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European Investment Bank Annual Report to the Board of Governors AUDIT COMMITTEE Annual Report to the Board of Governors For the 2004 financial year 7 June 2005

Annual Report to the Board of Governors for the 2004 ... · favorables para diferentes tipos de operaciones. Calidad de la cartera de préstamos: El Banco ha realizado nuevos progresos

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European Investment Bank Annual Report to the Board of Governors

AUDIT COMMITTEE

Annual Report to the Board of Governors

For the 2004 financial year

7 June 2005

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COMITÉ DE VIGILANCIA

INFORME ANUAL AL CONSEJO DE GOBERNADORES

relativo al año 2004

Índice: 1. INTRODUCCIÓN ................................................................................... 1 2. EVOLUCIÓN INTERNA DEL BANCO................................................... 1

2.1. Evolución de las actividades del Banco .................................... 1 2.2. Medidas de importancia adoptadas por el Banco...................... 2 2.3. Iniciativas específicas del Comité de Vigilancia ........................ 5

3. REVISIÓN DE LAS TAREAS DE AUDITORÍA ...................................... 7 3.1. Auditor Externo ........................................................................... 7 3.2. Evaluación y Auditoría Interna ................................................... 8 3.3. Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) .................. 8 3.4. Tribunal de Cuentas Europeo .................................................... 9 4. ESTADOS FINANCIEROS A 31 DE DICIEMBRE DE 2004

Y DECLARACIONES ANUALES DEL COMITÉ DE VIGILANCIA ........ 9

5. PROGRAMA DE TRABAJO PARA 2005/2006 ..................................... 10 6. CONCLUSIÓN ........................................................................................ 10

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1. INTRODUCCIÓN La misión estatutaria del Comité de Vigilancia consiste en verificar la regularidad de las operaciones y de los libros contables del Banco. Las tareas centrales del Comité estriban en revisar los trabajos realizados por el Auditor Externo y procurar la coordinación de dichos trabajos con la labor de la Auditoría Interna; preservar la independencia e integridad de las funciones de auditoría; velar porque sea dado el oportuno curso a las recomendaciones de auditoría; y comprender y comprobar la forma en que la Dirección evalúa la idoneidad y eficacia de los sistemas internos de control, de la gestión de riesgos y de la administración interior. Además, el Comité debe determinar si los estados financieros y cualquier otra información financiera contenida en las cuentas anuales elaboradas por el Consejo de Administración ofrecen, en el activo como en el pasivo, una visión justa y verídica de la situación financiera del Banco, así como de los resultados de sus operaciones y de sus flujos de tesorería durante el ejercicio considerado. Idéntica confirmación debe ser aportada por el Comité con respecto a la versión consolidada de los estados financieros. El presente Informe Anual del Comité de Vigilancia al Consejo de Gobernadores ofrece un resumen de las actividades del Comité durante el pasado año. La Declaración del Comité en torno a los estados financieros del Banco contempla el ejercicio de 2004; los demás aspectos del Informe hacen referencia al periodo transcurrido desde la última Reunión Anual del Consejo de Gobernadores. Se acompaña un informe separado en torno a las actividades desarrolladas por el Comité con respecto al Fondo de Inversión. 2. EVOLUCIÓN INTERNA DEL BANCO 2.1. Evolución de las actividades del Banco El Comité de Vigilancia ha tomado buena nota de varios acontecimientos recientes que podrían incidir de un modo u otro sobre su actividad y ha supervisado la evolución de los temas identificados en el Informe Anual 2003 del Comité. Necesidades de auditoría en relación con la adhesión de los nuevos Estados miembros: La contribución de los nuevos Estados miembros al capital, reservas y provisiones del Banco, incluido el resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias, fue determinada en fecha de 30 de abril de 2004. En esa misma fecha el Banco adoptó sus estados financieros no consolidados y (en aplicación de los procedimientos de descargo relativos a los estados financieros del Banco) el Comité de Vigilancia aprobó los estados financieros refrendados por el correspondiente informe del Auditor Externo. Fondo de Inversión: En aplicación del Acuerdo de Cotonú (que sucede al Convenio de Lomé), el Banco interviene en los Estados de África, del Caribe y del Pacífico (ACP) y en los Países y Territorios de Ultramar (PTU) con cargo a recursos de los Estados Miembros en el marco del Fondo de Inversión y también con cargo a recursos propios. El Fondo de Inversión comenzó a funcionar oficialmente el día 1 de abril de 2003. Desde entonces. el Comité de Vigilancia ha venido supervisando las actividades del Fondo de Inversión y ha firmado una declaración sobre los estados financieros relativos al mismo. El Comité de Vigilancia concurre con las propuestas del Banco en el sentido de delimitar la gestión del Fondo de Inversión para permitir una clara identificación de los gastos y la remuneración en 2005. Fondo Euro-Mediterráneo de Inversión y Asociación (FEMIP): A raíz de la decisión adoptada en diciembre de 2003 por el Consejo ECOFIN, FEMIP fue "reforzado" en 2004 mediante la introducción de varios nuevos elementos y actividades (ya en vigor):

i) el Paquete Especial FEMIP para potenciar los préstamos al sector privado; ii) el Fondo Fiduciario FEMIP sufragado por los Estados miembros y destinado a

financiar actividades preliminares de asistencia técnica y operaciones de capital-riesgo en la región, con contabilidad, reporting y auditorías separados;

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iii) la introducción de una reunión ministerial anual de FEMIP, preparada por dos reuniones de un grupo de expertos de alto nivel;

iv) la inauguración de una oficina local en Túnez (con la subsiguiente apertura de otra oficina local de FEMIP en Rabat en mayo de 2005).

La Dirección del Banco ha identificado en 2004 varios aspectos importantes a mejorar en relación con los procedimientos y el reporting de la Facilidad de Capital-Riesgo financiada por la CE en el Mediterráneo. En particular, los niveles de supervisión aplicados a anteriores mandatos de préstamo en el Mediterráneo deben ser reforzados en el contexto de las operaciones de FEMIP. El Comité de Vigilancia aprueba las medidas adoptadas y previstas con respecto a la gestión de las operaciones de capital-riesgo en el marco de FEMIP. El Comité de Vigilancia reconoce su responsabilidad de asegurar la debida supervisión de las actividades del Fondo Fiduciario FEMIP y de firmar una declaración sobre los estados financieros relativos al Fondo para 2005 y los años ulteriores. Pérdidas de oportunidad en divisas: El Banco experimentó en 2004 resultados imprevistos (con un impacto financiero limitado) en relación con un pequeño número de posiciones en divisas que no fueron declaradas en la forma prescriptiva ni por consiguiente cubiertas en tiempo oportuno. El Comité de Vigilancia estima que el Banco reaccionó correctamente al encargar a la Auditoría Interna una investigación de las circunstancias de dichas situaciones, renegociar algunos acuerdos e introducir mejoras en los controles de reporting y en la atribución de responsabilidades. Captación de recursos en 2004 para 2005: El Plan de Operaciones 2005-2007 contiene una autorización global de empréstito de 50 000 millones de EUR para el año 2005. El Consejo de Administración dio su autorización para que un tramo de 5 000 millones de EUR tomado del programa de empréstito para 2005 fuera utilizado durante el año 2004 (2003: 5 000 millones de EUR), a condición de que las condiciones reinantes en los mercados de capitales resultaran favorables para diferentes tipos de operaciones. Calidad de la cartera de préstamos: El Banco ha realizado nuevos progresos en cuanto al reporting de los riesgos de crédito, por ejemplo mediante el uso de sofisticadas mediciones de la concentración basadas en el "valor de crédito expuesto a riesgo" (credit value at risk) que reflejan mejor las correlaciones de riesgo existentes en la cartera de préstamos. El Comité de Vigilancia ha revisado cada uno de los informes trimestrales compilados por el Banco en materia de riesgo de crédito y ha podido comprobar que la calidad global de crédito de la cartera de préstamos dentro de la UE se ha mantenido a elevado nivel en términos de los ratings atribuidos a las diferentes operaciones. La distribución por ratings de la cartera de préstamos al final del ejercicio sirve de base para determinar el nivel del Fondo para Riesgos Bancarios Generales. Pues bien, la dotación de dicho Fondo a 31 de diciembre de 2004 es inferior en 135 millones de EUR a la de fines de 2003, principalmente porque a raíz del ingreso de los diez nuevos Estados miembros ya no es aplicable la tasa de aprovisionamiento del 1% que había regido durante la fase pre-adhesión para las operaciones en dichos países. De no ser por ello, sin embargo, el Fondo de Riesgos Bancarios Generales se habría acrecentado en aproximadamente 25 millones de EUR. El Comité de Vigilancia toma nota de que el Banco ha acordado incrementar las provisiones para préstamos específicos por apreciarse indicios objetivos de la existencia de un riesgo de impago. 2.2. Medidas de importancia adoptadas por el Banco Desde la perspectiva del Comité de Vigilancia son varias las medidas de importancia que el Banco ha adoptado para hacer frente a la mutación de su entorno y gestionar los riesgos resultantes de la evolución de sus actividades: Consecución de objetivos: Los objetivos institucionales del Banco para 2004 eran contribuir a los objetivos de la política de la UE a través de las Operaciones de Préstamo Prioritarias, el Valor Añadido y una mayor Transparencia / Responsabilización. El Banco se había fijado asimismo ciertas metas en orden a la satisfacción de las aspiraciones de los clientes, la mejora de la gestión financiera y la creación de una estructura interna (con los procesos conexos) apropiada para sustentar las actividades. El grado de éxito alcanzado por el Banco se mide por los Key

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Performance Indicators definidos en el Plan de Operaciones 2004-2006 y aprobados en tal contexto por el Consejo de Administración 1. El Comité de Vigilancia se ha mantenido al corriente de los progresos realizados por el Banco de cara a las metas fijadas para 2004 en relación con cada uno de los antedichos objetivos, constatando que el Banco ha alcanzado más del 95% de las metas señaladas y ha rebasado incluso dichas metas en algunos respectos. El nuevo Plan de Operaciones 2005-2007 aprobado en diciembre de 2004 ha sido establecido tras la adhesión de los diez nuevos Estados miembros y en el contexto de la revisión de los objetivos institucionales del Banco. El Banco se propone (a) intensificar aún más la atención prestada a los tres grandes pilares de su estrategia para resaltar la concordancia de la actividad de préstamo con los objetivos prioritarios de la UE centrándose sobre el valor añadido; y (b) continuar adaptando las políticas y las prácticas en materia de gobernanza societaria, incluyendo la transparencia y la gestión de riesgos. En el aspecto de la gobernanza, el Banco está adoptando medidas acordes con su doble carácter de institución financiera y organismo europeo al servicio de las políticas de la UE. El presupuesto para 2005 habilita recursos suplementarios con destino a temas específicos vinculados a las operaciones de financiación del Banco. Responsabilización y transparencia: En los últimos años, el Consejo de Gobernadores ha reforzado la dimensión del BEI en cuanto banco público de inspiración política. Consciente de las crecientes exigencias de responsabilización democrática que están siendo planteadas a las instituciones europeas, el Banco desarrolla un diálogo constructivo con el Parlamento Europeo y más particularmente con su Comité de Asuntos Económicos y Monetarios en torno a la contribución del BEI a las diversas políticas de la UE. Los sucesivos informes elaborados por dicho Comité a lo largo de los años han ayudado al Banco a progresar en el sentido de las orientaciones políticas impartidas por el Parlamento Europeo. Entre las iniciativas concretas adoptadas en 2004 cabe destacar: - la publicación de la Política de Transparencia del Banco (con los correspondientes planes de

acción) y la primera Declaración anual sobre la Gobernanza; - la declaración de los intereses profesionales y financieros de los miembros del Comité de

Dirección; - la divulgación de los curricula vitae de los miembros del Consejo de Administración y del

Comité de Vigilancia (incrementando la transparencia y la responsabilización en previsión de posibles conflictos de intereses).

El Comité de Vigilancia toma nota de que varios artículos de prensa en 2004/2005 han reclamado del Banco una transparencia aún mayor. Sin embargo, el Comité de Vigilancia ve con agrado los avances (ya realizados o en perspectiva) del Banco en orden a una mayor divulgación. Función de verificación de la conformidad: Con el fin de reforzar la función del Grupo BEI referente a los aspectos de conformidad y en aplicación de las directrices promulgadas por el Comité de Basilea en la materia, el Banco se propone crear un puesto de responsable de la verificación de la conformidad que tendrá a su cargo la asesoría, supervisión y reporting en relación con el "riesgo de conformidad" del Grupo BEI. Concretamente, se atenderá al riesgo de sanciones legales o regulatorias, pérdida financiera o pérdida de reputación que pudieren irrogarse al Banco por razón del incumplimiento de cualesquiera leyes, reglamentos, códigos de conducta y normas de buena práctica aplicables. Al hacerlo se tendrá también en cuenta el carácter especial del BEI como institución financiera y organismo de la Unión Europea. El Comité de Vigilancia, que ya en su Informe Anual relativo al ejercicio de 2003 había hecho hincapié en la creciente importancia y pertinencia de dicha problemática, respalda plenamente este trascendental paso al frente dado por el Banco. Políticas, procedimientos y reporting en materia de gestión de riesgos: El Banco reorganizó en noviembre de 2003 sus funciones de gestión de riesgos unificando la responsabilidad de los riesgos de crédito, de gestión de activo/pasivo (GAP), de mercado y operacionales bajo la égida de una

1 En el Plan de Operaciones 2004-2006 se definían asimismo otros Key Performance Indicators.

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nueva Dirección de Gestión de Riesgos (RM) independiente. Consecuencia de ello ha sido en 2004/2005: - Directrices revisadas de política de riesgo: Entre los cambios introducidos cabe señalar:

• Boletines de política de riesgo con respecto a: los nuevos criterios de admisibilidad para los préstamos del Banco, el Paquete Especial FEMIP, el sistema de límites aplicable a las operaciones según los "criterios mínimos aceptables" y los sub-límites aplicables a los préstamos de firma única y riesgo único.

• Promulgación en diciembre de 2004 de nuevas Directrices en materia de Riesgo Financiero y de GAP aplicables en particular a la gestión de los riesgos inherentes a los empréstitos estructurados o a las emisiones en los nuevos mercados de capitales (incluido el cómputo del justo valor de dichas nuevas transacciones) y de una nueva política en materia de riesgo de cambio monetario en relación con los márgenes futuros sobre préstamos. Las Directrices prescriben asimismo la generalización de los dictámenes emitidos por la Dirección de Gestión de Riesgos (con independencia de las unidades operacionales) en torno a los documentos estratégicos relativos a las operaciones de captación de recursos y tesorería, así como a ciertas operaciones que rebasan el límite de la delegación otorgada por el Comité de Dirección a la Dirección de Finanzas.

- Análisis de la conformidad con Basilea II - Aun no estando sometido a supervisión externa,

el Banco tiene a gala cumplir y aplicar las principales normas bancarias de la UE y las "mejores prácticas" del mercado. A raíz de la promulgación en junio de 2004 del "Revised framework for international convergence of Capital Measurement and Capital Standards", se ha iniciado un estudio con el fin de determinar cuáles serían las implicaciones para el Banco en caso de procederse a su aplicación.

- Creación de un Comité de Modelación para secundar la labor del Comité de Nuevos

Productos analizando los aspectos metodológicos del desarrollo de modelos de evaluación de activos y de fijación de precios.

- Un nuevo marco de reporting con un formato más completo que incluye los riesgos de

crédito, financieros y operacionales con las correspondientes responsabilidades, políticas, metodologías de evaluación y exigencias de divulgación.

Reporting de gestión de riesgos: El Comité de Vigilancia ha revisado los diversos informes sobre cuestiones de gestión de riesgos en el BEI y aprecia con satisfacción una sensible mejora de la explicación y exposición de las consideraciones de riesgo. Los temas esenciales examinados son efectivamente los que mayor importancia revisten a este respecto en opinión del Comité. En cuanto a los fallos de los mecanismos de control que fueron constatados por el Banco en 2002-2003 (y debidamente comentados por el Comité de Vigilancia en sus Informes Anuales), no se le oculta al Comité que la mayor frecuencia aparente de tales incidentes puede deberse a una mayor eficacia del reporting y no necesariamente al debilitamiento de los controles o al empeoramiento de la situación real. El Comité está persuadido de que ha mejorado la calidad del reporting de las eventualidades de riesgo en el Banco (según lo explicitado más adelante), no obstante lo cual continúa exigiendo pruebas fehacientes de que se intenta por todos los medios contener el número e importancia de las disfunciones. La supervisión de los proyectos y las operaciones comprende el seguimiento de los proyectos en fase de realización y de las contrapartes (promotores, prestatarios y garantes) desde el momento de la firma del contrato hasta la amortización final del préstamo. En fecha de 1 de enero de 2005 se implantaron procedimientos revisados para subsanar las deficiencias conocidas de la supervisión, en especial con respecto a las definiciones de la Supervisión de Proyectos (el seguimiento de la operación a nivel del proyecto individual, que se divide en seguimiento físico y seguimiento financiero) y la Supervisión de Contrapartes (seguimiento y controles financieros de los prestatarios y garantes involucrados en uno o varios proyectos). Los procedimientos establecen asimismo una neta delimitación de las responsabilidades. Recordando que desde 2001 varios informes de auditoría han hecho hincapié sobre diferentes aspectos de los procedimientos de supervisión, el

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Comité se congratula de los progresos realizados en este particular. El Comité solicitará del Banco frecuentes informes en torno a la eficacia y la eficiencia de los procedimientos en la práctica, particularmente habida cuenta de que algunos procedimentos de supervisión deben ser introducidos de manera gradual a lo largo de un periodo de varios años. Normativa en materia de viajes: Cada año los agentes del BEI efectúan más de 6 000 viajes de carácter profesional por todo el mundo para desarrollar la actividad del Banco y representar sus intereses, que son al mismo tiempo los intereses de la Unión Europea. Con la ulterior ampliación de la UE y los nuevos mandatos impartidos al Banco, la necesidad de viajar no disminuirá ciertamente y la organización de los desplazamientos se hará cada vez más compleja. En junio de 2004 el Banco revisó sus políticas de viajes, las cuales son aplicables a todas las personas que viajan en nombre o por cuenta del Banco, sea cual fuere su categoría o ubicación geográfica. El Comité de Vigilancia estima como el Banco que las políticas revisadas contribuirán a racionalizar los viajes oficiales del BEI en un contexto económico que hace cada vez más indispensable la disciplina de costes. Guías en materia de contratación pública: La Guía dirigida a los promotores de proyectos financiados total o parcialmente con préstamos concedidos o garantizados por el Banco para explicar las normas a seguir en orden a la adjudicación de los correspondientes contratos de suministros y servicios fue revisada por el Banco en febrero de 2004. La Guía se aplica específicamente a los componentes de cada proyecto que han sido seleccionados para recibir financiación del Banco, no obstante lo cual el Banco estipula que la contratación de los demás componentes del proyecto no ha de comprometer la viabilidad técnica, económica y financiera del conjunto. A comienzos de 2005 se publicó también una Guía revisada en torno a la contratación pública de obras, suministros, servicios por parte del propio Banco, cuya finalidad es poner de manifiesto que el BEI, como institución comunitaria que es, acata la legislación de la UE en la materia. El Comité de Vigilancia acoge con satisfacción estas Guías revisadas y aplaude el empeño proactivo del Banco por incrementar la claridad con respecto a los métodos de contratación utilizados. Estrategia de IT: El Banco sigue llevando adelante su programa ISIS de sistemas de información, iniciado en 2000 con la modernización de la infraestructura de IT (culminada an 2002) y continuado con la implantación de toda una serie de nuevas aplicaciones de IT que se ha prolongado hasta 2004/2005. Aproximándose ya a su terminación este ambicioso programa destinado a renovar buena parte de los sistemas y de la infraestructura informáticos del Banco, el Comité de Vigilancia exigirá una evaluación de la eficacia y la eficiencia de esta inversión. El Comité de Vigilancia toma nota de que el Banco ha redefinido su estrategia futura en materia de IT para complementar las directrices y objetivos señalados en el Plan de Operaciones 2005-2007. Dicha estrategia aparece centrada sobre la contención de los costes informáticos del Banco, la seguridad y disponibilidad sistémicas, las pericias de IT y la instauración de procesos informáticos end-to-end con implicación de los usuarios y del personal de IT. Paralelamente, el Banco ha establecido un modelo de gobernanza informática consistente en varios comités "en cascada" integrados por usuarios y especialistas con la misión de adoptar las correspondientes decisiones y definir los aspectos de responsabilización y de responsabilidad. 2.3. Iniciativas específicas del Comité de Vigilancia El Comité de Vigilancia ha adoptado asimismo varias iniciativas específicas en relación con sus propias tareas y responsabilidades, siendo de destacar las siguientes: Enmiendas al Reglamento Interior: El Reglamento Interior que entró en vigor el día 1 de mayo de 2004 contempla un incremento del número de observadores adscritos al Comité de Vigilancia. Los nuevos representantes se han incorporado satisfactoriamente al Comité durante 2004/2005. Por otra parte, el Reglamento Interior prevé un sistema de rotación entre los miembros del Comité de Vigilancia y los observadores adscritos al mismo. El Comité continúa depositando su confianza en los procedimientos de selección aplicados por el Consejo de Gobernadores para asegurarse de que los nuevos miembros y observadores posean la necesaria independencia, competencia, integridad y pericias según lo estipulado en el Reglamento Interior. El Comité aprecia en lo que vale la ayuda proporcionada por el Banco a fin de que todos los miembros y observadores comprendan y puedan

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demostrar un conocimiento e interpretación de las actividades del Banco y de las tareas y responsabilidades del Comité de Vigilancia. Nuevo concurso en orden a la designación del Auditor Externo: El contrato de auditoría externa con Ernst & Young, Luxemburgo, que había dado comienzo el día 1 de enero de 1997, expirará en la fecha de la aprobación definitiva de los estados financieros del ejercicio terminado a 31 de diciembre de 2004. Así pues, una de las principales actividades del Comité de Vigilancia en 2004 ha consistido en la selección de un auditor externo para un periodo de cuatro años a contar desde el 1 de enero de 2005. El actual titular fue autorizado a tomar parte en el concurso por no oponerse a ello impedimento legal alguno y también para procurar un nivel de competencia apropiado. El Comité de Vigilancia tiene la convicción de que el procedimiento de selección aprobado por el propio Comité y por el Comité de Dirección se ha desarrollado correctamente en todos los respectos, habiendo resultado nuevamente seleccionado el gabinete de Ernst & Young. Cada miembro del Comité de Vigilancia ha evaluado las candidaturas recibidas y la decisión se tomó en base a la puntuación obtenida por cada candidato con arreglo a unos criterios de adjudicación definidos de antemano. Interesa al Comité de Vigilancia dejar constancia de que el Comité de Dirección habría preferido fuera seleccionado otro gabinete por temor a que una permanencia prolongada en el puesto pudiera dar pábulo a recelos exteriores en cuanto a la independencia del Auditor Externo. Debe hacerse notar, sin embargo, que Ernst & Young prometió que en caso de ser reelegido aplicaría una rotación auténtica y adecuada de sus miembros encargados de este contrato (para asegurar su independencia frente a los altos cargos del Banco y al Comité de Dirección), como así lo ha hecho en realidad. Por otra parte, el riesgo de que los miembros/observadores del propio Comité puedan comprometer la independencia del Auditor Externo parece suficientemente mitigado habida cuenta de la constante rotación practicada en el seno del Comité de Vigilancia según lo prescrito en el Reglamento Interior. Un Manual revisado del Comité de Vigilancia ha sido aprobado por el Comité a comienzos de 2005 para reflejar las tareas y objetivos definidos en las versiones revisadas de los Estatutos y del Reglamento Interior del BEI 2. Las modificaciones más importantes son las siguientes:

• Reconocimiento de la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de las CE en julio de 2003 acerca de la relación entre el Banco y la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) y el marco jurídico correspondiente, la cual no hace sino corroborar la plena cooperación que el Banco venía ya practicando con OLAF.

• Alusión al Acuerdo Tripartito entre la Comisión Europea, el Tribunal de Cuentas y el Banco

Europeo de Inversiones, revisado en octubre de 2003; • Interpretaciones acualizadas de las responsabilidades del Comité de Vigilancia respecto de:

- el control interno y la gestión de riesgos; - la conformidad de las operaciones del Banco con el marco legal y regulatorio; - el reporting contable y financiero - la cooperación con la auditoría interna y externa - las responsabilidades en materia de reporting.

• Obligación impuesta a los miembros/observadores del Comité de Vigilancia de declarar cualquier ocupación o relación que pudiere ser considerada como incompatible con su necesaria independencia, a fin de que pueda enjuiciarse si el tema constituye impedimento grave para su pertenencia al Comité.

• Formalización de un procedimiento que permita al Comité de Vigilancia atender asuntos

urgentes que puedan surgir en el interior del Banco sin esperar a su próxima reunión;

2 El anterior Manual del Comité de Vigilancia databa de 17 de octubre de 1997.

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• Confirmación de la adopción por parte del Comité de Vigilancia de la Política de Viajes (revisada en 2004) aplicable al personal del Banco, al Comité de Dirección y al Consejo de Administración.

Estatuto del Comité de Vigilancia: El Comité estima que los textos revisados de los Estatutos, del Reglamento Interior y del Manual reflejan adecuadamente sus actuales políticas, misiones y prácticas de trabajo, por lo que no parece necesario elaborar un estatuto separado del Comité de Vigilancia según lo recomendado como mejor práctica en algunas jurisdicciones 3. Comunicación con el Banco y con el Auditor Externo: El Comité de Vigilancia había subrayado ya en su Informe Anual relativo al ejercicio de 2003 que tanto las actividades del Banco como el sector en que se inscriben están atravesando una fase de rápida mutación, siendo previsible que esta tendencia se mantenga en lo venidero. Es por ello que el Comité ha adoptado en 2004 unos métodos más formales para notificar a la Dirección del Banco y a los auditores los datos que precisa para desempeñar su misión. Además de la información que recibe habitualmente, el Comité ha solicitado y recibido de la Dirección de Asesoría Jurídica del Banco información satisfactoria en torno a los siguientes aspectos:

• los procesos del Banco destinados a garantizar un nivel apropiado de revisión de la eficacia del sistema de verificación de la observancia de las leyes, reglamentos y procedimientos internamente promulgados, así como de los resultados de la investigación y seguimiento por la Dirección de eventuales actos fraudulentos o infracciones;

• la aplicabilidad al Banco de la Ley Sarbanes Oxley de 2002 4 ; • la posición en materia de responsabilidad jurídica de los miembros del Comité de Vigilancia

y, por extensión, de los órganos estatutarios y decisorios del Banco.

Además, el Comité de Vigilancia ha solicitado del Auditor Externo información detallada acerca de:

• las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS) y el impacto de los cambios sobre los estados financieros del Grupo BEI;

• la evaluación de las inversiones de capital-riesgo. 3. REVISIÓN DE LAS TAREAS DE AUDITORÍA El Comité de Vigilancia ha celebrado en 2004 siete reuniones al objeto de revisar los trabajos de la auditoría interna y externa, habiendo mantenido además los oportunos contactos con el Tribunal de Cuentas Europeo. 3.1. Auditor Externo El Comité de Vigilancia ha revisado la descripción de las tareas del Auditor Externo y refrendado el énfasis por él depositado sobre los sistemas de IT, la evaluación de los productos estructurados e instrumentos financieros y las funciones de gestión de riesgos en orden a la supervisión del riesgo de mercado; la creación de mecanismos de inversión específicos (Fondo de Inversión de Cotonú, FEMIP), la cobertura de los riesgos de cambio sobre márgenes de préstamo y la observancia de las IFRS nuevas o revisadas. El Comité ha examinado los diversos informes elaborados por Ernst & Young y debatido en reuniones privadas otros temas importantes con los representantes de dicha firma. Por otra parte, el Comité ha llevado a cabo las verificaciones que ha estimado oportunas para cerciorarse de la independencia del Auditor Externo. 3 Securities and Exchange Commission (SEC), a propósito de las nuevas normas propuestas y adoptadas por el New York Stock Exchange (NYSE) y el Nasdaq Stock Market, Inc. (NASDAQ) en orden al reforzamiento de sus exigencias en materia de gobernanza a efectos de la admisión a cotización, noviembre de 2003. 4 En opinión de la Dirección de Asesoría Jurídica del Banco, la SEC ha dado a entender claramente que no considera la Ley Sarbanes Oxley aplicable a las entidades (como el Banco) que han presentado el formulario 18-K.

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3.2. Evaluación y Auditoría Interna En febrero de 2005 la Auditoría Interna y el Departamento de Evaluación de las Operaciones se han unificado para constituir un único departamento autónomo bajo la autoridad del Inspector General, quien tiene a su cargo las consultas, el enlace y la cooperación con el Comité de Vigilancia y con los organismos exteriores a tenor del estatuto de la Auditoría Interna y del mandato impartido a Evaluación de las Operaciones. El Comité de Vigilancia se congratula especialmente del mayor relieve conferido a la Auditoría Interna en el interior del Banco. El Comité de Vigilancia revisa y debate cada uno de los informes producidos por la Auditoría Interna / Marco de Control Interno. De manera general, el Comité considera satisfactorio el curso dado por el Banco a las recomendaciones de auditoría internas y externas. Como ya se ha indicado en otras ocasiones, el Comité aprecia la utilidad de los ejercicios de marco de control interno (MCI) como medio de comprobar la eficacia y la eficiencia de los controles internos. El Comité ha sido informado de que los principales procesos del Banco se hallan ya cubiertos por los correspondientes MCI y continuará supervisando su extensión a las demás áreas importantes. Habida cuenta de que el comienzo de su introducción se remonta a 1999, el Comité ha pedido confirmación de que los MCI van siendo debidamente actualizados al compás de la evolución de las actividades y de la implantación de nuevos sistemas de aplicaciones. La Auditoría Interna sigue teniendo a su cargo la coordinación de las investigaciones en caso de sospechas de conducta fraudulenta. Le incumbe a este respecto i) informar a la Dirección de cualesquiera alegaciones de fraude en el interior del Banco o en relación con proyectos financiados por el Banco, ii) facilitar información sobre el particular a fin de que sean tomadas las medidas oportunas y iii) informar y brindar cooperación a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude si procede. La evolución de los casos de supuesto fraude es regularmente comunicada al Comité de Vigilancia y debatida por éste. El Comité de Vigilancia ha recibido, y continuará requiriendo, confirmación periódica de que el programa de trabajo de la Auditoría Interna va desenvolviéndose normalmente y de que los recursos de auditoría se mantienen a un nivel suficiente. El Comité de Vigilancia ha sido consultado en orden a la elaboración del programa de trabajo de la Auditoría Interna / MCI para 2005/2006. La División de Evaluación de las Operaciones tiene a su cargo las actividades de evaluación ex-post y la coordinación del proceso de auto-evaluación del Banco. Garantiza la transparencia ante las instancias dirigentes del BEI y frente a los terceros interesados realizando y publicando en el website del Banco evaluaciones temáticas, sectoriales y regionales (o por países) de proyectos en su día financiados y ya puestos en servicio. Ello permite a los observadores exteriores conocer mejor la labor del Banco e incita a éste a sacar las debidas conclusiones de la experiencia adquirida. El Comité de Vigilancia ha recibido copias de todos los informes de evaluación publicados en 2004. 3.3. Oficina de Lucha contra el Fraude (OLAF) La sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en julio de 2003 ha dotado al Banco de un marco jurídico para continuar su plena cooperación con la Oficina de Lucha contra el Fraude (OLAF), el organismo específicamente creado por la UE para combatir el fraude y la corrupción. El Comité de Vigilancia ha recabado de la Dirección del Banco seguridades de que se ha seguido informando a OLAF (al mismo tiempo que al Comité de Vigilancia) de la apertura de cada investigación emprendida por el Banco en relación con sospechas de fraude y periódicamente de su evolución ulterior. El Comité de Vigilancia es asimismo informado acerca de las investigaciones realizadas conjuntamente por el Banco y OLAF. El Comité considera que la relación entre el Banco y Olaf se desenvuelve de manera satisfactoria.

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3.4. Tribunal de Cuentas Europeo El Comité de Vigilancia ha continuado sus relaciones con el Tribunal de Cuentas en el marco del nuevo acuerdo tripartito suscrito en octubre de 2003 entre el Banco, la Comisión y el Tribunal de Cuentas. Durante 2004 no se ha llevado a cabo ninguna auditoría sobre el terreno conjuntamente con el Tribunal de Cuentas. Por otra parte, las auditorías de 2004 sobre temas relativos al Banco no han sido aún finalizadas por el Tribunal. 4. ESTADOS FINANCIEROS A 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y DECLARACIONES ANUALES

DEL COMITÉ DE VIGILANCIA El Comité de Vigilancia ha examinado los estados financieros consolidados y no consolidados del ejercicio de 2004, incluidos los del Fondo de Inversión, a base de revisar los informes elaborados por Ernst & Young y recabar detalles adicionales con respecto a determinados aspectos siempre que lo ha juzgado necesario. Una vez más en 2004, las cuentas no consolidadas han sido confeccionadas con arreglo a los principios generales de la Directiva europea aplicable; las consolidadas se atienen a los principios generales de la Directiva europea aplicable y a las Normas Internacionales de Información Financiera-IFRS (antes denominadas "normas internacionales de contabilidad-IAS"), prevaleciendo estas últimas en caso de conflicto. El Comité de Vigilancia ha tomado nota de los siguientes extremos:

• La fracción reclamada pero no desembolsada del capital suscrito y de las reservas a recibir asciende a 2 103,6 millones de EUR y comprende los importes totales a pagar por los diez nuevos Estados miembros y España a raíz de la ampliación de capital de 1 de mayo de 2004 (en ocho tramos iguales hasta el día 31 de marzo de 2009).

• El Fondo para Riesgos Bancarios Generales se ha reducido en la cuantía de 135 millones de

EUR con respecto al ejercicio anterior, según lo explicitado en la sección 2.1. • Las provisiones específicas para préstamos y garantías han sido engrosadas en la cuantía

de 82 millones con cargo al resultado de 2004. • Operaciones de capital-riesgo: A este respecto se han contabilizado ajustes de valor por

importe de 76,2 millones de EUR en los estados financieros no consolidados y de 81,6 millones de EUR en los estados financieros consolidados. El Grupo no ha aplicado la versión revisada de IAS 39 publicada en fecha de 17 de diciembre de 2003 por cuanto la aplicabilidad de dicha norma en 2004 no ha sido confirmada por la UE. En particular, las inversiones de capital-riesgo son evaluadas individualmente sobre la base del importe más bajo entre el valor de adquisición y el valor neto de inventario (VNI) atribuible, lo que excluye del cálculo cualquier plusvalía latente atribuible que pudiere existir en la cartera.

• Tratamiento contable del fondo de pensiones del personal y del régimen de seguro médico:

La evaluación actuarial (y cambio de método de evaluación del régimen de seguro médico) de 30 de septiembre de 2004 con extrapolación hasta fin de año ha dado lugar a la contabilización de una carga extraordinaria en la cuenta de pérdidas y ganancias del Banco por valor de 68,5 millones de EUR (con arreglo a la Directiva europea) con respecto a ambas entidades de previsión. Tratándose de los estados financieros del Grupo y a tenor de las normas IFRS (IAS 1 prohibe la inclusión de capítulos extraordinarios en la cuenta de pérdidas y ganancias), las variaciones actuariales son registradas como gastos generales administrativos. Aplicando estrictamente IAS 19, el déficit actuarial total asciende a 240,8 millones de EUR, de cuya suma 80 millones de EUR han de ser contabilizados en 2004. IAS 19 permite diferir la contabilización de los restantes 160,8 millones de EUR hasta 2005 y los siguientes ejercicios (según la vida activa remanente media de los participantes en cada régimen). El Banco ha optado por esta posiblidad de contabilización diferida.

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• Impacto de las IFRS sobre los estados financieros consolidados de 2003: Se ha procedido a

re-clasificar algunas cifras del ejercicio anterior en consonancia con la interpretación más reciente de las IFRS y más particularmente de la norma IAS 39 (Instrumentos financieros, presentación y divulgación). Las consecuencias globales de la reformulación de los estados financieros a 31 de diciembre de 2003 son: incremento de los fondos propios del Grupo por valor de 470 millones de EUR; incremento de las reservas suplementarias por valor de 586 millones de EUR y disminución del resultado global por valor de 116 millones de EUR.

El Comité de Vigilancia presenta al Consejo de Gobernadores un informe separado relativo a los estados financieros del Fondo de Inversión (ver anexo) 5. En base a las verificaciones practicadas y a la información recibida, incluyendo el dictamen favorable de Ernst & Young sobre los estados financieros y una carta declaratoria presentada por la Dirección del Banco 6, el Comité de Vigilancia concluye que los estados financieros consolidados y no consolidados del Banco y los estados financieros del Fondo de Inversión (a saber, el balance de situación, la situación de la sección especial, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de los fondos propios y la aplicación del resultado del ejercicio, el estado de las suscripciones del capital del Banco, el cuadro de los flujos de tesorería y el anexo a los estados financieros) han sido elaborados de manera correcta y ofrecen una visión justa y verídica de los resultados y de la situación financiera del Banco con arreglo a los principios que le son aplicables.

Habida cuenta además de que ha podido desempeñar su labor en condiciones normales y no se ha visto impedido de llevar a cabo ninguna de las tareas comprendidas en la misión que le viene señalada por los Estatutos, el Comité de Vigilancia ha firmado sus declaraciones anuales en fecha de 3 de marzo de 2005. 5. PROGRAMA DE TRABAJO PARA 2005/2006 Las tareas operacionales del Comité de Vigilancia en 2005/2006 dependerán lógicamente de la evolución prevista de las operaciones del Banco y de los nuevos retos que el Banco haya de afrontar al extender el ámbito de su actividad a nuevos sectores que comportan posiblemente un nivel de riesgo más elevado. Paralelamente a sus trabajos habituales y a las actuaciones específicas antes comentadas, el Comité considera que le incumbe de manera muy especial:

• mantenerse informado acerca de las nuevas actividades o productos, incluyendo el análisis de los correspondientes riesgos y de los controles destinados a mitigar el riesgo;

• supervisar y estudiar la evolución de la "mejor práctica" bancaria en el contexto del Banco y aportar puntos de vista exteriores en lo referente a la gestión de riesgos y a los aspectos pertinentes de gobernanza societaria; y

• seguir con atención las tendencias discernibles de la "mejor práctica" en materia de gobernanza societaria que puedan impactar sobre el ámbito de la misión y las tareas del Comité de Vigilancia.

6. CONCLUSIÓN De manera general, el Comité de Vigilancia juzga que el Banco gestiona sus actividades de conformidad con lo prescrito por los Estatutos y por el Reglamento Interior. El Comité reconoce las importantes medidas adoptadas por el Comité de Dirección y por el personal directivo del Banco al objeto de mantener, formalizar y en su caso perfeccionar la gobernanza societaria y la transparencia, así como la concienciación y la sensibilidad con respecto a los riesgos y su control. 5 En relación con los estados financieros de 2005, el Comité de Vigilancia presentará por separado una declaración e informe relativos al Fondo Fiduciario de FEMIP. 6 En relación con los estados financieros de 2004 (y por vez primera), la carta declaratoria de la Dirección del Banco certifica que las divulgaciones oficiales hechas con respecto a los estados financieros concuerdan con los resultados reflejados en los estados financieros relativos al ejercicio terminado a 31 de diciembre de 2004.

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Por lo demás, el Comité de Vigilancia puede asegurar a los Sres. Gobernadores que en resumidas cuentas ha cumplido su propio cometido en 2004 adoptando y aplicando un proceso tendente a la comprensión y supervisión de 7:

• su propio cometido en relación con las misiones específicas encomendadas a los demás participantes en el proceso de reporting financiero;

• los riesgos críticos inherentes al reporting financiero; • la eficacia de los controles del reporting financiero; • la independencia, responsabilización y eficacia del Auditor Externo; y • la transparencia del reporting financiero.

El Comité considera que goza de la debida autoridad en el interior del Banco y que sus relaciones con la Dirección y con el personal del Banco se desenvuelven de manera satisfactoria, sin que sea puesta cortapisa alguna a su misión estatutaria ni a su necesaria independencia.

Luxemburgo, a 10 de mayo de 2005 M. COLAS, Presidente M. HARALABIDIS, Miembro R. POVEDA ANADÓN, Miembro En nuestra calidad de Observadores hemos participado en los trabajos del Comité de Vigilancia y concurrimos plenamente con lo manifestado en el informe que antecede.

S. ZVIDRINA M. DALLOCCHIO

7 Una vez más, el Comité de Vigilancia ha revisado formalmente en 2004 su propio funcionamiento.

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European Investment Bank Annual Report to the Board of Governors

AUDIT COMMITTEE

ANNUAL REPORT TO THE BOARD OF GOVERNORS

INVESTMENT FACILITY

For the 2004 financial year

7 June 2005

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COMITÉ DE VIGILANCIA

INFORME ANUAL AL CONSEJO DE GOBERNADORES

RELATIVO AL FONDO DE INVERSIÓN

EN EL AÑO 2004

Índice: 1. INTRODUCCIÓN ................................................................................... 1 2. EVOLUCIÓN INTERNA DEL FONDO DE INVERSIÓN......................... 1

2.1. Evolución de las actividades del Fondo de Inversión................. 1 2.2. Medidas de importancia adoptadas por el Fondo de Inversión.. 2 2.3. Iniciativas específicas del Comité de Vigilancia ......................... 3

3. REVISIÓN DE LAS TAREAS DE AUDITORÍA ...................................... 3 3.1. Auditor Externo ........................................................................... 4 3.2. Auditoría Interna ......................................................................... 4 3.3. Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) .................. 4 3.4. Tribunal de Cuentas Europeo .................................................... 4 4. ESTADOS FINANCIEROS A 31 DE DICIEMBRE DE 2004

Y DECLARACIONES ANUALES DEL COMITÉ DE VIGILANCIA ........ 5

5. CONCLUSIÓN ........................................................................................ 6

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1. INTRODUCCIÓN Creación del Fondo de Inversión En virtud del Acuerdo de Cotonú, el Banco opera en los Estados de África, del Caribe y del Pacífico (ACP) y en los Países y Territorios de Ultramar (PTU), bien con cargo a sus recursos propios, bien con cargo a recursos de los Estados miembros en el marco del Fondo de Inversión. El Fondo de Inversión, cuyas actividades se recogen en unos estados financieros separados, constituye una unidad autónoma dentro del Banco y comenzó a funcionar oficialmente el día 1 de abril de 2003. La misión del Comité de Vigilancia La misión estatutaria del Comité de Vigilancia consiste en verificar la regularidad de las operaciones y de los libros contables del Banco. Las tareas centrales del Comité estriban en revisar los trabajos realizados por el Auditor Externo y procurar la coordinación de dichos trabajos con la labor de la Auditoría Interna; preservar la independencia e integridad de las funciones de auditoría; velar porque sea dado el oportuno curso a las recomendaciones de auditoría; y comprender y comprobar la forma en que la Dirección evalúa la idoneidad y eficacia de los sistemas internos de control, de la gestión de riesgos y de la administración interior. El reglamento financiero del Acuerdo de Cotonú estipula que los procedimientos de auditoría y de descargo del Fondo de Inversión serán los mismos que vienen prescritos al Banco por sus Estatutos. En consecuencia, el Comité de Vigilancia reconoce que le incumbe la responsablidad de firmar una declaración al Consejo de Gobernadores con respecto a los estados financieros del Fondo de Inversión. El informe anual del Comité de Vigilancia al Consejo de Gobernadores ofrece un resumen de las actividades del Comité durante el pasado año. La Declaración del Comité en torno a los estados financieros del Fondo de Inversión contempla el ejercicio de 2004; los demás aspectos del informe hacen referencia al periodo transcurrido desde la última Reunión Anual del Consejo de Gobernadores. 2. EVOLUCIÓN INTERNA DEL FONDO DE INVERSIÓN 2.1. Evolución de las actividades del Fondo de Inversión El Comité de Vigilancia ha tomado buena nota de varios acontecimientos recientes que podrían incidir de un modo u otro sobre su actividad. He aquí los más sobresalientes: Operaciones: Los procedimientos relativos a las operaciones de préstamo y de participación en fondos propios son análogos a los utilizados para las actividades auditadas en años anteriores en el marco del Convenio de Lomé. Las modalidades de contabilidad y control financieros son muy parecidas a las aplicables a otras operaciones de este tipo en el interior del Banco, si bien se llevan cuentas separadas para reflejar el carácter renovable del Fondo. Los sistemas subyacentes a los procedimientos y controles son asimismo comunes al Banco y al Fondo de Inversión. El Acuerdo de Gestión está siendo definido por el Banco para ser luego negociado con la Comisión. En cuanto al volumen e índole de las actividades del Fondo de Inversión, cabe decir que las firmas efectivas en 2004 conciernen a 16 proyectos, habiéndose efectuado 44 desembolsos relativos a 15 proyectos. A excepción de un nuevo préstamo global, las actividades del Fondo de Inversión durante el pasado ejercicio (préstamos y participaciones) se asemejaron por su naturaleza a las de 2003 y utilizaron idénticos sistemas, procedimientos y controles, todo ello inalterado desde 2003. En 2004 se firmó una garantía y cuatro proyectos arrojaron rendimientos por concepto de intereses y comisiones. No se han utilizado productos de inversión complejos en relación con importes no desembolsados, siendo de prever que ello continúe así en 2005.

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Acuerdo de Cotonú: El primer protocolo quinquenal del Acuerdo de Cotonú firmado en 2000 expirará oficialmente a fines de febrero de 2005. Comoquiera sin embargo que la entrada en vigor de dicho protocolo se había visto retrasada hasta el día el 1 de abril de 2003 por la premiosidad del procedimiento de ratificación, se adoptarán medidas transitorias para prolongar su aplicación al menos hasta 2008 1. La negociación del segundo protocolo financiero para el periodo 2008-2012 implicará en su momento una decisión acerca del volumen total de recursos a gestionar por el BEI en los Estados ACP, incluyendo una nueva inyección de recursos para el Fondo, un bloque de recursos propios a aportar por el BEI y una dotación de ayudas a fondo perdido. El Comité de Vigilancia tendrá bien presente la necesidad de que el Fondo de Inversión asuma riesgos a tenor de lo recalcado por el texto revisado del Acuerdo de Cotonú. Préstamos con cargo a recursos propios del BEI en los Estados ACP: En el marco primeramente de los sucesivos Convenios de Lomé y luego del vigente Acuerdo de Cotonú, el Banco ha venido contribuyendo con recursos propios al paquete financiero ofrecido a las Estados ACP. Dicha contribución no carece de trascendencia política, ya que los Estados ACP la interpretan como una confirmación del empeño del BEI al servicio de la política comunitaria de cooperación para el desarrollo en sus territorios. Además y siguiendo el procedimiento habitual, el Banco ha dado a conocer la cuantía y las condiciones de aplicación de los recursos propios que aportará como complemento del Fondo de Inversión. El Comité de Vigilancia desea resaltar la decisión del Consejo de Gobernadores en el sentido de que los préstamos concedidos por el Banco estarán cubiertos por una garantía satisfactoria de los Estados miembros por la totalidad de su importe, más todos los importes conexos. El Comité de Vigilancia toma nota de que el Comité del Fondo de Inversión debate actualmente el grado de riesgo que los Estados miembros estarían dispuestos a tomar sobre sí en virtud de la antedicha garantía, es decir i) su interpretación y expectativas en cuanto al uso de la fórmula de reparto de riesgos (consistente en que los Estados miembros asumen el riesgo político y el Banco asume el riesgo comercial, sin la contragarantía de los Estados miembros) y ii) el grado de riesgo que aceptarían soportar tratándose de préstamos con cargo a recursos propios del Banco (sin reparto de riesgos) en favor de inversiones del sector público o privado en los Estados ACP. Perspectivas futuras del Fondo de Inversión: Ha sido presentado al Comité de Vigilancia un informe en torno a los resultados alcanzados hasta el momento de cara a la constitución de la cartera del Fondo de Inversión, acompañado de una descripción de los cambios habidos en el contexto comercial y operacional y de una evaluación del impacto previsible sobre las operaciones futuras de estos y otros condicionantes planteados al Banco en el desempeño de su mandato. 2.2. Medidas de importancia adoptadas por el Fondo de Inversión Desde la perspectiva del Comité de Vigilancia son varias las medidas de importancia que el Fondo de Inversión ha adoptado para hacer frente a la mutación de su entorno y gestionar los riesgos resultantes de la evolución de sus actividades: Políticas y procedimientos: Las políticas y procedimientos desarrollados desde el origen del Fondo de Inversión se atienen a los principios de la “mejor práctica" bancaria estableciendo:

- un lenguaje común en temas de riesgo de crédito para todos los actores interesados en el quehacer del Fondo de Inversión, habida cuenta tanto de los objetivos de desarrollo del Fondo como de su misión de operar en todos los Estados ACP y PTU, con diversos ajustes encaminados a lograr la flexibilidad exigida por el difícil entorno operacional;

- un proceso para realizar inversiones en fondos propios y los elementos del planteamiento

de inversión al evaluar, ejecutar y gestionar participaciones, así como la base para definir una estrategia de participación del Fondo aplicable a sus inversiones directas e indirectas.

1 Teóricamente su vigencia podría durar hasta pasado 2008 en caso de demorarse la ratificación del segundo protocolo.

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Consta al Comité de Vigilancia que la Dirección se propone afinar y adaptar constantemente las políticas y procedimientos a medida que crezca el Fondo y vaya adquiriéndose más experiencia, para establecer un equilibrio adecuado entre las metas financieras y los objetivos de desarrollo. Delimitación de los costes del Fondo de Inversión: En los ACP y los PTU, el Banco realiza operaciones con cargo a sus recursos propios y desempeña sendos mandatos 2 de los Estados miembros y de la Comisión, percibiendo por ello una remuneración que representa cerca del 90% de los ingresos arrojados por sus actividades en la región. El Fondo de Inversión es el más importante de dichos mandatos en atención a su carácter renovable (es decir, que los pagos percibidos en concepto de servicio de la deuda se incorporan nuevamente al Fondo para ser reinvertidos), su envergadura y su visiblidad. Además, su sistema de remuneración basado en el principio de la recuperación de los costes exige claridad y transparencia en la gestión y contabilidad de costes. La organización administrativa de las actividades en los Estados ACP y los PTU ha sido revisada en 2004 para incrementar la transparencia del tratamiento de las actividades, con presupuestación, contabilidad, control financiero, auditoría y reporting claros y separados. El Comité de Vigilancia constata que las revisiones incluyen la delimitación de los costes de gestión relativos a las operaciones del Banco en los Estados ACP y los PTU, la cual debe realizarse en el marco del ejercicio presupuestario de 2005. 2.3. Iniciativas específicas del Comité de Vigilancia El Comité de Vigilancia ha adoptado asimismo varias iniciativas específicas en relación con sus propias tareas y responsabilidades, siendo de destacar las siguientes: Enmiendas al Reglamento Interior: El Reglamento Interior que entró en vigor el día 1 de mayo de 2004 contempla un incremento del número de observadores adscritos al Comité de Vigilancia. En consecuencia, cuatro nuevos representantes se han incorporado satisfactoriamente al Comité durante 2004/2005. El Comité aprecia en lo que vale la ayuda proporcionada por el Banco y por el Fondo de Inversión a fin de que todos los miembros y observadores comprendan y puedan demostrar un conocimiento e interpretación de las actividades del Fondo de Inversión y de las tareas y responsabilidades del Comité de Vigilancia.

Nuevo concurso en orden a la designación del Auditor Externo: El Comité de Vigilancia ha designado al actual titular Ernst & Young para prestar servicios de auditoría externa desde el día 1 de enero de 2005 hasta el día 31 de diciembre de 2008 en virtud de un nuevo contrato. La decisión del Comité de Vigilancia se tomó en base a la puntuación obtenida por cada candidato con arreglo a unos criterios de adjudicación definidos de antemano. Interesa al Comité de Vigilancia dejar constancia de que el Comité de Dirección habría preferido fuera seleccionado otro gabinete en vista de la tendencia internacional a practicar una rotación frecuente en este puesto y por temor a que una permanencia prolongada pudiera dar pábulo a recelos exteriores en cuanto a la independencia del Auditor Externo. No obstante, el Comité de Vigilancia opina que la independencia del Auditor Externo se halla ya suficientemente protegida contra los peligros que pudieran provenir, ora del Banco/Fondo de Inversión, ora del propio Comité.

Un Manual revisado del Comité de Vigilancia ha sido aprobado por el Comité a comienzos de 2005 3 para delimitar claramente las tareas y objetivos definidos en las versiones revisadas de los Estatutos y del Reglamento Interior del BEI. El Comité de Vigilancia estima que los textos revisados de los Estatutos, del Reglamento Interior y del Manual reflejan adecuadamente sus actuales políticas, misiones y prácticas de trabajo en todo lo concerniente al Fondo de Inversión. 3. REVISIÓN DE LAS TAREAS DE AUDITORÍA El Comité de Vigilancia ha celebrado en 2004 siete reuniones al objeto de revisar con regularidad los trabajos de la auditoría interna y externa.

2 Fondo de Inversión y capital-riesgo en el marco de Lomé. 3 El anterior Manual del Comité de Vigilancia databa de 17 de octubre de 1997.

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3.1. Auditor Externo El Comité de Vigilancia ha revisado la descripción de las tareas del Auditor Externo y refrendado el énfasis por él depositado sobre los sistemas de IT, la evaluación de los productos estructurados e instrumentos financieros y las funciones de gestión de riesgos en orden a la supervisión del riesgo de mercado, el desarrollo del Fondo de Inversión, la cobertura de los riesgos de cambio sobre márgenes de préstamo y la observancia de las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS) nuevas o revisadas. El Comité ha examinado los diversos informes elaborados por Ernst & Young y debatido en reuniones privadas otros temas importantes con los representantes de dicha firma y con los servicios competentes del Banco. Por otra parte, el Comité ha llevado a cabo las verificaciones que ha estimado oportunas para cerciorarse de la independencia del Auditor Externo. 3.2. Auditoría Interna En febrero de 2005 la Auditoría Interna y el Departamento de Evaluación de las Operaciones se han unificado para constituir un único departamento autónomo bajo la autoridad del Inspector General, quien tiene a su cargo las consultas, el enlace y la cooperación con el Comité de Vigilancia y con los organismos exteriores a tenor del estatuto de la Auditoría Interna y del mandato impartido a Evaluación de las Operaciones. El Comité de Vigilancia se congratula especialmente del mayor relieve conferido a la Auditoría Interna en el interior del Banco y por ende también en el Fondo de Inversión. Algunas de las actividades del Fondo de Inversión tienen sistemas y controles comunes con las actividades del Banco. Si bien en 2004 no se realizó ningún ejercicio de la Auditoría Interna / Marco de Control Interno (MCI) con respecto al Fondo de Inversión, el Comité de Vigilancia ha revisado cada uno de los informes producidos por la Auditoría Interna en torno a los sistemas y controles del Banco. De manera general, el Comité de Vigilancia considera satisfactorio el curso dado por el Banco a las recomendaciones de auditoría internas y externas. El Comité de Vigilancia ha sido consultado en orden a la elaboración del programa de trabajo de la Auditoría Interna / MCI para 2005/2006. La Auditoría Interna tiene a su cargo la coordinación de las investigaciones en caso de sospechas de conducta fraudulenta. Le incumbe a este respecto i) informar a la Dirección de cualesquiera alegaciones de fraude en el interior del Banco (incluido el Fondo de Inversión) o en relación con proyectos financiados por el Banco (también incluido el Fondo de Inversión), ii) facilitar información sobre el particular a fin de que sean tomadas las medidas oportunas y iii) informar a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude por si procede entablar acciones judiciales. Hasta abril de 2005 el Comité de Vigilancia no había tenido conocimiento de caso alguno de supuesto fraude en el Fondo de Inversión. La División de Evaluación de las Operaciones tiene a su cargo las actividades de evaluación ex-post y la coordinación del proceso de auto-evaluación del Banco. En cuanto existan proyectos terminados del Fondo de Inversión se llevarán a cabo los correspondientes estudios como parte integrante de la actividad general de evaluación de operaciones del Banco. 3.3. Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) La sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en julio de 2003 ha dotado al Banco de un marco jurídico para continuar su plena cooperación con la Oficina de Lucha contra el Fraude (OLAF), el organismo específicamente creado por la UE para combatir el fraude y la corrupción. Durante 2004 OLAF no tuvo ocasión de intervenir por no haberse recibido denuncia alguna de conducta fraudulenta en relación con proyectos del Fondo de Inversión.

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3.4. Tribunal de Cuentas Europeo

El Comité de Vigilancia ha continuado sus relaciones con el Tribunal de Cuentas en el marco del acuerdo tripartito suscrito en octubre de 2003 entre el Banco, la Comisión y el Tribunal de Cuentas, de conformidad con lo prevenido en el artículo 11 del reglamento financiero del IX Fondo Europeo de Desarrollo. El Comité de Vigilancia toma constancia de que el Tribunal no ha llevado a cabo en 2004 auditoría alguna en relación con el Fondo de Inversión. 4. ESTADOS FINANCIEROS A 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y DECLARACIONES ANUALES DEL COMITÉ DE VIGILANCIA El Comité de Vigilancia ha examinado los estados financieros del Fondo de Inversión correspondientes al ejercicio de 2004 a base de revisar los informes elaborados por Ernst & Young y recabar detalles adicionales con respecto a determinados aspectos siempre que lo ha juzgado necesario. Las cuentas han sido confeccionadas con arreglo a los principios generales de la Directiva europea aplicable. El Comité de Vigilancia ha tomado nota de los siguientes extremos:

• Los Estados miembros sufragan la totalidad de los gastos irrogados al Banco en relación con la gestión del Fondo de Inversión durante los cinco primeros años del IX Fondo Europeo de Desarrollo 4, razón por la cual dichos gastos no se incluyen en los estados financieros del Fondo de Inversión.

• Los intereses devengados por depósitos bancarios de fondos recibidos por el Banco en relación con el Fondo de Inversión y no desembolsados aún son pagaderos directamente a la Comisión Europea según lo prevenido en el Reglamento Financiero aplicable al IX Fondo Europeo de Desarrollo. Los ingresos percibidos por concepto del reembolso de principal o del pago de intereses o comisiones (salvo comisiones de estudio) en relación con operaciones financieras, así como los intereses devengados por tales ingresos, se contabilizan en los estados financieros del Fondo de Inversión.

• Operaciones de capital-riesgo: El Fondo de Inversión no ha aplicado la versión revisada de IAS 39 publicada a 17 de diciembre de 2003 por cuanto la aplicabilidad de dicha norma en 2005 no ha sido confirmada por la UE. Partiendo de los informes presentados por los gestores de los fondos de capital-riesgo hasta la fecha de balance, la cartera de inversiones de capital-riesgo es registrada línea por línea sobre la base del importe más bajo entre el valor de adquisición y el valor neto de inventario (VNI) atribuible, lo que excluye del cálculo cualquier plusvalía latente atribuible que pudiere existir en la cartera.

• Fluctuaciones de cambio monetario: Comoquiera que algunos préstamos y operaciones de capital-riesgo habían sido desembolsados y estaban denominados en monedas distintas del euro, se ha registrado una pérdida de cambio de 1,1 millones de EUR (latente en su mayor parte) por haberse depreciado dichas monedas entre la fecha del desembolso y el final del ejercicio.

En base a las verificaciones practicadas y a la información recibida, incluyendo el dictamen favorable de Ernst & Young sobre los estados financieros y una carta declaratoria presentada por la Dirección del Banco (en representación del Fondo de Inversión), el Comité de Vigilancia concluye que los estados financieros del Fondo de Inversión (a saber, el balance de situación, la cuenta de pérdidas y ganancias y el anexo a los estados financieros) han sido elaborados de manera correcta y ofrecen una visión justa y verídica de los resultados y de la situación financiera del Fondo de Inversión con arreglo a los principios aplicables al Banco y al Fondo de Inversión.

4 Decisión del Consejo de las Comunidades Europeas de 8 de abril de 2003.

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Habida cuenta de que ha podido desempeñar su labor en condiciones normales y no se ha visto impedido de llevar a cabo ninguna de las tareas comprendidas en la misión que le viene señalada por los Estatutos, el Comité de Vigilancia ha firmado su declaración anual. 5. CONCLUSIÓN De manera general, el Comité de Vigilancia juzga que el Fondo de Inversión gestiona sus actividades de conformidad con lo prescrito por los Estatutos y el Reglamento Interior del Banco y en consonancia con el Acuerdo de Cotonú. El Comité reconoce las importantes medidas adoptadas por el Comité de Dirección, el personal directivo del Banco y el Fondo de Inversión al objeto de mantener, formalizar y en su caso perfeccionar la gobernanza societaria y la transparencia, así como la concienciación y la sensibilidad con respecto a los riesgos y su control. Por lo demás, el Comité de Vigilancia puede asegurar a los Sres. Gobernadores que en resumidas cuentas ha cumplido su propio cometido en 2004 adoptando y aplicando un proceso tendente a la comprensión y supervisión de 5:

• su propio cometido en relación con las misiones específicas encomendadas a los demás participantes en el proceso de reporting financiero;

• los riesgos críticos inherentes al reporting financiero; • la eficacia de los controles del reporting financiero; • la independencia, responsabilización y eficacia del Auditor Externo; y • la transparencia del reporting financiero.

El Comité considera que goza de la debida autoridad en el interior del Banco y del Fondo de Inversión y que sus relaciones con la Dirección y con el personal del Banco se desenvuelven de manera satisfactoria, sin que sea puesta cortapisa alguna a su misión estatutaria ni a su necesaria independencia.

Luxemburgo, a 10 de mayo de 2005 M. COLAS, Presidente M. HARALABIDIS, Miembro R.POVEDA ANADÓN, Miembro En nuestra calidad de Observadores hemos participado en los trabajos del Comité de Vigilancia y concurrimos plenamente con lo manifestado en el informe que antecede.

S.ZVIDRINA M. DALLOCCHIO

5 Una vez más, el Comité de Vigilancia ha revisado formalmente su propio funcionamiento en 2004.

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European Investment Bank Annual Report to the Board of Governors

Response of the Management Committee

To the Annual Reports of the Audit Committee

For the Year 2004

7 June 2005

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COMENTARIO DEL COMITÉ DE DIRECCIÓN

A LOS INFORMES ANUALES DEL COMITÉ DE VIGILANCIA

RELATIVOS AL AÑO 2004

1. Introducción El Comité de Dirección acoge con satisfacción el Informe Anual del Comité de Vigilancia. La presente memoria tiene por objeto: • explicitar el planteamiento del Comité de Dirección con respecto a los temas de auditoría y

control y • comentar ciertas observaciones y propuestas contenidas en los Informes Anuales del Comité de

Vigilancia. 2. El planteamiento del Comité de Dirección en materia de auditoría y el control El Comité de Dirección coopera constructivamente con el Comité de Vigilancia y con el Auditor Externo. Colabora también con el Tribunal de Cuentas Europeo tratándose de auditorías emprendidas por éste con respecto a operaciones realizadas o gestionadas por el BEI con cargo a recursos presupuestarios de la UE. El Comité de Dirección vela porque la Auditoría Interna examine todos los sectores relevantes del quehacer del Banco y produzca informes independientes al respecto. La Auditoría Interna se encarga asimismo de supervisar la puesta en práctica de las medidas acordadas. El Comité de Dirección hace así patente su compromiso en favor de un sistema vigoroso y eficaz de auditoría y control en el BEI. 3. Evolución interna del Banco en 2004 3.1. Gobernanza societaria, responsabilización y transparencia

La gobernanza del Banco se ha visto reforzada a raíz de la adopción de varias medidas aprobadas por el Consejo de Gobernadores, decididas por el Consejo de Administración y aplicadas por el Comité de Dirección. Las políticas del Banco y las medidas adoptadas se consignan en la Declaración de Gobernanza Societaria que figura en el website del BEI y fue actualizada por última vez en el pasado mes de enero. Entre las mejoras introducidas en 2004 cabe citar la publicación de los curricula vitae de los miembros del Consejo de Administración y del Comité de Vigilancia, así como la divulgación de los intereses financieros de los miembros del Comité de Dirección. La transparencia/responsabilización constituye (junto al valor añadido) uno de los dos pilares de la estrategia del Banco. En su calidad de banco al servicio de los objetivos de la UE, el Banco está obligado a mantener en su quehacer un nivel de transparencia especialmente elevado. En el website del BEI puede hallarse asimismo un texto descriptivo de la política de transparencia del

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Banco. El propio Parlamemento Europeo ha elogiado en un reciente informe1 los progresos realizados por el Banco en esta materia. La Dirección del Banco mantiene con el Parlamento Europeo un diálogo constructivo que pone de manifiesto su voluntad de hacer que las actividades de préstamo del BEI sirvan a las políticas de la UE como corresponde a un banco de inspiración política. El Banco ha redoblado sus esfuerzos por explicar al público su contribución a las políticas de la UE y publica actualmente un ingente volumen de información, sobre todo a través de su website. En diciembre de 2004, el Banco anunció una consulta pública en torno a su política de información. Para que el Banco pueda funcionar eficazmente como institución de crédito es indispensable gestionar de manera correcta las relaciones bancarias. Comprendiéndolo así, el Comité de Dirección estima que debe esforzarse en todo momento por conciliar la transparencia frente a terceros con los legítimos intereses comerciales y de confidencialidad de sus clientes, en particular los pertenecientes al sector privado. 3.2. Normas a seguir en caso de conflicto de intereses de los miembros del Consejo de

Administración o del Comité de Vigilancia

Los miembros del Consejo de Administración y del Comité de Vigilancia no son empleados del Banco, sino que han sido nombrados por los accionistas del BEI en atención a su integridad personal y a su competencia o experiencia profesionales. La publicación de sus curricula vitae contribuye a aguzar la sensibilidad con respecto al riesgo de que se vean expuestos a conflictos de intereses. Cada miembro de dichos órganos del Banco se compromete a observar el Código de Conducta aplicable. Los miembros del Consejo de Administración están obligados por su Código de Conducta a declarar cualquier posible conflicto de intereses, y así se lo recuerda el Presidente a cada reunión del Consejo. Además, los interesados tienen el deber moral de abstenerse de participar en la correspondiente votación. Tales declaraciones y abstenciones son registradas en el acta de la reunión y publicadas. Análogo procedimiento rige para el Comité de Vigilancia . El Comité de Dirección tiene la seguridad de que los Estados miembros ejercen la debida diligencia en el proceso de selección de los miembros de los órganos del Banco y de que los interesados gestionan correctamente las situaciones de conflicto. Es importante que el Banco pueda disponer de pericias del sector privado y del sector financiero en el seno del Consejo de Administración y del Comité de Vigilancia. Las actuales normas en materia de divulgación permiten al Banco hacer uso de esta fuente esencial de pericias con absoluta legitimidad. 3.3. Conformidad

Empeñado en consolidar aún más la gobernanza societaria, el Comité de Dirección ha tomado las disposiciones organizativas y presupuestarias oportunas para instituir en el Banco una función centralizada de verificación de la conformidad. El procedimiento de selección del futuro Jefe de la Oficina de Conformidad se encuentra ya en marcha. El Defensor del Pueblo Europeo examina sistemáticamente las quejas emanadas de la sociedad civil de los Estados miembros de la UE. Tratándose de supuestos no incursos en las responsabilidades del Ombudsman, el Banco establecerá un mecanismo de reclamación independiente para garantizar que dichos casos sean tratados con la máxima diligencia y transparencia. 3.4. Pérdidas de cambio monetario

El Comité de Dirección ha tomado nota de que se han producido resultados negativos imprevistos en relación con un pequeño número de posiciones en divisas que no fueron declaradas en la forma prescriptiva ni por consiguiente cubiertas en tiempo oportuno. A raíz de dichos incidentes, las Direcciones competentes han introducido mejoras en los controles y redefinido las responsabilidades. 1 Informe del Parlamento Europeo sobre el Informe de Actividad 2003 del Banco Europeo de Inversiones (2004/2187 (INI) –Final AG-0032/2005

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3.5. Reforzamiento de las políticas y procedimientos de gestión de riesgos

Partiendo de lo realizado en años anteriores, el Comité de Dirección ha continuado dedicando una atención muy especial a la gestión y control de los riesgos. En particular, las principales funciones de gestión de riesgos del Banco han quedado concentradas en una única Dirección independiente. Las políticas de riesgo de crédito han sido puestas al día y se ha introducido un nuevo cuerpo de directrices en materia de riesgo de mercado y de gestión de activo/pasivo (GAP). Paralelamente, un exhaustivo sistema de reporting en torno a los riesgos de crédito, de GAP, de mercado y operacionales ha venido a acrecentar la eficacia y la calidad del reporting y ha contribuido a potenciar el acervo de información facilitada al Comité de Dirección, el Consejo de Administración y el Comité de Vigilancia, suministrando una base mejorada para la toma de decisiones y el control. 3.6. Supervisión de los proyectos y las operaciones

La problemática de la supervisión post-firma de proyectos, promotores, prestatarios y avalistas ha sido objeto de intenso escrutinio por parte de los servicios del Banco y la Auditoría Interna. El Comité de Dirección ha atendido a subsanar las deficiencias observadas acentuando la responsabilidad de la Dirección de Proyectos en lo tocante al seguimiento físico de los proyectos y concentrando en la Dirección de Gestión de Riesgos las tareas de supervisión de crédito y financiera de las operaciones dentro de la UE. El nuevo dispositivo comenzó a funcionar en enero de 2005, habiéndose determinado ya las necesidades de personal en orden a dicha supervisión reforzada. La situación mejorará sin duda de manera perceptible una vez que la reforma empiece a dar sus frutos. La supervisión será ciertamente uno de los grandes temas que reclamarán los desvelos de la Dirección en 2005-2006. 3.7. Nuevo concurso en orden a la designación del Auditor Externo: En este tema, el Comité de Dirección ha de inclinarse ante la autoridad del Comité de Vigilancia. El Comité de Dirección habría preferido fuera seleccionado un gabinete de auditoría distinto, para transmitir una señal inequívoca de la independencia del Auditor Externo. Sin embargo, el Comité de Dirección reconoce que Ernst & Young ha practicado efectivamente una rotación de sus miembros responsables de este contrato. Sabedor de que las normas y la "mejor práctica" en materia de selección de auditores externos están siendo actualmente debatidas a nivel internacional, el Comité de Dirección seguirá con especial interés la evolución al respecto y en su día formulará propuestas detalladas con vistas a una posible modificación del Reglamento Interior. 4. Evolución del Fondo de Inversión en 2004 4.1. Políticas y procedimientos

El Comité de Dirección se ocupa de afinar y adaptar las políticas y procedimientos relativos a la evaluación de todos los tipos de riesgos inherentes a las inversiones efectuadas en el contexto del Fondo de Inversión de Cotonú (riesgo de crédito y de participación así como riesgo de mercado y riesgo operacional) a fin de establecer un equilibrio entre las metas financieras y los objetivos de desarrollo de los países considerados. Dichas adaptaciones atienden tanto a la experiencia recogida hasta el momento como a las nuevas posibilidades de inversión. 5. Prioridades de cara al año 2005 5.1. Aplicación de las Normas Internacionales de Información Financieras (IFRS)

El Banco dedica la máxima atención a los temas relacionados con las IFRS y se halla representado por un alto cargo del Departamento de Control Financiero entre las 30 instituciones de todo el mundo consultadas por la International Accounting Standard Board de cara a la revisión de la norma contable internacional IAS 39. El Comité de Dirección seguirá de cerca la evolución de la política de la UE en cuanto a la adopción de la versión revisada de IAS 39 en atención al impacto de este tema sobre la evaluación de las inversiones de capital-riesgo en el contexto del Mandato de Capital-Riesgo impartido por el Banco al FEI y por tanto sobre la contabilidad de ambas instituciones y sobre

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Ias cuentas consolidadas del Grupo BEI. Por lo demás, seguirán publicándose separadamente los estados financieros estatutarios del Banco y los estados financieros consolidados del Grupo. 5.2. Un Plan de Operaciones coherente para el Grupo BEI

El énfasis acrecentado sobre el concepto del Grupo BEI forma parte de las consideraciones estratégicas planteadas al Consejo de Gobernadores en junio de 2005. Esta iniciativa estratégica está más en consonancia con la participación mayoritaria del Banco en el FEI (casi 60% a fines de 2004) y la resultante obligación de presentar cuentas consolidadas. A tenor de las orientaciones marcadas por el Consejo de Gobernadores, el Comité de Dirección aspira a presentar un Plan de Operaciones 2006-2008 unitario y coherente para el Grupo BEI, integrando los principales pilares de la estrategia operacional con respecto al Fondo de Inversión y al FEI.

5.3. La gestión de riesgos y los controles internos

Durante los últimos años el Banco ha reforzado considerablemente sus políticas y procedimientos en materia de gestión de riesgos. Se trata de un proceso continuo y el Comité de Dirección seguirá reforzando las estructuras generales de control del Banco. Para ello se ha creado en 2005 la Inspección General, que integra las funciones de Auditoría Interna y de Evaluación de las Operaciones. 5.4 Curso ulterior del tema de la Supervisión de Operaciones

El Comité de Dirección seguirá atentamente la evolución de la supervisión de crédito y financiera al objeto de mejorar la calidad global de todas sus operaciones y obtener confirmación fehaciente de la solidez de las inversiones del Banco, incluyendo todas las operaciones realizadas bajo mandato.

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