticos,

planillas de remuneraciones y pensiones, pago de beneficios sociales, sentencias judiciales, reembolsos, caja chica y fondos en efectivo y otros pagos en el SIAF, y emite informes o reportes a las unidades respectivas.

t) Efectuar devoluciones a Tesoro Público. u) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo

documentario, al Director del área o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

v) Presentar Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas; al inicio del ejercicio del cargo, periódicamente y al cese del cargo.

w) Realizar otras funciones afines al cargo; por delegación expresa del Director de la Unidad.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Del Jefe de la Unidad de Administración de la Unidad

Ejecutora Educación UGEL Paita.

Autoridad : Ejerce autoridad sobre el personal a su cargo.

Responsabilidad : De las funciones Asignadas.

Requisitos mínimos

Título Profesional Universitario en Contabilidad, administración, economía y/o afín.

Capacitación en Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF).

Dos (02) años en experiencia de labores contables y/o afines al cargo. Conducta moral intachable en el manejo de fondos. Manejo de computación e informática relacionados con la actividad de

programas del sistema de tesorería.

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III.5.- Especialista de Recursos Humanos (01)

CARGO : 023

CODIGO : 457-04-01-5 DENOMINACION DEL CARGO: Especialista Administrativo I.

a) Brindar asistencia técnica al jefe de la Unidad de Administración y los

Directores de las instituciones educativas en asuntos relacionados con personal.

b) Proponer políticas, normas, directivas, adecuaciones reglamentarias y técnicas en materia de personal.

c) Elaborar e implementar el Plan Anual de Trabajo, sobre el sistema de administración de personal docente y administrativo.

d) Dirigir la formulación de los presupuestos de personal, planillas de pagos al personal activo y cesante, así como movilidad, subvenciones y AFP.

e) Aprobar y Actualizar el Cuadro de Asignación de Personal de las Instituciones Educativas y de la sede Institucional, en coordinación con la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional (Especialista en Racionalización) según las Resoluciones.

f) Preparar información actualizada de las plazas vacantes de las Instituciones Educativas, según niveles, modalidades y turnos.

g) Supervisar los procesos de reconocimiento y otorgamiento de pensiones, derechos y otros beneficios a petición de los interesados o de oficio, según disponga la reglamentación correspondiente. que se efectúan en las Instituciones Educativas y programas Educativos.

h) Estudiar ,proponer y efectivizar el desplazamiento y/o movimiento de personal docente y administrativo sea por designación, rotación, reasignación, destaque, permuta, encargo, comisión de servicio, promoción, reubicación, transferencia del personal; así como el otorgamiento de estímulos o la aplicación de sanciones disciplinarias de acuerdo a las normas y disposiciones legales vigentes.

i) Ubicar con criterio de racionalidad, al personal destacado de otras jurisdicciones, en las instituciones educativas en orden prioritario de necesidades, en coordinación con el especialista en Racionalización.

j) Disponer la elaboración de proyectos de resolución sobre las acciones del sistema de personal: permuta, bonificación de personal, bonificación familiar, gratificaciones, subsidios por luto, gastos de sepelio, créditos internos (devengados),regularización de remuneraciones y bonificaciones, acumulación de años de servicios, licencias, contratos, destaques, reasignaciones, sanciones, estímulos y otros por expresa decisión del Director.

k) Otorgar licencias por: enfermedad, fallecimiento de cónyuge, padres, hijos o hermanos, citación expresa: judicial y policial y por función edil.

l) Preparar y consolidar el rol de vacaciones, reglamento de control de asistencia, permanencia, salida, etc. y controlar su cumplimiento del personal administrativo tanto en la sede como en las instituciones educativas.

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m) Mantener actualizado el record de asistencia, permanencia del personal de la Sede de la Unidad Ejecutora UGEL Paita y de las instituciones educativas.

n) Realizar visitas periódicas a las instituciones educativas a fin de efectuar el control de asistencia y permanencia del personal docente y administrativo.

o) Elaborar y desarrollar el Plan de Capacitación y Actualización del Personal Directivo y Administrativo coordinando su ejecución con los Jefes de Área.

p) Disponer mantener actualizado el sistema de personal NEXUS, relacionado con todas las acciones de personal.

q) Organizar e implementar propuesta de racionalización de personal docente y Administrativo en coordinación con la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional (Racionalización).

r) Organizar, dirigir y controlar el proceso de registro en las fichas escalafonarias y mantener actualizado el legajo de personal de los Servidores de las Instituciones Educativas y de la Sede Institucional.

s) En coordinación con la Jefatura de la Unidad de Administración, Atender y resolver las reclamaciones, peticiones y sugerencias del personal.

t) Participar en las comisiones de Procesos administrativos disciplinarios, selección de personal, Capacitación, Reasignaciones, Contratos y otras relacionadas con el sistema de personal.

u) Evaluar trimestralmente el avance de los objetivos y metas a su cargo, en caso de encontrar debilidades tomar acciones correctivas.

v) Revisar y firma constancias escalafonarias, ceses de pagos, constancias de bonificaciones, beneficios y descuentos por distintos conceptos.

w) Revisar y firmar proyectos de Resoluciones, informes y otros documentos sobre acciones de personal de acuerdo a las normas legales vigentes.

x) Fomentar el buen clima Institucional en la sede y en las Instituciones Educativas de la UGEL Paita.

y) Realizar otras funciones afines al cargo; por delegación expresa del Jefe de la Unidad de Administración.

z) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al Jefe del área o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Del Jefe de la Unidad de Administración de la Unidad

Ejecutora Educación UGEL Paita.

Autoridad : Ejerce autoridad sobre el personal de la sede y personal

de las Instituciones y Programas Educativos de la UGEL

Paita.

Responsabilidad : De las funciones Asignadas.

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Requisitos mínimos

Título Profesional Universitario en Educación, Administración,

Contabilidad, Economía, Derecho y/o relacionado con la especialidad.

Capacitación en Sistema de Personal y en la normatividad de carácter administrativo y laboral del sector público.

Dos (02) años en experiencia en la conducción de personal. Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos

relacionados con la actividad de programas administrativos y conducción de personal.

III.6.- Especialista de Abastecimiento (01)

CARGO : 024 CODIGO : 457-04-01-5 DENOMINACION DEL CARGO: Especialista Administrativo I.

a) Brindar asesoramiento en asuntos relacionados con abastecimiento al jefe de

la Unidad de Administración y los Directores de las instituciones educativas. b) Participar en la elaboración e implementación del Plan de trabajo del Área. c) Programar, dirigir, coordinar y evaluar las actividades del sistema de

abastecimiento. d) Coordinar con el Jefe de la Unidad de Administración, la implementación de

las Comisiones Técnicas para el desarrollo de sus actividades como: Comisión Especial de Contrataciones y Adquisiciones. Implementación de los Sistemas: (SIAF), (SIGA) (SEACE) Plan Anual de Adquisiciones, Listado de Proveedores. Reglamento y Bases para las Adquisiciones y Contrataciones, Registro

de los Procesos de Selección y de los Contratos suscritos. Comisión de Inventario y Comité de Altas, Bajas y Ventas relacionadas

con la instalación del Software, Kardex o Tarjetas de Existencia Valorada, Tarjetas Visibles de Almacén, Reglamento de Altas, Bajas y Ventas.

e) Revisar y consolidar el Plan Anual de Adquisiciones a nivel institucional. f) Organizar, ejecutar y evaluar la programación del cuadro de necesidades de

la Unidad Ejecutora UGEL Paita con las áreas usuarias y Unidades de Costeo según la disponibilidad presupuestaria.

g) Revisar y autorizar la tramitación de la solicitud de cotizaciones, órdenes de compra, servicios, guías de internamiento y otros.

h) Publicar en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, (SEACE), las convocatorias y procesos de contrataciones.

i) Supervisar y controlar que la documentación de las cotizaciones y registros contables estén debidamente regularizados y actualizados.

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j) Comprometer el gasto en el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF) y controlar la ejecución presupuestal.

k) Efectuar las adquisiciones debidamente autorizadas mediante la orden de compra.

l) Revisar y autorizar la entrada y salida de los bienes. m) Llevar el archivo de los documentos sustentatorios del proceso de compra y/o

servicio (órdenes de compra, órdenes de servicio, NEAs, etc.), así como la conciliación de las cuentas de enlace con el MED por las remesas recibidas.

n) Coordinar y dirigir el levantamiento del inventario físico de bienes, muebles, equipos e inmuebles del ámbito de la Unidad Ejecutora UGEL Paita.

o) Visar mensualmente la bitácora de las unidades vehiculares de la Unidad Ejecutora UGEL Paita, en señal de su conformidad.

p) Controlar el uso de los vehículos y los equipos de impresión de la Institución, dando cuenta al Jefe de la Unidad de Administración.

q) Participar en la elaboración de la memoria anual del Área, para ser elevada al Director en el primer mes de cada año siguiente al año próximo pasado.

r) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al Director del área o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

s) Realizar otras funciones afines al cargo; por delegación expresa del Director del área.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Del Jefe de la Unidad Administración de la Unidad

Ejecutora Educación UGEL Paita.

Autoridad : Ejerce autoridad sobre el personal a su cargo.

Responsabilidad : De las funciones Asignadas.

Requisitos mínimos

Título Profesional Universitario en Administración, Contabilidad,

Economía y/o afín.

Capacitación en Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Dos (02) años en experiencia en labores de especialidad. Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos

relacionados con la actividad.

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III.7.- Especialista en Remuneraciones (01)

CARGO : 025 CODIGO : 457-04-01-5 DENOMINACION DEL CARGO: Especialista Administrativo I.

a) Elaboración de las planillas de Contrato Administrativo de Servicios (CAS) de

los diversos programas presupuestales.

b) Compromete en el sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF) las planillas para el pago oportuno.

c) Ejecutar el pago oportuno de la planilla de Docentes, Administrativos nombrados y contratados, así como planilla del personal CAS de la sede y programas educativos.

d) Ejecutar las liquidaciones de los expedientes presentados por los usuarios de créditos internos, gratificaciones por 20, 25 y 30 años, ceses, compensación por tiempo de servicios, pensiones, etc.

e) Cálculo de beneficios del 30 % por preparación de clase mediante opinión por parte del asesor legal de la UGEL Paita.

f) Recibir y ejecutar Resoluciones Directorales cada mes para incorporar a la planilla de pago de haberes y remuneraciones, subsidios y gratificaciones, según sea el caso.

g) Ejecutar los devengados de la demanda adicional de los beneficios sociales por conceptos de: CTS, ATS y Subsidio por Luto y Sepelio.

h) Preparar la información y participar en coordinación con la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional en la solicitud de certificación presupuestal para el compromiso de las planillas mensuales.

i) Imprimir las boletas de pago del Personal Docente activo y Administrativo de las Instituciones Educativas y de Sede Educativa.

j) Preparar y emitir información en el cumplimiento de los trabajos encomendados por el Ministerio de Educación, Gobierno Regional, Dirección Regional de Educación; así como las Jefaturas y peticiones de los administrados.

k) Otorgar cese de pagos del personal reasignado y permutado.

l) Realizar el cálculo de las vacaciones truncas del personal contratado bajo la modalidad CAS de la sede y de los diferentes Programas educativos.

m) Supervisar el chequeo de planillas y remite a tesorería para el pago mensual.

n) Coordinar con la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional la formulación del calendario de pagos de planillas para su requerimiento al Ministerio de Educación y Tesoro Público.

o) Capacitar al personal docente y administrativo sobre el Sistema de Remuneraciones a nivel de UGEL Paita.

p) Velar por el mantenimiento, seguridad y conservación de los bienes asignados a su cargo.

q) Participar en la elaboración de la memoria anual del Área, para ser elevada al Director en el primer mes de cada año siguiente al año próximo pasado.

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r) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al Director del área o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

s) Realizar otras funciones asignadas por el Especialista de Recursos Humanos o el Jefe de la Unidad de Administración.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Del Jefe de la Unidad Administración de la Unidad

Ejecutora Educación UGEL Paita.

Autoridad : Ejerce autoridad sobre el personal a su cargo.

Responsabilidad : De las funciones Asignadas.

Requisitos mínimos

Título Profesional Universitario en Administración, Contabilidad,

Economía y/o afín.

Capacitación en Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Dos (02) años en experiencia en labores de especialidad. Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos

relacionados con la actividad.

III.8.- Técnico de Planillas (01)

CARGO : 026 CODIGO : 457-04-01-6 DENOMINACION DEL CARGO: Técnico Administrativo II.

a) Participar en la elaboración del plan trabajo anual de personal. b) Elaborar la planilla de remuneraciones en el sistema SUP de los Docentes,

Administrativos y de la Sede UGEL Paita en forma oportuna.

c) Mantener actualizado el Sistema Único de Pago (SUP). Depurar y actualizar la planilla matriz de activos en el Sistema Único de Planillas -SUP.

d) Elabora las plantillas mensuales de los aportes previsionales del personal de UGEL Paita, y ser presentadas en el sistema AFPnet, para su pago correspondiente por la oficina de tesorería.

e) Actualización de las plazas de acuerdo al Presupuesto Analítico de Personal (PAP), en el sistema SUP de la Unidad Ejecutora UGEL Paita.

f) Elaborar Planillas complementarias en sistema SUP, para pago de beneficios sociales, decretos de urgencia transferidos por el MEF.

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g) Realizar las liquidaciones de descuentos mensuales a los servidores públicos del ámbito de UGEL Paita, previo informe de las Jefaturas, Sentencias Judiciales, CAFAE, Sub CAFÉ, cooperativas, etc.

h) Ejecuta en la planilla de pagos los descuentos mensuales relacionados con inasistencias, tardanzas, terceros y judiciales.

i) Depurar y actualizar mensualmente las planillas de pagos consignado o efectuando las correcciones o modificaciones de acuerdo con los documentos de sustento.

j) Revisar planillas como control previo al pago. k) Ingresa y actualiza la información del administrador de códigos modulares

(ACM) l) Registro de movimientos del personal docente nombrado en el sistema

MCAP, para casos de reasignaciones, destaques, designaciones, nombramientos y otros.

m) Elabora ceses de pagos del personal activo y cesante. n) Cumplir con el Cronograma Mensual de Pagos. o) Ejecutar las resoluciones emitidas por la Dirección, por conceptos

relacionados con el pago de haberes y remuneraciones p) Revisar la documentación que ingresa al Despacho y disponer su

cumplimiento según sea el caso. q) Procesar expedientes y/o informes referentes a remuneraciones, subsidios de

reconocimientos y ampliación de tiempo de servicio del Personal de la UGEL Paita.

r) Informar a Tesorería sobre la retención, anulación de cheques, pagos de racionamiento, descuentos por diversos motivos: préstamos administrativos, judiciales, pagos indebidos, inasistencias, tardanzas y otros similares.

s) Normar los procesos de remuneración del personal de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

t) Informar a la Oficina general de administración sobre transferencias en lo que respecta a remuneraciones, pensiones y aportes a ESSalud y a las administradoras de fondos de pensiones (AFP).

u) Elaborar información solicitada por parte del Ministerio de Educación, Gobierno Regional, Dirección Regional de Educación en relación a remuneraciones en el sistema SUP.

v) Expedir constancias, certificados de pago, remuneraciones y de descuentos. w) Realizar otras funciones afines al cargo; por delegación expresa del

Especialista de Recursos Humanos. x) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo

documentario, al Jefe del área o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Del Especialista en Recursos Humanos y del Jefe de la

Unidad Administración de la Unidad Ejecutora

Educación UGEL Paita.

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Autoridad : No Ejerce autoridad sobre el personal.

Responsabilidad : De las funciones Asignadas.

Requisitos mínimos

Título Profesional Técnico en Educación, Administración, Contabilidad,

Economía y/o afín.

Capacitación en software de personal y en la normatividad de carácter administrativo y laboral del sector público.

Dos (02) años en experiencia en la especialidad. Manejo de computación y de aplicativos informáticos relacionados con

la actividad de programas administrativos y conducción de personal.

III.9.- Responsable de Escalafón. (01)

CARGO : 027 CODIGO : 457-04-01-6 DENOMINACION DEL CARGO: Técnico Administrativo II.

a) Organizar, actualizar, controlar y supervisar registros y legajos del personal

docente y administrativo de la sede y de las instituciones educativas. b) Proponer directivas, manuales y formatos relativos a la administración del

personal en cuanto a escalafón se refiere. c) Registrar en el software de Escalafón, los datos personales, laborales,

familiares y otros de conformidad a las resoluciones de cada personal docente o administrativo.

d) Dirigir, controlar, efectuar y verificar las anotaciones en las fichas escalafonarias.

e) Mantener actualizado las fichas de escalafón y carpetas de Currículo Vitae ordenados en forma alfabética.

f) Expedir en forma automática Informes Escalafonarios que son requisitos para el trámite de un derecho.

g) Apertura de nuevas fichas escalafonarias de nombrados y contratados. h) Mantener actualizado el control de licencias del personal docente y

administrativo. i) Prepara y firma la información oficial en los trámites sobre reconocimiento de

derechos del personal activo o cesante. j) Informar al personal sobre los documentos que deban remitir o actualizar para

completar su legajo personal. k) Responsabilizarse de la atención de expedientes de consultas, solicitudes y

reclamos en materia de reconocimientos de derechos, pensiones y otros de su competencia.

l) Informar mensualmente del personal que cumple 5, 10, 15, 20, 25, 30,35 años de servicios oficiales, para el otorgamiento de años correspondientes,

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bonificaciones personales u otros beneficios para los servidores de las Instituciones y Programas Educativos.

m) Elaborar proyectos de resolución para el otorgamiento de bonificaciones, beneficios, subsidios devengados y determinación del tiempo de servicios.

n) Realizar las siguientes acciones mediante opinión técnica, referente a: Acumulación de tiempo de servicios prestados a entidades públicas, Ascenso en la carrera administrativa. Asignación por cumplir 25 y 30 años de servicio. Bonificación (personal, familiar y diferencial). Contratación de personal. Desplazamiento de personal (designación, rotación, reasignación,

destaque, permuta, encargo, comisión de servicio, transferencia, etc.). Incorporación a la ley Nº 20530 y la carrera administrativa. Legajo personal (la organización y clasificación de los archivos del

personal nombrado y contratado). Licencias Nivelación de pensiones Nombramiento de personal Registro y escalafón de personal Rehabilitación Reingreso de personal Término de la carrera (fallecimiento; renuncia; cese definitivo; y

destitución). Vacaciones.

o) Organizar y mantener en lugar seguro los archivos y documentos a su cargo p) Participar en la elaboración de la memoria anual de la Oficina de personal

para ser elevada al Jefe de la Unidad de Administración, en el primer mes de cada año siguiente al año próximo pasado.

q) Realizar otras funciones afines al cargo; por delegación expresa del Jefe de Recursos Humanos y jefe de la Unidad de administración.

r) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al Jefe del área o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Del Especialista de Recursos Humanos y del Jefe de la

Unidad de Administración de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

Autoridad : Ejerce autoridad sobre el Personal a su cargo.

Responsabilidad : De las funciones asignadas.

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Requisitos mínimos

Título Profesional Técnico en Educación, Administración, Contabilidad, Economía.

Capacitación en software de Escalafón y en la normatividad de carácter administrativo y laboral del sector público.

Dos (02) años en experiencia en el área. Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos

relacionados con la actividad de programas administrativos y conducción de personal.

III.10.- Técnico Nexus. (01)

CARGO : 028 CODIGO : 457-04-01-6 DENOMINACION DEL CARGO: Técnico Administrativo II.

a) Responsable del Sistema Nexus: Actualización y registro de las acciones

administrativas y movimientos de personal: Reasignaciones por Salud, Unidad

Familiar, Interés Personal, Excedencia; Encargaturas de puesto y funciones de

plazas Directivas y Jerárquicas; Licencias con y sin goce de haber por motivos

particulares y por Incapacidad Temporal para el Trabajo; Permutas, Destaques,

en el Sistema de Administración y Control de Plazas – Nexus.

b) Coordinar permanentemente con Especialistas y Equipo Técnico del Sistema

Nexus de la Unidad de Personal y Dirección con el Ministerio de Educación-

MINEDU, para la solución de inconvenientes de carácter técnico y situaciones

relacionadas con el Sistema Nexus.

c) Proyección de resoluciones administrativas por diversos motivos dispuestos por

los Especialistas Administrativos y Jefatura del Área.

d) Atiende Expedientes relacionados con la actualización de datos de personal de

Instituciones Educativas, previa verificación de los mismos en los demás

sistemas informáticos como: SUP, SIRA y Escalafón.

e) Emisión de resoluciones y elaboración de formatos (Excel) a la Comisión de

Cuadro de Horas del Año 2015, de Educación Básica Regular – Secundaria y

Educación Básica Alternativa – Avanzada.

f) Implementa y elabora la información solicitada por el Gobierno Regional de

Piura, el Ministerio de Educación y otras Entidades Estatales, relacionadas al

personal de la jurisdicción de la UGEL Paita.

g) Consolida Cuadros de Reporte de Plazas de Docentes y Personal

Administrativo para los distintos procesos y/o concursos convocados por el

Ministerio de Educación (Nombramientos, Reasignaciones, etc.).

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h) Registra en el Sistema Nexus las resoluciones directorales que los beneficios

sociales (Compensación de Tiempo de Servicios-CTS, Asignación de Tiempo

de Servicios-ATS y Subsidio por Luto y Sepelio), de los docentes de la Ley de la

Reforma Magisterial – Ley N° 29944 y Auxiliares de Educación.

i) Validación de la información consolidada del Bono de Desempeño Escolar

(Bono Escuela).

j) Ingreso de expedientes para los contratos CAS JEC, CAS MINEDU,

Acompañantes Pedagógicos, Especialistas, Gestor Local y Responsable de

Calidad, como la realización de las adendas respectivas.

k) Elabora los Contratos del personal CAS UGEL Paita.

l) Ingreso de expedientes de las Promotoras Educativas Comunales como su

respectiva resolución.

m) Organizar y mantener actualizado el archivo de Resoluciones relacionados con

la administración del personal.

n) Realiza el reporte semanal del Sistema NEXUS al MED.

o) Realizar otras funciones afines al cargo; por delegación expresa del Jefe de Recursos Humanos y jefe de la Unidad de administración.

p) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al Jefe del área o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Del Especialista de Recursos Humanos y del Jefe de la

Unidad Administración de la Unidad Ejecutora

Educación UGEL Paita.

Autoridad : No Ejerce autoridad sobre el personal del Área.

Responsabilidad : De las funciones Asignadas.

Requisitos mínimos

Título Profesional Técnico en Computación e Informática,

Administración, Contabilidad, Economía y/o afín.

Capacitación técnica relacionada al cargo y en la normatividad de

carácter administrativo del sector público.

Dos (02) años en experiencia en la especialidad.

Manejo de computación y de aplicativos informáticos relacionados con

la especialidad.

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III.11.- Almacén. (01)

CARGO : 029 CODIGO : 457-04-01-6 DENOMINACION DEL CARGO: Técnico Administrativo II.

a) Mantener el control sistematizado a través de SIGA y detallado sobre ingreso

y salida de los materiales a través del KARDEX e informar sobre la existencia física de los bienes de almacén.

b) Verificar la conformidad de los artículos remitidos por los proveedores de acuerdo a las especificaciones de las órdenes de compra, firma y realiza su almacenamiento.

c) Elaborar Notas de Entrada de almacén y salida mediante Pedido de Comprobante de Salida (PECOSA) y llevar un registro actualizado debiendo convalidar con el equipo de Contabilidad.

d) Distribuir los materiales a las diferentes instituciones educativas de acuerdo al cuadro y cronograma establecido por Abastecimiento y Administración.

e) Registrar y mantener actualizado las tarjetas de control visible de artículos almacenados e informar sobre la existencia física de los bienes del almacén a través de los inventarios.

f) Verificar, la conformidad y calidad de los bienes que se adquieren de acuerdo a las especificaciones técnicas.

g) Emitir informes para dar de baja a los materiales educativos en desuso.

h) Preparar e informar el inventario físico mensual de las existencias y Notas de Entradas al almacén.

i) Revisar y firmar documentos, órdenes de compra, notas de entrada de almacén y Pedidos de Comprobante de Salida.

j) Recepciona, verifica, clasifica y almacena los artículos de acuerdo a las órdenes de compra y notas de entrada de almacén.

k) Almacenar el Stock de materiales en espacios debidamente acondicionados.

l) Elaborar las conciliaciones de remesa de bienes recibidos.

m) Verificar la conformidad de las guías de remisión para su cancelación.

n) Cumplir con la recepción y entrega de cargo debidamente documentado, al asumir o dejar el cargo (vacaciones, culminación de servicios y otros).

o) Realizar otras funciones afines al cargo; por delegación expresa del Especialista de Abastecimiento y jefe de la Unidad de administración.

p) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al Jefe del área o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

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Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Del Especialista de Abastecimiento y del Jefe de la

Unidad Administración de la Unidad Ejecutora

Educación UGEL Paita.

Autoridad : Ejerce autoridad sobre el personal a su cargo.

Responsabilidad : De las funciones Asignadas.

Requisitos mínimos

Título Profesional Técnico en Educación, Administración, Contabilidad,

Economía y/o afín.

Capacitación técnica relacionada al cargo y en la normatividad de

carácter administrativo del sector público.

Dos (02) años en experiencia en la especialidad.

Manejo de computación y de aplicativos informáticos relacionados con

la especialidad.

III.2.9. -Secretaria (01)

CARGO : 030

CODIGO : 457-04-01-6 DENOMINACION DEL CARGO: Secretaria I

a) Recepciona, clasifica, registra, distribuye, controla y archiva la documentación

que ingresa o se generan en el despacho de la Unidad de Administración, utilizando el Sistema de Trámite Documentario o Libro.

b) Efectuar el seguimiento y control de la documentación tramitada por la Unidad de Administración.

c) Coordinar con trámite documentario, la distribución de los documentos. d) Dar a conocer con el Jefe de la Unidad de Administración, sobre documentos

recepcionados y que tengan carácter de urgencia. e) Organizar el control y seguimiento de la documentación que recepciona,

deriva y emita la Unidad de Administración. f) Orientar al público sobre gestiones a realizar y la situación de los documentos

tramitados. g) Coordinar actividades de apoyo administrativo y secretarial a los Especialistas

de la Unidad de Administración. h) Tomar dictado y digitación de comunicaciones y documentos de acuerdo a

instrucciones del Jefe de la Unidad de Administración.

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i) Coordinar la agenda de actividades, entrevistas y reuniones del Jefe de la Unidad de Administración.

j) Preparar y ordenar documentación para reuniones de trabajo y/o capacitación.

k) Atender la comunicación telefónica y recepciona a las personas que solicitan entrevista con el Jefe de la Unidad de Administración.

l) Mantener un registro del control y distribución de útiles de oficina, cautelando su custodia y la existencia suficiente para el desarrollo de las actividades del área.

m) Evaluar y seleccionar documentos proponiendo su eliminación o transferencia al archivo pasivo.

n) Velar por las buenas relaciones humanas e imagen de la Unidad de Administración.

o) Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento de los bienes y el archivo a su cargo y del Jefe de la Unidad de Administración.

p) Realizar otras funciones afines al cargo, por delegación del Jefe inmediato superior.

q) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al Jefe de la Unidad de Administración o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Del Jefe de la Unidad de Administración de la Unidad

Ejecutora Educación UGEL Paita.

Autoridad : No Ejerce autoridad sobre el personal de la Unidad.

Responsabilidad : De las funciones Asignadas.

Requisitos mínimos

Título Profesional Técnico en secretariado ejecutivo certificado.

Dos (02) años en experiencia de labores de secretaria. Capacitación: En gestión administrativa y secretariado ejecutivo y en la

normatividad de carácter administrativo del sector público.

Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos

relacionados con la actividad.

Buenas relaciones humanas.

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III.2.10.- Trabajador de Servicio – Personal de Limpieza (01)

CARGO : 032

CODIGO : 457-04-01-6 DENOMINACION DEL CARGO: Trabajador De Servicio II

a) Cumplir labores de limpieza del local de la Sede de la Unidad Ejecutora

Educación UGEL Paita, según el turno establecido. b) Realizar diariamente la limpieza de las oficinas, muebles y equipos. c) Realizar diariamente la limpieza servicios higiénicos. d) Velar por operatividad de los servicios higiénicos. e) Realizar trabajos de almacenamiento, embalaje, transporte y distribución de

materiales y útiles de oficina. f) Realizar el traslado de muebles, equipos y otros enseres. g) Apoyar en labores de oficina, una vez concluido sus funciones, previo

conocimiento de su jefe inmediato. h) Distribuir documentos Internos y externos a la sede institucional. i) Realizar otras funciones afines al cargo, por delegación del Jefe inmediato

superior. j) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo

documentario, al jefe del equipo de abastecimiento y servicios auxiliares o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Del Especialista de Abastecimiento de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

Autoridad : No Ejerce autoridad con el personal.

Responsabilidad

: De las funciones Asignadas.

Requisitos mínimos

Certificado de Educación Secundaria Completa. Experiencia: Dos (02) años en experiencia de Limpieza, mantenimiento y

labores técnicas. Certificado de buena conducta, debidamente acreditado, Buenas relaciones humanas.

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CAPITULO IV

DEL ORGANO DE ASESORAMIENTO

El Órgano de Asesoramiento es responsable de asesorar en materia de planificación, presupuesto, estadística, racionalización y desarrollo institucional de la UGEL; está conformada por la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional.

Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional

La Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional está a cargo del Director

de Sistema Administrativo II, depende jerárquicamente del Director de La

Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita. Responsable de asesorar en

materia de Planificación, Racionalización, Presupuesto, Estadística y

Desarrollo Institucional.

IV.1. Estructura Orgánica

N° Orden

Cargo Estructural Código Clasificación Total

032 Director de Sistema Administrativo II 457-05-01-3 SP-DS** 1

033 Planificador I 457-05-02-5 SP-ES 1

034 Especialista en Racionalización I 457-05-02-5 SP-ES 1

035 Especialista en Finanzas I 457-05-02-5 SP-ES 1

036 Estadístico I 457-05-02-5 SP-ES 1

037 Ingeniero I* 457-05-02-5 SP-ES 1

038 Secretaria I 457-05-02-6 SP-AP 1

TOTAL 07

** Cargo de Confianza por la Ley Marco del Empleo Público N° 28175 y RM N° 298-2007-ED

IV.2.- Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional (01)

CARGO : 032 CODIGO : 457-05-01-3 DENOMINACION DEL CARGO: Director del Sistema Administrativo II

a) Asesorar al Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita, en asuntos de su competencia.

b) Orientar y supervisar la aplicación de la política y normatividad educativa nacional y regional, en materia de gestión institucional, en las Instituciones Educativas.

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c) Promueve, conduce y asesora las acciones de capacitación en materia de Gestión Institucional y la aplicación de los instrumentos de Gestión: Planes Proyectos, Reglamentos y Otros.

d) Diseña y monitorea la Implementación de los Instrumentos de Gestión de Desarrollo organizacional.

e) Planificar, organizar, dirigir y coordinar las actividades técnico-administrativas de la Unidad de Planeamiento y desarrollo Institucional.

f) Coordinar, orientar la formulación, ejecución, control y evaluación del Plan Operativo Institucional, Plan Estratégico Institucional y el Presupuesto de la UGEL.

g) Proponer, conducir y difundir los programas de Cooperación Técnica Internacional.

h) Gestionar la participación de los diferentes actores locales y regionales de la sociedad civil, el estado y el sector privado en los espacios de concertación institucionalizados.

i) Analizar el avance de la ejecución presupuestaria, la evaluación de las metas y visar los proyectos de resolución que impliquen afectación presupuestaria.

j) Sistematiza y difunde las estadísticas educativas y formula los indicadores que determinan la calidad y pertinencia del servicio en el ámbito de UGEL Paita.

k) Orientar las actividades destinadas a perfeccionar la organización de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita y de las Instituciones Educativas Públicas para lograr la mejor utilización de los recursos.

l) Coordinar, evaluar y mantener actualizado el diagnóstico institucional, siendo este la base estratégica para el desarrollo educativo de la provincia de Paita.

m)Racionalizar los recursos humanos, servicios, equipos y proponer a la Dirección de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita su distribución equitativa con apoyo del Área de Administración.

n) Identifica las necesidades de incremento, control y distribución de las plazas docentes y administrativas, así como la oferta y demanda en materia de atención educativa en su ámbito jurisdiccional.

o) Formula y Visa los proyectos de resolución, previa revisión de los especialistas del área, en señal de su conformidad técnico-presupuestal y procedimental.

p) Presentar al Director la memoria anual para su aprobación, en el primer mes de cada año siguiente al año próximo pasado.

q) Realizar otras funciones afines al cargo, por delegación del Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

r) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

s) Presentar Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas; al inicio del ejercicio del cargo, periódicamente y al cese del cargo.

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Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Depende del Director de la Unidad Ejecutora UGEL

Paita.

Autoridad : Ejerce autoridad directa sobre el personal de la

Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional,

Directores, personal docente y administrativo de las

Instituciones y programas educativos de la UGEL

Paita.

Responsabilidad : De las funciones asignadas

Requisitos mínimos

Título Profesional de Licenciado en Administración, Educación,

Economía o afín, colegiado y habilitado.

Capacitación en Gestión Pública, Planificación, Presupuesto y

Racionalización.

Amplia experiencia en conducción de personal y en la dirección de

programas del área

Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos relacionados con la actividad.

IV.3.- Planificación (01)

CARGO : 033 CODIGO : 457-05-02-5 DENOMINACION DEL CARGO: Planificador I

a) Asesorar al jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional de la UGEL Paita, a los directores de las instituciones y programas educativos en temas de su competencia.

b) Diseñar, proponer, dirigir y consolidar la formulación de los siguientes instrumentos de gestión, en coordinación con la Dirección y el Área Gestión Pedagógica:

Plan Estratégico Institucional Plan Anual de Trabajo. Plan Operativo Institucional y/o Planes de Trabajo específicos. Proyectos Innovadores en Gestión Institucional y otros.

c) Proponer, formular normas y documentos de Gestión Institucional y asesora a las Instituciones Educativas en su elaboración y aplicación.

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d) Elaborar indicadores que permitan el monitoreo y evaluación del conjunto de programas, proyectos y actividades de la Institución en coordinación con los especialista de área.

e) Evaluar trimestralmente, el grado de cumplimiento de los objetivos y metas

previstas en el POI de la Sede Institucional y las instituciones Educativas, y

adoptar las medidas correctivas necesarias si el caso lo requiere.

a) Proponer, organizar, coordinar en los eventos de capacitación en planeamiento estratégico y operativo, dirigidos al personal docente y administrativo de las Instituciones y Programas Educativos de la jurisdicción

b) Participar de las acciones de evaluación y emitir opinión profesional sobre la eficiencia y eficacia de gestión institucional de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita e Instituciones Públicas.

c) Participar y proponer sugerencias en la formulación del Presupuesto de la Entidad, el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), Cuadro Para Asignación de Personal (CAP) y otros documentos relacionados con Planificación.

d) Coordinar con el personal de Racionalización las propuestas de ampliación del Servicio Educativo, como la ubicación de plazas docentes y administrativas; teniendo en cuenta el estudio de necesidades.

e) Apoyar al equipo de Racionalización en la realización de estudios sobre la distribución e incremento de plazas docentes y administrativas en las Instituciones y Programas Educativas.

f) Proponer y opinar la suscripción de convenios de cooperación interinstitucional que permitan fortalecer la calidad educativa e institucional en el ámbito de la UGEL Paita.

g) Coordinar con la Unidad de Administración y otras Áreas la formulación y evaluación trimestral, semestral y anual del Plan Operativo Institucional de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

h) Revisar y emitir opinión técnica en las modificaciones presupuestarias, planes de trabajo y otros documentos de planeamiento educativo.

i) Emitir opinión técnica sobre creación, reapertura, supresión y ampliación de las instituciones educativas públicas y privadas, en coordinación con el personal de Racionalización.

j) Efectuar y evaluar periódicamente los planes, programas, proyectos y las actividades de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita sobre la oferta y demanda de servicios educativos, necesidad ocupacional y otros.

k) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario y de los bienes patrimoniales del área.

l) Realizar otras funciones afines al cargo, por delegación del jefe inmediato superior.

m)Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al Director del Área o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

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Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Depende jerárquicamente del Jefe de la Unidad de

Planeamiento y Desarrollo Institucional de la UGEL

Paita.

Autoridad : Ejerce autoridad sobre los directores de las Instituciones

y Programas educativos.

Responsabilidad : De las funciones asignadas

Requisitos mínimos

Título Profesional de Licenciado en Administración, Economista, Contador

Público o profesión que incluya estudios relacionados con la especialidad. Experiencia: Tres (02) años en gestión pública. Capacitación: En gestión administrativa y Sistema de Planificación. Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos

relacionados con la actividad.

IV.4.- Especialista en Racionalización. (01)

CARGO : 034

CODIGO : 457-05-02-5 DENOMINACION DEL CARGO: Especialista en Racionalización I

a) Asesorar al jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional de la UGEL Paita, a los directores de las instituciones y programas educativos en temas de su competencia.

b) Estudiar, proponer y realizar acciones para la racionalización de estructuras, funciones, cargos, procedimientos y métodos de trabajo de acuerdo a las normas del Sistema y las orientaciones de la Dirección de Racionalización del Ministerio de Educación.

c) Identificar la necesidad real de plazas docentes y administrativas en función a la demanda de la población escolar y sustenta ante el órgano regional competente como la Dirección Regional de Educación Piura , Ministerio de Educación y Ministerio de Economía y Finanzas

d) Racionaliza en forma efectiva los recursos materiales, físicos y de personal; utilizados en la prestación de los servicios educativos a fin de garantizar la equidad en la distribución.

e) Reubica personal docente y administrativo incluida la plaza a otra institución, previo estudio de excedencia y necesidad de servicio.

f) Formular y difundir manuales, guías y cartillas, para orientar a los usuarios de los servicios que brinda la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita.

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g) Elaborar y actualizar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), y Manual de Organización y Funciones (MOF), Manual de Procedimientos (MAPRO) de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita y proponer a las instancias superiores para su aprobación.

h) Participar en la elaboración y actualización del “Texto Único de Procedimientos Administrativos”- TUPA de la Dirección Regional de Educación, en lo que corresponde a las UGEL.

i) Elaborar proyectos de resolución de Instituciones Educativas Privadas e Instituciones de Gestión Comunal, para la ampliación de nivel, recesos, reapertura, cambio de ubicación, cambio de director, cambio de propietario y cambio de nombre de acuerdo a las funciones y competencia.

j) Elaborar estudios técnicos para autorizar la creación, modificación, traslado, clausura, receso y reapertura de Instituciones Educativas y programas educativos públicos y privados, en base a la norma legal vigente.

k) Atender las necesidades educativas, prioritariamente en las comunidades de difícil acceso y de niveles en situación de pobreza y extrema pobreza.

l) Mantener actualizado el “Sistema de Informático de Racionalización de gasto” (SIRA).

m) Formular normas complementarias e instrumentos para el proceso de racionalización.

n) Emitir opinión técnica para la creación de Instituciones Educativas Públicas con plazas excedentes y/o reubicación.

o) Emitir opinión técnica, brindar asesoramiento, absolver consultas y proporcionar información en asuntos de su especialidad.

p) Realizar otras funciones afines al cargo, por delegación del Jefe inmediato superior.

q) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario y de los bienes patrimoniales del área.

r) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al Director de Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Depende jerárquicamente del Jefe de la Unidad de

Planeamiento y Desarrollo Institucional de la UGEL

Paita.

Autoridad : Ejerce autoridad sobre los directores de las Instituciones

y Programas educativos.

Responsabilidad : De las funciones asignadas

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Requisitos mínimos

Título Profesional de Licenciado en Administración, Ingeniero Industrial, Contador Público, Economista o profesión que incluya estudios relacionados con la especialidad.

Experiencia: Un (01) años en gestión pública. Capacitación: En gestión administrativa y Sistema de Racionalización. Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos

relacionados con la actividad.

IV.5.- Especialista en Finanzas – Presupuesto (01)

CARGO : 035

CODIGO : 457-05-02-5 DENOMINACION DEL CARGO: Especialista en Finanzas I

a) Asesorar al jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional de la UGEL Paita, a los directores de las instituciones y programas educativos en temas de su competencia.

b) Elaborar el Plan Anual de Trabajo del cargo y elevar al jefe del Área. c) Formular y elaborar el anteproyecto del Presupuesto de la Unidad Ejecutora

Educación UGEL Paita, de acuerdo a las directivas y normas emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas.

d) Consolidar, Revisar y procesar mensualmente el calendario de compromisos, propuestos por el Área de Administración.

e) Cierre y Conciliación con el Pliego del Presupuesto Institucional del ejercicio anterior, previo Análisis Contable y Presupuestal del Ejercicio anterior.

f) Conciliación del Presupuesto Institucional Semestral, previo Análisis Contable y Presupuestal.

g) Elaborar e interpretar la estadística presupuestaria, así como, el control y distribución de plazas presupuestadas y de locales de las instituciones y programas educativos en coordinación con Planificación, Estadística y Racionalización.

h) Elabora y actualizar el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), por Unidad de Costeo del Área de Ejecución.

i) Formular las solicitudes de ampliación presupuestaria por gastos adicionales. j) Revisar la planilla de remuneraciones y realizar el control y la distribución de

plazas presupuestadas y de incremento. k) Participar en cursos de Capacitación sobre manejo Presupuestal. l) Incorporación de Recursos Directamente Recaudados del Ejercicio anterior,

según los saldos de Balance. m) Observar o denegar proyectos de resolución que no cuenten con respaldo

presupuestal ni fundamento legal. n) Revisar y visar los proyectos de resolución que impliquen afectación

presupuestaria. o) Emitir opinión técnica sobre asuntos presupuestarios y afines al cargo, según

las normas y disposiciones vigentes.

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p) Participar en la elaboración de la memoria anual del Área de Gestión Institucional para ser elevada al Director en el primer mes de cada año siguiente al año próximo pasado.

q) Emitir opinión técnica sobre asuntos presupuestarios y afines al cargo, según las normas y disposiciones vigentes.

r) Realiza otras funciones a fines al cargo que le asigne el jefe inmediato superior.

s) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario y de los bienes patrimoniales del área.

t) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Depende jerárquicamente del Jefe de la Unidad de

Planeamiento y Desarrollo Institucional de la UGEL

Paita.

Autoridad : Ejerce autoridad sobre el personal a su cargo y

Directores de las Instituciones y Programas educativos.

Responsabilidad : De las funciones asignadas.

Requisitos mínimos

Título Profesional en Administración, Economista, Contador Público o profesión que incluya estudios relacionados con la especialidad.

Experiencia: Tres (03) años en gestión pública y actividades financieras. Capacitación: En gestión administrativa, Sistema Integrado de

administración Financiera – SIAF (módulo Presupuestario). Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos

relacionados con la especialidad.

IV.6.- Estadística y SIAGIE (01)

CARGO : 036

CODIGO : 457-05-02-5 DENOMINACION DEL CARGO: Estadístico I

a) Asesorar al jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional de la

UGEL Paita, a los directores de las instituciones y programas educativos en temas de su competencia.

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b) Procesar, consolidar y actualizar el padrón estadístico (encuestas, cálculos de tendencias y proyecciones) de los centros, programas las instituciones Educativas de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita; por niveles y modalidades, garantizando su validez.

c) Programar, dirigir y supervisar las acciones programadas relacionadas al sistema estadístico de la UGEL Paita.

d) Operar un sistema de bases de datos con la información pertinente para la planificación, investigación y monitoreo de la educación.

e) Formular las directivas metodológicas para la elaboración, recopilación, clasificación, análisis e interpretación de la información estadística

f) Efectuar proyecciones de cuadros estadísticos en base a la información estadística recibida del Ministerio de Educación, Dirección Regional de Educación Piura.

g) Elaborar e interpretar las estadísticas para su diagramación, análisis, diagnóstico y/o tratamiento del estudio y construir los indicadores que definan la calidad y pertinencia del servicio.

h) Procesar la información estadística del inicio y de la finalización del año escolar para evaluar la gestión.

i) Elaborar el boletín de información estadística de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita, con sus respectivos indicadores.

j) Participar en los procesos de formulación de los planes y proyectos educativos.

k) Proyecta Resoluciones de funcionamiento y cierre de las Instituciones educativas públicas.

l) Actualizar en forma permanente la información estadística del sistema SIEMED.

m) Asesorar y emitir informes técnicos y demás documentos sobre asuntos relacionados a las estadísticas de las Instituciones Educativas del ámbito jurisdiccional de la UGEL- Paita.

n) Representar a la oficina en eventos relacionados con la naturaleza de sus funciones.

o) Remitir la información estadística actualizada de las instituciones educativas al Ministerio de Educación y/o Dirección Regional De Educación Piura según corresponda.

s) Participar en la elaboración de la memoria anual de UPDI, para ser elevada al Director en el primer mes de cada año siguiente al año próximo pasado.

t) Realizar otras funciones afines al cargo, por delegación del Jefe inmediato superior.

u) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario y de los bienes patrimoniales del área.

v) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al Director de Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

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Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Depende jerárquicamente del Jefe de la Unidad de

Planeamiento y Desarrollo Institucional de la UGEL

Paita.

Autoridad : Ejerce autoridad sobre los directores de las Instituciones

y Programas educativos.

Responsabilidad : De las funciones asignadas.

Requisitos mínimos

Título Profesional de Licenciado en Educación, Estadística o afines que incluya estudios relacionados con la especialidad.

Experiencia en labores profesionales de estadística. Capacitación: En gestión administrativa y Sistema de Estadística. Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos

relacionados con la actividad.

IV.7.- Infraestructura (01)

CARGO : 037

CODIGO : 457-05-02-5 DENOMINACION DEL CARGO: Ingeniero I

a) Elaborar el Plan Anual de Trabajo y presentar al Jefe de Planeamiento y

Desarrollo Institucional.

b) Realizar estudios para determinar las necesidades de infraestructura y equipamiento en las diferentes instituciones y programas educativos de la jurisdicción de UGEL Paita.

c) Verificar las tasaciones de los bienes inmuebles de uso educativo en su jurisdicción en coordinación con Patrimonio.

d) Realizar levantamientos topográficos, elaborar memorias descriptivas y planos de las instituciones y programas educativos de la jurisdicción de UGEL Paita.

e) Coordinar, participar y supervisar los programas de mantenimiento y construcción de locales escolares.

f) Programar y realizar estudios de información estadística, para detectar las necesidades de construcciones y equipamiento escolar.

g) Supervisa y recepciona las construcciones de las II.EE. ejecutadas por terceros.

h) Participar en la aprobación de los proyectos y diseños técnicos de arquitectura escolar.

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i) Organizar e implementar las acciones de seguridad, mantenimiento y conservación de las instalaciones de la Sede y de las instituciones educativas.

j) Realiza inspecciones en los locales escolares para verificar el estado de infraestructura y equipamiento, así como su correcto uso y funcionamiento.

k) Elaborar y verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas que demanda la realidad geográfica de su localidad en los proyectos de infraestructura educativa.

l) Emitir opinión técnica para la creación de instituciones educativas públicas y privadas y así mismo informes técnicos del estado de infraestructura educativa.

m)Realizar el Censo de infraestructura educativa, apoya y orienta en el saneamiento físico legal de los bienes inmuebles de las instituciones y programas educativos de la jurisdicción de UGEL Paita.

n) Inspeccionar y emitir informe de las instituciones educativas observadas a rendiciones por mantenimiento de locales escolares.

o) Elaborar la ficha técnica de infraestructura educativa y asesoramiento para el llenado de los formatos 01 y 02 a los Directores y Sub-directores para mantenimiento de locales escolares.

p) Supervisa, orienta y Capacita a Directores, Subdirectores y Personal de Servicio en la conservación y mantenimiento de locales y equipos escolares.

q) Realizar otras funciones afines al cargo, por delegación del Jefe inmediato superior.

r) Velar por la conservación y seguridad de todo acervo documentario y de los bienes patrimoniales del área.

s) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al jefe de la Unidad de Planeamiento y desarrollo Institucional de la UGEL Paita o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Depende jerárquicamente del Jefe de la Unidad de

Planeamiento y Desarrollo Institucional de la UGEL

Paita.

Autoridad : Ejerce autoridad sobre el personal a su cargo y de los

Directores de las Instituciones y Programas educativos.

Responsabilidad : De las funciones asignadas.

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Requisitos mínimos

Título Profesional en ingeniero y/o arquitecto, colegiado y habilitado. Experiencia en construcción civil y/o arquitectura. Capacitación especializada en el área y en gestión administrativa. Capacidad de convocatoria Manejo de computación e informática en sus diferentes programas

relacionados con la actividad.

*Cabe indicar que de acuerdo al nuevo Reglamento de Organización y Funciones la Oficina de Infraestructura pasa a formar parte de la Unidad de Administración, sin embargo en el Cuadro de Asignación de Personal aún permanece en la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional, por lo que se mantendrá de acuerdo al CAP provisional hasta su actualización.

IV.8.- Secretaria (01)

CARGO : 038

CODIGO : 457-05-02-6 DENOMINACION DEL CARGO: Secretaria I

a) Recepcionar, clasificar, registrar, distribuir, controlar y archivar la

documentación que ingresa o se generan en el despacho de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional, utilizando el Sistema de Trámite Documentario o Libro.

b) Dar a conocer al Director de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional, sobre documentos recepcionados y que tengan carácter de urgencia.

c) Organizar el control y seguimiento de la documentación que recepciona,

deriva y emita la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional.

d) Orientar al público sobre gestiones a realizar y la situación de los documentos

tramitados.

e) Coordinar actividades de apoyo administrativo y secretarial a los Especialistas

de la Unidad.

f) Tomar dictado y digitación de comunicaciones y documentos de acuerdo a instrucciones del Jefe de UPDI.

g) Coordinar la agenda de actividades, entrevistas y reuniones del Jefe de UPDI. h) Preparar y ordenar documentación para reuniones de trabajo y/o

capacitación.

i) Atender la comunicación telefónica y recepciona a las personas que solicitan entrevista con el Jefe de UPDI.

j) Mantener un registro del control y distribución de útiles de oficina, cautelando su custodia y la existencia suficiente para el desarrollo de las actividades del área.

k) Evaluar y seleccionar documentos proponiendo su eliminación o transferencia

al archivo pasivo.

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l) Velar por las buenas relaciones humanas e imagen de la Unidad de

Planeamiento y Desarrollo Institucional.

m) Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento de los bienes y el archivo a su cargo y de la Dirección del Área.

n) Realizar otras funciones afines al cargo, por delegación del Jefe inmediato superior.

o) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al Director de Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Depende jerárquicamente del Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional de la UGEL

Paita.

Autoridad : No Ejerce autoridad sobre el personal de la Unidad.

Responsabilidad : de las funciones asignadas.

Requisitos mínimos

Título Profesional Técnico en secretariado ejecutivo certificado. Dos (02) años en experiencia de labores de secretaria. Capacitación: En gestión administrativa y secretariado ejecutivo y en la

normatividad de carácter administrativo del sector público.

Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos

relacionados con la actividad.

Buenas relaciones humanas.

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CAPITULO V DEL ORGANO DE CONTROL

Área De Control Institucional

Es el Órgano encargado de asesorar en la interpretación y aplicación de la

legislación vigente; así como, de efectuar las acciones jurídicas legales en

apoyo a la Unidad de Gestión Educativa Local e Instituciones y Programas

Educativos.

V.1. Estructura Orgánica

N° Orden

Cargo Estructural Código Clasificación Total

039 Jefe de la Oficina de Control Institucional* 457-06-01-3 SP-DS 1

040 Secretaria I 457-06-01-6 SP-AP 1

TOTAL 02

* Modificación del Clasificador de Cargos del Ministerio de Educación, en el marco de la RM N° 051-2015-MINEDU

V.2.- Jefe de Control Institucional (01)

CARGO : 01

CODIGO : 457-06-01-3 DENOMINACION DEL CARGO: Jefe de la Oficina de Control Institucional.

a) Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control, aprobado por la Contraloría General de la República, de acuerdo a los lineamientos y disposiciones emitidas para el efecto.

b) Ejecutar las labores de control a los actos y operaciones de la entidad que disponga la Contraloría General, cuando estas labores de control sean requeridas por el titular de la entidad y tengan el carácter de no programado, su ejecución se efectuará de conformidad con los lineamientos que emita el ente rector del sistema nacional de control.

c) Atender quejas, reclamos y denuncias disponiendo acciones de investigación. d) Ejercer el control preventivo en la entidad dentro del marco de lo establecido

en las disposiciones emitidas por la Contraloría General, con el propósito de contribuir a la mejora de la gestión, sin que ello comprometa el ejercicio del control posterior.

e) Remitir los informes resultantes de las acciones de control tanto a la Contraloría General como al titular de la entidad y del sector, cuando corresponda, conforme a las disposiciones sobre la materia.

f) Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones de la entidad, se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento; informando al Titular de la entidad para que se adopten las medidas correctivas pertinentes.

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g) Recibir y atender las denuncias que formulen los servidores, funcionarios, usuarios y ciudadanía en general, sobre actos y operaciones de la entidad, otorgándole el trámite que corresponda a su mérito, conforme a las disposiciones emitidas sobre la materia.

h) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas, recomendados en los informes de auditoría, comprobando y calificando su implementación efectiva, conforme a las disposiciones de la materia.

i) Apoyar a las comisiones que designe la Contraloría General para la ejecución de las acciones de control en el ámbito de la Ejecutora Educación UGEL Paita. Asimismo, el Jefe de la OCI y el personal de dicho órgano, por disposición de la Contraloría General, colaborarán en otras labores de control, por razones operativas o de especialidad.

j) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna, aplicables a la entidad, por parte de las unidades orgánicas y el personal de éstas.

k) Cumplir diligente y oportunamente con los encargos y requerimientos que le formule la Contraloría General de la República.

l) Cuidar la reserva de los Informes resultantes de sus acciones de control. m) Cautelar que cualquier modificación del “Cuadro para Asignación de

Personal”-CAP, así como de la parte correspondiente al “Reglamento de Organización y Funcione”-ROF, relativos a la Área se realicen de conformidad con las disposiciones de la materia.

n) Promover la capacitación permanente del personal que conforma la Área, a través de la Escuela Nacional de Control de la Contraloría General o de cualquier otra Institución universitaria o de nivel superior con reconocimiento oficial en temas vinculados con el control gubernamental y la Administración Pública.

o) Mantener ordenados, custodiados y a disposición de la Contraloría General durante diez (10) años los informes de control, papeles de trabajo, denuncias recibidas y los documentos relativos a la actividad funcional de las OCI, luego de los cuales quedan sujetos a las normas de archivo vigentes para el sector público. El Jefe del OCI adoptará las medidas pertinentes para la cautela y custodia del acervo documental.

p) Cautelar que el personal de la Área de Control Institucional-OCI dé cumplimiento a las normas y principios que rigen la conducta, impedimentos, incompatibilidades y prohibiciones de los funcionarios y servidores públicos, según disposiciones vigentes.

q) Mantener en reserva la información clasificada, obtenida en el ejercicio de sus actividades.

r) Disponer y/o Ejecutar arqueos de caja sorpresivos, en la unidad de caja del equipo de tesorería.

s) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al Director de la Ejecutora Educación UGEL Paita o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

t) Presentar Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas; al inicio del ejercicio del cargo, periódicamente y al cese del cargo.

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u) Realizar otras funciones; por delegación expresa de la Contraloría General y del Director de la Ejecutora Educación UGEL Paita.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Del Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL

Paita.

Autoridad : Ejerce autoridad con el Personal a su Cargo.

Responsabilidad : De las funciones asignadas.

Requisitos mínimos

Título de Universitario Profesional de Abogado y/o Licenciado en Administración, Economista o Contador Público.

Tres (03) años en labores de Auditoría Gubernamental o Gestión Capacitación en Auditoría Gubernamental, Auditoría Financiera, Auditoría de

Gestión y/u otros, promovido por la Escuela Nacional de Control u otro centro superior reconocido.

Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos relacionados con la actividad.

V.3.- Secretaria (01)

CARGO : 01

CODIGO : 457-06-01-06 DENOMINACION DEL CARGO: Secretaria I

a) Recepciona, clasifica, registra, distribuye, controla y archiva la documentación

que ingresa o se generan en el despacho del Área de Control Institucional, utilizando el Sistema o Libro.

b) Organizar el control y seguimiento de la documentación que recepciona, deriva y emita el Área de Control Institucional.

c) Organizar y custodiar los archivos en general del Órgano de Control, hasta por diez (10) años.

d) Coordinar con trámite documentario, la distribución de los documentos. e) Dar a conocer con el Jefe del Área de Control Institucional, sobre documentos

recepcionados y que tengan carácter de urgencia. f) Orientar al público sobre gestiones a realizar y la situación de los documentos

tramitados. g) Coordinar actividades de apoyo administrativo y secretarial a los Especialistas

del Área. h) Tomar dictado y digitación de comunicaciones y documentos de acuerdo a

instrucciones del Jefe del Área de Control Institucional.

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i) Coordinar la agenda de actividades, entrevistas y reuniones del Jefe del Área de Control Institucional

j) Preparar y ordenar documentación para reuniones de trabajo y/o capacitación.

k) Atender la comunicación telefónica y recepciona a las personas que solicitan entrevista con el Jefe del Área de Control Institucional.

l) Mantener un registro del control y distribución de útiles de oficina, cautelando su custodia y la existencia suficiente para el desarrollo de las actividades del Área de Control Institucional.

m) Evaluar y seleccionar documentos proponiendo su eliminación o transferencia al archivo pasivo.

n) Velar por las buenas relaciones humanas e imagen del Jefe del Área de Control Institucional.

o) Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento de los bienes y el archivo a su cargo y del Área de Control Institucional.

p) Realizar otras funciones afines al cargo, por delegación del Jefe del Área de Control Institucional.

q) Realizar obligatoriamente la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al Director de Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita o al que éste designe; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.

Líneas de Autoridad y Responsabilidad

Dependencia : Del Jefe del Área de Control Institucional de la Unidad

Ejecutora Educación UGEL Paita.

Autoridad : No Ejerce autoridad con el Personal.

Responsabilidad : De las funciones asignadas.

Requisitos mínimos

Título Profesional Técnico en secretariado ejecutivo certificado.

Dos (02) años en experiencia de labores de secretaria. Capacitación: En gestión administrativa y secretariado ejecutivo y en la

normatividad de carácter administrativo del sector público.

Manejo de computación a nivel de usuario y de aplicativos informáticos

relacionados con la actividad.

Buenas relaciones humanas.

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CAPITULO VI ORGANOS DE PARTICIPACION Y CONSULTIVOS

VI.1.- Consejo Participativo Local de Educación (COPALE).

Los consejos participativos, desarrollan acciones que se sustentan en los

espacios democráticos de participación, concertación y vigilancia ciudadana,

dentro del marco de la Ley 28044 – Ley general de educación, considerando

que:

a) La participación busca democratizar la gestión educativa, propiciar la

comunicación horizontal y distribución de roles que estén al servicio educativo

dentro del ámbito Local.

b) La concertación implica crear mecanismos en donde los conflictos y

tensiones sean resueltos mediante el dialogo y acuerdos, fomentando un

buen clima institucional.

c) La vigilancia Ciudadana es la facultad de la sociedad civil para velar por la

transparencia en la gestión y la acción de las instancias de gestión educativa.

V.1.2.- Naturaleza

Es un órgano de participación, concertación y vigilancia educativa durante la

elaboración, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Local, en el

ámbito jurisdiccional de la Unidad de Gestión Educativa Local de Paita, así

como contribuir a una gestión educativa transparente, ética, moral y

democrática.

V.1.3.- De Su Conformación

Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita Un representante de la Municipalidad Provincial. Un representante de la Asociación de APAFA. Un representante de la Asociación de Directores. Un representante de los docentes pertenecientes a la jurisdicción de UGEL

Paita. Un representante de los Alcaldes Escolares. Un representante de las Redes Educativas. Un representante de los trabajadores de la UGEL Paita. Un representante de las Instituciones Educativas Privadas. Un representante de otras Instituciones educativas públicas o Privadas. Es presidido por el Director de la Unidad de Gestión Educativa Local.

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V.1.4.- Sus Funciones

a) Canalizar la participación de la comunidad local en la elaboración,

seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Local, Planes

Operativos dentro del marco del Proyecto Educativo Regional.

b) Participar en la elaboración y rendición de cuentas del presupuesto de la

Unidad de Gestión Educativa Local Paita, cuidando la transparencia de la

gestión educativa.

c) Motiva y sensibiliza la participación activa de la sociedad y actores del

COPALE en acciones en favor del servicio educativo.

d) Proponer mecanismos de reconocimiento y estímulo a los integrantes de

la comunidad educativa por su contribución a la mejorar de la calidad

educativa.

e) Apoyar al Director de la Unidad de Gestión Educativa Local en la

promoción y ejecución de políticas de incentivos que promuevan la mejora

de la eficiencia en la gestión pedagógica administrativa e institucional.

f) Cooperar en el desarrollo de los Consejos Educativos Institucionales, de

las Instituciones y Programas Educativos en su jurisdicción, favoreciendo

sus intercambios y coordinar con el Consejo Participativo Local de

Educación.

g) Opinar sobre las políticas, estrategias de desarrollo local y medidas en

favor de la universalidad, equidad y calidad de la educación en su

jurisdicción y velar por el cumplimiento de las mismas.

h) Promover y coordinar vínculos y convenios entre la Unidad de Gestión

Educativa Local y las organizaciones locales e instituciones públicas y

privadas para potencias el uso de recursos y su participación en beneficio

del servicio educativo.

i) Coordinar y gestionar la asignación de recursos económicos y logísticos

para mejorar la calidad del servicio educativo.

j) Generar un clima de desarrollo profesional y laboral mediante el acceso a

la información y capacitación de la comunidad educativa.

k) Promover, Apoyar y vigilar el cumplimiento del código de ética de la

función pública, la normatividad, la lucha contra la corrupción, acciones de

moralización, equidad, honestidad, y transparencia de la gestión

educativa, así como la atención de las denuncias y reclamos en el sector.

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VI.2.- Consejo Educativo Distrital (COED).

La UGEL en coordinación con los Gobiernos Locales, impulsa la conformación del consejo Educativo Distrital de cada ámbito. Los COED son instancias distritales de participación, concertación y monitoreo participativo de implementación de las políticas educativas en sus respectivos distritos. Está conformado por representantes de la UGEL, Gobierno Local, sindicatos de docentes, APAFAs, Organizaciones Sociales, Gremios Empresariales, entre otros actores que inciden en la marcha de las políticas educativas. Son funciones del COED las siguientes: a) Formulara concertadamente el Proyecto Local de educación de su distrito,

para incrementar los niveles educativos en su distrito, en términos de calidad

y cobertura.

b) Promover la articulación y la concertación entre los diversoa actores locales

del estado, la sociedad civil y el sector privado, para implementación de las

políticas educativas.

c) Hacer el seguimiento de los procesos de gestión y el cumplimiento de metas

educativas a nivel local.

d) Promover la participación de los actores de la comunidad en la mejora de la

calidad educativa.

e) Promover la organización de los consejos educativos institucionales y los

concejos de red de Instituciones educativas y su respectiva articulación.

Es responsabilidad de la UGEL en coordinación con el Gobierno Local, de

gestionar la instalación, la organización y el funcionamiento de los COED de su

ámbito.

VI.3.- Consejo Consultivo y de Coordinación Educativa Local.

El Concejo Consultivo y de Coordinación Educativa Local, es un órgano de consulta y coordinación, que contribuye a la gestión que desarrolla la UGEL Paita en relación a la implementación de políticas educativas. Este conformado por el director de la UGEL, los Directores de las Instituciones de Educación Básica y Técnico Productiva y Superior No Universitaria, los coordinadores de los Núcleos Distritales de Gestión Educativa, así como Directores de las Redes de Instituciones Educativas elegidos entre los Coordinadores de estas Redes. Sus funciones son las siguientes: a) Proponer el Plan Operativo de las políticas educativas de la UGEL, que

articule la planificación estratégica y operativa de la DRE Piura y las UGEL.

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b) Articulara la ejecución de los programas, proyectos y actividades que ejecuta

la UGEL, las Redes de Instituciones Educativas e Instituciones educativas.

c) Monitorear la ejecución y avances de los programas, proyectos y actividades

que ejecutan la UGEL, Redes de Instituciones Educativas e Instituciones

Educativas.

d) Monitorear el desempeño de la gestión de la UGEL, Redes de Instituciones

Educativas e Instituciones Educativas.

e) Formular y proponer mejoras en los procesos de gestión educativa que

desarrollan la UGEL, Redes de Instituciones Educativas e Instituciones

Educativas.

f) Proponer prioridades educativas para el diseño y ejecución de programas y

proyectos de inversión, que contribuyan en la mejora de la calidad educativa y

la reducción de las brechas educativas en el ámbito de la UGEL.

CAPITULO VII DE LOS ORGANOS EJECUTIVOS

DE LOS NÚCLEOS DISTRITALES DE GESTION EDUCATIVA

Los Núcleos Distritales de Gestión Educativa, son instancias de ejecución descentralizadas de la Unidad de Gestión Educativa Local en materia Pedagógica, que no tienen competencia resolutiva y dependen administrativamente y normativamente de la Unidad de Gestión Educativa Local de Paita, como órgano Ejecutivo, y son responsables del servicio educativo y de proporcionar el soporte técnico a las Instituciones y Programas Educativos, para asegurar un servicio educativo de calidad y equidad. Están a cargo de un Coordinador designado por el Director de la UGEL.

VII. 1 Estructura Orgánica

N° Orden

Cargo Estructural Código Clasificación Total

041 Especialista de Educación Básica Regular (inicial)

457-06-01-7 RE 1

042 Especialista de Educación Básica Regular (inicial)

457-06-01-7 RE 1

043 Especialista de Educación Básica Regular (primaria)

457-06-01-7 RE 1

044 Especialista de Educación Básica Regular (primaria)

457-06-01-7 RE 1

045 Especialista de Educación Básica Regular (secundaria)

457-06-01-7 RE 1

045 Especialista de Educación Básica Regular (secundaria)

457-06-01-7 RE 1

TOTAL 06

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La Unidad de Gestión Educativa Local Paita, cuenta con los siguientes núcleos educativos:

Núcleo distrital de Gestión Educativa de la Huaca Núcleo distrital de Gestión Educativa Integrando Pueblos Núcleo distrital de Gestión Educativa de Vichayal Núcleo distrital de Gestión Educativa de Pueblo Nuevo de Colán

Son fines de los Núcleos Distritales de Gestión Educativa

a) Acompaña y brinda soporte técnico a las Redes de Instituciones Educativas y

a las Instituciones Educativas, para la mejora de los procesos de gestión educativa según los estándares de calidad.

b) Supervisa a las instituciones educativas respecto al cumplimiento de los estándares de calidad educativa.

c) Estimula e impulsa la mejora de la cobertura de los servicios educativos. d) Impulsa la articulación y concertación de los diversos actores locales del

Estado, la sociedad civil y del sector privado, en la mejora de la educación. e) Promueve la identificación e implementación de mejoras de las condiciones

de educabilidad con mayor incidencia en el desarrollo integral de niñas, niños y estudiantes.

f) Informar y dar cuenta a la UGEL, sobre los procesos de Gestión y los resultados alcanzados con su intervención en el distrito.

INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y PROGRAMAS DE EDUCACIÓN BÁSICA Las Instituciones Educativas de educación Básica gestionan y proveen los servicios educativos para el desarrollo de las capacidades de los y las estudiantes como ciudadanos y actores del desarrollo local, con criterios de igualdad de género, inclusión y sostenibilidad. Promueven el desarrollo integral de los estudiantes para el logro personal y social, el ejercicio de su ciudadanía y el desarrollo de las actividades productivas y económicas, mediante el desarrollo de competencias, capacidades, actitudes y valores. Gestionan los siguientes procesos claves:

a) Gestionar un gobierno escolar participativo, eficaz y transparente, que garantizan una adecuada convivencia escolar, con inclusión e igualdad de género.

b) Gestionar el desarrollo del currículo de manera innovadora y eficaz, orientado al logro de aprendizajes.

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c) Gestionar una adecuada oferta de los servicios educativos, según los estándares de calidad de la gestión educativa establecidos.

d) Participan en el proceso de desarrollo comunal y local, incidiendo en la mejora de las condiciones de educabilidad, articulando la institución educativa con las familias y comunidad.

El Director de la Institución Educativa, es la máxima autoridad y es el responsable de la gestión integral. Asume la representación legal en todos los actos administrativos de la comunidad.

DE LOS CENTROS DE EDUCACION TECNICA PRODUCTIVAS

Los CETPROs gestionan y proveen los servicios de educación técnica productiva, con el propósito de que sus estudiantes mejoren sus trayectorias laborales con competencias adecuadas de acuerdo al mercado laboral, con inclusión e igualdad de género de personas con discapacidad.

Los CETPROs, buscan que.

a) Los y las estudiantes mejoren sus niveles de empleabilidad, desarrollando

competencias técnicas y profesionales que demanda el mercado laboral nacional, regional y local.

b) Los y las estudiantes incrementen y mejoren sus oportunidades de inserción laboral en condiciones dignas.

c) Los y las estudiantes afiancen sus capacidades emprendedoras y de gestión empresarial para el desarrollo empresarial y autoempleo productivo. Los CETPROs desarrollan los siguientes desempeños de gestión:

a) Sus directivos gerencian los centros de formación, de manera estratégica de

acuerdo a las demandas del mercado laboral, con participación de los diversos actores de la comunidad educativa.

b) Gestionan sus currículo de carreas de acuerdo a las competencias laborales y productivas que demanda el mercado laboral.

c) Gestionar el conocimiento y la innovación tecnológica para la mejora continua. d) Gestionar la producción y entrega de servicios de formación técnica y

promoción del empleo, orientados a mejora de empleabilidad e inserción laboral de los y las jóvenes estudiantes de la jurisdicción de la UGEL Paita.

e) Gestionan la articulación de los diversos actores de su entorno que inciden en la mejora de la empleabilidad e inserción laboral.

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DE LOS INSTITUTOS Y ESCUELAS DE EDUCACION SUPERIOR NO UNIVERSITARIA

Los Institutos y escuelas de educación superior No universitaria, forman de manera integral profesionales especializados, profesionales técnicos en todos los campos del saber, el arte, la cultura, la ciencia y la tecnología. Producen conocimiento, investigan y desarrollan la creatividad y la innovación.

Dentro de los objetico de los institutos y escuelas tenemos los siguientes:

a) Articular los estudios para facilitar el ascenso de sus educandos hasta los

más altos niveles de competencia y formación en la etapa de educación superior.

b) Formar profesionales calificados y técnicos de acuerdo con las necesidades del mercado laboral para el desarrollo del país, de la región y la provincia.

c) Realizar actividades de extensión educativa orientados a vincular el trabajo académico con las necesidades de los sectores económicos, sociales y laborales que lo requieran.

d) Desarrollar en los estudiantes competencias profesionales para desempeñarse con eficiencia y ética en el mercado laboral.

e) Fomentar la creatividad y la innovación para desarrollar nuevos conocimientos que aseguren mejorar un bien o un servicio, los procesos, los elementos, y sus relaciones una realidad concreta, y la capacidad del ser humano de plantear alternativas novedosas de solución a un problema.

f) Fomentar una cultura productiva, visión empresarial y capacidad emprendedora para el trabajo.

CAPITULO VIII

DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

La Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local de Paita, coordina y

articula con los diferentes niveles de gobierno nacional, regional y local las

políticas educativas del sector, así como promueve la cooperación de

entidades públicas y privadas, nacionales o internacionales, organismos no

gubernamentales y otros sectores para realizar acciones que contribuyan al

cumplimiento de sus fines y objetivos dentro del marco normativo.

TITULO IV

DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y LABORAL

DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS

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Son recursos de la Unidad de Gestión Educativa Local de Paita:

a) Los montos que por Ley de Presupuesto y sus modificatorias que se le asignen en cada ejercicio presupuestal a través del Gobierno Regional, por las diferentes fuentes de financiamiento.

b) Los recursos financieros que se obtienen por la prestación de los servicios incluidos en el TUPA de la entidad, conforme a las normas establecidas.

c) Los demás recursos que de acuerdo a la ley se obtengan por cualquier

concepto, incluyendo los de cooperación nacional e internacional y el Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana.

DEL RÉGIMEN LABORAL

Los Trabajadores de la Unidad de Gestión Educativa Local de Paita, se encuentran comprendidos en el régimen previsto en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, Ley 30057, Ley del Servicio Civil, Ley 29944, Ley de la Reforma Magisterial, y el Decreto Legislativo 1057, Contrato Administrativo de Servicios.

TÍTULO V

DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera.- La Unidad de Administración y la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional de la UGEL Paita, propondrá al Gobierno Regional de Piura, el Cuadro de Asignación de Personal estructural o Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) para su aprobación, previa opinión favorable de la Dirección Regional de Educación Piura, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, en un plazo de 60 días de aprobarse el Reglamento de Organización y Funciones (ROF).

Segunda.- El Director de la Unidad Ejecutora Educación UGEL Paita, es

responsable de convocar y organizar el Consejo Participativo Local de Educación.

Tercera.- La Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional de la UGEL Paita,

es responsable de evaluar, revisar y actualizar el Manual de Organización y Funciones por lo menos una vez al año, siguiendo las

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mismas normas y procedimientos que han sido establecidos para su formulación y aprobación.

Cuarto.- El Manual de Organización y Funciones será aprobado por Resolución

Directoral de la Unidad de Gestión Educativa Local de Paita. Quinto.- El proceso de asignación de plazas se iniciará con el personal

permanente de la UGEL Paita y en estricta sujeción a los niveles o categorías remunerativas, posteriormente las plazas vacantes, presupuestadas y financiadas serán provistas mediante concurso interno, y finalmente los cargos restantes no cubiertos, serán sujetos a la asignación mediante concurso abierto.

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DE SU FORMULACIÓN, REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN

UNIDAD DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO INSTITUCIONAL.

1.- Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Institucional

Mg. Juan Francisco Juárez Cruz

2.- Equipo Formulador

Planificador: Henry Soto Jaramillo

3.- Equipo de Apoyo

Especialista en Finanzas: Mariselva Abad Girón Estadístico: David Farfán Mariñas

Infraestructura: Arq. Jackeline Johana Casanova Espinoza Encargada del PPR 091: Eda Alaban Vargas Secretaria: Juana del Pilar Gómez Sernaqué

4.- Aprobación:

Mg. Willian Humberto Carrasco Chu Director de la Unidad Ejecutora 305 Educación UGEL Paita.

PAITA 2017