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INSTITUTO PERUANO DE AUDITORES INDEPENDIENTES CUARTA JORNADA DE ACTUALIZACION PROFESIONAL NIIF 15 INGRESOS DE ACTIVIDADES ORDINARIAS PROCEDENTES DE CONTRATOS CON CLIENTES DEVENGADO DESDE EL PUNTO DE VISTA TRIBUTARIO

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INSTITUTO PERUANO DE AUDITORES INDEPENDIENTES

CUARTA JORNADA DE ACTUALIZACION PROFESIONAL

NIIF 15 INGRESOS DE ACTIVIDADES ORDINARIAS PROCEDENTES

DE CONTRATOS CON CLIENTES

DEVENGADO DESDE EL PUNTO DE VISTA TRIBUTARIO

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TEMA: DEVENGADO

DESDE EL PUNTO DE VISTA

TRIBUTARIO

EXPOSITOR: C.P.C. CESAR J. RODRIGUEZ DUEÑAS

22.10.2019

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AGENDA

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AGENDA

A. INTRODUCCION

B. TEMAS PENDIENTES

C. EL PRINCIPIO DEL DEVENGADO

1. DEFINICION DEL DEVENGO

2. DEVENGO DEL GASTO

3. CONTRATOS DE OBRA

D. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

E. CASO PRACTICO

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INTRODUCCION

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A. INTRODUCCION (1)

1. ¿Es necesario compatibilizar el tratamientoIR) respecto del Principio del Devengado?

contable y tributario (del

2. ¿La Ley del Impuesto a la Renta (IR) tenía una definición de

Devengado?

Opiniones de los especialistasPronunciamientos de la SUNAT, del Tribunal Fiscal y del Poder Judicial

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A. INTRODUCCION (2)

3. Objetivo de la norma: Seguridad jurídica¿Se ha logrado? Opiniones

4. Aplicación de la NIIF 15, en tanto no se oponga a lo señalado en la Ley

NIIF (versión) aplicable

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A. INTRODUCCION (3)

5. Uso de Normas Contables (1)

a. Posiciones asumidas por los especialistas (1)

(1) No se debe recurrir a las normas contables (IFRS y MarcoConceptual para delimitar los alcances del concepto dedevengo.

(2) Se debe recurrir a los principios y prácticas contables para darlecontenido al Principio de Devengado.

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A. INTRODUCCION (4)

5. Uso de Normas Contables (2)

b. Sentencias del Poder Judicial

(1) Sentencia de Casación N° 1173-2008

(2) Sentencia de Casación N° 12304-2014 LIMA

c. Resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal (TF)

d. Informes de la Administración Tributaria (SUNAT)

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TEMAS PENDIENTES

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B. TEMAS PENDIENTES (1)

Entre otros, tendríamos a los siguientes:

1. Tratamiento tributario a seguir en relación a las operaciones y

transacciones iniciadas con anterioridad a la entrada en vigencia del DL.

N° 1425 (1.1.2019) y que culminan a partir de dicha fecha.

2. ¿Cómo debe entenderse el concepto de hechos sustanciales?

3 ¿Cómo debemos entender la referencia a “… una condición suspensiva …?

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B. TEMAS PENDIENTES (2)

4. Para medir el grado de realización de la prestación de servicios que se

ejecutan en el tiempo.

a. ¿Cómo podría sustentarse que el método adoptado es el que mejor se

ajuste a la naturaleza y característica de la prestación?

b. ¿Qué métodos distintos a los señalados en el acápite 1.b.(2) podrían

incorporarse al Reglamento? ¿Cómo sustentar que los mismos siempre

permitan determinar una mejor manera el grado de realización del

servicio?

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B. TEMAS PENDIENTES (3)

5. Tratándose de servicios de ejecución continuada que se pacten por

tiempo determinado, ¿qué método (o métodos) distinto(s) al proporcional

al tiempo pactado para su ejecución podría(n) utilizarse y que sea mejor,

conforme a la naturaleza y característica de la prestación?

Tratándose de los que se pacten por tiempo indeterminado qué métodos

pueden utilizarse para medir su ejecución, conforme a la naturaleza y

características de la prestación, y considerar que, el elegido, es el mejor.

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EL PRINCIPIO DEL

DEVENGADO

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C. EL PRINCIPIO DEL DEVENGADO (1)

1. DEFINICION DEL DEVENGO (1)

a. Regla general

(1) Incorporación del concepto jurídico (Doctrina jurídicadesarrollada, básicamente, por Enrique Jorge Reig y Juan RoqueGarcía Mullin).

(2) Casos en los cuales todo o parte de la contraprestación se fijaen función de un hecho o evento que se producirá en elfuturo, el ingreso se devenga cuando dicho hecho o eventoocurra. Por ejem. casos de regalías, honorarios de éxito yarbitrajes.

Las normas contables exigen hacer estimaciones, lo cual nose admite para efectos tributarios.

Aplicación del artículo 33° del Reglamento de la Ley del IR (LIR).

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C. EL PRINCIPIO DEL DEVENGADO (2)

1. DEFINICION DEL DEVENGO (2)

b. Algunas reglas particulares (“Adicionalmente …”) (1)

(1) Enajenación de bienes (1)

Se considera que se han producidoproduzca cualquiera de los siguientes

los hechos sustanciales cuando sehechos, lo que ocurra primero:

(i) El adquirente tenga el control sobre el bien (derecho a decidir su

uso y obtener sustancialmente los beneficios del mismo) (1)

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C. EL PRINCIPIO DEL DEVENGADO (3)

1. DEFINICION DEL DEVENGO (3)

b. Algunas reglas particulares (“Adicionalmente …”) (2)

(1) Enajenación de bienes (2)

(i) La norma legal contempla, en oposición a lo señalado para

efectos del control en la NIIF 15, algunas situaciones que no

deben tenerse en cuenta para determinar si el adquirente

tiene control sobre el bien (p.e. la existencia de una o más

prestaciones que deban ser contabilizadas en forma conjunta a

la transferencia del bien, debiendo ser consideradas para

efecto de devengo en forma independiente). (2)

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C. EL PRINCIPIO DEL DEVENGADO (4)

1. DEFINICION DEL DEVENGO (4)

b. Algunas reglas particulares (“Adicionalmente …”) (3)

(1) Enajenación de bienes (3)

(ii) El enajenante ha transferido al adquirente el riesgo de lapérdida de los bienes

(Aplicación del numeral 5. del artículo 1138° y1567° y 1568° del Código Civil).

de los artículos

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C. EL PRINCIPIO DEL DEVENGADO (5)

1. DEFINICION DEL DEVENGO (5)

b. Algunas reglas particulares (“Adicionalmente …”) (4)

(2) Prestación de servicios que se ejecutan en el transcurso del tiempo (1)

(i) Ingresos que se devengan de acuerdo con el grado de su realización (1)

Métodos

Inspección de lo ejecutado.

Determinación del porcentaje que resulte de relacionar lo ejecutado con el

total a ejecutar.Determinación del porcentaje que resulte de relacionar los costos

incurridos con el costo total de la prestación del servicio (costos

vinculados con la parte ejecutada y costos de la parte ejecutada y porejecutar, respectivamente).

El costo comprende los materiales directos utilizados, la MOD, así como

otros costos directos e indirectos. Dichos costos deben guardar

correlación con los ingresos.

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C. PRINCIPIO DEL DEVENGADO (6)

1. DEFINICION DEL DEVENGO (6)

b. Algunas reglas particulares (“Adicionalmente …”) (5)

(2) Prestación de servicios que se ejecutan en el transcurso del tiempo(2)

(i) Ingresos que se devenganrealización (2)

de acuerdo con el grado de su

El método que se adopte esde

el que mejor seEl

ajuste a la

naturaleza y característica la prestación. Reglamento

podrá aprobar otros métodos, siempre que los mismos

permitan determinar de una mejor manera el grado de

realización del servicio.

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C. PRINCIPIO DEL DEVENGADO (7)

1 DEFINICION DEL DEVENGO (7)

b. Algunas reglas particulares (“Adicionalmente …”) (6)

(3) Transacciones que involucren más de una prestación

El devengo del ingreso se determina en forma independiente por

cada una de ellas.

No se recoge lo dispuesto en la NIIF 15 respecto a los supuestos en

que los bienes y servicios deben contabilizarse como una única

obligación de desempeño o varias obligaciones de desempeño.

Aplicación del artículo 33° del Reglamento de la LIR.

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C. EL PRINCIPIO DEL DEVENGADO (8)

2. DEVENGO DEL GASTO

a. Regla general

Son de aplicación las normas comentadas en el numeral anterior.

b. Gastos de ejercicios anteriores

(1) No existen para efectos contables (NIC 8)

Aplicación del artículo 33° del Reglamento y deducción como gasto, cuando corresponda.

(2) Debe derogarse – “Prueba diabólica”

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C. EL PRINCIPIO DEL DEVENGADO (9)

3. CONTRATOS DE OBRA

a. Podrán vs Deben

b. Método de importes cobrados y por cobrar (devengo). Aplicación delo dispuesto en el primer, segundo, tercer, sexto y séptimo párrafos del inciso a) del artículo 57° de la LIR, modificado.

c. Transitoriedad

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CONCLUSIONES Y

RECOMENDACIONES

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D. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES (1)

1. La NIIF 15 es como “la casa del jabonero”. Hay aspectos contractuales

que deben revisarse con los especialistas en contratos (abogados),

cambios en algunos aspectos legales y paradigmas, p.e. el control

(abogados y contadores), analizar y concluir porque se enfatiza más en

el fondo que en la forma (que siempre debió estar presente, en miopinión, al analizar cualquier transacción).

2. En mi opinión no hay un cambio sustantivo en sí mismo del PrincipioDevengado para efectos contables. Lo que cambia es (a) la oportunidaddel reconocimiento del ingreso, (b) una mayor precisión en la medicióndel ingreso (modelo de los 5 pasos) y (c) el énfasis en el control y ya noen la propiedad.

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D. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES (2)

3. Es necesario que se regule qué métodos podrán utilizarse para medir el

progreso de las transacciones entre las partes contratantes y cuál sería

la forma y otros relacionados con el cambio de método.

4. A partir del ejercicio gravable 2019 la aplicación del Criterio de

Asociación de ingresos, costos y gastos, para efectos tributarios, ha sidolimitado por el DL. 1425 a determinadas situaciones y las diferencias

que resulten para propósitos contables (cuando sea aplicable) ytributarios deberán ser materia de adiciones y deducciones a losresultados contables en estricta aplicación de la NIC 12 (para determinarel IR Diferido) y el artículo 33° del Reglamento de la Ley del IR.

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D. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES (3)

5. Debe derogarse la norma de excepción contenida enque

el penúltimo

párrafo del artículo 57° de la LIR (modificado) y sólo genera

controversias, y aumento de los costos en su aplicación y control, entrelos administrados y el administrador del tributo (la SUNAT).

Si un contribuyente del IR desea corregir un error contable o modificar

una política contable deberá hacerlonormas contables pertinentes (léase la

siguiendo lo establecido en lasNIC 8) y hacer las rectificaciones

de las declaraciones juradas de los años afectados si lo considera

pertinente,aplicables.

luego de hacer las evaluaciones de costo-beneficio

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6. Casos especiales: “Gastos” pre operativos y otros regulados por el incisog) del artículo 37° de la LIR y lo establecido en el inciso d) del artículo21° del Reglamento.

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D. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES (4)

7. Revisar los alcances de los artículos 11° y 20° del Reglamento de la LIRpara actualizarlos y hacerlos concordantes con lo establecido en el DL.N° 1425.

8. Incorporar al Reglamento, en tanto no se opongan a la Ley, métodosdistintos a los establecidos en el DL. 1425 para medir el grado derealización de los ingresos, según la NIIF 15.

9. Reglamentar que debe entenderse por prestaciones similares ensituaciones similares para efectos de la aplicación uniforme de losmétodos que se adopten para medir el grado de realización de losservicios de ejecución continuada.

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CASO PRACTICO

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E. CASO PRACTICO (1)

Caso: Incentivos de descuento por Volumen (1)

Una entidad (el enajenante) suscribe un contrato con un cliente el 1 de enero de2019 para venderle el Producto A a S/ 100 por unidad. Si el cliente compra más de

1,000 unidades del Producto A en un año, el contrato especifica que el precio

por unidad se reduce retroactivamente a S/ 90 por unidad. Por consiguiente, la

contraprestación en el contrato es variable.

Para el primer trimestre finalizado el 31 de marzo de 2019, la entidad vende 75

unidades del Producto A al cliente. La entidad estima que las compras del cliente no

superarán el umbral de 1,000 unidades requerido para el descuento por volumen en

el año. La entidad determina que tiene experiencia significativa con este producto y

con el patrón de compra de su cliente. Por ello concluye que es altamente probable

que no ocurra una reversión significativa en el importe acumulado de los Ingresos

reconocidos (es decir, cuando se conozca el importe total de compras). En

consecuencia, la entidad reconoce Ingresos de actividades ordinarias procedentespara el trimestre que terminó el 31 dede S/ 7,500 (75 unidades x S/ 100 por unidad)

marzo de 2019.

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E. CASO PRACTICO (2)

Caso : Incentivos de descuento por Volumen (2)

En mayo de 2019 el cliente de la entidad adquiere otra empresa y en elsegundo trimestre, que termina el 30 de junio de 2019, la entidad vende

500 unidades adicionales del Producto A

hecho, la entidad estima que las compras

de 1,000 unidades para el año y por

retroactiva del precio por unidad a S/ 90.

al cliente. A la luz del nuevo

del cliente superaránello se requerirá la

el umbralreducción

Para el trimestre que termina el 30 de junio de 2019Ingresos por S/ 44,250.

la entidad reconoce

NOTA: Ver el literal ii) del sétimo párrafo del inciso a) del segundo párrafodel artículo 57°, modificado por el artículo 3° del DL. N° 1425.

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