25
1 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

Requisitos y delitos en materia de profesiones

Embed Size (px)

Citation preview

1 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

2 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

CPEUM

3 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

CPEUM

4 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

5

Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

CODIGO CIVIL FEDERAL

6 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

Artículo 1o.- Las disposiciones de este Código regirán en toda la

República en asuntos del orden federal.

Artículo 2o.- La capacidad jurídica es igual para el hombre y la

mujer; en consecuencia, la mujer no queda sometida, por razón de

su sexo, a restricción alguna en la adquisición y ejercicio de sus

derechos civiles.

Artículo 3o.- Las leyes, reglamentos, circulares o cualesquiera

otras disposiciones de observancia general, obligan y surten sus

efectos tres días después de su publicación en el Periódico Oficial.

En los lugares distintos del en que se publique el Periódico Oficial,

para que las leyes, reglamentos, etc., se reputen publicados y sean

obligatorios, se necesita que además del plazo que fija el párrafo

anterior, transcurra un día más por cada cuarenta kilómetros de

distancia o fracción que exceda de la mitad.

CODIGO CIVIL FEDERAL

7 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

Artículo 6o.- La voluntad de los particulares no puede eximir

de la observancia de la ley, ni alterarla o modificarla. Sólo

pueden renunciarse los derechos privados que no afecten

directamente al interés público, cuando la renuncia no

perjudique derechos de tercero.

CODIGO CIVIL FEDERAL

8 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

Artículo 10.- Contra la observancia de la ley no puede

alegarse desuso, costumbre o práctica en contrario.

Artículo 11.- Las leyes que establecen excepción a las reglas

generales, no son aplicables a caso alguno que no esté

expresamente especificado en las mismas leyes.

Artículo 12.- Las leyes mexicanas rigen a todas las personas

que se encuentren en la República, así como los actos y

hechos ocurridos en su territorio o jurisdicción y aquéllos

que se sometan a dichas leyes, salvo cuando éstas prevean

la aplicación de un derecho extranjero y salvo, además, lo

previsto en los tratados y convenciones de que México sea

parte.

9 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López 10

LEY REGLAMENTARIA DEL ART. 5º CPEUM

11 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

LEY REGLAMENTARIA DEL ART. 5º CPEUM

12 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

ARTICULO 5o.- Para el ejercicio de una o varias

especialidades, se requiere autorización de la Dirección

General de Profesiones, debiendo comprobarse

previamente:

1.- Haber obtenido título relativo a una profesión en los

términos de esta Ley;

2.- Comprobar, en forma idónea, haber realizado estudios

especiales de perfeccionamiento técnico científico, en la

ciencia o rama de la ciencia de que se trate.

LEY REGLAMENTARIA DEL ART. 5º CPEUM

13 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

CPEUM

LEY REGLAMENTARIA DEL ART. 5º CPEUM

14 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

LEY REGLAMENTARIA DEL ART. 5º CPEUM

15 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

LEY REGLAMENTARIA DEL ART. 5º CPEUM

16 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

LEY REGLAMENTARIA DEL ART. 5º CPEUM

17 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

LEY REGLAMENTARIA DEL ART. 5º CPEUM

18 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

19

Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

PRESTACION DE SERVICIOS

20 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

21

Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

DISPOSICIONES GENERALES

22 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

INFRACCIONES Y PENAS

23 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

Facebook: Tao, Tributo y Gabo

Fiscal (iz) arte con estilo (grupo de

Facebook)

Skype: gabriel_fiscal69

Twitter: @gabriel_fiscal

Email: [email protected]

Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López 24

25 Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López