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Universidad de Pamplona Pamplona - Norte de Santander - Colombia Tels: (7) 5685303 - 5685304 - 5685305 - Fax: 5682750 - www.unipamplona.edu.co Una Universidad incluyente y comprometida con el desarrollo integral UNIVERSIDAD DE PAMPLONA 1 de 57 DECRETO 1477 5 DE AGOSTO DE 2014 ANGIE BRIEGHT CANO TORRES COD 1090419331 DEISY YOLIMA ROJAS ESTUPIÑAN DOCENTE SUPERVISORA UNIVERSIDAD DE PAMPLONA FACULTAD DE SALUD TARAPIA OCUPACIONAL CUCUTA 2014

CLUB Tabla de Enfermedades

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UNIVERSIDAD DE PAMPLONA

DECRETO 1477 5 DE AGOSTO DE 2014ANGIE BRIEGHT CANO TORRES COD 1090419331

DEISY YOLIMA ROJAS ESTUPIAN DOCENTE SUPERVISORAUNIVERSIDAD DE PAMPLONA

FACULTAD DE SALUD

TARAPIA OCUPACIONAL

CUCUTA 2014

OBJETIVO GENERAL

Dar a conocer por medio de esta investigacin la actualizacin del decreto 1477 de agosto 5 de 2014 con el fin de observar las diferentes modificaciones.

OBJETIVO ESPECIFICO

Realizar la respectiva investigacin acerca del tema a tratar decreto 1477 de agosto 5 de 2014

Realizar un documento escrito que resuma la temtica de una forma coherente y completa.

Socializar ante el grupo el tema.

INTRODUCCIN

El decreto 1477 de 2014, mediante el cual se establece la tabla de enfermedades laborales actualizada, donde se puede identificar aquellos factores de riesgos a los cuales se encuentran expuesto los trabajadores y que posibles enfermedades pueden ser adquiridas por dichos factores, adems de modificar el decreto 2566 de 2009 donde se anteriormente se haba establecido una tabla de enfermedades esta fue modificada dado a que no se tipificaban las prestaciones y beneficios para aquellos trabajadores que adquiran una enfermedad laboral tenan derecho.

JUSTIFICACIONLa terapia ocupacional es una profesin la cual va encaminada a buscar EL DESEMPEO OCUPACIONAL de las personas utilizando como herramienta importante la actividad dirigida a un propsito, desde el rea de Seguridad y salud en el Trabajo es importante resaltar diferentes lineamientos por los cuales debemos regir nuestra profesin, en este caso hacemos nfasis en el decreto 1477 de 2014 el cual nos permite desde nuestro quehacer como profesionales de la salud identificar cules son aquellas enfermedades que actualmente aquejan a los trabajadores con el fin de intervenir a estas buscando el bienestar de los mismos, tambin no podemos dejar de lado la prevencin de aquellas posibles enfermedades.ABORDAJE DESDE TERAPIA OCUPACIONALLa Terapia ocupacional como una profesin del rea de salud, posee varios campos de accin en los cuales encontramos el rea de seguridad y Salud en el Trabajo, donde se enfoca en la promocin de la salud de los trabajadores y en la prevencin de aquellas enfermedades a las que estn expuestas, teniendo en cuenta los factores de riesgo de cada puesto de trabajo. Dentro de este campo es importante conocer la legislacin que rige nuestro pas ya que si no las tenemos en cuenta podemos estar expuestos a que realicemos un procedimiento inadecuado lo que puede afectar tanto el bienestar del trabajador como la integridad del profesional de la salud.

DECRETO 1477 DE 5 AGOSTO DE 2007Por el cual se modifican la tabla de enfermedades laborales derogada en el decreto 2566 de 7 de julio de 2009.

Dado al cumplimiento de la constitucin poltica en el numeral 11 donde se tipifica que el derecho a la vida es inviolable entonces es necesaria la preservacin de la vida, y por ende en la ley 1562 de 2012 en el artculo 4 nos habla de aquellas enfermedades laborales que atentan con la salud de un ser humano en este caso un trabajador, donde se define la enfermedad laboral como un deterioro a el estado de salud de un trabajador dado a exposicin a diferentes factores de riesgos los cuales estn presentes en su rea laboral por ende, se crea el Decreto 2566 de 7 de julio de 2009 el cual ha sido modificada por el Decreto 1477 del 5 de agosto de 2014.

Dentro de este decreto se expide la tabla de enfermedades laborales las cuales poseen un esquema:

Aqu se tiene en cuenta

La relacin de causalidad: Donde se tiene encuentra que alguna de las enfermedades que desencadenan los trabajadores no estn clasificadas en la tabla establecida por la ley pero si se demuestra que alguna causa de tipo ocupacional es la que genera dicha enfermedad es considerada como enfermedad laboral.

Determinacin de la causalidad:Para determinar esta relacin causal es importante tener en cuenta las variables tiempo, lugar y persona para identificar cuando, donde y como ocurri la exposicin a dicho factor de riesgo. Adems de tener en cuenta la intensidad, la concentracin y la medicin por tanto si en algunos casos se presenta alguna irregularidad el trabajador tiene derecho a reunir pruebas para demostrar que est expuesto a determinado factor de riesgo y se hace la modificacin o reconstruccin de la historia ocupacional del trabajador.

Otro aspecto importante a tener en cuenta para determinar la causalidad es el diagnostico de una enfermedad laboral por un mdico, la cual est relacionada con aquellos factores de riesgo de la empresa.

Modelos de causalidad

Modelo etiolgico unicausal: este modelo tiene una sola causa que desencadena un solo efecto.

Factor de riesgo Efecto

Modelo etiolgico mutifactorial: interviene varios factores de riesgos estos dando paso a un solo efecto.

Fr1

Fr2 Efecto

Fr3

Modelo etiolgico unicausal multi efecto: tiene una sola causa pero los efectos son varios. Efecto 1

Efecto 2

FR Efecto 3

Efecto 4

Efecto 5 Prestaciones econmicas:Para las enfermedades seccin II parte A: se les reconoce las prestaciones asistenciales desde el momento que se ha detectado una enfermedad laboral, esto dado por la calificacin de la junta de calificacin de invalidez.

Para las enfermedades de la seccin II parte B: es necesario realizar una calificacin de tipo laboral, y la calificacin dada por la junta de calificacin de invalidez.

TABLAS

Parte A: Enfermedades laborales directas

Asbestosis

Silicosis

Neumoconiosis del minero de carbn.

Mesotelioma maligno por exposicin a asbesto.

Parte B: Enfermedades clasificadas por grupos o categoras

Grupo I Enfermedades infecciosas y parasitarias

Grupo II Cncer de origen laboral

Grupo III Enfermedades no malignas del sistema hematopoytico

Grupo IV Trastornos mentales y del comportamiento

Grupo V Enfermedades del sistema nervioso

Grupo VI Enfermedades del ojo y sus anexos,

Grupo VII Enfermedades del odo y problemas de fonacin,

Grupo VIII Enfermedades del sistema cardiovascular y cerebro-vascular

Grupo IX Enfermedades del sistema respiratorio

Grupo X Enfermedades del sistema digestivo y al hgado

Grupo XI Enfermedades de la piel y tejido subcutneo

Grupo XII Enfermedades del sistema msculo-esqueltico y tejido conjuntivo

Grupo XIII Enfermedades del sistema genitourinario

Grupo XIV Intoxicaciones

Grupo XV Enfermedades del sistema endocrino

AGENTES ETIOLOGICOS/FACTORES DE RIESGO OCUPACIONAL A TENER EN CUENTA PARA LA PREVENCION DE LAS

SECCION I

Quimicos

Fsicos

Biolgicos

Psicosociales

Ergonmicos

GRUPO DE ENFERMEDADES PARA DETERMINAR EL DIAGNOSTICO MEDICO SECCION II

PARTE A

ENFERMEDADES LABORALES DIRECTAS

GRUPO DE ENFERMEDADES PARA DETERMINAR EL DIAGNOSTICO MEDICO

SECCION II

PARTE B

ENFERMEDADES CLASIFICADAS POR GRUPOS O CATEGORIAS

DECRETO 2566 DEL 7 DE JULIO DE 2009Estructura

Dentro de este decreto que fue derogado por el 1477 de 2014 no se tuvo en cuenta las prestaciones econmicas y beneficios de aquellos trabajadores que dado a su labor desencadenaban una enfermedad.Enfermedad comn: son aquellas donde el origen o la causa no tienen relacin causal con el rea laboral o con la actividad que desempea.

Enfermedad Laboral: son aquellas donde los factores que causan la enfermedad son encontrados dentro del lugar de trabajo.