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EsIA ex post Planta Procesadora de Productos Pesqueros SERVITERRA S.A ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX POST DE LA PLANTA PROCESADORA DE PRODUCTOS PESQUEROS, ELABORACIÓN DE CONSERVAS DE ATÚN Y SARDINAS SERVITERRA S.A “SERVITERRA S.A.” Ubicación de la planta: Oficina Administrativa: Km 2 ½ sector Monteverde , cantón Santa Elena, Provincia de Santa Elena - Ecuador Sector Monteverde, cantón Santa Elena Teléf. oficina: 05 2624441 Actividad de Producción : Procesadora de productos pesqueros Representante legal: Sra. Luisa Paladines B. Consultor Acreditado-MAE: Firma Responsable Blgo. Mario Brito C Registro N° 366- MAE

EsIA expost SERVITERRA vs.Final · DE LA PLANTA PROCESADORA DE PRODUCTOS ... 4.8.5 Sitios Turísticos en la zona del proyecto ... PROCEDIMIENTO PARA LIMPIEZA DE CORTADORA DE PESCADO:

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EsIA ex post Planta Procesadora  de Productos Pesqueros 

SERVITERRA  S.A 

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX POST

DE LA PLANTA PROCESADORA DE PRODUCTOS PESQUEROS, ELABORACIÓN DE CONSERVAS DE ATÚN Y

SARDINAS SERVITERRA S.A

“SERVITERRA S.A.”

Ubicación de la planta:

Oficina Administrativa:

Km 2 ½ sector Monteverde , cantón Santa Elena, Provincia de Santa Elena - Ecuador

Sector Monteverde, cantón Santa Elena

Teléf. oficina: 05 2624441 Actividad de Producción : Procesadora de productos pesqueros

Representante legal: Sra. Luisa Paladines B.

Consultor Acreditado-MAE: Firma Responsable

Blgo. Mario Brito CRegistro N° 366- MAE

EsIA ex post Planta Procesadora  de Productos Pesqueros 

SERVITERRA  S.A 

FICHA TÉCNICA DEL ESTUDIO

TIPO DE ESTUDIO: Estudio de impacto ambiental ex post

ACTIVIDAD EN OPERACIÓN: Procesadora de productos pesqueros

REPRESENTANTE LEGAL: Sra. Luisa Paladines B.

UBICACIÓN: Parroquia Monteverde, Cantón Santa Elena, Provincia de Santa Elena – Ecuador

CONSULTOR ACREDITADO: Blgo. Mario Brito C Reg.366 MAE-

Consultor ambiental líder, con conocimientos en Planes de Manejo

Ambiental y formación del equipo multidisciplinario para la elaboración

de documentos técnicos ambientales

EsIA ex post Planta Procesadora  de Productos Pesqueros 

SERVITERRA  S.A 

INDICE

Tabladecontenido

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX POST ............................................................................. 1 

DE LA PLANTA PROCESADORA DE PRODUCTOS PESQUEROS SERVITERRA S.A .......... 1 

CAPITULO 1 ............................................................................................................................... ............ 6 

INFORMACIÓN GENERAL .......................................................................................................................  6 

1. 1  INTRODUCCIÓN .............................................................................................................................  6 

1.2  ANTECEDENTES: .............................................................................................................................  7 

OBJETIVOS DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX POST ................................................................ 7 

1.2.1   OBJETIVO GENERAL. ...........................................................................................................  7 

1.2.3 OBJETIVOS ESPECIFICOS. ..........................................................................................................  8 

1.2.3  ALCANCE. ................................................................................................................................. 8 

1.3 METODOLOGÍA DE TRABAJO .....................................................................................................  10 

CAPITULO 2 ............................................................................................................................... .......... 12 

2.1 MARCO LEGAL Y AMBIENTAL: ............................................................................................... 12 

2.1.1 Normas Jerárquicas Superiores .......................................................................................... 12 

Leyes orgánicas. ..............................................................................................................................  16 

Ley orgánica de la salud. Ley 67, Registro Oficial Suplemento 423 del 22 de diciembre del 2006. ... 17 

Capitulo III ............................................................................................................................... ........ 17 

Derechos y Deberes de las personas y del Estado en Relación con  la  Salud .................................... 17 

Capítulo VI ............................................................................................................................... ........ 18 

DE LOS DESASTRES ..........................................................................................................................  18 

CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y

DESCENTRALIZACIÓN (COOTAD) ........................................................................................... 27 

Capítulo IV ............................................................................................................................... .......... 29 

Del Ejercicio de las Competencias Constitucionales.......................................................................... 29 

CODIGO DE POLICIA   MARITIMA .....................................................................................................  31 

REGLAMENTO DE  SEGURIDAD Y  SALUD DE LOS  TRABAJADORES Y  MEJORAMINETO DEL MEDIO 

AMBIENTE DE TRABAJO. ..................................................................................................................  49 

CAPITULO 3 ............................................................................................................................... .......... 72 

3.1 Área de Influencia Física ....................................................................................................................  72 

Área de Influencia Social (AIS) .................................................................................................................  72 

Metodología ........................................................................................................................................... 73 

EsIA ex post Planta Procesadora  de Productos Pesqueros 

SERVITERRA  S.A 

3.2.1  Área de Influencia Directa .............................................................................................................  73 

3.2.2 Área de Influencia Indirecta (AII) ................................................................................................ 73 

3.3  Áreas Sensibles .............................................................................................................................  74 

3.4 Análisis de Riesgos........................................................................................................................ . 75 

3.5  Riesgos Operacionales y Ocupacionales........................................................................................ 76 

Riesgos Ambientales ...........................................................................................................................  77 

Riesgos Endógenos ..............................................................................................................................  78 

Riesgos Geológicos ..........................................................................................................................  78 

Riesgo Sísmico ............................................................................................................................... .. 78 

Riesgo por Tsunami .........................................................................................................................  79 

Riesgo Volcánico .............................................................................................................................  80 

Riesgos Exógenos ............................................................................................................................  80 

Riesgo por Deslizamiento ................................................................................................................  81 

Riesgo por Inundación .........................................................................................................................  82 

Riesgos Climáticos ...........................................................................................................................  83 

Riesgos Bióticos ............................................................................................................................... .... 83 

CAPITULO 4 ............................................................................................................................... .......... 84 

4. DESCRIPCIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO (LÍNEA BASE)  ........................................................... 84 

4.1 Metodología para el diagnóstico ............................................................................................... 84 

4.1.2 Componente Biótico ...............................................................................................................  84 

4.2  ENTORNO FÍSICO ..........................................................................................................................  85 

4.2.2 Niveles de Ruido Ambiental ............................................................. ¡Error! Marcador no definido. 

4.3 Descripción del Entorno Marino .................................................................................................. 97 

4.4  Calidad del Agua Superficial .........................................................................................................  98 

4.4.1   Resultados de Análisis Físico‐Químico del Agua ........................................................................ 99 

4.5  ENTORNO BIÓTICO .....................................................................................................................  103 

4.5.1 Entorno Biológico Terrestre ......................................................................................................  103 

4.5.2 Entorno Biológico Marino .........................................................................................................  104 

4.5.3 Distribución, Abundancia y Composición de Especies ............................................................... 104 

4.5.3.1 Fitoplancton ..........................................................................................................................  104 

4.5.3.2  Zooplancton ..........................................................................................................................  106 

4.5.3.3 Ictioplancton .........................................................................................................................  109 

4.6  Bentos ............................................................................................... ¡Error! Marcador no definido. 

4.6.1  Macrobentos .................................................................................. ¡Error! Marcador no definido. 

4.6.2 Meiobentos ..................................................................................... ¡Error! Marcador no definido. 

EsIA ex post Planta Procesadora  de Productos Pesqueros 

SERVITERRA  S.A 

4.7  ENTORNO SOCIO‐ECONÓMICO ................................................................................................... 112 

4.7.1 Ubicación Geográfica ...............................................................................................................  112 

4.7.2 Población de Salinas ........................................................................ ¡Error! Marcador no definido. 

4.7.3 Tasas de Crecimiento de la Población de la Ciudad de Salinas ......... ¡Error! Marcador no definido. 

4.7.4 Población Flotante del Área de Influencia ...................................... ¡Error! Marcador no definido. 

4.7.5 Estructura de la Población por Grandes Grupos de Edad y Sexo ...... ¡Error! Marcador no definido. 

4.7.6 Infraestructura Social ...................................................................... ¡Error! Marcador no definido. 

4.7.6.1 Salud ............................................................................................ ¡Error! Marcador no definido. 

4.7.6.2  Educación .................................................................................... ¡Error! Marcador no definido. 

4.7.6.3 Calidad de Vida ............................................................................. ¡Error! Marcador no definido. 

4.7.6.4 Tipo de Viviendas y Promedio de Ocupantes ................................. ¡Error! Marcador no definido. 

4.7.6.5 Abastecimiento de Agua ............................................................... ¡Error! Marcador no definido. 

4.7.6.6 Disposición de Aguas Servidas ...................................................... ¡Error! Marcador no definido. 

4.7.6.7  Manejo de Residuos Sólidos ......................................................... ¡Error! Marcador no definido. 

4.7.6.8  Energía Eléctrica .......................................................................... ¡Error! Marcador no definido. 

4.7.6.9  Servicio Telefónico ....................................................................... ¡Error! Marcador no definido. 

4.8  Descripción y Análisis de Actividades Socioeconómicas ..................... ¡Error! Marcador no definido. 

4.8.1 Población Económicamente Activa .................................................. ¡Error! Marcador no definido. 

4.8.2  Establecimientos Económicos ......................................................... ¡Error! Marcador no definido. 

4.8.3 Medios de Transportación Pública Urbana .................................... ¡Error! Marcador no definido. 

4.8.4  Vías de Comunicación ..................................................................... ¡Error! Marcador no definido. 

4.8.5  Sitios Turísticos en la zona del proyecto .......................................... ¡Error! Marcador no definido. 

4.8.6  Recurso Arqueológico y Cultural ..................................................... ¡Error! Marcador no definido. 

4.8.7  Pesquería y Acuacultura ................................................................. ¡Error! Marcador no definido. 

4.8.8  Tipo de Pesca .................................................................................. ¡Error! Marcador no definido. 

4.8.9  Flota y Producción Pesquera Artesanal ........................................... ¡Error! Marcador no definido. 

4.8.910 Infraestructura Existente ............................................................. ¡Error! Marcador no definido. 

4.9  Actores Económicos Involucrados en la Comercialización. ................. ¡Error! Marcador no definido. 

4.10 Actividades de Apoyo a la Actividad Pesquera y a la Comercialización ............ ¡Error! Marcador no 

definido. 

CAPITULO 5 ............................................................................................................................... ........ 113 

DESCRIPCION GENERAL DE LA PLANTA DE PROCESAMIENTO DE PRODUCTOS ...................................... 113 

PESQUEROS SERVITERRA S.A. ................................................................................................................  113 

5.1 ANTECEDENTES ...............................................................................................................................  113 

ANÀLISIS DE ALTERNATIVAS DEL PROYECTO .................................................................................. 113 

EsIA ex post Planta Procesadora  de Productos Pesqueros 

SERVITERRA  S.A 

DESCRIPCION GENERAL DE LAS OPERACIONES Y DE SU MANEJO ...................................................... 114 

DESCRIPCIÓN  DE ÁREAS ...................................................................................................................  114 

DESCRIPCIÓN DE  EQUIPOS Y  MAQUINARIAS ................................................................................... 115 

Organigrama de la empresa ..............................................................................................................  116 

DESCRIPCION NARRATIVA DEL ORGANIGRAMA ................................................................................ 116 

DESCRIPCION DEL PRODUCTO ...........................................................................................................  117 

PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS ESTANDARES DE SANEAMIENTO ..................................................... 118 

PROCEDIMIENTOS PARA LIMPIEZA DE MESAS, GAVETAS, CUCHILLOS, TABLEROS DE FILETEAR: ....... 120 

PROCEDIMIENTO PARA LIMPIEZA DE GAVETA: ................................................................................. 120 

PROCEDIMIENTO PARA LIMPIEZA DE CUCHILLOS: ............................................................................. 120 

PROCEDIMIENTO PARA LIMPIEZA DE TABLEROS DE FILETEAR:.......................................................... 120 

PROCEDIMIENTO PARA LIMPIEZA DE GUANTES, MANDILES Y BOTAS: .............................................. 121 

PROCEDIMIENTO PARA LIMPIEZA DE CORTADORA DE PESCADO: ..................................................... 121 

PROCEDIMIENTO PARA LIMPIEZA DE MAQUINAS DE EMPACAR AL VACIO: ....................................... 121 

PROCEDIMIENTO PARA LIMPIEZA DE MAQUINA DETECTORA DE METALES: ...................................... 122 

3.‐ LA PREVENCION  DE CONTAMINACION CRUZADA. ....................................................................... 122 

4.‐MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE LAVADO DE MANOS Y BAÑOS ............................... 123 

5.‐LA PROTECCION DEL PESCADO, EL MATERIAL DE EMPAQUE DEL PESCADO Y LAS SUPERFICIES EN 

CONTACTO CON EL PESCADO CONTRA LA ADULTERACION CON LUBRICANTES, COMBUSTIBLES, 

PESTICIDAS, LIMPIADORES , AGENTES DESINFECTANTES, CONDENSADOS Y OTROS CONTAMINANTES 

QUIMICOS, FISICOS O  BIOLOGICOS. .................................................................................................. 124 

6.‐LA ROTULACIÓN, ALMACENAMIENTO Y USO CORRECTO DE LOS COMPUESTOS TOXICOS. ............ 125 

7.‐ EL CONTROL DE LAS CONDICIONES DE SALUD DE LOS EMPLEADOS, QUE PODRIAN RESULTAR EN LA 

CONTAMINACION MICROBIOLOGICA DE LOS PESCADOS, MATERIALES DE EMPAQUE DEL PESCADO Y 

LAS SUPERFICIES EN CONTACTO CON EL PESCADO. ........................................................................... 125 

8.‐ LA EXCLUSION DE PLAGAS DE LA PLANTA SERVITERRA ................................................................ 126 

9.‐ EXAMENES MICROBIOLOGICOS. ................................................................................................... 127 

10.‐ MANEJO DE PARASITOS EN EL PESCADO .................................................................................... 127 

PLAN DE MANEJO DE LA SEGURIDAD ................................................................................................ 138 

B.‐ SEGURIDAD EXTERNA. .................................................................................................................  139 

C.‐ SEGURIDAD INTERNA ...................................................................................................................  139 

SEGURIDAD GENERAL INTERNA ........................................................................................................  139 

SEGURIDAD DEL ALMACENAMIENTO ................................................................................................ 140 

SEGURIDAD DEL AREA DE EXPEDICION Y RECEPCION DE PRODUCTOS .............................................. 140 

CAPITULO 6 ............................................................................................................................... ........ 142 

6.1.  Generación de Residuos Líquidos de los procesos operacionales de la Planta de procesamiento de 

productos pesqueros .........................................................................................................................  142 

EsIA ex post Planta Procesadora  de Productos Pesqueros 

SERVITERRA  S.A 

6.1.1 Generación de Residuos Líquidos del Proceso (Vertidos) ........................................................... 142 

6.2.1. Caracterización de los Residuos Líquidos provenientes del Proceso de transformación de los 

productos pesqueros. ........................................................................................................................  142 

6.2.  Interpretación de Resultados de la Caracterización de los Efluentes . ¡Error! Marcador no definido. 

Sólidos Suspendidos Totales ..................................................................... ¡Error! Marcador no definido. 

Demanda Química de Oxígeno DQO ................................................................................................. ¡Error! Marcador no definido. 

Demanda Bioquímica de Oxígeno DBO5 ........................................................................................... ¡Error! Marcador no definido. 

Aceites y Grasas................................................................................................................................... ¡Error! Marcador no definido. 

Temperatura ........................................................................................................................................ ¡Error! Marcador no definido. 

pH .......................................................................................................................................................... ¡Error! Marcador no definido. 

6.3. Generación de Desechos Sólidos Comunes ................................................................................. 142 

6.3.2 Generación de Desechos Sólidos Especiales .............................................................................. 143 

6.3.3  Generación de Desechos Peligrosos ......................................................................................... 143 

6.4  Generación de Emisiones Gaseosas ............................................................................................ 144 

6.4.1 Emisión de Ruido ......................................................................................................................  144 

6.5 Evaluación de las Prácticas de Operación .................................................................................... 145 

CAPITULO 7 ............................................................................................................................... ........ 147 

HALLAZGOS  Y  NO CONFORMIDADES ............................................................................................... 147 

7.1.  Consideraciones Generales .................................................................................................... 147 

7.2  Metodología ...............................................................................................................................  147 

7.3  Evaluación de los principales elementos identificados en el Estudio ........................................... 148 

de  Impacto Ambiental   Ex‐Post ........................................................................................................  148 

7.4  Identificación y sistematización de los posibles impactos y riesgos ambientales ......................... 153 

7.5  Evaluación Ambiental de Emisiones, Descargas y Vertidos ......................................................... 155 

CAPITULO 8 ............................................................................................................................... ........ 158 

PARTICIPACIÓN COMUNITARIA .........................................................................................................  158 

8.1  Diseño y Metodología .............................................................................................................  158 

8.2  Desarrollo ...............................................................................................................................  158 

8.3  Resultados ..............................................................................................................................  158 

8.4  Seguimiento y Monitoreo .......................................................................................................  159 

CAPITULO  9 .......................................................................................................................................... 160 

MEDIDAS AMBIENTALES ................................................................................................................  160 

CAPITULO  10 ........................................................................................................................................ 162 

PLAN  DE  MANEJO  AMBIENTAL ...........................................................................................................  162 

Objetivos ............................................................................................................................................... 162 

Objetivo General ............................................................................................................................... .... 162 

EsIA ex post Planta Procesadora  de Productos Pesqueros 

SERVITERRA  S.A 

Objetivos Específicos .....................................................................................................................  162 

CAPITULO  11 .................................................................................................................................... 196 

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ............................................................................................. 196 

11.1 Conclusiones ..........................................................................................................................  196 

11.2 Recomendaciones ..................................................................................................................  199 

11.3BIBLIOGRAFÍA .........................................................................................................................  201 

EsIA ex post Planta Procesadora  de Productos Pesqueros 

SERVITERRA  S.A 

1    Monteverde‐ Santa Elena‐ Provincia de Santa Elena

 

RESUMEN EJECUTIVO

El presente documento técnico ambiental, el Estudio de Impacto Ambiental ex post, realizado a

la empresa Serviterra S.A de procesamiento de productos pesqueros, corresponde al

cumplimiento de la Normativa Ambiental vigente, de acuerdo al requerimiento de la Dirección

Provincial de Santa Elena- MAE , que ha solicitado a las empresas que se dedican a actividad

de procesamiento de productos pesqueros, la realización del Estudio de Impacto Ambiental ex

post y Plan de manejo Ambiental, con el fin de identificar, evaluar los posibles impactos

ambientales significativos y no significativos, generadas como producto de sus actividades de

procesamiento de pesca blanca y la elaboración de un Plan de Manejo Ambiental que asegure

la preservación del entorno que las rodea.

La planta de Procesamiento de productos pesqueros SERVITERRA S.A. tiene como actividad

principal, la transformación de los productos pesqueros.

Por este motivo el Blgo. Mario Brito C, ha sido contratado para evaluar los procesos y

actividades productivas que se realizan, identificar y evaluar los posibles impactos ambientales

significativos y no significativos inherentes a las operaciones de la procesadora de productos

pesqueros y elaborar un Plan de Manejo Ambiental que asegure el cumplimiento de las normas

ambientales vigentes.

El estudio fue planificado y desarrollado, para cubrir todas las operaciones y actividades que

realiza la planta de procesamiento de productos pesqueros o transformación, identificando los

aspectos e impactos ambientales que puedan ocasionar daño al medio ambiente.

Se realizó también una evaluación del cumplimiento de los requisitos legales aplicables a las

descargas de aguas residuales, medición de ruido, generación de desechos sólidos.

Área de estudio

La planta de procesamiento de productos pesqueros SERVITERRA S.A se encuentra ubicada

en la parroquia de Monteverde, cantón Santa Elena, provincia de Santa Elena.

El procesamiento de productos pesqueros SERVITERRA S.A., se asienta en un terreno con

superficie total aproximada de 22500 m2., mediante se levantan infraestructuras de ingeniería

civil. La planta de procesamiento de productos pesqueros, está compuesta por áreas de muelle

de ocupación de desembarque, área de procesamiento de pelágicos, área de elaboración de

conservas de sardinas, envasado de atún, recepción de materia prima, área de procesamiento

corte, área de cuarto frío o mantenimiento, silo de hielo, Bodegas de almacenamiento de

insumos, materiales, área de desperdicios, área de Limpieza, Garita y otras áreas

complementarias.

EsIA ex post Planta Procesadora  de Productos Pesqueros 

SERVITERRA  S.A 

2    Monteverde‐ Santa Elena‐ Provincia de Santa Elena

 

El sector donde opera la planta de procesamiento de productos pesqueros SERVITERRA S.A.

posee de servicio de aprovisionamiento municipal, de agua potable y sistema de alcantarillado

sanitario. Posee energía eléctrica suministrada por la red pública y adicional posee una

planta generadora de electricidad para casos de emergencia.

Análisis Ambiental

Se realizó mediante revisión de información técnica existente en la empresa, verificación en

sitio de los procesos y actividades, evaluación de resultados de medición de parámetros

ambientales, entrevistas con el personal y análisis de campo, incluyendo reuniones de trabajo y

revisión de los resultados del Estudio de Impacto Ambiental ex post y Plan de manejo

Ambiental.

En toda el área se evidencia una fuerte intervención humana, como diversas actividades de

servicios, viviendas, negocios, actividades de servicios incluyendo vías de acceso a otras

poblaciones de la ruta del spondylus.

MEDIO FÍSICO IMPACTO AL AIRE

Ruido

Se pudo determinar mediante mediciones de ruido ambiente que se cumple con los requisitos

legales aplicables y que la medición de nivel de presión sonora es generado por las

actividades de mantenimiento y adecuación de áreas de la planta de procesamiento de

productos pesqueros SERVITERRA S.A, y por el transito exterior que ocasionan impactos

ambientales puntuales.

En el caso del impacto generado por el flujo vehicular en la vía principal , se considera de

baja a mediana magnitud e importancia. El impacto se ve mitigado por que las instalaciones

están debidamente con cerramiento perimetral y áreas de trabajo debidamente insuladas y

distantes a la vía principal.

Emisiones al Aire.

Para este recurso se determina que los impactos negativos serán originados por emisiones a la

atmósfera provenientes de la operación de la planta generadora de electricidad, y de los

calderos accionados por la transformación del combustible al cambio de energía.

EsIA ex post Planta Procesadora  de Productos Pesqueros 

SERVITERRA  S.A 

3    Monteverde‐ Santa Elena‐ Provincia de Santa Elena

 

De acuerdo con los requisitos establecidos en la legislación ambiental vigente Libro VI Anexo 3

correspondiente a Emisiones al Aire, se trata de fuentes fijas significativas por cuanto su

potencia calorífica (heat input) es mayor a tres millones de vatios (3 x 106 W), o, diez millones

de unidades térmicas británicas por hora (3 x 106 BTU/h). Cabe indicar que no se realizaron

mediciones de calidad de aire por cuanto no se encuentran operativas las fuentes fijas de

combustión.

Material Particulado

No se ha tenido que realizar análisis de material Particulado, por lo que las actividades de

procesamiento de productos pesqueros no generan Material Particulado. IMPACTOS SOBRE EL AGUA

A partir de los resultados obtenidos del Monitoreo de Aguas, se observa un cumplimiento del

80% con los parámetros ambientales requeridos.

Durante la inspección in situ se pudo comprobar que la descarga de los efluentes industriales

que se generan de las áreas de procesamiento serán debidamente tratadas en el sistema de

tratamiento de Aguas residuales industriales PTAR y serán vertidas al cuerpo hídrico receptor

a través de un sistema de emisario submarino.

Las aguas residuales domésticas son canalizadas al sistema de alcantarillado; y en periodos

semestrales se realiza programa de mantenimiento en aplicación de bacterias y productos

calcáreos.

El impacto sobre el recurso agua se valoró desde baja hasta mediana magnitud e importancia,

dependiendo de los procesos en que fueron generados.

IMPACTOS SOBRE EL SUELO

Los impactos negativos se presentan por la generación de desechos sólidos orgánicos

generados en los procesos de procesamiento o transformación de productos pesqueros y el

manejo de desechos sólidos orgánicos, que puede causar la contaminación del suelo.

Debido a las características de los desechos orgánicos, el impacto ambiental es valorado como

de baja a mediana magnitud e importancia.

IMPACTO SOBRE EL PAISAJE

EsIA ex post Planta Procesadora  de Productos Pesqueros 

SERVITERRA  S.A 

4    Monteverde‐ Santa Elena‐ Provincia de Santa Elena

 

Siendo una zona intervenida e influenciada por las actividades, antropogénica como, viviendas

particulares, planta de procesamiento de productos pesqueros, el paisaje natural ha sido

desplazado por actividades de urbanización y actividades de instalaciones y modificaciones.

Se ha considerado como impacto negativo sobre la percepción visual la instalación de equipos

y maquinarias; y la presencia de diversos materiales. Este efecto negativo tiene carácter

puntual, valorado de baja magnitud e importancia.

MEDIO BIÓTICO

Impacto a la Flora y Fauna

Teniendo en consideración que se trata de una zona intervenida por la actividad

antropogénica como residencias, comercios, planta de transformación de productos pesqueros

el impacto sobre la flora y fauna se limita al efecto generado por la descarga de aguas

residuales, siendo un impacto negativo de mediana magnitud e importancia, de carácter

puntual y duración continua. IMPACTOS SOBRE EL MEDIO SOCIO-ECONÓMICO Y CULTURAL

Impactos Sobre el Empleo.

La operación de la planta de procesamiento de productos pesqueros SERVITERRA S. A.,

proveerá empleo a personas de bajos y medianos recursos económicos que residen en el sector

de Monteverde y cantón Santa Elena.

La operación de la planta de procesamiento de productos pesqueros SERVITERRA S.A.,

también tiene un impacto ambiental importante como fuente de empleo indirecto, por cuanto

genera movimiento comercial en la zona de influencia, promoviendo el desarrollo de la misma

y contribuyendo positivamente a la economía nacional.

Impactos Sobre la Calidad de Vida

El empleo que de manera directa e indirecta crea la planta de procesamiento de productos

pesqueros, contribuye a mejorar la calidad de vida de quienes trabajan para ella. Además los

productos pesqueros transformados que se producen con alta calidad e inocuidad del

producto, y son comercializados internamente y externamente, contribuye a la economía

nacional.

Impactos Sobre el Servicio a la Comunidad

Mediante una gestión empresarial adecuada, la planta de procesadora de productos pesqueros

SERVITERRA S.A., está incentivando una cultura de responsabilidad ambiental en sus

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colaboradores, vecinos y accionistas, y creando nuevas oportunidades de trabajo, inversión y

desarrollo en el sector. Impactos a la Salud

La manipulación de cuchillos o herramientas de trabajo e ingreso a áreas climatizadas son

actividades puntuales que podrían producir afectaciones físicas y respiratorias a los

trabajadores. Durante la inspección en sitio se confirmó que la empresa proveerá a sus

trabajadores todo el equipo de protección personal necesario para prevenir y controlar todos

los posibles riesgos a la salud según el puesto de trabajo y análisis de riesgo laboral.

Los impactos generados por esta situación son negativos, de carácter puntual y su duración es

en función del tiempo de funcionamiento.

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CAPITULO 1

INFORMACIÓNGENERAL1.1INTRODUCCIÓN

El presente documento técnico ambiental se refiere, desde el punto de vista del objeto a auditarse

(áreas de trabajo, procedimientos administrativos y operativos y la estructura organizativa), a los

detalles de un Estudio de Impacto Ambiental Ex post de tipo generalizada de revisión Ambiental.

Al contrario de una evaluación de impacto ambiental que predice los impactos al entorno, este

documento identifica y describe los impactos Ambientales concretos que se están produciendo

sobre el ambiente. Además, la auditoría es usada a menudo por los procesos industriales, como

una herramienta para lograr el cumplimiento de las exigencias planteadas por las regulaciones,

para evitar la violación de las normativas y para eliminar el riesgo de sanciones por parte de la

autoridad competente.

Dado que el principal objetivo del estudio de impacto ambiental e post es el cumplimiento de la

normativa y la protección del ambiente, una vez que se han detectado las diferencias en los

procedimientos y actividades en la operación de la planta de proceso de productos pesqueros, se

define el conjunto de medidas preventivas y correctivas que son necesarias para que la instalación

llegue a un desempeño ambiental , ese conjunto de medidas, que incluyen obras, reparaciones,

instalación de equipos de mejor desarrollo industrial, así como la elaboración de planes,

programas y procedimientos, conforman un Plan de Manejo de Ambiental, en el que se precisan

tiempo y forma en que se llevará a cabo cada una de estas medidas.

Para esa determinación se dimensionaron las siguientes etapas:

a) Descripción de las actividades de operación y abandono,

b) Inclusión de parámetros ambientales solo en la medida que representen los impactos

ambientales significativos (área de influencia/línea de base),

c) Identificación, análisis y valorización de los impactos positivos y negativos derivados de la

operación y abandono de la empresa, y

d) Plan de Manejo Ambiental de las instalaciones de la planta de proceso de productos

pesqueros, una vez que se han identificado, analizado y cuantificado, los impactos ambientales.

El esquema básico metodológico para la ejecución del estudio de Impacto Ambiental ex post y

Plan de manejo ambiental a la planta de proceso de productos pesqueros SERVITERRA S.A., y la

elaboración de este documento, comprendió las siguientes etapas:

a). Comunicación y/o acuerdo para la realización del Estudio de impacto ambiental ex post;

b). Preparación de la información básica por parte de la empresa;

c).- Análisis de la información básica por el equipo auditor;

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d).- Inspección de las instalaciones, realización de los controles y comprobaciones necesarias;

e).- Diagnostico de situación; y

f).- Evaluación e informe final.

1.2ANTECEDENTES:

SERVITERRA S.A. es una planta de procesamiento o transformación de productos pesqueros, que iniciará sus actividades cuando concluya las actividades y trabajos de remodelación, implementación de áreas. Se encuentra ubicada en la parroquia Monteverde, Cantón Santa Elena, Provincia de Santa Elena.

Actualmente se reciben entre 200 a 500 toneladas por mes para llevar a cabo el proceso de

productos pesqueros. De este proceso se derivan impactos ambientales adversos al ambiente que

deben ser mitigados y/o eliminados para cumplir con la legislación vigente. Para identificar las

medidas adecuadas tendientes a la preservación de la calidad de los componentes ambientales, se

ha elaborado la presente el estudio de impacto ambiental ex post.

OBJETIVOSDELESTUDIODEIMPACTOAMBIENTALEXPOST

El presente documento técnico ambiental, constituye una herramienta que servirá como parte de

la planificación para un mejor desempeño ambiental de las operaciones de la planta de proceso

de productos pesqueros.

Presenta como objetivos:

1.2.1 OBJETIVOGENERAL.

Equilibrar que el grado de las actividades operacionales de la planta de proceso de productos

pesqueros SERVITERRA S.A., se está desarrollando, y cumplen con los estándares ambientales

por la Normativa Legal Ecuatoriana; además de identificar y evaluar aspectos ambientales

significativos que requieran tratamiento correctivo preventivo, mitigación y compensación.

Este objetivo, en consecuencia, tiende a constatar las condiciones ambientales asociadas a la

operación de la planta de proceso y a identificar la aptitud de los procedimientos de gestión

ambiental adoptados por la empresa, así como evaluar la eficiencia y eficacia de los mismos.

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1.2.3OBJETIVOSESPECIFICOS.

Los objetivos específicos a cumplirse con el estudio de impacto ambiental ex post son los

siguientes:

Demostrar que se conozcan las características principales de la empresa, tales como sus

actividades, etapas, procesos operacionales y los aspectos involucrados en cuanto a

infraestructura, tamaño, y producción; así también, las acciones relacionadas y todos los

aspectos que inciden en el procesamiento de los productos pesqueros;

Justificar el nivel de cumplimiento de la legislación y las reglamentaciones relativas al

medio ambiente;

Considerar la información existente, sea socio-económica y/o ambiental del área de

influencia del proyecto.

Precisar las características generales de los componentes ambientales en el área

involucrada a las instalaciones.

Exponer la situación real de las operaciones de la planta de proceso en materia ambiental.

Diferenciar las condiciones ambientales del área de influencia a las instalaciones, con

aquellas que puedan causar las diferentes operaciones de la planta de procesamiento de

productos pesqueros.

Identificar y cuantificar los potenciales impactos positivos y negativos de carácter

significativos derivados de la operación y abandono de las instalaciones;

Lograr un Plan de Manejo Ambiental que facilite el cumplimiento de las metas

ambientales propuestas, la mitigación de los impactos negativos, el potenciamiento de los

impactos positivos, la forma de participación ciudadana, y el seguimiento a las acciones

propuestas.

Establecer información destinada a mejorar la actuación de la empresa en temas

ambientales.

1.2.3ALCANCE.

Para el desarrollo del estudio de impacto ambiental ex post se dimensionan los siguientes

alcances:

Descripción de las actividades de operación, mantenimiento y abandono. Entre otros se incluyen

los siguientes aspectos:

Localización geográfica y política administrativa de la planta de proceso y los impactos

ambientales que se deriven de esta.

Marco referencial legal y administrativos. Se especifican los aspectos legales y

administrativos que estén asociados a la temática ambiental de las operaciones de

procesamiento de productos pesqueros, especialmente en relación al cumplimiento de las

normas y obtención de permisos ambientales.

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Envergadura de operaciones, para el cual, se establece el área de influencia, generando

una descripción de la superficie involucrada en función de los impactos ambientales

significativos.

Se describen aspectos, tales como: tamaño de las instalaciones, volumen de producción,

número de trabajadores, requerimientos de agua, educación, y medios de transporte.

Tipos de insumos y desechos: Se describen las materias primas utilizadas y su volumen,

fuentes de energía, cantidad y calidad de las emisiones sólidas, liquidas y/o gaseosas, así

como la generación, manejo y la disposición final de desechos, los planes de manejo de

los recursos, volúmenes y orígenes de los insumos y otros aspectos relevantes para

identificar el impacto ambiental de las instalaciones.

Inclusión de parámetros ambientales sólo en la medida que representen los impactos ambientales

significativos (Área de influencia/ línea base). Se incorporan aspectos como:

Descripción de disposición o tratamientos de desechos, usos actuales y valor del suelo,

división de la propiedad, capacidad de uso y topografía, equipamiento e infraestructura

básica.

Descripción de la ubicación, extensión y abundancia de fauna y/o flora, y características y

representatividad de los ecosistemas. Se analizan tanto la calidad como la fragilidad de

los ambientes involucrados.

Representación del medio físico (agua superficial, aire y suelo) en cuantos a sus

características (parámetros físicos-químicos, estado de contaminación, etc.) y sus

dinámicas.

Descripción de áreas de singularidad paisajística y/o sitios de valor histórico

arqueológico o cultural.

Delineación de parámetros demográficos, de características socioeconómicas, de calidad

de vida, de cantidad de personas afectadas, costumbres, valores y rasgos culturales.

Identificación, análisis y valorización de los impactos positivos y negativos derivados de la

operación, mantenimiento y abandono de la planta de proceso de productos pesqueros. La

valoración de los impactos y la elección de las técnicas deben velar porque ellas:

Análisis de la situación ambiental (antecedentes o línea base) en comparación con las

transformaciones presentadas del ambiente.

Determinar los impactos ambientales significativos directos, indirectos y los riesgos

inducidos que se generen sobre los componentes físico-naturales, socio-económico-

cultural y estéticos del ambiente.

Enfaticen en la metodología usadas en función de: a). la naturaleza de acción emprendida,

b). las variables afectadas y c).- el área involucrada

Utilicen variables ambientales representativas para medir impactos y justifiquen la escala,

el nivel de resolución y el volumen de los datos, la replicabilidad de la información, la

definición de umbrales de impactos y la identificación de impactos críticos o inadmisibles

e impactos positivos.

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Consideren la Normativa Ambiental vigente y estándares nacionales e internacionales

existentes en la materia y área geográfica del proyecto.

Plan de Manejo Ambiental de la planta de proceso de productos pesqueros, una vez que se han

identificado, analizado y cuantificado los impactos ambientales. Se incluyen los siguientes

aspectos:

Análisis de las acciones posibles de realizar para aquellas actividades, que, impliquen

impactos ambientales no deseados y;

Descripción de procesos, tecnologías, acciones y otros, que se hayan considerado para

reducir los impactos ambientales negativos.

Plan de Manejo Ambiental con el siguiente contenido:

Programa de Mitigación con las Acciones tendientes a minimizar los impactos negativos

sobre el ambiente en la operación, futuras ampliaciones, y abandono de las obras e

instalaciones.

Programa de medidas compensatorias con las actividades tendientes a lograr

transacciones ambientales para manejar los impactos sin posibilidades de mitigación;

Programa de prevención y control de riesgos, con las medidas ante los eventuales

accidentes tanto en la infraestructura o insumos como en los trabajos de operación,

futuras de ampliaciones y abandono de la obras;

Programas de contingencia, con las acciones para enfrentar los riesgos identificados en el

punto anterior y;

Programa de seguimiento, evaluación de los impactos ambientales, seguir adecuadamente

el comportamiento de la línea base, revisar las acciones de mitigación y compensación

propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental ex post y Plan de manejo ambiental, y

realizar evaluaciones sistemáticas periódicas, documentadas y objetivos del

funcionamiento de la planta de procesamiento de productos pesqueros.

1.3METODOLOGÍADETRABAJO

El estudio de impacto ambiental ex post, se basó en procedimientos de trabajo en generales; los

cuales comprendieron los diferentes aspectos:

Con respecto a las actividades y áreas específicas a auditar:

Áreas de trabajo, operaciones y procesos;

Procedimientos administrativos y operativos y

Estructura organizacional,

El esquema básico de la metodología del estudio de impacto ambiental ex post, incorporó las

etapas siguientes:

Comunicación y/o acuerdo para la realización del estudio de impacto ambiental ex post y

Plan de Manejo Ambiental

Preparación de la información básica por parte de la empresa.

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Estudio de la información básica por el equipo auditor.

Inspección de las instalaciones, realización de los controles y comprobaciones necesarias.

Diagnóstico de situación

Elaboración final del documento técnico ambiental.

Con este argumento metodológico, este documento del Estudio de Impacto Ambiental ex post y

Plan de Manejo Ambiental provee información que fue tomada usando las siguientes

herramientas:

Revisión y análisis de archivos y registros existentes en la empresa, que contenían

información sobre sus operaciones diarias.

Recopilación de planos y diagramas, referentes al área de localización, distribución y

situación de equipos; oficinas y otros departamentos existentes.

Se consultó sobre el estado y operación del sistema de alcantarillado y tratamiento de

efluentes industrial, para determinar la situación actual de la planta de proceso con su

entorno ambiental.

Se recopiló la información de tipo ambiental, social, económica, cultural y legal de los

diferentes documentos y trabajos existentes sobre el área sur-oeste de la Provincia de

Santa Elena, con énfasis en la información provista por Instituciones y Centros de

Investigación como el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos INEC, el Instituto

Nacional de Meteorología e Hidrología INAHMI, el Instituto Oceanográfico de la Armada

Ecuatoriana INOCAR, el Sistema Integrado de Indicadores Sociales SIISE, el Instituto

Nacional de Pesca INP, el Municipio del Cantón Santa Elena y la Subsecretaría de

Recursos Pesqueros del MAGAP, y el Estudio de Impacto ambiental (antes) de la

Construcción, operación y Almacenamiento de Gas Licuado GLP en el sector de

Monteverde.

Se realizaron consultas bibliográficas a documentos de Organismos Internacionales de

Investigación y Desarrollo tipo: Banco Interamericano de Desarrollo BID, Centro

Panamericano de Ingeniería Sanitaria y Ciencias del Ambiente CEPS, Organización

Panamericana de la Salud, Estudio de impacto ambiental de la Facilidad y Puerto

Pesquero de Monteverde y otros. Además de diversas consultas bibliográficas vía Internet

sobre metodologías y Guías de Gestión Ambiental.

Se realizaron muestreos para caracterización de vertidos de aguas residuales industriales,

determinación de los niveles de ruido, y del aprovisionamiento y condicionamiento de los

servicios básicos: agua potable, energía eléctrica y captación desechos sólidos

(generación, manejo y disposición final).

Se tomaron fotos digitales de las instalaciones y del procesamiento de productos

pesqueros.

Se determinaron criterios técnicos ambientales, y sociales para la elaboración del Plan de

Manejo Ambiental.

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CAPITULO 2

2.1 MARCO LEGAL Y AMBIENTAL:

2.1.1 Normas Jerárquicas Superiores

Constitución Política de la República del Ecuador. Esta constitución fue aprobada mediante consulta pública el 28 de septiembre del 2008 y publicada en el Registro Oficial 449 del 20 de octubre del 2008. En varios títulos y capítulos de esta constitución se hace referencia a la necesidad de conservar el ambiente y ser responsable con el ambiente y las personas de las actividades productivas que manejamos. Es una constitución que incluye derechos para la naturaleza, lo cual la constituye en una constitución pionera en el tema ambiental. A continuación los principales artículos: Título II, Capítulo segundo, sección segunda (ambiente sano). Artículo 14: Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Artículo 15: Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados. El Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo impacto. La soberanía energética no se alcanzará en detrimento de la soberanía alimentaria, ni afectará el derecho al agua. Se prohíbe el desarrollo, producción, tenencia, comercialización, importación, transporte, almacenamiento y uso de armas químicas, biológicas y nucleares, de contaminantes orgánicos persistentes altamente tóxicos, agroquímicos internacionalmente prohibidos, y las tecnologías y agentes biológicos experimentales nocivos y organismos genéticamente modificados perjudiciales para la salud humana o que atenten contra la soberanía alimentaria o los ecosistemas, así como la introducción de residuos nucleares y desechos tóxicos al territorio nacional. Capítulo Séptimo (derechos de la naturaleza) Artículo 71.- La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos. Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observaran los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda. El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema. Art. 72.- La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de Indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados. En los casos de impacto ambiental grave o permanente, incluidos los ocasionados por la explotación de los recursos naturales no renovables, el Estado establecerá los mecanismos más eficaces para alcanzar la restauración, y adoptará las medidas adecuadas para eliminar o mitigar las consecuencias ambientales nocivas. Art. 73.- EI Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales.

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Se prohíbe la introducción de organismos y material orgánico e inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el patrimonio genético nacional. Art. 74.- Las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendrán derecho a beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales que les permitan el buen vivir. Los servicios ambientales no serán susceptibles de apropiación; su producción, prestación, uso y aprovechamiento serán regulados por el Estado. Capítulo noveno: responsabilidades Artículo 83, numeral 6: Respetar los derechos de la naturaleza, preservar un ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo racional, sustentable y sostenible. Numeral 13: Conservar el patrimonio cultural y natural del país, y cuidar y mantener los bienes públicos. Título VI, capítulo primero (principios generales) Art. 275.- El régimen de desarrollo es el conjunto organizado, sostenible y dinámico de los sistemas económicos, políticos, socio-culturales y ambientales, que garantizan la realización del buen vivir, del sumak kawsay. El Estado planificará el desarrollo del país para garantizar el ejercicio de los derechos, la consecución de los objetivos del régimen de desarrollo y los principios consagrados en la Constitución. La planificación propiciará la equidad social y territorial, promoverá la concertación, y será participativa, descentralizada, desconcentrada y transparente. El buen vivir requerirá que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades gocen efectivamente de sus derechos, y ejerzan responsabilidades en el marco de la interculturalidad, del respeto a sus diversidades, y de la convivencia armónica con la naturaleza. Artículo 276: Plantea entre uno de sus objetivos: Recuperar y conservar la naturaleza y mantener un ambiente sano y sustentable que garantice a las personas y colectividades el acceso equitativo, permanente y de calidad al agua, aire y suelo, y a los beneficios de los recursos del subsuelo y del patrimonio natural. Título VII, Capítulo segundo, sección primera (naturaleza y ambiente) Art. 395.- La Constitución reconoce los siguientes principios ambientales: 1. El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras. 2. Las políticas de gestión ambiental se aplicarán de manera transversal y serán de obligatorio cumplimiento por parte del Estado en todos sus niveles y por todas las personas naturales o jurídicas en el territorio nacional. 3. El Estado garantizará la participación activa y permanente de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades afectadas, en la planificación, ejecución y control de toda actividad que genere impactos ambientales. 4. En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales en materia ambiental, éstas se aplicarán en el sentido más favorable a la protección de la naturaleza. Art. 396.- El Estado adoptará las políticas y medidas oportunas que eviten los impactos ambientales negativos, cuando exista certidumbre de daño. En caso de duda sobre el impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque no exista evidencia científica del daño, el Estado adoptará medidas protectoras eficaces y oportunas. La responsabilidad por daños ambientales es objetiva. Todo daño al ambiente, además de las sanciones correspondientes, implicará también la obligación de restaurar integralmente los ecosistemas e indemnizar a las personas y comunidades afectadas.

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Cada uno de los actores de los procesos de producción, distribución, comercialización y uso de bienes o servicios asumirá la responsabilidad directa de prevenir cualquier impacto ambiental, de mitigar y reparar los daños que ha causado, y de mantener un sistema de control ambiental permanente. Las acciones legales para perseguir y sancionar por daños ambientales serán imprescriptibles. Art. 397.- En caso de daños ambientales el Estado actuará de manera inmediata y subsidiaria para garantizar la salud y la restauración de los ecosistemas. Además de la sanción correspondiente, el Estado repetirá contra el operador de la actividad que produjera el daño las obligaciones que conlleve la reparación integral, en las condiciones y con los procedimientos que la ley establezca. La responsabilidad también recaerá sobre las servidoras o servidores responsables de realizar el control ambiental. Para garantizar el derecho individual y colectivo a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, el Estado se compromete a: 1. Permitir a cualquier persona natural o jurídica, colectividad o grupo humano, ejercer las acciones legales y acudir a los órganos judiciales y administrativos, sin perjuicio de su interés directo, para obtener de ellos la tutela efectiva en materia ambiental, incluyendo la posibilidad de solicitar medidas cautelares que permitan cesar la amenaza o el daño ambiental materia de litigio. La carga de la prueba sobre la inexistencia de daño potencial o real recaerá sobre el gestor de la actividad o el demandado. 2. Establecer mecanismos efectivos de prevención y control de la contaminación ambiental, de recuperación de espacios naturales degradados y de manejo sustentable de los recursos naturales. 3. Regular la producción, importación, distribución, uso y disposición final de materiales tóxicos y peligrosos para las personas o el ambiente. 4. Asegurar la intangibilidad de las áreas naturales protegidas, de tal forma que se garantice la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas de los ecosistemas. El manejo y administración de las áreas naturales protegidas estará a cargo del Estado. 5. Establecer un sistema nacional de prevención, gestión de riesgos y desastres naturales, basado en los principios de inmediatez, eficiencia, precaución, responsabilidad y solidaridad. Art. 398.- Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser consultada a la comunidad, a la cual se informará amplia y oportunamente. El sujeto consultante será el Estado. La ley regulará la consulta previa, la participación ciudadana, los plazos, el sujeto consultado y los criterios de valoración y de objeción sobre la actividad sometida a consulta. El Estado valorará la opinión de la comunidad según los criterios establecidos en la ley y los instrumentos internacionales de derechos humanos. Si del referido proceso de consulta resulta una oposición mayoritaria de la comunidad respectiva, la decisión de ejecutar o no el proyecto será adoptada por resolución debidamente motivada de la instancia administrativa superior correspondiente de acuerdo con la ley. Art. 399.- El ejercicio integral de la tutela estatal sobre el ambiente y la corresponsabilidad de la ciudadanía en su preservación, se articulará a través de un sistema nacional descentralizado de gestión ambiental, que tendrá a su cargo la defensoría del ambiente y la naturaleza. Sección segunda (Biodiversidad) Art. 400.- El Estado ejercerá la soberanía sobre la biodiversidad, cuya administración y gestión se realizará con responsabilidad intergeneracional. Se declara de interés público la conservación de la biodiversidad y todos sus componentes, en particular la biodiversidad agrícola y silvestre y el patrimonio genético del país. Art. 401.- Se declara al Ecuador libre de cultivos y semillas transgénicas. Excepcionalmente, y sólo en caso de interés nacional debidamente fundamentado por la Presidencia de la República y aprobado por la Asamblea Nacional, se podrán introducir semillas y cultivos genéticamente modificados. El Estado regulará bajo estrictas normas de bioseguridad, el

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uso y el desarrollo de la biotecnología moderna y sus productos, así como su experimentación, uso y comercialización. Se prohíbe la aplicación de biotecnologías riesgosas o experimentales. Art. 402.- Se prohíbe el otorgamiento de derechos, incluidos los de propiedad intelectual, sobre productos derivados o sintetizados, obtenidos a partir del conocimiento colectivo asociado a la biodiversidad nacional. Art. 403.- El Estado no se comprometerá en convenios o acuerdos de cooperación que incluyan cláusulas que menoscaben la conservación y el manejo sustentable de la biodiversidad, la salud humana y los derechos colectivos y de la naturaleza. Sección tercera Patrimonio natural y ecosistemas Art. 404.- El patrimonio natural del Ecuador único e invaluable comprende, entre otras, las formaciones físicas, biológicas y geológicas cuyo valor desde el punto de vista ambiental, científico, cultural o paisajístico exige su protección, conservación, recuperación y promoción. Su gestión se sujetará a los principios y garantías consagrados en la Constitución y se llevará a cabo de acuerdo al ordenamiento territorial y una zonificación ecológica, de acuerdo con la ley. Art. 405.- EI sistema nacional de áreas protegidas garantizará la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas. El sistema se integrará por los subsistemas estatal, autónomo descentralizado, comunitario y privado, y su rectoría y regulación será ejercida por el Estado. El Estado asignará los recursos económicos necesarios para la sostenibilidad financiera del sistema, y fomentará la participación de las comunidades, pueblos y nacionalidades que han habitado ancestralmente las áreas protegidas en su administración y gestión. Las personas naturales o jurídicas extranjeras no podrán adquirir a ningún título tierras o concesiones en las áreas de seguridad nacional ni en áreas protegidas, de acuerdo con la ley. Art. 406.- El Estado regulará la conservación, manejo y uso sustentable, recuperación, y limitaciones de dominio de los ecosistemas frágiles y amenazados; entre otros, los páramos, humedales, bosques nublados, bosques tropicales secos y húmedos y manglares, ecosistemas marinos y marinos-costeros. Art. 407.- Se prohíbe la actividad extractiva de recursos no renovables en las áreas protegidas y en zonas declaradas como intangibles, incluida la explotación forestal. Excepcionalmente dichos recursos se podrán explotar a petición fundamentada de la Presidencia de la República y previa declaratoria de interés nacional por parte de la Asamblea Nacional, que, de estimarlo conveniente, podrá convocar a consulta popular. Sección cuarta: Recursos naturales Art. 408.- Son de propiedad inalienable, imprescriptible e inembargable del Estado los recursos naturales no renovables y, en general, los productos del subsuelo, yacimientos minerales y de hidrocarburos, substancias cuya naturaleza sea distinta de la del suelo, incluso los que se encuentren en las áreas cubiertas por las aguas del mar territorial y las zonas marítimas; así como la biodiversidad y su patrimonio genético y el espectro radioeléctrico. Estos bienes sólo podrán ser explotados en estricto cumplimiento de los principios ambientales establecidos en la Constitución. El Estado participará en los beneficios del aprovechamiento de estos recursos, en un monto que no será inferior a los de la empresa que los explota.

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El Estado garantizará que los mecanismos de producción, consumo y uso de los recursos naturales y la energía preserven y recuperen los ciclos naturales y permitan condiciones de vida con dignidad. Sección quinta: Suelo Art. 409.- Es de interés público y prioridad nacional la conservación del suelo, en especial su capa fértil. Se establecerá un marco normativo para su protección y uso sustentable que prevenga su degradación, en particular la provocada por la contaminación, la desertificación y la erosión. En áreas afectadas por procesos de degradación y desertificación, el Estado desarrollará y estimulará proyectos de forestación, reforestación y revegetación que eviten el monocultivo y utilicen, de manera preferente, especies nativas y adaptadas a la zona. Art. 410.- El Estado brindará a los agricultores y a las comunidades rurales apoyo para la conservación y restauración de los suelos, así como para el desarrollo de prácticas agrícolas que los protejan y promuevan la soberanía alimentaria. Sección sexta: Agua Art. 411.- El Estado garantizará la conservación, recuperación y manejo integral de los recursos hídricos, cuencas hidrográficas y caudales ecológicos asociados al ciclo hidrológico. Se regulará toda actividad que pueda afectar la calidad y cantidad de agua, y el equilibrio de los ecosistemas, en especial en las fuentes y zonas de recarga de agua. La sustentabilidad de los ecosistemas y el consumo humano serán prioritarios en el uso y aprovechamiento del agua. Art. 412.- La autoridad a cargo de la gestión del agua será responsable de su planificación, regulación y control. Esta autoridad cooperará y se coordinará con la que tenga a su cargo la gestión ambiental para garantizar el manejo del agua con un enfoque eco sistémico. Sección séptima: Biosfera, ecología urbana y energías alternativas Art. 413.- El Estado promoverá la eficiencia energética, el desarrollo y uso de prácticas y tecnologías ambientalmente limpias y sanas, así como de energías renovables, diversificadas, de bajo impacto y que no pongan en riesgo la soberanía alimentaria, el equilibrio ecológico de los ecosistemas ni el derecho al agua. Art. 414.- El Estado adoptará medidas adecuadas y transversales para la mitigación del cambio climático, mediante la limitación de las emisiones de gases de efecto invernadero, de la deforestación y de la contaminación atmosférica; tomará medidas para la conservación de los bosques y la vegetación, y protegerá a la población en riesgo. Art. 415.- El Estado central y los gobiernos autónomos descentralizados adoptarán políticas integrales y participativas de ordenamiento territorial urbano y de uso del suelo, que permitan regular el crecimiento urbano, el manejo de la fauna urbana e incentiven el establecimiento de zonas verdes. Los gobiernos autónomos descentralizados desarrollarán programas de uso racional del agua, y de reducción reciclaje y tratamiento adecuado de desechos sólidos y líquidos. Se incentivará y facilitará el transporte terrestre no motorizado, en especial mediante el establecimiento de ciclo vías.

Leyesorgánicas.

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Leyorgánicadelasalud.Ley67,RegistroOficialSuplemento423del22dediciembredel2006.

En varias partes esta Ley determina la obligación de industrias y personas naturales de tratar los desechos y no contaminar. Así tenemos los artículos más relevantes:

CapituloIIIDerechosyDeberesdelaspersonasydelEstadoenRelaciónconlaSalud

Art. 7.- Toda persona, sin discriminación por motivo alguno, tiene en relación a la salud, los siguientes derechos: a) Acceso universal, equitativo, permanente, oportuno y de calidad a todas las acciones y servicios de salud; b) Acceso gratuito a los programas y acciones de salud pública, dando atención preferente en los servicios de salud públicos y privados, a los grupos vulnerables determinados en la Constitución Política de la República; c) Vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación; d) Respeto a su dignidad, autonomía, privacidad e intimidad; a su cultura, sus prácticas y usos culturales; así como a sus derechos sexuales y reproductivos; e) Ser oportunamente informada sobre las alternativas de tratamiento, productos y servicios en los procesos relacionados con su salud, así como en usos, efectos, costos y calidad; a recibir consejería y asesoría de personal capacitado antes y después de los procedimientos establecidos en los protocolos médicos. Los integrantes de los pueblos indígenas, de ser el caso, serán informados en su lengua materna; f) Tener una historia clínica única redactada en términos precisos, comprensibles y completos; así como la confidencialidad respecto de la información en ella contenida y a que se le entregue su epicrisis; g) Recibir, por parte del profesional de la salud responsable de su atención y facultado para prescribir, una receta que contenga obligatoriamente, en primer lugar, el nombre genérico del medicamento prescrito; h) Ejercer la autonomía de su voluntad a través del consentimiento por escrito y tomar decisiones respecto a su estado de salud y procedimientos de diagnóstico y tratamiento, salvo en los casos de urgencia, emergencia o riesgo para la vida de la personas y para la salud pública; i) Utilizar con oportunidad y eficacia, en las instancias competentes, las acciones para tramitar quejas y reclamos administrativos o judiciales que garanticen el cumplimiento de sus derechos; así como la reparación e indemnización oportuna por los daños y perjuicios causados, en aquellos casos que lo ameriten; j) Ser atendida inmediatamente con servicios profesionales de emergencia, suministro de medicamentos e insumos necesarios en los casos de riesgo inminente para la vida, en cualquier establecimiento de salud público o privado, sin requerir compromiso económico ni trámite administrativo previos;

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k) Participar de manera individual o colectiva en las actividades de salud y vigilar el cumplimiento de las acciones en salud y la calidad de los servicios, mediante la conformación de veedurías ciudadanas u otros mecanismos de participación social; y, ser informado sobre las medidas de prevención y mitigación de las amenazas y situaciones de vulnerabilidad que pongan en riesgo su vida; y, l) No ser objeto de pruebas, ensayos clínicos, de laboratorio o investigaciones, sin su conocimiento y consentimiento previo por escrito; ni ser sometida a pruebas o exámenes diagnósticos, excepto cuando la ley expresamente lo determine o en caso de emergencia o urgencia en que peligre su vida. Art. 9.- Corresponde al Estado garantizar el derecho a la salud de las personas, para lo cual tiene, entre otras, las siguientes responsabilidades: a) Establecer, cumplir y hacer cumplir las políticas de Estado, de protección social y de aseguramiento en salud a favor de todos los habitantes del territorio nacional; b) Establecer programas y acciones de salud pública sin costo para la población; c) Priorizar la salud pública sobre los intereses comerciales y económicos; d) Adoptar las medidas necesarias para garantizar en caso de emergencia sanitaria, el acceso y disponibilidad de insumos y medicamentos necesarios para afrontarla, haciendo uso de los mecanismos previstos en los convenios y tratados internacionales y la legislación vigente; e) Establecer a través de la autoridad sanitaria nacional, los mecanismos que permitan a la persona como sujeto de derechos, el acceso permanente e ininterrumpido, sin obstáculos de ninguna clase a acciones y servicios de salud de calidad; f) Garantizar a la población el acceso y disponibilidad de medicamentos de calidad a bajo costo, con énfasis en medicamentos genéricos en las presentaciones adecuadas, según la edad y la dotación oportuna, sin costo para el tratamiento del VIH-SIDA y enfermedades como hepatitis, dengue, tuberculosis, malaria y otras transmisibles que pongan en riesgo la salud colectiva; g) Impulsar la participación de la sociedad en el cuidado de la salud individual y colectiva; y, establecer mecanismos de veeduría y rendición de cuentas en las instituciones públicas y privadas involucradas; h) Garantizar la asignación fiscal para salud, en los términos señalados por la Constitución Política de la República, la entrega oportuna de los recursos y su distribución bajo el principio de equidad; así como los recursos humanos necesarios para brindar atención integral de calidad a la salud individual y colectiva; e, i) Garantizar la inversión en infraestructura y equipamiento de los servicios de salud que permita el acceso permanente de la población a atención integral, eficiente, de calidad y oportuna para responder adecuadamente a las necesidades epidemiológicas y comunitarias.

CapítuloVIDELOSDESASTRES

Art. 35.- La autoridad sanitaria nacional colaborará con los gobiernos seccionales y con los organismos competentes para integrar en el respectivo plan vigente el componente de salud en gestión de riesgos en emergencias y desastres, para prevenir, reducir y controlar los efectos de los desastres y fenómenos naturales y antrópicos.

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Art. 36.- Los integrantes del Sistema Nacional de Salud implementarán, en colaboración con los organismos competentes, un sistema permanente y actualizado de información, capacitación y educación en gestión de riesgos en emergencias y desastres, con la participación de la sociedad en su conjunto. Art. 37.- Todas las instituciones y establecimientos públicos y privados de cualquier naturaleza, deberán contar con un plan de emergencias, mitigación y atención en casos de desastres, en concordancia con el plan formulado para el efecto.  

Libro Segundo

SALUD Y SEGURIDAD AMBIENTAL

DISPOSICIÓN COMÚN

Art. 95.- La autoridad sanitaria nacional en coordinación con el Ministerio de Ambiente, establecerá las normas básicas para la preservación del ambiente en materias relacionadas con la salud humana, las mismas que serán de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales, entidades públicas, privadas y comunitarias.

El Estado a través de los organismos competentes y el sector privado está obligado a proporcionar a la población, información adecuada y veraz respecto del impacto ambiental y sus consecuencias para la salud individual y colectiva.

 

Título Único

Capítulo I

DEL AGUA PARA CONSUMO HUMANO

Art. 96.- Declárase de prioridad nacional y de utilidad pública, el agua para consumo humano.

Es obligación del Estado, por medio de las municipalidades, proveer a la población de agua potable de calidad, apta para el consumo humano.

 

Toda persona natural o jurídica tiene la obligación de proteger los acuíferos, las fuentes y cuencas hidrográficas que sirvan para el abastecimiento de agua para consumo humano. Se prohíbe realizar actividades de cualquier tipo, que pongan en riesgo de contaminación las fuentes de captación de agua. La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con otros organismos competentes, tomarán medidas para prevenir, controlar, mitigar, remediar y sancionar la contaminación de las fuentes de agua para consumo humano.

A fin de garantizar la calidad e inocuidad, todo abastecimiento de agua para consumo humano, queda sujeto a la vigilancia de la autoridad sanitaria nacional, a quien corresponde establecer las normas y reglamentos que permitan asegurar la protección de la salud humana.

Capítulo II

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DE LOS DESECHOS COMUNES, INFECCIOSOS, ESPECIALES Y DE LAS RADIACIONES IONIZANTES Y NO IONIZANTES

Art. 97.- La autoridad sanitaria nacional dictará las normas para el manejo de todo tipo de desechos y residuos que afecten la salud humana; normas que serán de cumplimiento obligatorio para las personas naturales y jurídicas.

Art. 98.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con las entidades públicas o privadas, promoverá programas y campañas de información y educación para el manejo de desechos y residuos.

Art. 99.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con los municipios del país, emitirá los reglamentos, normas y procedimientos técnicos de cumplimiento obligatorio para el manejo adecuado de los desechos infecciosos que generen los establecimientos de servicios de salud, públicos o privados, ambulatorio o de internación, veterinaria y estética.

Art. 100.- La recolección, transporte, tratamiento y disposición final de desechos es responsabilidad de los municipios que la realizarán de acuerdo con las leyes, reglamentos y ordenanzas que se dicten para el efecto, con observancia de las normas de bioseguridad y control determinadas por la autoridad sanitaria nacional. El Estado entregará los recursos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en este artículo.

Art. 101.- Las viviendas, establecimientos educativos, de salud y edificaciones en general, deben contar con sistemas sanitarios adecuados de disposición de excretas y evacuación de aguas servidas.

Los establecimientos educativos, públicos y privados, tendrán el número de baterías sanitarias que se disponga en la respectiva norma reglamentaria.

El Estado entregará a los establecimientos públicos los recursos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en este artículo.

Art. 102.- Es responsabilidad del Estado, a través de los municipios del país y en coordinación con las respectivas instituciones públicas, dotar a la población de sistemas de alcantarillado sanitario, pluvial y otros de disposición de excretas y aguas servidas que no afecten a la salud individual, colectiva y al ambiente; así como de sistemas de tratamiento de aguas servidas.

Art. 103.- Se prohíbe a toda persona, natural o jurídica, descargar o depositar aguas servidas y residuales, sin el tratamiento apropiado, conforme lo disponga en el reglamento correspondiente, en ríos, mares, canales, quebradas, lagunas, lagos y otros sitios similares. Se prohíbe también su uso en la cría de animales o actividades agropecuarias.

Los desechos infecciosos, especiales, tóxicos y peligrosos para la salud, deben ser tratados técnicamente previo a su eliminación y el depósito final se realizará en los sitios especiales establecidos para el efecto por los municipios del país.

Para la eliminación de desechos domésticos se cumplirán las disposiciones establecidas para el efecto.

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Las autoridades de salud, en coordinación con los municipios, serán responsables de hacer cumplir estas disposiciones.

Art. 104.- Todo establecimiento industrial, comercial o de servicios, tiene la obligación de instalar sistemas de tratamiento de aguas contaminadas y de residuos tóxicos que se produzcan por efecto de sus actividades.

Las autoridades de salud, en coordinación con los municipios, serán responsables de hacer cumplir esta disposición.

Art. 105.- Las personas naturales o jurídicas propietarias de instalaciones o edificaciones, públicas o privadas, ubicadas en las zonas costeras e insulares, utilizarán las redes de alcantarillado para eliminar las aguas servidas y residuales producto de las actividades que desarrollen; y, en los casos que inevitablemente requieran eliminarlos en el mar, deberán tratarlos previamente, debiendo contar para el efecto con estudios de impacto ambiental; así como utilizar emisarios submarinos que cumplan con las normas sanitarias y ambientales correspondientes.

Art. 106.- Los terrenos por donde pasen o deban pasar redes de alcantarillado, acueductos o tuberías, se constituirán obligatoriamente en predios sirvientes, de acuerdo a lo establecido por la ley.

Las autoridades de salud, en coordinación con los municipios, serán responsables de hacer cumplir esta disposición.

Art. 107.- La autoridad sanitaria nacional en coordinación con otros organismos competentes, dictará las normas para el manejo, transporte, tratamiento y disposición final de los desechos especiales. Los desechos radioactivos serán tratados de acuerdo con las normas dictadas por el organismo competente en la materia o aceptadas mediante convenios internacionales.

Art. 108.- Corresponde a la autoridad sanitaria nacional, en coordinación con la Comisión Ecuatoriana de Energía Atómica y más organismos competentes, vigilar el cumplimiento de las normas establecidas en materia de radiaciones ionizantes y no ionizantes.

Art. 109.- Ninguna persona será sometida o expuesta a radiaciones ionizantes y no ionizantes más allá de las dosis o límites permisibles, conforme a las normas pertinentes.

Los equipos diagnósticos y terapéuticos que utilicen radiaciones ionizantes y no ionizantes se instalarán en edificaciones técnicamente apropiadas y que cumplan con requisitos sanitarios y de seguridad, establecidos por la autoridad sanitaria nacional y la Comisión Ecuatoriana de Energía Atómica; estarán sujetos a mantenimientos rigurosos y periódicos, debiendo contar con los certificados de control de calidad.

Art. 110.- Los importadores de artículos y dispositivos electrónicos que emiten radiaciones no ionizantes, deberán asegurarse que los mismos cumplan con las normas sanitarias vigentes, no estén prohibidos en su país de origen o en otros países; y, lleven la rotulación de precauciones e indicaciones claras sobre su uso.

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Capítulo III

CALIDAD DEL AIRE Y DE LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA

Art. 111.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con la autoridad ambiental nacional y otros organismos competentes, dictará las normas técnicas para prevenir y controlar todo tipo de emanaciones que afecten a los sistemas respiratorio, auditivo y visual.

Todas las personas naturales y jurídicas deberán cumplir en forma obligatoria dichas normas.

Art. 112.- Los municipios desarrollarán programas y actividades de monitoreo de la calidad del aire, para prevenir su contaminación por emisiones provenientes de fuentes fijas, móviles y de fenómenos naturales. Los resultados del monitoreo serán reportados periódicamente a las autoridades competentes a fin de implementar sistemas de información y prevención dirigidos a la comunidad.

Art. 113.- Toda actividad laboral, productiva, industrial, comercial, recreativa y de diversión; así como las viviendas y otras instalaciones y medios de transporte, deben cumplir con lo dispuesto en las respectivas normas y reglamentos sobre prevención y control, a fin de evitar la contaminación por ruido, que afecte a la salud humana.

Capítulo IV

PLAGUICIDAS Y OTRAS SUSTANCIAS QUÍMICAS

Art. 114.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con el Ministerio de Agricultura y Ganadería y más organismos competentes, dictará e implementará las normas de regulación para la utilización y control de plaguicidas, fungicidas y otras sustancias químicas de uso doméstico, agrícola e industrial, que afecten a la salud humana.

Nota: De conformidad con el Art. 1 del D.E. No. 7 (R.O. 36, 08-III-2007) se sustituye al Ministerio de Agricultura y Ganadería, por el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

Art. 115.- Se deben cumplir las normas y regulaciones nacionales e internacionales para la producción, importación, exportación, comercialización, uso y manipulación de plaguicidas, fungicidas y otro tipo de sustancias químicas cuya inhalación, ingestión o contacto pueda causar daño a la salud de las personas.

Art. 116.- Se prohíbe la producción, importación, comercialización y uso de plaguicidas, fungicidas y otras sustancias químicas, vetadas por las normas sanitarias nacionales e internacionales, así como su aceptación y uso en calidad de donaciones.

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Capítulo V

SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

Art. 117.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con el Ministerio de Trabajo y Empleo y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, establecerá las normas de salud y seguridad en el trabajo para proteger la salud de los trabajadores.

Art. 118.- Los empleadores protegerán la salud de sus trabajadores, dotándoles de información suficiente, equipos de protección, vestimenta apropiada, ambientes seguros de trabajo, a fin de prevenir, disminuir o eliminar los riesgos, accidentes y aparición de enfermedades laborales.

Art. 119.- Los empleadores tienen la obligación de notificar a las autoridades competentes, los accidentes de trabajo y enfermedades laborales, sin perjuicio de las acciones que adopten tanto el Ministerio del Trabajo y Empleo como el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

Art. 120.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con el Ministerio del Trabajo y Empleo y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, vigilará y controlará las condiciones de

trabajo, de manera que no resulten nocivas o insalubres durante los períodos de embarazo y lactancia de las mujeres trabajadoras.

Los empleadores tienen la obligación de cumplir las normas y adecuar las actividades laborales de las mujeres embarazadas y en período de lactancia.

Art. 121.- Las instituciones públicas o privadas cuyo personal esté expuesto a radiación ionizante y emisiones no ionizantes, están obligadas a proveer de dispositivos de cuidado y control de radiación y de condiciones de seguridad en el trabajo que prevengan riesgos para la salud.

El incumplimiento de esta disposición por parte de los empleadores, que ocasione daño a la salud del trabajador, dará lugar a la aplicación de la sanción determinada por la ley.

Capítulo VI

DEL CONTROL DE LA FAUNA NOCIVA Y LAS ZOOANTROPOSIS

Art. 122.- La autoridad sanitaria nacional organizará campañas para erradicar la proliferación de vectores y otros animales que representen riesgo para la salud individual y colectiva.

Las personas naturales y jurídicas colaborarán con estas campañas.

Art. 123.- Es obligación de los propietarios de animales domésticos vacunarlos contra la rabia y otras enfermedades que la autoridad sanitaria nacional declare susceptibles de causar epidemias, así como mantenerlos en condiciones que no constituyan riesgo para la salud humana y la higiene del entorno.

El control y manejo de los animales callejeros es responsabilidad de los municipios, en coordinación con las autoridades de salud.

Art. 124.- Se prohíbe dentro del perímetro urbano instalar establos o granjas para criar o albergar ganado vacuno, equino, bovino, caprino, porcino, así como aves de corral y otras especies.

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Art. 125.- Se prohíbe el faenamiento, transporte, industrialización y comercialización de animales muertos o sacrificados que hubieren padecido enfermedades nocivas para la salud humana.

Art. 126.- El ingreso de animales al país está sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales y normativas emitidas por las autoridades correspondientes, los convenios internacionales y otras leyes que regulen el tráfico de animales.

Se prohíbe la entrada al país de animales afectados por enfermedades transmisibles a la población o sospechosos de estarlo, o que sean portadores de agentes patógenos cuya diseminación pueda constituir peligro para la salud de las personas.

Art. 127.- Toda persona procederá al exterminio de artrópodos, roedores y otras especies nocivas para la salud que existan en su vivienda, otros inmuebles y anexos de su propiedad o de su uso.

Será, además, obligación de la autoridad sanitaria nacional, impulsar campañas masivas para hacer efectivo el cumplimiento de este propósito.

Art. 128.- Las empresas que se dediquen al exterminio o control de plagas y vectores transmisores de enfermedades como dengue, rabia y paludismo, deberán obtener el respectivo permiso emitido por la autoridad sanitaria nacional para operar. Todos los químicos usados por dichas empresas deberán ser aprobados por dicha autoridad.

Libro Tercero

VIGILANCIA Y CONTROL SANITARIO

DISPOSICIONES COMUNES

Art. 129.- El cumplimiento de las normas de vigilancia y control sanitario es obligatorio para todas las instituciones, organismos y establecimientos públicos y privados que realicen actividades de producción, importación, exportación, almacenamiento, transporte, distribución, comercialización y expendio de productos de uso y consumo humano.

La observancia de las normas de vigilancia y control sanitario se aplican también a los servicios de salud públicos y privados, con y sin fines de lucro, autónomos, comunitarios y de las empresas privadas de salud y medicina prepagada.

Art. 130.- Los establecimientos sujetos a control sanitario para su funcionamiento deberán contar con el permiso otorgado por la autoridad sanitaria nacional. El permiso de funcionamiento tendrá vigencia de un año calendario.

Art. 131.- El cumplimiento de las normas de buenas prácticas de manufactura, almacenamiento, distribución, dispensación y farmacia, será controlado y certificado por la autoridad sanitaria nacional.

Art. 132.- Las actividades de vigilancia y control sanitario incluyen las de control de calidad, inocuidad y seguridad de los productos procesados de uso y consumo humano, así como la verificación del cumplimiento de los requisitos técnicos y sanitarios en los establecimientos

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dedicados a la producción, almacenamiento, distribución, comercialización, importación y exportación de los productos señalados.

Art. 133.- La autoridad sanitaria nacional podrá delegar a los municipios, dentro de sus funciones, el ejercicio de las acciones necesarias para el control sanitario, quienes las realizarán de acuerdo con las disposiciones y normas emitidas por dicha autoridad.

Art. 134.- La instalación, transformación, ampliación y traslado de plantas industriales, procesadoras de alimentos, establecimientos farmacéuticos, de producción de biológicos, de elaboración de productos naturales procesados de uso medicinal, de producción de homeopáticos, plaguicidas, productos dentales, empresas de cosméticos y productos higiénicos, están sujetos a la obtención, previa a su uso, del permiso otorgado por la autoridad sanitaria nacional.

Art. 135.- Compete a la autoridad sanitaria nacional autorizar la importación de todo producto inscrito en el registro sanitario, incluyendo muestras médicas y aquellos destinados a consumo interno procedentes de zonas francas.

No se autorizará la importación de productos, ni aún con fines promocionales, si previamente no tienen el registro sanitario nacional, salvo las excepciones determinadas en esta Ley.

Art. 136.- Las materias primas para elaboración de productos sujetos a registro sanitario, no requieren para su importación cumplir con este registro, siempre que justifiquen su utilización en dichos productos.

Capítulo II DE LOS ALIMENTOS Art. 145.- Es responsabilidad de los productores, expendedores y demás agentes que intervienen durante el ciclo producción- consumo, cumplir con las normas establecidas en esta Ley y demás disposiciones vigentes para asegurar la calidad e inocuidad de los alimentos para consumo humano. Art. 146.- En materia de alimentos se prohíbe: a) El uso de aditivos para disimular, atenuar o corregir las deficiencias tecnológicas de producción, manipulación o conservación y para resaltar fraudulentamente sus características; b) La utilización, importación y comercialización de materias primas no aptas para consumo humano; c) La inclusión de substancias nocivas que los vuelvan peligrosos o potencialmente perjudiciales para la salud de los consumidores; d) El uso de materias primas y productos tratados con radiaciones ionizantes o que hayan sido genéticamente modificados en la elaboración de fórmulas para lactantes y alimentos infantiles; e) El procesamiento y manipulación en condiciones no higiénicas; f) La utilización de envases que no cumplan con las especificaciones técnicas aprobadas para el efecto;

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g) La oferta de un alimento procesado con nombres, marcas, gráficos o etiquetas que hagan aseveraciones falsas o que omitan datos de manera que se confunda o lleve a error al consumidor; h) El almacenamiento de materias primas o alimentos procesados en locales en los que se encuentren substancias nocivas o peligrosas; i) Cualquier forma de falsificación, contaminación, alteración o adulteración, o cualquier procedimiento que produzca el efecto de volverlos nocivos o peligrosos para la salud humana; y, j) La exhibición y venta de productos cuyo período de vida útil haya expirado. Art. 147.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con los municipios, establecerá programas de educación sanitaria para productores, manipuladores y consumidores de alimentos, fomentando la higiene, la salud individual y colectiva y la protección del medio ambiente. Art. 148.- El control del expendio de alimentos y bebidas en la vía pública lo realizarán los municipios, en coordinación con la autoridad sanitaria nacional y de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Régimen Municipal. Art. 149.- El desarrollo, tratamiento, elaboración, producción, aplicación, manipulación, uso, almacenamiento, transporte, distribución, importación, comercialización y expendio de alimentos para consumo humano que sean o contengan productos genéticamente modificados, se realizará cuando se demuestre ante la autoridad competente, mediante estudios técnicos y científicamente avanzados, su inocuidad y seguridad para los consumidores y el medio ambiente. Para cumplir con este propósito, la autoridad sanitaria nacional deberá coordinar con los organismos técnicos públicos y privados correspondientes. Art. 150.- La donación de alimentos que contengan productos genéticamente modificados, así como su utilización, uso y manejo en planes y programas y planes de ayuda alimentaria, serán aceptados si es que mediante procedimientos técnicos y científicamente avanzados, demuestren su inocuidad y seguridad ante la autoridad sanitaria nacional. Para cumplir con este propósito, la autoridad sanitaria nacional actuará de conformidad con los principios universales en materia de salud pública y lo establecido en el inciso segundo del artículo precedente. Art. 151.- Los envases de los productos que contengan alimentos genéticamente modificados, sean nacionales o importados, deben incluir obligatoriamente, en forma visible y comprensible en sus etiquetas, el señalamiento de esta condición, además de los otros requisitos que establezca la autoridad sanitaria nacional, de conformidad con la ley y las normas reglamentarias que se dicten para el efecto. Art. 152.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con los organismos competentes, establecerá e implementará un sistema nacional integrado para garantizar la inocuidad de los alimentos.  

 

 

 

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CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN (COOTAD)

En este Código orgánico se establecen las competencias y funciones de los Gobiernos Provinciales Autónomos para promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial provincial para garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas provinciales.

En ejecución de las competencias exclusivas y concurrentes reconocidas por la Constitución y, en dicho marco prestar los servicios públicos, construir la obra pública provincial, así como las de vialidad, gestión ambiental, riego, desarrollo agropecuario y otras que le sean expresamente delegadas.

Promover los sistemas de protección integral a los grupos de atención prioritaria para garantizar los derechos consagrados en la Constitución en el marco de sus competencias.

Articulo 50.- Atribuciones del prefecto o prefecta provincial.- Le

a) Ejercer la representación legal del gobierno autónomo descentralizado provincial. La representación judicial la ejercerá conjuntamente con el procurador síndico;

b) Ejercer la facultad ejecutiva del gobierno autónomo descentralizado provincial;

c) Convocar y presidir con voz y voto las sesiones del concejo provincial, para lo cual deberá proponer el orden del día de manera previa. El ejecutivo tendrá voto dirimente en caso de empate en las votaciones del órgano legislativo y de fiscalización;

d) Presentar al consejo provincial proyectos de ordenanza, de acuerdo a las materias que son de competencia del gobierno autónomo descentralizado provincial;

e) Presentar con facultad privativa, proyectos de ordenanzas tributarias que creen, modifiquen, exoneren o supriman tributos, en el ámbito de las competencias correspondientes a su nivel de gobierno;

f) Dirigir la elaboración del plan provincial de desarrollo y el de ordenamiento territorial, en concordancia con el plan nacional de desarrollo y los planes de los distintos gobiernos autónomos descentralizados, en el marco de la plurinacionalidad, interculturalidad y respeto a la diversidad, con la participación ciudadana y de otros actores de los sectores públicos y la sociedad; para lo cual presidirá las sesiones del consejo provincial de planificación y promoverá la constitución de las instancias de participación ciudadana establecidas en la Constitución y la ley;

g) Elaborar el plan operativo anual y la correspondiente proforma presupuestaria institucional conforme al plan provincial de desarrollo y de ordenamiento territorial, observando los procedimientos participativos señalados en este Código. La proforma del presupuesto institucional deberá someterla a consideración del consejo provincial para su aprobación;

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h) Resolver administrativamente todos los asuntos correspondientes a su cargo; expedir la estructura orgánico - funcional del gobierno autónomo descentralizado provincial; nombrar y remover a los funcionarios de dirección, procurador síndico y demás servidores públicos de libre nombramiento y remoción del gobierno autónomo descentralizado provincial;

i) Distribuir los asuntos que deban pasar a las comisiones del gobierno autónomo provincial y señalar el plazo en que deben ser presentados los informes correspondientes;

j) Designar a sus representantes institucionales en entidades, empresas u organismos colegiados donde tenga participación el gobierno provincial; así como delegar atribuciones y deberes al viceprefecto o viceprefecta, miembros del órgano legislativo y funcionarios, dentro del ámbito de sus competencias;

k) Suscribir contratos, convenios e instrumentos que comprometan al gobierno autónomo descentralizado provincial, de acuerdo con la ley. Los convenios de crédito o aquellos que comprometan el patrimonio institucional requerirán autorización del consejo provincial, en los montos y casos previstos en las ordenanzas provinciales que se dicten en la materia;

l) La aprobación, bajo su responsabilidad civil, penal y administrativa, de los traspasos de partidas presupuestarias, suplementos y reducciones de crédito, en casos especiales originados en asignaciones extraordinarias o para financiar casos de emergencia legalmente declarada, manteniendo la necesaria relación entre los programas y subprogramas, para que dichos traspasos no afecten la ejecución de obras públicas ni la prestación de servicios públicos.

El prefecto o la prefecta deberá informar al consejo provincial sobre dichos traspasos y las razones de los mismos;

m) Dictar, en caso de emergencia grave, bajo su responsabilidad y en la sesión subsiguiente, medidas de carácter urgente y transitorio y dar cuenta de ellas al consejo, en la sesión subsiguiente, si a éste hubiere correspondido adoptarlas, para su ratificación;

n) Coordinar un plan de seguridad ciudadana acorde con la realidad de cada provincia y en armonía con el plan nacional de seguridad ciudadana, articulando para tal efecto el gobierno autónomo provincial, el gobierno central a través del organismo correspondiente, la ciudadanía y la Policía Nacional;

0) Decidir el modelo de gestión administrativa mediante el cual deben ejecutarse el plan provincial de desarrollo y el de ordenamiento territorial;

p) Sugerir la conformación de comisiones ocasionales que se requieran para el funcionamiento del gobierno provincial;

q) Integrar y presidir la comisión de mesa;

r) Suscribir las actas de las sesiones del consejo y de la comisión de mesa;

s) Coordinar la acción provincial con las demás entidades públicas y privadas;

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t) Resolver los reclamos administrativos que le corresponden;

u) Presentar al consejo y a la ciudadanía en general un informe anual escrito, para su evaluación a través del sistema de rendición de cuentas y control social, acerca de la gestión administrativa realizada, destacando el estado de los servicios y de las demás obras públicas realizadas en el año anterior, los procedimientos empleados en su ejecución, los costos unitarios y totales y la forma cómo se hubieren cumplido los planes y programas aprobados por el consejo; y,

v) Las demás que prevea la ley.

Capítulo IV Del Ejercicio de las Competencias Constitucionales

Artículo 132.- Ejercicio de la competencia de gestión de cuencas hidrográficas.- La gestión del ordenamiento de cuencas hidrográficas que de acuerdo a la Constitución corresponde a los gobiernos autónomos descentralizados regionales, comprende la ejecución de políticas, normativa regional, la planificación hídrica con participación de la ciudadanía, especialmente de las juntas de agua potable y de regantes, así como la ejecución subsidiaria y recurrente con los otros gobiernos autónomos descentralizados, de programas y proyectos, en coordinación con la autoridad única del agua en su circunscripción territorial, de conformidad con la planificación, regulaciones técnicas y control que esta autoridad establezca.

En el ejercicio de esta competencia le corresponde al gobierno autónomo descentralizado regional, gestionar el ordenamiento de cuencas hidrográficas mediante la articulación efectiva de los planes de ordenamiento la cuenca hidrográfica respectiva con las políticas emitidas en materia de manejo sustentable e integrado del recurso hídrico.

El gobierno autónomo descentralizado regional propiciará la creación y liderará, una vez constituidos, los consejos de cuenca hidrográfica, en los cuales garantizará la participación de las autoridades de los diferentes niveles de gobierno y de las organizaciones comunitarias involucradas en la gestión y uso de los recursos hídricos.

Los gobiernos autónomos descentralizados regionales, en coordinación con todos los niveles de gobierno, implementarán el plan de manejo de cuencas, subcuencas y micro cuencas, en sus respectivas circunscripciones territoriales. Los gobiernos autónomos descentralizados provinciales ejecutarán las obras de infraestructura fijadas en el marco de la planificación nacional y territorial correspondiente, y de las políticas y regulaciones emitidas por la autoridad única del agua.

No obstante las competencias exclusivas señaladas, el gobierno central podrá realizar proyectos

hídricos multipropósitos que tengan una importancia estratégica, para lo cual deberán considerar los criterios de los gobiernos autónomos descentralizados. Además, vía convenio, se garantizará un retorno económico fijado técnicamente, en beneficio de los gobiernos autónomos descentralizados de las circunscripciones territoriales de donde provengan los recursos hídricos, con la finalidad de mantener, conservar y recuperar la cuenca hidrográfica.

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Se prohíbe la adopción de cualquier modelo de gestión que suponga algún tipo de privatización del agua; además, se fortalecerán las alianzas público comunitarias para la cogestión de las cuencas hidrográficas.

Artículo 136.- Ejercicio de las competencias de gestión ambiental.- De acuerdo con lo dispuesto en la Constitución, el ejercicio de la tutela estatal sobre el ambiente y la corresponsabilidad de la ciudadanía en su preservación, se articulará a través de un sistema nacional descentralizado de gestión ambiental, que tendrá a su cargo la defensoría del ambiente y la naturaleza a través de la gestión concurrente y subsidiaria de las competencias de este sector, con sujeción a las políticas, regulaciones técnicas y control de la autoridad ambiental nacional, de conformidad con lo dispuesto en la ley.

Corresponde a los gobiernos autónomos descentralizados provinciales gobernar, dirigir, ordenar, disponer, u organizar la gestión ambiental, la defensoría del ambiente y la naturaleza, en el ámbito de su territorio; estas acciones se realizarán en el marco del sistema nacional descentralizado de gestión ambiental y en concordancia con las políticas emitidas por la autoridad ambiental nacional. Para el otorgamiento de licencias ambientales deberán acreditarse obligatoriamente como autoridad ambiental de aplicación responsable en su circunscripción.

Para otorgar licencias ambientales, los gobiernos autónomos descentralizados municipales podrán calificarse como autoridades ambientales de aplicación responsable en su cantón. En los cantones en los que el gobierno autónomo descentralizado municipal no se haya calificado esta facultad le corresponderá al gobierno provincial.

Los gobiernos autónomos descentralizados municipales establecerán, en forma progresiva, sistemas de gestión integral de desechos, a fin de eliminar los vertidos contaminantes en ríos, lagos, lagunas, quebradas, esteros o mar, aguas residuales provenientes de redes de alcantarillado, público o privado, así como eliminar el vertido en redes de alcantarillado.

En el caso de proyectos de carácter estratégico la emisión de la licencia ambiental será responsabilidad de la autoridad nacional ambiental. Cuando un municipio ejecute por administración directa obras que requieran de licencia ambiental, no podrá ejercer como entidad ambiental de control sobre esa obra; el gobierno autónomo descentralizado provincial correspondiente será, entonces, la entidad ambiental de control y además realizará auditorías sobre las licencias otorgadas a las obras por contrato por los gobiernos municipales.

Las obras o proyectos que deberán obtener licencia ambiental son aquellas que causan graves impactos al ambiente, que entrañan riesgo ambiental y/o que atentan contra la salud y el bienestar de los seres humanos, de conformidad con la ley.

Los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales rurales promoverán actividades de preservación de la biodiversidad y protección del ambiente para lo cual impulsarán en su circunscripción territorial programas y/o proyectos de manejo sustentable de los recursos naturales y recuperación de ecosistemas frágiles; protección de las fuentes y cursos de agua;

prevención y recuperación de suelos degradados por contaminación, desertificación y erosión; forestación y reforestación con la utilización preferente de especies nativas y adaptadas a la zona; y, educación ambiental, organización y vigilancia ciudadana de los derechos ambientales y de la naturaleza.

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Estas actividades serán coordinadas con las políticas, programas y proyectos ambientales de todos los demás niveles de gobierno, sobre conservación y uso sustentable de los recursos naturales.

Los gobiernos autónomos descentralizados regionales y provinciales, en coordinación con los consejos de cuencas hidrográficas podrán establecer tasas vinculadas a la obtención de recursos destinados a la conservación de las cuencas hidrográficas y la gestión ambiental; cuyos recursos se utilizarán, con la participación de los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales y las comunidades rurales, para la conservación y recuperación de los ecosistemas donde se encuentran las fuentes y cursos de agua

CODIGODEPOLICIAMARITIMA

Título I DE LAS CAPITANÍAS DE PUERTO Sección I DE SU ORGANIZACIÓN Y DE SU FUNCIONAMIENTO Art. 1.- (Sustituido por Art. 1 del D.S. 736, R.O. 92, 5-VIII-66).- Establécese en el Litoral de la República las siguientes Capitanías de Puerto: Tres Capitanías Mayores que son: la del Puerto de Guayaquil, Puerto Bolívar y Manta, y Cuatro Menores que son: las Capitanías de Puerto de San Lorenzo, Esmeraldas, Bahía de Caráquez y Salinas. Art. 2.- Las capitanías de puerto de la República tienen por objeto, dentro de los límites de sus respectivas circunscripciones, cumplir las siguientes obligaciones: a) Vigilar la correcta y segura navegación de todas las embarcaciones nacionales o extranjeras que trafiquen en sus aguas jurisdiccionales; b) Exigir el orden, comodidad y seguridad de los pasajeros y tripulantes ecuatorianos embarcados en naves, sea cual fuere su pabellón, que se encuentren en las aguas de su jurisdicción; c) Mantener el orden, la moralidad y seguridad en playas, muelles, embarcaderos y establecimientos de industrias marítimas; d) Precautelar los intereses fiscales; y, e) Cooperar en la Defensa Nacional. Art. 3.- Para el cumplimiento de los deberes que les corresponden respecto de Policía Marítima, las capitanías de puerto estarán, dentro de los límites de su jurisdicción, investidas de las facultades que se conceden a la Policía Civil Nacional por los Arts. 9, 418, 424 y 425 del Código de Procedimiento Penal; y su personal subalterno como agente de aquélla tendrá las obligaciones y atribuciones puntualizadas en el Art. 450 del citado Código.  

Sección II DE LA JURISDICCIÓN DE POLICÍA MARÍTIMA Y DE SU COMPETENCIA Art. 18.- La jurisdicción de Policía Marítima alcanza, además del mar territorial, de la plataforma o zócalo continental y de las playas del mar, cuya extensión se determina o indica en el Título III del Libro II del Código Civil, a todas las aguas interiores de los golfos, bahías, ensenadas, estrechos y canales de la República, ya se trate de las provincias continentales, ya de las islas adyacentes, ya del Archipiélago de Colón o de Galápagos.

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Art. 20.- El capitán de puerto tiene competencia para conocer y fallar en todas las causas iniciadas por las contravenciones comunes de Policía, y las de Policía Marítima que se cometan por cualquier persona dentro de los límites jurisdiccionales de la respectiva capitanía de puerto; y en los accidentes o siniestros ocurridos entre embarcaciones menores de cincuenta toneladas, en los casos en que no hubiere ocurrido pérdida de vidas humanas.  

Título II DEL PERSONAL DE LAS CAPITANÍAS DE PUERTO Sección I DE LOS CAPITANES DE PUERTO Art. 31.- Los capitanes de puerto son los jefes de la Policía Marítima y Fluvial y tienen autoridad para el cumplimiento de las funciones que atañen a su cargo: a) Sobre los capitanes, oficiales, marinería y pasajeros de las embarcaciones mercantes, nacionales o extranjeras, surtas en las aguas de su jurisdicción; b) Sobre los miembros de los gremios navales, sindicalizados o no; y, c) En general, sobre toda persona que se encuentre dentro de la zona de su jurisdicción: en los muelles, desembarcaderos y playas. Tienen, así mismo, autoridad sobre los dueños de inmuebles o predios situados a orillas de los mares o ríos, para los asuntos relacionados con la buena conservación de las playas y tierras contiguas destinadas al uso de pescadores; pero sin menoscabar las atribuciones que la Ley concede a la Policía Civil Nacional o a las autoridades aduaneras, a las que el capitán de puerto prestará auxilio para el cumplimiento de sus funciones. Art. 32.- El capitán de puerto, dentro de los límites de su respectiva capitanía, ejerce jurisdicción policial en las playas hasta el límite de la más alta pleamar y, por tanto, en los muelles, embarcaciones, varaderos, diques, arsenales, esteros, lagos y ríos navegables y, en general en toda maniobra que se efectúe a bordo, o en las riberas de su territorio jurisdiccional. También tiene jurisdicción, mar afuera, y ejerce su derecho de policía en guarda de la seguridad y cumplimiento de las leyes fiscales de la República, sobre todo lo que comprende la jurisdicción de Policía Marítima, según el Art. 18.  

Art. 37.- En caso de delito cometido a bordo de una nave surta en el fondeadero, en los muelles, en los desembarcaderos o en las playas, el capitán de puerto mandará capturar al delincuente y lo pondrá a disposición del juez del crimen. Si el delito ocurriere en un buque extranjero, el capitán de puerto, previa notificación hecha al capitán de la nave, capturará y desembarcará al indiciado.  

Título III PLAYAS Y ZONAS DE BAHÍA Sección I DISPOSICIONES GENERALES Art. 80.- El mar territorial, la plataforma o zócalo continental y la playa del mar, cuya extensión se determina o indica en el Título III del Libro II del Código Civil, y los ríos y grandes lagos son de dominio nacional.

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No se podrá ocupar permanentemente extensión alguna de bahía sobre ni bajo las superficies de sus aguas sin autorización del Ministerio de Defensa Nacional, obtenida por medio de la respectiva capitanía de puerto.  Exceptúanse de la prohibición del inciso precedente las concesiones hechas por el Congreso Nacional sin haber mediado reclamo de terceros y las que provengan de sentencia judicial de última instancia dictada en juicio contradictorio previa publicación de la demanda antecedente, con anticipación de por lo menos treinta días respecto del fallo, en un periódico del lugar donde se hallen ubicadas las playas o por carteles, durante seis meses.  

Art. 81.- Las obras o los materiales flotantes que se intente establecer en las playas o zonas de bahía, en ningún caso deberán comprometer la libre y segura navegación; constituir amenaza de embancamiento u obstrucción de los canales navegables; ni perjudicar a las necesidades de la marina de guerra; de todo lo cual, al tramitar la solicitud, informarán el capitán de puerto y los demás jefes de los despachos de trámite. Por tal razón, las solicitudes de ocupación de playas o de

zonas de bahía, además de expresar la ubicación geográfica, deberán ir acompañadas de los planos horizontal y vertical correspondientes, a escala adecuada para la clara apreciación de la obra que se intente hacer, o de los materiales que se trate de instalar, escala que en ningún caso será a menos de 1/1.000, y que expresará los resultados de las sondas, siquiera aproximadamente, y las líneas de pleamar y baja marea, si se trata de zona de bahía, y los demás datos que se consideren de utilidad.

Art. 85.- La ocupación temporal de playa (para varar embarcaciones con el fin de realizar faenas de carga o descarga, carena, etc.), la concederá el capitán de puerto, a condición de que aquélla no interrumpa el tránsito ni perjudique a terceros. Para obtener la concesión, el interesado elevará a dicha autoridad la solicitud de estilo, y, una vez despachada favorablemente, si, de acuerdo con la Ley, debe pagar derechos, obtendrá de la Colecturía de Aduana la carta de pago, con vista de la cual el capitán de puerto le dará la matrícula.  

Art. 89.- Tampoco pagarán derechos por ocupación de playa, los propietarios de edificios residenciales o industriales que a la fecha de promulgación de este Código, estén ya construidos, con excepción de los que ocupan zonas de bahía para boyas, muelles, oleoductos u otros objetos semejantes. Art. 93.- Se prohíbe arrojar a los ríos, canales o esteros navegables, materiales que constituyan peligro u obstrucción a la navegación o provoquen embancamiento. Nadie podrá arrojar piedras, fierros, basuras, tamo, desechos de madera, ramas o materiales de los desmontes, ni algas ni otras plantas provenientes de las limpias, ni desechos o residuos de cualquier material. El infractor será sancionado por el capitán de puerto o por las autoridades que a éste representen, con multa, según el Art. 370, en cada caso.

Art. 97.- Dentro del mar territorial, es prohibido realizar levantamientos hidrográficos o topográficos de cualquier extensión de mar o playa, sin la debida autorización. En consecuencia, no se podrán hacer sondeos sino sobre las rutas normales establecidas para la navegación comercial y sólo en los casos requeridos para comprobar la segura navegación. Art. 98.- Ninguna nave podrá tomar lastre ni arrojarlo dentro de las aguas jurisdiccionales de la República sin la debida autorización de la respectiva capitanía de puerto.

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Sección II DE LA CACERÍA MARÍTIMA Y DE LA PESCA Art. 100.- Se prohíbe la caza del lobo marino (foca común) y la de aves marinas en el litoral de la República y en sus islas, inclusive las del Archipiélago de Colón, y en éste, también la de cualquiera especie salvaje de la fauna terrestre. Art. 101.- Es prohibida la pesca con cualquier clase de explosivos o sustancias químicas o tóxicas, dentro de las aguas jurisdiccionales de la República. Art. 102.- Se prohíbe la pesca de moluscos y crustáceos en las inmediaciones de desagües o zonas de dudosa condición higiénica. Art. 103.- Prohíbese la pesca en las zonas de bahía destinadas para fondeadero de los buques mercantes, y tender redes en la superficie de los ríos que corresponda a su canal navegable. Art. 104.- Las embarcaciones destinadas a la pesca no podrán dedicarse al transporte de mercaderías ni de productos o artefactos que no sean los que se requieren para la pesca, sin obtener previamente el cambio de matrícula. Art. 105.- Es prohibida la pesca de las especies en su correspondiente época de veda; y, sin licencia especial, la pesca de la madre perla. Art. 106.- Nadie podrá arrojar a las aguas residuos ni sustancias tóxicas ni nada que pueda ser perjudicial para la existencia de los peces.

Sección IV DE LOS MUELLES Y DE LOS DESEMBARCADEROS Art. 110.- Los muelles, sean particulares, municipales o fiscales, deberán tener, a cargo de sus mayordomos y en lugares que faciliten su inmediato empleo, salvavidas portátiles y elementos contra incendios; conservarse limpios; ofrecer seguridad a los transeúntes y estar provistos de eficiente servicio de iluminación. Art. 111.- El capitán de puerto procederá a la clausura de aquellos muelles o embarcaderos por cuyo mal estado fuere peligroso el tránsito en ellos, y sancionará a los particulares que omitieren la instalación de cualquiera de los implementos mencionados en el artículo anterior, o exigirá a la administración fiscal o municipal la provisión de ellos, según el caso. Art. 113.- En los extremos de todo muelle, los dueños o concesionarios instalarán una luz de cualquier color que no sea rojo ni verde, y de intensidad y altura suficientes para ser distinguida claramente de las demás luces del muelle y del malecón. Art. 115.- Si no se causa perjuicio a los dueños, cualquiera de los muelles, desembarcaderos, amarraderos o boyas de propiedad fiscal, municipal o particular, podrá ser ocupado sin oposición ni pago de remuneración alguna por las embarcaciones menores de la Marina de Guerra o de la capitanía de puerto.

Código Penal, reforma publicada en el registro oficial No. 2 del 25 de enero del 2000

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El Código Penal tipifica los delitos ambientales y determina fuertes sanciones.

Capítulo X A

De los delitos contra el medio ambiente

Art. 437 A.- Quien, fuera de los casos permitidos por la ley, produzca, introduzca, deposite, comercialice, tenga en posesión, o use desechos tóxicos peligrosos, sustancias radioactivas, u otras similares que por sus características constituyan peligro para la salud humana o degraden y contaminen el medio ambiente, serán sancionados con prisión de dos a cuatro años. Igual pena se aplicará a quien produzca, tenga en posesión, comercialice, introduzca armas químicas o biológicas.

Art. 437 B.- El que infringiere las normas sobre protección del ambiente, vertiendo residuos de cualquier naturaleza, por encima de los límites fijados de conformidad con la ley, si tal acción causare o pudiere causar perjuicio o alteraciones a la flora, la fauna, el potencial genético, los recursos hidrobiológicos o la biodiversidad, será reprimido con prisión de uno a tres años, si el hecho no constituyere un delito más severamente reprimido.

Art. 437 C.- La pena será de tres a cinco años de prisión cuando:

a) Los actos previstos en el artículo anterior ocasionen daños a la salud de las personas o a sus bienes;

b) El perjuicio o alteración ocasionados tengan carácter irreversible; c) El acto sea parte de actividades desarrolladas clandestinamente por su autor, o,

d) Los actos contaminantes afecten gravemente recursos naturales necesarios para la actividad económica.

Art. 437 D.- Si a consecuencia de la actividad contaminante se produce la muerte de una persona, se aplicará la pena prevista para el homicidio inintencional, si el hecho no constituye un delito más grave.

En caso de que a consecuencia de la actividad contaminante se produzcan lesiones, impondrá las penas previstas en los artículos 463 a 467 del Código Penal.

Art. 437 E.- Se aplicará la pena de uno a tres años de prisión, si el hecho no constituyere un delito más severamente reprimido, al funcionario o empleado público que actuando por sí mismo o como miembro de un cuerpo colegiado, autorice o permita, contra derecho, que se viertan residuos contaminantes de cualquier clase por encima de los límites fijados de conformidad con la ley, así como el funcionario o empleado cuyo informe u opinión haya conducido al mismo resultado.

Art. 437 F.- El que cace, capture, recolecte, extraiga o comercialice, especies de flora o fauna que estén legalmente protegidas, contraviniendo las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia, será reprimido con prisión de uno a tres años.

La pena será de prisión de dos a cuatro años cuando:

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a) El hecho se cometa en periodo de producción de semilla o de reproducción o crecimiento de las especies;

b) El hecho se cometa contra especies en peligro de extinción; o,

c) El hecho se cometa mediante el uso de explosivos, sustancias tóxicas, inflamables o radiactivas.

Art. 437 G.- El que extraiga especies de flora o fauna acuáticas protegidas, en épocas, cantidades o zonas vedadas, o utilice procedimientos de pesca o caza prohibidos, será reprimido con prisión de uno a tres años.

Art. 437 H.- El que destruya, queme, dañe o tale, en todo o en parte, bosques u otras formaciones vegetales, naturales o cultivadas, que estén legalmente protegidas, será reprimido con prisión de uno a tres años, siempre que el hecho no constituya un delito más grave.

La pena será de prisión de dos o cuatro años cuando:

a) Del delito resulte la disminución de aguas naturales, la erosión del suelo o la modificación del régimen climático; o,

b) El delito se cometa en lugares donde existan vertientes que abastezcan de agua a un centro poblado o sistema de irrigación.

Art. 437 I.- Será sancionado con prisión de uno a tres años, si el hecho no constituye un hecho más grave, el que sin autorización o sin sujetarse a los procedimientos previstos en las normas aplicables, destine las tierras reservadas como de protección ecológica o de uso agrícola exclusivo, a convertirse en áreas de expansión urbana o de extracción o elaboración de materiales de construcción.

Art. 437 J.- Se aplicará la misma pena prevista en el artículo anterior, si el hecho no constituyere un delito más severamente reprimido, al funcionario o empleado público que actuando por si mismo o como miembro de un cuerpo colegiado, autorice o permita, contra derecho, que se destine indebidamente las tierras reservadas como de protección ecológica o de uso agrícola exclusivo a un uso distinto de que legalmente les corresponde; así como al funcionario o empleado cuyo informe u opinión haya conducido al mismo resultado.

Art. 437 K.- El juez penal podrá ordenar, como medida cautelar, la suspensión inmediata de la actividad contaminante, así como la clausura definitiva o temporal del establecimiento de que se trate, sin perjuicio de lo que pueda ordenar la autoridad competente en materia ambiental.

2.1.2. Normativa General Ley de Aguas:

Art 12.-El Estado garantiza a los particulares el uso de las aguas, con limitación necesaria para su eficiente aprovechamiento a favor de la producción.

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Art 22.- Prohíbase toda contaminación de las aguas que afecte a la salud humana o la desarrollo de la flora. El Instituto Ecuatoriano de Recursos Hidráulicos, en colaboración con el Ministerio de Salud Pública y las demás Entidades Estatales, aplicará la política que permite el cumplimiento de esta disposición. Arts. 37, 38,83 y 84.- Las concesiones para usos de aguas deben ser otorgadas conforme a la ley. Los elementos que se deben determinar y acompañar a la solicitud son: Art 21.- La fase extractiva comprenden las actividades que tienen por fin capturar las especies Bioacuáticas. Su regulación, control y fomento corresponde al Ministerio de Recursos Naturales y Energéticos. La fase de cultivo de las especies Bioacuáticas comprende el desove, cría y producción de las mismas, los que se realizarán cuidando de no interrumpir el proceso biológico en su estado natural y de no atentar contra el equilibrio ecológico, con el objeto de obtener una producción racionalizada. Art 46.- Son obligaciones de las personas naturales o jurídicas que ejerzan cualquiera de las actividades determinadas en este título: d) Utilizar los equipos o sistemas aconsejados por la técnica para evitar la contaminación ambiental. Artículo 47.- Prohíbase:

a) La pesca con métodos ilícitos, tales como empleo de materiales tóxicos, explosivos, y otros que pongan en peligro la vida humana, los recursos Bioacuáticas;

b) Destruir o alterar manglares c) Instalar viveros o piscinas en zonas declaradas de reserva natural, d) Conducir aguas servidas, sin el debido tratamiento, a las playas y riberas del mar, ríos,

lagos, cauces naturales y artificiales u ocasionar cualquier otra forma de contaminación. e) Instalar viveros o piscinas en zonas declaradas de reserva natural;

Artículo 53.- Las empresas pesqueras están obligadas a proporcionar a la Subsecretaría de Recursos Pesqueros y al Instituto Nacional de Pesca, las informaciones que requieran. Art. 108.- Las estaciones piscícolas que viene funcionando en virtud de convenio de suscritos con los Consejos Provinciales, Consejos Municipales u otras identidades con finalidad social o pública, cumplirán sus actividades bajo la responsabilidad de la Subsecretaría de Recursos Pesqueros. Las instalaciones piscícolas de propiedad privada deberán sujetarse, en cuanto a su operación las regulaciones técnicas que dicten el Instituto Nacional de Pesca y la Dirección General de Pesca. Nota: Artículo reformado por Decreto Ley de Emergencia № 03, publicado en Registro Oficial 252 de 19 de Agosto de 1985.

Ley de Gestión Ambiental. Codificación 2004-019. Publicada en el Registro Oficial en el Suplemento del Registro Oficial 418 del 10 de septiembre del 2004.

Esta Ley establece los principios y directrices de política ambiental; determina las obligaciones, responsabilidades, niveles de participación de los sectores público y privado en la gestión ambiental y señala los límites permisibles, controles y sanciones en esta materia.

Esta Ley determina:

.- Los principios de la gestión ambiental.

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.- El régimen institucional de la gestión ambiental.

.- La autoridad ambiental.

.- El Sistema Descentralizado de Gestión Ambiental.

.- El Sistema de evaluación de impactos ambientales.

.- Los mecanismos de participación social.

.- Y una serie de disposiciones administrativas y regulatorias.

Debido a que el tema a tratar hace referencia a las licencias ambientales a continuación se describe el articulado referente al Título III, Capítulo II: De la evaluación de impacto ambiental y control ambiental:

Art.1.- La presente Ley establece los principios y directrices de política ambiental; determina las obligaciones, responsabilidades, niveles de participación de los sectores público y privado en la legislación ambiental y señala los límites permisibles, controles y sanciones en esta materia. Art 2.- La gestión ambiental se sujeta a los principios de solidaridad, corresponsabilidad, cooperación, coordinación, reciclaje y reutilización de desechos, utilización de tecnologías alternativas ambientalmente sustentables y respeto a las culturas y prácticas tradicionales. Art 19.- Las obras públicas privadas o mixtas y los proyectos de inversión públicos o privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados previamente a su ejecución, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema único de Manejo Ambiental, cuyo principio rector será el precautelatorio. Art 21.- Los sistemas de manejo ambiental incluirán estudios de línea base, evaluación del impacto ambiental, evaluación de riesgos; planes de manejo; planes de manejo riesgos; sistemas de monitoreo; planes de contingencia y mitigación; auditorías ambientales y planes de abandono. Una vez cumplidos estos requisitos y de conformidad con la calificación de los mismos. Art. 23.- La evaluación del impacto ambiental comprenderá: a) La estimación de los efectos causados a la población humana, la biodiversidad, el suelo, el aire, el agua, el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas presentes en el área previsiblemente afectada. b) Las condiciones de tranquilidad públicas, tales como; ruido, vibraciones, olores emisiones luminosas, cambios térmicos y cualquier otro perjuicio ambiental derivado de su ejecución, y; c) La incidencia que el proyecto, obra o actividad tendrá en los elementos que componen el patrimonio histórico, escénico y cultural Art. 33.- Establécense como instrumentos de aplicación de las normas ambientales los siguientes: parámetros de calidad ambiental, normas de efluentes y emisiones, normas técnicas de calidad de productos, régimen de permisos y licencias administrativas, evaluaciones de impacto ambiental, listados de productos químicos y nocivos para la salud humana y el medio ambiente, certificaciones de calidad ambiental de productos y servicios y otros que serán regulados por el respectivo reglamento. Art 35.- El estado establecerá incentivos económicos para las actividades productivas que se enmarquen en la protección del medio ambiente y el manejo sustentable de los recursos naturales. Las respectivas leyes determinarán las modalidades de cada incentivo.

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Art 39.- Las instituciones encargadas de la administración de los recursos naturales, control de la contaminación ambiental y protección del medio ambiental, establecerán con su participación social, programas de monitoreo ambiental en las áreas de su competencia: esos datos serán remitidos al Ministerio del ramo para su sistematización: tal información será pública. Art 40.- Toda persona natural o jurídica que, en el curso de sus actividades empresariales o industriales estableciere a informar sobre ello al Ministerio del ramo o a las instituciones de régimen seccional autónomo. La información se presentará a la brevedad posible y las autoridades competentes deberán adoptar las medidas necesarias para solucionar los problemas detectados. En caso de incumplimiento de la presente disposición, el infractor será sancionado con una multa de veinte a doscientos salarios mínimos vitales generales. Art 46.- Cuando los particulares, por acción u omisión las normas de protección ambiental, la autoridad competente adoptará, sin perjuicio de las sanciones previstas en esta Ley, las siguientes medidas administrativas: b) Exigirá la regularización de las autorizaciones, permisos estudios y evaluaciones; as{i como verificará el cumplimiento de las medidas adoptadas para mitigar y compensar daños ambientales, dentro del término de treinta días. Ley de Régimen Municipal

“Art. 1.- El Municipio es la sociedad política autónoma subordinada al orden jurídico constitucional del Estado, cuya finalidad es el bien común local y, dentro de éste y en forma primordial, la atención de las necesidades de la ciudad, del área metropolitana y de las parroquias rurales de la respectiva jurisdicción. El territorio de cada cantón comprende parroquias urbanas cuyo conjunto constituye una ciudad, y parroquias rurales.” “Art. 12.- Al Municipio le corresponde, cumpliendo con los fines que le son esenciales, satisfacer las necesidades colectivas del vecindario, especialmente las derivadas de la convivencia urbana cuya atención no competa a otros organismos gubernativos. Capitulo III De la Autonomía Municipal “Art. 16.- Las Municipalidades son autónomas. Salvo lo prescrito por la Constitución de la República y esta Ley, ninguna Función del Estado ni autoridad extraña a la Municipalidad podrá interferir su administración propia, estándoles especialmente prohibido: (…) 2. Derogar, reformar o suspender la ejecución de las ordenanzas, reglamentos, resoluciones o acuerdos de las autoridades municipales; (…) 10. Interferir o perturbar el ejercicio de las atribuciones que le concede esta Ley.” Art 17.- El Estado y sus instituciones están obligadas a: a) Respetar y hacer respetar la autonomía municipal:

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b) Transferir en forma predecible, directa, oportuna y automática las participaciones o asignaciones que corresponden a las municipalidades así como los recursos para la ejecución de obras públicas, prestación de servicios y realización de actividades inherentes a los diversos ámbitos de su competencia que sean transferidos o delegados a las municipalidades a través del proceso de descentralización. Título II DEL GOBIERNO MUNICIPAL Capítulo I Del Consejo Art 25. El gobierno cantonal estará del concejo municipal con facultades normativas cantonales, de planificación, consultivas y de fiscalización presidido por el alcalde, con voto dirimente. Art 26.- El alcalde es el representante legal de la municipalidad y responsable de la administración municipal, junto con el procurador síndico la representará judicial y extrajudicialmente. Art 70.- El alcalde podrá delegar por escrito sus atribuciones y deberes, al vicepresidente del concejo y a los funcionarios de la municipalidad, dentro de la esfera de la competencia que a los mismos corresponde, siempre que las delegaciones que conceda no afecten a la presentación del servicio público y a la correcta administración de los bines e interese municipales. TITULO IV DEL PLANEAMINETO FISICO Y URBANISTICO Y DE LAS OBRS PUBLICAS Capítulo De los planes Reguladores de Desarrollo Físico Cantonal y de los Planes Reguladores de Desarrollo Urbano Art 196,- El planeamiento físico y urbanístico del territorio del cantón será obligatorio para las municipalidades y comprenderá: a) La formulación de planes reguladores de desarrollo físico cantonal y

b) La formulación de planes reguladores de desarrollo urbano

Art 197.- Los planes reguladores de desarrollo físico cantonal deberán contener las siguientes partes:

a) Zonificación de unidades de planeamiento

b) Determinación de unidades de vida colectiva en el municipio

c) Determinación de unidades de trabajo técnico en función de infraestructura regional de coordinación y mercado

Art 199.- Los planes reguladores de desarrollo urbano formarán parte definida de los planes de desarrollo físico cantonal y deberán prepararse de acuerdo con las siguientes etapas:

1.- Formulación del expediente urbano con base en los estudios preliminares sobre:

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Art 200.- En el plan regulador de desarrollo urbano se determinarán claramente los siguientes:

a) Estudios parciales de planificación

b) Estudios de unidades barriales

c) Estudios de parcelación

d) Instalación de servicios públicos

e) Dotación de espacios abiertos

g) Ordenanzas y reglamentaciones sobre el uso de suelo, condiciones de seguridad, materiales, condiciones sanitarias y otras de naturaleza similar. Titulo X DE LA ADMINSTRACIÓN FINACIERA MUNICPAL Capítulo I De la Dirección Financiera Art 445.- Son deberes y atribuciones del jefe de la Dirección Provincial Financiera los que se derivan de las funciones que a la dependencia bajo su dirección le compete, todas las que le señalen esta ley, y especialmente, las de refrendar los títulos de crédito para el cobro de los tributos, solicitar al alcalde las sanciones y multas a que haya lugar por incumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes, resolver en primera instancia los reclamos de los contribuyentes en materia tributaria y autorizar la baja de las especies incobrables. Ley Para La Prevención y Control De La Contaminación Ambiental:

Art 17.- Prohíbase expeler o descargar hacia a la atmosfera contaminantes sin sujetarse a las normas técnicas y regulaciones que perjudiquen la salud y la vida humana, la flora, la fauna y recursos o bienes del Estado a la atmósfera. Art 16.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a la correspondiente normas técnicas y regulaciones, a las redes de alcantarillado, o en las quebradas, acequias, ríos, lagos naturales o artificiales, o en las aguas marítimas así como infiltrar en terrenos, las aguas residuales que contengan contaminantes que sean nocivos a la salud humana, al a fauna y a las propiedades. Art 20.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y relaciones, cualquier tipos de contaminantes que puedan alterar la calidad del suelo, y afectar a la salud humana, la flora, la fauna, los recursos naturales y otros bienes. Art 21.- Para los efectos de esta ley, serán considerados como fuentes potenciales de contaminación, las substancias radioactivas y los desechos sólidos, líquidos, o gaseosos de procedencia industrial, agropecuaria, municipal o domestica

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Texto Unificado de Legislación Secundaria. Decreto Ejecutivo 3516. Registro Oficial

Edición Especial No. 2 del 31 de marzo del 2003. Libro VI “De la calidad Ambiental” Título IV “Reglamento de Prevención y Contaminación y sus Normas Técnicas” Art 43.- Regulados Ambientales: Son personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, nacionales o extranjeras, u organizaciones que a cuenta propia o a través de terceros, realizan en el territorio nacional y de forma regular o accidental, cualquier actividad que tengan el potencial de afectar la calidad de los recursos agua, aire o suelo como resultado de sus acciones u omisiones. Art 57.- Documentos Técnicos: Los estudios ambientales se realizarán en la etapa previa a la ejecución, temporal o definitiva de un proyecto o actividad. Los documentos técnicos o estudios ambientales que serán exigidos por la autoridad son entre otros:

a) Estudios de Impacto Ambiental (EIA), que se realizan previo el inicio de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo establecido en el SUMA.

b) Auditoría Ambiental (AA), que se realicen durante el ejercicio de la actividad, lo cual incluye la construcción;

c) Plan de Manejo Ambiental (PMA), que se realiza en cualquier etapa del proyecto o actividad.

Art 58.- Estudio de Impacto Ambiental: Toda obra o actividad o proyecto nuevo o ampliaciones o modificaciones de los existentes, emprendidos por cualquier persona natural o jurídica, públicas o privadas, y que pueden potencialmente causar contaminación, deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental, que incluirá un Plan de manejo ambiental, de acuerdo a lo establecido en el sistema único de Manejo Ambiental (SUMA). El EIA deberá demostrar que la actividad en cumplimiento con el presente Libro IV De la Calidad Ambiental y sus Normas Técnicas, previa a la construcción y a la puesta en funcionamiento del proyecto o inicio de la actividad. Art 59.- Plan de Manejo Ambiental.- El plan de manejo ambiental incluirá entre otros un programa de monitoreo y seguimiento que ejecutará el regulado, el programa establecerá los aspectos ambientales, impactos y parámetros de la organización a ser monitoreados, la periodicidad de estos monitoreos, la frecuencia con que se debe reportarse los resultados a la entidad ambiental de control. El plan de manejo ambiental y sus actualizaciones aprobadas tendrán el mismo efecto legal para la actividad que las normas técnicas dictadas bajo el amparo del presente Libro VI De la Calidad Ambiental. Art 60.- Auditoría Ambiental de Cumplimiento: Un año después de entrar en operación la actividad a favor de la cual se aprobó el EIA, el regulado deberá realizar una Auditoría Ambiental de Cumplimiento con su plan de manejo ambiental y con las normativas ambientales vigentes, particularmente del presente reglamento y sus normas técnicas. La Auditoría Ambiental de Cumplimiento con el plan de manejo ambiental y con las normativas ambientales vigentes incluirá la descripción de nuevas actividades de la organización cuando las hubiese y la actualización del plan de manejo ambiental de ser el caso. Art 69.- Permiso de Descargas, Emisiones y vertidos: De verificar la entidad ambiental de control que el Plan de manejo ambiental se ha cumplido con normalidad, extenderá el permiso de descarga, emisiones y vertidos, previo al pago de los derechos fijados para el efecto.

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Art 81.- Reporte Anual: Es deber fundamental del regulado reportar ante la entidad ambiental de control, por lo menos una vez al año; los resultados del monitoreo correspondientes a sus descargas, emisiones y vertidos de acuerdo a lo establecido en su PMA aprobado. Estos reportes permitirán a la entidad ambiental de control de verificar que el regulado se encuentra en cumplimiento o incumplimiento del presente Libro IV de la Calidad ambiental y sus normas técnicas contenidas en los Anexos, así como del Plan de manejo ambiental aprobado por la entidad ambiental de control. Art 92.- Permiso de Descargas y Emisiones: El permiso de descargas, emisiones y vertidos es el instrumento administrativo que faculta a la actividad regulado a realizar sus descargas al ambiente, siempre que estas se encuentren dentro de los parámetros establecidos en las normas técnicas ambientales nacionales o las que dictaren en el cantón y la provincia en le que se encuentren esas actividades. El permiso de descarga, emisiones y vertidos será aplicado a los cuerpos de agua, sistema de alcantarillado, al aire y al suelo.

ReglamentoalaLeydePrevenciónyControldelaContaminaciónAmbiental,enlorelativoalRecursoAgua

Este reglamento se expide mediante Acuerdo No. 2144 del Ministerio de Salud, el 5 de Junio de 1989. Dentro del ámbito de aplicación, el presente reglamento regula las actividades y fuentes que produzcan contaminación del agua, en aplicación de la Ley para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental y del Código de la Salud. La LPCCA en su Art. 16 dice al respecto: “...Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas y técnicas y regulaciones, a las redes de alcantarillado o en quebradas, acequias, ríos, lagos naturales o artificiales, o en aguas marítimas, así como infiltrar en terrenos, las aguas residuales que contengan contaminantes que sean nocivos para la salud humana, a la fauna, a la flora y a las propiedades.” Art. 8 Las aguas residuales, previamente a su descarga, deberán ser tratadas sea cual fuere su origen, público o privado, de conformidad con los usos determinados en este Reglamento y en el Plan Nacional Hidráulico elaborado por el INERHI.

ReglamentoalaLeydePrevenciónyControldelaContaminaciónAmbientalqueestablecelasNormasdeCalidaddelAireysusMétodosdeMedición

Este reglamento se expide mediante Acuerdo Ministerial No. 11338-A del Ministerio de Salud Pública, el 15 de Junio de 1991. El reglamento presenta definiciones generales y establece los estándares para calidad de aire, así como los métodos de medición.

ReglamentoqueestableceNormasdeEmisiónparaFuentesFijasdeCombustiónyMétodosGeneralesdeMedición

Establece los límites permisibles de emisión para fuentes fijas, según el tipo de combustible quemado, además de establecer los métodos a seguir en las mediciones.

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ReglamentoalaLeydePrevenciónyControldelaContaminaciónAmbientalOriginadaporlaEmisióndeRuidos

Este reglamento se expide mediante Acuerdo Ministerial No. 7789 del Ministerio de Salud el 12 de Noviembre de 1990, en uso de las atribuciones que confiere el Art. 12 del Código de Salud y del Art. 10 de la LPCCA. El reglamento tiene por objeto regular las actividades o fuentes que producen ruidos molestos o nocivos susceptibles de contaminar al medio ambiente. El 6 de Agosto de 1998, mediante R.O. No. 377 se expide una reforma a este Reglamento en su Manual Operativo, y además se establece que la responsabilidad por el cumplimiento de este Reglamento se encuentra a cargo del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda en vez del Ministerio de Salud Pública y en reemplazo del IEOS, la Subsecretaría de Saneamiento Ambiental. El reglamento expedido en 1990 establece los Niveles de presión sonora máximos permitidos de acuerdo al tipo de zona, los cuales son reformados en 1998, mediante R.O. No. 377. Sin embargo, el 10 de Junio de 1999, mediante R.O. No. 209 se deroga la reforma de 1998 quedando en vigencia el Reglamento Original.

ReglamentoalaLeydePrevenciónyControldelaContaminaciónAmbiental,enlorelativoalRecursoSuelo

Este reglamento se expide mediante Acuerdo No. 14629 del Ministerio de Salud Pública el 30 de Julio de 1992. El presente reglamento tiene por objeto determinar las medidas de control sobre las actividades que constituyen fuente de deterioro y contaminación del suelo. La LPCCA en su Art. 20 dice al respecto: “...Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, cualquier tipo de contaminantes que puedan alterar la calidad del suelo y afectar la salud humana, la flora, la fauna, los recursos naturales y otros bienes.” Para fines del presente estudio se utilizarán, principalmente: Anexo 1. Norma de Calidad Ambiental y descarga de efluentes: Recurso Agua. Se utilizarán principalmente las Tablas 3 y 11. Estas tablas se utilizarán para comparar la calidad del agua del ambiente y la calidad de descarga del agua residual industrial descarga al sistema alcantarillado

Recurso Agua, Criterios de Calidad admisibles para la preservación de la flora y fauna en aguas dulces, frías o cálidas, y en aguas marinas y de estuario, Libro VI,

Anexo 1, tabla 1, Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente (Ver Tabla 1)

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Tabla 1. Criterios de calidad admisibles para la preservación de la flora y fauna en aguas dulces, frías o cálidas, y en aguas marinas y estuario Fuente: Norma de Calidad Ambiental y de Descargas de Efluentes: Recurso Agua, Libro I, Anexo 1, Texto Unificado de

Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente TULAS

Anexo 3: Norma de emisiones al aire desde fuentes fijas de combustión. Relacionadas principalmente a los generador de Planta eléctrica. 4.1.1.1 Para la aplicación de la presente norma técnica, se definen fuentes fijas significativas y fuentes fijas no significativas, de emisiones al aire por proceso de combustión.

4.1.1.2 Serán designadas como fuentes fijas significativas todas aquellas que utilizan combustibles fósiles sólidos, líquidos, gaseosos, o cualquiera de sus combinaciones, y cuya potencia calorífica (heat input) sea igual o mayor a tres millones de vatios (3 x 106 W), o, diez millones de unidades térmicas británicas por hora (10 x 106 BTU/h).

4.1.1.3 Para las fuentes fijas que se determinen como fuentes significativas, éstas deberán demostrar cumplimiento con los límites máximos permisibles de emisión al aire, definidos en esta norma técnica, en sus Tablas 1 y 2, según se corresponda. Para esto, la fuente deberá efectuar mediciones de la tasa actual de emisión de contaminantes. Si los resultados fuesen superiores a los

Parámetros Expresados Como

Unidad Límite máximo permisible Agua fría dulce Agua cálida dulce Agua marina y de

estuario Clorofenoles mg/l 0,5 0,5 0,5

Bifenilospoliclorados/PCBs

ConcentracióntotaldePCBs.

mg/l 0,001 0,001 0,001

OxígenoDisuelto O.D mg/l Nomenoral80%ynomenora6mg/l

Nomenoral60%ynomenora5mg/l

Nomenoral60%ynomenora5mg/l

Potencialdehidrógeno

Amoniaco

Clororesidual

GrasasyAceites

Manganeso

Materiaflotante

Tensoactivos

Temperatura

Coliformesfecales

pH

NH3

Cl

Sustanciassolublesenhexano

Mn

Visible

Sustanciasactivasalazuldemetileno

°C

Nmp/100ml

mg/l

mg/l

mg/l

mg/l

mg/l

6,5‐9

0,02

0.01

0.3

0.1

Ausencia

0,5

Condicionesnaturales+3.Máxima20

200

6,5‐9

0,02

0.01

0.3

0.1

Ausencia

0,5

Condicionesnaturales+3.Máxima32

200

6,5‐9,5

0,4

0,01

0.3

0,1

Ausencia

0,5

Condicionesnaturales+3.Máxima32

200

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valores máximos permisibles de emisión, la fuente fija deberá entonces establecer los métodos o los equipos de control necesarios para alcanzar cumplimiento con los valores máximos de emisión estipulados en esta norma.

4.1.1.4 Serán designadas como fuentes fijas no significativas todas aquellas que utilizan combustibles fósiles sólidos, líquidos, gaseosos, o cualquiera de sus combinaciones, y cuya potencia calorífica (heat input) sea menor a tres millones de vatios (3 x 106 W), o, diez millones de unidades térmicas británicas por hora (10 x 106 BTU/h). Estas fuentes fijas de combustión no estarán obligadas a efectuar mediciones de sus emisiones actuales, y deberán proceder según se indica en el siguiente artículo.

4.1.1.5 Las fuentes fijas no significativas, aceptadas como tal por parte de la Entidad Ambiental de Control, demostrarán cumplimiento con la normativa mediante alguno de los siguientes métodos: a. El registro interno, y disponible ante la Entidad Ambiental de Control, del seguimiento de las prácticas de mantenimiento de los equipos de combustión, acordes con los programas establecidos por el operador o propietario de la fuente, o recomendados por el fabricante del equipo de combustión; b. resultados de análisis de características físicas y químicas del combustible utilizado, en particular del contenido de azufre y nitrógeno en el mismo; c. la presentación de certificados por parte del fabricante del equipo de combustión en cuanto a la tasa esperada de emisiones de contaminantes, en base a las características del combustible utilizado. d. mediante inspección del nivel de opacidad de los gases de escape de la fuente; e. mediante el uso de altura de chimenea recomendada por las prácticas de ingeniería;

Recurso Aire: desde fuentes fijas de combustión: Límites Máximos Permisibles de Emisiones al Aire para Fuentes de Combustión. Norma para fuentes en Operación antes de Enero 2003, Libro VI, Anexo 3, Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente (Ver tabla 2)

Tabla 2. Límites máximos permisibles de emisiones al aire para fuentes de combustión (Norma para fuentes de operación antes de Enero de 2003)

CONTAMINANTE EMITIDO  COMBUSTIBLE UTILIZADO VALOR UNIDADES  [1] 

Partículas Totales  Sólido 355 mg/Nm3 

  Líquido  [2]

355 mg/Nm3 

  Gaseoso No Aplicable No Aplicable 

Óxidos de Nitrógeno  Sólido 1 100 mg/Nm3 

  Líquido  [2]

700 mg/Nm3 

  Gaseoso 500 mg/Nm3 

Dióxido de Azufre  Sólido 1 650 mg/Nm3 

  Líquido  [2]

1 650 mg/Nm3 

  Gaseoso No Aplicable No Aplicable 

[1] mg/ Nm3: miligramos por metro cúbico de gas, a condiciones normales, mil trece milibares de presión (1013mbar) y temperatura de ° C, en bases secas y corregidas a 7% de oxígeno.

[2] combustibles líquidos comprenden combustibles fósiles líquidos tales como diesel, kerosén, búnker C, petróleo, crudo, naftas

Fuente: Norma de Emisiones al Aire desde Fuentes fijas de combustión Libro VI, Anexo 3 del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente. TULAS

Anexo 5: Límites permisibles de niveles de ruido ambiente para fuentes fijas y fuentes móviles, y para vibraciones. Se utilizará para determinar el nivel de ruido.

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Anexo 6: Norma de calidad ambiental para el manejo y disposición final de desechos sólidos no peligrosos. Se revisará y aplicará esta norma en el ámbito de la generación de desechos domésticos principalmente en la instalación de la planta.

Título V: Reglamento para la prevención y la contaminación ambiental por desechos peligrosos. Se analizará está norma en el ámbito del uso de lubricantes y combustibles, y material contaminado con combustibles y aceites.

Decreto Ejecutivo N° 1040 del 22 de abril de 2008, publicado en el Registro Oficial No. 338 de 8 de mayo de 2008: Mediante el cual se determina los mecanismos de participación pública como: reuniones informativas, talleres de información, campañas de difusión, entrega de documentación informativa sobre el proyecto, difusión a través de página web o instalación de un centro de información pública Reglamento de aplicación de los mecanismos de participación social establecidos en la ley de gestión ambiental. Decreto Ejecutivo 1040, publicado en el registro oficial 332 del 8 de mayo del 2008. Este reglamento regula la aplicación de los artículos 27 y 28 de la Ley de Gestión Ambiental, en consecuencia, sus disposiciones serán los parámetros básicos que deban acatar todas las instituciones del Estado que integran el Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, sus delegatarios y concesionarios. Tienen como finalidad asegurar la aplicación de los mecanismos de participación social. Instructivo al Reglamento de aplicación de los mecanismos de participación social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental. Acuerdo Ministerial 112.

Este instructivo detalla el procedimiento a seguir para la aplicación de la participación social, determina la base de datos de facilitadores y los costos de la aplicación del mecanismo.

ReglamentodePrevenciónyControldelaContaminación

Libro VI “De la calidad Ambiental” Título IV “Reglamento de Prevención y Contaminación y sus Normas Técnicas” Art 43.- Regulados Ambientales: Son personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, nacionales o extranjeras, u organizaciones que a cuenta propia o a través de terceros, realizan en el territorio nacional y de forma regular o accidental, cualquier actividad que tengan el potencial de afectar la calidad de los recursos agua, aire o suelo como resultado de sus acciones u omisiones. Art 57.- Documentos Técnicos: Los estudios ambientales se realizarán en la etapa previa a la ejecución, temporal o definitiva de un proyecto o actividad. Los documentos técnicos o estudios ambientales que serán exigidos por la autoridad son entre otros:

a) Estudios de Impacto Ambiental (EIA), que se realizan previo el inicio de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo establecido en el SUMA.

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b) Auditoría Ambiental (AA), que se realicen durante el ejercicio de la actividad, lo cual incluye la construcción;

c) Plan de Manejo Ambiental (PMA), que se realiza en cualquier etapa del proyecto o actividad.

Art 58.- Estudio de Impacto Ambiental: Toda obra o actividad o proyecto nuevo o ampliaciones o modificaciones de los existentes, emprendidos por cualquier persona natural o jurídica, públicas o privadas, y que pueden potencialmente causar contaminación, deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental, que incluirá un Plan de manejo ambiental, de acuerdo a lo establecido en el sistema único de Manejo Ambiental (SUMA). El EIA deberá demostrar que la actividad en cumplimiento con el presente Libro IV De la Calidad Ambiental y sus Normas Técnicas, previa a la construcción y a la puesta en funcionamiento del proyecto o inicio de la actividad. Art 59.- Plan de Manejo Ambiental.- El plan de manejo ambiental incluirá entre otros un programa de monitoreo y seguimiento que ejecutará el regulado, el programa establecerá los aspectos ambientales, impactos y parámetros de la organización a ser monitoreados, la periodicidad de estos monitoreos, la frecuencia con que se debe reportarse los resultados a la entidad ambiental de control. El plan de manejo ambiental y sus actualizaciones aprobadas tendrán el mismo efecto legal para la actividad que las normas técnicas dictadas bajo el amparo del presente Libro VI De la Calidad Ambiental. Art 60.- Auditoría Ambiental de Cumplimiento: Un año después de entrar en operación la actividad a favor de la cual se aprobó el EIA, el regulado deberá realizar una Auditoría Ambiental de Cumplimiento con su plan de manejo ambiental y con las normativas ambientales vigentes, particularmente del presente reglamento y sus normas técnicas. La Auditoría Ambiental de Cumplimiento con el plan de manejo ambiental y con las normativas ambientales vigentes incluirá la descripción de nuevas actividades de la organización cuando las hubiese y la actualización del plan de manejo ambiental de ser el caso. Art 69.- Permiso de Descargas, Emisiones y vertidos: De verificar la entidad ambiental de control que el Plan de manejo ambiental se ha cumplido con normalidad, extenderá el permiso de descarga, emisiones y vertidos, previo al pago de los derechos fijados para el efecto. Art 81.- Reporte Anual: Es deber fundamental del regulado reportar ante la entidad ambiental de control, por lo menos una vez al año; los resultados del monitoreo correspondientes a sus descargas, emisiones y vertidos de acuerdo a lo establecido en su PMA aprobado. Estos reportes permitirán a la entidad ambiental de control de verificar que el regulado se encuentra en cumplimiento o incumplimiento del presente Libro IV de la Calidad ambiental y sus normas técnicas contenidas en los Anexos, así como del Plan de manejo ambiental aprobado por la entidad ambiental de control. Art 92.- Permiso de Descargas y Emisiones: El permiso de descargas, emisiones y vertidos es el instrumento administrativo que faculta a la actividad regulado a realizar sus descargas al ambiente, siempre que estas se encuentren dentro de los parámetros establecidos en las normas técnicas ambientales nacionales o las que dictaren en el cantón y la provincia en le que se encuentren esas actividades. El permiso de descarga, emisiones y vertidos será aplicado a los cuerpos de agua, sistema de alcantarillado, al aire y al suelo.

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REGLAMENTODESEGURIDADYSALUDDELOSTRABAJADORESYMEJORAMINETODELMEDIOAMBIENTEDETRABAJO.

Título I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.- Las disposiciones del presente Reglamento se aplicarán a toda actividad laboral y en todo centro de trabajo, teniendo como objetivo la prevención, disminución o eliminación de los riesgos del trabajo y el mejoramiento del medio ambiente de trabajo. Art. 13.- OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES.

1. Participar en el control de desastres, prevención de riesgos y mantenimiento de la higiene

en los locales de trabajo cumpliendo las normas vigentes.

2. Asistir a los cursos sobre control de desastres, prevención de riesgos, salvamento y socorrismo programados por la empresa u organismos especializados del sector público.

3. Usar correctamente los medios de protección personal y colectiva proporcionados por la empresa y cuidar de su conservación.

4. Informar al empleador de las averías y riesgos que puedan ocasionar accidentes de trabajo. Si

éste no adoptase las medidas pertinentes, comunicar a la Autoridad Laboral competente a fin de que adopte las medidas adecuadas y oportunas.

5. Cuidar de su higiene personal, para prevenir al contagio de enfermedades y someterse a los

reconocimientos médicos periódicos programados por la empresa.

6. No introducir bebidas alcohólicas ni otras substancias tóxicas a los centros de trabajo, ni presentarse o permanecer en los mismos en estado de embriaguez o bajo los efectos de dichas substancias.

7. Colaborar en la investigación de los accidentes que hayan presenciado o de los que tengan conocimiento.

8. (Agregado por el Art. 4 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Acatar en concordancia con el Art. 11, numeral siete del presente Reglamento las indicaciones contenidas en los dictámenes emitidos por la Comisión de Evaluación de las Incapacidades del IESS, sobre cambio temporal o definitivo en las tareas o actividades que pueden agravar las lesiones o enfermedades adquiridas dentro de la propia empresa, o anteriormente.

CONDICIONES GENERALES DE LOS CENTROS DE TRABAJO Capítulo I SEGURIDAD EN EL PROYECTO

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Art. 18.- La construcción, reforma o modificación sustancial que se realicen en el futuro de cualquier centro de trabajo, deberá acomodarse a las prescripciones de la Ley y del presente Reglamento. Los Municipios de la República, al aprobar los planos, deberán exigir que se cumpla con tales disposiciones. Art. 19.- El Comité Interinstitucional coordinará con los Municipios la aplicación de las normas legales y reglamentarias . Art. 20.- Los Municipios comunicarán al Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos las resoluciones mediante las cuales hubiese negado la aprobación de planos de centros de trabajo. Capítulo II EDIFICIOS Y LOCALES Art. 21.- SEGURIDAD ESTRUCTURAL. 1. Todos los edificios, tanto permanentes como provisionales, serán de construcción sólida, para evitar riesgos de desplome y los derivados de los agentes atmosféricos. 2. Los cimientos, pisos y demás elementos de los edificios ofrecerán resistencia suficiente para sostener con seguridad las cargas a que serán sometidos. 3. En los locales que deban sostener pesos importantes, se indicará por medio de rótulos o inscripciones visibles, las cargas máximas que puedan soportar o suspender, prohibiéndose expresamente el sobrepasar tales límites. Art. 27.- ESCALERAS FIJAS DE SERVICIO DE MÁQUINAS E INSTALACIONES. 1. Las partes metálicas de las escaleras serán de acero, hierro forjado, fundición maleable u otro material equivalente y estarán adosadas sólidamente a los edificios, depósitos, máquinas o elementos que las precisen. 2. En las escaleras fijas la distancia entre el frente de los escalones y las paredes más próximas al lado de ascenso, será por lo menos de 750 milímetros. La distancia entre la parte posterior de los escalones y el objeto fijo más próximo será por lo menos de 160 milímetros. Habrá un espacio libre de 500 milímetros a ambos lados del eje de la escalera, si no está provisto de áreas metálicas protectoras u otros dispositivos equivalentes. 3. Si se emplean escaleras fijas para alturas mayores de 7 metros se instalarán plataformas de descanso cada 7 metros o fracción. Estarán provistas de aros metálicos protectores, con separación máxima de 500 milímetros, o bien dispositivos anticaídas, siendo la distancia máxima de caída libre de un metro. 4. Los asideros verticales de las escaleras fijas deben extenderse hasta un metro por encima del punto superior a que se apliquen, o tener a la misma altura un asidero adicional adecuado de modo que los usuarios de la escalera encuentren el apoyo suficiente. Los peldaños de la escalera no rebasarán el descanso superior. Art. 34.- LIMPIEZA DE LOCALES. 1. Los locales de trabajo y dependencias anexas deberán mantenerse siempre en buen estado de limpieza.

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2. En los locales susceptibles de que se produzca polvo, la limpieza se efectuará preferentemente por medios húmedos o mediante aspiración en seco, cuando aquélla no fuera posible o resultare peligrosa. 3. Todos los locales deberán limpiarse perfectamente, fuera de las horas de trabajo, con la antelación precisa para que puedan ser ventilados durante media hora, al menos, antes de la entrada al trabajo. 4. Cuando el trabajo sea continuo, se extremarán las precauciones para evitar los efectos desagradables o nocivos del polvo o residuos, así como los entorpecimientos que la misma limpieza pueda causar en el trabajo. 5. Las operaciones de limpieza se realizarán con mayor esmero en las inmediaciones de los lugares ocupados por máquinas, aparatos o dispositivos, cuya utilización ofrezca mayor peligro. El pavimento no estará encharcado y se conservará limpio de aceite, grasa y otras materias resbaladizas. 6. Los aparatos, máquinas, instalaciones, herramientas e instrumentos, deberán mantenerse siempre en buen estado de limpieza. 7. Se evacuarán los residuos de materias primas o de fabricación, bien directamente por medio de tuberías o acumulándolos en recipientes adecuados que serán incombustibles y cerrados con tapa si los residuos resultan molestos o fácilmente combustibles. 8. Igualmente, se eliminarán las aguas residuales y las emanaciones molestas o peligrosas por procedimientos eficaces. 9. Como líquido de limpieza o desengrasado se emplearán preferentemente detergentes. En los casos que sea imprescindible limpiar o desengrasar con gasolina y otros derivados del petróleo, se extremarán las medidas de prevención de incendios. 10. La limpieza de ventanas y tragaluces se efectuará, con la regularidad e intensidad necesaria. 11. Para las operaciones de limpieza se dotará al personal de herramientas y ropa de trabajo adecuadas y, en su caso, equipo de protección personal.  

Art. 41.- SERVICIOS HIGIÉNICOS.- El número de elementos necesarios para el aseo personal, debidamente separados por sexos, se ajustará en cada centro de trabajo a lo establecido en la siguiente tabla: Elementos Relación por número de trabajadores Excusados 1 por cada 25 varones o fracción 1 por cada 15 mujeres o fracción Urinarios 1 por cada 25 varones o fracción Duchas 1 por cada 30 varones o fracción 1 por cada 30 mujeres o fracción Lavabos 1 por cada 10 trabajadores o fracción

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Art. 46. SERVICIOS DE PRIMEROS AUXILIOS.- Todos los centros de trabajo dispondrán de un botiquín de emergencia para la prestación de primeros auxilios a los trabajadores durante la jornada de trabajo. Si el centro tuviera 25 o más trabajadores simultáneos, dispondrá además, de un local destinado a enfermería. El empleador garantizará el buen funcionamiento de estos servicios, debiendo proveer de entrenamiento necesario a fin de que por lo menos un trabajador de cada turno tenga conocimientos de primeros auxilios. Capítulo V MEDIO AMBIENTE Y RIESGOS LABORALES POR FACTORES FÍSICOS, QUÍMICOS Y BIOLÓGICOS Art. 53. CONDICIONES GENERALES AMBIENTALES: VENTILACIÓN, TEMPERATURA Y HUMEDAD. 1. En los locales de trabajo y sus anexos se procurará mantener, por medios naturales o artificiales, condiciones atmosféricas que aseguren un ambiente cómodo y saludable para los trabajadores. 2. En los locales de trabajo cerrados el suministro de aire fresco y limpio por hora y trabajador será por lo menos de 30 metros cúbicos, salvo que se efectúe una renovación total del aire no inferior a 6 veces por hora. 3. La circulación de aire en locales cerrados se procurará acondicionar de modo que los trabajadores no estén expuestos a corrientes molestas y que la velocidad no sea superior a 15 metros por minuto a temperatura normal, ni de 45 metros por minuto en ambientes calurosos. 4. En los procesos industriales donde existan o se liberen contaminantes físicos, químicos o biológicos, la prevención de riesgos para la salud se realizará evitando en primer lugar su generación, su emisión en segundo lugar, y como tercera acción su transmisión, y sólo cuando resultaren técnicamente imposibles las acciones precedentes, se utilizarán los medios de protección personal, o la exposición limitada a los efectos del contaminante. 5. (Reformado por el Art. 26 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Se fijan como límites normales de temperatura oC de bulbo seco y húmedo aquellas que en el gráfico de confort térmico indiquen una sensación confortable; se deberá condicionar los locales de trabajo dentro de tales límites, siempre que el proceso de fabricación y demás condiciones lo permitan. 6. En los centros de trabajo expuestos a altas y bajas temperaturas se procurará evitar las variaciones bruscas. 7. En los trabajos que se realicen en locales cerrados con exceso de frío o calor se limitará la permanencia de los operarios estableciendo los turnos adecuados. 8. (Reformado por el Art. 27 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Las instalaciones generadoras de calor o frío se situarán siempre que el proceso lo permita con la debida separación de los locales de trabajo, para evitar en ellos peligros de incendio o explosión, desprendimiento de gases nocivos y radiaciones directas de calor, frío y corrientes de aire perjudiciales para la salud de los trabajadores.

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Art. 54. CALOR. 1. En aquellos ambientes de trabajo donde por sus instalaciones o procesos se origine calor, se procurará evitar el superar los valores máximos establecidos en el numeral 5 del artículo anterior. 2. Cuando se superen dichos valores por el proceso tecnológico, o circunstancias ambientales, se recomienda uno de los métodos de protección según el caso: a) Aislamiento de la fuente con materiales aislantes de características técnicas apropiadas para reducir el efecto calorífico. b) Apantallamiento de la fuente instalando entre dicha fuente y el trabajador pantallas de materiales reflectantes y absorbentes del calor según los casos, o cortinas de aire no incidentes sobre el trabajador. Si la visibilidad de la operación no puede ser interrumpida serán provistas ventanas de observación con vidrios especiales, reflectantes de calor. c) Alejamiento de los puestos de trabajo cuando ello fuere posible. d) Cabinas de aire acondicionado e) (Reformado por el Art. 29 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Se regularán los períodos de actividad, de conformidad al (TGBH), índice de temperatura de Globo y Bulbo Húmedo, cargas de trabajo (liviana, moderada, pesada), conforme al siguiente cuadro: Art. 55. RUIDOS Y VIBRACIONES. 1. La prevención de riesgos por ruidos y vibraciones se efectuará aplicando la metodología expresada en el apartado 4 del artículo 53. 2. El anclaje de máquinas y aparatos que produzcan ruidos o vibraciones se efectuará con las técnicas que permitan lograr su óptimo equilibrio estático y dinámico, aislamiento de la estructura o empleo de soportes antivibratorios. 3. Las máquinas que produzcan ruidos o vibraciones se ubicarán en recintos aislados si el proceso de fabricación lo permite, y serán objeto de un programa de mantenimiento adecuado que aminore en lo posible la emisión de tales contaminantes físicos. 4. (Reformado por el Art. 31 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Se prohíbe instalar máquinas o aparatos que produzcan ruidos o vibraciones, adosados a paredes o columnas excluyéndose los dispositivos de alarma o señales acústicas. 5. (Reformado por el Art. 32 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Los conductos con circulación forzada de gases, líquidos o sólidos en suspensión, especialmente cuando estén conectados directamente a máquinas que tengan partes en movimiento siempre y cuando contribuyan notablemente al incremento de ruido y vibraciones, estarán provistos de dispositivos que impidan la transmisión de las vibraciones que generan aquéllas mediante materiales absorbentes en sus anclajes y en las partes de su recorrido que atraviesen muros o tabiques.

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6. (Reformado por el Art. 33 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Se fija como límite máximo de presión sonora el de 85 decibeles escala A del sonómetro, medidos en el lugar en donde el trabajador mantiene habitualmente la cabeza, para el caso de ruido continuo con 8 horas de trabajo. No obstante, los puestos de trabajo que demanden fundamentalmente actividad intelectual, o tarea de regulación o de vigilancia, concentración o cálculo, no excederán de 70 decibeles de ruido. 7. (Reformado por el Art. 34 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Para el caso de ruido continuo, los niveles sonoros, medidos en decibeles con el filtro "A" en posición lenta, que se permitirán, estarán relacionados con el tiempo de exposición según la siguiente tabla: Nivel sonoro Tiempo de exposición /dB (A-lento) por jornada/hora 85 8 90 4 95 2 100 1 110 0.25 115 0.125 Los distintos niveles sonoros y sus correspondientes tiempos de exposición permitidos señalados, corresponden a exposiciones continuas equivalentes en que la dosis de ruido diaria (D) es igual a 1. En el caso de exposición intermitente a ruido continuo, debe considerarse el efecto combinado de aquellos niveles sonoros que son iguales o que excedan de 85 dB (A). Para tal efecto la Dosis de Ruido Diaria (D) se calcula de acuerdo a la siguiente fórmula y no debe ser mayor de 1: D = C1 + C2 + Cn__ T1 T2 Tn C = Tiempo total de exposición a un nivel sonoro específico. T = Tiempo total permitido a ese nivel. En ningún caso se permitirá sobrepasar el nivel de 115 dB (A) cualquiera que sea el tipo de trabajo. RUIDO DE IMPACTO.- Se considera ruido de impacto a aquel cuya frecuencia de impulso no sobrepasa de un impacto por segundo y aquel cuya frecuencia sea superior, se considera continuo. Los niveles de presión sonora máxima de exposición por jornada de trabajo de 8 horas dependerán del número total de impactos en dicho período de acuerdo con la siguiente tabla: Número de impulsos o impacto Nivel de presión por jornada de 8 horas sonora máxima (dB) 100 140 500 135 1000 130 5000 125 10000 120

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Los trabajadores sometidos a tales condiciones deben ser anualmente objeto de estudio y control audiométrico. 8. (Agregado inc. 2 por el Art. 30 del D.E. 4217, R.O. R.O. 997, 10-VIII-88) Las máquinas-herramientas que originen vibraciones tales como martillos neumáticos, apisonadoras, remachadoras, compactadoras y vibradoras o similares, deberán estar provistas de dispositivos amortiguadores y al personal que los utilice se les proveerá de equipo de protección anti vibratorio. Los trabajadores sometidos a tales condiciones deben ser anualmente objeto de estudio y control audiométrico. 9. (Reformado por el Art. 35, y agregado inc. 2 por el Art. 30 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Los equipos pesados como tractores, traíllas, excavadoras o análogas que produzcan vibraciones, estarán provistas de asientos con amortiguadores y suficiente apoyo para la espalda. Los trabajadores sometidos a tales condiciones deben ser anualmente objeto de estudio y control audiométrico. Art. 56. ILUMINACIÓN, NIVELES MÍNIMOS. 1. Todos los lugares de trabajo y tránsito deberán estar dotados de suficiente iluminación natural o artificial, para que el trabajador pueda efectuar sus labores con seguridad y sin daño para los ojos. Los niveles mínimos de iluminación se calcularán en base a la siguiente tabla: NIVELES DE ILUMINACIÓN MÍNIMA PARA TRABAJOS ESPECÍFICOS Y SIMILARES ILUMINACIÓN ACTIVIDADES MÍNIMA 20 luxes Pasillos, patios y lugares de paso.

50 luxes Operaciones en las que la distinción no sea esencial como manejo de materias, desechos de mercancías, embalaje, servicios higiénicos.

100 luxes Cuando sea necesaria una ligera distinción de detalles como:

fabricación de productos de hierro y acero, taller de textiles y de industria manufacturera, salas de máquinas y calderos, ascensores.

200 luxes Si es esencial una distinción moderada de detalles, tales como:

talleres de metal mecánica, costura, industria de conserva, imprentas.

300 luxes Siempre que sea esencial la distinción media de detalles, tales

como: trabajos de montaje, pintura a pistola, tipografía, contabilidad, taquigrafía.

500 luxes Trabajos en que sea indispensable una fina distinción de

detalles, bajo condiciones de contraste, tales como: corrección de pruebas,

Fresado y torneado, dibujo.

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1000 luxes Trabajos en que exijan una distinción extremadamente fina o

bajo condiciones de contraste difíciles, tales como: trabajos con colores o artísticos, inspección delicada, montajes de precisión electrónicos, relojería.

2. Los valores especificados se refieren a los respectivos planos de operación de las máquinas o herramientas, y habida cuenta de que los factores de deslumbramiento y uniformidad resulten aceptables. 3. Se realizará una limpieza periódica y la renovación, en caso necesario, de las superficies iluminantes para asegurar su constante transparencia. Art. 61. RADIACIONES ULTRAVIOLETAS. 1. Señalización del riesgo e instrucción a los trabajadores. En los lugares de trabajo donde se efectúen operaciones que originen radiaciones ultravioletas, se señalará convenientemente la existencia de este riesgo. Los trabajadores a él sometidos serán especialmente instruidos en forma verbal y escrita sobre el peligro y las medidas de protección. 2. Apantallamiento de la fuente de radiación En las operaciones en que se produzcan emisiones de radiación ultravioleta se tomarán las precauciones necesarias para evitar su difusión, mediante la colocación de pantallas absorbentes o reflectantes, entre la fuente de emisión y/o los puestos de trabajo. La superficie de la fuente emisora de radiaciones ultravioletas se limitará al mínimo indispensable. Art. 62. RADIACIONES IONIZANTES.- Se consideran radiaciones ionizantes capaces de producir directa o indirectamente iones a su paso por la materia. 1. Solamente las personas que están debidamente autorizadas mediante licencia concedida por la Comisión Ecuatoriana de Energía Atómica pueden trabajar en las áreas de radiaciones. 2. Se prohíbe a los menores de 18 años y mujeres gestantes, realizar cualquier tipo de trabajo sometido al riesgo de exposición a las radiaciones ionizantes. 3. Todas las personas e instituciones que trabajan con radiaciones ionizantes están obligadas a cumplir con el Reglamento de Seguridad Radiológica y los que sobre la materia dictare la Comisión Ecuatoriana de Energía Atómica. 4. Las dosis máximas permisibles de radiaciones ionizantes son las que se indican en el Reglamento de Seguridad Radiológica. 5. Todos los trabajadores expuestos a radiaciones ionizantes deberán ser informados de los riesgos que entrañan para su salud y de las precauciones que deban adoptarse. 6. El patrono está obligado a solicitar a la Comisión Ecuatoriana de Energía Atómica las inspecciones de reconocimiento periódicos de sus equipos, instalaciones y contenedores de material radioactivo, así como dar un mantenimiento preventivo a sus equipos. Asimismo está obligado a llevar un registro de las cantidades de material radioactivo utilizado en la empresa y se proveerá de un cementerio de desechos radioactivos en general.

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7. Toda área donde se genere o emita radiación, al igual que todo envase de material radioactivo, deberá estar debidamente etiquetado con el símbolo de radiación, con la identificación del radioelemento y con la fecha en la que se determinó su actividad inicial. 8. Toda persona que ingrese a un puesto de trabajo sometido a riesgo de radiaciones ionizantes se someterá a un examen médico apropiado. Periódicamente los trabajadores expuestos a radiaciones ionizantes deberán someterse a exámenes médicos específicos. También se efectuarán reconocimientos médicos cuando sufran una sobredosis a estas radiaciones. Art. 63. SUSTANCIAS CORROSIVAS, IRRITANTES Y TÓXICAS. PRECAUCIONES GENERALES. 1. Instrucción a los trabajadores. Los trabajadores empleados en procesos industriales sometidos a la acción de sustancias que impliquen riesgos especiales, serán instruidos teórica y prácticamente. a) De los riesgos que el trabajo presente para la salud. b) De los métodos y técnicas de operación que ofrezcan mejores condiciones de seguridad. c) De las precauciones a adoptar razones que las motivan. d) De la necesidad de cumplir las prescripciones médicas y técnicas determinadas para un trabajo seguro. Estas normas serán expuestas en un lugar visible. 2. Substancias corrosivas En los locales de trabajo donde se empleen sustancias o vapores de índole corrosivo, se protegerán y vigilarán las instalaciones y equipos contra el efecto, de tal forma que no se derive ningún riesgo para la salud de los trabajadores. Art. 66. DE LOS RIESGOS BIOLÓGICOS. 1. En aquellos trabajos en que se manipulen microorganismos o sustancias de origen animal o vegetal susceptibles de transmitir enfermedades infecto contagiosas, se aplicarán medidas de higiene personal y desinfección de los puestos de trabajo, dotándose al personal de los medios de protección necesarios. Se efectuarán reconocimientos médicos específicos de forma periódica. En su caso, se utilizará la vacunación preventiva. 2. Todo trabajador expuesto a virus, hongos, bacterias, insectos, ofidios, microorganismos, etc., nocivos para la salud, deberán ser protegidos en la forma indicada por la ciencia médica y la técnica en general. Respecto a la provisión de suero antiofídico, se aplicará lo dispuesto en el Art. 424 (435) del Código del Trabajo. 3. Se evitará la acumulación de materias orgánicas en estado de putrefacción. Igualmente deberán mantenerse libres de insectos y roedores los medios de transporte, las industrias, talleres, almacenes, comercios, centros de trabajo, viviendas y locales de reunión, sus instalaciones y alrededores. Art. 67. VERTIDOS, DESECHOS Y CONTAMINACIÓN AMBIENTAL.- La eliminación de desechos sólidos, líquidos o gaseosos se efectuará con estricto cumplimiento de lo dispuesto en la legislación sobre contaminación del medio ambiente. Todos los miembros del Comité

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Interinstitucional de Seguridad e Higiene del Trabajo velarán por su cumplimiento y cuando observaren cualquier contravención, lo comunicarán a las autoridades competentes. Art. 68. ALIMENTACIÓN E INDUSTRIAS ALIMENTICIAS.- Cualquier funcionario o trabajador denunciará ante las autoridades competentes las irregularidades que, en materia de elaboración de productos alimenticios, llegue a observar durante la realización de sus funciones específicas. Capítulo VI FRÍO INDUSTRIAL Art. 69. LOCALES. 1. Los locales de trabajo en que se produzca frío industrial y en que haya peligro de desprendimiento de gases nocivos o combustibles, deberán estar separados de manera que se permita su aislamiento en caso necesario. Estarán dotados de dispositivos que detecten y avisen las fugas y escapes de dichos gases y provistos de un sistema de ventilación que permita su rápida evacuación al exterior. 2. Cuando se produzca escapes de gases, una vez desalojado el local por el personal, deberán aislarse los locales inmediatos, poniendo en servicio el sistema de ventilación adecuado. Art. 70. EQUIPOS. 1. Antes de realizar la apertura de algún elemento del circuito frigorífico, se verificará que el refrigerante ha sido previamente bombeado al depósito. Se comprobará igualmente que la presión en el interior del circuito es inferior o igual a la atmósfera, mediante un manómetro de alta sensibilidad. 2. Las válvulas, elementos de seguridad, dispositivos automáticos de control, relés, reóstatos, termostatos, etc., serán revisados periódicamente y se mantendrán en buen uso. 3. Los condensadores de refrigeración por agua, se limpiarán periódicamente al objeto de eliminar depósitos residuales o incrustaciones. 4. Los operarios de instalaciones frigoríficas deberán ser instruidos convenientemente en el funcionamiento de la instalación, sus riesgos, medios de protección y conducta a seguir en caso de accidente. Art. 71. CÁMARAS FRIGORÍFICAS. 1. (Reformado por el Art. 45 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Las puertas de las cámaras frigoríficas llevarán dispositivos de cierre que permitan abrirlas fácilmente desde dentro. Existirá una señal luminosa activada únicamente desde su interior que indique la existencia de personas en la cámara. 2. Las cámaras que funcionen a temperatura bajo cero dispondrán junto a la puerta y por su parte interior, de dispositivos de llamada, tales como: timbre, sirena, teléfono, uno de ellos no accionado eléctricamente, alumbrado con una luz piloto y en forma que se impida la formación de hielo sobre aquél. Esta luz piloto estará encendida siempre que estén cerradas las puertas. 3. Las luces de señalización tendrán una doble alimentación eléctrica a la red general y a la red de alumbrado de emergencia respectivamente.

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Art. 72. EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL. 1. En toda instalación frigorífica industrial se dispondrá de aparatos protectores respiratorios contra escapes de gases, eligiéndose el tipo de éstos de acuerdo con la naturaleza de los mismos. 2. Las instalaciones frigoríficas que utilicen amoníaco, anhídrido sulfuroso, cloruro de metilo u otros agentes nocivos para la vista, dispondrán de máscaras respiratorias que protejan los ojos, de no llevar incorporada la protección ocular, gafas de ajuste hermético. 3. Las instalaciones a base de anhídrido carbónico, dispondrán de aparatos respiratorios autónomos de aire y oxígeno cerrado, quedando prohibido los de tipo filtrante. 4. Los aparatos respiratorios y las gafas, se emplearán cuando sea ineludible penetrar en el lugar donde se produjeran escapes peligrosos de gas y en los trabajos de reparaciones, cambio de elementos de la instalación, carga, etc. 5. Los aparatos respiratorios deberán conservarse en perfecto estado y en forma y lugar adecuado fácilmente accesible en caso de accidente. Periódicamente se comprobará su estado de eficacia, ejercitando al personal en su empleo. 6. Al personal que deba permanecer prolongadamente en los locales con temperaturas bajas, cámaras y depósitos frigoríficos se les proveerá de prendas de abrigo adecuadas, gorros y calzado de cuero de suela aislante, así como de cualquier otra protección necesaria a tal fin. 7. A los trabajadores que deban manejar llaves, grifos, etc., o cuyas manos entren en contacto con sustancias muy frías, se les facilitarán guantes o manoplas de materias aislantes del frío. Título III APARATOS, MÁQUINAS Y HERRAMIENTAS Capítulo I INSTALACIONES DE MÁQUINAS FIJAS Art. 73. UBICACIÓN.- En la instalación de máquinas fijas se observarán las siguientes normas: 1. Las máquinas estarán situadas en áreas de amplitud suficiente que permita su correcto montaje y una ejecución segura de las operaciones. 2. Se ubicarán sobre suelos o pisos de resistencia suficiente para soportar las cargas estáticas y dinámicas previsibles. Su anclaje será tal que asegure la estabilidad de la máquina y que las vibraciones que puedan producirse no afecten a la estructura del edificio, ni importen riesgos para los trabajadores. 3. Las máquinas que, por la naturaleza de las operaciones que realizan, sean fuente de riesgo para la salud, se protegerán debidamente para evitarlos o reducirlos. Si ello no es posible, se instalarán en lugares aislantes o apartados del resto del proceso productivo.

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Capítulo II PROTECCIÓN DE MÁQUINAS FIJAS Art. 76. INSTALACIÓN DE RESGUARDOS Y DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD.- Todas las partes fijas o móviles de motores, órganos de transmisión y máquinas, agresivos por acción atrapante, cortante, lacerante, punzante, prensante, abrasiva y proyectiva en que resulte técnica y funcionalmente posible, serán eficazmente protegidos mediante resguardos u otros dispositivos de seguridad. Los resguardos o dispositivos de seguridad de las máquinas, únicamente podrán ser retirados para realizar las operaciones de mantenimiento o reparación que así lo requieran, y una vez terminadas tales operaciones, serán inmediatamente repuestos. Art. 77. CARACTERÍSTICAS DE LOS RESGUARDOS DE MÁQUINAS. 1. Los resguardos deberán ser diseñados, construidos y usados de manera que: a) Suministren una protección eficaz. b) Prevengan todo acceso a la zona de peligro durante las operaciones. c) No ocasionen inconvenientes ni molestias al operario. d) No interfieran innecesariamente la producción. e) Constituyan preferentemente parte integrante de la máquina. f) Estén construidos de material metálico o resistente al impacto a que puedan estar sometidos. g) No constituyan un riesgo en sí. h) Estén fuertemente fijados a la máquina, piso o techo, sin perjuicio de la movilidad necesaria para labores de mantenimiento o reparación Art. 78. ABERTURAS DE LOS RESGUARDOS.- Las aberturas de los resguardos estarán en función de la distancia de éstos a la línea de peligro; de conformidad con la siguiente tabla: DISTANCIA ABERTURA Hasta 100 mm .......................... 6 mm. De 100 a 380 mm .................... 20 mm. De 380 a 750 mm .................... 50 mm. Más de 750 mm ..................... 150 mm. Art. 79. DIMENSIONES DE LOS RESGUARDOS.- Los resguardos tendrán dimensiones acordes con las de los elementos a proteger. En aquellos casos en que las circunstancias así lo requieran, asegurarán una protección eficaz de los elementos móviles peligrosos, hasta una altura mínima de 2,50 metros sobre el suelo o plataforma de trabajo. Siempre que sea factible y no exponga partes móviles, se dejará un espacio libre entre el piso o plataforma de trabajo y los resguardos, no superior a 150 milímetros, para que dichos resguardos no interfieran la limpieza alrededor de las máquinas.

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Art. 80. INTERCONEXIÓN DE LOS RESGUARDOS Y LOS SISTEMAS DE MANDO.- Las máquinas cuyo manejo implique un grave riesgo, deberán estar provistas de un sistema de bloqueo o enclavamiento que interconexiones a los resguardos y los sistemas de mando o el circuito eléctrico de maniobra, de forma que impida el funcionamiento de la máquina cuando aquéllos no estén en su lugar. En los casos en que no fuera posible la interconexión, se colocarán los resguardos de forma que el empleo de la máquina resulte incómodo si el resguardo no está debidamente colocado. Capítulo VI HERRAMIENTAS MANUALES Art. 95. NORMAS GENERALES Y UTILIZACIÓN. 1. Las herramientas de mano estarán construidas con materiales resistentes, serán las más apropiadas por sus características y tamaño para la operación a realizar, y no tendrán defectos ni desgastes que dificulten su correcta utilización. 2. La unión entre sus elementos será firme, para quitar cualquier rotura o proyección de los mismos. 3. Los mangos o empuñaduras serán de dimensión adecuada, no tendrán bordes agudos ni superficies resbaladizas y serán aislantes en caso necesario. Estarán sólidamente fijados a la herramienta, sin que sobresalga ningún perno, clavo o elemento de unión, y en ningún caso, presentarán aristas o superficies cortantes. 4. Las partes cortantes o punzantes se mantendrán debidamente afiladas. 5. Toda herramienta manual se mantendrá en perfecto estado de conservación. Cuando se observen rebabas, fisuras u otros desperfectos deberán ser corregidos, o, si ello no es posible, se desechará la herramienta. 6. Durante su uso estarán libres de grasas, aceites u otras sustancias deslizantes. Capítulo VII MANIPULACIÓN, ALMACENAMIENTO Y TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS Art. 135. MANIPULACIÓN DE MATERIALES PELIGROSOS.- Para la manipulación de materiales peligrosos, el encargado de la operación será informado por la empresa y por escrito de lo siguiente: 1. La naturaleza de los riesgos presentados por los materiales, así como las medidas de seguridad para evitarlos. 2. Las medidas que se deban adoptar en el caso de contacto con la piel, inhalación e ingestión de dichas sustancias o productos que pudieran desprenderse de ellas. 3. Las acciones que deben tomarse en caso de incendio y, en particular, los medios de extinción que se deban emplear. 4. Las normas que se hayan de adoptar en caso de rotura o deterioro de los envases o de los materiales peligrosos manipulados.

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Art. 136. ALMACENAMIENTO, MANIPULACIÓN Y TRABAJOS EN DEPÓSITOS DE MATERIALES INFLAMABLES. 1. Los productos y materiales inflamables se almacenarán en locales distintos a los de trabajo, y si no fuera posible, en recintos completamente aislados. En los puestos o lugares de trabajo sólo se depositará la cantidad estrictamente necesaria para el proceso de fabricación. 2. (Reformado por el Art. 51 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Antes de almacenar sustancias inflamables se comprobará que su temperatura no rebase el nivel de seguridad efectuando los controles periódicos mediante aparatos de evaluación de las atmósferas inflamables. 3. El llenado de los depósitos de líquidos inflamables se efectuará lentamente y evitando la caída libre desde orificios de la parte superior, para evitar la mezcla de aire con los vapores explosivos. 4. Las tuberías y bombas de trasvase deben estar dotadas de puestas a tierra durante las operaciones de llenado y vaciado de los depósitos de líquidos inflamables. 5. Los recipientes de líquidos o sustancias inflamables se rotularán indicando su contenido, peligrosidad y precauciones necesarias para su empleo. 6. Con anterioridad al almacenamiento de productos inflamables envasados, se comprobará el cierre hermético de los envases y si han sufrido deterioro o rotura. 7. El envasado y embalaje de sustancias inflamables se efectuará siempre con las precauciones y equipo personal de protección adecuado en cada caso. 8. En los locales cerrados, en los que se almacenan o manipulan materias inflamables, estará prohibido fumar, así como llevar cualquier objeto o prenda que pudiera producir chispa o llama. 9. Todos los trabajos de limpieza y reparación de tanques o depósitos que hayan contenido fluidos combustibles, se realizarán en presencia del técnico de seguridad o, en su defecto, de una persona calificada designada por la dirección. 12 Antes de dar por terminado un trabajo en un depósito de combustible, se dará el visto bueno por la persona encargada de dirigirlo. 13. Previamente a la iniciación de los trabajos en el interior de tanques, deberán ser eliminados los residuos combustibles y comprobados los niveles de explosividad, cantidad de oxígeno en la atmósfera y la ausencia de sustancias tóxicas en concentraciones superiores a las permisibles. 14. Para trabajos que impliquen el uso de herramientas eléctricas o alumbrado, se considerarán los tanques de combustible como local húmedo y con riesgo de explosión. 15. Durante todo el tiempo que algún operario esté trabajando en el interior de un depósito, permanecerá un ayudante en el exterior pendiente y dispuesto a auxiliarle, para lo cual deberá ir amarrado a una cuerda, cuyo extremo será sujeto por el operario del exterior. 16. (Reformado por el Art. 53 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Los operarios utilizarán botas cerradas con suela que no presente superficie lisa, puntera reforzada para evitar golpes y sin partes metálicas para impedir la producción de chispas.

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17. El acoplamiento y desacoplamiento de mangueras, así como todas las operaciones de almacenamiento y trasvase, serán realizadas de forma que no se produzcan derrames de combustibles. 18. Para la realización de trabajos en el interior de tanques, será obligatoria una autorización escrita de entrada, en la que se especifiquen las operaciones y precauciones a observar. 19. Antes de entrar en los tanques, la presión del recipiente deberá ser igualada a la presión atmosférica, comprobándose debidamente esta condición. 20. Previamente al comienzo de los trabajos deberá ser efectuado el bloqueo del tanque. Esta operación comprenderá la desconexión de conducciones de combustible e instalaciones auxiliares. En el supuesto de que el bloqueo se efectuase mediante válvula, se adoptarán las medidas necesarias para que una vez cerradas éstas no se originen perturbaciones por aperturas intempestivas, para lo cual se encargará a un operario suficientemente adiestrado, de la vigilancia mientras duren las operaciones. Art. 137. TANQUES PARA ALMACENAR FLUIDOS PELIGROSOS NO INFLAMABLES. 1. Los tanques para almacenar fluidos peligrosos no inflamables, deberán estar: a) Separados del suelo mediante estructuras o bases sólidas y convenientemente alejados de las demás instalaciones. b) Rodeados de foso, depósito, colector o depresión de terreno, de suficiente capacidad para recoger el contenido del tanque de mayor volumen en caso de rotura. c) Cubiertos con pintura protectora adecuada para evitar la corrosión. d) Provistos de escalera o gradas permanentes, para su revisión y mantenimiento, si las circunstancias así lo requieren. e) Dotados de entrada, con diámetro suficiente que permita el paso del operario y su equipo de protección, en caso de necesitar revisiones o limpieza periódicas. 2. Los tanques instalados bajo el nivel del terreno cumplirán las siguientes condiciones: a) Los fosos estarán construidos con materiales resistentes dejando suficiente espacio entre sus paredes y las del tanque para permitir el paso de una persona a cualquiera de sus puntos. b) Las válvulas de control estarán instaladas en tal forma que puedan ser accionadas desde el exterior del foso. Art. 138. PRODUCTOS CORROSIVOS. 1. Los recipientes que contengan productos corrosivos deberán ser colocados cada uno de ellos dentro de cajas o cestos acolchonados con material absorbente y no combustible. 2. Los bidones, baldes, barriles, garrafas, tanques y en general cualquier otro recipiente que tenga productos corrosivos o cáusticos, serán rotulados con indicación de tal peligro y precauciones para su empleo. 3. Los depósitos de productos corrosivos tendrán tubos de ventilación permanente, y accesos para drenaje en lugar seguro, además de los correspondientes para carga y descarga.

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4. Los recipientes que han de contener repetidamente un mismo producto, serán cuidadosamente revisados para comprobar que no tengan fugas. Si se usara para productos diferentes, se limpiarán cada vez con una solución neutralizante apropiada. 5. El transvase de líquidos corrosivos se efectuará preferentemente por gravedad. 6. (Reformado por el Art. 54 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) El transporte dentro de la planta se efectuará en recipientes adecuados y con montacargas automotores previstos de plataformas y el vaciado se efectuará mecánicamente. 7. Todos los recipientes con líquidos corrosivos se conservarán cerrados, excepto en el momento de extraer su contenido o proceder a su limpieza. Nunca se hará un almacenaje por apilamiento. 8. En caso de derrame de líquidos corrosivos, se señalizará y resguardará la zona afectada para evitar el paso de trabajadores por ella, tomándose las medidas adecuadas para proceder a su limpieza. 9. La manipulación de los líquidos corrosivos sólo se efectuará por trabajadores previamente dotados del equipo de protección personal adecuado Art. 151. MANIPULACIÓN DE SUSTANCIAS INFLAMABLES.- Se observarán las reglas siguientes: 1. Siempre que se lleven a cabo reacciones químicas en las que se desprenda una elevada cantidad de calor, se establecerá la protección adecuada. 2. Los almacenamientos de productos de elevada reactividad entre sí, se dispondrán en locales diferentes o debidamente separados. 3. Se prohíbe la práctica de reacciones explosivas no controladas. 4. Se prohíbe el vertido incontrolado o conducciones públicas o privadas de sustancias inflamables. 5. Cuando se produzca un derrame de sustancias inflamables se tomarán adecuadas medidas de seguridad. 6. Prohíbese fumar, encender llamas abiertas, utilizar aditamentos o herramientas capaces de producir chispas cuando se manipulen líquidos inflamables. Art. 152. RESIDUOS.- Siempre que se produzca residuos que puedan originar un incendio se instalarán recipientes contenedores, cerrados e incombustibles, para depositarlos en ellos. Cuando estos residuos puedan reaccionar entre sí, se dispondrán recipientes contenedores diferentes, señalizados adecuadamente. Estos recipientes se vaciarán con la frecuencia adecuada, manteniéndose en buen estado de conservación y limpieza. Capítulo III INSTALACIÓN DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS

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Art. 155. Se consideran instalaciones de extinción las siguientes: bocas de incendio, hidrantes de incendios, columna seca, extintores y sistemas fijos de extinción. Art. 156. BOCAS DE INCENDIO.- Estarán provistos de los elementos indispensables para un accionamiento efectivo, de acuerdo a las normas internacionales de fabricación. La separación máxima entre dos bocas de incendio equipadas será de 50 metros. 1. Red de agua Será de acero, de uso exclusivo para instalaciones de protección contra incendios y protegida contra acciones mecánicas en los puntos en que se considere necesario. 2. Fuente de abastecimiento de agua Siempre existirá un depósito adicional con capacidad suficiente y equipos de bombeo adecuados, abastecido por dos fuentes de suministro, en previsión de desabastecimiento de la red pública de agua. Los equipos eléctricos de bombeo contarán igualmente con dos fuentes de abastecimiento de energía, con conmutador de acción automática. Art. 157. HIDRANTES DE INCENDIOS.- Se conectarán a la red mediante una conducción independiente para cada hidrante. Dispondrán de válvulas de cierre de tipo compuesto o bola. Estarán situados en lugares fácilmente accesibles y debidamente señalizados. Art. 158. COLUMNA SECA.- Será recomendable la instalación de columnas secas formadas por una conducción normalmente vacía, que partiendo de la fachada del edificio se dirige por la caja de la escalera y está provista de bocas de salida en cada piso y toma de alimentación en la fachada para conexión a un tanque con equipo de bombeo que es el que proporciona a la conducción la presión y el caudal de agua necesarios. La tubería será de acero. Art. 159. EXTINTORES MÓVILES. 1. Los extintores se clasifican en los siguientes tipos en función del agente extintor: - Extintor de agua - Extintor de espuma - Extintor de polvo - Extintor de anhídrido carbónico (CO2) - Extintor de hidrocarburos halogenados - Extintor específico para fugas de metales Capítulo VI SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD.- NORMAS GENERALES Art. 164. OBJETO. 1. La señalización de seguridad se establecerá en orden a indicar la existencia de riesgos y medidas a adoptar ante los mismos, y determinar el emplazamiento de dispositivos y equipos de seguridad y demás medios de protección. 2. La señalización de seguridad no sustituirá en ningún caso a la adopción obligatoria de las medidas preventivas, colectivas o personales necesarias para la eliminación de los riesgos existentes, sino que serán complementarias a las mismas.

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3. La señalización de seguridad se empleará de forma tal que el riesgo que indica sea fácilmente advertido o identificado. Su emplazamiento se realizará: a) Solamente en los casos en que su presencia se considere necesaria. b) En los sitios más propicios. c) En posición destacada. d) De forma que contraste perfectamente con el medio ambiente que la rodea, pudiendo enmarcarse para este fin con otros colores que refuercen su visibilidad. 4. Los elementos componentes de la señalización de seguridad se mantendrán en buen estado de utilización y conservación. 5. Todo el personal será instruido acerca de la existencia, situación y significado de la señalización de seguridad empleada en el centro de trabajo, sobre todo en el caso en que se utilicen señales especiales. 6. La señalización de seguridad se basará en los siguientes criterios: a) Se usarán con preferencia los símbolos evitando, en general, la utilización de palabras escritas. b) Los símbolos, formas y colores deben sujetarse a las disposiciones de las normas del Instituto Ecuatoriano de Normalización y en su defecto se utilizarán aquellos con significado internacional. Art. 165. TIPOS DE SEÑALIZACIÓN. 1. A efectos clasificatorios la señalización de seguridad podrá adoptar las siguientes formas: óptica y acústica. 2. La señalización óptica se usará con iluminación externa o incorporada de modo que combinen formas geométricas y colores. 3. Cuando se empleen señales acústicas, intermitentes o continuas en momentos y zonas que por sus especiales condiciones o dimensiones así lo requieran, la frecuencia de las mismas será diferenciable del ruido ambiente y en ningún caso su nivel sonoro superará los límites establecidos en el presente Reglamento. Art. 166. Se cumplirán además con las normas establecidas en el Reglamento respectivo de los Cuerpos de Bomberos del país. Capítulo VII COLORES DE SEGURIDAD Art. 167. TIPOS DE COLORES.- Los colores de seguridad se atendrán a las especificaciones contenidas en las normas del INEN. Art. 168. CONDICIONES DE UTILIZACIÓN. 1. Tendrán una duración conveniente, en las condiciones normales de empleo, por lo que se utilizarán pinturas resistentes al desgaste y lavables, que se renovarán cuando estén deterioradas, manteniéndose siempre limpias. 2. Su utilización se hará de tal forma que sean visibles en todos los casos, sin que exista posibilidad de confusión con otros tipos de color que se apliquen a superficies relativamente extensas.

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En el caso en que se usen colores para indicaciones ajenas a la seguridad, éstos serán distintos a los colores de seguridad. 3. La señalización óptica a base de colores se utilizará únicamente con las iluminaciones adecuadas para cada tipo de color.

REGIMENNACIONALDEGESTIÓNDEPRODUCTOSQUIMICOSPELIGROSOS

TITULO VI

Art. 228.- Ámbito.- La Gestión de Productos Químicos Peligrosos implica el cumplimiento de las disposiciones del Presente Decreto, para lo cual se realizará los controles y pruebas que fueren necesarios, a través del Comité Nacional para la Gestión de Productos Químicos Peligrosos.

El presente Régimen regula la Gestión de los Productos Químicos Peligrosos, el que está integrado por las siguientes fases:

a) Abastecimiento, que comprende importación, formulación y fabricación;

b) Transporte;

c) Almacenamiento;

d) Comercialización;

e) Utilización;

f) Disposición final

Art. 231.- Objetivos.- Son objetivos del presente Régimen

a) Controlar la importación, formulación, fabricación, transporte, almacenamiento, comercialización, utilización y disposición final de los productos químicos peligrosos;

b) Incrementar la seguridad química en la Gestión de Productos Químicos Peligrosos en el país, sin obstaculizar el desarrollo de las actividades productivas;

c) Normar la gestión de productos químicos peligrosos en el Ecuador mediante la regulación del conjunto de actividades, sujetos y entidades involucradas, de tal forma que contribuyan efectivamente al mejoramiento de la seguridad ambiental de su gestión;

d) Reglamentar el rol de los sujetos que intervienen en las distintas fases de la gestión de los productos químicos peligrosos;

e) Articular la aplicación de normas jurídicas relativas a la gestión de los productos químicos peligrosos y armonizar su estructura y su aplicabilidad; y,

f) Disponer de un listado actualizado de todos los productos químicos que se importan, formulan, fabrican, transportan, almacenan, comercializan, utilizan y disponen en el Ecuador, sin menoscabo de lo que se refiere en el artículo 2.

Art. 232.- Del Comité Nacional para la Gestión de Productos Químicos

Peligrosos.- Para la ejecución del presente Decreto créase, con sede en Quito, el Comité Nacional para la Gestión de los Productos Químicos Peligrosos, el que actuará como máxima autoridad en la regulación de la gestión de estos productos en todo el territorio nacional, conforme a la Ley.

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Art. 235.- Funciones del Comité Nacional para la Gestión de Productos Químicos Peligrosos.- Corresponde al Comité Nacional para la Gestión de Productos Químicos Peligrosos las siguientes funciones:

a) Aprobar con base en la propuesta de la Secretaría Técnica, el Programa Nacional de Seguridad en la Gestión de Productos Químicos peligrosos, el cual recogerá las Políticas Básicas Ambientales (Decreto Ejecutivo No. 1802 del 1 de junio de 1994).

b) Aprobar; con base en la propuesta de la Secretaría Técnica, reglamentos, directrices, criterios técnicos específicos y procedimientos para la adecuada gestión de los productos químicos peligrosos a lo largo de su ciclo de vida;

c) Actuar como órgano de asesoría, enlace, comunicación y coordinación entre las entidades legalmente facultadas para el control de las distintas fases de la gestión de los productos químicos peligrosos;

d) Aprobar los reglamentos internos propuestos por la Secretaría Técnica;

e) Aprobar el Plan de Trabajo anual de la Secretaría Técnica;

f) Aprobar los informes semestrales y anuales presentados por la Secretaría Técnica;

g) Aprobar el presupuesto anual de operación de la Secretaría Técnica;

h) Aprobar los listados de productos químicos prohibidos, peligrosos y de uso rigurosamente restringido, de acuerdo a las características tóxicas y peligrosas que presenten los productos químicos sometidos a investigación. Esta lista será actualizada permanentemente por la Secretaría Técnica;

i) Conocer y resolver, en el término máximo de quince días, las consultas y apelaciones sobre las resoluciones administrativas emitidas por la Secretaría Técnica;

j) Determinar el tipo de información sobre los Productos Químicos Peligrosos que se considere como reservada. Para el efecto, el Comité adoptará las medidas que sean convenientes; y,

k) Conformar los Subcomités Técnicos, en los casos que el Comité Nacional considere necesario.

Art. 240.- Del Registro de los Productos Químicos.- Para posibilitar la creación y actualización permanente de la Lista, es obligación de todas las personas naturales o jurídicas que se dediquen a la importación, formulación o fabricación de productos químicos peligrosos, registrar cada uno de ellos en la Secretaría Técnica del Comité Nacional, que establecerá el procedimiento correspondiente a través del cual se cubrirán los costos administrativos asociados. Se prohíbe la importación, formulación, fabricación, comercialización y uso de productos químicos peligrosos que no dispongan del registro correspondiente.

Art. 241.- De la información especializada.- Como soporte para la toma de decisiones, el Comité Nacional y la Secretaría Técnica deberán servirse de la información y documentación especializada producida por los organismos internacionales, programas y convenios de los cuales es signatario el Ecuador, particularmente la proporcionada por el Programa Conjunto FAO/PNUMA sobre aplicación del Principio de Información y Consentimiento Previos (ICP), el Registro Internacional de Productos Químicos Potencialmente Tóxicos (RIPQPT) y Secretaría del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, Foro Intergubernamental sobre Seguridad Química, Instituto de las Naciones Unidas para la Formación Profesional e

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Investigaciones (UNITAR). El Comité establecerá la lista de productos de prohibida importación, fabricación, comercialización y uso, así como de aquellos de uso severamente restringido.

Cuando se recibiera información sobre un producto registrado que represente un riesgo para la salud y el ambiente, el Comité Nacional someterá a revisión ese Registro, luego de lo cual procederá justificadamente a restringir, prohibir y/o cancelar dicho registro.

 

Art. 242.- De la inscripción de las personas que se dediquen en forma total o parcial a la gestión de productos químicos.- Toda persona natural o jurídica que desee importar, formular, fabricar, transportar, almacenar y comercializar productos químicos peligrosos, deberá inscribirse en la Secretaría Técnica del Comité Nacional, el cual reglamentará los requisitos para la inscripción correspondiente de acuerdo a valoraciones técnicas de seguridad que garanticen una gestión adecuada de estos productos.

Las personas naturales o jurídicas señaladas en el presente artículo están obligadas a colaborar con el Comité Nacional para la verificación de la información proporcionada, la cual deberá ir acompañada de la firma del profesional Químico o Ingeniero Químico responsable que junto con la firma de la persona natural o jurídica correspondiente responderá en forma solidaria por cualquier alteración en sus informes.

Art. 243.- De las normas técnicas a cumplirse.- Toda persona natural o jurídica que se dedique a la gestión total o parcial de productos químicos peligrosos, deberá ejecutar sus actividades específicas de acuerdo a las normas técnicas emitidas por el Comité Nacional y por el INEN, así como a las normas internacionales legalmente aceptadas.

Art. 244.- De la protección del personal.- Toda persona natural o jurídica que se dedique a la gestión total o parcial de productos químicos peligrosos, deberá proporcionar a los trabajadores

que entren en contacto con estos productos, el equipo de protección personal y colectiva necesario y suficiente para la labor a realizar, así como también la capacitación del uso seguro y eficiente de productos químicos peligrosos.

Art. 245.- Del etiquetado.- Las etiquetas de los envases de productos químicos peligrosos deben contener la información indispensable para guiar claramente la seguridad personal y ambiental de su gestión, enmarcándose en las normas elaboradas por el INEN.

Art. 246.- De las hojas de datos de seguridad.- Toda persona que importe, formule, fabrique, transporte, almacene y comercialice productos químicos peligrosos, deberá entregar a los usuarios junto con el producto, las respectivas hojas de datos de seguridad en idioma castellano, en las cuales deberá aparecer la información para su gestión segura incluyendo los riesgos y las medidas de mitigación en caso de accidentes. El formato unificado de las hojas de datos de seguridad será establecido por el Comité Nacional.

Art. 247.- Del reenvase.- Los Productos Químicos Peligrosos pueden ser re envasados por importadores y fabricantes debidamente inscritos, para lo cual deberán sujetarse a los requisitos técnicos correspondientes, de acuerdo con las características de peligrosidad y toxicidad de cada producto. Estos requisitos técnicos serán emitidos por el Comité Nacional. En ningún caso los

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envases que hayan contenido Productos Químicos Peligrosos pueden ser usados para envasar productos de uso y consumo humano y animal.

Art. 248.- Del reciclaje.- Todos los usuarios de productos químicos peligrosos, especialmente del sector industrial, deberán utilizar técnicas ambientalmente adecuadas que promuevan el reciclaje de los desechos y por tanto disminuyan la contaminación. El Comité Nacional y la Secretaría Técnica buscarán información sobre las tecnologías en esta materia y promoverán su difusión y aplicación.

Art. 249.- De la eliminación de desechos o remanentes.- Todas las personas que intervengan en cualesquiera de las fases de la gestión de productos químicos peligrosos, están obligadas a minimizar la producción de desechos o remanentes y a responsabilizarse por el manejo adecuado de éstos, de tal forma que no contaminen el ambiente. Los envases vacíos serán considerados como desechos y deberán ser manejados técnicamente. En caso probado de no existir mecanismos ambientalmente adecuados para la eliminación final de desechos o remanentes, éstos deberán ser devueltos a los proveedores y podrán ser reexportados de acuerdo con las normas internacionales aplicables.

Art. 250.- Los residuos de los Productos Químicos Peligrosos que puedan permanecer en los alimentos, como consecuencia de la utilización de éstos en los procesos de la industria alimenticia ya sea humana o animal, debe sujetarse a ciertos límites máximos permisibles, que serán establecidos por el Ministerio de Salud Pública. A falta de límites nacionales, deberá tomarse como referencia los establecidos por organismos internacionales como Codex Alimentarius (FAO/OMS) y los de la Oficina de Administración de Drogas y Alimentos de Estados Unidos.

Art. 251.- Del Control.- El Comité Nacional para la Gestión de Productos Químicos Peligrosos, a través de su Secretaría Técnica, tiene competencia para exigir el cumplimiento de las disposiciones del presente Decreto, para lo cual realizará los controles que fueren necesarios

Procedimiento para el registro de generadores de desechos peligrosos, gestión de desechos peligrosos previo al licenciamiento ambiental, y para el transporte de materiales peligrosos. Acuerdo Ministerial 026, publicado en el Registro Oficial 334 del 12 de mayo del 2008.

Toda persona natural o jurídica que genere y maneje desechos peligrosos y especiales deberá registrarse en el Ministerio del Ambiente. Este reglamento se determina el procedimiento, los códigos y matrices para el registro y seguimiento. Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero. Codificación 2005-2007

Esta Ley determina que los recursos Bioacuáticas existentes en el mar territorial, en las aguas marítimas interiores, en los ríos, en los lagos o canales naturales y artificiales, son bienes nacionales cuyo racional aprovechamiento será regulado y controlado por el Estado de acuerdo con sus intereses. Se entenderá por actividad pesquera la realizada para el aprovechamiento de los recursos bioacuáticos en cualquiera de sus fases: extracción, cultivo, procesamiento y comercialización, así como las demás actividades conexas contempladas en esta Ley.

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Esta Ley clasifica las actividades pesqueras desde la extracción hasta la comercialización.

El artículo 43 determina que son obligaciones de las personas naturales o jurídicas que ejerzan cualquiera de las actividades determinadas en este Título:

a) Capturar sólo las especies bioacuáticas cuya pesca esté permitida;

b) Sujetarse a la reglamentación sobre tamaño, períodos de veda y otras disposiciones relacionadas con la protección de los recursos, manejo de los mismos y la técnica, higiene y calidad de la producción;

c) Facilitar, a los funcionarios que controlan la actividad pesquera, el libre acceso a sus instalaciones, naves, muelles y cualquier otra dependencia, proporcionándoles la información que requieran para el cumplimiento de sus obligaciones;

d) Utilizar los equipos o sistemas aconsejados por la técnica para evitar la contaminación ambiental;

e) Llevar la contabilidad general y la de costos industriales en los casos pertinentes y permitir que sean examinadas por las correspondientes autoridades del Estado; y, f) Los demás que determinan la ley, los reglamentos y regulaciones sobre la materia.

Art. 44.- Prohíbase:

a) La pesca con métodos ilícitos tales como el empleo de materiales tóxicos, explosivos y otros cuya naturaleza entrañe peligro para la vida humana o los recursos bioacuáticos, así como llevar a bordo tales materiales; b) Destruir o alterar manglares; c) Instalar viveros o piscinas en zonas declaradas de reserva natural; d) Conducir aguas servidas, sin el debido tratamiento, a las playas y riberas del mar, ríos, lagos, cauces naturales y artificiales u ocasionar cualquier otra forma de contaminación; e) Abandonar en las playas y riberas o arrojar al agua desperdicios u otros objetos que constituyen peligro para la navegación, la circulación o la vida;

f) Llevar a bordo o emplear aparejos o sistemas de pesca diferentes a los permitidos; g) Utilizar las embarcaciones de pesca para fines no autorizados, excepto en circunstancias de

fuerza mayor o caso fortuito; y, h) Vender o transbordar a barcos no autorizados, parte o la totalidad de la pesca. La venta del producto de la pesca se hará en tierra o en puertos habilitados.

2.1.3 NORMAS REGLAMENTARIAS Reglamento de Aplicación de la Ley de Aguas: Arts. 89 a 92.- Define como agua contaminada toda aquella corriente o no que presente deterioro de sus características, físicas, químicas o biológicas, debido a la influencia de cualquier elemento o materia sólida, líquida, gaseosa, radioactiva o cualquier otra sustancia que la limiten parcial o totalmente para el uso doméstico, industrial, agrícola, de pesca, recreativo y otros. Art 91.- Todos los usuarios incluyendo las Municipalidades, Entidades Industriales y otros están obligados a realizar el análisis periódico de sus aguas Afluentes para determinar el grado de contaminación.

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CAPITULO 3 3.1ÁreadeInfluenciaFísica

Ubicación Geográfica de la planta de proceso de productos pesqueros SERVITERRA S.A. La planta de proceso de productos pesqueros SERVITERRA S.A., se desarrolla en una extensión de 35.500 m2 aproximadamente, ubicada en el sector de Monteverde de la vía Valdivia en el cantón Santa Elena, provincia de Santa Elena. En la Fig.- 1, se ilustra la ubicación geográfica de la planta de proceso de productos pesqueros” SERVITERRA S.A.,” en el Sector Monteverde, cantón Santa Elena, Provincia de Santa Elena. Las Coordenadas Planas UTM de Ubicación de la planta de proceso de productos pesqueros, se muestran en la siguiente Tabla 3: Tabla 3 Ubicación geográfica de las Instalaciones, de la planta de proceso de productos pesqueros SERVITERRA S.A. Coordenadas Planas referidas al WWGS 84 en UTM Zona 17

X (Este) Y (Norte)

PUNTOS X Y 1 505473 9755722

2 505477 9755710

3 505500 97556098

4 505533 9755758

5 505549 9755572

6 505565 9755578

7 505532 97555808

ÁreadeInfluenciaSocial(AIS)

Para el componente socio-económico, el área de influencia no se restringe al criterio espacial de ubicación de la zona específica de la planta de procesamiento de productos pesqueros; es decir, el Área de Influencia Social (AIS) no se limita al sitio exacto donde se encuentran las instalaciones de la planta de proceso. El Área de Influencia Social AIS tiene que ver, principalmente, con la dinámica de intervención sobre la estructura social de los grupos que se encuentren muy cercanos a las áreas de intervención de la planta de proceso de productos pesqueros que más bien son otras actividades antropogénica establecidas. Como área de Influencia Social, se han considerado la Población y las actividades de procesamiento y comercialización de productos pesqueros de Monteverde y Valdivia.

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Metodología

Para determinar el área de influencia, se analizaron tres criterios que tienen relación con el alcance geográfico, con la temporalidad o duración de la actividad de proceso de productos pesqueros (Operaciones de la planta de procesamiento de productos pesqueros) y, con la situación de los factores ambientales. Estos criterios se los conceptualiza de la siguiente manera:

Límite del Proyecto. Se determina por el tiempo, el espacio y alcance que comprenden las actividades de la planta de proceso de productos pesqueros. Para este concepto se definen a continuación las siguientes escalas:

Escala Espacial: Viene a constituir el espacio físico donde se manifiestan los impactos ambientales.

Escala Temporal: Está directamente vinculada con la duración que demandan las actividades de la planta de proceso o tiempo supeditado a la operación del proyecto (duración de la actividad de operación).

Límites Ecológicos. Los límites ecológicos están determinados por las escalas temporales y

espaciales, ya que en función de éstas se pronosticarán los potenciales impactos o efectos sobre el entorno socio-ambiental. Esta escala es variable y dependerá de la calidad del entorno o de sus recursos. El área espacial en donde se presentarán los potenciales efectos sobre el componente ecológico natural, estará en función a los sitios en donde la planta opera tiene intervención y/o interactúe con el entorno.

Límites Administrativos. Se refiere a los límites Políticos - Administrativos a los que pertenece el área donde está implantada en la planta de proceso SERVITERRA S.A. En función de los criterios analizados los resultados para la determinación del Área de Influencia son los siguientes:

3.2.1ÁreadeInfluenciaDirecta

Se tomó a partir del sitio donde se encuentran las instalaciones y toda la estructura de la planta de proceso de productos pesqueros; adicionalmente, se tomará en cuenta una distancia de aproximadamente 25 metros, a partir de los linderos de la planta de proceso, como medida de seguridad, ante una posible pérdida de estabilidad de las estructuras (galpones, área de procesos, cámaras de mantenimiento, túneles de congelación, cuartos con habitaciones para el personal de operación, obras civiles); con estas dimensiones, se calculó el radio de acción del Área de Influencia Directa (AID).

3.2.2ÁreadeInfluenciaIndirecta(AII)

Se definió principalmente, en función de las afectaciones o alteraciones provocadas por las estructuras y operaciones de la planta de proceso de productos pesqueros y, que serán evidentes aún después del límite del Área de Influencia Directa AID definida; por tanto, se establecerá un área de radio espacial a partir del Área de Influencia Directa AID. Basado en los criterios mencionados anteriormente, esta Área comprende un radio espacial desde el límite del Área de Influencia Directa hasta unos 200 metros radiales, en los cuales se encuentran zona intermareal y oceánica y el Proyecto de Almacenamiento de Gas Licuado GLP Monteverde.

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3.3ÁreasSensibles

El criterio básico para la definición de las condiciones de sensibilidad radicó en la dinámica interna de funcionamiento del ecosistema existente en el Área de Influencia o del Sistema Social. La mayor o menor sensibilidad, depende, entonces del grado de conservación o intervención del área de la planta de procesamiento de productos pesqueros, en términos ambientales. Y en el campo social por las características internas de los grupos del área y, el grado de cohesión de la dinámica social interna. Se determinó la Sensibilidad Abiótica, Biótica y, Socio-Económica y Cultural, con la finalidad de caracterizar el estado de sensibilidad; para ello, se consideraron tres niveles de susceptibilidad:

Susceptibilidad Baja: Efectos poco significativos sobre los factores ambientales o las esferas sociales comprometidas. No se producen modificaciones esenciales en las condiciones de vida, hábitats, prácticas sociales y representaciones simbólicas del componente ambiental y socio-económico. Estas son consideradas dentro del desenvolvimiento normal de la planta de procesamiento de productos pesqueros.

Susceptibilidad Media: El nivel de intervención ha transformado, de forma moderada, las condiciones ambientales y, económico-sociales y se pueden controlar con Planes de Manejo Socio-Ambiental.

Susceptibilidad Alta: Las consecuencias de las operaciones de la planta de proceso implican

modificaciones profundas sobre los ecosistemas y la estructura social que dificultan la lógica de reproducción sistémica y social de los factores y grupos intervenidos.

Sensibilidad Abiótica No existen factores físicos sensibles en los sitios o en las Áreas de Influencia donde se encuentra instalado en la planta de proceso de productos pesqueros SERVITERRA S.A., que puedan afectarse por las actividades de operación y mantenimiento. Sensibilidad Biótica Se registraron Zonas de Alta Sensibilidad, según el registro Florístico y de Fauna, debido a las alteraciones a las que estarían expuestos los sitios (Bosque Seco). La flora existente en el Área de Influencia presenta sensibilidad Alta, si las actividades de la planta de proceso de productos pesqueros influyeran en la libre circulación del flujo y reflujo de agua oceánica. Sin embargo, durante las visitas de campo, no se observaron afectaciones del cuerpo hídrico marino y al océano pacifico,; se observó avifauna y crustáceos en el playa. En la Tabla 4 se detallan y califican los niveles de susceptibilidad biótica de acuerdo a los ámbitos sensibles específicos:

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Tabla 4 Sensibilidad Biótica en el Área de Influencia

ALTA ALTA

Dentro del Área de Influencia de la 

planta de proceso   se presente en el 

sitio afectada la zona de playa y bahía

FAUNA  (AVIFAUNA) ALTA BAJA

Las operaciones de la planta de proceso 

no inciden en es hábitat para aves 

marinas.

FAUNA (MARINA) ALTA BAJA

Las operaciones de la planta de proceso 

inciden bajamente en el Ecosistema  

oceanico. Los sistemas de  pret 

tratamientos inciden en la caliadad de 

agua residual , las cuales tienen 

concentración de sólidos ‐ materias 

orgánica. 

Sensibilidad Social La sensibilidad socioeconómica y cultural está determinada por el posible debilitamiento de los factores que componen una estructura social, proceso originado por la intervención de grupos humanos externos a la misma. En concreto la sensibilidad se expresa en las relaciones sociales, económicas y culturales que configuran el sistema social general de la zona. En este sentido es necesario destacar que la sensibilidad para el área de influencia no es homogénea, la sensibilidad de esta población depende ante todo del grado y tipo de integración de la sociedad local a la sociedad nacional. Ahora bien, la susceptibilidad socioeconómica y cultural se definió por los ámbitos capaces de generar conflictividad por las operaciones u actividades de la empresa. En consecuencia, la definición de sensibilidad socioeconómica y cultural se determinó en dos niveles. Por un lado, entorno a Áreas Sensibles con localización espacial relacionadas con los procesos de reproducción económica y asentamiento residencial. Por otro lado, en torno a factores de sensibilidad, que se vinculan a la dinámica de las relaciones sociales en distintos aspectos del sistema social general.

3.4AnálisisdeRiesgos

Los peligros ambientales (situaciones de riesgo) se identificaron y evaluaron en base a tres escenarios de calificación: Riesgos Operacionales, Riesgos Ambientales y Riesgos Ocupacionales. Una vez identificados los riesgos, se procedió a su respectiva evaluación, para lo cual se consideró la siguiente metodología:

Evaluación de la Severidad del Riesgo:

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1. Bajo: No causa daño significativo al medio ambiente. Puede ser mitigado y controlado con recursos

propios/ No hay daños físicos de persona / Daños materiales insignificantes. 2. Moderado: Daño al medio ambiente en el sitio de trabajo. Puede ser mitigado / Lesiones leves al

personal / Daños materiales poco significativos. 3. Alto: Daño severo al medio ambiente. Puede ser mitigado / Lesiones graves al personal / Daños

materiales significativos. 4. Crítico: Daño irreversible al medio ambiente en el sitio o fuera de sus límites / Lesiones

irreparables Evaluación de la Probabilidad del Riesgo:

5. Improbable: El daño o accidente ocurrirá raras veces. 6. Probable: El daño o accidente ocurrirá en algunas ocasiones. 7. Frecuente: El daño o accidente ocurrirá siempre o casi siempre.

Determinación de la Significancia de los Riesgos: Se calculará como el producto de su severidad por

la probabilidad, de acuerdo al siguiente análisis:

1 2 3 4

1 2 3 4

1 2 4 6 8

2 2 4 6 8

3 3 6 9 12

SEVERIDAD

PROBABILIDAD

Los riesgos en situaciones de emergencia cuya significancia sea menor o igual a cuatro, se constituyen en riesgos tolerables. Los riesgos en situación de emergencia cuya significancia sea mayor que seis, se constituyen en riesgos no tolerables (significativos) para la organización. En la siguiente Tabla 5 se demuestra la jerarquización del riesgo determinado:

Tabla 5 Jerarquización del Riesgo Determinado RIESGO ACCIÓN REQUERIDA

Tolerancia

No se necesita mejorar la acción preventiva. Sin embargo se deben considerar soluciones más rentables o mejoras que no supongan una carga económica importante. Se requieren comprobaciones periódicas para asegurar que se mantiene la eficacia de las medidas de control

Significativo

No se debe empezar el trabajo hasta que se haya reducido el riesgo. Puede que se precisen recursos considerables para controlar el riesgo. Cuando el riesgo corresponda a un trabajo que se está realizando, debe remediarse el problema en un tiempo mínimo. Las principales medidas de prevención y minimización de riesgos significativos, se establecerán en el Plan de Contingencias respectivo.

3.5RiesgosOperacionalesyOcupacionales

Los riesgos operacionales de la planta de proceso de productos pesqueros, van en función del: i) Uso materiales y utensilios; ii) Manejo de organismos frescos; iii) Manejo de insumos y, iv) Manejo de equipos auxiliares De acuerdo a la metodología de análisis para este riesgo tenemos los siguientes resultados:

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Tabla 6 Análisis de Riesgos Operacionales de la planta de proceso de productos pesqueros SERVITERRA S.A. Riesgo

Pr.

Sev.

Significancia

Jerarquización

Uso de materiales y utensilios

1 3 3 Tolerable

Manejo de organismos frescos S

1 3 3 Tolerable

Manejo de insumos 1 2 2 Tolerable

Manejo de equipos auxiliares y materiales. 2

2

4

Tolerable

Pr= Probabilidad de ocurrencia del riesgo; Sev= Severidad del riesgo

Del análisis de la Tabla 6 concluimos que las probabilidades de ocurrencia para las operaciones de: Uso de materiales y utensilios; Manejo de insumos; y, Manejo de equipos auxiliares y materiales son improbables debido a las medidas de prevención y el empleo de productos sanitizantes de grado alimenticio debidamente autorizados por el Instituto Nacional de Pesca a través del Plan Nacional de Pesca que la planta de proceso de productos pesqueros emplea, sin embargo en el caso de ocurrencia la severidad sería Alta para los dos primeros casos, por cuanto su daño será mayor. No así, con el producto sanitizantes que en el caso de ocurrencia su afectación sería Leve. Para el caso del manejo de equipos auxiliares la probabilidad de ocurrencia está valorada en 2, por cuanto los accidentes de trabajo pueden ocurrir en algunas ocasiones, siendo su severidad Alta por las graves lesiones que sufrirían sus trabajadores. En todos los casos, la Significancia es Tolerable por cuanto existen medidas preventivas en la planta de proceso, sin embargo se requieren verificaciones periódicas para asegurar que se mantiene la eficacia de las medidas de control.

RiesgosAmbientales

Los peligros ambientales de una organización, independientemente de su clasificación en cuanto a tamaño o número de empleados, están relacionados principalmente con las sustancias o productos utilizadas, así como con las condiciones y actividades de almacenamiento, procesamiento y eliminación, y con las fuentes de energía que se utilizan. También es necesario tener en cuenta que pueden ser fuentes de peligro las actividades, los procesos, los elementos del entorno que puedan entrañar peligro para la instalación, la organización, la gestión de recursos humanos y los materiales, entre otros. En el estudio debe recogerse el alcance de la identificación de peligros, justificándose éstos en virtud de su potencialidad de causar daños en el entorno. No se consideran aquellas fuentes de peligro que, en el desarrollo de su secuencia accidental, no provocan un daño para el medio ambiente; por ejemplo, daños a los empleados, a las propias instalaciones, etc., las cuales son objeto de otros procedimientos o reglamentos.

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RiesgosEndógenos

Analizaremos primeramente los riesgos naturales: tanto físicos (rayos, inundaciones, terremotos, etc.), como bióticos (proliferación de microorganismos, plagas, etc.); a los cuales estaría expuesto las operaciones de la planta de proceso de productos pesqueros o su área de influencia directa e indirecta. El suceso iniciador es un hecho físico que se ha identificado a partir de un análisis causal y que puede generar un incidente o accidente en función de cuál sea su evolución en el espacio-tiempo.

RiesgosGeológicos

Para determinar el riesgo geológico del área de estudio se ha tomado en cuenta los peligros que pueden ocasionar los diferentes fenómenos geológicos naturales como son sismos, erupciones volcánicas y procesos geo-dinámicos, los cuales se detallan a continuación:

RiesgoSísmico

Según el Mapa Sismo-tectónico del Ecuador 1991 publicado por el Consejo de Seguridad Nacional, la zona del proyecto se encuentra ubicado en la zona sismo-genética B, relacionado con la fosa oceánica 6 y el inicio de la subducción de la Placa de Nazca bajo la Placa Sudamericana que provoca grandes esfuerzos de cizalla, produciendo de esta forma fallas transcurrentes destrales y sinestrales. En esta zona además se han generado fallas inversas. El ángulo de buzamiento de 35° para la zona de subducción y su caracterización como fuente generadora de sismos. Es una zona con registro sísmico alto con predominio de sismos superficiales. La sismicidad en esta zona es también en función de la velocidad de convergencia de las placas; se puede inferir una velocidad alta del orden de los 9 cm/año, reportada por Lonsdale (1978). Fallas de la Costa el análisis de imágenes radar ha permitido identificar fallas de dirección NW – SE y que presentan morfología de fallas con componente inversa, es decir, transpresivas sinestrales; entre la que se destaca la de Chongón. Para determinar los niveles de amenaza física en el cantón se tomó el mapa de “Amenaza Sísmica en el Ecuador”. Para el cantón Guayaquil (Sector Palo Santo-Chongón), se considera de acuerdo a esta clasificación una calificación correspondiente a zona IV, con un valor de 2; lo que significa que el riesgo por amenaza sísmica es ALTO (Ver Figura 1).

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Fig. 4 Vista del Mapa de Amenaza Sísmica del Ecuador por Cantones. En lo que respecta al cantón Santa Elena, parroquia Santa Monteverde el grado de amenaza está valorado con 2, cuya significancia equivale a Alto

Memoria Explicativa “Mapa Sismo Tectónico del Ecuador” (COSENA)

RiesgoporTsunami

Se sabe que los tsunamis son directamente ligados a los sismos en las zonas costeras. El mapa “Amenaza sísmica y de tsunami en el Ecuador” representa los cantones clasificados según el peligro (potencial) de tsunami. Para este tipo de evento se asignaron valores en una escala de 0 a 2 ya que solo existen tres casos:

Los cantones litorales que se encuentran en la zona símica IV (y que tienen el grado de amenaza mayor, es decir 3) fueron clasificados en la categoría de cantones con mayor peligro de maremoto (valor 2);

Los cantones litorales que se encuentran en la zona sísmica III (y que tiene el grado de amenaza relativamente alto, es decir 2) fueron clasificados en la categoría de menor peligro (valor 1); y

Los cantones que no se encuentran a lo largo del litoral recibieron el valor de 0 porque no están expuestos a los tsunamis.

A partir de los criterios mencionados se elaboró el mapa “Nivel de amenaza por tsunami por cantón en el Ecuador”. Se observa que los cantones en la franja que va desde la provincia de Esmeraldas hasta la parte occidental de la provincia del Guayas son los más expuestos a los tsunamis. El resto de la franja litoral -los cantones del estuario de la provincia de Guayas, Chongón y los cantones costeros de la provincia de El Oro- tienen un grado medio de amenaza. El resto del país no está expuesto. Bajo estos criterios, el Cantón Santa Elena, cantón Monteverde, posee una valoración de 1, es decir posee un grado de amenaza de peligro por Tsunami de Alto (Ver Figura Fig. 2 Mapa de Amenaza por Peligro de Tsunami en el Ecuador por Cantones. En lo que respecta al cantón Santa Elena, el grado de amenaza está valorado con 1, cuya significancia equivale a Alto

Santa 

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RiesgoVolcánico

En lo que se refiere al nivel de amenaza volcánica, los cantones fueron clasificados según una escala de 0 a 3 igual a la utilizada para la amenaza sísmica. Existen cuatro casos:

Cantones con mayor peligro volcánico (grado 3). Se trata de los cantones que se encuentran total o parcialmente en zonas directamente amenazadas por los volcanes considerados más peligrosos para los asentamientos humanos: Cotopaxi, Tungurahua y Guagua Pichincha. Las amenazas pueden ser lahares, flujos piro-clásticos y/o caída de ceniza (véase el mapa “Amenazas volcánicas potenciales en el Ecuador continental realizado a partir de los mapas del INFOPLAN elaborados según la cartografías (escala 1:50 000) del Instituto Geofísico de la Escuela Politécnica Nacional). Se basan en eventos anteriores que condicionan los eventos futuros (el potencial).

Cantones con peligro volcánico relativamente alto (grado 2). Son los cantones que se encuentran en los alrededores de los volcanes que tuvieron una actividad histórica y que representan todavía amenazas potenciales: Reventador, Sangay, Quilotoa, Antisana, Cayambe y el volcán La Cumbre en las islas Galápagos (véase el mapa “Erupciones volcánicas históricas en el Ecuador”).

Cantones con peligro volcánico relativamente bajo (grado 1). Son aquellos que se ubican en los alrededores de volcanes que no tuvieron erupciones históricas. Algunos de ellos, según el Instituto Geofísico del EPN, son potencialmente activos: Chimborazo, Sumaco, Pululahua, Imbabura y Cotacachi (véase el mapa “Volcanes continentales potencialmente activos en el Ecuador”).

Cantones con bajo peligro volcánico (grado 0). Son los que encuentran afuera de la zona de concentración de los volcanes.

Tabla 7 Escala para valorizar el Nivel de Amenaza Volcánica del Ecuador

Peligro volcánico Valor Zonas de los volcanes Pichincha, Tungurahua, Cotopaxi 3 Zonas con otros volcanes con actividad histórica 2 Zonas con otros volcanes 1 Sector sin volcán 0 Máximo 3 Mínimo 0

Bajo estos criterios, el Cantón Santa Elena, posee una valoración de 0, es decir posee un grado de amenaza de peligro volcánico de Mínimo (Ver Tabla 7).

RiesgosExógenos

Se analizó el riesgo ambiental exógeno al que estaría sometida el área de influencia de la planta de proceso de productos pesqueros, en función del proceso natural que los origina. Incluye: - Agentes: son los factores que dan origen al riesgo ambiental. Son exógenos (biológicos, climáticos, hídricos) o endógenos (geológicos). - Frecuencia: períodos de retorno, periodicidad o recurrencia del riesgo. - Duración: tiempo que dura el fenómeno, desde pocos minutos, como un terremoto, hasta meses o años, como una sequía. - Área de riesgo: es el espacio geográfico potencialmente afectable. - Intensidad: es la medida de los efectos del fenómeno sobre los ecosistemas, el paisaje, la población, las actividades y las obras humanas. La magnitud del fenómeno se expresa en distintas unidades (tasa de flujo en m3 por segundo del desborde de un río, la extensión real de una sequía, o la escala de un terremoto, entre otras). - Velocidad de ataque: es el tiempo transcurrido en que se inicia el fenómeno hasta su máxima actividad. Los terremotos, por ejemplo, tienen una gran velocidad; mientras las sequías son lentas.

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- Difusión espacial: combina la velocidad de llegada con la extensión área máxima que alcanza el fenómeno. Por ejemplo, el caso de una epidemia que puede llegar a tener una amplia difusión espacial. En cuanto a los riesgos exógenos físicos tenemos los siguientes:

RiesgoporDeslizamiento

El riesgo de deslizamientos o derrumbes es mínimo debido a la estabilidad del frente, se observa frentes explotados anteriormente, los cuales han seguido un avance perpendicular a la estratificación Un análisis de riesgos por deslizamiento se realizó con el Mapa de Amenazas Naturales del Ecuador, elaborado por el convenio OXFAM – COOPI y, contenido en el Software del Sistema Integrado de Indicadores Sociales del Ecuador SIISE, versión 3.5, cuyos resultados determinan el Peligro de Deslizamiento por Cantón. Fundamentado en este Software y sus resultados, el nivel de amenaza por deslizamiento está calificado en escala de 0 a 3 con cuatro categorías; basadas en las pendientes. Las categorías corresponden a:

Cantones con mayor peligro (Grado 3), son aquellos ubicados en zonas de alto potencial de deslizamientos y zonas de mayor pendiente;

Cantones con peligro relativamente alto (Grado 2), son aquellos que tienen más del 30 % (aproximadamente) de su superficie expuesta a deslizamientos potenciales;

Cantones con peligro relativamente bajo (Grado 1), son aquellos que tienen menos del 30 % (aproximadamente) de su superficie expuesta a deslizamientos potenciales; y,

Cantones con bajo peligro de deslizamientos o derrumbes (Grado 0), o aquellos que aparentemente no están expuestos.

La Sierra está expuesta a los mayores peligros. Respecto al Cantón Santa Elena, posee una valoración de 0, es decir, el peligro por deslizamientos es Bajo (Ver Figura 6).

Fig. 3 Vista del Mapa de Amenaza por Deslizamiento del Ecuador por Cantones. En lo que respecta al cantón Santa Elena, Sector Monteverde el grado de amenaza está valorado con 0, cuya significancia equivale a Bajo

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RiesgoporInundación

Para determinar el grado de amenaza por inundación que afecta al cantón; nos basaremos en la clasificación encontrada en el mapa de Amenaza por Inundación por Cantón elaborado, igualmente, por el convenio OXFAM – COOPI y, contenido en el Software del Sistema Integrado de Indicadores Sociales del Ecuador SIISE, versión 3.5, en el cual, los cantones fueron clasificados en cuatro categorías (valorados en escala de 0 a 3) a partir de eventos registrados en el curso de las últimas dos décadas:

Cantones con el mayor peligro de inundación (Grado 3), se trata de las zonas que sufrieron inundaciones, sea esta por desbordamiento de ríos o por precipitaciones extremas, durante los dos últimos eventos de El Niño (1982-83 y 1997-98);

Cantones con peligro de inundación relativamente alto (Grado 2), son los cantones que sufrieron inundaciones durante el Fenómeno de El Niño en 1982- 83, 97-98; o, por otros fenómenos (Como las zonas orientales inundadas por el taponamiento de drenajes naturales)

Cantones con peligro de inundación relativamente bajo (Grado 1), son aquellos cantones que fueron relativamente (levemente) inundados en el pasado o que se encuentran (integra o parcialmente) a una altitud sobre el nivel del mar inferior a 40 metros (Zona de terminada a partir de los Mapas Topográficos del Instituto Geográfico Militar IGM). Son a menudo, pero no siempre, las partes inferiores de las Cuencas Hidrográficas en las cuales se concentra el exceso de agua y, donde las pendientes son muy débiles (La curva de nivel de 40 metros sobre el nivel del mar se encuentra a 150 km al norte de Guayaquil)8.

Cantones con bajo peligro de inundación (Grado 0), aquellos que no fueron inundados desde 1980, es decir, con bajo peligro de inundación.

Bajo estos criterios, el Cantón Santa Elena, posee una valoración de 3, es decir posee un grado de amenaza de inundación Muy Alto (Ver Figura 4).

Fig. 4 Mapa de Amenaza por Inundación del Ecuador por Cantones. En lo que respecta al cantón Santa Elena, parroquia Monteverde y, el grado de amenaza está valorado con 3, cuya significancia equivale a Muy Alto

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RiesgosClimáticos

De los principales riesgos climáticos que afectarían las operaciones de la planta de proceso y su entorno ambiental se encuentra el “Fenómeno del Niño” o “El Niño Oscilación Sur ENSO”9, el cual es un síndrome climático, erráticamente cíclico, que consiste en un cambio en los patrones de movimientos de las masas de aire provocando, en consecuencia, un retardo en la cinética de las corrientes marinas "normales", desencadenando el calentamiento de las aguas sudamericanas; provoca estragos a escala mundial, afectando a América del Sur, Indonesia y Australia. En todo caso, el análisis de riesgo para este fenómeno es el siguiente: Agente: Climático; Frecuencia: Erráticamente Cíclico; Duración: de 1 a 2 años; Área de Riesgo: Golfo de Guayaquil y Costa Continental Ecuatoriana y del Pacífico Oriental; Intensidad: La intensidad de este Fenómeno se ha clasificado como: Débil, Moderado, Fuerte, Muy Fuerte y Extraordinario. El Fenómeno de El Niño de 1997-1998 se lo ha clasificado como Extraordinario, por cuanto, entre otros criterios, los efectos causados por las Inundaciones y embates del mar dejaron 293 víctimas; 6.278 familias damnificadas; 5,000 viviendas destruidas, 2.881.6 millones de dólares en pérdidas, 3.312 Km. De vías afectadas; Velocidad de Ataque: Gran velocidad; Difusión espacial: Amplia

RiesgosBióticos

Uno de los grandes riesgos biológicos a los cuales está sometida la actividad del procesamiento de productos pesqueros, son las plagas o contaminación cruzada o bacteriológica. Son consideradas como exógenas al iniciarse para luego convertirse en un riego interno.

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CAPITULO 4

4. DESCRIPCIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO (LÍNEA BASE)

El objetivo de la sección de línea base es describir y caracterizar el medio físico, Biótico, socio-económico y cultural existente en el lugar donde se desarrolla la actividad de la planta de procesamiento de productos pesqueros, SERVITERRA S.A. La línea base comprende un diagnóstico de la situación ambiental de la actividad en el área de influencia directa e indirecta del sitio donde se desarrolla la actividad.

4.1 Metodologíaparaeldiagnóstico

4.1.1ComponenteFísico

Se recopiló información especializada, respecto a las condiciones abióticas de la zona, proveniente de estudios realizados por entidades Públicas. Para actualizar y verificar la información obtenida, se planificó una fase de campo para realizar un reconocimiento del área y, tomar muestras de agua residual de procesos, medición de nivel de presión sonora. Posteriormente, con la información de campo se procedió a caracterizar los componentes: climatológicos geológicos, geomorfológicos, suelos, e hidrológicos.

4.1.2ComponenteBiótico

Para el establecimiento de las condiciones actuales en las que se encuentran los parámetros físicos, químicos y, biológicos; para ello, se realizó lo siguiente:

Para el Diagnóstico de la Flora, se empleó el Sistema de Evaluación Ecológica Rápida (EER) de (Sobrevilla y Bath 1992). De igual manera, se realizaron transectos de (300 X 2) metros, estos son los más utilizados para terrenos planos según, Cerón 1993.

Para el Diagnóstico de la fauna, se realizaron las siguientes técnicas de investigación de campo:

Para la identificación de la avifauna se realizaron observaciones de los individuos con la ayuda de binoculares TASCO 10 X 32. El sitio de observación fue en el Área externa e interna de la planta de procesamiento de productos pesqueros; y en el sector de desembarque en Monteverde. Una vez identificadas las especies observadas se determinó el estado de conservación de las aves en: raro, común y poco común; de acuerdo al rango establecido en el libro “The birds of Ecuador: Status, Distribution and Taxonomy and Field Guide” (2001). Para la identificación de Mamíferos se realizaron dos recorridos en sentido paralelo y perpendicular al Área de Influencia, desde el límite noroeste del perímetro de las instalaciones, mediante transectos de 100 metros de longitud por dos metros de ancho. Para el grado de vulnerabilidad de mamíferos se utilizó la publicación de la UICN – SUR, Libro Rojo de Mamíferos (2001).

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Como complemento a los métodos ya descritos se realizaron indagaciones a los trabajadores de la planta de procesos de productos pesqueros y a pobladores locales del sector de Monteverde, lo cual permitió tener otros datos de la presencia de ciertas especies animales no identificadas en el campo, así como también el uso que las especies tienen por parte de la población local (comerciantes, pescadores artesanales etc)

4.2ENTORNOFÍSICO

4.2.1DescripcióndelEntornoTerrestre

Las características climáticas que imperan en la Península de Santa Elena difieren sensiblemente, pese a su proximidad geográfica, de las existentes en las áreas del rio Guayas, en particular en lo que a precipitaciones se refiere. Los factores principales que inciden sobre las condiciones climáticas son la corriente fría de Humboldt, la corriente cálida del Niño, y los desplazamientos de la zona de convergencia intertropical. Entre los meses de Enero a Abril, la corriente cálida del Niño se desplaza desde Panamá hacia el Sur a lo largo de la faja costera ecuatoriana y en las proximidades de la Península de Santa Elena recibe la influencia de la corriente de Humboldt, originándose una corriente de aire húmedo que al desplazarse tierra adentro pierde humedad, principalmente por el efecto orográfico de las elevaciones montañosas que forman la cordillera de Chongon Colonche. En la parte norte de la zona del muelle objeto del presente estudio presencia de "garuas", que son una combinación de nubes bajas, neblinas y lloviznas, producidas por la corriente fría de Humboldt. En las áreas nor-occidentales de la Península se detectan durante más de la mitad del año, pero desaparecen durante la principal época lluviosa, de diciembre a Abril, debido a la influencia de la corriente cálida del Nino que fluye hacia el sur. Estas "garuas" suponen un aporte de humedad para la vegetación, particularmente en la zona de Olón. Las temperaturas en el sector de Monteverde largo del año. Los vientos dominantes son de componente sur, principalmente. Las características de las lluvias determinan los regímenes fluviales. Los ríos que drenan al mar son efímeros, dependiendo sus caudales de las precipitaciones de elevada intensidad. El rio Javita representa un tipo de drenaje de este tipo. Dirección de viento SW Fuerza del viento 3.2 m/seg Temperatura promedio 24,4 ° c Temperatura mínima absoluta 21.5 °C Temperatura Media del Aire 24.4 °C Temperatura Máxima absoluta 30.7 °C Presión Atmosférica 1012 mbar

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Precipitación Normal 3.1 mm Humedad Relativa 84 % Temperatura Media del mar 23.4 ° C Nubosidad 6/8

4.2.2Temperatura

Según la información proporcionada por CEDEGE, la temperatura media anual oscila entre los 23,1° centígrados en Salinas. Esta temperatura se toma como valor referencial para la operación del muelle de servicios pesqueros. Los valores máximos registrados han sido de 36° C en febrero y la mínima absoluta de 15,6 °C en octubre. Las variaciones diurnas de la temperatura tienen más significación que las variaciones mensuales, dada la poca diferencia intermensual de las temperaturas medias, que como máximo alcanzan los 5°C. 4.2.3Hidrología

La determinación de la pluviometría, ligada a la termometría, esto es el parámetro pluvotermometrico es de tal importancia, ya precipitaciones, disponible ya para la difusión superficial o subterránea y para alimentarla evapotranspiración es decir, la escorrentía superficial, la infiltración en profundidad y la evapotranspiración, regulando así los caudales, recuperando las reservas subterráneas y devolviendo el recurso a la atmosfera y así mantener el ciclo hidrológico. Como el rasgo morfológico dominante es el sistema alomado, las precipitaciones que son muy esporádicas y en el caso de darse con cierta intensidad, la escorrentía superficial se producirá con suma facilidad, concentrándose a los cauces de la red hidrográfica o a la planicie al pie del alomamiento, que se presenta con escapamiento hacia el poblado Monteverde. En general, se puede asegurar que el régimen hidrológico es de carácter efímero ocasionalmente con caudales en extremo reducidos en la mayoría de las estaciones lluviosas. Las precipitaciones son muy bajas, con registros de solamente 112 mm promedio anual. Desde el punto de vista hidrogeológico al área ocurre una de las mesones unidades para el almacenamiento y transmisión del agua subterránea, la formación tablazo, pero que desafortunadamente su situación topográfica, esto es, formar el coronamiento a modo de alomado, está en una posición de descarga natural, es decir cuando se produzcan las precipitaciones y la consiguiente infiltración, superficie. La unidad basal, socorro sílice, en litología es adversa, hidrogeológicamente guarda las características de una unidad acuífera, es decir que ni almacena, ni transmite agua subterránea.

4.2.4GeomorfologíaMonteverde

El muelle de servicios pesqueros de Serviterra, está ubicado dentro del territorio conocido como bahía de Santa Elena. En este sector el paisaje regional dominante, corresponde a un dominio deposicional que sobresale sobre el resto del terreno por su extensión y su origen, se atribuye a los sedimentos fluviales del rio Javita. El segundo paisaje en importancia, tiene relación con el dominio subestructural formado por los cerros y lomas que forman los terrenos del relieve elevado, cuya altura no sobrepasa los 100

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metros. El cerro Bajaderas de Colonche es el más cercano al área del proyecto. Se dice que pertenece a este dominio debido al levantamiento del terreno y posterior acción de la erosion. La zona de Monteverde pertenece a una costa mixta resultado del trabajo combinado de la acumulación de sedimentos de plataforma marina y una vez levantada, sobre ella se han depositado materiales erosionados desde los cerros cercanos. El tercer dominio geomorfológico se refiere a la línea costera y parte de la plataforma marina. En este dominio existen materiales líticos combinados con restos orgánicos marinos en cantidad y tamaño variables. Todos los sedimentos a su vez se apoyan sobre las rocas de la formación Socorro. 4.2.5GeomorfologíaLocal

Para la descripción de la geomorfología local, se utiliza la descripción propuesta para los especialistas del Ministerio de Agricultura y que se refiere a la carta Geomorfológica Salinas escala 1: 200000, que fue publicada por el Instituto Geográfico Militar en el año 1978. Los criterios que definen los paisajes existentes en el área son de tipo sub. Estructural y superficies planas. Los paisajes del primer tipo son nominados como mesas y se representan con el símbolo

Me Cuando se tiene forma de ese tipo se adiciona un número que es el parámetro que se refiere a la forma de disección. es el parámetro que se refiere a la forma de disección. Las formas del terreno que corresponden al segundo tipo incluyen las colinas, zonas Litorales y zonas fluviales. En este caso se utiliza las letras Cr para referirse a las colinas seguidas de un número que describe la forma de la vertiente, el desnivel y forma de la cima. Para formas litorales se utiliza las letras, que hacen referencia a los ambientes de depositacion y acompaña un número para definir el factor condicionante que permitió la formación de este dominio. Las formas fluviales, también se refieren a las formas planas y se utiliza las letras Fv como descriptivas del ambiente, seguidas de un número que representa la altura de la terraza dentro de paisaje fluvial. A continuación se describe cada paisaje según la definición que consta en el plano de la Geomorfología local que se incluye en el Mapa N° 1 Geomorfología sector de Monteverde. Me5.- Mesa con forma de disección correspondiente a una superficie fuerte e irregular. Me1.- La forma de relieve corresponde a la mesa que tiene una disección de la superficie Plana a ondulada.

4.3PaisajesdeSuperficiesPlanas a) Dominio Estructural de Erosión Cr3r.- Son paisajes formados por Colinas con vertientes de forma rectilínea, desnivel de Altura variable desde 50 hasta 150 m y forma de la cima redondeada. Cr2a.- Son Colinas con vertiente rectilínea, desnivel topográfico de 20 hasta 50 m y

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Forma de la cima aguda.

b) Dominio Estructural de Colmatación La3.- Zona Litoral de acumulación relacionada con Playas Emergidas Fv2.- Zonas Fluviales asociadas a terrazas altas Cada una de las definiciones anteriores se muestra claramente en el plano del Anexo1.

Mapa Nº1. Geomorfología sector de Monteverde Mapa Geomorfológico Salinas Escala 1:200000 (PRONAREG)

4.3FactoresNaturales

Fundamentalmente se consideran factores condicionantes, cuando se trata de agentes que integran la meteorización de las rocas, siendo los procesos erosivos los que tienen mayor incidencia  

4.3.1ElAguaConstituye el medio natural de mayor incidencia como factor condicionante y desencadenante en la aparición de inestabilidad. Dada la diversa forma como se tiene la influencia del agua en la Zona de Monteverde, se describe los efectos que ésta produce, según su continuidad. a) Agua de mar y Oleaje El agua de mar con su alta energía y poder erosivo constituye un factor desencadénate muy importante para la estabilidad de las obras portuarias. Como es una masa de agua de permanencia continua, su acción será permanente, produciendo socavaciones en el perfil litoral y en aquellas obras que se instalen en el mar, de forma que eliminen o disminuyan el soporte de la base de las

Obras civiles del proyecto. La inestabilidad de los terrenos de plataforma marina, se incrementa notablemente cuando se modifica las condiciones naturales de estabilidad aparente en que se encuentren.

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El oleaje, también puede contribuir como factor desestabilizador de los terrenos del perfil Litoral y de las obras que se construyan en este sector. El violento choque de las olas lanza fragmentos de piedra contra la costa estabilidad de la misma y cualquier obstáculo que se interponga en su camino saldrá perjudicado.

Debido a la refracción de las olas por el cambio de dirección de sus frentes, se producen corrientes de masa de agua muy significativas y tienen la tendencia a erosionar la playa y sector cercano al perfil litoral. Hay que considerar que debido al calentamiento global, el nivel del mar está subiendo y con ello la energía del agua se incrementara en el perfil litoral, produciendo cambios en el terreno de fondo y los depósitos de playa. b) Agua Lluvia Constituye un factor desencadenante de inestabilidad, esto ocurre porque combinación de diversos factores escorrentía superficial y las aguas subterráneas. El trabajo que realiza las gotas de agua de lluvia cuando impacta el terreno un levantamiento de las partículas de suelo e iniciándose un proceso de movilización superficial de los materiales sueltos que están en superficie. Cuando el régimen de lluvia es torrencial, el agua caída se canaliza por los surcos de erosión llevando el material suelto y causando flujos de lodo. En el caso de los suelos que hay en el sitio de construcción de este proyecto, los minerales arcillosos absorben agua dando como resultado un hinchamiento de los mismos e incrementando las presiones compresivas de los mismos.

4.3.2.FactoresHumanosLa actividad humana que se deriva de la construcción de obras civiles las causas con mayor incidencia en la estabilidad de taludes y por ende movimientos de masa. Si durante el mantenimiento y constricción de obras auxiliares en el muelle, no son consideradas estas observaciones producen danos de mayor cuantía que los estimados. Las principales actividades que tienen relación con este factor terreno de fundación. 4.3.3Excavaciones

Constituye uno de los factores desencadenantes de inestabilidad del terreno más común que se podría presentar en las arcillas de la formación Socorro. Para evitar este fenómeno, se requiere de un estudio geotécnico del tipo de suelo en detalle, para que garantice la estabilidad de los cortes, donde sea de realizarlos. 4.3.4DescripciónAmbientaldelComponenteMarino

a.1 Régimen de Circulación Atmosférica.

Se muestra datos recopilados de una estación meteorológicos automática ubicada en la comuna de Monteverde, desde Julio del 2008, complementada con los datos registrados en la estación meteorológica ubicada en La Libertad. Los parámetros analizados son: niveles de precipitación; Temperatura superficial del aire; humedad relativa; y, dirección y magnitud del viento.

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a.2 Régimen de Olas y Circulación Oceánica. Se analiza la dirección y magnitud de olas y corrientes registradas en equipos auto contenidos instalados en la zona desde febrero del 2008. Los olígrafos se colocaron en los veriles de 20,15 y 10 m; demás, las corrientes se registraron en

la columna de agua por 24 horas en 4 estaciones ubicadas en la zona para lo cual se utilizó un correntómetro con tecnología Doopler que registra la velocidad y dirección de la corriente en la columna de agua. Las mediciones de corrientes se realizaron durante 24 horas en cada estación considerando las dos fases de la marea (sicigia y cuadratura) y en las dos épocas del año (húmeda y seca) 4.4EstudiosdeCalidaddeAguaySedimentos

b.1 Estudios de calidad de Agua.- se toma como datos referenciales del proyecto de Monteverde de almacenamiento de GLP, los resultados obtenidos en el muestreo realizado donde se establecieron 20 estaciones distribuidas en 5 perfiles perpendiculares a la línea de costa, 6 estaciones en la zona intermareal y una estación de referencia en le desembocadura del río Jativa. Los análisis del laboratorio y muestreos los realizó el laboratorio acreditado PSI. Los parámetros analizados son: Temperatura, salinidad, pH, conductividad eléctrica, oxígeno disuelto, sólidos totales, nitrógeno total, metales pesados, (Bario, Plomo, cromo, vanadio), hidrocarburos aromáticos policíclicos (HPLC), hidrocarburos totales (HAPs), coliformes totales y fecales.

b.2 Estudios de calidad de Sedimento.

En sedimentos se muestran en estaciones seleccionadas entre las que fueron definidos para el muestreo de agua, analizando 3 de los 5 perfiles determinados para el muelle, considerando las estaciones como representativas de la calidad de sedimentos del área. Los mismo laboratorio acreditado y los parámetros fueron: metales pesados (cobre, cromo, cadmio, plomo, cadmio, zinc), hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAPs), hidrocarburos totales (HTP), coliformes totales y fecales. 4.4,1EstudiosdelMedioBióticoMarino

c.1 Estudios plantónicos: se analizó cuali y cuantitativamente la abundancia de que hay de Fito

plancton, zooplancton e ictioplanton, adicionalmente se estudió la productividad primaria mediante las concentración el disco secchi. c.2 Estudios bentónicos: Se identificaron las especies existentes en el bentos, tanto en el microbentos como en el macrobentos, ubicando estaciones en la zona intermareal como submareal. c.3 Bioensayos: Se realizaron estudios de mortalidad en larvas de camarón Litopenaeus vannamei expuestas al agua con sedimento suspendido en concentraciones de 10%, 50% y 100%.

4.5EstudiosAtmosféricosyOceanográficos

4.5.1RégimendeCirculaciónA

a) Antecedentes Por la posición geográfica del Ecuador, la región costanera central (Península de Santa Elena y Sur de Manabí) se encuentra influenciada por los efectos de la interacción océano-atmosfera, en este

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caso por la presencia de las corrientes oceánicas y de la Zona de Convergencia Intertropical (ZCIT) sobre la zona. Los vientos predominantes son del sudoeste. El régimen climático de la zona costera, es alterado frecuentemente por los eventos El Nino-Oscilación Sur (ENOS), que corresponde a la influencia masiva de aguas cálidas hacia el Pacifico

Oriental sobre las costas de Ecuador y Perú, cuyos efectos son: la elevación de la temperatura del agua y grandes precipitaciones; y los eventos fríos que corresponden a la influencia de aguas frías transportadas por la corriente del sur o de Humboldt, con efectos de disminución de la temperatura del agua, del aire y reducción considerable de las precipitaciones.

Blandin-INAMHI, 1989, en su “Análisis y Estudios Climatológicos en el Ecuador”, determina cuatro tipos de clima bien marcados a lo largo de la costa ecuatoriana, de acuerdo a la Clasificación de Koppen, la misma que tiene como acumulados de precipitación mensual y la temperatura media mensual del aire, determinando sobre el área de estudio el Clima Tropical Seco, cuyas características principales son: a) Temperatura media mensual entre 21°C y 26 °C. b) Los acumulados anuales de lluvia son inferiores a 300 mm. d.1) Precipitación Precipitaciones ligeras dispersas, tipo lloviznas se presentaron durante el periodo de monitoreo, alcanzando acumulados diarios de 0.1mm, y un acumulado total de 0.3 mm, estas precipitaciones son consideradas como propias de la época por efecto de la condensación de las masas de aire frías desplazadas desde el océano, cuyos acumulados mensuales son muy bajos (ver Figura 3.9

Figura 3.9 Mayores acumulados de precipitaciones octubre a julio Periodo 1951 Libertad-INOCAR Como se observa en la figura 3.9 acumulados mensuales de precipitaciones, y los meses de Junio a Noviembre presenta muy poca o casi ninguna precipitación. La estación de La Libertad presenta acumulados anuales de 246 mm. (Ver Figura 3.10)

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La máxima precipitación en 24 horas registrada en la zona corresponde a febrero 2008, con 123.2 mm y el mayor acumulado mensual ocurrió en marzo de 1998 con 728.9 mmm(ver Figura 3.9) Por lo general durante los eventos ENSO el régimen de lluvias empieza a fines de octubre y se prolonga hasta junio; las intensidades de las precipitaciones se incrementan debido a la fuerte actividad convectiva 2007 e inicio del 2008, se evidenciaron condiciones frías hacia el Pacifico central, sin embargo la presencia de sistemas meteorológicos de la Amazonia, provocaron Precipitaciones intensas e inusuales. El régimen pluviométrico 2008 (enero-Mayo) se presentó con un acumulado de 414.1.mm., que representa aproximadamente el 99% del acumulado normal de ese periodo, enero 2008 presento 57.8 mm que represento aproximadamente 211% del acumulado medio del mes, siendo febrero (259.0 mm) el mes con mayor precipitaciones alcanzando aproximadamente el 366% de su acumulado medio mensuales (Ver figura 3.11)

d.2) Temperatura superficial La temperatura media del aire es de 23.6°C, fluctuando entre 26,2oC durante febrero y marzo en la época lluviosa y 21,3oC en agosto y septiembre en la época seca. Sin embargo en la zona se presentan temperaturas absolutas máximas de 35,0oC en la época lluviosa, y mínimas de 17,0oC, en la época seca o fría.

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Los días más cálidos o con mayor temperatura se presentan entre febrero y abril, y los días más frescos o con menor temperatura se manifiestan entre julio y septiembre. (Ver Figura 3,12) Durante el periodo de monitoreo las temperaturas medias horarias del aire sobre el área de estudio se presentaron ligeramente sobre su valor medio mensual (Ver Figura 3.13)

d.3) Humedad relativa La humedad relativa promedio es de 82%, este parámetro está influenciado por la presencia de los cuerpos de agua circundantes (Ver Figura 3.14) Al ser una área costera el aire presenta una concentración de humedad relativamente constante; durante las horas del mediodía en los meses de Enero a Marzo, la humedad disminuye por el sobrecalentamiento de las masas de aire adyacentes.

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d.4) Vientos Los vientos predominantes al igual que otras zonas de la costa durante el año presentan predominancia del cuadrante Suroeste, los mismos que incrementan sus frecuencias hacia los meses de la época seca, así mismo es notorio el incremento de las frecuencias de vientos calmas durante la época lluviosa.(Ver Figura 3.16) Hacia los meses de la época seca, la velocidad promedio es de 3.5 m/s (7 nudos), durante los meses de julio – agosto se observan las mayores intensidades o velocidades de los vientos, las frecuencias de los vientos calmas o del cuadrante NE son muy bajas e igualmente sus velocidades son menores, durante estos meses se observan ocasionalmente vientos máximos entre 73 % y 91%. (Ver Figura 3.17) Durante el periodo de monitoreo en la zona de estudio, los vientos se presentaron con velocidades medias horarias de 3.6 m/s, y valores entre 1 m/s y 8 m/s, velocidades ligeramente superiores a los promedios de la época; las ráfagas alcanzaron durante el periodo velocidades de hasta 10 m/s. (ver Figura 3.18

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Los vientos del 23 de julio al 18 de agosto de 2008, presentaron una predominancia del cuadrante SW, y las ráfagas conservaron por lo general la misma o muy dirección. (Figura 3.19) En el área de estudio los vientos SW presentaron las mayores frecuencias con el 44% y las velocidades medias de 4.5 m/s (Ver Figura 3.20)

En el área de estudio los vientos entre 2.5 y 5 m/s presentaron las mayores frecuencias de ocurrencia con 48.5%, con muy baja ocurrencia de vientos mayores Figura 3.21). Las ráfagas entre 5 y 7.5 m/s presentaron las mayores frecuencias de ocurrencia con 47.5%, siendo muy baja la frecuencia ráfagas mayores a 7.5 m/s. (Ver Figura 3.22).

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4.6 Descripción del Entorno Marino

La oceanografía y climatología de toda la costa ecuatoriana está básicamente dominada por el régimen de circulación del Pacífico Tropical Oriental, el cual juega un papel muy importante en la distribución de la mayoría de las propiedades físicas, químicas y biológicas. La costa circundante del área de estudio es irregular. En ella se alternan zonas de playas arenosas, y acantilados bajos y verticales, generalmente no mayores a 10 m de altura, referidos al nivel medio del mar, con materiales emergidos donde las salientes rocosas continúan mar adentro varias centenas de metros. Entre estas salientes se forman playas embolsadas respaldadas por los acantilados, siendo estos muy inestables a tal punto que algunas obras públicas y residencias ribereñas de Ballenita y La Libertad, ubicadas cerca de Monteverde, han sido destruidas por la acción erosiva del oleaje. En los lugares donde no afloran estas formaciones se han desarrollado playas que han hecho avanzar la línea de costa hacia el mar. La zona de estudio presenta marcadas variaciones estaciónales, esto es: de Diciembre a Mayo se registra la estación húmeda o invierno, época en la cual el área marina es invadida por aguas cálidas (>25 ºC), de baja salinidad (<33,5 UPS), características que corresponden a las masas de Agua Tropical Superficial provenientes de la Cuenca de Panamá. Por otro lado se registra la estación seca o verano comprendida entre los meses de Junio a Noviembre, en la cual la zona costera es influenciada por masas de aguas frías (19 a 25ºC) y salinas (33,5 a 35 UPS) que caracterizan a la corriente del Perú. Por su posición geográfica, el área de estudio está ubicada en una zona de convergencia de un sistema de corrientes superficiales y sub-superficiales, como son: La Corriente del Perú –o de Humboldt–, la Corriente de Panamá, la Contracorriente ecuatorial, Corriente Sur Ecuatorial y la Sub-corriente Ecuatorial o Corriente de Cromwell. El equilibrio dinámico de este sistema de corrientes cada cierto tiempo se ve afectado por una anomalía que tiene considerables impactos socio-económicos en el Ecuador y que es conocido como el Fenómeno de "El Niño". Cabe destacar que la zona costera en estudio se encuentra continuamente expuesta a la acción del oleaje, que en algunas ocasiones la impactan en forma destructiva, sobre todo durante la presencia de eventos anómalos como El Niño, tiempo en el cual se incrementa el nivel medio del mar (NMM), y a este efecto se suma la presencia de tormentas tropicales, lo cual produce que el régimen de oleaje se altere significativamente provocando la presencia de fuertes marejadas, lo que trae como consecuencia cambios en el comportamiento natural de los procesos costeros. En condiciones normales las olas frente a las costas estudiadas tienen características de mar de leva con períodos medios de 16 a 22 segundos y alturas significativas medias de 0,6 m (Allauca y Cardín, 1987). Para el área específica de la Península de Santa Elena, durante la presencia de eventos anómalos (Niño 1997- 98), se obtuvieron registros de alturas promedios de olas de 0,50 a 1,50 m, y alturas máximas de hasta de 3,11 m. (Vera, 2000). Corrientes En relación a las mediciones de corrientes, que es una de las variables oceanográficas más significativas para determinar la trayectoria de una pluma de contaminantes, que potencialmente pudiera afectar a la bahía de Monteverde, a más de los datos medidos (parámetros físico-químicos de calidad de agua evaluados), se ha considerado los resultados de los datos contenidos en el Informe Preliminar del Proyecto PNUMA para control de la contaminación marina desde fuentes terrestres, ″Fundamentos para el control de la contaminación en el Puerto Pesquero de Monteverde-Salinas y su área de influencia”.

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El citado informe fue realizado en conjunto por el INOCAR e Instituto Nacional de Pesca en mayo del 2006. Ese informe muestra que los mayores rangos de velocidad de las corrientes marinas, fueron observados en los niveles superficiales donde alcanza valores promedios máximos de hasta 0,23 m/s, valores que corresponden además a l estado de flujo (pleamar), y los rangos mínimos fueron observados a niveles de fondo (10 metros), donde alcanzan valores de hasta 0,06 m/s, correspondientes también al estado de flujo. En cuanto a las direcciones, éstas tienen un patrón bien definido, con una clara tendencia hacia el sur-este durante el estado de flujo y hacia el nor-oeste durante el estado de reflujo, lo que indica que el patrón de circulación está influenciado por la acción de las mareas. Circulación Superficial y Sub-Superficial La circulación superficial se determina utilizando flotadores comúnmente llamados veletas, de lo que se observa que la misma está gobernada principalmente por la acción de las mareas. De igual manera que lo observado en la distribución vertical, los flotadores tienden a dirigirse hacia el nor-oeste durante el estado de reflujo (bajamar) y con una dirección hacia el sur-este durante el estado de flujo (pleamar). En cuanto a la magnitud de las corrientes obtenidas por los flotadores, se observa un máximo de 0.50 m/s correspondiente al nivel superficial y al estado de flujo. Mareas Las mareas de la zona de Monteverde corresponden al tipo de mareas mixtas, o sea que se presentan dos mareas altas y dos mareas bajas pero de diferente amplitud cada día. De acuerdo con la carta náutica IOA 10521 “Rada de Salinas”, publicada en noviembre del 2006, los niveles de marea referidos al Datum de sonda (Nivel Medio de Bajamares de Sicigias MLWS), registrados en el mareógrafo del puerto de La Libertad, próximo a Salinas, son:

TABLA 8 .-NIVELES DE MAREA REGISTRADOS EN EL PUERTO DE LA LIBERTAD Posición Amplitudes de mareas, en metros sobre el NR Lugar Lat. S Long. W MHWS MHWN MLWN MLWS La Libertad 02º 13’ 04” 80º 54’ 23” 2.34 2.11 0.24 0.00

Fuente: Carta náutica IOA 10521, INOCAR 2006. El nivel medio de pleamares de sicigia MHWS está ubicado a 2.34 metros sobre el nivel medio de bajamares de sicigias MLWS, que es el nivel de reducción de las cartas náuticas. No se incluyen en estos valores efectos de olas naturales o artificiales (producidas por buques o embarcaciones), marejadas, rompientes, tsunamis y otros fenómenos oceanográficos o atmosféricos. En las fase lunares de cuadratura, el nivel máximo de marea bajo las condiciones anotadas, es de 2.11 metros sobre el MLWS, mientras que el promedio de Bajamares de cuadratura alcanza 0.24 metros sobre el MLWS.

4.6.1CalidaddelAguaSuperficial

En el sector de Monteverde la calidad del agua de mar fue evaluada para establecer una línea base referencial que permita monitorear los impactos ambientales potenciales a futuro por la Actividad Procesadora de Productos Pesqueros SERVITERRA S.A. en Monteverde. Una

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evaluación detallada de los resultados se presenta en el Estudio de Diagnóstico de la Contaminación Ambiental de Monteverde (Diagnóstico Socio-Ambiental, 2007). A continuación se presenta un resumen de los resultados de estos análisis.

4.6.2ResultadosdeAnálisisFísico‐QuímicodelAgua

Los parámetros físico-químicos que se analizaron en cada una de las cinco (5) estaciones, así como los resultados obtenidos, se presentan en las Tablas 9-10-11 TABLA 9.- CONCENTRACIONES DE PARÁMETROS FÍSICO QUÍMICOS REGISTRADOS EN LAS MUESTRAS DE AGUA DE MONTEVERDE.

TABLA 10.- CONCENTRACIONES DE METALES MUESTRAS DEL SECTOR DE MONTEVERDE

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TABLA 11.- CONCENTRACIONES DE HIDROCARBUROS AROMÁTICOS POLICÍCLICOS (HAPS) EN ESTACIONES DE MUESTREO

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Los parámetros físicos analizados tales como oxígeno (saturación), turbidez, sólidos totales y suspendidos, se encontraron dentro de los límites máximos permisibles del criterio de calidad para el recurso hídrico superficial marino. Coliformes Totales y Fecales Las concentraciones de Coliformes Fecales se encontraron bajo los límites máximos permisibles de la legislación vigente. Los resultados del monitoreo muestran concentraciones elevadas de Coliformes Totales solamente para la estación STA-E3 (930 NMP/100 ml) sin embargo este valor se encuentra dentro del límite máximo de 1000 NMP.100 ml-1 aceptado como Estándar de Calidad Microbiológica para agua de mar, bañismo y pesquería según Maaliw et al. (1988). La norma local no posee valor para este parámetro. Metales Pesados De los parámetros analizados el Cobre y el Arsénico son los parámetros que se encontraron ligeramente por encima del límite máximo permisible de los criterios de calidad de la legislación local vigente para agua marina. Los valores del Arsénico que se encuentra sobre el valor de la norma local, 0,05 mg/l, sin embargo se encuentran dentro de los límites máximos permisibles al ser comparados con la norma de Chile (Norma Ambiental Chile, 2003), que tolera un rango mayor entre 0,01 y 0,2 mg/l. La mayor concentración de Arsénico corresponde a la estación STA-E5, 0.094 mg/l. El orden de concentración para algunos metales fue de Selenio > Cobre > Vanadio > Arsénico > Molibdeno > Zinc, donde el Cobre y Arsénico presentaron las concentraciones ligeramente por encima de los rangos normales (ver Figura 8).

FIGURA 8.- CONCENTRACIONES DE METALES EN MG.L-1

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Al correlacionar los datos de las concentraciones determinadas para metales en el agua se observó que algunos metales presentaron una buena correlación entre sí, como la del arsénico con el vanadio y potasio que mostraron un coeficiente de correlación igual a 0,99 (Tabla 12).

TABLA 12.- COEFICIENTE DE CORRELACIÓN DE LOS ELEMENTOS METÁLICOS DETERMINADOS EN EL AGUA DE LA BAHÍA DE MONTEVERDE

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También se pudo apreciar que algunos metales presentaron una distribución similar en el agua monitoreada, (Figura 9).

FIGURA 9.- CONCENTRACIONES DE SE, VA, AS Y MO EN MG.L-1 REPORTADAS EN LA COMUNIDAD DE MONTEVERDE

Es bien conocido que el destino final de los metales pesados liberados en la columna de agua son los sedimentos marinos. Generalmente estos metales son transportados a los sedimentos por medio del material suspendido particulado e incorporados rápidamente en fases minerales específicas (e.g., carbonatos, oxihidróxido, de hierro y manganeso, sulfuros de hierro, etc.). Bajo condiciones reductoras los constituyentes disueltos pueden difundirse hacia la interfase sedimento/agua, en donde son oxidados y re-precipitados, dando como consecuencia un enriquecimiento de metales en las capas superficiales de los sedimentos. De esta manera, los organismos bentónicos en contacto con la capa sedimentaria enriquecida con metales pesados son más susceptibles de incorporar dichos elementos en sus tejidos orgánicos. Hidrocarburos de Petróleo Los resultados del monitoreo en las cinco estaciones, no refleja contaminación del agua con aceites minerales. Hidrocarburos Aromáticos Policíclicos Existe una gran variedad de compuestos HAPs, habiéndose analizado para este estudio aquellos que se presentan en la Tabla 4-4. Los valores reportados son <0,0002 mg/l. El Reglamento Sustitutivo del Reglamento Ambiental de las Operaciones Hidrocarburíferas del Ecuador (RAOHE) indica que el límite permisible de hidrocarburos aromáticos Policíclicos (HAPs), en un punto de inmisión (punto de control en el cuerpo receptor) debe ser menor a 0,0003 mg/l.

4.5ENTORNOBIÓTICO

 

4.5.1EntornoBiológicoTerrestre

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La vegetación presente en la Península de Santa Elena corresponde a Matorral Seco de Tierras Bajas que ocurre en las cercanías al mar, a altitudes inferiores a los 100 m.s.n.m. La vegetación se caracteriza por ser seca, achaparrada, de hasta 6 metros de altura y espinosa. Junto a esta formación, que es la más extensa, se encuentran formaciones vegetales tales como Matorral seco Litoral y Espinar Litoral, en lugares cercanos al mar, y constituidos por arena y rocas (playas). Las características climáticas antes mencionadas, y en particular por el crecimiento urbano de los cantones La Libertad y Salinas, e inclusive la Ciudad de Santa Elena, han determinado que la zona se encuentre alterada. No se registra la presencia de ecosistemas primarios, y debido a que no existen especies que se cultiven en grandes cantidades para su comercialización e inclusive su autoconsumo, el único hábitat que se puede mencionar es el considerado matorral secundario. La fragmentación y pérdida de la cobertura vegetal descritos, han determinado en gran proporción la escasez de fauna. Aves Acuáticas En la Bahía de Monteverde se identificaron aves acuáticas principalmente, gaviotas, fragatas y pelícanos. Las aves sobrevuelan la bahía de Monteverde y en especial cerca del sitio conocido como La Roca por cuanto allí se realiza el eviscerado de los productos del mar que luego en parte son desechados al mar.

4.6.3EntornoBiológicoMarino

En este estudio se presenta un resumen de la composición cualitativa y cuantitativa de especies, encontrada en el sector Monteverde, la cual es de gran importancia para evaluar la presencia de especies de plancton y conocer las condiciones en que se encuentran en dicha zona. Esto con el objetivo de conocer la distribución, abundancia y composición del plancton, como información base del sector, previo la construcción del Centro de Comercialización y Procesamiento de Productos del Mar. En el estudio de Diagnóstico Ambiental se presenta una descripción más detallada de esta composición cualitativa y cuantitativa

4.6.3.1Distribución,AbundanciayComposicióndeEspecies

La metodología para el muestreo de las especies biológicas se presenta.

4.6.3.2Fitoplancton

En los ecosistemas acuáticos desde el punto de vista biológico, los organismos planctónicos constituyen la base de la cadena trófica. El presente muestreo se presenta de una forma muy particular, la concentración de diatomeas es bien abundante y con carácter especial el género Rhissozolenia está muy bien representado con algunas especies. La Fig. 10 presenta una distribución en Marea Alta para las cinco estaciones.

FIGURA 10.- TOTAL DE CEL/ M3 EN MAREA ALTA (CINCO ESTACIONES)

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FIGURA 11.- TOTAL DE CEL/ M3 EN MAREA BAJA (CINCO ESTACIONES)

Tomando en relación los totales obtenidos en el muestreo realizado en enero/2007, el grupo más representativo son las diatomeas o Bacillariophytas alcanzando una concentración de 1,60E+06 cel/m3. Este grupo constituye un buen sostenimiento de alimentación para el siguiente nivel trófico que es el zooplancton el cual debería estar bien concentrado. Los otros grupos comprenden un total de 1,94E+04 que no constituyen la mitad de la concentración de las diatomeas. FIGURA 12.- ABUNDANCIA Y DIVERSIDAD EN CEL/M3 ENCONTRADOS EN MONTEVERDE (MAREA

ALTA Y MAREA BAJA)

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Los valores obtenidos en el pH corresponden a valores que se observan en condiciones de concentraciones elevadas de diatomeas como es el presente muestreo, tanto en marea alta como en baja con un rango de 9,1 – 9,3. FIGURA 13.- VALORES DE PH MEDIDOS EN PLEAMAR Y BAJAMAR (DATOS OBTENIDOS EN EL CAMPO)

La presencia de los dinoflagelados y los protozoarios con concentraciones de con 2,57E+04 cel/m3 y con 1,18E+04 cel/m3, respectivamente podrían considerarse como indicativo de presencia de la corriente costera de El Niño. (Coello y Prado, 1999). Los valores obtenidos en la temperatura lo demuestran no evidenciando otra presencia de fenómeno alguno; evidencia es el intercambio desde Monteverde hacia mar afuera, de ahí la presencia de sedimento en las muestras de fitoplancton.

FIGURA 14.- VALORES DE TEMPERATURA MEDIDOS EN PLEAMAR Y BAJAMAR (DATOS OBTENIDOS EN CAMPO)

4.6.3.3Zooplancton

Existen pocos trabajos de zooplancton en ésta área específica, pero los pocos reportes en relación a abundancia se presentan en el área de la Libertad y áreas oceánicas que reportan presencia de abundancia zooplanctónica para dicho lugar.

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Durante el análisis del muestreo se han reportado 13 grupos zooplanctónicos, entre los cuales hay 7 familias, 12 géneros y 3 especies, además se reportan algunos estadios larvales como Zoea, megalopa y furcilia de algunos crustáceos en los ciclos de marea. En la figura 15 se observa la abundancia de zooplancteres en los dos niveles de marea y observamos claramente que las estaciones STA-E1, STA-E5 y STA-E2 son las más abundantes en organismos en marea baja; mientras que en marea alta las más abundantes son Sta.R-1, Sta.R-4 y Sta.R-3.

FIGURA 15.- ABUNDANCIA DE ZOOPLANCTON EN PLEAMAR Y BAJAMAR  

 

Pleamar Los resultados obtenidos durante los muestreos realizados en pleamar indican que los organismos más abundantes son el Orden Copepoda y estos a su vez presentan dos géneros (Ver Anexo Biología). Otros grupos comprenden el Orden Mollusca el Orden Cladocera, Orden Chaetognatha y finalmente la Sección Penaeidea.

FIGURA 16.- DIVERSIDAD DE ZOOPLANCTON EN PLEAMAR

Los porcentajes de los grupos identificados en este nivel de marea se presentan en la fig.17

FIGURA 17.- PORCENTAJE DE DIVERSIDAD DE ZOOPLANCTON EN PLEAMAR

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Bajamar

Durante los muestreos de zooplancton realizados durante bajamar, los organismos de mayor abundancia en este nivel de marea también fueron el Orden Copepoda y la Orden Cladocera. En la figura 18 se puede observar claramente la abundancia de los diferentes grupos que están conformando el zooplancton.

FIGURA 18. - NÚMERO DE ORGANISMOS DE ZOOPLANCTON EN BAJAMAR

En este nivel de marea los porcentajes están en relación a la abundancia de organismos identificados, en la figura 19 se observa la diversidad en relación al porcentaje y el Orden Copepoda está representado por el 51 % de la abundancia de este ciclo de marea y el menos abundante es el Orden Chaetognatha con 3 %. (Fuente: EsIA Proyecto Almacenamiento de Gas Licuado GPL Monteverde) Por la abundancia se observa que las variaciones van desde la zona costera hacia mar afuera, relacionando la abundancia con los valores de temperatura se evidencia que existe una estrecha relación con los organismos que representan al Orden Copepoda ya que estos son indicadores de masas de agua frías y esto nos indica que las condiciones océano-atmosféricas no han cambiado a pesar de encontrarnos en época de invierno y debería haber presencia de otros organismos de aguas cálidas.

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FIGURA 19.- PORCENTAJE DE DIVERSIDAD EN BAJAMAR

Resultados 

Existe diferencia entre la gran abundancia y diversidad de organismos que se presentan durante el muestreo en marea baja y la que se presenta en marea alta en marea baja se obtienen 180 985 org./m2, mientras que en pleamar se cuantificaron 45 873 org./m2. Además por la abundancia se observa que las variaciones van desde la zona costera hacia mar afuera, relacionando la abundancia con los valores de temperatura se evidencia que existe una estrecha relación con los organismos que representan al Orden Copepoda ya que estos son indicadores de masas de agua frías y esto nos indica que las condiciones océano-atmosféricas no han cambiado a pesar de encontrarnos en época de invierno y debería haber presencia de otros organismos de aguas cálidas. Finalmente con esta información se concluye que el área en pleamar es cuando más sufre y se agota la biodiversidad de organismos, mientras que en marea baja la presencia de organismos es mucho mayor lo que nos llevaría a decir que durante este ciclo de marea los organismos se refugian en las áreas costeras. Por el tipo de evaluación biológica en esta área existiría suficiente abundancia de organismos para ser consumidos por los superiores de la cadena trófica. (Fuente: EsIA Proyecto Almacenamiento Gas Licuado GLP- Monteverde)

4.6.3.5Ictioplancton

Del análisis realizado en las cinco estaciones, se cuantificaron 1 666 huevos (H) de peces. En Pleamar, la mayor abundancia de huevos de peces se presentó en las Estaciones STA-E2, seguida de SR5. En bajamar, las estaciones STA-E5 y la estación STA-E3 presentaron las mayores concentraciones (Ver Fig. 20). En lo que se refiere a larvas de peces, del total de 10 muestras analizadas se cuantificaron 444 larvas (L) de peces. En Bajamar se registraron las mayores concentraciones en la Estación STA- E2, con 10,3 L/10m. (Fuente: EsIA Proyecto Almacenamiento de Gas Licuado GLP- MONTEVERDE )

FIGURA 20.-CONCENTRACIÓN DE HUEVOS Y LARVAS ENCONTRADOS EN MONTEVERDE

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En general, el Ictioplancton del presente estudio fue dominado por larvas de dos géneros de peces: Anchoa sp., y Gobiosoma sp. entre las dos suman un total del 35 % en abundancia mayores que los otros especímenes. Según Chirichigno (1982); la familia Gobiidae es de distribución cosmopolita, su hábitat es bentónico de plataforma de fondos blandos y duros se encuentran sobre el sustrato o en relación con el mismo por razones de actividad trófica o refugio temporal, se lo utiliza como carnada o como subproducto para harina y las Anchoas son de distribución cosmopolita se las utiliza como carnada y son de importancia en la cadena trófica. (Fuente: EsIA Proyecto Almacenamiento Gas Licuado GLP- Monteverde) Diversidad y Densidad Por las densidades larvales relativamente bajas, una predominancia de larvas pequeñas, y una baja diversidad y por las características que reúnen las especies de la Familia GOBIIDAE se deduce que este Ictioplancton corresponde a zonas costeras de muy poca profundidad y que en la zona es una zona de mezclas por la presencia de la Familia SCOMBRIDAE. (Fuente: EsIA Proyecto Almacenamiento Gas Licuado GLP. Monteverde) En la zona en estudio no se producen desoves de especies de interés comercial pero si hay presencia de peces pequeños que no se han identificado por falta de estudios realizados a especies pequeñas de hábitat costeros que representan una importancia en la cadena trófica. La Figura 21 presenta las Familias identificadas y algunos géneros, entre los que se encuentran Anchoa sp., Gobiosoma sp. y Eucinostomus sp., El grupo no identificado corresponde al 49,54 % (dos tipos de huevos y uno de larvas), los huevos dañados o infértiles representan el 7,87 % del total anterior. (Fuente: EsIA Proyecto Almacenamiento Gas Licuado GLP- Monteverde)

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FIGURA 21.- ABUNDANCIA PORCENTUAL POR ESPECIES DEL ICTIOPLANCTON EN EL SECTOR DE MONTEVERDE

 

En el Ictioplancton identificado por especie se registra mayor abundancia de huevos de peces de Anchoa sp., en pleamar; en Huevos no identificado en pleamar se registró una concentración de 55.12 h/10m es mayor que los otros huevos, esto correspondió en un 80 % a una sola especie, pero por falta de información de especies costeras no se puede identificar; en huevos dañados o infértiles o huevos blancos; en pleamar se registró el 7.21 H/10m que también es representativo, pero no se puede identificar por obvias razones. En lo referente a larvas la más abundante y frecuente en todas las estaciones en estadio de larva fue Gobiosoma sp., seguida por Anchoa sp., las especies restantes se registra como presencia y no como abundancia por encontrarse en cantidades inferiores a 5 H o L/10m. (Fuente: EsIA Proyecto Facilidad Pesquera de Monteverde) FIGURA 22.- ABUNDANCIA DEL ICTIOPLANCTON/10M POR ESPECIES, EN PLEAMAR Y BAJAMAR,

EN LA ENSENADA DEL PUERTO PESQUERO DE MONTEVERDE-SALINAS

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Resultados Por las densidades larvales relativamente bajas, una predominancia de larvas pequeñas, y una baja diversidad y por las características que reúnen las especies de la Familia GOBIIDAE se deduce que este Ictioplancton corresponde a zonas costeras de muy poca profundidad y que en la zona es una zona de mezclas por la presencia de la Familia SCOMBRIDAE. En la zona no se producen desoves de especies de interés comercial pero si hay presencia de peces pequeños que no se han identificado por falta de estudios realizados a especies pequeñas de hábitat costeros que representan una importancia en la cadena trófica. (Fuente: EsIA Proyecto Almacenamiento de Gas Licuado GLP- Monteverde)

4.7ENTORNOSOCIO‐ECONÓMICO4.7.1UbicaciónGeográfica

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CAPITULO 5 DESCRIPCIONGENERALDELAPLANTADEPROCESAMIENTODEPRODUCTOS PESQUEROSSERVITERRAS.A.

 

5.1ANTECEDENTES

Planta de procesamiento de Productos pesqueros S.A., es una industria del sector alimenticio, dedicada a la transformación o procesamiento de productos pesqueros para lo cual utiliza materias primas nacionales. Los representantes de la Empresa SERVITERRA S.A., conscientes de sus responsabilidades en el cumplimiento de la legislación ecuatoriana en lo relativo a la protección ambiental, y con el fin de adoptar y ejecutar el Plan de manejo de ambiental aplicable a su realidad técnica económica, han contratado la elaboración de la presente Estudio de Impacto Ambiental expost. Con estos antecedentes, se pone a consideración del sector público y en particular al MINISTERIO DEL AMBIENTE, la presente documento ambiental elaborada por la CONSULTORA AMBIENTAL, bajo la responsabilidad técnica de su Consultor Líder Blgo. Mario Brito C., con registro de consultor ambiental Cl- 366-MAE. Las instalaciones y actividades de la planta de procesamiento de productos pesqueros han sido evaluados por el Instituto Nacional de Pesca a través del Plan Nacional de Control existe evidencia de cumplimiento con los registros, presentados en el Anexo.

ANÀLISISDEALTERNATIVASDELPROYECTO

Para este caso en particular, el análisis de alternativas se resume en la aplicación de una matriz de dos columnas, comparando la situación con y sin proyecto. Lo anterior se justifica por lo siguiente: los promotores de la actividad han tomado la decisión de ejecutar una actividad privada en base a la disponibilidad en propiedad de un área apropiada para este tipo de obras civiles, así como las ordenanzas y criterios técnicos del municipio del cantón Salinas para el desarrollo de plantas de procesamiento de productos pesqueros; por lo tanto, no es factible realizar un análisis integral que compare posibles alternativas de ubicación del proyecto o de las modalidades de operación que se realizan en base a los criterios técnicos. Por lo tanto, se analizan dos alternativas básicas:

Alternativa 1: Construcción, operación, mantenimiento y abandono de la Planta de proceso de productos pesqueros

Alternativa 0: No se realiza la construcción.

Alternativa 1

Situación sin Proyecto

Alternativa 0

Existe planificación previa a la utilización del área cumpliendo ordenanzas Municipales vigentes donde se determina la factibilidad de uso de suelo. Se modifican las características de los componentes ambientales Se generan impactos ambientales negativos temporales durante la construcción y existen aspectos ambientales significativos.

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DESCRIPCIONGENERALDELASOPERACIONESYDESUMANEJO

Según el acuerdo #567 de fecha 13 de Octubre de 1986, Los Ministerios de Industrias. Comercio, Integración y Pesca y Finanzas y Crédito Público, otorgaron a Pescados Camarones y Mariscos S.A. (SERVITERRA S.A.) la clasificación como empresa pesquera, con categoría B.

Mediante este acuerdo interministerial, SERVITERRA está autorizada a ejercer la actividad pesquera en las siguientes líneas de producción:

“Filetes congelados de pesca blanca, congelados de colas de camarón y pescado entero fresco y la comercialización de estos productos en el mercado interno y externos”

Con estos antecedentes, SERVITERRA ha venido trabajando desde el año 1986 en el procesamiento de productos del mar en estado fresco y congelado y en la comercialización de los mismos en el mercado interno y externo.

En estos veinte y seis años, SERVITERRA ha ido creciendo en infraestructura (inversión), experiencia, nuevas especies y sobre todo en el control de la seguridad y calidad de nuestros productos, obteniendo desde hace algunos años, la calificación de “conformidad total” de parte del instituto nacional de pesca como autoridad competente de la comunidad Europea y de la F.D.A.

DESCRIPCIÓNDEÁREAS

La planta de procesamiento de productos pesqueros SERVITERRA S.A., posee la siguientes áreas para realizar las diferentes actividades del proceso para garantizar un producto pesqueros con alto índice de calidad, inocuidad de producto. A continuación las siguientes áreas o subprocesos:

Área de Recepción de materia prima, de dimensión de aproximadamente de 48 m² de

construcción de hormigón, con piso impermeabilizado y con dispositivo de pediluvio.

Área o Sala de proceso: con una dimensión de 195 m² aproximadamente, de construcción de hormigón de paredes enlucidas, con piso impermeabilizado.

Área o Sala de corte: de construcción de hormigón, con una dimensión de 120 m², con piso impermeable, paredes enlucidas. Estas áreas poseen (30) mesas de trabajo de acero inoxidable con dimensiones aproximadas de 1,20 x 2,40 cm.

Área o Sala de Empaque: de construcción de hormigón, con dimensión de 195 m², pisos impermeabilizados, paredes enlucidas.

Para la preservación, congelación o mantenimiento del producto pesquero en proceso o producto final , la planta de proceso SERVITERRA SA.A , posee varios equipos, que integran la cadena de frío como son:

4 túneles de Congelación: 2 túneles de congelación con capacidad de 16.000 lbs o 7,5 Tn

2 túneles de congelación con capacidad de 10.000 lbs o 4,5 Tn

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3 cámaras de mantenimiento: 2 cámaras de mantenimiento con capacidad de 250.000 lbs/día o 115 Tn.

1 cámara de mantenimiento con capacidad de 150.000 lbs o 70 Tn

DESCRIPCIÓNDEEQUIPOSYMAQUINARIAS

La planta de proceso de productos pesqueros SERVITERRA S.A., emplean varias máquinas y equipo, para realizar los diferentes subprocesos o actividades, en el procesamiento de los productos pesqueros.

Una empacadora al vacío, Termo formadora VC99, modelo RS-520 con capacidad de 28.000 Lbs.

Una maquina Clasificadora de marca Marel, con capacidad de clasificación de 20.000 lbs/producto/ día.

Una maquina inyectora de Agua (Humedad) para el producto pesquero.

Tres cortadora de productos pesqueros, de Marca Torrey.

Una cortadora de productos pesqueros de marca Hobert.

Una maquina detectora de metales

Tres máquinas de empacado al vacío, marca Koch, de capacidad de 5.000 lbs/diaria por turno.

Dos máquinas de fabricar de Hielo, con capacidad de 4 y 3 Tn/ diaria, presentación de hielo triturado. Una tolva de almacenamiento de Hielo y molino.

Como utensilios de corte tenemos cuchillos de acero inoxidable, cepillos, bandejas plásticas.

Seis mulas hidráulicas con capacidad de 1000 Kg cada una.

Como equipos auxiliares, la planta de proceso posee una Planta Generadora de electricidad de marca Kholer de capacidad de 350 Kilovatios. Y cuarto de transformador con capacidad de 275 Kwa.

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Organigramadelaempresa

CONTROL DE CALIDAD

PERSONAL DE LIMPIEZA

MANTENIMIENTO

Y DESINFECCION PERSONAL

OBRERO BODEGA PERSONAL

OBRERO PERSONAL

OBRERO

GUARDIANES

DOCAPES S.A. PESCADOS CAMARONES Y MARISCOS

SANTA ROSA- SALINAS- ECUADOR

ORGANIGRAMA

LABORATORIO Y DE RECEPCION

JEFEDE PROCESO

JEFE DE CAMARAS SECRETARIAS

GERENTE DE OPERACIONES

COMERCIO EXTERIOR SUBJEFE DE PLANTA

JEFE

CHOFERES

3

3

GERENTE GENERAL

JEFE DE PLANTACOBRANZAS

COMPRADORES ASISTENTE

CONTADOR

DESCRIPCIONNARRATIVADELORGANIGRAMA

El Gerente General es el representante legal y la persona que dirige a la empresa SERVITERRA. A el se comunican directamente el Gerente de Operaciones, la Asistente del Gerente General y los compradores de materia prima (pescado). El mismo realiza la comercialización en el mercado externo así como los respectivos cobros por las ventas. La Asistente del Gerente General controla al contador general, que lleve la contabilidad y el pago de obligaciones al día: obtiene los permisos de exportación; solicita los cupos aéreos y/o marítimos; liquida las exportaciones al Banco Central, etc. El Gerente de Operaciones con asiento en la planta recibe la orden de cada embarque de parte del Gerente General e inmediatamente prepara todo lo necesario para realizar los embarques. Además, es la persona líder del equipo Haccp de SERVITERRA y por lo tanto el responsable de que se cumplan las normas sanitarias de inocuidad y de calidad que el plan Haccp lo exige. El gerente de operaciones trabaja en coordinación con la Asistente del Gerente General para

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preparar los embarques vía aérea o marítima, realizar el pago de sueldos y salarios del personal , previo envío de los reportes de las horas trabajadas, pago de servicios varios, pedido de materiales de empaque o de limpieza o mantenimiento , etc. Cada Gerente tiene a su vez su personal de apoyo: el Gerente General se apoya en su asistente y en el Gerente de Operaciones. El gerente de operaciones se apoya en el jefe de planta y en los jefes de cada área de la planta. (Control de calidad, recepción, procesamiento, cámaras, secretarias, etc.) coordinando detalles y supervisando el desarrollo del trabajo de todos ellos. La asistente del Gerente General se apoya en el contador, los auxiliares de contabilidad, el personal de comercio exterior y los choferes de los camiones. Todo el trabajo se realiza de una manera coordinada y sincronizada, desde las compras de la materia prima, el proceso, la congelada, la empacada, la embarcada. Etc.

DESCRIPCIONDELPRODUCTO

A.- ESPECIES QUE SE CONTROLA HISTAMINA 4A-1 Atún ojo grande (Thunnus Obesus). Atún Aleta Amarilla (Thunnus Albacares). Filetes y H/G Frescos (Pág.36 libro F.D.A.). 4A-2 Escolar (Lepidocybium Flavobrunneum). Filetes y H/G Frescos y Congelados (Pág. 21 libro F.D.A.). 4A-3 Pez Sierra (Acanthocybium Solanari). H/G Fresco (Pág. 37 libro F.D.A.). 4A-4 Dorado (Coryphaena Hippurus). H/G fresco; filetes y porciones frescos empacados al vacío; filetes, lomos y Porciones IQ congelados. (Pág. 27 libro F.D.A.). 4A-5 Picudo (Makaira Mazara). Lonjas frescas empacadas al vació (Pág. 27 libro F.D.A.). Origen del producto: Salvaje; Océano Pacifico zona FAO 87; del mar territorial ecuatoriano Empaque: Cajas de cartón parafinado con plumafon y doble capa de plástico, el Pescado fresco. Cajas de cartón de 10 libras -20 libras o lo que el cliente pida, el pescado Congelado. Consumidores: Todos los productos para público en general. Consumidores sensibles: No aplica. B.- ESPECIES QUE SE CONTROLA MERCURIO 4B-1 Tiburón Tinto ( isurus oxyrinchus ) H/G fresco y congelado. 4B-2 Tiburón rabón ( (Alopias superciliosus) H/G fresco

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4B-3 Pez Espada ( Xiphias gladius) H/G Fresco – Lonjas frescas empacadas al vacío

Origen del producto:Salvaje; Océano Pacifico zona FAO 87; del mar territorial ecuatoriano Empaque: Cajas de cartón parafinado, con plumafon y doble capa de plástico. Consumidores: Público en general. Consumidores sensibles: No aplica. C.- ESPECIES QUE NO SE CONTROLA RIESGO QUIMICO 4C-1 Cherna ( Mycteroperca Xenarcha) Filetes frescos empacados al vacío (Pág. 25 libro F.D.A.) 4C-2 Corvina de Roca (Brotula clarkae) Filetes frescos o congelados (Pág. 27 libro F.D.A.) 4C-3 Pargo Lunar ( Lutjanus Guttatus) Entero fresco ( Pág.33 Libro F.D.A incluir histamina) 4C-4 Selemba (Paranthias Furcifer) Entero congelado. Origen del producto: Salvaje; Océano Pacifico zona FAO 87; del mar territorial ecuatoriano Empaque: Cajas de cartón parafinado, con plumafon y doble capa de plástico, el Pescado fresco Cajas de cartón sin parafina, el pescado congelado. Consumidores: Público en general. Consumidores sensibles no aplica. Distribución: El pescado fresco en camiones térmicos con hielo, el pescado Congelado en cámaras frigoríficas a -18 ºC. Almacenado: En cámaras frigoríficas a -2ºC , el pescado fresco ( con hielo) y a -18ºC el pescado congelado. Información de distribución, almacenamiento y utilización: En todas las cajas de empaque está impreso las indicaciones para el mantenimiento del producto, a que temperatura se debe conservar para ser consumido, así como una alerta si no se obedece.

PROCEDIMIENTOSOPERATIVOSESTANDARESDESANEAMIENTO

Los procedimientos de Operación sobre patrón de desinfección juegan un papel muy importante en el respaldo del sistema H.A.C.C.P. cuando se implementan los procedimientos de operación sobre patrón de desinfección, H.A.C.C.P. puede resultar más efectivo porque puede concentrarse en los riesgos relacionados con el pescado o con el procesamiento del mismo. Los diseños de S.S.O.P. varían en las diferentes instalaciones, puesto que cada cual se diseña de forma diferente. En SERVITERRA hemos diseñado un S.S.O.P. (actualizado para aplicarse en el año 2010) y documentado con registros también actualizados para ser utilizados en el año 2011). El S.S.O.P. nos requiere documentar con: OCHO PUNTOS CLAVE PARA S.S.O.P.

1. La seguridad del agua que entra en contacto con el pescado o las superficies de contacto con el pescado o que se utiliza en la manufactura del hielo.

2. Las condiciones y limpieza de las superficies en contacto con el pescado, incluso los utensilios, guantes y vestimenta exterior.

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3. La prevención de contaminación cruzada de los pescados con objetos no sanitarios, el material de empaque del pescado y otras superficies en contacto con el pescado, incluso los utensilios, guantes, y vestimenta exterior y entre otros pescados.

4. Mantenimiento de las instalaciones de lavado de manos, higiene de manos y baños. 5. La protección del pescado, el material de empaque del pescado y las superficies en

contacto con el pescado contra la adulteración con lubricantes, combustibles, pesticidas, limpiadores, agentes desinfectantes, condensados y otros contaminantes químicos, físicos o biológicos.

6. La rotulación, almacenamiento y uso correcto de los compuestos tóxicos. 7. El control de las condiciones de salud de los empleados que podrían resultar en la

contaminación microbiológica de los pescados, materiales de empaque del pescado y las superficies en contacto con el pescado.

8. La exclusión de plagas de la planta SERVITERRA. SERVITERRA ha implementado el siguiente S.S.O.P. con el fin de respaldar su plan HACCP y garantizar a sus clientes un pescado seguro para el consumo humano. 1.- SEGURIDAD DEL AGUA: La planta de SERVITERRA dispone para sus requerimientos, de una cisterna de agua potable con capacidad de 50 metros cúbicos (50.000 lts.). Toda el agua que se utiliza en SERVITERRA proviene de la planta de tratamiento de agua potable de la Península de Santa Elena. SERVITERRA no utiliza otro tipo de agua para ninguna de sus necesidades, por lo tanto, es un agua segura e higiénica. El abastecimiento se lo hace diariamente por tanquero. A pesar de que SERVITERRA utiliza agua potable en todo el proceso incluyendo las máquinas de hielo y los baños, el Jefe de Control de Calidad diariamente toma muestras de agua de la cisterna (que abastece a toda la planta) para verificar que la cantidad de cloro tenga como mínimo 1.0 ppm cuando tenga menos de ese valor, dicho funcionario, automáticamente agrega la cantidad de cloro que le falta al agua de la cisterna para completar 1.0 ppm. Todos los meses se envía muestra de agua de la cisterna para realizar análisis microbiológicos ( E. coli, enterococos, recuento de colonias a 37ºC, clostridium perfringens incluidas, coliformes totales y coliformes fecales) al laboratorio del Instituto Nacional de pesca, una vez al año se envía muestra de agua de la cisterna al laboratorio del Instituto Nacional de pesca para realizar análisis químico (cadmio, mercurio y plomo). SERVITERRA ha implementado un registro (el # 110) que muestra diariamente la cantidad de agua en la cisterna, la cantidad de cloro en ppm y ph del agua. 2.- LAS CONDICIONES Y LIMPIEZA DE LAS SUPERFICIES EN CONTACTO CON EL PESCADO.- Todas las superficies en contacto con el pescado, de aparatos y utensilios pertenecientes a la planta, incluyendo aparatos que se emplean en la producción y almacenaje, están elaborados con materiales fáciles de limpiar y mantener en un estado higiénico. Las superficies son de materiales no tóxicos y diseñados para resistir el ambiente del uso que se le da y la acción de los compuestos para limpieza de alimentos y agentes desinfectantes.

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PROCEDIMIENTOSPARALIMPIEZADEMESAS,GAVETAS,CUCHILLOS,TABLEROSDEFILETEAR:

PROCEDIMIENTO PARA LIMPIEZA Y DESINFECCION DE MESAS: a) Antes de cada jornada de trabajo, se procede a limpiar (lavar) las mesas de las salas de proceso donde se va a laborar. La limpieza es rápida, solo con agua, pues la noche anterior quedó limpia y desinfectada. La lavada se la realiza por la parte exterior y por la parte interior. b) En la sala de proceso (de fileteo), cuando se esta fileteando pescado, cada cierto tiempo (aproximadamente cada 2 horas), se limpian las mesas por la parte exterior así como los tableros de filetear, los cuchillos, los guantes y los mandiles, con el propósito de que no se acumule partículas de pescado que pueda descomponerse y contaminar al resto del pescado. c) Al final de cada jornada de trabajo, se lavan las mesas íntegramente para lo cual primero se remojan, luego se desengrasan con la espuma clorada y se refriega por afuera y luego se voltea la mesa para hacerlo por dentro. Después de refregar bien la grasa, se enjuaga por afuera y por dentro para finalmente sanitizarla con SANIT 10.

PROCEDIMIENTOPARALIMPIEZADEGAVETA:

a) Antes de cada jornada de trabajo se procede a enjuagar solo con agua las gavetas que van a utilizar ese día, en las diferentes tareas. b) Cada vez que sea necesario, se lavaran con agua las gavetas durante el tiempo que dure la jornada de trabajo, especialmente las gavetas que se utilizan para desalojar de las salas de proceso el desperdicio del pescado, que son las gavetas cerradas color gris. c) Al final de cada jornada de trabajo, se lavan íntegramente las gavetas para lo cual primero se remojan con agua, luego se desengrasan con espuma clorada, se refriega, luego se enjuaga con agua y finalmente se sanitiza con SANIT 10.

PROCEDIMIENTOPARALIMPIEZADECUCHILLOS:

a) Antes de cada jornada de trabajo se enjuagan (cada trabajador) los cuchillos que van a utilizar, con agua solamente. b) Periódicamente se lavan los cuchillos con agua, de acuerdo a la necesidad. c) Cuando un trabajador tiene que salir de la sala de proceso, deja su cuchillo dentro de una gaveta que tiene agua y cloro con una concentración de 1.0 ppm. d) Al regresar, toma su cuchillo y lo enjuaga con agua. e) Al final de cada jornada de trabajo se lavan los cuchillos con espuma clorada, se enjuagan y se los almacena en una gaveta que tiene agua y cloro con una concentración de 20 ppm donde permanece hasta el otro día.

PROCEDIMIENTOPARALIMPIEZADETABLEROSDEFILETEAR:

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a) Antes de empezar cada jornada de trabajo, el trabajador que va a utilizar un tablero de filetear pescado, lo enjuaga con agua, lo deja escurrir y luego lo pone en su puesto para ser utilizado. b) Durante la jornada de trabajo, cada vez que sea necesario, el trabajador lavará su tablero de filetear, para lo cual existen mangueras con agua potable y suficiente presión para hacerlo. c) Al final de cada jornada de trabajo, se remoja el tablero de filetear con agua, se desengrasa con espuma clorada, se refriega, luego se enjuaga y por último se lo deposita en un tanque donde contiene agua y cloro en proporción de 200 ppm donde permanece hasta la nueva jornada de trabajo.

PROCEDIMIENTOPARALIMPIEZADEGUANTES,MANDILESYBOTAS:

a) Antes de cada jornada de trabajo, cada trabajador lavará sus guantes de caucho sean estos nuevos o que ya los este usando, pero que estén en buenas condiciones, lo hará con espuma clorada, luego lo enjuagará con agua, para estar listo a ser utilizado, lo mismo hará con el mandil y las botas. b) Cada vez que un trabajador necesite salir de su sitio de trabajo, dejará sus guantes en una gaveta con agua y cloro en 20 ppm de concentración que está ubicada a la salida de la sala de proceso, Lo mismo su mandil, lo dejará colgado en unos ganchos que se encuentran antes de la salida. c) Al regresar, recogerá sus guantes y su mandil, los enjuagará con agua y se los colocará para seguir trabajando, al pasar por el pediluvio, lavará y desinfectará sus botas.

PROCEDIMIENTOPARALIMPIEZADECORTADORADEPESCADO:

a) Antes de empezar a cortar pescado, cada operador instalará la cinta de corte en la maquina, previamente revisando minuciosamente que esté en buen estado, luego procederá a prenderla y lavar con agua por dentro (sin mojar las partes eléctricas) y por fuera. b) Cada que sea necesario, el operador recogerá del interior de la maquina el aserrín de pescado que se forma y se acumula al cortar, lo retirará de la cortadora y procederá a lavar bien con agua toda la máquina. c) Al final de cada jornada de trabajo, cada operador limpiará su máquina, quitando la cinta de corte, remojará la maquina por dentro y por fuera, la desengrasará con espuma clorada, refregará bien, la enjuagará con agua y luego le pondrá sanitizantes SANIT 10.

PROCEDIMIENTOPARALIMPIEZADEMAQUINASDEEMPACARALVACIO:

SERVITERRA cuenta en la actualidad con una maquina termoformadora VC999 modelo RS-520 y 3 maquinas Koch Ultravac 2100 de doble cámara, su limpieza y desinfección es igual para todas ellas.

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a) Antes de empezar cada jornada de trabajo se limpiaran las máquinas de empacar al vacío de la siguiente manera: Con una esponja o paño mojado con agua, se limpiará toda la superficie exterior de las maquinas, enjuagando y exprimiendo la esponja o el paño cuantas veces sean necesarias. Las partes eléctricas se limpiaran con una esponja o franela secas, cuidando de no mojar, lo mismo para los tableros (pantalla) de control. b) Durante la jornada de trabajo, cada que sea necesario, se limpiará las maquinas con esponja o paño mojado o con esponja o paño seco según sea el caso. c) Al final de cada jornada de trabajo, se procederá a una limpieza integral de cada maquina: con esponja o paño húmedo se remojará las superficies externas e internas de las maquinas, luego la esponja o el paño se humedecerá con espuma clorada y se refregará todas las superficies de las maquinas tanto exterior como interior. Posteriormente se enjuagará la esponja o el paño y con eso se procederá a enjuagar las superficies de las maquinas, al final, con la esponja o el paño sumergido en sanit 10 se procederá a sanitizar todas las superficies de las maquinas.

PROCEDIMIENTOPARALIMPIEZADEMAQUINADETECTORADEMETALES:

a) Antes de empezar cada jornada de trabajo, el operador de la maquina detectora de metales limpiará con una esponja húmeda o un paño húmedo, toda la maquina en su parte exterior, las partes electrónicas (tableros, paneles, pantallas), las limpiará con una franela seca. b) Cada vez que sea necesario, durante la jornada de trabajo, estará limpiando la maquina con una franela seca. c) Después de la jornada de labores, el operador de la maquina procederá a limpiar la misma de la siguiente manera: con una esponja o un paño húmedos, remojará las superficies exteriores e interiores de la maquina (excepto las partes eléctricas y electrónicas); luego con una esponja o paño sumergidos en espuma clorada, desengrasará las superficies de la máquina, refregando las mismas. A continuación con la esponja o el paño enjuagados en agua procederá a limpiar las superficies de la maquina, por último, con una esponja o paño sumergidos en sanit 10, procederá a sanitizar las superficies interiores y exteriores de la máquina. d) Una vez a la semana (el día domingo) se retiraran las bandas de la máquina para hacer una limpieza profunda, tanto en la maquina como de las bandas. SERVITERRA entrega a cada trabajador(a): delantales de plástico (vinyl), guantes y botas de caucho, uniformes con el distintivo de la empresa. A los trabajadores no se les permite vestir prendas personales, al menos que así lo autorice el Jefe de planta y el Gerente de Operaciones. SERVITERRA dispone de una lavandería con lavadora y secadora, para el lavado de los uniformes, por lo tanto, a cada trabajador (a) se le proporciona uniformes limpios y a cada, trabajador se les exige conservar tales prendas en un estado operable, limpios y desinfectados, como se les ha entregado. El supervisor de control de calidad revisará diariamente que todo trabajador cumpla con estas disposiciones de la empresa, cuando el trabajador (a) comete alguna falta, se le llena un formulario con la infracción cometida.

3.‐LAPREVENCIONDECONTAMINACIONCRUZADA.

Las áreas y líneas de trabajo separan ordenadamente a los trabajadores para que realicen una función específica: así por ejemplo, un grupo se encarga de recibir el pescado ( materia prima),

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calificarlo, clasificarlo, pesarlo, y, guardarlo por lotes en la cámara de almacenamiento de pescado fresco, en tanques numerados y cubiertos de hielo; otro grupo se encarga de sacar el pescado fresco de la cámara de almacenamiento y llevarlo hasta la sala de proceso; otro grupo se encarga de procesarlo ( filetearlo, sacar piel, sacar sangre, lavarlo, pesarlo, poner en los carritos, entrar los carritos a los túneles de congelación, etc.) ; otro grupo se encarga de sacar los carritos con el pescado congelado de los túneles y guardarlos en cajas o llevarlos a donde el grupo de cortadores, quienes cortan los lomos en porciones ; otro grupo , se encarga de empacar el pescado ( clasificar, pesar, glacear, revisar, etc ) y guardarlo en las cámaras de almacenamiento de pescado congelado; otro grupo se encarga de guardar y sacar productos de las cámaras de almacenamiento de pescado congelado; otro grupo se encarga de sacar hielo del silo de hielo y llevarlo a recepción o sala de empaque, en el silo de hielo se cambian las botas antes de ingresar, utilizan palas que se encuentran dentro del silo y gavetas de cualquier color menos color gris cerrada. Por esta razón no hay peligro de que se contamine el hielo. SERVITERRA procesa hasta la fecha solo pescado en estado natural, es decir, nada de producto cocinado o que lleve algún ingrediente diferente al pescado. Si en el futuro la compañía procesara otros tipos de productos del actual, tendríamos que modificar nuestro S.S.O.P. y nuestro plan Haccp.

4.‐MANTENIMIENTODELASINSTALACIONESDELAVADODEMANOSYBAÑOS

SERVITERRA cuenta con una batería de 5 lavamanos de acero inoxidable, que se accionan con la rodilla (automáticamente) antes del ingreso a la sala de proceso. Esta batería de lavamanos posee además unos dispensadores con jabón liquido yodado, para el lavado y desinfección de las manos de las personas que van a ingresar a la sala de proceso ( sean trabajadores o visitantes ), por otro lado, también cuenta con dispensadores de papel toalla, para secarse las manos por último, existe un tacho de basura para depositar el papel toalla utilizado en el secado de las manos, además, todo el piso está constituido por un pediluvio, con cloro en una proporción de 200 ppm que sirve para el lavado y desinfección de las botas , también existen lavamanos con accionamiento de la rodilla, jabón liquido yodado, papel toalla y tacho para los papeles en la sala de recepción de pescado, en la sala de proceso y en la al de corte, para lavarse y desinfectarse las manos cada vez que sea necesario. Así mismo, pediluvios para el lavado y desinfección de las botas, existe a la entrada de la sala de recepción, a la salida posterior de la sala de empaque, a la entrada de la puerta que sirve para cargar los contenedores, a la entrada del silo de hielo, etc. Para el correcto y obligatorio uso de estas instalaciones, se han colocado rótulos en toda la planta. El supervisor de control de calidad revisa diariamente (3 veces al día) que estas instalaciones estén abastecidas en forma correcta y que estén funcionando en forma normal Los baños de hombres y de mujeres, así mismo están equipados con instalaciones para el lavado y desinfección de las manos (lavamanos accionados por la rodilla, jabón líquido yodado, toallas de papel, tacho de basura, etc.) para ser utilizados obligatoriamente después de realizar una necesidad fisiológica, del mismo modo, el supervisor de control de calidad revisa 3 veces al día que estas instalaciones estén abastecidas en forma correcta y que estén funcionando en forma normal, esto lo registra en el formulario de revisión de sanidad. Así mismo, también existen rótulos en los baños para recordarles el uso obligatorio de las instalaciones.

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5.‐LAPROTECCIONDELPESCADO,ELMATERIALDEEMPAQUEDELPESCADOYLASSUPERFICIESENCONTACTOCONELPESCADOCONTRALAADULTERACIONCONLUBRICANTES,COMBUSTIBLES,PESTICIDAS,LIMPIADORES,AGENTESDESINFECTANTES,CONDENSADOSYOTROSCONTAMINANTESQUIMICOS,FISICOSOBIOLOGICOS.

SERVITERRA dispone de una “bodega de químicos” donde son guardados y almacenados en forma ordenada todos los compuestos de limpieza, agentes desinfectantes, insecticidas para combatir las plagas, cebos para las trampas de los roedores, etc etc. Dicha bodega se encuentra separada y lejos de las salas de proceso, sala de recepción, bodega de material de empaque, silo de hielo, cámaras de frío, oficinas, etc. Así mismo, SERVITERRA dispone de una bodega de repuestos, donde el supervisor de mantenimiento almacena apropiadamente en perchas todos los repuestos y herramientas que dispone y necesita para el mantenimiento de los equipos y maquinarias de la planta, así mismo, dicha bodega se encuentra separada y lejos de las salas de Proceso, sala de recepción, bodega de material de empaque, silo de hielo, cámaras de frío, oficinas etc. Dentro de la planta (salas de proceso) no se almacenan combustibles ni lubricantes, a no ser cantidades pequeñas de gasolina o diluyente para el lavado de brochas, cuando se está pintando alguna área de la planta. En todo caso nunca se pintan áreas dentro de las salas de proceso cuando se está procesando pescado; se pinta cuando se para la producción por uno, dos o más días. El supervisor de control de calidad inspecciona las áreas de procesamiento, corte y empaque antes de reiniciar el trabajo, para revisar que no hayan quedado posibles fuentes de contaminación, después de haber pintado una o más áreas. Esta revisión no se la registra en formulario alguno sino que se informa y se actúa inmediatamente para controlar. Los pescados, superficies en contacto con el pescado y los materiales de empaque son protegidos contra contaminantes que se puedan esparcir, escurrir o caer dentro de los pescados. El supervisor de Mantenimiento revisa diariamente que los difusores de frío de las salas de proceso, corte y empaque, estén funcionando correctamente, para garantizar una temperatura entre 16ºC y 18ºC en todas las salas de proceso. Los supervisores de control de calidad también revisan diariamente que no se produzcan manchas en el piso de las salas de procesamiento, corte y empaque durante la limpieza y desinfección de los mismos (En SERVITERRA no se limpia y desinfecta los pisos con cloro, pues este desinfectante mancha los pisos), Además deben procurar que las áreas se encuentren limpias, desinfectadas y revisadas antes de reiniciar la producción. También revisarán diariamente las posibles fuentes de contaminación por condensación de los equipos difusores de frío (revisarán que el agua producto del de frost, sea evacuada por medio de una manguera a los canales de drenaje.

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6.‐LAROTULACIÓN,ALMACENAMIENTOYUSOCORRECTODELOSCOMPUESTOSTOXICOS.

Como se indicó en el punto anterior, SERVITERRA dispone de una “bodega de químicos” donde se guardan y almacenan en forma ordenada y con rotulación y etiquetas los compuestos de limpieza, agentes desinfectantes, insecticidas para combatir las plagas, cebos para las trampas de los roedores, etc., dicha bodega se encuentra separada y lejos de las salas de proceso, sala de recepción, sala de corte, sala de empaque, cámaras de frío y oficinas administrativas. En la bodega de químicos se encuentran los siguientes productos: PRODUCTO USO

1. Jabón líquido yodado Desengrasante y desinfectante para las manos 2. Creolina Limpieza de desagües y alcantarillas Exteriores. 3. Cloro líquido Limpieza y desinfección de drenajes

Interiores 4. Cloro granulado Control cloro en cisterna.- limpieza de cuarto de desperdicio, control cloro en Pediluvios, etc. 5. Sanit 10 Desinfectante(amonio cuaternario) para mesas, pisos y paredes 6. Insectospar Volador Insecticida para las moscas y mosquitos 7. Contrac Blox Cebo para las trampas de roedores 8. Clorinated degreaser Espuma desengrasante para mesas, pisos, Paredes, gavetas, etc. 9. Detergente en polvo Lavandería para los uniformes, limpieza de Baños y oficina, etc. Todos estos productos se encuentran almacenados en forma ordenada y con su respectiva rotulación (etiquetas). El uso de cada uno de estos productos, en forma general están escritos a la derecha, pero en forma detallada se lo realiza de acuerdo a las buenas prácticas de manufactura y con las concentraciones que recomienda el fabricante para cada producto y de acuerdo al punto 2 del S.S.O.P. (la limpieza de las superficies en contacto con el pescado) y al punto 4 (Mantenimiento de las instalaciones de lavado de manos y baños).

7.‐ELCONTROLDELASCONDICIONESDESALUDDELOSEMPLEADOS,QUEPODRIANRESULTARENLACONTAMINACIONMICROBIOLOGICADELOSPESCADOS,MATERIALESDEEMPAQUEDELPESCADOYLASSUPERFICIESENCONTACTOCONELPESCADO.

Para obtener el permiso de funcionamiento de la dirección provincial de salud, SERVITERRA necesita que todos sus trabajadores de la planta obtengan su “certificado de salud” en el hospital de Salinas, para lo cual, una brigada médica viene cada año a realizar el examen médico a cada trabajador, tomar la muestras de sangre para los exámenes y a colocar las Vacunas respectivas, después de eso, el hospital entrega el respectivo certificado de salud, cuya copia se envía a la

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dirección provincial de salud como uno de los requisitos para otorgar el permiso de funcionamiento anual. Al personal de trabajo eventual o temporal, también e le pide al ingresar a trabajar, que presenten su certificado de salud actualizado, aparte de esto, SERVITERRA tiene contratada una doctora en medicina que cada mes visita la planta para chequear la salud de todos los trabajadores que se encuentren laborando ese día, y le hace su ficha médica, por otra parte, cualquier trabajador de SERVITERRA que tenga o pueda tener, de acuerdo a un examen médico u observaciones del supervisor, una enfermedad, herida infectada, una herida abierta tal como una quemadura o irritación o cualquier otro problema que pueda contaminar el pescado, la superficies en contacto con el pescado o los materiales de empaque, deben excluirse de cualquier operación hasta que dicho estado desaparezca o se cure. Como parte de nuevas instrucciones para el trabajador, se informa a todo el personal sobre la necesidad de dar aviso inmediato a los supervisores en caso de cualquier enfermedad o lesión que pueda derivar en la contaminación de cualquier etapa del proceso, los empleados deben notificar en forma inmediata a los supervisores si se han expuesto a un brote de la enfermedad en desarrollo de salmonella (tal como: fiebre tifoidea) , hepatitis A o Shigella, especialmente cuando los empleados muestran los respectivos síntomas, de todos modos, también a los empleados se les informa que se les designarán deberes (funciones) que no comprometan al proceso. El personal a cargo de la supervisión es responsable de observar el aparente bienestar del personal todos los días. Antes de que comiencen las operaciones, el supervisor de control de calidad revisará si los empleados muestran signos de problemas de salud, ante cualquier señal de alguna lesión o enfermedad que pueda comprometer el proceso, debido a la contaminación, el supervisor sacará a ese trabajador de la sección e informará al administrador de la planta; si ha dicho trabajador no se le pueda asignar otras tareas a el o a ella se les enviará a casa hasta que el estado desaparezca o que un médico le autorice regresar al trabajo, para garantizar una buena higiene de los trabajadores y por lo tanto buena salud, SERVITERRA dispone de instalaciones sanitarias adecuadas y de fácil acceso, que entregan una eliminación apropiada de aguas servidas al alcantarillado sanitario público en los baños de hombres y de mujeres. Se entregan instalaciones sanitarias separadas para trabajadores del sexo masculino y femenino en los baños de hombres y baños de mujeres, los cuales están separados y lejos de las áreas de recepción, proceso, corte y empaque. El baño de hombres dispone de 5 retretes, 5 duchas, 1 urinario múltiple y 2 lavamanos accionados con la rodilla, el baño de mujeres dispone de 3 retretes, 3 duchas y un lavamanos accionado con la rodilla. Además, el personal de bodega de materiales de empaque dispone de un baño particular compuesto de un retrete, una ducha, y un lavamanos. El personal que labora en SERVITERRA es aproximadamente 60 hombres y 30 mujeres de enero a abril y de 12 hombres y 3 mujeres el resto del año. Durante los días de trabajo, el supervisor de control de calidad revisará diariamente, 3 veces al día, que las instalaciones sanitarias estén funcionando bien, que estén limpias, desinfectadas y que estén provistas. Los resultados se registran en el formulario “Control de desinfección y sanidad”. El supervisor de mantenimiento conserva las instalaciones sanitarias en funcionamiento y buen estado. Además, SERVITERRA ha implementado un programa continuo de capacitación tanto para personal de planta como para personal eventual. ( registro #125)

8.‐LAEXCLUSIONDEPLAGASDELAPLANTASERVITERRA

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En el interior de la planta SERVITERRA “No hay plagas”, se prohíbe la presencia de roedores, insectos, pájaros u otras plagas, personal de SERVITERRA y una empresa contratada (Multiser) se encarga de combatir y eliminar las plagas. Todos los días se chequea que el cebo en las trampas de los roedores ubicados en la parte exterior, este completo o se cambia si es necesario, así esté completo el cebo, cada semana se cambia el cebo a todas las trampas, por recomendaciones del fabricante, para cebo usamos “contrac blox”, que ha dado buen resultado. Las trampas están ubicadas por toda la planta (según croquis del plan Haccp), tanto en la parte exterior como en la parte interior de la bodega de materiales de empaque, donde existen 6 trampas de otro tipo que las exteriores, de resorte y con cebo se usa queso o mortadela. El trabajo de revisión y cambio de cebo lo realiza un supervisor de control de calidad, protegido con guantes de caucho, si encuentra una rata muerta, inmediatamente la retira del lugar y la echa a la basura, para que el recolector de basura ( camión ), se la lleve. Casi todos los días se fumiga las moscas y otros insectos en los exteriores de los edificios, dando énfasis al cuarto de desperdicio y a los alrededores del camión que desaloja los desperdicios, para el efecto, se utiliza “insectospar volador” que nos ha dado buen resultado y una bomba de mochilla. El trabajo lo realiza el supervisor de limpieza, con su equipo apropiado (mascarilla especial, protector de ojos, guantes y botas de caucho etc.). Además SERVITERRA tiene contratada a la empresa “Multiser” (desde Mayo de 2007) para que nos realice un trabajo adicional al nuestro en la fumigación de los exteriores y en el control de roedores, una vez al mes personal de Multiser viene a realizar el trabajo mencionado y luego nos entregan el reporte respectivo “control integrado de plagas” con todos los detalles de los trabajos efectuados. Diariamente el supervisor de control de calidad inspecciona que las trampas de roedores y las lámparas contra insectos estén funcionando bien y las observaciones y acciones correctivas se registran en el formulario #113 “control de plagas”. Las cortinas plásticas puestas a las entradas de las salas de recepción, proceso, corte y empaque, así como la temperatura que existe dentro de las mismas, evita que se infiltren insectos al interior, sin embargo, si se infiltrare algún (os) insecto (s), existe lámparas industriales para matar a los insectos, que SERVITERRA tiene ubicadas por toda la planta (a la entrada de la salas), para este propósito.

9.‐EXAMENESMICROBIOLOGICOS.

La empresa SERVITERRA ha contratado al “Laboratorio Guyard” para que dos veces al año, personal de dicho laboratorio venga a nuestra planta a tomar muestras de: agua, mesas de filetear, balanza, mano de un trabajador cualquiera, piso, paredes, gavetas, etc. y , realicen exámenes microbiológicos de los mismos. El resultado de dichos análisis son enviados a las oficinas de Guayaquil y luego ellos nos envían a la planta, donde son archivados.

10.‐MANEJODEPARASITOSENELPESCADO

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Los parásitos son organismos que necesitan un huésped para sobrevivir (sobre o dentro del pescado). Estos parásitos sino se los elimina, pueden producir enfermedades a la persona que consuma el pescado contaminado con parásitos. En SERVITERRA nos preocupamos de que nuestro producto vaya libre de parásitos, para eso hacemos lo siguiente: a) Procedimiento para pescado exportado fresco: Antes de empacar se limpia y se lava el pescado; al limpiar en el vientre, se utiliza un cepillo y el cuchillo; si se observa algún parásito que esta prendido en la carne, se lo extrae con el cuchillo y se limpia con el cepillo y agua todo el vientre, hasta que desaparezca todo residuo de sangre b) Procedimiento para pescado exportado congelado: En el proceso del pescado ( al hacer lomos o porciones ), si se observa algún parásito prendido en el pescado, se lo extrae con el cuchillo y luego se lava el lomo o la porción, para luego ser congelados a 30º C de temperatura. En nuestra experiencia, son pocos los pescados que tienen parásitos y se observa en especies como el pez sierra y el dorado; podríamos atrevernos a decir que menos del 1% de los pescados tienen parásitos, no amerita llevar registros.

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7

FORMA DISCRETA PARA CADA PRODUCTO

a ) Diagrama de flujo para cada producto (Anexo 1 ) b ) Hoja de Análisis de Riesgo para cada producto ( Anexo 2 ) c) Plan Haccp para cada producto (Anexo 3) (peligros que deben ser controlados: medidas preventivas o de control; límites críticos; monitoreo de procedimientos; acciones correctivas: registros; verificación por persona responsable de Plan Haccp.

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ANEXO 1-A

DIAGRAMA DE FLUJO ESPECIES QUE SE CONTROLA HISTAMINA

P.C.C.

RECEPCIÓN EN LA PLANTA

P.C.C.

ALMACENAMIENTO

EN CÁMARA FRIGORÍFICA

PROCESAMIENTO

(FILETEADA –SANEADA- LAVADA)

CONGELADA

(PARA PRODUCTO CONGELADO)

CORTADA CON MAQUINA

(DE PRODUCTO CONGELADO)

EMPACADA

P.C.C.

EMPACADA AL VACÍO

P.C.C.

DETECCION DE METALES

ALMACENAMIENTO

DE PRODUCTO CONGELADO

P.C.C. : PUNTO CRITICO DE CONTROL

ANEXO 1-A

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DIAGRAMA DE FLUJO

CONFIRMACION POSITIVA 1.- Recepción de materia prima en planta: Se refiere a cuando el pescado comprado o por comprarse llega a la planta, ahí se procede como lo indica el capitulo 9 y el capitulo 4 de GMP y el capitulo 17 (responsabilidades de cada área y los registros # 102-103-105-108). 2.- Almacenamiento en cámara frigorífica: Se refiere al tiempo que el pescado se queda en la planta, esperando ser procesado. Este período es monitoreado mediante el uso del registro #106. 3.- Procesamiento: Es la etapa en la que el pescado entero es transformado hasta la presentación en que se lo va a exportar o hasta un paso previo, en esta etapa se concentra la mayor parte de los controles ( GMP, capitulo 9, capitulo 17, etc.) y monitoreos ( registros # 105 -108 – 109- 122-117 -110 -110ª -111 -112 -113 -114 ). Esta etapa comprende la fileteada, saneada y lavada, hasta poner en los carritos donde se va a congelar. Esta se considera una etapa porque el pescado entra entero y se lo procesa hasta enviarlo a congelar, no hay proceso intermedio como en toda etapa, esta comprende varios pasos: fileteada, sacada de piel, saneada, lavada, pesada, colocada en los carritos para ser congelado y todo ese conjunto comprende la etapa de “procesamiento”. 4.- Congelada: Es la etapa en la cual el producto del estado fresco pasa a ser congelado (producto que se exporta congelado) utilizando los túneles de congelación. Esta etapa es monitoreada usando los registros # 107 -120 y el capitulo 19. 5.- Cortada con máquina. Los lomos congelados, se los corta en porciones de acuerdo a las especificaciones del cliente (pesos, largos, anchos y espesores máximos y mínimos). Se lo realiza con cortadoras especiales y con personal con experiencia, en la sala de proceso. 6.- Empacada: Es la etapa en la cual el producto casi listo se lo pone en el embalaje que el cliente lo indica, para ser producto final, listo para ser exportado. Se lo monitorea con los registros #118 -119- 121- 122- 123). 7.- Empacada al vacío: Los clientes, algunos productos piden que sean empacados al vacío, para lo cual SERVITERRA cuenta con 2 maquinas grandes Ultravac 2-100 que sirven para empacar producto fresco o congelado, de cualquier tamaño (hasta 20 libras por funda) se monitorea con el registro 109. 8.- Detección de Metales Todas las cajas con el producto ya empacado (excepto las cajas de 50-60 libras, que se arman con grapas metálicas) son pasadas por la maquina detectora de metales que dispone SERVITERRA, para evitar que alguna partícula metálica esté incluida, dentro o fuera de la caja. El monitoreo se lo registra en el formato número 133 por uno de los supervisores de control de calidad. 9.-lmacenamiento de producto congelado. Es la última etapa, antes de que el producto final salga para el exterior, se mantiene en cámaras a -18ºC y se monitorea con el registro # 107-108.

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ANEXO 2-A HOJA DE ANÁLISIS DE PELIGROS

ESPECIES QUE SE CONTROLA HISTAMINA ETAPA

RIESGO

SIGNIFICA UN RIESGO

POTENCIAL?

CAUSA Y/O JUSTIFICACION

DEL RIESGO

MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE CONTROL

¿ES UN

PCC?

RECEPCIÓN EN LA PLANTA

BIOLOGICO BACTERIAS PATOGENAS

SI

Contaminación de bacterias patógenas por manipulación inapropiada.

Limpieza y manipulación apropiadas. Repetir el examen organoléptico.

SI Ver Anexo # 30

QUIMICO: HISTAMINA

SI

El aumento de la temperatura en el pescado da lugar a que ocurra la descarbolizacion de la enzima histirina, dando lugar a la histamina, que afecta la salud del consumidor.

Control de tiempos y temperatura.

SI

FISICO: ELEMENTOS EXTRAÑOS

NO Ninguno

Controlado por GMP

NO

ALMACENAMIENTO

EN CAMARA FRIGORÍFICA Y CON

HIELO

BIOLOGICO BACTERIAS PATOGENAS

NO

Ninguno

Ninguna

NO

QUIMICO HISTAMINA

SI

Abuso de temperatura.

Manejar temperatura del pescado máximo 4ºC monitorear la misma 3 veces al día y cubrir con suficiente hielo.

SI

FISICO ELEMENTOS EXTRAÑOS

NO

Ninguno.

Controlado por GMP

NO

PROCESAMIENTO

(FILETEADA SANEADA LAVADA)

BIOLOGICO BACTERIAS PATOGENAS

NO

Proceso lento o falta de limpieza.

Proceso continuo y rápido. Toda la sala limpia y desinfectada

NO

QUIMICO HISTAMINA

NO

Abuso de temperatura

Monitorear que la temperatura del pescado no suba de 9ºC. La sala de proceso está emperada a 20ºC.

NO

FISICO ELEMENTOS EXTRAÑOS

NO Ninguno Controlado por GMP

NO

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CONGELADA (PARA

PRODUCTOS CONGELADOS)

BIOLOGICO BACTERIAS PATOGENAS

NO

Falla en los túneles de congelamiento.

Controlar que los túneles funcionen correctamente.

NO

QUIMICO HISTAMINA

NO

Abuso de temperatura

Controlar que el producto este congelado máximo en 10 horas.

NO

FISICO ELEMENTOS EXTRAÑOS

NO

Ninguno.

Controlado por G.M.P.

NO

PRODUCTO CONGELADO

CORTADO CON MAQUINA

BIOLOGICO BACTERIAS PATOGENAS

NO

Contaminación cruzada.

Mantener todo limpio y desinfectado.

NO

QUIMICO HISTAMINA

NO

Abuso de temperatura.

No dejar descongelar el pescado.

NO

FISICO ELEMENTOS EXTRAÑOS

SI

Posibles partículas del metal de la maquina cortadora.

Revisión visual y con el detector de metales.

NO

EMPACADA

BIOLOGICO BACTERIAS PATOGENAS

NO

Improbable que se produzca.

Controlado por G.M.P.

NO

QUIMICO HISTAMINA

NO

Improbable que se produzca.

La sala de empaque está en 15ºC

NO

FISICO ELEMENTOS EXTRAÑOS

NO

Ninguno

Controlado por G.M.P.

NO

EMPACADA AL VACIO

( PRODUCTO FRESCO)

BIOLOGICO CLOSTRIDIUM BOTULINUM

SI

Abuso de temperatura

Pasando 4 fundas empacadas al vacío medir temperatura con termómetro infrarrojo (rayo láser). Si tiene más de 3ºC, bajar la temperatura Usar solo fundas Cryovac.Colocar 14% de Gell Pack en las cajas

SI

QUIMICO HISTAMINA

NO

Improbable que se produzca.

Ninguna NO

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FISICO ELEMENTOS EXTRAÑOS

NO

Ninguno

Controlado por G.M.P.

NO

DETECCION DE METALES

BIOLOGICO BACTERIAS PATOGENAS

NO

Improbable que se produzca

Controlado por G.M.P. y S.S.O.P.

NO

QUIMICO HISTAMINA

NO

Improbable que se produzca

Controlado por G.M.P. y S.S.O.P.

NO

FISICO ELEMENTOS EXTRAÑOS

SI

Posibles partículas de metal

Absolutamente todas las cajas son pasadas por el detector de metales

SI

ALMACENAMIENTO

DE PRODUCTO

CONGELADO

BIOLOGICO BACTERIAS PATOGENAS

NO

Ninguno

Controlado por G.M.P.

NO

QUIMICO HISTAMINA

NO

Abuso de temperatura

Mantener la temperatura de la cámara a -18ºC

NO

FISICO ELEMENTOS EXTRAÑOS

NO

Ninguno

Controlado por G.M.P.

NO

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ANEXO 1-C

DIAGRAMA DE FLUJO ESPECIES QUE NO SE CONTROLA RIESGO QUIMICO

RECEPCIÓN EN LA PLANTA

ALMACENAMIENTO

EN CÁMARA FRIGORÍFICA

PROCESAMIENTO

(FILETEADA –SANEADA- LAVADA)

CONGELADA

(PARA PRODUCTO CONGELADO)

EMPACADA

P.C.C.

EMPACADA AL VACÍO

P.C.C.

DETECCION DE METALES

ALMACENAMIENTO

DE PRODUCTO CONGELADO

P.C.C. : PUNTO CRITICO DE CONTROL

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ANEXO 2-C HOJA DE ANÁLISIS DE PELIGROS

ESPECIES QUE NO SE CONTROLA RIESCO QUIMICO ETAPA

RIESGO

SIGNIFICA UN RIESGO

POTENCIAL?

CAUSA Y/O JUSTIFICACION

DEL RIESGO

MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE CONTROL

¿ES UN

PCC?

RECEPCIÓN EN LA PLANTA

BIOLOGICO BACTERIAS PATOGENAS, PARASITOS TOXINA NATURAL CFP (CIGUATERA)

SI Contaminación de bacterias patógenas por manipulación inapropiada

Limpieza y manipulación apropiadas. Repetir el examen organoléptico. Si el lote tiene más de 2-5% o 3 piezas descompuestas. Rechazar todo el lote.

SI Ver Anexo # 30

QUIMICO: NO

NO

Improbable que se produzca

Ninguna NO

FISICO: ELEMENTOS EXTRAÑOS

NO

Ninguno

Controlado por GMP

NO

ALMACENAMIENTO

EN CAMARA FRIGORÍFICA Y CON

HIELO

BIOLOGICO BACTERIAS PATOGENAS, PARASITOS

NO

Ninguna

Ninguna

NO

QUIMICO NO

NO Improbable que se produzca

Ninguna NO

FISICO ELEMENTOS EXTRAÑOS

NO Ninguno. Controlado por GMP

NO

PROCESAMIENTO

(FILETEADA SANEADA LAVADA)

BIOLOGICO BACTERIAS PATOGENAS, PARASITOS

NO

Proceso lento o falta de limpieza, abuso de temperatura

Proceso continuo y rápido. Todo en la sala está limpio y desinfectado, revisar los parásitos y extraerlos

NO

QUIMICO NO

NO Improbable que se produzca

Ninguna NO

FISICO ELEMENTOS EXTRAÑOS

NO Ninguno Controlado por GMP

NO

CONGELADA (PARAPRODUCTOS

CONGELADOS)

BIOLOGICO BACTERIAS PATOGENAS, PARASITOS

NO

Falla en los túneles de congelación

Controlar que los túneles funcionen correctamente.

NO

QUIMICO NO

NO

Improbable que se produzca

Ninguna

NO

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FISICO ELEMENTOS EXTRAÑOS

NO

Ninguno.

Controlado por G.M.P.

NO

EMPACADA

BIOLOGICO BACTERIAS PATOGENAS, PARASITOS

NO

Posible presencia de parásitos (Pág. 25)

Controlado por G.M.P. revisar que no haya parásitos

NO

QUIMICO NO

NO

Ninguno Ninguna NO

FISICO ELEMENTOS EXTRAÑOS

NO

Ninguno

Controlado por G.M.P.

NO

EMPACADA AL VACIO

( PRODUCTO FRESCO)

BIOLOGICO CLOSTRIDIUM BOTULINUM

SI

Abuso de temperatura

Pasando 4 fundas empacadas al vacío medir temperatura con termómetro infrarrojo (rayo láser). Si tiene más de 3ºC, bajar la temperatura Usar solo fundas Cryovac.Colocar 14% de Gell Pack en las cajas

SI

QUIMICO NO

NO Ninguno Ninguna NO

FISICO ELEMENTOS EXTRAÑOS

NO

Ninguno

Controlado por G.M.P.

NO

DETECCION DE METALES

BIOLOGICO BACTERIAS PATOGENAS PARASITOS

NO

Improbable que se produzca

Controlado por G.M.P. y S.S.O.P.

NO

QUIMICO NO

NO

Ninguno

Ninguna

NO

FISICO ELEMENTOS EXTRAÑOS

SI

Posibles partículas de metal

Absolutamente todas las cajas son pasadas por el detector de metales

SI

ALMACENAMIENTO

DE PRODUCTO

CONGELADO

BIOLOGICO BACTERIAS PATOGENAS

NO

Ninguno

Controlado por G.M.P.

NO

QUIMICO MERCURIO

NO

Ninguno

Ninguno

NO

FISICO ELEMENTOS EXTRAÑOS

NO

Ninguno

Controlado por G.M.P.

NO

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PLANDEMANEJODELASEGURIDAD

A.- MANEJO DE LA SEGURIDAD DEL PESCADO. 1. En primer lugar, SERVITERRA tiene conformado un equipo que se encarga del Plan

Haccp, que analiza los riesgos y puntos críticos de control de nuestro producto, utilizando los parámetros que nos dá la FDA y el codex alimentario.

2. En segundo lugar, dentro del Plan Haccp está establecido la aplicación de las buenas

prácticas de manufactura y los procedimientos operativos estándares de saneamiento (GMP y SSOP) para todo el personal que labora en SERVITERRA.

3. De acuerdo al organigrama, cada área de la planta tiene un supervisor (recepción,

proceso, cámaras, laboratorio, etc.), cuyas responsabilidades están detalladas en el Plan Haccp capitulo 17 y otros (capitulo 18, capitulo 19. etc), lo que concierne específicamente al control de la seguridad y calidad del pescado que vamos a exportar.

4. Los 3 puntos anteriores están respaldados con monitoreos que hacemos, para lo cual

se utilizan los diferentes registros.

5. Para evitar que un pescado dañado o adulterado sea exportado, se hacen chequeos visuales (usando los órganos de los sentidos) en cada etapa: Compras, recepción, procesamiento y empacada, cualquier producto que no esté apto para exportarse es retirado inmediatamente. Este trabajo lo realiza el personal de cada área donde se esté trabajando el pescado asistido por el supervisor respectivo.

6. Los productos químicos de limpieza y de fumigación de insectos (plagas) se

encuentran lejos de las áreas de proceso, empacada y recepción de pescado; la llave de la puerta la tiene la persona del laboratorio, si llegara a realizarse un plan para contaminar el pescado, la persona encargada alertaría a la Gerencia de que le falta un determinado producto químico y se procede como se indica a continuación.

a) Se paraliza inmediatamente el procesamiento del pescado. b) Se examina todo el producto procesado ese día y el día anterior. c) Si se encuentra huellas de contaminación en los dos días examinados, se retira el

producto de los dos días, caso contrario solo del día que se descubrió el ilícito. d) El producto retirado se lo hace examinar en el laboratorio de Guayaquil en caso que

se compruebe la contaminación, se procede a quemar el producto. e) Se da parte a la policía para que investigue a fondo a todo el personal, hasta

encontrar al (los) culpable (s). f) Una vez descubiertos los culpables y encarcelados, se reinicia el trabajo, tomando

mas precauciones en los controles. g) La compañía SERVITERRA ofrece $1000.00 (un mil dólares) de recompensa a la

persona (trabajador) que denuncie un intento comprobado de adulteración intencional del pescado con este incentivo podemos disuadir cualquier intento de sabotaje.

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B.‐SEGURIDADEXTERNA.

1.- Todo el perímetro del terreno de SERVITERRA está cerrado con una pared de mampostería y estructura de hormigón armado.

2.- Los guardianes de la planta, a cada hora que toman la temperatura de las cámaras frigoríficas que están prendidas, hacen de vigilar el perímetro de la planta.

3.- En el exterior de la puerta de entrada existe un reflector que ilumina toda la entrada, para en las noches poder ver algún movimiento extraño.

4.- En las instalaciones de la planta, la construcción es de estructura de hormigón armado, paredes de bloques de cemento, cubierta de eternit (cemento), tumbado de fibrolit ( cemento); es decir, que no son materiales inflamables, por lo tanto, no tenemos peligro de incendios. El único sitio que tiene materiales inflamables es la bodega de material de empaque, que está separada del resto de edificios, e igual, su construcción es de duro cemento.

5.- En los edificios de: recepción, procesamiento, empaque, bodega de químicos, mantenimiento, etc, no existen ventanas, por lo tanto, tenemos esos puntos menos para controlar. Solo existen puertas metálicas y puertas de cortina plástica para evitar la filtración de plagas al interior.

6.-Para ingresar a SERVITERRA, los guardias dejan pasar a los vehículos que traen pescado y que vienen acompañados por el comprador, o los que previamente los compradores indican que van a enviar una pesca con otra persona. Otro vehiculo que no haya sido reportado, será detenido afuera y esperara que el guardia consulte con la oficina si puede ingresar o no. 7.-Cualquier otra persona ajena a SERVITERRA que solicite entrar, el guardia lo detendrá afuera, consultará con la oficina si puede entrar, y si la respuesta es positiva, el guardián lo dejara pasar pero previamente le pedirá su identificación y la retendrá hasta su salida. También anotará en su bitácora, el nombre, la hora de entrada y la hora de salida, así como la placa del vehículo en caso que ingrese con un vehículo. 8.- Los guardianes de la planta están instruidos para inspeccionar todos los vehículos que ingresa a la planta, tanto a la entrada como a la salida, para controlar cualquier cargamento extraño o maniobra rara. 9.-El estacionamiento de los vehículos está situado de tal manera que el guardián los está viendo todo el tiempo-

10-El personal que labora en SERVITERRA, tanto personal de planta, como eventuales y fileteadores, deberán pedir al guardia su tarjeta de identificación para poder entrar y al salir, la deberán dejar con el guardia.

C.‐SEGURIDADINTERNASEGURIDADGENERALINTERNA

1.- Las áreas de procesamiento y empacada del pescado están restringidas; solo trabajadores pueden ingresar a las mismas, en caso que una persona extraña deba ingresar y pasar por dichas áreas, será acompañado por un empleado de SERVITERRA , el área de recepción de pescado si

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está disponible para que el proveedor pueda ingresar a verificar el peso del producto que esta ingresando.

2.-Diariamente, el guardián permitirá el ingreso de los trabajadores eventuales que el jefe de planta ha autorizado que entren a laborar ese día, el personal que no consta en esta lista, tendrá que retirarse.

3.-El sistema de entrada de aire a las salas de proceso y empaque es a través de difusores de frío y centrales de aire acondicionado. Estos equipos a su vez mantienen temperada estas áreas de trabajo. Las únicas ventanas pequeñas que tiene la sala de proceso es: a) Para sacar los desperdicios b) Para entrar las cajas de empaque. 4.-La entrada al laboratorio de la planta tiene una puerta de madera que solo la persona encargada posee la llave para abrirla. 5.-Las computadoras que utilizamos en la planta están protegidas con contraseñas (claves) para ingresar al sistema. Además, están protegidas con sistemas antivirus. 6.-Recientemente SERVITERRA ha instalado un sistema de cámaras de video de circuito cerrado, 8 en total, distribuidas por toda la planta, que permite controlar desde la oficina, lo que ocurre en cada área. A su vez, estas cámaras están conectadas a Internet y desde cualquier parte del mundo, podemos observar lo que ocurre al interior de la planta SERVITERRA.

SEGURIDADDELALMACENAMIENTO

1.- En todos los túneles y cámaras de mantenimiento de pescado fresco o congelado, SERVITERRA tiene seguridades en las puertas por medio de cadenas con candado, el acceso a estos lugares está restringidos solo a personal autorizado. 2.-La bodega de productos químicos (de limpieza y control de plagas) así mismo tiene puerta con cerradura y el acceso está restringido a la Jefe de Control de calidad, quien es la personal que tienen las llaves de la cerradura. 3.-La bodega de material de empaque también consta de una sola puerta (sin ventanas) y está aprovisionada de candado para seguridad solo el encargado de la bodega tiene las llaves del candado. 4.-Cada mes, viene un contador de la oficina de Guayaquil a hacer inventario de los materiales.

SEGURIDADDELAREADEEXPEDICIONYRECEPCIONDEPRODUCTOS

1.- Todo contendor que sale de la planta con pescado congelado, es sellado con sellos de ultima generación por parte de SERVITERRA, adicional a los sellos de la naviera y de la verificadora ( Felvenza). El Gerente de Operaciones personalmente se encarga de colocar los sellos en las puertas de los contenedores. El número de cada uno de estos sellos es anotado en los papeles (documentos) de exportación. 2.- Los documentos de exportación que se llenan en la planta y se envía con los contenedores, son revisados minuciosamente para que no haya ningún error ni en las cantidades ni en las especies, ni en los nombres del chofer del cabezal, ni en su número de cédula, ni en los números de los sellos que se colocan en las puertas del contenedor, los números de los sellos de ultima generación (que son 3) se conoce cuando se ha cargado el contenedor y se ha cerrado las puertas del mismo.

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3.-Cuando dentro de la planta existe (n) algún (nos) contenedores (es) estos son cerrados y colocado candado en la puerta mientras no se están cargando. 4.-En toda salida de algún contenedor de la planta, siempre estará presente el Gerente de Operaciones, quien a su vez es el que vigila y dirige la llenada y que coloca los sellos de seguridad y luego firma el Packing List con todos los datos que requieren las autoridades de control (INTERPOL, ADUANA, etc.) esto se cumple a cualquier hora del día o la noche. 5.-Cuando se recibe un material de empaque, el encargado de la bodega reciba y cuenta cada material recibido y hace de llenar la hoja de recepción respectiva, si observa algo anormal, informa al Gerente de Operaciones y juntos revisan y toman las decisiones (devolver, reclamar, informar a la oficina de Guayaquil etc. ). 6.- Con anticipación nos avisan del material que nos van a enviar, para estar preparados para recibirlos. SEGURIDAD DE LAS FUENTES DE AGUA Y DE HIELO 1.- Como lo indicamos en el SSOP (Pág. 37), SERVITERRA cuenta para sus requerimientos con una cisterna para agua potable con una capacidad de 50 m3 (50.000 litros), la cisterna tiene una escotilla de registro con una tapa de acero inoxidable y con un candado en la misma, para que ninguna persona tenga acceso a la misma, salvo las personas autorizadas. 2.-El agua potable que consumimos en SERVITERRA viene de la planta de tratamiento de agua potable de la península de Santa Elena y el abastecimiento se lo hace diariamente a través de un tanquero que trabaja para nosotros por 20 años, en la entrada de agua, también existe una tapa de acero inoxidable con candado, que el chofer del tanquero debe abrir cada vez que va a descargar un viaje de agua para lo cual previamente le solicitamos la llave al guardián. 3.-Así mismo, el silo de hielo posee una puerta cuya seguridad es un candado que mantiene restringido al ingreso de personal no autorizado. SEGURIDAD DEL PERSONAL 1.-Todo trabajador de la planta, sea estable, eventual o fileteadores, lleva una identificación colgada en el pecho, para evitar que personas extrañas a la planta puedan ingresar a las instalaciones reservadas para uso exclusivo de los trabajadores. 2.- Como se indicó en C (Seguridad general -2), el guardián permitirá el ingreso de los trabajadores eventuales que el jefe de planta ha dispuesto que trabajen ese día, para lo cual, le entregará la identificación que lo autoriza a entrar a trabajar ese día. 3.-En horas de trabajo, el personal está prohibido de salir de la fábrica, salvo motivos de fuerza mayor, que el Gerente de Operaciones o el Jefe de Planta lo haya autorizado previamente. 4.-Para contratar personal nuevo, la selección es muy estricta se investiga a cada aspirante y se prefiere a familiares o amigos de los trabajadores antiguos, de todas maneras se lo observa hasta estar seguros de que es de confiar. 5.-Las cosas personales de los trabajadores son guardadas en los casilleros respectivos y a las áreas de trabajo solo ingresan con el uniforme de SERVITERRA.

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CAPITULO6

6.1.GeneracióndeResiduosLíquidosdelosprocesosoperacionalesdelaPlantadeprocesamientodeproductospesqueros

6.1.1 Generación de Residuos Líquidos del Proceso (Vertidos)

En la Procesadora de productos pesqueros se generan Aguas Residuales industriales, provenientes de los diferentes subprocesos como limpieza, lavado desinfección, descongelado, limpieza de áreas, utensilios, materiales etc. Los vertidos provenientes de las aguas residuales domésticas, sean estas de la cocina, lavado de alimentos y, aseo personal, se dirigen al sistema de alcantarillado de la zona. Ningún vertido de aguas grises o negras descarga al Estero o drenaje natural alguno.

6.2.1.CaracterizacióndelosResiduosLíquidosprovenientesdelProcesodetransformacióndelosproductospesqueros.

6.3.GeneracióndeDesechosSólidosComunes

Los residuos sólidos generados por la camaronera, son caracterizados conforme su fuente de origen como “Residuos Sólidos Domésticos” y “Residuos Sólidos de la actividad” Los residuos sólidos domésticos también llamados residuos sólidos urbanos, son un tipo de residuo que incluye principalmente los residuos domésticos (basura doméstica) a veces con la adición de productos industriales procedentes de una zona determinada. La clasificación de los desechos sólidos domésticos se describe a continuación: Los desechos biodegradables: Los productos derivados de la alimentación y de la cocina, residuos verdes, el papel (también puede ser reciclado). Material reciclable: papel, vidrio, botellas, latas, metales, algunos plásticos, etc. Desechos inertes: Los materiales sobrantes del mundo de la construcción y la demolición, suciedad, piedras, escombros. Desechos compuestos: Desechos de prendas de vestir, Tetra Pack, y los desechos de plástico como envases. Desechos domésticos peligrosos (también llamados "residuos peligrosos del hogar") y los desechos tóxicos: Medicamentos, desechos electrónicos, pinturas, productos químicos, bombillas, tubos fluorescentes, aerosoles, , baterías, De estos desechos los generados en la planta corresponden a los grupos de desechos biodegradables: restos de comida y papel. Del material que puede ser reciclable, se generan: papel, vidrio, botellas plásticas, sacos de plástico o fibra vegetal, cartones y, tanques plásticos. De los desechos inertes existentes en la camaronera están los de hierro o metal, comúnmente llamados “chatarra”.

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De los desechos compuestos los que se originan provienen de tanques de plástico y, bolsas de aluminio para contener sustancias o alimentos. El manejo de los desechos y su separación involucra siempre actividades relacionadas con la gestión de los residuos hasta que se colocan en el almacenamiento de contenedores para su recogida. Este manejo, asimismo, abarca el transporte de dichos contenedores hasta el punto de recogida. Continuando con la separación de sus componentes para posteriores manipulaciones. En SERVITERRA S.A., se realiza diariamente la limpieza de las instalaciones y la recolección de los desechos sólidos comunes desde los recipientes o contenedores, para ser trasladados al Área de Almacenamiento Temporal donde se separan los materiales para re-uso tipo: botellas plásticas, tanques, sacos, cartones y otros de reposición. Los residuos de comida y papel son trasladados al Relleno Sanitario Municipal en Guayaquil, en la cual se acumulan y rellenan al conformarse ½ metros cúbico de residuos. Además, se adiciona Cal P-24 para el tratamiento de malos olores.

6.3.2GeneracióndeDesechosSólidosEspeciales

Los desechos especiales corresponden a residuos generados por el mantenimiento de equipos y maquinaria. Estos se enuncian a continuación: Los que provienen del mantenimiento de equipos son aquellos originados por el generador de energía eléctrica, motores y turbinas, maquinaria y vehículos, estos son:

Durante el cambio de aceite de motores, se desechan filtros de cartón, de aceite y filtros de combustibles.

Durante el cambio de aceite de la maquinaria, se desechan filtros de cartón, de aceite y de combustibles.

En la siguiente Tabla se detalla el tipo de desechos especiales y su hoja de ruta en el almacenamiento, recolección y disposición final.

Tabla 26 Desechos Sólidos Especiales Generados por SERVITERRA S.A.

TIPO DE DESECHO

ALMACENAMIENTO Y RECOLECCIÓN

FRECUENCIA RESPONSABLE DESTINO FINAL

TRATAMIENTO

Saco de nylon cartón y plástico

Bodega temporal

Mensual Jefe Mantenimiento

Gestor Autorizado

Desconocido

Filtros de Cartón

Bodega temporal Mensual Jefe Mantenimiento

Gestor Autorizado

Reciclaje

6.3.3GeneracióndeDesechosPeligrosos

Los desechos peligrosos son aquellos generados por el Mantenimiento de equipos y maquinarias, motores de combustión Interna, turbinas. Estos corresponden a residuos de aceites y grasas en una proporción de 55 galones cada 250 horas de trabajo o cada ciclo de mantenimiento general a todos los equipos y maquinaria. El manejo de estos residuos se lo realiza de la siguiente manera:

Se recoge el aceite usado mediante bandejas, las cuales se trasvasan a canecas de 25 galones;

Las canecas se almacenan en una bodega temporal junto a la estación de bombeo;

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Al tener 55 galones de aceite, las canecas se trasvasan a tanques de igual capacidad (55 galones), los cuales se van cerrando y ubicando con precaución en la bodega temporal ya mencionada; y,

Al tener unos cinco tanques llenos de aceite usado, se procede a entregarlos al gestor autorizado

6.4GeneracióndeEmisionesGaseosas

Las únicas emisiones que se generan son las provenientes de la combustión de los Motores de Combustión Interna. Estos equipos no originan emisiones significativas, sin embargo se les realizan un programa de mantenimiento preventivo.

6.4.1EmisióndeRuido

En virtud de las actividades de la Procesadora de Pescado, Camarones y Mariscos SERVITERRA S.A. Se realizó mediciones de nivel de presión sonora o ruido en ambiente externos: Este Informe contiene los Resultados de las mediciones realizadas el 22 de agosto de 2011 en 4 puntos externos colindantes (linderos) con las instalaciones de SERVITERRA S.A. 17 506550E, 9755760 S para la determinación de los Niveles de Presión Sonora. Tabla 27 Niveles de presión sonora equivalente en Ambientes Externos colindantes con las instalaciones de SERVITERRA (RR-LABPSI-110200 ambientes externos)

FUENTE FIJA EMISORA

ÁREA

RECEPTORA

NIVEL DE PRESIÓN

SONORA EQUIVALENTE NP Seq

(dBA)

Nmáx. (dBA)

Nmim.(dBA)

R – 1 Lindero Norte

E 505545 S 9755802

54.6

62.0

51.4

R – 2 Esquina Noreste

E 505578 S 9755775

54.9

64.7

50.5

R – 3 Lindero Este

E 505556 S 9755752

63.2

76.7

56.8

R –4 Lindero Sur

E 505484 S 9755718

55.8

69.2

52.1

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Fuente: Resultados de muestreo, con equipo Sonómetro Integrador Tipo 2. EI/128 Marca Quest Technologies modelo Sound Pro DL, calibrado y normalizado, conforme al texto unificado de la legislación ambiental secundaria, LIBRO VI, ANEXO 5, NUMERAL II

Se determinó los Niveles de Presión Sonora Equivalente determinados en los puntos R1, R2 y R4, no superan el Nivel Máximo VI Anexo 5, Tabla 1, para una Zona Comercial, en horario diurno.

En el punto R -3 supera el límite Permisible, sin embargo, este nivel está influenciado

directamente por el ruido generado por el tránsito vehicular.

6.5EvaluacióndelasPrácticasdeOperación

En el Formulario 1, se describen las generalidades de la empresa, en cuanto a procesos, emisiones, su entorno, conocimiento sobre la normativa ambiental, control y monitoreo, procedimientos y, sistemas de gestión. Esta descripción corresponde a las respuestas expresadas por el Administrador, encargada de los procedimientos de control y cumplimiento del Plan Nacional de Control de la empresa. Formulario 1 Cuestionario preliminar sobre las instalaciones de la empresa y su relación con el entorno

No. Pregunta Respuesta y Observación 1 ¿Cuáles son los principales procesos o actividades que se

desarrollan en el ámbito de la actividad de la empresa? Procesamiento de productos pesqueros

2 ¿Las instalaciones de la planta de proceso generan emisiones a la atmósfera?

No

3 ¿La instalación genera descargas de líquidos? Si, provenientes de los subprocesos en las áreas

4 ¿La instalación genera, trata, almacena o dispone residuos sólidos?

Si, residuos sólidos domésticos y del proceso

5 ¿A qué distancia de poblaciones se encuentran las instalaciones?

A unos 200 m

6 ¿Existen áreas silvestres protegidas en el entorno donde se desarrollan las actividades de la empresa?

No

7 ¿Conoce las principales normas ambientales que regulan los procesos de la organización?

No

8 ¿Conoce los permisos de carácter ambiental que le son aplicable a las instalaciones y actividades?

No

9 ¿Se encuentra enfrentada la organización a problemas por incumplimiento de requerimientos legales?

No

10 ¿Se tiene personal capacitado para el control de los procesos?

Si

11 ¿Existen manuales de procedimientos para los procesos y se utilizan frecuentemente?

Protocolo de Manejo de Camarones y Manual PLAN NACIONAL DE CONTROL Sistemas o Protocolos

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12 ¿Hay personal encargado del control y mantenimiento de equipos?

Si

13 ¿Existe un programa para hacer mantenimiento donde aparezca su frecuencia y actividades previstas?

Mantenimiento preventivo de equipos y maquinaria

14 ¿Existe control de calidad materia prima e insumos? Si

A continuación se describe la Evaluación realizada para este Estudio a las Prácticas Operativas de la Procesadora de Pescados Camarones y Mariscos SERVITERRA S.A. En lo que respecta al Control de Procesos las prácticas tiene la siguiente evaluación:

Formulario 2 Evaluación del Control de Procesos en SERVITERRA S.A.

ACCIONES A CONSIDERAR SI NO NA PARCIAL SUSTANCIAL TOTAL Control de los procesos ¿Se tiene personal capacitado para el proceso de pescados?

X X

¿Cuentan con planillas de control de procesos?

X X

¿Tienen definidas las condiciones de la transformación de los productos?

X X

¿Se controlan las condiciones del proceso ?

X

X

¿Existen instructivo de procedimientos para los procesos y se utilizan frecuentemente?

X

X

¿Existen métodos/sistemas de información y registro de procedimientos y medidas para Situaciones anormales?

X

X

El Formulario 2 nos demuestra que las operaciones de la planta de procesamiento de productos pesqueros conllevan un control sobre el proceso productivo. Su grado de aplicación es sustancial. El Control de Equipos o maquinaria se lo realiza de manera sustancial en lo que respecta a mantener instructivos documentados para el mantenimiento de equipos y maquinarias. Se mantiene personal capacitado y experimentado para el control y operación de maquinaria, Además, en el caso de la maquinaria pesada su mantenimiento lo realizan las empresas distribuidoras de estos equipos, en coordinación con el personal de mantenimiento de la procesadora. En lo que respecta a la evaluación del Control de Materias Primas e insumos acuícolas los resultados son los siguientes: Formulario 3 Evaluación del Control sobre Materias Primas, Insumos acuícolas

ACCIONES A CONSIDERAR SI NO NA PARCIAL SUSTANCIAL TOTAL Control de materia prima / materiales ¿Existe un departamento de suministros y compras?

X X

¿Existe control de calidad materia prima e insumos?

X X

¿Existen procedimientos (incluyendo la frecuencia) para el control de calidad de las materias primas?

X X

¿Se tienen y se aplican normas para el control de calidad de los proveedores?

X X

¿Se conoce el porcentaje de rechazos odesaprobaciones de materia prima/materiales?

X X

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¿Se tiene control de registros de los resultados de la inspección en recepción?

X X

¿Se respetan las condiciones de almacenamiento recomendadas por los proveedores de las materias primas?

X X

¿Se almacenan las materias primas por grupos compatibles?

X X

¿Se conserva limpia el área del almacenamiento?

X

X

¿Se verifican las fechas de expiración de las materias primas e insumos?

X X

¿Se mide con exactitud el consumo de materias primas en cada etapa del proceso?

X X

De lo expuesto en el check list deducimos que existe una total aplicación de actividades que Aseguren la Calidad del producto. Sin embargo, la procesadora no aplica formalmente un modelo de gestión ambiental pero no obstante que sus operaciones o actividades las ejecuta ajustadas a procedimientos de control de calidad , inocuidad de producto y seguridad alimentaria; además, conocemos de la iniciativa para implementar el Plan de manejo ambiental propuesto en este documento técnico ambiental.

CAPITULO 7

HALLAZGOSYNOCONFORMIDADES

7.1.ConsideracionesGenerales

La determinación del cumplimiento o no cumplimiento se basó en la verificación tanto de legislación ambiental e institucional aplicable a la naturaleza de la actividad, con el fin de evaluar las alteraciones o intervenciones no deseables, impactos ambientales y efectos inherentes al entorno con relación a la Procesadora de Pescados, Camarones y Mariscos SERVITERRA S.A.

7.2Metodología

Para determinar las conformidades y no conformidades en los procesos operacionales de la planta de proceso de productos pesqueros se emplearon los mecanismos y criterios que se detallan a continuación:

Listas de chequeo: Sobre la base de la revisión de la legislación ambiental vigente, se estructuraron los check list o listas de chequeo, las cuales sirvieron para identificar el grado de cumplimiento o incumplimiento por parte de procesadora a las normas legales vigentes.

Entrevistas: Se realizaron entrevistas semi-estructuradas y abiertas al personal responsable la Administración y la Producción (Supervisor de producción, Jefe de Producción y Asistente Administrativo), siendo enfocadas principalmente a los responsables de las áreas de producción, ambiente y seguridad industrial, que llevan procedimientos de las procesos desarrolladas dentro del procesamiento.

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Norma, especificación o lineamiento aplicado: Para cada punto de evaluación se tomó como referente, alguna especificación establecida en alguna normativa ambiental aplicable para el sector pesquero y procesamiento de productos pesqueros.

Conformidad (C): Calificación dada a las actividades, procedimientos, procesos, instalaciones, prácticas o mecanismos de registro que se han realizado o se encuentran dentro de las especificaciones expuestas en la normativa ambiental específica aplicable.

No Conformidad (NC): Calificación dada a las actividades, procedimientos, procesos, instalaciones, prácticas o mecanismos de registro que no se han realizado o no se encuentran dentro de las especificaciones expuestas en alguna normativa ambiental específica.

No Conformidad Menor (nc-): Calificación que implica una falta leve frente a la normativa ambiental específica aplicable para el sector de acuacultura, dentro de los siguientes criterios:

o Fácil corrección o remediación; o Rápida corrección o remediación; o Bajo costo de corrección o remediación; evento de magnitud pequeña, extensión puntual; o Poco riesgo e impactos menores.

No Conformidad Mayor (NC+): Calificación que implica una falta grave frente a alguna normativa ambiental específica; también pueden deberse a repeticiones periódicas de no conformidades menores. Los criterios de calificación fueron los siguientes:

o Corrección o remediación difícil; o Corrección o remediación que requiere mayor tiempo y recursos; o El evento es de magnitud moderada a grande; o Los accidentes potenciales pueden ser graves o fatales; y, o Evidente despreocupación, falta de recursos o negligencia en la corrección de un problema

menor. No aplica: Se da esta calificación cuando se ha citado acciones o artículos de la normativa

ambiental que no tienen relación con la actividad que se realiza, y su aplicabilidad es innecesaria. Cierre de No Conformidades. Establecimiento de acciones o medidas para cerrar las no

conformidades determinadas las No Conformidades determinadas.

7.3EvaluacióndelosprincipaleselementosidentificadosenelEstudiodeImpactoAmbientalEx‐Post

Identificación de Hallazgos, Conformidades y No Conformidades al cumplimiento de la Normativa Ambiental se exponen a continuación en la Matriz o Ficha de Reporte de Conformidades y No Conformidades.

Tabla 28 Evaluación Ambiental - Matriz o Ficha de Reporte de Conformidades y No Conformidades de SERVITERRA S.A.

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C Nc- Nc+

Se realizan análisis de aguas residuales provenientes del proceso.

TULAS, Libro VI, Anexo 1, Artículo 4.2.1.1. El regulado deberá mantener un registro de los efluentes generados, indicando el caudal del efluente, frecuencia de descarga, tratamiento aplicado a los efluentes, análisis de laboratorio y la disposición de los mismos, identificando el cuerpo receptor. Es mandatorio que el caudal reportado de los efluentes generados sea respaldado con datos de producción.

XInforme de M onitoreo RA-LABPSI-11 1089 del 22 de AGOSTO del 2011

Existen sistemas de drenaje separados para residuos líquidos provenientes del proceso y, aguas residuales domésticas y pluviales

TULAS, Libro VI, Anexo 1, Artículo 4.2.1.9. Sobre los sistemas de drenaje para las aguas domésticas, industriales y pluviales que se generen en una industria, deberán encontrarse separadas en sus respectivos sistemas o co lectores

X Constatación Física

Cumple con los límites máximos permisibles establecidos en la Norma de Calidad Ambiental y de Descarga de Efluentes del Recurso Agua

TULAS, Libro VI, Anexo 1, Artículo 4.1.2.2. (Límites M áximos Permisibles Criterios de Calidad admisibles para la preservación de la flora y fauna en aguas dulces, frías o cálidas, y en aguas marinas y de estuario, Tablas # 3 y # 11) TULAS, Libro VI, Anexo 1, Artículo 4.2.1.16. De acuerdo con su caracterización toda descarga puntual al sistema de alcantarillado y toda descarga puntual o no puntual a un cuerpo receptor, deberá cumplir con las disposiciones de esta Norma de Calidad Ambiental y de Descarga de Efluentes del Recurso Agua. Ley para la Prevención y Contro l de la Contaminación Ambiental, Artículo , 16. Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, a las redes de alcantarillado, o en las quebradas, acequias, ríos, lagos naturales o artificiales, o en las aguas marítimas, así como infiltrar en terrenos, las aguas residuales que contengan contaminantes que sean nocivos a la salud humana, a la fauna y a las propiedades. Reglamento general a la Aplicación de la Ley de Agua, artículo 91. Si los análisis acusaren índices superiores a los límites determinados, el usuario causante, queda obligado a efectuar el tratamiento correspondiente, sin perjuicio de las sanciones previstas en el Art. 77 de la Ley de Aguas

XInforme de M onitoreo RA-LABPSI-11 1089 del 22 de AGOSTO del 2011

No se observan desechos só lidos vertidos en los cuerpos de agua adyacentes o próximos al proceso.

TULAS, Libro VI, Anexo 1, Artículo 4.2.3.12. Se prohíbe verter desechos só lidos, tales como: basuras, animales muertos, mobiliario , entre otros, y líquidos contaminados hacia cualquier cuerpo de agua y cauce de aguas estacionales secas o no.

X Constatación Física

Se utilizan en los análisis de agua residual los métodos establecidos por la normativa ambiental vigente

TULAS, Libro VI, Anexo 1, Numeral 5. Para determinar los valores y concentraciones de los parámetros determinados en esta Norma Oficial Ecuatoriana,

XInforme de M onitoreo RA-LABPSI-11 1089 del 22 de AGOSTO del 2011

No se produce contaminación de las aguas que afecte a la salud humana o al desarro llo de la flora o de la fauna.

Ley de Aguas Artículo 22. Prohíbese toda contaminación de las aguas que afecte a la salud humana o al desarro llo de la flora o de la fauna. Ley Forestal y Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre, Artículo 78, inciso 2do. Prohíbe contaminar el medio ambiente, terrestre, acuático o aéreo o atentar contra la vida silvestre.

X Constatación Física

EVIDENCIA OBJETIVA

A GUA

C ON F OR M IDA D ESFACTOR HALLAZGO REFERENCIA

EsIA ex post Planta Procesadora  de Productos Pesqueros 

SERVITERRA  S.A 

150    Monteverde‐ Santa Elena‐ Provincia de Santa Elena

 

F A C T OR H A LLA Z GO R EF ER EN C IA

C Nc- Nc+

La empresa ha realizado medición de niveles de presión sonora (ruido ambiente),

TULAS, Libro VI, Anexo 5 numeral 2. Límites Permisibles De Niveles De Ruido Ambiente Para Fuentes Fijas Y Fuentes M óviles, Y Para Vibraciones

X

INFORM E DE M ONITOREO RR-LABPSI-110200 22 de Agosto del 2011

EVIDENCIA OBJETIVA

R UID O

C ON F OR M ID A D ES

La empresa mantiene un Programade Desechos Sólidos en cumplimiento delPlan Nacional de Contro l del InstitutoNacional de Pesca INP (mantiene registrosde limpieza, reco lección, almacenamientoy disposición final)

TULAS, Libro VI, Anexo 6, Artículo 4.2.8. Se prohíbe la disposición o abandono de desechos sólidos, cualquiera sea su procedencia, acielo abierto, patios, predios, viviendas, en vías o áreas públicas yen los cuerpos de agua superficiales o subterráneos

X Constatación Física

La empresa mantiene separación dedesechos só lidos no peligrosos de aquellospeligrosos

TULAS, Libro VI, Anexo 6, Artículo 4.2.18. Se prohíbe mezclardesechos só lidos peligrosos con desechos só lidos no peligrosos.

X Constatación física

EVIDENCIA OBJETIVA

Gestio n de desecho s so lido s no peligro so s

CONFORM IDADESFACTOR HALLAZGO REFERENCIA

EsIA ex post Planta Procesadora  de Productos Pesqueros 

SERVITERRA  S.A 

151    Monteverde‐ Santa Elena‐ Provincia de Santa Elena

 

C ON F OR M ID A D ES

C Nc- Nc+

La empresa cumple con las normasgenerales de almacenamiento , entrega,recolección y transporte de desechossólidos no peligrosos

TULAS, Libro VI, Anexo 6, Artículo 4.4. - 4.5 y 4.7 De las Normasgenerales para el A lmacenamiento de Desechos Sólidos NoPeligrosos; Normas generales para la Entrega de Desechos Só lidosNo Peligrosos; y, Normas Generales para la Recolección yTransporte de Desechos Sólidos No Peligrosos

XConstatación

Física

La empresa no realiza reuso y reciclaje de sacos y envases plásticos y de insumospara el proceso

TULAS, Libro VI, Anexo 6, Artículo 4.13. Sobre la Normas Generalespara la Recuperación de Desechos Sólidos No Peligrosos. El reusoy reciclaje de desechos sólidos tiene dos propósitosfundamentales:a) Recuperación de valores económicos y energéticos que hayansido utilizados en el proceso primario de elaboración deproductos.b) Reducción de la cantidad de desechos sólidos producidos, parasu disposición final sanitaria.

Xno presenta registro

La empresa mantiene una bodega para el almacenamiento temporal de elementos de reuso y reciclaje, los cuales son vendidos luego a Gestores Autorizados

TULAS, Libro VI, Anexo 6, Artículo 4.13.9. La recolección y almacenamiento temporal de elementos recuperables podrá efectuarse en bodegas, antes de su traslado al sitio de clasificación y empaque, siempre y cuando se observen condiciones sanitarias y de protección del medio ambiente.

XConstatación Física

EVIDENCIA OBJETIVA

F A C T OR H A LLA Z GO R EF ER EN C IA

Gest ió n de D esecho s Só lido s no peligro so s

El personal que emplea y manipula los productos quimicos peligrosos utiliza los equipos de protección

TULAS, Libro VI, Título VI del Reglamento Nacional para la Gestiónde Productos Químicos Peligros. Art. 244. De la protección delpersonal.- Toda persona natural o jurídica que se dedique a lagestión to tal o parcial de productos químicos peligrosos, deberáproporcionar a los trabajadores que entren en contacto con estosproductos, el equipo de protección personal y co lectiva necesarioy suficiente para la labor a realizar, así como también lacapacitación del uso seguro y eficiente de productos químicospeligrosos.

X Constancia Segura

La procesadora implementara un procedimiento seguro para manejo y disposicion final de los residuos peligrosas.

TULAS, Libro VI, Título III, Capítulo II del M anejo de los DesechosPeligrosos del Reglamento Nacional para la Gestión de ProductosQuímicos Peligros. Artículos 154. 155. 156. Los lugares para elalmacenamiento temporal cumplir con las condiciones mínimas derecolección y almacenamiento, identificación y, registro

X Sin registro

Gestió n de D esecho s

Só lido s peligro so

EVIDENCIA OBJETIVACONFORM IDA

DESFACTOR HALLAZGO REFERENCIA

EsIA ex post Planta Procesadora  de Productos Pesqueros 

SERVITERRA  S.A 

152    Monteverde‐ Santa Elena‐ Provincia de Santa Elena

 

La empresa mantiene espacios específicospara el almacenamiento de insumos.

Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores yM ejoramiento del M edio Ambiente de Trabajo, Artículo 136.Almacenamiento, M anipulación Y Trabajos En Depósitos DeM ateriales Inflamables

XConstatación Física.

La empresa mantiene un Sistema deSeñalética el cual necesita ser mejorado enel diseño y estructura de los elementos deseñalización (letreros de señalización

Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores ymejoramiento del M edio Ambiente de Trabajo, Artículo 164.Señalización y Seguridad, Normas Generales

X Constatación Física.

Los operarios de la procesadora utilizan equipos de protección y seguridad laboral en sus actividades

Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores ymejoramiento del M edio Ambiente de Trabajo, Artículo 176. Ropade Trabajo. Artículo 177. Protección del Cráneo. Artículo 178.Protección de Cara y Ojos. Artículo 179. Protección Auditiva

X Constatación Física.

Salud ySeguridadIndustria l(R iesgo s

Labo rales yA mbientales

EsIA Expost de Planta Procesadora de Productos Pesqueros SERVITERRA S.A

 

 

153  Monteverde- Santa Elena

 

 

7.4Identificaciónysistematizacióndelosposiblesimpactosyriesgosambientales

De los resultados presentados, a continuación se analiza y sintetizan las Conformidades y No Conformidades, conforme los factores ambientales incididos. El número de Criterios Analizados durante el Estudio de Impacto Ex – Post corresponden a 17 Hallazgos, conforme los siguientes factores ambientales: Agua (6), Ruido (1), Gestión de Desechos No Peligrosos (5), Gestión de Desechos Peligrosos (2) y, Salud y Seguridad Industrial (Laborales y Ambientales) (3). En la siguiente se ilustran mediante columnas los Hallazgos encontrados, conforme los criterios de evaluación para los Factores Ambientales analizados, acorde la actividad de la procesadora.

% FACTOR AMBIENTAL No. HALLAZGOS

35 AGUA 6

6 RUIDO 1

29 GESTION DE DESECHOS NO PELIGROSOS 5

12 GESTION DE DESECHOS PELIGROSOS 2

18 SALUD Y SEGURIDAD INDUSTRIAL 3

Tabla 29 Porcentaje y Número de Hallazgos por Factores Ambientales analizados, conforme la actividad

de la procesadora SERVITERRA S.A. En la siguiente anterior se determinan también el porcentaje de Hallazgos y Criterios analizados por cada Factor Ambiental. De esta Figura, razonamos que los Criterios Analizados para el Factor Ambiental Agua corresponden a un 35 % del Total de Hallazgos y Criterios, para Gestión de Desechos No Peligrosos un 29 %, para Salud y Seguridad Industrial un 18 %, para Gestión de Desechos Peligrosos 12 %, para Ruido un 6 %. Los criterios con mayor peso de análisis corresponden al Factor Ambiental Agua, por cuanto es el componente ambiental que se encuentra bajo mayor presión en cuanto a uso del recurso y, manejo durante el proceso. De los criterios analizados conformes los Hallazgos por cada Factor Ambiental, se evidenciaron 14 Conformidades. El número de CONFORMIDADES (C) registradas durante el Estudio de Impacto Ex – Post corresponden al 82 % de los Hallazgos, los cuales se identifican con los siguientes Factores Ambientales: Agua (5), Ruido (1), Gestión de Desechos No Peligrosos (4), Gestión de Desechos Peligrosos (1) y, Salud y Seguridad Industrial (Laborales y Ambientales) (3). El número de NO CONFORMIDADES MENOR (C -) registradas durante el Estudio de Impacto Ex – Post fue de 3, que corresponde al 18 % identificado con los siguientes Factores Ambientales: Agua (1), Ruido (0), Gestión de Desechos No Peligrosos (1), Gestión de Desechos Peligrosos (0) y, Salud y Seguridad Industrial (Laborales y Ambientales) (0). No se evidenciaron Conformidades Mayores (C+) a los Factores Ambientales por parte de las instalaciones y operaciones de la procesadora SERVITERRA S.A. En la Tabla 30, se ilustran en porcentaje las Conformidades (C) y No Conformidades menores (C-) evidenciadas en el análisis ambiental de las instalaciones y operaciones de la procesadora SERVITERRA S.A.

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154  Monteverde- Santa Elena

 

 

% Conformidades (C) % No Conformidades (C-)

82 18

Tabla. 30 Porcentaje de Conformidades (C) y No Conformidades Menores (C-) evidenciadas por las

instalaciones y operaciones de la procesadora SERVITERRA S.A. En la Tabla se ilustran el Número de Conformidades (C) por cada Factor Ambiental, evidenciadas en el análisis ambiental de las instalaciones y operaciones de la procesadora SERVITERRA S.A.

% FACTOR AMBIENTAL No. HALLAZGOS

36 AGUA 5

7 RUIDO 1

29 GESTION DE DESECHOS NO PELIGROSOS 4

7 GESTION DE DESECHOS PELIGROSOS 1

21 SALUD Y SEGURIDAD INDUSTRIAL 3

Tabla.31 Número y porcentajes de Conformidades (C) por Factores Ambientales constatadas por las

instalaciones y operaciones de SERVITERRA S.A.

La Figura nos ilustra que todos los criterios analizados (5) del Factor Ambiental: Agua, corresponden a Conformidad, es decir sus gestiones (procedimiento, política y prácticas) en cuanto a todos los criterios (5), cumplen con las especificaciones de la Normativa Ambiental referentes al manejo de estos factores. De igual manera, en lo correspondiente a la Gestión de Desechos Peligrosos (1) y Gestión de Desechos No Peligrosos (4) no todos los criterios analizados cumplen con la Normativa Ambiental, es decir se demostraron Conformidades para este Factor. En cuanto al factor Ruido cumple con la Normativa Ambiental Conformidad. De los 3 criterios correspondientes a Salud y Seguridad Industrial, son Conformidades. En la siguiente tabla se ilustran el Número de No Conformidades Menores (C -) por cada Factor Ambiental, evidenciadas de las instalaciones y operaciones de la procesadora SERVITERRA S.A., y, analizadas en el Párrafo Anterior.

% FACTOR AMBIENTAL No. HALLAZGOS

33.3 AGUA 1

0 RUIDO 0

33.3 GESTION DE DESECHOS NO PELIGROSOS 1

33.3 GESTION DE DESECHOS PELIGROSOS 1

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155  Monteverde- Santa Elena

 

 

0 SALUD Y SEGURIDAD INDUSTRIAL 0

Tabla 32 Número y Porcentajes de Conformidades Menores (C -) por Factores Ambientales demostradas

por las instalaciones y operaciones de la procesadora SERVITERRA S.A.

La Figura anterior nos demuestra que de los criterios analizados (6) del Factor Ambiental: Agua, 1 corresponde a No Conformidades Menores (C-), es decir, su gestión (procedimiento, política, instalaciones y prácticas) en cuanto a 1 criterio, no se han realizado o no cumplen las especificaciones expuestas en la Normativa Ambiental referente a este Factor (Agua). En lo correspondiente a los Factores Ambientes desechos Peligrosos (1) y Desechos No Peligrosos (1) presentan No conformidad menor es decir no cumple con la Normativa Ambiental vigente. En la siguiente Figura se ilustran el Porcentaje de No Conformidades Menor (C -) por cada Factor Ambiental, evidenciadas de las instalaciones y operaciones de la procesadora SERVITERRA S.A.  

7.5EvaluaciónAmbientaldeEmisiones,DescargasyVertidos

Descripción de las Medidas Ambientales implementadas por la procesadora SERVITERRA S.A.

A continuación, se describen a la fecha de este Estudio, las medidas ambientales que está implementando la procesadora SERVITERRA S.A., por medio de Sistemas de Gestión Individuales o Integrados. Por medio de siguiente Matriz, se describen por medio de un compendio las políticas, procedimientos, manuales, instructivos que, tanto interna como externamente (proveedores y contratistas), cumplen en el desenvolvimiento de las operaciones, control, mantenimiento y supervisión de la procesadora SERVITERRA S.A., en materia ambiental.

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156  Monteverde- Santa Elena

 

 

Tabla 33 Matriz de Identificación y Evaluación de los Planes o Programas realizados por SERVITERRA

S.A.

Cumple (100%)

Cumplimiento parcial (%)

No Cumple ( 0%)

PLAN NACIONAL DE

CONTROL DEL I. N. P. (4 DE M AYO DE

2009

. 82 18

M EJORAS AL SISTEM A DE CONTROL DE TRAZABILIDAD DEL PRODUCTO Y OPERACIONES SANITARIAS DE LA PROCESADORA.

PLAN NACIONAL DE CONTROL DE SISTEM AS O PROTOCOLOS DE M ANEJO DE LA PROCESADORA.

.

APLICAR LAS RECOM ENDACIONES DEL PLAN DE M ANEJO AM BIENTAL, DSCRITASEN EL CAPITULO 7, REFERENTES A M ANEJO DE DESECHOS SOLIDOS Y AL M ANEJO DE COM BUSTIBLES, ACEITES Y LUBRICANTES

. C -

NO CONFORM

IDADES

CONFORM IDADES

EFECTIVIDAD DE LA M EDIDA EN RELACIÓN AL HALLAZGO IDENTIFICADO

(b)

DESCRIPCION DE LA

POLITICA O PROGRAM A (fecha de inicio y termino) (a)

Resultados Logrados ( C )

PROCEDIM IENTOS / M EDIOS DE VERIFICACION

TANGIBLES (M ANUALES,

INSTRUCTIVOS, REGISTROS,ETC

(SOBRE LAS COLUM NAS a, b,

c)

OBSERVACIONE

S

RECOM ENDACIONES (NUEVAS

M EDIDAS)

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157  Monteverde- Santa Elena

 

 

X XX XX X

X XX X

XXX X X X

X X X

Ausencia d e impacto s .

Impacto s compatib les y p oco impo rtantes (-).

Impacto s muy imp ortantes (+)

ELEM EN TOS C A R A C TER IS TIC A S Y P R OC ES OS A M B IEN TA LES S US C EP TIB LES D E S ER A F EC TA D OS VA LOR A C ION

AccionesProductorasdeImpactosoAlteraciones

ATMOSFERA AGUA SUELOS VEGETACION FAUNAPROCESOSECOLOGICOS PROCESOSGEOFÍSICOS

MORFOLOGIAYPAISAJE

FACTORECONÓMICO

IMPORTANCIA

Composicióndela

Atmósfera

NivelesdeRuido

AguaSuperficial

AguaSubterránea

Caracteríticas

Edaficas

UsodelSuelo

EspeciesyComunidadesVegetales Regional

EspecieyPoblaciónanimales

CadenayRedestroficas

Erosión Sedimentación

Inestabilidad

Ruidoyvibracion

es

SIMBOLOGÍA

Internacional

GeneraciòndeResiduos SòlidosGeneraciòndeResiduos LìquidosCaptaciondeAgua

RuidoyVibracionesOperaciónEstacionesBombeo

Subsidencia ModificaciónenelPaisaje

Duración Influencia

TemporaMedia Permanente Puntual Local

AlmacenamientoyDespacho de InsumosUsodeInsumos

Mantenimiento.

Transporte.

Comercialización.

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158  Monteverde- Santa Elena

 

 

CAPITULO8PARTICIPACIÓNCOMUNITARIA

El objetivo de éste programa es lograr un acercamiento comunitario y propender a mantener buenas relaciones con los habitantes de Monteverde y otros empresas procesadoras asentadas en el área de influencia.

8.1DiseñoyMetodología

Se propone que la planta procesadora de productos pesqueros SERVITERRA S.A.., no será un proveedor de servicios básicos, que es responsabilidad de los entes seccionales y gubernamentales, pero se ayudará en cuanto a un Apoyo a Manifestaciones culturales, salud, educativas y deportivas, ayuda social siempre y cuando exista un compromiso por parte de la comunidad aledaña a lograr un fortalecimiento de su organización socio-económica y, colaboren para lograr establecer los eventos que se programen en conjunto.

8.2Desarrollo

Desarrollar procedimientos y actividades con pobladores del Área de Influencia de la planta de proceso SERVITERRA S.A., y Pobladores del puerto de Monteverde- Salinas.

Efectuar medidas para la difusión del Plan de Manejo Ambiental y actividades en pro de las comunidades Así mismo, se propone las normas de comportamiento por parte de los trabajadores de la planta de procesamiento de productos pesqueros en su relación con la comunidad.

Ayuda al desarrollo de actividades culturales y deportivas que se realicen en las poblaciones, dentro del área de influencia.

 

8.3Resultados

Las principales estrategias de comunicación e información para la difusión del Estudio y el Plan de Manejo Ambiental serán a través del Proceso de Participación Social (Audiencia Pública o Reunión Informativa).

Los empleados de la planta de proceso de productos pesqueros SERVITERRA S.A, y sus contratistas deberán cumplir con las normas de comportamiento especificadas. Entre

estas normas se encuentran las siguientes:

La cordialidad y el respeto son los factores principales para mantener una buena relación con la población. Por tanto, los empleados de la planta de proceso, deberán trabajar en función de mantener una buena relación

La Legislación Ecuatoriana prohíbe la comercialización de objetos arqueológicos. En caso de que encuentre este tipo de artefactos, comuníquelo de inmediato a su supervisor.

No impedir el desarrollo de las actividades cotidianas o tradicionales de los pobladores del sector. En caso de prever que alguna actividad de los pobladores afecte a los

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159  Monteverde- Santa Elena

 

 

intereses de la planta de procesos de productos pesqueros, informar a la Administración para la toma de las medidas pertinentes.

No disponer de ningún tipo de desechos de las actividades dela planta de proceso SERVITERRA S.A., fuera de los límites de las instalaciones de la planta en áreas y otros, con los que de manera indirecta se afecte a las comunidades o propiedades vecinas.

Cumplir con las medidas especificadas en el Programa de Seguridad Industrial con el fin de precautelar la salud y la integridad individual y colectiva del personal de las comunidades vecinas.

Apoyo a manifestaciones culturales, educativas y deportivas mediante la participación en común acuerdo con el sector de Monteverde.

 

8.4SeguimientoyMonitoreo

Estas medidas deben implementarse de inmediato a la aprobación del presente Estudio de Impacto Ambiental Expost. El Jefe de Planta o el Administrador de la planta de proceso de productos pesqueros, debe asegurarse de la implementación y cumplimiento del Programa de Relaciones Comunitarias y de consolidar el desarrollo del mismo. Para lo cual se mantendrán informes relacionados de la participación de la comunidad.

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160  Monteverde- Santa Elena

 

 

CAPITULO9

MEDIDASAMBIENTALES

El Plan de Manejo Ambiental identifica todas las medidas (acciones y actividades) consideradas para mitigar y/o eliminar los impactos ambientales significativos generados por la planta de procesos de productos pesqueros en función a los Hallazgos encontrados y evidenciados en las No Conformidades Menores (C-). Por ello, el Plan de Manejo Ambiental comprende:

 

9.1MedidasPreventivas

Los riesgos están definidos como la posibilidad de daño, pérdida o perjuicio al sistema a consecuencia de la ocurrencia de situaciones anormales que podrían causar incidentes que afecten a potenciales receptores. Entre los posibles incidentes o eventos de siniestralidad que se podrían generarse en la planta de procesos de productos pesqueros SERVITERRA S.A., están: incendios, inundación, derrame de hidrocarburos, no correcta de disposición final de desechos peligrosos, y accidentes que afecten a receptores del medioambiente físico, biótico y/o socioeconómico. Para ello la empresa ha implementado un plan de contingencias que es una herramienta ágil y efectiva, para desarrollar acciones remediables a circunstancias no previstas, para asegurar las condiciones de seguridad a los trabajadores, a la comunidad circundante y preservar la calidad ambiental. El propósito de este Programa es el de realizar acciones y recomendaciones para enfrentar las emergencias, si se presentase alguna eventualidad como: desastres naturales, accidentes de tránsito, explosiones, incendio, riego de derrame de lubricantes, combustibles. La finalidad es la de preservar la vida de los trabajadores de la actividad, así como de los pobladores. Es indispensable que todo el personal esté preparado para actuar en el caso de emergencias, evacuaciones inmediatas, poseer equipos y accesorios contra incendios, primeros auxilios y, salvamento de víctimas; además se deberá preparar a la comunidad, en estos aspectos a fin de coordinar acciones conjuntas en caso de las eventualidades. La planta de proceso de productos pesqueros implementará un Programa de Contingencia realista. Ya elaborado este Programa, es responsabilidad de la administración de la planta de productos pesqueros en implementarlo, para lo cual deberá:

Difundir el Programa Capacitar el personal de trabajo Realizar simulacros periódicamente a fin de conocer mejor este Programa y evaluarlo

desde el punto de vista práctico

9.2.1MedidasdeMitigación

El Programa de Mitigación de Impactos corresponde a un conjunto de acciones tendientes a evitar, disminuir, rectificar o eliminar el impacto potencial negativo. Para el efecto se han diseñado las medidas en función de los Hallazgos encontrados  

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161  Monteverde- Santa Elena

 

 

9.2.2MedidasdeCompensación

Como apéndice de la participación ciudadana en las operaciones de la actividad industrial, se requiere del apoyo de las otras empresas procesadoras de productos pesqueros asentadas en el área de influencia directa en este caso de la procesadora, como aporte para lograr el desarrollo de la comunidad que se encuentra en el área de influencia, como un efecto participativo y

compensatorio desde el punto de vista ciudadano.

9.2.3MedidasdeEstimulación

Esta parte del Plan de Manejo Ambiental, corresponde a las acciones previstas para ejecutar actividades de instrucción y enseñanza referentes a los protocolos de producción y Plan de contingencia.

 

9.3MedidasdeContingencia

Tratándose de una actividad de transformación de productos pesqueros que requiere de, insumos y utensilios, maquinas se requiere de acciones que permitan controlar cualquier eventualidad que pueda originar incidentes y accidentes ambientales en las áreas de trabajo, estos deberán ser controlados de manera inmediata. De igual manera todo el personal de la planta procesadora de productos pesqueros SERVITERRA S.A., deberá ser capacitado en situaciones de emergencia (seguridad y gestión ambiental)

9.4MedidasdeMonitoreo,controlySeguimiento

El programa de monitoreo, control y seguimiento ambiental tiene por función básica garantizar el cumplimiento de las medidas de monitoreo de los recursos Agua, Nivel de presión sonora, y seguimiento a las medidas de protección contenidas en este Estudio. Este programa, tiene como finalidad comprobar la severidad y distribución de los impactos negativos y, especialmente, cuando ocurran impactos no previstos, asegurar el desarrollo de nuevas medidas de mitigación o las debidas compensaciones donde ellas se necesiten. En este estudio de impacto ambiental expost se sintetizan en una matriz lógica y se desarrollan los planes y medidas ambientales aplicables a Planta procesadora de productos pesqueros.

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162  Monteverde- Santa Elena

 

 

CAPITULO10PLANDEMANEJOAMBIENTAL

El Plan de Manejo Ambiental constituye el objeto principal de los Programas de Seguimiento, Vigilancia y Control que realice la autoridad ambiental competente. El Plan de Manejo Ambiental es un instrumento de gestión destinado a proveer de un conjunto de programas, procedimientos, prácticas y acciones, orientados a prevenir, mitigar, controlar, remediar y compensar los Hallazgos de No Conformidades de la operación y mantenimiento de la planta de proceso de productos pesqueros SERVITERRA S.A. El Plan de Manejo Ambiental deberá ser entendido como una herramienta dinámica y, por lo tanto es variable en función del tiempo, el cual deberá ser actualizado y mejorado en la medida que los procedimientos y prácticas operacionales de la planta de proceso se vayan implementando o cambiando su manejo de producción, la significancia de los impactos ambientales previstos cambien, se modifique sustancialmente las operaciones o el entorno de la obra de infraestructura difiera de lo previsto inicialmente. El Plan de Manejo Ambiental está diseñado conforme los Hallazgos y No Conformidades que se han identificado en este Estudio de impacto ambiental expost.

ObjetivosObjetivoGeneral

Brindar la orientación necesaria para la toma de decisiones sobre el manejo ambiental de la operación de la planta de procesamiento de productos pesqueros.

ObjetivosEspecíficos

Proponer mecanismos de manejo que minimicen los impactos significativos sobre los

componentes ambientales, derivados de las actividades operativas de la planta de proceso, encontradas en los Hallazgos de este Estudio

Establecer un programa de monitoreo ambiental de conformidad con las leyes ambientales y normativa técnica vigente.

Establecer un programa de seguimiento, evaluación y control de las medidas ambientales que se apliquen como resultado de este estudio.

Resultadosgeneralesesperados.

En gran medida el cumplimiento de los programas de protección ambiental y el manejo de los impactos negativos dependen de las acciones de mitigación. En definitiva, el plan de manejo ambiental contiene todas las medidas para prevenir, mitigar, remediar, controlar, monitorear y seguimiento compensar y verificar los hallazgos ambientales. Estas medidas son las que hacen viables las acciones humanas desde el punto de vista del ambiente.

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163  Monteverde- Santa Elena

 

 

Se desarrolla un Plan de Manejo Ambiental con el propósito de mitigar, prevenir y controlar los aspectos ambientales significativos de la planta de procesamiento de productos pesqueros SERVITERRA S.A., generados por su actividad. Para cada medida ambiental establecida estará contenida de los siguientes componentes: Nombre de la medida Tipo de medida Descripción de la medida propuesta Nombres de los impactos ambientales enfrentados por la medida Momento de ejecución de la medida Responsable de la Implementación. Costo Aproximado de la medida.

Adicionalmente, dichas medidas son clasificadas según la forma en que enfrentan los posibles impactos ambientales: Programa de Mitigación de Impactos.(PM) Programa de manejo de Desechos: peligrosos y No Peligrosos (M-Desch) Programa de Manejo de Combustibles (MC) Programa de Educación Ambiental (EA) Programa de Relaciones comunitarias (RC) Programa de Seguridad Industrial y salud ocupacional (SI&SO) Programa de Contingencia y Emergencia. (CE) Programa de Monitoreo, Control y Seguimiento (MCS) Programa de Cierre y Abandono (CA)

A continuación se presenta el resumen de las medidas ambientales para la planta de proceso de productos pesquero SERVITERRA S.A., elaboradas en consideración de los aspectos e impactos ambientales significativos de la operación de la actividad de la planta de proceso. En consideración de lo indicado y las características de operación de la planta de procesamiento de productos pesqueros, los principales aspectos ambientales e impactos ambientales significativos de una planta de procesos de productos pesqueros las siguientes:

Se determinó la caracterización de la línea base del cuerpo hídrico receptor y el drenaje del efluente, por lo que es posible determinar la existencia de impactos derivados de esta actividad.

El personal en riesgo cuenta con los equipos suficientes de protección personal (EPP). Los aspectos ambientales significativos se detallan a continuación:

Manejo de aceites y filtros usados: Se genera aceite usado como producto de las labores de

mantenimiento de los equipos o motores. Este aceite y los filtros se almacenan en tanques de 55 galones, y se acumulan en un sitio temporal.. Estos aceites son enviados a Guayaquil. El transporte y disposición final de estos desechos peligrosos se realiza a través de gestor autorizado.

Manejo de desechos no peligrosos: Los desechos no peligrosos son almacenados temporalmente en tanques metálicos de 55 galones dentro del predio y, posteriormente, son enviados a los sitios de ruta de recolección de desechos sólidos,

Manejo de aguas servidas: La planta de proceso de productos pesqueros cuenta con áreas de baños y baterías sanitarias y producto del uso de esta área se genera las aguas residuales servidas , cabe mencionar que se va a realizar un trabajo de ingeniería sanitaria para la distribución, separación y conexión de la red interna, y la misma que se va a conectar con el sistema de alcantarillado público del sector.

Hace falta mayor señalización según requerimientos de normas INEN 439 y 440. Las áreas en riesgo de incendio cuentan con un número suficiente de extintores contra incendio. El agua dulce para uso del personal, proviene del suministro por la red pública

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164  Monteverde- Santa Elena

 

 

A continuación se presentan a manera de fichas las medidas ambientales para la operación de la planta., elaboradas tomando en cuenta las particularidades y realidades de las instalaciones de la planta. 1. Programa de Mitigación de Impactos ambientales.

MEDIDA PM-1 Nombre de la Medida: MANEJO Y DISPOSICIÓN FINAL DE DESECHOS SOLIDOS NO PELIGROSOS. Tipo de la Medida: Mitigación. Descripción de la Medida: Mejorar el sistema de segregación y captación en la fuente de los desechos sólidos

orgánicos del proceso y no peligrosos Implementar estaciones de desechos sólidos no peligrosos en las instalaciones exteriores. Mejorar las condiciones del área de almacenamiento temporal de desechos sólidos no

peligrosos para su posterior disposición final.

Nombre de los Impactos Enfrentados: Contaminación por presencia de plagas. Contaminación de agua superficial y suelo Generación de malos olores.

Implementación de la medida: A partir del primer mes de aprobación del PMA

Responsables de la Ejecución de la Medida: Jefe de Producción y Administrador.

Costo Aproximado: Costo Aproximado total: US$ 250,00 anual.

MEDIDA PM-2

Nombre de la Medida: CONTROL DE PLAGAS Tipo de la Medida: Mitigación. Descripción de la Medida: Implementar el control de plagas integral: Fumigación y trampas de roedores en las áreas

establecidas en el Plan Nacional de Control Deberá mantenerse el registro del programa de control de plagas. Utilización de equipos de protección personal para los encargados de la actividad de

control de plagas. Nombre de los Impactos Enfrentados: Minimizar la presencia de vectores – roedores

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165  Monteverde- Santa Elena

 

 

Implementación de la medida: A partir del Segundo mes de aprobación del PMA

Responsables de la implementación y seguimiento de la Medida: Supervisor de Limpieza Costo Aproximado: $ 1,500.00 anual.

MEDIDA PM-3

Nombre de la Medida: Canalización y separación de descarga de efluentes de aguas residuales industriales del procesamiento de los productos pesqueros y efluente de las aguas residuales servidas o grises generadas del área de baños y baterías sanitarias. Tipo de la Medida: Mitigación. Descripción de la Medida:

Canalización y separación de descarga de efluentes proveniente de Aguas residuales industriales del procesamiento de los productos pesqueros y efluentes de las baterías sanitarias y baños, que generan las de aguas residuales servidas o grises.

Nueva ubicación y traslado de las baterías sanitarias que corresponde a la ocupación de baños de mujeres. Hacia el área de baños de personal administrativo

Nombre de los Impactos Enfrentados: Minimizar la carga contaminante de los efluentes Mitigar la descomposición de materia orgánica. Implementación de la medida: A partir del tercer mes de aprobación del PMA

Responsables de la implementación y seguimiento de la Medida: Administrador de la Planta de proceso. Costo Aproximado: $ 2,500.00 anual.

MEDIDA PM-4

Nombre de la Medida: Construcción y ubicación de área de baterías sanitarias y baños. Tipo de la Medida: Mitigación. Descripción de la Medida:

Canalización y separación de descarga de efluentes de Aguas servidas o grises baños, que generan la nueva área de baños y baterías sanitarias.

Nueva ubicación y traslado de las baterías sanitarias que corresponde a la ocupación de baños de mujeres. Hacia el área de baños de personal administrativo

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166  Monteverde- Santa Elena

 

 

Nombre de los Impactos Enfrentados: Minimizar la carga contaminante de los efluentes Mitigar la descomposición de materia orgánica.

Implementación de la medida: A partir del tercer mes de aprobación del PMA

Responsables de la implementación y seguimiento de la Medida: Administrador de la Planta de proceso. Costo Aproximado: $ 1,500.00 anual.

MEDIDA PM-5

Nombre de la Medida: Re- Diseño, ubicación e implementación de la trampa de Grasas. Tipo de la Medida: Mitigación. Descripción de la Medida:

Optimización y rediseño de la trampa de grasas. Nueva ubicación de la trampa de grasas.

Medición de caudales.- La empresa implementará una canaleta Parshall con registro automático de caudales, mientras usen los medidores de agua potable que ingresa a la planta de procesamiento de productos pesqueros SERVITERRA S.A., la empresa deberá mantener un registro de caudales diarios que ingresa a sus sistema de medidores de agua, tanto para uso industrial como para uso doméstico. Construcción de Cribas.- El lecho de cribas tendrá de 0,75 m y su largo será de 1 metro. Las cribas constarán de delgadas barras cuyo material puede ser hierro redondo de 0,60 cm d diámetro o barras rectangulares de ese espesor. Las barras deberán tener un espaciamiento neto entre ellas que pueden variar entre 0,5 a 0,75 cm. Se colocarán dos hileras de cribas, que calzarán dentro de muescas oblicuas a 60° con referencia al plano horizontal. Las muescas de 2 cm de profundidad, deberá permitir que por ellas deslicen las cribas sin dificultad. Es decir cada criba tendrá un alto de 0,80 m y un ancho de 0,73 m, para que 1,5 cm entre en cada la do de la muesca. El pozo de la criba deberá tener una tapa resistente en su superficie que evite accidentes y caídas. Las cribas deberán estar espaciadas 30 cm una detrás de la otra, de esa manera mientras se saque para dar mantenimiento a una de las cribas, la otra estará en su sitio reteniendo los sólidos. A las cribas se deberá limpiar y dar mantenimiento diario. Re Diseño, ubicación de la Trampa de Grasas y Aceites. - Ha sido necesario reconsiderar el tamaño de la trampa de grasas y aceites, Se prevée la construcción de una trampa de doble cámara, con una dimensión de 1,60 m de largo y 1,45 m de profundidad total desde el fondo a la tapa. El sobre-borde (espacio entre el espejo de agua y la tapa) será de 0,25 m, lo cual deja una altura neta desde espejo de agua al fondo de la trampa 1,30 m.

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En vez de construir una cámara separada para cribas, se puede colocar una criba en la primera cámara del separador de grasas y aceites. La segunda cámara tendrá como dimensiones: 1,00 m de ancho, 1,00 de largo y 1,25 m de profundidad total desde el fondo a la tapa. El sitio final de muestreo tendrá como medidas interiores netas: 0,25 m de profundidad neta del agua más un sobre borde de 0,25 m. Su ancho será de 0,25 m x 0,30 m de largo. El espesor de las paredes del separador de grasas y aceites lo determinará el constructor. Suelo emplearse paredes de hormigón de 0,15 m de espesor. Los ductos de plástico (tubería y Tes) serán PVC espiga-campana, pegable de 110 0 160 mm. La trampa de grasas y aceites deberá tener tapas resistentes en su superficie que evite caídas y accidentes.

Nombre de los Impactos Enfrentados: Minimizar la carga contaminante de los efluentes Mitigar la descomposición de materia orgánica. Reducir la concentración de DBO y DQO Implementación de la medida: A partir del cuarto mes de aprobación del PMA

Responsables de la implementación y seguimiento de la Medida: Administrador de la Planta de proceso.

Costo Aproximado: $ 2,500.00 anual.

MEDIDA PM-6 Nombre de la Medida: Construcción del Sistema de Tratamiento de Aguas residuales industriales. Tipo de la Medida: Mitigación. Descripción de la Medida:

Tratamiento del efluente. Sistema de tratamiento de aguas residuales industriales, tratamiento Físico y

Químico. El tratamiento consiste en un tratamiento físico químico precedido por pre tratamiento físico: Cribas, Trampa de Grasa, Tratamiento Físico y Físico Químico y Lecho de secado de Lodos

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DIAGRAMA DE SECUENCIA DEL TRATAMIENTO FÍSICO Y FÍSICO QUÍMICO EN LA PLANTA DE PROCESAMIENTO DE PRODUCTOS PESQUEROS CRIBAS Y DESBASTE Estas unidades tiene por objetos la retención de sólidos gruesos como pescados enteros, papeles, waype, escamas etc. Son elementos que reciben las aguas residuales y permiten la remoción de solidos gruesos en las rejillas o tamices que se colocan en forma perpendicular al flujo. Las rejillas y tamices se encuentran en el interior de la cámara o caja. Esta operación evita la obstrucción del sistema hidráulico e impiden que estos pescados enteros o pedazos grandes, ingresen a la planta, ocasionando la putrefacción de éstos y consecuentemente la generación de malos olores también evita taponamientos d la tubería. TRAMPA DE GRASA Estas unidades son removedores o separadoras de grasa, aceites y otras sustancias más livianas que el agua que tiene a flotar y cubrir la superficie, llegando en un momento dado a alcanzar un considerable espesor con lo que facilita la remoción de esta capa de aceite. Estas unidades retienen aceite cuyas densidades están alrededor de 0.8 Kg/m3, el tiempo de retención debe ser mismo de 5 minutos para caudales menores de 10 lit/seg. Las normas de construcción indican que el fondo de la trampa deberá tener una fuerte pendiente para evitar la acumulación de sólidos sedimentables. El área superficial se calcula utilizando la tasa de aplicación de 4 lt/ seg-m2, ósea que el área deberá ser de 0,25 m2/ lt-seg; finalmente la relación entre largo y ancho será de .:8 :1.0 FLOCULADOR Es un tanque que hace la función de acumulador, receptor del flujo diario de transito continuo generado de agua residual por el proceso industrial del cual se produce. Este tanque recibe dosificaciones temporizadas de poli sulfatos el cual produce coagulación y precipitación de los sólidos. Al realizar este proceso y generar esta reacción química se clarifica el agua bajando su relación química y biológica es decir va a incidir en el DBO y DQO, generando sedimentación de los llamados sólidos precipitables que puntualmente son aquellos que producen la descomposición del agua como tal reflejada en los parámetros de turbidez y toxicidad, ya que estos son los que generan impacto ambiental. Este floculador cuenta con un

CANAL DE 

ENTRADA REJA DE  

DEBASTE 

CANASTA DE 

LIMPIEZA 

TANQUE  

COLECTOR 

TRAMPA DE 

GRASA 1 

TRAMPA DE 

GRASA 2 

SEDIMENTADOR  FLOCULACIÓN

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tanque de 10 m3, los que producen dos tipos de agua. Una es el agua de superficie o agua tratada y otra es el agua de fondo que llamaremos sólidos contaminantes. Agua Tratad.- Esta agua se desinfecta y es evacuada al sistema de alcantarillado, Sólidos contaminantes.- Son los que han sido producidos por la reacción química de los poli sulfatos el manejo de los mismos serán determinados por su calidad y cantidad para decidir si serán digeridos de manera biológica y si su cantidad no lo amerita serán depositados en la cámara de secado. DISEÑO Y MEMORIA DE CÁLCULO Para el dimensionamiento de la trampa de grasa se considera el caudal máximo promedio horario de agua residual que se genera en una planta. Se recomienda ajustar y homogenizar los caudales horarios a la eficiencia.

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DIMENSIONES DEL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES INDUSTRIALES

DIAGRAMA DE UBICACIÓN DEL SISETMA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES INDUSTRIALES

TANQUE HOMOGENEIZADOR

TANQUE 

DECANTACIÓN

TANQUE 

CLARIFICACIÓNLECHO DE  

SECADO

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DIAGRAMA DE UBICACIÓN EN 3 D

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AGUADE PRODUCCION

Manejode lodos  

12

DESCARGAALCANTARILLA

OU‐02T

OU‐O1T

6

9

4OU‐01B

OU‐01D

OU‐01S

OU‐01F

OU‐02D

5

3

7

OU‐O2T

8

OU‐01B

OU‐02B

10

HOMOGENEIZADOR PARA RETENCIÓN DE GRASAS Y SOLIDOS SUPERIORES A 500 MICRAS

0,25 m

1,75m

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Establecimiento de las coordenadas del lugar de monitoreo del efluente industrial: Coordenadas x= 505532 y= 9755808 Implementación de la medida:

Planta de Tratamiento de Aguas residuales industriales: aplicación de subprocesos Físicos y Químicos al efluente, Culminación de la construcción del tanque Homogenizador por parte de la empresa SERVITERRA , medida implementada actualmente

Calibración, Operación, y Mantenimiento de la Planta de tratamiento de Aguas residuales industriales: Inmediato, desde la implementación del sistema de tratamiento propuesto.

Aplicación del instructivo del Manejo Operacional, y Mantenimiento del sistema, Registro de Control Operacional del sistema de tratamiento de aguas residuales

industriales.

Responsables de la Implementación y seguimiento de la Medida: Gerente de Operaciones y Gerente General de la Planta SERVITERRA S.A. Tiempo de implementación de la medida: A partir del primer mes de aplicación del PMA Costo de la medida: US$ 21.500,00 2. Programa de Prevención de impactos

MEDIDA M DeschP-1 Manejo y Disposición Final de Desechos Peligrosos.

Tipo de Medida: Prevención. Descripción de la Medida: Manejo y Disposición final de Desechos peligrosos como Aceites usados, lubricantes, filtros de aceites, sustancias tóxicas y material contaminado. De lo observado durante la visita de campo no existen registros completos que permitan determinar con precisión la cantidad de aceites y filtros usados generados, así como su disposición final. Por lo tanto, deben seguirse las siguientes recomendaciones para el manejo de este tipo de desechos peligrosos: Para el manejo de filtros usados, deben incluirse las siguientes recomendaciones:

Dejar drenar el filtro y después aplastarlo; o se desarma el filtro y después se deja drenar. Todo esto debe efectuarse en un recipiente colocado sobre una superficie impermeabilizada (tachos de pvc). Nunca debe haber contacto con el suelo desnudo.

El drenaje debe ocurrir por lo menos 12 horas a temperatura ambiente. Los filtros que enseguida dejan escapar aceite no han sido drenados correctamente.

El recipiente donde se drenan los filtros usados debe estar en un lugar cubierto. El lugar donde se coloquen los filtros usados ya drenados, aplastados y

guardados en fundas impermeables El aceite usado que se obtiene del drenaje de filtros se puede mezclar con el resto

del aceite usado generado. Para el caso de aceites usados se recomienda colectar una cantidad significativa de filtros

usados, estos deben ser transportados. Estos desechos acumulados en la planta de

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proceso de productos pesqueros deben ser almacenados en el área de almacenamiento temporal, y entregados a gestores de residuos autorizados (transporte y disposición final) que cuenten con Licencia Ambiental emitida por el Ministerio del Ambiente.

Los materiales contaminados con aceites usados (guaipe, viruta, ropa, etc.) y los aceites usados propiamente dichos, deberán ser dispuestos a través de gestores autorizados por la autoridad antes indicada.

Los materiales contaminados almacenados deberán ser colocados en colectores de material adecuado (resistente a los hidrocarburos) con tapas hasta su disposición final. El área de almacenamiento temporal puede formar parte del área que sirve para el almacenamiento de los aceites usados generados.

Deben mantenerse registros escritos con relación al manejo integral de este tipo de desechos, conforme lo establecido en el Título V del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria.

Baterías usadas Se generan alrededor de 2 baterías usadas cada 1,5 - 2 años, mismas que son retiradas por un gestor que no cuenta con licenciamiento ambiental. El almacenamiento temporal de éstas y su disposición final deben realizarse de manera adecuada: Las baterías deben ser almacenadas en un sitio cubierto (techado), con suelo

impermeabilizado, alejado del agua. Al respecto, podría utilizarse el mismo sitio propuesto para el manejo de aceites usados y cuando se delimite físicamente con un dique el área establecida para el acopio de las baterías. No puede haber contacto entre la batería y otros desechos.

Finalmente, debido a que se trata de un desecho peligroso, las baterías deben ser recolectadas, transportadas y dispuestas a través de gestores autorizados por el Ministerio del Ambiente del Ecuador o la autoridad ambiental de aplicación responsable.

Al respecto, deberá mantenerse un registro escrito de los formatos de cadena de custodia o formato de manifiesto único pertinentes, conforme lo establece el Título V que forma parte del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria.

Nombre de los Impactos enfrentados: Contaminación del agua superficial y suelo. Impactos sobre la biota. Contaminación cruzada en la instalación.

Implementación de la medida:

Uso de gestores autorizados: A partir del sexto mes de aplicación del Plan de Manejo Ambiental.

Establecimiento y mantenimiento de registros de cadena de custodia de recolección, transporte y disposición final de desechos: Inmediato, desde el inicio de aplicación del Plan de Manejo Ambiental.

Aplicación de procedimiento de manejo de filtros y material contaminado de con aceite usado u otro hidrocarburo: Inmediato, desde el inicio de aplicación del Plan de Manejo Ambiental.

Responsables de la Implementación y seguimiento de la Medida: Jefe de Producción y Administrador. Costo de la medida: US$ 1500, anual

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MEDIDA P ML- P-2 Programa de Producción más Limpia. Tipo de Medida: Prevención. Descripción de la Medida: Implementar el programa de Producción más limpia mediante el cual se lo desarrollara por Etapas con sus actividades generales.

Nombre de los Impactos enfrentados: Contaminación del agua superficial y suelo. Optimización de procesos Optimización del uso de energía, agua y materias primas Reducción de la contaminación Aprovechamiento de los residuos Reducción de costos en tratamientos d desechos

Implementación de la medida: A partir del séptimo mes de aplicación del PMA Etapa 1: Planeación y organización

Involucrar y obtener el compromiso de la Gerencia Establecer el alcance y las metas del Programa Establecer el equipo conductor del programa

Etapa 2: Evaluación Previa

Realizar una Evaluación de las operaciones de proceso Elaborar los diagramas de flujo y layy- out de los procesos Identificar prioridades y sus indicadores

Etapa 3: Estudios y Evaluaciones

Elaborar el balance de Materiales y Energía Identificar las causas de la generación de residuos y desperdicios Identificar y preseleccionar oportunidades de Producción más Limpia

Etapa 4: Elaboración de Programa

Estudios de factibilidad técnica

Estudios de Factibilidad Económica Evaluación de mejora económica y ambiental.

Etapa 5: Implantación y Planes de Seguimiento Implementación de opurtinades de producción más Limpia Monitoreo de Indicadores de Desempeño

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Mejoramiento continuo,

Responsables de la Implementación y seguimiento de la Medida: Jefe de Producción y Administrador. Costo de la medida: US$ 2,500. 00

3. Programa De Control De Derrame Derivados de Hidrocarburos y productos químicos

MEDIDA CDH -1 Nombre de la medida: CONTROL DE DERRAME DE COMBUSTIBLE o Derivados de Hidrocarburos y/o productos químicos. Descripción de la medida Determinar las acciones o medidas para el control de derrame de combustible y/o

productos químicos. Capacitar y entrenar al personal que está involucrado en la transportación terrestre o

fluvial, el manejo, y la utilización del combustibles en los equipos y máquinas y manejo productos químicos respectivamente en sus áreas y puesto de trabajo.

Aplicación de la medida: inmediato de aplicación del PMA en concordancia de la aprobación del estudio de impacto ambiental expost: Impacto Ambiental enfrentado: Contaminación del agua. Contaminación del suelo.

Responsables de la implementación y seguimiento de la Medida: Jefe de Producción y Administrador Costo Aproximado: $ 200 4. Programa De Educación Ambiental

MEDIDA: EA-1 Nombre de la Medida: CAPACITACIÓN EN LA TEMÁTICA AMBIENTAL AL PERSONAL. Descripción de la medida Promover la responsabilidad al personal que labora en cuanto a la gestión y manejo

ambiental. Mejoramiento continuo en las operaciones de la planta en proceso para la obtención de

producciones sustentable y optimización de procesos. Implantar charlas relacionadas a la capacitación en la evaluación de riesgos de impactos

ambientales. Las charlas a dictarse serán divididas en 4 horas cada tema:

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Educación Ambiental, Control de Derrame de Hidrocarburos, Primeros Auxilios, Manejo de Desechos Peligrosos, Gestión de Desechos, Manejo de Maquinarias, Principios de Seguridad y Salud Ocupacional; en un total de 32 horas.

Aplicación de la medida: luego de Octavo mes de aplicación del PMA en concordancia de la aprobación del estudio de impacto ambiental y Plan de manejo ambiental: Impacto Ambiental enfrentado: Contaminación del agua. Contaminación del suelo. Plan de contingencia

Responsables de la implementación y seguimiento de la Medida: Jefe de Producción y Administrador Costo Aproximado: $ 800,00 anual

5. Programa De Relaciones Comunitarias

MEDIDA: RC-1 Nombre de la Medida: RELACIONES COMUNITARIAS Descripción de la medida Promover lazos de confraternidad con la comunidad y los sectores aledaños a la planta de

proceso de productos pesqueros que ejercen la misma actividad. Asistencia Social en proyectos comunitarios. Desarrollar actividades comunitarias por pro-mejoras de los pobladores de la

comunidad en el área de influencia a la planta de procesamiento de productos pesqueros. Implementación de ayuda social a los trabajadores de la planta de proceso.

. Aplicación de la medida: Noveno mes de aplicación del PMA en concordancia de la aprobación del estudio de impacto ambiental y Plan de manejo ambiental Impacto Ambiental enfrentado: problemática socio-ambiental y desarrollo de la actividad en el área de influencia. Responsables de implementación y seguimiento de la Medida: Jefe de Producción y Administrador Costo Aproximado: $ 1.500.00 Anual 6. Programa De Seguridad Industrial y Salud Ocupacional

MEDIDA: SISO-1 Nombre de la Medida: EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES Descripción de la medida

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Asegurar las condiciones de seguridad a los trabajadores en las áreas de riesgo. Mediante la evaluación una matriz de Identificación y evaluación de riesgo laboral.

Charlas de capacitación en principios básicos de seguridad industrial y evaluación de riesgo laboral.

Prevención de accidentes de trabajo. Aplicación de la medida: luego del Décimo mes de aplicación del PMA en concordancia de la Aprobación del estudio de impacto ambiental y Plan de manejo ambiental Impacto Ambiental enfrentado: Accidentes e incidentes laborales y ambientales Responsables de la implementación y seguimiento de la Medida: Jefe de Producción y Administrador Costo Aproximado: $ 150,00

MEDIDA: SISO-2 Nombre de la Medida: ADQUISICIÓN Y ENTREGA DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (EEP) Tipo de la Medida: Seguridad Industrial y Salud Ocupacional Descripción de la Medida: Se procederá a la adquisición y entrega de EPP al personal, y se mantendrá con sus respectivos registros. Lo expuesto en atención a lo dispuesto mediante Decreto 2393, del Reglamento de Seguridad y Salud de los trabajadores y mejoramiento del Medio Ambiente de trabajo, Titulo VI Art. 175, numeral 4, literal b: “Proporcionar a sus trabajadores los accesorios necesarios para la correcta conservación de los medios de protección personal. El uso de los equipos de protección personal (EPP) es una obligación del trabajador de acuerdo al reglamento. Además, se debe capacitar al personal acerca de su buen uso. El equipo de protección para el personal operativo debe comprender: botas impermeables, guantes, delantales, cofias, uniforme El equipo de protección personal de servicios varios o estiba, dotar de faja anti lumbago, zapatos de trabajo. Generar la adquisición de los equipos de protección personal y realizar la entrega con evidencia de registros de entrega de EPPP con la frecuencia de cada 6 meses. Nombre de los Impactos Enfrentados: Riesgos a la seguridad de los trabajadores. Riesgos laborales en sus diferentes áreas.

Implementación de la medida: A partir del primer mes de aplicación del PMA en concordancia a la fecha de

aprobación del estudio de impacto ambiental expost. Responsables de la implementación y seguimiento de la Medida: Jefe de Producción y administrador. Costo Aproximado:

Adquisición y entrega de EPP: US$ 1200,00   

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MEDIDA: SISO-3 Nombre de la Medida: IMPLEMENTACIÓN DE EQUIPOS DE CONTINGENCIAS Y MECANISMOS DE PROTECCIÓN EN LOS EQUIPOS Y MAQUINARÍAS, EN ASPECTOS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Tipo de medida: Seguridad Industrial y Salud Ocupacional Descripción de la Medida: La organización implementará equipos de contingencias para prestar una respuesta inmediata a la seguridad de las personas, equipos y la infraestructura. Por lo que se establece implementar equipos de contingencia para eventos como: Control de Derrame, Connato de Incendio, Primeros auxilios con los siguientes equipos: Extintores contra incendio, material absorbente o barreras para control de derrame, y botiquín de primeros auxilios con sus materiales y medicinas preventiva. Equipos para Connato de Incendio Compra de 1 extintor rodante de PQS (Polvo Químico Seco) de 20 Lbs.; y ubicación

estratégica. Estos se ubicarán en el área de almacenamiento de combustible. Compra de 3 extintores de PQS (Polvo Químico seco) de capacidad de 20 Lbs., los mismos

que estarán ubicados en la cocina, Oficina principal, Bodega de insumos, planta generadora de electricidad.

Elaborar un cuadro de control mensual de extintores, el mismo que debe registrar la ubicación, marca, tipo, peso, fechas de carga y vencimiento; y el estado de los manómetros, mangueras y sellos

Las áreas cuentan con un número de extintores contra incendio insuficientes; y de acuerdo al Decreto 2393, del Reglamento de Seguridad y Salud de los trabajadores y mejoramiento del Medio Ambiente de trabajo, Título V, Art. 159, numeral 4; “los extintores se situaran donde exista mayor probabilidad de originarse un incendio, próximo a salidas locales, en lugares de fácil visibilidad y acceso, y a la altura no superior a 1,30 metros”. Equipos para Control de Derrame de combustible o Derivados de Hidrocarburos Material absorbente o paños absorbentes 3M, o MOP y recipientes que contengan arena

y aserrín Palas plásticas o PVC, recolectores, escobas, palas plásticas Barreras para control de derrame Recipiente vacío para la disposición final del material contaminado Ubicación de estos equipos estarán en el área de almacenamiento de combustible y la

Bodega de almacenamiento de insumos. Equipos para Primeros Auxilios Implementación de Botiquín de Primeros Auxilios. Materiales de curación y medicinas preventivas Ubicación de estos equipos: Garita, Oficina Administrativa

Implementación de Señalética Industrial Compra y ubicación estratégica de señaletica industrial. Las instalaciones deben estar debidamente señalizadas (de acuerdo a las Normas INEN 439 y 440), ya que su falta puede causar accidentes de gravedad y con mucha frecuencia. Lo expuesto en atención al Decreto 2393, del Reglamento de Seguridad y Salud de los trabajadores y mejoramiento del Medio Ambiente de trabajo, Título V Art. 164, numeral 6, literal b, que establece: “Los símbolos, formas y colores deben sujetarse a las disposiciones de las normas del

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Instituto Ecuatoriano de Normalización y en su defecto se utilizarán aquellos con significado internacional”. Nombre de los Impactos Enfrentados: Riesgos a la seguridad de los trabajadores. Control de emergencias Implementación de la medida: Mantenimiento y Operación de 1 extintor de PQS de 20 lbs.: inmediato Operación y Mantenimiento de 3 extintores de PQS de 20 lbs. inmediato Mantenimiento de señales según normas INEN 439 y 440, así como rotulación de seguridad , Registro de control mensual de extintores: inmediato. Stock y mantenimiento de botiquín de primeros auxilios aplicar de inmediato a la aprobación

del PMA Responsables de la implementación y seguimiento de la Medida: Jefe de Producción y administrador. Aplicación de la medida: Mantenimiento y operación de 4 extintores: Al primer y Decimo mes Compra y ubicación de señales según normas INEN 439 y 440:Al Decimo cuarto mes Material absorbente , utensilios y Barreras control de derrame: Al Décimo Segundo mes Botiquín de Primeros Auxilios con medicinas y materiales : Inmediato 4 Luces de emergencias, doble lámpara: Al Décimo quinto mes Costo Aproximado: Mantenimiento y operación de 4 extintores: $ 200,00 Compra y ubicación de señales según normas INEN 439 y 440: $ 280,00 Material absorbente , utensilios y Barreras control de derrame: $ 400,00 Botiquín de Primeros Auxilios con medicinas y materiales : $ 100,00 4 Luces de emergencias, doble lámpara: $ 450,00 Total del costo de las medidas propuestas es: $ 1430,00 dólares 7. PROGRAMA DE CONTINGENCIA Y EMERGENCIA

MEDIDA: CE-1 Nombre de la Medida: CONTROL DE DERRAME DE HIDROCARBUROS Y PRODUCTOS QUÍMICOS TIPO DE MEDIDA: Plan de contingencia y Emergencia Descripción de la medida Asegurar las acciones para eventos de emergencia: Control de derrame de hidrocarburos y productos químico Implementar un plan de contingencia para eventos exógenos y endógenos. Realizar acciones y recomendaciones para enfrentar las emergencias si se presenta

alguna eventualidad como desastres naturales, incendios, riesgo ambiental

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Preparación de simulacros en concordancia con las eventualidades.

Aplicación de la medida: luego del tercer mes de aplicación del PMA en concordancia de la aprobación del estudio de impacto ambiental y Plan de manejo ambiental Impacto Ambiental enfrentado: Accidentes e incidentes ambientales. Responsables de la implementación y seguimiento de la Medida: Jefe de Producción y Administrador Costo Aproximado: $ 400,00

8. Programa de Monitoreo, Seguimiento y Control

MEDIDA: MSC-1 Nombre de la Medida: MONITOREO DE CALIDAD AMBIENTAL: DE LOS RECURSOS AGUA, Y NIVELES DE PRESION SONORA Tipo de Medida: Monitoreo, control y Seguimiento Descripción de la Medida: Monitoreo del recurso agua: Caracterización de Entrada de agua y Efluente Las instalaciones de la planta de proceso de productos pesqueros, cuenta con un monitoreo continuo de la calidad del agua y descarga del proceso de transformación de productos pesqueros, por lo que es posible determinar el grado de cumplimiento del protocolo de producción y no de la norma de la calidad del agua del Tulas, y como también determinar el nivel de presión sonora (ruido ambiente). Al respecto, durante el primer año de ejecución del presente Plan de Manejo Ambiental, se recomienda realizar un muestreo de agua de descarga al sistema de alcantarillado con frecuencia Anual en concordancia, para determinar la eficiencia de las medidas implantadas y la presencia de contaminantes fuera de norma. Los parámetros a medir en la descarga al sistema alcantarillado, en concordancia del Anexo 1 Norma de calidad ambiental y descarga de Efluente: Recurso Agua, de la tabla 12 Límites de descarga al sistema de alcantarillado público. Esta medición se realizaría durante la bajamar. Esta caracterización del recurso agua, será realizada semestralmente ósea dos veces al año. Los parámetros de calidad del agua de descarga del efluente de la operación de la planta de tratamiento de aguas residuales industriales serán: Aceites y grasas Coliformes fecales Demanda bioquímica de oxigeno5 Demanda química de oxigeno Materia flotante Nitrógeno total Kjeldahl pH Sólidos suspendidos totales, solidos sedimentables, solidos totales Temperatura, tenso activos

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Medición de Niveles de Presión sonora. El muestreo puntual de ruido ambiente y emisiones al aire desde fuentes fijas de combustión será basado en las normas de calidad ambiental del TULAS. La frecuencia de la medición de ruido será anual. Responsables de la implementación y seguimiento de la Medida: Jefe de Producción y Administrador Establecimiento de las coordenadas del sitio de monitoreo de nivel presión sonora Coordenadas x= 505545 y= 9755802 x = 505578 y = 9755775 x= 5055556 y= 9755752 x= 505484 y= 9755718 Nombre de la Medida: Monitoreo y control de Recurso Agua, Niveles de presión sonora. Monitoreo de descargas de aguas: (residual); y calidad de niveles permisibles de ruido

Décimo sexto mes de Aplicación del plan de manejo. Luego de la aplicación, los monitoreos de Agua serán establecidos con una frecuencia semestral; de Ruido con frecuencia anual. Costo Aproximado: $ 700,00

MEDIDA: MSC-2 Nombre de la Medida: REGISTRO DE GENERADOR DE DESECHOS PELIGROSOS SEGÚN LO ESTABLECE EL ACUERDO MINISTERIAL 026.

Descripción de la medida: Registrase como generador de desechos peligroso según lo establece el Acuerdo ministerial 026, aplicables a: Generación de aceites (quemado) y filtros de aceite provenientes del mantenimiento de la

planta generadora de electricidad. Material contaminado con aceite y lubricantes

Los registros deben estar disponibles y actualizados en la planta de procesos, para su revisión por parte de la autoridad cuando ésta lo estime pertinente. En el caso de envases o productos fuera de especificación deberán ser devueltas al proveedor. En el caso de los desechos peligrosos, es necesario pedirle al gestor autorizados una copia del manifiesto o la cadena de custodia y el permiso para operar como gestor autorizado donde conste su autorización como gestor otorgado por las entidades competentes (Ministerio del Ambiente del Ecuador u otra autoridad ambiental de aplicación responsable) que forme parte del SUMA. Finalmente, debe llevarse un registro escrito del seguimiento de las prácticas de mantenimiento de la planta generadora eléctrica, acordes con los programas establecidos por la empresa. Aplicación de la medida: A partir del primer mes de aplicación del PMA en concordancia de la aprobación del estudio de impacto ambiental y Plan de manejo ambiental: Impacto Ambiental enfrentado: Contaminación del agua. Contaminación del suelo.

Responsables de la Ejecución de la Medida: Gerencia Técnica y Administrador Costo Aproximado: $ 150,00

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Plan de Cierre y/o Abandono

Si se considerase abandonar el lugar donde se encuentra en la planta de proceso, deberá emprender una serie de actividades dirigidas a recuperar o rehabilitar el sitio, en lo que respecta al medio físico y biótico, para que el lugar recobre las características naturales que alguna vez existieron. En este contexto, el objetivo del Plan de Abandono es de presentar las actividades que deberán realizarse en el sitio donde se tiene previsto el proyecto, cuando este finalice sus operaciones debido al cierre técnico o cumplimiento de su vida útil. Previo al inicio de las actividades de abandono del lugar, se deberá elaborar un cronograma detallado de las medidas que se deberán implantar durante las dos etapas que comprende el Plan de Abandono y deberá informar y mantener coordinación con las autoridades competentes (Municipio de Salinas y Dirección Provincial de Santa Elena de Ministerio de Ambiente) para la correcta ejecución de las actividades previstas. Este Plan proyectará la forma cómo quedará el área del Proyecto mediante la aplicación de acciones técnicas, con la finalidad de que el área afectada busque la alternativa de uso potencial o reutilización de los terrenos alterados o; en su caso, vuelvan a ser útiles para determinados fines, siguiendo las premisas que cualquiera que sea el uso final, éste se deberá ajustar a las condiciones originales del sector y su entorno e, igualmente ser compatible con los usos existentes. Basado en ello, se propone una vez liquidada las actividades de la planta de proceso, de la cual quedarán estanques, obra civil, equipos, y maquinaria, se apliquen las siguientes acciones, ajustada a una recuperación de terrenos para ser utilizados en auto relleno con los materiales estériles. El Plan de Abandono comprende dos etapas: La primera etapa está asociada al término de todas las actividades operativas y administrativas del lugar y contiene los siguientes componentes: Desmontaje de las instalaciones. Manejo de los desechos sólidos y líquidos provenientes de la operación del proyecto. Remoción de escombros. Desalojo de equipos y maquinarias, retiro de sobrenadante de combustible y.

Durante el desmontaje de las instalaciones y el transporte de los escombros se deberán tomar medidas para evitar la generación/propagación de ruido y polvo, y disponer apropiadamente los desechos líquidos y sólidos. Diseño y elaboración de un Plan de Restauración Ambiental del entorno. Implementación del Plan de Restauración.

En definitiva los trabajos de rehabilitación del entorno se basan en los usos o aptitudes de los suelos del área de influencia y, propone su aplicación reforzándolo con trabajos de Restauración, para lograr la restauración de las cualidades paisajísticas del entorno del sector.

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Aplicación de la medida: luego del cierre: Implementación de la medida: 8 Meses, a partir de la decisión de cierre de operaciones Responsables de implementación y cumplimiento de la Medida: Gerencia Administrativa y Administrador General Costo Aproximado: a definirse en el tiempo de implementar este Plan de Cierre y Abandono.

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RESUMEN DEL PLAN DE MANEJO DE LA PLANATA DE PROCESO DE PRODUCTOS PESQUEROS SERVITERRA S.A. SÍMBOLO  MEDIDA 

PROPUESTA PLAZO DE APLICACIÓN 

FRECUENCIA DE APLICACIÓN 

COSTO DE LA MEDIDA/ANUAL  INDICADOR 

MEDIO DE VERIFICACIÓN 

RESPONSABLE 

 PM‐1 

 Manejo y Disposición final   de desechos sólidos no peligrosos 

 Primer mes  de aplicación del plan de manejo 

Una vez. Cada semana             $    250,00   Mejorar el sistema de segregación y 

separación en la  fuente de los desechos sólidos domésticos, implementar estaciones de desechos sólidos no 

peligrosos en la planta 

Verificación visual. Fotografías. Registros 

Jefe de Producción y administrador 

 PM‐2 

 Control Integral  de 

plagas   

 Segundo  mes  de aplicación del plan 

de manejo 

Una vez. Cada mes  $   1500,00 Implementar el control integral de plagas, fumigación y trampas de roedores en las áreas autorizadas en el plan nacional de 

control INP. 

Verificación visual. Fotografías. Registros del 

control de plagas 

Jefe de producción   y administrador 

  

PM‐3  

 

Canalización  y  separación de  

descarga de  efluentes de aguas  residuales industriales y aguas  residuales servidas o  

grises  

Tercer mes  de aplicación del plan 

de manejo  

Una sola  vez $ 2.500,00 Implementar la obra  hidrosanitarias Obra  física y planos Administrador 

   

PM‐4  

Construcción y  ubicación de áreas de baterías sanitarias y  

baños 

Tercer mes  de aplicación del plan 

de manejo 

Una sola  vez $ 1.500,00 Implementar obra  sanitaria Obra  física y  laya‐ out Administrador 

PM‐5     

Re‐ Diseño, ubicación e implementación de la  trampa de grasas 

Cuarto mes de aplicación del plan  

de manejo ambiental 

   

Una  sola  vez $ 2.500,00 Implementar la obra   hidrosanitarias Obra  física, planoAdministrador 

     

    PM‐6 

Construcción e implementación de la Planta de tratamiento de aguas residuales 

industriales   

 

Primer  mes de  aplicación del Plan 

de manejo Ambiental 

Una  sola  vez 

$  21.500,00 Implementar la construcción de la planta de  tratamiento de  aguas residuales 

industriales  Manual operacional y Mantenimiento de 

la planta de  tratamiento de aguas residuales industriales 

Obra,  física,  memorias  técnicas,  diseños 

Administrador 

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RESUMEN DEL PLAN  DE MANEJO DE LA PLANTA DE  PROCESO DE  PRODUCTOS PESQUEROS SERVITERRA S.A. 

SIMBOLO MEDIDA 

PROPUESTA PLAZO DE 

APLICACIÓN FRECUENCIA DE APLICACIÓN 

COSOT DE LA  MEDIDA/ANUAL 

INDICADOR  MEDIO DE  VERIIFCACION  RESPONSABLE 

  

MDeschP-1 

   

Manejo  de Desechos Peligrosos  proveniente del mantenimiento de  maquinarias, equipos 

 Sexto  mes de 

aplicación a partir  de la aprobación del 

PMA. 

 Permanente 

   

$ 1.500,00 

Área adecuada para almacenamiento temporal de aceites usados, lubricantes y material contaminado. Contratar los servicio de un Gestor autorizado por el MAE,  para la disposición final de los 

desechos 

 Verificación visual y fotografías de área de 

almacenamiento temporal  Registro de cadena de custodia y manifiestos 

  

Jefe de Producción  y administrador 

PML‐P‐2 Programa de 

Producción más Limpia 

Séptimo  mes  aplicación  de la 

aprobación del PMA Permanente  $ 2,500.00 

Reducción de  consumo de agua, Reducción de desechos 

Optimización de procesos 

Programa de Producción más limpia  procedimientos, equipos  optimización de 

áreas y  procesos 

Jefe de Producción y Administrador 

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RESUMEN DEL PLAN DE MANEJO DE LA PLANTA DE PROCESAMIENTO DE PRODUCTOS PESQUEROS SERVITERRA  S.A. SIMBOLO  MEDIDA PROPUESTA  PLAZO DE 

APLICACIÓN FRECUENCIA DE APLICACIÓN 

COSTO DE LA MEDIDA/ANUAL 

INDICADOR MEDIO DE VERIFICACIÓN 

RESPONSABLE 

CDH‐1 Control de Derrame de 

combustibles 

De inmediato a partir de la 

aprobación  del PMA Permanente  $ 200.00 

 procedimiento de  carga y descarga 

 Verificación visual y 

fotografías de sistema de cubeto de seguridad 

 Jefe de Producción y administrador 

 

EA‐1 Capacitación en la temática ambiental al personal de la 

planta de proceso 

Octavo  mes de aplicación y 

aprobación del PMA Permanente  $ 800.00 

Mejoramiento continuo en el trabajo para la operación de los  procesos de la planta 

Registros, fotografías, charlas a dictarse 

 Jefe de Producción y administrador 

 

RC‐1 

Relaciones comunitarias: operación,  con las otras 

actividades asentadas en el área de influencia directa 

  

Noveno mes de aplicación y  

aprobación del PMA  

Anual $ 1.500,00 

 Programas de ayuda social al personal y pobladores del  sector de  Monteverde 

Registros, Comunicaciones fotografías  

  

Jefe de producción y administrador 

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RESUMEN DEL PLAN DE MANEJO DE LA PLANTA DE PROCESAMIENTO DE PRODUCTOS PESQUEROS  SERVITERRA  S.A. 

SÍMBOLO  MEDIDA PROPUESTA  PLAZO DE APLICACIÓN FRECUENCIA DE APLICACIÓN 

COSTO DE LA MEDIDA/ANUAL 

INDICADOR MEDIO DE VERIFICACIÓN 

RESPONSABLE 

   

SISO‐1  Evaluación de riesgos laborales Al Décimo mes de aplicación del plan de manejo ambiental 

  

      Anual 

   

$ 150,00  Prevención de accidentes de 

trabajo 

 Reporte de accidentes ante la autoridad competente 

 Jefe de producción y administrador    

SISO‐2  

 

 

SISIO‐3  

Adquisición y entrega de   EPP       Operación y Mantenimiento  de 4 extintores PQS  20  lbs    Adquisición de equipo de control de derrame  Compra y Ubicación de  señales según Norma INEN 439 y 440    4 Luces de  emergencia    Adquisición de  Botiquín de primero auxilios    

 Al primer  mes de aplicación del PMA     Al primer y  décimo  primer  mes de aplicación del PMA    Al  décimo segundo mes de aplicación  Al décimo  cuarto mes de aplicación  

Al  décimo quinto mes 

 

Al primer  mes  aplicación  de 

aprobación del PMA 

 

Mantenimiento anual y verificaciones trimestrales    Mantenimiento mensual y verificaciones     Mantenimiento Anual 

              $ 1.200,00                     $ 200,00                 $  400,00               $ 280,00                             $ 450,00             $  100,00 

Prevenir enfermedades ocupacionales      Prevención de connato de incendios    Prevención de control de derrame  Aviso de  señal de prevención, obligación, Advertencia  

Prevención de  accidentes 

laborales 

Registro de entrega de los EPP a los trabajadores. Registros de capacitación respecto al manejo  

Registro de mantenimiento de 

extintores   

Evidencia de  equipo y  señaletica 

  Jefe de producción  y administrador            

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RESUMEN DEL PLAN DE MANEJO DE LA PLANTA DE PROCESAMIENTO DE PRODUCTOS PESQUEROS  SERVITERRA S.A. SÍMBOLO  MEDIDA PROPUESTA  PLAZO DE 

APLICACIÓN FRECUENCIA DE APLICACIÓN 

COSTO DE LA MEDIDA/ANUAL 

INDICADOR MEDIO DE VERIFICACIÓN 

RESPONSABLE

CE‐1  Plan de contingencias Tercer mes de 

aplicación del PMA 

permanente    

$ 400,00  Accidentes e incidentes ambientales 

Registros, informes, fotografías 

Jefe de Producción y administrador 

    MCS ‐ 1 

   Monitoreo de calidad ambiental: a efluentes,   y niveles de presión sonora 

   Décimo  sexto  mes de aplicación del Plan 

 : los monitoreos de calidad de efluentes son semestrales. Y, y nivel de presión sonora  anual 

    

$  700,00  

  Informes de análisis de laboratorio de calidad del agua del estero,  calidad de descarga y nivel de presión sonora,   

  Verificación visual de los informes. 

  Gerente y administrador 

MSC‐2   Registro generador de desechos peligrosos 

Décimo  séptimo  en concordancia a la aprobación del PMA 

Mensual  $    150,00  Registro 026 Cadena custodia Jefe de Producción

Plan de manejo ambiental propuesto para dos años                                                               COSTO TOTAL DEL PMA:                      $ 40,280.00 

 

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PLAN DE ABANDONO Y CIERRE

Cronograma y Presupuesto para la Implementación del Plan de Abandono de SERVITERRA S.A.

ACTIVIDADES  MESES PRESUPUESTO      ($ AMERICANOS) 

  1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12   

REDUCCION DE NIVELES DE RUIDO GENERADOS POR EL DESMONTAJE DE LA INFRAESTRUCTURA DE LA PLANTA EQUIPOS Y  MAQUINARIAS 

    Por Definirse 

 MANEJO DE DESECHOS SOLIDOS  Y  LIQUIDOS PROVENIENTES DE LA OPERACIÓN DE LA  ACTIVIDAD DE LA PLANTA DE PROCESO  DE PRODUCTOS PESQUEROS 

 Por Definirse

 SEGUIR CON EL PLAN DE ABANDONO, ELABORACION E IMPLEMENTACION  DEL PLAN DE REFORESTACION Y RESTAURACION  DEL ÁREA 

Por Definirse

TOTAL (DOLARES)  Definirse  los  costos  reales, en el  tiempo de implementar las acciones de  

este Plan de Abandono 

 

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Cronograma y Presupuesto para la Implementación del Plan de Manejo Ambiental PMA para la Planta de procesamiento de productos pesqueros SERVITERRA S.A.                                    MESES 

ACTIVIDADES  1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13  14  15 16 17 18 19 20 21 22 23 24Manejo y Disposición final   de desechos sólidos no peligrosos 

                                                        

Control Integral  de plagas 

                                                        

Canalización y separación de  descarga de Efluentes y  aguas  servidas  o  grises 

                                                        

Construcción y Ubicación de baterías  sanitarias y  baños 

                                     

Re Diseño, Ubicación e implementación de  trampa de grasas                                                          

Construcción de la Planta  de  tratamiento de aguas residuales industriales                                       

Manejo y Disposición final de Desechos peligrosos                                    

Producción más  limpia                                    

Control de derrame de Hidrocarburos y productos químicos                                                          

Educación Ambiental                                                      

Relaciones  comunitarias                                                      

Evaluación de Riesgos Laborales                                                      

Adquisición  y entrega de  equipos de protección personal 

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Cronograma y Presupuesto para la Implementación del Plan de Manejo Ambiental PMA para la Planta de procesamiento de productos pesqueros SERVITERRA S.A. 

                                    MESES 

ACTIVIDADES  1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13  14  15 16 17 18 19 20 21 22 23 24Implementación de  equipos de  contgencia, mecanismos de  protección en los equipos, y materiales en aspectos de  seguridad industrial    

              

                                                     

Mantenimiento de los  extintores contra  incendio 

                                                     

Material Absorbente  contingencia de control de  derrame 

                 

 

                                

Señalización  industrial  INEN  439  y 440 

                                   

4 Luces de  emergencias  doble iluminación                                                      

Botiquín con  medicinas  y  materiales para primeros auxilios                                       

Implementación de Plan de  contingencias                                      

Monitoreo y  control ambiental,  Monitoreo del recurso agua y  medición de nivel de presión  sonora                                     

Registro de generador de  desechos  peligrosos                                                         

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CAPITULO11

CONCLUSIONESYRECOMENDACIONES

11.1Conclusiones

La estructura de este documento está basada en el Manual para Usuarios del Instructivo para el Subsistema de Evaluación de Impactos Ambientales; y, en el Texto Unificado de la Legislación Ambiental TULAS, Libro VI, Titulo IV, Capítulo IV, Sección I, de los Estudios Ambientales. La Dirección Provincial de Santa Elena, se otorgó el Certificado de Intersección con la conclusión de que la planta de procesamiento de productos pesqueros SERVITERRA S,A., NO INTERSECTA con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques Protectores y Patrimonio Forestal del estado. Conforme la categorización otorgada por el Ministerio del Ambiente, categoriza al Proyecto de la planta de procesamiento de productos pesqueros SERVITERRA S.A., como Proyecto de Categoría B; el cual, corresponde a los que están ubicados en zonas con relictos de vegetación secundaria, con presencia de especies silvestres de tamaño medio y de menor riesgo, en armonía con el paisaje circundante. Estos proyectos generan desechos sólidos, líquidos y, orgánicos e inorgánicos, los cuales producen impactos no significativos o de fácil remediación. El Área de Influencia Directa AID comprende un radio espacial desde el límite del Área de Influencia Directa hasta unos 200 metros radiales, en los cuales se encuentra el Puerto de Monteverde y otras empresa de la misma naturaleza de actividad. El Área de Influencia Social AIS tiene que ver, principalmente, con la dinámica de intervención sobre la estructura social de los grupos que se encuentren muy cercanos a las áreas de intervención de la planta de procesamiento de productos pesqueros SERVITERRA S.A. Como área de Influencia Social, se han considerado los poblados de la parroquia de Monteverde. No se observaron afectaciones de la planta de procesamiento de productos pesqueros al océano pacifico, como: basura en el mar, desechos o vertidos de combustibles, aceites y carburantes, aguas residuales domésticas que no sean vertidas al mar; se observó gran cantidad de avifauna en el sitio. Los niveles de susceptibilidad social de acuerdo a los ámbitos sensibles son: Salud: Sensibilidad Nula. No existe ningún centro de salud en el área de

influencia, sin embargo, es necesario anotar que las operaciones de la planta de procesamiento de productos pesqueros pueden incidir sobre la Salud de sus Trabajadores

Economía: sensibilidad Nula. No hay actividades económicas que puedan verse afectadas por las operaciones de la planta..

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Educación: Sensibilidad Nula. En el área de influencia directa no existe ningún centro educativo que pueda verse afectado por las operaciones de la planta,

Organización Social: Sensibilidad Nula. Las Operaciones de la planta no alteran los patrones sociales de la zona.

Cultura: Sensibilidad Nula. Dentro del área de influencia de la planta no se ve afectado ningún aspecto cultural por las operaciones del mismo

Las Probabilidades de ocurrencia de Riesgos Operacionales para:; Manejo de insumos, materiales de limpieza; y, Manejo de insumos para el proceso son improbables debido a las medidas de prevención que la planta de procesamiento de productos pesqueros que dispone, sin embargo en el caso de ocurrencia la severidad sería Alta para los dos primeros casos, por cuanto su daño será mayor. No así, con el manejo de insumos que en el caso de ocurrencia su afectación sería Leve. Riesgo Sísmico: Para el cantón Santa Elena se considera de acuerdo a esta clasificación una calificación correspondiente a zona IV, con un valor de 2; lo que significa que el riesgo por amenaza sísmica es ALTO. Riesgo por Tsunami: el Cantón Santa Elena (Población de Monteverde) posee una valoración de 1, es decir posee un grado de amenaza de peligro por Tsunami de Alto Riesgo Volcánico: el Cantón Santa Elena posee una valoración de 0, es decir posee un grado de amenaza de peligro volcánico de Mínimo Riesgo por Deslizamiento: Respecto al Cantón Santa Elena, posee una valoración de 0, es decir, el peligro por deslizamientos es Bajo Riesgo por Inundación: el Cantón Elena posee una valoración de 3, es decir posee un grado de amenaza de inundación Muy Alto

De los principales riesgos climáticos que afectarían las operaciones de la planta de procesamiento de productos pesqueros y su entorno ambiental se encuentra el “Fenómeno del Niño” o “El Niño Oscilación Sur ENSO. El tipo de suelo presente en el Área de Influencia y en Monteverde, corresponde según el Mapa General de Suelos del Ecuador a: Orden Entisoles, caracterizado por la dominancia de materiales de suelos minerales y por la ausencia de horizontes distintos; de suborden Aquents, o saturados de agua; del Grupo Sulfaquents o suelos mal drenados, de textura gruesa con influencia de marea; el Material de origen corresponde a sedimentario marino o deposito fluvio-marinos; típicos de la estación seca y de clima cálido; su Fisiografía y Relieve corresponde a Zonas Litorales y Marinas o Manglares; su principal característica es mal drenados, saturados con agua todo el año, limo arcillosos profundos. En el área existe una fuerte presión sobre los ecosistemas naturales, evidenciada con la propensión hacia la industria para el procesamiento de productos pesqueros por estar en el área de influencia del Puerto pesquero de Monteverde y viviendas; implican un deterioro del paisaje, con el desplazamiento de sus elementos naturales.

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En la planta de procesamiento de productos pesqueros SERVITERRA S.A. se generan Aguas Residuales o Residuos Líquidos, provenientes del proceso de transformación de productos pesqueros se generan agua residual cada día,. Los vertidos provenientes de las aguas residuales domésticas, sean estas de la cocina, lavado de alimentos y, aseo personal, se dirigen a al sistema de alcantarillado público. Ningún vertido de aguas grises o negras descarga al Estero Vilches o drenaje natural alguno.

En la planta de procesamiento de productos pesqueros SERVITERRA S.A., se realiza diariamente la limpieza de las instalaciones y la recolección de los desechos sólidos comunes desde los recipientes o contenedores, para ser trasladados al Área de Almacenamiento Temporal donde se separan los materiales para re-uso tipo: botellas plásticas, tanques, sacos, cartones y otros de reposición. Los residuos de comida y papel son trasladados al Relleno Sanitario Municipal. Además, se adiciona Cal P-24 para el tratamiento de malos olores. Los desechos peligrosos son aquellos generados por el Mantenimiento de equipos y maquinaria como el Generador Auxiliar de Energía Eléctrica, Estos corresponden a residuos de aceites y grasas en una proporción de 55 galones cada 250 horas de trabajo o cada ciclo de mantenimiento general a todos los equipos y maquinaria. En cuanto a niveles de ruido ambiente, al ser la zona intervenida y mediante el cual se asienta otras actividades antropogénica donde está ubicado la planta de procesamiento, aplica la tabla 1 Niveles máximos de ruido permisibles según el uso de suelo. Existe una total aplicación de actividades que Aseguren la Calidad del producto. Sin embargo y obstante que sus operaciones o actividades las ejecuta ajustadas a procedimientos de calidad y control del producto; además, conocemos de la voluntad para iniciar la implantación del Plan de manejo ambiental propuesto. El número de Criterios Analizados durante el Estudio de Impacto Ex – Post corresponden a 25 Hallazgos, conforme los siguientes factores ambientales: Agua (5), Suelo (3), Aire (2), Ruido (1), Ecosistema (Manglar) 1, Gestión de Desechos No Peligrosos (5), Gestión de Desechos Peligrosos (3) y, Salud y Seguridad Industrial (Laborales y Ambientales) (4). los Criterios Analizados para el Factor Ambiental Agua corresponden a un 20.8 % del Total de Hallazgos y Criterios, para Gestión de Desechos No Peligrosos un 20.8 %, para Salud y Seguridad Industrial un 16.7 %, para Gestión de Desechos Peligrosos 12.5 %, para Suelo 12.5 %, para Aire un 8.3 % y, para Ruido y Ecosistema un 4.2 %. Los criterios con mayor peso de análisis corresponden al Factor Ambiental Agua, por cuanto es el componente ambiental que se encuentra bajo mayor presión en cuanto a uso del recurso y, manejo durante el procesamiento de productos pesqueros.

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El número de CONFORMIDADES (C) registradas durante el Estudio de Impacto Ex – Post corresponden al 83.3 % de los Hallazgos, los cuales se identifican con los siguientes Factores Ambientales: Agua (5), Suelo (3), Aire (0), Ruido (0), Ecosistema (1), Gestión de Desechos No Peligrosos (5), Gestión de Desechos Peligrosos (3) y, Salud y Seguridad Industrial (Laborales y Ambientales) (3). El número de NO CONFORMIDADES MENOR (C -) registradas durante el Estudio de Impacto Ex – Post fue de 6, que corresponde al 16.3 % identificado con los siguientes Factores Ambientales: Agua (1), Suelo (0), Aire (2), Ruido (1), Ecosistema (0), Gestión de Desechos No Peligrosos (0), Gestión de Desechos Peligrosos (0) y, Salud y Seguridad Industrial (Laborales y Ambientales) (1). No se evidenciaron Conformidades Mayores (C+) a los Factores Ambientales por parte de las instalaciones y operaciones de la planta de procesamiento de productos pesqueros SERVITERRA S.A. De los Planes y/o Programas realizados por la planta de procesamiento de productos pesqueros SERVITERRA S.A.., está el desarrollo del Plan nacional de Control del Instituto Nacional de Pesca (INP). El Plan de Manejo Ambiental se ha diseñado basado en los Hallazgos y No Conformidades resultantes del Estudio. El Plan de Manejo Ambiental identifica todas las medidas (acciones y actividades) consideradas para mitigar y/o eliminar los impactos ambientales generados por la camaronera, en función a los Hallazgos encontrados y evidenciados en las No Conformidades Menores (C-). Por ello, el Plan de Manejo Ambiental comprende:

Programa de Mitigación de Impactos (Hallazgos Ambientales), Programa Manejo de Desechos Sólidos; Programa de Manejo de Combustibles, Aceites y Lubricantes; Programa de Educación Ambiental; Programa de Relaciones Comunitarias; Programa de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional; Programa de Prevención y Control de Riesgos y, de Contingencias; Programa de Monitoreo, Seguimiento y Evaluación; y, Plan de Cierre y/o de Abandono

11.2Recomendaciones

Se recomienda la aplicación del Plan de Manejo Ambiental PMA para el desarrollo de los trabajos o actividades de la planta de procesamiento de productos pesqueros y, el mantenimiento de equipos auxiliares.

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Se recomienda realizar todos los esfuerzos a nivel gerencial y técnico para la minimización de los Sólidos Suspendidos en el efluente; y, mejorar la Señalización Industrial existente en la planta de procesamiento de productos pesqueros en SERVITERRA S.A. en cuanto a Seguridad Industrial e Higiene Laboral. Se recomienda aplicar todas las Medidas Ambientales para mitigar las No Conformidades Menores (c-) encontradas en el Estudio Se recomienda a la Administración de la planta realizar todos los Monitoreos de los recursos agua, y nivel de presión sonora previstos en el Plan de Manejo Ambiental. Se recomienda a la administración de la planta ejecutar todos los Programas de Capacitación descritos en el Plan de Manejo Ambiental. Se recomienda a la Administración y operaciones de la planta de procesamiento de productos pesqueros cumplir con todo lo estipulado en este estudio y, con lo determinado en la Normativa Ambiental Vigente y Leyes Complementarias relativas al propósito de la actividad de procesamiento de productos pesqueros y comercialización

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11.3BIBLIOGRAFÍA

Aceves Hernández, Francisco. “Desconcentración de Residuos Sólidos, Centro Interdisciplinario de Investigaciones y Estudios sobre Medio Ambiente y Desarrollo, Anuarios meteorológicos e hidrológicos del Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología INAMHI. Se consultarán datos meteorológicos disponibles también en el INOCAR. Cañadas, L. (1983). El Mapa Bioclimático y Ecológico del Ecuador, MAGPRONAREG, Quito, Ecuador. Programa de Consejo de la Unión Europea de Ecogestión y Ecoauditoría, 1993. Diferencias entre un Estudio de Impacto Ambiental y una Auditoria Medioambiental Comité Nacional ERFEN (Estudio Regional Fenómeno de El Niño), abril 21 de 2004.Boletín de prensa INOCAR. Comunidad Económica Europea CEE, 1997. Evaluación de Riesgos Laborales. Real Decreto 39/1997. Reglamento de los Servicios de Prevención. España. Conesa Fernández – Vitoria y Colaboradores, 1995. Guía Metodología para la Evaluación de Impacto Ambiental. Ediciones Mundi – Prensa. Madrid. Crespo, O. 1997. Perfil Pesquero y Acuícola del Ecuador. Pesca Blanca, 1(1): 8-17. Duarte Viejo, Guiomar; Piqué Ardanuy, Tomás. Nota Técnica sobre el Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos en Establecimientos Industriales. Real Decreto 786/2001. Centro Nacional de Condiciones de Trabajo, 2001.España. Espinoza, Guillermo. 2002. Gestión y Fundamentos de Evaluación de Impacto Ambiental, Banco Interamericano de Desarrollo BID y Centro de Estudios para el Desarrollo CED. Santiago – Chile. Faña Batista, Juan Nicolas, 2003. Evaluación de Impacto Ambiental. Informe Técnico, Estudio de los Componentes; Calidad del aire, Evaluación de ruidos, Descripción Hidrológica. Grupo Hidro -ecológico Nacional Inc., y el Multimedios Ambiente ecológico. Santo Domingo – Republica Dominicana. Faña Batista, Juan Nicolas, 2003. Plan de Actividades de Monitoreo, para incluir en Estudios de Impactos e Informes Ambientales. Grupo Hidro -ecológico Nacional Inc., y el Multimedios Ambiente ecológico. Santo Domingo – República Dominicana. Gestión y Fundamentos de Evaluación de Impacto Ambiental, Manual de Buenas Prácticas de Producción Acuícola de Camarón para la Inocuidad Alimentaria, Centro de Investigación en Alimentación y Desarrollo, A.C., Unidad Mazatlán en Acuicultura y Manejo Ambiental, 2003.

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Granizo, T., Pacheco, C., Ribadeneira, M., B., Guerrero, M., Suartez, L. (Eds.). (2002). Libro rojo de las aves del Ecuador. SIMBIOE/ Conservacion Internacional/ EcoCiencia/ Ministerio del Ambiente/ UICN. Serie libros rojos del Ecuador, Tomo 2. Quito. Ecuador. Hauschnlk Lahmeyer, Peter. 1998 Preparación y Metodología de la Auditoría Medioambiental. Internacional GmbH, Frankfurt am Main – Deutschland. Instituto Nacional de Estadísticas y Censos INEC, 2001. Censo Nacional de Población y Vivienda. Provincia del Guayas, Cantón Guayaquil. Instituto Nacional de Salud y Seguridad Ocupacional (NIOSH), 1986. Riesgo Eléctrico, Manejo y Medidas Preventivas. España. Libro Rojo De Las Aves Del Ecuador, Tarcisio, Granizo, Quito, 2002. Libro Rojo De Los Mamíferos Del Ecuador, Tirira S., Diego, Quito, 2000. Ridgely, R.S. & P. J. Greenfield. (2001). Birds of Ecuador, Status, distribution and taxonomy. Cornell University Press. New York: 848 pp. Manual para Usuarios del Instructivo para el Subsistema de Evaluación de Impactos Ambientales, Dirección de Prevención de la Contaminación, Subsecretaría de Calidad Ambiental, Ministerio del Ambiente, Ecuador, 2009. Ministerio del Ambiente, octubre 2000.Estrategia Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Ecuador. Ministerio del Ambiente, 2003. Texto Unificado de la Legislación Secundaria Ambiental. Límites Máximos Permisibles de Emisiones al Aire para Fuentes Fijas de Combustión. Normas para Fuentes en Operación antes de Enero 2003, Libro VI. Anexo 3. Ministerio del Ambiente, 2003. Texto Unificado de la Legislación Ambiental. Norma Técnica de Límites Permisibles de Niveles de Ruido Ambiente para Fuentes Fijas y Fuentes Móviles, y para Vibraciones Libro VI. Anexo 5 Ministerio del Ambiente, 2003. Texto Unificado de la Legislación Ambiental. Norma de Calidad Ambiental para el Manejo y Disposición Final de Desechos Sólidos No Peligrosos. Libro VI. Anexo 6, Tema 4. Ministerio del Ambiente, 2003. Texto Unificado de la Legislación Ambiental. Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Desechos Peligrosos, Capitulo I, Disposiciones Generales, Sección I, Glosario de Términos, articulo 151. Libro VI, De la calidad Ambiental, Titulo V. Ministerio de Industrias y Energía, 2001. Almacenamiento de Líquidos Inflamables y Combustibles. Instrucción Técnica. España. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y del Ministerio de Minas y Energía y de Salud. Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores, 1993. Bogotá – Colombia. Montero Martínez, Ricardo. 1993. Reducción de Accidentes de Trabajo Mediante el Cambio de Conducta hacia la Seguridad. La Habana – Cuba. National Institute for Occupational Safety and Health, 1986. Normas de Manejo de Aceite Usado en Negocios Pequeños. Ohio – USA. Nicola, Marina; y Ruani, Anabel. Evaluación de la exposición sonora y de su impacto sobre la salud y calidad de vida de la población residente en la zona oeste de la ciudad de córdoba sobre los accesos principales a la zona central. Municipalidad de Córdoba - Subsecretaría de Ambiente - Observatorio Ambiental. Escuela de Fonoaudiología de la Facultad de Ciencias Médicas – UNC. Córdoba – Argentina. Norma UNE 150008. “Análisis y Evaluación del Riesgo Ambiental”. Metodología. Sistemas de Información Agedum, Málaga, España, 2009. Ocaña Mazón, Edmundo. 2002. Visión Macroeconómica del camarón. Banco Central del Ecuador

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Organización Internacional del Trabajo OIT. 1998. Enciclopedia de Salud y Seguridad en el Trabajo. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales Subdirección General de Publicaciones, Tercera Edición en Español. Madrid – España. Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación FAO, 2003. Resumen Informativo sobre la Pesca por Países – Ecuador. Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, la Organización Internacional del Trabajo y la Organización Mundial de la Salud. Inter-Organization Programme for the Sound Management of Chemicals. La Naturaleza de los Peligros Químicos, Principios Básicos de Toxicología Aplicada, Seguridad Química, 1997.

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