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MEAH, SECCIÓN ÁRABE-ISLAM [1696-5868] 70 (2021), 239-265. DOI 10.30827/meaharabe.v70i0.15122 EDICIÓN Y TRADUCCIÓN DEL TEXTO ḤASSĀNÍ MANUSCRITO DE LA PRIMERA CONSTITUCIÓN MAURITANA Edition and translation of the Ḥassāní manuscript of the first Mauritanian constitution Ahmed-Salem OULD MOHAMED BABA [email protected] Universidad Complutense de Madrid Resumen: El objetivo del presente artículo es dar a conocer el manuscrito que contiene el texto íntegro de la primera constitución mauritana que fue traducido del francés al ḥassāniyya en 1959, siendo uno de los primeros textos dialectales del ḥassāniyya que se han conservado por escrito. Al tratarse de un texto jurídico, la traducción del texto del francés al ḥassāniyya fue un reto superado gracias al uso del léxico patrimonial ḥassāní. La edición del texto manuscrito se ha hecho siguiendo la metodología empleada habitualmen- te teniendo en cuenta que el texto es dialectal, por lo que la restitución debe ser conforme a las normas gramaticales del ḥassāniyya. Dada esta circunstancia, la labor de edición ha sido la transcripción del manuscrito en su versión original dialectal que refleja los rasgos lingüísticos del habla ḥassāniyya. El texto, además del valor que representa su contenido jurídico, constituye uno de los primeros textos escritos en este dialecto y un exitoso intento de afianzar un sistema de escritura del dialecto. Abstract: The purpose of this paper is to present and discuss the manuscript that contains the full text of Mauritania‟s first constitution translated from French to Ḥassāniyya in 1959. The manuscript is one of the first dialectal Ḥassāniyya texts to be preserved in wri- ting. As a legal text, the translation from French to Ḥassāniyya posed a considerable cha- llenge but was possible with the use of the traditional Ḥassāni lexicon. The editing of the manuscript text followed the usual methodology, taking into account that the text is dialec- tal and for this reason the restitution must follow the grammar rules of Ḥassāniyya. Given this circumstance, the editing process entailed transcribing the manuscript in its original dialectal version, which reflects the linguistic features of the Ḥassāniyya dialect. The text, in addition to the value of its legal content, constitutes one of the first texts written in this dialect and can be considered a successful attempt to strengthen a dialect writing system. Palabras clave: Textos dialectales de tipo jurídico. Escritura del dialecto ḥassāniyya. Dia- lecto ḥassāniyya. Escritura de los dialectos árabes. Dialectos del Magreb. Key words: Legal dialect texts. Writing of Ḥassāniyya dialect. Ḥassāniyya dialect.Writing of Arabic dialects. Maghreb´s dialects. Recibido: 18/12/2019 Aceptado: 10/07/2020 I. INTRODUCCIÓN Los dialectos árabes eran hasta hace poco tiempo fundamentalmente orales y raramente escritos. Y, aunque ha habido a lo largo de la historia textos dialectales escritos con caracteres árabes en al-Mašriq y en el Magreb, no se habían conside-

EDICIÓN Y TRADUCCIÓN DEL TEXTO ḤASSĀNÍ MANUSCRITO DE …

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MEAH, SECCIÓN ÁRABE-ISLAM [1696-5868] 70 (2021), 239-265. DOI 10.30827/meaharabe.v70i0.15122

EDICIÓN Y TRADUCCIÓN DEL TEXTO ḤASSĀNÍ

MANUSCRITO DE LA PRIMERA CONSTITUCIÓN

MAURITANA

Edition and translation of the Ḥassāní manuscript of the first

Mauritanian constitution

Ahmed-Salem OULD MOHAMED BABA

[email protected]

Universidad Complutense de Madrid

Resumen: El objetivo del presente artículo es dar a conocer el manuscrito que contiene el

texto íntegro de la primera constitución mauritana que fue traducido del francés al

ḥassāniyya en 1959, siendo uno de los primeros textos dialectales del ḥassāniyya que se

han conservado por escrito. Al tratarse de un texto jurídico, la traducción del texto del

francés al ḥassāniyya fue un reto superado gracias al uso del léxico patrimonial ḥassāní. La

edición del texto manuscrito se ha hecho siguiendo la metodología empleada habitualmen-

te teniendo en cuenta que el texto es dialectal, por lo que la restitución debe ser conforme a

las normas gramaticales del ḥassāniyya. Dada esta circunstancia, la labor de edición ha

sido la transcripción del manuscrito en su versión original dialectal que refleja los rasgos

lingüísticos del habla ḥassāniyya. El texto, además del valor que representa su contenido

jurídico, constituye uno de los primeros textos escritos en este dialecto y un exitoso intento

de afianzar un sistema de escritura del dialecto.

Abstract: The purpose of this paper is to present and discuss the manuscript that contains

the full text of Mauritania‟s first constitution translated from French to Ḥassāniyya in

1959. The manuscript is one of the first dialectal Ḥassāniyya texts to be preserved in wri-

ting. As a legal text, the translation from French to Ḥassāniyya posed a considerable cha-

llenge but was possible with the use of the traditional Ḥassāni lexicon. The editing of the

manuscript text followed the usual methodology, taking into account that the text is dialec-

tal and for this reason the restitution must follow the grammar rules of Ḥassāniyya. Given

this circumstance, the editing process entailed transcribing the manuscript in its original

dialectal version, which reflects the linguistic features of the Ḥassāniyya dialect. The text,

in addition to the value of its legal content, constitutes one of the first texts written in this

dialect and can be considered a successful attempt to strengthen a dialect writing system.

Palabras clave: Textos dialectales de tipo jurídico. Escritura del dialecto ḥassāniyya. Dia-

lecto ḥassāniyya. Escritura de los dialectos árabes. Dialectos del Magreb.

Key words: Legal dialect texts. Writing of Ḥassāniyya dialect. Ḥassāniyya dialect.Writing

of Arabic dialects. Maghreb´s dialects.

Recibido: 18/12/2019 Aceptado: 10/07/2020

I. INTRODUCCIÓN

Los dialectos árabes eran hasta hace poco tiempo fundamentalmente orales y

raramente escritos. Y, aunque ha habido a lo largo de la historia textos dialectales

escritos con caracteres árabes en al-Mašriq y en el Magreb, no se habían conside-

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rado nunca lenguas escritas. De hecho, no existe en el mundo árabe un sistema de

escritura con caracteres árabes para los dialectos universalmente reconocido. Co-

mo consecuencia de este hecho, se puede afirmar que, por regla general, cuando

se habla de textos dialectales escritos, se está haciendo referencia básicamente a

dos tipos. Por una parte, encontramos algunos elementos dialectales en los textos

del llamado árabe medio1, en las obras del género laḥn al-„āmma2 y en documen-

tos diversos en su temática, época3 y procedencia geográfica, como pueden ser

algunas fuentes históricas, geográficas y misceláneas4. Y, por otra parte, los tex-

tos propiamente escritos en dialectos los cuales son escasos, si exceptuamos, para

el periodo medieval, algunas obras escritas en árabe andalusí, v.gr., el Dīwān de

Ibn Quzmān, los refraneros de Ibn „Āṣim, de al-Zaŷŷālī y de Alonso del Castillo5.

Además de estas dos formas en las que la escritura es con caracteres árabes,

hay que tener en cuenta toda la labor de los dialectólogos occidentales en las que

han empleado la transliteración de los textos con caracteres latinos. Otra variedad

de la transliteración de los dialectos mucho menos científica y menos normaliza-

da es la que surgió en los últimos años, como consecuencia del auge de las redes

sociales. Es una nueva forma de escritura de los dialectos en la que se mezclan

letras latinas y dígitos para facilitar el envío de mensajes a través de las redes so-

ciales6.

1. Este término “se utiliza en estudios modernos para referirse a la lengua del conjunto de textos

árabes que incluyen desviaciones con respecto a las normas gramaticales del árabe clásico tal como

fue sistematizado por los gramáticos a partir del siglo VIII”. Ferrando. Introducción a la historia de la

lengua árabe, p. 147. Otra definición es: “... Middle Arabic as a general term for the language of those

texts, in which Classical Arabic, Neo-Arabic and pseudo-corrects elements alternate”. O sea, que se

trata de “la lengua de un tipo de textos en los que se registran formas clásicas, formas dialectales y una

serie de pseudo-correcciones”. Blau. Studies in Middle Arabic and its Judaeo-Arabic variety, p. 83.

2. Díaz García. El dialecto árabe-hispánico y el “Kitāb fī laḥn al-„āmma” de Ibn Hišām al-Lajmī.

3. En el período posterior a la caída del imperio abasí, «des fautes contre l' esprit de la „Arabīya

classique se rencontrent chez tous les écrivains du haut Moyen-Âge car la forme interne de leur langue

était déjà du moyen arabe» según Fück. „Arabīya: recherches sur l'histoire de la langue et du style

arabe, p. 144.

4. Meouak; Sánchez y Vicente (eds.) De los manuscritos medievales a internet: la presencia del

árabe vernácula en las fuentes escritas, p. 9.

5. En el caso de al-Andalus, se han conservado incluso algunos glosarios del árabe andalusí en

caracteres latinos. Corriente. El léxico árabe andalusí según P. de Alcalá (ordenado por raíces,

corregido, anotado y fonémicamente interpretado), El léxico árabe andalusí según el “Vocabulista in

arabico” y El léxico estándar y andalusí del Glosario de Leiden.

6. Caubet. “Apparition massive de la darija à l´écrit à partir de 2008-2009: sur le papier et sur la toi-

le: quelle graphie ¿Quelles régularités?”, pp. 377- 402. Para una visión general sobre la escritura del

árabe marroquí, v. Elinson. “Dārija and changing writing practices in Morocco”, recoge opiniones de

varios investigadores entre los cuales cita a Mourad Alami que lleva a cabo un proyecto cuya finalidad

es “… For Darija to be accepted as a written language and recognized as the oficial language of Mo-

rocco. He aims to prove by example that “we can write anything we want whith it” p. 721.

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Si nos atenemos a las dos primeras formas, sabemos que en el Magreb, se han en-

contrado algunas palabras y giros dialectales en diversas fuentes clásicas como la

que cita Colin 19317. En Argelia, se han estudiado algunos documentos antiguos

en los que se han encontrado voces dialectales8 y lo mismo ocurre en Marruecos

donde se han recogido datos en diversas fuentes9. En la etapa contemporánea,

existe un número de textos escritos en los diferentes dialectos árabes además del

uso de los dialectos en algunas obras literarias contemporáneas (Tawfiq al-

Ḥakīm, Ṭayyib Ṣāliḥ, etc.). En el caso concreto de Marruecos, por poner un

ejemplo del Magreb, junto con la poesía del malḥūn y del género zéjel contempo-

ráneo, se han traducido varios textos literarios al árabe marroquí como por ejem-

plo el libro El Principito de Atoine de Saint-Exupéry que fue traducido por Ab-

derrahim Youssi en 2008.

En el caso de Mauritania, se han puesto por escrito, en las últimas décadas,

obras dialectales antiguas del género poético lə-ġna10. La más antigua de esta

poesía dialectal ḥassāní es el Dīwān de Saddūm Wuld Ndartu (1710-1812). Esta

obra fue transmitida oralmente y, gracias a la labor de unos investigadores del

Instituto Mauritano de Investigaciones Científicas, fue puesta por escrito y publi-

cada 199711. En los últimos años, han sido también puestas por escrito textos poé-

ticos ḥassāníes como la obra del poeta al-Šayj Wuld Makkiyin12 y otros.

Parece normal encontrar textos poéticos dialectales escritos, lo que es inusita-

do es hallar otro tipo de textos de carácter legal como el que nos ocupa que es la

primera constitución mauritana. Este texto constitucional original fue redactado

en francés en 1959, pero fue traducido y escrito en ḥassāniyya en el mismo año y

conservado en un manuscrito inédito de los Archivos Nacionales de Mauritania13.

Hay que recordar que en 1956, la ley llamada “Loi Defferre” permitió a Maurita-

nia, como antigua colonia francesa, la creación de un poder ejecutivo local de cu-

7. Colin. “Un document sur l´arabe dialectal d´Occident (au XIIe siècle)”, pp. 1-32.

8. Amara. “L´écriture en arabe dialectal dans le corpus de lettres arabes du Constantinois «Papiers

Dudivier» 1833-1840”, pp. 255-273.

9. Vicente. “Sur la piste de l‟arabe marocain dans quelques sources écrites anciennes (du XIIe au

XVIe siècle)”, pp. 103-120.

10. lə-ġna “poesía popular ḥassāní” es un género poético dialectal muy arraigado en la cultura de la

sociedad bi āní. Acerca de sus características, métrica, temas, etc., v. Ould Mohamed Baba. “Lə-ġna,

poesía popular en ḥassāniyya”, pp. 205-231. 11. Wuld Aḥmad Sālim; Wuld Ḥaddamīn et alii (eds.). Saddūm Wuld Ndyartu 1122 -1710 /1227-

1812. Dīwān al-šiʿr al-šaʿbī.

12. El poeta al-Šayj b. Muḥammad Maḥmūd b. Ḥabīb Allāh b. Muḥammad b. Makiyyin (1902-

1996) nació en la región de Alāg (capital de la Wilāya del Brākna, suroeste de Mauritania). Era consi-

derado uno de los más importantes poetas del siglo pasado. Su estilo literario inconfundible y su labor

divulgativa le hicieron merecedor del calificativo de adīb o maestro del arte poética ḥassāní. Véase su

biografía en Ould Mohamed Baba. “Le genre poétique ḥassānī ẓṛayga, p. 241.

13. Expreso aquí mi más sincero agradecimiento al profesor Elemine Moustapha de la Universidad

de Nuakchot por haberme enviado la copia del manuscrito.

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ya puesta en marcha se encargó el abogado Mujtār Wuld Dāddāh14. En octubre de

1958, de acuerdo con la Constitución francesa y la Comunidad15, Mauritania eli-

gió la creación de un Estado autonómo nombrando una Asamblea Territorial que

aprobó la Carta constitucional el 22 de marzo de 1959. El país obtuvo su inde-

pendencia de Francia el 28 de noviembre de 1960.

Esta constitución fue traducida y escrita en ḥassāniyya debido a una iniciativa

del Partido del primer presidente del país, Mujtār Wuld Dāddāh el cual inició su

trabajo político comprometiéndose a explicar a la población del país las activida-

des del gobierno y, dado que había previstas unas elecciones generales en aquel

año, quiso informar a la población del contenido de la Carta constitucional. En

esta línea argumental, parece lógico que el encargado de supervisar la traducción

fuera el Director de los Servicios Informativos de Radio Mauritana, „Abd al-

Wahhāb al-Šaygir. A este responsable, se le encargó, al parecer, la misión de usar

este medio para difundir el texto para que llegue a las poblaciones del país que se

hallaban muy dispersas en los campamentos de beduinos y en las aldeas y pue-

blos a los que solo llegaban las ondas de la Radio de Mauritania. Finalmente, hay

que aclarar que la traducción del texto constitucional al ḥassāniyya obedece a que

este dialecto es el que habla la mayoría de la población del país.

II. EL MANUSCRITO

El manuscrito del texto traducido en ḥassāniyya16 se compone de una portada

y 18 folios y lleva el número de registro 37/4 de los Archivos Nacionales de Mau-

ritania. En la portada aprece un sello oficial donde consta en árabe: al-

ŷumhūriyya al-islāmiyya al-mūrītāniyya —ri‟āsat maŷlis al-ḥukūma— idārat al-

anbā‟ (República Islámica de Mauritania —Presidencia del Consejo de Go-

bierno— Servicio de informaciones). El texto comprende —como veremos— un

preámbulo y 9 títulos con un total de 53 artículos.

La persona encargada de manuscribir el texto constitucional está mencionada

en la portada y el último folio del manuscrito. De hecho, el primer folio que es

una portada contiene el título “Dustūr mūrītān” seguido de la frase: naqala-hu li-

l-ḥassāniyya wa-jaṭṭa-hu li-l-taṣwīr wa-ašrafa „alà ijrāŷi-hi „Abd al-Wahhāb al-

14. Mujtār Wuld Dāddāh (1924-2003), formado en Francia y abogado de profesión, fue el primer

presidente de Mauritania entre 1960 y 1978.

15. En los años 50 del siglo pasado, Francia fundó una organización de países formada por sus anti-

guas colonias en África. Esta organización recibió el nombre de “Communauté française”. Los países

de esta Comunidad obtuvieron una autonomía interna antes de acceder a la independencia que fue en

la mayoría de los casos en 1960.

16. Acerca de las características del dialecto ḥassāniyya, véase Ould Mohamed Baba. Refranero y

fraseología ḥassānī. Recopilación, explicación, estudio grammatical y glosario y Diccionario

Ḥassāniyya-Español.

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Šaygir (traducido en ḥassāniyya, manuscrito para ser multicopiado y editado por

„Abd al-Wahhāb al-Šaygir). Y en el folio 18, está escrito: kataba-hu bi-l-

ḥassāniyya wa-tawallà taṣḥīḥa-hu wa-taṣwīra-hu wa-ṭab„a-hu mudīr maṣlaḥat al-

anbā‟ al-mūrītāniyya al-sayyid „Abd al-Wahhāb ibn al-Šaygir (escrito en

ḥassāniyya, corregido y multicopiado por el Director del Servicio de Informaciones

de Mauritania „Abd al-Wahhāb ibn al-Šaygir).

Con estas dos frases, no queda claro si „Abd al-Wahhāb ibn al-Šaygir fue quien

tradujo el texto al ḥassāniyya, pero sí que fue quien lo ha manuscrito en ḥassāniyya

(katabahu bi-l-ḥassāniyya).

III. EL TEXTO ÍNTEGRO DE LA CONSTITUCIÓN TAL COMO FUE ESCRITO EN ḤASSĀNIYYA

JUNTO CON LA TRADUCCIÓN

س٠زب دعزس

Constitución de Mauritania

سڭـذ ابة اؾ١م حغب١خ خط زق٠ش اؽشف ػ إخشاج ػج

Escrito en ḥassāniyya, corregido y multicopiado por le Director del Servicio de

Informaciones de Mauritania „Abd al-Wahhāb ibn al-Šaygir.

١ذ ر

Préambulo

ح ب ذ اػ م ػ الله اؼظ١ اثؼض٠ و ز بد اؾؼت اس٠زب، ١ ذد ارشاة أرب

١بع س اغ ٠ذ رط ا٠ذ اثحمق الاغب ألالزقبدحش أػ زؼك اثذ٠ وذ أ بػ. أ ألاجز

ب رقش٠ح ػب و١ف حذد مشاه ٠ جذا اذ 9789أ ١ذ دعزس أر ب ر أرأوذد ف 9946 ػب

دعزس غ إي اؽزشن 9958أوزثش ػب ٠5 جب ١ئبد ا زؼك اث ا ب ف١ب، ف١ إر ثبخز١بس ألا

ؽخق١ذ.

Confiando en Dios Todo Poderoso, el pueblo mauritano proclama su voluntad

de garantizar la integridad de su territorio y de asegurar su libre evolución política,

económica y social. Declara su apego a su religión, sus tradiciones, los Derechos

Humanos y a los principios de la democracia tal como están definidos en la

Declaración de 1789, completada por el preámbulo de la Constitución de 1946 y

reafirmados en la Constitución del 5 de octubre de 1958, a la institución de la

Comunidad17 a la que adhirió libremente y en el seno de la cual va a desarrollar su

personalidad y su soberanía18.

17. Se refiere a la llamada Communauté française creada en los años 50 por Francia como organiza-

ción que agrupaba las antiguas colonias francesas.

18. Este texto está inspirado en el preámbulo de la Constitución francesa del 4 de octubre de 1958

que es el siguiente: “Le peuple français proclame solenellement son attachement aux Droits de

l´Homme et aux principes de la souveraineté nationale tels qu´ils ont été définis par la Déclaration de

1789, confirmée et complétée par le préambule de la Constitution de 1946…”.

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١بد .افق الاي اغ

Título I. La soberanía

بد 9ا ب ارمغ س ي ج مشاه. س٠زب د د الاعلا س ج ب "ا اؽزشاو. أع . مب ذ ا ١٠ ػ غب ازشاة " أ اس٠زب

Artículo 1. Mauritania es un Estado republicano indivisible, democrático y social.

Se denomina República Islámica de Mauritania. Todos los ciudadanos son iguales

ante la ley.

بد ٠ذ الاػزمبد . 2 ا حذ حش ى ا الاعلا. اجس مب س٠زب أحك ام١ب د٠ ؽؼت

. ؼب ا ب الادة اظب حذد اي فبسم فب اثاججبد د٠

Artículo 2. La religión del pueblo mauritano es el Islam. La República garantiza a

cada persona la libertad de conciencia y el derecho a practicar su religión en los

límites establecidos por la moral y el orden público.

بد .3ا افشغ ع اغخ اش اؼشث . غخ س٠زب اه

Artículo 3. La lengua nacional de Mauritania es el árabe y la lengua oficial es el

francés.

بد ي . 4 ا ذ اذ ا ػبف "ا ؽه".ڭ

Artículo 4. La capital del Estado es Nuākšūṭ.

بد إحذد امب هبثغ اذي . 5 ا اؽش ففش.لا اخنش ف١ ج اػلا اه ا اش

اؾ١ذ اه.

Artículo 5. La bandera nacional es una enseña con una media luna y una estrella

doradas sobre un fondo verde. La ley fijará la elección del escudo del Estado y el

himno nacional.

بد اؼذاي.. 6 ا خب جذ ا : ا س ؽؼبس اج

Artículo 6. El emblema de la República es: Honor, Fraternidad, Justicia.

اعطذ الاعزفزب. ب 7 بد ا اث اة اعطذ ب اث ف ف١ ٠زقش ؾؼت س٠زب ا ه ١بد ا . اغ

ب.ڭـار ف ف١ فظ حك ازقش ٠ؼط ا احذ اؾؼت ألا ؽخـ د لغ

Artículo 7. La soberanía nacional pertenece al pueblo mauritano que la ejerce por

medio de sus representantes y por la vía del referéndum. Ninguna fracción del

pueblo ni individuo podrá atribuirse su ejercicio.

بد (ڭاضس). ازق٠ذ 8 ا ػ الا ٠ز ى اجؼل اثحغت اؾشه ٠ى إل ث اؾؼت وب أ٠

إ غزس. ف١ ابط أ ب غ أ اي ػب . غ١ش إر مب ب ا ١ و حذ ا ڭ د ٠ضسڭاي بؿ اػ

١ اغ ذ ذ حمق ا اي ١ث ساؽذ ػ ازشاة اروش ه إ ب وزا ي ڭ ضسد ٠ ڭع و حذ الاد اذ

حذد ف١ اؾشه ازوس أػبد عبو افس٠زب اض اي غ ؼبدد رب جب ا٢خش اي فب

فبمب.

Artículo 8. El sufragio puede ser directo o indirecto según las condiciones

establecidas por la ley. Será siempre universal, igual para todos y secreto. Son

electores todos los ciudadanos de la República mayores de edad, hombre o mujer

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que tengan sus derechos civiles y políticos; asimismo pueden participar los

ciudadanos de otros Estados de la Comunidad19 si cumplen las mismas condiciones

siempre que sean residentes en Mauritania desde el tiempo fijado por la ley.

بد ارڭ اضس. 9 ا . الاحضاة اجبػبد اغ١بع د ڭـرحنش ف١ الاحضاة اجبػبد اغ١بع

ألا ر جذا اذ٠لشاه اثؾشه رحزش أرؼ ألا ظ رزى ه ١بد ا ب اغ مقدب ألا اثؼ اث

. لا س حذد اج بد. بإحذد ل بر ا رطج١ك جب

Artículo 9. Los partidos y los grupos políticos pueden participar en las elecciones.

Se forman y ejercen sus actividades libremente a condición de que respeten los

principios democráticos y que no atenten por su objetivo o por sus acciones contra

la soberanía nacional o a la unidad de la República. La ley fijará las condiciones de

la aplicación del presente artículo.

افق اثب. احى

TÍTULO II. El Gobierno

بد . 91 ا حى صسا. رزشوت ا ي ا ص٠ش ا

Artículo 10. El Gobierno estará compuesto por el Primer Ministro y los ministros.

بد س . 99 ا ب فبض غ لاػنبئ جب ا اثىثش ه ا ؼ ج زخت ا ي ر ي ڭ اص٠ش ي اثب

اث س اىثش فبض ش . اثبث ڭ غج أ ازشاة ػ حذ إ 31و د ٠زشؽح ڭعخ اػ الال

ي. ص٠ش شرجذ ا . ا ػ الال أػنبء اجؼ ث اث مذ رشؽ١ح إػد ا و ػ ألاص

ج١غ رشؽ١ح ٠مذ و ػ ي. لاص ؾشه فبزخبة اص٠ش اة زخبة ا اؾشه اؾشه فب

عبع عبث ثبسثغ أػؾش٠ ؼ ج ىزت ا س ڭ ـا ي.ڭ اض

Artículo 11. El Primer Ministro es elegido por la Asamblea Nacional con la

mayoría absoluta de los miembros que componen la Asamblea en las dos primeras

vueltas del escrutinio, y con la mayoría relativa en la tercera vuelta. Todo ciudadano

que tiene 30 años como mínimo puede presentarse al cargo de Primer ministro.

Todas las candidaturas deben ser presentadas por un tercio de los miembros de la

Asamblea. Los candidatos que no son miembros de la Asamblea deberán cumplir

las mismas condiciones de inelegibilidad y de incompatibilidad de los diputados. La

presentación de las candidaturas se hará en la Asamblea veinticuatro horas antes de

la fecha fijada para la primera votación.

بد إ . 92 ا . اذاخ اد ي. فب٠ذ الاداس أل ي إحذد إع١ش ع١بعذ اذ ڭاص٠ش د ٠حق

اي اػ ا شاع خبفذ ا . و اظب ف فبغ غ. ٠زقش ب اجب حذدر ج١ؼ ثبؾشه اي ا

ف١ز امب. إػ١ ر ي مب . اص٠ش ب امب ي رجبص اثؼمثبد إحذد ب اص٠ش إفذس

بي اف ي الاػنبء ف١ب. اؼ غ اذ غ ا غ اجب ك أ٠ؼمذ و ارفبق ا ي. ٠زفب بي اذ ١غ أػ ج

19. Véase nota supra

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غ غطبد اجب ك ا ف اي ا غ١ش ػ اخزقبؿ ازؾش٠غ الارفبلبد اي ا ب اف غب٠ اف

س ب إ ءارذ اخزقبؿ اج ب رطجك ب اثمب. 20 ١ افك اػ فب ؼ ج ا

Artículo 12. El Primer Ministro establece y dirige la política del Estado. Tiene a

su disposición la Administración y las fuerzas de seguridad interior.

Puede solicitar las fuerzas armadas conforme a las condiciones establecidas por

la Comunidad. Ejerce el poder reglamentario. Los decretos adoptados por el Primer

Ministro pueden ser sancionados con sentencias cuyos límites están fijados por la

ley.

El Primer Ministro

— garantiza la ejecución de las leyes.

— Nombra los empleados del Estado.

— Negocia y firma todos los acuerdos con la Comunidad y los Estados miembros

de la Comunidad. Los acuerdos que modifican las disposiciones de naturaleza

legislativa o que comportan delegación a las autoridades de la Comunidad en

materia que atañe normalmente a la competencia de la República no entran en

vigor hasta después de que su ratificación haya sido autorizada por la ley.

بد . 93ا صسا أ٠ؼض ا ي إػ١ اي ٠بي اص٠ش ؼ قبح ا ا ب أػ شع إحذد اث ي اي إحذد ل ص٠ش ا ػ صاسار س اة فأ صسا . ا احذ ش و ز ارؼد رحذ أ ذس

شرجذ اڭـا١بة. إ اث اد ؼ ج اػ ا اي اثغجت أخش لاص فبح ي فب٠ت اثغجت ر ص٠ش

١ غزمب ب صسا اي ػبد حى ا . غ١ش ثؼذ ٠ن زخت حذ افج أر ؼج غ ثب رجز ه رغ١١ش ا

بي ؼ جبس ي.ا ص٠ش حذ فبثذ ا ؼ ج زخت ا ر إ١

Artículo 13. El Primer Ministro nombra los miembros del gobierno y los cesa; fija

por decreto las atribuciones y determina los servicios que están bajo su autoridad.

Los ministros son delegados por el Primer Ministro para los asuntos que

conciernen a sus departamentos ministeriales. El Primer Ministro establece la

dimensión de esta delegación. Si el puesto del Primer Ministro queda vacante por

fallecimiento o por cualquier otra causa, la Asamblea Nacional se reúne de pleno

derecho para elegir un sucesor. Los ministros, considerados como dimisionarios,

aseguran colectivamente los asuntos corrientes hasta la elección del Primer

Ministro.

بد بم . 94 ا ي إػد ص٠ش اػ ػمد ا ب ػبلاص ١ ب.ڭ اػ ف١ز ىف اثز ص٠ش ا ة ا

Artículo 14. Los acuerdos del Primer Ministro deberán ser refrendados por los

ministros encargados de su ejecución.

بد —صسا ا. 95ا ١لاص ڭ٠حف اػ ؼ ىزت اج ه. احف اغ١ را : ا دا

از لا إ إلا ثبلل قبح ؽؼت ألغ ا س٠زب ا س الاعلا ج ؾزغ ٠ب د ا

دعز س٠زب احزش حبفع اػ ١. س ا حذد إل ب إ شارج اف حذ د ٠ؾش ألا ٠ىش ڭاصسا

20. sic.

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ي ألا إ لان اذ أ ه ع ألا إ ڭاش لاو ه ا ب ه ا د ڭد إث١غ ألا ٠ىشا ب إثذي ا

ب. اجذ ا اث

Artículo 15. Antes de tomar posesión de sus cargos, los ministros del Gobierno

juran ante la Mesa de la Asamblea Nacional. Los ministros musulmanes

pronuncian el juramento siguiente: “Juro por Dios el Único que serviré con

lealtad la República Islámica de Mauritania, los intereses del pueblo mauritano, que

respetaré la constitución y la salvaguarda de la integridad del Territorio”. Durante el

tiempo que permanecen en sus funciones, los miembros del Gobierno no podrán

adquirir ni alquilar una propiedad del Estado. No podrán alquilar ni vender al

Estado, ni intercambiar con él ninguno de sus bienes.

بد صاس سء٠ظ 96 ا جظ إؽذ 21. اصسا ٠جزغ اف ١ ي. جظ اصسا لاص اػ اص٠ش

أرؼ١١ حى ش ا ا اي ا١ م ؾشػبد ا ي. أ ذ ١بط اؼب اغ بد اخجبس امشاساد الاص

بي ؼ شارتا ي. فب ىج١ش ذ

Artículo 16. Los ministros se reúnen en Consejo de Ministros presidido por el

Primer Ministro.

Son de obligada discusión en el Consejo de Ministros:

— Las decisiones relativas a la política general del Estado;

— Los proyectos de leyes y las ordenanzas;

— Las nominaciones para los cargos superiores del Estado.

ا ه ا ؼ فق اثبث. اج

TÍTULO III. La Asamblea Nacional

بد . . 97ا ه ا ؼ ج رؾش٠غ امب فب٠ذ ا

Artículo 17. El poder legislativo pertenece a la Asamblea Nacional.

بد . 98 ا ه ا ؼ ج اة فب زخبة ا . اؽشه ا ظ اع١ ذد خ ارزخت ا ه ا ؼ ج ا

ب ار ظب٠ف اي ب ٠قح ا اي زخبة اؽشه اي ٠قح ا غ ا١بة د ڭـأػذد غ ا رجز

ش ازشاة افؼ أ حذ ب امب. و بػ 25إحذد ١بع اغ ذ ذ حمق ا ػ اػ الال

غ جب ي الاخش الاػنب فب حذ اذ ه و زخبة أوزا ز اؾشه أعبو إػد فبح الا ف١

ب امب. حذد سرب اذ اي ا اف

Artículo 18. La Asamblea Nacional es elegida por cinco años.

La ley determina las condiciones de la elección de los diputados de la Asamblea

Nacional, el número de miembros, las condiciones de elegibilidad, el régimen de

inelegibilidad y las incompatibilidades. Son elegibles todos los ciudadanos de la

República que tienen una edad de 25 años como mínimo y que gozan de los

derechos civiles y políticos, así como los ciudadanos de los otros Estados de la

21. sic.

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Comunidad que cumplan las mismas condiciones, con la condición de ser

residentes en Mauritania el tiempo fijado por la ley.

بد لف ألا إحجظ ألا 99 ا ثحث الا ٠ ألا ٠ذخ حى اة ٠بد ي اف احذ ا ا ى ب ٠ .

اثغجت صس اػ١ ب ٠ت اف ڭ إحى ه ٠بد ا وزا ى ب ٠ . ؼ ج فب بد افؼ اثغجت اي اجز حى ىزج اي ثبر ب بػز اج ب إ ػبد ران افض ب ثبر اجؼ اي رؼذ ألا ٠لف ب ا جب

إ ب ٠ى ١ بع اػ اج ب ب ص ڭـػبد جش٠ رؼذاي لف ثع اب٠ت فبثب . أر ٠ اي رؼذ

ران. جذ اجؼ إ ه ج اي اغ حبو ا

Artículo 19. Ningún miembro de la Asamblea Nacional puede ser perseguido,

buscado, arrestado, detenido o juzgado por sus opiniones o votos emitidos por él en

el ejercicio de sus funciones. Salvo en el caso de delito flagrante, ningún diputado

puede ser perseguido o detenido en materia criminal o correccional sin la

autorización de la Asamblea durante sus sesiones, o la autorización de la Mesa de la

Asamblea fuera del periodo de sesiones. La detención o enjuiciamiento queda

suspendido si la Asamblea lo solicita.

بد ب ؽشه ارزغ. . 21 ا ١بة ؾشه اػ اب٠ت ف١ و

Artículo 20. Cualquier mandato imperativo es nulo.

بد اة 29 ا ف ا ازڭ. ٠ح ثبلل اة اغ١: "ألغ ز ١٠ ا . أ فبغ لا إ دا أوجش

ى ب ٠ قبح ؽؼت س٠زب. ا اس٠زب الاعلا س ج فب ثبق إلا ٠ذ ؾزغ

أ ه ا ب ي الا إث١غ ألا ٠ىش ا ذ اذ ه ػ فب١بة ٠ؾش ألا ٠ىش حذ اة لا إثذي

. ه ا ب اث ه ا ب ؼب اArtículo 21. Los miembros de la Asamblea Nacional juran delante de su decano.

Los diputados musulmanes pronuncian el juramento siguiente: “Juro por Dios el

Único que serviré con lealtad la República Islámica de Mauritania y los intereses

del pueblo mauritano”. Durante el periodo de su mandato, los diputados no podrán

adquirir ni alquilar una propiedad del Estado. No podrán alquilar ni vender al

Estado, ni intercambiar con el ninguno de sus bienes.

بد ا ب٠ت ٠ضس. 22 ڭ و ح ب اف اي بع اج ب ب افض لشاس أػذي بد. إزغ و اػ اجز

ب. إ بػز مشاس. ڭاج زا ا غب ب اثجذ إ ي ٠طت جخ اذعزس أ ص٠ش غذ د ا ج اجؼ

ػ اي اؽزذ خجبس. ث١ب ع ؾش اجش٠ذ اش اثغ(. أر ب )٠حنش ڭـار ػ د اجؼ

اة ا ظ ي اي خ إ اهت ران اص٠ش غ عش رجزArtículo 22. El derecho a voto de los miembros de la Asamblea Nacional es

personal.

Toda deliberación hecha fuera del periodo de sesiones o fuera de los locales de

la sesión es nula. El Primer Ministro puede solicitar a la Comisión constitucional

que haga constar esta nulidad. Las sesiones de la Asamblea Nacional son públicas.

El informe de los debates se publica en el Boletín Oficial. A petición del Primer

Ministro o cinco diputados la Asamblea Nacional puede reunirse en comité secreto.

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بد ػب 23 ا ب و ذ ػ جش ا. اجؼ ي ؽش ـ فب ي ؼبد ارفزح فب بػز١ ج

. ار ش٠ ؽ حذ . ألا رزخو ب ي ؽش ـ فب بڭـاثب غ اج ارج ق د اجؼ ع ف

ت اص٠ش الاي. ألا ار ب اي ه جذ ران اوثش٠ز ؼبد إ ه احذ. رفزح ڭـا ش بع رزخو اؽ ز اج د

ي. اص٠ش شع ب اث ف١ ب ار بػز اج اجؼ

Artículo 23. La Asamblea tiene dos sesiones ordinarias cada año. La primera sesión

se inicia en la primera quincena de noviembre y la segunda en la primera quincena

de mayo. La duración de cada sesión no puede exceder de dos meses. La Asamblea

puede reunirse en sesión extraordinaria si la mayoría de sus miembros lo solicitan o

a la iniciativa del Primer Ministro. La duración de una sesión extraordinaria no

puede exceder de un mes. Las sesiones de la Asamblea se abren y clausuran por un

decreto del Primer Ministro.

بد إ ڭ. اصساء إ 24 ا ج إ ه ىلا ألاص إؼو ا اجؼ ڭد ٠ذخ ذث١ ؼب د إج١ت ا

. إػ١ حى ػ ا

Artículo 24. Los miembros del Gobierno tienen acceso a la Asamblea. Son oídos

cuando lo solicitan. Pueden estar acompañados y asesorados por unos altos cargos

del Gobierno.

بد ي.. 25ا بي اذ اػ حغت هجك ػ اة ٠حذد اخلاف ا

Artículo 25. Los miembros de Asamblea Nacional perciben un salario fijado

teniendo como referencia la retribución de una categoría de funcionarios del Estado.

ؼ ج ا حى افق اشاثغ. ارقبلاد ا

TÍTULO IV. De las relaciones entre Gobierno y la Asamblea

بد ز الاؽ١بء:. 26 ا امب اي إظ

، اح — غ فشك اج ا ، اؼ ٠ز ازشاة افحش ؼط لا ا ب ، ان مق اه

. الا أج ا ا فغ اػ ا ازشاة فب

ؼمثبد اي رطجك اػ اب. ألب — ألاػزذاءاد ا جشا٠ ، اؼف، أرحذ٠ذ ا جبئ ا الاحىب

. ارفبق خبؿ ١ لغ اػ اي اي ب غ فبخزقبؿ اجب ز الاؽ١بء داخ و اي

فشمبد و — ؼؾس أو١ف١ذ اخلاؿ ا جزببد ا مبػذ اي ارحغت اػ١ب ا ع.ا

—. ؼ بػبد ا ج ا ه ا ؼ ج زخبث الا اظب

—. ؼ ؤعغبد ا قبح ا ؾبء ا ا

ز الاؽ١ب: جبد إحذد امب وزاه اعبط

ؼ — ا داس.باظب الا

.أظب عطبد ام — حذ و ١ ؼ اػ اي رز مب نبء ألاداس ا

ب. — ذخ ب أ اخزقبفبر ، ؼ بػبد ا ج إداسد ا

ي. — بي اذ ؼ ا امب اؼب

اثب.— ي ازؼ١

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، احمق اث — ى .ظب ا ازجبس ذ اججبد ا ا بثذ،

—. بػ ١ئبد الاجز امبثبد، ا ، حمق اؾغ

الالزق — ؼ ج فب٠ذد ا ا١ ـ ثشا ب ارحذد ل ي افمبر اذ ذاخ أ ب ا١ ا بد رحذ٠ذ ل

ي.ألا بػ ذ جز

Artículo 26. La ley fija las reglas que conciernen:

— La ciudadanía, los derechos cívicos, las garantías fundamentales concedidos a

los ciudadanos para el ejercicio de las libertades públicas, las restricciones

impuestas por la seguridad a los ciudadanos en su persona y en sus bienes;

— La determinación de los crímenes y los delitos así como las penas que les son

aplicables, el procedimiento penal, la amnistía, salvo a excepción del dominio

reservado en estos asuntos a la Comunidad o que es objeto de acuerdos particulares;

— La base para calcular las tasas y las modalidades de cobrar los impuestos de

cualquier tipo;

— El régimen electoral de la Asamblea Nacional y de las colectividades públicas;

— La creación de servicios públicos fundamentales;

— De la organización general de la administración;

— De la organización de las jurisdicciones judiciales y administrativas y del

procedimiento a seguir ante estas jurisdicciones;

— De la organización de las colectividades públicas, de sus competencias y de sus

recursos;

— Del estatuto general de los funcionarios del Estado;

— De la enseñanza primaria y secundaria;

— Del régimen de la propiedad, de los derechos reales y de las obligaciones civiles

y comerciales;

— Del derecho de trabajo, del derecho sindical y de las instituciones sociales;

— Las leyes de finanzas determinan los recursos y cargos del Estado;

— Unas leyes programáticas determinan los objetivos de la acción económica y

social del Estado.

بد اخ 27 ا ب زا . الاؽ١ب اي . ا١ ٠ذخ و اظب اخزقبؿ اغ ار مب زقبؿ ا

غ ؾبث ا اي ذاخ أ ب ف١ف لب ذ اي ػ س ازطج١ك اقؿ مذ٠ ز ا٢ؽ١ب اذعزس افط

شع ڭـار د رزغ١ش اث ف١ف ظب ب و ذ ب ارؼد ػ ب ٠بز ب ا اذعزس ذ اج إ حى

بد. ز ا ي ج حغت اArtículo 27. Las materias que no están dentro del dominio de la ley competen al

poder regulador. Los textos legislativos introducidos en estos campos después de la

entrada en vigor de esta Constitución podrán ser modificados por decreto si la

Comisión constitucional declara que tienen un carácter reglamentario en virtud del

párrafo anterior.

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بد ب ار اثب. 28 ا ج ثشب حى ذ حذد فبرخبر ڭـػ ارفز ا الار اه د رطت اجؼ

ذ ا ػ حى ش ا ا . رطجك الا مب ب اخزقبؿ ا اف غب٠ اف ش حى ازذاثش ثب ١

ارزؾش زغ لاو ش ار ا . الا ؼ١ فبج ؼ ج ب ١ قبدق اػ لب ا ذ احى إ ب لذ

مب أفبد اػ١ب ا٢ج ازوس ب ارلاد ار اخزقبؿ ا غب٠ ؼبدد اف د ارزغ ڭـاحى

ب اثمب .

Artículo 28. El Gobierno puede, para la ejecución de su programa, solicitar a la

Asamblea Nacional la autorización para adoptar por ordenanza, por un tiempo

limitado, medidas que normalmente están dentro del ámbito de la ley. Las

ordenanzas entran en vigor en el momento de su publicación, pero se vuelven

obsoletas si el proyecto de ley de ratificación no se deposita ante la Asamblea

Nacional antes de la fecha fijada por la ley de habilitación. Al término del período

mencionado en el primer párrafo de este artículo, las ordenanzas solo pueden ser

enmendadas por ley en asuntos que están en el dominio legislativo.

بد اة.. 29 ا ي ا هت إفذاس اما١ فب٠ذ اص٠ش

Artículo 29. La iniciativa de elaborar las leyes pertenece al Primer Ministro y a los

miembros de la Asamblea.

بد ١ب ارغج . 31 ا لاص اػ ب ؽذ اخج ڭ ـاجؼ بػز .فبج ب احى ب ا ز مذ بس اما١ اي ا

Artículo 30. El orden del día de la Asamblea incluye, como cuestión prioritaria, el

debate de los proyectos de ley presentados por el Gobierno.

بد اة اي اصسا إ. 39 ا حذ ا فبمب. هت ازغ١١ش د ٠ ڭو طت ص٠بد اي مقب

ا٠ش ي اي ص٠بد افق ذخي اذ اف إعجت مقب ااة أػبد لا حذ مذ ب ب فبمب ؼبد ا

لا هت اثض٠بدد ا ؼب ا ب إ لذ ب ص٠بدد ذخي إمج ك ران. وزه الالزقبد ص٠بد ارؼ

بد زوس فب ا و اظب س اغ فب داخ هت ص٠بد اي مقب 27إمج حى . إ ػبسمذ ا

اث بر اج زوس اف را ا ي افمجي ػ ران ٠بذ اص٠ش ا٢ ػ ؼ اثبد اج افب٠زبد ز١

غ فب أرجز اذعزس اج .ث إػ ز١ب Artículo 31. Los diputados y el Gobierno tienen el derecho de enmienda.

Las propuestas o enmiendas presentadas por los diputados no son admisibles

cuando su adopción resultaría en una disminución de los recursos públicos, o la

creación o el empeoramiento de una carga pública, a menos que estén acompañados

por una propuesta de incremento en los ingresos o ahorros equivalentes. Tampoco

son admisibles si se relacionan con un asunto dentro del poder regulatorio según el

artículo 27. Si la Asamblea ignora la inadmisibilidad planteada por el Gobierno en

uno de los dos párrafos anteriores, el Primer Ministro puede remitir el asunto a la

Comisión Constitucional en un plazo de ocho días.

بد ب صس . 32 ا جش. إ بػذ رفزح اج ١ ذ ا ػ ب ا١ ا ثبم اجؼ ڭرؼ د اجؼ

اي صس ز ب بػز فبج ١ضا ب ڭاػ ا ١ زـد اػ ب احك ڭ حى ب إػد ب أخبسجز ذخ اد

فبخغزبػؾش ٠ ػب ؼ ج ١ضا غ ا ڭفبرشج ق اؼبد. ألاص بع ف فبج ؼ ج بع أربد ة اج

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ز١ب غ١ش غ فبث رجز ب صس إ اػ اجؼ ڭ ١ضا ز د اػ ا ي إ اف إػد اص٠ش د ڭج

ارشالت ر فب٠ذ. ٠بذ اجؼ ا ذخي اؼب ب ػ ذخ ب صاد ش حى ثب ١ضا ل ا ف١ز إ

١ضا١بد ا ي ا ١ضا١ذ اذ و١ف١ذ ػ ث١ب ؼ ج ارمذ اػ احى ب. لاص زحك ث

ا٠ش فبػـ ش اي عبثـڭاق عذ اؽ ش ػ عذ اؽ ب ڭ اة و ارؾذ ف١ الا بػذ اجؼ ران. أفج

ارم ؼب ١ضا١ذ ا اخجبس اجؼ ١ افك اػ ار فب٠ذ. ا ؼب ١ضاىذ ا ا حغبة ازب حى ب ا ا ذ

. اثمبArtículo 32. La Asamblea es informada del proyecto de ley de finanzas en el

momento de la apertura de la sesión de noviembre. Si la Asamblea no ha votado los

presupuestos al final de su período de sesiones o si no ha votado en equilibrio, el

Gobierno devolverá el proyecto de presupuestos dentro de los quince días a la

Asamblea convocada en sesión extraordinaria. La asamblea debe decidir dentro de

ocho días. Si los Presupuestos no se votan en este plazo, el Primer Ministro lo

establece por orden sobre la base de los ingresos del año anterior. La Asamblea

controla la ejecución de los presupuestos estatales y los presupuestos relacionados.

Se le entregará a la Asamblea una declaración de gastos al final de cada semestre

para el anterior. Las cuentas finales para un año se presentan durante la sesión del

presupuesto del año siguiente y se aprueban por ley.

بد 33ا غزبػؾش ٠ ػب. ٠طجغ اص٠ش ب ڭي اما١ فبخ اػ١ب اسعب افمذ اجؼ ة

. إ حى ڭ اج غ اي اذعزس. أرؼ بط فلاح١بد اجب ش ي ػ ش هجغ لب اظ خ د إ

اجز ارج١ ؼج ثب ش احذ.اذعزس ب فبؾ بد Artículo 33. El Primer Ministro promulga la ley en los quince días siguientes a la

transmisión al Gobierno del texto definitivamente adoptado. Puede suspender la

promulgación de una ley que considere perjudicial para los poderes de la

Comunidad o de esta Constitución. En este caso, la Comisión Constitucional es

informada inmediatamente y debe decidir dentro de un mes.

بد شاجؼذ امبڭإ. 34 ا طجغ امب ٠طت اجؼ ؼو ي ا ا ي افج ألا د اص٠ش

ران.ڭارـ ربة ػ د اجؼ

Artículo 34. El Primer Ministro puede, dentro del tiempo asignado a él para la

promulgación de una ley, pedir a la Asamblea una nueva lectura que no puede ser

rechazada.

بد . 35 ا ب ف إبد ث ذ اخ غ حبلا. حب ب رجز ؼ اجز فبثب ب ؼ ج جظ اصسا. أؼبدد ا

ف. إ ي افحبذ اخ ص٠ش غبء ڭإحذد امب اغطبد اضا٠ذ اي ارؼو ا ز اغطبد إ اف د ٠ذخ

ن ٠بد ا زا اذعزس. ثؼل احش اف

Artículo 35. El estado de emergencia se decreta en el Consejo de ministros. La

Asamblea se reúne por derecho propio si no está en el periodo de sesión. La ley

define los poderes excepcionales conferidos al Primer Ministro para la declaración

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del estado de emergencia. Estos poderes pueden incluir la suspensión de ciertas

libertades garantizadas por esta Constitución.

بد ب امب ج١غ اج١ببد . 36 ا ١ ١غ اي بؿ اػ فبق ؼ ج ارمذ اػ احى اي لاص

أرغ١١شب. ػ اػبي احى ب اجؼ رطج

Artículo 36. El Gobierno está obligado a proporcionar a la Asamblea, en las formas

previstas por la ley, todas las explicaciones que le hayan sido solicitadas sobre la

administración y los actos.

بد بػذ . 37 ا فبج ػب ب ف١ جشو حبذ ارشاة إهؼ ػ ي رمش٠ش جؼ ص٠ش ا إلذ

. جب ا ارؼذي فبؼب ران الا اػ أ افب٠ذ ؼب ذ ا حى اػ ػ

Artículo 37. El Primer Ministro elabora, una vez al año, durante la sesión de

noviembre, un informe a la Asamblea Nacional sobre el Estado de la Nación;

informa sobre las actividades de su Gobierno durante el año anterior y establece las

líneas generales de su programa para el año siguiente.

بد ي اؼب اصسا غئي. 38 ا ص٠ش ١ذ ڭ 22ا غئ ب ٠ظش اف اجؼ داب إ اهت 23

ذ. إ ذ حى لا ؼ اي طت فبجؼ ف حذ، ػبڭا ي جظ اصسا، ڭد اص٠ش ة لشاس

غ ك ظش إػش ١ذ احى إػد ڭئ اػ١ اة لاص ا حذ اي إلذ لا . هت ا اجؼ دا

ث ؼب ا ١ ل اػ ب إ ا ألا إمج مذ اي ا لا ١ بك اػ " أ "هت الا ا ث ػ

اة. الا ٠خـ ا س ڭ عبع ػبڭ اض اسثؼ١ ب ب فبث .ڭ لا ؼ اي هت ا ة هت افArtículo 38. El Primer Ministro es, junto con sus ministros, responsable ante la

Asamblea. La responsabilidad política es el resultado de la cuestión de la confianza

o de una moción de censura. Solo el Primer Ministro, después de deliberar en el

Consejo de Ministros, puede comprometer ante la Asamblea la responsabilidad

política del Gobierno.

La moción de censura presentada por un diputado debe llevar expresamente este

título “moción de censura” y la firma de su autor. Dicha moción solo es admisible si

está firmada por al menos un tercio de los miembros de la Asamblea.

La votación no puede tener lugar hasta cuarenta y ocho horas después de la pre-

sentación de la cuestión de la confianza o la moción de censura.

بد ڭ. ضس 39 ا رغزمبي احى لا مجي هت ا اي ا ؼ ف ا ؼذ ا د اوثش٠ذ أػنبء اجؼ

س زا اض اف ب ارمج حبلا. لاو ب اوثش٠ذ ڭ وب اة ع ا ج اوثش٠خ احبمش٠ ) ب )

ؾ اي اعزمبذ ا احى . ار لا ؼ اي لبث١ ا ػ اف بث١١ اد اي ب أف حغت ألا ر

ب. فبثذ حذ ثب رؼ١ س إ١ الاArtículo 39. El voto de confianza o la adopción de una moción de censura conducen

a la renuncia inmediata del Gobierno. Solo pueden ser adquiridos por la mayoría de

los miembros de la Asamblea; solo se cuentan aquellos votos en contra de la

22. sic.

23. sic.

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confianza o favorables a la moción de censura. El gobierno que dimite continúa

despachando asuntos corrientes hasta el nombramiento de su sucesor.

بد ذد . 41 ا ١بد اف ا ز ر١ ش 36طبحذ احى لا اثمجي ا ؼ اع اف ؽش اع اثؼذ

ڭإ ػبد اص٠ش اجؼ بڭي إح سد سء٠غ ؾب ة 24 زخبة جؼ غ ا ز احبي ٠جبسن ا . اف

غ ٠ خ اجذ٠ذ رجز اػ اجؼ اػ ىثش. الاص ش٠ اؽ ٠ اػ م ١ظ اجذ٠ذ فبسثؼ١

زخبڭاثبث ػب ب.ة ا ث

Artículo 40. Si, dentro de un intervalo de menos de treinta y seis meses, ha habido

dos cambios de gobierno como resultado de un voto de no confianza o una moción

de censura, el Primer Ministro puede, previa consulta con el Presidente de la

Asamblea, declarar la disolución de esta. En este caso, las nuevas elecciones se

llevarán a cabo dentro de un período de no menos de 40 días y no más de 60 días.

La nueva Asamblea se reúne de pleno derecho a partir del tercer jueves después de

su elección.

افق اذعزس اخبظ. اج

TÍTULO V. De la Comisión constitucional

بد شرت وزاه 25. إػد سء٠ظ 49 ا امب حبو اوجش سجبي امنبء فب اذعزس اج

إػد ف١ب.

سجبي امب الاداس؛— ػن

— ي؛ػن إػ١ ص٠ش ا

سء٠ظ — ؛ 26ػن إػ١ اه اجؼ

ذسعذ امب.— اعزبر

. اذعزس ارغ١١ش اج خقؿ ظب إحذد امب و١ف١ذ رطج١ك ز ابد اث

Artículo 41. La Comisión Constitucional estará presidida por el más Alto Oficial

Judicial. Incluye además:

— Un miembro de los Tribunales Administrativos;

— Un miembro nombrado por el Primer Ministro;

— Un miembro nombrado por el Presidente de la Asamblea Nacional;

— Un profesor de la Facultad de Derecho;

La ley determina las modalidades de aplicación de este artículo y, en particular,

las reglas de organización y funcionamiento de la Comisión Constitucional.

بد ب فباد42 ا ـ ا خق ؾ١ب ا اذعزس اج ا ز 33، 39، 27، 22 . رز

س فبخجبس اض اثز١جذ. ڭ اذعزسأرمن فبدػب الاعزفزبء اي ارؼ

24. sic.

25. sic.

26. sic.

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Artículo 42. La comisión Constitucional ejerce las atribuciones que le confieren los

artículos 22, 27, 31 y 33 anteriores. Decide en caso de disputa sobre la regularidad

de la elección de los diputados y sobre su elegibilidad, así como sobre la

regularidad de las operaciones de referéndum de las que proclama los resultados.

افق اغبدط. اؼذ

TÍTULO VI. De la Justicia

بد منب . 43 ا طذ ا ب إ ع عطخ ازؾش٠غ. لنبح الاحىب ف١ز أػ طذ از ع ػ غزم د ڭإرؼد

اخزقبؿ اج منب امب ار شالجذ ا اثذ جذ. زم ؼضي ألا ٠ ش ؽؼت ب٠ إظ غ إ١

غ الاحزفبظ اث س٠زب اثمش ب ا ث١ ح اس جؼ١ذ سغجذ افز غزمج نبء ارفبق فب اس إ غ. جب ا س٠زب ا الاعلا س اج

Artículo 43. La autoridad judicial es independiente de los poderes ejecutivo y

legislativo. Los jueces titulares son inamovibles. Hasta nueva manifestación de la

voluntad del pueblo mauritano, mediante deliberación de su Asamblea y sujeto a

acuerdos internos entre la República Islámica de Mauritania y la Comunidad, el

control de la Justicia es competencia de la Comunidad.

بد رزحش . 44 ا الاعلا فم فب ذ ذ اؾش٠غ ا ١غ ؾ١ب ا افج الاعلا فم اثحغت ا أرحى

مب ظب ؽؼت س٠زب. إحذد ا ب ثبع ارقذس أحىب اي ازجبس منبء الاعلا إداسد ا

. س٠زب ا الاعلا س ٠ب رطجك فبج

Artículo 44. Los tribunales de derecho civil musulmanes instituyen y juzgan de

acuerdo con este derecho en todos los asuntos civiles y comerciales. La

organización, la administración de justicia bajo la ley musulmana, el estado de su

personal, y en particular los cadis, están determinados por la ley. Las leyes preverán

la codificación de las reglas de la ley islámica aplicables en la República Islámica

de Mauritania.

بد ـ. 45ا ش ڭخ اي رئب ػظ ي اصسا 27د خ١ب اص٠ش ه ا اجؼ ي ار مذ اذ

أ ؼ ا حى ؼذاي. إحذد امب رشو١ت ا

ؼ ا حى بهش ع١ غ أ٠مذ ب ازؾش٠غ اي إؼ ش

ب. ف١ ثArtículo 45. En caso de alta traición o conspiración contra la seguridad del Estado,

el Primer Ministro y los ministros son procesados por la Asamblea Nacional y

enviados al Tribunal Superior de Justicia. La ley determina la composición del

Tribunal Superior, las reglas de su funcionamiento y el procedimiento aplicable en

él.

27. sic.

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١ بػبد الال افق اغبثغ. اجTÍTULO VII. De las colectividades territoriales

بد ف . 46ا ١ بػبد الال : اذائش اج س٠زب ي ا ) بذ حبفع 28(عشو ) ا ١ . 29(و

شب ي أ . احبفظبد رز ت جبػبد اجذ ازم١ذ زشو ح جبظ شب ي أ اذائش رز

قؿ فب زخت اثحغت اؾشه ا جبظ مب.Artículo 46. Las comunidades territoriales del Estado mauritano son la

circunscripción y la comuna. Las circunscripciones son administradas por los

consejos locales compuestos por las comunidades tradicionales. Las comunas se

rigen por los consejos elegidos en las condiciones previstas por la ley.

بد . وزاه إحذد . 47 ا ح جبظ ا ب فب أؽشه اؽزشاو إحذد امب ظب اجؼ١بد ازم١ذ

. ز اجبػبد أحمل اؽ١خ امب ؽشه رؼ١١

Artículo 47. La organización de las colectividades tradicionales y las condiciones

de su participación en los consejos locales están determinadas por ley. Asimismo, la

ley establecerá las condiciones de la elección de los jefes de estas colectividades y

sus derechos.

. افق شاجؼذ اثب اذعزس TÍTULO VIII. De la revisión de la Constitución

بد ؾشع ڭإ. 48 ا ب رؾزذ خجبس اف اة. اي ا ي شاجؼذ اذعزس اي اص٠ش د ٠طت

بم١ ب ؼبد اة ا ١ مذ ا ث١ اػ ث شاجغ رحق اػ و . لاص ػ الال ث اجؼ ث

الاعزفزبء ا ارمذ ذ اسثبع أػنبء ؾ أػنبء اجؼ ؼج غ١ش ثؼذ حقذ اػ ث

افلاعزفزب ب رلاد فبف ارؼد اي اجؼ ١ حذد الال بط اث شاجغ . ب رؾزذ خجبس اف

. حى س ج ١ف ا ثبق

Artículo 48. La iniciativa para la revisión de la Constitución pertenece al Primer

Ministro y a los miembros de la Asamblea. Ningún borrador de revisión presentado

por los diputados puede ser discutido a menos que haya sido firmado por al menos

un tercio de los miembros de la Asamblea. Cualquier proyecto de revisión debe ser

votado por una mayoría de dos tercios de los miembros de la Asamblea y

presentado al referéndum. Sin embargo, si el proyecto ha sido aprobado por tres

cuartos de los miembros, no hay necesidad de recurrir al referéndum. No se puede

iniciar un procedimiento de revisión si el proyecto afecta la integridad del territorio

o la forma republicana del Gobierno.

28. Es un préstamo del francés (cercle), división administrativa de los territorios de Mauritania du-

rante el periodo colonial.

29. Es un préstamo del francés (commune), división administrativa de los territorios de Mauritania

durante el periodo colonial.

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زمب اي الا افق ازبعغ. الاح

TÍTULO IX. Disposiciones transitorias

بد ب إؼشك الاعزفزب.49ا أػنبئ ذ اسثبع زا اذعزس اثث اػ ؼ ج افمذ ا ب .

Artículo 49. Esta Constitución se someterá a un referéndum si no ha sido aprobada

por la Asamblea Constituyente por una mayoría de tres cuartos de los miembros de

la Asamblea.

بد ب. 51 ا ز زا اذعزس ٠ب ب اف ١ قؿ اػ ١ئبد ا ١غ ا ش ج ذ اؽ ب افث حلار رنغ اف ار

٠ هجغ اذعزس.

Artículo 50. Las instituciones previstas en esta Constitución se establecerán dentro

de los tres meses siguientes a su promulgación.

بد 59 ا اذعزس ؼ ج بػذ ا ف اج . ر ه ا بػذ اجؼ اج ب ٠ أ١بثذ اػنب٠

بد ف ا خب ا ألا زا اذعزس. اثق١ف اعزثبئ زخت اثحغت 8 ا زا اذعزس ا ٠ح ا

٠ اف ا زخبث 9959 بسط ػب 39 الا ث ارزخت إؼ الا اه زخبة اجؼ ب فب

ي إ ١غ أؽغبي اص٠ش ي ج اي ٠ز حبي فب حى جظ ا زا اذعزس. سء٠ظ ٠ اثحغت

حذ إ . أ اه بع اجؼ ازبع ڭاجز ؼ ج د إبد حبي اثذ اجؼ ز ا ي اف اي رز ١غ

. ظب٠ف اف ؼب ا . اصسا إر اهArtículo 51. Se suspende la sesión de la Asamblea Constituyente. El mandato de

sus miembros expirará el día de la reunión de la Asamblea Nacional elegida en

virtud de esta Constitución. Excepcionalmente y sin perjuicio del artículo 8 anterior,

las listas electorales del 31 de marzo de 1959 serán válidas para las elecciones de

los diputados a la Asamblea Nacional que se elegirán en virtud de este artículo. El

Presidente del Consejo de Gobierno ejerce hasta el día de la reunión de la Asamblea

Nacional las funciones que le corresponden al Primer Ministro por la presente

Constitución. Tiene la autoridad exclusiva de convocar la Asamblea Constituyente,

que ejerce en este caso las facultades que se confieren a la Asamblea Nacional. Los

ministros permanecen en el cargo.

بد زخبة . 52 ا ا د امب ظب ذ ل ش حى ػ إحذد ثب ذ ز ػ حى جظ ا سء٠ظ

. ٠ب ه ا اجؼ غ فبثب رجز ه ا جؼ ب. عبثـ ڭ٠ اي ػب 31 د زخبث ؼذ ڭ ة ا ب اجز

إ ه ا مغ ڭاجؼ ا الاص ١غ ازذاثش امب ش حى ج خز ثب ٠ز حى جظ ا د سء٠ظ

١ئبد فبثذب قبح اا زغ١١ش ا س ؼ ا خقؿ إلش ح١بد ازشاة. اث ا ١غ ازذاثش الاص أج

١ضا١ذ ػب 9959 .

Artículo 52. El Presidente del Consejo de Gobierno está autorizado a fijar el

régimen electoral de la Asamblea Nacional mediante una ordenanza con rango de

ley.

La Asamblea Nacional será convocada dentro de los treinta días de su elección.

Hasta la reunión de la Asamblea Nacional, el Presidente del Consejo de Go-

bierno podrá tomar por ordenanza todas las medidas legislativas necesarias para el

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establecimiento de las instituciones, el funcionamiento de los servicios públicos y,

en general, todas las medidas necesarias para la vida de la nación. Establecerá, en

particular, el Presupuesto del año 1959.

بد . ا 53 ا ي ثب إ١ ؼ حبلا ار اس٠زب الاعلا اما١ اؼي ثب فبجس ظب

زا اذعزس. ب اف ١ ١ف اقؿ اػ رغ١ش قArtículo 53. Las leyes y reglamentos vigentes en la República Islámica de

Mauritania seguirán siendo vigentes hasta que hayan sido enmendados en la forma

establecida por esta Constitución.

وزج ثبحغب١خ، ر رقح١ح رق٠ش هجؼ ذ٠ش قحخ الأجبء اس٠زب١خ اغ١ذ ػجذ ابة اث

س ڭاؾ١ـ

Escrito en ḥassāniyya, corregido y multicopiado por el Director del Servicio de

Informaciones de Mauritania „Abd al-Wahhāb ibn al-Šaygir.

IV. ALGUNAS OBSERVACIONES SOBRE EL SISTEMA DE ESCRITURA DEL PRESENTE MANUS-

CRITO

Los especialistas en dialectología árabe no han establecido hasta nuestros días

ningún código unificado para adaptar la escritura árabe a la realidad dialectal y re-

flejar de forma consensuada unos caracteres que completan el elenco de grafemas

del fuṣḥà para atender a la escritura de los textos dialectales que tienen sonidos a los

que no se han asignado grafemas.

En el presente manuscrito se pueden observar el sistema de escritura utilizado

que se caracteriza por:

1. El uso de los grafemas de fā‟ y qāf típicos de la escritura magrebí: con el punto

suscrito el primero (ڢ), y puesto encima, en el segundo caso (ف)30.

2. Utilización del grafema kāf con tres puntos suscritos para representar el fonema

/g/ (postpalatal oclusivo sonoro) inexistente en árabe clásico y muy abundante en

ḥassāniyya por ser un dialecto beduino31, v.gr., د ڭإ /igədd/ (puede), ڭ٠ضس /yazrəg/ (vo-

ta).

3. En este texto, se nota la vacilación constante del escriba que en algunos casos es-

cribe una misma palabra de dos o tres formas diferentes, -kl/ (todo, ca/و ,/kull/و

da); اصساء, sin vocales, اصسا, sin vocales ni hamza, صسا .(ministros) ا

30. No he podido encontrar estos signos en el sistema de escritura empleado aquí, por esta razón he

usado los signos empleados en Oriente (ق ,ف).

31. Ould Mohamed Baba. Refranero y fraseología ḥassānī. Recopilación, explicación, estudio

grammatical y glosario, p. 28.

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5. Hay palabras que aparecen sin vocalizar en algunos casos v.gr., امب/əl-

qānūn/ (la ley); اؾ١ذ/ən-našīd/ (el himno); اؾؼت/əš-ša„b/ (el pueblo), etc.

6. La tā‟ marbūṭa no aparece reflejada sistemáticamente, v.gr. ابد/əl-mādda/ (el

artículo); ي ,dawla/ (estado)/د س .ŷumhūriya/sic (república)”, etc/ج

7. La hamza es omitida al final de las palabras en la mayoría de los casos, v.gr.,

-las co) الأؽ١بء ;أػنبء :pero en otra parte del texto está escrita ,(miembros) أػنب

sas).

8. En otros casos la hamza es sutituida por yā‟, v.gr., جشا٠/ŷarāyəm/ (crímenes),

وذ ,.v-aṯnāy/ (durante), etc., o por wāw, v.gr/فبثب /wakkad/ (afirmar).

9. La hamza se escribe siguiendo unos criterios distintos a los habituales en Árabe

clásico, v.gr., ١ذ ,سء٠ظ غئ , etc.

10. Se ha omitido la šadda y la tā‟ final, v.gr., س ,ŷumhūriya/ (república)/ج

ه ,al-waṭaniya/ (nacional)/ا .dastūriya/ (constitucional)/اذعزس

11. El escriba omite sistemáticamente los dos puntos de la yā‟ al final, v.gr.,

اس٠زب الاعلا س ج .(república islámica de Mauritania) ا

12. Las secuenacias de dos consonantes seguidas al nicio de palabra se marcan

con un alif antepuesto, v.gr., ١ ;lī-h/ (sobre él)„/اػ بػذ اج /ŷmā„ət/ (reunion), etc.

13. La conjunción copulativa /wa/ aparece muchas veces escrita أ v.gr., ألا/u-lā/

(y no), .u-lāzəm/ (y es necesario), etc/ألاص

14. Cuando hay dos consonantes seguidas, se marcan mediante una šadda con

sukūn, v.gr., ,ḥadd/ (alguien)/حذ ,kəll/ (cada, todo)/و -ahamm/ (lo más impor/ا

tante), etc.

15. El texto manuscrito refleja las tres vocales breves (fatḥa, kasra y ḍamma) y

las largas correspondientes que tiene el ḥassāniyya. Ejemplos: ي ;”estado“ د

١ذ ؽخق “su personalidad”; .todo”, etc“ و

V. ALGUNAS OBSERVACIONES SOBRE LA TRADUCCIÓN DEL TEXTO

Tratándose de un texto jurídico, el traductor (o traductores) ha logrado una

versión ajustada al original en francés utilizando las técnicas inspiradas en las que

se empleaban en la Maḥaḍra32. Estas técnicas consistían en explicar en

ḥassāniyya a los estudiantes de esta institución los diferentes tipos de textos que

se enseñaban desde las mu„allaqāt hasta textos de fiqh, de literatura y de gramáti-

ca, etc. El método didáctico empleado en la Maḥaḍra favoreció la aparición de

muchos términos que se convirtieron, con el paso del tiempo, en un corpus patri-

monial ḥassāní de origen árabe culto, pero con la consiguiente evolución fonética

y semántica.

32. Ould Mohamed Baba. “La maḥaḍra de Mauritania: Una universidad nómada”, pp. 345-360.

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260

En esta traducción, se ha empleado precisamente el léxico patrimonial del

ḥassāniyya al verter el texto en este dialecto. Entre las palabras que pertenecen a

este léxico antiguo, están las siguientes: əl-ŷamā„a (lit.: asamblea) se ha utilizado

para traducir “comunidad”; valš (confianza, seguridad) para traducir “moción de

confianza”; malāma (censura, crítica) para traducir “motion de censura”; mastūr

(discreto) traduce “secreto”; v-ayd (lit.: en la mano) se ha usado para “disponer”,

a„māl (lit.: trabajos) traduce “atribuciones”; maṛtaba (lit.: categoría elevada) tra-

duce “cargo”, jlāṣ (pago) traduce “retribución”; l-adab (lit.: educación) traduce

“moralidad”; əl-jawv (lit.: “miedo”) traduce “estado de emergencia”; əl-mavrūḍāt

(lit.: las obligaciones) sirve para tarducir “los impuestos”; al-jāwa es utilizada pa-

ra traducir “fraternidad”, mḍa„la “refrendar”, tḥaṛṛa traduce “instruir (un asunto

judicial)”, ət-tadābər para traducir “ordenanzas”, ṣwāyəṛ (singular: ṣāyəṛ) “gas-

tos”; əl-ŷumal (párrafos), ət-tṛāb “nación”, etc.

Se han empleado paráfrases para traducir términos que lo requieren por su es-

pecificidad: la palabra “indivisible” se ha traducido por ب ارمغ /mā tnəqsam/; إؽذ

امشاساد اخجبس /išədd ajbāṛ əl-qarārāt/išədd ajbāṛ/ (lit.: conversar) se usa para tradu-

cir “debatir las resoluciones”; فبع ;akbaṛ-hum v-əs-sənn/ (su decano)/أوجش أ

غ ;”ahl ət-tṛāb/ (lit.: la gente de la tierra) “los ciudadanos/ازشاة جب ا -l/ىثش

akṯariyya l-bāḷġa/ (mayoría absoluta), جش٠ رؼذاي -v-aṯnāy tə„dālu l-əl/فبثب

ŷarīma/ (delito flagrante), امب غ ج ه ا /ṭba„ əl-qānūn/ (promulgar una ley), اؾش٠غ

ذ بغ ,əš-šarī„a əl-madaniyya/ (tribunales de derecho civil)/ا بهش ع١ش /masāṭəṛ

sayr-ha/ (sus reglas de funcionamiento), زخ بة فبح الا /ṣāləḥ l-l-intijāb/ (elegible),

بد ڭ ٠ضس اػ اجز /yəzrəg „la ŷtihād-u/ (lit.: vota según su propio criterio) “el voto es

personal”, etc.

El traductor ha evitado a lo largo de todo el texto el empleo de préstamos del

francés para dar mayor autenticidad al texto. De hecho, solo ha utilizado tres pa-

labras francesas que existían como préstamos en ḥassāniyya por ser del vocabula-

rio administrativo: sarkal < fr. cercle (circunscripción), kummīn < fr. “commune”

(comuna), əl-batānāt < fr. patente (tasas).

VI. CONCLUSIONES

Se puede afirmar que los dirigentes políticos del momento entendieron que el

valor político, jurídico y simbólico del texto de la consitución mauritana les obli-

gaba a traducirlo en el habla de la mayoría de la población del país para que todos

los ciudadanos entendieran lo que significan las normas de convivencia del nuevo

Estado. Pensaron quizás en la difusión del texto con el fin de asentar la idea de la

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unidad nacional en un país que estaba formado históricamente por varios emiratos

los cuales quedaron abolidos a partir de aquel momento.

La traducción de esta constitución mauritana al dialecto ḥassāniyya fue una

primicia en el mundo árabe y sigue siendo una excepción.

Además del valor que supone el texto obtenido en ḥassāniyya, se debe reco-

nocer que el traductor ha sabido emplear el léxico patrimonial del dialecto para

acercar a los ḥassānohablantes unos términos jurídicos difíciles de traducir sin

usar palabras de al-fuṣḥà.

Se puede considerar que este primer intento de escribir textos en dialecto

ḥassāniyya ha animado a muchas personas a fijar por escrito textos dialectales

como han sido en las últimas décadas numeroso dīwān de los poetas del género

lə-ġna. Esto ha permido la escritura de la obra de poesía popular mauritana más

antigua que se conservaba por transmisión oral y que estaba amenazada de per-

derse con el fallecimiento de las personas mayores que la habían memorizado.

Una comparación del sistema de escritura utilizado en este manuscrito con

otros más recientes permite ver las mejoras y la posibilidad de la estandarización

de un sistema de escritura para el ḥassāniyya, especialmente con el auge de los

medios de comunicación y de las redes sociales.

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Anexo: Folio 2 del ms.

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265

Folio 9 del ms.