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LA CORTE SUPREMA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 2009 JUSTICIA 2009
Los Magistrados no idLos Magistrados no idóóneos para representar Guatemalaneos para representar Guatemala
6 de Octubre de 20096 de Octubre de 2009
Estructura de la Presentación
1.1. IntroducciIntroduccióón al cumplimiento de la Ley n al cumplimiento de la Ley
2.2. SeSeññalamientos de la Sociedad Civil sobre los alamientos de la Sociedad Civil sobre los
impedimentos de los seis candidatos impedimentos de los seis candidatos
Magistrados Magistrados
3.3. Detalle de los seDetalle de los seññalamientos para cado uno alamientos para cado uno
de los candidatos a Magistradosde los candidatos a Magistrados
Requisitos para los funcionarios públicos electos
• La “reconocida honorabilidad”
es un requisito
establecido en la Constitución.
• El artículo 2 de la Ley de Comisiones de Postulación,
refiriendo que dicha honorabilidad debe ser
comprobada.
•Respecto a lo ético se incluye: La moral, la honorabilidad, rectitud, idoneidad, probidad, independencia e imparcialidad comprobadas.
•Las Comisiones de Postulación podrían condicionar a los legisladores en la medida que muestran preferencias por perfiles; sin embargo, el Congreso de la República, como órgano soberano, no debe aceptar tales condicionamientos que determinen la elección de candidatos que no sean idóneos.
CUMPLIMIENTO DE NUESTRO COMPROMISO
La CICIG consideró
un deberpara con Guatemala y en elestricto cumplimiento denuestro mandato, poner enconocimiento de esteHonorable Congreso, lainformación disponible encuanto a la honorabilidad deciertos candidatos.
•Candidatos que no alcanzaron ni siquiera 60 puntos durante el proceso de evaluación ante las Comisiones de Postulación
•Candidatos que reciben fuertes y constantes señalamientos relacionados con la honorabilidad, correcta administración de justicia e independencia judicial.
La Nueva Corte Suprema de
Justicia incluye:
LOS MAGISTRADOS NO IDONEOSLOS MAGISTRADOS NO IDONEOS
•Lesbia Jackeline España Samayoa de Olivet (45 puntos)
•Manuel de Jesús Pocasangre Ávila (52 puntos)
•Elda Nidia Nájera Sagastume de Portillo (55 puntos)
•Thelma Esperanza Aldana Hernández (67 puntos)
•Dimas Gustavo Bonilla (72 puntos)
•Mynor Custodio Franco Flores (68.5 puntos)
Sergio Roberto López Villatoro a. “el Rey del Tenis”
• Durante los años 2007 y 2008, 32
personas de nacionalidad guatemalteca
fueron inscritas al ‘Master de
Especialización en Derecho Penal’, llevado
a cabo en la Universidad de Sevilla,
España. De estas 32 personas, 15 son
miembros del Organismo Judicial.
• El Master realizado en el año 2007, tuvo
un costo por matrícula de Euros 1,591 por
persona, el cual fue pagado, para todos
los participantes provenientes de
Guatemala, por el licenciado Sergio
Roberto López Villatoro.
Promoción 2007: Diez Magistrados “invitados”
al Master de Sevilla
• Los 10, candidatos en 2009 a Cortes de Apelaciones.
• 3, además, candidatos a Corte Suprema.
• 3, miembros de Comisión de Postulación a Corte Suprema.
• ¿Mecenazgo?: Q 13 millones contratos públicos.
¿Mecenazgo?
• Despachos vinculados a adopciones clandestinas: 5,000 recién nacidos
guatemaltecos “vendidos”
al año hasta 2008.
• Despachos vinculados a narcotraficantes.• Despachos vinculados a militares involucrados
en abusos a derechos humanos y corrupción.
• Despachos vinculados a partidos políticos.
Elecciones 2009 Magistrados, Abogados, Rectores y Decanos.
López Villatoro:
• 26 Postuladores:– 4 de ellos, Magistrados de Corte Suprema.
– 6 Magistrados de Cortes de Apelación.
– 7 Decanos de Facultades de Derecho.– 9 Representantes del Colegio de Abogados.
Terna X:
• Petrona
Laura Reyes Quino: Postuladora de planilla del Rey del Tenis (CANG).
• Ángel Estuardo Barrios Izaguirre: Postulador de la U. Mesoamericana.
• Guillermo Demetrio España Mérida: Postulador de planilla del Rey del Tenis
(Magistrados).
Lesbia Jackeline
España Samayoa
de Olivet
Elegida por la Terna X
Sobrina de Joaquín y Aníbal Flores EspañaPrima de Jairo Flores (FONAPAZ)
1. 1.
Lesbia
Jackeline
España Samayoa
de Olivet
Queja No. 51‐2001, febrero 2001 por cohecho: haber recibido
200 mil quetzales para absolver, en un juicio por asesinato y
homicidio en grado de tentativa al señor Edin
Gilberto
Morales Rossel. El trámite ante la Junta de Disciplina Judicial
fue suspendido.
• Queja No. 201‐2007 en su contra ante la Junta Disciplinaria
del Organismo Judicial por actuación judicial defectuosa.
• Queja No. 127‐2007 en su contra ante la Junta Disciplinaria
del Organismo Judicial, sin conocer el resultado de la misma.
• Queja No. 439‐2007. en su contra ante la Junta Disciplinaria
del Organismo Judicial por actuación judicial defectuosa.
• Expediente 152‐09, of.
2, denuncia administrativa en su
contra por los delitos de incumplimiento de deberes y
obstaculización de justicia, sin que a la fecha se conozca el
resultado de la misma.
Lesbia Jackeline
España Samayoa
de Olivet
Impedimentos:
• De acuerdo con los registros mercantiles, la licenciada Lesbia Jackeline
España Samayoa, es representante legal de la entidad JESAL y ALEF. A
la entidad JESAL, se le han adjudicado, la ejecución de proyectos para
la limpieza de tramos carreteros por parte del Ministerio de
Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, desde el año 2006 a la
fecha, obteniendo una ganancia en licitación por un monto
aproximado de 2 millones de Quetzales.
• Estas contrataciones y licitaciones representan una incompatibilidad
establecida en los artículos 16 y 19 de la Ley de Probidad y
Responsabilidad de Funcionarios y Empleados Públicos y el artículo 80,
numeral 3 de la Ley de Contrataciones del Estado.
• Incompatibilidad no declarada: Perjurio.
Derechos humanos
• La licenciada España Samayoa, como
Presidenta de la Sala 4ª. De Apelaciones del
Ramo Penal, ha sido señalada de entorpecer
la justicia en el caso de la masacre de las Dos
Erres.
• 36 amparos• Ordenes de captura del
MP y querellantes no resueltas
• Violación Ley de Reconciliación
• 350 muertos.
Lesbia Jackeline
España Samayoa
de Olivet
• En lo relativo a la evaluación realizada por las
Comisiones de Postulación, aún cuando el artículo
12 de la Ley de Comisiones de Postulación establece
que la tabla de gradación tiene como objetivo,
seleccionar candidatos con un alto perfil, en el caso
de la magistrada, llama la atención la calificación que
obtuvo en los siguientes rubros:
– Méritos éticos y probidad, ‘Distinciones’: CERO puntos.– Méritos académicos, ‘Estudios’: CERO puntos.– Méritos profesionales, Experiencia y Desempeño
Profesional, ‘Ejercicio Profesional de la Abogacía’: CERO
puntos.
– Méritos de Proyección Humana: Obtuvo CERO puntos en los
rubros: Participación en organizaciones y asociaciones:
‘Defensa del Estado de Derecho’, ‘Pro Derechos Humanos’,
‘Defensa y Promoción de Multiculturalidad’.
2. MANUEL DE JESUS POCASANGRE AVILA
Elegido por la Terna X-No es juez.-Miembro de la UNE-Candidato de UNE a Diputado en 2007-Cargo público Ministerio Agricultura-Padre del Gobernador de Guatemala
2. MANUEL DE JESUS POCASANGRE AVILA
Sanciones por la Contraloría General de Cuentas:
-Auditoría practicada al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación: dos sanciones por incumplimiento de plazos (actividad “vaso de leche”, montos: Q 1, 244, 598.00 y Q 3, 111,495.01, canceladas mediante rebaja)
-Auditoría Gubernamental realizada al Fideicomiso “Bosques y Agua para la Concordia”:
a) Conciliaciones bancarias no elaboradas;b) liquidación de fondo rotativo no liquidado oportunamente;c) falta de conciliación de reportes administrativos con estados financieros;d) deficiencia en documentación soporte de pago a reforestadores;e) falta de medidas de protección contra incendios forestales para plantación yf) falta de cumplimiento con los cronogramas de ejecución(multa por un total de Q28,000, misma que fue rebajada)
2. MANUEL DE JESUS POCASANGRE AVILA
Denuncias ante el MP como miembro del Bufete Pocasangre y Asociados:
MP 001-2009-52224 por coacción MP 001-2009-7374 por coacción y amenazas
Expedientes en el MP en donde aparece como sindicado:
MP0012-20004-350 por incumplimiento de deberes, falsedad material y malversaciónMP001-2004-26658 por abuso de autoridad e incumplimiento de deberes (funcionarios públicos)MP 001-2004-88997 por falsedad materialMP-255-2008-3742, por amenazas, caso especial de estafa y uso de documentos falsificados
3. ELDA NIDIA NAJERA SAGASTUME DE PORTILLO
•Elegida por la Terna X•Manifiesta falta de imparcialidad•Hermana de Diputado de UNE
3. ELDA NIDIA NAJERA SAGASTUME DE PORTILLO
•En casos de alto impacto y repercusión social, relacionados con violaciones a derechos humanos, corrupción y desfalcos, la magistrada Elda Nidia Nájera Sagastume, mediante resoluciones y votos razonados (mecanismo mediante el cual sostiene sus posicionamientos)
•Lo que llama la atención de esta Comisión, es que como en el caso de la magistrada Elda Nidia Nájera Sagastume, se utilice este medio para favorecer sistemáticamente a procesados de relevancia social o política siempre de la misma tendencia política
•Entre otras decisiones, la magistrada Elda Nidia Nájera Sagastume de Portillo:
En caso Gerardi emitió voto razonado de fecha 22 de marzo de 2005, en apelación contra sentencia, valorando prueba (vulnerando lo regulado en el artículo 430 del
Código Procesal Penal: BYRON LIMA OLIVA
3. ELDA NIDIA NAJERA SAGASTUME DE PORTILLO
Información contenida en: Expediente No. 192-2001, Oficial 3º.
•En el caso de Genocidio contra Ríos Montt, sobre el secreto Militar, la magistrada emite voto razonado donde tergiversa lo sostenido por el juez según consta en acta de fecha seis de
marzo del dos mil nueve. EFRAIN RIOS MONTT•Con este voto la Magistrada pretendía alejar o sembrar duda de la imparcialidad del juez contralor de instancia;
•Redujo considerablemente la fianza a EDUARDO AREVALO LACS, basándose únicamente en la capacidad patrimonial del acusado, sin considerar los otros elementos que garanticen que dicha persona será sometida a proceso, peligro de fuga u obstaculización de la investigación.
•En el caso MDF, los argumentos de la Sala presidida por la Magistrada Nájera, indicaban que no se imponía caución
económica al Diputado EDUARDO MEYER porque el delito por el que se procedía no era patrimonial. Esta decisión resulta contraria a lo que la ley establece en relación a que el otorgamiento de medidas sustitutivas a la prisión preventiva van referidas al aseguramiento del sindicado en el proceso para evitar su fuga o la obstaculización a la averiguación de la justicia.
4. THELMA ESPERANZA ALDANA HERNANDEZ
Como Magistrada de la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Ramo Civil y Mercantil, constituida en Tribunal de Amparo, emitió, con fecha 7 de agosto de 2009, una resolución en la que, mediante el otorgamiento de un amparo provisional solicitado, no se atendía a lo dispuesto por la Corte de Constitucionalidad en otro proceso de idéntica naturaleza, relativa a la asignación de escaños por planilla de representantes del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala en la integración de las Comisiones de Postulación de candidatos a magistrados.
- CONFLICTO DE INTERESES
- Dicha Resolución violó disposiciones contenidas en la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, particularmente en lo que se refiere al artículo 185 de la misma.
Corte de Constitucionalidad
• Ruptura del Orden Constitucional,
• Causa inanidad del Derecho y debilidad de sus operadores,
• Situaciones graves, incompatibles con el Estado
Constitucional de derecho.
4. THELMA ESPERANZA ALDANA HERNANDEZ
En lo relativo a la evaluación realizada por las Comisiones de Postulación, aún cuando el artículo 12 de la Ley de Comisiones de Postulación establece que la tabla de gradación tiene como objetivo, seleccionar candidatos con un alto perfil, en el caso de la magistrada, llama la atención la calificación que obtuvo en los siguientes rubros:
Méritos de Proyección Humana: Obtuvo CERO puntos en los rubros: Participación en organizaciones y asociaciones: ‘Civiles’, ‘Defensa del Estado de Derecho’, ‘Pro Derechos Humanos’, ‘Defensa y Promoción de Multiculturalidad’.
5. DIMAS GUSTAVO BONILLA •Incompatibilidad: En proceso disciplinario se evidenció que el Magistrado Bonilla no se excusó de conocer un caso en que era parte el Rector de la Universidad de San Carlos, Lic. Estuardo Gálvez.
•El Pleito era del Plan de Prestaciones de la USAC
•Bonilla había sido Secretario de la Junta Directiva de la USAC
•No se abstuvo. Dictó sentencia a favor de la USAC.
•En su postulación el Rector y el Decano tampoco se abstuvieron.
• Queja Disciplinaria No. 391‐2008 por retardo en la tramitación de un proceso y
desobediencia a resoluciones de la Corte de Constitucionalidad.
• Desoyó
tres requerimientos sucesivos para proceder.
• En materia penal, el licenciado Dimas Bonilla fue denunciado como parte de la Junta Directiva, por no notificar los resultados del proceso de
oposición de profesores de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
• Cuenta con registro MP 001‐2004‐12980 por el delito de amenazas, mismo que fuera
desestimado.
• En igual forma cuenta con registro MP 001‐2003‐ 69324, por el delito de estafa, el cual fue
archivado.
5. DIMAS GUSTAVO BONILLA •De conformidad con el artículo 20 de la Ley de Comisiones de Postulación, la Sociedad Civil presentó 5 impugnaciones en su contra por haber denegado justicia en caso de violación a derechos laborales.
•Dicha información fue sustentada mediante las resoluciones del amparo provisional otorgado contra las resoluciones violatorias de los derechos laborales.
•El tribunal que conformaba el magistrado Dimas Gustavo Bonilla, se demoró más de un año en notificar la sentencia de segunda instancia.
6. MYNOR CUSTODIO FRANCO FLORES
Favoreció a la Junta Administradora del Plan de Prestaciones de la Universidad San Carlos de Guatemala (USAC).
El Rector y el Decano no se abstuvieron
Familiar de Joaquín y Aníbal Flores España, y de Jairo Flores (FONAPAZ)
6. MYNOR CUSTODIO FRANCO FLORES
•De conformidad con el artículo 20 de la Ley de Comisiones de Postulación, la Sociedad Civil presentó dos impugnaciones en su contra por haber denegado justicia en caso de violación a derechos laborales.
•Quejas ante la Junta Disciplinaria Judicial:
Queja Disciplinaria No. 348-2005 y 481-2005 (acumuladas). Estas quejas fueron realizadas por haber cometido irregularidades en notificaciones de las resoluciones laborales en procesos tramitados en el tribunal que conformaba.
Queja Disciplinaria No. 391-2008 por retardo en la tramitación de un proceso y desobediencia a resoluciones de la Corte de Constitucionalidad. En esta resolución se favoreció a la Junta Administradora del Plan de Prestaciones de la Universidad San Carlos de Guatemala (USAC).
MYNOR CUSTODIO FRANCO FLORES
En lo relativo a la evaluación realizada por las Comisiones de Postulación, aún cuando el artículo 12 de la Ley de Comisiones de Postulación establece que la tabla de gradación tiene como objetivo, seleccionar candidatos con un alto perfil, en el caso del magistrado, llama la atención la calificación que obtuvo en los siguientes rubros:
Obtuvo CERO puntos en los rubros de: ‘Distinciones’ y Méritos de Proyección Humana, ‘Defensa del Estado de Derecho’.