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DIPLOMADO CONTRATACIÓN ESTATAL Superintendencia de Industria y Comercio

ANTECEDENTES, FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA

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DIPLOMADO

CONTRATACIÓN ESTATAL

Superintendencia de Industria y Comercio

Superintendencia de Industria y Comercio

CONTENIDO

1. ANTECEDENTES, FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA

2. PRINCIPIOS DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL

3. SUJETOS DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL

4. REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES

5. MODALIDADES DE SELECCIÓN

6. RÉGIMEN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES

7. FORMA Y CONTENIDO DEL CONTRATO ESTATAL

8. TIPOLOGÍA CONTRACTUAL

9. RESPONSABILIDAD

10. ASPECTOS FISCALES DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL

11. REGÍMENES ESPECIALES DE CONTRATACIÓN ESTATAL

1. ANTECEDENTES

1

2

3

4

5

Antecedentes Jurídicos en la Contratación Pública

Fundamentos Constitucionales

Fundamentos Legales

Estatuto General de Contratación Estatal y Normativa Vigente

Planes de Desarrollo

1. ANTECEDENTES1

1. ANTECEDENTES

El Ministerio Público y la Contraloría General de la República son órganos de control.

El Ministerio Público será ejercido por el Procurador General de la Nación, por el Defensor del Pueblo, por los procuradores delegados y los agentes del ministerio público, ante las autoridades jurisdiccionales, por los personeros municipales y por los demás funcionarios que determine la ley.

Funcón Administrativa. No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley oreglamento, y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contempladosen la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente.

Los servidores públicos no podrán celebrar, por sí o por interpuesta persona, o en representación de otro, contrato alguno con entidades públicas o con personas privadas que manejen o administren recursos públicos, salvo las excepciones legales.

Arts. 117 y 119

Art. 118

Art. 122

Art. 127

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA

2

La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.

El control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación.

En las entidades públicas, las autoridades correspondientes están obligadasa diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos yprocedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga laley, la cual podrá establecer excepciones y autorizar la contratación dedichos servicios con empresas privadas colombianas.

1. ANTECEDENTES

Art. 209

Art. 267

Art. 269

2

Habrá un Plan Nacional de Desarrollo conformado por una parte general y un plan de inversiones de las entidades públicas del orden nacional. En la parte general se señalarán los propósitos y objetivos nacionales de largo plazo, las metas y prioridades de la acción estatal a mediano plazo y las estrategias y orientaciones generales de la política económica, social y ambiental que serán adoptadas por el gobierno.

El Gobierno formulará anualmente el Presupuesto de Rentas y Ley de Apropiaciones que deberá corresponder al Plan Nacional de Desarrollo y lo presentará al Congreso, dentro de los primeros diez días de cada legislatura.

Además de lo señalado en esta Constitución, la Ley Orgánica del Presupuestoregulará lo correspondiente a laprogramación, aprobación, modificación, ejecución de los presupuestos de laNación, de las entidades territoriales y de los entes descentralizados de cualquiernivel administrativo, y su coordinación con el Plan Nacional de Desarrollo, asícomo también la capacidad de los organismos y entidades estatales paracontratar..

1. ANTECEDENTES

Art. 339

Art. 346

Art. 352

2

1. ANTECEDENTES3

Normas total o parcialmente vigentes.

• Ley 80 de 1993

• Ley 361 de 1997

• Ley 816 de 2003

• Ley 905 de 2004

• Ley 996 de 2005

• Ley 1150 de 2007

• Ley 1450 de 2011

• Ley 1474 de 2011

• Decreto Ley 4170 de 2011

• Decreto Ley 019 de 2012

• Ley 1508 de 2012

• Decreto 0734 de 2012

1. ANTECEDENTES4

• Ley 80 de 1993 – 28 de octubre de 1993

• Estatuto General de Contratación de laAdministración Publica

• Art. 1º. Tiene por objeto disponer las reglas ydisposiciones que rigen los contratos de lasentidades estatales

• Art. 2º. Define Entidades Estatales, ServidoresPúblicos y Servicios Públicos

Ley 80 de 1993

1. ANTECEDENTES4

•Se denominan entidades estatales:

•a) La Nación, las regiones, los departamentos, lasprovincias, el distrito capital y los distritosespeciales, las áreas metropolitanas, las asociacionesde municipios, los territorios indígenas y los municipios;los establecimientos públicos, las empresas industrialesy comerciales del Estado, las sociedades de economíamixta en las que el Estado tenga participación superioral cincuenta por ciento (50%), así como las entidadesdescentralizadas indirectas y las demás personasjurídicas en las que exista dicha participación públicamayoritaria, cualquiera sea la denominación que ellas

adopten, en todos los órdenes y niveles.

Ley 80 de 1993

1. ANTECEDENTES4

Ley 80 de 1993

Se denominan entidades estatales:

b) El Senado de la República, la Cámara de

Representantes, el Consejo Superior de la Judicatura, la

Fiscalía General de la Nación, la Contraloría General de la

República, las contralorías departamentales, distritales y

municipales, la Procuraduría General de la Nación, la

Registraduría Nacional del Estado Civil, los ministerios, los

departamentos administrativos, las superintendencias, las

unidades administrativas especiales y, en general, los

organismos o dependencias del Estado a los que la ley

otorgue capacidad para celebrar contratos.

1. ANTECEDENTES4

Ley 80 de 1993

2o. Se denominan servidores públicos:

a) Las personas naturales que prestan sus servicios

dependientes a los organismos y entidades de que trata este

artículo, con excepción de las asociaciones y fundaciones de

participación mixta en las cuales dicha denominación se

predicará exclusivamente de sus representantes legales y de

los funcionarios de los niveles directivo, asesor o ejecutivo o

sus equivalentes en quienes se delegue la celebración de

contratos en representación de aquéllas.

b) Los miembros de las corporaciones públicas que tengan

capacidad para celebrar contratos en representación de éstas.

1. ANTECEDENTES4

Ley 80 de 1993

3o. Se denominan servicios públicos:

Los que están destinados a satisfacer necesidades

colectivas en forma general, permanente y continua, bajo la

dirección, regulación y control del Estado, así como aquellos

mediante los cuales el Estado busca preservar el orden y

asegurar el cumplimiento de sus fines.

1. ANTECEDENTES4

Ley 80 de 1993

ARTICULO 3o. DE LOS FINES DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL.

Las entidades buscan el cumplimiento de los fines

estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios

públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los

administrados que colaboran con ellas en la consecución de

dichos fines.

Los particulares, por su parte, tendrán en cuenta al celebrar y

ejecutar contratos con las entidades estatales que, además de

la obtención de utilidades cuya protección garantiza el

Estado, colaboran con ellas en el logro de sus fines y cumplen

una función social.

1. ANTECEDENTES4

Ley 80 de 1993

ARTICULO 4o. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LAS ENTIDADES

ESTATALES. Para la consecución de los fines de que trata el artículo

anterior, las entidades estatales:

1o. Ejecución idónea y oportuna del objeto contratado

2o. Reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias y garantías a que

hubiere lugar.

3o. Actualización y revisión de precios.

4o. Supervisión, de la calidad del contrato.

5º. Exigir la calidad de los bienes y servicios adquiridos.

1. ANTECEDENTES4

Ley 80 de 1993

ARTICULO 4o. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LAS ENTIDADES

ESTATALES.

6º. .Adelantar acciones conducentes a posibles indemnizaciones de los daños

que sufran en desarrollo o con ocasión del contrato celebrado.

7º. Sin perjuicio de garantía, repetir contra el contratistas o servidores

públicos para alcanzar indemnizaciones.

8º. Medidas de control y supervisión para la adecuada ejecución del

contrato.

9º Acción eficiente para mitigar riesgos o una mayor onerosidad en el

cumplimiento de las obligaciones.

1. ANTECEDENTES4

Ley 80 de 1993

ARTICULO 5o. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS

CONTRATISTAS. Para la realización de los fines de que trata el artículo 3º .

de esta ley, los contratistas:

1o. Recibir oportunamente la remuneración pactada.

2o. Colaborarán con las entidades contratantes en lo que sea necesario

para que el objeto contratado se cumpla

3o. Podrán acudir a las autoridades con el fin de obtener la protección de

los derechos derivados del contrato

4o. Garantizarán la calidad de los bienes y servicios contratados y

responderán por ello.

1. ANTECEDENTES4

Ley 80 de 1993

Consorcio:

Cuando dos o más personas en forma conjunta

presentan una misma propuesta para la

adjudicación, celebración y ejecución de un

contrato, respondiendo solidariamente de todas y cada

una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del

contrato. En consecuencia, las actuaciones, hechos y

omisiones que se presenten en desarrollo de la

propuesta y del contrato, afectarán a todos los miembros

que lo conforman.

1. ANTECEDENTES4

Ley 80 de 1993

Unión Temporal:

Cuando dos o más personas en forma conjunta

presentan una misma propuesta para la

adjudicación, celebración y ejecución de un

contrato, respondiendo solidariamente por el

cumplimiento total de la propuesta y del objeto

contratado, pero las sanciones por el incumplimiento de

las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato

se impondrán de acuerdo con la participación en la

ejecución de cada uno de los miembros de la unión

temporal.

1. ANTECEDENTES4

Ley 80 de 1993

INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR.

a) Inhabilitados para contratar por la Constitución y la ley.

b)Quienes participaron estando inhabilitados.

c) Quienes dieron lugar a la declaratoria de caducidad.

d) Quienes hayan sido condenados a la pena de interdicción de

derechos y funciones públicas y quienes sancionados

disciplinariamente con destitución.

1. ANTECEDENTES4

Ley 80 de 1993

e) Se nieguen a suscribir el contrato estatal adjudicado.

f)Los servidores públicos.

g) cónyuges o compañeros permanentes y quienes se encuentren

dentro del segundo grado de consanguinidad o de afinidad con

cualquier otra persona que formalmente haya presentado propuesta

para una misma licitación o concurso.

h) Sociedades abiertas, en las cuales el representante legal o

cualquiera de sus socios tenga parentesco en segundo grado de

consanguinidad o de afinidad de una sociedad que haya presentado

propuesta.

1. ANTECEDENTES4

Ley 80 de 1993

i) Quienes fueron miembros de la junta o consejo directivo o

servidores públicos de la entidad contratante, por el término de un

(1) año.

j) Las personas que tengan vínculos de parentesco, hasta el segundo

grado de consanguinidad, de afinidad o primero civil con los

servidores públicos de los niveles directivo, asesor, ejecutivo o con

los miembros de la junta o consejo directivo, o con las personas que

ejerzan el control interno o fiscal de la entidad contratante.

k) El cónyuge, compañero o compañera permanente del servidor

público en los niveles directivo, asesor, ejecutivo, o de un miembro

de la junta o consejo directivo, o de quien ejerza funciones de control

interno o de control fiscal

1. ANTECEDENTES4

Ley 80 de 1993

l) Los miembros de las juntas o consejos directivos. Esta

incompatibilidad sólo se predica respecto de la entidad a la cual

prestan sus servicios y de las del sector administrativo al que la

misma esté adscrita o vinculada.

1. ANTECEDENTES4

Ley 80 de 1993 ARTICULO 39.- DE LA FORMA DEL CONTRATO ESTATAL- Parágrafo:

No habrá lugar a celebración de contrato con formalidades plenas, en

función de los presupuestos anuales de las entidades y expresados en

SMLMV.

DE A CUANTÍA MÍNIMA

6.000.000 MAS 2.500

4.000.000 6.000.000 1.000

2.000.000 4.000.000 300

1.000.000 2.000.000 50

500.000 1.000.000 40

250.000 500.000 30

120.000 250.000 20

0 120.000 15

1. ANTECEDENTES4

Ley 361 de 1997

Por la cual se establecen mecanismos de integración social de la

personas con limitación y se dictan otras disposiciones.

Artículo 24-

Los particulares empleadores que vinculen laboralmente personas con

limitación tendrán las siguientes garantías:

A que sean preferidos en igualdad de condiciones en los procesos de

licitación, adjudicación y celebración de contratos, sean estos públicos o

privados si estos tiene en sus nóminas por lo menos un mínimo del

10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad enunciadas

en la presente ley debidamente certificadas por la oficina de trabajo de

la respectiva zona y contratados por lo menos con anterioridad de un

año; igualmente deberán mantenerse por un lapso igual al de la

contratación.

1. ANTECEDENTES4

Ley 361 de 1997

Prelación en el otorgamiento de créditos subvenciones de organismos

estatales, siempre y cuando estos se orienten al desarrollo de planes y

programas que impliquen la participación activa y permanente de

personas con limitación.

El Gobierno fijará las tasas arancelarias a la importación de maquinaria

y equipo especialmente adoptados o destinados al manejo de personas

con limitación. El Gobierno clasificará y definirá el tipo de equipos que

se consideran cubiertos por el beneficiario.

1. ANTECEDENTES4

Ley 816 de 2003

Por medio de la cual se apoya a la industria nacional a través de la

contratación pública. Comprende 4 artículos básicos.

ARTÍCULO 1o. Las entidades de la administración pública que, de

acuerdo con el régimen jurídico de contratación que le sea

aplicable, deban seleccionar a sus contratistas a través de

licitaciones, convocatorias o concursos públicos, o mediante cualquier

modalidad contractual, excepto aquellas en que la ley no obligue a

solicitar más de una propuesta, adoptarán criterios objetivos que

permitan apoyar a la industria nacional.

1. ANTECEDENTES4

Ley 816 de 2003

Parágrafo. Parágrafo modificado por el artículo 51 del Decreto 19 de

2012. El nuevo texto es el siguiente:

Se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos

bienes y servicios originarios de los países con los que Colombia ha

negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos

países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se

les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios

nacionales. La acreditación o demostración de tal circunstancia se hará

en los términos que señale el reglamento

1. ANTECEDENTES4

Ley 905 de 2004

Promoción del desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa

colombiana

Estimular la promoción y formación de mercados altamente

competitivos mediante el fomento a la permanente creación y

funcionamiento de la mayor cantidad de micro, pequeñas y medianas

empresas, Mipymes.

1. ANTECEDENTES4

Ley 996 de 2005

Artículo 33. Restricciones a la Contratación Pública. Durante los cuatro

(4) meses anteriores a la elección presidencial y hasta la realización de

la elección en la segunda vuelta, si fuere el caso, queda prohibida la

contratación directa por parte de todos los entes del Estado.

Queda exceptuado lo referente a la defensa y seguridad del Estado, los

contratos de crédito público, los requeridos para cubrir las emergencias

educativas, sanitarias y desastres, así como también los utilizados para

la reconstrucción de vías, puentes, carreteras, infraestructura

energética y de comunicaciones, en caso de que hayan sido objeto de

atentados, acciones terroristas, desastres naturales o casos de fuerza

mayor, y los que deban realizar las entidades sanitarias y hospitalarias.

1. ANTECEDENTES4

Ley 1150 de 2007

Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la

transparencia en la ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones

generales sobre la contratación con recursos públicos.

Modalidades de la Contratación:

• Licitación pública

• Selección abreviada,

• Concurso de méritos

• Contratación directa

1. ANTECEDENTES4

Ley 1150 de 2007

Licitación pública:

Según lo dispuesto por la Ley 80 de 1993 “se entiende por licitación

pública el procedimiento mediante el cual la entidad estatal formula

públicamente una convocatoria para que, en igualdad de

oportunidades, los interesados presenten sus ofertas y seleccione entre

ellas la más favorable”.

Cuando procede la licitación pública:

* Objeto complejo y de mayor cuantía

* Obra pública de mayor cuantía

* Consultoría acompañada de diseño y construcción

* Concesión.

1. ANTECEDENTES4

Ley 1150 de 2007

Selección abreviada:

La Selección abreviada corresponde a la modalidad de selección objetiva

prevista para aquellos casos en que por las características del objeto a

contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación

del bien, obra o servicio, puedan adelantarse procesos simplificados para

garantizar la eficiencia de la gestión contractual.

1. ANTECEDENTES4

Ley 1150 de 2007

Concurso de méritos:

Corresponde a la modalidad prevista para la selección de consultores o

proyectos, en la que se podrán utilizar sistemas de concurso abierto o de

precalificación. En este último caso, la conformación de la lista de

precalificados se hará mediante convocatoria pública, permitiéndose

establecer listas limitadas de oferentes utilizando para el efecto, entre

otros, criterios de experiencia, capacidad intelectual y de organización de

los proponentes, según sea el caso.

1. ANTECEDENTES4

Ley 1150 de 2007

Contratación directa:

La modalidad de selección de contratación directa, solamente procederá

en los siguientes casos:

a) Urgencia manifiesta

b) Contratación de empréstitos

c) Contratos interadministrativos

1. ANTECEDENTES4

Ley 1150 de 2007

Subasta:

La Ley 1150 de 2007 estableció el mecanismo de subasta inversa para la

adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas

uniformes y de común utilización por parte de las entidades, que

corresponden a aquellos que poseen las mismas especificaciones

técnicas, con independencia de su diseño o de sus características

descriptivas, y comparten patrones de desempeño y calidad objetivamente

definidos.

1. ANTECEDENTES4

Ley 1150 de 2007

La subasta puede adelantarse de manera electrónica o presencial y en

cualquiera de los casos deben ser publicados los documentos en el

Secop. Para esta modalidad de selección y de acuerdo con los

documentos que deben ser publicados los estados en el sistema son los

siguientes:

• Convocado

• Celebrado

• Adjudicado

• Liquidado

• Terminado sin liquidar

1. ANTECEDENTES4

Ley 1150 de 2007

El Gobierno Nacional tendrá la facultad de estandarizar las condiciones

generales de los pliegos de condiciones y los contratos de las entidades

estatales, cuando se trate de la adquisición o suministro de bienes y

servicios de características técnicas uniformes y de común utilización por

parte de las entidades.

El Secop será administrado por el organismo que designe el Gobierno

Nacional, sin perjuicio de la autonomía que respecto del SICE confiere la

Ley 598 de 2000 a la Contraloría General de la República.

1. ANTECEDENTES4

Ley 1150 de 2007

ARTÍCULO 8o. De la publicación de proyectos de pliegos de

condiciones, y estudios previos.

Con el propósito de suministrar al público en general la información que le

permita formular observaciones a su contenido, las entidades publicarán

los proyectos de pliegos de condiciones o sus equivalentes, en las

condiciones que señale el reglamento. La información publicada debe ser

veraz, responsable, ecuánime, suficiente y oportuna.

La publicación de los proyectos de pliegos de condiciones o sus

equivalentes no genera obligación para la entidad de dar apertura al

proceso de selección.

1. ANTECEDENTES4

Ley 1150 de 2007

Junto con los proyectos de pliegos de condiciones se publicarán los

estudios y documentos previos que sirvieron de base para su elaboración.

Las Entidades deberán publicar las razones por las cuales se acogen o

rechazan las observaciones a los proyectos de pliegos.

1. ANTECEDENTES4

Ley 1150 de 2007

Pasos para el proceso de la Contratación Estatal.

* Estudios previos.(Conducente, pertinente, conveniente)

* Registro Único de Precios de Referencia, RUPR

* Establecer los ítems

* Determinar los permisos, licencias y autorizaciones requeridos (Si

hay lugar)

* Determinar el impacto social ambiental (Si hay lugar)

* Consulta sobre impuestos

* Análisis del mercado

* Elaboración del presupuesto

* Determinación del Sistema de Precios

1. ANTECEDENTES4

Ley 1150 de 2007

* Selección de la forma de pago

* Estimación de los costos por ajustes e imprevistos

* Determinación y procedimiento de selección del contratista

* Verificación de la apropiación presupuestal

* Programación de la contratación

* Programación del desarrollo del contrato.

1. ANTECEDENTES4

Ley 1150 de 2007

Principios de la Contratación Estatal:

Las actuaciones de quienes intervengan en la contratación estatal se

desarrollarán con arreglo a los principios de transparencia, economía y

responsabilidad y de conformidad con los postulados que rigen la función

administrativa. Igualmente, se aplicarán en las mismas las normas que

regulan la conducta de los servidores públicos, las reglas de

interpretación de la contratación, los principios generales del derecho y

los particulares del derecho administrativo.

1. ANTECEDENTES4

Ley 1450 de 2011

Artículo 12. Promoción del desarrollo en la Contratación Pública.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 13, 333 y 334 de la

Constitución Política, el Gobierno Nacional definirá las condiciones y los

montos de acuerdo con los compromisos internacionales vigentes, para

que en desarrollo de los procesos de selección, las entidades estatales

adopten en beneficio de las Mipymes, convocatorias limitadas a estas en

las que, previo a la Resolución de apertura del proceso respectivo, se

haya manifestado el interés del número plural de Mipymes que haya sido

determinado en el reglamento.

1. ANTECEDENTES4

Ley 1450 de 2011

Asimismo, el reglamento podrá establecer condiciones preferenciales en

favor de la oferta de bienes y servicios producidos por las

Mipymes, respetando los montos y las condiciones contenidas en los

compromisos internacionales vigentes.

En todo caso, se deberá garantizar la satisfacción de las condiciones

técnicas y económicas requeridas en la contratación y, realizarse la

selección de acuerdo con las modalidades de selección a las que se

refiere el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.

1. ANTECEDENTES4

Ley 1450 de 2011

De igual forma, en los pliegos de condiciones las entidades

estatales, dispondrán, de mecanismos que fomenten en la ejecución de

los contratos estatales la provisión de bienes y servicios por población en

pobreza extrema, desplazados por la violencia, personas en proceso de

reintegración y, sujetos de especial protección constitucional en las

condiciones que señale el reglamento; siempre que se garanticen las

condiciones de calidad y cumplimiento del objeto contractual.

Parágrafo 1°.

En los procesos de selección que se desarrollen con base en el primer

inciso, las entidades podrán realizar las convocatorias limitadas que

beneficien a las Mipymes del ámbito municipal o departamental

correspondiente al de la ejecución del contrato.

1. ANTECEDENTES4

Decreto Ley 4170 de 2011

Por el cual se crea la Agencia Nacional de Contratación Pública –

Colombia Compra Eficiente.

El país genera una política clara y unificada en materia de compras y

contratación pública, con lineamientos que sirvan de guía a los

administradores públicos en la gestión y ejecución de recursos, que

permita que su quehacer institucional pueda ser medido, monitoreado y

evaluado y genere mayor transparencia en las compras y la contratación

pública.