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FONDO NACIONAL DE DESARROLLO CULTURAL Y LAS ARTES Ventanilla Abierta Regional Línea de Apoyo, Intercambio y Difusión Cultural Consejo Nacional de la Cultura y las Artes Gobierno de Chile

bases concurso cultura

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bases concurso cultura, postulacion 2015

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  • FONDO NACIONAL DE DESARROLLO CULTURAL Y LAS ARTESVentanilla Abierta RegionalLnea de Apoyo, Intercambio y Difusin Cultural

    ConsejoNacional dela Cultura ylas Artes

    Gobierno de Chile

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    I. ANTECEDENTES GENERALES DE LA CONVOCATORIA

    1. IntroduccinLas presentes bases tienen por objeto establecer las condiciones generales del llamado a concurso de proyectos 2015 en la Lnea de Apoyo, Intercambio y Difusin Cultural del Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes, mbito Regional de financiamiento.

    El Consejo Nacional de la Cultura y las Artes (en adelante tambin el CNCA) y su Directorio, invitan a presentar proyectos para su financiamiento, total o parcial, segn los montos mximos financiables y la disponibilidad presupuestaria para esta Lnea, para su financiamiento total o parcial, lo que implica que la recepcin de proyectos es en forma permanente, a contar de la publicacin de las bases y hasta el 15 de noviembre de 2015 y segn disponibilidad presupuestaria.

    Las postulaciones se irn resolviendo en la medida en que se vayan presentando. De esta forma, debern ser resueltas las postulaciones recibidas, sometindose al proceso de admisibilidad, evaluacin y seleccin, sin necesidad de esperar nuevas postulaciones.

    No se considerarn proyectos correspondientes a materias reguladas por la Leyes N 19.981, N 19.227 y N 19.928, relativas al Fondo de Fomento Audiovisual; al Fondo Nacional de Fomento del libro y la Lectura y al Fondo para el Fomento de la Msica Nacional.

    Las reas consideradas para la postulacin de proyectos son las que financia el Fondo, a saber: Artes Visuales; Fotografa, Nuevos Medios (Multimedia); Teatro; Danza; Artes Circenses; Artesana; Folclor (es-pectculos folclricos); Arquitectura, Diseo, Patrimonio Material e Inmaterial; Gestin Cultural; Cultura de Pueblos Originarios; Turismo Cultural y Desarrollo de Cultura Local.

    El procedimiento para concursar consta de las siguientes etapas:

    Postulacin Admisibilidad Evaluacin Seleccin Firma del Convenio de Ejecucin

    2. Objetivo de la convocatoriaEsta lnea de concurso tiene como objetivo contribuir a la difusin y circulacin de artistas y mediadores culturales chilenos y extranjeros residentes, en espacios de intercambio artsticos y culturales relevantes en el pas, con motivo de una invitacin, seleccin, clasificacin, compromiso, participa-cin o inscripcin en eventos, certmenes, seminarios, congresos, espacios de residencias artsticas, y actividades afines, que contribuyan al fomento profesional de las artes y la cultura.

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    3. ModalidadesLas modalidades sobre las cuales se puede postular en esta lnea concursal son:

    3.1 Residencias artsticasEsta modalidad se refiere slo a postulaciones individuales y ofrece financiamiento de estadas en instituciones artsticas o culturales de intercambio cultural ubicadas en Chile, que favorecen reco-nocidamente estas prcticas y que permitan desarrollar propuestas de creacin o investigacin y observacin del campo de inters del postulante. Incluye financiamiento para la invitacin de artistas y mediadores chilenos residentes en regiones distintas a aquella en que se realizar la residencia, que aporten con sus prcticas, al desarrollo cultural del pas.

    3.2 Difusin y circulacinEsta modalidad se refiere a postulaciones individuales y colectivas y est destinada a facilitar y fomentar la participacin de creadores, artistas, agentes culturales y proyectos artsticos o culturales chilenos en espacios de difusin y circulacin nacional con motivo de una invitacin, seleccin, clasifi-cacin, compromiso o inscripcin en eventos o certmenes, u otra actividad, que se considere por los expertos como relevante para el fomento de la disciplina o del mercado de la produccin de bienes culturales nacionales.

    4. Total de recursos, montos mximos y gastos de operacin Esta Lnea cuenta con el siguiente presupuesto estimado de recursos 2015 por Regin:

    Regin de Arica y Parinacota 16.414.480

    Regin de Tarapac 8.858.608

    Regin de Antofagasta 9.153.330

    Regin de Atacama 6.127.686

    Regin de Coquimbo 18.334.810

    Regin de Valparaso 18.041.568

    Regin de O'Higgins 5.000.000

    Regin del Maule 12.351.872

    Regin del Biobo 16.761.877

    Regin de la Araucana 11.869.377

    Regin de Los Ros 7.599.296

    Regin de Los Lagos 9.167.405

    Regin de Aysn 8.549.810

    Regin de Magallanes 17.804.066

    Regin Metropolitana 30.000.000

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    El monto mximo a financiar por proyecto es:

    Residencias Artsticas: $3.000.0000.- (tres millones de pesos chilenos). Difusin y Circulacin: $1.500.000 (un milln quinientos mil pesos chilenos), para pos-

    tulaciones individuales y $5.000.000 (cinco millones de pesos chilenos) para postulaciones colectivas

    Gastos a financiar:

    Solo se financiarn gastos de operacin conforme se detallan a continuacin, los que debern identifi-carse en la respectiva postulacin:

    Traslado: Pasajes areos y/o terrestres al destino final del proyecto y movilizacin interna (metro, bus, taxi), lo que incluye los traslados desde y hacia los terminales de transporte.

    Estada: Hospedaje y alimentacin.

    Otros gastos:

    Material de difusin del proyecto (traduccin, impresin papelera, copiado de CD/DVD, pen-drive, envo de material promocional, registro de la instancia, impresin de pequeos catlo-gos, diseo y actualizacin de pginas web de difusin).

    Gastos de acreditacin o participacin en ferias y festivales en que se requieran (no se consi-dera para la modalidad Residencias Artsticas).

    Arriendo de equipos o insumos complementarios en lugar de destino, debidamente justifica-dos en la postulacin del proyecto.

    Envo de elementos indispensables para la ejecucin del proyecto o sobrecarga de equipaje por este concepto (puede incluir gastos de agentes de aduana o courier internacional si co-rresponde)

    Cajas especiales de traslado (escenografa, instrumentos musicales, piezas de exhibicin, en-tre otros).

    Para modalidad de Residencias Artsticas: gastos de produccin de obra, cuando el proyecto la considere.

    Arriendo de vehculo (no se considera el financiamiento de combustible) en aquellos casos justificados por el proyecto.

    Seguros de viajes.

    No se considera financiamiento para servicios de Primera Clase, Clase Ejecutiva, superiores o de lujo, o sobrecarga de equipaje personal. Con cargo a la Lnea no se financian alcohol, viticos e imprevistos.

    Esta lnea de concurso no considera el pago de honorarios ni para el postulante, equipo de trabajo ni para terceros.

    5. CofinanciamientoEl cofinanciamiento corresponde a recursos no entregados por el CNCA y que son necesarios para la adecuada realizacin del proyecto, pudiendo ser aportados por el postulante y/o por terceros.

    Para esta lnea, en la Modalidad de Residencias Artsticas, no se requiere aporte de cofinanciamien-to obligatorio.

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    En la Modalidad de Difusin y Circulacin, se exigir un cofinanciamiento obligatorio, cuyo porcentaje ser de un 10% sobre el total del monto solicitado.

    En ambos casos, debern estar debidamente identificados en el Formulario nico de Postulacin (FUP) y acreditados y rendidos segn establece el nmero 2 letra b. del Captulo VI Antecedentes Comple-mentarios del Concurso.

    El cofinanciamiento obligatorio deber consistir siempre en dinero expresado en pesos chilenos.

    El postulante siempre podr incorporar cofinanciamiento voluntario, el cual puede consistir en aportes pecuniarios (expresado en pesos chilenos) o en aportes de bienes y/o servicios valorados.

    Para ver en qu consisten ambas formas de cofinanciamiento (obligatorio y voluntario) y cmo deben ser acreditadas y rendidas, revisar los Antecedentes Complementarios del Concurso en el captulo VI.

    Duracin y ejecucin de los proyectos

    Los cronogramas de los proyectos no podrn superar los 6 meses en el caso de la Modalidad de Residencias Artsticas y en el caso de la Modalidad de Circulacin y Difusin no podrn superar los 2 meses de duracin.

    La ejecucin de los proyectos deber realizarse en la cantidad de meses contemplada en el cronograma especfico de cada proyecto postulado, en los trminos y plazos expresamente sealados en la invitacin y/o inscripcin o documento oficial de aceptacin (dependiendo de la modalidad a la cual se postula), emitidas por las personas y/o instituciones anfitrionas, en que se expresa formalmente las condiciones en que se desarrollar el proyecto y de acuerdo a lo establecido en el respectivo Convenio de Ejecucin. Asimismo, los proyectos postulados debern tener principio de ejecucin durante el ao 2015, respetando el plazo de anticipacin requerido para postular.

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    VISTA GENERAL DEL CAPTULO I: ANTECEDENTES GENERALES

    Modalidad Descripcin Monto mximo Cofinanciamiento obligatorioDuracinMxima

    Residencias artsticas

    Esta modalidad se refiere solo a postulaciones individuales y ofrece financiamiento de estadas en instituciones artsticas o culturales de intercambio cultural ubicadas en Chile, que favorecen reconocidamente estas prcticas y que permitan desarrollar propuestas de creacin o investigacin y observacin del campo de inters del postulante.

    Incluye financiamiento para la invitacin de artistas y mediadores chilenos residentes en regiones distintas a aquella en que se realizar la residencia, que aporten con sus prcticas al desarrollo cultural del pas.

    $3.000.000 No exige 6 meses

    Difusin y circulacin

    Esta modalidad se refiere a postulaciones individuales y colectivas y est destinada a facilitar y fomentar la participacin de creadores, artistas, agentes culturales y proyectos artsticos o culturales chilenos o de extranjeros residentes en espacios de difusin y circulacin nacional con motivo de una invitacin, seleccin, clasificacin, compromiso o inscripcin en eventos o certmenes, u otra actividad, que se considere por los expertos como relevante para el fomento de la disciplina o del mercado de la produccin de bienes culturales nacionales.

    Postulaciones individuales:$1.500.000

    Postulaciones colectivas:$5.000.000

    10% 2 meses

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    II. POSTULACIN DE LOS PROYECTOS

    1. Quines pueden postularPodrn postular a esta lnea personas naturales y/o jurdicas, segn el tipo de modalidad, siempre que no se encuentren inhabilitadas y que cumplan con las siguientes caractersticas, segn modalidad:

    Modalidad Residencias Artsticas:

    Personas Naturales:

    Mayores de 18 aos. De nacionalidad chilena o extranjeros con cdula de identidad otorgada por el Servicio de Regis-

    tro Civil e Identificacin de Chile.

    Modalidad Difusin y circulacin

    Personas Naturales:

    Mayores de 18 aos. De nacionalidad chilena o extranjeros con cdula de identidad otorgada por el Servicio de Regis-

    tro Civil e Identificacin de Chile.

    Personas Jurdicas:

    Chilenas de derecho pblico o privado, con o sin fines de lucro. Quedan expresamente excluidas las sociedades de hecho.

    2. Aceptacin de condiciones del concurso y deber de veracidadPor la sola presentacin de proyectos a esta convocatoria, se entiende para todos los efectos legales que el postulante conoce y acepta el contenido ntegro de las presentes Bases. Los postulantes debern dar estricto cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente en Chile, especficamente en lo aplicable a la presente convocatoria y a la correspondiente ejecucin del proyecto.

    Al momento de presentar un proyecto, los postulantes declaran bajo juramento que toda la informacin ingresada al FUP es verdica y dan fe de su autenticidad. El CNCA se reserva el derecho de verificar dicha informacin y en caso que constate que contiene elementos falsos, la postulacin ser declarada fuera de bases. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que un proyecto presentase informacin que, a estimacin del CNCA, pueda revestir caracteres de delito, remitir los antecedentes al Ministerio Pblico.

    3. De las incompatibilidadesEstn inhabilitados(as) para postular, las personas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

    a. Integrantes del Directorio Nacional del CNCA y autoridades y trabajadores(as) del CNCA, cual-quiera sea su situacin contractual (planta, contrata, contratados(as) bajo el Cdigo del Trabajo o a honorarios), siempre que la funcin que realicen diga relacin con la preparacin, desarrollo, evaluacin y/o decisin en el presente concurso. Lo anterior se hace extensivo a las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada de las personas antes mencionadas y las Sociedades por Acciones en las que ellas posean el 100% de sus acciones.

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    b. Personas naturales y jurdicas, con o sin fines de lucro, siempre que en los proyectos presen-tados tengan como equipo de trabajo a Integrantes del Directorio Nacional del CNCA, auto-ridades y trabajadores(as) del CNCA, cualquiera sea su situacin contractual (planta, contrata, contratados(as) bajo el Cdigo del Trabajo o a honorarios), siempre que la funcin que realicen en el Consejo diga relacin con la preparacin, desarrollo, evaluacin y/o decisin en el concurso. Al momento de postular, deber individualizarse al equipo de trabajo del proyecto;

    c. Los Ministerios, Intendencias, Gobernaciones, rganos y Servicios Pblicos (incluyendo la Con-tralora General de la Repblica, el Banco Central, las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad Pblica, los Gobiernos Regionales y las Empresas Pblicas creadas por Ley). Se excep-tan de esta restriccin las Municipalidades y Establecimientos de Educacin Superior Estatales.

    Si durante el periodo de presentacin de postulaciones, cesa la inhabilidad que afecta a alguna persona, sta se considerar hbil para concursar, pudiendo presentar su postulacin mientras se encuentre abierto el periodo de recepcin de postulaciones, siempre y cuando no haya postulado con antelacin al cese de la inhabilidad.

    El CNCA revisar durante todo el proceso de concurso y hasta la firma del Convenio de Ejecucin inclusive, que los postulantes no estn afectos a ninguna de las causales de inhabilidad sealadas. En caso de incumplimiento de lo anterior, es decir, que los postulantes estn afectos a alguna inhabilidad, sus proyectos quedarn fuera de concurso.

    Sin perjuicio de lo anterior, tampoco podrn suscribir Convenios aquellas personas que se encuentren en alguna de las situaciones mencionadas en el nmero 2 del captulo V Restricciones para la firma del Convenio.

    Lo anterior, sin perjuicio del deber de abstencin que les compete a las autoridades y funcionarios que intervengan en el proceso, cuando se configure alguna de las causales establecidas en el artculo 12 de la Ley N 19.880, respecto de alguno de los postulantes.

    4. Del Formulario nico de Postulacin (FUP).El Formulario nico de Postulacin, en adelante FUP es el nico formato y canal vlido disponible para la formulacin de proyectos. El llenado de todos los campos del FUP ser obligatorio, salvo cuando sean indicados expresamente como voluntarios.

    El FUP se encuentra disponible en la pgina web institucional: www.fondosdecultura.gob.cl.

    5. De la postulacin en generalLas postulaciones del Concurso 2015 podrn realizarse a travs de dos medios:

    5.1 Postulacin va plataforma digital Los proyectos se postularn a travs de la pgina web: www.fondosdecultura.gob.cl

    El postulante deber seguir los siguientes pasos:

    Registrarse como postulante Seleccionar la lnea y modalidad correspondiente (lnea de Apoyo, Intercambio y Difusin Cultu-

    ral, mbito Nacional) Completar el FUP cumpliendo los requisitos y condiciones establecidas en las presentes bases

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    Adjuntar los antecedentes obligatorios de evaluacin segn lo establecido en las bases Adjuntar los antecedentes complementarios de evaluacin (opcional) Validar el envo del proyecto.

    Tras el cumplimiento de estos pasos, el postulante podr enviar su proyecto a travs de la plataforma digital dispuesta en la pgina web. Antes del envo, el portal revisar que los campos obligatorios del FUP hayan sido completados y luego exigir al postulante que valide y consienta el envo. Ser de exclusiva responsabilidad del postulante efectuar su postulacin en conformidad con los requisitos y condiciones de Bases.

    Se deja expresa constancia que cada documento incluido en la postulacin va plataforma digital deber ser adjuntado en algunas de las siguientes extensiones:

    doc/docx xls/xlsx ppt/pptx PDF Jpg/Jpeg Png

    El peso de cada uno de los archivos acompaados no podr exceder de 100 MB y deber acompaarse sin clave y sin compresin.

    En el caso de los archivos en pdf, estos podrn contener una o ms pginas, siempre y cuando todas las pginas sean parte de un mismo archivo.

    Si los archivos no cumplen con los requisitos mencionados, se considerarn como no presentados. En consecuencia, es responsabilidad del/de la postulante verificar que el archivo cumpla con los requisitos exigidos, liberando de toda responsabilidad al CNCA.

    La postulacin se entender completada con el envo a travs de la plataforma digital. Para ello, el sistema emitir un certificado de recepcin, indicando la fecha, hora y el nmero de folio correspon-diente. Se deja constancia que el certificado de recepcin no constituye admisibilidad.

    En caso de existir algn tipo de problemas tcnicos en la plataforma de postulacin, que no permitan su adecuado funcionamiento, el CNCA podr ampliar el plazo de postulacin establecido en las presentes bases hasta por 48 horas, previa comunicacin a travs del sitio web institucional

    5.2 Postulacin en soporte materialAtendiendo las distintas realidades y particularidades de nuestros habitantes, que por razones geogrficas tengan escasa o nula conectividad a Internet o que por otras razones se vean impedidos o dificultados de concursar digitalmente, es que el CNCA pone a disposicin un mecanismo de postulacin va soporte material. El FUP puede ser retirado impreso en las sedes de las Direcciones Regionales del CNCA o descargarlo desde la plataforma digital www.fondosdecultura.gob.cl

    Los proyectos debern ser entregados cumpliendo las siguientes formalidades:

    Acompaar el FUP al comienzo del proyecto, con lo campos llenados de forma correcta, clara y legible. En caso que se haga manuscritamente, se ruega hacerlo en letra imprenta.

    El proyecto impreso, debe incorporar los Antecedentes Obligatorios y los Antecedentes Comple-mentarios de Evaluacin que se estimen convenientes.

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    Las pginas deben estar numeradas. Se deben entregar dos (2) copias anilladas por separado del proyecto, con todos sus antecedentes.

    Los documentos en archivos de sonido o video, u otros que por su naturaleza no sean impresos, debern adjuntarse en CD, DVD o pendrive. Estos medios de respaldo de informacin debern acompaarse en cada una de las copias anilladas y en el caso de CDs o DVDs, deber indicarse en sus respectivas cartulas, al menos el nombre del postulante y del proyecto. El postulante deber preocuparse de que los soportes de informacin y las copias anilladas no se separen, adosndolos mediante cinta adhesiva u otros mecanismos de resguardo que eviten su extravo.

    Los proyectos podrn ser entregados personalmente, por medio de terceros o mediante envo por correo certificado a la sede de la Direccin Regional del CNCA del lugar en que se ejecutar el proyecto. El costo de envo de las postulaciones ser de cargo exclusivo del postulante, de manera que las pos-tulaciones que hayan sido enviadas por pagar, se considerarn como no presentadas. Se considerar como fecha de presentacin de la postulacin fsica, la fecha de envo estampada en el sobre por la oficina de correos respectiva.

    6. Idioma de los AntecedentesTanto en la postulacin digital como material, los antecedentes debern ser presentados en espaol. Los documentos presentados en otro idioma, o en lenguas originarias del pas, deben ser acompaados por su traduccin al espaol o se considerarn como no presentados.

    7. Antecedentes Obligatorios de EvaluacinSon aquellos documentos indispensables para la postulacin de proyectos. La lista de antecedentes tiene carcter taxativo, de manera tal que, en caso de faltar cualquiera de ellos, la postulacin ser declarada inadmisible. Asimismo, los documentos que no se encuentren conforme a las formalidades exigidas, se considerarn como no presentados.

    Para esta Lnea de concurso, junto con el FUP, se exigirn los siguientes Antecedentes Obligatorios de Evaluacin, segn la modalidad postulada:

    7.1 Modalidad de Residencias Artsticasa. Plan de creacin de obra e investigacin: Documento realizado por el postulante donde se

    describa la metodologa de trabajo asociado al proceso creativo que propone. Debe ir acompa-ado de un cronograma y/o actividades a realizar durante la residencia. En el caso de postulacio-nes colectivas, debe incluir informacin relative al rol que cada integrante desempear.

    b. Plan de difusin: Documento que describa las instancias de intercambio artstico que contem-pla el proyecto de residencia en el lugar donde se realiza y que pueden incluir: exposiciones, encuentros, talleres, seminaries, conferencias o muestras de trabajo en proceso.

    c. Invitacin oficial de participacin: Documento de inscripcin, seleccin y/o invitacin en ori-ginal o escaneado del original, en formato PDF, emitido por la institucin convocante o anfitriona, segn corresponda y debidamente firmada, en el que se indique:

    Participacin, inscripcin, seleccin y/o invitacin, condiciones y beneficios de sta, dirigidos directamente al postulante.

    Fecha de inicio y trmino de la participacin, inscripcin, seleccin y/o invitacin.

    d. Antecedentes de relevancia: Documentos que acrediten la relevancia del espacio de residen-cia escogido, y el trabajo artstico, cultural y de intercambio que propicia. En la evaluacin, se pri-vilegiarn aquellos proyectos que incluyan cartas de especialistas, nmina de artistas asistentes a residencias anteriores, publicaciones, entre otros.

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    e. Antecedentes de formacin y trayectoria: Documento con portafolio y/o antecedentes curri-culares que respalden la postulacin. Para la evaluacin, en caso de acreditar estudios formales completos se sugiere incluir certificados de respaldo. Los estudios informales o experiencia pro-fesional pueden respaldarse mediante la entrega de documentos tales como cartas de referen-cias, reconocimientos o distinciones, carpetas de obras, o cualquier otro documento que estimen conveniente.Antecedentes obligatorios condicionales de evaluacin Son aquellos que deben acompaarse obligatoriamente slo en el caso de que el proyecto se encuentre en el supuesto descrito por el requisito. De ser as, en caso de faltar cualquiera de ellos, la postulacin ser declarada inadmisible. Asimismo, los documentos que no se encuen-tren conforme a las formalidades exigidas, se considerarn como no presentados.

    f. Propiedad intelectual (si corresponde): Si el proyecto comprende la utilizacin de derechos de autor de terceras personas, protegidos por la ley 17.336 de Propiedad Intelectual, se debe adjuntar la autorizacin simple y expresa del autor o entidad que administre los respectivos derechos que se van a utilizar en el proyecto, conforme previenen los artculos 20 y siguientes de la ley 17.336.

    g. Carta de compromiso del cofinanciamiento: Esta carta deber adjuntarse en los casos en que exista cofinanciamiento obligatorio y/o en los casos en que el postulante haya contemplado cofinanciamiento voluntario. Tanto para aportes propios como de terceros, deber acompaar-se una carta firmada por quien compromete el aporte, donde se establezca el bien o servicio aportado con su valoracin, si es aporte valorado y/o el monto del aporte si se trata de aporte pecuniario, indicando tambin el destino que se les dar a estos.

    7.2 Modalidad de Difusin y Circulacina. Registro audiovisual o grfico del o los proyectos a promocionar: En caso de proyectos de

    artes visuales, fotografa, arquitectura, diseo y artesana, se deber presentar material visual y/o grfico que entregue antecedentes suficientes acerca de su calidad y relevancia. Para proyectos de artes escnicas, folclor y nuevos medios, se deber proporcionar material audiovisual. Para iniciativas que busquen asistencia a conferencias y/o seminarios, se deber adjuntar material que entregue informacin sobre la presentacin o ponencia a realizar, as como informacin que a juicio del postulante colaboren a explicitar el tema a tratar.

    b. Documento oficial de participacin: Documento dirigido a nombre del postulante, donde se indique la inscripcin, seleccin y/o invitacin en original o escaneado del original, en formato PDF, emitido por la institucin convocante o anfitriona, segn corresponda, debidamente firma-da, en el que se manifieste:

    Participacin, inscripcin, seleccin y/o invitacin, condiciones y beneficios de sta, dirigidos directamente al postulante.

    Fecha de inicio y trmino de la participacin, inscripcin, seleccin y/o invitacin.c. Antecedentes de relevancia: Documento que acredite la relevancia del o los espacios de cir-

    culacin o difusin al cual se va a participar, en la que se identifique con claridad el perfil de la actividad, su relevancia y la participacin especfica del postulante. Para la evaluacin se sugiere incluir cartas de especialistas, programa del evento, cronograma de reuniones o mesas de tra-bajo si corresponde.

    d. Antecedentes de formacin y trayectoria: Documento con portafolio y/o antecedentes curri-culares que respalden la postulacin. Para la evaluacin, en caso de acreditar estudios formales completos se sugiere incluir certificados de respaldo. Los estudios informales o experiencia pro-fesional pueden respaldarse mediante la entrega de documentos tales como cartas de referen-

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    cias, reconocimientos o distinciones, carpetas de obras, o cualquier otro documento que estimen conveniente.

    e. Carta de cofinanciamiento obligatorio: El postulante deber comprometer aportes propios o de terceros. Si compromete recursos propios, deber acompaar carta firmada por l y si son de terceros, carta firmada por los financistas. Si los aportes de terceros estn comprometidos en moneda distinta al peso chileno, debe adjuntarse un documento que d cuenta del tipo de cambio aplicado a la fecha de postulacinAntecedentes condicionales para la evaluacin:Son aquellos que deben acompaarse obligatoriamente slo en el caso de que el proyecto se encuentre en el supuesto descrito por el requisito. De ser as, en caso de faltar cualquiera de ellos, la postulacin ser declarada inadmisible. Asimismo, los documentos que no se encuen-tren conforme a las formalidades exigidas, se considerarn como no presentados

    f. Informe de participaciones anteriores: En caso de haber participado antes del evento al cual postula, adjuntar un informe de resultados de la participacin donde se fundamente la necesidad de asistir nuevamente.

    g. Propiedad intelectual (si corresponde): Si su proyecto comprende la utilizacin de derechos de autor de terceras personas, protegidos por la ley 17.336 de Propiedad Intelectual, se debe adjuntar la autorizacin simple y expresa del autor o entidad que administre los respectivos derechos que se van a utilizar en el proyecto, conforme previenen los artculos 20 y siguientes de la ley 17.336.

    h. Cofinanciamiento voluntario (si corresponde): El postulante podr comprometer aportes propios o de terceros. En caso que dichos aportes consistan en bienes o servicios del postulante, susceptibles de valoracin pecuniaria, se deber indicar su valoracin en dinero y acompaar carta firmada por ste; si son de terceros, se deber indicar su valoracin en dinero y acompaar los respectivos documentos que lo acrediten. En caso que los aportes consistan en dinero, si compromete recursos propios, deber acompaar carta firmada por l y si son de terceros, carta firmada por los financistas.

    i. Nmina de directores, socios o accionistas (si corresponde): Los postulantes personas jur-dicas con fines de lucro, debern acompaar la nmina en que se individualicen los directores, socios o accionistas.

    8. Antecedentes Complementarios de EvaluacinEl postulante podr aportar informacin que estime conveniente, adjuntando antecedentes comple-mentarios a su proyecto. Estos antecedentes sern evaluados con el criterio correspondiente, segn su contenido o naturaleza.

    9. Periodo de convocatoriaLos postulantes podrn postular sus proyectos de conformidad con lo establecido en las presentes Bases, desde la publicacin de las bases en el sitio web www.fondosdecultura.gob.cl, hasta que se agoten los recursos asignados a la Convocatoria.

    La presentacin de la postulacin deber ser al menos con 25 (veinticinco) das hbiles administrativos de anticipacin (de lunes a viernes, exceptundose los feriados), al inicio de la actividad para la cual se solicitan los recursos de este Fondo.

    No se aceptarn postulaciones presentadas fuera del periodo sealado o que no cumplan el plazo de anticipacin.

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    10. Constatacin del cumplimiento de BasesLa constatacin del cumplimiento de los requisitos de postulacin ser realizada por Director(a) Regional, segn corresponda, desde la recepcin de postulaciones, hasta la firma de Convenio de Ejecucin inclusive, es decir, operan durante todo el concurso.

    De constatarse algn incumplimiento con posterioridad a la etapa de admisibilidad, la postulacin quedar inmediatamente fuera de concurso. Si se comprueba antes de la seleccin del proyecto, se dejar constancia de dicha circunstancia en la Ficha nica de Evaluacin, lo que ser formalizado a travs del respectivo acto administrativo dictado por el/la Directora(a) Regional, el que se notificar a los interesados en conformidad a la ley; si es con posterioridad a la seleccin, a travs de la dictacin de la respectiva resolucin administrativa, previa audiencia del interesado, de conformidad con el pro-cedimiento establecido en el artculo artculo 53 de la Ley N19.880.

    Conforme al artculo 59 de la Ley 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Adminis-trativos que rigen los Actos de los rganos de la Administracin del Estado, a los postulantes cuyos proyectos hayan sido declarados fuera de bases, les asiste el derecho de interponer en contra del respectivo acto administrativo, el recurso de reposicin y/o subsidiariamente el recurso jerrquico ante el rgano competente, dentro del plazo de cinco das hbiles administrativos, sin perjuicio de los dems recursos que establezca esta Ley.

    Asimismo, si se constata alguna conducta de un postulante que a juicio del CNCA, atenta contra el correcto funcionamiento de cualquiera de los concursos pblicos de los Fondos de Cultura administra-dos por el CNCA, en el sentido de intentar burlar las reglas de participacin establecidas en Bases, los proyectos quedarn fuera de concurso en forma automtica a travs del mismo proceso arriba sealado. A modo ejemplar, si se constata la postulacin de proyectos que evidencien el mismo contenido, aun cuando existan diferencias formales en distintas lneas o Fondos, con el solo objeto de obtener finan-ciamientos mltiples, sus postulaciones quedarn fuera del proceso concursal.

    11. NotificacionesEl responsable del proyecto deber indicar en el FUP el medio preferente de notificacin de las distintas etapas concursales, esto es, para la declaracin de inadmisible, la seleccin o no seleccin, los recursos interpuestos y la declaracin de fuera de concurso. Para esto, podr sealar como forma de notificacin el envo del respectivo acto administrativo a travs de correo electrnico o mediante carta certificada. En caso que nada indique, se entender que optan por notificacin por carta certificada.

    Para efectos de asegurar la debida comunicacin de los resultados de la postulacin, si el responsable del proyecto opta por notificacin va correo electrnico deber indicar dos direcciones: una propia y otra de algn integrante del equipo de trabajo o de un tercero designado para estos fines, siendo su responsabilidad el mantener dichos correos en buen estado para su recepcin. Asimismo, si opta por notificacin va carta certificada, deber indicar su domicilio, siendo su responsabilidad el informar cualquier cambio del mismo acto administrativo dictado por el Jefe del Departamento de Fomento de las Artes e Industrias Creativas, el que se notificar a los interesados en conformidad a la ley.

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    III. ADMISIBILIDAD

    1. Examen de admisibilidadRecibida la postulacin, ya sea digital o en soporte material, la Direccin Regional proceder a determinar:

    Que el postulante sea persona natural o jurdica que puede postular; Que el postulante no se encuentra sujeto a alguna de las incompatibilidades indicadas en el

    Punto II.3 de las presentes bases; Que el FUP se haya acompaado y llenado correctamente, cumpliendo con los requisitos y con-

    diciones establecidos en las presentes Bases; Que se adjuntan los Antecedentes Obligatorios de Evaluacin; Que el proyecto haya sido enviado o presentado dentro del plazo establecido; y Que el proyecto presentado en soporte material, cumpla con las formalidades indicadas en el

    numeral 5.2 del Captulo II De la postulacin de los proyectos.

    2. Declaracin de inadmisibilidadLa inadmisibilidad del proyecto ser declarada a travs de una resolucin administrativa dictada por el/la Director(a) Regional, la que se notificar a los interesados en conformidad a la ley.

    3. Recursos administrativosConforme al artculo 59 de la Ley 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administra-tivos que rigen los Actos de los rganos de la Administracin del Estado, a los postulantes les asiste el derecho de interponer en contra del respectivo acto administrativo el recurso de reposicin y/o sub-sidiariamente el recurso jerrquico ante el rgano competente, dentro del plazo de cinco das hbiles administrativos, sin perjuicio de los dems recursos que establezca esta Ley.

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    IV. EVALUACIN Y SELECCIN

    1. Aspectos generales del proceso de evaluacin y seleccinLas postulaciones que cumplan con los requisitos y condiciones de convocatoria, sern oportunamente puestas a disposicin de las instancias de evaluacin y seleccin por parte de la respectiva Direccin Regional. Esto no impide que el proyecto pueda posteriormente quedar fuera de bases durante las siguientes etapas del procedimiento concursal.

    El proceso de evaluacin y seleccin de los proyectos admisibles, estar a cargo de un comit de especialistas, compuesto por al menos 3 (tres) miembros de destacada trayectoria. Dicho comit se conformar, segn lo acordado por el directorio, por aquellos especialistas designados para las restantes convocatorias 2015 de este fondo, mbito regional de financiamiento. El nmero definitivo de personas que integrarn el Comit de Especialistas ser determinado por la Direccin Regional, segn la cantidad de proyectos recibidos. En todo caso, se deja constancia que su nmero de integrantes siempre debe ser impar. Este proceso se realizar en forma inmediata cada vez que existan proyectos admisibles postulados.

    2. De la evaluacin y seleccin

    2.1. De la EvaluacinEl proceso de evaluacin implica tanto una valoracin tcnica como cualitativa de la propuesta.

    La respectiva Direccin Regional deber remitir los proyectos recibidos entre los distintos integrantes del Comit de Especialistas, para una revisin general, preliminar e individual, realizando un anlisis de fortalezas y debilidades, con el objeto de exponer los proyectos a la instancia colectiva de evaluacin.

    Con posterioridad, el Comit de Especialistas se reunir como instancia colectiva para llevar a cabo una evaluacin tcnica y cualitativa de todos los proyectos, previamente analizados individualmen-te, segn los criterios de evaluacin, asignando los respectivos puntajes conforme las ponderaciones respectivas, cuya sumatoria otorgar el puntaje total de la evaluacin obtenida por cada proyecto.

    Las decisiones que se adopten sern debidamente fundamentadas, proporcionando a los postulantes argumentos justificados que tiendan a facilitar la comprensin de stas, en coherencia con los proyectos y las lneas postuladas, todo lo cual quedar registrado en la Ficha nica de Evaluacin (FUE)..

    2.2 De la SeleccinEl proceso de seleccin consiste en la definicin de los proyectos ganadores, de entre los proyectos admisibles y la asignacin de los recursos del Fondo, conforme la disponibilidad pre-supuestaria y el puntaje obtenido en la etapa de evaluacin.

    En virtud de lo anterior, cada vez que sesione el Comit de Especialistas, elaborar una nmina de todos los proyectos con su respectivo puntaje, en orden de mayor a menor y proceder a la seleccin de acuerdo a los criterios establecidos en estas Bases, dejando constancia del fundamento de seleccin o no seleccin.

    Vencido los respectivos periodos de postulacin establecidos en las presentes bases, y sobrando la totalidad o una parte de los recursos del Fondo, el Comit podr proponer declarar desierto todo o parte del concurso, respectivamente, pudiendo el Directorio reasignar los recursos remanentes a listas de espera de otros concursos o a los fines que estime pertinentes, de conformidad con lo establecido en la respectiva normativa legal. No existir obligacin de indemnizar en caso de declararse desierto el concurso.

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    3. Criterios de evaluacin, ponderaciones y puntajesLa evaluacin de los proyectos ser realizada de acuerdo a los criterios que se exponen a continuacin, y los puntajes sern asignados en consideracin a las ponderaciones sealadas, debiendo fundamen-tarse en cada caso el puntaje asignado:

    CRITERIOS DESCRIPCIN PONDERACINCoherencia Evala la correspondencia entre el proyecto y el objeto de la

    modalidad. Asimismo, la conexin lgica entre los antecedentes presentados y la pertinencia de la informacin contenida en la postulacin, incluido el material adjunto.

    10%

    Presupuesto Evala la adecuacin y pertinencia de la solicitud financiera para la realizacin del proyecto a desarrollar.

    10%

    Curriculum Evala las competencias y experiencia demostrada por el postulante y el equipo de trabajo, cuando corresponde, en relacin a las actividades a desarrollar en el proyecto.

    25%

    Calidad Evala los atributos de calidad de la propuesta de difusin o creacin y/o investigacin, segn corresponda por modalidad a desarrollar, los antecedentes de respaldo del proyecto y del lugar en el cual se participar.

    20%

    Relevancia Evala el aporte del proyecto en el campo disciplinario en que se inscribe considerando la relevancia del evento en el cual participa y en relacin al sector artstico y a la trayectoria del postulante.

    35%

    Los proyectos sern evaluados con los siguientes rangos de puntuacin:

    0 39 puntos: Deficiente. 40 74 puntos: Regular. 75 89 puntos: Bueno. 90 100 puntos: Excelente.

    El puntaje total de esta etapa de evaluacin corresponder al 100% del puntaje final del proyecto.

    4. Criterio de seleccinCorresponder al Comit de Especialistas, en el marco de la disponibilidad presupuestaria, decidir la seleccin de los proyectos y la determinacin de la asignacin de recursos del Fondo, basndose en una opinin fundada y consensuada, considerando los siguientes criterios de seleccin:

    De mayor a menor puntaje. Slo sern seleccionados proyectos que hayan obtenido un puntaje mnimo de 90 en la eva-

    luacin. Solo se asignarn recursos a un mismo responsable para un solo proyecto durante el ao

    2015, en la presente lnea concursal.

    Previo a formalizar la seleccin, la respectiva Direccin Regional revisar que los proyectos cumplan con los requisitos y condiciones de postulacin y asignacin de recursos, conforme a las presentes bases.

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    De constatarse algn incumplimiento a estos requisitos, anterior o sobreviniente a la etapa de ad-misibilidad, la postulacin quedar inmediatamente fuera de concurso, dejndose constancia en la respectiva FUE.

    5. Comite de EspecialistasEl comit de especialistas requerir como qurum para sesionar y adoptar acuerdos la mayora absoluta de sus miembros, debiendo contener sus decisiones los fundamentos de la evaluacin, seleccin o no seleccin y de la asignacin de recursos. En caso de empate resolver su Presidente.

    Del acuerdo final se levantar un acta, que incluir la individualizacin de los proyectos selecciona dos y la determinacin del monto asignado para su ejecucin, la que tendr validez con la sola firma de su Presidente, quien ser elegido por todos los miembros del Comit. Las decisiones que adopte el Comit sern inapelables y se expresarn en una resolucin que la Direccin Regional dictar para tal efecto.

    6. Publicacin y notificacin de resultadosLa nmina de proyectos seleccionados se publicar en un medio escrito, impreso o digital, de circulacin regional y en la pgina web institucional www.fondosdecultura.gob.cl, indicando el nombre del proyecto, las personas u organizaciones responsables de los mismos y los montos asignados. Dichas publicaciones se realizarn en el plazo mximo de 10 (diez) das hbiles, contados desde la fecha de la tramitacin total del acto administrativo que selecciona los proyectos.

    Asimismo, la respectiva Direccin Regional notificar los resultados del concurso dentro de los 5 (cinco) das hbiles siguientes a la dictacin de la resolucin respectiva, a los postulantes que hayan sido se-leccionados, no seleccionados y aquellos que integren la lista de espera.

    8. Recursos administrativosUna vez publicados los resultados de la etapa de seleccin, a los postulantes les asiste el derecho de interponer en contra del respectivo acto administrativo, el recurso de reposicin y/o subsidiariamente el recurso jerrquico ante el rgano competente, dentro del plazo de cinco das hbiles administrativos, sin perjuicio de los dems recursos que establezca el artculo 59 de la Ley 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los rganos de la administracin del Estado.

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    V. CONDICIONES DE APOYO

    1. Firma del ConvenioLos responsables de cada proyecto seleccionado debern suscribir, dentro del plazo de 30 (treinta) das hbiles, contados desde la fecha de publicacin de los resultados la convocatoria, un Convenio de Ejecucin con el CNCA, el cual se estipularn los derechos y obligaciones de ambas partes y los trminos y condiciones para la ejecucin de proyectos seleccionados. El responsable deber acompaar la docu-mentacin legal correspondiente y hacer entrega de la debida garanta, segn corresponda.

    En el Convenio se acuerda la entrega de recursos al responsable del proyecto y se establecen los mecanismos de supervisin por parte del CNCA para asegurar la correcta ejecucin del proyecto. Mientras no se suscriba el Convenio y se tramite totalmente la resolucin administrativa que lo apruebe, no se entregar recurso alguno al responsable.

    Otra modalidad de pago, ser contra reembolso efectivo una vez ejecutado el proyecto, en cuyo caso no se requerir entrega de garanta.

    Se deja constancia que la modalidad de pago de los recursos asignados ser determinada por la respectiva Direccin Regional, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria.

    2. Restricciones para la firma del ConvenioPrevio a la firma del Convenio, se deber revisar que los proyectos cumplan con los requisitos y condiciones sealados en estas Bases. En caso de que se constate alguna inhabilidad para postular u otro incumplimiento de los requisitos de postulacin, el proyecto quedar fuera del concurso, a travs de la dictacin de la respectiva resolucin administrativa de la autoridad competente, previa audiencia del interesado, de conformidad con el procedimiento establecido en el artculo 53 de la Ley N19.880.

    No podrn suscribir Convenio aquellos responsables que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones respecto de recursos entregados por el CNCA, sean derivadas de postulaciones a fondos concursables u otro tipo de programas o acciones de los que hayan sido beneficiarios con anterioridad a la presente convocatoria:

    Morosos en la rendicin de cuenta ntegra de recursos concedidos con anterioridad, segn antecedentes que maneje el CNCA; y

    Quienes habiendo presentado rendicin, esta hubiere sido observada, generando obligacin de reintegro de recursos, sin que este se hubiere verificado.

    Si no se da solucin a lo anterior en el plazo establecido para la suscripcin de Convenio, se entiende que el postulante renuncia automticamente a la seleccin de su proyecto, debiendo operar la lista de espera, en caso que sta exista. Las restricciones mencionadas sern aplicadas a personas naturales seleccionadas que, a su vez, sean representantes legales de personas jurdicas que se encuentren en cualquiera de las situaciones sealadas. Asimismo, sern aplicadas a las personas jurdicas selecciona- das, cuyos representantes legales se encuentren en alguna de las mismas situaciones.

    3. Contenido del ConvenioDentro del convenio se deben consignar los derechos y obligaciones de las partes respecto a:

    Forma de entrega de los recursos. Destino de los recursos. Actividades.

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    Plazos de duracin y ejecucin del proyecto. Deber de reconocimiento al CNCA. Informe(s) de avance (si corresponde) e informe final del proyecto Mecanismos de supervisin. Rendicin de los recursos. Sanciones por incumplimiento. Certificado de ejecucin total.

    4. Documentacin Obligatoria para la firma de Convenio.Si el Responsable es persona natural, debe presentar:

    Copia de Cdula Nacional de Identidad vigente del postulante seleccionado, del aval de la garan-ta y del representante legal, cuando corresponda;

    Documentacin que acredite la representacin vigente, cuando corresponda; Documento que acredite el domicilio del responsable, con una antigedad no superior a 60 (se-

    senta) das; e Instrumento de caucin o garanta.

    Si el responsable es persona jurdica, debe presentar:

    Copia del Rol nico Tributario; Copia de Cdula Nacional de Identidad vigente del representante legal; Documentacin que acredite dicha representacin vigente; Certificado de vigencia, con individualizacin del Directorio, cuando corresponda, con una anti-

    gedad no superior a 60 (sesenta) das; Comprobante de inscripcin en el Registro nico de Personas Jurdicas de Receptor de Fondos

    Pblicos , con una antigedad no superior a 60 (sesenta) das; Certificado de Inicio de Actividades u otro documento que acredite el domicilio, con una anti-

    gedad no superior a 60 (sesenta) das; e Instrumento de caucin o garanta, cuando corresponda.

    Todo lo anterior, es sin perjuicio de otros documentos que el propio Convenio de Ejecucin precise. De no presentarse dicha documentacin, no podr suscribirse el Convenio, quedando la seleccin sin efecto.

    5. Ejecucin y trmino del convenioLas actividades que se sealen en los proyectos debern iniciarse y efectuarse dentro del plazo estipulado en el Convenio, de conformidad con lo expresado en las presentes Bases.

    Se hace presente que, respecto de proyectos hbiles, luego de la suscripcin de convenio y durante la ejecucin del mismo, las autoridades y trabajadores(as) del CNCA, cualquiera sea su situacin contractual (planta, contrata, contratados(as) por el CNCA bajo el Cdigo del Trabajo o a honorarios), no podrn recibir ningn tipo de beneficio del proyecto, ni participar en forma posterior en l. De no dar cumplimiento a lo anterior, ser rechazada toda actividad y su consiguiente rendicin de recursos, en lo pertinente a dicha persona.

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    Asimismo, de no cumplir con lo sealado en las clusulas del Convenio, por causas o hechos imputables al responsable del proyecto, la autoridad encargada del seguimiento del proyecto podr poner trmino al Convenio y/o suspender parcial o totalmente los aportes estipulados, junto con ejecutar las garantas comprometidas.

    No obstante lo anterior, el CNCA se reserva los derechos de accionar judicialmente para obtener la restitucin de los fondos adjudicados y entregados.

    Se deja constancia que los postulantes son expresamente responsables de la veracidad, integridad y legibilidad de la informacin acompaada a la respectiva postulacin y declarada en el FUP; y que el incumplimiento de las condiciones establecidas en las presentes bases o la falta de veracidad en la postulacin, ser casual de termino anticipado del respectivo Convenio de Ejecucin de Proyecto, sin perjuicio del ejercicio por parte del CNCA de las acciones legales que sean pertinentes.

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    VI. ANTECEDENTES COMPLEMENTARIOS DE LA CONVOCATORIA

    1. Conceptos y definicionesPara efectos de las presentes Bases, se entender por:

    a. Postulante: Persona natural o jurdica, que presenta un proyecto a la presente convocatoria, identificndose como tal en el Formulario nico de Postulacin (FUP), quedando como titular del proyecto.

    b. Equipo de trabajo: Se refiere a aquellos participantes de un proyecto que cumplen una funcin esencial y que deben ser individualizados por el postulante.

    c. Responsable: Postulante cuyo proyecto resulta seleccionado, suscribiendo el respectivo Conve-nio de Ejecucin con el CNCA, comprometindose a velar por el cumplimiento correcto, ntegro y oportuno de las obligaciones all contradas.

    d. Personas naturales: Todos los individuos de la especie humana, cualquier sea su edad, sexo, condicin o estirpe.

    e. Personas jurdicas: Son personas ficticias, constituidas conforme a la legislacin vigente, ca-paces de adquirir derechos y contraer obligaciones, y de ser representadas judicial y extrajudi-cialmente.

    f. Representante legal: Quien acta en nombre de una persona natural o jurdica y la representa de un modo reconocido legalmente. El representante legal cumplir las funciones de adminis-trador de la cuenta de la persona jurdica correspondiente, para efectos de la postulacin.

    g. Sociedades de hecho: Aquellas sociedades que no han sido constituidas en forma legal, y por tanto carecen de personalidad jurdica.

    h. Parentesco por consanguinidad: El parentesco por consanguinidad, se funda en la relacin de sangre que existe entre dos personas, cuando una desciende de la otra o ambas de un tronco o antepasado comn. La adopcin tiene el mismo tratamiento que el parentesco por consangui-nidad.

    i. Lnea de parentesco: Es la serie de parientes que descienden unos de otros (lnea recta) o de un tronco comn (lnea colateral, transversal u oblicua). As, por ejemplo, el abuelo, padre e hijo estn en la lnea recta porque el padre desciende del abuelo y el hijo del padre y del abuelo. En cambio, los hermanos estn en la lnea colateral u oblicua, porque ambos descienden de un tronco comn: el padre.

    j. Grado: Es la distancia que existe entre dos parientes. El parentesco en la lnea recta se cuenta por el nmero de generaciones: padre e hijo, primer grado; nieto y abuelo, segundo grado. En el parentesco colateral, para determinar el grado se sube hasta el tronco comn y despus se baja al pariente cuyo grado se desea conocer. As, por ejemplo, los hermanos se encuentran en se-gundo grado en la lnea colateral, porque en el primer grado se sube de uno de los hijos al padre y despus se baja del padre al otro hijo.

    k. Disciplinas artsticas y mbitos culturales correspondientes al FONDART: Corresponden a Artes Visuales, Fotografa, Teatro, Danza, Artes Circenses, Artesana, Folclore, Arquitectura, Diseo, Nuevos Medios, Patrimonio Material e Inmaterial, Gestin Cultural, Culturas de Pueblos origina-rios, Desarrollo Cultural Local y Turismo Cultural.

    l. l) Residencia Artstica: Los programas de residencia tienen como objetivo proveer a los/as ar-tistas de tiempo, espacio y medios para trabajar en su obra, en el contexto de una inmersin temporal en un espacio de trabajo o entorno creative distinto al habitual, con el fin de ponerse en contacto con personas, ideas y metodologas diversas que redunden en un enriquecimiento del artista y de su obra.

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    2. tem presupuestario y financiero.

    a. Financiamiento total o parcial: Los postulantes podrn solicitar financiamiento total o parcial para la ejecucin del proyecto postulado, debiendo para tal efecto tener presente los montos mximos financiados por el CNCA para cada proyecto. En el caso de la Modalidad de Difusin y Circulacin, el financiamiento ser solo parcial.

    b. Cofinanciamiento: Tipos. Rendicin: Corresponde a la diferencia entre lo solicitado al Fondo, y el monto total requerido para la ejecucin del proyecto (monto que incluye los aportes valorados y pecuniarios) y que pueden ser aportados por el postulante y/o por terceros.

    Distinguiendo si el cofinanciamiento es requisito para la postulacin, ste se clasifica en:

    Aportes obligatorios: Aquellos que necesariamente el postulante debe comprometer, acreditn-dolos como antecedente obligatorio y rindindolos durante la ejecucin del proyecto. Sin stos, el proyecto no es admisible.

    Aportes voluntarios: Aquellos que el postulante incorpora por iniciativa propia al proyecto. Al ser incorporados, deben ser acreditados como documentos obligatorios y rendidos durante la ejecucin del proyecto.

    Distinguiendo la naturaleza del aporte, estos pueden ser:

    Aportes pecuniarios: dinero expresado en pesos chilenos. Aportes valorados: bienes y/o servicios susceptibles de valoracin pecuniaria.

    Distinguiendo el origen del aporte, estos pueden ser:

    Aportes propios. Aportes de terceros.

    Los aportes, en cualquiera de sus formas, debern ser rendidos de la siguiente manera:

    Aportes propios:

    Se deber efectuar la rendicin de los aportes propios pecuniarios comprometidos entregando copia de toda la documentacin que acredite los gastos, segn la naturaleza de los mismos (boleta, factura, etc.).

    Los aportes propios valorados (bienes y servicios) se acreditarn mediante una declaracin del responsable del proyecto, firmada ante notario pblico, donde conste el aporte y el monto valorado.

    Aportes de terceros: En relacin a los aportes pecuniarios de terceros, de acuerdo a lo establecido en el Convenio, se deber realizar la rendicin de los gastos, de la siguiente manera:

    Aportes de terceros que constituyen donaciones con fines culturales de conformidad a la Ley 18.985. En el caso de aportes derivados de donaciones con fines culturales acogidos a los beneficios tributarios establecidos en el artculo 8 de la Ley 18.985, se debern rendir acompa-ando copia simple del certificado que acredita donacin con fines culturales con beneficio tri-butario, de acuerdo a lo dispuesto en el artculo 3 de la Ley de Donaciones Culturales (artculo 8 Ley N 18.985) y su Reglamento y copia simple del estado de las fuentes y uso detallado de

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    los recursos recibidos a que se refiere el artculo 5 contenido en el artculo 8 de la Ley antes mencionada; o en subsidio, copia de la rendicin de cuentas que acredite los gastos, segn la naturaleza de los mismos (boleta, factura, etc.).

    Aportes de terceros efectuados por otras entidades pblicas: se efectuar entregando copia de la aprobacin de la rendicin de cuentas respectiva por parte de la entidad pblica que realiz el aporte o en subsidio, copia de la rendicin de cuentas entregada a la entidad pblica aportante.En todo caso, en ambos casos el responsable deber mantener en su poder copia de la respecti-va documentacin de respaldo del gasto del aporte, la que podr ser solicitada por el CNCA para efectos de aprobacin del informe final. En el caso que por alguna causa debidamente justificada no pudiere rendirse los aportes de terceros que constituyen donaciones con fines culturales de conformidad a la Ley 18.985 y los aportes de terceros efectuados por otras entidades pblicas de la manera indicada precedente-mente, dichos aportes debern ser rendidos entregando copia de la documentacin que acredite los gastos, segn la naturaleza de los mismos (boleta, factura, etc.).

    Otros aportes de terceros: se debern rendir entregando copia de la documentacin que acre-dite los gastos, segn la naturaleza de los mismos (boleta, factura, etc.). Los aportes valorados de terceros se debern rendir con el respectivo contrato u otro instru-mento que segn la naturaleza del aporte, sea suficiente para su acreditacin. El cofinanciamiento, en todas sus formas, deber ser ejecutado en su totalidad, ya que en la for-mulacin de los proyectos se contemplan como necesarios para la total ejecucin.En este sentido, respecto a aportes pecuniarios obligatorios o voluntarios, si no ha existido una modificacin aprobada y en la rendicin del proyecto se constata que el monto gastado fue me-nor, o si falta documentacin que acredite el gasto, deber restituirse al Consejo el proporcional de dicha rebaja, cumpliendo as la distribucin del presupuesto (pecuniario) entre el monto apor-tado por el Consejo y los montos contemplados como cofinanciamiento pecuniario. Esto aplica solo en los casos en que las actividades del proyecto se encuentran ejecutadas. Todo aporte deber ser debidamente identificado en el Formulario nico de Postulacin (FUP).

    .

    b. Tipos de gastos: Solo se financiarn gastos de operacin conforme se detallan a continuacin, los que debern identificarse en la respectiva postulacin:

    Traslado: Pasajes areos y/o terrestres al destino final del proyecto y movilizacin interna (me-tro, bus, taxi), lo que incluye los traslados desde y hacia los terminales de transporte.

    Estada: Hospedaje y alimentacin. Otros gastos:

    Material de difusin del proyecto (traduccin, impresin papelera, copiado de CD/DVD, pen-drive, envo de material promocional, registro de la instancia, impresin de pequeos catlo-gos, o actualizacin de pginas web para difusin del proyecto).

    Gastos de acreditacin o participacin en ferias y festivales en que se requieran (no se consi-dera para la modalidad Residencias Artsticas).

    Arriendo de equipos, espacios e/o insumos complementarios en lugar de destino, debida-mente justificados en la postulacin del proyecto.

    Envo de elementos indispensables para la ejecucin del proyecto o sobrecarga de equipaje por este concepto (puede incluir gastos de agentes de aduana o courier internacional si co-rresponde)

    Cajas especiales de traslado (escenografa, instrumentos musicales, piezas de exhibicin, en-tre otros).

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    Para modalidad de Residencias Artsticas: gastos de produccin de obra, cuando el proyecto la considere.

    Arriendo de vehculo (no se considera el financiamiento de combustible) en aquellos casos justificados por el proyecto.

    Seguros de viajes.

    No se considera financiamiento para servicios de Primera Clase, Clase Ejecutiva, superiores o de lujo, o sobrecarga de equipaje personal.

    Con cargo a la Lnea no se financian alcohol, viticos e imprevistos.

    Esta lnea de concurso no considera el pago de honorarios ni para el postulante, equipo de trabajo ni para terceros.

    El tem presupuestario y financiero del proyecto, deber expresarse en pesos chilenos, incorporando los impuestos asociados a cada gasto. En ningn caso se aceptar que a la cantidad total solicitada, o a alguno de sus componentes, se agregue la frase ms impuesto o ms IVA. La variacin de los costos contemplados ser de absoluta responsabilidad y cargo del postulante.

    El CNCA no solventar, ni reembolsar gastos de ninguna naturaleza, realizados con anterioridad a la fecha del respectivo acto administrativo que formaliza la seleccin de los proyectos, como tampoco gastos posteriores a la ejecucin del proyecto seleccionado. Asimismo, no se solventarn gastos de ninguna naturaleza, asociados a la preparacin de un proyecto para ser presentado a esta Convocatoria.

    3. Orientacin e informacinEl CNCA, a travs de los respectivos Directores Regionales del CNCA, entregar orientacin e informacin a quienes lo requieran, a objeto de facilitarles su postulacin a la presente Convocatoria y propender a proveer a los(as) postulantes de medios electrnicos que les permitan su postulacin, as como para conocer el estado de avance y evaluacin final del proyecto.

    4. Seccin de consultas y respuestasEl CNCA, a travs de la Secretara del Fondo y de los respectivos Directores Regionales del CNCA, entregar orientacin e informacin a quienes lo requieran, a objeto de facilitarles su postulacin a la presente Convocatoria y propender a proveer a los(as) postulantes de medios electrnicos que les permitan su postulacin, as como para conocer el estado de avance y evaluacin final del proyecto.

    Seccin de consultas y respuestas:Todos los interesados, podrn hacer las consultas que estimen pertinentes respecto de las Bases y del funcionamiento de la plataforma digital. Estas debern formularse a travs del sitio especial- mente dispuesto en el portal www.fondosdecultura.gob.cl o al correo electrnico: [email protected].

    5. Personas a cargo de la seleccin y evaluacin Las personas a cargo de la evaluacin y seleccin de los proyectos, realizarn dicha labor con absoluta transparencia, independencia y prescindencia de factores externos que puedan restarle imparcia-lidad. Adems, estarn obligados a guardar la debida confidencialidad sobre los proyectos que les corresponde conocer.

    Con respecto al concurso en que les tocare intervenir, estarn sujetos(as) a las normas de probidad y abstencin establecidas en los artculos 52 y 53 de la ley 18.575 y en el artculo 12 de la ley 19.880, respectivamente. En este sentido, no podrn tomar parte en la discusin de asuntos en los que l/ella, su

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    cnyuge, sus hijos(as), o sus parientes, hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, estn interesados. Se entiende que existe dicho inters cuando su resolucin afecte moral o pecu-niariamente a las personas referidas. En consecuencia, no podrn tener ninguno de los parentescos y grados ya mencionados, con ninguno de los postulantes del presente concurso. Tampoco podrn haber participado, a ttulo remunerado o gratuito, en la elaboracin anterior a la postulacin de los proyectos a evaluar y seleccionar.

    Si se configura una incompatibilidad o se produce un hecho que le reste imparcialidad derivado de la existencia de algn inters directo o indirecto en el proyecto, el involucrado deber informarlo a el/la Director/a Regional respectivo/a y a los dems integrantes del rgano, abstenindose de conocer del asunto, de todo lo cual se deber dejar constancia en el acta respectiva.

    En caso que se seleccione un proyecto contraviniendo las normas de probidad establecidas en los prrafos precedentes, el proyecto ser eliminado de la nmina de seleccionados.

    Por ltimo, se prohbe expresamente a los integrantes del Comit de Especialistas, participar a ttulo remunerado o gratuito en la ejecucin de un proyecto seleccionado en este concurso.

    6. Asignacin de recursosEl comit de especialistas determinar la asignacin de recursos a los proyectos seleccionados, hasta agotar los recursos disponibles para cada periodo de la Lnea.

    Asimismo, al momento de seleccionar proyectos, el comit tendr la facultad de determinar la asignacin de recursos hasta en un diez por ciento (10%) menos del total de los recursos solicitados al Fondo, cuando ello resulte factible conforme al plan de financiamiento presentado en el proyecto respectivo. En el evento en que un Responsable reciba recursos inferiores a los solicitados en su postulacin, ste deber presentar al momento de la firma del convenio de ejecucin, una readecuacin presupuestaria que se ajuste al financiamiento adjudicado.

    7. GarantasLos recursos que se otorguen al titular del proyecto, debern ser caucionados por el/la responsable del mismo mediante una Letra de Cambio autorizada ante Notario, Vale Vista, Boleta de Garanta o Pliza de Seguro, por igual monto y extendida a favor del CNCA, debiendo entregarse al momento de la suscripcin del Convenio. Quedan exceptuadas de otorgar esta caucin las Municipalidades y Estable-cimientos de Educacin Superior Estatales. En caso de presentar letra de cambio, los proyectos que se ejecuten en el extranjero debern presentar dicho instrumento avalado por un tercero.

    8. Control y supervisin de los proyectosEl CNCA velar por el adecuado control y supervisin de la ejecucin de los proyectos seleccionados, verificando el estricto cumplimiento de Bases, Convenios de Ejecucin, leyes, reglamentos y las normas sobre rendicin de cuentas.

    9. Reconocimiento al CNCALas obras o actividades originadas por los proyectos seleccionados debern indicar de manera visible y clara, que son financiadas con aporte del Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes, conforme se regule en el respectivo convenio de ejecucin.

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    10. Normativa legal y reglamentariaLa Ley se presume conocida por todos los habitantes del pas, aplicando especialmente para estos efectos las disposiciones relativas a Derecho de Autor y de Propiedad Intelectual, normas que regulan la Contratacin de Trabajadores de Artes y Espectculos, de Contratacin de Trabajadores Extranjeros, el Convenio N 169 sobre Pueblos Indgenas y Tribales de la OIT, y en general, toda la legislacin relativa a fondos de cultura.

    Para mayor informacin, el postulante podr recurrir, entre otras, a las siguientes normativas: Ley 19.891, del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes Ley 17.336, de Propiedad Intelectual (Derechos de Autor) Ley 19.889, que Regula las Condiciones de Trabajo y Contratacin de los Trabajadores de Artes y

    Espectculos Ley 18.985, de Donaciones con Fines Culturales Ley 20.285, Sobre Acceso a la informacin pblica Ley 19.862, que Establece Registros de las Personas Jurdicas Receptoras de Fondos Pblicos Ley 18.575, Orgnica Constitucional de Bases Generales de la Administracin del Estado Ley 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de

    los rganos de la Administracin del Estado Ley 17.288, sobre Monumentos Nacionales Reglamento del Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes Reglamento de la Ley 19.862, que Establece Registros de la Personas Jurdicas Receptoras de

    Fondos Pblicos Reglamento de la Ley 20.285, Sobre Acceso a la Informacin Pblica. Convenio N 169 sobre Pueblos Indgenas y Tribales en Pases Independientes de la OIT.

    11. Publicidad de las postulacionesLa publicidad de las postulaciones, hayan sido o no seleccionadas, se regir de acuerdo a lo establecido en la Ley N 20.285, Sobre Acceso a la Informacin Pblica.

    12. Retiro de documentos materialesLos postulantes de los proyectos no seleccionados podrn retirar personalmente o a travs de un tercero especialmente autorizado para tal efecto, la documentacin fsica de su proyecto, durante los 30 das siguientes a la publicacin de resultados.

    En caso de ser un tercero quien retire el proyecto, deber acompaar un poder simple, junto a la fotocopia de la Cdula de Identidad del mandante y del mandatario. Para la devolucin, deber presentar en la Direccin Regional una carta firmada por el postulante, que contenga la respectiva solicitud.