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191 Politeia 43 REVISTA POLITEIA, N° 43, VOL. 32. INSTITUTO DE ESTUDIOS POLÍTICOS, UCV, 2009:191-221 Las nociones de desigualdad, pueblo y propiedad de Antoine Fantin Desodoards en el pensamiento político de Miguel José Sanz* The notions of inequality, people and propriety of Antoine Fantin Desodoards in the political thought of Miguel José Sanz** Luis Daniel Perrone Galicia* Licenciado en Ciencias Políticas y Administrativas, mención Relaciones Internacionales. Especialista en Derecho y Política Internacional en el Postgrado de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas-UCV * El discurso político de “termidor” en el Semanario de Caracas (1810). Agradezco a mis colegas del grupo de investigación de conceptos y lenguajes políticos de la EEPA-UCV, licenciado José Javier Blanco y doctor Fernando Falcón, por los comentarios y revisión del presente artículo. De cometerse algún error debe ser imputado al autor. Correo electrónico: [email protected] ** The political discourse of “thermidor” in the Semanario de Caracas (1810) Recibido: 02-06-2009 Aprobado: 10-10-2009 Resumen El estudio del pensamiento político de la emanci- pación venezolana requiere la identificación de las fuentes intelectuales de conceptos y argumentos utilizados por los actores políticos de esa época. Entre estos actores políticos se destacó Miguel José Sanz, cuya principal producción teórica-política se halla en las secciones políticas que redactó para el Semanario de Caracas, periódico existente entre los años 1810 y 1811. A pesar de que la certeza sobre la originalidad de todo su pensamiento político fue negada con un trabajo aparecido en 1998, todavía Abstract The study of political thought at the time of Vene- zuelan independence requires the identification of intellectual sources of concepts and arguments used by the political actors of that period. Miguel José Sanz is one of the most important of these actors. His best production in political theory is located in the political sections that he wrote for the “Se- manario de Caracas, a public newspaper existing between 1810 and 1811. Although certainty of the originality of his political thought was dismissed by a work in 1998, it is still thought that many of

Las nociones de desigualdad, pueblo y propiedad de Antoine

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Revista Politeia, N° 43, vol. 32. iNstituto de estudios Políticos, ucv, 2009:191-221

Las nociones de desigualdad, puebloy propiedad de Antoine Fantin

Desodoards en el pensamiento políticode Miguel José Sanz*

The notions of inequality, peopleand propriety of Antoine Fantin

Desodoards in the political thoughtof Miguel José Sanz**

Luis Daniel Perrone Galicia*Licenciado en Ciencias Políticas y Administrativas, mención Relaciones Internacionales.

Especialista en Derecho y Política Internacional en el Postgrado de la Facultad de CienciasJurídicas y Políticas-UCV

* El discurso político de “termidor” en el Semanario de Caracas (1810). Agradezco a mis colegas del grupo de investigación de conceptos y lenguajes políticos de la EEPA-UCV, licenciado José Javier Blanco y doctor Fernando Falcón, por los comentarios y revisión del presente artículo. De cometerse algún error debe ser imputado al autor.Correo electrónico: [email protected]** The political discourse of “thermidor” in the Semanario de Caracas (1810)Recibido: 02-06-2009Aprobado: 10-10-2009

ResumenEl estudio del pensamiento político de la emanci-pación venezolana requiere la identificación de las fuentes intelectuales de conceptos y argumentos utilizados por los actores políticos de esa época. Entre estos actores políticos se destacó Miguel José Sanz, cuya principal producción teórica-política se halla en las secciones políticas que redactó para el Semanario de Caracas, periódico existente entre los años 1810 y 1811. A pesar de que la certeza sobre la originalidad de todo su pensamiento político fue negada con un trabajo aparecido en 1998, todavía

AbstractThe study of political thought at the time of Vene-zuelan independence requires the identification of intellectual sources of concepts and arguments used by the political actors of that period. Miguel José Sanz is one of the most important of these actors. His best production in political theory is located in the political sections that he wrote for the “Se-manario de Caracas”, a public newspaper existing between 1810 and 1811. Although certainty of the originality of his political thought was dismissed by a work in 1998, it is still thought that many of

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…un pueblo libre debiendo tener honores, distinciones y demás premios con quese recompensan el mérito y la virtud, no puede admitir una igualdad absoluta; ella es opuesta

a su libertad. La historia del mundo está llena de pruebas de esta verdad. Roma, la celosa,Roma la miró como una quimera; y aún humea en los campos de la Francia la sangre

de un millón de víctimas sacrificadas a esta imaginaria deidad

Miguel José sanz. Semanario de CaraCaS, nº 1, 04 de novieMbre de 1810

INTRODUCCIÓN

Estudiar el pensamiento político de algún período requiere examinar cómo los actores articularon sus discursos políticos y cuáles fueron las posibles fuentes de sus conceptos y argumentos. Durante la época de la Independencia venezolana, estos discursos fueron expuestos generalmente en la prensa. Entre ellas, el Sema-nario de Caracas exige una particular atención por dos consideraciones: es un “papel público” con un alto contenido teórico-político y es el medio por el cual se expresó una de las figuras intelectuales más prominentes de la emancipación: Miguel José Sanz.

Sanz publicó sus ideas en la sección Política del Semanario. Hasta 1998 se asumió que todo lo escrito por él provenía de su originalidad como pensador

hoy se estima que muchas de sus ideas son de su producción exclusiva. Este trabajo se basa en la de-mostración de que sus nociones sobre la desigualdad natural entre los hombres y el pueblo-propietario, asumidas hasta ahora como originales, provienen de traducciones y adaptaciones del tomo II de la Historia filosófica de la Revolución de Francia, de Antoine Fantin Desodoards, cuya utilización nos permite constatar, además, la presencia de un dis-curso político originado en la Revolución Francesa, el de “termidor”, contrario al republicanismo clásico francés, lo que plantea una revisión de las opiniones sobre la influencia y presencia de la teoría política surgida de la Revolución Francesa que se manejó en la revolución de Independencia venezolana.

Palabras claveDesigualdad; Pueblo-propietario; Miguel José Sanz; Antoine Fantin Desodoards; Semanario de Caracas

his ideas are of his exclusive production. This work aims to show that his notions about the natural in-equality between men and the people-proprietary, assumed today as original, come from translations and adaptations of part II of the Philosophical History of French Revolution, written by Antoine Fantin Desodoards. The use of this text helps to find a political discourse in Venezuelan Indepen-dence, originated in the French revolution, that from Thermidor, contrary to the language of the French classical republicanism. This fact calls for a reconsideration of the opinions about the influence and presence of the political theory that emerged in the French revolution, and used in Venezuelan Independence.

Key wordsInequality; People-proprietary; Miguel José Sanz; Antoine Fantin Desodoards; Semanario deCaracas

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político (Falcón, 1998). En ese año se determinó que esto no era así, al descubrirse en este “papel público” una gran cantidad de párrafos copiados casi literalmente del Ensayo sobre la historia de la sociedad civil de Adam Ferguson (Falcón, 1998). Esto modificó notablemente la comprensión del pensamiento político de Sanz y planteó la necesidad de prestar mayor atención al descubrimiento de fuentes intelectuales del pensamiento político de la emancipación, para poder hacer una historia más precisa del mismo (Ibídem, 192). Sin embargo, las concepciones de Sanz sobre la desigualdad entre los hombres, el pueblo y la propiedad, bastante polémicas y significativas para la comprensión de las ideas políticas de los revo-lucionarios venezolanos, al no poseerse pruebas en contrario, se asumieron como productos de sus propias reflexiones. Esto, como veremos, tampoco es cierto. Sus explicaciones sobre estos elementos teóricos están basadas en lo escrito por Antoine Fantin Desodoards en su Historia filosófica de la revolución de Francia, específicamente en lo que se halla en los capítulos II, III, VI, VII y VIII, del libro IV, tomo II.

Este artículo pretende demostrar la presencia del contenido del libro de Desodoards en varias entregas del Semanario de Caracas, en su sección Política, y la importancia que tuvo para la elaboración, por parte de Sanz, de las nociones sobre la desigualdad entre los hombres, el concepto de pueblo y de propietario y propiedad. Para lograr nuestro objetivo realizaremos lo siguiente: 1) mostrar las similitudes entre los argumentos del tomo II de la Historia filosófica de la revolu-ción de Francia de Desodoards, y los de Sanz, ubicados en los números III, VIII y IX, apartados “Subordinación civil” y “Libertad y seguridad civil”, de la sección Política del Semanario de Caracas. Para esto utilizaremos elementos de los métodos formales para la demostración de la presencia de fuentes intelectuales elaborados por Fernando Falcón (1998) y Jaime Urueña (2007);1 2) analizar las implicaciones que tiene el uso de esta obra tomando en cuenta su contexto político e intelectual, a partir de los recursos metodológicos de la historia intelectual (Pocock, 1985; Castro Leiva, 2009); 3) plantear algunas consideraciones que se desprenden de este descubrimiento para la historia del pensamiento político de la emancipación venezolana.

1 El estudio sobre las fuentes intelectuales del pensamiento político de la emancipación venezolana tuvo entre sus primeros cultivadores a Luis Castro Leiva. Véase Castro Leiva (2009). Actualmente se destacan en este campo los trabajos desarrollados por Fernando Falcón. Véase Falcón (1998; 2006). Éste conforma una de las líneas de trabajo del grupo de investigación de lenguajes políticos y conceptos políticos de la Escuela de Estudios Políticos y Administrativos de la UCV, del cual el autor es miembro.

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LA HISTORIA FILOSÓFICA DE LA REVOLUCIÓN DE FRANCIAEN EL SEMANARIO DE CARACAS (1810)

En 1806, en Caracas, el alguacil mayor del Santo Oficio, don Francisco Ignacio Alvarado Serrano, y el notario de esa institución, don Benito Prada, efectuaron un registro de las bibliotecas de algunos individuos sospechosos de poseer libros prohibidos. En la lista que poseían de los textos que debían decomisar se hallaba la Historia filosófica de la revolución de Francia (Plaza, 1990:335-336). El autor de este libro era Antoine Fantin Desodoards, quien fue un escritor y traductor francés nacido en 1738 y fallecido en 1820 (http://www.biographie.net/Antoine-Étienne-Nicolas-Fantin-Desodoards). Son pocos los datos que poseemos sobre su vida. Se sabe que siendo vicario general de Embrun renunció a su condición eclesiástica en 1789 al plegarse a los principios de la Revolución Francesa y que fue testigo de todos sus acontecimientos. Entre ellos, el Terror dejó una profunda huella en él, como lo testimonia su Historia, publicada originalmente en 1796 en cuatro tomos. Esta tenía la intención, según el propio autor, de alertar a las de-más naciones sobre los males que genera una revolución cuando su liderazgo es usurpado por un grupo con tendencia “anarquista” (Desodoards, 1801 (I): V-X). En específico, en la Historia se relataban los hechos que iban desde el inicio de la Revolución Francesa hasta el 2 de junio de 1793, cuando se produjo la exclusión de los girondinos de la Convención Nacional, impulsada por el grupo jacobino.2 La obra de Desodoards constituía una interpretación “termidoriana” de la Revolución Francesa, destinada a enseñar en ese momento a los franceses y a los habitantes de otras partes del mundo cómo el abuso en el discurso político y en las acciones contra el sustento de la sociedad, la propiedad, traían como resultado la aparición de la guillotina y el excesivo derramamiento de sangre, produciéndose una des-viación perversa en la búsqueda de los objetivos de la revolución. Esta obra sería utilizada por Sanz para la redacción de algunas secciones políticas del Semanario de Caracas. Veamos primero cómo y luego el significado de este hecho.

En el Semanario de Caracas Nº III, del domingo 18 de noviembre de 1810, aparecieron por primera vez las palabras de Desodoards en el aparta-

2 Nos referimos sólo a la primera edición de la obra, la de 1796, que, como se verá luego, estaba prohibida dentro de la monarquía hispánica. Para la redacción del presente trabajo se ha utilizado la segunda edición, la del año 1801, que extendía los hechos relatados por Desodoards. Sin embargo, los primeros volúmenes se mantuvieron con el mismo contenido, excepto por algunas aclaratorias en la introducción de la obra. Desodoards se dedicó a agregar hechos históricos en posteriores revisiones y reediciones de la obra, como la de 1807, 1817 y 1820.

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do “Subordinación civil”. Sanz inició la sección Política con dos párrafos de la obra de Ferguson (Falcón, 1998:204), siguiendo con uno en el que afirmó que la desigualdad natural entre los hombres era una verdad evidente y fácil de conocer (Semanario de Caracas (1810) 1959:17). Luego comenzó a utilizar el libro de Desodoards. Escribió Sanz:

Ni la razón ni el hecho son bastantes para que los preocupados en esta materia se detengan a reflexionar que ha sido y es necesario el artificio social para en-contrar una igualdad facticia; obra del hombre para mejorar la naturaleza, que procediendo desigualmente, hizo al robusto y al débil; al perezoso y al ágil; al perspicaz y al estúpido; al valiente y al cobarde. Nacen todos, en una palabra, con diversos semblantes; con diferentes grados de calor en sus pasiones; y con diversas almas, preparados o proporcionados para obrar en diferentes destinos (Semanario de Caracas (1810) 1959:17-18). Divididos (los hombres) naturalmente en clases, fue indispensable que viviesen en continuada guerra. El robusto oprimía al débil; el perezoso, para alimentarse, robaba al ágil y al trabajador; el perspicaz se burlaba del estúpido; el sabio enga-ñaba al ignorante; y el valiente insultaba al cobarde. En este conjunto de males a que estaba el hombre expuesto por naturaleza, entró la razón a mejorar su suerte y halló la igualdad moral. Ese siglo de oro con que nos embelesan los Poetas, fue fábula inventada por ellos para alabar lo pasado a costa de lo presente (p. 18).

Desodoards, en el capítulo II, libro IV, tomo II, titulado “La naturaleza no ha hecho a los hombres iguales entre sí”, había expresado lo siguiente:

En todas las sociedades civilizadas, la clase de aquellos que no poseen nada o poseen poco, es infinitamente más numerosa que aquellos que tienen entre sus manos las riquezas territoriales y de convención. Esa distribución desigual no es un efecto de la suerte o de los vicios de la agregación social; ella la hace invenciblemente la naturaleza en los hombres, a unos trabajadores y activos, a otros perezosos y negligentes; a unos robustos, a otros débiles, a unos pródigos, a otros económicos (Desodoards, 1801:3).3 Los hombres estuvieron en todos los tiempos en estado de guerra, los unos en contra de los otros. El siglo de oro es una fábula inventada por los poetas, para alabar el pasado en vez de lo presente. Es probable que la multitud y los excesos de las injusticias particulares, que se cometían por los hombres en el estado de naturaleza, fueron las causas que determinaron el establecimiento de las socie-dades políticas (pp. 6-7).

3 Todas las traducciones del francés al castellano han sido realizadas por el autor. Agradezco al profesor Fer-nando Falcón la ayuda en la corrección de las mismas.

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Vemos cómo Sanz se basó en lo expuesto por Desodoards para desarrollar sus proposiciones sobre la desigualdad natural entre los hombres, utilizando las categorías de Desodoards para clasificarlos y, además, agregando su mención de la “fábula del Siglo de Oro de los poetas”. Al hacer esto, Sanz mezcló partes del capítulo II y del capítulo III, del libro IV, tomo II, denominado “Prueba de que los hombres no son iguales, extraída del estado de naturaleza”. Tomando en cuenta este capítulo, en el siguiente párrafo Sanz concordó con Desodoards al determinar el motivo por el que surgen las sociedades políticas: éstas nacían para solventar el estado de guerra que existía entre los hombres, consecuencia de la desigualdad natural entre los mismos.

Hasta este lugar de su sección, Sanz parafraseó las ideas de Desodoards, con alguna reproducción literal. Sin embargo, para la explicación de cómo surge la sociedad política, Sanz tradujo casi exactamente lo manifestado por este autor. Veamos:

De la unión de un gran número de fuerzas físicas, entonces separadas, resultó una fuerza moral, protectora de todos y de cada uno de los miembros. Los hombres desiguales por naturaleza, vinieron a ser iguales por ficción en presencia de la Ley; pero una igualdad respectiva al premio y al castigo en razón de la virtud y del crimen. Nunca la distribución de justicia pudo ni puede excluir la diferencia que entre ellos colocó la misma naturaleza, ni las consideraciones que imitándola, les tributa la Sociedad según su mérito (Semanario de Caracas (1810) 1959:18).

En el tercer párrafo del capítulo III, tomo II, de la Historia, se lee:

De la reunión de un gran número de fuerzas físicas, hasta entonces aisladas, nace una fuerza moral que protegerá a todos los asociados. Entonces los hombres, desiguales entre sí por la ley de la naturaleza, se convierten en iguales por ficción a la vista de la ley civil (Desodoards, 1801:17).

Esto es lo que apareció en el Semanario de Caracas Nº III proveniente de la Historia. Pero no son éstas las similitudes más sorprendentes, sino aquellas presentes en los Semanario Nos VIII y IX, bajo el apartado “Libertad y Seguridad civil”, en los que Sanz publicó sus conceptos de pueblo y propiedad. Veamos cómo las definiciones de estas voces no son producto exclusivo del pensamiento político del “licurgo” venezolano.

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EL ORIGEN DE LOS CONCEPTOS DE PUEBLO Y PROPIEDADDE MIGUEL JOSÉ SANZ

El concepto de pueblo

Sanz guardó la Historia de Desodoards y retomó el Ensayo de Ferguson (Fal-cón, 1998) para la elaboración de la sección Política en los siguientes números. En el VIII, del domingo 23 de diciembre de 1810, figuraron de nuevo varios extractos de la Historia. Esta vez Sanz la utilizó para desenvolver unas ideas sumamente importantes para el lenguaje político republicano de la época: las nociones de pueblo, propietario y propiedad.

Sanz obvió el capítulo V del libro IV, tomo II, de la obra de Desodoards, que se titulaba “Definición de la palabra república”, para recurrir al capítulo VI, llamado “Cuáles son aquellos que componen el pueblo en una república”. Luego de dos párrafos, el primero hecho a partir de la pregunta con la que Desodoards titula el capítulo, y en la afirmación de que el pueblo es la fuente de todos los poderes, idea también recogida por Desodoards, Sanz comenzó a introducir sus definiciones de pueblo:

Siendo pues necesario que Venezuela se gobierne por sí, también lo es que forme un Pueblo independiente. A veces se entiende esta voz por el conjunto de habi-tantes, y en este concepto cualquier lugar, o aldea puede llamarse Pueblo; pero políticamente tomada en sentido lato, Pueblo es ese conjunto de habitantes que forma nación, o que ejerce la soberanía sin reconocer otro superior que su volun-tad cuando legítimamente se congrega. Por ejemplo la provincia de Venezuela en la necesidad de gobernarse por sí, y de constituir un Gobierno conservador de los derechos de su Rey Fernando, compone hoy el Pueblo venezolano (Semanario de Caracas (1810) 1959:58). En su sentido más propio y riguroso la voz Pueblo sólo comprende a los que teniendo propiedades y residencia se interesan por ellas en la prosperidad de la cosa pública, pues los que nada tienen, sólo desean variaciones o innovaciones de que puedan sacar algún partido favorable. En una República o Reino bien organizado son los propietarios los que componen el Pueblo Soberano; ellos los que forman las leyes; y ellos los que las ejecutan o cuidan inmediatamente de su ejecución. Oímos hablar de Atenas, de Esparta, y de Roma. Ciertamen-te estas ciudades encerraban un número considerable de habitantes que no gozaban de la calidad de ciudadanos, o que no intervenían en la formación

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y ejecución de las leyes; servían sólo de hacer número sin mezclarse en los asuntos públicos (p. 58).

Las definiciones fueron extraídas de los siguientes párrafos de Desodoards:

Por la palabra pueblo entendemos la masa entera de habitantes de un Imperio sin distinción, o habiendo distinguido dos clases de hombres en el Estado; aquella de los ciudadanos, esto quiere decir, de aquellos que, teniendo propiedades que conservar, se interesan en la prosperidad de la cosa pública; y aquellos que, no poseyendo nada, ¿no desearán variaciones en el Estado de las cuales se pueden procurar cualquier cosa? (Desodoards, 1801:13-14).En otros términos ¿cuáles son aquellos que componen el pueblo soberano en una república bien organizada? Se nos habla de Atenas y de Esparta; esas dos ciuda-des contenían un pueblo numeroso que no tenían ningunos derechos políticos. Sus gobiernos tienen algún parecido con aquel de Génova; nosotros contamos allí ciudadanos y simples habitantes que no toman alguna parte en los asuntos públicos. Se nos cita también la república romana: ¿quién no sabe que ese go-bierno es por siempre célebre por haber sido una combinación extremadamente sutil de monarquía, aristocracia y democracia? Ella se sostuvo con esplendor tan largo tiempo como subsistió esa combinación (pp. 13-14).

Sanz combinó sus ideas con las del autor de la Historia, al realizar la división del concepto de pueblo en “lato” y “propio y riguroso”, aunque están cimentadas en los argumentos de Desodoards. Luego, para reafirmar el punto de que sólo puede considerarse a los propietarios como únicos miembros del pueblo soberano, Sanz utilizó una cita de Cicerón recogida por Desodoards:

Nosotros leemos, en las cartas de Cicerón a Ático, las reflexiones siguientes sobre los sans-culottes de su tiempo: “¿Se cree que el pueblo romano es ese populacho que se vende a precio de plata para violentar a sus magistrados, para asediar el Senado, o para librarse sin remordimientos a las rapiñas y los incen-dios? ¿Se cree que el pueblo romano es una tropa de facciosos sin costumbres como sin residencia, conducida por unos Lentulos, unos Loclios, unos Servios? Ciertamente que tales gentes se lisonjearían en vano de representar la majestad del imperio (p. 16).Para convencerse de que el Pueblo no se compone de todos los habitantes indis-tintamente, bastará referirse a las cartas escritas por Cicerón a Ático: ¿Se cree, dice, que el Pueblo Romano sea este populacho que se alquilaba a precio de dinero para violentar al Magistrado, para sitiar al Senado y para entregarse sin escrúpulos a las rapiñas e incendios? ¿Se cree que el Pueblo Romano sea una tropa de facciosos sin costumbres, conducida por los Léntulos, Clodios y

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Servios? Tales gentes se lisonjearían en vano de representar la Majestad del Imperio. Aristóteles había dicho lo mismo, explicando las voces populus y po-pularis multitudo (Semanario de Caracas (1810) 1959:58).

A pesar de no mencionar a los sans-culottes,4 esta denominación apareció más adelante. Expuso con otro fin la cita de Desodoards, y además corrige uno de los nombres romanos, Loclio por Clodio. La mención a Aristóteles, al final de esta proposición, es también de Desodoards, de una parte que se encuentra tres párrafos después de la cita de Cicerón:

El pueblo es la fuente de todos los poderes; mas Aristóteles admitiendo cierta verdad con todos los filósofos antiguos y modernos, distingue con ellos el pueblo populus, y la multitud popularis multitudo… (Desodoards, 1801:18).

Luego hay una referencia de Desodoards a los sans-culottes de los tiempos de Aristóteles, entre los que incluye a los mercenarios y a los marineros de Atenas. Sanz acudió a un párrafo anterior a éste, en la Historia, y redactó lo siguiente:

Es necesario, pues, distinguir lo que realmente es el Pueblo y separarlo de la Multitud o Populacho. Aquel se compone de los propietarios, y éste de los No-propietarios, enemigos capitales del orden, porque en el trastorno y confusión hallan ganancia. En todas partes, y en todos tiempos miran los primeros la pú-blica tranquilidad como preciso antecedente de la tranquilidad particular, que se interesan en aquella para poder gozar de ésta; pero los segundos, que nada tienen que perder, van siempre detrás de un héroe para poseer los despojos del tumulto. ¡Qué estragos no causaron los Sans-culotes en Francia! Para ellos no había mayor delito que ser rico; los irritaba más aquel que se manifestaba más inclinado a la paz, o que apetecía el orden para que cesasen los insultos, los incendios, los suplicios (Semanario de Caracas (1810) 1959:59). Esto fue en los romanos como en nosotros: los hombres son los mismos siempre, natura semper sibi consona. Siempre todos los no-propietarios fueron y serán los enemigos de los propietarios. Los unos toman la prosperidad pública como el germen de la prosperidad particular, ellos son amigos del orden y de la paz; los otros, no teniendo nada que perder buscan toda transformación como mejor sea, ellos van buscando innovaciones de todo género. Los propietarios buscan

4 Sans-culottes fue la denominación que se le dio en Francia a “un grupo mixto de trabajadores, humildes ar-tesanos y pequeños tenderos” con tendencias republicanas y democráticas radicales durante la revolución, y que con su accionar originaron la subida al poder de los jacobinos. Poseían una organización política comunal en París y eran miembros de una serie de clubs políticos radicales. Hasta 1794 fueron uno de los principales protagonistas de la Revolución Francesa. Véase Godechot (1979:190-210).

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conservar lo que existe, los no-propietarios desean los desórdenes que lo trastorna (Desodoards, 1801:17).

La referencia de Sanz a los estragos de los sans-culottes y al delito de ser rico estuvo fundamentada en un párrafo posterior de Desodoards, en el que éste describió la manera en que los demagogos, durante la Revolución Francesa, ata-caron a los propietarios afirmando que éstos poseían todas las riquezas (Ibídem). Sanz manifestó a continuación la necesidad de que las leyes se ajustaran a las condiciones del pueblo para el cual iban a ser creadas, traduciendo otro fragmento de la Historia:

Sin embargo, es preciso conocer que esta voz Pueblo, política y rigurosamente tomada, no es la multitud o conjunto de todos los habitantes; aunque cuando se trata de un Gobierno, éste deba constituirse con la industria, población y carácter moral de la ciudad, reino o provincia, que quiere tener leyes nuevas o reformar las antiguas. No debe pensarse en establecer un orden de cosas para seres imaginarios, para hombres simples, virtuosos, amigos recíprocamente unos de otros, y que sólo esperan ser dirigidos hacia el bien. Pensarse debe en formar leyes propias, sabias y prudentes para conducir a unos hombres, cuyos intereses se chocan, acostumbrados a la rivalidad y cuyo egoísmo es el móvil de todas sus acciones. A este estado redujo la provincia el antiguo Gobierno de unos advenedizos que sólo miraban su propio interés a costa del mérito, honra y libertad de los americanos, cuyos derechos sacrificaban a su ambición y avaricia (Semanario de Caracas (1810) 1959):60).Entonces deben tomarse los hombres tal como son. Un sistema de constitución debe conciliarse con la industria, la población y los caracteres morales del pueblo para el cual se harán leyes nuevas. No se debe establecer un orden de cosas para seres imaginarios, para unos hombres simples, amigos los unos de los otros, y que no demandan más que ser dirigidos hacia el bien que todos débilmente hacen por sí mismos; antes es una cuestión de forzar a vivir en paz a unos hombres donde los intereses se chocan perpetuamente, y donde un egoísmo cruel y destructor conduce casi todas las acciones (Desodoards, 1801:16).

Sanz culminó la sección Política del número VIII apoyándose por primera vez en el capítulo VII, titulado “Características esenciales que poseen los miembros del soberano en toda asociación política”, del libro IV de la Historia:

En consecuencia, tratando de nuestra felicidad, sólo el Pueblo soberano podrá conducirnos a ella; pero este Pueblo no es la Multitud; él se forma de los Propieta-rios. El habitante que nada posee, es extranjero; el que posee en nuestro suelo y no reside en él también es extranjero. Sólo el que posee y reside es parte del Pueblo,

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y en esa calidad tiene voz activa y pasiva, o tiene intervención en la formación de las leyes y su ejecución. Veremos, después, qué se entiende por Propietario, y qué por No-propietario (Semanario de Caracas (1810) 1959):60).El habitante no-propietario es un extranjero, el propietario no-habitante es tam-bién un extranjero; sólo es ciudadano, miembro de la ciudad, aquel que, cum-pliendo las dos condiciones necesarias para constituir la nación por sí mismo, es habitante propietario. En esos ciudadanos reside solamente la soberanía nacional, y yo debo añadir en todos ellos (Desodoards, 1801:20-21).

EL CONCEPTO DE PROPIEDAD Y PROPIETARIO

En el Semanario de Caracas Nº IX de domingo 30 de diciembre de 1810, Sanz se dedicó a definir las características del propietario, miembro del pueblo soberano, y qué tipo de propiedad debía tener a partir de lo propuesto en el capítulo de la Historia usado para redactar el párrafo final de la entrega anterior de su sección. Veamos las semejanzas entre sus afirmaciones y las de Desodoards:

Es una proposición generalmente admitida que la conservación de las propiedades fue uno de los principales motivos con que los hombres se unieron civilmente; con que establecieron leyes y fundaron Estados. No hay nación, pues, sin propiedades, ni propiedades sin territorios. Esas bandadas errantes de Scitas, Tártaros, Indios y de otros salvajes, que vuelan de una parte a otra, mudando fácilmente de habitación y morada, no pueden llamarse naciones, porque no tienen territorio determinado, ni poseen sino lo que roban y consumen diariamente o les ofrece la suerte; ni necesitan de un sistema de leyes, porque no hay materia sobre qué formarlas.Los Ilotas habitaban la Laconia, eran más en número que los Espartanos; pero no formaban cuerpo de nación porque no eran propietarios. Un terreno sin dueño es un desierto, y los hombres sin residencia segura son salvajes. Lo que se dice de la nación, debe aplicarse al individuo: sólo el que posee y reside puede llamarse ciudadano, y en los ciudadanos solamente reside la Soberanía de aquella, porque son los que se interesan en su existencia, orden y prosperidad. Los No-propietarios limitadamente tienen un derecho a ser protegidos por el Estado en razón de su obediencia a las leyes, y de su buena conducta: y una esperanza a participar de la Soberanía, cuando, ayudados de su trabajo y de la fortuna, se coloquen en la clase de Propietarios (Semanario de Caracas (1810) 1959):65). Hemos visto con anterioridad que la conservación de la propiedad fue el primer principio de asociación de los hombres en sociedad. Los hombres, reunidos para defenderse mutuamente contra toda rapiña de aquellos que no poseyendo, no forman un cuerpo de nación más que por su residencia sobre un territorio. Los Ilotas habitaban la Laconia, eran mucho más numerosos que los Lacedemonios;

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pero, no poseyendo alguna propiedad, no formaban un cuerpo de nación. Un territorio sin propietarios no es más que un desierto, y unos hombres sin territo-rio no son más que unas hordas errantes y salvajes. Aquello que yo digo de una nación, lo aplico al hombre en su totalidad: La residencia y la propiedad son las características distintivas del ciudadano (Desodoards, 1801:20). Existe, en todas las sociedades humanas, dos clases de individuos también diferen-tes por su naturaleza, mas no por su espíritu; aquellos que, habiendo depositado su parte en la asociación legal, son miembros del soberano, y aquellos que, no siendo más que simples habitantes no lo han hecho, no pudiendo reclamar más derechos en el Estado que el de ser protegidos cuando se comporten bien (p. 24).

Sanz continuó mostrando el ejemplo del Gobierno inglés y cómo este exigía cierta cantidad de propiedades para participar en él, y luego afirmó que la propiedad principal del ciudadano debía ser la territorial, la agrícola. El desarrollo de ambos puntos estuvo sustentado en el capítulo VIII denominado “¿Cual es el género de propiedad requerido de un individuo para constituirse miembro de la ciudad?”.5

Así concluyen las referencias de la Historia en el Semanario de Caracas.

“ENTRE NOSOTROS NO HAY SANS-CULOTTES”: EL DISCURSOPOLÍTICO DEL “TERMIDOR”6 FRANCÉS EN EL SEMANARIODE CARACAS (1810)

Habiendo mostrado la presencia de parte del contenido de la Historia filosófica de la Revolución de Francia de Desodoards en el Semanario de Caracas, debemos analizar, en la medida de lo posible, qué significado tuvo el uso de este libro para la redacción de las ideas sobre la desigualdad entre los hombres, el pueblo y la propiedad y propietario, atendiendo al contexto político e intelectual de su época (Pocock, 1985; Castro Leiva, 2009). Al hacer esto obtendremos mayor claridad con respecto a las implicaciones teórico-políticas que tiene el modo como Sanz articuló y fundamentó sus ideas.

5 Véanse estas similitudes en el cuadro comparativo que insertamos al final del artículo.6 Se denomina “termidor” al proceso político iniciado con el derrocamiento del “Gran Comité de Salud

Pública”, el 27 de julio de 1794, que dio fin al gobierno jacobino y el Terror, y que tenía como objetivo “concluir la revolución” y crear definitivamente una república estable. Las ideas de sus líderes principales se institucionalizaron con la promulgación de la Constitución de 1795, dando paso a la república “termidoriana” del Directorio. Ver Godechot (1979:197-200). Sobre la “conclusión de la revolución”, puede verse Jainchill (2003). Sobre “termidor” como concepto con este mismo sentido “concluyente” dentro de una teoría sobre las revoluciones, véase Brinton (1985:237-263).

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Escribió Desodoards en uno de los capítulos usados por Sanz: “La violación de los derechos de propiedad produce los males y los crímenes de la revolución francesa” (Desodoards, 1801:23). Los “anarquistas”, epíteto que se le dio a los jacobinos, se apropiaron, entre 1793 y 1794, de la dirección de la Revolución Francesa por intermedio del Comité de Salud Pública bajo el liderazgo de Ro-bespierre (Thiers (1823/1827) 1973:535-547), al ganarse el apoyo de las clases bajas (obreros, artesanos y pequeños comerciantes) de las ciudades de Francia, especialmente las parisinas, denominadas en la época sans-culottes, por interme-dio de un discurso político basado en las nociones de la igualdad natural entre los hombres; la instauración del sufragio universal y de la democracia directa a partir de una concepción de pueblo en sentido “lato”; la negación de la propiedad privada como sustento de la adhesión a la república, sustituyéndola por una vinculación sentimental a la patria, a partir del cultivo de la virtud política; la limitación de las propiedades de acuerdo con la satisfacción de las necesidades básicas de los ciudadanos; todas considerablemente influenciadas por una lectura de El contrato social de Rousseau (Furet, 1980:47);7 nociones que fueron esparcidas en Francia, sobre todo en París, por los clubs políticos radicales. Fue la presión de 80.000 sans-culottes armados, demandando lo defendido en los discursos de los jacobinos, lo que originó el arresto de los diputados y ministros girondinos, para luego ser juzgados y llevados a la guillotina (Godechot, 1979:193).

La explicación de la desigualdad natural entre los hombres, por parte de Desodoards, tenía como meta contrarrestar el discurso sobre la igualdad que ha-bían utilizado Robespierre y los jacobinos. Ésta también la hallamos en uno de los máximos representantes del discurso político “termidoriano”, el convencionalista Boissy d’Anglas, uno de los principales redactores de la Constitución francesa del año III:

La Convención francesa debe protegerse con coraje contra los principios ilu-sorios de una democracia absoluta y de una igualdad ilimitada, principios que son los escollos más temibles para la verdadera libertad. La igualdad civil, eso es lo único que el hombre razonable puede exigir. La igualdad absoluta es una quimera; para que pudiese existir, sería necesario que existiese una igualdad completa de espíritu, de virtud, de fuerza física, de educación, de fortuna de todos los hombres (D’Anglas, 1795, en Urueña, 2007:72-73).

7 Para un estudio de las implicaciones de esta obra para el pensamiento político venezolano de la emancipación, véase Castro Leiva (2005).

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Para el discurso político “termidoriano” francés, la única igualdad factible era la igualdad ante la ley. Así refutaron la idea de los jacobinos. Además, para desechar la posibilidad de instaurar una democracia absoluta, buscada constitu-cionalmente en 1793, las figuras políticas “termidorianas” reformularon la noción de pueblo. La concepción del pueblo-propietario, presentada por Desodoards en el marco del discurso político “termidoriano”, buscaba evitar la anarquía que se podía generar al extenderse los derechos políticos a cualquier habitante, lo que ocasionaba los abusos y la tiranía en la administración de los asuntos públicos,8 teniendo como consecuencia los ataques a la propiedad, uno de los derechos del hombre y del ciudadano consagrados en las Declaraciones. Los jacobinos habían postulado en sus discursos la limitación de las propiedades de acuerdo con las ne-cesidades de los ciudadanos, por lo que se ganaron la simpatía de los sans-culottes,9 circunstancia que aprovecharon ambos actores para desarrollar una campaña de violaciones de este derecho, mediante diversos mecanismos, como los empréstitos forzosos y las confiscaciones (Thiers (1823/1827) 1973:548-551). El que todos los habitantes de Francia pudiesen tener la misma cantidad de propiedades, a través de esta limitación, debió ser negado por los convencionalistas “termidorianos” si no querían ver repetirse las acciones del Terror. Para ello recurrieron a la idea del pueblo-propietario, tal como se manifestó en lo escrito por Desodoards, y por lo tanto, tal como la presentó Sanz en el Semanario. Esta fue dilucidada por Boissy d’Anglas dentro de la Convención Nacional francesa de 1795:

Debemos ser gobernados por los mejores; los mejores son los mejor educados y los más interesados en el mantenimiento de la leyes: aparte de algunas excep-ciones, no se encontrarán tales hombres excepto entre aquellos que, poseyendo propiedad, están atados a la tierra en donde se encuentran, a las leyes que la protegen, a la tranquilidad que la preserva, y es por la posesión de esta propiedad y la facilidad que brinda la educación los que los hace capaces para discutir, sabia y precisamente, las desventajas y los inconvenientes de las leyes que de-terminan el destino de su patria. El hombre sin propiedad, al contrario, necesita

8 Los jacobinos habían protestado contra la posible instalación de la elección de dos grados de carácter cen-sitario para la ocupación de los cargos públicos desde la promulgación de la Declaración de Derechos de 1789. Camille Desmoulins, miembro de este grupo, denunciaba el 12 de diciembre de ese año la pretensión de configurar un gobierno “aristocrático” a partir de este sistema electoral y lo absurdo del mismo al escribir que, con este sistema, “ni Jean-Jacques Rousseau, ni Corneille, ni Mably podrían ser elegibles”. Para Des-moulins, los ciudadanos “activos” eran todos aquellos que habían propulsado con sus acciones la revolución. Para esto y cómo la voz aristocracia adquiere un sentido negativo en la Revolución Francesa, véase Monnier (2003:97-98).

9 Robespierre había planteado la exclusión de la propiedad de los derechos individuales consagrados por la Declaración. Godechot (1979:194).

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un esfuerzo constante de su virtud para sentir algún interés por un orden que no mantiene algo para él, y para oponerse a los movimientos que le dan alguna esperanza (D’Anglas, 1795, en Jainchill, 2003:417).

El discurso político del “termidor” francés, quien tuvo entre sus máximos exponentes, además de d’Anglas, a Germaine de Stäel, persiguió como objetivo general justificar la sociedad política con unas concepciones distintas a aquellas del republicanismo clásico de los jacobinos (Baker, 2001), cultor de la repúblicas antiguas, quienes habían ocasionado el desastre de los años 1793 y 1794. Éste presentó como bases de la sociedad política el respeto total de los derechos indi-viduales; la noción de la desigualdad natural entre los hombres y la igualdad como igualdad ante la ley exclusivamente; la concepción de la libertad civil como la verdadera libertad (libertad de los “modernos”) y la postulación de la propiedad y el interés económico como fundamento del apego entre los individuos y de éstos con su patria. Era un discurso enfocado en el concepto de interés y no de virtud (Botana, 1997:21-107; Castro Leiva, 1990), voz esta última que había servido de pretexto para enviar a la guillotina a millares de franceses. En una parte de los capítulos de la Historia utilizados para el Semanario, que Sanz no incluye pero que muy probablemente leyó, presenciamos el fundamento conceptual ético-moral de este discurso político:

El interés es el móvil de las acciones de los hombres. El propietario, encadena-do al Estado por los lazos más fuertes, confunde su prosperidad particular en la prosperidad general. La guerra, que devora la fortuna del Estado, lo arruina también a él por los impuestos excesivos que está obligado a pagar. La paz, que disminuye los gastos del gobierno, y que favorece todos los géneros de industria, añade a su bienestar mejoras de toda especie, permitiéndole el desarrollo. Es de su propio interés asistir a los no-propietarios, y contribuir perpetuamente a aumentar la intensidad de su bondad; ya que es entre las gentes de esa clase en la que él puede encontrar al arrendatario para hacer valer sus dominios, y todos los agentes de los que tiene necesidad para procurarse los goces a los cuales su posición le permite aspirar (Desodoards, 1801:24) (cursivas nuestras).

Era la concatenación de los intereses individuales con el interés público, a partir de la intención de las personas de proteger y mejorar su propiedad y con ello sus condiciones de vida, y no la virtud basada en un sentimiento, el amor a la patria, preconizada por “El Incorruptible” Robespierre, lo que hacía viable la existencia de la sociedad política. La propiedad tenía una función esencialmente política, ya que es a partir de ella que los ciudadanos calculaban para procurar el bienestar

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del Estado y de esta manera la obtención del bien común. Desodoards confirmó su posición, de manera extremista, al no estar de acuerdo con Voltaire en que el mejor gobierno es aquel en que todas las clases son igualmente protegidas por la ley. Para él, el “Estado mejor gobernado es aquel en el que todos los habitantes propietarios concurren a la formación de las leyes que rigen la ciudad” (p. 25).

Si Sanz utilizó una obra que venía de ese contexto podemos suponer que reconoció en la sociedad venezolana los factores a los cuales podían ser aplicadas las categorías del discurso político “termidoriano”. Pudo reconocer en Venezuela quiénes eran los propietarios llamados a ejercer los derechos políticos y quiénes los no propietarios que no podían tener participación en el gobierno y, por lo tan-to, potenciales sans-culottes. Sanz propugnó así, a través del concepto de pueblo que manejó, una república agraria-comercial,10 cimentada teóricamente sobre los argumentos de Desodoards, cuya característica esencial era la participación política principal y casi exclusiva de los propietarios agrarios venezolanos, quienes, en su mayoría, eran los líderes principales del Juntismo, y en su mayoría pertenecían a la casta de los blancos “criollos”. A pesar de ello, parece ser que la preferencia de Sanz por una república agraria-comercial no tuvo como objetivo necesario el satisfacer un interés particular o de grupo, a pesar de la relación directa que había entre el pueblo-propietario y los protagonistas del Juntismo. La Historia le pro-veyó de material pedagógico-político para poder identificar las vicisitudes por las que pasaba toda revolución presentando el caso de la Revolución Francesa. Ella había producido ciertos efectos que temían los actores políticos venezolanos de entonces: 1) la guerra racial de Haití; 2) el despotismo de Napoleón y 3) el Terror. Es este último proceso el que es descrito por la Historia. Las impresiones que probablemente recibió Sanz de su lectura fueron lo suficientemente fuertes como para agregar en su sección Política las consideraciones de Desodoards. Antes que satisfacer los intereses de los blancos “criollos”, de los cuales formaba parte, su postulación de las ideas políticas “termidorianas” pudieron tener un carácter pre-ventivo: evitar que el proceso revolucionario venezolano provocara una anarquía como la del Terror. Estos temores pudieron verse reforzados al aparecer probable-mente en Caracas alusiones al discurso político jacobino, mediante apelaciones a la igualdad natural entre los hombres o la democracia absoluta11 o, inclusive, tal

10 La relación entre el discurso político “termidoriano” y un lenguaje político determinado será abordada en otra oportunidad.

11 Hasta ahora no poseemos información suficiente que confirme este punto para noviembre o diciembre de 1810, fecha de publicación de los números del Semanario de Caracas con los aportes de Desodoards. Sin

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vez fue motivado por el recuerdo del intento insurreccional de Gual y España de 1797, cuyo contenido era predominantemente jacobino (Grases, 1978:17-57).

Las advertencias indirectas sobre el peligro que podía causar la difusión del discurso revolucionario francés jacobino están presentes desde el primer número del Semanario, del domingo 4 de noviembre de 1810. Las referencias sobre el papel político que tuvieron éstos en Francia, si nos atenemos a lo mostrado en este artículo, estuvieron influenciadas por la Historia de Desodoards. Sin duda, el tono moderado de la sección política de Sanz estuvo basado en el conocimiento de la historia de la Revolución Francesa hasta el año 1793.

PRESENCIA DE LA HISTORIA FILOSÓFICA DE LA REVOLUCIÓN DE FRANCIA EN LA VENEZUELA COLONIAL Y ASPECTOS FORMALES DE SU USO EN EL SEMANARIO DE CARACAS

El libro de Desodoards había sido prohibido por el rey Carlos IV por Edicto del 18 de marzo de 1801, como se observa en el Suplemento al Índice Expurgatorio del año 1790 que contiene los libros prohibidos y mandados a expurgar en todos los reynos y señoríos del católico rey de España el Sr. Don Carlos IV, desde el Edicto de 13 de diciembre del año de 1789 hasta el 25 de agosto de 1805, donde aparece referida una edición de 1797: “Fantin Desodoards (Antoine): Histoire philosophique de la revolution de France: obra impr. en París en 1797 en 4 tom. en 8º mayor” (Suplemento…, 1805:21). Por tal razón figura en una lista de libros, hecha por el Santo Oficio, que debían ser decomisados en Caracas en el año 1806, en la cual se indica que este texto, bajo el nombre Historia filosófica sobre la revo-lución de Francia, era posesión de D. Domingo Díaz (Plaza, 1986:189), el cual se ha identificado como José Domingo Díaz (Sosa, 2008:148), quien fue co-redactor del Semanario de Caracas. Esto plantea algunas perspectivas interesantes respecto a la utilización del texto de Desodoards para la redacción de parte del Semanario, que surgen de las siguientes cuestiones: ¿Qué papel jugó Díaz en la inclusión de los argumentos de Desodoards en las secciones examinadas en este artículo? ¿Redactó por sí mismo esta sección, recomendó el texto a Sanz o conservó notas

embargo, en octubre de ese año se registraron algunas acciones de los hermanos Ribas junto a la plebe que causó su expulsión del territorio venezolano (Parra Pérez, 1992:257). En 1811, las acciones de la Sociedad Patriótica de Caracas ocasionarán la atribución de estas ideas a sus integrantes, por parte de sus opositores, generándose un debate sobre la noción de igualdad. Véase Leal (2007).

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extraídas de este libro? Por ahora no podemos precisar cuál de estas opciones es la correcta, pero este dato confirma definitivamente la relación de ambos redactores con este texto.

En la base de datos de la Biblioteca Nacional de Venezuela se encuentra una referencia de una edición del año de su primera publicación, 1796: “Fantin des Odoards, Antoine Etienne Nicolas. 1738-1820. Histoire philosophique de la revolution de France, depuis la convocation des notables: Louis XVI, jusqu’a la separation de la Convention Nationale. París: L’Imprimierie de l’Union, 1796”. Un registro de una edición distinta, accesible en la época de Sanz, lo debemos a Caracciolo Parra-León, quien en su obra Filosofía universitaria venezolana señala que entre las obras políticas de la época de la Independencia que se podían encon-trar todavía en la Caracas de su tiempo, se hallaba la Histoire philosophique de la révolution de France por Antonio Fantin-Désodoards. París, 1801 (Parra León (1934) 1989:170-171). Esta edición es la que hemos utilizado en este trabajo. Ambas, la de 1796 y la de 1801, constan de cuatro tomos. El contenido de los primeros libros y capítulos de 1801 no presenta modificaciones fundamentales con respecto a la de 1796, presentando sólo la agregación de nuevos capítulos que extendían el relato histórico de Desodoards, ya que se señala en el inicio de la edición posterior que se ha hecho de acuerdo con el manuscrito original del autor. Sin embargo, no contamos con los datos suficientes para determinar cuál ha sido la edición consultada por Sanz.

Otro punto que es importante señalar es la inexistencia de referencias de este texto en los estudios sobre traducciones durante la época de la Independencia venezolana (Grases, 1961:108-118). Asimismo, hemos intentado hallar alguna traducción al español de la época o posterior y hasta ahora no hemos conseguido ninguna, lo que nos lleva a afirmar, en ausencia de pruebas en contrario, que Sanz realizó la primera traducción parcial al español conocida de esta obra. Creemos que debe ser adjudicada a él, teniendo en cuenta que sabía el idioma francés (Falcón, 1998:198). Cabe destacar que, a diferencia de sus referencias de Ferguson (Ibídem), Sanz se maneja con mucha más soltura con las transcripciones de Desodoards. Varias veces combina ideas propias con las del autor; no sigue estrictamente el orden de exposición del mismo; incluye acotaciones sobre la realidad venezolana en medio de las traducciones; mezcla párrafos de distintos lugares (capítulos).12

12 Esto podrá observarse en el cuadro que anexamos al final de este artículo.

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CONCLUSIÓN

La importancia que tiene la determinación de las fuentes intelectuales para crear una historia del pensamiento político venezolano ha sido señalada por dis-tintos autores, siendo sugestivas las consideraciones de Luis Castro Leiva (2009) y Fernando Falcón (1998; 2006) para el caso venezolano. Descubrir extractos de obras en el discurso político de los actores de la Independencia venezolana es necesario por cinco razones, dos revisionistas y tres constructivas: 1) posibilita la refutación de la presencia de autores y corrientes filosófico-políticas que no ha sido suficientemente demostrada, introduciendo una mayor rigurosidad histórica en las investigaciones (Castro Leiva, 1994:244-248); 2) ayuda a precisar hasta qué punto las concepciones de los actores políticos de esa época son originales; 3) facilita la atribución correcta de ideas a autores específicos, y así, se puede inscribir de manera más precisa su discurso político en un lenguaje político en particular; 4) permite la comparación de contextos e ideas separadas cronológicamente; 5) brinda luz sobre la manera como los autores extrajeron las ideas de los textos (Falcón, 1998:199).

En este artículo hemos analizado la presencia de la obra de Desodoards en el trabajo de Sanz, tomando en cuenta algunos de los aspectos antes señalados. Esto nos permite desarrollar varias reflexiones finales: 1) como ha quedado demostra-do, las nociones sobre la desigualdad natural entre los hombres, del pueblo y de la propiedad, a pesar de concordar con las preferencias políticas de Sanz, no son una creación original de su pensamiento; 2) al utilizar Sanz las concepciones de Desodoards, reproduce el sentido que poseían estas voces en el discurso político “termidoriano”; 3) el que Sanz se enmarque en este lenguaje quiere decir que podía observar semejanzas entre el proceso de la Revolución Francesa y el de la revolución venezolana.

La identificación de esta fuente intelectual también abre mayores perspectivas para el estudio de la historia del pensamiento político de la emancipación venezo-lana. Sobre todo, plantea la revisión de ciertas tesis sostenidas sobre la naturaleza de la influencia de las ideas revolucionarias francesas en la Independencia, siendo la primordial aquella que privilegia una visión jacobina de la misma y, por lo tanto, expone que ésta se manifiesta exclusivamente a través del lenguaje del republica-nismo clásico. Pero, tal como se observa en este trabajo, también las ideas políticas del “termidor” francés tuvieron figuración, y en conceptos sumamente importantes

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para la comprensión del discurso político de la emancipación, demostrando ade-más la presencia de un lenguaje político proveniente de la Revolución Francesa contrario al lenguaje del republicanismo clásico. Podríamos encontrar entonces dentro de los debates políticos de la emancipación venezolana no solamente un enfrentamiento entre los que apoyaban el modelo político estadounidense y los que apoyaban el modelo político francés, la visión tradicional que se posee, sobre todo, de la primera época republicana, sino que se podría incluir también un debate de tres dimensiones: los partidarios de un determinado modelo político francés, el de la república democrática jacobina de 1793-1794, y los partidarios de otro modelo político francés, el de la república “termidoriana”, moderada, de la época del Directorio, de los años 1795-1799, apoyando o contrariando a los partidarios del modelo republicano estadounidense.

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en u

na p

alab

ra, c

on d

iver

sos

sem

blan

tes;

con

dife

rent

es g

rado

s de

ca

lor

en s

us p

asio

nes;

y c

on d

iver

sas

alm

as, p

repa

rado

s o

prop

orci

onad

os

para

obr

ar e

n di

fere

ntes

des

tinos

” (p

. 42)

.

(1-2

-3-7

) “D

ivid

idos

nat

ural

men

te en

clas

es, f

ue in

disp

ensa

ble q

ue v

ivie

sen

en

cont

inua

da g

uerr

a. E

l rob

usto

opr

imía

al d

ébil;

el p

erez

oso,

par

a alim

enta

rse,

ro

baba

al á

gil y

al t

raba

jado

r; el

per

spic

az s

e bu

rlaba

del

est

úpid

o; e

l sab

io

enga

ñaba

al i

gnor

ante

; y e

l val

ient

e in

sulta

ba a

l cob

arde

. En

este

con

junt

o de

mal

es a

que

est

aba

el h

ombr

e ex

pues

to p

or n

atur

alez

a, e

ntró

la ra

zón

a m

ejor

ar s

u su

erte

y h

alló

la ig

uald

ad m

oral

. Ese

sig

lo d

e or

o co

n qu

e no

s em

bele

san

los P

oeta

s, fu

e fá

bula

inve

ntad

a po

r ello

s par

a al

abar

lo p

asad

o a

cost

a de

lo p

rese

nte”

(p. 4

2).

(3) “

Los i

nsul

tos r

ecíp

roco

s, la

cont

inua

da g

uerr

a en

que v

ivía

n lo

s hom

bres

, di

o m

otiv

o a l

as so

cied

ades

par

a res

istir

a un

os y

pro

tege

r a o

tros.

No

habr

ían

sido

ést

as n

eces

aria

s, si

hub

iese

n na

cido

igua

les y

pod

ido

cons

erva

rse

así e

n el

uso

de s

us fa

culta

des.

La d

ivis

ión

civi

l de c

lase

s, le

jos d

e ser

una

vio

laci

ón

de lo

s der

echo

s nat

ural

es, e

s muy

con

form

e a

la d

ifere

ncia

que

inte

rpus

o la

na

tura

leza

ent

re lo

s ind

ivid

uos y

muy

nec

esar

ia p

ara

impe

dir e

l abu

so d

e lo

s do

nes c

on q

ue fa

vore

ció

a un

os y

que

neg

ó a

otro

s” (p

. 42)

.

Page 22: Las nociones de desigualdad, pueblo y propiedad de Antoine

212

Polit

eia

43

LUIS DANIEL PERRONE GALICIAde

las

soci

edad

es p

olíti

cas.

Muc

has

fam

ilias

se

reun

iero

n pa

ra o

pone

r su

s es

fuer

zos

com

bina

dos

a la

s vi

olen

cias

de

los

band

idos

que

, no

quer

iend

o su

frir

la p

ena

de re

corr

er e

l bos

que

en b

úsqu

eda

de c

aza,

tom

an c

omo

más

mod

o y

mas

fáci

l apr

opia

rse

de a

quel

lo q

ue lo

s vec

inos

han

obt

enid

o pa

ra

su u

so”

(pp.

6-7

).

(4) “

De

la re

unió

n de

un

gran

núm

ero

de fu

erza

s fís

icas

, has

ta e

nton

ces a

is-

lada

s, na

ce u

na fu

erza

mor

al q

ue p

rote

gerá

a to

dos

los

asoc

iado

s. En

tonc

es

los h

ombr

es, d

esig

uale

s ent

re sí

por

la le

y de

la n

atur

alez

a, se

con

vier

ten

en

igua

les

por fi

cció

n a

la v

ista

de

la le

y ci

vil.

La a

greg

ació

n so

cial

no

ofre

ce

más

que

la f

uerz

a, la

des

treza

, la

inte

ligen

cia

entre

los

indi

vidu

os q

ue h

an

pact

ado;

per

o en

virt

ud d

el c

ontra

to so

cial

, cad

a un

o de

be e

mpl

ear u

na p

arte

de

su d

estre

za, d

e su

fuer

za, d

e su

inte

ligen

cia

en la

ven

taja

com

ún; l

a m

asa

ente

ra d

e bie

nes s

e con

vier

te p

or as

í dec

irlo,

en el

pat

rimon

io d

e cad

a mie

mbr

o de

la c

iuda

d” (p

. 7).

Cap

ítulo

VI.

Cuá

les s

on a

quel

los q

ue c

ompo

nen

el p

uebl

oen

una

rep

úblic

a

(5)

“Por

la p

alab

ra p

uebl

o en

tend

emos

la m

asa

ente

ra d

e ha

bita

ntes

de

un

Impe

rio s

in d

istin

ción

, o h

abie

ndo

dist

ingu

ido

dos

clas

es d

e ho

mbr

es e

n el

Es

tado

; aqu

ella

de l

os ci

udad

anos

, est

o qu

iere

dec

ir, d

e aqu

ello

s que

, ten

iend

o pr

opie

dade

s que

con

serv

ar, s

e in

tere

san

en la

pro

sper

idad

de

la c

osa

públ

ica;

y

aque

llos q

ue, n

o po

seye

ndo

nada

, ¿no

des

eará

n va

riaci

ones

en

el E

stad

o de

la

s cua

les s

e pu

eden

pro

cura

r cua

lqui

er c

osa?

” (p

p. 1

3-14

).

(6) “

En o

tros

térm

inos

¿cu

áles

son

aqu

ello

s qu

e co

mpo

nen

el p

uebl

o so

be-

rano

en

una

repú

blic

a bi

en o

rgan

izad

a? S

e no

s hab

la d

e Ate

nas y

de

Espa

rta;

esas

dos

ciu

dade

s co

nten

ían

un p

uebl

o nu

mer

oso

que

no te

nían

nin

guno

s de

rech

os p

olíti

cos.

Sus

gobi

erno

s tie

nen

cual

quie

r pa

reci

do c

on a

quel

de

Gén

ova;

nos

otro

s co

ntam

os a

llí c

iuda

dano

s y

sim

ples

hab

itant

es q

ue n

o to

man

alg

una

parte

en

los a

sunt

os p

úblic

os. S

e no

s cita

tam

bién

la re

públ

ica

rom

ana:

¿Q

uién

no

sabe

que

ese

gob

iern

o es

por

sie

mpr

e cé

lebr

e po

r hab

er

sido

una

com

bina

ción

ext

rem

adam

ente

sut

il de

mon

arqu

ía, a

risto

crac

ia y

CU

AD

RO

CO

MPA

RAT

IVO

... (c

ontin

uaci

ón)

(4) “

De

la u

nión

de

un g

ran

núm

ero

de fu

erza

s fís

icas

, ent

once

s se

para

das,

resu

ltó u

na fu

erza

mor

al, p

rote

ctor

a de t

odos

y d

e cad

a uno

de l

os m

iem

bros

. Lo

s hom

bres

des

igua

les p

or n

atur

alez

a, v

inie

ron

a se

r igu

ales

por

ficc

ión

en

pres

enci

a de

la L

ey; p

ero

una

igua

ldad

resp

ectiv

a al

pre

mio

y a

l cas

tigo

en

razó

n de

la v

irtud

y d

el c

rimen

. Nun

ca la

dis

tribu

ción

de

just

icia

pud

o ni

pu

ede

excl

uir

la d

ifere

ncia

que

ent

re e

llos

colo

có la

mis

ma

natu

rale

za, n

i la

s con

side

raci

ones

que

imitá

ndol

a, le

s trib

uta

la S

ocie

dad

segú

n su

mér

ito”

(p. 4

2).

SEM

ANAR

IO D

E CA

RACA

S N

º VII

I. D

omin

go, 2

3 de

dic

iem

bre d

e 181

0.

(Lib

erta

d y

segu

rida

d ci

vil)

(13)

“La

vol

unta

d ge

nera

l del

Pue

blo

es e

l pro

pio

y ve

rdad

ero

Sobe

rano

: de

ella

se

deriv

an c

omo

de u

na f

uent

e lo

s po

dere

s le

gisl

ativ

o, c

oact

ivo

y ju

risdi

ccio

nal…

” (p

. 57)

.

(5) “

Sien

do p

ues n

eces

ario

que

Ven

ezue

la se

gob

iern

e por

sí, t

ambi

én lo

es q

ue

form

e un

Pue

blo

inde

pend

ient

e. A

vec

es se

ent

iend

e es

ta v

oz p

or e

l con

junt

o de

hab

itant

es, y

en

este

con

cept

o cu

alqu

ier

luga

r, o

alde

a pu

ede

llam

arse

Pu

eblo

; per

o po

lític

amen

te to

mad

a en

sen

tido

lato

, Pue

blo

es e

se c

onju

nto

de h

abita

ntes

que

form

a na

ción

, o q

ue e

jerc

e la

sobe

raní

a si

n re

cono

cer o

tro

supe

rior q

ue su

vol

unta

d cu

ando

legí

timam

ente

se c

ongr

ega.

Por

eje

mpl

o la

pr

ovin

cia

de V

enez

uela

en

la n

eces

idad

de

gobe

rnar

se p

or sí

, y d

e co

nstit

uir

un G

obie

rno

cons

erva

dor d

e los

der

echo

s de s

u R

ey F

erna

ndo,

com

pone

hoy

el

Pue

blo

vene

zola

no”

(p. 6

4).

(5-6

) “En

su se

ntid

o m

ás p

ropi

o y

rigur

oso

la v

oz P

uebl

o só

lo c

ompr

ende

a

los q

ue te

nien

do p

ropi

edad

es y

resi

denc

ia se

inte

resa

n po

r ella

s en

la p

rosp

e-rid

ad d

e la

cos

a pú

blic

a, p

ues l

os q

ue n

ada

tiene

n, só

lo d

esea

n va

riaci

ones

o

inno

vaci

ones

de q

ue p

ueda

n sa

car a

lgún

par

tido

favo

rabl

e. E

n un

a Rep

úblic

a o

Rei

no b

ien

orga

niza

do s

on lo

s pr

opie

tario

s lo

s qu

e co

mpo

nen

el P

uebl

o So

bera

no; e

llos l

os q

ue fo

rman

las l

eyes

; y el

los l

os q

ue la

s eje

cuta

n o

cuid

an

inm

edia

tam

ente

de

su e

jecu

ción

. Oím

os h

abla

r de

Ate

nas,

de E

spar

ta, y

de

Rom

a. C

ierta

men

te e

stas

ciu

dade

s en

cerr

aban

un

núm

ero

cons

ider

able

de

Page 23: Las nociones de desigualdad, pueblo y propiedad de Antoine

213

Polit

eia

43

LAS NOCIONES DE DESIGUALDAD, PUEBLO Y PROPIEDAD DE ANTOINE FANTIN DESODOARDS EN EL ...C

UA

DR

O C

OM

PAR

ATIV

O...

(con

tinua

ción

)

dem

ocra

cia?

Ella

se so

stuv

o co

n es

plen

dor,

tan

larg

o tie

mpo

com

o su

bsis

tió

esa

com

bina

ción

” (p

. 14)

.

(7)

“He

obse

rvad

o, m

as a

ún, q

ue e

n to

das

las

naci

ones

civ

iliza

das

los

ha-

bita

ntes

de

un p

aís

está

n di

vidi

dos

en d

os c

lase

s, lo

s pr

opie

tario

s y

los

no-

prop

ieta

rios,

y qu

e sie

mpr

e la s

egun

da cl

ase e

s más

num

eros

a que

la p

rimer

a.

Lueg

o he

obs

erva

do q

ue es

a dis

tribu

ción

des

igua

l est

á tot

alm

ente

rela

cion

ada

a la n

atur

alez

a de l

os h

ombr

es, s

iend

o lo

s uno

s lab

orio

sos y

activ

os, l

os o

tros

pere

zoso

s y

débi

les;

los

unos

rob

usto

s, lo

s ot

ros

flojo

s; lo

s un

os p

ródi

gos,

los

otro

s av

aros

; los

uno

s at

ento

s, lo

s ot

ros

sin

prev

isió

n; lo

s un

os h

ábile

s lo

s ot

ros

sin

tale

ntos

; y n

o ha

y en

el p

oder

del

legi

slad

or a

lgun

a m

aner

a de

su

bstit

uir e

l uno

por

el o

tro”

(p. 1

5).

(8) “

Ento

nces

deb

en to

mar

se lo

s hom

bres

tal c

omo

son.

Un

sist

ema d

e con

sti-

tuci

ón d

ebe c

onci

liars

e con

la in

dust

ria, l

a pob

laci

ón y

los c

arac

tere

s mor

ales

de

l pue

blo

para

el cu

al se

har

án le

yes n

ueva

s. N

o se

deb

e est

able

cer u

n or

den

de co

sas p

ara s

eres

imag

inar

ios,

para

uno

s hom

bres

sim

ples

, am

igos

los u

nos

de lo

s otro

s, y

que n

o de

man

dan

más

que

ser d

irigi

dos h

acia

el b

ien

que t

odos

bilm

ente

hac

en p

or su

pro

pia c

uent

a; an

tes e

s una

cues

tión

de fo

rzar

a vi

vir

en p

az a

unos

hom

bres

don

de lo

s int

eres

es se

choc

an p

erpe

tuam

ente

, y d

onde

un

ego

ísm

o cr

uel y

des

truct

or c

ondu

ce c

asi t

odas

las a

ccio

nes”

(p. 1

6).

(9)

“Nos

otro

s le

emos

, en

las

carta

s de

Cic

erón

a Á

tico,

las

refl

exio

nes

sigu

ient

es s

obre

los

san

s-cu

lotte

s de

su

tiem

po:

“¿Se

cre

e qu

e el

pue

blo

rom

ano

es e

se p

opul

acho

que

se v

ende

a p

reci

o de

pla

ta p

ara

viol

enta

r a su

s m

agis

trado

s, pa

ra a

sedi

ar e

l Sen

ado,

o p

ara

libra

rse

sin

rem

ordi

mie

ntos

a

las

rapi

ñas

y lo

s in

cend

ios?

¿Se

cre

e qu

e el

pue

blo

rom

ano

es u

na tr

opa

de

facc

ioso

s sin

cos

tum

bres

com

o si

n re

side

ncia

, con

duci

da p

or u

nos L

entu

los,

unos

Loc

lios,

unos

Ser

vios

? C

ierta

men

te q

ue ta

les

gent

es s

e lis

onje

aría

n en

va

no d

e re

pres

enta

r la

maj

esta

d de

l im

perio

” (p

. 16)

.

(10)

“Est

o fu

e en

los r

oman

os co

mo

en n

osot

ros:

los h

ombr

es so

n lo

s mis

mos

si

empr

e, n

atur

a se

mpe

r sib

i con

sona

. Sie

mpr

e to

dos l

os n

o-pr

opie

tario

s fue

-ro

n y

será

n lo

s ene

mig

os d

e lo

s pro

piet

ario

s. Lo

s uno

s tom

an la

pro

sper

idad

habi

tant

es q

ue n

o go

zaba

n de

la ca

lidad

de c

iuda

dano

s, o

que n

o in

terv

enía

n en

la fo

rmac

ión

y ej

ecuc

ión

de la

s le

yes;

ser

vían

sól

o de

hac

er n

úmer

o si

n m

ezcl

arse

en

los a

sunt

os p

úblic

os”

(p. 6

4).

(9-1

3) “

Para

con

venc

erse

de

que

el P

uebl

o no

se

com

pone

de

todo

s lo

s ha

bita

ntes

indi

stin

tam

ente

, bas

tará

refe

rirse

a la

s car

tas e

scrit

as p

or C

icer

ón

a Á

tico:

¿Se

cre

e, d

ice,

que

el P

uebl

o Ro

man

o se

a es

te p

opul

acho

que

se

alqu

ilaba

a p

reci

o de

din

ero

para

vio

lent

ar a

l Mag

istr

ado,

par

a si

tiar

al

Sena

do y

para

entre

gars

e sin

escr

úpul

os a

las r

apiñ

as e

ince

ndio

s? ¿

Se cr

ee

que e

l Pue

blo

Rom

ano

sea

una

tropa

de f

acci

osos

sin

costu

mbr

es, c

ondu

cida

po

r lo

s Lé

ntul

os, C

lodi

os y

Ser

vios

? Ta

les

gent

es s

e lis

onje

aría

n en

van

o de

repr

esen

tar

la M

ajes

tad

del I

mpe

rio.

Aris

tóte

les

habí

a di

cho

lo m

ism

o,

expl

ican

do la

s voc

es p

opul

us y

pop

ular

is m

ultit

udo”

(p. 6

5).

(10-

11) “

Es n

eces

ario

, pue

s, di

stin

guir

lo q

ue re

alm

ente

es

el P

uebl

o y

se-

para

rlo d

e la

Mul

titud

o P

opul

acho

. Aqu

él se

com

pone

de

los p

ropi

etar

ios,

y és

te d

e lo

s N

o-pr

opie

tario

s, en

emig

os c

apita

les

del o

rden

, por

que

en e

l tra

stor

no y

con

fusi

ón h

alla

n ga

nanc

ia. E

n to

das

parte

s, y

en to

dos

tiem

pos

mira

n lo

s pr

imer

os la

púb

lica

tranq

uilid

ad c

omo

prec

iso

ante

cede

nte

de la

tra

nqui

lidad

par

ticul

ar, q

ue se

inte

resa

n en

aque

lla p

ara p

oder

goz

ar d

e ést

a;

pero

los s

egun

dos,

que n

ada t

iene

n qu

e per

der,

van

siem

pre d

etrá

s de u

n hé

roe

para

pos

eer l

os d

espo

jos

del t

umul

to. ¡

Qué

est

rago

s no

cau

saro

n lo

s Sa

ns-

culo

tes e

n Fr

anci

a! P

ara e

llos n

o ha

bía m

ayor

del

ito q

ue se

r ric

o; lo

s irr

itaba

m

ás aq

uel q

ue se

man

ifest

aba m

ás in

clin

ado

a la p

az, o

que

apet

ecía

el o

rden

pa

ra q

ue c

esas

en lo

s ins

ulto

s, lo

s inc

endi

os, l

os su

plic

ios”

(p. 6

5).

(12)

“En

el c

urso

ord

inar

io d

e la

s co

sas,

los

Mal

os o

bede

cen

por t

emor

a

las

leye

s; la

s in

frin

gen

cuan

do p

uede

n se

cret

amen

te; y

son

cas

tigad

os s

i se

les

pilla

en

la in

frac

ción

: per

o en

los

tiem

pos

tem

pest

uoso

s se

dec

lara

n at

revi

dam

ente

ene

mig

os d

el h

ombr

e de

bie

n, c

omet

en v

iole

ncia

s a fa

vor d

e la

impu

nida

d y

son

tem

ible

s. C

arac

as p

or u

n ef

ecto

de s

us co

stum

bres

; de s

us

idea

s rel

igio

sas;

y m

ás q

ue to

do p

or u

n es

peci

al b

enefi

cio

de la

Pro

vide

ncia

, tra

stor

nó u

n G

obie

rno

insi

dios

o, y

gen

eral

men

te a

borr

ecid

o, y

est

able

ció

una

Junt

a co

nser

vado

ra d

e lo

s de

rech

os d

e su

Rey

. Em

pres

a pa

ra s

iem

pre

Page 24: Las nociones de desigualdad, pueblo y propiedad de Antoine

214

Polit

eia

43

LUIS DANIEL PERRONE GALICIA

CU

AD

RO

CO

MPA

RAT

IVO

... (c

ontin

uaci

ón)

públ

ica

com

o el

ger

men

de

la p

rosp

erid

ad p

artic

ular

, ello

s so

n am

igos

del

or

den

y de

la p

az; l

os o

tros,

no te

nien

do n

ada

que

perd

er b

usca

n to

da tr

ans-

form

ació

n co

mo

mej

or se

a, el

los v

an b

usca

ndo

inno

vaci

ones

de t

odo

géne

ro.

Los

prop

ieta

rios

busc

an c

onse

rvar

lo q

ue e

xist

e, lo

s no

-pro

piet

ario

s de

sean

lo

s des

órde

nes q

ue lo

tras

torn

a” (p

. 17)

.

(11)

“¿Po

r qué

ust

edes

no

tiene

n? D

icen

los d

emag

ogos

a lo

s no-

prop

ieta

rios.

Es p

orqu

e lo

s pro

piet

ario

s tie

nen

todo

. La

natu

rale

za n

o lo

ent

iend

e as

í; lo

s ric

os n

o so

n m

ás s

u ob

ra q

ue lo

s no

bles

, ella

no

los

ha h

echo

igua

les;

de

la

eter

na co

nspi

raci

ón d

e los

no

pose

edor

es co

ntra

los p

osee

dore

s: re

belió

n qu

e de

cua

lqui

er m

aner

a so

rda

y de

cua

lqui

er m

aner

a ab

ierta

se

mue

stra

tant

o co

ntra

los p

artic

ular

es, t

anto

con

tra la

aso

ciac

ión

gene

ral,

tant

o en

el u

mbr

al

de la

noc

he y

en

las s

oled

ades

, tan

to a

la d

escu

bier

ta y

en

un g

ran

día,

tien

e po

r obj

eto

aque

lla m

áxim

a: q

uíta

te p

ara

tom

ar e

ste

luga

r” (p

. 17)

.

(12)

“En

el c

urso

ord

inar

io d

e la

s co

sas,

en la

s qu

e lo

s no

-pro

piet

ario

s no

ej

erce

n al

gún

dere

cho

polít

ico,

esa

rebe

lión

alte

ra e

l ord

en s

ocia

l sin

reve

r-si

ón. L

os n

o-pr

opie

tario

s ob

edec

en la

s le

yes

que

está

n en

vig

or, b

usca

ndo

viol

arla

s se

cret

amen

te c

uand

o pu

eden

, y s

iend

o co

lgad

os c

uand

o se

les

de

scub

re. A

dem

ás q

ue, p

or e

l efe

cto

de u

na re

volu

ción

, ello

s se

con

vier

ten

en lo

s am

os, e

n la

que

los d

erec

hos d

e lo

s ciu

dada

nos s

on in

vadi

dos p

or lo

s en

emig

os n

atur

ales

de

la c

iuda

d, e

lla s

e co

nvie

rte c

omo

en u

na v

illa

pres

a de

un

asal

to”

(pp.

17-

18).

(13)

“El p

uebl

o es

la fu

ente

de t

odos

los p

oder

es; m

as A

ristó

tele

s adm

itien

do

cier

ta v

erda

d co

n to

dos

los

filós

ofos

ant

iguo

s y

mod

erno

s, di

stin

gue

con

ello

s el

pue

blo

popu

lus,

y la

mul

titud

pop

ular

is m

ultit

udo

ella

com

pone

la

mul

titud

de

su p

aís d

e m

erce

nario

s que

, sin

bie

nes y

sin

asilo

, pas

an su

vid

a en

los l

ugar

es p

úblic

os, e

n bú

sque

da d

e tra

bajo

, en

los m

arin

eros

de A

tena

s, lo

s bar

quer

os d

e Te

nedo

s, lo

s cam

bala

cher

os d

e Eg

ines

y d

e to

dos l

os sa

ns-

culo

ttes d

e su

tiem

po”

(p. 1

8).

glor

iosa

y d

igna

de

que

se o

cupe

n la

s plu

mas

en

trans

miti

rla a

la p

oste

ridad

pa

ra p

erpe

tua

mem

oria

. Ni e

l die

cinu

eve

de a

bril,

ni d

espu

és, s

e ha

vis

to

un e

xces

o se

mej

ante

siq

uier

a a

aque

llos

con

que

la h

isto

ria n

os h

orro

riza

y es

pant

a re

firie

ndo

las

revo

luci

ones

de

los

Pueb

los

del m

undo

, o d

e lo

s qu

e he

mos

sido

test

igos

en

el tr

asto

rno

de la

Fra

ncia

y d

e la

Esp

aña”

(p. 6

5).

(8) “

Sin

emba

rgo,

es

prec

iso

cono

cer q

ue e

sta

voz

Pueb

lo, p

olíti

ca y

rigu

-ro

sam

ente

tom

ada,

no

es la

mul

titud

o c

onju

nto

de to

dos

los

habi

tant

es;

aunq

ue cu

ando

se tr

ata d

e un

Gob

iern

o, és

te d

eba c

onsti

tuirs

e con

la in

dustr

ia,

pobl

ació

n y

cará

cter

mor

al d

e la

ciu

dad,

rein

o o

prov

inci

a, q

ue q

uier

e te

ner

leye

s nue

vas o

refo

rmar

las a

ntig

uas.

No

debe

pen

sars

e en

esta

blec

er u

n or

den

de c

osas

par

a se

res

imag

inar

ios,

para

hom

bres

sim

ples

, virt

uoso

s, am

igos

re

cípr

ocam

ente

uno

s de

otro

s, y

que

sólo

esp

eran

ser d

irigi

dos h

acia

el b

ien.

Pe

nsar

se d

ebe

en f

orm

ar le

yes

prop

ias,

sabi

as y

pru

dent

es p

ara

cond

ucir

a un

os h

ombr

es, c

uyos

inte

rese

s se

cho

can,

aco

stum

brad

os a

la r

ival

idad

y

cuyo

ego

ísm

o es

el m

óvil

de to

das

sus

acci

ones

. A e

ste

esta

do re

dujo

la

prov

inci

a el

ant

iguo

Gob

iern

o de

uno

s ad

vene

dizo

s qu

e só

lo m

iraba

n su

pr

opio

inte

rés a

cos

ta d

el m

érito

, hon

ra y

libe

rtad

de lo

s am

eric

anos

, cuy

os

dere

chos

sacr

ifica

ban

a su

am

bici

ón y

ava

ricia

” (p

. 66)

.

(15)

“En

cons

ecue

ncia

, tra

tand

o de

nue

stra

felic

idad

, sól

o el

Pue

blo

sobe

rano

po

drá

cond

ucirn

os a

ella

; per

o es

te P

uebl

o no

es l

a M

ultit

ud; é

l se

form

a de

lo

s Pro

piet

ario

s. El

hab

itant

e qu

e na

da p

osee

, es e

xtra

njer

o; e

l que

pos

ee e

n nu

estro

sue

lo y

no

resi

de e

n él

tam

bién

es

extra

njer

o. S

ólo

el q

ue p

osee

y

resi

de e

s par

te d

el P

uebl

o, y

en

esa

calid

ad ti

ene

voz

activ

a y

pasi

va, o

tien

e in

terv

enci

ón e

n la

form

ació

n de

las l

eyes

y su

eje

cuci

ón. V

erem

os, d

espu

és,

qué

se e

ntie

nde

por P

ropi

etar

io, y

qué

por

No-

prop

ieta

rio”

(pp.

66-

67).

SEM

AN

AR

IO D

E C

AR

AC

AS

Nº I

X. D

omin

go, 3

0 de

dic

iem

bre d

e 181

0.

(Lib

erta

d y

segu

rida

d ci

vil)

(14)

“Es

una

pro

posi

ción

gen

eral

men

te a

dmiti

da q

ue l

a co

nser

vaci

ón d

e la

s pr

opie

dade

s fu

e un

o de

los

prin

cipa

les

mot

ivos

con

que

los

hom

bres

se

unie

ron

civi

lmen

te; c

on q

ue e

stab

leci

eron

leye

s y fu

ndar

on E

stad

os. N

o ha

y na

ción

, pue

s, si

n pr

opie

dade

s, ni

pro

pied

ades

sin

terr

itorio

s. Es

as b

anda

das

Page 25: Las nociones de desigualdad, pueblo y propiedad de Antoine

215

Polit

eia

43

LAS NOCIONES DE DESIGUALDAD, PUEBLO Y PROPIEDAD DE ANTOINE FANTIN DESODOARDS EN EL ...C

UA

DR

O C

OM

PAR

ATIV

O...

(con

tinua

ción

)

Cap

ítulo

VII

. Car

acte

res e

senc

iale

s que

con

stitu

yen

a lo

s mie

mbr

os d

el

sobe

rano

en

toda

aso

ciac

ión

polít

ica

(14)

“H

emos

vis

to c

on a

nter

iorid

ad q

ue la

con

serv

ació

n de

la p

ropi

edad

fue

el p

rimer

prin

cipi

o de

aso

ciac

ión

de lo

s hom

bres

en

soci

edad

. Los

hom

bres

, re

unid

os p

ara

defe

nder

se m

utua

men

te c

ontra

toda

rapi

ña d

e aq

uello

s que

no

pose

yend

o, n

o fo

rman

un

cuer

po d

e nac

ión

más

que

por

su re

siden

cia s

obre

un

terri

torio

. Los

Ilot

as h

abita

ban

la L

acon

ia, e

ran

muc

ho m

ás n

umer

osos

que

los

Lace

dem

onio

s; pe

ro, n

o po

seye

ndo

algu

na p

ropi

edad

, no

form

aban

un

cuer

po

de n

ació

n. U

n te

rrito

rio s

in p

ropi

etar

ios

no e

s m

ás q

ue u

n de

sier

to, y

uno

s ho

mbr

es si

n te

rrito

rio n

o so

n m

ás q

ue u

nas h

orda

s erra

ntes

y sa

lvaj

es. A

quel

lo

que y

o di

go d

e una

nac

ión,

lo ap

lico

al h

ombr

e en

su to

talid

ad: L

a res

iden

cia

y la

pro

pied

ad so

n la

s car

acte

rístic

as d

istin

tivas

del

ciu

dada

no”

(p. 2

0).

(15)

“El h

abita

nte n

o-pr

opie

tario

es u

n ex

tranj

ero,

el p

ropi

etar

io n

o-ha

bita

nte

es ta

mbi

én u

n ex

tranj

ero;

sól

o es

ciu

dada

no, m

iem

bro

de la

ciu

dad,

aqu

el

que,

cum

plie

ndo

las d

os c

ondi

cion

es n

eces

aria

s par

a co

nstit

uir l

a na

ción

por

mis

mo,

es

habi

tant

e pr

opie

tario

. En

esos

ciu

dada

nos

resi

de s

olam

ente

la

sobe

raní

a na

cion

al, y

yo

debo

aña

dir e

n to

dos e

llos”

(pp.

20-

21).

(16)

“La

qui

mer

a de

la ig

uald

ad, d

ice

Ray

nal,

es la

más

pel

igro

sa d

e to

das

aque

llas d

onde

tien

e par

te lo

s hom

bres

. Pre

dica

r ese

sist

ema a

la m

ultit

ud, e

s de

senc

aden

ar lo

s ani

mal

es d

omés

ticos

, y tr

ansf

orm

arlo

s en

best

ias f

eroc

es”

(p. 2

3).

(17)

“Ex

iste

, en

toda

s la

s so

cied

ades

hum

anas

, dos

cla

ses

de i

ndiv

iduo

s ta

mbi

én d

ifere

ntes

por

su

natu

rale

za, m

as n

o po

r su

espí

ritu;

aqu

ello

s qu

e,

habi

endo

dep

osita

do su

par

te e

n la

aso

ciac

ión

lega

l, so

n m

iem

bros

del

sobe

-ra

no, y

aqu

ello

s que

, no

sien

do m

ás q

ue si

mpl

es h

abita

ntes

no

lo h

an h

echo

, no

pud

iend

o re

clam

ar m

as d

erec

hos

en e

l Est

ado

que

el d

e se

r pr

oteg

idos

cu

ando

se c

ompo

rten

bien

” (p

. 24)

.

(18)

“A

lgun

os m

e ac

usan

de

esta

blec

er e

n el

Esta

do e

l pat

ricia

do d

e Ven

ecia

: un

a id

ea p

arec

ida

esta

bie

n le

jos

de m

i int

enci

ón. S

i el n

o-pr

opie

tario

no

parti

cipa

de

una

man

era

activ

a en

el d

erec

ho d

e ha

cer l

as le

yes,

la p

rote

cció

n

erra

ntes

de

Scita

s, Tá

rtaro

s, In

dios

y d

e ot

ros

salv

ajes

, que

vue

lan

de u

na

parte

a ot

ra, m

udan

do fá

cilm

ente

de h

abita

ción

y m

orad

a, n

o pu

eden

llam

arse

na

cion

es, p

orqu

e no

tiene

n te

rrito

rio d

eter

min

ado,

ni p

osee

n si

no lo

que

roba

n y

cons

umen

dia

riam

ente

o le

s ofr

ece

la su

erte

; ni n

eces

itan

de u

n si

stem

a de

le

yes,

porq

ue n

o ha

y m

ater

ia so

bre

qué

form

arla

s” (p

. 67)

.

(14-

17-1

8) “

Los

Ilota

s ha

bita

ban

la L

acon

ia, e

ran

más

en

núm

ero

que

los

Espa

rtano

s; p

ero

no fo

rmab

an cu

erpo

de n

ació

n po

rque

no

eran

pro

piet

ario

s. U

n te

rren

o si

n du

eño

es u

n de

sier

to, y

los h

ombr

es si

n re

side

ncia

segu

ra so

n sa

lvaj

es. L

o qu

e se

dic

e de

la n

ació

n, d

ebe

aplic

arse

al i

ndiv

iduo

: sól

o el

que

po

see y

resid

e pue

de ll

amar

se ci

udad

ano,

y en

los c

iuda

dano

s sol

amen

te re

side

la S

ober

anía

de a

quel

la, p

orqu

e son

los q

ue se

inte

resa

n en

su ex

isten

cia,

ord

en

y pr

ospe

ridad

. Los

pro

prie

tario

s (si

c) li

mita

dam

ente

tien

en u

n de

rech

o a

ser

prot

egid

os p

or e

l Est

ado

en ra

zón

de su

obe

dien

cia

a la

s ley

es, y

en

su b

uena

co

nduc

ta; y

una

esp

eran

za a

par

ticip

ar d

e la

Sob

eran

ía, c

uand

o, a

yuda

dos d

e su

trab

ajo

y de

la fo

rtuna

, se

colo

quen

en

la c

lase

de

Prop

ieta

rios”

(p. 6

7).

(16-

19-2

0) “

Tal v

ez é

ste

es e

l móv

il de

la a

ctiv

idad

con

que

los

ingl

eses

se

apr

esur

an p

or a

dqui

rir p

ropi

edad

es, y

el f

unda

men

to d

e la

pro

sper

idad

de

la I

ngla

terr

a en

su

indu

stria

, agr

icul

tura

, y c

omer

cio.

Allí

es

nece

sario

go

zar c

ierta

rent

a pa

ra se

r ele

ctor

de

los m

iem

bros

de

las C

ámar

as, p

ara

ser

dipu

tado

de

una

ciud

ad; y

par

a se

rlo d

e un

Con

dado

. El d

eseo

de

este

hon

or

y el

de i

nflui

r en

los n

egoc

ios p

úblic

os lo

s hac

e anh

elar

suce

siva

men

te p

or la

po

sesi

ón y

aum

ento

de

una

rent

a. P

rete

nder

que

todo

s los

hab

itant

es te

ngan

in

dist

inta

men

te ig

ual i

nfluj

o po

lític

o en

una

nac

ión

es ro

mpe

r los

reso

rtes d

e la

em

ulac

ión

y da

r mot

ivo

a qu

e el

hon

rado

y p

acífi

co p

osee

dor v

iva

con-

tinua

men

te a

men

aza

de lo

s in

sulto

s y

viol

enci

as d

el c

odic

ioso

vag

amun

do,

del o

cios

o at

revi

do y

del

mal

vado

tuna

nte.

Esa

qui

mer

a de

la ig

uald

ad, d

ice

un a

utor

cel

ebér

rimo,

es l

a m

ás p

elig

rosa

de

cuan

tas l

ison

jean

al h

ombr

e al

ap

licar

ese

sis

tem

a a

la M

ultit

ud, e

s de

senc

aden

ar a

nim

ales

dom

éstic

os y

co

nver

tirlo

s en

fiera

s” (p

p. 6

7-68

).

(22-

23) “

Pero

, ¿cu

ál es

la p

ropi

edad

que

se re

quie

re en

un

indi

vidu

o pa

ra co

ns-

titui

rle m

iem

bro

influ

yent

e en

la S

ober

anía

del

Pue

blo?

La p

rimer

a y p

rinci

pal

Page 26: Las nociones de desigualdad, pueblo y propiedad de Antoine

216

Polit

eia

43

LUIS DANIEL PERRONE GALICIA

CU

AD

RO

CO

MPA

RAT

IVO

... (c

ontin

uaci

ón)

que

le a

segu

ra la

soc

ieda

d, le

per

mite

la n

oble

esp

eran

za d

e ob

tene

r es

a pr

erro

gativ

a; e

nton

ces,

cuan

do p

or su

trab

ajo

y po

r su

buen

a co

nduc

ta h

aya

adqu

irido

las

prop

ieda

des,

el o

bstá

culo

que

se

le o

pone

a s

u ad

mis

ión

en e

l ra

ngo

de lo

s sob

eran

os n

o ex

istir

á m

ás”

(p. 2

5).

(19)

“Yo

fijo

mi a

tenc

ión

en e

l gob

iern

o de

la G

ran

Bre

taña

. Tod

o in

glés

, po

seed

or d

e cu

aren

ta c

helin

es d

e re

nta,

fund

ada

en u

na ti

erra

libr

e de

toda

ca

rga,

dis

frut

a, a

quel

los

que

ya ti

enen

la e

dad

de 2

1 añ

os, e

l der

echo

de

depo

sita

r su

sufr

agio

en

las a

sam

blea

s o e

n la

ele

cció

n de

los m

iem

bros

del

pa

rlam

ento

. Mas

, par

a se

r ele

gibl

e, é

l deb

e po

seer

tres

cien

tas

libra

s es

terli

-na

s de

rent

a, q

ue s

on s

iete

mil

fran

cos

de p

lata

de

Fran

cia,

cua

ndo

él d

esea

fo

rmar

par

te d

e la

rep

rese

ntac

ión

de u

na v

illa

o bu

rgo;

y a

quel

que

asp

ira

repr

esen

tar u

n co

ndad

o, d

ebe

tene

r sei

scie

ntas

libr

as e

ster

linas

de

rent

a. E

n co

nsec

uenc

ia, l

os m

iem

bros

de

la c

ámar

a de

los c

omun

es n

o so

n as

alar

iado

s de

l Est

ado”

(p. 2

6).

(20)

“Es

a co

ndic

ión

de e

legi

bilid

ad, n

egad

ora

de l

os a

ntep

asad

os, n

o es

hu

mill

ante

. El I

nglé

s qu

e po

r su

indu

stria

se

proc

ura

el in

gres

o te

rrito

rial

pres

crito

por

la le

y, d

isfr

uta i

nmed

iata

men

te la

s ven

taja

s que

ella

le at

ribuy

e.

La p

erso

na n

o es

excl

uida

form

alm

ente

; no

es m

ás q

ue ac

cide

ntal

men

te, s

egún

la

exp

resi

ón d

e un

aut

or m

oder

no, y

por

el h

echo

de

una

suer

te d

e en

ferm

e-da

d; e

jerc

erán

su

dere

cho

cuan

do s

e ha

yan

cura

do. L

a es

pera

nza

razo

nabl

e qu

e la

ley

le d

a a

todo

ingl

és d

e co

nver

tirse

en

mie

mbr

o de

la c

ámar

a de

los

com

unes

, es u

n ag

uijó

n qu

e im

puls

a el c

omer

cio,

y so

bre t

odo

las o

pera

cion

es

mar

ítim

as, d

onde

las f

ortu

nas s

e ha

cen

rápi

dam

ente

. Ést

e pu

ede

ser e

l mot

or

más

pod

eros

o de

la g

ran

pros

perid

ad d

e la

que

dis

frut

a In

glat

erra

” (p

. 26)

.

(21)

“M

ás a

ún, s

i ent

re lo

s no-

prop

ieta

rios s

e co

nsig

uen

gent

es d

istin

guid

as

por s

u m

érito

o p

or su

tale

nto,

¿Por

qué

el cu

erpo

legi

slativ

o no

pod

ría ac

orda

r un

a med

ida q

ue lo

s vol

vería

eleg

ible

s par

a tod

as la

s fun

cion

es p

olíti

cas?

Esa

di

stin

ción

no

ince

ntiv

aría

la v

anid

ad n

i la

envi

dia,

sería

más

hon

orab

le p

ara

un in

divi

duo

de u

n pa

ís li

bre,

que

aqu

ella

s re

com

pens

as y

títu

los

frív

olos

, di

strib

uido

s po

r lo

s re

yes

a aq

uello

s qu

e co

ncur

ren

frec

uent

emen

te a

su

corte

” (p

p. 2

6-27

).

prop

ieda

d es

la d

e la t

ierra

por

ser s

u cu

ltivo

abso

luta

men

te n

eces

ario

par

a la

su

bsis

tenc

ia d

el h

ombr

e, au

n co

nsid

erán

dole

sim

ple p

asto

r, o

pesc

ador

, pue

s lo

s gan

ados

y p

eces

se a

limen

tan

de e

lla. O

bjet

o fu

e de

la v

ener

ació

n de

los

hom

bres

en la

antig

üeda

d; lo

fue s

u cu

ltura

; lo

fuer

on su

s fru

tos;

y lo

fuer

on

los q

ue la

culti

vaba

n; y

todo

s los

sere

s que

conc

urría

n a s

u pr

oduc

ción

. Esa

s D

eida

des,

esos

Tem

plos

, eso

s A

ltare

s de

dica

dos

a C

éres

, Am

alte

a, F

lora

, Fa

una,

Pom

ona,

Sat

urno

, Apo

lo y

otro

s in

num

erab

les

dios

es q

ue s

e di

cen

fabu

loso

s y p

rovo

can

la ri

sa d

e lo

s ign

oran

tes,

pues

que

se ti

ene

por e

xtra

-va

ganc

ia y

dis

para

te lo

que

no

se co

mpr

ende

, no

sim

boliz

aban

otra

cosa

que

la

tier

ra y

a vi

rgen

, ya

culti

vada

, ya

florid

a, y

a fr

uctifi

cand

o; y

a el

labr

ador

m

ás in

dust

rioso

; ya

el s

ol q

ue la

cal

ient

a. C

asto

r en

el t

rópi

co d

e cá

ncer

; Pó

lux

en e

l de

capr

icor

nio.

Tod

o te

nía

rela

ción

a la

agr

icul

tura

: las

fies

tas

de lo

s la

brad

ores

; a la

s di

fere

ntes

est

acio

nes

del a

ño e

n qu

e se

sem

brab

an

sazo

naba

n, y

cog

ían

los f

ruto

s” (p

. 68)

.

(24-

25)

“El s

obra

nte

de é

stos

y la

sab

ía d

ispo

sici

ón d

e la

nat

ural

eza

que

en u

nas p

arte

s ost

enta

ba su

abu

ndan

cia

y en

otra

s esc

asea

ba, h

acie

ndo

que

acud

iese

n aq

uí lo

s que

neg

aba

allí,

dio

oca

sión

al c

omer

cio.

Par

a fa

cilit

ar la

re

cípr

oca

perm

uta

de lo

s sup

erflu

os, s

e de

term

inar

on si

tios p

ropo

rcio

nado

s pa

ra la

conc

urre

ncia

, y se

edifi

caro

n al

mac

enes

, cas

as y

ciud

ades

, res

ulta

ndo

un n

uevo

gén

ero

de p

ropi

edad

. Se

divi

dier

on lo

s ho

mbr

es e

n ci

udad

anos

y

cam

pest

res,

y la

s pr

opie

dade

s en

urb

anas

y ru

rale

s, po

rque

ent

rete

nido

s en

imita

r la

natu

rale

za o

que

riend

o co

ntra

hace

rla, i

nven

taro

n la

s arte

s, y

la

indu

stria

form

ó ot

ra p

ropi

edad

muy

est

imab

le, q

ue a

l pas

o qu

e ha

cía

más

mod

a la

vid

a hu

man

a, d

io a

l alm

a ra

cion

al u

n es

paci

oso

cam

po e

n qu

é de

sple

gar s

us fa

culta

des y

est

able

cer l

as c

ienc

ias”

(p. 6

8).

(26)

“D

ificu

ltada

s las

per

mut

as o

true

ques

o n

o pu

dien

do c

ompa

rars

e y

ba-

lanc

ears

e un

as c

osas

con

otra

s, a

tiem

po q

ue a

umen

tánd

ose

las n

eces

idad

es

fact

icia

s sob

re la

s nat

ural

es, e

ra in

excu

sabl

e lo

que a

ntes

fue g

usto

, cap

richo

o

dele

ite, s

e in

vent

ó la

mon

eda

que

repr

esen

tase

toda

s las

cos

as y

apa

reci

ó ot

ra p

ropi

edad

más

sol

icita

da, p

orqu

e to

do p

osee

dor s

e ju

zga

pose

edor

de

aque

llas,

aunq

ue r

ealm

ente

sól

o si

rve

ni ti

ene

otro

des

tino

que

adqu

irir y

go

zar l

o qu

e la

tier

ra fr

uctifi

ca y

el a

rte p

rodu

ce”

(pp.

68-

69).

Page 27: Las nociones de desigualdad, pueblo y propiedad de Antoine

217

Polit

eia

43

LAS NOCIONES DE DESIGUALDAD, PUEBLO Y PROPIEDAD DE ANTOINE FANTIN DESODOARDS EN EL ...C

UA

DR

O C

OM

PAR

ATIV

O...

(con

tinua

ción

)

Cap

ítulo

VII

I. ¿C

uál e

s el g

éner

o de

pro

pied

ad re

quer

ida

en u

n in

divi

duo

para

con

stitu

irse

mie

mbr

o de

la c

iuda

d?

(22)

“¿Cu

ál es

el g

éner

o de

pro

pied

ad re

quer

ido

de u

n in

divi

duo

para

cons

titui

r-se

mie

mbr

o de

la c

iuda

d? E

s una

cue

stión

que

exi

ge se

r acl

arad

a” (p

. 27)

.

(23)

“To

do v

iene

de

la ti

erra

, nos

dic

en lo

s ec

onom

ista

s. La

s co

sech

as q

ue

dora

n la

s lla

nura

s, pr

ovee

n nu

estro

s pr

inci

pale

s al

imen

tos,

y la

viñ

a qu

e ve

rdea

la c

uest

a, p

rodu

ce e

l lic

or q

ue a

nim

a nu

estra

s co

mid

as, y

dev

uelv

e la

fue

rza

al h

ombr

e ag

otad

o po

r el

trab

ajo.

Aqu

í, un

os r

ebañ

os ju

guet

ean

brin

cand

o en

med

io d

e un

a pr

ader

a es

mal

tada

; allá

, en

agra

dabl

es v

aras

las

frut

as d

e to

das

espe

cies

y d

e to

dos

colo

res,

enca

ntan

igua

lmen

te lo

s oj

os y

el

olfa

to. M

ás a

llá, l

os b

osqu

es a

ntig

uos

le p

rocu

ran

a lo

s ho

mbr

es la

leña

ne

cesa

ria p

ara

cons

olid

ar su

s res

iden

cias

, pre

para

r sus

alim

ento

s, y

prot

eger

a

sus

fam

ilias

de

los

ataq

ues

de u

n ba

ndid

o. L

os p

ropi

etar

ios

terr

itoria

les

disp

onen

sol

amen

te d

e es

os p

reci

osos

bie

nes,

sin

los

cual

es la

s ar

tes

y el

co

mer

cio

no te

ndría

n ni

ngun

as p

rovi

sion

es. C

oncl

uim

os q

ue e

sos

únic

os

prop

ieta

rios,

teni

endo

inte

rés

en la

pro

sper

idad

gen

eral

, son

mie

mbr

os d

el

sobe

rano

” (p

p. 2

7-28

).

(24)

“N

o es

más

que

por

la v

ía d

e lo

s in

terc

ambi

os y

del

com

erci

o qu

e lo

s pr

opie

tario

s de

una

mer

canc

ía c

uya

cant

idad

exc

ede

aque

lla q

ue la

fam

ilia

pued

e con

sum

ir, b

usca

n em

plea

r el s

uper

fluo

inút

il, p

rocu

ránd

ose f

ácilm

ente

ot

ros o

bjet

os q

ue su

s dom

inio

s no

prod

ucen

. Esa

reci

proc

idad

de i

nter

cam

bios

, so

licita

dos p

or la

nec

esid

ad, p

erm

ite e

l nac

imie

nto

de lo

s pr

imer

os B

urgo

s, de

las

prim

eras

vill

as, d

onde

los

colo

nos

se re

únen

par

a tra

tar s

us a

sunt

os

dom

éstic

os co

n la

may

or ce

lerid

ad y

de u

na m

aner

a men

os co

stosa

, que

si ca

da

uno

de el

los h

ubie

se si

do o

blig

ado,

par

a cad

a asu

nto

parti

cula

r, a t

rans

porta

rse

lejo

s de

la c

ampi

ña e

n do

nde

el ti

ene

nece

sida

d” (p

. 30)

.

(25)

“Los

pro

piet

ario

s de c

asas

urb

anas

, obt

iene

n de

la ca

mpi

ña la

s mer

canc

ías

nece

saria

s par

a su

cons

umo,

esta

ndo

tam

bién

tan

inte

resa

dos e

n la

pro

sper

idad

ge

nera

l com

o lo

s pr

opie

tario

s ru

rale

s. La

s vi

llas

teni

endo

nec

esid

ad d

e la

s ca

mpi

ñas p

ara

subs

istir

; las

cam

piña

s ten

iend

o ne

cesi

dad

de la

s vill

as n

o so

-

(23-

25-2

6) “C

onsi

dera

das e

stas

pro

pied

ades

el h

ombr

e pue

de d

ecirs

e Pro

pie-

tario

, o p

orqu

e po

see

un te

rren

o qu

e cu

ltiva

por

sí, o

con

aje

nos b

razo

s par

a sí

; o p

orqu

e in

dust

riosa

men

te d

a nu

evas

form

as a

los f

ruto

s y p

rodu

ccio

nes

de la

tier

ra, c

omo

los f

abric

ante

s y a

rtesa

nos;

o p

orqu

e lo

s per

mut

a y

vend

e,

intro

duci

éndo

los,

o ex

trayé

ndol

os co

mo

hace

el co

mer

cian

te; o

por

que a

ban-

dona

ndo

esos

arbi

trios

a ot

ros q

ue lo

s eje

rcen

inm

edia

tam

ente

con

sus m

anos

, se

con

tent

a co

n la

s ren

tas y

pen

sion

es q

ue é

stos

le p

agan

, com

o ej

ecut

an lo

s gr

ande

s Pro

piet

ario

s de

tierr

as y

hac

iend

as; o

fina

lmen

te p

orqu

e oc

upad

o el

ho

mbr

e en

serv

icio

de l

a nac

ión

a que

per

tene

ce, é

sta le

cont

ribuy

e y en

tretie

ne

( ), c

omo

suce

de c

on lo

s mili

tare

s” (p

. 69)

.

(21-

23-2

8) “T

odos

los r

efer

idos

son

deno

min

ados

los P

ropi

etar

ios:

los ú

nico

s qu

e com

pone

n el

Pue

blo;

los ú

nico

s mie

mbr

os d

e la S

ober

anía

: los

úni

cos q

ue

debe

n in

terv

enir

en la

form

ació

n de

las l

eyes

; y lo

s úni

cos e

n qu

iene

s res

iden

lo

s pod

eres

ejec

utiv

o, le

gisl

ativ

o, y

juris

dicc

iona

l, ac

tiva o

pas

ivam

ente

, pue

s se

gún

los

prin

cipi

os s

enta

dos,

ning

uno

que

no s

ea P

ropi

etar

io, p

uede

ser

el

ecto

r, ni

ele

gido

, ni o

bten

er e

mpl

eo p

olíti

co, s

i bie

n el

Sob

eran

o ej

ecut

or

de la

s ley

es p

uede

en

caso

de

rele

vant

es y

ext

raor

dina

rias c

ircun

stan

cias

de

algu

na p

erso

na N

o-pr

opie

taria

, con

deco

rarla

en

prem

io d

e su

mér

ito c

on la

fa

culta

d el

ecto

ra y

eleg

ible

, más

apre

ciab

le en

real

idad

que

los f

astu

osos

títu

los

y va

nas í

nful

as co

n qu

e se n

utre

la v

anid

ad, y

se fo

men

ta el

org

ullo

de l

os q

ue

no ti

enen

otra

virt

ud q

ue h

acer

la c

orte

a lo

s Dés

pota

s” (p

. 69)

.

(20)

“En

est

os té

rmin

os c

onoc

idos

los

Prop

ieta

rios,

lo q

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n ta

mbi

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s N

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a, y

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de

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s. És

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, que

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gen,

ni t

urba

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aseg

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e que

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n de

los n

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os só

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cond

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l, o

com

o un

a en

ferm

edad

de

que

pued

en c

urar

se a

dqui

riend

o al

guna

pro

pied

ad”

(p. 6

9).

(28)

“Per

o es

nec

esar

io n

otar

que

sien

do la

s pro

pied

ades

may

ores

o m

enor

es;

debe

ser

tam

bién

con

pro

porc

ión

a el

las,

may

or o

men

or e

l infl

ujo,

o m

ás o

Page 28: Las nociones de desigualdad, pueblo y propiedad de Antoine

218

Polit

eia

43

LUIS DANIEL PERRONE GALICIA

CU

AD

RO

CO

MPA

RAT

IVO

... (c

ontin

uaci

ón)

lam

ente

par

a hal

lar u

na sa

lida a

l exc

eden

te d

e sus

mer

canc

ías,

sino

sobr

e tod

o pa

ra lo

conc

erni

ente

a la

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ació

n de

los h

ijos.

Las p

erso

nas e

stab

leci

das e

n lo

s cam

pos o

en la

vill

a, te

nien

do el

mism

o ca

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er d

e hab

itant

es p

ropi

etar

ios,

tam

bién

obt

iene

n el

rang

o de

mie

mbr

os d

e la

ciu

dad”

(p. 3

0).

(26)

“C

ada

cons

umid

or n

o te

nien

do m

ás q

ue tr

ansp

orta

r una

mer

canc

ía p

ara

inte

rcam

biar

por

aqu

ella

de

la q

ue t

iene

nec

esid

ad;

la m

ism

a m

aner

a de

tra

nspo

rtarla

pod

ría e

xced

er su

val

or. S

e im

agin

a el

num

erar

io p

ara

serv

ir de

m

edid

a com

ún en

todo

s los

inte

rcam

bios

. Se i

ntro

duce

en el

Est

ado

un te

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tip

o de

pro

pied

ad q

ue se

tran

sfor

ma

en e

l ger

men

de

muc

has o

tras”

(p. 3

1).

(27)

“En

las c

iuda

des s

e es

tabl

ecen

tam

bién

los a

rtesa

nos y

man

ufac

ture

ros.

Am

bos,

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se a

la tr

ansf

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ació

n de

las m

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ias p

rimas

obt

enid

as e

n la

s cam

piña

s, le

s oto

rgan

un

valo

r inc

onm

ensu

rabl

e” (p

. 31)

.

(28)

“N

o so

lam

ente

los

prop

ieta

rios

de to

do g

éner

o fo

rman

la u

nión

de

la

prop

ieda

d na

cion

al, d

onde

los p

osee

dore

s con

stitu

yen

el so

bera

no; t

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én en

un

Impe

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asto

y p

opul

oso

com

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a, d

onde

los h

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culti

van

toda

s la

s arte

s, ej

erce

n to

dos l

os g

éner

os d

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ustri

a, d

isfr

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todo

s los

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efici

os,

las

prop

ieda

des

de d

ifere

nte

natu

rale

za e

stán

suj

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a c

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ar f

ácilm

ente

de

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os, d

e lo

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na v

ersa

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ad m

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ta p

ara

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rno,

si la

s pr

erro

gativ

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e lo

s m

iem

bros

de

la c

iuda

d no

han

sid

o en

laza

das

con

una

prop

ieda

d pa

rticu

lar”

(pp.

31-

32).

(29)

“La

asa

mbl

ea c

onst

ituye

nte

habi

endo

dec

reta

do q

ue n

ingu

no d

e su

s m

iem

bros

ser

ía e

legi

ble

para

la

asam

blea

leg

isla

tiva;

en

cons

ecue

ncia

el

nuev

o cu

erpo

legi

slat

ivo

cont

iene

una

s ide

as en

tera

men

te n

ueva

s, de

bién

dose

at

ende

r el e

scla

rece

r est

os n

uevo

s sis

tem

as”

(p. 3

3).

men

os p

oder

osa

la in

terv

enci

ón q

ue e

l pos

eedo

r te

nga

en la

for

mac

ión

de

leye

s y

su a

plic

ació

n, y

a qu

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may

or o

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l int

erés

que

se

tiene

en

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tranq

uilid

ad, o

rden

y p

rosp

erid

ad g

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al, q

ue se

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an en

razó

n di

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a a

la tr

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ilida

d, o

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y p

rosp

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ad p

artic

ular

. El q

ue p

uede

per

der m

ás

de e

stos

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etos

se

inte

resa

más

en

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erva

r aqu

éllo

s. Es

impo

sibl

e go

zar

pací

ficam

ente

el b

ien

parti

cula

r, si

n qu

e es

té a

segu

rado

el g

ener

al”

(p. 7

0).

(29)

“La

con

stitu

ción

ing

lesa

es

una

prue

ba d

e to

das

esta

s ve

rdad

es. E

n el

la d

ebe

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cier

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a se

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r; ci

erta

ren

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r el

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o, y

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ectiv

a, p

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esen

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na a

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, una

ciu

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un

cond

ado.

Est

a gr

adua

ción

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ustís

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el i

nter

és q

ue c

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uno

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que

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tiene

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la e

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ción

. La

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blea

co

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e Fr

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a el

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erso

( ) t

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los g

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uno

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enefi

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s ren

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. O

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ión

halle

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rest

able

zca

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decu

ado

a la

nat

ural

eza

y ci

rcun

stan

cias

de

la

Prov

inci

a de

Ven

ezue

la”

(p. 7

0).

Page 29: Las nociones de desigualdad, pueblo y propiedad de Antoine

219

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RECURSOS ELECTRÓNICOS

BIOGRAFÍA DE ANTOINE FANTIN-DESODOARDS en: (http://www.biogra-phie.net/Antoine-Étienne-Nicolas-Fantin-Desodoards)