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LOS DISCURSOS DE LA “ACCOUNTABILITY” EN EL SISTEMA DE COOPERACIÓN ESPAÑOL RESUMEN DE LA INVESTIGACIÓN Diciembre de 2009 EQUIPO DE TRABAJO Alejandra Boni (coord.), Jordi Peris, Carola Calabuig y Andrés Hueso Grupo de Estudios en Desarrollo, Cooperación Internacional y Ética Aplicada Universidad Politécnica de Valencia Míriam Acebillo Baqué Instituto de Gobierno y Políticas Públicas (IGOP) Universitat Autònoma de Barcelona Rosemary McGee Grupo de Participación Institute of Development Studies

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LOS DISCURSOS DE LA “ACCOUNTABILITY”

EN EL SISTEMA DE COOPERACIÓN ESPAÑOL

RESUMEN DE LA INVESTIGACIÓN

Diciembre de 2009

EQUIPO DE TRABAJO

Alejandra Boni (coord.), Jordi Peris, Carola Calabuig y Andrés Hueso

Grupo de Estudios en Desarrollo, Cooperación Internacional y Ética Aplicada

Universidad Politécnica de Valencia

Míriam Acebillo Baqué

Instituto de Gobierno y Políticas Públicas (IGOP)

Universitat Autònoma de Barcelona

Rosemary McGee

Grupo de Participación

Institute of Development Studies

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Siglas y acrónimos

AECID Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo

ALPS Accountability, Learning and Planning System

CAD Comité de Ayuda al Desarrollo

CCAA Comunidades Autónomas

CONGDE Coordinadora de ONGD de España

CUD Cooperación Universitaria al Desarrollo

DAC Development Assistance Committee

DGPOLDE Dirección General de Evaluación y Planificación de Políticas de Desarrollo

EURODAD European Network on Debt and Development

FRIDE Fundación para las Relaciones Internacionales y el Diálogo Exterior

GAP Global Accountability Project

ICHRP International Council on Human Rights Policy

IUDC Instituto Universitario de Desarrollo y Cooperación

NNUU Organización de las Naciones Unidas

OCDE Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico

OCUD Observatorio de Cooperación Universitaria al Desarrollo

ODI Overseas Development Institute

OECD Organisation for Economic Co-operation and Development

OIT Organización Internacional del Trabajo

ONG Organización No Gubernamental

ONGD Organización No Gubernamental para el Desarrollo

RSC Responsabilidad Social Corporativa

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3

Tabla de contenidos

Siglas y acrónimos .................................................................................................... 1

Tabla de contenidos .................................................................................................. 3

Presentación ............................................................................................................. 5

1 Metodología ....................................................................................................... 7

2 Marco conceptual ............................................................................................... 9

2.1 Discursos académicos ................................................................................ 9

2.2 Discursos de los donantes ........................................................................ 14

2.3 Discursos desde las Organizaciones No Gubernamentales (ONGD) ........ 16

2.4 Discursos del sector privado ..................................................................... 19

3 Evidencias del análisis de las entrevistas ......................................................... 21

3.1 Discusión de la Hipótesis 1: Concepción de accountability en relación al

contexto ............................................................................................................... 21

3.2 Discusión de la Hipótesis 2: Prácticas y mecanismos ............................... 25

3.3 Discusión de la Hipótesis 3: Barreras a la accountability ........................... 27

3.4 Discusión de la Hipótesis 4: Procesos de cambio ..................................... 29

4 Implicaciones y recomendaciones .................................................................... 31

4.1 Implicaciones y recomendaciones para las administraciones públicas ...... 31

4.2 Implicaciones y recomendaciones en el ámbito de las ONGD ................... 34

4.3 Implicaciones y recomendaciones en el ámbito de las Universidades ....... 36

4.4 Implicaciones y recomendaciones en el ámbito de las empresas .............. 39

Referencias ............................................................................................................. 42

Anexos .................................................................................................................... 45

Anexo 1: Listado de actores entrevistados ........................................................... 45

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Presentación

La puesta en marcha de procesos recientes como el de la mejora de la eficacia de la

ayuda, que tiene en la Declaración de París de 2005 su principal instrumento, hace

que desde los ámbitos más oficiales de la cooperación al desarrollo se planteen

principios como los de apropiación, armonización o mutua accountability1, como

aquéllos que deben regir las intervenciones de cooperación y las relaciones entre

donantes y países socios.

Este trabajo se sitúa en el marco de este contexto actual internacional, dentro del

esfuerzo llevado a cabo desde la cooperación española para la mejora del sistema de

cooperación, cuyo ejemplo más visible es la elaboración y aprobación del Plan Director

de la Cooperación Española 2009-2012. El proyecto que presentamos entiende que,

en el marco de estos procesos, es un aspecto fundamental para la mejora de la

calidad de la ayuda preguntarse qué significados se da a la accountability en el ámbito

del desarrollo, y qué grado de reflexión existe en torno a este tema en el sistema de

cooperación al desarrollo en España. Por lo tanto, el objetivo del estudio es:

Profundizar en los distintos discursos sobre accountability de los diferentes

actores del sistema de cooperación internacional español y examinarlos a la luz

de las distintas interpretaciones teóricas sobre la rendición de cuentas en el

desarrollo.

Para ello, se llevó a cabo una investigación entre junio de 2008 y noviembre de 2009

por parte de un equipo de trabajo de seis personas: Alejandra Boni, Jordi Peris, Carola

Calabuig y Andrés Hueso (Grupo de Estudios en Desarrollo, Cooperación y Ética de la

Universidad Politécnica de Valencia), Rosemary McGee (Grupo de Participación del

Institute of Development Studies del Reino Unido) y Míriam Acebillo (IGOP de la

Universitat Autònoma de Barcelona). El trabajo de investigación ha contado con el

apoyo de la Dirección General de Planificación de la Secretaría de Estado para la

Cooperación y para Iberoamérica.

1 Empleamos el término anglosajón en nuestra investigación por las razones que se exponen en el documento principal de la presente investigación sobre los discursos de la accountability en el sistema de cooperación español.

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El resumen de la investigación sintetiza el marco teórico empleado, las evidencias

obtenidas y las implicaciones y recomendaciones que se sugieren para los distintos

actores del sistema de cooperación español.

El resumen comienza con una referencia a los objetivos y a la metodología de la

investigación, y continúa con una síntesis de las principales aportaciones del marco

teórico. Seguidamente expone las evidencias obtenidas del análisis de las entrevistas,

y finaliza con las implicaciones y recomendaciones para los distintos actores del

sistema de cooperación español.

Queremos agradecer a todos los entrevistados y entrevistadas su colaboración en este

estudio, que pretendemos contribuya a arrojar más luz sobre uno de los temas de

mayor relevancia en el debate actual sobre la eficacia de la ayuda al desarrollo.

Las autoras y autores

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1 Metodología

Como se ha indicado, el objetivo del estudio es el siguiente:

Profundizar en los distintos discursos sobre accountability de los diferentes actores del

sistema de cooperación internacional español y examinarlos a la luz de las distintas

interpretaciones teóricas sobre la rendición de cuentas en el desarrollo.

A partir de este objetivo, se acordaron las cuatro hipótesis de la investigación, cuya

discusión ha servido para orientar el proceso de investigación y estructurar los

hallazgos:

Hipótesis 1: Los actores del sistema de cooperación español incorporan la

accountability a nivel teórico, con concepciones restringidas2 en cuanto a naturaleza,

alcance, actores y mecanismos que están fundamentadas en la evolución del propio

contexto español (visiones y sistemas asociados a la cooperación del desarrollo,

atomización de los esfuerzos, poca investigación y reflexión conceptual...).

Hipótesis 2: Se dan prácticas y mecanismos de accountability pero son limitadas

frente a las concepciones de los propios actores.

Hipótesis 3: Hay barreras técnicas y políticas de tipo vacío/sesgo/captura que influyen

el sistema de accountability en la cooperación al desarrollo en España.

Hipótesis 4: En la actualidad se detectan procesos de cambio que tienden a acercar

el sistema de cooperación al desarrollo español a los estándares y prácticas de

accountability identificados a nivel internacional.

Para poder dar respuesta a las hipótesis, el equipo de trabajo acordó seguir la

siguiente metodología:

• Análisis de la bibliografía y los debates críticos sobre la accountability en el

sistema global de gobernanza. Desde el mes de junio de 2008 hasta el mes de

octubre del mismo año, se revisó numerosa bibliografía sobre discursos de la

2 En relación al marco de análisis y reseña bibliográfica realizada.

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accountability provenientes de 1) Discursos académicos; 2) Discursos de donantes

relacionados con la propuesta consensuada de la Declaración de París (OCDE

2005) y el posterior Programa de Acción de Accra (OCDE 2008); 3) Discursos

desde las ONGD; y 4) Discursos en el sector privado relacionados

fundamentalmente con las distintas concepciones sobre Responsabilidad Social

Corporativa (RSC) elaboradas por organismos internacionales, la sociedad civil y la

iniciativa privada. También se incluyó una descripción del sistema de cooperación

español, caracterizado como un sistema multinivel de gobernanza.

• Realización de entrevistas a 37 personas pertenecientes a 32 organizaciones

representativas de Gobiernos Central, Autonómicos y Municipales, de ONGD,

del sector privado, de Universidades, así como miembros de la Academia.

Con la información obtenida del análisis bibliográfico, se construyó el cuestionario

para los entrevistados. Las entrevistas se realizaron entre noviembre de 2008

hasta febrero de 2009 en Madrid, Comunidad Valenciana, Cataluña y País Vasco.

En el anexo 1 se adjunta un listado de las entrevistas realizadas. Todas las

entrevistas fueron transcritas literalmente por el equipo de trabajo.

• Exploración y análisis de la información. A partir de las 4 hipótesis se

establecieron distintas variables. Posteriormente, se acordó un conjunto de

códigos en relación a las hipótesis y variables planteadas que, mediante la

utilización del software HyperRESEARCHTM (programa para el análisis cualitativo),

permitió relacionar las variables en el conjunto de entrevistas codificadas. Este

trabajo se prolongó desde marzo de 2009 hasta septiembre de 2009.

• Sistematización y difusión de la información. Con el conjunto de evidencias de

las entrevistas se elaboraron la discusión y las recomendaciones. El proyecto

concluye en noviembre de 2009 con la redacción del informe de investigación y el

informe ejecutivo, quedando pendiente para el año 2010 la difusión de los

resultados de la investigación destinados a contribuir al mejoramiento de las

prácticas.

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2 Marco conceptual

Como se mencionó con anterioridad, durante la investigación se realizó un extenso

análisis de fuentes bibliográficas para caracterizar las visiones de la accountability

dentro del mundo del desarrollo y la ayuda a nivel internacional. En particular, se

estudiaron 1) los discursos académicos; 2) los de los donantes relacionados con la

Declaración de París (OCDE 2005) y el posterior Programa de Acción de Accra

(OCDE 2008); 3) los discursos desde las ONGD; 4) los discursos en el sector privado

relacionados con la RSC.

A continuación exponemos un breve resumen de los hallazgos encontrados en los

cuatro ámbitos anteriores, correspondientes a los discursos de los diferentes actores,

diferenciando en todos ellos entre:

• Conceptualización de la accountability (qué es, para qué)

• Actores predominantes (quién)

• Mecanismos (cómo) y espacios de gobernanza(dónde)

2.1 Discursos académicos

Se han encontrado numerosas definiciones y caracterizaciones del término

accountability en la bibliografía académica. Una primera definición es la que ofrecen

Goetz and Jenkins (2005), que describen la accountability como la relación donde A

rinde cuentas a B de algo, si A está obligado a explicar y justificar sus acciones a B, o

si A puede sufrir sanciones si su conducta, o su explicación sobre la misma, no da la

talla según B. Además, esta definición permite distinguir entre dos dimensiones de

accountability a las que en inglés suele llamarse answerability y enforceability

(Goetz and Jenkins 2005; Newell and Bellour 2002b). Answerability (obligación de dar

respuesta y derecho a obtenerla) tiene que ver con la obligación de dar información

sobre las acciones de uno, así como justificar su idoneidad y corrección. Por otro lado,

enforceability (capacidad de exigir o hacer cumplir) está relacionada con la capacidad

de llevar a cabo una acción cuando falla la accountability o las reglas de juego

establecidas, incluyendo el acceso a mecanismos de corrección (y penalización).

Ambos componentes de la accountability pueden relacionarse con formas más

débiles o fuertes de la misma, en cuanto a los mecanismos de sanción que incluyen.

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Otra caracterización de la accountability es la que distingue entre perspectivas

substancialistas y perspectivas relacionales (Eyben 2008). La perspectiva

substancialista implica un énfasis en mecanismos contractuales para asegurar la

existencia de accountability. Desde perspectivas relacionales, la accountability es

percibida como una forma particular de relaciones sociales modificadas por contextos

y trayectorias históricas específicas. En ellas, el poder y la significación de la política

local y global son importantes (Eyben 2008: 20).

Otro de los debates clave en los que se enmarca la discusión sobre accountability es

el papel que ésta juega, o debería jugar, en sistemas y procesos como la democracia

representativa, la democracia participativa u otros sistemas de gobernanza

democrática. En esta línea, accountability puede comprenderse como una abreviación

de la expresión accountability democrática, implicando la rendición de cuentas a la

ciudadanía y al marco de normas e instituciones sobre las que se estructura el sistema

de gobernanza. A su vez, accountability puede también situarse en el marco de

obligaciones y derechos democráticos, y, en general, con perspectivas basadas en

derechos (Goetz and Jenkins 2005; Eyben and Ferguson 2004; Piron 2005). Los

Enfoques al desarrollo Basados en Derechos utilizan los Derechos Humanos como

marco para guiar y establecer las agendas de desarrollo (Nyamu-Musembi 2002;

Moser et al. 2001) y, como tal, representan una apuesta para democratizar el

desarrollo y la cooperación, de ahí el papel primordial que juega la accountability en

ellos.

Es conveniente también remarcar otras distinciones o caracterizaciones que son clave

para comprender cómo el concepto está evolucionando. Por un lado, es posible

diferenciar entre accountability de jure y de facto ya que, como resaltan Goetz y

Jenkins (2005), en el mundo real a menudo existe la diferencia entre quien tiene que

rendir cuentas en base a una ley o un procedimiento aceptado, y quien debe hacerlo

porque un poder práctico puede imponerle una sanción. Otra cuestión a considerar al

analizar sistemas de accountability es la diferencia entre la ex post y la ex ante. Así,

si tradicionalmente la accountability es vista como una explicación en retrospectiva de

acciones pasadas (ex post), otras visiones más radicales plantean la información

pública de acciones antes de realizarse, y promueven la implicación ciudadana en

base a procesos de consulta y deliberación (ex ante) (Newell and Wheeler 2006). Otra

de las aclaraciones realizadas por Newell y Wheeler (2006) es que accountability no

es sinónimo de responsiveness (en cuanto a estar abierto a escuchar) ni de

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responsabilidad (más ligada a una subjetividad moral, que no tiene por qué ser

requerida técnicamente o legalmente).

En relación con los actores, las perspectivas tradicionales y más convencionales

entienden la accountability como una forma de proporcionar a la ciudadanía los

medios para controlar el comportamiento de los actores a los que ha delegado el

poder. Así, éstas toman como actor principal al Estado (políticos, funcionarios y

técnicos o instituciones públicas). Desde estas perspectivas centradas en el Estado,

éste se relaciona y debe rendir cuentas a su ciudadanía (lo que se denomina

accountability vertical, donde los procesos electorales son una de las formas

clásicas). También se contempla que el Estado rinda cuentas mediante sistemas de

accountability horizontales, que consisten en relaciones formales dentro del mismo

aparato del Estado. Sin embargo, concepciones más amplias que toman en cuenta la

reconfiguración de las relaciones de poder entre todos los actores del desarrollo, nos

llevan a comprender la accountability vertical como aquella que atañe a un actor

rindiendo cuentas hacia otro, desde una relación de poder desigual. La accountability

horizontal, por otro lado, caracterizará la rendición de cuentas voluntaria o

autoimpuesta entre actores que no tienen entre sí diferencias significativas de poder.

Nuevamente, en su detallado análisis sobre la transformación de la accountability,

Goetz y Jenkins (2005: 9) nos proporcionan una distinción útil en relación a los

actores: el agent (el obligado a rendir cuentas) entendido como el término legal

referido a aquél al cual se le ha delegado poder: apoderado o representante; y el

seeker (aquel que tiene el derecho a pedir accountability) que es la fuente legítima del

poder o poderdante. Desde su punto de vista, la distinción anterior es enormemente

fluida, ya que hay muchas instituciones que tienen o juegan en los sistemas de

accountability el doble rol. A su vez, remarcan que un elemento clave de la nueva

agenda de la accountability es la reasignación de roles entre los actores en las

relaciones de accountability.

Otro análisis de interés para los propósitos del presente estudio es la clasificación

realizada por Newell sobre tipos de accountability. A continuación se presenta una

síntesis de su categorización (Newell 2006; Newell and Bellour 2002a):

1. Accountability política: Relacionada con la democracia delegativa y

representativa, toma como actor principal al Estado en sus relaciones con la

ciudadanía y entre sus propias instituciones. Es principalmente concebida

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como ex post e incorpora los sistemas de accountability verticales y

horizontales.

2. Accountability social: Las raíces de su legitimidad se basan en los discursos

basados en derechos, explora las formas en que la acción de la ciudadanía

redefine las relaciones entre ciudadanos y sus representantes políticos.

3. Accountability financiera: Está vinculada con el funcionamiento de las

organizaciones, sus resultados o su contabilidad. Puede distinguirse de la

accountability política porque se autoproclama apolítica o técnica. Está

expandiendo sus mecanismos desde perspectivas centradas en la contabilidad

al uso de indicadores sobre integridad financiera o eficiencia. En este tipo de

perspectivas pueden situarse las nociones de accountability administrativa

vinculadas a la nueva gestión pública.

4. Accountability civil: Recoge otro tipo de perspectivas provenientes de actores

no estatales, a menudo informales. Se entienden como expresión de

ciudadanía activa, están menos dirigidas a las instituciones del Estado y

envuelven diferentes tipos de activismo. A su vez, este tipo de estrategias

pueden relacionarse con lo que Newell y Wheeler (2006) denominan

accountability activa, es decir aquella que es continuamente negociada y que

asume tanto el derecho como la capacidad de articular demandas; o

accountability pasiva, en la que la autoridad para actuar en nombre de otros

es conferida a líderes de comunidades, líderes de ONGD y, por supuesto,

Gobiernos. Puede hacerse un paralelismo entre la accountability activa y

pasiva con visiones de accountability ‘desde abajo’ o ‘desde arriba’.

En relación con los mecanismos y espacios de gobernanza, las perspectivas

académicas muestran que los mecanismos clásicos de accountability, como las

elecciones, no son suficientes, y prueba de ello es la proliferación de alternativas,

demandas e iniciativas de accountability que han surgido alrededor del mundo. Esta

transformación de las relaciones, sistemas y expectativas en torno a la accountability

que venimos contando, puede producir o evidenciar brechas o vacíos de

accountability, entendidos como el espacio que se produce cuando se da un cambio

en la autoridad política (entre el Estado y el mercado, por ejemplo) sin que se

produzcan a su vez nuevos mecanismos de accountability para llevar a cabo un

seguimiento de su acción. Goetz y Jenkins (2005) determinan que los fallos o fracasos

de accountability tienen dos causas principales: la captura por los intereses de las

élites o uso ilegal del poder público para beneficio privado (principalmente en forma de

clientelismo o corrupción); y el sesgo, refiriéndose a prácticas que no son ilegales o

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motivadas por el deseo de beneficio privado, pero que aún así implican decisiones que

benefician a grupos ya aventajados. Ahondando en la perspectiva anterior, si los fallos

por captura o sesgo son detectados por Goetz y Jenkins como principales barreras a

la accountability, Chambers y Pettit (2004: 140) plantean que para contribuir a una

ayuda más inclusiva es ineludible comprender el poder y buscar mecanismos para

modificar su distribución entre los actores.

En relación al cómo se realiza la accountability, vale la pena también destacar otras

tres ideas provenientes de discursos académicos. En primer lugar, se resalta que las

sociedades son las que definen estándares, con el objetivo de decidir en qué aspectos

los Gobiernos deben rendir cuentas. Estas definiciones dependen del tiempo, así

como de los contextos culturales, políticos y socioeconómicos en los que nos

movamos. En segundo lugar, a menudo existen vacíos entre los estándares morales o

criterios básicos de justicia, y los procedimientos oficiales. Estas brechas tienen

implicaciones políticas. De esta manera, se da una desconexión entre las expectativas

de contar con unos estándares más minuciosos de accountability y justicia, y la

inadecuación de los medios y reformas institucionales para acomodarlas (Goetz and

Jenkins 2005: 136-137). En tercer lugar, se enfatiza la importancia del cambio de

actitudes de los distintos actores para que se den transformaciones en las formas de

accountability. El uso de expresiones como ‘accountability mutua’ o ‘titularidad

nacional o del Estado’ pueden reflejar este tipo de necesidad (Eyben 2008; Goetz and

Jenkins 2005: 136).

En cuanto a los espacios de gobernanza donde se producen mecanismos de

accountability y actúan los diferentes actores implicados, distintas perspectivas

académicas dan cuenta de la existencia de sistemas de gobernanza multinivel,

término que describe las diferentes capas de autoridad interdependientes que

caracterizan al mundo global actual. ¿Cómo ha afectado esta redefinición de espacios

a la accountability que puede ser legítimamente esperada? Según Goetz y Jenkins, la

reorganización de lo que ellos denominan “jurisdicciones de accountability” tiene

tres dimensiones (Goetz and Jenkins 2005: 110-133): La primera es que ha habido

una expansión de las jurisdicciones de accountability. Ejemplo de ello es la manera en

que, más allá de las fronteras del Estado, actores tanto de niveles locales o nacionales

como internacionales están buscando accountability mediante la persecución de

violadores de Derechos Humanos, o pleitos contra corporaciones. La segunda

dimensión tiene que ver con una localización de las jurisdicciones de accountability

que ha venido de la mano de la promoción de la gobernanza descentralizada y de la

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devolución alrededor del mundo. Así, se dan a nivel local demandas de accountability

vinculadas a la Justicia, el Gobierno o la gestión de servicios. La tercera dimensión

descrita por los autores es definida como jurisdicciones de accountability virtuales. Se

trata de un ejemplo que describe la profusión de nuevos métodos y mecanismos para

promover la accountability (el cómo) coincidiendo con la emergencia de nuevos

espacios en los que puede ser demandada. En este sentido, el ciberespacio, usado

como lugar y como método, da cuenta de multitud de iniciativas surgidas a nivel

mundial para el refuerzo de la accountability.

2.2 Discursos de los donantes

En relación con la concepción de accountability por parte de los donantes, nos hemos

de referir a la Declaración de París de 2005 para la mejora de la efectividad de la

ayuda. En ella no hay ninguna definición explícita del término, pero su uso en el

documento se vincula a las categorías de accountability política y financiera

planteadas por Newell (Newell 2006; Newell and Bellour 2002a). La lógica de la

Declaración de París comprende que la mejora de la efectividad de la ayuda pasa por

la mejora de la accountability. En efecto, entendiendo que la ayuda es eficaz cuando

posibilita que los países consigan sus propios objetivos de desarrollo, para la OCDE

esto pasa porque se den tres condiciones: predecibilidad, accountability y efectividad

en cuanto a coste (OECD-DAC 2008). Asimismo, en la Declaración de París y en sus

documentos de seguimiento o de discusión posteriores, aparece específicamente el

principio de ‘mutua accountability’. La encuesta de 2006 realizada por el CAD

(OECD 2007) explica que el concepto de mutua accountability es una importante

innovación introducida por la Declaración de París, que desarrolla la idea de que la

ayuda es más efectiva cuando tanto donantes como los “Gobiernos socios” (op.cit.

partner governments) rinden cuentas a sus respectivos públicos sobre el uso de los

recursos para conseguir resultados de desarrollo, y cuando a su vez se rinden cuentas

el uno al otro. El indicador número 12 es el único directamente referido a la mutua

accountability, y evalúa si existe implementación de compromisos conjuntos de

partenariado y acuerdos locales para fomentar la eficiencia de la ayuda (OECD 2007:

36).

Sin embargo, en un trabajo posterior impulsado por el Ministerio de Asuntos Exteriores

de Dinamarca (Wood et al. 2008), donde se evaluaba el proceso de la Declaración de

París, se sostiene que no existe apenas información sobre la mutua accountability.

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Tanto es así que, en el llamado Programa de Acción de Accra de 2008, la expresión

mutua accountability pierde la importancia que se le había conferido en la Declaración

de París: no aparece en ningún título principal, únicamente lo hace en los párrafos 19

y 31 de forma genérica. En relación a la accountability, Accra plantea una

profundización de los procesos de debate parlamentario y social (referido al debate

que involucra a actores de la sociedad civil), tanto en países socios como donantes.

Asimismo, en el encuentro en Accra también se lanza la Iniciativa Internacional para la

Transparencia de la Ayuda3 .

En un documento elaborado desde el ODI en 2006 sobre la promoción de la mutua

accountability en las relaciones de la ayuda al desarrollo, analizan el concepto de

mutua accountability manejado en la Declaración de París y critican su foco en

aspectos únicamente de answerability, y no en la dimensión de enforceability (de

Renzio and Mulley, 2006). Sin embargo, los autores concluyen que la promoción de la

mutua accountability entre donantes y países receptores podría contribuir a equilibrar

los desequilibrios de poder intrínsecos a las relaciones de ayuda.

En relación con los actores predominantes, la Declaración de París se basa en una

perspectiva fuertemente centrada en el Estado. En particular, la mutua accountability,

en el contexto de la Declaración de París, se refiere principalmente a las relaciones

entre donantes y países socios (Droop et al. 2008: 1). Esta perspectiva es matizada al

cabo de tres años con el Programa de Acción de Accra (OCDE 2008), donde de

manera más amplia se invita a participar en el proceso a todos los actores vinculados

al desarrollo y a sus políticas.

En relación con los mecanismos, en la Declaración de París se adopta una

perspectiva basada en la gestión orientada a resultados, que es definida como

“gestión e implementación de la ayuda con vistas a los resultados deseados y

utilizando la información para mejorar las tomas de decisión” (OCDE 2005: párrafo 43).

Las encuestas de seguimiento de la Declaración de París evalúan la accountability

mediante la definición de indicadores sobre la existencia y el desempeño aplicado a la

ayuda de algunos de los sistemas convencionales de accountability indicados

anteriormente (Goetz and Jenkins 2005: 46-50): sistemas de gestión y de información

3 International Aid Transparency Initiative (IATI) es una campaña global lanzada el 4 de septiembre 2008 en Accra con el objetivo de fomentar la transparencia en la AOD. Se llegó al acuerdo de trabajar en un modelo estándar para presentar los datos sobre la transparencia de la ayuda que será presentado en el 2010. Fuente DFID: http://www.dfid.gov.uk/Global-Issues/Working-to-make-Global-Aid-more-effective/International-Aid-Transparency-Initiative/

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en el seno del Estado; las agencias de supervisión y de regulación; la gestión del

gasto público.

Los dos principales documentos del proceso París/Accra (Declaración y Programa)

conciben la corrupción y la falta de capacidad de los países receptores como los

principales obstáculos a la accountability. Así, su visión redunda en el fallo de

accountability por captura y no se reflexiona sobre el sesgo o la diferencia de poder

como causas del problema.

Aunque el concepto de gobernanza no tiene un papel importante en la Declaración de

París o en Accra, la propia Declaración es una herramienta clave para la gobernanza

de la ayuda misma. Aún así, por el texto se deduce que el nivel y espacio de

gobernanza considerado fundamentalmente en la Declaración de París es el nacional

o estatal. En el mismo sentido que en cuanto a lo comentado sobre los actores, el

Programa de Acción de Accra considera la posibilidad de que los Gobiernos Locales

se involucren, aunque sin ahondar en la manera de hacerlo (OCDE 2008).

2.3 Discursos desde las Organizaciones No Gubernamentales

(ONGD)

Para comprender el debate sobre accountability y ONGD desde una perspectiva

histórica, pueden establecerse dos tendencias principales que enmarcan los discursos

desde 2002 hasta nuestros días (Jordan and Van Tuijl 2006: 12-13). La primera refleja

la vuelta del Estado como actor e instrumento principal del desarrollo. Desde esta

perspectiva, las ONGD deben ser controladas bajo marcos de gobierno legítimos, por

lo que el enfoque de accountability prioriza la “proyección de credibilidad y la

promoción de control externo (estatal)”. En la segunda tendencia, desde un enfoque

basado en derechos, las ONGD son vistas como actores que contribuyen a la

gobernanza democrática, y en ella la percepción de accountability está enfocada a

“equilibrar múltiples responsabilidades hacia diferentes actores involucrados, utilizando

diversidad de mecanismos, apoyando homologación en lugar de regulación” (Jordan

and Van Tuijl 2006: 12-13).

En cuanto experiencias innovadoras de accountability surgidas desde las ONGD,

distintos autores resaltan lo emblemático de la adopción, por parte de ActionAid

International, de una perspectiva basada en derechos (Jordan and Van Tuijl 2006: 18;

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Chambers and Pettit 2004: 147). En esta experiencia, con el objetivo de repensar la

estructura interna de manera que los desfavorecidos y sus organizaciones tengan el

espacio para estar centralmente involucrados en la formulación, implementación y

seguimiento de su propio desarrollo, se pone en marcha ALPS (Accountability,

Learning and Planning System4). En palabras de la propia organización, ALPS se

diseña con la “finalidad de profundizar en [la responsabilidad de ActionAid de] rendir

cuentas a todas las partes interesadas, en particular a las personas pobres y excluidas

con quienes trabajamos; garantizar que todos nuestros procesos crean espacio para la

innovación, el aprendizaje y la reflexión crítica, además de reducir la burocracia

innecesaria; garantizar que nuestra planificación sea participativa y sitúe el análisis de

las relaciones de poder y el compromiso de mirar los derechos -en particular, los

derechos de las mujeres- como el centro de todos nuestros procesos” (ActionAid

International 2006: 5).

Otras iniciativas provenientes del sector de las ONGD que han conceptualizado la

accountability son el Global Accountability Project (GAP) de One World Trust y

AccountAbility. Ambas incorporan en su concepción al sector privado. La primera,

porque su marco conceptual sirve para evaluar tanto a organizaciones sin ánimo de

lucro como a corporaciones. La segunda, porque entre sus miembros hay ONGD, pero

también empresas.

One World Trust define accountability como los procesos mediante los cuales una

organización toma el compromiso de responder y equilibrar las necesidades de los

stakeholders en sus procesos de toma de decisión y actividades, así como de

responder a este compromiso (Blagescu et al. 2005: 20). El marco está ampliamente

enfocado a la mejora de la accountability en todas las áreas de una organización y

aporta una visión de gestión. A su vez, en base a las cuatro dimensiones de

accountability definidas, apunta los retos a los que se enfrentan organismos

internacionales, corporaciones transnacionales y ONGD internacionales.

Por otro lado, en el documento “Development as Accountability” (Litovsky and

Macgillivray 2007), la organización AccountAbility explica los fundamentos de su

concepción. Desde su perspectiva, las ‘iniciativas de colaboración’5 entre

partenariados multisectoriales (colaboración público-privada) están emergiendo como

4 Traducido por la organización como Alps, Sistema de rendición de cuentas, Aprendizaje y Planificación (ActionAid Internacional 2006). 5 En el original, Collaborative Initiative (CI)

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la innovación institucional del siglo XXI para encarar el desarrollo (Litovsky and

Macgillivray 2007: 15). Así, es clave establecer ‘marcos de gobernanza de

colaboración’6 (i.e. procesos y mecanismos mediante los cuales se toman las

decisiones en las iniciativas de colaboración) que integren mutua accountability.

Volviendo al marco de la Declaración de París, EURODAD critica el uso del término

mutua accountability. La califica como una aspiración normativamente buena, aunque

se queda en aspiración debido principalmente a su carencia de una visión realista

sobre las relaciones de poder en las que se basa el sistema de ayuda. También se

resalta que la mutua accountability requiere la implicación y participación de la

ciudadanía. Además, se destaca que en el sistema actual no hay posibilidad de buscar

accountability en los donantes, apuntando la necesidad de aportar a la mutua

accountability una dimensión de enforceability (Hayes and Pereira 2008: 45). El

documento tiene un carácter de demanda, y aporta información sobre casos

concretos, pero no encontramos, sin embargo, un debate más profundo de la

concepción de mutua accountability.

En relación con los actores, el rango de actores considerado en procesos de

accountability es muy amplio y, de una u otra manera, sitúan al sector privado como

actor fundamental para la accountability del desarrollo.

Por lo que se refiere a los mecanismos de la accountability, se detectan tres

recomendaciones que provienen del sector de las ONGD: la primera refleja la

inadecuación de establecer patrones que no tengan en cuenta las diferencias de

contexto, ya que “la interdependencia entre el contexto local y la accountability de las

ONGD es crucial para el desarrollo exitoso de mecanismos” (Jordan and Van Tuijl

2006: 16). Otra de las recomendaciones tiene que ver con las perspectivas

participativas. Bendell explica que, aunque no está exenta de problemas, la promoción

de métodos participativos para evaluar proyectos de desarrollo ha sido en parte una

respuesta al desafío de potenciar la accountability “hacia abajo” (Bendell 2006: 20-21).

La tercera recomendación que puede extraerse de la bibliografía, tiene que ver con la

importancia de adoptar enfoques de desarrollo basados en derechos, por encarnar

éstos una apuesta por hacer más accountable los procesos de desarrollo y de

cooperación en general.

6 En el original, Collaborative Governance Framework (CGF)

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En relación a la accountability de las ONGD hacia sus ‘representados’ y la ciudadanía

en general, se remarca la importancia de la existencia de mecanismos de

transparencia e información de las actividades de las ONGD (Bendell 2006: 35). En

cuanto al uso de la ‘voz’ (por expresión o demanda) de los colectivos representados

por parte de las ONGD, Bendell enfatiza la necesidad de establecer criterios para

evaluar la legitimidad de esta utilización.

Las perspectivas de ONGD funcionan en el marco de una visión de gobernanza

multinivel y compleja, en la que el ámbito global e internacional es sumamente

importante. Desde EURODAD, por ejemplo, se es consciente de que el sistema

internacional actual dificulta la mutua accountability (Hayes and Pereira 2008: 51). Por

otro lado, el GAP argumenta de manera explícita que las formas tradicionales de

accountability ya no son apropiadas para comprender la accountability en un contexto

de gobernanza multinivel (Blagescu et al. 2005: 13).

2.4 Discursos del sector privado

Se han utilizado diversos términos para describir los derechos y obligaciones de las

corporaciones. La ‘accountability corporativa’ ha sido usada, desde una perspectiva de

gestión, para referirse a cuestiones de aportación de datos, auditorías y seguimiento

de las actividades de negocio. La Responsabilidad Social Corporativa (RSC), por otro

lado, implica un acto más discrecional por parte de las compañías cuando consideran

su rol e impacto en un conjunto más amplio de actividades corporativas.

El modelo de RSC ha sido muy criticado, censurando su apariencia publicitaria y de

marketing o su carácter excesivamente voluntario y autorregulatorio. Principalmente,

se argumenta que la perspectiva sólo está basada en la dimensión de answerability,

pero no de enforceability (Garvey and Newell 2004: 4). En este sentido, las

perspectivas basadas en derechos desde la sociedad civil vienen siendo claves en

demandar una accountability más fuerte y sancionadora para las corporaciones

(ICHRP 2002).

En relación con los actores predominantes, los que abogan por la RSC acostumbran a

mostrar una actitud en contra del Estado como mejor marco para el desarrollo, y pone

énfasis en la acción civil y privada, el voluntarismo y la autorregulación. Pero es

necesario recordar que, incluso en los países más disfuncionales, es responsabilidad

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del Estado diseñar estrategias en contra de la pobreza, así como políticas sobre

comercio e inversión. En este sentido, se recomienda la coordinación de las iniciativas

privadas con las públicas (Newell and Frynas 2007: 677).

En relación con los mecanismos, la emergencia de nuevos estándares sobre los que

juzgar el comportamiento de actores públicos se ha extendido a poderosos actores del

sector privado, y la brecha entre los estándares reclamados y los mecanismos reales

en funcionamiento está particularmente marcada, si consideramos los esfuerzos por

mantener la accountability de las corporaciones. Las demandas para que los impactos

indirectos de las operaciones corporativas estén sujetas a niveles más altos de

estándares de justicia social, no han sido correspondidas por reformas en las leyes

internacionales y nacionales (ICHRP 2002: 143-157; Goetz and Jenkins 2005: 141-

142).

Como ejemplos de estándares desarrollados en los últimos años sobre el

comportamiento esperado de las compañías globales, destacamos:

1. “Indicaciones de la OCDE para las Empresas Multinacionales”7 (OECD 2008).

Se trata de recomendaciones voluntarias, dirigidas a Gobiernos y

multinacionales, que constituyen un conjunto de pautas en el área de la ‘ética

empresarial’;

2. Declaración Tripartita de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Desde su página web, la OIT resalta que la RSC es una forma, por parte de las

empresas, de afirmar sus principios y valores, pero enfatiza la naturaleza

voluntaria de la misma8. A diferencia de las guías de la OCDE (cuyo foco está

situado en las empresas), la OIT enfatiza en la responsabilidad de los

Gobiernos para asegurar el cumplimiento de los derechos fundamentales de

los trabajadores (Oldenziel 2005: 16);

3. Global Compact de las Naciones Unidas. Tiene una perspectiva más laxa que

la propuesta por la OIT, por cuanto no aboga por una normativa obligatoria y

por su visión menos política de la realidad del desarrollo. Los diez principios

están respaldados por el marco internacional de Derechos Humanos y se

introduce, como elemento de accountability, los informes de seguimiento

realizados por las propias firmantes9;

7 Traducción del inglés original “OECD Guidelines for Multinational Enterprises”. 8 Fuente, página web de la OIT: http://www.ilo.org/public/english/employment/multi/corporate/index.htm 9 Fuente: http://www.unglobalcompact.org

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4. “Normas sobre las responsabilidades de corporaciones transnacionales y otros

negocios de empresas en relación a los Derechos Humanos” (UN 2003),

promovida desde la Comisión de Derechos Humanos de NNUU.

Aparte de estas iniciativas lideradas por organismos internacionales, existen otras que

provienen de la sociedad civil con fuerte presencia del sector privado. Podemos

destacar los principios de The Caux Round Table10 planteados en 1994, las

indicaciones para el reporte de información relativa al comportamiento de las

organizaciones en términos de sostenibilidad medioambiental del Global Reporting

Initiative11 (GRI) y AccountAbility (del que ya hablamos en el apartado de ONGD). A su

vez, aunque por el momento de manera minoritaria, están emergiendo ‘auditorías

éticas’ como la SA8000 lanzada por Social Accountability International12 (SAI) como

estándar voluntario basado en las convenciones de la OIT y NNUU para mejorar la

accountability en los espacios de trabajo y comunidades.

3 Evidencias del análisis de las entrevistas

Una vez resumido el marco teórico que dio pie a la realización de los cuestionarios,

vamos a destacar las evidencias más notables del análisis de las entrevistas. Hemos

estructurado la discusión en torno a las hipótesis de la investigación a las que nos

hemos referido en el apartado de metodología. En aras de una mayor claridad

expositiva, vamos a reproducir nuevamente las hipótesis para, posteriormente,

referirnos a su discusión.

3.1 Discusión de la Hipótesis 1: Concepción de accountability en

relación al contexto

Hipótesis 1: Los actores del sistema de cooperación español incorporan la

accountability a nivel teórico, con concepciones restringidas13 en cuanto a naturaleza,

10 The Caux Round Table (CRT) es una red internacional de líderes de empresas que trabajan con negocios y líderes políticos para impulsar un “capitalismo moral” http://www.cauxroundtable.org/ 11 Red internacional de distintos actores para el intercambio de información sobre sostenibilidad. Fuente: http://www.globalreporting.org/AboutGRI/ 12 ONGD que trabaja a nivel internacional y colabora con sindicatos, ONGD locales y otro tipo de iniciativa multiactores o de comercio justo. Fuente: http://www.sa-intl.org/ 13 En relación al marco de análisis y reseña bibliográfica realizada.

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alcance, actores y mecanismos que están fundamentadas en la evolución del propio

contexto español (visiones y sistemas asociados a la cooperación del desarrollo,

atomización de los esfuerzos, poca investigación y reflexión conceptual...).

En relación a la naturaleza y alcance del concepto:

• La traducción más empleada del término accountability es rendición de cuentas y

transparencia.

• La concepción generalizada es que accountability incluye la justificación

económica de los fondos invertidos y, para muchos actores, el concepto se limita a

ello, vinculándolo a la idea de auditoría o control financiero.

• En otros casos se amplía la concepción y se habla de impacto o evaluación,

entendiendo que rendir cuentas implica dar explicaciones no sólo sobre en qué se

han gastado los recursos, sino también sobre qué repercusiones tiene esto.

• En relación a esto, los sistemas de gestión de calidad son propuestos como

mecanismos de rendición de cuentas, lo que implica una concepción concreta de

lo que en el análisis bibliográfico se consideraba accountability financiera.

• Algunos actores estatales, en su vocación por acercarse a los estándares

internacionales, hablan de mutua responsabilidad con los países del Sur para

ampliar el concepto de accountability. No obstante, se suele referir a lo que en el

marco teórico denominamos accountability política y financiera.

• En algunos casos, aunque no de forma generalizada, se incluye la accountability

social y civil, incluyendo a la sociedad civil y la ciudadanía de los países del Sur.

• La fundamentación de la accountability es una fundamentación legal y en algunos

casos ética, pero en ningún caso se menciona el poder como elemento clave en

las relaciones de accountability. En ese sentido, la accountability se plantea como

un problema de gestión de las relaciones, pero a la hora de profundizar en los

mecanismos de accountability, no se hace referencia a la revisión de las relaciones

de poder que impliquen a aquellos que podrían exigir rendición de cuentas.

Por tanto, podemos afirmar que, en relación a la naturaleza y alcance del

concepto de accountability, se verifica la primera de las hipótesis, pues el

manejo del concepto es restringido en relación al marco de análisis y la reseña

bibliográfica realizada.

En relación al rol de los distintos actores: • Respecto a qué actores son incorporados en relaciones de accountability, existe

un consenso generalizado de que hay que rendir cuentas a los financiadores. Es

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frecuente la mención de la obligación y necesidad de mejora de la rendición de

cuentas a la ciudadanía del Norte y quien los representa: parlamentos, consejos.

Las ONGD incluyen en sus relaciones a los socios y a los patronatos.

• La accountability hacia los socios del Sur, así como los destinatarios últimos de las

acciones, no es tenida en cuenta en la mayoría de los casos Cuanto mayor es el

grado de reflexión que parece haber habido en la organización o institución en

torno al asunto de la accountability, más interés existe sobre este tema y más

experiencias piloto de mecanismos hay (sobre todo en Gobierno Central,

representantes de CCAA y ONGD grandes).

Por ello, en relación a los actores involucrados en los procesos de

accountability, podemos afirmar de nuevo que la hipótesis se confirma en parte,

en la medida en que muchos de los entrevistados consideran un rango de

actores limitado, en comparación con las propuestas extraídas de la revisión

bibliográfica.

En relación a los elementos del contexto español que condicionan la visión de la

accountability, se destacan tres aspectos: la descentralización, la dependencia de

fondos públicos, la juventud del sistema de cooperación y los espacios de reflexión

existentes.

Sobre la descentralización:

• España tiene un sistema plural y diverso de cooperación al desarrollo, y los Entes

Locales abogan por la no jerarquización y por redes más horizontales de poder.

Así, aunque la cooperación estatal percibe que la cooperación autonómica ocupa

espacios reservados al Estado, los entes de la cooperación descentralizada están

legitimados tanto por marcos legales como por su ciudadanía. En este contexto, el

sistema español podría evolucionar hacia un modelo más federal de cooperación

al desarrollo, aunque eso no encaja directamente a nivel internacional con los

modelos tradicionales centrados en el Estado.

• Existen pocos mecanismos de coordinación entre los distintos actores públicos, lo

que supone una limitación para la accountability. En el ámbito de las ONGD, las

coordinadoras funcionan como elemento de control en el sentido positivo, aunque

la fragmentación y proliferación de ONGD dificulta la articulación de los diferentes

intereses en las dinámicas colectivas.

• La visión de la accountability entre los Entes Locales, Universidades y empresas

parece, en general, más pobre y menos reflexionada que en instancias estatales o

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autonómicas. En el ámbito de las ONGD, a pesar de la gran diversidad de casos,

si que parece haberse producido una reflexión sobre el tema.

En relación a esto, la confirmación de la hipótesis tiene una doble vertiente

puesto que por una parte, el sistema descentralizado español supone grandes

dificultades para una accountability efectiva, pero por otra, genera dinámicas en

las que las Comunidades Autónomas y los Entes Locales tienen bases de

legitimidad para reclamar accountability del Estado Central, y aportarla a sus

habitantes y contribuyentes.

Sobre la dependencia de fondos públicos:

• En el sector no gubernamental, las bases de financiación independientes de

fondos públicos son muy escasas.

• Esto incide sobre la independencia de las organizaciones y su capacidad para

exigir rendición de cuentas del Estado y los Gobiernos Autonómicos, hasta el

punto de que, desde algunas instancias, se señala a las ONGD como el

instrumento para la puesta en marcha de políticas públicas de cooperación al

desarrollo.

• El aumento de la financiación a las ONGD y un mayor control de los fondos

deberían de mejorar la accountability de carácter financiero. Sin embargo, ha

supuesto un mayor trabajo para las propias ONGD al no existir una

estandarización de los procedimientos. Esto incide negativamente, tanto sobre la

eficacia de la ayuda, como sobre la calidad de las relaciones entre los actores,

redundando en el empeoramiento de otro tipo de accountabilities.

• En relación a todo lo anterior, también es necesario tener en cuenta que las

administraciones públicas (sobre todo la estatal) constituyen de facto un organismo

regulador, aunque sean instituciones ejecutivas y no legislativas o judiciales. Esta

idea hace referencia a que, aunque no estén sustentadas por normas o leyes, los

agentes públicos de cooperación al desarrollo acaban en buena parte

estableciendo los criterios que rigen la calidad y las actuaciones de cooperación al

desarrollo del sector de las ONGD.

En ese sentido, se confirma la hipótesis de que la dependencia de fondos

públicos genera retos a la hora de profundizar en concepciones más amplias de

la accountability.

En relación a la juventud del sistema y los ámbitos de reflexión de los actores:

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• El sector ha ido profesionalizándose y especializándose tanto en el ámbito

gubernamental como en el no gubernamental. La alta presencia de diplomáticos,

sin ninguna especialización en cooperación en los ámbitos estatales, parece que

se va superando.

• Se percibe como importante la formación en el extranjero, así como la apertura de

miras y capacidades para participar en los foros internacionales.

• Las demandas de accountability por parte de la ciudadanía son escasas. Hay una

cultura muy delegativa y una cierta pasividad no sólo hacia los políticos, sino

también hacia las ONGD. Sin embargo, aún faltando esa demanda ciudadana, las

coordinadoras han logrado cierta capacidad para preguntar y cuestionar a los

Gobiernos.

• Es de gran importancia que se extienda una cultura de la evaluación y del

aprendizaje en el sector de la cooperación.

• En el sector de las ONGD, el debate en torno a la accountability está muy

vinculado a los escándalos de corrupción y malversación de fondos

protagonizados por varias ONGD durante 2007. Las respuestas actuales deben

ser también comprendidas como medida de defensa del sector para asegurar su

existencia.

• Los procesos de mejora y debate en torno a la accountability están relacionados

con la madurez que se va adquiriendo y los debates en el contexto internacional.

Se verifica, por tanto, la hipótesis planteada en relación a la juventud del sistema

como limitante de las concepciones de la accountability.

3.2 Discusión de la Hipótesis 2: Prácticas y mecanismos

Hipótesis 2: Se dan prácticas y mecanismos de accountability, pero son limitados

frente a las concepciones de los propios actores.

• En relación a la accountability financiera, según las entrevistas, las prácticas no

difieren mucho de los discursos. Por ejemplo, los actores gubernamentales (nivel

estatal, autonómico, municipal…) parece que sí emplean los mecanismos de

rendición de cuentas acordes con su discursos.

• No obstante, en cuanto a la accountability política aparecen fricciones en la

rendición de cuentas entre los diferentes organismos de cooperación en España,

como consecuencia de un modelo descentralizado y no jerarquizado. Además, la

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rendición de cuentas a la ciudadanía por parte de las diferentes instancias de la

administración pública es muy pobre.

• Aunque en el discurso de la accountability social sí aparecen las sociedades y

Gobiernos de los países socios/destinatarios de las ayudas, esto no se refleja en

las prácticas (mecanismos inexistentes o poco definidos al respecto).

• Los Gobiernos hablan de accountability social refiriéndose básicamente a la

sociedad española, planteando como mecanismos los informativos, es decir,

manejando espacios con una participación poco activa de la sociedad.

• Los actores manifiestan la necesidad, tanto de ampliar el discurso de la

accountability, como de mejorar las prácticas. En el caso concreto de la AECID, la

DGPOLDE y los organismos autonómicos entrevistados, se asume que: (a) se

rinden muy pocas cuentas a la sociedad civil; (b) existen asimetrías de partida, que

condicionan la rendición de cuentas; y (c) la rendición de cuentas financiera está

ampliamente asumida, al menos en la Administración Pública, y habría que ir más

allá.

• Actores gubernamentales consideran que el funcionamiento de la administración

dificulta procesos financiables de más de un año y, por ende, esto afecta a la

rendición de cuentas (pero parece que sigue reduciéndose a la accountability

financiera, incluyendo ésta aspectos de eficacia e impacto).

• A nivel gubernamental, la participación de la sociedad se plantea también a través

de órganos mixtos, como los consejos de cooperación. Éstos, sin embargo,

reducen la participación a la de tipo consultivo, o incluso más básica, la de tipo

informativo.

• En cuanto a instrumentos, los actores gubernamentales se topan con la disyuntiva

entre informar y publicitar. Esto dificulta la accountability, por cuanto la sociedad

civil y los medios de comunicación pueden pensar que se informa ‘para ponerse la

medalla’. A su vez, en el contexto de los países socios, la visibilización vinculada a

la rendición de cuentas es problematizada en cuanto a que puede incluso debilitar

institucionalmente (desinstitucionalizar) al Gobierno del país.

• Cuando las instituciones restringen la concepción de la accountability a

transparencia, entienden que dar visibilidad ya es rendir cuentas, sin importar los

procesos subyacentes que han llevado a determinadas decisiones.

• Se están introduciendo sistemas de calidad en las organizaciones de cooperación

gubernamentales y no gubernamentales, con una incorporación de la perspectiva

de rendición de cuentas a través de los indicadores de proceso y la mayor

exigencia financiera y de cumplimiento de los objetivos previstos.

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• Se detectan procesos de mejora en instrumentos (como páginas web y acceso a

información) o en procesos (sobre todo en cuanto a la perspectiva de participación

adoptada).

• En el caso de las Universidades, en relación con el grado de reflexión, existen

desajustes entre los cuerpos técnicos de cooperación y el personal administrativo

sujeto a las normas de justificación de gastos. La percepción es que personas a

título individual pueden haber realizado una reflexión sobre la mejora de

mecanismos, aunque el tema no forme parte de la agenda a nivel institucional.

Por todo lo expuesto anteriormente, la hipótesis 2 se confirma ya que, a

excepción de la accountability financiera, las prácticas son limitadas en relación

a los propios discursos de los actores.

3.3 Discusión de la Hipótesis 3: Barreras a la accountability

Hipótesis 3: Hay barreras técnicas y políticas de tipo vacío/sesgo/captura que influyen

el sistema de accountability en la cooperación al desarrollo en España.

Sobre las barreras técnicas:

• Faltan recursos para la accountability. Su financiación no es prioritaria para los

financiadores. Al final, las ONGD priorizan la accountability que se les solicita por

parte de los financiadores. El exceso de accountability económica distrae de otros

aspectos. Hace falta más flexibilidad, para que el sistema sea capaz de acomodar

mejor los diferentes marcos institucionales con los que se trabaja.

• El uso de los proyectos como unidad de medida de accountability es una barrera y

no contribuye a la evaluación del impacto de la cooperación al desarrollo, ni a la

incidencia en los procesos de desarrollo a largo plazo, así como en las relaciones y

en los aspectos institucionales. La cooperación al desarrollo tiene tendencia a

regirse por criterios cortoplacistas, basados en proyectos técnicos que no apoyan

cambios más estructurales.

• Los criterios en la elaboración de los pliegos para las convocatorias y concursos

son a veces difusos, o demasiado centrados en aspectos vinculados al bajo coste

económico. Debido a la dificultad en la evaluación del impacto, inherente a las

características y complejidad de los procesos de desarrollo, es necesario trabajar

por la definición de nuevos estándares para la evaluación y, a la vez, por el

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consenso sobre los mismos, para evitar la dispersión de iniciativas que debilitan el

proceso y confunden a la ciudadanía.

Sobre las barreras políticas a la accountability, las evidencias más claras hacen

referencia a la cuestión de la descentralización y a los vacios que a continuación se

describen:

• El sistema político descentralizado español produce vacíos de accountability. Las

CCAA entrevistadas perciben que hay rendición de cuentas desde las Autonomías

hacia el Gobierno, pero no desde el Gobierno a las Autonomías.

• A nivel estatal, el Consejo de Cooperación al Desarrollo y la Comisión

Interterritorial de Cooperación para el Desarrollo, pese a su potencial, no son

siempre suficientemente útiles para rendir cuentas. Los entrevistados destacan

tres cuestiones: 1) disfuncionalidades debidas a su carácter simultáneo de

coordinación interministerial y de grupo de expertos; 2) dependencia financiera de

los miembros no gubernamentales sobre fondos gubernamentales y 3)

fortalecimiento de las relaciones bilaterales con ONGD sin considerar los espacios

abiertos y multilaterales. Todavía no se ha incidido en la rendición de cuentas en

cuanto a los efectos de la cooperación en relación con los países socios. En los

países socios, la rendición de cuentas se realiza hacia los donantes, casi nunca

hacia las organizaciones locales, suponiendo esto un vacío de carácter conceptual.

• La comunicación con el público es una asignatura pendiente por parte de las

ONGD y Gobiernos, quizás alimentada por el hecho de que la sociedad no

demanda rendición de cuentas.

Sobre el sesgo:

• Si bien los procesos de rendición de cuentas son una oportunidad de aprendizaje,

evaluación y mejora, hay resistencia de las organizaciones a mostrar sus carencias

o fallos.

• Existe un conflicto entre los objetivos de la cooperación al desarrollo y otros, como

la proyección internacional del Gobierno o las agendas comerciales y económicas

vinculadas a la cooperación al desarrollo de actores españoles. La estructura del

sistema de cooperación (con personal no necesariamente formado

específicamente, con su vinculación directa e institucional con políticas e intereses

de asuntos exteriores...) no ayuda a contrarrestar la competencia descrita.

• La visibilización de las actuaciones de la Ayuda Oficial al Desarrollo para obtener

una rentabilidad política, implica realizar inversiones en cuestiones que son menos

estratégicas para el país socio, pero más ’visibles’.

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29

Sobre la captura:

• Intereses particulares, el clientelismo y el uso individual de las diferencias de poder

entre organizaciones dificultan la accountability en órganos como los Consejos de

Cooperación, así como la mejora general de los propios mecanismos de

accountability.

• La dependencia financiera de las ONGD es un obstáculo para exigir accountability

al Gobierno en cuanto a cooperación al desarrollo. Otros obstáculos son: las

limitaciones en el funcionamiento democrático, la rotación de cargos y la

transparencia en los órganos de gestión de las ONGD.

• El conjunto de actores plantea el miedo y la existencia de corrupción, tanto en los

países socio, como en España.

Por todo lo dicho anteriormente, se confirma la hipótesis 3 en relación a las

barreras técnicas y a la existencia de vacíos, sesgos y capturas de la

accountability.

3.4 Discusión de la Hipótesis 4: Procesos de cambio

Hipótesis 4: En la actualidad se detectan procesos de cambio que tienden a acercar el

sistema de cooperación al desarrollo español a los estándares y prácticas de

accountability identificados a nivel internacional.

• A la luz de las entrevistas analizadas, no podemos afirmar rotundamente que en

todos los actores del sistema de cooperación español se estén detectando dichos

procesos de cambio, que siguen los estándares y prácticas de la cooperación

internacional.

• Se detecta un avance de una concepción de accountability basada en el control del

gasto, a una accountability orientada a la calidad de las intervenciones en cuanto a

objetivos y resultados.

• Sí que se puede concluir que, en los discursos de los entrevistados que forman

parte del sistema estatal de cooperación, se aprecia la voluntad de converger

hacia lo que se recomienda en las declaraciones internacionales, pero estos

procesos de cambio se encuentran con diferentes obstáculos, ya tratados al

analizar la discusión de anteriores hipótesis (insuficiencia de espacios,

instrumentos, características del sistema español, poca cultura democrática, etc.).

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30

• Un importante vector de cambio es el actual Plan Director 2009-2012 de la

cooperación española, que apunta cambios con un importante potencial en

relación a la necesidad de coordinación entre actores gubernamentales, y al

énfasis en el análisis, reflexión y exposición pública de los informes. Su propia

elaboración ha sido considerada como un espacio de incidencia política y rendición

de cuentas.

• En algunos ámbitos empieza a contar la calidad de la relación que se establece

entre los actores y los procesos participativos. En este sentido, se destaca la

importancia del plano humano para la mejora de la accountability y la construcción

de confianza a través de los comportamientos, las actitudes y los afectos.

• Podemos constatar que la inclusión de la rendición de cuentas a los países y a la

ciudadanía del Sur es algo muy incipiente, que sobre todo se está discutiendo en

el nivel de la cooperación estatal y entre las ONGD. Parece necesario continuar

explorando mecanismos y posibilidades en este ámbito.

• Otro tema que se apunta en las entrevistas es la necesidad de pensar en una

accountability que refleje el impacto de los proyectos de desarrollo. Pero, como

enfatizan diferentes entrevistados, esto plantea problemas de atribución que no

son fáciles de resolver. Es necesario abordar la complejidad de evaluar en qué

medida los mecanismos y recursos contribuyen a la consecución de los objetivos

de desarrollo.

• La voluntad de mejora no debe hacernos olvidar que es importante sistematizar

bien, en vez de generar una gran cantidad de instrumentos de rendición de

cuentas, que pueden derivar en un exceso de información.

• El sector no gubernamental se muestra más optimista en cuanto a la evolución en

la concepción de la accountability, siendo dos los factores que parecen contribuir a

esta evolución: 1) el trabajo con redes y contrapartes en el Norte y en el Sur y 2)

los escándalos de 2007 que han mermando la credibilidad de las ONGD y que han

colocado en primera línea las cuestiones relacionadas con la accountability.

• Se afirma la importancia de los procesos de evaluación, que posibilitan un cambio

de percepción en relación con las prácticas de la organización y también, debido al

crecimiento del sector, existe la necesidad de mejores herramientas de rendición

de cuentas.

• Por lo que respecta al sector privado y a las Universidades, podemos afirmar que

el debate sobre la accountability se encuentra en una fase muy incipiente. En el

sector privado, si se piensa en el término, se asocia comúnmente a rendición de

cuentas financiera. En el caso de las Universidades, se vislumbra que pueden

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31

existir otros tipos de accountability, pero cómo operativizarlos es algo que está aún

lejos del debate en este sector.

Como consecuencia, la hipótesis 4 se confirma pues sí que existen procesos,

algunos de ellos aún incipientes, que tienden a acercar la accountability del

sistema español a los estándares y prácticas identificados en el análisis

bibliográfico.

4 Implicaciones y recomendaciones

A partir de las evidencias destacadas en el apartado anterior, y recogiendo también las

aportaciones que nos hicieron algunas de las personas entrevistadas, se plantean a

continuación implicaciones de la investigación en relación a las prácticas y

concepciones manejadas actualmente por los actores. A su vez, nos atrevemos a

aportar algunas recomendaciones vinculadas a los cuatro tipos de actores

entrevistados: 1) las administraciones públicas en los distintos niveles: estatal,

autonómico y local; 2) las ONGD; 3) las Universidades españolas; y 4) las empresas.

4.1 Implicaciones y recomendaciones para las administraciones

públicas

A partir de las evidencias encontradas y el análisis bibliográfico realizado, podemos

concluir que España tiene un sistema plural y diverso de cooperación al desarrollo,

donde los entes no estatales abogan por la no jerarquización y redes más horizontales

de poder. Aunque en la agenda internacional de la cooperación al desarrollo el

protagonismo principal lo tienen los Estados, los discursos sobre la accountability

reflejados en este estudio sugieren que la cooperación española debería ir hacia un

modelo más federal, donde existiera una accountability horizontal entre los distintos

actores públicos. Por ello, los espacios actuales de coordinación entre

administraciones públicas han de ser reforzados y mejorados, constituyéndose en

auténticos espacios para la rendición de cuentas mutua. Esta misma necesidad de

mejorar los espacios de coordinación es aplicable a la accountability vertical de las

administraciones públicas, es decir, la relación de éstas con otros actores privados y

con la ciudadanía. Los espacios que existen son más informativos que participativos y,

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32

cuando existen espacios formales, hay asimetrías de partida que condicionan la

rendición de cuentas.

En esta discusión sobre los actores de la accountability es necesario introducir a los

actores del Sur. A pesar de que la Declaración de París incorpora el concepto de

rendición de cuentas mutua, en la práctica, la accountability que se practica está

muy viciada por las relaciones de poder inherentes al sistema de cooperación

internacional. Es importante que las administraciones públicas sean conscientes de

estas barreras e inicien procesos de revisión organizacional donde el poder en las

relaciones entre socios del Norte y del Sur ocupe un lugar destacado. Sería

recomendable introducir esta perspectiva en la reflexión acerca de los indicadores de

proceso, aprovechando el impulso actual a la introducción de sistemas de calidad en

las administraciones estatales de cooperación. Esto es especialmente relevante vista

la influencia que pueden tener la AECID o la DGPOLDE en otras administraciones

públicas autonómicas y locales y en el sector privado.

En relación con la concepción de la accountability, un paso importante hacia una

verdadera rendición de cuentas mutua, sería ir más allá de la accountability de

carácter técnico y financiero. Las convocatorias de cofinanciación de acciones de

cooperación al desarrollo son el instrumento principal existente para la obtención de

fondos para realizar las intervenciones de desarrollo. Por ello, los agentes públicos de

cooperación al desarrollo acaban, en buena parte, estableciendo unilateralmente los

criterios que rigen la calidad y las actuaciones de cooperación al desarrollo. Un cambio

de criterio en los tipos de rendición de cuentas exigidos, que incorpore la perspectiva

de la accountability social y política, tendría un efecto multiplicador inmediato.

Nuevamente, la influencia de actores estatales como AECID o la DGPOLDE puede ser

muy relevante para orientar el cambio que proponemos, siendo el Plan Director actual

un elemento con gran potencial para apoyarlo.

Este cambio también podría venir alentado por el fomento de una cultura del

aprendizaje y la evaluación. Tanto en el seno de las propias organizaciones

gubernamentales, como en la relación con otros actores privados que se benefician de

los fondos públicos, sería interesante que se promovieran acciones orientadas a la

evaluación, no con ánimo fiscalizador, sino para investigar y sistematizar maneras

exitosas de rendiciones de cuentas amplias y de apoyos al desarrollo de personas y

comunidades del Sur. El actual marco de gestión basada en resultados, donde el

énfasis se pone en los resultados de la intervención, debería recoger el aspecto de la

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33

rendición de cuentas, enfatizando no sólo los resultados materiales y visibles de la

intervención, sino también el alcance en las relaciones entre los actores que participan

en la intervención.

Asimismo, es fundamental mejorar los mecanismos de transparencia de las

actividades de las administraciones públicas, potenciando el acceso a la información y

la comunicación, y sometiéndose al escrutinio público por parte de la ciudadanía. Sin

embargo, esto choca con las evidencias del estudio, en las cuales se constata una

cultura delegativa y una pasividad de la ciudadanía española. Si queremos ir más allá

de una accountability de carácter técnico y financiero, desde las administraciones

públicas ha de promoverse una pedagogía de la accountability. Es importante que se

dé prioridad, en las distintas convocatorias públicas, a las acciones de educación

para el desarrollo y sensibilización que incorporen la perspectiva de la

accountability civil y política. También es importante abrir espacios de participación

a la ciudadanía. Las administraciones locales pueden ser un buen foro para ello, dada

la mayor proximidad a la ciudadanía.

Para poder conseguir cambios en la concepción de la accountability, es importante

que las administraciones públicas cuenten con personal especializado y con una

buena formación. Pero no sólo es necesaria la formación técnica, sino también

conocer distintas prácticas y maneras de trabajo en el campo de la cooperación. Por

ello, sería deseable que las administraciones públicas tuvieran una política de

recursos humanos que primara la formación continua en entidades del Norte y del

Sur, con un planteamiento innovador de la rendición de cuentas. También es

necesario que, en este proceso de aprendizaje y mejora, las administraciones públicas

se alíen con los centros de investigación. El espacio de la investigación especializada

en desarrollo y cooperación en España es aún débil, y necesita no sólo de recursos

económicos, sino también de administraciones públicas receptivas que quieran

conocer y aplicar maneras diferentes de rendir cuentas.

Por último, queremos destacar la importancia de los cambios en los mecanismos de

cofinanciación de acciones de cooperación al desarrollo que realizan las ONGD. Como

veremos en el apartado siguiente, la enorme dependencia de fondos públicos que

tienen dichos actores para realizar sus intervenciones, nos sugiere que un cambio de

perspectiva en los criterios que rigen las convocatorias de cofinanciación tendría un

gran impacto. Pasar a apoyar procesos a largo plazo, en lugar de proyectos

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34

puntuales, contribuiría a reforzar la importancia de las relaciones de partenariado y

confianza mutua entre las ONGD del Norte y sus contrapartes del Sur.

4.2 Implicaciones y recomendaciones en el ámbito de las ONGD

En el ámbito de las ONGD, se detectan dos tendencias relacionadas en las que es

necesario seguir profundizando. La primera hace referencia a la implantación de

sistemas de calidad en relación a los objetivos, resultados y recursos empleados

para la promoción del desarrollo. La segunda consiste en los procesos de auditoría

externa, orientados a certificar la calidad y dar transparencia a las cuentas y acciones

de las ONGD. Aún con sus limitaciones, parece ser una estrategia adecuada para

enfrentar problemas como los escándales acaecidos en 2007.

Sin embargo, estas dos formas de desarrollar accountability restringen su alcance a la

dimensión meramente financiera tal como ha sido planteada en el texto, es decir,

vinculada a analizar qué se consigue con los recursos de los que se dispone. En ese

sentido, ampliar la noción de accountability requiere incorporar un análisis del tipo

de relaciones en las que ésta se desarrolla, lo que permite orientar la cuestión de

manera diferente. Para ello, se hace necesario reconsiderar el concepto en términos

de relaciones de poder, y profundizar no sólo en los mecanismos que posibilitan a las

ONGD exigir responsabilidades, sino también en la reflexión sobre quién tiene derecho

a exigir responsabilidades a las ONGD y qué bases de poder tiene para hacerlo, es

decir, de qué mecanismos efectivos dispone para obtener accountability.

En relación a lo primero, las Coordinadoras de ONGD llevan mucho tiempo haciendo

un trabajo notorio y reconocido de seguimiento y control de las políticas públicas y las

prácticas de desarrollo y cooperación, y que es necesario reforzar. En relación a los

segundo, la cuestión de la accountability podría ser un buen punto de partida para

reconsiderar la forma de relacionarse con sus diversos stakeholders y, de un modo

muy particular, reflexionar sobre sus bases reales de representatividad.

Esto implica incluir nuevos actores en las relaciones de accountability y establecer

mecanismos efectivos para generar esta interacción de intercambio de

responsabilidades. Concretamente, sería necesario repensar (auto)críticamente: 1)

qué papel desempeña la base social que compone la organización; 2) cuál es la

relación que se establece con las contrapartes y organizaciones del Sur con las que se

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trabaja; 3) cómo se establecen relaciones con los ciudadanos de los países del Sur,

destinatarios últimos de las acciones; 4) qué papel desempeñan las instituciones

políticas nacionales, territoriales y locales de los países donde se trabaja; y 5) cómo se

relaciona la ONGD con la ciudadanía del Norte.

Por tanto, sería importante tratar de entender cuáles son los mecanismos de influencia

que estos actores tienen sobre las propias ONGD, y plantear la accountability no sólo

como una cuestión ética, sino como un derecho que requiere de capacidad y poder

para su implementación; y que puede contribuir a fortalecer las formas en que las

ONGD se relacionan con otros actores.

Concretamente, las coordinadoras de ONGD, además de profundizar en su papel de

exigencia de accountability a los Gobiernos, son un espacio muy interesante para

reflexionar sobre qué se entiende por rendición de cuentas y cómo debe llevarse a

cabo desde las ONGD. Habría que considerar también cómo extender este debate a

las ONGD pequeñas que no están representadas en ese foro.

El trabajo en red, la participación en foros internacionales, el intercambio de cuadros

técnicos y la formación con miras internacionales pueden contribuir a que el sector de

las ONGD vaya incorporando nuevas ideas, dinámicas y formas de accountability.

En relación a una de las grandes barreras identificadas, como es la dependencia de

los fondos públicos, la diversificación de la financiación parece ser la

recomendación más evidente. Teniendo en cuenta que esto es un aspecto estructural

del sistema de cooperación español, al menos sería necesario reflexionar sobre las

cuestiones y los espacios concretos en los que las ONGD ven condicionada su

capacidad para exigir accountability.

Concretamente, es importante considerar los diversos Consejos de Cooperación

(estatal, autonómico…) como espacios para discutir aspectos colectivos de la

cooperación, y no como espacios donde resolver cuestiones de interés particular de

las organizaciones allí representadas. Esto no es sólo una cuestión de ética, sino de

reivindicar medidas de carácter procedimental y de representatividad para garantizar

que esto sea así en la práctica.

Asimismo, en relación a lo escasamente asentada que está la accountability en la

cultura ciudadana española, las ONGD tienen un espacio de intervención necesario y

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concreto en forma de Educación para el Desarrollo y construcción de ciudadanía en

estas materias. En ese sentido, la relación con los ciudadanos del Norte debe ir más

allá de la sensibilización, y aportar elementos sobre cómo exigir responsabilidades a

los diversos actores del desarrollo. Esto requeriría transversalizar la cuestión del

desarrollo a través de asignaturas regladas del sistema educativo formal español,

como podría ser su inclusión en la asignatura de Educación para la Ciudadanía.

En relación a las intervenciones en terreno, parece importante pasar de pensar en

clave de proyectos a pensar en clave de procesos de transformación y cambio a

largo plazo. Por tanto, resulta necesario rendir cuentas sobre los objetivos y las

estrategias que se plantean, así como sobre las organizaciones con las que se

establecen alianzas. Incorporar esta orientación a las relaciones, requiere dar

importancia al plano humano en la mejora de la accountability y a la construcción de

confianza –a nivel de comportamientos, actitudes e incluso afectos– para la

construcción de redes y partenariados de largo recorrido. Para propiciar esto, sería

necesario introducir algunos cambios a nivel de Administración Pública, especialmente

en el sentido de establecer mecanismos de financiación de más largo plazo.

Incorporar la cultura de la evaluación y la sistematización de experiencias es vital

para poder rendir cuentas en profundidad sobre lo que se hace y por qué se hace,

siendo riguroso con las atribuciones de los cambios generados. Por ello, es importante

incorporar una orientación al aprendizaje que reconozca los errores como un aspecto

clave para la mejora organizacional.

Finalmente, es capital diferenciar la ‘publicitación’ de las acciones y proyectos que

la organización lleva a cabo, de la ‘rendición de cuentas’. Si bien la comunicación con

el público parece ser una asignatura todavía pendiente, profundizar en ella requiere

honestidad sobre lo que se pretende conseguir en cada caso.

4.3 Implicaciones y recomendaciones en el ámbito de las

Universidades

Como ha revelado la investigación, desde las Universidades en España se manifiesta

una visible inquietud por mejorar la rendición de cuentas de sus actuaciones en

materia de cooperación, aunque quizá de forma todavía tímida. La cooperación para

el desarrollo en las Universidades españolas constituye en la mayoría de los casos un

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aspecto marginal de su trabajo, tanto en recursos puestos a disposición, como en el

impacto de las intervenciones. Además, a menudo se incluyen como cooperación al

desarrollo, acciones de cooperación interuniversitaria. Éstas pueden no estar

concebidas bajo el prisma del desarrollo, cuando la Universidad no considera que éste

sea uno de sus cometidos (a pesar de que muchas Universidades lo hayan integrado

en sus políticas y funciones). Sin duda, estas y otras circunstancias influyen, tanto en

la concepción y tipo de mecanismos de accountability a emplear por este actor, como

en su materialización, por lo que son tenidas en cuenta a la hora de plantear las

siguientes recomendaciones.

En primer lugar, consideramos necesario que se defina una política de cooperación

al desarrollo de la Universidad en la cual se expliciten las cuestiones de

accountability en la cooperación. En relación con esta cuestión, aprovechando la

emergencia de la Responsabilidad Social Corporativa, consideramos necesario un

replanteamiento profundo de las políticas e iniciativas de RSC que van

desarrollándose en nuestras Universidades, en el sentido de que incluyan las

cuestiones del desarrollo y la cooperación: que haya una mayor relevancia de los

objetivos de desarrollo en la RSC, tal y como propone también el Plan Director 2009-

2012.

Por otro lado, siendo que la accountability es concebida básicamente desde su

vertiente financiera, en la Cooperación Universitaria al Desarrollo se deberían

reformular los mecanismos de fiscalización y administrativos (esto es

especialmente significativo en Universidades Públicas), que actualmente son similares

a otro tipo de iniciativas universitarias de diferente naturaleza y finalidad. Es decir,

sería necesario dejar de focalizar la accountability en la ejecución de proyectos, para

ampliarla a otros aspectos más estratégicos. Una primera consecuencia podría ser el

replanteamiento de las convocatorias de financiación internas (dirigidas a sus

colectivos universitarios) o abiertas a organizaciones externas, con que cuentan

muchas Universidades. Más allá de la justificación contable, la propia convocatoria

debería diseñarse para facilitar la accountability social (a modo de relación de la

Universidad con su propia comunidad universitaria) y civil. Para este cometido,

consideramos especialmente interesante aprovechar los sistemas de calidad que

están implantándose en las Universidades, existiendo ejemplos de Universidades que

ya están planteando definir modelos de calidad de evaluación interna de sus

actividades de cooperación. Esta apuesta por la calidad debe orientarse a promover

verdaderos procesos de evaluación interna, no solamente para el caso concreto de

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38

las convocatorias. Esto se relacionaría con mejorar los mecanismos de información

y comunicación. La Universidad debe aprovechar las nuevas tecnologías para

mejorar el aspecto más básico que existe en relación a la accountability: el acceso a la

información. Algunas recomendaciones concretas pueden ser la mejora o generación

de las memorias de actividad de los órganos de cooperación (haciéndolas accesibles a

través de Internet) o el mayor aprovechamiento del Observatorio de la CUD14 (OCUD),

revisándolo desde la perspectiva de su contribución a la accountability (el OCUD en su

constitución se define explícitamente como instrumento para la rendición de cuentas).

Otro aspecto que nos parece significativo abordar, es la reformulación de la actual

convocatoria PCI (Programa de Cooperación Interuniversitaria e Investigación

Científica) de la AECID. Siendo sus objetivos facilitar el desarrollo de relaciones

estables de la cooperación y fortalecer los sistemas de formación e investigación en el

ámbito de la cooperación universitaria, las acciones financiadas por esta convocatoria

a menudo no son visibles ni para la comunidad universitaria, ni para la sociedad en su

conjunto. Esto dificulta la transparencia y la rendición de cuentas y puede generar

fallos en la accountability por sesgo, independientemente de que las acciones

financiadas se enmarquen -como así se exige en la convocatoria- en las directrices de

la política de cooperación al desarrollo española (países destino, prioridades, etc.).

Lo anteriormente comentado implica reconsiderar tanto las relaciones mutuas de la

Universidad con un gran número de actores, como el papel de cada uno de ellos,

incluyéndolos de forma más explícita, inclusiva y efectiva en las políticas y las

acciones universitarias. Esto podría particularizarse en aspectos concretos: fomento

de acciones de apoyo institucional en términos de mayor igualdad, mayor

protagonismo de la investigación, énfasis en la visibilidad de las acciones,

incorporación de la rendición de cuentas en ámbitos docentes, como los Proyectos Fin

de Carrera en materia de cooperación, etc.

Hablar sobre relaciones mutuas supone también reconsiderar aquellos instrumentos

de coordinación ya existentes, tratando de mejorar su funcionamiento y alcance. En

el caso de las Universidades españolas, debemos tomar en consideración que la

Comisión de Cooperación del CEURI (Comisión Española Universitaria de

Relaciones Internacionales) cuenta entre sus líneas estratégicas con la apuesta por la

evaluación y por la calidad, tendencia de apuesta de mejora ya observada en otros

14 CUD: Cooperación Universitaria al Desarrollo

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39

actores. Para contribuir a esta línea estratégica, sería deseable aprovechar el

existente Código de Conducta de las Universidades en Materia de Cooperación

al Desarrollo, como documento (de vinculación básicamente moral) en el que

apoyarse para llevar a cabo una efectiva accountability. Por otro lado, los incipientes

consejos asesores internos en materia de cooperación, presentes en algunas

universidades, pueden ser un excelente mecanismo de rendición de cuentas y de

control de la accountability. Otros instrumentos de coordinación, como Consejos

Interuniversitarios o el propio Consejo Social de las Universidades, deben ser

sometidos a una profunda revisión, sobre todo en cuanto a la necesidad de visibilidad

de sus acciones en la comunidad universitaria.

No queremos olvidar en este apartado la presencia que la Universidad tiene en el

Consejo de Cooperación Estatal, instando a las Universidades a hacer su trabajo más

visible.

Por último, y teniendo en cuenta la importancia de desarrollar una cultura de

accountability entre la ciudadanía española, la Universidad constituye un lugar

privilegiado para crear espacios de reflexión y aprendizaje y fomentar la Educación

para el Desarrollo. Una mejora y ampliación de la accountability requiere una mayor

apuesta por la formación interna, tanto de los cuadros técnicos como de los órganos

de gobierno, fortaleciendo capacidades institucionales y humanas. En relación con la

segunda de las funciones de la Universidad, sería deseable potenciar la

investigación sobre accountability en la propia Universidad o en institutos de

investigación, y que ésta empape especialmente el funcionamiento de los diversos

actores que conforman la Universidad. Todos estos aspectos, también propuestos

desde el III Plan Director 2009-2012 de la Cooperación Española, deben ser

reforzados.

4.4 Implicaciones y recomendaciones en el ámbito de las

empresas

Como ha mostrado la investigación, en el marco de la cooperación al desarrollo las

empresas son un actor cuyas acciones están sometidas a un menor escrutinio de la

sociedad, si las comparamos con las de la administración pública o las ONGD, actores

más visibles por parte de la ciudadanía.

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40

Al igual que con el resto de agentes de la cooperación al desarrollo, es necesario

ampliar la noción de accountability más allá de la financiera. La vinculación que las

empresas tienen con las acciones de cooperación se produce mayoritariamente a

través de su participación como licitadores en concursos convocados por la

administración pública, lo que influye en su concepción y práctica de la accountability.

Ampliar esta visión y práctica de la accountability, principalmente financiera y técnica,

tendría consecuencias no solamente para las empresas, sino para la propia

administración.

Por un lado, el fomento de la RSC es una oportunidad para que las empresas vayan

adquiriendo un comportamiento más integral y respondan no solamente de sus

acciones directas, sino también de las de sus proveedores o subcontratas. Esta

tendencia, que ya se está produciendo, debe ampliarse a cuestiones más allá de las

financieras o contables. En este sentido, la propia administración debe ser cada vez

más exigente con el perfil de empresa que licita, demandando explícitamente políticas

de RSC y principios éticos de funcionamiento en sus convocatorias. Sin duda el

fomento de los sistemas de calidad, muy asentado en el sector empresarial, es otra

oportunidad para velar por la rendición de cuentas en el funcionamiento y los procesos

de las empresas.

Pero la accountability en la cooperación al desarrollo, desde los planteamientos

defendidos en la presente investigación, supone entre otras cosas tomar en

consideración a la sociedad y organizaciones del Sur, a menudo receptores

pasivos de las intervenciones, ante los cuales es necesario rendir cuentas. No

obstante, esta tarea requiere de una profunda reflexión tanto en las empresas como en

la administración, en relación a la responsabilidad adquirida por ambas partes en una

intervención. A todo ello debemos añadir la necesidad de que los nuevos

planteamientos metodológicos en planificación del desarrollo vayan calando en las

empresas, superando modelos lógicos de planificación que consideramos restringen el

concepto y práctica de la accountability.

Este cambio de enfoque en la accountability, y la mayor adquisición de otro discurso

en materia de desarrollo y cooperación por parte de las empresas, será sin duda un

trabajo lento, pues no existen instrumentos de coordinación entre empresas similares

a los de las ONGD u otro tipo de actores del sistema de cooperación. Una alternativa

sería la adhesión de las empresas a grupos de trabajo en temas de desarrollo,

como ya están haciendo algunas empresas implicadas en cooperación para el

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41

desarrollo. Sin duda, la pertenencia a grupos de trabajo interdisciplinares en la

temática del desarrollo y la cooperación favorece la reflexión y el debate en torno a la

rendición de cuentas y la transparencia.

Una vía que consideramos esencial para poder ampliar la noción de accountability en

el sector empresarial es su formación y reflexión alrededor de planteamientos como

los propuestos por la Educación para el Desarrollo. Tal y como hemos expresado

anteriormente, la Universidad puede ser sin duda un espacio privilegiado para

transmitir estas cuestiones, por su cercanía a las empresas y por su papel en la

formación de futuros profesionales. La apuesta por una formación más integral o la

impartición de másteres y postgrados que ofrezcan formación complementaria a

cuadros técnicos de empresas, pueden ser iniciativas que contribuyan a potenciar las

sinergias entre Universidad y empresa. Los Colegios Profesionales también podrían

ser espacios desde las cuales, con el concurso de la Universidad y de las ONGD,

transmitir y reflexionar sobre estas cuestiones.

Finalmente, es necesario mejorar los mecanismos informativos y de

comunicación, pero tratando de velar por un equilibrio entre la necesidad de

garantizar transparencia y la visibilidad de las acciones. En aras de propugnar una

mayor transparencia, la documentación generada en los proyectos debería ser más

abierta y accesible, lo cual traslada la responsabilidad principalmente a la

administración. Si no es posible difundir esta información en tiempo real por los riesgos

que en algunos casos podría suponer, sí debería hacerse una vez ejecutada la

intervención. Esto podría ser una herramienta educativa no solamente para quienes

están más directamente vinculados con el proyecto, sino para la sociedad en su

conjunto.

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Los Discursos de la “Accountability” en el Sistema de Cooperación Español Resumen de la Investigación

Grupo de Estudios en Desarrollo, Cooperación Internacional y Ética Aplicada Universidad Politécnica de Valencia

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Anexos

Anexo 1: Listado de actores entrevistados

Gobierno Local Ajuntament Barcelona / Direcció de Cooperació Internacional i Solidaritat Ajuntament Sant Boi del Llobregat (Barcelona) Ayuntamiento Valencia Ayuntamiento Quart de Poblet (Valencia) Gobierno CCAA Generalitat Valenciana/Dirección General de Cooperación Generalitat Catalunya/Direcció General de Cooperació al Desenvolupament i Acció Humanitària + ACCD Gobierno Vasco/Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales/Dirección de Cooperación al Desarrollo (2 entrevistas) Gobierno Estatal DGPOLDE (2 entrevistas) AECID (3 entrevistas) ONGD nivel internacional Intermón Oxfam Ayuda en Acción (2 entrevistas) Cáritas Española (2 entrevistas) ONGD nivel estatal Fundación CODESPA Almáciga ONGD nivel CCAA / local Colectivo Maloka Ensenyament Solidari Sector Privado ISOFOTÓN TRAGSA Universidad e informantes clave (expertos) Universidad Politécnica de Valencia (2 entrevistas) Universidad del País Vasco Universidad Politécnica de Madrid Alboan Hegoa FRIDE CONGDE (2 entrevistas) Instituto Universitario de Desarrollo y Cooperación (IUDC) Fundación Lealtad