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OCIA. CONTRATOS Y NORMATIVA 2 3 JUL 218 CAMMESA CAMMESA JUL:2;181 LA RECEPCION NO IMPLICA CONFORMIDAD República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria Nota Número: NO-2018-33516855-APN-SD#ENRE CIUDAD DE BUENOS AIRES Viernes 13 de Julio de 2018 Referencia: TRANSCOMAHUE S.A. - Acceso a la capacidad de Transporte Existente requerido por la CENTRAL TÉRMI CA ROCA S.A. para el ingreso de la CT Roca (Expediente N°45.119/2016).- A: CENTRAL TÉRMICA ROCA S.A. (AV. LEANDRO N. ALEM 855 (C1001AAD) CIUDAD AUTÓNOMA), TRANSCOMAHUE S.A. (BELGRANO 448 (8324) CIPOLLETTI. RIO NEGRO), CAMMESA (AV. EDUARDO MADERO 942. 1° PISO. (C1106ACW) CIUDAD), Con Copia A: De mi mayor consideración: Por medio de la presente se remite copia de la RESFC-2018-200-APN-ENRE#MEN a efectos de su notificación. Queda Usted notificado. Sin otro particular saluda atte. DigEally algned by GESTION DOCUMENTAL BECTRONICA GDE ON: aGGESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA • GDE cM. oEMINISTERIO DE MCOERNIZACION. —SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA EerlalNumberECUR 30715117564 Dale: 201807.13 15:5E57 -03DV Natalia Pavesi Subjefe Secretaria del Directorio Ente Nacional Regulador de la Electricidad votay mirad W GESTON DOCUMENTAL ELECTRONICA - CAE ON enCESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA- ODE. ceAfl. caMINISTERIO DE MODERN2ACION, pu•SECRETAR1 DE 1•100E1INVAC ION ADID145111ATIVA.~14vinben•CUIT 30715111554 0.10:2011.07.13 1554:57 Crea

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OCIA. CONTRATOS Y NORMATIVA

2 3 JUL 218

CAMMESA

CAMMESA

JUL:2;181

LA RECEPCION NO IMPLICA CONFORMIDAD

República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria

Nota

Número: NO-2018-33516855-APN-SD#ENRE

CIUDAD DE BUENOS AIRES Viernes 13 de Julio de 2018

Referencia: TRANSCOMAHUE S.A. - Acceso a la capacidad de Transporte Existente requerido por la CENTRAL TÉRMI CA ROCA S.A. para el ingreso de la CT Roca (Expediente N°45.119/2016).-

A: CENTRAL TÉRMICA ROCA S.A. (AV. LEANDRO N. ALEM 855 (C1001AAD) CIUDAD AUTÓNOMA), TRANSCOMAHUE S.A. (BELGRANO 448 (8324) CIPOLLETTI. RIO NEGRO), CAMMESA (AV. EDUARDO MADERO 942. 1° PISO. (C1106ACW) CIUDAD),

Con Copia A:

De mi mayor consideración:

Por medio de la presente se remite copia de la RESFC-2018-200-APN-ENRE#MEN a efectos de su notificación. Queda Usted notificado.

Sin otro particular saluda atte.

DigEally algned by GESTION DOCUMENTAL BECTRONICA GDE ON: aGGESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA • GDE cM. oEMINISTERIO DE MCOERNIZACION.

—SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA EerlalNumberECUR 30715117564 Dale: 201807.13 15:5E57 -03DV

Natalia Pavesi Subjefe Secretaria del Directorio Ente Nacional Regulador de la Electricidad

votay mirad W GESTON DOCUMENTAL ELECTRONICA - CAE ON enCESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA- ODE. ceAfl. caMINISTERIO DE MODERN2ACION, pu•SECRETAR1 DE 1•100E1INVAC ION ADID145111ATIVA.~14vinben•CUIT 30715111554 0.10:2011.07.13 1554:57 Crea

República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria

Resolución firma conjunta

Número: RESFC-2018-200-APN-ENRE#MEN

CIUDAD DE BUENOS AIRES Jueves 12 de Julio de 2018

Referencia: 3.- TRANSCOMAHUE S.A. - Acceso a la capacidad de Transporte Existente requerido por la CENTRAL TÉRMI CA ROCA S.A. para el ingreso de la CT Roca (Expediente N° 45.119/2016)

VISTO el Expediente N° 45.119/2016 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Nota de Entrada N° 226.787 la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL COMAHUE TRANSCOMAHUE SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSCOMAHUE S.A.) presentó los Estudios Eléctricos de Etapa 1 realizados por CENTRAL TÉRMICA ROCA S.A. (CTR) para el ingreso de UNA (1) turbina de vapor de SESENTA MEGAVATIOS (60 MW) como parte de las obras de ampliación para el cierre del ciclo combinado de dicha Central, en la ET Termoroca.

Que, en su nota, la Transportista expresó que el ingreso de la nueva turbina es beneficioso para la red de transporte bajo su responsabilidad.

Que, por su parte, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) emitió su informe técnico mediante la Nota B-104813-1 (Nota de Entrada N° 227.802), señalando que al cerrarse un ciclo combinado con la actual turbina de gas (TG) de 124 MW, se totalizará una potencia de 184 MW en dicha central térmica, lo que constituirá una importante contribución para el incremento de oferta energética en el Sistema Argentino de Interconexión (SADI).

Que la conexión al SADI del generador será a UN (I) nuevo campo de 132 kV de la ET Termoroca a fin de formar un ciclo combinado con la actual TG de 124 MW.

Que informa CAMMESA que la factibilidad de operación sin restricciones en red N de la CT Roca está directamente condicionada a la puesta en servicio de una serie de obras, que son las siguientes: 1) aumento de la sección de conductor en el tramo de UN KILÓMETRO Y QUINIENTOS METROS (1,5 km) de línea

de 132 kV entre Termoroca y General Roca, de la actual sección 150/25min2 Mac a 240/40mm2; y por

límite térmico, se requiere en la ET Roca: 2) aumento de la sección de barras de 300/50nun2 Al/Ac y cambio del seccionador longitudinal de In>800 A; 3) reemplazo de seccionadores de línea y barra (salida a

Termoroca) y reemplazo de conductores a 240/40mm2.

Que, realizado lo citado en el considerando precedente, CAMMESA considera que la incorporación de esta nueva generación no provocará tensiones fuera de banda ni sobrecargas de equipos en la zona en red N y que el incremento que se produce en las corrientes de cortocircuito se encuentra dentro de las capacidades máximas de diseño de las estaciones transformadoras (EE.TT.) de la región.

Que teniendo en cuenta la opinión de TRANSCOMAHUE S.A. y cumpliendo con los requisitos técnicos detallados en el Anexo a la nota de CAMMESA, la Compañía Administradora opina que esta incorporación al SADI y su conexión al Sistema de Transporte por Distribución Troncal de la Región del Comahue — Subsistema Río Negro es factible desde el punto de vista del funcionamiento eléctrico del sistema de transporte.

Que la solicitud se presenta en los términos del Título I "Acceso a la Capacidad de Transporte Existente" del Anexo 16 de Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios aprobados por Resolución Ex-SEE N° 61/1992 y sus modificatorias (LOS PROCEDIMIENTOS).

Que TRANSCOMAHUE S.A. comparte la opinión de CAMMESA respecto de operar el futuro ciclo combinado en modalidad ciclo abierto, dado que permitiría despachar el turbo generador cubriendo la demanda de pico en la zafra regional, tal cual se hace actualmente, aún con el turbo vapor indisponible, según lo manifiesta en la nota Externa N° 170/16 (ingresada al ENRE con el N°230.535),.

Que, por otro lado, mediante su Nota Externa N° 391/17 (Nota de Entrada N° 247.127) la Transportista traslada copia de la nota recibida de la CENTRAL TÉRMICA ROCA S.A. expresando su consentimiento a ejecutar todas las obras adicionales requeridas por la propia transportista y CAMMESA.

Que el Departamento de Seguridad Pública del ENRE emitió el Informe Técnico N° 4.723/2018 en el que concluye que analizada la documentación presentada, desde el punto de vista de la Seguridad Pública no se advierten cuestiones que deban ser observadas, siempre y cuando las instalaciones vinculadas en la ampliación de la Central Térmica Roca (184 MW) cumplan con las Resoluciones ENRE N° 129/2009, N° 37/2010, N°400/2011, N° 190/2012, N° 163/2013 y N° 382/2015.

Que el Departamento Ambiental del ENRE emitió su Memorándum ME-2018-29470578-APN-DAM#ENRE en el que señala que la central ya cuenta con una resolución emitida por la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE RÍO NEGRO aprobatoria del Estudio de Impacto Ambiental de la Central, y que con fecha 07/06/18 el solicitante presentó ante la referida autoridad ambiental una adenda con la evaluación de los parámetros estipulados en la Resolución SE N° 77/1998 para las instalaciones asociadas a la vinculación al SADI, por lo que considera satisfechos los requisitos estipulados en el artículo 3 de esa resolución en lo que respecta a la presentación del EsIA a las autoridades ambientales jurisdiccionales.

Que, por último, el Departamento Ambiental señaló que no existen objeciones desde el punto de vista técnico para la ampliación propuesta por el Generador y que en cuanto a las adecuaciones a las instalaciones existentes y las nuevas obras de vinculación al SADI motivadas por la incorporación a la Central Térmica Roca de la nueva TV de 60 MW, observa que las mismas cumplen con los requisitos mínimos estipulados en la Resolución SE N° 77/1998.

Que el ENRE debe controlar que la actividad del sector eléctrico se ajuste a los objetivos fijados en la Ley N° 24.065 para la política nacional, alentando las inversiones privadas en producción, transporte y distribución de energía eléctrica, asegurando la competitividad de los mercados donde sea posible.

Que el artículo 22 de la Ley N° 24.065 establece que "...Los transportistas y los distribuidores están obligados a permitir el acceso indiscriminado de terceros a la capacidad de transporte de sus sistemas que no esté comprometida para abastecer la demanda contratada, en las condiciones convenidas por las partes y de acuerdo a los términos de esta ley...".

Que la capacidad existente está a disposición de todos los usuarios presentes y futuros siempre y cuando un nuevo acceso no la disminuya, ni perjudique las condiciones de calidad del servicio.

Que por Resolución SE N° 5/2013, la SECRETARÍA DE ENERGÍA autorizó a la firma Central Térmica Roca S.A. a actuar en calidad de Agente del MEM como continuador y nueva titular de la CENTRAL TERMOELECTRICA GENERAL ROCA.

Que el Título I del Reglamento de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente establece un procedimiento tendiente a dar publicidad a la solicitud (Art. 5°), así como permitir a terceros la presentación de proyectos alternativos al solicitante y/o formular observaciones u oposiciones (Art. 6°).

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dar a publicidad la Solicitud de Acceso presentada por TRANSCOMAHUE S.A. (a requerimiento de CENTRAL TÉRMICA ROCA S.A.) en los términos del Título I "ACCESO A LA CAPACIDAD DE TRANSPORTE EXISTENTE" del referido REGLAMENTO DE ACCESO A LA CAPACIDAD EXISTENTE Y AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA contenido en el Anexo 16 de LOS PROCEDIMIENTOS, para el ingreso de una turbina de 60 MW de ampliación, en la Central Térmica Roca S.A.

Que dicha publicidad se realizará a través de un AVISO, tanto en la página web del ENRE, como así también en la de CAMMESA, por un lapso de CINCO (5) días, otorgándose además, un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, a ser computados desde la última publicación efectuada, a fin de que quien lo considere procedente, pueda presentar un proyecto alternativo de acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico - económico del SADI o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios al mismo.

Que en caso de presentarse observaciones u oposiciones fundadas en los términos anteriormente referidos, que sean comunes a varios usuarios, el ENRE convocará Audiencia Pública a fin de recibir las mismas y permitir al Solicitante exponer sus argumentos en defensa de la Solicitud presentada. En caso contrario, vencido el plazo de publicación señalado, y de no mediar ninguna presentación que plantee una observación u oposición fundada en los términos referidos, o la presentación de algún proyecto alternativo al analizado, en atención a los informes favorables presentados, se considerará aprobada la Solicitud de Acceso referida precedentemente.

Que CENTRAL TÉRMICA ROCA S.A. deberá adecuar sus instalaciones según lo solicitado por CAMMESA y TRANSCOMAHUE S.A. a efectos de evitar restricciones en el SADI.

Que se ha emitido el correspondiente dictamen legal conforme lo requerido por el inciso d) del artículo 7 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549.

Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD es competente para el dictado de ese acto en virtud de lo dispuesto por los artículos 2 inciso f), 22, 56 inciso s) y 63 incisos a) y g) de la Ley N° 24.065.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO L- Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente pre-sentado por TRANSCOMAHUE S.A. a requerimiento de CENTRAL TÉRMICA ROCA S.A. para el ingreso de una turbina de vapor de 60MW de ampliación para el cierre del ciclo combinado de su Central Térmica Roca, que se conectará al SADI mediante un nuevo campo de 132 Kv en la ET TERMOROCA.

ARTÍCULO 2.- Solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) la publicación de un Aviso, así como publicar el mismo en la página Web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) por el plazo de CINCO (5) días, otorgándose un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos contados desde la última publicación, a fin de que quien lo considere procedente, presente un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico económico del SADI o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. En caso de que no hubiera ninguna presentación fundada, vencido el plazo, se considerará autorizado el Acceso solicitado.

ARTÍCULO 3.- Disponer que CENTRAL TÉRMICA ROCA S.A. deberá adecuar sus instalaciones e instalar los equipamientos requeridos por CAMMESA y TRANSCOMAHUE S.A. a efectos de evitar restricciones en el SADI.

ARTICULO 4.- Notifiquese a CENTRAL TERMICA ROCA S.A.; a TRANSCOMAHUE S.A. y a CAMMESA.

Artículo 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

ACTA N° 1534

DIgitally signad by GIUMELU Laura Obsta Dale: 2018.07.12 18:34:40 ART Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Laura Gisela Giurnelli Tercer Vocal Ente Nacional Regulador de la Electricidad

Digitally signed by MARTINEZ LEONE Ricardo Alejandro Date: 2018.07.12 18:38:43 ART Locador Ciudad Autónoma de Buenos Airea

Ricardo Alejandro MartInez Leone Segundo Vocal Titular Ente Nacional Regulador de la Electricidad

Dighally eigned by ROSCARDI Marta kens Date: 2018.07.12 18:45:40 ART Location: Ciudad Autónoma de Buenos Airee

Marta Irene Roscardi Vicepresidenta Ente Nacional Regulador de la Electricidad

Digitally signad by CHAMEOULEYRON Andrea Date: 2018.07.12 22:16:53 ART Location: Ciudad Autónoma de Buenos M'ea

Andrés Chambouleyron Presidente Ente Nacional Regulador de la Electricidad

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. LA RECEPCION NO IMPLICA/ CONFORMIDAD -,-""

2 3 JUL 2918

República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria

Nota

Número: NO-2018-33540026-APN-SD#ENRE

CIUDAD DE BUENOS AIRES Viernes 13 de Julio de 2018

Referencia: TRANSCOMAHUE S.A. - Acceso a la Capacidad de Transporte a requerimiento de CENTRAL TÉRMICA ROCA S.A. para el ingreso de una turbina de vapor de 60MW - Expediente ENRE N° 45.119/2016.-

A: CAMMESA (AV. EDUARDO MADERO 942. 1° PISO. (C1106ACW) CIUDAD),

Con Copia A:

De mi mayor consideración:

Me dirijo a ustedes a fin de solicitarles la publicación en su página WEB (MEMNet) por el término de CINCO (5) días, del aviso que adjunto a la presente y corresponde al pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente presentado por TRANSCOMAHUE S.A. a requerimiento de CENTRAL TÉRMICA ROCA S.A. para el ingreso de una turbina de vapor de 60MW de ampliación para el cierre del ciclo combinado de su Central Térmica Roca, que se conectará al SADI mediante un nuevo campo de 132 Kv en la ET TERMROCA.

La publicación solicitada se realizará asimismo en la página web del ENRE con el fin de que su contenido se encuentre a disposición de los distintos agentes del MEM.

Sin otro particular saluda atte.

DICIRIAMIMned by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONIC", - GDE DN: maGESTR314 DOCUMENTAL ELECTRONICA GOE, c•AR, a4MINIS1ERIO DE MODERNIZACION, ou•SECRETARIA DE MODERMZACION ADMINISTRATIVA, smialNumber•CUTT 307151175114 Date: 201107.13 1650:40 -03w

Natalia Pavesi Subjefe Secretaria del Directorio Ente Nacional Regulador de la Electricidad

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2018.07.13 1(03041 .030€

"2018 - Año del Centenario de la Refonna Universitaria"

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

AVISO

RESFC-2018-200-APN-ENRE#MEN

SOLICITUD DE ACCESO A LA CAPACIDAD DE TRANSPORTE EXISTENTE

Por RESFC-2018-200-APN-ENRE#MEN dictada en el Expediente ENRE N° 45.119/2016, el

Directorio del ENRE resuelve dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte

Existente presentado por TRANSCOMAHUE S.A. a requerimiento de CENTRAL TÉRMICA ROCA

S.A. para el ingreso de una turbina de vapor de 60MW de ampliación para el cierre del ciclo

combinado de su Central Térmica Roca, que se conectará al SADI mediante un nuevo campo de

132 Kv en la ET TERMROCA. La difusión de este pedido se extiende por el plazo de CINCO (5)

días en los portales de Internet del ENRE y de CAMMESA, otorgándose un plazo de CINCO (5)

días hábiles administrativos contados desde la última publicación, a fin de que quien lo considere

procedente, presente un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del

funcionamiento técnico económico del SADI o presente observaciones u oposiciones sobre la base

de la existencia de perjuicios para el mismo. En caso de que no hubiera ninguna presentación

fundada, vencido el plazo, se considerará autorizado el Acceso.

El Expediente ENRE N° 45.119/2016 podrá consultarse en Avenida Madero 1020, 9° piso, de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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