36
International IDEA, Strömsborg, 103 34 Stockholm, Sweden Phone +46-8-698 37 00, Fax: +46-8-20 24 22 E-mail: [email protected] Web: www.idea.int Extracted from Treatise on Compared Electoral Law of Latin America © International Institute for Democracy and Electoral Assistance 2007.

Extracted from Treatise on Compared Electoral Law of Latin ......En las democracias pluralistas contemporáneas una campaña electo-ral incluye dos aspectos básicos:4 por un lado,

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Page 1: Extracted from Treatise on Compared Electoral Law of Latin ......En las democracias pluralistas contemporáneas una campaña electo-ral incluye dos aspectos básicos:4 por un lado,

International IDEA, Strömsborg, 103 34 Stockholm, Sweden Phone +46-8-698 37 00, Fax: +46-8-20 24 22 E-mail: [email protected] Web: www.idea.int

Extracted from Treatise on Compared Electoral Law of Latin America © International Institute for Democracy and Electoral Assistance 2007.

Page 2: Extracted from Treatise on Compared Electoral Law of Latin ......En las democracias pluralistas contemporáneas una campaña electo-ral incluye dos aspectos básicos:4 por un lado,

XXVIII. LA CAMPAÑA ELECTORAL: PUBLICIDAD/PROPAGANDA, PERIODO, PROHIBICIONES

MARTÍN LAUGA, JUAN I. GARCÍA RODRÍGUEZ

1. INTRODUCCIÓN

Hasta el momento no hay estudios comparados sobre la regulación de lacampaña electoral en América Latina, pese a tratarse de un tema vincula-do con la participación política y el funcionamiento de una democracia. Eneste capítulo se analizan desde una perspectiva comparada las regulacionesjurídicas de la campaña electoral en 18 países1 de América Latina.2 En va-rios de estos países, una parte sustancial de las regulaciones vigentes se ori-ginó en los procesos de (re)democratización en el decenio de 1980.

En este capítulo se brinda, en primer lugar, una aproximación al con-cepto de campaña electoral, identificando distintos aspectos de importan-cia. A continuación, se presentan informaciones sobre las fuentes jurídicas(véase el cuadro XXVIII.1) que regulan la campaña electoral (rango jurídi-co, orden y densidad de las regulaciones en cuestión), y se señala concisa-mente la importancia que tiene la regulación de la materia a la luz de lasexperiencias históricas de los países estudiados. En una segunda parte, serealiza una exposición sistemático-comparativa de la regulación jurídicade la campaña electoral vigente en los 18 países latinoamericanos estudia-dos, en función de los distintos aspectos distinguidos en la primera parte

709

1 El presente estudio abarca los países siguientes: todos los estados de América del Sur conexcepción de Guyana, Surinam y la (dependiente) Guayana Francesa; todos los estados deAmérica Central, excepto Belice; entre los estados del Caribe, únicamente la República Domi-nicana

2 Nótese que de ningún modo se pretende realizar un tratamiento acabado de todo lo refe-rente a la cuestión de la campaña electoral. En este sentido, conviene aclarar que no se brin-dará un análisis empírico del desarrollo de las campañas electorales en los países en cuestión(si bien se traerán a colación algunas experiencias, sobre todo en cuanto sean de utilidad pa-ra marcar necesidades de desarrollo —o carencias— en las regulaciones estudiadas) ni se tra-tará el tema de la regulación respecto a la financiación de las campañas electorales (véase loscaps. XXIX y XXXI).

Page 3: Extracted from Treatise on Compared Electoral Law of Latin ......En las democracias pluralistas contemporáneas una campaña electo-ral incluye dos aspectos básicos:4 por un lado,

[710]

CUADRO XXVIII.1. Fuentes jurídicas de la regulación de la campaña electoral

País Fuente jurídica

Argentina Código Electoral, Ley 19.945

Decreto 2.135/1983

Decreto del PEN 2089/1992, reforma Ley 25.658/2002

Bolivia Código Electoral, Ley 1984/2001

Brasil Código Electoral, Ley 4.737/1965, actualizado por modificaciones Ley

9.054/1997

Chile Ley 18.700/1988 sobre Votaciones Populares y Escrutinios, y su

actualización de 2003

Ley 19.884/2003 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto

Electoral

Colombia Constitución Política 1991

Ley 130/1994

Ley 134/1994

Ley 395/1998

Decreto 395/1998.

Costa Rica Código Electoral, Ley 1.536, reformas de 1996.

Ecuador Ley de Organizaciones Políticas de 2000

Ley Orgánica de Control de Gasto Electoral y de la Propaganda electoral

de 2000

Ley 59/1986 de Elecciones, modificaciones de 2000

El Salvador Código Electoral de 1992, reformas Decreto Ley 55/2000.

Guatemala Ley Electoral y de Partidos Políticos de 1985

Decreto 1/1985 y reformas Reglamento a la Ley Electoral,

Acuerdo 390/2001

Honduras Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas de 1981, reformas de 1992

México Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales de 1990,

actualización de 2002

Nicaragua Ley Electoral de 1988, reformas de 2002

Panamá Código Electoral Ley 11/1983, reformas Ley 60/2002

Paraguay Código Electoral Ley 834/1996

Perú Ley Orgánica de Elecciones 26.859/1997, modificaciones

Ley 27.865/2002

Ley de Partidos Políticos de 2003

República

Dominicana Ley Electoral 275/1997, modificaciones de 2002

Uruguay Ley 16.019/1989

Venezuela Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política de 1997

Page 4: Extracted from Treatise on Compared Electoral Law of Latin ......En las democracias pluralistas contemporáneas una campaña electo-ral incluye dos aspectos básicos:4 por un lado,

del trabajo. Una exposición más detallada de las regulaciones jurídicas encada uno de los países se encuentra resumida en los cuadros XXVIII.2 yXXVIII.3. El presente trabajo concluye con una valoración general de la materia estudiada, discutiendo la eventual necesidad y las posibilidades deintroducir modificaciones en el ámbito de la regulación de la campañaelectoral.

2. CAMPAÑA ELECTORAL: CONCEPTO, FUENTES JURÍDICAS E IMPORTANCIA

DE LA REGULACIÓN DE LA MATERIA

2.1. Una aproximación al concepto de campaña electoral

Ante la incertidumbre que suele plantear una elección democrática, lospartidos políticos buscan, mediante la campaña electoral, comunicar susprogramas e ideas, movilizar a sus simpatizantes e influir y politizar a lapoblación en el sentido de captar sus preferencias políticas.3 A este últimoobjetivo se aspira sobre todo mediante la propaganda electoral, la cualabarca una gran variedad de formas y técnicas que tienden a influir políti-camente en la población.

En las democracias pluralistas contemporáneas una campaña electo-ral incluye dos aspectos básicos:4 por un lado, lo que en general se conocecomo actividades tradicionales de proselitismo político y, por otro, la cam-

LA CAMPAÑA ELECTORAL 711

3 Por una parte, es preciso tener en cuenta que además de los partidos políticos tambiénparticipan en una campaña electoral candidatos independientes, movimientos políticos,etc. En el caso de varios países latinoamericanos, la participación de dichos actores políticosincluso se encuentra prevista en la norma jurídica (por ejemplo, Colombia). Sin embargo,aquí se habla sobre todo de los partidos políticos (y sus candidatos), ya que generalmente sonlos actores principales de las campañas electorales en los países estudiados. Por otra parte,hay que tener presente que se realizan campañas no sólo para elecciones de partidos o candi-datos o de unos y otros para ocupar cargos en diferentes órganos representativos en distintosniveles del sistema político, sino también en favor o en contra de una cuestión sometida a re-feréndum o plebiscito.

4 De hecho, ambos componentes de las campañas electorales distinguidos aquí —activida-des proselitistas tradicionales y campaña electoral con base en los medios de información—se utilizan de manera complementaria en la práctica. Durante las campañas electorales reali-zadas en los procesos de transición a la democracia en distintos países de América Latina, fueposible observar un aprovechamiento conjunto de la propaganda electoral en los medios deinformación de masas —en ciertos casos de manera desconocida— y de actividades tradicio-nales de proselitismo político (véase al respecto Martz, 1990). Naturalmente, más allá de esterasgo común, prevalece una gran diversidad en las experiencias concretas.

Page 5: Extracted from Treatise on Compared Electoral Law of Latin ......En las democracias pluralistas contemporáneas una campaña electo-ral incluye dos aspectos básicos:4 por un lado,

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[714]

Page 8: Extracted from Treatise on Compared Electoral Law of Latin ......En las democracias pluralistas contemporáneas una campaña electo-ral incluye dos aspectos básicos:4 por un lado,

Méx

ico

Nic

arag

ua

Pan

amá

ante

rior

es a

la

cele

bra

ción

de

los

Com

icio

s G

ener

ales

. F

uer

ad

e es

tos

per

iod

os q

ued

a ab

solu

tam

ente

pro

hib

ido

este

tip

od

e p

ub

lici

dad

.”

Art

. 64

, L

ey E

lect

oral

y d

e la

s O

rgan

izac

ion

es P

olít

icas

d

e 19

81,

actu

aliz

ada

has

ta D

ecre

to L

ey 1

80-1

92.

La

cam

pañ

a el

ecto

ral,

par

a lo

s ef

ecto

s d

e es

te C

ódig

o, e

s el

con

jun

to d

e ac

tivi

dad

s ll

evad

as a

cab

o p

or l

os p

arti

dos

pol

ític

os n

acio

nal

es,

las

coal

icio

nes

y l

os c

and

idat

os

regi

stra

dos

par

a la

ob

ten

ción

del

vot

o.

Se

enti

end

e p

or a

ctos

de

cam

pañ

a la

s re

un

ion

es p

úb

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s,as

amb

leas

, m

arch

as y

en

gen

eral

aqu

ello

s en

qu

e lo

s ca

nd

idat

os o

voc

eros

de

los

par

tid

os p

olít

icos

se

dir

igen

al

ele

ctor

ald

o p

ara

pro

mov

er s

us

can

did

atu

ras.

Art

. 18

2, C

ódig

o F

eder

al d

e In

stit

uci

ones

y P

roce

dim

ien

tos

Ele

ctor

ales

de

1990

y s

u a

ctu

aliz

ació

n d

e 20

02.

La

pro

pag

and

a el

ecto

ral

deb

erá

ceñ

irse

a l

os v

alor

es,

pri

nci

pio

s y

der

ech

os c

onsi

gnad

os e

n l

a C

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itu

ción

P

úb

lica

. L

os p

arti

dos

pol

ític

os o

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anza

s d

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arti

dos

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res

pet

ar e

stri

ctam

ente

las

nor

mas

éti

cas,

la

mor

al

y la

con

sid

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ión

deb

ida

entr

e el

los

y a

los

can

did

atos

nom

inad

os,

a lo

s el

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res

y al

pu

eblo

nic

arag

üen

se.

La

pro

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and

a d

e la

s or

gan

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ion

es p

olít

icas

deb

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vers

arso

bre

su

s p

rogr

amas

de

gob

iern

o y

los

valo

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rin

cip

ios

enqu

e se

su

sten

tan

, a l

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z p

odrá

n p

rom

over

el

con

ocim

ien

top

úb

lico

de

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raye

ctor

ia p

olít

ica,

cu

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ades

y v

irtu

des

qu

een

alte

zcan

la

imag

en d

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s ca

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os, a

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ien

es s

e p

roh

íbe

den

igra

r, o

fen

der

o d

esca

lifi

car

a su

s ad

vers

ario

s.

Art

. 10

7, L

ey E

lect

oral

de

2002

.

No

No

Se

reco

noc

e el

der

ech

o d

e h

aber

pro

seli

tism

op

olít

ico

par

a lo

s p

arti

dos

pol

ític

os (

art.

52)

. S

ega

ran

tiza

la

igu

ald

ad e

n e

l ti

emp

o d

isp

onib

le e

nlo

s m

edio

s es

tata

les

par

a lo

s p

arti

cip

ante

s en

la

s el

ecci

ones

.

Se

gara

nti

za l

a ig

ual

dad

en

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uti

liza

ción

de

los

med

ios

de

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rmac

ión

soc

ial

adm

inis

trad

os

por

el

gob

iern

o p

ara

los

par

tid

os p

olít

icos

.

[715]

Page 9: Extracted from Treatise on Compared Electoral Law of Latin ......En las democracias pluralistas contemporáneas una campaña electo-ral incluye dos aspectos básicos:4 por un lado,

Par

agu

ay

Per

ú

Rep

úb

lica

Dom

inic

ana

Uru

guay

Ven

ezu

ela

El

obje

to d

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and

a el

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ral

es l

a d

ifu

sión

de

lap

lata

form

a el

ecto

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así

com

o lo

s p

lan

es y

pro

gram

as d

e lo

sp

arti

dos

, mov

imie

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s p

olít

icos

y a

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zas

que

pro

pic

ian

las

can

did

atu

ras,

cu

idar

qu

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con

ten

ido

de

los

men

saje

s co

nst

i-tu

ya u

na

alta

exp

resi

ón d

e ad

hes

ión

a l

os v

alor

es d

el s

iste

ma

rep

ub

lica

no

y d

emoc

ráti

co, y

con

trib

uya

a l

a ed

uca

ción

cív

i-ca

del

pu

eblo

(ar

t. 2

90, L

ey 8

34 d

e 19

96, C

ódig

o E

lect

oral

).

No

No

No

A l

os f

ines

de

esta

ley

, se

enti

end

e p

or c

amp

aña

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tora

lto

da

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vid

ad p

úb

lica

qu

e te

nga

por

fin

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ad e

stim

ula

r al

ele

ctor

ado

par

a qu

e se

su

frag

ue

por

det

erm

inad

os

can

did

atos

de

orga

niz

acio

nes

pol

ític

as o

gru

pos

de

elec

tore

s.L

a ca

mp

aña

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tora

l co

mp

ren

de

la p

rop

agan

da

y p

ub

lici

dad

emit

ida

a tr

avés

de

los

med

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de

com

un

icac

ión

soc

ial

y d

ecu

alqu

ier

otra

for

ma

de

dif

usi

ón. N

o se

con

sid

era

com

oca

mp

aña

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tora

l o

pro

pag

and

a, l

a p

arti

cip

ació

n d

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s ca

nd

idat

os y

dir

igen

tes

de

las

orga

niz

acio

nes

pol

ític

as o

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ecto

rale

s, e

n p

rogr

amas

o e

spac

ios

regu

lare

s d

e op

inió

n

de

rad

io o

tel

evis

ión

o e

n l

os m

edio

s d

e co

mu

nic

ació

n s

ocia

lim

pre

sos

(art

. 200

, Ley

Org

ánic

a d

el S

ufr

agio

y P

arti

cip

ació

nP

olít

ica

de

1997

).

Exi

ste

lib

erta

d p

ara

hac

er p

rop

agan

da

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tora

l.C

onst

itu

ye u

n d

erec

ho

de

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os l

os e

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ores

, p

arti

dos

pol

ític

os,

alia

nza

s y

can

did

atos

in

de-

pen

die

nte

s (a

rt.

306)

. S

e as

egu

ra l

a ig

ual

dad

en

la

ap

aric

ión

en

pro

gram

as d

e p

rop

agan

da

pol

ític

a(a

rt.

323,

2 y

art

. 32

4 re

spec

to a

l re

feré

nd

um

).

Se

gara

nti

za a

los

par

tid

os i

nsc

rito

s la

igu

ald

ad

en e

l u

so d

e lo

s m

edio

s d

e in

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n.

Se

aseg

ura

la

igu

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ad e

n l

as p

osib

ilid

ades

de

uso

de

los

med

ios

de

div

ulg

ació

n (

art.

98)

.

No

Se

gara

nti

za l

a ig

ual

dad

en

el

esp

acio

dis

pon

ible

en l

os m

edio

s of

icia

les

de

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rmac

ión

par

a lo

s ca

nd

idat

os p

resi

den

cial

es p

ostu

lad

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or l

osp

arti

dos

con

rep

rese

nta

ción

en

el

Con

sejo

S

up

rem

o E

lect

oral

(ar

t. 1

17).

CU

AD

RO

XX

VII

I.2.

Con

cept

o de

cam

pañ

a el

ecto

ral

y co

ndi

cion

es r

econ

ocid

as

para

su

rea

liza

ción

(co

ncl

usi

ón)

Paí

sC

once

pto

de c

ampa

ña

elec

tora

lC

ondi

cion

es r

econ

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as

NO

TA:

No

se c

onsi

der

an l

as c

ond

icio

nes

rec

onoc

idas

en

los

tex

tos

con

stit

uci

onal

es.

[716]

Page 10: Extracted from Treatise on Compared Electoral Law of Latin ......En las democracias pluralistas contemporáneas una campaña electo-ral incluye dos aspectos básicos:4 por un lado,

CU

AD

RO

XX

VII

I.3.

Reg

ula

ción

de

la c

ampa

ña

elec

tora

l: pe

riod

o, m

edio

s, a

ctiv

idad

es y

pro

hib

icio

nes

Med

ios

de d

ifu

sión

: acc

eso

Act

ivid

ades

tra

dici

onal

esP

roh

ibic

ion

es y

res

tric

cion

es

Paí

sa

Per

iodo

y d

ura

ción

y di

stri

buci

ón d

el e

spac

iode

cam

pañ

a el

ecto

ral

gen

eral

es

La

cam

pañ

a el

ecto

ral

culm

ina

48 h

oras

an

tes

de

las

elec

cion

es (

Art

. 71

del

C

ódig

o E

lect

oral

).

La

con

voca

tori

a d

ebe

real

izar

se18

0 d

ías

ante

s d

e la

ele

cció

n

Los

par

tid

os p

olít

icos

, con

fed

era-

cion

es o

ali

anza

s of

icia

liza

dos

par

ap

arti

cip

ar e

n e

lecc

ion

es d

e au

tori

-d

ades

nac

ion

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ten

drá

n d

erec

ho

a u

sar

sin

car

go e

n l

as e

mis

oras

de

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iod

ifu

sión

est

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pri

vad

as,

los

esp

acio

s qu

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ce e

l M

inis

te-

rio

del

In

teri

or d

esti

nad

os a

dif

un

dir

sus

pla

tafo

rmas

ele

ctor

ales

y s

us

pla

nes

de

gob

iern

o (a

rt. 9

, Dec

reto

2089

/92)

.

Los

med

ios

esta

tale

s d

e co

mu

ni-

caci

ón s

ocia

l ot

orga

rán

, en

for

ma

Qu

eda

pro

hib

ida

la e

mis

ión

y p

ub

li-

caci

ón d

e av

isos

pu

bli

cita

rios

en

m

edio

s te

levi

sivo

s, r

adia

les

y gr

áfic

osco

n e

l fi

n d

e p

rom

over

la

cap

taci

ónd

e su

frag

io p

ara

can

did

atos

a c

argo

sp

úb

lico

s el

ecti

vos

nac

ion

ales

an

tes

de

los

32 d

ías

pre

vios

a l

a fe

cha

fija

da

par

a el

com

icio

. Art

. 64

ter.

,C

ódig

o E

lect

oral

.D

ura

nte

la

cam

pañ

a el

ecto

ral,

la

pu

bli

cid

ad d

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s ac

tos

de

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on

o p

odrá

con

ten

er e

lem

ento

s qu

ep

rom

uev

an e

xpre

sam

ente

la

cap

taci

ón d

el s

ufr

agio

a f

avor

de

nin

gun

o d

e lo

s ca

nd

idat

os a

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gos

bli

cos

elec

tivo

s n

acio

nal

es. S

e p

roh

íbe

tam

bié

n d

ura

nte

los

sie

ted

ías

ante

rior

es a

la

fech

a fi

jad

a p

ara

la c

eleb

raci

ón d

el c

omic

io, l

a re

aliz

ació

n d

e ac

tos

inau

gura

les

de

obra

s p

úb

lica

s, e

l la

nza

mie

nto

o

pro

moc

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de

pla

nes

, pro

yect

os o

pro

gram

as d

e al

can

ce c

olec

tivo

y, e

nge

ner

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a re

aliz

ació

n d

e to

do

acto

de

gob

iern

o qu

e p

ued

a p

rom

over

la

cap

taci

ón d

el s

ufr

agio

a f

avor

de

cual

quie

ra d

e lo

s ca

nd

idat

os.

Art

. 64

quat

er.,

Cód

igo

Ele

ctor

al.

Arg

enti

na

Bol

ivia

[717]

aC

uan

do

se m

enci

ona

un

órg

ano

enca

rgad

o d

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ntr

olar

la

cam

pañ

a el

ecto

ral,

éste

ap

arec

e en

tre

par

énte

sis

deb

ajo

del

nom

bre

del

paí

s co

rres

pon

die

nte

.

Page 11: Extracted from Treatise on Compared Electoral Law of Latin ......En las democracias pluralistas contemporáneas una campaña electo-ral incluye dos aspectos básicos:4 por un lado,

Bra

sil

(Ju

stic

iaE

lect

oral

)

del

pre

sid

ente

y d

ipu

tad

os

y 12

0 d

ías

ante

s d

e la

s el

ecci

ones

mu

nic

ipal

es.

La

cam

pañ

a el

ecto

ral

se i

nic

iaal

día

sig

uie

nte

de

la c

onvo

ca-

tori

a y

term

ina

24 h

oras

an

tes

de

la v

otac

ión

(ar

t. 9

/93)

. La

pro

pag

and

a el

ecto

ral

qued

ap

roh

ibid

a d

esd

e 72

hor

as

ante

s y

has

ta 2

4 h

oras

des

pu

ésd

e la

ele

cció

n (

art.

99/

93).

La

pro

pag

and

a el

ecto

ral

pod

ráre

aliz

arse

des

de

tres

mes

es

ante

s d

e la

ele

cció

n. É

sta

cesa

rá 4

8 h

oras

an

tes

y h

asta

grat

uit

a y

per

man

ente

, por

tie

mp

oig

ual

y d

entr

o d

e lo

s m

ism

os h

ora-

rios

, esp

acio

s d

e p

rop

agan

da

a lo

sp

arti

dos

pol

ític

os o

ali

anza

s y

sus

can

did

atos

. La

pro

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and

a el

ecto

ral

esta

rá l

imit

ada

por

cad

a p

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do

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ian

za p

olít

ica,

a n

o m

ás d

e cu

atro

pág

inas

sem

anal

es p

or p

erió

dic

o d

eci

rcu

laci

ón n

acio

nal

o d

epar

tam

en-

tal.

En

los

med

ios

aud

iovi

sual

es d

eco

mu

nic

ació

n e

l ti

emp

o se

rá d

e u

nm

áxim

o d

e 10

min

uto

s d

iari

os e

n

los

can

ales

y e

mis

oras

nac

ion

ales

.A

dic

ion

alm

ente

los

par

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os p

olít

icos

pod

rán

usa

r u

n m

áxim

o d

e ci

nco

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uto

s d

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os e

n l

os m

edio

s o

pro

-gr

amas

dep

arta

men

tale

s o

loca

les.

Tod

os l

os m

edio

s d

e co

mu

nic

ació

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cial

, est

án o

bli

gad

os a

in

scri

bir

en

la C

orte

Nac

ion

al E

lect

oral

, a t

ravé

sd

e su

rep

rese

nta

nte

leg

al, s

u p

ro-

gram

ació

n, t

iem

pos

y h

orar

ios,

así

com

o la

s ta

rifa

s co

rres

pon

die

nte

s,qu

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girá

n d

ura

nte

el

tiem

po

de

lap

rop

agan

da

elec

tora

l (a

rt. 1

15, L

ey19

84/0

1).

Las

em

isor

as d

e ra

dio

y l

os c

anal

esd

e te

levi

sión

res

erva

rán

, du

ran

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os45

día

s an

teri

ores

a l

a ví

sper

a d

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sel

ecci

ones

, un

hor

ario

det

inad

o a

la

CU

AD

RO

XX

VII

I.3.

Reg

ula

ción

de

la c

ampa

ña

elec

tora

l: pe

riod

o, m

edio

s...

(con

tin

uac

ión

)

Med

ios

de d

ifu

sión

: acc

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Act

ivid

ades

tra

dici

onal

esP

roh

ibic

ion

es y

res

tric

cion

es

Paí

sa

Per

iodo

y d

ura

ción

y di

stri

buci

ón d

el e

spac

iode

cam

pañ

a el

ecto

ral

gen

eral

es

[718]

Page 12: Extracted from Treatise on Compared Electoral Law of Latin ......En las democracias pluralistas contemporáneas una campaña electo-ral incluye dos aspectos básicos:4 por un lado,

Ch

ile

Col

omb

ia(C

orte

24 h

oras

des

pu

és d

e la

el

ecci

ón (

art.

240

, Ley

4.7

37).

La

pro

pag

and

a el

ecto

ral

por

med

io d

e la

pre

nsa

, rad

ioem

i-so

ras

y ca

nal

es d

e te

levi

sión

,só

lo p

odrá

efe

ctu

arse

des

de

el t

rigé

sim

o y

has

ta e

l te

rcer

día

an

teri

or a

l d

e la

ele

cció

n

o p

leb

isci

to, a

mb

os d

ías

incl

usi

ve (

art.

30,

Ley

18.7

00/0

3, ú

ltim

a m

odif

icac

ión

).

Des

de

90 d

ías

ante

s d

e la

sel

ecci

ones

est

á p

erm

itid

a la

div

ulg

ació

n e

n r

ed d

e la

pro

pag

and

ael

ecto

ral

grat

uit

a. P

ara

los

dis

tin

tos

tip

os d

e el

ecci

ones

se

con

tem

pla

nh

orar

ios

y d

ías

en q

ue

se p

odrá

ha-

cer

pro

pag

and

a gr

atu

ita,

tan

to e

n l

ate

levi

sión

ab

iert

a co

mo

cerr

ada,

al

igu

al q

ue

en l

as r

adio

s. S

e co

n-

tem

pla

n 2

5 m

inu

tos,

tre

s ve

ces

a la

sem

ana,

dos

vec

es a

l d

ía, p

ara

lael

ecci

ón p

resi

den

cial

, igu

al q

ue

par

ala

ele

ccci

ón d

e d

ipu

tad

os f

eder

ales

.P

ara

Sen

ador

es 1

0 m

inu

tos,

3 v

eces

a la

sem

ana,

2 v

eces

al

día

, etc

. (A

rt. 4

7, L

ey 9

.504

/97)

.L

os c

anal

es d

e te

levi

sión

de

lib

re

rece

pci

ón d

eber

án d

esti

nar

gra

tui-

tam

ente

30

min

uto

s d

iari

os d

e su

str

ansm

isio

nes

a p

rop

agan

da

elec

to-

ral

en l

os c

asos

de

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ción

de

pre

si-

den

te d

e la

Rep

úb

lica

, de

dip

uta

dos

y se

nad

ores

, ún

icam

ente

de

dip

u-

tad

os o

de

ple

bis

cito

s n

acio

nal

es.

En

cas

o d

e el

ecci

ones

con

jun

tas

el

tiem

po

es d

e 40

min

uto

s, 2

0 p

ara

lael

ecci

ón d

e p

resi

den

te y

20

par

a d

ipu

tad

os y

sen

ador

es. E

l ti

emp

o se

dis

trib

uye

en

tre

los

can

did

atos

en

la

elec

ción

pre

sid

enci

al y

en

tre

los

par

tid

os e

n l

a el

ecci

ón d

e d

ipu

tad

osy

sen

ador

es, d

e ac

uer

do

con

los

vo

tos

obte

nid

os e

n l

a ú

ltim

a el

ecci

ónd

e d

ipu

tad

os (

art.

30,

Ley

18.

700/

03,

últ

ima

mod

ific

ació

n).

Los

par

tid

os y

mov

imie

nto

s p

olít

icos

con

per

son

ería

ju

ríd

ica

ten

drá

n

El

día

de

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cion

es s

e p

roh

íbe

tod

a cl

ase

de

pro

pag

and

a,

[719]

aC

uan

do

se m

enci

ona

un

órg

ano

enca

rgad

o d

e co

ntr

olar

la

cam

pañ

a el

ecto

ral,

éste

ap

arec

e en

tre

par

énte

sis

deb

ajo

del

nom

bre

del

paí

s co

rres

pon

die

nte

.

Page 13: Extracted from Treatise on Compared Electoral Law of Latin ......En las democracias pluralistas contemporáneas una campaña electo-ral incluye dos aspectos básicos:4 por un lado,

Ele

ctor

al;

Con

sejo

Nac

ion

alE

lect

oral

)

Cos

ta R

ica

(Tri

bu

nal

Su

pre

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de

Ele

ccio

nes

)

pro

pag

and

a el

ecto

ral;

ésta

se

pro

híb

e el

día

de

la e

lecc

ión

,d

esd

e 24

hor

as a

nte

s y

du

ran

telo

s co

mic

ios

(art

. 20,

Ley

84)

.

Com

ien

za e

l 15

de

octu

bre

del

año

ante

rior

a l

a el

ecci

ón.

Cie

rra

el j

uev

es a

nte

rior

al

dom

ingo

de

feb

rero

.S

e es

tab

lece

un

rec

eso

de

pro

pag

and

a en

tre

el 1

6 d

ed

icie

mb

re y

el

1 d

e en

ero,

co

n e

xcep

ción

de

un

men

saje

n

avid

eño.

Du

ran

te e

l d

ía

ante

rior

a l

a el

ecci

ón s

ólo

está

per

mit

ida

la e

xpos

ició

n d

e

der

ech

o a

acce

der

gra

tuit

amen

te a

los

med

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de

com

un

icac

ión

soc

ial

del

Est

ado

de

la s

igu

ien

te m

aner

a:d

entr

o d

e lo

s 30

día

s an

teri

ores

a l

ael

ecci

ón, y

a se

a p

resi

den

cial

o p

ara

el C

ongr

eso

de

la R

epú

bli

ca, p

ara

que

los

can

did

atos

exp

onga

n s

us

tesi

s y

pro

gram

as e

n e

l ca

so d

e la

pri

mer

a o

par

a re

aliz

ar p

rop

agan

da

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tora

l a

favo

r d

e lo

s ca

nd

idat

osen

la

segu

nd

a. E

l C

onse

jo N

acio

nal

Ele

ctor

al e

stab

lece

rá e

l n

úm

ero

y la

du

raci

ón d

e lo

s es

pac

ios,

gar

anti

-za

nd

o el

res

pet

o a

las

inst

itu

tcio

nes

y a

la h

onra

de

las

per

son

as.

La

pro

pag

and

a el

ecto

ral

con

trat

ada

es c

onsi

der

ada

par

a la

ele

cció

n

pre

sid

enci

al (

art.

25,

Ley

130

/94)

.S

ólo

está

n a

uto

riza

das

par

a p

rest

arse

rvic

ios

de

pro

pag

and

a el

ecto

ral

las

emp

resa

s in

scri

tas

en e

l Tr

ibu

nal

Su

pre

mo

Ele

ctor

al. L

as e

mp

resa

s y

los

med

ios

de

com

un

icac

ión

in

scri

-to

s d

eber

án g

aran

tiza

r ig

ual

dad

de

con

dic

ion

es y

de

trat

o a

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os l

osp

arti

dos

pol

ític

os q

ue

par

tici

pan

en

la j

ust

a el

ecto

ral.

La

pro

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and

a es

tará

lim

itad

a, p

or p

arti

do

pol

ític

o,a

no

más

de

un

a p

ágin

a p

or e

dic

ión

,

man

ifes

taci

ones

, com

un

icad

os y

en

trev

ista

s co

n f

ines

pol

ític

o-el

ecto

rale

s a

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és d

e ra

dio

, pre

nsa

y te

levi

sión

, así

com

o to

da

pro

pag

and

a m

óvil

, est

átic

a o

son

ora,

cam

iset

as, s

omb

rero

s,

cual

quie

r ot

ra p

ren

da

de

vest

ir,

ban

der

as, g

lob

os a

eros

táti

cos,

ca

seta

s, a

fich

es, v

olan

tes,

gac

etas

o

doc

um

ento

s si

mil

ares

qu

e in

vita

na

vota

r p

or d

eter

min

ado

can

did

ato

(art

. 3, D

ecre

to 3

95/1

998)

.

CU

AD

RO

XX

VII

I.3.

Reg

ula

ción

de

la c

ampa

ña

elec

tora

l: pe

riod

o, m

edio

s...

(con

tin

uac

ión

)

Med

ios

de d

ifu

sión

: acc

eso

Act

ivid

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tra

dici

onal

esP

roh

ibic

ion

es y

res

tric

cion

es

Paí

sa

Per

iodo

y d

ura

ción

y di

stri

buci

ón d

el e

spac

iode

cam

pañ

a el

ecto

ral

gen

eral

es

[720]

Page 14: Extracted from Treatise on Compared Electoral Law of Latin ......En las democracias pluralistas contemporáneas una campaña electo-ral incluye dos aspectos básicos:4 por un lado,

Ecu

ador

(Tri

bu

nal

Ele

ctor

alS

up

rem

o;ex

iste

adem

ás u

n

depa

rtam

ento

par

a el

co

ntr

ol d

e la

pro

pag

and

a)

pro

gram

as. E

l d

ía m

ism

o d

e la

elec

ción

se

pro

híb

e to

do

tip

od

e ac

tivi

dad

pol

ític

a (a

rt. 7

9,C

ódig

o E

lect

oral

).

Se

inic

ia a

par

tir

de

la f

ech

ad

e la

con

voca

tori

a (1

20 d

ías

ante

s d

e la

ele

cció

n).

La

pri

mer

a vu

elta

par

a p

resi

den

tey

vice

pre

sid

ente

se

real

iza

elte

rcer

dom

ingo

de

may

o ca

da

cuat

ro a

ños

.C

ada

dos

os, e

l p

rim

er

dom

ingo

de

may

o se

ele

girá

nd

ipu

tad

os p

rovi

nci

ales

y l

asm

inor

ías

de

con

seje

ros

pro

vin

cial

es y

con

ceja

les

mu

nic

ipal

es (

art.

104

).

o su

equ

ival

ente

en

mer

o d

e ce

ntí

met

ros

cuad

rad

os e

n c

ada

un

od

e lo

s d

iari

os n

acio

nal

es. E

n l

a te

le-

visi

ón, c

ada

par

tid

o te

nd

rá d

erec

ho

a u

n m

áxim

o d

e 10

min

uto

s d

iari

osp

or c

anal

. Par

a la

pro

pag

and

a p

orra

dio

se

ded

icar

á u

n m

áxim

o d

e 10

min

uto

s d

iari

os p

or e

mis

ora

no

acu

mu

lab

les

y u

n m

áxim

o d

e 30

m

inu

tos

por

sem

ana,

por

em

isor

a.E

n l

a se

man

a an

teri

or a

la

elec

ción

,lo

s p

arti

dos

pol

ític

os p

odrá

n p

ub

li-

car,

ún

icam

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por

esp

acio

de

dos

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s, u

n m

áxim

o d

e cu

atro

pág

inas

por

ed

ició

n p

ara

exp

oner

su

s p

rogr

a-m

as d

e go

bie

rno

y la

org

aniz

ació

nd

el d

ía d

e la

s el

ecci

ones

. En

cu

anto

al u

so d

e ra

dio

dif

usi

ón y

tel

evis

ión

,re

girá

n lo

s lí

mit

es d

isp

ues

tos

por

el

Trib

un

al p

ara

el p

erio

do

ante

rior

.(a

rt. 8

5/96

, Cód

igo

Ele

ctor

al).

La

pro

pag

and

a el

ecto

ral

está

li

mit

ada,

par

a ca

da

par

tid

o p

olít

ico

yal

ian

za e

lect

oral

, a n

o m

ás d

e m

edia

pág

ina

por

ed

ició

n o

su

equ

ival

ente

en n

úm

ero

de

pu

lgad

a-co

lum

na,

com

pu

tad

a en

tod

os l

os d

iari

os d

eci

rcu

laci

ón n

acio

nal

; a 1

0 m

inu

tos

dia

rios

de

tele

visi

ón c

omp

uta

da

ento

dos

los

can

ales

de

tele

visi

ón d

eem

isió

n n

acio

nal

o r

egio

nal

; a 2

0m

inu

tos

dia

rios

par

a ca

da

emis

ora

de

ámb

ito

nac

ion

al y

a 1

0 m

inu

tos

dia

rios

cad

a em

isor

a d

e in

flu

enci

alo

cal.

Den

tro

de

esto

s lí

mit

es, c

ada

[721]

aC

uan

do

se m

enci

ona

un

órg

ano

enca

rgad

o d

e co

ntr

olar

la

cam

pañ

a el

ecto

ral,

éste

ap

arec

e en

tre

par

énte

sis

deb

ajo

del

nom

bre

del

paí

s co

rres

pon

die

nte

.

Page 15: Extracted from Treatise on Compared Electoral Law of Latin ......En las democracias pluralistas contemporáneas una campaña electo-ral incluye dos aspectos básicos:4 por un lado,

El

Sal

vad

or(T

rib

un

alE

lect

oral

)

Gu

atem

ala

(Tri

bu

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Su

pre

mo

Ele

ctor

al)

La

con

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tori

a a

la c

amp

aña

se e

fect

úa

com

o m

ínim

o cu

atro

mes

es a

nte

s d

e la

el

ecci

ón d

el p

resi

den

te y

dos

mes

es a

nte

s d

e la

de

dip

uta

dos

sta

culm

ina

tres

día

s an

tes

de

la e

lecc

ión

(ar

t. 2

24).

La

con

voca

tori

a a

elec

cion

esge

ner

ales

se

har

á p

or l

o m

enos

con

120

día

s d

e an

tici

pac

ión

.E

ste

pla

zo s

erá

de

90 d

ías

par

ala

ele

cció

n d

e d

ipu

tad

os y

de

45 d

ías

par

a la

s co

nsu

ltas

p

opu

lare

s.L

a ca

mp

aña

elec

tora

l se

ex-

par

tid

o p

olít

ico

pod

rá d

istr

ibu

ir s

uti

emp

o y

esp

acio

de

pu

bli

cid

ad

elec

tora

l d

e ac

uer

do

con

su

mej

orcr

iter

io (

art.

106

, Ley

59/

86, ú

ltim

am

odif

icac

ión

200

0).

Los

par

tid

os p

olít

icos

o c

oali

cion

esp

ued

en h

acer

pro

pag

and

a p

or t

odos

los

med

ios

líci

tos

de

dif

usi

ón s

in

más

lim

itac

ion

es q

ue

las

que

esta

-b

lece

n l

as l

eyes

, la

mor

al y

las

b

uen

as c

ostu

mb

res.

Los

med

ios

de

com

un

icac

ión

soc

ial

está

n o

bli

gad

osa

info

rmar

su

s ta

rifa

s, e

xigi

énd

ose

equ

idad

en

ella

s. L

os m

edio

s d

e co

mu

nic

ació

n e

stat

al t

amb

ién

deb

enp

rop

orci

onar

, en

igu

ald

ad d

e co

nd

i-ci

ones

y e

n f

orm

a gr

atu

ita,

esp

acio

sa

tod

os l

os p

arti

dos

pol

ític

os o

coa

-li

cion

es, p

ara

pro

gram

as d

e p

rop

a-ga

nd

a p

olít

ica

(art

. 227

/92,

Cód

igo

Ele

ctor

al, ú

ltim

a m

odif

icac

ión

200

0).

Tod

o p

arti

do

o co

alic

ión

de

par

tid

osin

scri

tos

par

a u

n p

roce

so e

lect

oral

,te

nd

rá d

erec

ho

a 30

min

uto

s se

man

ales

en

la

rad

io y

la

tele

visi

ónd

el E

stad

o, p

ara

dar

a c

onoc

er s

up

rogr

ama

pol

ític

o. P

ara

los

efec

tos

de

pro

pag

and

a el

ecto

ral

y p

ub

li-

caci

ones

pol

ític

as, n

ingú

n m

edio

CU

AD

RO

XX

VII

I.3.

Reg

ula

ción

de

la c

ampa

ña

elec

tora

l: pe

ríod

o, m

edio

s...

(con

tin

uac

ión

)

Med

ios

de d

ifu

sión

: acc

eso

Act

ivid

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tra

dici

onal

esP

roh

ibic

ion

es y

res

tric

cion

es

Paí

sa

Per

iodo

y d

ura

ción

y di

stri

buci

ón d

el e

spac

iode

cam

pañ

a el

ecto

ral

gen

eral

es

[722]

Page 16: Extracted from Treatise on Compared Electoral Law of Latin ......En las democracias pluralistas contemporáneas una campaña electo-ral incluye dos aspectos básicos:4 por un lado,

Hon

du

ras

Méx

ico

tien

de

des

de

la c

onvo

cato

ria

has

ta 3

6 h

oras

an

tes

de

la

elec

ción

(ar

t. 3

8).

Las

act

ivid

ades

de

cam

pañ

ael

ecto

ral

sola

men

te p

odrá

nre

aliz

arse

du

ran

te l

os c

uat

rom

eses

an

teri

ores

a l

as

elec

cion

es i

nte

rnas

y l

os s

eis

mes

es a

nte

rior

es a

los

co

mic

ios

gen

eral

es h

asta

ci

nco

día

s an

tes

de

las

elec

cion

es (

art.

64)

.

Des

de

la f

ech

a d

e re

gist

ro d

elo

s ca

nd

idat

os h

asta

tre

s d

ías

ante

s d

e la

s el

ecci

ones

(a

rt. 9

0).

pri

vad

o d

e co

mu

nic

ació

n s

ocia

l p

odrá

ap

lica

r ta

rifa

s d

isti

nta

s a

las

ord

inar

ias

de

cará

cter

com

erci

al(a

rt. 2

21/8

5, L

ey E

lect

oral

, últ

imas

mod

ific

acio

nes

200

1).

Den

tro

de

los

cin

co d

ías

ante

rior

es

a la

s el

ecci

ones

las

org

aniz

acio

nes

p

olít

icas

sól

o p

odrá

n h

acer

uso

de

las

rad

iod

ifu

sora

s, d

e la

tel

evis

ión

,p

erió

dic

os y

otr

os m

edio

s d

e d

ifu

-si

ón p

ara

exp

lica

r su

s p

rogr

amas

op

ara

refe

rirs

e a

las

per

son

as d

e su

sca

nd

idat

os; n

o p

odrá

n c

omb

atir

el

pro

gram

a d

e la

s or

gan

izac

ion

es

pol

ític

as c

ontr

aria

s, n

i la

s p

erso

nas

de

sus

can

did

atos

(ar

t. 7

4, L

ey

Ele

ctor

al d

e 19

81, ú

ltim

as

mod

ific

acio

nes

o 19

92).

La

pro

pag

and

a qu

e en

el

curs

o d

eu

na

cam

pañ

a d

ifu

nd

an l

os p

arti

dos

pol

ític

os a

tra

vés

de

la r

adio

y l

a te

levi

sión

, com

pre

nd

ida

la q

ue

emit

an e

n e

l ej

erci

cio

de

las

pre

rro-

gati

vas

que

en l

a m

ater

ia l

es c

onfi

e-re

el

pre

sen

te C

ódig

o, s

e aj

ust

ará

alo

dis

pu

esto

por

el

artí

culo

6 d

e la

Con

stit

uci

ón (

art.

186

/90

Cód

igo

Fe-

der

al, ú

ltim

as m

odif

icac

ion

es 2

002)

.L

a m

anif

esta

ción

de

las

idea

s n

o se

rá o

bje

to d

e n

ingu

na

inqu

isic

ión

jud

icia

l o

adm

inis

trat

iva,

sin

o en

el

caso

de

que

ataq

ue

a la

mor

al, l

osd

erec

hos

de

terc

ero,

pro

voqu

e al

gún

del

ito

o p

ertu

rbe

el o

rden

bli

co;

el d

erec

ho

a la

in

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ació

n s

erá

[723]

aC

uan

do

se m

enci

ona

un

órg

ano

enca

rgad

o d

e co

ntr

olar

la

cam

pañ

a el

ecto

ral,

éste

ap

arec

e en

tre

par

énte

sis

deb

ajo

del

nom

bre

del

paí

s co

rres

pon

die

nte

.

Page 17: Extracted from Treatise on Compared Electoral Law of Latin ......En las democracias pluralistas contemporáneas una campaña electo-ral incluye dos aspectos básicos:4 por un lado,

Nic

arag

ua

(Con

sejo

Su

pre

mo

Ele

ctor

al)

La

cam

pañ

a el

ecto

ral

ten

drá

un

a d

ura

ción

de

80 d

ías

par

ala

ele

cció

n d

e p

resi

den

te y

d

ipu

tad

os; 4

2 d

ías

par

a lo

s d

ipu

tad

os a

l P

arla

men

to

Cen

troa

mer

ican

o, c

onse

jos

regi

onal

es y

con

cejo

s m

un

icip

ales

y 3

0 d

ías

par

a p

leb

isci

tos

y re

feré

nd

um

.F

inal

izar

á 72

hor

as a

nte

s d

ela

s el

ecci

ones

(ar

t. 1

05 y

119

).

gara

nti

zad

o p

or e

l E

stad

o (a

rt. 6

,C

onst

itu

ción

Pol

ític

a).

El

Con

sejo

Su

pre

mo

elec

tora

l ga

ran

tiza

el

uso

de

los

med

ios

rad

iale

s y

tele

visi

vos

de

la s

igu

ien

tefo

rma:

par

a la

cam

pañ

a el

ecto

ral

de

pre

sid

ente

y v

icep

resi

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te d

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R

epú

bli

ca, d

ipu

tad

os a

nte

la

Asa

m-

ble

a N

acio

nal

y P

arla

men

to C

entr

o-am

eric

ano,

30

min

uto

s d

iari

os e

n

cad

a ca

nal

de

tele

visi

ón e

stat

al, y

45

min

uto

s d

iari

os e

n c

ada

un

a d

e la

sra

dio

emis

oras

est

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es. E

stos

tie

m-

pos

se

dis

trib

uye

n e

ntr

e lo

s p

arti

dos

o al

ian

zas

por

par

tes

igu

ales

. Gar

an-

tiza

tam

bié

n e

l d

erec

ho

de

con

trat

arp

ara

su c

amp

aña

elec

tora

l es

pac

ioen

los

med

ios

de

com

un

icac

ión

p

riva

dos

. Par

a la

cam

pañ

a el

ecto

ral

de

alca

ldes

, vic

ealc

ald

es y

con

ceja

les

mu

nic

ipal

es, 1

5 m

inu

tos

dia

rios

en

cad

a u

na

de

las

rad

ioem

isor

as

esta

tale

s qu

e n

o al

can

cen

cob

ertu

ran

acio

nal

, 10

min

uto

s d

iari

os e

n c

ada

un

a d

e la

s ra

dio

emis

oras

qu

e al

can

-ce

n c

ober

tura

nac

ion

al y

3 m

inu

tos

en c

ada

can

al d

e te

levi

sión

est

atal

(art

. 90-

91/8

8, L

ey E

lect

oral

, últ

imas

mod

ific

acio

nes

200

0).

Tod

a p

rop

agan

da

elec

tora

l d

ebe

iden

tifi

car

al p

arti

do

pol

ític

o o

alia

nza

de

par

tid

os q

ue

emit

a. L

ap

rop

agan

da

imp

resa

deb

e lle

var

pie

de

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ren

ta. S

e p

roh

íbe

dif

un

dir

pro

pag

and

a el

ecto

ral

con

mir

as a

dañ

ar l

a in

tegr

idad

de

los

can

di-

dat

os i

nsc

rito

s o

que

sign

ifiq

ue

un

llam

ado

a la

ab

sten

ción

y v

iole

nci

a.S

e p

roh

íbe

la i

nst

alac

ión

de

pro

pag

and

a en

mon

um

ento

s y

edif

icio

s p

úb

lico

s, i

gles

ias

y te

mp

los

(art

. 87,

Ley

Ele

ctor

al).

CU

AD

RO

XX

VII

I.3.

Reg

ula

ción

de

la c

ampa

ña

elec

tora

l: pe

riod

o, m

edio

s...

(con

tin

uac

ión

)

Med

ios

de d

ifu

sión

: acc

eso

Act

ivid

ades

tra

dici

onal

esP

roh

ibic

ion

es y

res

tric

cion

es

Paí

sa

Per

iodo

y d

ura

ción

y di

stri

buci

ón d

el e

spac

iode

cam

pañ

a el

ecto

ral

gen

eral

es

[724]

Page 18: Extracted from Treatise on Compared Electoral Law of Latin ......En las democracias pluralistas contemporáneas una campaña electo-ral incluye dos aspectos básicos:4 por un lado,

Pan

amá

Par

agu

ay(J

ust

icia

Ele

ctor

al)

Por

con

voca

tori

a se

in

icia

por

lo m

enos

30

día

s an

tes

de

lafe

cha

de

aper

tura

. El

pro

ceso

com

ien

za s

eis

mes

es a

nte

s d

ela

ele

cció

n.

Se

fija

el

cier

re p

ara

las

12h

oras

de

la n

och

e d

el v

iern

es

ante

rior

a l

as e

lecc

ion

es

(art

. 168

).

Des

de

el d

ía s

igu

ien

te d

e la

con

voca

tori

a a

elec

cion

es

has

ta 4

8 h

oras

an

tes

(art

. 310

, 2).

La

cam

pañ

a d

e p

rop

agan

da

par

a re

feré

nd

um

no

pod

ten

er u

na

du

raci

ón i

nfe

rior

a

30 d

ías

y fi

nal

izar

á a

las

00:0

0h

oras

del

día

an

teri

or s

eñal

ado

par

a la

vot

ació

n (

art.

325

).

El

Trib

un

al E

lect

oral

reg

lam

enta

rála

uti

liza

ción

de

los

med

ios

de

com

un

icac

ión

soc

ial

que

el g

obie

rno

adm

inis

tre,

par

a qu

e lo

s p

arti

dos

p

olít

icos

, en

igu

ald

ad d

e co

nd

icio

nes

,p

ued

an u

tili

zarl

os p

ara

dif

un

dir

p

rop

agan

da,

pro

gram

as d

e op

inió

np

úb

lica

, deb

ates

y c

ual

quie

r ev

ento

pol

ític

o. E

l Tr

ibu

nal

har

á p

úb

lica

la

lis

ta d

e es

tos

med

ios

(art

. 174

/83,

Cód

igo

Ele

ctor

al, ú

ltim

as

mod

ific

acio

nes

200

2).

La

pro

pag

and

a es

tará

lim

itad

a, p

orp

arti

do,

mov

imie

nto

pol

ític

o o

alia

n-

za, a

no

más

de

med

ia p

ágin

a p

ored

ició

n o

su

equ

ival

ente

en

mer

od

e ce

ntí

met

ros

de

colu

mn

a, e

n c

ada

un

o d

e lo

s p

erió

dic

os y

rev

ista

s.

En

lo

que

resp

ecta

a l

a p

rop

agan

da

por

tel

evis

ión

o r

adio

, cad

a p

arti

do,

m

ovim

ien

to p

olít

ico

o al

ian

za t

end

rád

erec

ho

a u

n m

áxim

o d

e ci

nco

m

inu

tos

por

can

al o

rad

io, p

or d

ía.

Par

a co

ntr

ibu

ir a

l p

roce

so d

e d

emo-

Se

pro

híb

e la

div

ulg

ació

n d

e p

rop

agan

da

elec

tora

l an

ónim

a. N

op

ued

e fi

jars

e p

rop

agan

da

elec

tora

len

ed

ific

ios

o m

onu

men

tos

bli

cos,

case

tas

de

pea

je, c

olis

eos

dep

orti

vos,

siti

os d

e in

teré

s h

istó

rico

cu

ltu

ral,

hos

pit

ales

, asi

los,

col

egio

s, i

gles

ias,

tem

plo

s, á

rbol

es o

cu

alqu

ier

otro

lu

gar

que

vea

afec

tad

o el

sis

tem

aec

ológ

ico.

Qu

eda

pro

hib

ida

la c

oloc

ació

n d

eav

isos

, an

un

cios

o p

ub

lici

dad

qu

e,d

e cu

alqu

ier

man

era,

ob

stru

ya l

a vi

-si

bil

idad

mín

ima

o p

onga

en

pel

igro

la s

egu

rid

ad v

ehic

ula

r o

de

las

per

son

as. S

e p

roh

íbe

el u

so n

o au

to-

riza

do

de

sím

bol

os d

e lo

s p

arti

dos

yca

nd

idat

os. Q

ued

an p

roh

ibid

os l

osm

ensa

jes

que

de

cual

quie

r m

aner

air

resp

eten

la

dig

nid

ad d

e la

vid

a h

um

ana,

la

segu

rid

ad d

e la

fam

ilia

,la

s b

uen

as c

ostu

mb

res

y la

mor

al(a

rt. 1

82, C

ódig

o E

lect

oral

)S

e p

roh

íbe

la p

rop

agan

da

anón

ima.

Tod

a aq

uel

la q

ue

real

icen

los

par

ti-

dos

, mov

imie

nto

s p

olít

icos

o a

lian

-za

s d

eber

á in

div

idu

aliz

ar c

lara

men

tela

ley

end

a p

arti

dar

ia o

la

can

did

atu

-ra

qu

e la

rea

lice

, cu

idan

do

no

ind

u-

cir

a en

gañ

os o

con

fusi

ón a

l el

ecto

-ra

do.

Qu

eda

abso

luta

men

te p

roh

ibi-

da

la p

rop

agan

da

cuyo

s m

ensa

jes

pro

pu

gnen

: la

inci

taci

ón a

la

guer

rao

a la

vio

len

cia;

la

dis

crim

inac

ión

por

cla

se, r

aza,

sex

o o

reli

gión

; la

[725]

aC

uan

do

se m

enci

ona

un

órg

ano

enca

rgad

o d

e co

ntr

olar

la

cam

pañ

a el

ecto

ral,

éste

ap

arec

e en

tre

par

énte

sis

deb

ajo

del

nom

bre

del

paí

s co

rres

pon

die

nte

.

Page 19: Extracted from Treatise on Compared Electoral Law of Latin ......En las democracias pluralistas contemporáneas una campaña electo-ral incluye dos aspectos básicos:4 por un lado,

Per

úN

o se

in

dic

a el

in

icio

. Des

de

dos

día

s an

tes

no

se p

odrá

nef

ectu

ar r

eun

ion

es o

man

ifes

-ta

cion

es p

úb

lica

s d

e ca

ráct

erp

olít

ico.

Des

de

24 h

oras

an

tes

de

la e

lecc

ión

se

pro

híb

e to

da

clas

e d

e p

rop

agan

da

pol

ític

a.D

esd

e d

os d

ías

ante

s d

e la

s el

ecci

ones

no

pod

rán

ef

ectu

arse

reu

nio

nes

o

man

ifes

taci

ones

de

cará

cter

pol

ític

o (a

rt. 2

06).

crat

izac

ión

del

paí

s y

a la

ed

uca

ción

cívi

ca, l

os m

edio

s m

asiv

os d

e co

mu

-n

icac

ión

soc

ial

oral

y t

elev

isiv

o d

es-

tin

arán

, sin

cos

to a

lgu

no,

el

3% d

esu

s es

pac

ios

dia

rios

par

a la

div

ulg

a-ci

ón d

e la

s b

ases

pro

gram

átic

as d

elo

s p

arti

dos

, mov

imie

nto

s p

olít

icos

y

alia

nza

s qu

e p

arti

cip

en e

n l

as

elec

cion

es, d

ura

nte

los

10

día

s in

-m

edia

tam

ente

an

teri

ores

al

cier

re d

ela

cam

pañ

a el

ecto

ral.

Los

per

iód

icos

des

tin

arán

un

a p

ágin

a p

or e

dic

ión

(art

. 301

, Ley

834

/96)

.

En

las

ele

ccio

nes

pre

sid

enci

ales

yp

arla

men

tari

as h

abrá

esp

acio

en

lo

s ca

nal

es d

e te

levi

sión

de

señ

alab

iert

a y

esta

cion

es d

e ra

dio

, p

úb

lico

s y

pri

vad

os, d

e co

ber

tura

nac

ion

al. E

stos

esp

acio

s se

pon

drá

na

dis

pos

ició

n y

se

dis

trib

uir

án e

qui-

tati

vam

ente

en

tre

los

par

tid

os p

olít

i-co

s, a

gru

pac

ion

es i

nd

epen

die

nte

s o

alia

nza

s p

arti

cip

ante

s en

el

pro

ceso

elec

tora

l, si

n c

osto

alg

un

o, p

or u

nes

pac

io d

iari

o d

e 10

min

uto

s, d

esd

e60

día

s an

tes

del

día

y l

a h

ora

señ

alad

os e

n e

l ar

t. 1

90. E

l Ju

rad

oN

acio

nal

de

Ele

ccio

nes

fij

a la

s h

oras

de

tran

smis

ión

anim

osid

ad y

los

est

ados

em

ocio

na-

les

o p

asio

nal

es q

ue

inci

ten

a l

a d

es-

tru

cció

n d

e b

ien

es o

ate

nte

con

tra

la i

nte

grid

ad f

ísic

a d

e la

s p

erso

nas

;la

in

stig

ació

n a

la

des

obed

ien

cia

cole

ctiv

a al

cu

mp

lim

ien

to d

e la

s le

yes;

la

crea

ción

de

bri

gad

as o

gr

up

os d

e co

mb

ate,

arm

ados

o n

o.Q

ued

a p

roh

ibid

a la

fij

ació

n d

e le

trer

os o

col

ocac

ión

de

cart

eles

en

pu

ente

s, e

dif

icio

s p

úb

lico

s,

mon

um

ento

s, s

eñal

es d

e tr

ánsi

to y

las

leye

nd

as s

obre

el

pav

imen

to

art.

290

, Cód

igo

Ele

ctor

al L

ey 8

34.

Las

ofi

cin

as p

úb

lica

s, l

os c

uar

tele

sd

e la

s fu

erza

s ar

mad

as y

la

pol

icía

nac

ion

al, l

os l

ocal

es d

e la

s m

un

ici-

pal

idad

es, d

e lo

s co

legi

os p

rofe

sio-

nal

es, s

ocie

dad

es p

úb

lica

s d

e b

enef

i-ce

nci

a, e

nti

dad

es o

fici

ales

, col

egio

s y

escu

elas

est

atal

es o

par

ticu

lare

s y

de

las

igle

sias

de

cual

quie

r ot

ro c

red

on

o p

ued

en s

er u

tili

zad

os p

ara

acto

sp

olít

icos

de

pro

pag

and

a el

ecto

ral.

Se

pro

híb

e el

em

ple

o d

e p

intu

ras

enca

lzad

as y

mu

ros

de

pre

dio

s p

úb

lico

so

pri

vad

os; l

a p

rop

agan

da

son

ora

dif

un

did

a d

esd

e el

esp

acio

aér

eo.

Est

á p

roh

ibid

o el

uso

o la

in

voca

ción

de

tem

as r

elig

ioso

s d

e

CU

AD

RO

XX

VII

I.3.

Reg

ula

ción

de

la c

ampa

ña

elec

tora

l: pe

riod

o, m

edio

s...

(con

tin

uac

ión

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paña electoral con base en los medios de información (la prensa, la radio yla televisión). Ambos aspectos pueden distinguirse siguiendo una serie decriterios.

En primer lugar, las formas tradicionales y modernas de hacer campa-ña electoral se diferencian de manera cualitativa entre sí en lo que atañea la relación entre el elector y el candidato. Contrariamente a la campañaelectoral con base en los medios de difusión masiva, las más tradicionalesofrecen la posibilidad de alcanzar un contacto personal entre el candida-to y los electores. En segundo lugar, las formas tradicionales y modernasde hacer campaña electoral se distinguen por su respectiva repercusiónpotencial sobre el electorado (local versus nacional). Desde un punto devista cuantitativo, el alcance de los mensajes políticos mediante activida-des tradicionales casi siempre es reducido, lo que implica que en las de-mocracias de masas el uso de la televisión y la radio sea una conditio sinequa non para encarar una campaña electoral con alguna posibilidad deéxito. Ambas formas de hacer campaña se diferencian entre sí, por último,en lo que respecta a las organizaciones que tienen a su cargo la planifi-cación y la realización de las actividades proselitistas. Se observa que, almenos en las tendencias y pese a las superposiciones, la planificación y la formulación de la campaña electoral en los medios de difusión masi-va queda en manos de la central partidaria —que a menudo delega estafunción a un grupo independiente de profesionales—, mientras que la preparación y la organización de los diversos actos públicos constituyemás bien una tarea en la que participan, sobre todo, las fuerzas partida-rias locales.

¿En qué se diferencia la fase de la campaña electoral de los tiempos in-terelectorales en una democracia? ¿Cuándo se inicia propiamente unacampaña electoral? No cabe duda de que en la realidad no es fácil respon-der con precisión a estas preguntas, lo que justifica hacer las siguientesconsideraciones.

Es cierto que los partidos políticos efectúan en forma casi permanenteacciones de carácter proselitista; sin embargo, un aspecto distintivo de lacampaña electoral parece ser la relación directa5 del proselitismo políticocon una elección y, por lo tanto, con una redistribución del poder políti-

LA CAMPAÑA ELECTORAL 729

5 El carácter directo o indirecto de la relación parece estar, ante todo, condicionado por ladistancia —en términos temporales— de las próximas elecciones. Se trata por supuesto deuna cuestión relativa y, en consecuencia, tiene que resolverse siempre en términos de un con-texto concreto.

Page 23: Extracted from Treatise on Compared Electoral Law of Latin ......En las democracias pluralistas contemporáneas una campaña electo-ral incluye dos aspectos básicos:4 por un lado,

co, lo cual implica el empleo más o menos sistemático de dichas formas ytécnicas de propaganda electoral. Asimismo, la duración de la campañaelectoral —como una fase del proceso electoral— varía en grado ostensiblesegún los países y de acuerdo con las circunstancias particulares6 (un fenó-meno que se refleja también en el grado de las regulaciones jurídicas). Enla práctica, es frecuente que el comienzo de la campaña electoral no coin-cida con la fecha fijada legalmente. En términos generales, se observa quetras el lanzamiento de las candidaturas, el aparato organizativo de un par-tido, hasta ese momento concentrado en las pugnas internas, puede vol-carse a la fijación de los objetivos y a la formulación de la estrategia de lacampaña. El lanzamiento de las candidaturas suele constituir así un puntode inflexión que sirve para indicar, en la práctica, el inicio de la campañaelectoral (en general, a partir de ese momento también se comienza con lapropaganda electoral en el sentido precisado más arriba). Además, la inten-sidad de las actividades de campaña varía de un país a otro. No obstante,durante la campaña electoral se registra una intensidad mayor de propa-ganda política, la cual tiende a aumentar a medida que se acerca la fechade la votación. Por supuesto, lo que en un país se considera alta intensidad,en otro constituye moneda corriente. En general, es posible observar quedurante la campaña las cuestiones tematizadas por los candidatos adquie-ren un corte cada vez más propagandístico-electoral.7 A partir de la estre-cha vinculación que hay entre la campaña electoral y la búsqueda de poderpolítico, surge la necesidad de establecer ciertas normas éticas y jurídicasque contribuyan a que la campaña no se transforme en una lucha indiscri-minada. En los países de América Latina estudiados en el presente capítu-lo, varios aspectos de las campañas electorales están regulados jurídica-mente, por ejemplo: las condiciones para su realización, su duración, lasactividades, la propaganda electoral, etc. Estas regulaciones representanuno de los factores institucionales que establecen el marco en que se reali-za la competencia democrática por el poder político. En este sentido, unacuestión particularmente relevante que sirve para distinguir la campaña

730 LA CAMPAÑA ELECTORAL

6 En los países de América Latina con sus mandatos fijos, la cuestión del timing de la cam-paña electoral es menos problemática que en países como Gran Bretaña, donde puede suce-der que se convoque a una elección fuera de las fechas de antemano estipuladas. Sin embar-go, no hay que perder de vista que toda campaña presupone cierta improvisación, dado quelos políticos tienen que adaptar sus respectivas estrategias al curso de los sucesos.

7 El comienzo de las actividades proselitistas tradicionales y de la campaña electoral en losmedios de información de masas se ve a veces facilitado por un régimen especial de financia-miento electoral, vigente durante cierto plazo anterior a las elecciones.

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electoral desde el punto de vista jurídico radica en la eventual vigencia deun régimen especial de libertades y garantías, válido durante el plazo posi-tivamente estipulado para la campaña electoral.8

A partir de lo expuesto, este estudio se referirá a la campaña electoralcomo fase del proceso electoral que se desarrolla dentro de un periodo va-riable precedente a la votación, y durante el cual —casi siempre en el mar-co de un régimen especial de libertades y garantías— los partidos políticosy sus candidatos realizan actividades de proselitismo político y un uso máso menos sistemático de distintas formas y técnicas de propaganda electo-ral (a veces, incluso facilitado por un régimen especial de financiación). Deeste modo, se distinguen cinco elementos concretos que servirán de basepara la comparación de las regulaciones jurídicas específicas en el segun-do punto de este estudio (véase los cuadros XXVIII.2 y XXVIII.3):

• Las condiciones para su realización.• Su periodo y duración.• Las actividades tradicionales de proselitismo político.• La campaña electoral por los medios de difusión.• Prohibiciones y restricciones generales.

2.2. Fuentes jurídicas: rango, orden y densidad de la regulación

En primer lugar, en lo que concierne al rango jurídico de la regulación dela campaña electoral en los países de América Latina, puede observarse(véase el cuadro XXVIII.1) que en general la campaña electoral es una ma-teria regulada en lo fundamental por leyes de distinto tipo9 (por ejemplo,códigos y leyes electorales, leyes del sufragio, leyes de partidos políticos).Vale la pena recordar que en varios de los países donde la regulación no seencuentra en el texto constitucional se exige una mayoría calificada paramodificar las leyes electorales, de partidos políticos, etc., que regulan losdistintos aspectos de la campaña electoral.

LA CAMPAÑA ELECTORAL 731

8 En el marco de dicho régimen especial puede restringirse, por ejemplo, la libertad de ce-lebrar reuniones públicas en determinados horarios y lugares o exigirse un permiso previo pa-ra su realización

9 Algunas cuestiones son reguladas incluso por disposiciones municipales (por ejemplo, elhorario para celebrar actos públicos al aire libre, la fijación de carteles en la vía pública, et-cétera).

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Pese a que en la mayoría de los países estudiados la materia no está re-gulada en forma directa en el texto constitucional, las leyes fundamentalesson importantes para la campaña electoral, ya que consagran, por ejemplo,las libertades políticas de reunión, asociación e información, prohíben lasactividades de los militares en la vida política, el uso de propiedad estatalpara fines partidistas, etcétera.

En segundo término, en cuanto al orden de la regulación, se puedendistinguir básicamente dos grupos de países: aquéllos donde la materiaaparece esparcida a lo largo de varias partes de las leyes o códigos electo-rales, leyes de partidos políticos, etc., y aquéllos donde la regulación de losdiversos aspectos de la campaña electoral se encuentra reunida en una leydeterminada (casi siempre, el código o la ley electoral). En el primer gru-po, donde la legislación está esparcida a lo largo de distintas leyes —en ge-neral como consecuencia de sucesivas reformas en materia electoral—, seencuentran los casos siguientes: Argentina, pese a la escasa densidad denormativa al respecto; Colombia, que trata por separado la cuestión de fi-nanciación y la propaganda en las campañas electorales; Chile; Ecuador,donde la cuestión se regula en la Ley de Elecciones y en la Ley de PartidosPolíticos; Perú, con las Leyes de Elecciones, de Partidos Políticos y Electo-ral actualizadas en 2002 y 2003. En el segundo grupo, la regulación de losdistintos aspectos de la campaña electoral se encuentra reunida en unaúnica ley (si bien su tratamiento suele realizarse en distintos apartados),como en Bolivia, donde la campaña electoral está regulada en la Ley Elec-toral de 1984 y sus modificaciones de 2001; Brasil regula el tema a travésdel Código Electoral actualizado en 1997; República Dominicana, que ac-tualizó su Ley Electoral en 1997 e incorporó modificaciones en 2002; Hon-duras, donde la materia está regulada en la Ley Electoral y de las Orga-nizaciones Políticas reformada por último en 1992; en Nicaragua, en la Ley Electoral de 1988 con sus modificaciones de 2002; Guatemala, con la Ley Electoral y sus reformas de 2001; en Panamá, en el Código Electoralde 1983, reformado en 2002; en Paraguay, en el Código Electoral de 1996;Costa Rica, que en 1996 reformó su Código Electoral; y, en Uruguay, la po-ca regulación se halla en una ley de 1989, y Venezuela, donde la materia es-tá regulada en la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política dicta-do en 1997 (véase el cuadro XXVIII.1).

En tercer lugar, en lo referente a la densidad de la regulación, si toma-mos como criterio básico los elementos distinguidos al aproximarnos alconcepto de campaña electoral, es posible observar que, salvo Argentina y

732 LA CAMPAÑA ELECTORAL

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LA CAMPAÑA ELECTORAL 733

Uruguay,10 todos los demás países exhiben una alta densidad de regulación(véanse los cuadros XXVIII.2 y XXVIII.3). Sobre todo en los casos de alta den-sidad, es importante subrayar que ésta varía también en el seno de cadauno de los aspectos considerados. En este sentido, no resulta sorprenden-te que uno de los temas regulados con más minuciosidad en la mayoría delas legislaciones sea el que concierne al acceso y utilización de los mediosde difusión, dada su importancia política decisiva en la contienda electoral.

2.3. Importancia de la regulación de la materia

Probablemente debido a la experiencia histórica de la mayoría de los paí-ses latinoamericanos, marcada por la dificultad general de instaurar regí-menes democráticos estables, la cuestión de la regulación de las campañaselectorales ha quedado relegada muchas veces a un plano de menor priori-dad en las preocupaciones de los estudiosos de esta región, así como de lasélites políticas y de la opinión pública en general.

Si bien el proceso de (re)democratización por el que atraviesan casi to-dos los países de América Latina a partir del decenio de 1980 ha renovadoel interés por cuestiones relacionadas con las campañas electorales (Martz,1990), el tema de su regulación jurídica no ha recibido de hecho atenciónalguna en el campo académico. Su importancia fue más bien señalada y fo-mentada por organismos internacionales, encargados de realizar tareas deobservación electoral (por ejemplo, al cabo de las elecciones de 1989-1990en Nicaragua).

Esta situación habla en favor de encarar su estudio desde una perspec-tiva comparada que tome en cuenta la diversidad de los casos concretos ylocalice similitudes. Así, en cuanto a la antigüedad de las regulaciones vi-gentes, la inducción nos muestra que sería un error generalizar para todala región; más bien conviene hacer generalizaciones parciales. En un pri-mer grupo de países, parte sustancial de la regulación data de hace variasdécadas (Costa Rica); en un segundo grupo, la normativa actual es más re-ciente (Chile); en un tercer grupo, conviven en cierto equilibrio normas an-tiguas y nuevas (Bolivia).

10 La baja densidad de regulación en estos dos países se evidencia incluso en el tratamien-to de la cuestión del periodo y duración de la campaña electoral: en ninguno de los dos se pre-cisa explícitamente la fecha de inicio.

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3. LA REGULACIÓN JURÍDICA DE LA CAMPAÑA ELECTORAL EN LA ACTUALIDAD:UNA VISIÓN COMPARADA CON BASE EN CINCO ELEMENTOS CONCRETOS

Aquí se presenta una exposición comparada de la actual regulación de lacampaña electoral en los países latinoamericanos con base en los cinco ele-mentos concretos distinguidos al comienzo de este trabajo, señalando asi-mismo algunas cuestiones problemáticas en la realización de las campañaselectorales en distintos países latinoamericanos y ciertos déficit localizadosen las legislaciones estudiadas.

3.1. Condiciones para su realización

Al tratar el concepto de campaña electoral nos referimos a las condicio-nes que deben regir durante su realización. En general, se trata de asegu-rar la vigencia de tres aspectos interrelacionados: las libertades políticas, laneutralidad e imparcialidad de los organismos públicos (expresados en elprincipio legal de la no discriminación y la igualdad de oportunidades). Lapresencia de estas condiciones constituye la base de un proceso electoraldemocrático, el cual apunta a la celebración de elecciones libres y compe-titivas. Por una parte, un grado aceptable de competencia es condición fun-damental para que el elector elija al menos entre dos opciones. Por otraparte, para que queden garantizadas condiciones de competencia políticaauténtica es indispensable asegurar, asimismo, que las organizaciones par-ticipantes en una elección estén en libertad e igualdad de oportunidadespara acceder al electorado (Nohlen, 2004: 16 y ss.).

Por supuesto, hacer cumplir estas condiciones no es tarea sencilla; im-plica la existencia de órganos especiales con responsabilidad y poder parasupervisar el desarrollo de la campaña electoral mediante mecanismos im-parciales, de tal forma que se vele por su limpieza y se atiendan las quejasde los representantes partidarios, periodistas y ciudadanos en general. Lainstauración de órganos especiales, independientes del poder político, esfundamental para la confianza de la población en el proceso electoral. Di-cha responsabilidad puede ser asignada a un órgano legislativo especial,una entidad administrativa o el Poder Judicial. En las regulaciones estudia-das, esta tarea queda generalmente a cargo de cortes o tribunales electorales(véase el cuadro XXVIII.3), los cuales a veces cuentan también con depar-tamentos especializados en los distintos aspectos de la campaña electo-

734 LA CAMPAÑA ELECTORAL

Page 28: Extracted from Treatise on Compared Electoral Law of Latin ......En las democracias pluralistas contemporáneas una campaña electo-ral incluye dos aspectos básicos:4 por un lado,

ral.11 En algunos casos, el órgano responsable mantiene consultas con lospartidos políticos y candidatos. En el caso de Nicaragua, el Consejo Supre-mo Electoral fue establecido por la Constitución en 1987 como una cuartarama del gobierno, separada de la legislatura, la presidencia y la justicia.En este país, a partir de las quejas suscitadas respecto a las prácticas de losmedios de difusión, el Consejo Supremo Electoral creó un departamentoespecial encargado de negociar cambios en dicho ámbito (véase articulo 19,The International Centre Against Censorship, 1994: 37 y ss.).

En las regulaciones estudiadas se localizan prohibiciones que persi-guen el propósito de hacer cumplir las condiciones mencionadas (véase“Prohibiciones y restricciones generales” en el cuadro XXVIII.3). Se observaque en la mayor parte de los casos se hace mención explícita a la libertad eigualdad de realizar campaña o propaganda electoral o ambas;12 Argentina,México y Uruguay constituyen excepciones en este sentido (véase el cuadroXXVIII.2). Sin embargo, no todas las legislaciones electorales estudiadas to-can el tema central de la imparcialidad y neutralidad de los órganos y fun-cionarios estatales durante la realización de la campaña electoral13 (véaseel cuadro XXVIII.3). Esta ausencia en algunas de las regulaciones analizadasmerece especial atención, sobre todo si se tiene en cuenta que una serie deproblemas vinculados con ella —como el ejercicio de presión sobre los fun-cionarios públicos por parte del gobierno para que éstos voten o trabajenen favor de determinado partido político, así como el uso de medios estata-les para fines partidistas, etc.— han sido repetidamente señalados en los in-formes de las misiones encargadas de observar los procesos electorales enAmérica Latina.14

Una prohibición de carácter común es la referente a la fijación de car-teles o elementos móviles en edificios o monumentos públicos y equipa-mientos urbanos (Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Venezuela), o laaplicación de pinturas en calles y viviendas particulares. También es fre-

LA CAMPAÑA ELECTORAL 735

11 Argentina constituye aquí una excepción, pues de su regulación se desprende que dichafunción queda depositada fundamentalmente en manos del Ministerio del Interior, un órga-no del Poder Ejecutivo nacional.

12 En general, estos principios también están consagrados constitucionalmente (la Consti-tución de Costa Rica dispone en su art. 95, inciso 3, que “la ley regulará el ejercicio del sufra-gio, de acuerdo con los siguientes principios: 3) Garantías efectivas de libertad, orden, purezae imparcialidad por parte de las autoridades gubernativas”).

13 El Convenio Americano sobre Derechos Humanos (Pacto de San José, Costa Rica), al establecer las causas por las cuales se puede limitar el derecho de participación política, noincluye entre ellas la de ser empleado público (art. 23, inciso 2).

14 Consúltense al respecto los informes de las organizaciones citadas en la bibliografía.

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cuente la prohibición de la propaganda anónima, la dirigida a provocarabstención electoral o la anulación del sufragio y la que afecte la moral pú-blica y la dignidad de las personas (Nicaragua, Panamá, Paraguay, Vene-zuela). Asimismo parece un lineamiento cada vez más generalizado la pro-hibición de publicidad de los actos de gobierno que tiendan a promover la captación del sufragio. Este tipo de restricción se refleja también en laprohibición por parte de los funcionarios públicos de efectuar proselitis-mo durante las horas laborales. No es generalizada la prohibición de efec-tuar encuestas previas a la elección ni tampoco su difusión en el día de laelección o en días previos. Éste es un punto controvertido y de bastantedebate en el último tiempo, dado el uso cada vez más generalizado de ha-cer encuestas de boca de urnas.

3.2. Periodo y duración

Un segundo elemento de la campaña electoral es su periodo y duración. Enlas democracias pluralistas, en cuyo fundamento se encuentra la vigenciade las libertades políticas (las cuales por lo común están plasmadas consti-tucionalmente en forma de libertad de expresión, información y reunión),las actividades de proselitismo político no tienen por fuerza que ajustarseal periodo establecido de manera formal para la realización de la campañaelectoral. Es incluso legítimo que los partidos políticos y los ciudadanos engeneral se mantengan activos en el aspecto político durante los periodos interelectorales. Pero, dado que en la campaña suele gobernar un régimenespecial en cuanto a libertades y garantías, las condiciones durante el periodo formalmente destinado para su realización difieren de las de los pe-riodos interelectorales.

Algunas actividades específicas, como la publicación de propagandaelectoral en la prensa, su difusión por radio y televisión, etc., pueden estarprohibidas fuera del periodo de campaña electoral, con el fin de garantizarcierta igualdad en la competencia política. Por consiguiente, en los casosen que existe dicho régimen especial de libertades y garantías durante lacampaña electoral, resulta importante precisar con claridad el inicio y eltérmino de la misma.

Por una parte, es posible observar en las normas estudiadas una ten-dencia general en la dirección de detallar en forma positiva la duración dela campaña electoral, estableciendo su fecha de inicio y de término (véase

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el cuadro XXVIII.3). Sólo en Argentina15 y Uruguay no se aclaran la fecha deinicio ni la duración de la campaña electoral. En Perú, si bien no se indicael inicio de la campaña, se precisa el plazo durante el cual los partidos po-líticos pueden acceder de manera gratuita a los medios de difusión pararealizar propaganda electoral.

Por otra parte, los plazos destinados formalmente a las actividades de campaña electoral varían considerablemente en las legislaciones de lospaíses estudiados (entre seis meses y 30 días; véase el cuadro XXVIII.3). Va-le consignar, asimismo, que existe la posibilidad de diferenciar la duraciónde las campañas electorales para la elección de los distintos órganos repre-sentativos.16 La consagración de un plazo más extenso para la campañaelectoral presidencial, como ocurre en todos los casos mencionados, pare-ce constituir un indicio de la centralidad de las elecciones presidencialesfrente a las parlamentarias.

3.3. La campaña electoral en los medios de difusión

Como consecuencia del proceso de democratización del sufragio, los can-didatos tienen que llegar con su mensaje a una gran masa de electores. Es-to ha incrementado la importancia política de la campaña electoral en losmedios de difusión (prensa, radio y televisión), los cuales pueden resultardecisivos para el éxito electoral de un determinado partido político o can-didato. Si bien la importancia respectiva de cada uno de los medios men-cionados se ve afectada por las circunstancias concretas vigentes en cadapaís,17 en lo regional se observa un creciente peso de la televisión en lascampañas electorales.

El acceso a los medios durante la campaña implica tres aspectos: laoportunidad de los partidos y candidatos para comunicar sus ideas a la po-blación con el uso de los medios (lo que suele incluir la propaganda elec-toral); la manera en que los medios cubren la campaña de los partidos y las

15 En el caso argentino, el inicio de la campaña electoral puede deducirse de la prohibi-ción de realizar avisos publicitarios a favor de los candidatos con anterioridad a los 32 díasprevios a la fecha fijada para los comicios.

16 Téngase en cuenta al respecto que la implantación de esta alternativa exige que se mo-difiquen las fechas de convocatoria para las elecciones de los distintos órganos representati-vos y que se separen sus elecciones (en el caso de que estuviesen unificadas).

17 Cabe señalar aquí a modo de ejemplo las elevadas tasas de analfabetismo que hay en al-gunos de los países latinoamericanos aquí analizados.

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cuestiones de importancia para las elecciones en las noticias y otros pro-gramas; los programas de educación ciudadana a través de los medios (véa-se art. 19, The International Centre Against Censorship, 1994).

Como se puede observar en el cuadro XXVIII.3, salvo Uruguay, todos lospaíses estudiados han desarrollado alguna regulación acerca del acceso delos partidos políticos y candidatos a los medios.18 Por supuesto, las diferen-cias entre los países con regulación al respecto son entre sí muy signifi-cativas). También llama la atención el hecho de que prácticamente sólo elprimero de los tres aspectos distinguidos en el párrafo anterior haya sidohasta ahora objeto de regulación. En lo que se refiere a la educación ciu-dadana y su relación con la campaña electoral, se evidencia cierto vacío deregulación que debería despertar el interés de los legisladores en lo futuro.

Respecto a la oportunidad de los partidos políticos y candidatos de comunicar sus ideas a la población, se constata una gran densidad de re-gulación en varios de los países estudiados. En las regulaciones jurídicas alrespecto se distinguen normas sobre las siguientes cuestiones:

1) El tipo de los medios: públicos o privados.2) Las condiciones de acceso (gratuito, parcialmente gratuito —régi-

men mixto— o de pago).3) La distribución del tiempo o espacio disponible o ambos entre los

contendientes en la elección.4) El momento de emisión de los espacios otorgados a los partidos o

contratados por ellos.

En cuanto al primer punto, aquí no se tratará el tema de la estructura delos medios en términos del peso respectivo del sector estatal y del sector pri-vado. Para los fines de este trabajo, vale tan sólo recordar que las situacio-nes varían significativamente en los países analizados. En el ambito jurídicose observa que algunas de las regulaciones vigentes prevén un régimen dife-renciado según se trate de medios estatales o privados tanto en el acceso como en la distribución del espacio/tiempo disponible. En otras regulacionesse ha optado por no diferenciar, estableciendo un mismo régimen para am-

18 La importancia de este aspecto de la campaña electoral es algo que, por supuesto, no es-capó a los participantes en los procesos de apertura política y transición a la democracia. El acceso y el uso de los medios de difusión constituyó frecuentemente uno de los temas en pugnaentre régimen y oposición (Filgueira/Nohlen, 1994; véanse asimismo los informes, citados en la bibliografía, de las misiones internacionales encargadas de observar los procesos electorales).

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bos tipos de medios. La cuestión del favoritismo político también tiene rele-vancia en este punto: recuérdense, por ejemplo, las quejas de la oposición du-rante la campaña de 1984 en Uruguay, que acusaban a la televisión y la ra-dio, controladas por el Estado, de haber otorgado tiempo en condicionesmás favorables al partido identificado con el gobierno militar. La aplicacióndel principio legal de no discriminación adquiere aquí especial relevancia.

El segundo punto se refiere al tema de la forma de acceso a los mediosde difusión, lo cual constituye una manera indirecta de financiación elec-toral (Navas-Carbo, 1993). Aquí nos limitaremos a señalar algunas solu-ciones intermedias contenidas en las legislaciones estudiadas: el accesogratuito a los medios de difusión puede limitarse a un periodo menor queel destinado a la campaña electoral (Colombia); el carácter gratuito del ac-ceso puede abarcar sólo un tipo o algunos de los medios de difusión consi-derados (por ejemplo, la televisión, radiodifusión), permitiéndose o prohi-biéndose la contratación pagada en otros (Brasil).

En lo que concierne al tercer punto, la distribución del tiempo o del espacio disponible en la radio, o una y otra en un plano abstracto, el pro-blema consiste en otorgar a las fuerzas políticas relevantes un tiempo ade-cuado, de tal forma que estén en condiciones de difundir su mensaje a la población con cierta efectividad.19 En el mismo plano, es necesario precisarasimismo dos requisitos de importancia: en primer lugar, se trata de esta-blecer criterios claros e imparciales respecto a la calificación de los partidospolíticos y candidatos para el acceso a los medios; en segundo lugar, es ne-cesario concebir un método justo para la distribución del tiempo disponible(art. 19, The International Centre Against Censorship, 1994: 20).

Un examen de las legislaciones estudiadas muestra que el requisito deestar legalmente inscritos en el registro de la autoridad correspondiente (elcual representa cierta barrera de representación, puesto que se suele exigir,entre otras cosas, una cantidad variable de firmas de ciudadanos) constitu-ye el criterio empleado en general para decidir sobre la calificación de lospartidos y candidatos para acceder a los medios. En Chile, por ejemplo, alcabo de las elecciones presidenciales de 1989 se determinó que accedierana los medios todos los candidatos registrados (el tiempo disponible se divi-dió luego entre los tres candidatos por partes iguales).

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19 En las elecciones generales chilenas de 1989 la distribución de la cantidad de tiempoprevista en la norma entre los candidatos parlamentarios dio como resultado que cada can-didato sólo tuviera unos pocos segundos para comunicar su mensaje político a la población(véase art. 19, The International Centre Against Censorship, 1994: 15).

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En lo que se refiere a la forma de distribución del tiempo o espacio dis-ponible, se visualizan las siguientes dos soluciones básicas: el otorgamien-to de una cantidad de tiempo/espacio fija e igual a cada participante, y el de un tiempo/espacio proporcional según la fuerza electoral (en térmi-nos del porcentaje de escaños parlamentarios o del porcentaje de votos logrados en las últimas elecciones), reservándose una cantidad de tiempovariable para nuevas fuerzas políticas. La primera solución es practicablecuando el número de partidos y candidatos habilitados para acceder a losmedios es relativamente bajo. La segunda opción en sus dos variantes evi-ta este problema al distribuir el tiempo o espacio disponible entre los parti-dos políticos ya establecidos. Este último dato serviría asimismo para entender su adopción en países que por tradición contaron con sistemas departidos estructurados (como Chile y Venezuela). En cuanto a la distribu-ción de espacio para nuevas fuerzas políticas, a veces se establece que reci-ban el mismo tiempo/espacio que aquel con menos votos o menor represen-tación parlamentaria, mientras que en otros se le concede un determinadotiempo/espacio fijo. Una vez que se distribuyó el tiempo, hay que determi-nar el orden de aparición de los partidos políticos y candidatos en los me-dios, el cual suele determinarse por sorteo o por alternancia.

El cuarto punto abarca dos aspectos: a qué altura de la campaña y a qué hora del día se emiten los espacios de programación o propagandaotorgados o contratados. Las soluciones en este campo suelen ser todavíamás controvertidas cuando se alcanzan de forma unilateral, como cuandoal cabo del plebiscito de 1988 en Chile se concedió a ambas partes libre acceso a la televisión, pero en un programa que se emitía a las 22:45 horas,claramente fuera del horario de gran audiencia (no obstante, dado el graninterés político, las cuotas de audiencia no disminuyeron por dicha medi-da; véase art. 19, The International Centre Against Censorship, 1994: 16).Por consiguiente, parece recomendable llegar a soluciones mediante la ne-gociación de las principales partes implicadas (partidos políticos, mediosde difusión y órgano encargado de supervisar las elecciones).

3.4. Prohibiciones generales

En este último punto se reúnen tanto prohibiciones absolutas —válidas sinningún tipo de limitación— como prohibiciones relativas —cuya aplica-ción se limita a un determinado tiempo o lugar—, que no han sido tratadas

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antes (como las prohibiciones sobre los plazos para realizar las actividadesde campaña electoral, mencionadas al tratar la cuestión del periodo y du-ración de la campaña electoral) y que aparecen con cierta regularidad enlas legislaciones de los países estudiados. A grandes rasgos, en el cuadroXXVIII.3 se registran las siguientes prohibiciones:

• Prohibiciones relativas, que establecen quiénes no están facultados pa-ra hacer propaganda político-electoral durante la campaña electoral.En este sentido, en varios países se prohíbe de manera expresa a losfuncionarios públicos y eclesiásticos realizar actividades políticas du-rante dicho periodo. Esta misma tendencia puede observarse en variospaíses respecto a la actuación de los miembros de las fuerzas armadasy la policía en la campaña electoral. Muchas veces estas prohibicionesson de carácter absoluto y están consagradas constitucionalmente, como en el caso de Paraguay, cuya Constitución prohíbe la actividad demilitares en la política.

• Prohibiciones en cuanto a la propaganda electoral de carácter anóni-mo: esta norma casi siempre va acompañada de la exigencia de identi-ficar al emisor de la propaganda20 (recuérdese que en algunos países laposibilidad de participar en la campaña electoral se encuentra restrin-gida a los partidos políticos, lo cual torna necesario adaptar las medi-das mencionadas).

• Prohibiciones absolutas referidas al contenido de la propaganda elec-toral. Incluyen esgrimir motivos que conduzcan a la discriminación re-ligiosa, étnica, etc., emplear símbolos patrios, incitar a la abstenciónelectoral, desobediencia a las leyes, etcétera.

• Prohibiciones respecto al lugar donde realizar campaña electoral (comola prohibición de hacer propaganda política en escuelas, oficinas públi-cas, etcétera).

• Prohibiciones referidas a la forma de hacer propaganda electoral, comola prohibición de usar altavoces, aeroplanos, volantes, etcétera.

Dentro de cada uno de los puntos señalados hay por supuesto una granvariedad de normas en los países latinoamericanos. Las distintas prohibi-ciones arriba alistadas se encuentran relacionadas entre sí: esto significa

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20 Como señala Navas Carbo (1993: 162), el cumplimiento de las prohibiciones puede lo-grarse mejor cuando las sanciones previstas van dirigidas no sólo a los partidos o candidatos,sino también contra aquellos que difunden un mensaje en la práctica.

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que para determinar lo adecuado o inadecuado de una prohibición particu-lar hay que tener en cuenta el marco normativo general en el que se hallainserta. Esta reflexión también sugiere que la normativa de un país puedecaer en contradicciones cuando, con el paso del tiempo, se incorporan nue-vas disposiciones sin tener en cuenta las prohibiciones ya existentes.

4. CONSIDERACIONES FINALES

En las páginas precedentes se han expuesto las normas jurídicas que regu-lan la campaña electoral, vigentes en los países latinoamericanos. Para fa-cilitar el acceso a una materia densa y a veces compleja, se optó por descri-bir comparativamente algunas cuestiones importantes de las regulacionescon base en cuatro aspectos.

Al tratarse el tema del estado de las fuentes jurídicas, se señaló en lospaíses estudiados una tendencia creciente a regular la campaña electoralde manera detallada en cada uno de los aspectos considerados. Esta orien-tación general se evidencia en las numerosas leyes y reformas en materiaelectoral y de partidos políticos redactadas durante los últimos años.

Asimismo, se observó la menor regulación en dos casos concretos: Ar-gentina y Uruguay. El origen de esta situación es, sin embargo, muy dis-tinto: en Uruguay parece desprenderse del funcionamiento adecuado delsistema, con una Corte Electoral que, como se mencionó más arriba, enrealidad operaba en el sentido de asegurar campañas electorales limpias;en Argentina se evidencia por el contrario una necesidad de regulación des-de principios de este siglo, pero las preocupaciones de los políticos se hanvolcado hasta ahora hacia otras cuestiones, percibidas como más urgentesante la inestabilidad política recurrente en ese país. Esta observación pare-ce sugerir una mayor necesidad de cambio en Argentina; en tal caso, seríaconveniente tomar en cuenta las experiencias de los demás países aquí con-siderados.

Al exponer de manera comparativa las regulaciones jurídicas estudia-das se pudo observar que los textos legales no se hallan libres de contradic-ciones. En futuros trabajos dedicados al estudio de casos particulares, pa-rece aconsejable examinar las regulaciones en tal sentido; no obstante, nohay que olvidar que la regulación de un tema de relevancia política comoel de las campañas electorales sólo es posible, muchas veces, a través deuna ardua negociación entre las partes implicadas, la cual no siempre re-

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sulta en normas jurídicas coherentes, aunque puede garantizar solucionespolíticas viables.

Vale finalmente señalar que la regulación de la campaña electoral se in-serta en un marco institucional más general, con el que interactúa, refor-zando o debilitando ciertas tendencias favorecidas por otros elementos ins-titucionales. Esta consideración implica la necesidad de tener en cuenta enulteriores análisis de casos particulares otros aspectos institucionales en elestudio de la normativa sobre campaña electoral (presidencialismo, siste-ma de partidos, sistema electoral, etc.). Hay que tener presente, por ejem-plo, la posibilidad, señalada en la parte principal de este trabajo, de dife-renciar la regulación de la campaña electoral en sus aspectos individuales(como su duración, acceso a los medios de difusión, etc.), respecto a laelección de los distintos órganos representativos. Junto a los factores insti-tucionales hay que considerar, asimismo, otros factores contextuales, comola experiencia histórica y las tradiciones políticas, lo que puede a fin decuentas tornar necesario adaptar las regulaciones implantadas en otrospaíses a las realidades de un caso concreto.