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MANUAL DE CONVIVENCIA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA, COLEGIO TECNICO
LORENZO DE SALAZAR
JESUS MARIA, SANTANDER
2011
2
TABLA DE CONTENIDO
Pág.
1 MANUAL DE CONVIVENCIA 4
2 INTRODUCCION 4
3 JUSTIFICACION 4
4 OBJETIVOS GENERALES 4
5 OBJETIVOS ESPECIFICOS 4
CAPITULO I 5
GENERALIDADES
5
ARTICULO 1. MARCO LEGAL 5
ARTICULO 2. IDENTIFICACION DE LA INSTITUCION EDUCATIVA 5
ARTICULO 3. MARCO FILOSOFICO INSTITUCIONAL 5
ARTICULO 4. MISION DE PLANTEL 6
ARTICULO 5. VISION DEL PLANTEL 6
ARTICULO 6. PERFIL DEL ALUMNO 6
ARTICULO 7. PERFIL DEL DOCENTE 6
ARTICULO 8. PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA 7
ARTICULO 9. NIVELES DE FORMACION 7
ARTICULO 10. ESPECIALIDAD 7
ARTICULO 11. TITULO A OBTENER 7
ARTICULO 12. PRESENTACION PERSONAL. UNIFORMES. 7
CAPITULO II 7
PROCEDIMIENTOS PARA LEGALIZACION DE MATRICULA
7
ARTICULO 13. MATRICULA 7
ARTICULO 14. ADMISION 8
ARTICULO 15. REQUISITOS PARA LA MATRICULA 8
ARTICULO 16. REQUISITOS PARA LA RENOVACION DE LA MATRICULA 8
ARTICULO 17. TRANSFERENCIA DE MATRICULA 9
ARTICULO 18. TRAMITE DE LA MATRICULA 9
ARTICULO 19. PÉRDIDA DEL CARÁCTER DE ESTUDIANTES 9
ARTICULO 20. CAUSALES DE NO RENOVACION DE MATRICULA 9
ARTICULO 21. COSTOS EDUCATIVOS 9
ARTICULO 22. CARNET ESTUDIANTIL 10
CAPITULO III
10
DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
10
ARTICULO 23. DERECHOS DE LOS ALUMNOS 10
ARTICULO 24. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA 11
ARTICULO 25. DERECHOS DE LOS DOCENTES 11
ARTICULO 26. DERECHOS DEL RECTOR 12
ARTICULO 27. DERECHOS DEL COORDINADOR 12
ARTICULO 28. DERECHOS DE LA BIBLIOTECARIA 12
ARTICULO 29. DERECHOS DE LA COORDINADORA. NIVEL ADMINISTRATIVO 13
ARTICULO 30. DERECHOS DEL AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES 13
ARTICULO 31. DERECHOS DEL FUNCIONARIO DE LA CAFETERIA 13
ARTICULO 32. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 13
ARTICULO 33. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA 15
ARTICULO 34. DEBERES DE DOCENTES 16
ARTICULO 35. DEBERES DEL RECTOR 17
ARTICULO 36. DEBERES DEL COORDINADOR 17
ARTICULO 37. DEBERES DE LA BIBLIOTECARIA 17
ARTICULO 38. DEBERES DE LA COOR. ADMINISTRATIVA (SECRETARIA PAGADORA) 17
ARTICULO 39. DEBERES DEL EMPLEADO DE SERVICIOS GENERALES 18
CAPITULO IV
18
DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS. FALTAS, SANCIONES Y ESTIMULOS 18
3
ARTICULO 40. TIPOS DE FALTAS 18
ARTICULO 41. FALTAS LEVES 18
ARTICULO 42. FALTAS GRAVES 19
ARTICULO 43. FALTAS GRAVISIMAS 21
ARTICULO 44. ACCIONES CORRECTIVAS Y PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO 23
ARTICULO 45. ATENUANTES 23
ARTICULO 46. AGRAVANTES 23
ARTICULO 47. ETAPAS DEL CONDUCTO REGULAR 24
ARTICULO 48. DEBIDO PROCESO Y DERECHO A LA DEFENSA 24
ARTICULO 49. COMISION DE CONCILIACION 24
ARTICULO 50. ESTIMULOS 25
CAPITULO V
25
CONFORMACION DEL GOBIERNO ESCOLAR
25
ARTICULO 51. FUNCIONES DEL RECTOR (Art. 25 del decreto 1860) 26
ARTICULO 52. CONSEJO DIRECTIVO (Art. 143 de la ley 115) 26
ARTICULO 53. CONSEJO ACADEMICO (Art. 145 de la ley 115) 27
ARTICULO 54. COMISIONES DE EVALUACION Y PROMOCION. Art. 50 y 52 del Dec. 1860 27
ARTICULO 55. PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES. (Art. 28 del decreto 1860) 28
ARTICULO 56. PROCESO DE ELECCCION DEL PERSONERO ESTUDIANTIL 28
ARTICULO 57. FUNCIONES DEL PERSONERO ESTUDIANTIL. (Art. 28 del Dec. 1860) 28
ARTICULO 58. CONSEJO DE ESTUDIANTES. (Art. 29 del Dec. 1860) 28
ARTICULO 59. REPRESENTANTES DE LOS EST. AL CONSE. DIRECTIVO Art. 93 Ley 115 29
ARTICULO 60. ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA. (Art.30 del Dec. 1860) 29
ARTICULO 61. CONSEJO DE PADRES. (Art. 31 del Dec. 1860) 29
ARTICULO 62. ASOCIACIÓN DE EX ALUMNOS 30
ARTICULO 63. FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADEMICO Y DE DISCIPLINA 30
ARTICULO 64. FUNCIONES DE LOS DOCENTES 30
ARTICULO 65. FUNCIONES DE LOS DIRECTORES DE GRUPO 31
ARTICULO 66. FUNCIONES DE LA BIBLIOTECARIA 31
ARTICULO 67. FUNCIONES DEL AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES 32
ARTICULO 68. FUNCIONES DE COOR. ADMINISTRATIVA (SECRETARIA – PAGADORA) 32
ARTICULO 69. FUNCIONES DEL EMPLEADO DE CAFETERIA (Bienestar) 32
CAPITULO VI
33
CRITERIOS ACADEMICOS, CURRICULARES Y PEDAGOGICOS
33
ARTICULO 70. SERVICIO SOCIAL DEL ESTUDIANTADO (S.S.E.) 33
ARTICULO 71. ESTRATEGIAS QUE ORIENTEN EL DESARROLLO DE LAS ACTI. ACADÉMICA. 33
MANUAL DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
COLEGIO TECNICO LORENZO DE SALAZAR
JESUS MARIA, SANTANDER. 2011
4
1. MANUAL DE CONVIVENCIA
Según el artículo 87de la ley 115 de 1994 y su decreto reglamentario 1860 de 1994 en su articulo 17, se llamará
MANUAL DE CONVIVENCIA, al conjunto de normas que determinan los derechos, deberes, estímulos y
obligaciones de los estudiantes, directivos, docentes, administrativos y padres de familia con miras a una
formación integral de la niñez y la juventud para que se conviertan en los líderes de la sociedad y de su entorno.
2. INTRODUCCION
Atendiendo a las necesidades de señalar claramente los lineamientos del comportamiento general del
estudiante, en común acuerdo con directivos, docentes, administrativos, padres de familia, alumnos y demás
integrantes de la comunidad, se han acordado los aspectos correspondientes para el buen funcionamiento
institucional, los cuales se desglosan en forma clara en el presente documento y que llevados a la práctica harán
posible la convivencia entre todos los integrantes de la comunidad educativa del COLEGIO TECNICO
LORENZO DE SALAZAR del municipio de Jesús María, Santander.
La institución educativa Colegio Técnico Lorenzo de Salazar en su relación con los estudiantes les genera
transformación a través de una educación que desarrolla la iniciativa, la autodisciplina, la expresión creadora,
la objetividad del pensamiento y la acción. Usualmente los padres de familia esperan que la institución cumpla
la tarea de informar y generar aprendizaje en los estudiantes. El colegio antes que informar busca formar, es
decir, contribuir a la transformación integral del estudiante, de tal manera que de las aulas egrese una persona
cultivada espiritualmente, con buen manejo de sus posibilidades corporales y con habilidades sociales
relativamente desarrolladas. Siendo as se pretende que los alumnos egresados desarrollen una visión integral
de lo que son sus potencialidades y posibilidades que tiene para abordar de manera eficiente las exigencias del
medio en cual le corresponda actuar.
3. JUSTIFICACION
La niñez y la juventud constituyen el futuro de una sociedad hacia donde ellos deben dirigir todos los esfuerzos
educativos y formativos para que sean los promotores de un cambio social hacia una vida plena de paz y de
armonía consigo mismo, con los demás y con el medio que los rodea. Si queremos una sociedad justa donde sea
posible la vida y la felicidad tenemos que construirla con nuestra actuación de cada día. Para lograr este
propósito es necesario un proceso de normalización sustentado en las normas de convivencia social.
Convivir supone aprender a no agredir al compañero, a comunicarse y a interactuar. Estos tres propósitos
fundamentales del hombre son posibles si se valoran otros intereses y metas futuras. Toda organización social
es tanto mas fuerte cuanto más se puedan destacar intereses que orienten y beneficien a la mayoría.
El conjunto de esas normas de comportamiento, los estímulos y recursos que se colocan en juego para
conseguirla, para contribuir a la evolución de la personalidad del alumno y de su ejecución social, constituye
lo que se conoce como disciplina escolar.
La disciplina implica el reconocimiento de la formación de cada uno en la consecución de un objetivo. Es la
garantía de orden a través de la responsabilidad que pone cada cual en la ejecución de una tarea colectiva.
4. OBJETIVOS GENERALES
1 Establecer lineamientos claros y precisos sobre comportamiento social para una mayor interacción de la comunidad
educativa.
2 Vincular a la comunidad para que con base en su conocimiento y los fundamentos legales, se coordinen criterios de
convivencia.
3 Afianzar conocimientos que conlleven a la formación integral del educando con base en las normas que legislan la
educación.
4 Fomentar el análisis crítico y creador de la realidad para contribuir como institución al desarrollo armónico del país,
mediante la formación de sus educandos con base en sus principios, criterios y conocimientos que les permitan asumir
con plena responsabilidad su compromiso personal con la sociedad.
5. OBJETIVOS ESPECIFICOS
1 Inculcar en el estudiante hábitos de higiene personal y de salud pública que preserven el bienestar de la comunidad
educativa.
2 Fomentar criterios de respeto, valoración y compromiso dentro y fuera del plantel, al igual que la buena utilización de
los bienes personales y de uso colectivo.
3 Aplicar normas de conducta entre estudiantes, profesores y demás integrantes de la comunidad que garanticen el
mutuo respeto y compañerismo.
4 Concertar los procedimientos adecuados para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales como
colectivos, que se presenten entre los miembros de la comunidad.
5
5 Definir las sanciones disciplinarias aplicables a los estudiantes mediante un proceso donde se incluya el derecho a la
defensa.
6 Determinar las reglas y procedimiento para la elección del representante al consejo directivo, asociación de padres de
familia, consejo académico, consejo de padres, comisiones de evaluación y promoción, consejo estudiantil y
personero de los estudiantes.
7 Vincular a los padres de familia al proceso de formación integral del estudiante a través de acciones tendientes a la
solución de problemas individuales y colectivos.
8 Lograr en el educando un desarrollo cultural, social, ético y científico mediante la ejecución de actividades que lo
conviertan en un agente de cambio en su región.
9 Estimular el desempeño académico, disciplinario, cultural, deportivo y de colaboración, a través del cuadro de
honor, menciones, exoneración de matrícula y pensión (Según normas preestablecidas por el gobierno nacional),
izadas de bandera y reconocimiento público.
CAPITULO I
GENERALIDADES
ARTICULO 1
MARCO LEGAL
Se entiende por fundamentos legales las leyes, decretos, resoluciones y circulares que orientan el Manual de
Convivencia como medio para el funcionamiento óptimo de las instituciones educativas.
Entre los fundamentos legales que se han tenido en cuenta para la elaboración del actual manual de convivencia
están: FUNDAMENTOS LEGALES PARA LA ELABORACIÓN DEL ACTUAL MANUAL DE CONVIVENCIA
1 Constitución Nacional de 1991 en sus artículos
correspondientes. 7 Decreto 2277 (Estatuto docente)
2 Código de la infancia y la Adolescencias (Ley 1098 de 2006) 8 Ley 715 de 2001 (Organización de prestación
de los servicios de educación)
3 Ley General de la Educación (Ley 115 de 1994) 9 Decreto 1850 de 2002 (Jornada escolar y
laboral)
4 Decreto reglamentario 1860 de 1994 (Reglamentación de la ley
115 de 1994) 10 Decreto 1290 de 2009 (Evaluación y
promoción)
5 Ley 12 de 1991 (Derechos del niño) 11 Resolución interna de adopción
6 Decreto 2272 de 1989 (Jurisdicción de familia)
ARTICULO 2
IDENTIFICACION DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
La institución educativa COLEGIO TECNICO LORENZO DE SALAZAR con especialidad en LIDERAZGO
Y GESTIÓN SOCIO AMBIENTAL del municipio de Jesús María Santander, según resolución N° 0015820 de
01 de Diciembre de 2005, antes Colegio Departamental Integrado, aprobado mediante resolución 1240 del 02
noviembre de 1999 para los niveles de básica y media y resolución 02124 del 03 de febrero de 2000 de fusión
para los niveles de preescolar, básica y media, está ubicada en la diagonal 4 numero 30 – 60, sector El Paraíso.
ARTICULO 3
MARCO FILOSOFICO INSTITUCIONAL
La Institución Educativa, Colegio Técnico Lorenzo de Salazar, con especialidad en Liderazgo y Gestión Socio
Ambiental, fundamenta su quehacer en una concepción humanista-cristiana de los estudiantes, sustentado
sobre una base de relaciones interpersonales que le confieren al individuo una formación integral con énfasis en
el desarrollo de valores tales como libertad, responsabilidad, autonomía, práctica de la verdad, autoestima,
sentido de sociabilidad, tolerancia, honestidad, trascendencia, cuidado y respeto por el entorno.
Consecuentes con este enfoque, la institución plantea como realidad una formación integral que propenda por
el afianzamiento de los valores propuestos, preparación para una consciente toma de decisiones, y ante todo,
buscar la trascendencia del ser humano.
La Institución Educativa Colegio Técnico Lorenzo de Salazar, atendiendo a las necesidades e intereses de la
población, fue creada para levantar el nivel sociocultural e intelectual de la juventud de esta comunidad.
ARTICULO 4
MISION DE LA INSTITUCION
Formar personas críticas, con capacidad de análisis, sentido de liderazgo y mentalidad emprendedora, que les
permita incidir positivamente en el desarrollo sostenible de la región.
6
ARTICULO 5
VISION DE LA INSTITUCION
Hacia el año 2020, el Colegio Técnico Lorenzo de Salazar se consolidará como institución formadora de líderes
en Gestión Socio-Ambiental en la Provincia de Vélez.
ARTICULO 6
PERFIL DEL ALUMNO
Atendiendo al postulado filosófico que orienta el quehacer de la institución, el colegio Técnico Lorenzo de
Salazar, propone una formación en valores y actitudes que proyecta al ser hacia la transformación que propicia
su panorama donde todos disfruten de su bienestar individual y colectivo.
Este bienestar se expresa en una libertad humana dentro del marco de sana racionalidad donde se ampare la
libertad religiosa, la libertad de enseñanza y el derecho a la trascendencia. De esta concepción, el proceso
educativo busca formar en el alumno una persona de criterios, con capacidad de decisión que le permita
orientar su futuro hacia una formación profesional e integrarse al trabajo productivo siendo consecuente en la
modalidad que ofrece la institución y respondiendo al contexto sociocultural de la comunidad. De acuerdo con
lo anterior, lo siguiente son los enunciados que deben formar el perfil del alumno.
PERFIL DEL ALUMNO
1 Personas con visión emprendedora, humanista, social, ecológica, con alto sentido ético, investigadora y creativa,
comprometidas con la búsqueda de la satisfacción de las necesidades regionales, mediante la utilización adecuada de
la ciencia, la tecnología y la técnica.
2 Un líder socio ambiental que oriente positivamente a su comunidad y construya con la participación comunitaria para
el desarrollo sostenible de la región.
3 Una persona que integre habilidades y saberes fomentando la mentalidad empresarial
4 Persona con visión del desarrollo sostenible a partir del conocimiento y aplicación del régimen legal del medio.
5 Valora, respeta, difunde y promueve su patrimonio cultural junto con sus tradiciones populares.
6 Conocedor de la estructura básica de la composición y funcionamiento del municipio a partir del esquema de
ordenamiento territorial y de los planes de desarrollo municipal.
7 Persona capaz de generar desarrollo de su comunidad a partir de técnicas agro ecológicas, artesanales, eco turísticas,
deportivas y culturales.
8 Una persona capaz de satisfacer las necesidades básicas mediante el uso adecuado de los recursos existentes en la
región, el respeto por la cultura local y la solución efectiva y científica a las situaciones que afectan la comunidad.
9 Persona capaz de ofrecer un diálogo fraternal entre el hombre y la naturaleza, y el hombre con sus semejantes.
10 Persona que desarrolla sus capacidades físicas, afectivas, intelectuales, artísticas, morales y religiosas a la luz de la
sencillez y transparencia, para lograr un talante integral en el entorno de la propia libertad.
11 Persona con capacidad de opción y decisión vocacional, protagonista de su propia historia.
12 Persona capaz de apreciar con recta conciencia los valores socio ambientales y a conocer y amar a Dios a través del
diálogo y el entendimiento.
13 Una persona con capacidad de autocontrol que le permita tomar opciones libres y conscientes frente a las influencias
sociales, políticas, religiosas entre otras.
14 Una persona con capacidad de comprensión, solidaridad, tolerancia y respeto hacia los demás.
15 Una persona con capacidad de comprometerse en la promoción de la justicia con criterio social y ambiental.
ARTICULO 7
PERFIL DEL DOCENTE
El maestro del colegio Técnico Lorenzo de Salazar consciente de su labor como orientador y promotor de la
acción educativa debe caracterizarse por: PERFIL DEL DOCENTE
1 Poseer equilibrio personal que le permita deliberar, actuar y juzgar con acierto.
2 Una persona comprometida en orientar con su proyecto de vida personal, la formación integral de sus alumnos.
3 Una persona tolerante, defensor de la justicia, y de los derechos humanos, amante a la libertad y la democracia y
con alto sentido de pertenencia.
4 Una persona con espíritu emprendedor, solidario y comprensivo que lucha por la defensa del gremio y la dignidad
de su profesión.
5 Ser una persona perseverante, investigativa, dispuesta a la superación y abierta al cambio.
6 Conocedor de la realidad de su entorno, combativo de las prácticas anti ecológicas y defensor permanente de la
naturaleza y su hábitat.
7 Una persona ética, de gran control emocional, impulsor del fortalecimiento de los valores y prudente en el uso de la
palabra.
8 Poseer capacidad de escuchar y diálogo y con excelentes relaciones humanas, respetuoso de las normas ciudadanas
que lo utilizan en un alto plano de la esfera social.
9 Una persona comprometida con su profesión, con gran sentido de responsabilidad, cumplidor de sus derechos y
7
deberes y defensor de la filosofía, principio y valores del colegio.
ARTICULO 8
PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA
El padre de familia del colegio, copartícipe del proceso formativo y miembro de la comunidad educativa: PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA
1 Testimoniará con sus actos la esencia de ser persona integrante a una comunidad.
2 respaldará y fomentará los valores que la institución pretenda inculcar en la formación de sus hijos.
3 Proyectará a su hogar un ambiente sano y armónico que garantice la estabilidad emocional de sus hijos y un ambiente
propicio para el estudio.
4 Abierto a los canales del diálogo con sus hijos y demás miembros de la comunidad educativa.
5 Colaborador desinteresado en el quehacer educativo para el progreso de la institución.
6 Demostrará preocupación permanente por el desarrollo físico afectivo, psicológico, intelectual y moral de sus hijos.
7 Comprometido en el cumplimiento de sus responsabilidades y con alto sentido de pertenencia por la institución.
8 Ecuánime, prudente y respetuoso en el ejercicio de sus acciones.
ARTICULO 9
NIVELES DE FORMACION
La institución Educativa Colegio Técnico Lorenzo de Salazar, ofrece los siguientes niveles de formación: NIVELES DE FORMACIÓN ACADEMICA
1 Preescolar 3 Básica secundaria: sexto a noveno
2 Básica Primaria: primero a quinto 4 Media: décimo y undécimo
ARTICULO 10
ESPECIALIDAD
Bachillerato Técnico con especialidad en Liderazgo y Gestión Socio Ambiental
ARTICULO 11
TITULO A OBTENER
Bachiller Técnico en Liderazgo y Gestión Socio ambiental.
ARTICULO 12
PRESENTACION PERSONAL. UNIFORMES.
Los uniformes exigidos por la institución y aprobados por el Consejo Directivo, la Asociación de padres de
familia y la Asamblea general, son de uso exclusivo de los alumnos y alumnas matriculados y son de porte
obligatorio en las horas de permanencia en la institución o en lugares donde ésta haga presencia.
UNIFORME DE DIARIO
MUJERES: Jardinera a cuadros, color rojo y blanco, peto, prenses laterales y abertura con botones al lado
derecho, 5 centímetros abajo de la rodilla; camisa blanca con cuello sport, manga corta y botones blancos
nacarados; media blanca; zapato negro de amarrar. Se usará en todos los actos de comunidad.
HOMBRES: pantalón color azul oscuro sin prenses; camiseta blanca de cuello sport con el escudo del colegio
bordado al lado izquierdo; medias azules; zapato negro de amarrar. Se usará en todos los actos de comunidad.
UNIFORME UNISEXO DE EDUCACION FISICA
Camiseta blanca de cuello en v, escudo del colegio impreso en el lado izquierdo; sudadera completa y
pantaloneta vinotinto; media blanca y con rayas vino tinto, tenis blancos. Se usará en clase de educación
física y eventos que lo requieran.
Parágrafo: La institución educativa, no se hace responsable por la pérdida de joyas, objetos suntuosos y
demás artículos que no corresponden al uniforme.
CAPITULO II
PROCEDIMIENTOS PARA LEGALIZACION DE MATRICULA
ARTICULO 13
MATRICULA
8
Según el artículo 95 de la Ley 115 de 1994, la matricula, es el acto que formaliza la vinculación del educando
al servicio educativo, realizándose solamente una vez. Con el registro de la matrícula, el estudiante y el padre
de familia se comprometen a observar y cumplir las normas del manual de convivencia y demás disposiciones
emanadas de la institución.
Parágrafo. Los estudiantes que al finalizar el año inmediatamente anterior, hayan terminado con una
valoración en el comportamiento equivalente a desempeño bajo (DBj) o con matricula de observación, solo
serán aceptados para el siguiente año lectivo, mediante la firma de un acta de compromiso.
ARTICULO 14
ADMISION
Es el acto por el cual la institución selecciona los aspirantes a ingresar al colegio Técnico Lorenzo de Salazar,
bajo criterios fijos.
Parágrafo. Requisitos:
1. Estar dentro de los límites de edad exigidos LIMITES DE EDADES EXIGIDOS
1 Grado 0 5 años cumplidos 3 Grado sexto a noveno De 11 a 14 años
2 Grado primero a quinto De 6 a 10 años 4 Grado décimo a undécimo De 15 a 18 años
2. Presentarse personalmente con el documento de identidad
3. Presentar constancia de grado que está cursando
4. Cancelar los derechos de inscripción donde la institución lo señale
5. Diligenciar el formulario de inscripción
6. Presentarse a las pruebas de selección en la fecha, hora y aula señalada por la institución y obtener el
puntaje requerido.
ARTICULO 15
REQUISITOS PARA LA MATRICULA
REQUISITOS PARA LA MATRICULA
1 Haber superado los requerimientos de admisión
2 Estar académicamente al día
3 Registro civil de nacimiento original
4 Fotocopia del documento de identidad
5 Dos fotos de 3x4 a color
6 Paz y salvo diligenciado de la institución donde cursó el año anterior
7 Comprobantes de pagos de derechos educativos autorizados
8 Informe final del rendimiento académico
9
Certificado de los grados cursados y aprobados expedidos en papel membreteado de la institución donde los cursó,
con las especificaciones de ley. Si la institución es particular debe tener el visto bueno de la respectiva secretaría de
educación departamental.
10 Seguros de accidentes de cualquier aseguradora o recibo de pago con la entidad que contrate la institución (artículo
100, Ley 115 de 1994)
11 Examen médico, grupo sanguíneo y RH
12 Carné estudiantil (alumnos antiguos)
13 Declaración de renta presuntiva según casos especiales
14 Presentarse con el uniforme de diario y con algunos de sus padres o acudiente que ha de asumir esta responsabilidad.
Parágrafo 1. Alumnos con mayoría de edad, deben estar representados por una persona mayor de edad,
exceptuando docentes de la institución, y firmar un acta de compromiso.
Parágrafo 2. Al momento de la matrícula el padre de familia y/o acudiente que no profese la religión católica
debe expresarlo por escrito, si desea que su hijo no reciba esta orientación.
ARTICULO 16
REQUISITOS PARA LA RENOVACION DE LA MATRICULA
REQUISITOS PARA LA RENOVACION DE LA MATRICULA
1 Estar académicamente al día
2 Presentar el Paz y Salvo diligenciado
3 Tener un juicio valorativo actitudinal de excelente o sobresaliente
4 Presentar el carne estudiantil para su revalidación (estudiantes antiguos)
5 Presentar el último boletín del informe académico
6 Presentarse a la hora y fecha indicadas con uniforme de diario, acompañado con uno de los padres o acudiente.
9
Parágrafo 1. Las matrículas por renovación extemporánea serán autorizadas por el consejo directivo previa
solicitud del padre de familia, siempre y cuando reúna los requisitos exigidos y haya asistido regularmente a
clase desde el inicio del año lectivo.
Parágrafo 2. Esta solicitud debe hacerse a mas tardar transcurridos dos meses del inicio de las labores
académicas y deberá cancelar el doble del valor de la matrícula (se exceptúan de las condiciones de este
Parágrafo las solicitudes por desplazamiento forzado.
ARTICULO 17
TRANSFERENCIA DE MATRICULA
Se produce cuando un estudiante estando matriculado en determinada institución educativa solicita traslado a
otra. Debe reunir los siguientes requisitos: TRANSFERENCIA DE MATRICULA
1 Que haya disponibilidad de cupos
2 Solicitud escrita por el padre de familia del interesado ante la rectoría
3 Certificados de estudios de los años anteriores
4 Informe de los periodos académicos del grado que cursa
5 Registro civil
6 Constancia de asistencia a clase hasta la fecha de retiro, expedida por el colegio donde estudiaba.
7 Paz y salvo diligenciado
8 Certificado de comportamiento para estudio del consejo directivo, el cual puede ser aceptado o negado. De ser
aceptado, el estudiante firmará un acta de compromiso.
ARTICULO 18
TRAMITE DE LA MATRICULA
TRAMITE DE LA MATRICULA
1 Autorización por la rectoría o el consejo directivo cuando la situación lo amerite
2 Revisión de documentos
3 Liquidación de la matrícula en pagaduría o secretaría
4 Cancelación de los derechos de matrícula en la dependencia que señale la institución
5 Firma de la matrícula en la secretaría previa presentación de los recibos de pago.
ARTICULO 19
PÉRDIDA DEL CARÁCTER DE ESTUDIANTE
Este carácter se pierde por cualquiera de los siguientes motivos: PÉRDIDA DEL CARÁCTER DE ESTUDIANTE
1 Por cancelación voluntaria de la matrícula a solicitud del padre de familia o acudiente, en caso de enfermedad
prolongada y previo dictamen médico; por cambio de domicilio o por motivos particulares.
2 Por determinación de la institución o cuando la inasistencia injustificada a las actividades pedagógicas del plan de
estudio supere el 15% del tiempo previsto.
3 Por exclusión de la institución ordenada por el consejo directivo y con el visto bueno de la asociación de padres de
familia, de acuerdo a lo previsto en este manual.
4 Por no renovar el acto de matrícula anual dentro de las fechas establecidas dentro de la institución.
5 Cuando haya sido juzgado por autoridad legitima.
ARTICULO 20
CAUSALES DE NO RENOVACION DE MATRICULA
CAUSALES DE NO RENOVACION DE MATRICULA
1 Reiterada reprobación de grado. Cuando el estudiante repite consecutivamente dos años el mismo grado.
2 Por acumulación de faltas graves siguiendo el debido proceso, con el visto bueno del consejo directivo y el aval de la
asociación de padres de familia.
3 Por la normatividad contemplada en el sistema de matricula (SIMAT)
4 Por exceder el límite de edad estipulado para cada grado
Parágrafo. El estudiante con Registro valorativo de Desempeño Bajo en comportamiento al finalizar el año lectivo, se
recibirá al siguiente año con acta de compromiso.
ARTICULO 21
COSTOS EDUCATIVOS
Todo usuario del servicio educativo del colegio Técnico Lorenzo de Salazar, se compromete a asumir los
costos que por concepto de la prestación del mismo se ocasionen en la institución durante el año lectivo.
10
Los costos serán aprobados por acuerdo del consejo directivo con observancia de la norma y la
reglamentación que para la debida ejecución contemple la Constitución Política de 1991, la Ley 115 de 1994 y
demás disposiciones legales que se vayan produciendo.
Parágrafo. Al finalizar el año escolar, todo estudiante debe estar totalmente a paz y salvo en el pago de los
derechos académicos y demás servicios que ofrece la institución. El incumplimiento por este concepto conlleva
la retención del informe académico.
ARTICULO 22
CARNÈ ESTUDIANTIL
Según el artículo 98 de la Ley 115 de 1994, el carné estudiantil es el documento que facilita a los estudiantes la
asistencia y participación en eventos de carácter científico, cultural, artístico, deportivo y recreativo. El
estudiante acredita su condición con este documento que será expedido por la secretaría del colegio al comienzo
de las actividades académicas, el cual tiene vigencia durante el año lectivo y será revalidado año por año
mientras permanezca en la institución. El uso de este carne es personal e intransferible y su uso indebido no
compromete a la institución. En caso de pérdida, el alumno podrá solicitar duplicado previa presentación de la
copia del denuncio y del comprobante de pago en la secretaría del plantel.
Parágrafo. Todo estudiante para formalizar su desvinculación de la institución, deberá presentar el carne ante la
secretaria del plantel para invalidarlo y tener derecho a retirar la documentación pertinente.
CAPITULO III
DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
Derecho es la facultad de hacer o exigir todo aquello que la Ley o la autoridad establece a nuestro favor. El
deber es el conjunto de leyes y normas que regulan las relaciones entre los miembros de una comunidad o el
comportamiento de un individuo.
ARTICULO 23
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
1 Recibir formación en igualdad de condiciones para una educación integral, de calidad, gradual y actualizada.
2 Recibir trato digno y cortés sin discriminaciones sociales, religiosas, éticas, políticas, económicas, por parte de
profesores, directivos, administrativos y compañeros.
3 Ser vinculado a las actividades curriculares y extra curriculares programadas por la institución.
4 Ausentarse de la institución con excusa justificada, en caso de calamidad familiar o enfermedad.
5 Participar y recibir orientación en actividades académicas, tecnológicas, culturales, deportivas, recreativas y
artísticas.
6 Tener libertad de pensamiento y expresión, siempre y cuando no estén en contra de la filosofía de la institución.
7 Establecer canales de comunicación entre compañeros, profesores, directivos, administrativos y padres de familia
para aclarar dificultades y elevar su autoestima.
8 Conocer y recibir oportunamente el manual de convivencia por parte de los directores de grupo, docentes y
directivos.
9 Recibir atención inmediata de primeros auxilios en la medida que la institución pueda suministrarlos y en caso
necesario remitirlos al centro de salud.
10 Recibir de la institución asesoría y orientación para ser escuchados y lograr alternativas de solución a situaciones
personales y familiares.
11 Utilizar apropiadamente los servicios que brindan la institución, tales como biblioteca, cafetería, instalaciones
deportivos, laboratorios, aulas de sistemas, restaurante escolar, transporte escolar, préstamo de elementos propios de
la institución, entre otros, para el desarrollo de sus actividades, de acuerdo a los manuales internos de
funcionamiento (Ver anexos).
12 Garantizar a los estudiantes su pleno y armonioso desarrollo en un ambiente de felicidad amor y comprensión,
coherente con el código de la infancia y la adolescencia.
13 Participar a través de sus representantes, en el consejo directivo, consejo estudiantil y personero estudiantil.
14 Ser estimulado cuando represente en forma decorosa a la institución
15 Conocer el cronograma de actividades, planes de desarrollo curricular, criterios de evaluación y promoción al iniciar
cada periodo académico.
16 Ser evaluados de manera integral y objetivamente.
17 Conocer oportunamente los resultados parciales y definitivos de las pruebas objetivas, informes académicos,
evaluaciones y trabajos antes de ser registrados en las planillas oficiales.
18 Expresar libremente su credo religioso respetando las creencias de sus compañeros, docentes y las directrices de la
institución.
19 Aplazamiento hasta por 5 días en la presentación de actividades académicas, a partir del regreso a la institución,
siempre y cuando justifique la ausencia.
20 Opinar y solicitar respetuosamente las explicaciones necesarias en clase.
11
21 Ser escuchado y reclamar respetuosamente, si considera que el juicio valorativo no es consecuente con su esfuerzo o
desempeño.
22 Ser atendido por parte de directivos, docentes y compañeros en forma cortés y amable.
23 Presentar por escrito de manera respetuosa, quejas y reclamos ante las autoridades educativas competentes, siguiendo
el conducto regular.
24 Las alumnas que se encuentren en estado de embarazo pueden asistir normalmente a sus actividades académicas,
portando vestidos apropiados a la situación y asumiendo la maternidad con responsabilidad.
25 Seguir en todo acto de comunicación el siguiente conducto regular, cuando el caso lo amerite: profesor presente,
profesor de la asignatura, director de grupo, profesor de vigilancia, coordinador, rector, consejo académico y
consejo directivo.
26 Por motivo de calamidad familiar comprobada, el alumno tendrá cinco (5) días de permiso, comprometiéndose a
recuperar los temas pendientes en las diferentes áreas.
27 Derecho a ser promovido anticipadamente cuando su rendimiento académico lo amerite.
28 Derecho a recibir el título que le permita comprobar la aprobación satisfactoria de la básica secundaria y media.
29 Derecho a recibir las clases, siempre y cuando la asistencia del estudiante sea puntual y su comportamiento no afecte
el desarrollo de éstas.
30 Las alumnas madres dispondrán del periodo de descanso en la jornada académica para lactar a su hijo.
31 Solicitar reintegro a la institución, condicionado al rendimiento académico y buen comportamiento en el momento de
su retiro.
32 Recibir el carné estudiantil al iniciar el año escolar.
33 Expresar respetuosa y libremente su opinión y ser escuchado
34 Utilizar los mecanismos legales de defensa cuando considere lesionados sus derechos.
35 Presentar iniciativas de manera personal o grupal por medio del personero estudiantil o gobierno escolar encaminadas
al mejoramiento institucional.
36 Recibir la totalidad de clases programadas en el plan de estudio con la intensidad horaria establecida.
37 Recibir asesoría por parte de los docentes cuando presente debilidades para alcanzar las competencias y logros no
superados.
38 Ser respetado en su integridad física, moral y su dignidad personal, no pudiendo ser objeto en ningún caso de tratos
degradantes.
39 Acceder a permisos por intermedio de los padres o acudientes, mediando causa justificada
40 Fomentar, promover y proyectar los talentos cultural, artístico, deportivo, de solidaridad, de liderazgo y de superación
personal que se descubran
ARTICULO 24
DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA
DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA
1 Conocer la filosofía del Proyecto Educativo, el Manual de Convivencia y programación de la institución a través del
año lectivo.
2 Recibir completa información oportunamente sobre el rendimiento académico y comportamiento de su hijo.
3 Expresar sus opiniones, ser escuchado y manifestar inquietudes relacionadas con el buen funcionamiento de la
institución.
4 Participar en los diferentes órganos del gobierno escolar, asociación de padres de familia, Consejo Directivo,
Consejo de Padres y Comisiones de Evaluación y Promoción.
5 Participar en la toma de decisiones relacionadas con actividades pedagógicas, deportivas, culturales, socio
ambientales y otras.
6 Conocer los criterios de evaluación y promoción de la institución
7 Recibir trato digno y cortés por parte de los diferentes estamentos de la comunidad educativa.
8 Conocer el resultado financiero de actividades realizadas por la asociación de padres, la institución y los profesores.
ARTICULO 25
DERECHOS DE LOS DOCENTES
DERECHOS DE LOS DOCENTES
1 Recibir trato digno, cordial y respetuoso por parte de los directivos, administrativos y miembros de la comunidad
educativa.
2 Ejercer la profesión conforme a lo consagrado en el artículo 26 de la constitución nacional y el artículo 25 de la ley
laboral vigente.
3 Recibir información oportuna sobre cursos de capacitación, profesionalización y actualización pedagógica.
4 Tener la oportunidad de participar y ser subsidiado con recursos de la institución para asistir a programas de
mejoramiento, actualización y profesionalización del orden institucional, departamental y nacional.
5 Solicitar y obtener permisos, licencias y comisiones de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes y vigentes
6 Gozar de condiciones favorables para el buen desempeño de sus funciones disponiendo de los recursos didácticos que
le permitan desarrollar su labor pedagógica de manera eficiente.
7 Disponer de espacios dignos y confortables para su bienestar, desarrollo pedagógico y sano esparcimiento como sala
de profesores, cafetería, biblioteca, servicios higiénicos y zonas de convivencia social, entre otros.
12
8 Recibir estímulos y reconocimientos específicos a su labor según artículo 133 al 137 de la ley general de la educación,
dejando constancia en la hoja de vida.
9 Recibir apoyo para la planeación, presentación y ejecución de proyectos que redunden en el mejoramiento
institucional.
10 Elegir y ser elegido como representante ante los diferentes órganos del gobierno escolar y demás comités legalmente
constituidos.
11 Gozar de autonomía para el desarrollo de la actividad pedagógica, siempre y cuando su ejercicio se enmarque dentro
de la idoneidad que lo debe caracterizar como profesional de la educación.
12 Ser notificado oportunamente de la renovación o terminación del contrato de trabajo o cualquier otra novedad
emanada de la secretaria de educación departamental.
13 Recibir oportuna información y comunicación sobre las decisiones administrativas, actividades y proyectos de la
institución, acuerdos del consejo directivo y demás normas vigentes.
14 Recibir asignación académica en lo posible de acuerdo con su titulo y/o especialidad.
15 Disfrutar de salidas pedagógicas siempre y cuando la actividad esté contemplada en el plan de unidad y en la
programación académica.
16 Usar responsablemente la libertad de expresión siempre y cuando sus aportes e ideas contribuyan al desarrollo de la
labor educativa y la resignificación del PEI.
17 Ser atendido y escuchado en actitud de diálogo, propiciando siempre un ambiente favorable para el buen
entendimiento.
18 Disponer de los recursos como material didáctico y equipos necesarios para el buen desempeño de su labor.
19 No ser discriminados por sus creencias políticas, religiosas, filosóficas o en razón de su condición social o racial.
ARTICULO 26
DERECHOS DEL RECTOR
DERECHOS DEL RECTOR
1 Ser respetado por parte de la comunidad educativa.
2 Tener participación en los programas que la institución proyecte.
3 Obtener permisos, licencias, y comisiones de acuerdo con las normas propuestas por la institución y las
disposiciones legales vigentes.
4 No ser discriminado por razones políticas, religiosas ni por distinciones fundadas en condiciones sociales o raciales.
5 Recibir oportunamente información y comunicación sobre las decisiones administrativas y acuerdo del consejo
directivo que tengan incidencias en el desarrollo de funciones que le han sido asignadas.
6 Asistir a cursos, seminarios, talleres de capacitación y actualización.
7 Ser atendido con actitud de diálogo cuando lo solicite con el debido respeto y siguiendo el conducto regular.
8 Tener acceso a las diferentes dependencias de la institución para el uso de los elementos que ella brinda.
9 Participar en jornadas deportivas, culturales y recreativas programadas por la institución el gremio y el municipio.
10 Gozar de las garantías necesarias que contribuyan al buen desempeño de las labores académicas.
11 Y los demás que le sean asignados de acuerdo a la naturaleza de su cargo.
ARTICULO 27
DERECHOS DEL COORDINADOR
DERECHOS DEL COORDINADOR
1 Ser respetado por parte de la comunidad educativa
2 Tener participación en los programas que la institución proyecte
3 Obtener permisos, licencias, y comisiones de acuerdo con las normas propuestas por la institución y las
disposiciones legales vigentes
4 No ser discriminado por razones políticas, religiosas ni por distinciones fundadas en condiciones sociales o raciales.
5 Recibir oportunamente información y comunicación sobre las decisiones administrativas y acuerdo del consejo
directivo que tengan incidencias en el desarrollo de funciones que le han sido asignadas.
6 Asistir a cursos, seminarios, talleres de capacitación y actualización.
7 Ser atendido con actitud de diálogo cuando de ello haya necesidad y solicite con el debido respeto y siguiendo el
conducto regular.
8 Tener acceso a las diferentes dependencias de la institución para el uso de los elementos que ella brinda.
9 Participar en jornadas deportivas, culturales y recreativas programadas por la institución el gremio y el municipio.
10 Gozar de las garantías necesarias que contribuyan al buen desempeño de las labores académicas
11 Y los demás que le sean asignados de acuerdo a la naturaleza de su cargo
ARTICULO 28
DERECHOS DE LA BIBLIOTECARIA
DERECHOS DE LA BIBLIOTECARIA
1 Participar en las diferentes actividades programadas por la institución
2 Ser respetada por la comunidad educativa
13
3 Gozar de las garantías necesarias que contribuyan al buen desempeño de las funciones
4 Obtener permisos, licencias y comisiones de acuerdo con las normas legales.
5 Otros que le sean asignados dentro de la naturaleza de su cargo.
ARTICULO 29
DERECHOS DE LA SECRETARIA PAGADORA
DERECHOS DE LA SECRETARIA PAGADORA
1 Participar en las diferentes actividades programadas por la institución
2 Ser respetada por la comunidad educativa
3 Gozar de las garantías necesarias que contribuyan al buen desempeño de las funciones
4 Obtener permisos, licencias y comisiones de acuerdo con las normas legales.
5 Otros que le sean asignados dentro de la naturaleza de su cargo.
ARTICULO 30
DERECHOS DEL AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES
DERECHOS DEL AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES
1 Participar en las diferentes actividades programadas por la institución
2 Ser respetada por la comunidad educativa
3 Gozar de las garantías necesarias que contribuyan al buen desempeño de las funciones
4 Obtener permisos, licencias y comisiones de acuerdo con las normas legales.
5 Otros que le sean asignados dentro de la naturaleza de su cargo.
ARTICULO 31
DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS DE LA CAFETERIA, RESTAURANTE Y TRANSPORTE
ESCOLAR.
DERECHOS DE LOS FUNCIONARIO DE LA CAFETERIA, RESTAURANTE Y TRANSPOTE ESCOLAR
1 Ser respetados por parte del personal que labora en la institución.
2 Que las instalaciones y vehículos a su cargo, brinden la seguridad necesaria.
3 A ser informados oportunamente de los cambios de horario que surjan dentro de la jornada académica y laboral
4 Vincularse a las diferentes actividades programadas por la institución.
5 Otros que le sean asignados dentro de la naturaleza de su cargo.
ARTICULO 32
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
Las siguientes son las responsabilidades que los estudiantes de la institución educativa deben cumplir, además
de las que deben acatar como ciudadanos con el fin de garantizar el mutuo respeto y el refuerzo de la autoestima
de los estudiantes: DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
DE LA ASISTENCIA Y LA PUNTUALIDAD
1 Asistir diariamente y en forma puntual, según horario establecido a la jornada académica y demás actividades extra
curriculares programadas por la institución.
2 Permanecer dentro del aula en los cambios de clase, excepto en el descanso o con permiso del profesor o
coordinador. No utilizar los servicios de cafetería durante las clases.
3 Terminada la jornada académica, no permanecer en establecimientos y lugares públicos o privados, portando el
uniforme de la institución.
4
Presentar excusa de inasistencia por intermedio del padre de familia o acudiente, antes de iniciar la primera hora de
clase. Para que tenga validez el permiso, el padre de familia debe confirmarlo telefónicamente en el transcurso de la
mañana, en caso contrario el permiso no tendrá validez hasta que no se presente el padre de familia o la constancia de
incapacidad médica o de calamidad.
5 Asistir a los actos cívicos, culturales, científicos, y deportivos que programe la institución.
6 Asistir a los actos religiosos, en los cuales participe la institución, sin perjuicio del credo individual de los estudiantes.
7 Entregar a los padres de familia y/o acudientes los comunicados, informes o citaciones que les envía la institución.
8 Asistir junto con el padre de familia o acudiente a recibir el informe académico, en las fechas programadas.
9 Cumplir con responsabilidad las delegaciones de grupo o de la institución.
10 El estudiante tendrá un representante legal que debe ser el padre de familia o en su defecto una persona mayor de edad
que asuma con responsabilidad el compromiso el cual deberá estar inscrito en la tarjeta de matrícula.
DEL UNIFORME Y DE LA PRESENTACION PERSONAL
1 Portar los uniformes en forma correcta dentro y fuera de la institución, así mismo cuando se represente la institución
en las actividades cívicas, sociales, culturales, ambientales y deportivas.
2 En las actividades de recuperación y refuerzo, los estudiantes deben portar el uniforme en forma correcta.
3 Portar el carné estudiantil y presentarlo cuando se le exija como documento de identificación o para acceder a
cualquier servicio de la institución. Este documento es personal e intransferible. En caso de deterioro o pérdida
14
presentar denuncio respectivo y pagar su reposición.
4 Al terminar su vínculo con la institución por cualquier circunstancia, el carné deberá ser entregado al colegio para
poder solicitar el paz y salvo.
5 El estudiante no debe modificar el uniforme obedeciendo a caprichos de la moda.
6
Dentro de la institución, las alumnas deben permanecer con el cabello recogido, con un moño, hebilla o diadema
acorde con el color del uniforme. No utilizarán esmaltes de colores vistosos, ningún tipo de maquillaje y no portarán
joyas de valor ni aretes grandes. Los varones lucirán el cabello corto y sin portar piercings ni aretes. Lo anterior
como medida de uniformidad, de buena presentación, preservación de la disciplina y el orden en la institución, lo
cual no vulnera el libre desarrollo de la personalidad.
7 Practicar reglas de higiene personal, hábitos de aseo y salud pública que preserven el bienestar de la comunidad
educativa.
DE LA DISCIPLINA Y FORMACION
1 Participar en la elaboración del manual de convivencia y cumplir su normatividad.
2 Utilizar correctamente los implementos, enseres y elementos locativos que brinda la institución y responder por los
daños que ocasionen en los mismos. Los daños causados serán reparados de forma inmediata.
3 Permanecer dentro de la institución, portando con decoro, aseo, pulcritud y respeto los distintivos tales como carné y
los uniformes establecidos.
4 Acceder a las dependencias de uso exclusivo del personal directivo, docente y administrativo, previa solicitud de
permiso.
5 Comportarse correctamente fuera y dentro de la institución, medios de transporte, restaurante escolar, biblioteca y
lugares públicos y privados.
6 Expresar adecuadamente sus opiniones en forma verbal o escrita por sí mismo o por medio de los padres o
acudientes, para lograr su reconocimiento.
7 Guardar silencio y no ingerir alimentos durante la permanencia en la biblioteca y aulas de clase.
8 No consumir gomas de mascar, chicles o elementos similares en las horas de clase o en actos cívicos, culturales,
deportivos o religiosos programados.
9 Actuar con honradez y honestidad en la presentación de evaluaciones y trabajos escritos, evitando el fraude, y el
plagio. Presentarlos con puntualidad, orden y técnicas exigidas.
10 Mantener el salón de clase y todas las demás dependencias del colegio en perfecto estado de limpieza y orden.
11
No perturbar el desarrollo normal de la clase con el uso de radios, celulares, beeper, grabadoras, fotos, juegos de azar,
revistas pornográficas y otros elementos que distraigan el proceso de enseñanza aprendizaje, excepto si el profesor de
clase lo requiere.
12 No protagonizar peleas o azuzar enfrentamientos. No utilizar apodos, vocabulario soez e irrespetuoso para dirigirse a
sus compañeros, ni participar, fomentar, organizar o crear pandillas dentro o fuera de la institución.
13 Respetar, valorar y no hurtar útiles, implementos y demás pertenencias de los compañeros y de la institución.
14 Participar y representar a la institución en forma digna y decorosa en los encuentros académicos, culturales,
deportivos y recreativos.
15 No ingerir bebidas alcohólicas ni sustancias psicotrópicas, dentro o fuera de la institución o en actos de comunidad.
16 No portar armas de ninguna índole, ni elementos corto punzantes o cualquier material que atente contra la integridad
física de la comunidad educativa.
17 No practicar juegos de azar dentro de la institución.
18 Los estudiantes no podrán recibir visitas de particulares que interfieran el normal desarrollo de las actividades
académicas, en especial visitas de noviazgo o similares.
19 No utilizar las instalaciones de la institución para realizar visitas de noviazgo en días u horarios no laborables.
20
Si se llegase a presentar el noviazgo dentro de la institución, los estudiantes responderán a un comportamiento digno
partiendo de normas elementales del respeto mutuo, evitando manifestaciones amorosas, románticas o escenas
inmorales dentro del plantel.
21 Evitar rechiflas, silbidos y burlas en los actos de comunidad y en las aulas de clase.
22 Observar buen comportamiento y rendimiento académico, y no estar sancionado disciplinariamente como requisitos
para representar a la institución en los organismos legalmente instituidos o en los eventos extracurriculares.
23 Respetar los reglamentos de aula de clase, las salas de informática, biblioteca, laboratorios, talleres, cooperativa,
restaurante y vehículos escolares, entre otros.
24 Respetar los símbolos patrios y de la institución.
25 Rechazar la violencia en cualquiera de sus manifestaciones verbal, física o psíquica
26 Evitar sobornos, chantajes, amenazas, presiones o mentiras, para obtener beneficio de cualquier índole.
27 Usar correctamente los servicios sanitarios y lavamanos.
28 Seguir el conducto regular en todas sus actuaciones (Profesor, director de grupo, coordinador, rector, consejo
académico, consejo directivo)
29 Mantener una actitud equilibrada en su trato con todos los miembros de la comunidad educativa sin discriminación
por sus defectos físicos, condición económica, posición social o credo religioso.
30 Utilizar adecuadamente y preservar los recipientes de recolección de basuras, ubicados en salones, pasillos,
corredores, polideportivo, baños, biblioteca, laboratorios, cafetería, zonas verdes y demás dependencias.
31 Cuidar, valorar y defender la biodiversidad, el agua, el aire, prados y jardines, evitando la contaminación y el mal uso
de los servicios públicos.
15
32 Denunciar oportunamente ante la coordinación, las faltas que atenten contra el bien común, evitando convertirse en su
cómplice.
33 Respetar las diferencias de opinión, la libertad de expresión, modos de pensar, sentir y actuar y llegar a puntos de
acuerdo a través de la sana controversia y el diálogo.
34 No elaborar ni fijar afiches, dibujos o expresiones irrespetuosas o pornográficas en cualquier sitio de la institución que
atente contra los valores, los sanos principios y lesionen los derechos de los demás.
35 No vender dentro del plantel comestibles o cualquier otro elemento por cuanto desvirtúa el verdadero sentido de la
institución.
36 No realizar o promover dentro de la institución actividades encaminadas a la consecución de dinero para beneficio
personal y no de la institución.
37 No utilizar el nombre del colegio para actividades diferentes a las académicas, culturales, artísticas, recreativas y
deportivas, autorizadas por la institución.
38 Informar oportunamente sobre el mal estado de las dependencias o elementos de la institución.
39 Velar por la buena presentación, mantenimiento y embellecimiento de pasillos, zonas verdes, salones, mobiliario,
planta física, escenarios deportivos y demás dependencias demostrando así la cultura y el buen sentido de pertenencia
con la institución.
40 Permanecer en la biblioteca o zonas verdes de la institución, en el caso de que un profesor disponga de
permiso.
DEL RENDIMIENTO ACADEMICO
1 Presentar en las fechas y horas establecidas las evaluaciones, tareas, trabajos, nivelaciones entre otros.
2 Estar al día en las actividades de nivelación y recuperación para matricularse al grado siguiente.
3 Traer el material exigido y requerido para el desarrollo adecuado en cada una de las asignaturas. No habrá permiso
durante la jornada académica, para la consecución de materiales fuera del establecimiento.
4 Las alumnas que estén en estado de embarazo deben presentar certificado médico que faculte el normal desarrollo de
las clases y poderles brindar asesoría especial.
5 Cumplir con el servicio social del estudiante y el proyecto de constitución política, de acuerdo con las normas
establecidas.
6
Debe presentar a los profesores la justificación sobre su inasistencia expedida por el coordinador o profesor
encargado, para tener derecho a presentar las actividades y evaluaciones que se realizaron durante su ausencia en un
término no mayor de tres días hábiles.
7 Adelantarse académicamente cuando disfrute de permisos justificados y responder por las actividades asignadas
8 Llevar a las clases los elementos necesarios para el desarrollo del trabajo pedagógico como cuadernos, textos, lápices,
lapiceros, colores, escuadras, diccionarios, entre otros.
9 Presentar decorosamente los cuadernos, trabajos y actividades académicas.
ARTICULO 33
DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA
DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA
1 Asistir junto con el hijo a las reuniones y demás actividades programadas por la institución
2 Colaborar activamente en el proceso de aprendizaje de su hijo en el desarrollo de proyectos pedagógicos y
actividades complementarias
3 Participar decididamente en todas las actividades extra curriculares programadas por la institución.
4 Proveer al estudiante de los útiles escolares necesarios para el buen desempeño académico.
5 Velar por el aseo y buena presentación de los hijos, revisando la cabeza para evitar la proliferación de los piojos.
6 Proporcionar a su hijo los uniformes necesarios
7 Asumir con responsabilidad los deberes que adquiere con la institución y su hijo a partir del momento de la matrícula.
8 Responder por los daños ocasionados por su hijo en las instalaciones o implementos de la institución
9 Presentar oportunamente o justificar la inasistencia de su hijo a clases
10 Estimular a su hijo por un buen rendimiento académico y orientarlo en caso contrario.
11 Velar que su hijo asista con puntualidad a las diferentes actividades tanto académicas tanto extra curriculares
programadas por el colegio y en el hogar.
12 Darle el tiempo necesario para la realización de tareas, trabajo de consulta y preparación de evaluaciones
orientándolo en dichas actividades.
13 Informar veraz y oportunamente a la institución las circunstancias que impiden a su hijo el normal desempeño de las
diferentes actividades.
14 Demostrar respeto gratitud, sentido de pertenencia y lealtad hacia la institución.
15 Dar trato respetuoso y cordial a todos los miembros de la institución.
16 Fomentar en sus hijos el respeto y buen trato con los directivos, profesores y administrativos.
17 Mantener constante comunicación con su hijo y con los profesores de las diferentes áreas guardando las normas de
respeto y buen trato.
18 Velar por la salud y buena nutrición de su hijo.
19 Estar presente con su hijo en el momento de diligenciar la matrícula adjuntando la documentación completa de
acuerdo con las exigencias del plantel.
16
20 Presentarse oportunamente a firmar el retiro del estudiante de la institución.
ARTICULO 34
DEBERES DE DOCENTES DEBERES DE LOS DOCENTES
1 Los contemplados en la constitución política, la ley 115 de 1994, el decreto 2277 de 1979 y el código disciplinario
único.
2 Desempeñar con rectitud y eficiencia las funciones de su cargo y asumir con responsabilidad la asignación académica
de acuerdo con las normas vigentes.
3 Respetar y guardar lealtad a los principios y fundamentos de la institución, a las autoridades legítimamente
constituidas, cumplimiento del manual de convivencia y a los símbolos representativos del plantel.
4 Conocer y respetar los derechos individuales y colectivos de los estudiantes y de la comunidad educativa en general.
5 Responder por el buen uso de los espacios, recursos didácticos, equipos y demás elementos puestos a su disposición y
velar por el mantenimiento y conservación de los mismos.
6 Planear, organizar y dar a conocer oportunamente las actividades pedagógicas de refuerzo académico y las
complementarias extracurriculares.
7 Observar buena conducta pública, presentación personal y ejemplo, acordes al decoro y dignidad de su cargo.
8 Ejercer con responsabilidad las funciones de dirección de grupo cuando le sean asignadas, diligenciar el observador y
orientar a los estudiantes hacia la superación personal.
9 Participar en la elaboración del planeamiento institucional y la planeación de actividades curriculares,
extracurriculares y demás eventos que programe la institución.
10 Participar de los talleres de actualización que programe la institución que conlleven a un mejoramiento continuo
acorde con su desempeño pedagógico.
11 Hacer de la evaluación un proceso de superación y mejoramiento continuo de los estudiantes y de la institución.
12 Evaluar y dar a conocer oportunamente los juicios valorativos de trabajos, tareas, talleres, investigaciones de los
estudiantes, antes de ser registrados en la planilla oficial.
13 Promover y mantener adecuados canales de comunicación y propiciar un ambiente de verdadera convivencia con
estudiantes, compañeros, directivos, administrativos y demás miembros de la comunidad educativa.
14 Presentar los informes, documentos, planeamiento y demás registros propios de su cargo, cuando los inmediatos
superiores lo requieran para acreditar su competencia e idoneidad profesional.
15 Atender y resolver los reclamos y conflictos de los estudiantes, cuando se manejen dentro de un ambiente de respeto y
diálogo cordial, corrigiendo constructiva y oportunamente donde quiera que se encuentren.
16 Cumplir con la jornada académica y laboral y los horarios de clase dedicando el tiempo reglamentario a las funciones
propias de su cargo (Artículo 9 del decreto 1860).
17 Justificar las ausencias imprevistas informando oportunamente al inmediato superior.
18 Obrar de manera imparcial y justa frente al proceso educativo de los estudiantes, respetando su dignidad personal y
diferencias individuales, orientándolos hacia una conciente y responsable toma de decisiones.
19 Participar en la construcción y desarrollo del PEI por cuanto éste se constituye en un referente para la práctica
pedagógica.
20 Cumplir con los turnos de vigilancia asignados para garantizar la integridad y bienestar de los estudiantes y el
desarrollo psicosocial.
21 Asistir a los actos de comunidad y reuniones convocados por los órganos directivos de la institución.
22 Participar en la elección de los representantes para la conformación del gobierno escolar y demás comités que se
establezcan para el buen funcionamiento de la institución y aceptar los cargos de ser elegido.
23 Contar con la previa y debida autorización de la rectoría y coordinación cuando por alguna causa fortuita, tenga que
ausentarse de la institución dentro del horario de trabajo.
24 Permanecer en la institución el tiempo de la jornada escolar reglamentaria.
25 Atender las sugerencias o reclamos respetuosos que formulen los estudiantes o cualquier miembro de la comunidad
educativa.
26 Presentar ante el consejo académico y las comisiones de evaluación y promoción los informes sobre el rendimiento de
los estudiantes a su cargo.
27 Inculcar en los estudiantes el amor y fomento por los valores históricos, sociales, científicos y culturales y el respeto
por los símbolos patrios y de la institución.
28 Organizar programas de bienestar que favorezca el desarrollo físico y psicosocial de los estudiantes.
29 Aceptar con responsabilidad y de buen gusto, las orientaciones y sugerencias que imparta la rectoría o cualquier
superior jerárquico encaminadas a la superación personal y mejoramiento institucional.
30 Mantenerse actualizado y transmitir sus conocimientos de manera coherente y gradual buscando siempre un proceso
formativo integral.
31 Programar como parte de su trabajo las actividades grupales o individuales que les permitan a los estudiantes superar
las fallas o dificultades para alcanzar los logros propuestos.
32 Representar a la institución con dignidad y decoro en las actividades y eventos cuando sea comisionado.
17
ARTICULO 35
DEBERES DEL RECTOR
DEBERES DEL RECTOR
1 Elaborar junto con el coordinador, el horario general de clases a desarrollar en el año correspondiente.
2 Coordinar programas de capacitación para el personal docente y administrativo
3 Programar las reuniones de los padres de familia, docentes, comité académico, consejo directivo y demás para
analizar y entregar informes ya sea de índole general o especifico.
4 Reunirse con el personal de mantenimiento como la aseadora y servicios generales para conocer las necesidades que
se presentan y darle solución.
5 Conceder permisos a los docentes, cuando lo soliciten oportunamente y sean justificados.
6 Firmar documentos y certificados expedidos en la secretaria del plantel
7 Asegurar los bienes de la institución y controlar la vigencia y cumplimiento de las pólizas respectivas.
8 Representar a la institución ante la comunidad y actos públicos y jurídicos que se presenten.
9 Servir de mediador y conciliador ante los problemas presentados en la institución.
10 Presentar programas, planes y proyectos encaminados a la consecución de recursos financieros para contribuir al
progreso de la institución.
11 Organizar junto con el coordinador el proceso de matriculas.
ARTICULO 36
DEBERES DEL COORDINADOR
DEBERES DEL COORDINADOR
1 Elaborar junto con el rector, el horario general de clases a desarrollar en el año lectivo.
2 Responsabilizarse de la administración del personal a su cargo y controlar el cumplimiento de sus funciones.
3 Atender las quejas y reclamos de los alumnos, profesores y padres de familia y darles solución.
4 Distribuir la carga académica para los docentes.
5 Conceder permiso a los docentes en caso de no estar el rector y recibir las excusas de los alumnos.
6 Estar informado a diario de la asistencia de los alumnos como de los docentes.
7 Presidir las reuniones en ausencia del rector y asistir a todos los actos programados por la institución, dentro y fuera
de ella.
8 Organizar los informes académicos y disciplinarios bimestrales de cada grado que presentan los docentes.
9 Proporcionar a los docentes el material necesario para el desarrollo de la parte académica y disciplinaria que
corresponde a cada grado
10 Organizar con los docentes del área respectiva y el comité de promoción, las actividades de refuerzo y recuperaciones
de las dificultades que persistan en los alumnos.
11 Llevar un control de índole disciplinario y académico tanto de los alumnos como de los docentes.
12 Organizar junto con el rector y la secretaria, el proceso de matriculas.
ARTICULO 37
DEBERES DE LA BIBLIOTECARIA
DEBERES DE LA BIBLIOTECARIA
1 Organizar el funcionamiento de la biblioteca
2 Coordinar y dirigir los servicios que presta la biblioteca
3 Promover la adquisición de obras y material de consulta necesarios para prestar un mejor servicio.
4 Elaborar y hacer cumplir el reglamento de la biblioteca
5 Elaborar y ejecutar un programa de catalogación del material bibliográfico
6 Elaborar y mantener organizado el fichero.
7 Mantener organizadas las obras y velar por su conservación.
8 Llevar un control de préstamo de material bibliográfico para los alumnos mediante la presentación del carné
estudiantil y para los docentes mediante la presentación de un documento.
9 Los demás que le sean asignados mediante la naturaleza de su cargo.
ARTICULO 38
DEBERES DE LA SECRETARIA PAGADORA
DEBERES DE LA COORDINADORA ADMINISTRATIVA (SECRETARIA PAGADORA)
1 Colaborar en los trabajos de la oficina de la cual se le ha asignado.
2 Realizar tareas de archivo de la correspondencia recibida y despachada y de otros documentos.
3 Atender al público, dar las informaciones pertinentes y trasmitir los mensajes.
4 Organizar los archivos y mantenerlos actualizados.
5 Expedir constancias y certificados solicitados por el personal y presentarlos al rector para la firma.
6 Elaborar y presentar los informes que le sean solicitados por el director de la institución.
18
7 Cumplir con la jornada laboral de acuerdo al horario establecido.
8 Asistir a las reuniones y eventos programados por la institución y llevar las actas correspondientes.
9 Llevar el control de contabilidad de la institución.
10 Colaborar en la organización y ejecución de las matriculas.
11 Los demás deberes que le sean asignados de acuerdo con la naturaleza de su cargo.
ARTICULO 39
DEBERES DEL EMPLEADO DE SERVICIOS GENERALES
DEBERES DEL EMPLEADO DE SERVICIOS GENERALES
1 Responder por el mantenimiento y conservación de los elementos de trabajo a su cargo.
2 Ejecutar trabajos de instalación mantenimiento y reparaciones eléctricas, de los sistemas de agua, desagües y
alcantarillas.
3 Permitir el ingreso de estudiantes y particulares a las instalaciones de la institución, en horario diferente a la jornada
académica, solamente bajo la responsabilidad de un docente o directivo.
4 Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.
5 Responder por el aseo y cuidado de las zonas o áreas que le sean asignadas.
6 Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo.
CAPITULO IV
DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS. FALTAS, SANCIONES Y ESTIMULOS
Se entiende por falta el no cumplimiento de un deber u obligación contraídos con anterioridad ante cualquier
estamento, la violación de los derechos, el incumplimiento de los deberes, el desacato de las prohibiciones y la
desobediencia a una autoridad constituida y ante la cual se ha adquirido previamente un compromiso.
ARTICULO 40
TIPOS DE FALTAS
En este manual se considera una tipología de faltas clasificadas en leves y graves.
ARTICULO 41
FALTAS LEVES: Se consideran como faltas leves aquellas que no afectan directamente a otra persona, sino
que se cometen como reacción espontánea a un estímulo exterior sin perjuicio físico o moral para los demás.
FALTAS LEVES
1 Falta de aseo e higiene personal que afecte la salud y el bienestar propio y compañeros.
2 Presentarse a clase, talleres u otras actividades sin los materiales requeridos. Dejar los cuadernos en la institución
promoviendo el no cumplimiento de sus deberes escolares.
3 Consumir alimentos dentro de las horas de clase
4 Botar papeles y desechos en los espacios de la institución.
5 Porte de accesorios y adornos diferentes a los permitidos con el uniforme tales como: Aretes largos, collares,
piercings, hebillas, balacas, pañoletas, bufandas, cachuchas, gorros, sacos, correas, tatuajes adhesivos, entre otros.
6 Permanecer en la cafetería dentro de las horas de clase, exceptuando los casos autorizados por el docente
7 Dedicarse en clase a actividades diferentes a las indicadas por el profesor
8 Llegar tarde a las actividades escolares.
9 Utilizar radios, grabadoras, celulares, balones u otros elementos, cuyo uso interrumpa el desarrollo de las clases.
10 Utilizar chanzas, apodos, bromas pesadas entre compañeros y demás miembros de la comunidad que atenten contra la
dignidad de la persona.
11 Permanecer en los pasillos o salones de clase durante las horas libres
12 Uso de goma de mascar o chicle dentro de las actividades escolares o recintos de uso permanente por la comunidad
escolar.
13 Permanecer en el salón de clase en horas de descanso o en lugares no asignados durante la actividad académica, salvo
autorización expresa de docentes o directivas.
14 Dar uso inadecuado a tablero, tiza, grafos y demás elementos de trabajo diario.
15 Fomentar la indisciplina en los pasillos de la institución.
16 La permanencia con el uniforme después de terminada la jornada académica en establecimientos públicos o
actividades extra escolares.
17 Arrojar huevos, harina, agua u otros elementos que afecten la integridad de las personas dentro y zonas aledañas del
plantel.
18 Uso de cosméticos y maquillaje portando el uniforme (base, labial, rubor, pestañinas, esmalte, delineador, sombras)
dentro del jornada académica y otras actividades sociales, cívicas y religiosas programadas por la institución.
19 Uso del cabello largo en varones. Cortes, peinados, tinturas y modas extravagantes en los estudiantes.
20 El no ingreso a cualquiera de las clases, durante el desarrollo de la jornada académica sin justificación y autorización
19
previa del docente o directivo.
21 La indisciplina continuada que incite al desorden dentro del desarrollo de la clase o fuera de ella.
22 Porte inadecuado del uniforme según las especificaciones contempladas en el artículo N°12 del presente manual
23 Vender o comercializar cualquier artículo dentro de la jornada escolar
24 Desacato a ordenes impartidas por directivos o docentes.
25 Encubrimiento de una falta por parte de todos los integrantes de un grupo
26 Fomentar la indisciplina dentro del aula mediante el uso de mensajes escritos de papel, aviones y bolas de papel,
ruidos, eructos, emisión de gases flatulentos y otras expresiones de mal gusto.
27 Manifestaciones amorosas dentro de la institución que estén en contra de las buenas costumbres, moral y la ética.
Parágrafo 1. Se prohíbe el uso del celular y elementos magnetofónicos dentro de las aulas de clase. Los elementos
utilizados serán decomisados por el docente respectivo. Si el estudiante es sorprendido violando la norma, el elemento
magnetofónico será decomisado y entregado en coordinación quien lo devolverá al respectivo padre o acudiente legal. La
reincidencia conlleva anotación en el observador y baja de comportamiento. La institución no se hace responsable por los
daños presentados en estos aparatos. Parágrafo 2. Los accesorios diferentes a los permitidos con el uniforme y demás objetos que no correspondan al
desarrollo de la actividad académica o que interfieran el normal desarrollo de las clases, serán decomisados y depositados
en coordinación, los cuales deben ser reclamados por el alumno al finalizar la jornada.
SANCIONES
ACCIONES CORRECTIVAS
1 Llamado de atención por parte del docente correspondiente, anotación en el observador de los estudiantes y trabajo
pedagógico o social asignado por el coordinador. Su juicio valorativo será de desempeño superior (DS)
2
La reincidencia acarreará al estudiante, llamado de atención por parte del docente conocedor de la falta o
coordinador y anotación en el observador de los estudiantes. Trabajo pedagógico o social. Compromiso escrito,
académico y/o disciplinario. Recibirá sanción disciplinaria mediante baja de comportamiento. Su juicio valorativo
será de desempeño alto (DA)
3
La reincidencia por tercera vez acarreara al estudiante llamado de atención por parte del docente correspondiente o
coordinador y anotación en el observador de los estudiantes. Trabajo pedagógico o social. Compromiso escrito,
académico y/o disciplinario. Recibirá sanción disciplinaria mediante baja de comportamiento. Su juicio valorativo
será de desempeño Básico (DBa) o Desempeño Bajo (DBj), según el caso.
Parágrafo 1. En todos los casos el estudiante tendrá derecho a presentar su versión de los hechos o descargos de
forma escrita y a presentar disculpas.
Parágrafo 2. Estudiante que no se presente a clases o que estando en la institución llegue tarde a las mismas sin
justificación, no se le permitirá el ingreso a la clase correspondiente, se le colocará la falla respectiva y se hace
acreedor al juicio valorativo a criterio del docente.
ARTICULO 42
FALTAS GRAVES
Se consideran faltas graves las que se cometen dentro o fuera de la institución y causan perjuicio moral, material
o físico, que atenten contra los derechos de las personas y entorpezcan el cumplimiento de los objetivos
educativos, la sana convivencia y el ambiente social y armónico de la institución.
FALTAS GRAVES ACCIONES INMEDIATAS
1 La reincidencia en las faltas leves, luego de
haber sido advertido y amonestado el estudiante
por tercera vez.
Anotación en el observador del estudiante y si es necesario, citación
al padre de familia.
2 Consumo y/o distribución de licores, tabaco
dentro o fuera de la institución, o presentarse
en estado de embriaguez.
Poner de manifiesto la evidencia, informar al coordinador académico
e iniciar el proceso disciplinario correspondiente.
3 El abandono de las aulas y/o el plantel sin
justificación o permiso del profesor de la
asignatura o del coordinador.
Información al padre de familia vía telefónica o escrita. Aplicación
de una labor pedagógica por parte del coordinador
4 La ausencia sin justificación a clases,
celebraciones especiales, actos de comunidad y
actividades complementarias.
Aplicación de una labor pedagógica o social por el incumplimiento a
la actividad programada durante el tiempo requerido.
5 Ingresar o salir de la institución valiéndose de
mentiras y/o engaños.
Llamado de atención por parte del docente o directivo, dialogando
con el afectado para buscar soluciones.
6 Porte de material pornográfico en celulares,
material magnético e impreso
Decomiso de los elementos por parte del profesor respectivo de
clase, los cuales quedarán a disposición de la coordinación.
7 Engaños a directivos o profesores con el fin de
perjudicar a alguien, entorpecer las
investigaciones que se adelanten en su contra.
Llamado de atención por parte del docente o directivo dialogando
con el afectado sobre las consecuencias que traen los engaños y
mentiras.
8 Encubrir faltas graves de los compañeros Llamado de atención por parte del docente o directivo, dialogando
con el estudiante sobre la falta en la que él está incurriendo.
20
9 Estar investigado y acusado de alguna falta
grave por la justicia penal ordinaria.
Dejar el proceso en manos de la justicia.
10
Liderar o participar en actos de incultura o
utilizar el nombre de la institución para la
realización de actividades no autorizadas,
portando o no el uniforme.
Llamado de atención por parte del director de grupo para conocer los
motivos.
11 Ser responsable directo o cómplice de hurto o
estafa comprobados. Dependiendo de la
cuantía, intencionalidad o calidad de lo hurtado,
se tipifica como falta gravísima.
Devolución de los elementos hurtados y Presentar disculpas.
Elaborar material o consultas sobre el tema de la falta.
12 Indisponer a los padres de familia y comunidad
en general llevando o distorsionando
información falsa para beneficio personal.
Llamado de atención por parte del docente o directivo, dialogando
con el estudiante sobre la falta en la que él está incurriendo.
13
Indisponer a padres de familia, u otros
miembros de la comunidad llevando o trayendo
información distorsionada o mal intencionado
en detrimento de la institución educativa.
Llamado de atención por parte del docente o directivo, dialogando
con el estudiante sobre la falta en la que él está incurriendo.
14 Adulterar o suplantar notas en evaluaciones,
planillas y libros reglamentarios.
Llamado de atención por parte del docente o directivo, dialogando
con el estudiante sobre la gravedad de la falta que se ha cometido.
15 Presentar actitudes desafiantes como manoteos,
gestos y demás manifestaciones físicas, que van
en contra de la buena convivencia.
Llamado de atención por parte del docente o directivo.
16 Malversación de fondos del curso o de la
institución.
Llamado de atención, y Restitución del dinero malversado.
17 Destrucción y/o deterioro intencionados de
muebles, enseres y demás elementos de
propiedad ajena o de la institución.
Llamado de atención por parte del docente, director de grupo o
directivo. El alumno debe arreglar, reponer o pagar los elementos o
enseres dañados de forma inmediata.
18
El uso de chicle o goma de mascar dentro de las
actividades escolares, con fines de perjudicar a
las personas o dañar los enseres de la
Institución.
Llamado de atención Restauración de lo dañado de forma
inmediata.
19
Hacer uso inadecuado de los recursos naturales,
provocando desperdicio de agua, destrozo de
plantas, extinción de la fauna, contaminación
del medio ambiente y en general de su entorno.
Llamado de atención Reposición de los elementos dañados y arreglo
de los sitios destruidos, de manera inmediata.
20
Extraer material bibliográfico y audiovisual del
plantel, rayar y/o arrancar hojas de los libros de
la biblioteca o de los libros o cuadernos de los
compañeros y docentes.
Llamado de atención Devolución y reposición de los materiales
extraídos o dañados de forma inmediata.
21
Realizar actos de intimidad sexual en las
instalaciones del plantel, lugares públicos o
durante actividades complementarias
programadas por la institución, constituyéndose
en mal ejemplo para las demás personas.
Llamado de atención por parte del docente o directivo. Asesoría y
orientación.
22 No aceptar de buena manera las observaciones
que hacen los profesores, directivos o
compañeros.
Llamado de atención por parte del docente o directivo, haciéndole
caer en cuenta que esos actos entorpecen el normal desarrollo de las
clases.
23 Irrespeto a los símbolos patrios y del colegio Llamado de atención por parte del docente o directivo, haciéndole
caer en cuenta que estas actitudes van en contra de la cultura cívica.
Presentar disculpas a las personas directamente afectadas.
24 Agresión física dentro o fuera de la institución,
motivada por cualquier acto de intolerancia.
Llamado de atención por parte del docente o directivo, dialogando
con el estudiante sobre la falta en la que él está incurriendo.
25 Utilización del soborno para lograr beneficio
personal o de terceros.
Llamado de atención por parte del docente o directivo, dialogando
con el estudiante sobre la falta en la que él está incurriendo. 26 Proferir en público expresiones injuriosas y
utilizar vocabulario soez, contra cualquier
miembro de la comunidad educativa.
Llamado de atención por parte del docente o directivo, haciéndole
caer en cuenta que estas actitudes van en contra de la convivencia
institucional. Presentar disculpas a las personas afectadas. 27 Entregar trabajos académicos como propios,
constatándose que fueron hechos por otros.
Llamado de atención por parte del docente o directivo.
28 Practicar juegos entre compañeros que atenten
contra la integridad física.
Llamado de atención por parte del docente o directivo.
29 Practicar juegos de azar en los cuales medien
apuestas de tipo económico.
Decomiso de los elementos de juego utilizados y llamado de
atención para explicarle que estos juegos no son permitidos en la
institución. 30 Utilización de los celulares y cámaras
fotográficas como medio para producir
Decomiso de los elementos y llamado de atención por parte del
docente o directivo para explicarle que estas acciones no son
21
fotografías o videos pornográficos permitidos en la institución, orientándolo sobre estas conductas.
31
Realizar las necesidades fisiológicas en sitios
diferentes a las unidades sanitarias, con fines de
alterar la normal convivencia dentro de la
institución y usar las excretas y orina con
malas intenciones.
Llamado de atención por parte del docente o directivo, haciéndole
caer en cuenta que estas actitudes van en contra de la convivencia
institucional.
32
Permanecer en los pasillos de la institución
fomentando indisciplina mediante gritos, silbos,
patadas a las puertas y canecas de la basura, o
cualquier otra acción que interfiera el normal
desarrollo de las clases.
Llamado de atención por parte del docente o directivo.
33 Realización de acciones vandálicas con el fin
de deteriorar o destruir materiales de la
institución.
Llamado de atención por parte del docente o directivo, haciéndole
caer en cuenta que estas actitudes van en contra de la convivencia
institucional. 34 Empleo de la mentira como medio para quedar
bien ante los demás.
Llamado de atención por parte del docente o directivo.
PROCEDIMIENTO ACCIONES CORRECTIVAS
1
Por primera vez, llamado de atención por parte del docente correspondiente o coordinador, anotación en el observador
de los estudiantes. Trabajo pedagógico o social. Compromiso escrito, académico y/o disciplinario. Citación del padre
de familia o acudiente si lo amerita. Su juicio valorativo será de desempeño Básico (DBa).
2
La reincidencia acarreará al estudiante, llamado de atención por parte del docente conocedor de la falta o
coordinador y anotación en el observador de los estudiantes. Trabajo pedagógico o social. Compromiso escrito,
académico y/o disciplinario. Recibirá sanción disciplinaria mediante baja de comportamiento. Su juicio valorativo
será de desempeño Bajo (DBj). Suspensión de una jornada académica en un término no mayor de tres días después de
conocida la falta, en la cual el estudiante realizara un trabajo social o pedagógico dentro de la institución, asignado por
el coordinador. Citación del padre de familia o acudiente.
3
La reincidencia por tercera vez acarreará al estudiante llamado de atención por parte del docente correspondiente o
coordinador y anotación en el observador de los estudiantes. Recibirá sanción disciplinaria mediante baja de
comportamiento en la cual el estudiante realizará un trabajo social o pedagógico dentro de la institución, asignado por
el coordinador de disciplina. Su juicio valorativo será de desempeño Bajo (DBj). Suspensión de dos jornadas
académicas en un término no mayor de tres días después de conocida la falta. Firma de acta de compromiso.
Parágrafo 1. En todos los casos el estudiante tendrá derecho a presentar su versión de los hechos o descargos en
forma escrita y presentar disculpas.
Parágrafo 2. La suspensión de la jornada acarreará para el estudiante, las consecuencias académicas
correspondientes: Registro de fallas, y juicios valorativos bajos en cada una de las asignaturas de la jornada
ARTICULO 43
FALTAS GRAVISIMAS
Se consideran faltas gravísimas las que se cometen dentro o fuera de la institución y causan perjuicio moral,
material o físico, que atenten contra los derechos de las personas y entorpezcan el cumplimiento de los
objetivos educativos, la sana convivencia y el ambiente social y armónico de la institución. Se consideran faltas
gravísimas:
FALTAS GRAVISIMAS ACCIONES INMEDIATAS
1 La reincidencia en las faltas graves, luego
de haber sido advertido y amonestado el
estudiante.
Llamado al padre de familia por parte del coordinador para informarlo
de la conducta presentada por el estudiante y tomar los correctivos
correspondientes.
2
Consumo, porte y distribución de drogas y
alucinógenos dentro de la institución, o
presentarse en estado de drogadicción.
Decomisar los elementos por parte de quien observe la falta. Los
elementos decomisados quedarán en coordinación.
Llamado a los padres de familia e informe a la policía y al personero
municipal.
3
Uso inadecuado de los instrumentos de
trabajo con el objetivo de agredir la
integridad personal o física.
Decomisar los elementos por parte de quien observe la falta. Los
elementos decomisados quedarán en coordinación, quien dará trámite a
la autoridad competente.
4
Porte de armas de fuego o corto punzantes,
explosivos, elementos químicos y agentes
biológicos, con el propósito de afectar la
integridad de las personas o de la planta
física de la institución.
Decomisar los elementos por parte de quien observe la falta. Los
elementos decomisados quedarán en coordinación, quien dará trámite a
la autoridad competente.
5 La intimidación, soborno, chantaje, dentro
y fuera de la institución.
Información al personero municipal y autoridades competentes por
parte de coordinación.
6 Atentar contra el prestigio y el buen nombre
de la institución liderando o participando en
Llamado al padre de familia por parte del coordinador para informarlo
de la conducta presentada por el o los estudiantes y tomar los
22
actos colectivos de desordenes. correctivos correspondientes.
7 El numeral 11 del artículo 44 se tipifica
como falta gravísima dependiendo de la
cuantía y la calidad de lo hurtado
Devolución de los elementos hurtados y Presentar disculpas. Citación al
padre de familia por parte del coordinador.
8
Intimidación, amenaza y agresión física,
con daño corporal y psicológico que hiera el
amor propio y la dignidad de las personas,
dentro y fuera de la institución.
Llamado de atención por parte del docente, director de grupo o
directivos para conocer los motivos de la falta y dialogar en forma
cordial. Presentar disculpas al afectado. Citación al padre de familia por
parte del coordinador.
9
Irrespeto a directivos, docentes y
administrativos mediante insultos, agresión
verbal, empleo de vocabulario soez y
desmedido o propuestas inapropiadas, que
hieran el amor propio y la dignidad de la
persona, dentro y fuera de la institución.
Llamado de atención por parte del docente, director de grupo o
directivos para conocer los motivos de la falta y dialogar en forma
cordial. Presentar disculpas al afectado. Citación al padre de familia por
pate del coordinador.
10
Participación comprobada en la elaboración
de grafitis, letreros, pasquines o pancartas,
dentro o fuera de la institución, que atenten
contra la dignidad, el honor y la honra de
las personas.
Arreglar y dejar los sitios y elementos en excelente estado y presentar
disculpas. Restauración de lo dañado, en un término no mayor a 3 días.
11 Utilizar el internet o cualquier equipo de
telefonía para agredir, irrespetar, amenazar o
violar la intimidad de las personas, su buen
nombre, honra y fama.
Información al personero municipal y autoridades competentes por
parte de coordinación.
12
Promover y realizar prácticas de magia,
superstición, cultos satánicos o las que
atenten contra la salud mental, física,
psicológica, moral y espiritual de los
estudiantes.
Llamado al padre de familia por parte del coordinador para informarlo
de la conducta presentada por el o los estudiantes y tomar los
correctivos correspondientes.
13
Acoso sexual entendido como conducta de
naturaleza sexual y toda otra conducta que
afecte la dignidad de mujeres y hombres que
resulte ingrata, irrazonable y ofensiva y que
esta conducta genere un ambiente
intimidatorio, hostil o humillante para quien
la recibe.
Llamado al padre de familia por parte del coordinador para informarlo
de la conducta presentada por el o los estudiantes y tomar los
correctivos correspondientes.
PROCEDIMIENTO ACCIONES CORRECTIVAS
1
Por primera vez acarreara al estudiante llamado de atención por parte del docente correspondiente o coordinador y
anotación en el observador de los estudiantes. Trabajo pedagógico, académico o social, acorde al horario establecido
para cada jornada de suspensión. Compromiso escrito, académico y/o disciplinario. Recibirá sanción disciplinaria
mediante baja de comportamiento. Su juicio valorativo será de desempeño Bajo (DBj). Suspensión de dos jornadas
académicas en un término no mayor de dos días después de conocida la falta. Firma de acta de compromiso.
2
La reincidencia acarreará al estudiante, llamado de atención por parte del docente conocedor de la falta o
coordinador y anotación en el observador de los estudiantes. Trabajo pedagógico, académico o social, acorde al
horario establecido para cada jornada de suspensión Compromiso escrito, académico y disciplinario. Recibirá sanción
disciplinaria mediante baja de comportamiento. Su juicio valorativo será de desempeño Bajo (DBj). Suspensión de
dos jornadas académicas en un término no mayor de dos días después de conocida la falta. Citación del padre de
familia o acudiente. Firma de matrícula de observación.
3 La reincidencia por tercera vez acarreara al estudiante la expulsión de la institución.
Parágrafo 1. Todas las acciones inmediatas llevan implícito la correspondiente anotación en el observador del
estudiante, la baja en comportamiento y la firma de las partes. Si el estudiante implicado se negase a firmar el
observador, se procederá mediante un testigo.
Parágrafo 2. En todos los casos el estudiante tendrá derecho a presentar su versión de los hechos o descargos en
forma escrita y a presentar disculpas.
Parágrafo 3. Si reincide en las faltas cometidas, el estudiante se presentara en coordinación, rectoría, consejo
de profesores y consejo directivo, según la gravedad de las mismas.
Parágrafo 4. Dependiendo de la gravedad de la falta, se procederá de acuerdo a las acciones correctivas y
procedimiento disciplinario.
Parágrafo 5. Tanto en las faltas graves como en las faltas gravísimas, se orientará la parte formativa, se aplicará
la parte correctiva y se buscara la reparación pedagógica, moral, social y afectiva de los perjudicados.
Parágrafo 6. La matricula de observación procede cuando el estudiante ha incumplido el acta de compromiso
cometiendo una nueva falta grave o gravísima.
Parágrafo 7. La exclusión del colegio se aplica cuando el estudiante ha incumplido la matricula de observación
cometiendo una falta grave o gravísima, previa aprobación del acuerdo por parte del consejo directivo.
23
Parágrafo 8. El estudiante que se reciba en las condiciones expresadas en el parágrafo del artículo 13 del
manual de convivencia, el procedimiento a seguir será:
I. Cuando se cometa alguna de las faltas leves contempladas en este manual, las acciones correctivas serán las
mismas que se contemplan para este tipo de faltas.
II. Cuando se cometa una falta grave, su comportamiento se evaluará con un desempeño bajo (DBj) y
suspensión de una jornada académica.
III. Cuando se cometan dos faltas graves o una gravísima, su comportamiento se evaluará con un desempeño
bajo (DBj) y se aplicará la matricula de observación.
ARTICULO 44
ACCIONES CORRECTIVAS Y PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO
ACCIONES CORRECTIVAS Y PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO
1
LLAMADO DE ATENCIÓN
VERBAL.
Procede cuando el comportamiento del estudiante afecta el desarrollo de alguna
actividad. Lo realiza el docente o directivo conocedor de la falta, acudiendo al
diálogo y a la valoración de sus actos mediante un proceso reflexivo.
2
LLAMADO DE ATENCIÓN
POR ESCRITO.
Procede cuando el comportamiento del estudiante es reincidente y/o es tan
determinante que afecta el desarrollo de alguna actividad. Recibirá amonestación por
escrito en el observador del estudiante, afectando su comportamiento, firmándolo el
docente, el estudiante y el coordinador, en donde se pactará un compromiso de
cumplimiento. Dependiendo de la reiteración de las faltas, se citara al padre de familia
o acudiente para informarle sobre los llamados de atención por escrito al estudiante.
3 ACTA DE COMPROMISO Procede cuando el estudiante reincide por tercera vez en las faltas graves y por
primera vez en una falta gravísima.
4
SUSPENSIÓN. Se aplica por una o dos jornadas académicas dependiendo de la reincidencia o
gravedad de las faltas. La suspensión de la jornada académica la cumplirá el
estudiante dentro de la institución, desarrollando un trabajo social o pedagógico,
asignado por la coordinación.
5
MATRICULA DE
OBSERVACION
Se aplica una vez agotado el proceso anterior como una medida conducente a lograr
una actitud reflexiva del estudiante ante la falta cometida. Procede cuando el
estudiante registra más de tres (3) anotaciones en el observador del estudiante por
faltas graves o desacato reiterado a sus deberes, comprometiéndose a un cambio
positivo de comportamiento mediante acta firmada ante el rector por el estudiante y
padre de familia o acudiente, avalada por el consejo directivo.
6 CONVOCATORIA DE
CONSEJO DIRECTIVO Será citado en la eventualidad que se presenten casos que ameriten la aplicación de la
matricula de observación.
7
CANCELACIÓN DE
MATRICULA.
Procede cuando el estudiante ha incumplido la matrícula de compromiso o la falta,
amerita su cancelación. El rector dictará la resolución por medio de la cual la
matrícula del estudiante será cancelada, previa las consideraciones expresadas en el
artículo 18 de este manual, con el aval del consejo directivo y el visto bueno de la
asociación de padres de familia. Ante este acto administrativo, el estudiante puede
interponer recurso de reposición ante el rector, o de apelación ante el consejo
directivo, dentro de los cinco (5) días hábiles después de ser notificado. Si trascurrido
los términos de ley, no se ha interpuesto recurso de reposición, la decisión queda en
firme y se procede de conformidad.
Parágrafo. Dependiendo de la gravedad de la falta, se obviará el conducto regular y se aplicarán las acciones
correctivas que se consideren pertinentes al caso.
ARTICULO 45
ATENUANTE
ATENUANTES
1 La confesión personal y voluntaria de la falta y la reparación antes de iniciar el debido proceso.
2 El buen comportamiento previo a la falta
3 La responsabilidad permanente
4 Haber cometido la falta inducido por un superior o persona mayor.
5 El buen rendimiento académico
6 Haber actuado en defensa de derechos personales o comunitarios
7 El haber enaltecido el nombre de la institución
8 El grado de compromiso por parte del padre de familia en la formación de su hijo.
9 La edad de desarrollo mental y evolutivo.
ARTICULO 46
AGRAVANTES AGRAVANTES
1 Evadir y ocultar la falta
24
2 Utilizar la mentira o deformación de la verdad como medio de defensa
3 Haber incurrido en la falta con premeditación
4 Haber actuado en complicidad con otro
5 Cometer la falta abusando de la confianza depositada.
6 Haber procedido por razones o motivos de los cuales ya estaba advertido.
7 Interponer testigos falsos ante hechos comprobados.
8 Utilizar el nombre de la institución para cometer la falta
9 Portar el uniforme del colegio en el momento de cometer la falta
10 Reincidencia en el mal uso del uniforme.
11 Inducir a compañeros de menor edad a cometer la falta.
12 Rechazo a la falta cometida, agravándola.
13 Que la falta conduzca a perjudicar, poner en riesgo la integridad física de la comunidad educativa.
ARTICULO 47
ETAPAS DEL CONDUCTO REGULAR
Para conocimiento y aplicación de correctivos a las faltas disciplinarias, se tendrá en cuenta el siguiente
conducto regular: CONDUCTO REGULAR
1 Personero estudiantil
2 Profesor Presente
3 Profesor de clase
4 Profesor de vigilancia
5 Director de grupo
6 Coordinador
7 Rector
8 Consejo Directivo
Parágrafo. Dependiendo de la gravedad de la falta, se obviará el conducto regular y se aplicarán las acciones
correctivas que se considere pertinentes al caso.
ARTICULO 48
DEBIDO PROCESO Y DERECHO A LA DEFENSA
El debido proceso se aplicará a toda clase de situaciones. DEBIDO PROCESO Y DERECHO A LA DEFENSA
1
Nadie podrá ser juzgado del acto que se le imputa sino conforme a las leyes preexistentes ante las instancias
competentes establecidas en este manual, respetando el derecho a presentar las pruebas y a controvertir las que
lleguen en su contra. El estudiante debe ser oído en sus descargos en versión libre y espontánea.
2 En la investigación no se debe relacionar lo académico con lo disciplinario para llegar a calificar la falta, la cual se
corregirá teniendo en cuenta las normas establecidas en el manual de convivencia.
3
El estudiante, sus padres o acudiente, una vez conozca la acción correctiva de suspensión definitiva del
establecimiento educativo, tiene derecho a la defensa interponiendo recurso de reposición ante el rector, o de
apelación ante el consejo directivo, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación.
4 Si trascurrido los términos de ley, no se ha interpuesto recurso de reposición, la decisión queda en firme y se procede
de conformidad.
ARTICULO 49
CONCILIACION
La conciliación es el acto mediante el cual las partes en conflicto, obrando frente a un conciliador, hacen una
exposición de lo sucedido dentro de un ambiente que demuestre la verdadera intención de solución del
problema. El conciliador quien puede estar representado por un profesor, un director de grupo, un coordinador,
un psico-orientador o un directivo, debe enfocar su posición hacia hallar una solución que satisfaga las partes y
que los acuerdos nazcan de la verdadera dimensión del conflicto y los compromisos pactados se asuman con
responsabilidad por parte de los implicados, procedimiento que debe quedar suscrito en acta firmada por las
partes. El comité de conciliación estará conformado por: COMITÉ DE CONCILIACION
1 Coordinador
2 Docente asignado
3 Personero estudiantil
4 Representante de los padres de familia
25
ARTICULO 50
ESTIMULOS
El estudiante de la institución educativa Colegio Técnico Lorenzo de Salazar, se hace merecedor a estímulos
durante cada periodo o al finalizar el año escolar. ESTIMULOS DURANTE CADA PERIODO ACADEMICO
1 Ser seleccionado para izar el pabellón Nacional.
2 Representar a la institución en actividades deportivas, artísticas, científicas, culturales y religiosas.
3 Reconocimiento público para los estudiantes que a título personal promuevan actividades de beneficio común.
4 Destacar públicamente en los actos cívicos programados sus valores y talentos académicos, disciplinarios, culturales,
deportivos, solidarios y de superación personal.
5 Constancia escrita en el observador, de los aspectos positivos en que se destaque el estudiante, en la parte académica,
disciplinaria, cultural y deportiva.
6
Exaltación en cuadro de honor al finalizar cada período de los cinco (5) estudiantes con los mejores promedios
académicos del plantel, los cinco (5) mejores promedios de cada curso, los treinta (30) mejores promedios del
colegio, el mejor curso por rendimiento académico, los tres (3) mejores estudiantes de cada curso por comportamiento
y los mejores por espíritu deportivo.
Parágrafo 1. Para representar a la institución en eventos de carácter recreativos, culturales, deportivos, los
estudiantes deben acreditar buen comportamiento y rendimiento académico.
Parágrafo 2. Toda salida de la institución de tipo pedagógico deportivo cultural o de otra índole debe preverse
dentro de la programación y planeación del área y debe contar con la presencia de un profesor y la respectiva
autorización del padre de familia o acudiente legal.
ESTIMULOS AL FINALIZAR EL AÑO LECTIVO
ESTIMULOS AL FINALIZAR EL AÑO LECTIVO
1 Mención de honor al mejor bachiller técnico de la Institución.
2 Mención de honor al estudiante que obtenga el mayor puntaje en las pruebas de estado (Pruebas saber ICFES)
3 Mención de honor al mejor proyecto de grado del área técnica.
4 Mención de honor al personero estudiantil si su labor deja huella positiva en la institución.
5 Mención de honor a los mejores estudiantes que se hayan destacado demostrando talento literario, cultural, artístico,
deportivo, de solidaridad, de liderazgo, de superación personal y conciencia ecológica.
6 Mención de honor a los estudiantes que se destaquen por su comportamiento, carácter, modales, relaciones humanas y
sentido de pertenencia con la institución.
7 Mención de honor a los estudiantes que ocupen el primer y segundo puesto por rendimiento académico en cada uno de
los cursos de la institución.
8 Convalidación parcial o total del servicio social a estudiantes de décimo y undécimo que colaboren como monitores
en danza, deporte, banda marcial, informática, personero estudiantil, consejo directivo.
ESTIMULOS ACADEMICOS
Tienen por objeto motivar al estudiante para una respuesta satisfactoria en el desarrollo del proceso de
enseñanza aprendizaje de la institución mediante acciones tendientes a mejorar su rendimiento académico. ESTÍMULOS ACADÉMICOS
1 Al curso que por su promedio ocupe el primer puesto en el periodo académico correspondiente, se le permitirá la
presentación de particular en una jornada escolar.
2 Reconocer un punto (1) por área para el siguiente periodo, al estudiante que al finalizar cada periodo, ocupe el primer
puesto en cada curso, si su promedio general, es igual o superior a diecinueve (19) puntos
3 Reconocer un punto (1) al finalizar el periodo, a todo estudiante que al promediar el área, el puntaje sea igual o
superior a diecinueve (19) puntos
4 Todo estudiante del grado undécimo que obtenga un puntaje en las pruebas SABER (ICFES), igual o superior a 58,
en cualquier área análoga a las asignaturas del plan de estudios de la institución, esta se aprobará automáticamente,
siempre y cuando cumpla con todos los requisitos académicos hasta finalizar el año lectivo. El área técnica queda
excluida de este beneficio, en todos los casos.
5 Todo estudiante del grado undécimo que obtenga un promedio general, igual o superior a 60 en las pruebas SABER
(ICFES), se promocionará automáticamente, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos académicos exigidos
por la institución hasta finalizar el año lectivo. Este beneficio no exime al estudiante de la presentación y sustentación
del proyecto de grado y el cumplimiento del servicio social.
6
El estudiante del grado undécimo que al finalizar el año escolar pierda 3 áreas, aprobará una de ellas, a su criterio, con
un desempeño básico de sesenta (60) puntos, siempre y cuando su promedio general en la prueba Saber ICFES sea
igual o superior a cincuenta y ocho (58) puntos y además, haya cumplido con las actividades académicas
correspondientes al periodo.
CAPITULO V
CONFORMACION DEL GOBIERNO ESCOLAR
26
El gobierno escolar es una organización institucional de carácter democrático que busca la participación de
todos los estamentos en la gestión del servicio educativo. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 142
de la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1860 de 1994, los establecimientos educativos conformarán un gobierno
escolar que será el encargado de regular las acciones, normas y relaciones al interior de la comunidad educativa
y su proyección a la sociedad, el cual está integrado por el rector, quien lo preside, el consejo directivo y el
consejo académico.
ARTICULO 51
FUNCIONES DEL RECTOR (Articulo 25 del decreto 1860. Articulo 10, Ley 715 de 2001) FUNCIONES DEL RECTOR
1 Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del gobierno escolar.
2 Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para
el efecto.
3 Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento.
4 Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la
institución y con la comunidad local, para el continuo progreso académico y el mejoramiento de la vida comunitaria.
5 Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa.
6 Orientar el proceso educativo con la asistencia del consejo académico.
7 Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuya a la ley, los reglamentos y el manual de convivencia.
8 Aplicar los correctivos y sanciones correspondientes según los casos presentados en el personal a su cargo.
9 Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del Proyecto
Educativo Institucional.
10 Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local.
11 Representar legalmente el plantel.
12 Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, atinentes a la prestación del servicio público
educativo.
13 Distribuir las direcciones de grupo de acuerdo a la idoneidad del docente.
14 Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional.
ARTICULO 52
CONSEJO DIRECTIVO (Articulo 143 de la ley 115)
El consejo directivo es la máxima instancia de participación de la comunidad educativa y de orientación
académica y administrativa de la institución, y está conformado por los siguientes integrantes:
INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVO
1 El rector quien lo convoca y lo preside
2 Dos (2) representantes de los docentes elegidos en asamblea
3 Dos (2) representantes de los padres de familia
4 Un (1) representante de los estudiantes, que curse último grado
5 Un (1) representante de los ex alumnos de la institución
6 Un (1) representante del sector productivo de la región
FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO (Articulo 144 de la ley 115 y Articulo 23 del decreto 1860)
FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO
1 Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución y que no sea competencia de otra autoridad.
2 Servir de instancia par resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del
establecimiento y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia.
3 Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución.
4 Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos.
5 Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa cuando alguno de sus miembros se
sienta lesionado.
6 Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector.
7 Participar en la planeación y Evaluación del P.E.I., del currículo y del plan de estudio y someterlos a consideración
de la Secretaría de Educación.
8 Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.
9 Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno.
10 Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y administrativos de la institución.
11 Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y
recreativas.
12 Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas,
culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa.
27
13 Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación
de organizaciones juveniles.
14 Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes.
15 Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Decreto.
16 Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y la forma de recolectarlos.
17 Determinar la permanencia de los estudiantes y negar el cupo cuando el debido proceso lo amerite.
18 Aprobar el calendario académico.
19 Darse su propio reglamento.
ARTICULO 53
CONSEJO ACADEMICO (Articulo 145 de la ley 115)
Este organismo como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento, está
conformado por: INTEGRANTES DEL CONSEJO ACADEMICO
1 El rector, quien lo preside
2 El coordinador
3 Un docente por área o asignatura, elegido por un periodo de un año.
FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO (Articulo 145 de la ley 115 y articulo 24 del decreto 1860)
FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO
1 Participar en el estudio, modificación y ajustes al currículo, de conformidad con lo establecido en la Ley.
2 Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución
3 Participar en la evaluación anual institucional
4 Servir de órgano consultor del consejo directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.
5 Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo
con lo previsto en el presente decreto.
6 Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción,
asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de la evaluación.
7 Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa
8 Organizar las actividades académica del establecimiento en coordinación con el rector y el consejo directivo
9 Asesorar la labor de los docentes en lo relacionado con las actividades académicas y de comportamiento.
10 Darse su propio reglamento.
11 Las demás funciones afines y/o complementarias con las anteriores que le atribuye el PEI y que redunden en la
buena marcha de la institución.
ARTICULO 54
COMISIONES DE EVALUACION Y PROMOCION. (Artículos 50 y 52 del decreto 1860 y Artículo 11
numeral 5 del Decreto 1290 de 2009)
El consejo académico con base en las facultades que le confiere el decreto 1860 de 1994, conformara la
comisión para el seguimiento de los procesos de evaluación y promoción de los estudiantes, la cual estará
integrada por:
INTEGRANTES DE LA COMISION DE EVALUACIÓN Y PROMOCION
1 El rector
2 El coordinador
3 Docentes de la institución
FUNCIONES DE LA COMISION DE EVALUACION Y PROMOCION. (Artículos 50 y 52 del decreto
1860 y Decreto 1290 de 2009)
FUNCIONES DE LA COMISION DE EVALUACION Y PROMOCION
1 Efectuar reuniones ordinarias mínimo una vez por periodo y extraordinarias cuando fuere necesario.
2 Recomendar periódicamente estrategias para mejorar el rendimiento académico del estudiante.
3 Definir los criterios de la evaluación y promoción de los estudiantes.
4 Orientar y hacer seguimiento del proceso evaluativo del establecimiento.
5 Velar para que el tiempo programado para los refuerzos y recuperaciones se destine única y exclusivamente a este fin.
6 Identificar a los estudiantes que por bajo rendimiento académico ameriten aplicar un acta de compromiso.
7 Recomendar la promoción anticipada en el primer periodo del año escolar, de los estudiantes que superen las
competencias.
8 Analizar los casos de reprobación de estudiantes al finalizar el año lectivo.
28
9 Identificar casos de estudiantes que ameriten reconocimiento por excelencia académica.
10 Dialogar en forma continua con los grupos de estudiantes sobre los avances y dificultades para estimular y determinar
la realización de actividades.
11 Consignar en acta las decisiones, observaciones y recomendaciones para los casos de reprobación.
12 Llevar en forma ordenada y completa las actas de las reuniones.
13 Establecer el reglamento interno de la comisión
ARTICULO 55
PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES. (Artículo 28 del decreto 1860)
Para la elección del personero estudiantil, la institución educativa Colegio Técnico Lorenzo de Salazar está
integrada por los niveles de preescolar, básica primaria (1 a 5) básica secundaria (6 a 9) y media (10 y 11).
De conformidad con la norma, los estudiantes elegirán un personero estudiantil que este legalmente matriculado
en el último grado que ofrece la institución (Grado 11), quien se encargará de promover el ejercicio de los
deberes y derechos de los estudiantes, consagrado en la constitución Política, las Leyes y el Manual de
Convivencia.
El personero estudiantil será elegido dentro de los treinta días calendarios siguientes ala iniciación de clases del
año lectivo. Para tal efecto, el rector convocará a todos los estudiantes matriculados para elegir el personero en
forma democrática mediante votación secreta y por mayoría simple. PERFIL DEL PERSONERO ESTUDIANTIL
1 Estar a paz y salvo por todo concepto: Económico, académico y disciplinario
2 Demostrar buen rendimiento académico, excelente disciplina y comportamiento, solidaridad, liderazgo positivo,
buena presentación personal y sentido de pertenencia con la institución.
3 Capacidad de acoger o rechazar iniciativas y propuestas de los estudiantes buscando el bienestar de la comunidad
educativa.
3 No haber cometido actos que perjudiquen la convivencia pacífica de los integrantes de la comunidad, tales como
faltas graves, condicionamientos o suspensiones.
4 Inscribir su nombre en la Registraduría estudiantil en la fecha, hora y sitio señalados.
5 Presentar ante la comunidad educativa el plan de trabajo previamente revisado por rectoría.
ARTICULO 56
PROCESO DE ELECCCION DEL PERSONERO ESTUDIANTIL
PROCESO DE ELECCCION DEL PERSONERO ESTUDIANTIL
1 Inscripción de candidatos en la coordinación, si cumple con los requisitos previstos en el artículo anterior
2 Asistir a la capacitación que programe la institución
3 Realizar una campaña respetuosa y digna al cargo que aspira
4 Dar a conocer a toda la comunidad educativa su plan de trabajo, funciones y responsabilidades
5 Elección por voto secreto en la fecha señalada mediante el sistema de tarjetones
6 Realización de escrutinios y levantamiento de las actas
7 Aclamación del estudiante elegido
8 Toma de posesión en acto publico
ARTICULO 57
FUNCIONES DEL PERSONERO ESTUDIANTIL. (Articulo 28 del decreto 1860)
FUNCIONES DEL PERSONERO ESTUDIANTIL
1 Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de
comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras
formas de deliberación.
2 Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre lesiones a sus derechos y las que
formulen cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.
3 Presentar ante el rector o el director administrativo, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de
parte que consideren necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus
deberes.
4 Cuando lo considere necesario, apelar ante el consejo directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del
rector respecto de las peticiones presentadas por su intermedio.
Parágrafo. Si en cualquier época del año escolar, el personero estudiantil del colegio técnico Lorenzo de
Salazar incumple sus funciones y/o el plan de trabajo propuesto, incurre en faltas graves o gravísimas, debe
dejar el cargo y asumirá como personero el estudiante que haya obtenido la segunda votación en el proceso de
elección, el cual será formalizado por el Consejo Directivo.
ARTICULO 58
CONSEJO DE ESTUDIANTES. (Articulo 29 del decreto 1860)
29
El consejo de estudiantes es el máximo órgano colegiado que tiene por objeto asegurar y garantizar el
continuo ejercicio de la participación democrática por parte de los educandos. Este consejo será asesorado por
directivos y docentes y estará integrado por un vocero de cada grupos de los grados que ofrece la institución,
elegido democráticamente por sus compañeros.
FUNCIONES CONSEJO DE ESTUDIANTES. (Articulo 29 del decreto 1860)
FUNCIONES CONSEJO ESTUDIANTIL
1 Darse su propia organización interna
2 Elegir el representante de los estudiantes ante el consejo directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento
de sus funciones
3 Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.
4 Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el manual de convivencia.
ARTICULO 59
REPRESENTANTES DE LOS ESTUDIANTES AL CONSEJO DIRECTIVO (Art. 93 Ley 115)
PERFIL DEL ALUMNO
1 Excelentes resultados académicos.
2 Buen comportamiento disciplinario
3 Ser un líder positivo
4 Tener sentido de pertenencia y espíritu de colaboración.
5 Poseer don de gentes y buenas relaciones humanas
6 Identificarse con la filosofía y principios del colegio
7 Observar en todos sus actos públicos y privados un comportamiento ético, acorde a su investidura.
8 No haber sido sancionado comportamental o académicamente en el año anterior.
ARTICULO 60
ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA. (Articulo 30 del decreto 1860)
El consejo directivo de todo establecimiento educativo promoverá la constitución de una asociación de padres
de familia para lo cual citará a una asamblea constitutiva, donde se elegirán sus integrantes y se acordará el
recaudo de cuotas de sostenimiento y el apoyo a las iniciativas institucionales.
FUNCIONES DE LA ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA. (Articulo 30 del decreto 1860)
FUNCIONES DE LA ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA
1 Velar por el cumplimiento en el servicio en la prestación del servicio educativo
2 Brindar apoyo y respaldo permanente a los proyectos y actividades que organice la institución.
3 Promover la formación de la escuela de padres, buscando el adecuado cumplimiento en la tarea educativa que le
corresponde como progenitores
4 Conformar comités y grupos de trabajo con el fin de organizar programas y actividades para el excelente desarrollo y
buen funcionamiento del plantel
5 Velar por el cumplimiento de PEI y el manual de convivencia
6 Nombrar dos de sus integrantes como representantes ante el consejo directivo
7 Las demás funciones a fines o complementarias con las anteriores que le atribuye el PEI.
ARTICULO 61
CONSEJO DE PADRES. (Articulo 31 del decreto 1860)
El consejo de padres de familia, como órgano de la asociación de padres de familia, es un medio para asegurar
la continua participación de los padres y acudientes en el proceso pedagógico del establecimiento. Podrá estar
integrado por los voceros de los padres de los alumnos que cursan cada uno de los diferentes grados que ofrece
la institución, o por cualquier otro esquema definido en el seno de la asociación. La junta directiva de la
asociación de padres de familia convocará dentro de los primeros 30 días calendario siguiente a la iniciación de
clases del período anual, a sendas asambleas de los padres de familia de los alumnos de cada grado en las cuales
se elegirá para el correspondiente año lectivo a uno de ellos como su vocero. La elección se efectuará por
mayoría de votos de los miembros presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la asamblea.
FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES. (Articulo 31 del decreto 1860)
FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES
1 Promover el cumplimiento eficiente de las funciones de las asociaciones
2 Obtener conjuntamente recursos técnicos de alta calificación necesarios para promover el mejoramiento de la calidad
del proceso educativo.
3 Ejercer una vigilancia colegiada del funcionamiento de los organismos afiliados.
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ARTICULO 62
ASOCIACIÓN DE EX ALUMNOS
Corresponde a la Asociación de ex alumnos apoyar los programas de mejoramiento de la institución. Está
conformada por los estudiantes egresados del plantel. Son funciones de la asociación de ex alumnos: FUNCIONES DE LA ASOCIACIÓN DE EX ALUMNOS
1 Establecer su organización y reglamentación interna
2 Apoyar los programas del plantel a través de aportes técnicos, profesionales y culturales.
3 Colaborar con su experiencia y aportar ideas para el mejoramiento curricular de la institución.
4 Coordinar con el plantel la consecución de programas y servicio de actualización.
5 Mantener comunicación permanente entre los miembros de la asociación.
6 Suministrar oportunamente la información que requiera la institución.
7 Elegir un representante al consejo directivo
8 Contribuir con actividades que beneficien al colegio.
9 Propender por la defensa y buen nombre de la institución demostrando sentido de pertenencia
10 Proponer planes y programas que contribuyan al fortalecimiento del Proyecto Educativo Institucional.
ARTICULO 63
FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADEMICO Y DE DISCIPLINA (Resolución 4084 de 1992) FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADEMICO Y DE DISCIPLINA
1 Participar con el rector en la planeación y diagnóstico institucional y con base en los resultados, programar y
organizar las actividades.
2 Dirigir la elaboración del diagnóstico y el plan de trabajo anual de las dependencias a su cargo.
3 Presentar al rector proyecciones de matrícula y de necesidades de personal docente.
4 Participar con el rector en la determinación de criterios y coordinar la elaboración de horarios de clases.
5 Participar en la elaboración y ejecución del proceso de matrícula.
6 Participar en los comités que determine la rectoría y las normas vigentes.
7 Dirigir, supervisar y evaluar el desarrollo del plan general y de los programas de estudio de acuerdo con las normas.
8 Propender por el óptimo rendimiento y formación de los estudiantes e informar sus resultados a las personas y
dependencias que los requieran.
9 Orientar y coordinar la realización de programas de seguimiento académico de los estudiantes y de las actividades
complementarias de acuerdo con las normas vigentes.
10 Dirigir y controlar el personal a su cargo de acuerdo con los procedimientos establecidos por la dirección del plantel y
las normas vigentes.
11 Informar al rector sobre las necesidades de equipo y materiales de las dependencias a su cargo.
12 Establecer los mecanismos de comunicación necesarios para el cumplimiento de sus funciones y coordinar su acción
con las demás dependencias de la institución.
13 Establecer criterios para la elaboración y actualización del manual de convivencia.
14 Fomentar la investigación científica con miras a renovar los conceptos y procesos educativos.
15 Administrar los profesores y alumnos de acuerdo con los objetivos, criterios del plantel y las normas vigentes.
16 Elaborar y efectuar conjuntamente con bienestar estudiantil, director de grupo o tutores programas de carácter
formativo para los estudiantes.
17 Organizar y supervisar las direcciones de grupo o tutorías para que sean las ejecutoras inmediatas de la administración
de alumnos.
18 Asignar los turnos de vigilancia a los profesores.
19 Supervisar la elaboración de los boletines de evaluación del rendimiento académico de los alumnos.
20 Llevar los registros y controles necesarios para la administración de profesores y alumnos.
21 Dar información oportuna a los padres de familia acerca del comportamiento y rendimiento académico de sus hijos.
22 Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas y rendir informes al superior inmediato.
23 Participar en el seguimiento de los alumnos junto con los profesores, directores de grupos y orientadores.
24 Realizar la distribución de la carga académica de los docentes de acuerdo con su especialidad, junto con el rector.
25 Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y material confiados a su manejo.
26 Dirigir y controlar permisos, retardos, presentación personal, asistencia, el respeto a todo el personal vinculado con
la institución y cuidado con los enseres y materiales del colegio.
27 Llevar un estricto control de disciplina en forma individual mediante la elaboración de una hoja de vida de cada
estudiante.
28 Aplicar las sanciones correspondientes de acuerdo con la gravedad de los casos que se presente.
29 Cumplir con la jornada de trabajo y las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
30 Coordinar y supervisar el cumplimiento de las funciones de los docentes.
ARTICULO 64
FUNCIONES DE LOS DOCENTES (Art. 6, Resolución 13342 de 1982. Art. 7, Resolución 4084 de 1992)
31
FUNCIONES DE LOS DOCENTES
1 Participar en la elaboración y ejecución del planeamiento institucional.
2 Programar, organizar y evaluar las actividades de enseñanza - aprendizaje del área o áreas a su cargo.
3 Dirigir y orientar las actividades de los alumnos para lograr el desarrollo de su personalidad y darle trato digno y
ejemplo formativo.
4 Tener un trato cortés, amable y solidario con cada uno de sus compañeros.
5 Participar, orientar, ejecutar y evaluar las diferentes actividades complementarias que sean programadas por la
institución.
6 Ejercer la dirección de grupo cuando le sea asignada.
7 Participar en los comités en que sea requerida.
8 Participar en las reuniones convocadas por los directivos del plantel.
9 Participar en los actos culturales, deportivos, sociales y religiosos que vinculen a la comunidad.
10 Establecer un horario para atender a los padres de familia, previo acuerdo.
11 Usar un vocabulario apropiado en el trato con los alumnos.
12 Controlar la disciplina en cada una de las clases y actividades.
13 Observar una conducta pública acorde con el decoro y dignidad del cargo.
14 Desempeñar con eficiencia las funciones del cargo.
15 Cumplir las normas de la Constitución Nacional.
16 Inculcar y estimular en los alumnos el amor a los valores históricos y culturales de la nación y el respeto a los
símbolos patrios.
17 Cumplir con la jornada de trabajo, el horario de clase, los turnos de vigilancia correspondientes y las demás
funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
18 Aplicar los correctivos y sanciones correspondientes de acuerdo con la gravedad de los casos que se presenten.
19 Remitir a coordinación los casos graves que atenten contra la normalidad del proceso educativo y de formación.
20 Cumplir con la planeación y ejecución de los proyectos pedagógicos, conforme a las normas vigentes.
21 Determinar mecanismos de comunicación entre todos los entes del sector educativo, que conlleven a un clima de
entendimiento y mejoramiento del proceso formativo.
ARTICULO 65
FUNCIONES DE LOS DIRECTORES DE GRUPO
FUNCIONES DE LOS DIRECTORES DE GRUPO
1 Pasar el informe bimensual de la dirección de grupo a la coordinación para su respectivo análisis
2 Analizar los conflictos de los alumnos del grupo entre sí y de los alumnos con los profesores, ya sean disciplinarios o
académicos.
3 Dar conocimientos a los estudiantes sobre la utilidad de los conductos regulares
4 Velar por la buena presentación de los alumnos y de las aulas a su cuidado
5 Organizar cualquier tipo de actividad y presentar a coordinación para su aprobación.
6 Inculcar a los alumnos el respeto a sus compañeros profesores, directivos, administrativos y personas en general.
7 Asesorar y controlar las funciones del representante de grupo
8 Establecer canales y mecanismos de comunicación
9 Dar oportunamente explicación tanto a los alumnos como a los padres de familia sobre la forma de llevar el control y
mecanismo de las nuevas técnicas educativas.
10 Aplicar los correctivos y sanciones correspondientes de acuerdo con la gravedad de los casos que se presenten.
11 Programar y coordinar periódicamente las reuniones de dirección de grupo, según horario previamente establecido.
De igual forma, las reuniones periódicas con padres de familia y estudiantes.
12 Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo
ARTICULO 66
FUNCIONES DE LA BIBLIOTECARIA (Articulo 19, Resolución 13342 de 1982)
La bibliotecaria depende del rector. Le corresponde administrar los servicios de la biblioteca. FUNCIONES DE LA BIBLIOTECARIA
1 Elaborar el plan de actividades y presentarlo al rector para su aprobación.
2 Elaborar el proyecto de reglamento interno de la biblioteca y presentarlo al rector para su aprobación.
3 Programar y desarrollar jornadas de trabajo con profesores y alumnos sobre la adecuada utilización de la biblioteca.
4 Clasificar, catalogar y ordenar el material bibliográfico.
5 Establecer y mantener intercambio bibliográfico con entidades nacionales y extranjeras.
6 Suministrar el material bibliográfico y orientar a los usuarios sobre su utilización
7 Llevar el registro de utilización del servicio y el control de los préstamos realizados.
8 Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas y rendir informe oportuno al rector.
9 Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.
10 Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad del material bibliográfico, muebles y enseres confiados a
32
su manejo,
11 Mantener la oficina en permanente orden y aseo.
12 Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
ARTICULO 67
FUNCIONES DEL AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES (Art. 24 y 25, Resolución 13342 de 1982)
El auxiliar de Servicios generales depende del rector, le corresponde ejecutar tareas de carpintería, albañilería,
electricidad, plomería, portería, mensajería. FUNCIONES DEL AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES
1 Hacer reparaciones y construcciones sencillas
2 Responder por mantenimiento y conservación de los elementos de trabajo a su cargo.
3 Hacer una relación de los trabajos realizados
4 Ejecutar trabajos de instalación, mantenimiento y reparaciones eléctricas.
5 Ejecutar trabajos de instalación, reparación y mantenimiento de los sistema de agua, desagües y alcantarillas.
6 Ejecutar tareas relacionadas con la recolección y distribución de la correspondencia.
7 Controlar en la portería la entrada y salida de personas, vehículo y objetos.
8 Recibir y distribuir la correspondencia que llega al plantel.
9 Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.
10 Responder por el aseo y el cuidado de las zonas o áreas que le sean asignadas.
11 Informar cualquier novedad ocurrida en la zona o en los equipos de su cuidado.
12 Colaborar con las actividades de la cafetería cuando ésta sea administrada por el plantel.
13 Informar a su inmediato superior sobre las anomalías e irregularidades que se presente.
14 Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo:
15 Manejo de las llaves de las dependencias confiadas a su cuidado.
16 Manejo del timbre o campana de entrada, cambios de clase y terminación de la jornada.
17 Actividades de jardinería, conservación y mantenimiento del prado.
18 Colaborar en el servicio de cafetería para directivos, docentes y administrativos.
19 Movimiento y traslado de muebles, elementos y materiales cuando se le solicite.
20 Control y vigilancia de muebles, enseres, equipos, herramientas y planta física durante la jornada establecida.
21 Disponibilidad en contra jornada cuando sea requerido por directivos, docentes y administrativos para el
cumplimiento de proyectos y actividades complementarias.
ARTICULO 68
FUNCIONES DE LA COORDINADORA ADMINISTRATIVA. SECRETARIA PAGADORA. (Artículos
15, 16 y 17, Resolución 13342 de 1982)
FUNCIONES COORDINADORA NIVEL ADMINISTRATIVO (SECRETARIA – PAGADORA)
1 Planear y programar las actividades de su dependencia
2 Colaborar con el rector en la elaboración de los proyectos de presupuesto
3 Manejar y controlar los recursos financieros de la institución
4 Manejar las cuantas corrientes y llevar los libros reglamentarios de acuerdo con las normas vigentes
5 Elaborar los libros diarios de caja y bancos
6 Enviar trimestralmente el informe de las cuentas y el estado de ejecución presupuestal a la contraloría y a la unidad
administrativa de la cual depende el plantel.
7 Liquidar y pagar las cuentas de cobro de obligaciones contraídas por la institución y girar los cheques.
8 Colaborar con el rector en la administración de los bienes muebles e inmuebles del plantel-
9 Organizar y programar compras de la institución
10 Establecer los mecanismos de solicitud y entrega de materiales a las dependencias que los requieran
11 Elaborar y/o actualizar la lista de proveedores
12 Elaborar y enviar a la contraloría el informe trimestral de cuentas y el inventario general anual
13 Responsabilizarse del diligenciamiento de los libros de matrícula, calificaciones, recuperaciones, validaciones y actas
de reuniones.
14 Colaborar en la organización y ejecución del proceso de matrícula
15 Cumplir la jornada según la norma de la institución
16 Recibir, clasificar y archivar la correspondencia y demás documentos que le sean confiados.
17 Expedir certificaciones de calificaciones, constancias de trabajos y demás según se requieran
18 Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo.
ARTICULO 69
FUNCIONES DEL EMPLEADO DE CAFETERIA (Bienestar)
FUNCIONES DEL EMPLEADO DE CAFETERIA (BIENESTAR)
33
1 Mantener relaciones cordiales con todas los usuarios del servicio y exigir de ellos igual tratamiento.
2 Mantener actualizado el carné de sanidad.
3 Cancelar oportunamente en secretaría la asignación acordada en el contrato.
4 Cumplir con la jornada laboral cuando el plantel lo requiera.
5 Observar diariamente intachable presentación personal.
6 Mantener ordenado, aseado y en perfecto estado de limpieza e higiene la sala de cafetería, muebles y demás
utensilios de uso y productos de consumo.
7 Darle una presentación decorosa al lugar.
8 Expender productos nutritivos de óptima calidad y a precios por debajo o igual a los del comercio local.
9 Atender las sugerencias que la formule el comité de bienestar o cualquier otra autoridad de la institución.
10 Las demás funciones que le sean asignadas, inherentes al cargo.
11 Responder por los elementos confiados a su cuidado.
12 Queda prohibido el expendio de cigarrillo, debidas alcohólicas y sustancias sicotrópicas .
13 Prestar el servicio sólo en horas de descanso (recreo) y actividades extractase.
CAPITULO VI
CRITERIOS ACADEMICOS, CURRICULARES Y PEDAGOGICOS
ARTICULO 70
SERVICIO SOCIAL DEL ESTUDIANTADO (S.S.E.) CRITERIOS PARA SU FUNCIONAMIENTO
El colegio construirá un proyecto pedagógico de Servicio Social, acorde con el Proyecto Educativo
Institucional, encaminado a resolver los principales problemas que se presentan en la comunidad, los cuales
pueden ser de tipo de alfabetización, salud, recreación, ecología, cultura, educación ciudadana, organización de
grupos juveniles y de previsión de factores socialmente relevantes, fomento de actividades físicas, prácticas e
intelectuales.
El rector del colegio dará a conocer en los tres primeros meses del calendario escolar, a los alumnos que cursan
los grados décimo y undécimo la ficha de inscripción para radicar en la institución y en la Oficina Regional de
Educación de Adultos de la Secretaria de Educación de Santander (Bucaramanga), los posibles proyectos que
se realizarán en el Servicio Social del Estudiantado. A la Oficina Regional de Educación de Adultos de la
Secretaria de Educación de Santander (Bucaramanga), se enviarán los proyectos y la relación de los alumnos de
los grados décimo y undécimo, certificados por el rector del establecimiento y por la Dirección de Núcleo o la
persona que lo represente en el municipio.
El rector del colegio mediante la primera reunión del concejo académico del año lectivo, delegará a los
directores de grupo u otro docente de la media técnica, la responsabilidad de la dirección y ejecución de los
respectivos proyectos durante el año escolar. Los alumnos que cursen el grado décimo (10) y undécimo (11) del
establecimiento deberán elaborar un proyecto que desarrolle las temáticas propuestas por la circular N° 0016
del 30 de junio de 2004 el cual deberá finalizar, a más tardar la última semana de octubre del calendario
académico. Las horas avaladas por los directores de grupo o docente encargado, corresponderán a actividades
incluidas dentro del respectivo proyecto, para la expedición del paz y salvo. Los alumnos que reciban su Paz y
Salvo quedarán registrados en el Libro de Control del Servicio Social del Estudiantado de la institución. De
acuerdo a la ley 115 de 1994, articulo 97 y su decreto reglamentario 1860 de 1994, articulo 39 y a la resolución
4210 de 1996, los alumnos que cursan en la actualidad el grado once (11), desarrollarán durante el año lectivo el
proyecto seleccionado, en un tiempo que cubra ochenta (80) horas como mínimo, para la obtención del título de
bachiller. Deben presentar el respectivo proyecto y la constancia del coordinador de la actividad.
ARTICULO 71
ESTRATEGIAS QUE ORIENTEN EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES ACADÉMICAS.
El consejo académico, con base en lo estipulado en el decreto 1860 de 1994 da a conocer a la comunidad
educativa los criterios para el desarrollo y cumplimiento de las actividades pedagógicas y curriculares en
concordancia con lo especificado en el SIE.
PAUTAS PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES ACADEMICAS
1
Todo estudiante con la firma de la matricula, se compromete a cumplir con las normas del manual de convivencia y
asume responsabilidades frente a las diferentes actividades académicas, deportivas, culturales y actitudes
comportamentales.
2 Gozar de todos los derechos que propenden por el pleno desarrollo de la personalidad.
3 Recibir una educación cimentada en valores.
4 Ser evaluado en concordancia con los lineamientos del SIE
5 Son asignaturas del plan de estudios:
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Nº ASIGNATURAS FUNDAMENTALES Y OBLIGATORIAS
1 Ciencias Naturales 10 Inglés
2 Química 11 Matemáticas
3 Física 12 Tecnología e Informática
4 Ciencias Sociales 13 Filosofía
5 Educación Artística 14 Ciencias Económicas y Políticas
6 Educación Ética y en Valores Humanos 15 Agrobiodiversidad
7 Educación Física, recreación y deportes 16 Practicas
8 Educación Religiosa 17 Proyectos
9 Humanidades y Lengua castellana
6
PROPOSITOS DE LA EVALUACION INSTITUCIONAL DE LOS ESTUDIANTES. Son propósitos de la
evaluación de los estudiantes en el ámbito institucional:
1. Identificar las características personales, intereses ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para
valorar sus avances.
2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el
desarrollo integral del estudiante.
3. que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.
4. Determinar la promoción de estudiantes.
5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento Institucional.
7
CRITERIOS DE EVALUACIÓN. En concordancia con el Proyecto Educativo Institucional se definen los
siguientes criterios:
1. La valoración del estudiante como ser personal en formación permanente.
2. El estímulo al ritmo individual de aprendizaje de cada estudiante.
3. La transformación del conocimiento adquirido en habilidades psicosociales y competencias básicas y laborales.
4. El consenso de la planeación de estrategias y formas de evaluación; y en la ejecución democrática de las
actividades de aprendizaje.
5. La apreciación de los pre saberes del estudiante y su capacidad para obtener información y usarla en la solución de
situaciones contextuales.
6. La aplicación de diferentes tipos de evaluación que permitan al estudiante reflexionar constantemente sobre su
avance en la adquisición de competencias.
7. La aprobación de los desempeños y competencias con un mínimo de exigencia de 60 puntos obtenidos en el
desarrollo de las actividades realizadas en cada área del conocimiento.
8. La aplicación de la evaluación de manera objetiva, ética, responsable y justa.
9. El fomento del trabajo en equipo que fortalezca el desempeño social del estudiante.
8
CRITERIOS DE PROMOCIÓN. Según el decreto 1290 del 16 de abril de 2009, serán promovidos al grado escolar
siguiente del que cursa:
1. Los estudiantes que al finalizar el año aprueben satisfactoriamente todas las asignaturas del plan de estudio.
2. Los estudiantes con una o dos asignaturas reprobadas, conservando el derecho de realizar las actividades de
nivelación para mejorar su certificado de calificaciones.
3. Los estudiantes que pierdan una asignatura, siempre y cuando el promedio ponderado final sea igual o superior a
76 puntos en su valoración cuantitativa, la valoración del área reprobada quedara con un juicio de desempeño básico.
Se exceptúa de este criterio el área técnica en los grados decimo y undécimo.
4. Los estudiantes con asistencia igual o superior a 85% en las actividades académicas habiendo aprobado las áreas
del plan de estudios.
5. Todo estudiante del grado undécimo que obtenga un puntaje en las pruebas SABER (ICFES), igual o superior a
58, en cualquier área análoga a las asignaturas del plan de estudios de la institución, esta se aprobará
automáticamente, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos académicos hasta finalizar el año lectivo. El
área técnica queda excluida de este beneficio, en todos los casos.
6. Todo estudiante del grado undécimo que obtenga un promedio general, igual o superior a 60 en las pruebas
SABER (ICFES), se promocionará automáticamente, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos académicos
exigidos por la institución hasta finalizar el año lectivo. Este beneficio no exime al estudiante de la presentación y
sustentación del proyecto de grado y el cumplimiento del servicio social.
7. El grado de preescolar se promueve automáticamente de conformidad con el artículo 10 del Decreto 2247 de
1997. Su promoción se realizara en el acto de clausura mediante la entrega de un certificado especial.
8. Los estudiantes con problemas de aprendizaje por su condición especial, se les orientara en un proceso que busque
mejorar su nivel de interacción social. (para consulta ante la sed)
9. La promoción de los estudiantes al grado siguiente la realizará el consejo académico previo informe de la comisión
de evaluación y promoción. Para tal efecto se elaborará un acta en la que se consignarán estas decisiones.
10. PROMOCION ANTICIPADA DE GRADO: se realizara conforme a lo estipulado en el artículo 7 del decreto
1290 del 16 de abril de 2009.
GRADUACIÓN: En la Institución se realizara solamente una ceremonia de graduación para los estudiantes de once.
En los otros niveles y ciclos se realizará ceremonia de clausura. En todo caso el lugar de la ceremonia de graduación
será el que la institución estipule.
El estudiante que no se presente a la ceremonia de graduación programada por la institución, recibirá el respectivo
diploma y acta de graduación en la secretaria del plantel.
35
9
1. El título de Bachiller se otorga a los estudiantes de grado once, que hayan aprobado todos los niveles y ciclos.
2. Los estudiantes que cursaron el nivel medio de “Bachillerato Técnico”, se les otorga dicho título haciendo constar
además en el mismo, la modalidad o especialidad que adelantaron.
3. La reprobación del área Técnica en cualquiera de los dos grados de la Media Técnica, no le permitirá al estudiante
graduarse, hasta que demuestre en la nivelación durante el año siguiente, el manejo de las competencias de dicha
área, y el diploma de bachiller será entregado en la secretaría de la institución.
4. Los estudiantes que se matriculen en grado once de Bachillerato Técnico que provengan de cursar décimo de
Bachillerato Académico u otra modalidad, deberán realizar un curso de nivelación en el área técnica que les permita
adquirir las competencias básicas para este nivel, con un cumplimiento mínimo del 70% de las actividades
programadas.
5. Es requisito para ser proclamado bachiller, haber cumplido con el servicio social estudiantil establecido por la
ley. (Art. 97 Ley 115 de 1994, Art. 39 Decreto 1860 de 1994, Resolución 4210 de 1996 y Circular 0016 del 30 de
junio de 2004)
6. El alumno que curse y apruebe el plan de estudios estipulado en programas de articulación con la Corporación
Acción y Progreso Sostenible (CAPS) o entidades de educación superior, recibirán el certificado respectivo otorgado
por la institución con la cual el plantel se encuentre articulado.
7. CERTIFICADO DE EDUCACIÓN BASICA: Los estudiantes que culminen su grado 9º y hayan aprobado el
año lectivo según lo estipulado en el presente sistema de evaluación de los estudiantes, recibirán un certificado que
conste la culminación de este Nivel de Educación Básica.
10
REPROBACIÓN:
1. El estudiante que obtenga desempeño bajo en tres o más asignaturas, se considera reprobado el grado y deberá
matricularse en el mismo grado.
2. No serán promovidos al grado siguiente, los estudiantes que hayan dejado de asistir al 15% de las clases y
actividades programadas por el plantel para el año escolar, sin excusa debidamente justificada y aceptada por el
colegio.
11
ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL Y SU EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL
Para efectos de la escala bimestral de valoración en cada una de las asignaturas, se tendrá en cuenta los siguientes
parámetros:
1. Se harán valoraciones por periodo de 2 a 25 puntos en cada asignatura en los niveles de básica primaria, básica
secundaria y media técnica.
2. La nota numérica se realizara en una escala de 1.0 a 10.0 Esta escala numérica equivaldrá cada bimestre a la escala
nacional de desempeños Superior, Alto, Básico y Bajo.
3. El acumulado de puntos obtenidos en los cuatro periodos de clase en los que está dividido el año lectivo, será la
calificación final de cada área del conocimiento siendo 8 el mínimo y 100 el máximo.
Parágrafo único: El comportamiento del estudiante será valorado de manera integral y se emitirán juicios en los niveles
de desempeño superior, desempeño alto, desempeño básico y desempeño bajo. Además los valores que se observan en los
estudiantes tendrán esta misma descripción.
12
ESTRATEGIAS DE VALORACION INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES. Todo
proceso evaluativo debe observar tres fases que garanticen la integralidad del mismo: COGNITIVO,
PROCEDIMENTAL Y ACTITUDINAL, teniendo en cuenta la siguiente tabla valorativa:
DESEMPEÑOS TABLA ANUAL DE
VALORACIÓN
TABLA DE VALORACIÓN POR
PERIODO
Cognitivo 40 puntos 10 puntos
Procedimental 20 puntos 5 puntos
Actitudinal 40 puntos 10 puntos
TOTAL 100 puntos 25 puntos
El empleo de la categoría niveles de desempeño ha generado en la práctica pedagógica no pocas polémicas en torno a
los grados de similitud y diferenciación con respecto a los ya conocidos niveles de asimilación del contenido, por
consiguiente, ofrecer algunas reflexiones sobre esta relación constituye el propósito fundamental del presente trabajo.
ESCALA
NACIONAL
ESCALA INSTITUCIÓNAL
VALORACIÓN POR
PUNTOS
EQUIVALENCIA
NUMÉRICA
DESCRIPCION DE DESEMPEÑO
PERIODO AÑO
Desempeño
Superior ( DS ) 23 - 25 92 - 100
9.2 – 10.0
Evalúa, sintetiza: Hace, crea, inventa,
diseña, juzga, selecciona, justifica, evalúa.
Desempeño
Alto( DA ) 19 -22 76 - 91
7.6 – 9.1 Aplica, analiza: calcula, resuelve,
determina, aplica
Desempeño
Básico ( DBa ) 15 - 18 60 - 75
6.0 – 7.5 Comprende: explica, parafrasea, describe,
interpreta
Desempeño
Bajo( DBj ) 2 - 14 8 - 59
1.0 – 5.9 Conoce: lista, define, identifica, perfila.
36
En el artículo se analizan consideraciones generales sobre los tres desempeños de asimilación por los cuales transita
el tratamiento del contenido en el proceso de enseñanza aprendizaje de los estudiantes. Se realiza una contraposición
con la categoría niveles de desempeño cognitivo para evaluar el grado de excelencia con que deben manifestarse los
conocimientos, las habilidades y las capacidades y se brindan valoraciones sobre la diferenciación entre ambas
categorías y sus respectivos alcances en el marco del proceso de enseñanza- aprendizaje. Para los desempeños
cognitivos y procedimental se desarrolla un proceso donde se apliquen las tres competencias básicas así:
1. INTERPRETATIVA: a partir de los pre saberes
2. ARGUMENTATIVA: a partir de los saberes
3. PROPOSITIVA: a partir de los resultados
Para el desempeño actitudinal, además de las tres competencias básicas, tendremos en cuenta los siguientes criterios
para unificar los procesos de evaluación de la actitud del estudiante, para todas las áreas:
1. Cumplimiento de horario
2. Uso adecuado del uniforme respecto a las normas del manual
3. Buena presentación y aseo personal
4. Orden del aula de clase
5. Cumplimiento en la presentación de tareas y trabajos asignados
6. Respeto y tolerancia con los docentes y compañeros
7. Compromiso frente a los trabajos en el aula
8. Actitud positiva frente al desarrollo de los temas
9. Interacción con los compañeros en trabajos grupales
10. Participación activa en el desarrollo de las clases
11. Cumplimiento con los materiales indispensables y concertados para cada área
12. Uso adecuado y buena presentación de los materiales
13. Conservación de los recursos naturales en todas las clases
13
ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS
ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR. Los docentes realizan con los estudiantes al finalizar cada
clase, tema, unidad o período, actividades como pruebas escritas, ensayos, conversatorios, diálogos personales o
grupales, exposiciones, tareas, prácticas de campo o de taller, ejercicios de afianzamiento y de profundización, tareas
formativas de aplicación práctica para desarrollar en la casa, contacto con los padres de familia para comprometerlos
y responsabilizarlos en el proceso formativo de sus hijos.
1. Se identificarán las limitaciones y destrezas de los estudiantes, para adecuar el diseño curricular a la realidad del
colegio y de la comunidad educativa.
2. Se harán reuniones con la Comisión de evaluación, especialmente cuando se presenten deficiencias notorias de
aprendizaje en algún grado o área, para que con la participación de estudiantes y padres de familia, se busquen
alternativas de solución y mejoramiento.
3. Los estudiantes que por su rendimiento académico hagan las veces de monitores frente a estudiantes con
dificultades académicas, recibirán beneficios académicos en el área o de servicio social si se trata de estudiantes del
nivel de media.
4. A criterio del docente, se programaran jornadas de refuerzo pedagógico para los estudiantes que presentes
dificultades académicas en cualquier área.
5. Se realizaran actividades de nivelación para estudiantes con desempeños bajos en las fechas programadas por la
institución.
14
COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCION. (Artículos 50 y 52 del decreto 1860, articulo 11 numeral
5 del decreto 1290 de 2009). En el colegio Técnico Lorenzo de Salazar, se conformaran comisiones de evaluación
y promoción de acuerdo con los niveles y grados que ofrece el plantel.
INTEGRANTES DE LA COMISION DE EVALUACIÓN Y PROMOCION
1 El rector
2 El coordinador
3 Docentes designados por el consejo académico
15
FUNCIONES DE LAS COMISIONES DE EVALUACION Y PROMOCION
1. Efectuar reuniones ordinarias mínimo una vez por periodo y extraordinarias cuando fuere necesario.
2. Recomendar periódicamente estrategias para mejorar el rendimiento académico del estudiante.
3. Definir los criterios de la evaluación y promoción de los estudiantes.
4. Orientar y hacer seguimiento del proceso evaluativo del establecimiento.
5. Velar para que el tiempo programado para los refuerzos y recuperaciones se destine a este fin.
6. Identificar a los estudiantes que por bajo rendimiento académico ameriten aplicar un acta de compromiso.
7. Recomendar la promoción anticipada en el primer periodo del año escolar, de los estudiantes que superen las
competencias.
8. Analizar los casos de reprobación de estudiantes al finalizar el año lectivo.
9. Identificar casos de estudiantes que ameriten reconocimiento por excelencia académica.
10. Dialogar en forma continua con los grupos de estudiantes sobre los avances y dificultades para estimular y
determinar la realización de actividades.
11. Consignar en acta las decisiones, observaciones y recomendaciones para los casos de reprobación.
12. Llevar en forma ordenada y completa las actas de las reuniones.
37
13. Establecer el reglamento interno de la comisión
16
ACTIVIDADES ESPECIALES COMPLEMENTARIAS. Los estudiantes que al finalizar el año escolar
obtengan desempeño bajo en las áreas del plan de estudio, recibirán de la comisión de evaluación actividades
especiales que serán asignadas por el docente del área y tendrán hasta la primera semana del primer periodo del
siguiente año académico consecutivo para presentarlas, fechas que deben estar en el cronograma escolar.
17
PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES. Además de las pruebas y actividades que el
docente realiza a sus estudiantes en forma permanente, se harán ejercicios y prácticas de reflexión, análisis e
interpretación, que le permitan al estudiante hacer autoreflexión y evaluaciones de carácter conceptual y formativo,
los cuales tiene un valor muy importante en la evaluación de final de período o de año que se haga, siempre y
cuando esa autoevaluación haya conducido al estudiante a mejorar en sus conocimientos, comportamientos y
motivación por el aprendizaje, tales como:
1. Autoevaluaciones que permitan realizar además, coevaluaciones entre los mismos estudiantes, como ejercicios
prácticos en la clase.
2. La autoevaluación tendrá un máximo de 2 puntos de la nota del periodo para cada asignatura o área, teniendo en
cuenta los siguientes criterios: responsabilidad y cumplimiento, asistencia, actitud frente a la clase, valoración del
conocimiento adquirido, comportamiento y participación.
3. Con la asistencia profesional del servicio de orientación escolar, se realizan seminarios prácticos que induzcan y
aclaren a los estudiantes, la importancia de saber emitir juicios de valor con responsabilidad y honestidad, sobre sus
destrezas y limitaciones.
18
ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS
PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES.
a) DURANTE EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE EN CADA PERIODO.
1. Corregir los errores conceptuales previos, asegurar los prerrequisitos necesarios.
2. Atender dificultades particulares de los estudiantes.
3. Proponer aplicación de conceptos corregidos en otras situaciones.
4. Realizar seguimiento al desarrollo de los procesos durante la clase.
5. Asignación de actividades que permitan superar los errores detectados y que se corrigieron.
6. Variación en las actividades pedagógicas que permitan la comprensión de lo desarrollado.
7. Motivación para aprender.
8. Permitir el trabajo en equipo.
9. Proponer actividades con utilización de material concreto y con actividades que le llamen la atención.
10. Asignación de tareas anteriores al desarrollo de las actividades, dichas tareas permitirán el “ repaso” de
condiciones previas.
11. Corrección de tareas y talleres asignados.
12. En el caso de que las dificultades se deban a falta de atención, inconvenientes familiares, personales,
económicos, inasistencia o enfermedad se dialogara y concertara con el estudiante.
13. En caso que las dificultades sean por indisciplina se hace llamado de atención, anotación en el observador y
dialogo con el estudiante, el orientador de grupo, psicóloga, coordinador, rector, y/o el padre de familia.
(Conducto regular del manual de convivencia)
14. Autoevaluación del estudiante que permita reconocer las dificultades y trabajar para superarlas.
15. Actividades de afianzamiento con los estudiantes monitores.
Realizar reuniones de docentes y directivos docentes para analizar, diseñar e implementar estrategias permanentes de
evaluación y de apoyo para la superación de debilidades de los estudiantes y dar recomendaciones a estudiantes,
padres de familia y docentes.
b) DURANTE ACTIVIDADES DE EVALUACION
1. Orientar el desarrollo de actividades de evaluación: escrita u oral de manera que permita el desarrollo de lo
asignado sin perturbar el proceso evaluativo.
2. Corrección de evaluaciones haciendo la anotación especifica del proceso a corregir.
c) POSTERIOR A ACTIVIDADES DE EVALUACION
1. Explicación de las dificultades detectadas, corrección de evaluaciones y evaluación posterior.
2. El estudiante que, una vez presentadas las actividades de nivelación, logre superar los desempeños reprobados,
obtendrá un juicio valorativo de desempeño básico.
3. Actividades de refuerzo en los temas con dificultades en las horas establecidas para tal fin.
d) FINALIZADO EL PERIODO
1. Asignación de actividades atendiendo las particularidades y niveles de aprendizaje y que le permitan
superar las dificultades ya identificadas.
2. Evaluación de los desempeños no alcanzados en el área para definir el periodo. El juicio superado solo se
valorara con desempeño básico.
Finalizado el periodo la coordinación, o quien haga sus veces, realizara la verificación del cumplimiento de lo
planeado, correlacionando los resultados con el trabajo en el área, para el desarrollo de las competencias
propias.
e) FINALIZADO EL AÑO ESCOLAR
La comisión de evaluación con el docente del área recomendará las actividades especiales complementarias de
nivelación para los estudiantes que agotados los anteriores mecanismos, persistan en la obtención de desempeños
BAJOS en cualquier asignatura, que deberán ser presentadas, demostrando avances que le permitan un puntaje
mínimo para el desempeño básico. (Cognitivo, procedimental y actitudinal).
1. Para estudiantes transferidos de otras instituciones que presenten insuficiencias en las asignaturas, se realizará un
38
proceso de refuerzo pedagógico, según horarios establecidos por la institución.
2. Los estudiantes nuevos que se matriculen al grado once, y provengan de otra institución con modalidad diferente a
la nuestra, deben cumplir con un mínimo del 75% de las actividades programadas en el área técnica para tener
derecho a optar el título de bachiller técnico. Dichas actividades complementarias las deberá realizar en contra
jornada escolar. El no cumplimiento de lo pactado, conlleva un programa especial de actividades que deberá
desarrollar en el siguiente año.
19
ACCIONES QUE GARANTICEN EL CUMPLIMIENTO POR PARTE DE DIRECTIVOS Y DOCENTES
PARA QUE CUMPLAN LO ESTABLECIDO EN ESTE SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN.
El colegio Técnico Lorenzo de Salazar tomará las siguientes acciones tendientes a garantizar el cumplimiento del
acuerdo “Sistema de Evaluación de los Estudiantes”:
1. Socialización a toda la comunidad educativa sobre los alcances y formas de aplicación de éste acuerdo, lo cual se
llevará a cabo a través de talleres, volantes, asambleas de padres de familia y estudiantes.
2. Para garantizar el cumplimiento de lo establecido en este acuerdo, la comisión de evaluación y promoción dentro
de las actas de asamblea ordinaria plasmará la constancia de cumplimiento o no, del presente acuerdo.
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PERIODICIDAD EN LA ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA. Durante el año lectivo
se entregarán a los estudiantes y padres de familia, cuatro informes con los juicios valorativos derivados de la
evaluación, con referencia a cuatro (4) períodos de igual duración correspondientes a cada bimestre del año escolar.
Estos informes serán escritos, descriptivos, explicativos, objetivos y en un lenguaje claro y accesible a la comunidad,
con dos escalas valorativas, una numérica y otra con la escala Nacional para la educación básica primaria, básica
secundaria y media técnica. Para el nivel de preescolar, los informes tienen un carácter descriptivo. Al finalizar el
año lectivo, se entrega el quinto (5º) informe, el cual incluye la evaluación integral del estudiante en su desempeño
académico, personal y social y será el registro escolar de valoración oficial del colegio. Los resultados de las
evaluaciones de las clases, unidades, trabajos, tareas, entre otros, se entregan a los estudiantes en la semana siguiente
a la realización de las mismas, y conocerán previamente a la entrega de los informes bimestrales, el resultado final
del bimestre, para las respectivas reclamaciones ante las instancias establecidas en el plantel, antes de ser pasadas a
los boletines informativos.
21
ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES. Los informes académicos que se entregan a los
padres de familia y estudiantes en cada periodo y el informe final, adoptan la estructura según el software adquirido
por la institución.
22
INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE
RECLAMOS SOBRE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN. Los estudiantes y padres de familia que consideren se
haya cometido alguna irregularidad en el proceso evaluativo, presentarán por escrito solicitudes respetuosas a las
siguientes instancias del plantel, para que sean atendidos sus reclamos:
1. El docente de la asignatura
2. El coordinador de la institución
3. El consejo académico
4. La comisión de evaluación
5. El Consejo Directivo
Parágrafo: las reclamaciones se harán por escrito para las instancias colegiadas 3, 4 y 5 dentro de los cinco días
hábiles de entregada la evaluación, las cuales serán resueltas en un tiempo no mayor a cinco días.
23
MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN
DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN. El Colegio Técnico Lorenzo de Salazar establece los
siguientes mecanismos de participación:
1. Presentación de propuestas por el personal docente.
2. Puesta en común y discusión de las propuestas por el colectivo de docentes y directivos.
3. Redefinición y elaboración de la propuesta con la participación del gobierno escolar.
4. Aprobación de la propuesta por el Consejo Académico.
5. Socialización de la propuesta ante el Consejo Estudiantil y grados que ofrece la institución.
6. Socialización de la propuesta en asamblea general de padres de familia.
7. Adopción de la propuesta por el Consejo Directivo.
8. Radicación de la propuesta en la Secretaría de Educación Departamental.
9. Ajustes a la propuesta atendiendo las recomendaciones de la Secretaría de Educación Departamental.
ADOPCION DEL MANUAL DE CONVIVENCIA