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1 PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009 Tomo I Tomo I FUNDAMENTOS FUNDAMENTOS PLAN DE ORDENAMIENTO PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DEL MUNICIPIO DE MALAMBO DE MALAMBO Malambo Ciudad Industrial & Agroindustrial del Atlántico 2001 - 2009 TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO –

COLOMBIAMALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

Tomo ITomo I

FUNDAMENTOSFUNDAMENTOS

PLAN DE ORDENAMIENTO PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL TERRITORIAL

DEL MUNICIPIO DEL MUNICIPIO DE MALAMBODE MALAMBO

Malambo Ciudad Industrial & Agroindustrial del Atlántico

2001 - 2009

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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22PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

Malambo, Atlántico – Julio 2001

PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO

(Ley 388 de 1987)

Malambo Ciudad Industrial & Agroindustrial del Atlántico

2001 - 2009

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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33PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

ALCALDÍA MUNICIPAL DE MALAMBO

JOSÉ MELAMED OVADÍAAlcalde Municipal de Malambo

2001 - 2003

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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44PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

GABINETE MUNICIPAL

Secretarios

General Griselda Toscano

Castro

Salud Helbert Meyer

Vanegas

Gobierno Deiber Conrado

Niebles

Educación Dora Ávila de Moreno

Transportes y Tránsito Rociel Niebles

Cervantes

Hacienda Erick Collante Cataño

Planeación Dulfredo Mendoza

Polo

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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55PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

Direcciones

Control Interno Rubén Bolaños

Martínez

Recursos Humanos Euclides Pedraza Heredia

División Jurídica Armando

Torregrosa Cabrera

Coordinaciones

Plan de Atención Básica (PAB) Carlos Ramos

Coordinación UMATA Adalberto

Orozco

Coordinación SISBEN

Fernando Nieto

Banco de Proyectos Pedro Morales

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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66PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

Medio Ambiente Ovelis

Escorcia Bueno

Acueducto Luis Oyola

Casa de la Cultura Gustavo

Lara

Inst. de Recreación y Deporte Bernardo

Rociano

Empresa Social del Estado

Gerente Hospital Santa Maria

Magdalena del Mpio. de

Malambo Luis Perea

CONCEJO MUNICIPAL DE MALAMBO

Presidente Eloy Orozco

Primer Vicepresidente Fanny Silva

Segundo Presidente Diógenes

Hernández

Secretario Álvaro Valera

Juan Donado

Santander Zarache

Roque Blanco

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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77PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

Evaristo Barrios

Alejandro Barrios

Edgardo Barrios

Emily Pérez

Robin Hernández

Luis De Moya

Víctor Escorcia

Antonio García

Pablo Yépez

PERSONERO MUNICIPAL

Manuel Antonio Paz Gómez

EQUIPO DE TRABAJO

Edgar Pérez ContrerasArquitecto Director General de los Estudios del POT.

Armando Julio AlegríaArquitectoDirector Administrativo del POT.

Samir Pérez Contreras Abogado

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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88PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

Profesional especializado

Erney Cantillo Economista AgrícolaProfesional especializado

Arnulfo Pacheco PayaresLicenciado en Sociales Profesional especializado

Mireya Roa Gomez ArquitectoProfesional Especializado

Guillermo Alcalá RodríguezContador PúblicoProfesional especializado

PROFESIONALES

Ledys Redondo Ingeniero Civil

Catherine RicoArquitecto

Katia Jiménez Martínez Psicóloga

EQUIPO DE APOYO

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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99PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

Orlando Correa FernándezArquitecto auxiliar

Madin Orozco AngaritaArquitecto auxiliar

Karen Teherán PintoEstudiante de arquitectura

Giovanni Fontalvo Dibujante en Sistema

Fernando Guzmán Dibujante en Sistema

TABLA DE CONTENIDO

CAPITULO 1: PRESENTACIÓN GENERAL..........................................................15

CAPITULO 2: INTRODUCCIÓN.............................................................................21

CAPITULO 3: ANTECEDENTES DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL .......................................................................................................25JUSTIFICACIÓN.................................................................................................28

CAPITULO 4: JUSTIFICACIÓN..............................................................................29

CAPITULO 5: FUNDAMENTOS.............................................................................42

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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1010PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

CAPITULO 6: PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDADA CIVIL EN EL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL ........................................................................45

6.1. MARCO NORMATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL EN EL PROCESO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL...........................45

62. LA PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL EN EL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL ..............................................................................48

6.3. PRINCIPIOS QUE ORIENTAN LA PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL EN EL PROCESO DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL ...50

6.3. ESTRATEGIAS PARA LA PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL EN EL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL ......................................................52

6.4. ELEMENTOS METODOLÓGICOS DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA E INSTITUCIONAL EN EL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL ..............556.4.1. ACTORES Y GESTORES DEL PLAN DE O. T. .................................................55

6.4.2. LOS ACTORES GUBERNAMENTALES ...........................................................56

6.4.3. LOS ACTORES POLÍTICOS ........................................................................57

6.4.4. LOS ACTORES SECTORIALES ....................................................................57

6.4.5. LAS PERSONALIDADES MUNICIPALES ........................................................58

CAPITULO 7: ALCANCES DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL ..61

7.1. MISIÓN.........................................................................................................................61

7.2. VISIÓN .........................................................................................................................61

CAPITULO 8: COMPONENTES DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL .......................................................................................................63

8.1. COMPONENTE GENERAL DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL .................................................................................................................638.1.1. CONSTITUIDO POR LAS OBJETIVOS, ESTRATEGIAS Y CONTENIDOS

ESTRUCTURALES DE LARGO PLAZO.....................................................................63

8.2. COMPONENTE URBANO DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL ...............................................................................................................................................658.2.1. CONSTITUIDO POR LAS POLÍTICAS, ACCIONES, PROGRAMAS, Y NORMAS PARA

ENCAUZAR Y ADMINISTRAR EL DESARROLLO FÍSICO URBANO...............................65

8.3. COMPONENTE RURAL DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL ...............................................................................................................................................67

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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1111PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

8.3.1. CONSTITUIDO POR LAS POLÍTICAS, ACCIONES, PROGRAMAS Y NORMAS PARA

ORIENTAR Y GARANTIZAR LA ADECUADA INTERACCIÓN ENTRE LOS ASENTAMIENTOS

RURALES Y LA CABECERA MUNICIPAL, ASÍ COMO LA CONVENIENTE UTILIZACIÓN DEL

SUELO.............................................................................................................67

8.3.1.1. Documento Técnico De Soporte..............................................................68

8.3.1.2. Documento Resumen.............................................................................69

8.3.1.3. Acuerdo que Adopta el Plan de Ordenamiento Territorial ..........................69

CAPITULO 9: OBJETIVOS DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL ..................72

9.1. OBJETIVO GENERAL..............................................................................................72

9.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS.....................................................................................72

CAPITULO 10: MARCO DE REFERENCIA NACIONAL, DEPARTAMENTAL Y METROPOLITANO ..............................................................................................75

10.1. MARCO NACIONAL...............................................................................................75

10.2. MARCO DEPARTAMENTAL ...............................................................................7910.2.1.PROPUESTA DE SUBREGIONALIZACIÓN DEPARTAMENTAL............................80

10.3. MARCO METROPOLITANO.................................................................................81MARCO METODOLÓGICO....................................................................................92

CAPITULO 11: MARCO METODOLOGICO .......................................................93etapa preliminar................................................................................................96

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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1212PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

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LISTADO DE PLANOS

LISTADO DE CUADROS

LISTADO DE GRÁFICOS

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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1313PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

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CAPITULO 1

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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1414PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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PRESENTACIÓN GENERAL

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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1515PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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CAPITULO 1: PRESENTACIÓN GENERAL

Presentamos a consideración de la comunidad de Malambo el Plan de Ordenamiento

Territorial, denominado “Malambo Ciudad Industrial y Agroindustrial del

Atlántico”.

Este documento es el resultado del esfuerzo de un grupo interdisciplinario (Comunidad,

Funcionarios y Consultores), que se dedicó exclusivamente a la elaboración del Plan de

Ordenamiento Territorial de conformidad con la Ley 388 de 1997, denominada Ley de

Desarrollo Territorial.

La mencionada Ley reglamenta el Ordenamiento Territorial del suelo en Colombia. Esta

norma se refiere al desarrollo físico del Municipio y rompe el esquema tradicional de la

planeación territorial, puesto que se venía trabajando a través de la Ley Orgánica del

Plan de Desarrollo (Ley 152/94), cuyo sustento es la parte general del Municipio y su

plan de inversiones, es decir, no se planificaba a través del desarrollo físico-espacial.

Otro aspecto positivo de la esta Legislación, es que se encarga de actualizar las

disposiciones de la Ley de Reforma Urbana (Ley 9/89) con el ordenamiento

Constitucional de 1991.

Con este Plan la actual administración municipal espera llenar un vacío que se venía

presentando en la expedición de los Planes de Desarrollo Económicos y Sociales,

formulados por los mandatarios de turno, que se olvidaba de la planeación física del

territorio del municipio de Malambo, con la correspondiente desorganización y

crecimiento espontáneo de la cabecera municipal, en adelante estructura.

Gracias a la nueva Ley, de ahora en adelante se deberán separar los procedimientos

de formulación y expedición de los Planes de Desarrollos del Plan de Ordenamiento

Territorial, teniendo en cuenta, por supuesto, los necesarios puentes de comunicación

que permitan la armonía entre uno y otro Plan.

En el Plan de Ordenamiento Territorial se tuvo en cuenta la nueva clasificación del

suelo municipal urbano, pero por supuesto integrando también las áreas rurales, para

proponer mecanismos concretos de intervención de la administración municipal en el

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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1616PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

manejo del suelo. De aquí en adelante la nueva gestión de gobierno en Malambo

estará dotada del poder suficiente para adelantar las acciones previstas en los Planes

de Desarrollo respectivos.

El Plan de Ordenamiento Territorial de Malambo busca, además de lo anterior,

democratizar el acceso al uso del suelo, preservar el patrimonio ecológico y cultural,

prevenir los desastres naturales y ante todo sé consiguió la participación de la

comunidad en el desarrollo de su territorio.

También fija como objetivo garantizar el uso del suelo conforme al principio de la

función social de la propiedad, para que se ejerza en forma armónica con la garantía

de los derechos de toda la comunidad. A su vez, procura la concurrencia de las

diferentes entidades gubernamentales en la planificación y en el mejoramiento de la

calidad de vida de los habitantes de Malambo y en lo operativo, facilita la intervención

mediante la ejecución de actuaciones urbanas integrales, y racionaliza el uso de los

recursos disponibles para la gestión del suelo.

Como principios en los cuales se fundamento el ordenamiento del territorio de

Malambo, se tuvieron: la función social y ecológica de la propiedad, la prevalecía del

interés general sobre el particular y la distribución equitativa de las cargas y beneficios

que genera el desarrollo urbano y rural en esta ciudad industrial y agroindustrial.

En este contexto, el Plan de Ordenamiento Territorial, es el conjunto de objetivos,

directrices, políticas, estrategias, metas, programas, actuaciones y normas adoptadas

para orientar el desarrollo físico del territorio de Malambo y la utilización del suelo.

La Ley nos estableció la obligación de formular para nuestro municipio un Plan de

Ordenamiento Territorial, por contar con más de cien (100) mil habitantes.1

El presente estudio consta de seis tomos, los cuales están comprendidos de la

siguiente manera:

En el primer tomo, se encuentran los fundamentos del Plan de Ordenamiento

Territorial, en adelante P.O.T., donde se hace la presentación general, introducción, se

1 LEY DE DESARROLLO TERRITORIAL, Ley 388 de 1997 julio 18. Capitulo 3

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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1717PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

explican los antecedentes del plan, la justificación, los fundamentos, los alcances, los

componentes, los objetivos y la metodología.

El segundo tomo, comprende el diagnóstico territorial municipal, que puede definirse

como el análisis del conjunto de aspectos que fijan el carácter peculiar del municipio,

calificando y cuantificando, la problemática por subsistemas y definiendo claramente,

la interrelación entre estos diferentes subsistemas y su peso relativo dentro del

conjunto global del Municipio. Esta etapa es uno de los pilares básicos en el proceso de

planificación, ya que su producto servirá para determinar inicialmente si hay lugar a un

proceso de desarrollo planificado.

A partir de la investigación básica, (Ver Tomo 2) en la que se busco recopilar toda la

información estadística, cartográfica y sectorial del Municipio, el diagnóstico tuvo como

objetivo primordial analizar técnicamente los subsistemas y de definir la problemática

del Municipio, estableciendo su estado actual, las tendencias y posibilidades de

desarrollo de cada subsistemas.

El análisis de cada subsistemas consistió básicamente en la definición de sus causas

directas, sus causas indirectas y sus efectos directos y colaterales, para la obtención

del análisis global o diagnóstico municipal.

En esta etapa la participación ciudadana se hizo necesaria con el fin de que los

habitantes del municipio de Malambo expresaran sus planteamientos a través del

diagnóstico participativo, que tuvo como finalidad que los habitantes de la

municipalidad conocieran la problemática del territorio, para luego entrar en el proceso

de planificación participativa, y la formulación de propuestas comunitarias (ver

Documentos Soporte). Una vez obtenido este diagnóstico, se precede a determinar las

propuestas y evaluación de alternativas de uso y manejo del espacio municipal.

En el tercer tomo, se presenta la prospectiva territorial, que a su vez se subdivide en

evaluación integral del territorio y diseño de escenarios. Esta etapa del Plan de

Ordenamiento Territorial consiste en la observación del comportamiento futuro de las

diversas alternativas viables identificadas en la etapa de evaluación.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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1818PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

En el cuarto tomo contiene el documento técnico de soporte, se describe la aplicación

de los distintos procesos técnicos empleados para la formulación del Plan. Es de

resaltar que este tomo contiene los tres (3) componentes, cuales son; general, urbano

y rural.

El quinto tomo, incluye el documento resumen o memoria explicativa como medio de

divulgación y socialización para que la ciudadanía conozca la síntesis y conclusiones

generales del Plan. El sexto tomo, comprende el Estatuto Urbano normas urbanísticas

estructurales, generales y complementarias, reguladoras del desarrollo urbano y rural

en el municipio de Malambo, en los aspectos relacionados con la planeación del

territorio, la clasificación de los usos del suelo y las acciones urbanas aplicables. El

séptimo tomo, contiene el Acuerdo que aprueba el Plan en toda su extensión, es el

acto expedido por el Honorable Concejo Municipal de Malambo.

Por ultimo el octavo tomo, recoge toda la documentación que soporta el Plan, tales

como correspondencias comunitarias e institucional, diagnóstico participativo y

concertación y consulta metropolitana para el acuerdo No. 004 / 2000.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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1919PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

CAPITULO 2

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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2020PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

INTRODUCCIÓN

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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2121PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

CAPITULO 2: INTRODUCCIÓN

Actualmente, la población mundial está alcanzando los 6.000 millones de habitantes,

con un incremento anual de 80 millones2.

Los demógrafos indican que la población mundial no se estabilizará hasta el año 2010,

cuando más de 10.000 millones de personas habitarán el planeta.

Las partes más densamente pobladas de la Tierra se encuentran en las zonas

industriales de Europa, América del Norte y Japón.

Casi 2.500 millones de personas viven en centros urbanos, la mitad de ellos en

ciudades de 500.000 habitantes o más. Hacia el año 2010, la población urbana en los

países menos desarrollados se habrá doblado debido a la emigración desde las zonas

rurales, en busca, tácitamente, de mejores oportunidades.

En los dos últimos siglos los asentamiento humanos han pasado de ser rurales a

urbanos sin un proceso planificador. La revolución tecnológica e industrial ha generado

una mayor oferta de trabajo, sobre todo cerca de las áreas urbanas. En 1925,

aproximadamente el 20% de la población mundial era urbana. Actualmente, se está

alcanzando el 50% y se calcula que para el año 2025 más del 60% de las personas

vivirán en ciudades. Hasta principios del siglo XX, este crecimiento se había limitado a

países desarrollados, pero desde entonces se ha ido extendiendo de forma

espectacular en el resto del mundo. Hoy, las mayores concentraciones urbanas se

encuentran en países de América del Sur y África.

Para el caso de Colombia, durante las últimas dos décadas experimenta un proceso de

urbanización de la población. En poco más de 50 años se transformó de un país rural

en una nación muy urbanizada. Tal es así que en la primera mitad de este siglo el 70

% de la población vivía en zonas rurales y en la actualidad ese porcentaje se ha

invertido totalmente, el 67 % se considera población urbana.

2 ATLAS DEL MUNDO. Rand McNally, El Heraldo. Población. p. 232 – 233.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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2222PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

El grado de concentración es tan grande que tan sólo cuatro ciudades, Bogotá,

Medellín, Cali y Barranquilla, junto con sus áreas metropolitanas, albergan,

aproximadamente, una tercera parte de la población colombiana.

Un 28 % se distribuye en ciudades intermedias, muy dinámicas, el resto, 26% en

pequeñas cabeceras, áreas donde habitan menos de cien mil (100.000) habitantes.

A partir del año 2.025 en adelante, se pronostica que el 75% de los habitantes en

nuestro país vivirán en las ciudades y en asentimientos humanos de estructura urbana

media (cabeceras municipales), las cuales comenzarán a afrontar dificultades, al no

contar con el acondicionamiento económico, de equipamiento urbano, de

infraestructura y de vivienda para la nueva demanda.

El municipio de Malambo y su estructura urbana, no es ajeno a este desequilibrio,

donde a partir de la década del 70 se ha presentado un crecimiento desordenado. En

este contexto general se hace necesario plantear unas estrategias y políticas de

ordenamiento territorial que dentro del marco regional diseñen soluciones específicas

al proceso de crecimiento del municipio de Malambo.

Teniendo en cuenta que el Departamento del Atlántico es la región de la costa con

menos extensión, después de Sucre, con 3.388 kilómetros cuadrados de superficie

total, pero con la densidad más alta del país, 492 hab./km2, la manera como ha

evolucionado el sector de servicios públicos, industria y explotación agropecuaria, le ha

permitido alcanzar niveles importantes de desarrollo económico y social,

particularmente su capital Barranquilla, que concentra el 93% de las actividades

económicas y sociales del departamento, generando con ellos profundos desequilibrios

en el resto de los municipios.

En el municipio de Malambo, estos desequilibrios se han producido en forma

espontánea, sin embargo su ubicación geográfica está irrigada por el Río Magdalena lo

que debería permitirle una gran variedad de actividades agrícolas e industriales, todo

esto le abre un futuro económico y una inmensa posibilidad de crecimiento, pero a la

vez éstos generarían un déficit de servicios públicos básicos, tales como; falta de

viviendas, de vías adecuadas, desempleo, falta de asistencia a la población, etc.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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2323PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

Este documento constituye una herramienta de trabajo importante para el municipio y

contiene el Plan de Ordenamiento Territorial Municipal, establecido por un período a

corto plazo (2000 – 2003), mediano plazo (2004 – 2006) y largo plazo (2007 – 2009).

El P.O.T. complementa la planificación económica y social con la dimensión territorial,

teniendo en cuenta las relaciones intermunicipales, metropolitanas y regionales, y

tiene como propósito fundamental mejorar las condiciones económicas, social y

ambiental del municipio de Malambo, observando los lineamientos programáticos de la

actual Administración Municipal, las políticas de descentralización nacional, la

participación comunitaria, la Constitución Nacional, la Ley 388 de 1997 y demás

normas. Se espera con el Plan de Ordenamiento Territorial contrarrestar los efectos de

desequilibrio en el municipio, vinculándolo a la región Caribe. El Plan no pretende ser

un fin en si mismo, sino un medio que le permita al municipio de Malambo producir un

cambio en el nivel de vida de su gente.

El Plan es la brújula que orientará el desarrollo, evaluará las potencialidades del

territorio, programará las obras de acuerdo con la disponibilidad de recursos y

permitirá a la comunidad conocer y participar en la construcción de su propio futuro.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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2424PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

CAPITULO 3

ANTECEDENTES DEL

PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIALTOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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2525PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

CAPITULO 3: ANTECEDENTES DEL PLAN DE

ORDENAMIENTO TERRITORIAL

La revolución industrial rompe con patrones tradicionales de vida rural y aldeana,

causando un flujo de emigrantes a la ciudad en busca de empleo y de un medio que

ofreciera mejores condiciones materiales de vida. Tal vez a partir de aquí es que las

migraciones constituyen la principal dinámica de crecimiento urbano.

En Colombia como en el Tercer Mundo la masiva migración rural-urbana en la segunda

mitad de este siglo ha sido más desigual. En sólo 19 años entre los censos de 1954 y

1973, Colombia pasa de ser un país predominantemente rural a urbano. En dicho

periodo, el 39% de la población residía en zonas urbanas, cifra que para 1993 asciende

al 69%.

En 1997, el Ministerio de Desarrollo Económico, en el documento Aproximación

Conceptual3, describió entre otras cosas lo siguiente:

El país dentro del contexto latinoamericano, ha desarrollado una característica fundamental cual es la concentración en diferentes centros urbanos, no solamente en su capital. Ello ha creado varios fenómenos entre los que cabe destacar la conurbación y la metropolización.

El crecimiento de las ciudades obedece, entre otros, a que se generan una serie de oportunidades para los pobladores lo cual crea una preferencia de las zonas urbanas sobre las áreas rurales y, a la vez, plantea retos a la organización territorial. Sin embargo, el crecimiento de las ciudades no siempre se ha apoyado en procesos planificadores que les permitan ordenar las acciones sobre el territorio, bien sea de índole ambiental, cultural, productiva, estructural, con lo cual se producen hechos que por no resolver de manera concertada y organizada, se constituyen en fenómenos anómalos y problemas para las ciudades y municipios.

Entre los años 1940 y 1945 se comienza a tomar conciencia sobre los beneficios de la

planeación en Colombia. A finales de este período y durante la reforma constitucional

del 45 y sus leyes complementarias, aparece en la Constitución de la República

3 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO. Viceministerio de Vivienda, Desarrollo Urbano y Agua Potable. Serie PROCESOS DE APLICACIÓN, Ley 388 de 1997. Santafé de Bogotá, Octubre 1997.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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2626PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

claramente expresada la obligación por parte del ejecutivo y del legislativo de

planificar, para que sus planes, inversiones y presupuestos obedecieran a una

ordenación de conjunto dirigida al mejor aprovechamiento de los recursos del país.

En cuanto a la planificación urbana, en Colombia tuvo su origen en el campo Municipal

a principios de la década de 1930, cuando se crearon las primeras Oficinas de

Urbanismo en el País. La orientación y trayectoria de éstas, en términos generales,

puede decirse que fue la misma de oficinas similares en Norte América y otros países

del continente. Años más tarde, esta orientación fue modificada gracias a la influencia

del Congreso Internacional de Arquitectura Moderna (CIAM), quien declaro como

funciones fundamentales del Urbanismo: Habitar, trabajar, recrearse, así como el

objeto de estas funciones: la ocupación del suelo y la organización de la circulación.

Estos postulados se cristalizaron en el documento llamado “Carta de Atenas” (1933).

Esta orientación que predominara hasta los años 1956 a 1957, cuando comenzó a

abrirse campo la planificación integral, abandonando en parte los postulados del

Diseño Urbano y Planos Reguladores propugnados por el grupo citadino.

Desde el inicio de la Ley 88 de 1947, la que reglamenta el Fomento Urbano del

Municipio, hasta la Ley 388 de 1997 conocida como Ley de Desarrollo Territorial, la

cual modifica la Ley 9ª. De 1989 y la Ley 3ª de 1991, diversas normas del orden

nacional han tratado acerca del desarrollo municipal y han dispuesto la ejecución del

Planes Reguladores u Ordenanzas del Espacio Público.

A partir de la Constitución Nacional de 1991 se consideró como uno de sus aspectos

centrales, la incorporación de la planificación como un instrumento clave para la

consecución de los fines del Estado y el ordenamiento territorial avanza en forma

paralela al proceso de descentralización. Así lo describe la Constitución Nacional:

Servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, deberes y derechos consagrados en la Constitución: facilitar la participación de todos en las decisiones que las afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo4.

Dado el proceso de crecimiento de las ciudades y la necesidad de entregar

instrumentos que se armonizaran con los nuevos derroteros impartidos desde la 4 CONSTITUCIÓN NACIONAL DE 1991. Artículo 2°.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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Constitución Nacional, y teniendo en cuenta la Ley 152 de 1994, Ley Orgánica del Plan

de Desarrollo, que dice:

Para el caso de los municipios, además de los planes de desarrollo regulados por la ley, contarán con un plan de ordenamiento que se regirá por las disposiciones especiales sobre la materia. El Gobierno Nacional y los departamentos brindarán las orientaciones y apoyo técnico para la elaboración de los planes de ordenamiento territorial5.

El Ministerio de Desarrollo Económico de turno impulso dicha armonización que se

concreta en la Ley 388 del 18 de julio 1997, denominada Ley de Desarrollo Territorial.

En lo que respecta a la Ley de Desarrollo Territorial, el Ministerio de Desarrollo

Económico señalo:

Es un conjunto de principios, instrumentos y disposiciones sobre planificación y gestión territorial, que deben ser utilizados por la administraciones locales en coordinación y en concurrencia con los departamentos, áreas metropolitanas y Nación, con el fin de lograr un ordenamiento físico territorial que promueva el desarrollo económico y social en armonía con la naturaleza, garantizando el acceso a los diversos sectores poblacionales, a los servicios, a los equipamientos, infraestructuras, suelos, vivienda y a la plena realización de los derechos ciudadanos de tal forma que se eleve la calidad de vida y se alcance un desarrollo sostenible.

La Constitución de 1991 y la Ley 388/97, han pretendido llenar vacíos encontrados en

la planificación tradicional, para dar un soporte jurídico que sirva de promoción a una

planificación que busca un uso racional del espacio; desarrollando todos “los elementos

e instrumentos para una política de ordenamiento territorial en el sentido de actuación

del Estado sobre el orden territorial existente para lograr el desarrollo humano,

ecológicamente sostenible, espacialmente armónico y socialmente justo”.6

5 LEY 152 de 1994 - ORGÁNICA DEL PLAN DE DESARROLLO. Artículo 41°.6 MASSIRIS C. Angel, Perspectiva Geográfica Vol. 1 No. 1 Tunja, 1997.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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2828PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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CAPITULO 4

JUSTIFICACIÓN

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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CAPITULO 4: JUSTIFICACIÓN

La Ley 388 de 1.997 o Ley de Desarrollo Territorial obliga al municipio de Malambo a

elaborar su Plan de Ordenamiento Territorial Municipal con el objeto de que haya un

instrumento normativo que establezca las pautas para orientar equitativa y

racionalmente el desarrollo físico-espacial de esta entidad territorial. Este instrumento

no solo permite orientar la ocupación y utilización del suelo sino, principalmente se

dispone mejorar la ubicación en el espacio geográfico de los asentamiento (población y

vivienda), la infraestructura física (vías, servicios públicos y construcción) y las

actividades socioeconómicas.

Las normas constitucionales vigentes, que permiten ampliar la participación ciudadana

con intervención de acuerdo a sus funciones, competencia, facultades o intereses,

donde las ofertas gubernamentales, deben fortalecer el ejercicio mediante el cual la

comunidad, consciente de su decisiva participación en el uso eficiente de los recursos

para beneficio del ahora y del futuro, debe realizar una evaluación que la lleve a sus

grandes desarrollos por etapas planificadas de crecimiento económico. Esa

participación se respeto durante la elaboración del Plan.

Se justifica la realización del Plan no solamente por que así lo dispuso una norma, sino

porque es necesario adoptar soluciones integrales para enfrentar la desigualdad que

presenta el territorio de municipio de Malambo frente a otros municipios del

departamento, para citar tan solo un ejemplo y como se expreso anteriormente, el

Departamento del Atlántico es uno de los más pequeños del país, con tan solo el

0,30% de la superficie total, la manera como ha evolucionado la agricultura, la

ganadería y la industria, le ha permitido alcanzar niveles importantes de Desarrollo

Económico y Social, particularmente a Barranquilla, que concentra el 93% de las

actividades económicas y sociales del Departamento, generando con ellos profundos

desequilibrios en el resto de los municipios, como es el caso de Malambo.

Con el nuevo modelo de desarrollo para el Departamento y con el marco de las

políticas establecidas en el Plan de Ordenamiento Territorial, en Malambo se

contrarrestará los efectos de desequilibrios citados.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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3030PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

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Además, el Plan de Ordenamiento Territorial (P.O.T.) permitirá fortalecer la capacidad

de gestión del Municipio, acelerando el proceso de adaptación a la descentralización y a

la modernización del Estado y facilitará las metodologías a aplicar, lo cual le permitirá

la infraestructura necesaria para asumir el proceso de independencia administrativa,

presupuestal y fiscal.

El P.O.T., satisface las expectativas del municipio frente a lo ambiental, puesto que

mira el río Magdalena como un recurso para desarrollar el contexto urbano, localizando

en su recorrido toda unas acciones urbanísticas sostenible, para de esta forma

conservar su hábitat.

Debido a los acelerados procesos de expansión demográfica y económica, el municipio

de Malambo y su estructura urbana ha crecido sin adecuada planificación, hacia zonas

donde es más costoso llevar y proveer servicios comunitario. Como lo podemos

apreciar en los últimos períodos intercensales, 1973-1985, pasando de una población

de 12.305 a 53.813 habitantes; para 1993 habitaban en el municipio 75.807 personas,

con tasas de crecimiento intercensales de 13,08% y 4,38% respectivamente.

Actualmente el municipio presenta 115.288 habitantes, los análisis del estudio

concluyen que la estructura urbana del municipio de Malambo se halla en crecimiento y

que para el año 2009 habrá incrementado su población en un 72,86%. Esto significa

que, a diferencia del proceso de aglomeración de otras ciudades, en el municipio de

Malambo opera una situación contraria, que recarga el costo de expansión de los

servicios, a lo cual necesariamente hay que buscarle solución.

Las actividades de la población, que es la síntesis de todas las diversas acciones que

los habitantes del Municipio puedan realizar, tales como habitar, trabajar, recrearse,

trasladarse, comercializar o hacer uso de servicios, le ha producido al área urbana una

serie de irregularidades, como por ejemplo la concentración y mezcla de diversas

actividades. Muchas de ellas se realizan en espacios que fueron adaptados para otros

fines, desarrollando todo esto un deterioro, incompatibilidad de usos de suelos y

carencias de otros. Por esto es muy importante que cualquier plan u obra que se

realice en el Municipio de Malambo tenga presente todos los elementos de la estructura

urbana establecidos en el P.O.T.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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Lo anterior refleja la presencia de variados componentes que justifican la elaboración

del P.O.T., dentro de los cuales pueden señalarse los siguientes:

a. En primer término, el POT, como fortalecimiento de la actuación pública,

como principal gestor en el municipio combinando de manera indispensable la

participación del sector privado en la construcción del ordenamiento territorial,

manteniendo siempre la exigencia de un interés colectivo reflejado en

determinaciones y procedimientos para el ordenamiento de la municipalidad.

b. En segundo término, el proceso de instrumentación del P.O.T. en el

planeamiento municipal, como instrumento básicos de actuación

pública, recuperando para la planeación un lugar insustituible en la orientación

de la inversión pública y el cumplimiento de los objetivos de ordenamiento

urbano trazados por el POT, bajo la premisa de que el planeamiento urbano no

puede ser sustituido por el mercado en la construcción de la ciudad.

c. En tercer término el POT, como política de Estado que implique un proceso

de planificación y organización de la ocupación del suelo, que contribuya

a aumentar el bienestar de la comunidad dentro del concepto de desarrollo

sostenible. Entendiendo el espacio, como la porción de tierra que los habitantes

apropian como suya (su vereda, su corregimiento, su municipio, su barrio).

d. Un cuarto término a considerarse, es la concertación entendida como

negociación, donde los conflictos sean expuestos de manera clara, para lo cual

es importante contar con amplios canales de participación democrática y

representativa de los distintos actores.

e. En quinto lugar, el plan de ordenamiento territorial, como posibilitador de

procesos de crecimiento y desarrollo, donde la planificación se convierta en

la carta de navegación que oriente las decisiones de la Administración

Municipal.

f. El sexto término a tener en cuenta se refiere a la gobernabilidad, entendida

como la capacidad de resolver la dificultad que afectan al conjunto de la

sociedad. Que el P.O.T. contribuya a la participación de los sectores privados y

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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3232PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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comunitario garantizando la real definición de los tipos de conflicto que se

originan en el municipio.

g. Un séptimo elemento a considerarse, es la organización y una mejor

funcionalidad a la estructura urbana del municipio, apoyada en una

equilibrada articulación de las actividades urbanas y rurales, los sistemas viales

y las diferentes categorías de equipamiento urbano, todos ellos elementos

estructurantes de la malla urbana.

h. El octavo término es el medio ambiente como factor de desarrollo,

constituyéndose en un aspecto fundamental tanto al interior como en relación

con el entorno municipal en objetivos manejos de ecosistemas, bajo criterios de

sostenibilidad, competitividad y equidad.

Por último se encuentran los aspectos jurídicos (Constitución Nacional de Colombia y

Leyes relacionadas) relativos al ordenamiento territorial. La Constitución Política de

Colombia de 1991 dio un paso importante al incluir explícitamente algunos artículos

sobre el manejo del ambiente, la distribución de recursos y competencias de los entes

territoriales, y al darle un enfoque espacial a la planificación del desarrollo.

Numerosos artículos dentro de la Constitución tiene que ver directa o indirectamente

con el ordenamiento territorial; los que recogen mejor el sentir de ordenamiento; los

que se refieren al régimen territorial; los que se pronuncian sobre la organización

territorial; los que pronuncian sobre el desarrollo territorial equilibrado y los que

mencionan el patrimonio cultural, étnico y natural y por supuesto la participación

social. Por ello es suficiente la justificación legal que a continuación se describe en los

cuadros No. 1, 2 y 3.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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3333PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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CUADRO No. 1 – EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA DE 1991

TÍTULOS EN LA CONSTITUCIÓN

DESCRIPCIÓN

Organización Territorial

• Art. 288. Competencias de las entidades territoriales. Las de las entidades territoriales serán ejercidas conforme a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiaridad.

• Art. 318. Para mejora la prestación de los servicios y asegurar la participación ciudadana los municipios se podrán dividir por decisión de los Concejos municipales en comunas y corregimientos.

• Art. 319. Áreas metropolitanas.• Art. 320. La ley podrá establecer categorías de municipios de acuerdo

con su población, recursos fiscales, importancia y situación geográfica, y señalar distinto régimen para su organización gobierno y administración.

• Artículos 321 y 329. Constitución de provincias y las ETIS (Aún no se han reglamentado).

Desarrolloterritorial

equilibrado

• Art. 58. Reglamentación de los usos del suelo en zonas de reserva agrícola.

• Art. 80. Planificación y aprovechamiento de los recursos naturales.• Art. 311. Competencia municipal para ordenar el desarrollo de su

territorio.• 313. Numeral 7. Competencias de los concejos municipales en la

Reglamentación de los usos del suelo.• Art. 334. Intervención del Estado en la economía, explotación de los

recursos naturales y el desarrollo y la preservación de un ambiente sano.

Patrimonio cultural,

étnico y natural

• Art. 7, 8, 72. Principios fundamentales de reconocimiento de la diversidad étnica y cultural y la obligación por parte del Estado y las personas que protegen las riquezas culturales y naturales de la Nación.

• Art. 79. Derecho a gozar de un ambiente sano.• Art. 313. Numeral 9. Competencias de concejos municipales en dictar

las normas necesarias para el control, la preservación y defensas del patrimonio ecológico y cultural del municipio.

CUADRO No. 2 - LEYES RELACIONADAS CON EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL – NORMATIVIDAD

NORMAS CONTENIDOS RELACIONADOS CON EL ORDENAMIENTO

TERRITORIALCódigo Nacional de Recursos Naturales

Renovables y Protección del Medio Ambiente

Decreto 2811 de 1974

• Constituye la base del ordenamiento ambiental del territorio, aportando un gran número de categorías espaciales, agrupadas en el sistema de parques nacionales naturales, distritos de conservación de suelos y áreas de protección de playas y cauces. Este Código es complementada por la Ley 99 de 1993.

Ley del Mar Ley 10 de 1978

• Aporta elementos importantes para el ordenamiento de las áreas marinas del país (Mar Territorial, Zona Económica Exclusiva, Plataforma Continental).

Código de Régimen • Aporta aspectos referidos al ordenamiento de los usos del

suelo urbano, la urbanización futura de ciudades, zonas de

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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Municipal Decreto 1333 de 1986

reserva agrícola contiguas a la zona urbana y la regulación de la ubicación de industrias contaminantes y mataderos públicos.

Código de Régimen Departamental

Decreto 1222 de 1986

• Establece las normas para que dos o más municipios, de un mismo departamento o departamentos distintos pueden asociarse para prestar servicios públicos, ejecutar obras o realizar funciones administrativas.

Ley de Reforma Urbana Ley 9 de 1989

• Amplía los aportes dados por el Código de Régimen Municipal al ordenamiento urbano, en lo referente a los planes y reglamentos de usos del suelo, reserva de tierras urbanizables, manejo de inmuebles constituidos del espacio público, reserva de zonas para protección ambiental, zonas de desarrollo diferido, progresivo, restringido y concertado. Renovación y redesarrollo de zonas afectadas con procesos de deterioro económico, social, físico y rehabilitación de desarrollo incompleto o inadecuado así como distintos instrumentos de estímulo financieros y coercitivos (sanciones) con los cuales se busca garantizar el cumplimiento de los planes urbanos.

Ley de Vivienda de Interés Social

Ley 3 de 1991

• Ordena todo lo relacionado con la Vivienda de Interés Social (VIS), se crea el Sistema Nacional de Vivienda de Interés Social y se definen los aspectos inherentes a su ejecución, asistencia técnica y financiación. De acuerdo con la ley, todo municipio o Distrito es responsable dentro de su respectivo territorio de coordinar todo lo relacionado con el Sistema Nacional de Vivienda, lo cual los compromete a ejecutar directamente este tipo de soluciones de vivienda. Con tal fin se crearon los fondos municipales o distritales.

Ley 60 de 1993Recursos y Competencias

de las Entidades Territoriales

• Distribución de recursos y competencias de las entidades territoriales. Situado fiscal, transferencias de los ingresos corrientes de la nación.

Identidad Cultural y Derechos de las

Comunidades NegrasLey 70 de 1993

• Reconocimiento de la titularidad colectiva de la tierra de las comunidades negras.

Normas Fiscales relativas a los Territorios

indígenasDecreto 1809 de 1993

• Participación fiscal de los territorios indígenas

Ley Básica del Transporte Ley 105 de 1993

• Establece competencias sobre transporte y vías a la Nación, departamento y municipios, entre otros aspecto.

Ley General de Desarrollo Agropecuario

y PesqueroLey 101 de 1993

• Establece normas sobre protección y desarrollo del sector agropecuario y pesquero, previsión de crédito para estos sectores, incentivos a la capitalización rural, comercialización, tecnología, asistencia técnica, desarrollo social rural y participación ciudadana.

Ley de Reforma AgrariaLey 160 de 1994

• Aporta créditos para el ordenamiento rural, referidos al desarrollo de las comunidades rurales, manejo de baldíos nacionales, colonizaciones, zonas de reserva campesina y procedimientos de adquisición, expropiación y adjudicación de tierras.

Sistema Nacional Ambiental

Ley 99 de 1993

• Complementa los aportes del Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección del Medio Ambiente. Zonificación del uso adecuado, regulaciones nacionales sobre uso del suelo en lo concerniente a sus aspectos ambientales, pautas ambientales para el ordenamiento y manejo de cuentas hidrográficas y demás áreas de manejo especial, aprovechamiento sostenible de recursos naturales, regulación

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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3535PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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ambiental de asentamientos humanos y actividades económicas, reglamentación de usos de áreas de parques nacionales naturales e instrumentos de planificación ambiental, tales como la organización institucional, los planes ambientales, recursos técnicos e informativos e instrumentos de control, financieros y de participación ciudadana. Esta Ley es reglamentada por el Decreto 1753 de 1994, sobre licencias ambientales, en el cual se establecen los estudios (diagnóstico ambiental de alternativas y estudios de impacto ambiental) exigidos para proyectos, obras o actividades que puedan producir deterioro grave a los recursos naturales renovables o al medio ambiente.

Ley General de la Educación

Ley 115 de 1994

• Estructura y organización del sector educativo. Funciones y competencias territoriales.

Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios

Ley 142 de 1994

• Organización, funcionamiento y competencias, control y vigilancia en la prestación de servicios domiciliarios.

Ley Orgánica del Plan de Desarrollo

Ley 152 de 1994

• Establece que los municipios, además del Plan de Desarrollo contará con un Plan Ordenamiento Territorial, además define los Consejos Territoriales de Planeación y normas de organización y articulación de la planeación regional y de las distintas entidades.

Ley Orgánica de lasÁreas Metropolitanas

Ley 128 de 1994

• Aporta elementos para el desarrollo armónico e integrado del territorio, la normatización del uso del suelo urbano y rural metropolitano y el plan metropolitano para la protección de los recursos naturales y defensa del medio ambiente.

Ley de Participación Ciudadana

Ley 134 de 1994

• Aporta los mecanismos de participación ciudadana (consulta popular, cabildo abierto, entre otros) que pueden ser útiles en los procesos de consulta y aprobación de los planes de ordenamiento territorial.

Fonda Nacional de Regalías Ley 14 de 1994

• Establece y distribuye recursos para la promoción de la minería, preservación del medio ambiente, proyectos regionales de inversión.

Organización y Funcionamiento de los

MunicipiosLey 136 / 94

• Plantea objetivos y desarrolla aspectos organizativos de los municipios como las asociaciones municipales que contribuyen al logro de los objetivos del ordenamiento de estas entidades territoriales.

Ley de FronterasLey 191 de 1995

• Aporta elementos claves para el ordenamiento de áreas fronterizas, a partir de las unidades especiales de desarrollo fronterizo y las zonas de integración fronteriza, señalando algunos instrumentos de apoyo como los convenios de cooperación e integración y los bonos de desarrollo fronterizo.

Ley de Desarrollo Territorial

Ley 388 de 1997

• Señala los contenidos y procedimientos para la formulación y ejecución de los Planes de Ordenamiento Territorial Municipal y distrital, los componentes, las normas urbanísticas, los instrumentos de gestión urbana y las compensaciones y plusvalía.

Ley de Sistema de Financiación de Vivienda

IndividualLey 546 de 1999

• Crea el nuevo marco legal para la financiación de vivienda y dispone la reliquidación de los créditos entre el primero de enero de 1993 y el 31 de mayo de 1999.

Proyecto de Ley Orgánica de

a) Disposiciones generales: contenido de la Ley, objetivos del OT, autonomía de las entidades territoriales, determinación de entidades territoriales y administrativos de planeación.

b) Los principios de rectores para el ejercicio de las competencias normativas, administrativas, en materia de prestación de servicios y en materia de ordenamiento espacial.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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Ordenamiento Territorial c) Los mecanismos para dirimir conflictos por competencias.d) La naturaleza, definición, constitución, objetivos, funciones,

órganos de administración y relaciones de las entidades territoriales, (omitiendo aquellas materias ya reglamentadas en el caso de municipios y departamentos y desarrollando ampliamente las competencias de nuevas entidades territoriales, administrativas o de planificación)

CUADRO No. 3 - LEY 388 Y SUS DECRETOS REGLAMENTARIOS

Decreto 879 13 de mayo de 1998

Por el cual se reglamentan las disposiciones referentes

al Ordenamiento del Territorio Municipal y

Distrital y a los Planes de Ordenamiento Territorial

Desarrolla los siguientes aspectos:

• Obligatoriedad de los Planes de Ordenamiento Territorial. Todos las Administraciones Municipales y Distritales formularán su Plan de Ordenamiento Territorial.

• Prevé la Participación Democrática en el Ordenamiento del Territorio.

• Profundiza cada uno de los componentes de los POT.• Define el Programa de Ejecución. Actuaciones sobre territorio

previstas durante el período de la correspondiente administración municipal o distrital, de acuerdo con lo definido el Plan de Desarrollo.

• Reglamenta la Vigencia del Plan de Ordenamiento Territorial, de los Componentes y Contenidos y del Programa de Ejecución.

• Da directrices para el desarrollo y presentación del plan según el tipo de plan a desarrollar – No. De habitantes.

Decreto 1052 10 de junio de

1998

Por el cual se reglamentan las disposiciones referentes a licencias de construcción y urbanismo, al ejercicio de la

curaduría urbana, y las sanciones urbanísticas

Proyecto de Ley Orgánica de

Ordenamiento Territorial

Licencias de Urbanismo :

• Autorización para ejecutar en un predio la creación de espacios abiertos públicos o privados y obras de infraestructura que permitan la construcción de un conjunto de edificaciones acordes con el POT.

• Modalidades, autorizaciones que se concedan para la parcelación de un predio en suelo rural o de expansión urbana, para el loteo o subdivisión de predios para urbanización o parcelación y, el encerramiento temporal durante la ejecución de las obras autorizadas.

Licencias de Construcción:

• Autorización pata desarrollar un predios con construcciones, cualquiera que ellas sean, acordes con el POT y las normas urbanísticas del municipio o distrito.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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3737PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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Modalidades las autorizaciones para ampliar, adecuar, modificar, cerrar y demoler construcciones.

Obligatoriedad de la licencia para adelantar obras de construcción, ampliación, modificación y demolición de edificaciones, de urbanización y parcelación en terrenos urbanos de expansión urbana y rurales.

Curadores urbanos >100.000 habitantes, las licencias serán estudiadas, tramitadas expedidas por los curadores urbanos.El curador urbano es un particular encargado de estudiar, tramitar y expedir licencias de urbanismo o de construcción. El alcalde municipal o distrital designará a los curadores urbanos para periodos individuales de cinco (5) años, previo concurso de méritos, en el orden que señale la lista de elegibles.

Decreto 1420 24 de julio de 1998

Por el cual se reglamentan las disposiciones referentes a los Avalúo destinados a

precisar los valores comerciales de los bienes

inmuebles

• Señala las normas, procedimientos, parámetros y criterios para la elaboración de los avalúos destinados a precisar los valores comerciales de los bienes inmuebles. Establece los conceptos de zona o subzonas geoeconómicas homogéneas, áreas morfológicas homogéneas.

Decreto 1504 4 de agosto de 1998

Por el cual se reglamenta el manejo del espacio público

en los Planes de Ordenamiento Territorial

El espacio público es el elemento articulador y estructurante fundamental del espacio de la ciudad, así como el regulador de las condiciones ambientales de la misma, y por lo tanto se constituye en uno de los elementos estructurales de los Planes de Ordenamiento Territorial. Esta conformado por :

• Los bienes de uso público, destinado al uso o disfrute colectivo.

• Los elementos arquitectónicos de inmuebles privados que satisfacen necesidades de uso público.

• Las áreas requeridas para la conformación del sistema de espacio público.

Decreto 1507 4 de agosto de 1998

Por el cual se reglamentan las disposiciones referentes

a planes parciales y a unidades de actuación

urbanísticas contenidas en la

Ley 388 de 1997

Instrumentos de planificación asociados a un territorio específicamente delimitado:

• El POT, instrumentos técnico y normativo para ordenar el territorio municipal o distrital.

• Los planes parciales que son los instrumentos por los cuales se desarrollan y complementan las disposiciones de los Planes de Ordenamiento Territorial para áreas determinas del suelo urbano o del suelo de expansión urbana.

Características :• Obligatorio cumplimiento por parte del Estado y los

particulares.• Los niveles de prevalecía en las decisiones son: Nacional,

departamental, metropolitano, componente general del Plan de Ordenamiento Territorial, componente urbano o rural del Plan de Ordenamiento Territorial, Planes Parciales, Unidades de Actuación Urbanística.

Decreto 15996 de agosto de 1998

• Desarrolla aspectos asociados con disposiciones referentes a la participación por plusvalía de que trata la Ley 388 de 1997.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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Decreto 1599 agosto de 1998

Por el cual se reglamentan las disposiciones referentes a participación en Plusvalía de que trata la Ley 388 de

1997

Plusvalía:

Art. 82 CP y Ley 388 de 1997 con el propósito de garantizar el derecho:Espacio público y asegurar el reparto equitativo de las cargas y beneficios de derivados del ordenamiento territorial.

Fijación de normas: A cargo de los Concejos Municipales y distritales mediante acuerdo de carácter general.

Hechos generadores de la participación de la plusvalía:

1.La incorporación de suelo rural a suelo de expansión urbana o la consideración de parte de suelo rural como suburbano.

2.El establecimiento o modificación del régimen o la zonificación del usos del suelo.

3.La autorización de un mayor aprovechamiento del suelo en edificación, bien sea elevado el índice de ocupación o el índice de construcción o ambos a la vez.

4.Ejecución de obras públicas que generen mayor valor en predios y no se haya utilizado para su financiación la contribución de valorización.

En este orden de ideas, la Ley 388 de 1997, Ley de Desarrollo Territorial, concibe el

ordenamiento del territorio municipal y distrital como:

El conjunto de acciones político-administrativas y de planificación física concertadas, emprendidas por los municipios o distritos y áreas metropolitanas, en ejercicio de la función pública que les compete, dentro de los límites fijados por la Constitución y las leyes, en orden a disponer de instrumentos eficientes para orientar el desarrollo del territorio bajo su jurisdicción y regular la utilización, transformación y ocupación del espacio, de acuerdo con las estrategias de desarrollo socioeconómico y en armonía con el medio ambiente y las tradiciones históricas y culturales7.

Las razones anteriores explican el por qué dicha Ley, en sus articulo 6º precisa que el

ordenamiento territorial municipal y distrital tienen como objeto:

Complementar la planificación económica y social con la dimensión territorial, racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientar su desarrollo y aprovechamiento sostenible...

Quiere decir esto, que en el Municipio de Malambo no solamente se pretenda alcanzar

una estructura espacial urbano – rural, ajustada tanto de sus componentes presentes

7 LEY 388 de 1997 – DESARROLLO TERRITORIAL. Artículo 5°, Capitulo II.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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3939PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

como los previstos para el futuro, sino que exista una serie de institución básicas,

donde cada una cumpla un papel importante dentro del proceso de planificación. Las

diferentes dependencias de la Administración Municipal deben buscar nuevos

contenidos alrededor del papel que efectivamente están llamadas a cumplir, dentro de

los nuevos paradigmas de la planificación, donde la participación y la cultura

ciudadana, son los principios y derroteros a seguir a fin de dar sostenibilidad y

aplicabilidad a los mismos, logrando fortalecer la democracia participativa desde los

interese de los actores.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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4040PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

CAPITULO 5

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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FUNDAMENTOS

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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CAPITULO 5: FUNDAMENTOS

Con el Plan de Ordenamiento Territorial el Municipio de Malambo pretende brindar

mejores condiciones de vida y calidad ambiental para la población.

Dentro de los fundamentos es importante destacar dos aspectos centrales que surgen

como resultado del proceso planteado:

En primer lugar la definición del Propósito de Desarrollo, que surge como la visión

colectiva de largo plazo frente a las expectativas futuras del Municipio de Malambo en

su proceso de prosperidad.

En segundo lugar, la propuesta del Escenario de Ordenamiento, que se constituye en el

“camino” determinado para organizar el territorio en función del Propósito de

Desarrollo.

En síntesis, para el municipio como Entidad Territorial fundamental de la división

político– administrativa del Estado, con autonomía política, fiscal y administrativa,

dentro de los límites que señalen la Constitución y la Ley, cuya finalidad es lograr el

bienestar general y mejoramiento de la calidad de vida de la población en su

respectivo territorio, el Ordenamiento Territorial es un proceso político administrativo y

de planificación, cuyo propósito es mejorar las condiciones de vida de la población,

orientar el desarrollo de su territorio, dirigir y regular su utilización, transformación y

ocupación, de forma participativa, de acuerdo con las estrategias de desarrollo,

armonizable con el medio ambiente y las tradiciones socio – culturales.

El P.O.T. contemplara una propuesta concertada para la distribución ordenada de las

actividades en el espacio, tomando en cuenta sus potencialidades, limitantes y

conflictos, la mejor organización funcional del territorio y posibilidad de usos múltiples.

Así, en este sentido, pretende armonizar la ocupación del espacio con los intereses de

desarrollo socio–económico y la protección del patrimonio natural, histórico y cultural,

de manera que el ordenamiento territorial apunte a crear espacios favorables a la

participación, a estimular la igualdad social y a mejorar las condiciones de vida de

todos los sectores de la población, con una imagen cierta de futuro.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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Como reto para alcanzar los fundamentos anteriores, se pretende promover una

perspectiva de organización territorial de largo plazo, con potencia para transformar el

municipio, haciéndolo más productivo, equitativo, sustentable y competitivo, donde

cada actor se sitúe al interior del proceso colectivo del cual hace parte como ser

humano y adquiera conciencia sobre el papel que le corresponde desempeñar en la

tarea colectiva de forjar al municipio que habita.

En el Plan de Ordenamiento Territorial, denominado “Malambo ciudad Industrial y

agroindustrial del Atlántico”, el territorio es la prolongación del hogar, donde los

ciudadanos tiene oportunidad de convivir y de utilizar de manera masiva ciertos

espacios y bienes, y la disponibilidad de territorios adecuados para el desarrollo de

múltiples actividades en sus relaciones con otros ciudadanos.

De modo que el Plan concuerda, al mismo tiempo, como escenario y factor activo en la

consecución de los derechos fundamentales de la población y en el manejo de los

posibles conflictos que entre ellos surjan al buscar acceder a las facilidades, de

servicios e infraestructuras que proveen las ciudades, como son los derechos

constitucionales a la vivienda digna8, salud y saneamiento ambiental9, a la recreación10,

al ambiente sano11 y al espacio público.

8 CONSTITUCIÓN NACIONAL DE 1991. Artículo 51.

9 CONSTITUCIÓN NACIONAL DE 1991. Artículo 49.

10 CONSTITUCIÓN NACIONAL DE 1991. Artículo 52.

11 CONSTITUCIÓN NACIONAL DE 1991. Artículo 79.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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CAPITULO 6

PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL EN EL

PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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CAPITULO 6: PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDADA CIVIL

EN EL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

En Colombia, la participación de la sociedad civil, es un imperativo constitucional en la

planeación territorial, que permite legitimar las propuestas de desarrollo en todos los

niveles político- administrativos.

La participación institucional y la participación ciudadana se corresponden

mutuamente. Por lo tanto, los lineamientos metodológicos del Plan fueron orientados

hacia el diseño de un proceso donde intervienen todos los actores o fuerzas

(organizaciones gubernamentales y no gubernamentales) que actúan en el devenir del

Municipio.

6.1. MARCO NORMATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN DE LA

SOCIEDAD CIVIL EN EL PROCESO DE ORDENAMIENTO

TERRITORIAL

La Constitución establece que Colombia es un Estado social de derecho, organizado en

forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades

territoriales, democrática y participativa (artículo 1). Este principio constitucional de

participación establece que el funcionamiento del Estado está definido por la

participación "erigiéndose como elemento dominante de la acción del Estado la

participación ciudadana y comunitaria". Los derechos humanos fundamentales, las

garantías judiciales y el derecho de todo ciudadano en relación con su participación en

la conformación, ejercicio y control del poder político se implementan a través de los

mecanismos de participación ciudadana12. Surgen de esta manera las formas de

participación democrática, que ya no se limitan al ejercicio del voto13.

12 Son aproximadamente cincuenta los artículos de la Constitución que se refieren a los mecanismos de participación ciudadana y comunitaria. Para una revisión detallada y sistemática de estos mecanismos. ver: LURDUY, José: Mecanismos de participación ciudadana y comunitaria. Parcomun. Santa fé de Bogotá. 1992. Proyecto dirigido por Darío Restrepo. 13 En la Constitución del 91 se dedica el título IV a la participación democrática y a los partidos políticos (artículos 103 a 131).

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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Los mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía (artículo

103 de la Constitución Nacional) son: el voto, el plebiscito, el referendo, la

consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria

del mandato. Es significativo en los derechos constitucionales, el que los ciudadanos

puedan presentar proyectos sobre asuntos que son de competencia de las

corporaciones públicas (proyectos de iniciativa legislativa popular que incluyen

ordenanzas y acuerdos), las cuales están obligadas a tramitarlos.

A los ciudadanos se les garantiza el derecho a participar en eventos políticos a través

de partidos, movimientos políticos y organizaciones sociales. Se le da vida a un

estatuto de la oposición, que garantiza a los partidos y movimientos que no participan

en el gobierno ejercer libremente la función de oposición y desarrollar diversas

alternativas políticas. Para cumplir el derecho a la oposición se garantizan otros, como

el acceso a la información, a la documentación oficial, y al uso de los medios de

comunicación social del Estado.

Otras formas de participación ciudadana están garantizadas por la representación de

los ciudadanos en la gestión y fiscalización de los servicios públicos, por la constitución

de Juntas Administrativas Locales, elegidas popularmente, con funciones de gestión y

control administrativo en comunas y corregimientos. Los ciudadanos pueden promover

la expedición de leyes, presentar proyectos de ley o de reforma constitucional y

solicitar ante la organización electoral, la convocatoria de un referendo para derogar

una ley. Esto último, siempre y cuando no se refiera a los asuntos relacionados con

tratados internacionales, con la ley de presupuesto y con las leyes referentes a

materias fiscales y tributarias.

Los elementos sobre la participación ciudadana señalados en la Constitución reflejan

las mutaciones del Estado y de la sociedad civil hacia un nuevo orden democrático,

auspiciado por un Estado moderno, que rompe con los esquemas tradicionales de una

administración centralizada, caracterizada por una concepción autárquica en el manejo

institucional, una planeación tecnocrática y sectorizada, y un peso burocrático excesivo

con controles formales e ineficaces14.

14 TORRES, Hernando y PULIDO L., Margoth: Op. Cit. 1991.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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La legislación sobre participación ciudadana, posterior a la Constitución de 1991, se

desarrolla fundamentalmente en la Ley Estatutaria de los Mecanismos de Participación

Ciudadana (134/94); en la Ley de Régimen Municipal (136/94); en la Ley Orgánica del

Plan de Desarrollo (152/94) y en la Ley de creación del Ministerio del Medio Ambiente

y organización del Sistema Nacional Ambiental (99/93)15.

La Ley 134 de 1994 define los mecanismos de participación ya mencionados: la

iniciativa popular, el referendo, la consulta popular, el plebiscito, el cabildo abierto y la

revocatoria del mandato. En el título XI establece la participación democrática y de las

organizaciones civiles, específicamente la participación en la gestión administrativa

(artículo 99) y en la vigilancia de la gestión pública, organizada en la figura de

veeduría ciudadana o junta de vigilancia (Art. 100).

Por medio de la Ley 136 se establece la participación ciudadana en los estudios de

proyectos de acuerdo municipal (Arto 77); la consulta sobre prioridades de inversión

en comunas y corregimientos (Art. 135); la vinculación al desarrollo municipal, en

prestación de servicios y ejecución de obras (Art. 141); el control de la gestión y la

protección de servicios públicos (Art. 144); el control a la gestión financiera (Art. 145);

la vinculación a los organismos de control fiscal (Arto 167).

La Ley 152 establece la participación como un principio general en materia de

planeación (Art. 3, numeral G); además vincula a los ciudadanos en las instancias de

planeación que actúan como órganos consultivos: Consejo Nacional de Planeación (Art.

9) y Consejos Territoriales de Planeación (Art. 33).

La Ley 99 define como principio general, la participación ciudadana en el manejo

ambiental del país (Art. 1, numeral 12); además garantiza la presencia ciudadana en el

SINA (Art.4), en el Consejo Técnico Asesor de Política Ambiental (Art. 11, parágrafo

11); Y en el Consejo Nacional Ambiental (Art. 13). En el título X se establecen los

modos y procedimientos de participación ciudadana, como mecanismos para la

intervención en proyectos, obras o actividades que afecten el medio ambiente; ellos

son: la petición de intervención, las audiencias públicas administrativas, la petición de

15 Si bien existen estos espacios legales para la participación ciudadana, se han desarrollado otras formas sociales de participación que han permitido involucrar a los ciudadanos en los procesos de planeación local, como los foros municipales / regionales, las asambleas locales, los talleres veredales mingas participativas, etcétera.

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información, las acciones de nulidad y las acciones populares en defensa del espacio

público.

Finalmente, a nivel legislativo se hace referencia a la participación ciudadana en

asuntos que tienen que ver con el uso del suelo (Ley 136194, Art. 33), estableciendo

la consulta popular como el mecanismo para que los afectados opinen con respecto al

cambio de uso del territorio. La consulta popular es el mecanismo que podría

sugerirse para someter a consideración de los ciudadanos los asuntos de trascendencia

local (Ley 134, Art. 8; Ley 136, ya citada; Decreto 1333/86, Art. 374), como es el caso

del plan de ordenamiento territorial.

62. LA PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL EN EL PLAN DE

ORDENAMIENTO TERRITORIAL

El ordenamiento territorial urbano requiere de una participación ciudadana amplia, que

le dé viabilidad al proceso y legitimidad a las decisiones, involucrando los intereses y

las necesidades de la comunidad local.

Desde una perspectiva metodológica, la participación de la sociedad civil en el plan de

ordenamiento territorial en las ciudades, tiene como objetivo garantizar la validez y

legitimidad del plan, incorporando los actores locales en la toma de decisiones sobre el

uso del territorio y la problemática asociada a éste.

Es necesario que la sociedad civil participe activamente en todas las fases del plan de

ordenamiento territorial, vale decir, en el diagnóstico de los problemas urbanos que

determinan el nivel de vida de los ciudadanos, en el planeamiento y concertación de

soluciones, en la ejecución, en el control y la vigilancia del desarrollo de los planes,

programas y proyectos en los que se hayan materializado las soluciones adoptadas.

La participación de la comunidad local en el plan de ordenamiento territorial reviste

una finalidad diferente de acuerdo con el objetivo de la participación y el momento

especifico de la planeación territorial.

En la fase de diagnóstico, lo esencial de la participación ciudadana es la vinculación

efectiva de los actores locales en el proceso de ordenamiento territorial. La ciudadanía

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contribuye, desde la dinámica sectorial/territorial, en el análisis y dimensionamiento de

la problemática espacial urbana y suburbana, confrontando y validando el

prediagnóstico realizado de acuerdo con los lineamientos metodológicos propuestos.

En la fase de prospectiva, la participación está dirigida a diseñar concertadamente

las posibles alternativas de solución y atenuación de los problemas y los conflictos de

uso existentes en el Municipio, considerando un balance entre potencialidades y

restricciones de utilización del territorio. De igual forma se busca el logro de consenso,

a partir de la concertación y negociación de intereses y objetivos entre los actores, en

cuanto al escenario deseado de ciudad.

Los aspectos concretos en los que los ciudadanos pueden y deben participar en pro del

mejoramiento de sus condiciones de vida, de acuerdo con el marco teórico y

conceptual del Plan, son los siguientes:

• La zonificación general del uso del suelo urbano y suburbano en categorías tales

como: residencial, industrial, comercial, agrícola y de servicios, etc.16.

• La definición de la ubicación de los equipamientos y de las coberturas de

servicios públicos básicos (acueducto y alcantarillado).

• La definición de la ubicación estratégica, en aras de lograr un máximo de

cobertura, de los servicios sociales (escuelas, colegios, centros médicos y

hospitalarios, parques y zonas recreativas)

• La definición del plan vial, en busca de un adecuado nivel de articulación entre

zonas residenciales y aquellas donde se concentran el empleo y los servicios. El

control de la contaminación del aire y del agua, así como la prevención de estos

problemas.

• La preservación del patrimonio cultural y natural de la ciudad.

16 La zonificación del uso del suelo es entendida como la base fundamental para la elaboración de un reglamento de uso del suelo, el cual será un instrumento indispensable en el logro de una ciudad más solidaria, competitiva y sostenible, donde se prevenga la mezcla de usos incompatibles entre sí que determinen el deterioro de las zonas y por último, donde sé restrinja la urbanización en zonas de amenazas naturales.

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Se espera, que la participación ciudadana en el Plan de O. T dé continuidad a la

planeación urbana, contribuyendo en la gestión pública del Malambo, para mitigar y

prevenir el deterioro ambiental y los problemas de funcionamiento.

6.3. PRINCIPIOS QUE ORIENTAN LA PARTICIPACIÓN DE LA

SOCIEDAD CIVIL EN EL PROCESO DEL PLAN DE ORDENAMIENTO

TERRITORIAL

Por la importancia que adquiere el proceso de ordenamiento territorial para la

población de Malambo, es indispensable analizar y profundizar en algunos principios

mínimos, que orienten metodológicamente las acciones del Plan de 0.T17.

• Un proceso no silencioso: la población, a todo nivel y en todos los sectores, debe

ser informada sobre el plan y recibir los elementos que le permitan comprender la

relevancia de lo que está ocurriendo en la ciudad, de manera que se construya

realmente un espacio comunicativo de acción. En este sentido, el Plan de O. T. es

un espacio para escuchar, aprender y trabajar sen pro del Municipio, en aras del

diseño dé un proyecto de desarrollo común.

• Un proceso abierto: es necesario garantizar no sólo el conocimiento del enfoque

y la metodología del plan, sino además la participación - en las actividades

significativas del mismo - de todos los interesados y afectados: ciudadanos,

gremios, sectores y grupos que actúan en la vida local / regional. En síntesis, es un

proceso abierto, no exclusivo, ni cerrado, que admite la convergencia de múltiples

intereses.

• Un proceso auto selectivo: habitualmente estos procesos de planeación no

cuentan con una participación indiscriminada y generalizada. Es necesario convocar

a todas las organizaciones sociales, económicas, ambientales, culturales, políticas,

etc., existentes en el Municipio; pero una vez iniciado el proceso y aunque se

cuente con buenos niveles de información y comunicación, con mensajes claros a la

17 CORTINA, Adela: Ética Mínima. Herder, Santafé de Bogotá 1992.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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ciudadanía y con suficientes datos que ilustren la dinámica desarrollada, es posible

prever una tendencia a la auto selección de los participantes, consolidándose un

grupo más reducido y comprometido.

• Un proceso regulado: la participación ciudadana en los procesos de ordenamiento

territorial no puede ser esporádica, coyuntural, asistemática y discontinua, en lo

que tiene que ver con la comprensión de los temas objeto de trabajo. Por lo tanto,

se requiere Impulsar una estructura organizacional y una dinámica motivacional

que garantice continuidad en la asistencia, disciplina en la acción y profundidad en

la consideración de los temas y problemas de la municipalidad y la ciudad en

particular.

• Un proceso concertado: la diversidad de percepciones, enfoques, lenguajes,

intereses y necesidades de los ciudadanos, hacen necesario que en los procesos de

ordenamiento del territorio se generen espacios sociopolíticos de diálogo,

intercambio y evaluación integral de los problemas, las oportunidades, las

potencialidades, los conflictos y las soluciones, de tal forma que la toma de

decisiones sea lo más democrática posible, ganando las voluntades de todos para el

logro de los objetivos definidos.

• Un proceso negociado: los cambios que generan los procesos de ordenamiento

territorial buscan contribuir a la corrección de los desequilibrios sociales. Los

actores involucrados en el proceso se ven afectados diferencialmente tanto en el

corto como en el largo plazo, por lo tanto, es necesario ilustrar y discutir los

diversos temas suficientemente, a fin de generar acuerdos, consensos y

negociaciones, que permitan balancear los impactos sociales del proceso.

Se debe posibilitar la máxima claridad del proceso en relación con el beneficio global

del plan, para que los ciudadanos interesados flexibilicen sus posiciones y ajustes los

intereses particulares a las prioridades de desarrollo colectivo en el nivel local y

regional.

• Un proceso flexible: dada la heterogeneidad de los actores e intereses, y de

la calidad organizativa de las instituciones locales, es necesario un ajuste

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gradual y progresivo de los momentos y formas de la participación ciudadana

en el desarrollo del plan; se requiere adecuar las propuestas de participación a

condiciones de funcionamiento y operación de tal forma que garanticen una

amplia cooperación. En consecuencia, es necesario diseñar distintos métodos de

acción, lugares de encuentro alternativos, manejo de lenguajes variados,

dinámicas diversas, esquemas de trabajo, textos múltiples, métodos de

información, motivación y difusión del plan de O. T. en las localidades.

• Un proceso eficiente: el plan debe estar programado de forma tal que el

proceso permita optimizar el rendimiento de las agencias de planeación con que

cuenta la ciudad y fortalecer la cohesión social y la integración cultural.

• Un proceso activo: la participación de los actores locales en la toma de

decisiones puede tener un carácter pasivo o activo. La participación pasiva es

presencial, no dinámica, y actúa sólo a nivel de consulta. La participación activa

no sólo es consultiva, implica involucrar a los actores y sus organizaciones en la

toma de decisiones del proceso del plan.

• Un proceso dinámico: hace relación a la didáctica de la gestión y la pedagogía

de los resultados: Los procesos de participación en la gestión pública tienden a

ser "desgastadores", "aburridos", "poco amenos", "fatigantes" y "escasamente

amables"; esto debido, entre otros factores, a la multiplicidad de contextos y

determinaciones que implícita o explícitamente se manejan18.

6.3. ESTRATEGIAS PARA LA PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD

CIVIL EN EL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

La construcción del Plan de O. T. requiere la consideración de estrategias que

consoliden la participación. Al respecto se formulan tres estrategias:

informacíón/motívación, educación/ capacitación y organización/intervención.

18 Es necesario agilizarla presentación de los temas y problemas, proponer mecanismos de discusión, en forma tal que los debates no sean interminables t se logren los objetivos de cada sesión. Se debe procurar establecer mecanismos para la conformación de comisiones, reglamentos para el debate, coordinaciones ágiles y democráticas, información oportuna y presentada en términos pedagógicos, garantizando suficiente ilustración para la toma de decisiones.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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Para el desarrollo del Plan de O. T. es necesario informar, educar y capacitar a los

actores involucrados en forma tal que se integren en el proceso hacia la producción de

soluciones.

• La primera estrategia - informacíón/motívación - va dirigida a fortalecer la

comunicación del gobierno local con las organizaciones ciudadanas: ONG,

gremios, comunidades de base, construyendo condiciones favorables a la

participación, así como una atmósfera de confianza que allane escepticismos y

prejuicios.

No se deben ahorrar esfuerzos para que todos los ciudadanos, los sectores, las

organizaciones locales y regionales conozcan el proceso y se incorporen a él; en su

implementación se precisa utilizar varios medios de difusión: entre ellos, los programas

televisivos y radiales, los comunicados y avisos de prensa local, pancartas y avisos en

lugares públicos; otro medio de importancia son las organizaciones sectoriales y

territoriales, las cuales se constituyen en multiplicadores del proceso.

Esta primera estrategia es tal vez la más importante para que el proceso sea asumido

por los actores locales y genere en ellos un impacto de largo plazo. En este sentido, el

papel del gobierno local es decisivo para garantizar la participación efectiva en el Plan

de O. T.

• La segunda estrategia - educación / capacitación - es responsabilidad del

gobierno local y está orientada hacia el fortalecimiento y construcción de la

cultura de la sostenibilidad ambiental, de la democracia y de la eficiencia en el

funcionamiento de la ciudad, favoreciendo la cualificación de los distintos

grupos ciudadanos, no sólo en relación con sus derechos y deberes, sino

también en relación con construcciones conceptuales que les posibiliten ahondar

en la problemática urbana objeto del Plan de O. T.. Para ello es necesario

desarrollar cursos formales e informales para las organizaciones

gubernamentales y las organizaciones ciudadanas.

En Colombia es necesario enfatizar en esta estrategia debido al carácter técnico y

político del Plan de O. T., garantizando que las organizaciones gubernamentales y no

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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gubernamentales conozcan y manejen los conceptos y los lineamientos generales para

el diseño y la implementación del plan. Si bien, esta estrategia es permanente para la

formación de los ciudadanos, es necesario implementar desde el inicio del proceso

cursos de formación en diferentes niveles de conocimiento.

• La tercera estrategia - organización/lntervención - se orienta a la

consolidación del proceso Plan de O. T. en la ciudad, siendo necesario fortalecer

la capacidad de gestión de las organizaciones gubernamentales y de las

organizaciones ciudadanas en los aspectos financieros, técnicos, administrativos

y normativos. Esta estrategia proporciona elementos administrativos y

organizativos para todas las fases del plan de ordenamiento territorial.

Para implementar esta estrategia es necesario desarrollar, desde las alcaldías,

programas de auto evaluación y mejoramiento continuo de las organizaciones

gubernamentales y en las organizaciones ciudadanas.

En el Plan de O. T., los actores locales pueden integrarse al proceso actuando como

interlocutores, algunos con elementos técnicos, otros con conocimiento de tradición de

su realidad territorial, otros con fortalezas políticas y otros con poder en la toma de

decisiones. Las estrategias de trabajo pueden ser múltiples, pero para ello es necesario

facilitar el espacio participativo a los ciudadanos. Para esto último es preciso rediseñar,

al menos en lo que a los procesos de planeación se refiere, el sistema de relaciones

entre el gobierno, la empresa privada y las comunidades, de manera que permita una

mayor articulación y coherencia entre competencias al nivel de las diversas instancias

del gobierno y los saberes, fortalezas y demandas de los particulares.

Es por ello que esta guía metodológica comprende los lineamientos de un modelo de

gestión pública a nivel local, acorde con los principios del O. T. y funcional respecto a

los objetivos y la estructura metodológica general del Plan de O. T., aplicable al caso

de las ciudades.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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6.4. ELEMENTOS METODOLÓGICOS DE LA PARTICIPACIÓN

CIUDADANA E INSTITUCIONAL EN EL PLAN DE ORDENAMIENTO

TERRITORIAL

Los elementos metodológicos propuestos identifican los actores y gestores del Plan de

O. T.: gubernamentales, políticos, sociales y las personalidades de la ciudad; de igual

manera, se diseña el proceso operativo y de gestión del Plan de 0. T., estableciendo -

para las fases de diagnóstico y prospectiva - el sistema de relaciones y las tareas

correspondientes a cada instancia de participación (de asesoría, de ejecución y de

validación).

6.4.1. ACTORES Y GESTORES DEL PLAN DE O. T.

Para efectos del Plan de O. T. es importante anotar que, metodológicamente, la

comunidad local la conforma, en primer lugar, las organizaciones gubernamentales

(O.G.) y las fuerzas armadas; en segundo lugar, las Juntas Administradoras locales

(J.A.L), la ciudadanía organizada (O.N.Gs), las comunidades de base, los movimientos

sociales, los gremios, las instituciones educativas y religiosas y otros entes

representativos de la ciudad.

En el proceso del Plan de O. T. son cuatro los tipos de actores relevantes19:

• Los Gubernamentales

• Los políticos

• Los sectoriales

• Las personalidades municipales

19 Algunos criterios para identificar los actores son:- Gubernamentales: - Competencias sectoriales y territoriales respecto a los temas y los problemas

tratados en el plan de O, T. De la ciudad. – Responsabilidades en cuanto al manejo de información, actividades de prevención y control en los asuntos del Plan de O. T.

- No Gubernamentales – Representatividad de algunos de los sectores afectados en el Plan de O. T.

– Legitimidad entre los pobladores de la ciudad. – Desarrollo institucional, en cuanto a la capacidad de gestión.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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La actuación de cada uno de ellos es diferente según el objetivo específico de la

participación ciudadana e institucional en cada fase del plan. La siguiente es una

descripción de cada categoría de actores (Ver diagrama 32):

6.4.2. LOS ACTORES GUBERNAMENTALES

Son aquellos que representan a las instituciones del gobierno municipal, regional y

central, puesto que todos en mayor o menor grado, participan en la toma de

decisiones relativas al presente y futuro de la ciudad. Estos actores son los encargados

por la normatividad -Ley 152/94- de orientar los procesos de planeación y gestión en

las entidades territoriales.

Las instituciones del nivel nacional participan aportando los lineamientos de política,

técnicos y científicos para el diseño y ejecución del Plan. Específicamente, las

instituciones de este nivel establecen los Lineamientos para el sistema de ciudades y el

proceso de urbanización del país. El proceso involucra básicamente al: Instituto

Geográfico Agustín Codazzi y a los Ministerios de Desarrollo, del Medio Ambiente, del

Interior, de Hacienda, de Agricultura y al Departamento Nacional de Planeación. Otros

ministerios que tienen competencia sectorial, son los de Salud y el de Educación.

Las entidades del nivel regional/departamental procuran la coordinación y accesoria del

desarrollo e implementación de programas y proyectos en las distintas zonas del país.

A este nivel territorial, es fundamental la gestión que desarrollan las corporaciones

regionales, que son las principales autoridades ambientales en el territorio de su

jurisdicción20.

El departamento debe tener un papel fundamental en el plan, a través de las

secretarias departamentales de Planeación, Medio Ambiente, Desarrollo Económico,

Salud, Educación, etc., y de la unidad departamental de cofinanciación (U D E C O).

Las instituciones del nivel local coordinan y administran el plan. Si bien en las

diferentes ciudades la estructura organizativa presenta algunas variaciones, es

necesario suponer una estructura más o menos estándar, para lo cual se considera que

las instituciones pertinentes de acuerdo a los planteamientos teóricos del Plan de O. T.

20 Las corporaciones regionales deben trabajar coordinadamente con el Municipio para orientar los procesos de ordenamiento territorial, tanto urbano como rural. Una de sus competencias es la de promover y desarrollar la participación comunitaria en actividades de protección ambiental.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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son: la Secretaría de Planeación Municipal, la Secretaría de Obras Públicas, la

Secretaria de Educación, etc. (Ver cuadro No. 4).

6.4.3. LOS ACTORES POLÍTICOS

Son los principales grupos de acción en la ciudad representados en los partidos

políticos, lo: movimientos políticos (artículo 107 y 108 de la Constitución Política) y el

Concejo del Municipio ellos toman las decisiones de orden político y financiero en la

localidad.

6.4.4. LOS ACTORES SECTORIALES

Son aquellos que se organizan socialmente en gremios, ONGs, comunidades de base,

de acuerdo a sus intereses sectoriales; su actuación puede ser a nivel nacional,

regional y/o local. En el esquema actual de planeación, estas fuerzas participan en el

Consejo Territorial de Planeación a través de sus organizaciones jurídicamente

reconocidas (artículo 9, Ley 152/94):

• Sectores económicos: conformados por los industriales, los agroindustriales, los

comerciantes, las entidades financieras y aseguradoras, los microempresarios y

las empresas y entidades de prestación de servicios.

• Sectores sociales: constituidos por profesionales, campesinos, empleados,

obreros y trabajadores independientes e informales. Aunque no se contemplan

en el consejo municipal de planeación, es necesario tener en cuenta a la iglesia

católica y a otros grupos religiosos, así como a las asociaciones que trabajan

por el bienestar social de los ciudadanos - Club de Leones, Rotarios, Defensa

Civil-, etc.

• Sector educativo y cultural: lo componen las organizaciones que agremian a

universidades, Instituciones de educación primaria y secundaria de carácter

público o privado y a los grupos cuyo objetivo sea el desarrollo científico,

técnico y cultural.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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5858PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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• Sector ecológico: integrado por las organizaciones cuyo objetivo es la

protección y defensa de los recursos naturales y del medio ambiente.

• Sector comunitario: son las asociaciones comunitarias como las juntas de

acción comunal, y asociaciones de vivienda y cooperativas.

• Otros: hace referencia a las comunidades indígenas, las minorías étnicas, los

grupos de mujeres, etc.

6.4.5. LAS PERSONALIDADES MUNICIPALES

Son aquellas que sin una representación corporativa, actúan en la gestión Pública local,

interesadas por el desarrollo ciudadano. Estos actores son fundamentales por su

capacidad de convocatoria: a nivel sectorial o territorial; Entre ellos se incluyen los

Líderes o personas destacadas en la vida política y Social de la ciudad, ya sea a nivel

sectorial - educación, salud, ciencia, arte, economía, etc.-, o territorial -comuna o

corregimiento.

Para el proceso del Plan los diferentes actores se integran en dos grandes grupos,

según su actuación gubernamental o civil: organizaciones gubernamentales, de orden

territorial y sectorial, y organizaciones ciudadanas. Estas últimas se caracterizan según

los intereses económicos -gremios y grupos económicos-; Sociales -organizaciones y

fundaciones sin ánimo de lucro-; comunitarios - organizaciones de base: juntas y

asociaciones.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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5959PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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CAPITULO 7

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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6060PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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ALCANCES DEL PLAN DEL ORDENAMIENTO

TERRITORIAL

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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6161PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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CAPITULO 7: ALCANCES DEL PLAN DE ORDENAMIENTO

TERRITORIAL

7.1. MISIÓN

Con la implementación del POT el municipio de Malambo tendrá como misión ser una

Ciudad Industrial y Agroindustrial del Departamento del Atlántico líder en el

contexto del Área Metropolitana de Barranquilla, con un concertado ordenamiento

territorial que reintegre físicamente la estructura urbana y el área rural. Por ello la

administración prestara los servicios públicos en una forma eficiente, diseñara y

construirá las obras prioritarias para conseguir el progreso social en una forma

sostenible, organizara el territorio físico, promoverá la participación ciudadana al

servicio del bien común, comprometiéndola con la búsqueda de soluciones, mejorara la

calidad de vida de sus habitantes y preservara el medio ambiente.

7.2. VISIÓN

Seremos un ente territorial capaz de facilitar la infraestructura urbana y rural al

servicio de una vocación Industrial y Agroindustrial para el Área Metropolitana y el

departamento del Atlántico, con un impacto regional que facilite los procesos

económicos y sociales del país. El Municipio ofrecerá a los inversionistas locales,

nacionales y extranjeros un portafolio de servicios de calidad total, con lo que de

seguro seremos altamente competitivos.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

Page 62: 001. documento   fundamentos del pot

6262PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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CAPITULO 8

COMPONENTES DEL PLAN DEL ORDENAMIENTO

TERRITORIALTOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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6363PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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CAPITULO 8: COMPONENTES DEL PLAN DE

ORDENAMIENTO TERRITORIAL

La fase de formulación del Plan de Ordenamiento Territorial se desarrollo de acuerdo

con las orientaciones y metodología vigentes de la Ley 388 de 199721 y de sus

Decretos reglamentarios, por ello el POT contiene los siguientes componentes:

8.1. COMPONENTE GENERAL DEL PLAN DE ORDENAMIENTO

TERRITORIAL

8.1.1. CONSTITUIDO POR LAS OBJETIVOS, ESTRATEGIAS Y

CONTENIDOS ESTRUCTURALES DE LARGO PLAZO

El componente general del Plan de Ordenamiento Territorial deberá contener:

1. Los objetivos y estrategias territoriales de largo y mediano plazo que

complementan, desde el punto de vista del manejo territorial, el desarrollo

municipal y distrital, principalmente en los aspectos:

1.1. Identificación y localización de las acciones sobre el territorio que posibiliten

organizarlo y adecuarlo para el aprovechamiento de sus ventajas comparativas

y su mayor competitividad.

1.2. Definición de las acciones territoriales estratégicas necesarias para garantizar la

consecución de los objetivos de desarrollo económico y social del municipio o

distrito.

1.3. Adopción de políticas de largo palazo para la ocupación, aprovechamiento y

manejo del suelo y del conjunto de los recursos naturales.

2. Contenido estructural, el cual deberá establecer, en desarrollo y concreción de los

aspectos señalados en el numeral, la estructura urbana-rural e intraurbana que se

21 Art. 11 y s.s. de la Ley 388/97.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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busca alcanzar a largo plazo, con la correspondiente identificación de la naturaleza

de las infraestructuras, redes de comunicación y servicios, así como otros

elementos o equipamientos estructurantes de gran escala. En particular se deberá

especificar:

2.1. Los sistemas de comunicación entre el área urbana y rural y su articulación con

los respectivos sistemas regionales.

2.2. El señalamiento de las áreas de reserva y medidas para la protección del medio

ambiente, conservación de los recursos naturales y defensa del paisaje, de

conformidad con lo dispuesto en la Ley 99 de 1993 y el Código de Recursos

Naturales, así como de las áreas de conservación y protección del patrimonio

histórico, cultural y arquitectónico.

2.3. La determinación y ubicación en planos de las zonas que presentan alto riesgo

para la localización de asentamientos humanos, por amenazas o riesgos

naturales o por condiciones de insalubridad.

2.4. La localización de actividades, infraestructura y equipamientos básicos para

garantizar adecuadas relaciones funcionales entre asentamientos y zonas

urbanas y rurales.

2.5. La clasificación del territorio en suelo urbano, rural y de expansión urbana, con

la correspondiente fijación del perímetro del suelo urbano, en los términos en

que estas categorías quedan definidas en el capitulo IV de la Ley 388 de 1997

(Ley de desarrollo territorial) y siguiendo los lineamientos de las regulaciones

del Ministerio del Medio Ambiente las normas obligatoriamente generales, para

el caso de los municipios que las integran.

Todas las decisiones y definiciones de política del contenido estructural del componente

general se traducen en normas urbanísticas estructurales, que prevalecen sobre las

demás urbanísticas y sólo pueden modificarse con motivo de la revisión general del

Plan o excepcionalmente por iniciativa del alcalde, cuando mediante estudios técnicos

se demuestre que debido a cambios en las circunstancias y evolución del municipio o

distrito dicha modificación se hace necesaria.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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6565PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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8.2. COMPONENTE URBANO DEL PLAN DE ORDENAMIENTO

TERRITORIAL

8.2.1. CONSTITUIDO POR LAS POLÍTICAS, ACCIONES, PROGRAMAS, Y

NORMAS PARA ENCAUZAR Y ADMINISTRAR EL DESARROLLO FÍSICO

URBANO

El componente urbano del Plan de Ordenamiento Territorial es un instrumento para la

administración del desarrollo y la ocupación del espacio físico clasificado como suelo

urbano y suelo de expansión urbana, que integran políticas de mediano y corto plazo,

procedimientos e instrumentos de gestión y normas urbanísticas. Este componente

deberá contener por lo menos:

1. Las políticas a mediano y corto plazo sobre uso y ocupación del suelo urbano y

las áreas de expansión, en armonía con el modelo estructural de largo plazo

adoptado en el componente general y con las previsiones sobre transformación

y crecimiento espacial de la ciudad.

2. La localización y dimensionamiento de la infraestructura para el sistema vial, de

transporte y la adecuada intercomunicación de todas las áreas urbanas y la

proyectada para las áreas de expansión; la disponibilidad de redes primarias y

secundarias de servicios públicos a corto y mediano plazo; la localización

prevista para los equipamientos colectivos y espacios libres para parques y

zonas verdes públicas de escala urbana o zonal, y el señalamiento de las

cesiones urbanísticas gratuitas correspondientes a dichas infraestructuras.

3. La delimitación, en suelo urbano y de expansión urbana, de las áreas de

conservación y protección de recursos naturales, paisajísticos y de conjuntos

urbanos históricos y culturales, de conformidad con la legislación aplicable a

cada caso y las normas específicas que los complementan en la Ley 388 de

1997 (Ley de desarrollo territorial); así como las áreas expuestas a amenazas y

riesgos naturales.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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4. La determinación, en suelo urbano y de expansión urbana, de las áreas objeto

de los diferentes tratamientos y actuaciones urbanísticas.

5. La estrategia de mediano plazo para el desarrollo de programas de vivienda de

interés social, incluyendo las de mejoramiento integral, la cual incluirá

directrices y parámetros para la localización de suelos urbanos y de expansión

urbana, de terrenos necesarios para atender la demanda de vivienda de interés

social, y el señalamiento de los correspondientes instrumentos de gestión; así

como los mecanismo para la reubicación de los asentamientos humanos

localizados en zonas de alto riesgo para la salud e integridad de sus habitantes,

incluyendo la estrategia para su transformación para evitar su nueva ocupación.

6. Las estrategias de crecimiento y reordenamiento de la ciudad, definiendo sus

prioridades, y los criterios, directrices y parámetros para la identificación y

declaración de inmuebles y terrenos de desarrollo y construcción prioritaria.

7. La determinación de las características de las unidades de actuación

urbanística, tanto dentro del suelo urbano como dentro del suelo de expansión

cuando a ello hubiere lugar, o en su defecto el señalamiento de los criterios y

procedimientos para su caracterización, delimitación e incorporación posterior.

8. La especificación, si es el caso, de la naturaleza, alcance y área de operación de

los macroproyectos urbanos cuya promoción y ejecución se contemple a corto o

mediano plazo, conjuntamente con la definición de sus directrices generales de

gestión y financiamiento, así como la expedición de las autorizaciones para

emprender las actividades indispensables para su concreción.

9. La adopción de directrices y parámetros para la formulación de planes parciales,

incluyendo la definición de acciones urbanísticas, actuaciones, instrumentos de

financiación y otros procedimientos aplicables en las áreas sujetas a

urbanización u operaciones urbanas por medio de dichos planes.

10. La definición de los procedimientos e instrumentos de gestión en

actuaciones urbanísticas requeridos para la administración y ejecución de las

políticas y disposiciones adoptadas, así como los criterios generales para su

conveniente aplicación, de acuerdo con lo que se establece en la Ley de

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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6767PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

desarrollo territorial, incluida la adopción de los instrumentos para financiar el

desarrollo urbano, tales como la participación municipal o distrital en la

plusvalía, la emisión de títulos de derechos adicionales de construcción y

desarrollo y los demás contemplados en la Ley 9ª de 1989.

11. La expedición de normas urbanísticas en los términos y según los

alcances que se establecen en el articulo 15 de la Ley 388 de 1997 (Ley de

desarrollo territorial).

8.3. COMPONENTE RURAL DEL PLAN DE ORDENAMIENTO

TERRITORIAL

8.3.1. CONSTITUIDO POR LAS POLÍTICAS, ACCIONES, PROGRAMAS Y

NORMAS PARA ORIENTAR Y GARANTIZAR LA ADECUADA INTERACCIÓN

ENTRE LOS ASENTAMIENTOS RURALES Y LA CABECERA MUNICIPAL,

ASÍ COMO LA CONVENIENTE UTILIZACIÓN DEL SUELO

El componente rural del Plan de Ordenamiento Territorial es un instrumento para

garantizar la adecuada interacción entre los asentamientos rurales y la cabecera

municipal, la conveniente utilización del suelo rural y las actuaciones públicas

tendientes al suministro de infraestructuras y equipamientos básicos para el servicio de

los pobladores rurales. Este componente deberá contener por los menos:

1. Las políticas de mediano y corto plazo sobre ocupación del suelo en relación con

los asentamientos humanos localizados en estás áreas.

2. El señalamiento de las condiciones de protección, conservación y mejoramiento

de las zonas de producción agropecuaria, forestal y minera.

3. La delimitación de las áreas de conservación y protección de los recursos

naturales, paisajísticos, geográficos y ambientales, incluyendo las áreas de

amenazas y riesgos, o que formen parte de los sistemas de provisión de los

servicios públicos domiciliarios o de disposición final de desechos sólidos o

líquidos.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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4. La localización y dimensionamiento de zonas determinadas como suburbanas,

con precisión de las intensidades máximas de ocupación y usos admitidos, las

cuales deberán adoptarse teniendo en cuenta su carácter de ocupación en baja

densidad, de acuerdo con las posibilidades de suministro de servicios de agua

potable y saneamiento, en armonía con las normas de conservación y

protección de recursos naturales y medio ambiente.

5. La identificación de los centros poblados rurales y la adopción de las previsiones

necesarias para orientar la ocupación de los suelos y la adecuada dotación de

infraestructura de servicios básicos y de equipamiento social.

6. La determinación de los sistemas de aprovisionamiento de servicios de agua

potable y saneamiento básico de las zonas rurales a corto y mediano plazo y la

localización prevista para los equipamientos de salud y educación.

7. La expedición de normas para la parcelación de predios rurales destinados a

vivienda campestre, las cuales deberán tener en cuenta la legislación agraria y

ambiental.

Los resultados del proceso de planificación del ordenamiento territorial se consigna en

los siguientes documentos, los cuales hacen parte integrante del Plan22:

8.3.1.1. Documento Técnico De Soporte

El documento técnico de soporte contiene el desarrollo, la descripción y la

aplicación de los distintos procesos técnicos empleados para la formulación del

plan. Este documento incluirá como mínimo las siguientes partes:

a. De la planificación, referida a la planificación territorial del municipio en

los tres (3) componentes, general, urbano y rural, sobre las cuales se soportan las

definiciones y decisiones de ordenamiento que incorpora el Plan.

22 Art. 17 y s.s. del Decreto No. 879 de 1998

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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b. De los planos de información generales, que corresponden a los

documentos gráficos del Plan de Ordenamiento Territorial e incorporan e ilustran

todos los temas que componen el análisis espacial del territorio y el modelo de

ocupación adoptado.

c. De la gestión y financiación, que contiene la formulación y adopción de

los instrumentos y procesos de implementación del Plan.

d. Del programa de ejecución, que define con carácter obligatorio las

actuaciones que se realizan en el corto plazo por parte de la administración

municipal o distrital y expone las prioridades, la programación de actividades, las

entidades responsables, los recursos respectivos y el esquema de gestión,

financiación y seguimiento de esas iniciativas en concordancia con el plan de

inversión del municipio.

8.3.1.2. Documento Resumen

Es una memoria explicativa que sirve como medio de divulgación y socialización para

que la ciudadanía conozca la síntesis y conclusiones generales del Plan de

Ordenamiento Territorial. La memoria debe contener una explicación didáctica de los

objetivos, estrategias y políticas del plan y de las principales líneas de acción

emanadas de sus diagnóstico, de forma tal que se presenten sintéticamente los

problemas a resolver y las propuestas para la organización del territorio urbano y rural.

8.3.1.3. Acuerdo que Adopta el Plan de Ordenamiento Territorial

El acuerdo que adopta el plan, además de aprobar en toda su extensión el documento

técnico de soporte y planos generales, incluirá en articulado sus componentes y

contenidos.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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7070PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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CAPITULO 9

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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OBJETIVOS DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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7272PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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CAPITULO 9: OBJETIVOS DEL ORDENAMIENTO

TERRITORIAL

Este Plan de Ordenamiento Territorial, como todo proceso investigativo serio y

coherente con la realidad social, económica y política del municipio, cuenta con unos

objetivos, los cuales los hemos subdividido en generales y específicos.

9.1. OBJETIVO GENERAL

Tomando como base que el Plan de Ordenamiento Territorial, es el conjunto de

objetivos, directrices, políticas, estrategias, metas, programas, actuaciones y normas

adoptadas para orientar el desarrollo físico del territorio de Malambo y la utilización del

suelo, nos hemos propuesto llevar a este Municipio a una Ciudad Industrial y

Agroindustrial del Departamento del Atlántico. Es este pues el objetivo general,

el cual tiene su sustento en que este ente territorial debe utilizar todos sus elementos

e instrumentos para buscar su desarrollo y progreso sostenible a través de acciones

urbanísticas, para de esta forma construir las bases de la nueva estructura social que

requiere Malambo, superando con éxito las condiciones de pobreza que padece, pero

ante todo asumiendo el reto que se le plantea como polo de crecimiento industrial y

agroindustrial.

9.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Existen ocho objetivos fundamentales – generales en la ordenación del territorio de

Malambo:

1. Brindar las oportunidades mínimas que posibiliten la consecución de bienestar

para todos los habitantes.

2. Conservar y desarrollar los fundamentos naturales de la vida. (biodiversidad y

procesos ecológicos esenciales)

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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3. Mantener a largo plazo el potencial de utilización del suelo y los recursos que

contiene.

4. Controlar el crecimiento de los sectores aglomerados y estimular los que

manifiestan segregación social y fragmentación espacial.

5. Utilización racional del territorio y gestión sostenible de los recursos naturales.

6. Conseguir que Malambo sea una Ciudad Industrial y Agroindustrial del

Departamento del Atlántico, de manera sostenible.

7. Implementar las medidas necesarias para la solución de los conflictos relativos

al uso del territorio municipal – urbano y rural-.

8. Contribuir a la distribución equilibrada y equitativa de la inversión pública,

según los requerimientos actuales y futuros en espacio público, infraestructura

física, red vial, equipamientos, cobertura de servicios públicos y sociales

básicos.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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CAPITULO 10

MARCO DE REFERENCIA NACIONAL,

DEPARTAMENTAL Y METROPOLITANO

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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CAPITULO 10: MARCO DE REFERENCIA NACIONAL,

DEPARTAMENTAL Y METROPOLITANO

10.1. MARCO NACIONAL

Hasta el año de 1997, no existía en el ámbito nacional un conjunto coherente de

normas del orden nacional que institucionalizará un sistema de planificación en los

niveles municipal y distrital, por ello a nivel departamental y municipal se

institucionalizaron procesos y funciones locales que permitieron aportar elementos

tanto al proceso de planificación como al proceso de gestión de las ciudades.

El actual Plan Nacional de Desarrollo de Colombia 1999 – 2002, Cambio para

Construir la Paz, plantea básicamente políticas sobre una senda de crecimiento

sostenible con cohesión social.

De hecho, el crecimiento, por una parte, y la sostenibilidad y la cohesión, de otra,

complementan mutuamente si se adopta una visión según la cual sostenibilidad

implica:

1. Desde el punto de vista económico, que el crecimiento se fundamente en

incrementos de productividad.

2. Desde el punto de vista ambiental, que el crecimiento sea compatible con la

preservación y el manejo adecuado de los recursos naturales.

3. Desde el punto de vista social, que el crecimiento sea generador de empleo, de

capacidad y de oportunidades también para los más pobres.

4. Desde el punto de vista político, que el proceso de crecimiento sea,

fundamentalmente, equitativo, participativo y democrático.

El plan define los objetivos y las estrategias, partiendo “de una mirada, desde el país

de hoy, con sus problemas y sus fortalezas, a la Colombia que sus habitantes aspiran a

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

construir durante el siglo XXI”, para traer de esa visión del futuro las expectativas del

mañana “convertidas en estrategias". En dicha visión se destaca la aspiración de todos

los colombianos y las colombianas a vivir en una nación en paz, entendiendo que "la

paz no es un fin en sí mismo, sino un medio o condición para darle forma, en libertad,

a una existencia plena" y viendo en ella "la única forma de romper el nudo gordiano en

el que parece haber caído el país, en virtud del cual la violencia obstaculiza el

desarrollo y la falta de éste impide la superación de aquélla" , a través de un proceso

que fortalezca la democracia, " elemento básico [ ...] que orienta las estrategias del

Cambio para construir la paz". El objetivo central del Cambio para construir la paz es

colocar de nuevo al país "sobre una senda de crecimiento sostenible con cohesión

social", promoviendo la producción de riqueza y la reducción significativa de las tasas

de desempleo, la eliminación de la pobreza, y la protección y el adecuado

aprovechamiento del medio ambiente; ofreciendo "incentivos para la promoción social

y económica de la población, e igualdad de condiciones para la expansión de las

oportunidades sociales y de las capacidades que la población necesita para

aprovecharlas libremente"; contribuyendo "a una mayor convivencia ciudadana,

tolerante y solidaria"; mejorando "la eficiencia y la equidad en la asignación de los

recursos públicos, teniendo en cuenta criterios de ingreso y de distribución regional y

de género"; y, atendiendo decidida y prioritariamente, a "las mayores aspiraciones y

las necesidades más sentidas de la población colombiana, como el empleo, la

superación de la pobreza y la justicia social".

Sobre las cuatro estrategias del Cambio para Construir la Paz, el Plan puntualiza:

El Cambio para construir la paz propone concretar la visión y las metas en cuatro estrategias fundamentales para: la adecuación de las instituciones políticas y de gobierno para construir un Estado participativo, el fortalecimiento del tejido social a través de compromisos de la sociedad colombiana en torno a la educación y la nutrición, el desarrollo y la paz y, la promoción de las exportaciones como motor de crecimiento.

La primera estrategia está encaminada a consolidar, fortalecer, ampliar y perfeccionar las bases de un Estado participativo a través de la ejecución de una reforma política, concebida y orientada para el logro de “unas instituciones democráticas propicias para la paz" y "un sistema político y electoral que se convierta en la columna vertebral de la democracia, y una labor más técnica y transparente del Congreso”. Un segundo cuerpo de reformas está orientado a la búsqueda de mayor eficiencia de la administración pública y a profundizar la descentralización. Para ello se propone la "redefinición del papel estatal", la "reducción de la duplicidad de funciones, programas y proyectos", la "racionalización del gasto público", el

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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"desarrollo del proceso de descentralización" y "la adecuada y eficiente prestación de servicios y cumplimiento de funciones". Se pretende hacer de la descentralización uno de los pilares del plan de desarrollo, con el convencimiento de que "está efectivamente asociada con una mayor participación ciudadana y, por lo tanto, con un sistema político más incluyente y democrático, sin el cual no se puede construir la paz en un país con la diversidad geográfica, étnica y cultural que caracteriza a Colombia", y de que su revitalización e intensificación exigen establecer "un régimen orgánico de ordenamiento territorial", así como una "redefinición de las regiones y provincias, para que no sean entendidas únicamente como unidades político-administrativas sino también como sujetos del proceso de crecimiento y desarrollo económico y social".

La segunda estrategia del proyecto de plan busca comprometer a los distintos sectores de la sociedad colombiana en la realización de tareas colectivas esenciales para la reconstrucción del tejido social, para comenzar a darle al presente la forma del futuro que la población colombiana desea". Aunando “esfuerzos y recursos que aseguren la generación de empleo y la erradicación de la pobreza". Buscando "la igualdad de oportunidades sociales para la población colombiana, la equidad en la distribución del ingreso y la riqueza y el respeto a los derechos humanos". Y restableciendo "los vínculos de confianza de esta población en sí misma y en sus instituciones para despertar la acción solidaria y la identidad con unos propósitos comunes". Todo ello a través de las acciones más idóneas para el fortalecimiento del capital humano y del capital social, para lo cual "se crea un marco institucional para que Estado y sociedad asuman el compromiso de asegurar la cobertura total de educación y salud plena a la niñez y la juventud" y se vinculen nuevos actores de la sociedad civil.

En cuanto a la promoción del capital social, que según Stiglitz "es el pegamento que produce cohesión entre y al interior de los grupos de la sociedad", y como quiera que en su base está la confianza, "elemento central de las relaciones y el intercambio entre quienes conforman una sociedad", se proponen tres propósitos concertados: primero, la cobertura universal en educación y salud; segundo, la construcción de la paz; y tercero, la búsqueda de igualdad de trato entre hombres y mujeres. Para su realización se plante la creación del servicio social obligatorio para bachilleres y universitarios. El diseño y puesta en práctica de mecanismos alternativos de justicia y resolución de conflictos con pleno acceso para toda la población; el fortalecimiento de los núcleos básicos de la comunidad como la familia y la escuela; la eliminación de violencia intrafamiliar; la prevención del consumo de drogas; el estímulo a las alianzas entre el Estado, el sector privado y la sociedad civil; y la creación y aprovechamiento de espacios de participación comunitarios; son medidas a través de las cuales se buscará la cohesión y la confianza en la sociedad.

La tercera estrategia para el desarrollo y la paz parte de la consideración de "la violencia y la criminalidad" como obstáculos al crecimiento, que, a su vez, debilitan "la legitimidad del Estado y la democracia”. De la paz, como "una condición indispensable para retomar y consolidar la sostenibilidad del desarrollo y de éste, como "el arma más poderosa para iniciar construcción de la paz". Razones por las cuales la creación de las condiciones para la construcción de la paz, “incluyendo la negociación con los grupos armados

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como parte central, no da más espera". En el entendido, sin embargo, de que alcanzar la paz requiere "mucho más allá de la negociación con los grupos armados", pues "al margen de la violencia política asociada con los grupos armados han surgido otras formas de violencia que, con el tiempo, han asumido dinámicas propias muy ligadas a condiciones sociales y económicas particulares del país", y reconocer "la violencia en Colombia tiene profundas raíces de exclusión económica y política y en el ejercicio de una democracia con desigualdad y pobreza", el plan propone buscar la construcción de la paz con el fortalecimiento de la democracia, de cuya debilidad son un síntoma las diferentes manifestaciones de violencia

Respecto a las acciones ya los instrumentos propuestos por el plan para la promoción de la paz y el desarrollo, y "si bien todo el plan de desarrollo gira alrededor de la paz", la estrategia específica concebida para lograrlas propone un conjunto de acciones y herramientas puntuales: la creación del Fondo de Inversión para la Paz, iniciativa que "recoge el trascendental cambio de actitud de la sociedad colombiana frente a los problemas de violencia del país, la resolución del conflicto armado y la construcción de la paz”, al sustituir "el tradicional papel pasivo, que dejaba en manos del Estado la responsabilidad de conseguir la paz" por "un papel preponderante frente al tema”. Los programas dirigidos al rescate y la dinamización de la agricultura y la defensa y protección del medio ambiente y los recursos naturales. Las acciones integrales de rescate y promoción de las zonas en conflicto. "El restablecimiento de la justicia y de la seguridad”, con clara conciencia de que "una justicia inefectiva e ineficiente es el factor de inseguridad que más discrimina económica y socialmente", a través de la búsqueda del fortalecimiento y la modernización de la justicia formal, la reforma del sistema penitenciario y carcelario, así como de "mecanismos no formales de la justicia local y comunitaria para contribuir al descongestionamiento de los despachos, la agilidad en los trámites y la disminución de la impunidad". La recuperación de la seguridad, posible mediante la restauración del monopolio de la fuerza pública, el pleno ejercicio de la autoridad y el restablecimiento de la legitimidad del Estado. Estas medidas buscarán consolidar un sistema basado en la convivencia, origen último de la seguridad. Otra acción dirigida a lograr la paz es una agenda política de negociación con los grupos armados.

La cuarta y última estrategia para la conversión de las exportaciones en el motor del crecimiento deberá ayudar a la reactivación de la producción, a pasar de la apertura hacia adentro a la apertura hacia afuera, mejorando la internacionalización de la economía colombiana. Con esta estrategia se obtendrán beneficios para todos los colombianos y colombianas en términos de multiplicación del empleo productivo y de incremento de los ingresos, como quiera que el sector del comercio exterior y, sobre todo, su subsector exportador reúnen las condiciones necesarias para asumir el liderazgo que el plan quiere asignarles pues, como en él se anota, "ha sido históricamente el más dinámico de la economía, y las exportaciones no tradicionales han demostrado la capacidad de crecer a tasas muy aceleradas", a la vez que "el resto del mundo está en capacidad de absorber sin dificultades el crecimiento de las exportaciones colombianas".

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El Plan Nacional de Desarrollo subraya sobre la región Caribe, donde se localiza el

municipio de Malambo, lo siguiente:

“si bien todas las regiones de Colombia tienen grandes necesidades y cuentan de alguna manera con un valioso potencial, es necesario promover acciones públicas y privadas en aquellas donde se pueden crear elementos de jalonamiento sobre el resto del país", la costa caribeña es "la región en la que convergen todas las estrategias que hacen parte del Cambio para construir la paz". Toda vez que "de hecho, en esta región se ilustran claramente los principales problemas que han caracterizado al modelo de desarrollo del país en las últimas décadas, como son la orientación hacia los mercados internos, la creciente pobreza, la falta de presencia estatal y los conflictos armados". Hecho fundamental que se explica porque, a diferencia de la gran mayoría de países, Colombia ha registrado un desarrollo mediterráneo, a espaldas de sus litorales, desaprovechando un enorme potencial de recursos humanos y naturales y de localización". Opción regional que, por lo demás, se justificaría por razones coyunturales, debido a que "la forma como se hizo la apertura no generó un impacto favorable como el que se esperaba en la región Caribe ni un cambio del papel de la región en el desarrollo regional", porque, "dadas las ventajas comparativas de la región Caribe, entre ellas, su localización geográfica y su disponibilidad de recursos naturales y humanos, la identidad cultural que la caracteriza, la sólida base industrial y minera y el desarrollo de las comunicaciones, es posible pensar que una acción decidida y coordinada de los sectores público y privado puede transformar la región y aprovechar su potencial exportador y ventajas comparativas para el bien de todo el país".

10.2. MARCO DEPARTAMENTAL

En lo que se refiere a las políticas Departamentales hace un énfasis especial en el

aspecto de la subregionalización del Departamento23.

Sobre el particular los Términos de referencia para la Elaboración de los Planes de

Ordenamiento Territorial de los municipios del Atlántico del Comité Interinstitucional

Departamental para Apoyo y Acompañamiento a los procesos de elaboración de los

POTs expresa:

Una de las estrategias identificadas en el Plan de Desarrollo “Un Puente Hacia el siglo XXI” relacionada con territorialidad es el tema de Subregionalización. Es así como el Departamento Administrativo de planeación Departamental propone una Subregionalización para mejorar las inversiones futuras en el

23 Términos de referencia para la Elaboración de los Planes de Ordenamiento Territorial de los municipios del Atlántico. Comité Interinstitucional Departamental para Apoyo y Acompañamiento a los procesos de elaboración de los POTs. Municipales. Cáp.1, Numeral 1.2.

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Departamento del Atlántico y unos de los mecanismos tendientes para el logro de estos objetivos es la Asociación de Municipios.

10.2.1.PROPUESTA DE SUBREGIONALIZACIÓN DEPARTAMENTAL

Esta propuesta se mejorará o se sustentará con los trabajos de ordenamiento territorial, en la medida en que se identifique proyectos que convoquen a varios municipios o se conformen asociaciones municipales.

ZONA CENTRO

Esta zona conformada por los Municipios de: Galapa, Baranoa, Polonuevo, Usiacurí, Sabanalarga, Candelaria, Manatí, Luruaco y Repelón. Los cuales se comunican fácilmente por la carretera cordialidad y con un sistema vial que permite la comunicación entre ellos; caracterizando a Sabanalarga como principal centro urbano, el cual posee infraestructura de salud en segundo nivel de atención, caso específico el Hospital Regional; además, Sabanalarga como punto para la comercialización de productos agrícolas que se dan en la región. En esta zona los suelos son aptos para la ganadería y la agricultura.

ZONA COSTERA DEL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO

Está conformada por los Municipios de Puerto Colombia, Tubará, Juan de Acosta y Piojó, se identifica en la zona costera una extensión de 50 Km de playas aproximadamente. El propósito fundamental es potencializar este recurso natural como fuente de empleo para los habitantes de los municipios que la conforman, teniendo en cuenta el corredor urbano establecido entre Riohacha, Santa Marta, Barranquilla y Cartagena aprovechando la infraestructura vial existente.

De igual manera es importante reconocer en la zona de referencia un potencial para desarrollar turismo histórico y Cultural, en el municipio de Puerto Colombia y un etnoturísmo, en el municipio de Tubará.

La presencia de proyectos importantes como la construcción de la Clínica Shiao, se convierte en un punto estratégico para la aparición de cluster ó corredor de servicios complementarios que se regularían mediante un ordenamiento territorial.

ZONA RIBEREÑA

Esta zona conformada por los municipios de: Soledad, Malambo, Sabanagrande, Santo Tomás, Palmar de Varela, Ponedera, Campo de la Cruz, Suán, los que se caracterizan por estar ubicados en la ribera del Río Magdalena; y la zona de influencia del Canal del Dique como son Santa Lucía, Repelón y Manatí.

El Departamento esta interesado en trabajar por la navegabilidad del río Magdalena y volverlo económicamente sustentable con la participación y esfuerzos de los Municipios que están ubicados en su ribera.

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En busca de:

• Utilizar de manera adecuada y optima el recurso hídrico en transporte fluvial que apoye el intercambio comercial con los municipios contiguos de otros departamentos, aprovechando así el efecto de conurbación en la zona de estudio.

• Reactivar los procesos de concertación entre municipios para incentivar y promover la cultura de Asociación de Municipios.

• Generar macroproyectos que permitan hacer de la zona de la ribera una zona competitiva.

• Recuperar los distritos de riego del sur del departamento, al igual que la optimización del uso.

PLANO No. 1 - (VER PLANO No. 1 – SUBREGIONALIZACIÓN

DEPARTAMENTAL)

10.3. MARCO METROPOLITANO

En cuanto al Área Metropolitana establece los siguientes lineamientos generales para el

ordenamiento territorial24:

CAPÍTULO I.VISIÓN DEL DESARROLLO METROPOLIT ANO

Artículo 2°. PRINCIPIOS: La formulación del ordenamiento físico-espacial y funcional del Área Metropolitana de Barranqui11a está fundamentada en los siguientes principios:

1. LA CALIDAD DE VIDA: Es un principio fundamental ya que todo proceso de planeación va orientado a obtener una mejor calidad de vida de las personas y en este caso el Área Metropolitana de Barranquilla busca ofrecer ventajas para que sus habitantes puedan acceder a una vivienda digna, a unos servicios públicos y sociales eficientes, a una accesibilidad y movilidad rápida y segura y a una oferta educativa y cultural que permita desarrollar de manera equitativa las potencialidades que ofrece el territorio metropolitano.

2. LA SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL: El Área Metropolitana de Barranquilla propenderá para que en su territorio se conserven los ecosistemas estratégicos, se habiliten aquellos que hayan sido

24 Acuerdo Metropolitano No. 004 del año 2000, por el cual se Adopta el componente de Ordenamiento Físico-Territorial que hará parte del Plan de desarrollo del Área Metropolitana de Barranquilla. Barranquilla, Colombia. 31 de marzo del año 2000.

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deslindados y se incorporen valores paisajísticos claves para el desarrollo del Área Metropolitana de Barranquilla.

3. LA FUNCIONALIDAD: Esta debe considerarse un soporte fundamental de la competitividad y la conexión con su entorno regional y con los circuitos económicos nacionales e internacionales. Para ello resulta esencial lograr una excelente accesibilidad y movilidad, lo cual requiere la proyección de un sistema de transporte masivo rápido, seguro y moderno.

4. LA GOBERNABILIDAD: Este principio es la base para el desarrollo de una cultura de paz y convivencia, de manera que el Área Metropolitana de Barranquilla cuente con normas urbanísticas claras, simples, neutras y transparentes que garanticen la igualdad de los ciudadanos ante la Ley en el desarrollo urbano y donde se refleje la prevalencia del interés general sobre el interés particular.

5. LA EQUIDAD: Será fundamental para que el Área Metropolitana de Barranquilla se constituya en un territorio donde se construya un proyecto colectivo y solidario, a partir del fortalecimiento de sus municipios, con igualdad de oportunidades frente a la localización de las actividades productivas y solidaridad frente a las cargas generadas por el desarrollo urbano; donde sus habitantes se beneficien de los procesos de innovación tecnológica, elevamiento de los niveles educativos y donde la urbanización sea el producto de un proceso concertado y equitativo entre el Estado y los particulares, dando prioridad a la prevalencia del interés general sobre el interés particular y facilitando e incentivando la acción del sector privado en el desarrollo de proyectos productivos y de beneficio social.

6. LA CONCURRENCIA: Este principio garantizará que las acciones institucionales serán la base para asegurar una gestión pública eficiente y eficaz, para que en el Área Metropolitana se genere un desarrollo equilibrado y una eficiente gestión de proyectos, donde concurran la Nación, el Departamento, los Municipios y el Área, racionalizando las acciones e inversiones en beneficio de todos los habitantes.

Artículo 3°. VISIÓN PROSPECTIVA: El Área Metropolitana de Barranquilla será el asiento territorial de una metrópoli líder en su región; moderna, competitiva y socialmente cohesionada; que apuntalará la proyección internacional de su desarrollo industrial, comercial y de servicios a través de su condición de multipuerto marítimo, fluvial, aéreo y de telecomunicaciones. Una metrópoli abierta al Caribe y al mundo, capaz de liderar la competitividad colombiana al amparo de un desarrollo integral y sostenible, con un elevado soporte tecnológico y un talento humano de alta calidad y formación.

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Artículo 4°. SÍNTESIS DE LA VISIÓN PROSPECTIVA: "Hacer del Área Metropolitana de Barranquilla, el territorio más competitivo de Colombia".

Articulo 5°. OBJETIVOS DE DESARROLLO: Para apuntalar el desarrollo integral del Área Metropolitana de Barranquilla se han trazado los siguientes objetivos:

1. Hacer del Área Metropolitana de Barranquilla un territorio económicamente competitivo en el plano regional, nacional y mundial. Para esto Barranquilla y los municipios metropolitanos habrán integrado, antes del año 2020, su potencial portuario, técnico y productivo para ser la metrópoli más dinámica de Colombia, con una clara proyección internacional hacia el Caribe y el mundo.

2. Convertir al Área Metropolitana de Barranquilla en un territorio económicamente pujante, a través de la constitución de cadenas productivas y competitivas con alto valor agregado, según las ventajas comparativas y competitivas más favorables para el Área Metropolitana.

3. Evitar la conurbación del territorio metropolitano a través de 'la creación de nuevas centralidades en la periferia, de la integración transversal y de la estructuración de una zona de transición bajo un esquema de integración funcional y espacial del orden metropolitano.

4. Aprovechar el río y el mar como elementos estructurantes para lograr una mejor integración metropolitana en los aspectos económicos, sociales y funcionales.

5. Reducir los desequilibrios sociales del territorio metropolitano, a través de una mejora en la accesibilidad de todos los municipios a los servicios y equipamientos metropolitanos y de la integración de toda la población al tejido social.

6. Asegurar una efectiva conectividad regional, nacional e internacional, articulando el sistema vial metropolitano con la red vial regional y nacional y estableciendo una comunicación multimodal que facilite el acceso del Área Metropolitana a los mercados nacionales e internacionales.

7. Garantizar la sostenibilidad ambiental del abastecimiento hídrico para la toda su población.

8. Hacer del Área Metropolitana de Barranquilla una metrópoli eficientemente comunicada con el entorno nacional e internacional a través de redes e instrumentos de alta tecnología.

9. Ser un territorio que represente y exalte los valores culturales del Caribe para hacer de la cultura un instrumento que le proporcione a cada habitante metropolitano dignidad humana y calidad de vida.

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Artículo 6°. ESTRATEGIAS METROPOLITANAS: Las estrategias que apuntan al crecimiento y desarrollo del Área Metropolitana de Barranquilla son las siguientes:

1. Diseñar y promover macroproyectos para contar con infraestructura y equipamientos que faciliten la articulación con los mercados internacionales.

2. Implementar los proyectos de encadenamiento productivo que según los estudios de factibilidad resulten favorables para elevar la competitividad metropolitana.

3. Concertar una zona metropolitana de interés común para controlar la conurbación y propiciar nuevas formas de integración entre el núcleo y la periferia metropolitana, teniendo como base macrozonas de integración ambientales, recreacionales, paisajísticas y de equipamientos compatibles, cuya función principal será la de amortiguar los aspectos negativos de la conurbación y servir de espacio mixto con funciones estratégicas para direccionar un crecimiento equilibrado, armónico y sostenible. Será ésta una zona de interés común metropolitano equivalente a un "territorio de todos".

4. Propiciar la desconcentración del territorio en el largo plazo, el cual se pretende lograr transformando el actual modelo de tipo lineal en un modelo de tipo pericéntrico.

5. Reducir la segmentación y la exclusión social facilitando a la población el acceso a la vivienda y al equipamiento, colocando al alcance de los sectores de menor ingreso los beneficios del crecimiento, propiciando la redistribución y distribución equitativa de cargas y beneficios y poniendo en práctica la función social de la propiedad.

Articulo 7°. POLÍTICAS METROPOLITANAS: El ordenamiento físico-espacial del Área Metropolitana de Barranquilla se orientará según las siguientes políticas generales:

1. Propiciar la conectividad regional multimodal y tecnológica, especialmente a través del desarrollo de dos aspectos fundamentales, como son, por una parte, las Telecomunicaciones, que permitan en el corto plazo mediante la informática, el enlace de los municipios que conforman el Área Metropolitana, y por otro lado, el Plan Vial Metropolitano, que contempla la construcción de arterias viales de primer nivel, como es el caso de la autopista metropolitana que unirá los municipios de Malambo, Galapa y Puerto Colombia (Ver plano No. 3). Esta será una vía rápida que optimizará el servicio aeroportuario internacional y contribuirá al enlace funcional del corredor Ciudad-Región de la Costa Atlántica conformado por Cartagena, Barranquilla y Santa Marta Además de esta arteria principal, se proyecta la ejecución del Plan Vial Metropolitano que contempla la adecuación y ampliación de las principales vías existentes, las cuales actúan como complemento de la movilidad y accesibilidad regional Igualmente se tiene como política primordial el mejoramiento de la movilidad urbana como fundamento de

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la productividad del Área Metropolitana, dando prevalencia al transporte público masivo como una forma de reducir el uso del automóvil particular.

2. El manejo armónico, articulado y coordinado de los suelos de expansión urbana y de sus correspondientes funciones urbanas, de manera que se minimicen los posibles conflictos de ocupación y uso en las áreas de conurbación, al tiempo que se logren relaciones de complementariedad y correspondencia entre los centros que conforman el Área Metropolitana.

3. La sostenibilidad del territorio del Área Metropolitana de Barranquilla, partiendo de la conservación de los recursos naturales existentes como zonas de conservación ecológica. Igualmente la conformación y manejo de un sistema de protección ambiental como soporte del desarrollo integral, a través de un sistema verde que integre el paisaje y los elementos del medio ambiente al espacio urbano.

4. La generación de zonas para el desarrollo tecnológico, tomando como base la actual oferta del sector educativo y el potencial que representa el Área Metropolitana como Puerto Internacional de Telecomunicaciones.

5. La oferta equilibrada de vivienda con especificaciones especialmente compatibles con el clima, el ambiente y la etología.

6. El manejo integral y coordinado de los servicios públicos domiciliarios de manera que promuevan un desarrollo urbano armónico y coherente con el modelo territorial. La oferta de los servicios públicos requeridos se hará de forma tal que tengan plena cobertura y se garantice así la calidad de vida para la población metropolitana.

7. La creación, operación y mantenimiento de los parques metropolitanos como soporte de la calidad de vida de los ciudadanos y el posicionamiento de la urbe en el ámbito regional, nacional e internacional.

8. El mejoramiento de la oferta cultural metropolitana mediante divulgación, especialización y pedagogía; así como la construcción y adecuación de equipamientos que coadyuven a generalizar la cultura en el ámbito regional.

CAPÍTULO IIEL MODELO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL METROPOLITANO

Artículo 8°. DEFINICIÓN: El ordenamiento territorial es una política de Estado y un instrumento de planificación que permite una apropiada organización política y administrativa de la Nación y la proyección espacial de las políticas de desarrollo social, económico, ambiental y cultural de la sociedad, garantizando un buen nivel de vida para la población al tiempo que propende por la conservación del ambiente.

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Artículo 9°. CRITERIOS URBANÍSTICOS: Los principales criterios urbanísticos que sirvieron de sustento al modelo de ordenamiento adoptado para el Area Metropolitana de Barranquilla son loS siguientes:

1. Conexión de la metrópoli con los municipios periféricos: Plantear un segundo eje de re equilibrio del territorio metropolitano que le permita establecer conexiones con la periferia y mejorar la accesibilidad.

2. El reequilibrio del tejido urbano: Concebir un espacio común y equidistante del territorio metropolitano que evite la conurbación y que sirva para preservar espacios abiertos en la proximidad de los núcleos urbanos de la metrópoli mediante la aplicación de políticas voluntarias.

3. Protección para los espacios abiertos y los recursos de agua: Establecer un corredor ecológico que contenga esos espacios abiertos y que a la vez privilegie las relaciones tierra-mar y tierra-río desde el punto de vista ambiental y económico.

4. Conexión Fibra Óptica: Establecer una conectividad entre el Distrito de Barranquilla y los municipios periféricos.

Artículo 10°. DESCRIPCIÓN DEL MODELO (IMAGEN URBANÍSTICA): El nuevo modelo de ocupación para el territorio metropolitano tiene por objeto definir una estructura policéntrica, que pretende además de equilibrar el papel del núcleo metropolitano, generar tres nuevas centralidades con funciones urbanas propias, articular y potenciar los equipamientos metropolitanos localizados en Soledad, para que se integre al conjunto metropolitano garantizando su especialización y la complementariedad con los demás municipios del área. El artículo 12 define las funciones urbano regionales de cada una de las centralidades. El nuevo modelo territorial está compuesto por los sistemas estructurantes de escala metropolitana y tres zonas metropolitanas claves que garantizan la nueva conformación y funcionalidad.

El nuevo modelo territorial plantea un desarrollo de tipo PERIURBANO, cuya estructura se visiona articulada por una vía de tráfico rápido (Autopista Metropolitana), la cual permitirá la conectividad periférica entre los municipios distintos del núcleo principal. Para esta nueva etapa del desarrollo metropolitano se han incorporado, además de la zona urbana consolidada, dos nuevas zonas de servicios metropolitanos: la zona periurbana y la zona de articulación e integración (Ver plano No. 2).

Artículo 11°. ELEMENTOS CLAVES DE LA ESTRUCTURA TERRITORIAL

Los sistemas estructurantes:

1. El sistema ambiental metropolitano: Constituido por los ecosistemas estratégicos localizados en el territorio metropolitano, es

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decir, el Litoral Costero, la Cuenca del Río Magdalena con sus arroyos, caños y ciénagas y la Cuenca del Arroyo Grande.

2. El sistema vial metropolitano: Compuesto por las vías nacionales y departamentales que atraviesan el territorio metropoljtano así como las vías de carácter metropolitano. Las vías que conforman el sistema vial metropolitano se clasifican en dos grandes grupos: Las vías existentes y las vías propuestas. Las vías existentes son las siguientes: Vía al mar (Avenida Olaya Herrera entre Avenida Circunvalar y Puerto Colombia), la prolongación de la Carrera 38, entre Avenida Circunvalar y Juan Mina (carretera del Algodón) la carretera La Cordialidad (entre la Avenida Circunvalar y Galapa), la prolongación de la Avenida Murillo (entre la Avenida Circunvalar y la Sexta Entrada), la Calle 30 (entre la Avenida Circunvalar y Malambo), la Calle 17 de Barranquilla y 18 de Soledad, la Avenida Soledad 2000 en Soledad, la Avenida Manuela Beltrán en Soledad, la Vía 40 entre la Calle 72 y Las Flores, la Avenida Circunvalar entre Las Flores y la Calle 30 y la Avenida Simón Bolívar entre la Calle 30 y el Puente Pumarejo. Las vías propuestas son las siguientes: La Autopista Metropolitana (Malambo – Caracolí – Galapa - Juan Mina - Puerto Colombia). La vía del Arroyo Grande (Juan Mina - Autopista Norte -Super Puerto), la Avenida del Río (Puente Pumarejo - Calle 72) y la carretera Ecológica Metropolitana (Las Flores - La Playa Salgar) Ver plano No. 3 .

3. El sistema de equipamientos de escala metropolitanas: Constituido por el Aeropuerto Internacional, las terminales de transporte, la central de abastos, los centros de educación técnica y superior localizados en Barranquilla, Soledad y Puerto Colombia.

Las zonas metropolitanas:

1. La zona urbana consolidada, la cual agrupa la conurbación de Barranquilla y Soledad.

2. La zona periurbana comprendida en el eje Malambo, Galapa y Puerto Colombia, la cual se desarrollará teniendo como estructura principal la futura autopista metropolitana, a la que también se articularán los corregimientos de Juan Mina y Caracolí.

3. La zona de articulación e integración, caracterizada por suelos de protección ambiental y desarrollos para la localización de espacio público y equipamientos que permitan el desarrollo de actividades culturales y recreativas. Está localizada entre las dos anteriores y tiene la función de integrarlas y enlazar entre sí los municipios distintos del municipio núcleo. El desarrollo de esta zona estará condicionado a la formulación y adopción de un Plan Especial que formularán conjuntamente el Área Metropolitana y sus entidades territoriales asociadas.

En el documento técnico se describen y precisan en detalle las características del modelo metropolitano, las funciones urbano

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-regionales de cada una de las centralidades y las directrices, políticas y proyectos que permitirán su implementación durante la vigencia de este Plan.

Artículo 12°. FUNCIONES BÁSICAS DE CADA ELEMENTO DEL MODELO

1. ZONA URBANA CONSOLIDADA

Barranquilla: El núcleo metropolitano continuará cumpliendo su función de centro industrial, portuario, comercial y de servicios. Además seguirá ostentando y mejorando su condición de Epicentro Cultural y Educativo de la Costa Atlántica.

Soledad: Constituye una centralidad cuya principal función es mantener y fortalecer el papel de centro industrial, educativo departamental y de servicios metropolitanos de alto impacto.

2. ZONA DE FUTURO DESARROLLO O ZONA PERIURBANA

Esta nueva zona permitirá el desarrollo equilibrado de los centros urbanos del área metropolitana distintos del municipio núcleo, al tiempo que por ser una zona planificada permite la posibilidad de diseñar una efectiva conectividad con el resto del Departamento y especialmente con las ciudades de Cartagena y Santa Marta. Según la especialidad de cada municipio, estos cumplirán las siguientes funciones básicas:

Malambo: Constituye una centralidad de actividad industrial y agro-industrial con carácter sostenible, identificando los sectores productivos claves que le generen mayores ventajas competitivas y que permitan la integración productiva con las actividades complementarias que se desarrollan en el territorio metropolitano.

Galapa: Constituye una nueva centralidad cuya función será la provisión de servicios para el área metropolitana, especialmente los referidos a servicios agropecuarios, servicios de salud y servicios terciarios. Igualmente seguirá manteniendo su liderazgo de cultura vernácula en el nivel departamental.

Puerto Colombia: Constituye una centralidad cuya función será la de proveer los servicios de recreación y turismo en el nivel metropolitano y regional. También cumplirá las funciones de albergar en su territorio el Parque Tecnológico y brindar servicios de educación superior especializada.

3. ZONA DE ARTICULACIÓN E INTEGRACIÓN

Además de cumplir la función esencial de ser una espacialidad destinada a la sostenibilidad del territorio metropolitano, la zona de transición cumplirá una función estratégica de tipo funcional cuyo objetivo apunta a elevar el nivel de vida de la población metropolitana y de paso convertirse en un factor competitivo para que la urbe se constituya en foco de atracción para la localización de industrias o servicios del plano multinacional. Además esta zona se convierte en un efectivo subsidio de áreas y funciones actualmente

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deficientes en la zona urbana consolidada, tales como parques recreacionales, jardines botánicos y zoológicos, zonas deportivas y algunas áreas destinadas a proyectos de alto impacto metropolitano. Finalmente, la zona de articulación e integración cumple la función de actuar como un importante catalizador social, en la medida en que contribuye a direccionar una zonificación más equitativa de vivienda y equipamiento.

Artículo 13°. DIRECTRICES PARA EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL METROPOLITANO: El ordenamiento físico-espacial del Área Metropolitana de Barranquilla se orientará según las siguientes directrices generales:

1. DIRECTRICES GENERALES PARA EL SISTEMA AMBIENTAL: Los municipios que conforman el Área Metropolitana de Barranquilla deberán incluir y delimitar, en sus Planes de Ordenamiento Territorial, como suelo de protección las áreas que constituyen el sistema ambiental metropolitano con sus correspondientes zonas de protección, de acuerdo a la legislación ambiental vigente. Igualmente deberán clasificar los suelos que constituyen la zona de integración y articulación como suelo rural -suburbano y definir los usos de conformidad con las normas urbanísticas generales que se precisan en este Acuerdo. Esta franja entrará a formar parte de los sistemas de espacio público y equipamiento metropolitanos, de acuerdo con lo señalado en el mapa de macrozonificación adjunto (ver plano No. 2).

2. DIRECTRICES GENERALES PARA EL SISTEMA DE ESPACIOS PÚBLICOS y EQUIPAMIENTOS COLECTIVOS: Los municipios que conforman el Área Metropolitana de Barranquilla deberán incluir y delimitar en sus Planes de Ordenamiento Territorial, las zonas destinadas a conformar el sistema de parques metropolitanos ubicados en la zona de articulación e integración descrita en el Modelo de Ordenamiento del territorio Metropolitano. En esta zona se ubicarán, con preferencia, los equipamientos metropolitanos que no riñan con su uso.

3. DIRECTRICES GENERALES PARA EL SISTEMA DE SUELOS DE EXPANSIÓN: De conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV de la Ley 388 de 1997 y la estructura territorial definida en el Capítulo 11, artículo 11 del presente Acuerdo, los municipios que conforman el Área Metropolitana de Barranquilla deberán incluir en sus Planes de Ordenamiento Territorial como suelos de expansión urbana aquellos terrenos que se señalan en el mapa de macrozonificación adjunto (ver plano No. 2). Para el largo plazo, con el objetivo de consolidar el modelo de ocupación territorial descrito en los artículos 10' 11 y 12 de este acuerdo, los municipios proyectarán sus futuras zonas de expansión, dando preferencia al eje de la autopista metropolitana. En el espacio territorial comprendido entre el eje real o proyectado de esta vía y ciento cincuenta (150) metros a cada costado de la misma, no se permitirá la ubicación de proyectos de Vivienda de Interés Social.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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9090PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

4. DIRECTRICES GENERALES PARA EL SISTEMA DE VIVIENDA: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 92 de la Ley 388 de 1997 y según la estructura territorial definida en el Capítulo II del presente Acuerdo, los municipios que conforman el Área Metropolitana de Barranquilla deberán definir en el componente urbano de sus Planes de Ordenamiento Territoriales suelos destinados a desarrollar proyectos de Vivienda de Interés Social (VIS), tal como se indica en el mapa de macrozonificación adjunto (ver plano No. 2) . El Área Metropolitana definirá una política de vivienda de interés social para la totalidad del territorio, que incluirá los planes y proyectos a desarrollar así como la normatividad complementaria adicional a la prevista en el Capítulo V del presente Acuerdo. En el documento técnico se precisan las líneas generales para la formulación de esta política.

5. DIRECTRICES GENERALES PARA EL SISTEMA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS: La prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, telecomunicaciones, gas natural y saneamiento básico constituye un Hecho Metropolitano, por cuanto condicionan y direccionan el desarrollo urbano. En tal sentido, el Area Metropolitana orientará las políticas, planes y proyectos de ampliación y reposición de los sistemas de servicios públicos, así como la localización de las plantas de aguas residuales, mataderos y rellenos sanitarios. En desarrollo de lo anterior, el Área Metropolitana promoverá y coordinará con las empresas de los servicios públicos, los siguientes procesos:

a. La adecuación de los planes de expansión de las empresas de servicios públicos al nuevo modelo de ocupación del territorio metropolitano previsto en el artículo 11 del presente Acuerdo.

b. La recuperación de las redes de acueducto, la reducción de pérdidas netas y el mejoramiento continuo de las técnicas en los sistemas de distribución de agua potable y el manejo administrativo del servicio.

c. La ejecución de las nuevas obras de ampliación que se requieran adelantar para caminar parejos con la expansión.

6. DIRECTRICES GENERALES PARA EL SISTEMA DE VÍAS, TRANSPORTE y CONECTJVJDAD: El Área Metropolitana de Barranquilla desarrollará los proyectos que impulsarán la movilidad y la conectividad metropolitana según el sistema vial definido en el mapa adjunto. Además impulsará este sistema a través del mejoramiento y la construcción de vías para el transporte terrestre, redes para el transporte férreo, construcciones y/o adecuaciones portuarias para el transporte de carga y el desarrollo del transporte fluvial para fines turísticos y como alternativa para la movilización de pasajeros. La estructura vial que se muestra en el mapa constituye el insumo fundamental para actualizar el Plan Vial y de Transporte del Área Metropolitana de Barranquilla y a partir de esta estructura se deben ir actualizando los estudios de factibilidad para comenzar la gestión de

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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9191PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

este plan, cuyos resultados se tendrán como políticas de desarrollo para el corto, mediano y largo plazo en esta materia.

El Área Metropolitana podrá adquirir los terrenos e inmuebles requeridos para los proyectos indicados en el inciso anterior, utilizando los procedimientos de enajenación voluntaria, expropiación judicial o por la vía administrativa, de conformidad con las prioridades que establezca la Junta Metropolitana para el desarrollo de estos proyectos.

Los recursos que destinará el Área Metropolitana para el desarrollo de los proyectos viales y de transporte masivo provendrán del cobro de la contribución por valorización, sobretasa a la gasolina y/o la participación en plusvalía por obra pública realizada por el Área Metropolitana, si así lo acordaran los municipios que la conforman.

PARÁGRAFO: Autorízase al Director del Área Metropolitana de Barranquilla para definir en un término no mayor de seis (6) meses la Política Ambiental Metropolitana, de que trata el numeral 1 de este artículo, dirigida a soportar y consolidar la visión de desarrollo económico y social del Área, en coordinación con el DADIMA, la CRA, el Gobernador o su delegado, quién será el Director de la Oficina de Planeación Departamental, el Alcalde Distrital de Barranquilla y los Alcaldes de los demás municipios del Área Metropolitana, en la cual se incluirán los planes y proyectos así como sus fuentes de financiación. En el documento técnico se precisan las líneas generales para la definición de esta política.

PLANO No. 2 - (VER PLANO No. 2 – MACROZONIFICACIÓN METROPOLITANA, ACUERDO METROPOLITANO No. 004 DEL AÑO 2000.

PLANO No. 3 - (VER PLANO No. 3 – PLAN VIAL METROPOLITANO No. 004 DEL AÑO 2000)

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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9292PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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CAPITULO 11

MARCO METODOLÓGICO

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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9393PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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CAPITULO 11: MARCO METODOLOGICO

La planificación territorial hay que considerarla como un método de anticipación

sistemática, el cual implica un proceso continuo de organizar y presentar un amplio y

exhaustivo programa para el desarrollo de cualquier población, viene predeterminando

a conseguir los objetivos de bienestar físico, económico, social y ambiental, atendiendo

tanto las necesidades presentes como las de un futuro inmediato.

Una investigación territorial no empieza por decisión propia. Es un fenómeno dado por

factores sociales, económicos o políticos, por ello hay que ser cuidadoso desde el

principio hasta el fin. Hay que saber clasificar los diversos procedimientos para recoger

la información y la tabulación de los datos deben conducir al logro de los objetivos.

Los estudios territoriales deben ser imparciales. Nuestra misión no es demostrar que

determinada decisión es verdaderamente correcta, ni sugerir que determinado objetivo

sería deseable, quizás esto se deduzca de los estudios, aplicando una interpretación

cuidadosa y metódica de los datos recopilados para el Plan de Ordenamiento

Territorial.

El presente Plan de Ordenamiento Territorial exige un importante volumen de

información, que implica la continua recopilación e interpretación de todos los datos

estadísticos, la organización de la investigación para comprender las implicaciones de

determinados problemas.

La Ley 388/97, determina que son tres los componentes del Plan de Ordenamiento

Territorial, estos son: Componente General, Componente Urbano y Componente Rural.

La Ley señala para cada uno de ellos una serie de productos que deben hacer parte del

Plan (ver capitulo 6, Alcances del Plan de Ordenamiento Territorial).

Existen múltiples enfoques o metodología para desarrollar el P.O.T., obsérvese el

cuadro No. 4.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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9494PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

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CUADRO No. 4 - ETAPAS PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO

(1)

DECRETO 879 DE 1998

(2)

IGAC – GTZ

(3)

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE

(4)Valoración Etapa preliminar Etapa inicial Iniciación de la problemática Definición de alcance Diagnóstico Diagnóstico DiagnósticoPrediagnóstico Formulación Prospectiva Prospectiva TerritorialDiagnóstico Instrumentos de

implementaciónInstrumentación

Formulación Evaluación y seguimiento EjecuciónImplementaciónEvaluaciónFuente : (1) Ministerio de Desarrollo Económico, Serie Procesos de Aplicación, APROXIMACIÓN CONCEPTUAL

(2) Decreto 879 / 98, Capitulo Sexto, Artículo 22.(3) Instituto Geográfico “Agustín Codazzi” y la Agencia de Cooperación Alemana al Desarrollo (GTZ).(4) Ministerio de Medio Ambiente, Oficina Asesora de Ordenamiento Ambiental.

Es de anotar que en últimas lo que importa no son la secuencia de etapas que

definamos, el nombre que se le dé a cada una de ellas o la forma como se lleven a

cabo; lo que cuenta es entonces atender el objeto del POT, su propósito y sus alcances

y lograr disponer de un instrumento eficaz cualquiera que halla sido la línea de

obtención, que oriente adecuadamente el desarrollo del Municipio de Malambo y

permita mejorar la calidad de vida de la población, entendida como la igualdad de

oportunidades, integración, un ambiente sano, productividad y paz para los

ciudadanos.

Debido a que una de las actividades propias del Plan de Ordenamiento es la

coordinación de distintos tipos de participantes y la integración de diferentes temas y

variables, creemos que es fundamental establecer una metodología cuyos pasos,

resultados y técnicas, además de servirnos como guía, sean lo suficientemente

explícitos para que una vez terminada nuestra intervención, el trabajo pueda ser

continuado, revaluado o complementado por otros participantes.

La propuesta metodología desarrollada en el presente documento, conviene aclarar,

fueron enmarcados en los trabajos desarrollados por el Instituto Geográfico “Agustín

Codazzi” y la Agencia de Cooperación Alemana al Desarrollo (GTZ), y los establecidos

por los Ministerios de Desarrollo Económico y del Medio Ambiente, con el propósito de

cumplir al máximo las exigencias legales. Sin embargo al interior se presentará una

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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9595PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO – COLOMBIA

MALAMBO CIUDAD INDUSTRIAL & AGROINDUSTRIAL DEL ATLÁNTICO 2001 - 2009

serie de aspectos técnicos que permiten ir un poco más allá de las exigencias

normativas.

En cuanto al proceso de elaboración del POT, puede esquematizarse según una línea

horizontal que consta de seis (6) grandes etapas: Preliminar, Diagnóstico,

Prospectiva Territorial, Formulación, Implementación, y Evaluación y

Seguimiento, que en la práctica se desarrollan en forma cíclica, en un continuo ir y

venir de atrás hacia delante y de adelante hacia atrás, según un proceso de

aprendizaje sobre la realidad compleja y cambiante del Municipio de Malambo.

De la primera a la cuarta etapa (Preliminar, Diagnóstico, Prospectiva Territorial,

Formulación) le toco realizarla al equipo interdisciplinario (Comunidad, Funcionarios y

Consultores) y la quinta y sexta etapa (Implementación, y Evaluación y

Seguimiento), es gubernamental (Alcalde, Concejo Municipal, Consejo de Gobierno y

de Planeación, IGAC, CRA, Area Metropolitana, etc.) por ello su aplicación

corresponderá más a organismos oficiales.

Es conveniente aclarar que en la metodología utilizada se observó y aplicó la secuencia

de las cinco (5) etapas que establece el artículo 22 del Decreto 879/98.

A continuación se describe el marco metodológico utilizado en las etapas para el

desarrollo del POT (cuadro No. 5 y gráfico No. 1).

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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9696PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO

CUADRO NO. 5 - MARCO METODOLÓGICO PARA EL DESARROLLO DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MALAMBO

ITEM ETAPAS INDICADOR 1. ETAPA PRELIMINAR 1. Análisis de la factibilidad técnica, institucional y

financiera y los procesos de participativos requeridos para la elaboración del Plan.

2. La identificación de los recursos y actividades necesarias para la elaboración del Plan.

3. La definición de los temas estratégicos y prioritarios de la proyección espacial de actividades en el territorio en función de la vocación del municipio o distrito acorde con las políticas sociales y económicas definidas en el Plan de Desarrollo.

4. La formulación de la estrategia de articulación con el Plan de Desarrollo y otros planes sectoriales.

Se debe obtener:1. Cartografía que contenga la espacialización de la

información de fuentes secundarias, como Plan de Desarrollo, proyectos de inversión, dimensiones y atributos y la visión urbano – regional.

2. Escenarios de ordenamiento del territorio para el futuro desarrollo del municipio o distrito.

3. Documento síntesis de la primera valoración sobre información secundaria, la cual contendrá : el estado general de la información existente, los vacíos y entidades responsables , y las conclusiones que permitan una aproximación a los problemas y conflictos del municipio o distrito.

2. ETAPA DE DIAGNOSTICO El diagnóstico deberá permitir consolidar la imagen actual del territorio para confrontarlo con la imagen deseada de tal manera que permita formular adecuadamente el propósito general de desarrollo del municipio o distrito en términos espaciales. Dicho diagnóstico deberá incluir el análisis de la visión urbano – regional del municipio o distrito. También incorporará las dimensiones del desarrollo del territorio en lo urbano o rural, en lo ambiental, lo económico y socia, así como lo cultural y lo institucional. Igualmente, incorporará los atributos o elementos estructurantes del territorio.

Se debe obtener: En esta etapa se hace la caracterización, clasificación, especialización, síntesis y evaluación integral de los sistemas Biofísicos, Funcionamiento Espacial, Social, Económico y Administrativos. Con el diagnostico se obtiene una “radiografía” del modelo territorial actual, es decir, se obtiene una concepción o visión integral y estructurada del territorio municipal.

2.1. Análisis del Sistema Territorial Se analizarán los 5 (cinco) subsistemas municipales individualmente.

2.1.1. Subsistema Biofísico El Subsistema Biofísico lo conforman los recursos naturales y el ambiente (El clima, el agua, el relieve, los suelos, la vegetación, la fauna, los cultivos, la temperatura, la infraestructura, la población y las amenazas naturales).a. Determinar la zonificación ecológica para producir

unidades del paisaje.b. Caracterización de las unidades del paisaje.c. Evaluación de las potencialidades de las unidades del

paisaje.2.1.2 Subsistema Funcional El Subsistema de Funcionamiento Espacial lo conforman las

relaciones y vínculos espaciales urbano-rurales y urbano-regionales que genera la función urbana y las demás relaciones sociales, productivas y administrativas (empleo, servicios, negocios, recreación, etc.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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9797PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO

2.1.3. Subsistema Social Comprende el análisis integral de la población, la vivienda, la infraestructura física, el sistema de vías de comunicación y medio de transporte ; los servicios públicos sociales domiciliarios (el agua potable, el alcantarillado, el aseo público, la energía eléctrica, las telecomunicaciones, el gas domiciliario) y además los equipamientos colectivos (las plazas de mercado, mataderos, plaza de ferias, templos, estaciones de servicios). Su estudio se refiere al inventario y evaluación de los anteriores elementos que conforman el subsistema.

Con base en este análisis se puede establecer :a) Dónde localizar o reubicar los asentamientos.b) Que la cobertura de los servicios sea adecuada y llegue a toda la

poblaciónc) Que la población no esté ubicada en zonas de riesgo por

amenazas naturales, o en caso contrario la necesidad de reubicación.

d) Que exista una buena articulación vial en el municipio y al exterior del municipio para la movilidad de la población y la producción.

e) La organización y participación social: cómo está organizada la comunidad en grupos y actores sociales.

f) Distribuir y focalizar prioritariamente la inversión social : en qué sectores y dónde es más urgente resolver las necesidades básicas de la población.

2.1.4. Subsistema Económico Se refiere a las actividades socioeconómicas integradas a los sistemas de producción y cadenas productivas. Su análisis integral permite caracterizar y zonificar la producción en el municipio, con el cual se pueden evaluar aspectos como la capacidad productiva según los tamaños de las unidades productivas, los niveles de producción, los mercados y la comercialización la eficiencia, la sostenibilidad, la oferta de empleo y en resumen las formas o estrategias para aprovechar las ventajas comparativas del municipio y hacerlo más competitivo.

Con base en este análisis se puede establecer :

a) Zonificación de la producción: zonas con sistemas de producción representativos.

b) Evaluación general para la optimización de las actividades productivas.

c) Identificación y articulación de mercados.2.1.5. Subsistema Administrativo Está compuesto por la estructura de la administración municipal y

demás entidades gubernamentales del nivel regional, departamental y nacional presentes que ejercen funciones en la jurisdicción municipal.

2.1.5.1. Estructura Administrativa y de Gestión Pública a) Determinar que las funciones y competencias de las instituciones públicas correspondan a las necesidades que implica el desarrollo territorial municipal.

b) Análisis de las finanzas públicas municipales, presupuesto, proyección presupuestal, fuentes de recursos, plan plurianual de inversiones, capacidad de endeudamiento, cofinanciación, gestión de recursos.

c) Establecer y evaluar la jurisdicción o el área de influencia para la prestación de servicios de la administración pública, (Inspecciones de Policía, notariado y registro, catastro, UMATA... etc).

3. ETAPA DE LA PROSPECTIVA TERRITORIAL

Es un enfoque o una forma de ver la planeación del desarrollo territorial de manera futurista, es decir, pensando cómo es, cómo puede ser y cómo queremos que sea el territorio.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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9898PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO

3.1. Evaluación Integral del Territorio Es la parte culminante del Diagnóstico Territorial y después de haber identificado las potencialidades y limitantes del desarrollo territorial, se procede a determinar la aptitud general del territorio.

La aptitud general del territorio es una apreciación general del uso del suelo, que indica para qué actividad socioeconómica o uso del suelo es más o menos apta una determinada unidad de tierras o zonas del municipio.

2.2. Diseño de Escenarios Es la imagen objetivo, los cuales son tan sólo un medio para representar la realidad futura y programar y ejecutar la acción presente, a la luz de futuros posibles y deseables. Los escenarios a construir son:

3.2.1. Escenario Tendencial Se determina según las proyecciones del comportamiento a través del tiempo de la variable analizada, teniendo en cuenta además otras variables o situaciones que inciden o afectan la variable en cuestión.Esta clase de escenario indica cuál va a ser el comportamiento de cada variable (población, vivienda, servicios, vías, recursos) sin el control de la planeación y ordenamiento territorial.El escenario tendencial presenta indicadores de las condiciones futuras de las variables, especialmente de las situaciones críticas que generan problemas, que debe corregir la planeación y el ordenamiento territorial.

3.2.2. Escenario Alternativo: Corresponde a diversas posibilidades de desarrollo territorial de acuerdo con los igualmente diversos intereses sectoriales, gremiales o de los diferentes actores sociales. Estos se obtienen a partir de las situaciones hipotéticas, metas o aspiraciones que cada actor o grupo social pretende. De esta manera se puede tener escenarios para los sectores de administración pública, productivo (industrial, comercial, agropecuario) social (población, vivienda, servicios públicos) ambiente (suelo, agua, flora, fauna).Cada uno de estos sectores y variables tienen escenarios para horizontes de tiempo determinado. De las diversas posibilidades presentadas individualmente, se enfoca un proceso de negociación y concertación orientado a obtener el escenario deseado o concertado.

3.2.3. Escenario Concertado El escenario concertado es el mismo escenario deseado, producto del mayor consenso entre los actores sociales. Representa la imagen objetiva del modelo territorial que se quiere alcanzar en el horizonte de la vigencia del Plan Básico de Ordenamiento Territorial.Éste indica cómo se quiere que sea el crecimiento poblacional, el desarrollo urbano, la infraestructura física vial y de servicios públicos, la producción y la proyección espacial de los usos del suelo y las reglas o normas que encauzan su realización.

4. ETAPA DE FURMULACIÓN Comprende el proceso de la toma de decisiones fundamentales acerca del ordenamiento territorial, las cuales se traducen en los componentes general y su contenido estructural, urbano y rural. Igualmente deberá incluir las acciones que serán incorporadas en el programa de ejecución. El resultado de esta etapa son los siguientes documentos:

4.1. DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE Contiene le desarrollo, la descripción y la aplicación de los distintos procesos técnicos empleados para la formulación del Plan. Este documento incluirá como mínimo las siguientes partes:

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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9999PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO

1. La planificación, referida a la planificación territorial del municipio o distrito en los tres (3) componentes, general, urbano y rural, sobre los cuales las definiciones y decisiones de ordenamiento que incorpore el Plan.

2. Los planos general, que corresponde a los documentos gráficos del Plan de Ordenamiento Territorial e incorporan e ilustran todos los temas que componen el análisis espacial del territorio y el modelo de ocupación adoptado.

3. La gestión y financiación, que contiene la formulación y adopción de los instrumentos y procesos de implementación del Plan.

4. El programa de ejecución, que define con carácter obligatorio las actuaciones que se realizarán en el corto plazo por parte de la administración municipal o distrital y expone las prioridades, la programación de actividades, las entidades responsables, los recursos respectivos y el esquema de gestión, financiación, ejecución y seguimiento de esas iniciativas en concordancia con la Plan de inversiones del municipio o distrito.

4.2. DOCUMENTO RESUMEN El Plan de Ordenamiento Territorial deberá tener un documento de resumen o memoria explicativa como medio de divulgación o socialización para que la ciudadanía conozca la síntesis y conclusiones generales del mismo. La memoria debe contener una explicación didáctica de los objetivos, estrategias y políticas del Plan y las principales líneas de acción emanadas de sus diagnósticos, de forma tal que se presenten sintéticamente lo problemas y las propuestas para la organización del territorio urbano y rural.

4.3. ACUERDO MUNICIPAL QUE ADOPTA EL PLAN

El acuerdo que adopta el Plan aprobará en toda su extensión el documento técnico de soporte y los planos generales. También incluirá en su articulado sus componentes y contenidos.

5. ETAPA DE IMPLEMENTACIÓN La etapa de implementación comprende las acciones necesarias para hacer realidad los propósitos del Plan de Ordenamiento Territorial en aspectos tales como los financieros, de capacidad institucional, de desarrollo técnico y de capacidad de convocatoria y de concertación.

6. ETAPA DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO

Se desarrolla de manera permanente a lo largo de la vigencia del Plan de Ordenamiento Territorial con la participación de todas las partes interesadas y en especial del Consejo Consultivo de Ordenamiento Territorial.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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100100

G R A F I C O N o . 1 - M A R C O G E N E R A L M E T O D O L O G I C O D E S A R R O L L A D O P A R A L A D E F I N I C I Ó N Y F O R M U L A C I Ó N D E LP L A N D E O R D E N A M I E N T O T E R R I T O R I A L D E L M U N I C I P I O D E M A L A M B O

C a r t o g r a f i a b á s i c au r b a n a y

r u r a l

E s c e n a r i o s d eo r d e n a m i e n t o

t e r r i t o r i a l

I n f o r m a c i ó ne x i s t e n t e ;

S I S B E N , D A N E ,I G A C , C R A , E T C .

1 e r a . E T A P AP R E L I M I N A R

1 ) G e n e r a l i d a d e s

2 ) C l i m a t o l o g í a

3 ) H o d r o l o g í a

4 ) H i d r o g r a f í a

5 ) G e o l o g í a

9 ) B i o d i v e r s i d a d

6 ) G e o m o r f o l o g í a

7 ) E d a f o l o g í a

8 ) A m e n a z a s n a t u r a l e s

S u b s i s t e m aB i o f í s i c o

1 ) E s t r u c t u r a e s p a c i a ld e l T e r r i t o r i o

2 ) D i s t r i b u c i ó n e s p a c i a l

3 ) A n á l i s i s d e l aC o n f o r m a c i ó n T e r r i t .

4 ) C o n f o r m a c i ó n a c t u a ld e l T e r r i t o r i o

5 ) A n á l i s i s F u n c i o n a lA s e n t a m i e n t o s

6 ) C o n t e x t o M e t r o p o l i t a n o

7 ) U s o y O c u p a c i ó nd e l S u e l o

8 ) C o b e r t u r a y U s oA c t u a l d e l a T i e r r a U r b a n a

9 ) E x p a n s i ó n U r b a n a

S u b s i s t e m ad e F u n c i o n a m i e n t o

E s p a c i a l

1 ) P r o c e s o h i s t o r i c o d e la s e n t a m i e n t o p o b l a c i o n a l

2 ) D e m o g r a f í a , p o b l a c i ó ny d e n s i d a d

3 ) V i v i e n d a

4 ) S i s t e m a v i a l y d eT r a n s p o r t e

5 ) S a l u d yE d u c a c i ó n

6 ) R e c r e a c i ó n , d e p o r t ey e s p a c i o p ú b l i c o

7 ) E x p r e s i o n e sc u l t u r a l e s

8 ) A c u e d u c t o , a l c a n t a r . ,a s e o , e n e r g í a , t e l e f . y g a s

9 ) E q u i p a m i e n t o sc o l e c t i v o s

S u b s i s t e m aS o c i a l

1 ) A s p e c t o s e c o n ó m i c o s

1 . 1 . ) P o b . e c o n o m i c .a c t i v a

1 . 2 . ) C a t a s t r o

2 . ) A c t i v i d a d e se c o n ó m i c a s

2 . 1 . ) S e c t o r p r i m a r i o :A g r i c u l t u r a

2 . 2 . ) S e c t o r S e c u n d a r i o :I n d u s t r i a

2 . 3 . ) S e r c t o r t e r c i a r i o :C o m e r c i o

3 . ) A n á l i s i s M i c r o yM a c r o e c o n ó m i c o

3 . 1 . ) F i n . p ú b l i c a s , a c t .e c o n . , m e r c a d o y c o m e r .

S u b s i s t e m aE c ó n o m i c o

1 ) D i v i s i ó n p o l í t i c a -a d m i n i s t r a t i v a

2 ) R é g i m e n p o l í t i c o -a d m i n i s t r a t i v o

2 . 1 . ) A l c a l d í a m p a l .2 . 2 . ) C o n c e j o m p a l .

2 . 3 . ) P e r s o n e r í a m p a l .2 . 4 . ) C o n t r a l o r í a m p a l .

2 . 5 . ) J u z g a d o s p r o m i s c u o s

2 . 6 . ) C o m a n d o d e p o l i c i a

2 . 7 . ) C o m a n d o C a n c o m 3 yB a t a l l ó n V e r g a r a y V e l a z c o s

2 . 8 . ) O t r a s I n s t i t u c i o n e se n e l m u n i c i p i o

3 ) A c c i ó ng u b e r n a m e n t a l

S u b s i s t e m aA d m i n i s t r a t i v o

S I S T E M AT E R R I T O R I A LD E L M P I O . D E

M A L A M B O

E v a l u a c i ó n I n t e g r a ld e l T e r r i t o r i o

m p i o . d e M a l a m b o

1 ) T e n d e n c i a l

2 ) A l t e r n a t i v o

3 ) C o n c e r t a d o

D i s e ñ o d ee s c e n a r i o s

3 e r a . E T A P AP R O S P E C T I V AT E R R I T O R I A L

C o n s o l i d a r l ai m a g e n a c t u a ld e l t e r r i t o r i o

2 d a . E T A P AD I A G N O S T I C O

1 ) C o m p o n e n t eG e n e r a l

2 ) C o m p o n e n t eU r b a n o

3 ) C o m p o n e n t eR u r a l

1 ) D o c u m e n t oT é c n i c o

2 ) R e s u m e n 3 ) A c u e r d oM u n i c i p a l

T o m a d ed e c i s i o n e s d e lo r d e n a m i e n t o

t e r r i t o r i a l

4 t a . E T A P AF O R M U L A C I O N

5 t s . E T A P AI M P L E M E N T A C I O N

6 t a . E T A P AE V A L U A C I O N YS E G U I M I E N T O

P L A N D EO R D E N A M I E N T O

T E R R I T O R I A L

PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO

GRÁFICO No. 1 - MARCO GENERAL METODOLOGICO PARA LA DEFINICIÓN Y FORMULACIÓN DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MALAMBO

El estudio Sistemático del Territorio en el municipio de Malambo se presentan en cinco

(5) subsistemas principales (Ver cuadro No. 5, Marco Metodológico), sin embargo, en

el aspecto de investigación o recopilación de las estadísticas, de la información

sectorial, cartografía básica y temática y los estudios sobre sectores específicos,

necesarios para tener la información total del Municipio de Malambo, se realizo en tres

(3) partes fundamentales:

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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101101PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO

a) Estadísticas básicas: Es un conjunto de estadísticas suministradas por el

Departamento Nacional de Estadística-DANE, SISBEN, Corporación Autónoma

Regional del Atlántico-C.R.A., Área Metropolitana, Departamento Administrativo de

Planeación Departamental, etc.

b) Cartografía Municipal: El plano base para el área urbana y rural del territorio del

municipio de Malambo, se utilizó como formato único para plasmar sobre él la

información temática que se manejó en el Plan de Ordenamiento Territorial. Para la

obtener la cartografía base se procedió en los siguientes pasos:

El primer paso fue seleccionar como base la cartografía del IGAC y DANE, la cual se

complemento mediante la utilización de otros insumos cuando fue pertinente a través

del trabajo de campo.

El segundo paso básicamente fue utilizar el plano del DANE para incorporar manzanas

que no existían en el plano del IGAC.

Una vez fusionado el plano IGAC – DANE, se procedió con el tercer paso, que se

fundamento en la digitalización de los planos en medios magnéticos bajo el esquema

C.A.D. - Diseño Asistido por Computadora - para el territorio en estudio.

El cuarto paso fue la actualización cartográfica mediante la verificación y

complementación en campo. Al nivel de área urbana, se realizó mediante división,

unión o fusión o adición de manzanas, acordes con la realidad. En esta etapa se

incorporaron nuevos desarrollos urbanísticos de proyectos ya ejecutados y/o

aprobados por la Oficina de Planeación Municipal de Malambo. En cuanto al nivel rural,

se procedió a la revisión, verificación y complementación de sitios de interés y la

actualización e inventario de vías que nos sirvieran de ubicación y orientación a nivel

geográfico.

c) Investigaciones sectoriales complementarias: En muchos de los subsistemas

analizados es posible que las estadísticas básicas y la información cartográfica no

brinden suficientes elementos de juicio para la formulación de un diagnóstico. Se

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT

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102102PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

MUNICIPIO DE MALAMBO, DPTO. DEL ATLÁNTICO

hizo indispensable entonces adelantar un estudio de los sectores que aporte la

información complementaria e indispensable para tal fin.

TOMO I: FUNDAMENTOS DEL POT