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Basic Safety Standards General Safety Requirements Part 3 Radiation Protection and Safety of Radiation Sources SESSION 9 Control Regulador en NORM Marco Munive Sanchez Oficina Tecnica de la Autoridad Nacional Instituto Peruano de Energía Nuclear IPEN

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  • Basic Safety Standards

    General Safety Requirements Part 3

    Radiation Protection and Safety of Radiation

    Sources

    SESSION 9

    Control Regulador en NORM

    Marco Munive Sanchez

    Oficina Tecnica de la Autoridad Nacional

    Instituto Peruano de Energía Nuclear IPEN

  • Basic Safety Standards General Safety Requirements Part 3: Radiation Protection and Safety of Radiation Sources

    Costa Rica - mayo 2012

    Control regulador - NORM

    • Legislación

    • Estructura reguladora

    • Exclusiones, exenciones y dispensas

    • Minería de uranio

  • Basic Safety Standards General Safety Requirements Part 3: Radiation Protection and Safety of Radiation Sources

    Costa Rica - mayo 2012

    Leyes

    Reglamentos

    Decreto supremo

    Normas tecnicas

    Ley 28028 Ley de Regulación del Uso de Fuentes de Radiación Ionizante (2003) Define el alcance, objetivo (protección y seguridad), autoridad competente (IPEN), ámbito de aplicación (seguridad radiológica y nuclear, protección física, salvaguardias), obligaciones de usuarios, facultad de inspeccionar y sancionar.

    Ley 27757 Importación de fuentes de radiaciones (2002) Define obligación de solicitar autorización del IPEN para importar fuentes de radiaciones, en función de su vida útil.

    Reglamento de la Ley 28028 Establece el régimen de autorizaciones, fiscalización y sanciones – Decreto Supremo n.º 039-2008-EM – toma en cuenta NBS. Reglamento de Seguridad Radiológica Establece requisitos técnicos de seguridad y protección (límites de dosis, exposición ocupacional, médica, pública, crónicas, intervenciones, gestión de desechos, transporte) – basado en las NBS – Decreto Supremo n.º 009-97-EM Reglamento de protección física de materiales e instalaciones nucleares Establece requisitos para protección física en almacenamiento, transporte y uso de materiales nucleares – Decreto Supremo n.º 014-2002-EM

    Normativa específica -Requisitos de seguridad radiológica de irradiadores autoblindados (1998) -Requisitos de seguridad radiológica de irradiadores panorámicos (1998) -Requisitos de seguridad radiológica en Teleterapia (2001) -Requisitos de seguridad radiológica en radiografía industrial (2009) -Requisitos de seguridad radiológica en minería e instalaciones de Uranio y Torio o material sin procesar (2010) * -Requisitos técnicos y administrativos para servicios de dosimetria individual externa (2010) -Requisitos de seguridad física para instalaciones radiactivas (2011) -Requisitos de protección y seguridad radiológica en Medicina Nuclear (2012)

  • Basic Safety Standards General Safety Requirements Part 3: Radiation Protection and Safety of Radiation Sources

    Costa Rica - mayo 2012

    Infraestructura reguladora

    • IPEN designado autoridad nacional en la Ley 28028.

    • Funciones y responsabilidades en Reglamento de Organización y Funciones (D.S.n.º 062-2005-EM) – Aprobar autorizaciones, inspeccionar, fiscalizar, coercionar, aplicar sanciones, emitir normas.

    • Independencia técnica resguardada legalmente (D.S. n.º 039-2008-EM)

    Presidente del IPEN

    Oficina Técnica de la

    Autoridad Nacional

    Dirección Ejecutiva

    Dirección de Producción

    Dirección de Investigació

    n y Desarrollo

    Dirección de

    Servicios

    Dirección de Transferencia Tecnológica

    Autorizaciones Fiscalización

  • Basic Safety Standards General Safety Requirements Part 3: Radiation Protection and Safety of Radiation Sources

    Costa Rica - mayo 2012

    Ley 28028 y reglamento

    • Regimen de autorizaciones

    – Licencias

    – Registros

    – Notificaciones

    • (radiactivas y nucleares)

    • Requisitos de protección radiologica y seguridad , seguridad fisica,

    • Regimen de sanciones

    Categoría A Categoría B Categoria C

    ….

    Riesgo

  • Basic Safety Standards General Safety Requirements Part 3: Radiation Protection and Safety of Radiation Sources

    Costa Rica - mayo 2012

    PRACTICA CODIGO VIGENCIA

    Teleterapia (cobaltoterapia, aceleradores, bisturí gamma) A1 3 años

    Producción de radioisótopos A2 3 años

    Fabricación de fuentes radiactivas y dispositivos que usan radioisótopos A3 3 años

    Gestión de desechos radiactivos A4 3 años

    Irradiación panorámica A5 3 años

    Irradiación con equipo autoblindado A6 3 años

    Radiografía Industrial fija A7 3 años

    Radiografía Industrial portátil A8 3 años

    Uso de haces de radiación de un reactor A9 3 años

    Minería de Uranio A10 3 años

    Laboratorio de Calibración Dosimétrica con fuentes de alta intensidad A11 3 años

    PRACTICA CODIG

    O

    VIGENCI

    A

    Medicina Nuclear B1 4 años

    Fraccionamiento y/o elusión de radioisótopos para

    comercialización

    B2 4 años

    Braquiterapia de alta y media tasa de dosis B3 4 años

    Perfilaje de pozos petroleros B4 4 años

    Almacenamiento de material radiactivo B5 4 años

    Uso no nuclear de Torio B6 4 años

    Categoría A

    Categoría B

  • Basic Safety Standards General Safety Requirements Part 3: Radiation Protection and Safety of Radiation Sources

    Costa Rica - mayo 2012

    Ley 28028 y reglamento

    • Exclusión fuentes de radiación de origen

    natural y que no han sido modificada

    tecnológicamente

    • Exención : se eximidas practicas si se

    cumple criterios específicos Reglamento de Seguridad Radiologica

    • Dispensas las fuentes de radiación podrán

    ser dispensadas previa evaluación

  • Basic Safety Standards General Safety Requirements Part 3: Radiation Protection and Safety of Radiation Sources

    Costa Rica - mayo 2012

    Reglamento de seguridad radiológica

    (Decreto Supremo N.° 009-97-EM)

    • Condiciones de exposición ocupacional, médica

    y del público

    • Transporte de material radiactivo

    • Gestión de residuos radiactivos

    • Limites de dosis operador y publico

    • Exenciones

  • Basic Safety Standards General Safety Requirements Part 3: Radiation Protection and Safety of Radiation Sources

    Costa Rica - mayo 2012

    Reglamento de seguridad radiológica

    LIMITES DE DOSIS

    Las dosis de los trabajadores

    expuestos ocupacionalmente

    a) 20 mSv de dosis efectiva en un

    año, como promedio, en un período

    de 5 años consecutivos

    b) 150 mSv de dosis equivalente en

    un año, en el cristalino,

    c) 500 mSv de dosis equivalente en

    un año, para la piel y extremidades.

    La exposición al público como

    consecuencia de las prácticas no

    debe exceder de:

    a) una dosis efectiva de 1 mSv por

    año,

    b) una dosis equivalente en cristalino

    de 15 mSv por año,

    c) una dosis equivalente a la piel de

    50 mSv por año.

  • Basic Safety Standards General Safety Requirements Part 3: Radiation Protection and Safety of Radiation Sources

    Costa Rica - mayo 2012

    Reglamento de seguridad radiológica EXENCIONES - Requisitos

    a. Por dosis

    la dosis efectiva que se prevé ocasionará a cualquier miembro del público sea del orden de 10 mSv o

    menos en una año,

    b. Por fuentes adscritas a prácticas

    Las sustancias radiactivas en las que la actividad total o la concentración de la

    actividad utilizada no sobrepase los límites establecidos (Ejemplo K-40 1E6 Bq

    (1E2 Bq/g)

    Las sustancias radiactivas provenientes de una práctica o fuente autorizada cuyo

    vertido al ambiente se haya autorizado, están eximidas de todo nuevo requisito de

    notificación, registro o licencia, a menos que la Autoridad Nacional especifique

    otra cosa.

  • Basic Safety Standards General Safety Requirements Part 3: Radiation Protection and Safety of Radiation Sources

    Costa Rica - mayo 2012

    Minería de Uranio y Procesos • Reglamento e la ley 28028 establece que este tipo de practica requiere autorización

    Minera de Uranio - licencia –A10

    • Norma especifica

    REQUISITOS PARA LA SEGURIDAD RADIOLÓGICA EN MINERIA E

    INSTALACIONES DE URANIO Y TORIO O MATERIAL SIN PROCESAR (2010)

    Regular los requisitos de seguridad que se deben cumplir en las actividades mineras que

    comprendan la exploración, la explotación, minería y procesamiento de minerales de uranio y

    torio u otro material sin procesar.

    Comprende los aspectos reguladores, técnicos, organizativos y de ingeniería para el control

    de la exposición ocupacional, del público y del ambiente que se aplicarán a las actividades

    con minerales de uranio y torio u otro material sin procesar.

    Guía –PERCAM - trabajo en la explotación y exploración de uranio

    IPEN- Dirección de Asuntos Mineros Ambientales del Ministerio de Energía y Minas

  • Basic Safety Standards General Safety Requirements Part 3: Radiation Protection and Safety of Radiation Sources

    Costa Rica - mayo 2012

    Minería de Uranio

    Las operaciones de minería y procesamiento de materiales sin procesar incluyen

    • Categoría 1. Minerales de uranio y torio

    • Categoría 2. Otros materiales sin procesar que contengan niveles superiores a los exentos para concentración de radionucleidos naturales (arenas, minerales y materiales fosfatados) o materiales en los que la concentración de radionucleidos naturales ha sido incrementada por procesamiento, para los que se requieren aplicar medidas de protección contra la radiación gamma externa, polvo y radón.

    • Categoría 3. Materiales sin procesar que no superen los niveles de exención para concentración de radionucleidos naturales pero que requieren programas de protección contra el radón que se origina ocasionalmente en ambientes de trabajo, como en minas subterráneas donde existen altos niveles de radón.

    • Categoría 4. Otros materiales sin procesar no especificados en los otras categorias

  • Basic Safety Standards General Safety Requirements Part 3: Radiation Protection and Safety of Radiation Sources

    Costa Rica - mayo 2012

    Radón en viviendas y puestos de Trabajo

    (Reglamento de Seguridad Radiológica - Artículo 62)

    • El nivel de actuación para la exposición crónica de radón en

    viviendas es una concentración media anual de 200 a 600

    Bq/m3 de Rn-222 en el aire.

    • El nivel de actuación para una acción reparadora en la

    exposición crónica a radón en puestos de trabajo es una

    concentración media anual de 1000 Bq/m3 de Rn222 en aire.

    Limite de dosis

    • En el caso del radón, la energías potenciales convertidas de los límites

    principales son 14 mJ h m-3 para 20 mSv y 35 mJ h m-3 para 50 mSv.

  • Basic Safety Standards General Safety Requirements Part 3: Radiation Protection and Safety of Radiation Sources

    Costa Rica - mayo 2012

    Otras entidades publicas

    Ministerio de Energía y Minas Ley General de minería Artículo 211.

    Todos los empleadores están obligados a establecer programas de bienestar, seguridad e higiene, de acuerdo con las actividades que realicen.

    Dirección General de Asuntos Mineros Ambientales

    Ministerio de ambiente

    Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental

  • MARCO MUNIVE SANCHEZ

    [email protected]

    Muchas Gracias