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AÑO CXXVI La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 22 de julio del 2004 Nº 143 36 Páginas CCSS CON NUEVAS DIRECTRICES PARA PROCEDIMIENTOS DEL NIVEL CENTRAL En Banco Popular PENSIONES COMPLEMENTARIAS, CON REGLAMENTO PARA RIESGOS A este Comité le corresponden, entre otras funciones, analizar las políticas que en materia de administración de riesgos le someta la Unidad de Riesgo. El Acuerdo del Banco Central modifica la metodología de cálculo Tasa Básica Pasiva especificada en el Título V, Numeral 1, de las "Regulaciones de Política Monetaria". Así lo acordó la Junta Directiva de la Caja Costarricense del Seguro Social en sesión 7853 celebrada el 29 de abril del 2004. BANCO CENTRAL MODIFICA CÁLCULO DE TASA BÁSICA PASIVA Foto ilustrativa pág. 17 págs. 15 - 16 págs. 16 - 17 Se crea mediante reglamento, el Comité de Riesgos de la Operadora de Planes de Pensiones Complementarias

En Banco Popular PENSIONES COMPLEMENTARIAS, CON REGLAMENTO ...alcance.gaceta.go.cr/pub/2004/07/22/COMP_22_07_2004.pdf · y 20) y 146 de la Constitución Política, 25, 27, inciso

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AÑO CXXVI La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 22 de julio del 2004 Nº 143 — 36 Páginas

CCSS CON NUEVAS DIRECTRICESPARA PROCEDIMIENTOS DEL NIVEL CENTRAL

En Banco Popular

PENSIONES COMPLEMENTARIAS,CON REGLAMENTO PARA RIESGOS

A este Comité le corresponden,entre otras funciones, analizarlas políticas que en materia deadministración de riesgos lesometa la Unidad de Riesgo.

El Acuerdo del Banco Central modifica la metodología de cálculo TasaBásica Pasiva especificada en el Título V, Numeral 1, de las "Regulacionesde Política Monetaria".

Así lo acordó la Junta Directivade la Caja Costarricense delSeguro Social en sesión 7853celebrada el 29 de abril del 2004.

BANCOCENTRALMODIFICACÁLCULO DETASA BÁSICAPASIVA

Foto ilustrativa

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Se crea mediantereglamento,

el Comité de Riesgosde la Operadora

de Planes dePensiones

Complementarias

Pág 2 La Gaceta Nº 143 — Jueves 22 de julio del 2004

PODER EJECUTIVOACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICANº 624-P.—San José, 22 de junio del 2004EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en el artículo 139 de la Constitución Política y el Artículo 47 de la Ley General de la Administración Pública,

ACUERDA:Artículo 1º—Designar a la señora Lineth Saborío Chaverri, Primera

Vicepresidenta de la República, cédula número 2-424-867, para que viaje a Tegucigalpa-Honduras en Visita Oficial; con motivo de participar de la “XL Reunión del Foro de Vicepresidentes Centroamericanos”. La salida de la señora Saborío Chaverri se efectuará el día 30 de junio y regresando el día 3 de julio, ambas fechas del presente año.

Artículo 2º—Los viáticos, gastos de representación, impuestos, llamadas telefónicas, fax, Internet y transportes serán cubiertos por el Título 104- Presidencia de la República, Programa 02100- Administración Superior, Subpartidas 132, Gastos de Viaje al Exterior y 142- Transportes de o para el Exterior.

Artículo 3º—En virtud de que la señora Vicepresidenta ostenta el cargo de Ministra de Planificación Nacional y Política Económica, se encarga la atención de ese Ministerio al señor Jorge Polinaris Vargas, en calidad de Ministro a. í.

Artículo 4º—Rige a partir del 30 de junio al 3 de julio del 2004.ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—1 vez.—(Solicitud Nº

107-04).—C-7700.—(56192).

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍANº 003-DRH-DGME.—San José, 2 de junio del 2004

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, incisos 1), 8) y 20) y 146 de la Constitución Política, 25, 27, inciso 1) y 28, inciso 2) acápite b) y 111, inciso 1) de la Ley General de Administración Pública, y 1º, 6º, 29 y 30 de la Ley General de Policía Nº 7410.

ACUERDAN:Artículo 1º—Otorgar investidura como miembro de la Policía de

Migración y Extranjería, con los derechos y deberes que le impone la Ley General de Migración y Extranjería, la Ley General de Policía y el Estatuto de Servicio Civil, al funcionario Randall Valverde Bravo, cédula de identidad Nº 1-1000-0222, puesto Inspector 3.

Artículo 2º—La investidura otorgada en el presente acuerdo no se afectará de forma alguna en caso de que la clase de puesto actual varíe, en el futuro por motivo de reasignación, ascenso u otro, siempre que el servidor continúe ejerciendo funciones para la Policía de Migración y Extranjería.

Artículo 3º—Rige a partir del 16 de abril del 2004.ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de

Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Rogelio Ramos Martínez.—1 vez.—(Solicitud Nº 16054).—C-6565.—(55680).

Nº 004-DRH-DGME.—San José, 2 de junio del 2004 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍACon fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, incisos 1), 8)

y 20) y 146 de la Constitución Política, 25, 27, inciso 1) y 28, inciso 2) acápite b) y 111, inciso 1) de la Ley General de Administración Pública, y 1º, 6º, 29 y 30 de la Ley General de Policía Nº 7410.

ACUERDAN:Artículo 1º—Otorgar investidura como miembro de la Policía de

Migración y Extranjería, con los derechos y deberes que le impone la Ley General de Migración y Extranjería, la Ley General de Policía y el Estatuto de Servicio Civil, al funcionario Edgar Arias Chavarría, cédula de identidad Nº 1-983-397, puesto Inspector 3.

Artículo 2º—La investidura otorgada en el presente acuerdo no se afectará de forma alguna en caso de que la clase de puesto actual varíe, en el futuro por motivo de reasignación, ascenso u otro, siempre que el servidor continúe ejerciendo funciones para la Policía de Migración y Extranjería.

Artículo 3º—Rige a partir del 11 de mayo del 2004.ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de

Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Rogelio Ramos Martínez.—1 vez.—(Solicitud Nº 16055).—C-6565.—(55681).

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIONº 027-MEIC.—San José, 19 de mayo de 2004

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica.

ACUERDAN:Artículo 1º—Autorizar a la funcionaria, Isabel Cristina Araya

Badilla, cédula 6-183-236 quien funge como Directora de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica, para que participe en el Taller técnico del CODEX Alimentarius a realizarse en México, Cuidad de México, a partir del día 24 de mayo y hasta el 29 del mismo mes del año en curso, ambos días inclusive.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo y los viáticos (alimentación y hospedaje) de los días 24 al 27 de mayo inclusive serán cubiertos por el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América (concretamente el Servicio Foráneo de Agricultura y la Oficina de Codex) y los viáticos de los días 28 y 29 de mayo inclusive serán cubiertos por el gobierno de Australia.

Artículo 3º—Rige a partir del día 24 de mayo al 29 de mayo del 2004.

Publíquese.—ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Economía, Industria y Comercio, Gilberto Barrantes Rodríguez.—1 vez.—(Solicitud N° 28870).—C-6950.—(55605).

MINISTERIO DE SALUDNº 979-DM-Y.—San José, 1º de junio del 2004

LA PRIMERA VICEPRESIDENTAEN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SALUDCon fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la

Constitución Política.ACUERDAN:

Artículo 1º.—Autorizar a la doctora Lissette Navas Alvarado, portadora de la cédula de identidad número 1-474-539, Directora General del Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud, para que asista y participe en el “Taller para el Desarrollo de una Herramienta de Evaluación para los Laboratorios”, a realizarse en Guatemala, durante los días 3 y 4 de junio del 2004.

Artículo 2º.—Los gastos de transporte y estadía serán cubiertos por el Banco Mundial.

Artículo 3º.—Rige del 3 al 4 de junio del 2004.Publíquese.—LINETH SABORÍO CHAVERRI.—La Ministra de

Salud, María del Rocío Sáenz Madrigal.—1 vez.—Nº 82688.—(55662).

RESOLUCIONESMINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

Nº 151.—Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes.—Despacho del Ministro.—San José, a las catorce horas, diez minutos del día nueve de julio del dos mil cuatro. Nombramiento de Elizabeth Barquero Segura, cédula de identidad Nº 1-401-1345, como Directora del Museo de Arte Costarricense.

Resultando:1º—Que el Museo de Arte Costarricense es un órgano adscrito del

Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes que tiene como finalidad velar por el fomento, la conservación, la divulgación y el estímulo de las artes y la literatura costarricense en todas sus manifestaciones, según lo dispuesto en la Ley Nº 6091 de 7 de octubre de 1977 y sus reformas.

CONTENIDO Pág Nº

PODER EJECUTIVO Acuerdos.................................................................................. 2 Resoluciones............................................................................ 2DOCUMENTOS VARIOS ....................................................... 3PODER JUDICIAL Acuerdos.................................................................................. 5 Avisos ...................................................................................... 7 Reseñas.................................................................................... 8TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Edictos..................................................................................... 8 Avisos ...................................................................................... 9CONTRATACION ADMINISTRATIVA ............................... 9REGLAMENTOS................................................................... 13REMATES............................................................................... 16INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS ....................... 16REGÍMEN MUNICIPAL ...................................................... 20AVISOS .................................................................................... 22NOTIFICACIONES ............................................................... 33

La Gaceta Nº 143 — Jueves 22 de julio del 2004 Pág 3

Considerando:1º—Que según Ley Nº 6091 de 7 de octubre de 1977, publicada en

el Alcance Nº 157 a La Gaceta Nº 209 del 4 de noviembre de ese mismo año y sus reformas, el Museo de Arte Costarricense tendrá un Director nombrado líbremente por el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, sobre la base de la experiencia administrativa y el conocimiento de la historia del arte costarricense en particular y del arte contemporáneo en general.

2º—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 116-C de 6 de agosto del 2002, se nombró a la señora Rocío Fernández Salazar, cédula de identidad Nº 1-455-911, como Directora del Museo de Arte Costarricense, desde el 1º de agosto del 2002.

3º—Que la señora Rocío Fernández Solazar, presentó su renuncia al cargo, mediante oficio MAC-DIR-217-04, de fecha 4 de mayo del 2004, siendo entonces necesaria la designación de una nueva persona que ejerza la dirección de dicho Museo. Por tanto:

EL MINISTRO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES, RESUELVE:

Aceptar la renuncia y agradecer los valiosos servicios prestados por la señora Rocío Fernández Salazar, cédula de identidad Nº 1-455-911, como directora del Museo de Arte Costarricense y nombrar en su lugar a la señora Elizabeth Barquero Segura, cédula de identidad Nº 1-401-1345.

El nombramiento de la señora Barquero Segura, rige a partir del 5 de julio del 2004.

Guido Sáenz González, Ministro de Cultura, Juventud y Deportes.—1 vez.—(Solicitud Nº 48518).—C-13880.—(55585).

DOCUMENTOS VARIOSAGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADOGERENCIA DE INSUMOS AGRÍCOLAS

EDICTOSPUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Nº 143-2004.—El señor Fernando Masís Pirie, cédula o pasaporte Nº 3-237-137, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Agro Pro de Centroamérica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago. Solicita la inscripción del herbicida, de nombre comercial Pyanchor 5,1 EC, compuesto a base de Pyribensoxim. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 8 de julio del 2004.—Programa Registro de Agroquímicos.—Ing. Sergio Abarca Monge, Director Ejecutivo.—(55565).

Nº 142.2004.—La señora Ana Eugenia Corrales Soto, cédula Nº 2-351-156. En calidad de representante legal de la Compañía Exenos Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela. Solicita la inscripción del coadyuvante de nombre comercial Protextil, compuesto a base de Nonil Fenol Etoxilado. Conforme lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 8 de julio del 2004.—Gerencia de Insumos Agrícolas.—Ing. Sergio Abarca Monge, Director Ejecutivo.—(55874).

EDUCACIÓN PÚBLICADIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD

Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVOREPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 129 y título Nº 642, emitido en el año dos mil uno por el Liceo Académico Diurno de Ciudad Neily, a nombre de Marlen Montes Medina. Se solicita la reposición del título indicado por corrección en el nombre, cuyo nombre y apellidos correctos son: Marlin Montes Medina. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los quince días del mes de julio del dos mil cuatro.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(55053).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZAnte esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición

del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 5 y Título Nº 9, emitido por el Liceo Nocturno Juan Santamaría, en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre de Patricia Alvarado Ruiz. Se solicita la reposición del título indicado por haberse extraviado el original.

Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 15 de julio del 2004.—Lic. Marvin Loría Masís Subdirector.—(55140).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZAnte esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición

del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, en Educación Técnica en la Modalidad Artesanal, inscrito en el tomo 1, folio 03, título Nº 45, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Santa Bárbara, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Sánchez Cascante Martina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, seis de julio del dos mil cuatro.—Lic. Félix Barrantes Ureña, Director.—Nº (55669).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, Rama Técnica, inscrito en el tomo 1, folio 7 y asiento 62, en el año mil novecientos ochenta y uno, y el Diploma de Técnico Medio en la Especialidad de Secretariado, inscrito en el tomo 1, folio 7 y asiento 112, en el año mil novecientos ochenta y uno, emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Educación Comercial y de Servicios, a nombre de Kattia Yanory López Flores. Se solicita las reposiciones de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 12 de julio del 2004.—División de Control de Calidad.—Lic. Marvin Loría Masís, Director a. í.—(55876).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 38 y título Nº 240, emitido por el Liceo de Alajuelita, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Juan Carlos Ticas Flores. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 15 de julio del 2004.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(56226).

JUSTICIA Y GRACIAREGISTRO NACIONAL

OFICINA CENTRAL DE MARCAS DE GANADOPUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Nº 103.374.—Rojas Quesada Marcony, cédula Nº 2-429-636, mayor, casado una vez, ganadero, con domicilio en La Fortuna de San Carlos, Alajuela, solicita el registro de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en La Fortuna, San Carlos, Alajuela. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación

de este edicto. De conformidad con el artículo 15 de la Ley Nº 7978, una vez notificado el presente edicto, rige un plazo de 15 días para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.__San José, 11 de marzo del 2004.—(55673).

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIALPUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ángel Moreno Barquero, cédula de identidad Nº 1-912-932, mayor, abogado, en concepto de apoderado especial de Laboratorios Stein S. A., cédula jurídica Nº 3-101-28601, de Costa Rica, solicita la inscripción de: HEREX como marca de fábrica, en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir: un producto para la disfunción eréctil. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de marzo del 2004, según expediente Nº 2004-0001565. De conformidad con el artículo 85 de la Ley Nº 7978, una vez notificado el presente edicto rige un plazo contado a partir del día hábil siguiente, de seis meses para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En caso contrario se tendrá por abandonada la solicitud caducando el derecho y archivándose la solicitud.—San José, 2 de marzo del 2004.—(55864).

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICASAVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de los artículos dos y diecinueve del estatuto original de la Asociación Unidos por Cristo. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 536, asiento 8228).—Curridabat, 2 de julio del 2004.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 82459.—(55268).

Pág 4 La Gaceta Nº 143 — Jueves 22 de julio del 2004

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada Unión de Asociaciones de Mujeres Productoras Rurales de Sector Central Occidental y Rambla, con domicilio en la provincia de Alajuela, cantón Grecia, distrito primero, cuyos fines principales entre otros, es el siguiente: Gestionar y contribuir al mejoramiento social, cultural, educativo, organizativo y productivo de sus afiliadas y de las comunidades campesinas, en general, cuya representante judicial y extrajudicial con carácter de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el pacto constitutivo, es la presidenta Martha Eugenia Calvo Quesada. Por cuanto dicha entidad se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley de Asociaciones (Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 y sus reformas), se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Citas de presentación: tomo 530, asiento 11742).—Curridabat, 5 de julio del 2004.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 82524.—(55521).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de los artículos: 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25 del estatuto de la Asociación Campamentos Cristianos Costarricenses, para que de ahora en adelante se denomine: Asociación Campamento Roblealto. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 533, asiento: 16107.—Curridabat, 13 de julio del 2004.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 82615.—(55522).

El Registro de Asociaciones ha autorizado el funcionamiento y aprobado el estatuto de la entidad denominada Asociación Pro Personas con Discapacidad de Puriscal y Comunidades Cincunvecinas (APERDIPU), con domicilio San José, cantón Puriscal, Santiago cien metros norte del Cuerpo de Bomberos. Cuyos fines entre otros es: promover la participación de las personas con discapacidad en el cantón de Puriscal. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones que establecen los estatutos, es la presidenta Virginia Rojas Marín. Por cuanto dicha entidad se encuentra dentro de las prescripciones que establece la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento presentado a este registro al tomo 532 asiento 18418.—Curridabat, catorce de mayo del dos mil cuatro.—Dirección de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 82707.—(55794).

El Registro de Asociaciones ha autorizado el funcionamiento y aprobado el estatuto de la entidad denominada Asociación Ecologista de Pococí, domicilio en la provincia de Limón, distrito Central, cantón Pococí, en la Casa de la Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo Comunal contiguo al Salón Comunal. Cuyos fines entre otros serán: Luchar por la conservación de los recursos naturales para garantizar el proceso de desarrollo sostenible. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, pero para vender, comprar, hipotecar, permutar, pignorar, o negociar cualquier bien de la asociación deberá contar con la autorización de la junta directiva y con las limitaciones que establece los estatutos, es el presidente Heriberto Araya Céspedez. Por cuanto dicha entidad se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley número 218 del 8 de agosto de 1939, (Ley de Asociaciones) y sus reformas, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento presentado a este Registro al tomo 529 asiento 4206.—Curridabat, diez de febrero del dos mil tres.—Dirección de Personas Jurídicas.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—Nº 82772.—(55795).

El Registro de Asociaciones ha autorizado la inscripción de la reforma total de los estatutos originales de la Asociación Cámara Nacional de Productores de Huevo Comercial de Costa Rica. Por cuanto dicha entidad se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley 218 del 8 de agosto de 1939, (Ley de Asociaciones) y sus reformas, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento presentado a este Registro al tomo 517, asiento 13998.—Curridabat, veintidós de marzo del dos mil cuatro.—Dirección de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 82801.—(55796).

El Registro de Asociaciones ha autorizado el funcionamiento y aprobado el estatuto de la entidad denominada, Asociación Corredor Biológico Diriá. Cuyo domicilio será la sede de Santa Cruz, en la ciudad de Santa Cruz, distrito primero, Santa Cruz, del cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Cuyos fines son: a) Implementar un programa de educación ambiental en comunidades y escuelas ubicadas en el área de influencia del CACSC. Cuyo representante judicial y

extrajudicial con las facultades de apoderado generalísimo con límite de suma hasta quinientos mil colones y con las limitaciones que expresa el pacto constitutivo, lo es la presidenta Rosa Rodríguez Rodríguez. Por cuanto dicha entidad se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley de Asociaciones número doscientos dieciocho del nueve de agosto de mil novecientos treinta y nueve, se emplaza por quince días a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Presentado al tomo 532, asiento 16887.—Curridabat, veinticinco de mayo del dos mil cuatro.—Dirección de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 82817.—(55797).

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓNPUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Ernesto Gutiérrez Blanco, mayor, soltero, abogado, vecino de San José, cédula de identidad Nº 1-848-886, en su condición de apoderado de American Express Travel Related Services Company Inc, de EUA, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODOS Y APARATOS PARA REALIZAR TRANSACCIONES ELECTRÓNICAS. Se revela un sistema y un método para efectuar comercio electrónico. En diversas realizaciones, la transacción electrónica es una transacción de compra. A un usuario se le proporciona un símbolo inteligente, tal como una tarjeta inteligente que contiene un certificado digital. El símbolo inteligente adecuadamente autentica con un servidor en una red que efectúa la totalidad o porciones de la transacción a nombre del usuario. En diversas realizaciones un servidor de la billetera interactúa con un servidor de seguridad para proporcionar confiabilidad y confianza mejorada en la transacción. En diversas realizaciones, el servidor de la billetera incluye una barra de herramientas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es G07F 7/10, cuyos inventores son Russell Bennett, Fred Bishop, Elliot Glazer, Zyg Gorgol, William G Hohle, Walter D Lake, Marvin Simkin, Nick Swift, Dirk White, Michael Johnson, Coby Royer, David Johnstone. La solicitud correspondiente lleva el número 6597 y fue presentada a las 15:00:00 del 27 de febrero deL 2002. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de julio del 2004.—Lic. Rafael Quesada, Registrador.—Nº 82499.—(55520).

AMBIENTE Y ENERGÍAINSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 11628-P.—Ammex Internacional Corporation S. A. solicita concesión de aprovechamiento de agua en cantidad de un litro por segundo de un pozo perforado en su propiedad en Escazú para usos domésticos. Coordenadas 211.750/519.600, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de julio del 2004.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(54880).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZExpediente Nº 11494.—Jesús María Zúñiga Hernández, solicita

concesión de 0,10 litros por segundo de un manantial captado en su propiedad en Aserrí para usos domésticos. Coordenadas 202.850-529.000, hoja Abra. Predios inferiores: Francisco y Manuel Antonio Zúñiga Hernández. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de abril del 2004.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 82562.—(55523).

Expediente Nº 11630.—Alfredo Chavarría y Cía S. A., solicita concesión de agua de un nacimiento en cantidad de 2 litros por segundo en su propiedad para uso de riego y abrevadero. Coordenadas 235.300-476.550, hoja Miramar. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de julio del 2004.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 82611.—(55524).

Expediente Nº 11571P.—Fett El Hassan Ltda., solicita concesión de 0,50 litros por segundo de un manantial que aflora en su propiedad en Aserrí para usos domésticos. No se indican predios inferiores. Coordenadas 203.000/525.400 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de junio del 2004.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 82612.—(55525).

Expediente 11631.—Llanura El Tarquezal S. A., solicita concesión de 7 litros por segundo de un nacimiento que brota en su propiedad en Nicoya, para abrevadero y riego. Coordenadas 249.625 / 379.312 hoja Talolinga. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes de la primera publicación.—San José, 15 de julio del 2004.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(55701).

La Gaceta Nº 143 — Jueves 22 de julio del 2004 Pág 5

Expediente Nº 11633P.—Lucía Carro Zúñiga solicita concesión de 0,25 litros por segundo del pozo BC-587 perforado en su propiedad en Orotina para usos domésticos y riego. Coordenadas 211.560 / 481.135 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de julio de 2004.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 82690.—(55792).

Expediente Nº 11632P.—Jacqueline Ozols Rosales solicita concesión de 0,5 litros por segundo del pozo RG-676 perforado en su propiedad en Atenas para usos domésticos, piscina y riego. Coordenadas 215.755 / 492.867 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de julio de 2004.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 82691.—(55793).

PODER JUDICIALACUERDOS

Nº 1101.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

2-300-042155 FONDO DE JUB. Y PENSIONES P. J. 42.966.385,44

TOTAL LÍQUIDO: 42.966.385,44

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025.—C-4475.—(55933).

Nº 1102.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

2-300-042155 FONDO DE JUB. Y PENSIONES P.J. 90.490.002,81

TOTAL LÍQUIDO: 90.490.002,81

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-4475.—(55934).

Nº 1103.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

2-300-042155 FONDO DE JUB. Y PENSIONES P. J. 43.991.111,65

TOTAL LÍQUIDO: 43.991.111,65

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-4475.—(55935).

Nº 1104.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

2-300-042155 FONDO DE JUB. Y PENSIONES P. J. 27.875.724,49

TOTAL LÍQUIDO: 27.875.724,49

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-4475.—(55936).

Nº 1105.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

2-300-042155 FONDO DE JUB. Y PENSIONES P. J. 17.490.752,44

TOTAL LÍQUIDO: 17.490.752,44

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-4475.—(55937).

Nº 1106.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

2-300-042155 FONDO DE JUB. Y PENSIONES P. J. 870.007,25

TOTAL LÍQUIDO: 870.007,25

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-4475.—(55938).

Nº 1107.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

2-300-042155 FONDO DE JUB. Y PENSIONES P. J. 8.232.049,33

TOTAL LÍQUIDO: 8.232.049,33

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-4475.—(55939).

Nº 1108.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

01-1035-0751 RODRÍGUEZ ZÚÑIGA NATALIA 170.817,05

TOTAL LÍQUIDO: 170.817,05

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-4475.—(55940).

Nº 1109.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

01-0836-0931 FALLAS ABARCA HUBERTH 536.060,0006-0134-0442 ALVARADO UGALDE CARLOS 539.417,953-004-045117-13 COOPELESCA R. L. (SAN CARLOS) 772.199,503-101-098063-16 MULTINEG. INT. AMERICA S.A. 56.608,203-101-122865-08 CG FORMULARIOS S.A. 193.158,003-101-174285-23 SEGURIDAD ALFA S.A. 485.959,993-101-219989-28 CORP. ANDREA IND. INC. S. A. 245.388,103-101-227869-05 CORREOS DE COSTA RICA S.A. 3.164.714,00

TOTAL LÍQUIDO: 5.993.505,74

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-8905.—(55941).

Nº 1110.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

01-0415-1308 ABELLÁN ARROYO ROBERTO 389.132,8005-0172-0038 PASOS ÁLVAREZ JORGE A. 51.229,0408-0078-0711 MORALES NAVARRO SALVADOR 143.728,983-004-045202-22 COOP. ELECT. RUR. GUANAC. R. L. 2.037.123,003-101-069735-06 TECTRONIC DE COSTA RICA S.A. 1.129.940,003-101-165549-16 SERV. CONSULT. OCCIDENTE S.A. 1.001.432,263-101-227869-05 CORREOS DE COSTA RICA S.A. 3.921.969,80

TOTAL LÍQUIDO : 8.674.555,88

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-8275.—(55942).

Nº 1111.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

3-014-042065-12 MUNICIPALIDAD DE ATENAS 125.950,753-101-007749-04 RECOPE S. A. 3.100.852,313-101-032899-29 VIG. TECNIFICADA DE C. R. S. A. 1.797.185,05

Pág 6 La Gaceta Nº 143 — Jueves 22 de julio del 2004

Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido3-101-101281-14 DIVISIÓN TECNOL. LIMCE S. A. 426.699,253-101-227869-05 CORREOS DE COSTA RICA S. A. 694.771,003-102-067171-28 SEGURIDAD Y VIG. SEVIN LTDA. 285.682,10

TOTAL LÍQUIDO: 6.431.140,46

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-7645.—(55943).

Nº 1112.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

3-101-020826-35 ELVATRON S. A. 468.244,003-101-052695-33 MEJÍA Y COMPAÑÍA S. A. 48.440,343-101-069227-25 SOIN SOLUC. INTEGRALES S. A. 800.350,303-101-077363-21 SECURE S. A. 4.916.956,023-101-089260-15 INVERSIONES LA RUECA S. A. 1.192.140,603-101-101281-14 DIVISIÓN DE TECNOL. LIMCE S. A. 230.563,073-101-111502-18 COMPONENTES EL ORBE S. A. 983.356,303-101-162517-07 SERVICENTRO NAC. UNIDAS S. A. 1.127,123-101-210996-02 SERV. MULTIPLES MED. SMM S. A. 82.800,003-101-227869-05 CORREOS DE COSTA RICA S. A. 566.391,003-101-252351-14 AGROINDUCHEM S. A. 1.529.982,06

TOTAL LÍQUIDO: 10.820.350,81

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-12055.—(55944).

Nº 1113.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

3-101-073972-16 COPIAS DINÁMICAS S. A. 13.854,93

TOTAL LÍQUIDO: 13.854,93

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-4475.—(55945).

Nº 1114.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

3-101-073972-16 COPIAS DINÁMICAS S. A. 13.854,93

TOTAL LÍQUIDO: 13.854,93

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-4475.—(55946).

Nº 1115.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

3-101-073972-16 COPIAS DINÁMICAS S. A. 210.691,78

TOTAL LÍQUIDO: 210.691,78

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-4475.—(55947).

Nº 1116.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

3-101-117297-37 DISEÑO ARQCONT S. A. 110.245,60

TOTAL LÍQUIDO: 110.245,60

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-4475.—(55948).

Nº 1117.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto.

Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

3-101-117297-37 DISEÑO ARQCONT S. A. 22.054,40

TOTAL LÍQUIDO: 22.054,40

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-4475.—(55949).

Nº 1118.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

01-0528-0019 BONILLA MONTERO RODOLFO 166.600,003-101-004929-17 TRANSP. UN. ALAJUELENSES S. A. 365.700,703-101-005616-33 INDUSTRIAS FOTOGRÁFICAS S. A. 98.000,003-101-007749-04 RECOPE S. A. 5.872.137,883-101-258827-35 REMOLQUES ZUÑILAN S. A. 281.554,003-101-286019-21 BAIT SAMEAJ S. A. 553.528,50

TOTAL LÍQUIDO: 7.337.521,08

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-7645.—(55950).

Nº 1119.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

3-101-219989-28 CORP. ANDREA INDUST. INC. S. A. 83.447,00

TOTAL LÍQUIDO: 83.447,00

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-4475.—(55951).

Nº 1120.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

3-101-219989-28 CORP. ANDREA INDUST. INC. S. A. 36.289,40

TOTAL LÍQUIDO: 36.289,40

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-4475.—(55952).

Nº 1121.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

02-0365-0215 ROJAS HERRERA MARÍA AURELIA 324,0002-0428-0786 MURILLO PICADO JAVIER 8.102,653-101-256836-07 EPREM ELECT. Y POTENCIA S. A. 108.679,22 TOTAL LÍQUIDO: 117.105,87

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-5735.—(55953).

Nº 1122.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

2-300-042155 PROVEEDURÍA JUD. IMPORTAC. 1.628.821,29

TOTAL LÍQUIDO: 1.628.821,29

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-4475.—(55954).

Nº 1123.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

3-101-169475-36 ALLI CON INTERNACIONAL S. A. 1.313.564,35

TOTAL LÍQUIDO: 1.313.564,35

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-4475.—(55955).

La Gaceta Nº 143 — Jueves 22 de julio del 2004 Pág 7

Nº 1124.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

3-101-170943-31 IND. DE PIZARRAS TAURO S. A. 28.250,00

TOTAL LÍQUIDO: 28.250,00

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-4475.—(55956).

Nº 1125.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

3-101-162517-07 SERVICENTRO NAC. UNIDAS S. A. 3.749,18

TOTAL LÍQUIDO: 3.749,18

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-4475.—(55957).

Nº 1126.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

02-0365-0215 ROJAS HERRERA MARÍA AURELIA 4.506,00

TOTAL LÍQUIDO: 4.506,00

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-4475.—(55958).

Nº 1127.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

02-0365-0215 ROJAS HERRERA MARÍA AURELIA 4.506,00

TOTAL LÍQUIDO: 4.506,00

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-4475.—(55959).

Nº 1128.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

01-0615-0989 FONSECA ABARCA AURIA 85.271,5701-0746-0071 LÓPEZ AGÜERO JUAN F. 539.000,003-101-063829-27 PRAXAIR COSTA RICA S. A. 72.520,003-101-069834-04 INMOBILIARIA LAS HUACAS S. A. 490.000,003-101-118223-24 TECNO DIAGNOSTICA S. A. 37.240,003-101-136708-35 VALMARTINO S. A. 390.044,903-101-153193-08 INSUMOS FEDERADOS S. A. 177.674,643-101-174285-23 SEGURIDAD ALFA S. A. 1.092.048,203-101-189270-05 PROCONTA S. A. 75.142,853-101-252351-14 AGROINDUCHEM S. A. 169.897,00

TOTAL LÍQUIDO: 3.128.839,16

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-10795.—(55960).

Nº 1129.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

01-0763-0579 MORALES CORRALES ORLANDO 107.509,7001-0836-0931 FALLAS ABARCA HUBERTH 1.369.060,0002-0349-0031 VARGAS GUERRERO ELADIO 100.240,3602-0428-0786 MURILLO PICADO JAVIER 80.020,903-101-006224-08 KPMG S. A. 1.256.850,003-101-007749-04 RECOPE S. A. 1.004.040,60

Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido3-101-007770-13 REX S. A. 150.000,003-101-042028-04 EMP. SERVIC. PUB. HEREDIA S. A. 1.338.683,903-101-062907-01 WACKENHUT S. A. 4.537.714,903-101-073972-16 COPIAS DINÁMICAS S. A. 202.306,303-101-074898-34 CONT. VIDEO TECN. DE C. R. S. A. 247.150,123-101-076436-25 MUNDO DE LIMPIEZA S. A. 206.212,893-101-076898-24 DIREX INTERNACIONAL S. A. 1.703.563,703-101-077363-21 SECURE S. A. 704.428,693-101-098063-16 MULTINEG. INT. AMERICA S. A. 6.988.461,003-101-101281-14 DIVISIÓN TECNOL. LIMCE S. A. 26.679,373-101-179595-20 CIA. SERV. MULT. MASIZA S. A. 171.500,003-101-240146-31 AMB. LIMPIO H. MONTERO S. A. 96.324,603-101-254812-31 EDIF. INTELIGENTES S. A. 3.159.590,053-101-268307-18 REPRESENTAC. DIXMER S. A. 336.875,00

TOTAL LÍQUIDO: 23.787.212,08

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-17725.—(55961).

Nº 1130.—San José, 1º de junio del 2004LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto. Cédula Nº Nombre beneficiario Monto líquido

3-101-006090-03 CÓNSUL TÉCNICA S. A. 21.606,30

TOTAL LÍQUIDO: 21.606,30

Rafael Ángel Morales Monge, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 100025).—C-4475.—(55962).

AVISOSDIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada Cristina de los Ángeles Gutiérrez Chaves, cédula de identidad Nº 1-0916-0546, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente 04-000572-624-NO.—San José, 14 de junio del 2004.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—(55353).

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada Elvia Jeanneth Quirós Quirós, cédula de identidad Nº 1-687-294, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente 04-000958-624-NO.—San José, 8 de julio del 2004.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—(55557).

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud del licenciado Álvaro Eladio Barboza Mena, cédula de identidad Nº 7-0109-0272, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 04-000626-624-NO.—San José, 7 de julio del 2004.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—(55566).

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada Andrea Melissa Ruíz Juárez, cédula de identidad Nº 5-318-100, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 04-000680-624-NO.—San José, 20 de mayo del 2004.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—(55607).

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada Sofía Salas Monge, cédula de identidad Nº 1-1013-0804, quien solicita se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente 04-000657-624-NO.—San José, 7 de julio del 2004.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—(55696).

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud del Licenciado Félix Danilo Mesén Salas, cédula de identidad Nº 6-142-495, quien solicita se le inscriba como Notario Público. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a

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este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 04-960-624-NO.—San José, 6 de julio del 2004.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—Nº 82705.—(55800).

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud del Licenciado Wilber Jiménez Jiménez, cédula de identidad Nº 2-0413-0887, quien pretende que se le inscriba Notario Público. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 04-000422-624-NO.—San José, 14 de abril del 2004.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—Nº 82723.—(55801).

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud del licenciado Mauricio del Valle Hernández, cédula de identidad Nº 1-0804-0412, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Exp. 04-000674-624-NO.—San José, 7 de julio del 2004.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—Nº 82761.—(55802).

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada Norma Julieta Vargas Montero, cédula de identidad Nº 1-0396-0351, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Exp. 04-000650-624-NO.—San José, 7 de julio del 2004.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—Nº 82804.—(55803).

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud del licenciado Franklin Ramírez Montero, cédula de identidad Nº 3-319-072, quien solicita se le inscriba como notario público. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Exp. 04-000547-624-NO.—San José, 30 de abril del 2004.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—Nº 82820.—(55804).

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la Licenciada Ellyn María Ramírez Quesada, cédula de identidad Nº 1-854-307, quién pretende que se la autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 04-425-624-NO.—San José, 24 de mayo del 2004.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—(55865).

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la Licenciada María José Baptista Badilla, cédula de identidad Nº 1-1052-362, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 04-000838-624-NO.—San José, 7 de julio del 2004.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—(55878).

RESEÑASSALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad.A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPUBLICA

HACE SABER:Que en la acción de inconstitucionalidad Nº 04-002532-0007-CO

promovida por Edisson Ríos López, mayor, soltero, ciudadano colombiano, contra el inciso a) de los Artículos 259 y 378 del Código Procesal Penal, se ha dictado el VOTO 03901-2004 de las quince horas con ocho minutos del veintiuno de abril del dos mil cuatro, que literalmente dice:

VOTO: 03901-2004. POR TANTO: “Se rechaza por el fondo la acción en relación con el Artículo 259 inciso a) del Código Procesal Penal y se declara que esa norma no contraviene el Artículo 39 Constitucional ni los principios de seguridad y certeza jurídica siempre y cuando se interprete que la suspensión del plazo de la prisión preventiva dispuesta en esa norma no puede en ningún caso superar los plazos máximos establecidos en el Artículo 378 inciso a), del Código Procesal Penal y que, cumplidos éstos, deberá ponerse al imputado en libertad. En lo demás se rechaza de plano.

Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma interpretada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Se ordena la reseña de este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y su publicación íntegra en el Boletín Judicial. Notifíquese.”San José, 8 de julio del 2004.

Gerardo Madriz Piedra1 vez.—(55164) Secretario

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOSRegistro Civil-Departamento CivilOFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZExp. 18250-2001.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina

de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas del siete de enero del dos mil tres. Diligencias de ocurso incoadas por Cynthia Vanessa Barrantes Víquez, costarricense, cédula de identidad número uno-novecientos tres-quinientos cincuenta y nueve, mayor, divorciada, operaria industrial, vecina de Dulce Nombre, La Unión, Cartago, tendente a la rectificación del asiento de nacimiento de su hija Pamela Vanessa Abarca Barrantes que lleva el número setecientos treinta y dos, folio trescientos sesenta y seis, tomo mil setecientos sesenta y siete de la Sección de Nacimientos de la provincia de San José, en el sentido de que la persona ahí inscrita es hija de “Cynthia Vanessa Barrantes Víquez, costarricense” y no de “Jorge Mario Abarca Valverde y Cynthia Vanessa Barrantes Víquez, costarricenses” como se consignó. Publíquese este edicto en el Diario Oficial, conforme lo establece el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, y se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Nº 82188.—(55078).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZExpediente Nº 349-2003.—Registro Civil.—Departamento

Civil.—Oficina Actos Jurídicos.—San José, a las once horas treinta minutos del once de marzo de dos mil cuatro. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Xinia Lisseth Peñate Cáceres, mayor, soltera, estudiante, costarricense, cédula de identidad número ocho-cero setenta y nueve-cuatrocientos veintiocho, vecina de Tacares de Grecia, tendente a la rectificación de su asiento de naturalización, en el sentido que los apellidos de su madre son “Martínez Cáceres” y no como se consignó. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, practíquese la marginal de advertencia en el asiento de naturalización correspondiente. Se ordena publicar por tres veces el edicto de Ley en el Diario Oficial y se previene a las partes interesadas hagan valer sus derechos, dentro del término de ocho días a partir de la primera Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—(55609).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZSe hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Rafael

Ángel Núñez Montero, expediente Nº 31709-03, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 391-04.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas del veintiséis de enero del dos mil cuatro. Diligencias de ocurso incoadas por Rafael Ángel Núñez Montero, mayor, casado, comerciante, cédula de identidad número uno-trescientos treinta y siete-cero veintiséis, vecino de centro, Heredia. Resultando: 1º—..., 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Rafael Ángel Montero Sáenz, en el sentido de que los apellidos del cónyuge son “Núñez Montero”, hijo de “Maurilio José Núñez Arias y Zelmira Montero Sáenz”, costarricenses y no como se consignó. Publíquese esta resolución una vez en el Diario Oficial.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 82550.—(55526).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Pavel Tchernov único apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 1365-2004.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas, treinta minutos del diez de mayo del dos mil cuatro. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Pavel Tchernov, único apellido en razón de su nacionalidad rusa, técnico en computación, pasaporte número cuarenta y cuatro Nº un millón ciento treinta y cuatro mil ochocientos cuatro, vecino de San Antonio, Coronado, San José. Expediente Nº 11315-2004. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Pavel Tchernov no indica segundo apellido, en el sentido de que el nombre

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del padre y la madre del cónyuge son Anatoliy Iliich y Olga Vladimirovna y no como aparecen actualmente consignados. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 82567.—(55527).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María de los Ángeles Espinoza Ramírez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 823-2004.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas, cincuenta y cuatro minutos del primero de marzo del dos mil cuatro. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por María de los Ángeles Espinoza Ramírez, cédula de identidad número seis-ciento cuarenta y dos-doscientos cuarenta y tres, vecina de Guararí. Expediente Nº 34524-2003. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Balduin Josué Ramírez Espinoza en el sentido de que el nombre correcto es Baldwin Josué y no como aparece actualmente consignado. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 82589.—(55528).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Vanesa Maritza Quesada Hernández, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: N° 159-2003.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas dieciséis minutos del diez de febrero del dos mil tres. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Vanesa Maritza Quesada Hernández, mayor, casada, del hogar, cédula de identidad número uno-ochocientos veintidós-doscientos setenta y seis, vecina de Palmar Norte, Osa, Puntarenas. Expediente N° 11958-2002. Resultando 1—..., 2—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:..., Por Tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Wendel Magddiel Montes Quesada, en el sentido de que el sexo es “Masculino” y no como aparece actualmente consignado. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Hugo Montero Hernández, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 82713.—(55798).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ana Yancy Yocks Jiménez, expediente N° 33605-2003, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Res. Nº 757-2004.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas, cuarenta y cinco minutos del veintitrés de febrero del dos mil cuatro. Diligencias de ocurso incoadas por Ana Yancy Yocks Jiménez, casada, ama de casa, costarricense, cédula de identidad número nueve-cero noventa y tres-ochocientos treinta, vecina de Barrio Cuba. Resultando: 1º—...; 2º—...; Considerando: I—Hechos probados...; II—Sobre el fondo....; Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Charlyn Francesca Bojorge Yocks, en el sentido que el nombre de la persona ahí inscrita es “Sharling Franchesca” y de Rutse Aarón Bojorge Yocks, en el sentido que el nombre de la persona ahí inscrita es “Russell Aarón” y no como se consignó. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial. Notifiquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—N° 82809.—(55799).

AVISOSRegistro Civil - Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONESAvisos de solicitud de naturalización

Noelia Oporta Díaz, mayor, soltera, cajera, nicaragüense, cédula de residencia Nº 270-125641-64460, expediente Nº 002803-2002, vecina de San Miguel, Desamparados, San José, se ha presentado a este Registro a levantar información de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 13 de mayo del 2004.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 82511.—(55529).

Francisco José Reyes Pérez, mayor, soltero, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia Nº 270-118270-52759, vecino de Guácimo, Limón, expediente de naturalización Nº 2404-2003, se ha presentado a este Registro a levantar información de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 8 de junio del 2004.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(55875).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVAPROGRAMA DE ADQUISICIONES

CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTESPROGRAMA DE COMPRAS AÑO 2004

PROGRAMA 753: GESTIÓN Y DESARROLLO CULTURAL Tipo Unidad Monto Periodo Fuente de de estimado de inicio de financia- bien medida Cantidad contratación de compra miento

310 Equipo y mobiliario 435.000,00 III trimestre Pres. Ord. de oficina Impresora de matriz Unidades 1 200.000,00 III trimestre Pres. Ord. de puntos Impresora láser Unidades 1 170.000,00 III Trimestre Pres. Ord. Teclados para Unidades 5 20.000,00 III Trimestre Pres. Ord computadora Mouse óptico Unidades 5 45.000,00 III Trimestre Pres. Ord. PS/2

Alexandra de Simón Castellón, Directora General.—1 vez.—(Solicitud Nº 15006).—C-13300.—(56198).

LICITACIONESJUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONALDEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN RESTRINGIDA Nº 03-2004Mantenimiento preventivo y correctivo del

sistema pluvial del Registro NacionalLa Proveeduría General del Registro Nacional avisa a todos los

interesados en participar en el concurso arriba mencionado que se recibirán ofertas hasta las 11:00 horas del 10 de agosto del 2004.

Los interesados pueden pasar a retirar el respectivo cartel (sin costo alguno) en las oficinas de la Proveeduría General ubicada en el módulo Nº 5, costado oeste del parqueo público en el Registro Nacional, carretera a Zapote-Curridabat.

San José, 16 de julio del 2004.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 25932).—C-5410.—(55853).

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 10-2004Compra e instalación de sistemas de energía ininterrumpida

(UPS) para el Registro NacionalLa Proveeduría General del Registro Nacional avisa a todos los

interesados en participar en el concurso arriba mencionado que se recibirán ofertas hasta las 9:00 horas del día 10 de agosto del 2004.

Los interesados pueden pasar a retirar el respectivo cartel (sin costo alguno) en las oficinas de la Proveeduría General ubicada en el módulo 5, costado oeste del parqueo público en el Registro Nacional, carretera a Zapote-Curridabat.

San José, 16 de julio del 2004.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 20953).—C-5410.—(55854).

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 11-2004Compra e instalación de dispositivos

concentradores de red tipo switchLa Proveeduría General del Registro Nacional avisa a todos los

interesados en participar en el concurso mencionado que se recibirán ofertas hasta las 2:00 p. m., del 10 de agosto del 2004.

Los interesados pueden pasar a retirar el respectivo cartel (sin costo alguno) en las oficinas de la Proveeduría General ubicada en el módulo Nº 5, costado oeste del parqueo público en el Registro Nacional, carretera a Zapote-Curridabat.

San José, 16 de julio del 2004.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 25933).—C-5410.—(55855).

BANCO CENTRAL DE COSTA RICALICITACIÓN PÚBLICA Nº 20045-062

Compra de monedasSe comunica a los fabricantes de monedas, debidamente acreditados

en el Registro de Proveedores de esta Institución y con representación en el país; que se recibirán ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del día 25 de agosto del 2004, en el Departamento de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica, ubicado en el primer piso del Edificio Principal, para la Licitación Pública Nº 20045-62 “Compra de cuarenta millones de piezas de monedas de cinco colones (¢5,00) y compra de cuarenta y dos millones de piezas de monedas de diez colones(¢10,00)”.

El cartel será entregado al interesado, quien deberá estar debidamente identificado por la casa fabricante. En caso que el retiro del cartel sea a través de un tercero, éste deberá contar con autorización escrita del interesado directo, aportando los documentos que demuestren su interés en este concurso.

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Para retirar el disquete que contiene las especificaciones técnicas y condiciones generales, se requiere adicionalmente, el pago previo de ¢2.000,00 (dos mil colones exactos), que deberán ser cancelados en la Caja del Departamento de Tesorería del Edificio Principal del Banco Central de Costa Rica y la presentación del comprobante respectivo, en el Departamento de Proveeduría del Banco.

San José, 16 de julio del 2004.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Eduardo Ruiz Vargas, Director.—1 vez.—(O. C. Nº 6226).—C-8085.—(56201).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICAUNIDAD DE LICITACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 08-2004Ampliación y construcción edificio anexo para

la Planta Piloto del CITALa Oficina de Suministros de la Universidad de Costa Rica, recibirá

ofertas por escrito hasta las 10:30 horas del día 31 de agosto del 2004, para la contratación indicada.

Los interesados deberán retirar el cartel en la Oficina de Suministros de la Universidad de Costa Rica, ubicada en Sabanilla de Montes de Oca, de las Instalaciones Deportivas 250 metros al este y 400 metros al norte. Previo pago en la Oficina de Administración Financiera, ubicada en la Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, Edificio Administrativo “A”, primer piso. Costo del cartel ¢15.000,00 (quince mil colones exactos).

El día 4 de agosto del 2004, a las 10:30 a. m., se realizará una visita técnica obligatoria al sitio de la obra para explicar y aclarar detalles del trabajo.

Sabanilla de Montes de Oca, 16 de julio del 2004.—Oficina de Suministros.—Luis Fernando Salazar Alvarado, Jefe.—1 vez.—C-5390.—(56202).

AVISOSOPERADORA DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS

DEL BANCO POPULAR LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 005-2004

Almacenamiento externo en fibra para bladeLa Unidad de Compras de la Operadora de Planes de Pensiones

Complementarias del Banco Popular recibirá ofertas por escrito en sus oficinas, ubicadas carretera a Heredia diagonal al salón de Fiestas Tica Linda, antiguo salón el Pentágono hasta las 10:00 horas del 6 de agosto del 2004, para el suministro de lo siguiente: Licitación por Registro Nº 005-2004, “Almacenamiento externo en fibra para blade”.

El sobre de especificaciones, condiciones generales y especiales podrá retirarse en la Unidad de Compras de la Operadora de Pensiones Complementarias, por un valor de ¢2.500,00 (dos mil quinientos colones con 00/100).

San José, 16 de julio del 2004.—Administración y Finanzas.—Lic. Jorge Arce Carranza, Jefe.—1 vez.—(55844).

ADJUDICACIONESPODER LEGISLATIVO

DEFENSORÍA DE LOS HABITANTESLICITACIÓN PÚBLICA N° 001-2004

(Aviso de declaratoria desierta)Contratación de proyecto de construcción

de aulas de capacitación y auditorioSe avisa a todos los interesados en esta licitación que por resolución

de las 16:00 horas del día 13 de julio del 2004, se resuelve declarar desierto el presente concurso debido a que la única oferta presentada no cumple financiera, económica y técnicamente de acuerdo a los requisitos establecidos en el cartel de licitación.

San José, 14 de julio del 2004.—Lic. José Manuel Echandi Meza, Defensor de los Habitantes de la República.—1 vez.—(Solicitud Nº 07381).—C-3850.—(56203).

SEGURIDAD PÚBLICAPROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 29-2004Compra de productos de papel y cartón

Se avisa a los interesados en esta licitación, que por Resolución de adjudicación N° 29-2004, de las 12:00 horas del día 16 de julio del 2004, se adjudica de la siguiente manera:I.—A la firma Formularios Estandart S. A., cédula jurídica Nº 3-101-021096-04.

Las posiciones: 1) 586 cajas de papel continuo de 1 tanto 24,13 x 27,9 cm. (9 1⁄2

x 11), blanco de 2500 fórmulas, en empaque normal de mercado, marca Standard.

Monto por caja: ¢6.650,00Monto adjudicado: ¢3.896.900,00

2) 490 cajas de papel continuo de 2 tantos 24,13 x 27,9 cm. (9 1⁄2 x 11), blanco de 1250 fórmulas, en empaque normal de mercado, marca Standard.

Monto por caja: ¢7.500,00.Monto adjudicado: ¢3.675.000,00.3) 365 cajas de papel continuo de 3 tantos 24,13 x 27,9 cm. (9 1⁄2

x 11), blanco de 750 fórmulas, en empaque normal de mercado, marca Standard.

Monto por caja: ¢7.600,00.Monto adjudicado: ¢2.774.000,00.4) 2000 rollos de papel térmico para fax de 30 metros de largo por

216 mm, marca Standard.Monto por rollo: ¢500,00.Monto adjudicado: ¢1.000.000,00.Todo con un plazo de entrega de 1 día hábil, después de recibida la

orden de pedido.Todo con una garantía de 150 meses para todos los productos y

el perfecto funcionamiento en los equipos de impresión del Ministerio, máquinas separadoras, descarbonadoras, filmadoras y lectoras, reponiendo cualquier formulario o rollo de papel con defectos de fabricación, en condiciones normales de uso, almacenamiento y manipulación.

Las posiciones 1, 2 y 3 se rebajan en la cantidad a adquirir con el fin de ajustarse al contenido presupuestario.

Monto total adjudicado: ¢11.345.900,00 (once millones trescientos cuarenta y cinco mil novecientos colones exactos).II.—A la firma Ofiprinte Industrial S. A., cédula jurídica Nº 3-101-021096-04.

La posición:5) 1800 archivadores de cartón tipo ampo tamaño oficio, marca

Giova.Monto unitario:¢490,00.Monto adjudicado: ¢882.000,00.Con un plazo de entrega de 1 día hábil, después de recibido el

pedido.Con una garantía de 36 meses contra defectos de fabricación en

condiciones normales de uso, almacenamiento y manipulación.Monto total adjudicado: ¢882.000,00 (ochocientos ochenta y dos

mil colones exactos).III.—A la firma Tecnialka Digital Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-265064.

La posición: 6) 185 resmas de papel tamaño carta para impresora láser 24,13 x

27,9 cm de 500 hojas, marca Xerox.Monto por resma: ¢1.080,00.Monto adjudicado: ¢199.800,00.Con un plazo de entrega de 1 día hábil, después de recibido el

pedido.Con una garantía de: 12 meses contra desperfectos de fabricación,

en condiciones normales de uso, almacenamiento y manipulación.Lo anterior de acuerdo a la oferta y el cartel Monto total adjudicado: ¢199.800,00 (ciento noventa y nueve mil

ochocientos colones exactos).IV.—A la firma Bruno Internacional S. A., cédula jurídica Nº 3-101-190550.

La posición: 7) 170 resmas de papel bond tamaño oficio para fotocopiadora

marca Xerox. Precio por resma: $2,89.Monto adjudicado en dólares: $419,30 (cuatrocientos diecinueve

con treinta centavos de dólar).Con un plazo de entrega de 5 días hábiles, después de recibido el

pedido.Con una garantía de 12 meses contra defectos de fabricación en

condiciones normales de uso, almacenamiento y manipulación.Con el fin de ajustarse al contenido económico con el que cuenta

esta posición se rebaja esta cantidad a 170 resmas de papel.NOTA: el tipo de cambio: ¢439,07, para esta posición a $2,89 cada

resma lo que equivale a ¢1.268,91 para un total de ¢215.714,70 a la fecha del 14 julio del 2004. Se deja un diferencial cambiario de un 10% el cual representa ¢24.285,30.V.—A la firma Sauter Mayoreo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-217607.

Las posiciones: 8) 300 cajas de fólder manila tamaño oficio de 100 unidades marca

Ampo.Precio por caja: ¢1.570,00.Monto adjudicado: ¢471.000,00.9) 300 cajas de fólder tamaño carta de 100 unidades marca Ampo.Precio por caja: ¢1.354,00.Monto adjudicado: ¢406.200,0011) 236 cajas de carpetas colgantes tamaño oficio de 25 unidades

marca Ampo. Precio por caja: ¢1.955,00Monto adjudicado: ¢461.380,00.Todo con un plazo de entrega de 1 día hábil después de recibido el

pedido.

La Gaceta Nº 143 — Jueves 22 de julio del 2004 Pág 11

Todo con una garantía de 24 meses, todos los productos son totalmente nuevos y en caso de que alguno presentara defectos de fábrica, se compromete la empresa a reemplazarlos en el menor tiempo posible.

Monto total adjudicado: ¢1.338.580,00 (un millón trescientos treinta y ocho mil quinientos ochenta colones exactos). VI.—A la firma Centro de Fotocopiado Policromía S. A., cédula jurídica Nº 3-101-036439.

La posición: 10) 200 paquetes de 100 unidades de sobre correspondencia blanco

Nº 10 blanco tamaño oficio, marca Papiro, fabricado en Costa Rica, código: 052431.

Precio por paquete: $0,95.Monto adjudicado en dólares: $190,00 (ciento noventa dólares

exactos).Con un plazo de entrega de 5 días hábiles después de recibida la

orden de pedido.Con una garantía de 36 meses, los artículos ofrecidos son de alta

calidad y de marcas reconocidas, en caso de salida de artículos con defectos y/o fallas de fabricación, la firma Centro de Fotocopiado Policromía S. A., se responsabiliza en reponerlos en dos días hábiles.

NOTA: el tipo de cambio: ¢439,07, para esta posición a $0,95 cada paquete lo que equivale a ¢417,11 para un total de ¢83.422,00, a la fecha del 14 julio del 2004. Se deja un diferencial cambiario de un 10.18% el cual representa ¢8.500,00, en esta posición en particular no es necesario rebajar cantidades por cuanto el monto presupuestario de la posición es de ¢600.000,00.

Gran total adjudicado correspondiente a la LRG-29-2004 para la compra de productos de papel y cartón en colones: ¢13.766.280,00 (trece millones setecientos sesenta y seis mil doscientos ochenta con 00/100 colones) y en dólares: $609,30 (seiscientos nueve dólares con 30/100 dólares).

Todo lo anterior según la oferta y el cartel.San José, 16 de julio del 2004.—Bach. José Ramírez Pérez,

Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 42701).—C-43525.—(55856).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONESSUSPENSIÓN DEL PLAZO PARA RECIBIR OFERTAS

LICITACIONES NOS. 04-2004, 05-2004 Y 06-2004Compra e instalación de una unidad ininterrumpida de potencia (UPS)

Compra de equipo de cómputoCompra de impresoras de matriz de punto y estaciones de trabajo para

expedir tarjetas de identidad a menoresDe conformidad con el acuerdo tomado por el Tribunal Supremo de

Elecciones en sesión Nº 102-2004 celebrada el 15 de julio del año en curso, se suspende temporalmente la promoción de las licitaciones Nos. 04-2004, 05-2004 y 06-2004 que corresponden en ese orden a: compra e instalación de una unidad ininterrumpida de potencia (UPS), compra de equipo de cómputo y compra de impresoras de matriz de punto y estaciones de trabajo para expedir tarjetas de identidad de menores. Oportunamente y por este medio se comunicará la nueva fecha para la recepción de ofertas de dichos concursos.

Lic. Javier Ignacio Vega Garrido, Proveedor.—1 vez.—(O. P. Nº 1044).—C-4640.—(55868).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALHOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN POR REGISTRO 0030-2004Vajilla descartable (nutrición)

La Dirección Médica, y la Administración del Hospital Dr. R. A. Calderón Guardia, le comunica a los interesados en este concurso, que el mismo se adjudica como se detalla a continuación:

Empresa adjudicada: Macro Comercial S. A.Ítem: 1

Monto total adjudicado: $1.992,00Monto en letras: Mil novecientos noventa y dos dólares con 00/

100.Tiempo de entrega: según cartel.Empresa adjudicada: EHASA

Ítemes: 2, 3, 6, 7, 8, 9, 10.Monto total adjudicado: $8.798,14, monto en letras: Ocho mil

setecientos noventa y ocho dólares con 14/100.Tiempo de entrega: según cartel.Empresa adjudicada: Corporación Andrea Industrial Inc. S. A.

Ítemes: 4, 5, 11.Monto total adjudicado: $25.249,20Monto en letras: Veinticinco mil doscientos cuarenta y nueve

dólares con 20/100.

Tiempo de entrega: según cartel.Plazo revocatorias: 5 días hábiles a partir del día posterior a esta

publicación.Plazo apelaciones: 10 días hábiles a partir del día posterior a esta

publicación.San José, 16 de julio del 2004.—Área de Compras.—Ing. Jorge

González Cordero, Jefe.—1 vez.—(55873).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE UPALA

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 12-2003La Proveeduría de la Municipalidad de Upala informa a los

interesados que esta licitación fue adjudicada por el Concejo Municipal, en fecha dieciséis de abril del dos mil cuatro, y en acta Nº 15 artículo III, inciso 11, a la Empresa Multiservicios Gedeón JW S. A., cédula jurídica Nº 3-101-311809 por un monto de ¢10.814.000,00 (diez millones ochocientos catorce mil colones).

Upala, 15 de junio del 2004.—Departamento de Proveeduría.—Elberth Murillo Cantillano.—1 vez.—Nº 82786.—(55805).

REGISTRO DE PROVEEDORESCAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALESDEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES

Aviso a Proveedores de MedicamentosA todos los proveedores y Representantes de Casas Extranjeras

se les comunica que el Departamento de Farmacoterapia ha avalado administrativamente la siguiente ficha técnica, la cual rige a partir de su publicación:Nombre del medicamento Código

Modificación

Cloranfenicol 500 mg. (actualización base de datos) 1-10-02-0360Micofenolato de mofetilo 250 mg. (especificaciones de calidad) 1-10-41-0043Agua estéril para irrigación (cambio volumen) 1-10-50-3095Efavirenz 200 mg. (ampliación en presentación) 1-10-04-0580Ciprofloxacino base 500 mg. (actualización de base de datos) 1-10-02-0308Tiabendazol 1g/5ml. (actualización de base de datos) 1-10-01-7640Lamivudina 10 mg/ml (apartado presentación y empaque 1º) 1-10-04-7125Vinblastina sulfato 10 mg. (actualización de base de datos) 1-10-41-4837Cefalexina base 500 mg. (actualización de base de datos) 1-10-02-0290

Inclusión

Resperidona 1 mg. tabletas 1-10-30-1568

En cuanto a las modificaciones los interesados (oferentes y posibles oferentes) deben revisar las variaciones en la nueva ficha técnica vigente, disponible en la siguiente dirección: de la Corte Suprema de Justicia 400 metros al sur, casa número 1098, color blanco, Barrio Luján.

San José, 16 de julio del 2004.—Registro de Oferentes.—Lic. Guisselle López R.—1 vez.—C-12515.—(55857).

FE DE ERRATASPODER LEGISLATIVO

DEFENSORÍA DE LOS HABITANTESLICITACIÓN POR REGISTRO Nº 001-2004 (Prórroga)

Contratación de servicios de limpiezaSe avisa a todos los interesados en esta licitación que la misma se

prorroga para las 10:00 horas del día 30 de julio del 2004.Todo lo demás permanece invariable.San José, 19 de julio del 2004.—Lic. Carlos Edo. González

Ledezma, Director Administrativo.—Roxana Hernández Cavallini, Jefa Depto. Proveeduría y Servicios Generales.—1 vez.—(Solicitud Nº 07380).—C-2695.—(56213).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTESPROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN POR REGISTRO N° 051-2004Compra de un vehículo rural y un automóvil

La Proveeduría Institucional se permite informar a los potenciales participantes en la LR-051-2004, que se modifica la fecha de apertura para el día 6 de agosto del 2004 a las 14:00 horas.

El interesado tiene a disposición las modificaciones al cartel de licitación, que fueron resueltas con la Resolución Nº R-DAGJ-359-2004, en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta fecha de publicación en el Diario Oficial La Gaceta, o podrá obtenerlo en el Departamento de Contrataciones de la Proveeduría Institucional. La Proveeduría Institucional se encuentra ubicada en el costado oeste Plaza Cleto González Víquez Edificio Central.

San José, 15 de julio del 2004.—MSc. Denise Agüero Rojas, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 16784).—C-8045.—(56199).

Pág 12 La Gaceta Nº 143 — Jueves 22 de julio del 2004

PROVEEDURÍA INSTITUCIONALLICITACIÓN POR REGISTRO Nº 098-2004

Compra de equipo de cómputoLa Proveeduría Institucional se permite informar a los potenciales

participantes en la LR 098-2004, que se suspende la fecha de apertura por aclaraciones hechas al cartel. Asimismo se informa que la nueva apertura será para el día 4 de agosto del 2004, a las 14:00 horas.

El interesado tiene las aclaraciones y el cartel a su disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta fecha de publicación de la invitación a licitar en el Diario Oficial La Gaceta, o podrá obtenerlo en el Departamento de Contrataciones de la Proveeduría Institucional. La Proveeduría Institucional se encuentra ubicada en el costado oeste Plaza Cleto González Víquez Edificio Central.

San José, 19 de julio del 2004.—MSc. Denise Agüero Rojas, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 16788).—C-8855.—(56200).

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIALLICITACIÓN PÚBLICA Nº 03-04 (Aclaración y corrección Nº 3)

Contratación de servicios de seguridad y vigilanciaDe conformidad con la Resolución R-DAGJ 381-2004, de la

Dirección de Asesoría y Gestión Jurídica de la Contraloría General de la República, resuelve recurso de objeción al cartel de la licitación indicada, se proceder a modificar y corregir el cartel de la licitación indicada como se anota:

1. Queda sin efecto la aclaración Nº 2 publicada en La Gaceta Nº 133 del jueves 8 de julio, 2004.

2. Elimínese el punto B: vehículos, de la tabla de valoración de ofertas, página 15.

3. Léase correctamente: TABLA PARA VALORACIÓN DE OFERTAS.Para seleccionar la oferta más conveniente a los intereses de la Institución y acorde con lo indicado en el artículo 45.1.10 del Reglamento General de la Contratación Administrativa, a las ofertas que cumplan con los requisitos formales y características técnicas requeridas se les aplicará varios los criterios de evaluación, conforme al siguiente detalle:A. PRECIO (máximo 65 puntos).

Para la asignación de puntos por el precio, se utilizará el siguiente procedimiento: Se asignarán 55 puntos a la oferta de menor precio.Para las restantes ofertas se calcularán los puntos mediante la aplicación de la siguiente fórmula:

PA= P1 / P2 x 55El porcentaje a asignar es igual a Precio de la oferta de menor precio sobre Precio de la oferta a evaluar por puntaje máximo a obtener.Donde: PA = Porcentaje a asignar a la oferta

P1 = precio de la oferta de menor en precio P2 = precio de la oferta por evaluarB. ANTIGÜEDAD DE LA EMPRESA. (Máximo 15 puntos).

Se le asignará un máximo de 15 puntos a la antigüedad de la empresa según la siguiente tabla:

Hasta 04 años 00 puntosMás de 04 años a menos de 06 años 05 puntosDe 06 años a menos de 08 años 10 puntosDe 8 años o más 15 puntos

C. FRECUENCIAS DE RADIO PROPIAS O ALQUILADAS (máximo 10 puntos).Se asignará un máximo de 10 puntos al oferente que posea frecuencias con canales directos y repetidoras propias o alquiladas, según la siguiente tabla:Dos (02) Frecuencias canal directo 03 puntosTres (02) Frecuencias: una (1) canal directo y una(1) con repetidor 06 puntosMás de cuatro (04) frecuencia: dos (2) canaldirecto y dos (2) con repetidor 10 puntos

4. La apertura de las ofertas se traslada para el día 28 de julio, 2004 a las 10:00 a. m.

5. Página 23, punto 2: Se corrige la vigencia de la garantía de participación, la cual será del: 28 de julio 2004 al 7 de octubre del 2004.San José, 14 de julio del 2004.—Lic. Ramón Alvarado G.,

Proveedor General.—1 vez.—(56216).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICALICITACIÓN POR REGISTRO Nº 157-2004 (Prórroga N °4)

Adquisición de dos (2) vehículos tipo familiarStation Wagon (4X4) no Pick-Up

La Proveeduría General del Banco Nacional comunica a los interesados en esta licitación, que se amplía el plazo para la recepción de ofertas, para las 10:00 horas del día 4 de agosto del 2004.

Las demás condiciones del pliego se mantienen invariables.La Uruca, 19 de julio del 2004.—Proveeduría General.—Lic.

Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(O. C. Nº 1093-2004).—C-4235.—(56211).

LICITACIÓN RESTRINGIDA N° 161-2004(Aclaración y prórroga N° 1)

Compra de once (11) unidades de respaldo SDLT320La Proveeduría Casa Matriz del Banco Nacional comunica a los

interesados en esta licitación, las siguientes aclaraciones:Apartado A. Características técnicas míninas.Punto 1. Unidades de respaldo Tape BackupEn el inciso 1.9, se aclara que el requerimiento obedece a que las

unidades SDLT 320 puedan leer los cartuchos tipo IV (DLT 40/80) con que cuenta el Banco.Además se comunica que se amplía el plazo para la recepción de

ofertas, para las 14:00 horas del 10 de agosto del 2004.Las demás condiciones del pliego se mantienen invariables.La Uruca, 19 de julio del 2004.—Proveeduría Casa Matriz.—Lic.

Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(O. C. Nº 1092-2004).—C-5775.—(56212).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDADLICITACIÓN POR REGISTRO Nº LPR 20040029MOD2

Adquisición de dos plantas de agua fría,para central telefónica de San José

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que el cartel de dicho concurso fue sujeto a la siguiente modificación:

En el Requerimiento Técnico, Generalidades, punto 2.1., inciso “e” debe leerse: La máxima caída de presión a través del enfriador es de 6 metros de columna de agua (20 pies), con un caudal en el evaporador de 1.438 litros/minuto (380 GPM).Asimismo se le comunica que la apertura de ofertas fue prorrogada

para las 14:00 horas del día 5 de agosto del 2004.Fecha de apertura de ofertas anterior: a las 10:00 horas del 29 de

julio del 2004.San José, 19 de julio del 2004.—Luis Fernando Araya Montero,

Licitaciones-Proveeduría.—1 vez.—(O. C. Nº 310828).—C-4620.—(56205).

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº LPR 20040035MOD1Adquisición de gaza de hierro tipo A

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada que al cartel de dicho concurso debe de realizarse una modificación:

En el Capítulo II Especificaciones Técnicas, punto 6 donde se indica:

“El conjunto gaza/tornillos/tuercas/arandelas deberá estar diseñado para soportar una carga de tensión mínima de 1 500 kgf en la dirección radial, sin deformarse”.

Debe leerse:“El conjunto gaza/tornillos/tuercas/arandelas deberá estar

diseñado para soportar una carga de tensión mínima de 800 kgf en la dirección radial, sin deformarse”.Asimismo se le comunica que la apertura de ofertas fue prorrogada

para las 10:00 horas del día 18 de agosto del 2004.Fecha de apertura de ofertas anterior: a las 9:00 horas del día 29 de

julio del 2004.San José, 19 de julio del 2004.—Luis Fernando Araya Montero,

Licitaciones-Proveeduría.—1 vez.—(O. C. Nº 310828).—C-5390.—(56206).

LICITACIÓN RESTRINGIDA Nº LRT 20040058MOD1Adquisición de materiales eléctricos y accesorios

para líneas eléctricas P.H. PirrísEl Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en

la licitación arriba mencionada que al cartel de dicho concurso debe de realizarse una modificación:

En las especificaciones técnicas para el artículo Nº 1 arriostre de madera pesado, de la partida Nº 5:

Donde dice:1.1 La madera será Almendro Amarillo.Debe decir:1.1 La madera será Douglas Fir.Donde dice:3.6 Tratamiento Preservador:3.6.1 Arriostres de Almendro:a) Serán tratados a presión con una solución de C.C.A. - C.

(Cobre - Cromo Arsénico Tipo C) a una concentración mínima del 4%.

La Gaceta Nº 143 — Jueves 22 de julio del 2004 Pág 13

Debe decir:3.6 Tratamiento Preservador:3.6.1 Arriostres de Douglas Fir:a) Tratamiento: no serán tratados con Pentaclorofenol.b) Retención: tendrá una retención de preservante mínima de 6,4

kg/m³ en la madera, medida a 5 mm (3/16”) de la superficie.c) Penetración: tendrán como mínimo una penetración de

preservantes por los extremos (longitudinalmente) de 76 mm y 5 mm transversalmente.

En las especificaciones técnicas para el artículo Nº 2 cruceros de madera, de la partida Nº 5:

Donde dice:a) La madera utilizada en los cruceros será Almendro Amarillo

de grado 1 capacitada para resistir un esfuerzo en la fibra de por lo menos 562 kg/cm² (8000 psi).

Debe decir:a) La madera utilizada en los cruceros será Douglas Fir de grado

1 capacitada para resistir un esfuerzo en la fibra de por lo menos 562 kg/cm² (8000 psi).

Donde dice:5. Tratamiento preservadorSerán tratados a presión con soluciones de C. C. A - C (Cobre-

Cromo Arsénico tipo C) a una concentración mínima del 4%.Debe decir:5. Tratamiento Preservador1.1 Cruceros de madera de Douglas Fir:a) Tratamiento: no deben ser tratados con Pentaclorofenol.b) Retención: tendrá una retención de preservante mínima de 6,4

kg/m³ en la madera, medida a 5 mm (3/16”) de la superficie.c) Penetración: tendrán como mínimo una penetración de

preservantes por los extremos (longitudinalmente) de 76 mm y 5 mm transversalmente.Asimismo se le comunica que la apertura de ofertas fue prorrogada

para las 10:00 horas del día 19 de agosto del 2004.Fecha de apertura de ofertas anterior: a las 10:00 horas del 29 de

julio del 2004.San José, 19 de julio del 2004.—Luis Fernando Araya Montero,

Licitaciones-Proveeduría.—1 vez.—(O. C. Nº 310828).—C-19250.—(56207).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 7232TContratación de servicios de aseo y limpieza

en distintas áreas del ICEEl Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en

la licitación arriba mencionada, que al cartel de la misma deberá hacérsele la siguiente modificación:

Donde dice:Fórmula A: Edificio Principal de San Pedro.14 empleados de 6:00 a. m., a 5:00 p. m.Fórmula B: Edificios CTS (“Bunker”) Operadoras, otros9 empleados de 6:00 a. m., a 5:00 p. m.2 empleados de 4:00 p. m., a 10:00 p.m.Fórmula C: Plantel de Pavas.5 empleados de 7:30 a. m., a 5:00 p. m.Fórmula D: Plantel de Colima de Tibás y edificio GEDI La

Pithaya5 empleados de 7:30 a. m., a 3:30 p. m.2 empleados de 7:30 a. m., a 5:00 p. m.Debe decir:Fórmula A: Edificio Principal de San Pedro.10 empleados de 6:00 a. m., a 4:00 p. m.4 empleados de 7:00 a. m., a 5:00 p. m.Fórmula B: Edificios CTS (“Bunker”) Operadoras, otros11 empleados de 6:00 a. m., a 4:00 p. m.Fórmula C: Plantel de Pavas.Se mantiene igual.Fórmula D: Plantel de Colima de Tibás y Edificio GEDI La

Pithaya.Se mantiene igual.

Apertura de ofertas: 10:00 horas del día 10 de agosto del 2004.San José, 16 de julio del 2004.—Ing. Carlos Casco Peña,

Licitaciones-Proveeduría.—1 vez.—(O. C. Nº 314898).—C-10010.—(56208).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 7239TAdquisición de postes de madera

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la apertura de ofertas se prorroga hasta las 10:00 horas del día 30 de agosto del 2004.

Fecha anterior: 14:00 horas del día 26 de julio del 2004.San José, 8 de junio del 2004.—Eugenio Fatjo Rivera, Licitaciones-

Proveeduría.—1 vez.—(O. C. Nº 314898).—C-2695.—(56209).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOSY ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2004-00026 (Aclaración)Compra de tubería PVC y polietileno

A todos los posibles oferentes en la licitación arriba indicada se les informa que para las posiciones Nº 44 y 49 de la Solicitud de Pedido Nº 1100015643 la tubería requerida es de 12 mm en diámetro nominal y DR-9.

Las demás condiciones permanecen invariables.San José, 16 de julio del 2004.—Lic. Wendy Goicuria Rodríguez,

Proveeduría.—1 vez.—(Solicitud Nº 22020).—C-2695.—(56210).

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMOLICITACIÓN PÚBLICA Nº 24-04 (Modificación)

Contratación de profesionales para la prestación de servicios en avalúos de bienes inmuebles y fiscalización de inversiones de

las operaciones del sistema de ahorro y préstamo yavalúos de bienes inmuebles y dirección técnica

de casos de interés socialEl Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo comunica a

todos los interesados en la Licitación Pública Nº 24-04 “Contratación de Profesionales para la prestación de servicios en avalúos de bienes inmuebles y fiscalización de inversiones de las operaciones del Sistema de Ahorro y Préstamo y avalúos de bienes inmuebles y dirección, con vencimiento a las diez horas (10 a.m.) del día 29 de julio del 2004, en la página 12 del respectivo cartel, donde dice: “con no menos de 6 meses de emitida a partir de la apertura de las ofertas...”, debe leerse de la siguiente forma:

“con una vigencia no mayor de seis meses anteriores a la fecha de apertura de las ofertas”.El resto del cartel queda igual.San José, 19 de julio del 2004.—MBA. Adolfo Calvo Navarro,

Proveedor.—1 vez.—(55870).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJEPROCESO ADQUISICIONES

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2-27-2004(Modificación y prórroga)

Laboratorio para electrotecniaEl Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje,

informa a los interesados que las condiciones generales de la licitación en referencia, se modifican de la siguiente manera:

Se deja sin efecto el punto 3.13. Capacitación, por cuanto para este equipo no se requiere de la misma.Debido a lo anterior, la fecha de apertura de esta licitación se

prorroga para el próximo 9 de agosto del 2004 a las 11:00 horas.San José, 19 de julio del 2004.—Norbert García Céspedes, Proveedor

Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 26793).—C-3850.—(56204).

REGLAMENTOSBANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

REGLAMENTO DE LA CONTRALORÍA DE SERVICIOSDEL BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNALLa Junta Directiva Nacional en sesión ordinaria Nº 4225, celebrada

el 5 de julio del 2004, acordó por unanimidad:“1. Aprobar el Reglamento de la Contraloría de Servicios del Banco

Popular y de Desarrollo Comunal, cuyo texto se transcribe a continuación:

REGLAMENTO DE LA CONTRALORÍA DE SERVICIOSDEL BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNALArtículo 1º—Objetivo: El presente reglamento se emite con

fundamento en el artículo 24, inciso b) de la Ley Orgánica del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, en adelante “el Banco” y tiene por objeto regular la organización y funcionamiento de la Contraloría de Servicios.

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Artículo 2º—Definición: La Contraloría de Servicios se constituye como componente esencial de la modernización y el incremento de la eficacia y la eficiencia del Banco, mediante el diseño y ejecución de un sistema de control y evaluación de la calidad y oportunidad con que se brindan los servicios que ofrece la Institución, con el propósito de satisfacer oportuna y adecuadamente las demandas de los usuarios actuales y potenciales de tales servicios.

Artículo 3º—Apoyo institucional: Para el cumplimiento de sus funciones, la Contraloría de Servicios recibirá el apoyo de todas las áreas del Banco, y los servidores que la integren deberán guardar la confidencialidad tanto de la información y documentos que le brinden las diversas áreas, como de las denuncias que se reciban.

Artículo 4º—Organización: La Contraloría de Servicios dependerá orgánicamente de la Gerencia General y estará a cargo de un Contralor (a) con rango de Coordinador de Subproceso, cuyo nombramiento lo realizará la Gerencia General.

Artículo 5º—Requisitos mínimos para ser nombrado Contralor de Servicios: Para ocupar el cargo de Contralor de Servicios se requiere:

a- Poseer un grado mínimo de licenciatura en Ciencias Económicas, Derecho u otra carrera que lo faculte técnicamente para desempeñar el cargo y encontrarse debidamente incorporado al respectivo Colegio.

b- Poseer solvencia moral y un alto nivel y prestigio profesional.c- Poseer un amplio conocimiento del quehacer institucional.d- Poseer óptimas relaciones humanas y un alto grado de discreción.

Artículo 6º—Funciones y Atribuciones de la Contraloría de Servicios: Son funciones y atribuciones de la Contraloría de Servicios las siguientes:

a) Evaluar la calidad y oportunidad con que se brindan los servicios en el Banco, para lo cual presentará a la Gerencia General las propuestas y recomendaciones que considere necesarias para que se adopten políticas, normas y procedimientos en procura de una prestación oportuna y eficaz de los servicios.

b) Informar y orientar a los usuarios de los servicios que presta el Banco, así como de los derechos y las obligaciones que tienen con la Institución, para lo cual diseñará una guía de esos servicios en coordinación con el área usuaria y el Proceso de Mercadeo Estratégico, velando porque se establezcan adecuados y permanentes sistemas de información.

c) Llevar a cabo programas preventivos de revisión y evaluación de los servicios prestados, detectando los puntos de conflicto, planteando soluciones al respecto y comunicándoselo a quien corresponda, a fin de que se adopten las acciones correctivas del caso.

d) Mantener una estrecha coordinación con los Gerentes, Directores, Coordinadores y Encargados de las diferentes oficinas del Banco, con el fin de lograr los objetivos indicados en este Reglamento.

e) Servir de enlace y coordinación a nivel institucional, entre la Defensoría de los Habitantes, la Sociedad Civil y otras instituciones públicas en los asuntos relacionados con los objetivos de la Contraloría de Servicios del Banco.

f) Atender las quejas, reclamos y denuncias presentadas por los usuarios en forma personal, o por escrito y dictar las recomendaciones del caso, vigilando que dichas quejas, reclamos o denuncias sean resueltas oportunamente.

g) Establecer instrumentos de información y procedimientos accesibles a los usuarios para formular quejas o sugerencias.

h) Atender, analizar y gestionar ante la Gerencia General y/o ante quien corresponda, la debida consideración y solución de las quejas, reclamos y denuncias que por su naturaleza requieran de atención especial.

i) Coordinar con las distintas dependencias del Banco, la ejecución de los planes y programas específicos que en materia de información, orientación y atención de quejas elabore el Banco, así como los que elaboren los órganos que integran el Sistema Nacional de Contralorías de Servicios cuando sea de interés su aplicación.

j) Velar porque se establezcan indicadores de gestión que sirvan para identificar las diferentes tendencias de los servicios que presentan dificultades o incrementos anormales en la demanda, con la finalidad de disminuir los reclamos y quejas futuras.

k) Establecer los mecanismos de supervisión correspondientes, a fin de velar porque las diferentes oficinas del Banco ejecuten las recomendaciones que emita, previa aprobación de la Gerencia General, e informar a ésta sobre cualquier anomalía detectada en este sentido.

l) Promover que las distintas áreas del Banco, apliquen acciones correctivas en los servicios que presenten constantes quejas o reclamos.

m) Coadyuvar con el control interno sobre la prestación de todos los servicios que brinda el Banco, velando por los intereses de los usuarios.

n) Promover procesos de modernización en la prestación de servicios.o) Diseñar y difundir entre todo el personal del Banco un Código de

Calidad para la prestación de los servicios, el cual contendrá las dimensiones de calidad necesarias, tales como las características de calidad de las oficinas del Banco, normas de calidad para los servicios y normas para el comportamiento y presentación de los funcionarios.

Artículo 7º—Obligaciones de la Contraloría de Servicios: Son obligaciones de la Contraloría de Servicios:

a) Divulgar los servicios que presta.b) Ejecutar sus funciones con independencia de criterio respecto a las

demás dependencias de la Institución.c) Preparar un plan anual de trabajo con su respectivo presupuesto,

que remitirá a la Gerencia General para su aprobación.d) Elaborar y remitir un informe de labores semestral a la Gerencia

General, en los meses de febrero y agosto de cada año.e) Practicar auditorías de servicios al menos una vez al año, con el

objetivo de medir la calidad de los productos y servicios, programas de clientes incógnitos, encuestas a clientes y funcionarios del Banco, que permitan conocer la percepción de la calidad de los servicios.

f) Velar por que se cumpla con la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, Nº 8220, publicada en La Gaceta 49, Alcance 22 del 11 del 3 del 2002.

g) Recomendar estudios de procedimientos y simplificación de trámites en todos los servicios que presta la Institución.

h) Establecer un sistema de control, seguimiento, resolución y respuesta oportuna de las quejas, reclamos y denuncias presentadas por los usuarios.Artículo 8º—Procedimiento Interno de la Contraloría de

Servicios: Para el cumplimiento de las funciones, atribuciones y obligaciones de la Contraloría de Servicios se establece el siguiente procedimiento:

a) Toda persona física o jurídica podrá interponer quejas, reclamos o denuncias respecto de los servicios prestados por el Banco y sobre las actuaciones de sus funcionarios, cuando se estime que afecten directa o indirectamente los servicios brindados.

b) Las quejas, reclamos o denuncias podrán ser escritas o verbales e interpuestas por cualquier medio, ante la Contraloría de Servicios pero deberán incluir al menos los siguientes datos:1. Identificación de la persona que presenta la queja, reclamo o

denuncia, indicando residencia y lugar para notificaciones.2. Detalle de los hechos u omisiones denunciadas, con indicación

de las personas y órganos involucrados en la queja.3. Referencia específica o comprobantes cuando la queja, reclamo

o denuncia se refiera a servicios por los cuales se emita comprobante.

c) El denunciante podrá requerir reserva y secreto de su identidad, la que deberá ser guardada especialmente en aquellos casos en que se considere que a raíz de las investigaciones, se pueda afectar la continuidad y atención de los servicios prestados al quejoso por el Banco, o bien poner en peligro su integridad.

d) Las quejas, reclamos o denuncias interpuestas deberán ser tramitadas con la mayor diligencia, estando obligados los funcionarios a suministrar la información solicitada por la Contraloría de Servicios en un plazo de cinco días hábiles contados a partir del recibo de la solicitud, salvo que la complejidad del caso requiera un plazo mayor, que no podrá sobrepasar los quince días.

e) Las quejas, reclamos o denuncias sometidas a la Contraloría de Servicios deberán ser resueltas por el área en la cual se originó la queja, reclamo o denuncia, en un plazo no mayor de dos meses y comunicadas al interesado dentro de los siguientes tres días hábiles al vencimiento de dicho plazo en el lugar señalado para atender notificaciones. De no resolver dicha área dentro del plazo indicado, la Contraloría de Servicios deberá dejar constancia de las razones en el expediente e informar a la Gerencia General para que ésta tome las medidas que procedan, con el fin de que se atienda la queja interpuesta.

f) Deberá de mantener un registro de control de todas las quejas, reclamos o denuncias planteadas y admitidas, resumiendo los resultados de su gestión. Este registro deberá adjuntarse al informe semestral que enviará a la Gerencia General, indicando la naturaleza y frecuencia de las quejas y las acciones acatadas o recomendadas para resolver el caso.El presente Reglamento rige a partir de su publicación en el Diario

Oficial La Gaceta.San José, 16 de julio del 2004.—Proceso de Contratación

Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(55677).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

PROYECTO DE REFORMA AL ARTÍCULO 23REGLAMENTO GENERAL DE MERCADOS

La Municipalidad del Cantón Central de San José de conformidad con las atribuciones que le confiere los numerales 16 y 170 de la Constitución Política, 1, 2, 3, 4, inciso a), c) y f), 13 inciso c), 43 del Código Municipal y el actual Reglamento General de Mercados de esta Municipalidad, dicta el presente proyecto de reforma al artículo 23 del reglamento general de mercados, en los siguientes términos:

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Artículo 23.—Los alquileres deberán ser pagados por mensualidades anticipadas cada primero de mes en la Tesorería Municipal. Sin perjuicio de las condiciones legales, la falta de pago de una mensualidad en el término establecido, podrá ser motivo suficiente de resolución del contrato, la Tesorería Municipal dará cuenta a la respectiva administración cada primero de mes de los alquileres a los inquilinos en mora, dándoles un término de quince días naturales para regularizar su deuda. Pasado este término, la Tesorería comunicará a la Municipalidad, los nombres de los inquilinos atrasados, a fin de que la Corporación si lo estima conveniente, ejercite la facultad de resolución del contrato respectivo por falta de pago

Acuerdo firme Nº 41, artículo IV, de la sesión ordinaria Nº 113, celebrada por la Corporación Municipal del Cantón Central de San José, el 29 de junio del 2004.

San José, 19 de julio del 2004.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa Departamento Comunicaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 2581).—C-8490.—(55859).

MUNICIPALIDAD DE CAÑASLa Municipalidad de Cañas informa que el Concejo Municipal en

sesión ordinaria Nº 156-2004, del día 12 de julio de 2004, acordó por unanimidad modificar el inciso b), del Artículo 11 y el inciso d), del Artículo 20, del Reglamento de Cobros de la Municipalidad de Cañas. Quedando ambos incisos de la siguiente forma:

REGLAMENTO DE COBROSArtículo 11.—Obligaciones de la Unidad de Cobro (se

modifica el inciso b):b) Las obligaciones tributarias municipales que pasen a encontrarse

morosas, serán notificadas una vez administrativamente, otorgándosele al sujeto pasivo ocho días, para realizar el pago respectivo; si vencido el plazo después de la notificación, no se hiciere presente el sujeto pasivo a cancelar, se remitirá el expediente a los abogados externos o internos; conteniendo toda la documentación que corresponda para efectos de cobro judicial. La notificación indicada y los trámites descritos, se realizarán por los medios legales correspondientes, establecidos en el presente Reglamento y la Ley de Notificaciones.Artículo 20.—Los costos administrativos (se modifica el inciso

d):d) Notificación que comunica que el pendiente de cobro ha sido

transferido a cobro ejecutivo, el 5% del total moroso.Concejo Municipal.—Rosa María Vásquez Rodríguez, Secretaria.—

1 vez.—(O. C. Nº 3565).—C-9240.—(56218).

AVISOSREGLAMENTO DEL COMITÉ DE RIESGOS DE LA OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS DEL BANCO

POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL S. A.La Junta Directiva de la Operadora de Planes de Pensiones

Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S. A., en sesión ordinaria No. 131, celebrada el 18 febrero del 2004 acordó aprobar el siguiente Reglamento:

Artículo 1º—El presente Reglamento se emite con fundamento en el Título II, Capítulo II, del Reglamento de Inversiones de las Entidades Autorizadas, aprobado por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, sesión 355-2003, celebrada el 11 de febrero del 2003, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 36 del 20 de febrero del 2003 (en adelante, denominado “el Reglamento de Inversiones”), el cual regula todo lo concerniente en materia de inversiones y administración de riesgo.

El presente Reglamento tiene como objetivo establecer y definir el accionar del Comité de Riesgos de Popular Pensiones y estipular funciones adicionales a las establecidas en la normativa emitida por SUPEN.

Artículo 2º—Del Comité de Riesgos. El Comité de Riesgos es el órgano responsable de analizar las políticas que en materia de administración riesgos, le someta la Unidad de Riesgo, ya sea por iniciativa de esta o por comisión expresa del Comité y proponerlas a aprobación por parte de la Junta Directiva de la Operadora. Asimismo, propondrá la estructura de límites de exposición al riesgo, las estrategias de cobertura, las metodologías para identificar, medir, monitorear, limitar y controlar riesgos e informar sobre la situación, analizará y propondrá los modelos, parámetros y escenarios a utilizar y la realización de nuevas operaciones y servicios que conlleven riesgo. Aprobará los procedimientos a seguir para implementar las políticas, directrices y metodologías aprobadas. También velará porque las distintas áreas de la Operadora estén ejecutando correctamente la estrategia de gestión aprobada.

La Unidad de Riesgo de Popular Pensiones será una unidad técnica para el Comité de Riesgos en esta materia. Como tal debe controlar que las políticas y procedimientos estén en concordancia con la normativa aprobada.

El Comité estará integrado por los siguientes miembros:a) El Gerente de la Operadora, quien lo presidirá y en caso de

empate, ejercerá el doble voto, de acuerdo con la Ley General de la Administración Pública.

b) El Jefe del Departamento de Administración y Finanzas de la Operadora, quien será su Vicepresidente y sustituirá al Presidente en caso de ausencia.

c) El Jefe de la Unidad de Riesgos de Popular Pensiones OPC, quien será su Secretario.

d) El Coordinador del Proceso de Gestión de Riesgo del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, o su delegado, quien debe ser funcionario del Área de Gestión de Riesgo del Banco Popular y contar con experiencia en administración integral de riesgos.

e) El miembro independiente que se especifica en el inciso b) del artículo 8º del Reglamento de Inversiones.El encargado de Operaciones Bursátiles de la Operadora y el

Asistente del Gerente de la Operadora asistirán con derecho a voz pero sin voto. El único miembro que puede delegar es el indicado en el inciso d) anterior.

No corresponderá el pago de dietas para la asistencia a las sesiones del Comité, salvo en el caso del miembro independiente indicado en el inciso e) anterior, que devengará dietas en el mismo monto señalado para los integrantes de la Junta Directiva Nacional del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, hasta por un máximo de dos sesiones mensuales.

El quorum para sesionar quedará conformado con tres de los miembros con derecho a voz y voto, siempre y cuando se cuente con al menos uno de los miembros indicados en los incisos d) y e) anteriores.

Artículo 3º—De las sesiones, acuerdos y actas. El Comité sesionará ordinariamente al menos una vez al mes y extraordinariamente a criterio del Presidente o cuando alguno de los miembros lo requiera, previa solicitud escrita a la Presidencia.

En los casos en que el Comité de Riesgos adopte acuerdos que no sean unánimes, dentro de tres días hábiles posteriores a la firmeza, se informará a la Junta Directiva de la Operadora, especificando las causas por las cuales no se alcanza la unanimidad.

Toda sesión se grabará en cinta, la cual deberá custodiar el Presidente del Comité por lo menos durante un año.

El libro de actas se llevará conforme al artículo 5, 6 y 8 del Reglamento de Inversiones y las disposiciones de la Superintendencia de Pensiones para la utilización del libro de actas electrónico.

Las actas deberán ser firmadas por el presidente y el secretario del Comité de Riesgos.

Artículo 4º—De la remisión a la Auditoría Interna. Todas las actas del Comité de Riesgos se remitirán a la Auditoría Interna dentro de los ocho días naturales siguientes a su aprobación.

Artículo 5º—Funciones del Comité de Riesgos. Son funciones del Comité de Riesgos, además de las establecidas en el artículo 9 del Reglamento de Inversiones, las siguientes:

a) Promover y liderar la adopción de una política efectiva para el manejo integral del riesgo, consistente con la estrategia general de la institución, sus objetivos y su capital.

b) Proponer a la Junta Directiva de Popular Pensiones los límites de exposición al riesgo que considere apropiados para la administración integral de riesgos.

c) Comprobar la existencia, utilización e implantación de políticas, procedimientos, metodologías y sistemas que permitan medir y gestionar los riesgos cuantificables y controlar los no cuantificables.

d) Verificar la correcta ejecución de la estrategia de gestión de riesgos aprobada, así como la normativa relacionada con esta materia.

e) Conocer en detalle las posiciones y los riesgos asumidos en relación a los límites, así como evaluar y aprobar los informes presentados por la Unidad de Riesgo.

f) Proponer las acciones a seguir en caso de que ocurran desviaciones con respecto a los límites establecidos e informar a la Junta Directiva.

g) Bajo circunstancias debidamente justificadas y documentadas por la Unidad de Riesgo, autorizar los excesos temporales respecto a los límites establecidos, siempre que no trasgreda la normativa emitida por SUPEN.

h) Emitir recomendaciones para disminuir la exposición al riesgo, con fundamento en estudios presentados por la Unidad de Riesgos.

i) Evitar que surjan funciones paralelas en materia de gestión de riesgos.

j) Responder oportunamente las consultas del Comité de Inversiones de la Operadora y de la Gerencia General.

k) Contribuir en la formulación de políticas, procedimientos y requisitos en materia de coberturas mediante el uso de derivados financieros.

1) Proponer la estructura de información sobre riesgos y definir la información que se puede transmitir externamente.

m) Discutir los resultados de las auditorías de riesgos e implementar las sugerencias y recomendaciones orientadas a reducir la exposición.

n) Apoyar las gestiones de la Unidad de Riesgos para garantizar los recursos necesarios que permitan implantar la gestión de riesgos, así como la capacitación necesaria para tal objetivo.

o) Evaluar los planes de contingencia formulados ante situaciones anormales que impliquen riesgos extraordinarios para los fondos administrados y los recursos propios de la Operadora.

p) Mantener un amplio canal de comunicación con el Comité de Inversiones, promoviendo en todo momento el proceso de retroalimentación entre ambos comités.Artículo 6º—Relación con el Comité de Inversiones. El Comité

de Riesgos tiene atribuciones sobre el control de los riesgos generados por las distintas unidades de la Operadora, incluido el Comité de Inversiones. En

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consecuencia, este último a la hora de analizar y decidir las propuestas de colocación de recursos o administración de cartera deberá respetar las políticas y límites de exposición adoptadas por el Comité de Riesgos, así como ajustarse a la estrategia de gestión de riesgos aprobada para la institución.

Artículo 7º—Inversión en mercados financieros internacionales. El Comité de Riesgos contribuirá en la formulación de políticas en materia de inversión en mercados financieros internacionales e incorporará las inversiones que ahí se realicen dentro del perfil de riesgo y rendimiento de los portafolios, objeto de seguimiento y control.

En materia de inversión internacional, el Comité de Riesgo promoverá una visión corporativa, incorporando dentro del proceso de investigación y análisis las directrices generales y recomendaciones emitidas en forma conjunta por el Banco Popular y sus sociedades, en lo que corresponda. Las recomendaciones que en este sentido provengan de organismos corporativos serán utilizadas como un instrumento técnico de apoyo para la toma de decisiones.

El Comité de Riesgos deberá conocer la política de inversión en instrumentos emitidos por agentes extranjeros y generará su recomendación desde el punto de vista de riesgo, estableciendo los lineamientos generales de gestión. Tales recomendaciones deberán ser tomadas en cuenta a la hora de analizarse y tomarse decisiones de inversión en tales mercados con el objeto de no provocar desviaciones respecto a la política global de riesgo adoptada. Por su parte, la Unidad de Riesgo integrará tales decisiones dentro de sus funciones de seguimiento y control.

En caso de que la Operadora decida realizar las inversiones internacionales mediante la contratación de administradores de cartera, debidamente autorizados por SUPEN, el Comité de Riesgos analizará los informes correspondientes y emitirá una opinión sobre el desempeño de la cartera gestionada y su relación con el perfil de riesgo.

Artículo 8º—Propuestas e iniciativas de administración de riesgos. Corresponde al Comité de Riesgos presentar propuestas, estrategias e iniciativas para la administración de riesgos y someterlas a aprobación por parte de la Junta Directiva. Estas acciones deben ser sometidas a discusión ante el Comité conforme al procedimiento establecido en el Manual de Políticas y Procedimientos vigente.

Una vez aprobada una propuesta por parte del Comité de Riesgos, la misma será sometida a consideración de la Junta Directiva para su aprobación y adopción definitiva.

Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.San José, 16 de junio del 2004.—Operadora de Planes de Pensiones

Complementarias.—Marvin Rodríguez Calderón MBA, Gerente General Popular Pensiones S. A.—1 vez.—(55185).

REMATESAVISOS

ALMACÉN DE DEPÓSITO GENERAL Y FISCALDEL BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

A las diez horas del día nueve de agosto del dos mil cuatro, en la puerta exterior del Almacén de Depósito General y Fiscal del Banco Nacional de Costa Rica, situado frente a la Iglesia de Calle Blancos, libre de gravámenes prendarios al mejor postor remataré en sexta subasta y con la base que a continuación se indica, lo siguiente: 1) ciento veinte bultos que contienen apósitos, mechas y guatas, dados en garantías mediante vale de prenda número mil ochenta y ocho trece, con la base de un millón treinta y seis mil setenta y dos colones con sesenta y nueve céntimos; 2) ochenta y siete bultos que contienen hilados de poliéster, dados en garantías mediante vale de prenda número mil noventa y cinco, con la base de un novecientos cuarenta y ocho mil doscientos cincuenta y tres colones con setenta y dos céntimos; 3) ciento cincuenta y cinco bultos que contienen costureros, dados en garantías mediante vale de prenda número mil ochenta y ocho-cien, con la base de un millón doscientos sesenta y dos mil noventa y tres colones con treinta céntimos; 4) doscientos cuarenta bultos que contienen apósitos, cintas quirúrgicas, dados en garantías mediante vale de prenda número mil ochenta y ocho-noventa y siete, con la base de dos millones novecientos cinco mil ciento noventa y un colones con trece céntimos. Se advierte a los oferentes que no se pedirá depósito de participación, sin embargo, el adjudicatario deberá depositar en el acto de la subasta en dinero efectivo o mediante cheque certificado, el monto completo de su oferta, lo anterior de conformidad con el artículo ciento nueve del Reglamento de Cobro de Préstamos de Banco Nacional de Costa Rica, vigente en relación con la Ley de Almacenes Generales de Depósito. Lo anterior se remata por haberse ordenado así por el Almacén de Depósito General Fiscal del Banco Nacional de Costa Rica contra Escatex S. A.

San José, 16 de julio del 2004.—Rubén Zúñiga Villafuerte, Notario.—1 vez.—Nº 82711.—(55806).

A las diez horas del día nueve de agosto del dos mil cuatro, en la puerta exterior del Almacén de Depósito General y Fiscal del Banco Nacional de Costa Rica, situado frente a la iglesia de Calle Blancos, libre de gravámenes prendarios al mejor postor remataré en sexta subasta y con la base que a continuación se indica, lo siguiente: 1) tres mil trescientas dos unidades de cintas para imprimir, dadas en garantías mediante vale de

prenda número mil noventa y ocho-cero ochenta y cinco, con la base de un millón doscientos cincuenta y cuatro mil trescientos treinta y tres colones con sesenta y dos céntimos. Se advierte a los oferentes que no se pedirá depósito de participación, sin embargo el adjudicatario deberá depositar en el acto de la subasta en dinero efectivo o mediante cheque certificado, el monto completo de su oferta, lo anterior de conformidad con el artículo ciento nueve del Reglamento de Cobro de Préstamos del Banco Nacional de Costa Rica, vigente en relación con la Ley de Almacenes Generales de Depósito General y Fiscal del Banco Nacional de Costa Rica contra Irel Importadora S. A.

San José, 16 de julio del 2004.—Rubén Zúñiga Villafuerte, Notario.—1 vez.—Nº 82712.—(55807).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADASBANCO CENTRAL DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica mediante Artículo 11 del Acta de la sesión 5206-2004, celebrada el 14 de julio del 2004,considerando que:

a) En los últimos dos meses la estructura de captación de algunos intermediarios financieros se ha modificado sustancialmente.

b) Ese cambio en la estructura de captación no ha obedecido a decisiones voluntarias de los ahorrantes en respuesta a cambios en las tasas de interés, sino a situaciones circunstanciales ligadas a la reciente crisis de los fondos de inversión y de pensiones, por lo que se podría considerar coyuntural.

c) Los cambios inesperados en la estructura de ponderación de la tasa básica puede agregarle una gran volatilidad al cálculo de la misma, aún cuando las tasas de los intermediarios se mantengan estables, situación que resulta inconveniente por el uso tan difundido que tiene la tasa básica.

convino en:1. Modificar la metodología de cálculo de la Tasa Básica Pasiva

especificada en el Título V, Numeral I, de las “Regulaciones de Política Monetaria”, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:

TÍTULO VDefinición de Metodologías

1I. Tasa básica pasiva2A. Definición

La tasa de interés básica se calculará como un promedio ponderado de las tasas de interés que rijan en los bancos comerciales del Sistema Bancario Nacional (excluidos los Departamentos Hipotecarios) y en las empresas financieras no bancarias para las operaciones pasivas en moneda nacional a seis meses plazo, de la tasa promedio que reconozca en la modalidad competitiva de la subasta conjunta el BCCR y el Ministerio de Hacienda al plazo de seis meses o bien la tasa equivalente a 180 días de la tasa promedio ponderada de los títulos colocados en el plazo de referencia a seis meses. En caso de no existir un evento competitivo o bien si no existiese captación en subasta conjunta para el plazo indicado, se tomará como parámetro para el cálculo de la Tasa Básica, la tasa equivalente a 180 días de la tasa promedio ponderada de los títulos colocados en el plazo de referencia a seis meses del último evento competitivo realizado.

B. Cálculoi. La tasa básica pasiva se calculará el miércoles de cada

semana. Se tomarán en cuenta para el cálculo, las tasas de interés brutas vigentes ese día y el miércoles de la semana anterior. Para las tasas del Gobierno y del Banco Central de Costa Rica se tomarán las de la última subasta competitiva realizada.

ii. Se empleará como ponderador de la tasa pasiva reportada por los intermediarios financieros, el promedio móvil de 12 meses de los saldos de captación en moneda nacional hasta un año plazo de cada una de las entidades incluidas en el cálculo. En el caso del Banco Central de Costa Rica y del Ministerio de Hacienda se considerará el promedio móvil de 12 meses del saldo de captación conjunta en moneda nacional por medio de la subasta, a menos de un año plazo.

3 iii. Se procurará que las diferentes tasas de interés empleadas __________1 Modificado mediante Artículo 10, del Acta de la sesión 4909-97, celebrada el 9 de abril

de 1997. Publicado en el Diario Oficial La Gaceta 92, del 15 de mayo de 1997.

Modificado mediante Artículo 11, del Acta de la sesión 4962-98, celebrada el 9 de julio de 1998. Publicado en el Diario Oficial La Gaceta 148, del 31 de julio de 1998.

2 Modificado por la Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica, mediante el Artículo 8, numeral 3, del Acta de la sesión 5063-2001, celebrada el 10 de enero del 2001. Publicado en el Diario Oficial La Gaceta 17, del 24 de enero del 2001.

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en el cálculo sean consistentes y comparables: que se refieran a un interés simple y que sean reportadas sobre un factor de 360 días, que reflejen la misma carga impositiva, etc.

4 iv. La tasa resultante se redondeará al cuarto de punto porcentual más cercano.

2. Las modificaciones reglamentarias consignadas en el numeral 1) anterior, rigen a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.__________

3 Modificado mediante artículo 10, numeral 1, del Acta de la sesión 4924-97, celebrada el 17 de setiembre de 1997. Publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” 191, del 6 de octubre de 1997.

4 Modificado mediante Artículo 4, numeral 6, del Acta de la sesión 4904-97, celebrada el 22 de enero de 1997. Publicado en el Diario Oficial La Gaceta 33, del 17 de febrero de 1997. Vuelto a publicar por error de impresión en “La Gaceta” 52, del 14 de marzo de 1997.Modificado mediante Artículo 10, del Acta de la sesión 4909-97, celebrada el 9 de abril de 1997. Publicado en La Gaceta 92, del 15 de mayo de 1997.

Lic. Jorge Monge B., Secretario General.—1 vez.—(O. C. Nº 5753).—C-13860.—(55349).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICAOFICINA EN HEREDIA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZEl suscrito Ángel Zárate Esquivel, portador de la cédula de

identidad Nº 4-071-134, solicitó al Banco Nacional de Costa Rica, oficina en Heredia, el cierre de la cuenta corriente en colones número 100-01-004-3516-8, por causa de extravío de chequera.

Heredia, 15 de julio del 2004.—Ángel Zárate Esquivel, Propietario de cuenta corriente.—(55183).

SUCURSAL Nº 1 HEREDIAAVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZYo, Salas Barrantes María de los Ángeles, cédula de identidad Nº

1-415-960 beneficiaria del certificado a plazo Nº 400-02-114-12773-7 por la suma de ocho mil trescientos veintitrés dólares con 47/100 ($8.323,47), extendido a su orden por la sucursal del Banco Nacional de Costa Rica en Heredia Nº 1, con fecha de emisión al 13 de mayo del 2002, a un mes plazo con vencimiento 13 de junio del 2002 y con una tasa de interés del 3,50%. Solicito reposición de este documento por causa de extravío. Se publica este anuncio por tres veces para oír reclamos de terceros, por el término de quince días.

Heredia, 13 de julio del 2004.—Lic. Elsa Villalobos Rojas, Gerente.—(55683).

AGENCIA DE CIUDAD NELLYAVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZAndrea Vásquez Vásquez, conocida como Delfina Franco Vásquez,

beneficiaria del certificado de depósito a plazo número 400-02-048-004847-9, por la suma de mil cuarenta y tres dólares con sesenta y nueve centavos, con vencimiento el 3 de setiembre del 2003 y los cupones de intereses números 001 y 002, cada uno por la suma de ocho dólares con quince centavos, pagaderos semestralmente. Todo extendido a su orden por el Banco Nacional de Costa Rica, Agencia de Ciudad Nelly, solicita reposición de estos documentos por causa de robo o pérdida. Se publica este aviso por tres veces para oír reclamos de terceros, por el término de quince días.

La Cuesta, julio del 2004.—Marbiodal Saavedra Ramírez, Abogada y Notaria.—Nº 82649.—(55664).

BANCO DE COSTA RICAOFICINAS CENTRALES

AVISOEn virtual de que no ha sido posible localizar en el domicilio

contractual fijado por el señor José Francisco Nicolás Alvarado, portador de la cédula de identidad número seis-ciento cincuenta y cuatro-cuatrocientos setenta y cinco, en la licitación por registro número cuatro mil cuatrocientos sesenta y seis “Remodelación de Oficina Seguridad BCR en el primer piso de Oficinas Centrales”, por única vez se procede a notificarle que el Banco de Costa Rica ha iniciado el procedimiento para resolver el contrato suscrito el diecisiete de febrero el dos mil cuatro y aplicar la garantía de cumplimiento respectiva, por cuanto a pesar de que se establecieron como fechas de inicio y conclusión de la citada obra el tres de mayo del dos mil cuatro y el treinta y uno de julio del dos mil cuatro respectivamente, hasta el día de hoy no la ha iniciado, ni ha justificado ante la administración las razones de su demora. De acuerdo con lo que establece el artículo número trece inciso dos del Reglamento General de Contratación Administrativa, se le confiere audiencia al señor José Francisco Nicolás Alvarado, para que exprese por escrito su posición y aporte las pruebas que considere pertinentes, en la Oficina de Contratación Administrativa del Banco de Costa Rica, dentro del plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este aviso.

San José, 19 de julio del 2004.—Osvaldo Villalobos González, Jefe de Contratación Administrativa.—1 vez.—(O.C. Nº 50208).—C-7720.—(55861).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNALAVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZCENTRO DE SERVICIOS FINANCIEROS HEREDIA

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio hace del conocimiento del público que el señor Bermúdez Morera Mario Alberto, cédula Nº 2-336-859, ha solicitado por motivo de extravío la reposición del certificado de depósito a plazo Nº 16102160210324972 monto ¢3.800.000,00. Con vencimiento el día 29 de marzo del 2004 y los cupones de interés del número 00 al número 00 por un monto de ¢00,00 cada uno, con vencimiento ¢00,00 y 00,00, respectivamente. Lo anterior para los efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio. Nota: el certificado en cuestión es cero cupón.

Heredia, 16 de julio del 2004.—Lic. Benjamín García Vargas, Gerente.—(55704).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALJUNTA DIRECTIVA

MODIFICACIÓN NIVELES DE ADJUDICACIÓNÚNICAMENTE PARA PROCEDIMIENTOSTRAMITADOS POR EL NIVEL CENTRAL

La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el artículo 2º, acuerdo tercero de la sesión 7853, celebrada el 29 de abril del año 2004, dispuso modificar los niveles de adjudicación únicamente para procedimientos tramitados por el nivel central definidos en el artículo 17º de la sesión número 7162 del 30 de setiembre de 1997 de la siguiente forma (*):

a) Junta Directiva: montos mayores a 100 millones de colones.b) Gerencias de División: montos mayores a 50 hasta 100 millones de

colones.c) Dirección de Recursos Materiales montos mayores a 25 hasta 50

millones de colones.d) Departamento de Adquisiciones hasta 25 millones de colones.

(*) montos redondeados.San José, 15 de julio del 2004.—Emma C. Zúñiga Valverde,

Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—C-5410.—(55869).

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOSÁREA DE ESTADÍSTICAS CONTINUAS

UNIDAD ÍNDICES DE PRECIOSEl Instituto Nacional de Estadística y Censos, avisa que los Índices de Precios de los Insumos Básicos de la Industria de la Construcción,

correspondientes al mes de junio, son los siguientes:ÍNDICES DE PRECIOS DE LOS INSUMOS BÁSICOS DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN JUNIO 2004

ÍNDICES DE PRECIOS DE INSUMOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS Y VIVIENDABase Enero 1976=100

Mayo 2004 Jun 2004 Variación (%)EDIFICIOS 10.787,57 10.850,37 0,58VIVIENDA 11.017,40 11.114,96 0,89

ÍNDICES DE PRECIOS DE MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS Y VIVIENDABase Enero 1976=100

Mayo 2004 Jun 2004 Variación (%)MANO DE OBRA EN EDIFICIOS 11.404,83 11.404,83 0,00MANO DE OBRA EN VIVIENDA 11.316,51 11.316,51 0,00

Pág 18 La Gaceta Nº 143 — Jueves 22 de julio del 2004

ÍNDICES DE PRECIOS DE ACTIVIDADES PARALA CONSTRUCCIÓN DE URBANIZACIONESBase Enero 1984=100

RAMA DE ACTIVIDAD Mayo 2004 Jun 2004 Variación (%)TUBERÍA AGUAS PLUVIAL 1.169,65 1.192,35 1,94TUBERÍA AGUAS NEGRAS PVC 1.372,19 1.372,19 0,00TUBERÍA AGUAS NEGRAS CONCRETO 935,80 962,17 2,82TUBERÍA AGUA POTABLE 1.516,99 1.553,64 2,42PREVISTA AGUAS NEGRAS PVC 1.443,73 1.443,73 0,00PREVISTA AGUAS NEGRAS CONCRETO 1.179,39 1.194,64 1,29PREVISTA AGUA POTABLE 1.416,33 1.474,55 4,11TRAGANTES 1.448,48 1.447,89 - 0,04POZOS 1.613,08 1.612,10 - 0,06CAJAS DE SIFÓN 1.488,54 1.504,35 1,06CORDÓN Y CAÑO 1.757,53 1.757,79 0,01ACERAS 1.799,46 1.799,73 0,01DESFOGUE 1.807,78 1.807,95 0,01CUNETA MEDIA CAÑA 1.153,28 1.153,28 0,00CABEZALES PARA PASOS POR ACERA 1.784,34 1.784,00 - 0,02PASOS POR ACERA 1.784,34 1.776,09 - 0,46VÁLVULAS H. F. 829,96 838,58 1,04HIDRANTES 951,68 959,55 0,83LIMPIEZA Y DESENRAICE 833,84 838,97 0,62CORTE DE TIERRA 1.001,79 1.009,07 0,73RELLENO Y COMPACTACIÓN 1.004,27 1.006,55 0,23SUBBASE, BASE Y CONF. SUBRASANTE 1.510,25 1.519,94 0,64CARPETA ASFÁLTICA 939,05 941,16 0,22

ÍNDICES DE PRECIOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE ACUEDUCTOSBase Enero 1983=100

RAMA DE ACTIVIDAD Mayo 2004 Jun 2004 Variación (%)TUBERÍA PVC 150 mm 1.513,26 1.585,36 4,76TUBERÍA PVC 200 mm 1.889,57 2.021,61 6,99TUBERÍA PVC 250 mm 1.931,34 2.069,26 7,14TUBERÍA PVC 300 mm 1.945,69 2.086,52 7,24PREVISTA 12 mm 1.776,67 1.855,51 4,44HIDRANTE 1.301,40 1.319,49 1,39PROMEDIO TUBOS Y PREVISTA 1.719,90 1.817,45 5,67SIN COSTO TUBO 150 mm 1.166,82 1.167,77 0,08TUBO 200 - 500 mm 1.162,43 1.163,02 0,05PROMEDIO 1.165,14 1.165,99 0,07ÍNDICE GENERAL DE ACUEDUCTOS 1.385,99 1.451,10 4,70

ÍNDICES DE PRECIOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE ALCANTARILLADOSBase Enero 1983=100

RAMA DE ACTIVIDAD Mayo 2004 Jun 2004 Variación (%)TUBERÍA PVC 150 mm 1.285,22 1.331,24 3,58TUBERÍA PVC 200 mm 1.082,50 1.083,15 0,06TUBERÍA PVC 250 mm 997,04 997,74 0,07TUBERÍA PVC 300 mm 1.095,50 1.096,67 0,11PREVISTA 100 mm 1.028,66 1.029,46 0,08PROMEDIO PVC 1.135,40 1.146,26 0,96TUBO DE CONCRETO 300 mm 1.404,19 1.414,78 0,75TUBO DE CONCRETO 610 mm 1.436,39 1.471,50 2,44TUBO DE CONCRETO 910 mm 1.491,61 1.535,39 2,94PROMEDIO DE CONCRETO 1.464,86 1.501,47 2,50CAJAS DE REGISTRO 1.605,29 1.605,63 0,02CAJAS DE SIFÓN 1.352,06 1.354,82 0,20PROM. CAJAS REGISTRO Y SIFÓN 1.562,75 1.563,46 0,05REPOSICIÓN DE CARPETA 1.281,28 1.330,20 3,82ÍNDICE GENERAL ALCANTARILLADO 1.343,70 1.375,66 2,38

ÍNDICES DE PRECIOS DE ELEMENTOS PARA LACONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS Y PUENTESBase Julio 1990=100

ELEMENTOS Mayo 2004 Jun 2004 Variación (%)ACERO ESTRUCTURAL 547.476,54 511.677,22 - 6,53897ACERO POSTENSIÓN 324.795,31 327.277,41 0,76420ACERO REFUERZO 755.431,16 755.431,16 0,00000ACETILENO 1.708.349,46 1.708.349,46 0,00000ADITIVO RETARDANTE /ACEL 411.597,45 411.59745 0,00000ALAMBRE DE PÙAS 1.153.777,67 1.153.777,67 0,00000ALAMBRE ELECTRICO 275.401,05 275.401,05 0,00000ALAMBRE NEGRO 582.387,18 603.994,59 3,71014ARENA 786.811,91 786.811,91 0,00000ASFALTO 85/100 830.277,17 876.030,36 5,51059BARRAS O BARRENOS 554.188,92 554.934,15 0,13447BROCA 3” diam 469.945,69 473.537,04 0,76420BUNKER 758.775,69 802.185,95 5,72109CEMENTO 1.047.697,73 1.047.697,73 0,00000CLAVOS 712.508,20 733.068,93 2,88568COLCHONETA 4 * 2 * 1,23 * 3,2 m 512.880,21 516.799,67 0,76420COSTO DE POSESIÓN 564.434,64 568.748,08 0,76420DIESEL 892.583,45 928.629,45 4,03839DINAMITA 280.004,39 280.004,39 0,00000ELEMENTO VIGA PRETENSADA/GUARDACAMINO 504.415,42 534.740,55 6,01194EMULSIÓN ASFÁLTICA 820.020,20 866.108,22 5,62035EPOXY P/ MARCADORES 590.897,32 595.412,99 0,76420FLANGER 12 * 65 521.013,07 524.994,68 0,76420FULMINANTE 291.684,77 291.684,77 0,00000

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ELEMENTOS Mayo 2004 Jun 2004 Variación (%)GAVIÓN 2,4 m 2 * 1.* 0,5 MALLA 8 * 10 857.860,40 871.022,12 1,53425GAVIÓN 2,4 m 2 * 1.* 1,0 MALLA 8 * 10 857.860,40 871.022,12 1,53425GASOLINA 874.544,42 907.200,97 3,73412GRAPAS P/ ALAMBRE 470.459,33 470.459,33 0,00000LÁMINA DE ALUMINIO LISO N° 16 442.823,91 443.753,48 0,20992LÍQUIDO PARA CURA 523.441,98 523.441,98 0,00000LLANTAS 411.975,19 420.302,94 2,02142LUBRICANTES 665.236,54 673.553,78 1,25027MADERA CONTRACHAPADA (PLYWOOD) 547.705,96 602.943,15 10,08519MADERA ESPECIAL PARA BARANDA 261.730,00 261.730,00 0,00000MADERA FORMALETA 1.339.741,34 1.370.593,68 2,30286MALLA CICLÓN 528.154,85 551.336,48 4,38917MANGUERAS COMP. 600 c.c. 918.369,47 919.803,80 0,15618MANO DE OBRA 713.256,45 713.256,45 0,00000MARCADOR PAVIMENTO (REF. 1.CARA) 399.436,36 402.488,88 0,76420MARCADOR PAVIMENTO (REF. 2 CARAS) 390.343,03 393.326,05 0,76420MARCO Y REJILLA METAL 18” * 23” 187.760,95 187.760,95 0,00000MARCO Y TAPA DE METAL 187.760,95 187.760,95 0,00000MATERIAL P/ SELLADO JUNTAS 142.373,76 142.373,76 0,00000MATERIAL REFLECTANTE SEÑALES 207.843,23 207.843,23 0,00000MEDIA CAÑA 36 cm * 1.m 382.244,26 382.244,26 0,00000OXIGENO INDUSTRIAL 1.699.909,37 1.699.909,37 0,00000PIEDRA BRUTA 525.378,31 525.378,31 0,00000PIEDRA QUEBRADA 504.698,89 504.698,89 0,00000PILOTE ACERO ESTRUCTURAL 12 * 12 * 53” 519.448,17 523.417,82 0,76420PILOTE ACERO ESTRUCTURAL 12 * 12 * 74” 510.263,91 514.163,37 0,76420PILOTE HORMIGÓN PRETENSADO 30 * 30 604.908,09 646.160,41 6,81960PILOTE HORMIGÓN PRETENSADO 35 * 35 750.951,20 786.764,13 4,76901PILOTE HORMIGÓN REFORZADO 954.438,49 1.001.683,19 4,95000PINTURA P/ ESTRUCTURAS 782.197,45 794.111,41 1,52314PINTURA Y ESFERAS P/ VIAS 875.991,67 908.835,07 3,74928POSTE DE VIGA GALVANIZADA 479.308,75 482.971,65 0,76420POSTE PRETENSADO/GUARDACAMINO 950.129,81 986.965,37 3,87690POSTE P/ CERCA DE ALAMBRE 1.545.241,29 1.688.989,58 9,30264POSTE P/ SEÑAL VERTICAL 567.505,77 562.964,82 - 0,80016REPUESTOS 766.298,19 785.101,65 2,45381SOLDADURA 516.734,52 516.734,52 0,00000TABLE ESTACA ACERO MP (116) 462.229,34 465.761,72 0,76420TELA DE FIBRA SINTETICA 490.293,81 493.989,87 0,75385TERMINAL GALVANIZADO P/ GUARDACAMINO 487.129,83 490.852,49 0,76420TERMINAL VIGA P/ GUARDACAMINO 595.705,23 595.723,95 0,00314TINTA DE SERIGRAFÍA 218.341,62 218.341,62 0,00000TIPO DE CAMBIO 469.925,12 473.516,31 0,76420TORNILLOS GALVANIZADOS 156.321,96 156.321,96 0,00000TUB. ACERO CORRUGADO 1,07 m CAL. 16 432.196,31 435.499,18 0,76420TUB. ACERO CORRUGADO 1,37 m CAL. 16 465.103,65 468.658,00 0,76420TUB. ACERO CORRUGADO 1,83 m CAL. 12 408.041,70 411.159,97 0,76420TUB. ACERO CORRUGADO 2,59 m CAL. 12 408.041,70 411.159,97 0,76420TUB. ACERO CORRUGADO 2,90 m CAL. 12 441.948,55 445.325,94 0,76420TUB. ACERO CORRUGADO 3,35 m CAL. 12 446.059,12 449.467,93 0,76420TUB. ACERO CORRUGADO 3,51.m CAL. 12 443.827,69 447.219,44 0,76420TUB. ACERO CORRUGADO 3,96 m CAL. 12 441.778,52 445.154,62 0,76420TUB. HORMIGÓN CLASE III 0,61.M DIAM. 585.489,39 598.774,37 2,26904TUB. HORMIGÓN CLASE III 0,76 M DIAM. 587.718,01 587.718,01 0,00000TUB. HORMIGÓN CLASE III 0,91.M DIAM. 591.133,30 604.537,98 2,26762TUB. HORMIGÓN CLASE III 1,07 M DIAM. 546.862,89 546.862,89 0,00000TUB. HORMIGÓN CLASE III 1,22 M DIAM. 683.717,72 699.215,33 2,26667TUB. HORMIGÓN CLASE III 1,37 M DIAM. 569.202,60 582.136,41 2,27227TUB. HORMIGÓN CLASE III 1,52 M DIAM. 601.297,71 614.972,09 2,27414TUB. HORMIGÓN CLASE III 1,83 M DIAM. 597.101,67 610.645,23 2,26822TUB. HORMIGÓN CLASE III 2,13 M DIAM. 634.764,06 634.764,06 0,00000TUB. HORMIGÓN CLASE III 2,90 M DIAM. 648.237,27 648.237,27 0,00000TUB. HORMIGÓN CLASE IV 0,61.M DIAM. 414.309,07 425.338,80 2,66220TUB. HORMIGÓN CLASE IV 0,76 M DIAM. 315.951,53 315.951,53 0,00000TUB. HORMIGÓN CLASE IV 0,91.M DIAM. 424.968,84 436.350,63 2,67826TUB. HORMIGÓN CLASE IV 1,07 M DIAM. 420.151,59 420.151,59 0,00000TUB. HORMIGÓN CLASE IV 1,22 M DIAM. 421.204,95 432.452,18 2,67025TUB. HORMIGÓN CLASE IV 1,37 M DIAM. 437.901,73 449.579,98 2,66687TUB. HORMIGÓN CLASE IV 1,52 M DIAM. 424.223,80 435.535,07 2,66635TUB. HORMIGÓN CLASE IV 1,83 M DIAM. 424.616,39 435.942,40 2,66735TUB. HORMIGÓN CLASE IV 2,13 M DIAM. 423.636,40 434.932,04 2,66635TUB. HORMIGÓN CLASE IV 2,90 M DIAM. 433.626,46 433.626,46 0,00000TUB. HORMIGÓN CLASE V 0,61.M DIAM. 424.938,63 436.280,95 2,66917TUB. HORMIGÓN CLASE V 0,76 M DIAM. 313.721,40 313.721,40 0,00000TUB. HORMIGÓN CLASE V 0,91.M DIAM. 425.676,18 437.016,36 2,66404TUB. HORMIGÓN CLASE V 1,07 M DIAM. 399.408,72 399.408,72 0,00000TUB. HORMIGÓN CLASE V 1,22 M DIAM. 424.181,25 435.488,61 2,66569TUB. HORMIGÓN CLASE V 1,37 M DIAM. 421.875,57 433.165,94 2,67623TUB. HORMIGÓN CLASE V 1,52 M DIAM. 423.525,65 434.829,68 2,66903TUB. HORMIGÓN CLASE V 1,83 M DIAM. 426.155,39 437.516,18 2,66588TUB. HORMIGÓN CLASE V 2,13 M DIAM. 422.532,36 433.866,72 2,68248TUB. HORMIGÓN CLASE V 2,90 M DIAM. 459.042,86 459.042,86 0,00000TUB. HORMIGÓN PERFORADO 10 cm 350.555,29 358.500,66 2,26651TUB. HORMIGÓN PERFORADO 15 cm 350.001,97 357.935,35 2,26667TUB. HORMIGÓN PERFORADO 20 cm 351.119,46 359.078,17 2,26667TUB. SIN REFUERZO C-14 10 cm 351.716,78 356.980,77 1,49665TUB. SIN REFUERZO C-14 15 cm 328.413,87 332.236,37 1,16393TUB. SIN REFUERZO C-14 20 cm 457.847,16 461.820,55 0,86784TUB. SIN REFUERZO C-14 25 cm 415.479,32 419.464,73 0,95923

Pág 20 La Gaceta Nº 143 — Jueves 22 de julio del 2004

RÉGIMEN MUNICIPALMUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

REPOSICIÓN TITULO DE PATENTE DE LICORESPUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

A quien pueda interesar, se hace saber que he solicitado a la Municipalidad de Goicoechea, la reposición del titulo de patentes de licor extranjero Nº 04, del distrito 01 (primero), inscrita a nombre de Inversiones Guga S. A., cédula jurídica 3101018425, representante legal Jorge Gutiérrez Gamboa, cédula física 1-267-972.La patente extranjera Nº 04 se encuentra en explotación en Pizza Hut, Centro Comercial de Guadalupe.Lo anterior por motivo de extravió de la misma.Cualquier interesado podrá hacer valer sus derechos ante la Municipalidad, dentro de un periodo de ocho días a partir de la última publicación de este aviso.Goicoechea, 1º de junio del 2004.—Carmen Bermúdez Siles, Jefa Departamento de Patentes.—(47686).

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚEl Concejo Municipal del cantón de Escazú en su sesión ordinaria

Nº 115, celebrada el lunes 12 de julio de 2004, acordó: Acuerdo Nº 415-04:

“Se acuerda: Aprobar el ajuste de la tasa de servicio de limpieza de vías y sitios públicos propuesto por la Contraloría General de la República, mediante oficio Nº 5169 del 17 de mayo del 2004, en ¢511,78 por trimestre, que representa ¢2.047,12 anual por metro lineal”. Acuerdo firme.Escazú, 12 de julio del 2004.—Manuel Sandí Solís, Secretario

Municipal.—1 vez.—(55563).

Les comunico el acuerdo aprobado por el Concejo Municipal en la sesión ordinaria Nº 115, acta Nº 163 del 13 de julio del 2004, que literalmente dice:

“Acuerdo Nº 422-04: “El Concejo Municipal del cantón de Escazú en su sesión ordinaria Nº 115, celebrada el 12 de julio del 2004, acordó trasladar la sesión del lunes 2 de agosto 2004, para el jueves 5 de agosto del 2004, a las 19:00 horas”. Acuerdo firme.Escazú, 13 de julio del 2004.—Manuel Sandí Solís, Secretario

Municipal.—1 vez.—(55564).

MUNICIPALIDAD DE POÁSLa Municipalidad de Poás avisa que el Concejo Municipal del

cantón de Poás, en su sesión ordinaria Nº 112, acuerdo Nº 1587-06-2004, celebrada el día seis de julio del 2004, por unanimidad, el Concejo Municipal aprueba el cambió de hora de las sesiones ordinarias a celebrarse los días 31 de agosto y 14 de setiembre del año 2004, para llevarse a cabo a las 3:00 p.m.

San Pedro de Póas, 15 de julio del 2004.—Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria Municipal.—1 vez.—(55877).

MUNICIPALIDAD DE LA CRUZZONA MARÍTIMO TERRESTRE

EDICTOSClub e Inversiones Río de Luna S. A. con cédula jurídica Nº 3-101-

276870, con domicilio en San Ramón de Alajuela, con base a la Ley Nº 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento del 2 de marzo del año 1977 y el Decreto Ejecutivo Nº 78-P, del 16 de diciembre del año 1977, solicita en concesión una parcela localizada en Playa Rajada conocida como La Coyotera, distrito primero, cantón décimo, provincia de Guanacaste, mide 884.16 metros cuadrados, colinda al norte, Complejo Marino Águila de Agua Dulce S. A.; al sur, Proyecto el Caracol de La Cruz; al este, Complejo y Desarrollo el Narval, y al oeste, calle pública, según plano catastrado Nº G-848542-2003, es terreno para dedicarlo a uso Habitacional, según Plan Regulador, se conceden 30 días hábiles para oír oposiciones a partir de esta única publicación, las oposiciones deberán ser presentadas en esta Municipalidad en papel sellado de quince colones y los timbres correspondientes, dichos documentos con original y copia, además deberá identificarse debidamente el opositor.

La Cruz, 30 de Junio de 2004.—Deiby Alí López Lara, Encargado.—1 vez.—(56177).

Complejo y Desarrollo El Narval S. A. con cédula jurídica Nº 3-101-276837, con domicilio en San Ramón de Alajuela, con base a la Ley Nº 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento del 2 de marzo del año 1977 y el Decreto Ejecutivo Nº 78-P, del 16 de diciembre del año 1977, solicita en concesión una parcela localizada en Playa Rajada conocida como La Coyotera, distrito primero, cantón décimo, provincia de Guanacaste, mide 899.61 metros cuadrados, linda al norte, Creaciones y Piedras Marinas Los Chorros S. A.; al sur, Inversiones y Desarrollo Toro Pampero; al este, calle pública, y al oeste, Club e Inversiones Río de Luna S. A., según plano catastrado Nº G-848538-2003, es terreno para dedicarlo a uso habitacional, según Plan Regulador, se conceden 30 días hábiles para oír oposiciones a partir de esta única publicación, las oposiciones deberán ser presentadas en esta Municipalidad en papel sellado de quince colones y los timbres correspondientes, dichos documentos con original y copia, además deberá identificarse debidamente el opositor.

La Cruz, 30 de junio de 2004.—Deiby Alí López Lara, Encargado.—1 vez.—(56178).

Inversiones y Desarrollo Toro Pampero S. A. con cédula jurídica Nº 3-101- 276863, con domicilio en San Ramón de Alajuela, con base a la Ley Nº 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento del 2 de marzo del año 1977 y el Decreto Ejecutivo Nº 78-P, del 16 de diciembre del año 1977, solicita en concesión una parcela localizada en Playa Rajada conocida como La Coyotera, distrito primero, cantón décimo, provincia de Guanacaste, mide 899,94 metros cuadrados, colinda al norte, Complejo y Desarrollo el Narval S. A.; al sur, Inversiones Galería Marina Real S. A.; al este, calle pública, y al oeste, Proyecto el Caracol de La Cruz S. A. según plano catastrado Nº G-848541-2003, es terreno para dedicarlo a uso habitacional, según Plan Regulador, se conceden 30 días hábiles para oír oposiciones a partir de esta única publicación, las oposiciones deberán ser presentadas en esta Municipalidad en papel sellado de quince colones y los timbres correspondientes, dichos documentos con original y copia, además deberá identificarse debidamente el opositor.

La Cruz, 30 de Junio de 2004.—Deiby Alí López Lara, Encargado.—1 vez.—(56179).

Proyecto El Caracol de La Cruz S. A. con cédula jurídica Nº 3-101- 276832, con domicilio en San Ramón de Alajuela, con base a la Ley Nº 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento del 2 de marzo del año 1977 y el Decreto Ejecutivo Nº 78-P, del 16 de diciembre del año 1977, solicita en concesión una parcela localizada en Playa Rajada conocida como La Coyotera, distrito primero, cantón décimo, provincia de Guanacaste, mide 890,37 metros cuadrados, colinda al norte, Club e Inversiones Río de Luna S. A.; al sur, Complejo y Jardines Las Brisas Oceánicas S. A.; al este, Inversiones y Desarrollo Toro Pampero, y al oeste, calle pública, según plano catastrado Nº G-848545-2003, es terreno para dedicarlo a uso habitacional, según Plan Regulador, se conceden 30 días hábiles para oír oposiciones a partir de esta única publicación, las oposiciones deberán ser presentadas en esta Municipalidad en papel sellado de quince colones y los timbres correspondientes, dichos documentos con original y copia, además deberá identificarse debidamente el opositor.

La Cruz, 30 de Junio de 2004.—Deiby Alí López Lara, Encargado.—1 vez.—(56180).

Colonia Reina del Mar S. A. con cédula jurídica Nº 3-101-270950, con domicilio en San Ramón de Alajuela, con base a la Ley Nº 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento del 2 de marzo del año 1977 y el Decreto Ejecutivo Nº 78-P, del 16 de diciembre del año 1977, solicita en concesión una parcela localizada en Playa Rajada conocida como La Coyotera, distrito primero, cantón décimo, provincia de Guanacaste, mide 906.60 metros cuadrados, colinda al norte, Industrializadora El Quetzal de La Americas, S.A., al Sur Recreaciones Gallito de Roca S. A.; al este, calle pública, y al oeste, Proyecto El Trópico de Marizul S. A., según plano catastrado Nº G-848849-2003, es terreno para dedicarlo a uso Habitacional, según Plan Regulador, se conceden 30 días hábiles para oír oposiciones a partir de esta única publicación, las oposiciones deberán ser presentadas en esta Municipalidad en papel sellado de quince colones y los timbres correspondientes, dichos documentos con original y copia, además deberá identificarse debidamente el opositor.

La Cruz, 30 de junio de 2004.—Deiby Alí López Lara, Encargado.—1 vez.—(56181).

ELEMENTOS Mayo 2004 Jun 2004 Variación (%)TUB. SIN REFUERZO C-14 30 cm 431.191,31 436.958,84 1,33758TUB. SIN REFUERZO C-14 38 cm 425.474,10 462.195,74 8,63076TUB. SIN REFUERZO C-14 46 cm 316.093,19 316.093,19 0,00000TUB. SIN REFUERZO C-14 53 cm 421.953,66 457.448,08 8,41192TUB. SIN REFUERZO C-14 61 cm 460.753,65 500.574,55 8,64256TUB. SIN REFUERZO C-14 76 cm 327.091,39 327.091,39 0,00000TUB. SIN REFUERZO C-14 91 cm 492.971,59 535.455,95 8,61801VIGA GALVANIZADA 442.930,56 446.315,45 0,76420WATER STOP 6”*3/16” 208.77368 208.77368 0,00000

José Antonio Calvo Camacho, Gerente.—1 vez.—(Solicitud Nº 794).—C-252720.—(55685).

La Gaceta Nº 143 — Jueves 22 de julio del 2004 Pág 21

Recreaciones Gallito de Roca S. A. con cédula jurídica Nº 3-101-270992, con domicilio en San Ramón de Alajuela, con base a la Ley Nº 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento del 2 de marzo del año 1977 y el Decreto Ejecutivo Nº 78-P, del 16 de diciembre del año 1977, solicita en concesión una parcela localizada en Playa Rajada conocida como La Coyotera, distrito primero, cantón décimo, provincia de Guanacaste, mide 906,43 metros cuadrados, colinda al norte, Colonia Reina del Mar S. A.; al sur, Desarrollos Tangara Azul S. A.; al este, calle pública, y al oeste, Proyecto Sol de Mares, según plano catastrado Nº G-848568-2003, es terreno para dedicarlo a uso habitacional, según Plan Regulador, se conceden 30 días hábiles para oír oposiciones a partir de esta única publicación, las oposiciones deberán ser presentadas en esta Municipalidad en papel sellado de quince colones y los timbres correspondientes, dichos documentos con original y copia, además deberá identificarse debidamente el opositor.

La Cruz, 30 de junio de 2004.—Deiby Alí López Lara, Encargado.—1 vez.—(56182).

Proyecto del Trópico de Marizul S. A. con cédula jurídica Nº 3-101-276857, con domicilio en San Ramón de Alajuela, con base a la Ley Nº 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento del 2 de marzo del año 1977 y el Decreto Ejecutivo Nº 78-P, del 16 de diciembre del año 1977, solicita en concesión una parcela localizada en Playa Rajada conocida como La Coyotera, distrito primero, cantón décimo, provincia de Guanacaste, mide 906,60 metros cuadrados, colinda al norte, Inversiones Kagu S. A.; al sur, Proyecto Sol de Mares S. A.; al este, Colonia Reina del Mar S. A. y Recreaciones Gallito de Roca, y al oeste, calle pública, según plano catastrado Nº G - 848552-2003, es terreno para dedicarlo a uso Habitacional, según Plan Regulador, se conceden 30 días hábiles para oír oposiciones a partir de esta única publicación, las oposiciones deberán ser presentadas en esta Municipalidad en papel sellado de quince colones y los timbres correspondientes, dichos documentos con original y copia, además deberá identificarse debidamente el opositor.

La Cruz, 30 de junio de 2004.—Deiby Alí López Lara, Encargado.—1 vez.—(56183).

Proyecto Río Sol de Mares S. A. con cédula jurídica Nº 3-101-316873, con domicilio en San Ramón de Alajuela, con base a la Ley Nº 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento del 2 de marzo del año 1977 y el Decreto Ejecutivo Nº 78-P, del 16 de diciembre del año 1977, solicita en concesión una parcela localizada en Playa Rajada conocida como La Coyotera, distrito primero, cantón décimo, provincia de Guanacaste, mide 906,42 metros cuadrados, colinda al norte, Proyecto del Trópico de Marizul S. A.; al sur, Centro y Desarrollos Los Arcos S. A.; al este, Recreaciones Gallito de Roca, y al oeste, calle pública, según plano catastrado Nº G-848553-2003, es terreno para dedicarlo a uso Habitacional, según Plan Regulador, se conceden 30 días hábiles para oír oposiciones a partir de esta única publicación, las oposiciones deberán ser presentadas en esta Municipalidad en papel sellado de quince colones y los timbres correspondientes, dichos documentos con original y copia, además deberá identificarse debidamente el opositor.

La Cruz, 30 de junio de 2004.—Deiby Alí López Lara, Encargado.—1 vez.—(56184).

Creaciones y Piedras Marinas Los Chorros S. A. con cédula jurídica Nº 3-101-276812, con domicilio en San Ramón de Alajuela, con base a la Ley Nº 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento del 2 de marzo del año 1977 y el Decreto Ejecutivo Nº 78-P, del 16 de diciembre del año 1977, solicita en concesión una parcela localizada en Playa Rajada conocida como La Coyotera, distrito primero, cantón décimo, provincia de Guanacaste, mide 889,27 metros cuadrados, colinda al norte, Proyecto y Pirámides Las Palmas S. A.; al sur, Complejo y Desarrollo el Narval S. A.; al este, calle pública, y al oeste, Complejo Marino Águila de Agua Dulce, S. A. según plano catastrado Nº G - 848556-2003, es terreno para dedicarlo a uso habitacional, según Plan Regulador, se conceden 30 días hábiles para oír oposiciones a partir de esta única publicación, las oposiciones deberán ser presentadas en esta Municipalidad en papel sellado de quince colones y los timbres correspondientes, dichos documentos con original y copia, además deberá identificarse debidamente el opositor.

La Cruz, 30 de junio de 2004.—Deiby Alí López Lara, Encargado.—1 vez.—(56185).

Complejo Las Delicias del Mar S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-276985, con domicilio en San Ramón de Alajuela, con base a la Ley Nº 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento del 2 de marzo del año 1977 y el Decreto Ejecutivo Nº 78-P, del 16 de diciembre del año 1977, solicita en concesión una parcela localizada en Playa Rajada conocida como La Coyotera, distrito primero, cantón décimo, provincia de Guanacaste, mide 1,237.71 metros cuadrados, colinda al norte, Centro Turístico el Palenque de Las Algas S. A.; al sur, calle pública; al este, calle pública, y al oeste, Creaciones Vélela Azul y Calle Pública, según plano catastrado Nº G - 842213-2003, es terreno para dedicarlo a uso Habitacional, según Plan Regulador, se conceden 30 días hábiles para oír oposiciones a partir de esta única publicación, las oposiciones deberán ser presentadas en esta Municipalidad en papel sellado de quince colones y los timbres correspondientes, dichos documentos con original y copia, además deberá identificarse debidamente el opositor.

La Cruz, 30 de junio de 2004.—Deiby Alí López Lara, Encargado.—1 vez.—(56186).

Desarrollos Tangara Azul S. A. con cédula jurídica Nº 3-101-271328, con domicilio en San Ramón de Alajuela, con base a la Ley Nº 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento del 2 de marzo del año 1977 y el Decreto Ejecutivo Nº 78-P, del 16 de diciembre del año 1977, solicita en concesión una parcela localizada en Playa Rajada conocida como La Coyotera, distrito primero, cantón décimo, provincia de Guanacaste, mide 807,15 metros cuadrados, colinda al norte, Recreaciones Gallito de Roca S. A.; al sur, Producciones Arena Blanca S. A.; al este, calle pública, y al oeste, Centro y Desarrollo Los Arcos S. A. según plano catastrado Nº G-848546-2003, es terreno para dedicarlo a uso Habitacional, según Plan Regulador, se conceden 30 días hábiles para oír oposiciones a partir de esta única publicación, las oposiciones deberán ser presentadas en esta Municipalidad en papel sellado de quince colones y los timbres correspondientes, dichos documentos con original y copia, además deberá identificarse debidamente el opositor.

La Cruz, 30 de junio de 2004.—Deiby Alí López Lara, Encargado.—1 vez.—(56187).

Producciones Arena Blanca S. A. con cédula jurídica Nº 3-101-270934, con domicilio en San Ramón de Alajuela, con base a la Ley Nº 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento del 2 de marzo del año 1977 y el Decreto Ejecutivo Nº 78-P, del 16 de diciembre del año 1977, solicita en concesión una parcela localizada en Playa Rajada conocida como La Coyotera, distrito primero, cantón décimo, provincia de Guanacaste, mide 650.67 metros cuadrados, colinda al norte, Desarrollo Tangara Azul S. A. y Centro y Desarrollo Los Arcos S. A.; al sur, calle pública; al este, calle pública, y al oeste, Consorcio Las Villas del Pacífico Dorado S. A. según plano catastrado Nº G -842214-2003, es terreno para dedicarlo a uso habitacional, según Plan Regulador, se conceden 30 días hábiles para oír oposiciones a partir de esta única publicación, las oposiciones deberán ser presentadas en esta Municipalidad en papel sellado de quince colones y los timbres correspondientes, dichos documentos con original y copia, además deberá identificarse debidamente el opositor.

La Cruz, 30 de junio de 2004.—Deiby Alí López Lara, Encargado.—1 vez.—(56188).

Industrializadora El Quetzal de Las Américas S. A. con cédula jurídica Nº 3-101-270956, con domicilio en San Ramón de Alajuela, con base a la Ley Nº 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre y su Reglamento del 2 de marzo del año 1977 y el Decreto Ejecutivo Nº 78-P, del 16 de diciembre del año 1977, solicita en concesión una parcela localizada en Playa Rajada conocida como La Coyotera, distrito primero, cantón décimo, provincia de Guanacaste, mide 906,07 metros cuadrados, colinda al norte, calle pública; al sur, Colonia Reina del Mar S. A.; al este, calle pública, y al oeste, Inversiones Kagu S. A. según plano catastrado Nº G -848550-2003, es terreno para dedicarlo a uso habitacional, según Plan Regulador, se conceden 30 días hábiles para oír oposiciones a partir de esta única publicación, las oposiciones deberán ser presentadas en esta Municipalidad en papel sellado de quince colones y los timbres correspondientes, dichos documentos con original y copia, además deberá identificarse debidamente el opositor.

La Cruz, 30 de junio de 2004.—Deiby Alí López Lara, Encargado.—1 vez.—(56189).

MUNICIPALIDAD DE PUNTARENASZONA MARÍTIMO TERRESTRE

EDICTOEsteban Montes García, con cédula número seis-cero setenta y

cuatro-nueve ochenta y ocho, con domicilio en Chira, con base en el artículo número 38 de la Ley Sobre la Zona Marítima Terrestre Nº 6043 y Decreto Ejecutivo número 7841-P de 16 de diciembre 1977, solicita en uso de suelo de una parcela de terreno localizada en Playa Muerto, distrito Chira, cantón central, provincia de Puntarenas. Mide: 3792.35 metros cuadrados. Es terreno para dedicarlo al uso habitacional. Linderos: norte, Julián Ramón Medina Medina, sur, calle pública; este, Milagro Guevara C.; oeste, Julián Ramón Medina Medina. La presente publicación no otorga derecho a efectos de que las futuras disposiciones del plan regulador varíen el destino de la parcela. Se concede treinta días hábiles a partir de esta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad, en papel sellado de un colón y los timbres correspondientes en dos tantos.

Puntarenas, 2 de julio del 2004.—Roberto Antonio Hernández Arroyo, Coordinador.—1 vez.—(55559).

MUNICIPALIDAD DE POCOCÍLa Municipalidad de Pococí, comunica a todos los usuarios del

Servicio de Recolección de Basura, que han sido actualizados los montos de las tasas que por tal servicio. Dichos montos que fueron aprobados por el Concejo Municipal de Pococí, mediante acuerdo número — tomado en sesión ordinaria número 28 del día 23 de abril del 2004 y por la Unidad de Autorizaciones y Aprobaciones de la Contraloría General de la República, son las siguientes:

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Tipo de Usuarios Tasa TrimestralResidencial 2.068,00Mixta 3.619,00Comercial 5.170,00De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 74 del Código

Municipal los montos antes citados entrarán a regir treinta días naturales después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Lic. Manuel Hernández Rivera, Alcalde.—1 vez.—(55350).

AVISOSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

AGUA PURA DEL BOSQUE SOCIEDAD ANÓNIMALa sociedad Agua Pura del Bosque Sociedad Anónima, con cédula

de persona jurídica 3-101-160.023, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro mayor. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de Alajuela, en el término de 8 días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. José Manuel Llibre Romero, Notario.—Nº 82186.—(55087).

RUTAS CINCUENTA Y UNO Y CINCUENTA Y TRES SOCIEDAD ANÓNIMA

La compañía Rutas Cincuenta y Uno y Cincuenta y Tres Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-153176, por acuerdo de su asamblea de socios y en razón del extravío, solicita a la oficina de Legalización de Libros de Tributación Directa, la reposición de los libros de actas asambleas de socios, acta junta directiva, Registro de accionistas, diario, mayor e inventarios y balances. Oposiciones dentro del término de ley.—Lic. Rolando Oreamuno Pérez, Notario.—Nº 82349.—(55088).

NEW WORLD REAL ESTATE SOCIEDAD ANÓNIMANew World Real Estate Sociedad Anónima, titular de la cédula

jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y siete mil novecientos treinta y seis, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro siguiente: mayor (un libro). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—Nº 82353.—(55089).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZSilvia Elena Moreira Acuña, cédula número 1-793-261, solicita

ante la Dirección General de Tributación, la reposición de un libro: Diario. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Silvia Elena Moreira Acuña.—1 vez.—(53538).

FINANCIAMIENTO PROPIO SOCIEDAD ANÓNIMAFinanciamiento Propio Sociedad Anónima, cédula jurídica número

3-101-225876, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro siguiente: un libro de Actas de Consejo Administración. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Abel Enrique Camps Bello, Representante Legal.—(55176).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZDORA DORA DIECIOCHO SOCIEDAD ANÓNIMA

La sociedad Dora Dora Dieciocho Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y seis mil trescientos trece, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros legales: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Asamblea General, Registro de Accionistas y Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Puntarenas, 14 de julio del 2004.—Jung Sun Lim, Representante Legal.—Nº 82573.—(55535).

SERVICENTRO NACIONES UNIDAS SOCIEDAD ANÓNIMALa sociedad Servicentro Naciones Unidas Sociedad Anónima,

cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y dos mil quinientos diecisiete, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros legales: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Asamblea General, Registro de Accionistas y Junta Directiva.

Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del diario oficial La Gaceta.—Puntarenas, 14 de julio del 2004.—Ho-Hsiung Kuo, Representante Legal.—Nº 82574.—(55536).

SETENTA Y SIETE ORO SOCIEDAD ANÓNIMALa sociedad Setenta y Siete Oro Sociedad Anónima, cédula

de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y nueve mil ochocientos noventa y seis, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros legales: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Asamblea General, Registro de Accionistas y Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del diario oficial La Gaceta.—Puntarenas, 14 de julio del 2004.—Ho-Hsiung Kuo, Representante Legal.—Nº 82575.—(55537).

PENISOL DE ORIENTE SOCIEDAD ANÓNIMALa sociedad Penisol de Oriente Sociedad Anónima, cédula de

persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa mil trescientos ochenta y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros legales: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Asamblea General, Registro de Accionistas y Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del diario oficial La Gaceta.—Puntarenas, 14 de julio del 2004.—Jung Sun Lim, Representante Legal.—Nº 82576.—(55538).

KRYVAS DE MONSERRAT S. AKryvas de Monserrat S. A, cédula jurídica 3-101-156997-27,

solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, por extravío la reposición de todos los 1ibros contables: 1. Un 1ibro de Actas de Asambleas de Socios; 2. Libro de Actas de Junta Directiva; 3. Libro de Registro de Accionistas; 4. Un libro de Diario; 5. Un libro de Inventarios y Balances, 6. Un libro Mayor. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Recaudación y Atención al Contribuyente de la Administración Tributaria, Región Chorotega, Liberia, Guanacaste en la Sección Legalización de Libros, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso.—Cañas, 13 de julio del 2004.—Roberto José Vásquez Ampié, Presidente de Junta Directiva y Representante Legal.—(55560).

EL PARAÍSO PERDIDO S. A.El Paraíso Perdido S. A. con cédula de persona jurídica número

tres-ciento uno-ciento cuarenta y tres mil trescientos cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro de Actas de Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Regional de San José en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Rigoberto Armando Bustamente Aguilar, Presidente.—Nº 82646.—(55665).

EDUARDO CARTÍN Y COMPAÑÍA SOCIEDAD ANÓNIMAEduardo Cartín y Compañía Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-

101-004662. Solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los Libros: Registro de Accionistas y Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de su última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Manuel E. Cartín Jiménez, Presidente.—(55702).

FLOTEC SOCIEDAD ANÓNIMAFlotec Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-

cuarenta y tres mil ciento veintitrés, domiciliada en San José, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario número uno, libro de Mayor número uno, libro de Inventarios y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Marcelo Gamboa Venegas, Notario.—Nº 82720.—(55809).

LABORATORIO DE POTENCIA FLUÍDA SOCIEDAD ANÓNIMALaboratorio de Potencia Fluída Sociedad Anónima, cédula jurídica

número tres-ciento uno-ochenta y tres mil cuatro, domiciliada en San José, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: libro de Diario número uno, libro de Mayor número uno,

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libro de Inventarios y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Marcelo Gamboa Venegas, Notario.—Nº 82721.—(55810).

SAN ISIDRO SEIS VALLES SOCIEDAD ANÓNIMAEl suscrito, Marcelo Gómez Pacheco, cédula Nº 1-847-629, en mi

condición de apoderado especial de la sociedad San Isidro Seis Valles Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-291409, hago constar que he iniciado la reposición del libro de Actas de Asamblea General de la sociedad San Isidro Seis Valles Sociedad Anónima, por lo que se emplaza por ocho días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la reposición en trámite ante el Registro Mercantil.—San José, 6 de julio del 2004.—Marcelo Gómez Pacheco.—Nº 82730.—(55811).

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DEL SECTOR PÚBLICO PRIVADO E INDEPENDIENTE

La Cooperativa de Ahorro y Crédito del Sector Público Privado e Independiente, con siglas Coopefyl R. L., informa de la pérdida de trescientos folios numerados del 1 al 300, legalizados por el Infocoop, correspondientes al Libro de Registro de Asociados Nº 1.—San José, 19 de julio del 2004.—Lic. Geovanny Núñez López, Gerente General.—(55849).

CASTILLO COUNTRY CLUB S. A.Carlos Lastres Rodríguez, cédula Nº 8-041-467, ha extraviado su

acción Nº 2796, por lo que ha solicitado al Castillo Country Club S. A., cédula jurídica Nº 3-101-015794-03 la reposición de la misma., de acuerdo a los Artículos 689 y 690 del Código de Comercio. Quién se considere afectado dirigir la oposición a la secretaría de junta directiva.—San José, 19 de julio del 2004.—Sara Pérez, Unidad de Cobros.—(56171).

ELADIO PADILLA Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMAPor haberse extraviado los libros de la sociedad del domicilio de

la ciudad de Heredia, Eladio Padilla y Asociados Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-126295, avisa a interesado y terceros que ha realizado diligencias de reposición de los libros de Contabilidad Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Se publica el presente edicto en el plazo de ley.—Heredia, 19 de julio del 2004.—Eladio Padilla Villalobos, Solicitante.—(56173).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZASOCIACIÓN IGLESIA BAUTISTA BETHEL DE SAN RAMÓN

Yo, Teresa Barrantes Araya en mi condición de Presidenta, hago constar que hemos iniciado la reposición del libro de: Actas del Órgano Directivo, número uno de la Asociación Iglesia Bautista Bethel de San Ramón, por lo que se emplaza por ocho días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la reposición en trámite ante el Registro de Asociaciones.—San José, 13 de julio del 2004.—Lic. Marisol Alpízar Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 82708.—(55808).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZMillicom Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica

número tres-ciento uno-cero ochenta y ocho mil ochocientos treinta y tres, representada por su apoderado especial Mario Luis Zanotti Cavazzoni, de nacionalidad italiana, mayor de edad, casado una vez, ingeniero, vecino de Estados Unidos de América, Condado de Broward, Weston, Florida, portador del pasaporte de su país número dos seis ocho uno cinco nueve, vende mediante escritura pública número ocho-cuarenta y siete, otorgada a las once horas del día nueve de julio del año dos mil cuatro, ante el Notario Rolando Clemente Laclé Zúñiga, visible al folio dieciséis vuelto del tomo cuarenta y siete del protocolo de dicho notario, a la Compañía Comunicaciones Celulares COMCEL, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ochenta y dos mil seiscientos noventa y seis, el establecimiento mercantil denominado: Millicom. Se cita a los acreedores e interesados para los efectos del artículo cuatrocientos setenta y nueve del Código de Comercio, se presenten en el término de quince días contados a partir de este aviso para hacer valer sus derechos. Actúa como depositario del precio de la venta Rolando Clemente Laclé Zúñiga. Los acreedores e interesados podrán dirigirse a la oficina de Rolando Clemente Laclé Zúñiga, ubicada en el Bufete Laclé & Gutiérrez, sito ciento cincuenta metros al este del Patronato Nacional de la Infancia, calles veintiuna y veinticinco, avenida seis.—San José, nueve de julio del año dos mil cuatro.—Lic. Rolando Clemente Laclé Zúñiga, Notario.—(56340).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZPor escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 13 de julio

del 2004, se constituye la sociedad Castelar Uno Punto Nueve Sociedad Anónima. Presidente, secretario, tesorero y fiscal. Plazo noventa y nueve años.—San José, 13 de julio del 2004.—Lic. Juan Carlos Castro Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 82530.—(55429).

Por escritura número nueve otorgada ante el suscrito notario en la ciudad de San José, a las 11:00 horas del día 14 de julio del año 2004, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Gusdama Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en S. A.—San José, 15 de julio del 2004.—Lic. Luis Adolfo Ureña Sáenz, Notario.—1 vez.—Nº 82531.—(55430).

Daimaru Comercial S. A., modifica cláusula quinta del pacto social. Acta protocolizada mediante escritura otorgada en San José, a las ocho horas del doce de julio del dos mil cuatro.—San José, 13 de julio del 2004.—Nidia M. Alvarado Morales, Notaria.—1 vez.—Nº 82532.—(55431).

Consorcio Fournier y Soto Sociedad Anónima, modifica las cláusulas primera y segunda del pacto social. Escritura otorgada a las trece horas del diecisiete horas del veintitrés de junio del dos mil cuatro ante la notaria Nidia M. Alvarado Morales.—San José, 5 de julio del 2004.—Nidia M. Alvarado Morales, Notaria.—1 vez.—Nº 82533.—(55432).

Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se reforma la siguiente cláusula primera de los estatutos, de la sociedad Roha de Santa Ana S. A. Primera: La sociedad se denominará Alimentos y Bebidas El Jardín S. A.—San José, 9 de julio del 2004.—Lic. Alexandra Mena Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 82535.—(55433).

El licenciado Federico Arias Chacón protocolizó acta número uno de la sociedad Pepada Sociedad Anónima. Nombramiento de nuevo presidente: Lisa Marie Keith, mayor, soltera, estadounidense, pasaporte: cero-cuatro-cuatro-tres-cero-cuatro-cinco-siete-siete. Es todo.—San José, 5 de julio del 2004.—Lic. Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 82536.—(55434).

Ante el licenciado Federico Arias Chacón, se constituyó Ocean Securities Sociedad Anónima. Presidente: Douglas Robert Baker, vicepresidenta: Cristal Baker, apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 5 de julio del 2004.—Lic. Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 82537.—(55435).

Ante el licenciado Juan Carlos Chávez Alvarado, se constituyó Casa de Sueños de Scott y Lesley Sociedad Anónima. Presidente: Scott Arbuckle, apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: seis mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 82540.—(55436).

Ante el licenciado Juan Carlos Chávez Alvarado, se constituyó Ralphzeiss Sociedad Anónima. Presidente: Fred Ralph Zeiss Jr, apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: seis mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 82541.—(55437).

Ante el licenciado Juan Carlos Chávez Alvarado, se cambia, y reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad Wet Back Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos veintiséis mil seiscientos cuarenta y ocho.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 82542.—(55438).

Ante el licenciado Juan Carlos Chávez Alvarado, se constituyó Viny & Weston Sociedad Anónima. Presidenta: Claudia Patricia Cifuentes Gómez, apoderada generalísima sin límite de suma. Capital social: seis mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 82543.—(55439).

Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría a las 8:00 horas del día 2 de enero del 2004, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Sabana Auto Partes S. A., mediante la cual se reformó la cláusula quinta del pacto social.—San José, 15 de julio del 2004.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario Público.—1 vez.—Nº 82544.—(55440).

Por escritura otorgada ante mí a las nueve horas del dieciocho de junio del año dos mil, mediante la cual se protocoliza acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Corrado S. A., en que se reforma la cláusula novena de los estatutos y se hace nuevo nombramiento de junta directiva.—San José, 22 de junio del 2004.—Esteban Rodríguez López, Notario.—1 vez.—Nº 82545.—(55441).

En esta notaría a las 8:00 horas del 25 de mayo del 2004, se constituye sociedad anónima denominada Librería Eureka Sociedad Anónima. Presidenta: Mirian Carolina Duarte Espinoza, cédula de residencia Nº 003-RE-003538001999.—San Ramón, Alajuela.—Lic Marvin Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 82546.—(55442).

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Importadora y Exportadora Blanca Rosa Sociedad Anónima. Acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria, se modifican cláusulas primera, segunda y sétima, se remueve y se nombra junta directiva. Escritura otorgada a las 14:00 horas 15 minutos del 13 de julio del 2004.—José Juan Sánchez Chavarría, LLM, Notario Público.—1 vez.—Nº 82547.—(55443).

Actas de asambleas generales ordinarias y extraordinarias de las sociedades Simja Akelev, cédula jurídica número 3-101-225220, Tani Atanin, cédula jurídica número 3-101-222493, Hanotrim, cédula jurídica número 3-101-222429, Ely y Ziva, cédula jurídica número 3-101-222470, Tashiny Uno, cédula jurídica número 3-101-225335, Igal Anagan, cédula jurídica número 3-101-225152, todas Sociedades Anónimas reforman la cláusula segunda del acta constitutiva y nombran presidente por todo el resto del plazo social de cada una de las sociedades. Asambleas celebradas a las 15:00 horas del 13 de junio del 2004. Es todo.—José Juan Sánchez Chavarría, LL.M., Notario Público.—1 vez.—Nº 82548.—(55444).

Ante el licenciado Juan Carlos Chávez Alvarado, se constituyó All Details Sociedad Anónima. Presidente: William Robert Williams, apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: seis mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 82549.—(55445).

Constitución de la sociedad Consorcio Empresarial y Agencia de Seguridad e Investigación Privada W.G. S. A. Presidente: Wilbert González Alvarado, secretaria: Marlen Vega Sibaja, tesorera: Geovana González Vega, fiscal: Johannson González Vega, en escritura número trescientos veinticinco, tomo sétimo.—San José, 13 de julio del 2004.—Lic. Doris Céspedes Elizondo, Notaria.—1 vez.—Nº 82551.—(55446).

Por asambleas de socios, la sociedad Amanecer Rústico en Nosara S. A., modifica cláusulas primera, undécima y nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José a las ocho horas del quince de julio del dos mil cuatro.—Mario Vargas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 82553.—(55447).

Ante esta notaría, al ser las ocho horas del cinco de julio del dos mil cuatro, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada Hiper Transferencias Digitales de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y tres, donde se acuerda reformar la cláusula sétima del pacto constitutivo y se elige nueva junta directiva.—San José, 14 de julio del 2004.—Lic. Paul Portugués Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 82555.—(55448).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 12 de julio del 2004, se constituyó la sociedad Ninniti MC Murtrie S. A.—San José, 15 de julio del 2004.—Lic. Gabriel Cháves Ledezma, Notario.—1 vez.—Nº 82556.—(55449).

Por escritura otorgada ante mí, a las 20 horas 35 minutos del 9 de julio del 2004, se constituyó la sociedad Water Vista S. A.—San José, 15 de julio del 2004.—Lic. Gabriel Cháves Ledezma, Notario.—1 vez.—Nº 82557.—(55450).

A las once horas del día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Hacienda Filadelfia S. A., en la que se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 13 de julio del 2004.—Lic. Carmen Estrada Feoli, Notaria.—1 vez.—Nº 82558.—(55451).

A las diez y treinta horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Melones del Pacífico S. A., en la que se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 13 de julio del 2004.—Lic. Carmen Estrada Feoli, Notaria.—1 vez.—Nº 82559.—(55452).

A las diez horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Melones de Costa Rica S. A., en la que se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 13 de julio del 2004.—Lic. Carmen Estrada Feoli, Notaria.—1 vez.—Nº 82560.—(55453).

A las 17:00 horas de hoy protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de Alasia S. A., mediante los cuales se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, 9 de julio del 2004.—Edgar E. Villalobos Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 82561.—(55454).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del catorce de julio del dos mil cuatro, se modifica la cláusula primera en el sentido que el nombre de la entidad será Inmobiliaria de San Carlos Ares G.F.C.A. Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, 14 de julio del 2004.—Lic. Cristian Miguel Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 82565.—(55455).

Yo, Lorena Montt Villacura, notaria pública con oficina en San José, el día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria en forma conjunta de Universidad Cybernet S. A. y de Centro de Capacitación Cybernet S. A. Se acuerda la fusión de ambas, prevaleciendo la última.—San José, 14 de julio del 2004.—Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—Nº 82566.—(55456).

Sanilabra Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-281261, domiciliada en Pital de San Carlos, 4 kilómetros al este de la iglesia católica, cuya apoderada generalísima sin límite de suma es Enid Rojas Alfaro, cédula Nº 2-450-616, reforma la cláusula quinta sobre el capital social de dicha sociedad.—San José, 15 de julio del 2004.—Ligia María Arias Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 82568.—(55457).

Ante mi se constituyó la sociedad Pelican Bay of Dominicalito Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones exactos. Plazo: cien años. Presidente: Rafael Enrique Cañas Coto. Es todo.—San José, 15 de julio del 2004.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 82569.—(55458).

Por escritura otorgada, en esta notaría en San José de las ocho horas diez minutos del día quince de julio del año dos mil cuatro, se constituyó la sociedad denominada Costa Plente Corporation Sociedad Anónima. Presidente, vicepresidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 15 de julio del 2003.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 82570.—(55459).

Por escritura otorgada, en esta notaría en San José, de las ocho horas del día quince de julio del año dos mil cuatro, se protocolizó acta de asamblea general de la sociedad denominada Finca Aphrodite Sociedad Anónima. Se reforma cláusula segunda del domicilio. Se nombra junta directiva.—San José, 15 de julio del 2004.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 82571.—(55460).

Mediante escritura número ciento cinco, otorgada a las dieciocho horas treinta minutos del día trece de julio del dos mil cuatro, ante la suscrita notaria, se constituyó la sociedad anónima Multibeta Sociedad Anónima, domiciliado en San José, Barrio Monterrey, cantón de Montes de Oca, Calle Surroca, Condominios Gazules II, número uno, con un capital social de diez mil colones exactos representados por diez acciones comunes y nominativas de quince mil colones cada una. Presidente es el señor José Ignacio Simón Caso.—San José, quince de julio del dos mil cuatro.—Lic. Jennifer Quirós Madrigal, Notaria.—1 vez.—Nº 82572.—(55461).

Ante esta notaría, se ha protocolizado reforma de estatutos de la sociedad Prieta Beach Sociedad Anónima.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 82577.—(55462).

Ante esta notaría, se ha constituido Servicios Eléctricos La Costa Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 82578.—(55463).

Gensy Salas Zamora y Kattia Gamboa Víquez, constituyen la sociedad domiciliada en la ciudad de San José, denominada Plátanos Sólo Bueno Yam Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del siete de julio del dos mil cuatro.—Lic. Uriel Ortega Hegg, Notario.—1 vez.—Nº 82579.—(55464).

En la notaría de la Lic. Patricia Zumbado Rodríguez, Alajuela, el veintidós de marzo del año dos mil cuatro, se constituyó la sociedad Walma Sociedad Anónima, presidente: Wálter Madrigal Salas, capital social: cien mil colones, plazo: noventa y nueve años, objeto: actividad comercial industrial y prestación de servicios en general, domicilio: Alajuela, Urbanización El Rey casa doce.—Alajuela, dieciséis de abril del año dos mil cuatro.—Lic. Patricia Zumbado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 82581.—(55465).

En la notaría de la Lic. Patricia Zumbado Rodríguez, Alajuela, el catorce de junio del año dos mil cuatro, se constituyó la sociedad Linda Vista San Rafael Sociedad Anónima, presidente: Mario Bogantes Fajardo, capital social: cien mil colones, plazo: noventa y nueve años, objeto: actividad comercial industrial y prestación de servicios en general, domicilio: Alajuela.—Alajuela, quince de julio del año dos mil cuatro.—Lic. Patricia Zumbado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 82582.—(55466).

En la notaría de la Lic. Patricia Zumbado Rodríguez, Alajuela, el diecisiete de marzo del año dos mil cuatro, se constituyó la sociedad Usomo Soto y Soto Sociedad Anónima, presidente: Orlando Soto Molina, capital social: cien mil colones, plazo: noventa y nueve años, objeto: actividad comercial industrial y prestación de servicios en general, domicilio: Alajuela, Urbanización El Rey casa doce.—Alajuela, quince de julio del año dos mil cuatro.—Lic. Patricia Zumbado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 82583.—(55467).

Mediante escritura Nº 163, de las 14:00 horas del 7 de julio del 2004, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Válvulas Industriales S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-093.439, mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo.—San José, 7 de julio del 2004.—Lic. Sergio G. Rivera Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 82584.—(55468).

Protocolización de acta de asamblea de la sociedad Consorcio Inmobiliario Corba Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 8:40 horas del 8 de julio ante el notario Pedro Bernal Chaves Corrales.—San José, 14 de julio del 2004.—Lic. Pedro Bernal Chaves Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 82585.—(55469).

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Protocolización de acta de asamblea de la sociedad Acuatur Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 8:15 horas del 8 de julio ante el notario Pedro Bernal Chaves Corrales.—San José, 14 de julio del 2004.—Lic. Pedro Bernal Chaves Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 82586.—(55470).

Protocolización de acta de asamblea de la sociedad Representaciones Exclusivas Internacionales Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 8:25 horas del 8 de julio ante el notario Pedro Bernal Chaves Corrales.—San José, 14 de julio del 2004.—Lic. Pedro Bernal Chaves Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 82587.—(55471).

Óscar Trejos Hernández y Gustavo Murillo Fuentes constituyen Comercializadora de Soluciones Tecnológicas CST Sociedad Anónima. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 8:00 horas del 7 de julio del año 2004.—San José, 7 de julio del 2004.—Lic. Pedro Bernal Chaves Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 82588.—(55472).

Al ser las quince horas del treinta de junio del dos mil cuatro, procedí a protocolizar la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa denominada Chavita del Oeste Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - ciento setenta y ocho mil novecientos sesenta y siete, en la cual se reforma la cláusula quinta: de la administración.—San José, nueve de julio del dos mil cuatro.—Lic. Carolina Arguedas Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 82590.—(55473).

Felipe Mejía Iturbe, Vivian Ponton Vázquez, Olga Mejía Arzamendi y Cecilia Arzamendi González, constituyen la empresa Inversiones Renacuajo Sociedad Anónima, plazo social 99 años, presidente: Felipe Mejía Iturbe, domicilio social San José. Ante el notario público Rafael Ángel Guzmán Alfaro.—San José, 14 de julio del 2004.—Rafael Ángel Guzmán Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 82592.—(55474).

En mi notaría se constituyó Galería Parini S. A. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 13 de julio del 2004.—Lic. Carlos Soto Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 82593.—(55475).

En mi notaría se modificó pacto social de la empresa Armotours Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2004.—Lic. Carlos Soto Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 82594.—(55476).

Por escritura otorgada, ante la suscrita notaria Fidelina Vega Vega, de las quince horas del día catorce de abril del dos mil cuatro, se constituyó la sociedad denominada Instituto Parauniversitario de Tecnologías Médicas y Afines IPARAMEDICA.—Lic. Fidelina Vega Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 82598.—(55477).

Marlen Reyes Vega apoderada generalísima sin límite de suma de la empresa Pacific Green Boat Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres ciento uno tres seis cuatro uno cinco tres, protocoliza acta número dos de dicha empresa para cambio total de junta directiva actual, y se nombran presidente, secretario y tesorero, así como también se reforma la cláusula sexta de la representación. Escritura pública otorgada en la ciudad de San José a las diez horas del seis de julio del dos mil cuatro ante el notario Jorge Alberto Bagnarello González.—Lic. Jorge Alberto Bagnarello González, Notario.—1 vez.—Nº 82599.—(55478).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las dieciséis horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Distribuidora de Carnes Zamora S. A., mediante los cuales se reformó la cláusula segunda del pacto social, del domicilio.—San José, veintiocho de junio del año dos mil cuatro.—Lic. Mario Alberto Mora Artavia, Notario.—1 vez.—Nº 82601.—(55479).

Por medio de escritura número doscientos quince, del tomo quince del notario Orlando Rodríguez Arguedas se constituyó la empresa Bienes Jiga de Santo Domingo Sociedad Anónima, presidente el señor: Jorge Enrique de Jesús Gamboa Gamboa, nombrado por todo el plazo social. Escritura otorgada a las once horas del día veinte de mayo del año dos mil cuatro.—Lic. Orlando Rodríguez Arguedas, Notario.—1 vez.—Nº 82602.—(55480).

En esta notaría, al ser las dieciséis horas del día cinco de julio del dos mil cuatro, se protocolizó acta número dos de la empresa Consorcio Wegga de San José, Sociedad Anónima, en la que se modifica presidente y secretario.—San José, quince de julio del dos mil cuatro.—Lic. Mauricio Alonso Arias Castro, Notario.—1 vez.—Nº 82603.—(55481).

Se constituye Eumagles Sociedad Anónima, se nombra presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente, capital social conformado por acciones comunes y nominativas. Escritura otorgada a las diecisiete horas del veintiséis de noviembre del dos mil tres, ante la notaria Marta Barahona Melgar.—Lic. Marta Barahona Melgar, Notaria.—1 vez.—Nº 82604.—(55482).

Mediante escritura otorgada, en esta notaría, a las once horas del cinco de julio del año dos mil cuatro, se protocolizan los acuerdos firmes tomados en asamblea general extraordinaria de Maison de la Vainille Sociedad Anónima. Mediante la cual se modifica la cláusula sétima del pago constitutivo, estableciendo el nombramiento de la junta directiva por todo el plazo social.—San José, 14 de julio del 2004.—Lic. Jorge Arturo Guardia Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 82605.—(55483).

En mi notaría, mediante escritura número ciento diecinueve bis, se constituyó la sociedad Transportes de Costa Rica Frevasa Sociedad Anónima. La cual cuenta con un capital social de diez mil colones. Actuando como presidente el socio Freddy Valverde Hernández.—San José, dos de julio del dos mil cuatro.—Lic. Ericka Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—Nº 82607.—(55484).

Mediante escritura número ciento noventa y cinco del tomo segundo de mi protocolo, debidamente autorizado por Calzado Dino Limitada, protocolizó la modificación de la cláusula segunda del pacto constitutivo, presente la totalidad del capital.—San José, seis de julio del dos mil cuatro.—Lic. Ericka Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—Nº 82608.—(55485).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:30 horas del 14 de julio del 2004, se constituyó la sociedad Proyecciones Dos Mil Cuatro Sociedad Anónima. Capital social debidamente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Cartago, plazo noventa y nueve años.—Cartago, 15 de julio del 2004.—Lic. Jorge Ramón Arias Mora, Notario.—1 vez.—Nº 82609.—(55486).

La suscrita Ana Beatriz Arias Moreira, notaria pública con oficina en la ciudad de San José, hace constar que en fecha 14 de julio del 2004, se protocoliza acta de la sociedad OceanExpress, a la cual se cambia el nombre y en adelante se denominará Ocean Express Internacional S.A.—San José, 15 de julio del 2004.—Lic. Ana Beatriz Arias Moreira, Notaria.—1 vez.—Nº 82610.—(55487).

Marvin Monge Araya, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Ciudad Quesada, del Hogar de Ancianos cuatrocientos metros norte, cédula de identidad número dos-cuatrocientos setenta y dos-ciento ochenta y siete, constituye la sociedad denominada Central de Negocios el Intercambio Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma corresponderá al presidente, secretario y tesorero debiendo actuar como mínimo dos de sus representantes. Su domicilio social y fiscal es en Ciudad Quesada, del Hogar de Ancianos cuatrocientos metros norte. Escritura otorgada en Ciudad Quesada, San Carlos, a las catorce horas del día nueve de julio del año dos mil cuatro.—Lic. Freddy A. Rojas López, Notario.—1 vez.—Nº 82613.—(55488).

Por escritura ciento cuarenta y dos, del protocolo once de mi notaría, Jimmy Vicente González Álvarez, Noilyn Rodríguez Víquez y Harold Darío Rodríguez Víquez constituyen Gabi Montajes y Distribución S. A. Presidente el primero.—Lic. Eugenio Molina Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 82616.—(55489).

Por escritura de las quince horas diez minutos de hoy, en esta ciudad, Elías Zaglul Srur y Óscar Antoine Zaglul Matta, constituyen Alabolok Dos S. A. Domicilio: Heredia. Presidente: don Elías.—San José, 14 de julio del 2004.—Lic. Patricia Rivero de Srur, Notaria.—1 vez.—Nº 82617.—(55490).

Por escritura de las quince horas quince minutos de hoy, en esta ciudad, Elías Zaglul Srur y Samia Zaglul Matta, constituyen Ababa Tres S. A. Domicilio: Heredia. Presidente: don Elías.—San José, 14 de julio del 2004.—Lic. Patricia Rivero de Srur, Notaria.—1 vez.—Nº 82618.—(55491).

Por escritura de las quince horas cinco minutos, quince horas cincuenta minutos y quince horas cincuenta y cinco minutos de hoy, en esta ciudad, Elías Zaglul Srur y Souad Matta Zrur, constituyen Akadidi Uno S. A., Bulali Diez S. A. y Chababa Once S. A. Domicilio: Heredia. Presidente: don Elías.—San José, 14 de julio del 2004.—Lic. Patricia Rivero de Srur, Notaria.—1 vez.—Nº 82619.—(55492).

Por escritura de las quince horas treinta y cinco minutos de hoy, en esta ciudad, Elías Zaglul Srur y Carol Zaglul Matta, constituyen Bachol Siete S. A. Domicilio: Heredia. Presidente: don Elías.—San José, 14 de julio del 2004.—Lic. Patricia Rivero de Srur, Notaria.—1 vez.—Nº 82620.—(55493).

Por escritura de las quince horas veinte minutos de hoy, en esta ciudad, Elías Zaglul Srur y Carmen María Zaglul Matta, constituyen Akayawa Cuatro S. A. Domicilio: Heredia. Presidente: don Elías.—San José, 14 de julio del 2004.—Lic. Patricia Rivero de Srur, Notaria.—1 vez.—Nº 82621.—(55494).

Por escritura de las quince horas veinticinco minutos de hoy, en esta ciudad, Elías Zaglul Srur y Natalie Zaglul Matta, constituyen Alamok Cinco S. A. Domicilio: Heredia. Presidente: don Elías.—San José, 14 de julio del 2004.—Lic. Patricia Rivero de Srur, Notaria.—1 vez.—Nº 82622.—(55495).

Por escritura de las quince horas treinta minutos de hoy, en esta ciudad, Elías Zaglul Srur y José Francisco Zaglul Matta, constituyen Awakal Seis S. A. Domicilio: Heredia. Presidente: don Elías.—San José, 14 de julio del 2004.—Lic. Patricia Rivero de Srur, Notaria.—1 vez.—Nº 82623.—(55496).

Por escritura de las quince horas cuarenta minutos de hoy, en esta ciudad, Elías Zaglul Srur y Layla Zaglul Matta, constituyen Balatok Ocho S. A. Domicilio: Heredia. Presidente: don Elías.—San José, 14 de julio del 2004.—Lic. Patricia Rivero de Srur, Notaria.—1 vez.—Nº 82624.—(55497).

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Por escritura de las quince horas cuarenta y cinco minutos de hoy, en esta ciudad, Elías Zaglul Srur y Elías Eduardo Zaglul Matta, constituyen Bikalo Nueve S. A. Domicilio: Heredia. Presidente: don Elías.—San José, 14 de julio del 2004.—Lic. Patricia Rivero de Srur, Notaria.—1 vez.—Nº 82625.—(55498).

Por escritura otorgada, ante el suscrito a las 15:00 horas del 24 de junio del 2004, se constituyó Isthmus Traders S. A. Objeto principal el soporte logístico empresarial. Plazo social de noventa y nueve años. Capital social de cien mil colones netos enteramente suscrito y pagado. representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y al secretario conjunta o separadamente.—San José, 27 de junio del 2004.—Lic. Valentín Barrantes Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 82626.—(55499).

En esta notaría, al ser las 9 horas 30 minutos de hoy, se protocolizó el acta de asamblea de accionistas de Paraíso de Ensueños de Occidente Sociedad Anónima, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, cambiando el domicilio social y se nombra nueva junta directiva.—San José, 11 de junio del 2004.—Lic. Alex Villegas Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 82629.—(55500).

Por escritura otorgada, a las veinte horas del once de julio del año dos mil cuatro, se constituyó la sociedad Gianmarco y Asociados Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: Óscar Iván Oporta Barillas, cédula: ocho - cero setenta y seis - cero trescientos veintiséis. Domicilio: San José, La Uruca, seiscientos cincuenta metros oeste de Canal Seis, Residencial Flor Natalia, casa veintisiete A. Plazo: cien años. Capital: dos mil colones.—Guadalupe, 15 de julio del 2004.—Lic. Roxana María Angulo Aguilar, Notaria.—1 vez.—Nº 82630.—(55501).

Por escritura otorgada, ante mi notaría, a las doce y diez horas del siete de julio del año dos mil cuatro, se constituyó la compañía Nodamarma Sociedad Anónima, presidenta: Dinorah Morales Sánchez, secretario: Darío Esteban Martínez Morales y tesorero: Marvin Martínez Morales quienes son en forma conjunta apoderados generalísimos sin límite de suma, domiciliado en Paraíso de Cartago cincuenta metros norte del Bar Gallos Ticos, plazo social noventa y nueve años, capital social sesenta mil colones representado por cuatro acciones comunes y nominativas.—Lic. Ana María Pérez Granados, Notaria.—1 vez.—Nº 82631.—(55502).

Constitución de Inversiones Doña Sara Sociedad Anónima, mediante escritura pública número noventa y ocho de las diez horas del veintinueve de junio del dos mil cuatro. Plazo: 99 años. Presidente Jorge Orozco Salazar.—San José, nueve de julio año del dos mil cuatro.—Lic. Jéssica María Hernández Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 82632.—(55503).

Constitución de Inversiones Santa Fe de las Mercedes ISFM Sociedad Anónima, mediante escritura pública número noventa y nueve de las diez horas treinta minutos del veintinueve de junio del dos mil cuatro. Plazo: 99 años. Presidente Jorge Orozco Salazar.—San José, nueve de julio año del dos mil cuatro.—Lic. Jéssica María Hernández Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 82633.—(55504).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del día quince de julio del dos mil cuatro, se modifica la cláusula cuarta del objeto social de la empresa Constructora Muros del Valle Sociedad Anónima. Es todo.—San José, quince de julio del dos mil cuatro.—Lic. Yenny M. Fernández Fumero, Notaria.—1 vez.—Nº 82634.—(55505).

Por escritura otorgada, a las 15:00 horas del día de hoy, protocolicé acuerdos de asamblea de socios de Mono Reino S. A. Modificando cláusulas II y VI y se reestructura junta directiva.—San José, 13 de julio del 2004.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 82636.—(55506).

En mi notaría, se constituyó R.A.M.J.A.S.E.G. Sociedad Anónima. Con domicilio en Cartago. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 16 de julio del 2004.—Lic. Yessenia López Chávez, Notaria.—1 vez.—Nº 82638.—(55507).

Ante esta notaría, al ser las 9:00 horas del 10 de julio del año 2004, se constituyó la sociedad Salas & Sancho Sociedad Anónima. Su Presidente y secretaria, serán sus representantes judiciales y extrajudiciales. La sociedad tendrá su domicilio social en Mercedes Norte de Heredia, de la iglesia católica, cuatrocientos metros al oeste y ciento cincuenta al norte. El capital social de la sociedad se encuentra totalmente suscrito y pagado. El plazo social será de noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución.—Lourdes Ruiz Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 82639.—(55508).

Por escrituras públicas números ochenta y seis, de las 15:00 horas del 14 de julio de 2004 protocolicé acta de asamblea general de socios de Inversiones La Penca Norte S. A., en las que se modifica las cláusula segunda en cuanto al domicilio y se nombra nueva Junta Directiva, Fiscal y Agente Residente.—Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—(55558).

Por escritura otorgada a las 08:00 horas del día 15 de julio del año 2004, se constituyó la sociedad Combustibles Junteños Sociedad Anónima. Domicilio social: Guanacaste, Abangares, Las Juntas, en restaurante Mi Finca.—San José, 15 de julio del 2004.—Lic. Miguel Vílchez Camacho, Notario.—1 vez.—(55600).

Por escritura otorgada a las 17:15 horas del 14 de julio del año 2004, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Sayo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero treinta y cuatro mil seiscientos treinta y cinco, en la cual se reforma el pacto constitutivo, junta directiva y domicilio.—San José, 15 de julio del 2004.—Lic. Miguel Vílchez Camacho, Notario.—1 vez.—(55602).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Soluciones Empresariales M & P Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones.—San José, diez horas del trece de julio del dos mil cuatro.—Lic. Marisela González Barberena, Notaria.—1 vez.—(55604).

Mediante escritura de las once horas del 24 de enero de 1996, se constituyó la sociedad denominada La Casa del Centro S. A.—Lic. Ferdinand von Herold Duarte, Notario.—1 vez.—(55614).

Ante mí notaría, se protocoliza acta de asamblea general de la sociedad Finca Filial María Celia Tres Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica el pacto constitutivo, la cláusula primera en cuanto al nombre de la sociedad y la cláusula segunda en cuanto al domicilio social. Se hace nombramiento de nueva junta directiva en pleno.—San José, doce de julio del dos mil cuatro.—Lic. Ana Lía Cabezas Sibaja, Notaria.—1 vez.—(55616).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas de hoy, se constituyó la sociedad Hermanos Ramargue ACM S. A. Capital social suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Heredia, 14 de julio del 2004.—Lic. Manuel Antonio Vílchez Campos, Notario.—1 vez.—(55618).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día cinco de julio del año dos mil cuatro, se constituyó la compañía de esta plaza denominada Two C R Realty Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado. Scott Cutter, Presidente.—San José, trece de julio del año dos mil cuatro.—Lic. Carlos E. Villalobos Soto, Notario.—1 vez.—Nº 82640.—(55620).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del día catorce de julio del año dos mil cuatro, se constituyó la compañía denominada Organics in América Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado. Presidente: Robert Roman.—San José, catorce de julio del año dos mil cuatro.—Carlos E. Villalobos Soto, Notario.—1 vez.—Nº 82641.—(55621).

Por escritura número sesenta y cinco, otorgada ante la notaria María Gabriela Rojas Ulloa, a las 16:00 horas del 1º de julio del 2004, se constituyó la sociedad Inversiones Zamora Garita S. A. Representación judicial y extrajudicial: Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: diez mil colones. Plazo: 99 años.—San José, 16 de julio del 2004.—Lic. María Gabriela Rojas Ulloa, Notaria.—1 vez.—Nº 82642.—(55622).

Por escritura número sesenta y ocho, otorgada ante la notaria María Gabriela Rojas Ulloa, a las 19:00 horas del 15 de julio del 2004, se constituyó la sociedad Corporación Lybojo Rx S. A. Representación judicial y extrajudicial: Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: cien mil colones. Plazo: 99 años.—San José, 16 de julio del 2004.—Lic. María Gabriela Rojas Ulloa, Notaria.—1 vez.—Nº 82643.—(55623).

Por escritura otorgada a las quince horas del día catorce de de julio del dos mil cuatro, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Inversiones del Mangle Limitada.—San José, quince de julio del dos mil cuatro.—Orlando Baltodano Valdelomar, Notario.—1 vez.—Nº 82644.—(55624).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las veinte horas del dieciséis de julio del año dos mil cuatro, se constituyó la sociedad Inmobiliaria J J Rodher Sociedad Anónima. Apoderado con la representación judicial y extrajudicial conjuntamente al secretario y el Presidente. Jorge Eduardo Rodríguez Arias. Plazo social: noventa y nueve. Domiciliada en Heredia.—San José, catorce de julio del año dos mil cuatro.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 82645.—(55625).

Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó Inversiones Torres Al Futuro S. A. Capital suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo, actuando individualmente.—Heredia, 15 de julio del 2004.—Lic. Guillermo Salas Campos, Notario.—1 vez.—Nº 82647.—(55626).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas sin minutos del dieciséis de julio del dos mil cuatro, se constituyó la sociedad anónima denominada Golden Key of Costa Rica C.Z.P. S. A., el Plazo social es de noventa y nueve años, con capital social de diez mil colones, y presidente con facultades de apoderado generalísimo.—Lic. Alexis Ballestero Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 82650.—(55627).

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Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas sin minutos del dieciséis de julio del dos mil cuatro, se constituyó la sociedad anónima denominada Monte Grande de Santa Cruz M.B.R. S. A., el plazo social es de noventa y nueve años. Con capital social de diez mil colones, y presidente con facultades de apoderado generalísimo.—Lic. Alexis Ballestero Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 82651.—(55628).

A las 14:00 horas de hoy autoricé escritura de protocolización de acuerdos de asamblea general de Música y Espectáculos R. S. A., donde se modificó la cláusula segunda de los estatutos acerca del domicilio social.—San José, 15 de julio del 2004.—Eduardo Alvarado Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 82652.—(55629).

Luis Fernando Jirón Porras y Fernando Figueres Zamora, constituyen la sociedad: Semiochem Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del ocho de julio del dos mil cuatro, ante el notario Humberto Jarquín Anchía.— Lic. Humberto Jarquín Anchía, Notario.—1 vez.—Nº 82653.—(55630).

Al ser las 13:00 del 8 de junio del 2004 se constituyó Inversiones Reales Roabre A Y P S.R.L. Gerente Róger Arias Picado.—Lic. Douglas Campos Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 82654.—(55631).

Por escritura número quince, se protocolizó acta de accionista de Moher Farmacéutica Sociedad Anónima, se reforma cláusula quinta y se reforma junta directiva.—Liberia, 6 de julio del 2004.—Hugo Zúñiga Clachar, Notario.—1 vez.—Nº 82657.—(55632).

Ante mi, Lic. Anthony Fernández Pacheco, por escritura número veinte del tomo sétimo de mi protocolo, de las once horas del nueve de julio del dos mil cuatro, se constituyó la sociedad de esta plaza Tropiwood S. A., cuyo capital social quedo suscrito y pagado, y en la junta directiva se nombró como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma al señor Juan Vicente Carvajal Rodríguez. Asimismo por escritura número diecinueve del tomo sétimo de mi protocolo, de las diez horas y treinta minutos del nueve de julio del dos mil cuatro, se constituyó la sociedad de esta plaza Landtropic S. A., cuyo capital social quedo suscrito y pagado, y en la junta directiva se nombró como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma al señor Juan Vicente Carvajal Rodríguez. Asimismo por escritura número dieciocho del tomo sétimo de mi protocolo, de las diez horas del nueve de julio del dos mil cuatro, se constituyó la sociedad de esta plaza Faymi S. A., cuyo capital social quedo suscrito y pagado, y en la junta directiva se nombró como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma al señor Juan Vicente Carvajal Arroyo.—Lic. Anthony Fernández Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 82658.—(55633).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas del día veinticuatro de octubre de dos mil tres, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Sarcavan Balnco Uno Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, quince de julio de dos mil cuatro.—Lic. David Gutiérrez Swanson, Notario.—1 vez.—Nº 82659.—(55634).

Ante mi Roberto Vargas Mora, notario público con oficina en Palmares se constituye la sociedad denominada: Productora H.R.C.R. Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil todo.—Palmares, 14 de julio del dos mil cuatro.—Lic. Roberto Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 82660.—(55635).

Ante mí, Carlos Fernández Vásquez, notario público, se constituyó la empresa denominada Importaciones Haynes y Asociados Limitada, con un plazo social de noventa y nueve años y un capital social de cincuenta mil colones, domiciliada en Buenos Aires de Palmares de Alajuela, ciento veinticinco metros este de la Escuela. Es todo.—Palmares, quince de julio del dos mil cuatro.—Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 82661.—(55636).

El suscrito notario, hago constar, que mediante escritura Nº 281, visible al folio 119 vuelto, del tomo X de mi protocolo, se está constituyendo las siguientes sociedades Sol Naciente Cero Cero Siete S. A., Sol Naciente Cinco Cero Uno S. A., Sol Naciente Uno Dos Tres S. A., Sol Naciente Dos Mil Dos S. A., Sol Naciente Tres Mil Uno S. A., Sol Naciente Dos Cuatro Ocho S. A., Sol Naciente Catorce Quince S. A. y Comercializadora Garly del Oeste S. A.. Es todo.—Santa Ana, 15 de julio del 2004.—Lic. Dagoberto Madrigal Mesén, Notario.—1 vez.—Nº 82662.—(55637).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la compañía CPM Compromet Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula vigésima del pacto social. Escritura otorgada a las 10:00 horas del 15 de julio del 2004.—María Monserrat Bonilla Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 82663.—(55638).

Sandra Lauri Wagner y Dolly Ann Smith constituyen sociedad anónima denominada Rudi & Gabi Internacional S. A. Escritura otorgada en Grecia a las 15:00 horas del día 9 de julio del año 2004.—Walter Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.—Nº 82664.—(55639).

Por escritura otorgada en San José, a las nueve horas del quince de julio del dos mil cuatro, se constituyó ante esta notaría R & G Hellan Corporation Sociedad Anónima, Richard Hellan. Presidente.—San José, 16 de julio del 2004.—Sergio Sancho Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 82665.—(55640).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 13:15 horas del 29 de junio del 2004, se constituyó la sociedad Don Tito Coffee Shop.Com S. A. Domicilio social: San Pablo de Heredia. Capital social: ¢100.000,00. Plazo social: 99 años. Presidente: Roberto Antonio Beckford Cunningham.—Lic. Yuran Grant Douglas, Notario.—1 vez.—Nº 82667.—(55641).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas treinta minutos del día siete de julio del dos mil cuatro, se constituyó la sociedad denominada G Y Q Uno S. A. Capital social suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Giuseppe Frittella Vargas.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 82668.—(55642).

Por escritura otorgada ante mí el 24 de junio del 2004 se constituyó la sociedad Casa de Ensueños GTE. S.A., capital social de ¢100.000,00 colones totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario, con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—Mauricio Martínez Parada, Notario.—1 vez.—Nº 82669.—(55643).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del día de hoy, se constituyó la firma Ecoagua Vicana S. A.—Cartago, 15 de julio del 2004.—Lic. Carlos Edo. Mata Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 82670.—(55644).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del tres de julio del dos mil cuatro Senen Quirós Cortés e Iveth Sánchez Sibaja constituyen Selis y Matas Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerentes apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social 99 años.—Palmares 14 de julio del dos mil cuatro.—Lic. Denia Pacheco Moreira, Notaria.—1 vez.—Nº 82671.—(55645).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del dos de julio del dos mil cuatro Rolando Arturo Mejías Vásquez, María de Los Ángeles Mejías Vásquez y Vera María Mejías Vásquez constituyen Hermanos Mejías Vásquez Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerentes apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social 99 años.—Palmares 14 de julio del dos mil cuatro.—Lic. Denia Pacheco Moreira, Notaria.—1 vez.—Nº 82672.—(55646).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría a las trece horas del quince de julio del año dos mil cuatro, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Villa Dualdo de Pavones S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos veintiséis mil setecientos veintisiete, mediante la cual se reforman las cláusulas primera, segunda y sétima del pacto constitutivo, renuncia la junta directiva y se hace nuevo nombramiento por el resto del plazo social.—San José, quince de julio del año dos mil cuatro.—Lic. Roxana Sofía Lao Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 82673.—(55647).

Por escritura pública otorgada ante esta Notaria a las trece horas del catorce de julio del año dos mil cuatro, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones Concha Nácar de Pavones S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos veintiocho mil trescientos cuarenta, mediante la cual se reforman las cláusulas primera, segunda y sétima del pacto constitutivo, renuncia la junta directiva y se hace nuevo nombramiento por el resto del plazo social.—San José, catorce de julio del año dos mil cuatro.—Roxana Sofía Lao Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 82674.—(55648).

En escritura número doscientos dieciséis, se protocolizó la constitución de la sociedad Europea de Inversiones en Guanacaste, D. Y. E., Sociedad Anónima. Dada en Santa Cruz, Guanacaste, a las nueve horas del día nueve de julio del año dos mil dos cuatro.—Sick Rosidol Rezak Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 82675.—(55649).

En escritura número doscientos diecinueve, se protocolizó la constitución de la sociedad Inversiones Ibéricas J. F. en Guanacaste Sociedad Anónima. Dada en Santa Cruz, Guanacaste, a las diez horas del día nueve de julio del año dos mil dos cuatro.—Sick Rosidol Rezak Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 82676.—(55650).

Ante mí, Roy Zumbado Ulate, se constituyó la sociedad Dandi Inte Sociedad Anónima. Presidenta: Irene Andrea Orum.—Santa Bárbara, Heredia, 2 de junio del 2004.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 82677.—(55651).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:15 horas del 16 de julio del 2004, se constituyó Rublot Sagav Rojo Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. La representación la tendrá la presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.— Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 82678.—(55652).

Mediante escritura número ciento nueve, de las nueve y treinta horas, del once de junio del dos mil cuatro. Los señores: Guillermo Barceló Tous & Gonzalo Enrique Boza Montero, constituyeron la sociedad Bahía de Palma S. A.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Abogada y Notaria.—1 vez.—Nº 82679.—(55653).

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Se hace constar que en mi notaría, mediante escritura número ciento treinta y ocho del quince de julio del presente año, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de Hotel Península Sociedad Anónima. En donde se modificó la cláusula novena del pacto constitutivo y se nombró nuevo presidente.—San José, 14 de julio del 2004.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Abogado y Notario.—1 vez.—Nº 82680.—(55654).

Por escritura otorgada ante mí, en Cartago, hoy a las quince horas, Martín Padilla Corella, Kattia Calvo Rivera y Eida María Monge Segura, fundaron Kamera de San Cristóbal Sur Sociedad Anónima. Domicilio: San Cristóbal Sur Desamparados.—Cartago, 1º de julio del 2004.— Lic. Luis Guillermo Ramírez Víquez, Notario Público.—1 vez.—Nº 82681.—(55655).

Que ante el notario Ronald Blair Houston Mahon, por escritura número ciento cincuenta y seis, otorgada al ser las nueve horas del día quince de julio del dos mil cuatro, se acordó revocar el nombramiento del presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, del fiscal así como modificar las cláusulas primera, segunda y octava del pacto constitutivo y la dirección del agente residente de la sociedad denominada Segunda Playa B.R.S. Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y un mil seiscientos doce.—San José, 15 de julio del 2004.— Lic. Ronald Blair Houston Mahon, Abogado y Notario.—1 vez.—Nº 82682.—(55656).

Que ante el notario Ronald Blair Houston Mahon, por escritura número ciento treinta y cinco, otorgada al ser las diez horas con cincuenta minutos del día dieciocho de marzo del año dos mil cuatro, se acordó revocar el nombramiento del presidente y secretario de la junta directiva, así como modificar la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad denominada Playa Azul Cuarenta y Seis Magenta M.A.E. Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos un mil ochocientos veinticinco.—San José, 18 de marzo del 2004.— Lic. Ronald Blair Houston Mahon, Abogado y Notario.—1 vez.—Nº 82683.—(55657).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del doce de julio del dos mil cuatro, constitución de sociedad denominada Importaciones Yawar S. A—San José, 15 de julio del 2004.—Lic. Katia Marcela Salas Guevara, Notaria.—1 vez.—Nº 82684.—(55658).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del seis de julio del dos mil cuatro, constitución de sociedad denominada El Guerrero del Norte S. A—San José, 14 de julio del 2004.—Lic. Katia Marcela Salas Guevara, Notaria.—1 vez.—Nº 82685.—(55659).

Por escritura otorgada en San José, a las nueve horas del siete de junio del dos mil cuatro, se constituyó la sociedad con domicilio en Bataán de Matina denominada Compañía Herrera Sánchez Sociedad Anónima. Presidente: Luis Alberto Herrera Sánchez.—San José 7 de junio del 2004.—Lic. Howard Thompson Fennell, Notario Público.—1 vez.—Nº 82686.—(55660).

Ante esta notaría se constituyó EJG Electropower Sociedad Anónima en escritura número cincuenta y dos, folio treinta y nueve a las ocho horas del treinta de junio del año dos mil cuatro, en la ciudad de San José.—San José, 16 de julio del 2004.—Lic. Ginnette Arias Mora, Abogada y Notaria.—1 vez.—Nº 82687.—(55661).

Ante mí, a las ocho horas del día veintinueve de junio del dos mil cuatro, el señor Alberto González Prieto y la señora Liliana Pérez Prieto constituyen la sociedad F Treinta Alajuela F.T.A. Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2004.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—(55670).

Por escritura número trescientos seis, iniciada al folio ciento cuarenta y siete vuelto del tomo octavo de mi protocolo, otorgada a las dieciocho horas del quince de julio del dos mil cuatro, se constituyó la sociedad denominada Panificadora Rolymar Sociedad Anónima.—Alajuela, 15 de julio del 2004.—Lic. Rafael De La Peña Rojas, Abogado y Notario.—1 vez.—(55671).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas y cincuenta y siete minutos del veintiséis de marzo del año dos mil cuatro, se constituyó la sociedad denominada Nutri Max Total Sociedad Anónima. Con un plazo social de noventa y nueve años. Jorge Calvo Cascante, Kenneth Calvo Zúñiga y Rocío Zúñiga Calderón, presidente, secretario y tesorero respectivamente ostentan la representación judicial y extrajudicial de esa sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, diez horas del seis de julio del año dos mil cuatro.—Roberto Ulate González, Notario.—1 vez.—(55679).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 11:00 horas del 16 de julio del 2004, se constituye Puerta-Dorada S. A. Presidenta: Adela Ruffatti Arauz. Plazo social: 99 años. Capital social: diez mil colones.—Lic. Olga Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—(55689).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 9:30 horas del 16 de julio del 2004, se constituye Corporación Foebe S. A. Presidenta: Adela Ruffatti de Rivas. Plazo social: 99 años. Capital social: diez mil colones.—Lic. Olga Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—(55692).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 9:00 horas del 16 de julio del 2004, se constituye Puerta de Santamaría S. A. Plazo social: 99 años. Capital social: diez mil colones. Presidente: Jorge Venegas Ritchie.—Lic. Olga Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—(55693).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 10:30 horas del 16 de julio del 2004, se constituye Janogroup S. A. Presidente: Jorge Venegas Ritchie. Plazo social: 99 años. Capital social: diez mil colones.—Lic. Olga Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—(55694).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 10:00 horas del 16 de julio del 2004, se constituye Lyraestate S. A. Presidente: Roy Garnier Acuña. Plazo social: 99 años. Capital social: diez mil colones.—Lic. Olga Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—(55695).

Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las 19:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada: Eduardo Cartín y Compañía Sociedad Anónima, en la cual se acuerda hacer retiro sin inscribir, reformar las cláusulas 2ª, y 5ª, incorporar una 14ta y nombrar Agente Residente.—San José, 14 de julio del 2004.—Marco Vinicio Coll Argüello, Notario.—1 vez.—(55703).

Por escritura otorgada en San José, Pavas a las 18:00 horas del día 14 de julio del 2004, ante el suscrito notario, se constituye Belo Plásticos S. A. Duración: 99 años; presidente: Luis Javier Bedoya García; secretario: Jaime López Naranjo.—San José, 15 de julio del 2004.—Lic. Luis Ricardo Tioli Díaz, Notario.—1 vez.—(55705).

Por escritura número doscientos veinticinco iniciada al folio ciento once frente del tomo octavo de mi protocolo, otorgada a las dieciocho horas treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil cuatro, se constituyó la sociedad denominada Los Chilenos Sociedad Anónima, plazo social noventa y nueve años, capital social diez mil colones, se nombra presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Alajuela, 16 de junio del 2004.—Lic. Rafael De La Peña Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 82689.—(55708).

Grettel Díaz Artavia y María Víquez Méndez, constituyen El Diamante del Suerre Sociedad Anónima, escritura número doscientos noventa y tres, folio ciento ochenta y cinco vuelto, del tomo diez del protocolo del notario Jorge Méndez Zamora, otorgada en Guápiles, el 15 de julio del 2004, a las 18:00 horas.—Lic. Jorge Méndez Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 82692.—(55709).

Grettel Díaz Artavia y Yojaidi Chaves Fernández, constituyen Megacomunicaciones Sociedad Anónima, escritura número doscientos noventa y dos, folio ciento ochenta y cuatro frente, del tomo diez del protocolo del notario Jorge Méndez Zamora, otorgada en Guápiles, el 15 de julio del 2004, a las 16:00 horas.—Lic. Jorge Méndez Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 82693.—(55710).

Por escritura pública número sesenta y dos, otorgada en Grecia, se constituyó la sociedad denominada Motoski Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia, a las 16:00 horas del día 29 de junio del año 2004. Presidente: Floyd Leo Crafton Jr. ante notario: Marvin Gerardo Quesada Castro.—Lic. Marvin Gerardo Quesada Castro, Notario.—1 vez.—Nº 82697.—(55711).

Ante mí, Alejandro Alonso Román González, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad anónima denominada Sabor y Delicias Bogotanas Sociedad Anónima, en la ciudad de Atenas a las dieciséis horas del veintiocho de mayo del dos mil cuatro. Presidente con la representación judicial y extrajudicial y con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Atenas, 14 de julio del 2004.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—Nº 82699.—(55713).

Por escritura Nº 32 otorgada a las 17:00 horas del día 23 de junio del 2004, Marco Alfaro Ramírez y Vilma Ramírez Granados constituyeron sociedad denominada Publi Ruedas Sociedad Anónima. Plazo social 99 años. Capital social: ¢100.000,00. Presidente: Marco Alfaro Ramírez.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 82701.—(55714).

Por escritura Nº 61 otorgada a las 9:00 horas del día 9 de julio del 2004, Diego Ventura Ovares y María Gabriela Jirón Muñoz constituyeron sociedad denominada Villafranca del Penedes Sociedad Anónima. Plazo social 99 años. Capital social: ¢10.000,00. Presidente: Diego Ventura Ovares.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 82702.—(55715).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario público con oficina en Atenas se constituyó la sociedad anónima denominada Ilusiones de Atenas Sociedad Anónima, a las diez horas del veinticuatro de junio del dos mil cuatro. Presidente con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Atenas, 25 de junio del 2004.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 82706.—(55716).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del trece de julio del dos mil cuatro, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad que es denominada Inmobiliaria Cal Roca

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Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta del pacto social, y se nombra nueva junta directiva.—San José, 14 de julio del 2004.—Lic. Carlos A. Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 82709.—(55717).

Adrián Fernández Rodríguez, notario público, hago constar: que el día veinte de mayo del presente año se constituyó ante esta notaría la sociedad denominada Inmobiliaria Jofanis Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones, domicilio: Curridabat, representación legal: el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, plazo: noventa y nueve años. Es todo.—San José, dieciséis de julio del dos mil cuatro.—Lic. Adrián Fernández Rodríguez, Notario Público.—1 vez.—Nº 82714.—(55718).

Por escritura de protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de Paramares S. A., cédula jurídica Nº 3-101-125660, otorgada a las 8:00 horas del 12 de julio del 2004, se modifica cláusula segunda, sétima, del acta constitutiva, y se nombra por el resto el plazo social a tesorero y agente residente.—Lic. Rebeca de los Ángeles Li Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 82717.—(55719).

Ante esta notaria pública, Marilyn Bedoya Esquivel, se constituye escritura de la sociedad Tecnología Aplicada a la Seguridad Korporativa Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en su aditamento final en S. A., escritura número ciento cuarenta y seis, inscrita en el tomo primero, folio setenta y dos frente, de mi protocolo; cuyo capital social está representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Dado en Atenas, a las nueve horas del quince de julio del dos mil cuatro.—Lic. Marilyn Bedoya Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 82718.—(55720).

Por escritura otorgada a las diez horas del trece de julio del dos mil cuatro Corporación La Fuente de las Bromelias Sociedad Anónima, nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Se reforman las cláusulas segunda y tercera.—La Aurora de Heredia, quince de julio del dos mil cuatro.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—Nº 82719.—(55721).

Por escritura otorgada a las siete horas del día trece de mayo del año dos mil cuatro, se constituye la empresa de esta plaza Servicios EGM Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones exactos. Representación: presidente y tesorero. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, catorce de julio del año dos mil cuatro.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 82722.—(55722).

Mediante escritura número dieciocho otorgada ante mi notaría a las ocho y treinta horas del quince de mayo del año dos mil cuatro, se constituyó la compañía Ansega Industrial S. A. cuyo plazo social es de noventa y nueve años; capital social cien mil colones; presidente y secretario con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 15 de mayo del 2004.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 82724.—(55723).

Ante mí, Irina Yurievna Vejova, notaria pública, a las 16:00 horas del 19 de junio del 2004 se constituyó la sociedad Agrarni Sociedad Anónima.—Lic. Irina Yurievna Vejova, Notaria Pública.—1 vez.—Nº 82725.—(55724).

Ana Felicia León Chacón, cédula Nº 4-088-915, Rita Isabel Bolaños León, cédula 1-709-665, Rómulo Enrique Bolaños León, cédula 1-777-261, Virgilio Orlando Bolaños León, cédula 1-743-219, constituyen sociedad: Bole Bolaños León S. A. domiciliada en Heredia, Santo Domingo, Santo Tomás. Del abastecedor El Sesteo veinticinco metros norte, cien este, el capital social es de ¢18.000. Escritura otorgada a la 12:00 horas del 18 de junio del 2004.—Lic. Alonso Alvarado Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 82726.—(55725).

Ante esta notaría por medio de escritura número doscientos noventa y cuatro de las ocho horas del primero de marzo del dos mil cuatro, se constituyó la sociedad denominada La Doncella de Hierro S. A., plazo: noventa y nueve años, capital: quinientos mil colones, domicilio: San José, presidente: Carlos Edwin Padilla Retana.—San José, 1º de marzo del 2004.—Lic. Ángel Moreno Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 82727.—(55726).

Mediante escritura número ciento veintiséis, del tomo primero de mi protocolo, otorgada a las ocho horas del día siete de julio de dos mil cuatro, se constituyó Multiservicios Globales Continental Sociedad Anónima. Domicilio: San José, cantón central, distrito Zapote. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Representante legal: Jorge Enrique Rodríguez Pérez.—San José, 16 de julio del 2004.—Lic. José Erasmo Toruño Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 82728.—(55727).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciocho horas del día quince de julio del dos mil cuatro, se constituyeron las sociedades denominadas Pacific Tetris Holdings Sociedad Anónima; Atlantic Gama Investments Sociedad Anónima; Mankof Holdings Sociedad Anónima; Unax Investments Pacific Sociedad Anónima; Ningensei del Sur Sociedad Anónima; Lason Pacific Coast Sociedad Anónima; Rusconi Mila Sociedad Anónima; Crystallex BNG Sociedad Anónima; Ferretox Boden Sociedad Anónima;

Brennen North Pacific Sociedad Anónima; Niantic Atlantic Sociedad Anónima; Lossolam Central Pacific Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2004.—Lic. David Gutiérrez Swanson, Notario.—1 vez.—Nº 82729.—(55728).

Ante mi notaría, a las 11:00 hora del día 14 de julio del 2004, se constituyó la entidad Fernández & Bermúdez S. A. Capital social: suscrito y pagado.—San José, 14 de julio del 2004.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—Nº 82731.—(55729).

Ante mí, hoy, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Residencia Altos de Escazú S. A.—Cartago, 30 de junio del 2004.—Lic. Luis Martínez Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 82732.—(55730).

Por escritura otorgada en esta notaría, al ser las 8:00 horas del 16 de julio presente, se constituye la sociedad Septentrión S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente: Ernesto Gutiérrez Blanco.—San José, 16 de julio del 2004.—Lic. Mauricio Marín Sevilla, Notario.—1 vez.—Nº 82733.—(55731).

El suscrito notario hace constar que en esta notaría se constituyó la empresa denominada Contratos Agrícolas Mi Rubí S. A. Plazo social: 99 años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domiciliada en la ciudad de Puntarenas. Objeto: principal el comercio en general.—Puntarenas, 1º de junio del 2004.—Lic. Marco Aurelio Zúñiga Angulo, Notario.—1 vez.—Nº 82734.—(55732).

Por escritura pública número ciento quince, otorgada ante mi notaría, a las dieciocho horas del catorce de julio del dos mil cuatro, se constituyó la sociedad denominada Ferrotico Internacional Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Tibás. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Damaris González Serrano.—San José, 15 de julio del 2004.—Lic. Allen Jorge López Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 82736.—(55733).

Ante esta notaría comparecieron Gilberth Fonseca Montenegro, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San Francisco de Cartago, Urbanización Cocorí, casa cuatrocientos noventa y seis, cédula número tres-doscientos setenta y tres-cuatrocientos ochenta y nueve y Damaris Araya Rivera, mayor, casada una vez, ama de casa, del mismo domicilio del anterior, cédula número uno-seiscientos quince-ciento setenta y siete, y constituyen sociedad anónima denominada F Y A Porteadores Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años. Capital social: de diez mil colones.—Cartago, 14 de julio del 2004.—Lic. José Roberto Quirós Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 82739.—(55734).

Por escritura otorgada en San José, a las dieciocho horas del día veintitrés de junio de dos mil cuatro, ante el notario Mauricio Villalobos Barrientos, escritura número setenta y tres del tomo tercero, visible al folio treinta y seis vuelto, los señores Richard Alfonso y Juan José Nassar Güell, constituyen Triton Group International Sociedad Anónima.—San José, 15 de julio del 2004.—Lic. Mauricio Villalobos Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 82740.—(55735).

Ante esta notaría, mediante escritura pública Nº 39, otorgada a las 8:20 horas del 16 de junio del 2004, se constituyó la sociedad Apuntes y Soluciones A S P Sociedad Anónima.—San José, 9 de julio de 2004.—Lic. Ericka Montoya Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 82741.—(55736).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:30 horas del 16 de julio del 2004, se constituyó la sociedad denominada Stanley Potier Associated Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Barrio Francisco Peralta, Casa Italia 100 sur, 200 oeste, 50 sur y 75 oeste. Presidenta: Amanda Johanna Stanley Potier.—San José, 16 de julio del 2004.—Lic. Xinia Patricia Mora Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 82743.—(55737).

Por escritura otorgada a las trece horas del día siete de julio del año dos mil cuatro, se protocoliza el acta número nueve de la asamblea general extraordinaria en la cual se reforma completamente la cláusula sexta y la segunda de la empresa de esta plaza Desierto de los Leones Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos cero cinco dos cinco siete.—San José, 14 de julio del 2004.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 82744.—(55738).

Por escritura número doscientos doce de las quince horas del diez de julio del dos mil cuatro visible en mi protocolo cuarto al folio ciento veinticuatro vuelto, se constituyó la empresa de esta plaza denominada Juamar S. A. Capital social: completamente pagado y suscrito.—Moravia, 15 de julio del 2004.—Lic. Sandra Ma. Pereira Retana, Notaria.—1 vez.—Nº 82747.—(55739).

Ante mi notaría, Licenciado Warner Céspedes Arias, se ha constituido la sociedad anónima Grupo Mercantil Emilan Internacional S. A., siendo que en adelante se denominará Grupo Mercantil Emilan Sociedad Anónima, mediante escritura número ciento veinticinco, de las dieciséis horas del catorce de julio del dos mil cuatro. Es todo.—San José, 15 de julio del 2004.—Lic. Warner Céspedes Arias, Notario.—1 vez.—Nº 82748.—(55740).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del quince de julio del dos mil cuatro, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la

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sociedad denominada GBM de Costa Rica Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero cero tres mil doscientos cincuenta y dos, mediante la cual se reforman integralmente la totalidad de los estatutos sociales. Es todo.—San José, 15 de julio del 2004.—Lic. Mauricio Bonilla Robert, Notario.—1 vez.—Nº 82750.—(55741).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del quince de julio del dos mil cuatro, se constituyó la sociedad anónima denominada Juanito Pura Vida Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma señor John Harris Hatcher Jr.—Lic. Jorge Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 82751.—(55742).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del treinta y uno de marzo del dos mil cuatro, se constituyó Menycob MZM Empresas Individual de Responsabilidad Limitada.—La Aurora de Heredia, 15 de julio del 2004.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—Nº 82753.—(55743).

Por escritura otorgada ante mí, a esta hora y fecha, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Miranda y Di Bella Limitada. Domiciliada en Grecia Centro, Alajuela, frente al costado este del Mercado Municipal, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cero diecisiete mil noventa y uno. Se nombra al señor José Rafael Rodríguez Gómez, mayor de edad, casado una vez, comerciante, vecino de Grecia, Alajuela, cédula de identidad número dos-doscientos setenta y nueve-seiscientos noventa y ocho, como gerente, con todas las atribuciones que otorga la cláusula sexta del pacto constitutivo de dicha sociedad.—Grecia, a las 9:00 hora del 8 de julio del 2004.—Lic. Juan Carlos Quesada Araya, Notario.—1 vez.—Nº 82754.—(55744).

La suscrita notaria hace constar que en mi notaría, el día doce de julio del dos mil cuatro, mediante escritura pública número doscientos veinticinco, visible a folio treinta y seis frente del protocolo primero de la notaria Carolina Méndez Zamora, se constituyó Publicaciones Alma de Cartago, Sociedad Anónima, por los socios Alexis de los Ángeles Delgado Araya y Maureen Lucrecia González Castillo, quienes son presidente y vicepresidente respectivamente. Es todo.—Paraíso, 12 de julio del 2004.—Lic. Carolina Méndez Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 82755.—(55745).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas de hoy se constituyó La Cocina de Turno Doña Chila S. A. Domicilio: Cirrí de Naranjo. Capital: cinco millones de colones. Plazo: noventa y nueve años. Presidenta: Xinia María Gamboa Salas.—San José, 12 de julio del 2004.—Lic. Enrique Retana Arias, Notario.—1 vez.—Nº 82756.—(55746).

Por escritura otorgada en Grecia, a las 19:00 horas del día 13 de julio del año 2004, constituyen Fumigadora Delgado Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones exactos. Presidente: Lawrence Delgado Gómez.—Lic. María Hidalgo Cubero, Notaria.—1 vez.—Nº 82757.—(55747).

Mediante escritura otorgada a las dieciocho horas del catorce de julio del año dos mil cuatro, ante la notaria Rita Eugenia Guzmán Fernández, se modifican las cláusulas segunda y sexta del pacto social de la sociedad LaCURE Corporate and Leisure S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y seis mil ochocientos cincuenta y seis.—San José, catorce de julio del año dos mil cuatro.—Lic. Rita Eugenia Guzmán Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 82759.—(55748).

En mi notaría, al ser las catorce horas del día quince de julio del dos mil cuatro, se constituyó la sociedad denominada Nutri Lac Sociedad Anónima.—San José, quince de julio del dos mil cuatro.—Lic. Rebeca Madrigal Garita, Notaria.—1 vez.—Nº 82760.—(55749).

Ante mi Notaría, se constituyó la sociedad Seguridad y Defensa Israelita D V Sociedad Anónima. El Presidente y Secretario son los apoderados generalísimos sin límite de suma. Presidente: José Reinaldo Drucker Pacheco, Secretario: Óscar Vargas Benavides. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Agente Residente: Lic. Susana Zamora Fonseca. Constitución: 16:00 horas del 13 de julio del 2004.—Belzert Espinoza Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 82762.—(55750).

El suscrito notario he procedido a constituir la sociedad ACK Soluciones Intermáticas Sociedad Anónima. Presidente Esteban Gómez Vargas.—Moravia, dieciséis de julio del dos mil cuatro.—Lic. John Brenes Ortiz, Notario.—1 vez.—Nº 82765.—(55751).

El suscrito notario he procedido a constituir la sociedad MAB Representaciones Técnicas Sociedad Anónima. Presidente Max Alvarado Brenes.—Moravia, dieciséis de julio del dos mil cuatro.—Lic. John Brenes Ortiz, Notario.—1 vez.—Nº 82767.—(55752).

Óliver Elías Ramírez Marín y Fabián Víquez Ulate, constituyen empresa denominada Homolúdicos Sociedad Anónima. Capital social ¢10.000. Presidente: Óliver Elías Ramírez Marín.—Heredia, 16 de julio del 2004.—Lic. Neftalí Madrigal Chaverri, Notario.—1 vez.—Nº 82769.—(55753).

Edgar Ramírez Arce y Jovel Chávez Montero, constituyen empresa denominada Grupo Ramcha-uno A. Capital social: ¢10.000. Presidente: Edgar Ramírez Arce.—Heredia, 16 de julio del 2004.—Lic. Neftalí Madrigal Chaverri y Marianela Jiménez Valerio, Notarios.—1 vez.—Nº 82770.—(55754).

Por escritura número noventa y dos otorgada ante la licenciada Daniela Leitón Castillo, protocolice acta número cuarenta de la asamblea extraordinaria de socios de Teatro Milán Sociedad Anónima, mediante la cual se nombra nueva junta directiva, se modifica la cláusula número quinta de la escritura de constitución.—Alajuela, al ser las dieciséis horas diez minutos del día catorce de julio del dos mil cuatro.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 82771.—(55755).

Por escritura autorizada hoy, a las dieciocho horas en esta Notaría, Silvia Rosa Fernández Ramírez y Rogelio Fernández Moreno constituyen la compañía Sueno Español Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sueno Español S. A., con un capital social suscrito y pagado de veinte mil colones, con un plazo de noventa y nueve años y domiciliada en San José.—San José, ocho de abril del dos mil cuatro.—Lic. Kathya Navarro López, Notaria.—1 vez.—Nº 82773.—(55756).

Por escritura número 64, otorgada en mi notaría, se protocolizó acta número 1 de la sociedad denominada Milenium III, mediante la cual se revocan poderes al secretario y tesorero.—San José, 15 de julio del 2004.—Lic. Gonzalo Campos Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 82775.—(55757).

Por escritura de las 10:00 horas del 6 de julio del dos mil cuatro, ante mi notaría, se constituyó la sociedad Pizza Gino S. A., por D”errico Ciriaco y Lidieth Gabriela Jiménez Mora. Presidente y secretario apoderados generalísimos.—Santa Ana, 15 de julio del 2004.—Lic. Sergio Fernando Jiménez Guevara, Notario.—1 vez.—Nº 82782.—(55758).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las 08:00 horas del día 21 de junio del 2004, se constituye Inversiones M.A.O. Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años a partir del 21 de junio del 2004. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma actuando individualmente, vicepresidente, secretario, tesorero, vocal 1 y vocal 2, con iguales facultades actuando conjuntamente dos de ellos.—San José, 16 de julio del dos mil cuatro.—Lic. José Manuel Ortiz Durman, Notario.—1 vez.—Nº 82784.—(55759).

Por escritura otorgada ante mí, en esta Ciudad, a las 10:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Jorge Solano Jiménez y Asociados Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio la ciudad de Cartago. Objeto: las actividades de consultoría en ingeniería, y el ejercicio del comercio. Administración: dos gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cartago, 10 de julio del 2004.—Lic. Javier Solano Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 82785.—(55760).

Por medio de la escritura número noventa y nueve, otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del día treinta de junio del dos mil cuatro, ante esta Notaría, se protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Financorp Sociedad de Fondos de Inversión S. A., y por la cual se modifica la cláusula sétima de los Estatutos Sociales, relativa a la Administración, se revocan los nombramientos de la Junta Directiva y se nombran nuevos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 82788.—(55761).

Por medio de la escritura número ciento doce, otorgada a las dieciocho horas del día cinco de julio del dos mil cuatro, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Desarrollos Turísticos del Coco S. A., y por la cual se modifican las cláusulas primera, segunda y tercera de los estatutos sociales, y se nombra apoderada generalísima sin límite de suma.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 82789.—(55762).

Por medio de la escritura número ciento once, otorgada a las dieciséis horas del día cinco de julio del dos mil cuatro, ante esta Notaría, se protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Remanzo de Mallorca S. A., y por la cual se ratifican los nombramientos de la Junta Directiva y del Fiscal, por todo el nuevo plazo social de esta compañía.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 82790.—(55763).

Por medio de la escritura número ciento treinta y seis, otorgada a las nueve horas del día nueve de julio del dos mil cuatro, ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Condo Valle Verde del Coco Sociedad Anónima. Domicilio en Coronado, San José. Plazo noventa y nuevo años. Capital social: diez mil colones. Presidenta: la señora Andrea Arroyo Quirós.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 82791.—(55764).

Por medio de la escritura número noventa y ocho, otorgada a las dieciséis horas del día treinta de junio del dos mil cuatro, ante esta Notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad denominada Financorp, Puesto de Bolsa S. A., y por la cual se modifica la cláusula sexta de los Estatutos Sociales, relativa a la Administración, se revocan los nombramientos de la Junta Directiva y se nombran nuevos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 82792.—(55765).

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Por medio de la escritura número ciento treinta y siete, otorgada a las nueve horas treinta minutos del día nueve de julio del dos mil cuatro, ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Condo Valle Sol C.V.S. Sociedad Anónima Domicilio en Coronado, San José. Plazo noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones, presidenta: la señora Andrea Arroyo Quirós.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 82793.—(55766).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Alcor TYA Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Inversiones Alcor TYA S. A. Domicilio social: Cariari, veinticinco metros al este de supermercado Palí, Pococí, Limón. Plazo social: cien años contados a partir de esta fecha. Capital social: cien mil colones totalmente suscrito y pagado.—Pococí, 3 de mayo del 2004.—Lic. Mayra Rojas Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 82794.—(55767).

Jorge Luis Varela Arrieta, Vilma Salazar Jiménez y Celia María Varela Alfaro, constituyeron la sociedad anónima denominada Liberty V.Y.S. del Atlántico, con domicilio en la Rita de Pococí, Limón, en fecha veintiocho de junio del año dos mil cuatro ante la notaría del licenciado Esequías Lobo Chaves.—Guápiles, 15 de julio del 2004.—Lic. Esequías Lobo Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 82795.—(55768).

Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría el 16 de julio del 2004, se constituyeron las siguientes sociedades a las siguientes horas Valley of the Blue Sky Ltda., 10:00; Voyage Underwater Ltda., 10:40; Colorful Mountains Ltda., 11:10; Gallery of Stars Ltda., 11:35; Whispering Dry Leaves Ltda., 12:00; Starwood Houses Ltda., 12:25; Tree Top Ranch Ltda., 13:00; todas con el domicilio en Heredia, objeto genérico, plazo 90 años, capital social doce mil colones, apoderado generalísimo gerente: Alejandro Masís Jiménez.—San José, 16 de julio del 2004.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—Nº 82798.—(55769).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 16 horas del 10 de junio del año 2004, se constituyó Construcciones y Remodelaciones Canji S. A. Con domicilio en Purral, Goicoechea, barrio La Lupita 100 este y 100 sur del comunal, casa Nº 129. Plazo social: 100 años. Capital social: ¢10.000,00 (diez mil colones) comunes y nominativas de ¢1.000,00 (un mil colones) cada una. Junta directiva: Presidente: Miguel Ángel Cantillano Jiménez, cédula Nº 1-450-630, secretaria: Johanna Cantillano Chavarría, tesorera: Maribel Chavarría Cedeño, fiscal: Royner Cantillano Chavarría.—San José, 16 de julio del año 2004.—Leda Montoya Aguilar, Notaria.—1 vez.—Nº 82800.—(55770).

En mi notaría a las diez horas del quince de julio del dos mil cuatro, se constituyó la sociedad denominada Ribera de la Rioja S. A, con un capital social de diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, por un plazo social de noventa y nueve años, cuyo domicilio social lo será en la ciudad de San José, cantón de Moravia, distrito San Vicente, propiamente en calle seis, avenida cuatro.—San José, 16 de julio del 2004.—Lic. Mauricio Vega Camacho, Abogado y Notario.—1 vez.—Nº 82802.—(55771).

Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria mediante la cual se reformaron los estatutos de Zapatos Siquirreños S. A.—Guápiles, 9 de julio del 2004.—José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—Nº 82803.—(55772).

En esta notaría al ser las once horas, cuarenta minutos del día dieciséis de julio del dos mil cuatro, se ha constituido la sociedad denominada Ganadería Gasol del Atlántico Sociedad Anónima, con un capital social de veinte millones de colones, plazo de noventa y nueve años y domicilio en la ciudad de Pococí, Limón. Dado en esta capital el dieciséis de julio del dos mil cuatro.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 82805.—(55773).

Por escritura otorgada a las 13:00 horas del 13 de julio del 2004, se constituyó la sociedad Oversonix Communication Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, La Florida de Tibás. Objeto: industria y comercio.—San José, 13 de julio del 2004.—Lic. José Manuel Sáenz Montero, Notario.—1 vez.—Nº 82806.—(55774).

Por escritura otorgada hoy ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Malevima S. A. Domicilio: San José; Plazo: 100 años a partir de hoy; Objeto: el comercio en general; Capital: íntegramente suscrito y pagado; Acciones: nominativas.—San José, 14 de julio del 2004.—Lic. Mario Brenes Luna, Notario.—1 vez.—Nº 82810.—(55775).

Ante mí notaría, a las 12:00 horas del 29 de junio del 2004, se constituye la sociedad Centro Médico Santa Clara Larof S. A. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio en general.—Lic. Ingrid Vargas Bolaños, Notaria.—1 vez.—Nº 82811.—(55776).

En Guápiles, Pococí, se constituye sociedad denominada Alfa de Atlántico A Y M S. A. Presidente: Alamar Fernández Arias. Otorgada en Guápiles, Pococí, a las 11:00 horas del 28 de mayo del 2004. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—Guápiles, dieciséis de julio del dos mil cuatro.—Lic. Jesús Pablo Baltodano Gómez, Notario.—1 vez.—N° 82812.—(55777).

En Guápiles, Pococí, se constituye sociedad denominada Doña Dora del Caribe S. A. Presidente: Allen Quirós Arias. Otorgada en Guápiles, Pococí, a las 15:30 horas del 28 de junio del 2004. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—Guápiles, veintiocho de junio del dos mil cuatro.—Lic. Jesús Pablo Baltodano Gómez, Notario.—1 vez.—N° 82813.—(55778).

En mi notaría en San José, a las 8:00 horas del 17 de junio del 2004, se constituyó la sociedad Seguridad J B B Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital social: doce mil colones. Presidente con plenas facultades. Plazo: 99 años.—Lic. Orlando Leiva Rojas, Notario.—1 vez.—N° 82814.—(55779).

A las 15:00 horas del 7 de julio del 2004, ante el notario Oliver Alpízar Salas, se constituye la empresa Inversiones Kirevhy Sociedad Anónima, con domicilio en Los Chiles de Aguas Zarcas de San Carlos. Presidente: Víctor Hugo Alfaro Esquivel.—Lic. Oliver Alpízar Salas, Notario.—1 vez.—N° 82815.—(55780).

Por escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del doce de julio del dos mil cuatro, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad que es denominada Condo-Hotel Punta Loras Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto social y se reorganiza su junta directiva.—San José, 15 de julio del 2004.—Lic. David Miremberg Rubinstein, Notario.—1 vez.—N° 82816.—(55781).

Grettel Peraza Montero y Yesenia López Mora, constituyen sociedad anónima denominada Yesvi Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Yesenia López Mora. Plazo social: noventa y nueve años a partir del día dieciséis de junio del año dos mil cuatro. Escritura otorgada en Orotina, a las catorce horas del día dieciséis de junio del año dos mil cuatro.—Orotina, seis de julio del año dos mil cuatro.—Vicente León León, Notario.—1 vez.—N° 82821.—(55782).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Doce de Marzo Cero Tres Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones.—San José, 13 de julio del 2004.—Yuliana Gaitán Ayales, Notaria Pública.—1 vez.—N° 82822.—(55783).

En esta notaría se procedió a constituir la sociedad denominada Inversiones Kalatakut - Josefina Sociedad Anónima, domiciliada en San José, barrio La California de la embajada de Nicaragua, setenta y cinco metros al sur. Objeto: agricultura, industria y comercio, quinta diez mil colones. Presidente con la representación judicial y extrajudicial.—San José, veintiuno de agosto del dos mil tres.—Lic. Rosa María Herrera León, Notaria.—1 vez.—N° 82823.—(55784).

En esta notaría se procedió a constituir la sociedad denominada Barbecho de Esparto T.A. Sociedad Anónima, domiciliada en San José, barrio La California de la embajada de Nicaragua setenta y cinco metros al sur. Objeto: agricultura, industria y comercio, quinta diez mil colones. Presidente: con la representación judicial y extrajudicial.—San José, veintiuno de agosto del dos mil tres.—Lic. Rosa María Herrera León, Notaria.—1 vez.—N° 82824.—(55785).

Ante esta notaría, al ser las dieciocho horas del trece de julio del dos mil cuatro, se constituyó la sociedad Corporación Sarchí Dos Mil Cuatro, cuyo presidente es el señor Jorge Luis Quesada Alfaro, cédula N° 2-457-334, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Víctor Rojas Aguilar, Notario.—1 vez.—N° 82826.—(55786).

Por escritura número setenta y cuatro otorgada ante el suscrito notario a las 13:00 horas del día 16 de julio del 2004, se modificó la cláusula sexta de los estatutos de la compañía denominada Corporación Murony Sociedad Anónima.—San José, 16 de julio del 2004.—Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—(55845).

Por escritura número setenta y tres otorgada ante el suscrito notario a las 10:00 horas del día 16 de julio del 2004, se constituyó Lila Azul Sociedad Anónima. Capital social: 10.000 colones íntegramente suscritos y pagado. Domicilio social: será en San José, Moravia, 200 metros oeste del parque. Plazo social: 99 años. Presidenta: Ana Isabel Guillén Montero.—San José, 16 de julio del 2004.—Lic. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—(55846).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario público, a las nueve horas del día seis de julio del dos mil cuatro, se constituyó la sociedad denominada Consultores M. Arroyo & Asociados M&A Sociedad Anónima. Domiciliada en San José. Representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 19 de julio del 2004.—Lic. Ricardo Urbina Paniagua, Notario.—1 vez.—(55862).

Enoc Jirón, Nelsa Elizabeth Espinoza Pérez, constituyen la sociedad anónima El Shaddy Sociedad Anónima. Domicilio social: San José. Capital: diez mil colones suscrito y pagado. Presidente: Enoc Jirón, con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, escritura otorgada en San José, a las nueve horas del día quince de julio del 2004.—San José, 16 de julio del 2004.—Lic. Marvin Roldán Granados, Notario.—1 vez.—(55872).

Pág 32 La Gaceta Nº 143 — Jueves 22 de julio del 2004

Por escritura otorgada, ante el suscrito notario a las 8:00 horas del 16 de julio del 2004, se constituyó la sociedad Ecodesarrollo Sueño Escondido Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Ecodesarrollo Sueño Escondido S. A., cuya representación la ostentan el presidente y el secretario actuando conjunta o separadamente, otorgándoles facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 19 de julio del 2004.—Lic. José Gabriel Riba Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(55879).

Por escritura otorgada, ante el suscrito notario a las 13:00 horas del 14 de junio del 2004, se constituyó la sociedad Paz y Flora Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Paz y Flora S. A., cuya representación la ostentan el presidente y secretario de la junta directiva, otorgándoles facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Plazo: cien años.—San José, 15 de julio del 2004.—Lic. Manuel Barboza Arce, Notario.—1 vez.—(55880).

Por escritura otorgada, ante el suscrito notario a las 7:00 horas del 29 de junio del 2004, se constituyó la sociedad On The River Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse On The River S. A., cuya representación la ostentan el presidente actuando conjunta o separadamente y el secretario actuando conjuntamente con el tesorero, otorgándoles facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 16 de julio del 2004.—Lic. José Gabriel Riba Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(55881).

Por escritura otorgada, ante el suscrito notario a las 8:00 horas del 29 de junio del 2004, se constituyó la sociedad On The Mountain Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse On The Mountain S. A., cuya representación la ostentan el presidente actuando conjunta o separadamente y el secretario actuando conjuntamente con el tesorero, otorgándoles facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 16 de julio del 2004.—Lic. José Gabriel Riba Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(55882).

Raúl Vargas Rojas y Oldemar Vargas Rojas, constituyen Doble Raya S. A., domiciliada en Heredia, San Pablo, Residencial Yuli, cuatrocientos oeste de Chantilly. Capital social cien mil colones, representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente. Escritura número 5-4 de las 14:00 horas del 14 de julio del 2004.—Lic. Juan Carlos Matamoros Carvajal, Notario.—1 vez.—Nº 82827.—(55886).

Oldemar Vargas Rojas y Raúl Vargas Rojas, constituyen Corporación Dekma S. A., domiciliada en Heredia, Mercedes Norte, Residencial Claretiano, casa cinco G. Capital social cien mil colones, representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente. Escritura número 4-4 de las 13:00 horas del 14 de julio del 2004.—Lic. Juan Carlos Matamoros Carvajal, Notario.—1 vez.—Nº 82828.—(55887).

En mi notaría, por escritura número cincuenta y tres del once de mayo de dos mil cuatro, se constituyó la firma, denominada Inversiones Almeka del Este Sociedad Anónima, Plazo social 99 años, capital social diez mil colones, domicilio San Pedro Montes de Oca, presidente y tesorera con facultades individuales de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Gubert Salas Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 82830.—(55888).

Por escritura otorgada, ante el suscrito notario, en la ciudad de Alajuela, a las 9:00 horas del 1º de julio del 2004, se constituyó la empresa Lubricantes Santa Ana LUSA S. A. Capital social íntegramente suscrito y pagado, es apoderado generalísimo el presidente, plazo cien años, domicilio en la ciudad de Alajuela.—Alajuela, 15 de julio del 2004.—Lic. Johnny Hernández González, Notario.—1 vez.—Nº 82831.—(55889).

Por escritura N° 122-5 de mi protocolo tomo quinto, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de Agroindustrial Palmipás S. A., celebrada en el domicilio social con la presencia de la totalidad del capital social, se reformaron las cláusulas 5° del capital social y 6° de la junta directiva o consejo de administración y se designó nueva junta directiva. Es todo.—San José, a las 8:00 horas del 30 de junio del 2004.—Lic. Laura Charpentier Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 82832.—(55890).

Por escritura N° 119-5 de mi protocolo tomo quinto, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de Distribuidora Magna S. R. L., celebrada en el domicilio social con la presencia de la totalidad del capital social, se reformaron las cláusulas 5° del capital social y 6° de la junta directiva o consejo de administración. Es todo.—San José, a las 7:00 horas del 30 de junio del 2004.—Lic. Laura Charpentier Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 82833.—(55891).

Por escritura N° 123-5 de mi protocolo tomo quinto, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de Bicicletas Modernas S. A., celebrada en el domicilio social con la presencia de la totalidad del capital social, se reformó la cláusulas 3° del plazo social. Es todo.—San José, a las 12:00 horas del 30 de junio del 2004.—Lic. Laura Charpentier Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 82834.—(55892).

Ante mí, se constituyó Xibalba Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Sabanilla, de Montes de Oca, Condominios Andrómeda, número 28. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados

generalísimos sin límite de suma, actúan conjuntamente. Escritura otorgada en Coronado, a las 11:00 horas del 14 de julio del 2004.—Lic. Ligia Mora Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 82836.—(55893).

Mediante escritura número ciento treinta y ocho, otorgada a las nueve horas del día quince de julio del año dos mil cuatro, se constituyó la sociedad denominada Inversiones GSPG Internacional Sociedad Anónima. Es todo.—San José, dieciséis de julio del año dos mil cuatro.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—Nº 82837.—(55894).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las doce horas del diez de julio del dos mil cuatro, se constituye la sociedad denominada Distribuidora de Productos Industriales Jofesa JLFS S. A., domicilio social, Costa Rica, Cartago, Turrialba, Santa Rosa, contiguo a la fábrica de hielo, plazo social: noventa y nueve años. capital social: totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo. Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial.—Turrialba, 16 de julio del 2004.—Lic. Sigifredo Brenes Dittel, Notario.—1 vez.—Nº 82838.—(55895).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó Aosta S. A. Capital suscrito y pagado. Presidente y tesorero con facultades de apoderado generalísimo, actuando conjuntamente.—Heredia, 15 de julio del 2004.—Lic. Guillermo Salas Campos, Notario.—1 vez.—Nº 82839.—(55896).

El día 6 de julio del año 2004, a las 10:00 horas y ante esta notaría, se constituyó Inversiones Sandy Beach Sociedad Anónima.—Ciudad Neily, 15 de julio del 2004.—Lic. Luis Alberto Canales Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 82842.—(55897).

En escritura número sesenta y tres - seis - dos mil cuatro, de las dieciséis horas del trece de julio de dos mil cuatro, otorgada ante el suscrito se constituyó la Compañía Cañón de Candelaria S. A. Domicilio en Cangrejal de Acosta. Capital social diez mil colones. Plazo 99 años. Representante: presidenta con facultades de apoderada generalísima sin limite de suma.—San José, 14 de julio del 2004.—Lic. Rafael Ángel Fallas Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 82849.—(55898).

Por escritura autorizada, en mi notaría, a las 16:00 horas del día 7 de julio del año 2004, se constituyó la sociedad O.E. Office Express Sociedad Anónima.—San José, 9 de julio del 2004.—Lic. Manuel E. Zúñiga Urrutia, Notario.—1 vez.—Nº 82851.—(55899).

Por escritura autorizada, en mi notaría, a las 16:00 horas del día 5 de julio del año 2004, se constituyó la sociedad M.A.K.A. Products Sociedad Anónima.—San José, 9 de julio del 2004.—Lic. Manuel E. Zúñiga Urrutia, Notario.—1 vez.—Nº 82852.—(55900).

Allan Castro García, constituye sociedad con Nelson Eduardo Castro Fallas, denominada Servicios de Mensajería Castro y Castro S. A. Ante el notario José Eduardo Quesada Loría.—Lic. José Eduardo Quesada Loría, Notario.—1 vez.—Nº 82855.—(55901).

Por escritura pública, otorgada en esta notaría, a las once horas treinta y cinco minutos del treinta de junio del dos mil cuatro se constituyó la sociedad anónima denominada Crisker del Sol S. A., capital diez mil colones, domicilio: San Isidro de Pérez Zeledón, Barrio Ciudadela Blanco detrás del Colegio Calderón Guardia, provincia de San José, presidenta Sandra María Elizondo Robles con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, secretario: Juan Diego Araya Monge. Plazo social: 99 años.—San Isidro de Pérez Zeledón, 15 de julio del 2004.—Lic. Luz Mary Molina Calvo, Notaria.—1 vez.—Nº 82856.—(55902).

Mediante escritura autorizada por mí, a las 10:00 horas del 16 de julio del 2004, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de High Power Investments Sociedad Anónima, de esta plaza, cédula de persona jurídica número 3-101-347415, mediante la cual se modifica la cláusula undécima de su pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 16 de julio del 2004.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—Nº 82858.—(55903).

Mediante escritura autorizada por mí, a las 14:00 horas del 16 de julio del 2004, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Network Associates Corporation Costa Rica Sociedad Anónima, de esta plaza, cédula de persona jurídica número 3-101-276109, mediante la cual se modifica la cláusula primera de su pacto constitutivo.—San José, 16 de julio del 2004.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—Nº 82859.—(55904).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de El General de Pérez Zeledón, a las diez horas del trece de julio del año dos mil cuatro. Se constituyó la sociedad denominada Paraíso Natural del Diamante Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio social será la provincia de San José, en el cantón de Pérez Zeledón, en su distrito de San Isidro, setenta y cinco metros al oeste de Disco Centro, como presidente Steve Jon Corwin.—San Isidro de Pérez Zeledón, dieciséis de julio del año dos mil cuatro.—Lic. Rodolfo Herrera García, Notario.—1 vez.—Nº 82860.—(55905).

La Gaceta Nº 143 — Jueves 22 de julio del 2004 Pág 33

En la ciudad de Grecia, Alajuela al ser las once horas del día diecinueve de julio del dos mil cuatro, se constituyó la compañía denominada DF Mantis Griega Sociedad Anónima. Presidente: Diego Fonseca Villalobos. Capital social: diez mil colones.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—Nº 82861.—(55906).

En la ciudad de Grecia, Alajuela al ser las doce horas del día diecinueve de julio del dos mil cuatro, se constituyó la compañía denominada Inversiones Hidalgo Gómez Sociedad Anónima. Presidente: Adrián José Hidalgo Gómez. Capital social: diez mil colones.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—Nº 82862.—(55907).

Por escritura ante mi, Mauricio José Molina Valverde, de las 8:00 horas del 16 de julio del 2004, protocolicé acta de asamblea de la sociedad denominada Repuestos Universales S. A., modificando la cláusula segunda y sexta y realizando nombramientos.—San José, 16 de julio del 2004.—Lic. Mauricio José Molina Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 82864.—(55908).

Por escritura ante mi, Mauricio José Molina Valverde, de las 10:00 horas del 8 de julio del 2004, se constituyó la sociedad denominada Rapamokari S. A., presidente: Rafael García Campos, capital social: 10.000,00 colones.—San José, 16 de julio del 2004.—Lic. Mauricio José Molina Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 82865.—(55909).

En mi notaría, mediante escritura otorgada a las 8:00 horas del 16 de julio del año 2004, se constituyó la sociedad Inmobiliaria Dos Ges S. A. Plazo noventa y nueve años. Objeto: actividades de servicios en general, además de industriales y agropecuarias. Presidente: Raúl Antonio Gómez Guerrero.—San Ramón, Alajuela, 19 de julio del año 2004.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—Nº 82866.—(55910).

Por escritura de las diez horas de hoy, en esta ciudad, protocolicé acta de asamblea de socios de Arrendamientos La Romana S. A., en la cual se reforman sus estatutos.—San José, 16 de julio del 2004.—Lic. Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1 vez.—Nº 82867.—(55911).

A las nueve horas y veinte minutos del día once de febrero del dos mil cuatro, se constituyó la sociedad Asetrek Cinco del Cielo S. A., domiciliada en San José, capital íntegramente pagado en dinero efectivo, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, plazo noventa y nueve años, objeto: comercio en general.—San José, 15 de julio del 2004.—Lic. Guillermo Chacón Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 82868.—(55912).

Por escritura número setenta, otorgada ante esta notaría, el día siete de julio del año dos mil cuatro, a las catorce horas, se reformó la cláusula quinta de la sociedad Propiedades Ancona INC S. A.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 82847.—(55913).

NOTIFICACIONESECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDORPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Unidad Técnica de Apoyo.—San José, a las diez horas cincuenta minutos del treinta de junio del dos mil cuatro. (Expediente Nº 0463-01).

Con vista en la denuncia interpuesta por Junta de Protección Social de San José (representada por Luis Arturo Polinaris Vargas) contra Lesly Brian Navarro Loaiza por supuesta infracción al artículo 31 inciso h) de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley 7472 del 20 de diciembre de 1994 y sus reformas, se resuelve: a) Diligenciar notificación a la parte denunciada Lesly Brian Navarro Loaiza por medio de publicación de edicto por tres veces consecutivas, de la resolución de las doce horas cuarenta y cinco minutos del doce de mayo del año dos mil tres, la cual consta a folios 71 a 74. b) Se adjunta a la presente la mencionada resolución. Refiérase a: Expediente N° 0463-01 Junta de Protección Social de San José (representada por Luis Arturo Polinaris Vargas) contra Lesly Brian Navarro Loaiza. Funcionario de la Unidad Técnica de Apoyo. Licda. Silvia Mesén Vargas. Notifíquese. Publíquese por tres veces consecutivas. Denunciado: Lesly Brian Navarro Loaiza en: Por medio de la publicación de edicto.

COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDORVOTO Nº 0239-03

Comisión Nacional del Consumidor.—San José, a las doce horas y cuarenta y cinco minutos del doce de mayo del año dos mil tres. Denuncia de la Junta de Protección Social de San José representada actualmente por su apoderado general señor Luis Arturo Polinaris Vargas, portador de la cédula de identidad número uno- cuatrocientos trece – novecientos noventa y cuatro (Ver folio 62), contra Lesly Brian Navarro Loaiza portador de la cédula de identidad número tres – trescientos noventa y cinco – cero sesenta y cuatro; por supuesta infracción al artículo 31 inciso h) –actualmente artículo 31 según Ley N° 8343- de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor (LPCDEC, Nº 7472 del 20 de diciembre de 1994).

Resultando:1º—Que en fecha tres de julio del dos mil uno, la Junta de

Protección Social de San José, interpuso denuncia contra Lesly Brian Navarro Loaiza aduciendo en síntesis que: “(...) El señor vendió al precio

de C1.250.00 el entero de lotería, siendo su precio oficial de C1.000.00. Esta lotería corresponde al Sorteo N° 4706 de lotería Popular de fecha viernes 8 de junio del 2001 (...).” Al efecto, el representante de la denunciante presenta copias certificadas notarialmente de: Acta de Especulación N 456, Acta de Seguimiento de Serie N° 11566, cuatro fracciones de chances número 01, serie 270. (Ver folios 1 al 6 del expediente administrativo).

2º—El procedimiento bajo examen fue abierto mediante auto dictado por la Unidad Técnica de Apoyo de esta Comisión, actuando como órgano director, a las nueve horas del dos de setiembre del dos mil dos, por supuesta infracción al numeral 31 –actualmente 34 según Ley N° 8343- de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor -ver folios del 33 al 36-, el cual fue debidamente notificado en tiempo y forma a las partes. (Ver folios del 38 al 50).

3º—Que la comparecencia oral y privada del procedimiento ordinario administrativo se realizó a las ocho horas con cuarenta minutos del siete de octubre del dos mil dos, a la que compareció únicamente la parte accionante (Ver folios del 63 al 70).

4º—Que se han realizado todas las diligencias necesarias para el dictado de la presente resolución.

Redacta: Licda. Laura Charpentier SotoConsiderando:

1º—Hechos probados.—Para la resolución del presente asunto se tiene por demostrado:

a) Que a las once horas con veinte minutos del ocho de junio del dos mil uno, el Departamento de Inspectores de Loterías de la Junta de Protección Social de San José levantó el acta de especulación N° 456, haciendo constar que el denunciado, vendió a precio superior al autorizado un entero de Lotería Popular correspondientes al sorteo N° 4702, serie 270, número 01, dicho entero se vendió al precio de mil doscientos cincuenta colones (¢1250,00), siendo su precio oficial de mil colones (¢1000,00). (Ver folio 3).

b) Que el denunciado firmó el acta de especulación número 456. (Ver folio 3)2º—Hechos no probados.—Para la resolución del presente asunto

no existen.3º—Sobre el fondo: El numeral 33 -actualmente 37, según Ley

N° 8343- de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, es claro al estipular que se prohibe a los comerciantes y demás agentes económicos incurrir en una serie de acciones restrictivas de la oferta, la circulación o la distribución de bienes y servicios. Entre ellas, el inciso c) se refiere concretamente a la figura de la especulación, que se comete cuando se ofrecen o venden dichos productos o servicios, en los diversos niveles de la cadena de comercialización, a precios superiores a los regulados u ofrecidos de conformidad con los numerales 5, 31 inciso b), 34 y 38 del mismo texto legal -actualmente 8, 34, 37 y 41 según Ley N° 8343-Dicha prohibición es reafirmada, aunque ahora en términos de un deber al que se tienen que someter los comerciantes y productores, por el inciso h) del artículo 31 -actualmente 34 según Ley N° 8343- del mismo cuerpo legal que ordena: “(...) Abstenerse de acaparar, especular, condicional la venta y discriminar el consumo (...)”.

4º—En ese sentido, lo denunciado en autos es la comisión de una práctica ilegítima, de vender el entero de lotería a un precio superior al oficial. En el presente caso, se tiene por demostrado que el señor Lesly Brian Navarro Loaiza, el día de los hechos se encontraba ofreciendo la lotería popular al público consumidor en Cartago, Centro, lugar al que se presentó el Inspector de comisionado y solicitó compra un entero de Lotería Popular, el cual le vendió el denunciado cobrando por el mismo la suma de mil doscientos cincuenta colones (¢1250,00) siendo el precio establecido por la Junta de Protección Social de mil colones (¢1000,00). (Ver Acta de Especulación N° 456 a folio 3 por ende el denunciado vendió la Lotería Popular cuestionada, a un precio superior al oficial. En este orden de ideas, consta en el expediente administrativo el acta de especulación Nº 456 de las once horas veinte minutos del ocho de junio del dos mil uno, que hace plena prueba en cuanto a los hechos verificados por el inspector de loterías de la Junta de Protección Social de San José, señor Ronald Quesada, y se encuentra firmada además por dos testigos, Carlos Artavia y Vesalio Coto. Visto lo anterior y dado que en el expediente no existe prueba que desvirtúe lo denunciado en actas, y las mismas son plena prueba según lo indica el numeral 370 del Código Procesal Civil: “(...) los documentos o instrumentos públicos, mientras no sean argüidos de falsos, hacen plena prueba de la existencia material de los hechos que el oficial público afirme en ellos haber realizado él mismo, o haber pasado en su presencia, en el ejercicio de sus funciones (...)”, es que se tiene como debidamente acreditada la comisión de la falta subexámine. De conformidad con lo expuesto, debe tenerse por cometida la infracción de especulación y en consecuencia se debe declarar con lugar la denuncia interpuesta por la Junta de Protección Social de San José, como en efecto se hace. Así las cosas, se tiene que el denunciado Lesly Brian Navarro Loaiza, especulaba con el precio de los enteros de Lotería Popular correspondientes al sorteo N° 4706, de la serie 270 número 01, en los términos señalados en el acta de especulación N° 456 de las once horas veinte minutos del ocho de junio del dos mil uno, por lo que debe procederse a su respectiva sanción, la cual se gradúa aquí de conformidad con el artículo 56 -actualmente 59 según Ley N° 8343- de la Ley 7472, teniendo en consideración factores como la posición del infractor en el mercado y la gravedad del incumplimiento. A partir de los elementos de juicio anteriores la Comisión Nacional del Consumidor dispone graduar

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la pena en el extremo menor, concretamente en el monto de diez veces el menor salario mínimo mensual contenido en la Ley de Presupuesto Ordinario de la República para la fecha en que acontecieron los hechos, como en efecto se hará. Por tanto: Se declara con lugar la denuncia interpuesta por la Junta de Protección Social de San José representada por su apoderado general señor Luis Arturo Polinaris Vargas, portador de la cédula de identidad número uno- cuatrocientos trece – novecientos noventa y cuatro, contra Lesly Brian Navarro Loaiza portador de la cédula de identidad número tres – trescientos noventa y cinco – cero sesenta y cuatro, por infracción al artículo 31 inciso h), en relación con el numeral 33 inciso c) de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor –actualmente artículos 34 y 37, según Ley N° 8343- y como tal con base en el artículo 54 –actualmente 57, según Ley N° 8343- del referido cuerpo legal se le impone la sanción de pagar el monto de setecientos veinte mil quinientos colones (¢720.500,00), que es el equivalente a diez veces el menor salario mínimo mensual establecido en la Ley de Presupuesto Ordinario de la República durante el primer semestre del dos mil uno, concretamente setenta y dos mil cincuenta colones (¢72.050,00). Lo anterior deberá hacerse mediante el sistema de entero de gobierno en un banco estatal autorizado. En este acto y con fundamento en el artículo 93 del Reglamento a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, así como al artículo 150 de la Ley General de la Administración Pública (LGAP), se efectúa primera intimación al señor Lesly Brian Navarro Loaiza portador de la cédula de número tres – trescientos noventa y cinco – cero sesenta y cuatro, para que en el plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del recibo de esta notificación, cumpla con o aquí dispuesto en la parte dispositiva o por tanto. Cumplido lo ordenado, remítase documento que acredite dicho hecho a la Unidad Técnica de Apoyo de la Comisión Nacional del Consumidor, ubicada en San José - Paseo Colón, del costado noroeste de la Escuela Juan Rafael Mora Fernández, trescientos cincuenta metros oeste, para que proceda al archivo del expediente. De no cumplirse en tiempo y forma con lo dispuesto en el presente Voto, certifíquese el adeudo y proceda la Unidad Técnica de Apoyo de esta Comisión a cumplir con lo establecido en el artículo 150 de la Ley General de la Administración Pública, de previo a enviar el expediente a la Procuraduría General de la República para su ejecución a nombre del Estado. Contra esta resolución puede formularse recurso de reconsideración o reposición, el cual deberá plantearse ante el órgano director dentro de los dos meses siguientes a la fecha de su notificación, para ser conocido y resuelto por la Comisión Nacional del Consumidor. Archívese el expediente en el momento procesal oportuno. Expediente N° 0463-01. Notifíquese.—Lic. Adolfo Gutiérrez Jiménez.—Lic. Iliana Cruz Alfaro.—Licda. Laura Charpentier Soto.—(Solicitud Nº 28868).—C-156905.—(54879).

Unidad Técnica de Apoyo.—San José, a las trece horas, quince minutos del nueve de julio del dos mil cuatro. (Expediente N° 726-98).

Con vista en la denuncia interpuesta por Rafael Ángel Rojas Cordero contra Gilberth Segura Brenes por infracción a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley Nº 7472 del 20 de diciembre de 1994 y sus reformas, se resuelve: A) Diligenciar notificación a la parte denunciada Gilberth Segura Brenes, por medio de la publicación de edicto por tres veces consecutivas, de la resolución de las doce horas, cincuenta y cinco minutos del tres de mayo del año dos mil cuatro, la cual consta a folios 120 a 125. B) Se adjunta a la presente la mencionada resolución. Refiérase a: Expediente Nº 726-98 Rafael Ángel Rojas Cordero contra Gilberth Segura Brenes. Funcionario de la Unidad Técnica de Apoyo. Lic. Silvia Mesén Vargas. Notifíquese. Publíquese por tres veces consecutivas. Denunciado: Gilberth Segura Brenes: por medio de la publicación de edicto por tres veces consecutivas.

VOTO Nº 172-04Comisión Nacional del Consumidor.—San José, a las doce horas y

cincuenta y cinco minutos del tres de mayo del dos mil cuatro.Denuncia interpuesta por el señor Rafael Ángel Rojas Cordero,

cédula de identidad número uno-trescientos noventa y uno-trescientos cincuenta y uno contra el señor Gilberth Segura Brenes, cédula de identidad número siete-ciento cinco-doscientos veinticinco, por supuesta infracción a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, número 7472, del 20 de diciembre de 1994 (LPCDEC).

Resultando:1º—Que mediante escrito recibido el día treinta de marzo de

mil novecientos noventa y ocho, el señor Rafael Ángel Rojas Cordero interpuso la presente acción, argumentando en lo fundamental que: “(...) El día 14 de noviembre de 1997 contraté con el denunciado la reparación de mi vehículo placas 201626, Isuzu Trooper II LS, modelo 86, que había sufrido un accidente de circulación (...) El denunciado incumplió lo establecido en el artículo 31 de la ley, al faltar a su obligación de ejecutar lo establecido en dicho documento por cuanto no solo no realizó las reparaciones dentro del plazo convenido, sino que requirió la entrega de sumas adicionales de dinero, sin que hasta la fecha esté el trabajo terminado a satisfacción del suscrito. Ante la insistencia de mi parte , el señor Sequeira, optó por firmar un nuevo contrato, reconociendo haber recibido la suma de ¢1.300.000, que correspondía a la totalidad del precio definitivo de los trabajos contratados, comprometiéndose a entregar el vehículo totalmente reparado el día viernes 6 de febrero de 1998, aceptando incluso una cláusula penal, de ¢5.000 diarios por cada día de atraso (...) Nuevamente incumplió del denunciando su compromiso, no me ha entregado mi vehículo reparado ni devuelto mi dinero (...)” (folio 2). La

pretensión actual y primordial del consumidor es que se le devuelva “(...) las sumas pagadas no comprendidas en el trabajo realizado de hecho por el denunciado y el pago de la cláusula penal así como los gastos y honorarios que correspondan (...)” (folio 64). Junto con su líbelo de denuncia, esa parte accionante aportó prueba documental, la cual corre visible a folios del 4 al 9 del expediente de marras.

2º—Que mediante auto de las trece horas con treinta minutos del día siete de agosto de mil novecientos noventa y ocho, dictado por la Unidad Técnica de Apoyo de esta Comisión, actuando como órgano director, se dio inicio al procedimiento administrativo ordinario, por supuesta infracción al inciso a) del artículo 31 -actualmente ordinal 34, inciso a), según Ley número 8343- de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, número 7472, de fecha 20 de diciembre de 1994 (folios 17 y 18).

3º—Que a la comparecencia oral y privada prevista en el artículo 309 de la Ley General de la Administración Pública -LGAP- (Nº 6227 del 2 de mayo de 1978) y señalada para las catorce horas con treinta minutos del día seis de octubre de mil novecientos noventa y ocho, únicamente asistió la parte accionante (folios del 61 al 65).

4º—Que se han realizado las diligencias útiles y necesarias para el dictado de la presente resolución.

Considerando:I.—Hechos probados: Como tales y de importancia para la

resolución del presente asunto, se tiene el siguiente:a) Que el señor Rafael Ángel Rojas Cordero pactó con el señor

Gilberth Segura Brenes la reparación de su vehículo marca Isuzu, estilo Trooper II LS, modelo 1986, placa número doscientos un mil seiscientos veintiséis, cancelándole efectivamente por ese concepto la suma de un millón trescientos mil colones exactos; monto monetario que incluía el costo total de la mano de obra y de todos los repuestos necesarios (folios del 4 al 9).II.—Hechos no probados: Como tales y de importancia para la

resolución del presente asunto, se tiene el siguiente:a) Que el denunciado hubiere cumplido con la totalidad del servicio de

reparación contratado.III.—Para esta Comisión Nacional del Consumidor, el hecho

denunciado por el accionante, se enmarca en lo fundamental y en nuestro medio, como un incumplimiento de contrato y ello, en los términos así previstos por el inciso a) del actual numeral 34 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor (LPCDEC), número 7472.

IV.—En los presentes autos se ha tenido por efectivamente demostrada, la relación contractual existente entre el señor Rafael Ángel Rojas Cordero y el señor Gilberth Segura Brenes; vinculación negocial que tiene como base a nuestros efectos, el contrato de reparación de vehículo, que en el mes de noviembre de mil novecientos noventa y siete, ambas partes acordaron originalmente y que con posterioridad a ello, específicamente, el catorce de diciembre de ese mismo año, prorrogaron y modificaron en algunos de sus extremos, particular y sustancialmente, en cuanto al precio del trabajo solicitado (folios del 4 al 9). En este sentido, de acuerdo al mérito de los presentes autos tenemos que, lo convenido giró básicamente en torno a la reparación casi integral -salvo en aspectos propiamente de motor- del vehículo del denunciante, esto es, el automotor marca Isuzu, estilo Trooper II LS, modelo 1986, placa número doscientos un mil seiscientos veintiséis, el que de acuerdo a lo pactado, le debió haber sido entregado a aquel totalmente reparado el día seis de febrero de mil novecientos noventa y ocho (a mayor abundamiento sobre los términos finales de la negociación de cita, ver contrato suscrito a folios del 5 al 7 del expediente). Debe destacarse que, a raíz de la contratación en estudio, el consumidor le canceló efectivamente al denunciado la suma de un millón trescientos mil colones exactos; monto monetario que incluía el costo total de la mano de obra y de todos los repuestos necesarios para llevar a cabo la reparación de referencia (folios 6 y 7). En torno a la presente investigación indicamos que, en el caso sub exámine se ha tenido como hecho fundamental indemostrado, el que el denunciado hubiere cumplido con la totalidad del servicio de reparación contratado y respecto al cual se ha hecho alusión precedentemente. Sobre el particular analizado, el señor Gilberth Segura Brenes no aportó a todo lo largo del proceso, ningún elemento probatorio en descargo de la imputación formulada por la parte actora y en donde se demostrare a cabalidad el fiel cumplimiento de lo pactado. En este orden de ideas, de acuerdo a la acusación expuesta en autos, el denunciado no realizó todos los trabajos acordados y por los cuales se le canceló en su integridad el supracitado monto de un millón trescientos mil colones exactos. Sobre el particular y a efecto de cuantificar en la especie lo no ejecutado por el accionado de acuerdo a los parámetros del contrato, se curso prevención en ese sentido al señor Rafael Ángel Rojas Cordero (folio 66), el que estableció y precisó lo dejado de realizar así en la suma total de quinientos cuatro mil doscientos veinte colones con treinta céntimos (folios del 70 al 72); extremo éste de la acción que fue puesto en su oportunidad en pleno conocimiento del señor Gilberth Segura Brenes (folios 115 y 116), quien no refutó ni se refirió en lo absoluto a ello. Es por tal motivo que, al no contarse con prueba alguna del cumplimiento total y fiel de la obligación -y esto, en el sentido expuesto- es por lo que la presente denuncia debe declararse con lugar, toda vez que con su conducta desplegada, el denunciado irrespetó los términos de la contratación suscrita con el consumidor, en clara violación del actual ordinal 34, inciso a) de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa

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Efectiva del Consumidor, número 7472. Como corolario de lo anterior, se le impone a la parte denunciada -con fundamento en el artículo 53, inciso e) LPCDEC- la obligación de devolverle al accionante, la referida suma de quinientos cuatro mil doscientos veinte colones con treinta céntimos, esto es, el equivalente en dinero al trabajo no realizado de acuerdo a los términos del contrato y que fue cancelado en su momento al accionado. En torno a los demás aspectos pretendidos en lo fundamental por el consumidor, esto son, el pago de la cláusula penal, así como los gastos y honorarios que correspondan (folio 64), ello deviene en una reclamación improcedente en esta sede administrativa, toda vez que tales aspectos comportan en el fondo el reconocimiento de daños y perjuicios, para lo cual no resulta competente esta Comisión en su conocimiento por estricto mandato legal, según se establece así expresamente en los ordinales 46 y 53, ambos último párrafo LPCDEC, siendo ello materia reservada en forma exclusiva a los órganos jurisdiccionales que por ley correspondan. Únicamente aclaramos en relación a la cláusula penal que, doctrinariamente la misma ha sido concebida como “(...) una regulación anticipada de los posibles daños y perjuicios, hecha de común acuerdo de partes (...)” (Brenes Córdoba, Alberto; Tratado de las Obligaciones; Sexta Edición; San José; Juricentro; 1990; página 94. La negrilla es nuestra). De lo expuesto queda claro el carácter evidentemente indemnizatorio de dicho tecnicismo jurídico, el que escapa de esta forma de la esfera de acción de este órgano administrativo. Por tanto:

Se declara con lugar la denuncia interpuesta por el señor Rafael Ángel Rojas Cordero contra el señor Gilberth Segura Brenes. Como tal, se le impone a ese accionado, la obligación de devolverle al consumidor, la suma total de quinientos cuatro mil doscientos veinte colones con treinta céntimos; monto monetario éste que le deberá ser cancelado en un solo pago y en dinero efectivo, en su domicilio, sito en Alajuela, Urbanización La Trinidad, cuatrocientos metros al sur y setenta y cinco metros al oeste de Coopealajuela. En este acto y con fundamento en el artículo 68 LPCDEC así como en el ordinal 150 de la Ley General de la Administración Pública, se efectúa primera intimación al señor Gilberth Segura Brenes, cédula de identidad número siete-ciento cinco-doscientos veinticinco, para que dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del recibo de esta notificación, cumpla con lo aquí dispuesto en la parte dispositiva o por tanto. Cumplido lo ordenado, remítase documento que acredite dicho hecho a la Unidad Técnica de Apoyo de la Comisión Nacional del Consumidor, ubicada en San José, del costado noroeste de la Escuela Juan Rafael Mora Fernández, trescientos cincuenta metros oeste, para que proceda al archivo del expediente. De no cumplir en tiempo y forma con lo dispuesto en el presente Voto, proceda la Unidad Técnica de Apoyo de esta Comisión, a cumplir con lo establecido en el artículo 150 de la Ley General de la Administración Pública, de previo a enviar el expediente al Ministerio Público por el delito de Desobediencia a la Autoridad, contemplado en el artículo 307 del Código Penal, para que se investigue según corresponda. Contra esta resolución puede formularse recurso de reconsideración o reposición, el cual deberá plantearse ante la Comisión Nacional del Consumidor para su conocimiento y resolución, dentro de los dos meses siguientes a la fecha de su notificación. Archívese el expediente en el momento procesal oportuno. Notifíquese. Expediente Nº 726-98.—Lic. Elian Villegas Valverde.—Lic. José Ernesto Bertolini Miranda.—Lic. Adolfo Gutiérrez Jiménez.—(Solicitud Nº 28868).—C-186525.—(54887).

JUSTICIA Y GRACIAPUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por ignorarse el domicilio del señor Castro Porras Víctor Hugo, mayor, cédula de identidad número dos-cuatrocientos cuatro-doscientos veintiuno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 245 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar por medio de edicto, la resolución administrativa Nº 00723-2004 del ocho de marzo del dos mil cuatro, que dice: “Poder Ejecutivo.—San José, ocho de marzo del dos mil cuatro. Conoce el Poder Ejecutivo reclamo administrativo incoado por Víctor Hugo Castro Porras, mayor, casado, residente en Alajuela, titular de la cédula de identidad número dos-cuatrocientos cuatro-doscientos veintiuno. Resultando único: Que en gestión escrita realizada mediante nota de fecha once de marzo del dos mil tres, recibida en la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Justicia, el veintisiete de marzo del dos mil tres, el señor Castro Porras, solicitó el pago correspondiente a diferencia salarial por concepto de pago doble de días feriados de ley laborados, durante el año dos mil dos y dos mil tres. Considerando: I.—Hechos probados: Se tiene por demostrado con vista en la certificación emitida por la Unidad de Planillas de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Justicia, de fecha cuatro de marzo del dos mil cuatro, el Dictamen C-287-2001 de fecha dieciséis de octubre del dos mil uno, de la Procuraduría General de la República, los artículos 148 y 152 del Código de Trabajo, los siguientes hechos que se consideran de importancia para resolver el reclamo administrativo en cuestión: Que el señor Castro Porras, laboró para la Dirección General de Adaptación Social desde el día ocho de enero del dos mil uno y hasta el ocho de abril del dos mil tres. Que el señor Castro Porras, ocupó el puesto de Agente de Seguridad, número de puesto mecanizado 072890, Código Presupuestario número 78300040001. 3. Que en razón del rol de trabajo, el gestionante laboró efectivamente los siguientes días feriados de pago obligatorio: Del año dos mil dos: veinticinco de julio, quince de agosto y quince de setiembre. Que el salario promedio diario devengado por el reclamante en los días feriados de pago obligatorio laborados, corresponde al siguiente desglose: veinticinco de julio del dos mil dos: ¢4.003,40 (cuatro mil tres colones con cuarenta céntimos). Quince de agosto del dos mil dos:

¢4.003,40 (cuatro mil tres colones con cuarenta céntimos). Quince de setiembre del dos mil dos: ¢4.003,40 (cuatro mil tres colones con cuarenta céntimos). 5. Que al reclamante se le adeuda la suma de ¢1.000,85 (un mil colones con ochenta y cinco céntimos), por concepto de aguinaldo proporcional. 6. Que al reclamante se le adeuda la suma de ¢983,64 (novecientos ochenta y tres colones con sesenta y cuatro céntimos), por concepto de salario escolar proporcional. 7. Que las deducciones de ley por concepto de cargas sociales corresponden a un 9%, desglosado de la siguiente forma: 1% Ahorro Obligatorio del Banco Popular, 2.5% Seguro de Invalidez de la Caja Costarricense de Seguro Social y 5.5% Seguro de Enfermedad y Maternidad de la Caja Costarricense de Seguro Social. 8. Que el reclamante cesó de laborar el ocho de abril del dos mil tres, e interpuso el reclamo administrativo en fecha veintisiete de marzo del dos mil tres, por tanto el gestionante se encontraba a derecho de reclamar los extremos pecuniarios solicitados en razón de haberse presentado dentro del término estipulado en el artículo 602 del Código de Trabajo. II.—Sobre el fondo: Conforme los hechos que se tienen por demostrados, el Decreto 29952-H de veintitrés de enero del dos mil uno, publicado en La Gaceta N° 220 de quince de noviembre del dos mil uno y el Reglamento N° M-1-2003-CO-DFOE, emitido por la Contraloría General de la República, publicado en La Gaceta N° 239 del once de diciembre del año dos mil tres, se consideran de importancia para resolver el reclamo administrativo las siguientes consideraciones de fondo: Que el artículo 148 del Código de Trabajo establece que: “se consideran días feriados, y por lo tanto, de pago obligatorio, los siguientes: el 1º de enero, el 11 de abril, el jueves santo y viernes santo, el 1º de mayo, el 25 de julio, el 15 de agosto, el 15 de setiembre y el 25 de diciembre. Los días 2 de agosto y 12 de octubre también se considerarán días feriados, pero su pago no será obligatorio”. Que el numeral 152 párrafo segundo de la Ley supra citada, indica que el patrono que no otorgue el día de descanso incurrirá en las sanciones legales y en la obligación de satisfacer a sus trabajadores, por esa jornada, el doble del salario que ordinariamente se les pague. Que la Procuraduría General de la República, en su dictamen C-287-2001 de fecha dieciséis de octubre del dos mil uno, estipuló que: “... En este sentido, en el caso de los agentes de seguridad del Sistema Penitenciario Nacional que laboran roles de 7x7 (...) y roles de 3x2 (...), la remuneración doble debe ser satisfecha cuando en el transcurso de la prestación efectiva de servicios en uno de estos roles se presenta uno o varios feriados o asuetos...”. Que el reclamante solicita el pago doble de los días feriados de pago obligatorio laborados durante el año dos mil dos, dos mil tres y siguientes. Que de conformidad con información suministrada por la Unidad de Planillas de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Justicia, los días feriados laborados después del dos mil dos, serán cancelados automáticamente en el año dos mil tres y siguientes salario ordinario de cada funcionario. Que en razón de lo anterior, se reconoce la deuda existente de conformidad con el siguiente desglose: Veinticinco de julio del dos mil dos: ¢4.003,40 (cuatro mil tres colones con cuarenta céntimos). Quince de agosto del dos mil dos: ¢4.003,40 (cuatro mil tres colones con cuarenta céntimos). Quince de setiembre del dos mil dos: ¢4.003.40 (cuatro mil tres colones con cuarenta céntimos). Total: ¢12.010,20 (doce mil díez colones con veinte céntimos). Que al reclamante se le adeuda la suma de ¢983,64 (novecientos ochenta y tres colones con sesenta y cuatro céntimos), por concepto de salario escolar proporcional. Lo anterior para un total de ¢12.993,84 (doce mil novecientos noventa y tres colones con ochenta y cuatro céntimos), lo cual le corresponde a la parte interesada. Que se debe rebajar del monto a pagar la suma de ¢1.169,46 (un mil ciento sesenta y nueve colones con cuarenta y seis céntimos), correspondientes al 9% de deducciones de ley, desglosado de la siguiente manera: 1% Ahorro Obligatorio del Banco Popular, 2.5% Seguro de Invalidez de la Caja Costarricense de Seguro Social y 5.5% Seguro de Enfermedad y Maternidad de la Caja Costarricense de Seguro Social. Que según lo dispuesto en el artículo primero inciso a) del Decreto 29952-H del veintitrés de enero del dos mil uno, publicado en La Gaceta Nº 220, del quince de noviembre del dos mil uno, no procede la retención del 2% correspondiente al impuesto sobre la renta cuando las operaciones a pagar no excedan del salario base, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º de la Ley Nº 7337. Por lo anterior, y por no exceder la suma a pagar el monto estipulado, no procede el cobro del impuesto sobre la renta. 11. Que al reclamante se le adeuda la suma de ¢1.000,85 (un mil colones con ochenta y cinco céntimos), por concepto de aguinaldo proporcional. 12. Que el total a pagar a la parte gestionante, menos las cargas sociales, más el aguinaldo proporcional, corresponde a la suma ¢12.825,23 (doce mil ochocientos veinticinco colones con veintitrés céntimos). 13. Que por no existir contenido económico para el pago por el Sistema Normal de Planillas, se reconoce la diferencia salarial mediante la presente resolución administrativa. Por tanto: El Presidente de la República y la Ministra de Justicia, resuelven: Acoger parcialmente el reclamo administrativo incoado por Víctor Hugo Castro Porras, de calidades indicadas al inicio, de conformidad con el considerando II de la presente resolución y se ordena el pago de la suma de ¢12.825,23 (doce mil ochocientos veinticinco colones con veintitrés céntimos), correspondiente a los días feriados laborados durante el año dos mil dos. En virtud del numeral 245 de la Ley General de la Administración Pública, se advierte que contra la presente resolución cabe el recurso de reposición ante la Ministra de Justicia, el cual deberá presentarse dentro de un plazo máximo de dos meses a partir de la notificación de la resolución de marras, según lo dispuesto en el artículo 126 de la Ley de cita, en relación con el artículo 31, inciso 3) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Notifíquese. Abel Pacheco de La Espriella. Patricia Vega Herrera. Publíquese por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, dos de julio de dos mil cuatro.—Dirección Jurídica.—Lic. Ilse Mary Díaz Díaz, Directora Jurídica.—(Solicitud Nº 15838).—C-139370.—(55686).

J U N T A A D M I N I S T R A T I V ALic. Miguel A. Quesada Niño

Lic. Fernando Lobo Ugalde

Lic. Martín Sosa Cruz

Lic. Bienvenido Venegas Porras

PresidenteRepresentante del Sr. Ministro de Gobernación y Seguridad Pública

Representante de la Editorial Costa Rica

Director General Imprenta NacionalDirector Ejecutivo Junta AdministrativaRepresentante del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes

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